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UNIVERSIDAD DEL CARIBE ESCUELA DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICA CARRERA DE DERECHO ANTEPROYECTO DEL CURSO MONOGRÁFICO PARA OPTAR AL TITULO DE LICENCIADO EN DERECHO ANÁLISIS DE LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN DE PATERNIDAD VULNERA EL DERECHO DE LA IDENTIDAD, EN LA PROVINCIA DE SANTO DOMINGO, DURANTE EL AÑO 2012 . SUSTENTADO POR ANA VICTORIA POUERIET CARPIO ASESOR(A) METODOLOGÍA

Anteproyecto Ana

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UNIVERSIDAD DEL CARIBEESCUELA DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICA

CARRERA DE DERECHO

ANTEPROYECTO DEL CURSO MONOGRÁFICO PARA OPTAR AL TITULO DE LICENCIADO EN DERECHO

ANÁLISIS DE LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN DE PATERNIDAD VULNERA EL DERECHO DE LA IDENTIDAD, EN LA PROVINCIA DE

SANTO DOMINGO, DURANTE EL AÑO 2012.

SUSTENTADO POR

ANA VICTORIA POUERIET CARPIO

ASESOR(A)

METODOLOGÍA

SANTO DOMINGO, D.N., REPÚBLICA DOMINICANAENERO, 2014.

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UNIVERSIDAD DEL CARIBEESCUELA DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICA

CARRERA DE DERECHO

ANTEPROYECTO DEL CURSO MONOGRÁFICO PARA OPTAR AL TÍTULO DE LICENCIADO EN DERECHO

ANÁLISIS DE LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN DE PATERNIDAD VULNERA EL DERECHO DE LA IDENTIDAD, EN LA PROVINCIA DE

SANTO DOMINGO, DURANTE EL AÑO 2012.

SUSTENTADO POR

ANA VICTORIA POUERIET CARPIO2008-2585

ASESOR(A)

METODOLOGÍA

SANTO DOMINGO, D.N., REPÚBLICA DOMINICANAENERO, 2014.

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ANÁLISIS DE LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN DE PATERNIDAD VULNERA EL DERECHO DE LA IDENTIDAD, EN LA PROVINCIA DE

SANTO DOMINGO,AÑO 2012.

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ANTECEDENTES

A partir del nacimiento de una persona, y a veces antes (en el caso del concebido),

se origina la situación de establecer su filiación, es decir la relación con su padre o

con su madre, de donde se deriva una serie de consecuencias que van desde el

apellido hasta la herencia de los bienes. En palabras simples, de lo que se trata es

de saber quién es el padre o la madre de una persona. 

Con respecto a la madre no existen mayores problemas, pues el nacimiento se

establece en cuanto a ella por el simple hecho del nacimiento, lo cual se explica

porque ya sea mediante el parto natural o mediante cesárea quedan huellas

comprobables de que una mujer “tuvo” una criatura. 

Pero con respecto al padre el asunto no es tan sencillo. Cuando la criatura nace

dentro del matrimonio los problemas son mínimos, pues la ley determina que el

esposo de la madre se considera padre de la criatura. Es lo que en derecho se

denomina una presunción legal. Sin embargo, cuando el nacimiento se produce fuera

del matrimonio de los padres, en sentido general ese vínculo filial se establece por la

declaración voluntaria que hace el padre de que la criatura nacida o por nacer es

suya, para lo cual la ley establece una serie de formalidades; es lo que denomina

declaración voluntaria de paternidad. Pero cuando el padre se niega a reconocer la

criatura la misma ley le otorga a la madre y a la criatura misma una acción judicial,

que cae en lo que se denomina acciones del estado civil. 

A nuestros fines, la acción de que se trata se denomina acción en reconocimiento

judicial de paternidad, que es la conferida por la ley a la madre o a la criatura misma

para que la ejerzan contra quien corresponda a fin de que un tribunal del orden

judicial establezca la filiación.

