124
S U M A R I O 1 REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL TOMO Nº 412 SAN SALVADOR, MARTES 6 DE SEPTIEMBRE DE 2016 NUMERO 164 Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2527-7800 • Página Web: www.imprentanacional.gob.sv • Correo: diarioofi[email protected] Pág. 3 4 5-6 7 Pág. 7 7 7 8-9 10-13 14-17 DIRECTOR: Edgard Antonio Mendoza Castro DIARIO OFICIAL ORGANO EJECUTIVO MINISTERIO DE HACIENDA RAMO DE HACIENDA Acuerdo No. 1233.- Se deja sin efecto el Acuerdo Ejecutivo No. 1330, de fecha 19 de julio de 2013, mediante el cual se aprobó la Resolución No. 1-CDF-1012/13, de fecha 11 de julio de 2013, emitida por el Consejo Directivo del Fondo Salvadoreño para Estudios de Preinversión. ........................................................... MINISTERIO DE ECONOMÍA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdo No. 1164.- Se modifica el ordinal 1º del Acuerdo No. 668 de fecha cuatro de mayo de dos mil quince. ................ Acuerdo No. 1166.- Se autoriza a la sociedad DHL Zona Franca (El Salvador), Sociedad Anónima de Capital Variable, para que además de operar en sus instalaciones ubicadas en Zona Franca San José, también pueda operar en la Zona Franca Miramar...................................................................................... MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL RAMO DE LA DEFENSA NACIONAL Acuerdo No. 152.- Se otorga condecoración Estrella “Por Servicios Distinguidos”, al Mayor José Carlos Linares Álvarez, Agregado de Defensa Aéreo y Naval de los Estados Unidos de América, acreditado en El Salvador........................................... Acuerdo No. 156.- Se Transfiere al señor Sgto. 1º Jorge Ignacio Ortíz Pérez, dentro del Escalafón General de Suboficiales de la Fuerza Armada, en la Categoría de las Armas, de la Situación Activa, a la Situación de Reserva. ............................................. ORGANO JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Acuerdos Nos. 595-D y 643-D.- Autorizaciones para ejercer la profesión de abogado en todas sus ramas. ............................. Acuerdo No. 666.-D- Se modifica el Acuerdo No. 597-D, de fecha trece de julio de dos mil quince, a favor de la Licenciada Yanci Elizabeth Flores Reyes. ................................................... INSTITUCIONES AUTÓNOMAS ALCALDÍAS MUNICIPALES Decreto No. 2.- Reforma a la Ordenanza Ambiental de Protección del Ambiente y Recursos Naturales del municipio de Gualococti, departamento de Morazán. ................................ Decreto No. 3.- Reforma a la Ordenanza de Tasas por Servicios del municipio de Gualococti, departamento de Morazán. .................................................................................... Decretos Nos. 5 y 6.- Reforma a las Ordenanzas de Presupuesto de Ingresos y Egresos del Municipio de Zacatecoluca, departamento de La Paz. ............................................................ - La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Oficial se procesa por transcripción directa y fiel del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional). DIARIO OFICIAL SOLO PARA CONSULTA NO TIENE VALIDEZ LEGAL

Diario Oficial 6 de Septiembre 2016 · la Prestación de Servicios (IVA); Estudio cuyo Benefi ciario era el Ministerio de Justicia y Seguridad y Pública, autorizando así mismo

  • Upload
    others

  • View
    0

  • Download
    0

Embed Size (px)

Citation preview

1DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.

S U M A R I O

1REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL

TOMO Nº 412 SAN SALVADOR, MARTES 6 DE SEPTIEMBRE DE 2016 NUMERO 164

Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2527-7800 • Página Web: www.imprentanacional.gob.sv • Correo: diarioofi [email protected]

Pág.

3

4

5-6

7

Pág.

7

7

7

8-9

10-13

14-17

DIRECTOR: Edgard Antonio Mendoza Castro

DIARIO OFI CIAL

ORGANO EJECUTIVO

MINISTERIO DE HACIENDA

RAMO DE HACIENDA

Acuerdo No. 1233.- Se deja sin efecto el Acuerdo Ejecutivo No. 1330, de fecha 19 de julio de 2013, mediante el cual se aprobó la Resolución No. 1-CDF-1012/13, de fecha 11 de julio de 2013, emitida por el Consejo Directivo del Fondo Salvadoreño para Estudios de Preinversión. ...........................................................

MINISTERIO DE ECONOMÍA

RAMO DE ECONOMÍA

Acuerdo No. 1164.- Se modifi ca el ordinal 1º del Acuerdo No. 668 de fecha cuatro de mayo de dos mil quince. ................

Acuerdo No. 1166.- Se autoriza a la sociedad DHL Zona Franca (El Salvador), Sociedad Anónima de Capital Variable, para que además de operar en sus instalaciones ubicadas en Zona Franca San José, también pueda operar en la Zona Franca Miramar. .....................................................................................

MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL

RAMO DE LA DEFENSA NACIONAL

Acuerdo No. 152.- Se otorga condecoración Estrella “Por Servicios Distinguidos”, al Mayor José Carlos Linares Álvarez, Agregado de Defensa Aéreo y Naval de los Estados Unidos de América, acreditado en El Salvador. ..........................................

Acuerdo No. 156.- Se Transfi ere al señor Sgto. 1º Jorge Ignacio Ortíz Pérez, dentro del Escalafón General de Subofi ciales de la Fuerza Armada, en la Categoría de las Armas, de la Situación Activa, a la Situación de Reserva. .............................................

ORGANO JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Acuerdos Nos. 595-D y 643-D.- Autorizaciones para ejercer la profesión de abogado en todas sus ramas. .............................

Acuerdo No. 666.-D- Se modifi ca el Acuerdo No. 597-D, de fecha trece de julio de dos mil quince, a favor de la Licenciada Yanci Elizabeth Flores Reyes. ...................................................

INSTITUCIONES AUTÓNOMAS

ALCALDÍAS MUNICIPALES

Decreto No. 2.- Reforma a la Ordenanza Ambiental de Protección del Ambiente y Recursos Naturales del municipio de Gualococti, departamento de Morazán. ................................

Decreto No. 3.- Reforma a la Ordenanza de Tasas por Servicios del municipio de Gualococti, departamento de Morazán. ....................................................................................

Decretos Nos. 5 y 6.- Reforma a las Ordenanzas de Presupuesto de Ingresos y Egresos del Municipio de Zacatecoluca, departamento de La Paz. ............................................................

-La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Ofi cial se procesa por transcripción directa y fi el del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional).

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

2 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412Pág.

18-28

29

29

30

30-32

33-41

41

42-43

44-51

51-58

58

59-61

61-62

62

63

63

63-65

65-66

Pág.

67-68

68

68-69

70-79

80

80-81

82

82-83

83-84

84-86

87-88

88-90

90-93

94

95-100

101

101-108

109-116

116-118

119

119-120

120

120-121

121

122-123

123-124

Estatutos de las Asociaciones de Desarrollo Comunal “Lotifi cación San Antonio, Caserío La Nueva, Cantón San Julián” y “Colonia Marabú Sur” y Acuerdos Nos. 1 y 6, emitidos por las Alcaldías Municipales de Acajutla y San Marcos, aprobándolos y confi riéndoles el carácter de persona jurídica. ........................

SECCION CARTELES OFICIALES

DE PRIMERA PUBLICACION

Aceptación de Herencia ..................................................

Aviso de Inscripción ........................................................

DE SEGUNDA PUBLICACION

Aceptación de Herencia ..................................................

DE TERCERA PUBLICACION

Aceptación de Herencia ..................................................

Título Supletorio .............................................................

Título de Dominio............................................................

Herencia Yacente ............................................................

SECCION CARTELES PAGADOS

DE PRIMERA PUBLICACION

Declaratoria de Herencia ................................................

Aceptación de Herencia ..................................................

Título de Propiedad ........................................................

Título Supletorio .............................................................

Renovación de Marcas ....................................................

Nombre Comercial ..........................................................

Convocatorias ..................................................................

Subasta Pública ...............................................................

Reposición de Certifi cados .............................................

Título Municipal ..............................................................

Edicto de Emplazamiento ...............................................

Reposición de Póliza de Seguro ......................................

Marca de Producto ..........................................................

DE SEGUNDA PUBLICACION

Aceptación de Herencia ..................................................

Herencia Yacente ............................................................

Título de Propiedad ........................................................

Título Supletorio .............................................................

Título de Dominio............................................................

Nombre Comercial ..........................................................

Señal de Publicidad Comercial ......................................

Convocatorias ..................................................................

Subasta Pública ...............................................................

Reposición de Certifi cados .............................................

Título Municipal ..............................................................

Marca de Servicios ..........................................................

Reposición de Póliza de Seguro ......................................

Marca de Producto ..........................................................

DE TERCERA PUBLICACION

Aceptación de Herencia ..................................................

Título de Propiedad ........................................................

Título de Dominio............................................................

Renovación de Marcas ....................................................

Nombre Comercial ..........................................................

Subasta Pública ...............................................................

Reposición de Certifi cados .............................................

Marca de Servicios ..........................................................

Marca de Producto ..........................................................

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

3DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.

ACUERDO No. 1233

San Salvador, 30 de agosto de 2016.

EL ÓRGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE HACIENDA,

CONSIDERANDO:

I. Que con fecha 19 de julio de 2013, fue emitido el Acuerdo Ejecutivo No. 1330 en el Ramo de Hacienda, mediante el cual se aprobó la Resolución No. 1-CDF-1012/13 del Consejo Directivo del Fondo Salvadoreño para Estudios de Preinversión (FOSEP), de fecha 11 de julio de 2013, concerniente a aprobación de fi nanciamiento del FOSEP para la elaboración del Estudio Diseño Final del Proyecto "Construcción de Complejo Penitenciario Ordinario en Morazán", por un monto total de hasta Trescientos Veintiséis Mil Quinientos Once 71/100 Dólares de los Estados Unidos de América (US$326,511.71), que incluye US$288,948.42 para pagar los servicios de la empresa responsable de llevar a cabo la realización del Estudio, y US$37,563.29 para el pago del respectivo Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA); Estudio cuyo Benefi ciario era el Ministerio de Justicia y Seguridad y Pública, autorizando así mismo al Presidente del FOSEP, a suscribir el respectivo Contrato de Consultoría con la empresa SACMAG DE MEXICO, S.A. de C.V., que realizaría el citado Estudio;

II. Que mediante nota GR-526/16 de fecha 15 de julio de 2016, la Gerencia del FOSEP, comunicó al Ministerio de Hacienda, que el Director General Ejecutivo del Ministerio de Justicia y Seguridad y Pública, informó la decisión de dicho Ministerio de no continuar con la reali-zación del mencionado Estudio, debido a que inconvenientes de carácter legal no han permitido avanzar en la elaboración del mismo;

III. Que conforme a lo notifi cado al Ministerio de Hacienda por la Gerencia del FOSEP a través de nota GR-593/16 de fecha 18 de agosto de 2016, los recursos del fi nanciamiento del FOSEP que se contempla en el Acuerdo Ejecutivo No. 1330 relacionado en el considerando I, no han sido utilizados, y el Ministerio de Hacienda no tiene ninguna obligación fi nanciera con el FOSEP, derivada del fi nanciamiento aprobado para la realización del Estudio en referencia;

IV. Que teniendo en cuenta lo anterior, es procedente dejar sin efecto el Acuerdo Ejecutivo No. 1330 en el Ramo de Hacienda, de fecha 19 de julio de 2013.

POR TANTO,

ACUERDA:

1. Dejar sin efecto el Acuerdo Ejecutivo No. 1330 en el Ramo de Hacienda, de fecha 19 de julio de 2013, mediante el cual se aprobó la Re-solución No. 1-CDF-1012/13 del Consejo Directivo del Fondo Salvadoreño para Estudios de Preinversión (FOSEP), de fecha 11 de julio de 2013, concerniente a aprobación de fi nanciamiento del FOSEP para la elaboración del Estudio Diseño Final del Proyecto "Construcción de Complejo Penitenciario Ordinario en Morazán", por un monto de hasta Trescientos Veintiséis Mil Quinientos Once 71/100 Dólares de los Estados Unidos de América (US$326,511.71), que incluye US$288,948.42 para pagar los servicios de la empresa responsable de llevar a cabo la realización del Estudio, y US$37,563.29 para el pago del respectivo Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA). Estudio cuyo Benefi ciario era el Ministerio de Justicia y Seguridad y Pública.

2. Comunicar este Acuerdo al Fondo Salvadoreño para Estudios de Preinversión (FOSEP) y al Ministerio de Justicia y Seguridad Pública, para los efectos pertinentes.

COMUNÍQUESE.- Rubricado por el señor Ministro de Hacienda, C.E. CÁCERES.

ORGANO EJECUTIVOMINISTERIO DE HACIENDA

RAMO DE HACIENDA

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

4 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412

ACUERDO No. 1164

San Salvador, 18 de agosto de 2016.

EL ÓRGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMÍA:

Vistas las diligencias promovidas por el señor Tony Alberto Pérez, mayor de edad, Empresario, del domicilio de Santa Tecla, departamento de

La Libertad, en su calidad de arrendatario de la estación de servicio denominada ALBA VALLE DEL SEÑOR SANTA ANA NORTE, ubicada en

kilómetro setenta y medio de la carretera que de Santa Ana conduce a Metapán, Lotifi cación ISTA, calle a la Hacienda San Cayetano, Calle B, lotes

once y doce, Polígono B, contiguo a Urbanización Santa Ana Norte, cantón Cutumay Camones, municipio y departamento de Santa Ana, en las que

solicita se autorice la modifi cación del ordinal 1° de los acuerdos Nos. 487 y 668 emitidos por este Ministerio, los días trece de abril y cuatro de mayo

de dos mil quince, respectivamente, modifi cación requerida que está relacionada a la capacidad del tanque subterráneo autorizado que difi ere del que

se instalará, y que será subterráneo de doble contención de tres mil galones americanos de capacidad, que almacenará Gasolina Superior; y

CONSIDERANDO:

I. Que mediante Acuerdo No. 487 de este Ramo, de fecha trece de abril de dos mil quince, este Ministerio autorizó al señor Tony Alberto

Pérez, en su calidad de arrendatario, la ampliación de la estación de servicio denominada ALBA VALLE DEL SEÑOR SANTA ANA

NORTE, ubicada en kilómetro setenta y medio de la carretera que de Santa Ana conduce a Metapán, Lotifi cación ISTA, calle a la Hacienda

San Cayetano, Calle B, lotes once y doce, Polígono B, contiguo a Urbanización Santa Ana Norte, cantón Cutumay Camones, municipio

y departamento de Santa Ana, que consiste en: a) La instalación de un tanque subterráneo adicional de doble contención, de capacidad de

cinco mil galones americanos, que utilizará para almacenar Gasolina Superior; b) la instalación de una nueva dispensadora para Gasolina

Superior, y c) instalación de cuatro tramos de tubería primaria fl exible de doble contención;

II. Que por medio de Acuerdo 668, emitido por este Ministerio el día cuatro de mayo de dos mil quince, publicado en el Diario Ofi cial No.

83, Tomo No. 407 de fecha once del mismo mes y año, se modifi có el ordinal 1° del Acuerdo 487 antes relacionado, en lo que se refi ere

a: a) La instalación de un tanque subterráneo adicional de doble contención, de capacidad de cinco mil galones americanos que utilizará

para almacenar Gasolina Superior; b) la instalación de una nueva dispensadora para Aceite Combustible Diesel, y c) instalación de cuatro

tramos de tubería primaria fl exible de doble contención;

III. Que según consta en escrito que corre agregado a folios cuatrocientos cuarenta y ocho, el señor Tony Alberto Pérez solicita se autorice la

modifi cación de los acuerdos antes referidos, en el sentido que el tanque subterráneo a instalarse en la mencionada estación de servicio, es

de la capacidad de tres mil galones americanos y no de cinco mil galones americanos, como se había autorizado, y almacenará Gasolina

Superior; y

IV. Que la Dirección de Hidrocarburos y Minas ha emitido opinión favorable a lo solicitado, y ha verifi cado el cumplimiento de los requisitos

legales y técnicos que establece la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de Productos de Petróleo y su Reglamento,

siendo procedente acceder a lo pedido.

MINISTERIO DE ECONOMÍARAMO DE ECONOMIA

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

5DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.

POR TANTO:

De conformidad a lo antes expuesto, y a lo establecido en los artículos 18 de la Constitución, 5 inciso primero, 13 letras a), b) y c) de la Ley

Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de Productos de Petróleo, y 67 y 69 de su Reglamento, este Ministerio,

ACUERDA:

1°) MODIFICAR el ordinal 1° del Acuerdo No. 668, emitido por este Ministerio el día cuatro de mayo de dos mil quince, publicado en el Diario

Ofi cial No. 83, Tomo No. 407 de fecha once del mismo mes y año, en el sentido de autorizar al señor Tony Alberto Pérez la ampliación

de la estación de servicio denominada ALBA VALLE DEL SEÑOR SANTA ANA NORTE, ubicada en kilómetro setenta y medio de la

carretera que de Santa Ana conduce a Metapán, Lotifi cación ISTA, calle a la Hacienda San Cayetano, Calle B, lotes once y doce, Polígono

B, contiguo a Urbanización Santa Ana Norte, Cantón Cutumay Camones, municipio y departamento de Santa Ana, la cual consistirá en:

a) La instalación de un tanque subterráneo adicional de doble contención con capacidad de tres mil galones americanos, que utilizará para

almacenar Gasolina Superior; b) la instalación de una nueva dispensadora que almacenará Aceite Combustible Diesel, y c) la instalación

de cuatro tramos de tubería primaria fl exible de doble contención.

2°) RATIFICAR en todo lo demás el contenido del Acuerdo No. 668 antes relacionado.

3°) El titular de la presente autorización queda obligada a aceptar por escrito este Acuerdo, así como presentar la constancia de la fecha de

publicación en el Diario Ofi cial dentro de los OCHO DÍAS HÁBILES siguientes al de su publicación.

4°) Comunicar por escrito a la Dirección de Hidrocarburos y Minas, con cinco días hábiles de anticipación, la fecha en que se realizarán las

pruebas de hermeticidad a los tanques antes mencionado y sus tuberías a efecto de que sus delegados testifi quen la calidad de las mismas,

de conformidad al artículo 10-B, letra d) del Reglamento de la Ley Reguladora del Depósito, Transporte y Distribución de Productos de

Petróleo.

5°) El presente Acuerdo entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Ofi cial.

COMUNÍQUESE. THARSIS SALOMÓN LÓPEZ GUZMÁN, MINISTRO.

(Registro No. C000476)

ACUERDO No. 1166

San Salvador, 18 de agosto de 2016.

EL ÓRGANO EJECUTIVO EN EL RAMO DE ECONOMÍA,

Vista la solicitud presentada a este Ministerio el día 22 de julio de este año, suscrita por el señor FRANCISCO RODOLFO BERTRAND RO-

DRÍGUEZ, en su calidad de Representante Legal de la Sociedad DHL ZONA FRANCA (EL SALVADOR), SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL

VARIABLE, que puede abreviarse DHL ZONA FRANCA (EL SALVADOR), S.A. DE C.V., registrada con Número de Identifi cación Tributaria

0614-230806-107-9, relativa a que se le autorice para que además de sus instalaciones que comprenden las bodegas Nos. 2 y 3, de 500m² y 2,500m²

respectivamente, de la Zona Franca San José, ubicada en el Km. 18½, carretera al Cantón Loma Linda, municipio de Zaragoza, departamento de La

Libertad, también pueda operar en un área de 1,442m² correspondiente al Lote No. 7 B de la Zona Franca Miramar, ubicada en el Cantón Cupinco,

municipio de Olocuilta, departamento de La Paz, para sumar un área total de operaciones de 4,442m²;

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

6 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412

CONSIDERANDO:

I. Que la solicitud fue presentada el día 22 de julio de este año;

II. Que la Sociedad DHL ZONA FRANCA (EL SALVADOR), SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, goza de los benefi cios

de la Ley de Servicios Internacionales, para dedicarse al servicio de Operaciones Internacionales de Logística, que consiste en el manejo

de mercaderías, tales como: Aparatos eléctricos (televisores, mini componentes, microondas, aparatos de telecomunicación), productos

cosméticos, belleza e higiene (shampoo, acondicionador, crema para la piel, aceite para bebé, preparaciones para belleza, toallas sanitarias,

etc.), productos plásticos para bebé, suplementos alimenticios, cargador de carros y de teléfonos, bolígrafos, bolsos y maletines, broshure,

pigmentos, etc., destinados a clientes residentes dentro y fuera del mercado centroamericano y el mercado nacional; dichos servicios los

realiza como Usuario Directo de Parque de Servicios en las bodegas No. 2 y 3, con áreas de 500m² y 2,500m² respectivamente, de la Zona

Franca San José, ubicada en Km. 18½, carretera al cantón Loma Linda, municipio de Zaragoza, departamento de La Libertad, según acuerdos

Nos. 586, 784 y 343, de fechas 2 de julio de 2008, 21 de septiembre de 2009 y 10 de abril de 2012, por su orden, publicados en los Diarios

Ofi ciales Nos. 132, 215 y 80, tomos Nos. 380, 385 y 395, de los días, meses y años siguientes: 15 de julio de 2008, 17 de noviembre de

2009 y 3 de mayo de 2012, respectivamente;

III. Que la sociedad benefi ciaria ha solicitado autorización para ampliar las instalaciones mencionadas en el considerando anterior, adicionando

un área de 1,442m² correspondiente al Lote No. 7 B de la Zona Franca Miramar, ubicada en el cantón Cupinco, municipio de Olocuilta,

departamento de La Paz, para totalizar un área de operaciones de 4,442m²; y,

IV. Que la Dirección Nacional de Inversiones ha emitido su dictamen en sentido favorable, mediante el cual considera procedente acceder a

lo solicitado, ya que las instalaciones en la Zona Franca Miramar cumplen con los requisitos de la ley de la materia.

POR TANTO:

De conformidad con las razones expuestas, y con base en lo establecido en los artículos 22 letra a) y 46 letra a) de la Ley de Servicios Interna-

cionales, y 45 de su Reglamento, este Ministerio,

ACUERDA:

1. Autorizar a la Sociedad DHL ZONA FRANCA (EL SALVADOR), SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia

DHL ZONA FRANCA (EL SALVADOR), S.A. DE C.V., para que además de operar en las bodegas No. 2 y 3 con áreas de 500m² y

2,500m² respectivamente, de la Zona Franca San José, ubicada en el Km. 18½, carretera al cantón Loma Linda, municipio de Zaragoza,

departamento de La Libertad, también pueda operar en el Lote No. 7 B de la Zona Franca Miramar, cantón Cupinco, municipio de Olocuilta,

departamento de La Paz, el cual tiene un área de 1,442m², totalizando un área de operaciones de 4,442m²;

2. Hágase saber este Acuerdo a la Dirección General de Aduanas y a la Dirección General de Impuestos Internos del Ministerio de Hacienda;

y

3. El presente Acuerdo entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Ofi cial.

COMUNÍQUESE.- THARSIS SALOMÓN LÓPEZ GUZMÁN, MINISTRO.

(Registro No. F011967)

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

7DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.

ACUERDO No. 152

SAN SALVADOR, 26 de agosto de 2016.

El Órgano Ejecutivo en el Ramo de la Defensa Nacional, de conformidad a las Disposiciones Especiales 1a.- a), 2a.-, 3a.-, 4a.- a), 5a.- a), 5.- y 10a.-, del Acuerdo Ministerial No. 0116 de fecha doce de septiembre de dos mil once, ACUERDA: OTORGAR al señor Mayor José Carlos Linares Álvarez, Agregado de Defensa Aéreo y Naval de los Estados Unidos de América, acreditado en El Salvador, la condecoración ESTRELLA "POR SERVICIOS DISTINGUIDOS", por haber fi nalizado su misión ofi cial como Agregado de Defensa y coadyuvar al fortalecimiento de la Fuerza Armada de El Salvador, en el ámbito estratégico. COMUNÍQUESE.

DAVID MUNGUÍA PAYÉS,

GENERAL DE DIVISIÓN,

MINISTRO DE LA DEFENSA NACIONAL.

ACUERDO No. 156

SAN SALVADOR, 25 de agosto de 2016.

El Órgano Ejecutivo en el Ramo de la Defensa Nacional, de conformidad a lo establecido en el Art. 92 Ordinal 8° de la Ley de la Carrera Mi-litar, ACUERDA: TRANSFERIR al señor SGTO. 1° JORGE IGNACIO ORTÍZ PÉREZ, con efecto al 01AGO011, dentro del Escalafón General de Subofi ciales de la Fuerza Armada, en la Categoría de las Armas, de la Situación Activa, a la Situación de Reserva, en la misma categoría. COMUNÍ-QUESE.

DAVID MUNGUÍA PAYÉS,

GENERAL DE DIVISIÓN,

MINISTRO DE LA DEFENSA NACIONAL.

ACUERDO No. 595-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veinticuatro de junio de dos mil dieciséis.- El Tribunal con fecha veintiuno de abril de dos mil dieciséis, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado SALVADOR ANTONIO GUTIERREZ CASTRO, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. PINEDA.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- O. BON. F.- J. R. ARGUETA.- S. L. RIV. MARQUEZ.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F011876)

ACUERDO No. 643-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veinticuatro de junio de dos mil dieciséis.- El Tribunal con fecha once de abril de dos mil dieciséis, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado CARLOS ERNESTO RODRIGUEZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNI-QUESE Y PUBLIQUESE.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- O. BON. F.- A. L. JEREZ.- D. L. R. GALINDO.- J. R. ARGUETA.- L. R. MURCIA.- S. L. RIV. MARQUEZ.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F011969)

ACUERDO No. 666-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, once de julio de dos mil dieciséis.- EL TRIBUNAL, de confor-midad con lo resuelto en las respectivas diligencias, por resolución pronunciada a las catorce horas y cuarenta minutos del día seis de mayo de dos mil dieciséis, ACUERDA: a) MODIFICAR el Acuerdo número 597-D de fecha trece de julio de dos mil quince, mediante el cual se autorizó a la Licenciada YANCI ELIZABETH FLORES REYES, para el ejercicio de la Abogacía, en el sentido que las diligencias de modifi cación de cambio de apellido se realizaron por extensión y no por cambio de estado familiar. b) Continúe ejerciendo la Abogacía en todas sus ramas con el nombre de YANCI ELIZABETH FLORES REYES.- Publíquese en el Diario Ofi cial.- COMUNIQUESE.- A. PINEDA.- F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- M. REGALADO.- A. L. JEREZ.- J. R. ARGUETA.- S. L. RIV. MARQUEZ.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F011931)

MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONALRAMO DE LA DEFENSA NACIONAL

ORGANO JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUS TI CIA

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

8 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412

INSTITUCIONES AUTONOMASALCALDÍAS MUNICIPALES

DECRETO N° DOS

EL CONCEJO MUNICIPAL DE GUALOCOCTI, DEPARTAMENTO DE MORAZAN.

CONSIDERANDO:

I. Que de conformidad con el art. 203 y 204 numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los Municipios crear, mo-

difi car y suprimir tasas y contribuciones especiales, por la prestación de servicios públicos municipales, en la materia de su competencia y

la prestación de los servicios.

II. Que conforme a los Arts. 3 y 30 numeral 4 y 21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos de creación,

modifi cación y supresión de tasas por los servicios que brinda la Municipalidad.

III. Que la vida silvestre, es imprescindible para conservar el medio ambiente sano y en equilibrio, que sustenta una gran variedad de recursos

naturales tanto renovables como no renovables.

IV. Que es prioridad del Municipio de Gualococti, la Protección del medio ambiente a través de la conservación de los bosques naturales, la

biodiversidad, la ampliación de la masa boscosa y la fauna, dentro del límite de la jurisdicción.

V. Que se hace necesario evitar la contaminación de los mantos acuíferos, los ríos y sus cuencas, así como el mal uso de las aguas, con fi nes

agropecuarios, así como la contaminación por otros, como dióxido de carbono, monóxido de carbono, sonido y otros, evitando de esta

forma graves consecuencias a los recursos naturales y el medio ambiente.

VI. Que algunos artículos vigentes establecidos en la ordenanza ambiental de protección del ambiente y recursos naturales según decreto N° Dos

no se encuentran acorde al marco legal vigente por lo que para que exista seguridad jurídica es pertinente realizar la reforma a la ordenanza

vigente.

POR TANTO:

En uso de sus facultades que le confi ere el Código Municipal.

DECRETA:

REFORMA A LA ORDENANZA AMBIENTAL DE PROTECCION DEL AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES.

TITULO V

OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES

CAPITULO II

PROHIBICIONES

Art. 1.- Se incorporan al artículo 28, los numerales que se detallan a continuación:

14. La extracción, tomas de agua, desvíos y aprovechamiento de las aguas provenientes de veneros o fuentes de agua para consumo humano

o comercial sin los permisos correspondientes de la Municipalidad.

15. La extracción o tomas de agua, desvío, y aprovechamiento de veneros o fuentes de agua fuera del Municipio sin los permisos de la Mu-

nicipalidad.

16). La extracción no excederá del 75% del total del venero (manantial) o fuente de agua.

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

9DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016. TITULO VI

DE LAS FALTAS.

CAPITULO UNICO

TIPOS DE FALTAS.

Art. 2.- Se incorporan al artículo 29, al rubro de faltas muy graves, los numerales que se detallan a continuación:

9. Extracción, tomas de agua o desviación, de veneros o fuentes de agua del Municipio a otro Municipio, sin los permisos Municipales.

10. Extracción o tomas de agua, desvío, y aprovechamiento de veneros o fuentes de agua del Municipio hacia otro municipio reduciendo la

fertilidad de los suelos y la protección de la fl ora y fauna acuática. (se someterá a procesos civiles y penal)

11) Toda contravención o infracción en que incurrieren a esta Ordenanza, el Procedimiento a seguir para aplicar sanciones es el que establece

el Código Civil y el Código Procesal Penal.

TITULO VII

DE LAS SANCIONES.

Art. 3.- Se incorpora al art. 30, en el tipo de sanciones, los literales siguientes:

b) Se sancionará con multa de $1,000.00 a 5,000.00 al que contraríe el art.29 numeral 9.

c) Se sancionará con multa de $1,500.00 a 6,000.00 al que contrariare el art.29 numeral 10.

TRANSITORIOS.

Art. 4.- Se aperturán las descripciones transitorias siguientes:

1) El aprovechamiento de aguas del Municipio hacia otro Municipio la unidad de medida será en pulgadas y en metros cúbicos.

2) Cuando el aprovechamiento de aguas de otro Municipio impida que el uso de las aguas del Municipio reduzca la fertilidad de los suelos,

la fl ora y fauna acuática, se podrá limitar el uso del agua.

3) Toda contravención o infracción en que incurrieren en el numeral 7 del Art. 28 de la Ordenanza ambiental y numeral 3 del art. 29, de la

misma, cuando ya se haya pagado la multa y el incumplimiento persiste, la Alcaldía Municipal procederá al decomiso de la especie (animal) y

pondrá en adopción a quien lo requiera.

CAPITULO III

VIGENCIA

Art. 5. La presente reforma entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.

Dado en la sala de sesiones de la Alcaldía Municipal de Gualococti, departamento de Morazán, a los veintiún días del mes de julio del año dos

mil dieciséis.

PROF. CARLOS ANTONIO DIAZ,

ALCALDE MUNICIPAL.

OVIDIO WILFREDO SOLIS PEREZ, WENDY YESENIA CRUZ HERNANDEZ,

SINDICO MUNICIPAL. SECRETARIA MUNICIPAL ADHONOREM

(Registro No. F011887)

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

10 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412

DECRETO NUMERO TRES

EL CONCEJO MUNICIPAL DE GUALOCOCTI, DEPARTAMENTO DE MORAZAN

CONSIDERANDO:

I. Que de conformidad con el art 203 y 204 numeral 1 y 5 de la Constitución de la República es competencia de los Municipio crear, modificar y suprimir tasas y contribuciones especiales, por la prestación de servicios públicos municipales, en la materia de su competencia y la prestación de los servicios.

II. Que conforme a los Arts. 3 y 30 numeral 4 y 21 del Código Municipal es facultad del Concejo Municipal emitir los acuerdos de creación, modificación y supresión de tasas por los servicios que brinda la Municipalidad.

III. Que la Ley General Tributaria Municipal en su Art. 77 estipula que compete a los Municipios emitir ordenanzas, reglamentos y acuerdos para normar la Administración Tributaria Municipal.

IV. Que las tasas vigentes establecidas en la ordenanza Reguladora de Tasa por servicios Municipales según decreto Numero Dos no se encuentran acorde al marco legal vigente por lo que para que exista seguridad jurídica es pertinente realizar la reforma a la ordenanza vigente.

POR TANTO:

En uso de las facultades legales que le confiere el Código Municipal y La Ley Tributaria Municipal.

DECRETA: LA PRESENTE REFORMA A LA ORDENANZA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICPALES CONFORME SE DETALLA A CONTINUACION:

CAPITULO II

DE LAS TASAS MUNICIPALES

Art. 1.- Modifíquese el art. 7 en su numeral 8, de Licencias y permisos, en lo referente a que se le incorporaran los numerales que se detallan a continuación:

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

11DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.

8. LICENCIAS Y PERMISOS:

8.1.13.1.- Por instalación de postes del tendido eléctrico, c/u……… $ 25.00

8.1.13.2.- Por instalación de postes mono polo, cada uno… ……. $ 2,000.00

8.1.13.3.- Por la conexión de redes eléctricas…………………………..$ 2,000.00

8.1.13.4.- Por la conexión de tubería de aguas servidas……………...$ 50.00

8.1.13.5.- I) Por ampliaciones y remodelaciones de vivienda en propiedad

privada, que oscile entre los $ 1,000.00a $ 5,000.00…………..$ 25.00

II) Entre los $ 5,000.01 a $ 10,000.00…………………………...$ 50.00

8.1.13.6.- Por introducción de tuberías, PVC, galvanizada, de concreto

entre otros para sistema de agua potable………………………..$ 10,000.00

8.1.13.7.- Por tanquillas recolectoras o cajas de captación de agua: así:

1 pulgada _____________________________________________$ 5.00

2 pulgadas _____________________________________________$ 10.00

3 pulgadas _____________________________________________$ 15.00

4 pulgadas _____________________________________________ $ 20.00

5 pulgadas _____________________________________________ $ 25.00

Art. 2.- Modifíquese el art. 7 en su numeral 10 de Servicios Jurídicos y Administrativos, en lo referente a que se le incorporaran los numerales que se detallan a continuación:

10.- SERVICIOS JURIDICOS Y ADMINISTRATIVOS

10.1.- Servicios de fotocopias a color cada una………………………………$ 0.25

10.2.- Ampliaciones y reducciones cada una ………………………………..$ 0.25

10.3.- Impresiones blanco y negro cada una…………………………………$ 0.10

10.4.- Impresiones a color cada una…………………………………………$ 0.25

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

12 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412

Art. 3.- Modifíquese el art. 7, en su numeral 12 de Uso de suelo y subsuelo, en lo referente a que se le incorporaran los numerales que se detallan a continuación:

12 DEL USO DEL SUELO Y SUBSUELO

12.6.1.- Del aprovechamiento del agua fuera del Municipio, por cada metro

Cubico…………………………………………………………………$ 1.00

12.6.2.- Del aprovechamiento del agua dentro del Municipio, por cada

Metro cubico………………………………………………………….$ 0.10

12.6.3.- Por el funcionamiento de chalet en propiedad Municipal, cada

Mes…………………………………………………………………….$ 11.40

12.6.4.- Por permanencia de postes mono polo, cada uno al mes…… $ 500.00

12.6.5.- Por permanencia de postes del tendido eléctrico, ya sea de

Madera, concreto, hierro, o similares en la Jurisdicción, cada

Uno al mes…………………………………………………………$ 8.00

12.6.6.- Por daños al medio ambiente, se aplicará el 3% sobre el mon

to total del proyecto.

Art. 4.- Modifíquese el art. 7, ya que se le incorporará el numeral 13 de Multas y Sanciones.

13. MULTAS Y SANCIONES.

a) MULTAS.

13.1.- A las personas que usen los predios Municipales, ríos y quebradas

como tiraderos de basura, dependiendo de su capacidad económica

por cada vez se les aplicará una multa que oscilará entre los $ 5.00 a $ 25.00.

13.2.- La no presentación de la documentación a la que hace referen-

cia el art. 50 de la Ordenanza Reguladora de la Participación

ciudadana, Asociaciones Comunales Transparencia y acceso a

la Información Publica.................................................................. $ 50.00

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

13DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.

13.3.- El Incumplimiento a los estatutos de la Asociación…………...…. $ 25.00

b) SANCIONES

13.1.- Al cometimiento por tercera vez de las acciones estipuladas en el numeral

13.2, se procederá a la disolución de la Asociación de acuerdo a lo esta

blecido en el art. 121 del Código Municipal.

13.2.- Si al incurrir en una multa y este no puede responder económicamente, se

procederá a que aporte trabajo comunitario, equivalente al monto econo-

mico establecido en esta misma Ordenanza.

Art. 5.- A toda tasa establecida en la presente reforma de la ordenanza, se le aplicará el 5% para la celebración de fiestas patronales.

Art. 6.- La presente reforma a la Ordenanza, entrara en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.

Dado en la sala de sesiones de la Alcaldía Municipal de Gualococti, departamento de Morazán, a los veintiún días del mes de julio del año dos mil dieciséis.

PROF. CARLOS ANTONIO DIAZ

ALCALDE MUNICIPAL

OVIDIO WILFREDO SOLIS PEREZ WENDY YESSENIA CRUZ HERNANDEZ

SINDICO MUNICIPAL SECRETARIA MPAL. ADHONOREM

(Registro No. F011888)

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

14 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412

DECRETO N° 5-2016

EL CONCEJO MUNICIPAL DE ZACATECOLUCA, DEPARTAMENTO DE LA PAZ,

CONSIDERANDO:

I. Que se ha incrementado el ingreso con fondos por Préstamos Internos concedidos al

municipio de Zacatecoluca, por Banco Izalqueño de Los Trabajadores y la Caja de

Crédito de San Pedro Nonualco; y,

II. Que es procedente autorizar la reforma al Presupuesto, por el ingreso adicional,

POR TANTO:

En uso de las facultades que le confieren los artículos: 203 y 207 inciso cuarto de la

Constitución de la República; 1 y 81 del Código Municipal,

DECRETA la siguiente:

REFORMA A LA ORDENANZA DE PRESUPUESTO DE INGRESOS

Y EGRESOS DEL MUNICIPIO DE ZACATECOLUCA 2016

Art. 1.- Refórmese la «Ordenanza de Presupuesto de Ingresos y Egresos del Municipio

de Zacatecoluca 2016», publicado en página 9 del diario «Co Latino», de fecha 18 de enero

de 2016, incrementándose en cuatrocientos dieciocho mil dólares de los Estados Unidos de

América ($418.000.00); dicho incremento se asignará de la siguiente manera:

Código NOMBRE DE LA CUENTA CEP CIFRADO FF/FR TOTAL TOTAL PARTIDAS QUE AUMENTAN 31308 De Empresas Privadas Financieras 4/000 $418,000.00 PARTIDAS QUE AUMENTAN GERENCIA GENERAL 54503 Servicios Jurídicos $1,417.02 56603 Comisiones y Gastos Bancarios 107 166882110 4/000 $7,085.10 301014000 61201 Terrenos $409,497.88 TOTALES $418,000.00 $418,000.00

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

15DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.

Art. 2.- El presente decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación

en el Diario Oficial.

Dado en la sala de sesiones del Concejo Municipal de Zacatecoluca, a los diez días

de mes de agosto de dos mil dieciséis.

FRANCISCO SALVADOR HIREZI MORATAYA Alcalde Municipal

JUAN CARLOS MARTÍNEZ RODAS Secretario Municipal

(Registro No. F011937)

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

16 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412

DECRETO N° 6-2016

EL CONCEJO MUNICIPAL DE ZACATECOLUCA, DEPARTAMENTO DE LA PAZ,

CONSIDERANDO:

I. Que se ha incrementado el ingreso con fondos procedentes de cooperación internacional, canalizada por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD); y,

II. Que es procedente autorizar la reforma al Presupuesto, por el ingreso adicional,

POR TANTO:

En uso de las facultades que le confieren los artículos: 203 y 207 inciso cuarto de la Constitución de la República; 1 y 81 del Código Municipal,

DECRETA la siguiente:

REFORMA A LA ORDENANZA DE PRESUPUESTO DE INGRESOS Y EGRESOS DEL MUNICIPIO DE ZACATECOLUCA 2016

Art. 1.- Refórmese la «Ordenanza de Presupuesto de Ingresos y Egresos del Municipio de Zacatecoluca 2016», publicado en página 9 del diario «Co Latino», de fecha 18 de enero de 2016, incrementándose en treinta y dos mil doscientos dieciséis dólares de los Estados Unidos de América ($32,216.00); dicho incremento se asignará de la siguiente manera:

Código NOMBRE DE LA CUENTA CEP CIFRADO FF/FR TOTAL TOTAL PARTIDAS QUE AUMENTAN 22403 De Gobiernos y Organismos 5/000 $32,216.00 PARTIDAS QUE AUMENTAN 1080000002 AMZ/PNUD/Seguridad Integral y prevención de la Violencia 2016 51201 Sueldos $ 3,900.00 54105 Productos de Papel y Cartón $ 220.00 54107 Productos Químicos $ 100.00 54111 Minerales No Metálicos y Productos Derivados $ 300.00 54112 Minerales Metálicos y Productos Derivados $ 50.00 54114 Materiales de Oficina 90 166882131 5/000 $ 30.00 54115 Materiales Informáticos 001015000 $ 50.00 54199 Bienes de Uso y Consumos Diversos $19,544.00 54313 Impresiones, Publicaciones y Reproducciones $ 100.00 54314 Atenciones Oficiales $ 552.00 54318 Arrendamientos Por el Uso de Bienes $ 110.00 54399 Servicios Generales y Arrendamientos Diversos $ 380.00 55603 Comisiones y Gastos Bancarios $ 15.00 56305 Becas $ 3,380.00 61101 Mobiliarios $ 735.00 61102 Máquinas y equipos $ 2,800.00 TOTALES $32.216.00 $32,216.00

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

17DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.

Art. 2.- El presente decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.

Dado en la sala de sesiones del Concejo Municipal de Zacatecoluca, a los diez días de mes de agosto de dos mil dieciséis.

FRANCISCO SALVADOR HIREZI MORATAYA Alcalde Municipal

JUAN CARLOS MARTÍNEZ RODAS Secretario Municipal

(Registro No. F011939)

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

18 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO

COMUNAL LOTIFICACION SAN ANTONIO,

CASERIO LA NUEVA, CANTON SAN JULIAN,

MUNICIPIO DE ACAJUTLA,

DEPARTAMENTO DE SONSONATE.

CAPITULO I.

NATURALEZA, DENOMINACIÓN, DURACIÓN, DOMICILIO.

Art. 1.- La Asociación que se constituye estará regulada por el Código

Municipal, la Ordenanza Municipal de Acajutla, estos Estatutos y demás

disposiciones legales aplicables, estarán al servicio de la comunidad de su

domicilio, para el desarrollo de los planes, programas y proyectos de interés

social, cultural y económico y será una entidad apolítica, no lucrativa,

ni religiosa y de carácter democrático. La Asociación se denominará,

Asociación de Desarrollo Comunal Lotifi cación San Antonio, Caserío

La Nueva, Cantón San Julián, Municipio de Acajutla, Departamento de

Sonsonate, que podrá abreviarse "ADESCOLSAN".

Art. 2.- La duración de la Asociación será por tiempo indefi nido,

sin embargo podrá disolverse y liquidarse por los casos previstos por las

leyes de la materia, los presentes Estatutos Art. 37 y el Código Municipal

Art. 121 literal B.

Art. 3.- El domicilio de la Asociación será Lotifi cación San An-

tonio, Caserío La Nueva, Cantón San Julián, Municipio de Acajutla,

Departamento de Sonsonate.

CAPITULO II.

FINES.

Art. 4.- La Asociación tendrá como fi nes el desarrollo humano, las

obras productivas y físicas que proyecte, para ello deberá:

a) Promover el desarrollo de la comunidad juntamente con

los organismos públicos y privados que participan en los

correspondientes programas;

b) Fomentar el espíritu de servicio en los asociados, las vecinos,

sus grupos y comunidades circunvecinas;

c) Coordinar y cooperar con otras comunidades organizadas en

la mayor integración de sus miembros y la mejor organización

de sus actividades,

d) Impulsar y participar en los programas de capacitación y

promoción social, a fi n de contribuir al mejoramiento de la

comunidad, la administración, proyectos sociales y econó-

micos, la elevación de niveles educativos;

e) Trabajar en el establecimiento de los servicios básicos con

el equipamiento y medios indispensables para solucionar los

distintos problemas que existen en la comunidad;

f) Utilizar en lo máximo de los recursos humanos y materiales

de la comunidad para el desarrollo, por medio de la ayuda

mutua y el esfuerzo propio a fi n de complementar las obras

que se consideran en el respectivo plan de trabajo y otros que

de emergencia surjan;

g) Incrementar las actividades a nivel comunal, a fi n de obtener

recursos propios que sirvan para impulsar el mejoramiento

de la comunidad;

h) Promover las organizaciones juveniles de ambos sexos

haciéndoles participar responsablemente en el desarrollo

local;

i) Promover la incorporación de la mujer en el proceso integral

de la comunidad;

j) Realizar diversos proyectos y actividades que generen ingresos

económicos y servicios sociales a la comunidad;

k) Participar en los planes de desarrollo local, regionales y

nacionales en cuanto a la determinación de proyectos y la

obtención de recursos comunales gubernamentales.

CAPÍTULO III.

META.

Art. 5.- La Asociación tendrá como meta, las especifi cadas en el

plan local de desarrollo aprobado por el Concejo Municipal de Acajutla,

de acuerdo a las siguientes áreas: Agropecuarias, Vivienda, Industria,

Trabajo, Recreación y Educación y serán desarrolladas por medio de

la ejecución de proyectos y actividades de interés de los asociados y la

comunidad.

CAPITULO IV.

SOCIOS, CALIDAD, DERECHOS Y DEBERES.

Art. 6.- Los socios podrán ser:

a) Activos,

b) Honorarios.

Todos deben de ser personas mayores de dieciocho años, sin em-

bargo, cuando provengan de Asociaciones Juveniles el requerimiento de

edad antes mencionada será de quince años. Son socios activos, todas

las personas que reúnan los requisitos en el inciso anterior, residentes

dentro de los limites de la unidad vecinal correspondiente determinado

por la Asamblea General.

Art. 7.- Son derechos y deberes de los socios activos:

a) Participar con voz y voto en las Asambleas Generales;

b) Presentar mociones y sugerencias en las Asambleas Genera-

les;

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

19DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.

c) Retirarse voluntariamente de la Asociación cuando así lo

solicitare;

d) Elegir y ser electos para cargos de la Junta Directiva;

e) Cooperar con todos los medios promocionales posibles al

incremento del número de los miembros de la Asociación;

f) Asistir con puntualidad a las sesiones de las Asambleas

Generales, previa convocatoria en forma legal;

g) Cumplir estos Estatutos y obedecer las disposiciones de

Asamblea General y Junta Directiva, siempre que estén

relacionados con los fi nes de la Asociación;

h) Se establece una cuota mensual de un dólar que pagará

cada asociado por el periodo de un año, acordando que se

establecerá otra cuota después de un año, según acuerdo de

la Asamblea;

i) Todo miembro que abandone la Asociación pierde todos sus

derechos legalmente obtenidos.

Art. 8.- Los socios honorarios gozarán de los derechos que la

Asamblea General les otorgue.

CAPITULO V.

GOBIERNO DE LA ASOCIACION.

Art. 9. - El gobierno de la Asociación será ejercido por la Asamblea

General y la Junta Directiva,

ASAMBLEA GENERAL.

Art. 10.- La Asamblea General la componen los socios y se instalará

por la mayoría de los socios Activos, pudiendo haber representación de

los socios, pero cada uno no podrá llevar más de una representación.

Art. 11.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente dos veces

al año, con intervalos de seis meses y extraordinariamente cuando sea

convocada por la junta directiva, por iniciativa propia o a solicitud del

60% de los socios

Art. 12.- En las Asambleas Generales Ordinarias se tratarán

asuntos comprendidos en la agenda y los que propongan los socios, en

las Asambleas Generales Extraordinarias, solo se tratarán los asuntos

comprendidos en la convocatoria y cualquier decisión sobre el aspecto

no comprendido en la agenda será nula.

Art. 13.- La convocatoria a las Asambleas Generales:

a) La Asamblea General Ordinaria se hará por medio de un

aviso por escrito, con ocho días de anticipación para las

primeras, y con dos horas de anticipación para las segundas,

indicándose en las mismas, el lugar, día, y hora, en que han

de celebrarse, si a la hora señalada no pudiera celebrarse la

sesión por falta de quórum ésta se llevará a cabo diez días

después de las primeras convocatorias, en este último caso

las decisiones que se adopten serán obligatorias aun para

aquellos que legalmente convocados no asistieron.

Art. 14.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir y dar posesión a los miembros de la Junta Directiva;

b) Recibir informe de trabajo y aprobar o desaprobar el estado

fi nanciero de los socios;

c) Destituir por causa justifi cada a los miembros de la Junta

Directiva y elegir a sus sustitutos, así mismo retirar la calidad

de miembros de la misma a los que hubieran renunciado,

fallecido o perdido su calidad de socios;

d) Pedir a la Junta Directiva los informes que crea convenien-

te;

e) Aprobar el reglamento interno de la Asociación;

f) Acordar la petición de la personería jurídica y la aprobación

de estos Estatutos al Concejo Municipal respectivo, por medio

del representante legal de la Asociación;

g) Otorgar la calidad de socios honorarios;

h) Aprobar la suspensión defi nitiva de los socios;

i) Aprobar el plan anual de trabajo y su respectivo presupues-

to;

j) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos y reglamentos

que se dicten.

PROCEDIMIENTO ESPECIAL

PARA LA REMOCION DE SOCIOS Y DIRECTIVOS.

Art. 15.- Los miembros de la Asociación podrán ser retirados de

ella por acuerdos de la Junta Directiva, tomado por mayoría de votos y

previa audiencia del interesado por infracciones al Código Municipal y

estos Estatutos; se consideran además como causales de retiro y expulsión

las siguientes:

a) La conducta del socio que se traduzca en perjuicio grave de

la Asociación;

b) Negarse sin motivo justifi cado a desempeñar los cargos de

elección o comisiones que le encomienden la Asamblea

General o la Junta Directiva;

c) Promover actividades políticas, religiosas o de otra naturaleza

que vayan en perjuicio de la Asociación;

d) Obtener por medio fraudulento benefi cio de la Asociación

para sí o para terceros;

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

20 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412

e) Cometer algún delito o falta grave en perjuicio de la Asocia-

ción;

Art. 16.- Para poder proceder a la suspensión temporal, la Junta

Directiva nombrará una comisión de tres de sus miembros, para que

investiguen los hechos y oyendo el dictamen de estos y las razones que

el infractor exponga en su defensa, resolverá. En caso de suspensión

defi nitiva la Junta Directiva seguirá el procedimiento a que se refi ere el

inciso anterior, pero en este caso, la Asamblea General resolverá sobre

tal suspensión acordada que se nombrará a sus sustitutos.

Art. 17.- Sobre el retiro de los asociados y sobre la suspensión

temporal decretada por la Junta Directiva podrá interponerse únicamente

el recurso de revisión ante la misma dentro del tercer día de la notifi ca-

ción, de las resoluciones de la Asamblea General no se admitirá ningún

recurso.

Art. 18.- Los miembros de la Junta Directiva electos por Asamblea

General, podrán ser suspendidos en forma temporal o defi nitiva, según

la gravedad del caso. La suspensión defi nitiva únicamente podrá ser

acordada por la Asamblea General y la suspensión temporal, por la Junta

Directiva.

Art. 19.- En caso de que la Junta Directiva, dentro del plazo de

diez días de conocida la infracción no procede a dar cumplimiento a los

Artículos anteriores, un número de treinta por ciento de los socios, por

lo menos podrán pedir al Concejo Municipal correspondiente que se les

autorice:

a) Para nombrar entre los miembros de la comisión investiga-

dora;

b) Para que esta convoque a la Asamblea General que conce-

derá la suspensión en base a los informes de la comisión

investigadora, el mismo procedimiento anterior, se seguirá

cuando de acuerdo a las infracciones, debe conocerse sobre la

suspensión temporal o defi nitiva de toda la Junta Directiva o

cuando por tratarse de un número considerado de miembros,

los que quedan no pueden o no inicien el procedimiento dentro

del plazo que establece el inciso anterior.

En todos los casos de este Artículo será la Asamblea General la que

resolverá sobre la suspensión temporal o defi nitiva de sus miembros y

en la misma sesión elegirá, y dará posesión a los sustitutos por el tiempo

de suspensión o por el resto del periodo de los directivos suspendidos.

Art. 20.- La Junta Directiva estará integrada por quince miembros

electos en Asamblea General por votación nominal, ya sea por cargos

electos o separados en planilla. En todo caso, la nómina de los cargos

serán los siguientes: PRESIDENTE, VICEPRESIDENTE, SECRETA-

RIO, PRO-SECRETARIO, TESORERO, PRO-TESORERO, SINDICO,

CUATRO VOCALES PROPIETARIOS Y CUATRO VOCALES SU-

PLENTES; Los cargos de la Junta Directiva serán AD HONOREM, sin

embargo, cuando el socio o directivo trabaja en actividades particulares

eventuales para la Asociación, podrá cobrar una retribución convencional

o cuando por el volumen del trabajo las circunstancias lo ameriten.

Art. 21.- La Junta Directiva se reunirá cuantas veces sea necesario,

por lo menos una vez al mes, extraordinariamente cuando sea convocada

por el presidente, para que la sesión sea válida, deberá concurrir por lo

menos seis de sus miembros y las resoluciones se tomarán por la mayoría

de votos, en caso de empate, el presidente o el que haga sus veces tendrá

voto de calidad.

Art. 22.- Son atribuciones de la Junta Directiva:

a) Elaborar los proyectos de Estatutos de la Asociación y pro-

ponerlos en Asamblea;

b) Tramitar el reconocimiento legal de la Asociación conforme

a la Ley;

c) Determinar juntamente con las instituciones que colaboran

con el plan de desarrollo comunal, el plan de trabajo y el

presupuesto correspondiente;

d) Constituir comisiones de trabajo de la Asociación encauzando

a su mejor organización y desenvolvimiento;

e) Convocar en Asamblea General a reuniones ordinarias y

extraordinarias;

f) Vincularse con los organismos del estado, las Municipalidades

y con las entidades privadas que tengan que trabajar en la

región del proyecto de desarrollo comunal;

g) Participar en su caso en las investigaciones, planeamientos,

ejecución y evaluaciones de los programas y proyectos de

mejoramiento de la comunidad;

h) Informar periódicamente a la Asamblea General de las

actividades que desarrollan, y presentarles el plan anual de

trabajo y el presupuesto respectivo e informar igualmente

a los organismos que cooperaron en el desarrollo de sus

programas de trabajo;

i) Velar que el patrimonio de la Asociación, sea aplicado en la

consecución de sus fi nes;

j) Autorizar y controlar los gastos de los recursos económicos

de la Asociación;

k) Tomar las medidas necesarias para cumplir las disposiciones

emanadas de la Asamblea General y las que crean conveniente

dictar;

l) Resolver a su prudente arbitrio las situaciones excepcionales

previstas en los Estatutos;

m) Presentar a la consideración y aprobación de la Asamblea

General de la sesión ordinaria anual sus actividades de tra-

bajo;

n) Ejercer las demás actividades que se determinen en las leyes

correspondientes y Estatutos.

Art. 23.- El Presidente de la Junta Directiva, presidirá y dirigirá las

sesiones de la Asamblea General y la Junta Directiva, autorizando con su

fi rma los acuerdos que emanen de la misma y coordinará las actividades

de la Asociación.

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

21DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.

Art. 24.- El Vice-Presidente, colaborará con el Presidente, lo

sustituirá en los casos de ausencia o de impedimento de este y todo lo

demás que fuese concerniente a actividad comunal.

Art. 25.- El Secretario, será el órgano de la comunicación de la

Asociación y llevará el inventario de los bienes de la misma, además

tendrá a su cargo los libros de acta de sesiones que celebre la Asamblea

General y la Junta Directiva y todo lo demás que fuere pertinente.

Art. 26.- El Pro-Secretario, colaborará con el secretario en todo

lo concerniente a sus funciones; lo sustituirá en caso de ausencia o

impedimento de este.

Art. 27.- El Tesorero, será el depositario de los fondos y bienes

de la Asociación, llevará los libros de contabilidad y las cuentas de la

misma; se encargará así mismo que se haga efectivo los créditos a favor

de la Asociación y dará cuenta a la Junta Directiva en cada sesión del

estado económico. Hará los pagos de las obligaciones de la Asociación

de los emolumentos si los hubiera. Todos los fondos serán depositados

en una institución bancaria o crediticia, para lo cual se abrirá una cuenta

a nombre de la Asociación, debiendo registrar su fi rma con la del pre-

sidente y el Síndico como refrendario.

Art. 28.- El Pro-Tesorero, colaborará con el tesorero en todo lo

concerniente a sus funciones; lo sustituirá en caso de ausencia o impe-

dimento de éste.

Art. 29.- El Síndico, tendrá representación jurídica y extrajudicial

de la Asociación y el uso de su personalidad jurídica, quien para com-

parecer en juicios, escrituras, contratos, actas notariales y otros deberá

ser autorizado por la Junta Directiva, quien lo legitimará mediante

la certifi cación del punto de acta que lo autoriza. A falta del síndico

fungirán los vocales en su orden, autorizados en sesión de Junta Direc-

tiva, además velará por el estricto cumplimiento del Código Municipal

y la ordenanza respectiva, así como los presentes estatutos y las leyes

de la materia y los demás acuerdos tomados por la Asamblea General y

la Junta Directiva.

Art. 30.- Los Vocales, colaborarán con la Junta Directiva en la

medida que esta lo considere necesario, en todo caso, sustituirán a los

miembros de la Junta Directiva que faltaren.

Art. 31.- En caso de suspensión temporal, la Junta Directiva llamará

y dará posesión a los sustitutos por el tiempo que dure la suspensión.

Art. 32.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos para un

periodo de dos años y solo podrán ser reelectos en forma consecutiva

para un periodo más.

CAPITULO VI.

PATRIMONIO DE LA ASOCIACION.

Art. 33.- El patrimonio de la Asociación estará constituido por:

a) Los fondos provenientes de las contribuciones que aportan

los socios activos mensualmente:

b) Las subvenciones o aportes extraordinarios, herencias, do-

naciones, legados que provengan de diversas fuentes;

c) Los ingresos provenientes de cualquier actividad realizada

para recaudar fondos para la Asociación;

d) El valor de los intereses que devengan los créditos otorgados

a los Asociados. El valor de estos intereses serán fi jados por

la Asamblea General a propuesta de la Junta Directiva, pero

en todo caso este interés deberá ser menor que el estipulado

por el Sistema Bancario Nacional;

e) El valor del alquiler cobrado por el uso de la maquinaria,

bienes muebles o inmuebles de propiedad de la Asociación,

el valor de estos alquileres serán aprobados por la Asamblea

General a propuesta de la Junta Directiva; pero en ningún

caso se eximirá de estos pagos el hecho de ser Asociados;

f) Sus bienes muebles o inmuebles adquiridos a cualquier título.

Los bienes muebles o inmuebles que forman el patrimonio,

no podrán ser enajenado en garantía, vendidos, alquilados o

prestados sin autorización previa de la Asamblea General.

Art. 34.- De las utilidades netas obtenidas al fi nal del ejercicio

administrativo por la Asociación, se aportará el cinco por ciento por lo

menos, para formar un fondo de reserva e incrementar el capital bancario

a nombre de la misma. La Asociación llevará un libro de registro capital,

en el que se deberá expresar todo aumento y disminución del mismo.

La Asociación para poder desarrollar sus fi nes sociales y de obra física,

siempre que conduzcan a operaciones canalizadas a través de recursos

económicos, deberá ser conocida y aprobada por la Asamblea General

y autorizada por la Junta Directiva, específi camente para el acto en

que comparezca el representante de la Asociación. En todo caso, se

establecerán los controles contables necesarios, para el efectivo control

de fondos propios o procedentes de fuentes externas, en los distintos

programas y proyectos que se desarrollen.

Art. 35.- Si al fi nal de cada ejercicio administrativo anual de

enero a diciembre, obtuvieran ganancias, la Junta Directiva propondrá

a la Asamblea General los proyectos en los que puedan ser aplicados

dichas ganancias, como también el tiempo y forma de invertir el fondo

de reserva.

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

22 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412

Art. 36.- En caso de disolución de la Asociación, si después de

pagadas las obligaciones hubieran remanentes el Concejo Municipal lo

destinará a programas de desarrollo comunal y mientras no se realice su

inversión, el remanente estará bajo el control del Concejo Municipal.

CAPITULO VII.

DISOLUCION DE LA ASOCIACION.

Art. 37.- La disolución de la Asociación se acordará en sesión

extraordinaria de Asamblea General, mediante acuerdo de dos terceras

partes de los socios de la misma; por motivos que el Código Municipal

y la Ordenanza Municipal reguladora de las asociaciones de desarrollo

comunal; estos Estatutos y las demás leyes que la materia establece.

CAPITULO VIII.

DISPOSICIONES GENERALES.

Art. 38.- La Asociación llevará su libro de registros de afi liados,

actas de Asamblea General, actas de Junta Directiva, registro de inven-

tario, todos foliados y sellados con una razón de apertura que contenga

el objeto del libro, su número de páginas y luego al terminarse el libro

se pondrá su razón de cierre; la cual deberá estar fi rmada y sellada por

el secretario de la Junta Directiva.

Art. 39.- La Junta Directiva, tiene la obligación de enviar al Concejo

Municipal, durante los primeros quince días posteriores a la elección,

la nómina de la nueva Junta Directiva; durante los primeros quince

días del año, la nómina de los asociados, informe de las sustituciones

de los miembros de la Junta Directiva, cuando sea en forma defi nitiva

y cualquier otro dato relativo a la Asociación, dentro de los treinta días

posteriores a la elección de la nueva Junta Directiva, deberá enviar al

Concejo Municipal un plan de trabajo.

Art. 40.- Para modifi caciones de Acta de Constitución y de los

presentes Estatutos, se seguirán los mismos procedimientos para la

constitución e inscripción de la Asociación.

Art. 41.- Los casos que no estén contemplados en estos Estatutos,

serán resueltos en Asamblea General de socios.

