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DIARIO OFICIAL Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2233-7800 • Página Web: www.egobierno.gobernacion.gob.sv/egobierno/imprentanacional • Correo: diarioofi[email protected] S U M A R I O 1 REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL TOMO Nº 369 SAN SALVADOR, JUEVES 20 DE OCTUBRE DE 2005 NUMERO 195 DIRECTOR: Lic. René O. Santamaría C. Pág. 4-6 6-7 8-20 21-30 31-32 32 33 33 Pág. 34-40 41 41-42 42 43-46 47 47 47-48 "La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Oficial será literalmente conforme al documento original, por consiguiente los errores impresos en la publicación son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que lo presentó". (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional). ORGANO LEGISLATIVO Decretos Nos. 811 y 813.- Exoneraciones de impuestos. . Decreto No. 828.- Se autoriza la inhumación de los restos mortales del Presbítero Andrés Argueta Del Cid, en la Iglesia Parroquial San José Obrero de Jocoaitique, departamento de Morazán. ................................................................................... ORGANO EJECUTIVO MINISTERIO DE GOBERNACION Nuevos Estatutos de la Fundación Salvadoreña para la Reconstrucción y el Desarrollo y Decreto Ejecutivo No. 84, aprobándolos. ............................................................................ RAMO DE GOBERNACIÓN Estatutos de la Asociación de Auditores Independientes de El Salvador y de la Iglesia Evangélica El Rey Jesús, Acuerdos Ejecutivos Nos. 127 y 129, aprobándolos y confiriéndoles el carácter de persona jurídica....................................................... MINISTERIO DE EDUCACION RAMO DE EDUCACIÓN Acuerdos Nos. 15-0473, 15-1077, 15-1156, 15-1192 y 15- 1193.- Reconocimiento de estudios académicos. ...................... Acuerdo No. 15-0511.- Se registran planes de estudios de nuevas carreras, presentados por la Universidad Francisco Gavidia. ..................................................................................... Acuerdos Nos. 15-1019, 15-1021 y 15-1029.- Ampliación de servicios y reconocimiento de Directores en tres centros educativos.................................................................................. Acuerdo No. 15-1210.- Reposición de título a favor de Nora Elizabeth Galdámez García. ...................................................... Nuevos estatutos de la Universidad Francisco Gavidia y Acuerdo Ejecutivo No. 15-1126, aprobándolos. ....................... ORGANO JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Acuerdo No. 1184-D.- Se modifican los Acuerdos Nos. 602-D y 88-D, de fechas 10 de junio de 1994 y 9 de febrero de 1996, respectivamente. .............................................................. Acuerdos Nos. 1465-D, 1514-D, 1699-D, 1746-D y 1778- D.- Autorizaciones para el ejercicio de la abogacía en todas sus ramas. ........................................................................................ INSTITUCIONES AUTONOMAS ALCALDÍAS MUNICIPALES Decreto No. 5.- Reformas a la Ordenanza de Tasas por Servicios Municipales de la ciudad de Chinameca. .................. Estatutos de la Asociación de Desarrollo Comunal La Sabana, Cantón Apancoyo y Acuerdo S/No., emitido por la Alcaldía Municipal de Santa Isabel Ishuatán, aprobándolos y confiriéndoles el carácter de persona jurídica. .......................... SECCION CARTELES OFICIALES DE PRIMERA PUBLICACION Declaratoria Definitiva Cartel No. 1465.- Carmen Avalos y otros (1 vez) ............. Cartel No. 1466.- María Julia Muñoz y otros (1 vez) ....... Cartel No. 1467.- Luis Eduardo Marroquín y otros (1 vez). .......................................................................................... DIARIO OFICIAL SOLO PARA CONSULTA NO TIENE VALIDEZ LEGAL

DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005 ... · 4 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 ORGANO LEGISLATIVO DECRETO No. 811.-LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

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1DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005.

DIARIO OFI CIAL

Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2233-7800 • Página Web: www.egobierno.gobernacion.gob.sv/egobierno/imprentanacional • Correo: diarioofi [email protected]

S U M A R I O

1REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL

TOMO Nº 369 SAN SALVADOR, JUEVES 20 DE OCTUBRE DE 2005 NUMERO 195

DIRECTOR: Lic. René O. Santamaría C.

Pág.

4-6

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"La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Ofi cial será literalmente conforme al documento original, por consiguiente los errores impresos en la publicación son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que lo presentó". (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional).

ORGANO LEGISLATIVO

Decretos Nos. 811 y 813.- Exoneraciones de impuestos. .

Decreto No. 828.- Se autoriza la inhumación de los restos mortales del Presbítero Andrés Argueta Del Cid, en la Iglesia Parroquial San José Obrero de Jocoaitique, departamento de Morazán. ...................................................................................

ORGANO EJECUTIVO

MINISTERIO DE GOBERNACION

Nuevos Estatutos de la Fundación Salvadoreña para la Reconstrucción y el Desarrollo y Decreto Ejecutivo No. 84, aprobándolos. ............................................................................

RAMO DE GOBERNACIÓN

Estatutos de la Asociación de Auditores Independientes de El Salvador y de la Iglesia Evangélica El Rey Jesús, Acuerdos Ejecutivos Nos. 127 y 129, aprobándolos y confi riéndoles el carácter de persona jurídica.......................................................

MINISTERIO DE EDUCACIONRAMO DE EDUCACIÓN

Acuerdos Nos. 15-0473, 15-1077, 15-1156, 15-1192 y 15-1193.- Reconocimiento de estudios académicos. ......................

Acuerdo No. 15-0511.- Se registran planes de estudios de nuevas carreras, presentados por la Universidad Francisco Gavidia. .....................................................................................

Acuerdos Nos. 15-1019, 15-1021 y 15-1029.- Ampliación de servicios y reconocimiento de Directores en tres centros educativos..................................................................................

Acuerdo No. 15-1210.- Reposición de título a favor de Nora Elizabeth Galdámez García. ......................................................

Nuevos estatutos de la Universidad Francisco Gavidia y Acuerdo Ejecutivo No. 15-1126, aprobándolos. .......................

ORGANO JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Acuerdo No. 1184-D.- Se modifi can los Acuerdos Nos. 602-D y 88-D, de fechas 10 de junio de 1994 y 9 de febrero de 1996, respectivamente. ..............................................................

Acuerdos Nos. 1465-D, 1514-D, 1699-D, 1746-D y 1778-D.- Autorizaciones para el ejercicio de la abogacía en todas sus ramas. ........................................................................................

INSTITUCIONES AUTONOMAS

ALCALDÍAS MUNICIPALES

Decreto No. 5.- Reformas a la Ordenanza de Tasas por Servicios Municipales de la ciudad de Chinameca. ..................

Estatutos de la Asociación de Desarrollo Comunal La Sabana, Cantón Apancoyo y Acuerdo S/No., emitido por la Alcaldía Municipal de Santa Isabel Ishuatán, aprobándolos y confi riéndoles el carácter de persona jurídica. ..........................

SECCION CARTELES OFICIALESDE PRIMERA PUBLICACION

Declaratoria Defi nitiva

Cartel No. 1465.- Carmen Avalos y otros (1 vez).............

Cartel No. 1466.- María Julia Muñoz y otros (1 vez).......

Cartel No. 1467.- Luis Eduardo Marroquín y otros (1 vez). ..........................................................................................

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Aceptación de Herencia

Cartel No. 1468.- Celso Morales y otros (3 alt.) ..............

Cartel No. 1469.- Teresa del Carmen Quinteros Hernández y otro (3 alt.)..............................................................................

Cartel No. 1470.- José Alberto Huezo Renderos y otro (3 alt.) ..........................................................................................

Cartel No. 1471.- Noemí Elizabeth Flamenco Jimenez y otro (3 alt.) ...............................................................................

Edicto de Emplazamiento

Cartel No. 1472.- Jorge Luis Arévalo (1 vez) ...................

Cartel No. 1473.- Miguel Ángel Ramírez Bonilla y otros (1 vez) .......................................................................................

DE SEGUNDA PUBLICACIÓN

Aceptación de Herencia Cartel No. 1451.- Ana María López Rafailán y otro (3 alt.) .......................................................................................... Cartel No. 1452.- Lilian Lissette López Rodríguez (3 alt.) .......................................................................................... Cartel No. 1453.- Ana Gloria Hernández de Sandoval y otros (3 alt.) ............................................................................... Cartel No. 1454.- Maximiliano Madrid Salazar y otro (3 alt.) ..........................................................................................

Título Supletorio Cartel No. 1455.- Edith Castro de Arriola (3 alt.) ............ Cartel No. 1456.- Roberto Alexander Zepeda Gil (3 alt.).

Título de Propiedad Cartel No. 1457.- María Ester Morales de Rodríguez (3 alt.) ..........................................................................................

DE TERCERA PUBLICACIÓN

Aceptación de Herencia Cartel No. 1446.- César Boris Mármol Rodríguez (3 alt.).

Edicto de Emplazamiento Cartel No. 1447.- Edwin Rafael Rivas y otro (3 alt.)........

SECCION CARTELES PAGADOS

DE PRIMERA PUBLICACION

Declaratoria de Herencia Carteles Nos. F021795, F021804, F021811, F021821, F021825, F021827, F021828, F021830, F021831, F021834, F021835, F021881, F021883, F021894, F021895, F021905, F021907, F021938, F021966, F021992, F021993, F021994, F021999, F022001, F022003, F022004, F022008, F022009, F022019, F022022, R003871, R003874, R003878, R003885, R003886, R003887, R003888, R003889, R003890, R003895, R003896, R003897, R003902, R003903. .................................

Aceptación de Herencia

Carteles Nos. F021823, F021897, F022025, R003899, R003900, F021796, F021798, F021815, F021839, F021841, F021842, F021846, F021856, F021863, F021872, F021896, F021909, F021912, F021977, F022007, F022178, R003898, F021806, F021911, R003894....................................................

Herencia Yacente

Cartel No. F021810. .........................................................

Título de Propiedad

Carteles Nos. F021848, F021910. ....................................

Título Supletorio

Carteles Nos. F021799, F021813, F021963, R003866, F021843, F021996, F021913. ...................................................

Título de Dominio

Carteles Nos. R003901, F022000.....................................

Juicio de Ausencia

Carteles Nos. F021861, F021917, F021918, F021919, F021920, F021921, F021922, F021924, F021926, F021928, F021929, F021931, F021933, F021934, F021936, F021937, F021939, F021941, F021942, F021944, F021945, F021947, F021948, F021976, R003877....................................................

Diseño Industrial

Cartel No. R003884..........................................................

Renovación de Marcas

Cartel No. R003881..........................................................

Marcas de Fábrica

Cartel No. F021864, F021865, F021867, F021955, F021973, F022114, R003855, R003856, R003857, R003858, R003859, R003860, R003861, R003862, R003863, R003864, R003891, R003892, R003893. ..................................................................

Señal de Publicidad Comercial

Carteles Nos. F021869, F022240, F022241, R003873.....

Matrícula de Comercio

Carteles Nos. F021797, F021887, F022313, R003869, R003880, R003904, R003917. ..................................................

Convocatorias

Carteles Nos. R003876, R003989. ...................................

Subastas Públicas

Carteles Nos. F021885, F021962. ....................................

Balances de Liquidación

Carteles Nos. R003882, R003883. ...................................

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Solicitud de Nacionalidad Cartel No. F021946. .........................................................

Aviso de Cobro Carteles Nos. F022021, R003879.....................................

Derechos de Propiedad Cartel No. F021800. .........................................................

Título Municipal Cartel No. F021975. .........................................................

DE SEGUNDA PUBLICACIÓN

Aceptación de Herencia Carteles Nos. F021399, F021402, F021409, F021426, F021430, F021445, F021469, F021477, F021496, F021554, F021574, R003774, R003781, R003782, F021719...................

Títulos de Propiedad Carteles Nos. F021385, F021388, F021389, F021455, F021570, F021572. ...................................................................

Títulos Supletorios Carteles Nos. F021391, F021392, F021394, F021428, F021494, F021525, F021527. ...................................................

Título de Dominio Cartel No. F021493. .........................................................

Renovación de Marcas Cartel No. R003789..........................................................

Marcas de Fábrica Carteles Nos. F021396, F021449, F021450, F021472, F021499, F021500, F021501, F021502, F021503, F021505, F021507, F021509, F021510, F021513, F021514, F021516, R003778, R003779, R003790, R003791, R003792, R003794, R003795, R003796, R003797, R003798, R003799, R003800, R003801, R003802, R003804. ..................................................

Nombre Comercial Carteles Nos. F021470, R003784.....................................

Señal de Publicidad Comercial Carteles Nos. F021498, R003803.....................................

Matrícula de Comercio Carteles Nos. R003772, R003773, R003783....................

Subastas Públicas Carteles Nos. F021422, F021489, F021495, F021563. ....

Reposición de Certifi cado Carteles Nos. F021480, F021482, F021483, F021484, F021485. ...................................................................................

Aumento de Capital Cartel No. F021567. .........................................................

Disolución de Sociedades Cartel No. R003776..........................................................

Título de Predio Urbano Carteles Nos. F021538, F021541. ....................................

DE TERCERA PUBLICACIÓN

Aceptación de Herencia Carteles Nos. F021083, F021107, F021124, F021157, F021161, F021169, F021179, F021224. ...................................

Título de Propiedad Carteles Nos. F021174, F021176, F021181, R003710.....

Título Supletorio Cartel No. F021198. .........................................................

Título de Dominio Carteles Nos. F021175, F021177. ....................................

Renovación de Marcas Carteles Nos. F021154, R003625, R003626, R003627, R003628, R003629, R003630, R003631, R003632, R003633, R003634, R003635, R003636, R003638, R003639, R003640, R003642, R003643, R003644, R003645, R003647, R003649, R003651, R003652, R003653, R003655, R003656, R003658, R003661, R003664, R003666, R003667, R003670, R003672, R003673, R003677, R003678, R003680, R003683, R003685, R003692, R003698, R003701, R003703, R003704, R003705, R003706. ...................................................................................

Marcas de Fábrica Carteles Nos. F021148, F021149, R003637, R003641, R003646, R003648, R003650, R003657, R003659, R003660, R003662, R003663, R003665, R003668, R003669, R003671, R003674, R003675, R003676, R003679, R003681, R003682, R003684, R003686, R003687, R003688, R003689, R003690, R003691, R003693, R003694, R003695, R003696, R003697, R003699, R003700, R003702, R003707, R003708, R003709, R003711, R003712, R003720, R003722, R003723, R003724, R003725, R003726, R003727, R003728, R003729, R003730, R003731, R003732, R003733, R003739. .................................

Matrícula de Comercio Carteles Nos. R003714, R003715, R003734. ...................

Convocatorias Cartel No. R003740..........................................................

Subastas Públicas Carteles Nos. F021135, F021173, R003735.....................

Aumento de Capital Cartel No. F021199. .........................................................

Disolución de Sociedades Cartel No. F021091. .........................................................

Solicitud de Nacionalidad Cartel No. F021636 ..........................................................

Renovación de Nombre Comercial Cartel No. R003654..........................................................

Reposición de Póliza de Seguro Carteles Nos. R003717, R003718. ...................................

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Page 4: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005 ... · 4 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 ORGANO LEGISLATIVO DECRETO No. 811.-LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

4 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

ORGANO LEGISLATIVODECRETO No. 811.-

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I. Que la Asociación Comandos de Salvamento Guardavidas Independientes de El Salvador, es una entidad apolítica y sin fi nes de lucro, cuya misión entre otras, es brindar ayuda humanitaria a los que la necesitan.

II. Que para el logro de sus objetivos, Ilobasco Foundation Los Angels, les han otorgado un donativo de artículos varios y un vehículo, donativo que será distribuido a personas de escasos recursos económicos y el vehículo para dar servicio de ambulancia.

III. Que de conformidad a las facultades que a esta Asamblea Legislativa le confi ere la Constitución de la República, es procedente exonerar del pago de impuestos, incluyendo bodegaje, que pueda causar la introducción al país del mencionado donativo.

POR TANTO:

en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa de los Diputados: René Napoleón Aguiluz, Guillermo Pérez Zarco, Roberto Flores y Sigfredo Campos.

DECRETA:

Art. 1. Exonérase del pago de impuestos, incluyendo bodegaje, a excepción del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios (IVA), que pueda causar la introducción al país de un vehículo, así como artículos varios, a favor de la Asociación Comandos de Salvamento Guardavidas Independientes de El Salvador, las características del vehículo se detallan a continuación: marca: DODGE; año: 1995; combustible: ga-solina; vin número: 2B6HB21Y9SK504193; modelo: ICG; color: blanco líneas gris; así como una (1) refrigeradora; una (1) cama matrimonial; cuatro (4) cañas de pescar; cuatro (4) bolsas de ropa usada; cuatro (4) bolsas de zapatos; una (1) hielera roja; dos (2) carros de juguete; dos (2) ventiladores; una (1) aspiradora de mano pequeña; tres (3) cubrecamas grandes usados; una (1) bolsa de hielera pequeña (azul); tres (3) mochilas para niños; una (1) mochila negra grande con ropa usada; veinte (20) cuadernos de espiral; una (1) maleta pequeña con ropa usada; dos (2) tiendas de campaña; una (1) silla verde plegable; un (1) par de muletas; un (1) bastón; una (1) hielera grande para agua, azul; una (1) bolsa de osos de peluche; cinco (5) cajas de ropa usada; un (1) esmeril; una (1) prensa; una (1) mochila negra con una (1) plancha, tres (3) pares de zapatos, ropa usada, un (1) bote de shampoo y una (1) vela; cinco (5) pelotas de fútbol; una (1) maleta grande de ropa usada; un (1) maletín de ropa usada y tres (3) cajas de kleenex.

El vehículo que se introduce amparado en este Decreto, no podrá ser transferidos a terceras personas, sino después de haber transcurrido por lo menos cinco años de su introducción.

La exención concedida es sin perjuicio de la vigilancia y control que deberán ejercer los organismos fi scales respectivos. Asimismo, los re-presentantes de la mencionada Asociación, deberán presentar a esta Asamblea un informe sobre la distribución del donativo que ampara el presente Decreto.

Art. 2. El presente Decreto entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Ofi cial.

DADO EN EL PALACIO LEGISLATIVO. San Salvador, a los ocho días del mes de septiembre del año dos mil cinco.

CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA

PRESIDENTE

JOSÉ MANUEL MELGAR HENRÍQUEZ JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ PRIMER VICEPRESIDENTE TERCER VICEPRESIDENTE

MARTA LILIAN COTO VDA. DE CUÉLLAR JOSÉ ANTONIO ALMENDÁRIZ RIVAS PRIMERA SECRETARIA TERCER SECRETARIO

ELVIA VIOLETA MENJÍVAR

CUARTA SECRETARIA

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5DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005.

CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los cinco días del mes de octubre del año dos mil cinco.

PUBLIQUESE,

ELÍAS ANTONIO SACA GONZÁLEZ,

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA.

JOSE GUILLERMO BELARMINO LÓPEZ SUÁREZ,

MINISTRO DE HACIENDA.

DECRETO No. 813.-

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I. Que la Asociación de Padres de Familia del Colegio Sagrado Corazón de San Salvador, es una organización apolítica, civil y sin fi nes de

lucro, cuyos objetivos, entre otros, son estimular la fe en Dios, el amor y el respeto a la Patria, los valores morales y el servicio a la colec-

tividad.

II. Que para obtener recursos para el logro de sus objetivos introducirán al país un vehículo, el cual será rifado.

III. Que de conformidad a las facultades que a esta Asamblea Legislativa le confi ere el Art. 131 de la Constitución de la República, es procedente

exonerar del pago de impuestos, incluyendo bodegaje, que pueda causar la introducción al país del vehículo en mención.

POR TANTO:

en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Diputado José Rafael Machuca Zelaya.

DECRETA:

Art. 1. Exonérase del pago de impuestos, incluyendo bodegaje, a excepción del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación

de Servicios (IVA), que pueda causar la introducción al país de un vehículo, así como la rifa del mismo, a favor de la Asociación de Padres de Familia

del Colegio Sagrado Corazón de San Salvador, el cual es de las características siguientes: marca: Toyota, modelo y año: ZZE122L-GEMNKG/2005,

tipo: Corolla, clase: automóvil, color: gris, motor No. 1ZZ4420628, chasis No. 9BR53ZEC208585360, capacidad: 5 asientos, combustible: gasoli-

na.

La exención concedida es sin perjuicio de la vigilancia y control que deberán ejercer los organismos fi scales respectivos. Asimismo, los repre-

sentantes de la citada Asociación deberán presentar a esta Asamblea, una liquidación de los ingresos obtenidos y la distribución de los mismos.

Art. 2. El presente Decreto entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Ofi cial.

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6 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

DADO EN EL PALACIO LEGISLATIVO. San Salvador, a los ocho días del mes de septiembre del año dos mil cinco.

CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA

PRESIDENTE

JOSÉ MANUEL MELGAR HENRÍQUEZ JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ

PRIMER VICEPRESIDENTE TERCER VICEPRESIDENTE

MARTA LILIAN COTO VDA. DE CUÉLLAR JOSÉ ANTONIO ALMENDÁRIZ RIVAS

PRIMERA SECRETARIA TERCER SECRETARIO

ELVIA VIOLETA MENJÍVAR

CUARTA SECRETARIA

CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los cinco días del mes de octubre del año dos mil cinco.

PUBLIQUESE,

ELÍAS ANTONIO SACA GONZÁLEZ,

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA.

JOSE GUILLERMO BELARMINO LÓPEZ SUÁREZ,

MINISTRO DE HACIENDA.

DECRETO No. 828.-

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I. Que el Presbítero Andrés Argueta Del Cid, de setenta años de edad, de nacionalidad salvadoreña, ha estado al frente de la Parroquia San

José Obrero de Jocoaitique, Departamento de Morazán, en donde ha realizando una gran labor pastoral en benefi cio de los habitantes de

ese municipio, desde el año 1970; lo que le ha merecido el aprecio de la comunidad en general.

II. Que debido a su delicado estado de salud, se considera próximo su deceso, y tanto él como sus feligreses, han manifestado el deseo de que

sus restos mortales sean inhumados en el referido lugar, llegado el momento de su fallecimiento.

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7DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005.

POR TANTO,

en uso de sus facultades legales y a iniciativa de los Diputados: Elizardo González Lovo, Noel Abilio Bonilla Bonilla, Francisco Antonio Prudencio

Ruiz, Juan Enrique Perla Ruiz; y con el respaldo de los Diputados: Ciro Cruz Zepeda Peña, José Manuel Melgar Henríquez, Marta Lilian Coto de

Cuéllar, Salvador Morales, Salomé Roberto Alvarado Flores, Rolando Alvarenga Argueta, José Orlando Arévalo Pineda, Efrén Arnoldo Bernal Chévez,

Raquel Hernández, Juan Miguel Bolaños Torres, Carmen Elena Calderón Sol de Escalón, Carlos Alfredo Castaneda Magaña, José Ernesto Castellanos

Campos, Roberto Eduardo Castillo Batlle, Blanca Noemí Coto, Luis Alberto Corvera Rivas, Agustín Díaz Saravia, Roberto José d’Aubuisson Munguía,

Walter Eduardo Durán Martínez, Jorge Antonio Escobar Rosa, Guillermo Antonio Gallegos, Julio Antonio Gamero Quintanilla, Vilma Celina García

de Monterrosa, César Humberto García Aguilera, Nicolás Antonio García Alfaro, Ricardo Bladimir González, José Vidal Carrillo, Jesús Grande,

Carlos Walter Guzmán Coto, Schafi k Jorge Handal Handal, Gabino Ricardo Hernández Alvarado, Hipólito Baltazar Rodríguez, Mario Marroquín

Mejía, Alejandro Dagoberto Marroquín, Hugo Roger Martínez Bonilla, Marco Tulio Mejía Palma, Manuel Vicente Menjívar Esquivel, Miguel Ángel

Navarrete Navarrete, Rigoberto Trinidad, Mario Antonio Ponce López, Gaspar Armando Portillo Benítez, Zoila Beatriz Quijada Solís, Norman Noel

Quijano González, José Mauricio Quinteros Cubías, Leopoldo Chavarría, Dolores Alberto Rivas Echeverría, Ileana Argentina Rogel Cruz, Federico

Guillermo Ávila Qüehl, Salvador Sánchez Cerén, Ernesto Antonio Angulo Milla, Ana Enma Cornejo de Cañas, Donato Eugenio Vaquerano Rivas,

María Patricia Vásquez de Amaya, Karina Sosa, Blanca Barahona, Guillermo Olivo, Alba Teresa de Dueñas, Emma Julia Fabián, Olga Elizabeth Ortiz,

Sigfredo Antonio Campos, Victoria Ruiz de Amaya, Alex Aguirre, Félix Ágreda Chachagua, Gustavo Chiquillo, Wilfredo Díaz, Alexander Melchor,

Nelson de la Cruz, Mario Tenorio y Ciro Alexis Zepeda.

DECRETA:

Art. 1. Autorízase la inhumación de los restos mortales del Presbítero Andrés Argueta Del Cid, en la Iglesia Parroquial San José Obrero de

Jocoaitique, Departamento de Morazán, cuando dicho sacerdote fallezca.

Art. 2. El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.

DADO EN EL PALACIO LEGISLATIVO: San Salvador, a los veintinueve días del mes de septiembre del año dos mil cinco.

CIRO CRUZ ZEPEDA PEÑA

PRESIDENTE

JOSÉ MANUEL MELGAR HENRÍQUEZ JOSÉ FRANCISCO MERINO LÓPEZ

PRIMER VICEPRESIDENTE TERCER VICEPRESIDENTE

MARTA LILIAN COTO VDA. DE CUÉLLAR JOSÉ ANTONIO ALMENDÁRIZ RIVAS

PRIMERA SECRETARIA TERCER SECRETARIO

ELVIA VIOLETA MENJÍVAR

CUARTA SECRETARIA

CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los siete días del mes de octubre del año dos mil cinco.

PUBLIQUESE,

ELÍAS ANTONIO SACA GONZÁLEZ,

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA.

RENE MARIO FIGUEROA FIGUEROA,

MINISTRO DE GOBERNACION.

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8 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

NUMERO CIENTO NOVENTA Y NUEVE. En la ciudad de San Sal-

vador, a las dieciséis horas del día cinco de mayo de dos mil tres. Ante

mí, CRUZ ALIRIO DOMÍNGUEZ, Notario de este domicilio y de

Nueva San Salvador, comparece la señora SUSANA DOLORES

RODRÍGUEZ ROMERO, de cuarenta y ocho años de edad, Costurera,

del domicilio de Soyapango, de este departamento, a quien conozco e

identifi co por medio de su Documento Unico de Identidad número cero

un millón ciento catorce mil ciento cincuenta y seis-ocho; actuando en

su calidad de Ejecutor Especial del Acuerdo tomado por la Asamblea

General Extraordinaria de la Fundación Salvadoreña para la Reconstruc-

ción y el Desarrollo, que se abrevia REDES: Y ME DICE: Que en

cumplimiento del Punto número Uno y Dos del Acta número Dieciséis,

de Asamblea General Extraordinaria, celebrada a las diez horas del día

quince de febrero del presente año, y habiéndose cumplido con el quórum

señalado en el Art. 16 de los Estatutos vigentes comparece ante mis

ofi cios a otorgar Escritura Pública de Modifi cación de los Estatutos de

la FUNDACION SALVADOREÑA PARA LA RECONSTRUCCION

Y EL DESARROLLO, que se abrevia REDES; que de conformidad con

el Decreto Ejecutivo número SETENTA Y OCHO de fecha veintitrés

de julio de mil novecientos noventa y tres, publicado en el Diario Ofi cial

número CIENTO SESENTA Y UNO Tomo TRESCIENTOS VEINTE

de fecha treinta y uno de agosto de mil novecientos noventa y tres, se le

concedió la personalidad jurídica a la Fundación Salvadoreña para la

Reconstrucción y el Desarrollo, cuyo articulado queda redactado de la

siguiente manera: FUNDACION SALVADOREÑA PARA LA RE-

CONSTRUCCION Y EL DESARROLLO. CAPITULO I. NATURA-

LEZA, DENOMINACIÓN, DOMICILIO Y PLAZO. Art. 1.- La Fun-

dación Salvadoreña para la Reconstrucción y el Desarrollo, de naciona-

lidad salvadoreña, como entidad de utilidad pública, apolítica, no lucra-

tiva, de carácter participativo, la que en los presentes estatutos se deno-

minará “LA FUNDACIÓN”, y sus iniciales serán “REDES”. Art. 2.- El

domicilio de la Fundación será la ciudad de San Salvador, pero podrá

crear los establecimientos adecuados para lograr sus objetivos, en cual-

quier lugar de la República de El Salvador. Art. 3.- La Fundación se

constituye por tiempo indefi nido. CAPITULO II. DEL OBJETO Y LA

FINALIDAD. Art. 4.- Son fi nes de la fundación: a) Gestionar, adminis-

trar, ejecutar o supervisar la ejecución de proyectos destinados al impul-

so y fortalecimiento de la capacidad autogestiva y de organización de

sectores de escasos recursos de la población; proyectos ambientales, de

salud, educación, que promuevan la conservación, protección y promo-

ción del medio ambiente; proyectos dirigidos a mejorar la calidad de

vida de las mujeres, los niños y personas de la tercera edad; b) Ayudar

a solventar mediante procesos de formación y capacitación, las necesi-

dades de empleo de las personas que por su situación económica-social

o física han sido marginados de la instrucción necesaria para incorpo-

rarse exitosamente al proceso productivo del país y el acceso al crédito;

c) Gestionar la formación de Asociaciones cooperativas o comunales de

diferente naturaleza y apoyar la generación de proyectos en forma

asociativa, como alternativa de desarrollo; d) Gestionar todo tipo de

apoyo para las personas necesitadas, producto de emergencias o desas-

tres socio-naturales; e) Gestionar, administrar y ejecutar proyectos de

infraestructura e ingeniería en los campos de la vivienda, salud, educa-

ción y otros, mediante la gestión de proyectos o contratos para la pres-

tación de servicios profesionales y técnicos, para lo cual se desarrollarán

programas adecuados; f) Crear clínicas de salud y centros de asistencia

médica, para atender casos de enfermedades tanto físicas como menta-

les, las cuales funcionarán aplicando las normas y procedimientos dic-

tados por el Ministerio de Salud Pública y estarán sujetos a la supervisión

técnica del mismo; previa autorización del Consejo Superior de Salud

Pública; g) Desarrollar programas o proyectos de apoyo a la micro y

pequeña empresa, mediante asistencia de servicios fi nancieros y no fi -

nancieros afi nes al tema de las micro fi nanzas; h) En consecución con

sus fi nalidades la fundación deberá basar sus actividades en principios

de promoción humana y de solidaridad, para lo cual podrá desarrollar

programas que contribuyan al cumplimiento de su misión institucional;

i) Para la consecución de tales fi nalidades podrá participar separada-

mente, en coordinación, en asocio o en contratos con otras instituciones,

fundaciones u organizaciones nacionales o extranjeras, gubernamentales

o privadas, con las que haya similitud de objetivos en cualquier tipo de

actividades, sean éstas de carácter económico, social, de asistencia o de

cualquier otra naturaleza permitidas por la Ley y enmarcados dentro de

ORGANO EJECUTIVOMINISTERIO DE GOBERNACIÓN

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9DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005.

sus fi nalidades y misión establecidas para la fundación; y j) En función

de sus objetivos y fi nalidades deberá establecer su estructura organizativa,

así como el marco normativo de tipo legal y contable de acuerdo a lo

que permita y exija la ley. CAPITULO III. DEL PATRIMONIO. Art.

5.- El patrimonio de la Fundación estará formado por: a) El aporte inicial

de cuarenta mil colones, que han sido recibidos a entera satisfacción por

la Junta Directiva; y toda clase de donativos que reciba del Estado, de

Instituciones nacionales o extranjeras, de empresas privadas y de cual-

quier otra persona natural o jurídica; b) Los bienes que adquiera a títu-

lo oneroso; y c) Herencias o legados que le hicieran personas naturales

o jurídicas, nacionales o internacionales. CAPITULO IV. DE LOS

MIEMBROS, DERECHOS Y DEBERES. Art. 6.- Los miembros de la

Fundación son miembros fundadores y son todas aquellas personas

naturales y jurídicas que la fundaron. Art. 7.- Son deberes de los Miem-

bros Fundadores: a) Cumplir los Estatutos y Reglamentos de la Funda-

ción, así como los acuerdos de la Asamblea General y de la Junta Di-

rectiva; b) Asistir a las sesiones de Asamblea General o ser representa-

dos por otro miembro, debiendo autorizar dicha representación por

escrito, pero cada miembro podrá llevar sólo una representación. Art.

8.- Son derechos de los miembros Fundadores: a) Asistir con voz y voto

a las sesiones de la Asamblea General de la Fundación; b) Elegir y ser

electos miembros de la Junta Directiva; y c) Colaborar en todas las

actividades que la Fundación desarrolle. Art. 9.- Cualquier miembro

podrá renunciar como miembro fundador de la Fundación, para tal

efecto bastará con que lo comunique por escrito a la Junta Directiva y

presente solvencia fi nanciera, extendida por el tesorero de la Junta Di-

rectiva. Art. 10.- Las causales por las que se pierde la calidad de miem-

bro de la Fundación son: a) Por faltas graves en el cumplimiento de los

estatutos y reglamento de la Fundación: b) Por renuncia; c) Por Muerte;

y d) Por incapacidad física y/o mental que le impida ejercer su papel

como tal. Art. 11.- Son faltas graves: a) Inasistencia injustifi cada a dos

Asambleas Generales, consecutivas; b) Infi delidad comprobada a la

institución, en el marco de los estatutos o reglamento interno; c) Mal-

versación o apropiación indebida del patrimonio de la institución.

CAPITULO V. DEL GOBIERNO Y ORGANOS DE ADMINISTRA-

CION DE LA FUNDACION. Art. 12.- El gobierno de la Fundación

estará a cargo de una Asamblea General, de la Junta Directiva y de un

Director Ejecutivo. Art. 13.- La Asamblea General estará constituida

por la totalidad de los Miembros Fundadores. Art. 14.- La Asamblea

General sesionará ordinariamente una vez por año, durante el mes de

enero, en la fecha que designe la Junta Directiva, previa convocatoria

formalizada por escrito por el Presidente, y deberá hacerse por lo menos

con treinta días de anticipación. Art. 15.- La Asamblea General celebra-

rá sesión extraordinaria cuando sea convocada por la Junta Directiva o

cuando lo soliciten por escrito a ésta, por lo menos cuatro miembros con

derecho a voz y voto; y en ella se tratará únicamente los asuntos seña-

lados en la agenda respectiva. Art. 16.- Para que la Asamblea General

pueda celebrar sesión válida necesitará que estén presentes o represen-

tados la mitad más uno de los miembros; si a la primera convocatoria el

número de miembros no llegare a la mayoría, se hará una nueva convo-

catoria para una hora después y la sesión se celebrará con cualquier

número de miembros que asistieren y serán aceptadas las resoluciones

tomadas por simple mayoría de los asistentes. Art. 17.- Cuando se soli-

cite a la Asamblea General que se aprueben reformas a los Estatutos, se

enviará a los miembros, con treinta días de anticipación por lo menos,

copia de las reformas propuestas para su debido estudio. Art. 18.- Para

aprobar reformas a los Estatutos, el quórum estará constituido por la

asistencia de las dos terceras partes de los miembros con derecho a voz

y voto de la Fundación, y para que haya resolución válida se requiere el

voto favorable del setenta y cinco por ciento de los miembros presentes

y representados. Art. 19.- Son atribuciones de la Asamblea General: a)

Aprobar o improbar los informes anuales de la Junta Directiva, el Pre-

supuesto anual y el Balance de la Fundación; b) Elegir por votación

nominal y pública a las personas que deberán integrar la Junta Directiva;

c) Nombrar de entre sus miembros al Director Ejecutivo; d) Aprobar el

reglamento de funcionamiento interno de la Asamblea General y de la

Junta Directiva; e) Reformar los Estatutos y Reglamentos de la Fundación,

que se emitan; f) Conocer y resolver sobre todo asunto de interés para

la Fundación, cuyo conocimiento no correspondiere a la Junta Directiva,

o no estuviera previsto en los presentes Estatutos y en los Reglamentos;

y g) Suspender o expulsar a un miembro, por las faltas establecidas en

el estatuto o reglamento, ya sea a propuesta de la Junta Directiva o por

petición en el pleno de la Asamblea General. Para dicho caso deberá

regularse un procedimiento especial defi nido y aprobado por la misma

Asamblea General. Art. 20.- La Junta Directiva estará integrada por

miembros elegidos en sesión ordinaria de Asamblea General así: Un

Presidente, Un Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero, un Síndico

y dos Vocales. Dichos miembros durarán en sus funciones dos años,

ningún miembro podrá ocupar por más de dos períodos el mismo cargo.

En caso que por cualquier circunstancia fi nalice el período de ejercicio

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10 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369sin que se hubiera podido reunir la Asamblea General Ordinaria para

hacer la nueva elección de la Junta Directiva, la que está fungiendo

continuará en el ejercicio de su cargo hasta que se reúna la Asamblea

General que deberá convocarse al efecto dentro de los dos meses siguien-

tes a la fecha en que debió convocarse la nueva elección. Art. 21.- La

Junta Directiva se tendrá por legalmente reunida con la concurrencia de

cuatro miembros. Las resoluciones se tomarán por simple mayoría. En

caso de empate, el Presidente o quien haga sus veces tendrá doble voto.