En sentido general las acciones judiciales se encuentran sometidas a diferentes

plazos de prescripción extintiva. En lenguaje sencillo podemos decir que la

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prescripción consiste en el plazo establecido por la ley para que una persona realice

una actuación, normalmente procesal, dentro de un tiempo establecido. Si no se

hace en ese lapso pierde la posibilidad de ejercer la acción. Se dice que la acción

está prescrita. 

La acción en reconocimiento judicial de paternidad históricamente en nuestro país se

ha visto afectada por diferentes plazos de prescripción. Es así como en la ley 985 de

1945 el plazo era de cinco años a partir del nacimiento. Luego la ley 14-94 estableció

que ese plazo era también de cinco años, pero a partir de la mayoría de edad del hijo

que reclamaba la paternidad. La vigente ley 136-03, denominada Código para el

Sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de los Niños, Niñas y

Adolescentes dispone en su artículo 63, párrafo III, que: “los hijos e hijas podrán

reclamar la filiación en todo momento, luego de su mayoría de edad”. También el

artículo 211, literal a)  de dicho Código, dispone que el derecho de reclamación de

filiación no prescribe para los hijos e hijas. 

Las madres podrán ejercer este derecho durante la minoridad de sus hijos e hijas.

Traigo el tema a colación a propósito de una sentencia dictada en fecha 28 de marzo

de 2012 por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia, la cual fundamentada

en la Ley núm. 136-03 y el artículo 17.5 de la Convención Americana de los

Derechos Humanos, dispuso que la acción en reclamación judicial de paternidad no

prescribe, es decir que es imprescriptible. Es decir, que por más tiempo que

transcurra, el hijo o la hija puede ejercer la acción en reconocimiento judicial de

paternidad. Veamos los considerandos más importantes de esa sentencia.1

Según CABANELLAS, Guillermo (1998), manifiesta que “Se designa con este

nombre de acción que puede ejercitarse para obtener judicialmente el

reconocimiento de la filiación” (Diccionario Jurídico, Guillermo Cabanellas Pág. 277).

Podemos ver que el autor Guillermo Cabanellas dice esta acción se la propone para

obtener el reconocimiento judicial de filiación, sin importar el tiempo para poder

reclamar la acción de investigación de la paternidad.

1 Ley núm. 136-03 y el artículo 17.5 de la Convención Americana de los Derechos Humanos

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Según LARREA, Juan (1995), señala que “El que no ha sido voluntariamente

reconocido como hijo, no solamente puede obtener que judicialmente se le declare

hijo de una determinada madre, sino también de un determinado padre, en esto

consiste la llamada investigación de la paternidad”. Larrea Holguín, Juan manifiesta

“que toda persona que no ha sido reconocido voluntariamente por su padre como

hijo, puede ejercer su derecho sin importar el tiempo que ha transcurrido podrá hacer

que se le declare judicialmente hijo de determinado padre”. 2

Después de una exhaustiva investigación realizada en las diferentes bibliotecas de la

ciudad de Santo Domingo, puedo afirmar que no existe un trabajo de investigación

acerca de la prescripción de acción de paternidad y su influencia en el derecho a la

identidad. En tales consideraciones, el tema será de exclusiva autoría del

investigador y al desarrollar el mismo no se está infringiendo expresas disposiciones

a la Ley de Propiedad Intelectual, ni cometido delito de plagio de obras bibliográficas,

tesis o cualquier otro trabajo de investigación.

Podemos en conclusión definir a la investigación de la paternidad como la acción que

el hijo puede interponer, para que sea reconocido judicialmente, cuando éste es

concebido fuera del matrimonio, con el cual obtiene los derechos consagrados en la

Constitución de la República Dominicana, que garantiza el derecho a una identidad,

a tener una familia y a la vez hacer valer su derecho a investigar la paternidad, sin

importar el tiempo transcurrido.

2 (Juan Larrea Holguín, Derecho Civil, Pág. 393).

