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    EL DERECHO Y LA JUSTICIA COMO INSTRUMENTOSPARA LOGRAR LA PAZ SOCIAL

    por el Dr. RAUL SAPENA BRUGADA

    MINISTRO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

    COLEGIO NACIONAL DE GUERRA 1999

    En forma muy sinttica se podra decir que hay paz social, cuando-

    en un territorio nacional o regional - cohabiten individuos ,grupos,

    clases ,estratos y organizaciones sociales , partidos polticos,nacionalidades y etnias diferentes, y entre ellos reine un mnimo de

    consenso, armona y equilibrio que permita el desarrollo normal de las

    actividades productivas, sociales y polticas y donde , tambin, se

    apliquen y se cumplan los principios y valores ticos, polticos, jurdicos y

    sociales que impone la propia comunidad , insertada en la comunidad

    internacional , conforme al estadio en que se encuentre su evolucinhistrica y sus necesidades ms importantes.

    Pero el concepto de paz social no es unvoco :

    En los pases industriales o semi industrializados el concepto de paz

    social significa paz laboral y su solucin se llama el pacto social ,

    generalmente tripartito ( trabajadores, patrones, Estado) .

    En muchos pases latinoamericanos el concepto de paz socialtrasciende el tema laboral y se agranda hasta abarcar el terrorismo, el

    narcotrfico el terrorismo de estado, y la solucin pasa , generalmente ,

    por acuerdos de paz y acuerdos polticos como los de Guatemala y

    Colombia y ahora Mxico con el caso Chiapas .

    Es facil demostrar que ninguna de estas situaciones coincide

    exactamente con la del Paraguay :

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    Ni siquiera menciono la solucin B que es la de Fujimori ,

    justamente porque tampoco se justifica tal desproporcionada violencia

    por los mismos motivos que no se justifica el modelo centroamericano ,

    Colombiano y Mexicano de negociacin .

    En suma : el camino no est claro . Y tendremos que ser creativos ,

    pues no tenemos modelos que imitar. Lo que pareci ser el modelo

    paraguayo , los pactos entre partidos polticos, est siendo rudamente

    deteriorado por el descrdito popular .

    Personalmente , solo puedo ubicarme dentro de la solucin A, la

    solucin institucional , recurriendo a las alianzas , negociaciones y pactos que permitan la Constitucin Nacional y la legislacin electoral .

    Por eso se me pide , con razn , que hable sobre el DERECHO Y LA

    JUSTICIA como instrumentos de paz social . Pero a sabiendas ,de que ,

    aunque muy importantes , no son suficientes y tal vez ni siquiera se

    puedan lograr en forma aislada.

    Todo el mundo sabe , por ejemplo , para lograr esta paz , es primordial un sustantivo avance en el desarrollo econmico y social de

    pas. Definitivamente la paz y la justicia no son un atuendos para pases en

    grados crticos de pobreza e ignorancia y eso nos lleva a una realidad casi

    circular : para obtener la paz social es imprescindible hacer un esfuerzo

    previo y llevar la educacin y la salud a todas las poblaciones rurales y

    urbanas, as como las rutas y caminos que las hagan geogrficamente

    accesibles. Es necesario dotar al individuo de una educacin general

    bsica , que lo habilite para sobrevivir y progresar en la comunidad en la

    que vive . No es pues la sola paz la que nos dar el desarrollo , pues , como

    ya lo dijo el santo padre EL NUEVO NOMBRE DE LA PAZ ES EL

    DESARROLLO.

    Pero , tampoco hay dudas , de que una de las razones que mas

    obstaculizan la paz social, adems de la pobreza y la ignorancia , es la

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    INJUSTICIA y el TRATO DISCRIMINATORIO Y HUMILLANTE A

    LAS PERSONAS , porque los hombres tienden a luchar incluso por vas

    violentas para reparar las injusticias concretas y mucho mas cuando se trata

    de injusticias frecuentes y reiteradas.

