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I.E. 80143 REGLAMENTO INTERNO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA 80143 “TRMC” 2015 I. CAPÍTULO: DISPOSICIONES GENERALIDADES. Art. 01 Definición El Reglamento Interno es un documento de Gestión Educativa en el cual se plasman los lineamientos pedagógicos, institucionales y administrativos que orientan la buena marcha de la Institución Educativa 80143- ESPM/A1 “TRMC”- Marcabal; los cuales están acorde con lo establecido en los otros documentos de gestión. Art. 02 Finalidad En el presente documento se establecen las Normas y Procedimientos internos a los que debe sujetarse el personal que labora en la I.E. 80143- ESPM/A1 “TRMC”- Marcabal, a fin de facilitar su funcionamiento, con el objetivo de brindar un mejor servicio educativo. Son fines del presente reglamento: a. Fomentar la práctica de valores, buenos hábitos y actitudes que fortalezcan su capacidad, intelectual, afectiva, productiva y cultural. b. Desarrollar una conciencia cívico – patriótica en el marco de un buen ejercicio ciudadano. c. Propiciar condiciones organizativas favorables para el desarrollo del proceso de enseñanza – aprendizaje en un buen clima institucional. d. Normar la participación de todos los miembros de la comunidad educativa en los aspectos de Gestión Pedagógica, Gestión Institucional y Administrativa, de acuerdo a la normatividad legal vigente. e. Cumplir los fines y objetivos de la Educación Peruana, en concordancia con el Proyecto Educativo Institucional, en los niveles de educación Primaria y Secundaria. f. Garantizar la eficiencia del Servicio Educativo. Art. 03 Base legal a. Constitución Política del Perú. b. Ley General de Educación Nº 28044 c. Ley Nº 28628 que Regula la Participación de la Asociaciones de padres de familia en las Instituciones Educativas Públicas. d. Ley del SINEACE Nº 28740 e. Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial f. Ley Nº28332 ( FONDEP) g. Ley 29694 “Ley que protege los consumidores de las prácticas abusivas en la selección y adquisición de textos escolares”, modificados por la Ley 29839 h. Ley Nº 27444 “Ley del Procedimientos Administrativos” i. Ley Nº 27806 “Ley de Transparencia que garantiza el derecho fundamental de acceso de información” j. Ley 29392 “Ley General de la Persona con Discapacidad” k. Ley Nº 29060 Ley de Silencio Administrativo. l. Ley Nº 27815 “Ley del Código de Ética de la Función Pública” m. Ley Nº 28119, Ley que prohíbe el acceso de Menores de edad a páginas web de contenido pornográfico

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I.E. 80143

REGLAMENTO INTERNO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA 80143 “TRMC” 2015

I. CAPÍTULO:DISPOSICIONES GENERALIDADES.

Art. 01 DefiniciónEl Reglamento Interno es un documento de Gestión Educativa en el cual se plasman los lineamientos pedagógicos, institucionales y administrativos que orientan la buena marcha de la Institución Educativa 80143- ESPM/A1 “TRMC”- Marcabal; los cuales están acorde con lo establecido en los otros documentos de gestión.

Art. 02 Finalidad En el presente documento se establecen las Normas y Procedimientos internos a los que debe sujetarse el personal que labora en la I.E. 80143- ESPM/A1 “TRMC”- Marcabal, a fin de facilitar su funcionamiento, con el objetivo de brindar un mejor servicio educativo.Son fines del presente reglamento:a. Fomentar la práctica de valores, buenos hábitos y actitudes que fortalezcan su

capacidad, intelectual, afectiva, productiva y cultural.b. Desarrollar una conciencia cívico – patriótica en el marco de un buen ejercicio

ciudadano.c. Propiciar condiciones organizativas favorables para el desarrollo del proceso de

enseñanza – aprendizaje en un buen clima institucional.d. Normar la participación de todos los miembros de la comunidad educativa en los

aspectos de Gestión Pedagógica, Gestión Institucional y Administrativa, de acuerdo a la normatividad legal vigente.

e. Cumplir los fines y objetivos de la Educación Peruana, en concordancia con el Proyecto Educativo Institucional, en los niveles de educación Primaria y Secundaria.

f. Garantizar la eficiencia del Servicio Educativo.

Art. 03 Base legala. Constitución Política del Perú.b. Ley General de Educación Nº 28044 c. Ley Nº 28628 que Regula la Participación de la Asociaciones de padres de familia en

las Instituciones Educativas Públicas.d. Ley del SINEACE Nº 28740 e. Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterialf. Ley Nº28332 ( FONDEP)g. Ley 29694 “Ley que protege los consumidores de las prácticas abusivas en la

selección y adquisición de textos escolares”, modificados por la Ley 29839h. Ley Nº 27444 “Ley del Procedimientos Administrativos”i. Ley Nº 27806 “Ley de Transparencia que garantiza el derecho fundamental de acceso

de información”j. Ley 29392 “Ley General de la Persona con Discapacidad”k. Ley Nº 29060 Ley de Silencio Administrativo.l. Ley Nº 27815 “Ley del Código de Ética de la Función Pública”m.Ley Nº 28119, Ley que prohíbe el acceso de Menores de edad a páginas web de

contenido pornográficon. Ley N° 29719 Que Promueve la Convivencia sin Violencia en las Instituciones

Educativas y su D.S. N° 010-12 ED. Que aprueba el Reglamento de la Ley 29719o. Decreto Legislativo 276 “Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones

del Sector Público” y su Reglamento D.S. Nº 005-90-PCM. p. D.S N° 011-2012-ED, Reglamento de la Ley General de Educación Nº 28044q. D.S. Nº 050-82 “Reglamento del Sistema de Supervisión” r. D.S. Nº 008-2006-ED “Lineamientos para el seguimiento y control de la Labor

Educativa de Trabajo Docente en las II.EE.”s. D.S. N º 010-2012-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29719, Ley que

promueve la Convivencia sin Violencia en las II.EE.t. D.S. Nº 017-2012 “Aprobación de la Política Nacional de Educación Ambiental”u. D.S. Nº 04-2006-ED “Reglamento de la Ley que Regula la Participación de las

Asociaciones de Padres de Familia en la I.E.P.”

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v. D.S. Nº 028-07-ED. Reglamento de Gestión de Recursos propios y actividades productivas empresariales en las Instituciones Educativas Públicas

w. Decreto Supremo Nº 004-13-ED. “Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial”.x. R.S. Nº 002-2007-ED. Proyecto Educativo Nacional al 2021 – la Educación que

Queremos para el Perúy. R.M. Nº 352-89-ED, Normas y procedimientos sobre Auxiliares de Educación en los

centros educativos de Inicial, Primaria y Secundariaz. R.M. Nº 353-89-ED, Manual de Funciones para el personal administrativo en las II.EE.aa. R.M. Nº 574-94-ED, Reglamento de Control de Asistencia y Permanencia del

Personalbb. R.M. Nº 516-2007-ED “Lineamientos para el proceso de matrícula escolar en II.EE.

públicas de EBR”cc. R.M. Nº 519-2012-ED Aprobar Directiva Nº 019-2012-MINEDU/VMGI-OET,

denominada “Lineamientos para la prevención y protección de las y los estudiantes contra la violencia ejercida por el personal de las Instituciones Educativas”.

dd. R.M. Nº 622-2013-ED, Aprueba las Normas y Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2014 en las Instituciones Educativas de EBR .

ee. R.M. Nº 624-2013-ED, aprueba las normas para la “Elaboración y Aprobación del Cuadro de Distribución de Clases en EBR”.

ff. R.M. N° 0155-08-ED “Guía para el Diseño, administración, funcionamiento, conducción y adjudicación de Quioscos en Instituciones Educativas Públicas”.

gg. R.M. Nº 073-2002-ED. aprueba directiva Nº 08-2002/ME-VMGI Elección de los Representantes de Estudiantes y Padres de Familia a los CONEIS de las II.EE. Estatales.

hh. R.D. Nº 343-2010-ED Normas para el Desarrollo de las acciones de Tutoría y Orientación Educativa.

ii. RVM Nº 038-2009-ED”Lineamientos y Estrategias Generales para la Supervisión Pedagógica”.

jj. Directiva Nº 004-2005-VMGP “Evaluación de los Aprendizajes de los estudiantes de EBR”, aprobada, por R.M. Nº 0234-2005-ED, complementada y modificada por R.M. Nº 0387-2005-ED.

kk. R.M. N° 451-2014-ED “Crear el modelo de servicio educativo “Jornada Escolar Completa para las instituciones educativas públicas del nivel de educación secundaria”.

ll. D.S.N° 028-215-EF “Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico par el Año Fiscal 2015, para financiar las acciones relacionadas a la implementación de la jornada escolar completa y a la enseñanza del idioma ingles en instituciones educativas públicas”.

mm. R.M. N° 008-2015-ED “Normas para la implementación del Modelo de Servicio Educativo Jornada Escolar Completa para las Instituciones Públicas del nivel de educación secundaria”.

Art. 04 AlcancesLas disposiciones contenidas en el presente Reglamento Interno alcanzan al personal Directivo, Docente, Auxiliar, personal administrativo, estudiantes, padres de familia, y organizaciones internas de la Institución Educativa.

II. CAPÍTULO:DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA.

Art. 05 Creación y ubicaciónLa Institución Educativa 80143- ESPM/A1 “TRMC”, tiene su sede institucional en el distrito de Marcabal, provincia se Sánchez Carrión. Esta institución fue creada por Resolución Ministerial Nº 1113- 1971.

Art. 06 Fines Formar niños(as) y adolescentes capaces de lograr su realización ética, intelectual,

artística, cultural, afectiva, física, espiritual y religiosa, promoviendo la formación y consolidación de su identidad y autoestima buscando su integración adecuada a la sociedad para el ejercicio de su ciudadanía en armonía con su entorno, así como lograr el desarrollo y fortalecimiento de sus capacidades y habilidades para vincular su vida con el mundo del trabajo y afrontar los incesantes cambios en la sociedad y el conocimiento.

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Contribuir a formar una sociedad democrática, solidaria, justa, inclusiva, próspera, tolerante y forjadora de una cultura de paz que afirme la identidad nacional sustentada en la diversidad cultural, étnica y lingüística.

Art. 07 Objetivos.a. Referidos a educación primaria:

Reconocer al niño y niña como persona, con derechos y responsabilidades, aceptando sus diferencias y con posibilidades de participar y aportar con protagonismo creciente en los procesos sociales de la escuela y la comunidad.

Valorar la diversidad sociocultural, afectiva y espiritual del niño, enriqueciéndola con el conocimiento de la cultura universal y de la realidad pluricultural del país.

Implementar estrategias para el desarrollo del pensamiento lógico matemático, y para mejorar sus procesos lectores e intenciones comunicativas. Desarrollar su expresión artística y psicomotricidad.

Facilitar el logro de aprendizajes sobre las ciencias y humanidades. Fortalecer el aprendizaje autónomo, facilitado por medios tecnológicos. Fortalecer la autonomía del niño, el significado de la convivencia con otros, el

respeto a las diferencias y la comprensión y valoración de su ambiente familiar, cultural, social y natural, así como el sentido de pertinencia.

Implementar estrategias de atención diversificada en función de los ritmos y estilos de aprendizaje.

Implementar el programa de fortalecimiento de la Educación Física. Realizar una atención tutorial individual y grupal a los niños y niñas.

b. Objetivos referidos a educación secundaria: Implementar la Jornada Escolar Completa. Implementar las aulas funcionales de comunicación, matemática, inglés y

laboratorios de biología y física. Brindar el servicio de inglés como lo estipula la JEC, con cinco horas semanales;

haciendo uso del Modelo Bleended, plataformas virtuales. Brindar el servicio de psicología y orientación de forma permanente. Realizar una atención tutorial individual y grupal a los adolescentes. Brindar el servicio por competencias y capacidades. Brindar a los adolescentes una formación humanística, científica y tecnológica, así

como una capacitación para el trabajo. Afianzar la identidad personal y social del estudiante. Brindar una formación integral que permita a los estudiantes adolescentes un

desarrollo físico, afectivo y cognitivo; reconociendo sus cambios físicos e identidad de género logrando la valoración de sí mismos como personas y respetando a los demás,

Promover en los estudiantes el fortalecimiento de las competencias y capacidades del marco curricular, JEC, rutas de aprendizaje; para la apropiación de nuevas tecnologías que les permitan la construcción del conocimiento, solución de problemas, la creatividad, pensamiento crítico; combinando sus diferentes capacidades humanas así como la aplicación de estrategias de aprendizaje, la formulación de proyectos y la toma de decisiones.

Brindar las orientaciones para la elaboración de su proyecto de vida, sustentado en valores éticos y sociales que les facilite la toma de decisiones vocacionales y profesionales.

Preparar al estudiante para acceder a niveles superiores de estudio.

III. CAPÍTULO:FUNCIONES GENERALES.

ESTRUCTURA ORGÁNICA

Art 08 Órgano de dirección Representado por el director de la IE 80143- ESPM/A1-TRMC- MARCABAL responsable de mejorar los resultados educativos mediante el ejercicio de un liderazgo pedagógico.

Art. 09 Órgano pedagógico

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Conformado por los coordinadores pedagógico de áreas curriculares, de tutoría y de innovación y de soporte tecnológico.

Art. 10 Órgano de soporte al proceso pedagógicoEstá comprendido por el coordinador administrativo y de recursos educativos, quien articula la labor del psicólogo o trabajador social, auxiliar de educación, el personal de oficina o secretaria y el personal de mantenimiento y vigilancia y seguridad; orientada a mejorar la calidad del servicio educativo y el logro de los aprendizajes de los estudiantes.

Art. 11 Órgano de participación, concertación y vigilancia:Es el órgano de participación, concertación y vigilancia ciudadana de la institución educativa que colabora con la promoción y ejercicio de una gestión eficaz transparente, ética y democrática.

Art. 12 Docentes:Nivel primarioNivel secundario

Art. 13 APAFA.Comité de APAFA.

Funciones del Director

Art. 14 En lo pedagógico:a. Elaborar, aprobar, ejecutar y evaluar el Proyecto Educativo Institucional, así como su

Plan Anual de Trabajo y su reglamento interno en concordancia con su línea axiológica y los Lineamientos de Política Educativa Pertinente.

b. Organizar, conducir y evaluar sus procesos de Gestión Institucional, Administrativa y Pedagógica.

c. Diversificar y complementar el currículo básico, realizar acciones tutoriales y seleccionar los libros de texto y materiales educativos.

d. Diseñar, ejecutar y evaluar proyectos de innovación pedagógica y de gestión, experimentación e investigación educativa

e. Elaborar el PCIE en coordinación con el personal docentef. Conducir, supervisar, acompañar y evaluar el desarrollo integral del currículo

articulando las acciones académicas, de tutoría y orientación del educando de acuerdo a las orientaciones metodológicas.

g. Implementar a los docentes, coordinadores pedagógicos y de tutoría en el proceso de monitoreo Y acompañamiento pedagógico.

h. Administrar el SIAGIE.i. Administrar el SISEVE.j. Dirigir la elaboración y ejecución del Plan de Supervisión Interna.k. Hacer cumplir el Reglamento Interno del Colegio.l. Controlar el ingreso oportuno de los calificativos por bimestre y trimestre.m.Atender a los alumnos y padres de familia en el aspecto académico.n. Organizar, planificar, ejecutar y evaluar el Plan de acción para la Mejora de los

Aprendizajeso. Promover el desarrollo educativo, recreativo, cultural y deportivo de la comunidad.p. Programar y desarrollar acciones de capacitación, talleres de inter aprendizaje y

actualización para el personal

Art. 15 En lo administrativo:a. Otorgar certificados, diplomas y otros según corresponda.b. Formular, ejecutar y evaluar el presupuesto anual de la institución.c. Participar, con el Consejo Educativo Institucional, en la evaluación para el ingreso,

ascenso y permanencia del personal docente. Estas acciones se realizan en concordancia con las instancias intermedias de gestión, de acuerdo a la normatividad específica.

d. Delegar Funciones a otros miembros de la comunidad educativa.e. Estimular el buen desempeño docente estableciendo en la institución educativa,

prácticas y estrategias de reconocimiento público a las innovaciones educativas y experiencias exitosas.

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f. Velar por el mantenimiento y conservación del mobiliario, equipamiento e infraestructura de la institución educativa, y gestionar la adquisición y/o donaciones de mobiliario y equipamiento así como la rehabilitación de la infraestructura escolar.

g. Optimizar la calidad de los aprendizajes y del desempeño docente, con medidas que promuevan y estimulen a la innovación Pedagógica y la diversificación curricular, la investigación y propuestas experimentales, orientadas a cualificar los logros de aprendizaje y propuesta docente en el aula y el desarrollo de diversos talentos en estudiantes y docentes.

h. Elaborar y remitir el parte mensual de asistencias e inasistencias en forma oportuna i. Monitorear, supervisar y evaluar continuamente el servicio Educativo, acompañando y

asesorando los esfuerzos de los docentes para mejorar la calidad de la práctica pedagógica.

j. Crear espacios y oportunidades constantes de ínter aprendizajes de reflexión y sistematización de la práctica dirigida a mejorar las competencias de los docentes y las condiciones de aprendizaje de los alumnos.

k. Organizar en forma regular eventos de capacitación, reflexión y actualización docente, así como evaluar su ejecución e impacto.

l. Suscribir convenios y/o contratos entre la Institución educativa y otras entidades con fines educativos, deportivos y culturales, sin afectar las horas de aprendizaje en el aula.

m.Autorizar y promover visitas de estudio, excursiones y demás actividades de aprendizaje fuera de la Institución Educativa, supervisando la existencia de medidas y previsiones que garanticen el aprovechamiento pedagógico de éstas experiencias.

n. Garantizar el cumplimiento efectivo del tiempo de aprendizaje, evitando la pérdida de horas por motivo de aniversario, desfiles u otras actividades no relevantes.

o. Incentivar la participación de los alumnos ofreciéndoles canales y oportunidades constantes, permitiendo y alentando diferentes formas de organización autónoma, como municipios escolares y consejos estudiantiles, dirigidos a contribuir al desarrollo del Proyecto Educativo de la Institución.

p. Presentar su informe de gestión anual ante la comunidad educativa.q. Conformar el comité de Gestión de recursos financieros, el cual deberá informar de

manera pública y transparente a la comunidad educativa del manejo de recursos y bienes del centro educativo.

r. Presidir el comité de Gestión de recursos financieros que tendrá entre sus funciones adjudicar la administración de kioscos de la Institución Educativa de acuerdo a las normas y disposiciones vigentes, con conocimiento del consejo escolar.

s. Coordinar con la Asociación de Padres y Madres de Familia el uso de los fondos que ella recaude, teniendo en cuenta los requerimientos del Plan de Trabajo Anual y la priorización de sus gastos para los requerimientos pedagógicos y de participación cultural y deportiva.

Art. 16 En las relaciones con la comunidad educativa:a. Liderar las diferentes actividades educativas de la comunidad.b. Promover el desarrollo educativo, cultural y deportivo de su comunidadc. Prevenir y mediar en situaciones de conflicto, creando condiciones que favorezcan

relaciones humanas positivas al interior de la comunidad escolar.d. Asegurar la participación rotativa de todos los docentes en las capacitaciones y

garantizar la realización del efecto multiplicador.e. Presidir y asesorar todas las comisiones de trabajo.f. Manejar un inventario general de la I.E.

