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CONSTITUCIÓN DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA
DE VENEZUELAARTÍCULOS: 70, 118, 184, 299,308Gaceta oficial N° 37258 del 18 de septiembre del año 2001OBJETOnormas y funcionamiento,
mecanismo de integración y participación en los procesos comunitarios de dichos entes con los sectores públicos, privados y con la economía social participativa.
KARLA REYNA
COOPERATIVAS
Personas que se unen por un proceso de acuerdo voluntario , para hacer frente, para generar bienestar integral ,colectivo y personalmente. Empresa de propiedad colectiva gestionadas y controladas democráticamente.
INSTANCIAS DE LA COOPERATIVAS
INSTACIA DE ADMINISTRACIÓN
Representa a la cooperativa en
conformidad con la ley, integrada por 3 miembros y ejercerán su función por
1 año.
KARLA REYNA
FUNCIONES DE LA INSTANCIA DE ADMNISTRACIÓN
COORDINADOR GENERAL
Asentar las sesiones de administración y de la asamblea.
Firmar junto con los dos miembros, hacer operaciones financieras y debe estar con el acta que acredite que ejerce ese cargo.
Otorgar los contratos que hacen referencia los estatutos.
SECRETARIO
Asentar actas y reuniones en los libros respectivos.
Convocar reuniones.Llevar libros de registro de asociados.Tramita correspondencia y expide los certificados.
TESORERO
Velar por que transacciones se lleven correctamente.
Custodiar la documentación de la cooperativa.
Irregularidad en los pagos de los asociados.
Presentar balance de comprobación bancaria así como también los registros detallados.
KARLA REYNA
INSTANCIA DE CONTROL Y EVALUACIÓN
Vigilar las funciones y esta presidida por un miembro principal.
FUNCIONES
CONTRALOR INTERNO:
Hacer análisis financieros.
Correctivos para el mejor.
Presentar a la asamblea informes KARLA REYNA
BASES LEGALES
DECRETO CON FUERZA DE LEYESPECIAL DE ASOCIACIONES COOPERATIVAS
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
OBJETIVO DE LA LEY Artículo 1:
Tiene como objeto establecer las
normas generales para la organización
y funcionamiento de las cooperativas.
Fabiola Cabriles
VALORES COOPERATIVOS
Artículo 3:
se basan en valores de
ayuda mutua, esfuerzo propio,
responsabilidad, democracia,
igualdad, equidad y
solidaridad.
AUTONOMIA
Artículo 5:
el Estado garantizará el
libre desenvolvimiento y la
autonomía de las cooperativas
para el desarrollo de cualquier
tipo de actividad económica y
social de carácter lícito.
REGIMEN
Artículo 8:
Las cooperativas y su
forma de coordinación,
asociación e integración se
regirá por la constitución, esta
ley y su reglamento.
Fabiola Cabriles
Artículo 9:
el acuerdo para constituir una
cooperativa se materializará en un acto
formal.
CAPITULO I I
DE LA CONSTITUCIÓN
ACTO DE CONSTITUCIÓN
FORMALIDAD Y TRAMITE
Artículo 10:
la reunión constitutiva de los
asociados fundadores, decidirá quienes
realizaran los trámites para obtención de
la persona jurídica.
EXENCIÓN DE PAGO
Artículo 12:
la inscripción en el registro público
del acta constitutiva y estatuto de las
cooperativas, así como del registro y
expedición de copias de cualquier otro
documento estará exento de pago.
Fabiola Cabriles
CONTENIDO DEL ESTATUTO
Artículo 13: como mínimo contendrá
Denominación, duración y domicilio. Determinación del objeto social. Régimen de responsabilidad coordinaciones de ingreso de los asociados.
Modalidades de toma de decisiones. Formas de organización. Régimen económico.
Fabiola Cabriles
BASE LEGAL
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
18 de Septiembre de 2001. Ley especial de Asociaciones Cooperativas.
El incentivo Fiscal.
El otorgamiento de créditos.
La obtención de contratos otorgados.
SUS OBJETIVOS
Mileyda Aparicio
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Ley especial de asociaciones cooperativas.
Las providencias administrativas.
FUENTES PRINCIPALES DEL DERECHO
COOPERATIVO Artículo 118.
Artículo 308.
Artículo 184.
Artículo 52.
Artículo 299.
