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AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 1 DE PORTUGALETE Pleno 28.11.02 Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: P-4809100-C Telf..: 944729200 Fax.: 944729299 ACTA DE LA SESION ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO DE LA NOBLE VILLA DE PORTUGALETE, EL DIA 28 DE NOVIEMBRE DE 2002. ALCALDE-PRESIDENTE D. MIGUEL ANGEL CABIECES GARCIA (PSE-EE(PSOE) TENIENTES DE ALCALDE D. FRANCISCO RUIZ ORTEGA (PSE-EE(PSOE) Dª DOLORES CIORDIA BURGOS (PP) Dª ESTHER CABEZUDO MARTINEZ (PSE-EE(PSOE) D. MIKEL TORRES LORENZO (PSE-EE(PSOE) Dª FATIMA FREIJE RUEDA (PSE-EE(PSOE) D.PEDRO LUIS MORAN PEÑA(PSE-EE(PSOE) D. SANTIAGO PEREZ HERNANDEZ (PP) D. JOSE MANUEL DE INSAUSTI MONTALVO (PP) CONCEJALES Dª BEATRIZ MORENO MINGUEZ (PSE-EE(PSOE) Dª MARIA DEL MAR RODRIGUEZ CARRERA (PSE-EE(PSOE) D. FRANCISCO JAVIER MIRANDA GARATE (Coalición EAJ-PNV/EA) D. RICARDO VIZCAINO GOMEZ (Coalición EAJ-PNV/EA) D. ALFREDO PALACIO SOTO (Coalición EAJ-PNV/EA) D. FRANCISCO JAVIER MARTINEZ CONTRERAS (Coalición EAJ-PNV/EA) D. JOSE MIGUEL PEREZ LARRINAGA (Coalición EAJ-PNV/EA) D. FRANCISCO JAVIER ALDA OCHOA (Coalición EAJ-PNV/EA) Dª JUAN CARLOS CASTAÑO MORENO (PP) D. MIKEL QUINTELA ALVAREZ (Portugalete Abertzale eta Ezkertiarra Taldea) Dª MIREN ESTIBALIZ IBARRA RODRIGUEZ (Portugalete Abertzale eta Ezkertiarra Taldea) D. ROMAN VICENTE CAÑADA (IU-EB) TRADUCTORA DE EUSKERA Dª NOEMI PASTOR MARTINEZ INTERVENTOR D. JAVIER ORIO VEGAS SECRETARIA GENERAL DÑA BEGOÑA SERRA ISPIZUA En la Noble Villa de Portugalete, siendo las doce horas, treinta minutos del día 28 de noviembre 2002, se constituyó el Ayuntamiento Pleno en el Salón de Actos de la Casa Consistorial, al objeto de celebrar la correspondiente Sesión Ordinaria, convocada al efecto, bajo la Presidencia del Alcalde D. MIGUEL ANGEL CABIECES GARCIA, asistido de mí, la Secretaria General.

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AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 1 DE PORTUGALETE Pleno 28.11.02

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: P-4809100-C Telf..: 944729200 Fax.: 944729299

ACTA DE LA SESION ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO DE LA NOBLE VILLA DE PORTUGALETE, EL DIA 28 DE NOVIEMBRE DE 2002. ALCALDE-PRESIDENTE D. MIGUEL ANGEL CABIECES GARCIA (PSE-EE(PSOE) TENIENTES DE ALCALDE D. FRANCISCO RUIZ ORTEGA (PSE-EE(PSOE) Dª DOLORES CIORDIA BURGOS (PP) Dª ESTHER CABEZUDO MARTINEZ (PSE-EE(PSOE) D. MIKEL TORRES LORENZO (PSE-EE(PSOE) Dª FATIMA FREIJE RUEDA (PSE-EE(PSOE) D.PEDRO LUIS MORAN PEÑA(PSE-EE(PSOE) D. SANTIAGO PEREZ HERNANDEZ (PP) D. JOSE MANUEL DE INSAUSTI MONTALVO (PP) CONCEJALES Dª BEATRIZ MORENO MINGUEZ (PSE-EE(PSOE) Dª MARIA DEL MAR RODRIGUEZ CARRERA (PSE-EE(PSOE) D. FRANCISCO JAVIER MIRANDA GARATE (Coalición EAJ-PNV/EA) D. RICARDO VIZCAINO GOMEZ (Coalición EAJ-PNV/EA) D. ALFREDO PALACIO SOTO (Coalición EAJ-PNV/EA) D. FRANCISCO JAVIER MARTINEZ CONTRERAS (Coalición EAJ-PNV/EA) D. JOSE MIGUEL PEREZ LARRINAGA (Coalición EAJ-PNV/EA) D. FRANCISCO JAVIER ALDA OCHOA (Coalición EAJ-PNV/EA) Dª JUAN CARLOS CASTAÑO MORENO (PP) D. MIKEL QUINTELA ALVAREZ (Portugalete Abertzale eta Ezkertiarra Taldea) Dª MIREN ESTIBALIZ IBARRA RODRIGUEZ (Portugalete Abertzale eta Ezkertiarra Taldea) D. ROMAN VICENTE CAÑADA (IU-EB) TRADUCTORA DE EUSKERA Dª NOEMI PASTOR MARTINEZ INTERVENTOR D. JAVIER ORIO VEGAS SECRETARIA GENERAL DÑA BEGOÑA SERRA ISPIZUA En la Noble Villa de Portugalete, siendo las doce horas, treinta minutos del día 28 de noviembre 2002, se constituyó el Ayuntamiento Pleno en el Salón de Actos de la Casa Consistorial, al objeto de celebrar la correspondiente Sesión Ordinaria, convocada al efecto, bajo la Presidencia del Alcalde D. MIGUEL ANGEL CABIECES GARCIA, asistido de mí, la Secretaria General.

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AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 2 DE PORTUGALETE Pleno 28.11.02

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: P-4809100-C Telf..: 944729200 Fax.: 944729299

Excusa su ausencia los Sres. JOSE ANTONIO URANGA OCIO (PP), D. KEPA CARBAJO LAORDEN (Coalición EAJ-PNV/EA), Dª IZARRA GISASOLA MARTIN (Portugalete Abertzale eta Ezkertiarra Taldea) y D. JOSE NAVAS AMORES (IU-EB). I.- PARTE RESOLUTORIA 1.01.-SE PROPONE, APROBACIÓN DE ACTA DE FECHA 16.10.02. SESIÓN

EXTRAORDINARIA. El Sr. PRESIDENTE DE LA CORPORACIÓN pregunta a los asistentes si se muestran todos ellos conformes con el borrador del acta de la sesión ordinaria de 16.10.02, o si, por el contrario, alguno de ellos desea realizar algún tipo de reparo u observación. No habiendo reparos ni observaciones, el Sr. ALCALDE somete la aprobación del acta a votación. Votan a favor los miembros de los grupos político municipales PSE-EE(PSOE), Coalición EAJ-PNV/EA, PP y Portugalete Abertzale eta Ezkertiarra Taldea, que suman 20. Se abstiene el Sr. VICENTE CAÑADA de IU-EB y, por lo tanto, por mayoría absoluta, se aprueba el acta de fecha 16.10.02. 1.02.-SE PROPONE, APROBACIÓN DE TRANSFERENCIAS DE CRÉDITO.

EXPEDIENTE Nº 89/02. El Sr. PRESIDENTE DE LA CORPORACION pregunta a los portavoces de los grupos si desean intervenir, de menor a mayor. No habiendo intervenciones somete el asuntos a votación. Votan a favor todos los miembros de todos los grupos político municipales y, por lo tanto, por unanimidad, se aprueba el siguiente acuerdo: “Visto el expediente número 89/02, relativo a la transferencia de crédito entre partidas de gastos, pertenecientes a un proyecto de inversión del Presupuesto presente ejercicio 2.002, suponiendo minoración de la consignaciones para inversiones reales en favor de nuevo proyecto de inversión de urgente realización, que se financiará con Recursos Propios, afectados al proyecto del cual se nutre . Considerando que según informa el Sr. Interventor, el expediente está ajustado a los requisitos exigidos por los artículos 29 de la Norma Foral 2/91, Presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia y 17 de la Norma Municipal de Ejecución Presupuestaria vigente. El Ayuntamiento Pleno acuerda la aprobación de las transferencias de crédito según se propone en el expediente, conforme a las siguientes operaciones presupuestarias: Partidas de Gastos con Créditos en baja

Partida Presup.

Proyecto Denominación Crédito Inicial Bajas €uros

04.5111.62904 20004906 Equipam.Mobiliario Urbano 0 2.738,15

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AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 3 DE PORTUGALETE Pleno 28.11.02

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: P-4809100-C Telf..: 944729200 Fax.: 944729299

04.5111.62905 20014002 Equipam.Mobiliario Urbano 0 236,96 04.4323.60101 20004900 Urbaniz.y Juegos Infant.A.Allende 0 13.714,97 TOTAL BAJAS 0 16.690,08 Partidas de Gastos con altas de crédito

Partida Presup.

Proyecto Denominación Crédito Inicial Altas €uros

04.5111.62906 20024910 Equipam.Mobiliario Urbano 0 16.690,08 TOTAL ALTAS 0 16.690,08 El total de altas de créditos es igual a las bajas, siendo este acuerdo firme y ejecutivo sin necesidad de más trámites, en virtud de lo dispuesto en el artículo 17.a) de la Norma Municipal de Ejecución Presupuestaria vigente, por lo que se procederá por los servicios de Intervención a introducir las modificaciones de créditos aprobadas en la contabilidad de la Corporación con efectos inmediatos. 103.-SE PROPONE, APROBACIÓN DE TRANSFERENCIAS DE CRÉDITO.

EXPEDIENTE Nº 92/02. El Sr. PRESIDENTE DE LA CORPORACION pregunta a los portavoces de los grupos si desean intervenir, de menor a mayor. No habiendo intervenciones somete el asuntos a votación. Votan a favor todos los miembros de todos los grupos político municipales y, por lo tanto, por unanimidad, se aprueba el siguiente acuerdo: “Visto el expediente número 92/02, relativo a la transferencia de crédito entre partidas de gastos, pertenecientes a un proyecto de inversión del Presupuesto presente ejercicio 2.002, suponiendo minoración de la consignaciones para inversiones reales en favor de nuevo proyecto de inversión de urgente realización, que se financiará con Recursos Propios, afectados al proyecto del cual se nutre . Considerando que según informa el Sr. Interventor, el expediente está ajustado a los requisitos exigidos por los artículos 29 de la Norma Foral 2/91, Presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia y 17 de la Norma Municipal de Ejecución Presupuestaria vigente. El Ayuntamiento Pleno acuerda la aprobación de las transferencias de crédito según se propone en el expediente, conforme a las siguientes operaciones presupuestarias: Partidas de Gastos con Créditos en baja

Partida Presup.

Proyecto Denominación Crédito Inicial Bajas €uros

04.1217.6230201 20004901 Acondic.Parque Móvil 0 832,04 04.1217.6230401 20004903 Equipam.Brigada Parque Móvil 0 260,36 TOTAL BAJAS 0 1.092,42

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AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 4 DE PORTUGALETE Pleno 28.11.02

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: P-4809100-C Telf..: 944729200 Fax.: 944729299

Partidas de Gastos con altas de crédito

Partida Presup.

Proyecto Denominación Crédito Inicial Altas €uros

04.1217.6230102 20024902 Pequeña Maquin.Inventariable 0 1.092,42 TOTAL ALTAS 0 1.092,42

El total de altas de créditos es igual a las bajas, siendo este acuerdo firme y ejecutivo sin necesidad de más trámites, en virtud de lo dispuesto en el artículo 17.a) de la Norma Municipal de Ejecución Presupuestaria vigente, por lo que se procederá por los servicios de Intervención a introducir las modificaciones de créditos aprobadas en la contabilidad de la Corporación con efectos inmediatos. 1.04.-SE PROPONE, APROBACIÓN DE TRANSFERENCIAS DE CRÉDITO.