Art. 42.- Los presentes Estatutos, entrarán en vigencia a los ocho

días después de su publicación en el Diario Ofi cial.

LA INFRASCRITA SECRETARIA MUNICIPAL,

CERTIFICA: El Acuerdo Municipal que literalmente dice:

ACUERDO NUMERO UNO: El Concejo Municipal de la Ciudad

de Acajutla, en base a la Autonomía Municipal expresada en los Artículos

203 y 204 de la Constitución de la República, y en uso de las facultades

Legales que le confi ere los Artículos 30 numerales 4, 13, 23, 34 y 35 del

Código Municipal y CONSIDERANDO: I.- Que vistos los Estatutos de

la ASOCIACIÓN DE DESARROLLO COMUNAL, LOTIFICACION

SAN ANTONIO, CASERIO LA NUEVA, CANTON SAN JULIAN,

MUNICIPIO DE ACAJUTLA, DEPARTAMENTO DE SONSONATE,

que podrá abreviarse "ADESCOLSAN", con domicilio en el Municipio

de Acajutla, Departamento de Sonsonate. II.- Que dicha Asociación se

regirá bajo sus propios Estatutos, los cuales constan de 8 Capítulos y

42 Artículos y no encontrando en ellos ninguna disposición contraria a

la Leyes de la República, al orden público ni a las buenas costumbres

y de conformidad a lo establecido en el artículo 7 de la Constitución de

la República de El Salvador, Artículos 30 numeral 23, con relación a

los artículos del 118 al 125 del Código Municipal vigente, y luego de

deliberar al respecto, este Honorable Concejo Municipal, por UNANI-

MIDAD ACUERDA: Aprobar en todas sus partes los Estatutos de la

ASOCIACIÓN DE DESARROLLO COMUNAL LOTIFICACION

SAN ANTONIO, CASERIO LA NUEVA, CANTON SAN JULIAN,

MUNICIPIO DE ACAJUTLA, DEPARTAMENTO DE SONSONA-

TE, que podrá abreviarse. "ADESCOLSAN", y conferir el carácter de

Personería Jurídica, con domicilio en el Municipio de Acajutla, Depar-

tamento de Sonsonate. CERTIFIQUESE Y COMUNIQUESE, para los

demás efectos administrativos y legales consiguientes. Y no habiendo

más que hacer constar se cierra la presente que fi rmamos.// H.A.C.A.//

M.P. // //S.L.T.P.// // S.H.// //J.AR// //J.M.// //S.D.V.// //D.G.A.// //J.E.J.

L.// //VHSorianM// //J.S.A.// //JCC// //MEP// //DGMA// //S.M.H. // //

MMenéndez.// //D. P. de Mancia// //Sria .//

DADO EN LA ALCALDIA MUNICIPAL DE ACAJUTLA, A LOS

DIECINUEVE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL

DIECISEIS. ES CONFORME CON SU ORIGINAL CON EL CUAL

SE CONFRONTO.

HUGO ANTONIO CALDERON ARRIOLA,

ALCALDE MUNICIPAL.

DARLIN NOHELIA PINEDA DE MANCIA,

SECRETARIA MUNICIPAL.

(Registro No. F011854)

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

23DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO

COMUNAL COLONIA MARABÚ SUR, DEL MUNICIPIO

DE SAN MARCOS, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR.

CAPÍTULO I

DENOMINACIÓN, NATURALEZA, DURACIÓN,

DOMICILIO Y SIMBOLOGÍA

Artículo 1.- Créase en la ciudad de San Marcos, departamento de San Salvador, una Asociación de Desarrollo Comunal al servicio de sus asociados y de la comunidad en general.

Artículo 2.- La Asociación se denominará Asociación de Desa-rrollo Comunal COLONIA MARABÚ SUR, que podrá abreviarse "ADESCO MARABÚ SUR" y en el transcurso de estos Estatutos se llamará ADESCO o la Asociación.

Artículo 3.- La Asociación es de naturaleza democrática, apolítica, no religiosa y no lucrativa.

Artículo 4.- La Asociación se constituye por tiempo indefi nido.

Artículo 5.- El domicilio de la Asociación será la ciudad de San Marcos, Departamento de San Salvador, pudiendo realizar actividades en todo el territorio de la República.

Artículo 6.- La Asociación estará regulada por el Código Municipal, Ordenanza Reguladora de la Asociaciones Comunales del Municipio de San Marcos, por estos Estatutos y demás disposiciones legales apli-cables.

Artículo 7.- La Asociación adopta como sello el símbolo distintivo de la siguiente fi gura: un óvalo cuya leyenda se lee "ADESCO COL. MARABÚ SUR, SAN MARCOS, S.S.", con la imagen del ave Marabú en el centro que signifi ca el nombre de la Colonia representada en un ave.

CAPÍTULO II

FINES Y OBJETIVOS

Artículo 8.- La asociación tendrá como fi nes y objetivos los siguientes:

a) Promover el progreso de la Comunidad Marabú Sur, conjun-tamente con los organismos públicos y privados, nacionales e internacionales que participen en los correspondientes programas de desarrollo.

b) Fomentar el espíritu de la Comunidad, solidaridad y co-operación mutua entre los vecinos, sus grupos y entidades representativas.

c) Coordinar y cooperar con otros grupos comunitarios organiza-dos en la misma jurisdicción, procurando la mayor integración de sus miembros y mejor organización de sus actividades.

d) Impulsar y gestionar la ejecución de proyectos sociales, educativos, económicos y de infraestructura en benefi cio de la Colonia Marabú Sur.

e) Trabajar en el establecimiento y mejora de los servicios básicos con el equipamiento de los medios indispensables para solucionar los distintos problemas que existen.

f) Establecer planes referidos a la prevención de riesgos ante desastres naturales.

g) Promover la participación de la juventud en los diferentes programas y proyectos para el desarrollo local.

h) Incrementar las actividades comunitarias a fi n de obtener recursos propios que sirvan para impulsar el mejoramiento de la comunidad.

i) Participar organizadamente en el estudio y análisis de la realidad social y de los problemas, necesidades de la comu-nidad, así como en cualquier actividad en el campo social, económico, cultural, cívico, educativo u otros que fueran legales y provechosos para los habitantes de la comunidad.

j) Promover el ejercicio de la Contraloría ciudadana a través de la supervisión de los procesos de toma de decisiones, del manejo de los recursos públicos, acceso a la información y participación en el seguimiento, control y evaluación en la ejecución de proyectos o acciones del Gobierno Central, Municipal y de otras entidades Gubernamentales.

k) Fomentar la sana convivencia entre los vecinos para una mejor participación democrática participativa, con equidad de género, evitándose la violencia en todos los sentidos al interior de la Comunidad.

l) Fomentar la democracia participativa con equidad de género, así como la realización de todas las actividades permitidas por la ley para la consecuencia de los fi nes de la Asociación.

CAPÍTULO III

DE LOS ASOCIADOS, CLASES DE ASOCIADOS,

DERECHOS Y DEBERES

Artículo 9.- Podrán ser miembros de la Asociación todas aquellas personas naturales mayores de catorce años, que residan en el municipio y que acuerden la Asamblea General.

Para lo cual deberá solicitase por medio de escrito dirigido a la Junta Directiva; la que deberá evaluar su aceptación, y la someterá a ratifi cación en la siguiente sesión de Asamblea General, en la cual se decidirá por mayoría de votos.

Artículo 10.- La Asociación está integrada por tres clases de Aso-ciados:

a) Son Asociados Fundadores, aquellas personas naturales que fi rmaron el acta de constitución de la Asociación.

b) Son Asociados Activos, aquellas personas naturales que ob-tengan su ingreso a la Asociación conforme a lo establecido por estos Estatutos.

c) Son asociados honorarios aquellas personas naturales o jurí-dicas que por sus méritos personales y relevantes de servicios hacia la comunidad, la Asamblea General les otorgue tal privilegio.

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

24 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412

Artículo 11.- Requisitos para ser Asociados:

a) Ser mayor de catorce años.

b) Residir dentro del territorio de la comunidad.

Artículo 12.- La persona interesada en ingresar a la Asociación deberá llenar una hoja de inscripción dirigida a la Junta Directiva, en la que manifi esta la voluntad de pertenecer a la Asociación y cumplir con los requisitos establecidos en el artículo anterior.

La Junta Directiva comprobará que los datos contenidos en la hoja de inscripción sean correctos y si así fuere, procederá a incorporar al interesado quien será juramentado en pleno de la Asamblea. Será respon-sabilidad de la Junta Directiva, proporcionar a las personas interesadas en ingresar a la Asociación, la respectiva solicitud de ingreso.

Artículo 13.- Son derechos de los Asociados:

a) Participar con voz y voto en las Asambleas Generales.

b) Presentar mociones y sugerencias a la Asamblea General.

c) Retirarse voluntariamente de la Asociación.

d) Elegir y ser electo para cargos de dirección.

e) Gozar de los servicios y privilegios que realice u otorgue la Asociación.

f) Solicitar y obtener de la Junta Directiva información del funcionamiento de los proyectos aprobados y rechazados de la Asociación.

Artículo 14.- Son deberes de los Asociados:

a) Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades propias de la Asociación.

b) Asistir con puntualidad a las sesiones de la Asamblea General, previa convocatoria legal.

c) Desempeñar con responsabilidad, efi ciencia y honradez los cargos o comisiones que se le hubieren designado.

d) Abstener de realizar las acciones u omisiones que pongan en perjuicio la armonía, las actividades y en general los objetivos de la Asociación.

e) Velar porque se respeten y se cumplan las disposiciones de la Asamblea General y Junta Directiva, siempre que estén relacionados con los fi nes y objetivos de la Asociación.

f) Cancelar las cuotas acordadas en Asamblea General.

g) Cumplir y hacer cumplir estos Estatutos, Reglamentos Internos y Ordenanzas Municipales de San Marcos.

Artículo 15.- De la suspensión de los derechos de los Asociados:

a) Por realizar actos que dañen el prestigio de la Asociación.

b) Por el incumplimiento injustifi cado de los deberes que le impone la calidad de Asociado.

La decisión de suspensión de los derechos deberá ser tomada por Asamblea General Extraordinaria para lo cual será necesario el voto de la mitad más uno de los miembros presentes.

CAPITULO IV

DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION

Artículo 16. El gobierno de la Asociación emana de la totalidad de sus asociados y será ejercido en su representación por la Asamblea General, la Junta Directiva y Comité de Vigilancia.

CAPITULO V

DE LA ASAMBLEA GENERAL

Artículo 17.- La Asamblea General será la máxima autoridad de la Asociación y estará integrada por la totalidad de los asociados.

Artículo 18. La Asamblea General se reunirá Ordinariamente al menos una vez al año, y Extraordinariamente todas aquellas sesiones que sean necesarias para tratar puntos importantes para la Asociación; la cual deberá ser convocada por la Junta Directiva.

Artículo 19.- El quórum necesario para poder realizar las sesiones Ordinaria o Extraordinaria de la Asamblea General, será de la mitad más uno de los miembros de la Asociación en primera convocatoria; y en segunda convocatoria el día siguiente con los miembros que asistan, siempre que no sea inferior a un tercio de los integrantes de la misma, excepto en los casos especiales en que se requiera mayor número de asistentes. Las resoluciones las tomará la Asamblea General por mayoría simple de votos.

Artículo 20.- Todo miembro que no pudiera asistir a cualquiera de las sesiones de Asamblea General por motivos justifi cados podrá hacerse representar por otro miembro, mediante un escrito dirigido a la Junta Directiva en el que haga constar esa situación. El límite de representaciones es de un miembro, llevando la voz y el voto de su representado.

Artículo 21.- La convocatoria podrá ser hecha en forma verbal o escrita a través de los medios de comunicación que más convenga. La convocatoria para realizar la Asamblea General Ordinaria se hará por lo menos con ocho días de anticipación a la fecha de su realización y para la Asamblea General Extraordinaria se hará por lo menos con tres días de anticipación a la fecha de su realización.

Artículo 22.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Aprobar, reformar o derogar estos Estatutos y los respectivos reglamentos que emita la Asociación.

b) Elegir a los miembros de la Junta Directiva y Comité de Vigilancia y destituirlos por causas justifi cadas.

c) Aprobar o modifi car el plan de trabajo del desarrollo de proyectos y acciones en benefi cio de la comunidad por la Junta Directiva.

d) Recibir los informes de trabajo del Secretario de Finanzas y los demás que le presenten los miembros de la Junta Directiva y aprobar el Estado Financiero de la Asociación.

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

25DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.

e) Aprobar el Presupuesto Anual.

f) Fijar la cuantía de las cuotas ordinarias y extraordinarias de los Asociados según la necesidad de la Asociación.

g) Solicitar a la Junta Directiva los informes que crea conve-nientes.

h) Otorgar la calidad de socio Honorario.

i) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Asociación y que no estén contemplados en los presentes Estatutos, Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comunales, Re-glamentos y otras disposiciones que emita la Asociación.

j) Decidir sobre la donación, compra, venta o enajenación de los bienes inmuebles pertenecientes a la Asociación.

CAPITULO VI

DE LA JUNTA DIRECTIVA

Artículo 23.- La Junta Directiva será el órgano de dirección de trabajo de la Asociación, con atribuciones deliberativas, consultivas, planifi cadoras, gestoras y estará conformada de la siguiente manera: Secretaría General, Secretaría Adjunta, Secretaría de Asuntos Legales, Secretaría de Actas, Secretaría de Finanzas, Secretaría de Salud y Medio Ambiente, Secretaría de Cultura y Educación, Secretaría de Equidad Social y Género, Secretaría de Juventud, Recreación y Deportes.

Además de Asamblea General podrá crear según sus necesidades las comisiones que consideren convenientes, para el mejor desempeño de su contenido.

Los cargos en la Junta Directiva serán ad-honórem; sin embargo, cuando el asociado trabaje en actividades particulares y eventuales para la Asociación, podrá otorgársele una dieta en concepto de gastos de alimentación y transporte, siempre y cuando las circunstancias lo ameriten.

Artículo 24.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos en la sesión Ordinaria de Asamblea General, para un periodo de dos años, contados a partir de la fecha de su nombramiento.

Cuando se trate de sustitución de directivo por causas justifi cadas, o cuando éstos hayan sido destituidos por la Asamblea General con el voto de la mayoría de los Asociados, por su mal desempeño dentro de la Asociación. Deberá convocarse a la Asamblea General de asociados a sesión extraordinaria. Para efecto de realizar las sustituciones corres-pondientes.

Artículo 25.- La Junta Directiva sesionará Ordinariamente al menos una vez al mes, y Extraordinariamente cundo considere necesario.

La convocatoria a las sesiones Ordinarias se hará con tres días de anticipación y para las sesiones extraordinarias con dos días de antici-pación.

Artículo 26.- El quórum para celebrar Junta Directiva será la asistencia de por lo menos la mitad más uno de sus miembros, y para tomar resoluciones se requerirá el voto favorable de la mayoría de los miembros directivos presentes. En caso de empate el Secretario General tendrá doble voto.

Artículo 27.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atribucio-nes:

a) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamentos, Regulaciones de la Asamblea General, elaborar la memoria anual de labores y someterlos a consideración de la Asamblea General.

b) Administrar el patrimonio de la Asociación.

c) Velar porque todos los asociados/as cumplan con sus obli-gaciones para con la Asociación.

d) Señalar las fechas de celebración de las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la Asamblea General.

e) Convocar a los asociados y elaborar la agenda de las sesio-nes.

f) Constituir los comités de apoyo que sean necesarios para el impulso de las actividades en benefi cio de la Asociación.

g) Conocer las solicitudes de ingresos a la Asociación y presen-tarlas a consideración de la Asamblea General.

h) Conocer las solicitudes y reclamos de los Asociados de acuerdo a las disposiciones de estos Estatutos y Reglamento de la Asociación.

i) Elaborar proyectos de reglamentos de la Asociación, así como los proyectos de reforma de estos Estatutos.

j) Organizar seminarios, cursos y otros eventos relacionados con los fi nes de la Asociación.

k) Resolver todos los asuntos que no sean competencia de la Asamblea General.

l) Elaborar el Plan de Trabajo de la Asociación.

m) Constituir comisiones de trabajo.

Artículo 28.- Para ser miembros de la Junta Directiva será necesario cumplir con los siguientes requisitos:

a) Ser mayor de 14 años.

b) Competencia notoria para el desempeño del cargo.

c) Observar buena conducta.

d) Residir dentro del territorio de la Asociación.

e) Ser propuesto por un asociado y ser ratifi cado por la mayoría simple en Asamblea General Extraordinaria.

f) Estar solvente con la Asociación.

Artículo 29.- Los miembros de la Junta Directiva podrán ser des-tituidos de sus cargos por las causales siguientes:

a) Inmoralidad comprobada.

b) Incumplimiento a las disposiciones de los presentes Estatutos o reglamentos internos que regulan la Asociación.

c) Cometer algún delito o falta grave en perjuicio de la Asocia-ción.

d) Obtener por medios fraudulentos benefi cios de la Asociación para sí o para terceros.

e) Apartarse de los fi nes de la Asociación; y

f) Cuando a juicio de la Asamblea sea necesario.

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

26 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412

Artículo 30.- Los miembros de la Junta Directiva y Comité de Vigi-lancia, sólo podrá ser reelecto por un periodo más consecutivamente.

CAPITULO VII

DE LAS ATRIBUCIONES DE LOS MIEMBROS

DE LA JUNTA DIRECTIVA

Artículo 31.- Son atribuciones del Secretario General:

a) Presidir las sesiones de la Junta Directiva y de la Asamblea General.

b) Representar legal, judicial y extrajudicialmente a la Asocia-ción.

c) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos y disposiciones tomadas por la Asamblea General, Junta Directiva y de los Estatutos de la Asociación.

d) Aperturar con la fi rma de dos miembros Directivos, la cuenta bancaria a nombre de la Asociación.

e) Autorizar por escrito junto con el Secretario de Finanzas las erogaciones de pagos y gastos de la Asociación debidamente comprobados mediante vales de fondos pre numerados co-rrelativamente.

f) Todas las demás que le encomiende la Junta Directiva.

Artículo 32.- Son atribuciones del Secretario Adjunto:

a) Colaborar con el Secretario General en el desempeño de sus funciones.

b) Sustituir al Secretario General en caso de ausencia o impe-dimento.

c) Desempeñarse en las comisiones que el Secretario General le designe.

d) Las demás que le asigne estos Estatutos y otras disposiciones que tome la Asamblea General.

Artículo 33.- Son atribuciones del Secretario de Asuntos Lega-les:

a) Velar por el cumplimiento de las resoluciones de la Junta Directiva y de la Asamblea General.

b) Colaborar en la elaboración de las reformas a los Estatutos, Reglamento Interno de la Asociación, Plan de Trabajo y Memoria Anual.

c) Velar por la legalidad de las actuaciones de la Asociación.

d) Y las demás que señale la Asamblea General.

Artículo 34.- Son atribuciones del Secretario de Actas:

a) Llevar el Libro de Actas de las sesiones de la Asamblea General y de la Junta Directiva.

b) Extender las credenciales y certifi caciones de la Asociación que sean necesarias.

c) Llevar el libro de Registro de Asociados, así como el archivo de la Asociación.

d) Enviar a los asociados las convocatorias para sesiones de Asamblea General y Junta Directiva.

e) Recibir y despachar la correspondencia de la Asociación.

f) Expedir las Certifi cación de los documentos que consten en los archivos de la Asociación.

g) Las demás que por razones de su cargo le competen.

Artículo 35.- Son atribuciones del Secretario de Finanzas:

a) Recibir y depositar en la cuenta bancaria destinada para tal efecto todos los ingresos que la Asociación obtenga.

b) Administrar el Fondo Circulante de la Asociación.

c) Efectuar todo pago por medio de cheque o Fondo Circulan-te.

d) Llevar el control actualizado de los libros de Ingresos y Egresos de la Asociación.

e) Autorizar juntamente con el Secretario General, las erogaciones que la Asociación tenga que realizar.

f) Hacer efectivos los cobros de los servicios prestados por la Asociación, así como gestionar la mora de los mismos.

g) Rendir informes de la situación fi nanciera de la Asocia-ción.

h) Liquidar el Fondo Circulante al fi nalizar cada año fi scal.

Artículo 36.- Son atribuciones de las Secretarías de Salud y Medio Ambiente, de Juventud, Recreación y Deportes, de Cultura y Educación. de Equidad Social y Género las siguientes:

a) Coordinar las actividades relativas a cada Secretaría.

b) Colaborar directamente con todos los miembros de la Junta Directiva.

c) Sustituir a cualquier miembro de la Junta Directiva en caso de ausencia o impedimento.

d) Desempeñar las funciones en las comisiones que le asignen la Asamblea General y la Junta Directiva.

e) Las demás que señalen los presentes Estatutos y Reglamento de la Asociación.

CAPITULO VIII

DE LAS ATRIBUCIONES DEL COMITÉ DE VIGILANCIA

Artículo 37. El Comité de Vigilancia ejercerá la supervisión de todas las actividades de la Asociación y fi scalizará las actuaciones de los miembros Directivos.

Tendrá acceso absoluto a todos los libros, facturas u otros docu-mentos, para realizar su función. Recibirá denuncias de los asociados contra la Junta Directiva, una vez recibida una denuncia el Comité iniciará una investigación, fi nalizada dicha investigación pronunciará un informe que será dado a conocer a la Asamblea General, para que sea ésta quien tome la decisión sobre lo investigado.

Artículo 38.- El Comité de Vigilancia estará integrado por tres miembros elegidos por la Asamblea General, donde se haya elegido la Junta Directiva.

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

27DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.

El periodo de las funciones del Comité iniciará y concluirá al mismo tiempo que el de la Junta Directiva y sólo podrá ser reelecto por un periodo más.

Los cargos a desempeñar dentro del Comité son el de Coordinador, Primer Fiscal y Segundo Fiscal.

Articulo 39.- El Comité de Vigilancia deberá reunirse por lo menos una vez al mes, tomará sus acuerdos por mayoría simple o unanimidad según sea el caso: los informes que realicen deberán hacerlo del cono-cimiento tanto de la Asamblea General como de la Junta Directiva.

Salvo en el caso que el informe arroje el resultado de investigaciones producto de denuncia contra la Junta Directiva, en cuyo caso se notifi cará directamente a la Asamblea General, recomendando la sanción de con-formidad a los Estatutos o al Reglamento Interno de la Asociación. Sin detrimento de las acciones Civiles o Penales que deriven de sus actos.

El Comité de Vigilancia tendrá la facultad de convocar a Asamblea General Extraordinaria y hacer propuestas de destitución de la Junta Directiva en pleno o individualmente.

Artículo 40.- Son atribuciones del Comité de Vigilancia:

a) Verifi car todas las gestiones, operaciones, documentos que la Junta Directiva lleva para la buena administración y Fun-cionamiento de la Asociación.

b) Informar a la Junta Directiva o Asamblea General, las irregu-laridades o anomalías observadas y verifi car que éstas sean subsanadas.

c) Todas las demás que le señalen estos Estatutos, Reglamento Interno y Ordenanza Municipal.

CAPITULO IX

DE LAS MEDIDAS DISCIPLINARIAS, CAUSALES

Y PROCEDIMIENTOS PARA SU APLICACION

Artículo 41.- Las medidas disciplinarias deberán tener como nor-mas básicas las señaladas en estos Estatutos, sin perjuicio que puedan regularse con mayor detalle en el Reglamento Interno, dependiendo de la gravedad de la infracción y de la reincidencia del infractor, las sanciones a imponerse serán:

a) Amonestación escrita.

b) Suspensión temporal del ejercicio de los derechos de Aso-ciados.

c) Pérdida defi nitiva de la calidad de Asociado, siendo ésta la sanción más grave.

Artículo 42.- Las sanciones serán impuestas de la siguiente for-ma:

a) La amonestación escrita será realizada por la Junta Directi-va.

b) Suspensión temporal y pérdida de la calidad de asociados serán propuestas por la Junta Directiva a la Asamblea General, quien deberá ratifi car las decisiones tomadas por la mitad más uno de los miembros presentes.

Artículo 43.- Las infracciones o faltas serán las siguientes:

a) La comisión de delitos o faltas en contra de la Asociación o la comisión de cualquier ilícito de corrupción.

b) La violación a estos Estatutos, Reglamento Interno, Acuerdos o Resoluciones de la Asamblea General o la Junta Directiva.

c) Otras faltas graves cometidas que a juicio de la Asamblea General merezcan tales sanciones.

En cualquier procedimiento disciplinario, deberán garantizarse los derechos de previa audiencia y de igualdad, tanto material como procesal, al asociado sujeto a dicho procedimiento.

Artículo 44.- En los casos de imposición de sanción de suspensión temporal del ejercicio de los derechos del asociado infractor y pérdida defi nitiva de la calidad del asociado, la Junta Directiva nombrará una comisión integrada por tres de sus miembros para que investiguen los hechos en el término de tres días, quienes instruirán las diligencias con base en los informes, denuncias o documentos en que indicaren la infrac-ción y la persona a quien se atribuyere; recibida la información anterior la admitirán de ser procedente, emplazarán al infractor para que en el término de tres días hábiles, a partir de día siguiente a la notifi cación ejerza su defensa.

Si el presunto infractor dejare transcurrir el término del emplaza-miento sin mostrarse parte, el asunto quedará listo para resolver.

Si el presunto infractor hubiere comparecido en tiempo, se abrirá a pruebas por el término de cuatro días hábiles, contados después de su notifi cación al interesado.

Concluido el término probatorio la comisión emitirá un dictamen y los remitirá a la Junta Directiva, quien dictará una propuesta de resolución la que será presentada en la próxima reunión de la Asamblea General para que resuelva de conformidad a estos Estatutos, Reglamento Interno y otras normas aplicables.

Artículo 45.- De la resolución que establezca la suspensión temporal del ejercicio de los derechos del asociado infractor o pérdida defi nitiva de la calidad de asociado, podrá interponerse únicamente el recurso de revisión para ante la misma Junta Directiva, dentro del tercer día de la notifi cación.

La sanción aplicada será informada mediante notifi cación por escrito, al asociado de quien se trate, por medio del Secretario de Actas; debiendo dejar constancia de que el asociado ha sido notifi cado en tiempo y en forma.

CAPITULO XDEL PATRIMONIO DE LA ASOCIACION

Artículo 46.- El patrimonio de la Asociación estará constituido por:

a) El monto de las contribuciones que aporten los asociados, según lo decida la Asamblea General.

b) Donaciones, herencias, legados contribuciones de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras.

c) Los ingresos productos de cualquier actividad realizada a fi n de obtener fondos para la Asociación.

d) Los bienes muebles o inmuebles que se adquieran a cualquier título y las rentas que se obtengan por alquileres o adminis-tración de los mismos.

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

28 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412

Los bienes inmuebles que forman parte del patrimonio la Asocia-ción no podrán ser vendidos, enajenados o dados en garantía sino por aprobación de la Asamblea General de Asociados.

Artículo 47.- El patrimonio será administrado por la Junta Directiva conformen a las directrices que le manifi este la Asamblea General.

CAPITULO XI

DISOLUCIÓN Y LIQUIDACION DE LA ASOCIACION

Artículo 48.- La Asociación podrá disolverse cuando se dé una de las causales previstas en el Código Municipal, mediante acuerdo tomado en Asamblea General Extraordinaria, especialmente convocada para ese efecto con al menos el voto de las tres cuartas partes de sus miembros.

Artículo 49.- Para efectos de proceder a la liquidación, se confor-mará una Comisión Liquidadora con tres miembros de la Asociación, electos en Asamblea General Extraordinaria; dicha comisión nombrará de entre su seno a un Coordinador, quien representará legalmente a la Asociación, la municipalidad designará a un delegado que acompañará el proceso, poniendo a la disposición de ellos los libros respectivos para efectos de honrar las obligaciones que hayan contraído la Asociación, así como fi niquitar las cuentas que estuvieren pendientes para ellas.

Si no fuesen electos los miembros de la Comisión Liquidadora por la Asociación, la Municipalidad procederá a designarlos.

En cualquier caso se dispondrá de sesenta días para liquidar la Asociación, salvo que por razones fundadas, debidamente documentados se requiere un plazo mayor.

Artículo 50.- Acordada la disolución de la Asociación y verifi cada la liquidación por la Comisión Liquidadora, el remate de los bienes si los hubiere, se donará a una entidad de benefi cio comunal legalmente constituida en esta jurisdicción, que tenga fi nes comunales y que deberá ser designada por la Asamblea General Extraordinaria que acordare la disolución, si en caso ésta no lo decidiere, se donará al municipio de San Marcos, quien lo destinará a programas de desarrollo comunal, preferentemente en la localidad del domicilio de la Asociación.

CAPITULO XII

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 51.- La Asociación utilizará sus propios recursos pro-venientes de su gestión, para llevar a cabo sus programas o proyectos, estando obligados a informar a la municipalidad si fuere necesario o solicitado por ésta.

Artículo 52.- La Asociación llevará los Libros de Actas de Sesiones de Asamblea General, Libros de Actas de Sesiones de Junta Directiva, Libros de Actas de Sesiones de Comité de Vigilancia, Libro de Ingreso y Egreso, Libro de Registros de Asociados, y otros que considere ne-cesarios, debidamente foliados y sellados, con una razón de apertura

que contenga el objeto del libro fi rmado por el Alcalde Municipal y el Secretario Municipal, y al terminar el Libro se pondrá una razón de cierre, la cual deberá estar fi rmada y sellada por el Secretario General y Secretario de Actas de la Asociación.

Artículo 53.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al Registro de Asociaciones Comunales que lleva la Alcaldía Municipal, en los primeros quince días posteriores a la elección de la Junta Directiva, la nómina de quienes la integran.

También informará en la forma expresada anteriormente de las situaciones de miembros de la Junta Directiva y de nuevos miembros de la Asociación.

Artículo 54.- Estos estatutos estarán en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.

EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL,

CERTIFICA: Que el Acta Número Veintiuno, de Sesión Ordinaria celebrada por esta Municipalidad, el día tres de junio de dos mil dieciséis, consta el Acuerdo que literalmente dice:

ACUERDO NÚMERO SEIS: CONSIDERANDO: I. Que dada la importancia de promover la participación social organizada en el Municipio de San Marcos y habiéndose revisado los Estatutos de la "Asociación de Desarrollo Comunal Colonia Marabú Sur, del Municipio de San Marcos" que podrá denominarse "ADESCO MARABÚ SUR", los cuales cumplen con los requisitos establecidos; tanto en el Código Municipal, como en la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comunales del Municipio de San Marcos. POR TANTO: en uso de sus competencias y facultades legales establecidas en los Arts. 4 numeral 8, 30 numeral 13; 120 y 121 del Código Municipal; y dando cumplimiento al Art. 11 de la Ordenanza Municipal de las Asociaciones Comunales del Municipio de San Marcos. Sometidos el punto a votación este Concejo Municipal por Unanimidad ACUERDA: 1.- Aprobar los Estatutos de la "Asociación de Desarrollo Comunal Colonia Marabú Sur, del Mu-nicipio de San Marcos" que podrá denominarse "ADESCO MARABÚ SUR". 2.- Otorgar la Personalidad Jurídica a la "Asociación de Desa-rrollo Comunal Colonia Marabú Sur" y ordénese la publicación de los Estatutos en el Diario Ofi cial, los cuales entrarán en vigencia ocho días después de su publicación. 3.- Proceder al Registro de Asociaciones de Desarrollo Comunales una vez sea entregada a la Secretaría Municipal, la publicación en el Diario Ofi cial antes mencionada. Para los efectos legales y administrativos consiguientes.- COMUNIQUESE.

ES CONFORME CON SU ORIGINAL CON EL CUAL SE CONFRONTO, debidamente en la Alcaldía Municipal de San Marcos, a los diez días del mes de junio del dos mil dieciséis.

DR. VLADIMIR ERNESTO CHANCHAN MEDINA.

SECRETARIO MUNICIPAL.

(Registro No. F011949)

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

29DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.

ACEPTACIÓN DE HERENCIA

LICENCIADO RODRIGO ERNESTO BUSTAMANTE AMAYA,

JUEZ DEL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL

DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PÚBLICO, PARA

LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: En las Diligencias de Aceptación de Herencia

Intestada con Benefi cio de Inventario, iniciadas por la Licenciada MIRNA

ELIZABETH PORTILLO ARTIGA, en su calidad de representante

procesal de la señora GLORIA LUZ RODRIGUEZ DE FLORES, en el

expediente clasifi cado bajo el número de referencia 823-16-CVDV-2CM1,

se ha proveído resolución por este juzgado, ocho horas cuarenta y un

minutos del día veinte de julio de dos mil dieciséis, mediante la cual

se ha tenido por aceptada interinamente y con Benefi cio de inventario,

de parte de la señora GLORIA LUZ RODRIGUEZ DE FLORES, en

su calidad de CÓNYUGE, la Herencia Intestada que a su defunción

dejara el causante, señor JOSE ANTONIO FLORES LOPEZ, quien

fue de setenta y un años de edad, Empleado, Casado, de nacionalidad

Salvadoreña, originario de esta ciudad, habiendo fallecido el día 5 de

marzo a las catorce horas y quince minutos de 2016, habiendo sido hijo

de los señores Francisco Flores y Paula López, ambos ya fallecidos; en

esa calidad se le confi ere Interinamente la Administración y Represen-

tación de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores

de la Herencia abintestada.

Lo que se hace del conocimiento del público, para que todo aquel que

se crea con derecho a la sucesión, se presente a este Juzgado a deducirlo

dentro de los quince días hábiles siguientes a la tercera publicación de

este edicto.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil y Mercantil, Santa Ana,

a las nueve horas once minutos del día veinte de julio de dos mil dieciséis.-

LIC. RODRIGO ERNESTO BUSTAMANTE AMAYA, JUEZ DEL

JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SANTA

ANA. LIC. CARLOS MAX QUINTANA RAMOS, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 878-1

AVISO DE INSCRIPCIÓN

LA INFRASCRITA JEFA DE LA SECCIÓN JURÍDICA DEL

DEPARTAMENTO DE ASOCIACIONES AGROPECUARIAS DEL

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA

CERTIFICA: Que habiendo cumplido con el procedimiento

establecido en el Decreto Legislativo número TRESCIENTOS TREINTA

Y NUEVE, publicado en el Diario Ofi cial número ochenta y seis, tomo

número Doscientos Noventa y Uno, del catorce de mayo de mil

novecientos ochenta y seis, donde se emite la Ley General de Asociaciones

Cooperativas, LA ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE PRODUCCIÓN

AGROPECUARIA “JAGUARES UNIDOS DE SAMURIA” DE

RESPONSABILIDAD LIMITADA, QUE SE ABREVIA "ACOPAJUS"

DE R. L., con domicilio en el municipio de Jucuarán, departamento de

Usulután, obtuvo su personalidad jurídica el día catorce de julio del año

dos mil dieciséis, e inscrita en el libro ciento veintisiete de Registro que

esta ofi cina lleva bajo la siguiente codifi cación: Tres mil ciento cincuenta

y siete del Sector No Reformado. Por lo que CONSIDERA: Publicar

en el Diario Ofi cial el asiento y por una sola vez el aviso de inscripción

correspondiente.

Santa Tecla, a los treinta y un días del mes de agosto del año dos

mil dieciséis.

NOTIFÍQUESE.

LICDA. ÁNGELA DEL CARMEN MANZANO,

Jefa Sección Jurídica.

Of. 1 v. No. 879

SECCION CARTELES OFICIALESDE PRIMERA PUBLICACIÓN

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

30 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412

DE TERCERA PUBLICACIÓN

ACEPTACIÓN DE HERENCIA

DELMY RUTH ORTIZ SÁNCHEZ, JUEZA DE LO CIVIL SUPLENTE

DEL JUZGADO DE LO CIVIL DE SANTA TECLA, AL PÚBLICO

PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este juzgado,

a las catorce horas y veinte minutos de este día, se ha tenido por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia testada dejada a

su defunción por la causante NATIVIDAD DE MERCEDES CARPIO,

fallecida en el Hospital Nacional Rosales, de la ciudad de San Salvador,

DE SEGUNDA PUBLICACIÓN

el día catorce de abril de dos mil diez, siendo Colón, el lugar de su último

domicilio, de parte del señor CARLOS ENRIQUE CARPIO, en calidad

de heredero testamentario; y se ha conferido al aceptante, la administración

y la representación interinas de la sucesión, con las facultades y restric-

ciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las catorce horas

y cuarenta minutos del día veintiséis de febrero de dos mil quince.- Dra.

DELMY RUTH ORTIZ SÁNCHEZ, JUEZA DE LO CIVIL SUPLENTE.

Br. KARINA VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 876-2

ACEPTACIÓN DE HERENCIA

MELIDA DEL TRANSITO GONZALEZ ORELLANA, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Al público que para los efectos de ley que por

resolución proveída por este Juzgado a las diez horas veinte minutos

del día nueve de agosto del corriente año, se ha tenido por aceptada ex-

presamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su

defunción ocurrida a las seis horas y cinco minutos del día veintinueve

de marzo de dos mil catorce, en Hospital Centro de Emergencias de

San Salvador, siendo la ciudad de Acajutla su último domicilio, dejó

el señor Juan Vidal Javier Ortiz, de parte de la señora Belmon Merce-

des Alvarenga de Javier, en su calidad de cónyuge sobreviviente del

expresado causante; por lo que se le ha conferido a dicha aceptante la

administración y representación interina de la sucesión con las facultades

y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se citan a todas las personas que se crean con derecho a la heren-

cia que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el plazo de quince

días contados a partir del día siguiente a la tercera publicación de este

edicto.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Acajutla, a las diez

horas cuarenta minutos del día nueve de agosto de dos mil dieciséis.-

Licda. MELIDA DEL TRÁNSITO GONZÁLEZ ORELLANA, JUEZ

DE PRIMERA INSTANCIA. LICDA. ELSA CORALIA RAMIREZ

LEIVA, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 848-3

RAUL WILFREDO BARRIENTOS BOLAÑOS, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO.

HACE SABER: Que por resolución de este Tribunal de nueve horas

cinco minutos del día trece de julio del presente año.- Se ha tenido por

aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada

dejada por el señor EDWIN ALBERTO HERNÁNDEZ LEON, falle-

cido el día trece de noviembre del dos mil quince, siendo la población

de Sonzacate el lugar de su último domicilio, de parte de las señoras

REYNA LETISIA HERNÁNDEZ conocida por REYNA LETICIA

HERNÁNDEZ DE HENRÍQUEZ y por REINA LETICIA HERNÁN-

DEZ, como madre y MARITZA ELIZABETH LÚE NOLASCO como

representante legal del menor JESUS ALBERTO HERNANDEZ LUE

como hijo del causante.

Se ha conferido a las aceptantes la administración y representación

interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de ley.

JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las catorce horas del día

uno de agosto del año dos mil dieciséis.- LIC. MSc. RAÚL WILFREDO

BARRIENTOS BOLAÑOS, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. CECILIA DEL

CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 849-3

LIC. RAUL WILFREDO BARRIENTOS BOLAÑOS, JUEZ DE LO

CIVIL DE ESTE DISTRITO:

HACE SABER: Que por resolución de las once horas cuarenta

y cinco minutos del día nueve de Junio Del año dos mil dieciséis, de

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

31DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.

conformidad con lo establecido en los Arts. 988 Ord. 1o., y 1173 C:C.,

se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario

de la herencia intestada dejada por el Causante señor Luciano Pérez

Hernández, fallecida el día veintiséis de Enero del año dos mil quince,

en Nahuizalco, jurisdicción de este Departamento, lugar de su último

domicilio, de parte de los señores Ana Carías de Pérez, Mario Edgardo

Pérez Carías, Jaime Rafael Pérez Carías, Amalia Pérez de Paula y Melvin

Oswaldo Pérez Carías, la primera en su concepto Cónyuge y los demás

como hijos, todos del mencionado Causante.

Y habiendo comprobado los aceptantes declarados con las cer-

tifi caciones de partidas de defunción, de matrimonio y de nacimiento,

agregadas a las presentes diligencias la calidad con que comparecen, se

les ha conferido a éstos la administración y representación interinas de

la sucesión, con las facultades y restricciones de Ley.

Mandándose publicar el edicto respectivo y de existir personas

que se crean con derecho a la herencia, se presenten a este Juzgado a

deducirlo en el plazo establecido por la Ley, a partir del día siguiente a

la tercera publicación del edicto.

Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las doce horas del día nueve de

Junio del año dos mil dieciséis. Enmendado-HACE SABER- Vale.- LIC.

RAUL WILFREDO BARRIENTOS BOLAÑOS, JUEZ DE LO CIVIL.

LIC. MIRIAM ELIZABETH REYES DE MARTINEZ, SECRETARIA

INTERINA.

Of. 3 v. alt. No. 850-3

LICENCIADO ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA DE IZALCO, DEPARTAMENTO DE

SONSONATE.

HACE SABER: Que por resolución proveída a las nueve horas

de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de

inventario la herencia intestada que a su defunción dejó la causante

ESTEBANA DE JESUS PERALTA hoy viuda de CARRANZA, quien

falleció el día uno de mayo del año dos mil nueve, a la edad de ochenta

y cinco años, siendo su último domicilio en Caluco, Departamento

de Sonsonate, de parte de la señora CELIA NORIS PERALTA DE

SANCHEZ, en concepto de hija de la causante. Confi érese a la aceptante

en el concepto antes expresado, la Administración y Representación In-

terina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente. Quedan citadas aquellas personas que se crean

con derecho a la herencia, para que se presenten a deducirlo en el término

de quince días, contados desde el día siguiente a la tercera publicación

de este edicto en el Diario Ofi cial.

Lo que se hace saber al público, para efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Izalco, Departa-

mento de Sonsonate, el día uno de agosto del año dos mil dieciséis.-

LIC. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA. LICDA. SARA ALBERTINA VILLEDA SANCHEZ,

SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 851-3

LICENCIADO ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRI-

MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución proveída a las quince horas y

veintidós minutos de este día y año, se ha tenido por aceptada expresamente

y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción

dejó el causante señor JOAQUIN GALICIA, quien falleció el día seis

de junio del año mil novecientos noventa y tres, a la edad de cincuenta y

ocho años, siendo en esta ciudad su último domicilio, de parte del señor

VICTOR MANUEL VASQUEZ ARITA, en calidad de cesionario de los

derechos que le correspondían a la señora TERESA DE JESUS GALICIA,

ésta en calidad de hermana del causante.- Confi érese al aceptante en el

concepto antes expresado, la Administración y Representación Interina

de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.

Lo que se hace saber al público, para que puedan presentarse a

este Juzgado las personas que se crean con derecho a la herencia que a

su defunción dejara la referida causante.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Izalco, Departa-

mento de Sonsonate, a los veintisiete días del mes de junio del año dos

mil dieciséis.- LIC. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA. LICDA. SARA ALBERTINA VILLEDA,

SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 852-3

LICENCIADA MELIDA DEL TRANSITO GONZALEZ ORELLANA,

JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDI-

CIAL.

HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que por resolución

provista por este Juzgado a las nueve horas del día cinco de Julio del dos

mil dieciséis, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de

inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida a las nueve

horas cuarenta minutos del día uno de Enero del dos mil quince, en el

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

32 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412

Hospital Regional del Instituto Salvadoreño del Seguro Social de Santa

Ana, siendo esta ciudad de Acajutla su último domicilio, dejó el señor

ISIDRO RAMIREZ, de parte de la señora MARIA CELIA BURGOS

DE RAMIREZ, en su calidad de cónyuge y cesionaria de derechos

hereditarios que les correspondían a los señores CESAREO ISIDRO

RAMIREZ BURGOS, CARLOS ALBERTO RAMIREZ BURGOS,

LIDIA ERLINDA RAMIREZ BURGOS, ISABEL ELINOR RAMIREZ

BURGOS Y GUADALUPE ELIZABETH RAMIREZ DE MENA,

todos en calidad de hijos del causante ISIDRO RAMIREZ; por lo que

se le ha conferido a dicha aceptante la administración y representación

interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente.

Se cita a todas las personas que se crean con derecho a la referida

herencia, para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término

de quince días, contados a partir del día siguiente a la tercera publicación

de este edicto.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Acajutla, a las nueve

horas cincuenta minutos del día cinco de Julio del dos mil dieciséis.- LI-

CDA. MELIDA DEL TRANSITO GONZALEZ ORELLANA, JUEZA

DE PRIMERA INSTANCIA. LICDA. ELSA CORALIA RAMIREZ

LEIVA, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 853-3

RAÚL WILFREDO BARRIENTOS BOLAÑOS, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas treinta minutos

del día cuatro de Julio del dos mil dieciséis, se ha tenido por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario de la Herencia Intestada dejada

por el señor, RAFAEL SERMEÑO, fallecido el día veinte de octubre

del año dos mil quince, en esta ciudad, siendo ésta el lugar de su último

domicilio, de parte de la señora SARITA YOJANA VALENZUELA

SERMEÑO, en concepto de hija, sobreviviente del causante.

Se le ha conferido a la aceptante la administración y representación

interina de la sucesión con las facultades y restricciones de Ley.

JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las nueve horas cuarenta

y cinco minutos del día catorce de julio del año dos mil dieciséis.- LIC.

RAUL WILFREDO BARRIENTOS BOLAÑOS, JUEZ DE LO CIVIL.

LICDA. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRE-

TARIO.

Of. 3 v. alt. No. 854-3

RAÚL WILFREDO BARRIENTOS BOLAÑOS, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Que por resolución de las once horas cuarenta

minutos del día cuatro de Julio del dos mil dieciséis, se ha tenido por

aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de la Herencia

Intestada dejada por el señor JUAN MANUEL NAVARRETE OLMEDO,

fallecido el día dieciocho de mayo del año dos mil trece, en esta ciudad,

siendo ésta el lugar de su último domicilio, de parte de la señora IRIS

PATRICIA NAVARRETE BORJA, en concepto de hija sobreviviente

del causante.

Se le ha conferido a la aceptante la administración y representación

interina de la sucesión con las facultades y restricciones de Ley.

JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las nueve horas quince

minutos del día catorce de julio del año dos mil dieciséis.- LIC. RAUL

WILFREDO BARRIENTOS BOLAÑOS, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA.

CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 855-3

LICENCIADO DANIEL ORTIZ MARTINEZ, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución emitida por este Tribunal, a

las nueve horas y treinta y cinco del día dos de Agosto del corriente año;

se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario

la herencia intestada dejada a su defunción por el señor MANUEL DE

JESÚS CABEZAS LOPEZ, quien falleció el día catorce de Mayo de

dos mil dieciséis, en la población de San Antonio Masahuat, de este

Distrito Judicial, siendo éste su último domicilio, a consecuencia de

BRONQUITIS CRONICA COMPLICADA; de parte de la señora GLO-

RIA DAYSI CABEZAS DE CABEZAS, en el concepto de ESPOSA

SOBREVIVIENTE DEL CAUSANTE.

Confi riéndose a la aceptante, la administración y representación

interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente.

Lo que se hace saber al público, para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de San Pedro Masahuat,

a las nueve horas y cincuenta y tres minutos del día dos de Agosto de

dos mil dieciséis.- LIC. DANIEL ORTIZ MARTINEZ, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA. LICDA.MARIA ELENA ARIAS LOPEZ,

SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 856-3

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

33DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.

TÍTULO SUPLETORIO

LICENCIADA ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS DEL DIS-

TRITO JUDICIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE

CIUDAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL.

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la Licencia-

da GILMA YOLANDA VÁSQUEZ SÁNCHEZ, en calidad de Defen-

sora Pública de Derechos Reales y Personales en representación de la

señora CELSA PAZ PINEDA DE HENRÍQUEZ, solicitando TÍTULO

SUPLETORIO, de un inmueble de naturaleza rústica; ubicada en Can-

tón La Laguna, Municipio de San Gerardo, Departamento de San Miguel,

de la capacidad superfi cial de TREINTA Y UN MIL TRESCIENTOS

NOVENTA Y OCHO PUNTO OCHENTA METROS CUADRADOS;

de las medidas y colindantes siguientes: AL NORTE: Consta de cator-

ce tramos rectos, descritos como sigue: Desde el MOJÓN UNO, con

una distancia de once punto noventa y ocho metros lineales, (11.98 m)

con un rumbo Noreste de setenta y dos grados, tres minutos, treinta y

un segundos, se llega al mojón dos (M-2), colinda en este tramo con el

inmueble propiedad del señor ADELIO PINEDA y calle de seis metros

de ancho de por medio. Desde EL MOJON DOS (M-2) con una distan-

cia de veintisiete punto noventa y nueve metros lineales (27.99); con un

rumbo Noreste de setenta grados, catorce minutos, cuarenta y dos se-

gundos, se llega al mojón tres (M-3) Colinda en este tramo con el in-

mueble propiedad del señor ADELIO PINEDA y calle de seis metros

de ancho de por medio. Desde el MOJÓN TRES, con una distancia de

treinta y cuatro punto noventa y tres metros lineales (34.93); con un

rumbo Noreste de sesenta y cuatro grados, cuarenta y siete minutos

cuarenta y siete segundos, se llega al mojón cuatro (M-4), colindando

con este tramo con el inmueble propiedad del señor ADELIO PINEDA

y calle de seis metros de ancho de por medio. Desde el MOJON CUA-

TRO (M-4) con una distancia de treinta y cuatro punto noventa y tres

metros lineales (34.93); con un rumbo Noreste de sesenta y cuatro

grados, cuarenta y siete minutos, cuarenta y siete segundos, se llega al

mojón cinco (M-5), colinda en este tramo con inmueble propiedad del

señor ADELIO PINEDA y calle de seis metros de ancho de por medio.

Desde el MOJON CINCO (M-5) con una distancia de quince punto once

metros lineales (15.11); con un rumbo Noreste de ochenta y siete grados,

treinta y seis minutos, veintiocho segundos se llega al mojón seis (M-6),

colinda en este tramo con inmueble propiedad del señor ADELIO PI-

NEDA y calle de seis metros de ancho de por medio. Desde el MOJON

SEIS (M-6) con una distancia de diecisiete punto setenta y uno metros

lineales (17.71); con un rumbo Noreste de ochenta y seis grados, cin-

cuenta y tres minutos, treinta y cuatro segundos, se llega al mojón siete

(M-7), colinda en este tramo con inmueble propiedad del señor ADELIO

PINEDA y calle de seis metros de ancho de por medio. Desde el MOJÓN

SIETE (M-7) con una distancia de treinta y tres punto cincuenta y ocho

metros lineales (33.58) con un rumbo Noreste de setenta y siete grados,

cincuenta y cuatro minutos, veintiún segundos se llega al mojón ocho

(M-8), colinda en este tramo con inmueble propiedad de la señora

CELSA PAZ PINEDA DE HENRIQUEZ y calle de seis metros de

ancho de por medio. Desde el MOJÓN OCHO (M-8) con una distancia

de doce punto setenta y seis metros (12.76) con un rumbo Noreste de

ochenta y siete grados, cuarenta y un minutos, ocho segundos, se llega

al mojón nueve (M-9), colinda en este tramo con inmueble propiedad

de la señora CELSA PAZ PINEDA DE HENRIQUEZ y calle de seis

metros de ancho de por medio. Desde el MOJON DE NUEVE (M-9)

con una distancia de veintiuno punto cuarenta y un metros lineales (21.41)

con un rumbo Noreste de ochenta y dos grados, dieciséis minutos,

cincuenta ocho segundos se llega al mojón diez (M-10), colinda en este

tramo con el inmueble propiedad de la señora CELSA PAZ PINEDA

DE HENRÍQUEZ y calle de seis metros de ancho de por medio. Desde

el MOJÓN DIEZ (M-10) con una distancia de veinte punto diecinueve

metros lineales (20.19) con un rumbo Noreste de ochenta y ocho grados,

trece minutos, cuarenta y cuatro segundos se llega al mojón once, co-

linda en este tramo con el inmueble propiedad de la señora CELSA

PINEDA DE HENRIQUEZ y calle de seis metros de ancho de por

medio. Desde el MOJÓN ONCE (M-11) con una distancia de veinte

punto cincuenta y cuatro metros lineales (20.54) con un rumbo Sureste

de ochenta y un grados, cincuenta y cuatro minutos, cincuenta y cinco

segundos, se llega al mojón doce (M-12) colinda en este tramo con el

inmueble propiedad de la señora CELSA PAZ PINEDA DE HENRÍQUEZ

y calle de seis metros de ancho de por medio. Desde el MOJÓN DOCE

(M-12) con una distancia de diecinueve punto sesenta metros lineales

(19.60) con un rumbo Sureste de ochenta y un grados, nueve minutos,

veinte segundos se llega al mojón trece, colinda en este tramo con el

inmueble propiedad de la señora CELSA PAZ PINEDA DE HENRÍQUEZ

y calle de seis metros de ancho de por medio: Desde el MOJÓN TRECE

(M-13) con una distancia de veinte punto sesenta y un metros lineales

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

34 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412

(20.61) con un rumbo Noreste de ochenta y dos grados, seis minutos,

nueve segundos se llega al mojón catorce (M-14) colinda en este tramo

con inmuebles de la señora CELSA PAZ PINEDA DE HENRÍQUEZ

y calle de seis metros de ancho de por medio. Desde el MOJÓN CA-

TORCE (M-14) con una distancia de dieciséis punto cero cuatro metros

lineales (16.04) con un rumbo Noreste de sesenta y tres grados, quince

minutos cincuenta y dos segundos se llega al mojón quince (M-15)

colinda en este tramo con inmuebles propiedad de la señora CELSA

PAZ PINEDA DE HENRÍQUEZ y calle de seis metros de ancho de por

medio. AL ORIENTE; consta de VEINTE TRAMOS RECTOS descri-

tos como sigue: Desde el MOJÓN QUINCE (M-15) con una distancia

de diez punto treinta y seis metros lineales (10.36) con un rumbo Sures-

te de veintiocho grados, dieciséis minutos, treinta segundos se llega al

mojón dieciséis (M-16), colinda con este tramo con inmueble propiedad

del señor CLEMENTE SORTO CABRERA. Desde el MOJÓN DIECI-

SÉIS (M-16) con una distancia de cinco punto cero seis metros lineales

(5.06) con un rumbo Sureste de veinticinco grados, cuarenta minutos

veinte segundos se llega al mojón diecisiete (M-17), colinda en este

tramo con inmueble del señor CLEMENTE SORTO CABRERA. Des-

de el MOJÓN DIECISIETE (M-17) con una distancia de siete punto

cero ocho metros lineales (7.08) con un rumbo Sureste de cuarenta y

dos grados, ocho minutos, treinta y seis segundos se llega al mojón

dieciocho (M-18), colinda en este tramo con inmueble propiedad del

señor CLEMENTE SORTO CABFRERA. Desde el MOJÓN DIECIO-

CHO (M-18) con una distancia de siete punto cero cinco metros lineales

(7.05) con un rumbo Sureste de cuarenta y dos grados, treinta y nueve

minutos, veintiocho segundos se llega al mojón diecinueve (M-19)

colinda con este tramo con inmueble del señor CLEMENTE SORTO

CABRERA. Desde el MOJÓN DIECINUEVE (M-19) con una distancia

de cuatro punto cuarenta y ocho metros lineales (4.48) con un rumbo

Sureste de veintidós grados, veintisiete minutos, cero nueve grados se

llega al mojón veinte (M-20) colinda con este tramo con inmueble

propiedad del señor CLEMENTE SORTO CABRERA. Desde el MOJÓN

VEINTE (M-20) con una distancia de cinco punto sesenta metros linea-

les (5.60) con un rumbo Sureste de veintiséis grados, cincuenta y ocho

minutos, doce segundos se llega al mojón veintiuno (M-21) colinda con

este tramo con inmuebles del señor CLEMENTE SORTO CABRERA.

Desde el MOJÓN VEINTIUNO (M-21) con una distancia de cinco

punto sesenta y cinco metros lineales (5.65) con un rumbo Sureste de

treinta y siete grados, cuarenta y dos minutos, veintitrés segundos se

llega al mojón veintidós (M-22) colinda en este tramo con inmueble

propiedad del señor CLEMENTE SORTO CABRERA. Desde el MOJÓN

VEINTIDÓS (M-22) con una distancia de once punto cero dos metros

lineales (11.02) con un rumbo sureste de treinta y cuatro grados, cua-

renta y tres minutos, treinta y un segundos, se llega al mojón veintitrés

(M-23) colinda en este tramo con inmueble del señor CLEMENTE

SORTO CABRERA. Desde el MOJÓN VEINTITRÉS (M-23) con una

distancia de seis punto ochenta y nueve metros lineales (6.89) con un

rumbo Sureste de treinta y ocho grados, cincuenta y un minutos, cero

dos segundos se llega al mojón veinticuatro (M-24) colinda en este

tramo con inmueble propiedad del señor CLEMENTE SORTO CA-

BFRERA. Desde el MOJÓN VEINTICUATRO (M-24), con una dis-

tancia de cinco punto cincuenta y cinco metros lineales (5.55) con un

rumbo Sureste de cuarenta y seis grados, cincuenta y cuatro minutos,

cincuenta segundos se llega al mojón veinticinco (M-25) colinda en este

tramo con inmueble del Señor CLEMENTE SORTO CABRERA.

Desde el MOJÓN VEINTICINCO (M-25) con una distancia de tres

punto veintiocho metros lineales (3.28) con un rumbo sureste de cua-

renta y seis grados, cero un minutos, cincuenta y cinco segundos se

llega al mojón veintiséis (M-26) colinda en este tramo con inmueble

propiedad del señor CLEMENTE SORTO CABRERA. Desde el MOJÓN

VEINTISÉIS (M-26) con una distancia de uno punto sesenta y nueve

metros lineales (1.69) con un rumbo Sureste de diecinueve grados,

dieciocho minutos, cuarenta y cuatro segundos se llega al mojón vein-

tisiete (M-27) colinda en este tramo con inmueble propiedad del señor

CLEMENTE SORTO CABRERA. Desde el MOJÓN VEINTISIETE

(M-27) con una distancia de cinco punto trece metros lineales (5.13)

con un rumbo Sureste de quince grados, cero ocho minutos, diez segun-

dos se llega al mojón veintiocho (M-28) colinda en este tramo con in-

mueble del señor CLEMENTE SORTO CABRERA. Desde el MOJÓN

VEINTIOCHO (M-28) con una distancia de cuatro punto diecinueve

metros lineales (4.19) con un rumbo Sureste de cero siete grados, cero

cero minutos, cincuenta y ocho segundos se llega al mojón veintinueve

(M-29) colinda en este tramo con inmueble propiedad del señor CLE-

MENTE SORTO CABRERA. Desde el MOJÓN VEINTINUEVE (M-29)

con una distancia de tres punto setenta metros lineales (3.70) con un

rumbo Sureste de doce grados, veintitrés minutos, cero ocho segundos

se llega al mojón treinta, colinda en este tramo con inmuebles propiedad

del señor CLEMENTE SORTO CABRERA. Desde el MOJÓN TREIN-

TA (M-30) con una distancia de ocho punto cuarenta y nueve metros

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

35DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.

lineales (8.49) con un rumbo Sureste de quince grados, treinta y nueve

minutos, cuarenta y cuatro segundos se llega al mojón treinta y uno

(M-31) colinda en este tramo con inmueble propiedad del señor CLE-

MENTE SORTO CABRERA. Desde el MOJÓN TREINTA Y UNO

(M-31) con una distancia de siete punto cincuenta y tres metros lineales

(7.53) con un rumbo Sureste de dieciocho grados, treinta y cinco minu-

tos, veinticuatro segundos, se llega al mojón treinta y dos, colinda en

este tramo con inmueble propiedad del señor CLEMENTE SORTO

CABRERA. Desde el mojón TREINTA Y DOS (M-32) con una distan-

cia de quince punto noventa y cinco metros lineales (15.95) con un

rumbo Noreste de dieciocho grados, cincuenta y tres minutos, cincuen-

ta y nueve segundos, se llega al mojón treinta y tres (M-33), colinda con

la propiedad del señor CLEMENTE SORTO CABRERA. Desde el

MOJÓN TREINTA Y TRES (M-33) con una distancia de quince punto

cincuenta y dos metros lineales (15.52) con un rumbo Sureste de die-

ciocho grados, treinta y cinco minutos, dieciocho segundos se llega al

mojón treinta y cuatro (M-34) colinda en este tramo con inmueble

propiedad del señor CLEMENTE SORTO CABRERA. Desde el MOJÓN

TREINTA Y CUATRO (M-34) con una distancia de seis punto treinta

metros lineales (6.30) con un rumbo Sureste de cero dos grados, treinta

y ocho minutos, cero siete segundos, se llega al mojón treinta y cinco

(M-35) colinda en este tramo con inmueble del señor CLEMENTE

SORTO CABRERA. AL SUR: Consta de VEINTE TRAMOS rectos

descritos como siguen: Desde el MOJÓN TREINTA Y CINCO (M-35)

con una distancia de uno punto treinta y ocho metros lineales (1.48) con

rumbo Noroeste de treinta y tres grados, cincuenta minutos, veinte se-

gundos, se llega al mojón treinta y seis (M-36) colinda en este tramo

con inmueble propiedad del Señor ANSELMO DÍAZ CRÚZ. Desde el

mojón treinta y seis (M-36) con una distancia de siete punto cuarenta y

un metros lineales (7.41) con un rumbo Noroeste de ochenta y dos

grados, cincuenta y cinco minutos, cincuenta y cinco segundos, se llega

al mojón treinta y siete (M-37) colinda en este tramo con inmueble

propiedad del señor ANSELMO DIAZ CRUZ. Desde el MOJÓN

TREINTA Y SIETE (M-37) con una distancia de trece punto cero siete

metros lineales (13.07) con rumbo Noroeste de setenta y nueve grados,

treinta y nueve minutos, cuarenta y tres segundos se llega al mojón

treinta y ocho (M-38) colinda con este tramo con inmueble propiedad

del señor ANSELMO DÍAZ CRÚZ. Desde el MOJÓN TREINTA Y

OCHO (M-38) con una distancia de trece punto cuarenta y seis metros

lineales (13.46) con un rumbo Noroeste de setenta y seis grados, vein-

tiséis minutos cincuenta y cinco segundos se llega al mojón treinta y

nueve (M-39) colinda en este tramo con inmueble propiedad del señor

ANSELMO DÍAZ CRÚZ. Desde el MOJON TREINTA Y NUEVE

(M-39) con una distancia de once punto setenta y siete metros lineales

(11.77) con un rumbo Noroeste de setenta y nueve grados, treinta y ocho

minutos treinta y dos segundos se llega al mojón cuarenta (M-40) co-

linda en este tamo con inmueble del señor ANSELMO DÍAZ CRÚZ.

