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LOS CONTRATOS DE COMERCIO LIC. WALTER RENGIFO SAAVEDRA

Clase de Contratos

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nos muestra los tipos de contratos que pueden existir en el ámbito empresarial

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LOS CONTRATOS COMERCIALES - MERCANTILES

LOS CONTRATOS DE COMERCIOLIC. WALTER RENGIFO SAAVEDRALOS CONTRATOS DE COMERCIOSern vlidos y producirn obligacin y accin en juicio los contratos mercantiles, cualesquiera que sean la forma y el idioma en que se celebren, la clase a que correspondan y la cantidad que tengan por objeto, con tal que conste su existencia por alguno de los medios que el Derecho civil tenga establecidos.

LOS CONTRATOS DE COMERCIOUncontrato mercantilocontrato comercial, es unnegocio jurdicobilateral que tiene naturalezajurdico-mercantil. En general, para que uncontratosea calificado de mercantil, debe versar sobreactos de comercio, definidos segn la legislacin aplicable.

LOS CONTRATOS DE COMERCIOLos contratos mercantiles se rigen por la legislacin comercial general, como la contenida en unCdigo de Comercio. LOS CONTRATOS DE COMERCIOContrato de sociedadcomercial.Contrato de cuentas en participacin.Contrato de comisin mercantil Contrato de agenciaContrato de depsitomercantil (contrantratos bancarios)Contrato de prstamomercantil (incluyendo el prstamo con garanta de valores)Contrato de compraventamercantilContrato de permutamercantilContrato de transporteterrestre (y otros contratos de transporte)Contratos del comercio martimo (contrato de fletamento, contrato de seguro martimo)Contrato de seguroContrato de suministroContrato de licencia de marca

CLASES DE CONTRATOS MERCANTILESContrato de Franquicia: Se trata de un mtodo de colaboracin contractual entre dos empresas jurdica y econmicamente independientes en virtud de la cual, una de ellas (empresa franquiciadora o franquiciador), que es titular de determinada marca, patente, mtodo o tcnica de fabricacin o actividad industrial y comercial previamente prestigiados en el mercado, concede a la otra (empresa franquiciada o franquiciado) el derecho a explotarla, por un tiempo y zona delimitados y bajo ciertas condiciones de control, a cambio de una prestacin econmica, que suele articularse mediante la fijacin de un canon inicial, que se complementa con entregas sucesivas en funcin de las ventas efectuadas Contrato de AgenciaPor el contrato de agencia una persona natural o jurdica, denominada agente, se obliga frente a otra de manera continuada o estable a cambio de una remuneracin, a promover actos u operaciones de comercio por cuenta ajena, o a promoverlos y concluirlos por cuenta y en nombre ajenos, como intermediario independiente, sin asumir, salvo pacto en contrario, el riesgo y ventura de tales operaciones.

Contrato de Comisin mercantilEl comisionista podr desempear la comisin contratando en nombre propio o en el de su comitente. Cuando el comisionista contrate en nombre propio, no tendr necesidad de declarar quin sea el comitente, y quedar obligado de un modo directo, como si el negocio fuese suyo, con la persona con quienes contratare, las cuales no tendrn accin contra el comitente, ni ste contra aqulla, quedando a salvo siempre las que respectivamente correspondan al comitente y al comisionista entre s.Se entender aceptada la comisin siempre que el comisionista ejecute alguna gestin, en el desempeo del encargo que le hizo el comitente, que no se limite a prestar la debida diligencia en la custodia y conservacin de los efectos que el comitente le haya remitido.Compraventa MercantilSer mercantil la compraventa de cosas muebles para revenderlas, bien en la misma forma que se compraron, o bien en otra diferente, con nimo de lucrarse en la reventa. Si la venta se hiciere sobre muestras o determinando calidad conocida en el comercio, el comprador no podr rehusar el recibo de los gneros contratados, si fueren conformes a las muestras o a la calidad prefijada en el contrato. En el caso de que el comprador se negare a recibirlos, se nombrarn peritos por ambas partes, que decidirn si los gneros son o no de recibo. En las comprar de gnero que no se tengan a la vista ni puedan clasificarse por una calidad determinada y conocida en el comercio, se entender que el comprador se reserva la facultad de examinarlos y de rescindir libremente el contrato si los gneros no le convinieren. Tambin tendr el comprador el derecho de rescisin si por pacto expreso se hubiere reservado ensayar el gnero contratado.

Contrato de Medicin y MandatoEl comerciante podr constituir apoderados o mandatarios generales o singulares para que hagan el trfico en su nombre y por su cuenta en todo o en parte, o para que le auxilien en l. Los comerciantes podrn encomendar a otras personas, el desempeo constante en su nombre y por su cuenta, de alguna o algunas gestiones propias del trfico a que se dediquen, en virtud de pacto escrito o verbal; consignndolo en sus reglamentos y comunicndolo a los particulares.

Contrato de Transportes TerrestresCONTRATO DE TRANSPORTE DE COSAS: La carta de porte es el documento que describe los elementos esenciales del contrato y constituye medio de prueba privilegiado respecto al transporte. El cargador se obliga a la entrega en lugar y tiempo determinado y tiene dos derechos fundamentales: exigir que el transporte se realiza en la forma pactada y disponer de los bienes hasta su entrega en destino.

CONTRATO DE TRANSPORTE DE PERSONAS: La carta de porte se ve sustituida por el billete. De l se prueba el contrato y surgen las obligaciones del porteador ( itinerario, puesta a disposicin del viajero de plaza de la clase pactada, transporte del equipaje, etc.). Por su parte el viajero debe pagar el precio y tiene deber de compostura y adecuada utilizacin de medios en el viaje.