Art. 17 En relación a los niños(as) y adolescentes con necesidades especiales en la IE:a. Propiciar un ambiente institucional favorable al desarrollo del estudiante.b. Disponer de oficio la matricula del menor abandonado o en riesgo de abandono y

coordinar acciones de ayuda con diversas instituciones.c. Comprometer a la comunidad educativa a intervenir a favor de la situación de niños,

niñas y adolescentes trabajadores y con necesidades especiales, tomando medidas que garanticen su integración a la I.E.

d. Brindar protección y dar a conocer a la autoridad pertinente situaciones de riesgo que afecte la integridad de los estudiantes en casos como bullyng, acoso sexual, maltrato infantil, drogadicción y pandillaje, según la legislación pertinente.

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e. Promover la participación de los y las estudiantes en acciones y campañas que busque la prevención de la violencia ejercida en su contra por los miembros de la comunidad educativa.

f. Promover la educación básica especial que tenga un enfoque inclusivo, matriculando a personas con necesidades educativas especiales con el fin de conseguir su integración en la vida comunitaria y su participación en la sociedad.

g. Insertar a Niños y adolescentes superdotados o con talentos específicos a recibir una educación formal.

h. Orientar a los y las estudiantes y a su familia sobre las acciones a realizar ante un acto de violencia; así como acompañarlos a los servicios locales de protección y asistencia correspondientes, bajo responsabilidad.

i. Garantizar que todos los integrantes de la comunidad educativa, comuniquen a la Dirección, respecto a toda situación de violencia contra los y las estudiantes sobre la que tengan conocimiento.

j. Asegurar la permanencia en la I.E., de los y las estudiantes que hayan sido víctimas de actos de violencia, sin desatender a su recuperación a fin de garantizar su integridad física y psicológica.

k. Cautelar la confidencialidad y reserva que el caso amerita.l. Informar inmediatamente a la autoridad policial o al Ministerio Público, sobre los

hechos de violencia que constituyan presuntos actos delictivos o faltas; asimismo informar a la UGEL.

Art. 18 Funciones de los coordinadores pedagógicos:Es un profesor que cumple una jornada laboral de 30 horas pedagógicas semanales, de las cuales doce (12) horas pedagógicas serán destinadas para desarrollar sesiones de enseñanza aprendizaje con los estudiantes y 18 horas para realizar labores de acompañamiento, trabajo colegiado con los docentes a su cargo y revisión y elaboración de documentos técnico pedagógicos.

a. Orientar y promover la participación de los actores de la IE en la planificación, ejecución y evaluación curricular de las áreas curriculares, a partir de las necesidades, características e intereses de los estudiantes y del contexto, considerando las metas de aprendizaje.

b. Programar acciones para implementar y realizar seguimiento a las estrategias establecidas en el plan de mejora para alcanzar las metas de aprendizaje proyectadas para cada área curricular, grado y ciclo a su cargo.

c. Coordinar la elaboración del análisis estadístico de los logros aprendizaje y el del diagnóstico pedagógico de los logros de aprendizaje de las áreas curriculares a su cargo.

d. Analizar, de manera colegiada y en forma periódica, los resultados de aprendizaje obtenidos por los estudiantes en las distintas áreas curriculares a su cargo para desarrollar estrategias de mejora de los aprendizajes.

e. Realizar el acompañamiento pedagógico a los profesores a su cargo y promover estrategias formativas diversas (sesiones compartidas, aulas abiertas) para garantizar la mejora de los procesos pedagógicos y los aprendizajes.

f. Promover la integración de las TIC en los procesos pedagógicos y el desarrollo de la labor tutorial con el apoyo de los coordinadores correspondientes.

g. Organizar al equipo docente para formar comunidades de aprendizaje por áreas curriculares, grados o ciclos, a partir de las dificultades y fortalezas identificadas en el proceso de acompañamiento, para la mejora de su desempeño.

h. Promover en los profesores el uso de estrategias y acciones de comunicación permanente y colaboración con las familias, las empresas, instituciones públicas y privadas, y la comunidad (visitas de estudio, proyectos curriculares, tertulias, entre otras).

i. Conducir sesiones de aprendizaje (sesiones compartidas, aulas abiertas) para usar como insumo en la asesoría a los docentes.

j. Orientar a los profesores el desarrollo de estrategias de reforzamiento pedagógico, así como la implementación y ambientación de las aulas funcionales de las áreas curriculares a su cargo.

k. Coordinar con el personal directivo de la IE, la participación de profesionales u otros actores de la comunidad en el proceso de aprendizaje de las áreas curriculares, así

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como el desarrollo de estrategias de aprendizaje en diversos escenarios de la comunidad.

l. Orientar y supervisar especialmente el desarrollo de competencias socioemocionales en el

área de Educación para el Trabajo.

Art. 19 Organizaciones de la jornada laboral de los coordinadores pedagógicos:Los coordinadores pedagógicos son docentes que cumplen una jornada laboral de 30 horas pedagógicas: 12 horas para el acompañamiento a los docentes, a cada docente se le observa el

desarrollo de una sesión completa, brindándole la asesoría correspondiente. Cada semana se sugiere realizar visita en aula a cuatro (4) docentes.

12 horas para realizar sesiones de aprendizaje con los estudiantes. (Pueden asumir la función de docentes tutores)

02 horas para reuniones de trabajo colegiado con los docentes a su cargo. Estas deben programarse en el mismo día y horas que se ha programado a los docentes

02 horas para reunión de planificación y entrega de resultados con el equipo directivo 02 horas para la revisión de los documentos pedagógicos.

Art. 20 Funciones del coordinador de Tutoría:Es un profesor que cumple una jornada laboral de 30 horas pedagógicas semanales, de las cuales 12 horas pedagógicas serán destinadas a las sesiones de enseñanza aprendizaje. Este coordinador es responsable de las acciones de apoyo y acompañamiento de la atención tutorial integral dirigida a los estudiantes con enfoque orientador y preventivo. Sus funciones son: Realizar el diagnóstico de las necesidades de orientación de los y las estudiantes. Elaborar la propuesta de trabajo tutorial para el año lectivo, bajo el enfoque orientador

y preventivo y adecuarla periódicamente. Organizar, socializar y sugerir materiales y recursos que permitan dar soporte a las

actividades de tutoría. Desarrollar el acompañamiento a la acción tutorial de los profesor tutores. Sistematizar la experiencia de la implementación de las acciones tutoriales cada

bimestre/trimestre para mejorar oportunamente. Implementar estrategias de articulación de la IE con las familias de los estudiantes

para la mejora de sus capacidades socioemocionales y cognitivas. Coordinar con el equipo directivo, profesores tutores y auxiliares la identificación de

estudiantes que requieren refuerzo pedagógico y el seguimiento a las actividades de recuperación.

Promover el protagonismo estudiantil en la gestión de la Institución Educativa y del aula para fortalecer las habilidades sociales de los estudiantes.

Coordina con el director la gestión de apoyo interinstitucional que fortalezca la acción tutorial en la IE.

Coordina con los docentes de Educación para el Trabajo actividades relacionadas a la orientación vocacional (visitas, charlas, etc.)

Art. 21 Funciones del Coordinador de Innovación y Soporte Tecnológico:Coordinar y acompañar a los directivos, coordinadores, profesores y la comunidad educativa en la ejecución de actividades pedagógicas integradas a las TIC mediante las asistencias técnica en el uso eficiente de los recursos educativos, equipos tecnológicos y ambientes de aprendizaje. Orientar a los profesores acerca del uso adecuado y eficiente de los recursos

educativos tecnológicos con los que cuenta la I.E y acompañar el proceso de integración de las TIC en las sesiones de enseñanza aprendizaje.

Desarrollar propuestas de formación en alfabetización digital al personal de la institución educativa, en base al diagnóstico, para fortalecer estrategias de integración de las herramientas tecnológicas a los procesos de aprendizaje.

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Asistir y participar activamente en las reuniones de coordinación con el equipo directivo y convocar a reuniones con profesores de aulas de innovación (si lo hubiera), coordinadores pedagógicos y responsables de aulas funcionales.

Coordinar con los docentes de Educación para el Trabajo para el uso adecuado de programas informáticos que se empleen en ocupaciones con demanda en el mercado laboral local y regional.

Supervisar las instalaciones y velar por el mantenimiento de los equipos informáticos y de comunicación, asegurando el correcto funcionamiento de los equipos y red de datos.

Realizar el mantenimiento preventivo de los equipos informáticos y de comunicación, protegiendo el equipo y detectando necesidades de reparación.

Reportar el estado de los recursos tecnológicos a la dirección de la institución educativa.

Otras actividades inherentes a sus funciones que designe el Órgano de Dirección de la Institución Educativa.

Art. 22 Funciones del Profesor de aula y de área: Contribuir eficazmente en la formación de los estudiantes en todas las dimensiones del

desarrollo humano, desempeñándose con ética profesional, honestidad, justicia, responsabilidad y respeto de los derechos de la persona y compromiso social.

Planificar y conducir en forma eficaz el proceso de aprendizaje que favorezcan el desarrollo de competencias en los estudiantes, articulando de manera coherente los aprendizajes programados, sus características individual, socioculturales, evolutivas y necesidades especiales, y las estrategias y medios seleccionados.

Evaluar permanentemente el aprendizaje, para tomar decisiones y retroalimentar oportunamente a sus estudiantes y familias, teniendo en cuenta las diferencias individuales y los diversos contextos culturales.

Orientar al estudiante y contribuir a su formación integral con respeto a su libertad, autonomía, identidad, creatividad y participación

Conducir procesos de enseñanza con dominio de los contenidos disciplinares y el uso de estrategias y recursos educativos y tecnológicos pertinentes, para que todos los estudiantes aprendan de manera reflexiva y crítica, estableciendo relaciones interpersonales, asertivas y empáticas, con y entre los estudiantes, basadas en el afecto, la justicia, la confianza, el respeto mutuo y la colaboración.

Constituir con sus pares grupos de inter aprendizaje y participar de programas de formación continua, que favorezcan el trabajo pedagógico, la mejora de la enseñanza y construcción de un clima democrático en la institución educativa.

Brindar información y orientación a las familias sobre los procesos y resultados educativos, en un clima de respeto, colaboración y corresponsabilidad.

Participar activamente con actitud democrática, crítica y colaborativa en la gestión de la institución educativa, contribuyendo a la construcción y mejora continua del Proyecto Educativo Institucional en el marco de un trabajo colaborativo con la finalidad de desarrollar aprendizajes de calidad.

Art. 23 Funciones del personal de apoyo pedagógico: a. Apoyar a la labor docente durante la ejecución de prácticas en los ambientes de

laboratorios, talleres u otros espacios donde el docente lo requiera.b. Preparar equipos y materiales para la realización de las prácticas.c. Contribuir en la atención permanente de los estudiantes durante la ejecución de las

sesiones.d. Desarrollar acciones permanentes de conservación, limpieza y esterilización de

materiales e instrumentos específicos de cada laboratorio taller.

Art. 24 Funciones del personal auxiliar de educación: a. Apoyar a la labor del docente en la conducción de actividades específicas y generales

de la I.E. (Formaciones, actos cívicos, y otras celebraciones educativas, así como en los recreos) de manera permanente.

b. Informar oportunamente a los directivos sobre la asistencia de estudiantes y a los estudiantes sobre la ausencia de algún profesor en la I.E.

c. Registrar incidencias diarias de los estudiantes y la comunidad educativa, previniendo la discriminación y la violencia en las escuelas.

d. Desarrollar estrategias de diálogo permanente con los estudiantes, profesores y docentes tutores.

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e. Orientar a los estudiantes sobre actividades pedagógicas correspondientes a cada día y los acuerdos y compromisos relacionados a la convivencia democrática y ordenada en las aulas y la I.E.

f. Monitorear el ingreso y salida de estudiantes de la I.E., faltas, tardanzas, permisos y el registro de la agenda escolar.

g. Velar el ingreso oportuno de los estudiantes a sus aulas, talleres, laboratorios y otros espacios de aprendizaje en horas programadas.

Art. 25 Órgano de Soporte al Proceso Pedagógico: Contratación de personal vía CAS, dependiendo la necesidad de la I.E.

a. COORDINADORA ADMINISTRATIVA Y DE RECURSOS EDUCATIVOS: Sin hora o aula a cargo cumple las siguientes funciones: Organizar las actividades de soporte al proceso pedagógico. Asegurar el uso, mantenimiento y conservación de los recursos educativos y

ambientes pedagógicos en coordinación con el equipo directivo, profesores, personal de apoyo pedagógico y de soporte al proceso pedagógico.

Identificar de manera oportuna las carencias, insuficientes y deterioro de los materiales y ambientes de aprendizaje para coordinar el mantenimiento, reposición y baja.

Manejar la información sobre el cumplimiento de los resultados de aprendizaje y de gestión de la I.E. de manera transparente.

Gestionar la información relacionada a los materiales, equipos, recursos pedagógicos y financieros y condiciones de los ambientes de aprendizaje de la I.E.

Verificar y reportar la asistencia y permanencia del personal de la Institución Educativa durante de la Jornada Escolar programada.

Art. 26 Psicólogo o trabajador social: Brindar soporte socioemocional al equipo directivo y actores de comunidad educativa para el manejo de las prácticas y acciones de convivencia democrática e intercultural de la I.E. y de la Atención Tutorial Integral.FUNCIONES: Apoyar la formulación de estrategias para la formulación de la Convivencia

Democrática e intercultural en la I.E. Acompañar al coordinador de tutoría en el establecimiento y monitoreo de las

acciones de tutoría. Brindar soporte socioemocional a los directivos, coordinadores y profesores en su

ejercicio profesional para lograr una atención oportuna y pertinente a situaciones y casos que afecten loa convivencia democrática e intercultural en la I.E. y entre los estudiantes en los espacios de recreación y ambientes de aprendizaje.

Coordinar con los profesores y profesores tutores para orientar su accionar en la atención de situaciones de riesgo que puedan afectar a los estudiantes en los casos de violencia y acoso entre estudiantes.

Promover la elaboración colectiva e implementación de normas de convivencia para mejorar el ambiente educativo y los valores democráticos en la institución educativa.

Coordinar con el equipo directivo la organización de actividades educativas con padres y madres de familia y relacionados a los intereses y necesidades de los estudiantes para su formación integral.

Otras actividades inherentes a sus funciones que designe el órgano Directivo de la Institución Educativa.

Art. 27 Funciones de la secretaria:Facilitar el mejoramiento de la calidad de atención al interior de la IE y la comunidad, así como el registro y archivo documental de la I.E.FUNCIONES: Atender a la comunidad educativa y público usuario acorde a las necesidades de

información que requieran. Actualizar el directorio, la agenda institucional y efectuar y recibir llamadas

telefónicas si es el caso.

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Recibir, registrar, organizar y distribuir la documentación de la I.E. Redactar y digitar documentos variados de uso de los equipos de trabajo de la

institución educativa. Atender e informar al personal de la I.E sobre las gestiones a realizarse y la situación

de documentos. Actualizar la agenda del directivo o director de la institución educativa Velar por la seguridad y conservación de documentos. Mantener la información sobre los útiles de oficina y su distribución. Otras actividades inherentes a sus funciones que designe el Órgano Directivo de la

Institución Educativa.

Art. 28 Funciones del personal de mantenimiento:Contribuir en el mejoramiento de la calidad del servicio educativo a través del ordenamiento, mantenimiento y limpieza permanente de los espacios de la I.E, ambientes de aprendizaje, equipos y materiales educativos.FUNCIONES: Realizar permanentemente actividades de limpieza y mantenimiento, cuidando la

organización de los materiales y equipos de la I.E a favor del uso pedagógico. Informar sobre las condiciones de las instalaciones, mobiliarios y equipos de la I.E. Velar por el mantenimiento y limpieza del local escolar, ambientes de aprendizaje,

oficinas, servicios higiénicos, equipos y materiales educativos. Apoyar al desarrollo de actividades escolares especiales, instalando escenografías,

espacios y ambientes adecuados. Custodiar los materiales de mantenimiento y limpieza a su cargo. Realizar labores de consejería y seguridad orientando el ingreso y salida de las

personas, así como equipos, materiales, y/o vehículos de la institución. Otras actividades inherentes a sus funciones que designe el órgano Directivo de la

Institución Educativa.

Art. 29 Funciones del personal de Vigilancia: Cautelar la integridad de la infraestructura, equipos, materiales, espacios y ambientes

de aprendizaje, así como de la comunidad educativa. Cautelar la integridad de las personas y del local escolar. Verificar y registrar los bienes, mobiliarios, materiales y equipos de la institución

educativa, asimismo, los espacios y ambientes y las personas que se encuentren dentro del local escolar.

Controlar y registrar el movimiento de materiales, herramientas, equipos y bienes de la I.E.

Efectuar la identificación de las personas en el acceso y en el interior de la Institución Educativa.

Elaborar reporte de las condiciones e incidentes ocurridos en la I.E. Otras actividades inherentes a sus funciones que designe el órgano Directivo de la I.E.

Art. 30 Consejo Educativo Institucional:La comunidad educativa está conformada por Director, estudiantes, padres de familia, profesores, administrativos, ex alumnos y miembros de la comunidad local. Sus representantes integran el Consejo Educativo Institucional y participan en la formulación y ejecución del Proyecto Educativo en lo que les corresponda tienen un período de vigencia de 02 años y su elección se realiza en los 03 últimos meses del año a cambiar.

Art. 31 Funciones del Consejo Educativo Institucional:a. Participar en la formulación y evaluación del PEI.b. Participar en los procesos destinados al ingreso, ascenso y permanencia del personal

docente y administrativo de la IE, de acuerdo con la normatividad específica que emita el MINEDU.

c. Vigilar el acceso, matrícula oportuna, inclusión educativa y calidad del servicio que brinda la IE.

d. Cautelar el cumplimiento de los derechos y principios de universalidad, gratuidad, equidad, inclusión, pertinencia del servicio educativo, logros de aprendizaje y el adecuado uso y destino de los recursos.

e. Colaborar con el Director y garantizar el cumplimiento de las horas efectivas de trabajo pedagógico, número de semanas lectivas y la jornada del personal docente

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f. El representante de la APAFA no debe ocupar otro cargo en la asociación y su representación está enmarcada en lo estipulado en los artículos del 68 a 71 del DS Nº 004-2006-ED.

g. Vigilar el adecuado destino de los recursos de la Institución Educativa y aquellos que, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento General de la Asociación de Padres de Familia, están comprendidos con las actividades previstas en el Plan Anual de Trabajo.

h. Propiciar la solución de conflictos que se susciten en ésta, priorizando soluciones concertadas frente a quejas o denuncias que no impliquen delito.

i. Opinar sobre los criterios de autoevaluación de la institución educativa y los indicadores de desempeño laboral.

j. En el marco del DS Nº 012-2012-ED. Tienen como funciones: contribuir con la supervisión de la implementación y ejecución del Plan de Convivencia Democrática en la IE.

k. Cautelar la aplicación de los procedimientos y medidas correctivas, señaladas en el presente reglamento.

l. Resolver en última instancia, de manera concertada las controversias y conflictos dentro de la IE.

