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 GENERALIDADES DE ANALOGIA JURIDICA POR EXCELENCIA ARGUMENTO A PAN O SIMILI RATIONE. A Pari. A Simili .: Por igual razón. Por semejanza. a pari ratione o analógico según el cual "donde hay la misma razón legal debe haber la misma disposición jurídica", A Contrario Sensu. Es una frase que se emplea como argumento cuando se deduce una consecuencia opuesta a lo afirmado o negado en una premisa dada. Por ejemplo, si siempre que llueve está nublado, y hoy no está nublado, entonces, a contrario sensu, hoy no llueve. Si todos los Labradores son perros y los angora no son perros, entonces, a contrario sensu, los angora no son Labradores. A Fortiori Ratione: Se explica de dos maneras: "de mayor a menor" es decir quién puede lo más puede lo menos y "de menor a mayor", es decir quién puede lo menos puede lo más. OTROS ARGUMENTOS DE INTERPRETACION JURIDICA A Generali Sensu: Este argumento es el de la generalidad de la Ley. El legislador legisla para una determinada generalidad de casos, dentro de los cuales podemos encontrar la controversia. Si se demuestra que es así, nada tiene que hacer el intérprete. Cuando la ley no hace distinción, no puede hacerla el intérprete (ubi lex non distinguit, nec nos distinguere debemus). Si la Ley establece que un menor es incapaz para contratar, nadie puede señalar que como el menor es sumamente inteligente, es capaz para contratar, por cuanto la Ley habla de menores de edad sin hacer distinción. A Ratione Legis Stricta: Denominado también la interpretación strictu sensu, consiste en que se apela al preciso y exacto significado de la Ley. El intérprete no puede ampliar ni disminuir ningún concepto. Si en el caso anterior, la Ley dispone que los menores de edad son incapaces para contratar, nadie puede interpretar que a un menor que le falten solo días para adquirir la mayoría puede contratar. La Ley indica menores de edad, en el strictu sensu de la expresión. A Rubrica: Se interpreta la Ley de acuerdo al Título o Rúbrica bajo la cual aparece. Es una interpretación por congruencia. Sería absurdo interpretar una norma de Enfiteusis valiéndose de la analogía con el Arrendamiento, ya que ambos conceptos aparecen en Títulos diferentes en la Ley Ab Autoritate: (Por autoridad)

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GENERALIDADES DE ANALOGIA JURIDICA POR EXCELENCIA 

ARGUMENTO A PAN O SIMILI RATIONE.

A Pari. A Simili.:

Por igual razón. Por semejanza. a pari ratione o analógico según el cual "donde hay la misma razón legal debehaber la misma disposición jurídica",

A Contrario Sensu.

Es una frase que se emplea como argumento cuando se deduce una consecuencia opuesta a lo afirmado o

negado en una premisa dada. Por ejemplo, si siempre que llueve está nublado, y hoy no está nublado,

entonces, a contrario sensu, hoy no llueve. Si todos los Labradores son perros y los angora no son perros,

entonces, a contrario sensu, los angora no son Labradores.

A Fortiori Ratione:

Se explica de dos maneras: "de mayor a menor" es decir quién puede lo más puede lo menos y "de menor a

mayor", es decir quién puede lo menos puede lo más.

OTROS ARGUMENTOS DE INTERPRETACION JURIDICA 

A Generali Sensu:

Este argumento es el de la generalidad de la Ley. El legislador legisla para una determinada generalidad de

casos, dentro de los cuales podemos encontrar la controversia. Si se demuestra que es así, nada tiene que

hacer el intérprete. Cuando la ley no hace distinción, no puede hacerla el intérprete (ubi lex non distinguit, nec

nos distinguere debemus). Si la Ley establece que un menor es incapaz para contratar, nadie puede señalarque como el menor es sumamente inteligente, es capaz para contratar, por cuanto la Ley habla de menores

de edad sin hacer distinción.

A Ratione Legis Stricta:

Denominado también la interpretación strictu sensu, consiste en que se apela al preciso y exacto significado

de la Ley. El intérprete no puede ampliar ni disminuir ningún concepto. Si en el caso anterior, la Ley dispone

que los menores de edad son incapaces para contratar, nadie puede interpretar que a un menor que le falten

solo días para adquirir la mayoría puede contratar. La Ley indica menores de edad, en el strictu sensu de la

expresión.

A Rubrica:

Se interpreta la Ley de acuerdo al Título o Rúbrica bajo la cual aparece. Es una interpretación por

congruencia. Sería absurdo interpretar una norma de Enfiteusis valiéndose de la analogía con el

Arrendamiento, ya que ambos conceptos aparecen en Títulos diferentes en la Ley

Ab Autoritate: (Por autoridad)

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Consiste en invocar la autoridad de la doctrina, o de la jurisprudencia para sustentar una determinada

interpretación.

Ejemplo: "La doctrina y la jurisprudencia tiene sentado esta Corte admiten que no es indispensable que el

derecho haya sido consumado para que surta tales efectos".

Ad Absurdum: (Por absurdo)

El argumento ad absurdum, afirma: Se tiene que aceptar una determinada interpretación, porque las demás

que se intenten conducirían a situaciones absurdas, tales como entrar en contradicción, ya sea con principios

fundamentales del derecho, o de la equidad, o contra el desconocimiento de una institución, etc. Enneccerus,

expresa lo anterior diciendo: "Que una determinada interpretación es la correcta, porque las demás que

quieran parecer posibles son en verdad insensatas"

Argumento Pro Sujecta Materia: (Bases del legislador)

Busca las bases del legislador en los trabajos preparatorios, diario de debates, anteproyectos, etc. Inclusive,

llega a buscar esas bases, no solamente en la norma sino en el sistema jurídico mismo.

Ejemplo: Frente al mandato expreso del artículo NN del Código Civil A, el cual prescribe: "La ley no tiene

efecto retroactivo", no se puede aceptar la interpretación propuesta en el sentido de que la utilidad pública

debe privar sobre cualquier disposición, inclusive sobre la irretroactividad de la ley y esto es así, porque en el

diario de debates quedó claramente establecido como una expresión suprema de la seguridad jurídica, la

consagración del principio de la irretroactividad de la ley.

Argumento de Interpretación Subjetiva. Para este argumento debe tenerse como punto de referencia al

legislador con el propósito de desentrañar de su mente lo que éste quiso decir. Entienden que lo que se

manda en la ley es la voluntad del legislador (mens legislatioris), quien es su autor, y que la norma jurídicasólo es un medio o instrumento para expresar ese mandato; entonces el intérprete debe llegar a lo que el

legislador quiso decir para interpretar correctamente la norma.

Argumento de Interpretación Objetiva.

Son de la creencia de que sólo lo que aparece redactado en la ley es lo objetivamente dispuesto como

mandato, que una vez publicada la ley, ésta se desprende de sus autores y adquiere vida y espíritu propios,

en consecuencia es la voluntad de la ley (mens legis) lo que debe descubrirse, porque en ella está lo

objetivamente querido. Es evidente, como bien manifiesta el Profesor español Ángel Latorre Segura, que la

norma no puede tener voluntad y por ello, cuando, de acuerdo con el Objetivismo, se habla de “voluntad de la

ley”, está sumamente claro que esta referencia se hace únicamente en sentido metafórico.

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