Contrato de DepsitoPara que el depsito sea mercantil se requiere:Que el depositario, al menos sea comerciante.Que las cosas depositadas sean objeto de comercioQue el depsito constituya por s una operacin mercantil, o se haga como causa o a consecuencia de operaciones mercantiles.El depositario tendr derecho a exigir retribucin por el depsito, a no mediar pacto expreso en contrario.Si las partes contratantes no hubieren fijado la cuota de la retribucin se regular segn los usos de la plaza en que el depsito se hubiere constituido.

Se reputar mercantil el prstamo, concurriendo las circunstancias siguientes:Si alguno de los contratantes fuere comercianteSi las cosas prestadas se destinaren a actos de comercioConsistiendo el prstamo en dinero, pagar el deudor devolviendo una cantidad igual a la recibida, con arreglo al valor legal que tuviere la moneda al tiempo de la devolucin. Si los prstamos fueren en especie, deber el deudor devolver, a no mediar pacto en distinto sentido, igual cantidad en la misma especie y calidad, o su equivalente en metlico si se hubiere extinguido la especie debida.Los prstamos no devengarn inters si no se hubiera pactado por escrito.Los deudores que demoren el pago de sus deudas despus de vencidas, debern satisfacer desde el da siguiente al vencimiento el inters pactado para este caso o, en su defecto, el legal.Los intereses vencidos y no pagados no devengarn intereses. Los contratantes podrn, sin embargo, capitalizar los intereses lquidos y no satisfechos, que, como aumento del capital, devengarn nuevos rditos.Las entregas a cuenta, cuando no resulte expresa su aplicacin se imputarn en primer trmino al pago de intereses por orden de vencimiento y despus al capital.

Contrato de LeasingSe trata de un contrato complejo regido por los pactos, y cuyo objeto es la cesin de uso de bienes, adquiridos segn deseos del usuario que paga por el uso cuotas y que incluye una opcin de compra. Tambin se le denominaArrendamiento con opcin de compra. La entidad de Leasing es la titular dominical del bien, frente a cuyo embargo puede oponer con xito la tercera de dominio. En el contrato de leasing, concurren tres partes diferenciadas,la empresa de leasingque financia la operacin conjunta y celebra con el proveedor el contrato de compraventa y con el usuario el de arrendamiento con opcin de compra,el proveedorque ha celebrado el anterior contrato de compraventa y entrega la cosa al usuario y por ltimo,el usuario, que celebra el contrato con la empresa de leasing, y recibe la cosa del proveedor, normalmente elegida por l mismo.Contrato de Fletamento MartimoEl contrato de fletamento deber extenderse por duplicado en pliza firmada por los contratantes, y cuando alguno no sepa o no pueda, por dos testigos a su ruego. La pliza de fletamento contendr, adems de las condiciones libremente estipuladas por las partes, las siguientes:La clase, nombre y porte del buqueSu pabelln y puerto de matrculaEl nombre, apellido y domicilio del capitnEl nombre, apellido y domicilio del naviero, si ste contratare el fletamento.El nombre, apellido y domicilio del fletador, y si manifestare obrar por comisin, el de la persona por cuya cuenta hace el contrato.El puerto de carga y descarga.La cabida, nmero de toneladas o cantidad de peso o medida que se obliguen respectivamente a cargar y a conducir, o si es total el fletamento.El flete que se haya de pagar, expresando si ha de ser una cantidad alzada por el viaje, o un tanto al mes, o por las cavidades que se hubieren de ocupar, o por el peso o la medida de los efectos en que consista el cargamento, o de cualquiera otro modo que se hubiere convenido.El tanto de capa que se haya de pagar al capitn.Los das convenidos para la carga y descarga.Las estadas y sobrestadas que habrn de contarse y lo que por cada una de ellas se hubiere de pagar.Si en la pliza de fletamento no constare el plazo en que hubieren de verificarse la carga y la descarga, se seguir el uso del puerto donde se ejecuten estas operaciones. Pasado el plazo estipulado o el de costumbre, y no constando en el contrato de fletamento clusula expresa que fije la indemnizacin de la demora, tendr derecho el capitn a exigir las estadas y sobreestadas que hayan transcurrido en cargar y descargar.

Contrato de SeguroEl contrato de seguro es aquel por el que el asegurador se obliga, mediante el cobro de una prima y para el caso de que se produzca el evento cuyo riesgo es objeto de cobertura a indemnizar, dentro de los lmites pactados, el dao producido al asegurado o a satisfacer un capital, una renta u otras prestaciones convenidas.Las condiciones generales, que en ningn caso podrn tener carcter lesivo para los asegurados, habrn de incluirse por el asegurador en la proposicin de seguro si la hubiere y necesariamente en la pliza de contrato o en un documento complementario, que se suscribir por el asegurado y al que se entregar copia del mismo. Las condiciones generales y particulares se redactarn de forma clara y precisa. Se destacarn de modo especial las clusulas limitativas de los derechos de los asegurados, que debern ser especficamente aceptadas por escrito.

Contrato de FactoringEs el contrato por el que el factor adquiere en firme de los productores los crditos de que son titulares contra clientes o compradores, garantizando su satisfaccin y prestando servicios complementarios de contabilidad, estudios de mercado, investigacin de la clientela, etc., a cambio de una retribucin, a lo que puede agregarse una posibilidad de financiacin mediante anticipos con devengo de intereses.