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7/25/2019 ACUMULACION DE PRETENSIONES A LA LUZ DE LA TUTELA JURISDICCIONAL EFECTIVA
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TRABAJO N02
LA ACUMULACIN DE PRETENSIONES A LA LUZ DE LA TUTELAJURISDICCIONAL EFECTIVA
1. PROBLEMA DEL TEMA
El problema de aplicar la acumulacin de pretensiones objetivamente en los
procesos civiles, vendra a ser la incorrecta formulacin de la acumulacin
de pretensiones por parte de los demandados y sus asesores legales;
adems de la excesiva discrecionalidad que posee el Juez al momento de
calificar estas pretensiones amparndose en el formalismo que se prev en
el !digo "rocesal !ivil, de sta manera restringiendo al demandandoacceder a la #utela Jurisdiccional Efectiva$
2. PUNTOS DE LOS QUE TRATA LA LECTURA
2.1. DERECHO A LA TUTELA JURISDICCIONAL EFECTIVA
%e entiende como el derec&o fundamental que toda persona tiene a que 'se
le &aga justicia; a que cuando pretenda algo de otra, sta pretensin sea
atendida por un rgano jurisdiccional, a travs de un proceso con unas
garantas mnimas($ )espliega sus efectos en estos derec&os*2.1.1. Derecho al acceso a la jurisdicci!" +arantiza que todas las
personas, individual o colectivamente, puedan acceder a la
prestacin de la tutela jurisdiccional en los rganos jurisdiccionales
competentes para solicitar se resuelva una situacin jurdica$2.1.2. Derecho a u! #roceso co! las $%!i$as &ara!'%as" !onfigurar el
proceso como uno pblico, que se sustancie frente a un juez natural,
sin dilaciones indebidas y donde se respete el derec&o de defensa$
2.1.(. Derecho a u!a resoluci! )u!dada" +arantiza la respuesta
expresa del rgano jurisdiccional al tutelar situaciones jurdicas y a
las resoluciones judiciales guardar co&erencia lgica con su
estructura y con un contenido razonable y justo$
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2.1.*. Derecho a la e)ec'i+idad de la 'u'ela jurisdiccio!al" -ue los
procesos sean un instrumento de proteccin de derec&os y que las
resoluciones judiciales sean efectivas y cumplidas$
2.2. ACUMULACIN OBJETIVA DE PRETENSIONES:2.2.1. Acu$ulaci! de #re'e!sio!es au'!o$as" Estas pretensiones
son propuestas entre s, se acumulan para que se resuelvan en un
nico momento y su amparo o rec&azo no afecta a las dems$2.2.2. Acu$ulaci! de #re'e!sio!es su,ordi!adas" .ormula en primer
trmino una pretensin y en caso de que esta no sea acogida,
subsidiariamente &ace otra peticin$2.2.3. Acu$ulaci! de #re'e!sio!es al'er!a'i+a"%e formula dos o ms
pretensiones para que obligue al demandado a ejecutar una de stas
a su eleccin$2.2.4. Acu$ulaci! de #re'e!sio!es accesoria" "lantean pretensiones
que dependen inexorablemente de la suerte de una pretensin
principal$2.2.5. Acu$ulaci! de #re'e!sio!es co!dicio!al" /a pretensin se
condiciona a que, previamente, se estime otra pretensin$
(. RESUMEN
/a lectura nos &abla sobre cmo la institucin de la acumulacin objetiva de
pretensiones, respeta y est relacionada al )erec&o !onstitucional de la
#utela Jurisdiccional Efectiva en cuanto que est acorde a los tres
momentos de sta$El primero en el derec&o de acceso a la jurisdiccin, ya que como se sabe
el proceso civil es de parte y es oneroso, de tal modo la acumulacin de
pretensiones ayuda al demandante a reducir costos en el proceso y al
rgano jurisdiccional a disminuir su carga procesal$El segundo momento, en el derec&o a un proceso con las mnimas
garantas, la acumulacin permite obtener un pronunciamiento respecto del
proceso dentro de un plazo razonable, a que solo un Juez tenga
conocimiento del proceso y tenga una visin general de la /itis y finalmente
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que el proceso concluya de forma definitiva a travs de una nica
resolucin$En el tercer momento respecto al derec&o de una resolucin fundada que
ponga fin a la controversia, la acumulacin tiene como finalidad evitar las
decisiones contradictorias, de este modo al reunir las pretensiones del
demandado en un solo proceso, se simplificar la labor del rgano
jurisdiccional, teniendo una mejor comprensin del proceso, evaluando de
mejor manera los medios probatorios y de esa forma obtener una
resolucin adecuadamente motivada con una decisin justificada al caso
concreto$
*. -OCABULARO
F!"#$:Ejercer la funciones propias de un oficio o cargo$ E%&"!'$: %uprimir una autoridad una autoridad lo que considera
errneo, molesto u ofensivo en un libro o escrito$ T()*' E+),(#-': /a tutela Jurdica es un marco protectivo que el
derec&o establece, para equilibrar las relaciones interpersonales y
garantizar el normal cumplimiento de las normas creadas para tal fin$ T()*' ,'()*'$: 0anifestacin del derec&o a tutela jurisdiccional
efectiva, su objetivo es garantizar la eficacia prctica o utilidad social de
las decisiones jurisdiccionales que reconocen los derec&os de los
ciudadanos$