Art. 32 Miembros del Consejo Educativo Institucional:Es presidido por el Director y conformado por, 02 representantes del personal docente (uno por nivel), 01 representante del personal administrativo, 02 estudiantes (uno por nivel), y dos representantes de los padres de familia (uno por nivel). La elección de sus miembros se realiza de acuerdo a la RM Nº 048-2005-ED.

Art. 33 Funciones de los tutores:

Con los estudiantes:a. Elaborar el Plan de Tutoría del aula, considerando las características, intereses y

necesidades de los estudiantes.b. Mantener con los estudiantes del grado una relación de cercanía basada en el

diálogo, el respeto y la comprensión.c. Acompañar y orientar a los estudiantes en los distintos momentos de su vida en la

escuela, aprovechando todas las actividades curriculares y extracurriculares como oportunidades de aprendizaje.

d. Promover entre los estudiantes el diálogo, el debate y la reflexión acerca de temas relevantes o de su interés.

e. Atender u orientar a los padres en su labor formativa; manteniéndolos informados sobre las potencialidades, logros y dificultades de sus hijos.

f. Realizar, con apoyo del psicólogo, seguimiento a casos de estudiantes con problemas académicos y/o socio- afectivas de su sección.

g. Asistir a los docentes durante las salidas d campo con los estudiantes.

Con los padres de familia:

h. Promover y organizar la realización de al menos 4 reuniones durante el año con los padres de familia de su sección, para tratar temas relacionadas con la orientación de los estudiantes.

i. Desarrollar entrevistas con los padres de familia de los estudiantes que lo soliciten o necesiten.

j. Coordinar con el comité de tutoría y orientación educativa la realización de actividades en beneficio de la formación de los estudiantes.

Con los docentes y auxiliares de educación (secundaria):

k. Establecer comunicación permanente que permita orientar el desarrollo de los estudiantes.

h. Coordinar y promover acciones que los involucre en el desarrollo de tutoría y orientación educativa.

i. Apoyar la disciplina y convivencia escolar en el marco del respeto a la integridad física, psicológica y moral de los estudiantes, erradicando todo tipo de maltrato o castigo como método correctivo.

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Art. 34 Funciones del Comité de Tutoría y Orientación Educativaa. Convocar y presidir las reuniones del Comité de Tutoría y Orientación Educativa.b. Promover la elaboración del Plan Tutorial de la IE.c. Programar, organizar, monitorear y evaluar las actividades de tutoría.d. Orientar y mantener comunicación permanente con los padres de familia y miembros

de la comunidad a fin de lograr la participación integral de los educandos en las diversas actividades programadas en beneficio de la Institución Educativa, así como las cívicas patrióticas.

e. Detectar problemas que presentan los alumnos, contribuyendo a su solución o tratamiento, buscando la participación de la comunidad educativa, organismos sociales y la sociedad en su conjunto.

f. Promover eventos, certámenes y otros relacionados con el área de Tutoría con los docentes, padres de familia, alumno u otros organismos.

g. Mantener un clima de confianza y respeto a la persona de los educadores, educandos y padres de familia.

h. Ejercer labor de consejería individual y de grupo tanto con educandos como con padres de familia.

i. Promover en la institución educativa el desarrollo de acciones tutoriales.j. Difundir las normas de convivencia y disciplina establecidas en la IE y promover su

cumplimiento.k. Promover y velar para que las medidas disciplinarias no vulneren los derechos de los

estudiantes.l. Promover el reconocimiento de las acciones positivas de los estudiantes en los

registros escritos de comportamiento (anecdotario y agendas escolares).m. Entre sus funciones principales, se encuentra la de establecer acciones de trabajo de

atención tutorial para la institución educativa, evaluando su avance y tomando las medidas que contribuyan a mejorar las relaciones interpersonales entre la comunidad educativa, así como impulsar las Escuelas de Padres.

IV. CAPITULODE LA ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO EDUCATIVO.

Art. 35 Del Planeamiento:Las acciones de Planeamiento Educativo se realizan durante el mes de Diciembre a marzo con la activa participación del personal docente.El periodo del planeamiento comprende principalmente la designación de comisiones, los cuales son: Proyecto Educativo Institucional (PEI). Proyecto Curricular de Centro (PCC) Plan Anual de Trabajo. Reglamento Interno. Matrícula y ratificación de la misma Comité de Tutoría, Convivencia y Disciplina Escolar Cuadro de Horas y Horario Defensoría del Niño y del Adolescente. Comisiones de Aniversario del colegio Calendario Cívico Escolar. Comisión de gestión de Riesgos. Supervisión, Monitoreo y Acompañamiento. Comisión de Actividades Sociales Comisión de Altas y Bajas Comité Evaluación del Personal Programa de Recuperación Académica. Rendición de Cuentas Comisión Imagen institucional y actividades Feria de ciencias Día del maestro Calendario cívico Celebración de Fiestas patrias Conformación del Consejo académico

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Comisión de Clausura del año escolar Comité de alimentación Elección del Municipio Escolar

Todas las comisiones, obligatoriamente, serán conformadas por profesores de ambos niveles y serán elegidos en asamblea.La distribución de los grados y secciones se realizará teniendo en cuenta lo siguiente: En el Nivel Primario: La distribución de grados se hará promoviendo la

especialización por ciclos entre sus profesores. Así, para la atención del primer y segundo grado serán designados los profesores que presenten los mejores desempeños en alfabetización lectora y/o que cuenten con mayor experiencia en el ciclo. De preferencia debe evitarse la rotación de los profesores.

En el Nivel Secundaria: las secciones se distribuyen de acuerdo a la cantidad de estudiantes y el dictado de clases, según el cuadro de horas.

Para la distribución de responsabilidades de las fechas del calendario cívico escolar se consideran los siguientes criterios: Se realizan por comisiones designadas en asambleas de profesores. Se distribuye entre los profesores de acuerdo con su especialidad.La elaboración de los documentos estará a cargo de cada comisión designada en Asamblea, reconocidas a través de Resolución Directoral Institucional en los 15 días siguientes de su elección.La preparación de la Carpeta Pedagógica se hará en el mes de diciembre y la presentación se hará el primer día útil del mes de marzo y el de las Unidades de Aprendizaje se hará el primer día útil de la unidad.La duración del año escolar será de acuerdo a lo dispuesto por el Ministerio de Educación. El tiempo de aprendizaje dirigido y organizado por el docente es básicamente el que transcurre durante el horario escolar y dentro del cual los alumnos ejercen su rol como estudiantes. Por este motivo, el volumen, la frecuencia y la complejidad de las tareas escolares que se asignan para realizar en el hogar respetarán el derecho al tiempo libre de los niños y adolescentes no crearán en ellos saturación de rechazo por el aprendizaje, ni interferirán con su tiempo personal y familiar, durante el cual también construyen saberes, asociados al ejercicio de otros roles igualmente valiosos, como el de hijo o hija, hermano o hermana, amigo o amiga, entre otros. El refuerzo o mejora de los aprendizajes de los estudiantes debe promoverse fundamentalmente, a través del uso óptimo del tiempo, durante el horario escolar.

Art. 36 De la organización del trabajo educativo:La IE 80143- ESPM/A1 atiende la modalidad de menores en los niveles de educación primaria y secundaria, siendo poli-docente completa; es una institución pública.Inicio del año escolar: En el año lectivo las clases se inician el primer día útil de marzo. Las actividades relevantes a desarrollar en el 2015 son: Buen inicio del año escolar Plan de mejora de los aprendizajes, considerando: jornada de reflexión, primer día

del logro, evaluación censal, evaluación de diagnóstico, proceso y salida para educación secundaria en las áreas de. Comunicación. Matemática y C.T.A., segundo día del logro, acciones de contingencia, actividades de prevención de riesgos y simulacros, actividades de promoción de la cultura y el deporte, autoevaluación de la calidad de la gestión de la IE.

Actividades que promueven la convivencia democrática y la semana de la democracia.

Acompañamiento y monitoreo de forma permanente, por el Equipo Directivo. Semana de la salud Actividades del CONEICalendarización del año escolar:La IE planifica sus actividades de aprendizaje en Educación Primaria en 03 Trimestres y en Educación Secundaria en 04 Bimestres; considerándose las vacaciones de medio año para los estudiantes desde el 09 al 20 de agosto del 2015, siendo de responsabilidad de los docentes la evaluación y reajuste del Plan de Mejora de la IE. En la calendarización se establecen las 03 fechas de la jornada de reflexión (marzo, agosto y diciembre) para reajustar la programación.Debe cumplirse con las horas de clase mínimas establecidas en Educación Primaria de 1100 horas y 1600 horas en Educación Secundaria, siendo la jornada escolar de 30 horas

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pedagógicas en primaria considerando 10 horas de libre disponibilidad y 45 horas pedagógicas en secundaria, considerando 06 horas de libre disponibilidad, las que se orientan a reforzar los aprendizajes priorizados (comunicación, matemática, educación para el trabajo). La duración de una hora pedagógica es de 45 minutos; en ningún caso se podrán omitir las áreas establecidas ni utilizar menos de las horas señaladas en el plan curricular.Está prohibido el uso de horas efectivas de clase para los desfiles escolares, celebración de aniversario, fiestas patronales; tampoco se consideran horas efectivas de clase las actividades permanentes (formación, registro de asistencia o revisión de cuadernos, revisión de evaluaciones).

De la programación y desarrollo curricularArt. 37 PROYECTO CURRICULAR DE LA INSTITUCIÓN:

El Proyecto curricular de la Institución es la parte del proceso de la diversificación curricular, contiene las características, necesidades y demandas de los estudiantes considerados en el PEI, así como los lineamientos de la política regional. Es formulado por el Personal Directivo, y Docente organizados por áreas curriculares y/o grado de estudios.

La distribución de las horas de libre disponibilidad se realiza de acuerdo a las necesidades de las áreas y de acuerdo a las normas vigentes.

Los objetivos pedagógicos considerados en el PCIE Se formulan teniendo en cuenta los mapas de progreso y los estándares de calidad..

El Proyecto Curricular de la Institución es el instrumento base para la elaboración de la programación anual y el desarrollo curricular que los Docentes por horas y de aula deben tener en cuenta ya que responde a las características de los alumnos.

Los niveles de concreción para el desarrollo curricular son: DCN Rutas de Aprendizaje Lineamientos de Política Regional PEI PCIE Programación Anual Unidades Didácticas Sesiones de Aprendizaje

Art. 38 DEL CURRÍCULUM El currículo comprende experiencias formativas de carácter teórico práctico en los

campos científico humanista y técnico con el fin de contribuir al desarrollo integral de los estudiantes.

El desarrollo de las competencias y capacidades aprovechando los contenidos del DCN. Se dan a través de las diferentes áreas del desarrollo personal del plan de estudios del nivel al cual pertenecen.

El desarrollo de las habilidades y destrezas se propician a través de las áreas de desarrollo consideradas especiales como: Educación Física, Educación para el trabajo y Educación Artística

La presentación, apreciación y cultivo de los valores ético morales y religiosos se dan en todas las actividades de la Institución y en todas las áreas del plan de estudios y en forma puntual en las áreas de Educación Religiosa, Personal Social y Formación Ciudadana y Cívica.

Los objetivos y contenidos básicos siguen los lineamientos señalados en el Proyecto Educativo Institucional sin limitar la capacidad creativa del docente.

Art. 39 METODOLOGÍA El personal docente emplea metodologías propuestas por el Ministerio de Educación

a través de DCN, Rutas de Aprendizaje y las herramientas proporcionadas en la plataforma de la JEC. Lo cual debe ser diversificado de acuerdo a la realidad del plantel y la creatividad del docente.

Art. 40 MONITOREO Y ACOMPAÑAMIENTO PEDAGÓGICO. El acompañamiento pedagógico es una asesoría planificada, continua, sistemática

contextualizada e integral a los profesores; está orientada a fortalecer en ellos la capacidad de evaluar de manera crítica- reflexiva su práctica pedagógica, a fin de suscitar retos y compromisos para mejorar los procesos de enseñanza y aprendizaje. Se realiza en un marco de relación horizontal de confianza, respeto, responsabilidad

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y tolerancia que genere relaciones de colaboración y de aprendizaje permanente entre los docentes, coordinadores y personal directivo.

El acompañamiento pedagógico en las IIEE con JEC tiene por finalidad:Mejorar el desempeño del profesor para alcanzar los logros de aprendizaje de los estudiantes, a partir del acompañamiento a su labor diaria, ayudándole a reconocer sus fortalezas y debilidades al interior de su propio quehacer profesional, asumir una práctica pedagógica crítica y reflexiva e implementar jornadas de intercambio de experiencias entre docentes que permitan fortalecer sus capacidades y la mejora continua. Mejorar la práctica pedagógica, optimizando los procesos de enseñanza y aprendizaje a través del trabajo planificado, colaborativo y colegiado entre los docentes, coordinadores y directivos de la I.E.

La responsabilidad de los actores en el acompañamiento pedagógico es:- Personal Directivo, Director de la I.E. y subdirectores si hubiera gestionan el acompañamiento de los procesos pedagógicos y administrativos de la I.E. en su conjunto.- Coordinadores pedagógicos. Realizan el acompañamiento pedagógico a los docentes durante el desarrollo de la planificación curricular, desarrollo de sesiones de aprendizaje y la evaluación de los procesos pedagógicos.- Coordinadores de tutoría. Realizan el acompañamiento pedagógico a los docentes tutores durante el desarrollo de la atención tutorial grupal e individual. Asimismo, coordina y sistematiza las acciones de reforzamiento pedagógico y la implementación de estrategias para articular a las familias con la I.E. Gestiona la acción tutorial en la I.E. y monitorea el plan tutorial de aula de los profesores tutores.- Coordinadores de innovación y soporte tecnológico. Realizan el acompañamiento pedagógico en el uso de las tecnologías de la información durante el desarrollo de las sesiones de aprendizaje.

Para garantizar el cumplimiento de las acciones de acompañamiento pedagógico, el personal directivo debe realizan reuniones permanentes con coordinadores, en el horario establecido de cada semana para la revisión de la planificación y evaluación de los avances, resultados y reajuste de actividades si fuera el caso. El director acompañará a cada coordinador de la I.E. e, indistintamente a los docentes.

Art. 41 PROYECTOS DE INNOVACIÓN PEDAGÓGICALas innovaciones pedagógicas son cambios intencionales y organizados en el campo específico de la enseñanza y del aprendizaje. Los cambios pueden darse en los siguientes aspectos: clima institucional, propósitos, contenidos, acciones, métodos, recursos y evaluación.Los proyectos de innovación pueden plantearse en las siguientes áreas:GESTIÓN PEDAGÓGICA Propósitos de la enseñanza y el Aprendizaje, Contenidos del Currículo, Organización de los aprendizajes, Medios y materiales didácticos, Evaluación de la enseñanza y el aprendizajeGESTIÓN INSTITUCIONALDirección democrática, participativa y liderazgo, Organización y métodos, Planificación integral, Sistema de monitoreo, Evaluación y control InstitucionalGESTIÓN ADMINISTRATIVAPotencial humano, Recursos materiales y físicos, Recursos tecnológicos, Recursos financieros, Uso del tiempo.

V. CAPÍTULODE LA ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO ADMINISTRATIVO

Art. 42 JORNADA DE TRABAJO

La jornada de trabajo semanal-mensual del profesor que ejerce funciones de enseñanza en aula es el siguiente:Primaria: 30 horas pedagógicas.Secundaria: 3 0 horas pedagógicas.

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La jornada de trabajo del profesor de Educación Secundaria puede extenderse hasta un máximo de seis (06) horas, siempre y cuando la necesidad del servicio lo justifique y se cuente con la disponibilidad presupuestal correspondiente.La tardanza es el ingreso del profesor al centro de trabajo después de la hora establecida.Se considera como inasistencia al centro de labores:

La no concurrencia al centro de trabajo. No desempeñar funciones habiendo concurrido al centro de trabajo .Retiro antes de la hora de salida sin justificación alguna. No registrar el ingreso y/o salida sin justificación.

Los descuentos por tardanzas se efectúan en función al factor hora/minuto de acuerdo a la jornada de trabajo del profesor.

Art. 43 DE LAS VACACIONES:

El profesor que labora en el Área de Gestión Pedagógica goza de sesenta (60) días anuales (Enero y febrero) de vacaciones remuneradas, las que en todos los casos deben coincidir con las vacaciones de los estudiantes.

Art. 44 HORARIOS DE FUNCIONAMIENTOEl horario de funcionamiento del colegio es de 07:30:00 a.m. a 3 :30 PM.Las actividades permanentes se realizarán en la formación

El horario de los estudiantes es el siguiente:Director:

Entrada 07:15amSalida 3:30 pm

Nivel Primario: Entrada 08:00 AM Salida 1:00 PM

Nivel Secundario: Entrada 07:30AM Salida 03:30 PM

Personal administrativo:Coordinadora administrativa:Entrada 07:15Salida 03:45Secretaria:Entrada 07:15Salida 03:45Psicólogo:Entrada 07:15Salida 03:45Apoyo pedagógico:Entrada 07:15Salida 03:45

Auxiliar de Educación:Entrada 07:15Salida 01:15

Personal de mantenimiento:

CARMELA ARCE CERNAEntrada 10.00 a.mSalida 06:00 p.m

DORIS GUZMÁN SAGÓN:Entrada 7:15 a.mSalida 3:00

Personal de vigilancia:Lunes a ViernesPEDRO MARQUINA BAUTISTA

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Entrada 1:00 p.m.Salida 7:00 p.m.

OMAR RAMOS FLORESEntrada 7:00 p.m.Salida 1:00 a.m.

WILSON OSWALDO ROJAS GUZMÁNEntrada 1:00 a.m.Salida 7:00 a.m.

Sábados y Domingos

NOTA: Los cambios de turno se harán cada fin de semana, el turno tarde pasa a madrugada, madrugada pasa a noche y turno noche pasa a tarde, además los fines de semana se encargará el que en semana esté turno tarde.

VI. CAPITULO:DEL FUNCIONAMIENTO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA

Art. 45 Periodificación del Año Escolar:La periodificación del año escolar se hará de acuerdo a las normas vigentes (R.M. N º 0622-2013-ED), teniendo esta una duración no menor de 40 semanas lectivas lo cual garantiza el cumplimiento de las 1100 horas de labor pedagógica efectiva en Educación Primaria de Menores y de 1800 horas de labor pedagógica efectiva en Educación Secundaria. La Calendarización del Año Escolar de la I.E. será elaborada por el Director de la I.E. y aprobado mediante R.D. I.El primer día útil del año escolar, la IE debe contar con todos los documentos de gestión los que deben ser conocidos y compartidos con todo el personal, siendo de responsabilidad del personal directivo efectivizar su cumplimiento; de no contar con los documentos de gestión el CONEI debe tomar las medidas correctivas, tanto administrativas como para su elaboración.Una vez designadas y reconocidas a través de RDI las diversas comisiones y organizaciones, tienen un plazo de 30 días para la elaboración y presentación de su plan de trabajo y reglamento de funciones de ser necesario, caso contrario se desactivará la comisión u organización que incumpla con lo antes dispuesto, aplicándose lo establecido en el artículo Nº 80 Del DS Nº 004-2013-ED, en cumplimiento del artículo Nº 46 de la Ley 29944.Ninguna comisión u organización podrá entrar en funcionamiento si no cuenta con la RDI de reconocimiento y su correspondiente plan de trabajo o reglamento; si lo hiciera todo acto será declarado nulo y sujeto al proceso establecido en el artículo anterior.Las actividades extracurriculares deben ser coordinadas por los 2 niveles, salvo aquellas que involucren un solo nivel.