EXPEDIENTE Nº 100/02. El Sr. PRESIDENTE DE LA CORPORACION pregunta a los portavoces de los grupos si desean intervenir, de menor a mayor. No habiendo intervenciones somete el asuntos a votación. Votan a favor todos los miembros de todos los grupos político municipales y, por lo tanto, por unanimidad, se aprueba el siguiente acuerdo: “Visto el expediente número 100/02, relativo a la transferencia de crédito entre partidas de gastos, pertenecientes a un proyecto de inversión del Presupuesto presente ejercicio 2.002, suponiendo minoración de la consignación para inversiones reales en favor de nuevo proyecto de inversión de urgente realización, que se financiará con Recursos Propios, afectados al proyecto del cual se nutre . Considerando que según informa el Sr. Interventor, el expediente está ajustado a los requisitos exigidos por los artículos 29 de la Norma Foral 2/91, Presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia y 17 de la Norma Municipal de Ejecución Presupuestaria vigente. El Ayuntamiento Pleno, con el dictamen favorable de la Comisión de Bienestar Social, en sesión de 25 de noviembre de 2002, acuerda la aprobación de las transferencias de crédito según se propone en el expediente, conforme a las siguientes operaciones presupuestarias: Partidas de Gastos con Créditos en baja

Partida Presup.

Proyecto Denominación Crédito Inicial Bajas €uros

06.3131.62203 20026901 Obras Remod.Centro Soc.Buen. 0 2.500 TOTAL BAJAS 0 2.500

Partidas de Gastos con altas de crédito

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AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 5 DE PORTUGALETE Pleno 28.11.02

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: P-4809100-C Telf..: 944729200 Fax.: 944729299

Partida Presup.

Proyecto Denominación Crédito Inicial Altas €uros

06.1214.62607 99006900 Equipos Proceso Informac. 0 2.500 TOTAL ALTAS 0 2.500 El total de altas de créditos es igual a las bajas, siendo este acuerdo firme y ejecutivo sin necesidad de más trámites, en virtud de lo dispuesto en el artículo 17.a) de la Norma Municipal de Ejecución Presupuestaria vigente, por lo que se procederá por los servicios de Intervención a introducir las modificaciones de créditos aprobadas en la contabilidad de la Corporación con efectos inmediatos. 1.05.-SE PROPONE, DELEGAR A FAVOR DE LA COMISIÓN DE GOBIERNO EL

EJERCICIO DE LA POTESTAD SANCIONADORA PARA LA IMPOSICIÓN DE SANCIONES POR INFRACCIONES GRAVES CONTRA LA LEY 6/1993, DEL PAÍS VASCO DE 29 DE OCTUBRE, DE PROTECCIÓN DE ANIMALES Y PLANTAS Y LA ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA TENENCIA Y PROTECCIÓN DE ANIMALES DE PORTUGALETE.

El Sr. PRESIDENTE DE LA CORPORACION pregunta a los portavoces de los grupos si desean intervenir, de menor a mayor. No habiendo intervenciones somete el asuntos a votación. Votan a favor todos los miembros de todos los grupos político municipales y, por lo tanto, por unanimidad, se aprueba el siguiente acuerdo:

“Visto el informe sobre la delegación del ejercicio de la potestad sancionadora del Pleno del Ayuntamiento en la Comisión de Gobierno de la Corporación en materia de infracciones graves de la Ley 6/1993 de 29 de octubre, del País Vasco, de Protección de Animales y Plantas y de la Ordenanza Municipal Reguladora de la Tenencia y Protección de Animales. CONSIDERANDO que el articulo 32 1 b) de la Ley 6/1993 de 29 de octubre, del País Vasco, de Protección de Animales y Plantas dispone que la potestad sancionadora para la imposición de sanciones por infracciones graves contra la citada normativa, corresponde al Pleno del Ayuntamiento.

CONSIDERANDO que de la tipificación que hace el artículo 27.2 de la Ley 6/1993, de 29 de octubre, de Protección de los Animales; del Parlamento Vasco; de las infracciones graves es de prever que un considerable aumento de expedientes sancionadores . CONSIDERANDO que el articulo 45.3 de la Ordenanza Reguladora de la Tenencia y Protección de Animales, aprobada al amparo de lo establecido en la Ley anteriormente citada, dispone, igualmente, que la potestad sancionadora para la imposición de sanciones por infracciones graves de la Ordenanza corresponde al Ayuntamiento Pleno . CONSIDERANDO que el articulo 13 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en a nueva

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AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 6 DE PORTUGALETE Pleno 28.11.02

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redacción dada por la Ley 4/1999 de 13 de enero, dispone que los órganos de las diferentes Administraciones públicas podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma Administración, aun cuando no sean jerárquicamente dependientes . CONSIDERANDO que, el articulo 22.4 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, modificado por Ley 11/1999, de 21 de abril, establece que el Pleno puede delegar el ejercicio de sus atribuciones en el Alcalde y en la Comisión de Gobierno, salvo determinadas funciones entre las que no se encuentra la que ahora nos ocupa .

CONSIDERANDO que el artículo 47.1 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local, Ley 7/1985, de 2 de abril; establece como regla general para la adopción de acuerdos por las Corporaciones locales, el de la mayoría simple de los miembros presentes. CONSIDERANDO por lo expuesto, que es posible esta delegación . CONSIDERANDO que, en virtud de lo establecido en el articulo 13.3 de la Ley 30/1992, anteriormente citado, esta delegación de competencia debe publicarse en el Boletín Oficial de Bizkaia CONSIDERANDO que, las resoluciones administrativas que se adopten por delegación indicarán expresamente esta circunstancia y se considerarán dictadas por el órgano delegante . CONSIDERANDO que, el artículo 43.4 la Ley 2/1998 de 20 de febrero, de la potestad sancionadora de las Administraciones Publicas del País Vasco; fija un plazo de seis meses para la resolución de los expedientes, transcurrido el cual se producirá la caducidad de estos en los términos establecidos por la Ley 30/1992, de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común y que por razones de eficacia y celeridad y en aras de evitar dilatar la tramitación de los expedientes sancionadores por infracciones graves en materia de tenencia y protección de animales, es oportuna la delegación de la potestad sancionadora por parte del Pleno del Ayuntamiento en la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Portugalete y CONSIDERANDO los preceptos anteriormente citados así como la Ley 50/1999 de 23 de diciembre, sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos y el Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo que lo desarrolla, se acuerda: Primero.- Delegar a favor de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Portugalete el ejercicio de la potestad sancionadora para la imposición de sanciones por infracciones graves contra la Ley 6/1993, del País Vasco de 29 de octubre, de Protección de Animales y Plantas y la Ordenanza Municipal Reguladora de la Tenencia y Protección de Animales de Portugalete. La delegación abarca tanto la resolución del expediente en sí como la de los recursos administrativos a que pudiera dar lugar. Segundo.- Las resoluciones administrativas que se adopten por esta delegación indicarán expresamente esta circunstancia y se considerarán dictadas por el órgano delegante. Tercero.- Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de Bizkaia y su exposición pública en el tablón de edictos del Ayuntamiento”.

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AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 7 DE PORTUGALETE Pleno 28.11.02

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1.06.-SE PROPONE, APROBACIÓN DEL REGLAMENTO DE PERSONAL PARA EL

AÑO 2002. El Sr. PRESIDENTE DE LA CORPORACION pregunta a los portavoces de los grupos si desean intervenir, de menor a mayor. En primer lugar interviene el Sr. VICENTE CAÑADA de IU-EB, quien manifiesta “Es un tema que aunque se ha alargado en el tiempo debido a las intensas negociaciones que ha habido de cara a solucionar las relaciones laborales de los funcionarios en general. Al final ha habido acuerdo y ha tenido que ser Eudel quien a través de los propios partidos políticos ha sido capaz de hacer una propuesta, que es la que se trae a este Pleno y que en otros sitios también ha sido tratada. A nosotros nos parece en términos generales positiva, e independientemente de que todos los sindicatos no hayan sido capaces de ponerse de acuerdo, pero al menos los partidos políticos han entendido que era bueno y así evitar que esto se demorase más en el tiempo. EB-IU ha apoyado esta propuesta de Eudel y lógicamente la vamos a apoyar también en este Ayuntamiento votando a favor de la propuesta de acuerdo. En este momento el Sr. PRESIDENTE DE LA CORPORACION ordena retirar el cartel que tiene colocado delante de sus escaños Portugalete Abertzale eta Ekertiarra taldea. Seguidamente la Sra. IBARRA RODRIGUEZ de Portugalete Abertzale eta Ezkertiarra Taldea expone “En principio dejar claro que este convenio para nosotros es un decreto impuesto por Eudel, por lo tanto no participamos de él. Por otro lado hay que señalar que el Comité en su momento, hizo una serie de propuestas para mejorar este convenio entre las que estaban pedir que a la gente que no participase en el tema de Elkarkidetza se le pagase la diferencia en nómina.. Otra de las propuestas era un plan regulador de segunda actividad para la gente que por diferentes motivos no puede organizar sus tareas en su puesto de trabajo. Sabemos que esto se hace de manera esporádica, pero creemos que no existe un plan que lo regula. Otra de las propuestas era la creación de un fondo social. Ante estas propuestas vemos que el Ayuntamiento no ha demostrado flexibilidad a la hora de negociar la incorporación de éstas e el convenio y, por lo tanto, por los motivos que he comentado y sobre todo y ante todo respetando la decisión de la Asamblea de trabajadores y trabajadoras, nuestro voto va a ser la abstención”. A continuación la portavoz del grupo político municipal del PP, Sra. CIORDIA BURGOS del PP manifiesta “Lo primero felicitar a los trabajadores de este Ayuntamiento por haber alcanzado un consenso. El PP por supuesto respeta ese consenso y va a votar a favor Seguidamente el Sr. TORRES LORENZO del PSE-EE(SOE) expone que por regla general el Ayuntamiento empieza a negociar el marco regulador de las condiciones laborales de los trabajadores del Ayuntamiento de Portugalete, lo que es el Reglamento de los trabajadores, una vez que la partes negociadora que le toca a Eudel, (el Arcepafe), se ponen de acuerdo tanto la parte

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AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 8 DE PORTUGALETE Pleno 28.11.02

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política como la parte social, los sindicatos, y el retraso este año ha sido porque no ha habido un acuerdo efectivamente como decía el portavoz de IU-EB entre la parte social y la parte política. Se ha intentado llegar a acuerdo y al final se llegó a un acuerdo por una de las partes, la parte política sin que hubiera un acuerdo total por la otra parte. Entonces a partir de ese acuerdo político nosotros hemos creído oportuno empezar a negociar con la parte social en el Ayuntamiento, con lo cual, ellos también lo habían pedido que una vez que no había habido acuerdo en Eudel, nosotros pudiéramos dentro de ese margen estrecho que podíamos negociar, ponernos de acuerdo para aprobar el convenio que regulará tanto el año 2002 como el 2003, y la verdad es que lo único que tengo que hacer es agradecer el espíritu que ha tenido todo el Comité y todos los sindicatos que han colaborado en ese convenio, en ponernos de acuerdo y sacar este convenio adelante. Prosigue diciendo el Sr. Concejal que es cierto que se han planteado una serie de reivindicaciones, pero esas reivindicaciones o bien se han resuelto o se han quedado pendientes de resolver. Las que se han resuelto son bastante significativas, prácticamente todas ellas, porque lo que no podemos hacer es que cuando se nos plantean una serie de cuestiones, no se pueden resolver de hoy para mañana porque son bastante complicadas. Decir que el tema de segunda actividad lo vamos resolviendo puesto a puesto a medida que se nos va suscitando la cuestión, puesto que es muy difícil saber cuando se van a dar puestos de segunda actividad porque depende de las condiciones físicas en las que se encuentre la gente. No se puede hacer un Reglamento de segunda actividad sin saber qué problemas físicos va a tener una persona a la hora de incorporarla al nuevo puesto de trabajo,. Entonces es muy difícil tener un plan anticipado, sin embargo, los que se están dando y son muchos ejemplos los que se han dado, se han ido solucionando como así lo ha reconocido el comité. Respecto al Fondo Social, hubo una problemática porque hace tiempo se dotó un Fondo Social y los mismos trabajadores del Comité establecieron que no había funcionado en su momento y por tanto que no era una buena idea.. Sin embargo se ha articulado algún tipo de mecanismo para que las personas que tengan cualquier tipo de problemas lo planteen y no es la primera vez que se han planteado problemas que están fuera del Convenio de ayuda y se les ha concedido, con lo cual ese problema también estableció el Comité que estaba más o menos solucionado. Deciros que los aspectos más relevantes del convenio son, el período de lactancia, que se ha aumentado de diez a doce meses. El Seguro de vida se ha aumentado de 4,5 millones a 5 millones, El tema de Elkarkidetza, no tiene razón como dice la portavoz del grupo Portugalete Abertzale, puesto que nosotros planteamos que si había personas que no estuvieran de acuerdo con las retribuciones que se aportaban por parte de la Institución a Elkarkidetza, estaríamos dispuestos a estudiar la posibilidad de hacer un plan de pensiones al que pudieran acogerse al cual el Comité prácticamente se negó en rotundidad, lo único que plantearon era que se retribuyera ese dinero a las personas que no contribuyan a Elkarkidetza, algo que nosotros establecimos que había un precedente a un Ayuntamiento, creo que esos mismos representantes de los Ayuntamiento han dicho que no era estrictamente legal, puesto que no estaba contemplado y que podía haber situaciones o suspicacias de que era ilegal. Entonces lo que establecimos nosotros era la posibilidad de estudiarlo perfectamente a ver si podríamos hacerlo en un futuro o no Respecto a Elkarkidetza, el Ayuntamiento ha llegado al máximo del límite establecido de aportación a ese sistema complementario de pensiones.

