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GOBIERNO REGIONAL MADRE DE DIOS CONCURSO PÚBLICO Nº 01-2012-GOREMAD/CE - BASES INTEGRADAS CONCURSO PUBLICO Nº 01-2012-GOREMAD/CEP CONTRATACION DE SERVICIO PARA: ELABORACION DEL ESTUDIOS DE PRE INVERSION A NIVEL DE FACTIBILIDAD DEL PROYECTO: MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO Y TRATAMIENTO DE AGUAS SERVIDAS DE LA CIUDAD DE PUERTO MALDONADO DEL DISTRITO DE TAMBOPATA DEPARTAMENTO DE MADRE DE DIOS.

AVISO DE CONVOCATORIAzonasegura.seace.gob.pe/mon/docs/procesos/2012/000045/... · Web viewAntes del ingreso a la cámara húmeda se cuenta con un sistema de cribado mediante rejas

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AVISO DE CONVOCATORIA

GOBIERNO REGIONAL MADRE DE DIOS

CONCURSO PÚBLICO Nº 01-2012-GOREMAD/CE -

BASES INTEGRADAS

CONCURSO PUBLICO Nº 01-2012-GOREMAD/CEP

CONTRATACION DE SERVICIO PARA:

ELABORACION DEL ESTUDIOS DE PRE INVERSION A NIVEL DE FACTIBILIDAD DEL PROYECTO: MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO Y TRATAMIENTO DE AGUAS SERVIDAS DE LA CIUDAD DE PUERTO MALDONADO DEL DISTRITO DE TAMBOPATA DEPARTAMENTO DE MADRE DE DIOS.

SECCIÓN GENERAL

DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCESO DE SELECCIÓN

(ESTA SECCIÓN NO PUEDE MODIFICARSE EN NINGÚN EXTREMO, BAJO SANCIÓN DE NULIDAD, SALVO AQUELLAS DISPOSICIONES QUE EXPRESAMENTE SE INDIQUE EN LAS BASES QUE PUEDEN SER INCLUIDAS Y/U OMITIDAS)

CAPÍTULO I

ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN

1.1 CONVOCATORIA

Se efectuará de conformidad con lo señalado en el Artículo 51° del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma.

1.2 BASE LEGAL

· Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.

· Decreto Legislativo N° 1017 – Aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley.

· Decreto Supremo N° 184-2008-EF – Aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento.

· Decreto Supremo N° 021-2009-EF – Modificación del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

· Decreto Supremo N° 140-2009-EF – Modificación del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

· Directivas de OSCE

· Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General.

· Código Civil.

· Decreto Supremo Nº 007-2008-TR, Texto Único Ordenado de la Ley de Promoción de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña y del acceso al empleo decente, Ley MYPE.

· Decreto Supremo Nº 008-2008-TR, Reglamento de la Ley MYPE.

· Ley 27806 – Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública

Las referidas normas incluyen sus respectivas disposiciones ampliatorias, modificatorias y conexas, de ser el caso.

Para la aplicación del derecho deberá considerarse la especialidad de las normas previstas en las presentes Bases.

1.3 REGISTRO DE PARTICIPANTES Y ENTREGA DE BASES

El registro de participantes se efectuará desde el día siguiente de la convocatoria y hasta un (01) día hábil después de haber quedado integradas las Bases. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastará que se registre uno de sus integrantes, de conformidad con el Artículo 53º del Reglamento.

La persona natural o persona jurídica que desee participar en el proceso de selección deberá acreditar estar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) conforme al objeto contractual. La Entidad verificará la vigencia de la inscripción en el RNP y que no se encuentra inhabilitado para contratar con el Estado.

MUY IMPORTANTE:

Para participar de un proceso de selección convocado por las Entidades del Estado Peruano, es necesario que los proveedores se encuentren inscritos, en el registro correspondiente, ante el Registro Nacional de Proveedores (RNP) que administra el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Para obtener mayor información, podrá ingresarse a la siguiente dirección electrónica: www.rnp.gob.pe.

Al registrarse, el participante deberá señalar la siguiente información: Nombres y apellidos (persona natural), DNI, razón social (persona jurídica), número de RUC, domicilio legal, teléfono.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 52º del Reglamento, la persona natural o jurídica que desee ser notificada electrónicamente, deberá consignar una dirección de correo electrónico y mantenerla activa, a efecto de las notificaciones que, conforme a lo previsto en el Reglamento, deban realizarse. La notificación a través del SEACE prevalece sobre cualquier medio que se haya utilizado adicionalmente, siendo responsabilidad del participante el permanente seguimiento del respectivo proceso a través del SEACE.

1.4 FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES

Las consultas y observaciones a las Bases serán presentadas por un periodo mínimo de tres (03) días hábiles, contados desde el día siguiente de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en los artículos 54º, 55º y 57º del Reglamento.

1.5 ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES

La decisión que tome el Comité Especial con relación a las consultas y observaciones presentadas constará en el pliego absolutorio que se notificará a través del SEACE y a los correos electrónicos de los participantes que así lo hubieran solicitado, de conformidad con lo establecido en los artículos 55º, 56º y 57º del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma del proceso de selección.

El plazo para la absolución no podrá exceder de tres (3) días hábiles contados desde el vencimiento del plazo para recibir las consultas y observaciones.

La absolución de consultas y observaciones que se formulen al contenido de las Bases, se considerarán como parte integrante de ésta y del Contrato.

MUY IMPORTANTE:

No se absolverán consultas y observaciones a las Bases que se presenten extemporáneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.

1.6ELEVACIÓN DE OBSERVACIONES A LA ENTIDAD

De conformidad con el artículo 28º de la Ley, los observantes tienen la opción de solicitar que las Bases y los actuados del proceso sean elevados al Titular de la Entidad, dentro de los tres (3) días siguientes a la notificación del pliego absolutorio a través del SEACE, siempre que el valor referencial del proceso sea menor a trescientas (300) Unidades Impositivas Tributarias (UIT).

Dicha opción no sólo se originará cuando las observaciones formuladas no sean acogidas por el Comité Especial, sino, además, cuando el observante considere que el acogimiento declarado por el Comité Especial continúa siendo contrario a lo dispuesto por el artículo 26° de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección.

Igualmente, cualquier otro participante que se hubiere registrado como tal antes del vencimiento del plazo previsto para formular observaciones, tendrá la opción de solicitar la elevación de las Bases, cuando habiendo sido acogidas las observaciones formuladas por los observantes, considere que la decisión adoptada por el Comité Especial es contraria a lo dispuesto por el artículo 26° de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección.

El plazo para emitir y notificar el Pronunciamiento a través del SEACE será no mayor de ocho (8) días hábiles. Este plazo es improrrogable y será contado desde la presentación de la solicitud de elevación de las Bases.

La competencia del Titular de la Entidad para emitir el Pronunciamiento es indelegable.

1.7 INTEGRACIÓN DE LAS BASES

El Comité Especial integrará las Bases como reglas definitivas del presente proceso de selección, una vez absueltas todas las consultas y/u observaciones o si éstas no se han presentado, no pudiendo ser cuestionadas en ninguna otra vía ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. Esta restricción no afecta la competencia del Tribunal para declarar la nulidad del proceso por deficiencias en las Bases.

Las Bases Integradas, de ser el caso, deberán contener los cambios producidos como consecuencia de las consultas y observaciones formuladas y aceptadas o acogidas por el Comité Especial, y/o de lo dispuesto en el Pronunciamiento emitido por el Titular de la Entidad.

Corresponde al Comité Especial, bajo responsabilidad, integrar las Bases y publicarlas en el SEACE, conforme lo establecen los Artículos 59º y 60º del Reglamento.

De conformidad con el artículo 31º del Reglamento, el Comité Especial no podrá efectuar modificaciones de oficio al contenido de las Bases, bajo responsabilidad.

1.8 FORMA DE PRESENTACIÓN Y ALCANCES DE LAS PROPUESTAS

Todos los documentos que contengan información referida a los requisitos para la admisión de propuestas y factores de evaluación se presentarán en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción efectuada por traductor público juramentado, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que podrá ser presentada en el idioma original. El postor será responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos. La omisión de la presentación del documento o su traducción no es subsanable.

Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados, de los cuales el primero contendrá la propuesta técnica y el segundo la propuesta económica.

Si las propuestas se presenten en hojas simples se redactarán por medios mecánicos o electrónicos, llevarán el sello y la rúbrica del postor y serán foliadas correlativamente empezando por el número uno.

Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, éstos podrán ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual, debiendo llevar el sello y la rúbrica del postor o su representante legal o mandatario designado para dicho fin.

Las personas naturales podrán concurrir personalmente o a través de su apoderado debidamente acreditado ante el Comité Especial, mediante carta poder simple (Formato N° 01). Las personas jurídicas lo harán por medio de su representante legal acreditado con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo o a través de su apoderado acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntará el documento registral vigente que consigne la designación del representante legal (Formato Nº 01).

1.9PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS

La presentación de propuestas se realiza en acto público, en la fecha y hora señaladas en el calendario del proceso.

El acto se inicia cuando el Comité Especial empieza a llamar a los participantes en el orden en que se registraron para participar en el proceso, para que entreguen sus propuestas. Si al momento de ser llamado el participante no se encuentra presente, se le tendrá por desistido. Si algún participante es omitido, podrá acreditarse con la presentación de la constancia de su registro como participante.

Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio.

NOTA 1 PARA EL COMITÉ ESPECIAL:

En caso de convocarse según relación de ítems, deberá tenerse en cuenta lo siguiente: “Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio en un mismo ítem, lo que no impide que puedan presentarse individualmente o conformando otro consorcio en ítems distintos”.

Después de recibidas las propuestas, el Comité Especial procederá a abrir los sobres que contienen la propuesta técnica de cada postor.

El Comité Especial comprobará que los documentos presentados por cada postor sean los solicitados por las Bases, la Ley y el Reglamento. De no ser así, devolverá la propuesta, teniéndola por no presentada, salvo que el postor exprese su disconformidad, en cuyo caso se anotará tal circunstancia en el acta y el Notario (o Juez de Paz) mantendrá la propuesta en su poder hasta el momento en que el postor formule apelación. Si se formula apelación se estará a lo que finalmente se resuelva al respecto.