VII. CAPITULO:DE LA MATRICULA, EVALUACIÓN Y CERTIFICACIÓN.

Art. 46 De la MatrículaLa matrícula única escolar es el acto por el cual se formaliza el ingreso al sistema educativo nacional, del niño o la niña en edad escolar en la IE. La matrícula se registra en el SIAGIE. El proceso de matrícula se realiza por única vez al primer grado de Educación Primaria y Educación Secundaria, son responsables de su planificación y organización el director. El acto de matrícula se realiza teniendo en cuenta la edad cronológica y con la presencia del padre y/o madre o tutor.En ningún caso la matrícula escolar está supeditada al pago previo de la cuota ordinaria y/o aportes extraordinarios a la Asociación de Padres de Familia, u otros conceptos, bajo responsabilidad administrativa, civil o penal del Director de la Institución Educativa Pública.La matrícula no está condicionada a examen de ingreso.

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Los requisitos generales para la matricula en el primer grado de Primaria y Secundaria son:- Partida de Nacimiento y DNI original y copia.- Solicitud de vacante- Tarjeta de información de 5 años inicial.- Ficha Integral de Inicial.

Copia de DNI del padre, madre o apoderado- Presentación del Certificado de Estudios que acredite haber terminado

satisfactoriamente la Educación Primaria- En el acto de la matrícula es obligatorio la presencia del padre, madre, apoderado.El Director debe orientar para la obtención de los documentos mencionados.El traslado de matrícula, se realiza hasta dos meses antes de que finalice el año escolar; salvo viaje al exterior o cambio de domicilio a otro distrito y observando el siguiente procedimiento:El padre o madre de familia o el tutor del estudiante una vez determinada la Institución Educativa de destino, solicita por escrito al Director de la Institución Educativa el traslado de Matrícula.El Director de la Institución Educativa, bajo responsabilidad y dentro de las 48 horas de recibida la solicitud escrita del padre o madre de familia o tutor del (a) estudiante, autoriza mediante Resolución, el traslado de matrícula y la entrega de los documentos de escolaridad correspondientes al recurrente; así como el procedimiento virtual en el SIAGIE.El Director de la Institución Educativa de destino, con la documentación del estudiante, aprueba mediante Resolución Directoral, la inclusión en la respectiva Nómina de Matrícula.Es responsabilidad del director la permanencia del estudiante o que el traslado de matrícula no se impida por la desaprobación de grado o la suspensión temporal de estudios.La IE debe reservar vacantes para estudiantes con necesidades especiales asociadas a discapacidad, sin exceder el número de 2 por aula; asignándole al tutor de aula el articular la coordinación con el equipo SAANEE a fin de garantizar la atención educativa pertinente, si se considera más de 10 alumnos con discapacidad, se debe contar con una profesora especializada en educación especial sin aula a cargo, para el asesoramiento de los docentes de aula y el acompañamiento de los estudiantes.Los estudiantes con discapacidad matriculados de los 2 niveles deben participar en todas las actividades con los mismo derechos, deberes y obligaciones que los demás estudiantes.La ratificación de matrícula de 2º a 6º de educación primaria o 2º a 5º grado de secundaria procede con un área o taller pendiente de aprobación.

Art. 47 Limitaciones para la Matrícula:En caso que la demanda de matrícula, supere la capacidad de atención de la I.E., las prioridades de ingreso y la correspondiente matrícula serán establecidas de acuerdo con la respectiva zonificación, que debe consignarse en el presente Reglamento, con conocimiento de la Unidad de Gestión Educativa Local.El Director de la I.E. en coordinación con el CONEI publica con anticipación no menor a 30 días, al inicio del proceso de matrícula y bajo responsabilidad, el número de vacantes para la matrícula, las prioridades para el ingreso y la fecha límite de inscripción. PRIORIDADES PARA ACCEDER A UNA VACANTE:1. Zonificación.2. Padres de familia que tienen hijos estudiando en la I.E.3. Orden de la presentación de la solicitud de vacante.

Art. 48 De la Evaluación:Es un proceso permanente, continuo, formativo y flexible de carácter pedagógico, orientado a identificar los logros de aprendizaje de los estudiantes, con el fin de brindarles el apoyo pedagógico que necesitan para mejorarlos. Evalúa las competencias, capacidades y actitudes del currículo, considerando las características del estudiante. Asume diversas formas (autoevaluación, heteroevaluación y coevaluación)Utiliza criterios, indicadores y niveles de logro, para tomar decisiones que retroalimenten los procesos pedagógicos y favorezcan los resultados educativos de los estudiantes.

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La información obtenida durante el proceso de evaluación se anota en el “Registro de evaluación de los aprendizajes” para luego ser pasados en el SIAGIE y con boletas de información se comunica a los padres de familia y a los estudiantes.Adicionalmente cada docente debe manejar un “Registro Auxiliar” que le ayude a hacer un seguimiento continuo del progreso de los estudiantes en función de los aprendizajes previstos e imprevistos.Los estudiantes como principales actores educativos deben conocer sobre sus logros, avances y/o dificultades en su proceso de aprendizaje, para ello deberán solicitar información respecto a su proceso de evaluación cuando lo consideren necesario.El docente debe comunicar a los estudiantes y padres de familia o apoderados la información necesaria sobre los logros, avances y/o dificultades de los aprendizajes en forma permanente y oportuna poniendo énfasis al término de cada unidad. El tiempo transcurrido entre la obtención de la información del aprendizaje y su comunicación debe ser el más corto posible. También proporcionarán, las recomendaciones pedagógicas para revertir las dificultades y potenciar las fortalezas.Los padres de familia o apoderados son responsables de solicitar, en forma permanente, información sobre el proceso de aprendizaje de sus hijos, a fin de apoyarlos en el afianzamiento de sus logros, fortalecimiento de sus avances y superación de sus dificultades.Los docentes adoptarán las medidas pertinentes para mejorar sus estrategias de enseñanza en coherencia con las necesidades de los estudiantes, así mismo brindarán las orientaciones correspondientes al padre de familia o apoderado para que cumplan con lo señalado en el numeral precedente.El director es responsables de:a. verificar que el proceso de evaluación del aprendizaje sea efectuado en concordancia

con los lineamientos de las normas de evaluación, previamente comunicada, tanto a los docentes como a los estudiantes respecto a los procedimientos, las técnicas y los instrumentos de evaluación.

b. orientar a los docentes para que comuniquen de manera clara y oportuna el proceso y resultados de la evaluación de los aprendizajes, tanto a los estudiantes como a los padres de familia o apoderados.

El Director puede autorizar el adelanto o postergación de las evaluaciones, previa solicitud de padres de familia o apoderados con documentos probatorios, en los casos que el estudiante acredite: enfermedad prolongada, accidente, cambio de residencia al extranjero o viaje en delegación oficial. En el caso de cambio de residencia al extranjero se podrá adelantar o postergar las evaluaciones del último período, sólo si se tiene calificativos en los períodos anteriores. Los resultados de estas evaluaciones se incluyen en el Acta consolidada de evaluación del estudiante a fin de año y se certifican normalmente.

Art. 49 La exoneración del área de Educación Religiosa ,se da sólo en caso que el padre de familia o apoderado lo solicite por escrito, por tener un credo religioso diferente al católico o ninguno. No es procedente evaluar al estudiante si ha sido exonerado. La exoneración del área es autorizada por Resolución Directoral expedida por el Director. En el área de Educación Física, sólo se procederá a la exoneración del estudiante en la parte práctica por motivos de salud, para lo cual el Director debe expedir la Resolución Directoral respectiva. La convalidación de estudios procede para los estudiantes que hubieran realizado estudios en el extranjero y lo autoriza el Director de la Institución Educativa mediante una Resolución Directoral.Promoción al grado superior en educación primaria:a. Los estudiantes de primer grado son promovidos al grado superior en forma

automática.b. Cuando al término del año escolar los estudiantes obtienen “A” en todas las áreas

curriculares.c. Los estudiantes de 2º, 3º y 4º grados de primaria obtienen como mínimo “A” en las

áreas curriculares de Comunicación Integral, Lógico Matemática y como mínimo “B” en las otras áreas y talleres curriculares creados como parte de las horas de libre disponibilidad.

d. Los estudiantes de 5º y 6º grados obtienen como mínimo “A” en las áreas curriculares de Comunicación Integral, Lógico Matemática, Personal Social y Ciencia y Ambiente y como mínimo “B” en las otras áreas y talleres curriculares creados como parte de las horas de libre disponibilidad.

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e. Repiten de grado automáticamente los estudiantes de 2°, 3°, 4°, 5° y 6° grados que al término del año escolar obtienen “C” en dos áreas curriculares: Lógico Matemática y Comunicación Integral.

f. Repiten de grado los estudiantes que en el Programa de Recuperación o en la Evaluación de recuperación no alcanzan los calificativos requeridos.

Art. 50 En Educación Secundaria la escala de calificación es vigesimal considerándose a la nota 11 como mínima aprobatoria.La escala de calificación del comportamiento en Educación Secundaria de la EBR es literal y descriptiva y estará a cargo del tutor con el apoyo del auxiliar de educación u otra persona asignada para tal fin. Los docentes de cada área reportarán al tutor los casos más relevantes del desempeño de los estudiantes.El calificativo del comportamiento se registra en la “Libreta de Información del estudiante” y estará acompañado de una apreciación descriptiva del tutor de aula, destacando aquellos aspectos que merezcan mayor atención.Al término del año escolar se obtiene una calificación del comportamiento. Como el aprendizaje se realiza en forma progresiva, se dará preferencia a la calificación que haya obtenido el estudiante en el último período de estudios. Este calificativo se traslada al Acta Consolidada de Evaluación.Los certificados de comportamiento se expedirán a solicitud del interesado. Para el efecto se toma como referencia el calificativo del comportamiento del estudiante al finalizar la educación secundaria. Dicho calificativo estará acompañado de su respectiva interpretación, tomando como referencia, entre otros, los aspectos sugeridos para la evaluación del comportamiento de acuerdo al reglamento interno de la Institución Educativa.

Art. 51 Promoción al grado superior en educación primaria: Cuando al término del año escolar, aprueban todas las áreas curriculares, y el área

curricular pendiente de subsanación. Cuando al término del Programa de Recuperación Pedagógica o la Evaluación de

Recuperación, aprueban todas las áreas curriculares o desaprueban como mínimo un área o taller curricular.

Art. 52 RepitenciaCuando al término del año escolar, desaprueban cuatro o más áreas curriculares, incluidas las áreas o talleres que fueron creadas como parte de las horas de libre disponibilidad y el área curricular pendiente de subsanación.Cuando al término del Programa de Recuperación Pedagógica o la Evaluación de Recuperación desaprueban dos o más áreas curriculares.Es responsabilidad del director de la IE ver para que los padres de familia y estudiantes sean informados oportunamente, sobre los progresos de sus hijos.

Art. 53 Recuperación Pedagógica:Está dirigido a los estudiantes con dificultades en el logro de los aprendizajes significativos, con el fin de nivelarlos, se requiere de atención personalizada y el apoyo complementario de recursos materiales; para ello debe tenerse en cuenta que: técnicas e instrumentos adaptados a las características de los estudiantes, que permitan recoger información Son temporales Son de 02 formas: durante el año escolar o periodo lectivo y en vacaciones escolares. Cuando se realiza durante las vacaciones escolares tiene una duración mínima de 06

semanas, pudiendo asistir los estudiantes a la IE u otra institución, previa autorización del Colegio.

Se basan en estrategias pedagógicas que ayudan a superar las dificultades específicas

Los alumnos que no participan en este programa, asumen el compromiso previa autorización del director de prepararse para ser evaluados en las fechas y períodos establecidos por la IE

La evaluación del PRA es continua y responde a la evaluación como proceso.La Evaluación de las áreas desaprobadas de los estudiantes, que asistan o no al Programa de Recuperación, enfatizará en aquellos aprendizajes en los que el estudiante presentó dificultades.

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Art. 54 De la Certificación:El certificado de estudios reconoce los logros de aprendizaje del estudiante por grado y ciclo alcanzado, y se expide de acuerdo a los calificativos que aparecen en las actas oficiales de cada grado de estudios, la constancia de estudios reconoce la aprobación del grado, ambos se expiden a solicitud del interesado.Al culminar satisfactoriamente la Educación Básica, la IE otorga el certificado de estudios

VIII. CAPÍTULODE LOS DERECHOS, DEBERES, FALTAS, SANCIONES Y

ESTÍMULOS DE LOS DOCENTESArt. 55 Deberes 

a. Cumplir en forma eficaz el proceso de aprendizaje de los estudiantes, realizando con responsabilidad y efectividad los procesos pedagógicos, las actividades curriculares y las actividades de gestión de la función docente, en sus etapas de planificación, trabajo en aula y evaluación, de acuerdo al DCN, Rutas de Aprendizaje y Mapas de Progreso. 

b. Orientar al educando con respeto a su libertad, autonomía, identidad, creatividad y participación; y contribuir con sus padres y la dirección de la institución educativa a su formación integral.

c. Evaluar permanentemente este proceso y proponer las acciones correspondientes para asegurar los mejores resultados. 

d. Respetar los derechos de los estudiantes, así como los de los padres de familia. e. Cumplir con la asistencia y puntualidad que exige el calendario escolar, comunal y el

horario de trabajo. f. Aportar en la formulación del proyecto educativo institucional, asumiendo con

responsabilidad las tareas que les competan. g. Participar, cuando sean seleccionados, en las actividades de formación en servicio

que desarrolle la IE, Unidad de Gestión Educativa Local, Dirección Regional de Educación o Ministerio de Educación. 

h. Presentarse a las evaluaciones previstas en la Ley de Reforma magisterial y a las que determinen las autoridades de la institución educativa o las entidades competentes. 

i. Ejercer la docencia en armonía con los comportamientos éticos y cívicos, sin realizar ningún tipo de discriminación por motivos de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquier otra índole. 

j. Conocer, valorar y respetar las culturas locales, en el ámbito nacional, y la lengua originaria.

k. Contribuir a la afirmación y desarrollo cultural y ciudadano de los miembros de la institución educativa de la comunidad local y regional. 

l. Informar a los padres de familia sobre el desempeño escolar de sus hijos y dialogar con ellos sobre los objetivos educativos y la estrategia pedagógica, estimulando su compromiso con el proceso de aprendizaje. 

m.Cuidar, hacer uso óptimo y rendir cuentas de los bienes a su cargo que pertenezcan a la institución educativa. 

n. Asegurar que sus actividades profesionales se fundamenten en el respeto mutuo, la práctica de los derechos humanos, la Constitución Política del Perú, la solidaridad, la tolerancia y el desarrollo de una cultura de paz y democrática. 

o. Coadyuvar al trabajo en equipo de los profesores de la institución educativa.p. Participar en los sistemas tutoriales que desarrolle la institución educativa. q. Cumplir los 8 compromisos establecidos en la RM Nº 622-2013-ED.r. Registrarse y participar activamente en la plataforma virtual de PERUEDUCA.s. Respetar el debido proceso para las sanciones, no debiéndose difundir por ningún

medio sin antes haber concluido el proceso con la emisión de la resolución correspondiente.

t. Comunicar de manera oportuna a la dirección y docentes la ausencia de los estudiantes por representación a la IE.

u. Monitorear la limpieza del aula y ambientes de trabajo.

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Art. 56 Derechos a. Desarrollarse profesionalmente en el marco de la Ley de Reforma Magisterial y

sobre la base del mérito, sin discriminación por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquier otra índole que atente contra los derechos de la persona. 

b. Percibir oportunamente la remuneración íntegra mensual correspondiente a su escala magisterial. 

c. Recibir las asignaciones y los incentivos monetarios o no monetarios (incentivos y estímulos) que se establecen en la Ley. 

d. Estabilidad laboral sujeta a las condiciones que establece la Ley. e. Ser evaluados de manera transparente, conocer los resultados de su evaluación de

desempeño, solicitar su revisión y tener acceso a su historial de vida profesional registrado en el escalafón; haciendo conocer de manera oportuna los instrumentos a utilizar. 

f. Ser supervisado, monitoreado, asesorado y acompañado por el equipo responsable de manera oportuna y pertinente.

g. Autonomía profesional en el cumplimiento de las tareas pedagógicas que les compete, la misma que está supeditada a que se ejerza dentro del proyecto educativo ejecutado por la institución educativa y a que se respete la normatividad vigente. 

h. Beneficios del Programa de Formación y Capacitación Permanente y de otros programas de carácter cultural y social fomentados por el Estado. 

i. Licencias, permisos, destaques, reasignaciones y permutas, de acuerdo a lo establecido en la Ley y su reglamento. 

j. Vacaciones de acuerdo a ley. k. Seguridad social, de acuerdo a ley. l. Libre asociación y sindicalización. m. Reconocimiento de oficio de su tiempo de servicios efectivos. n. Reconocimiento del tiempo de servicios ininterrumpidos por motivos de

representación política y sindical, según el caso. o. Condiciones de trabajo que garanticen calidad en el proceso de enseñanza y

aprendizaje, y un eficiente cumplimiento de sus funciones dentro de los alcances de la Ley. 

p. Reingresar al servicio si no hubiere alcanzado la edad jubilatoria obligatoria y no exista impedimento legal. 

q. Reconocimiento, por parte del Estado, la comunidad y los padres de familia, de sus méritos en la labor educativa. 

r. Percibir subsidio por luto y sepelio, de acuerdo a lo establecido en la Ley. s. Percibir una compensación por tiempo de servicios. t. Gozar del cincuenta por ciento de descuento en las tarifas para espectáculos

culturales realizados dentro de la IE por otras instituciones.u. Recibir capacitaciones oportunas sobre las innovaciones pedagógicas.v. Recibir informe económico de la IE trimestralmente por parte de la dirección.

Art. 57 falta o infracciónSe considera falta a toda acción u omisión, voluntaria o no, que contravenga los deberes señalados en el artículo 40 de la Ley, dando lugar a la aplicación de la sanción administrativa correspondiente.Se considera infracción a la vulneración de los principios, deberes y prohibiciones de los artículos 6,7 y 8 de la Ley Nº 27815-Ley del Código de Ética de la Función Pública, dando lugar a la aplicación de la sanción administrativa correspondiente.Las faltas se califican por la naturaleza de la acción omisión. Su gravedad se determina evaluando de manera concurrente las condiciones siguientes: Circunstancias en que se cometen. Forma en que se cometen. Concurrencia de varias faltas o infracciones. Participación de uno o más servidores. Gravedad del daño al interés público y/o bien jurídico protegido. Perjuicio económico causado. Beneficio ilegalmente obtenido. Existencia o no de intencionalidad en la conducta del autor. Situación jerárquica del autor o autores.

Art. 58 Sanciones

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a. Amonestación escrita.b. Suspensión en el cargo hasta por treinta (30) días sin goce de

remuneraciones.c. Suspensión temporal en el cargo sin goce de remuneraciones desde treinta y un

(31)días hasta doce (12) meses.d. Destitución del servicio.