    Rompiendo el crculo vicioso y parando el huevo de Coln ,veamos

    que se puede hacer con esos dos instrumentos para lograr la paz social (el

    Derecho y la Justicia ). Para ello , volveremos a partir de nuestra definicin

    inicial : hay paz social, dijimos , cuando- en un territorio nacional o

    regional - cohabiten individuos ,grupos, clases ,estratos y organizaciones

    sociales , partidos polticos ,nacionalidades y etnias diferentes, y entreellos reine un mnimo de consenso, armona y equilibrio que permita el

    desarrollo normal de las actividades productivas, sociales y polticas y

    donde , tambin, se apliquen y se cumplan los principios y valores ticos,

    polticos, jurdicos y sociales que impone la propia comunidad , insertada

    en la comunidad internacional , conforme al estadio en que se encuentre su

    evolucin histrica y sus necesidades ms importantes.Pues bien para mantener ese mnimo de consenso ,armona y equilibrio ,

    es necesario un orden jurdico donde las leyes y los organismos e

    instituciones , se aplican a todos por igual ( incluso a aquellos que crean y

    ejecutan o aplican las leyes ) ( lo que produce una situacin que los

    abogados llamamos Estado de Derecho ) y donde existan normas ,

    mecanismos y contrapesos a cualquiera de los poderes que hagan imposible

    o al menos difcil que una persona o un grupo de ellas , minoritario o

    mayoritario , tiranice a las dems e imponga su voluntad y sus valores. El

    conjunto de normas que permiten establecer este tipo de orden , se llaman ,

    en una sola palabra DERECHO.

    El DERECHO es el instrumento del que dispone el Estado para

    realizar la justicia en la sociedad .

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    Esa eterna dialectica entre el poder y la libertad, se conjuga y

    equilibria n un estado que se llama Estado de Derecho que consiste en el

    respeto a una serie de principios .

    (1) Entre dichos principios resaltan :la divisin de poderes o

    interdependencia contrapesada entre el legislativo, judicial y ejecutivo

    (2)el imperio de la ley o supremaca absoluta de la norma jurdica,

    tambin denominado principio de constitucionalidad, segn el cual los

    ciudadanos y los poderes pblicos estn sujetos a la Constitucin y a las

    dems normas del ordenamiento jurdico. y

    (3) los otros principios ms directamente relacionados con la promulgacin y aplicacin de la norma jurdica, (principios de:

    legalidad, jerarqua normativa, publicidad de las normas,

    irretroactividad, y de seguridad jurdica) y los principios ms vinculados

    con los valores humanos fundamentales o derechos y libertades.

    Hay estado de derecho cuando todos , gobernantes y gobernados,

    los que obedecen y los que mandan , los que ejecutan y los que aplican ,se hallan sometidos a la misma ley . Repito , la misma y no distinta ley.

    LA JUSTICIA

    Originalmente la justicia tuvo el sentido de ORDEN O MEDIDA .

    El que cada cosa ocupe su lugar en el universo era considerado un orden

    justo. Ese sentido que se puede llamar csmico , fue , en realidad, el

    prevaleciente durante casi toda la historia de la humanidad .Cuando se

    perciba que ,en un intercambio o negocio humano cualquiera, se

    desposea a alguien de lo que es suyo, se perciba un DESEQUILIBRIO

    y se buscaba una COMPENSACION JUSTA.. OJO POR OJO DIENTE

    POR DIENTE era la norma bblica, que permita a una persona vengarse

    en la misma proporcin del dao recibido . Los primeros griegos

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    discutieron mucho sobre el tema y no fue sino Aristteles quien pudo

    hacer una distincin importante, distinguiendo dos clases de justicia :

    a) JUSTICIA DISTRIBUTIVA o justicia de los desiguales. Cmo?

    Dirn Vds. , no es bsico de la justicia que todos deban ser iguales. No

    se trata de eso . La vctima no es igual al victimario ; hay que castigar a

    los culpables, liberar e indemnizar a los inocentes . El culpable no es

    igual al inocente. No se debe premiar ( por ejemplo, con un alto cargo ) a

    gente que merece un castigo, ni castigar a gente que merece una

    condecoracin ( ambas actitudes violan la justicia distributiva) .A esta

    justicia se refiere la famosa definicin que todo el mundo conoce : dar acada uno lo suyo y

    b) la JUSTICIA COMUTATIVA o justicia de los iguales, que es la

    justicia de los contratos ( salvo en las ramas del derecho social en la cual

    se asume que una de las partes es mas dbil y debe ser protegida) .

    c) Solo en la edad Media se lleg a agregar una tercera justicia LA

    JUSTICIA LEGAL que trata de la obligacin de los ciudadanos deobedecer las leyes , contribuir con impuestos y colaborar con la

    comunidad y ello no surge de las dos categoras de Aristteles . Esta

    justicia establece en suma que las leyes tienen que obedecerse y regula

    las relaciones entre las personas y la sociedad.

