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BASES DE LICITACION 01-2,016 PROYECTO: “CONSTRUCCION SISTEMA DE TRATAMIENTO AGUAS RESIDUALES CHIANTLA, HUEHUETENANGO”. DISPOSICIONES GENERALES Y ESPECÍFICAS 1. Organización de los Términos de Referencia. Los Términos de Referencia de esta Invitación a Ofertar, están integrados por los siguientes Capítulos: Capítulo I: Disposiciones Generales y Capítulo 2: Disposiciones Técnicas 1. OBJETO DE LA LICITACION La Municipalidad de Chiantla, Departamento de Huehuetenango, emite por el Régimen de Licitación, los presentes Documentos, derivado que, para ejecutar proyectos de infraestructura para satisfacer las necesidades básicas de los habitantes del municipio, requiere construir la obra denominada: “Construcción Sistema de Tratamiento Aguas Residuales Municipio de Chiantla, Huehuetenango”, considerando lo anterior, se realiza el Proceso identificado con el NOG. 5292972 (Base Legal: Artículo 17, 18 Ley de Contrataciones del Estado y Artículo 5 del Reglamento de la misma Ley). La Municipalidad de Chiantla, Huehuetenango, a través de la Junta Municipal de Licitación, efectúa la invitación a oferentes de acuerdo a lo que establece la Ley de Compras y Contrataciones a que participen en el proceso de Licitación Pública para la contratación de CONSTRUCCIÓN SISTEMA DE TRATAMIENTO AGUAS RESIDUALES MUNICIPIO DE CHIANTLA, HUEHUETENANGO, de acuerdo con las especificaciones técnicas, características y condiciones que se describen en las presentes bases de licitación, mismas que podrán obtener en la página de internet de Guatecompras (www.guatecomprasgt) o en la Oficina Municipal de Cotizaciones y Licitaciones Segundo Nivel del Edificio Municipal ubicado en, 4ª Avenida entre 6ª y 7ª Calle, Zona 1, Chiantla, Huehuetenango. 1.1 CONVOCATORIA La Municipalidad de Chiantla, está interesada en recibir Ofertas Económicas y Técnicas de Empresas Constructoras serias, sumamente responsables y verificables, para la Construcción de la Obra denominada: “Construcción Sistema de Tratamiento Aguas Residuales Municipio de Chiantla, Huehuetenango”, para lo cual realiza la Convocatoria del presente Proceso, a través de la publicación en el Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, denominado GUATECOMPRAS y en el diario de Centro América (Diario Oficial).

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BASES DE LICITACION 01-2,016 PROYECTO: “CONSTRUCCION SISTEMA DE TRATAMIENTO AGUAS

RESIDUALES CHIANTLA, HUEHUETENANGO”.

DISPOSICIONES GENERALES Y ESPECÍFICAS

1. Organización de los Términos de Referencia.

Los Términos de Referencia de esta Invitación a Ofertar, están integrados por los siguientes Capítulos:

Capítulo I: Disposiciones Generales y

Capítulo 2: Disposiciones Técnicas

1. OBJETO DE LA LICITACION La Municipalidad de Chiantla, Departamento de Huehuetenango, emite por el Régimen de Licitación, los presentes Documentos, derivado que, para ejecutar proyectos de infraestructura para satisfacer las necesidades básicas de los habitantes del municipio, requiere construir la obra denominada: “Construcción Sistema de Tratamiento Aguas Residuales Municipio de Chiantla, Huehuetenango”, considerando lo anterior, se realiza el Proceso identificado con el NOG. 5292972 (Base Legal: Artículo 17, 18 Ley de Contrataciones del Estado y Artículo 5 del Reglamento de la misma Ley). La Municipalidad de Chiantla, Huehuetenango, a través de la Junta Municipal de Licitación, efectúa la invitación a oferentes de acuerdo a lo que establece la Ley de Compras y Contrataciones a que participen en el proceso de Licitación Pública para la contratación de CONSTRUCCIÓN SISTEMA DE TRATAMIENTO AGUAS RESIDUALES MUNICIPIO DE CHIANTLA, HUEHUETENANGO, de acuerdo con las especificaciones técnicas, características y condiciones que se describen en las presentes bases de licitación, mismas que podrán obtener en la página de internet de Guatecompras (www.guatecomprasgt) o en la Oficina Municipal de Cotizaciones y Licitaciones Segundo Nivel del Edificio Municipal ubicado en, 4ª Avenida entre 6ª y 7ª Calle, Zona 1, Chiantla, Huehuetenango.

1.1 CONVOCATORIA

La Municipalidad de Chiantla, está interesada en recibir Ofertas Económicas y Técnicas de Empresas Constructoras serias, sumamente responsables y verificables, para la Construcción de la Obra denominada: “Construcción Sistema de Tratamiento Aguas Residuales Municipio de Chiantla, Huehuetenango”, para lo cual realiza la Convocatoria del presente Proceso, a través de la publicación en el Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, denominado GUATECOMPRAS y en el diario de Centro América (Diario Oficial).

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En dicho NOG se pueden descargar sin costo alguno los DOCUMENTOS y seguir el desarrollo del PROCESO. (Base Legal: Artículo 23 Ley de Contrataciones del Estado, Artículo 8 del Reglamento de la misma Ley y el Artículo 11 de las Normas para el uso del Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Resolución No. 11-2010 del Ministerio de Finanzas Públicas) . 2. CONDICIONES QUE DEBEN REUNIR LOS OFERENTES

Podrán participar personas individuales y/o jurídicas legalmente autorizadas para realizar actividades comerciales en Guatemala, que reúnan los requisitos siguientes:

a. No estar comprendidos en las prohibiciones enumeradas en el artículo 80 de la Ley de Contrataciones del Estado.

b. Ser comerciantes o agentes de comercio, autorizados para la prestación del servicio objeto de esta licitación.

c. Estar inscrito en el registro de precalificados de Obras del Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda, contar con la constancia de Vigencia para el año 2016 y Especialidad Técnica de PLANTA PARA TRATAMIENTOS DE AGUAS, aprobada por la Comisión Calificadora, Registro de Precalificados de Obras, del Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda.

d. No ser deudor moroso del Estado, ni de las entidades a que se refiere el artículo 1 del Decreto 57-92.

e. Personas individuales o jurídicas con interés en proveer bienes o servicios al sector público del Estado, deberán cumplir con las normas reguladas en el Reglamento de Registro de Proveedores del Sistema GUATECOMPRAS y encontrarse en este registro debidamente habilitado, calificado en su especialidad y capacidad financiera.

3. Cronograma del Evento

Esta Invitación a Ofertar se realizará de acuerdo con los siguientes aspectos:

Fecha y hora de recepción y apertura de ofertas:

Lugar: Oficina Municipal de Cotizaciones y Licitaciones Segundo Nivel del Edificio Municipal ubicada en la 4ª. Avenida entre 6ª. Y 7ª. Calle de la zona 1, Chiantla, Departamento de Huehuetenango.

4. LUGAR Y FORMA EN DONDE SE EJECUTARA LA OBRA

FORMA: El proyecto se ejecutará en la cabecera municipal de Chiantla, departamento de Huehuetenango, los oferentes deben realizar la visita al lugar donde se ejecuta el proyecto, para el reconocimiento del terreno, ubicación y demás aspectos de su entorno, dicha visita se podrá realizar una semana después de la publicación del

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Presente evento en el Portal de Guatecompras, hasta un tiempo máximo de ocho (8) días calendario antes del día de fijación para la presentación de las ofertas indicado en el portal de Guatecompras.

PLAZO: La obra, quedará terminada satisfactoriamente en un plazo no mayor a los doce (12) meses, a partir de la suscripción del acta de inicio, en donde los oferentes propondrán el tiempo más adecuado para la conclusión del proyecto.

5. DOCUMENTOS QUE DEBE CONTENER LA PLICA

Los interesados deberán presentar a la Junta de Licitación por escrito, en sobre cerrado y sellado, en original, dos fotocopias físicas, los siguientes documentos Recientes:

Oficio de oferta de licitación firmado y sellado por representante legal de la empresa.

Declaración Jurada que haga constar que toda la información y documentos anexos proporcionados por el oferente al Registro de Proveedores adscrito al Ministerio de Finanzas Públicas está actualizada y es de fácil acceso.

Solvencia Fiscal de la empresa emitida por SAT

Presupuesto de Proyecto a Licitar 1) Cuadro de cantidades estimadas de trabajo. 2) Análisis detallado de la Integración de costos, firmado y sellado por el propietario y/o representante legal de la empresa.

Características Generales y Específicas del producto.

Cronograma de proyecto a licitar. Firmado y sellado por el propietario y/o representante legal de la empresa.

Constancia de inscripción en el registro de precalificados de obras.

Precalificado específico del proyecto.

Formulario de Licitación.

Acta de Constitución de la Sociedad. (en caso de ser sociedad)

Nombramiento del representante legal (Inscrito en el Registro Mercantil) (en caso de ser sociedad).

Declaración jurada Notarial como propietario y representante legal de la empresa.

Declaración Jurada Notarial de no ser deudor moroso del Estado ni estar comprendido en ninguno de los casos a que se refiere el artículo 80 de esta ley de contrataciones. (Art. 26 Ley de Contrataciones del Estado)

Fotocopia de DPI del propietario de la empresa o representante legal en caso de ser sociedad. En caso de ser Sociedad Anónima deberá presentar el acta notarial de nombramiento de representante legal, y razón de registro mercantil.

Patente de comercio de Empresa. Si es Sociedad Anónima, presentar fotocopia legalizada de la escritura constitutiva y además de la patente de comercio de empresa, la patente de sociedad.

Curriculum de la Empresa o Historial de la empresa. (experiencia mínima una ejecución de planta de tratamiento de aguas residuales)

Constancia de inscripción y modificación al registro tributario unificado actualizado.