Art. 22. - Son atribuciones de la Junta Directiva: a) Cumplir y hacer

cumplir los Estatutos y Reglamentos de la Fundación, lo mismo que los

acuerdos y resoluciones de la Asamblea General; b) Convocar a sesión

de Asamblea General ordinaria o extraordinaria; c) Estructurar, coordi-

nar y dirigir la Fundación; d) Supervisar, promover, organizar y dirigir

las políticas de acción a realizarse; e) Contratar y renovar el personal

que fuere necesario para el buen funcionamiento de la Fundación; f)

Acordar la adquisición y enajenación de inmuebles a cualquier título y

la celebración de toda clase de contratos; g) Nombrar, contratar, evaluar

y remover al Director Ejecutivo y a la Auditoría externa; h) Nombrar,

contratar, evaluar y remover al Administrador y/o Gerente General, a la

Auditoría Interna, si la hubiere, conjuntamente con el Director Ejecuti-

vo; e i) Las demás atribuciones que se establezcan en los Reglamentos

de la Fundación. Art. 23.- Son atribuciones del Director Ejecutivo: a)

Cumplir y hacer cumplir las disposiciones de la Junta Directiva; b)

Nombrar y renovar al personal subalterno, cumpliendo con los procedi-

mientos establecidos en las políticas y manuales de personal de la insti-

tución; c) Supervisar y coordinar el trabajo del personal, procurando que

éste cumpla con las fi nalidades de la Fundación; d) Informar periódica-

mente de sus actividades y gestión administrativas a la Junta Directiva

de la Fundación, según lo establecido en su contrato, cuando sea nece-

sario y requerido; y e) Autorizar los pagos y desembolsos, según proce-

dimientos y políticas establecidas. Art. 24.- El Director Ejecutivo, quien

deberá ser miembro de la Fundación, asistirá a las sesiones de la Junta

Directiva y tendrá derecho a voz. El Director Ejecutivo podrá ser remo-

vido en el momento que la Junta Directiva y/o la Asamblea lo conside-

re necesario por causa justifi cada, como: a) Violación de Estatutos,

Reglamento o decisiones de Junta Directiva: y b) Por inefi cacia, negli-

gencia, abuso de poder e incumplimiento de funciones establecidas en

su contrato. Art. 25.- Al Presidente o al que haga sus veces le correspon-

de la representación legal, judicial y extrajudicial de la Fundación, y

podrá otorgar y sustituir poderes generales con cláusulas especiales,

cuando sea necesario, previa autorización de la Junta Directiva; tenien-

do además las siguientes atribuciones: a) Dirigir las sesiones de la

Asamblea General y de la Junta Directiva; b) Convocar a sesión a los

miembros de la Junta Directiva; c) Autorizar y fi rmar junto con el Te-

sorero los pagos y documentos de la Fundación; d) Conocer de las re-

nuncias de miembros que desempeñen cargos en la Fundación, some-

tiéndolas a consideración de la Junta Directiva para los efectos corres-

pondientes; y e) Las demás atribuciones que le encomiende la Junta

Directiva o la Asamblea General. Art. 26.- Las atribuciones y obligacio-

nes de los demás miembros de la Junta Directiva serán determinadas en

su Reglamento Interno. Art. 27.- Corresponde al Secretario: a) Servir de

órgano de comunicación de la Fundación; b) Informar a la Junta Direc-

tiva de la correspondencia recibida y contestarla conforme a las instruc-

ciones de la misma; c) Convocar oportunamente a sesión de Asamblea

General y de Junta Directiva, siguiendo las instrucciones del Presidente;

d) Llevar al día los libros de actas y el registro de los miembros; e)

Llevar y conservar el archivo de la Fundación; f) Extender las certifi ca-

ciones de las actas de sesiones de la Junta Directiva y de la Asamblea

General; g) Firmar con el Presidente los documentos de la Fundación;

h) Colaborar en la preparación de la memoria anual de labores; e i)

Efectuar las demás actividades que le señalen los Estatutos, Reglamen-

tos y acuerdos de la Fundación. Art. 28.- Corresponde al Tesorero: a)

La recaudación y custodia de los fondos y bienes de la Fundación y el

control de los gastos de la misma; b) Llevar al día la contabilidad de la

Fundación; c) Rendir cuentas documentadas de sus actuaciones perió-

dicamente o al ser requeridas por la Junta Directiva y preparar el infor-

me que será presentado al fi nal del período de la Junta Directiva; d)

Autorizar juntamente con el Presidente los pagos y retiros de fondos; e)

Asumir solidariamente con el Presidente la responsabilidad por los

gastos efectuados; f) Reintegrar a satisfacción de la Asamblea General

los fondos que faltaren o se extraviaren, cuando se compruebe su culpa-

bilidad; y g) Desempeñar las comisiones que le fueren asignadas por la

Junta Directiva y la Asamblea General. Art. 29.- Son atribuciones del

Síndico: a) Preparar informes relativos a las operaciones jurídicas de

carácter patrimonial que la Fundación tenga que efectuar; y b) Formular

el proyecto de reformas a los Estatutos cuando así lo pida el órgano

correspondiente. Art. 30.- Son atribuciones de los Vocales: a) Ser res-

ponsables de la organización y desarrollo de las actividades inherentes

a sus cargos; b) Desempeñar las comisiones que les fueren asignadas

por la Junta Directiva y la Asamblea General; c) Colaborar estrechamen-

te con los demás Directivos para la consecución de los fi nes de la Fun-

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11DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005.

dación; y d) Sustituir a los demás miembros de la Junta Directiva en los

casos previstos en los Estatutos o por designación de la Junta Directiva.

CAPITULO VI. DISOLUCIÓN. Art. 31.- La disolución de la Fundación

se hará por disposición de la ley; o podrá ser acordada en sesión extraor-

dinaria de Asamblea General convocada al efecto; previa solicitud di-

rigida a la Junta Directiva por la tercera parte de los miembros con

derecho a voz y voto de la Fundación, por lo menos. La convocatoria

deberá hacerse por anuncio en el Diario Ofi cial, y en dos periódicos de

mayor circulación por medio de tres avisos que deberán publicarse con

intervalos de tres días por lo menos, entre cada uno de ellos. Para que

la Asamblea General pueda celebrar sesión extraordinaria válida se

necesitará la asistencia de las dos terceras partes de los miembros de la

Fundación, por lo menos; y el acuerdo de disolución deberá ser tomado

por el voto afi rmativo de los dos tercios de los miembros asistentes. Art.

32.- La Asamblea General que acordare la disolución de la Fundación,

nombrará una Junta Liquidadora, integrada por cuatro personas y quie-

nes deberán dar cuenta de su gestión a la Asamblea General, previa

convocatoria hecha por los liquidadores. Art. 33.- Después de cubrir los

pasivos que hubieren, el remanente de los bienes, si existieren, se do-

nará a una institución de benefi cencia, que al efecto designará la Asam-

blea General. CAPITULO VII. DISPOSICIONES GENERALES. Art.

34.- La Fundación Salvadoreña para la Reconstrucción y el Desarrollo

“REDES”, se regirá por estos Estatutos y por las demás leyes aplicables.

Todo asunto no previsto en estos Estatutos ni en los Reglamentos de la

Fundación, será resuelto por acuerdo tomado en Asamblea General. Art.

35.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar en los primeros días

del mes de enero de cada año, al Ministerio de Gobernación, al Registro

de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro, la nómina de los

miembros y dentro de los cinco días después de ser electa la nueva

Junta Directiva, una certifi cación de la misma, y en todo caso, propor-

cionará al expresado Ministerio, cualquier dato que se le pidiere relati-

vo a la Fundación. Art. 36.- Los presentes Estatutos entrarán en vigen-

cia desde el día de su publicación en el Diario Ofi cial. Así se expresó la

compareciente, y Yo el notario hago constar que tuve a la vista Certifi -

cación del Acta número Dieciséis, de Asamblea General Extraordinaria,

celebrada a las diez horas del día quince de febrero del presente año,

extendida por la Infrascrita Secretaria de la Fundación señora Isabel

Quijano, con fecha veinte de febrero del corriente año, de la cual cons-

ta el acuerdo número Uno, de modifi cación de los estatutos de la fun-

dación REDES, tal y como se han plasmado; y el acuerdo número Dos,

de nombramiento de Ejecutor Especial a favor de la señora Susana

Dolores Rodríguez Romero, para comparecer a otorgar el presente

instrumento. Así se expresó la compareciente, a quien expliqué los

efectos legales del presente instrumento, y leído que le hube íntegramen-

te todo lo escrito, en un solo acto, ratifi ca su contenido y fi rmamos. DOY

FE. Entrelineas-y habiéndose cumplido con el quorum señalado en el

art. 16 de los Estatutos vigentes-FUNDACION SALVADOREÑA PARA

LA RECONSTRUCCION Y EL DESARROLLO-DOMICILIO Y

PLAZO-Art.3-La Fundación se constituye por tiempo indefi nido-

VALEN.Enmendado-La-4-5-6-son- miembros fundadores y son todas

aquellas-7-Fundadores:a)-8-fundadores-9-miembro-fundador Fundado-

resmiembro-VALEN.

CRUZ ALIRIO DOMINGUEZ,

NOTARIO.

PASO ANTE MI, del folio número CUATROCIENTOS TREINTA Y

OCHO FRENTE al folio número CUATROCIENTOS CUARENTA Y

TRES FRENTE, del Libro DECIMO de mi PROTOCOLO, que vence el

día ONCE de DICIEMBRE del año dos mil tres. Y para ser entregado a

LA FUNDACION SALVADOREÑA PARA LA RECONSTRUCCION

Y EL DESARROLLO, extiendo, fi rmo y sello el presente TESTIMO-

NIO en la Ciudad de San Salvador, a los cinco días del mes de Mayo

del dos mil tres.

CRUZ ALIRIO DOMINGUEZ,

NOTARIO.

ES CONFORME con su original con el cual se confrontó en el Registro

de Asociaciones y Fundaciones Sin Fines de Lucro del Ministerio de

Gobernación, San Salvador, a las nueve horas con cuarenta minutos del

día veintisiete de junio de dos mil cinco.

Lic. ROBERTO ANTONIO URRUTIA CACERES,

DIRECTOR GENERAL DEL REGISTRO DE ASOCIACIONES Y

FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO.

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12 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

NÚMERO NOVENTA Y UNO. En la ciudad de San Salvador, a las

diez horas del día dieciséis de septiembre de dos mil tres. Ante mí, CRUZ

ALIRIO DOMINGUEZ, Notario, de este domicilio y de Nueva San

Salvador, comparece el señor TEODORO ANTONIO PACHECO, de

cuarenta y tres años de edad, Empleado, del domicilio de Sensuntepeque,

departamento de Cabañas, persona a quien conozco e identifi co por

medio de su Documento Único de Identidad número cero dos millones

trescientos ochenta y cuatro mil quinientos cincuenta y tres- cuatro: ME

DICE: Que viene a darle cumplimiento al Acta número DIECIOCHO,

celebrada a las diez horas del día doce de agosto del presente año, y a

la comisión que le asignará la Asamblea General como Presidente de la

Junta Directiva de la Fundación, por lo que otorga la presente Escritura

de Rectifi cación de Escritura número ciento noventa y nueve, de fecha

cinco de mayo del presente año, que contiene la Modifi cación de los

Estatutos de la FUNDACION SALVADOREÑA PARA LA RECONS-

TRUCCION Y EL DESARROLLO, que se abrevia REDES; que de

conformidad con el Decreto Ejecutivo número SETENTA Y OCHO de

fecha veintitrés de julio de mil novecientos noventa y tres, publicado

en el Diario Ofi cial número CIENTO SESENTA Y UNO Tomo TRES-

CIENTOS VEINTE, de fecha treinta y uno de agosto de mil novecientos

noventa y tres, se le concedió la personalidad jurídica a la Fundación

Salvadoreña para la Reconstrucción y el Desarrollo, cuyo articulado

queda redactado de la siguiente manera. FUNDACION SALVADORE-

ÑA PARA LA RECONSTRUCCION Y EL DESARROLLO. CAPI-

TULO I. NATURALEZA, DENOMINACIÓN, DOMICILIO Y PLAZO.

Art. 1.- Créase la Fundación Salvadoreña para la Reconstrucción y el

Desarrollo, de nacionalidad salvadoreña, como entidad de utilidad pú-

blica, apolítica, no lucrativa, de carácter participativo, la que en los

presentes estatutos se denominará “LA FUNDACIÓN”, y sus iniciales

serán “REDES”. Art. 2.- El domicilio de la Fundación será la ciudad de

San Salvador, pero podrá crear los establecimientos adecuados para

lograr sus objetivos, en cualquier lugar de la República de El Salvador.

Art. 3.- La Fundación se constituye por tiempo indefi nido. CAPITULO

II. DEL OBJETO Y LA FINALIDAD. Art. 4.- Son fi nes de la fundación:

a) Gestionar, administrar, ejecutar o supervisar la ejecución de proyectos

destinados al impulso y fortalecimiento de la capacidad autogestiva y

de organización de sectores de escasos recursos de la población; proyec-

tos ambientales, de salud, educación, que promuevan la conservación,

protección y promoción del medio ambiente; proyectos dirigidos a

mejorar la calidad de vida de las mujeres adultas, los niños y personas

de la tercera edad; b) Ayudar a solventar mediante procesos de formación

y capacitación, las necesidades de empleo de las personas que por su

situación económica-social o física han sido marginados de la instrucción

necesaria para incorporarse exitosamente al proceso productivo del país

y el acceso al crédito; c) Gestionar la formación de Asociaciones coo-

perativas o comunales de diferente naturaleza y apoyar la generación de

proyectos en forma asociativa, como alternativa de desarrollo; d) Ges-

tionar todo tipo de apoyo para las personas necesitadas, producto de

emergencias o desastres socio-naturales; e) Gestionar, administrar y

ejecutar proyectos de infraestructura e ingeniería en los campos de la

vivienda, salud, educación y otros, mediante la gestión de proyectos o

contratos para la prestación de servicios profesionales y técnicos, para

lo cual se desarrollarán programas adecuados; f) Crear clínicas de salud

y centros de asistencia médica, para atender casos de enfermedades

tanto físicas como mentales, las cuales funcionarán aplicando las normas

y procedimientos dictados por el Ministerio de Salud Pública y estarán

sujetos a la supervisión técnica del mismo; previa autorización del

Consejo Superior de Salud Pública; g) Apoyar a través de la gestión de

programas y proyectos las actividades económicas de pequeños produc-

tores agropecuarios, micro y pequeños empresarios de comunidades

urbanas y rurales, facilitando el acceso a la capacitación y los servicios

de créditos, bajo términos contractuales con las instituciones de coope-

ración, con el propósito de mejorar la condición de vida de la población

en pobreza; h) En consecución con sus fi nalidades la fundación deberá

basar sus actividades en principios de promoción humana y de solida-

ridad, para lo cual podrá desarrollar programas que contribuyan al

cumplimiento de su misión institucional; i) Para la consecución de tales

fi nalidades podrá participar separadamente, en coordinación, en asocio

o en contratos con otras instituciones, fundaciones u organizaciones

nacionales o extranjeras, gubernamentales o privadas, con las que haya

similitud de objetivos en cualquier tipo de actividades, sean éstas de

carácter económico, social, de asistencia o de cualquier otra naturaleza

permitidas por la Ley y enmarcados dentro de sus fi nalidades y misión

establecidas para la fundación; y j) En función de sus objetivos y fi na-

lidades deberá establecer su estructura organizativa, así como el marco

normativo de tipo legal y contable de acuerdo a lo que permita y exija

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13DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005.

la ley. CAPITULO III. DEL PATRIMONIO. Art. 5.- El patrimonio de

la Fundación estará formado por: a) El aporte inicial de cuarenta mil

colones, que han sido recibidos a entera satisfacción por la Junta Direc-

tiva; y toda clase de donativos que reciba del Estado, de Instituciones

nacionales o extranjeras, de empresas privadas y de cualquier otra

persona natural o jurídica; b) Los bienes que adquiera a título oneroso;

y c) Herencias o legados que le hicieran personas naturales o jurídicas,

nacionales o internacionales. CAPITULO IV. DE LOS MIEMBROS,

DERECHOS Y DEBERES. Art. 6.- Los miembros de la Fundación son

miembros fundadores y son todas aquellas personas naturales y jurídicas

que la fundaron. Art. 7.- Son deberes de los Miembros Fundadores: a)

Cumplir los Estatutos y Reglamentos de la Fundación, así como los

acuerdos de la Asamblea General y de la Junta Directiva; b) Asistir a

las sesiones de Asamblea General o ser representados por otro miembro,

debiendo autorizar dicha representación por escrito, pero cada miembro

podrá llevar sólo una representación. Art. 8.- Son derechos de los miem-

bros Fundadores: a) Asistir con voz y voto a las sesiones de la Asamblea

General de la Fundación; b) Elegir y ser electos miembros de la Junta

Directiva; y c) Colaborar en todas las actividades que la Fundación

desarrolle. Art. 9.- Cualquier miembro podrá renunciar como miembro

fundador de la Fundación, para tal efecto bastará con que lo comunique

por escrito a la Junta Directiva y presente solvencia fi nanciera, exten-

dida por el tesorero de la Junta Directiva. Art. 10.- Las causales por las

que se pierde la calidad de miembro de la Fundación son: a) Por faltas

graves en el cumplimiento de los estatutos y reglamento de la Fundación;

b) Por renuncia; c) Por Muerte; y d) Por incapacidad física y/o mental

que le impida ejercer su papel como tal. Art. 11.- Son faltas graves: a)

Inasistencia injustifi cada a dos Asambleas Generales, consecutivas; b)

Infi delidad comprobada a la institución, en el marco de los estatutos o

reglamento interno; y c) Malversación o apropiación indebida del pa-

trimonio de la institución. CAPITULO V. DEL GOBIERNO Y ORGA-

NOS DE ADMINISTRACION DE LA FUNDACION. Art. 12.- El

gobierno de la Fundación estará a cargo de una Asamblea General, de

la Junta Directiva y de un Director Ejecutivo. Art. 13.- La Asamblea

General estará constituida por la totalidad de los Miembros Fundadores.

Art. 14.- La Asamblea General sesionará ordinariamente una vez por

año, durante el mes de enero, en la fecha que designe la Junta Directiva,

previa convocatoria formalizada por escrito por el Presidente, y deberá

hacerse por lo menos con treinta días de anticipación. Art. 15.- La

Asamblea General celebrará sesión extraordinaria cuando sea convoca-

da por la Junta Directiva o cuando lo soliciten por escrito a ésta, por lo

menos cuatro miembros con derecho a voz y voto; y en ella se tratará

únicamente los asuntos señalados en la agenda respectiva. Art. 16.- Para

que la Asamblea General pueda celebrar sesión válida necesitará que

estén presentes o representados la mitad más uno de los miembros; si a

la primera convocatoria el número de miembros no llegare a la mayoría,

se hará una nueva convocatoria para una hora después y la sesión se

celebrará con cualquier número de miembros que asistieren y serán

aceptadas las resoluciones tomadas por simple mayoría de los asistentes.

Art. 17.- Cuando se solicite a la Asamblea General que se aprueben

reformas a los Estatutos, se enviará a los miembros, con treinta días de

anticipación por lo menos, copia de las reformas propuestas para su

debido estudio. Art. 18.- Para aprobar reformas a los Estatutos, el quórum

estará constituido por la asistencia de las dos terceras partes de los

miembros con derecho a voz y voto de la Fundación, y para que haya

resolución válida se requiere el voto favorable del setenta y cinco por

ciento de los miembros presentes y representados. Art. 19.- Son atribu-

ciones de la Asamblea General: a) Aprobar o improbar los informes

anuales de la Junta Directiva, el Presupuesto anual y el Balance de la

Fundación; b) Elegir por votación nominal y pública a las personas que

deberán integrar la Junta Directiva; c) Nombrar de entre sus miembros

al Director Ejecutivo; d) Aprobar el reglamento de funcionamiento in-

terno de la Asamblea General y de la Junta Directiva; e) Reformar los

Estatutos y Reglamentos de la Fundación, que se emitan; f) Conocer y

resolver sobre todo asunto de interés para la Fundación, cuyo conoci-

miento no correspondiere a la Junta Directiva, o no estuviera previsto

en los presentes Estatutos y en los Reglamentos; y g) Suspender o ex-

pulsar a un miembro, por las faltas establecidas en el estatuto o regla-

mento, ya sea a propuesta de la Junta Directiva o por petición en el

pleno de la Asamblea General. Para dicho caso deberá regularse un

procedimiento especial defi nido y aprobado por la misma Asamblea

General. Art. 20.- La Junta Directiva estará integrada por miembros

elegidos en sesión ordinaria de Asamblea General así: Un Presidente,

Un Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero, un Síndico y dos Voca-

les. Dichos miembros durarán en sus funciones dos años, ningún miem-

bro podrá ocupar por más de dos períodos el mismo cargo. En caso que

por cualquier circunstancia fi nalice el período de ejercicio sin que se

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14 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369hubiera podido reunir la Asamblea General Ordinaria para hacer la

nueva elección de la Junta Directiva, la que está fungiendo continuará

en el ejercicio de su cargo hasta que se reúna la Asamblea General que

deberá convocarse al efecto dentro de los dos meses siguientes a la fecha

en que debió convocarse la nueva elección. Art. 21.- La Junta Directiva

se tendrá por legalmente reunida con la concurrencia de cuatro miembros.

Las resoluciones se tomarán por simple mayoría. En caso de empate, el

Presidente o quien haga sus veces tendrá doble voto. Art. 22. - Son

atribuciones de la Junta Directiva: a) Cumplir y hacer cumplir los Estatutos

y Reglamentos de la Fundación, lo mismo que los acuerdos y resolucio-

nes de la Asamblea General; b) Convocar a sesión de Asamblea General

ordinaria o extraordinaria; c) Estructurar, coordinar y dirigir la Fundación;

d) Supervisar, promover, organizar y dirigir las políticas de acción a

realizarse; e) Contratar y renovar el personal que fuere necesario para el

buen funcionamiento de la Fundación; f) Acordar la adquisición y ena-

jenación de inmuebles a cualquier título y la celebración de toda clase

de contratos; g) Nombrar, contratar, evaluar y remover al Director Eje-

cutivo y a la Auditoría externa; h) Nombrar, contratar, evaluar y remover

al Administrador y/o Gerente General, a la Auditoría Interna, si la hubiere,

conjuntamente con el Director Ejecutivo; e i) Las demás atribuciones

que se establezcan en los Reglamentos de la Fundación. Art. 23.- Son

atribuciones del Director Ejecutivo: a) Cumplir y hacer cumplir las

disposiciones de la Junta Directiva; b) Nombrar y renovar al personal

subalterno, cumpliendo con los procedimientos establecidos en las po-

líticas y manuales de personal de la institución; c) Supervisar y coordi-

nar el trabajo del personal, procurando que éste cumpla con las fi nalida-

des de la Fundación; d) Informar periódicamente de sus actividades y

gestión administrativas a la Junta Directiva de la Fundación, según lo

establecido en su contrato, cuando sea necesario y requerido; y e) Au-

torizar los pagos y desembolsos, según procedimientos y políticas esta-

blecidas. Art. 24.- El Director Ejecutivo, quien deberá ser miembro de

la Fundación, asistirá a las sesiones de la Junta Directiva y tendrá dere-

cho a voz. El Director Ejecutivo podrá ser removido en el momento que

la Junta Directiva y/o la Asamblea lo considere necesario por causa

justifi cada, como: a) Violación de Estatutos, Reglamento o decisiones

de Junta Directiva; y b) Por inefi cacia, negligencia, abuso de poder e

incumplimiento de funciones establecidas en su contrato. Art. 25.- Al

Presidente o al que haga sus veces le corresponde la representación legal,

judicial y extrajudicial de la Fundación, y podrá otorgar y sustituir po-

deres generales con cláusulas especiales, cuando sea necesario, previa

autorización de la Junta Directiva; teniendo además las siguientes atri-

buciones: a) Dirigir las sesiones de la Asamblea General y de la Junta

Directiva; b) Convocar a sesión a los miembros de la Junta Directiva;

c) Autorizar y fi rmar junto con el Tesorero los pagos y documentos de

la Fundación; d) Conocer de las renuncias de miembros que desempeñen

cargos en la Fundación, sometiéndolas a consideración de la Junta Di-

rectiva para los efectos correspondientes; y e) Las demás atribuciones

que le encomiende la Junta Directiva o la Asamblea General. Art. 26.-

Las atribuciones y obligaciones de los demás miembros de la Junta

Directiva serán determinadas en su Reglamento Interno. Art. 27.- Co-

rresponde al Secretario: a) Servir de órgano de comunicación de la

Fundación; b) Informar a la Junta Directiva de la correspondencia reci-

bida y contestarla conforme a las instrucciones de la misma; c) Convo-

car oportunamente a sesión de Asamblea General y de Junta Directiva,

siguiendo las instrucciones del Presidente; d) Llevar al día los libros de

actas y el registro de los miembros; e) Llevar y conservar el archivo de

la Fundación; f) Extender las certifi caciones de las actas de sesiones de

la Junta Directiva y de la Asamblea General; g) Firmar con el Presiden-

te los documentos de la Fundación; h) Colaborar en la preparación de

la memoria anual de labores; e i) Efectuar las demás actividades que le

señalen los Estatutos, Reglamentos y acuerdos de la Fundación. Art.

28.- Corresponde al Tesorero: a) La recaudación y custodia de los fon-

dos y bienes de la Fundación y el control de los gastos de la misma; b)

Llevar al día la contabilidad de la Fundación; c) Rendir cuentas docu-

mentadas de sus actuaciones periódicamente o al ser requeridas por la

Junta Directiva y preparar el informe que será presentado al fi nal del

período de la Junta Directiva; d) Autorizar juntamente con el Presiden-

te los pagos y retiros de fondos; e) Asumir solidariamente con el Presi-

dente la responsabilidad por los gastos efectuados; f) Reintegrar a satis-

facción de la Asamblea General los fondos que faltaren o se extraviaren,

cuando se compruebe su culpabilidad; y g) Desempeñar las comisiones

que le fueren asignadas por la Junta Directiva y la Asamblea General.

Art. 29.- Son atribuciones del Síndico: a) Preparar informes relativos a

las operaciones jurídicas de carácter patrimonial que la Fundación tenga

que efectuar; y b) Formular el proyecto de reformas a los Estatutos

cuando así lo pida el órgano correspondiente. Art. 30.- Son atribuciones

de los Vocales: a) Ser responsables de la organización y desarrollo de

las actividades inherentes a sus cargos; b) Desempeñar las comisiones

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15DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005.

que les fueren asignadas por la Junta Directiva y la Asamblea General;

c) Colaborar estrechamente con los demás Directivos para la consecución

de los fi nes de la Fundación; y d) Sustituir a los demás miembros de la

Junta Directiva en los casos previstos en los Estatutos o por designación

de la Junta Directiva. CAPITULO VI. DISOLUCIÓN. Art. 31.- La di-

solución de la Fundación se hará por disposición de la ley; o podrá ser

acordada en sesión extraordinaria de Asamblea General convocada al

efecto; previa solicitud dirigida a la Junta Directiva por la tercera parte

de los miembros con derecho a voz y voto de la Fundación, por lo menos.

La convocatoria deberá hacerse por anuncio en el Diario Ofi cial, y en

dos periódicos de mayor circulación por medio de tres avisos que debe-

rán publicarse con intervalos de tres días por lo menos, entre cada uno

de ellos. Para que la Asamblea General pueda celebrar sesión extraor-

dinaria válida se necesitará la asistencia de las dos terceras partes de los

miembros de la Fundación, por lo menos; y el acuerdo de disolución

deberá ser tomado por el voto afi rmativo de los dos tercios de los miem-

bros asistentes. Art. 32.- La Asamblea General que acordare la disolución

de la Fundación, nombrará una Junta Liquidadora, integrada por cuatro

personas y quienes deberán dar cuenta de su gestión a la Asamblea

General, previa convocatoria hecha por los liquidadores. Art. 33.- Des-

pués de cubrir los pasivos que hubieren, el remanente de los bienes, si

existieren, se donará a una institución de benefi cencia, que al efecto

designará la Asamblea General. CAPITULO VII. DISPOSICIONES

GENERALES. Art. 34.- La Fundación Salvadoreña para la Reconstruc-

ción y el Desarrollo “REDES”, se regirá por estos Estatutos y por las

demás leyes aplicables. Todo asunto no previsto en estos Estatutos ni

en los Reglamentos de la Fundación, será resuelto por acuerdo tomado

en Asamblea General. Art. 35.- La Junta Directiva tiene la obligación

de enviar en los primeros días del mes de enero de cada año, al Minis-

terio de Gobernación, al Registro de Asociaciones y Fundaciones sin

Fines de Lucro, la nómina de los miembros y dentro de los cinco días

después de ser electa la nueva Junta Directiva, una certifi cación de la

misma, y en todo caso, proporcionará al expresado Ministerio, cualquier

dato que se le pidiere relativo a la Fundación. Art. 36.- Los presentes

Estatutos entrarán en vigencia desde el día de su publicación en el

Diario Ofi cial. Así se expresó el compareciente, y Yo, el Notario, hago

constar que tuve a la vista Certifi cación del Acta número Dieciocho de

Asamblea General Extraordinaria, celebrada a las diez horas del día doce

de agosto del presente año, extendida por el Infrascrito Secretaria de la

Fundación señor José Félix Vásquez, con fecha trece de septiembre

del corriente año, de la cual consta el acuerdo número Uno, de rectifi -

cación de la modifi cación de los estatutos de la Fundación REDES, tal

y como se han plasmado; y el acuerdo número Dos, en el cual consta

que al compareciente se le comisionó para que compareciera ante no-

tario a otorgar la escritura de rectifi cación de la modifi cación de los

estatutos de la Fundación Así se expresó el compareciente, a quien hice

saber los efectos legales de la presente Escritura, la obligación de re-

gistrarla y las sanciones a que se refi ere el Artículo Noventa y uno de la

Ley de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro y leído que le

hube lo escrito en un solo acto ininterrumpido, manifestó su confor-

midad, ratifi ca su contenido y fi rma conmigo.- DOY FE.- sobre líneas:

adultas- Dieciocho-vale. Entrelineas: y UNO –Vale. Enmendado: Así

se expresó el compareciente, quien hice saber los efectos legales de la

presente Escritura; la obligación de registrarla y las sanciones a que se

refi ere el Artículo Noventa y uno de la Ley de Asociaciones y Funda-

ciones sin Fines de Lucro, y leído que le hube lo escrito en un solo-

Vale.

CRUZ ALIRIO DOMINGUEZ,

NOTARIO.

PASO ANTE MI, del folio número CIENTO OCHENTA Y CUATRO

FRENTE al Folio número CIENTO OCHENTA Y OCHO VUELTO del

Libro ONCE de mi PROTOCOLO, que vence el día UNO de JULIO del año

dos mil cuatro. Y para ser entregado a la FUNDACION SALVADORE-

ÑA PARA LA RECONSTRUCCION Y EL DESARROLLO, extiendo,

fi rmo y sello el presente Testimonio, en la ciudad de San Salvador, a los

dieciséis días del mes de Septiembre del dos mil tres.-

CRUZ ALIRIO DOMINGUEZ,

NOTARIO.

ES CONFORME con su origina con el cual se confrontó en el Registro

de Asociaciones y Fundaciones Sin Fines de Lucro del Ministerio de

Gobernación, San Salvador, a las diez horas del día veintisiete de junio

de dos mil cinco.

Lic. ROBERTO ANTONIO URRUTIA CACERES,

DIRECTOR GENERAL DEL REGISTRO DE ASOCIACIONES Y

FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO.

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16 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

NUMERO SETENTA Y CUATRO. En la ciudad de San Salvador, a

las ocho horas del día seis de diciembre de dos mil cuatro. Ante mí.

BLANCA ESTELA FIGUEROA ALAS, Notario, de este domicilio,

comparece el señor TEODORO ANTONIO PACHECO, de cuarenta

y cuatro años de edad, Empleado, del domicilio de Sensuntepeque,

departamento de Cabañas, persona a quien conozco e identifi co por

medio de su Documento Unico de Identidad número cero dos millones

trescientos ochenta y cuatro mil quinientos cincuenta y tres-cuatro, ac-

tuando en su calidad de Presidente de la Junta Directiva por ende es el

Representante Legal de la FUNDACION SALVADOREÑA PARA LA

RECONSTRUCCION Y EL DESARROLLO, que se abrevia REDES,

de este domicilio, y en tal carácter ME DICE: Que en esta ciudad a las

dieciséis horas del día cinco de mayo de dos mil tres, otorgó Escritura de

Pública número ciento noventa y nueve, que contienen Modifi cación de

Estatutos, y también en esta ciudad, a las diez horas del día dieciséis de

septiembre de dos mil tres, otorgó Escritura Pública número noventa y

uno, que contiene Rectifi cación a la Escritura de Pública de Modifi cación

de Estatutos, ambas otorgadas ante los ofi cios del notario Cruz Alirio

Domínguez, a favor de la FUNDACION SALVADOREÑA PARA LA

RECONSTRUCCION Y EL DESARROLLO, que se abrevia REDES;

que de conformidad con el Decreto Ejecutivo número SETENTA Y

OCHO de fecha veintitrés de julio de mil novecientos noventa y tres,

publicado en el Diario Ofi cial número CIENTO SESENTA Y UNO

Tomo TRESCIENTOS VEINTE de fecha treinta y uno de agosto de mil

novecientos noventa y tres, se le concedió la personalidad jurídica a la

Fundación Salvadoreña para la Reconstrucción y el Desarrollo, por lo

que en este acto viene a RECTIFICAR las escrituras a las que he hecho

referencia anteriormente, en sus artículos uno, y treinta y cinco, los que

deben quedar redactados de la siguiente manera Art. 1. La Fundación

Salvadoreña para la Reconstrucción y el Desarrollo, de nacionalidad

salvadoreña, como entidad de utilidad pública, apolítica, no lucrativa,

de carácter participativo, la que en los presentes estatutos se denominará

“LA FUNDACIÓN”, y sus iniciales serán “REDES”. Art. 35. La Junta

Directiva tiene la obligación de inscribir en los primeros días del mes de

enero de cada año, al Registro de Asociaciones y Fundaciones sin fi nes

de lucro del Ministerio de Gobernación, la nómina de los miembros y

dentro de los cinco días después de ser electa la nueva Junta Directiva,

una certifi cación de la misma, y en todo caso, proporcionará al expresado

Ministerio, cualquier dato que se le pidiere relativo a la Fundación. La

suscrita Notario DOY FE de ser legítima y sufi ciente la personería con que

actúa el señor TEODORO ANTONIO PACHECO, por haber tenido a la

vista: El Ejemplar del Diario Ofi cial número ciento sesenta y uno Tomo

trescientos veinte, publicado el día martes treinta y uno de agosto de mil

novecientos noventa y tres, del cual consta que su denominación es como

queda dicho, que su domicilio es de San Salvador, y que la Representación

legal de Fundación le corresponde al Presidente de la Junta Directiva de la

misma; b) Credencial de elección de Junta Directiva, debidamente inscrita

al número DIECISIETE del Libro CATORCE del Registro de Órganos

de Administración y otros documentos, del Registro de Asociaciones

y Fundaciones sin Fines de Lucro del Ministerio de Gobernación, de la

cual consta que el compareciente fue electo para el cargo de Presidente

de la Junta Directiva, para el período de de julio dos mil tres a junio de

dos mil cinco, dicha credencial ha sido inscrita con fecha catorce de julio

del dos mil tres en consecuencia está facultado para otorgar actos como

el presente. Hice al otorgante la advertencia a la que se refi ere el artículo

noventa y uno de la ley de asociaciones y Fundaciones sin fi nes de lucro

respecto a la obligación que tiene de registrar esta escritura, de sus efectos

y sanciones por la falta del mismo. Así se expresó el compareciente, a

quien expliqué los efectos legales del presente instrumento, y leído que le

hube, íntegramente todo lo escrito, en un solo acto, ratifi ca su contenido

y fi rmamos. DOY FE. Enmendado: Hice al otorgante la advertencia a

que se refi ere el artículo noventa y uno de la Ley de Asociaciones y

Fundaciones sin Fines de Lucro, respecto a la obligación que tiene de

Registrar esta Escritura, de sus efectos y sanciones por la falta del-dos

mil-Vale. Entrelíneas: tres-Vale. Más entrelíneas: sanciones por la falta

del-vale.más enmendado: al Registro de Asociaciones y Fundaciones

sin fi nes de lucro, del Ministerio de Gobernación-Vale.

BLANCA ESTELA FIGUEROA ALAS,

NOTARIO.

PASO ANTE MI, del Folio Número CIENTO SETENTA Y UNO

VUELTO al Folio Número CIENTO SETENTA Y DOS VUELTO del

libro SEGUNDO DE MI PROTOCOLO, que vence el día veintitrés de

Septiembre de dos mil cinco, y para ser entregado A LA FUNDACION

SALVADOREÑA PARA LA RECONSTRUCCION Y EL DESARRO-

LLO, Extiendo, fi rmo y sello el presente testimonio en la ciudad de San

Salvador, a los seis días del mes de Diciembre del dos mil cuatro.

BLANCA ESTELA FIGUEROA ALAS,

NOTARIO.

ES CONFORME con su original con el cual se confrontó en el Registro

de Asociaciones y Fundaciones Sin Fines de Lucro del Ministerio de

Gobernación, San Salvador, a las diez horas con veinte minutos del día

veintisiete de junio de dos mil cinco.

Lic. ROBERTO ANTONIO URRUTIA CACERES,

DIRECTOR GENERAL DEL REGISTRO DE ASOCIACIONES Y

FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO.

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17DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005.

ESTATUTOS DE LA FUNDACION SALVADOREÑA

PARA LA RECONSTRUCCION Y EL DESARROLLO

CAPITULO I

NATURALEZA, DENOMINACIÓN,

DOMICILIO Y PLAZO

Art. 1.- La Fundación Salvadoreña para la Reconstrucción y el Desarrollo, de nacionalidad salvadoreña, como entidad de utilidad pública, apolítica, no lucrativa, de carácter participativo, la que en los presentes estatutos se denominará “LA FUNDACIÓN”, y sus iniciales serán “REDES”.

Art. 2.- El domicilio de la Fundación será la ciudad de San Sal-vador, pero podrá crear los establecimientos adecuados para lograr sus objetivos, en cualquier lugar de la República de El Salvador.

Art. 3.- La Fundación se constituye por tiempo indefi nido.

CAPITULO II

DEL OBJETO Y LA FINALIDAD

Art. 4.- Son fi nes de la fundación:

a) Gestionar, administrar, ejecutar o supervisar la ejecución de proyectos destinados al impulso y fortalecimiento de la capacidad autogestiva y de organización de sectores de escasos recursos de la población; proyectos ambientales, de salud, educación, que promuevan la conservación, protec-ción y promoción del medio ambiente; proyectos dirigidos a mejorar la calidad de vida de las mujeres adultas, los niños y personas de la tercera edad;

b) Ayudar a solventar mediante procesos de formación y capa-citación, las necesidades de empleo de las personas que por su situación económica-social o física han sido marginados de la instrucción necesaria para incorporarse exitosamente al proceso productivo del país y el acceso al crédito;

c) Gestionar la formación de Asociaciones cooperativas o comunales de diferente naturaleza y apoyar la generación de proyectos en forma asociativa, como alternativa de desa-rrollo;

d) Gestionar todo tipo de apoyo para las personas necesitadas, producto de emergencias o desastres socio-naturales;

e) Gestionar, administrar y ejecutar proyectos de infraestructura e ingeniería en los campos de la vivienda, salud, educación y otros, mediante la gestión de proyectos o contratos para la prestación de servicios profesionales y técnicos, para lo cual se desarrollarán programas adecuados;

f) Crear clínicas de salud y centros de asistencia médica, para atender casos de enfermedades tanto físicas como mentales, las cuales funcionarán aplicando las normas y procedimientos dictados por el Ministerio de Salud Pública y estarán sujetos a la supervisión técnica del mismo; previa autorización del Consejo Superior de Salud Pública;

g) Apoyar a través de la gestión de programas y proyectos las ac-tividades económicas de pequeños productores agropecuarios, micro y pequeños empresarios de comunidades urbanas y

rurales, facilitando el acceso a la capacitación y los servicios de créditos, bajo términos contractuales con las instituciones de cooperación, con el propósito de mejorar la condición de vida de la población en pobreza;

h) En consecución con sus fi nalidades la fundación deberá basar sus actividades en principios de promoción humana y de solidaridad, para lo cual podrá desarrollar programas que contribuyan al cumplimiento de su misión institucional;

i) Para la consecución de tales fi nalidades podrá participar se-paradamente, en coordinación, en asocio o en contratos con otras instituciones, fundaciones u organizaciones nacionales o extranjeras, gubernamentales o privadas, con las que haya similitud de objetivos en cualquier tipo de actividades, sean éstas de carácter económico, social, de asistencia o de cualquier otra naturaleza permitidas por la Ley y enmarcados dentro de sus fi nalidades y misión establecidas para la fundación; y

j) En función de sus objetivos y fi nalidades deberá establecer su estructura organizativa, así como el marco normativo de tipo legal y contable de acuerdo a lo que permita y exija la ley.