Art. 58 Amonestación escritaConsiste en la llamada de atención escrita al profesor de modo que éste mejore su conducta funcional, instándolo a no incurrir en nuevas faltas administrativas.La sanción de amonestación escrita al profesor que ejerce labor en aula, se oficializa por resolución del Director de la Institución Educativa.Para el caso del Director de la Institución Educativa, se oficializa por resolución del Titular de la UGEL SC.No proceden más de dos (02) sanciones de amonestación escrita. De corresponderle una nueva sanción de amonestación, procede la suspensión en el cargo sin goce de remuneraciones

Art. 59 SuspensiónConsiste en la separación del profesor del servicio hasta por un máximo de treinta (30) días sin goce de remuneraciones.La sanción de suspensión al profesor que ejerce labor en aula, se oficializa por resolución del Director de la Institución Educativa.Para e l Director de la Institución Educativa, se oficializa por resolución del Titular de la UGEL SC.No proceden más de dos (2) sanciones de suspensión. De corresponderle una nueva sanción de suspensión, procede la aplicación de la sanción de cese temporal sin goce de remuneraciones.

Art. 60 Cese TemporalConsiste en la inasistencia obligada del profesor al centro de trabajo sin goce de haber por un periodo mayor a treinta y un (31) días y hasta doce (12) meses.La sanción de cese temporal se oficializa por resolución del Titular de la Instancia de Gestión Educativa Descentralizada, previo proceso administrativo disciplinario.No proceden más de dos (2) sanciones de cese temporal. De corresponderle una nueva sanción de cese temporal, procede la aplicación de la sanción de destitución.

Art. 61 DestituciónConsiste en el término de la carrera pública magisterial producto de una sanción administrativa.La sanción de destitución se oficializa por resolución del Titular de la Instancia de Gestión Educativa Descentralizada, previo proceso administrativo disciplinario, disponiéndose su publicación en el Registro de sanciones.

Art. 62 Condena p e nalLa condena penal consentida o ejecutoriada privativa de la libertad por delito doloso, acarrea destitución automática sin proceso administrativo.El profesor condenado con sentencia consentida o ejecutoriada por delito de terrorismo, o sus formas agravadas, delito contra la libertad sexual, delito de corrupción de funcionarios o delito de tráfico ilícito de drogas, queda impedido de manera permanente de ingresar o reingresar al servicio público docente.

Art. 63 Inhabilitación para ejercer función pública docenteLa sanción administrativa disciplinaria de suspensión y cese temporal inhabilita al profesor por el tiempo de la sanción a ejercer función pública, bajo cualquier forma o modalidad.El profesor destituido queda inhabilitado para ejercer función docente pública bajo cualquier forma o modalidad, por un período no menor a cinco(5)años.La resolución judicial firme, emitida conforme al artículo 36º del Código Penal, inhabilita al profesor según los términos de la sentencia.En todos los casos, la inhabilitación es de alcance nacional.

Art. 64 Separación PreventivaLa medida de separación preventiva se aplica de oficio a los profesores que prestan servicio en la IE, desde el inicio del proceso investiga torio hasta la conclusión del proceso administrativo disciplinario. Procede en los siguientes casos:a. Denuncia administrativa o judicial por los presuntos delitos señalados en el artículo

44º de la Ley 29944.b. Denuncias por presuntas faltas graves señaladas en los literales a) y b)

delartículo48ºdelaLey.

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c. Denuncias por presuntas faltas muy graves señaladas en los literales d),e),f), g) y h) del artículo 49º de la Ley.

Concluido el proceso investigatorio, sino se instaura proceso administrativo disciplinario, o en caso se instaure el proceso administrativo disciplinario y el profesor sea absuelto, éste es restituido en sus funciones. Esta medida preventiva no constituye sanción ni demérito

Art. 65 De La InvestigaciónLa investigación de las denuncias por falta leve o faltas que no pueden ser calificadas como leve, presentadas contra el profesor, que ameriten sanción de amonestación escrita o suspensión, le corresponde al Director en los casos siguientes:a. El incumplimiento del cronograma establecido para el desarrollo del programa

curricular.b. El incumplimiento de la jornada laboral en la que se desempeña el profesor, sin

perjuicio del descuento remunerativo correspondiente.c. La tardanza o inasistencia injustificada, sin perjuicio del descuento remunerativo

correspondiente (artículo Nº º145 del DS Nº 04-2013-ED).d. La inasistencia injustificada a las actividades de formación en servicio para las

que ha sido seleccionado por la institución educativa, el Gobierno Regional o el MINEDU.

e. La evasión de su obligación, de ser el caso, de colaborar en las evaluaciones de rendimiento de los estudiantes que realiza el MINEDU, de participar en la formulación, ejecución y seguimiento al proyecto educativo institucional, proyecto curricular de la institución educativa, reglamento interno y plan anual de trabajo de la institución educativa.

f. Incumplimiento de otros deberes u obligaciones establecidos en la Ley y que puedan ser calificados como leves o faltas que no pueden ser calificadas como leve.

g. El Director de la Institución Educativa alcanzará al denunciado, copia de la denuncia, para que presente sus descargos en un plazo improrrogable de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación. Vencido el plazo el Director realiza la investigación correspondiente en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, aplicando la amonestación escrita o suspensión, de ser el caso, mediante resolución.

h. La investigación de las denuncias por falta leve y las que no puedan ser calificadas como leve, presentadas contra el Director de la Institución Educativa, que ameriten sanción de amonestación escrita o suspensión, están a cargo del jefe de Personal o quien haga sus veces, de la UGEL SC. El Jefe de Personal de la Instancia de Gestión Educativa Descentralizada, o quien haga sus veces, alcanza al investigado una copia de la denuncia, para que presente sus descargos en un plazo improrrogable de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación.

i. Vencido el plazo se realiza la investigación en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, aplicando la amonestación escrita o suspensión, de ser el caso, mediante resolución del titular de la UGEL SC.

j. En caso que el Informe Investigatorio recomiende sanción de suspensión prevista en el literal b) del artículo 43º de la Ley, corresponde al Titular de la Instancia de la UGEL SC la graduación de la sanción y emitir la resolución en un plazo no mayor de cinco (05) días hábiles de recibido el Informe.

Art. 66 PREMIOS Y ESTÍMULOS El Ministerio de Educación y los gobiernos regionales y gobiernos locales, según corresponda, mediante resolución de la autoridad competente, reconocen el sobresaliente ejercicio de la función docente o directiva a través de: a. Mención honorífica con el otorgamiento de las Palmas Magisteriales y otros

reconocimientos similares. b. Agradecimientos, felicitaciones y condecoraciones mediante resolución directoral

institucional, local, regional, ministerial o suprema. c. Viajes de estudio, becas y pasantías al interior del país o al exterior. d. Otras acciones que determine la autoridad correspondiente. 

DE LOS DERECHOS, DEBERES, FALTAS SANCIONES Y ESTÍMULOS DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO

Art. 67 De los Derechos de los Servidores

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a. El servidor tiene derecho a desarrollarse en la Carrera Administrativa en base a su calificación laboral, no debiendo ser objeto de discriminación alguna.

b. Los servidores de carrera gozan de estabilidad laboral dentro de la Administración Pública. Sólo pueden ser destituidos por causa prevista en la Ley y previo proceso administrativo. Los traslados a otras entidades públicas y/o lugar geográfico diferente al de su residencia habitual deberán contar con el consentimiento expreso del servidor.

c. El servidor tiene derecho al nivel de carrera alcanzado y a los atributos propios de ese nivel.

d. Las vacaciones anuales y remuneradas establecidas en la Ley, son obligatorias e irrenunciables, se alcanzan después de cumplir el ciclo laboral y pueden acumularse hasta dos periodos de común acuerdo con la entidad, preferentemente por razones del servicio. El ciclo laboral se obtiene al acumular doce (12) meses de trabajo efectivo, computándose para este efecto las licencias remuneradas y el mes de vacaciones

e. Las entidades públicas aprobarán en el mes de Noviembre de cada año el rol de vacaciones para el año siguiente, en función del ciclo laboral completo, para lo cual se tendrá en cuenta las necesidades del servicio y el interés del servidor. Cualquier variación posterior de las vacaciones deberá efectuarse en forma regular y con la debida fundamentación.

f. Los servidores, en casos excepcionales debidamente fundamentados, pueden solicitar permiso a la autoridad respectiva para ausentarse por horas del centro laboral durante la jornada de trabajo. Los permisos acumulados durante un mes debidamente justificado no podrán exceder del equivalente a un día de trabajo.

g. Los servidores, al término del período post-natal, tendrán derecho a una hora diaria de permiso por lactancia hasta que el hijo cumpla un año de edad.

h. Las licencias a que tienen derecho los funcionarios y servidores son:1. Con goce de remuneraciones:

Por enfermedad; Por gravidez; Por fallecimiento del cónyuge, padres, hijos o hermanos, Por capacitación oficializada; Por citación expresa: judicial, militar o policial.

2. Sin goce de remuneraciones: Por motivos particulares; Por capacitación no oficializada.

3. A cuenta del período vacacional: Por matrimonio; Por enfermedad grave del cónyuge, padres o hijos.

i. La licencia por fallecimiento del cónyuge, padres, hijos o hermanos se otorga por cinco (5) días en cada caso, pudiendo extenderse hasta tres días más cuando el deceso se produce en lugar geográfico diferente donde labora el servidor.

j. La licencia por capacitación oficializada, en el país o el extranjero, se otorga hasta por dos (2) años al servidor de carrera, si se cumplen las condiciones siguientes: Contar con el auspicio o propuesta de la entidad; Estar referida al campo de acción institucional y especialidad del servidor; y Compromiso de servir a su entidad por el doble del tiempo de licencia; contado a

partir de su reincorporación.k. La licencia por citación expresa de la autoridad judicial, militar o policial competente,

se otorga al funcionario o servidor que acredite la notificación con el documento oficial respectivo. Abarca el tiempo de concurrencia más los términos de la distancia.

l. La licencia por motivos particulares podrá ser otorgada hasta por noventa (90) días, en un período no mayor de un año de acuerdo con las razones que exponga el servidor y las necesidades del servicio.

m. La licencia por capacitación no oficializada se otorga hasta por doce (12) meses, obedece al interés personal del servidor de carrera y no cuenta con el auspicio institucional.

n. Los periodos de licencia sin goce de remuneraciones no son computables como tiempo de servicios en la Administración Pública, para ningún efecto.

o. Las licencias por matrimonio y por enfermedad grave del cónyuge, padres o hijos, serán deducidas del período vacacional inmediato siguiente del funcionario o servidor, sin exceder de treinta (30) días.

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p. Los servidores tienen derecho a ser incorporados a un régimen de pensiones y, al término de su carrera, a gozar de pensión en las condiciones establecidas por ley.

q. Los servidores de carrera tienen derecho a constituir organizaciones sindicales y de afiliarse a ellas en forma voluntaria, libre y no sujeta a condición de ninguna naturaleza. No pueden ejercer este derecho mientras desempeñan cargos políticos, de confianza o de responsabilidad directiva.

r. Las organizaciones sindicales representan a sus afiliados en los asuntos que establece la norma respectiva; sus dirigentes gozan de facilidades para ejercer la representatividad legal.

s. Reincorporarse a la carrera pública al término del desempeño de cargos electivos en los casos que la ley indique;

t. Recibir menciones, distinciones y condecoraciones de acuerdo a los méritos personales. La Orden del Servicio Civil del Estado constituye la máxima distinción;

u. No ser trasladado a entidad distinta sin su consentimiento;v. Hacer uso de la huelga en la forma que la ley determine;w. Gozar, al término de la carrera, de pensión dentro del régimen que le corresponde;

Art. 68 Obligaciones de los Servidores Públicos:a. Cumplir personal y diligentemente los deberes que impone la IE;b. Salvaguardar los intereses del Estado y emplear austeramente los recursos públicos;c. Concurrir puntualmente y observar los horarios establecidos;d. Conocer exhaustivamente las labores del cargo y capacitarse para su mejor

desempeño;e. Observar buen trato y lealtad hacia el público en general, hacia los superiores y

compañeros de trabajo;f. Guardar absoluta reserva en los asuntos que revistan tal carácter, aún después de

haber cesado en el cargo;g. Informar a la superioridad de los actos delictivos o de inmoralidad cometidos en el

ejercicio de la función pública; yh. Las demás que le señale las leyes o el reglamento.

Art. 69 Prohibiciones de los Servidores Públicosa. Realizar actividades distintas a su cargo durante el horario normal de trabajo;b. Percibir retribución de terceros para realizar u omitir actos del servicio;c. Realizar actividad política partidaria durante el cumplimiento de las labores;d. Celebrar por sí o por terceras personas o intervenir directa o indirectamente en los

contratos con su Entidad en los que tengan intereses el propio servidor, su cónyuge o parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad; y

e. Los funcionarios y servidores se conducirán con honestidad, respeto al público, austeridad, disciplina y eficiencia en el desempeño de los cargos asignados; así como, con decoro y honradez en su vida social.

f. Los funcionarios y servidores cumplirán con puntualidad y responsabilidad el horario establecido por la autoridad competente y las normas de permanencia interna en su entidad. Su incumplimiento origina los descuentos respectivos que constituyen rentas del Fondo de Asistencia y Estímulo, conforme a las disposiciones vigentes. Dichos descuentos no tienen naturaleza disciplinaria por lo que no eximen de la sanción correspondiente.

g. Los funcionarios y servidores deberán actuar con corrección y justeza al realizar los actos administrativos que les corresponda, cautelando la seguridad y el patrimonio del Estado que tengan bajo su directa responsabilidad.

h. Los funcionarios y servidores deben supeditar sus intereses particulares a las condiciones de trabajo y a las prioridades fijadas por la autoridad competente en relación a las necesidades de la colectividad.

i. Los funcionarios y servidores permanentemente deberán aplicar, actualizar y transmitir las técnicas, las normas y los procedimientos inherentes a la función que desempeñan.

j. Todo aquel que conozca la comisión de un acto delictivo, en su centro de trabajo o en circunstancias relacionadas directamente con el ejercicio de la función pública, tiene la obligación de informar oportunamente a la autoridad superior competente.

k. Los funcionarios y servidores están impedidos de realizar en sus centros de trabajo actividades ajenas a las funciones asignadas o que no cuenten con la autorización correspondiente.

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l. A cambio de la prestación de servicios oficiales, propios de la función asignada, los funcionarios y servidores no pueden exigir o recibir dádivas, obsequios, agasajos u otros similares.

m. Mientras dure su relación laboral con la Administración Pública, a través de una entidad, tanto los funcionarios como los servidores están impedidos para desempeñar otro empleo remunerado y/o suscribir contrato de locación de servicios bajo cualquier modalidad con otra entidad pública o empresa del Estado, salvo para el desempeño de un cargo docente.

Art. 70 Faltas: Se considera falta disciplinaria a toda acción u omisión, voluntaria o no, que

contravenga las obligaciones, prohibiciones y demás normatividad específica sobre los deberes de servidores y funcionarios, establecidos en el Artículo. 28º y otros de la Ley Nº 276 y su reglamento. La comisión de una falta de lugar a la aplicación de la sanción correspondiente.Las faltas se tipifican por la naturaleza de la acción u omisión. Su gravedad será determinada evaluando las condiciones siguientes:

Art. 71 Falta: modalidades agravantesa. Circunstancias en que se comete;b. La forma de comisiónc. La concurrencia de varias faltas;d. La participación de uno o más servidores a la comisión de la falta; ye. Los efectos que produce la falta.

Art. 72 La calificación de la gravedad de la falta es atribución de la autoridad competente o de la Comisión de Procesos Administrativos Disciplinarios, según corresponda.

Art. 73 Sanción: Para aplicar la sanción a que hubiere lugar, la autoridad respectiva tomará en cuenta, además:

a. La reincidencia o reiteración del autor o autores;b. El nivel de carrera; yc. La situación jerárquica del autor o autores.

Art. 74 Sanción: Clasesa. Amonestación verbal o escrita;b. Suspensión sin goce de remuneraciones hasta por treinta (30) días;c. Cese temporal sin goce de remuneraciones mayor a treinta (30) días y hasta por

doce (12) meses; yd. Destitución.Las sanciones se aplican sin atender necesariamente el orden correlativo señalado.

Art. 75 Amonestación:La amonestación será verbal o escrita. La amonestación verbal la efectúa el jefe inmediato en forma personal y reservada. Para el caso de amonestación escrita la sanción se oficializa por resolución del Jefe de Personal. No proceden más de dos amonestaciones escritas en caso de reincidencia.

Art. 76 Suspensión:La suspensión sin goce de remuneraciones se aplica hasta por un máximo de treinta (30) días. El número de días de suspensión será propuesto por el jefe inmediato y deberá contar con la aprobación del superior jerárquico de éste. La sanción se oficializa por resolución del Jefe de Personal.

Art. 77 Cese Temporal: Proceso Disciplinario PrevioEl cese temporal sin goce de remuneraciones mayor de treinta (30) días y hasta por doce (12) meses se aplica previo proceso administrativo disciplinario. El número de meses de cese lo propone la Comisión de Procesos Administrativos Disciplinarios de la entidad.

Art. 78 Destitución: Inhabilitación Por Un TrienioLa destitución se aplica previo proceso administrativo disciplinario. El servidor destituido queda inhabilitado para desempeñarse en la Administración Pública bajo cualquier forma o modalidad, en un período no menor de tres (3) años. En todos los casos, las resoluciones de sanción deberán constar en el legajo personal del servidor. La condena penal consentida y ejecutoriada privativa de la libertad por delito doloso, acarrea destitución automática. En el caso de condena condicional, la Comisión de Procesos Administrativos Disciplinarios evalúa si el servidor puede seguir prestando servicios, siempre y cuando el delito no esté relacionado con las funciones asignadas, ni afecte a la Administración Pública.

Art. 79 Del Proceso Administrativo Disciplinario

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El servidor público que incurra en falta de carácter disciplinario, cuya gravedad pudiera ser causal de cese temporal o destitución, será sometido a proceso administrativo disciplinario que no excederá de treinta (30) días hábiles improrrogables.El incumplimiento del plazo señalado configura falta de carácter disciplinario contenida en los incisos a) y d) del Artículo 28º de la Ley 276. El proceso administrativo disciplinario a que se refiere el artículo anterior será escrito y sumario y estará a cargo de una Comisión de carácter permanente y cuyos integrantes son designados por resolución del titular de la entidad.

