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La Plata, 23 de Diciembre de 2015. Al Vicepresidente del Consejo Federal Dn. Alfredo Derito S/D Tengo el agrado de dirigirme a Usted y por su intermedio al Comité Ejecutivo de la Entidad, a fin de poner en su conocimiento que me encuentro a cargo de la Agencia de Prevención de la Violencia en el Deporte (A.PRE.VI.DE.), habiendo sido designado Secretario Ejecutivo del organismo. Asimismo, le informo que la Agencia funcionará en la órbita del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires a cargo del Ministro Cristian Ritondo y que el A.PRE.VI.DE. es la autoridad de la aplicación de la Ley 11.929, modificatorias y su Decreto Reglamentario 1863/02. Recuerdo, que mediante el Decreto Nº 638/12 se establecen cuáles son las acciones que debe llevar a cabo la Agencia de Prevención de Violencia en el Deporte (A.Pre.Vi.De.), entre las que se encuentran: Disponer todas aquellas medidas previas, concomitantes y posteriores que considere pertinentes para garantizar la seguridad de los espectáculos deportivos que se desarrollan en ámbito territorial de la Provincia de Buenos Aires; Planificar, coordinar, controlar y evaluar la ejecución de las medidas dispuestas tendientes a garantizar la seguridad en los espectáculos deportivos; Promover e impulsar acciones y campañas de prevención de hechos de violencia en el ámbito deportivo; Elaborar orientaciones y recomendaciones a las asociaciones deportivas y las instituciones afiliadas a las mismas en aquellos espectáculos en los que razonablemente se prevea la posibilidad de actos violentos; Ser la Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 11.929 modificada por la Ley Nº 12.529 y su Decreto Reglamentario Nº 1.963/02; Promover e impulsar acciones de prevención, entre otras facultades. En otro orden de ideas, aprovecho la oportunidad para que el organismo que Ud. preside, informe, por donde corresponda, que por estrictas medidas de seguridad, las distintas Ligas que conforman ese Consejo en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, deberán solicitar la correspondiente autorización para organizar eventos futbolísticos en los meses de enero y febrero del año 2016, El incumplimiento de lo señalado en el párrafo anterior dara lugar a la aplicación de sanciones y/o multas que correspondan de acuerdo a lo establecido en la legislación vigente en la materia. Agradezco desde ya la disposición del Organismo que Ud. preside y la posibilidad de trabajar juntos por un Fútbol en Paz en la Argentina.

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La Plata, 23 de Diciembre de 2015.

Al Vicepresidente delConsejo FederalDn. Alfredo DeritoS/D

Tengo el agrado de dirigirme a Usted y por su intermedio al Comité Ejecutivo de la Entidad, a fin de poner en su conocimiento que me encuentro a cargo de la Agencia de Prevención de la Violencia en el Deporte (A.PRE.VI.DE.), habiendo sido designado Secretario Ejecutivo del organismo.

Asimismo, le informo que la Agencia funcionará en la órbita del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires a cargo del Ministro Cristian Ritondo y que el A.PRE.VI.DE. es la autoridad de la aplicación de la Ley 11.929, modificatorias y su Decreto Reglamentario 1863/02.

Recuerdo, que mediante el Decreto Nº 638/12 se establecen cuáles son las acciones que debe llevar a cabo la Agencia de Prevención de Violencia en el Deporte (A.Pre.Vi.De.), entre las que se encuentran: Disponer todas aquellas medidas previas, concomitantes y posteriores que considere pertinentes para garantizar la seguridad de los espectáculos deportivos que se desarrollan en ámbito territorial de la Provincia de Buenos Aires; Planificar, coordinar, controlar y evaluar la ejecución de las medidas dispuestas tendientes a garantizar la seguridad en los espectáculos deportivos; Promover e impulsar acciones y campañas de prevención de hechos de violencia en el ámbito deportivo; Elaborar orientaciones y recomendaciones a las asociaciones deportivas y las instituciones afiliadas a las mismas en aquellos espectáculos en los que razonablemente se prevea la posibilidad de actos violentos; Ser la Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 11.929 modificada por la Ley Nº 12.529 y su Decreto Reglamentario Nº 1.963/02; Promover e impulsar acciones de prevención, entre otras facultades.

En otro orden de ideas, aprovecho la oportunidad para que el organismo que Ud. preside, informe, por donde corresponda, que por estrictas medidas de seguridad, las distintas Ligas que conforman ese Consejo en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, deberán solicitar la correspondiente autorización para organizar eventos futbolísticos en los meses de enero y febrero del año 2016,

El incumplimiento de lo señalado en el párrafo anterior dara lugar a la aplicación de sanciones y/o multas que correspondan de acuerdo a lo establecido en la legislación vigente en la materia.

Agradezco desde ya la disposición del Organismo que Ud. preside y la posibilidad de trabajar juntos por un Fútbol en Paz en la Argentina.

Saluda a Usted con alta estima

Dr. Juan Manuel Lugones Secretario Ejecutivo

Agencia de Prevención de la Violencia en el Deporte

Agencia de Prevención de la Violencia en el Deporte Ministerio de SeguridadCalle 3 nro 82 La Plata Tel 221 427 2023