CAPITULO III

DEL PATRIMONIO

Art. 5.- El patrimonio de la Fundación estará formado por:

a) El aporte inicial de cuarenta mil colones, que han sido recibidos a entera satisfacción por la Junta Directiva; y toda clase de donativos que reciba del Estado, de Instituciones nacionales o extranjeras, de empresas privadas y de cualquier otra persona natural o jurídica;

b) Los bienes que adquiera a título oneroso; y

c) Herencias o legados que le hicieran personas naturales o jurídicas, nacionales o internacionales.

CAPITULO IV

DE LOS MIEMBROS, DERECHOS Y DEBERES

Art. 6.- Los miembros de la Fundación son miembros fundadores y son todas aquellas personas naturales y jurídicas que la fundaron.

Art. 7.- Son deberes de los Miembros Fundadores:

a) Cumplir los Estatutos y Reglamentos de la Fundación, así como los acuerdos de la Asamblea General y de la Junta Directiva;

b) Asistir a las sesiones de Asamblea General o ser representados por otro miembro, debiendo autorizar dicha representación por escrito, pero cada miembro podrá llevar sólo una repre-sentación.

Art. 8.- Son derechos de los miembros Fundadores:

a) Asistir con voz y voto a las sesiones de la Asamblea General de la Fundación;

b) Elegir y ser electos miembros de la Junta Directiva; y

c) Colaborar en todas las actividades que la Fundación desarro-lle.

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18 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

Art. 9.- Cualquier miembro podrá renunciar como miembro fun-dador de la Fundación, para tal efecto bastará con que lo comunique por escrito a la Junta Directiva y presente solvencia fi nanciera, extendida por el tesorero de la Junta Directiva.

Art. 10.- Las causales por las que se pierde la calidad de miembro de la Fundación son:

a) Por faltas graves en el cumplimiento de los estatutos y regla-mento de la Fundación:

b) Por renuncia;

c) Por Muerte; y

d) Por incapacidad física y/o mental que le impida ejercer su papel como tal.

Art. 11.- Son faltas graves:

a) Inasistencia injustifi cada a dos Asambleas Generales, con-secutivas;

b) Infi delidad comprobada a la institución, en el marco de los estatutos o reglamento interno; y

c) Malversación o apropiación indebida del patrimonio de la institución.

CAPITULO V

DEL GOBIERNO Y ORGANOS DE ADMINISTRACION

DE LA FUNDACION

Art. 12.- El gobierno de la Fundación estará a cargo de una Asamblea General, de la Junta Directiva y de un Director Ejecutivo.

Art. 13.- La Asamblea General estará constituida por la totalidad de los Miembros Fundadores.

Art. 14.- La Asamblea General sesionará ordinariamente una vez por año, durante el mes de enero, en la fecha que designe la Junta Directiva, previa convocatoria formalizada por escrito por el Presidente, y deberá hacerse por lo menos con treinta días de anticipación.

Art. 15.- La Asamblea General celebrará sesión extraordinaria cuando sea convocada por la Junta Directiva o cuando lo soliciten por escrito a ésta, por lo menos cuatro miembros con derecho a voz y voto; y en ella se tratará únicamente los asuntos señalados en la agenda res-pectiva.

Art. 16.- Para que la Asamblea General pueda celebrar sesión válida necesitará que estén presentes o representados la mitad más uno de los miembros; si a la primera convocatoria el número de miembros no llegare a la mayoría, se hará una nueva convocatoria para una hora después y la sesión se celebrará con cualquier número de miembros que asistieren y serán aceptadas las resoluciones tomadas por simple mayoría de los asistentes.

Art. 17.- Cuando se solicite a la Asamblea General que se aprueben reformas a los Estatutos, se enviará a los miembros, con treinta días de anticipación por lo menos, copia de las reformas propuestas para su debido estudio.

Art. 18.- Para aprobar reformas a los Estatutos, el quórum estará constituido por la asistencia de las dos terceras partes de los miembros con derecho a voz y voto de la Fundación, y para que haya resolución válida se requiere el voto favorable del setenta y cinco por ciento de los miembros presentes y representados.

Art. 19.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Aprobar o improbar los informes anuales de la Junta Directiva, el Presupuesto anual y el Balance de la Fundación;

b) Elegir por votación nominal y pública a las personas que deberán integrar la Junta Directiva;

c) Nombrar de entre sus miembros al Director Ejecutivo;

d) Aprobar el reglamento de funcionamiento interno de la Asamblea General y de la Junta Directiva;

e) Reformar los Estatutos y Reglamentos de la Fundación, que se emitan;

f) Conocer y resolver sobre todo asunto de interés para la Fundación, cuyo conocimiento no correspondiere a la Junta Directiva, o no estuviera previsto en los presentes Estatutos y en los Reglamentos; y

g) Suspender o expulsar a un miembro, por las faltas establecidas en el estatuto o reglamento, ya sea a propuesta de la Junta Directiva o por petición en el pleno de la Asamblea General. Para dicho caso deberá regularse un procedimiento especial defi nido y aprobado por la misma Asamblea General.

Art. 20.- La Junta Directiva estará integrada por miembros ele-gidos en sesión ordinaria de Asamblea General así: Un Presidente, Un Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero, un Síndico y dos Vocales. Dichos miembros durarán en sus funciones dos años, ningún miembro podrá ocupar por más de dos períodos el mismo cargo. En caso que por cualquier circunstancia fi nalice el período de ejercicio sin que se hu-biera podido reunir la Asamblea General Ordinaria para hacer la nueva elección de la Junta Directiva, la que está fungiendo continuará en el ejercicio de su cargo hasta que se reúna la Asamblea General que deberá convocarse al efecto dentro de los dos meses siguientes a la fecha en que debió convocarse la nueva elección.

Art. 21.- La Junta Directiva se tendrá por legalmente reunida con la concurrencia de cuatro miembros. Las resoluciones se tomarán por simple mayoría. En caso de empate, el Presidente o quien haga sus veces tendrá doble voto.

Art. 22. - Son atribuciones de la Junta Directiva:

a) Cumplir y hacer cumplir los Estatutos y Reglamentos de la Fundación, lo mismo que los acuerdos y resoluciones de la Asamblea General;

b) Convocar a sesión de Asamblea General ordinaria o extraor-dinaria;

c) Estructurar, coordinar y dirigir la Fundación;

d) Supervisar, promover, organizar y dirigir las políticas de acción a realizarse;

e) Contratar y renovar el personal que fuere necesario para el buen funcionamiento de la Fundación;

f) Acordar la adquisición y enajenación de inmuebles a cualquier título y la celebración de toda clase de contratos;

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19DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005.

g) Nombrar, contratar, evaluar y remover al Director Ejecutivo y a la Auditoría externa;

h) Nombrar, contratar, evaluar y remover al Administrador y/o Gerente General, a la Auditoría Interna, si la hubiere, conjuntamente con el Director Ejecutivo; e

i) Las demás atribuciones que se establezcan en los Reglamentos de la Fundación.

Art. 23.- Son atribuciones del Director Ejecutivo:

a) Cumplir y hacer cumplir las disposiciones de la Junta Direc-tiva;

b) Nombrar y renovar al personal subalterno, cumpliendo con los procedimientos establecidos en las políticas y manuales de personal de la institución;

c) Supervisar y coordinar el trabajo del personal, procurando que éste cumpla con las fi nalidades de la Fundación;

d) Informar periódicamente de sus actividades y gestión ad-ministrativas a la Junta Directiva de la Fundación, según lo establecido en su contrato, cuando sea necesario y requerido; y

e) Autorizar los pagos y desembolsos, según procedimientos y políticas establecidas.

Art. 24.- El Director Ejecutivo, quien deberá ser miembro de la Fundación, asistirá a las sesiones de la Junta Directiva y tendrá derecho a voz. El Director Ejecutivo podrá ser removido en el momento que la Junta Directiva y/o la Asamblea lo considere necesario por causa justifi cada, como:

a) Violación de Estatutos, Reglamento o decisiones de Junta Directiva: y

b) Por inefi cacia, negligencia, abuso de poder e incumplimiento de funciones establecidas en su contrato.

Art. 25.- Al Presidente o al que haga sus veces le corresponde la representación legal, judicial y extrajudicial de la Fundación, y podrá otorgar y sustituir poderes generales con cláusulas especiales, cuando sea necesario, previa autorización de la Junta Directiva; teniendo además las siguientes atribuciones:

a) Dirigir las sesiones de la Asamblea General y de la Junta Directiva;

b) Convocar a sesión a los miembros de la Junta Directiva;

c) Autorizar y fi rmar junto con el Tesorero los pagos y docu-mentos de la Fundación;

d) Conocer de las renuncias de miembros que desempeñen cargos en la Fundación, sometiéndolas a consideración de la Junta Directiva para los efectos correspondientes; y

e) Las demás atribuciones que le encomiende la Junta Directiva o la Asamblea General.

Art. 26.- Las atribuciones y obligaciones de los demás miembros de la Junta Directiva serán determinadas en su Reglamento Interno.

Art. 27.- Corresponde al Secretario:

a) Servir de órgano de comunicación de la Fundación;

b) Informar a la Junta Directiva de la correspondencia recibida y contestarla conforme a las instrucciones de la misma;

c) Convocar oportunamente a sesión de Asamblea General y de Junta Directiva, siguiendo las instrucciones del Presidente;

d) Llevar al día los libros de actas y el registro de los miem-bros;

e) Llevar y conservar el archivo de la Fundación;

f) Extender las certifi caciones de las actas de sesiones de la Junta Directiva y de la Asamblea General;

g) Firmar con el Presidente los documentos de la Fundación;

h) Colaborar en la preparación de la memoria anual de labores; e

i) Efectuar las demás actividades que le señalen los Estatutos, Reglamentos y acuerdos de la Fundación.

Art. 28.- Corresponde al Tesorero:

a) La recaudación y custodia de los fondos y bienes de la Fun-dación y el control de los gastos de la misma;

b) Llevar al día la contabilidad de la Fundación;

c) Rendir cuentas documentadas de sus actuaciones periódica-mente o al ser requeridas por la Junta Directiva y preparar el informe que será presentado al fi nal del período de la Junta Directiva;

d) Autorizar juntamente con el Presidente los pagos y retiros de fondos;

e) Asumir solidariamente con el Presidente la responsabilidad por los gastos efectuados;

f) Reintegrar a satisfacción de la Asamblea General los fondos que faltaren o se extraviaren, cuando se compruebe su cul-pabilidad; y

g) Desempeñar las comisiones que le fueren asignadas por la Junta Directiva y la Asamblea General.

Art. 29.- Son atribuciones del Síndico:

a) Preparar informes relativos a las operaciones jurídicas de carácter patrimonial que la Fundación tenga que efectuar; y

b) Formular el proyecto de reformas a los Estatutos cuando así lo pida el órgano correspondiente.

Art. 30.- Son atribuciones de los Vocales:

a) Ser responsables de la organización y desarrollo de las acti-vidades inherentes a sus cargos;

b) Desempeñar las comisiones que les fueren asignadas por la Junta Directiva y la Asamblea General;

c) Colaborar estrechamente con los demás Directivos para la consecución de los fi nes de la Fundación; y

d) Sustituir a los demás miembros de la Junta Directiva en los casos previstos en los Estatutos o por designación de la Junta Directiva.

CAPITULO VI

DISOLUCIÓN

Art. 31.- La disolución de la Fundación se hará por disposición de la ley; o podrá ser acordada en sesión extraordinaria de Asamblea General convocada al efecto; previa solicitud dirigida a la Junta Direc-tiva por la tercera parte de los miembros con derecho a voz y voto de la Fundación, por lo menos. La convocatoria deberá hacerse por anuncio

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20 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

en el Diario Ofi cial, y en dos periódicos de mayor circulación por medio de tres avisos que deberán publicarse con intervalos de tres días por lo menos, entre cada uno de ellos. Para que la Asamblea General pueda celebrar sesión extraordinaria válida se necesitará la asistencia de las dos terceras partes de los miembros de la Fundación, por lo menos; y el acuerdo de disolución deberá ser tomado por el voto afi rmativo de los dos tercios de los miembros asistentes.

Art. 32.- La Asamblea General que acordare la disolución de la Fundación, nombrará una Junta Liquidadora, integrada por cuatro per-sonas y quienes deberán dar cuenta de su gestión a la Asamblea General, previa convocatoria hecha por los liquidadores.

Art. 33.- Después de cubrir los pasivos que hubieren, el remanente de los bienes, si existieren, se donará a una institución de benefi cencia, que al efecto designará la Asamblea General.

CAPITULO VII

DISPOSICIONES GENERALES

Art. 34.- La Fundación Salvadoreña para la Reconstrucción y el Desarrollo “REDES”, se regirá por estos Estatutos y por las demás leyes aplicables. Todo asunto no previsto en estos Estatutos ni en los Regla-mentos de la Fundación, será resuelto por acuerdo tomado en Asamblea General.

Art. 35.- La Junta Directiva tiene la obligación de inscribir en los primeros días del mes de enero de cada año, al Registro de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro del Ministerio de Gobernación, la nómina de los miembros y dentro de los cinco días después de ser electa la nueva Junta Directiva, una certifi cación de la misma, y en todo caso, proporcionará al expresado Ministerio, cualquier dato que se le pidiere relativo a la Fundación.

Art. 36.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Ofi cial.

DECRETO No. 84.-

EL ORGANO EJECUTIVO DE LA REPUBLICA DE EL SAL-VADOR, en uso de sus facultades legales,

CONSIDERANDO:

I. Que por Decreto Ejecutivo número 78 de fecha 23 de julio de 1993, publicado en el Diario Ofi cial número 161, Tomo 320 de fecha 31 de agosto de 1993, se declara legalmente establecida la Entidad de utilidad pública denominada FUNDACION SALVADOREÑA PARA LA RECONSTRUCCIÓN Y EL DESARROLLO, confi riéndosele a la vez el carácter de Persona Jurídica y aprobándole sus Estatutos contenidos en

Escritura Pública celebrada en la ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador a las nueve horas del día 9 de septiembre de 1992, ante los ofi cios del Notario FELIX ULLOA hijo.

II. Que la Presidenta de la FUNDACION SALVADOREÑA PARA LA RECONSTRUCCIÓN Y EL DESARROLLO, ha solicitado la aprobación de los nuevos Estatutos y la deroga-toria de los vigentes, acordada en esta ciudad a las diez horas del día 15 de febrero del 2003 y formalizada por Escritura Pública celebrada en esta ciudad a las dieciséis horas del día 5 de mayo del 2003, ante los ofi cios del Notario CRUZ ALIRIO DOMINGUEZ, y con posteriores rectifi caciones otorgadas por Escritura Pública la primera celebrada en esta ciudad a las diez horas del día 16 de septiembre del 2003, otorgada ante los ofi cios del mismo Notario, y la segunda celebrada en esta ciudad a las ocho horas del día 6 de diciembre de 2004, ante los ofi cios de la Notario BLANCA ESTELA FIGUEROA ALAS.

DECRETA:

Art. 1.- Deróganse los Estatutos de la FUNDACION SALVA-DOREÑA PARA LA RECONSTRUCCIÓN Y EL DESARROLLO, aprobados por Decreto Ejecutivo número 78 de fecha 23 de julio de 1993, publicado en el Diario Ofi cial número 161, Tomo 320 de fecha 31 de agosto de 1993.

Art. 2.- Apruébanse en todas sus partes los nuevos Estatutos de la mencionada entidad los cuales constan de TREINTA Y SEIS, Artículos, acordada en esta ciudad a las diez horas del día 15 de febrero del 2003 y formalizada por Escritura Pública celebrada en esta ciudad a las dieciséis horas del día 5 de mayo del 2003, ante los ofi cios del Notario CRUZ ALIRIO DOMINGUEZ, y con posteriores rectifi caciones otorgadas por Escritura Pública la primera celebrada en esta ciudad a las diez horas del día 16 de septiembre del 2003, otorgada ante los ofi cios del Notario CRUZ ALIRIO DOMINGUEZ, y la segunda celebrada en esta ciudad a las ocho horas del día 6 de diciembre de 2004, ante los ofi cios de la Notario BLANCA ESTELA FIGUEROA ALAS, por no contener nada contrario, a las leyes del país, de conformidad al Art. 65 de la Ley de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro. La mencionada entidad conserva el carácter de Persona Jurídica.

Art. 3.- Publíquense los referidos Estatutos en el Diario Ofi cial e inscríbase en el Registro de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro.

Art. 4.- El presente Decreto entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Ofi cial.

DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los seis días del mes de septiembre del dos mil cinco.

ELIAS ANTONIO SACA GONZALEZ,

PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

RENE MARIO FIGUEROA FIGUEROA,

MINISTRO DE GOBERNACION.

(Registro No. F021816)

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21DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005.

RAMO DE GOBERNACIONNUMERO CIEN.- LIBRO DECIMO TERCERO.- En la ciudad de San

Salvador, a las catorce horas y treinta minutos del día veintiuno de julio

del año dos mil cinco.- Ante mí, RAFAEL EDGARDO CALDERON

LOPEZ, Notario, de este domicilio, comparece el señor José Mario

Zelaya Rivas, de cincuenta y tres años de edad, empleado, del domicilio

de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, persona a quien

no conozco pero identifi co por medio de su Documento Único de Iden-

tidad número cero uno tres siete nueve dos ocho dos-ocho; Y ME DICE:

Que en cumplimiento al Acta de Asamblea General; celebrada en la

ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador, a las diez horas

del día veinte de julio del año dos mil cinco y de la comisión que le

asignará la Asamblea General para constituir la Asociación de Audito-

res Independientes de El Salvador, viene a protocolizar el punto segun-

do y tercero, de la aprobación de los Estatutos de la misma, y de la

elección de la Junta Directiva, los cuales se transcriben a continuación.

SEGUNDO. Estatutos de la ASOCIACIÓN DE AUDITORES INDE-

PENDIENTES DE EL SALVADOR, CAPITULO I. NATURALEZA,

DENOMINACION, DOMICILIO Y PLAZO. Art.1.- Créase en la

ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador, la Asociación

de nacionalidad salvadoreña, que se denominará ASOCIACIÓN DE

AUDITORES INDEPENDIENTES DE EL SALVADOR, y que podrá

abreviarse AIDES, como una entidad no partidaria, política, no lucrati-

va, ni religiosa, la que en los presentes estatutos se denominará “AIDES

o la ASOCIACION”. Art. 2- El domicilio de AIDES o la Asociación

será la ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador. Art.

3- La Asociación se constituye por tiempo indefi nido. CAPITULO II.

FINES U OBJETIVOS. Art. 4.- Los Fines u Objetivos de AIDES son:

a) Organizar a los Contadores Públicos en ejercicio independiente de la

auditoría externa; b) Impulsar planes sostenibles de formación integral

del auditor externo; c) Cooperar en la cohesión de los auditores inde-

pendientes; d) Infl uir en las políticas educacionales de formación del

Contador Público; e) Integrar por especialidad técnica a los auditores

independientes que les permita promover la cultura y el desarrollo hu-

mano sostenible; f) legitimar a nivel nacional el fomento de la educación

continuada de los auditores externos; g) promover deberes, derechos y

valores ciudadanos del Contador Público; h) Formar Facilitadores que

coadyuven a los fi nes AIDES; i) Fomentar, promover y fortalecer las

iniciativas inherentes al ejercicio independiente de la auditoría externa;

j) servir de cuerpo consultivo en asuntos de interés profesional en lo

relativo a la auditoría externa, k) Colaborar con sus asociados en la

resolución de problemas de índole técnico que resulten de sus interac-

ciones profesionales, proporcionándoles asistencia moral, técnica y

jurídica de acuerdo a las posibilidades de AIDES; l) Mediar, a solicitud

de cualquiera de los asociados en las controversias que surjan entre ellos;

m) Dar protección a sus asociados en la defensa de sus aspiraciones

profesionales; n) procurar los medios necesarios para mantener: la

educación continuada de sus asociados, la autoestima personal y el

sentido de pertenencia nacional, difundiendo el alcance de su función

social y vigilar que las actividades se realicen dentro de los más altos

grados de responsabilidad, idoneidad, competencia, moralidad y respe-

to a las disposiciones legales establecidas. ñ) Gestionar, administrar y

ejecutar proyectos, programas y cooperaciones nacionales e internacio-

nales de tipo privado, estatal, cooperativo, mixtos o sociales; para el

desarrollo cultural de los auditores externos; o) impulsar todo tipo de

consultorías, asesorías y asistencia institucional, vinculadas a los obje-

tivos de AIDES; p) Establecer relaciones y alianzas estratégicas con

instituciones, empresas, universidades, asociaciones y entidades profe-

sionales de todo nivel, nacionales e internacionales. CAPITULO III

DEL PATRIMONIO. Art.5.- El patrimonio de la Asociación estará

constituido por: a) Las cuotas de los Miembros; b) Las cuotas extraor-

dinarias de carácter voluntario y las contribuciones extraordinarias de

carácter obligatorio, que acuerde la Junta Directiva; c) Donaciones,

herencias, legados, contribuciones de personas naturaleza o jurídicas,

nacionales o extranjeras, respectivamente; d) Todos los bienes muebles

e inmuebles actuales y las rentas provenientes de los mismos de confor-

midad con la ley. Art. 6 El patrimonio será administrado por la Junta

Directiva conforme a las directrices que le manifi este la Asamblea

General. CAPITULO IV DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION.

Art. 7 El gobierno de AIDES será ejercido por: a) La Asamblea Ge-

neral; y b) La Junta Directiva. CAPITULO V. DE LA ASAMBLEA

GENERAL. Art. 8. La Asamblea General, debidamente convocada, es

la autoridad máxima de AIDES y estará integrada por la totalidad de

los miembros Fundadores y Activos. Art. 9 La Asamblea General se

reunirá ordinariamente una vez al año y extraordinariamente cuando

fuese convocada por la Junta Directiva. La Asamblea General sesionará

válidamente con la asistencia del cincuenta y uno por ciento como

mínimo de los miembros en primera convocatoria y en segunda convo-

catoria con los miembros que asistan, excepto de los casos especiales

en que se requiera mayor número de asistentes. Las resoluciones las

tomará la Asamblea General por mayoría absoluta de votos, excepto en

los casos especiales en que se requiera una mayoría diferente. Art. 10

Todo miembro que no pudiere asistir a cualquiera de las sesiones de

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22 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

Asamblea General por motivos justifi cados podrá hacerse representar

por escrito por otro miembro. El límite de representaciones es de un

miembro, llevando la voz y voto de su representado. Art. 11 Son Atri-

buciones de la Asamblea General: a) Elegir, sustituir y destituir total o

parcialmente a los miembros de la Junta Directiva; b) Aprobar, reformar

o derogar los Estatutos y el Reglamento Interno de la Asociación; c)

Aprobar y/o modifi car los planes, programas o presupuesto anual de la

Asociación; d) Aprobar o desaprobar la Memoria Anual de Labores de

la Asociación, presentada por la Junta Directiva; e) Fijar las cuotas

mensuales y contribuciones eventuales de los miembros; f) Decidir

sobre la compra, venta o enajenamiento de los bienes inmuebles perte-

necientes a la asociación; g) Decidir todos aquellos asuntos de interés

para la Asociación y que no estén contemplados en los presentes Estatutos;

h) Elegir, sustituir y destituir al auditor externo. CAPITULO VI DE LA

JUNTA DIRECTIVA Art. 12.- La dirección y administración de AIDES

estará confi ada a la Junta Directiva, la cual estará integrada de la si-

guiente forma: Un Presidente, un secretario, un Tesorero, y dos Voca-

les. Art. 13 Los miembros de la Junta Directiva serán electos para un

período de tres años pudiendo ser reelectos. Art. 14 La Junta Directiva

sesionará ordinariamente una vez al mes y extraordinariamente cuantas

veces sea necesario. Art. 15 El quórum necesario para que la Junta

Directiva pueda sesionar será la mitad más uno de sus miembros y sus

acuerdos deberán ser tomados por la mayoría de los asistentes. Art.

16.- La Junta Directiva tendrá las siguientes Atribuciones: a) Desarro-

llar las actividades necesarias para el logro de los fi nes de la Asociación;

b) Velar por la administración efi ciente y efi caz del patrimonio de la

Asociación; c) Elaborar la Memoria Anual de Labores de la Asociación;

d) Promover la elaboración de planes, programas, proyectos y presu-

puestos de la Asociación e informar a la Asamblea General; e) Velar

por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y

resoluciones de la Asamblea General y de la misma Junta Directiva; f)

Nombrar de entre los Miembros de la Asociación los comités o comi-

siones que consideren necesarios para el cumplimiento de los fi nes de

la Asociación; g) Convocar a sesiones Ordinarias y Extraordinarias de

la Asamblea General; h) Decidir sobre las solicitudes de incorporación

de nuevos miembros; i) Resolver los asuntos que no sean competencia

de la Asamblea General. Art. 17.- Son atribuciones del presidente: a)

Presidir las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea General

y de Junta Directiva; b) Velar por el cumplimiento de los acuerdos,

resoluciones de la Junta Directiva y de Asamblea General, así como de

los estatutos y Reglamento Interno de la Asociación; c) Representar

judicial y extrajudicialmente a la Asociación, pudiendo otorgar poderes

previa autorización de la Junta Directiva d) Convocar a sesiones ordi-

narias y extraordinarias de la Asamblea General y de Junta Directiva;

e) Autorizar juntamente con el tesorero las erogaciones que tenga que

hacer la asociación; f) Presentar la Memoria de Labores de la Asociación,

y cualquier informe que le sea solicitado por la misma. Art. 18.- Son

atribuciones del secretario: a) Llevar los libros de actas de las sesiones

de la Asamblea General y de Junta Directiva, b) Llevar al archivo de

documentos y registros de los miembros de la Asociación; c) Extender

todas las certifi caciones que fueran solicitadas a la Asociación; d) Hacer

y enviar las convocatorias a los miembros para las sesiones. e) Ser el

medio de comunicación de la Asociación. Art. 19.- Son atribuciones del

tesorero: a) Recibir y depositar los fondos que la Asociación obtenga,

en el Banco que la Junta Directiva seleccione; b) Llevar o tener control

directo de los libros de contabilidad de la Asociación; c) Autorizar

junto al Presidente las erogaciones que la Asociación tenga que realizar.

Art. 20.- Son atribuciones de los Vocales: a) Colaborar directamente

con todos los miembros de la Junta Directiva; b) Sustituir a cualquier

Miembro de la Junta Directiva en caso de ausencia o impedimento, de

conformidad al artículo once literal “a” de estos estatutos. CAPITULO

VII DE LOS MIEMBROS. Art. 21. Podrán ser miembros todos los

Licenciados en Contaduría Pública y Contadores Públicos Certifi cados-

CPC, debidamente inscritos en el Consejo de Vigilancia de la Profesión

de Contaduría Pública y Auditoría, en pleno ejercicio independiente de

la auditoría externa en el país, sin distinción de raza, credo, sexo, religión

e ideología política, que lo soliciten por escrito a la Junta Directiva.

Art.22 La Asociación tendrá las siguientes clases de Miembros: a)

Miembros Fundadores, b) Miembros Activos, c) Miembros Pasivos, d)

Miembros Honorarios. Son Miembros Fundadores: Todas las personas

que suscriban el Acta de constitución de la Asociación, serán Miembros

Activos: Todas las personas que la Junta Directiva acepte como tales en

la Asociación. Serán Miembros Pasivos: Todos los Contadores Públicos

que circunstancialmente no ejerzan la profesión en forma independien-

te por disposiciones legales. Serán Miembros Honorarios: todas las

personas que por su labor y mérito a favor de AIDES sean así nombra-

dos por la Asamblea General. Art. 23.- Son Derechos de los Miembros

Fundadores y Activos: a) Tener voz y voto en las deliberaciones de la

Asamblea General; b) optar a cargos directivos llenando los requisitos

que señalen los estatutos de la Asociación; c) Los demás que le señalen

los estatutos y reglamento interno de la Asociación. Art. 24.- Son

Deberes de los Miembros Fundadores y Activos: a) Asistir a las Sesio-

nes Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea General, b) Cooperar en

el desarrollo de aquellas actividades propias de la Asociación; c) Can-

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23DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005. celar las cuotas acordadas en Asamblea General; d) Cumplir y hacer

cumplir los presentes estatutos, reglamento interno, acuerdos y resolu-

ciones de la Asamblea General; e) Los demás que les señalen los estatutos

y el reglamento interno de la Asociación. Art. 25 La calidad de miembro

se perderá por las causas siguientes: a) Por violación a estos Estatutos,

Reglamento Interno, Acuerdos y Resoluciones de la Asamblea General;

b) Por otras faltas graves cometidas, que a juicio de la Asamblea Gene-

ral merezcan tal sanción; c) Por renuncia presentada por escrito a la

Junta Directiva. CAPITULO VIII SANCIONES A LOS MIEMBROS,

MEDIDAS DISCIPLINARIAS, CAUSALES Y PROCEDIMIENTO

DE APLICACIÓN Art.26.- Las sanciones a los miembros, medidas

disciplinarias, causales y procedimientos de aplicación se establecerán

en el Reglamento interno de la AIDES. Art. 27 Los aspirantes y miem-

bros, en caso de no estar de acuerdo con resoluciones emitidas por la

Junta Directiva, tendrá derecho a los recursos de audiencia, revisión y

apelación, en los términos que los establezca el Reglamento interno de

AIDES. CAPITULO IX DE LA AUDITORIA. Art. 28.- La auditoría

de la Asociación estará a cargo de un auditor externo titular y un suplen-

te, que serán electos para un período de tres años, pudiendo ser reelectos.

CAPITULO X DE LA DISOLUCIÓN Art. 29. No podrá disolverse

AIDES sino por disposición de la ley o por resolución tomada por la

Asamblea General Extraordinaria, convocada a este efecto y con un

número de votos que represente por lo menos tres cuartas de sus miem-

bros. Art. 30 En caso de acordarse la disolución de la Asociación se

nombrará una Junta de Liquidación compuesta de cinco personas, elec-

tas por la Asamblea General Extraordinaria que acordó la discusión. Los

bienes que sobraren después de cancelar todos sus compromisos se

donarán a cualquier entidad Benéfi ca o cultural que la Asamblea Ge-

neral señale. CAPITULO XI REFORMA DE ESTATUTOS. Art. 31

Para reformar o derogar los presentes estatutos será necesario el voto

favorable de no menos del sesenta y cinco por ciento de los miembros

en Asamblea General convocada para tal efecto. CAPITULO XII.

DISPOSICIONES GENERALES. Art. 32 La Junta Directiva tiene la

obligación de inscribir el Registro de Asociaciones y Fundaciones sin

Fines de Lucro del Ministerio de Gobernación, en los primeros días del

mes de enero de cada año, la Nómina de los Miembros y dentro de los

cinco días la Nueva Junta Directiva y en todo caso inscribir en dicho

registro todos los documentos que la LEY DE ASOCIACIONES Y

FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO señale inscribir así como

enviar al Registro cualquier dato que se le pidiere relativo a la Entidad.

Art. 33.- Todo lo relativo al orden interno de la Asociación no compren-

dido en estos Estatutos, se establecerá en el Reglamento interno de la

misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva y aprobado

por la Asamblea General . Art. 34.- La asociación de Auditores Inde-

pendientes de El Salvador - AIDES, se regirá por la LEY DE ASO-

CIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO, por los

presentes Estatutos y demás disposiciones legales aplicables. Art. 35.-

Los presentes Estatutos entrarán en vigencia desde el día de su publi-

cación en el Diario Ofi cial. TERCERO: Se procedió a la elección de los

miembros que ocuparán los cargos de la Junta Directiva, los cuales

quedaron integrados de la siguiente manera: Presidente: JOSE MARIO

ZELAYA RIVAS, Secretario: CARLOS SAUL LOPEZ DIAZ MEJIA.

Tesorero: CARLOS ROBERTO GOMEZ CASTANEDA, Primer Vocal:

JOSE ALBERTO PERALTA MARROQUIN, Segundo Vocal:

WILLIAM OMAR PEREIRA BOLAÑOS. No habiendo más que hacer

constar, se da por terminada la presente la cual fi rmamos. Al fi nal de

la presente acta que tengo a la vista, se encuentra la fi rma del señor

Carlos Saúl López Díaz Mejía, quien actúa en calidad de Secretario de

la misma, la cual es de tenor “Ilegible”. Así se expresó el comparecien-

te a quien expliqué los efectos legales del presente instrumento. Yo el

suscrito Notario DOY FE, que advertí al compareciente sobre la obli-

gación notarial que establece el Artículo noventa y uno de la Ley de

Asociaciones y Fundaciones Sin Fines de Lucro, y leído que le hubo al

compareciente en un solo acto ininterrumpido, ratifi ca su contenido,

fi rmamos. DOY FE.

RAFAEL EDGARDO CALDERON LOPEZ,

NOTARIO

PASO ANTE MI, del folio doscientos doce frente al folio doscientos

catorce vuelto del Libro Décimo Tercero de mi Protocolo, el cual vence

el día diecisiete de junio de dos mil seis y, para ser presentado al Registro

de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro del Ministerio de

Gobernación, expido, sello y fi rmo el presente Testimonio, en la Ciudad

de San Salvador, Departamento de San Salvador, el día veintiuno de

julio de dos mil cinco.

RAFAEL EDGARDO CALDERON LOPEZ,

NOTARIO.

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24 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE

AUDITORES INDEPENDIENTES DE EL SALVADOR

CAPITULO I.

NATURALEZA, DENOMINACIÓN DOMICILIO Y PLAZO.

Art. l.- Créase en la ciudad de San Salvador, Departamento de San

Salvador, la Asociación de nacionalidad salvadoreña, que se denominará

ASOCIACION DE AUDITORES INDEPENDIENTES DE EL SALVA-

DOR, y que podrá abreviarse AIDES, como una entidad no partidaria

política, no lucrativa, ni religiosa, la que en los presentes estatutos se

denominará “AIDES o la ASOCIACIÓN”.

Art. 2.- El domicilio de AIDES o la Asociación será la ciudad de

San Salvador, Departamento de San Salvador.

Art. 3.- La Asociación se constituye por tiempo indefi nido.

CAPITULO II.

FINES U OBJETIVOS.

Art. 4.- Los Fines u Objetivos de AIDES son:

a) Organizar a los Contadores Públicos en ejercicio independiente

de la auditoría externa.

b) Impulsar planes sostenibles de formación integral del auditor

externo.

c) Cooperar en la cohesión de los auditores independientes;

d) Infl uir en las políticas educacionales de formación del Contador

Público;

e) Integrar por especialidad técnica a los auditores independientes

que les permita promover la cultura y el desarrollo humano

sostenible.

f) Legitimar a nivel nacional el fomento de la educación con-

tinuada de los auditores externos.

g) Promover deberes, derechos y valores ciudadanos del Contador

Público;

h) Formar facilitadores que coadyuven a los fi nes AIDES;

i) Fomentar, promover y fortalecer las iniciativas inherentes al

ejercicio independiente de la auditoría externa;

j) Servir de cuerpo consultivo en asuntos de interés profesional

en lo relativo a la auditoría externa,

k) Colaborar con sus asociados en la resolución de problemas

de índole técnico que resulten de sus interacciones profesio-

nales, proporcionándoles asistencia moral, técnica y jurídica

de acuerdo a las posibilidades de AIDES;

l) Mediar, a solicitud de cualquiera de los asociados en las

controversias que surjan entre ellos;

m) Dar protección a sus asociados en la defensa de sus aspira-

ciones profesionales;

n) Procurar los medios necesarios para mantener la educación

continuada de sus asociados, la autoestima personal y el

sentido de pertenencia nacional, difundiendo el alcance de

su función social y vigilar que las actividades se realicen

dentro de los más altos grados de responsabilidad, idoneidad,

competencia, moralidad y respeto a las disposiciones legales

establecidas,

ñ) Gestionar, administrar y ejecutar proyectos, programas y

cooperaciones nacionales e internacionales de tipo privado,

estatal, cooperativo, mixtos o sociales; para el desarrollo

cultural de los auditores externos.

o) Impulsar todo tipo de consultorías, asesorías y asistencia

institucional, vinculadas a los objetivos de AIDES;

p) Establecer relaciones y alianzas estratégicas con instituciones,

empresas, universidades, asociaciones y entidades profesio-

nales de todo nivel, nacionales e internacionales.

CAPITULO III

DEL PATRIMONIO.

Art. 5.- El patrimonio de la Asociación estará constituido por:

a) Las cuotas de los Miembros;

b) Las cuotas extraordinarias de carácter voluntario y las contri-

buciones extraordinarias de carácter obligatorio, que acuerde

la Junta Directiva;

c) Donaciones, herencias, legados, contribuciones de personas

naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, respectiva-

mente;

d) Todos los bienes muebles e inmuebles actuales y las rentas

provenientes de los mismos de conformidad con la ley.

Art. 6.- El patrimonio será administrado por la Junta Directiva

conforme a las directrices que le manifi este la Asamblea General.

CAPITULO IV

DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACIÓN.

Art. 7.- El gobierno de AIDES será ejercido por:

a) La Asamblea General; y

b) La Junta Directiva.

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25DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005. CAPITULO V

DE LA ASAMBLEA GENERAL.

Art. 8.- La Asamblea General, debidamente convocada, es la

autoridad máxima de AIDES y estará integrada por la totalidad de los

miembros Fundadores y Activos.

Art. 9.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente una vez al

año y extraordinariamente cuando fuese convocada por la Junta Direc-

tiva. La Asamblea General sesionará válidamente con la asistencia del

cincuenta y uno por ciento como mínimo de los miembros en primera

convocatoria y en segunda convocatoria con los miembros que asistan,

excepto de los casos especiales en que se requiera mayor número de

asistentes. Las resoluciones las tomará la Asamblea General por mayoría

absoluta de votos, excepto en los casos especiales en que se requiera una

mayoría diferente.

Art. 10.- Todo miembro que no pudiere asistir a cualquiera de las

sesiones de Asamblea General por motivos justifi cados podrá hacerse

representar por escrito por otro miembro. El límite de representaciones

es de un miembro, llevando la voz y voto de su representado.

Art. 11.- Son Atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir, sustituir y destituir total o parcialmente a los miembros

de la Junta Directiva;

b) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y el Reglamento

Interno de la Asociación;

c) Aprobar y/o modifi car los planes, programas o presupuesto

anual de la Asociación;

d) Aprobar o desaprobar la Memoria Anual de Labores de la

Asociación, presentada por la Junta Directiva;

e) Fijar las cuotas mensuales y contribuciones eventuales de los

miembros;

f) Decidir sobre la compra, venta o enajenamiento de los bienes

inmuebles pertenecientes a la asociación;

g) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Asociación

y que no estén contemplados en los presentes Estatutos;

h) Elegir, sustituir y destituir al auditor externo.

CAPITULO VI

DE LA JUNTA DIRECTIVA

Art. 12.- La dirección y administración de AIDES estará confi ada

a la Junta Directiva, la cual estará integrada de la siguiente forma: Un

Presidente, un Secretario, un Tesorero, y dos Vocales.

Art. 13.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos para un

período de tres años pudiendo ser reelectos.

Art. 14.- La Junta Directiva sesionará ordinariamente una vez al

mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario.