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IX. CAPITULO:DE LOS DERECHOS, DEBERES, FALTAS SANCIONES Y ESTÍMULOS

DE LOS EDUCANDOS.Art. 80 SON DERECHOS DE LOS ALUMNOS

a. Tener asegurada su matrícula previo cumplimiento de los requisitos exigidos por la Dirección.

b. Recibir una formación integral en cada grado de estudios que le brinde seguridad moral y física, así como los servicios de orientación y bienestar que le ayuden en las diferentes etapas de su desarrollo físico intelectual y socio-emocional.

c. Recibir el asesoramiento de sus profesores y tutores sobre el desarrollo y aprendizaje de sus áreas o temas propuestos por los alumnos.

d. A ser tratados con dignidad, respeto y amor, sin discriminación de raza, color o creencia religiosa, y ser informado de las disposiciones que le conciernen como alumno.

e. A ser informados del Reglamento Interno de la Institución Educativa.f. A denunciar ante la instancia superior, con pruebas sustentadoras, actos que atenten

contra su integridad física, moral o espiritual.g. A elegir y ser elegidos en las organizaciones estudiantiles de la Institución Educativa.h. A participar de las actividades que le permitan lograr sus objetivos de aprendizaje y

socialización.i. A recibir estímulos en mérito al cumplimiento de sus deberes.j. A utilizar en beneficio de su formación todas las instalaciones, servicios, materiales, etc.

que la Institución Educativa destine para ellos.k. A expresar libremente y en forma alturada sus ideas, problemas y necesidades ante las

autoridades, profesores y tutores de la Institución Educativa. l. A ser evaluado con honestidad, justicia e imparcialidad.m. Ser atendidos con la mayor comprensión y discreción en las consultas, reclamos de

evaluación que formulan, dentro de las 24 horas, de recibida la información.n. En caso de no ser atendido adecuadamente recurrirá a su Tutor (a) quien tomará las

medidas pertinentes.o. Recibir información sobre el proceso de su evaluación p. Formular reclamos al término de cada Bimestre/trimestre o al finalizar el año después de

recibir la libreta dentro de los cinco días, cuando los calificativos no corresponde a los obtenidos.

q. Recibir estímulos por participación meritoria en representación de la I.E.r. Dirigir al Director, Profesor de Aula o área, Tutor y/o Auxiliares de Educación sus

reclamos, preocupación, sugerencias y demás inquietudes vinculadas tanto a su desempeño académico, como al funcionamiento general de la Institución Educativa.

Art. 81 SON DEBERES Y OBLIGACIONES DE LOS ALUMNOSa. Aceptar y cumplir el RI de la Institución Educativa.b. Conservar en todas partes, cuidadosamente su prestigio personal, demostrando en todo

momento lealtad y nobleza a la Institución Educativa.c. Mantener un alto nivel disciplinario cumpliendo estrechamente las disposiciones e

indicaciones de la Dirección, Docentes y Auxiliares.d. Demostrar identidad y respeto por los símbolos patrios, por la Institución Educativa y sus

distintivos.e. Asistir con puntualidad a la Institución Educativa, para tal fin tendrá en cuenta que:

- Las puertas de la Institución Educativa se abren a las 7:30 horas.- Las inasistencias y tardanzas en primera instancia serán justificadas con carácter

obligatorio personalmente por el Padre de Familia o apoderado.- El alumno que habiendo tenido alguna evaluación el día de su inasistencia no podrá

ser evaluado nuevamente, si en el plazo máximo de cinco días no presenta al profesor(a) del área o aula correspondiente la ficha de justificación de inasistencia para primaria y solicitud de inasistencia para secundaria. Para el caso de inasistencia por representación institucional la justificación será por el docente asesor o responsable quienes deben informar a la dirección durante su participación.

- Los días lunes y viernes, se realizará con solemnidad la tarea educativa rindiendo homenaje a la bandera y entonándose con unción patriótica el Himno Nacional.

a. Asistir debidamente aseado.b. Usar un lenguaje correcto y alturado cuidando el buen uso del vocabulario.c. Respetar las pertenencias de sus compañeros y profesores.

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d. Velar por el mantenimiento de la infraestructura física, SS.HH., mobiliario de la Institución educativa.

e. Permanecer en el plantel durante la jornada educativa establecida.f. Participar obligatoria y responsablemente en las actividades educativas, cívicas,

culturales, religiosas y deportivas de la I.E. g. Demostrar moral, decoro y buenas costumbres dentro y fuera de la Institución.h. Asistir a las jornadas establecidas por la Institución Educativa.i. Cuidar de la presentación y limpieza de su aula.j. Esperar a sus profesores y ponerse de pie a su llegada, a la llegada de otra persona,

saludándola verbalmente.k. Asistir obligatoriamente al acto de clausura del año lectivo de la IE.l. Es obligatoria la asistencia a la celebración de las fechas cívicas.

Art. 82 De las Clases y recreo:a. Los alumnos mantendrán en clase un comportamiento disciplinado, atento, respetuoso y

activo.b. Todos los docentes de la Institución Educativa podrán llamar la atención, amonestar e

informar sobre el comportamiento de los alumnos dentro y fuera del plantel.c. Durante las horas de clase los alumnos no deben salir de las aulas, salvo casos de

extrema urgencia o necesidad.d. Los alumnos mantendrán y conservarán la limpieza del aula, ambientes donde se trabaja

y cuidado del material, no arrojarán papeles al suelo, no harán inscripciones en las carpetas cada alumno es responsable de su carpeta, el deterioro provocado de la carpeta será cubierto por el padre de familia.

e. Los brigadieres, policías escolares, policías ecológicos y regidores están encargados de ayudar con el mantenimiento de la disciplina y limpieza del aula.

f. Ningún alumno(a) podrá interrumpir el desarrollo de clases sin permiso especial de la dirección .

g. Los alumnos aprovecharán el recreo para ir a los servicios higiénicos, puesto que no se dará permiso durante las horas de clase, salvo alguna emergencia.

h. Al término del recreo los alumnos deben retornar a sus aulas en forma ordenada y esperar a su profesor (a) dentro del aula.

i. Concluidas las labores del día los alumnos saldrán de la Institución Educativa en forma ordenada.

Art. 83 Estímulos y Sanciones para los AlumnosPara estimular el comportamiento y el esfuerzo de superación moral, intelectual y físico de los alumnos de la I.E. se otorgarán los siguientes estímulos: Felicitaciones orales y escritas Felicitación Pública de honor Diploma de honor y excelencia Publicación en el Cuadro de Honor ( a cargo de los tutores de cada sección) Medalla de honor. Otras que la IE determine.Se consideran conductas dignas de ser estimuladas las siguientes: Participar en forma voluntaria en actividades para las que sean convocados por

alguna autoridad de la I. E. Cumplir satisfactoriamente con la representación de la IE. en eventos para los que

haya sido designado(a). Demostrar lealtad a la Institución y sus normas, tanto dentro como fuera de la IE Dar muestra de honradez Contribuir al prestigio de la IE. a través de la práctica de valores Mantener una buena presentación personal, caracterizada por su orden, aseo y

sencillez. Colaborar en el mantenimiento de la disciplina y la buena presentación de su aula Defender la moral y las buenas costumbres Destacar en aprovechamiento y conducta. Ganar los concursos organizados por el MINEDU y otras instituciones en todas sus

etapas.

Art. 84 De las Faltas y SancionesEstán contemplados diversos tipos de faltas y sanciones para los alumnos que observen comportamientos inadecuados, las mismas que buscan hacer posible la recuperación de la conducta normal y deseable en el alumno (a) que incurre en la falta, así como la

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salvaguarda del derecho educativo de los demás estudiantes. Entre las faltas se consideran.

Art. 85 Faltas Levesa. Faltar o llegar tarde a la IE de manera reiterada sin que se justifique oportunamente.b. Fomentar el desorden en cualquier ambiente del plantel. Decir palabras soeces.c. Faltar el respeto a las autoridades escolares y compañeros de aula.d. Desobedecer las indicaciones de: Dirección, profesores, auxiliares y autoridades

escolarese. Usar prendas y accesorios que no correspondan al uniforme escolar.f. Inadecuada presentación personal (pelo largo varones, aretes, uñas pintadas, adornos

y maquillaje)g. Demorar en la formación, salir del aula sin autorización, quedarse en los patios y

quiosco, ingresar sin permiso a otras aulas.h. No entregar citaciones o comunicados a sus padres o apoderados.i. Traer a la I. E. artículos (como revistas, radios, celulares, MP3, etc.) extraños al trabajo

académico.j. Son conductas contrarias a las normas de convivencia como gritar en aula en horas de

clase, tirar papeles, correr, empujarse, escupir al suelo, insultarse, etc.

Art. 86 Faltas Graves a. La reincidencia en las faltas señaladas en artículo anterior.b. No presentarse en las actividades oficiales programadas por la I.E.c. Falta de respeto al personal docente, administrativo y de servicio en la IE.d. Preparar y portar escritos, libros, recortes, etc. con la premeditada determinación de

copiar en los exámenes.e. Observar actitudes irrespetuosas durante eventos cívicos o religiosos.f. No ingresar a las clases permaneciendo indebidamente en los baños, patios, etc. Sin

autorización de la autoridad competente.g. Abandonar el aula en horas de clase o durante el cambio de hora.h. Causar daño físico o moral a cualquier miembro de la comunidad educativa i. Apropiarse de bienes ajenosj. Ocasionar daño a los muebles, material educativo, instalaciones de la I. E. así como en

los útiles escolares de sus compañeros (la imposición no excluye de la obligación de reponer los materiales o enseres que hubiesen sido dañados)

k. Faltar a la verdad o tergiversarla de manera maliciosa.l. Falsificar firmas o adulterar documentos de carácter oficial. Evadirse del plantel o de

cualquier actividad a la que concurra en representación del mismo.m. Emitir juicios injuriosos o difamación contra el personal que labora en la I.E. o sus

compañeros, fomentar el insulto, la discriminación, burla, grosería, el apodo y el desorden.

n. Encontrar a los alumnos jugando en cabinas de Internet dentro del horario de clase.o. Traer y/o vender licor, cigarrillos, sustancias tóxicas, etc.p. Beber licor, fumar, consumir drogas en la IE, venir con síntomas de embriaguez o en

estado etílico.q. Hablar palabras soeces en presencia de autoridades, docentes, padres de familia y

estudiantes de la Institución Educativa.r. Realizar acciones deshonestas o reñida contra la moral y buenas costumbress. Promover desordenes vandálicos dentro y fuera de la instituciónt. Liarse a golpes con sus compañeros dentro y fuera de la institución.u. Utilizar o poseer instrumentos punzo cortantes, como: navajas, cuchillos y otrosv. Faltar de palabra o burlarse de las autoridades, docentes, auxiliares y personas de la

institución educativa.w. Realizar peticiones o reclamos sin fundamento y en grupos en forma impositivax. No acatar disposiciones de la Institución Educativa.y. Negarse a participar en actividades cívico patrióticas, religiosas y deportivas.z. Falta de respeto al brigadier general, de sección y policías escolares.

aa. Traer a la I.E. revistas, tarjetas, material escrito, gráfico en general que contenga un mensaje pornográfico o indecente u objetos que atenten contra la moral y las buenas costumbres en la I.E. no deberá traer objetos como "celulares", "reproductor mp3", “Ipod”, "video juegos", “CD”, “DVD”, revistas y/o materiales no autorizadas por algún docente y otros objetos ostentatorios que puedan distraer su trabajo escolar, los mismos que serán decomisados por los Directivos, Tutores/as o profesores/as. El objeto será

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devuelto al padre de familia cuando se crea por conveniente. Si algunos de estos objetos se pierden, La I.E. promueve y colabora en su búsqueda censurando el hecho; pero no se responsabiliza de la pérdida de estos objetos.

bb. Acoso sexual entre alumnos.

Art. 87 De las SancionesSerán sancionados

Art. 88 Por Faltas Levesa. Amonestación verbalb. Registro en el parte diario para primaria y registro anecdotario para secundaria

Art. 89 Por Faltas Graves

Art. 90 Matricula CondicionalSe condiciona la matrícula:

a. En el caso que haya presentado reiterados problemas de conducta durante el año inmediato anterior.

b. Alumnos cuyos padres evidencian falta de interés en su relación con la I.E. al inasistir reiteradamente a citaciones de carácter diversos (entrega de boletas de notas, asambleas, reuniones de comité de aula, etc.)

c. La matrícula se realizará con el compromiso escrito del alumno y padre de familia de evitar cualquier incidente durante el año escolar

d. En el mes de diciembre de cada año, se evaluará el desempeño escolar, en caso de haber superado la causa que motivó el condicionamiento de su matrícula, este quedará levantado, de lo contrario se comunicará al padre de familia para que recoja los documentos de escolaridad.

Art. 91 Permisos:a. Los alumnos tendrán permisos por salud según la gravedad y certificado de salud.b. Se emitirá una resolución directoral para postergación de evaluación.c. También tendrán permiso por muerte de padres y hermanos.

Art. 92 De Observación de Actitudes:1. Los estudiantes son observados durante el desarrollo de las sesiones de aprendizaje

por los profesores.2. Los docentes auxiliares registran las incidencias y actitudes en el cuaderno

anecdotario y faltas considerados en este reglamento.

X. CAPÍTULO:DE LAS RELACIONES Y COORDINACIONES.

Art. 93 La Institución Educativa 80143-ESPM/A1-“TRMC” coordina con la Municipalidad Distrital, provincial y con los diferentes sectores, instituciones y empresas públicas o privadas el apoyo y cooperación para de acuerdo a la necesidad mejorar la calidad de servicio que brinda nuestra institución educativa.

Art. 94 El Centro Educativo coordinará con:

a. La Municipalidad Distrital y Provincial.b. UGEL Sánchez Carriónc. Centro de Salud Marcabalitod. Juzgado de paz.e. Gobernación.f. Otros de carácter local, regional y Nacional.

 

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XI. CAPÍTULO:DE LOS SERVICIOS DE ORIENTACIÓN, BIENESTAR SOCIAL Y

RECREACIÓN.Art. 95 La Tutoría y Orientación Educativa es un servicio de acompañamiento a los

educandos en las diversas áreas.Art. 96 La orientación de los alumnos es dirigida por los profesores, tutores y auxiliares de

educación con la finalidad de practicar valores dentro y fuera de la IE. Y así contribuir a una educación integral de nuestros estudiantes.

Art. 97 Los alumnos gozarán de todos los espacios recreativos que brinda la Institución Educativa a fin de contribuir a su desarrollo personal y social.

Art. 98 Las actividades recreativas en Educación Primaria y Secundaria estarán a cargo de los Profesores de Aula, Tutores, Asesores y Profesores de área quienes formulan un Plan de trabajo específico para la ejecución y participación en los eventos recreativos, culturales, deportivos y/o similares.

Art. 99 La participación de los docentes en eventos culturales deportivos, estará a cargo de Comisiones quienes formularán un Plan de trabajo específico detallando los pormenores para la ejecución y financiamiento.

Art. 100 La IE promoverá actividades sociales en beneficio de los alumnos referidos a: salud, alimentación, psicología, salud reproductiva, etc.

XII. CAPÍTULO:DE LA ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS

Art. 101 La Institución Educativa está autorizada a captar ingresos propios por los conceptos siguientes:a. Recursos Propios generados por la Institución Educativa y que están establecidos en

el TUPAb. Se denominan Recursos Propios a los ingresos generados y administrados por la

misma Institución Educativa por diferentes conceptos, excluyendo los provenientes del tesoro público, destinados al mejoramiento institucional del servicio educativo.

Art. 102 Captación de Recursos Propios: La Institución Educativa está autorizada a generar y administrar recursos propios por

los siguientes conceptos:a. Servicios de extensión educativa relacionados con el reforzamiento pedagógico,

nivelación, capacitación y actualización a estudiantes, docentes y a la comunidad en general y reconversión laboral.

b. Las utilidades generadas por los conceptos descritos, se destinarán exclusivamente para el mantenimiento y modernización del equipamiento e infraestructura de la Institución Educativa.

c. El director y el Comité de Gestión de Recursos Propios es responsable de la administración de los ingresos captados por la institución educativa, de acuerdo al TUPA de la I.E. aprobado mediante Resolución Directoral por los conceptos que a continuación se detalla:

Donaciones y convenios. Constancia de Estudio. Rectificación de apellidos. Examen de recuperación. Examen de Subsanación. PRP (Programa de Recuperación Pedagógica) Art. 103 El Tesorero del Comité de Gestión de Recursos Propios deposita estos recursos en la

cuenta abierta en coordinación con el Director Son funciones de la tesorera de recursos propios:

a. Recaudar el dinero que ha ingresado a la I.E por concepto de recursos propios.b. Llevar debidamente archivados los talonarios de recibos y otrosc. Apoyar en forma efectiva a la Dirección.

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XIII. CAPÍTULO

DEL COMITÉ DE EVALUACIÓN.

Art. 104 Encargado de evaluar el ingreso, desempeño de los docentes, así como de proponer contrataciones y promociones del personal docente y administrativo se constituirá oportunamente un comité especial de evaluación conformado por:

Art. 105 Para El Ingresoa. El Director de la Institución Educativa titular o encargado quien lo presideb. El Subdirector o coordinador académico del nivel o modalidad que correspondac. Un representante de los padres de familia integrante del CONEI o el que haga sus

veces.

Art. 106 Para el Desempeño Docented. El Director de la Institución Educativa e. El coordinador académico del nivel f. Un profesor de la misma modalidad, forma, nivel, o ciclo que el evaluado y de una

escala superior. Art. 107. El comité Especial de Evaluación será constituido a más tardar el mes de diciembre

del año anterior mediante resolución del Director de la Institución Educativa.

XIV. CAPÍTULO:DE LAS ORGANIZACIONES DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA.

DE LA ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA.Art. 108 La Asociación de Padres de Familia (APAFA) es una organización estable de personas

naturales, sin fines de lucro, de personería jurídica de derecho privado y puede inscribirse en los Registros Públicos. Es regulada por el Código Civil, en lo que sea pertinente, la Ley General de Educación, es derecho de los padres de familia de participar en el proceso educativo de sus hijos.

Art. 109 En la Asociación de Padres de Familia participan los padres de familia, tutores de la institución educativa pública, de acuerdo a los requisitos señalados en la Ley. La Asociación de Padres de Familia ejerce las siguientes atribuciones:a. Participar en el proceso educativo de sus hijos.b. Colaborar en las actividades educativas que ejecuta la institución educativa,

promoviendo un clima armonioso favorable para el aprendizaje y la inclusión de las personas con discapacidad en igualdad de oportunidades.

c. Vigilar la distribución oportuna y el uso adecuado del material educativo que utilizan los estudiantes.

d. Velar por la mejora de los servicios, infraestructura, equipamiento, mobiliario escolar y materiales, tanto educativos como lúdicos.

e. Gestionar la implementación de programas de apoyo alimentario; de salud física y mental; de deportes, orientación vocacional y de otros servicios que contribuyan al bienestar de los estudiantes.

f. Recibir información sobre el manejo administrativo, financiero y económico de la institución educativa.

g. Denunciar, ante los órganos competentes las irregularidades que se produzcan en las instituciones educativas.

h. Participar, a través de veedores, en los procesos de adquisición de bienes y servicios que se realicen en las instituciones educativas..

i. Proponer estímulos para los estudiantes, personal docente y administrativo que logren un desempeño destacado en las instituciones educativas.

j. Brindar información y rendir cuenta documentada a los asociados. k. Participar, a través de sus representantes, en el Consejo Educativo Institucional.