Desde el MOJÓN CUARENTA (M-40) con una distancia de veinte

punto cincuenta y cinco metros lineales (20.55) con un rumbo Noroes-

te de setenta y seis grados, cuarenta y seis minutos cuarenta y tres se-

gundos se llega al mojón cuarenta y uno (M-41) colinda en este tramo

con inmueble propiedad del señor ANSELMO DÍAZ CRÚZ. Desde el

MOJÓN CUARENTA Y UNO (M-41) con una distancia de diecisiete

punto cincuenta y nueve metros lineales (17.59) con un rumbo Noroes-

te de setenta y nueve grados, cero siete minutos veintiséis segundos se

llega al mojón cuarenta y dos (M-42) colinda en este tramo con inmue-

ble propiedad del señor ANSELMO DÍAZ CRÚZ. Desde el MOJÓN

CUARENTA Y DOS (M-42) con una distancia de diez punto cuarenta

metros lineales (10.40) con un rumbo Noroeste de setenta y seis grados,

cuarenta y cinco minutos, cuarenta y un segundos se llega al mojón

cuarenta y tres (M-43) colinda en este tramo con inmueble propiedad

del señor ANSELMO DÍAZ CRÚZ. Desde el MOJÓN CUARENTA Y

TRES (M-43) con una distancia de once punto sesenta y un metros li-

neales (11.61) con un rumbo Noroeste de ochenta y tres grados, cero

siete minutos cuarenta y seis segundos se llega al mojón cuarenta y

cuatro (M-44) colinda en este tramo con propiedad del señor ANSELMO

DÍAZ CRÚZ. Desde el MOJÓN CUARENTA Y CUATRO (M-44) con

una distancia de veintidós punto ochenta y siete metros lineales (22.87)

con rumbo sureste de ochenta y ocho grados cero un minutos, veintidós

segundos se llega al mojón cuarenta y cinco (M-45) colinda en este

tramo con inmueble propiedad del Señor ANSELMO DÍAZ CRÚZ.

Desde el MOJÓN CUARENTA Y CINCO (M-45) con una distancia de

trece punto sesenta y tres metros lineales (13.63) con rumbo suroeste de

ochenta y ocho grados, veinticinco minutos y veintiséis segundos se

llega al mojón cuarenta y seis (M-46) colinda en este tramo con inmue-

ble propiedad del señor ANSELMO DÍAZ CRÚZ. Desde el MOJÓN

CUARENTA Y SEIS (M-46) con una distancia de catorce punto trein-

ta y dos metros lineales (14.32) con un rumbo Noroeste de ochenta y

ocho grados, dieciséis minutos, cincuenta y un segundos se llega al

mojón cuarenta y siete (M-47) colinda en este tramo con inmueble

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

36 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412

propiedad del señor ANSELMO DÍAZ CRÚZ. Desde el MOJÓN CUA-

RENTA Y SIETE (M-47) con una distancia de diez punto noventa y

nueve metros lineales (10.99) con un rumbo Suroeste de setenta y nue-

ve grados, dieciocho minutos y veinticinco segundos, se llega al mojón

cuarenta y ocho (M-48) colinda en este tramo con inmueble propiedad

del señor ANSELMO DÍAZ CRÚZ. Desde el MOJÓN CUARENTA Y

OCHO, con una distancia de doce punto ochenta y cinco metros lineales

(12.85) con rumbo Suroeste de setenta y dos grados, cero nueve minutos

y cero cero segundos, se llega al mojón cuarenta y nueve (M-49) colin-

da en este tramo con inmueble propiedad del señor ANSELMO DÍAZ

CRÚZ. Desde el MOJÓN CUARENTA Y NUEVE (M-49) con una

distancia de ocho punto cuarenta metros lineales (8.40) con un rumbo

suroeste de cero cuatro grados, veintidós minutos y cincuenta y cinco

segundos se llega al mojón cincuenta. Colinda en este tramo con inmue-

ble propiedad del señor ANSELMO DÍAZ CRÚZ. Desde el MOJÓN

CINCUENTA (M-50) con una distancia de once punto dieciocho metros

lineales (11.18) con un rumbo Sureste de cero tres grados, treinta y tres

minutos y veintiséis segundos, se llega al mojón cincuenta y uno. Co-

linda en este tramo con inmueble propiedad de ANSELMO DÍAZ CRÚZ.

Desde el MOJÓN CINCUENTA Y UNO (M-51) con una distancia de

siete punto veintisiete metros lineales (7.27) con un rumbo Suroeste de

once grados, cero ocho minutos y treinta y nueve segundos, se llega al

mojón cincuenta y dos (M-52). Colinda con este tramo con propiedad

del señor ANSELMO DÍAZ CRÚZ. Desde el MOJÓN CINCUENTA

Y DOS, con una distancia de once punto sesenta y siete metros lineales

con un rumbo Suroeste de treinta y dos grados, cuarenta y dos minutos

y cincuenta y nueve segundos, se llega al mojón cincuenta y tres (M-53).

Desde el MOJÓN CINCUENTA Y TRES (M-53) con una distancia de

siete punto setenta y ocho metros lineales (7.78) con un rumbo Suroes-

te de veinticuatro grados, treinta minutos y treinta y cuatro segundos,

llega al mojón cincuenta y cuatro, colinda en este tramo con inmueble

propiedad del señor ANSELMO DÍAZ CRÚZ. Desde el MOJÓN CIN-

CUENTA Y CUATRO (M-54) con una distancia de diecisiete punto

diecisiete metros lineales (17.17) con un rumbo suroeste de treinta y

ocho grados, cuarenta y seis minutos y cero ocho segundos se llega al

mojón cincuenta y cinco (M-55) colinda en este tramo con inmueble

propiedad del señor ANSELMO DÍAZ CRÚZ. AL PONIENTE; Cons-

ta de DIEZ TRAMOS RECTOS descritos como siguen: Desde el

MOJÓN CINCUENTA Y CINCO (M-55) con una distancia de seis

punto ochenta y ocho metros lineales (6.88) con un rumbo Noroeste de

setenta y dos grados, cuarenta y ocho minutos y treinta y cuatro segun-

dos, se llega al mojón cincuenta y tres, colinda en este tramo con inmuebles

propietarios de las señoras REGINA ALBERTINA ARGUETA y RO-

SARIO RAMOS DÍAZ. Desde el MOJÓN CINCUENTA Y SEIS (M-56)

con una distancia de nueve punto ochenta y un metros lineales con un

rumbo Noroeste de cuarenta y cuatro grados, veintisiete minutos y

cincuenta y seis segundos, se llega al mojón cincuenta y siete, colinda

en este tramo con inmuebles propiedades de las señoras REGINA AL-

BETINA ARGUETA y ROSARIO RAMOS DÍAZ. Desde el MOJÓN

CINCUENTA Y SIETE (M-57) con una distancia de cinco punto cin-

cuenta y siete metros lineales (5.57); con un rumbo Noroeste de cero

siete grados, cero dos minutos y diecisiete segundos, se llega al mojón

cincuenta y ocho (M-58), colinda en este Tramo con inmuebles propie-

dades de los señores REGINA ALBERTINA ARGUETA y ROSARIO

RAMOS DÍAZ. Desde el MOJÓN CINCUENTA Y OCHO (M-58) con

una distancia de seis punto treinta metros lineales (6.30) con un rumbo

Noroeste de cuarenta grados cero un minutos treinta y cuatro segundos

se llega al mojón cincuenta y nueve, colinda en este tramo con inmuebles

propiedades de las señoras REGINA ALBERTINA ARGUETA y RO-

SARIO RAMOS DÍAZ. Desde el MOJÓN CINCUENTA Y NUEVE

(M-59) con una distancia de cincuenta dos punto noventa y seis metros

lineales (52.96) con un rumbo Noroeste de cincuenta y ocho grados,

cincuenta y nueve minutos y treinta y tres segundos, se llega al mojón

sesenta (M-60) colinda en este tramo con inmuebles propiedades de las

señoras REGINA ALBERTINA ARGUETA y ROSARIO RAMOS

DÍAZ. Desde el MOJÓN SESENTA (M-60) con una distancia de vein-

tiséis punto cero cinco metros lineales (26.05) con un rumbo Noroeste

de sesenta y un grados, dieciséis minutos y once segundos, se llega al

mojón sesenta y uno (M-61) colinda en este tramo con inmuebles pro-

piedades de las señoras REGINA ALBERTINA ARGUETA y ROSA-

RIO RAMOS DÍAZ. Desde el MOJÓN SESENTA Y UNO (M-61) con

una distancia de sesenta punto cuarenta y dos metros lineales (60.42)

con un rumbo Noroeste de cincuenta tres grados, cuarenta y ocho mi-

nutos y veinticinco segundos, se llega al mojón sesenta y dos (M-62)

colinda en este tramo con inmuebles de las señoras REGINA ALBER-

TINA ARGUETA y ROSARIO RAMOS DIAZ. Desde el MOJÓN

SESENTA Y DOS (M-62) con una distancia de diez punto cincuenta y

nueve metros lineales (10.59) con un rumbo Noroeste de cuarenta y

cuatro grados, veintinueve minutos y cuarenta segundos, se llega al

mojón sesenta y tres (M-63) colinda en este tramo con inmuebles pro-

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

37DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.

piedades de las señoras REGIA ALBERTINA ARGUETA y ROSARIO

RAMOS DIAZ. Desde el MOJÓN SESENTA Y TRES (M-63) con una

distancia de diecisiete punto sesenta y tres metros lineales (17.63) con

un rumbo Noroeste de veintidós grados, cuarenta y seis minutos y

veinticinco segundos, se llega al mojón uno (M-1) colinda en este tramo

con inmuebles propiedades de las señoras REGINA ALBERTINA

ARGUETA y ROSARIO RAMOS DÍAZ.

Lo adquirió por compraventa verbal que hizo a la señora ROSAU-

RA PINEDA DE ARGUETA, lo valúa en la calidad de TRES MIL

DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE

CIUDAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL, a las

quince horas y cincuenta y cinco minutos del día dieciséis de junio

del año dos mil dieciséis.- LICDA. ANA LETICIA ORELLANA DE

VARGAS, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. NERY DAVID

RUBIO CONTRERAS, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 857-3

ARNOLDO ARAYA MEJÍA, JUEZ SUPLENTE PRIMERO DE LO

CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIUDAD DE SAN MIGUEL.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las ocho horas

con treinta minutos del día trece de julio del año dos mil dieciséis, se

ha admitido la solicitud de Título Supletorio, clasifi cada con el NUE

02661-16-CVDV-1CM1-233-1; por haberse presentado a este Juzgado,

la Licenciada ANA YANCY DIAZ PINEDA, mayor de edad, Abogado,

de este domicilio, con carné de Abogado número: Doce mil trescientos

cincuenta y cuatro; en calidad de Defensora Pública delegada por la Procu-

radora General de la República, ha sido comisionada para que represente al

señor JOSE DAVID MERINO, de sesenta y tres años de edad, Jornalero,

soltero, salvadoreño, Originario de Quelepa, departamento de San Miguel,

y residencia en Cantón San José, Caserío Las Lomitas, Municipio de

Quelepa, departamento de San Miguel, con documento único de identidad

número: cero uno cero cinco cinco nueve ocho siete - tres, y con Número

de Identifi cación Tributaria: Un mil doscientos doce - ciento ochenta mil

ciento cuarenta y tres - ciento uno - nueve; solicitando se le extienda a

su representado TÍTULO SUPLETORIO, de un inmueble de naturaleza

rústica, situado en Cantón San José, Caserío Las Lomitas, Municipio

de Quelepa, departamento de San Miguel, de una capacidad superfi cial

de MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y OCHO PUNTO OCHENTA Y

SEIS metros cuadrados, con los linderos y colindancias siguientes: al

NORTE, partiendo del vértice norponiente está formado por un tramo

con los siguientes rumbos y distancias: TRAMO UNO, sureste ochenta y

nueve grados cuarenta y un minutos cincuenta y ocho segundos con una

distancia de veintiséis punto sesenta metros colindando con el terreno

del señor Oscar Merino Centeno, cerco de alambre. AL ORIENTE,

partiendo del vértice nororiente está formado por UN TRAMO con los

siguientes rumbos y distancias: TRAMO UNO, suroeste cerco de dos

grados treinta y seis minutos treinta y un segundos con una distancia de

sesenta punto cincuenta metros; colindando con terrenos de la señora

María Elena Merino y Juan Pablo Merino, con calle de por medio. AL

SUR, partiendo del vértice suroriente está formado por UN TRAMO con

los siguientes rumbos y distancias: TRAMO UNO, suroeste ochenta y

dos grados quince minutos treinta segundos con una distancia de vein-

tiocho punto veinte metros, colindando con terrenos del señor José Rosa

Álvarez Merino, con calle de por medio. AL PONIENTE, partiendo del

vértice surponiente está formado por UN TRAMO con los siguientes

rumbos y distancias: TRAMO UNO, Noreste cero tres grados treinta y

tres minutos diez segundos con una distancia de sesenta y cuatro punto

cincuenta metros: colindando con terrenos del señor José Obed Álvarez

Merino cerco de alambre de púas. Así se llega al Vértice Nor Poniente

que es donde se inicia la descripción técnica.

El inmueble antes descrito lo valúa en la suma de DOS MIL DÓLA-

RES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, según compraventa

de posesión verbal que le hiciera el señor Exaltación de la Cruz Merino,

en el año de mil novecientos sesenta y ocho.

Asimismo manifi esta la peticionaria que la posesión ha sido quieta,

pacífi ca y no interrumpida, sin proindivisión, en forma pública, desde

la fecha en que adquirió la posesión del inmueble, por parte del señor

JOSE DAVID MERINO, es decir, que tiene cuarenta y ocho años de

poseerlo.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

38 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil de la Ciudad

y Departamento de San Miguel, a las ocho horas con cincuenta y cinco

minutos del día diecinueve de julio del año dos mil dieciséis.- LIC.

ARNOLDO ARAYA MEJÍA, JUEZ SUPLENTE PRIMERO DE LO

CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL.- LICDA. MARTA ERI-

CELDA BONILLA RIVERA, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 858-3

CLAUDIA KARINA ESCOBAR DAWSON, Juez de Primera Instancia

de este Distrito, al público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el señor

SANTIAGO DOMINGUEZ ALFARO, mayor de edad, jornalero, del

domicilio de San Sebastián, departamento de San Vicente, quien posee

Documento Único de Identidad: 01659166-1 y Tarjeta de Identifi ca-

ción Tributaria: 1009-290850-101-2 representado por su Apoderado

General Judicial abogado PERFECTO EDUARDO ESCALANTE

ECHEVERRIA solicitando se le extienda TÍTULO SUPLETORIO de

un inmueble de naturaleza RUSTICA, propiedad de PABLO CABÍAS

ubicado en el Cantón El Porvenir Aguacayo, San Sebastián, Departa-

mento de San Vicente, con una extensión superfi cial de CUATRO-

CIENTOS NOVENTA Y UNO PUNTO VEINTICINCO METROS

CUADRADOS, que mide AL NORTE: nueve punto treinta y cinco

metros linda con Francisco Martínez Guzmán; AL ORIENTE, treinta

punto veintiocho metros, linda con Pastor Argueta Zepeda; AL SUR,

veintiuno punto veinte metros lindando con Santiago Domínguez Al-

faro, Edith Margoth Quintanilla y Ramón Tiverio Valladares Alfaro y

AL PONIENTE: treinta y seis punto cuarenta y seis metros y linda con

José Ladislao Domínguez Alfaro. Que el terreno descrito lo valoran en

UN MIL QUINIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS

DE AMERICA. Manifi esta que su representado posee el inmueble antes

descrito desde el mes de marzo de mil novecientos ochenta y dos, sin

documento alguno y que antes fue poseído por el padre del solicitante

PEDRO JUAN DOMINGUEZ, ya fallecido, y el referido inmueble no

es inscribible por no tener antecedente inscrito.

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDI-

CIAL DE SAN SEBASTIAN, Departamento de San Vicente, a las quince

horas del día quince de junio de dos mil dieciséis.- LIC. CLAUDIA

KARINA ESCOBAR DAWSON, JUEZA DE PRIMERA INSTAN-

CIA.- BR. BESSY CECILIA FABIAN FUENTES, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 859-3

LICDA. CLAUDIA KARINA ESCOBAR DAWSON, Jueza de Pri-

mera Instancia del Distrito Judicial de San Sebastián, al público para

los efectos de ley.

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado en el carácter de

Defensor Público de Derechos Reales y Personales y en representación del

señor José Ladislao Domínguez Alfaro, el Licenciado Perfecto Eduardo

Escalante Echeverría; solicitando se le extienda TITULO SUPLETORIO,

de UN INMUEBLE RUSTICO, situado en Cantón El Porvenir Aguacayo,

Jurisdicción de San Sebastián, Departamento de San Vicente, con una

extensión superfi cial, de SETECIENTOS TRECE PUNTO NOVENTA

Y CUATRO METROS CUADRADOS, de las dimensiones y linderos

siguientes: AL NORTE: veintidós metros linda con Francisco Martínez

Guzmán; AL ORIENTE, treinta y uno punto setenta y tres metros, linda

con Pastor Argueta Zepeda; AL SUR, veintiséis punto veinticinco metros

lindando con Santiago Domínguez Alfaro, Edith Margoth Quintanilla y

Ramón Tiverio Valladares Alfaro y AL PONIENTE: treinta y uno punto

cincuenta y nueve metros, y linda con José Ladislao Domínguez Alfaro.

EL INMUEBLE ANTES DESCRITO EL SEÑOR JOSÉ LADISLAO

DOMÍNGUEZ ALFARO, dice que lo posee desde el mes de marzo de

mil novecientos ochenta y dos, sin documento alguno y que antes fue

poseído por el padre de éste PEDRO JUAN DOMINGUEZ, ya fallecido,

y actualmente lo valora en el precio de un mil quinientos dólares de los

Estados Unidos de América.

Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San Sebastián,

Departamento de San Vicente, a las doce horas del día trece de mayo

del año dos mil dieciséis.- LICDA. CLAUDIA KARINA ESCOBAR

DAWSON, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- BR. BESSY CE-

CILIA FABIÁN FUENTES, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 860-3

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

39DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.

LICENCIADA ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA

DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CIUDAD

BARRIOS.

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la señora

CELSA PAZ PINEDA DE HENRIQUEZ, de setenta y un años de edad,

de ofi cios domésticos, casada, salvadoreña, originaria de San Luis de la

Reina, Departamento de San Miguel, con residencia en Colonia Vía

Satélite, Calle Veracruz, casa número Seis, San Miguel, por medio de

la Defensora Pública de Derechos Reales y Personales Licda. GILMA

YOLANDA VASQUEZ SÁNCHEZ, solicitando a su favor TÍTULO

SUPLETORIO, sobre un inmueble de naturaleza rústica, ubicado en

Cantón San Antonio, Caserío Las Aradas, Municipio de San Luis de la

Reina, Departamento de San Miguel; de la capacidad superfi cial de

VEINTICUATRO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y CUATRO

PUNTO DIECINUEVE METROS CUADRADOS, de las medidas y

linderos siguientes: AL SUR: Consta de ocho tramos rectos, descritos

como se sigue, desde el MOJON UNO, con una distancia de quince

punto cincuenta y cinco metros lineales (15.55m), con un rumbo Su-

roeste de sesenta y ocho grados, veinticinco minutos, cincuenta y nueve

segundos, se llega al mojón dos (M-2), colindando en este tramo con

Calle Nacional y con el inmueble propiedad de la señora CELSA PAZ

PINEDA DE HENRIQUEZ, desde el MOJÓN DOS (M-2), con una

distancia de dieciocho punto setenta y cuatro metros lineales (18.74),

con un rumbo Suroeste de ochenta y un grados catorce minutos, cin-

cuenta y nueve segundos, se llega al mojón tres (M-3), colinda en este

tramo con Calle Nacional y con el inmueble propiedad de la señora

CELSA PAZ PINEDA DE HENRIQUEZ, desde el MOJON TRES, con

una distancia de cuarenta punto cuarenta y dos metros lineales (40.42),

con un rumbo Noroeste de ochenta y un grados, veintiún minutos vein-

tiocho segundos, se llega al mojón cuatro (M-4), colinda con este tramo

con Calle Nacional y con el inmueble propiedad de la señora CELSA

PAZ PINEDA DE HENRIQUEZ, desde el MOJON CUATRO (M-4),

con una distancia de veinte punto setenta y cinco metros lineales (20.75),

con un rumbo Suroeste de ochenta y siete grados, cincuenta minutos,

veintitrés segundos, se llega al mojón cinco (M-5), colinda en este tramo

con Calle Nacional y con inmueble propiedad de la señora CELSA PAZ

PINEDA DE HENRIQUEZ, desde el MOJÓN CINCO (M-5) con una

distancia de veintiún punto setenta y seis metros lineales (21.76), con

un rumbo Suroeste de ochenta y dos grados, veintitrés minutos, catorce

segundos se llega al mojón seis (M-6), colinda en este tramo con Calle

Nacional y con inmueble propiedad de la señora CELSA PAZ PINEDA

DE HENRIQUEZ, desde el MOJON SEIS (M-6) con una distancia de

trece punto veintiséis metros lineales (13.26), con un rumbo Suroeste

de ochenta y siete grados, treinta minutos, treinta y cuatro segundos, se

llega al mojón siete (M-7), colinda en este tramo con Calle Nacional y

con inmueble propiedad de la señora CELSA PAZ PINEDA DE

HENRIQUEZ, desde el MOJON SIETE (M-7) con una distancia de

treinta y tres punto ochenta y dos metros lineales (33.82) con un rumbo

Suroeste de setenta y ocho grados, cero tres minutos, cuarenta y un

segundos se llega al mojón ocho (M-8), colinda en este tramo con Calle

Nacional y con inmueble propiedad de la señora CELSA PAZ PINEDA

DE HENRIQUEZ, desde el MOJON OCHO (M-8), con una distancia

de quince punto setenta y cinco metros con un rumbo Suroeste de

ochenta y siete grados, cuarenta y un minutos, treinta y seis segundos,

se llega al mojón nueve (M-9), colinda en este tramo con Calle Nacional

y con inmueble propiedad de la señora CELSA PAZ PINEDA DE

HENRIQUEZ. AL PONIENTE: consta de dieciocho tramos rectos,

descrito como sigue: Desde el MOJON NUEVE (M-9), con una distan-

cia de cuatro punto ochenta metros lineales (4.80) con un rumbo No-

roeste de treinta y siete grados, cuarenta y siete minutos, trece segundos

se llega al mojón diez (M-10), colinda en este tramo con el inmueble

propiedad de los señores MAURICIO PINEDA y ELISEO SORTO,

desde el MOJON DIEZ (M-10), con una distancia de dieciséis punto

treinta y ocho metros lineales (16.38), con un rumbo Noroeste de vein-

tinueve grados, cuarenta y dos minutos, cero nueve segundos se llega

al mojón once, colinda en este tramo con el inmueble propiedad de los

señores MAURICIO PINEDA y ELISEO SORTO, desde el MOJON

ONCE (M-11) con una distancia de siete punto setenta y un metros li-

neales (7.71), con un rumbo Noroeste de veintiséis grados, diecisiete

minutos, cuarenta y ocho segundos, se llega al mojón doce (M-12),

colinda en este tramo con el inmueble propiedad de los señores

MAURICIO PINEDA y ELISEO SORTO, desde el MOJON DOCE

(M-12), con una distancia de dos punto cero siete metros lineales (2.07)

con un rumbo Noroeste de treinta y tres grados, veinticuatro minutos,

veinticinco segundos se llega al mojón trece, colinda en este tramo con

el inmueble propiedad del señor MAURICIO PINEDA y ELISEO

SORTO, desde el MOJON TRECE (M-13), con una distancia de siete

punto cero siete metros lineales (7.07) con un rumbo Noroeste de vein-

te grados, cero nueve minutos cuarenta y siete segundos se llega al

mojón catorce (M-14) colinda en este tramo con inmueble de los seño-

res MAURICIO PINEDA y ELISEO SORTO, desde el MOJON CA-

TORCE (M-14) con una distancia de siete punto quince metros lineales

(7.15) con un rumbo Noroeste de catorce grados, once minutos cero

siete segundos se llega al mojón quince (M-15) colinda en este tramo

con inmueble propiedad de los señores MAURICIO PINEDA y ELISEO

SORTO, desde el MOJON QUINCE (M-15), con una distancia de

cuatro punto doce metros lineales (4.12), con un rumbo Noroeste de

trece grados, cero seis minutos, cuarenta y seis segundos se llega al

mojón dieciséis (M-16), colinda con este tramo con inmueble propiedad

de los señores MAURICIO PINEDA y ELISEO SORTO, desde el

MOJON DIECISEIS (M-16) con una distancia de tres punto veintidós

metros lineales (3.22) con un rumbo Suroeste de cincuenta y siete grados,

trece minutos cero un segundos se llega al mojón diecisiete (M-17),

colinda en este tramo con los inmuebles de los señores MAURICIO

PINEDA y ELSEOS SORTO, desde el MOJON DIECISIETE (M-17)

con una distancia tres punto setenta y siete metros (3.77) con un rumbo

Noroeste de cuarenta grados, cuarenta y cuatro minutos, cuarenta y

nueve segundos se llega al mojón dieciocho (M-18), colinda en este

tramo con los inmuebles propiedad de los señores MAURICIO PINEDA

y ELISEO SORTO, desde el MOJÓN DIECIOCHO (M-18), con una

distancia de cuatro punto noventa y siete metros lineales (4.97) con un

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

40 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412

rumbo Noroeste de cero nueve grados, treinta y un minutos, cincuenta

y dos segundos se llega al mojón diecinueve (M-19) colinda con este

tramo con inmuebles de los señores MAURICIO PINEDA y ELISEO

SORTO, desde le MOJON DIECINUEVE (M-19) con una distancia de

siete punto setenta y nueve metros lineales (7.79) con un rumbo Noroes-

te de veintinueve grados, veinticinco minutos, cincuenta grados se llega

al mojón veinte (M-20) colinda con este tramo con inmueble propiedad

de los señores MAURICIO PINEDA y ELISEO SORTO, desde el

MOJON VEINTE (M-20) con una distancia de ocho punto veintidós

metros lineales (8.22), con un rumbo Noroeste de veintisiete grados,

cincuenta y seis minutos, cero dos segundos, se llega la mojón veintiu-

no (M-21), colinda con este tramo con inmueble de los señores

MAURICIO PINEDA y ELISEO SORTO, desde el MOJON VEINTIU-

NO (M-21) con una distancia de doce punto sesenta y seis metros linea-

les (12.66) con un rumbo Noroeste de veinticuatro grados, veintisiete

minutos, cuarenta y cinco segundos, se llega al mojón veintidós (M-22),

colinda en este tramo con los inmuebles propiedad de los señores

MAURICIO PINEDA y ELISEO SORTO, desde el MOJON VEINTI-

DOS (M-22) con una distancia de veinte punto cincuenta y ocho metros

lineales (20.58), con un rumbo Noroeste de veinticinco grados, cuaren-

ta y seis minutos, cero cero segundos, se llega al mojón veintitrés (M-23),

colinda en este tramo con los inmuebles de los señores MAURICIO

PINEDA y ELISEO SORTO, desde el MOJÓN VEINTITRES (M-23),

con una distancia de trece punto cero ocho metros lineales (13.08), con

un rumbo Noroeste de veintitrés grados, cincuenta y ocho minutos, cero

dos segundos se llega al mojón veinticuatro (M-24), colinda en este

tramo con inmuebles propiedad de los señores MAURICIO PINEDA y

ELISEO SORTO, desde el MOJON VEINTICUATRO (M-24), con una

distancia de veinticinco punto sesenta y un metros lineales (25.61), con

un rumbo Noroeste de veinticuatro grados, cuarenta y seis minutos,

cuarenta y cinco segundos, se llega al mojón veinticinco (M-25), colin-

da en este tramo con inmuebles de los señores MAURICIO PINEDA y

ELISEO SORTO, desde el MOJON VEINTICINCO (M-25), con un

distancia de doce punto veinticuatro metros lineales, con un rumbo

Noroeste de veintisiete grados, treinta y cinco minutos, treinta y siete

segundos, se llega al mojón veintiséis (M-26), colinda en este tramo con

inmueble propiedad de los señores MAURICIO PINEDA y ELISEO

SORTO, desde el MOJON VEINTISEIS (M-26), con una distancia de

cuarenta y uno punto cuarenta y dos metros lineales (41.42), con un

rumbo Noroeste de catorce grados, cincuenta y cinco minutos, cincuen-

ta y seis segundos, se llega al mojón veintisiete (M-27), colinda en este

tramo con inmuebles propiedad de los señores MAURICIO PINEDA y

ELISEO SORTO, AL NORTE: consta de siete tramos rectos, descrito

como sigue: Desde el MOJON VEINTISIETE (M-27), con una distan-

cia de dieciséis punto veinticinco metros lineales (16.25), con un rumbo

Sureste de ochenta y cuatro grados, treinta y tres minutos, cincuenta y

siete segundos, se llega al mojón veintiocho (M-28), colinda en este

tramo con el señor BERNARDO PORTILLO. Desde el MOJÓN VEIN-

TIOCHO (M-28), con una distancia de trece punto setenta y seis metros

lineales (13.76), con un rumbo Sureste de ochenta y seis grados, cero

siete minutos, cero tres segundos se llega al mojón veintinueve (M-29),

colinda en este tramo con inmueble propiedad del señor BERNARDO

PORTILLO, desde el MOJON VEINTINUEVE (M-29), con una dis-

tancia de treinta y cuatro punto cero ocho metros lineales (34.08), con

un rumbo Suroeste de cuarenta y ocho grados, veintitrés minutos, trein-

ta segundos se llega al mojón treinta, colinda en este tramo con inmue-

ble propiedad del señor BERNARDO PORTILLO, desde el MOJON

TREINTA (M-30), con una distancia de quince punto setenta y cuatro

metros lineales (15.74), con un rumbo Sureste de sesenta grados, die-

ciocho minutos, cuarenta y dos segundos, se llega al mojón treinta y uno

(M-31), colinda en este tramo con inmueble propiedad del señor BER-

NARDO PORTILLO, desde el MOJON TREINTA Y UNO (M-31),

con una distancia de cinco punto trece metros lineales (5.13), con un

rumbo Sureste de sesenta y ocho grados, veinticinco minutos, veinti-

cuatro segundos, se llega al mojón treinta y dos, colinda en este tramo

con inmueble propiedad del señor BERNARDO PORTILLO, desde el

MOJON TREINTA Y DOS (M-32), con una distancia de diecisiete

punto sesenta metros lineales (17.60), con un rumbo Noreste de ochen-

ta y cuatro grados, dieciocho minutos, cuarenta y nueve segundos, se

llega al mojón treinta y tres (M-33), colinda con la propiedad del señor

BERNARDO PORTILLO, desde el MOJON TREINTA Y TRES (M-33),

con una distancia de cinco punto ochenta y siete metros lineales (5.87),

con un rumbo Sureste de ochenta y nueve grados, diecinueve minutos,

once segundos, se llega al mojón treinta y cuatro (M-34), colinda en este

tramo con inmueble propiedad del señor BERNADO PORTILLO. AL

ORIENTE: consta de TRECE TRAMOS rectos descritos como sigue:

Desde el MOJON TREINTA Y CUATRO (M-34), con una distancia

de ocho punto cuarenta y cuatro metros lineales (8.44) con un rumbo

Sureste de sesenta y un grados, cincuenta y un minutos, cincuenta y

cuatro segundos, se llega al mojón treinta y cinco (M-35), colinda en

este tramo con inmueble del señor VICTORIANO DIAZ ORELLANA,

desde el MOJON TREINTA Y CINCO (M-35), con una distancia de

tres punto noventa y cuatro metros lineales (3.94), con rumbo Sureste

de veintisiete grados, cincuenta y ocho minutos, dieciocho segundos, se

llega al mojón treinta y seis (M-36), colinda en este tramo con inmueble

propiedad del señor VICTORIANO DIAZ ORELLANA, desde el

mojón treinta y seis (M-36), con una distancia de veinticuatro punto

veinticinco metros lineales (24.25), con un rumbo Sureste de veinticin-

co grados, cero siete minutos, cuarenta y tres segundos, se llega al

mojón treinta y siete (M-37), colinda en este tramo con inmueble pro-

piedad del señor VICTORIANO DIAZ ORELLANA. Desde el MOJON

TREINTA Y SIETE (M-37), con una distancia de veinticuatro punto

setenta y cuatro metros lineales, con rumbo Sureste de setenta y cuatro

grados, cincuenta y cinco minutos, cuarenta y un segundos se llega al

mojón treinta y ocho (M-38) colinda en este tramo con inmueble pro-

piedad del señor VICTORIANO DIAZ PORTILLO, desde el MOJON

TREINTA Y OCHO (M-38) con una distancia de veintisiete punto

cincuenta y dos metros lineales (27.52) con un rumbo Sureste de seten-

ta y dos grados, treinta y tres minutos, cero cero segundos se llega al

mojón treinta y nueve (M-39), colindando en este tramo con inmueble

propiedad del señor VICTORIANO DIAZ ORELLANA, desde el

MOJON TREINTA Y NUEVE (M-39), con una distancia de veinticin-

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

41DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.

co punto setenta y un metros lineales con un rumbo Sureste de cuaren-

ta y cuatro grados, cero siete minutos, cincuenta y dos segundos se

llega al mojón cuarenta (M-40), colinda en este tramo con inmueble

propiedad del señor VICTORIANO DIAZ ORELLANA, desde el

MOJON CUARENTA (M-40), con una distancia de veinticuatro punto

cincuenta y nueve metros lineales (24.59), con un rumbo Sureste de

trece grados, cero cinco minutos cuarenta y un segundos se llega al

mojón cuarenta y uno (M-41), colinda en este tramo con inmueble

propiedad del señor VICTORIANO DIAZ ORELLANA, desde el

mojón cuarenta y uno (M-41), con una distancia de quince punto trein-

ta metros lineales (15.30), con rumbo Sureste de cincuenta y un grados,

veintinueve minutos, treinta y ocho segundos, se llega al mojón cuaren-

ta y dos (M-42), colinda en este tramo con inmueble propiedad del señor

VICTORIANO DIAZ ORELLANA, desde el MOJON CUARENTA Y

DOS (M-42), con una distancia de veinticuatro punto cero cero metros

lineales (24.00), con un rumbo Sureste de treinta y cuatro grados, trein-

ta y cinco minutos, veintiséis segundos, se llega al mojón cuarenta y tres

(M-43), colinda en este tramo con inmueble propiedad del señor

VICTORIANO DIAZ ORELLANA, desde el MOJON CUARENTA Y

TRES (M-43), con una distancia de siete punto sesenta y tres metros

lineales (07.63), con un rumbo Sureste de quince grados treinta y cinco

minutos, cincuenta y tres segundos se llega al mojón cuarenta y cuatro

(M-44), colinda en este tramo con propiedad del señor VICTORIANO

DIAZ ORELLANA, desde el mojón CUARENTA Y CUATRO (M-44),

con una distancia de cinco punto dieciséis metros lineales (05.16), con

rumbo Sureste de treinta y nueve grados treinta y siete minutos, cuaren-

ta y cinco segundos se llega al mojón cuarenta y cinco (M-45), colinda

en este tramo con inmueble propiedad del señor VICTORIANO DIAZ

ORELLANA, desde el MOJON CUARENTA Y CINCO (M-45) con

una distancia de tres punto ochenta y cuatro metros lineales (03.84) con

rumbo de treinta y dos grados, se llega al mojón cuarenta y seis (M-46),

colinda en este tramo con inmueble propiedad del señor VICTORIANO

DIAZ ORELLANA, desde el MOJON CUARENTA Y SEIS (M-46)

con una distancia de tres punto cuarenta y dos metros lineales (03.42)

con un rumbo Sureste de cuarenta grados, dieciocho minutos, veintidós

segundos se llega al mojón uno (M-1), colinda en este tramo con inmue-

ble propiedad del señor VICTORIANO DIAZ ORELLANA. Dentro del

inmueble antes descrito no existe construcción; fue adquirido por com-

praventa verbal que le hizo la titulante a la señora ROSAURA PINEDA

DE ARGUETA, en el año de mil novecientos setenta y ocho.

Y lo valúa en la cantidad de TRES MIL DOLARES DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE

CIUDAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL, a las

doce horas y quince minutos del día veintidós de junio del año dos

mil dieciséis. LICDA. ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS,

JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA. LICDA. NERY DAVID RUBIO

CONTRERAS, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 861-3

TITULO DE DOMINIO

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se presentó la Licenciada FRI-

DA MARLENI GONZALEZ CAMPOS, en su calidad de Procuradora

Auxiliar de la Procuradora General de la República y en representación

de los señores JUAN ROBERTO PAIZ, de cincuenta y siete años de

edad, jornalero, de este domicilio, y SAGRARIO DEL CARMEN PAIZ

VILLEGAS, de cincuenta y dos años de edad, de ofi cios domésticos, de

este domicilio, con Documentos Únicos de Identidad números por su

orden: Cero dos millones ochocientos veintitrés mil ciento veinticuatro

guión tres, y Cero un millón quinientos setenta y dos mil cuatrocientos

cinco guión nueve, solicitando a favor de sus representados Título de

Dominio de un inmueble de naturaleza urbana, situado en la Colonia

Milagro de La Paz, Avenida San Luis, jurisdicción, Distrito y Departa-

mento de San Miguel, de la extensión superfi cial de: CIENTO TREINTA

Y OCHO PUNTO CINCUENTA Y UN METROS CUADRADOS,

de las medidas y linderos siguientes: AL NORTE: mide doce metros

cincuenta centímetros, colinda con inmueble propiedad de la señora

Evangelina Pérez viuda de Mejía, cerco de alambre de púas propiedad

de los solicitantes; AL ORIENTE: mide diez metros veinte centímetros,

colinda con inmueble propiedad de la señora Juana Francisca Rodríguez

de Martínez, cerco de piedra propiedad de los solicitantes; AL SUR: mide

doce metros cincuenta centímetros, colinda con inmueble propiedad

de la Iglesia Católica, Apostólica y Romana, Diócesis de San Miguel,

pared de ladrillo propiedad de la colindante; y AL PONIENTE: mide

diez metros veinte centímetros, colinda con inmuebles propiedad de la

Iglesia Católica, Apostólica y Romana, Diócesis de San Miguel, tapial

de ladrillo propiedad de la colindante, en el inmueble antes descrito

existen construcciones de sistema mixto y demás servicios necesarios,

no es ejidal, baldío, comunal, no es dominante, ni sirviente, no tiene

carga o derecho real que pertenezca a persona distinta a los poseedores,

y lo valúan en la cantidad de UN MIL DOLARES DE LOS ESTADOS

UNIDOS DE AMERICA. Y lo adquirieron mediante compraventa verbal

de la posesión material que les otorgó a su favor su madre la señora ELIA

DE JESUS PAIZ, quien es mayor de edad, sin profesión, de este domi-

cilio, en el año dos mil, según declaración jurada que presentan, que la

posesión material que han ejercido y ejercen actualmente los poseedores

sumada a la de su antecesora data más de veintiséis años, y sigue siendo

en forma quieta, pacífi ca, e ininterrumpida y sin clandestinidad alguna,

los colindantes son de este domicilio.

Lo que se avisa al público para los efectos de ley.

ALCALDIA MUNICIPAL: San Miguel, a los dieciocho días el

mes julio del año dos mil dieciséis. LIC. MIGUEL ANGEL PEREIRA

AYALA, ALCALDE MUNICIPAL. JUAN RICARDO VASQUEZ

GUZMAN, SECRETARIO MUNICIPAL.

Of. 3 v. alt. No. 862-3

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

42 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412

HERENCIA YACENTE

LIC. LUIS ANTONIO BENÍTEZ HIDALGO, Juez de lo Civil Interino

de este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas quince

minutos del día cinco de mayo del año dos mil dieciséis, se ha declarado

yacente la herencia que a su defunción dejó el señor Antonio Zamora

Paniagua, quien fue de setenta y siete años de edad, agricultor en pequeño,

soltero, salvadoreño, con Documento Único de Identidad número cero

un millón trescientos cinco mil cuatrocientos doce-tres, fallecido el día

seis de mayo del año dos mil quince, en el Caserío Sihuatepeque, del

Cantón Guachipilín, jurisdicción de San Ildefonso, departamento de San

Vicente, siendo éste el lugar de su último domicilio.

Y se ha nombrado curador de la misma al Licenciado LUIS AL-

BERTO BONILLA HERNÁNDEZ, quien es de treinta y siete años de

edad, Abogado, del domicilio de esta ciudad y departamento.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los diecisiete

días del mes de mayo del año dos mil dieciséis. LIC. LUIS ANTONIO

BENÍTEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL INTERINO. LIC. LILIAN

MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 863-3

RAÚL WILFREDO BARRIENTOS BOLAÑOS, Juez de lo Civil de

este Distrito.

HACE SABER: Que por resolución de las once horas quince minutos

del día once de mayo del corriente año, ha sido declarada YACENTE la

herencia dejada por el señor MOISES MURILLO SANCHEZ, fallecido

el día cuatro de enero del año dos mil quince, en esta ciudad, siendo esta

ciudad su último domicilio.

Y se nombró Curador a la Licenciada María de los Angeles Vargas

Villeda, a quien se le hizo saber para su aceptación y demás efectos de

Ley.

Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las nueve horas quince minutos

del día siete de junio del dos mil dieciséis. LIC. RAUL WILFREDO

BARRIENTOS BOLAÑOS, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. MIRIAM

ELIZABETH REYES DE MARTINEZ, SECRETARIO INTERINO.

Of. 3 v. alt. No. 864-3

RAUL WILFREDO BARRIENTOS BOLAÑOS, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO.

HACE SABER: Que por resolución de las once horas quince minutos

del día veintisiete de mayo del año en curso, ha sido declarada yacente

la herencia dejada por el señor OSCAR ROBERTO MONTERROSA,

quien falleció el día ocho de marzo de este mismo año, en esta ciudad,

su último domicilio.

Por lo que se hace saber al público en general, si hubiese dejado

procurador o representante legal, se presente dentro del plazo de quince

días, alegando mejor derecho.

JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las diez horas del día

veintiuno de junio de año dos mil dieciséis. LIC. RAUL WILFREDO

BARRIENTOS BOLAÑOS, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. CECILIA DEL

CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 865-3

RAUL WILFREDO BARRIENTOS BOLAÑOS, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO.

HACE SABER: Que según resolución de las nueve horas con

cuarenta y cinco minutos del día uno de junio del año en curso, ha sido

Declarada yacente la herencia dejada por el señor Julio Elenilson Cam-

pos Flores, quien falleció el día veintiuno de marzo del corriente año,

en esta ciudad, lugar de su último domicilio, y nombró como curador

de la misma, al LICENCIADO JUAN ANTONIO OCHO VARGAS;

promovidas las referidas diligencias por la señora MARIA ANA DE

JESUS HERNANDEZ.

Por lo que se le hace saber al público en general si hubiese dejado

procurador o representante legal, se presente dentro del plazo de quince

días, alegando mejor derecho.

JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las diez horas del día uno de

junio del año dos mil dieciséis. LIC. RAUL WILFREDO BARRIENTOS

BOLAÑOS, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. CECILIA DEL CARMEN

CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 866-3

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

43DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.

RAUL WILFREDO BARRIENTOS BOLAÑOS, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO.

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas veinte

minutos del día dieciséis de mayo del presente año; ha sido declarada

YACENTE la herencia dejada por el señor ELISEO MESTIZO ESQUI-

NA, fallecido el día veintisiete de junio del año dos mil quince, siendo

la ciudad de Nahuizalco, el lugar de su último domicilio.

Y se nombró curador para que lo representara a la Licenciada

ANA DAYSI SALINAS DE VEGA, a quien se le hizo saber para su

aceptación y demás efectos de Ley.

JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las nueve horas veinte mi-

nutos del día treinta y uno de mayo del año dos mil dieciséis. LIC. RAUL

WILFREDO BARRIENTOS BOLAÑOS, JUEZ DE LO CIVIL. LIC.

CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 867-3

LICENCIADO ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRI-

MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución proveída a las ocho horas y

tres minutos del día veintiocho de abril del presente año, se ha declarado

yacente la herencia que en forma intestada dejó el causante señor MI-

GUEL ANGEL LOPEZ, quien falleció el día cuatro de noviembre de mil

novecientos noventa y ocho, a la edad de treinta y seis años, siendo en

Caluco, su último domicilio; sin que persona alguna se haya presentado

aceptando o repudiando dicha herencia, habiéndose nombrado curador

para que la represente a la Licenciada MARIA DE LOS ANGELES

VARGAS VILLEDA, quien aceptó el cargo.

Lo que se hace saber al público, para efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Izalco, Departamento

de Sonsonate, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil dieci-

séis. LIC. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA. LICDA. SARA ALBERTINA VILLEDA SANCHEZ,

SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 868-3

RAFAEL EDUARDO MENÉNDEZ CONTRERAS, Juez de Primera

Instancia de la ciudad de Armenia, departamento de Sonsonate.

HACE SABER: Que a las 14:00 horas de este día, se emitió reso-

lución en la cual se declaró yacente la herencia dejada por el causante,

Dagoberto Lazo López, quien falleció a las once horas cuarenta y cinco

minutos del día 27 de agosto del año 2015, en el interior del local No.

233, Mercado Municipal Barrio "La Cruz", de Armenia, a consecuencia

de Trauma Craneoencefálico severo, provocado por proyectiles disparados

por arma de fuego, quien al momento de fallecer era de 45 años de edad,

hijo de Dagoberto Lazo y Matilde López, jornalero, soltero, originario

de esta ciudad y como último domicilio Barrio "San Sebastián", de esta

misma ciudad de Armenia, Sonsonate. Lo que se avisa al público en

general para que todo aquel que se crea con derecho a dicha herencia

se presente a deducirlo en el término de quince días contados desde

el siguiente a la tercera publicación del presente edicto en el Diario

Ofi cial.

Asimismo se hace constar que se nombró a la Licenciada María

de los Ángeles Vargas Villeda, como Curadora para que represente la

sucesión.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Armenia,

departamento de Sonsonate, a los siete días del mes de junio del año

dos mil dieciséis. LIC. RAFAEL EDUARDO MENÉNDEZ CONTRE-

RAS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. LIC. RAFAEL ANTONIO

CUELLAR ANGEL, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 869-3

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

44 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412

DECLARATORIA DE HERENCIA

ROXANA ELIZABETH ROBLES ZELAYA, Notario, del domicilio

de San Salvador, con ofi cina situada en Urbanización Buenos Aires,

Condominio DOS MIL D, Local ONCE, San Salvador.

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída

a las ocho horas y treinta minutos del día treinta de Junio de dos mil

dieciséis, se ha declarado a la señora AIDA MARIA LUCHA, heredera

defi nitiva con benefi cio de inventario de los bienes que a su defunción

ocurrida en el Hospital BROWNING MANOR CONVALESCENT, de

la ciudad de Bekerfi eld, Condado de Kern, Estado de California de los

Estados Unidos de América, a las nueve horas y treinta y cuatro minutos

del día uno de septiembre de dos mil catorce, habiendo formalizado

testamento en esta ciudad a las diecisiete horas con quince minutos del

día diecisiete de enero del año dos mil dos, ante los ofi cios del Notario

ROGELIO EDGARDO IRAHETA MORENO, de parte de AIDA MA-

RIA LUCHA, en calidad de hija sobreviviente de la causante; siendo su

último domicilio la ciudad de Santa Tecla, Departamento de La Liber-

tad, confi riéndole en consecuencia la administración y representación

defi nitiva de la sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en San Salvador, el día cuatro de Julio de dos mil dieci-

séis.

LIC. ROXANA ELIZABETH ROBLES ZELAYA,

NOTARIO.

1 v. No. C000482

EL INFRASCRITO JUEZ, AL PUBLICO, para los efectos de Ley.

HACE SABER, Que por resolución de las once horas con cuenta

y cinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y

con benefi cio de inventario en la Herencia Intestada dejada al fallecer

por el señor Ernesto Martínez López, el día treinta de octubre de dos

mil siete, en Cantón San Marcos Lempa, Jiquilisco, Departamento de

Usulután, siendo este su último domicilio, de parte del señor Adolfo

Martínez Mejía, en su calidad de hijo del causante.

Confi érasele al aceptante declarado la Administración y Representa-

ción Defi nitiva de la sucesión intestada con las facultades y restricciones

de Ley.

Fíjese y Publíquese el edicto correspondiente, citando a los que se

crean con derecho a la Herencia para que se presenten a deducirlo en el

término de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Jiquilisco, a los

dieciocho días del mes de agosto de dos mil dieciséis.- LIC. MANUEL

DE JESUS SANTOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA.

LOURDES ESTELLA RODRIGUEZ CASTAÑEDA, SECRETARIA

INTA.

1 v. No. C000483

HUGO ALBERTO HERNANDEZ ORELLANA, Notario, del domicilio

de San Salvador, con ofi cina establecida en Colonia Ferrocarril, Calle

Barahona, casa número setecientos sesenta y cuatro, Departamento de

San Salvador; al público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada por el suscrito

Notario, a las diecisiete horas del día veintinueve de julio del año dos

mil dieciséis, se han declarado HEREDEROS DEFINITIVOS CON

BENEFICIO DE INVENTARIO, DE LA HERENCIA NO TES-

TAMENTARIA que a su defunción dejara el señor JOSE MIGUEL

VALENCIA AGUILAR, a los señores ANA EDITH PAYES DE

VALENCIA, MIGUEL ENRIQUE VALENCIA SANTIN, actuando en

carácter personal y como apoderado de su hermano JOSE BENJAMIN

VALENCIA RIVERA, en su calidad de herederos no testamentarios

del causante, quien falleció a las dieciséis horas y cincuenta minutos del

día dos de noviembre del año dos mil catorce, en el Hospital General

del Instituto del Seguro Social, San Salvador, Departamento de San

Salvador, confi riéndoles en consecuencia la ADMINISTRACIÓN Y

REPRESENTACIÓN DEFINITIVA DE LA SUCESIÓN.

Librado en la ofi cina del Notario, a las nueve horas del día veintisiete

de agosto del año dos mil dieciséis.

LIC. HUGO ALBERTO HERNANDEZ ORELLANA,

NOTARIO.

1 v. No. C000484

SECCION CARTELES PAGADOSDE PRIMERA PUBLICACIÓN

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

45DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.

MARIA DAISY YANIRA MARTINEZ ALAS, Notario, de este domi-

cilio, con despacho notarial ubicado en el Edifi cio Avante Suite 5-01,

Boulevard Luis Poma, Urbanización Madre Selva, Santa Elena, Antiguo

Cuscatlán, Departamento de La Libertad, AL PUBLICO.

HAGO SABER: Que por resolución proveída a las diez horas del

día treinta de agosto del año dos mil dieciséis, en mi despacho notarial,

se han declarado a los señores MARIA OTILIA FLORES DE LOPEZ,

TRANCITO LOPEZ, y MARCOS ANTONIO LOPEZ ALVARADO,

como HEREDEROS DEFINITIVOS INTESTADOS y con benefi cio

de inventario que a su defunción dejó el señor MARCOS LOPEZ RI-

VERA, quien fue de cincuenta y siete años de edad, albañil, originario

de la ciudad de Santo Tomás, Departamento de San Salvador, siendo

su último domicilio el de Puerto Príncipe, República de Haití, donde

falleció, a las cinco horas y veinte minutos del día seis de abril del año

dos mil quince, y se ha conferido a los aceptantes la representación y

administración defi nitiva de la referida sucesión, lo que hago saber al

público para los efectos de Ley.

Librado en Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, del

día treinta de agosto del año dos mil dieciséis.

MARIA DAISY YANIRA MARTINEZ ALAS,

NOTARIO.

1 v. No. C000485

JHONY VERONICA SANCHEZ, Notario, del domicilio de Mejicanos,

Departamento de San Salvador, con ofi cina establecida en Sesenta y

Siete Avenida Sur, Número Doscientos Veintiuno, Colonia Escalón,

de la ciudad de San Salvador.

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída

a las diez horas treinta minutos del día veinticinco de agosto de dos mil

dieciséis, se han DECLARADO HEREDEROS DEFINITIVOS TES-

TAMENTARIOS, con benefi cio de inventario, del señor BENJAMIN

SALVADOR VALIENTE ARGUETA conocido por BENJAMIN

SALVADOR VALIENTE, quien fue de noventa y tres años de edad

al momento de su defunción, Ingeniero Civil, Casado, del domicilio de

Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, su último domicilio,

habiendo fallecido en esta ciudad, a las veintiún horas treinta y cinco

minutos del día veintiocho de junio del presente año, a los señores:

ROSA MARGARITA VALIENTE ALVAREZ, quien es de cincuenta

y seis años de edad, Licenciada en Química Agrícola, del domicilio de

Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, con Documento Único

de Identidad número cero dos millones trescientos treinta y ocho mil

quinientos diez-dos, y Número de Identifi cación Tributaria cero seis-

cientos catorce-cero sesenta mil cuatrocientos sesenta-ciento dos-siete;

JUAN ALBERTO VALIENTE ALVAREZ, quien es de cincuenta y

cinco años de edad, Licenciado en Computación, del domicilio de Santa

Tecla, Departamento de La Libertad, con Documento Único de Identidad

número cero un millón doscientos veintitrés mil setecientos cincuenta

y cuatro-cero, y Número de Identifi cación Tributaria cero seiscientos

catorce-doscientos mil setecientos sesenta y uno-cero cero uno-cuatro;

CARMEN ISABEL VALIENTE ALVAREZ conocida también por

CARMEN ISABEL VALIENTE, quien es de sesenta y un años de edad,

Empresaria, del domicilio de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La

Libertad, con Documento Único de Identidad número cero cinco millones

seiscientos ochenta mil novecientos cuarenta y dos-ocho, y Número

de Identifi cación Tributaria cero doscientos diez-doscientos cuarenta

mil cuatrocientos cincuenta y cinco-cero cero uno-tres; y GERARDO

VALIENTE ALVAREZ, quien es de cincuenta y cuatro años de edad,

Ingeniero Industrial, del domicilio de Santa Tecla, Departamento de La

Libertad, con Documento Único de Identidad número cero un millón

doscientos cincuenta y seis mil ciento sesenta y nueve-ocho, y Número

de Identifi cación Tributaria cero seiscientos catorce- ciento noventa mil

seiscientos sesenta y dos-cero diez-ocho, en concepto de hijos sobrevi-

vientes del de cujus.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en las ofi cinas de la Notario JHONY VERONICA

SANCHEZ, San Salvador, a las diez horas cuarenta y cinco minutos

del día veinticinco de agosto de dos mil dieciséis.

JHONY VERONICA SANCHEZ,

NOTARIO.

1 v. No. C000492

LICDA. GLORIA VICTALINA VALENCIA DE BARRERA, JUEZA

DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA

LOS EFECTOS DE LEY.

HACE HABER: Que por resolución de las nueve horas y treinta

minutos del día veintisiete de junio de este año, se ha declarado a ANA

GLORIA ABARCA LEONOR; heredera benefi ciaria e intestada de

los bienes que a su defunción dejó la causante JUANA ABARCA

DE CHORRO, quien falleció el día diecisiete de agosto de mil nove-

cientos cuarenta y cuatro, en el Cantón El Anima de la jurisdicción de

Zacatecoluca, Departamento de La Paz, siendo esa ciudad su último

domicilio; en concepto de nieta de la referida causante.

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

46 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412

Confi érese a la heredera que se declara, la administración y repre-

sentación defi nitivas de la sucesión.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, veintisiete de junio del

año dos mil dieciséis.- LICDA. GLORIA VICTALINA VALENCIA

DE BARRERA, JUEZA DE LO CIVIL.- LIC. OSCAR ERNESTO

AREVALO ORREGO, SECRETARIO.

1 v. No. F011840

LA INFRASCRITA NOTARIO: ROSA ARBELIS PORTILLO DE

ARGUETA, con Ofi cina ubicada en: Primera Calle Oriente, número

doce, frente a Costado Sur, del Ex Cine Centenario de Usulután. Al

público para los efectos de Ley.

AVISA: Que por resolución de las ocho horas treinta minutos del

día veintisiete de agosto del año dos mil dieciséis. Se han declarado HE-

REDEROS DEFINITIVOS CON BENEFICIO DE INVENTARIO, a los

señores MARLON OSMIN RODRIGUEZ PEREZ; CARLOS ALBERTO

RODRIGUEZ PEREZ; GIMMY JOAD RODRIGUEZ PEREZ cono-

cido por JIMMY JOAD RODRIGUEZ PEREZ y FILIBERTO ALCIR

RODRIGUEZ PEREZ conocido por FILIBERTO ALSIR RODRIGUEZ

PEREZ, representados por la Licenciada Claudia Maricela Rodríguez

Parada, en calidad de HIJOS, del causante señor CARLOS ALBERTO

RODRIGUEZ conocido por CARLOS ALBERTO RODRIGUEZ

HERNANDEZ, sexo masculino, quien fue de setenta y cinco años de

edad, Mecánico, Estado familiar casado con la señora IRMA NATALIA

PEREZ ya fallecida, originario de Zacatecoluca y del domicilio de la

ciudad de Usulután, Departamento de Usulután, de nacionalidad Sal-

vadoreña, quien falleció a las veintidós horas treinta minutos del día

veintisiete de Marzo del año dos mil quince, en el Seguro Social de la

Ciudad de San Miguel, a consecuencia de Choque Séptico, Neumonía

Derecha, Nefropatía, con asistencia médica, atendido por Alexis Herrera

Bolaños, teniendo como último domicilio el de la Ciudad de Usulután,

Departamento de Usulután, confi érase a los Herederos Declarados la

ADMINISTRACION Y REPRESENTACION DEFINITIVA de dicha

sucesión, con las facultades de Ley.

Librado en mi ofi cina Notarial, el día veintisiete de agosto del año

dos mil dieciséis. Publíquese por una sola vez en el Diario Ofi cial y en

un periódico de circulación nacional.

LICENCIADA ROSA ARBELIS PORTILLO DE ARGUETA,

NOTARIO.

1 v. No. F011849

LA INFRASCRITA NOTARIO: ROSA ARBELIS PORTILLO DE

ARGUETA, con ofi cina ubicada en: Primera Calle Oriente, número

doce, frente a Costado Sur, del Ex Cine Centenario de Usulután. Al

Público para los efectos de Ley.

AVISA: Que por resolución de las quince horas treinta minutos

del día veintiséis de agosto del año dos mil dieciséis. Se ha declarado

HEREDERA DEFINITIVA Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO, a

la señora BERTA OLIMPIA MENDEZ DE BERMUDEZ conocida por

BERTA OLIMPIA MENDEZ y por BERTHA OLIMPIA MENDEZ,

representada por la Licenciada CLAUDIA MARICELA RODRIGUEZ

PARADA, en calidad de cónyuge sobreviviente, del causante señor

LUIS RICARDO BERMUDEZ conocido por LUIS R. BERMUDEZ y

por LUIS RICARDO BERMUDES CORNEJO, sexo masculino, quien

fue de sesenta y cinco años de edad, Pensionado, Estado familiar casado

con Bertha Olimpia Méndez, Originario de Usulután, Departamento de

Usulután, del domicilio de Carson, Los Ángeles, California, Estados

Unidos de América, de nacionalidad Salvadoreña, quien falleció a las

diez horas y diez minutos del día doce de febrero de dos mil quince, en

el Centro Médico Memorial Torrance, Los Ángeles, Torrance, Estados

Unidos de América, a consecuencia de Linfoma no Hodkiniano, con

asistencia médica, dictaminó causa de muerte el Doctor Hugo Holl,

teniendo su último domicilio en Carson, Los Ángeles, California, Estados

Unidos de América, confi érase a la Heredera Declarada la ADMINIS-

TRACION Y REPRESENTACION DEFINITIVA de dicha sucesión

con las facultades de Ley.

Librado en mi ofi cina Notarial, el día veintiséis de Agosto del año

dos mil dieciséis. Publíquese por una sola vez en el Diario Ofi cial y en

un periódico de circulación nacional.

LIC. ROSA ARBELIS PORTILLO DE ARGUETA,

NOTARIO.

1 v. No. F011850

LA INFRASCRITA NOTARIO: CLAUDIA MARICELA RODRIGUEZ

PARADA, con Ofi cina en Sexta Calle Oriente, Número veinticuatro,

Local número dos, Barrio La Parroquia, de la Ciudad y Departamento

de Usulután. Al público para los efectos de Ley.

AVISA: Que por resolución de las quince horas del día veintinueve

de agosto del año dos mil dieciséis. Se ha declarado HEREDERA DE-

FINITIVA CON BENEFICIO DE INVENTARIO, a la señora ESTER

MARIA ACOSTA DE MARTINEZ en calidad de cónyuge sobrevi-

viente del señor MEDARDO MARTINEZ conocido por MEDARDO

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

47DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.

MARTINEZ AMAYA, sexo masculino, quien fue de sesenta años de

edad, Motorista, Estado familiar casado, originario de Concepción Batres,

Departamento de Usulután, y del domicilio de la ciudad de Usulután,

Departamento de Usulután, de nacionalidad Salvadoreña, quien falleció

a las nueve horas cuarenta y nueve minutos del día dieciocho de agosto

del año dos mil trece, en el Seguro Social de la Ciudad de Usulután,

Departamento de Usulután, a consecuencia de Hipertensión Arterial con

asistencia médica atendido por RENE VIDAL IRAHETA, confi érase a

la Heredera Declarada la Administración y Representación Defi nitiva

de dicha sucesión con las facultades de Ley.

Librado en mi ofi cina Notarial, el día treinta de agosto del año dos

mil dieciséis. Publíquese por una sola vez en el Diario Ofi cial y en un

periódico de circulación nacional.

LICDA. CLAUDIA MARICELA RODRIGUEZ PARADA,

ABOGADO Y NOTARIO.

1 v. No. F011852

LA INFRASCRITA JUEZA PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCAN-

TIL DE LA CIUDAD DE SANTA ANA, LICENCIADA THELMA

IDALIA ESPERANZA ALFARO PERDIDO, al público para los

efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución dictada en las presentes dili-

gencias clasifi cadas bajo el NUE: 00598-16-CVDV-1CM1-47/16(3), se

han declarado a los señores PEDRO VÁSQUEZ conocido por PEDRO

ANTONIO VÁSQUEZ y PEDRO VÁSQUEZ ORTIZ; mayor de edad,

jornalero, del domicilio de El Porvenir, con Documento Único de Identidad

número 02384981-3 y Tarjeta de Identifi cación Tributaria número 0203-

020944-101-6; y MARTA ALICIA NÚÑEZ DE VÁSQUEZ conocida por

MARTA NÚÑEZ, mayor de edad, de ofi cios domésticos, del domicilio

de El Porvenir, con Documento Único de Identidad número 02366791-0

y Tarjeta de Identifi cación Tributaria número 0210-221049-102-8, HE-

REDEROS DEFINITIVOS AB INTESTATO CON BENEFICIO DE

INVENTARIO, en su calidad de padres sobrevivientes del causante JOSÉ

GUSTAVO NÚÑEZ VÁSQUEZ, quien fue de cuarenta años de edad,

Agricultor en pequeño, Soltero, siendo su último domicilio el municipio

de El Congo, falleció el día veintiuno de abril del año dos mil once, en

Caserío El Cerrón, Cantón San Cristóbal del municipio de El Porvenir,

concediéndosele defi nitivamente la administración y representación de

la sucesión.

Lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil: Santa Ana,

diecinueve de agosto de dos mil dieciséis.- LICDA. THELMA IDALIA

ESPERANZA ALFARO PERDIDO, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL Y

MERCANTIL, SANTA ANA.- LIC. JUAN CARLOS ORTEZ PEREZ,

SECRETARIO.

1 v. No. F011858

LA INFRASCRITA JUEZA DEL JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL

Y MERCANTIL DE LA CIUDAD DE SANTA ANA, LICENCIADA

THELMA IDALIA ESPERANZA ALFARO PERDIDO, al público

para los efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución dictada en las presentes di-

ligencias clasifi cadas bajo el NUE : 01792-15- CVDV-1CM1-139/15,

se ha declarado a los señores CÁNDIDA EFIGENIA CASTANEDA,

con Documento Único de Identidad número 04891626-1 y Número de

Identifi cación Tributaria 0210-210956-101-5; DANIEL MACARIO

HERNÁNDEZ CASTANEDA, con Documento Único de Identidad

número 01098814-5 y Número de Identifi cación Tributaria 0204-

090464-101-3; ANDRÉS APÓSTOL HERNÁNDEZ CASTANEDA,

con Documento Único de Identidad número 00499207-1 y Número

de Identifi cación Tributaria 0204-301165-101-0; y VERÓNICA YA-

MILETH CASTANEDA, con Documento Único de Identidad número

01963907-8 y Número de Identifi cación Tributaria 0210-080576-111-5,

todos en su calidad de hijos sobreviviente de la causante, HEREDEROS

DEFINITIVOS AB INTESTATO y con benefi cio de Inventario de los

bienes que a su defunción dejó la señora MARÍA JULIA CASTANEDA

MENÉNDEZ quien fue de setenta y cuatro años de edad, ama de casa,

divorciada, quien falleció a las dieciocho horas y diez minutos del día

quince de junio del año dos mil doce, siendo su ultimo domicilio en esta

ciudad; concediéndoseles defi nitivamente la administración y represen-

tación de la sucesión.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil: Santa Ana,

ocho de agosto del año dos mil dieciséis.- LICDA. THELMA IDALIA

ESPERANZA ALFARO PERDIDO, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL

Y MERCANTIL.- LIC. JUAN CARLOS ORTEZ PEREZ, SECRETA-

RIO.

1 v. No. F011859

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

48 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412

KARINA JEANNETTE MARTINEZ GUEVARA, JUEZA TER-CERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR, AL PUBLICO.

AVISA: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las nueve horas y quince minutos del día diecinueve de agosto del dos mil dieciséis, se ha declarado HEREDEROS DEFINITIVOS, con benefi cio de inventario, a los solicitantes GLORIA MERCEDES ROMERO DE TREJO PACHECO, MAGDALENA ROMERO BRUNI, MARIANA ROMERO DE AYALA y EDUARDO JOSE ROMERO BRUNI, en calidad de herederos universales y legatarios, de la herencia Testamentaria dejada a su defunción por el causante EDUARDO ANTONIO ROMERO MEJIA, ocurrida a las dos horas del día uno de enero de dos mil dieciséis, originario de San Salvador, quien a la fecha de su fallecimiento era de cincuenta y siete años de edad, casado, siendo su último domicilio el de esta ciudad.

Confi érese a los herederos declarados la administración y repre-sentación DEFINITIVA de la sucesión.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil de San Sal-vador, a las nueve horas y veinte minutos del día diecinueve de agosto del año dos mil dieciséis.- LIC. KARINA JEANNETTE MARTINEZ GUEVARA, JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.- LIC. LICINIA NUBE SILIEZER DE ROMERO, SECRETARIA.

1 v. No. F011866

JOSE JACOBO JIMENEZ QUINTANILLA, Notario, de este domicilio, con ofi cina instalada en Boulevard Tutunichapa, Avenida Doctor Emilio Álvarez, Condominio Centro Profesional San Francisco, Segunda Planta local número once de esta ciudad.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada por el suscrito, a las diez horas del día veintinueve del mes de Agosto del año dos mil dieciséis, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la Herencia Testamentaria que a su defunción en la Ciudad de San Salvador, su último domicilio, el día tres de octubre del dos mil quince dejó la señora WANDA GRAZIA CAMILOT VIUDA DE SILVA, conocida por WANDA GRACIELA CAMILOT DE SILVA, WANDA DE SILVA WANDA GRAZIA CAMILOT de parte de los señores JOSE ARISTIDES SILVA CAMILOT; JOSE ARISTIDES SILVA REYES, y ALICIA MARGARITA SILVA REYES hoy ALICIA MARGARITA SILVA DE ROSALES, el primero en concepto de hijo de la causante y los otros en concepto de nietos de la causante.

Se les ha conferido a los aceptantes la Administración y Repre-sentación Defi nitiva de la sucesión.

Librado en San Salvador, a los veintinueve días del mes de Agosto del año dos mil dieciséis.

LIC. JOSE JACOBO JIMENEZ QUINTANILLA,

NOTARIO.

1 v. No. F011885

FRANCISCO BALMORE RODRIGUEZ GUANDIQUE, Notario, del domicilio de San Salvador, con ofi cina notarial situada en Medicentro La Esperanza edifi cio D, local 112, de la Ciudad de San Salvador.

HAGO SABER: Que por resolución de las trece horas y treinta minutos del día dos de agosto de dos mil dieciséis, se ha declarado He-redera Defi nitiva con Benefi cio de Inventario del señor RAFAEL NOE URRUTIA CASTILLO, conocido por RAFAEL NOE URRUTIA y RAFAEL URRUTIA, quien falleció a las doce horas y treinta minutos del día veintisiete de Septiembre de dos mil diez, en el Parqueo de Emergencia del Hospital Nacional Zacamil, del municipio de Mejicanos, departamento de San Salvador, siendo Mejicanos su último domicilio, a la señora: SANDRA VERONICA URRUTIA DE ARAUJO, en con-cepto de Heredera Universal, y cesionaria de los derechos hereditarios en abstracto que le correspondían a la señora ANA MARIA URRUTIA DE RIVERA, en su calidad de hija del causante, habiéndosele conferido la Administración y Representación defi nitiva de la sucesión.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en la ciudad de San Salvador, a las diez horas del día diez de agosto de dos mil dieciséis.

LIC. FRANCISCO BALMORE RODRIGUEZ GUANDIQUE,

NOTARIO.

1 v. No. F011891

FELIX ALONSO MARTINEZ, Notario, de este domicilio con Despacho Notarial, ubicado en Avenida Copenhague, número diez, Colonia Scandia, jurisdicción de Ayutuxtepeque, Departamento de San Salvador.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las diez horas del día diez de agosto de dos mil dieciséis, se ha tenido a los señores DEYSI DEL TRANSITO ARAUJO DE OSORIO, hoy VIUDA DE OSORIO, GILMA ANGELINA OSORIO ARAUJO y LUIS JORGE OSORIO ARAUJO, Herederos Defi nitivos con benefi cio de inventario de los bienes que a su defunción ocurrida en el HOSPITAL GENERAL DEL SEGURO SOCIAL del municipio de San Salvador, a las quince horas y seis minutos del día trece de febrero de dos mil dieciséis, siendo la ciudad de Mejicanos, Departamento de San Salvador, su último domicilio, dejara el señor LUIS ALONSO OSORIO AMAYA, en su concepto de Cónyuge Sobreviviente e hijos legítimos sobrevivientes del Causante, habiéndoseles concedido la Representación y Administración Defi nitiva de la referida Sucesión Intestada.

Por lo que se avisa al público, para los efectos de Ley.

Librado en la ciudad de San Salvador, Departamento de San Sal-vador, a los treinta días del mes de agosto de dos mil dieciséis.

LICENCIADO FELIX ALONSO MARTINEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F011902

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

49DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.

LUZ PERAZA HERNANDEZ, Notario, de este domicilio, con Ofi cina

Ubicada en Sexta Avenida Norte, Número tres guión cuatro C, Barrio

El Ángel de esta ciudad, al público.

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída

a las quince horas del día veinte de Agosto de dos mil dieciséis, se ha

declarado a la señora MARIA ISABEL LOPEZ RAMOS, Heredera

Defi nitiva con Benefi cio de Inventario de los bienes que a su defun-

ción, ocurrida en el Municipio de Santo Domingo de Guzmán, siendo

el mismo el lugar de su último domicilio, el día veinticuatro de Febrero

de dos mil dieciséis, dejara el señor NICOLAS RAMOS RAMIREZ,

conocido por NICOLAS RAMOS, quien falleció el día veinticuatro de

Febrero de dos mil dieciséis, en el Municipio de Santo Domingo de

Guzmán, departamento de Sonsonate, siendo el mismo el lugar de su

último domicilio, a la señora MARIA ISABEL LOPEZ RAMOS, en

su concepto de hija del causante y además cesionaria de los derechos

hereditarios que le correspondía en la referida sucesión a los señores

EMILIA LOPEZ RAMOS, GUILLERMO LOPEZ RAMOS y JUANA

LOPEZ DE RAMIREZ, en sus conceptos de hijos del referido causante

y por ende Herederos no Testamentarios, habiéndosele conferido la

Administración y Representación Defi nitiva de la referida Sucesión.

Por lo que se avisa al público, para los efectos de Ley.

Librado en Sonsonate, a los veintinueve días del mes de Agosto

de dos mil dieciséis.

LIC. LUZ PERAZA HERNANDEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F011906

RAUL WILFREDO BARRIENTOS BOLAÑOS, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO.

AVISA: Que por resolución de las diez horas treinta y seis minutos

del día veintisiete de Julio del corriente año, ha sido declarada heredera

con benefi cio de inventario de la herencia intestada dejada por el señor

ANGEL GUILLEN CHAVARRIA quién fue conocido por Angel Guillén,

fallecido el día cuatro de Julio del año dos mil cinco, en la Población

de Sonzacate, siendo dicha población su último domicilio, a la señora

IRIS CONSUELO RAMOS DE ORELLANA como Cesionarios de los

Derechos Hereditarios que le correspondían al señor Marcial Guillén

Guillén como hijo del Causante.

Se ha conferido al heredero declarado, la administración y repre-

sentación defi nitivas de la sucesión.

Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las doce horas cuarenta y tres

minutos del día quince de Agosto del dos mil dieciséis.- LIC. RAÚL

WILFREDO BARRIENTOS BOLAÑOS, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC.

CECILIA DEL CARMEN CERÉN DE ESCOBAR, SECRETARIO.

1 v. No. F011907

RAUL WILFREDO BARRIENTOS BOLAÑOS, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO.

AVISA: Que por resolución de las diez horas cuarenta y seis

minutos del día veintisiete de Julio del presente año, ha sido declarado

heredero con benefi cio de inventario de la herencia intestada dejada por

la señora CELIA ILMA ASENCIO DE PEREZ quién fue conocida por

Celia Irma Ascencio, Cecilia Irma Ascencio, Celia Ilma Ascencio de

Pérez, fallecida el día diez de Mayo del año dos mil diez, en esta ciudad,

siendo la Población de San Antonio del Monte su último domicilio de

parte del señor MANOLO PEREZ ASCENCIO, como hijo y además

como Cesionario de los Derechos Hereditarios que le correspondían a

los señores Felicita Asencio Alvarez conocida por Luis Ascencio, Juan

Pérez Zepeda conocido por Juan Pérez, Raúl Antonio Pérez Ascencio y

Dina Idalia Pérez Ascencio, como madre, cónyuge e hijos respectivamente

del Causante.

Se ha conferido al heredero declarado, la administración y repre-

sentación defi nitivas de la sucesión.

Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las nueve horas cinco minutos del

día veintidós de Agosto del dos mil dieciséis.- LIC. RAÚL WILFREDO

BARRIENTOS BOLAÑOS, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. CECILIA DEL

CARMEN CERÉN DE ESCOBAR, SECRETARIO.

1 v. No. F011908

LIC. MELVIN MAURICIO PEÑATE SÁNCHEZ, Juez Tercero de lo

Civil y Mercantil de Santa Ana, DE CONFORMIDAD AL INCISO

SEGUNDO DEL ARTÍCULO 1165 DEL CÓDIGO CIVIL, AL PÚ-

BLICO EN GENERAL.

AVISA: Se han promovido por la Licenciada CLARITZA IVETTE

POLANCO PÉREZ, Diligencias de Aceptación de Herencia Intestadas

con Benefi cio de Inventario sobre los bienes que a su defunción dejara la

señora ANA LILIAN POLANCO CERÓN o ANA LILIAN POLANCO

DE CASTRO, quien falleció a las dieciséis horas con quince minutos

del día doce de marzo de dos mil dieciséis; siendo su último domicilio

la ciudad y departamento de Santa Ana, habiéndose nombrado este día

como HEREDERO de los bienes, derechos y obligaciones transmisi-

bles que de manera INTESTADA dejara la referida causante, al señor

JEFFREY ROBERTO CASTRO POLANCO, en su carácter de hijo

y como cesionario de los derechos que sobre la referida sucesión le

correspondían al señor Víctor Manuel Polanco Sandoval, en su carácter

de padre sobreviviente de la causante en comento.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil de la ciudad

de Santa Ana, a los veintiuno días del mes julio de dos mil dieciséis.-

LIC. MELVIN MAURICIO PEÑATE SÁNCHEZ, JUEZ TERCERO

DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SANTA ANA.- LICDA. ÉLIDA

ZULEIMA MÉNDEZ GUZMÁN, SECRETARIA DEL JUZGADO

TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SANTA ANA.

1 v. No. F011909

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

50 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412

CARLOS ALBERTO RAMOS MARROQUIN, Notario, del domicilio de esta ciudad, con Despacho Notarial situado en Avenida José Matías Delgado y Quinta Calle Avenida Poniente, Barrio Los Remedios, Zacatecoluca, Departamento de La Paz.

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas del día quince de Julio de dos mil dieciséis, se ha declarado al señor CONCEPCIÓN VALLE SUBVADO, heredero defi nitivo con benefi cio de inventario en la sucesión intestada de los bienes que a su defunción dejara la causante señora ELENA RECINOS DE VALLE, quien fuera de sesenta y dos años de edad, ama de casa, originaria de La Reina, Departamento de Chalatenango, siendo su último domicilio el de La Reina Chalatenango, Departamento de Chalatenango, y falleció a las cero horas veinticinco minutos, del día veintidós de Noviembre del año dos mil doce, en el Hospital Nacional de Chalatenango, Departamento de Chalatenango, a causa de Diabetes Mellitus tipo dos con asistencia médica, en su calidad de cónyuge sobreviviente, y como cesionario del derecho hereditario que les correspondía a los señores SANDRA ELIZABETH VALLE DE MELARA, o SANDRA ELIZABETH VALLE, ALBA EMPERATRIZ VALLE DE GUERRERO o ALBA EMPERATRIZ VALLE RECINOS, GLENDA EVELIN VALLE DE GÁLVEZ o GLENDA EVELIN VALLE RECINOS, LEONEL ALBERTO VALLE RECINOS, OLGA MARISOL VALLE RECINOS, ENMANUEL ALEXANDER VALLE RECINOS, LUZ CARINA VALLE RECINOS, ÁNGELA DEL CAR-MEN VALLE RECINOS, y OVIDIO BALMORE RECINOS VALLE, como hijos sobrevivientes de la causante, habiéndosele conferido la Administración y Representación defi nitiva de la referida sucesión.

Librado en la Ciudad de Zacatecoluca, Departamento de La Paz, a los treinta y un días del mes de Agosto del dos mil dieciséis.

CARLOS ALBERTO RAMOS MARROQUIN,

NOTARIO.

1 v. No. F011915

LICENCIADA ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CIUDAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL

HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Juzgado, a las quince horas y veintinueve minutos del día quince de julio del año dos mil dieciséis; se ha tenido por aceptada expresamente y con Benefi cio de Inventario la Herencia Intestada que a su defunción dejó el causante señor JOSÉ EDILBERTO MEDRANO CHICAS conocido por JOSÉ EDILBERTO MEDRANO, quien fue de cincuenta y tres años de edad, salvadoreño, motorista, originario y del domicilio de Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel, quien falleció el a las diez horas y cincuenta minutos del día dieciséis de enero de dos mil dieciséis, en Barrio Roma de Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel, sin asistencia médica, siendo la causa del fallecimiento Trauma cráneo encefálico por arma de fuego, siendo el Médico Forense Edbin Edgardo Turcio quien determinó la causa del fallecimiento, siendo Ciudad Barrios su último domicilio; de parte de los señores SANTOS DELMY CHICAS DE MEDRANO, en calidad de cónyuge del causante y ERIKA YAMILETH MEDRANO CHICAS, XELIN ELIZABETH MEDRANO CHICAS, JOSUE MISAEL MEDRANO CHICAS, TITO JOEL MEDRANO CHICAS y GABRIELA LISSETH MEDRANO CHICAS en calidad de hijos del causante en los bienes dejados por el causante.

Habiéndole conferido a los herederos declarados en el carácter indicado, la Administración y Representación DEFINITIVA de la sucesión.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel, a las ocho horas y tres minutos del día dieciocho de julio del año dos mil dieciséis.- LICDA. ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. NERY DAVID RUBIO CONTRERAS, SECRETARIO.

1 v. No. F011918

JORGE ALBERTO MÁRQUEZ DÍAZ, Notario, de este domicilio, con Despacho Notarial ubicado en Sexta Avenida Sur número cuarenta y cinco, Barrio Concepción de esta ciudad.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las once horas con quince minutos del día treinta de Agosto de dos mil dieciséis, se ha declarado al señor ELMER OZIEL GRANADOS GÓ-MEZ, heredero defi nitivo con benefi cio de inventario de los bienes que a su defunción, en el Cantón Pajigua, de la Jurisdicción de Guatajiagua, Departamento de Morazán, su último domicilio, el día catorce de abril del año dos mil quince, dejó la señora CARLOS GÓMEZ, en su con-cepto de hijo sobreviviente de la causante, habiéndosele concedido la representación y administración defi nitiva de la referida sucesión.

Por lo que se avisa al público, para los efectos de ley.

Librado en la ciudad de Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel, a los treinta días del mes de Agosto de dos mil dieciséis.

JORGE ALBERTO MÁRQUEZ DÍAZ,

NOTARIO.

1 v. No. F011925

NERI DE JESÚS DUARTE CALDERÓN, Notario, del domicilio de Mejicanos, ofi cina en Autopista Norte y 21 Avenida Norte, Edifi cio 1207, local 11, Colonia Layco, San Salvador.

AVISA: Que por resolución proveída, a las diez horas del día veintiséis de agosto de este año, se ha declarado heredero defi nitiva y con benefi cio de inventario en su calidad de heredera universal y cesionaria a la señora MARÍA JULIA ROMERO DE ARIAS, de la sucesión testamentaria que a su defunción dejó el causante TOMAS BALTAZAR ABARCA, quien a su deceso fue de ochenta y seis años de edad, Jornalero, Casado, quien falleció el día trece de mayo del año dos mil once, en la Ciudad de Mejicanos, Departamento de San Salvador, siendo su último domicilio.

San Salvador, 30 de agosto de 2016.

NERI DE JESÚS DUARTE CALDERON,

NOTARIO.

1 v. No. F011950

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

51DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.

MIGUEL ANGEL HERRERA MOLINA, Notario, de este domicilio,

con Ofi cina Jurídica ubicada en Primera Calle Oriente entre Cuarta

Avenida Norte y Avenida Ignacio Gomez, Barrio San Pedro, Metapán,

departamento de Santa Ana; al público.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las nueve horas del día veintiséis de agosto del año dos mil dieciséis; se

ha declarado HEREDERA DEFINITIVA ABINTESTATO con benefi cio

de inventario, a la señora REGINALDA HERNANDEZ HERNANDEZ,

de la causante ERNESTINA HERNANDEZ VIUDA DE HERNANDEZ,

quien falleció a los setenta y un años de edad, el día siete de febrero del

año dos mil dieciséis, en el Centro Médico de Metapán, de esta ciudad,

originaria de Citalá, departamento de Chalatenango, su último domicilio

fue esta ciudad de Metapán; en su calidad de hija sobreviviente; y a quien

se le ha conferido la administración y representación DEFINTIVA de

la sucesión.

Por lo que se AVISA al público para los efectos de Ley.

Librado en Metapán, el día treinta de agosto del año dos mil die-

ciséis.

MIGUEL ANGEL HERRERA MOLINA,

NOTARIO.

1 v. No. F011986

JOSE RODOLFO AGUILAR BOLIVAR, Notario, de este domicilio

y con Ofi cina Jurídica establecida en la Trece Calle Oriente y Avenida

España, Condominios Metro España, Edifi cio "A" local Dos-B, segunda

planta, de esta ciudad, al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución proveída por el Suscrito, a

las nueve horas y treinta minutos del día treinta y uno de agosto de

los corrientes, se ha declarado herederos testamentarios y con benefi -

cio de inventario, a los señores MAGALI RAMOS DE DELGADO,

conocida socialmente por MAGALI RAMOS GONZALEZ, EDWIN

GONZALO RAMOS GONZALEZ; SONIA GUADALUPE RAMOS

DE RODRIGUEZ, conocida socialmente por SONIA GUADALUPE

RAMOS GONZALEZ; y MYRIAM ANABEL GONZALEZ, conocida

por MIRIAM ANABEL GONZALEZ, en la sucesión de la causante

señora MARIA PAULA GONZALEZ DE RAMOS, quien fue cono-

cida por MARIA PAULA GONZALEZ GOMEZ DE RAMOS, que

falleció a las veintitrés horas del día ocho de abril de dos mil quince,

en el Hospital Médico Quirúrgico y Oncológico del Seguro Social, de

esta ciudad, a consecuencia trombosis arterial de miembros inferiores

y quien al momento de su fallecimiento era de ochenta y siete años de

edad, viuda, originaria de Ilobasco, departamento de Cabañas, de nacio-

nalidad salvadoreña, siendo hija de los señores Trinidad Gómez; y Roque

González, ambos ya fallecidos, habiendo sido el último domicilio de la

causante, esta ciudad, en su concepto de hijos de la causante; y se les ha

conferido a los herederos declarados, la administración y representación

defi nitivas de la sucesión.

San Salvador, a los treinta y un días del mes de agosto de dos mil

dieciséis.

LIC. JOSE RODOLFO AGUILAR BOLIVAR,

NOTARIO.

1 v. No. F011989

ACEPTACIÓN DE HERENCIA

GUSTAVO ENRIQUE RIVERA ESCALANTE, Notario, de este do-

micilio y del de Sonsonate, con Despacho Jurídico en Calle Sisimiles y

Avenida Anturias, Número Ciento Setenta y Nueve, Colonia Miramonte,

de esta Ciudad y Departamento de San Salvador.

CERTIFICA: Que en las diligencias de Aceptación de Herencia

testamentaria, mediante resolución proveída por el suscrito Notario, a las

diez horas del día trece de agosto del dos mil dieciséis, se ha tenido por

aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, por parte del señor

CARLOS ERNESTO PEÑA HIDALGO, la herencia testamentaria que

a su defunción dejó su señora madre, doña ANA MURIEL HIDALGO

REGALADO, conocida por ANA MURIEL HIDALGO VALENCIA,

ANA MURIEL HIDALGO y por ANA MURIEL RAYL, quien fuera

de setenta y cinco años de edad, ama de casa, Estadounidense por natu-

ralización y Salvadoreña por nacimiento, con último domicilio en Calle

Circunvalación Número Ciento Setenta y Cinco, Colonia Escalón, de la

Ciudad y Departamento de San Salvador, quien falleció a las veintidós

horas del día once de junio del dos mil dieciséis, en el Hogar Geriátrico

Santa Lucía, en este Departamento de San Salvador; aceptándola en calidad

de Heredero Testamentario de la Causante mencionada, habiéndosele

conferido al señor CARLOS ERNESTO PEÑA HIDALGO, la admi-

nistración y representación interina de la Sucesión.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean

con derecho a la referida herencia, para que se presenten a mi Despacho

Jurídico en el término de quince días contados desde el día siguiente de

la última publicación del presente edicto.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

Ley.

San Salvador, a los quince días del mes agosto del dos mil dieci-

séis.

LIC. GUSTAVO ENRIQUE RIVERA ESCALANTE,

NOTARIO.

1 v. No. C000488

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

52 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412

ROGELIO EDGARDO IRAHETA MORENO, Notario, de este domi-cilio, con ofi cina establecida en la Calle El Mirador Número cuatro mil seiscientos veintiuno, Colonia Escalón, San Salvador.

HACE SABER: Que por resolución proveída por el suscrito Notario, a las nueve horas del día ocho de agosto de dos mil dieciséis, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la Herencia Testamentaria e Intestada que a su defunción ocurrida el día veinticinco de febrero de dos mil dieciséis, en el Hospital Nacional Rosales, de esta ciudad, siendo éste su último domicilio, dejó la señora CARMEN DELGADO DE GARAY, conocida por CARMEN DELGA-DO, quien al momento de su muerte fuera de ochenta y ocho años de edad, casada, de ofi cios del hogar, originaria de San Pedro Masahuat, Departamento de La Paz, con Número de Identifi cación Tributaria cero ochocientos quince-doscientos setenta mil seiscientos veintisiete-cero cero uno-cuatro; de parte del señor SALVADOR DELGADO, conocido por SALVADOR DELGADO AGUIRRE, en concepto de heredero tes-tamentario; y del mismo señor SALVADOR DELGADO, conocido por SALVADOR DELGADO AGUIRRE y la señora FRANCISCA ELBA DELGADO DE MENDOZA, conocida por FRANCISCA ELBA DEL-GADO, FRANCISCA ELBA AGUIRRE DELGADO y FRANCISCA ELBA AGUIRRE DELGADO DE MENDOZA, ambos en concepto de herederos ab intestato, en su calidad de hijos sobrevivientes de la causante y únicamente con respecto al inmueble de naturaleza urbana y construcciones que contiene, identifi cado con el número ciento nueve, Avenida San José, de la Colonia Centroamérica, casa tipo empleado, de la ciudad y Departamento de San Salvador, inscrito a la matrícula número SESENTA MILLONES QUINIENTOS CATORCE MIL CUA-TROCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO-CERO CERO CERO CERO CERO del Registro de Propiedad de San Salvador, el cual fue adquirido con posterioridad al Testamento aludido, en el cual la causante no men-cionó al Funcionario autorizante del mismo, que los bienes adquiridos en el futuro también los Testaba a favor del heredero Testamentario ya mencionado.

En consecuencia, nómbrase a los mencionados aceptantes admi-nistradores y representantes interinos de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Fíjense y publíquense los edictos de ley, y extiéndase a los inte-resados, Certifi cación de la presente resolución para los efectos legales consiguientes.

Lo que avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en la ofi cina del Notario, a las doce horas del día treinta y uno de agosto de dos mil dieciséis.

DR. ROGELIO EDGARDO IRAHETA MORENO,

NOTARIO.

1 v. No. C000493

NOHEMY MARILYN GARCIA HERNANDEZ, Notario, del domicilio de Usulután, departamento de Usulután, con ofi cina ubicada en Primera Calle Oriente, número cuatro, contiguo a parada de buses Padilla, segundo nivel, local número cuatro, Barrio El Calvario, Usulután.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las nueve horas del día veintiséis de agosto del año dos mil dieciséis, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario,

la herencia intestada que a su defunción, ocurrida en Hyattsville, Maryland, Estados Unidos de América, el día seis de mayo del año dos mil catorce, dejó el señor JUAN ARISTIDES BENAVIDES, conocido por JOSE ARISTIDES BENAVIDES, JOSE ARISTIDES BENAVIDES NAVARRETE, JUAN ARISTIDES BENAVIDES NAVARRETE, de parte de las señoras MARIA JESUS MONJARAS DE BENAVIDES y ANALUCY BENAVIDES MONJARAS, en su concepto de cónyuge e hija sobreviviente del causante, habiéndoseles conferido la Adminis-tración y Representación Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la referida ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.

Librado en la Ofi cina de la Notario NOHEMY MARILYN GARCIA HERNÁNDEZ. En la Ciudad de Usulután, a las diez horas del día vein-tiséis de agosto del año dos mil dieciséis.

LIC. NOHEMY MARILYN GARCIA HERNANDEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F011833

SELWIN MARWIN LAZO REYES, Notario, del domicilio de Polorós, y del de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, con Ofi cina ubicada en Quinta Avenida Sur, Barrio El Calvario, de la ciudad de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las siete horas y cuarenta y cinco minutos del día veintisiete del mes de agosto del presente año, se Declaró Heredera expresamente y con benefi cio de inventario, de la Herencia Intestada que al fallecer las cero horas cincuenta minutos del día veintisiete de julio del año dos mil dieciséis, en Colonia Alto del Estadio, de la ciudad de Santa Rosa de Lima, siendo su último domicilio la Colonia San Antonio, ciudad de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión; dejó el causante RAMON ARNULFO JIMENEZ RUBIO, de parte de la señora MARIA DE LA PAZ RUBIO VIUDA DE JIMENEZ, en su concepto de madre sobreviviente del mencionado causante.

Se le confi ere a la heredera declarada en el carácter dicho la ad-ministración y representación INTERINA, de los bienes de la indicada sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a deducirlo en el término de quince días, contados a partir de la última publicación de este edicto, a la dirección antes mencionada.

Librado en la ciudad de Santa Rosa de Lima, el día veintinueve del mes de agosto del año dos mil dieciséis.

LIC. SELWIN MARWIN LAZO REYES,

NOTARIO.

1 v. No. F011847

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

53DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.

JOSE MATIAS HERNANDEZ ZAVALA, Notario, del domicilio de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, con ofi cina ubicada en Primera Calle Poniente, Local número cuatro, Barrio San Antonio, Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, frente a la Comandancia del Destacamento Militar número dos, AL PUBLICO.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las dieciséis horas con veinte minutos del día dieciocho de agosto del año dos mil dieciséis, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción ocurrida a las once horas del día doce del mes de noviembre de dos mil siete, en el Barrio El Calvario, de la Ciudad de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, que también fue la ciudad de su último domicilio; dejó la señora VICTORINA ALFARO, aceptación de parte del señor LUIS ALONSO ECHEVERRIA ALFARO, en calidad de hijo biológico sobreviviente de la causante, habiéndosele conferido al aceptante, la Administración y Representación interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

EN CONSECUENCIA, POR ESTE MEDIO SE CITA A TODOS LOS QUE SE CREAN CON DERECHOS A LA REFERIDA HERENCIA PARA QUE SE PRESENTEN A RECLAMARLA A ESTA OFICINA, EN EL TERMINO DE QUINCE DIAS, CONTADOS DESDE EL SIGUIENTE DE LA ULTIMA PUBLICACION DEL PRESENTE EDICTO.

Librado en la ofi cina del Notario JOSE MATIAS HERNANDEZ ZAVALA. En la Ciudad de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, a las dieciséis horas con treinta minutos del día diecinueve de agosto del año dos mil dieciséis.

LIC. JOSE MATIAS HERNANDEZ ZAVALA,

NOTARIO.

1 v. No. F011875

GERBER ANIBAL CASTRO VIDES, Notario, de este domicilio, con ofi cina ubicada en Cuarta Calle Oriente Número ocho, "A"C" San Martín, Departamento de San Salvador.

HACE SABER: Que por resolución proveída por el suscrito Notario, en la ciudad de San Martín, a las diez horas del día treinta de agosto de dos mil dieciséis, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada, que a su defunción ocurrida en el Cantón Agua Zarca, Jurisdicción de Ilobasco, Departamento de Cabañas, el día ocho de agosto del año dos mil quince; dejó el señor BERNABE ARTEAGA MIRANDA, de parte de los señores: SOFIA ARIAS DEL-GADO DE ARTEAGA, JOSE VIDAL ARTEAGA ARIAS, ABEL ARTEAGA ARIAS Y BLANCA ESTELA ARTEAGA DE FLORES„ en su calidad de esposa e hijos sobrevivientes del Causante.

Habiéndoseles conferido la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la ofi cina del suscrito Notario, en el término de quince días, contados desde el siguiente día a la última publicación del presente edicto.

Librado en la ofi cina del Notario GERBER ANIBAL CASTRO VIDES, en la Ciudad de San Martín, a las nueve horas del día treinta y uno de agosto del año dos mil dieciséis.

LIC. GERBER ANIBAL CASTRO VIDES,

NOTARIO.

1 v. No. F011905

MARIA JULIA VILLEDA SANDOVAL, Notario, de este domicilio con Ofi cina Jurídica situada en Segunda Calle Oriente entre Novena y Once Avenida Sur número diecinueve de la Ciudad de Santa Ana.

HACE SABER: Que por resolución proveída por la suscrita Notario, a las nueve horas del día veintinueve de agosto de dos mil dieciséis, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la Herencia Testamentaria que a su defunción ocurrida en el Caserío El Amate, Cantón Cutumay Camones, Jurisdicción de Santa Ana, el día veintisiete de julio de dos mil quince, y siendo su último domicilio el Caserío El Amate, Cantón Cutumay Camones, de la Jurisdicción de Santa Ana, dejó el señor JOSE FRANCISCO BOLAÑOS SANDOVAL, de parte de los señores MARINA LILIAN BOLAÑOS INTERIANO DE AVELAR, conocida por MARINA LIDIA BOLAÑOS INTERIANO DE AVELAR , MIRNA ANTONIA BOLAÑOS INTERIANO, ROSA ELISA BOLAÑOS INTERIANO, IRMA NOEMY BOLAÑOS DE SANCHEZ, conocida por IRMA NOEMY BOLAÑOS INTERIANO y por IRMA NOEMI BOLAÑOS INTERIANO, SANTOS ABEL BOLAÑOS INTERIANO, ALVARO EDUVIGIS BOLAÑOS INTERIANO, conoci-do por ALVARO EDUVIGES BOLAÑOS INTERIANO y CANDIDA VICTORIA BOLAÑOS INTERIANO hoy DE ESTRADA, en su calidad de hijos del Causante, y en ese carácter les confi ere la Administración y Representación Interina de la Sucesión Testamentaria, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derechos en la referida herencia, para que se presenten a la mencionada ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.

Librado en la Ciudad de Santa Ana, a los treinta y un días del mes de Agosto de dos mil dieciséis.

MARIA JULIA VILLEDA SANDOVAL,

NOTARIO.

1 v. No. F011945

TOMÁS DE JESÚS ALFARO MENÉNDEZ, Notario, de este domicilio, con ofi cina ubicada en Cuarta Avenida Norte, del Barrio La Cruz, Número Cuatro, San Juan Opico, Departamento de La Libertad, AL PÚBLICO para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario, proveída a las diecisiete horas treinta minutos del día veinticuatro de agosto del año dos mil dieciséis, en esta ciudad, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

54 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412

dejó la señora JUANA MÉLIDA CARIDAD PARADA VIUDA DE CALDERÓN, conocida por JUANA MÉLIDA CARIDAD PARADA DE CALDERÓN, y por JUANA MÉLIDA CARIDAD PARADA, ocurrida a las ocho horas quince minutos del día veintidós de julio de dos mil siete, en el Barrio El Centro de esta ciudad, por Paro Cardiorrespiratorio, con asistencia médica, en el Barrio El Centro, de esta ciudad, siendo esta ciudad su último domicilio, de parte de los Doctores: EFRAÍN MAURICIO LIMA CALDERÓN, y KATYA GERALDINA ELSIVETH LIMA CALDERÓN, en calidad de HEREDEROS CESIONARIOS de los derechos hereditarios que les correspondían a las señoras MYRNA ARELÍ CALDERÓN DE LIMA, conocida por MIRNA ARELÍ CALDERÓN DE LIMA, y ANA MIRIAM DEL SOCORRO CRUZ CALDERÓN DE RIVAS, conocida por ANA MIRIAM DEL SOCORRO CRUZ CALDERÓN, ellas en concepto de hijas de la causante.

Confi riéndoseles la Administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a los que se crean con Derechos a la referida herencia, para que se presenten a deducirlo en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación de este edicto.

Librado en la ofi cina del suscrito Notario. En la ciudad de San Juan Opico, a las siete horas quince minutos del día veintiséis de agosto del dos mil dieciséis.

LIC. TOMÁS DE JESÚS ALFARO MENÉNDEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F011985

TOMÁS DE JESÚS ALFARO MENÉNDEZ, Notario, de este domicilio, con ofi cina, ubicada en Cuarta Avenida Norte del Barrio La Cruz, Número Cuatro, San Juan Opico, Departamento de La Libertad, AL PÚBLICO para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las diecisiete horas del día veinticuatro de agosto del año dos mil dieciséis, en esta ciudad, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el señor RAÚL CALDERÓN, conocido por RAÚL CRUZ CALDERÓN, ocurrida a las diez horas cincuenta minutos del día veinte de octubre del año dos mil dos, en el Barrio El Centro de esta ciudad, siendo esta Ciudad su último domicilio, de parte de los Doctores: EFRAÍN MAURICIO LIMA CAL-DERÓN, y KATYA GERALDINA ELSIVETH LIMA CALDERÓN, en calidad de HEREDEROS CESIONARIOS de los derechos hereditarios que les correspondían a las señoras MYRNA ARELÍ CALDERÓN DE LIMA, conocida por MIRNA ARELÍ CALDERÓN DE LIMA, y ANA MIRIAM DEL SOCORRO CRUZ CALDERÓN DE RIVAS, conocida por ANA MIRIAM DEL SOCORRO CRUZ CALDERÓN, ellas en concepto de hijas del causante, asimismo como CESIONARIOS del derecho hereditario que por derecho de representación les correspondía a las cedentes antes mencionadas, del derecho hereditario que le corres-pondía a la señora JUANA MÉLIDA CARIDAD PARADA VIUDA DE

CALDERÓN, conocida por JUANA MÉLIDA CARIDAD PARADA DE CALDERÓN, y por JUANA MÉLIDA CARIDAD PARADA, la herencia intestada dejada por el referido causante, en calidad de cónyuge; confi riéndoseles la Administración y representación interina de la suce-sión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a los que se crean con Derechos a la referida herencia, para que se presenten a deducirlo en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación de este edicto.

Librado en la ofi cina del suscrito Notario. En la ciudad de San Juan Opico, a las siete horas quince minutos del día veinticinco de agosto de dos mil dieciséis.

LIC. TOMÁS DE JESÚS ALFARO MENÉNDEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F011987

SAUL ENRIQUE QUELE DIAZ, Notario, del domicilio de San Antonio del Monte, departamento de Sonsonate, con Despacho Jurídico en Calle Alberto Masferrer, contiguo a la Línea Férrea, Barrio El Ángel, de la ciudad de Sonsonate.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las nueve horas con diez minutos del día veintisiete de junio del año dos mil dieciséis, se ha tenido por ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO, la Herencia Testamentaria que a su defunción dejó el señor JOSE ISRAEL BENITEZ MOLINA, quien falleció a la edad de sesenta años, a la una hora quince minutos del día veintinueve mayo del año dos mil dieciséis, en el Hospital Nacional San Juan de Dios, de la ciudad de Santa Ana, departamento de Santa Ana, a consecuencia de Uremia, Insufi ciencia Renal Crónica, siendo la ciudad de Acajutla, departamento de Sonsonate su último domicilio, de parte de la señora MARIA JULIA RIVAS BARRERA, en calidad de Heredera Universal Testamentaria, y habiéndoseles conferido la administración y representación interina de la sucesión testamentaria, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la referida ofi cina en el término de quince días, contados desde el día siguiente a la última publicación del presente edicto.

Librado en la Ofi cina del suscrito Notario, en la ciudad de Sonsonate, a las catorce horas con cuarenta y cinco minutos del día veintisiete de junio del año dos mil dieciséis.

SAUL ENRIQUE QUELE DIAZ,

NOTARIO.

1 v. No. F011990

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

55DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.

LIC. GRISELDA NOEMI DIAZ ALVARENGA, Notario, ofi cina:

Condominio Libertad, Nª 17, 3ª Ave. Norte y Calle Libertad Ote. Santa

Ana,

HACE SABER: Que por resolución de la suscrito notario, proveída

a las doce horas del dieciocho de agosto del año dos mil dieciséis, se ha

tenido por aceptada expresamente y con Benefi cio de inventario, la Herencia

Testamentaria que a su defunción dejó JOSE MARIA BOJORQUEZ

SANDOVAL, falleció el tres de octubre del año dos mil quince, en San

Antonio Pajonal, Depto. de Santa Ana, siendo éste su último domicilio;

de parte de LUIS ALONSO BOJORQUEZ SANDOVAL, en calidad de

Heredero Testamentario, en ese carácter se le confi ere la Administración

y Representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los Curadores de la Herencia Yacente; Por este medio CITO a los

que se crean con derechos a la referida herencia a que se presenten a la

ofi cina en el término de QUINCE DIAS contados desde el siguiente día

de la última publicación del presente edicto.

Santa Ana, a las diez horas del diecinueve de agosto del dos mil

dieciséis.

LIC. GRISELDA NOEMI DIAZ ALVARENGA,

NOTARIO.

1 v. No. F011998

EL INFRASCRITO JUEZ AL PUBLICO: Para los efectos de Ley,

HACE SABER, Que por resolución de las ocho horas y quince

minutos de este día se ha tenido por aceptada expresamente y con

benefi cio de inventario, en la Herencia Intestada dejada al fallecer por

el señor CARLOS ALBERTO AMAYA ESCOBAR, El día once de

agosto de dos mil quince en la ciudad de Jiquilisco, Departamento de

Usulután, siendo éste su último domicilio, de parte de la señora Milagro

del Carmen Alfaro de Amaya, en calidad de Cónyuge sobreviviente del

causante y cesionaria del Derecho Hereditario que le correspondía a la

señora Yancy Del Carmen Amaya Alfaro ésta en calidad de hija del

causante.

Confi érasele a la aceptante la Administración y Representación

interina de la sucesión intestada con las facultades y restricciones de

Ley.

Fíjese y Publíquese los edictos correspondientes, citando a los que

se crean con derecho a la Herencia para que se presenten a deducirlo en

el término de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Jiquilisco, a los vein-

tidós días del mes de agosto de dos mil dieciséis.- LIC. MANUEL DE

JESUS SANTOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. LICDA. SILVIA

YANETH MEJIA HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000481-1

JAVIER ROLANDO ALVARADO ALVARADO, JUEZ DE LO CIVIL

INTERINO DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución dictada en este Tribunal, a

las ocho horas y cuarenta minutos del día veintiséis de julio de dos mil

dieciséis, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de

inventario, la herencia intestada dejada a su defunción por la causante

señora CLARA LUZ REVELO VERDI quien fue de ochenta años de

edad, pensionada jubilada, fallecida el día diecisiete de noviembre de

dos mil quince, en Hospital General del Seguro Social, San Salvador,

siendo Quezaltepeque su último domicilio, con Documento Único de

Identidad número cero uno ocho tres cinco siete seis seis-cinco; y Tarjeta

de Identifi cación Tributaria número cero cuatro uno seis-uno siete cero

nueve tres siete-cero cero uno-dos; de parte de la señora ANA GLADIS

REVELO VERDI, mayor de edad, estudiante, de este domicilio, con

Documento Único de Identidad número cero cero seis cinco cinco

seis seis cinco-uno y Tarjeta de Identifi cación Tributaria número cero

cinco uno dos-uno nueve cero cuatro siete cinco-uno cero uno-cuatro;

en el concepto de hija de la causante; a quien se le ha conferido la

administración y representación INTERINA de la sucesión con las

facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se hace saber al público en general para que todo el que

tenga derecho en la presente sucesión se apersone al Juzgado a hacer

valer el mismo durante el término de quince días después de la presente

publicación y demás efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las ocho

horas y cuarenta y cinco minutos del día veintiséis de julio de dos mil

dieciséis.- LIC. JAVIER ROLANDO ALVARADO ALVARADO,

JUEZ DE LO CIVIL INTO. LIC. EFRAIN EDGARDO AVELAR

BERMUDEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011836-1

JAVIER ROLANDO ALVARADO ALVARADO, JUEZ DE LO CIVIL

INTERINO DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Que por resolución dictada en este Tribunal, a

las nueve horas treinta minutos del día dieciocho de agosto de dos mil

dieciséis, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de

inventario, la herencia intestada dejada a su defunción por el causante

señor GUILLERMO ANTONIO CASTILLO SARAVIA conocido por

GUILLERMO ANTONIO CASTILLO, con Número de Identifi cación

Tributaria cero cinco uno dos-cero siete cero dos cinco nueve-cero cero

dos-dos, quien fue de cincuenta y un años de edad, empleado, casado, de

este domicilio, departamento de La Libertad, siendo Quezaltepeque su

último domicilio, fallecido el día quince de junio del año dos mil diez; de

parte de la señora MARIA PETRONA PADILLA DE CASTILLO, con

Número de Identifi cación Tributaria cero seis cero siete-cero cinco cero

uno seis dos-uno cero uno-tres; en la calidad de Cónyuge sobreviviente

del causante, primera categoría, Art. 988 C.C; a quien se le ha conferido

la administración y representación INTERINA de la sucesión con las

facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

56 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412

Lo que se hace saber al público en general para que todo el que

tenga derecho en la presente sucesión se apersone al Juzgado a hacer

valer el mismo durante el término de quince días después de la presente

publicación y demás efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las nueve

horas treinta y cinco minutos del día dieciocho de agosto de dos mil

dieciséis.- LIC. JAVIER ROLANDO ALVARADO ALVARADO,

JUEZ DE LO CIVIL INTO. LIC. EFRAIN EDGARDO AVELAR

BERMUDEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011841-1

LIC. MELVIN MAURICIO PEÑATE SÁNCHEZ, Juez Tercero de lo

Civil y Mercantil de Santa Ana: DE CONFORMIDAD AL INCISO

1° DEL ARTÍCULO 1163 DEL CÓDIGO CIVIL AL PÚBLICO EN

GENERAL,

HACE SABER QUE: Se han promovido por el Licenciado

RAFAEL ANTONIO JOVEL LOBATO, Diligencias de Aceptación

de Herencia Intestadas con Benefi cio de Inventario, sobre los bienes

que a su defunción dejara la señora MARÍA DE LA PAZ NIETO DE

ERAZO, quien falleció a las veinte horas con treinta minutos del día

once de febrero de dos mil cuatro; siendo su último domicilio el Cantón

Loma Alta, departamento de Santa Ana, y este día se tuvo por aceptada

la herencia antes referida y se nombró como ADMINISTRADORA

Y REPRESENTANTE INTERINA con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente de dicha sucesión, a la señora

CORALIA ESMERALDA ERAZO DE PÉREZ, en su calidad de hija

sobreviviente de la causante en comento.

Lo que se hace del conocimiento público para que puedan presentarse

a este tribunal las personas que se crean con derecho a la herencia que

a su defunción dejara el referido causante, dentro de los quince días

siguientes a la tercera publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil de la ciudad

de Santa Ana, a los veinte días del mes de mayo de dos mil dieciséis.-

LIC. MELVIN MAURICIO PEÑATE SÁNCHEZ, JUEZ TERCERO

DE LO CIVIL Y MERCANTIL, DE SANTA ANA. LICDA. ÉLIDA

ZULEIMA MÉNDEZ GUZMÁN, SECRETARIA DEL JUZGADO

TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, DE SANTA ANA.

3 v. alt. No. F011855-1

EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Juzgado

a las diez horas y veintiséis minutos del día siete de junio de dos mil

dieciséis, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de

inventario, LA HERENCIA INTESTADA que a su defunción ocurrida

el día el día 29 de diciembre de 2014, dejó el causante señor ANUNCIACIÓN

AMAYA ARGUETA, con Documento Único de Identidad Número

00546624-3; y poseedor de su Tarjeta de Identifi cación Tributaria

Número 1213-250361-10-4, cincuenta y tres años de edad, albañil, casado,

originario de San Antonio del Mosco, San Miguel, hijo de MÁXIMA

ARGUETA MARTÍNEZ (fallecida) y Anastacio Amaya o Anastacio

Amaya Martínez (Constancia de no Asentamiento de Fallecido) MARÍA

JORGE MEJÍA DE AMAYA, en su calidad de cónyuge sobreviviente,

de cincuenta y seis años de edad, ama de casa, del domicilio de Ilopango,

Departamento de San Salvador, con Documento Único de Identidad

Número 01055880-1 y poseedora de su Tarjeta de Identifi cación Tributaria

Número 0903-190459-101-2, en su calidad de cónyuge sobreviviente; y en

su calidad de madre y representante legal del menor RENÉ ALEXANDER

AMAYA MEJÍA, quien es de de diecisiete años de edad, estudiante,

del domicilio de Ilobasco, Departamento de Cabañas, poseedor de su

Tarjeta de Identifi cación Tributaria Número 0903-111198-101-4 y del

joven DOUGLAS ENMANUEL AMAYA MEJÍA, de diecinueve años

de edad, estudiante, del domicilio de Ilobasco, Departamento de Caba-

ñas, con Documento Único de Identidad 05465709-5; y poseedor de su

Tarjeta de Identifi cación Tributaria Número 0903-100796-102-8, estos

últimos en su calidad de hijos del causante antes mencionado.

Y se les ha conferido a los aceptantes la ADMINISTRACIÓN Y

REPRESENTACIÓN INTERINA de los bienes de la sucesión con las

facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Y CITA: a los que se crean con derecho a la herencia referida para

que se presenten en el término de Ley, a hacer uso de sus derechos en

la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las once horas y treinta

minutos del día siete de junio de dos mil dieciséis.- LICDO. EDGAR

ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. AMALIA

DEYANIRA RODRÍGUEZ MARTÍNEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011857-1

CRISTIAN ALEXANDER GUTIÉRREZ, Juez Segundo de lo Civil y

Mercantil de la Ciudad San Miguel.

HACE SABER: que por resolución del día doce de agosto de dos

mil dieciséis, la herencia intestada que dejó al fallecer el señor JOSÉ

MAURICIO MARTÍNEZ PÉREZ, quien fue de cuarenta y ocho años

de edad, agricultor en pequeño, casado, del domicilio de Chirilagua,

departamento de San Miguel, originario de Santa Tecla, departamento

de La Libertad, Salvadoreño, hijo de ALEJANDRO MARTINEZ y

MARGOTH PEREZ, fallecido a las veinte horas con veinte minutos del

día cuatro de febrero de dos mil dieciséis, en la Calle a Llano de las Rosas,

Cantón Gualozo, Chirilagua, siendo su ultimo domicilio el municipio de

San Miguel, departamento de San Miguel; de parte de la señora ROSA

MARINA RIVERA DE MARTÍNEZ, actualmente ROSA MARINA

VIUDA DE MARTÍNEZ, mayor de edad, comerciante, del domicilio

de Chirilagua, departamento de San Miguel, con Documento Único de

Identidad Número 00346641-7 y Tarjeta de Identifi cación Tributaria

Número 1206-250273-101-8, en calidad de esposa del causante.

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

57DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.

Se le ha conferido a la aceptante, señora ROSA MARINA RIVE-

RA DE MARTÍNEZ, actualmente ROSA MARINA VIUDA DE

MARTÍNEZ, en calidad de esposa del causante, señor JOSÉ MAURICIO

MARTÍNEZ PÉREZ, la administración y representación interina de

la sucesión intestada, con las facultades y restricciones de la herencia

yacente; y se cita a los que se crean con derecho a la referida herencia,

para que se presenten a deducirlo dentro de los quince días posteriores

a la tercera publicación de este edicto.

Lo que se pone de conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil y Mercantil de la Ciudad

de San Miguel, a los doce días del mes de agosto de dos mil dieciséis.-

LIC. CRISTIAN ALEXANDER GUTIÉRREZ, JUEZ SEGUNDO DE

LO CIVIL Y MERCANTIL. LIC. JUAN CARLOS HERNÁNDEZ

PÉREZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011873-1

JULIO CESAR PADILLA GARCIA, Notario, de este domicilio, con

despacho jurídico en Calle Alberto Masferrer Tercera calle Oriente,

número cinco-seis, Locales El Ángel, Local número siete, a un costado

Sur de la Iglesia El Ángel, Barrio El Ángel, Sonsonate.

HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario, proveída

a las nueve horas del día treinta y uno de agosto dos mil dieciséis, se

ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la

herencia Testamentaria que a su defunción dejó la señora Ana del Carmen

Vásquez Viuda de Alfaro ocurrida en Sonsonate, el día veintisiete de

septiembre de dos mil quince, de parte de JOSE ROBERTO ALFARO

VASQUEZ, ROSA ALBERTINA ALFARO VASQUEZ, conocida

por ROSA ALFARO VASQUEZ, SILVIA GUADALUPE ALFARO

VASQUEZ, por sí y en su calidad de Cesionaria del derecho que en la

misma le correspondía a LUIS ALONSO ALFARO VASQUEZ, en

concepto de hijos sobrevivientes de la causante, habiéndose conferido

la administración y representación de la sucesión TESTAMENTARIA,

con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia

yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean

con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida

ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la

última publicación del presente edicto.

Librado en la ofi cina del notario, JULIO CESAR PADILLA

GARCIA, En la ciudad de Sonsonate, a las once horas del día treinta y

uno de agosto de dos mil dieciséis.

JULIO CESAR PADILLA GARCIA,

NOTARIO.

3 v. alt. No. F012443/ F011889-1

ARNOLDO ARAYA MEJÍA, JUEZ SUPLENTE PRIMERO DE LO

CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las catorce horas

quince minutos del cinco de julio de dos mil dieciséis, en las diligencias

de Aceptación de Herencia Intestada, clasifi cadas con NUE: 02192-16-

CVDV-1CM1-185-04, se ha tenido por aceptada expresamente y con

benefi cio de inventario, la herencia intestada dejada por la causante,

señora PAULA ROMERO VIUDA DE SÁNCHEZ, de ochenta y seis

años de edad, de Ofi cios Domésticos, Viuda, originaria de San Francisco

Gotera, departamento de Morazán, del último domicilio de San Miguel,

falleció en Colonia San Carlos Calle Rosalio Flores número doscientos

catorce en San Miguel, a las veintitrés horas veinte minutos del veintitrés

de agosto del año dos mil doce, con asistencia médica, a consecuencia

de Tumor Cerebral Maligno; de parte de las señoras MARÍA ELISA

SÁNCHEZ DE SEILER, de sesenta y cinco años de edad, Empleada, del

domicilio de San Miguel, con Documento Único de Identidad Número:

03202549-2; con Número de Identifi cación Tributaria: 1217-160251-

001-2; MARÍA DE LA PAZ SÁNCHEZ, de sesenta y dos años de edad,

de Ofi cios Domésticos, del domicilio de San Miguel, con Documento

Único de Identidad Número: 01378054-6; con Número de Identifi cación

Tributaria: 1217-040753-102-5; y MARÍA MARCELINA SÁNCHEZ

DE MORELL, de sesenta años de edad, Ama de Casa, del domicilio

de New Rochelle, Estado de Nueva York, Estados Unidos de América,

con Documento Único de Identidad Número: 04420197-3; con Número

de Identifi cación Tributaria: 1217-150755-102-0, en concepto de hijas

sobrevivientes de la expresada causante; y se le ha conferido al aceptante

en el concepto antes mencionado, la administración y representación

interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores

de la Herencia Yacente que regula el Artículo 480 Código Civil.

Cítese a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten a este Juzgado dentro de los quince días subsiguientes después

de la última publicación de este edicto.

Lo que pone en conocimiento del público para los efectos de ley,

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil de San

Miguel, a las catorce horas dieciocho minutos del cinco de julio de dos

mil dieciséis.- LICDO. ARNOLDO ARAYA MEJIA, JUEZ SUPLEN-

TE PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, DE SAN MIGUEL.

LIC. HECTOR ANTONIO VILLATORO JOYA, SECRETARIO DE

ACTUACIONES INTERINO.

3 v. alt. No. F011911-1

LIC. GLORIA VICTALINA VALENCIA DE BARRERA, Jueza de lo

Civil de este distrito judicial, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de las once horas y cinco

minutos del día treinta y uno de mayo de este año, se ha tenido por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que

a su defunción dejó el causante JUAN ANTONIO JOVEL MOLINA,

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

58 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412

conocido por JUAN ANTONIO JOVEL, quien falleció el día diez de

noviembre del año dos mil quince, en Colonia José Simeón Cañas, Final

1ª. Avenida Sur Número Noventa y Tres, de la Ciudad de Zacatecoluca,

Departamento de La Paz, siendo esta Ciudad su último domicilio; por

parte de JUAN CARLOS JOVEL COTO e IMELDA JEANNETTE

JOVEL COTO, en concepto de hijos del causante y como cesionarios

del derecho hereditario que le correspondían a SARA COTO LOPEZ

DE JOVEL, conocida por SARA COTO, como cónyuge del referido

causante.

Nómbrase a los aceptantes, interinamente., administradores y

representes de la sucesión, con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, se citan a todas las personas que se crean con

derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de ley,

comparezcan a este Juzgado a justifi car dicha circunstancia.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, treinta y uno de mayo del año

dos mil dieciséis.- LIC. GLORIA VICTALINA VALENCIA DE BA-

RRERA, JUEZA DE LO CIVIL. LIC. OSCAR ERNESTO AREVALO

ORREGO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011991-1

DOCTORA DELMY RUTH ORTIZ SÁNCHEZ, Juez de lo Civil, Su-

plente, de este Distrito Judicial, departamento de La Unión; al público

para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado a las once

horas del día dos de febrero del corriente año, se tuvo por aceptada

expresamente, y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que

al fallecer a las dos horas quince minutos del día doce de octubre del

año dos mil catorce, siendo su último domicilio la ciudad de Anamorós,

departamento de La Unión, dejara el causante GILBERTO HERRERA

conocido por GILBERTO HERRERA REYES, a favor de la señora

MARÍA ESTER ÁVILA MALDONADO conocida por MARÍA ESTER

ÁVILA DE HERRERA por MARÍA ESTER ÁVILA y por MARÍA

ESTER ÁVILA VIUDA DE HERRERA, en concepto de CÓNYUGE

sobreviviente, del causante antes mencionado, de conformidad con lo

establecido en el Art. 988 N° 1° del Código Civil. En consecuencia,

se le confi rió a la aceptante, en el carácter dicho, la administración y

representación interina de los bienes de la indicada sucesión, con las

facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, depar-

tamento de La Unión, a los doce días del mes de julio del año dos mil

dieciséis.- DRA. DELMY RUTH ORTIZ SANCHEZ, JUEZA DE LO

CIVIL, SUPLENTE. LICDA. MARINA CONCEPCION MARTINEZ

DE MARTINEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F029547-1

TÍTULO DE PROPIEDAD

ALCALDIA MUNICIPAL DE LA LAGUNA.

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA VILLA, AL

PUBLICO EN GENERAL,

HACE SABER: Que en esta ofi cina se presentó la Señora MARIA

ANITA LEON CARBAJAL, de sesenta y cinco años de edad, Ama de

Casa, del Domicilio de La Laguna, Departamento de Chalatenango,

portadora de su Documento Único de Identidad Número cero un millón

trescientos setenta y nueve mil veintitrés-dos, y Número de Identifi cación

Tributaria cero cuatrocientos once-doscientos sesenta mil setecientos

cincuenta-ciento uno-cuatro, solicitando TITULO DE PROPIEDAD a

su favor, de un inmueble de naturaleza Urbana, situado en el Barrio Las

Victorias calle principal S/N, Municipio de La Laguna, Departamento de

Chalatenango, de la capacidad de DOSCIENTOS DIECISIETE PUNTO

CINCUENTA Y OCHO METROS CUADRADOS DE EXTENSION

SUPERFICIAL, cuyas medidas y colindancias son las siguientes : AL

ORIENTE, mide ocho punto cuarenta metros, colinda con José Moris

Guevara Ramírez, dividido por cerca de piña de este inmueble; AL

NORTE, mide veintiún metros, colinda con el señor Elio Santos, dividido

por cerco de alambre del colindante; AL PONIENTE, mide diez metros,

colinda con el señor Gerardo Guerra y Celina Guerra Calle Principal

de por medio Y AL SUR, mide veintiséis metros, y colinda con María

Victoria Guevara de Ortiz, pared del colindante de por medio.

El predio descrito no es dominante, ni sirviente, no tiene carga ni

derechos reales de ajena pertenencia, ni está en proindivisión con ninguna

persona. Que lo adquirió por compra venta a la señora Lucinda Guevara

de Guevara, lo valúa en la cantidad de TRES MIL CUATROCIENTOS

VEINTOCHO PUNTO CINCUENTA Y SIETE DOLARES DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Lo que se hace saber al público

para los efectos de ley consiguientes.

Y no habiendo más que hacer constar se extiende el presente EDICTO

para ser publicado en el Diario Ofi cial se extiende en la Alcaldía Municipal

de La Laguna Departamento de Chalatenango, diez días del mes de

Agosto del año dos mil dieciséis.- BALTAZAR ELIAS GALDAMEZ

DIAZ, ALCALDE MUNICIPAL. GUILLERMO OBDULIO GUEVARA

FUENTES, SECRETARIO. MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F011834-1

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

59DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.

TÍTULO SUPLETORIO

JORGE ALBERTO MÁRQUEZ DÍAZ, Notario, con Ofi cina ubicada en

la Sexta Avenida Sur, número cuarenta y cinco, Barrio Concepción.

HACE SABER: Que a mi ofi cina, se ha presentado el señor: ES-

TEBAN RAMÍREZ CABRERA, de cincuenta años de edad, Jornalero,

del domicilio de San Simón, Departamento de Morazán, solicitando

Título Supletorio de un terreno de Naturaleza Rústica, situado en Cantón

Las Quebradas, Jurisdicción de San Simón, Departamento de Morazán,

de la Capacidad Superfi cial de: QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO

METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL

ORIENTE: nueve metros, con Eugenio Santos Orellana, cerco de piedra

del colindante de por medio; AL NORTE: cuarenta y cinco metros, con

Eugenio Santos Orellana, cerco de alambre del colindante de por medio;

AL PONIENTE: diecisiete metros, con María Paz Maradiaga Santos,

calle de por medio; Y AL SUR: cuarenta y siete metros, con Anastacia

Ramírez de Guevara, cerco de alambre de la colindante de por medio.-

Dicho terreno no es dominante ni sirviente, lo adquirió por donación que

le hiciere su madre la señora: María de Paz Ramírez.- Los colindantes

son del domicilio de Cantón Las Quebradas, San Simón, Morazán. Lo

estima en la cantidad de MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS

DE AMÉRICA. Lo que pone al conocimiento del público para los efectos

de Ley.