Declaración y pago del IVA del último mes declarado

Declaración y pago del ISR del último pago efectuado (sea mensual, trimestral o anual)

Constancia de inscripción al IGSS y constancia del último pago de la cuota patronal.

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Constancia de Inscripción Registro de Proveedores en Guatecompras (Art. 54 Reglamento Acuerdo Gubernativo 1056-92), firmadas por el propietario o representante legal de la empresa.

Estados financieros últimos tres años. Fotocopia simple de Balance General, Estado de Resultados y Flujo de efectivo, firmados y sellados por un Contador Público y Auditor.

Declaración jurada sobre Cohecho Pasivo.

Acta de Calidad de Materiales.

Constancia de Visita Preliminar al Lugar del Proyecto. Firma del representante de la Empresa que hace la visita y del Director Municipal de Planificación.

Invitación publicada en GUATECOMPRAS, firmada y sellada por la junta de licitación.

Declaración Jurada reciente y original de tener pleno conocimiento de la norma de reducción de desastres número 3 (NRD3)

Certificación Bancaria que acredite la titularidad de las cuentas y operaciones bancarias que posee. Para el efecto deberá contener la información siguiente:

1. Identificación del cuenta habiente;

2. Tipo de cuentas que posee en la entidad bancaria;

3. Promedio de cifras antes del punto decimal de los saldos que posee;

4. Tiempo de manejo de la cuenta;

5. Clase de cuenta habientes;

6. Determinación si posee créditos;

7. Saldo del deudor; y

8. Clasificación o categoría del deudor de conformidad con la normativa correspondiente.

Fianza de sostenimiento de la oferta.

En ningún caso, se admitirán en la oferta condiciones que modifiquen o tergiversen los documentos de la presente licitación.

La junta de licitación se reserva el derecho de investigar si la documentación presentada en cada oferta es legal, caso contrario se cursará el caso a donde corresponde.

6. GARANTÍAS Y SEGUROS Sostenimiento de Oferta:

La firmeza de la Oferta se caucionará con depósito en efectivo o mediante fianza, extendida por una institución afianzadora debidamente autorizada para operar en la república de Guatemala, por un porcentaje no menor del uno por ciento (1%) ni mayor del cinco por ciento (5%) del valor del contrato. Cubrirá el periodo comprendido desde la recepción y apertura de plicas, hasta la aprobación de la adjudicación y, en todo caso, tendrá una vigencia de ciento (120) días. Sin embargo, con el adjudicatario puede convenirse su prórroga.

Deberá ser extendida a favor de municipalidad de Chiantla.

Deberá garantizar a nombre del propietario de la empresa o de la razón social de la persona jurídica, respectivamente.

Esta garantía cubrirá el período comprendido desde la recepción y apertura de plicas, hasta la aprobación de la adjudicación. El adjudicatario deberá mantenerla

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vigente hasta que la sustituya por la de cumplimiento; en este caso la vigencia de la fianza de sostenimiento de oferta se prorrogará automáticamente; y se hará efectiva

por las causas siguientes establecidas en el Artículo 36 del reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, así:

Si el adjudicatario no sostiene el precio de su oferta;

Si el adjudicatario no concurre a suscribir el contrato respectivo, dentro del plazo establecido en la Ley de Contrataciones del Estado, Articulo 47.

Si habiendo suscrito el contrato, el adjudicatario no presenta la fianza de cumplimiento, dentro del plazo de quince (15) días siguientes a la firma del contrato, según lo establece el Artículo 36 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

En cualquiera de los casos anteriores, quedará sin efecto la adjudicación de la negociación, debiéndose emitir la resolución que así lo disponga y mande a ejecutar la garantía.

Al aprobarse la adjudicación, la Municipalidad de Chiantla, notificará a los oferentes, que ocupen el tercer lugar y los siguientes para cancelar la garantía de Sostenimiento de Oferta y al calificado en segundo lugar se le notificará para que cancele la garantía hasta que el contrato sea aprobado.

De Cumplimiento:

Para garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones estipuladas en el contrato, el contratista deberá prestar fianza, depósito en efectivo o constituir hipoteca en los porcentajes y condiciones que señale el reglamento. Para el caso de obras, además esta garantía cubrirá las fallas o desperfectos que aparecieren durante la ejecución del contrato, antes de que se constituya la garantía de conservación. Esta garantía se constituirá:

1) A favor de la Municipalidad de Chiantla, emitida por una institución afianzadora debidamente autorizada para operar en la República de Guatemala.

2) Por un valor del diez por ciento (10%) del monto del contrato respectivo, a criterio de la autoridad administrativa superior de la Municipalidad de Chiantla.

En ambos casos la garantía cubrirá con el diez por ciento (10%) de su valor, el pago de salarios y prestaciones laborales de los trabajadores incluyendo las cuotas patronales establecidas por la Ley y, con el noventa por ciento (90%) restante, el cumplimiento del contrato de acuerdo con las especificaciones, planos y demás documentos contractuales, así como la ejecución de la obra dentro del tiempo estipulado.

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El Contratista adjudicado, deberá mantener vigente la Fianza de Cumplimiento, hasta que la Municipalidad de Chiantla, extienda la constancia de haber recibido a su entera Satisfacción la garantía de Conservación de Obra, según lo establecido en el Artículo 39 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. GARANTÍA DE ANTICIPO

Previo a recibir cualquier suma por concepto de anticipo, el contratista constituirá garantía mediante fianza o hipoteca por el monto de un cien por ciento (100%) del mismo. La garantía podrá reducirse en la medida que se amortice el valor del anticipo, cubriendo siempre el máximo del saldo deudor y estará vigente hasta su total amortización. El reglamento establecerá el procedimiento de reducción y lo concerniente en los casos de rescisión, resolución y terminación de contrato.

Conforme se amortice el anticipo otorgado al contratista, se podrá reducir en la misma medida la garantía de anticipo. Al concluir el plazo contractual original, el supervisor o su equivalente extenderá una certificación donde conste el saldo del anticipo pendiente de amortizar, para que el contratista gestione el endoso de reducción de la fianza respectiva. En casos de rescisión, resolución o terminación del contrato, el saldo del anticipo será tomado en cuenta en la liquidación del contrato. GARANTÍA DE CONSERVACIÓN DE OBRA

El contratista responderá por la conservación de la obra, mediante depósito en efectivo, fianza, hipoteca o prenda, a su elección, que cubra el valor de las reparaciones de las fallas y desperfectos que le sean imputables y que aparecieren durante el tiempo de responsabilidad de dieciocho (18) meses, contados a partir de la fecha de recepción de la obra. Tratándose de bienes y suministros, deberá otorgarse garantía de calidad y/o funcionamiento, cuando proceda. La garantía de conservación de obra, o de calidad y/o funcionamiento, deberá otorgarse por el equivalente al quince por ciento (15%) del valor original del contrato, como requisito previo para la recepción de la obra. El vencimiento del tiempo de responsabilidad previsto en el párrafo anterior, no exime al contratista de las responsabilidades por destrucción o deterioro de la obra debido a dolo o culpa de su parte, por el plazo de cinco (5) años, a partir de la recepción definitiva de la obra.

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De Saldos Deudores

Para garantizar el pago de saldos deudores que pudieran resultar a favor de la Municipalidad de Chiantla, o de terceros en la liquidación, el contratista deberá prestar fianza, depósito en efectivo, constituir hipoteca o prenda, a su elección, por el cinco por ciento (5%) del valor original del contrato. Esta garantía deberá otorgarse simultáneamente con la de conservación de obra como requisito previo para la recepción de la obra, bien o suministro. Aprobada la liquidación, si no hubiere saldos deudores, se cancelará esta garantía.

El contratista deberá garantizar mediante seguro, depósito en efectivo, hipoteca o prenda, que cubran los riesgos a que esté sujeto la construcción de la obra, según lo establecido en las presentes bases de licitación, de tal forma que tales garantías cubrirán los riesgos que se determinen en el contrato. Las Garantías que se otorguen a favor de la Municipalidad de Chiantla, conforme lo dispuesto en el artículo 70 de la Ley de Contrataciones del Estado, permanecerán en vigencia hasta la finalización de la garantía de conservación de obra; o de calidad o funcionamiento. Tales garantías cubrirán como mínimo: a) Las responsabilidades civiles a terceros y los riesgos inherentes a que esté expuesta la obra; y b) Tratándose de seguros que se contraten en el país, deberán sujetarse a las formalidades que determina el Decreto Ley No.473.

La Municipalidad de Chiantla, hará efectiva cualquiera de las fianzas estipuladas en las presentes bases, sin necesidad de expediente administrativo o proceso judicial alguno, en caso de incumplimientos por parte del oferente adjudicado.

7. FORMA DE PAGO

Los pagos se harán en quetzales, moneda nacional, mediante cheque, en la Tesorería de la Municipalidad de Chiantla, ubicada en la 4a. Avenida entre 6ª. y 7ª. Calle zona 1, Segundo nivel, previo a la suscripción del Contrato de Obra y la presentación de la fianza de garantía, por parte del contratista a favor de la Municipalidad, los cuales deben ser autorizados por la autoridad administrativa superior, y podrán realizarse de la siguiente forma:

Anticipo Se otorgará un anticipo supervisado del veinte por ciento (20%) del valor del contrato. Los porcentajes se calcularán sobre el valor original ajustado del contrato conforme lo establece el reglamento de esta ley. Cuando se trate de obras con financiamiento externo se estará a lo que se establezca en los convenios respectivos, pero sin reducir los porcentajes establecidos en este artículo.