Art. 15.- El quórum necesario para que la Junta Directiva pueda

sesionar será la mitad más uno de sus miembros y sus acuerdos deberán

ser tomados por la mayoría de los asistentes.

Art. 16.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones:

a) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los

fi nes de la Asociación;

b) Velar por la administración efi ciente y efi caz del patrimonio

de la Asociación;

c) Elaborar la Memoria Anual de Labores de la Asociación;

d) Promover la elaboración de planes, programas, proyectos

y presupuestos de la Asociación e informar a la Asamblea

General;

e) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamento

interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General y

de la misma Junta Directiva;

f) Nombrar de entre los Miembros de la Asociación los comités

o comisiones que consideren necesarios para el cumplimiento

de los fi nes de la Asociación;

g) Convocar a sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la

Asamblea General;

h) Decidir sobre las solicitudes de incorporación de nuevos

miembros;

i) Resolver todos los asuntos que no sean competencia de la

Asamblea General.

Art. 17.- Son atribuciones del presidente:

a) Presidir las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asamblea

General y de Junta Directiva;

b) Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de

la Junta Directiva y de Asamblea General, así como de los

estatutos y Reglamento Interno de la Asociación;

c) Representar judicial y extra judicialmente a la Asociación,

pudiendo otorgar poderes previa autorización de la Junta

Directiva;

d) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de la Asam-

blea General y de la Junta Directiva;

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26 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

e) Autorizar juntamente con el tesorero las erogaciones que

tenga que hacer la asociación;

f) Presentar la Memoria de Labores de la Asociación, y cualquier

informe que le sea solicitado por la misma.

Art. 18.- Son atribuciones del secretario:

a) Llevar los libros de actas de las sesiones de la Asamblea

General y de Junta Directiva;

b) Llevar el archivo de documentos y registros de los miembros

de la Asociación;

c) Extender todas las certifi caciones que fueran solicitadas a la

Asociación;

d) Hacer y enviar las convocatorias a los miembros para las

sesiones;

e) Ser el medio de comunicación de la Asociación.

Art. 19.- Son atribuciones del tesorero:

a) Recibir y depositar los fondos que la Asociación obtenga, en

el Banco que la Junta Directiva seleccione;

b) Llevar o tener control directo de los libros de contabilidad

de la Asociación;

c) Autorizar junto al Presidente las erogaciones que la Asociación

tenga que realizar.

Art. 20.- Son atribuciones de los Vocales:

a) Colaborar directamente con todos los miembros de la Junta

Directiva;

b) Sustituir a cualquier Miembro de la Junta Directiva en caso

de ausencia o impedimento, de conformidad al artículo once

literal “a” de estos estatutos.

CAPITULO VII

DE LOS MIEMBROS.

Art. 21.- Podrán ser miembros todos los Licenciados en Contaduría

Pública y Contadores Públicos Certifi cados-CPC, debidamente inscritos

en el Consejo de Vigilancia de la Profesión de Contaduría Pública y

Auditoría, en pleno ejercicio independiente de la auditoría externa en

el país, sin distinción de raza, credo, sexo, religión e ideología política,

que lo soliciten por escrito a la Junta Directiva.

Art. 22.- La Asociación tendrá las siguientes clases de Miem-

bros:

a) Miembros Fundadores,

b) Miembros Activos,

c) Miembros Pasivos,

d) Miembros Honorarios.

Son Miembros Fundadores: todas las personas que suscriban el Acta de Constitución de la Asociación. Serán Miembros Activos: Todas las personas que la Junta Directiva acepte como tales en la Aso-ciación. Serán Miembros Pasivos: Todos los Contadores Públicos que circunstancialmente no ejerzan la profesión en forma independiente por disposiciones legales. Serán Miembros Honorarios: todas las personas que por su labor y mérito a favor de AIDES sean así nombrados por la Asamblea General.

Art. 23.- Son Derechos de los Miembros Fundadores y Activos:

a) Tener voz y voto en las deliberaciones de la Asamblea Ge-

neral.

b) Optar a cargos directivos llenando los requisitos que señalen

los estatutos de la Asociación;

c) Los demás que le señalen los estatutos y reglamento interno

de la Asociación.

Art. 24.- Son Deberes de los Miembros Fundadores y Activos:

a) Asistir a las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asam-

blea General;

b) Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades propias de

la Asociación;

c) Cancelar las cuotas acordadas en Asamblea General;

d) Cumplir y hacer cumplir los presentes estatutos, reglamento

interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General;

e) Los demás que les señalen los estatutos y el reglamento

interno de la Asociación.

Art. 25.- La calidad de miembro se perderá por las causas siguien-

tes:

a) por violación a estos Estatutos, Reglamento Interno, Acuerdos

y Resoluciones de la Asamblea General;

b) Por otras faltas graves cometidas, que a juicio de la Asamblea

General merezcan tal sanción;

c) Por renuncia presentada por escrito a la Junta Directiva.

CAPITULO VIII

SANCIONES A LOS MIEMBROS, MEDIDAS

DISCIPLINARIAS, CAUSALES Y PROCEDIMIENTO

DE APLICACIÓN

Art. 26.- Las sanciones a los miembros, medidas disciplinarias,

causales y procedimientos de aplicación se establecerán en el Reglamento

Interno de la AIDES.

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27DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005. Art. 27.- Los aspirantes y miembros, en caso de no estar de acuerdo

con resoluciones emitidas por la Junta Directiva, tendrá derecho a los

recursos de audiencia, revisión y apelación, en los términos que los

establezca el Reglamento Interno de AIDES.

CAPITULO IX

DE LA AUDITORIA.

Art. 28.- La auditoría de la Asociación estará a cargo de un auditor

externo titular y un suplente, que serán electos para un período de tres

años, pudiendo ser reelectos.

CAPITULO X

DE LA DISOLUCIÓN

Art. 29.- No podrá disolverse AIDES sino por disposición de la

ley o por resolución tomada por la Asamblea General Extraordinaria,

convocada a este efecto y con un número de votos que represente por

lo menos tres cuartas partes de sus miembros.

Art. 30.- En caso de acordarse la disolución de la Asociación se

nombrará una Junta de Liquidación compuesta de cinco personas, electas

por la Asamblea General Extraordinaria que acordó la disolución. Los

bienes que sobraren después de cancelar todos sus compromisos se do-

narán a cualquier entidad Benéfi ca o cultural que la Asamblea General

señale.

CAPITULO XI

REFORMA DE ESTATUTOS.

Art. 31.- Para reformar o derogar los presentes estatutos será ne-

cesario el voto favorable de no menos del setenta y cinco por ciento de

los miembros en Asamblea General convocada para tal efecto.

CAPITULO XII

DISPOSICIONES GENERALES.

Art. 32.- La Junta Directiva tiene la obligación de inscribir el Re-

gistro de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro del Ministerio

de Gobernación, en los primeros días del mes de enero de cada año,

la Nómina de los Miembros y dentro de los cinco días la Nueva Junta

Directiva y en todo caso inscribir en dicho registro todos los documentos

que la LEY DE ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE

LUCRO señale inscribir así como enviar al Registro cualquier dato que

se le pidiere relativo a la Entidad.

Art. 33.- Todo lo relativo al orden interno de la Asociación no

comprendido en estos Estatutos, se establecerá en el Reglamento Inter-

no de la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva y

aprobado por la Asamblea General.

Art. 34.- La Asociación de Auditores Independientes de El Salvador

- AIDES, se regirá por la LEY DE ASOCIACIONES Y FUNDACIONES

SIN FINES DE LUCRO, por los presentes Estatutos y demás disposi-

ciones legales aplicables.

Art. 35.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia desde el día

de su publicación en el Diario Ofi cial.

ACUERDO No. 0127.-

San Salvador, 14 de septiembre de 2005.

Vistos los anteriores ESTATUTOS de la ASOCIACIÓN DE AU-

DITORES INDEPENDIENTES DE EL SALVADOR, compuestos de

TREINTA Y CINCO Artículos, acordada en la ciudad de San Salvador,

Departamento de San Salvador, a las diez horas del día veinte de julio

del 2005, y formalizada en la misma ciudad, a las catorce horas y treinta

minutos, del día veintiuno de julio de 2005, por Escritura Pública otor-

gada ante los ofi cios del Notario RAFAEL EDGARDO CALDERON

LOPEZ, y no encontrando en ellos ninguna disposición contraria a las

Leyes del país, de conformidad con el Art. 65 de la Ley de Asociaciones

y Fundaciones sin Fines de Lucro, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de

Gobernación, ACUERDA: a) Aprobarlos en todas sus partes confi riendo

a dicha Entidad el carácter de PERSONA JURIDICA; b) Publíquense

en el Diario Ofi cial; y c) Inscríbase la referida entidad en el REGISTRO

DE ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO.

COMUNIQUESE. (Rubricado por el señor Presidente de la República)

LA VICEMINISTRA DE GOBERNACION, AGUILAR ZEPEDA.

(Registro No. F021862)

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28 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

ESTATUTOS DE LA IGLESIA EVANGÉLICA

“EL REY JESÚS”

CAPITULO I

NATURALEZA, DENOMINACION Y PLAZO

Artículo 1.- Fúndase en la Ciudad de Santa Ana, la Iglesia Evangé-lica el Rey Jesús, como una entidad religiosa, apolítica, no lucrativa, de nacionalidad Salvadoreña la que en los presentes estatutos se denominará “LA IGLESIA EVANGELICA”.

Artículo 2.- El domicilio de la Iglesia será la ciudad de Santa Ana, Departamento de Santa Ana, República de El Salvador, pudiendo establecer fi liales en todo el territorio de la República y fuera de él.

Artículo 3.- La Iglesia se constituye por tiempo indefi nido

CAPITULO II

FINES

Artículo 4.- Son fi nes de la iglesia:

a) Difundir la predicación del Evangelio de Nuestro Señor Jesucristo apoyándose en los principios ya establecidos en las Sagradas Escrituras.

b) Promover la educación espiritual, intelectual y moral, a través de establecer templos, centros de enseñanza, donde el fi n principal sea la recreación espiritual.

c) Establecer centros de salud espiritual en todo el territorio nacional y fuera de él, utilizando los medios permitidos por las leyes de la República.

CAPITULO III

DE LOS MIEMBROS DE LA IGLESIA

Artículo 5.- Podrán ser miembros de la Iglesia todas las personas mayores de dieciocho años, sin distinción de raza, sexo, ideología política o nacionalidad, que lo soliciten expresamente a la Junta Directiva.

Artículo 6.- La Iglesia estará formada por dos clases de Miem-bros:

a) En Propiedad: Quienes solamente hayan aceptado a Nuestro Señor Jesucristo y bautizados en aguas:

b) Catecúmenos: Quienes solamente hayan aceptado a Nuestro Señor Jesucristo y no hayan sido bautizados en aguas.

Artículo 7.- Deberes de los miembros propietarios:

a) Aceptar los cargos, comisiones y privilegios que les sean encomendados y dar cuenta de sus cumplimientos, informando de ello a la Junta Directiva.

b) Asistir a las sesiones de la Asamblea General y todas aquellas a que fueren convocados.

c) Participar en las actividades lícitas que efectúe la Iglesia.

Artículo 8.- Derechos de los miembros propietarios:

a) Elegir y ser electos directivos.

b) Participar en las sesiones de Asamblea General y en las demás que la Iglesia realice.

c) Los demás que les confi eran estos estatutos o la Asamblea General.

Artículo 9.- Deberes de los miembros catecúmenos: Son deberes de estos miembros, los establecidos en el artículo siete, a excepción de los prescritos en el literal a).

Artículo 10.- Derechos de los miembros catecúmenos:

a) Elegir los cargos directivos.

b) Los establecidos en el artículo ocho literales b) y c).

Artículo 11.- La calidad de los miembros se perderá por las causas siguientes:

a) Por fallecimiento del miembro,

b) Por retiro voluntario manifestado por escrito o verbalmente a la Junta Directiva,

c) Por inasistencia interrumpida no comunicada a la Junta Directiva en un periodo de seis meses,

d) Por incumplimiento de las obligaciones que les imponen estos estatutos y la iglesia,

e) Por violar los principios de la Iglesia,

f) Por desarmonía e incompatibilidad con los demás miembros de la congregación.

CAPITULO IV

DEL GOBIERNO DE LA IGLESIA

Artículo 12. El gobierno de la Iglesia será ejercido por:

a) La Asamblea General; y

b) La Junta Directiva.

CAPITULO V

DE LA ASAMBLEA GENERAL

Artículo 13.- La Asamblea General, debidamente convocada, será la máxima autoridad de la Iglesia y estará integrada por la totalidad de los miembros; sus decisiones serán defi nitivas y sólo podrán ser reformadas por la misma Asamblea.

Artículo 14.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente una vez al año, en el periodo comprendido entre los meses de octubre a diciembre, en el lugar, día y hora que la Junta directiva determine. La Asamblea general sesionará extraordinariamente cuando a criterio de la Junta Directiva sea necesario, debiendo ser notifi cados sus miembros por lo menos con setenta y dos horas de anticipación y por cualquier medio de comunicación. La Asamblea General necesita para poder sesionar, de la asistencia de la mitad más uno de sus miembros y para validar sus

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29DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005.

resoluciones del voto favorable de la mayoría de los asistentes. Cuando no fuere posible establecer el quórum necesario, la Junta Directiva tomará consenso de los presentes para fi jar próxima fecha de sesión, convocando nuevamente en el acto; ya sea que se trate de una sesión ordinaria o extraordinaria. Realizada una segunda convocatoria, la sesión será celebrada con el número de miembros que asistan y sus resoluciones serán acatadas y válidas para su cumplimiento.

Artículo 15.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir, sustituir y destituir total o parcialmente a los miembros de la Junta Directiva,

b) Aprobar, reformar o derogar los estatutos de la Iglesia,

c) Estudiar, aprobar y/o modifi car los planes, programas, presupuestos anuales elaborados por la Junta Directiva que aseguren el buen funcionamiento de la Iglesia,

d) Aprobar disposiciones y reglamentos para el buen funciona-miento administrativo de la Iglesia,

e) Fijar las cuotas y ofrendas de los miembros para las necesi-dades de la Iglesia,

f) Decidir sobre la compra, venta o enajenación de los bienes muebles e inmuebles pertinentes a la Iglesia,

g) Nombrar, sustituir o destituir al Pastor de la Iglesia, por causa justifi cada,

h) Aprobar la creación de fi liales de la Iglesia y el nombramiento de su respectivo pastor, tanto dentro como fuera de la Repú-blica,

i) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la iglesia y que no estén contemplados en los presentes estatutos.

CAPITULO VI

DE LA JUNTA DIRECTIVA

Artículo 16.- La Dirección y Administración de la Iglesia estará confi ada a la Junta directiva, la cual será integrada de la siguiente forma: Un Presidente, un vicepresidente, un secretario, un pro-secretario, un tesorero, un síndico y tres vocales.

Artículo 17.- Los Miembros de la Junta directiva serán electos para un período de un año, pudiendo ser reelectos.

Artículo 18.- La Junta directiva sesionará ordinariamente una vez al mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario.

Artículo 19.- El quórum necesario para que la Junta directiva pueda sesionar, será la mitad más uno de sus miembros y sus acuerdos deberán ser tomados por la mayoría de los asistentes. En caso de empate, el presidente o quien haga sus veces tendrá doble voto.

Artículo 20.- La Junta directiva tendrá las siguientes atribucio-nes:

a) Administrar el patrimonio de la Iglesia,

b) Planifi car, promover y velar por el desarrollo de los planes, programas, proyectos y actividades necesarias para el logro de los fi nes de la Iglesia,

c) Cumplir y hacer cumplir con las resoluciones de la Asamblea General,

d) Nombrar de entre los miembros de la Iglesia los comités o comisiones que se consideren necesarios para el cumplimiento de los fi nes de la Iglesia,

e) Promover el establecimiento de templos para la predicación del evangelio de nuestro señor Jesucristo,

f) Decidir y aprobar las solicitudes de renuncia o incorporación de nuevos miembros,

g) Acordar la celebración de cualquier acto o contrato, para cuyo efecto se autorizará previamente al presidente en fun-ciones,

h) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de Asamblea General,

i) Velar por el cumplimiento de los presentes estatutos y que todos los miembros de la Iglesia cumplan con sus obligacio-nes,

j) Resolver todos los asuntos que sean competencia de la Asamblea General.

Artículo 21.- El Presidente tendrá las atribuciones siguientes:

a) Presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Junta Directiva y la Asamblea General,

b) Velar por el cumplimiento de los acuerdos y resoluciones de la Junta directiva y de la Asamblea General, así como de los estatutos,

c) Representar judicialmente y extrajudicialmente a la Iglesia, pudiendo otorgar poderes generales o especiales, previa autorización de la Junta Directiva,

d) Celebrar actos o contratos para los cuales hayan sido autori-zados por la asamblea General o Junta Directiva,

e) Dar informe a la Junta Directiva o Asamblea General, según sea el caso, de todas las actividades y operaciones ejecutadas, así como cualquier otro informe solicitado,

f) Autorizar juntamente con el tesorero, los gastos que tenga que hacer la Iglesia,

g) Velar por el buen manejo de los bienes de la Iglesia,

h) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de la Asam-blea general y de la Junta Directiva.

Artículo 22.- Son atribuciones del Secretario:

a) Llevar los libros de actas de las sesiones de Asamblea General y de Junta Directiva,

b) Llevar el archivo de documentos correspondientes y registros de los miembros de la Iglesia,

c) Redactar y fi rmar juntamente con el presidente las certifi ca-ciones que fueran solicitadas a la Iglesia,

d) Elaborar y enviar las convocatorias a los miembros para las sesiones ordinarias y extraordinarias.

Artículo 23.- El Tesorero tendrá las atribuciones siguientes:

a) Recibir, depositar y abrir cuentas bancarias mancomunada-mente con el presidente, en el Banco que la junta directiva seleccione,

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30 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

b) Llevar y tener al día los libros de inventarios,

c) Rendir los informes fi nancieros a la Asamblea General y mensuales a la Junta directiva de los ingresos y egresos,

d) Autorizar juntamente con el presidente los gastos que la Iglesia tenga que realizar,

e) Dar informe al secretario de gastos adicionales que surjan dentro de la Iglesia.

Artículo 24.- Son atribuciones del Síndico:

a) Representar judicialmente a la Iglesia en forma conjunta o separada con el presidente en todos los juicios o diligencias que ésta tuviere interés,

b) Cuidar de que los contratos que celebre la Iglesia cumplan con las prescripciones legales,

c) Supervisar las inversiones que se hagan con cargo a los fondos de la Iglesia, teniendo la facultad de inspeccionar los libros de cuentas y demás documentos que estime necesarios,

d) Será responsable de que la iglesia cumpla las obligaciones que le impone las leyes de la República,

e) Firmar con el Presidente y el Tesorero los informes fi nancieros y el estado económico y anual de la Iglesia.

Artículo 25.- Son atribuciones de los vocales: Desempeñar las comisiones que les designe la Asamblea General o la Junta Directiva, colaborar directamente con ellas y sustituir a los otros miembros de la Junta directiva en caso de ausencia, impedimento o renuncia, cuando así sea acordado.

CAPITULO VII

DEL PATRIMONIO

Artículo 26.- El Patrimonio de la Iglesia estará constituido por:

a) Por los diezmos y ofrendas de los miembros,

b) Donaciones, herencias, legados, contribuciones de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras.

c) Todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera a cualquier título y las rentas provenientes de los mismos, de conformidad por actividades lícitas.

CAPITULO VIII

DE LA DISOLUCION.

Artículo 27.- No podrá disolverse la Iglesia sino por disposición de la Ley o por resolución tomada en Asamblea General Extraordinaria, convocada a ese efecto y con un número de votos que represente por lo menos tres cuartas partes de sus Miembros.

Artículo 28.- En caso de acordarse la disolución de la Iglesia, se nombrará una Junta de Liquidación compuesta por cinco personas, electas por la Asamblea General extraordinaria que acordó la disolución. Los bienes que sobraren después de cancelar todos sus compromisos, se donarán a la Iglesia Cristiana Evangélica que la Asamblea General designe.

CAPITULO IX

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 29.- Para reformar o derogar los artículos de los presen-

tes estatutos será necesario el voto favorable de no menos del sesenta

por ciento de los miembros en Asamblea General convocada para tal

efecto.

Artículo 30.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al

Ministerio de Gobernación, en los primeros días del mes de enero de cada

año, la nómina de los miembros y dentro de los cinco días después de

electa la nueva Junta Directiva, una certifi cación del Acta de elección de

la misma y en todo caso, proporcionar al expresado Ministerio cualquier

dato que se le pidiere relativo a la Iglesia.

Artículo 31.- Todo lo relativo al orden interno de la Iglesia, no

comprendido en estos estatutos, se establecerá en el Reglamento Interno

de la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta directiva y aprobado

por la Asamblea General.

Artículo 32.- “La Iglesia Evangélica el Rey Jesús”, se regirá por

los presentes estatutos y demás disposiciones legales aplicables.

Artículo 33.- Los presentes estatutos entrarán en vigencia desde

el día de su publicación en el Diario Ofi cial.

ACUERDO No. 0129.-

San Salvador, 12 de septiembre de 2005.

Vistos los anteriores ESTATUTOS de la “IGLESIA EVANGE-

LICA EL REY JESÚS”, compuestos de TREINTA Y TRES Artículos,

fundada en la ciudad de Santa Ana, Departamento de Santa Ana, y no

encontrando en ellos ninguna disposición contraria a las leyes del país, de

conformidad con los Artículos 26 de la Constitución de la República Art.

34 numeral 11 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, y Art. 542

y 543 del Código Civil, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Gobernación,

ACUERDA: Aprobarlos en todas sus partes confi riendo a dicha Entidad

el carácter de PERSONA JURIDICA. COMUNIQUESE. (Rubricado

por el Señor Presidente de la República). LA VICEMINISTRA DE

GOBERNACION, AGUILAR ZEPEDA.

(Registro No. F021893)

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31DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005.

MINISTERIO DE EDUCACIÓNRAMO DE EDUCACION

ACUERDO No. 15-0473.

San Salvador, 7 abril del 2003.

El Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: Que a la Dirección de Acreditación Académica se ha presentado OSCAR RENE TRUJILLO SORIANO solicitando INCORPORACION de su Diploma de High School, obtenido en North Bergen High School, New Jersey, Estados Unidos de América el año 1991. Y luego de examinar la documentación presentada y satisfechos los requisitos legales, ACUERDA: Dar como Equivalente los Estudios de High School realizados por OSCAR RENE TRUJILLO SORIANO, en Estados Unidos de América, con los de Bachillerato General y a la vez Incorporar su Diploma de High School, al Sistema Educativo de nuestro país. COMUNIQUESE. (Rubricado por el Señor Presidente de la República). El Ministro de Educación (f) R. MARIN

(Registro No. F021807)

ACUERDO No. 15-1077.

San Salvador, 25 de agosto de 2005.

El Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: Que a la Dirección de Acreditación se ha presentado VERÓNICA MARÍA PRADO OLIVARES, solicitando EQUIVALENCIA de sus estudios de Noveno Grado, realizados en el Overbrook Academy Wakefi eld, Estados Unidos de América en el año 2005, con los de Noveno Grado de nuestro país. Y luego de examinar la documentación presentada y satisfechos los requisitos legales, ACUERDA: De conformidad a lo establecido por el Art. 62 de la Ley General de Educación y Artículo 4 del Reglamento para Equivalencias, Pruebas de Sufi ciencia en Educación Básica y Media e Incorporación de Títulos de Educación Media. Dar como Equivalentes los Estudios de Noveno Grado, realizados por VERÓNICA MARÍA PRADO OLIVARES en Estados Unidos de América con los de Noveno Grado de nuestro país. Se le autoriza matricularse en Primer año Bachillerato General Plan Bicultural. COMUNIQUESE. DARLYN XIOMARA MEZA, MINISTRA DE EDUCACION.

(Registro No. F021852)

ACUERDO No. 15-1156.

San Salvador, 09 septiembre de 2005.

El Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador, en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Educa-ción Superior, se ha presentado MARIA ANTONIA AGUILAR PORTILLO, solicitando que se le reconozca el grado académico de ENFERMERA, obtenido en LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS, EN LA REPUBLICA DE GUATEMALA, en el año 2001; lo anterior de conformidad a lo dis-puesto en el Art. 20 de la Ley de Educación Superior, y a las facultades concedidas en la misma a este Ministerio; II) Que de conformidad al Convenio sobre el Ejercicio de Profesiones Universitarias y Reconocimiento de Estudios Universitarios, suscrito por nuestro país, ratifi cado y vigente, procede dicho Reconocimiento. POR TANTO: con base a las razones expuestas, y satisfechos los requisitos legales establecidos en la referida Convención, ACUERDA: 1º) Reconócese la validez académica de los estudios de ENFERMERA, realizados por MARIA ANTONIA AGUILAR PORTILLO, en la República de Guatemala; 2º) Tiénese por incorporada a MARIA ANTONIA AGUILAR PORTILLO, como TECNÓLOGA EN ENFERMERIA, en nuestro país; 3º) El Presente Acuerdo Ejecutivo, no constituye autorización alguna para el ejercicio profesional, la cual deberá ser debidamente tramitada ante la instancia correspondiente. COMUNIQUESE. DARLYN XIOMARA MEZA LARA, MINISTRA DE EDUCACION.

(Registro No. F021817)

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32 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

ACUERDO No. 15 -1192.

San Salvador, 26 de septiembre de 2005

El Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: Que a la Dirección de Acreditación se ha presentado GUILLERMO FERNANDO SENSENTE DELGADO solicitando INCORPORACION de su diploma de High School, extendido por el Santa Cruz High School de California, Estados Unidos de América en el año 2003. Y luego de examinar la documentación presentada y satisfechos los requisitos legales, ACUERDA: De conformidad a lo establecido por el Art. 60 de la Ley General de Educación y Artículo 7 del Reglamento de Equivalencias, Pruebas de Sufi ciencia de Educación Básica y Media e Incorporación de Títulos de Educación Media. Reconocer los estudios High School realizados por GUILLERMO FERNANDO SENSENTE DELGADO en Estados Unidos de América, e Incorporarlo a nuestro Sistema Edu-cativo con el grado de Bachillerato General. COMUNIQUESE. DARLYN XIOMARA MEZA, MINISTRA DE EDUCACION.

(Registro No. F021923)

ACUERDO No.15 -1193.

San Salvador, 26 de septiembre de 2005

El Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: Que a la Dirección de Acreditación se ha presentado JOSÉ OSCAR SENSENTE DELGADO solicitando INCORPORACION de su diploma de High School, extendido por el Santa Cruz High School de California, Estados Unidos de América en el año 2005. Y luego de examinar la documentación presentada y satisfechos los requisitos legales, ACUERDA: De conformidad a lo establecido por el Art. 60 de la Ley General de Educación y Artículo 7 del Reglamento de Equivalencias, Pruebas de Sufi ciencia de Educación Básica y Media e Incorporación de Títulos de Educación Media. Reconocer los estudios High School realizados por JOSÉ OSCAR SENSENTE DELGADO en Estados Unidos de América, e Incorporarlo a nuestro Sistema Educativo con el grado de Bachillerato General. COMUNIQUESE. DARLYN XIOMARA MEZA, MINISTRA DE EDUCACION.

(Registro No. F021925)

ACUERDO No.15-0511.

San Salvador, 14 de abril de 2005.

El Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador, en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: I) Que por Acuerdo No. 1011 de fecha 12 de abril de 1983, con efectos a partir del 20 de abril de 1981, el Poder Ejecutivo en el Ramo de Educación autorizó el funcionamiento a la UNIVER-SIDAD “FRANCISCO GAVIDIA” II) Que por Acuerdo Ejecutivo No. 15 -1714 de fecha 13 de noviembre de 1997, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Educación aprobó los nuevos Estatutos de la referida Universidad, y reconoció su personalidad jurídica; III) Que mediante acuerdo ejecutivo No. 15 -0886 de fecha 29 de julio del año dos mil cuatro, el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Educación acreditó a la UNIVERSIDAD FRANCISCO GAVIDIA; IV) Que mediante Decreto Legislativo No.468 de fecha catorce de octubre del año dos mil cuatro, se decretó la nueva Ley de Educación Superior; V) Que la UNIVERSIDAD FRANCISCO GAVIDIA, en su calidad de acreditada, en base al artículo 48 literal a) de la Ley de Educación Superior, ha creado las carreras nuevas de LICENCIATURA EN ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS TURÍSTICAS, INGENIERIA ELEC-TRICA E INGENIERIA ELECTRÓNICA; VI) Que la UNIVERSIDAD FRANCISCO GAVIDIA ha presentado a esta Dirección dichos planes de estudio solicitando el registro de los mismos; habiendo sido revisados por la División de Estudios, POR TANTO: en base a las consideraciones antes expresadas, artículo 48 literal a) y a las facultades que la Ley le confi ere, ACUERDA: 1°) Registrar los planes de estudio de las carreras nuevas de LICENCIATURA EN ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS TURÍSTICAS, INGENIERIA ELECTRICA E INGENIERIA ELECTRÓNICA, pre-sentadas por la UNIVERSIDAD FRANCISCO GAVIDIA; 2°) Los referidos Planes de Estudio deberán encontrarse a disposición de los estudiantes en la biblioteca u otro centro de consulta pública de la Institución; 3º) Dichos planes deberán ser revisados durante el plazo de duración de la carrera. 4°) El presente acuerdo Ejecutivo surte efecto a partir del ciclo 01/2005 y entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial. COMUNIQUESE. La Ministra de Educación. (f) DML.

(Registro No. R003867)

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33DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005. ACUERDO No.15-1019.-

San Salvador, 16 de agosto de 2005.

El Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: I) Que se ha solicitado la Ampliación de los Servicios Educativos para que funcione en el Nivel de Educación Básica el Tercer Ciclo, jornada diurna, del Centro Educativo Ofi cial CENTRO ESCOLAR EL SAUCE, ubicado en Boulevard El Castaño y 4a Avenida Norte, Urbanización El Sauce, Municipio de Sonzacate, Departamento de Sonsonate; II) Que en inspección realizada el 13 de julio de 2005, en las instalaciones del citado centro educativo, se determinó que es procedente aprobar los servicios solicitados. Todo lo anterior de conformidad con la Ley General de Educación. POR TANTO, con base en las razones expuestas y a las facultades que la Ley le concede, ACUERDA: Autorizar a partir del 3 de enero de 2005, la Ampliación en el Nivel de Educación Básica el Tercer Ciclo, jornada diurna, del Centro Educativo Ofi cial CENTRO ESCOLAR EL SAUCE. COMUNÍQUESE. DARLYN XIOMARA MEZA, MINISTRA DE EDUCACION.

ACUERDO No. 15-1021.-

San Salvador, 17 de agosto de 2005.

El Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: Que se aprobó al Profesor FRANCISCO ANTONIO PINEDA ALFARO, NIP No. 1900488, PDN2, como Director del Centro Educativo Privado COLEGIO “FRANCISCO LARA”, ubicado en 1ª Calle Oriente, Barrio San José, Pasaje Panamá, Puerto La Libertad, Departamento de La Libertad, en sustitución del Profesor Mauricio Alberto Mejía Vargas. Todo de conformidad al Artículo 82 de la Ley General de Educación. POR TANTO ACUERDA: Reconocer como Director al Profesor FRANCISCO ANTONIO PINEDA ALFARO, NIP No. 1900488, PDN2, a partir del 1 de marzo de 2005, en el Centro Educativo Privado COLEGIO “FRANCISCO LARA”, COMUNÍQUESE. DARLYN XIOMARA MEZA, MINISTRA DE EDUCACION.

(Registro No. F021860)

ACUERDO No. 15-1029.-

San Salvador, 18 de agosto de 2005.

El Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: Que se aprobó a la Profesora DAYSI EUGENIA BURGOS DE LOPEZ NIP No. 0203187, PDN2, como Directora del Centro Educativo Privado COLEGIO “CALEB”, ubicado en Urbanización Altos del Palmar, Final Calle San Luis, de la ciudad de Santa Ana, Departamento de Santa Ana, en sustitución del Profesor Alejandro Arnoldo Olivares García. Todo de conformidad al Artículo 82 de la Ley General de Educación, POR TANTO ACUERDA: Reconocer como Directora a la Profesora DAYSI EUGENIA BURGOS DE LOPEZ NIP No. 0203187, PDN2, a partir del 3 de enero de 2005, en el Centro Educativo Privado COLEGIO “CALEB”. COMUNÍQUESE, DARLYN XIOMARA MEZA, MINISTRA DE EDUCACION.

(Registro No. F021906)

ACUERDO No.15-1210.

San Salvador, 27 de septiembre de 2005.

El Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador, en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Educa-ción Superior, se ha presentado NORA ELIZABETH GALDAMEZ GARCIA. Solicitando reposición de su título de ENFERMERA, otorgado por la ESCUELA NACIONAL DE ENFERMERIA DE SANTA ANA, DEPARTAMENTO DE SANTA ANA; II) Que el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, ha emitido Certifi cación de Notas, haciendo constar que el solicitante concluyó satisfactoriamente sus estudios en el año de 1984, en dicha Institución; POR TANTO ACUERDA: Autorízase la reposición del título de ENFERMERA, otorgado por la ESCUELA NACIONAL DE ENFERMERIA DE SANTA ANA, DEL DEPARTAMENTO DE SANTA ANA, a NORA ELIZABETH GALDAMEZ GARCIA. COMUNIQUESE. DARLYN XIOMARA MEZA LARA, MINISTRA DE EDUCACION.

(Registro No. F021981)

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34 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

ESTATUTOS DE LA UNIVERSIDAD “FRANCISCO GAVIDIA”

TITULO I

DISPOSICIONES GENERALES

CAPITULO I

Del Nombre, Naturaleza, Domicilio y Propósito

Art. 1.- La UNIVERSIDAD FRANCISCO GAVIDIA es una cor-poración de utilidad pública, de carácter permanente y sin fi nes de lucro, con personalidad jurídica, conferida por Acuerdo Número setecientos noventa y siete, del Poder Ejecutivo en el Ramo del Interior de fecha 14 de septiembre de mil novecientos ochenta y uno, publicado en el Diario Ofi cial Número ciento setenta y seis, del Tomo Número doscientos se-tenta y dos, del veinticuatro de septiembre de mil novecientos ochenta y uno.

Art. 2.- La Universidad Francisco Gavidia tendrá su domicilio en la Ciudad de San Salvador, donde radica la Rectoría y demás organismos centrales, aunque podrá ubicar en lugares distintos a su domicilio, cual-quiera de sus facultades, dependencias u organismos, asimismo podrá desarrollar actividades propias de su fi nalidad en el extranjero.

Art. 3.- La Universidad Francisco Gavidia, usará las siglas UFG, y en los presentes Estatutos podrá nombrarse como “La Universidad”.

Art. 4.- El propósito de la Universidad es la formación de profesio-nales con alta capacidad científi ca, técnica y humana para desempeñarse con calidad en un mundo globalizado, como producto de un proceso integral fundamentado en el marco de las funciones básicas de la docencia, investigación y proyección social.

Art. 5.- La Universidad y cualquier asociación que se autorice dentro de ella, no podrá intervenir en actividades de política partidista ni religiosa.

CAPITULO II

FINES Y OBJETIVOS

Art. 6.- La Universidad tiene los siguientes fi nes:

a) Formar profesionales competentes, críticos y propositivos, con fuerte vocación de servicio y sólidos principios morales para una sociedad globalizada.

b) Prestar servicios educativos de calidad a la sociedad salva-doreña.

c) Ser una institución de educación superior plenamente acre-ditada.

d) Cooperar en la conservación, difusión y enriquecimiento del legado cultural en su dimensión nacional y universal.

e) Favorecer el desarrollo de las Humanidades, la Ciencia y la Tecnología para buscar y propiciar los medios educativos que tiendan al desarrollo humano y consecuentemente al fortalecimiento de la sociedad nacional.

Art. 7.- Dentro del contexto de los fi nes propuestos, la Universidad tiene como objetivos inmediatos los siguientes:

a) Propiciar la conservación, fomento y difusión de las cultura, y contribuir al incremento del Patrimonio Cultural de la Nación; dedicándose a la enseñanza universitaria en las ramas de las ciencias, las artes, la cultura y la tecnología.

b) Cooperar para hacer efectivo el derecho de los estudiantes del país, al acceso a la educación superior.

c) Sustentar y defender el derecho a la libertad en todas sus manifestaciones positivas.

d) Dar su colaboración científi ca, técnica y humanística a los organismos nacionales públicos y privados, en acciones tendientes a la solución especialmente de los problemas nacionales y de Centroamérica.

e) Formar profesionales capacitados moral e intelectualmente que respondan a los objetivos de la Universidad y a las funciones de la Educación Superior.

f) Disponer de los recursos necesarios para prestar el servicio social por medio de los estudiantes de las distintas carreras académicas, a la sociedad salvadoreña, en el marco de la proyección social de la Universidad.

g) Promover, difundir y desarrollar la cultura de paz en El Salvador y Centroamérica; así como, participar en acciones encaminadas al logro del desarrollo sostenible del país.

h) Desarrollar programas de capacitación de su personal docente, de investigación, administración y proyección social.

i) Incorporar las teorías modernas de cada disciplina del saber humano en las carreras que sirve, a fi n de que los profesionales formados en el marco de sus fi nes, objetivos y postulados de la Misión, puedan afrontar los desafíos de los procesos de modernización y globalización; y

j) Fomentar, apoyar y participar especialmente en los procesos de integración Centroamericana y Latinoamericana.

TITULO II

DE LA ORGANIZACIÓN GENERAL

CAPITULO I

De la Integración.

Art. 8.- Integran la Universidad:

a) Los organismos de gobierno y consultivos.

b) Las facultades, escuelas, centros regionales, dependencias académicas, unidades técnicas, institutos de investigación experimentales o de aplicación; dependencias administrati-vas y deportivas, grupos culturales y artísticos, tanto en El Salvador como en el extranjero.

c) Las autoridades, funcionarios, académicos, administrativos y personal de servicio.

d) Los estudiantes debidamente inscritos en ella.

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35DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005.

e) Las bibliotecas, laboratorios, unidades de investigación, de prácticas y las dependencias de desarrollo cultural.

f) Otras dependencias que sirvan a sus propósitos educativos.

Art. 9.- Para cumplir su Misión la Universidad tiene cuatro Facul-tades de Estudios Académicos, un Centro Regional en el Occidente del país y nueve Direcciones Académicas y Administrativas.

Las Facultades son:

a) Facultad de Ciencias Sociales.

b) Facultad de Ciencias Jurídicas.

c) Facultad de Ciencias Económicas.

d) Facultad de Ingeniería y Arquitectura; y el

e) Centro Regional de Occidente.

Las Direcciones Académicas y Administrativas son las siguientes;

a) Dirección de Investigación.

b) Dirección de Proyección Social.

c) Dirección de Egresados y Graduados.

d) Dirección Administrativa.

e) Dirección Financiera.

f) Dirección de Tecnología y Comunicaciones.

g) Dirección de Recursos Humanos.

h) Dirección de Calidad.

i) Dirección de Desarrollo Estudiantil.

Art. 10.- La Universidad podrá crear de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Educación Superior y sus Reglamentos, nuevas facultades, nuevas direcciones, unidades de post grados y doctorados, escuelas, centros regionales, dependencias, institutos, departamentos, cátedras, carreras profesionales, estudios vocacionales y cursos de extensión cultural y otros de acuerdo a sus objetivos.