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AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 9 DE PORTUGALETE Pleno 28.11.02

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El tema también de indemnización por jubilación voluntaria también se ha aumentado a 19 mensualidades. El incremento de los préstamos de consumo, los anticipos reintegrables también se han aumentado. Y decir también que el número de horas para acudir a los centros médicos, también se ha aumentado de 4 a 8 horas, porque ahora también se va a poder acudir cuando tengan que ir a esos centros médicos tanto los hijos como el cónyuge así como el padre y la madre de aquella persona que trabaje en este Ayuntamiento. Para finalizar el Sr. Concejal agradece al Comité el talante que ha tenido para negociar dentro del límite estrecho. También felicita a los que han conseguido salir delegados sindicales, y sobre todo por el clima en que se produjo esas elecciones, bastante tranquilo”. Toma la palabra el Sr. PRESIDENTE DE LA CORPORACION manifestando “Efectivamente se han celebrado elecciones y el clima electoral ha sido correcto y que se ha podido desarrollar con plenas garantía y libertad por parte de todos los trabajadores, lo cual es muy positivo. Respecto al convenio suscrito es un acuerdo y hay que tener en cuenta que los intereses que defiende el Ayuntamiento no son intereses idénticos a los que defienden los trabajadores. El Ayuntamiento tiene que defender los intereses de los ciudadanos y aquellos tienen que defender los intereses de los trabajadores, no son idénticos, no tienen porqué ser totalmente contradictorios, pero no son idénticos, y creo que eso es comprensible por parte de todos. Por otro lado, el Sr. Alcalde considera que se ha de partir de un único nivel de negociación, en este caso marcado por lo que propone el Arcepafe sobre el que tiene que estar el grueso de la negociación, no puede ser que luego se pretenda hacer una segunda negociación de mejora. Finalmente, el Sr. Alcalde desea a los nuevos delegados sindicales los mayores éxitos y en la medida de lo posible mantener la actitud que ha mantenido siempre el Ayuntamiento en la relación con los sindicatos, de respeto hacia ellos y de colaboración en aquellos que creamos que es bueno para los ciudadanos de Portugalete”. A continuación somete a votación el dictamen. Votan a favor los miembros de los grupos político municipales PSE-EE(PSOE), PP, Coalición EAJ-PNV/EA e IU-EB, que suman 19. Votan ABSTENCION los miembros del grupo político municipal Portugalete Abertzale eta Ezkertiarra Taldea, que suman 2 y, por lo tanto, por mayoría absoluta, se aprueba el siguiente acuerdo: “Las condiciones de empleo del personal al servicio del Ayuntamiento de Portugalete para 2002 se regularán, una vez acordadas con la Representación del Personal el 31 de octubre de 2002, del mismo modo que en 2001, con excepción de los artículos del Reglamento publicado por Eudel (Depósito legal BI-2.913-98) que se modifican en el presente texto, los cuales se añaden a las modificaciones aprobadas en sesión de Pleno de 26 de octubre de 2000, que afectaron a los artículos 14 (estableciendo una jornada anual de 1.589 horas), 25.1, 28, 50, 52.1, 60.4, 89, 91 y al Anexo III, y de las tablas retributivas, actualizándose las cuantías aprobadas en el acuerdo de Comisión de Gobierno de 23 de enero de 2001 como se indicará seguidamente: 1º) Las retribuciones por niveles, que incluirán las básicas y complementarias para cada puesto de trabajo, con exclusión de los complementos específicos adicionales por penosidad o dedicación, serán para el año 2002, las siguientes:

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NIVEL RETRIBUCIÓN 2002 en € 30 45.471,44 29 43.235,14 28 40.998,84 27 38.762,54 26 36.526,23 25 34.493,23 24 32.460,23 23 30.901,61 22 29.410,74 21 27.987,63 20 26.157,93 19 25.005,90 18 23.650,57 17 22.634,06 16 21.617,57 15 20.668,83 14 19.787,87 13 18.974,67 12 18.229,24 11 17.551,57 10 16.941,67

2º) Los complementos específicos adicionales por penosidad y/o dedicación (que en 1999 absorbieron los pluses por penosidad, toxicidad y festividad, así como los complementos de productividad asignados a determinados puestos de trabajo con carácter fijo) de los puestos de trabajo que cuentan con titular/es serán, para 2002, los siguientes:

Denominación del puesto Cuantía anual € Adjunto/a al Jefe de la Policía Municipal (*) 5.832,15 Agente de Policía Municipal 4.964,68 Albañil 1.638,63 Auxiliar de Servicios Medioambientales 1.429,86 Carpintero/a 1.803,17 Conductor/a Alcaldía 12.221,52 Conductor/a de dumper 2.031,24 Conductor/a del Parque Móvil 1.638,63 Director/a Administrativo/a de Urbanismo 10.503,84 Director/a de Educación 8.132,00 Director/a Promoción Económica y Empleo 8.132,00 Director/a Obras, Mantenimiento y Servicios 8.132,00 Director/a de Personal 8.132,00 Director/a de Servicios Sociales 8.132,00 Electricista 1.638,63

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Enterrador/a 2.723,78 Fontanero/a 1.638,63 Herrero/a 1.638,63 Interventor/a 12.130,24 Jardinero/a 1.718,64 Jefe/a de la Policía Municipal 8.132,00 Limpiador/a de Piscinas 3.596,01 Maquinista de Piscinas 3.548,37 Mecánico/a 1.850,10 Operario/a de Aguas 1.638,63 Operario/a de Obras 2.211,70 Operario/a del Parque Móvil 1.638,63 Operario/a del Polideportivo San Roque 2.761,36 Pintor/a 3.555,32 Relaciones Ciudadanas Policía Municipal 2.130,42 Responsable Instalaciones Deportivas 4.100,74 Responsable del Cementerio 1.638,63 Responsable de Turno Policía Municipal 6.091,19 Responsable Grupo Investigación Pol. Mun. 6.091,19 Responsable de Informática 4.461,96 Secretario/a General 16.365,66 Servicio Central Policía Municipal 2.130,42 Socorrista 2.436,35 Taquillero/a de Piscinas 2.325,18 Técnico/a en Arquitectura y Urbanismo 6.733,53 Tesorero/a 10.503,84

(*) En el caso de mantenerse las condiciones indicadas en el acuerdo de Comisión de Gobierno de 21 de diciembre de 1999, en el sentido que una sola dotación del puesto de Adjunto/a al Jefe de la Policía Municipal realizase las funciones allí descritas, la cuantía anual reseñada se duplicará. 3º) Los complementos de productividad asignados por acuerdos municipales en vigor y los complementos personales transitorios, aprobados en el anexo de personal del Presupuesto para 2002, se incrementarán en el tres por ciento para el presente ejercicio, en tanto hayan permanecido vigentes durante el presente ejercicio y mientras se mantenga esta vigencia. 4º) Las retribuciones totales del personal adscrito al Euskaltegi Municipal para 2002, en función de sus respectivos puestos de trabajo, serán en términos brutos anuales:

Profesor/a-Director/a 27.943,61 € Profesor/a-Secretario/a 25.382,63 € Profesor/a 24.102,24 € Secretario/a del Euskaltegi 18.623,48 €

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5º) Las retribuciones totales del personal adscrito a la Escuela Municipal de Música para 2002, en función de sus respectivos puestos de trabajo, serán en términos brutos anuales:

Profesor/a-Director/a 29.224,10 € Profesor/a-Secretario/a 26.663,13 € Profesor/a 24.102,24 € Secretario/a de la Escuela 18.623,48 €

6º) La antigüedad, que incorpora el complemento personal a las cuantías aprobadas en las leyes de Presupuestos estatal y autonómica para 2002, se percibirán en el presente ejercicio en las siguientes cuantías mensuales por trienio consolidado:

Grupo de clasificación Importe en euros A 44,87 B 36,33 C 32,58 D 26,16 E 23,08

7º) Los ocupantes de puestos de trabajo que no tengan asignado un complemento específico por penosidad, cuando realicen trabajos en condiciones consideradas por la Corporación como tóxicas, penosas, peligrosas o su actividad en periodo nocturno o en día festivo, percibirán un plus por hora de esta naturaleza, con las cuantías que siguen, circunstancia extensible a quienes teniendo asignado un complemento específico por penosidad realicen este tipo de trabajos fuera de su jornada habitual, en todos los casos previo escrito de los responsables de cada Área y con aprobación del órgano competente:

HORAS DIURNA

S EUROS HORAS NOCTURNA

S EUROS

NIVEL

1 PLUS 2 PLUSES

3 PLUSES

O PLUSES

1 PLUS 2 PLUSES 3 PLUSES

30 5,34 6,66 7,99 6,66 7,99 9,33 10,66 29 5,00 6,24 7,49 6,24 7,49 8,74 9,99 28 4,66 5,82 6,98 5,82 6,98 8,15 9,31 27 4,31 5,39 6,46 5,39 6,46 7,54 8,61 26 4,11 5,14 6,17 5,14 6,17 7,19 8,22 25 3,91 4,89 5,87 4,89 5,87 6,85 7,83 24 3,72 4,65 5,58 4,65 5,58 6,51 7,44 23 3,52 4,40 5,28 4,40 5,28 6,16 7,05 22 3,45 4,32 5,18 4,32 5,18 6,05 6,91 21 3,39 4,23 5,08 4,23 5,08 5,93 6,78 20 3,27 4,08 4,89 4,08 4,89 5,71 6,53 19 3,04 3,80 4,55 3,80 4,55 5,31 6,08 18 2,93 3,66 4,39 3,66 4,39 5,11 5,85 17 2,70 3,37 4,05 3,37 4,05 4,72 5,40

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16 2,47 3,09 3,71 3,09 3,71 4,33 4,94 15 2,30 2,87 3,45 2,87 3,45 4,03 4,59 14 2,21 2,76 3,32 2,76 3,32 3,87 4,42 13 2,12 2,66 3,18 2,66 3,18 3,72 4,25 12 2,04 2,54 3,06 2,54 3,06 3,56 4,08 11 1,92 2,41 2,89 2,41 2,89 3,38 3,86 10 1,82 2,29 2,74 2,29 2,74 3,20 3,66