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El contratista amortizará el anticipo mediante la deducción que se le haga en cada pago, de acuerdo con el procedimiento establecido en el reglamento. Si el contratista no inicia la obra e invierte el anticipo recibido, dentro de los términos contractuales, pagará el interés legal (tasa activa), sobre el anticipo recibido, en favor de la Municipalidad de Chiantla o reintegrará el anticipo. El anticipo en el porcentaje máximo a que se refiere el artículo 58 de la Ley de Contrataciones del Estado, se concederá con un destino específico para la ejecución de la obra, la fabricación del bien o la prestación del servicio contratado, de acuerdo al programa de inversión del anticipo elaborado por el contratista y aprobado por la autoridad administrativa superior de la entidad o dependencia interesada. Todos los pagos hechos con el anticipo deberán ser supervisados por la Municipalidad de Chiantla. Previamente al recibo de cualquier cantidad en concepto de anticipo, el contratista deberá constituir, en favor de la entidad contratante, la garantía de anticipo a que se refiere el artículo 66 de la Ley, que caucione el cien por ciento (100%) de dicha cantidad. La cantidad que se otorgue por concepto de anticipo deberá quedar totalmente amortizada por el contratista al finalizarse la obra, al entregarse el bien o al terminar de presentarse los servicios. El descuento del anticipo se calculará multiplicando el monto bruto de cada estimación por el mismo porcentaje de anticipo que se haya concedido, sin incluir en el monto de la estimación, el valor de las Ordenes de Trabajo Suplementario y Acuerdos de Trabajo Extra en los cuales no se hayan otorgado anticipo. Si el contratista no inicia la obra o no invierte el anticipo recibido de acuerdo a las estipulaciones contractuales, pagará el interés calculado con la tasa activa a que se refiere el artículo 63 de la Ley, sobre el anticipo recibido o lo reintegrará al Estado. Estimaciones para pago. La Municipalidad de Chiantla, podrá hacer pagos parciales al contratista contra estimaciones periódicas de trabajo ejecutado por el contratista, sobre Avance Físico de la obra y aceptado por el supervisor de la Municipalidad; estas estimaciones podrán hacerse mensualmente, salvo que se haya establecido otro plazo en el instrumento contractual. Para el pago de la estimación, el contratista entregará al supervisor un proyecto de estimación, dentro de los cinco (5) días siguientes al vencimiento del periodo; el supervisor dentro de los siguientes cinco (5) días de haberlo recibido, deberá revisar y aprobar la estimación conciliando cualquier diferencia con el contratista. En todo caso cualquier diferencia que posteriormente resultare a favor o en contra del contratista, podrá ajustarse en la próxima estimación o en la liquidación.

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Plazo Para Pagos. Los pagos por estimaciones de trabajo, derivados del contrato de la presente obra, se harán al contratista dentro del plazo de treinta (30) días posteriores a la fecha en que fuere presentada la documentación completa que se estipule en el contrato de la obra en mención. 8. LUGAR, FECHA Y HORA DE PRESENTACIÓN Y RECEPCIÓN DE OFERTAS

Los Oferentes deberán presentar las ofertas directamente a la Junta de Licitación de la Municipalidad de Chiantla, adjuntando la documentación requerida, en sobres cerrados y sellados, haciendo referencia al Número de Operación de GUATECOMPRAS –NOG-,

Después de la fecha y hora señalada para la presentación y recepción de ofertas, no se aceptará ninguna más; y se procederá a la apertura de las ofertas, media hora después de la hora señalada para la recepción. Una vez abiertas las plicas la Junta de Licitación levantará el acta correspondiente, en la que se identificaran las ofertas recibidas sin transcribirlas ni consignar en detalle sus precios unitarios, siendo suficiente anotar el monto total de cada oferta.

Los miembros de la Junta de Licitación que tendrán a su cargo la recepción y calificación de ofertas, así como la adjudicación de la negociación, numerarán y rubricarán las hojas que contengan las ofertas propiamente dichas. 9. INTEGRACIÓN DEL PRECIO OFICIAL

Tratándose de obras, después de la apertura de plicas, la Junta de Licitación calculará en definitiva el costo total oficial estimado que servirá de base para fijar la franja de fluctuación y lo dará a conocer de inmediato a los oferentes. Para este cálculo tomará el cuarenta por ciento (40%) del costo estimado por la entidad interesada, al cual se sumará el sesenta por ciento (60%) del promedio del costo de las ofertas presentadas que cumplan con los requisitos fundamentales de las bases y que estén comprendidas dentro de la franja del veinticinco por ciento (25%) arriba y el veinticinco por ciento (25%) abajo del costo estimado por dicha entidad. Los límites máximos de fluctuación con respecto al costo total oficial estimado, se establecen en un diez por ciento (10%) hacia arriba y en un quince por ciento (15%) hacia abajo. Los porcentajes indicados en más y en menos respecto al costo total oficial estimado, darán la franja límite entre la cual deberán estar comprendidas las ofertas para que sean aceptadas por las juntas para su calificación. Las ofertas recibidas que estén fuera de la franja establecida serán descalificadas.

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El costo estimado por la entidad interesada será aprobado por la autoridad administrativa superior de dicha entidad, el cual debe darse a conocer después de la presentación de ofertas y antes de abrir la primera plica. De los errores que se detecten en el cálculo de este costo, serán responsables quienes lo elaboraron. Estas infracciones se sancionarán de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 83 y 87 de la presente ley. En el acta que se levante deberán hacerse constar los extremos a que se refiere el presente Artículo, en su orden. 10. CRITERIOS PARA LA CALIFICACIÓN DE OFERTAS La Junta de Licitación, para determinar cuál es la oferta más conveniente y favorable para los intereses de la Municipalidad de Chiantla, utilizará los criterios indicados en el Artículo 28 de la Ley de Contrataciones del Estado y las condiciones que se detallan a continuación:

EVALUACION DE LA OFERTA

La JUNTA procederá a la evaluación de las ofertas, verificando si el PROVEEDOR ha cumplido con las condiciones establecidas en estos Términos de Referencia. Criterios de evaluación:

Sistema de Ponderación y mecanismo de calificación de ofertas.

La Junta de Licitación, considerará lo siguiente:

1) Hasta un máximo de 20 puntos, para todas aquellas ofertas que incluyan dentro de su oferta todos los documentos requeridos en las presentes bases.

2) Un máximo de 20 puntos para las empresas que comprueben los siguientes aspectos:

a) personal profesional y técnico, con amplia experiencia (5 puntos);

b) experiencia de la empresa en trabajos similares (5 puntos);

c) claridad en el desglose de los renglones de trabajo y precios unitarios (5 puntos);

d) grupo de capacidad económica de la empresa (5 puntos).

Aspectos legales 20 %

experiencia 20 %

aspectos técnicos descritos en la oferta 15 %

precio ofertado 35 %

tiempo de entrega 10 %

Total 100 %

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3) Un máximo de 15 puntos para las empresas que presenten los aspectos técnicos; planificación y metodología (concordancia de la oferta con el establecido en las bases técnicas, cronograma preliminar de ejecución de la inversión);

4) máximo de 35 puntos para precio ofertado, se desglosa de la siguiente manera: menor al precio estimado: 20 puntos; dentro del rango del precio estimado 18 puntos; y mayor al precio estimado 15 puntos.

5) Un máximo de 10 puntos para tiempo de entrega. a) Si está dentro del rango del tiempo estimado 10 puntos b) 8 puntos si está menor al límite de tiempo estimado y c) 6 puntos si el tiempo de ejecución es mayor al tiempo estimado.

11. REQUISITOS FUNDAMENTALES

Se consideran requisitos fundamentales en la presente Licitación, todos los documentos solicitados en las presentes bases.

La Junta de Licitación rechazará sin responsabilidad de su parte, las ofertas que no cumplan con estos requisitos o cuando los precios, calidades y otras condiciones ofrecidas sean inconvenientes para los intereses de la Municipalidad de Chiantla. La Junta podrá requerir a los PROVEEDORES el cumplimiento de cualquier requisito formal o no fundamental.

12. REQUISITOS FORMALES

a. La oferta y todos los documentos que se incluyan en la plica, deberán estar cuidadosamente redactados, escritos a máquina, en español, sin errores, omisiones, borrones, raspaduras, enmiendas o adiciones.

b. Cada persona individual o jurídica, podrá presentar únicamente una sola oferta. En ningún caso se permitirá a un compareciente la representación de más de un PROVEEDOR, quien por sí, no puede participar representando a un tercero. Si se determinare la existencia de colusión entre PROVEEDORES, serán rechazadas las ofertas involucradas. La Junta de Licitación queda obligada a dar los avisos respectivos.

c. La oferta debe ser total, no se aceptarán ofertas parciales, o que contengan condiciones que modifiquen o tergiversen las presentes bases.

d. Los PROVEEDORES, previo a presentar su oferta, deberán haber examinado y estudiado cuidadosamente las bases de licitación, con sus disposiciones generales, disposiciones técnicas y disposiciones especiales.

e. La presentación de la oferta, será considerada como constancia suficiente, de que el PROVEEDOR, tiene pleno conocimiento de todas las condiciones de la presente Licitación y su relación con las leyes pertinentes.

13. FORMULARIOS DE LICITACION

El PROVEEDOR, deberá presentar su propuesta en el formulario de licitación establecido y que se publica en GUATECOMPRAS, el cual forma parte de estas bases de licitación.

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14. INFORMACION

Las personas individuales o jurídicas interesadas en participar pueden o deben informarse en el Sistema de Información de Contrataciones y Adquisiciones del Estado denominado GUATECOMPRAS: http://www.GUATECOMPRAS.gob.gt, consultando el número de Operación GUATECOMPRAS NOG, en dicho sistema se colocarán todas aquellas aclaraciones y consultas a los documentos de licitación que se generen en el proceso de consultas y respuestas. Será responsabilidad de los interesados informarse en el referido sistema de los cambios y aclaraciones que se efectúen. La Municipalidad de Chiantla, no se hace responsable por fallas en las

Conexiones o deficiencias de los registro de calidad equipos de cómputo que impidan el acceso a los documentos, informaciones o aclaraciones del presente proceso de licitación.