    Es curioso cmo esta justicia se le escap al gran pensador griego y

    casi como consecuencia , en la historia de los pueblos , es la ltima en

    aparecer ; fjense solamente la cantidad de personas que viven en

    nuestro pas del contrabando y no se consideran a si mismas , ni son

    consideradas por su grupo ni por su contexto inmediato como

    inmorales . Las personas de mi edad todava recordamos a un

    sacerdote , hermano de un monseor , que realizaba como profesin

    el contrabando en gran escala desde la Argentina. Suponemos que lo

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    haca para dar el producto a los pobres como su homologo de la

    leyenda de Robin Hood .

    LA JUSTICIA INSTITUCIONAL

    Salvo que se trate de casos especiales , cuando la gente habla de La

    justicia, se refiere a la justicia institucional ( la que administran los jueces

    y magistrados) la no es siempre idntica a la justicia a la que se refiere

    el ciudadano cuando afirma que debe hacerse justicia en tal caso en

    particular. No solo las obras de ficcin, sino tambin la realidad, han

    provedo de justicieros individuales . El justiciero no rinde cuentas a

    nadie y se comporta por definicin como un marginal, por ese motivo,

    aunque pueda llegar a ser popular no crea problemas de fondo a la

    justicia institucional. Pero hay dos grupos poderosos en casi todos los

    pases, que intentan disfrazar su actuacin represiva bajo formas sub-

    culturales con instituciones propias: la Mafia y la Guerrilla .Con variados

    argumentos las mafias intentan legitimar socialmente su justicia dentro de

    sub-culturas perteneciente a sub-grupos naturales ampliados con

    ceremonias iniciticas particulares. Cuando actan fuera de sus mbito

    llaman a sus actos guerra. Mucha gente recordar la conversacin de

    Marlon Brando con Al Pacino en El Padrino ,donde el primero le

    explicaba que el padrino de una familia de la mafia era prcticamente un

    hombre de estado, dirigente de una nacin obligada a vivir en otro pas .

    Tambin es destacable que en todo el mundo fracas la intencin

    de la guerrilla urbana de legitimar la muerte de inocentes con el lema, que

    apareci claramente escrito en el lugar de un espantoso acto terrorista, de

    NADIE ES INOCENTE (porque todos, seramos culpables de la

    explotacin y la pobreza ) . Nadie logr borrar jamas esa distincin en la

    cual Aristteles basaba la justicia distributiva: Frente al delito , unas

    personas son inocentes y otras son culpables y la justicia debe castigar a

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    las segundas. Jams se lograr que se considere justa la matanza de

    inocentes.

    Tampoco han logrado las mafias y las guerrillas sustituir la

    legitimacin de la justicia legal (agregada por Santo Toms a la

    distincin de Aristteles) . Las exacciones hechas por la mafia y las

    guerrillas no han sido jamas, en ningn lado, consideradas legtimas por

    nadie ( salvo, por supuesto , en la leyenda de Robin Hood donde , como

    buena leyenda, reparta entre los pobres lo que haba robado a los ricos ).

    Pero eso no significa que s sencilla la legitimacin de un sistema

    de justicia dentro de un pueblo como el nuestro donde nunca habaexistido una justicia independiente

    La Justicia Institucional requiere en efecto:

    1) Una legitimacin poltica ( origen constitucional de las

    atribuciones del juzgador) lo que se logr con la constitucin de 1992 y

    con el consenso poltico que precedi a la difcil instalacin del Consejode la Magistratura ..