HORAS FESTIVA

S EUROS

NIVEL

0 PLUS 1 PLUS 2 PLUSES

3 PLUSES 4 PLUSES

30 13,33 16,00 16,67 17,32 17,99 29 12,48 14,99 15,60 16,23 16,86 28 11,64 13,94 14,55 15,13 15,72 27 10,76 12,92 13,46 14,00 14,53 26 10,28 12,33 12,84 13,36 13,87 25 9,79 11,74 12,24 12,72 13,21 24 9,30 11,15 11,62 12,08 12,55 23 8,81 10,57 11,01 11,44 11,89 22 8,64 10,36 10,79 11,27 11,66 21 8,47 10,17 10,59 11,01 11,43 20 8,16 9,79 10,20 10,61 11,01 19 7,59 9,12 9,49 9,87 10,25 18 7,31 8,78 9,14 9,51 9,87 17 6,75 8,10 8,44 8,77 9,11 16 6,18 7,42 7,73 8,03 8,34 15 5,75 6,89 7,18 7,47 7,76 14 5,53 6,63 6,91 7,19 7,47 13 5,31 6,38 6,64 6,90 7,17 12 5,10 6,12 6,37 6,62 6,88 11 4,82 5,79 6,03 6,27 6,51 10 4,57 5,48 5,71 5,94 6,17

8º) Las gratificaciones del personal del servicio de guardia del Área de Obras y Servicios, por cada día de retén y sin perjuicio de sus complementos de productividad, serán en 2002 las siguientes:

Importe en euros Responsable del servicio 36,39 Fontanería y electricidad 27,30

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9º) Las gratificaciones a los Cabos y Agentes de la Policía Municipal por asistencia a juzgados fuera de su jornada programada, previa notificación efectuada o conocida con anterioridad por su Jefatura, serán en 2002:

Importe en euros Juzgado de Portugalete 25,82 Juzgados de Barakaldo 32,28 Juzgados de Bilbao 38,74

10º) Las retribuciones no contempladas en los puntos precedentes se incrementarán en un tres por ciento, salvo que de su propia naturaleza se desprenda un incremento diferente. 11º) Los artículos del Reglamento, cuya modificación total o parcial se acuerda en el presente año, quedarán redactados en adelante como sigue: Artículo 47.3 bis.- Licencias por enfermedad o accidente. No serán de aplicación los descuentos en retribuciones derivados de estas licencias cuando la baja por enfermedad tenga como causa acreditada la existencia de riesgos en el embarazo. Artículo 48. 3.- Licencia por gestación, alumbramiento y lactancia. Asimismo, la empleada municipal tendrá derecho a una pausa de una hora en su trabajo que podrá dividir en dos fracciones cuando la destine a la lactancia natural o artificial de su hijo menor de doce meses. La mujer por su voluntad, podrá sustituir este derecho por una reducción de la jornada de trabajo normal en una hora con la misma finalidad. El derecho a la pausa o reducción en la jornada laboral para el caso de lactancia artificial, podrá hacerse extensivo al padre, previa solicitud y justificación por parte de éste, que deberá acreditar la condición de trabajadora por cuenta ajena de la madre y su renuncia o imposibilidad para disfrutar de la licencia. La empleada municipal podrá optar por hacer uso de la licencia a que se refiere el párrafo anterior, o bien acumular las horas de lactancia computándose día a día, según el calendario de la empleada pública, bien inmediatamente después de la baja maternal y en su totalidad, o bien comenzar disfrutando de la hora diaria y acumular, desde una fecha determinada, todas las horas que resten por disfrutar, siendo el mínimo de horas que pueden acumularse las correspondientes a un mes. Artículo 52. 1.- Licencia por enfermedad grave o fallecimiento de parientes. Los/as empleados/as municipales dispondrán de días naturales de licencia por fallecimiento o enfermedad grave justificada de sus parientes, conforme a la siguiente tabla: FALLECIMIENTO ENFERMEDAD GRAVE Cónyuge e hijos/as 5 5 Padres, abuelos/as, nietos/as y hermanos/as, directos o políticos

3

2

Por similitud con la licencia por fallecimiento, la licencia por enfermedad grave podrá comenzarse el día de la declaración de la enfermedad o el siguiente, si el/la empleado/a municipal ya hubiese

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completado su jornada laboral. El resto de días podrán ser consecutivos o no, sin que en ningún caso puedan pasar más de catorce días entre el primero y el último día de ausencia. Artículo 57.- Licencia para acudir a consultas, tratamientos y exploraciones médicas. 1.- Los/as empleados/as municipales tienen derecho a licencia para acudir a consultas, tratamientos y exploraciones médicas durante su jornada de trabajo, siempre que las asistencias estén debidamente justificadas y que los centros donde se efectúen no tengan establecidas horas de consulta que permitan acudir a ellos fuera del horario de trabajo. Asimismo, la mencionada licencia se extenderá al acompañamiento a hijos/as menores de edad, al cónyuge y al padre o la madre del/ de la empleado/a municipal, con las condiciones reseñadas en el párrafo anterior. 2.- Los/as empleados/as municipales no podrán hacer uso de este derecho por un periodo superior a ocho horas mensuales en el conjunto de los dos supuestos. Las disposiciones de tiempo que superen este límite serán recuperadas en tiempo de trabajo. 3.- Quedan exceptuadas de la limitación temporal a que se refiere el párrafo anterior las visitas médicas de los empleados/as municipales efectuadas a instancia de su facultativo/a. Artículo 89.- Cuantías de indemnizaciones por jubilación voluntaria. La cuantía de la indemnización por jubilación voluntaria se calculará con arreglo a las retribuciones brutas de la persona afectada, conforme a la tabla siguiente:

Edad Nº de mensualidades 60 años 19 61 años 15 62 años 11 63 años 8 64 años 5

Artículo 91.- Seguro de vida, invalidez y responsabilidad civil. Se modifica exclusivamente la cuantía del capital asegurado para vida, accidente e incapacidad permanente absoluta y total, en este último caso cuando la persona afectada cause baja en la Entidad, elevándola hasta 30.050,61 €. Artículo 92.1.- Préstamos de consumo Los/as empleados/as municipales con antigüedad mínima de un año, podrán percibir préstamos de consumo para atender las necesidades perentorias que se indican en el punto siguiente, y siempre que exista causa justificada a criterio del Ayuntamiento, en función de la cuantía acreditada de la necesidad con un límite de 5.409,11 €. Se reintegrarán en 24 mensualidades los préstamos comprendidos entre esta cifra y 3.606,07 €, en 18 mensualidades los que sin llegar a la cuantía anterior superen las 1.803,04 € y en 12 mensualidades aquellos que no excedan de esta última cantidad. Anexo III. Aportaciones al Sistema Complementario de Pensiones.

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Las aportaciones, tanto institucionales como de los empleados municipales asociados al Plan de Pensiones de Empleo, gestionado por Elkarkidetza EPSV, serán las siguientes:

Grupo de clasificación Mensualidad en € A 52,33 B 42,73 C 35,05

D y E 29,29 Estas aportaciones representan el 2% de la base reguladora actualizada a 2001. Esta tabla quedará automáticamente sustituida por la que emita Elkarkidetza para 2002 sobre la base de incrementar el porcentaje sobre el haber regulador hasta el 2,5. En 2003 se aumentará la aportación hasta el 3%, quedando conformado definitivamente el sistema de previsión social complementaria. Disposición Transitoria. Los artículos modificados entrarán en vigor el día siguiente de su aprobación por el Pleno Municipal, con excepción de lo referido a retribuciones y aportación al Plan de Pensiones, cuyos efectos se retrotraerán al 1 de enero de 2002. Las licencias no completadas se recalcularán con arreglo a la presente regulación. Disposiciones Adicionales. Primera.- Ambas partes, la institucional y la representación del personal, se consideran inmersas en el ámbito del Acuerdo que, para los años 2002 y 2003, se firmó en Eudel el 1 de octubre de 2002 por los partidos políticos EAJ/PNV, PSE/EE/PSOE, EA y PP, aceptando inicialmente su contenido. En el caso de que la Mesa de negociación del ARCEPAFE, constituida como se sabe por las tres Diputaciones Forales, EUDEL y las Centrales Sindicales más representativas, finalmente consiguiera rubricar un Acuerdo sobre las condiciones de empleo del personal al servicio de las Administraciones Local y Foral, se incorporarán a este Reglamento municipal aquellas que se consideren más beneficiosas que las aquí pactadas. Segunda.- A solicitud de cualquiera de las dos partes se reunirá una Comisión Paritaria destinada a analizar y proponer el abono de gastos médico-farmacéuticos no cubiertos por el sistema de Seguridad Social, incurridos por personas incluidas en el ámbito de aplicación de este Reglamento, con cargo a la partida de asistencia médico-farmacéutica 2.1215. 160.05.

El Pleno Municipal, en el marco de sus competencias, autoriza a la Comisión de Gobierno para elaborar las tablas retributivas para 2003 que concreten el referido acuerdo, así como a cumplir los compromisos establecidos en el mismo en materia de previsión social voluntaria”. 1.07.-SE PROPONE, PREVIA DECLARACIÓN DE URGENCIA, MOCIÓN PRESENTADA

POR LA COALICIÓN EAJ-PNV/EA, RELATIVA A “HABILITACIÓN A EUDEL PARA REALIZACIÓN DE GESTIONES TENDENTES A LA RECUPERACIÓN DE DOCUMENTACIÓN OBRANTE EN EL ARCHIVO DE SALAMANCA”

El Sr. PRESIDENTE DE LA CORPORACION manifiesta “Como ya hay dictamen no hace falta votar la urgencia”.

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Presenta la moción el Sr. VIZCAINO GOMEZ de la Coalición EAJ-PNV/EA, quien expone “Egun on. Para comenzar el Sr. Concejal expresa la sorpresa del Grupo Nacionalista por haberse producido un dictamen negativo. No parece correcto ni lógico que el Partido socialista haya votado en contra. El Sr. Vizcaino aclara que esta moción no la está pidiendo el Grupo Nacionalista a título individual, sino a instancia de EUDEL y se está tratando en todos los Ayuntamientos de Bizkaia para que Eudel directamente a través de los Ayuntamiento y en representación como es de todos los Ayuntamientos, pida la documentación incautada en Salamanca del año 36 al año 39, simple y llanamente, es lo que se está pidiendo. En todos los Ayuntamiento están aprobando por unanimidad y aquí parece ser que el Partido Socialista quiere sobresalir por encima de los demás diciendo no porque no, sin ninguna razón y sin ninguna explicación. Antes de empezar el Pleno se me ha dicho que el PSE es más partidario de pedir la documentación a través del propio Ayuntamiento Parece que cada vez más el pacto que tiene con el PP, no le deja moverse sin permiso de él. Cuando el PP dice que no el PSOE también tiene que decir que no, porque para nosotros es sumamente ilógico la posición del PSOE aunque la coalición EAJ-PNV/EA no va a solicitar al PSE que cambie el voto porque es libre de hacer y deshacer todo lo que tú quieras, pero los afiliados que tengan más de 75 años te pedirán cuentas de porqué te niegas a que se pidan esos documentos”. El Sr. PRESIDENTE DE LA CORPORACION pregunta a los portavoces de los grupos si desean intervenir, de menor a mayor. En primer lugar el Sr. VICENTE CAÑADA de IU-EB manifiesta “Nosotros no estuvimos en la Comisión de Cultura donde se emitió este dictamen, por lo tanto, lógicamente tenemos que dar nuestra posición en este Pleno. Nuestra postura va a ser favorable por varias razones, una: porque es justicia que todo aquellos que perteneció a este Ayuntamiento sea devuelto y más si fue requisado, incautado o robado. Además estamos haciendo una apuesta muy interesante para que Portugalete sea un foco de atracción en el plano turístico, cultural, y de patrimonio histórico y en ese sentido tenemos un archivo histórico interesante y suele ser lugar de muchos historiadores que acuden a él para ver los libros por lo tanto la recuperación de esos documentos contribuirá a que ese archivo mejore. Respecto a la cuestión de hace la gestión a través de el Ayuntamiento por sí mismo o a través de Eudel, es algo que no les preocupa siendo lo importante que los documentos reviertan en el Ayuntamiento, quizá si se hace a través de Eudel se pueda hacer algo de más fuerza porque es un conjunto de municipios, es una institución que representa al conjunto de municipios que quizás pueda tener más fuerza. En definitiva, EB-IU está a favor de la recuperación de la documentación. Seguidamente la Sra. CIORDIA BURGOS del PP expone que el PP está a favor de que venga toda la documentación a Portugalete, pero no le parecen formas de traerlos a través de una moción. En otras ocasiones también se han entregado fondos (documentales, artísticos etc…) a Portugalete, pero siempre a través de conversaciones. Por eso en el presente caso al PP le parece que la forma que propone la moción no es la adecuada sino que la recuperación de los documentos se debería hacer a través de conversaciones o de alguna otra gestión delegando en el Alcalde ya que el Ayuntamiento es el que tiene que hacer todas estas gestiones.