De presentarse situaciones de subsanación de la propuesta técnica, se procederá de acuerdo al Artículo 68 º del Reglamento.

Después de abierto cada sobre que contiene la propuesta técnica, el Notario (o Juez de Paz) procederá a sellar y firmar cada hoja de los documentos de la propuesta técnica. A su vez, si las Bases han previsto que la evaluación y calificación de las propuestas técnicas se realice en fecha posterior, el Notario (o Juez de Paz) procederá a colocar los sobres cerrados que contienen las propuestas económicas dentro de uno o más sobres, los que serán debidamente sellados y firmados por él, por los miembros del Comité Especial y por los postores que así lo deseen, conservándolos hasta la fecha en que el Comité Especial, en acto público, comunique verbalmente a los postores el resultado de la evaluación de las propuestas técnicas.

Al terminar el acto público, se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Juez de Paz), por todos sus miembros, así como por los veedores y los postores que lo deseen.

1.10 CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA

La propuesta económica (Sobre Nº 2) deberá incluir obligatoriamente lo siguiente:

a) La oferta económica, en nuevos soles, incluidos todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del servicio a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. La Entidad no reconocerá pago adicional de ninguna naturaleza.

El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrán ser expresados con más de dos decimales.

b) Garantía de seriedad de oferta

NOTA 2 PARA EL COMITÉ ESPECIAL:

En caso de convocarse según relación de ítems, deberá incluirse lo siguiente: “Tratándose de un proceso según relación de ítems, cuando los postores se presenten a más de un ítem, deberán presentar sus propuestas económicas en forma independiente”

1.11 EVALUACIÓN DE PROPUESTAS

La evaluación de propuestas se realizará en dos (02) etapas: La evaluación técnica y la evaluación económica.

Los máximos puntajes asignados a las propuestas son las siguientes:

Propuesta Técnica

: 100 puntos

Propuesta Económica

: 100 puntos

1.11.1Evaluación Técnica

Se verificará que la propuesta técnica contenga los documentos de presentación obligatoria y cumpla con los requerimientos técnicos mínimos contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no serán admitidas.

Sólo a aquellas propuestas admitidas, el Comité Especial les aplicará los factores de evaluación previstos en las Bases y asignará los puntajes correspondientes, conforme a los criterios establecidos para cada factor.

Las propuestas técnicas que no alcancen el puntaje mínimo de ochenta (80) puntos, serán descalificadas en esta etapa y no accederán a la evaluación económica.

1.11.2Evaluación Económica

Si la propuesta económica excede el valor referencial será devuelta por el Comité Especial, teniéndose por no presentada, conforme lo establece el artículo 33º de la Ley.

La evaluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo establecido a la propuesta económica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignará un puntaje inversamente proporcional, según la siguiente fórmula:

Pi = Om x PMPE

Oi

Donde:

i= Propuesta

Pi= Puntaje de la propuesta económica i

Oi= Propuesta Económica i

Om= Propuesta Económica de monto o precio más bajo

PMPE= Puntaje Máximo de la Propuesta Económica

NOTA 3 PARA EL COMITÉ ESPECIAL:

En caso de convocarse bajo el sistema de precios unitarios, tarifas o porcentajes deberá incluirse la siguiente disposición: “El Comité Especial deberá verificar las operaciones aritméticas de la propuesta que obtuvo el mayor puntaje total y, de existir alguna incorrección, deberá corregirla a fin de consignar el monto correcto y asignarle el lugar que le corresponda. Dicha corrección debe figurar expresamente en el acta respectiva”.

NOTA 4 PARA EL COMITÉ ESPECIAL:

Sólo cuando se haya previsto (según el caso concreto) aceptar propuestas económicas que incluyan propuestas de financiamiento deberá incluirse lo siguiente: “La propuesta económica se evaluará utilizando el método del valor presente neto del flujo financiero que comprenda los costos financieros y el repago de la deuda. Se tomarán en cuenta todos los costos del financiamiento, tales como la tasa de interés, comisiones, seguros y otros, así como la contrapartida de la Entidad si fuere el caso, conforme a las disposiciones contenidas en el artículo 70º del Reglamento”.

1.11 ACTO PÚBLICO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO

En la fecha señalada en las Bases, el Comité Especial procederá a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de selección a través de un cuadro comparativo en el que se consignará el orden de prelación y el puntaje técnico, económico y total obtenidos por cada uno de los postores.

La evaluación de las propuestas económicas se realizará de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases.

La determinación del puntaje total se hará de conformidad con el artículo 71º del Reglamento.

El Presidente del Comité Especial anunciará la propuesta ganadora indicando el orden en que han quedado calificados los postores a través del cuadro comparativo.

En el supuesto que dos (02) o más propuestas empatasen, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando lo señalado en el Artículo 73º del Reglamento.

Al terminar el acto público se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o juez de paz), por todos los miembros del Comité Especial y por los postores que deseen hacerlo.

El otorgamiento de la Buena Pro, se presumirá notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregará a los postores copia del acta de otorgamiento de la buena pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluación. Dicha presunción no admite prueba en contrario.

Esta información se publicará el mismo día en el SEACE.

1.12 CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO

Cuando se hayan presentado dos (2) o más propuestas, el consentimiento de la Buena Pro se producirá a los cinco (5) días hábiles de la notificación de su otorgamiento, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelación.

En el caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la Buena Pro se producirá el mismo día de la notificación de su otorgamiento.

El consentimiento de la Buena Pro se publicará en el SEACE al día siguiente de haber quedado consentido el otorgamiento de la buena pro.

1.13 CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADO PARA CONTRATAR CON EL ESTADO

De acuerdo con el artículo 282º del Reglamento, a partir del día hábil siguiente de haber quedado consentida la Buena Pro hasta el décimo quinto día hábil de producido tal hecho, el postor ganador de la Buena Pro debe solicitar ante el OSCE la expedición de la constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.

El OSCE no expedirá constancias solicitadas fuera del plazo indicado.

CAPÍTULO II

SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCIÓN

2.1Recurso de apelación

A través del recurso de apelación se impugnan los actos dictados durante el desarrollo del proceso de selección, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la celebración del contrato.

El recurso de apelación se presentará ante la Entidad que convocó el proceso de selección que se impugna, y será conocido y resuelto por el Titular de la Entidad.

Con independencia del valor referencial del proceso de selección, los actos emitidos por el Titular de la Entidad que declaren la nulidad de oficio o cancelen el proceso, podrán impugnarse ante el Tribunal.

El Tribunal será competente para conocer y resolver las controversias que surjan en los procesos de selección de las contrataciones que se encuentren bajo los alcances de tratados o acuerdos internacionales donde se asuman compromisos en materia de contratación pública.

2.2Plazos de la interposición del recurso de apelación

La apelación contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse otorgado la Buena Pro.

La apelación contra los actos distintos a los indicados en el párrafo anterior debe interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.

CAPÍTULO III

SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO

3.1. DE LOS CONTRATOS

Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena Pro, la Entidad deberá, dentro del plazo de dos (2) días hábiles siguientes al consentimiento de la Buena Pro, citar al postor ganador otorgándole el plazo establecido en las Bases, el cual no podrá ser menor de cinco (5) ni mayor de diez (10) días hábiles, dentro del cual deberá presentarse a la sede de la Entidad para suscribir el contrato con toda la documentación requerida. En el supuesto que el postor ganador no se presente dentro del plazo otorgado, se procederá de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 148° del Reglamento.

NOTA 5 PARA EL COMITÉ ESPECIAL:

Las Entidades podrán citar al ganador de la buena pro a través del SEACE. En caso que la Entidad opte por esta forma de notificación deberá consignarse el siguiente párrafo:

“La citación al postor ganador de la buena pro para la suscripción del contrato se notificará de manera electrónica a través del SEACE. Es responsabilidad del postor el permanente seguimiento del respectivo proceso en el SEACE.”

El contrato será suscrito por la Entidad, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el Artículo 139° del Reglamento.

Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, además de los documentos previstos en las Bases, los siguientes:

· Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.

· Garantía de fiel cumplimiento y por el monto diferencial de propuesta, de ser el caso, cuya vigencia se extiende hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista, salvo casos de excepción;

· Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los asociados, de ser el caso.

3.2VIGENCIA DEL CONTRATO

En aplicación de lo dispuesto en el artículo 149º del Reglamento, el contrato tiene vigencia desde el día siguiente de la suscripción del documento que lo contiene o, en su caso, desde la recepción de la orden de servicio. Dicha vigencia rige hasta que el funcionario competente dé la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista y se efectúe el pago correspondiente.

3.3 REQUISITOS DE LAS GARANTÍAS

Las garantías que debe presentar el contratista deberán ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización automática al solo requerimiento de la Entidad, emitida por una empresa autorizada y sujeta al ámbito de supervisión de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones o que estén consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú.

3.4 DE LAS GARANTÍAS

3.4.1GARANTÍA DE SERIEDAD DE OFERTA

Los postores deberán presentar la garantía de seriedad de oferta a efectos de garantizar la vigencia de su oferta, según el monto establecido en las presentes Bases.

El postor que resulte ganador de la Buena Pro y el que ocupó el segundo lugar están obligados a mantener su vigencia hasta la suscripción del contrato.

Luego de consentida la Buena Pro, la Entidad devolverá las garantías presentadas por los postores que no resultaron ganadores de la Buena Pro, con excepción del que ocupó el segundo lugar y de aquellos que decidan mantenerlas vigentes hasta la suscripción del contrato.

El plazo de vigencia de la garantía de seriedad de oferta no podrá ser menor a dos (2) meses computados a partir del día siguiente de la presentación de las propuestas. Esta garantía puede ser renovada.

3.4.2 GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO

El postor ganador debe entregar a la Entidad la garantía de fiel cumplimiento del contrato. Esta deberá ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.