Librado en la ciudad de Ciudad Barrios, Departamento de San

Miguel, a los treinta días del mes de agosto del año dos mil dieciséis.-

JORGE ALBERTO MÁRQUEZ DÍAZ,

NOTARIO.

1 v. No. F011927

JORGE ALBERTO MÁRQUEZ DÍAZ, Notario, con Ofi cina ubicada en

la Sexta Avenida Sur, número cuarenta y cinco, Barrio Concepción.

HACE SABER: Que a mi ofi cina, se ha presentado la señora: ROSA

LILIAN FRANCO ORELLANA, de cuarenta y ocho años de edad, de

ofi cios domésticos, del domicilio de Ciudad Barrios, Departamento de

San Miguel, solicitando Título Supletorio de un terreno de Naturaleza

Rústica, situado en el Cantón Llano El Ángel, Jurisdicción de Ciudad

Barrios, Departamento de San Miguel, de la Capacidad Superfi cial de:

NOVECIENTOS CINCUENTA Y DOS METROS CUADRADOS

SETENTA Y CINCO DECÍMETROS CUADRADOS, de las medidas

y linderos siguientes: AL ORIENTE: cincuenta y un metros, con Luis

Alonso Argueta, quebrada de agua de por medio; AL NORTE: vein-

tiuno punto cincuenta metros, con José Augusto Portillo Ávila, árboles

de pito y jiote de por medio: AL PONIENTE: cincuenta y dos metros,

con Carlos Arturo Franco, brotones de Izote de por medio; Y AL SUR:

quince punto cincuenta metros, con Luis Alonso Argueta, un árbol de

amate y jiote de por medio. Tiene construida una casa paredes de adobe

repellada y techo de tejas, con servicios de agua potable y energía eléctrica

y está cultivado de árboles de café.- Dicho terreno no es dominante ni

sirviente, lo adquirió por compra que le hiciere al señor: Román Franco

Orellana, los colindantes son del domicilio de Cantón Llano El Ángel,

Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel. Lo estima en la cantidad

de MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.

Lo que pone al conocimiento del público para los efectos de Ley.

Librado en la ciudad de Ciudad Barrios, Departamento de San Mi-

guel, a los diecisiete días del mes de agosto del año dos mil dieciséis.-

JORGE ALBERTO MÁRQUEZ DÍAZ,

NOTARIO.

1 v. No. F011928

JORGE ALBERTO MÁRQUEZ DIAZ Notario, con Ofi cina ubicada en

la Sexta Avenida Sur, número cuarenta y cinco, Barrio Concepción.

HACE SABER: Que a mi ofi cina, se han presentado los señores:

JAIME ALEXANDER ARGUETA CHICAS, de treinta y ocho años

de edad, Empleado y SANTOS SONIA NOHEMY MACHADO DE

ARGUETA, de treinta y siete años de edad, de ofi cios domésticos, ambos

del domicilio de Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel, solici-

tando Título Supletorio de dos terrenos de Naturaleza Rústica, situados

en el Cantón San Matías, Jurisdicción de Ciudad Barrios, Departamento

de San Miguel, EL PRIMERO de la Capacidad Superfi cial de: TRES-

CIENTOS CINCUENTA Y CINCO METROS SEIS DECÍMETROS

CUARENTA Y CUATRO CENTÍMETROS CUADRADOS, de los

linderos siguientes: AL ORIENTE: treinta y cinco punto sesenta metros,

con Margarita Chicas; AL NORTE: seis punto sesenta y seis metros, con

Buenaventura Díaz Lizama; AL PONIENTE: treinta punto cincuenta y

dos metros, con Mario Antonio Díaz, calle vecinal de por medio; y AL

SUR: catorce punto ochenta y cinco metros, calle principal de por medio

con Marcelino Díaz y Luis Alonso Argueta. Tiene construida una casa de

sistema mixto, con los servicios básicos necesarios.- EL SEGUNDO: de

la Capacidad Superfi cial de: CUATROCIENTOS VEINTISIETE ME-

TROS VEINTIOCHO DECÍMETROS CUADRADOS, de los linderos

siguientes: AL ORIENTE: cuarenta y tres punto veinte metros, con Luis

Centeno; AL NORTE: nueve metros, con Buenaventura Díaz Lizama:

AL PONIENTE: treinta y cinco punto veinte metros, con Buenaventura

Díaz Lizama; y AL SUR: doce metros, con Arnoldo Marquina y Luis

Alonso Argueta, calle pública de por medio.- Dichos terrenos no son

dominantes ni sirvientes, los adquirieron por compra que le hicieren,

el primero a Margarita Chicas Viuda de Argueta y el segundo al señor:

Buenaventura Díaz Lizama, los colindantes son del domicilio de Cantón

San Matías, Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel. Los estiman

en la cantidad de MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMÉRICA cada uno.

Lo que ponen al conocimiento del público para los efectos de Ley.

Librado en la ciudad de Ciudad Barrios, Departamento de San Miguel,

a los veintiséis días del mes de agosto del año dos mil dieciséis.-

JORGE ALBERTO MÁRQUEZ DÍAZ,

NOTARIO.

1 v. No. F011929

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

60 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-

TRITO JUDICIAL DE METAPAN,

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el señor

CARLOS ANTONIO CASTRO, de veintinueve años de edad, empleado,

del domicilio de Hempestead, Condado de Nassau, New York, de los

Estados Unidos de América, solicitando que se le extienda TITULO

SUPLETORIO de UN inmueble de naturaleza rústica, situado en Cantón

La Isla, Caserío Las Marías de esta comprensión, y que se describe según

Ofi cina de Mantenimiento Catastral, así: de una extensión superfi cial de

CUATRO MIL CUATROCIENTOS CINCO METROS CUADRADOS

SESENTA DECIMETROS CUADRADOS Y UNO DECIMETROS

CUADRADOS, que linda: al NORTE, con Gil Antonio Morales Mo-

rales; AL ORIENTE, con Reina Isabel Lemus; AL SUR, con Porfi rio

Guerra, calle de por medio; y AL PONIENTE, con Gil Antonio Morales

Morales, calle de por medio.- El referido inmueble no es dominante ni

sirviente, ni se encuentra en proindivisión con otras personas, y lo valúa

en la suma de DIEZ MIL DÓLARES.-

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las diez horas cin-

cuenta minutos del día tres de agosto del año dos mil dieciséis.- LIC.

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA.

MARÍA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011867-1

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-

TRITO JUDICIAL DE METAPAN,

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el señor

ARTURO MARTINEZ SANABRIA, de cuarenta y cuatro años de edad,

carpintero, de este domicilio, solicitando que se le extienda TITULO

SUPLETORIO de UN inmueble de naturaleza rústica, ubicado en Cantón

San Juan Las Minas, Caserío San Juan Arriba, de esta jurisdicción, y

que se describe según Ofi cina de Mantenimiento Catastral así: de una

extensión superfi cial de TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS METROS

CINCUENTA Y DOS DECIMETROS CUARENTA Y CINCO CENTI-

METROS CUADRADOS, que linda: al NORTE, con Luis Landaverde

Acosta, Leonidas Landaverde Acosta, y José David Galdámez, con

todos calle de por medio; al ORIENTE, SUR, y PONIENTE, con Juan

Vicente Sola.- El referido inmueble no es dominante ni sirviente, ni se

encuentra en proindivisión con otras personas, y lo valúa en la suma de

CINCO MIL DÓLARES.-

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las catorce horas con

veinte minutos del día uno de agosto del año dos mil dieciséis.- LIC. JOSE

HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. GRACIA

MARÍA GUEVARA MENJIVAR, SECRETARIA INTERINA.

3 v. alt. No. F011869-1

LICENCIADA ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, DEL DIS-

TRITO JUDICIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE

CIUDAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL.

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado La Licenciada

LIHIDALMA LARA COLATO, en calidad de Apoderada General Ju-

dicial y Especial de los señores DIONISIO SORTO PINEDA Y JULIA

PORTILLO DE SORTO; solicitando TÍTULO SUPLETORIO, de un

inmueble de naturaleza rústica; situado en Tierras Coloradas, del Cantón

Rosa Nacaspilo, jurisdicción de Carolina, Departamento de San Miguel,

de la capacidad superfi cial de TREINTA Y DOS MIL CUATROCIEN-

TOS OCHENTA Y SEIS METROS CON DOCE CENTIMETROS

CUADRADOS; de las medidas y colindantes siguientes: AL NORTE:

Partiendo del vértice Nor Poniente, está formado por cuatro tramos con

los siguientes rumbos y distancias Tramo uno, noreste, sesenta y dos

grados dieciséis minutos treinta y siete segundos, con una distancia de

cincuenta y nueve punto diecisiete metros; Tramo dos, noreste, sesenta y

un grados cero cuatro minutos treinta y tres segundos, con una distancia

de dieciocho punto setenta y siete metros; Tramo tres; noreste, sesenta

y seis grados cero cuatro minutos cuarenta y ocho segundos, con una

distancia de cuarenta y uno punto cincuenta y cinco metros; Tramo

cuatro, noreste, ochenta y siete grados veintitrés minutos treinta y ocho

segundos con una distancia de dos punto veintisiete metros, colindando

con terreno de Estanislao Portillo, cerco de alambre y piña propio de por

medio; AL ORIENTE: Partiendo del Vértice Nor Oriente está formado por

cinco tramos con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno; sureste,

cuarenta y nueve grados cincuenta y siete minutos treinta segundos, con

una distancia de treinta y dos punto treinta y tres metros; Tramo dos,

Sureste, cincuenta grados catorce minutos treinta y cuatro segundos, con

una distancia de noventa y seis punto diez metros; Tramo tres; sureste

cuarenta y seis grados cuarenta y un minutos veintiséis segundos, con

una distancia de treinta y tres punto noventa y dos metros; Tramo cua-

tro; Sureste, treinta y siete grados treinta y siete minutos treinta y siete

segundos, con una distancia de trece punto cuarenta y nueve metros;

Tramo cinco, Sureste, cincuenta y dos grados once minutos cero tres

segundos, con una distancia de cincuenta y dos punto setenta y ocho

metros, colindando con terreno de Andrés Franco, calle de por medio

que conduce a Balneario Agua Caliente, cerco propio de piedra de por

medio; AL SUR; Partiendo del vértice suroriente, está formado por quince

tramos con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Suroeste,

veintisiete grados treinta y siete minutos cuarenta y dos segundos, con

una distancia de once punto cero cuatro metros; Tramo dos, noroeste,

sesenta y nueve grados cuarenta y cuatro minutos veintiún segundos,

con una distancia de veintiuno punto veinticinco metros; Tramo tres,

noroeste, ochenta y cinco grados cuarenta y siete minutos treinta y cinco

segundos, con una distancia de veintiséis punto cincuenta y cinco metros,

Tramo cuatro, noroeste, setenta y un grados trece minutos cincuenta y

cuatro segundos, con una distancia de veintitrés punto cuarenta y tres

metros, Tramo cinco, noroeste, sesenta y tres grados cero siete minutos

cero dos segundos, con una distancia de veintiséis punto setenta y siete

metros; Tramo seis, noroeste, setenta y tres grados cero cinco minutos

diecinueve segundos, con una distancia de veinte punto ochenta y ocho

metros; tramo siete; noroeste, setenta y dos grados cuarenta y nueve

minutos veinticinco segundos, con una distancia de treinta y uno punto

sesenta y un metros; Tramo ocho; Suroeste, cuarenta y cinco grados

veinte minutos veintiún segundos, con una distancia de treinta y dos punto

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

61DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.

treinta y siete metros; Tramo nueve; suroeste, cincuenta y cuatro grados

cero tres minutos treinta y dos segundos, con una distancia de ochenta

y uno punto sesenta y dos metros, Tramo diez, suroeste, sesenta y ocho

grados veintitrés minutos cincuenta y siete segundos, con una distancia

de catorce punto doce metros; Tramo once, noroeste, cincuenta y dos

grados dieciséis minutos cincuenta y ocho segundos, con una distancia

de quince punto cuarenta y un metros; Tramo doce, noroeste, ochenta

grados diecinueve minutos veintiocho segundos, con una distancia de once

punto cincuenta y tres metros; Tramo trece, Suroeste, cincuenta y cinco

grados cero dos minutos cuarenta y dos segundos, con una distancia de

dieciséis punto ochenta y un metros; Tramo catorce; suroeste, veintiséis

grados catorce minutos cuarenta y ocho segundos, con una distancia de

catorce punto setenta y tres metros; Tramo quince, suroeste, setenta y

siete grados doce minutos veinticuatro segundos, con una distancia de

veintitrés punto noventa y seis metros; colindando con terreno de José

Adrían Amaya, cerco de alambre y piedra propio, quebrada de desague

natural en parte de por medio; AL PONIENTE: Partiendo del vértice

Sur Poniente está formado por diez tramos con los siguientes rumbos

y distancias: Tramo uno, noroeste, cincuenta y cinco grados veintiocho

minutos trece segundos, con una distancia de veintitrés punto ochenta y

tres metros; Tramo dos; noroeste, cuarenta y dos grados veintiséis minutos

cero dos segundos, con una distancia de catorce punto cincuenta y un

metros; Tramo tres; noroeste, trece grados cuarenta y cuatro minutos

dieciséis segundos, con una distancia de dieciséis punto noventa metros;

Tramo cuatro, noroeste, cero seis grados once minutos doce segundos,

con una distancia de veinticuatro punto setenta y cuatro metros; Tramo

cinco; noroeste, sesenta y ocho grados treinta y tres minutos treinta y

seis segundos, con una distancia de quince punto veintiún metros; Tramo

seis, noroeste, ochenta y cuatro grados cero siete minutos treinta y seis

segundos, con una distancia de doce punto sesenta y siete metros, Tramo

siete; noroeste, cincuenta y cuatro grados treinta y siete minutos veintiséis

segundos, con una distancia de diecisiete punto cuarenta y cinco metros;

Tramo ocho, noroeste, quince grados dieciséis minutos cincuenta y

ocho segundos con una distancia de veintiuno punto cincuenta y cuatro

metros; Tramo nueve; noreste, veintitrés grados cincuenta y seis minutos

cuarenta y un segundos, con una distancia de treinta y siete punto treinta

y nueve metros; Tramo diez; noreste, veintinueve grados cincuenta y

nueve minutos cuarenta segundos, con una distancia de dieciocho punto

cuarenta metros, colinda con terreno de José Adrían Amaya y Estanislao

Portillo, quebrada de desagüe natural en parte, cerco de alambre y piña

propio de por medio. Así se llega al vértice norponiente que es donde

se inició esta descripción.

Lo adquirió por compra que hicieron a la Señora MARIA

EDELMIRA PORTILLO VIUDA DE ARGUETA, lo valúa en la

cantidad de DIEZ MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMERICA.

Librado en el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE CIU-

DAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL, a las quince

horas y cincuenta y cinco minutos del día diez de agosto del año dos

mil dieciséis.- LICDA. ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS,

JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. NERY DAVID RUBIO

CONTRERAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011895-1

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-

TRITO JUDICIAL DE METAPAN,

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la señora

MARIA EROINA LANDAVERDE DE FLORES, de setenta y seis

de edad, de ofi cios domésticos, de este domicilio, solicitando que se

le extienda TITULO SUPLETORIO de UN inmueble de naturaleza

rústica, ubicado en Cantón San Juan Las Minas de esta comprensión, y

que se describe según Ofi cina de Mantenimiento Catastral así: de una

extensión superfi cial de DOS MIL SETECIENTOS OCHO PUNTO

OCHO MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES METROS CUA-

DRADOS, que linda: al NORTE, con José Luis Figueroa y calle de por

medio; AL ORIENTE, con Néstor Salomón Flores Figueroa y Amalia

Flores Figueroa; AL SUR, con Elda Figueroa, Alfredo Galdámez Pa-

checo, Daniel Figueroa Solito y Adelso Galdámez; y AL PONIENTE,

con Maximiliano Figueroa Martínez, calle de por medio y Sucesión

Orellana Flores.- El referido inmueble no es dominante ni sirviente, ni

se encuentra en proindivisión con otras personas, y lo valúa en la suma

de CINCO MIL DÓLARES.-

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las quince horas

treinta minutos del día uno de julio del año dos mil dieciséis.- LIC. JOSE

HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. GRACIA

MARÍA GUEVARA MENJIVAR, SECRETARIA INTERINA.

3 v. alt. No. F011984-1

RENOVACIÓN DE MARCAS

No. de Expediente: 1998007009

No. de Presentación: 20160230801

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado EVELYN

MARLENE BONILLA, mayor de edad, ABOGADO(A), del domicilio

de SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR,

de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de

ALIMENTOS, SOCIEDAD ANONIMA, del domicilio de Ciudad de

Guatemala, Guatemala, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando

RENOVACION, para la inscripción Número 00085 del Libro 00191 de

INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en EN UNA ETIQUETA

DE FONDO ANARANJADO Y DESTELLOS AMARILLOS, EN

EL CENTRO DE ESTA, DOS FRANJAS CRUZADAS, DE FONDO

BLANCO, UNA DE ELLAS CON BORDES ANARANJADOS,

CONTENIENDO LA PALABRA "QUESIFRITOS" EN LETRAS

ROJAS SOMBREADAS, MINUSCULAS, EXCEPTUANDO LA "Q"

QUE ES MAYUSCULA; LEYENDOSE EN SU BORDE SUPERIOR

"DELICIOSO" Y EN EL INFERIOR "SABOR QUESO"; BAJO ESTA

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

62 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412

FRANJA SE ENCUENTRA UN PERICO CON VESTIMENTA Y CON

SUS EXTREMIDADES SUPERIORES EN FORMA DE MANOS

EXTENDIDAS. EN LA PARTE SUPERIOR DE LA ETIQUETA

APARECE UNA ESFERA ROJA, Y SOBRE ELLA LA PALABRA

"SEÑORIAL" EN LETRAS AMARILLAS Y CONTORNO ROJO,

MINUSCULAS, EXCEPTUANDO LA "S" QUE ES MAYUSCULA,

Y AL FINAL UN PEQUEÑO CIRCULO CONTENIENDO UNA "R"

MAYUSCULA. EN LA PARTE SUPERIOR E INFERIOR DE DICHA

ETIQUETA SE OBSERVA UNA FRANJA DELGADA EN COLORES

ROJO, BLANCO Y AMARILLO; que ampara productos/servicios com-

prendidos en la(s) Clase 30 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los diez días del mes de marzo del año dos mil dieciséis.

PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ROXANA EUGENIA HERNÁNDEZ ORELLANA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000480-1

NOMBRE COMERCIAL

No. de Expediente: 2016154246

No. de Presentación: 20160237883

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE

MIGUEL HERNANDEZ SALOMON, en su calidad de REPRESEN-

TANTE LEGAL de INVERSIONES POR EL DESARROLLO, DE

RESPONSABILIDAD LIMITADA, de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL.

Consistente en: las palabra BILATERAL DEVELOPMENT y

diseño, se traduce al castellano como: Desarrollo Biltareral, que servirá

para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA A SERVICIOS

DE OBTENCIÓN Y DOTACIÓN DE PERSONAL.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de agosto del año dos

mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintidós de agosto del año dos mil dieciséis.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMÍ PERAZA GALDÁMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000475-1

No. de Expediente: 2015146332

No. de Presentación: 20150222620

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado RUBEN

ERNESTO JOVEL ALVARADO, en su calidad de REPRESENTANTE

LEGAL de BENDICION Y PROGRESO, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: B Y P, S.A. DE C.V., de

nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE

COMERCIAL.

Consistente en: la palabra MEDILASER y diseño, que servirá

para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA A: SERVICIOS

MÉDICOS.

La solicitud fue presentada el día ocho de septiembre del año dos

mil quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dieciséis de septiembre del año dos mil quince.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADORA.

SOFÍA HERNÁNDEZ MELÉNDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000486-1

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

63DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016. CONVOCATORIAS

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL

ORDINARIA DE SOCIOS

El Infrascrito Director con funciones de Presidente y por tanto Re-

presentante Legal de la Sociedad GASOHOL DE EL SALVADOR,

SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia

GASOHOL DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V.

HACE SABER: Que convoca a los señores socios para celebrar una

Junta General que tratará asuntos de carácter Ordinarios. Dicha Junta se

celebrará en primera convocatoria a las nueve horas del día miércoles 28

de septiembre de 2016, en Calle Los Castaños, número 33, Colonia San

Francisco, San Salvador, y si no existe quórum en esa fecha, en segunda

convocatoria, en el mismo lugar, a la misma hora del día jueves 29 de

septiembre de 2016. Siendo la Agenda de la Junta la siguiente:

PUNTO ÚNICO:

Reestructuración de Junta Directiva de la sociedad.

El quórum de asistencia en primera convocatoria para resolver

asuntos ordinarios deberá estar representada por lo menos con la mitad

más una del total de las acciones y sus resoluciones se tomarán por

mayoría de los votos presentes. El quórum de asistencia en segunda

convocatoria para resolver asuntos ordinarios en cualquiera que sea el

número de acciones representadas y sus resoluciones se tomarán por

mayoría de los votos presentes.

En la ciudad y departamento de San Salvador, a los treinta días

del mes de agosto del año 2016.

MARCO RENE MARTINEZ ESTRADA,

DIRECTOR PRESIDENTE Y REPRESENTANTE LEGAL,

GASOHOL DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V.

3 v. alt. No. C000491-1

SUBASTA PÚBLICA

MASTER MARIA FLOR SILVESTRE LÓPEZ BARRIERE, JUEZ

PRIMERO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Al público para los efectos de Ley, que en el JUI-

CIO EJECUTIVO MERCANTIL, Promovido por Licenciado CARLOS

ALBERTO MEZA GONZÁLEZ, en su calidad de Apoderado General

Judicial del BANCO DE FOMENTO AGROPECUARIO, en contra de

los señores MIGUEL Ángel CORNEJO SANCHEZ Y GLORIA MER-

CEDES MORALES conocida por GLORIA MERCEDES MORALES

RAMIREZ, reclamándole cantidad de dólares y accesorios de Ley, se

venderá en pública subasta en fecha que oportunamente se determinará

en este Juzgado, el bien inmueble embargado siguiente: Un inmueble

de naturaleza rústica, situado en Valle El Matazano Lote sin número,

de la jurisdicción de El Matazano, Soyapango, Departamento de San

Salvador, y en el cual hay una casa de sistema mixto construida de ladrillo

de dos plantas, de una extensión superfi cial de DOSCIENTOS OCHO

METROS CUADRADOS, aproximadamente, mide y linda: AL NORTE:

Dieciocho metros, treinta y cinco centímetros, con terreno de Alejandro

Rivas, que fue de Pedro Vásquez Guzmán; AL ORIENTE: Cinco metros

con terreno del mismo Vásquez Guzmán, que fueron estos predios de

Nicomedes Martínez Vuida de Vásquez y formaron un solo cuerpo con

el que se describe; AL SUR: Veintidós metros ochenta centímetros, con

resto de terreno que le quedó a Nicomedes Martínez viuda de Vásquez,

de donde se segregó el que se describe, hoy de Miguel Ángel Bonilla;

y AL PONIENTE: Con terreno de Ricardo Melendez, antes de Jorge

Melendez calle de por medio, en quince metros treinta centímetros. Dicho

inmueble se encuentra hipotecado a favor del BANCO DE FOMENTO

AGROPECUARIO, bajo la Matrícula numero M CERO CINCO CERO

VEINTICUATRO MIL TRESCIENTOS VEINTITRÉS, asiento número

CERO CERO CERO TRES, ahora trasladado en el Sistema de Folio Real

Automatizado a la matrícula SEIS CERO CERO OCHO UNO OCHO

CINCO NUEVE-CERO CERO CERO CERO CERO del Registro de

la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro.

Se hace saber a las personas que se presenten a participar a la subasta

que deberán de presentar sus respectivos documentos de identidad NIT

y comprobar su solvencia económica por medio de libreta de ahorro,

cheque certifi cado, constancia de ahorro, efectivo u otro documento

similar.

Librado en el Juzgado Primero de lo Mercantil; San Salvador, a las

nueve horas y quince minutos del día cuatro de febrero de dos mil dieci-

séis.- MASTER MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE, JUEZ

PRIMERO DE LO MERCANTIL.- LIC. JUAN CARLOS NAJARRO

PEREZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000753-1

REPOSICIÓN DE CERTIFICADOS

AVISO

EL BANCO DAVIVIENDA SALVADOREÑO, S. A.

COMUNICA: Que a sus ofi cinas se ha presentado el propietario del

certifi cado de depósito a plazo No. 070601074464 (10000176463) emitido

en Suc. La Joya, el 08 de julio de 2016, por valor original $100,000.00,

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

64 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412

a un plazo de 6 meses, el cual devenga el 4.150% de interés, solicitando

la reposición de dicho certifi cado por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público

para los efectos legales del caso. Transcurridos treinta días después de

la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer

el certifi cado en referencia.

San Salvador, a los veintitrés días de agosto de dos mil dieciséis.

ING. JULLYANA VASQUEZ,

SUBGERENCIA DE PAGOS Y DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F011897-1

AVISO

EL BANCO DAVIVIENDA SALVADOREÑO, S. A.

COMUNICA: Que a sus ofi cinas se ha presentado el propietario

del certifi cado de depósito a plazo No.002601258837 (10000169089)

emitido en Suc. Centro Financiero, el 02 de agosto de 2016, por valor

original $15,000.00, a un plazo de 3 meses, el cual devenga el 3.800%

de interés, solicitando la reposición de dicho certifi cado por habérsele

extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público

para los efectos legales del caso. Transcurridos treinta días después de

la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer

el certifi cado en referencia.

San Salvador, a los veintitrés días de agosto de dos mil dieciséis.

ING. JULLYANA VASQUEZ,

SUBGERENCIA DE PAGOS Y DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F011898-1

AVISO

EL BANCO DAVIVIENDA SALVADOREÑO, S. A.

COMUNICA: Que a sus ofi cinas se ha presentado el propietario del

certifi cado de depósito a plazo No. 000071067535 (44546) emitido en

Suc. San Miguel, el 11 de junio de 1998, por valor original ¢35,374.65

($4,042.82), a un plazo de 360 días, el cual devenga el 9.750% de

interés, solicitando la reposición de dicho certifi cado por habérsele

extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público

para los efectos legales del caso. Transcurridos treinta días después de

la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer

el certifi cado en referencia.

San Salvador, a los veintitrés días de agosto de dos mil dieciséis.

ING. JULLYANA VASQUEZ,

SUBGERENCIA DE PAGOS Y DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F011899-1

AVISO

EL BANCO DAVIVIENDA SALVADOREÑO, S. A.

COMUNICA: Que a sus ofi cinas se ha presentado el propietario del

certifi cado de depósito a plazo No. 142332256600 (013497) emitido en

Suc. Roosvelt (BANCASA), el 09 de enero de 1995, por valor original

¢2,000.00 ($228.57), a un plazo de 120 días, el cual devenga el 13.00%

de interés, solicitando la reposición de dicho certifi cado por habérsele

extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público

para los efectos legales del caso. Transcurridos treinta días después de

la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer

el certifi cado en referencia.

San Salvador, a los veintitrés días de agosto de dos mil dieciséis.

ING. JULLYANA VASQUEZ,

SUBGERENCIA DE PAGOS Y DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F011900-1

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

65DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.

AVISO

EL BANCO DAVIVIENDA SALVADOREÑO, S. A.

COMUNICA: Que a sus ofi cinas se ha presentado el propietario

del certifi cado de depósito a plazo No.142532256601 (55712) emitido

en Suc. Roosvelt (BANCASA), el 13 de noviembre de 1991, por valor

original ¢4,200.00 ($480.00), a un plazo de 180 días, el cual devenga

el 15.00% de interés, solicitando la reposición de dicho certifi cado por

habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público

para los efectos legales del caso. Transcurridos treinta días después de

la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer

el certifi cado en referencia.

San Salvador, a los veintitrés días de agosto de dos mil dieciséis.

ING. JULLYANA VASQUEZ,

SUBGERENCIA DE PAGOS Y DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F011901-1

TÍTULO MUNICIPAL

EL INFRASCRITO SEÑOR ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: Que a esta Alcaldía Municipal se ha presentado el

Licenciado Manuel de Jesús Servellon Rivera, de cincuenta y dos años

de edad, Abogado, del domicilio de Soyapango, Departamento de San

Salvador, portador de su Tarjeta de Abogado número seis mil setecientos

veintisiete, quien actúa como Apoderado General Judicial con Cláusula

Especial de la señora EVANGELINA MOLINA HERNANDEZ, de

setenta y cuatro años de edad, de ofi cios domésticos, de este domicilio,

con Documento Único de Identidad CERO CERO CERO SEIS CERO

UNO DOS OCHO-OCHO; y Número de Identifi cación Tributaria CERO

SETECIENTOS SIETE-CIENTO SETENTA Y UN MIL DOSCIENTOS

CUARENTA- CERO CERO UNO-TRES, propietaria de un inmueble de

naturaleza urbano, ubicado en Colonia La Providencia, Final Segunda

Avenida DOS Norte, del Municipio de San Bartolomé Perulapía, De-

partamento de Cuscatlán, de una extensión superfi cial de TRES MIL

CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS PUNTO OCHENTA Y

SIETE METROS CUADRADOS, a fi n que se le extienda TITULO

MUNICIPAL de dicho inmueble de las medidas y colindancias siguientes:

LINDERO ORIENTE. Partiendo del vértice nor Oriente, está formado

por cuatro tramos con los siguientes rumbos y distancias; Tramo uno,

sur veinticinco grados treinta minutos cincuenta y tres segundos Oeste,

con una distancia de cuatro punto sesenta y seis metros; Tramo dos, sur

veinticinco grados veintiocho minutos veintidós segundos Oeste, con

una distancia de veinticinco punto cero seis metros; Tramo tres, sur

veinticuatro grados cero siete minutos diecisiete segundos Oeste, con

una distancia de uno punto treinta y siete metros; Tramo cuatro, sur

veinticinco grados dieciocho minutos treinta y ocho segundos Oeste,

con una distancia de trece punto veinticinco metros, colindando en estos

tramos con terreno propiedad de Evangelina Molina Hernández, aunque

en el mapa la parcela no tiene registrado ningún propietario, calle de por

medio, LINDERO SUR, partiendo del vértice sur oriente está formado

por cuatro tramos con los siguientes rumbos y distancias; Tramo Uno,

norte sesenta y siete grados treinta y ocho minutos treinta y un segundos

Oeste, con una distancia de cincuenta y cuatro punto veinte metros,

colindando en este tramo con propiedad del Ministerio de Educación;

Tramo dos, norte sesenta y cuatro grados veintinueve minutos catorce

segundos oeste, con una distancia de siete punto veintiocho metros; Tramo

tres, norte sesenta y cinco grados veinticinco minutos cuarenta y siete

segundos Oeste, con una distancia de siete punto sesenta y dos metros,

Tramo cuatro, norte sesenta y seis grados quince minutos treinta y tres

segundos Oeste, con una distancia de cuatro punto cincuenta y ocho

metros, colindando en estos tramos con terreno propiedad de Alcaldía

Municipal de San Bartolomé Perulapía, aunque en el mapa la parcela no

tiene registrado ningún propietario. LINDERO PONIENTE, partiendo

del vértice surponiente está formado por cinco tramos con los siguientes

rumbos y distancia, Tramo uno, norte diez grados treinta y seis minutos

veintiséis segundos Este, Con una distancia de dieciocho punto ochenta y

cuatro metros; Tramo dos, norte setenta y cinco grados dieciséis minutos

cuarenta y ocho segundos Oeste, con una distancia de cero punto setenta y

dos metros; Tramo tres, norte diez grados veinte minutos treinta y cuatro

segundos Este, con una distancia de catorce punto treinta y dos metros;

Tramo cuatro, norte setenta y seis grados cero siete minutos cuarenta

y ocho segundos Oeste, con una distancia de cero punto treinta cuatro

metros, Tramo cinco, norte diez grados veinticuatro minutos veintiún

segundos Este, con una distancia de nueve punto setenta y cuatro metros,

lindando en estos tramos con terreno propiedad de Alcaldía Municipal

de San Bartolomé Perulapía; LINDERO NORTE. Partiendo del vértice

nor poniente, está formado por un tramo con el siguiente rumbo y dis-

tancia: Tramo uno, sur sesenta y ocho grados cuarenta y tres minutos

cincuenta y cinco segundos Este, con una distancia de ochenta y cinco

punto noventa metros, lindando en este tramo con terreno propiedad de

la señora María Sara Hernández. Así se llega al vértice nor oriente que

es el punto donde se inició esta descripción. Dicho inmueble lo adquirió

por compraventa que le hizo a la señora Ercilia Hernández y lo estima

en la suma de DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS

DE AMERICA. Los colindantes son de este domicilio; el inmueble no

tiene cargas ni derechos reales de ajena pertenencia, no es dominante

ni sirviente, ni está en proindivisión con ninguna persona.

Lo que se hace saber al público en general, para los efectos de

ley.

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

66 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412

Alcaldía Municipal de la Ciudad de San Bartolomé Perulapía,

a los catorce días del mes de diciembre del año dos mil quince.- LIC.

CRISTIAN MARVIN SERMEÑO ARIAS, ALCALDE MUNICIPAL.-

ANTE MI, LICDA. KEYSI LISBETH HENRIQUEZ DE ORELLANA,

SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F011892-1

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: Que en esta ofi cina se ha presentado la Licenciada

JOANNA BELYIMY CABRERA ALEMAN, mayor de edad, Abogada

y Notaria, del domicilio de San Martín, departamento de San Salvador,

con Documento Único de Identidad Número: cero dos tres ocho tres siete

siete cinco- uno, y con Número de Identifi cación Tributaria: cero seis uno

cuatro - dos dos uno uno ocho cuatro- uno uno dos- seis; I) Que según

poder especial otorgado POR MONSEÑOR JOSE LUIS ESCOBAR

ALAS, quien EJERCE LA REPRESENACION LEGAL DE LA IGLESIA

CATÓLICA APOSTÓLICA Y ROMAN ARQUIDIOCESIS DE SAN

SALVADOR, ante los ofi cios de la Notaria Joanna Belyimy Cabrera

Alemán, en la Ciudad de San Martín, Departamento de San Salvador, con

fecha diecinueve de diciembre de dos mil quince a favor de la Licenciada

CECILIA ISABEL DE PAZ LEIVA y según sustitución de poder Especial

a favor de JOANNA BELYIMY CABRERA ALEMAN otorgada en la

ciudad de San Martín, departamento de San Salvador, celebrado a las trece

horas y cuarenta y cinco minutos del día veinte de diciembre de dos mil

quince por y ante los ofi cios notariales de CECILIA ISABEL DE PAZ

LEIVA, y en virtud de dicha sustitución de poder la Licenciada JOANNA

BELYIMY CABRERA ALEMAN ACTUA en la presentes diligencias

EN NOMBRE Y REPRESENTACION DE LA IGLESIA CATÓLICA

APOSTÓLICA Y ROMANA, ARQUIDIOCESIS DE SAN SALVADOR,

del domicilio de San Salvador con Número de Identifi cación Tributaria

cero seiscientos catorce-ciento noventa mil trescientos cincuenta y seis-

cero cero uno-cero, II) La solicitante requiere a favor de su representada

Título Municipal de propiedad, de un TERRENO DE NATURALEZA

URBANA, SITUADO EN BARRIO EL CALVARIO, SEGUNDA

AVENIDA SUR Y CALLE MIGUEL ROMAN PEÑA, NÚMERO UNO,

DEL MUNICIPIO DE SAN MARTIN, DEPARTAMENTO DE SAN

SALVADOR, con una extensión superfi cial de DOSCIENTOS CUA-

RENTA Y SEIS PUNTO SESENTA CERO CERO OCHO METROS

CUADRADOS, equivalentes a TRESCIENTAS CINCUENTA Y DOS

PUNTO OCHENTA Y TRES VARAS CUADRADAS. El mojón nor

poniente es el punto de partida de la descripción técnica de dicho inmueble

y sus linderos especiales son los siguientes: LINDERO NORTE: está

formado por un tramo con el siguiente rumbo y distancia, sur ochenta y

cinco grados cero nueve minutos cincuenta y seis segundos este y una

distancia de cinco punto treinta y ocho metros lindando en este tramo

con Iglesia Católica Apostólica Romana de El Salvador, calle Miguel

Román Peña de por medio. LINDERO ORIENTE: está formado por dos

tramos con los siguientes rumbos y distancias tramo uno, curva, cuerda

sur cuarenta grados diez minutos treinta y cuatro segundos Este y una

distancia de tres punto noventa y seis metros, radio, tres punto ochenta

metros, Longitud de curva, cuatro punto cuarenta metros, tramo Dos,

Sur cero cuatro grados cincuenta minutos treinta segundos Oeste y una

distancia de veintitrés punto catorce metros, lindando en estos tramos

con Joaquina Etelvina Murillo de Escobar, con segunda avenida sur de

por medio; LINDERO SUR: está formado por un tramo con el siguiente

rumbo y distancia, Norte ochenta y cinco grados diez minutos cero siete

segundos Oeste y una distancia de diez punto noventa y siete metros,

linda en este rumbo con Catalina Márquez de Sandoval; LINDERO

PONIENTE: está formado por un tramo con rumbo y distancia, Norte

diez grados cincuenta y nueve minutos treinta y seis segundos Este y

una distancia de veintiséis punto cero nueve metros, Lindando en este

tramo con María Irma González de Mercado, así se llega al punto donde

dio inicio la descripción técnica. El terreno descrito no es dominante

ni sirviente, ni está en proindivisión y no tiene cargas o derechos que

pertenezcan a terceras personas y que desde esa fecha a la actualidad

su representada ha sido la única poseedora material de dicho inmueble.

Este inmueble lo adquirió su representada por medio una testimonio de

escritura pública de Posesión Material, otorgada en la Ciudad de San

Martín, departamento de San Salvador, por MONSEÑOR JOSE LUIS

ESCOBAR ALAS, quien actuó en nombre y representación de LA

IGLESIA CATOLICA, APOSTOLICA Y ROMANA EN EL SAL-

VADOR, ARQUIDIOCESIS DE SAN SALVADOR, el día dieciocho

de abril del año dos mil dieciséis, ante los ofi cios notariales de LIDIA

GLADYS ROSALES FUENTES. La porción de terreno a titular la

valuó en CUARENTA MIL DOLARES DE ESTADOS UNIDOS DE

NORTEAMERICA, y manifi esta que la posesión del inmueble de su

representada es por más de treinta años continuos y siempre lo continúa

poseyendo de buena fe, en forma quieta, pacífi ca y no interrumpida, lo

que se hace saber al público para los efectos de Ley.

Alcaldía Municipal de San Martín, a los quince días del mes de

agosto de dos mil dieciséis.- VICTOR MANUEL RIVERA REYES,

ALCALDE MUNICIPAL.- LIC. JUAN ALBERTO CASUN GOMEZ,

SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F011921-1

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

67DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.

EDICTO DE EMPLAZAMIENTO

LA INFRASCRITA JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL

DE SAN SALVADOR, JUEZ TRES, LICENCIADA ANA MARIA

CORDON ESCOBAR, AL PÚBLICO EN GENERAL,

HACE SABER: Que la sociedad TEOKAL, SOCIEDAD ANO-

NIMA DE CAPITAL VARIABLE, de este domicilio, con Número de

Identifi cación Tributaria 0614-160502-107-1; ha sido demandada en

el Proceso Común marcado bajo el número de referencia 3929-C-15,

promovido por LEASING CUSCATLAN, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE, con dirección en Edifi cio Pirámide, kiló-

metro diez y medio de la carretera Panamericana, que de San Salvador

conduce a Santa Tecla, Jurisdicción de Santa Tecla, Departamento de

La Libertad; por medio de su Apoderado General Judicial con Cláusula

Especial, Licenciado GILBERTO ENRIQUE ALAS MENENDEZ, con

dirección en Apartamento treinta y tres, Condominio Centro de Gobierno,

séptima Avenida Norte y Trece Calle Poniente, Ciudad de San Salvador;

quien solicita que en sentencia defi nitiva se declare la terminación de

contrato de opción de compra.

Desde el inicio en la demanda de mérito, el Licenciado GILBERTO

ENRIQUE ALAS MENENDEZ, en el carácter antes expresado manifestó

que se ignora la dirección de la demandada, sociedad TEOKAL, SOCIE-

DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, y de su representante,

señora MARIA ELENA VILLAFUERTE antes de FERNANDEZ, la

cual no pudo ser localizada, no obstante, se realizaron las diligencias

pertinentes para tal fi n, por lo que se ordenó en resolución motivada el

emplazamiento por edictos, para que la demandada compareciera a estar

a derecho, de conformidad con lo ordenado en el Art. 186 del Código

Procesal Civil y Mercantil.

Se hace constar que la demanda fue presentada el día catorce de

julio de dos mil quince; y que se ha presentado juntamente con un Con-

trato Privado Autenticado de Opción de Compra, anexo descripción de

bienes arrendados; con el fi n de cumplir con los requisitos contenidos

en los ordinales 4° y 5° del Art. 182 CPCM.

En consecuencia, se previene a la demandada sociedad TEOKAL,

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, por medio de su

representante legal, señora MARIA ELENA VILLAFUERTE antes de

FERNANDEZ, que si tuviere apoderado, procurador u otro representante

legal o curador en el país, se presente a este tribunal a comprobar dicha

circunstancia dentro de los diez días, siguientes a la tercera publicación

de este aviso, plazo legal establecido en el Art. 186 CPCM., advirtiendo

a la parte demandada que de no hacerlo el proceso continuará sin su

presencia.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil y Mercantil de San

Salvador, Juez Tres. San Salvador, a las catorce horas y cincuenta y un

minutos del día trece de julio de dos mil dieciséis.- LIC. ANA MARIA

CORDON ESCOBAR, JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y

MERCANTIL DE SAN SALVADOR, JUEZ TRES. LIC. SAMUEL

ROBERTO APARICIO PEÑATE, SECRETARIO.

1 v. No. F011853

LICENCIADO RODRIGO ERNESTO BUSTAMANTE AMAYA,

JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL DISTRITO

JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PUBLICO, PARA LOS EFECTOS

DE LEY,

HACE SABER: AL SEÑOR CARLOS JOHEL CABRERA RUÍZ,

mayor de edad, Ingeniero Industrial, del domicilio de Atiquizaya, Depar-

tamento de Ahuachapán, con Documento Único de Identidad número:

cero cero ochocientos setenta y dos mil cero sesenta y nueve- seis, y

con Número de Identifi cación Tributaria: cero ciento tres- ciento sesenta

mil cuatrocientos ochenta y uno- ciento uno- uno, que en este Juzgado

se ha interpuesto en su contra PROCESO EJECUTIVO MERCANTIL,

con NUE: 00165-16-MRPE-2CM1, promovido por el Licenciado JOSÉ

EDUARDO RECINOS LIMA, en calidad de Apoderado General Ju-

dicial con Cláusula Especial de "TOMZA GAS DE EL SALVADOR,

SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE" que puede

abreviarse "TOMZA GAS DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V.", del

domicilio de Santa Ana, y con Número de Identifi cación Tributaria:

cero doscientos diez- ciento noventa mil cuatrocientos ochenta y dos-

cero cero uno- ocho; siendo su Representante Legal el Presidente de la

Junta Directiva de dicha sociedad, señor Saúl Delgado Figueroa, quien

es mayor de edad, Ejecutivo, de Nacionalidad Mexicana, del domicilio

y residente en Ciudad Juárez, Estado de Chihuahua, República de

México, con Pasaporte Mexicano número: E cero siete cuatro nueve

tres ocho tres siete; y constando en autos, reiterados intentos por ubicar

al mismo; en tal sentido y teniéndose por ignorado su actual domicilio,

de conformidad al artículo 186 del Código Procesal Civil y Mercantil,

por medio del presente edicto SE EMPLAZA al señor CARLOS JOHEL

CABRERA RUÍZ, para que en el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES,

contados a partir del día siguiente de la última publicación del presente

edicto, comparezca a estar a derecho y conteste la demanda interpuesta

en su contra, de conformidad a lo establecido en el Art. 462 en relación

con los Arts. 19 y 287 todos del CPCM, bajo prevención de nombrarle

Curador-Ad Lítem, a efecto de representarlo en el presente proceso, si

no se apersonare.

Lo que se hace de conocimiento al público para los efectos de

ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y

MERCANTIL, Santa Ana, a las diez horas cinco minutos del día

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

68 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412

dieciocho de agosto de dos mil dieciséis.- LIC. RODRIGO ERNESTO

BUSTAMANTE AMAYA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MER-

CANTIL SANTA ANA. LIC. CARLOS MAX QUINTANA RAMOS,

SECRETARIO.

1 v. No. F011958

LICENCIADA CLAUDIA KARINA ESCOBAR DAWSON, Jueza de

Primera Instancia del distrito judicial de San Sebastián, Departamento

de San Vicente,

HACE SABER: Que a través de resolución provista a las once horas

y quince minutos del día veintinueve de julio de dos mil dieciséis, en el

juicio ejecutivo clasifi cado bajo la referencia número 43-E-2013, promo-

vido por la abogada ANA DOLORES MUÑOS FLORES, en calidad de

Apoderada General Judicial de la ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE

AHORRO Y CRÉDITO COMUNAL "DR. JOSÉ ANTONIO RUÍZ" DE

RESPONSABILIDAD LIMITADA, se ordenó emplazar por medio de

edicto a los demandados CESAR ISMAEL MENDOZA DIAZ, mayor

de edad, agricultor en pequeño, del domicilio de El Congo, departamento

de Santa Ana, quien posee Documento Único de identidad: 01757812-9

y Tarjeta de Identifi cación Tributaria: 0204-080982-101-2, en calidad

de deudor principal y al señor ERNESTO GARCIA JIMENEZ, mayor

de edad, empleado, del domicilio de Tonacatepeque, departamento de

San Salvador, quien posee Documento Único de identidad: 02935403-6

y Tarjeta de Identifi cación Tributaria: 0111-160685-101-0, en calidad

de codeudor solidario, de quienes se desconoce residencia actual; y de

conformidad al artículo 186 del Código Procesal Civil y Mercantil, por

medio del presente edicto se procede a emplazar a los demandados CESAR

ISMAEL MENDOZA DIAZ y ERNESTO GARCIA JIMENEZ, para que

en el plazo de diez días, posteriores a la tercera publicación del presente

edicto en periódico de circulación diaria nacional y en el Diario Ofi cial

por sólo una vez, contesten la demanda incoada en su contra y ejerzan

sus derechos, para lo cual deberán nombrar abogado que les represente,

de conformidad al artículo 67 del Código Procesal Civil y Mercantil, y

si careciesen de recursos económicos para sufragar la contratación de

abogado particular, se le advierte que puede solicitar a la Procuraduría

General de La República que le sea designado un abogado para que

los represente gratuitamente en dicho proceso, tal como lo establece el

artículo 75 CPCM.

Si no lo hicieren se les nombrará un curador Ad Lítem en su

oportunidad.

Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San Sebastián,

departamento de San Vicente, a los veintisiete días del mes de julio de

dos mil dieciséis.- LICDA. CLAUDIA KARINA ESCOBAR DAWSON,

JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA. LICDA. MILAGRO AURORA

ALVARADO DE LINARES, SECRETARIA INTERINA.

1 v. No. F011994

REPOSICION DE PÓLIZA DE SEGURO.

AVISO

"ASEGURADORA POPULAR, S. A.",

HACE DEL CONOCIMIENTO AL PUBLICO EN GENERAL

QUE A NUESTRAS OFICINAS SE HA PRESENTADO LA SEÑORA

GLADYS MABEL DEL CARMEN GONZALEZ GUEVARA, DEL

DOMICILIO DE SAN SALVADOR, SOLICITANDO REPOSICION

DE LA PÓLIZA DE SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL No VO-08.928,

EMITIDA POR ESTA COMPAÑÍA A SU FAVOR CON FECHA 05 DE

JULIO DE 2010. SI DENTRO DE 30 DIAS CONTADOS A PARTIR DE

LA FECHA DE ESTE AVISO, NO SE PRESENTARE OPOSICION,

LA COMPAÑÍA PROCEDERA A REPONER LA MENCIONADA

POLIZA.

SAN SALVADOR, 29 DE AGOSTO DE 2016.

JAQUELINE LIZETH HERNANDEZ,

SEGURO DE PERSONAS

ASEGURADORA POPULAR, S.A.

3 v. alt. No. F011936-1

MARCA DE PRODUCTO

No. de Expediente: 2016154296

No. de Presentación: 20160237968

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MARIO

GUILLERMO KOCH ESCOBAR, en su calidad de REPRESENTANTE

LEGAL de DISTRIBUIDORA CUSCATLAN, SOCIEDAD ANONI-

MA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: DISTRIBUIDORA

CUSCATLAN S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: las palabras VERMELHO PROFESSIONAL y

diseño, que se traducen al castellano como Rojo Profesional, que ser-

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

69DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.

virá para: AMPARAR: COLONIA, VASELINA, TALCO, ACEITE,

SHAMPOO, ACONDICIONADOR, JABON, LIQUIDO, LOCION,

DESODORANTE, ESMALTE, REMOVEDOR DE ESMALTE PARA

UÑAS, CREMA, Y POLVOS COMPACTOS, AEROSOL FIJADOR

PARA CABELLO, GELATINA PARA CABELLO, TINTES PARA

CABELLO. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de agosto del año dos

mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintitrés de agosto del año dos mil dieciséis.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

SILVIA LORENA VEGA CHICAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000477-1

No. de Expediente: 2016152751

No. de Presentación: 20160234826

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MARIO

GUILLERMO KOCH ESCOBAR, en su calidad de APODERADO de

INDUSTRIAS COSMETICAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE que se abrevia: INDUSTRIAS COSMETICAS, S.A. DE

C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la

MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: las palabras: COOL BREAK que se traducen al

idioma castellano como Pausa Fresca, que servirá para: AMPARAR:

COLONIA, VASELINA, TALCO, ACEITE, SHAMPOO, ACON-

DICIONADOR, JABÓN LIQUIDO, LOCIÓN, DESODORANTE,

ESMALTE, REMOVEDOR DE ESMALTE PARA UÑAS, CREMA,

Y POLVOS COMPACTOS, AEROSOL FIJADOR PARA CABELLO,

GELATINA PARA CABELLO, TINTES PARA CABELLO. Clase:

03.

La solicitud fue presentada el día catorce de junio del año dos mil

dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

once de agosto del año dos mil dieciséis.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

NERY CRISTIANS STANLEY PORTILLO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000478-1

No. de Expediente: 2016152056

No. de Presentación: 20160233577

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIA RENEE

TRIGUEROS DE ROMANO, de nacionalidad SALVADOREÑA, en

su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE

PRODUCTO,

Consistente en: la palabra CHUPITAS y diseño, que servirá para:

AMPARAR: PALETAS. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de mayo del año dos

mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

diecinueve de mayo del año dos mil dieciséis.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000479-1

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

70 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412

ACEPTACION DE HERENCIA

LIC. ISIDRO ENRIQUE MORENO BENAVIDES, JUEZ PRIMERO

DE PRIMERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE-

PARTAMENTO DE MORAZAN.-

HACE SABER: Que por resolución pronunciada en este Juzgado a

las catorce horas y cinco minutos de este día; se ha tenido por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario de parte de: JOSELIN MARI-

SOL ROMERO DEL CID, de 24 años de edad, Estudiante, del domicilio

de Jocoro, Departamento de Morazán, con DUI Número 04565912-9 , y

NIT Número 1312-310192-101-1; de la herencia que en forma Intestada

dejó el causante ARISTIDES ROMERO, quien fue de 34 años de edad,

Divorciado, Empleado, Originario de Jocoro, Departamento de Morazán,

hijo de Ana Lydia Romero y padre Ignorado; quien falleció a las 19 horas

y treinta minutos del día 1 de marzo del año 2002, en El Cantón San José

de la jurisdicción de Jocoro, Departamento de Morazán, a consecuencia

de " Traumatismo Cráneo Encefálico Severo de tipo contuso"; siendo

ese lugar su último domicilio; en concepto de hija y como Cesionaria

de los Derechos Hereditarios que les correspondían a la señora ANA

LILIAN ROMERO, conocida por ANA LYDIA ROMERO y por ANA

LILIA ROMERO, madre del referido causante.-

Confi érasele a la referida aceptante en la calidad expresada, la

administración y representación INTERINA de dicha sucesión, con las

facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-

Y cita a las personas que se crean con derecho a la herencia, para

que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de quince

días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Juzgado Primero de Primera Instancia, San Francisco Gotera,

Departamento de Morazán, a las catorce horas y diez minutos del día

once de julio de dos mil dieciséis.- LIC. ISIDRO ENRIQUE MORENO

BENAVIDES, JUEZ 1° DE 1ª INSTANCIA.- LIC. YESENIA ROSIBEL

VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000425-2

EL INFRASCRITO JUEZ TRES DEL JUZGADO CUARTO DE LO

CIVIL Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR,

HACE SABER: Que por resolución dictada en las presentes dili-

gencias a las diez horas del día ocho de agosto de dos mil dieciséis, se

ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la

herencia intestada que a su defunción, ocurrida el día dieciséis de julio de

dos mil dieciséis, en el interior del puesto cuatro-cero sector plátano del

Mercado de Mayoreo en la Tiendona, San Salvador, Departamento de San

Salvador, siendo esta ciudad su último domicilio, dejó la señora DELMY

JANETHE HERNÁNDEZ DE PÉREZ, de parte de: 1) Señor ELDER

OMAR PÉREZ, en su carácter personal como cónyuge sobreviviente,

DE SEGUNDA PUBLICACIÓN

y como cesionario de los derechos hereditarios que le correspondían

a los señores ROSA MELIDA VALDIVIEZO DE HERNÁNDEZ y

SANTOS SECUNDINO HERNÁNDEZ, como padres de la causante, 2)

WILMER OMAR PÉREZ HERNÁNDEZ, 3) ROSA JANETH PÉREZ

HERNÁNDEZ, y 4) JOSELINE SARAI PÉREZ HERNÁNDEZ, los

tres en su carácter de hijos sobrevivientes de la causante, las dos últimas

menores de edad representadas legalmente por el señor Elder Omar

Pérez; habiéndoseles conferido a dichos aceptantes la administración y

representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

Por lo anterior, se cita a los que se crean con derecho a la herencia

para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince

días contados desde el siguiente a la tercera publicación del presente

edicto.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil y Mercantil, Juez tres

de San Salvador, a las quince horas con veinte minutos del día ocho de

agosto de dos mil dieciséis.- LIC. JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ,

JUEZ TRES, JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.

LIC. DAVID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000429-2

OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA

DEL DISTRITO JUDICIAL DE JUCUAPA.

HACE SABER: Que por resolución proveída en este Juzgado, a las

quince horas con treinta minutos de este día, se ha tenido por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario de la herencia intestada que a

su defunción dejó el señor SANTIAGO CRUZ, conocido registralmente

como SANTIAGO CRUZ MOYA, quien fue de ochenta y nueve años de

edad, Agricultor en pequeño, soltero, originario de Estanzuelas, depar-

tamento de Usulután, de nacionalidad salvadoreña, hijo de Guadalupe

Cruz, ya fallecida; quien falleció a las doce horas del día veintinueve

de octubre del año dos mil quince, en el Cantón Lepaz, Nueva Granada,

departamento de Usulután, a consecuencia de Bronconeumonía, sin

asistencia médica, siendo su último domicilio Jucuapa, departamento

de Usulután; de parte de la señora REINA ISABEL CORTEZ, de

cincuenta y seis años de edad, de ofi cios domésticos, del domicilio de

Nueva Granada, Departamento de Usulután; con Documento Único de

Identidad número: cero uno cuatro tres nueve dos tres dos - cero, y con

Tarjeta de Identifi cación Tributaria número: uno uno uno dos - cero ocho

cero siete cinco nueve - uno cero uno - ocho, en calidad de cesionaria

de los derechos que le correspondían al señor José Tulio Cruz Cortez,

en calidad de hijo del causante.- Art. 988 Inc. 1°., del Código Civil.

Confi érase a la heredera declarada en el carácter indicado la Admi-

nistración y Representación Interina de la Sucesión, con las facultades

y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

71DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.

Fíjese y publíquese los edictos de ley y oportunamente extiéndase

la certifi cación solicitada.

Y CITA: a los que se crean con derecho a la herencia referida, para

que se presenten a deducirlo dentro del término de quince días a partir

del siguiente al de la tercera publicación del presente edicto.

Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA:

JUCUAPA, A LAS QUINCE HORAS CON CUARENTA Y CINCO

MINUTOS DEL DÍA ONCE DE JULIO DE DOS MIL DIECISÉIS.- LIC.

OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.

LIC. RODOLFO ANTONIO CASTRO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000461-2

ANA MARIA CORDÓN ESCOBAR, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL

Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR, JUEZ TRES,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a

las nueve horas y siete minutos del día quince de julio de dos mil die-

ciséis, se ha tenido por ACEPTADA expresamente y con benefi cio de

inventario la herencia intestada dejada a su defunción por el causante,

señor JULIO EZEQUIEL JIMENEZ SERRANO, quien fue de sesenta

y nueve años de edad, originario de San Miguel de Mercedes, pertene-

ciente al Departamento de Chalatenango, hijo de LUCILA SERRANO

y CARLOS HERNAN JIMENEZ ALAS conocido por CARLOS HER-

MAN JIMENEZ y como CARLOS HERNAN JIMENEZ ALAS y por

CARLOS HERNAN JIMENEZ, a su defunción ocurrida a las dieciséis

horas y treinta minutos del día veintinueve de febrero del año dos mil

dieciséis, siendo su último domicilio Barrio San Jacinto, calle Ramón

Belloso, pasaje Diez de Mayo, casa número dos, Departamento de San

Salvador; de parte de la señora MARGARITA HUEZO CASTILLO,

en su calidad de cesionaria de los derechos hereditarios de la hermana

del causante, señora ELIZABETH ANTONIA JIMENEZ SERRANO;

a quien se le ha conferido la administración y representación interina de

la referida sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente; por lo que se CITA a todos los que se crean con

derecho a la herencia para que dentro del término de ley, se presenten a

este Tribunal a deducir su derecho. Art. 1163 Código Civil.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil y Mercantil de San

Salvador, Juez Tres. San Salvador, a las nueve horas y doce minutos

del día quince de julio del año dos mil dieciséis.- LIC. ANA MARIA

CORDON ESCOBAR, JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y

MERCANTIL DE SAN SALVADOR, JUEZ TRES. LIC. SAMUEL

ROBERTO APARICIO PEÑATE, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000465-2

DANIEL ORTIZ MARTINEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE

ESTE DISTRITO JUDICIAL:

HACE SABER: Que por resolución dictada en este Juzgado, a

las ocho horas del día dieciséis de agosto de los corrientes, se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia

intestada dejada a su defunción por el señor LEONARDO TOBAR

MARROQUIN, quien falleció el día veintitrés de octubre de dos mil

catorce, en el Hospital Nacional Santa Teresa de Zacatecoluca, siendo

esta Ciudad su último domicilio, a consecuencia de Cardiopatía Ate-

roesclerótica más IAM Anteropsertal, con asistencia médica; de parte

de las señoras MARGARITA HERNANDEZ VIUDA DE TOBAR

conocida por MARGARITA HERNANDEZ, de sesenta y un años de

edad, costurera, del domicilio de Cuscatancingo, departamento de San

Salvador, con Documento Único de identidad número cero cero cinco

nueve tres uno cinco dos guión tres y con Número de Identifi cación

Tributaria cero ochocientos quince guión cero veinte mil trescientos

cincuenta y cinco guión ciento uno guión uno y JUANA MARROQUIN,

mayor de edad, ama de casa, de domicilio desconocido, motivo por el

cual está siendo representada, de conformidad al Art. 1167 del Código

Civil, por medido de curador especial Licenciado JORGE ADALBERTO

SOLORZANO, mayor de edad, Abogado, quien se identifi ca con su

Tarjeta de Identifi cación de Abogado número nueve mil ciento setenta

y siete, expedida por la Honorable Corte Suprema de Justicia, y con

número de Identifi cación Tributaria número mil once guión cero diez mil

novecientos setenta uno guión ciento uno guión cero, del domicilio de

El Rosario, departamento de La Paz, la primera en concepto de cónyuge

y cesionaria de los derechos hereditarios que les correspondían a los

señores LEONARDO DE JESUS TOBAR HERNANDEZ y ULISES

ADONAY TOBAR HERNANDEZ, en concepto de hijos y la segunda

en concepto madre del causante, de conformidad al Art. 988 N° 1 del

Código Civil.

Confi érase a las aceptantes, la administración y representación

interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente.

Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de San Pedro Masahuat,

a las ocho horas cuarenta minutos del día dieciséis de agosto de dos mil

dieciséis.- LIC. DANIEL ORTIZ MARTINEZ, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA. LICDA. MARIA ELENA ARIAS LOPEZ, SECRETA-

RIO.

3 v. alt. No. C000466-2

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas y treinta

minutos de este día se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio

de inventario la herencia intestada que dejó el señor Francisco Herrera

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

72 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412

Serrano, conocido por Francisco Herrera, quien falleció el día ocho

de noviembre de dos mil cuatro, en el Cantón Olomega, Jurisdicción

de El Carmen, Departamento de La Unión, siendo ese lugar su último

domicilio, de parte de la señora ERICA ELIZABETH VELASQUEZ

HERRERA, en calidad de hija del causante.

Y se le ha conferido a dicha aceptante en el carácter indicado la

administración y representación interinas de la sucesión con las facultades

y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para

que en el término de ley después de la tercera publicación de este cartel

lo demuestren en este Juzgado.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los veintidós días

del mes de abril de dos mil dieciséis.- LIC. ROGELIO HUMBERTO

ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. GLENDA

YAMILETH CRUZ RAMOS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000472-2

CRISTIAN ALEXANDER GUTIÉRREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO

CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a los

trece días del mes de junio de dos mil dieciséis, se ha tenido por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que

dejó al fallecer la señora CATALINA GONZALEZ GOMEZ conocida

por CATALINA GOMEZ, quien fue de setenta y dos años de edad,

de ofi cios domésticos, salvadoreña, soltera, originaria San Gerardo,

departamento de San Miguel, hija de Benigno González y Petronila

Gómez, fallecida el día dos de febrero de dos mil doce, siendo su último

domicilio el Municipio de San Miguel, departamento de San Miguel;

de parte de la señora MARIA DE LA PAZ GOMEZ, mayor de edad,

ofi cios domésticos, de este domicilio, con documento único de identidad

número 02734243 - 1 y tarjeta de identifi cación tributaria número 1214

- 271158 - 101 - 1, en calidad de hija de la causante.

Se le ha conferido a la aceptante, en el carácter aludido, la admi-

nistración y representación interina de la sucesión, con las facultades y

restricciones de los curadores de la herencia yacente, y se CITA a los

que se crean con derecho a la herencia referida, para que se presenten a

deducirlo dentro del término de quince días a partir del siguiente al de

la tercera publicación del presente edicto.