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A continuación el Sr. RUIZ ORTEGA del PSE-EE(PSOE) manifiesta “En función de la autonomía municipal, deseamos que todo tipo de documentos que consideremos que es conveniente reclamar, se haga desde el propio Ayuntamiento. Creemos que esa es la institución a la que corresponde todo tipo de reclamaciones, solicitudes, previos los informes técnicos que hagan las personas de este Ayuntamiento de las cuales nosotros nos fiamos. Consideramos que previamente a cualquier reclamación, será necesario conocer cómo es el documento, qué características tiene, y si es aconsejable pedirlo o no. Es posible que algún documento deseemos que se quede donde está, o que vaya a otro lugar. También es verdad que no son los únicos documentos los que existen en Salamanca los que pueda haber de este Ayuntamiento, puede que en la Diputación Foral haya alguno o en alguna otra Institución que sería también reclamable. Al hilo de lo expuesto por EB-IU sobre que quizá se pueda hacer más fuerza si se gestiona la recuperación de los documentos a través de EUDEL, el Sr Ruiz opina que si es por cuestión de fuerza y teniendo en cuenta que en Salamanca hay documentos de muchísimos municipios de España ¿por qué no hemos decidido que sea la FEMP quien lo pida?, así sería mayor la fuerza. Además no hay que olvidar que hace algún tiempo la Diputación Foral tuvo la pretensión de que trasladáramos el archivo histórico de Portugalete al archivo de la Diputación foral, con lo cual los que quisieran investigar la historia de Portugalete no tendrían que venir a Portugalete e incluso los que habían nacido y vivían en Portugalete, tendrían que desplazarse a otra ciudad, como es la de Bilbao, para estudiar la historia de Portugalete. Entonces nos opusimos a ello y ahora sí que estamos por recuperar todos aquellos documentos que fueran recuperables, pero preferimos hacerlo a través del Ayuntamiento, en función de la autonomía municipal. Así pues por garantía y precisamente para que nadie nos llame la atención por no haber reclamado los documentos vamos a hacerlo desde esta Institución”. Toma la palabra el Sr. PRESIDENTE DE LA CORPORACION quien expone “La moción de la Coalición EAJ-PNV/EA se dirige sólo como si sólo hubiera documentos en poder del Ministerio de Cultura pero y como si sólo se hubiesen incautado documentos de la Comunidad Autónoma, pero realmente Sabemos si hay documentos en poder de la Diputación o si se incautaron, documentos de algún otro pueblo que estando con nosotros podría hacer más fuerza según vuestra tesis para que se le devolvieran los documentos. Porque según vuestra tesis lo razonable es que fuera la FEMP quien lo pidiera, pero estoy seguro de que la coalición no quiere que sea la FEMP. Yo lo que pediría a la FEMP es que me ayude a solicitar los documentos, a conocer los documentos y también se lo vamos a pedir a EUDEL, le vamos a decir que no tenemos inconveniente en que nos ayude si conoce los documentos para solicitarlos, pero nosotros somos después los que a la vista de cada documento vamos a ver qué hacemos con ellos, pediremos la titularidad si se nos incautó pero la decisión donde esté, tenemos que ver lo que sea mejor para Portugalete, porque igual no es mejor para Portugalete que tengamos el documento aquí La moción de la Coalición EAJ-PNV/EA no busca ese objetivo final sino que sea EUDEL la que pida sólo para los municipios del País Vasco porque EUDEL también podría haber decidido juntarse con el resto de la FEM para pedir la recuperación de los documentos, pero ¿cómo se va a juntar si no está en la FEMP? Y No está en la FEMP porque no quiere estar.

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Desde vuestra postura no debiera ser EUDEL sino la FEMP la que realice la gestión. Desde nuestra posición debemos ser nosotros en colaboración con EUDEL y con la FEMP, pero nosotros, para que nadie tenga ninguna duda, nadie tenga ninguna tentación de aglutinar documentación dejando claro que EUDEL nos ayude pero que es el Ayuntamiento el que recuperar la titularidad y discutir sobre la tenencia ya que como he dicho igual es bueno que algún documento de Portugalete esté en otro sitio por la difusión que puede tener, estamos intentando trasladar la imagen de Portugalete a muchísimos sitios e igual esa es la forma de trasladar la imagen del pueblo pero no la titularidad. Pero en todo caso queremos hacer todo eso hablando, tal y como ha dicho el PP. Así pues, decir que no a esta moción no es que no queramos sino que queremos hacerlo de otra manera que nos parece mejor; y que también se va a contar con EUDEL a nivel de información, y también con la FEMP. Finalizada su intervención, el Sr. ALCALDE concede otro turno de intervención. El Sr. VIZCAINO GOMEZ de la Coalición EAJ-PNV/EA manifiesta que el PSE les está ofreciendo una moción alternativa a la presentada por su grupo argumentando que lo planteado por el EAJ-PNV/EA no son formas para recuperar la documentación incautada y ante esto el Sr. Vizcaino les diría que si lo realmente busca el PSE con esta postura es justificarse ante el Grupo Nacionalista no insistan porque para nosotros no tenéis justificación. El Sr. Vizcaino se alegra de que ahora el PSE se comprometa a través del Ayuntamiento a pedir esta documentación porque este Ayuntamiento no ha pedido documentación a Salamanca nunca pero le gustaría que se adoptase el compromiso de que se va a solicitar.. Respecto a solicitar la devolución de la documentación a título individual, el Sr. concejal duda que vaya a ser fructífera frente al Estado, recuerda un caso similar con la Generalitat de Cataluña. Por otro lado, el Sr. Vizcaino no cree que el PSE pueda albergar algún temor por recuperar toda la documentación incautada durante la Guerra Civil; documentación que puede ser valiosa para que mucha gente (o sus familiares ) que han estado luchando en la guerra puedan cobrar una pensión y al Sr. Vizcaino le molesta que el Partido Socialista que ha vivido la guerra diga que no a una incautación de documentos y que pueda plantear que hay que a analizarlos primero porque igual no interesa que vengan, pero ¿por qué no van a venir aquí todos los documentos que hayan estado incautados después de la guerra?. Seguidamente el Sr. VICENTE CAÑADA de IU-EB expone que su grupo ya ha dejado clara su posición y que cuando he dicho antes ha dicho que les daba lo mismo que se pidiese a través del Ayuntamiento o a través de EUDEL, se había olvidado que también existe la FEMP y también se pueden hacer las gestiones a través de ella. En definitiva lo que importa es que en el fondo, y así se ha expresado a lo largo de todas las intervenciones, es que todos queremos recuperar esos documentos que fueron incautados, que son nuestros y que pueden ayudarnos más a conocer nuestra propia historia, nuestro pasado y a aprender de él. Prosigue señalando el Sr. Concejal que parece que lo que nos divide a los grupos son las formas. IU-EB va a votar a favor de cualquier forma, nos da lo mismo, a través de EUDEL, de la FEMP, o a

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través del Ayuntamiento. Y como de momento sólo se ha presentado la moción del EAJ-PNV/EA, su grupo la apoyará. A continuación la Sra. CIORDIA BURGOS del PP cede la palabra a su compañero de partido D. SANTIAGO PEREZ HERNANDEZ, el cual en calidad de concejal de cultura manifiesta que el Ayuntamiento se interesó por estos fondos en primavera y se interesó no por medio del Archivo de Salamanca sino directamente por medio de EUDEL. Se hicieron unas primeras gestiones para saber qué tipo de documentación había en el Archivo de Salamanca, en el Archivo de la Guerra Civil concerniente a Portugalete, y no hay motivo para inquietarse pues no hay ningún tipo de documentación que sea condición “sine quanon” para recibir una pensión, es decir, que la gente que tenga que cobrar una pensión no la va a recibir ni la va a dejar de recibir por el tipo de documentación que hay en Salamanca. El tipo de documentación que hay en dicho archivo son en su mayor parte a expedientes administrativos del Ayuntamiento que en algunos casos se refieren a alfabetización, en otros casos de información sobre el profesorado, y este tipo de expedientes varios, que en su momento desaparecieron de la Villa. En otro orden de cosas, decir también que en el Archivo Foral hay documentación de Portugalete, el cual aglutina 82 archivos municipales de Bizkaia. 83.700 referencias documentales de municipios de Bizkaia están allí, entre ellas de Portugalete, Las Encartaciones, las Juntas de Gernika, empresas, archivos familiares, Asimismo, decir que en Portugalete hay documentación que no se refiere a Portugalete. Tenemos la sección B de nuestro archivo municipal que se refiere a los siete Concejos del Valle de Somorrostro y que me imagino que el PNV no estará por la labor de deshacerse de esos fondos documentales, porque es la historia de la Comarca. Por todo ello, yo creo que conocida es la postura no solamente del PP sino también de este Ayuntamiento, de no renuncia a tener los fondos que aluden a Portugalete, pero creemos que la mejor forma es autorizar al Alcalde, bien a través de la FEMP o lo que sea, pero por medio de la Alcaldía para que se hagan las gestiones oportunas”. A continuación el Sr. RUIZ ORTEGA del PSE-EE(PSOE) manifiesta “Nosotros no nos queremos ganar las iras de nadie y mucho menos justificarnos, sólo queremos marcar perfectamente nuestra postura de decidir que es lo que queremos que esté aquí y estudiar toda la documentación que sea reclamable. A estos niveles yo creo que no se tratar de quedar bien o mal, se trata de decir cada uno lo que piensa y esto no tiene que molestar a nadie y cuando votamos en contra de un partido que no es el nuestro, el otro partido no tiene que darse por ofendido. Nosotros hemos dicho que vamos a contar con EUDEL y con la FEMP para todo aquello que nos pueda servir de ayuda para reclamar lo que tengamos que reclamar. Lo que queremos es garantizar que lo que decidamos que esté en este Ayuntamiento se garantice que esté. El Sr. PRESIDENTE DE LA CORPORACION aclara que para hacer una gestión no necesito hacer un acuerdo de Pleno. Si hay documentación en cualquier sitio que se considera de interés para Portugalete, se harán las gestiones que sean pertinentes. Lo que más me duele es que lo ponga en duda el PNV sólo porque le votemos que no a que lo reclame EUDEL. Creo que lleva el debate a una posición obtusa, Decís que sea EUDEL la que reclame los títulos para nosotros y sólo al