Art. 110 Los padres de familia participan través de su representante en el CONEI:

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a. Participar en la formulación y ejecución del Proyecto Educativo Institucional (PEI) y en el Plan Anual de Trabajo (PAT), con excepción de los aspectos técnico-pedagógicos.

b. Participar en el comité de evaluación para el ingreso, y permanencia del personal docente y administrativo de la institución educativa, de conformidad con las normas que emite el Ministerio de Educación y las instancias intermedias de gestión, en concordancia con los criterios y procedimientos que establezca el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa.

c. Propiciar la solución de conflictos que se susciten en el CONEI, priorizando soluciones concertadas, frente a quejas o denuncias que no impliquen delito.

d. Participar en el proceso de autoevaluación de la institución educativa. e. Vigilar el acceso, la matrícula oportuna y la asistencia de los estudiantes, en la

institución educativa. f. Cautelar el cumplimiento de los derechos y principios de universalidad, gratuidad,

equidad y calidad en las instituciones educativas públicas. g. Vigilar el adecuado destino de los recursos de la institución educativa y de aquellos

que, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento General de la Asociación de Padres de Familia, estén comprometidos con las actividades previstas en el Plan Anual de Trabajo.

h. Colaborar con el Director para garantizar el cumplimiento de las horas efectivas de clase, del número de semanas lectivas y de la jornada del personal docente y administrativo.

Art. 111 Las APAFA deben contar, cuando menos, con la siguiente estructura orgánica básica: 1.-La Asamblea General. 2.-El Consejo Directivo. 3.-Órganos de Participación:

El Pleno de los Presidentes de los Comités de Aula 4.-Órgano de Control:

El Consejo de Vigilancia.

Art. 112 Asamblea GeneralLa Asamblea General es el máximo órgano de la APAFA. Está constituida, cuando corresponda, por la reunión de los padres de familia.

Art. 113 Atribuciones de la Asamblea Generala. Aprobar y modificar su estatuto. b. Debatir y aprobar los informes económicos mensuales y los balances semestrales. c. Debatir y aprobar el Plan Operativo Anual (POA). d. Fijar el monto de las cuotas ordinarias, extraordinarias y multas de los asociados. e. Remover, por causa justificada, a los integrantes del Consejo Directivo.

Elegir, mediante sorteo, a los integrantes del Comité Electoral. elegir al veedor ante los comités especiales. Elegir a su representante ante el CONEI.

Art. 114 Consejo DirectivoEl Consejo Directivo es el órgano ejecutivo de la APAFA. Sus integrantes son elegidos sólo por voto directo, universal y secreto. Su mandato es de dos años. No hay reelección inmediata.No pueden integrar el Consejo Directivo, el Consejo de Vigilancia ni el Comité Electoral de la APAFA:a. El personal directivo y jerárquico, o los docentes y trabajadores administrativos de la

institución educativa correspondiente; b. Los miembros de la APAFA, cuyos hijos, tutelados cursen el último grado de estudios

que brinda la institución; c. Los miembros de la APAFA que registren antecedentes penales.

Art. 115 De los Deberes de los Padres De Familia.a. Educar a sus hijos, tutelados. b. Contribuir a que en la institución educativa exista un ambiente adecuado que

beneficie el aprendizaje y permita la formación integral de los estudiantes. c. Estar informados sobre el rendimiento académico y la conducta de sus hijos. d. Apoyar la labor educativa de los profesores.

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e. Colaborar y participar en las actividades educativas programadas por el Director y los docentes.

f. Cuidar y preservar los bienes de la institución educativa. g. Cumplir con las obligaciones previstas en el estatuto de la APAFA. h. Denunciar, ante los órganos o autoridades competentes, a los integrantes de los

órganos de la APAFA que incurran en irregularidades. i. Colaborar con las actividades que realice la institución educativa en función del PEI. j. Velar por que la institución educativa brinde las facilidades indispensables que

requieran los estudiantes con discapacidad. k. Velar por la probidad y transparencia de la gestión institucional. l. Velar por el cumplimiento del derecho a la educación de calidad de los estudiantes. m.Enviar a sus hijos puntualmente, correctamente uniformados, con la insignia, limpios

en su vestimenta y cuerpo y con los útiles escolares correspondientes de acuerdo al horario de clases.

n. Justificar obligatoriamente la inasistencia de sus hijos dentro de las 24 horas siguientes.

o. Matricular personalmente a sus hijos en las fechas programadas y el turno correspondiente, presentando la documentación pertinente.

p. Asistir puntualmente a las reuniones programadas por los profesores, comités de aula o APAFA

q. Recibir personalmente la boleta de calificaciones de sus hijos.r. Es responsable de la conducta de sus hijos dentro y fuera de la I.E.s. Abonar con 24 horas de anticipación los derechos por evaluación de recuperación,

subsanación y repitencia.t. Velar por la buena conservación del aula de su hijo.u. Asistir puntualmente al llamado de los profesores, auxiliar o Comité de Disciplina,

portando la citación.v. Comunicar inmediatamente al personal responsable sobre alguna agresión o abuso

cometido contra su hijo en el interior de la I.E.w. Solicitar, por lo menos con 5 días de anticipación, los certificados de estudios y otros

documentos.x. Pagará o repondrá por los daños a los bienes de la I.E., ocasionados por sus hijos.y. Tiene que identificarse obligatoriamente al momento de ingresar a la I.E.z. Asistir, colaborar y participar en las actividades culturales, educativas y deportivas

que organice la I.E. o el aula.aa. Comunica a la Dirección o Subdirección sobre cualquier atentado que observen en

contra de la I.E.bb. Informa cualquier actitud sospechosa en contra de los alumnos y personal que

labora en la IE. cc. No deben permitir que sus hijos lleven a casa objetos que no le pertenecen.

Asistir obligatoriamente a la Clausura del Año Escolar.dd. Entrevistarse con el profesor siempre y cuando lo pida por escrito y no

interrumpiendo la labor docente.ee. Cumplir estrictamente con las recomendaciones de los profesores para un mejor

logro de las actividades educativas.ff. Los padres de familia que esperan a sus hijos en horas de salida deben hacerlo en la

puerta principal y no ingresar al local, únicamente lo podrán hacer por un caso de urgencia.

Art. 116 Prohibiciones de los Padres De Familia

a. Calumniar, difamar y ofender de palabra al personal que labora en la I.E. o a los alumnos.

b. Interrumpir en las horas de clase a los profesores.c. Ingresar a la I.E. y al aula, sin identificación y permiso del personal respectivo.d. Amenazar, insultar o agredir a los estudiantes cualquiera fuera el caso.e. Expresarse con palabras soeces dentro o en los alrededores del local de la I.E.f. Protagonizar peleas o riñas con otros padres de familia, por conflictos entre sus

hijos o por asuntos personales.g. Permanecer en la puerta de la I.E. luego del ingreso o salida de los estudiantes,

sobre todo formando grupos.h. Deambular al interior de la I.E. en horas de formación o de clase distrayendo la

atención de los estudiantes.

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i. Ingresar a la I.E. para realizar ventas de artículos para provecho personal

Art. 117 Sanciones:a. Los padres de familia que lleguen fuera de la hora a sus citaciones no ingresarán

a la I.E.b. Los padres de familia que no ratifica la matrícula de sus hijos pierde su derecho a

vacante, beneficiando así a nuevos estudiantes.c. El padre de familia que no asista a recoger la boleta de calificaciones de su hijo

se hará acreedor a una multa impuesta por el Comité de Aula.

 Art. 118 Estímulos Los padres de familia que dan ejemplo de trabajo, colaboración, honradez y otras

acciones positivas por el bien de la I.E. y de los estudiantes en su conjunto, se hará acreedor a un diploma, mención honrosa o felicitación escrita.

 Art. 119 Del Comité de Aula

a. El Comité de Aula es el órgano a través del cual los padres de familia colaboran en el proceso educativo de sus hijos.

b. El Comité de Aula está constituido por la reunión de los padres de familia o apoderados que tienen un hijo o pupilo en el aula, quienes serán representados por una Junta Directiva, que tiene una vigencia de un año, integrada por:1. Un Presidente.2. Un Secretario, y,3. Un Tesorero.

 Art. 120 Los miembros que conforman la Junta Directiva del Comité de Aula, serán elegidos en

una reunión convocada por el profesor, asesor y tutor del aula, inmediatamente después de culminado el proceso regular de matrícula, la que contará con la asistencia de la mayoría padres de familia del aula o apoderados. Un padre de familia no podrá presidir más de un Comité de Aula.Los miembros de la Junta Directiva del Comité de Aula cumplirán con las siguientes funciones:1.- Funciones del Presidente del Comité de Aula:

a. Representar al aula en la Junta de Presidentes de Comités de Aula.b. Coordinar permanentemente con el profesor o tutor para solucionar los problemas

del aula.c. Dar ejemplo de puntualidad y de cumplimiento de las tareas encomendadas.d. Asistir a todas las reuniones que se convoquen.e. Incentivar las buenas relaciones humanas entre los miembros.

2.- Funciones del Secretario:a. Llevar el libro de actas en todas las reuniones y tenerlo al díab. Asistir puntualmente a todas las reuniones convocadas.c. Antes de dar inicio a la reunión lee el acta de la reunión anterior para el firmado

posterior.3.- Funciones del Tesorero:

a. Hacer el cobro de las cuotas acordadas para el mantenimiento del Comité del Aula.

b. Solicitar al profesor o tutor sobre los requerimientos o necesidades del aula.c. Realizar las compras de las necesidades del aula.d. Entregar, al final del año, el dinero sobrante.

Art. 121 Los Comités de Aula tienen las siguientes funciones específicas:a. Apoyar al profesor en la mejor presentación del aula.b. Propiciar las buenas relaciones humanas entre sus miembros y otros comités.c. Participar en forma permanente y activa en el arreglo del mobiliario así como en

el pintado de puertas, paredes, ventanas, carpetas y ambientación del aula.d. Integrar comisiones de trabajo en bien del aula y de la I.E.e. Aportar una cuota o aporte económico para la realización de trabajos en el aula.f. Antes de la Clausura del Año Escolar tienen la obligación de dejar el aula limpia y

el mobiliario en perfecto estado con la finalidad de facilitar la apertura del año académico siguiente.

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Art. 122 El Comité de Aula puede reunirse a pedido del profesor asesor, el Presidente de la misma o por un pedido firmado por el 50% más uno de los miembros del Comité de Aula con la exclusiva finalidad de tratar asuntos del aula. La no asistencia o el llegar tarde a las reuniones, así como el incumplimiento en las tareas o faenas programadas serán causales para la aplicación de una sanción o multa que será determinado por la Asamblea del Comité de Aula.

Art. 123 Los fondos recaudados por el Comité de Aula deben ser empleados exclusivamente en beneficio de los alumnos del mismo. Al finalizar el año escolar no debe de quedar dinero sobrante.

 Art. 124 De los Ex Alumnos

a. La asociación de ex alumnos es un organismo de apoyo, y su participación se da en los niveles: social, cultural, deportivo, y está integrado por los alumnos egresados de la I.E. quienes cumplen con las siguientes funciones:

b. Participa y apoya en las acciones educativas de proyección a la sociedad, y tiene como sede nuestra IE.

c. Los ex alumnos deberán organizarse a iniciativa de sus miembros, para prestar su apoyo a la institución donde estudiaron mediante la presentación de proyectos de gestión en bien de la institución.

d. Participan activamente en el aniversario del colegio pudiendo realizar aportes voluntarios en bien de la I.E.

 DEL COMITÉ DE GESTIÓN DE RIESGOS:

Art. 125 Es el organismo que tiene como misión principal, organizar, planificar y dirigir la protección y seguridad en materia de Defensa Civil. El comité tiene la siguiente organización:

Presidente: Director de la IEVice – Presidente: Presidente de APAFA Coordinador. Elegido en asamblea para cada turno.Jefe de Protección y Seguridad: El coordinador de TUTORÍA en el caso de Educación

Secundaria de Menores, un profesor en primaria de menores Los Brigadas de Defensa Civil: Están conformadas por alumnos, organizados por el

jefe de protección y seguridad, constituyéndose en los elementos operativos de Defensa Civil. En la Institución Educativa las Brigadas son:a. Brigada de Seguridad y Evacuación: Las que reciben charlas sobre seguridad y

evacuación y dirigen a sus compañeros de aula las zonas de seguridad encabezando la acción.

b. Brigada de Señalización y Protección: Procede a señalizar todas las áreas de seguridad y protección dentro del salón de clases, las Áreas de riesgo empleando la simbología respectiva. Mantienen la ubicación y enlace durante el desplazamiento del alumnado a las zonas de seguridad y protección.

c. Brigada de Primeros Auxilios y Recuperación: Se capacita, en coordinación con la Cruz Roja, en las nociones básicas de primeros Auxilios y en la organización del botiquín de emergencia. Se instala en las zonas de seguridad y se dirigen a proporcionar los primeros auxilios, trasladando a los heridos a la zona de atención, dando cuenta inmediatamente al Jefe de protección y seguridad sobre la acción tomada.

d. Brigada de Servicios Especiales: Constituida por el personal docente y no docente del colegio y bajo la dirección del Jefe de Protección y Seguridad. Está encargada del corte del fluido eléctrico y de manejar la comunicación interna y externa al producirse un amago de incendio y procederá a combatirlo y cortará el fluido eléctrico o usará los elementos de su alcance. Esta brigada coordinará estrechamente con los integrantes del Comité de Defensa Civil de la ciudad.

Art. 126 La Comisión de Gestión de Riesgos, entre otras tiene como funciones:a. Elaborar el Plan de Gestión de Riesgos y Plan de Contingencia de la I.E. b. Organizar las brigadas de Defensa Civil de la Institución educativa.c. Asumir funciones operativas durante fase de emergencia. d. Realizar simulacros de sismos con participación de la comunidad educativa. e. Realizar charlas de capacitación a los alumnos en coordinación con Defensa

Civil del sector.

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f. Coordinar todas las acciones de protección y seguridad con las instancias inmediatas superiores de Defensa Civil del sector, educación y otras entidades afines tales como bomberos, municipio, hospitales, fuerzas policiales, etc.

g. Coordinar con la comisión de imagen institucional las zonas de peligro y de seguridad de la Institución educativa.

Art. 127 Conformación del Comité de Tutoría Y Orientación Educativaa. El Director, quien lo preside, o su representante.b. El Coordinador de Tutoría.c. Los tutoresd. El (a) Psicólogo (a) Escolar y/o asistenta sociale. Representante de los estudiantes, de acuerdo con la organización de la I.E.f. Otros integrantes según las necesidades y características de la I.E.

Art. 128 Función de los Padres de Familiaa. Asistir y participar en las reuniones que convoca el tutor y/o Asesor para brindarles

información sobre el proceso de desarrollo de sus hijos en sus diferentes aspectos (social, académico, afectivo, etc.).

b. Brindar información al tutor y/o Asesor acerca de los avances y dificultades que perciben en sus hijos.

c. Apoyar las metas que sus hijos se proponen lograr en la escuela, comentando los progresos y logros que ven en ellos y alentándolos para que les soliciten ayuda cuando lo necesiten.

d. Reparar y/o reponer la infraestructura, mobiliario, equipos, etc., del aula Funcional que su menor hijo (a) ha destruido bajo responsabilidad de informar a las autoridades pertinentes.

e. Cumplir con los acuerdos establecidos en su Declaración Jurada firmada al inicio del año.

f. Participar en las actividades que organiza la I.E.,: (faenas de limpieza, elaboración de materiales didácticos, ambientación de aula, etc.,) el aula, Tutor y/o Asesor .

Art. 129 Función De Los Estudiantes a. Proponer temas a trabajar durante las sesiones de tutoría, de acuerdo con sus

necesidades e intereses.b. Apoyar el desarrollo de las capacidades de sus compañeros.c. Participar activa y responsablemente en los consejos de aula, municipios escolares,

etc.d. Realizar periódicamente reuniones de aula utilizando la hora de tutoría.e. Proponer a los docentes que consideren los adecuados para cumplir la función de

tutor.f. Realizar un proyecto anual de ayuda social.g. Evaluar el desarrollo de sesiones de tutoría.h. Existen organizaciones que pueden apoyar la labor de tutoría, como por ejemplo:

organizaciones de base (Asociaciones de vecinos, Juntas vecinales, Comunidades campesinas, clubes de madres, comedores populares, etc.).

i. Sectores del Estado: Posta Médica, Comité de Defensa Civil, PNP, Juzgados de Paz, DEMUNA, etc.; La Municipalidad a través del Alcalde y las comisiones de Educación y cultura, y de salud y saneamiento ambiental; La Iglesia; ONGs ; Universidades e Institutos Superiores.

Art. 130 Disciplina y Convivencia Escolara. La disciplina escolar es el conjunto de procedimientos y acciones formativas que

fomentan la interiorización de valores, el respeto a las personas y el cumplimiento de las normas que garantizan la regulación del comportamiento de los estudiantes y una convivencia armoniosa entre todos los miembros de la comunidad educativa.

b. El Director garantizará la permanencia en la Institución Educativa de los estudiantes que presentan problemas de consumo de drogas legales e ilegales, coordinando para que reciban tratamiento especializado con el sector salud u otras instancias de la comunidad.

c. La niña o la adolescente, embarazada o madre no debe ser impedida de iniciar o proseguir sus estudios, el Director adoptará las medidas del caso para evitar cualquier forma de discriminación.

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d. Las funciones del responsable o coordinador de la convivencia y disciplina escolar, son: Comportarse de manera ejemplar dentro y fuera de la Institución Educativa,

promoviendo con su ejemplo la disciplina y convivencia escolar. Velar por la interiorización y el cumplimiento de las normas de convivencia y

disciplina establecidas en la Institución Educativa. Verificar que los tutores lleven un registro escrito actualizado del

comportamiento de los estudiantes que incluya sus desempeños positivos y negativos.

Participar del Comité de Tutoría, Convivencia y Disciplina escolar para contribuir con los tutores a que sus actividades de tutoría y orientación educativa fortalezcan la convivencia y disciplina escolar y el uso adecuado del tiempo, mediante la orientación grupal e individual.

Reunirse periódicamente con los profesores y auxiliares con el propósito de evaluar la convivencia y disciplina y el uso del tiempo escolar así como coordinar las acciones pertinentes para su mejoramiento.

Recepcionar y canalizar las iniciativas de la Comunidad Educativa dirigidas a mejorar la disciplina escolar.

Recepcionar y canalizar las iniciativas de la Comunidad educativa dirigidas a mejorar la disciplina escolar.

Mediar en la solución de los conflictos que pudieran suscitarse en la Institución Educativa.

e. Los profesores, auxiliares y personal administrativo, tienen el deber de: Comportarse de manera ejemplar dentro y fuera de la Institución Educativa o

Programa, promoviendo con su ejemplo la disciplina y convivencia escolar. Promover y velar permanentemente por el cumplimiento de las normas de

convivencia y disciplina escolar, el uso adecuado del tiempo y la formación ciudadana, cívica y patriótica.