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JUSTIFICACIÓN

La importancia de este tema está fundamentada en la teoría dialéctica del

materialismo histórico donde se encuentra el constante cambio y transformación de

la sociedad hacia el desarrollo y progreso. Todo ser humano alcanza la

transformación hacia trascendencia en el tiempo y en el espacio. La sociedad es

producto histórico de la interacción social de las personas que es el proceso

recíproco que obra por medio de dos o más factores sociales, dentro del marco de un

solo proceso bajo ciertas condiciones de tiempo y lugar, siendo el aspecto

económico y social un factor determinante. Las relaciones humanas se basan en

metas, valores, normas y necesidades económicas, su carácter y sustancia, son

influidas por formas sociales dentro de las cuales tienen afecto la vida familiar del ser

humano en la vida social y familiar.

El estudio de la presente investigación, constituye un tema importante ya que se trata

del derecho a la identidad o de la identificación del padre al hijo de mujer soltera,

viuda, divorciada, por lo que ha sido un tema de difícil solución, así, hasta antes de

principios del siglo xx, en la práctica se prohibía la investigación de la paternidad y

sólo se permitía en casos excepcionales, como el rapto, porque en aquella época se

daba mucha importancia a la institución jurídica del matrimonio.

Dada la actual situación económica – social, moral ante la pérdida de valores por la

que atraviesa el país, especialmente en el núcleo familiar se pude decir en términos

generales que desde la prehistoria el derecho no supo conciliar debidamente el gran

respeto debido al matrimonio con la necesaria protección de los hijos nacidos fuera

de él. Aún los pueblos de gran cultura y de leyes muy perfectas bajo otros aspectos

usaron de excesiva severidad, en relación a la filiación ilegítima. Pero en la

actualidad existe gran acogida al derecho de declaración de paternidad.

Con lo que es de mucho interés el reconocimiento de un hijo fuera del matrimonio,

pues gozará de los mismos derechos que un hijo legítimo, con lo que podremos tener

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personas con mayor estrato social y disminuir delincuencia, pues una persona

desprotegido buscara la manera de sobrevivir y en la mayoría de las veces por los

caminos equivocados. La garantía del derecho a la identidad es independiente de la

existencia biológica de los progenitores, pudiendo establecerse por procedimientos

científicos establecidos en la actualidad para la determinación positiva de la filiación.

Por lo tanto lo dicho anteriormente para nosotros es un tema muy interesante que

todos debemos conocer para que prevalezcan tanto los deberes y obligaciones de

los padres para con los hijos y viceversa con lo que se logrará un mejor desarrollo en

la sociedad y especialmente en la formación del ser humano dentro del núcleo

familiar que es lo más importante dentro de la sociedad. Con esta investigación se

busca una total equiparación o igualdad de los derechos, de los hijos nacidos dentro

y fuera del matrimonio, dando mayor celeridad en el reconocimiento de los hijos.

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DESCRIPCION Y SISTEMATIZACIÓN DEL PROBLEMA

Lamentablemente en el caso de la vulneración del derecho a la identidad se da por el

abandono del padre hacia al hijo, sin importar en las calamidades que puede sufrir el

hijo, y lo peor es la duda, de saber quién fue su padre y el marco familiar que

conformó su entorno al venir al mundo.

De la misma manera se da en ciertas ocasiones la vulneración del derecho a la

identidad cuando ciertos hijos nacen fuera del matrimonio, teniendo como efectos

que existen discordias por parte de sus otros hijos, por lo que si un hijo nacido fuera

del matrimonio no es reconocido por el padre, no puede participar en ciertos

derechos que la ley otorga a los hijos legítimos, coartando ciertos derechos como es

en la participación en el Derecho hereditario a exigir que se le de la parte que le

corresponda, teniendo en cuenta que ante la ley todos somos iguales, sean hijos

nacidos fuera o dentro del matrimonio, siempre y cuando sean reconocidos.

Con la prescripción del tiempo para accionar el reclamo de la declaración judicial de

paternidad, conlleva a la improcedencia de la acción de la investigación de la

paternidad, trayendo consigo como efecto el rechazo de la sociedad, por no tener el

apellido de un padre y por no tener un progenitor que le dé el cuidado y protección

que un hijo necesita, sin importar la edad del hijo, ya que toda persona necesita

cuidado y protección por parte del padre hacia el hijo.