De manera excepcional, respecto de aquellos contratos que tengan una vigencia superior a un (1) año, previamente a la suscripción del contrato, las Entidades podrán aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garantía de fiel cumplimiento y de ser el caso, la garantía por el monto diferencial de la propuesta, con una vigencia de un (1) año, con el compromiso de renovar su vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación.

NOTA 6 PARA EL COMITÉ ESPECIAL:

Al amparo de lo dispuesto en el Artículo 155º del Reglamento, en los casos de prestación de servicios de ejecución periódica, deberá consignarse lo siguiente: “Alternativamente, las micro y pequeñas empresas podrán optar que, como garantía de fiel cumplimiento, la Entidad retenga el diez por ciento (10%) del monto total del contrato original, conforme a lo establecido en el artículo 39º de la Ley. Para estos efectos, la retención de dicho monto se efectuará durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo”.

3.4.3.GARANTÍA POR EL MONTO DIFERENCIAL DE PROPUESTA

Cuando la propuesta económica fuese inferior al valor referencial en más del diez por ciento (10%) de éste, para la suscripción del contrato, el postor ganador deberá presentar una garantía adicional por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica. Dicha garantía deberá tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.

3.4.4.GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO POR PRESTACIONES ACCESORIAS

En caso el contrato conlleve a la ejecución de prestaciones accesorias, tales como mantenimiento, reparación o actividades afines, se otorgará una garantía adicional por este concepto, la misma que se renovará periódicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentación en ningún caso.

3.5 EJECUCIÓN DE GARANTÍAS

Las garantías se harán efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en el artículo 164° del Reglamento.

3.6 DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

La aplicación de penalidades por retraso injustificado en la atención del servicio requerido y las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con los Artículos 165° y 168° del Reglamento, respectivamente.

De acuerdo con los artículos 48º de la Ley y 166º del Reglamento, en las Bases o el contrato podrán establecerse penalidades distintas a la mencionada en el artículo 165º del Reglamento, siempre y cuando sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la convocatoria, hasta por un monto máximo equivalente al 10% del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse. Estas penalidades se calcularán de forma independiente a la penalidad por mora.

3.7 ADELANTOS

NOTA 7 PARA EL COMITÉ ESPECIAL:

Deberá incluirse las disposiciones de este numeral sólo en el caso que la Entidad haya previsto la entrega de adelantos:

Se podrá establecer adelantos directos al contratista, los que en ningún caso excederán en conjunto del treinta por ciento (30%) del monto del contrato original.

La entrega de adelantos se hará en la oportunidad establecida en las Bases. En el supuesto que no se entregue el adelanto en dicha oportunidad, el contratista tiene derecho a solicitar prórroga del plazo de ejecución de la prestación por el número de días equivalente a la demora, siempre que ésta afecte realmente el plazo indicado.

3.8PAGOS

La Entidad deberá realizar todos los pagos a favor del contratista por concepto de los servicios prestados. Dichos pagos se efectuarán después de ejecutada la respectiva prestación; salvo que, por razones de mercado, el pago del precio sea condición para la realización del servicio.

La Entidad podrá realizar pagos periódicos al contratista por los servicios contratados en cumplimiento del objeto del contrato, siempre que estén fijados en las Bases y que el contratista los solicite presentando la documentación que justifique el pago y acredite la existencia de la prestación de los servicios. Las Bases podrán especificar otras formas de acreditación de la obligación. Los montos entregados tendrán el carácter de pagos a cuenta.

En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizará de acuerdo a lo que se indique en el contrato de consorcio.

Plazos para los pagos

La Entidad deberá pagar las contraprestaciones pactadas a favor del contratista en la oportunidad establecida en las Bases o en el contrato. Para tal efecto, el responsable de dar la conformidad de la prestación de los servicios, deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días calendario de ser éstos recibidos.

En caso de retraso en el pago, el contratista tendrá derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el artículo 48° de la Ley, contado desde la oportunidad en que el pago debió efectuarse.

3.9 DISPOSICIONES FINALES

Todos los demás aspectos del presente proceso no contemplados en la presente sección o en las Bases se regirán por la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes.

SECCIÓN ESPECÍFICA

CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCESO DE SELECCIÓN

(En esta sección la Entidad deberá completar la información exigida de acuerdo a las instrucciones indicadas)

CAPÍTULO I

GENERALIDADES

1.1ENTIDAD CONVOCANTE

Gobierno Regional de Madre de Dios, ciudad de Puerto Maldonado, Distrito Tambopata, Provincia Tambopata, Región Madre de Dios, con domicilio legal Jr. Billinghurst Nº480 – Embarcadero Turístico, con RUC Nº 20527143200

1.2 DOMICILIO LEGAL

Jr. Billinghurst Nº480 – Embarcadero Turístico,.

1.3 OBJETO DE LA CONVOCATORIA

El presente proceso de selección tiene por objeto la contratación del servicio para la ELABORACION DEL ESTUDIOS DE PRE INVERSION A NIVEL DE FACTIBILIDAD DEL PROYECTO: MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO Y TRATAMIENTO DE AGUAS SERVIDAS DE LA CIUDAD DE PUERTO MALDONADO DEL DISTRITO DE TAMBOPATA DEPARTAMENTO DE MADRE DE DIOS.

1.4 VALOR REFERENCIAL

El valor referencial asciende a, S/. 767,333.33, SETECIENTOS SESENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES CON 33/100 NUEVOS SOLES incluido los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total del servicio de consultoría. El valor referencial ha sido calculado al mes de Marzo 2012.

El valor referencial asciende a:

Valor Referencial

S/. 767,333.33, SETECIENTOS SESENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES CON 33/100 NUEVOS SOLES

Las propuestas que excedan el valor referencial serán devueltas por el Comité Especial teniéndolas por no presentadas.

1.5 EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN

El expediente de contratación fue aprobado mediante RESOLUCIÓN DIRECTORAL ADMINISTRATIVA Nº 85-2012GOREMAD/ORA, de fecha de 16 Marzo del 2012.

1.6 FUENTE DE FINANCIAMIENTO

RECURSOS ORDINARIOS

1.7 SISTEMA DE CONTRATACIÓN

El presente proceso se rige por el sistema de SUMA ALZADA, de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo.

1.8 ALCANCES DEL REQUERIMIENTO

El servicio a contratar está definido en los Términos de Referencia que forman parte de la presente Sección en el Capítulo III.

1.9 PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO

El plazo de prestación de servicio es de un plazo de CIENTO VENTE (120) DIAS CALENDARIOS. Dicho plazo constituye un requerimiento técnico mínimo que debe coincidir con lo establecido en el expediente de contratación.

1.10 BASE LEGAL

· Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.

· Decreto Legislativo N° 1017 – Aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley.

· Decreto Supremo N° 184-2008-EF – Aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento.

· Decreto Supremo N° 021-2009-EF – Modificación del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

· Decreto Supremo N° 140-2009-EF – Modificación del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

· Directivas de OSCE

· Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General.

· Código Civil.

· Decreto Supremo Nº 007-2008-TR, Texto Único Ordenado de la Ley de Promoción de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña y del acceso al empleo decente, Ley MYPE.

· Decreto Supremo Nº 008-2008-TR, Reglamento de la Ley MYPE.

· Ley 27806 – Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública

Las referidas normas incluyen sus respectivas disposiciones ampliatorias, modificatorias y conexas, de ser el caso.

CAPÍTULO II

DEL PROCESO DE SELECCIÓN

2.1 CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN

· Convocatoria…………………………………………….…: 23 /03/ 2012

· Registro de Participantes………………………………: Del 26 al 27 Marzo 2012

· Formulación de Consultas ……………………………: Del 26 al 30 de marzo

· Absolución de Consultas …………………………….: 02 de marzo 2012

· Formulación de Observaciones a las Bases…...: Del 03 al 08/ 04/ 2012

· Absolución de Observaciones a las Bases………: 12 /04 / 2012

· Integración de las Bases……………………………….: 13 /04 / 2012

· Presentación de Propuestas…………….………......: 26 de abril 2012

El acto público se realizará en...……..…………….: Auditorio de la oficina de procesos del GOREMAD

A las 15:00 horas

· Calificación y Evaluación de Propuestas………….: 26 de abril 2012

· Otorgamiento de la Buena Pro….…………………..: 26 de abril 2012

El acto público se realizará en………………………..: Auditorio de la oficina de procesos del GOREMAD a las 15:00 horas

2.2 REGISTRO DE PARTICIPANTES Y ENTREGA DE BASES

El registro de los participantes se realizará en la unidad de Procesos del GOREMAD, sito en JR. Cusco N° 350 (ex colegio santa rosa) puerto Maldonado, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 08:00 a 16:00. Horas, previo pago de la suma de S/.50.00 (Cincuenta con 00/100 Nuevos Soles) por derecho de participación.

En el momento de la entrega de las Bases al participante, se emitirá la constancia o cargo correspondiente en el que se indicará: el número y objeto del proceso, el nombre y firma de la persona que recibe las Bases así como el día y hora de dicha recepción.

Además deberá presentar copia de su Registro Nacional de proveedores vigente

2.3 FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES

Las consultas y observaciones se presentarán por escrito, debidamente fundamentadas, ante la ventanilla de Mesa de Partes de la unidad de Procesos del GOREMAD, sito en JR. Cusco N° 350 (ex colegio santa rosa) puerto Maldonado en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 08:00 horas a 16:00 horas, debiendo estar dirigidas al Presidente del Comité Especial de CONCURSO PUBLICO N°01-2012

Opcionalmente presentar en un medio magnético.

2.4 ACTO PÚBLICO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS

Las propuestas se presentarán en acto público, en el Auditorio de en la unidad de Procesos del GOREMAD, sito en JR. Cusco N° 350 (ex colegio santa rosa) puerto Maldonado en la fecha y hora señalada en el cronograma. El acto público se realizará con la participación de Notario.

Las propuestas se presentarán en dos sobres cerrados y estarán dirigidas al Comité Especial del CONCURSO PUBLICO N° 01-2012 - conforme al siguiente detalle:

SOBRE N° 1: Propuesta Técnica. El sobre será rotulado:

SOBRE Nº 2: Propuesta Económica. El sobre será rotulado:

2.5 CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS

SOBRE Nº 1 - PROPUESTA TÉCNICA:

Se presentará en un (1) original y dos copias

El sobre Nº 1 contendrá, además de un índice de documentos, la siguiente documentación:

Documentación de presentación obligatoria:

a) Copia simple del Certificado de inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores, Registro de Servicios.

b) Declaración Jurada de datos del postor.