LA CONSTITUCIÓN HACE REFERENCIA
Mileyda Aparicio
EL DECRETO DE LEY DE CREACIÓN, ESTIMULO, PROMOCIÓN Y
DESARROLLO DEL SISTEMA MICROFINANCIERO SUSTENTADA EN
LA GACETA OFICIAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA N°
37.164 DEL 22 DE MARZO DE 2011.
Titulo IV capítulo V “De los derechos sociales y de las familias”
Capítulo VII “De los derechos económicos”
Titulo VI, capítulo I “Del régimen socioeconomico y en función del estado en la economía.
Yenny León
EL DECRETO DE LEY DE CREACIÓN, ESTIMULO, PROMOCIÓN Y
DESARROLLO DEL SISTEMA MICROFINANCIERO.OBJETO
CAPÍTULO IDISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1:el presente decreto ley tiene por
objeto crear, estimular, promocionar y desarrollar el sistema microfinanciero, para atender la economía popular y alternativa, a los fines de su incorporación a la dinámica del desarrollo económico y social.
* Las microfinanzas
DEFINICIONES
Artículo 2:a los efectos del presente
decreto de ley se entiende por:
Sistema microfinanciero.Microempresario.Servicios no fiancieros.Servicios financiero.Microcredito.
Artículo 3:los entes organizaciones públicos
y privados que integren el sistema microfinanciero deben ser diligentes en el retorno y la recuperación de los recursos económicos y la sustentabilidad de sistema en forma eficiente y oportuna.
Yenny León
Artículo 4:la actividad objeto del presente
decreto ley será desarrollada por los entes de ejecución. Los referidos entes pueden ser asociaciones civiles, fundaciones, fondos, cooperativas de ahorros y crédito, organizaciones públicas y privadas, constituidas prestar los servicios previstos en el presente decreto ley adoptando o no la forma de banco.
EJECUCIÓN DE LA ACTIVIDAD
Yenny León
CAPITULO II
DE LA PROMOCIÓN Y DESARROLLO DEL
SISTEMA MICROFINANCIERO
PROMOCIÓN
Artículo 5:el ejecutivo nacional es el
encargado de coordinar con los entes de ejecución, las acciones y decisiones necesarias para promover el desarrollo microfinanciero.
LINEAMIENTOS
Artículo 6:el ejecutivo nacional
ejecutara las acciones y decisiones mencionadas en el artículo anterior basados principalmente en los siguientes lineamientos.
Haydee sosa
Promoción de programas y mecanismos que estimulen
la productividad y competitividad del sistema
microfinanciero.
Apoyo y promoción para la suscripción de convenios.
Creación y fortalecimiento de programas .
Apoyo para mejorar la eficiencia de recursos humanos.
Evaluación de los resultados.
Haydee sosa
CAPITULO IV
DEL FONDO DE DESARROLLO MICROFINANCIERO
SECCIÓN i
DE LA CREACIÓN Y PATRIMONIO
NATURALEZA
Articulo 8:se crea el desarrollo
microfinanciero, ente con personalidad jurídica y patrimonio propio e independiente de Hacienda Pública Nacional adscrito al ministerio de Finanzas.
OBJETO
Articulo 9: Tiene por objeto principal
apoyar las políticas de fomento, desarrollo y fortalecimiento del sistema de microfinanzas en los términos de este decreto de ley.
PATRIMONIO
Articulo 10: esta formado por: aportes del
ejecutivo nacional, organizaciones internacionales, agencia de cooperaión.
Haydee sosa
SECCIÓN i I
DE LAS OPERACIONES
FIDEICOMISO PARA LA EJECUCIÓN DE ACTIVIDADES
Artículo 12:
el ejecutivo nacional puede otorgar a través de fideicomisos los recursos necesarios para la ejecución de actividades.
Haydee sosa
CAPITULO V
DE LOS CRÉDITOS Y SUS
FINANCIAMIENTOS
CRÍTERIOS PARA EL OTORGAMIENTO DE
CRÉDITOS
Artículo 15:los créditos se
fundamentan en: análisis crediticios, flexibles de los requisitos, incremento, progresivo de montos.
LAPSO DE FINANCIAMIENTO DE CRÉDITOS
Artículo 16:Pueden ser financiados
hasta por un periodo de 5 años.
Haydee sosa