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Ministerio de Cultura , eso es lo que dice la moción, no que se reclame a la Diputación, no que se reclame por la FEMP, no que se vea cada documento como está, sino que se reclame sólo y que lo hagan ellos sin que nosotros no intervengamos. Interviene el Sr Vizcaino solicita al Alcalde que no intente cambiarle la moción puesto que su grupo ha presentado una moción con un contenido concreto y si el PSE-EE no la quiere aprobar le parece respetable pero que no pretenda derivarlas hacia otras cuestiones como puede ser la FEMP EL Sr. ALCALDE responde al concejal de la coalición que el argumento que ellos utilizan para hacer valer la moción diciendo que es para juntarse y hacer más fuerza parece valer con todos menos con la FEMP, con todos los que tengan RH negativo. Y él lo que preguntaría a la coalición es por qué no estamos en la FEMP, porqué con la FEMP no dais apoyo,.. Por tanto no queréis que todos los documentos sean de titularidad del Ayuntamiento, ni que vengan al Ayuntamiento, queréis que vengan sólo los del Ministerio de Cultura y que venga por EUDEL Porque si quisierais lo otro, lo cambiaríais, pero no lo queréis, queréis sólo eso y nada más. Porque si quisierais que vinieran todos los documentos, cambiabais y le pediríamos a la Diputación y no habéis hecho ni el más mínimo gesto. Seguidamente el Sr. VIZCAINO GOMEZ de la Coalición EAJ-PNV/EA manifiesta que la moción la ha presentado la coalición para que EUDEL solicite esos documentos. Si el Sr. Alcalde quiere meter otra moción para que los pida la FEMP, que la meta pero que no desvirtúe la moción presentada por su grupo. Su grupo no está pidiendo otra cosa ni está hablando del RH ni estamos diciendo que la FEMP lo pida, ni que tenemos que pedir a no se donde, nosotros estamos pidiendo que a través de EUDEL se soliciten esos documentos. Y si tal y como acaba de decir tiene potestad para pedir documentos a Diputación, que lo haga como Alcalde y no culpe a la coalición de que no se piden documentos a Diputación. Por alusiones el Sr. PALACIO SOTO de la Coalición EAJ-PNV/EA manifestando que en la legislatura anterior la Diputación no solicitó el traslado de nuestro Archivo Histórico al Archivo de Diputación. El responsable del archivo foral tenía una información que era errónea respecto a las condiciones en las que estaba nuestro archivo, yo le hice ver, incluso le invité a que lo viera, y le puse en contacto con nuestro archivero, y a partir de entonces quedó plenamente convencido y no ha vuelto a haber ningún problema Seguidamente el Sr. RUIZ ORTEGA del PSE-EE(PSOE) expone “que es verdad que el responsable del archivo foral conocía como estaba el archivo municipal con anterioridad porque quiso llevárselo. jamás me quiso engañar, y me decía que su pretensión era el llevarlo al Archivo Foral de Bilbao, sito en la C/ María Díaz de Haro. No habiendo más intervenciones el Sr. PRESIDENTE DE LA CORPORACIÓN somete a votación el dictamen de la Comisión Informativa de Cultura, de fecha 27 de noviembre de 2002, desestimatorio. Votan a favor del dictamen, los miembros de los grupos político municipales PSE-EE(PSOE) y PP, que suman 12. Votan en contra los miembros de la Coalición EAJ-PNV/EA e IU-EB, que suman 7. Se abstienen los miembros del grupo político municipal Portugalete Abertzale eta Ezkertiarra Taldea, que suman 2, y por lo tanto, por mayoría simple, queda desestimada la moción presentada por el grupo político municipal Coalición EAJ-PNV/EA, relativa a “Habilitación a

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EUDEL para realización de gestiones tendentes a la recuperación de documentación obrante en el Archivo de Salamanca”. 1.08.-MOCIONES, PREVIA SU DECLARACIÓN DE URGENCIA. No hay mociones presentadas por urgencia. II.- CONTROL Y SEGUIMIENTO DE LA GESTIÓN DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO

POR EL PLENO. 2.-DAR CUENTA DE LA INFORMACIÓN TRIMESTRAL DE LA GESTIÓN PRESUPUESTARIA AL 30.09.02

El Sr. PRESIDENTE DE LA CORPORACION manifiesta que este punto es el de dar cuenta de la información trimestral de la gestión presupuestaria al 30.09.02, es obligatorio y se adjunta a la presente acta como anexo número 1. 3.- DECRETOS DE LA ALCALDÍA. 3.01.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 20 DE SEPTIEMBRE

DE 2002, RELATIVO A APROBACIÓN DE CRÉDITO ADICIONAL. EXPEDIENTE Nº 74/02.

El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal: “Visto el expediente número 74/02, relativo a concesión de CREDITO ADICIONAL para la realización de gasto para el que no existe crédito de pago consignado, o existiendo éste fuere insuficiente y no ampliable y no siendo posible su cobertura en virtud de régimen de modificaciones previsto en la Norma Municipal de Ejecución Presupuestaria vigente. Considerando que según informa el Sr. Interventor, el expediente está ajustado a los requisitos exigidos por los artículos 34 de la Norma Foral 2/91, Presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia y 21 de la Norma Municipal de Ejecución Presupuestaria vigente, relativos a la justificación de la necesidad o urgencia del gasto y la especificación del recurso que ha de financiar el gasto propuesto y de la partida presupuestaria, debidamente detallada, a incrementar. De conformidad con las facultades que atribuye a esta Alcaldía el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, y demás legislación de pertinente aplicación,

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VENGO EN DISPONER PRIMERO.- La aprobación del CREDITO ADICIONAL con arreglo a la siguiente determinación: GASTO QUE SE PROPONE CREAR O INCREMENTAR.- Aplicación Presupuest

Denominación Importe Inicial € Cdto.Adicional €

07.4221.62201 Obras Rehabilitación Colegios Pcos. 0 84.202,72 T o t a l 0 84.202,72 Especificación del recurso que financia el gasto propuesto: Importe en €uros - Remanente de Tesorería.................. 84.202,72 - Nuevos o mayores ingresos liquidados sobre totales previstos...... ------ - Nuevos ingresos finalistas.............. ----- - Bajas por anulación..................... ------ - Operación de crédito.................... ------ TOTAL RECURSOS...... 84.202,72 SEGUNDO.- De la presente resolución se dará cuenta al Pleno, en cumplimiento de lo dispuesto en le artículo 27.3 de la Norma Foral 2/91, de 26 de marzo, Presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia, en la primera sesión que celebre”. 3.02.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 22 DE OCTUBRE DE

2002, RELATIVO A APROBACIÓN DE TRANSFERENCIAS DE CRÉDITO. EXPEDIENTE Nº 85/02.

El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal: “Visto el expediente número 85/02, relativo a transferencias de crédito entre partidas de gastos correspondientes al vigente Presupuesto de la Corporación, pertenecientes a la misma subfunción o programa funcional, o bien tratándose de transferencias entre distintas subfunciones en las que la variación acumulada de modificaciones en las que las subfunciones de origen y destino no superan el 25% de sus consignaciones iniciales previstas, salvo que minoren consignaciones para inversiones reales. Considerando que según informa el Sr. Interventor, el expediente está ajustado a los requisitos exigidos por los artículos 29 de la Norma Foral 2/91, Presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia y 17 de la Norma Municipal de Ejecución Presupuestaria vigente.

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AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 24 DE PORTUGALETE Pleno 28.11.02

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: P-4809100-C Telf..: 944729200 Fax.: 944729299

De conformidad con las facultades que me vienen conferidas por el Art. 21 de la Ley 7/85, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en relación con el art. 41 del Reglamento, aprobado por Real Decreto 2.568/86, de 28 de noviembre, y es por lo que, VENGO EN DISPONER PRIMERO. La aprobación de las transferencias de crédito según se propone en el expediente, que en conjunto son las siguientes: Partidas de Gastos con Créditos en baja

Partida Presupuest.

Denominación

Código Proyecto

Crédito Inicial €

Importe €uros

04.4323.22722 Contrato manten.Jardines Pcos. ----- 420.708,47 11.299,02 Total Bajas de Crédito ---- ---- 11.299,02

Partidas de Gastos con altas de crédito

Partida Presupuest.

Denominación

Código Proyecto

Crédito Inicial €

Importe €uros

04.1217.22699 Otros Gtos.diversos; Brigada ------ 19.767,89 11.299,02 Total Altas de Crédito ------ ------ 11.299,02

El total de altas de créditos es igual a las bajas, siendo esta resolución firme y ejecutiva sin necesidad de más trámites, por lo que se procederá por los servicios de Intervención a introducir las modificaciones de créditos aprobadas en la contabilidad de la Corporación con efectos inmediatos. SEGUNDO.- De la presente resolución se dará cuenta al Pleno, en cumplimiento de lo dispuesto en le artículo 27.3 de la Norma Foral 2/91, de 26 de marzo, Presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia, en la primera sesión que celebre”. 3.03.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 24 DE OCTUBRE DE

2002, RELATIVO A APROBACIÓN DE TRANSFERENCIAS DE CRÉDITO. EXPEDIENTE Nº 87/02.

El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal: “Visto el expediente número 87/02, relativo a transferencias de crédito entre partidas de gastos correspondientes al vigente Presupuesto de la Corporación, pertenecientes a la misma subfunción o programa funcional, o bien tratándose de transferencias entre distintas subfunciones en las que la variación acumulada de modificaciones en las que las subfunciones de origen y destino no superan el 25% de sus consignaciones iniciales previstas, salvo que minoren consignaciones para inversiones reales.

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Considerando que según informa el Sr. Interventor, el expediente está ajustado a los requisitos exigidos por los artículos 29 de la Norma Foral 2/91, Presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia y 17 de la Norma Municipal de Ejecución Presupuestaria vigente. De conformidad con las facultades que me vienen conferidas por el Art. 21 de la Ley 7/85, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en relación con el art. 41 del Reglamento, aprobado por Real Decreto 2.568/86, de 28 de noviembre, y es por lo que, VENGO EN DISPONER PRIMERO. La aprobación de las transferencias de crédito según se propone en el expediente, que en conjunto son las siguientes: Partidas de Gastos con Créditos en baja

Partida Presupuest.

Denominación

Código Proyecto

Crédito Inicial €

Importe €uros

07.4221.48101 Transfer.a ISFL; Colegios ------ 25.355,02 20.000 Total Bajas de Crédito ---- ---- 20.000

Partidas de Gastos con altas de crédito

Partida Presupuest.

Denominación

Código Proyecto

Crédito Inicial €

Importe €uros

07.4221.62201 Obras Rehabilit.Colegios Pcos. 20017001 0 20.000 Total Altas de Crédito ---- ----- 20.000

El total de altas de créditos es igual a las bajas, siendo esta resolución firme y ejecutiva sin necesidad de más trámites, por lo que se procederá por los servicios de Intervención a introducir las modificaciones de créditos aprobadas en la contabilidad de la Corporación con efectos inmediatos. SEGUNDO.- De la presente resolución se dará cuenta al Pleno, en cumplimiento de lo dispuesto en le artículo 27.3 de la Norma Foral 2/91, de 26 de marzo, Presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia, en la primera sesión que celebre”. 3.04.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 28 DE OCTUBRE DE

2002, RELATIVO A APROBACIÓN DE TRANSFERENCIAS DE CRÉDITO. EXPEDIENTE Nº 88/02.

El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal:

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AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 26 DE PORTUGALETE Pleno 28.11.02

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“Visto el expediente número 88/02, relativo a transferencias de crédito entre partidas de gastos correspondientes al vigente Presupuesto de la Corporación, pertenecientes a la misma subfunción o programa funcional, o bien tratándose de transferencias entre distintas subfunciones en las que la variación acumulada de modificaciones en las que las subfunciones de origen y destino no superan el 25% de sus consignaciones iniciales previstas, salvo que minoren consignaciones para inversiones reales. Considerando que según informa el Sr. Interventor, el expediente está ajustado a los requisitos exigidos por los artículos 29 de la Norma Foral 2/91, Presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia y 17 de la Norma Municipal de Ejecución Presupuestaria vigente. De conformidad con las facultades que me vienen conferidas por el Art. 21 de la Ley 7/85, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en relación con el art. 41 del Reglamento, aprobado por Real Decreto 2.568/86, de 28 de noviembre, y es por lo que, VENGO EN DISPONER PRIMERO. La aprobación de las transferencias de crédito según se propone en el expediente, que en conjunto son las siguientes: Partidas de Gastos con Créditos en baja

Partida Presupuest.

Denominación

Código Proyecto

Crédito Inicial €

Importe €uros

04.4323.22722 Contrato mantenim.jardines pcos ---- 420.708,47 4.558,31 Total Bajas de Crédito ---- ---- 4.558,31

Partidas de Gastos con altas de crédito

Partida Presupuest.

Denominación

Código Proyecto

Crédito Inicial €

Importe €uros

04.1217.62401 Vehículo Brigada Municipal 20014902 0 4.558,31 Total Altas de Crédito ---- ---- 4.558,31

El total de altas de créditos es igual a las bajas, siendo esta resolución firme y ejecutiva sin necesidad de más trámites, por lo que se procederá por los servicios de Intervención a introducir las modificaciones de créditos aprobadas en la contabilidad de la Corporación con efectos inmediatos. SEGUNDO.- De la presente resolución se dará cuenta al Pleno, en cumplimiento de lo dispuesto en le artículo 27.3 de la Norma Foral 2/91, de 26 de marzo, Presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia, en la primera sesión que celebre”. 3.05.-DAR CUENTA DE DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 29 DE OCTUBRE DE

2002, RELATIVO A NOMBRAMIENTO DE REPRESENTANTE MUNICIPAL EN EL CONSEJO ESCOLAR U ORGANO MÁXIMO DE REPRESENTACIÓN DEL CENTRO DE EDUCACIÓN DE PERSONAS ADULTAS.