Cuando se trate de Consorcio, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados. (Anexo Nº 01)

c) Declaración Jurada y documentación que acredite el cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos contenidos en el Capítulo III de la presente Sección. (Anexo Nº 02)

d) Declaración jurada simple de acuerdo al Artículo 42º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. (Anexo Nº 03)

En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada, salvo que sea presentada por el representante legal común del consorcio.

e) Promesa Formal de Consorcio, de ser el caso, consignando los integrantes, el representante común, el domicilio común y el porcentaje de participación. (Anexo Nº 4)

La promesa formal de consorcio deberá ser suscrita por cada uno de sus integrantes. En caso de no establecerse en la promesa formal de consorcio las obligaciones, se presumirá que los integrantes del consorcio ejecutarán conjuntamente el objeto de convocatoria, por lo cual cada uno de sus integrantes deberá cumplir con los requisitos exigidos en las Bases del proceso.

Se presume que el representante común del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representación del mismo en todos los actos referidos al proceso de selección, suscripción y ejecución del contrato, con amplias y suficientes facultades.

f) Declaración Jurada de plazo de prestación del servicio. (Anexo Nº 5)

Documentación de presentación facultativa:

a) Certificado de inscripción o reinscripción en el Registro de la Micro y Pequeña Empresa – REMYPE.

b) En el caso de microempresas y pequeñas empresas integradas por personas con discapacidad o en el caso de consorcios conformados en su totalidad por éstas, deberá presentarse una constancia o certificado con el cual acredite su inscripción en el Registro Nacional de la persona con discapacidad.

SOBRE Nº 2 - PROPUESTA ECONÓMICA

El Sobre N° 2 deberá contener la siguiente información obligatoria:

a) Oferta económica y el detalle de precios unitarios cuando este sistema haya sido establecido en las Bases (Anexo Nº 7).

El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrán ser expresados con más de dos decimales.

b) Garantía de seriedad de oferta por un monto de S/. 7,673.33 (SIETE MIL SEISCIENTOS SETENTA Y TRES CON 33/100 Nuevos soles) equivalente al 1% del valor referencial a través de una CARTA FIANZA emitida por entidades sujetas a la SBS.

2.6Determinación del Puntaje Total

Una vez evaluadas las propuestas técnica y económica se procederá a determinar el puntaje total de las mismas.

El puntaje total de la propuesta será el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la siguiente fórmula:

PTPi = c1 PTi + c2 PEi

Donde:

PTPi = Puntaje total del postor i

PTi = Puntaje por evaluación técnica del postor i

PEi = Puntaje por evaluación económica del postor i

En el caso de servicios de consultoría se aplicarán las siguientes ponderaciones:

c1 = Coeficiente de ponderación para la evaluación técnica = 0.70

c2 = Coeficiente de ponderación para la evaluación económica = 0.30

2.7 REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO

Adicionalmente, conforme al artículo 141º del Reglamento y en concordancia con el objeto de la convocatoria, se presentaran, los siguientes documentos:

a) Copia de DNI del Representante Legal;

b) Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa;

c) Copia de la constitución de la empresa y sus modificatorias debidamente actualizado;

d) Copia del RUC de la empresa;

e) Código de Cuenta Interbancario (CCI), de corresponder

f) Constancia de no estar inhabilitado para contratar con el estado

Asimismo, el postor ganador de la buena pro deberá presentar una carta fianza para efectos de garantizar lo siguiente:

· El fiel cumplimiento del contrato

· El monto diferencial de la propuesta (de ser el caso).

· Prestaciones accesorias (de ser el caso).

2.8PLAZO PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO

El postor ganador de la buena pro deberá presentar toda la documentación requerida para la suscripción del contrato en el plazo de 10 días hábiles. La citada documentación deberá ser presentada en La Unidad de procesos sitio Jr. Cusco Nº 350 puerto maldonado.

2.9 ADELANTOS

Adelanto de 30% de monto del contrato previa presentación de una carta fianza por el mismo monto y por un plazo máximo de 120 días calendario

2.10 PLAZO PARA EL PAGO

La Entidad se compromete a efectuar el pago al contratista en un plazo máximo de 10 (diez) días calendario de otorgada la conformidad de recepción según el cronograma de pago.

2.11FORMA DE PAGO

De acuerdo con el artículo 176º del Reglamento, para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por el contratista, la Entidad deberá contar con la siguiente documentación:

· Recepción y conformidad del Órgano de Encargado

· Informe del funcionario responsable del área usuaria emitiendo su conformidad de la prestación efectuada.

· Factura

2.12REAJUSTE DE LOS PAGOS

En caso se permita el reajuste de pagos, deberá consignarse el procedimiento previsto por el artículo 49º del Reglamento.

2.13RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA.

El contratista es el responsable por la calidad ofrecida y por los vicios ocultos del servicio ofertados por un plazo no menor de un (1) año contado a partir de la conformidad otorgada por la Entidad

CAPÍTULO III

ELABORACION DEL ESTUDIO DE PRE INVERSION A NIVEL DE FACTIBILIDAD DEL PROYECTO “MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO Y TRATAMIENTO DE AGUAS SERVIDAS DE LA CIUDAD DE PUERTO MALDONADO”- DISTRITO TAMBOPATA, PROVINCIA TAMBOPATA, DEPARTAMENTO MADRE DE DIOS

TÉRMINOS DE REFERENCIA

INDICE

241.0ANTECEDENTES

242.0OBJETO

253.0BASE LEGAL

264.0ÁREA DE INFLUENCIA DEL PROYECTO

265.0REQUERIMIENTOS Y CONSIDERACIONES TÉCNICAS DEL ÁREA EN ESTUDIO

265.1REQUERIMIENTOS DEL ÁREA EN ESTUDIO

265.2DESCRIPCION GENERAL DEL SISTEMA ACTUAL

265.2.1AGUA POTABLE

275.2.2 ALCANTARILLADO

305.3DESCRIPCIÓN GENERAL DEL SISTEMA DE PROYECTADO

316.0CONSIDERACIONES GENERALES

266.1CONSIDERACIONES PARA LA ELABORACION DEL ESTUDIO

266.2FINANCIAMIENTO

327.0ALCANCES DEL ESTUDIO

327.1CONSIDERACIONES A LOS ALCANCES DEL ESTUDIO:

337.2INFORME DE EVALUACIÓN DE LOS SISTEMAS EXISTENTES.

337.3ESTUDIO DE TOPOGRAFÍA

337.3.1CONSIDERACIONES GENERALES

347.3.2DE LAS OBRAS GENERALES

347.3.3DE LAS OBRAS SECUNDARIAS

357.3.4OTRAS CONSIDERACIONES

357.4ESTUDIO DE MECÁNICA DE SUELOS

357.4.1CONSIDERACIONES GENERALES

357.4.2DE LAS OBRAS GENERALES

367.4.3DE LAS OBRAS SECUNDARIAS

377.5MODELAMIENTO HIDRÁULICO DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO

377.6ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

377.6.1PREPARACIÓN DEL ESTUDIO

387.6.2ANEXOS

387.7ANALISIS DE RIESGO Y VULNERABILIDAD

387.8SANEAMIENTO FÍSICO LEGAL ( LIBRE DISPONIBILIDAD DE LOS TERRENOS)

397.8.1INFORMACIÓN PRELIMINAR

397.8.2ENTREGABLES (CONSOLIDACIÓN)

407.9METRADOS Y PRESUPUESTOS

417.10ESTUDIO DE FACTIBILIDAD

417.10.1PRESENTACIÓN DEL INFORME. DESCRIBIR

537.10.2RECOMENDACIONES

548.0RECURSOS HUMANOS Y FISICOS MINIMOS REQUERIDOS

569.0DURACION DEL SERVICIO

5710.0MONTO DEL SERVICIO DE CONSULTORIA

5811.0PRESENTACIÓN DEL SERVICIO

5812.0DISPOSICIONES ESPECÍFICAS.

5813.0SUPERVISIÓN, CONTROL Y PRESENTACIÓN DE LOS INFORMES.

58DE LA SUPERVISIÓN Y CONTROL

59DE LA PRESENTACIÓN

6214.0FORMA DE PAGO.

6215.0PENALIDADES

2

TÉRMINOS DE REFERENCIA

1.0 ANTECEDENTES

Ante el deficiente servicio de agua potable y alcantarillado generado por el crecimiento poblacional de la Ciudad de Puerto Maldonado, EMAPAT SRL en diciembre del 2003 presenta al Ministerio de Vivienda, el Perfil del “Proyecto Integral de Agua Potable y Alcantarillado de la Ciudad de Puerto Maldonado”, proyecto que contemplaba medidas de intervención para el sistema de distribución y producción de agua potable y para el sistema de alcantarillado sanitario. Dicho proyecto se enmarcaba en el programa de Proyectos Integrales, financiados con apoyo de la cooperación alemanda a través de la KFW. Dicho Perfil fue aprobado por la OPI VIVIENDA en Mayo del 2004, la Dirección General de Programación Multianual, autorizó la elaboración del estudio de factibilidad del proyecto integral.

En Mayo del 2006, EMAPAT, remite a la OPI VIVIENDA, el perfil del proyecto: “Medidas de Rápido Impacto Para Mejorar la Cobertura y Calidad de Agua Potable de la Ciudad de Puerto Maldonado” para su evaluación, debido a que la Cooperación Alemana había suspendido el Programa de Proyectos Integrales, lo cual dejaba sin financiamiento al “Proyecto integral de Agua Potable y Alcantarillado de Puerto Maldonado”. El proyecto de Medidas de Rápido Impacto, no consideró en sus medidas de intervención el componente de alcantarillado debido a que su formulación se realizó en el marco de la declaratoria de emergencia del sistema de agua potable de la ciudad de Tambopata (Puerto Maldonado), aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2006-VIVIENDA. En Octubre del 2006, la Dirección General de Programación Multianual declaró la viabilidad de éste proyecto, el cual actualmente se encuentra en proceso de ejecución.