Art. 11.- La naturaleza y funcionamiento de las Facultades, Direc-ciones Académicas y Administrativas y demás unidades mencionadas en el Artículo 10, será regulado en los reglamentos de cada unidad.

CAPITULO II

Del Gobierno, Autoridades, Funcionarios y

Organismos consultivos

Art. 12.- La Universidad tendrá la siguiente organización:

a) Autoridades.

* Junta General de Fundadores.

* Consejo Directivo.

b) Funcionarios.

* Rector.

* Vicerrector.

* Fiscal.

* Secretaría General.

* Decanos.

* Directores de organismos académicos.

* Directores de organismo administrativos.

c) Organismos Consultivos.

* Consejo Académico.

* Consejo de Decanos

* Comité de Calidad.

El Reglamento Interno de la Universidad defi nirá la naturaleza de las Autoridades, Funcionarios y de los organismos Consultivos así como sus atribuciones, compromisos y obligaciones.

Art. 13.- La Junta General de Fundadores es el organismo elector del Consejo Directivo de la Universidad Francisco Gavidia. La cons-tituyen cinco miembros propietarios que tienen carácter permanente y sus respectivos suplentes.

Art. 14.- Las vacantes por renuncia, impedimento, muerte u otro motivo legal o de fuerza mayor, serán cubiertas por el suplente respec-tivo, siguiendo el procedimiento descrito en el Reglamento de la Junta General de Fundadores.

Art. 15.- El Consejo Directivo es la máxima autoridad normativa y administrativa de la Universidad, con derecho a veto sobre las decisiones tomadas dentro de la misma y estará formada por cinco miembros, que deberán ser electos de entre los miembros propietarios de la Junta Ge-neral de Fundadores. Los cargos del Consejo Directivo son: Presidente, Vicepresidente, Secretario y dos vocales.

Los miembros del Consejo Directivo, podrán, simultáneamente, ejercer cualquier otro cargo administrativo o académico de la Universidad, siempre que cumplan los requisitos establecidos para dicho cargo.

Art. 16.- El Reglamento del Consejo Directivo contendrá las normas necesarias para determinar su correcta organización y funcionamiento. Este Reglamento podrá ser modifi cado solamente por el acuerdo de cuatro miembros del Consejo Directivo, o sea por mayoría califi cada.

Art. 17.- Corresponde al Consejo Directivo:

a) Dictar las políticas generales y las decisiones estratégicas para el desarrollo de la Universidad.

b) Formular y aprobar las reformas de estos Estatutos, de acuerdo a la Ley de Educación Superior y presentarlas ante la autoridad competente por medio del Rector.

c) Llenar los vacíos de los Estatutos y Reglamentos e interpre-tarlos auténticamente

d) Elegir las autoridades, los funcionarios y demás personal académico y administrativo de la Universidad.

e) Conocer y aprobar los presupuestos y ejecución de los mismos, los estados fi nancieros del ejercicio anterior y la memoria de labores, todos a propuesta del Rector.

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36 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

f) Otorgar, a propuesta del Rector, títulos “Honoris Causa” y otras distinciones de mérito a aquellas personas que por sus aportes a la Universidad, a la ciencia y a la sociedad salvadoreña, sean merecedoras del respeto y reconocimiento de la comunidad universitaria y de la sociedad en general, tomando en consideración sus virtudes morales y humanitarias, capacidad artística, cultural y profesional, Estas propuestas deberán ser aprobadas por votación unánime.

g) Administrar el patrimonio de la Universidad, contraer obliga-ciones para la realización de sus fi nes y objetivos, así como la de facultar al Rector para otorgar poderes especiales cuando las necesidades lo exijan.

h) Elegir a los miembros de los Organismos Consultivos.

i) Elegir y dar posesión de sus cargos al Rector, Vice-Rector, Fiscal, Secretario General, Decanos y Vice-Decanos. Nombrar a los funcionarios académicos, administrativos, y los demás que sean necesarios por el tiempo que se juzgue conveniente, según los casos. Para remover o destituir a cualquier funcio-nario de la Universidad, deberá hacerlo de conformidad a lo establecido en los Reglamentos correspondientes y con el voto favorable de cuatro miembros del Consejo.

j) Aceptar o no a personas o entidades naturales o jurídicas en calidad de donantes. Aceptar o no donaciones o legados, determinando los bienes que los constituyen y utilizarlos conforme a lo expresado por la voluntad del donante o cau-sante. En la administración y ejecución del uso de los bienes, la Universidad actuará independientemente con respecto de los donantes o causantes.

k) Gestionar las ayudas necesarias para el incremento del pa-trimonio de la Universidad.

l) Aprobar y velar por el buen uso de nominaciones, lemas, texto de la Misión, escudos y sellos de la Universidad y sus dependencias.

m) Aprobar las prestaciones adicionales que se concedan a los funcionarios y demás empleados de la Universidad, así como las contribuciones o donaciones a entidades cuya fi nalidad sean análogas a las de la Universidad para el logro del bienestar común.

n) Aprobar el Reglamento Interno y los demás reglamentos necesarios y sus reformas.

o) Aprobar la creación y cierre de las Facultades, Escuelas, Cen-tros Regionales, Institutos, Unidades de postgrados y docto-rados, dependencias, Direcciones, Departamentos, cátedras, carreras profesionales y cursos de extensión cultural y demás organismos que estime necesarios, para alcanzar los objetivos de la Universidad, de acuerdo al procedimiento establecido en la Ley de Educación Superior y sus Reglamentos.

p) Acordar la apertura y fi nalización de ciclos de estudios y carreras, así como sus respectivos Planes y Programas, de conformidad a lo dispuesto por la Ley de Educación Supe-rior.

q) Cuando lo estime necesario, invitar a sus sesiones a técnicos competentes que lo asesoren en sus deliberaciones; así como también a los funcionarios de la Universidad para que se les ilustre en aspectos específi cos.

r) Facultar a la Universidad para que en forma periódica o permanente sea miembro de organismo universitarios na-cionales, regionales o mundiales; así como la de participar en organismos y eventos de carácter cultural, científi co y tecnológico, cualquiera que sea su cobertura geográfi ca.

s) Fijar los aranceles por concepto de matrícula, cuotas, derechos de exámenes y otras tasas universitarias.

t) Fijar el monto anual del programa de ayuda fi nanciera des-tinado para otorgar becas para estudiantes que inician o que sigan carreras en la universidad.

u) Conocer y resolver cualquier otro asunto que no sea de la competencia directa de alguno de los funcionarios de la Universidad o que no esté explícitamente enunciado como competencia del Consejo Directivo o que no aparezca en la Ley de Educación Superior, en estos Estatutos, en los Reglamentos u otro instrumento legal.

v) Conocer y resolver sobre las infracciones a los Estatutos y Reglamentos de la Universidad.

w) Cualquier otra que no estuviere contemplada en los presentes Estatutos y resulte necesaria para el funcionamiento de la Universidad.

Art. 18.- Se podrá crear los organismos eventuales o permanentes que se considere necesarios para el mejor funcionamiento de la Universidad, los cuales estarán constituidos por los miembros que se designen.

CAPITULO III

DEL RECTOR, VICE-RECTOR Y DEL FISCAL

Art. 19.- El Rector es la máxima autoridad ejecutiva de la Univer-sidad y será el representante legal de ésta; aunque podrá delegar poderes en casos especiales, conforme al literal g) del Art. 17 de los presentes Estatutos.

Será electo por el Consejo Directivo de entre uno de sus miembros para un período de cinco años, pudiendo ser reelecto.

Deberá ser salvadoreño por nacimiento, mayor de treinta y cinco años de edad, de reconocida honorabilidad y capacidad académica; graduado universitario con un nivel mínimo de Licenciatura, Ingeniería o Arqui-tectura y con más de quince años de posesión del grado académico.

Art. 20.- Son deberes y atribuciones del Rector:

a) Ejecutar todas las disposiciones emanadas del Consejo Di-rectivo y convocar a las sesiones de éste.

b) Proponer al Consejo Directivo para su consideración, análisis y aprobación el proyecto del Reglamento Interno de la Uni-versidad, los demás reglamentos y ordenanzas que normarán las actividades de la misma; e igualmente, las reformas a los Estatutos y demás instrumentos legales, y en su caso, la interpretación auténtica de sus disposiciones, para su obligado cumplimiento.

c) Dictar las medidas necesarias para hacer cumplir los Estatutos, Reglamentos, Acuerdos y demás disposiciones relativas al funcionamiento de la Universidad; y las que tome de emer-gencia para el buen gobierno de la misma, no contempladas en la normativa general y darlas a conocer al Consejo Directivo para que éste las ratifi que.

d) Presidir los actos ofi ciales protocolarios de la Universidad.

e) Presentar anualmente al Consejo Directivo el Proyecto de Presupuesto General de la Universidad; y los estados fi nan-cieros del período anterior, para su debida aprobación.

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37DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005.

f) Autorizar con su fi rma y sello, juntamente con los de los Decanos, del Secretario General y del graduado, los títulos que extienda la Universidad.

g) Celebrar los contratos de servicios con profesionales, ins-tituciones y corporaciones nacionales y extranjeras, previa autorización del Consejo Directivo.

h) Presentar al Consejo Directivo la Memoria Anual de Labores de la Universidad.

i) Autorizar todos los pagos que haga la Universidad. Esta fa-cultad podrá ser delegada en algunos casos, de conformidad al Reglamento General.

j) Autorizar el patrocinio y la participación en eventos y orga-nizaciones nacionales e internacionales de carácter univer-sitario u otras áreas de interés técnico-científi co, culturales y recreativas.

k) Proponer al Consejo Directivo el nombramiento, remoción y destitución de los Directores, Jefes de Unidades, Depar-tamentos o Secciones, tanto del área docente, como de la investigación, proyección social, extensión cultural y de la administrativa; y

l) Las que le señale las Leyes de la República y otros ordena-mientos jurídicos que tengan relación con las actividades de la Universidad, las demás que le señale el Consejo Directivo o que le indiquen los instrumentos legales de la Universidad.

Art. 21.- El Rector podrá ausentarse de su cargo por períodos no mayores de diez días sin necesidad de permiso del Consejo Directivo; en tal caso, el Vice-Rector asumirá las funciones. Cuando la ausencia deba durar más de diez días, necesitará permiso del Consejo Directivo y éste llamará al Vice-Rector. Cuando la ausencia sea defi nitiva, el Consejo Directivo elegirá un nuevo Rector.

Art. 22.- El Vice-Rector será electo por el Consejo Directivo de entre uno de sus miembros para un período de cinco años y deberá reunir los mismos requisitos que el Rector, pudiendo ser reelecto. Corresponde al Vice-Rector, desempeñar las mismas funciones que estos estatutos y demás ordenamientos jurídicos asignan al Rector y lo sustituirá en su ausencia.

Art. 23.- El Fiscal de la Universidad será electo por el Consejo Directivo para un período de cinco años, pudiendo ser reelecto. Deberá ser salvadoreño por nacimiento, Abogado y Notario de la República, estar autorizado para el ejercicio de su profesión y haberlo estado al menos diez años consecutivos antes del momento de su elección.

Art. 24.- Son atribuciones y deberes del Fiscal:

a) Hacer del conocimiento del Consejo Directivo las infrac-ciones y los ordenamientos jurídicos que rigen las acciones de la Universidad, de sus organismos, autoridades y demás personas con facultades de tomar decisiones.

b) Asesorar al Consejo Directivo, al Rector, a los funcionarios universitarios y jefes de dependencias, en los asuntos de carác-ter jurídico y expedir los informes que le sean solicitados.

c) Ejercer la procuración y el notariado a nombre y en repre-sentación de la Universidad, ante toda clase de tribunales y ofi cinas administrativas de la República.

d) Las demás que le señale el Consejo Directivo o que le indiquen los instrumentos legales de la Universidad.

CAPITULO IV

DEL SECRETARIO GENERAL

Art. 25.- El Secretario General de la Universidad será electo por el Consejo Directivo de entre uno de sus miembros para un período de cinco años, pudiendo ser reelecto.

Para desempeñar el cargo de Secretario General de la Universidad, se requiere ser salvadoreño, mayor de treinta y cinco años de edad; graduado universitario con un nivel mínimo de Licenciatura, Ingenie-ría o Arquitectura y con no menos de diez años de posesión del grado académico y de reconocida honorabilidad y competencia académica.

Art. 26.- Son atribuciones del Secretario General:

a) Ejercer la Secretaría del Consejo Directivo.

b) Organizar el Archivo General de la Universidad.

c) Coordinar la información estadística de la Universidad.

d) Refrendar con su fi rma y sello los títulos, diplomas, certifi cados y otros documentos que expida la Universidad, y llevar el archivo de fi rmas y sellos de los funcionarios, que exige la Ley de Educación Superior.

e) Expedir las certifi caciones de los documentos confi ados a su custodia.

f) Dirigir el Centro de Investigación y Desarrollo de la Univer-sidad.

g) Tramitar y llevar registro de la correspondencia de la Uni-versidad.

h) Rendir los informes que le soliciten los organismos superiores o el Rector.

i) Asumir las funciones y atribuciones que le corresponden por la naturaleza de su cargo, particularmente aquellas que no estén debidamente determinadas, previa consulta con el Rector.

j) Ser el Jefe del Registro Académico de la Universidad; y

k) Las demás funciones que le señale el Consejo Directivo, el Rector y los ordenamientos legales de la Universidad.

Art. 27.- El Registro Académico estará a cargo de la Secretaría General y tendrá las siguientes atribuciones:

a) Supervisar el cumplimiento de las normas y reglamentos relacionados con el Registro Académico.

b) Llevar el registro de notas de las asignaturas y supervisar el archivo de expedientes de estudiantes inscritos y retirados.

c) Extender las constancias de notas de los expedientes a su cargo.

d) Controlar los diferentes trámites de ingreso, reingreso, retiros, inscripción, cambios de carrera y otorgamiento de equivalencias e incorporaciones.

e) Organizar y controlar la información estadística del compor-tamiento de las variables poblacionales de su competencia.

f) Coordinar el proceso de Asesoría e Inscripción de cada ciclo.

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38 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

g) Preparar y presentar los informes pertinentes a la Rectoría cuando se le requiera.

h) Cualquier otra atribución que le asigne el Rector y los regla-mentos de la Universidad.

CAPITULO V

DE LOS DECANOS

Art. 28.- Los decanos son las máximas autoridades ejecutivas de las Facultades. Por razones del cargo, serán enlaces entre las Facultades y los demás organismos de la Universidad. Los Decanos serán electos por el Consejo Directivo y deberán ser profesionales mayores de treinta y cinco años, poseer título universitario cuando menos a nivel de Licen-ciatura, Ingeniería y Arquitectura con ocho años de posesión del grado académico y haber ejercido la docencia universitaria por más de cinco años. Dudarán cinco años en sus funciones y podrán ser reelectos.

Art. 29.- Son deberes y atribuciones de los Decanos:

a) Elaborar el calendario de labores docentes-administrativas de la facultad y presentar al Rector la propuesta de personal docente necesario para las labores del ciclo de estudios res-pectivo.

b) Designar comisiones transitorias para el estudio de problemas específi cos de la Facultad.

c) Responsabilizarse de que los planes y programas de estudio sean ejecutados con la debida profundidad científi ca, técnica y pedagógica requerida; y exigir que las normas universales de moral, sean aplicadas con rectitud en la Facultad.

d) Exigir a los Directores de Escuela y Jefes de Unidades o Departamentos, la presentación de los programas de todas las asignaturas, previo inicio de cada ciclo lectivo.

e) Velar y garantizar el buen funcionamiento de la Facultad.

f) Presentar al Consejo Directivo por conducto de la Rectoría, las propuestas para actualizar o reformar los Planes y Programas de Estudio, de conformidad a la Ley de Educación Superior o cuando lo estimen necesario.

g) Proponer al Consejo Directivo el nombramiento, remoción y destitución del personal administrativo propio de la Facultad, concederles permisos y licencias e imponerles las sanciones contempladas en los instrumentos legales de la Universi-dad.

h) Autorizar con su fi rma y sello los títulos que extienda su Facultad.

i) Presentar a la Rectoría la Memoria Anual de Labores de la Facultad; y

j) Las demás que le señale el Consejo Directivo o el Rector y las que le indiquen los Reglamentos de la Universidad y demás instrumentos legales.

CAPITULO VI

DE LOS ORGANISMOS CONSULTIVOS

Art. 30.- La Universidad contará con un Consejo Académico como organismo colegiado de carácter consultivo y propositivo, en el ámbito propiamente académico; y estará constituido por:

a) El Rector,

b) El Secretario General,

c) Los Decanos de la Facultades,

d) El Director de Investigación,

e) El Director de Proyección Social,

f) El Director de Egresados y Graduados; y

g) El Director del Centro Regional de Occidente (CRO).

Art. 31.- El Consejo de Decanos es un organismo colegiado de carácter consultivo y propositivo en el ámbito de la gestión académica; y estará constituido por:

a) El Decano de la Facultad de Ciencias Sociales,

b) El Decano de la Facultad de Ciencias Económicas,

c) El Decano de la Facultad de Ingeniería y Arquitectura,

d) El Decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas, y

e) El Director del Centro Regional de Occidente (CRO).

Art. 32.- El Comité de Calidad es un organismo colegiado de ca-rácter consultivo y propositivo en materia de la Planifi cación, Ejecución, Verifi cación y Acción del Sistema de Gestión de la Calidad en el marco de la mejora continua Académica y Administrativa; y estará constituido por:

a) El Rector.

b) El Vicerrector.

c) El Fiscal.

d) El Secretario General.

e) Los Decanos.

f) El Director del Centro Regional de Occidente (CRO):

g) El Director de Calidad.

h) El Director de Desarrollo Estudiantil.

i) El Director de Recursos Humanos; y

j) El Director Administrativo.

Un Reglamento contendrá las atribuciones, obligaciones y com-promisos del Consejo Académico, Consejo de Decanos y el Comité de Calidad, así como las atribuciones específi cas de cada funcionario.

TITULO III

DEL PERSONAL

CAPITULO I

Del Personal Académico

Art. 33.- El personal académico de la Universidad estará organi-zado por especialidades académicas en Escuelas y Departamentos en el seno de las Facultades de Estudio y en las Direcciones de Investigación y Proyección Social, como unidades encargadas de la coordinación y control de la docencia, la investigación y la proyección social.

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39DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005.

Art. 34.- Las normas que regirán al personal académico de la Uni-versidad estarán contenidas en los reglamentos respectivos. El régimen disciplinario y de sanciones aplicables al personal académico, tanto como las disposiciones que regulen el ejercicio de la docencia serán puntos relevantes de tales reglamentos.

CAPITULO II

Del Personal Administrativo

Art. 35.- Integran el personal administrativo todos los empleados y colaboradores de las diferentes áreas, necesarios para cumplir las labores de gestión, servicio y apoyo a las actividades académicas.

Art. 36.- Las normas, el régimen disciplinario y las sanciones al personal administrativo, estarán contenidas en los reglamentos respec-tivos.

TITULO IV

DE LOS ESTUDIANTES

CAPITULO I

De los Estudiantes.

Art. 37.- Pertenecen a la Universidad los estudiantes debidamente inscritos en el registro de alumnos de cualquiera de sus facultades, es-cuelas, institutos, centros regionales, unidades, programas de postgrado, doctorado y extensión.

Art. 38.- La Universidad admitirá a todos aquellos estudiantes que llenen los requisitos de selección e ingreso establecidos por sus reglamen-tos y demás disposiciones. En ningún caso rechazará a estudiantes por motivos de raza, sexo, nacionalidad, religión, naturaleza de la unión de sus progenitores o guardadores, ni por diferencias sociales, económicas o políticas.

Art. 39.- La inscripción implica para el estudiante, la obligación de respetar y cumplir los reglamentos y demás normas de la Universidad.

Art. 40.- Son requisitos indispensables para iniciar y culminar el proceso de graduación:

a) Los enunciados en la Ley de Educación Superior.

b) Las disposiciones que establezcan los respectivos Reglamentos de la Universidad.

Art. 41.- Las normas, deberes, derechos y obligaciones que regirán a los estudiantes, estarán contenidas en los reglamentos respectivos.

CAPITULO II

De la Evaluación

Art. 42.- En cada asignatura, los estudiantes estarán sujetos a un sistema de evaluación periódica durante el ciclo lectivo. Los instructivos a propósito regularán, de acuerdo con la naturaleza de los estudios, todo lo relacionado con las pruebas y exámenes del rendimiento académico.

Art. 43.- Para cuantifi car los créditos acumulados por los estudian-tes, se establece un sistema de Unidades Valorativas, de acuerdo a lo prescrito en la Ley de Educación Superior.

Art. 44.- Para efectos de cuantifi car el rendimiento académico de los estudiantes se adoptará el sistema de Coefi ciente de Unidades de Mérito (CUM), cuya defi nición se establece en la Ley de Educación Superior.

Art. 45.- Las normas y disposiciones especiales que regirán la evaluación de los estudiantes, estarán contenidas en los reglamentos respectivos.

TITULO V

DE LOS GRADOS, TÍTULOS, DIPLOMAS, CERTIFICADOS, EQUIVALENCIAS E INCORPORACIONES

CAPITULO ÚNICO

Art. 46.- La Universidad ofrece los grados de Doctorado, Espe-cialista, Maestría, Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura, Tecnólogo, Profesorado y Técnico, en las carreras que estén autorizadas por el Ministerio de Educación.

Art. 47.- La Universidad podrá expedir certifi cados de asistencia sin créditos académicos a las personas que participen en seminarios, simposios o cursos extraordinarios de enseñanza o extensión cultural, en temas y aspectos no comprendidos en las labores académicas o ad-ministrativas establecidas de manera regular.

Art. 48.- De acuerdo con lo establecido en la Ley de Educación Superior, la Universidad podrá extender títulos profesionales con plena validez. Tales títulos llevarán el sello o sellos ofi ciales de la Universi-dad. Serán fi rmados por el Rector, por el Secretario General, el Decano respectivo y el graduado.

Art. 49.- La Universidad podrá conceder equivalencias de estudio, de conformidad a lo que establece al respecto la Ley de Educación Superior y a la normativa interna respectiva.

Art. 50.- La Universidad, en forma conjunta con el Ministerio de Educación, podrá incorporar a profesionales nacionales y extranjeros que hayan obtenido un grado académico fuera del país, de conformidad con lo establecido en la Ley de Educación Superior. Para ello deberá atenerse a lo estipulado en el Reglamento del Ministerio de Educación y a la normativa interna correspondiente.

TITULO VI

DISPOSICIONES ESPECIALES

CAPITULO I

De la Libertad y el Otorgamiento de Títulos Honorífi cos

Art. 51.- La Universidad goza de libertad en lo económico, lo docente y lo administrativo, con las modifi caciones pertinentes a las corporaciones de utilidad pública.

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40 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

Art. 52.- La Universidad podrá otorgar títulos honorífi cos tanto a personas nacionales como extranjeras cuyos méritos les acrediten para tal distinción, previa aprobación unánime del Consejo Directivo.

Art. 53.- Previa votación favorable de cuatro miembros del Consejo Directivo, la Universidad otorgará premios a sus autoridades, funcionarios, profesores, alumnos, personal ejecutivo, administrativo y de servicios generales, en consideración y reconocimiento de sus ejecutoria relevantes que fortalezcan el prestigio de la institución. Asimismo, en razón de los méritos o servicios relevantes prestados institucionalmente o a la sociedad, la Universidad podrá otorgar premios, recompensas o reconocimientos especiales a personas no integrantes de la institución.

Art. 54.- La Universidad podrá tramitar en el Registro de Comercio la propiedad artística, literaria o científi ca de los bienes pertinentes que le pertenecen, para su debida protección, que otorga la Ley de Fomento y Protección de la Propiedad.

CAPITULO II

Del Patrimonio

Art. 55.- El patrimonio de la Universidad estará formado por:

a) Los bienes muebles e inmuebles que posee y los que adquiera en el futuro por cualquier medio legítimo.

b) Bienes y derechos intangibles como son el nombre, sus distintivos, lemas y emblemas, trabajos de investigación, derechos de autor y obras literarias, artísticas o de cualquier naturaleza.

c) Las donaciones, herencias y legados que reciba, destinando tales fondos o bienes donados, a los usos que indique el do-nante o benefactor, de conformidad al Artículo treinta y seis de la Ley de Educación Superior.

d) Los ingresos que perciba por cualquier concepto legítimo.

Art. 56.- La existencia de la Universidad es de plazo indeterminado y se disolverá únicamente por los motivos que la Ley de Educación Superior indique.

En caso de disolución sus bienes pasarán a cualquier institución seleccionada por la Consejo Directivo, luego de haber cancelado las partidas relativas a obligaciones y créditos que estuvieren pendientes.

TITULO VII

DISPOSICIONES GENERALES

CAPITULO ÚNICO

Art. 57.- La Universidad revisará y actualizará sus Planes y Pro-gramas de Estudio cuando lo crea necesario y de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 63 de la Ley de Educación Superior.

Art. 58.- En el marco de referencia de los artículos veinticinco y setenta y cinco de la Ley de Educación Superior y con base a estos Estatutos, la Universidad emitirá su Reglamento Interno y los demás reglamentos que sean necesarios para ser aprobados por el Consejo Directivo, los cuales serán remitidos posteriormente para información y registro al Ministerio de Educación.

Art. 59.- Estos Estatutos derogan todas las disposiciones contenidas en los Estatutos anteriores de la Universidad Francisco Gavidia, aproba-dos por el Órgano Ejecutivo en el Ramo de Educación por Acuerdo No. 15-1714 de fecha 13 de noviembre de 1997 y publicados en el Diario Ofi cial No. 11 del Tomo 328 del lunes 19 de enero de 1998.

Art. 60.- Todo lo no previsto en estos Estatutos, será resuelto por el Consejo Directivo, siempre que no contradiga la Ley de Educación Superior.

Art. 61.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.

Acuerdo No. 15-1126.

San Salvador, 01 de septiembre de 2005

El Organo Ejecutivo de la República de El Salvador, en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: I) Que por Acuerdo Ejecutivo No. 1011 de fecha 12 de abril de 1983, y con efectos a partir del 20 de abril de 1981, el Organo Ejecutivo en el Ramo de Educación autorizó el funcionamiento a la UNIVERSIDAD “FRANCISCO GAVIDIA”; II) Que por Acuerdo Ejecutivo No. 15-1714 de fecha 13 de noviembre de 1997, el Organo Ejecutivo en el Ramo de Educación aprobó los nuevos Estatutos a la referida Universidad y reconoció su personalidad jurídica; III) Que mediante decreto legislativo No. 468 de fecha 14 de octubre de 2004, publicado en el Diario Ofi cial No. 216, Tomo No. 365, de fecha 19 de noviembre de 2004, se decretó la nueva Ley de Educación Superior, mediante la cual se establece la obligatoriedad de las Instituciones de Educación Superior, de adecuar a ella sus estatutos y demás instrumentos legales; IV) Que la UNIVERSIDAD “FRANCISCO GAVIDIA”, en cumplimiento de tal disposición presentó a este Ministerio sus estatutos conforme a la Ley, los cuales siendo conformes con lo prescrito en la Ley, y no teniendo disposiciones contrarias al orden público, a los prin-cipios constitucionales, a las leyes ni a las costumbres; POR TANTO, Este Ministerio con base en las consideraciones antes expuestas y a las facultades que la Ley confi ere, ACUERDA; 1°) Apruébase en todas y cada una de sus partes los nuevos Estatutos adecuados conforme a la Ley de Educación Superior, presentados por la UNIVERSIDAD “FRANCISCO GAVIDIA”; 2°) Reconócese la personalidad jurídica de la Universidad Francisco Gavidia”; 3°) Deróganse los Estatutos ac-tuales, de la Universidad “Francisco Gavidia”, aprobados por Acuerdo Ejecutivo No. 15-1714 de fecha 13 de noviembre de 1997. El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publi-cación en el Diario Ofi cial. COMUNIQUESE. DARLYN XIOMARA MEZA LARA, MINISTRA DE EDUCACION.

(Registro No. R003868)

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41DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005.

ORGANO JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUS TI CIA

ACUERDO No. 1184-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, tres de noviembre del año dos mil cuatro.- EL TRIBUNAL, de conformidad con lo resuelto en las respectivas diligencias, resolución pronunciada a las doce horas del día quince de octubre del corriente año ACUER-DA: MODIFICAR los acuerdos números 602-D de fecha diez de junio de mil novecientos noventa y cuatro y 88- D de fecha nueve de febrero de mil novecientos noventa y seis, mediante los cuales se autorizó al Licenciado JOSE ALBERTO QUAN ESCOBAR para el ejercicio de la Profesión de Abogado y de la Función Pública del Notariado, respectivamente; autorizándolo para que a partir del día quince de octubre del corriente año, las ejerza con el nombre de JOSE ALBERTO DAURA ESCOBAR, con el que deberá aparecer en la Nómina de Notarios correspondiente. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A.G. CALDERON.- V. DE AVILES.- J. ENRIQUE ACOSTA- M. CLARA.- M. E. VELASCO.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.- GUZMAN U. D. C.- M. POSADA.- PERLA J.- PRONUNCIADO POR LOS SEÑORES MAGISTRADOS QUE LO SUSCRIBEN.- S. RIVAS AVENDAÑO.-

(Registro No. F022023)

ACUERDO N° 1465-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, diez de agosto de dos mil cinco.- El Tribunal ACUERDA: Autoriza a la Licenciada BLANCA MORENA CORNEJO LOPEZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- M. CLARA.- VELASCO.- GUZMAN U. D. C.- M. A. CARDOZA A.- M. POSADA.- E. CIERRA.- GUSTAVO E. VEGA.- Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.-

(Registro No. F021960)

ACUERDO N° 1514-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, diez de agosto de dos mil cinco.- El Tribunal ACUERDA: Autoriza a la Licenciada IVIK YANETH LOBOS PLEITEZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- V. DE AVILES.- J. E. TENORIO.- J. ENRIQUE ACOSTA.- VELASCO.- GUZMAN U. D. C.- M. A. CARDOZA A.- M. POSADA.- E. CIERRA.- Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben.- M. E. LEMUS.-

(Registro No. F021957)

ACUERDO N° 1699-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, nueve de septiembre de dos mil cinco.- El Tribunal ACUERDA: Autoriza a la Licenciada ANA CAROLINA MERCEDES PINEDA MEJIA, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- V. DE AVILES.- J. ENRIQUE ACOSTA.- VELASCO.- GUZMAN U. D. C.- RENE FORTIN MAGAÑA.- M.A. CARDOZA A.- M. POSADA.- Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben.-E. Dinorah Bonilla de Avelar.-

(Registro No. F021824)

ACUERDO N° 1746-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, nueve de septiembre de dos mil cinco.- El Tribunal ACUERDA: Autoriza al Licenciado JOSE ARMANDO ZELAYA REYES, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- J. ENRIQUE ACOSTA.- VELASCO.- P. J.- GUZMAN U. D. C.- M. A. CARDOZA A.- GUSTAVO E. VEGA.- M. POSADA.- Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben.- E. Dinorah Bonilla de Avelar.-

(Registro No. F021875)

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42 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

ACUERDO Nº 1778-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, nueve de septiembre del año dos mil cinco.- El Tribunal ACUERDA:

Autorizar al Licenciado MANUEL DE JESUS ROMERO MENJIVAR, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de

haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A.

G. CALDERON.- J. E. TENORIO.- J. ENRIQUE ACOSTA.- M. CLARA.- VELASCO.- GUZMAN U. D. C.- P. J.- M. POSADA.- Pronunciado por

los señores Magistrados que lo suscriben.- E. Dinorah Bonilla de Avelar.-

(Registro No. F021892)

DECRETO NUMERO CINCO.-

El Concejo Municipal de Chinameca, Departamento de San Miguel, CONSIDERANDO:

I.- Que de conformidad con los artículos 13 y 30 numeral cuatro del código municipal; es facultad del concejo Municipal emitir ordenanzas

para regular las materias de su competencia y prestación de servicio.

II.- Que es facultad de este concejo, modifi car tasas mediante la emisión de Ordenanzas en cumplimiento a los Conceptos estipulados en el

inciso segundo del Artículo 7 y el Artículo 158 de la Ley General Tributaria Municipal, en relación con los Artículos 204 ordinal 1o. Y

162 de la Constitución de la República y el numeral 21 del artículo 30 del Código Municipal.

POR TANTO:

En uso de sus facultades que le confi ere el Código Municipal y la Ley General Tributaria Municipal;

DECRETA:

Las siguientes Reformas a la ordenanza de tasas por servicios Municipales referentes a las piezas de alquiler del Mercado Municipal.

ARTICULO 1.-

Las piezas de alquiler califi cadas, generarán Tributo Mensual en concepto de tasas de $30.00 dólares.

ARTICULO 2.-

Sobre todo ingreso que entre; el Contribuyente pagará el gravamen Adicional de 5% para la celebración de fi estas patronales, Cívicas y nacionales.

ARTICULO 3.-

La presente Reforma deroga la ya establecida anteriormente referente a éstos.

ARTICULO 4.-

La presente reforma entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.

DADO en el Salón de Sesiones de la Alcaldía Municipal de Chinameca, departamento de San Miguel, a las ocho horas del día doce de octubre

de dos mil cinco.

Br. JUAN PABLO OSORIO, Sr. HUGO ALEXANDER GUERRERO,

ALCALDE MUNICIPAL. SINDICO MUNICIPAL.

Lic. LUIS RAMON MORALES,

SECRETARIO MUNICIPAL.

(Registro No. F021866)

INSTITUCIONES AUTONOMASALCALDÍAS MUNICIPALES

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43DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005.

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION DE

DESARROLLO COMUNAL

CAPITULO I

NATURALEZA, DENOMINACION, DURACION,

DOMICILIO.

Art. 1 - La Asociación que se constituye estar regulada por el Código Municipal, la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones de Desarrollo Comunal La Sabana por estos estatutos, reglamento interno y demás disposiciones aplicables. La Asociación será una entidad apolítica y no lucrativa, podrá participar en el campo social, económico, cultural, religioso, cívico, educativo y en cualquier otro que fuere legal y prove-choso a la comunidad. La Asociación se denominará “ASOCIACION DE DESARROLLO COMUNAL” La Sabana que podrá abreviarse ADESCOLSA, que en los presentes Estatutos se denominará la “ASO-CIACION”.

Art. 2 - La duración de la Asociación será por tiempo indefi nido, sin embargo podrá disolverse y liquidarse en cualquiera de los casos previstos en la Ordenanza Reguladora, estos Estatutos y demás dispo-siciones aplicables.

Art. 3 - El domicilio de la Asociación será en Colonia La Sabana Cantón Apancoyo, del Municipio de Santa Isabel Ishuatán Departamento de Sonsonate.

CAPITULO II

FINES

Art. 4 - La Asociación tendrá como fi nes el desarrollo humano y la obra física que proyecte la Asociación para ello deberá:

a) Promover el progreso de la respectiva localidad, juntamente con instituciones públicas y organismos privados; naciona-les e internacionales que participen en los correspondientes programas.

b) Fomentar el espíritu de solidaridad y cooperación mutua entre los vecinos sus grupos y entidades representativas.

c) Coordinar y cooperar con otros grupos comunales organizados en la localidad, en la mayor integración de sus miembros y la mejor realización de sus actividades.

d) Impulsar y participar en los programas de capacitación promocional de los dirigentes y grupos comunales con el fi n de contribuir al mejoramiento de la organización de la comunidad, la administración de proyectos sociales y eco-nómicos y la elevación de los niveles educativos.

e) Trabajar en el establecimiento de los servicios de la co-munidad con el equipamiento y los medios indispensables para solucionar los distintos problemas que existieren en la comunidad.

f) Promover las organizaciones juveniles haciéndoles partíci-pes de la responsabilidad de los programas de Desarrollo Local.

g) Incrementar las actividades comunales a fi n de obtener re-cursos propios que sirven para impulsar el mejoramiento de la comunidad.

h) Participar en los planes de desarrollo locales, regionales y nacionales, y especialmente en la determinación de los pro-yectos contemplados en su plan de actividades y establecer los recursos que deban utilizarse.

CAPITULO III

CALIDAD, DERECHO Y DEBERES DE LOS ASOCIADOS.

Art. 5 - Los Asociados podrán ser:

a) Activos

b) Honorarios

Todos deben ser personas de dieciocho años, sin embargo cuando las personas provengan de comités juveniles el requisito de edad antes mencionado será el de quince años. Son Asociados Activos, todas las personas que reúnen los requisitos señalados en el inciso anterior, re-sidentes dentro de los límites de la unidad vecinal correspondiente o reuniones vecinales colindantes inmediatas.

Son Asociados Honorarios, aquellas personas a quienes la Asamblea General, por su iniciativa o propuesta de la Junta Directiva le conceda tal calidad, en atención a sus méritos personales y relevantes servicios prestados a la Asociación.

Art. 6 - Son derechos y deberes de los asociados activos:

a) Participar con voz y voto en las Asambleas Generales

b) Retirarse voluntariamente de la Asociación cuando así lo solicitaren por escrito.

c) Elegir y ser electo para cargo de la Junta Directiva

d) Cooperar con todos los medios promocionales posibles al incremento del número de miembros de la Asociación.

e) Asistir con puntualidad a las sesiones de asambleas generales previa convocatoria escrita.

f) Cumplir estos estatutos y obedecer las disposiciones de la Asamblea General y Junta Directiva, siempre que estén relacionados con los fi nes de la Asociación.

Art. 7 - Los Asociados Honorarios, gozarán de los derechos que la Asamblea General les otorgue.

CAPITULO IV

DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION

Art. 8 - El Gobierno de la Asociación estará constituido por:

a) La Asamblea General: que será la máxima autoridad de la Asociación.

b) La Junta Directiva: que será el órgano ejecutivo y estará integrado por el número de miembros que determinen los estatutos.

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44 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

CAPITULO V

DE LA ASAMBLEA GENERAL.

Art. 9 - La Asamblea General la componen todos los asociados y se instalarán con la mayoría simple de los asociados pudiendo haber representación por escrito de los asociados; pero cada asociado no podrá estar representado por más de una persona. Las resoluciones se acordarán por mayoría de votos de los presentes o representados.

Art. 10 - La Asamblea General, se reunirá ordinariamente cuatro veces al año con intervalo de tres meses, debiendo celebrarse la primera de éstas en el mes de marzo y extraordinariamente cuando sea convo-cada por la Junta Directiva por iniciativa propia o a solicitud de quince miembros afi liados a la Asociación.

Art. 11 - En las Asambleas Generales ordinarias, se tratarán los asuntos comprendidos en la agenda y los que propongan los Asociados, en las Asambleas Generales extraordinarias sólo se tratarán los asuntos comprendidos en la convocatoria y cualquier decisión sobre otros aspectos será nula.

Art. 12 - La convocatoria para Asamblea General ordinaria o extraordinaria, se hará por medio de un aviso escrito, con ocho días de anticipación para la primera y con cuarenta y ocho horas de anticipación para la segunda, indicándose en los mismos, el lugar, el día y hora en que se ha de celebrar. Si a la hora señalada no pudiere celebrarse la sesión por falta de quórum, ésta se llevará a cabo el mismo día una hora después de la señalada con los asociados que concurran, en este ultimo caso, las decisiones que se adopten serán obligatorias aun para aquellos que convocados en la forma prescrita es estos estatutos no concurrieren.