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AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 27 DE PORTUGALETE Pleno 28.11.02

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: P-4809100-C Telf..: 944729200 Fax.: 944729299

El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal: “Visto el escrito presentado por D. José Antonio Uranga Ocio (concejal del Grupo Municipal Popular) en el que a excepción de su cargo como concejal renuncia al resto de cargos que le correspondan, entre los que se encuentra el de representante municipal en el Consejo Escolar u Organo máximo de representación del Centro de Educación de personas adultas, para el que fue nombrado mediante Decreto de Alcaldía de fecha 21 de marzo de 2.002. De conformidad con las facultades conferidas en el art.21 de la Ley 7/1.985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. VENGO EN DISPONER Primero. Aceptar la renuncia presentada por D. José Antonio Uranga Ocio, agradeciéndole los servicios prestados. Segundo. Nombrar a D. Juan Carlos Castaño Moreno, (concejal del Grupo Municipal Popular), representante municipal en el Consejo Escolar u Organo máximo de representación del Centro de Educación de personas adultas Tercero. Notificar el presente Decreto a los interesados y al Centro de Educación de personas adultas, dando cuenta del mismo en la próxima sesión que celebre al Pleno de la Corporación”. 3.06.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 29 DE OCTUBRE DE

2002, RELATIVO A NOMBRAMIENTO DE MIEMBRO DE LA COMISIÓN DE GOBIERNO Y CONCEJAL DELEGADO DEL AREA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y TURISMO.

El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal: “Visto el escrito presentado por D. José Antonio Uranga Ocio (concejal del Grupo Municipal Popular) en el que a excepción de su cargo de concejal renuncia al resto de cargos que le correspondan, entre los que se encuentran los de miembro de la Comisión de Gobierno y Concejal delegado para el Area de Educación, Juventud y Turismo del Ayuntamiento de Portugalete, para los que fue designado mediante Decretos de Alcaldía de fecha 27 de diciembre de 1.999. Visto lo dispuesto en los artículos 23. de la Ley 7/1.985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; 43, 44 y 52 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen jurídico de las Entidades Locales.

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AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 28 DE PORTUGALETE Pleno 28.11.02

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: P-4809100-C Telf..: 944729200 Fax.: 944729299

VENGO EN DISPONER Primero. Aceptar la renuncia presentada por D. José Antonio Uranga Ocio, agradeciéndole los servicios prestados. Segundo. Nombrar a D. José Manuel de Insausti Montalvo, (concejal del Grupo Municipal Popular), miembro de la Comisión de Gobierno y Concejal delegado para el Area de Educación, Juventud y Turismo; delegación esta última que tendrá el mismo alcance y efectos que la ostentada hasta la fecha por el concejal que renuncia, abarcando las facultades de dirigir los servicios correspondientes del Area en cuestión y su gestión. Tercero Notificar el presente Decreto a los interesados, y dar cuenta al Pleno de la Corporación en la siguiente sesión que celebre. Cuarto. Publicar el nombramiento en el Boletín oficial de Bizkaia”. 3.07.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 29 DE OCTUBRE DE

2002, RELATIVO A DENOMINACIÓN DE GRUPO POLÍTICO MUNICIPAL “PORTUGALETE ABERTZALE ETA EZKERTIARRA TALDEA.

El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal: “Visto el escrito de fecha 28 de octubre de 2002, registro de entrada nº 9526, presentado por D. Mikel Quintela Alvarez, en el que solicita por expreso deseo de su grupo municipal cambiar la denominación del mismo pasando a llamarse “PORTUGALETE ABERTZALE ETA EZKERTIARRA TALDEA” VENGO EN DISPONER: Primero.- Dar por modificada la denominación del grupo municipal integrado por los concejales Dª Miren Estíbaliz Ibarra Rodriguez, Dª Izarra Gisasola Martín y D. Mikel Quintela Alvarez, el cual pasa a denominarse “PORTUGALETE ABERTZALE ETA EZKERTIARRA TALDEA” Segundo.- Del presente Decreto se dará cuenta al Pleno de la Corporación en la siguiente sesión que celebre”. 3.08.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 29 DE OCTUBRE DE

2002, RELATIVO A NOMBRAMIENTO DE 5º TENIENTE DE ALCALDE. El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de

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AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 29 DE PORTUGALETE Pleno 28.11.02

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: P-4809100-C Telf..: 944729200 Fax.: 944729299

los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal: “Visto el escrito presentado por concejal del Grupo Municipal Popular D. José Antonio Uranga Ocio en el que a excepción de su cargo de concejal renuncia al resto de cargos que le correspondan, entre los que se encuentra el de quinto Teniente de Alcalde del Ayuntamiento de Portugalete, para el que fue designado mediante Decreto de Alcaldía, de fecha 27 de diciembre de 1.999. Visto lo dispuesto en los arts. 21.2 de la Ley 7/1.985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y 46.1 y 3 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen jurídico de las Entidades Locales. VENGO EN DISPONER Primero. Aceptar la renuncia presentada por D. José Antonio Uranga Ocio, agradeciéndole los servicios prestados. Segundo: Nombrar a D. José Manuel de Insausti Montalvo, (concejal del Grupo Municipal Popular), quinto Teniente de Alcalde del Ayuntamiento de Portugalete. Tercero: Notificar el presente Decreto a los interesados, y dar cuenta al Pleno de la Corporación en la siguiente sesión que celebre. Cuarto. Publicar el nombramiento en el Boletín oficial de Bizkaia”. 3.09.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 30 DE OCTUBRE DE

2002, RELATIVO A APROBACIÓN DE HABILITACIÓN DE CRÉDITOS. EXPEDIENTE Nº 91/02.

El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal: “Visto el expediente número 91/02 relativo a HABILITACIÓN DE CRÉDITOS previsto en el artículo 18 de la Norma Municipal de Ejecución Presupuestaria vigente. Considerando que según informa el Sr. Interventor, el expediente está ajustado a los requisitos exigidos en ésa Norma y habida cuenta de la obtención de los siguientes recursos no previstos en el presupuesto en vigor, procedentes de la subvención de la Fundación Gazte Lanbidean de Bilbao Bizkaia Kutxa (B.B.K.), con objeto de financiar el funcionamiento del servicio de Behargintza por un importe de 53.448,97.- €uros , de los cuales figuraban ya en presupuesto 46.878,94.-€uros, por lo que se realiza la habilitación por la diferencia de importes que asciende a 6.570,03.€uros.

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AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 30 DE PORTUGALETE Pleno 28.11.02

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: P-4809100-C Telf..: 944729200 Fax.: 944729299

De conformidad con las facultades que atribuye a esta Alcaldía el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, y demás legislación de pertinente aplicación, es por lo que VENGO EN DISPONER: PRIMERO. La aprobación de la habilitación de créditos de conformidad a las finalidades que a continuación se precisan: El ingreso procedente de una subvención de la Fundación Gazte Lanbidean de Bilbao Bizkaia Kutxa (B.B.K.), por un importe de 53.448,97.- €uros, de los cuales figuraban ya en presupuesto 46.878,94.-€uros, por lo que se realiza la habilitación por la diferencia de importes que asciende a 6.570,03.€uros. Dicho ingreso se aplicará a la realización del nuevo gasto no previsto correspondiente al funcionamiento del servicio de Behargintza por un importe de 53.448,97.- €uros, de los cuales figuraban ya en presupuesto 46.878,94.-€uros, por lo que se realiza la habilitación por la diferencia de importes que asciende a 6.570,03.€uros. Siendo esta resolución firme y ejecutiva sin necesidad de más trámites, por lo que se procederá por los servicios de Intervención a introducir las modificaciones de créditos aprobadas en la contabilidad de la Corporación con efectos inmediatos, conforme al siguiente detalle: Subcpto. Iº Denominación Prev.inicial Mayor Iº €uros 471.03 Transf.B.B.K.(Gazte Lanbidean) 46.878,94 6.570,03 T o t a l ------ 6.570,03

2.- El establecimiento de la correlación entre el ingreso finalista obtenido y el crédito de gasto a habilitar, estableciéndose su fijación conforme a la siguiente determinación: Subcpto. Iº Importe Mayor Iº Nº Proy.Gasto Aplicac.Presup. Mayor Iº€uros 471.03 6.570,03 ----- 02.3228.22699 6.570,03 En consecuencia, por tratarse de ingresos con carácter finalista corresponde la aprobación del expediente al Alcalde Presidente de la Corporación. SEGUNDO.- De la presente resolución se dará cuenta al Pleno, en cumplimiento de lo dispuesto en le artículo 27.3 de la Norma Foral 2/91, de 26 de marzo, Presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia, en la primera sesión que celebre”. 3.10.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 30 DE OCTUBRE DE

2002, RELATIVO A APROBACIÓN DE TRANSFERENCIAS DE CRÉDITO. EXPEDIENTE Nº 90/02.

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AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 31 DE PORTUGALETE Pleno 28.11.02

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: P-4809100-C Telf..: 944729200 Fax.: 944729299

El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal: “Visto el expediente número 90/02 , relativo a transferencias de crédito entre partidas de gastos correspondientes al vigente Presupuesto de la Corporación, pertenecientes a la misma subfunción o programa funcional, o bien tratándose de transferencias entre distintas subfunciones en las que la variación acumulada de modificaciones en las que las subfunciones de origen y destino no superan el 25% de sus consignaciones iniciales previstas, salvo que minoren consignaciones para inversiones reales. Considerando que según informa el Sr. Interventor, el expediente está ajustado a los requisitos exigidos por los artículos 29 de la Norma Foral 2/91, Presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia y 17 de la Norma Municipal de Ejecución Presupuestaria vigente. De conformidad con las facultades que me vienen conferidas por el Art. 21 de la Ley 7/85, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en relación con el art. 41 del Reglamento, aprobado por Real Decreto 2.568/86, de 28 de noviembre, y es por lo que, VENGO EN DISPONER PRIMERO. La aprobación de las transferencias de crédito según se propone en el expediente, que en conjunto son las siguientes: Partidas de Gastos con Créditos en baja

Partida Presupuest.

Denominación

Código Proyecto

Crédito Inicial €

Importe €uros

04.4323.22722 Contrato Mantenim.Jardines P. ---- 420.708,47 35.000 Total Bajas de Crédito ---- ----- 35.000

Partidas de Gastos con altas de crédito

Partida Presupuest.

Denominación

Código Proyecto

Crédito Inicial €

Importe €uros

04.5111.62906 Equipamiento Mobiliario Urbano

20024910 0 35.000

Total Altas de Crédito ---- ----- 35.000

El total de altas de créditos es igual a las bajas, siendo esta resolución firme y ejecutiva sin necesidad de más trámites, por lo que se procederá por los servicios de Intervención a introducir las modificaciones de créditos aprobadas en la contabilidad de la Corporación con efectos inmediatos. SEGUNDO.- De la presente resolución se dará cuenta al Pleno, en cumplimiento de lo dispuesto en le artículo 27.3 de la Norma Foral 2/91, de 26 de marzo, Presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Bizkaia, en la primera sesión que celebre”.

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AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 32 DE PORTUGALETE Pleno 28.11.02

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3.11.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 31 DE OCTUBRE DE

2002, RELATIVO A DELEGACIÓN, CON CARÁCTER ACCIDENTAL, DE LAS FUNCIONES DE ALCALDÍA.