Lo que se pone a disposición del público, para los efectos de

Ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y

MERCANTIL: SAN MIGUEL, A LOS TRECE DÍAS DEL MES DE

JUNIO DE DOS MIL DIECISÉIS.- LIC. CRISTIAN ALEXANDER

GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.

LIC. JUAN CARLOS HERNANDEZ PEREZ, SECRETARIO DE

ACTUACIONES.

3 v. alt. No. C000473-2

EL INFRASCRITO JUEZ, AL PUBLICO: para los efectos de Ley,

HACE SABER: Que por resolución de las once horas de este día,

se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario

en la herencia intestada dejada al fallecer por el señor JOSE ALEXIS

GOMEZ ALBERTO, el día veintiuno de mayo de dos mil dieciséis, en

el Barrio San Rafael, de la ciudad de Puerto El Triunfo, departamento

de Usulután, siendo éste su último domicilio, de parte de los jóvenes

FRANKLIN ALEXANDER GOMEZ LEIVA y KAREN GABRIELA

GOMEZ LEIVA, en su calidad de hijos del causante.

Confi éreseles a los aceptantes la administración y representación

Interina de la Sucesión Intestada con las facultades y restricciones de

Ley.

Fíjese y publíquese los edictos correspondientes, citando a los que

se crean con derechos a la herencia para que se presenten a deducirlo en

el término de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Jiquilisco, a los dieci-

nueve días del mes de agosto de dos mil dieciséis.- LIC. MANUEL DE

JESUS SANTOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. LICDA. SILVIA

YANET MEJIA HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011506-2

CRISTIAN ALEXANDER GUTIÉRREZ, Juez Segundo de lo Civil y

Mercantil de la Ciudad San Miguel.

HACE SABER: Que por resolución del día veinticinco de julio

de dos mil dieciséis, se ha tenido por aceptada expresamente y con

benefi cio de inventario de parte de los señores MARINA ELIZABET

SALGADO DE SALAMANCA, mayor de edad, de este domicilio,

con documento único de identidad número 00163804 - 2 y tarjeta de

identifi cación tributaria número 1209 - 260161 - 001 - 0; MARIA MER-

CEDES SALGADO DE GUZMÁN, mayor de edad, del domicilio de

San Salvador, con documento único de identidad número 02617999 - 0

y tarjeta de identifi cación tributaria número 1209 - 080955 - 001 - 1;

DORA ALICIA SALGADO JOVEL, mayor de edad, profesora, del

domicilio de Moncagua, departamento de San Miguel, con documento

único de identidad número 02575294 - 9 y JOSÉ DAVID SALGADO

JOVEL, mayor de edad, de este domicilio, con documento único de

identidad número 00560871 - 4 y tarjeta de identifi cación tributaria

número 1209 – 220350 – 001 – 0, en calidad de hijos de la causante; la

herencia intestada que dejó al fallecer la señora RAFAELA SALGADO

ARGUETA conocida por RAFAELA SALGADO, quien fue de ochenta

y seis años de edad, ama de casa, soltera, originaria de Moncagua, de-

partamento de San Miguel, Salvadoreña, del domicilio de Moncagua,

departamento de San Miguel, hija de DOLORES ARGUETA y MAURO

ISMAEL SALGADO, fallecida el día dos de octubre de dos mil trece, en

el Barrio Independencia de Moncagua, departamento de San Miguel.

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

73DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.

Se le ha conferido a los aceptantes, señores MARINA ELIZABET

SALGADO DE SALAMANCA, MARIA MERCEDES SALGADO

DE GUZMÁN, DORA ALICIA SALGADO JOVEL y JOSÉ DAVID

SALGADO, en calidad de hijos de la causante, señora RAFAELA

SALGADO ARGUETA conocida por RAFAELA SALGADO, la

administración y representación interina de la sucesión intestada con

las facultades y restricciones de la herencia yacente; y se cita a los que

se crean con derecho a la referida herencia, para que se presenten a

deducirlo dentro de los quince días posteriores a la tercera publicación

de este edicto.

Lo que se pone de conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil y Mercantil de la

Ciudad de San Miguel, a los veinticinco días del mes de julio de dos

mil dieciséis.- LIC. CRISTIAN ALEXANDER GUTIERREZ, JUEZ

SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL. LIC. JUAN CARLOS

HERNANDEZ PEREZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011507-2

LIC. LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, Juez de lo Civil Interino

de este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas quince mi-

nutos del día veintidós de agosto de dos mil dieciséis, se ha tenido por

aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte del señor

GLADYS EDELMA ALFARO DE ORTIZ, la herencia intestada que a

su defunción dejó el causante señor GILBERTO ARMANDO ALFARO,

quien fue de sesenta y cuatro años de edad, mecánico, originario del

municipio de Santa Ana, departamento de Santa Ana, fallecido a las

seis horas cuarenta minutos del día veintiocho de junio de dos mil doce,

en el Hospital General del Instituto Salvadoreño del Seguro Social de

la ciudad de San Salvador, siendo su último domicilio el municipio de

Apastepeque, departamento de San Vicente, en concepto de hija del

causante.

Y se ha nombrado a la aceptante administradora y representante

interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las diez horas

veintidós minutos del día veintidós de agosto de dos mil dieciséis.- LIC.

LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL INTE-

RINO. LIC. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011528-2

CARLOS JOSE MENDEZ FIGUEROA, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA.-

HACE SABER: Al público para los efectos de Ley, que por

resolución proveída por este tribunal, a las once horas veinte minutos

del día doce de agosto de dos mil dieciséis. Se ha tenido por aceptada

expresamente, con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a

su defunción ocurrida a las cero horas cuarenta y cinco minutos del día

veinticinco de junio del año dos mil, en el Cantón Los Amates, jurisdic-

ción de San Sebastián Salitrillo, correspondiente a este Distrito Judicial,

siendo el mencionado Cantón el lugar de su último domicilio; dejó la

causante MARCELINA DEL ROSARIO POLANCO ALARCÓN DE

OROZCO conocida por MARCELINA DEL ROSARIO POLANCO,

MARCELINA ALARCÓN y por MARCELINA POLANCO, quien fue

de setenta y ocho años de edad, casada, de ofi cios domésticos, de parte

del señor GERARDO RIGOBERTO POLANCO ALVARADO, en su

concepto de Hijo de la expresada causante y además como cesionario de

los derechos hereditarios que le correspondían a los señores RAFAEL

HUMBERTO PÓLANCO VALENCIA, CATALINA POLANCO

VALENCIA, EDUARDO ANTONIO OROZCO POLANCO, ROSA

BERTA POLANCO, MARINA ESTELA POLANCO DE VIANA y

LUIS ALONSO POLANCO ALAVRADO; en su calidad de hijos de la

causante MARCELINA DEL ROSARIO POLANCO ALARCÓN DE

OROZCO conocida por MARCELINA DEL ROSARIO POLANCO,

MARCELINA ALARCÓN y por MARCELINA POLANCO; a quien

se le nombra INTERINAMENTE, administrador y representante de

la sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la

Herencia Yacente.

Se cita a todas las personas que se crean con derecho a la heren-

cia, para que se presenten a este Juzgado, a deducirlo en el término de

quince días, contados desde el siguiente a la tercera publicación de este

edicto.

Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las once horas cinco minutos

del día veintidós de agosto de dos mil dieciséis.- LIC. CARLOS JOSE

MENDEZ FIGUEROA, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. HENRY OVIDIO

GARCIA RODRIGUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011578-2

LICENCIADO EDGAR ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE LO

CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Juzga-

do a las doce horas cuatro minutos del día diecinueve de julio de dos

mil dieciséis. se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio

de inventario la herencia intestada dejada a su defunción ocurrida el

día cuatro de mayo de dos mil nueve, dejó la causante señora BERTA

ALICIA LINARES DE HERNANDEZ, quien fue de sesenta y tres años

de edad, Ama de casa, casada, originaria de Santa Ana, hija de Julia

Linares, (fallecida), siendo su último domicilio el de Soyapango, del

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

74 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412

departamento de San Salvador, de parte del señor, JUAN ANTONIO

HERNANDEZ GUZMAN, en su calidad de cónyuge sobreviviente de

la causante con Documento Único de Identidad número: 00399627-6 y

Número de Identifi cación Tributaria 0715-200247-001-0, y cesionario

de los Derechos Hereditarios que le corresponderían a los señores

ALFREDO ALEXANDER, MARCO ANTONIO ambos de apellidos

HERNANDEZ LINARES y SONIA JEANNETTE HERNANDEZ DE

PERLA, en calidad de hijos de la causante, representada por medio de

la Licenciada IRIS ARELYS MEJIA FLORES, actuando en calidad de

Apoderado General Judicial.

Y se le ha Conferido a los aceptantes la administración y repre-

sentación INTERINA de los bienes de la sucesión con las facultades y

restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Y CITA: a los que se crean con derecho a la herencia referida para

que se presenten en el término de Ley, a hacer uso de sus derechos en

la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las doce horas

treinta minutos día diecinueve de julio de dos mil dieciséis.- LIC. EDGAR

ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. AMALIA

DEYANIRA RODRIGUEZ MARTINEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011611-2

DOCTORA DELMY RUTH ORTIZ SANCHEZ, JUEZ PLURIPER-

SONAL DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE CIUDAD

DELGADO. JUEZ (1) SUPLENTE. Al público,

HACE SABER: Que por resolución de las doce horas y cuarenta

minutos del día nueve de agosto del presente año, se ha tenido por

aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de la HERENCIA

INTESTADA que a su defunción dejó el señor OSCAR ORLANDO

SANCHEZ CORTEZ, quien fue de treinta y tres años de edad, soltero,

fallecido el día veintiuno de julio del año dos mil nueve, siendo esta Ciu-

dad su último domicilio, con Documento Único número cero tres cuatro

uno seis tres siete ocho - tres; de parte del señor CESAR ARNOLDO

CORTEZ SOSA, de treinta y ocho años de edad, estudiante, del domicilio

de Apopa, con Documento de Identidad número cero uno tres tres siete

ocho siete cuatro- siete y número de identifi cación tributaria mil ciento

nueve- doscientos diez mil seiscientos setenta y siete- ciento dos- seis; en

calidad de Hermano del causante; representado por el Abogado Adolfo

Navas Flores.

Confi érasele al aceptante la administración y representación INTE-

RINA de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente.

Lo que hago del conocimiento del público para los efectos de

Ley.

JUZGADO PLURIPERSONAL DE LO CIVIL DE CIUDAD

DELGADO, JUEZ (1) SUPLENTE; a las doce horas y cincuenta minutos

del día nueve de agosto del año dos mil dieciséis.- DRA. DELMY RUTH

ORTIZ SANCHEZ, JUEZ (1) DEL JUZGADO PLURIPERSONAL DE

LO CIVIL DE DELGADO. SUPLENTE. LIC. MANUEL EDGARDO

MAZA PADILLA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011656-2

LA LICENCIADA ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS,

JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE

CIUDAD BARRIOS.

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas y cinco mi-

nutos del día veintidós de agosto del año dos mil dieciséis; se ha tenido

por Aceptada Expresamente y con Benefi cio de Inventario la Herencia

Intestada que a su defunción dejó la causante señora ROSA BONILLA

conocida por ROSA BONILLA DEL CID, quien fue de setenta y ocho

años de edad, de ofi cios domésticos, Salvadoreña, originario y del do-

micilio de San Gerardo, Departamento de San Miguel, quien falleció el

día nueve de abril de mil novecientos ochenta, en el Municipio de San

Gerardo, Departamento de San Miguel, a consecuencia de fi ebre, siendo

San Gerardo su último domicilio; de parte de la señora DOMITILA

MARTÍNEZ VIUDA DE GUEVARA, en calidad de cesionaria del de-

recho que le corresponde al señor FRANCISCO ALEMAN BONILLA

como hijo de la causante, en los bienes dejados por el causante, todo de

conformidad al Artículo 1163 del Código Civil, Habiéndole conferido a

la aceptante declarada en el carácter indicado, la Administración y Repre-

sentación INTERINA de la Sucesión, con las facultades y restricciones

de los Curadores de la Herencia Yacente, y CITA: a los que se crean

con Derecho a la Herencia referida para que se presenten a deducirlo

dentro del término de QUINCE DÍAS, contados desde el siguiente a la

tercera publicación de este edicto.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en El Juzgado de Primera Instancia de Ciudad Barrios,

Departamento de San Miguel, a las quince horas y cincuenta y un mi-

nutos del día veintidós de agosto del año dos mil dieciséis.- LICDA.

ANA LETICIA ORELLANA DE VARGAS, JUEZA DE PRIMERA

INSTANCIA. LIC. NERY DAVID RUBIO CONTRERAS, SECRE-

TARIO.

3 v. alt. No. F011659-2

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

75DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.

CRISTIAN ALEXANDER GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO

CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL,

HACE SABER: Que por resolución emitida por este Juzgado, el

día diecinueve de julio de dos mil dieciséis, se ha tenido por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario, de parte de la señora HE-

LEN ORBELICIA BENÍTEZ DE JIMÉNEZ, conocida por HELEN

ORBELICIA BENÍTEZ GARCÍA, mayor de edad, empleada, de este

domicilio, con Documento Único de Identidad número 01603825 - 7 y

con tarjeta de identifi cación tributaria número 1317- 260570 - 101 - 3;

la herencia testamentaria que dejó al fallecer el causante JESÚS BENÍ-

TEZ PACHECO, quien fue de ochenta años de edad, agricultor, casado,

originario de San Carlos, departamento de Morazán, Salvadoreño, de

este domicilio, hijo de LORENZA PACHECO y JESÚS BENÍTEZ,

fallecido día nueve de enero de dos mil trece, en la Colonia Bethania,

Calle Alemán, casa número diecinueve de esta ciudad y departamento.

Confi érasele a la aceptante, en calidad de heredera testamentaria, la

administración y representación interina de la sucesión, con las facultades

y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Y se CITA a los que se crean con derecho a la Herencia referida,

para que se presenten a deducirlo dentro del término de quince días a

partir del siguiente al de la última publicación del presente edicto.

Lo que se pone a disposición del público para los efectos de ley.-

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y

MERCANTIL DE LA CIUDAD DE SAN MIGUEL, A LOS DIECI-

NUEVE DIAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL DIECISEIS.- Lic.

CRISTIAN ALEXANDER GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO

CIVIL Y MERCANTIL.- Lic. JUAN CARLOS HERNANDEZ PEREZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011663-2

LICDA. GLORIA VICTALINA VALENCIA DE BARRERA, JUEZA

DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA

LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución de las doce horas y quince

minutos del día veintisiete de junio de este año, se ha tenido por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a

su defunción dejó la causante PRECILIA CANALES VENTURA, quien

falleció el día dieciséis de noviembre del año dos mil quince, en el Hospital

Nacional "Santa Teresa" de la ciudad de Zacatecoluca, Departamento

de La Paz, siendo la ciudad de Santiago Nonualco, su último domicilio,

por parte de MARGE ELIZABETH OSORTO CANALES, en calidad

de hija sobreviviente de la causante.

Nómbrase a la aceptante, interinamente, administradora y represen-

tante de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para

que dentro de los quince días siguientes a la tercera publicación de este

aviso, se presenten a deducirlo.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, veintisiete de junio

del año dos mil dieciséis.- Licda. GLORIA VICTALINA VALENCIA

DE BARRERA, JUEZA DE LO CIVIL.- Lic. OSCAR ERNESTO

AREVALO ORREGO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011666-2

LIC. LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, Juez de lo Civil Suplente

de este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas veinte

minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con

benefi cio de inventario, de parte de los señores María Juana Reina Mi-

randa de Huezo, conocida por Juana Reina Miranda, José Fredis Huezo

Miranda y Ricardo Ernesto Huezo Miranda, la herencia Intestada que a

su defunción dejó el señor JOSE FREDIS HUEZO LOPEZ, quien fue

de cuarenta y nueve años de edad, casado, originario de Santa Clara,

departamento de San Vicente, de sesenta y cinco años de edad, Jorna-

lero, casado, salvadoreño, del domicilio del Cantón Agua Helada, del

municipio de Santa Clara, con Documento Único de Identidad número

cero tres millones setecientos ocho mil ciento once- ocho y Número de

Identifi cación Tributaria un seis uno cuatro - cero siete cero nueve seis

cinco- cero cero cuatro- cero; habiendo fallecido a las dieciocho horas

treinta minutos del día veintiuno de agosto de dos mil quince, en el

Caserío La Loma, Cantón Calderas, Jurisdicción de Apastepeque, depar-

tamento de San Vicente, a consecuencia de TRAUMATISMO CRANEO

ENCEFALICO POR PROYECTILES DE ARMA DE FUEGO, siendo

el Cantón Agua Helada, Lotifi cación La Virgen, Jurisdicción de Santa

Clara, departamento de San Vicente, el lugar de su último domicilio, en

concepto de esposa del causante la primera y los últimos dos en calidad

de hijos del causante.

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

76 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412

Y se ha nombrado a los aceptantes administradores y representantes

interinos de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente del día veintinueve

de Julio del año dos mil dieciséis.- Lic. LUIS ANTONIO BENITEZ

HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE.- Lic. LILIAN MABEL

RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011668-2

LA INFRASCRITA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DEL DIS-

TRITO JUDICIAL DE LA LIBERTAD,

HACE SABER: Que por resolución proveída en este Juzgado, a

las quince horas y diez minutos del día veintidós de junio del presente

año, fue aceptada expresamente y con BENEFICIO DE INVENTARIO,

la herencia intestada que a su defunción dejó el causante MODESTO

CASTELLANOS RIVAS, quien falleció el día veintisiete de enero

del presente año, a la edad de cincuenta y dos años, agricultor, casa-

do, originario de Chiltiupán, Departamento de La Libertad, siendo el

mismo Chiltiupán su último domicilio, de parte del señor 1°) DANIEL

ENRIQUE CASTELLANOS PEÑA, con DUI: 04375651-9 y NIT:

0505-150690-101-6, en su calidad de hijo del causante y cesionario de

los derechos hereditarios que como madre e hijas respectivamente del

referido causante les correspondían a las señoras TERESA CASTELLA-

NOS VIUDA DE RIVAS, EVELIN ELIZABETH CASTELLANOS DE

FLORES y YESICA PATRICIA CASTELLANOS PEÑA, quienes se

identifi can con sus respectivos Documentos Únicos de Identidad y Nú-

meros de Identifi cación Tributaria en su orden la primera: 01735108-0,

0509-270846-102-4; la segunda: 05169609-0 y 0505-200595-102-8 y

la tercera: 05600509-0 y 0505-111097-101-1. Lo anterior según Testi-

monio de Escritura Pública de Cesión de Derecho Hereditario, otorgada

en la Ciudad de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, a las siete

horas del día siete de marzo del presente año, ante los ofi cios notariales

del Licenciado LUIS ALONSO MARTÍNEZ HERNÁNDEZ. 2°) y de

la señora MARÍA VICTORIA BRAN FLORES, sin Documento Único

de Identidad y sin Tarjeta de Identifi cación Tributaria; y según informe

de la Dirección General de Migración y Extranjería dicha señora es de

nacionalidad Guatemalteca, en su calidad de cónyuge sobreviviente

del referido causante y representada por el CURADOR ESPECIAL

DATIVO Licenciado ROBERTO CARLOS ALFARO LARA, con DUI:

03893424-1 y NIT: 0509-210288-101-0.

Confi riéndose a los herederos declarados la ADMINISTRACION

Y REPRESENTACION INTERINA de la sucesión referida, con las

facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente de

conformidad a lo establecido en el Art. 1163 Inc. 1° del Código Civil.

Citándose a las personas que se crean con derecho a la herencia,

para que se presenten a deducirlo en el término de quince días posteriores

a la tercera publicación del presente edicto.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de La Libertad, a los

veintidós días del mes de junio de dos mil dieciséis.- Licda. DIGNA

GLADIS MEDRANO DE GOMEZ, JUEZA DE PRIMERA INSTAN-

CIA, L. L.- Licda. SANDRA NOHEMY GARCIA LEONARDO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011675-2

EL INFRASCRITO JUEZ, AL PUBLICO para los efectos de Ley,

HACE SABER: Que por resolución de las once horas y cuarenta

minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con

benefi cio de inventario, en la herencia intestada dejada al fallecer por

el señor MANUEL DE JESÚS VIGIL, conocido por MANUEL DE

JESÚS VIGIL MURCIA, el día cinco de marzo de dos mil catorce, en

la Ciudad de San Miguel, departamento de San Miguel, teniendo como

último domicilio el municipio de Jiquilisco, departamento de Usulután,

de parte de la señora MIRNA YESENIA PÉREZ VIGIL, en calidad de

hija del causante.

Confi érasele a la aceptante la administración y representación

Interina de la Sucesión Intestada, con las facultades y restricciones de

Ley.

Fíjese y publíquese los edictos correspondientes, citando a los que

se crean con derechos a la herencia, para que se presenten a deducirlo

en el término de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Jiquilisco, a los dos

días del mes de agosto de dos mil dieciséis.- Lic. MANUEL DE JESUS

SANTOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Licda. LOURDES

ESTELLA RODRIGUEZ CASTAÑEDA, SECRETARIA INTA.

3 v. alt. No. F011692-2

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

77DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.

EL INFRASCRITO JUEZ, AL PUBLICO para los efectos de Ley,

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas con cincuen-

ta minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con

benefi cio de inventario, en la Herencia Testamentaria dejada al fallecer

por la señora MARÍA DOLORES CHICAS DE AYALA, el día trece

de mayo de dos mil catorce, en San Francisco Javier, Departamento de

Usulután, siendo éste su ultimo domicilio, el señor de parte del señor

ADELIO ADALBERTO AYALA CHICAS, en su calidad de hijo de

la causante.-

Confi érasele al aceptante declarado, la Administración y Repre-

sentación interina de la Sucesión Testamentaria, con las facultades y

restricciones de Ley.

Fíjese y publíquese el edicto correspondiente, citando a los que se

crean con derecho a la Herencia, para que se presenten a deducirlo en el

término de Ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Jiquilisco, a los veinte

días del mes de mayo de dos mil dieciséis.- Lic. MANUEL DE JESUS

SANTOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Licda. SILVIA YANETH

MEJIA HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011706-2

RAFAEL EDUARDO MENENDEZ CONTRERAS, Juez de Primera

Instancia de Armenia, Sonsonate.

HACE SABER: Que a las 15:30 horas de este día, se emitió reso-

lución en la cual se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de

inventario, la herencia intestada dejada por el causante José Luis Arévalo,

conocido por José Luis Arévalo Zepeda, de 92 años de edad, salvadoreño,

pensionado, originario San Sebastián Salitrillo, Santa Ana, con domicilio

en Colonia "Santa Beatriz", Polígono A, Copapayo, Armenia, casado,

hijo de Carmen Arévalo, quien falleció a las seis horas cuarenta y cinco

minutos del día veintiocho de enero de dos mil dieciséis, a consecuencia

de politraumatismo por atropellamiento en hecho de tránsito, de parte de

la señora Mauda Gloria Arévalo Beltrán, conocida por Gloria Magdalena

Arévalo, Mauda Gloria Arévalo Beltrán y Gloria Maudalena Arévalo

Beltrán, hija sobreviviente del expresado causante.

Se nombró interinamente a la persona antes referida, administradora

y representante de la sucesión del referido causante, con las facultades

y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se avisa al público en general para que todo aquel que se

crea con derecho a dicha herencia, se presente a deducirlo en el término

de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación del

presente edicto en el Diario Ofi cial.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Armenia,

a los veintitrés días del mes de agosto del año dos mil dieciséis.- Lic.

RAFAEL EDUARDO MENENDEZ CONTRERAS, JUEZ DE PRI-

MERA INSTANCIA.- Lic. RAFAEL ANTONIO CUELLAR ANGEL,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011715-2

DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INS-

TANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, pronunciada

a las nueve horas cincuenta y cinco minutos del día tres de agosto del

corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio

de inventario, de parte de la señora JUANA AMANDA EVORA DE

SIGUENZA, de la Herencia Intestada dejada a su defunción por la

señora FRANCISCA LIDIA EBORA, conocida por LIDIA EVORA y

por FRANCISCA LIDIA EVORA SIGUENZA, quien era de ochenta

y cinco años de edad, ama de casa, soltera, originaria de Suchitoto,

departamento de Cuscatlán, hija de Rosario Ebora, falleció a las diez

horas del día ocho de agosto de dos mil diez, en Cantón Las Lomas

Andalucía, jurisdicción de Ciudad Arce, Departamento de La Libertad,

siendo Ciudad Arce su último domicilio, en concepto de cesionaria de los

derechos hereditarios que le correspondían al señor JOSE GREGORIO

SIBRIAN GONZALEZ, quien a su vez fue cesionario de tales derechos

por parte de la señora Juana Amanda Evora de Sigüenza, en su calidad

de hija sobreviviente de la referida causante.

Confi érasele a la aceptante expresada en el concepto indicado la

Administración y Representación Interina de la indicada sucesión con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Cítese a las personas que se crean con derecho.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

78 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico,

departamento de La Libertad, a las quince horas cinco minutos del día

diecisiete de agosto del año dos mil dieciséis.- Licdo. DAVID AMAEL

MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Licdo.

CARLOS ARNULFO SOSA FLORES, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011720-2

EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, de

las nueve horas cuarenta y cinco minutos de este día, se ha tenido por

aceptada y con benefi cio de inventario, de parte de la señora MARTA

CONCEPCIÓN ALVARENGA VILLALOBOS, de la Herencia Intestada

dejada a su defunción por el señor FRANKLIN ADBELIN GUARDADO

CASTANEDA, fallecido a las once horas siete minutos del día trece

de mayo del año dos mil quince, en Leesburg, Virginia, de los Estados

Unidos de América, en calidad de cónyuge sobreviviente del referido

causante, por medio de su Apoderado General Judicial Licenciado

CARLOS ROBERTO FLORES SAMAYOA.

Confi riéndosele a la aceptante en el concepto indicado, la admi-

nistración y representación interina de la indicada sucesión, con las

facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente,

ordenándose a la vez se citen a las personas que se crean con derecho a

la sucesión, para que se presenten a deducirla dentro de los quince días

subsiguientes a este edicto.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a

las nueve horas cincuenta minutos del día veintisiete Julio del año dos

mil dieciséis.- Licdo. DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ

DE PRIMERA INSTANCIA.- Licdo. CARLOS ARNULFO SOSA

FLORES, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011775-2

EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO,

HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este Juzgado,

a las once horas y cuarenta y seis minutos del día siete de junio de dos

mil dieciséis, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de

inventario, LA HERENCIA INTESTADA que a su defunción ocurrida

el día 24 de enero de 2007, dejó la causante señora MARÍA CECILIA

RAMOS DE MENDOZA, con Documento Único de Identidad número

00467547-5; poseedora de su Tarjeta de Identifi cación Tributaria nú-

mero 0909-190242-101-5, de sesenta y cuatro años de edad, de ofi cios

domésticos, casada, salvadoreña, originaria de Dolores, departamento

de Cabañas, hija de María Carmen Sánchez de Ramos (fallecida) y

de Marcelo Ramos, de parte de la señora ANA RACHEL ZAVALA

DE PORTILLO, de treinta años de edad, ama de casa, del domicilio

de San Pedro Perulapán, departamento de Cuscatlán, portadora de su

Documento Único de Identidad número 02628903-8; y con Número de

Identifi cación Tributaria 0710-070185-103-0, en calidad de cesionaria

de los derechos hereditarios que le correspondía a los señores VICENTE

MENDOZA, conocido por JOSÉ VICENTE MENDOZA y MARÍA

SARA MENDOZA DE MORALES, en sus calidades de esposo e hija

respectivamente de la causante antes mencionada.

Y se le ha conferido a la aceptante la ADMINISTRACION Y

REPRESENTACION INTERINA de los bienes de la sucesión, con las

facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Y CITA: A los que se crean con derecho a la herencia referida para

que se presenten en el término de Ley, a hacer uso de sus derechos en

la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las doce horas

y veinte minutos del día siete de junio de dos mil dieciséis.- Licdo.

EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda.

AMALIA DEYANIRA RODRIGUEZ MARTINEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011789-2

CARLOS JOSE MENDEZ FIGUEROA, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA,

HACE SABER: Al público para los efectos de Ley, que por resolu-

ción proveída por este tribunal, a las nueve horas cincuenta y tres minutos

del día doce de agosto de dos mil dieciséis, se ha tenido por aceptada

expresamente con benefi cio de inventario, la Herencia Testamentaria, que

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

79DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.

a su defunción ocurrida a las nueve horas treinta y cinco minutos del día

treinta de octubre de dos mil quince, en el Hospital Cáder de la ciudad

de Santa Ana, siendo la ciudad de Chalchuapa, el lugar de su último

domicilio, dejó el causante EDWIN ADOLFO MACAL ZOMETA,

quien fue de cincuenta y nueve años de edad, soltero, Comerciante,

de parte de la señora EDA CRUZ ZOMETA MARTÍNEZ, conocida

por EDITH DE LA CRUZ ZOMETA MARTINEZ, en su concepto

de HEREDERA TESTAMENTARIA INSTITUIDA POR EL CAU-

SANTE EDWIN ADOLFO MACAL ZOMETA; a quien se le nombra

INTERINAMENTE administradora y representante de la sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se cita a todas las personas que se crean con derecho a la heren-

cia, para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de

quince días, contados desde el siguiente a la tercera publicación de este

edicto.

Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las quince horas veinte minutos

del día diecinueve de agosto de dos mil dieciséis.- Lic. CARLOS JOSE

MENDEZ FIGUEROA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. HENRY OVIDIO

GARCIA RODRIGUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011796-2

MELVIN MAURICIO PEÑATE SANCHEZ, Juez Tercero de lo Civil

y Mercantil, Santa Ana, de conformidad con lo previsto en el artículo

1163 del Código Civil, al público en general,

HACE SABER: Que se han promovido en esta sede judicial por el

licenciado JOSÉ SAMUEL DE LA O FAJARDO, Diligencias Judiciales

no Contenciosas de Aceptación de Herencia Intestada sobre los bienes

que a su defunción dejara el señor ALBERTO RAMOS LÓPEZ, quien

fuera de setenta y seis años de edad, casado, jornalero, del domicilio

de Coatepeque, de este departamento, quien falleció el día dieciséis de

abril de dos mil dieciséis y este día se tuvo por aceptada con benefi cio

de inventario, la herencia antes referida y se nombró al señor JOSÉ

ALBERTO RAMOS CHINCHILLA, en su calidad de hijo del causante,

COMO ADMINISTRADOR Y REPRESENTANTE INTERINO DE

LA SUCESION ANTES SEÑALADA.

Lo que se hace del conocimiento público para que puedan hacerse

presente a este juzgado, dentro del plazo de quince días contado a partir

de la última publicación, las personas que se crean con derecho a la

herencia que a su defunción dejara el referido causante.

Dado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil de Santa Ana, al

día veintidós del mes de agosto del año dos mil dieciséis.- Lic. MELVIN

MAURICIO PEÑATE SANCHEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL Y

MERCANTIL, SANTA ANA.- Licda. ELIDA ZULEIMA MENDEZ

GUZMAN, SECRETARIA, JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL Y

MERCANTIL, SANTA ANA.

3 v. alt. No. F011825-2

LIC. MELVIN MAURICIO PEÑATE SANCHEZ, Juez Tercero de lo

Civil y Mercantil de Santa Ana: DE CONFORMIDAD AL INCISO

1° DEL ARTICULO 1163 DEL CODIGO CIVIL, AL PUBLICO EN

GENERAL,

HACE SABER: Que se han promovido por el licenciado JOSÉ

SAMUEL DE LA O FAJARDO, diligencias de Aceptación de Heren-

cia Testamentaria con Benefi cio de Inventario, sobre los bienes que a

su defunción dejara el señor SANTOS SANDOVAL, conocido por

SANTOS SANDOVAL VALENCIA, quien falleció a las diecinueve

horas del día veintitrés de marzo de dos mil nueve, siendo su último

domicilio la ciudad y departamento Santa Ana y se tuvo por aceptada

la herencia antes referida y se nombró como ADMINISTRADORES

Y REPRESENTANTES INTERINOS con las facultades y restriccio-

nes de los curadores de la herencia yacente de dicha sucesión, a los

señores SANTOS ALIRIO SANDOVAL MONTERROZA, conocido

por SANTOS ALIRIO SANDOVAL MONTERROSA y BLADIMIR

EDGARDO SANDOVAL MONTERROSA, conocido por BLADIMIR

SANDOVAL MONTERROSA, en su carácter de herederos putativos

de carácter testamentarios del causante en comento.

Lo que se hace del conocimiento público, para que puedan presen-

tarse a este tribunal las personas que se crean con derecho a la herencia

que a su defunción dejara el referido causante, dentro de los quince días

siguientes a la tercera publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil de la ciudad

de Santa Ana, a los veintidós días del mes de agosto de dos mil dieciséis.-

Lic. MELVIN MAURICIO PEÑATE SANCHEZ, JUEZ TERCERO

DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SANTA ANA.- Licda. ELIDA

ZULEIMA MENDEZ GUZMAN, SECRETARIA DEL JUZGADO

TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SANTA ANA.

3 v. alt. No. F011826-2

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

80 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412

HERENCIA YACENTE

LICENCIADA DANI BERI CALDERÓN DE RAMÍREZ, JUEZ DE

LO CIVIL DE ESTE DISTRITO,

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas doce mi-

nutos del día trece de enero de dos mil dieciséis, se declaró yacente la

herencia que dejó el señor JUAN AQUINO GARCÍA, fallecido a las

trece horas del día dos de octubre del año dos mil dos, en el Barrio El

Calvario del Municipio de Tacuba, departamento de Ahuachapán, siendo

éste su último domicilio. Habiéndose nombrado Curador de la Herencia

Yacente, para que represente a la sucesión del señor JUAN AQUINO

GARCÍA, a la Licenciada ALMA JEANETH LÓPEZ GARCÍA, a quien

se le hizo saber su nombramiento y previa aceptación y juramentación,

se le discernió el mismo por resolución de las ocho horas treinta y dos

minutos del día veintidós de febrero de dos mil dieciséis.

Lo que se pone en conocimiento del público, para los fi nes de

ley.

JUZGADO DE LO CIVIL: AHUACHAPÁN, a las ocho horas

catorce minutos del día once de agosto de dos mil dieciséis.- LICDA.

DANI BERI CALDERÓN DE RAMÍREZ, JUEZA DE LO CIVIL.

LICDA. CLAUDIA LELIN GUEVARA DE PEÑATE, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011573-2

TÍTULO DE PROPIEDAD

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE SAN ANTONIO LOS

RANCHOS, DEPARTAMENTO DE CHALATENANGO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado el señor Saúl

Edgardo Santamaría Vásquez, quien actúa en nombre y representación

de JOSÉ EDUARDO VENTURA MARTÍNEZ, de treinta y siete años

de edad, albañil, y EVELIN VIDES RIVAS, de treinta y cuatro años de

edad, ama de casa, ambos del domicilio de San Antonio Los Ranchos,

Departamento de Chalatenango, con Documentos Únicos de Identidad

números cero cinco millones trescientos sesenta y cuatro mil doscientos

catorce guión cuatro, y cero cinco millones trescientos sesenta y cuatro

mil doscientos veintiuno guión siete, en su orden y con Números de

Identifi cación Tributaria; cero cuatrocientos dos guión doscientos

cincuenta y un mil setenta y ocho guión ciento uno guión tres, y nueve

mil quinientos uno guión doscientos mil cuatrocientos ochenta y uno

guión ciento dos guión cero, respectivamente, solicitando se le extienda,

TITULO DE PROPIEDAD, de inmueble de naturaleza urbana, situado en

Barrio La Vega, calle principal, sin número, San Antonio Los Ranchos,

Departamento de Chalatenango, de una extensión superfi cial de; DOS MIL

SETECIENTOS NOVENTA Y TRES PUNTO SETENTA Y NUEVE

METROS CUADRADOS, según medidas perimetrales aprobadas por

catastro son las siguientes: Partiendo del vértice sureste del inmueble

se describen los siguientes rumbos y distancias. AL ORIENTE: Está

formado por un Tramo; Tramo uno, sur cincuenta y tres grados cuatro

minutos cincuenta y siete segundos Oeste con una distancia de quince

punto noventa metros; Colindando con terrenos de Tomas Ventura. AL

SUR: Está formado por tres Tramos; Tramo uno, norte setenta grados

ocho minutos cincuenta y cuatro segundos Oeste, con una distancia de

diecinueve punto diecisiete metros: Tramo dos, norte sesenta grados

trece minutos veintisiete segundos oeste con una distancia de sesenta

y tres punto cero seis metros; Tramo tres, norte sesenta y tres grados

dos minutos dieciséis segundo oeste con una distancia de doce punto

cuarenta y seis metros; colindando con terrenos de Julio Monge Menjivar,

con servidumbre de paso interna de tres metros de ancho de por medio.

AL PONIENTE: Está formado por cuatro Tramos; Tramo uno, norte

veintiséis grados treinta y seis minutos veintinueve segundos Este con

una distancia de cuatro punto setenta y tres metros; Tramo dos, norte

cuarenta y un grado treinta y tres minutos cuarenta y cuatro segundos

Este con una distancia de diecinueve punto treinta y tres metros; Tra-

mo tres, norte treinta y ocho grados veintidós minutos once segundos

Este con una distancia de trece punto cero cinco metros; Tramo cuatro,

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

81DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.

Norte cuarenta y tres grados veinticuatro minutos cuatro segundos Este

con una distancia de nueve punto veintisiete metros; Colindando con

terrenos de José Luis Ventura Martínez y María Cecilia López López.

AL NORTE: Está formado por ocho tramos; Tramo uno, Sur treinta y

cuatro grados cincuenta y un minutos un segundo Este con una distancia

de dieciocho punto ochenta y cuatro metros; Tramo dos, Sur cuarenta

y cuatro grados doce minutos doce segundos Este con una distancia de

doce punto cero un metros; Tramo tres, Sur cuarenta y cuatro grados

treinta y dos minutos quince segundos Este con una distancia de dieciocho

punto setenta metros; Tramo cuatro, Sur cuarenta y cuatro grados

diecinueve minutos cincuenta y ocho segundos Este con una distancia

de quince punto catorce metros; Tramo cinco, Sur cuarenta y dos grados

cero minutos treinta y siete segundos Este con una distancia de catorce

punto treinta y dos metros; Tramo seis, Sur cincuenta y cinco grados dos

minutos nueve segundos Este con una distancia de siete punto cero tres

metros; Tramo siete, Sur cincuenta y un grados trece minutos veintidós

segundos Este con una distancia de seis punto cuarenta y seis metros;

Tramo ocho, Sur cincuenta y seis grados veinte minutos nueve segundos

Este con una distancia de cuatro punto setenta y cinco metros; Colindando

con terrenos de Asociación Comunal San Antonio Los Ranchos; y con

terrenos de José Luís Ventura Martínez; con zanjón de por medio en

ambos colindantes. Así se llega al vértice Sureste, que es donde se inició

la presente descripción. El inmueble antes descrito no es inscribible por

carecer de antecedente inscrito por lo que solicita Diligencias de título

de propiedad, valorado en MIL DÓLARES.

Lo que se hace del conocimiento de público en general, para los

demás efectos de ley.

Alcaldía Municipal de San Antonio Los Ranchos, departamento

de Chalatenango, a los veintiocho días de junio de dos mil dieciséis.-

MIGUEL SERRANO AYALA, ALCALDE MUNICIPAL. ALICIA

CHAVARRIA MARTINEZ, SECRETARIA. MUNICIPAL.

3 v. alt. No. C000467-2

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: Que la señora ROSA DEL CARMEN MÁRTIR

LÓPEZ, mayor de edad, ama de casa, del domicilio de esta Villa, se ha

presentado a esta Alcaldía solicitando se expida a su favor TITULO DE

PROPIEDAD de un inmueble de naturaleza Urbana, situado en Barrio El

Rosario, Avenida Veintinueve de Septiembre, sin número, de esta Villa,

compuesto de OCHENTA Y TRES PUNTO CINCUENTA Y OCHO

METROS CUADRADOS, de extensión superfi cial, con las colindancias

siguientes: AL NORTE: con Nicolasa Cruz de Pérez; AL ORIENTE: con

Felipa Cruz de Martínez, y Francisca Mártir Viuda de Martínez, Calle

de por medio; AL SUR: con Valentina Vega; y AL PONIENTE: con

Valentina Vega. No es sirviente ni dominante. Lo valúa en la cantidad

de MIL DOSCIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMÉRICA. Lo hubo por compra que hizo al señor JOSÉ SANTOS

MÁRTIR VEGA, mayor de edad y de este domicilio.

Los colindantes son de este domicilio.

Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley.

Alcaldía Municipal: San Miguel Tepezontes, diecisiete de mayo

de dos mil dieciséis.- JOSE LUDGERIO CRUZ QUINTANILLA, AL-

CALDE MUNICIPAL. MARIA ISABEL CARDONA VALLADARES,

SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F011592-2

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

82 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412

TITULO SUPLETORIO

LICENCIADO JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez Segundo de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al público para efectos de Ley.

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado OMAR ALBERTO ROMERO FUENTES, como Apoderado General Judicial de los señores MARIA MERCEDES LOPEZ y BENJAMIN ARGUETA LOPEZ, a solicitar a favor de éstos TITULO SUPLETORIO, sobre los siguiente inmuebles: Dos porciones de terrenos de naturaleza rústicas, situados en el Caserío Masala, Cantón El Volcancillo, municipio de Joateca, Departamento de Morazán, EL PRIMERO: de la extensión superfi cial de NUEVE MIL NOVENTA Y DOS PUNTO SETENTA Y SEIS METROS CUADRADOS, que tiene la siguiente descripción: AL NORTE: distancia de treinta y dos punto ochenta y cuatro metros, linda con terreno de Victoriano Romero; AL ORIENTE: distancia de ciento cincuenta y seis punto diecisiete metros, linda con terreno de Heriberto Argueta; AL SUR: distancia de noventa y seis punto ochenta y dos metros linda con terreno de Eduardo Argueta, María Mercedes Argueta, Benjamín Argueta y Victoriano Romero, Calle de por medio que conduce de Joateca a Arambala; y AL PONIENTE: distancia de ciento diecinueve punto noventa y cuatro metros, linda con terrenos de Victoriano Romero.- Y EL SEGUNDO: de la capacidad superfi cial de TRES MIL DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE PUNTO QUINCE METROS CUADRADOS, que tiene la siguiente descripción: AL NORTE: distancia de setenta y cuatro punto cuarenta y cinco metros, linda con terreno de María Mercedes Argueta y Benjamín Argueta; AL ORIENTE: distancia de cincuenta punto sesenta y seis metros, linda con terreno de Eduardo Argueta y Matías Argueta; al SUR, distancia de noventa y cinco punto ochenta y tres metros, linda con terreno Leónidas Pérez e Ignacio García, quebrada de por medio; y AL PONIENTE: distancia de treinta y siete punto trece metros, linda con terrenos de Victoriano Romero. Dichos inmuebles los adquirió por Donación de la posesión material que le hiciera la señora Susana López, y los valora en la cantidad de CINCO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Fran-cisco Gotera, a las nueve horas y diez minutos del día dos de agosto de dos mil dieciséis.- LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. KARINA ELIZABETH IGLESIAS DE NAVARRO, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000446-2

LICENCIADO JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez Segundo de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al público para efectos de Ley.

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado OMAR ALBERTO ROMERO FUENTES, como Apoderado General Judicial del señor JOSE LEONARDO RAMOS PEREIRA, a solicitar a favor de ésta TITULO SUPLETORIO sobre el siguiente inmueble: Una porción de terreno de naturaleza rústica, situado en el Cantón Paturla, municipio de Joateca, Departamento de Morazán, de la exten-sión superfi cial de CIENTO VEINTIOCHO MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO METROS SETENTA Y CINCO DECIMETROS CUADRADOS, que tiene la siguiente descripción: AL NORTE: distancia

de trescientos setenta punto treinta y un metros linda con terreno de José Santos Portillo; AL ORIENTE: distancia de trescientos cuarenta y tres punto catorce metros, linda con terreno de Doroteo Pereira Pereira, Calle de acceso de por medio y con terreno de Bonifacio Pereira Blanco; AL SUR: distancia de trescientos ochenta y tres punto cuarenta y dos metros, linda con terreno de José Antonio Chica; y AL PONIENTE: distancia de seiscientos sesenta punto trece metros, linda con terreno de Sucesión de José Medardo Bonilla, quebrada de por medio. Dicho inmueble lo adquirió por Escritura Matriz de compraventa de posesión material que le hiciera el señor Agustín Gutiérrez, y los valora en la cantidad de Un Mil Dólares de los Estados Unidos.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a las once horas y veintinueve minutos del día once de agosto dos mil dieciséis.- LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. KARINA ELIZABETH IGLESIAS DE NAVARRO, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000447-2

TÍTULO DE DOMINIO

LA INFRASCRITA ALCALDESA DEL MUNICIPIO DE COJUTEPEQUE, AL PUBLICO.

HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado la señora MARIA DOLORES PERLA VIUDA DE ALVARENGA, de setenta y cinco años de edad, jubilada o pensionada, del domicilio de esta ciudad, Departamento de Cuscatlán, portadora de su Documento Único de Identidad Número cero tres cinco seis seis cuatro ocho siete-uno, y con Número de Identifi cación Tributaria mil trescientos veintitrés-cero treinta mil trescientos cuarenta y uno-ciento uno-seis; solicitando se le extienda TITULO DE DOMINIO de un inmueble de naturaleza urbano, situado en el Barrio San Nicolás, de la jurisdicción de Cojutepeque, Departamento de Cuscatlán, de la extensión superfi cial de SESENTA Y NUEVE PUNTO CUARENTA Y TRES METROS CUADRADOS, de la descripción técnica siguiente: Del vértice Nor-Poniente que es el punto de partida de esta descripción técnica tiene las siguientes coordenadas: Norte, doscientos ochenta y ocho mil ochocientos cincuenta y siete punto diez, Este, quinientos seis mil setecientos doce punto diecinueve. LINDERO NORTE, partiendo del vértice Nor-Poniente, está formado por Dos Tramos con los siguientes rumbos y distancias: Tramo Uno, Sur setenta y seis grados, quince minutos, cero seis segundos Este, con una distancia de cuatro punto ochenta y ocho metros; Tramo Dos, Sur sesenta y dos grados, cincuenta y dos minutos, cincuenta segundos Este, con una distancia de cuatro punto ochenta y cinco metros, colindando con Antonio Hernández, con pared. LINDERO ORIENTE, partiendo del vértice Nor-Oriente está formado por Dos Tramos con los siguien-tes rumbos y distancias: Tramo Uno, Sur veintisiete grados, cero siete minutos, cero siete segundos Oeste, con una distancia de cuatro punto ochenta metros; Tramo Dos, Sur veintinueve grados, cuarenta y ocho minutos, cero seis segundos Oeste, con una distancia de cuatro punto cero tres metros; colindando con Rubén Marroquín, antes, ahora con Juan Antonio García Funes Rodríguez y Iglesia de la CONFERENCIA EVANGELICA DE LAS ASAMBLEAS DE DIOS, con pared, LINDERO SUR: Partiendo del vértice Sur-Oriente está formado por Dos Tramos con

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

83DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.

los siguientes rumbos y distancias: Tramo Uno, Norte cincuenta y cinco grados, cincuenta y siete minutos, veintiséis segundos Oeste, con una distancia de cuatro punto dieciséis metros; Tramo Dos, Norte cincuenta y cinco grados, cuarenta y un minutos, veintinueve segundos Oeste, con una distancia de tres punto veintitrés metros; colindando con Manuel Ignacio Antonio Alvarenga, con pared en el segundo tramo. LINDERO PONIENTE, partiendo del vértice Sur-Poniente está formado por Un Tramo con los siguientes rumbos y distancias: Tramo Uno, Norte diez grados, cero ocho minutos, cuarenta y siete segundos Este, con una distancia de siete punto diez metros, colindando con Manuel Ignacio Antonio Alvarenga. Así se llega al vértice Nor-Poniente, que es el punto de inicio de esta descripción técnica. Que valora dicho inmueble en TRES MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Todos los colindantes son de este domicilio, no es predio dominante, ni sirviente, no tiene cargas ni derechos reales de ajena pertenencia, ni está en proindivisión. Lo hubo por compra que hiciera a la señora María Alejandra Cruz, según escritura pública otorgada en esta ciudad ante los Ofi cios Notariales del Licenciado Juan Alfredo Pineda, el día cuatro de marzo de mil novecientos sesenta y nueve.

Alcaldía Municipal de Cojutepeque, once de agosto de dos mil dieciséis.- ROSA GUADALUPE SERRANO DE MARTINEZ, AL-CALDESA MUNICIPAL.- LIC. EDGAR ANTONIO HERNANDEZ CASTRO, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F011572-2

NOMBRE COMERCIAL

No. de Expediente: 2016152942

No. de Presentación: 20160235069

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MAR-CELA EUGENIA MANCIA DADA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de CARTONESA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPI-TAL VARIABLE que se abrevia: CARTONESA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: la palabra CARTONESA y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA O ESTABLECIMIENTO DEDICADO A: LA FABRICACIÓN DISTRIBUCIÓN, VENTA Y DISEÑOS DE CARTÓN Y ARTÍCULOS DE ESTA MATERIA NO COMPREN-DIDO EN OTRAS CLASES, INCLUYENDO, CAJAS DE CARTÓN CORRUGADO, ARTÍCULOS DE CARTÓN CORRUGADO.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de junio del año dos mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintisiete de junio del año dos mil dieciséis.

MELVY ELIZABETH CORTEZ VANEGAS,

REGISTRADORA.

SOFIA HERNANDEZ MELENDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000418-2

No. de Expediente: 2016152388

No. de Presentación: 20160234149

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado KARINA SORAYDA SOMOZA MARTINEZ, en su calidad de APODERADO de VARIEDADES GENESIS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: la palabra Bless God is good! traducido al caste-llano como Bendiga Dios es bueno!, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO DEDICADO A VENTA DE ROPA PARA DAMAS, CABALLEROS Y NIÑOS, PERFUMERIA, BISUTERIA, JUGUETES ARTICULOS DEPORTIVOS, CRISTALERIA, CALZA-DO, ENSERES DEL HOGAR NUEVOS Y USADOS.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de mayo del año dos mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, once de agosto del año dos mil dieciséis.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011521-2

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

84 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412

No. de Expediente: 2016154386

No. de Presentación: 20160238140

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANIEL ARMANDO MARTINEZ GARCIA, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: la palabra MONTICELLO y diseño traducida al castellano como: Monte Alto, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DEDICAD A LA VENTA DE FLORISTERÍA.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de agosto del año dos mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de agosto del año dos mil dieciséis.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011818-2

SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL

No. de Expediente: 2016153079 No. de Presentación: 20160235279

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado LUIS ALONSO NAVARRETE SOTO, en su calidad de APODERADO de CORPORACION PIRAMIDE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: CORPORACION PIRAMIDE, S.A. DE C.V. o COPI, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, soli-citando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,

Redescubre lo Clásico

Consistente en: la expresión Redescubre lo Clásico. El nombre comercial al que hace referencia la presente expresión o señal de pu-blicidad comercial es PARADISE Lobster & Steak House inscrito al Número 00209 del libro 00010 de Nombres Comerciales, que servirá para: ATRAER LA ATENCIÓN DE LOS CONSUMIDORES RESPECTO DE SERVICIOS DE RESTAURANTE.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de junio del año dos mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiocho de junio del año dos mil dieciséis.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

NERY CRISTIANS STANLEY PORTILLO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000432-2

No. de Expediente: 2016153084

No. de Presentación: 20160235284

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado OMAR ADALID FLORES MERCADO, en su calidad de APODERADO de CORPORACION PIRAMIDE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESIÓN O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,

Consistente en: la frase I WINGS y diseño, que se traduce al castellano como Yo amo las alitas, el nombre comercial al que hace referencia se denomina PARADISE Lobster & Steak House, inscrito al número 209 del Libro 10 de Nombres Comerciales, que servirá para: ATRAER LA ATENCIÓN DE LOS CONSUMIDORES RESPECTO DE SERVICIOS DE RESTAURANTE.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de junio del año dos mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiocho de junio del año dos mil dieciséis.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000433-2

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

85DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.

No. de Expediente: 2016151579

No. de Presentación: 20160232554

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado LUIS ALONSO NAVARRETE SOTO, en su calidad de APODERADO de CORPORACION PIRAMIDE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: CORPORACION PIRAMIDE, S.A. DE C.V. o COPI, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, soli-citando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,

Consistente en: la expresión MAY THE LUCK OF THE IRISH BE WITH YOU! y diseño, cuya traducción al castellano es: QUE LA SUERTE DE LOS IRLANDESES ESTE CONTIGO. El nombre comer-cial al que hace referencia la presente expresión o señal de publicidad comercial es PARADISE LOBSTER & STEAK HOUSE, inscrita al Número 209 del libro 10 de Nombres Comerciales, que servirá para: ATRAER LA ATENCIÓN DE LOS CONSUMIDORES RESPECTO DE SERVICIOS DE RESTAURANTE.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de abril del año dos mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, once de mayo del año dos mil dieciséis.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

NERY CRISTIANS STANLEY PORTILLO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000436-2

No, de Expediente: 2016151979

No. de Presentación: 20160233407

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado LUIS ALONSO NAVARRETE SOTO, en su calidad de APODERADO de CORPORACION PIRAMIDE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro

de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,

Consistente en: las palabras LOADED Boneless traducido al

castellano como CARGADO SIN HUESO, Siendo el nombre comer-

cial al que hace referencia la presente señal o expresión de publicidad

comercial: PARADISE LOBSTER & STEAK HOUSE, el cual se

encuentra registrado bajo el número de inscripción 00209 del Libro

00010 de Nombres Comerciales, que servirá para: SERVIRA PARA

ATRAER LA ATENCIÓN DE LOS CONSUMIDORES RESPECTO

DE SERVICIOS DE RESTAURANTE.

La solicitud fue presentada el día once de mayo del año dos mil

dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

trece de mayo del año dos mil dieciséis.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADORA.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000437-2

No. de Expediente: 2016151580

No. de Presentación: 20160232555

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado LUIS

ALONSO NAVARRETE SOTO, en su calidad de APODERADO de

CORPORACION PIRAMIDE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro

de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,

Consistente en: la frase IRISH MULE, que se traduce al castellano

como mula irlandés, la marca a la que hace referencia el distintivo solici-

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

86 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412

tado se denomina Paradise Lobster & Steak House y se encuentra inscrita

al número 209 del Libro 10 de marcas, que servirá para: ATRAER LA

ATENCIÓN DE LOS CONSUMIDORES RESPECTO A: SERVICIOS

DE RESTAURANTE.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de abril del año dos

mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

once de mayo del año dos mil dieciséis.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000438-2

No. de Expediente: 2016153687

No. de Presentación: 20160236574

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado OMAR

ADALID FLORES MERCADO, en su calidad de APODERADO de

CORPORACION PIRAMIDE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE que se abrevia: CORPORACION PIRAMIDE, S.A. DE

C.V. o COPI, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, soli-

citando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD

COMERCIAL,

Consistente en: la expresión PICK TWO, SAVE $6 y diseño,

traducida al castellano como TOMA DOS, AHORRA $6. La marca

a la que hace referencia la presente Expresión o Señal de Publicidad

Comercial es: GRUPO PIRAMIDE y diseño, la cual se encuentra

inscrita al número 00095 del Libro 00237 de Marcas, que servirá para:

ATRAER LA ATENCIÓN DE LOS CONSUMIDORES RESPECTO

DE SERVICIOS DE RESTAURANTE.

La solicitud fue presentada el día veinte de julio del año dos mil

dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintidós de julio del año dos mil dieciséis.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADORA.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000439-2

No. de Expediente: 2016153078

No. de Presentación: 20160235278

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado OMAR ADALID FLORES MERCADO, en su calidad de APODERADO de CORPORACION PIRAMIDE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,

Consistente en: las palabras STEAK NIGHT OUT NOCHE DE CARNE y diseño, traducidas al castellano como NOCHE DE CARNE, NOCHE DE CARNE. El nombre comercial a que hace referencia la presente Expresión o Señal de Publicidad Comercial, denominado "PARADISE" Lobster & Steak House inscrito bajo el número 00209 del Libro 00010 de Nombres Comerciales, que servirá para: ATRAER LA ATENCIÓN DE LOS CONSUMIDORES RESPECTO A SERVICIOS DE RESTAURANTE.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de junio del año dos mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiocho de junio del año dos mil dieciséis.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000442-2

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

87DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.

CONVOCATORIAS

CONVOCATORIA

SE CONVOCA: A los señores Accionistas de la sociedad TECO-

MAPA, S.A. DE C.V., para celebrar sesión de Junta General Ordinaria

de Accionistas, que se llevará a cabo a las once horas del día jueves

veintinueve de septiembre del año dos mil dieciséis, en las ofi cinas

situadas en el Edifi cio Holcim, ubicado en Calle Holcim, Avenida El

Espino, Urbanización Madreselva, Antiguo Cuscatlán, La Libertad,

y en segunda convocatoria a las once horas del día viernes treinta de

septiembre del año dos mil dieciséis, en el mismo lugar, para deliberar

y resolver los temas de la siguiente Agenda:

AGENDA

1) Verifi cación del Quórum.

2) Lectura y Aprobación del Acta anterior.

3) Aplicación de Utilidades.

El quórum necesario para el establecimiento de la Junta General

Ordinaria de Accionistas, será la representación de la mitad más una

del total de acciones o sea 33,651 acciones representadas; en segunda

convocatoria se verifi cará la sesión cualquiera que sea el número de

acciones representadas.

Antiguo Cuscatlán, 29 de agosto de 2016.

Atentamente,

ENRIQUE HUMBERTO VÁSQUEZ LINARES,

ADMINISTRADOR ÚNICO.

3 v. alt. No. F011737-2

CONVOCATORIA

SE CONVOCA: A los señores accionistas de la sociedad TEM-

PISCON, S.A. DE C.V., para celebrar sesión de Junta General Ordinaria

de Accionistas, que se llevará a cabo a las doce horas del día jueves

veintinueve de septiembre del año dos mil dieciséis, en las ofi cinas

situadas en el Edifi cio Holcim, ubicado en Calle Holcim, Avenida El

Espino, Urbanización Madreselva, Antiguo Cuscatlán, La Libertad,

y en segunda convocatoria a las doce horas del día viernes treinta de

septiembre del año dos mil dieciséis, en el mismo lugar, para deliberar

y resolver los temas de la siguiente Agenda:

AGENDA

1) Verifi cación del Quórum.

2) Lectura y Aprobación del Acta anterior.

3) Aplicación de Utilidades.

El quórum necesario para el establecimiento de la Junta General

Ordinaria de Accionistas será la representación de la mitad más una

del total de acciones o sea 5,716 acciones representadas; en segunda

convocatoria se verifi cará la sesión cualquiera que sea el número de

acciones representadas.

Antiguo Cuscatlán, 29 de agosto de 2016.

Atentamente,

ENRIQUE HUMBERTO VÁSQUEZ LINARES,

ADMINISTRADOR ÚNICO.

3 v. alt. No. F011739-2

CONVOCATORIA

SE CONVOCA: A los señores accionistas de la sociedad CALI-

CHAL, S.A. DE C.V., para celebrar sesión de Junta General Ordinaria

de Accionistas, que se llevará a cabo a las ocho horas del día jueves

veintinueve de septiembre del año dos mil dieciséis, en primera con-

vocatoria, en las ofi cinas situadas en el Edifi cio Holcim, ubicado en

Calle Holcim, Avenida El Espino, Urbanización Madreselva, Antiguo

Cuscatlán, La Libertad, y en segunda convocatoria a las ocho horas del

día viernes treinta de septiembre del año dos mil dieciséis, en el mismo

lugar, para deliberar y resolver los temas de la siguiente Agenda:

AGENDA

1) Verifi cación del Quórum.

2) Lectura y Aprobación del Acta anterior.

3) Aplicación de Utilidades.

El quórum necesario para el establecimiento de la Junta General

Ordinaria de Accionistas será la representación de la mitad más una

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

88 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412

del total de acciones o sea 41,898 acciones representadas; en segunda

convocatoria se verifi cará la sesión cualquiera que sea el número de

acciones representadas.

Antiguo Cuscatlán, 29 de agosto de 2016.

Atentamente,

ENRIQUE HUMBERTO VÁSQUEZ LINARES,

ADMINISTRADOR ÚNICO.

3 v. alt. No. F011740-2

CONVOCATORIA

SE CONVOCA: A los señores accionistas de la sociedad CHU-

CUMBA, S.A. DE C.V., para celebrar sesión de Junta General Ordinaria

de Accionistas, que se llevará a cabo a las nueve horas del día jueves

veintinueve de septiembre del año dos mil dieciséis, en primera con-

vocatoria, en las ofi cinas situadas en el Edifi cio Holcim, ubicado en

Calle Holcim, Avenida El Espino, Urbanización Madreselva, Antiguo

Cuscatlán, La Libertad, y en segunda convocatoria a las nueve horas del

día viernes treinta de septiembre del año dos mil dieciséis, en el mismo

lugar, para deliberar y resolver los temas de la siguiente Agenda:

AGENDA

1) Verifi cación del Quórum.

2) Lectura y Aprobación del Acta anterior.

3) Aplicación de Utilidades.

El quórum necesario para el establecimiento de la Junta General

Ordinaria de Accionistas será la representación de la mitad más una

del total de acciones o sea 43,676 acciones representadas; en segunda

convocatoria se verifi cará la sesión cualquiera que sea el número de

acciones representadas.

Antiguo Cuscatlán, 29 de agosto de 2016.

Atentamente,

ENRIQUE HUMBERTO VÁSQUEZ LINARES,

ADMINISTRADOR ÚNICO.

3 v. alt. No. F011742-2

CONVOCATORIA

SE CONVOCA: A los señores accionistas de la sociedad ORLONA, S.A. DE C.V., para celebrar sesión de Junta General Ordinaria de Accio-nistas, que se llevará a cabo a las diez horas del día jueves veintinueve de septiembre del año dos mil dieciséis, en las ofi cinas situadas en el Edifi cio Holcim, ubicado en Calle Holcim, Avenida El Espino, Urbanización Ma-dreselva, Antiguo Cuscatlán, La Libertad, y en segunda convocatoria a las diez horas del día viernes treinta de septiembre del año dos mil dieciséis, en el mismo lugar, para deliberar y resolver los temas de la siguiente Agenda.

AGENDA

1) Verifi cación del Quórum.

2) Lectura y Aprobación del Acta anterior.

3) Aplicación de Utilidades.

El quórum necesario para el establecimiento de la Junta General Ordinaria de Accionistas será la representación de la mitad más una del total de acciones o sea 46,366 acciones representadas; en segunda convocatoria se verifi cará la sesión cualquiera que sea el número de acciones representadas.