Si no se toma alternativas de solución, para evitar que se vulnere el derecho a la

identidad, se dará la pérdida de valores especialmente de los hombres, al no tener

cuidado de tener hijos en cualquier momento, sin importar que el hijo no tiene la

culpa de nada. Posteriormente va a dar a lugar a dar mayor índice en la delincuencia,

pues una persona desprotegida busca la manera de sobrevivir y en la mayoría de las

veces por los caminos equivocados. Por otra parte la persona que no lleva el apellido

del padre en ciertas ocasiones es despreciado por la sociedad, por ser una persona

que no tiene un padre que lo proteja y que conlleva a trastornos psicológicos, por lo

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que si no se crea conciencia social y del padre hacia al hijo, se estaría dando lugar a

un problema mayor.

Sistematización

¿Por qué la acción de prescripción de paternidad afecta al reclamante?

¿Cuáles son las consecuencias, cuando se vulnera el derecho a la identidad?

¿Cuál es la solución al problema de investigación?

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OBJETIVOS

Objetivo General.

Analizar si la prescripción de la acción de paternidad vulnera el derecho de la

identidad, en la provincia de Santo Domingo, durante el año 2012.

Objetivos Específicos.

Determinar si la acción de prescripción de la paternidad perjudica al

reclamante.

Determinar las consecuencias, cuando se vulnera el derecho a la identidad.

Plantear una propuesta de reforma al Código de Civil, sobre la prescripción de

la acción de paternidad y así evitar la vulneración del derecho de identidad.

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METODOLOGIA DE LA INVESTGACIÓN

La metodología predominante que se va a utilizar para esta investigación es el

método cualitativo, sin excluir el cuantitativo donde se interpreta los datos una vez

que se han recogido y analizado estadísticamente; ya que el método cualitativo tiene

interés por comprender la realidad dentro de un contexto dado, además considera a

la realidad de manera holística, global y polifacética, donde se tiene muy en cuenta la

realidad social que rodea al individuo. Se concibe al hombre no por la cantidad de

conocer, producir o crear, sino por su capacidad de respuesta a determinadas

situaciones. También se permite la pluralidad de métodos para la comprensión

racional de la realidad y la adopción de estrategias de investigación específica,

singulares y propias de la acción humana, utilizando la pluralidad metodológica con

el fin de una mejor comprensión y explicación existente.

Finalmente el enfoque cualitativo, detallará el objeto de estudio mediante una

descripción densa del registro cuidadoso de los datos, con el fin de obtener una

coherencia lógica durante la sucesión de los hechos. Para ello el desarrollo del

presente trabajo será apoyado fundamentalmente en las siguientes técnicas

cualitativas de investigación pedagógica:

• Entrevista

• Investigación documental de libros, revistas, archivos e internet

La entrevista se considera como una interrelación entre el investigador y las

personas que componen el objeto de estudio. También es una conversación

generalmente oral, entre dos seres humanos de los cuales uno es el entrevistador y

el otro el entrevistado donde el papel de ambos puede variar según el tipo de

entrevista. Además las entrevistas tienen alguna finalidad y ésta es la que le da el

carácter de entrevista.

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La entrevista como técnica requerirá de un contexto metodológico con el que pueden

hacerse comparaciones entre hechos, actitudes y opiniones y maneja tres tipos de

entrevista que son:

1.- Entrevista estructurada, es aquella que es administrada a un grupo grande de

sujetos, las preguntas son idénticas para que los resultados sean comparables. El

entrevistador es recolector de datos.

2.- Entrevista cualitativa, que es flexible y dinámica.

3.- Entrevista cualitativa en profundidad, que es aquella en la que se producen

reiterados encuentros cara a cara entre el investigador y los informantes, además

tiene la finalidad de proporcionar un cuadro amplio de escenarios, situaciones o

personas.

Las técnicas de investigación documental tienen por objeto capturar los

conocimientos, experiencias y avances más significativos del fenómeno a investigar

en el menor tiempo posible y con los resultados más satisfactorios. La adecuada

instrumentación de las técnicas de investigación documental constituye el primer

momento indispensable para la formación del investigador.