    2) Una legitimacin tica la imparcialidad y la equidad

    posibles lo que deja un saldo para la diversidad y fragilidad humanas ,

    que deben ser la excepcin . Esto se demostr en nuestro pas , en la

    nueva justicia, a pesar de las tremendas presiones y amenazas y

    tentaciones que sufrieron y sufren los jueces .

    3) Una legitimacin jurdica (el Estado de Derecho, o ,

    ampliando su concepto al art.1 de la Constitucin Nacional Estado Social

    de Derecho ), fundado en un grupo de principios y garantas procesales

    bsicas, que se consolidan en el reciente fenmeno del

    constitucionalismo .

    4) Una legitimacin funcional especfica : (el cumplimiento eficiente de

    su funcin institucional) que fue la Meta que se propuso la nueva Corte

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    Suprema de Justicia en el taller de Planeamiento Estratgico realizado , en

    hace cuatro aos, alrededor de la cual se organizan programas y proyectos

    hoy en pleno desarrollo).

    Ninguno de estos requisitos para su legitimacin depende

    exclusivamente de los Jueces y Tribunales ni de su cpula la Corte

    Suprema de Justicia, aunque, por supuesto, el ltimo es el que debita

    especficamente su cuenta institucional. La justicia es un producto de

    un sistema ( el sistema judicial ) y este sistema no est integrado solo

    por jueces .Si comprendemos que el Poder Judicial o mas concretamente los

    jueces son organismos productores de justicia , veremos enseguida

    que el producto final, sera incomprensible sin los insumos

    recibidos de otros organismos autnomos ( como el Ministerio Pblico

    y el naciente Ministerio de la Defensa Publica) e incluso los aportes de

    otros organismos, dependientes de otros poderes, como la Polica Nacional ( dependiente del poder ejecutivo ) y las Penitenciaras

    ( dependientes del Ministerio de Justicia) , Registros Pblicos

    ( dependientes de distintos ministerios ) , y otros organismos tan diversos

    como el Ministerio de Relaciones Exteriores ( para la legalizacin de los

    documentos de entrada y salida al exterior), la Aduana , los Municipios

    que hasta hoy otorgan la matrcula a los automotores , y muchos otros

    sin los cuales el juez no podra en modo alguno hacer justicia.

    La justicia institucional de la que hablbamos, entonces, a pesar de

    ser una justicia profesional y de ser proveda por funcionarios

    especficamente habilitados para el efecto, resulta ser el resultado de un

    complejo SISTEMA DE ADMINISTRACION DE JUSTICIA que debe ser

    tratado como tal y monitoreado en su conjunto para asegurar la excelencia

    del producto final buscado: la justicia.

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    Julio Cesar Fernndez Toro , en el II Congreso Iberoamericano del

    CLAD ( Centro Latinoamericano de Administracin para el Desarrollo)

    sobre la Reforma del Estado y de la Administracin , encuentra tres

    grandes infraestructuras que conforman el llamado Sector de Justicia del

    Estado:

    a) La infraestructura de produccin judicial, que est

    conformada por aquellos rganos encargados de la funcin

    judicial ( Cortes Supremas, Cortes Constitucionales,

    Tribunales en general ) ...

    Organos, siempre segn Fernndez Toro, cuyo productofinal ( justicia) est dirigido a los usuarios externos o

    finales del sector

    b)La infraestructura auxiliar de justicia, que est integrada

    por los rganos encargados de la preparacin y ejecucin

    complementaria de la actividad judicial ( policas de

    investigacin y substanciacin, Ministerios Pblicos,Administraciones penitenciarias, registros y notaras, entre

    otros ) y

    c)La infraestructura de Apoyo logstico, que en otras

    memorias se ha llamado la administracin de la

    administracin de justicia

    Siguiendo los lineamientos de Fernndez Toro ( que concluye creando

    modelos ideales de sistemas) , pero con mas pretensin de describir el

    sistema paraguayo que crear una teora , desplegamos en una tabla que

    tendrn oportunidad de ver cuando reciban el material , un cuadro completo

    del sistema judicial paraguayo.