15. MODIFICACIONES

Previo a la recepción de ofertas, la Municipalidad de Chiantla, en caso fuere necesario, podrá efectuar las modificaciones o adiciones que considere pertinentes a los documentos de la licitación y se harán del conocimiento de todos y cada uno de los PROVEEDORES, a través del Sistema de GUATECOMPRAS o por medio de oficios enviados antes de la recepción de plicas, y se dará el tiempo pertinente (hasta un máximo de ocho días, Art. 39, Decreto 57-92) para las modificaciones en las ofertas.

16. CONSULTAS

Cualquier consulta o aclaración relativa a la presente licitación, por parte de las personas individuales o jurídicas, que hayan retirado los documentos o que tengan interés en la presente licitación, deberá ser formulada y presentada a través del sistema de GUATECOMPRAS: http://www.GUATECOMPRAS.gob.gt, durante los tres días hábiles establecidos para consulta pública. Los comentarios y sugerencias se responderán en un plazo no mayor de 2 días hábiles de concluida la fase de consulta pública.

17. CONDICIONES

El PROVEEDOR y/o proveedores, deberá o deberán cumplir con todas las condiciones indicadas en las presentes bases, especificaciones generales, especificaciones técnicas, disposiciones especiales y formulario de licitación a realizarse en cada uno de los diferentes renglones de trabajo. 18. IMPUESTOS Y OTROS GASTOS

Con motivo de la contratación, objeto de la presente licitación, el proveedor debe cumplir con el pago de los impuestos que correspondan y todos aquellos gastos

necesarios para que la negociación, se realice según lo indicado en las presentes bases.

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19. RESPONSABILIDAD

La Municipalidad de Chiantla, no asume responsabilidad por ninguna declaración, exposición, deducción o interpretación, hecha por alguno de sus empleados o funcionarios, relativas a la presente licitación, exceptuando las notificaciones que correspondan dentro del proceso de licitación.

20. ADJUDICACIÓN

La concesión se adjudicará, previo cumplimiento del procedimiento de Licitación que determina esta ley en lo que fuere aplicable, no pudiendo acogerse a los casos de excepción que contempla la misma. El contrato será celebrado entre la Autoridad Superior de la Municipalidad y el Representante de la empresa constructora adjudicada. La Junta de Licitación levantará acta de la adjudicación en la cual constarán los aspectos a que se refiere el artículo 33 de la Ley, emitiendo el punto resolutivo correspondiente. En aquellos casos en que las bases no hayan establecido plazo para la adjudicación, este será de cinco (5) días hábiles, contados a partir del día señalado para la recepción y apertura de ofertas, prorrogables por periodos iguales hasta un máximo de quince (15) días hábiles. La prórroga del plazo a que se refiere este artículo deberá ser justificada por la Junta ante la autoridad administrativa correspondiente, quien habrá de autorizarlo conforme la calificación de las razones expuestas. El otorgamiento de la prórroga del plazo para la adjudicación, también será publicado en el Sistema de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, denominado GUATECOMPRAS. Publicada en GUATECOMPRAS la adjudicación y contestadas las inconformidades, si las hubiere, la Junta remitirá el expediente a la autoridad superior dentro de los dos (2) días hábiles siguientes. La autoridad superior aprobará o improbará lo actuado por la Junta, dentro de los cinco días de recibido el expediente. Si la autoridad superior imprueba lo actuado por la Junta, deberá devolver el expediente para su revisión, dentro del plazo de dos (2) días hábiles posteriores de adoptada la decisión. La Junta, con base en las observaciones formuladas por la autoridad superior, podrá confirmar o modificar su decisión original en forma razonada, dentro del plazo de cinco (5) días hábiles de recibido el expediente, revisará lo actuado y hará la adjudicación que conforme a la ley y las bases corresponda. Dentro de los dos (2) días hábiles posteriores de adoptada la decisión, la Junta devolverá el expediente a la autoridad superior, quien dentro de los cinco (5) días hábiles subsiguientes podrá aprobar la decisión de la misma o prescindir de la negociación y notificar electrónicamente a través de GUATECOMPRAS dentro de los dos (2) días hábiles siguientes."

Con independencia de lo establecido precedentemente, si a juicio de la Junta los precios cotizados no se ajustaren a la disponibilidad presupuestaria, a los valores de mercado, o no fuese conveniente a los intereses de la municipalidad de Chiantla, la misma se abstendrá de adjudicar.

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21. DERECHO A PRESCINDIR

La Municipalidad de Chiantla, podrá por intermedio de la autoridad que determina el artículo nueve (9) de la Ley de Contrataciones del Estado, prescindir de la negociación en cualquier fase en que se encuentre el proceso de Licitación, pero antes de la suscripción del contrato respectivo (Art. 37 de la Ley correspondiente).

22. SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO

Aprobada la adjudicación por la Autoridad correspondiente de la Municipalidad, se notificará la resolución al adjudicatario, quien deberá presentarse a la Dirección Municipal de Planificación de la Municipalidad de Chiantla, para coordinar lo relativo a la suscripción del contrato de obra respectivo.

En ningún momento el contratista podrá iniciar la negociación, para lo cual se deberán cumplir con las siguientes normas y condiciones:

El proveedor deberá firmar el contrato respectivo, por medio de su representante legal. a) El contrato deberá ser aprobado por la autoridad administrativa superior de la

Municipalidad de la villa de Chiantla.

b) El contrato deberá estar autenticado por un abogado y notario, colegiado activo.

c) La municipalidad traslada fotocopia del contrato a la Delegación departamental de la Contraloría General de Cuentas.

d) El contratista adjudicado, deberá comprar los timbres de ingeniería por el valor del uno (1) por millar, sobre el monto del contrato y colocarlos en el contrato respectivo.

La Municipalidad de Chiantla, conserva el derecho de insertar en el contrato todas aquellas cláusulas que considere necesarias para garantizar sus intereses.

23. SOLVENCIAS DE CUOTAS PATRONALES Y FISCALES, LEYES LABORALES Y REQUISITOS MUNICIPALES

El Proveedor deberá estar solvente de cuotas laborales y patronales en el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social, que correspondan a las obras ejecutadas o que tuviere actualmente en ejecución; así como estar solvente fiscalmente ante la

Superintendencia de Administración Tributaria –SAT-; y cumplir con la Leyes Laborales.

24. PRÓRROGA CONTRACTUAL

A solicitud del contratista, el plazo contractual para la terminación de la obra, podrá prorrogarse por una sola vez en las mismas condiciones de temporalidad por caso fortuito o causa de fuerza mayor o por cualquier otra causa no imputable al contratista. De aprobarse la primera y única prorroga, deberá iniciarse de inmediato el trámite para la compra o contratación por cualesquiera de los regímenes competitivos establecidos en la presente Ley. (Art. 24, en donde Se reforma el Art. 51, de la Ley de Contrataciones del Estado).

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25. TRASPASO DE DERECHOS CONTRACTUALES

El Proveedor no podrá ceder, vender, gravar, traspasar a terceros, ni disponer en cualquier otra forma de los derechos derivados del contrato de cualquier parte del mismo, títulos o intereses consignados en él.

Ninguna parte del Contrato será subcontratada sin el previo consentimiento, por escrito de Municipalidad de Chiantla, y no relevará al proveedor de cualquiera de sus responsabilidades. Sin embargo, deberá enterar a los subproveedores, en caso de terminación del contrato, ya sea por requerimiento del proveedor o rescisión de esta Municipalidad. La Municipalidad de Chiantla, en ningún momento incurrirá en obligación o responsabilidad para con los sub-proveedores. Por lo tanto, tal eventualidad deberá ser contemplada en la subcontratación.

26. CONTROVERSIAS

Toda controversia relativa al cumplimiento, incumplimiento, interpretación, aplicación, y efectos del contrato, fianzas y seguros celebrados con motivo de la presente licitación y la aplicación de la Ley de Contrataciones del Estado en la contratación de los servicios, se someterán a la jurisdicción del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, después de agotada la fase conciliatoria entre las partes y el procedimiento administrativo.

27. SANCIONES a) El retraso del contratista en la entrega de la obra por causas imputables a él, se

sancionara con el pago de una multa por cada día de atraso, equivalente al cero punto cinco por millar (0.5 o/oo) del valor total del contrato; cuando éste comprenda la ejecución de más de una obra, la sanción se calculará solamente sobre el valor de la o las obras en que se diere el retraso. Las multas por retraso en ningún caso excederán del cinco por ciento, (5%) del valor del contrato. Si esto ocurre, la entidad contratante podrá rescindir el contrato sin responsabilidad de su parte y sin perjuicio de aplicar las medidas que establece la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento.

b) Variación en Calidad o Cantidad: El contratista que contraviniendo total o parcialmente el contrato, perjudicare a Municipalidad de Chiantla, variando la calidad o cantidad del objeto del mismo, será sancionado con una multa del cien por ciento (100%) del valor, que represente la parte afectada de la negociación.

28. RECEPCIÓN

Cuando la obra esté terminada, el contratista deberá constituir las fianzas de conservación de obra o de calidad, o de funcionamiento, según sea el contrato, y de saldos deudores y dar aviso por escrito al supervisor o su equivalente de la conclusión de los trabajos y con esta diligencia se interrumpirá el plazo de ejecución.