Garantizar que las sanciones a los estudiantes no atenten contra los derechos de los niños, niñas, adolescentes, jóvenes y adultos.

f. Los tutores tienen el deber de: Comportarse de manera ejemplar dentro y fuera de la Institución Educativa,

promoviendo con su ejemplo la disciplina y convivencia escolar. Velar por el cumplimiento y la interiorización de las normas mediante la

orientación educativa permanente de manera grupal e individual. Implementar un registro en el cual consignarán las acciones principales

consideradas positivas y negativas por cada estudiante. Desarrollar en sus estudiantes el respeto hacia su propia persona, a sus pares, a

los profesores, padres, autoridades y demás personas con las que interactúen. Promover las normas de respeto mutuo en las relaciones interpersonales. Desarrollar en sus estudiantes las habilidades sociales de comunicación y

resolución de conflictos.g. Los estudiantes deben:

Respetar a sus compañeros de aula y de la Institución Educativa. Manifestar respeto permanente por los profesores, padres de familia, personal

auxiliar, deservicio y a toda persona con la que interactúen. Respetar las diversas creencias religiosas, condición económica, social y étnico

cultural delos miembros de la comunidad educativa. Saludar respetuosamente a las personas dentro y fuera de la Institución

Educativa. Cumplir puntualmente el horario de ingreso, recreo y salida. Acudir a la Institución Educativa cuidando su presentación y aseo personal y con

vestimenta apropiada para el trabajo escolar. Expresarse con un lenguaje amable, respetuoso, sin uso de expresiones

grotescas. Solicitar sus pedidos respetuosamente para aquellas acciones que requieran

autorizaciónpor parte del docente o por norma de la Institución Educativa. Apoyar el proceso de inclusión de sus compañeros con necesidades educativas

especiales.  Velar por el cuidado y limpieza de las instalaciones y patrimonio de la Institución

Educativa. Participar en la elaboración de normas de convivencia en el aula y los

respectivos reglamentos de disciplina y uso adecuado del tiempo.

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Art. 131 La comisión de Disciplina coordina con el Comité de Tutoría sobre alumnos observados (Con matricula condicionada), y participa en la elaboración del informe de alumnos con problemas de conducta previa coordinación con el asesor(a) y auxiliares.

COMISIÓN DE ESCUELAS LIMPIAS SEGURAS Y SALUDABLES:

Art. 132 La comisión se encarga de planificar, ejecutar y evaluar las actividades programadas para el año lectivo, con la participación del personal directivo, docente, padres de familia y la colaboración de especialistas de la comunidad, promoviendo el desarrollo de capacidades, formación de la conciencia ambiental y la Educación para el desarrollo sostenible en la EBR, se otorgará preferentemente atención a los servicios de salud, alimentación y asistencia social, en coordinación con la APAFA y organismos del sector público y privado.a. La comisión de Escuelas Limpias Seguras y Saludables emite su opinión con

relación a los alumnos con enfermedades para que sean tratados por las Instituciones de Salud

b. Constituir y asesorar a las brigadas ecológicas y coordinar con el comité de Disciplina y Convivencia Escolar y Defensa Civil.

c. Contribuir en el mantenimiento de limpieza de la I.E.d. Coordinar con la comisión de Escuela de Padres.e. Informar de manera inmediata a los padres de familia sobre las enfermedades de

sus hijos.f. Comunicación permanente con los auxiliares y docentes tutores.g. Supervisar en coordinación con los auxiliares la correcta presentación de las aulas.h. Manejará un fólder de ocurrencias.

COMISIÓN DE IMAGEN INSTITUCIONAL Y RELACIONES HUMANAS:

Art. 133 Esta comisión tiene como finalidad programar y ejecutar actividades que mejoren nuestra imagen institucional, debe constituirse una comisión por nivel, cuya labor principal es la coordinación entre comisiones y sus responsabilidades son:a. Velar por la correcta presentación de los educandos en coordinación con la Comisión

de Tutoría, auxiliares y brigadieres.b. Propiciar la adecuada presentación de los docentes.c. Promover actividades extracurriculares en bien del clima institucional magisterial,

tales como excursiones, visitas, pasantías, etc. d. Coordinar con la dirección e instituciones públicas y privadas para realizar visitas con

los alumnos.e. Programar trabajos comunales en coordinación con la APAFA para el mejoramiento,

conservación, limpieza y mantenimiento de la infraestructura del centro educativo.f. Velar por la correcta distribución del mobiliario escolar de acuerdo a la edad y

necesidades de los estudiantes.g. Coordinar con el personal de servicio para el buen mantenimiento y limpieza de las

aulas, servicios higiénicos, patio, entrada del plantel y otros.

COMISIÓN DE SUPERVISIÓN DE QUIOSCO – CAFETÍN ESCOLARArt 134 La administración del Kiosco Escolar estará a cargo de las promociones de la

institución educativa, de marzo a agosto lo administra primaria y de fines de agosto a diciembre lo administra secundaria estará a cargo de concesionarios particulares ajenos a la I.E., otorgada por una comisión integrada por el Director de la Institución que lo presidirá, un representante de los docentes por nivel.

Art. 135 La comisión tiene como responsabilidades:a. Realizar las acciones de supervisión y control de las condiciones de venta y su

procedencia garantizada de los productos a venderse, como también de los precios, horarios de atención, y la atención a los usuarios.

b. Recepcionar las sugerencias y quejas de los usuarios por escrito a través de la Dirección.

c. Resolver en primera instancia, todos los reclamos relacionados con la supervisión y control de Quiosco Escolar.

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COMISIÓN DE GESTIÓN DE RECURSOS PROPIOS ACTIVIDAES PRODUCTIVAS Y EMPRESARIALES

Art. 136 Las Instituciones Educativas constituirán el Comité de Gestión de Recursos Propios y Actividades Productivas y Empresariales, que en adelante se denominará Comité, responsable de la planificación, organización, dirección, ejecución y evaluación de las Actividades Productivas y Empresariales y la administración de los recursos propios de la Institución Educativa.

Art. 137 CONFORMACIÒN DEL COMITÉ DE RECURSOS PROPIOS: Director de la Institución Educativa, quien lo preside y tiene voto dirimente. La Tesorera de la IE Un representante del personal docente por nivel Un representante del personal administrativo

Art. 138 ELECCIÓN DE LOS INTEGRANTES DEL COMITÉLa elección de los representantes del personal docente y administrativo ante el Comité, se realiza mediante voto directo y secreto en elecciones convocadas por la Dirección de la Institución Educativa. El período de vigencia de los representantes electos ante el Comité es de un año. Las elecciones de los representantes, integrantes del Comité, se realizarán en el último trimestre del año y asumirán sus funciones a partir del primer día útil del año siguiente.

Art. 139 DEL RECONOCIMIENTO E INSTALACIÓN DEL COMITÉEl Comité será reconocido mediante Resolución Directoral suscrita por el Director de la Institución Educativa, un ejemplar de dicha Resolución Directoral se remitirá a la instancia de gestión educativa descentralizada inmediata superior.La Instalación del Comité se llevará a cabo mediante acta suscrita por sus integrantes y dentro de los cinco días hábiles de expedida la Resolución de reconocimiento.

Art. 140 FUNCIONES DEL COMITÉa. El Comité tiene las siguientes funciones:b. Formular y aprobar el Plan Anual de Gestión de Recursos Propios y Actividades

Productivas y Empresariales. c. Aprobar el presupuesto para la ejecución del Plan Anual de Gestión de Recursos

Propios y Actividades Productivas y Empresariales.d. Aprobar los contratos de personal considerados en los proyectos aprobados.e. Supervisar, controlar y evaluar el proceso de ejecución del Plan Anual de Gestión de

Recursos Propios y Actividades Productivas y Empresariales. f. Proponer contratos y convenios con personas naturales o jurídicas para facilitar la

realización del Plan Anual de Gestión de Recursos Propios y Actividades Productivas y Empresariales.

g. Informar bimestralmente al Consejo Educativo Institucional y a la Asamblea General del manejo de los recursos propios y gestión de actividades productivas y empresariales de la Institución Educativa, con la documentación sustentadora correspondiente.

h. Cumplir con las responsabilidades tributarias derivadas de la ejecución de las actividades productivas, según sea el caso.

i. Depositar en la cuenta bancaria de la Institución Educativa, los ingresos provenientes de los Recursos propios y las Actividades Productivas y Empresariales, dentro de las 24 horas y, excepcionalmente en los plazos autorizados por la instancia inmediata superior, teniendo en cuenta la unidad de caja.

j. Establecer un fondo de caja chica mensual para la atención de los gastos menores que demanden las necesidades y actividades productivas y empresariales de la IE.

k. Aprobar los egresos de dinero para la ejecución del Plan Anual de Gestión de Recursos Propios y Actividades Productivas y Empresariales.

l. Asumir en forma solidaria, la responsabilidad administrativa y económica de la gestión de los recursos, cumplimiento de los plazos, cantidad y calidad de los bienes y servicios ofrecidos por la Institución Educativa.

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m.Presentar el Balance Anual de los resultados de la gestión del Comité, al Órgano de Control Institucional para conocimiento y fiscalización pertinente.

Art. 141 CONVOCATORIA Y PERIODICIDAD DE LAS REUNIONES DEL COMITÉ Las reuniones del Comité serán ordinarias y extraordinarias y serán convocadas por

el Presidente teniendo en cuenta lo siguiente:a. Ordinarias, bimestralmente b. Extraordinarias, las veces que estime necesaria el Presidente o lo solicite la mayoría

simple de sus integrantes.

Art. 142 ACUERDOS DEL COMITÉa. Los acuerdos del Comité se adoptan por mayoría simple de sus integrantes,

mediante Acta suscrita por los asistentes.b. En caso de empate el Presidente tiene voto dirimente.

COMISIÓN DE INVENTARIO: ALTAS Y BAJAS DE LOS BIENES PATRIMONIALES

Art. 143 Todo el personal que labora en la Institución Educativa, debe proteger y conservar los bienes del Estado, debiendo utilizar los que le fueran asignadas para el desempeño de sus funciones de manera racional, evitando su abuso, derroche o desaprovechamiento, sin emplear o permitir que otros empleen los bienes del Estado para fines particulares o propósitos que no sean aquellos para los cuales hubieran sido específicamente destinados.

Art. 144 El personal que labora en la Institución Educativa está prohibido de sacar fuera del local escolar los materiales, herramientas, mobiliario, máquinas u otros objetos pertenecientes a los bienes patrimoniales sin autorización escrita de la Dirección y firmado el correspondiente cargo.

Art. 145 La Institución Educativa debe de llevar un Registro de sus bienes muebles, para lo cual efectuará el inventario de todos los que posea, explicitando la causa que originó su ingreso al patrimonio.

Art 146 El coronador administrativo de recursos educativos es el responsable de la administración de los bienes patrimoniales de la Institución Educativa, que incluye entre otros: identificar, codificar, registrar en el inventario patrimonial, controlar, cautelar y fiscalizar; así como coordinar con la dirección el alta, la baja y la disposición final del patrimonio mobiliario.

Art. 147 Las adquisiciones efectuadas por la Asociación de Padres de Familia (APAFA) son donadas a la Institución Educativa mediante acta, dentro de los treinta (30) días siguientes a su adquisición. El Director de la Institución Educativa aceptará por Resolución Director al Institucional la donación, el cual deberá especificar el valor del bien donado, le da de alta (lo incorpora) al inventario patrimonial en un plazo no mayor de diez (10) días de la fecha de recepción.

a. Al inicio del año escolar la hará entrega bajo inventario del mobiliario, enseres, equipos a los responsables de las diferentes dependencias quienes garantizarán la seguridad, cuidado y mantenimiento de los bienes muebles asignados, dando cuenta por escrito a la Dirección de cualquier incidencia que afecte la conservación del Patrimonio Institucional

b. Se encargará de la distribución de los mobiliarios, aulas funcionales a los docentes y alumnos, bajo compromiso de responsabilidad

c. Se monitoreará la conservación de las mesas, sillas en forma permanente y al finalizar el trimestre informará a la dirección.

d. Se encargará de garantizar la conservación de la infraestructura de la I.E, en coordinación con las demás comisiones, docentes, personal administrativo y guardianía.

COMISIÓN DE BANCO DE LIBROS

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Art. 148 Está constituida de acuerdo a la normatividad vigente y tiene como funciones relevantes:a. Se encargará de la distribución y recojo de los textos enviados por la MED. b. Propiciará la utilización de los textos durante el año académico, monitoreando a

los docentes el uso de los libros de consulta y al finalizar el trimestre informa a la dirección.

c. Se encargará de garantizar la devolución de los textos entregados, a través de campañas, comunicados a los docentes, tutores y personal administrativo

d. Coordinará con la Dirección, APAFA, para contar con el apoyo de padres en el funcionamiento de la biblioteca escolar.

DEL MUNICIPIO ESCOLAR

Art. 149 Es una organización escolar que representa a los estudiantes de la IE por nivel, elegidos de forma democrática por voto universal y secreto y tiene como finalidad promover la participación estudiantil para el ejercicio de sus derechos y responsabilidades.

Art. 150 El Municipio Escolar está conformado por: el Concejo Escolar, el mismo que está integrado por la Directiva y los Delegados de Aula y las Comisiones de Trabajo.

Art. 151 FUNCIONES DE LA DIRECTIVA DEL MUNICIPIO ESCOLARa. Elaborar el plan de trabajo en coordinación con el asesorb. Emitir opinión y propuestas para mejorar el nivel de la calidad de la Institución

Educativa.c. Promover un registro de las organizaciones estudiantiles que existen al interior de

la Institución Educativa.d. Convocar a toda las organizaciones estudiantiles que coexisten al interior de la

Institución Educativa, al inicio del año escolar ( Brigadas ecológicas, Policías escolares, fiscalías escolares, delegados y/o presidentes de aulas, etc.) para articular sus acciones de trabajo y establecer un cronograma de actividades conjuntas, que eviten duplicidad de acciones y actividades.

e. Presentar al CONEI el plan de trabajo aprobado para aportar el fortalecimiento de la gestión de la Institución Educativa.

f. Coordinar con la Dirección de la Institución Educativa, docentes, Comité de TOE, CONEI y APAFA, la difusión e implementación del plan de trabajo.

g. Convocar a los docentes coordinadores de las áreas curriculares que guardan relación con las regidurías para el apoyo de sus actividades.

h. Coordinar con de las y los estudiantes (delegados, policías escolares, fiscales escolares y otros) la promoción de la convivencia y disciplina escolar en la Institución Educativa.

i. Evaluar, consensuar y aprobar el Reglamento Interno en el Marco del Consejo Escolar y en concordancia con la Resolución Vice Ministerial Nº 0067-2011- ED.

j. Promover el ejercicio y respeto de los derechos del estudiante en el Marco de la Convención de los Derechos del Niño y la Legislación Nacional.

Art. 152 Alcaldesa o Alcalde Escolar:a. Representa a la I.E en actividades internas o externas referidas a actividades propias

del Municipio Escolar. Requiere de la autorización de la Dirección de la I.E. para participar en las invitaciones a dichas actividades.

b. Coordinar la elaboración del Plan de Trabajo del Municipio Escolar, con el apoyo del docente Asesor, incluyendo las actividades del calendario escolar.

c. Convocar y dirigir las sesiones, reuniones y asambleas del Municipio Escolar, con carácter informativo y cuando sea necesario. Para ello debe contar con el voto de la mitad más uno de los integrantes de la Directiva del Municipio Escolar y la autorización del Director de la I.E.

d. Trabajar coordinadamente con sus regidores y apoyar las comisiones de trabajo.e. Promover prácticas de vigilancia ciudadana sobre el uso de los servicios de la I.E a

través de las Veedurías Escolares e informar a las y los estudiantes, así como a los directivos de la I.E. de sus resultados.

f. Promover consultas a nivel de las y los estudiantes sobre las principales necesidades de la I.E. y los intereses y necesidades de los mismos.

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g. Reconocer a las y los estudiantes por sus acciones solidarias y ejemplares.h. Apoyar las actividades del Comité de Tutoría y Orientación Educativa de la I.E,

delegando su realización al regidor respectivo.i. Dar informe ante el Consejo Escolar al término de su gestión, con copia al Director de

la I.E.j. Rendir cuentas de su gestión a las y los estudiantes, mediante una publicación virtual

o impresa (periódicos murales, páginas web de la I.E., blog, impresos, etc.) a la culminación de cada actividad y al término de su gestión.

k. Informar por escrito los acuerdos tomados por la Directiva del Municipio Escolar al Director de la I.E.

Art. 153 Teniente Alcaldesa o Teniente Alcaldea) Remplazar a la alcaldesa o alcalde Escolar en caso de ausencia.b) Revisar y aprobar los informes de las Comisiones de Trabajo los mismos que deben

reflejar y respetar los acuerdos de Asambleas.

Art. 154 Regidora o regidor de Educación, Cultura, Recreación y Deporte.a. Coordinar las actividades de la comisión de Educación, Cultura, Recreación y

Deporte del Municipio Escolar de la I.E.b. Coordinar la implementación de las actividades culturales, recreativas y

deportivas de la I.E con el apoyo de los responsables de las diversas áreas del desarrollo curricular del grado y el Director de la I. E.

c. Informar sobre las actividades en asambleas y/o sesiones del Consejo Escolar.

Art. 155 Regidora o regidor de Salud y Ambientea. Coordinar las actividades de la comisión de Salud y Ambiente del Municipio

Escolar.b. Promover campañas que favorezcan la salud, ornato y el cuidado del ambiente en

al I.E. y su entorno coordinando con las autoridades e instituciones locales que cumplan dichos fines.

c. Prevenir situaciones que pongan en riesgo la salud de las y los estudiantes en la I.E.

d. Formar parte del Comité ambiental y de sus comisiones: Comisión de gestión del riesgo y Comisión de salud.

e. Informar sobre sus actividades en asambleas y/o sesiones del Consejo Escolar.

Art. 156 Regidora o regidor de Emprendimiento y Actividades Productivasa. Coordinar las actividades de la comisión de Emprendimiento y Actividades

Productivas del Municipio Escolar, promoviendo la implementación de diferentes proyectos productivos y de servicios en la I.E

b. Colaborar en las acciones de orientación vocacional implementadas en la I.E.c. Coordinar con instituciones públicas y privadas de la localidad la implementación

de proyectos productivos y de servicios en la I.E.d. Informar sobre sus actividades en asambleas y/o sesiones del Consejo Escolar

Art. 157 Regidora o regidor de Derechos del Niño, Niña y Adolescentea. Coordinar las actividades de la comisión de Derechos del Niño, Niña y Adolescente

del Municipio Escolar.b. Difundir los derechos y responsabilidades de los niños, niñas y adolescentes en la

I.E.c. Promover la participación activa de la I.E en la campaña por la semana nacional de

los Derechos del Niño, Niña y Adolescente.d. Promover la participación de las y los estudiantes en la campaña Tengo Derecho al

Buen Trato, que impulsa la I.E., enfatizando la prevención del maltrato o acoso entre estudiantes y toda forma de violencia.

e. Promover en la I.E. acciones relacionadas al derecho, a la identidad, a través de campañas para la entrega del Documento Nacional de Identidad (DNI) a las niñas, niños y adolescentes que no lo tuvieran.

f. Promover la participación de las y los estudiantes en las Defensorías Escolares (DESNAS) y/o Defensorías Municipales como promotores defensores.

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g. Coordinar acciones y protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, con la Defensoría Municipal del Niño y el Adolescente (DEMUNA) y otras instancias que velas por el respeto a sus derechos.

h. Formar parte de la brigada de Seguridad Vial en la I.Ei. Ser parte integrante de la Junta de Estudiantes de las Fiscalías Escolares, donde

existiese.j. Informar sobre sus actividades en asambleas y/o sesiones del Consejo Escolar

Marcabal, Marzo de 2015