Mediante la investigación documental conocemos sobre el objeto de investigación, su

avance científico, la experiencia de otros investigadores así como la determinación

del marco teórico de referencia sobre la investigación para participar activamente en

el desarrollo de la presente investigación, también puede utilizarse para describir un

aspecto del funcionamiento o hacer un retrato de la escuela o de parte de ella,

programas y proyecto educativo del centro.

Técnica de Investigación Bibliográfica: Esta técnica implica complementariamente la

habilidad en la comprensión de la lectura en la mayor brevedad posible, la

elaboración de fichas de contenido y notas bibliográficas de pie de página.

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Técnica de Investigación de Archivo.

Esta técnica tiene como finalidad capturar la extraordinaria información contenida en

los archivos generales y se hace extensiva a los archivos especiales o particulares.

Considerando la información que en ellos se contiene para establecer conclusiones

generales.

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ESQUEMA TENTATIVO

ANTECEDENES

JUSTIFICACIÓN

DESCRIPCIÓN Y SISTEMATIZACIÓN DEL PROBLEMA

OBJETIVOS

METODOLOGÍA DE LA INVESTIGACIÓN

CAPÍTULO I: LA ACCIÓN DE PRESCRIPCIÓN DE LA PATERNIDAD EN PERJUICIO DEL RECLAMANTE.

1.1 Conceptualización de la acción de prescripción1.2 Antecedentes de hechos1.3 Fundamentación del derecho1.4 Prescripción de la acción por responsabilidad1.5 La prescripción de la paternidad

CAPÍTULO II: LAS CONSECUENCIAS, CUANDO SE VULNERA EL DERECHO A LA IDENTIDAD.

2.1 Derecho a la identidad como principio general2.2 Obligación de los padres de dar a conocer el origen biológico2.3 Posibilidad de impugnar la maternidad o la paternidad2.4 Daños y perjuicios en la filiación2.5 responsabilidad por la falta de reconocimiento voluntario

CAPÍTULO III: PLANTEAMIENTO DE UNA PROPUESTA DE REFORMA AL CÓDIGO DE CIVIL, SOBRE LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN DE PATERNIDAD PARA ASÍ EVITAR LA VULNERACIÓN DEL DERECHO DE IDENTIDAD.

3.1 El derecho constitucional a la identidad 3.2 Características del derecho a la identidad

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3.3 Protección jurídica del derecho a la identidad personal3.4 La comisión nacional por el derecho a la identidad3.5 Apellido de la persona y filiación 3.6 Requisitos que se deben cumplir para la presunción de paternidad

CONCLUSIONES

REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS

ANEXOS

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REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS

Dr. García Falconí , José C, “ Manual Teórico Práctico en Materia Constitucional y Civil , los juicios por las acciones de investigación y de Impugnación de la paternidad y maternidad en la Legislación Ecuatoriana; la paternidad y maternidad en la Legislación Ecuatoriana; la filiación y el Derecho Constitucional a la Identidad ”; Tomo primero, primera edición, Quito- Ecuador.

Dr. ALCOSER ESTRELLA, Víctor Hugo, “Practica Forense sobre la acción Civil de la investigación de la paternidad”, Tomo 3, Biblioteca Practica Forense “Carpol”.

http://es.wikipedia.org/wiki/Inalienable"

CABANELLAS DE LA TORRE, Guillermo ( 1998) “Diccionario Jurídico Elemental “, Ediciones Actualizadas, Editorial Heliastica. Quito- Ecuador.

COSNTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DOMINICANA-2010.

Código Civil Dominicano (2004)

es.wikipedia.org/wiki/Derecho.

Dice Lacruz Berdejo Sancho Rebullida en su obra Derecho de Familia

OMEBA, El Diccionario Jurídico

www.derechoecuador.com/ indox.

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ANEXOS

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CONSTELACIÓN DE LA VARIABLE DEPENDIENTE

EPENDIENTE

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