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El supervisor hará la inspección final dentro de los siguientes quince (15) días hábiles, plazo dentro del cual si la obra no está conforme a planos y especificaciones, manifestará por escrito sus observaciones al contratista para que éste proceda a corregir las deficiencias, y si los trabajos estuvieran correctamente concluidos, el supervisor rendirá informe pormenorizado a la autoridad administrativa superior de la entidad correspondiente, la que dentro de los cinco (5) días siguientes nombrará la Comisión Receptora y Liquidadora de la obra, integrada con tres miembros, con la que colaborarán el supervisor o su equivalente y el representante del contratista. Según la magnitud de la obra, la Comisión deberá elaborar el acta de recepción definitiva de la misma dentro de los treinta y cinco (35) días siguientes a la fecha de notificación de su nombramiento. Si la comisión comprueba que los trabajos están ejecutados satisfactoriamente, suscribirá el acta de recepción final de los mismos, y en caso contrario hará constar en acta: a) Las correcciones o trabajos extras que debe efectuar el contratista. b) El tiempo a emplearse. c) Si el tiempo para ejecutar los trabajos se incluye dentro del plazo contractual o si procede conceder tiempo adicional para ejecutarlo. Al recibirse el aviso por escrito del delegado residente o su equivalente, de encontrarse satisfechos los requerimientos de la Comisión Receptora, ésta dentro del término de cinco (5) días procederá a efectuar nueva inspección, suscribiendo el acta correspondiente. La fecha de recepción definitiva de la obra será la del cierre de la última acta. A partir de la fecha de esta acta la entidad de que se trate deberá velar por la conservación de la obra. En materia de bienes, suministros y servicios, se estará a lo que dispone este Artículo, en los que fuere aplicable.

Liquidación. Inmediatamente después de que la obra, hayan sido recibida, la Comisión en un plazo de noventa (90) días procederá a efectuar la liquidación del contrato y a establecer el importe de los pagos o cobros que deban hacerse al contratista. Igual procedimiento se observará en caso de rescisión o resolución del contrato.

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DISPOSICIONES TÉCNICAS

1. Objetivo

El objetivo de las Disposiciones Técnicas, es proveer de la información necesaria a todos los interesados en presentar ofertas para la ejecución del proyecto: “CONSTRUCCION SISTEMA DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES, CHIANTLA, HUEHUETENANGO”. Asimismo, proporcionar a los PROVEEDORES lineamientos generales para asegurar que las ofertas llenen a cabalidad los requisitos técnicos exigidos por la Municipalidad de la Villa de Chiantla. De tal forma, que con la experiencia del PROVEEDOR en este campo, garantice la calidad de los servicios requeridos a entera satisfacción a favor esta Municipalidad.

2. Alcance de la Contratación La municipalidad de Chiantla, está interesada en contratar Servicios para la ejecución del proyecto: “CONSTRUCCION SISTEMA DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES, CHIANTLA, HUEHUETENANGO”, de acuerdo con las condiciones establecidas en estas bases. El PROVEEDOR deberá considerar en el precio ofertado, todos los costos en que incurrirá para el suministro del servicio en las fechas y lugares requeridos por esta Municipalidad, de acuerdo al Plan de Trabajo aprobado.

3. DISPOSICIONES GENERALES

La Municipalidad de Chiantla, necesita contratar el servicio de oferentes calificados para el proyecto denominado: “CONSTRUCCION SISTEMA DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES, CHIANTLA, HUEHUETENANGO”, con la finalidad de brindar un mejoramiento en la calidad de vida de los pobladores del municipio de Chiantla.

4. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO Sistema de drenaje sanitario: El proyecto contará con un sistema de drenaje sanitario, capaz de desfoga las aguas negras ya tratadas, provenientes de la planta de tratamiento, el sistema conducirá aguas hacia un cabezal de descarga que desfoga en el río Selegua.

Sistema de Pozos de Visita: Es necesario la construcción de un pozo de visita en la red de drenaje, para poder reunir las aguas negras provenientes de la planta de tratamiento de las dos fases y conducirlas hacia el río.

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Planta de Tratamiento de Aguas Residuales: La planta de tratamiento de aguas residuales para este proyecto, debe ser capaz de retirar el 99% de los contaminantes del agua residual proveniente del municipio, para que el 1% restante sea manejado por la naturaleza; esto se logrará a través del colector principal, llevando las aguas residuales hacia un vertedero de demasías, canal de rejas, desarenador, tanque imhoff y un patio de secado de lodos, estas mismas unidades son las que se utilizarán en la segunda fase del proyecto. Parte Constructiva: La planta de tratamiento contará con un muro perimetral para delimitar el área del proyecto, dentro de este espacio las áreas libres serán cubiertas con grama y árboles de tamaño pequeño, se contará con un caminamiento hecho de concreto, cada unidad de la planta tendrá una pequeña acera alrededor de la misma y se contará con iluminación dentro del proyecto. 5. DESCRIPCIÓN TÉCNICA DEL PROYECTO SISTEMA DE DRENAJE SANITARIO El sistema de drenaje sanitario para el proyecto, tiene los siguientes componentes: Líneas principales: La línea de drenaje que va desde la planta de tratamiento hasta el cabezal de descarga, tiene una longitud de 86.64 metros, la tubería a utilizar es PVC de 8” de diámetro, con pendientes indicadas en memoria de diseño. Cajas unión: Dentro del proyecto se contarán con cajas unión en donde haya cruce de tuberías, las medidas y detalles constructivos se especifican en planos. Pozo de visita: Dentro de la línea de drenaje se contempla la construcción de un pozo de visita, que será colocado en el punto donde se crucen las líneas de drenaje de las dos fases de la planta de tratamiento, para después ser conducidas hacia el cabezal de descarga. PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES El sistema de la planta de tratamiento de aguas residuales funcionara con tratamiento anaerobio, construida de concreto armado, que contará con los siguientes elementos: Cajas derivadora de Caudales: Al salir del desarenador el caudal será conducido por la tubería hacia una caja derivadora de caudales, que será la encargada de fraccionar el caudal total en dos partes, para que cada parte sea ingresada hacia un tanque imhoff. Vertedero de Demasias: El vertedero tendrá dimensiones efectivas de 1.32 de largo por 0.13 metros de ancho y se le colocara una tubería de rebalse directa al cabezal de descarga.

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Canal de Rejas: La dimensión de entrada de 0.53 metros, para luego pasar por una rejilla de 1.20 metros de ancho, formada por 32 varillas de ¾” y 0.60 metros de alto, dentro de esta unidad se colocará un by-pass, para poder darle mantenimiento. Tanque Imhoff: Esta unidad tiene 6.50 metros de ancho y 8.21 metros de largo, y 7.79 metros de alto, con una pirámide de 1.88 metros de alto y volumen de 33.40 m3, se construirán dos tanques que funcionaran en paralelo. Filtro Percolador: Las dimensiones del filtro percolador serán de 14 metros de largo, 6 metros de ancho y 2.50 metros de alto, con un volumen efectivo de 4.55 metros cúbicos. Patios de secado de lodos: Cada patio tendrá 7.34 metros de largo y 6 metros de ancho, para un largo total de 7.34. Sedimentador Secundario: El sedimentador secundario tendrá medidas efectivas de 30.30 metros de largo, 3.00 de ancho y 3.08 metros de alto, con un volumen efectivo de 38.42 metros cúbicos. El funcionamiento de esta Planta de tratamiento de aguas residuales, que consta de tratamiento primario y secundario dará como resultado que la calidad de agua del efluente se encuentre dentro de lo establecido en el acuerdo Gubernativo 236-06 de marzo del año 2,006. El afluente proveniente de la planta de tratamiento desfogará en el Río Selegua II. 6. BASES DE DISEÑO BASES DE DISEÑO DEL SISTEMA DE DRENAJE SANITARIO Fórmulas utilizadas Diseño de Sección y Pendiente: Cuando nos referimos al cálculo hidráulico, estamos hablando de los diámetros que proponemos en el diseño y estos deben tener la capacidad de desfogar el caudal, sin olvidar que funciona como un canal abierto, las velocidades se calculan con la fórmula establecida por Manning (sistema métrico). Dónde: V= Velocidad del flujo a sección (m/s) D= Diámetro de la Sección Circular (pulgadas) S= Pendiente de la gradiente hidráulica (m/m) n= Coeficiente de rugosidad de Manning: 0.014 para tunería de concreto 0.009 para tubería de PVC En este diseño se utilizara tubos de PVC de 160 PSI, por lo tanto el coeficiente de rugosidad es de 0.009.

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UNIDADES A IMPLEMENTAR

• Vertedero de demasías • Canal de rejas • Desarenador • tanques imhoff • Filtro lento • Patio de secado de lodos • Sedimentador secundario

El funcionamiento de esta Planta de tratamiento de aguas residuales, que consta de tratamiento primario y secundario dará como resultado que la calidad de agua del efluente se encuentre dentro de lo establecido en el acuerdo Gubernativo 236-06 de marzo del año 2,006.

7. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DRENAJE SANITARIO Y PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES Especificaciones técnicas control de los materiales Requisitos de calidad de los materiales: Todos los materiales que suministre el constructor, serán nuevos y deberán llenar los requisitos y condiciones que se señalan en las especificaciones y planos. Las fuentes de abastecimiento de los materiales deberán ser aprobados antes de que se principien a efectuar las entregas, debiéndose presentar muestras representativas del tipo y cantidad de los materiales requeridos, para su inspección y análisis, de acuerdo con los métodos a que se haga referencia en las especificaciones. El supervisor podrá requerir al constructor un certificado del producto, extendido por un laboratorio independiente y de confianza, el que podrá ser aceptado en lugar de hacer los análisis. Podrá tomar sus propias muestras en cualquier momento para efectuarle los ensayos correspondientes, con fines de controlar la calidad del material o de disipar alguna duda con respecto a este. Inspección y análisis en fuentes de abastecimiento: El supervisor o las personas que se nombren para este fin, deberán tener libre acceso en todo momento a las plantas dedicadas a la fabricación o producción de los materiales que son utilizados durante el proceso constructivo de la obra. Todos los materiales aprobados y aceptados en las fuentes de abastecimiento, podrán ser analizados cuando así lo disponga el supervisor, después de que hayan sido entregados en la Obra y los materiales que al analizarse de nuevo no se ajusten a los requisitos de las especificaciones, serán rechazados.