En vista que el proyecto mencionado anteriormente no contemplaba el componente de alcantarillado, es que en el año 2010 EMAPAT SRL con financiamiento del Gobierno Regional Madre de Dios formula el PIP denominado: “Mejoramiento del Sistema de Alcantarillado y tratamiento de aguas servidas de la ciudad de Puerto Maldonado”, el cual fue ingresado al Banco de Proyectos en junio del 2010 con el código SNIP 156697.

El proyecto contempla básicamente la ejecución de medidas para lograr mejorar la cobertura de alcantarillado y el tratamiento de las aguas servidas de la ciudad de Puerto Maldonado. Dicho estudio ha sido aprobado a nivel de perfil en fecha 30 de noviembre del 2011 con un monto de S/. 30’829,543 por la OPI del Gobierno Regional Madre de Dios. Dada la normativa actual del SNIP, para el monto actual del proyecto se tiene que elaborar el estudio de pre inversión a nivel de factibilidad para la obtención de la viabilidad del mismo.

2.0 OBJETO

El objetivo del presente proceso de selección es el de contratar a un Consultor que se encargue de la elaboración del Estudio de Preinversión a nivel de Factibilidad del Proyecto “MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO Y TRATAMIENTO DE AGUAS SERVIDAS DE LA CIUDAD DE PUERTO MALDONADO”, hasta su declaratoria de viabilidad, a fin de mejorar las condiciones del sistema de alcantarillado de las habilitaciones involucradas, así como la mejora de la calidad de vida, debiendo elaborarse el estudio con los contenidos mínimos establecidos en el Anexo SNIP 07 de la Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública aprobado por la Resolución Directoral N° 003-2011-EF/68.01.

El estudio de Factibilidad será desarrollado tomando como base el Perfil Aprobado del Proyecto “Mejoramiento del Sistema de Alcantarillado y tratamiento de aguas servidas de la ciudad de Puerto Maldonado,” de código SNIP Nº 156697; así como el presente Términos de Referencia y cualquier otra documentación que sea proporcionada por el Gobierno Regional de Madre de Dios.

3.0 BASE LEGAL

· Decreto Legislativo N° 1017, que aprueba la nueva Ley de Contrataciones del Estado.

· D.S. Nº 184-2008-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

· D.S. Nº 006-2009-EF, Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE).

· Normas Técnicas de Control Interno para el Sector Público aprobadas por Resolución de Contraloría Nº 072-98-C.G.

· Resolución de Contraloría Nº 036-2001-CG del 14-03-2001.

· Resolución de Contraloría Nº 123-2000-CG del 23-06-2000 - Norma 700-06 (Contrataciones y Adquisiciones de Bienes y Servicios u Obras.)

· Ley 27444 Ley de Procedimientos Administrativos Generales.

· Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública – Ley N° 27293, modificado por la Ley 28552 y 28802 y por el Decreto Legislativo N° 1005.

· Decreto Supremo N° 102-2007-EF que aprueba el Nuevo Reglamento del Sistema Nacional de Inversión Pública, modificado por Decreto Supremo N° 185-2007-EF.

· Guía: Identificación, Formulación y Evaluación Proyectos de Inversión Pública – SNIP.

· Resolución Directoral Nº 003-2011-EF/68.01 que aprueba la Directiva N° 001-2011-EF/68.01, correspondiente a la nueva Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública –SNIP y su modificatoria Resolución Directoral Nº 001-2011-EF/63.01.

· Decreto Legislativo N° 29338, que aprueba la Ley de Recursos Hídricos.

· D.S. Nº 001-2010-AG, que aprueba el Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y sus modificatorias.

· Decreto Legislativo N° 997, que crea la Autoridad Nacional del Agua - ANA como organismo adscrito al Ministerio de Agricultura y que estará encargada de la gestión integrada y sostenible de los recursos hídricos.

· Reglamento Nacional de Edificaciones, aprobado mediante Decreto Supremo N° 011-2006~VIVIENDA el 08-05-2006 y publicado el 08-06-2006.

· Normas sobre consideraciones de mitigación de riesgos ante cualquier desastre en términos de organización, función, estructura (Organización Panamericana de la Salud, Defensa Civil y otros).

· Reglamento de Metrados para Obras de Edificación (D.S. Nro. 013-79-VC). Aplicable al metraje a efectuar.

· Reglamento del Régimen de Fórmulas Polinómicas (D.S. Nro. 011-79-VC). Aplicable en la elaboración de las fórmulas polinómicas de reajuste de precios.

· Normas de seguridad internacionales NFPA.

· D.S. N° 057-04-PCM, Ley General de Residuos Sólidos y Reglamento.

· Normas ANSI-J-STD-607-A (Requisitos para telecomunicaciones de puesta a tierra).

· Ley N° 27314: "Ley General de Residuos Sólidos"

· Ley Nº 26338, Ley General de Servicios de Saneamiento

· Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente.

· Decreto Supremo Nº 021-2009-VIVIENDA, Se aprueban Valores Máximos Admisibles de descarga de aguas residuales no domesticas en el Sistema de Alcantarillado

· Ley Nº 26338, Ley General de Servicios de Saneamiento

· Decreto Ley Nº 17505, Código Sanitario del Perú.

· Ley Nº 26878, Ley General de Habilitaciones Urbanas

· D.S. N° 003-2010-MINAM, Aprueba LMP para efluentes de PTAR

4.0 ÁREA DE INFLUENCIA DEL PROYECTO

El área de influencia del Proyecto comprende la Ciudad de Puerto Maldonado, ubicada en el distrito Tambopata, provincia Tambopata, departamento Madre de Dios. Se adjunta Plano de la ciudad con el área de influencia del proyecto - Ubicación (ver anexo 1.)

5.0 REQUERIMIENTOS Y CONSIDERACIONES TÉCNICAS DEL ÁREA EN ESTUDIO

5.1 REQUERIMIENTOS DEL ÁREA EN ESTUDIO

Los requerimientos del Estudio se basan en la elaboración de los diseños de las obras de alcantarillado y tratamiento de aguas residuales y de los estudios complementarios (Estudio de Topografía, Estudio de Suelos, Estudio de Impacto Ambiental, Análisis de Riesgo, Saneamiento Físico Legal, etc.) que el Consultor elaborará para mejorar y dotar de los servicios de alcantarillado; y tratamiento y disposición final de los desagües para los habitantes de la ciudad de Puerto Maldonado.

El estudio de Factibilidad del Proyecto será desarrollado teniendo como base los estudios que a continuación se detallan:

· Diagnóstico socioeconómico de la ciudad de Puerto Maldonado, el cual deberá incluir encuestas de campo.

· Informe de diagnóstico de la infraestructura existente de alcantarillado y tratamiento de desagües, que deberá incluir aforos en las redes colectoras para verificar las proyecciones actuales de demanda; así como análisis de agua en los cuerpos receptores y caracterización de los actuales vertimientos.

· Estudio Topográfico, del área de estudio y en detalle en las zonas donde se proyecte la infraestructura de saneamiento correspondiente a la ampliación de las obras de alcantarillado, tratamiento y disposición final de los desagües, el cual será desarrollado en forma integral por el Consultor.

· Estudio de mecánica de suelos, correspondiente al trazo y ubicación de la infraestructura de saneamiento, para las alternativas de solución de alcantarillado; y tratamiento y disposición final de las aguas residuales según el pre diseño desarrollado.

· Elaboración del Estudio de Impacto Ambiental Semidetallado, de acuerdo a la Ley 27446.

· Análisis de riesgo y vulnerabilidad.

· El Consultor se encargara de la obtención de la libre disponibilidad de los terrenos y/o servidumbre de paso, de ser necesario, de los terrenos donde se ubique la infraestructura proyectada, así como el trazo de las líneas de alcantarillado, quedando a cargo de las gestiones que permitan obtener una promesa formal de venta o servidumbre, debiendo considerar en el costo de las alternativas el precio de los terrenos.

· Modelamiento Hidráulico de los Sistemas de Alcantarillado.

· Elaboración de los Metrados y Presupuestos de las alternativas de solución de Alcantarillado y Tratamiento de las Aguas Residuales, asimismo deberá presentar el Cronograma de Inversiones y de metas físicas.

· Planos de Obras (hidráulico, civiles, eléctricos y automatización) de los sistemas de alcantarillado; y tratamiento y disposición final de los desagües, para brindar dichos servicios a las áreas existentes y de ampliación.

· Planos de Obras (eléctrico y automatización) de los sistemas de fuerza y control para los sistemas de alcantarillado; y tratamiento y disposición final de los desagües, para brindar dichos servicios a las áreas existentes y de ampliación.

5.2 DESCRIPCION GENERAL DEL SISTEMA ACTUAL

5.2.1AGUA POTABLE

El servicio de agua potable en la ciudad de Puerto Maldonado es brindado por la empresa prestadora de servicios “EMAPAT SRL”, que cuenta con una cobertura del servicio de 82%, si tomamos en cuenta toda la ciudad de Puerto Maldonado, incluyendo al centro poblado menor La Joya y la localidad de “Puerto Pastora”.

El abastecimiento de agua potable se realiza a través de una planta convencional que presenta una capacidad de tratamiento de 280 l/seg. La captación de agua cruda se ubica en el río Madre de Dios, cerca del Puerto La Pastora, y consiste en una balsa cautiva de metal en la que se han instalado las máquinas y equipos de bombeo que permiten impulsar el agua cruda hasta la planta de tratamiento.

La distribución del agua potable se realiza mediante una línea de impulsión LI-02 desde la PTAP 02 hasta el reservorio RE-02 de 1500 m3 de capacidad, y mediante la linea de impulsion LI-03 se impulsa agua al RE-01 de 1500 m3 de capacidad de capacidad, ubicado en la sede administrativa de EMAPAT.