Antiguo Cuscatlán, 29 de agosto de 2016.

Atentamente,

ENRIQUE HUMBERTO VÁSQUEZ LINARES,

ADMINISTRADOR ÚNICO.

3 v. alt. No. F011744-2

SUBASTA PUBLICA

OLINDA MORENA VÁSQUEZ PÉREZ, JUEZA TERCERO DE FAMILIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Al público, para los efectos de Ley correspon-dientes, que en la fase ejecutiva del proceso de Alimentos y Cuidado Personal promovidas por el joven OSCAR IVÁN ORELLANA REYES, de dieciocho años de edad, estudiante, de nacionalidad Salvadoreña, del domicilio de Houston, Estado de Texas, Estados Unidos de América, por medio de su Apoderado Judicial Licenciado MARCOS WILSON OVIEDO, en contra del señor IVÁN DEMETRIO ORELLANA EGUI-ZABAL, de cincuenta y ocho años de edad, Licenciado en Economía, de este domicilio; SE VENDERÁ EN PÚBLICA SUBASTA EN ESTE

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

89DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.

JUZGADO, EL DERECHO PROINDIVISO DE PROPIEDAD EQUI-VALENTE AL TREINTA Y TRES PUNTO TREINTA Y TRES POR CIENTO QUE LE CORRESPONDE AL SEÑOR IVÁN DEMETRIO ORELLANA EGUIZABAL, del inmueble de naturaleza urbano, ins-crito bajo el número CINCUENTA Y CUATRO, del Libro TRES MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA y trasladado al SIRYC, con Matrícula número SEIS CERO CUATRO UNO SEIS DOS TRES CUATRO-CERO CERO CERO CERO CERO; situado en Colonia Laing- Las Rosas, Lote número 7, Barrio San José, de la Ciudad y Departamento de San Salvador, de una extensión superfi cial de DOSCIENTOS NOVENTA METROS CUADRADOS SESENTA Y DOS CENTÍMETROS CUADRADOS, equivalentes a cuatrocientas quince varas cuadradas ochenta y tres centésimos de vara cuadrada.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado Tercero de Familia de San Salvador, a las catorce horas con treinta minutos del día veintinueve de julio del año dos mil dieciséis. LICDA. OLINDA MORENA VÁSQUEZ PÉREZ, JUEZA TERCERO DE FAMILIA. LICDA. ROXANA ELIZABETH MARROQUIN MONROY, SECRETARIA DE ACTUACIONES.

3 v. alt. No. F011502-2

EL INFRASCRITO JUEZ DE LO CIVIL-A DE SOYAPANGO LICENCIADO EDGAR ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil, promo-vido por la Licenciada NORMA LORENA ARÉVALO AZUCENA, en carácter de Apoderada General Judicial del BANCO AGRÍCOLA, SOCIEDAD ANÓNIMA, contra de los demandados señores EDGAR ANTONIO ARDON BAUTISTA y NELLY ELIZABETH RIVERA DE ARDON conocida por NELLY ELIZABETH RIVERA BONILLA, se ORDENA LA VENTA EN PÚBLICA SUBASTA, del inmueble que se describe a continuación: Porción o Hijuela número Uno, que mide y linda AL ORIENTE: Iniciando del esquinero número uno en el sentido horario, un tramo recto con distancia de cuatro metros setenta y ocho centímetros rumbo sur cuarenta grados cero seis minutos veinticuatro segundos Este, colindando en este tramo con terreno propiedad de la señora Joba Recinos, pasaje San José, número Uno, de cuatro metros noventa y seis centímetros de ancho, arriate y acera de tres metros cua-renta centímetros de ancho de por medio respectivamente; AL SUR: dos tramos rectos, el primero con una distancia de diecisiete metros dieciocho centímetros rumbo Sur cuarenta y ocho grados cero cuatro minutos veinte segundos Oeste, el segundo con una distancia de doce metros ochenta y seis centímetros rumbo Sur cuarenta y nueve grados cuarenta y ocho minutos treinta y ocho segundos Oeste, colindando con este tramo con porción dos del inmueble general; AL PONIENTE: Un tramo recto con distancia de cuatro metros noventa y dos centímetros, rumbo norte treinta y nueve grados cincuenta y siete minutos veinticuatro segundos Oeste colindando en este tramo con zona de protección a quebrada de aguas negras, ancho por medio zona de protección tres metros setenta

centímetros; AL NORTE: Un tramo recto con distancia treinta metros dos centímetros rumbo Norte cuarenta y nueve grados cero cuatro mi-nutos cincuenta y cuatro segundos Este colindando en este tramo con terreno propiedad del señor Antonio Guzmán, llegando así al punto de partida de la descripción de porción uno. La porción del inmueble antes descrita cuenta con construcción de sistema mixto y tiene una extensión superfi cial de CIENTO CUARENTA Y NUEVE PUNTO CERO SIETE METROS CUADRADOS EQUIVALENTES A DOSCIENTAS TRECE PUNTO VEINTINUEVE VARAS CUADRADAS y según razón de inscripción LOTIFICACIÓN SAN JOSÉ HIJUELA, NUMERO UNO, SAN MARTIN, SAN SALVADOR. Dicho inmueble se encuentra inscrito bajo la Matrícula número SEIS CERO CERO DOS SEIS SEIS SEIS CERO-CERO CERO CERO CERO CERO (60026660-00000) del Registro de la Propiedad Raíz e Hipoteca de la Primera Sección del Centro, a favor de la demandada señora NELLY ELIZABETH RIVERA DE ARDON conocida por NELLY ELIZABETH RIVERA BONILLA. Dicho inmueble se encuentra hipotecado con PRIMERA HIPOTECA a favor del BANCO AGRÍCOLA, SOCIEDAD ANÓNIMA, inscrita a la misma matrícula y asiento TRES. Se admitirán posturas siendo legales.

Lo que se hace del conocimiento al público para los efectos de la ley.

LIBRADO: En el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las doce horas del día veinte de mayo de dos mil dieciséis. LIC. EDGAR ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. AMALIA DEYANIRA RODRIGUEZ MARTINEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011691-2

MARIA ELENA PEREZ ANAYA, JUEZA PRIMERO DE LO CIVIL INTERINA DE SAN SALVADOR.

HACE SABER: Que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO, pro-movido inicialmente por el Abogado MIGUEL ANGEL MERINO PALACIOS, continuado por la Abogada ERIKA IVETT ACOSTA PEREZ, y actualmente por la Abogada JULIA DEL CARMEN TORRES DE CAMPOS, como Apoderados del INSTITUTO NACIONAL DE. PENSIONES DE LOS EMPLEADOS PUBLICOS, contra los señores BEATRIZ DEL CARMEN FIGUEROA ARGUETA, conocida por BEATRIZ DEL CARMEN FIGUEROA DE NOLASCO y MANUEL DE JESUS NOLASCO TORRES, reclamándole cumplimiento de obligaciones y demás accesorios, se venderá en pública subasta en este Tribunal el inmueble siguiente: "inmueble urbano que forma parte del "Condominio San Luis C", construido sobre los lotes cincuenta y siete, al sesenta y ocho inclusive, del BLOCK NUMERO ONCE, de la Zona "A", de la SEGUNDA ETAPA, de la Urbanización Residencial San Luis, situada sobre el Pasaje número Uno, de dicha urbanización, en esta ciudad, cuya descripción es la siguiente: APARTAMIENTO NUMERO VEINTINUEVE: el área que le corresponde a dicho apartamiento es de una extensión superfi cial de SESENTA Y DOS PUNTO CATORCE METROS CUADRADOS, equivalente a OCHENTA Y OCHO PUN-TO NOVENTA Y UNA VARAS CUADRADAS, la medida cúbica en

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

90 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412

la construcción del apartamiento es de ciento cuarenta y nueve punto catorce metros cúbicos entre el piso terminado y el cielo falso, para la descripción nos apoyaremos en el vértice Nor-oeste ya conocido en la descripción general del terreno donde están construidos los apartamientos desde el cual se mide una distancia de cien metros con rumbo Sur doce grados cuarenta y ocho punto dos minutos Este, se llega a un punto en donde con una defl exión izquierda de noventa grados, y una distancia de trece punto cincuenta y cinco metros para localizar el vértice Sur-oeste del apartamiento que a continuación se describe: AL SUR: Distancia de seis metros con rumbo Norte sesenta y siete grados once punto ocho minutos Este, lindando con el apartamiento número treinta y dos, del mismo condominio, acceso de circulación de por medio. AL ORIENTE: línea quebrada compuesta de cinco tramos: el primero de cuatro punto cero cinco metros con rumbo Norte doce grados cuarenta y ocho punto dos minutos Oeste, el segundo de dos punto doce metros con rumbo Sur setenta y siete grados once punto ocho minutos Oeste, el tercero de dos punto setenta y cuatro metros con rumbo Norte doce grados cuarenta y ocho punto dos minutos Oeste, el cuarto de uno punto trece metros con rumbo Norte setenta y siete grados once punto ocho minutos Este, el quinto de dos punto treinta y un metros con rumbo Norte doce grados cuarenta y ocho punto dos minutos Oeste, lindando con el apartamiento número treinta del mismo condominio, pared medianera de por medio. AL NORTE: distancia de seis punto sesenta y ocho metros con rumbo Sur setenta y siete grados once punto ocho minutos Oeste, lindando con el apartamiento número veintiséis del mismo condominio, acceso de circulación de por medio. AL PONIENTE: línea quebrada compuesta de cinco tramos: el primero de seis punto cero cinco metros con rumbo Sur doce grados cuarenta y ocho punto dos minutos Este, el segundo de uno punto setenta y cuatro metros con rumbo Sur setenta y siete grados once punto ocho minutos Oeste, el tercero de uno punto ochenta y un metros con rumbo Sur doce grados cuarenta y ocho punto dos minutos Este, el cuarto de tres punto cuarenta y ocho metros con rumbo Norte setenta y siete grados once punto ocho minutos Este, el quinto de uno punto veinticuatro metros con rumbo Sur doce grados cuarenta y ocho punto dos minutos Este, lindando en los tres primeros con el aparta-miento número veintiocho del mismo condominio, pared medianera de por medio y el resto con acceso de circulación. Por la parte abajo o piso linda con bien raíz del inmueble y por la parte alta o cielo falso linda con espacio aéreo, techo de por medio. Que en el inmueble descrito hay un área construida de sistema mixto, en un área de CUARENTA Y UNO PUNTO SETENTA Y SEIS METROS CUADRADOS." "El inmueble antes descrito se encuentra inscrito a nombre de los señores BEATRIZ DEL CARMEN FIGUEROA ARGUETA, conocida por BEATRIZ DEL CARMEN FIGUEROA DE NOLASCO, y MANUEL DE JESUS NOLASCO TORRES, a la Matrícula número SEIS CERO CERO UNO TRES CERO UNO TRES-A CERO CERO DOS NUEVE, Asiento 1, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro.

Lo que se hace del conocimiento público, para efectos de ley.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a las quince horas y dos minutos del día dieciséis de agosto del año dos mil dieciséis. MARIA ELENA PEREZ ANAYA, JUEZA PRIMERO DE LO CIVIL INTERINA. LICDA. IVONNE LIZZETTE FLORES GONZALEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011753-2

REPOSICION DE CERTIFICADOS

AVISO

La Caja de Crédito de San Miguel, Sociedad Cooperativa de Responsa-bilidad Limitada de Capital Variable.

COMUNICA: Que a sus ofi cinas se ha presentado la propietaria de CERTIFICADOS DE DEPOSITOS A PLAZO FIJO Números 0345, por CINCUENTA MIL 00/100 DOLARES ($50,000.00), 0699 por VEINTE MIL 00/100 DOLARES ($20,000.00) y 0426 por DIEZ MIL 00/100 DOLARES ($10,000.00), solicitando la reposición de dichos CERTIFICADOS.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer el certifi cado en referencia.

San Miguel, miércoles 27 de julio de 2016.

MIGUEL ÁNGEL CAMPOS BENAVIDES,

CAJA DE CRÉDITO DE SAN MIGUEL.

3 v. alt. No. F011509-2

AVISO

LA CAJA DE CREDITO DE AGUILARES, SOCIEDAD COOPE-RATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE.

AVISA: Que en su Agencia Central, ubicada en Segunda Calle Oriente y Segunda Avenida Norte, Barrio El Centro, de la ciudad de Aguilares, departamento de San Salvador, se ha presentado la propietaria del Certifi cado de Depósito a Plazo Fijo Número 02501, de la cuenta Número 52-01-0020580-3, emitido el día 02 de enero de 2016, para el plazo de 90 días prorrogables, solicitando reposición por destrucción/extravío.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público en general, para efectos de reposición del Certifi cado relacionado, de conformidad con los Artículos 486 y 932 del Código de Comercio.

En caso de que después de 30 días de la tercera y última publicación del presente aviso, La Caja no recibe oposición alguna a este respecto, se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.

Aguilares, 29 de agosto de 2016.

MARIA MILADES ARTOLA RODRIGUEZ,

REPRESENTANTE LEGAL.

3 v. alt. No. F011539-2

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

91DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016. EL BANCO DE AMERICA CENTRAL S.A.

AVISA: Que en sus ofi cinas se ha presentado el(la) Sr.(Sra.) MYRNA LISSET OLANO DE POHL propietario del certifi cado No. 63237 cuenta No. 301208530 emitido el día 14 del mes de JULIO del año 2015 en agencia ZONA ROSA , solicitando reposición de dicho certifi cado, por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del pú-blico en general para los efectos legales del caso. Transcurridos 30 días después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiese ninguna oposición, se procederá a reponer el certifi cado en referencia.

San Salvador, a los 25 días del mes de AGOSTO de 2016.

Atentamente,

VICTOR MANUEL RIVAS LOPEZ,

GERENTE/SUPERVISOR OPERATIVO,

AGENCIA ZONA ROSA.

3 v. alt. No. F011575-2

CAJA DE CREDITO DE LA UNION S.C. DE R.L DE C.V.

COMUNICA: Que en sus ofi cinas ubicadas en 4a Avenida Norte. No.1-6 B, El Centro, La Unión, se ha presentado el propietario del certifi cado del depósito a plazo fi jo No. 01981 emitido el dieciocho de noviembre del 2015, a 180 días plazo y que solicita la reposición de dicho certifi cado por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior se hace del conocimiento al público en general para los efectos legales del caso.

Transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este aviso, si no hubiera ninguna oposición, se procederá a reponer el certifi cado en referencia.

Dado en La Unión, a los veintitrés días del mes de agosto de 2016.

FLORESVINDA CHICAS,

JEFE DE NEGOCIOS.

3 v. alt. No. F011615-2

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: Que en su Agencia María Auxiliadora, de esta ciudad, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certifi cado No.768-007514-7, amparado con el registro No.1223376 del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 20/07/2015 a 90 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certifi cado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,

se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.

San Salvador, 25 de Agosto de 2016.

BANCO AGRICOLA, S. A.

CARMEN FERNANDEZ,

GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F011646-2

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: Que en su Agencia Santa Elena, jurisdicción de Antiguo

Cuscatlán, Departamento de La Libertad, se ha presentado parte interesada

manifestando que ha extraviado el Certifi cado No.792-006733-5, ampa-

rado con el registro No.229810, del Depósito a Plazo Fijo, constituido el

5/10/1995 a 180 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público

para efectos de reposición del Certifi cado relacionado conforme a los

Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,

se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.

San Salvador, 25 de Agosto de 2016.

BANCO AGRICOLA, S.A.

CARMEN FERNANDEZ,

GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F011648-2

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: Que en su Agencia San Miguel, de la ciudad de San Miguel,

Departamento de San Miguel, se ha presentado parte interesada mani-

festando que ha extraviado el Certifi cado No.780- 055649-9, amparado

con el registro No.1231469 del Depósito a Plazo Fijo, constituido el

8/01/2016 a 180 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público

para efectos de reposición del Certifi cado relacionado conforme a los

Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente.

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

92 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,

se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.

San Salvador, 25 de agosto de 2016.

BANCO AGRICOLA, S. A.

CARMEN FERNANDEZ,

GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F011649-2

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: Que en su Agencia Plaza León, de esta ciudad, se ha pre-

sentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certifi cado

No. 747-032508-3, amparado con el registro No.0556900 del Depósito a

Plazo Fijo, constituido el 17/08/2000, a 180 días prorrogables, respecti-

vamente, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición

del Certifi cado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del

Código de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,

se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.

San Salvador, 25 de agosto de 2016.

BANCO AGRICOLA, S.A.

CARMEN FERNANDEZ,

GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F011650-2

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: Que en su Agencia Plaza León, de esta ciudad, se ha pre-

sentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certifi cado

No. 702-020937-6, amparado con el registro No.1197604 del Depósito a

Plazo Fijo, constituido el 28/04/2014, a 180 días prorrogables, respecti-

vamente, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición

del Certifi cado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del

Código de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,

se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.

San Salvador, 25 de agosto de 2016.

BANCO AGRICOLA, S. A.

CARMEN FERNANDEZ,

GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F011652-2

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: Que en su Agencia San Vicente, de la ciudad de San Vi-

cente, Departamento de San Vicente, se ha presentado parte interesada

manifestando que ha extraviado el Certifi cado No.750-018086-8, ampa-

rado con el registro No.1021808 del Depósito a Plazo Fijo, constituido el

3/10/2008 a 360 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público

para efectos de reposición del Certifi cado relacionado conforme a los

Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación

del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto,

se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.

San Salvador, 25 de agosto de 2016.

BANCO AGRICOLA, S. A.

CARMEN FERNANDEZ,

GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F011653-2

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: Que en su Agencia Masferrer, de esta ciudad, se ha pre-

sentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certifi cado

No.703-027792-9, amparado con el registro No. l198837 del Depósito

a Plazo Fijo, constituido el 27/06/2014 a 360 días prorrogables, lo que

hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certifi ca-

do relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de

Comercio Vigente.

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

93DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.

San Salvador, 25 de agosto de 2016.

BANCO AGRICOLA, S.A.

CARMEN FERNANDEZ,

GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F011654-2

EL BANCO AGRICOLA, S. A.

AVISA: Que en su Agencia Usulután, de la ciudad de Usulután, Departamento de Usulután, se ha presentado parte interesada manifes-tando que ha extraviado el Certifi cado No.751-065627-2, amparado con el registro No.1163775 del Depósito a Plazo Fijo, constituido el 15/10/2012 a 270 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certifi cado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente.

En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.

San Salvador, 25 de agosto de 2016.

BANCO AGRICOLA, S. A.

CARMEN FERNANDEZ,GERENTE DEPTO. DE DEPOSITOS.

3 v. alt. No. F011655-2

PROGRESO Y DESARROLLO S.A. DE C.V.

COMUNICA: Que a sus ofi cinas se ha presentado el señor RO-GER ROBERTO DIAZ, en calidad de propietario de los certifi cados de acciones números 634 y 1199 que amparan 1056.96 acciones numeradas de la 1213144 al 1219005 y del 1854857 al 1855050 respectivamente, solicitando la reposición de dichos certifi cados, por haber sido extravia-dos.

En consecuencia de lo anterior se hace del conocimiento al público para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de la tercera publicación y si no hubiere oposición, se procederá a reponer los certifi cados en referencia.

San Salvador, a los 6 días del mes enero de 2016.

LIC. JOSE ALVARO ALEGRIA RODRIGUEZ,

SECRETARIO DE LA JUNTA DIRECTIVA.

3 v. alt. No. F011764-2

LA CAJA DE CREDITO DE USULUTAN, SOCIEDAD COOPE-

RATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL

VARIABLE.

AVISA: Al público que la señora ROSA MARIA PENADO, es socio

activo y se ha presentado a las ofi cinas de LA CAJA DE CREDITO DE

USULUTAN, SOCIEDAD COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD

LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, ubicadas en segunda calle

oriente y cuarta avenida norte, número nueve, Usulután, manifestando

que extravió su Certifi cado de acciones, serie "A", No.7139, que ampara

CIENTO DIEZ, por lo que solicita su Reposición.

Si transcurrido 30 días, después de la última publicación, no se

recibe ninguna oposición a este respecto, LA CAJA DE CREDITO DE

USULUTAN, SOCIEDAD COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD

LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, procederá a reponer dichos

certifi cados.

Usulután, 03 de agosto de 2016.

LUIS ALONSO ARCE,

DIRECTOR PRESIDENTE.

3 v. alt. No. F011820-2

LA CAJA DE CREDITO DE USULUTAN, SOCIEDAD COOPE-

RATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL

VARIABLE.

AVISA: Al público que la señora ROSA ELENA VARGAS DE

HERNÁNDEZ, es socio activo y se ha presentado a las ofi cinas de LA

CAJA DE CREDITO DE USULUTAN, SOCIEDAD COOPERATIVA

DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE,

ubicadas en segunda calle oriente y cuarta avenida norte, número nueve,

Usulután, manifestando que extravió su Certifi cado de acciones, serie

"A", No.9799, que ampara DOSCIENTAS NUEVE ACCIONES, por

lo que solicita su Reposición.

Si transcurrido 30 días, después de la última publicación, no se

recibe ninguna oposición a este respecto, LA CAJA DE CREDITO DE

USULUTAN, SOCIEDAD COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD

LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, procederá a reponer dichos

certifi cados.

Usulután, 13 de julio de 2016.

LUIS ALONSO ARCE,

DIRECTOR PRESIDENTE.

3 v. alt. No. F011821-2

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

94 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412

TITULO MUNICIPAL

ELIZANDRO RIVERA, Alcalde del municipio de Dulce Nombre de

María, al público para los efectos de la Ley,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado: el señor

MAYNOR LEE GOMEZ GOMEZ mayor de edad, Licenciado en

Ciencias Jurídicas, del domicilio de Nueva Concepción, departamento

de Chalatenango, portador de su Documento Único de Identidad número

cero uno uno seis dos seis dos siete - cinco en calidad de Autorizado de

la señora GLADIS ESMERALDA VALDEZ DE ALAS, de Treinta y

Ocho años de edad, Empleada, del domicilio de Westbury, New York,

Estados Unidos de América, con Documento Único de Identidad Nú-

mero cero cuatro cero dos cero uno siete cuatro - tres, y con Número

de Identifi cación Tributaria cero cuatro cero ocho - uno siete cero siete

siete ocho - uno cero uno – uno. Solicitándome se le extienda TÍTULO

MUNICIPAL DE PROPIEDAD, de un inmueble Urbano SITUADO EN

EL BARRIO EL CARMEN, PASAJE SIN NUMERO, JURISDICCION

DE DULCE NOMBRE DE MARIA, DEPARTAMENTO DE CHALA-

TENANGO. DE UNA CAPACIDAD SUPERFICIAL DE OCHENTA Y

DOS PUNTO CUARENTA Y TRES METROS CUADRADOS, de las

medidas y linderos siguientes: AL NORTE: mide trece metros noventa

centímetros, en línea recta por pared de ladrillo de block propia, linda

con solar de Manuel Quijada; AL ORIENTE: mide cinco metros ochenta

y seis centímetros en línea recta por pared de ladrillo de block propia,

linda con Manuel López Salguero; AL SUR: mide trece metros noventa

centímetros en línea recta por pared de block propia, colinda con Luis

Fuentes Cruz; Y AL PONIENTE: mide seis metros veinte centímetros

en línea recta por pared de block propia, linda con Félix Adán Gutiérrez

y Emilia Melgar, dividido por calle pública de por medio, en el cual

existe una casa, techo de lámina galvanizada sobre paredes de ladrillo

de block; y lo valúa en la cantidad de VEINTICINCO MIL DOLARES

DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Lo que se avisa al público para efectos de ley.

Dulce Nombre de María, a los veintidós días de agosto del dos

mil dieciséis.- ELISANDRO LEÓN RIVERA, ALCALDE MUNICI-

PAL.- ENRIQUE GEOVANI PÉREZ LANDAVERDE, SECRETARIO

MUNICIPAL.

3 v. alt. No. C000456-2

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado el Licenciado

SEGUNDO ANTONIO JOVEL CARRILLO, de cincuenta y tres años de

edad, Abogado, de este domicilio, con Documento Único de Identidad

número cero uno cinco cero seis siete seis seis-nueve, con Número de Iden-

tifi cación Tributaria uno cero cero uno-tres cero cero siete seis dos-cero

cero uno-nueve, y Tarjeta de Abogado número uno cero seis ocho ocho,

en su calidad de Apoderado General Judicial con Cláusula Especial de la

señora MARIA REINA DEL CARMEN SANCHEZ DE MORALES;

de cincuenta y tres años de edad, Ama de Casa, de este domicilio, con

Documento Único de Identidad número cero cuatro uno seis cero cuatro

dos dos-nueve; y Número de Identifi cación Tributaria cero nueve cero

dos–uno seis cero siete seis dos-uno cero uno-dos; quien de conformidad

al Artículo Uno de la Ley sobre Títulos de Predios Urbanos, solicita

título de un inmueble de naturaleza urbana, situado en el BARRIO EL

CALVARIO, COLONIA EL ESPINITO, Municipio de Sensuntepeque,

Departamento de Cabañas, de una extensión superfi cial de CINCUENTA

Y CUATRO PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS, el que

se describe así: LINDERO NORTE, partiendo del vértice Nor Poniente

está formado por un tramo con los siguientes rumbos y distancias: Tramo

uno, Norte setenta y ocho grados cuarenta y cinco minutos cuarenta y

ocho segundos Este con una distancia de nueve punto cero cero metros;

colindando con JOSE ANTONIO HERNANDEZ MORALES, con

pared de ladrillo propio. LINDERO ORIENTE, partiendo del vértice

Nor Oriente está formado por un tramo con los siguientes rumbos y

distancias: Tramo uno, Sur diez grados veintinueve minutos treinta y

seis segundos Este con una distancia de seis punto cero cero metros;

colindando con ROSA ELVIRA MELENDEZ, con pared de ladrillo

propia. LINDERO SUR, partiendo del vértice Suroriente está formado

por un tramo con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Sur

setenta y ocho grados cuarenta y cinco minutos cuarenta y ocho segundos

Oeste con una distancia de nueve punto cero cero metros; colindando

con CARLOS ANTONIO SANCHEZ BLANCO, con pared de ladrillo

propia. LINDERO PONIENTE, partiendo del vértice Sur Poniente está

formado por un tramo con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno,

Norte diez grados veintinueve minutos treinta y seis segundos Oeste con

una distancia de seis punto cero cero metros; colindando con CARLOS

ALEJANDRO MARTINEZ ALAS, y EMPERATRIZ BAIRES, con

Calle Nacional de por medio. Así se llega al vértice Nor Poniente, que

es el punto donde se inició esta descripción. El inmueble antes descrito

lo valora en CINCO MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMÉRICA, y lo obtuvo por compraventa que hizo a la señora Blanca

Lidia Iraheta, según Escritura Pública de Compraventa otorgada en la

Ciudad de Sensuntepeque, a las quince horas del día treinta de abril de

mil novecientos noventa y seis, ante los ofi cios del Notario Julio César

Salguero Ortiz, la posesión suma más de diez años consecutivos y la ha

ejercido de forma quieta, pacífi ca e ininterrumpida y sin proindivisión con

terceros. Dicho inmueble no es dominante ni sirviente, ni tiene cargas ni

gravámenes de ninguna naturaleza a favor de terceros. Los colindantes

son de este domicilio. Se previene a las personas que deseen presentar

oposición alguna a las pretensiones de la solicitante, lo hagan dentro del

término legal en Avenida Libertad y Calle Doctor Jesús Velasco número

Dos, Barrio San Antonio de la Ciudad de Sensuntepeque, Cabañas.

Sensuntepeque, a los doce días del mes de julio del año dos mil

dieciséis. ING. JESÚS EDGAR BONILLA NAVARRETE, ALCALDE

MUNICIPAL.- ROSALINA CUELLAR ECHEVERRÍA, SECRETARIA

MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F011563-2

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

95DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016. MARCA DE SERVICIOS

No. de Expediente: 2016153499

No. de Presentación: 20160236242

CLASE: 36.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MANUEL

FRANCISCO TELLES SUVILLAGA, en su calidad de GESTOR OFI-

CIOSO de BANCO CUSCATLAN DE EL SALVADOR, SOCIEDAD

ANONIMA que se abrevia: BANCO CUSCATLAN DE EL SALVA-

DOR, S.A., BANCO CUSCATLAN, S.A., de nacionalidad SALVA-

DOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

BCU

Consistente en: las letras BCU, que servirá para: AMPARAR:

SERVICIOS FINANCIEROS INCLUYENDO: ACTIVIDADES

BANCARIAS, AGENCIAS DE CRÉDITO, SERVICIOS DE ANÁ-

LISIS FINANCIEROS, SERVICIOS DE BANCA A DISTANCIA

(HOME BANKING), SERVICIOS DE BANCA EN CASA (HOME

BANKING), SERVICIOS DE DEPÓSITO EN CAJAS DE SEGURI-

DAD, OPERACIONES DE CAMBIO, INVERSIÓN DE CAPITAL,

EMISIÓN DE CHEQUES DE VIAJE, VERIFICACIÓN DE CHEQUE,

CONSULTORÍA FINANCIERA, CORRETAJE DE VALORES, CO-

RRETAJE DE BOLSA, DEPÓSITOS DE VALORES, EMISIÓN DE

BONOS DE VALOR, EMISIÓN DE TARJETAS DE CRÉDITO Y

DÉBITO, EVALUACIÓN FINANCIERA (SEGUROS, BANCOS Y

BIENES INMUEBLES), SERVICIOS FIDUCIARIOS, INVERSIÓN DE

FONDOS, FONDOS MUTUOS DE INVERSIÓN, TRANSFERENCIA

ELECTRÓNICA DE FONDOS, OPERACIONES DE CAMBIO, PRÉS-

TAMOS A PLAZOS, PRÉSTAMOS PIGNORATICIOS, PRÉSTAMOS

CON GARANTÍA, PRÉSTAMOS PRENDARIOS; SERVICIOS DE

OPERACIONES MONETARIAS; NEGOCIOS INMOBILIARIOS;

Y SERVICIOS DE CORRETAJE DE ACCIONES Y BONOS. Clase:

36.

La solicitud fue presentada el día once de julio del año dos mil

dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

catorce de julio del año dos mil dieciséis.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000419-2

No. de Expediente: 2016153501

No. de Presentación: 20160236244

CLASE: 36.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MANUEL

FRANCISCO TELLES SUVILLAGA, en su calidad de GESTOR

OFICIOSO de BANCO CUSCATLAN, SOCIEDAD ANONIMA que

se abrevia: BANCO CUSCATLAN, S.A, de nacionalidad SALVADO-

REÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

BANCO BCU

Consistente en: las palabras BANCO BCU, que servirá para:

AMPARAR: SERVICIOS FINANCIEROS INCLUYENDO: ACTIVI-

DADES BANCARIAS, AGENCIAS DE CRÉDITO, SERVICIOS DE

ANÁLISIS FINANCIEROS, SERVICIOS DE BANCA A DISTACIA

(HOME BANKING), SERVICIOS DE BANCA EN CASA (HOME

BANKING), SERVICIOS DE DEPÓSITOS EN CAJAS DE SEGU-

RIDAD, OPERACIONES DE CAMBIO, INVERSIÓN DE CAPITAL,

EMISIÓN DE CHEQUES DE VIAJE, VERIFICACIÓN DE CHEQUE,

CONSULTORÍA FINANCIERA, CORRETAJE DE VALORES, CO-

RRETAJE DE BOLSA, DEPÓSITOS DE VALORES, EMISIÓN DE

BONOS DE VALOR, EMISIÓN DE TARJETAS DE CRÉDITO Y

DÉBITO, EVALUACIÓN FINANCIERA (SEGUROS, BANCOS Y

BIENES INMUEBLES), SERVICIOS FIDUCIARIOS, INVERSIÓN DE

FONDOS, FONDOS MUTUOS DE INVERSIÓN, TRANSFERENCIA

ELECTRÓNICA DE FONDOS, OPERACIONES DE CAMBIO, PRÉS-

TAMOS A PLAZOS, PRÉSTAMOS PIGNORATICIOS, PRÉSTAMOS

CON GARANTÍA, PRÉSTAMOS PRENDARIOS; SERVICIOS DE

OPERACIONES MONETARIAS; NEGOCIOS INMOBILIARIOS;

Y SERVICIOS DE CORRETAJE DE ACCIONES Y BONOS. Clase:

36.

La solicitud fue presentada el día once de julio del año dos mil

dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

catorce de julio del año dos mil dieciséis.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

SILVIA LORENA VEGA CHICAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000421-2

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

96 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412

No. de Expediente: 2016151845

No. de Presentación: 20160233102

CLASE: 36.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MANUEL

FRANCISCO TELLES SUVILLAGA, en su calidad de APODERADO

DE INVERSIONES IMPERIA EL SALVADOR, SOCIEDAD ANO-

NIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: INVERSIONES

IMPERIA EL SALVADOR, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVA-

DOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: un diseño identifi cado como Isotipo Banco, que

servirá para: AMPARAR: SERVICIOS EN EL TEMA DE SEGUROS

INCLUYENDO CONSULTORÍA EN MATERIA DE SEGUROS, SUS-

CRIPCIÓN DE SEGUROS CONTRA INCENDIOS, ACCIDENTES, DE

VIDA Y MÉDICOS; CORRETAJE DE ACCIONES Y BONOS; SERVI-

CIOS FINANCIEROS INCLUYENDO: ACTIVIDADES BANCARIAS,

AGENCIAS DE CRÉDITO, SERVICIOS DE ANÁLISIS FINANCIE-

ROS, SERVICIOS DE BANCA A DISTANCIA (HOME BANKING),

SERVICIOS DE BANCA EN CASA (HOME BANKING), SERVICIOS

DE DEPÓSITO EN CAJAS DE SEGURIDAD, OPERACIONES DE

CAMBIO, INVERSIÓN DE CAPITAL, EMISIÓN DE CHEQUES DE

VIAJE, VERIFICACIÓN DE CHEQUE, CONSULTORÍA FINAN-

CIERA, CORRETAJE DE VALORES, CORRETAJE DE BOLSA,

DEPÓSITOS DE VALORES, EMISIÓN DE BONOS DE VALOR,

EMISIÓN DE TARJETAS DE CRÉDITO Y DÉBITO, EVALUACIÓN

FINANCIERA (SEGUROS, BANCOS Y BIENES INMUEBLES),

SERVICIOS FIDUCIARIOS, INVERSIÓN DE FONDOS, FONDOS

MUTUOS DE INVERSIÓN, TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA DE

FONDOS, OPERACIONES DE CAMBIO, PRÉSTAMOS A PLAZOS,

PRÉSTAMOS PIGNORATICIOS, PRÉSTAMOS CON GARANTÍA,

PRÉSTAMOS PRENDARIOS; SERVICIOS DE OPERACIONES

MONETARIAS; Y NEGOCIOS INMOBILIARIOS. Clase: 36.

La solicitud fue presentada el día tres de mayo del año dos mil

dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

quince de julio del año dos mil dieciséis.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000422-2

No. de Expediente: 2016153500

No. de Presentación: 20160236243

CLASE: 36.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado MANUEL

FRANCISCO TELLES SUVILLAGA, en su calidad de GESTOR OFI-

CIOSO de BANCO CUSCATLAN DE EL SALVADOR, SOCIEDAD

ANONIMA que se abrevia: BANCO CUSCATLAN DE EL SALVADOR,

S.A., BANCO CUSCATLAN, S.A., BCU, S.A., de nacionalidad SAL-

VADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

METROBANCO

Consistente en: la palabra METROBANCO, que servirá para:

AMPARAR: SERVICIOS FINANCIEROS INCLUYENDO: ACTIVI-

DADES BANCARIAS, AGENCIAS DE CRÉDITO, SERVICIOS DE

ANÁLISIS FINANCIEROS, SERVICIOS DE BANCA A DISTANCIA

(HOME BANKING), SERVICIOS DE BANCA EN CASA (HOME

BANKING), SERVICIOS DE DEPÓSITO EN CAJAS DE SEGURI-

DAD, OPERACIONES DE CAMBIO, INVERSIÓN DE CAPITAL,

EMISIÓN DE CHEQUES DE VIAJE, VERIFICACIÓN DE CHEQUE,

CONSULTORÍA FINANCIERA, CORRETAJE DE VALORES, CO-

RRETAJE DE BOLSA, DEPÓSITOS DE VALORES, EMISIÓN DE

BONOS DE VALOR, EMISIÓN DE TARJETAS DE CRÉDITO Y

DÉBITO, EVALUACIÓN FINANCIERA (SEGUROS, BANCOS Y

BIENES INMUEBLES), SERVICIOS FIDUCIARIOS, INVERSIÓN DE

FONDOS, FONDOS MUTUOS DE INVERSIÓN, TRANSFERENCIA

ELECTRÓNICA DE FONDOS, OPERACIONES DE CAMBIO, PRÉS-

TAMOS A PLAZOS, PRÉSTAMOS PIGNORATICIOS, PRÉSTAMOS

CON GARANTÍAS, PRÉSTAMOS PRENDARIOS; SERVICIOS DE

OPERACIONES MONETARIAS; NEGOCIOS INMOBILIARIOS;

Y SERVICIOS DE CORRETAJE DE ACCIONES Y BONOS. Clase:

36.

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

97DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.

La solicitud fue presentada el día once de julio del año dos mil

dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

catorce de julio del año dos mil dieciséis.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADORA.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000423-2

No. de Expediente: 2016152661

No. de Presentación: 20160234643

CLASE: 44.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ESTEBAN

FERNANDO NICOLAS MELGAR GOMEZ, de nacionalidad SAL-

VADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro

de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras MR.SPA y diseño, que se traduce al

castellano como SEÑOR SPA, aclarando que según el Art. 29 de la Ley

de Marcas y Otros Signos Distintivos, se le concede exclusividad de

los elementos que componen la marca en su conjunto tal como ha sido

presentada y no sobre los elementos denominativos individualmente

considerados, ya que éstos son de uso común o necesarios en el comercio,

que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE TRATAMIENTOS DE

HIGIENE Y DE BELLEZA PARA PERSONAS; SPA. Clase: 44.

La solicitud fue presentada el día nueve de junio del año dos mil

dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

once de julio del año dos mil dieciséis.

MELVY ELIZABETH CORTEZ VANEGAS,

REGISTRADORA.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ CHAVEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000428-2

No. de Expediente: 2016153080

No. de Presentación: 20160235280

CLASE: 43.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado OMAR

ADALID FLORES MERCADO, en su calidad de APODERADO de

CORPORACION PIRAMIDE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro

de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras Comida CASUAL y diseño. Sobre

el uso de los elementos denominativos que componen la marca, indivi-

dualmente considerados no se concede exclusividad, que servirá para:

AMPARAR: SERVICIOS DE RESTAURANTES. Clase: 43.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de junio del año dos

mil dieciséis.

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

98 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiocho de junio del año dos mil dieciséis.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

NERY CRISTIANS STANLEY PORTILLO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000431-2

No. de Expediente: 2016152712

No. de Presentación: 20160234773

CLASE: 43.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado OMAR

ADALID FLORES MERCADO, en su calidad de APODERADO de

CORPORACION PIRAMIDE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro

de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la palabra ROADHOUSE GRILL y diseño, traducida

al castellano como: Parrilla del Restaurante de Carretera, que servirá

para: AMPARAR: SERVICIOS DE RESTAURANTES. Clase: 43.

La solicitud fue presentada el día trece de junio del año dos mil

dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

catorce de junio del año dos mil dieciséis.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000434-2

No. de Expediente: 2016153255

No. de Presentación: 20160235758

CLASE: 43.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado OMAR

ADALID FLORES MERCADO, en su calidad de APODERADO de

CORPORACION PIRAMIDE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro

de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la palabra RIBOLUTION y diseño, que servirá

para: AMPARAR: SERVICIOS DE RESTAURANTE. Clase: 43.

La solicitud fue presentada el día cuatro de julio del año dos mil

dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

cinco de julio del año dos mil dieciséis.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000440-2

No. de Expediente: 2016153257

No. de Presentación: 20160235760

CLASE: 43.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado OMAR

ADALID FLORES MERCADO, en su calidad de APODERADO de

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

99DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.

CORPORACION PIRAMIDE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro

de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras NEVER ENDING PASTA BOWL

PASTA SIN FIN y diseño, que se traducen al castellano como: TAZON

DE PASTA SIN FIN. Sobre el uso de los elementos denominativos que

componen la marca, aisladamente considerados no se concede exclusivi-

dad, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE RESTAURANTES.

Clase: 43.

La solicitud fue presentada el día cuatro de julio del año dos mil

dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

seis de julio del año dos mil dieciséis.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000441-2

No. de Expediente: 2016151806

No. de Presentación: 20160232946

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ELMER

ERNESTO CALDERON FLORES, en su calidad de REPRESENTANTE

LEGAL de IMPORTACIONES EXCLUSIVAS, SOCIEDAD ANONI-

MA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: IEX, S.A. DE C.V., de

nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA

DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras NEW AMERICAN Cooking Studio y

diseño, que se traducen al castellano como NUEVO ESTUDIO AME-

RICANO DE COCINA. Sobre el uso de los elementos denominativos

que componen la marca, aisladamente considerados no se concede

exclusividad, que servirá para: AMPARAR: EDUCACIÓN, FOR-

MACIÓN, SERVICIOS DE ENTRETENIMIENTO, ACTIVIDADES

DEPORTIVAS Y CULTURALES. Clase: 41.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de abril del año dos

mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

once de agosto del año dos mil dieciséis.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000451-2

No. de Expediente: 2016151052

No. de Presentación: 20160231580

CLASE: 42.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado FRANCISCO

JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO ESPECIAL

de PHARMA DEVELOPMENT S.A., de nacionalidad ARGENTINA,

solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

MEYER

Consistente en: la palabra MEYER, que servirá para: AMPARAR:

SERVICIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS, ASÍ COMO SER-

VICIOS DE INVESTIGACIÓN Y DISEÑO EN ESTOS ÁMBITOS;

SERVICIOS DE ANÁLISIS E INVESTIGACIÓN INDUSTRIALES;

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

100 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412

DISEÑO Y DESARROLLO DE EQUIPOS INFORMÁTICOS Y DE

SOFTWARE. Clase: 42.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de marzo del año

dos mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

cinco de abril del año dos mil dieciséis.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011533-2

No. de Expediente: 2015148442

No. de Presentación: 20150226200

CLASE: 43.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MIRNA

MARISOL LEMUS DE VIDAL, de nacionalidad SALVADOREÑA,

en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA

DE SERVICIOS,

Consistente en: la frase VACPOLLO y diseño, que servirá para:

AMPARAR: RESTAURANTE. Clase: 43.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de noviembre del año

dos mil quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

cinco de mayo del año dos mil dieciséis.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

NERY CRISTIANS STANLEY PORTILLO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011622-2

No. de Expediente: 2016153594

No. de Presentación: 20160236409

CLASE: 36.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado JOSE

EDUARDO LUNA ROSHARDT, en su calidad de REPRESENTANTE

LEGAL de BANCO CUSCATLAN DE EL SALVADOR, SOCIEDAD

ANONIMA que se abrevia: BANCO CUSCATLAN DE EL SALVA-

DOR, S.A., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro

de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: un diseño, que servirá para: AMPARAR: OPE-

RACIONES FINANCIERAS Y MONETARIAS. Clase: 36.

La solicitud fue presentada el día quince de julio del año dos mil

dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinte de julio del año dos mil dieciséis.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

NERY CRISTIANS STANLEY PORTILLO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011644-2

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

101DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.

REPOSICIÓN DE PÓLIZA DE SEGURO

AVISO

MAPFRE La Centro Americana, S.A., hace del conocimiento del público en general, que se ha presentado GUILLERMO RIVERA SALAZAR del domicilio de SANTA ANA, solicitando reposición de su póliza de seguro de vida 15744 emitida el 31/08/2009. Si dentro de 30 días contados a partir de la última publicación de este aviso no se presentare oposición se procederá a reponer la mencionada póliza.

San Salvador, 22 de agosto de 2016.

ANA ELIZABETH DE DOMÍNGUEZ,

RESPONSABLE DE VIDA INDIVIDUAL Y DECESOS.

3 v. alt. No. C000453-2

AVISO

MAPFRE La Centro Americana, S.A., hace del conocimiento del público en general, que se ha presentado JOSE ISMAEL ALVARADO AYALA del domicilio de SAN VICENTE, solicitando reposición de su póliza de seguro de vida 99005694 emitida el 23/11/2004. Si dentro de 30 días contados a partir de la última publicación de este aviso no se presentare oposición se procederá a reponer la mencionada póliza.

San Salvador, 18 de agosto de 2016.

ANA ELIZABETH DE DOMÍNGUEZ,RESPONSABLE DE VIDA INDIVIDUAL Y DECESOS.

3 v. alt. No. C000454-2

AVISO

MAPFRE La Centro Americana, S.A., hace del conocimiento del pú-blico en general, que se ha presentado SARA SILVIA HERNANDEZ MORAN del domicilio de SANTA ANA, solicitando reposición de su póliza de seguro de vida 18097 emitida el 27/10/2011. Si dentro de 30 días contados a partir de la última publicación de este aviso no se presentare oposición se procederá a reponer la mencionada póliza.

San Salvador, 24 de agosto de 2016.

ANA ELIZABETH DE DOMÍNGUEZ,

RESPONSABLE DE VIDA INDIVIDUAL Y DECESOS.

3 v. alt. No. C000455-2

MARCA DE PRODUCTO

No. de Expediente: 2016153789

No. de Presentación: 20160236733

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ARGEN-TINA CECIBEL ROMERO SOSA, en su calidad de APODERADO de

ANGELFU, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se

abrevia: ANGELFU, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

BALSAMICO

UNGUENTO

TOPICO GMS

Consistente en: las palabras: BALSÁMICO UNGUENTO TÓPICO GMS, sobre las palabras BALSAMICO, UNGUENTO Y TOPICO, individualmente no se le concede exclusividad, que servirá para: AM-PARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veinticinco de julio del año dos mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de agosto del año dos mil dieciséis.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000416-2

No. de Expediente: 2016153788

No. de Presentación: 20160236732

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ARGEN-TINA CECIBEL ROMERO SOSA, en su calidad de APODERADO de ANGELFU, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: ANGELFU, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

G. M. S. BALSAMICO

UNGUENTO

TOPICO

Consistente en: la palabra G M S BALSAMICO UNGUENTO TOPICO, sobre las términos de uso comúin BALSAMICO UNGUENTO TOPICO individualmente no se le concede exclusividad, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS. Clase: 05.

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

102 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412

La solicitud fue presentada el día veinticinco de julio del año dos mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de agosto del año dos mil dieciséis.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000417-2

No. de Expediente: 2016149720

No. de Presentación: 20160228672

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado DANILO RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de Co-mercializadora Arturo Calle S.A.S, de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

Consistente en: AC ARTURO CALLE y diseño, sobre los ele-mentos denominativos, individualmente considerados, no se concede exclusividad, que servirá para: AMPARAR: PRENDAS DE VESTIR, CALZADO, ARTICULOS DE SOMBRERERIA. Clase: 25.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de enero del año dos mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, catorce de julio del año dos mil dieciséis.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

NERY CRISTIANS STANLEY PORTILLO LÓPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000420-2

No. de Expediente: 2016152227

No. de Presentación: 20160233887

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado LUIS

ALONSO NAVARRETE SOTO, en su calidad de APODERADO de

CORPORACION PIRAMIDE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro

de la MARCA DE PRODUCTO.

Consistente en: las palabras THE CHICKEN WINGS Experts y

diseño traducida al astellano como LOS EXPERTOS DE LAS ALITAS

DE POLLO, que servirá para: AMPARAR: ALITAS DE POLLO. Clase:

29.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de mayo del año dos

mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiséis de mayo del año dos mil dieciséis.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMÍ PERAZA GALDÁMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000435-2

No. de Expediente: 2016150595

No. de Presentación: 20160230634

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado

GUILLERMO GUILLEN PORRAS, en su calidad de APODERADO

GENERAL JUDICIAL de CENTRAL DULCERA, SOCIEDAD ANO-

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

103DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.

NIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

Consistente en: las palabras Chiclin Sabor Coco y diseño, que servirá

para: AMPARAR: CARAMELO RELLENO DE CHICLE SABOR A

COCO. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día cuatro de marzo del año dos mil

dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintisiete de julio del año dos mil dieciséis.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

NERY CRISTIANS STANLEY PORTILLO LÓPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000457-2

No. de Expediente: 2016150594

No. de Presentación: 20160230633

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado

GUILLERMO GUILLEN PORRAS, en su calidad de APODERADO

de CENTRAL DULCERA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro

de la MARCA DE PRODUCTO.

Consistente en: la frase CHICLIN SABOR MENTA y diseño, que

servirá para: AMPARAR. CARAMELOS RELLENOS DE CHICLE

SABOR A MENTA. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día cuatro de marzo del año dos mil

dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiocho de julio del año dos mil dieciséis.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000458-2

No. de Expediente: 2016150596

No. de Presentación: 20160230635

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado

GUILLERMO GUILLEN PORRAS, en su calidad de APODERADO

de CENTRAL DULCERA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro

de la MARCA DE PRODUCTO.

Consistente en: las palabras CHICLIN SABOR MANGO y diseño,

que servirá para: AMPARAR: CARAMELO RELLENO DE CHICLE

SABOR A MANGO. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día cuatro de marzo del año dos mil

dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintisiete de julio del año dos mil dieciséis.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

SILVIA LORENA VEGA CHICAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000459-2

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

104 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412

No. de Expediente: 2014135664

No. de Presentación: 20140201649

CLASE: 09, 14.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado EDNA CAROLINA LOPEZ TOLEDO, en su calidad de APODERADO de SAMSUNG ELECTRONICS CO., LTD., de nacionalidad COREANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

SAMSUNG GEAR BLINK

Consistente en: las palabras SAMSUNG GEAR BLINK, que se traducen al castellano como Samsung Engranaje Parpadear, que servirá para: AMPARAR: TELÉFONOS MÓVILES; TABLETAS; CÁMARAS DIGITALES; REPRODUCTORES DE MULTIMEDIA PORTÁTILES; COMPUTADORAS PORTÁTILES; AUDÍFONOS INALÁMBRICOS PARA TELÉFONOS MÓVILES, TELÉFONOS INTELIGENTES Y TABLETAS; BATERÍAS RECARGABLES; CARGADORES DE BATERÍAS; ESTUCHES DE CUERO PARA TELÉFONOS MÓVI-LES, TELÉFONOS INTELIGENTES Y TABLETAS; CUBIERTAS PARA TELÉFONOS MÓVILES; TELÉFONOS INTELIGENTES Y TABLETAS; RECEPTORES DE TELEVISIÓN; COMPONENTES ELECTRÓNICOS DE AUDIO, ES DECIR, SISTEMA DE SONIDO ENVOLVENTE; CAJAS DESCODIFICADORAS DIGITALES; REPRODUCTORES DE DVD; PANTALLAS DE DIODO EMISO-RAS DE LUZ; MONITORES; ANTEOJOS TRIDIMENSIONALES; COMPUTADORAS; IMPRESORAS; SEMICONDUCTORES; PE-RIFÉRICOS DE ORDENADORES PORTÁTILES; PERIFÉRICOS PORTÁTILES PARA DISPOSITIVOS MÓVILES; ORDENADORES PORTÁTILES; TELÉFONOS MÓVILES PORTÁTILES; TELÉFO-NOS INTELIGENTE EN FORMA DE RELOJ; DISPOSITIVOS POR-TÁTILES EN LA FORMA DE UNA CORREA DE RELOJ. Clase: 09. Para: AMPARAR: RELOJES, BANDAS DE RELOJ Y BRAZALETES, POR MEDIO DE LOS CUALES SE PODRÁN TRANSMITIR DATOS A LOS: A) ASISTENTES DIGITALES PERSONALES (PDA), B) TE-LÉFONOS INTELIGENTES, C) TABLETAS Y COMPUTADORAS PERSONALES, A TRAVÉS DE SITIOS WEB DE INTERNET Y OTRAS COMPUTADORAS Y REDES DE COMUNICACIÓN ELEC-TRÓNICA. Clase: 14.

La solicitud fue presentada el día veintidós de mayo del año dos mil catorce.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cinco de noviembre del año dos mil catorce.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000470-2

No. de Expediente: 2016151725

No. de Presentación: 20160232793

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado EDNA

CAROLINA LOPEZ TOLEDO, en su calidad de APODERADO de

SUGOI PERFORMANCE APPAREL LP, de nacionalidad CANA-

DIENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

Consistente en: la palabra SUGOi y diseño, que servirá para:

AMPARAR: PRENDAS DE VESTIR, CALZADO Y ARTÍCULOS

DE SOMBRERERÍA TALES COMO: ROPA DE DEPORTE Y AC-

CESORIOS, EN CONCRETO: CAMISETAS (DE MANGA CORTA),

SHORTS, PANTALONES, PANTIS; CAMISETAS DE TIRANTES;

CHALECOS, CHAQUETAS; SUJETADORES DEPORTIVOS; LEN-

CERÍA; BOXERS (CALZONCILLOS); ROPA DE BAÑO; TRAJES

DEPORTIVOS, A SABER: TRAJES DE CICLISTA, TRAJES DE

TRIATLÓN, ROPA DE CORRER; CALCETINES; GORRAS; TOCAS;

VISERAS; GORRAS DE PASAMONTAÑAS; GUANTES; MITONES;

CALENTADORES DE CABEZA, EN CONCRETO: SOLIDEOS,

PAÑUELOS CUADRADOS PARA LA CABEZA, CINTAS PARA LA

CABEZA; CALENTADORES DE CUELLO, EN CONCRETO: BU-

FANDAS Y TUBOS DE CUELLO; OREJERAS; CALENTADORES

DE PIERNAS; CALENTADORES DE BRAZOS; CALENTADORES

DE RODILLA; CUBREZAPATOS DE USO GENERAL; BOTINES;

PRENDAS DE VESTIR DEPORTIVAS DE LANA MERINO, REVES-

TIMIENTO DE GAMUZA, EN CONCRETO: REVESTIMIENTOS DE

CICLISMO EN TELA CONTORNEADA Y PANTALONES CORTOS

DE TRIATLÓN. Clase: 25.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de abril del año dos

mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintitrés de mayo del año dos mil dieciséis.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000471-2

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

105DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.

No. de Expediente: 2016152292

No. de Presentación: 20160234014

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ILEANA LISSETTE BOQUIN ROMERO, en su calidad de APODERADO ESPE-CIAL de PROCAPS S.A., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

TEARSOFT

Consistente en: la palabra TEARSOFT, que servirá para: AMPA-RAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS PARA USO HUMANO, PREPARACIONES QUÍMICAS PARA USO FARMACÉUTICO, TABLETAS [PASTILLAS] PARA USO FARMACÉUTICO, PÍLDO-RAS PARA USO FARMACÉUTICO, SUPLEMENTOS DIETARIOS, SUSTANCIAS DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veinticinco de mayo del año dos mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de mayo del año dos mil dieciséis.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011531-2

No. de Expediente: 2013128703

No. de Presentación: 20130187585

CLASE: 01.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado FRANCISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO de Grupo Rotoplas, S.A. de C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la palabra Rotoplas y diseño, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS QUIMICOS PARA LA INDUSTRIA, LA CIENCIA Y LA FOTOGRAFIA, ASI COMO PARA LA AGRICUL-TURA, LA HORTICULTURA Y LA SILVICULTURA; RESINAS

ARTIFICIALES EN BRUTO, MATERIAS PLASTICAS EN BRUTO; ABONOS PARA EL SUELO; COMPOSICIONES EXTINTORAS; PREPARACIONES PARA TEMPLAR Y SOLDAR METALES; PRODUCTOS QUIMICOS PARA CONSERVAR ALIMENTOS; MATERIAS CURTIENTES; ADHESIVOS (PEGAMENTOS) PARA LA INDUSTRIA. Clase: 01.

La solicitud fue presentada el día veintidós de julio del año dos mil trece.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, siete de marzo del año dos mil dieciséis.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

SILVIA LORENA VEGA CHICAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011534-2

No. de Expediente: 2015143922

No. de Presentación: 20150218294

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado FRAN-CISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO de Acino Pharma AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Hierracin

Consistente en: la palabra Hierracin, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES FARMACÉUTICAS PARA EL TRATAMIENTO DE DEFICIENCIAS DE HIERRO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día cuatro de junio del año dos mil quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintisiete de julio del año dos mil dieciséis.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011535-2

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

106 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412

No. de Expediente: 2015146144

No. de Presentación: 20150222373

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado FRAN-CISCO JAVIER MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADO de RYMCO MEDICAL S.A.S., de nacionalidad COLOMBIANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

RYMCO MEDICAL Consistente en: las palabras RYMCO MEDICAL, en donde la palabra MEDICAL se traduce al castellano como MEDICO, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS; PREPARACIO-NES VETERINARIAS; MEDICAMENTOS PARA USO MÉDICO; MEDICAMENTOS PARA USO VETERINARIO; ALGODÓN PARA USO MÉDICO; DESINFECTANTES PARA USO HIGIÉNICO; PRO-DUCTOS PARA ESTERILIZAR; PAÑALES PARA BEBÉS; TAM-PONES PARA LA MENSTRUACIÓN; PAÑOS MENSTRUALES; ALIMENTOS DIETÉTICOS PARA USO MÉDICO; ALIMENTOS PARA BEBÉS; COMPLEMENTOS NUTRICIONALES; BEBIDAS DIETÉTICAS PARA USO MÉDICO; EMPLASTOS PARA USO MÉDICO; BOTIQUINES DE PRIMEROS AUXILIOS; ARTÍCULOS PARA APÓSITOS; MATERIALES PARA EMPASTES DENTALES; MATERIALES PARA IMPRONTAS DENTALES. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día cuatro de septiembre del año dos mil quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, quince de enero del año dos mil dieciséis.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADORA.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011536-2

No. de Expediente: 2016152626

No. de Presentación: 20160234570

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JULIO ARISTIDES FERRUFINO SANCHEZ, de nacionalidad SALVADO-REÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: las palabras: Productos Lácteos "San Buenaventura" y Diseño, que servirá para: AMPARAR: CARNE, PESCADO, CARNE

DE AVE Y CARNE DE CAZA; EXTRACTOS DE CARNE, FRUTAS Y VERDURAS, HORTALIZAS Y LEGUMBRES EN CONSERVA, CONGELADAS, SECAS Y COCIDAS; JALEAS, CONFITURAS, COMPOTAS; HUEVOS; LECHE Y PRODUCTOS LÁCTEOS; ACEI-TES Y GRASAS COMESTIBLES. Clase: 29.

La solicitud fue presentada el día ocho de junio del año dos mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, treinta de junio del año dos mil dieciséis.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

NERY CRISTIANS STANLEY PORTILLO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011562-2

No. de Expediente: 2016151563

No. de Presentación: 20160232468

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ALFONSO TOMAS CARBONELL, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de PLANTA DE TORREFACCION DE CAFE, SOCIEDAD ANONI-MA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

COSCA

Consistente en: la palabra COSCA, que servirá para: AMPARAR: CAFÉ. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de abril del año dos mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiuno de abril del año dos mil dieciséis.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

SILVIA LORENA VEGA CHICAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011593-2

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

107DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.

No. de Expediente: 2016151297

No. de Presentación: 20160231965

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ALFONSO TOMAS CARBONELL, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de PLANTA DE TORREFACCION DE CAFE, SOCIEDAD ANONI-MA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

PLANTOSA COMERCIAL

Consistente en: a palabra PLANTOSA COMERCIAL, que servirá para: AMPARAR: CAFÉ SOLUBLE Y EN DIFERENTES FORMAS. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día ocho de abril del año dos mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, treinta de abril del año dos mil dieciséis.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

JUAN ROBERTO VEGA SUNCIN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011594-2

No. de Expediente: 2016153130

No. de Presentación: 20160235440

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado HECTOR RAMON TORRES CORDOVA, en su calidad de APODERADO de NOVELTY PROPIERTIES, S.A., de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: las palabras Chocobanano PALIDELI y diseño. Sobre el uso de la palabra Chocobanano que forma parte de la marca, individualmente considerada no se concede exclusividad por ser una palabra de uso común o necesaria en el comercio, que servirá para: AMPARAR: HELADOS. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de junio del año dos mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de julio del año dos mil dieciséis.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011620-2

No. de Expediente: 2015147276

No. de Presentación: 20150224066

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MIRNA MARISOL LEMUS DE VIDAL, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: Las palabras ROSSO Coffee y diseño, cuya traducción al castellano es: ROSSO CAFÉ y diseño, que servirá para: AMPARAR: CAFE TOSTADO Y MOLIDO. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día trece de octubre del año dos mil quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiuno de octubre del año dos mil quince.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011623-2

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

108 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412

No. de Expediente: 2016152163

No. de Presentación: 20160233733

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MIRNA MARISOL LEMUS DE VIDAL, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: las palabras Abejita Miel y diseño, que servirá para: AMPARAR: MIEL. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de mayo del año dos mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de mayo del año dos mil dieciséis.

MELVY ELIZABETH CORTEZ VANEGAS,

REGISTRADORA.

SOFIA HERNANDEZ MELENDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011624-2

No. de Expediente: 2016152970

No. de Presentación: 20160235107

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado PATRICIO JOEL GUARDADO PAREDES, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de BODY CENTER, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: BODY CENTER, S.A. DE C.V., de na-cionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la palabra GELLAC, que servirá para: AMPARAR: COSMETICOS. Clase: 03.

La solicitud fue presentada el día veinte de junio del año dos mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cuatro de julio del año dos mil dieciséis.

MELVY ELIZABETH CORTEZ VANEGAS,

REGISTRADORA.

JIMMY NELSON RAMOS SANTOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011645-2

No. de Expediente: 2016154013

No. de Presentación: 20160237484

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SOFIA ALE-JANDRA ORELLANA CHINCHILLA, de nacionalidad SALVADO-REÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: la frase LA MUMUJA y diseño, que servirá para: AMPARAR: PASTELERÍA. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día ocho de agosto del año dos mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, doce de agosto del año dos mil dieciséis.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011790-2

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

109DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.