Art. 13 - Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir y dar posesión a los miembros de la Junta Directiva.

b) Recibir los informes de trabajo y aprobar o denegar el estado fi nanciero de la Asociación.

c) Destituir total o parcialmente por causa justifi cada a los miembros de la Junta Directiva y elegir a sus sustitutos.

d) Retirar la calidad de miembros de la misma a los que hubieren renunciado, fallecido o perdido su calidad de asociados.

e) Pedir a la Junta Directiva los informes que crea convenien-tes.

f) Aprobar el Reglamento Interno de la Asociación y los que sean necesarios.

g) Cumplir y hacer cumplir los presentes estatutos y reglamentos que se dicten.

h) Aprobar el plan anual de trabajo y su respectivo presupues-to.

i) Otorgar la calidad de Asociados Honorarios.

j) Resolver a su prudente arbitrio las situaciones excepcionales no previstas en estos estatutos, y que demanden inmediata solución.

CAPITULO VI

PROCEDIMIENTO ESPECIAL PARA LA REMOCION

DE ASOCIADOS Y DIRECTIVOS.

Art. 14 - Los miembros de la Asociación podrán ser retirados de

ella por acuerdos de la Asamblea General, tomando por mayoría de

votos previa audiencia del interesado, por infracciones a la ordenanza,

reglamento y estatutos. Se considerarán además como causas de retiro

o expulsión las siguientes:

a) Mala conducta del asociado que se traduzca en perjuicio

grave para la Asociación

b) Promover actividades políticas o de otra naturaleza que vayan

en perjuicio de la Asociación.

c) Obtener por medios fraudulentos benefi cios de la Asociación

para sí o para terceros.

d) Cometer algún delito o falta grave en perjuicio de la Asocia-

ción.

Art. 15 - Todos o parte de los miembros de la Junta Directiva,

electos por la Asamblea General, podrán ser suspendidos temporalmente,

sino ameritare su destitución según la gravedad del caso. Para proceder

a la suspensión temporal, la Junta Directiva, nombrará una comisión de

dos o más de sus miembros para que investiguen los hechos y oyendo el

informe de éstos y las razones que el supuesto infractor exponga en su

defensa resolverá tal destitución nombrando a continuación los sustitutos.

En el caso de destitución de que habla el literal c) del Artículo 13 de la

Junta Directiva se seguirá el procedimiento anterior, pero en este caso

será la Asamblea General quien resolverá tal destitución nombrando a

continuación los sustitutos.

Art. 16 - En caso que la Junta Directiva dentro del plazo de diez

días conocida la infracción, no procede de conformidad a los artículos

anteriores, un número de diez asociados por lo menos, podrá convocar a

Asamblea General, para que ésta nombre la comisión investigadora, para

que en base a su informe, la Asamblea General proceda a la suspensión o

destitución. El mismo procedimiento se seguirá cuando de acuerdo a las

infracciones debe de conocerse sobre la suspensión temporal o destitución

de toda la Junta Directiva, o cuando por tratarse de la mayoría de los

miembros de la Junta Directiva los restantes no inician el procedimiento

dentro del plazo que establece el inciso anterior. En todos los casos de este

artículo será la Asamblea General la que resolverá sobre la suspensión

temporal o destitución de los miembros y en la misma sesión elegirán y

darán posesión a los sustitutos, por el tiempo de la suspensión o por el

resto del periodo de los Directivos sustituidos. La Asamblea General o

Junta Directiva notifi cará al interesado la suspensión temporal o defi ni-

tiva a más tardar dentro de cuarenta y ocho horas después de haber sido

acordada.

Art. 17 - De la resolución que establezca la suspensión temporal

decretada por la Junta Directiva, podrá interponerse únicamente el recurso

de revisión para ante la misma, dentro del tercer día de la notifi cación.

De las resoluciones de la Asamblea General no se admitirá ningún re-

curso.

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45DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005. CAPITULO VII

DE LA JUNTA DIRECTIVA

Art. 18- La Junta Directiva estará integrada por once miembros propietarios y suplentes electos en Asamblea General por votación nominal y pública, ya sea para cargos separados o en plantilla. En todo caso, la nominación de los cargos será la siguiente:

PRESIDENTE, VICEPRESIDENTE, SECRETARIO, SECRETARIO DE ACTAS, TESORERO, PRO-TESORERO, SINDICO Y CUATRO VOCALES. Los cargos en la Junta Directiva serán adhonoren; sin em-bargo, cuando el asociado trabaje en actividades particulares y eventuales para la Asociación, podrá recibir una retribución convencional o cuando el volumen de trabajo y las circunstancias lo ameriten, previo acuerdo de la Asamblea General.

Art. 19 - La Junta Directiva se reunirá ordinariamente por lo me-nos una vez al mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario, previa convocatoria que haga el Presidente. Para que la sesión sea válida deberán concurrir por lo menos seis de sus miembros propietarios y las resoluciones se tomarán por mayoría de votos. En caso de empate el Presidente o quien haga sus veces, tendrá voto de calidad.

Art. 20 - Son atribuciones de la Junta Directiva.

a) Elaborar el proyecto de estatutos de la Asociación y proponerlo a la Asamblea General.

b) Determinar juntamente con las instituciones que colaboran con el desarrollo comunal, el plan de trabajo y el presupuesto correspondiente.

c) Integrar comisiones de trabajo de la Asociación y encauzar su mejor organización y desenvolvimiento,

d) Convocar a la Asamblea General a reuniones ordinarias y extraordinarias.

e) Coordinar con los organismos del Estado, las municipalidades y con las entidades privadas que tengan que trabajar en la región, en proyectos de desarrollo de la comunidad.

f) Participar en su caso en las investigaciones, planteamientos, ejecución y evaluación de los programas y proyectos de me-joramiento de la localidad.

g) Informar periódicamente a la Asamblea General y a los or-ganismos que cooperen con sus programas de las actividades que desarrolla.

h) Tomar las medidas necesarias para cumplir y aplicar las disposiciones emanadas de la Asamblea General.

i) Autorizar y controlar los gastos de los recursos económicos de la Asociación, hasta un máximo de mil colones.

j) Vigilar el cumplimiento de los deberes y obligaciones de los miembros de la Asociación.

k) Presentar a la consideración y aprobación de la Asamblea General en la sesión del mes de Diciembre la memoria anual de sus actividades.

l) Llamar al miembro correspondiente de la Junta Directiva, cuando el titular está ausente o no concurriese a tres sesiones consecutivas por lo menos, sin causa justifi cada.

m) Presentar a la consideración de la Asamblea General con quince días de anticipación de cada ejercicio administrativo, el plan anual y el presupuesto de gastos de la Asociación.

Art. 21 - El presidente de la Junta Directiva presidirá las sesiones de Asamblea General y de Junta Directiva, y todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación.

Art. 22 - El Vice-Presidente colaborará con el Presidente y lo sus-tituirá en los casos de ausencia o impedimento de éste y todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación.

Art. 23 - El secretario será el órgano de comunicación de la Aso-ciación y llevará el inventario de los bienes de la misma y todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación.

Art. 24 - El Secretario de Actas, tendrá a su cargo los libros de actas de sesiones que celebre la Asamblea General, la Junta Directiva; extender las certifi caciones que se soliciten a la Asociación y todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación.

Art. 25 - El Tesorero será el depositario de los fondos y bienes de la Asociación y llevará los libros de contabilidad o las cuentas de la misma. Se encargará además de que se hagan efectivos los créditos a favor de la Asociación y dará cuenta a la Junta Directiva en cada sesión de estado económico; hará los pagos de las obligaciones de la Asocia-ción. En todo caso serán autorizados los pagos por el Secretario y con el VISTO BUENO del Presidente de la Asociación. Todos los fondos serán depositados en una Institución Bancaria o Crediticia, para la cual se abrirá una cuenta a nombre de la Asociación y se registrarán las fi rmas de Tesorero, el Presidente y Síndico de la Asociación; se requerirán para todo retiro de fondos de la concurrencia de las fi rmas de los expresados directivos, una vez sea aprobado por la misma directiva y todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación.

Art. 26 - El Pro-Tesorero tendrá las mismas funciones del Tesorero, colaborará y los sustituirá en caso de ausencia o impedimento de éste y todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación.

Art. 27 - El síndico tendrá la responsabilidad judicial y extrajudicial de la Asociación, puede otorgar y revocar poderes judiciales o admi-nistrativos y necesitará de la autorización previa de la Junta Directiva para ejercerla en cada caso. A falta del Síndico, fungirán los vocales por su orden respectivamente autorizados en sesión de Junta Directiva. De entre los Vocales de la Asociación. El Síndico, elegirán un comité de Vigilancia formado por tres miembros que tendrá acceso a todas las gestiones, operaciones, trabajos, libros y demás documentos de la Asociación, con el objeto de velar porque el patrimonio de la Asociación sea aplicable en la consecución de sus fi nes.

Art. 28 - El Síndico velará por el estricto cumplimiento de los presentes estatutos y demás acuerdos tomados por la Asamblea General, por la Junta Directiva y todo lo demás que se le fuere encomendado por la Asociación.

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46 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

Art. 29 - Los vocales, colaborarán con la Junta Directiva en la medida que ésta lo considere necesario, en todo caso sustituirán a los miembros de la Junta Directiva que faltaren y todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación.

Art. 30 - Los miembros de la Junta Directiva, serán electos por un período de dos años pudiendo ser reelectos para otro período.

CAPITULO VIII

DEL PATRIMONIO DE LA ASOCIACION

Art. 31 - El patrimonio de la Asociación estará constituido: Por la contribución que aporten los Asociados y que será de colones mensuales; la cual podrá cambiarse en Asamblea General.

a) Los aportes extraordinarios que prevengan de diferentes fuentes.

b) Los ingresos provenientes de cualquier actividad realizada para allegar fondos a la Asociación.

c) Sus bienes muebles o inmuebles adquiridos a cualquier título y las rentas que se obtengan de la administración de los mismos. Los bienes de la Asociación son inalienables e imprescindibles, salvo que la Asociación con el voto de las tres cuartas de sus miembros acordase afectarlos.

Art. 32 - De las utilidades obtenidas por la Asociación se aportará el cinco por ciento para formar un fondo de reserva para incrementar el capital bancario a nombre de la misma. La Asociación llevará un libro especial de registros de capital en el que deberá expresarse todo aumento o disminución del mismo. La Asociación para poder desarrollar sus fi nes sociales y de obra física, siempre que conduzca a operaciones canalizadas a través de recursos económicos, deberá ser conocido y aprobado por la Junta Directiva siempre y cuando no exceda de un mil colones, caso contrario lo aprobará la Asamblea General, específi camente para el acta en que comparezca el representante de la Asociación.

Art. 33 - Si al fi nal de cada ejercicio administrativo se obtuviere ganancia, la Junta Directiva propondrá a la Asamblea General los pro-yectos a que puedan ser aplicados tales ganancias, como también el tiempo y forma de invertir el fondo de reserva.

CAPITULO IX

DISOLUCION DE LA ASOCIACION

Art. 34 - En caso de disolución, si después de pagadas las obligaciones que tenga la Asociación hubiere un remanente, la Junta Directiva deberá poner a disposición del Concejo Municipal el remanente que hubiere quedado después de treinta días pagadas las obligaciones que tuviere la Asociación, con la condición de ser destinados los fondos a programas de desarrollo comunal a realizarse preferentemente en la localidad del domicilio de la Asociación.

Art. 35 - La disolución de la Asociación será en sesión extraordinaria de Asamblea General mediante acuerdo de las dos terceras partes de la Asociación, por los motivos que la Ordenanza Reguladora de las Aso-ciaciones comunales y demás disposiciones aplicables establezcan.

CAPITULO X

DISPOSICIONES GENERALES

Art. 36 - La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al Concejo Municipal en los primeros quince días posteriores a la elección la nómina de la nueva Junta Directiva, en todo caso proporcionar al expresado Concejo, cualquier dato que se pidiere relativo a la Asociación. También informará en la forma expresada en el inciso anterior, las sustituciones de los miembros de la Junta Directiva cuando sea en forma defi nitiva. Dentro de los treinta días posteriores a la elección de la nueva Junta Directiva, deberá enviar al expresado Concejo su plan de actividades.

Art. 37 - Los presentes ESTATUTOS entrarán en vigencia ocho días después de su publicación en el DIARIO OFICIAL.

El Infrascrito Alcalde Municipal de Santa Isabel Ishuatán,

CERTIFICA: Que en Libro de Actas y Acuerdos que el Concejo Municipal lleva durante el año dos mil cinco, se encuentra el Punto Nú-mero: CINCO, del acta número: DIECISIETE, sesión ordinaria celebrada a las catorce horas con treinta minutos, del día lunes ocho de agosto del año dos mil cinco, que en lo Pertinente DICE: Vistos los Estatutos de la Asociación de Desarrollo Comunal “LA SABANA” compuesto por treinta y siete artículos y la que se denominará “ADESCOLSA”, siendo su domicilio en el Colonia La Sabana Cantón Apancoyo, jurisdicción de Santa Isabel Ishuatán, Departamento de Sonsonate, y no encontrán-dose en ellos ninguna disposición contraria a las leyes de la Republica, al orden público, ni a las buenas costumbres, y de conformidad al numeral veintitrés, del artículo treinta, en relación con los artículos ciento dieciocho y ciento diecinueve del Código Municipal vigente. El Concejo Municipal en uso de sus facultades que le concede el Código Municipal por unanimidad ACUERDA; Aprobar en todas sus partes los estatutos presentados, y confi érase el carácter de personas Jurídicas. Y PUBLIQUESE, en el Diario Ofi cial para los demás efectos Legales consiguientes. Notifíquese.- A. Mendoza / / S. L. Labor / / A. Peña / / A. Saña / / D. Urbina Alcántara / / S. V. Hernández / / J. Marroquín / / M. Santos L. // Sria // Flor N // “““““““““RUBRICADAS””””””””””””””

Es conforme con su original, la cual se confrontó.

Y no habiendo nada más que hacer constar se extiende, fi rma y sella, la presente Certifi cación en la Alcaldía de Santa Isabel Ishuatán a los treinta y un días del mes de agosto del año de dos mil cinco.

APOLINARIO MENDOZA BONILLA,

ALCALDE EN FUNCIONES.

FLOR DE MARIA NAJARRO PEÑA,

SECRETARIA MUNICIPAL.

(Registro No. F021891)

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47DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005.

SECCION CARTELES OFICIALESDE PRIMERA PUBLICACIÓN

DECLARATORIA DEFINITIVA

LICENCIADA ZOILA MORENA SOLORZANO DE MAGAÑA, JUEZ

DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE DELGADO.

AVISA: Que por resolución de las once horas de este día, se han

declarado HEREDEROS DEFINITIVOS, y con benefi cio de inventario

de la herencia intestada que a su defunción dejó el causante señor CRUZ

ALIRIO AVALOS AVALOS o CRUZ ALIRIO AVALOS, quien fue de

veintiocho años de edad, casado, empleado, fallecido el día veinticuatro

de septiembre del dos mil cuatro, siendo Delgado el lugar de su último

domicilio, de parte de las señoras CARMEN AVALOS, JOAQUINA

ISABEL ALVAREZ RIVAS o JOAQUINA ISABEL ALVAREZ

DE AVALOS, y los menores BRAYAN ALEXANDER AVALOS

ALVAREZ, representantado legalmente por su Madre señora JOAQUINA

ISABEL ALVAREZ RIVAS o JOAQUINA ISABEL ALVAREZ DE

AVALOS; CRISTIAN ALEXANDER AVALOS AGUILAR, repre-

sentado legalmente por su Madre MARTA LUZ AGUILAR o MAR-

TA LUZ AGUILAR BONILLA; Y CECILIA ELIZABETH AVALOS

JUAREZ, representado legalmente por Su Madre señora BELINDA

ELIZABEL JUAREZ, en calidad de Madre, cónyuge sobreviviente, e

hijos del causante respectivamente. Confi riéndoles a los aceptantes la

administración y representación DEFINITIVA de la sucesión con las

facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. La

cual será ejercida por los menores BRAYAN ALEXANDER AVALOS

ALVAREZ, representado legalmente por su Madre señora JOAQUINA

ISABEL ALVAREZ RIVAS o JOAQUINA ISABEL ALVAREZ DE

AVALOS; CRISTIAN ALEXANDER AVALOS AGUILAR, represen-

tando legalmente por su Madre MARTA LUZ AGUILAR o MARTA LUZ

AGUILAR BONILLA; Y CECILIA ELIZABETH AVALOS JUAREZ,

representado legalmente por su Madre señora BELINDA ELIZABEL

JUAREZ, a través de las Madres de éstos, hasta que cumplan sus mayoría

de edad. Representados todos los aceptantes en estas Diligencias por la

Licenciada Vera Ludmila Castro de Mena, como Agente Auxiliar de la

Procuraduría General de la República.

Publíquese el aviso de Ley, y oportunamente extiéndasele la

certifi cación correspondiente.

JUZGADO DE LO CIVIL DE DELGADO, a las once horas

y treinta minutos del día quince de abril del año dos mil cinco. Licda.

ZOILA MORENA SOLORZANO DE MAGAÑA, JUEZ DE LO CIVIL

DE DELGADO. Licda. SANTOS ELIZABETH QUITEÑO ARIAS,

SECRETARIA.

Of. 1 v. No. 1465

JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE

LEY

AVISA: Que por resolución de las quince horas y trece minutos del

día veintiuno de julio del presente año, se declaró DEFINITIVAMENTE

herederos y con benefi cio de inventario en la HERENCIA TESTAMEN-

TARIA de los bienes que a su defunción dejó el causante señor JOSE

HECTOR MUÑOZ, quien falleció en Calle Quince de Septiembre, casa

número catorce Ayutuxtepeque; a las ocho horas y diez minutos del día

veintisiete de octubre de mil novecientos noventa y siete, siendo su último

domicilio la Ciudad de Ayutuxtepeque, a los señores MARIA JULIA

MUÑOZ conocida por MARIA JULIA MUÑOZ DE LOPEZ y por

MARIA JULIA MUÑOZ VELASQUEZ DE LOPEZ; JOSE HECTOR

MUÑOZ conocido por JOSE HECTOR MUÑOZ VELASQUEZ; y

MAURICIO LARA conocido por MAURICIO LARA MUÑOZ, todos

en su concepto de herederos testamentarios del causante.

Confi riéndoseles además a los herederos declarados en el carác-

ter antes indicado la ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACION

DEFINITIVA de la sucesión.-

Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las quince horas

y treinta minutos del día veintiuno de julio de dos mil cinco. Lic. JOSE

HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. LILLIAN

ESTELA HERNANDEZ AGUIRRE, SECRETARIA.

Of. 1 v. No. 1466

MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO

JUDICIAL AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY

AVISA: Que por resolución proveída por este Tribunal, a las diez

horas de este día, se han declarado herederos defi nitivos con benefi cio

de inventario en la herencia intestada que a su defunción dejó la causante

señora ROSA MARIA MARROQUIN, ocurrida el día nueve de julio

de mil novecientos noventa y cuatro, en el Barrio El Calvario de esta

ciudad, siendo éste su último domicilio; a los señores LUIS EDUAR-

DO MARROQUIN, TRINIDAD GUADALUPE MARROQUIN y

MARITZA EVELYN MARROQUIN, todos en su calidad de hijos del

referido causante. Habiéndose conferido a los aceptantes la administra-

ción, y representación defi nitiva de la sucesión.

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48 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las diez horas y

diez minutos del ocho de septiembre del año dos mil cinco.- Lic. MA-

NUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. JOSE ORLANDO

BELTRAN MEJIA, SECRETARIO.

Of. 1 v. No. 1467

ACEPTACION DE HERENCIA

DOCTOR JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas con dieci-

séis minutos del día once de agosto de dos mil cinco, se ha tenido por

aceptada expresamente con benefi cio de inventario la herencia intestada

que a su defunción ocurrida a las trece horas del día veintidós de mayo

de dos mil tres, en el Hospital Francisco Menéndez, dejó la señora

MARIA ANGELICA MORALES, conocida por MARIA ANGELICA

MORALES CONTRERAS o ANGELICA MORALES, habiendo sido

su último domicilio el de Ahuachapán; de parte de los señores CELSO

MORALES, GERARDO MORALES; ROSA EMERITA MORALES,

VICENTE ANTONIO MORALES SALAZAR, y RENE MORALES,

todos en su calidad de hijos del causante.- Y se ha nombrado interinamente

a los aceptantes representantes y administradores de la sucesión con las

facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.-

Juzgado de lo Civil: Ahuachapán, a las quince horas veinte minutos

del día veinticinco de agosto del dos mil cinco.- Dr. JULIO CESAR

FLORES, JUEZ DE LO CIVIL. INOCENTE GRANILLO CASTELLON,

SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 1468-1

Luis Salvador Peña, Juez de lo Civil de este distrito judicial, al público

para los efectos de ley;

HACE SABER: Que este día ha tenido por aceptada expresamente

y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción

dejó el causante JOSE HERNANDEZ o JOSE HERNANDEZ AMAYA,

quien falleció el día quince de julio de mil novecientos ochenta, en el

Cantón El Golfo de la jurisdicción de San Juan Nonualco, su último do-

micilio; por parte de las señoras TERESA DEL CARMEN QUINTEROS

HERNANDEZ y SANTOS ELVIRA QUINTEROS HERNANDEZ, en

concepto de hijas del causante. Nómbranse a las aceptantes, interinamente,

administradoras y representantes de la sucesión, con las facultades y

restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, se citan a todas las personas que se crean con

derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de ley,

comparezcan a este Juzgado a justifi car dicha circunstancia.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, 2 de septiembre de

2005. Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL. JORGE

ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 1469-1

LICENCIADA ZOILA MORENA SOLORZANO DE MAGAÑA, JUEZ

DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE CIUDAD DELGADO.

Al público

HACE SABER: Que por resolución de las doce horas y cincuenta

minutos del día veintiséis de septiembre del presente año, se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de la herencia

intestada que a su defunción dejó la causante señora TERESA BLAN-

CO conocida por TERESA BLANCO DE HUEZO y por TERESA

RENDEROS BLANCO DE HUEZO, quien fue de sesenta y tres años

de edad, fallecido el día doce de diciembre de mil novecientos noventa

y siete, en Cuscatancingo, siendo su último domicilio, de parte de los

señores JOSE ALBERTO HUEZO RENDEROS y ANDRES HUEZO

RUIZ conocido por JOSE ANDRES HUEZO RUIZ y por ANDRES

HUEZO, el primero en calidad de Hijo de la causante y el segundo

como cónyuge sobreviviente de la causante; representado el señor José

Andrés Huezo Ruiz por la Licenciada Evelin Patricia Gómez Marroquín.

Confi riéndoseles a los aceptantes la administración y representación

INTERINA de la sucesión; con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente.

Lo que hago del conocimiento del público para los efectos de

Ley.

JUZGADO DE LO CIVIL DE DELGADO, a las doce horas y

cincuenta y cinco minutos del día veintiséis de septiembre del año dos

mil cinco.- Licda. ZOILA MORENA SOLORZANO DE MAGAÑA,

JUEZ DE LO CIVIL DE DELGADO. Licda. SANTOS ELIZABETH

QUITEÑO ARIAS, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. No. 1470-1

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49DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005.

GUILLERMO ALFARO SANTOS, Juez de lo Civil de este Municipio

Judicial,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este juzgado

a las catorce horas y treinta minutos del día ocho de Julio del año dos

mil cinco.- Se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de

inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida en la Ciudad

de San Salvador, Departamento de San Salvador, siendo esta Ciudad

de San Marcos, su último domicilio, el día veintisiete de septiembre

del año dos mil cuatro, dejó el causante FRANCISCO FLAMENCO,

conocido por FRANCISCO OCHOA FLAMENCO y por FRANCISCO

OCHOA, de parte de las señoras NOEMI ELIZABETH FLAMENCO

JIMENEZ, y FLOR DE MARIA OCHOA MEJIA, en calidad de hijas del

expresado de cujus.- Se ha conferido a las aceptantes la administración y

representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones

de los curadores de la herencia yacente.

Cítense a los que se crean con derecho en la herencia en mención,

para que transcurridos el término de quince días contados, a partir del

siguiente a la tercera publicación de este edicto, concurran a este tribunal

a hacer usos de sus derechos.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, De-

partamento de San Salvador, a las ocho horas y treinta minutos del día

diecinueve de julio del año dos mil cinco. Dr. GUILLERMO ALFARO

SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. ERNESTO ENRIQUE MONTES,

SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 1471-1

EDICTO DE EMPLAZAMIENTO

EDICTO DE EMPLAZAMIENTO

Los infrascritos Jueces de la Cámara Primera de Primera Instancia de la

Corte de Cuentas de la República, de conformidad con el Artículo 88 de

la Ley de esta Institución, EMPLAZAN: Al señor Jorge Luis Arévalo,

para que dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del

presente Edicto, se presente a esta Cámara a recibir copia del Pliego

de Reparo No. LR- 03-2005, que generó el presente Juicio de Cuentas,

donde se le reclama la cantidad de OCHOCIENTOS DIECIOCHO

MIL SETENTA Y CINCO DOLARES DE NORTE AMERICA CON

CUATRO CENTAVOS ($818,075.04), por su actuación como Tesorero,

en el Instituto Nacional del Azúcar (INAZUCAR), durante el período

comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre de mil

novecientos noventa y seis.

Librado en la Cámara Primera de Primera Instancia de la Corte de

Cuentas de la República, a las nueve horas con cinco minutos del día

veintiséis de septiembre de dos mil cinco.

Lic. FRANCISCO IGNACIO SANCHEZ,

Lic. ERIC ALEXANDER ALVAYERO,

JUECES DE LA CAMARA PRIMERA

DE PRIMERA INSTANCIA.

Lic. SONIA EMPERATRIZ CORNEJO DE CISNEROS,

SECRETARIA DE ACTUACIONES.

Of. 1 v. No. 1472

EDICTO DE EMPLAZAMIENTO

Los infrascritos Jueces de la Cámara Quinta de Primera Instancia de la

Corte de Cuentas de la República, de conformidad con el Artículo 88

de la Ley de esta Institución, EMPLAZAN: A los señores: MIGUEL

ÁNGEL RAMÍREZ BONILLA, Encargado de Compras; Doctora

CAROLINA LISSETH AVELAR AMAYA, Odontóloga; y GLADIS

DEL CARMEN FLORES REYES, Encargada de Farmacia; para que

dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del presente

edicto, se presenten a esta Cámara a recibir copia del Pliego de Reparos

por el que se les reclama Responsabilidad Patrimonial por sus referidas

actuaciones en el Hospital Nacional de La Unión, durante el periodo

del uno de enero de mil novecientos noventa y siete al treinta y uno de

diciembre del año dos mil, y que ha dado origen al Juicio de Cuentas

No. JC-093-2005.

Librado en la Cámara Quinta de Primera Instancia de la Corte de

Cuentas de la República: San Salvador, a las ocho horas veinte minutos

del día trece de octubre del año dos mil cinco.

Dr. JORGE ALBERTO RAMIREZ FIGUEROA,

JUEZ.

Lic. ROBERTO ANTONIO LOPEZ ARANIVA,

JUEZ.

Licda. SANDRA ELIZABETH SANTOS MIRANDA,

SECRETARIA DE ACTUACIONES.

Of. 1 v. No. 1473

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50 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

DE SEGUNDA PUBLICACIÓNACEPTACION DE HERENCIA

JOSE ORLANDO HERNÁNDEZ BUSTAMANTE, JUEZ DE PRI-

MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las doce

horas y treinta minutos de este día se ha tenido por aceptada expresamente

y con benefi cio de inventario de parte de los señores ANA MARÍA

LÓPEZ RAFAILÁN y JUAN NARCISO RAFAELÁN LÓPEZ de

la herencia intestada dejada a su defunción por la señora PETRONA

HERNÁNDEZ, conocida por PETRONILA LÓPEZ, PETRONILA

LÓPEZ HERNANDEZ y PETRONA LÓPEZ HERNANDEZ, quien

falleció a las cero horas y doce minutos del día veinticuatro de diciembre

de dos mil uno, en el Hospital San Rafael de la ciudad de Santa Tecla,

siendo Ciudad Arce su último domicilio, en concepto de hijos de la

causante. Confi érese a los referidos aceptantes en el concepto indicado la

administración y representación interinas de la indicada sucesión con las

facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Cítese

a las personas que se crean con derecho en las presentes diligencias.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a las

doce horas y cuarenta y cinco minutos del día veintiuno de junio de dos

mil cinco. Licdo. JOSE ORLANDO HERNANDEZ BUSTAMANTE,

JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Licdo. CARLOS ARNULFO SOSA

FLORES, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 1451-2

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este distrito judicial

AVISA: que este día ha tenido por aceptada expresamente con

benefi cio de inventario, la herencia intestada que dejó el señor LUIS

ALONSO MUÑOZ LOPEZ, conocido por LUIS ALONSO LOPEZ

MUÑOZ, que falleció el día once de marzo de dos mil cuatro, en el

Hospital Rosales de la ciudad de San Salvador, habiendo tenido en San

Pedro Nonualco, Departamento de La Paz, su último domicilio, por

parte de la señorita LILIAN LISSETTE LOPEZ RODRIGUEZ, hija del

causante; y se le ha conferido la administración y representación interinas

de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para

que dentro del término de quince días contados a partir del siguiente de

la tercera publicación de este aviso, se presenten a deducirlo.

Juzgado de lo Civil: Zacatecoluca, a los dos días del mes de

septiembre de dos mil cinco. Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE

LO CIVIL. JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 1452-2

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-

TRITO JUDICIAL DE METAPAN,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a

las nueve horas con treinta y cinco minutos del día siete de septiembre

del dos mil cinco; se ha tenido por aceptada expresamente y con be-

nefi cio de inventario la herencia Intestada que a su defunción dejó el

causante JOSE ANTONIO SANDOVAL, quien fue de cincuenta y un

años de edad, agricultor, fallecido el día dos de noviembre del dos mil

cuatro, siendo Metapán su último domicilio; por parte de los señores

ANA GLORIA HERNANDEZ DE SANDOVAL, JOSE ALFREDO,

SALVADOR ANTONIO, NELSON ROSALIO y ROMULO, todos de

apellidos SANDOVAL HERNANDEZ, en concepto de cónyuge e hijos

respectivamente del referido causante. En consecuencia, se les ha confe-

rido a dichos aceptantes la administración y representación INTERINA

de la sucesión, con las facultades y restricciones que la ley confi ere a

los curadores de la herencia yacente.

Se citan a las personas que se crean con derecho a la herencia para

que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días

contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las ocho horas con

cinco minutos del día diecinueve de septiembre del dos mil cinco. Lic.

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda.

MARIA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 1453-2

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-

TRITO JUDICIAL DE METAPAN,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal a

las diez horas con treinta y cinco minutos del día siete de septiembre

del dos mil cinco; se ha tenido por aceptada expresamente y con bene-

fi cio de inventario la herencia intestada dejada por la causante ELENA

SALAZAR VIUDA DE MADRID, quien fue de ochenta y siete años

de edad, de ofi cios domésticos, fallecida el día veintisiete de mayo del

dos mil cinco, siendo Metapán su último domicilio, por parte de los

señores MAXIMILIANO MADRID SALAZAR y PEDRO MARTIR

MADRID SALAZAR, en concepto de hijos de la referida causante. En

consecuencia se les confi ere a dichos aceptantes la administración y

representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones

que la ley confi ere a los curadores de la herencia yacente.

Se cita a las personas que se crean con derecho a la herencia para

que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días

contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

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51DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las ocho horas con

quince minutos del día trece de septiembre del dos mil cinco. Lic. JOSE

HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARIA

LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 1454-2

TITULO SUPLETORIO

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-

TRITO JUDICIAL DE METAPAN,

HACE SABER: Que en este Juzgado se ha presentado la señora

EDITH CASTRO DE ARRIOLA, quien es de treinta y cuatro años

de edad, Doméstica y de este domicilio, por medio de su Procurador

Licenciado REMBERTO ANTONIO RAMIREZ AMAYA, solicitando

que se extienda a favor de su representada TITULO SUPLETORIO

sobre un inmueble de naturaleza rústica, inculto, situado en el Cantón

La Isla esta comprensión, de una extensión superfi cial de MIL TRES-

CIENTOS SIETE METROS CUADRADOS PUNTO CINCUENTA Y

SIETE CENTIMETROS CUADRADOS, que mide y linda al NORTE:

un tramo recto de treinta metros, con calle que conduce al Caserío El

Ahogado de por medio con la señora FRANCISCA LEMUS OLIVA; al

ORIENTE: un tramo de veintiséis metros con setenta centímetros, con

la señora MERCEDES CASTRO; al SUR: un tramo de treinta y ocho

metros con setenta centímetros, con rivera de Río Lempa de por medio

con el señor LINON POLANCO; y al PONIENTE: dos tramos, el primero

de veinticinco metros y el segundo de veintitrés metros con cincuenta

centímetros, quebrada Comizate de por medio con la señora PEDRINA

PACHECO; el referido inmueble no se encuentra en proindivisión con

ninguna otra persona; y lo valúa en la cantidad de MIL DOSCIENTOS

DOLARES.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Juzgado de lo Civil: Metapán, a las ocho horas con cincuenta

minutos del día veintiséis de septiembre de dos mil cinco. Lic. JOSE

HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARIA

LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 1455-2

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado el señor

ROBERTO ALEXANDER ZEPEDA GIL, de veintinueve años de edad,

Comerciante en Pequeño, de este domicilio, portador de su Documento

Unico Número cero uno dos cero ocho ocho nueve uno-siete; solicitando

se le extienda a su favor Título de Propiedad de un solar de naturaleza

urbana, situado en el Barrio Guadalupe de esta Villa de San Luis La

Herradura, de una extensión superfi cial de DOSCIENTOS VEINTI-

CINCO PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS que mide y

linda: AL NORTE, mide dieciséis metros, linda con terreno de la señora

María Trinidad Galiano García; AL ORIENTE, mide catorce metros

linda con solar del señor Carlos Humberto Alvarez Vásquez; AL SUR,

mide dieciséis metros, linda con Bosque Salado; y AL PONIENTE, mide

catorce metros, linda con solar de la señora María Clemencia Castillo,

valúa dicho terreno en la cantidad de DIEZ MIL COLONES. Se hace

saber, al público para los demás efectos de Ley.

Alcaldía Municipal: Villa San Luis La Herradura, veintitrés de

enero del dos mil cuatro. Tte. MILTON GALILEO GONZALEZ LOPEZ,

ALCALDE MUNICIPAL. Br. EZEQUIEL CORDOVA MEJIA, SE-

CRETARIO MUNICIPAL.

Of. 3 v. alt. No. 1456-2

TITULO DE PROPIEDAD

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL, para los efectos de

ley,

HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado la Licen-

ciada LOYDA MARGARITA AREVALO PORTILLO, mayor de edad

y del domicilio de Zacatecoluca, en calidad de Agente Auxiliar de la

Procuraduría General de la República y en representación de la señora

MARIA ESTER MORALES DE RODRIGUEZ, mayor de edad y de este

domicilio, solicitando a favor de su representada, Título de Propiedad de

un inmueble de naturaleza urbana situado en el Barrio Concepción de

esta ciudad, de doscientos diez metros cuadrados de superfi cie, que mide

y linda: al NORTE doce metros, con solar de José María Rodríguez; al

ORIENTE diecisiete metros cinco centímetros, con solar de José Medardo

Morales Ventura; al SUR doce metros, con solar de Tomás Ventura

Hernández, calle de por medio; y al PONIENTE diecisiete metros cinco

centímetros, con solar de José María Rodríguez. No es predio dominante

ni sirviente; no tiene cargas ni derechos reales de ajena pertenencia con

quien hubiere proindivisión; lo hubo la señora María Ester Morales de

Rodríguez por compra al señor José Elías Morales Ventura; lo valúa

en mil trescientos setenta y un dólares cuarenta y dos centavos y los

colindantes son de este domicilio.

ALCALDIA MUNICIPAL Y JEFATURA DEL DISTRITO: San

Pedro Nonualco, diez de octubre del año dos mil cinco. Lic. SERGIO

ANTONIO ORELLANA MENJIVAR, ALCALDE MUNICIPAL.

GUILLERMO PEREZ, SECRETARIO MUNICIPAL.

Of. 3 v. alt. No. 1457-2

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52 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

DE TERCERA PUBLICACIÓNACEPTACION DE HERENCIA

DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las ocho horas quince minutos del día cinco de octubre de dos mil cinco, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte del señor CESAR BORIS MARMOL RODRIGUEZ, en su calidad de hijos del de cujus y como cesionario de los derechos que le correspondían a los señores María Elena Rodríguez de Mármol, Héctor Edgardo Mármol Rodríguez, y América Marily Mármol Rodríguez, como cónyuge sobre-viviente e hijos del causante, la herencia intestada que a su defunción ocurrida el día seis de septiembre de dos mil cuatro, en esta ciudad, su último domicilio, dejó el causante señor VICTORINO MARMOL, co-nocido por VICTORINO MARMOL CARDONA y por VICTORIANO MARMOL. Confi érese al aceptante la administración y representación interina de los bienes de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Y, CITA: A los que se crean con derecho a la expresada herencia, para que se presenten a deducirlo en el término de quince días contados a partir del siguiente al de la tercera publicación de este Edicto.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil; San Salvador, a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del día diez de octubre de dos mil cinco. Dr. DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CI-VIL. Lic. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 1446-3

EDICTO DE EMPLAZAMIENTO

EDICTO DE EMPLAZAMIENTO

Los Infrascritos Jueces de la Cámara Segunda de Primera Instancia de la Corte de Cuentas de la República, de conformidad con el Art. 63 de la Ley Orgánica de esta Institución EMPLAZAN: a los señores EDWIN RAFAEL RIVAS y JUAN PABLO QUINTANILLA, o a sus represen-tantes; para que dentro del término de cinco días siguientes a la tercera y última publicación de este edicto comparezcan a manifestar su derecho de defensa en el Juicio de Cuentas incoado en su contra por sus actuaciones como Contador y Secretario de Finanzas, respectivamente, en el Ingenio Chanmico, del Instituto Nacional del Azúcar (INAZUCAR), durante el período comprendido del uno de enero de mil novecientos noventa al treinta y uno de mayo de mil novecientos noventa y cinco. Dicho Juicio tiene por base legal el Pliego de Reparos No. 205, por la cantidad de TRESCIENTOS TREINTA MIL CIENTO CUARENTA Y SIETE COLONES CON SETENTA Y DOS CENTAVOS (¢ 330,147.72), equivalentes a TREINTA Y SIETE MIL SETE-CIENTOS TREINTA Y UN DOLARES CON DIECISIETE CENTAVOS DE DÓLAR ($37,731.17).

Librado en la Cámara Segunda de Primera Instancia de la Corte de Cuentas de la República; a las once horas del día cinco de octubre de dos mil cinco.

Lic. MANUEL ENRIQUE ESCOBAR MEJIA,

JUEZ.

Lic. WILFREDO BONIFACIO CORDOVA,

JUEZ.

Lic. BIRMANESA NELSY MANCIA,

SECRETARIA DE ACTUACIONES.