Las tuberías de las redes matrices y de distribución son de asbesto-cemento, PVC y FºFº; con diámetros que varían para las matrices de 4 a 10”, en una longitud total de 55,4 km; y los diámetros para las redes de distribución varían de 2 a 4”, en una longitud de 62.9 km. La antigüedad de instalación en el radio urbano es de 35 años y las demás redes de la periferia son de 15 a 10 años e inclusive menores a un año.

El 26% de las tuberías de las redes matrices tienen una antigüedad mayor a 20 años y se encuentran en mal estado, el 26.5% de las redes secundarias tienen una antigüedad mayor a 20 años.

Actualmente se ha ejecutado las obras que forman parte del Proyecto “Medidas de Rápido Impacto para Mejorar la Cobertura y Calidad de Agua potable de la Ciudad de Puerto Maldonado”, código SNIP N° 35364.

Las obras de este proyecto constan de lo siguiente:

a.Construcción de Planta de Tratamiento de Agua Potable de 280 l/s PTAP-02.

b.Construcción y Equipamiento de Caseta de Bombeo.

c.Construcción de Cerco Perimétrico.

d.Instalación Sistema de Purga:

e.Construcción Reservorio Elevado v=1500 m3 RE-02:

f.LI-01 Instalación de Línea de Impulsión (CA-02 a PTAP-02)

g..LI-02 Instalación Línea de Impulsión (PTAP-02 a Intercepción con LI-03)

h.LI-03 Instalación Línea de Impulsión (Intercepción con LI-02 a RE-02 y RE-01).

i.Construcción Subsistemas de Distribución Eléctrica

5.2.2 ALCANTARILLADO

El servicio de Alcantarillado también es brindado por EMAPAT SRL, siendo la cobertura del servicio de 40%

Los colectores en la ciudad de Puerto Maldonado están divididos en 03 áreas de drenaje implementadas, denominadas A-01, que descarga al rio Madre de Dios; A-02, que descarga al rio Tambopata; y existe una tercera área de drenaje recien implementada A-03, que descarga al rio Tambopata.

En el área de drenaje A-01 los colectores principales son: El colector del Jr. Jaime Troncoso, el colector del Jr. La cultura y el colector de la Av. Dos de Mayo, siendo el resto colectores secundarios; en el área de drenaje A-02 se considera como colector principal al colector de la Av. Fitzcarrald, el colector de la Av. Madre de Dios, el colector del Jr. San Martin y el colector del Jr. Apurímac; y en el área de drenaje A-03, se considera como colectores principales al de la Av. Circunvalación.

Area de Drenaje A-01:

El área de drenaje A-01 se divide en dos sectores: A-01a y A-01b. En el sector A-01a se recolecta las aguas residuales por gravedad hasta la cámara de bombeo CB-01: “José María Graín” y desde allí son impulsadas hasta un buzón perteneciente al sector A-01b, en el cual el transporte del agua residual se realiza por gravedad hasta su disposición final.

En el sector A-01a los colectores primarios se encuentran instalados en la Av. Dos de Mayo desde el Jr. Javier Heraud hasta el Jr. Manu. Se trata de dos tuberías paralelas de PVC Ø 10 pulg (1,524.90 m) separadas por la berma central. Estos colectores se pueden dividir en dos tramos, uno que drena del Jr. Javier Heraud hacia el Jr. José María Grain, y el segundo, que drena del Jr. Manu hacia el Jr. José María Grain, desde este punto el agua residual es conducida hacia la cámara de bombeo mediante una tubería de PVC Ø 12 pulg. (85.80 m.)

Los colectores secundarios del sector A-01a son de PVC Ø 8 pulg y tienen una longitud aproximada de 9,228.56 metros y se encuentran en REGULAR estado de conservación. Los buzones instalados son de la misma antigüedad de las redes; en general se encuentran en BUEN estado de conservación y no presentan rajaduras ni filtraciones. Las tapas se encuentran en buen estado, en su mayoría son de concreto y tienen forma cónica. Este sector actualmente presta servicio a 750 lotes.

El sector A-01b, es el sector con mayor área de drenaje, tiene como colectores primarios los que se encuentran instalados en Jr. Pardo de Miguel (entre Prolong. Jr. Cajamarca y el Jr. Ica), el Jr. Ica (entre la Ca. Javier Heraud y el Jr. La Cultura), el Jr. La Cultura (entre el Jr. Ica y el Jr. Tacna), el Jr. Tacna (entre el Jr. La Cultura y el Jr. José María Grain), el Jr. José María Grain (entre el Jr. Tacna y el Jr. Jaime Troncoso), el Jr. Jaime Troncoso (entre el Jr. José María Grain y la Av. Madre de Dios), la Av. Madre de Dios (entre el Jr. Jaime Troncoso y la Av. Dos de Mayo), la Av. Dos de Mayo (entre el Jr. Manu y el Jr. Puno), en el Jr. Puno (entre la Av. Dos de Mayo y el Jr. Cusco), el Jr. Cusco (entre el Jr. Puno y el Jr. 26 de Diciembre) y en el Jr. 26 de Diciembre (entre el Jr. Cusco y Jr. Billinghurst). El área de servicio de este sector comprende 2,362 lotes.

Los colectores secundarios del sector A-01b son de PVC Ø 8 pulg y tienen una longitud aproximada de 21,785.10 metros y se encuentran en REGULAR estado. Los buzones instalados son de la misma antigüedad de las redes. En general se encuentran en BUEN estado de conservación, no presentan rajaduras ni filtraciones. Las tapas se encuentran en buen estado, en su mayoría son de concreto y tienen forma cónica.

Con respecto a la cámara de bombeo N° 01 “José María Graín”, brinda servicio al sector A-01a, pues a ella llegan las aguas residuales de este sector. Se encuentra ubicada en el cruce de la Av. Dos de Mayo y el Jr. José María Grain y fue construida en el año 2001 con el financiamiento del gobierno de Japón y rehabilitada en agosto del 2009.

El ingreso del agua residual es a través de una caja de concreto armado con un aliviadero de salto para desviar los excesos de caudal y evitar que la cámara húmeda se inunde. Antes del ingreso a la cámara húmeda se cuenta con un sistema de cribado mediante rejas de limpieza manual luego de la cual el agua residual domestica ingresa a dicha cámara.

En el área de drenaje A-01 existen 3,112 conexiones domiciliarias de alcantarillado activas y se encuentran en BUEN estado.

Las aguas residuales domesticas del área de drenaje A-01 son conducidas hacia el rio Madre de Dios y descargada sin tratamiento por medio de dos emisores denominados “Emisor Madre de Dios Nº1” y “Emisor Madre de Dios Nº2”.

El “Emisor Madre de Dios Nº1” parte desde el buzón ubicado en el cruce del Jr. 26 de Diciembre y el Jr. Billinghurst., y llega al rio Madre de Dios pasando por la Av. Reverenda Madre Ascensión Nicol. La tubería instalada es de PVC Ø 10 pulg y se encuentra en BUEN estado de conservación. En su recorrido se encuentran instalados 10 buzones, los cuales se encuentran en BUEN estado de conservación.

El “Emisor Madre de Dios Nº2” parte desde el buzón ubicado en el cruce del Jr. 26 de Diciembre y el Jr. Cusco, y llega al rio Madre de Dios pasando por el Jr. 26 de Diciembre , la Calle Los Cedros, la Calle Faustino Maldonado y la Av. Reverenda Madre Ascensión Nicol. La tubería instalada es de PVC Ø 12 pulg y se encuentra en BUEN estado de conservación. En su recorrido se encuentran instalados 15 buzones, los cuales se encuentran en BUEN estado de conservación.

Tal como se indicó, en esta área de drenaje no se tiene ningún tipo de tratamiento. El agua residual recolectada se descarga directamente al rio Madre de Dios, generando problemas de contaminación en la zona de descarga. Es importante resaltar que la zona de descarga directa de aguas residuales se encuentra colindante al Puerto Acosta, zona de embarque y desembarque de productos hidrobiológicos (peces) y mercancías, representando un gran peligro de contaminación para las personas que laboran en esta zona y los productos alimenticios ahí manejados.

Area de Drenaje A-02:

En el área de drenaje A-02, las aguas residuales recolectadas son conducidas por gravedad hasta su disposición final en el rio Tambopata. El número de lotes a los cuales presta servicio es de 1,677.

En el sector A-02 se cuenta con dos colectores primarios, el primero es de PVC de 8 pulg de diámetro y se encuentra instalado en la Av. Fitzcarrald desde la Av. Tambopata hasta el Jr. Crosby, luego sigue el Jr. Crosby hasta Jr. Ica, luego continua por el Jr. Ica hasta el Jr. 28 de julio, sigue por el Jr. 28 de Julio hasta retomar la Av. Fitzcarrald, en esta avenida se mantiene hasta el Jr. Puno, Luego sigue por el Jr. Puno hasta el Jr. San Martin, avanza por el Jr. San Martin hasta la Av. León Velarde, finalmente sigue la Av. León Velarde hasta el Jr. Amazonas, donde descarga en el Emisor Tambopata.

El segundo colector es de PVC de 8 pulg de diámetro y se encuentra instalado en el Jr. Apurímac desde la Av. Tambopata hasta el Jr. Puno, luego sigue por el Jr. Puno hasta el Jr. Junín, pasa por el Jr. Junín hasta la Av. León Velarde, finalmente sigue por la Av. León Velarde hasta el Jr. Amazonas, donde descarga al Emisor Tambopata.

Las redes secundarias son de PVC Ø 8 pulg y tienen una longitud aproximada de 23,376 metros y se encuentran en BUEN estado. Los buzones instalados son de la misma antigüedad de las redes. En general se encuentran en BUEN estado de conservación, no presentan rajaduras ni filtraciones. Las tapas se encuentran en buen estado, en su mayoría son de concreto y tienen forma cónica.

Las aguas residuales domesticas del área de drenaje A-02 son conducidas hacia el rio Tambopata y descargadas sin tratamiento por medio de un emisor denominado “Emisor Tambopata”, el cual, parte desde el buzón ubicado en el cruce de la Av. León Velarde y el Jr. Amazonas, y llega al rio Tambopata pasando por la “Bajada Puerto Tambopata”. La tubería instalada es de PVC Ø 10 pulg y se encuentra en BUEN estado de conservación. En su recorrido se encuentran instalados 5 buzones, los cuales se encuentran en BUEN estado de conservación.