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Control por medio de muestras y pruebas: Las muestras, análisis y métodos de laboratorio que se utilicen para efectuar los ensayos, deberán estar indicados en las especificaciones, pero en caso de no ser así, se utilizarán los indicados en la American Society for Testing Materials (A.S.T.M) y/o la Comisión Guatemalteca de Normas (COGUANOR). El Constructor deberá hacer sus pedidos de materiales con suficiente anticipación a la fecha en que serán incorporados a la obra, a fin de que pueda disponerse del suficiente tiempo para el muestreo y análisis. Materiales defectuosos: Todos los materiales que no llenen los requisitos de las especificaciones, los que hayan sido en cualquier forma dañados, o los que se hayan mezclado con material nocivo, serán considerados defectuosos. Los que así fueren considerados, podrán ser corregidos por el constructor, solamente mediante una autorización previa del supervisor o bien exigirse su retiro inmediato de la obra. Instrucciones de los fabricantes: Todos los artículos manufacturados, materiales y equipos que deban ser incorporados a la obra, serán almacenados, manipulados, instalados, erigidos, utilizados y acondicionados, de conformidad con las instrucciones que indiquen los fabricantes. El constructor remitirá al supervisor copia de todas las instrucciones que reciba por parte de los fabricantes. Equipo de construcción: El constructor deberá disponer en todo momento, de equipo adecuado y en suficiente cantidad. El supervisor podrá requerir el uso de equipo adicional y demás elementos que se necesiten, a fin de que el progreso real sea el planificado. Con la presencia del equipo en obra, deberá tenerse cuidado de que no dañe otras partes de la obra, así como las propiedades adyacentes o instalaciones. Bajo este renglón se incluyen las instalaciones de tubería necesarias para drenar aguas servidas. El tipo de tubería a emplearse y su ubicación será la indicada en los planos. Especificaciones de tubería de PVC: La tubería para drenajes de cloruro de polivinilo rígido (PVC) se utilizará en las áreas indicadas en los planos de instalación de drenajes. Esta tubería deberá cumplir con las normas de fabricación de tubería ASTM D-2241-75 y PS-22-70 (CS-256-63), SRD 32.5. La presión de trabajo será de 125 PSI para tubos con extremos de unión cementada. La longitud de la tubería será de 20 pies (6.10 m). Dimensiones y pendientes Los diámetros, dimensiones y pendientes de la tubería de drenajes se indican en la planta de instalación de drenajes, con el diámetro específico para cada tramo.

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Juntas Todas las juntas, tanto de tubería de PVC como de concreto, deben de hacerse de modo que resulten impermeables a los gases y al agua, siguiendo las normas que a continuación se exponen: Juntas para tubería PVC: Se harán con el cemento de secado lento recomendado por el fabricante de la tubería y los accesorios, de acuerdo a las especificaciones del fabricante. Antes de proveer el solvente a la junta, ésta se limpiará y lijará hasta tener una superficie adecuada; luego se les aplicará a ambos extremos el solvente. La razón de usar cemento solvente de secado lento es con el objeto de hacer correcciones y rectificar pendientes con las tuberías y accesorios ya acoplados en su lugar. Excavación y Relleno: La zanja deberá cortarse simétricamente de acuerdo al eje y cotas establecidas. Tendrá un ancho acorde al diámetro de la tubería y a la profundidad requerida para su instalación, la cual dependerá a su vez de la pendiente indicada en los planos y del recubrimiento mínimo especificado. El Supervisor aprobará el método de zanjeo a utilizarse, ya sea con excavadora o a mano, tendrá un ancho mínimo de 0.40 m. en adición al ancho del tubo a instalar, observando todas las medidas de seguridad, especialmente para las tuberías de mayor diámetro. El fondo de la zanja deberá ser nivelada minuciosamente a fin de que la tubería a instalarse quede a la profundidad señalada y con las pendientes requeridas. Se procederá a rellenar la zanja hasta que el supervisor dé el visto bueno de la instalación. Las pendientes se establecerán y se verificarán con nivel. En caso de excavar la zanja a una profundidad mayor de la requerida, deberá ser rellenada hasta el nivel correcto usando arena compactada. Los sobrantes después del relleno de excavación de zanjas deberán ser colocados en el lugar designado para el efecto por el Supervisor, fuera del perímetro de construcción del proyecto. Cemento: El cemento a utilizarse será del tipo PORTLAND modificado con puzolana tipo I (PM) y deberá cumplir las especificaciones del cemento tipo PORTLAND, norma ASTM C-595. El cemento se deberá almacenar en una bodega y se tiene que estibar sobre bancas situadas como mínimo a 15 centímetros del suelo, la altura de estibamiento máximo debe ser de 10 sacos sobre el suelo. La bodega tendrá la amplitud necesaria para poder retirar el cemento más antiguo durante su uso y a la vez, colocar cemento nuevo sin dificultad. NINGÚN CEMENTO DEBERÁ PERMANECER EN LA BODEGA POR MAS DE UN MES.

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Agregados: Los agregados a usarse son: fino (arena) y grueso (piedra triturada y clasificada). Ambos deberán considerarse como elementos separados del cemento. Deben estar de acuerdo con las especificaciones para agregados según Norma ASTM C-33, se podrá usar otros agregados siempre y cuando se haya demostrado por medio de la práctica o ensayos especiales que producen concreto con resistencia y durabilidad adecuada, toda variación deberá estar avalada por un Laboratorio de garantía. El agregado fino (arena) deberá cumplir con lo siguiente: Agregados finos

• La arena deberá tener granos duros y resistentes, libres de arcilla, limo, álcalis, mica, materias orgánicas, u otros materiales perjudiciales.

• No contendrá un porcentaje con respecto al peso total de más de 5% del material que pase por tamiz 200 en caso contrario el exceso debe ser eliminado mediante el lavado correspondiente.

• El módulo de finura no debe ser menor de 2.3 ni mayor de 3.1. La arena no debe ser uniforme, deberá tener una mezcla de granos finos y gruesos entre el rango establecido.

• El agregado fino no deberá contener arcillas o tierra, en porcentaje que exceda el 3% en peso, el exceso deberá ser eliminado con el lavado correspondiente.

Agregados gruesos

• El agregado grueso debe ser grava o piedra triturada limpia, no debe contener tierra o arcilla en superficie en un porcentaje que exceda del 1% en peso en caso contrario el exceso se eliminará mediante el lavado, el agregado grueso deberá ser proveniente de rocas duras y estables, resistentes a la abrasión por impacto y a la deterioración causada por cambios extremos de temperatura o heladas.

• El porcentaje de desgaste no debe ser mayor a 40% después de 500 revoluciones en el ensayo de abrasión en la máquina de los Ángeles.

• El porcentaje de partículas planas (relación de ancho a espesor mayor de 3) y de partículas alargadas (relación de largo a ancho mayor de 3) o alternativamente, no debe sobrepasar de 15% en masa.

El tamaño o granulometría del agregado, será de ¾” como máximo y de ½” como mínimo o lo que indique el proporcionamiento de mezcla de diseño, en función a la procedencia del material. En elementos de espesor reducido o cuando existe gran densidad de armadura se podrá disminuir el tamaño máximo de agregado, siempre que se obtenga gran trabajabilidad y se cumpla con el “SLUMP” o asentamiento requerido y que la resistencia del concreto que se obtenga, sea la indicada en este documento, para lo cual se deberán hacer cilindros de prueba y ensayarlos antes de la fundición.

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Agua: El agua empleada en el mezclado del concreto deberá ser limpia y estar libre de cantidades perjudiciales de material orgánico, elementos en suspensión y turbidez excesiva (apta para el consumo humano). Los agregados y/o aditivos deben sumarse a los materiales que pueden aportar al agua de mezclado el contenido total de sustancias inconvenientes. No se utilizará en la preparación del concreto, en el curado del mismo o en el lavado del equipo, aquellas aguas que no cumplan con los requisitos de calidad mínimas. ACERO DE REFUERZO Calidad del acero: Todo el refuerzo empleado en la construcción será de grado 40. Corrugación del refuerzo Todo el refuerzo empleado en la construcción de la estructura será corrugado estándar de acuerdo con la norma ASTM A305. Se exceptúa el acero de tamaño No. 2, el cual será liso y se usará únicamente como eslabón o estribo en mochetas y soleras secundarias. Limpieza del Acero: Todas las varillas, al ser colocadas dentro del concreto estarán completamente libres de óxido, moho, costras, grasa o de cualquier otra capa o cubierta que pueda reducir su adherencia al concreto. Empalmes:

• Se evitarán empalmes en los puntos donde el esfuerzo sea máximo o como lo indiquen los planos.

• En empalmes traslapados, la longitud del traslape será como mínimo 24 veces el diámetro de la varilla principal, pero en ningún caso será menor de 30 cm.

• El empalme se incrementará en un 20% cuando se traslape en un mismo punto varillas separadas transversalmente 12 diámetros de la varilla o menos, y cuando se traslape encontrándose localizados a menos de 15 cm. o 6 diámetros de la varilla de un borde del mismo donde se encuentra. No más de la mitad de las varillas de un miembro estructural se traslaparán en un espacio longitudinal de 40 diámetros de la varilla.