El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal: “Dada cuenta de la ausencia del Sr. Alcalde titular del puesto en esta Entidad Local D. MIGUEL ANGEL CABIECES GARCIA, entre los días 4 al 7 de noviembre, ambos inclusive, del año en curso De conformidad con las facultades que me otorga el artículo 47 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Local, VENGO EN DISPONER: PRIMERO: Delegar en el primer Teniente de Alcalde D. FRANCISCO RUIZ ORTEGA, con carácter accidental, las funciones de Alcaldía, entre los días 4 al 7 de noviembre, ambos inclusive, del año en curso SEGUNDO: Notificar el presente Decreto al interesado y dese cuenta al Pleno en la siguiente sesión que se celebre”. 3.12.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 5 DE NOVIEMBRE DE

2002, RELATIVO A DELEGACIÓN DE LA FACULTAD DE AUTORIZAR MATRIMONIO EN LA CONCEJALA Dª MIREN ESTIBALIZ IBARRA RODRIGUEZ.

El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal:

“Nuestro centenario Código Civil determina la competencia del Alcalde para autorizar el matrimonio en forma civil en aquellos municipios, que como el nuestro, no cuentan con Juez de Primera Instancia Encargado del Registro Civil, si bien la Ley 35/1.995 de 23 de diciembre, modificó determinados artículos del Código Civil, generalizando a todos los municipios el régimen competencial de celebración de matrimonios.

Por otra parte viene siendo habitual en el actual mandato municipal el deseo de vecinos de nuestro municipio de ser casados por la Autoridad Municipal, aunque también el Juez de Paz pueda

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AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 33 DE PORTUGALETE Pleno 28.11.02

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realizar tal acto, existiendo por parte de esta Alcaldía plena comprensión para facilitar a los vecinos la realización de tal importante decisión de su esfera personal.

La Legislación local permite que determinadas facultades del Alcalde puedan ser delegadas por éste en favor de otros Concejales aunque no pertenezcan a la Comisión de Gobierno, encontrándose la de autorizar el matrimonio entre las facultades que pueden ser objeto de delegación a cualquier Concejal de la Corporación, que tendría la naturaleza y régimen jurídico asignada a las delegaciones especiales para cometido específico. Y habiendo solicitado la Concejala Dª MIREN ESTIBALIZ IBARRA RODRIGUEZ ser delegado por esta Alcaldía para autorizar el matrimonio que en la parte dispositiva constará y vistas las facultades que la legislación vigente atribuye a esta Alcaldía, en particular Ley 7/1.985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, artículos 21 y 23.4, y restante legislación de pertinente aplicación: VENGO EN DISPONER:

Primero: Delegar en la Concejala Dª MIREN ESTIBALIZ IBARRA RODRIGUEZ, la facultad de autorizar el matrimonio de D. RICARDO DE LA FUENTE SUAREZ y Dª GENOVEVA BASTERRA URRUTIA, a celebrar en esta Casa Consistorial el próximo día 9 de noviembre de 2002.

Segundo: El presente Decreto entrará en vigor al siguiente día de la fecha de su firma, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Bizkaia.

Tercero. El presente Decreto será notificado a todos los interesados y se dará cuenta al Pleno, para su conocimiento, en la siguiente sesión que celebre.” 3.13.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 8 DE NOVIEMBRE DE

2002, RELATIVO A NOMBRAMIENTO DE PROCURADORES Y LETRADO PARA LA REPRESENTACIÓN Y DEFENSA DE ESTE AYUNTAMIENTO EN EL PROCEDIMIENTO: ORDINARIO 2600/02.

El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal:

“La Sala de lo Contencioso – Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, Sección segunda, ha requerido de este Ayuntamiento la remisión de expediente administrativo relativo a, para recurso contencioso – administrativo que se sigue como Procedimiento ORDINARIO 2600/02-2 interpuesto por COMAGA S.A.

Vistas las facultades que atribuye a esta Alcaldía el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, y demás legislación de pertinente aplicación,

VENGO EN DISPONER:

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AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 34 DE PORTUGALETE Pleno 28.11.02

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: P-4809100-C Telf..: 944729200 Fax.: 944729299

PRIMERO- Instar a la Secretaría General de la Corporación y Servicios Municipales, que

por razón de la materia corresponda, a la preparación de copia autenticada del expediente administrativo relativo a “Actuación administrativa constitutiva de vía de hecho llevada a cabo por el Ayuntamiento de Portugalete por obras y ocupación de terreno propiedad del recurrente sin título jurídico habilitante para ello” y a foliarlo debidamente para su remisión a la Sección segunda de la Sala de lo Contencioso – Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en autos de procedimiento ordinario que se sigue bajo el nº 2600/02-2 a instancia de COMAGA S.A.

SEGUNDO.- Emplazar a cuantos aparezcan interesados en el expediente para que puedan comparecer y personarse en este recurso en el plazo de nueve días, por notificación del presente Decreto que habrá de hacerse en el plazo de cinco días. Insértese copia del presente Decreto en el Tablón de Edictos de la Corporación y quede constancia del mismo y de los emplazamientos habidos, en su caso, en el expediente administrativo, para su remisión al Juzgado.

TERCERO.- Nombrar a las Procuradoras del Colegio de Procuradores de Bizkaia D. FRANCISCO RAMÓN ATELA ARANA y Dª ROSA ALDAY MENDIZABAL y al Letrado del Colegio de Abogados de Vizcaya D. JOSÉ RAMÓN ARECHALDE PÉREZ, para la representación y defensa, respectivamente, de este Ayuntamiento en el recurso contencioso-administrativo ORDINARIO 2600/02-2 otorgando el poder general para pleitos, si fuera necesario, ante Notario de Portugalete.

CUARTO.- Una vez el expediente administrativo a que se refiere al apartado precedente del presente Decreto, se encuentre completo, foliado, autenticado y acompañado de un índice asimismo autenticado, remitirlo a la Sección segunda de la Sala de lo Contencioso - Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

QUINTO.- Dar conocimiento del presente Decreto al Pleno de la Corporación, en la siguiente sesión que celebre y notificar a los interesados en legal forma”. 3.14.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 13 DE NOVIEMBRE DE

2002, RELATIVO A NOMBRAMIENTO DE PROCURADORAS Y LETRADO PARA LA REPRESENTACIÓN Y DEFENSA DE ESTE AYUNTAMIENTO EN EL PROCEDIMIENTO ORDINARIO 186/02.

El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal:

“El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 4 de Bilbao ha requerido de este Ayuntamiento la remisión de expediente administrativo relativo a “Denegación por silencio administrativo, de la solicitud de actualización de licencia para el Bar Itzala, sito en la Calle Santa María, entrada por Manuel Calvo nº 1 de Portugalete, de fecha 15 de enero de 2002”,

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AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 35 DE PORTUGALETE Pleno 28.11.02

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: P-4809100-C Telf..: 944729200 Fax.: 944729299

para recurso Procedimiento ORDINARIO 186/02 interpuesto por D. JOSE LUIS QUINTANILLA RUEDA.

Vistas las facultades que atribuye a esta Alcaldía el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, y demás legislación de pertinente aplicación,

VENGO EN DISPONER:

PRIMERO- Instar a la Secretaría General de la Corporación y Servicios Municipales, que por razón de la materia corresponda, a la preparación de copia autenticada del expediente administrativo relativo a “Denegación por silencio administrativo, de la solicitud de actualización de licencia para el Bar Itzala, sito en la Calle Santa María, entrada por Manuel Calvo nº 1 de Portugalete, de fecha 15 de enero de 2002”. para recurso interpuesto por D. JOSE LUIS QUINTANILLA RUEDA y a foliarlo debidamente para su remisión al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 4 de Bilbao, para recurso contencioso-administrativo Procedimiento: ORDINARIO 186/02.

SEGUNDO.- Emplazar a cuantos aparezcan interesados en el expediente para que puedan comparecer y personarse en este recurso en el plazo de nueve días, por notificación del presente Decreto que habrá de hacerse en el plazo de cinco días. Insértese copia del presente Decreto en el Tablón de Edictos de la Corporación y quede constancia del mismo y de los emplazamientos habidos, en su caso, en el expediente administrativo, para su remisión al Juzgado.

TERCERO.- Nombrar a las Procuradoras del Colegio de Procuradores de Bizkaia Dª PAULA BASTERRECHE ARCOCHA y Dª MARIA BASTERRECHE ARCOCHA y al Letrado del Colegio de Abogados de Vizcaya D. IÑIGO AMANN GARAMENDI, para la representación y defensa, respectivamente, de este Ayuntamiento en el recurso contencioso-administrativo ORDINARIO 186/02 otorgando el poder general para pleitos, si fuera necesario, ante Notario de Portugalete.

CUARTO.- Una vez el expediente administrativo a que se refiere al apartado precedente del presente Decreto, se encuentre completo, foliado, autenticado y acompañado de un índice asimismo autenticado, remitirlo al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 4 de Bilbao.

QUINTO.- Dar conocimiento del presente Decreto al Pleno de la Corporación, en la siguiente sesión que celebre y notificar a los interesados en legal forma”. 3.15.-DAR CUENTA DEL DECRETO DE ALCALDÍA DE FECHA 18 DE NOVIEMBRE DE

2002, RELATIVO A DELEGACIÓN DE LA FACULTAD DE AUTORIZAR MATRIMONIO EN LA CONCEJALA Dª FATIMA FREIJE RUEDA.

El Sr. Alcalde-Presidente, D. MIKEL CABIECES GARCIA, recuerda a los asistentes que conocen el contenido del Decreto, pues se les ha remitido copia junto con el orden del día y, si ninguno de los presentes lo precisa, se excusará su lectura, reproduciéndose su contenido en el acta de la sesión, que resulta del siguiente tenor literal:

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AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 36 DE PORTUGALETE Pleno 28.11.02

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: P-4809100-C Telf..: 944729200 Fax.: 944729299

“Nuestro centenario Código Civil determina la competencia del Alcalde para autorizar el

matrimonio en forma civil en aquellos municipios, que como el nuestro, no cuentan con Juez de Primera Instancia Encargado del Registro Civil, si bien la Ley 35/1.995 de 23 de diciembre, modificó determinados artículos del Código Civil, generalizando a todos los municipios el régimen competencial de celebración de matrimonios.

Por otra parte viene siendo habitual en el actual mandato municipal el deseo de vecinos de nuestro municipio de ser casados por la Autoridad Municipal, aunque también el Juez de Paz pueda realizar tal acto, existiendo por parte de esta Alcaldía plena comprensión para facilitar a los vecinos la realización de tal importante decisión de su esfera personal.

La Legislación local permite que determinadas facultades del Alcalde puedan ser delegadas por éste en favor de otros Concejales aunque no pertenezcan a la Comisión de Gobierno, encontrándose la de autorizar el matrimonio entre las facultades que pueden ser objeto de delegación a cualquier Concejal de la Corporación, que tendría la naturaleza y régimen jurídico asignada a las delegaciones especiales para cometido específico. Y habiendo solicitado la Concejala Dª FATIMA FREIJE RUEDA ser delegado por esta Alcaldía para autorizar el matrimonio que en la parte dispositiva constará y vistas las facultades que la legislación vigente atribuye a esta Alcaldía, en particular Ley 7/1.985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, artículos 21 y 23.4, y restante legislación de pertinente aplicación: VENGO EN DISPONER:

Primero: Delegar en la Concejala Dª FATIMA FREIJE RUEDA, la facultad de autorizar el matrimonio de D. GABRIEL BERMEJO GOROSTIZA y Dª ANA MARIA GARCIA DE LA FUENTE, a celebrar en esta Casa Consistorial el próximo día 23 de noviembre de 2002.

Segundo: El presente Decreto entrará en vigor al siguiente día de la fecha de su firma, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Bizkaia.

Tercero. El presente Decreto será notificado a todos los interesados y se dará cuenta al Pleno, para su conocimiento, en la siguiente sesión que celebre.” 4.- PREGUNTAS Sin contenido 5.- RUEGOS Sin contenido

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AYUNTAMIENTO DE LA N. VILLA 37 DE PORTUGALETE Pleno 28.11.02

Dto. de Secretaría Tel. 944729202 Ayto. Portugalete NIF.: P-4809100-C Telf..: 944729200 Fax.: 944729299

El Sr. ALCALDE, no habiendo más asuntos que tratar, da por finalizada la sesión a las trece horas, treinta minutos del día de la fecha, de lo cual, yo, como Secretaria General, doy fe.