Tal como se indicó líneas arribas, esta área de drenaje no tiene ningún tipo de tratamiento. El agua residual recolectada se descarga directamente al rio Tambopata, generando problemas de contaminación en el punto de descarga. Es importante resaltar que el punto de descarga se encuentra a aproximadamente a 20 metros del Puerto Tambopata, representando un gran peligro de contaminación para las personas que laboran en esta zona.

Area de Drenaje A-03:

Esta área recien se ha implementado, y se prevé que en una primera etapa se realizará la descarga directa al río Tambopata, hasta que mediante el presente proyecto se implemente la planta de tratamiento de desagües de la ciudad de Puerto Maldonado.

Actualmente solo se tiene instalado un colector primario denominado Colector Tambopata, el cual tiene el siguiente recorrido: Inicia en la calle Ricardo Bentin, desde la Av. Andrés Mallea hasta la Av. La Alameda, luego sigue por la Av. La Alameda hasta el Jr. José María Arguedas, luego sigue por el Jr. José María Arguedas hasta la calle Clorinda Matto de Thurner, pasa por la calle Clorinda Matto de Thurner hasta la Prolong. Tambopata, y finalmente sigue la Prolong. Tambopata hasta la prolong Ernesto Rivero, hasta llegar al buzon BZE-29, a partir de este punto comienza el Emisor Oeste.

Con la implementación del proyecto “AMPLIACION DE REDES DE ALCANTARILLADO EN EL SECTOR OESTE DE LA CIUDAD DE PUERTO MALDONADO” Código SNIP Nº 123743, se instalarán las redes de alcantarillado primarias y secundarias que permitan habilitar el Área de Drenaje Nº 03 “Colector Tambopata”, permitiendo que en una primera etapa se incorporen a esta área 1,525 familias, esto permitirá incrementar la cobertura de 32.5% a 42.8%.

5.3 DESCRIPCIÓN GENERAL DEL SISTEMA DE PROYECTADO

Para el desarrollo del estudio de factibilidad se debe tomar como base el Perfil Aprobado del Proyecto “Mejoramiento del Sistema de Alcantarillado y tratamiento de aguas servidas de la ciudad de Puerto Maldonado,” de código SNIP Nº 156697.

El Consultor analizará las alternativas propuestas en el estudio de perfil, en especial la alternativa seleccionada, debiendo sustentar técnicamente su ratificación o en caso contrario, su modificación de encontrarse aspectos importantes no previstos en el estudio de perfil y que no permiten cumplir con el objetivo del proyecto. Asimismo, se deberá actualizar la demanda y población proyectada tomando como referencia el año 2014 como año 01 del proyecto, los presupuestos y costos unitarios de cada uno de los componentes que conformarán el sistema de recolección y tratamiento de desagües.

En lo que respecta al sistema de alcantarillado se deberá prever la ampliación de la capacidad de los colectores existentes y la instalación de nuevos colectores para atender las zonas que no cuentan con el servicio; en tanto que para solucionar el problema del tratamiento de los desagües se deberá evaluar las alternativas propuesta en el estudio de perfil; así como otras opciones de tratamiento no previstas endicho estudio, de manera que se garantice la solución más óptima desde el punto de vista técnico, económico y operativo.

Dentro de la evaluación del sistema de tratamiento de desagües que se proponga, se deberá tener especial atención a los recursos disponibles por EMAPAT SRL, los costos de operación y mantenimiento, la disponibilidad de energía, personal especializado en la operación de plantas, libre disponibilidad y costos de los terrenos, por señalar los más importantes.

Cabe señalar que el sistema de alcantarillado se encuentra hidráulicamente integrado, por lo que las propuestas de solución deben evaluar las áreas de drenaje de los colectores primarios existentes para prever los refuerzos o mejoras.

Los componentes básicos mínimos a considerarse son:

· Instalación de redes primarias, secundarias y conexiones domiciliarias de alcantarillado y/o construcción de los elementos de reunión y/o cámaras de bombeo de desagües necesarios, con sus correspondientes líneas de impulsión.

· Construcción de plantas de tratamiento de desagües, con capacidad para producir un efluente que cumplan con la normatividad vigente, así como la instalación de sus correspondientes emisores.

La solución definitiva que se adopte en este proyecto tendrá que estar enmarcada dentro de los lineamientos establecidos por el Sistema Nacional de Inversión Pública, para lo cual, deberá estar en contacto permanente y mantener una estrecha coordinación con la Unidad Formuladora del Estudio; con la OPI competente y con la entidad que estará a cargo de la operación y mantenimiento de los servicios de EMAPAT SRL.

El consultor deberá plantear como mínimo dos alternativas de solución, señalando la más recomendable.

El Consultor deberá evaluar y considerar en la concepción de su alternativa de solución, el cambio, mejoramiento y/o rehabilitación de la infraestructura existente de ser necesario, de manera que se garantice un óptimo funcionamiento de los sistemas de recolección y tratamiento de los desagües.

El Consultor deberá calcular y analizar la demanda total de alcantarillado para toda el área de influencia del proyecto, así como las demandas por áreas de drenaje. Así mismo el Consultor deberá realizar un balance oferta-demanda por componentes, teniendo en cuenta la capacidad de los componentes existentes, proyectando una solución integral según su criterio y experiencia, con la intención de no causar problemas en las zonas actualmente atendidas.

Como resultado de su evaluación de la oferta – demanda, el consultor deberá proyectar las infraestructuras correspondientes para cubrir el déficit.

Para la elaboración del Estudio de Factibilidad, se tomará información confiable principalmente de información primaria específica, que permita disponer de los elementos de juicio e información básica que sustente técnica, económica, financiera, institucional, social y ambientalmente el Proyecto, así como su sostenibilidad, para reducir los riesgos de la inversión.

6.0 CONSIDERACIONES GENERALES

6.1 PARA LA ELABORACION DEL SERVICIO.

Para el desarrollo del estudio de Factibilidad será necesario efectuar las coordinaciones necesarias con diferentes instituciones involucradas; asimismo, el Consultor deberá recabar, revisar y usar todos los antecedentes disponibles en el Banco de Proyectos del SNIP – MEF, en el PAPT, Gobierno Regional de Madre de Dios, Municipalidad Provincial de Tambopata, EMAPAT, y otros que sobre aspectos relacionados existieran.

Los criterios técnicos que se emplearán para la elaboración de los diseños de las obras se encuentran establecidos en el Reglamento Nacional de Edificaciones.

Los prediseños deben considerar todos los requerimientos técnicos (especificaciones, tipo de material a emplear, metrados, equipamiento, etc.) que garanticen la correcta ejecución y funcionamiento de los sistemas de Alcantarillado y Tratamiento de las Aguas Residuales.

El Consultor deberá tramitar al culminar el cuarto informe (informe de costos), el compromiso de operación y mantenimiento de la Entidad que se hará cargo de los mismos, en este caso EPS EMAPAT SRL. La demora en la expedición del mencionado compromiso, por no haberse solicitado oportunamente y/o no haberse hecho el seguimiento debido, es de exclusiva responsabilidad del consultor.

El informe final del Estudio de Factibilidad deberá contar con la opinión favorable de EMAPAT SRL.

6.2 FINANCIAMIENTO

El financiamiento de la elaboración del perfil y la factibilidad será financiado con Recursos del Presupuesto del Gobierno Regional de Madre de Dios. La Fuente de Financiamiento corresponde a: RECURSOS ORDINARIOS de acuerdo a la siguiente cadena programática (R.E.R. N. 148 – 2010 GOREMAD / PR):

FUNCION

: 03 PLANEAMIENTO, GESTION Y RESERVA DE CONTINGENCIA

PROGRAMA

: 004 PLANEAMIENTO GUBERNAMENTAL

SUB PROGRAMA: 0005 PLANEAMIENTO INSTITUCIONAL

PROYECTO : ESTUDIOS DE PRE INVERSION

COMPONENTE: 0013 ELABORACION DE PERFILES DE INVERSION PUBLICA

7.0 ALCANCES DEL ESTUDIO

7.1 CONSIDERACIONES A LOS ALCANCES DEL ESTUDIO:

Se requiere contar con el Estudio de Pre Inversión a nivel de Factibilidad del Proyecto “MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO Y TRATAMIENTO DE AGUAS SERVIDAS DE LA CIUDAD DE PUERTO MALDONADO”, con los contenidos mínimos establecidos en el Anexo SNIP 07, lo cual nos permitirá obtener la viabilidad a nivel de Factibilidad.

El diagnóstico integral de las características organizativas de la población, servirá para identificar las fortalezas y debilidades de las mismas, a la vez que servirá para planificar el desarrollo de las etapas de intervención.

Otra de las consideraciones importantes que se debe tener en cuenta en el planteamiento de las alternativas de solución, es que estos planteamientos deben contar con la conformidad de las áreas técnicas y operativas de EMAPAT SRL, la cual tendrán a su cargo la operación y mantenimiento de los sistemas, dicha conformidad debe anexarse como documento sustentatorio en la factibilidad.

Las Evaluaciones del sistema existente y diseño de los sistemas proyectados de agua potable y alcantarillado deberán realizarse en software apropiado y similar a los utilizados en EMAPAT SRL.

7.2 INFORME DE EVALUACIÓN DE LOS SISTEMAS EXISTENTES.

Se deberá efectuar un diagnóstico de la infraestructura existente que deberá desarrollarse por cada componente del sistema de Alcantarillado.

Se deberá actualizar y/o elaborar planos del sistema de alcantarillado existente en el software Autocad, debiendo el Consultor presentar dicha información en físico y digital para su revisión.

Dentro de la información recopilada por el Consultor se debe consignarse el dimensionamiento (capacidad, longitud, diámetros, etc.), metrado, antigüedad, entre otros.