Dobleces de las varillas: Las varillas serán dobladas en frío y antes de ser colocadas en las formaletas. Salvo indicación contraria en los planos, los dobleces para estribos se harán alrededor de un perno cuyo diámetro no será menor de 2 veces el diámetro de la varilla. Para el resto de

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las barras, los dobleces se harán alrededor de un perno cuyo diámetro no será menor que el que a continuación se detalla: - Varillas No. 3 a No. 5: 5 diámetros de la varilla - Varillas No. 5 a No. 8: 6 diámetros de la varilla Ganchos: Se emplearán únicamente en los extremos de las barras de los estribos y consistirá en un doblez de 135 grados más una extensión de 6 diámetros de la barra del estribo, pero no menor que 7 cm. Colocación del Refuerzo: Para armar, colocar, separar y mantener el refuerzo en su sitio, se emplearán accesorios de metal o concreto aprobados por el Supervisor. El número de accesorios, su forma y tamaño y la manera de colocarlos estará de acuerdo con los requisitos del ACI-312-95. La colocación del refuerzo se efectuará dentro de las siguientes tolerancias: Distancia del refuerzo a la cara del miembro, en sentido vertical: +/- 6 mm. Localización longitudinal de cortes y dobleces de barras: +/- 5 cm., con la salvedad de que los recubrimientos laterales de los miembros en ningún caso podrán ser reducidos. La separación mínima entre barras será igual a la mayor de siguientes dimensiones: a.) diámetro nominal de la varilla, b.) 1 1/3 veces el tamaño máximo del agregado grueso, c.) 2.5 cm. en las barras verticales de las columnas. La separación libre será no menor que la mayor de las siguientes dimensiones: a) 1.5 veces el diámetro nominal de la barra. b) 1.5 veces el tamaño máximo del agregado grueso. C) 4 cm. Especificaciones técnicas para plantas de tratamiento de aguas residuales Aplicación: Una planta de tratamiento es, una estructura artificial donde se propicia el desarrollo controlado de un proceso natural que permite reducir a niveles convenientes el contenido de materia orgánica y de sustancias varias de carácter físico-químico y biológico para de esta formar disminuir la contaminación de las aguas residuales domésticas antes de su descarga al medio natural para favorecer, la recuperación y conservación de la calidad de las aguas de las fuentes receptoras. Consideraciones generales: Para construir una planta de tratamiento se debe tomar en cuenta las siguientes consideraciones: a) Pre-tratamiento. b) Tratamiento primario. c) Tratamiento secundario. d) Tratamiento terciario.

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Procedimientos de Construcción: Para la construcción de cada planta de tratamiento se considerará las siguientes especificaciones, en cuanto a materiales y elaboración de concreto armado son regidos por los aspectos propios descritos en las presentes especificaciones. Vertedero de demasías: Estructura hidráulica destinada a permitir el pase, libre o controlado, del agua en los escurrimientos superficiales; siendo el aliviadero en exclusiva para el desagüe y no para la medición, construido de concreto armado. Canal de rejas: Unidad que se emplean para separar sólidos de gran tamaño que habitualmente suelen encontrarse en los líquidos residuales (ramas, botellas, bolsas, etc.). Consta de varillas de acero ¾” (pulg.) de diámetro, el cual esta descrito en las presentes especificaciones Desarenador Unidad de flujo horizontal que se basa en la reducción de la velocidad del agua y de las turbulencias, permitiendo así que las arenas transportadas en suspensión se deposite en el fondo, de donde es retirado periódicamente, construido de concreto armado. Tanques Imhoff: Para comunidades de 5,000 habitantes o menos los tanques Imhoff ofrecen ventajas para el tratamiento de las aguas residuales domésticas, ya que integran la sedimentación del agua y la digestión de los lodos, sedimentados en la misma unidad, necesita una operación muy simple y no requiere de partes mecánicas, sin embargo, para su uso correcto se requiere que las aguas negras pasen por el proceso de cribado y remoción de arena, construido de concreto armado. El fondo del tanque será de sección transversal en forma de V y la pendiente de los lodos respecto a la horizontal tendrá de 50° a 60°. En la arista central se debe dejar una abertura para paso de los sólidos removidos hacia el digestor, esta abertura será de 0.15 a 0.20 m Uno de los lados deberá prolongarse, de 15 a 20 cm, de modo que impida el paso de gases y sólidos desprendidos del digestor hacia el sedimentador, situación que reducirá la capacidad de remoción de sólidos en suspensión de esta unidad de tratamiento. El fondo de la cámara de digestión tendrá la forma de un tronco de pirámide invertida, para facilitar el retiro de los lodos digeridos. Las paredes laterales de esta tolva tendrán una inclinación de 15° a 30° con respecto a la horizontal. La altura máxima de los lodos deberá estar 0.50 m por debajo del fondo del sedimentador. Filtro percolador: El mecanismo principal de remoción de la materia orgánica de este sistema no es la filtración, sino la absorción y asimilación a diferencia de los lodos activados, donde esta es determinante para mantener los microorganismos en el licor mezclado. Construido con concreto armado.

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Sedimentador secundario: La sedimentación secundaria es una parte fundamental en el proceso de lodos activados, que permite separa sólidos en suspensión de las aguas residuales por la diferencia de peso específico entre las partículas sólidas y el agua residual. La sedimentación, en el proceso de lodos activados, se utiliza en los clarificadores primarios, que anteceden a los reactores biológicos y en el que los sólidos orgánicos y otros se separan, y en los clarificadores o sedimentadores secundarios, que siguen a los reactores biológicos y, en ellos, los lodos biológicos se separan del afluente tratado. Construido con concreto armado. Patio de secado de lodos: El proceso es natural, el agua contenida en los lodos filtra, por efecto de la gravedad, a través de un lecho filtrante de arena y grava, y es recogida por ductos perforados para ser luego conducidas al cuerpo receptor final. Otra parte del agua contenida en los lodos se evapora. Se necesitan 4 patios de secados de lodos, con paredes de block de 35 Kg/cm2 de dimensiones de 0.39m*0.19 m*0.14m, con una altura efectiva de 0.50m. Cabezal de Descarga. El cabezal de descarga será un muro de concreto ciclópeo el cual debe brindarle a la tubería la protección en donde se ubica el cuerpo receptor. Deberán seguirse las especificaciones descritas en los planos. Concreto ciclópeo: material compuesto de piedra bola en un 67%, con un 33% de mortero. El mortero será un concreto compuesto de cemento, arena de río y piedrín en una proporción volumétrica 1:2:3. Especificaciones técnicas para acabados finales: Concreto expuesto: Las columnas, vigas, sillares, bordillos u otro elemento que se indique en los planos quedaran con un acabado perfecto y uniformemente expuesto (repello más cernido), y sus aristas quedan a filo, lisas y con textura uniforme. El espesor máximo de los acabados en elementos no debe sobrepasar 0.5 cm., es decir que todo elemento de concreto reforzado finalizado tendrá 1.00 cm. extra en las medidas finales con respecto a las cotas indicadas en planos. A manera de evitar los cajones y/o agrietamientos en los acabados, se recomienda: 1. Picar levemente el o los elementos a tallar. 2. Saturar el elemento a tallar con agua. 3. Aplicar el tallado de ½ cm. de espesor, usando el aditivo adecuado. 4. Curar el acabado final al menos durante 3 días (ejemplo, rociando agua continuamente, etc). Proporción 1 saco de cemento, 0.20 metros cúbicos de arena y 0.25 sacos de cal. Limpieza final y restauración: A la terminación de la obra, el contratista removerá de los alrededores de ellas las instalaciones temporales, ripio, materiales sin uso y materiales similares que le pertenezcan o que se hayan usado bajo su dirección. Una

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vez realizada la limpieza, se restaurarán las áreas utilizadas, de tal forma que estas zonas queden en similares o mejores condiciones que las encontradas inicialmente. CUALQUIER CAMBIO O DISCREPANCIA DE ESTAS ESPECIFICACIONES CON LOS PLANOS DEBERÁ DE SER PUESTA EN CONOCIMIENTO DEL SUPERVISOR, PARA RESOLVERLA DEPENDIENDO DE SU MAGNITUD, Y EN NINGÚN CASO EL CONTRATISTA PODRÁ TOMAR VENTAJA DE ESTO. 8. MANUAL DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO SISTEMA DE DRENAJE SANITARIO. Organización y funciones del personal que administrará el proyecto: El propósito del manual es definir las actividades necesarias a realizar para que la operación y mantenimiento del sistema de drenaje sanitario para el proyecto Construcción Sistema de Tratamiento de Aguas Residuales, Municipio de Chiantla, Huehuetenango. Para esto es necesario contar con un plan de operación y mantenimiento que debe enfocarse en los factores más importantes para el óptimo funcionamiento del sistema de drenaje sanitario. El mantenimiento se puede dividir en dos enfoques importantes los cuales se describen a continuación: Mantenimiento correctivo: Es la acción de reparación de daños y desperfectos, de las partes que constituyen un sistema de drenaje sanitario, los que pueden suceder por deterioro, desgaste o por falta de mantenimiento adecuado a los componentes del sistema de drenaje sanitario. Mantenimiento preventivo: El mantenimiento preventivo es la operación cotidiana que se le da a un sistema para evitar problemas que puedan suscitarse por abandono del mantenimiento, identifica los problemas de un sistema de drenaje sanitario cuando inician, por lo tanto la intervención es más eficaz y así disminuyen los efectos dañinos. Es necesario: OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO, PLANTA DE TRATAMIENTO AGUA RESIDUAL (PTAR). Planta de Tratamiento Aguas Residuales: La limpieza debe efectuarse mediante bombeo a vehículos cisternas y no deben lavarse ni desinfectarse después de desocupados, ya que la pequeña cantidad de lodos que queda debe dejarse para propósitos de inoculación y reactivación del proceso de digestión.

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Al abrir el registro de la fosa séptica para hacer limpieza o inspección, se debe tener cuidado de esperar un rato hasta tener la seguridad de que el tanque se ha ventilado adecuadamente, pues los gases que se acumulan en él pueden causar explosiones o asfixias. Nunca se usen cerillos o antorchas para inspeccionar una fosa séptica. La limpieza debe realizarse a cada 3 años. Caja de Registro y cajas unión: La limpieza interior de las cajas es importante, tanto de sus paredes como de la tubería de ingreso y salida, esta actividad debe efectuarse de manera meticulosa, a efecto de retirar toda formación de algas y sarro en el fondo y paredes. La limpieza debe realizarse a cada 3 meses. Desarenador: Las arenas deberán retirarse a cada 6 meses, utilizando herramientas de mano, tales como palas, o en caso necesario bomba para achicar. Control: La supervisión es una herramienta operacional importante que deberá:

Identificar problemas

Documentar la acumulación de obstrucciones por diferentes causas.