Of. 3 v. alt. No. 1447-3

SECCION CARTELES PAGADOSDE PRIMERA PUBLICACIÓN

DECLARATORIA DE HERENCIA

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

AVISA: Que por resolución de las ocho horas y treinta minutos

de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio

de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó la señora

TOMASA MANZANO, quien falleció el día veintiocho de diciembre de

mil novecientos ochenta y cuatro, en el Barrio Guadalupe, de la ciudad de

Conchagua, de este Departamento, siendo ese lugar su último domicilio

de parte de los señores JOSE CLAUDIO MANZANO HERNANDEZ,

conocido por JOSE CLAUDIO MANZANO, MARIA CONCEPCION

MANZANO DE ZELAYANDIA, conocida por MARIA CONCEPCION

MANZANO, MARIA ELVIRA MANZANO DE VASQUEZ, conocida

por MARIA ELVIRA MANZANO y MARIA FELICITA MANZANO.

En calidad de hijos sobrevivientes de la causante.

Confi érase a los Aceptantes antes mencionados, la administración y representación defi nitiva de la sucesión.

Dése el Aviso de Ley, y oportunamente extiéndase la certifi cación solicitada.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión a los doce días del mes de octubre de dos mil cinco.- Lic. ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. ANA MARIA GUTIERREZ MENJIVAR, SECRETARIA. INTA.

1 v. No. F021795

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53DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005.

DOCTOR JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE

DISTRITO,

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas del día

veintinueve de julio del año dos mil cinco, se han declarado herederos

defi nitivos ab-intestato con benefi cio de inventario de la causante se-

ñora MARIA CRUZ PEREZ HERNANDEZ o MARIA CRUZ PEREZ

HERNANDEZ DE VALENZUELA o MARIA CRUZ PEREZ, fallecida

a las quince horas veinte minutos del día cinco de julio de mil novecientos

ochenta y nueve, en el Hospital Francisco Menéndez de esta ciudad, su

último domicilio a los señores IRMA DEL ROSARIO VALENZUELA o

IRMA DEL ROSARIO VALENZUELA PEREZ, JULIO ADALBERTO

PEREZ o JULIO ADALBERTO PEREZ VALENZUELA o JULIO

ADALBERTO VALENZUELA PEREZ, MIGUEL ALONSO PEREZ

o MIGUEL ALONSO PEREZ VALENZUELA o MIGUEL ALONSO

VALENZUELA PEREZ, LORENZO ANTONIO PEREZ o LORENZO

ANTONIO PEREZ VALENZUELA, y ARMANDO ANTONIO MA-

GAÑA PEREZ o ARMANDO ANTONIO HERRERA; los primeros

cuatro en su calidad de hijos de la causante y el quinto por derecho de

representación de su madre señora ILDA ISABEL PEREZ o HILDA

ISABEL VALENZUELA o HILDA PEREZ, quien fue hija de la misma

causante y le premurió a ella el día nueve de junio de mil novecientos

setenta y uno.- Y se ha conferido defi nitivamente a los herederos

declarados, la administración y representación de la sucesión.-

Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de

Ley.-

Juzgado de lo Civil: Ahuachapán, a las nueve horas veinte minu-

tos del día veintiséis de septiembre del año dos mil cinco.- Dr. JULIO

CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL.- INOCENTE GRANILLO

CASTELLON, SECRETARIO.

1 v. No. F021804

CARLOS ERNESTO ORELLANA APARICIO, Notario, de este do-

micilio, con despacho notarial ubicado en Primera Avenida Norte, casa

número cuatro, Soyapango,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las nueve horas del día doce de octubre del año dos mil cinco, se ha

declarado a la señora PASTORA BONILLA DE MELENDEZ, heredera

defi nitiva con benefi cio de inventario, de los bienes que a su defunción

en la jurisdicción de Ilobasco, departamento de Cabañas, el día once de

enero de dos mil cinco, y siendo su último domicilio la jurisdicción de

Ilobasco, lugar de su defunción, dejara el señor SANTIAGO MELENDEZ

o SANTIAGO MELENDEZ IGLESIAS, en su concepto de cónyuge

sobreviviente, del causante; habiéndole concedido la representación y

administración defi nitiva de la referida sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en la ciudad de San Salvador, el día diecisiete de octubre del dos mil cinco.

CARLOS ERNESTO ORELLANA APARICIO,

NOTARIO.

1 v. No. F021811

GUSTAVO ADOLFO LOPEZ RODRIGUEZ, Notario, de este do-micilio, con Ofi cina de Notariado situada en la Segunda Avenida Sur Número Tres-siete, en la ciudad de Ahuachapán, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución proveída por el Suscrito Notario, a las nueve horas de este mismo día, se ha declarado heredera defi nitiva ab-intestato, con benefi cio de inventario a la señora MARTA ALICIA AGUIRRE VIUDA DE SALAZAR, de los bienes del causan-te RIGOBERTO SALAZAR AVELAR, conocido por RIGOBERTO SALAZAR en su calidad de CONYUGE del De Cujus; habiéndosele conferido la Administración y Representación defi nitiva de la suce-sión.

Librado en la Ofi cina de Notariado del Licenciado Gustavo Adolfo López Rodríguez, Ahuachapán, a los cinco días del mes octubre de dos mil cinco.

GUSTAVO ADOLFO LOPEZ RODRIGUEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F021821

HERNAN ALBERTO LOPEZ SILVA, Notario, de este domicilio, con Ofi cina de Notariado situada en la Segunda Avenida Sur Tres-siete, en la ciudad de Ahuachapán, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución proveída por el Suscrito No-tario, a las diez horas treinta minutos de este mismo día, se ha declarado heredera defi nitiva Ab-intestato, con benefi cio de inventario a la señora TERESA DEL CARMEN SORIANO DE AGUILAR, de los bienes del causante, señor FELIPE SURIANO, en su calidad de CESIONARIA, de los Derechos Hereditarios que en la sucesión les correspondía a las señoras ROSA DE JESÚS AYALA RIVERA, hoy VIUDA DE SURIANO, ROSA MIRNA SURIANO AYALA y MARIA ISABEL SURIANO AYALA, la primera como CÓNYUGE SOBREVIVIENTE y las dos últimas como HIJAS del causante; habiéndosele conferido la Administración y Representación defi nitiva de la sucesión.

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54 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

Librado en la Ofi cina de Notariado del Doctor Hernán Alberto López Silva, Ahuachapán: a los tres días del mes de octubre de dos mil cinco.-

HERNAN ALBERTO LOPEZ SILVA,

NOTARIO.

1 v. No. F021825

HERNAN ALBERTO LOPEZ SILVA, Notario, de este domicilio, con Ofi cina de Notariado situada en la Segunda Avenida Sur Tres- siete, en la ciudad de Ahuachapán al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución proveída por el Suscrito Notario, a las nueve horas de este día, se ha declarado heredera defi nitiva ab-intes-tato, con benefi cio de inventario a la señora BERNARDA GUTIERREZ DE SANCHEZ, de los bienes del causante, señor GERARDO SÁNCHEZ, conocido por GERARDO SÁNCHEZ RAMIREZ, como CONYUGE SOBREVIVIENTE del causante; habiéndosele conferido la Adminis-tración y Representación defi nitiva de la sucesión,

Librado en la Ofi cina de Notariado del Doctor Hernán Alberto López Silva, Ahuachapán: a los tres días del

mes de octubre de dos mil cinco.

HERNAN ALBERTO LOPEZ SILVA,

NOTARIO.

1 v. No. F021827

HERNAN ALBERTO LOPEZ SILVA, Notario, de este domicilio, con Ofi cina de Notariado situada en la Segunda Avenida Sur Tres-siete, en la ciudad de Ahuachapán, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución proveída por el Suscrito No-tario, a las doce horas treinta minutos del día tres de octubre de dos mil cinco, se ha declarado heredero defi nitivo ab-intestato, con benefi cio de inventario al señor DOUGLAS DAGOBERTO GOMEZ GRANADOS, de los bienes de la causante, señora MARIA MARCOS GOMEZ DE GRANADOS, en su calidad de CESIONARIO, de los Derechos He-reditarios que en la sucesión les correspondía a los señores EDITH YOLANDA GRANADOS GOMEZ, JORGE ALBERTO GRANADOS GOMEZ, ANA JOSEFA GRANADOS GOMEZ, BLANCA OLIVIA GRANADOS GOMEZ, MARIA LUISA GRANADOS DE RUIZ y RICARDO ANTONIO GRANADOS GOMEZ, todos como hijos de la causante; habiéndosele conferido la Administración y Representación defi nitiva de la sucesión.

Librado en la Ofi cina de Notariado del Doctor Hernán Alberto López Silva, Ahuachapán: a los tres días del mes de octubre de dos mil cinco.-

HERNAN ALBERTO LOPEZ SILVA,

NOTARIO.

1 v. No. F021828

HERNAN ALBERTO LOPEZ SILVA, Notario, de este domicilio, con Ofi cina de Notariado situada en la Segunda Avenida Sur Tres- siete, en la ciudad de Ahuachapán, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución proveída por et Suscrito Notario, a las doce horas de este mismo día, se ha declarado heredera defi nitiva ab-intestato, con benefi cio de inventario a la señora ARACELY DE JESÚS TOBAR HERNANDEZ, de los bienes del causante, señor SALVADOR MARINO HERNANDEZ, como HIJA del causante; habiéndosele conferido la Administración y Representación defi nitiva de la sucesión.

Librado en la Ofi cina de Notariado del Doctor Hernán Alberto López Silva, Ahuachapán: a los tres días del mes de octubre de dos mil cinco-

HERNAN ALBERTO LOPEZ SILVA,

NOTARIO.

1 v. No. F021830

HERNAN ALBERTO LOPEZ SILVA, Notario, de este domicilio, con Ofi cina de Notariado situada en la Segunda Avenida Sur Tres- siete, en la ciudad de Ahuachapán, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución proveída por el Suscrito Notario, a las once horas de este día, se ha declarado heredera defi nitiva ab-intes-tato, con benefi cio de inventario a la señora ERCILIA GARCIA DIAZ, conocida por ELSA GARCIA y por ERCILIA GARCIA, de los bienes del causante, señor PASCUAL GARCIA DIAZ, conocido por PASCUAL GARCIA HERRERA, como HIJA del causante; habiéndosele conferido la Administración y Representación defi nitiva de la sucesión.

Librado en la Ofi cina de Notariado del Doctor Hernán Alberto López Silva, Ahuachapán: a los tres días del mes de octubre de dos mil cinco.-

HERNAN ALBERTO LOPEZ SILVA,

NOTARIO.

1 v. No. F021831

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55DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005.

NORA MARIA AMAYA RIVAS, Notario de este domicilio, con Ofi cina en Pasaje Senda Florida Norte número ciento sesenta y siete, Colonia Escalón, San Salvador, al público por este medio,

HACE SABER: Que en las diligencias de Aceptación de la Herencia intestada que a su defunción, ocurrida a las catorce horas y cuarenta y ocho minutos del día ocho de mayo de dos mil dos, en la Ciudad de Santa Mónica, Estado de California, Estados Unidos de América, lugar de su último domicilio, dejó el señor el Señor JOSE ORLANDO ALFARO conocido por JOSE ORLANDO ALFARO RIVERA, ha sido declarada heredera Universal Intestada, con benefi cio de inventario del causante, la señora ANA CONCEPCIÓN PINEDA hoy DE ALFARO, conocida por ANA CONCEPCIÓN PINEDA RIVERA, ANA CONCEPCIÓN PINEDA y por ANA CONCEPCIÓN ALFARO.-

Y para los efectos de ley, se da el presente aviso en la ciudad de San Salvador, a los diecisiete días del mes de octubre del año dos mil cinco.-

NORA MARIA AMAYA RIVAS,

NOTARIO.

1 v. No. F021834

Lic. Angel Albino Alvarenga, Juez de lo Civil, de este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley,

AVISA: Que por resolución de este Juzgado, de las diez horas con quince minutos del día veintitrés de los corrientes, se declararon herederas expresamente y con benefi cio de inventario de la herencia intestada que al fallecer a las seis horas y cincuenta y un minutos del día veintiocho de febrero de dos mil cinco, en el Hospital Médico Quirúrgico, de la ciudad de San Salvador, siendo esta Ciudad de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, su último domicilio, dejó el causante José Francisco Escobar Villatoro, conocido por José Francisco Escobar a favor de ESMERALDA ELIZABETH MORENO DE ESCOBAR, conocida por ESMERALDA ELIZABETH MORENO HERNANDEZ y por ESMERALDA ELIZABETH MORENO, quien actúa por sí y en representación de sus menores hijas PATRICIA AZUCENA ESCOBAR MORENO y JEANY ESMERALDA ESCOBAR MORENO, la primera en concepto de cesionaria de los derechos que le correspondían a la señora Francisca Villatoro viuda de Escobar, conocida por Francisca Villatoro, como madre del causante, y además por derecho propio en su calidad de cónyuge, y las menores representadas por su madre, en su concepto de hijas del causante antes relacionado, de conformidad con el Art. 988 No. 1°. y 1699 del Código Civil. Se les confi rió a las aceptantes en el carácter dicho, la administración y representación defi nitiva de los bienes de la indicada sucesión.-

Librado en el Juzgado de lo Civil: Santa Rosa de Lima, a las diez horas del día veintisiete de septiembre de dos mil cinco.- Lic. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. MARINA CON-CEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ, SECRETARIO.

1 v. No. F021835

MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA, JUEZ

SEGUNDO DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL.-

AVISA: Que por resolución de las nueve horas y quince minutos del

día veintiuno de septiembre del dos mil cinco, se ha declarado heredera

expresamente con benefi cio de inventario de la herencia intestada que

a su defunción dejó el señor GUILLERMO FUENTES, quien falleció a

las quince horas del día cuatro de Octubre del dos mil uno, en el Cantón

El Jute, de esta jurisdicción, departamento de San Miguel, siendo éste

su último domicilio a la señora EMERITA AMAYA DE FUENTES,

en calidad de cónyuge sobreviviente del causante y se le ha conferido a

la heredera declarada en el carácter antes indicado la administración y

representación defi nitiva de la sucesión.-

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.-

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las

nueve horas y quince minutos del día veintiuno de Septiembre del dos

mil cinco.- Dra. MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA,

JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL. Licda. MARTA DOLORES COREAS,

SECRETARIA.

1 v. No. F021881

MIGUEL ANGEL JUAREZ. Notario, de este domicilio, con ofi cina en

Trece Calle Poniente, número ciento cuarenta y tres, local número cinco,

de esta ciudad, al público

HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas de este

día, se ha declarado heredero con benefi cio de inventario al señor JOSE

ALFREDO GONZALEZ, conocido por JOSE ALFREDO GONZALEZ

LINO, en concepto de hijo, por la herencia intestada que a su defunción

ocurrida el día veintinueve de diciembre de dos mil dos dejó la señora

HERMINIA GONZALEZ, quien fue de ochenta y un años de edad,

de ofi cios domésticos, de nacionalidad Salvadoreña, originaria de San

Vicente y vecina de San Salvador, su último domicilio, soltera, hija de

los señores Sebastián Córdova Ramos y de Susana González, ambos

ya fallecidos, habiéndosele conferido al heredero la administración y

representación defi nitiva de la sucesión.

San Salvador, diecisiete de octubre de dos mil cinco.

Lic. MIGUEL ANGEL JUAREZ,

NOTARIO.

1 v. No. F021883

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56 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

LUIS ALONSO AYALA LOPEZ, Notario, de este domicilio y de Santa

Tecla, ambos en el Departamento de La Libertad, con despacho notarial

ubicado en Kilómetro veinticuatro y medio, carretera que de Sonsonate

conduce a San Salvador, Colonia El Progreso, Lourdes Colón, Depar-

tamento de La Libertad,

HACE SABER: Que por resolución del Suscrito Notario, proveída

a las nueve horas con quince minutos del día dieciséis de Septiembre

del corriente año, se ha declarado a las señoras NURIA ARACELY

BENITEZ AMAYA y DELMY IDALIA BENITEZ DE GONZALEZ

O DELMI IDALIA BENITEZ AMAYA, Herederas Defi nitivas con

Benefi cio de Inventario de los Bienes que a su defunción ocurrida en

su casa de Habitación, ubicada en Cantón Lourdes Colonia El Progreso,

Colón, Departamento de La Libertad, el día veinte de Abril del año

dos mil cuatro, siendo Colón, Departamento de La Libertad, su último

domicilio, dejó el señor ANGEL ERNESTO BENITEZ REYEZ, en

su concepto de Herederas Testamentarias; habiéndoles concedido la

Representación y Administración Defi nitiva de referida Sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en Lourdes Ciudad Colón, Departamento de La Libertad,

a los diecisiete días del mes de septiembre del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO AYALA LOPEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F021894

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA

TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a

las quince horas quince minutos del día doce de septiembre del presente

año, se han declarado herederos abintestato, con benefi cio de inventario,

de los bienes dejados a su defunción por el causante MOISES DE ASIS

FLORES conocido por MOISES DE ASIS y por MOISES DIACIS

FLORES, ocurrida el día dieciséis de agosto de dos mil cuatro, en

Cantón Lourdes, jurisdicción de Colón, lugar de su último domicilio,

a los señores NELSON MOISES PORTILLO DE ASIS y YOLANDA

DEL CARMEN PORTILLO DE ASIS, en calidad de hijos del causan-

te; y se ha conferido a los herederos declarados, la administración y la

representación defi nitivas de la sucesión.-

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las nueve horas

cuarenta minutos del día veintitrés de septiembre de dos mil cinco. Lic.

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Br. KARINA

VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETARIO.

1 v. No. F021895

LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO,

JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE

CHINAMECA,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado

a las nueve horas del día seis de octubre del corriente año; se declaró

heredera defi nitiva y con benefi cio de inventario, la herencia intestada

que al fallecer dejó la causante señora JESUS VELASQUEZ DE CAS-

TILLO, conocida por JESUS VELASQUEZ, fallecida a las cinco horas

y treinta minutos del día diez de noviembre de mil novecientos ochenta

y ocho, en el Cantón San Francisco, jurisdicción de Lolotique, de este

distrito, departamento de San Miguel, siendo aquella ciudad su último

domicilio; a la señora Alicia Angélica Castillo de Rodríguez, conocida

por Alicia Angélica Castillo Velásquez en calidad de hija de la causante.

Confi érase a la heredera declarada la administración y representación

defi nitiva de la sucesión de que se trata.

Publíquese el edicto de ley.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos

legales.-

LIBRADO en el Juzgado de Primera Instancia: Chinameca, a las

nueve horas con quince minutos del día seis de octubre del año dos mil

cinco.- Licda. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ

DE PRIMERA INSTANCIA. Br. ROSALIA DE JESUS PACHECO,

SECRETARIA.

1 v. No. F021905

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

AVISA: Que por resolución proveída este día, a las ocho horas y

diez minutos, los señores GONZALO GUZMAN CABRERA y MARIA

SILVESTRE GUZMAN DE HERNANDEZ, han sido declarados he-

rederos defi nitivos, con benefi cio de inventario en la herencia intestada

que dejó la señora JULIA ELENA CABRERA conocida por JULIA

ELENA CABRERA MONTOYA, JULIA ELENA MONTOYA CA-

BRERA y por ELENA JULIA CABRERA MONTOYA, quien falleció

el día veintitrés de octubre de mil novecientos cuarenta y cinco, en el

Barrio La Cruz de la ciudad de Conchagua, su último domicilio, en

calidad de hijos sobrevivientes de la causante; y se les ha conferido a

los herederos declarados la administración y representación defi nitivas

de la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los veintinueve días

del mes de septiembre de dos mil cinco. Lic. ROGELIO HUMBERTO

ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Br. JORGE ALBERTO

PEREZ, SECRETARIO.

1 v. No. F021907

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57DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005.

LUCIA DEL CARMEN ZELAYA DE SOTO, Notario, de este domicilio, con Ofi cina en Séptima Avenida Norte, Edifi cio Dos-C, local número Ocho, Centro de Gobierno, al Público para los efectos de Ley,

AVISA: Que por resolución de las nueve horas del día diez de Octubre del año dos mil cinco, se ha declarado Heredera Defi nitiva, con benefi cio de inventario, de la herencia Intestada que a su defunción ocurrida a las dieciocho horas con quince minutos del día cuatro de Abril de mil novecientos noventa y tres, en el Hospital Militar de la ciudad de San Salvador; dejó el señor ANGEL ANTONIO CERNA CASTILLO, quien fue de cincuenta y un años de edad, Motorista, Casado, originario de Candelaria de la Frontera, departamento de Santa Ana, del domicilio de Soyapango, siendo esa ciudad, su último domicilio; a la señora MA-RIA ISABEL HERNANDEZ viuda de CERNA, conocida por MARIA ISABEL HERNANDEZ.- Confi éresele a la Heredera Declarada la Administración y Representación Defi nitiva de la Sucesión.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

San Salvador, a los diecisiete días del mes de Octubre del año dos mil cinco.

Licda. LUCIA DEL CARMEN ZELAYA DE SOTO,ABOGADO Y NOTARIO.

1 v. No. F021938

MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-TRITO,

AVISA: Que por resolución de este Juzgado de las diez horas del día nueve de los corrientes, ha sido declarado heredero abintestato con benefi cio de inventario, de la herencia dejada por la señora LEONOR RAMIREZ, quien fue conocida por Leonor García, Leonor Ramírez de García y por Leonor García de García, fallecida el día nueve de Julio del año dos mil uno, en la población de Santa Catarina Masahuat su último domicilio, al señor SANTIAGO GARCIA en concepto de hijo de la causante.

Y se ha conferido al heredero declarado la administración y repre-sentación defi nitivas de la sucesión.

JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las ocho horas cincuenta minutos del día veintidós de Agosto del dos mil cinco. Dr. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.

1 v. No. F021966

YOLANDA ELIZABETH ZELAYA DE HERNÁNDEZ, Notario, del domicilio de la ciudad de Usulután, con Ofi cina en la Sexta Calle Poniente y Avenida Guandique N° 21 de dicha ciudad, AL PÚBLICO, para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución proveída por la suscrita, a las diecisiete horas del día veintidós de septiembre del presente año, se ha declarado HEREDERA DEFINITIVA CON BENEFICIO DE INVENTARIO, a la señora LISSETH CHAVEZ DE RIVERA, cono-cida por LISSETH CHÁVEZ, representada en estas diligencias por su apoderado licenciado Marcos Antonio Vela Arguera, en concepto de hija sobreviviente de la señora MARÍA AMANDA CHAVEZ, conocida por MARÍA AMANDA GUERRERO CHÁVEZ, MARÍA AMANDA GUE-RRERO y MARÍA AMANDA CHÁVEZ GUERRERO; quien falleció a las once horas del día tres de agosto de mil novecientos noventa y nueve en el Barrio Las Flores de la ciudad de Jiquilisco, a consecuencia de hemorragia interna, con asistencia médica, siendo su último domicilio la ciudad de Jiquilisco; habiéndosele conferido a la heredera declarada la administración y representación defi nitiva de la Sucesión.-

Librado en la ciudad de Usulután, a las ocho horas y treinta minutos del día veinticinco de septiembre del año dos mil cinco.-

YOLANDA ELIZABETH ZELAYA DE HERNANDEZ,NOTARIO.

1 v. No. F021992

MIGUEL PALACIOS RODRIGUEZ, Notario, de este domicilio, con Ofi cina Notarial situada en Once Calle Oriente Número ciento Cuarenta y Tres, de esta ciudad, AL PUBLICO,

HACE SABER: Que por resolución proveída por el Suscrito Notario en esta ciudad, a las nueve horas del día veinte de Septiembre del dos mil cinco, en las Diligencias de Aceptación de Herencia de los Bienes que a su defunción dejó la Señora MIRIAN FLORES MEZA, quien fue de cincuenta y cinco años de edad, en Avenida Cuba, Pasaje Letona, Número ciento doce de esta ciudad, su último domicilio, ha sido declarado HEREDERO DEFINITIVO con Benefi cio de Inventario, en la Sucesión equivalente al TREINTA Y TRES PUNTO TREINTA Y TRES POR CIENTO de un inmueble situado en Calle San Martín, Número setecientos Veintiuno, Barrio San Jacinto de esta ciudad, de la mencionada Causante, el Señor CARLOS AMILCAR ORELLANA conocido por CARLOS AMILCAR ORELLANA RAFUL, de setenta y siete años de edad, Empleado, de este domicilio, en su calidad de CESIONARIO de los Derechos Hereditarios de los Señores HAROLD RENE y JOSE LUIS ambos de Apellido BARILLAS FLORES, quienes son mayores de edad, Estudiante y Empleado, respectivamente, ambos de este domicilio, quienes son hijos sobrevivientes de la Causante Señora MIRIAN FLORES MEZA, y se le confi ere la ADMINISTRACION Y REPRESENTACION en forma DEFINITIVA de la mencionada Suce-sión.

Lo que se hace saber al público para los efectos consiguientes.

San Salvador, 18 de Octubre del dos mil cinco.

Dr. MIGUEL PALACIOS RODRIGUEZ,NOTARIO.

1 v. No. F021993

FERNANDO RAMON JARQUIN ROMERO, Notario, de este domici-lio, con Ofi cina Notarial situada en Once Calle Oriente Número Ciento Cuarenta y Tres, Edifi cio Victoria, de esta ciudad, al PUBLICO,

HACE SABER: Que por resolución proveída a las diez horas del día veintiocho de Septiembre del dos mil cinco, se ha tenido por acep-tada expresamente con Benefi cio de Inventario, en las Diligencias de Aceptación de Herencia de los Bienes que a su defunción dejó el Señor GUILLERMO REYES CONTRERAS conocido por GUILLERMO REYES, quien fue de noventa y tres años de edad, Agricultor, quien falleció el día siete de mayo del presente año, en esta ciudad, su último domicilio, ha sido declarada HEREDERA DEFINITIVA con Benefi cio de Inventario en la Sucesión Testamentaria del mencionado Causante, a la Señora BLANCA ARGENTINA REYES DE PALACIOS, quien es mayor de edad, Secretaria de este domicilio, en su calidad de Hija Sobreviviente del Causante y se le confi ere la Administración y Repre-sentación en forma DEFINITIVA de la mencionada Sucesión.

Lo que se avisa al público para los efectos legales consiguientes.

San Salvador, 17 de Octubre del dos mil cinco.

Lic. FERNANDO RAMON JARQUIN ROMERO,NOTARIO.

1 v. No. F021994

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58 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

BALBINO FEDERICO ESCOBAR HERRERA, Notario, del domicilio de la ciudad de San Miguel, con ofi cina situada sobre la Primera Avenida Norte número cuatrocientos dos, de la ciudad de San Miguel.- Al público para los efectos de Ley,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario proveída a las catorce horas del día siete del mes de octubre del corriente año, se ha declarado al señor NELSON UDIEL ARRIAZA ABARCA, heredero defi nitivo con benefi cio de inventario, de los bienes que a su defunción en el Cantón Lourdes, Municipio de Colón, departamento de La Libertad, a las once horas del día VEINTICUATRO DE DICIEMBRE DEL DOS MIL UNO, dejó la señora MARTINA ISABEL DURAN ABARCA, en su concepto de nieto sobreviviente de la de cujus, quien a la fecha de su muerte era de setenta y tres años de edad, Soltera, de ofi cios domésticos, originaria de San Sebastián, del último domicilio de Candelaria de la Frontera, departamento de Santa Ana, Salvadoreña por nacimiento, hija de los señores VICENTE ABARCA y de ISABEL DURAN; habiéndosele conferido la representación y administración defi nitiva de la referida sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en la ciudad de San Miguel, a los diez días del mes de octubre del dos mil cinco.

BALBINO FEDERICO ESCOBAR HERRERA,

NOTARIO.

1 v. No. F021999

EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL,

AVISA: Que por resolución de las once horas y cincuenta minutos del día cuatro de octubre de dos mil cinco, se ha declarado heredero defi nitivo con benefi cio de inventario, de la herencia intestada que a su defunción dejó la señora LIDIA DE JESUS ASCENCIO conocida por LIDIA ASCENCIO, fallecida a las seis horas del día trece de mayo de mil novecientos setenta y dos, en esta ciudad, lugar de su último domicilio, al señor LUIS ANTONIO RUBIO VELASQUEZ, como cesionario de los derechos hereditarios que les correspondía a los señores ROBERTO ASCENCIO ZELAYA conocido por ROBERTO ASCENCIO y MI-RIM ESPERANZA ASCENCIO ALVAREZ conocida por MIRIAM ESPERANZA ASCENCIO y por MIRIAM ASCENCIO, como hijos de la causante; y se ha conferido al heredero declarado en el carácter indicado la administración y representación defi nitiva de la sucesión.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Miguel, a las doce horas del día cuatro de octubre de dos mil cinco. Lic. EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. Lic. GUSTAVO ADOLFO BENITEZ ORELLANA, SECRETARIO INTERINO.

1 v. No. F022001

EVELIO DE JESÚS RÍOS ALFARO, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL,

AVISA: Que por resolución de las once horas y treinta minutos del día veintiocho de septiembre del presente año, se ha declarado Heredera con Benefi cio de Inventario, de la Herencia Intestada, que a su defunción dejó el señor JUAN SERAPIO CALDERON, conocido por JUAN CALDERON, quien falleció a las quince horas y treinta minutos del día treinta y uno de julio del año dos mil, en esta Ciudad; siendo éste el lugar de su último Domicilio; de parte de la señora ROSA CANDIDA CALDERON CALDERON, conocida por ROSA CANDIDA CALDERON, en calidad de hija sobreviviente del causante.-

Confi éresele a la aceptante declarada en el carácter expresado la administración y representación DEFINITIVA de la sucesión.-

Dése el aviso de ley correspondiente, y en su oportunidad extiéndase la certifi cación solicitada.

Lo que se pone a conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Miguel, a las doce horas del día veintiocho de septiembre de dos mil cinco.- Lic. EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. Lic. GUS-TAVO ADOLFO BENITEZ ORELLANA, SECRETARIO INTO.

1 v. No. F022003

EVELIO DE JESÚS RÍOS ALFARO, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL,

AVISA: Que por resolución de las catorce horas y quince minutos del día cuatro de octubre de dos mil cinco; se ha declarado heredero defi nitivo con benefi cio de inventario, de la herencia intestada que a su defunción dejó el señor SALVADOR MOSCOTE MORALES, fallecido a las diez horas del día cinco de marzo de dos mil cinco, en el Hospital del Seguro Social de esta ciudad, siendo esta ciudad el lugar de su últi-mo domicilio, al señor SANTOS CASTRO MOSCOTE, como hijo del causante; y se ha conferido al heredero declarado en el carácter indicado la administración y representación defi nitiva de la sucesión.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Miguel, a las catorce horas y treinta minutos del día cuatro de octubre de dos mil cinco. Lic. EVELIO DE JESÚS RÍOS ALFARO, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. Lic. GUSTAVO ADOLFO BENÍTEZ ORELLANA, SECRETARIO INTERINO.

1 v. No. F022004

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

AVISA: Que por resolución de las doce horas y cuarenta minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente, con benefi cio de inventario, la herencia intestada que dejó el señor JESÚS GONZALEZ HERNANDEZ, conocido por JESÚS GONZALEZ, quien falleció el día diez de Julio del año dos mil cuatro, en la Villa de San José, de este Distrito y Departamento, siendo ese lugar su último domicilio, a la se-ñora SANTOS EMPERATRIZ SALMERON MORENO, en calidad de cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían a los señores: José Joaquín Salmerón González, José Ermis Moreno González y Hugo Arnulfo Salmerón González, en concepto de hijos del causante. Y se le ha conferido a los herederos declarados en tal calidad, la administración y representación defi nitiva de la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los nueve días del mes de Septiembre del dos mil cinco. Lic. ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Br. JORGE ALBERTO PEREZ, SECRETARIO.

1 v. No. F022008

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59DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005.

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

AVISA: Que por resolución proveída este día, a las catorce horas y cinco minutos, la señora ANA MARIA ERLINDA LOZANO VIUDA DE TURCIOS, ha sido declarada heredera defi nitiva, con benefi cio de inventario, en la herencia intestada que dejó el señor GUADALUPE LOZANO, quien falleció el día once de febrero de mil novecientos ochenta y uno; en San Antonio Silva Departamento de La Unión, siendo su último domicilio Bolívar, Departamento de La Unión, en calidad de hija y como cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían a los señores: MANUEL DE JESUS LOZANO CONTRERAS y ANTONIA LOZANO CONTRERAS o ANTONIA LOZANO, éstos en calidad de hijos del causante, y se le ha conferido a la heredera declarada, en tal calidad, la administración y representación defi nitiva de la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los veintitrés días del mes de septiembre del dos mil cinco. Lic. ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Br. JORGE ALBERTO PEREZ, SECRETARIO.

1 v. No. F022009

JOSE ORLANDO HERNANDEZ BUSTAMANTE, JUEZ DE PRIME-RA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

AVISA: Que por resolución de este Juzgado de las ocho horas cuarenta minutos de este día, se han declarado herederas defi nitivas y con benefi cio de inventario a las menores MARTHA LILIAN ESTRADA MELENDEZ y ERIKA ROXANA ESTRADA QUEZADA, en calidad de hijas del causante, por medio de su Apoderado General Judicial con Cláusula Especial Licenciado JOSE MAURICIO SOLANO CORTEZ, de la Herencia Intestada dejada a su defunción por el señor MAURO HUMBERTO ESTRADA, fallecido a las doce horas quince minutos del día veintiséis de Enero del año dos mil cinco, en el Hospital Nacio-nal Rosales de la Ciudad de San Salvador; Confi érese a las declaradas herederas en el concepto indicado la administración y representación defi nitivas de la indicada sucesión.

Lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia, San Juan Opico, a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del día veinticuatro de Agosto del año dos mil cinco.- Licdo. JOSE ORLANDO HERNANDEZ BUSTAMANTE, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Licdo. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES, SECRETARIO.-

1 v. No. F022019

GERMAN ATILIO ANAYA con Ofi cina en Condominio Montemaría Edifi cio “B” local número uno, tercera planta en Primera Calle Poniente Número dos mil novecientos cuatro de esta ciudad,

HACE SABER: Que por resolución pronunciada en esta ciudad a las diez horas del día once de octubre del año dos mil cinco, se ha declarado heredera intestada con benefi cio de inventario en la sucesión del señor CARLOS CIRILO AYALA VALLADARES conocido por CIRILO AYALA y por CARLOS CIRILO AYALA, quien fue de sesenta y un años de edad, Profesor, fallecido en Ciudad Delgado, su

último domicilio, el día cuatro de agosto de mil novecientos noventa y nueve, a la señora ANA MARGARITA VELIS VIUDA DE AYALA, conocida por ANA MARGARITA VELIS, por ANA MARGARITA VELIS ANAYA DE AYALA, por MARGARITA VELIS ANAYA y por MARGARITA VELIS DE AYALA, de sesenta y cuatro años de edad, ofi cios domésticos, del domicilio de Ciudad Delgado en concepto de cónyuge sobreviviente del causante; y además, como cesionaria de los derechos hereditarios que les correspondían en dicha sucesión, a los señores JEANNETTE GUADALUPE AYALA DE ACEITUNO; MARITZA DEL CARMEN AYALA VELIS; y CARLOS ALBERTO AYALA VELIS, como hijos del de cujus habiéndosele conferido la administración y representación defi nitivas de la sucesión.-

Lo que hace del conocimiento del público, para los efectos legales consiguientes.

San Salvador, doce octubre del año dos mil cinco.-

Dr. GERMAN ATILIO ANAYA,

NOTARIO.

1 v. No. F022022

OSCAR ALFONSO TEJADA IBAÑEZ, Notario, con ofi cina en Calle Gabriela Mistral y Veinticinco Avenida Norte Número Novecientos Nueve, San Salvador,

AVISA: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las diez horas del día diez de Septiembre de 2005, se ha declarado a ANA ANGELA HERNANDEZ OLIVA hoy ANA ANGELA CAMPOS, y ROSA CELESTINA HERNANDEZ OLIVA, hoy ROSA CELESTINA GROSSMANN, herederas defi nitivas con benefi cio de inventario, de los bienes que a su defunción ocurrida en los ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA, siendo su último domicilio la Ciudad y Condado de Los Ángeles, Estado de California, el día veinticuatro de noviembre del dos mil cuatro, dejara la señora MARIA LIDIA OLIVA MELARA, también conocida por MARIA LIDIA de HERNANDEZ, en concepto de causante, habiéndoseles concedido la Representación y Administración defi nitiva de los bienes de la referida sucesión.

San Salvador, a los veintiocho días del mes de Septiembre de dos mil cinco.

Lic. OSCAR ALFONSO TEJADA IBAÑEZ,

NOTARIO.

1 v. No. R003871

JOSE ALEJANDRO LOPEZ YANES, Notario, con Ofi cina en Sexta Calle Poniente Número doscientos cinco bis, San Miguel;

HACE SABER: Que por resolución del Suscrito Notario, a las diez horas del día veintiséis de Agosto del dos mil cinco, se ha declarado al señor DOROTEO REYES REYES, heredero defi nitivo con benefi cio de inventario, de los bienes que a su defunción en Anamorós, Departamento de La Unión, su último domicilio, el día cuatro de Julio del año dos

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60 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

mil dos, dejara la señora RUPERTA REYES, conocida por RUPERTA REYES DE REYES, en su concepto de Cónyuge sobreviviente de la mencionada causante; habiéndosele concedido la representación y ad-ministración defi nitiva de la referida sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en San Miguel, a los veinte días del mes de Septiembre del dos mil cinco.

JOSE ALEJANDRO LOPEZ YANES,

NOTARIO.

1 v. No. R003874

JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-CIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE, DEPAR-TAMENTO DE CABAÑAS, AL PÚBLICO PARA LOS DEMAS EFECTOS DE LEY,

AVISA: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las catorce horas de este día, se ha declarado herederas abintestato y con benefi cio de inventario de la herencia intestada de los bienes que a su defunción, acaecida el día dieciocho de enero de dos mil cuatro, en esta ciudad, siendo Sensuntepeque, Departamento de Cabañas su último domicilio; dejó el causante JUAN JOSE ROMERO LAINEZ, quien fue de ochenta y dos años de edad, casado, agricultor, hijo de Raymundo Romero y María Lucía Laínez, originario de Ciudad Dolores, Departamento de Cabañas; a las señoras NOEMI HAYDEE ROMERO, conocida por NOEMY AYDE ROMERO CASTRO, NOEMI HAYDEE ROMERO CASTRO DE RIVAS, NOEMY HAYDEE ROMERO CASTRO DE RIVAS y por NOHEMY HAYDEE ROMERO CASTRO DE RIVAS; y MARIA ANTONIA CASTRO DE ROMERO, hoy VIUDA DE ROMERO, en calidad de hija y cónyuge del causante respectivamente, representadas por el Licenciado CARLOS ALBERTO LOUCEL VALENCIA, como Apoderado General Judicial y Administrativo. Habiéndoseles conferido a las herederas la administración y representación DEFINITIVA de la sucesión.

Lo que avisa al público para los demás efectos de ley.-

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a los diez días del mes de octubre de dos mil cinco. Lic. JOSE ANGEL PO-SADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Br. GLADIS ELIZABETH FLORES DE ALFARO, SECRETARIA.