El Estudio debe evaluar el estado de la infraestructura actual del sistema de alcantarillado, a efectos de validar su capacidad o considerar instalación nueva, mejoramiento y/o ampliación, según sea el caso. Asimismo, se realizará los aforos en los colectores primarios existentes de manera que se valide las proyecciones de la demanda para el escenario actual, y se efectuará la caracterización de los desagües y análisis fisicoquímicos y bacteriológicos en los puntos de descarga final, se realizaran 02 campañas de aforo y análisis de aguas residuales por cada área de drenaje, se utilizará el muestreo compuesto.

Cabe señalar, que adicionalmente el Consultor realizará encuestas socioeconómicas en el campo, sobre la base de una muestra estadísticamente representativa, debiendo incorporarse en un Anexo específico del Estudio, las encuestas, los resultados, la metodología y procedimientos seguidos. De dichas encuestas deben obtenerse, entre otros, los siguientes parámetros: densidad poblacional, cobertura de servicios, nivel de ingreso económico, capacidad de pago, disposición a pagar, etc.

7.3 ESTUDIO DE TOPOGRAFÍA

7.3.1 CONSIDERACIONES GENERALES

En general se requiere el levantamiento topográfico de la infraestructura de saneamiento correspondiente a las obras generales (colectores primarios, cámaras de bombeo de desagüe, plantas de tratamiento de desagües) y secundarias del sistema de Alcantarillado y según el pre diseño propuesto.

El levantamiento topográfico de la infraestructura de saneamiento planteada en el pre diseño, se efectuarán mediante topografía digital, en coordenadas geográficas y de UTM referidas al sistema I.G.N. y a un B.M. oficial existente y a escala, con equidistancia de las curvas de nivel adecuadas a su fin.

Se realizarán los levantamientos topográficos a curvas de nivel que requiera el Proyecto (pre diseño), para lo cual el Consultor debe verificar y complementar la planimetría existente en la Municipalidad y lo observado en campo, debiendo adjuntar esta información en el anexo respectivo del Estudio de Factibilidad con los planos correspondientes donde se muestre los usos de terreno y demás información urbana.

Se debe presentar la ficha expedida por el I.G.N., sobre la ubicación del B.M. oficial empleado; para el control vertical se establecerá BMs enlazados con BMs oficiales del I.G.N.

El levantamiento topográfico establecerá una poligonal de precisión según el perímetro del área del Estudio, debidamente monumentados que servirán para el control horizontal.

El levantamiento de detalles se ejecutará con estación total digital, los manzaneos en la zona urbana, serán ejecutados empleando el sistema en tiempo real, para evitar las dificultades del tránsito, en la poligonal básica se emplearán Coordenadas Geográficas, UTM y sus conversiones a topográficas.

7.3.2 DE LAS OBRAS GENERALES

Respecto al levantamiento topográfico correspondiente a las obras generales de Alcantarillado, se debe realizar lo siguiente:

· En los planos de planimetría, el Consultor mostrará la ubicación del sistema de Alcantarillado y Tratamiento de las Aguas Residuales, indicando el trazo de las tuberías (líneas de impulsión, colectores, plantas, emisores, infraestructuras civiles e hidráulicas y otros) para lo cual debe realizar las verificaciones necesarias para confirmar las ubicaciones.

· Ubicación de la infraestructura civil e hidráulicas propias de los sistemas de solución, a escala adecuada que permita su apreciación en forma clara, con curvas a nivel cada 0.50 m.

· Trazo de las líneas proyectadas y existentes en planta a escala 1/500 con curvas a nivel cada medio metro. Se indicará toda la información superficial encontrada: Tipo de vías, pavimento, bermas, jardines árboles, buzones de desagües, buzones de teléfonos, río, canales y otros, convenientemente acotadas y referidas a puntos notables.

· Los perfiles longitudinales se dibujarán a escalas horizontal 1/500 y vertical 1/50 incluyendo la ubicación de cruces e interferencias de las redes de agua, alcantarillado, redes, telefónicas, eléctricas, etc., para considerar en el presupuesto su protección durante la ejecución de las obras.

· Replanteo y verificación de todas las redes existentes de agua, alcantarillado, instalaciones eléctricas, telefónicas y canalizaciones, en el campo las cuales deben ser confrontadas con la información proporcionada por las Empresas de servicios.

· Las curvas a nivel se basarán con un B.M. oficial del sistema Altimétrico del I.G.N. indicando en los planos los B.M. auxiliares para la ubicación exacta de la infraestructura existente, proyectada y otras infraestructuras propias de los sistemas de solución para la obra debidamente documentado.

· Todos los planos topográficos serán dibujados en AUTOCAD y serán entregados con extensión DWG.

· Se realizará la nivelación y replanteo correspondiente, cuando se necesite verificar datos sobre una estructura existente.

· Se establecerán poligonales secundarias para la ubicación de estaciones de bombeo y Plantas de tratamiento de aguas residuales, otras estructuras especiales a la escala 1/250 con curvas de nivel cada 0.50 m para considerar sus reboses.

· Deben dejarse un BM principal del esquema y BMs auxiliares monumentados para el control vertical, incluyendo una descripción de su ubicación, un punto fijo y una topografía.

· Se realizará la nivelación y replanteo correspondiente para verificar datos. En el levantamiento se incluirán los detalles de vías, pavimentos, bermas, jardines, árboles, postes, buzones, canales y otras relevantes.

7.3.3 DE LAS OBRAS SECUNDARIAS

Respecto al levantamiento Topográfico correspondiente a las obras secundarias, se debe realizar lo siguiente:

· Tal como se menciono anteriormente, para las Obras Secundarias del sistema de Alcantarillado, se requiere del levantamiento topográfico del área de estudio de tal manera que permita al Consultor realizar el pre diseño de las redes secundarias.

· La topografía será de tal forma que se pueda presentar el trazo planteado de la ubicación de las redes secundarias del sistema de Alcantarillado, ello permitiría realizar el pre diseño hidráulico de las redes secundarias.

· En los planos definitivos, se indicará toda la información superficial encontrada: tipo de vías, pavimento, bermas, jardines árboles, buzones de desagües, buzones de teléfonos, río, canales y otros, convenientemente acotadas, referidas a puntos notables y con su respectiva leyenda.

· Replanteo y verificación de todas las redes existentes de agua, alcantarillado, eléctricas, telefónicas, canalizaciones y tubería de gas, en el campo y confrontar la información proporcionada por las Empresas de servicios.

· Se realizará la nivelación y replanteo correspondiente, cuando se necesite verificar datos sobre una estructura existente.

7.3.4 OTRAS CONSIDERACIONES

Además se debe considerar lo siguiente:

· Cartografía base urbana, de reservorios, cámaras de rebombeo, redes de agua, redes de alcantarillado existente, PTAR, áreas de servicio para los sistemas existentes ejecutados y/o proyectados con información de sus características principales, de curvas de nivel, con información de cotas, y otras que considere conveniente EMAPAT SRL, representado como líneas.

· Todos los detalles se presentarán en un informe específico del Estudio Topográfico, incluyendo planos y archivos en CD.

7.4 ESTUDIO DE MECÁNICA DE SUELOS

7.4.1 CONSIDERACIONES GENERALES

En General se requiere del Estudio de Mecánica de Suelos, correspondiente al trazo y ubicación de las infraestructuras de saneamiento para las Obras Generales y Secundarias de la alternativa seleccionada de Alcantarillado y Tratamiento de los Desagües, según el pre diseño.

Se requerirá un informe técnico (se adjuntará los originales de los resultados de laboratorio de todas las pruebas realizadas) respecto a la calidad del terreno de modo que se determine los datos necesarios para fijar los pre diseños de instalación, clase de tubería y pre diseño de las estructuras.

Calidad físico - química de cada tipo de suelo, por donde atravesarán las tuberías y en donde se localicen las estructuras, tales como: nivel de Cloruros, Sales, Sulfatos, PH, Conductividad, etc., determinando la agresividad del terreno, al material de las tuberías, concreto, fierro y otros materiales que se han empleado en el pre diseño de cada uno de los componentes del proyecto.

El estudio de suelos incluirá un plano en planta, con el detalle de ubicación de las calicatas y tipo de suelo encontrado, y otro plano con la correspondiente factibilidad estratigráfica de los diferentes tipos de suelo a las profundidades requeridas.

7.4.2 DE LAS OBRAS GENERALES

Respecto al Estudio de suelos correspondiente a las obras generales, se debe realizar lo siguiente:

· Capacidad portante del terreno en aquellas zonas en las que se localizarán las estructuras proyectadas, a las profundidades de cimentación prevista y en las infraestructuras de saneamiento propuestas.

· Profundidad y características del basamento rocoso en caso de ser necesario.

· Basándose en estos resultados, el Consultor establecerá las medidas de protección adecuadas para cada material y efectuará las recomendaciones para la instalación y fundación de las estructuras.

Se debe considerar además la investigación del suelo mediante calicatas y análisis físico - químicos para determinar la calidad del terreno en los lugares donde se instalarán las tuberías. Así mismo, en caso de que el terreno sea muy heterogéneo, se debe realizar una calicata por cada cambio, en cuanto a la realización de calicatas se debe considerar lo siguiente:

· Una (01) calicata localizada en el eje de la estructura

· Dos (02) calicatas diametralmente opuestas en la proyección del perímetro de la estructura.

7.4.3 DE LAS OBRAS SECUNDARIAS

Respecto al Estudio de suelos correspondiente a las obras secundarias, se debe realizar lo siguiente:

· El Especialista determinara según su criterio el número necesario de calicatas con la intención que no se genere variación en los costos por un cambio en el tipo de terreno.

· De ser necesario, profundidad y características del basamento rocoso.

· Basándose en estos resultados, el Contratista establecerá las medidas de protección adecuadas para cada material y efectuará las recomendaciones para la instalación y fundación de las estructuras (tuberías y cámara).

· Se debe considerar además la investigación del suelo mediante calicatas y análisis físico-químicos, para determinar la calidad del terreno en los lugares donde se instalarán redes secundarias, estimándose una densidad para un número de exploraciones suficientes y adecuadas que permita determinar la característica del suelo en las habilitaciones.

El Consultor presentará el volumen correspondiente al Estudio de Suelos que incluye, como mínimo:

· Descripci