    Luego de estar durante aos acusado ( el Poder Judicial ) de

    complicidad con el Gobierno desptico (practicante de la doctrina de la

    seguridad nacional, la cual, por supuesto, abarcaba la seguridad pblica

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    relativa a delitos comunes) , la nueva justicia se encuentra con una sociedad

    que ya no teme ( ni recuerda) la represin del estado policial y que , por

    otra parte , siente una profunda y ansiosa necesidad de seguridad . El

    problema no es local y se citan casos como Ro de Janeiro y New York que

    se transformaron en ciudades habitables gracias a acciones oportunas. Estas

    acciones fueron justamente del tipo mencionado mas arriba, de

    coordinacin y no de represin institucional. Es cierto que en Brasil hubo y

    hay denuncias de grave brutalidad policaca, pero no hay razones para dar a

    esa brutalidad el mrito de la mejora y el poder judicial de esos lugares no

    ha perdido su independencia para condenar dichas brutalidades.La Justicia Institucional , en suma , requiere una solucin

    especifica para un rgimen democrtico como el que buscamos. En la

    Epoca de Stroessner no haba problema de coordinacin pues todo se

    coordinaba jerrquicamente a partir del Presidente de la Repblica y el

    Ministro del Interior que tena sus Delegados de Gobierno de los cuales

    dependan las policias locales .Que es lo que tenemos ahora :

    1) Jueces independientes que ya no tienen la facultad inquisitiva de

    investigar.

    2) Fiscales independientes que tienen a su cargo la investigacin y la

    acusacin

    3) Policas independientes que niegan tener otra dependencia que no sea la

    del Presidente de la Repblica .Concretamente no quieren obedecer a

    los Fiscales .

    4) Muy pocos miembros de la Defensa Publica, sin medios ni

    infraestructura.

    El sistema judicial , que tiene adems otros obstculos en el interior de

    la Repblica cuando les toca ser jueces en una comunidad que vive de la

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    mariguana o del rollo trfico y donde el obispo regional los trata de

    inmorales y corruptos cuando quieren cumplir la ley.

    5) Dos Poderes Polticos tradicionales decididos a acogotar a cualquier

    otro Poder nuevo que nazca sea cual fuere la importancia de su funcin

    para el pais.

    6) Una rama nueva , increblemente costosa , del Poder Judicial y que

    carga su presupuesto ,la Justicia Electoral, en la cual se incluyen ademas

    de jueces que trabajan cada dos o tres aos y Tribunales de Apelacin,

    que desde que fueron fundados no han dictado doscientas sentencias,

    incluyen los gastos administrativos de las elecciones y el SUBSIDIO ALOS PARTIDOS POLITICOS!!!!!!

    Con este panorama no podremos en modo alguno lograr la seguridad

    publica que tan ansiosamente pide la comunidad . Se impone que todos ,

    autoridades de los tres poderes , y tambien lideres de opinin

    incluyendo a la Iglesia catlica y los medios- nos sentemos en una mesa

    y nos pongamos de acuerdo sobre temas fundamentales para que elsistema funcione :

    1.Cual es la infraestructura minima necesaria para que pueda operar en

    plenitud (con fiscales, defensores y jueces suficientes) y dotar de ella al

    poder judicial .

    2.-Cuales son los delitos mas importantes a los cuales los fiscales y

    jueces deben dar principal atencin para que la poblacin se sienta

    tranquila y pueda producir y respetar a sus autoridades.

    3.- Cuales son las consideraciones que el estado de necesidad nos obliga

    a respetar en los ciudadanos y si estas consideraciones no estn en la

    legislacin , proponer las modificaciones necesarias , pero no obligar al

    Juez y al Fiscal a actuar en contra de su deber profesional , cometiendo

    el delito de no aplicar la ley y las penas que correspondan a

    determinados delitos .

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    la Paz Social es el Fruto de la Justicia , el DERECHO es el

    instrumento del que dispone el Estado para realizar la justicia en la

    sociedad.

    La justicia no la ejercen solo los jueces. La justicia es el fruto de un

    sistema judicial que requiere de un algo grado de coordinacin que

    debe ser parte de agenda de gobernabilidad del pas .

    Si realmente creemos en la democracia , luchemos por la paz social ,

    Si queremos la paz social luchemos por la justicia

    y si queremos justicia , luchemos por el derecho.

    Muchas gracias.

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