ACEPTACION DE HERENCIA

LICENCIADO JOSÉ MIGUEL LEMUS ESCALANTE, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR,

HACE SABER: que por resolución proveída por este Juzgado a las doce horas con diez minutos del día veintiocho de julio de dos mil dieciséis, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó la causante señora MARÍA TERESA ORELLANA conocida por MARÍA TERESA DE JESÚS ORELLANA, MARÍA TERESA ORELLANA DE NUÑEZ, MARÍA TERESA NUÑEZ y por MARÍA TERESA NUNEZ, quien fue de noventa y dos años, hija de DOMINGA VALLE y VÍCTOR ORELLANA, viuda, originaria de San Rafael, departamento de Chalatenango, siendo su último domicilio el de San Francisco, Estado de California, Estados Unidos de América, último domicilio en el país el de San Salvador, departamento de San Salvador, con Documento Único de Identidad número: cero dos siete cuatro nueve uno cuatro dos-seis, con Número de Identifi cación Tributaria: cero cuatro tres uno-uno cinco uno cero uno nueve-cero cero uno-seis; de parte de los señores: MIGUEL ÁNGEL NUÑEZ ORELLANA conocido por MIGUEL ÁNGEL NUÑEZ, mayor de edad, agricultor, del domicilio de Colón, departamento de La Libertad, con Documento Único de Identidad número: cero dos siete uno dos tres seis uno-siete, con Número de Identifi cación Tributaria: cero cuatro tres uno-dos cero cero cinco cuatro tres-cero cero uno-ocho; en su calidad de hijo de la causante y cesionario de los derechos hereditarios que le correspondían al señor JAIME BERTILIO NUÑEZ ORELLANA, con Número de Identifi cación Tributaria: cero cuatrocientos treinta y uno-veintisiete cero nueve cincuenta y uno-cero cero uno-siete; y VÍCTOR MANUEL NUÑEZ ORELLANA, mayor de edad, empleado, del domicilio de San Rafael, departamento de Chalatenango, con Documento Único de Identidad número: cero dos siete dos ocho siete ocho cuatro-tres, con Número de Identifi cación Tributaria: cero cuatro tres uno-uno cinco cero siete cuatro nueve-uno cero uno-cuatro; en su calidad de hijo de la causante; por el cien por ciento de los bienes.

Confi érase a los aceptantes la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones legales que les corresponde a los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil y Mercantil de San Salvador, a las doce horas con cincuenta minutos del día veintiocho de julio dos mil dieciséis.- LIC. JOSE MIGUEL LEMUS ESCALANTE, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL Y DE LO MERCANTIL. LIC. RAFAEL GILBERTO CRISTALES CASTRO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000330-3

CRISTIAN ALEXANDER GUTIÉRREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado el día doce de julio de dos mil dieciséis, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, de parte de la de la señora GILMA CRISTELA MORATAYA ISLEÑO, mayor de edad, empleada, de este domicilio, con Documento Único de Identidad Número cero cero novecientos treinta y dos mil doscientos noventa y seis-dos, y con Número de Identifi cación Tributaria un mil doscientos diecisiete-cero treinta mil doscientos setenta y tres-ciento cinco-tres, en calidad de cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían al señor

MAXIMO MORATAYA AVILES- hermano el causante-; la herencia dejada por el señor FLORENTIN MANUEL AVILES MORATAYA conocido por FLORENTIN MANUEL AVILES, quien fue de ochenta y cinco años de edad, soltero, jornalero, de este domicilio, originario de San Miguel, hijo de los señores Dionicio Avilés y María Morataya, fallecido a las diecinueve horas del día uno de enero de dos mil ocho, en Cantón Monte Grande, de San Miguel, siendo su último domicilio la ciudad de San Miguel.

No se le confi ere a la aceptante, en el carácter aludido, la admi-nistración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente, ya que actualmente ejercen la representación defi nitiva de dicha sucesión, las señoras ANA SEBASTIANA MORATAYA AVILES y ANA MARIA ESTER MORATAYA; por habérsele, con anterioridad, declarado herederas defi nitivas de la herencia referida.

Se CITA a los que se crean con derecho a la herencia referida, para que se presenten a deducirlo dentro del término de quince días a partir del siguiente al de la tercera publicación del presente edicto.

Se hace constar que se declara heredera interina a la señora GILMA CRISTELA MORATAYA ISLEÑO, por haber manifestado expresamente su representante procesal, abogado CARLOS ANTONIO ELIAS BERRIOS, que no existen más herederos comprendidos en el numeral 1 del artículo 988 del código civil.

Lo que se pone a disposición del público para los efectos de ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIUDAD DE SAN MIGUEL, A LOS DOCE DÍAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL DIECISEIS.- LIC. CRISTIAN ALEXANDER GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL. LIC. JUAN CARLOS HERNANDEZ PEREZ, SECRE-TARIO.

3 v. alt. No. C000332-3

JOSÉ HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-TRITO JUDICIAL DE METAPAN,

HACE SABER: Que por resolución proveída en este Juzgado a las catorce horas quince minutos del día diecinueve de Julio del dos mil dieciséis, se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada dejada por el causante JUAN ANTONIO PINTO, quien fue de sesenta y dos años de edad, empleado postal jubilado, fallecido el día dos de junio de mil novecientos ochenta y dos, siendo Masahuat su último domicilio; de parte del señor JUAN RAMON PINTO SANDOVAL conocido por JUAN RAMON PINTO, como HIJO del referido causante, habiéndosele conferidola administración y represen-tación INTERINA de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se cita a las personas que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las diez horas del día veinte de Julio del dos mil dieciséis.- LIC. JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MARIA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000343-3

DE TERCERA PUBLICACIÓN

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

110 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412

LICENCIADO ARNOLDO ARAYA MEJIA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL, SUPLENTE,

HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las nueve horas con cuarenta y cinco minutos del día dieciocho de julio del año dos mil dieciséis, en las diligencias de Aceptación de Herencia Intestada, clasifi cadas con el NUE: 02668-16-CVDV-1CM1-234- 02, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, de parte del señor ALFREDO AYALA VASQUEZ, mayor de edad, Estudiante, Salvadoreña, del domicilio de Comacarán, Departamento de San Mi-guel, con Documento Único de Identidad número: Cero cuatro millones trescientos cinco mil ciento sesenta y nueve-dos (04305169-2) y con Número de Identifi cación Tributaria: Un mil doscientos tres-cero veinte mil seiscientos noventa-ciento uno-cuatro (1203-020690-101-4); en calidad de hijo sobreviviente y cesionario de los derechos hereditarios que le correspondía a la señora ROSA MARGARITA VASQUEZ DE AYALA, en concepto de cónyuge sobreviviente y señora INGRID PATRICIA AYALA VASQUEZ, en concepto de hija sobreviviente del causante señor ALFREDO AYALA BENITEZ, a su defunción ocurrida el día 01 de Septiembre del año 2006, en el Hospital Nacional San Juan de Dios, de la ciudad y departamento de San Miguel, a consecuencia de Cardiopatía Mixta, con asistencia médica, a la edad de setenta y ocho años, Casado, originario de San Miguel, departamento de San Miguel, de Nacionalidad Salvadoreña, hijo de Hilario Ayala y Feliciana Benitez, siendo su último domicilio la ciudad y departamento de San Miguel.

Y se le ha conferido al aceptante la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia Yacente que regula el Art. 480 del Código Civil.

CITESE a los que se crean con derecho a la herencia, para que se presenten a este Juzgado dentro de los quince días subsiguientes después de la última publicación de este edicto.

Lo que pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil de San Miguel, a las nueve horas con cincuenta minutos del día ocho de agosto del año dos mil dieciséis.- LICENCIADO ARNOLDO ARAYA MEJIA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL, SUPLENTE.- LICENCIADA MARTA ERICELDA BONILLA RIVE-RA, SECRETARIA DE ACTUACIONES.

3 v. alt. No. F011095-3

LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHINAMECA,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las quince horas cinco minutos del día veintinueve de junio de dos mil dieciséis, se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia Testamentaria que al fallecer dejó el causante señor ROMEL

RIVAS GÓMEZ, fallecido a las diez horas treinta minutos del día nueve de abril de dos mil dieciséis, en la ciudad de San Jorge, Departamento de San Miguel, siendo la ciudad de San Jorge, Departamento de San Miguel, su último domicilio, de parte de la señora CASTA SUSANA RAMÍREZ GARAY, de sesenta y ocho años de edad, Soltera, Salvadoreña, con Documento Único de Identidad número cero dos cinco uno seis ocho nueve cero guión cuatro y con Identifi cación Tributaria número uno dos uno cinco guión uno uno cero ocho cuatro nueve guión uno cero uno guión dos, en su concepto de heredera testamentaria del causante.

Nómbrasele a la aceptante en el carácter dicho, administradora y representante interina de la sucesión de que se trata, con las facultades y restricciones que corresponde a la curadora de la herencia.

Publíquense los edictos de ley.

Lo que pone en conocimiento del público para los efectos de ley.-

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chinameca, a las quince horas quince minutos del día veintinueve de junio de dos mil dieciséis.- Licda. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Licda. INGRID VANESSA VASQUEZ BARAHONA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011143-3

LA INFRASCRITA JUEZA SUPLENTE DEL JUZGADO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE LA CIUDAD DE USULUTAN, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

AVISA: Que por resolución de las catorce horas cuarenta y cinco minutos de este día, se ha tenido por Aceptada Expresamente y con Benefi cio de Inventario, la Herencia Intestada que a su defunción dejó el causante el señor CONSTANTINO MALDONADO BONILLA, conocido por CONSTANTINO MALDONADO, al fallecer el día diecinueve de noviembre del año dos mil quince, en Transitions Life Care Raleig W. Ake, Carolina del Norte, de los Estados Unidos de América, siendo la ciudad de Concepción Batres, su último domicilio, de parte de la señora MARIA DE LA PAZ CORTEZ DE MALDONADO, conocida por MARIA DE LA PAZ CORTEZ y por MARIA DE LA PAZ CORTEZ GUTIERREZ, en calidad de cónyuge sobreviviente del causante.

Confi riéndosele a la aceptante dicha, la Administración y Repre-sentación Interina de la Sucesión, con las restricciones y facultades de los Curadores de la Herencia Yacente.

Se citan a los que se crean con derecho a la herencia, para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días después de la tercera publicación de este edicto.

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

111DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los tres días del mes de agosto del dos mil dieciséis.- Licda. SANDRA ELIZABETH SANCHEZ DIAZ, JUEZA DE LO CIVIL SUPLENTE.- Lic. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011145-3

LIC. ISIDRO ENRIQUE MORENO BENAVIDES, JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE-PARTAMENTO DE MORAZAN, AL PUBLICO,

HACE SABER: Que por resolución dictada a las quince horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, de parte de la señora María Lucila Vásquez de Garcia, de sesenta y cinco años de edad, comerciante en pequeño, del domicilio de esta Ciudad, con Documento Único de Identidad número 00613243-1 y con Número de Identifi cación Tributaria 1325-040351-101-9; de las Diligencias de Aceptación de Herencia que promueve en este Juzgado el Licenciado Carlos Isaías Rodríguez Villalta, de la herencia que en forma intestada dejó el señor Miguel Aparicio Garcia Rosales, de sesenta y cinco años de edad, profesor, casado, originario de San Emigdio, Departamento de La Paz y residente en esta Ciudad, Salvadoreño, hijo de PEDRO GARCIA y ADELA ROSALES, ya fallecidos; el causante falleció a las doce horas del día veintidós de abril del corriente año, en el Hospital de Especialidades Nuestra Señora de La Paz de la Ciudad de San Miguel, a consecuencia de SEPSIS, con asistencia médica, en concepto de ESPOSA del referido causante.-

Se le ha conferido en la calidad expresada la administración y representación INTERINA de dicha sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Y cita a las personas que se crean con derecho a la herencia, para que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de quince días, contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera, Departamento de Morazán, a las quince horas y cincuenta minutos del día veintidós de agosto de dos mil dieciséis.- Lic. ISIDRO ENRI-QUE MORENO BENAVIDES, JUEZ 1o. DE 1a. INSTANCIA.- Lic. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011150-3

RAUL WILFREDO BARRIENTOS BOLAÑOS, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO,

HACE SABER: Que por resolución de este Tribunal, de las nueve horas cinco minutos del día trece de julio del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada dejada por el señor JORGE HUMBERTO ZUNIGA HERNANDEZ, fallecido el día veintidós de noviembre del año dos mil

quince, siendo la ciudad de Nahuizalco el lugar de su último domicilio, de parte de la señora DELGADINA HAYDEE ZUNIGA HERNANDEZ, en concepto de cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían a la señora FRANCISCA HERNANDEZ DE ZUNIGA, como madre del causante.

Se ha conferido a la aceptante la administración y representación interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de ley.-

JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las catorce horas del día veinte de Julio del dos mil dieciséis.- Lic. MSc. RAUL WILFREDO BARRIENTOS BOLAÑOS, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SRIA.

3 v. alt. No. F011151-3

LICDA. AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, Jueza de lo Civil de este Municipio Judicial,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este juzgado, a las doce horas con cincuenta y cinco minutos del día veintiuno de julio del año dos mil dieciséis, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción ocurrida el día doce de abril del año dos mil ocho, en la Ciudad de San Salvador, siendo la Ciudad de San Marcos, Departamento de San Salvador, su último domicilio, dejó el causante señor MARCOS ANTONIO VALLADARES ALVARADO, conocido por MARCOS ANTONIO VALLADARES, de parte del señor CHRISTIAN VLADIMIR VALLADARES RENDEROS, en su calidad de hijo del causante y como cesionarios de los derechos hereditarios que le correspondían a los señores MARCO ANTONIO VALLADARES y PAZ RENDEROS, en calidad de hijo y madre, respectivamente, del referido causante.

Se ha conferido a los aceptantes la administración y representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Cítense a los que se crean con derecho a la herencia en mención para que transcurridos el término de quince días, contados a partir del siguiente al de la tercera publicación de este edicto, concurran a este tribunal a hacer uso de sus derechos.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Depar-tamento de San Salvador, a las doce horas con treinta y cinco minutos del día veintisiete de Julio del año dos mil dieciséis.- Licda. AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA DE LO CIVIL.- Licda. IRMA ARACELY FLORES DE CERON, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011153-3

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

112 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412

EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE SUCHI-TOTO, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que según resolución pronunciada por este Tribunal, a las once horas quince minutos de este mismo día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejara el causante JUAN JOSE ALVARADO ARDÓN, quien falleció a las trece horas cuarenta minutos del día diecinueve de abril del dos mil catorce, en la Comunidad El Sitio Cenicero, orillas del Lago Suchitlán, siendo esta ciudad de Suchitoto su último domicilio, quien a la hora de su fallecimiento era de cuarenta años de edad, agricultor en pequeño, Soltero, originario de esta ciudad, con Tarjeta de Identifi cación Tributaria número: 0715-300473-105-7; de parte de los menores JUAN CARLOS y JUANA CRISTINA, ambos de apellidos ALVARADO GOMEZ, el primero de tres años de edad, soltero, originario de Suchitoto y con Tarjeta de Identifi cación Tributaria número: 0715-161012-101-6, y la Segunda de nueve años de edad, sol-tera, originaria de Suchitoto y con Tarjeta de Identifi cación Tributaria número: 0715-140407-101-0; actuando éstos en su concepto de hijos del mencionado causante; por medio de la señora Margarita de Jesús Gómez Marroquín, quien actúa únicamente en su calidad de madre y representante Legal de sus menores hijos y por medio de su Apoderado General Judicial Licenciado José Ulises Escamilla Méndez.

Confi érasele a los aceptantes la administración y representación interina de los bienes sucesorales, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se citan a todas las personas que se crean con derecho a la herencia antes mencionada, para que se presenten a este Tribunal a deducirlo en el término de quince días, contados a partir desde el siguiente a la tercera publicación del edicto respectivo en el Diario Ofi cial.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Suchitoto, a las once horas veinte minutos del día diecinueve de agosto del dos mil dieci-séis.- Licdo. OSWALDO DAGOBERTO ARGUETA FUNES, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Licda. JUANA DE JESUS FIGUEROA COCA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011156-3

Licda. GLORIA VICTALINA VALENCIA DE BARRERA, Jueza de lo Civil de este distrito judicial, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas y cincuenta y cinco minutos del día dieciocho de mayo del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia testamentaria que a su defunción dejó el causante JOSE NICOLAS PEREZ ZEPEDA, quien falleció el día diecisiete de mayo de dos mil quince, en el Caserío San Sebastián Las Lomas, Cantón San Antonio, de la jurisdicción de Santa María Ostuma, siendo este último domicilio, por parte de la señora MARIA TERESA ZEPEDA, en concepto de heredera testamentaria del referido causante.

Nómbrase a la aceptante interinamente, administradora y represen-tante de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, se citan a todas las personas que se crean con derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de ley, comparezcan a este Juzgado a justifi car dicha circunstancia.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, dieciocho de mayo de dos mil dieciséis.- Lic. GLORIA VICTALINA VALENCIA DE BA-RRERA , JUEZA DE LO CIVIL.- Lic. OSCAR ERNESTO AREVALO ORREGO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011165-3

OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE JUCUAPA,

HACE SABER: Que por resolución proveída en este Juzgado, a las quince horas con cinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, de la herencia intestada que a su defunción dejó la señora SARA MARIA CALDERÓN, quien fue de sesenta y seis años de edad, soltera, Ama de Casa, originaria del Municipio de Jucuapa, Departamento de Usulután, de Nacionalidad Salva-doreña, siendo hija de la señora Juana Calderón y de padre desconocido, quien falleció a las diecinueve horas del día veinte de Enero de dos mil catorce, en el Hospital San Juan de Dios de la Ciudad de San Miguel, siendo su último domicilio el Municipio de Jucuapa, Departamento de Usulután, de parte del señor JUAN CARLOS CALDERON COLATO, de cuarenta y un años de edad, Motorista, del domicilio de Amityville, Estado de Nueva York, Estados Unidos de America y temporalmente del domicilio de Jucuapa, departamento de Usulután, con Documento Único de Identidad Número: Cero cuatro ocho cinco dos cinco siete dos guion siete; y con Tarjeta de Identifi cación Tributaria Número: Uno uno cero nueve- dos dos uno dos siete cuatro- uno cero dos- cero; en concepto de hijo sobreviviente de la referida causante, Art. 988 N° 1 C C. y CESIONARIO DE LOS DERECHOS HEREDITARIOS que le correspondían a la señora GLADIS ESMERALDA CALDERÓN, en concepto de hija sobreviviente de la causante Art. 988 N° 1 C C.

Confi érase al aceptante declarado en el carácter indicado, la Admi-nistración y Representación Interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-

Y CITA: A los que se crean con derecho a la herencia referida, para que se presenten a deducirlo dentro del término de quince días a partir del siguiente al de la tercera publicación del presente edicto.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de Ley.

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

113DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: JUCUAPA, A LAS QUINCE HORAS CON VEINTE MINUTOS DEL DIA DIECIOCHO DE AGOSTO DE DOS MIL DIECISEIS.- Lic. OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Lic. RODOLFO ANTONIO CASTRO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011176-3

DELMY RUTH ORTIZ SANCHEZ, JUEZA SUPLENTE DEL JUZ-GADO DE LO CIVIL DE SANTA TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este juzgado, a las nueve horas del día once de noviembre del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada dejada por el causante señor Ricardo Alberto Benavides Gaitán, ocurrida el día veintiséis de febrero de dos mil trece, en San Salvador, siendo esta ciudad el lugar de su último domicilio, de parte de la señora Elba Mendoza de Benavides, en calidad de cónyuge del causante.

Y se ha conferido a la aceptante, la administración y la represen-tación Interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las nueve horas y treinta minutos del día once de noviembre de dos mil quince.- Dra. DELMY RUTH ORTIZ SANCHEZ, JUEZA SUPLENTE DE LO CIVIL.- Br. KARINA VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011195-3

CRISTIAN ALEXANDER GUTIERREZ, Juez Segundo de lo Civil y Mercantil de la Ciudad San Miguel,

HACE SABER: Que por resolución del día veinte de mayo de dos mil dieciséis, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, de parte de la señora YESENIA LISSETH NAVAS SALAMANCA, mayor de edad, licenciada en ciencias jurídicas, del domicilio de Moncagua, departamento de San Miguel, con Documento Único de Identidad número 00203971 - 2 y con tarjeta de identifi cación tributaria número 1209 -191280 -101 -3, en calidad de cesionaria de los derechos que le correspondían al señor JOSE BALMORE NAVAS, hijo de la causante, la herencia intestada que dejó al fallecer la señora MAR-TA MARIA NAVAS QUINTANILLA, conocida por MARTA MARIA NAVAS, MARTA MARINA NAVAS y MARTHA MARIA NAVAS, quien fue de ochenta y tres años de edad, pensionada o jubilada, soltera, originaria de Moncagua, departamento de San Miguel, Salvadoreña, de este domicilio, hija de SANTOS NAVAS y RUPERTO QUINTANILLA, fallecida el día diecinueve de diciembre de dos mil trece, en el Cantón El Rodeo de Moncagua, departamento de San Miguel, siendo su último domicilio Moncagua, departamento de San Miguel.

Se le ha conferido a la aceptante, señora YESENIA LISSETH

NAVAS SALAMANCA, en calidad de cesionaria de los derechos que

le correspondían al señor JOSÉ BALMORE NAVAS, hijo de la cau-

sante, señora MARTA MARIA NAVAS QUINTANILLA, conocida

por MARTA MARIA NAVAS, MARTA MARINA NAVAS y MAR-

THA MARIA NAVAS, la administración y representación interina de

la sucesión intestada con las facultades y restricciones de la herencia

yacente.

Y se cita a los que se crean con derecho a la referida herencia, para

que se presenten a deducirlo dentro de los quince días posteriores a la

tercera publicación de este edicto.

Lo que se pone de conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil y Mercantil de la Ciudad

de San Miguel, a los veinte días del mes de mayo de dos mil dieciséis.-

Lic. CRISTIAN ALEXANDER GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO DE

LO CIVIL Y MERCANTIL.- Lic. JUAN CARLOS HERNANDEZ

PEREZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011209-3

ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO

JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas con treinta

y cinco minutos del día de hoy, se ha tenido por aceptada expresamente y

con benefi cio de inventario, de parte de la señora MARÍA MARROQUIN

DE GONZÁLEZ o MARÍA MARROQUIN, la herencia intestada

que a su defunción dejó el señor MAXIMILIANO MARROQUIN o

MAXIMILIANO MARROQUIN RAMOS, quien fue de setenta y cuatro

años de edad, jornalero, salvadoreño, soltero, originario de San Vicente,

falleció el día seis de enero del dos mil uno, en Guadalupe, departamento

de San Vicente, en este Distrito Judicial, lugar de su último domicilio,

en concepto de hermana del causante.

Y se ha nombrado a la aceptante, administradora y representante

interina de la sucesión, con las restricciones de los curadores de la

herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los treinta días

del mes de Julio del dos mil quince.- Dra. ANA FELICITA ESTRADA,

JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011210-3

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

114 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412

LIC. LUIS ANTONIO BENÍTEZ HIDALGO, Juez de lo Civil Interino

de este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas quince

minutos del día dieciséis de agosto del corriente año, se ha tenido por

aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte de la señora

ROSA EMELINA BARAHONA ÁNGEL, mayor de edad, comerciante,

del domicilio de esta ciudad y departamento, con Documento Único de

Identidad número cero dos millones setecientos cincuenta y cuatro mil

novecientos ochenta y nueve-siete y Tarjeta de Identifi cación Tributaria

Número un mil diez-cero veintiún mil ciento sesenta y tres-cero cero

uno-dos, la herencia intestada que a su defunción dejó el señor ÁNGEL

BARAHONA SORIANO conocido por ÁNGEL BARAHONA, quien

fue de ochenta y siete años de edad, jornalero, salvadoreño, casado, con

Documento Único de Identidad número cero un millón trescientos dos

mil setecientos treinta y nueve-seis y Tarjeta de Identifi cación Tributaria

un mil diez-ciento setenta mil trescientos diecisiete-cero cero dos-cero,

fallecido el día dieciséis de junio del año dos mil cuatro, en el Barrio

Concepción, de esta ciudad, lugar de su último domicilio, en concepto

de hija del causante.

Y se ha nombrado a la aceptante Administradora y Representante

interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los dieciséis

días del mes de agosto del año dos mil dieciséis. LIC. LUIS ANTONIO

BENÍTEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL INTERINO. LIC. LILIAN

MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011224-3

JOEL ENRIQUE ULLOA ZELAYA, Juez Suplente Segundo de lo Civil

y Mercantil de la Ciudad de San Miguel.

HACE SABER: Que por resolución del día cuatro de julio de dos

mil dieciséis, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio

de inventario de parte de la señora REINA AZUCENA BERRIOS

CENTENO, mayor de edad, de ofi cios domésticos, del domicilio de

Chirilagua, departamento de San Miguel, con Documento Único de

Identidad número 02656595-5, y Tarjeta de Identifi cación Tributaria

Número 1206-060169-102-5, en calidad de cesionaria de los derechos

que le correspondían a la señora ANA MATILDE LOZA, actualmente

ANA MATILDE LOZA DE MOREIRA, madre del causante; la herencia

intestada que dejó al fallecer el señor JOSÉ ALFREDO LOZA RAMOS

conocido por JOSÉ ALFREDO LOZA, quien fue de cuarenta y cinco

años de edad, pescador, soltero, originario de Chirilagua, departamento

de San Miguel, Salvadoreño, del domicilio de Chirilagua, departamento

de San Miguel, hijo de ALFREDO RAMOS y ANA MATILDE LOZA,

fallecido el día veintisiete de julio de dos mil quince, en la Playa El

Cuco, Cantón El Cuco, Chirilagua, departamento de San Miguel, siendo

su último domicilio Chirilagua, departamento de San Miguel, se le ha

conferido a la aceptante, señora REINA AZUCENA BERRIOS CEN-

TENO, en calidad de cesionaria de los derechos que le correspondían

a la señora ANA MATILDE LOZA actualmente ANA MATILDE

LOZA DE MOREIRA, madre del causante JOSÉ ALFREDO LOZA

RAMOS conocido por JOSÉ ALFREDO LOZA, la Administración y

Representación interina de la sucesión intestada con las facultades y

restricciones de la herencia yacente; y se cita a los que se crean con

derecho a la referida herencia, para que se presenten a deducirlo dentro

de los quince días posteriores a la tercera publicación de este edicto.

Lo que se pone de conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil y Mercantil de la Ciudad

de San Miguel, a los cuatro días del mes de julio de dos mil dieciséis. LIC.

JOEL ENRIQUE ULLOA ZELAYA, JUEZ SUPLENTE SEGUNDO

DE LO CIVIL Y MERCANTIL. LIC. JUAN CARLOS HERNANDEZ

PEREZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011227-3

DOCTORA DELMY RUTH ORTIZ SANCHEZ, JUEZ (1) SUPLENTE

DEL JUZGADO PLURIPERSONAL DE LO CIVIL DE CIUDAD

DELGADO. Al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas de este día,

se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventario la

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

115DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.

herencia Intestada que a su defunción dejó el causante señor ANTO-

NIO OSORIO MARTINEZ conocido por ANTONIO OSORIO y por

ANTONIO MARTINEZ OSORIO, quien fue de sesenta y nueve años

de edad, carpintero, soltero, de este Domicilio y quien falleció el día

seis de octubre de dos mil catorce, con Documento Único de Identidad

02417661-1 y Número de Identifi cación Tributaria 0619-101144-102-7;

de parte de la señora GLADIS ARGUETA OSORIO, mayor de edad,

ama de casa, de este domicilio, con Documento Único de Identidad

número 00773253-5 y con Número de Identifi cación Tributaria 0619-

071165-001-2, como hija del causante. Confi riéndosele al aceptante

la Administración y Representación INTERINA de la sucesión con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Siendo representada la aceptante por la Licenciada LAURA LISETT

CENTENO ZAVALETA, con Número de Identifi cación Tributaria

0619-260777-102-0.

Publíquese el edicto de Ley.

JUZGADO PLURIPERSONAL DE LO CIVIL DE CIUDAD

DELGADO, JUEZ (1), a las diez horas y cinco minutos del día dieci-

nueve de agosto del año dos mil dieciséis. DRA. DELMY RUTH ORTIZ

SANCHEZ, JUEZ (1) SUPLENTE DEL JUZGADO DE LO CIVIL DE

CIUDAD DELGADO. LIC. MANUEL EDGARDO MAZA PADILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F011232-3

LIC. ISIDRO ENRIQUE MORENO BENAVIDES, JUEZ PRIMERO

DE PRIMERA INSTANCIA, DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE-

PARTAMENTO DE MORAZAN.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada en este Juzgado

a las diez horas y cuarenta minutos de este día; SE HA TENIDO POR

ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON BENEFICIO DE INVENTA-

RIO de parte de la señora RAMONA PINEDA ROMERO, de 57 años

de edad, de ofi cios domésticos; originaria y del domicilio de Yamabal,

Departamento de Morazán, con Documento Único de Identidad número

02080795-1, y Tarjeta de Identifi cación Tributaria Número 1325-101058-

101-1; de la herencia que en forma Intestada dejó la causante MARIA

MARTA PINEDA SANCHEZ, conocida por MARIA MARTA PINE-

DA y por MARTA PINEDA, quien al fallecer era de 61 años de edad,

ama de casa, originaria y del domicilio de Yamabal, Departamento de

Morazán, de Nacionalidad Salvadoreña, quien falleció a las 20 horas y

00 minutos del día 06 de noviembre de 1986, en Caserío Isleta, Cantón

Joya del Matazano, de la jurisdicción de Yamabal, Departamento de

Morazán, siendo hija de los señores CECILIO PINEDA y CLEOTILDE

SANCHEZ, ambos ya fallecidos; en concepto de HIJA de la referida

causante. Confi érasele al referido aceptante en la calidad expresada, la

Administración y Representación INTERINA de dicha sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia Intestada.

Y cita a las personas que se crean con derecho a la herencia,

para que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de

quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este

edicto.

Juzgado Primero de Primera, Instancia, San Francisco Gotera,

departamento de Morazán, a las diez horas y cincuenta y cinco minutos

del día nueve de agosto de dos mil dieciséis. LIC. ISIDRO ENRIQUE

MORENO BENAVIDES, JUEZ 1o. DE 1a. INSTANCIA. LIC. YESENIA

ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011251-3

SAÚL ERNESTO MORALES, JUEZ QUINTO DE LO CIVIL Y

MERCANTIL DE SAN SALVADOR.

HACE SABER: Que en este Juzgado se han iniciado las Diligencias

de Aceptación de Herencia testamentaria, promovidas por el Licenciado

JOSE MAURICIO CARDOZA, como Apoderado General Judicial de

las señoras MIRIAM LOBOS INGLES, DELFA CAROLINA CHONG

INGLES, y las menores GISELLE ARELY SOLORZANO LOPEZ y

KATHERINE ARELY SOLORZANO LOPEZ, representadas legal-

mente por su progenitora, señora ARELY DEL TRANSITO LOPEZ DE

SOLORZANO, y que por resolución de las ocho horas del día diecinueve

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

116 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412

de julio de dos mil dieciséis, se ha tenido por aceptada expresamente y

con benefi cio de inventario la sucesión testamentaria que a su defunción

dejó el causante LUIS ANTONIO SOLORZANO MORAN, quien fue de

ochenta y dos años de edad al momento de fallecer, soltero, salvadoreño,

hijo de Nicolás Solórzano y Matilde Morán, siendo su último domicilio

San Salvador, fallecido el día seis de septiembre de dos mil doce, por

parte de las señoras MIRIAM LOBOS INGLES, DELFA CAROLINA

CHONG INGLES, y las menores GISELLE ARELY SOLORZANO

LOPEZ y KATHERINE ARELY SOLORZANO LOPEZ, representa-

das legalmente por sus progenitores, LUIS ANTONIO SOLORZANO

LOBOS y ARELY DEL TRANSITO LOPEZ DE SOLORZANO, y

haberse conferido a los mismos en su calidad de herederos testamenta-

rios, de conformidad al art.1163 del Código Civil, la Administración y

Representación interina de la sucesión testamentaria, con las facultades

y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Asimismo, en dicha resolución se ordenó citar a los que se crean

con derecho a la sucesión, para que dentro del plazo de quince días con-

tados a partir del siguiente a la tercera publicación del edicto de ley, se

presenten a este juzgado a deducir sus derechos, y para que lo proveído

por este Juzgado tenga su legal cumplimiento.

Se libra el presente Edicto, en el Juzgado Quinto de lo Civil y

Mercantil de San Salvador, a las ocho horas con quince minutos del

día diecinueve de julio de dos mil dieciséis. DR. SAÚL ERNESTO

MORALES, JUEZ QUINTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SAN

SALVADOR. LIC. DAVID ORLANDO TOBAR MOLINA, SECRE-

TARIO.

3 v. alt. No. F011287-3

LICENCIADO EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO

CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada por este juz-

gado de las diez horas con doce minutos del día doce de abril de dos

mil dieciséis, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio

de inventario la herencia intestada dejada a su defunción ocurrida el

día diecinueve de diciembre de dos mil trece; dejó el Causante RENE

ALEXANDER NAVAS QUINTEROS, quien fue de treinta y un años

de edad, empleado, hijo de ROSA EVELIA QUINTEROS AMAYA o

ROSA EBELIA QUINTEROS y de GERARDO NAVAS RIVERA,

estado civil soltero, originario del municipio de San Salvador, Departa-

mento de San Salvador, de Nacionalidad Salvadoreño, siendo su último

domicilio el Municipio de San Martín, Departamento de San Salvador,

con Documento Único de Identidad número CERO DOS CERO SEIS

CERO CERO OCHO NUEVE GUIÓN SEIS, de parte de GERAR-

DO NAVAS RIVERA, en su calidad de Padre del causante; ROSA

EVELIA QUINTEROS AMAYA o ROSA EBELIA QUINTEROS, en

calidad de madre del Causante; JONATHAN RENE NAVAS VIDES

y KEIRY ALEJANDRA NAVAS VIDES, en calidad de hijos menores

del causante, representados legalmente por su señora madre NUBIA

AZUCENA VIDES HERNÁNDEZ y como su procurador el Licenciado

ROBERTO ANTONIO HERRERA VENTURA. Y se le ha Conferido

a los aceptantes la Administración y Representación INTERINA de los

bienes de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores

de la herencia Yacente.

Y CITA: a los que se crean con derecho a la herencia referida para

que se presenten en el término de la ley, a hacer uso de sus derechos, en

la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las quince

horas, treinta minutos del día treinta de junio de dos mil dieciséis. LIC.

EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA.

AMALIA DEYANIRA RODRIGUEZ MARTINEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011299-3

TITULO DE PROPIEDAD

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: Que a esta Alcaldía Municipal, se ha presentado

por medio de escrito Gloria Dixie Zacapa de Morales, mayor de edad,

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

117DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.

Abogado, del domicilio de Nahuizalco, Departamento de Sonsonate,

con Documento Único de Identidad número cero tres cuatro seis ocho

cuatro uno seis guión uno, y Número de Identifi cación Tributaria cero

tres cero ocho guión cero uno cero uno ocho seis guión uno cero uno

guión cero; y con Tarjeta de Identifi cación de Abogado veinticinco

mil quinientos ochenta y dos; y actuando como apoderado General

Judicial del señor SANTOS MARDOQUEO MORALES PAREDES,

de sesenta y dos años de edad, comerciante en pequeño, del domicilio

de Nahuizalco, Departamento de Sonsonate, con Documento Único de

Identidad número cero uno ocho cuatro cero seis siete seis guión cinco

y Número de Identifi cación Tributaria cero tres cero ocho guión uno

tres uno cero cinco tres guión uno cero uno guión cinco; solicitando se

le extienda TITULO DE PROPIEDAD MUNICIPAL, de un inmueble

de naturaleza rústico, de origen ejidal, ubicado en Cantón El Carrizal,

municipio de Nahuizalco, departamento de Sonsonate, identifi cado como

parcela número OCHOCIENTOS TREINTA Y UNO, de una extensión

superfi cial de MIL TREINTA Y DOS PUNTO SEIS MIL SESENTA

Y NUEVE METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias

siguientes: AL NORTE: veintitrés metros punto diez centímetros, linda

con Marcela Paredes de Ortiz, calle de por medio, AL ORIENTE: treinta y

seis metros, linda con Patricio Morales Flores, con María Margarita Rafael

y Francisco Lipe. AL SUR: veintinueve metros punto diez centímetros,

linda con Manuel Morales. AL PONIENTE: cuarenta y dos metros punto

noventa y cinco centímetros, linda con Ricardo Morales, el inmueble

antes descrito no es dominante ni sirviente, no tiene cargas, ni derecho

real que pertenezcan a otras personas con quien hubiere proindivisión,

dicho inmueble lo adquirió por posesión material la cual ha ejercido por

más de quince años, en forma quieta pacífi ca e ininterrumpida, ejecutando

actos de toda clase que sólo da el derecho de dominio, todo a ciencia y

paciencia de vecinos y colindantes sin clandestinidad y sin haber sido

perturbado por nadie, dicho inmueble lo valúa en la suma de UN MIL

DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Lo que se hace del conocimiento público para los efectos de ley.

Alcaldía Municipal de Nahuizalco, a las diez horas y treinta minutos

del día diecisiete de agosto del año dos mil dieciséis. JORGE WILLER

PATRIZ CASTANEDA, ALCALDE MUNICIPAL. LUIS ALBERTO

ROLIN ESCOBAR, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F011113-3

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: Que a esta Alcaldía se han presentado el Licenciado

JUAN CARLOS GARCIA, mayor de edad, Abogado, del Domicilio de

San Rafael Cedros, con Documento Único de Identidad número cero dos

millones cuatrocientos treinta mil ciento catorce guión tres y Número

de Identifi cación Tributaria cero setecientos once-ciento setenta mil

seiscientos ochenta y cuatro guión ciento uno guión ocho, apoderado

General Judicial del señor FELIPE ORLANDO DURAN, solicitando

se le extienda TITULO DE PROPIEDAD Y DOMINIO de un inmueble

de naturaleza urbana, situado cuarta avenida norte, Barrio Los Ángeles,

Jurisdicción de Apastepeque, Departamento de San Vicente, de una

extensión Superfi cial de CUATROCIENTOS VEINTICINCO PUNTO

VEINTIOCHO METROS CUADRADOS, EQUIVALENTES A SEIS-

CIENTOS OCHO PUNTO CINCUENTA VARAS CUADRADAS. El

vértice Nor-Poniente, punto identifi cado como mojón número uno, que

es el vértice de pared existente y es donde se inicia la presente descrip-

ción técnica, que tiene los rumbos y distancias siguiente: LINDERO

NORTE: Partiendo del vértice Nor-Poniente formado por tres tramos

con los siguientes rumbos y distancias: tramo uno, Noreste ochenta y

cinco grados cincuenta y dos minutos cuarenta y un segundos, distancia

diez punto veintisiete metros; tramo dos, Noreste sesenta y un grados

cuarenta minutos veintinueve segundos, distancia tres punto noventa y

nueve metros, colinda en estos dos tramos con Deysi Pino, servidumbre

de acceso de uno punto sesenta metros de ancho de por medio; tramo

tres, Sureste cincuenta y siete grados doce minutos cincuenta y cuatro

segundos, distancia siete punto noventa y tres metros, se llega al vértice

Nor-Oriente, colinda en este tramo con María Mercilda Soriano Durán,

cerco sin materializar de por medio. LINDERO ORIENTE: Partiendo del

vértice Nor-Oriente formado por cuatro tramos con los siguientes rumbos

y distancias: tramo uno, Suroeste veintidós grados treinta minutos cuarenta

y ocho segundos, distancia un punto treinta y nueve metros, colinda en

este tramo con María Mercilda Soriano Durán, pared de por medio, tramo

dos, Suroeste trece grados cero minutos veintiún segundos, distancia siete

punto veinticinco metros, colinda en este tramo con Nicolás Rodríguez

Pino, pared de por medio; tramo tres, Suroeste nueve grados veintiún

minutos treinta y ocho segundos distancia siete punto noventa y siete

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

118 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412

metros, colinda en este tramo con William Franco, pared de por medio;

tramo cuatro, Suroeste once grados cincuenta y seis minutos veintiún

segundos, distancia seis punto sesenta y seis metros, se llega al vértice

Sur-oriente, colinda en este tramo con Santos Fausto Pino, pared de por

medio. LINDERO SUR: Partiendo del vértice Sur-Oriente formado por

tres tramos con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Noroeste

setenta y tres grados cuarenta y nueve minutos ocho segundos, distancia

nueve punto diecisiete metros, colinda en este tramo con Silvia Aguiluz,

pared de por medio: Tramo dos, Noroeste cuarenta grados dieciocho

minutos dieciocho segundos, distancia siete punto sesenta y seis metros;

tramo tres, Noroeste cincuenta y ocho grados cincuenta y tres minutos

veintitrés segundos, distancia seis punto sesenta y ocho metros; se llega

al vértice Sur-Poniente, colinda en estos dos tramos con Pedro Álvarez,

cerco de alambre de por medio. LINDERO PONIENTE: Partiendo del

vértice Sur-Poniente formado por dos tramos con los siguientes rumbos

y distancias: tramo uno, Noreste dieciocho grados dos minutos diez

segundos, distancia doce punto veintinueve metros, tramo dos, Noreste

cinco grados cincuenta y un minutos treinta y nueve segundos, distancia

cero punto ochenta y seis metros, se llega al vértice Nor-Poniente que

es donde se inició la presente descripción técnica, colinda en estos dos

tramos con María Isabel Barrera, pared y malla ciclón de por medio.

El terreno descrito goza de una servidumbre de acceso de la extensión

superfi cial de sesenta y nueve punto cero cinco metros cuadrados,

equivalente a noventa y ocho punto ochenta varas cuadradas. El vértice

Nor-Poniente, punto identifi cado como mojón número uno, que es

vértice de pared existente y es donde se Inicia la presente descripción

técnica, que tiene los rumbos y distancias siguientes: LINDERO NOR-

TE, partiendo del vértice Nor-Poniente formado por cuatro tramos Con

los siguientes rumbos y distancias: tramo uno, Noreste ochenta y seis

grados un minuto cuarenta y cuatro segundos, distancia nueve punto

setenta metros, tramo dos, Noreste sesenta y un grados tres minutos

nueve segundos, distancia tres punto cuarenta y dos metros; tramo tres,

Noreste veinticinco grados siete minutos ocho segundos, distancia tres

punto setenta y nueve metros, colinda en estos tres tramos con Deysi

Pino, pared de por medio; tramo cuatro, Sureste ochenta grados once

minutos cuarenta y nueve segundos, distancia veintiséis punto treinta

y ocho metros, se llega al vértice Nor-Oriente, colinda en este tramo

con Fredy Pérez, pared de por medio. LINDERO ORIENTE: Partiendo

del vértice Nor-Oriente formado por un tramo con rumbo Suroeste diez

grados dieciocho minutos dieciséis segundos, distancia un punto sesenta

y un metros, se llega al vértice Sur-Oriente, colinda en este tramo con

Unidad de Salud de Apastepeque, cuarta avenida norte de por medio.

LINDERO SUR: Partiendo del vértice Sur-Oriente formado por cuatro

tramos con los siguientes rumbos y distancias: tramo uno Noroeste

ochenta grados dieciocho minutos dieciséis segundos, distancia vein-

ticinco punto dieciséis metros; tramo dos, Suroeste veintiocho grados

treinta y cuatro minutos veintiséis segundos, distancia tres punto treinta

y un metros, colinda en estos dos tramos con María Mercilda Soriano

Durán, cerco sin materializar de por medio; tramo tres, Suroeste sesenta

y un grados cuarenta minutos veintinueve segundos, distancia tres punto

noventa y nueve metros; tramo cuatro, Suroeste ochenta y cinco grados

cincuenta y dos minutos cuarenta y un segundos, distancia diez punto

veintisiete metros, se llega al vértice Sur-poniente, colinda en estos dos

tramos con inmueble a titular propiedad de Felipe Orlando Durán, cerco

sin materializar de por medio. LINDERO PONIENTE: Partiendo del

vértice Sur-Poniente formado por un tramo con rumbo Noreste cinco

grados cincuenta y un minutos treinta y nueve segundos, distancia un

punto sesenta y dos metros, se llega al vértice Nor Poniente, que es

donde se inició la descripción técnica, colinda en este tramo con María

Isabel Barrera, portón de por medio, el inmueble y su servidumbre de

tránsito descrito no son dominantes, ni sirvientes de otros predios, no

están en proindivisión con otra persona, ni tienen cargas o derechos

reales que pertenezcan a otra persona, que el inmueble descrito lo valúa

en la cantidad de SIETE MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS

DE NORTE AMERICA, dicho Inmueble lo pose de buena fe, quieta y

pacífi camente, sin proindivisión alguna desde el diecisiete de junio de

dos mil cinco, o sea más de diez años continuos.

Lo que hace del conocimiento al público para los efectos de Ley.

Alcaldía Municipal de Apastepeque, a los dieciséis días del mes de

agosto del año dos mil dieciséis. GALILEO HERNANDEZ ALVARADO,

ALCALDE MUNICIPAL. MARIXA ANGELICA GUILLEN DE

RAMOS, SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F011211-3

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

119DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016. TÍTULO DE DOMINIO

ELISANDRO LEÓN RIVERA, Alcalde Municipal de Dulce Nombre

de María, Departamento de Chalatenango.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado el Licenciado

Manuel de Jesús Rivas Cardoza, Mayor de edad, Abogado, del domicilio

de San Salvador, con Documento Único de Identidad cero cero cero diez

mil cuatrocientos cincuenta y nueve guión cinco y tarjeta de Abogado tres

mil cuatrocientos treinta, sin las inhabilidades para procurar contenidas

en Art. 67 del Código Procesal Civil y Mercantil, actuando en calidad

de apoderado del señores MIGUEL ANGEL ALVARENGA ALAS,

ALBERTINA ALAS DE ALVARENGA, conocida por ALBERTINA

ALAS MARTINEZ, GERMAN BALMORE ALVARENGA ALAS,

LUIS ANTONIO ALVARENGA ALAS Y WALTER STANLEY

ALVARENGA ALAS, de cincuenta y cinco, setenta y ocho, cincuenta y

seis, cincuenta y nueve y cincuenta y dos años de edad, respectivamente,

el primero Ingeniero Civil, la segunda ama de casa, el tercero Ingeniero

Civil, el cuarto Motorista y el quinto Agricultor, el primero del domicilio

de San Salvador y los cuatro restantes del domicilio de la población de

San Rafael, Departamento de Chalatenango, con Documento Único de

Identidad en su orden número, Cero dos millones setecientos cuarenta y

nueve mil seiscientos cuarenta guión cero, cero un millón setenta y cuatro

mil ochocientos sesenta y siete guión dos, cero un millón ochocientos

noventa y dos mil trescientos dieciséis guión cinco, cero cero doscientos

cincuenta y tres mil setenta guión cero, y cero cero doscientos cincuenta

y tres mil diecinueve guión cero. Con número de Identifi cación tributaria

en su orden números cero cuatrocientos treinta y uno guión veintiuno cero

cuatro sesenta y un guión cero cero uno guión uno, cero setecientos quince

guión cero dos once treinta y siete guión cero cero uno guión cuatro , cero

cuatrocientos treinta y uno guión veintiuno cero nueve cincuenta y nueve

guión cero cero uno guión cuatro, cero cuatrocientos treinta y uno guión

diez cero uno sesenta y cuatro guión cero cero uno guión guión nueve,

personería que al fi nal relaciona en calidad que prueba con testimonio

de Escritura de poder Judicial , otorgado a su favor en la ciudad de San

Salvador , a las ocho horas del día diecisiete de marzo del presente año

el cual anexa a la copia certifi cada, para que se agregue a las presentes

diligencias, en su concepto SOLICITA Título de Dominio de inmueble

de naturaleza URBANA, ubicado en Barrio El Carmen de esta ciudad,

de una extensión Superfi cial de DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO

METROS CUADRADOS, NUEVE DECIMETRO CUADRADOS,

según sus antecedentes, pero conforme a certifi cación de Denominación

Catastral de la Ofi cina de Mantenimiento Catastral de Chalatenango,

su área es de DOSCIENTOS UNO PUNTO CERO OCHO METROS

CUADRADOS , de las medidas y colindancias siguientes AL ORIENTE.

Con casa de Luz Fuentes Mercado viuda de Tejada, calle pública de por

medio; siete metros diez centímetros, AL NORTE. Con solar que fue

de Manuel Antonio Valdez; hoy del señor Santos Contreras, diecinueve

metros veinticinco centímetros; en línea recta cerca de madera de por

medio, propia del solar que se describe; AL PONIENTE con terreno de

Teresa y maría ambas de apellido Nuñez, que antes fue de Leonor Nuñez,

cerca de madera de por medio, propia del inmueble que se describe,

línea recta mide trece metros treinta centímetros; AL SUR Con solar y

casa de Pedrina Soriano , que antes formó parte del inmueble del cual el

que se describe es el resto, porción segregada que el otorgante vendió a

Arturo Girón, mide veintiséis metros sesenta y cinco centímetros, en tres

tiros siendo el primero de cuatro metros noventa y cinco centímetros;

el segundo de cincuenta y cinco centímetros con Ángulo hacia el sur y

el tercero de veintiún metros quince centímetros, con ángulo hacia el

poniente , casa y tapial de ladrillo de por medio propio de la colindante.

En el inmueble descrito hay construida, paredes de adobe, techo de teja

de seis metros, seiscientos ochenta y ocho milímetros de largo por cinco

metros dieciséis milímetros de ancho. El inmueble descrito no es predio

dominante, ni sirviente, y está en proindivisión de los representados y lo

estiman por un valor de VEINTE MIL DOLARES DE LOS ESTADOS

UNIDOS DE AMERICA. Todos los colindantes pueden ser citados, en

el Barrio El Carmen de esta ciudad, lo cual se hace del conocimiento

del público para los efectos de Ley.

Alcaldía Dulce Nombre de María, Departamento de Chalatenango,

a los nueve días del mes de agosto dos mil dieciséis.- ELISANDRO

LEON RIVERA, ALCALDE MUNICIPAL.- ENRIQUE GEOVANI

PEREZ LANDAVERDE, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. C000331-3

RENOVACION DE MARCAS

No. de Expediente: 1999006347

No. de Presentación: 20130192636

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JORGE

ARMANDO AYALA OSEGUEDA, mayor de edad, ABOGADO, del

domicilio de SOYAPANGO, DEPARTAMENTO DE SAN SALVA-

DOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO

de DROGUERIA Y LABORATORIO PHARMALAT, SOCIEDAD

ANONIMA, del domicilio de 18 Av. 10-03 Zona 11, Colonia Mirafl ores,

Ciudad de Guatemala, República de Guatemala, de nacionalidad

GUATEMALTECA, solicitando RENOVACION, para la inscripción

Número 00139 del Libro 00180 de INSCRIPCION DE MARCAS,

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

120 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412

consistente en la palabra "MEGABION", escrita en letras corrientes,

de molde, mayúsculas; que ampara productos/servicios comprendidos

en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

a los veintiséis días del mes de noviembre del año dos mil trece.

PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ROXANA EUGENIA HERNANDEZ ORELLANA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000344-3

NOMBRE COMERCIAL

No. de Expediente: 2016151940

No. de Presentación: 20160233323

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado EDWIN

ISAAC PATIÑO CASTILLO, de nacionalidad SALVADOREÑA, en

su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE

COMERCIAL:

Consistente en: las palabras JONATHAN COFFEE y diseño, tra-

ducidas al castellano como CAFETERÍA JONATHAN, que servirá para:

IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA A RESTAURANTES

Y VENTA AL POR MENOR DE PRODUCTOS DE PANADERÍA,

GALLETAS Y SIMILARES.

La solicitud fue presentada el día seis de mayo del año dos mil

dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

doce de mayo del año dos mil dieciséis.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000346-3

SUBASTA PUBLICA

EL INSTITUTO SALVADOREÑO DE DESARROLLO MUNICIPAL

-ISDEM-

Invita al Público en general, a la

SUBASTA PÚBLICA DE VEHICULOS

No. 01/2016

MITSUBISHI, MONTERO, 1989; MITSUBISHI, MONTERO, 1992;

MITSUBISHI, MONTERO, 1992; MITSUBISHI, MONTERO, 1992;

MITSUBISHI, MONTERO, 1992; MITSUBISHI, MONTERO, 1992;

MITSUBISHI, MONTERO, 1992; TOYOTA, TERCEL, 1992; MI-

CROBUS, TOYOTA, LITE ACE, 1989; PANEL, TOYOTA, LITE

ACE, 1991; PICK UP, NISSAN, 1993; TOYOTA, LAND CRUISER,

1996; PICK UP, MITSUBISHI, L200, 2002; PICK UP, CHEVROLET,

S10, 1994.

VENTA DE BASES: Del 12 al 19 de septiembre de 2016, de 8:00

a.m. a 12:00 m y de 1:30 a 4:00 p.m., LUGAR: Ofi cina de la UACI del

ISDEM, ubicadas en 4a Calle Poniente entre 41 y 43 Avenida Sur, No.

2223, Colonia Flor Blanca, San Salvador; Costo de las Bases: US$10.00

(Diez 00/100 dólares, moneda de los Estados Unidos de América) los

cuales deberán ser cancelados en la Tesorería del ISDEM.

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

121DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.

EXHIBICION DE BIENES: Día martes 20 y miércoles 21 de

septiembre de 2016, de 08:00 a.m. a 4:00 p.m., LUGAR: Ofi cinas del

ISDEM, ubicadas en la Región Occidental, Calle Aldea San Antonio y

Calle al Cactus, antiguo plantel de la Dirección General de Caminos,

Ciudad y Departamento de Santa Ana, Teléfono: (503) 2440-0233, (503)

2440-7118.

ACTO DE LA SUBASTA PÚBLICA: 6 de octubre de 2016, a

partir de las 09:00 a.m., en adelante. LUGAR: Oficinas del ISDEM,

ubicadas en la Región Occidental, Calle Aldea San Antonio y Calle al

Cactus, antiguo plantel de la Dirección General de Caminos, Ciudad

y Departamento de Santa Ana. Teléfono: (503) 2440-0233, (503)

2440-7118.

San Salvador, 24 de agosto de 2016.

LIC. JUAN ALFREDO HENRIQUEZ AMAYA,

GERENTE GENERAL.

3 v. c. No. F011731-3

REPOSICION DE CERTIFICADOS

VEINSA, S.A. DE C.V., sociedad de este domicilio, al público en

general.

HACE SABER QUE: A nuestras ofi cinas se ha presentado el

Representante Legal de la sociedad PROGRESO Y DESARROLLO,

S.A. DE C.V., en calidad de propietario de los certifi cados de acciones

número 1 que ampara 8,750 acciones numeradas del 1 al 8,750, número

3 que ampara 20,000 acciones numeradas del 17,501 al 37,500, número

4 que ampara 20,000 acciones numeradas del 37,501 al 57,500, número 5

que ampara 9,564 acciones numeradas del 57,501 al 67,064, número 47

que ampara 5,000 acciones numeradas del 147,675 al 152,674, número 48

que ampara 5,000 acciones numeradas del 152,675 al 157,674, número 49

que ampara 4,826 acciones numeradas del 157,675 al 162,500, número

51 que ampara 15,000 acciones numeradas del 177,501 al 192,500,

número 52 que ampara 8,110 acciones numeradas del 8,751 al 16,860,

número 54 que ampara 10,000 acciones numeradas del 192,501 al

202,500, número 58 que ampara 7,500 acciones numeradas del 220,001

al 227,500, número 59 que ampara 7,500 acciones numeradas del 227,501

al 235,000 solicitando la reposición de todos los certifi cados por haber

sido extraviados.

Por lo que, se hace del conocimiento público para los efectos legales

del caso, transcurridos treinta días después de la tercera publicación

y si no hubiere oposición, se procederá a reponer los certifi cados en

referencia.

San Salvador, a los veinticinco días del mes de agosto de dos mil

dieciséis.

JOSE ANTONIO SALAVERRIA BORJA,

VICE-PRESIDENTE.

3 v. alt. No. C000347-3

BANCO PROCREDIT, S.A.

AVISA: Que se ha presentado a nuestra Agencia Soyapango parte

interesada manifestando que ha extraviado el certifi cado de Depósito

a Plazo Fijo No. 22970 de la cuenta No. 1902-01-001175-8 extendido

por nuestra institución el 23 de diciembre de 2011 a nombre de María

Teresa Melara Guardado por un monto de Veintiún Mil 00/100 dólares,

(US $21,000.00) a 1,800 días plazo, a una tasa de interés del 2.60%

Lo que se hace del conocimiento público, para efectos de reposición

del certifi cado relacionado conforme a los artículos 486 y 932 del Código

de Comercio vigente.

En caso de que en treinta días después de la tercera y última publi-

cación del presente aviso, el Banco no recibiere reclamo alguno respecto

a éste, se hará la reposición del Certifi cado arriba mencionado.

San Salvador, 25 de agosto del 2016.

YESSENIA HERNANDEZ,

JEFE BACK-OFFICE CENTRALIZADO.

3 v. alt. No. C000353-3

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

122 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412

MARCA DE SERVICIOS

No. de Expediente: 2016152580

No. de Presentación: 20160234499

CLASE: 38.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ISIS LUCILA

BONILLA DE ORANTES, en su calidad de APODERADO de EL

SALVADOR NETWORK, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia:

EL SALVADOR NETWORK, S.A., de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS.

SPEEDNET PLUS

Consistente en: las palabras SPEEDNET PLUS, que servirá para:

AMPARAR: SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES E INTER-

NET. Clase: 38.

La solicitud fue presentada el día siete de junio del año dos mil

dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

quince de julio del año dos mil dieciséis.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C000334-3

No. de Expediente: 2015146093

No. de Presentación: 20150222319

CLASE: 38.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado ISIS

LUCILA BONILLA DE ORANTES, en su calidad de APODERADO

GENERAL JUDICIAL de EL SALVADOR NETWORK, SOCIEDAD

ANONIMA que se abrevia: EL SALVADOR NETWORK, S.A., de

nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA

DE SERVICIOS.

SPEEDNET

Consistente en: la palabra SPEEDNET, cuya traducción al caste-

llano es: RED VELOZ, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE

TELECOMUNICACIONES E INTERNET. Clase: 38.

La solicitud fue presentada el día tres de septiembre del año dos

mil quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

siete de septiembre del año dos mil quince.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADORA.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000335-3

No. de Expediente: 2016153033

No. de Presentación: 20160235199

CLASE: 42.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado BENJAMIN

VALDEZ IRAHETA, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de

BENJAMIN VALDEZ & ASOCIADOS, LIMITADA DE CAPITAL

VARIABLE que se abrevia: BENJAMIN VALDEZ & ASOCIADOS,

LTDA. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el

registro de la MARCA DE SERVICIOS.

Consistente en: las palabras DataSync traducidas al castellano como

SINCRONIZAR DATOS, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS

INFORMATICOS, CONSULTORIA EN SOFTWARE, CONTROL A

DISTANCIA DE SISTEMAS INFORMATICOS, RECUPERACION

DE DATOS INFORMATICOS. Clase: 42.

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

123DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 6 de Septiembre de 2016.

La solicitud fue presentada el día veintidós de junio del año dos mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiocho de junio del año dos mil dieciséis.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

SOFÍA HERNÁNDEZ MELÉNDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011196-3

MARCA DE PRODUCTO

No. de Expediente: 2016152719

No. de Presentación: 20160234781

CLASE: 01.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado FERNAN-DO DUCH FLORES, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de SAINT GERMAIN, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: SAINT GERMAIN, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

Consistente en: la expresión DR+PLUS y diseño, que se traduce al castellano como DOCTOR + MAS, que servirá para: AMPARAR: ALCOHOL ETÍLICO; EN PRESENTACIÓN DE SPRAY. Clase: 01.

La solicitud fue presentada el día trece de junio del año dos mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cuatro de julio del año dos mil dieciséis.

MELVY ELIZABETH CORTEZ VANEGAS,

REGISTRADORA.

JIMMY NELSON RAMOS SANTOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000337-3

No. de Expediente: 2016152718

No. de Presentación: 20160234780

CLASE: 04.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado FERNAN-

DO DUCH FLORES, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL

de SAINT GERMAIN, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE que se abrevia: SAINT GERMAIN, S.A. DE C.V., de

nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA

DE PRODUCTO.

Consistente en: la palabra PROLINE, que servirá para: AMPARAR:

ACEITES Y LUBRICANTES PARA VEHICULOS. Clase: 04.

La solicitud fue presentada el día trece de junio del año dos mil

dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veinte de junio del año dos mil dieciséis.

MELVY ELIZABETH CORTEZ VANEGAS,

REGISTRADORA.

JIMMY NELSON RAMOS SANTOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C000338-3

No. de Expediente: 2016153332

No. de Presentación: 20160235881

CLASE: 31.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ANA CATA-

LINA KURY CHAVARRI, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL

124 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 412

calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE

PRODUCTO.

Consistente en: las palabras K-9 DELIGHTS y diseño, en donde

DELIGHTS se traducen al castellano como DELICIAS. Sobre el uso de

la palabra DELIGHTS que compone la marca, aisladamente considerada

no se concede exclusividad, que servirá para: AMPARAR: PRODUC-

TOS AGRICOLAS, HORTICOLAS Y FORESTALES; GRANOS NO

COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; ANIMALES VIVOS; FRU-

TAS Y VEGETALES FRESCOS; SEMILLAS, PLANTAS Y FLORES

NATURALES; PRODUCTOS ALIMENTICIOS PARA ANIMALES;

MALTA. Clase: 31.

La solicitud fue presentada el día seis de julio del año dos mil

dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

dieciséis de agosto del año dos mil dieciséis.

MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011144-3

No. de Expediente: 2016151071

No. de Presentación: 20160231604

CLASE: 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado LUZ DE

MARIA BUSTAMANTE GUILLEN, en su calidad de APODERADO

de JULIO IGNACIO RODRIGUEZ MORANO, de nacionalidad AR-

GENTINA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO.

MANAGEMENT SOCIETY

Consistente en: la frase MANAGEMENT SOCIETY, que se traduce

al castellano como Gestión y Sociedad, que servirá para: AMPARAR:

REVISTAS. Clase: 16.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de marzo del año

dos mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintinueve de abril del año dos mil dieciséis.

DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ,

REGISTRADOR.

LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011219-3

No. de Expediente: 2016153768

No. de Presentación: 20160236709

CLASE: 31.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado

ALEXANDER AGUILAR HASBUN, en su calidad de APODERADO de

MALTA TEXO DE MÉXICO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL

VARIABLE, de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de

la MARCA DE PRODUCTO.

PET'S JOY

Consistente en: la frase PET'S JOY, que se traduce al castellano

como ALEGRIA DE LAS MASCOTAS, que servirá para: AMPARAR:

ALIMENTO BALANCEADO PARA ANIMALES. Clase: 31.

La solicitud fue presentada el día veintidós de julio del año dos

mil dieciséis.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de

Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador,

veintiséis de julio del año dos mil dieciséis.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F011249-3

Imprenta Nacional - Tiraje 350 Ejemplares.

DIARIO

OFI

CIAL S

OLO P

ARA CONSULT

A

NO TIEN

E VALI

DEZ LE

GAL