ACUMULACION DE PRETENSIONES A LA LUZ DE LA TUTELA JURISDICCIONAL EFECTIVA

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  • 7/25/2019 ACUMULACION DE PRETENSIONES A LA LUZ DE LA TUTELA JURISDICCIONAL EFECTIVA

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    TRABAJO N02

    LA ACUMULACIN DE PRETENSIONES A LA LUZ DE LA TUTELAJURISDICCIONAL EFECTIVA

    1. PROBLEMA DEL TEMA

    El problema de aplicar la acumulacin de pretensiones objetivamente en los

    procesos civiles, vendra a ser la incorrecta formulacin de la acumulacin

    de pretensiones por parte de los demandados y sus asesores legales;

    adems de la excesiva discrecionalidad que posee el Juez al momento de

    calificar estas pretensiones amparndose en el formalismo que se prev en

    el !digo "rocesal !ivil, de sta manera restringiendo al demandandoacceder a la #utela Jurisdiccional Efectiva$

    2. PUNTOS DE LOS QUE TRATA LA LECTURA

    2.1. DERECHO A LA TUTELA JURISDICCIONAL EFECTIVA

    %e entiende como el derec&o fundamental que toda persona tiene a que 'se

    le &aga justicia; a que cuando pretenda algo de otra, sta pretensin sea

    atendida por un rgano jurisdiccional, a travs de un proceso con unas

    garantas mnimas($ )espliega sus efectos en estos derec&os*2.1.1. Derecho al acceso a la jurisdicci!" +arantiza que todas las

    personas, individual o colectivamente, puedan acceder a la

    prestacin de la tutela jurisdiccional en los rganos jurisdiccionales

    competentes para solicitar se resuelva una situacin jurdica$2.1.2. Derecho a u! #roceso co! las $%!i$as &ara!'%as" !onfigurar el

    proceso como uno pblico, que se sustancie frente a un juez natural,

    sin dilaciones indebidas y donde se respete el derec&o de defensa$

    2.1.(. Derecho a u!a resoluci! )u!dada" +arantiza la respuesta

    expresa del rgano jurisdiccional al tutelar situaciones jurdicas y a

    las resoluciones judiciales guardar co&erencia lgica con su

    estructura y con un contenido razonable y justo$

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    2.1.*. Derecho a la e)ec'i+idad de la 'u'ela jurisdiccio!al" -ue los

    procesos sean un instrumento de proteccin de derec&os y que las

    resoluciones judiciales sean efectivas y cumplidas$

    2.2. ACUMULACIN OBJETIVA DE PRETENSIONES:2.2.1. Acu$ulaci! de #re'e!sio!es au'!o$as" Estas pretensiones

    son propuestas entre s, se acumulan para que se resuelvan en un

    nico momento y su amparo o rec&azo no afecta a las dems$2.2.2. Acu$ulaci! de #re'e!sio!es su,ordi!adas" .ormula en primer

    trmino una pretensin y en caso de que esta no sea acogida,

    subsidiariamente &ace otra peticin$2.2.3. Acu$ulaci! de #re'e!sio!es al'er!a'i+a"%e formula dos o ms

    pretensiones para que obligue al demandado a ejecutar una de stas

    a su eleccin$2.2.4. Acu$ulaci! de #re'e!sio!es accesoria" "lantean pretensiones

    que dependen inexorablemente de la suerte de una pretensin

    principal$2.2.5. Acu$ulaci! de #re'e!sio!es co!dicio!al" /a pretensin se

    condiciona a que, previamente, se estime otra pretensin$

    (. RESUMEN

    /a lectura nos &abla sobre cmo la institucin de la acumulacin objetiva de

    pretensiones, respeta y est relacionada al )erec&o !onstitucional de la

    #utela Jurisdiccional Efectiva en cuanto que est acorde a los tres

    momentos de sta$El primero en el derec&o de acceso a la jurisdiccin, ya que como se sabe

    el proceso civil es de parte y es oneroso, de tal modo la acumulacin de

    pretensiones ayuda al demandante a reducir costos en el proceso y al

    rgano jurisdiccional a disminuir su carga procesal$El segundo momento, en el derec&o a un proceso con las mnimas

    garantas, la acumulacin permite obtener un pronunciamiento respecto del

    proceso dentro de un plazo razonable, a que solo un Juez tenga

    conocimiento del proceso y tenga una visin general de la /itis y finalmente

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    que el proceso concluya de forma definitiva a travs de una nica

    resolucin$En el tercer momento respecto al derec&o de una resolucin fundada que

    ponga fin a la controversia, la acumulacin tiene como finalidad evitar las

    decisiones contradictorias, de este modo al reunir las pretensiones del

    demandado en un solo proceso, se simplificar la labor del rgano

    jurisdiccional, teniendo una mejor comprensin del proceso, evaluando de

    mejor manera los medios probatorios y de esa forma obtener una

    resolucin adecuadamente motivada con una decisin justificada al caso

    concreto$

    *. -OCABULARO

    F!"#$:Ejercer la funciones propias de un oficio o cargo$ E%&"!'$: %uprimir una autoridad una autoridad lo que considera

    errneo, molesto u ofensivo en un libro o escrito$ T()*' E+),(#-': /a tutela Jurdica es un marco protectivo que el

    derec&o establece, para equilibrar las relaciones interpersonales y

    garantizar el normal cumplimiento de las normas creadas para tal fin$ T()*' ,'()*'$: 0anifestacin del derec&o a tutela jurisdiccional

    efectiva, su objetivo es garantizar la eficacia prctica o utilidad social de

    las decisiones jurisdiccionales que reconocen los derec&os de los

    ciudadanos$