Determinar los sectores más importantes para su constante observación. Con la supervisión se obtendrá el control necesario para el óptimo funcionamiento del sistema de drenaje sanitario. Esta supervisión permite identificar los problemas cuando inician, por lo tanto la intervención es más eficaz. El nivel de detalle del control dependerá del tamaño y la complejidad del sistema. Los sistemas ligeramente cargados que han estado operados satisfactoriamente sólo necesitarían ser verificados una vez a la semana. Aquellos que están muy cargados requerirán una supervisión más frecuente y detallada. Un plan de control escrito es esencial para la continuidad del sistema a largo plazo. Control del rendimiento del sistema: El rendimiento del sistema sanitario es normalmente evaluado para determinar:

Carga hidráulica

Volúmenes de entrada y de salida. Se recomienda documentar los desperfectos ocurridos en el sistema hidro sanitario a lo largo de su vida útil, para llevar un mejor control del mantenimiento y las reparaciones ocurridas en el sistema. Para evitar futuros deterioros o problemas en dicho sistema. Vertedero de demasías Concepto: Es una unidad que funciona derivando el exceso de caudal que ingresa a la planta de tratamiento.

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Operación: Dado que la unidad es una estructura de concreto, la operación se reduce a inspección visual del mismo. Mantenimiento: El mantenimiento puede ser de 2 tipos, preventivo y correctivo, el mantenimiento preventivo se refiere a las acciones que se deben realizar para que el sistema no colapse por alguna falla pequeña o grande. Mientras que el correctivo es el que se debería evitar. Se refiere a las acciones que hay que hacer para volver a poner en funcionamiento el sistema de la manera en que fue concebido. Preventivo: La operación de esta unidad es únicamente la limpieza periódica de la misma, aproximadamente cada 3 meses, en este proceso debe utilizarse una escoba y no sacar de operación la unidad. Correctivo: El mantenimiento correctivo no puede ser identificado ya que no se sabe que elemento es el que pueda fallar, pero las acciones deberán ser tales que el sistema no salga de funcionamiento. Canal de rejas: Concepto: El canal de rejas es una unidad cuya función es la de evitar que ingresen sólidos de gran tamaño al sistema de tratamiento, está constituido por un grupo de barras metálicas que entre ellas deja pasar el líquido. Operación: La operación de esta unidad se limita a la inspección visual de la misma. Mantenimiento: El mantenimiento puede ser de 2 tipos, preventivo y correctivo, el mantenimiento preventivo se refiere a las acciones que se deben realizar para que el sistema no colapse por alguna falla pequeña o grande. Mientras que el correctivo es el que se debería evitar. Se refiere a las acciones que hay que hacer para volver a poner en funcionamiento el sistema de la manera en que fue concebido. Preventivo: El mantenimiento preventivo de esta unidad se refiere a que el operador de la planta debe utilizar un rastrillo o un elemento similar para extraer los sólidos que hayan sido detenidos por las rejas del canal. Correctivo: Lo más común que sucede con el canal de rejas es la oxidación de las barras que lo forman, por consiguiente habrá que estar preparado con pintura anticorrosiva y aplicarla.

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Filtro percolador Concepto: La unidad se encuentra conformada por un lecho rocoso. El agua residual es distribuida en el lecho rocoso por medio de una serie de tuberías perforadas. Estas están ubicadas transversalmente en la parte superior de la unidad. Lo que les permite distribuir el líquido en una forma uniforme, sobre toda la superficie del lecho. Para la recolección del líquido se dispone de una serie de canales instalados en la parte inferior del filtro, los que simultáneamente sirven para la ventilación de la unidad. Y con ello, permitiendo el desarrollo del proceso aeróbico. El proceso del tratamiento es muy sensible. El lecho rocoso necesita continuamente una distribución del líquido para garantizar un buen funcionamiento de la unidad. Se debe evitar en lo posible que algún tipo de químico o aceite no desintegrarle llegue a este sistema y que evitara el tratamiento biológico que se da. Operación: Se deben chequear los niveles de agua que van entrando al filtro. Dichos niveles tienen que ser iguales en cada tubería. Se mide también el nivel del agua en cada agujero del segundo canal y debe ser igual en todos. Si no están nivelados eso significa que hay taponamientos en las tuberías. Para solucionar este problema basta con subirse al filtro percolador y situarse frente a cada tubo y por medio de un alambre liso de 1/4", se destapan los agujeros que van a ambos lados de cada tubo. Esto se hace en cada tubería que estuviera taponada. El personal necesario para realizar esta operación será el operador. El tiempo requerido es de 1 hora, dos veces por día, todos los días. Se debe observar el nivel del agua sobre la superficie del lecho filtrante. Si está encima de la superficie, se remueve con una pala en toda la superficie de la piedra hasta lograr que la altura del agua baje del nivel al que se ha elevado. La superficie del filtro debe estar limpia de toda basura o hierva que crezca. El personal necesario para esta operación será el operador y la realiza en un tiempo de una hora, una vez al día, cada tres días. Es sumamente importante que siempre en el canal recolector principal que se localiza a la salida del filtro se quiten las piedras o la arena que pudieran haberse caído del lecho filtrante, ya que esto constituye un punto de obstrucción al paso del agua. Es importante también quitar el lodo que pudo haberse depositado en el canal de salida. Esto lo hace el operador cada 8 días, aproximadamente en 30 minutos, una vez por día. Mantenimiento: El mantenimiento puede ser de 2 tipos, preventivo y correctivo, el mantenimiento preventivo se refiere a las acciones que se deben realizar para que el sistema no colapse por alguna falla pequeña o grande. Mientras que el correctivo es el que se debería evitar. Se refiere a las acciones que hay que hacer para volver a poner en funcionamiento el sistema de la manera en que fue concebido.

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Preventivo: El personal necesario para realizar esta operación será el operador. El tiempo requerido es de 1 hora, dos veces por día, todos los días. Se debe observar el nivel del agua sobre la superficie del lecho filtrante. Si está encima de la superficie, se remueve con una pala en toda la superficie de la piedra hasta lograr que la altura del agua baje del nivel al que se ha elevado. La superficie del filtro debe estar limpia de toda basura o hierva que crezca. El personal necesario para esta operación será el operador y la realiza en un tiempo de una hora, una vez al día, cada tres días. Es sumamente importante que siempre en el canal recolector principal que se localiza a la salida del filtro se quiten las piedras o la arena que pudieran haberse caído del lecho filtrante, ya que esto constituye un punto de obstrucción al paso del agua. Es importante también quitar el lodo que pudo haberse depositado en el canal de salida. Esto lo hace el operador cada 8 días, aproximadamente en 30 minutos, una vez por día. Correctivo: El mantenimiento correctivo no puede ser identificado ya que no se sabe que elemento es el que pueda fallar, pero las acciones deberán ser tales que el sistema no salga de funcionamiento. Sedimentador secundario: Concepto: El sedimentador secundario es una unidad cuya función es la de separar los sólidos de los líquidos de las aguas negras que han sido generados por la oxidación de los sólidos disueltos, dentro de esta unidad no existe el proceso de biodegradación, solamente se realiza el proceso físico de sedimentación de sólidos. Operación: La operación del sedimentador secundario se refiere al manejo de la válvula de lodos que se encuentra en la parte inferior del sedimentador, esta válvula habrá que abrirla aproximadamente cada 2 semanas, el proceso consiste en abrir esta válvula y verificar la cantidad de sólidos que ingresan al patio de secado de lodos, cuando deje de salir sólidos y solamente salga agua habrá que cerrar la válvula en cuestión. Mantenimiento: El mantenimiento puede ser de 2 tipos, preventivo y correctivo, el mantenimiento preventivo se refiere a las acciones que se deben realizar para que el sistema no colapse por alguna falla pequeña o grande. Mientras que el correctivo es el que se debería evitar. Se refiere a las acciones que hay que hacer para volver a poner en funcionamiento el sistema de la manera en que fue concebido. Preventivo: El mantenimiento preventivo del sedimentador secundario es la realización de una limpieza manual de la unidad, esto habrá que realizarla aproximadamente a cada 4 meses, para la realización de esta limpieza habrá que sacar de funcionamiento la unidad.

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Correctivo: El mantenimiento correctivo no puede ser identificado ya que no se sabe que elemento es el que pueda fallar, pero las acciones deberán ser tales que el sistema no salga de funcionamiento. Patio de secado de lodos Concepto: El patio de secado de lodos es la unidad que recibe los lodos que egresan de los sedimentadores primario y secundario, en este patio los lodos evaporan y se absorbe el exceso de agua con que cuentan, luego de ello habrá que enterrar los sólidos que quedan. Operación: La operación del patio de secado es la manipulación de las válvulas de este patio, de tal manera que en cada uno contenga los respectivos lodos un tiempo promedio de 7 días. Mantenimiento: El mantenimiento puede ser de 2 tipos, preventivo y correctivo, el mantenimiento preventivo se refiere a las acciones que se deben realizar para que el sistema no colapse por alguna falla pequeña o grande. Mientras que el correctivo es el que se debería evitar. Se refiere a las acciones que hay que hacer para volver a poner en funcionamiento el sistema de la manera en que fue concebido. Preventivo: El mantenimiento preventivo del patio de secado de lodos es la realización de una limpieza manual de la unidad, esto habrá que realizarla aproximadamente a cada mes, para la realización de esta limpieza habrá que sacar de funcionamiento la unidad. Correctivo: El mantenimiento correctivo no puede ser identificado ya que no se sabe que elemento es el que pueda fallar, pero las acciones deberán ser tales que el sistema no salga de funcionamiento.