1 v. No. R003878

FERNANDO RIVERA, Notario, de este domicilio, con Ofi cina en Boulevard Los Héroes y 25 Calle Poniente Condominio Héroes Norte, Local 2-04, Ciudad. AL PÚBLICO PARA EFECTOS DE LEY,

AVISA: Que por resolución de las ocho horas de este día, se han declarado HEREDERAS DEFINITIVAS abintestato, con benefi cio de inventario, a las señoras HILDA ANTONIA MARTINEZ REYES, MARCELINA MARTINEZ, y MARIA LUZ MARTINEZ, de la He-rencia intestada de la causante MARIA MAGDALENA MARTINEZ c/p ELENA MARTINEZ, por MARIA ELENA MARTINEZ y por MAGDALENA MARTINEZ, fallecida en Jurisdicción de Sonsonate, siendo Acajutla su último domicilio, el cinco de mayo del año dos mil

cuatro, en su concepto de hijas y como Cesionarias del derecho heredi-tario que como hijo de la causante correspondía al señor MAGDALENO GARCIA MARTINEZ. Confi érese a las Herederas Declaradas la AD-MINISTRACION Y REPRESENTACION DEFINITIVA DE LA SUCESION. Expídase el testimonio de Ley.

San Salvador, veintisiete de septiembre de dos mil cinco.-

Lic. FERNANDO RIVERA,

NOTARIO.

1 v. No. R003885

FERNANDO RIVERA, Notario, de este domicilio, con Ofi cina en Boulevard Los Héroes y 25 Calle Poniente Condominio Héroes Norte, Local 2-04, Ciudad. AL PÚBLICO PARA EFECTOS DE LEY,

AVISA: Que por resolución de las ocho horas de este día, se ha declarado HEREDERO DEFINITIVO abintestato, con benefi cio de in-ventario, al señor FRANCISCO ANTONIO RODRIGUEZ GOMEZ c/p FRANCISCO ANTONIO GOMEZ y por FRANCISCO RODRIGUEZ, de la Herencia intestada del causante JOSE ABEL RODRIGUEZ RODRIGUEZ c/p JOSE ABEL GOMEZ RODRIUEZ, y por JOSE ABEL RODRIGUEZ, fallecido en la Ciudad de San Salvador, siendo San Martín su último domicilio, el dos de noviembre de mil novecientos noventa y nueve, en su concepto de padre y como Cesionario del dere-cho hereditario que como madre del causante correspondía a la señora MARIA OVIDIA RODRIGUEZ c/p OVIDIA RODRIGUEZ. Confi érese al Heredero Declarado la ADMINISTRACION Y REPRESENTACION DEFINITIVA DE LA SUCESION. Expídase el testimonio de Ley.

San Salvador, veintiséis de septiembre de dos mil cinco.

Lic. FERNANDO RIVERA,

NOTARIO.

1 v. No. R003886

FERNANDO RIVERA, Notario, de este domicilio, con Ofi cina en Boulevard Los Héroes y 25 Calle Poniente Condominio Héroes Norte, Local 2-04, Ciudad. AL PÚBLICO PARA EFECTOS DE LEY,

AVISA: Que por resolución de las ocho horas de este día, se ha decla-rado HEREDERO DEFINITIVO abintestato, con benefi cio de inventario, al señor JOSE LUIS VALDEZ CHAVEZ c/p JOSE LUIS CHAVEZ, de la Herencia Intestada del causante JOSE ANTONIO VALDEZ c/p JOSE ANTONIO HERNANDEZ, fallecido en San Salvador, su último domicilio, el veintisiete de diciembre de mil novecientos noventa y ocho, en su concepto de hijo y como Cesionario del derecho hereditario que les correspondía a las señoras ROSA CHAVEZ VIUDA DE VALDEZ c/p ROSA CHAVEZ MOLINA y por ROSA CHAVEZ, y MARTHA ANARDA VALDEZ CHAVEZ, como esposa e hija del causante, en su orden. Confi érese al Heredero Declarado la ADMINISTRACION Y REPRESENTACION DEFINITIVA DE LA SUCESION. Expídase el testimonio de Ley.

San Salvador, veintiocho de septiembre de dos mil cinco.-

Lic. FERNANDO RIVERA,

NOTARIO.

1 v. No. R003887

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61DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005.

FERNANDO RIVERA, Notario, de este domicilio, con Ofi cina en Bu-

levar Los Héroes y 25 Calle Poniente Condominio Héroes Norte, local

2-04, Ciudad. AL PUBLICO PARA EFECTOS DE LEY,

AVISA: Que por resolución de las ocho horas diez minutos de

este día, se han declarado HEREDEROS DEFINITIVOS abintestatos,

con benefi cio de inventario, a los señores: VICENTE ARGUETA, y

ANTONIA ARGUETA, de la herencia intestada de la causante MARIA

JULIA ARGUETA c/p JULIA ARGUETA DE VALLADARES y por

JULIA ARGUETA, fallecida en la Ciudad de Mejicanos, su último

domicilio, el treinta de mayo del dos mil tres, en su concepto de hijos y

como Cesionarios del derecho hereditario que como hija de la causante,

correspondía a la señora CARMEN ARGUETA. Confi érese a los He-

rederos Declarados la ADMINISTRACION Y REPRESENTACION

DEFINITIVA DE LA SUCESION. Expídase el testimonio de Ley.

San Salvador, veintidós de septiembre de dos mil cinco.

Lic. FERNANDO RIVERA,

NOTARIO.

1 v. No. R003888

FERNANDO RIVERA, Notario, de este domicilio, con Ofi cina en Bu-

levar Los Héroes y 25 Calle Poniente Condominio Héroes Norte, local

2-04, Ciudad. AL PUBLICO PARA EFECTOS DE LEY,

AVISA: Que por resolución de las ocho horas de este día, se han

declarado HEREDEROS DEFINITIVOS abintestato, con benefi cio de

inventario, a los señores ISAIAS ALBERTO BELTRAN conocido por

ISAIAS ALBERTO y BENJAMIN ALBERTO BELTRAN conocido

por BENJAMIN ALBERTO de la Herencia intestada del causante JUAN

ANTONIO ALBERTO conocido por ANTONIO ALBERTO, fallecido

en Mejicanos, su último domicilio, el diecinueve de octubre de mil

novecientos noventa y cinco, en su concepto de Hijos. Confi érese a los

Herederos Declarados la ADMINISTRACION Y REPRESENTACION

DEFINITIVA DE LA SUCESION. Expídase el testimonio de Ley.

San Salvador, veintitrés de septiembre de dos mil cinco.

Lic. FERNANDO RIVERA,

NOTARIO.

1 v. No. R003889

FERNANDO RIVERA, Notario, de este domicilio, con Ofi cina en Bulevar

Los Héroes y 25 Calle Poniente Condominio Héroes Norte, local 2-04,

Ciudad. AL PUBLICO PARA EFECTOS DE LEY,

AVISA: Que por resolución de las ocho horas de este día, se ha

declarado HEREDERO DEFINITIVO abintestato, con benefi cio de in-

ventario, al señor SERGIO DE JESUS PORTILLO ORTIZ conocido por

SERGIO DE JESUS PORTILLO, de la Herencia intestada del causante

PABLO PORTILLO MEMBREÑO conocido por PABLO PORTILLO,

fallecido en el Barrio El Centro de la Ciudad de Guatajiagua, lugar de su

último domicilio, el dieciocho de noviembre del dos mil, en su concepto

de hijo del causante. Confi érese al Heredero Declarado la ADMINIS-

TRACION Y REPRESENTACION DEFINITIVA DE LA SUCESION.

Expídase el testimonio de Ley.

San Salvador, veinticuatro de septiembre de dos mil cinco.

Lic. FERNANDO RIVERA,

NOTARIO.

1 v. No. R003890

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este distrito judicial, al

público para los efectos de ley;

HACE SABER: Que por resolución de las once horas y cuarenta

minutos del día ocho de este mes, se ha declarado a la señora ANA ELSI

MIRA CORNEJO, heredera intestada con benefi cio de inventario de los

bienes dejados por el señor LADISLAO MIRA HERNANDEZ o LADIS-

LAO MIRA, que falleció el día once de enero del año dos mil tres, en el

Hospital Santa Teresa de esta ciudad, su último domicilio, en concepto

de hija del causante, y como cesionaria de los derechos hereditarios que

le correspondían a la señora MARIA TOMASA CORNEJO conocida

por TOMASA CORNEJO FLAMENCO o por MARIA TOMASA

CORNEJO FLAMENCO o MARIA TOMASA CORNEJO VIUDA

DE MIRA, como cónyuge del referido causante; y se ha conferido a la

heredera que se declara, la administración y representación defi nitivas

de la sucesión.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, veintinueve de agosto

del año dos mil cinco. - Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO

CIVIL. - JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.

1 v. No. R003895

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62 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este distrito judicial, al

público para los efectos de ley;

HACE SABER: Que por resolución de las doce horas y cincuenta

minutos del día ocho de este mes, se ha declarado a la señora MARIANA

ROSALES, heredera benefi ciaria e intestada de los bienes dejados a su

defunción por el causante ANACLETO RUIZ OSTORGA conocido

por ANACLETO OSTORGA RUIZ, quien falleció el día veintidós de

diciembre de mil novecientos ochenta y siete, en el Cantón Las Isletas

de esta jurisdicción, siendo éste su último domicilio, en concepto de

cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían al señor

JOSE RAMON ROSALES OSTORGA, en concepto de hijo del mismo

fi nado; y se ha conferido a la heredera que se declara, en el carácter ante-

riormente mencionado, la administración, y la representación defi nitivas

de la sucesión.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, veintinueve de agosto

del año dos mil cinco. Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO

CIVIL. - JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.

1 v. No. R003896

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este distrito judicial, al

público para los efectos de ley;

HACE SABER: Que por resolución de las quince horas y treinta

minutos del día dieciocho de agosto de este año, se ha declarado a la señora

RAFAELA MINERO VIUDA DE RAMIREZ o RAFAELA MINERO,

heredera benefi ciaria e intestada de los bienes dejados a su defunción

por el causante FIDEL ANTONIO RAMIREZ conocido por FIDEL

ANTONIO RAMIRES, FIDEL RAMIRES y por FIDEL RAMIREZ,

quien falleció el día veinte de septiembre del año dos mil dos, en el

Barrio Guadalupe de San Luis La Herradura, su último domicilio, en

concepto de cónyuge sobreviviente del causante y como cesionaria de

los derechos hereditarios que les correspondían a los señores MARINA

SOLEDAD RAMIRES MINERO o MARINA SOLEDAD RAMIREZ

o MARINA SOLEDAD CABRERA, FIDEL RAMIREZ MINERO y

JUAN NAPOLEON RAMIREZ MINERO, hijos del causante; y se ha

conferido al heredero que se declara, en el carácter anteriormente men-

cionado, la administración, y representación defi nitiva de la sucesión.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, veintiuno de septiembre

del año dos mil cinco. Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO

CIVIL. - JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.

1 v. No. R003897

JOAQUIN ENRIQUE RIVERA LARIOS, Notario, del domicilio de

esta ciudad,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito proveída a las nueve

horas del día veintiséis de septiembre de dos mil cinco, se ha declarado

HEREDERO DEFINITIVO ABINTESTATO, con benefi cio de inven-

tario de la señora JULIA AREVALO DE AMAYA, quien falleció el día

catorce de mayo del año dos mil dos, en la ciudad de Sensuntepeque,

Departamento de Cabañas, siendo esa ciudad su último domicilio; al

señor JUAN JOSÉ AMAYA, en su calidad de cónyuge sobreviviente

de la causante, confi riéndosele al heredero declarado la representación

y administración defi nitiva de la sucesión.

Por lo que se le avisa al publico para los efectos de ley.

Librado en mi Ofi cina Jurídica, sobre Calle Francisco Menéndez,

número 192, Barrio Candelaria, ciudad de San Salvador, veintisiete de

septiembre de dos mil cinco.

Lic. JOAQUIN ENRIQUE RIVERA LARIOS,

ABOGADO Y NOTARIO.

1 v. No. R003902

JOAQUIN ENRIQUE RIVERA LARIOS, Notario, del domicilio de

esta ciudad,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito, proveída a las diez

horas del día siete de octubre de dos mil cinco, se ha declarado HERE-

DERA DEFINITIVA ABINTESTATO, con benefi cio de inventario del

señor PEDRO JUVENTINO HERNANDEZ DÍAZ, quien falleció el día

seis de julio del año dos mil cinco, en Sensuntepeque, Departamento de

Cabañas, siendo esa ciudad su último domicilio; a la señora LORENA

YANETH MORALES DE HERNANDEZ, en su calidad de cónyuge

sobreviviente del causante, confi riéndosele a la heredera declarada la

representación y administración defi nitiva de la sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en mi Ofi cina Jurídica, sobre Calle Francisco Menéndez,

número 192, Barrio Candelaria, ciudad de San Salvador, el día ocho de

octubre de dos mil cinco.

Lic. JOAQUIN ENRIQUE RIVERA LARIOS,

ABOGADO Y NOTARIO.

1 v. No. R003903

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63DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005.

ACEPTACION DE HERENCIA

HERNAN ALBERTO LOPEZ SILVA, Notario, de este domicilio, con Ofi cina de Notariado situada en la Segunda Avenida Sur tres- siete, en esta ciudad, al público, para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución proveída por el Suscrito Notario, a las diez horas de este mismo día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la Herencia Intestada que a su defunción ocurrida a las quince horas y veinte minutos del día doce de mayo de dos mil cinco, en el Cantón San Antonio, del Municipio de Jujutla, Departamento de Ahuachapán, su último domicilio, dejó el señor JOSE PETRONILO ARDON CARVAJAL, conocido por JOSE PETRONILO ARDON, de parte de los señores RIGOBERTO ARDON LOPEZ, JUANA ESPERANZA ARDON DE GRANADOS, JOSE AN-TONIO ARDON LOPEZ, JOSE PETRONILO ARDON LOPEZ, ROSA AMERICA ARDON DE CALDERON y JOSE SAUL ARDON LOPEZ, como HIJOS del causante: habiéndoseles nombrado administradores y representantes interinos de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en la Ofi cina de Notariado del Doctor Hernán Alberto López Silva: Ahuachapán, a los tres días del mes de octubre de dos mil cinco.-

HERNAN ALBERTO LOPEZ SILVA,

NOTARIO.

1 v. No. F021823

LUIS ALONSO AYALA LOPEZ, Notario, de este domicilio y de Santa Tecla, con Ofi cinas Profesionales Ubicadas en Kilómetro veinticuatro y medio, carretera que de Sonsonate conduce a San Salvador, Colonia El Progreso, Lourdes Colón, Departamento de La Libertad,

HACE SABER: Que por resolución del Suscrito Notario, proveída en este mismo lugar, a las quince horas con cuarenta y cinco minutos del día veintiséis de septiembre del año dos mil cinco, se ha tenido por aceptada expresamente y con Benefi cio de Inventario, la Herencia Intestada que a su defunción, ocurrida en el Hospital de Especialidades, de la Ciudad de San Salvador, el día catorce de mayo del año dos mil cuatro, siendo Colón, Departamento de La Libertad, su último domicilio, dejó el señor JOSE ANTONIO ESCOBAR GARCIA o JOSE ANTO-NIO ESCOBAR, de parte de CLAUDIA VERONICA GUTIERREZ DE MEJIA, DOUGLAS ANTONIO GUTIERREZ ESCOBAR y CARLOS MAURICIO GUTIERREZ ESCOBAR, los dos últimos representados por la Apoderada Especial señora CLAUDIA VERONICA GUTIERREZ DE MEJIA, en su concepto de hijos del causante, habiéndoseles conferido la Administración y Representación Interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente. En consecuencia por este medio se cita a todos los que se crean con derechos a la referida Herencia, para que se presenten a esta ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.

Librado en la ofi cina del Notario LUIS ALONSO AYALA LOPEZ. En Lourdes Ciudad Colón, Departamento de La Libertad, a las dieciséis horas del día veintiséis de septiembre del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO AYALA LOPEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F021897

GERMAN ATILIO ANAYA, con ofi cina en Condominio Montemaría, Edifi cio “B”, local número uno, tercera planta, en Primera Calle Poniente número dos mil novecientos cuatro, de esta ciudad,

HACE SABER: Que por resolución pronunciada en esta ciudad, a las quince horas del día treinta de septiembre del año en curso, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada del señor NAPOLEON GONZALEZ, quien fue de sesenta y nueve años de edad, comerciante, fallecido en la ciudad de Soyapango, su último domicilio, el día diecisiete de julio del año dos mil tres, de parte del señor MAURICIO ALFARO GONZALEZ, conocido por MAURICIO ALFARO, de treinta y nueve años de edad, Doctor en Medicina y del domicilio de Armenia, en concepto de cesionario de los derechos hereditarios que en dicha sucesión, les correspondían a los señores EVER ISAAC GONZALEZ PERDOMO y SABRINA GONZALEZ PERDOMO, como hijos del causante, a quien se le ha conferido la administración y representación legal de dicha sucesión, en forma interina, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-

Lo que hace del conocimiento del público, para los efectos legales consiguientes.

San Salvador, diez de octubre del año dos mil cinco.

Dr. GERMAN ATILIO ANAYA,

NOTARIO.

1 v. No. F022025

JOSE ALONSO GODOY COLOCHO, Notario del domicilio de Chalchuapa, con ofi cina situada en Primera Calle Oriente número Veintidós de esta ciudad, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución dictada a las catorce horas del día doce de agosto del año dos mil cinco, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la Herencia Testamentaria de la señora CELESTINA ASCENCIO hoy VIUDA DE ORTIZ, quien falleció en la ciudad de Pacífi ca, Estado de California, Estados Unidos de América, a las diez horas del día veintisiete de julio del año mil nove-cientos noventa y seis, habiendo sido esa ciudad, su último domicilio, de parte del Licenciado Mario Orlando Ibañez Flores, quien gestiona en su carácter de Apoderado General Judicial de la señora DORA CRISTINA CARRILLO DE MENENDEZ conocida por DORA CRISTINA CA-RRILLO ASCENCIO DE MENENDEZ, como heredera testamentaria de la mencionada causante, y se le han conferido la administración y representación interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a los que se crean con derecho a la referida herencia para que se presenten a mi Ofi cina Profesional a hacer uso de sus derechos en el término legal correspondiente.

Librado en la Ofi cina del suscrito, en la ciudad de Chalchuapa, a las diecisiete horas del día Dieciséis de agosto del año dos mil cinco.

Lic. JOSE ALONSO GODOY COLOCHO,

NOTARIO.

1 v. No. R003899

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64 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

ROSA MARIA ESCOBAR, Notario de este domicilio, con ofi cina situada en Calle Los Cedros número ciento seis, Urbanización Buenos Aires número uno, ciudad,

HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las once horas del día seis de septiembre del año en curso, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte de la señora LUCIA OLGA MORALES y de la señorita OLGA GRACIELA MARTINEZ MORALES, la herencia testamentaria que a su defunción dejó la seño-ra ROSELIA BERNARDINA MORALES DE GUEVARA, conocida por ROSELIA BERNARDINA MORALES VASQUEZ, ROSELIA BERNARDINA MORALES y GRACIELA MORALES, en calidad de cesionarias de los derechos hereditarios que en la sucesión correspon-dían al señor Walter Vladimir Guevara Morales, heredero testamentario de dicha causante.- La señora ROSELIA BERNARDINA MORALES DE GUEVARA conocida por ROSELIA BERNARDINA MORALES VÁSQUEZ, ROSELIA BERNARDINA MORALES y GRACIELA MORALES, fue de setenta y cinco años de edad, de Ofi cios Domésti-cos, del domicilio de ciudad Delgado y falleció en dicha ciudad el trece de mayo del año en curso, habiéndosele conferido a las aceptantes la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-

Lo que se avisa al público para los efectos de ley.-

Librado en San Salvador, a los catorce días del mes de septiembre del año dos mil cinco.

ROSA MARIA ESCOBAR,

NOTARIO.

1 v. No. R003900

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas y veinticinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventario la herencia intestada que dejó el señor PASTOR ORTIZ, quien falleció el día veintinueve de abril de mil novecientos ochenta y cuatro, en el Barrio El Centro de la ciudad de San Alejo, siendo ese lugar su último domicilio, de parte de la señora SUSANA CONTRERAS VIUDA DE ORTIZ conocida por SUSANA CONTRERAS, en concepto de cónyuge sobreviviente del causante; confi riéndole a dicha señora en el concepto mencionado la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se cita a quien se consideren con derecho en la sucesión, para que en el término de Ley después de la tercera publicación de este cartel lo demuestren en este Juzgado.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los veinticinco días del mes de julio de dos mil cinco. - Lic. ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. - Br. JORGE ALBERTO PEREZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F021796-1

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas y cinco mi-nutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventario la herencia intestada que dejó el señor JUAN PABLO GOMEZ conocido por JUAN PABLO GOMEZ PEÑA, quien falleció el día uno de enero del dos mil uno, en el caserío El Farito del Cantón El Faro, de la Jurisdicción de Conchagua, Departamento de La Unión, siendo ese lugar su último domicilio, de parte del señor LUIS ALONSO PEÑA, en calidad de padre del causante. Confi riéndole a dicho aceptante en el carácter indicado, la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para que en el término de Ley, después de la tercera publicación de este cartel lo demuestren en este Juzgado.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los siete días del mes de octubre del dos mil cuatro. - Lic. ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. - Br. JORGE ALBERTO PEREZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F021798-1

LICENCIADO SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TER-CERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado este mismo día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida el día trece de mayo del año dos mil cuatro, en esta ciudad, lugar de su último domicilio dejó la señora MARIA ISABEL VALENCIA, de parte de BERTA LUZ PRIETO DE ALEGRÍA, hija de la causante, confi riéndosele INTERINAMENTE la administración y representación de la mortual expresada con las facultades y restricciones de ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: Santa Ana, a las doce horas del día siete de septiembre del año dos mil cinco. - Lic. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL. - Licda. MARISOL DEL CARMEN LEMUS DE GARCIA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F021815-1

Lic. Angel Albino Alvarenga, Juez de lo Civil, de este Distrito Judicial, al público para los efectos legales,

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las nueve horas del día dieciséis de agosto de dos mil cinco.- Se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia testamentaria que al fallecer el día tres de abril de mil novecientos noventa y nueve, siendo el Barrio El Recreo, de esta ciudad, Departamento de La Unión, su último domicilio dejó la causante VICTORIA FLORES DE RUBIO, de parte de la señora Victoria Yesenia Rubio de Medrano, en concepto de hija de la referida causante, de conformidad con el Artículo 988 No. 1º y como heredera testamentaria de conformidad con el Artículo 953 C.C. Se le confi ere a la heredera declarada en el carácter dicho la administración y representación INTERINA de los bienes de la indicada sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Extiéndase para sus publicaciones los edictos respectivos.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Santa Rosa de Lima, a los die-ciocho días del mes de agosto de dos mil cinco. - Lic. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL. - Licda. MARINA CONCEPCION MARTINEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F021839-1

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65DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005.

Ángel Albino Alvarenga, Juez de lo Civil del Distrito Judicial de Santa Rosa de Lima, departamento de La Unión; al público para los efectos de ley

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las diez horas y cinco minutos del día veintidós del corriente mes; se tuvo por aceptada expresamente, y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que al fallecer en la fecha del treinta de mayo de dos mil cin-co, siendo Cantón Terreritos, Jurisdicción de Anamorós, departamento de La Unión, su último domicilio, dejó el causante señor ALEJANDRO GUTIERREZ conocido por ALEJANDRO GUTIERREZ SORTO, a favor del señor CLOVIS GUTIERREZ HERNANDEZ, conocido por CLOVIS GUTIERREZ, en concepto de hijo sobreviviente del causante antes relacionado.

En consecuencia, se le confi rió al aceptante, en el carácter dicho, la administración y representación interina de los bienes de la indicada sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, de-partamento de La Unión, a los veintiséis días de septiembre de dos mil cinco.- Lic. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CI-VIL.- Licda. MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F021841-1

Ángel Albino Alvarenga, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las once horas y diez minutos del día dieciséis de agosto del corriente año; se tuvo por aceptada expresamente, y con benefi cio de inventario, la he-rencia intestada que al fallecer la causante Patrocinia Soto de Blanco conocida por Patrocinia Velásquez de Blanco, a las diez horas y tres minutos del día nueve de noviembre de mil novecientos noventa y cinco, en el Cantón Santa Clara, jurisdicción de Pasaquina, departamento de La Unión siendo dicho lugar su último domicilio, dejara a los señores José Dámaso Blanco, Juan Francisco Blanco, Marina Ramona Blanco Velásquez, Sara Concepción Blanco y Cándida Rosa Blanco, el primero en calidad de cónyuge sobreviviente y los restantes en concepto de hi-jos de la expresada causante y además la señora Cándida Rosa Blanco como Cesionaria del derecho hereditario que le correspondía al señor Cruz Alberto Blanco, como hijo de la referida causante de conformidad con los Art. 988 No. 1º y 1699 del Código Civil. Se les confi rió a los aceptantes en tal carácter la administración y representación interina de los bienes de la indicada sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, depar-tamento de La Unión, a los dieciocho días del mes de agosto de dos mil cinco. Lic. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MARINA CONCEPCION MARTINEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F021842-1

EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL,

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas y treinta minutos del día trece de septiembre del corriente año, se ha tenido por aceptada con benefi cio de inventario la Herencia Intestada que a su defunción dejó el señor JOSE EFRAIN ALVAREZ, quien falleció a las

dos horas y quince minutos del día uno de febrero de mil novecientos noventa y uno, en la Colonia El Molino, de esta Ciudad, siendo esta Ciudad el lugar de su último domicilio de parte de la señora ELBIA RUBENIA ALVAREZ DE ROMERO, conocida por ELVIA RUBENIA ALVAREZ, como hija del causante.

Y se ha conferido a la aceptante declarada en el carácter indicado la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley. Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Miguel, a las nueve horas y cincuenta minutos del día trece de septiembre de dos mil cinco. - Lic. EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. - Lic. GUSTAVO ADOLFO BENITEZ ORELLANA, SECRETARIO INTERINO.

3 v. alt. No. F021846-1

DRA. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de las quince horas vein-ticinco minutos del día veintiuno de septiembre del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte del señor CILVERIO FRANCISCO PALACIOS o SILVERIO FRANCISCO PALACIOS, la herencia intestada que a su defunción dejó la señora CARMEN PALACIOS o ASCENCION DEL CARMEN PALACIOS VIUDA DE PINEDA, quien fue de setenta y cuatro años de edad, hembra, de ofi cios domésticos, viuda, fallecida en el Cantón Santa Gertrudis, el día siete de febrero del año de mil novecientos setenta y uno, siendo su último domicilio la ciudad de San Vicente, en concepto de hijo de la causante. Y se ha nombrado al aceptante administrador y representante interino de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los veintiún días del mes de septiembre del año dos mil cinco. - Dra. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL. - Lic. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F021856-1

MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO.-

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas veinte mi-nutos del día quince de agosto del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventario la herencia intestada dejada por la señora Josefi na de Dolores Espinoza Espinoza conocida por Josefi na Espinoza y por Josefi na Dolores Espinoza Espinoza, fallecida el día dos de octubre de mil novecientos noventa y nueve, en la Villa de Nahulingo de este departamento su último domicilio, de parte de las señoras Isabel Antonia Espinoza y Dora Gladis Espinoza conocida por Dora Gladis Espinoza hoy de Silva, herederas testamentarias de la causante.- Se ha conferido a las aceptantes la administración y representación interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de Ley.-

Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las nueve horas del día dos de septiembre del dos mil cinco.- Dr. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL. - Lic. ELSA DEL MILAGRO PILIA DE CASTILLO, SRIO. INTO.

3 v. alt. No. F021863-1

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66 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-TRITO JUDICIAL DE METAPAN,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal a las nueve horas con cincuenta minutos del día siete de septiembre de dos mil cinco; se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada dejada por el causante EFRAIN MAZARIEGOS, conocido por EFRAIN MAZARIEGO MORAN y por EFRAIN MAZARIEGO, quien fue de sesenta y cinco años de edad, casado, comerciante, fallecido el día veintitrés de junio de dos mil cinco, siendo la ciudad de Metapán su último domicilio, de parte de la señora ANGELA BOLAÑOS DE MAZARIEGO.- La expresa-da aceptante lo hace en calidad de cónyuge del referido causante y como cesionaria del derecho hereditario que les correspondía a los señores VILMA ESTELA MAZARIEGO BOLAÑOS, conocida por VILMA ESTELA BOLAÑOS MAZARIEGO, DINA YOLANDA MAZARIEGO DE ARIAS conocida por DINA YOLANDA BOLAÑOS MAZARIEGO, JOSE HUMBERTO MAZARIEGO BOLAÑOS, co-nocido por JOSE HUMBERTO BOLAÑOS MAZARIEGO, OSCAR NELSON MAZARIEGO BOLAÑOS, conocido por OSCAR NELSON BOLAÑOS MAZARIEGO, ANA SILVIA MAZARIEGO BOLAÑOS, conocida por ANA SILVIA BOLAÑOS MAZARIEGO, EFRAIN MAZARIEGO BOLAÑOS y WILFREDO MAZARIEGO BOLAÑOS, en concepto de HIJOS del referido causante; habiéndoseles conferido INTERINAMENTE a dichos aceptantes la administración y represen-tación de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-

Se cita a las personas que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.-

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las quince horas del día veintisiete de septiembre de dos mil cinco. - Lic. JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. - Licda. MARIA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F021872-1

VICTOR MANUEL RAMOS PACHECO, Notario, de este domicilio, con ofi cinas situadas en el número CUATRO CERO DOS TRES, de la Trece Calle Poniente, Colonia Escalón, de esta ciudad, al público en general,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las quince horas del día doce de octubre de dos mil cinco, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la Herencia Testamentaria que a su defunción, ocurrida en la ciudad de Cojutepeque, departamento de Cuscatlán, su último domicilio, el día veintiuno de julio de dos mil cinco, dejó la señora ANGELA ISABEL OLANO IRAHETA, conocida socialmente por ANGELA OLANO IRAHETA, mayor de edad, de las atenciones del hogar, de parte de la FUNDACION PRO OBRAS HUMANITARIAS DEL BEATO HERMANO PEDRO EN El SALVADOR, que se abrevia FUNDACIÓN HERMANO PEDRO, como Heredera Testamentaria, y se le confi ere a la aceptante la admi-nistración y representación interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

LO QUE SE AVISA AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

Librado en San Salvador, a los trece días del mes de octubre de dos mil cinco.

Dr. VICTOR MANUEL RAMOS PACHECO,

NOTARIO.

3 v. alt. No. F021896-1

LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHINAMECA,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a las nueve horas con diez minutos del día cinco de septiembre del corriente año; se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que al fallecer dejó la causante señora ANA CAMPOS DE QUINTANILLA, conocida por ANA CAMPOS, fallecida a las diez horas con cinco minutos del día siete de julio de dos mil cinco, en el Hospital Nacional Rosales de San Salvador, siendo la ciudad de El Tránsito, de este distrito, departamento de San Miguel su último domicilio; de parte del señor José Vicente Quintanilla, en concepto de cónyuge sobreviviente de la causante. Nómbrase al aceptante en el carácter dicho administrador y representante interino de la sucesión de que se trata, con las facultades y restricciones que corresponden a los curadores de la herencia. Publíquense los edictos de ley.

Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de ley.-

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chinameca, a las nueve horas con veinte minutos del día cinco de septiembre del año dos mil cinco. - Licda. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. - Br. ROSALIA DE JESUS PACHECO, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F021909-1

EL INFRASCRITO JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE USULUTAN, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

AVISA: Que por resolución de las once horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la he-rencia intestada dejada a su defunción por el señor José Mauro Ortega, conocido por José Mauro Ortega Franco, al fallecer el día veintisiete de septiembre del año dos mil cuatro, en el Cantón El Jutal de la Jurisdicción de Jucuarán, Departamento de Usulután, siendo la ciudad de Jucuarán, lugar que tuvo como su último domicilio; de parte de la señora Mercedes Leticia Ortega de Ortega, conocida por Mercedes Leticia Ortega y por Mercedes Ortega, en su calidad de cónyuge sobreviviente del causante y como Cesionaria de los Derechos Hereditarios que le correspondían a los señores José Leopoldo Ortega Ortega, conocido por José Leopoldo Ortega, Francisco Mauricio Ortega Ortega, Herber Alexander Ortega Ortega, Donald Ortega Ortega, Mercedes Leticia Ortega Ortega, to-dos en su calidad de hijos del causante y el señor Francisco Ortega, conocido por Francisco Abdón Ortega, éste en su calidad de padre del causante.- Confi érasele a la aceptante antes dicha la Administración y Representación Interina de la sucesión, con las restricciones y facultades de los Curadores de la Herencia yacente. Se cita a los que se crean con Derecho a la Herencia, para se presenten a deducirlo a este Tribunal dentro del término de Ley.-

Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los cuatro días del mes de octubre del año dos mil cinco. - Lic. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL. - Licda. MIRNA MARISOL SIGARAN H., SE-CRETARIA.

3 v. alt. No. F021912-1

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67DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005. DOCTOR DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado proveída a las diez horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el señor ALEX ERNESTO GOMEZ CAÑAS, quien fue de veintiún años de edad, estudiante, falleció el día seis de marzo de mil novecientos ochenta y ocho, en Cantón Las Tablas, Nueva Concepción, de este De-partamento, lugar de su último domicilio, por parte de la señora LUZ CAÑAS VIUDA DE GOMEZ, en concepto de madre del causante.

Confi érese a la aceptante la administración y representación in-terina de la sucesión, con las facultades y restricciones legales que les corresponden a los curadores de la herencia yacente.

Fíjense y publíquense los edictos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Tejutla, Chalatenango, a los veintiocho días del mes de julio del dos mil cuatro. Dr. DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Licda. ERLINDA GUADALUPE GUERRERO DE JIMENEZ, SECRETA-RIA DE PRIMERA INSTANCIA.

3 v. alt. No. F021977-1

FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO: Al público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución de este Tribunal de las diez horas y treinta minutos del día veintiocho de septiembre del año dos mil cinco, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada de la causante GRACIELA ISOLINA RIVERA JIMENEZ, quien fue de setenta y ocho años de edad, de Ofi cios domésticos, quien falleció el día tres de febrero de dos mil cinco, en el Hospital del Seguro Social de esta ciudad, siendo esta ciudad el lugar de su último domicilio, de parte de la señora LIDIA FEBE CASTRO RIVERA, como hija de la referida causante, a quien se le confi ere interinamente la administración y representación de la sucesión, con las facultades y restricciones que la Ley confi ere a los Curadores de la herencia Yacente.

Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a las once horas del día veintiocho de septiembre del año dos mil cinco. Lic. FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. Lic. CARMEN GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA, SECRETA-RIA.

3 v. alt. No. F022007-1

ROBERTO EDMUNDO ALEJANDRO JIMENEZ MOLINA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ARMENIA:

HACE SABER: Que por resolución emitida en este Juzgado a las doce horas del día veinte de Julio de dos mil cinco, se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de la Herencia Intestada que a su defunción dejó la causante ROSA GUZMAN ZALDAÑA, quien falleció el día dos de diciembre del año de mil novecientos noventa y nueve, en el Barrio El Calvario de la Villa de Tepecoyo, siendo su últi-mo domicilio ese lugar, de parte de la señora DORA LILIAN ANAYA AGUIRRE, en calidad de cesionaria de los derechos hereditarios que les

correspondían a los señores: ELISA GUZMAN DE CASTRO, ELSA ISABEL GUZMAN SIBRIAN y SANTOS GUZMAN GALDAMEZ, en calidad de hijos sobrevivientes de la causante; así mismo, se le ha conferido a la aceptante en mención, y en los conceptos antes expresados, LA ADMINISTRACION Y REPRESENTACION INTERINAS DE LA SUCESION, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley correspondien-te.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Armenia, a las doce y treinta minutos del día veinte de julio de dos mil cinco. Lic. ROBERTO EDMUNDO ALEJANDRO JIMENEZ MOLINA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Lic. RAFAEL ANTONIO CUELLAR ANGEL, SECRE-TARIO.

3 v. alt. No. F022178-1

ROGELIO IRAHETA MORENO, Notario, de este domicilio, con ofi cina establecida en Calle El Mirador Número cuatro mil seiscientos veintiuno, Colonia Escalón, San Salvador

HACE SABER: Que por resolución proveída por el suscrito Notario, a las nueve horas del día catorce de octubre de dos mil cinco, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia testamentaria que a su defunción ocurrida en esta Ciudad, siendo su último domicilio la Ciudad de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, el día ocho de agosto de dos mil cinco, dejara el señor JAIME EDUARDO GALVEZ CLEMENTE; conocido por EDUARDO CLEMENTE GALVEZ, JAIME EDUARDO CLEMENTE GALVEZ, JAIME EDUARDO CLEMENTE, y por JAIME EDUARDO GALVEZ; de parte de la señora ANA CECILIA HENRIQUEZ DE GALVEZ, de cuarenta y cuatro años de edad, Secretaria Ejecutiva, del domicilio de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, en su concepto de esposa sobreviviente del Causante; habiéndole conferido la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-

Lo que avisa al público para los efectos de ley.-

Librado en la ofi cina del Notario, a las nueve horas del día quince de octubre de dos mil cinco.-

Dr. ROGELIO IRAHETA MORENO,

NOTARIO.

3 v. alt. No. R003898-1

ENRIQUE ALBERTO PORTILLO PEÑA, Notario, de este domicilio, con ofi cina ubicada en Boulevard, Los Próceres, Centro de Ofi cinas La Sultana, Número Doscientos Uno, de esta ciudad,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario, proveída a las diez horas del día treinta y uno de agosto de dos mil cinco, se ha tenido aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia, intestada que a su defunción, ocurrida en la ciudad de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, el día diez de mayo de dos mil cinco, dejó el señor JOSE RICARDO CRUZ DUQUE, de parte de los señores LUZ

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68 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

MARINA PARADA DE CRUZ, MARIA CRISTINA CRUZ PARA-DA, CARLOS EDUARDO CRUZ PARADA, JOSE RICARDO CRUZ PARADA, Y SONIA ELIZABETH CRUZ DE LOPEZ, la primera en concepto de cónyuge sobreviviente del causante y los demás de hijos sobrevivientes del causante, habiéndose conferido la administración y representación de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.

Librado en la ofi cina del Notario ENRIQUE ALBERTO PORTILLO PEÑA. En la ciudad de San Salvador, a las ocho horas del día cinco de septiembre de dos mil cinco.

Lic. ENRIQUE ALBERTO PORTILLO PEÑA,

NOTARIO.

3 v. c. No. F021806-1

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas y cincuenta y cinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventario la herencia intestada que dejó la señora PAULA GONZALEZ, quien falleció el día trece de junio del corriente año, en el Cantón Llano Los Patos, jurisdicción de la ciudad de Conchagua de este Departamento, siendo ese lugar su último domicilio, de parte de la señora ROSA CANDIDA GONZALEZ DE RODRIGUEZ, en calidad de hija de la causante. Confi riéndole a dicha aceptante en el carácter indi-cado la administración y representación interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para que en el término de ley después de la tercera publicación de este cartel lo demuestren en este Juzgado.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los seis días del mes de septiembre de dos mil cinco.- Lic. ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Br. JORGE ALBERTO PEREZ, SRIO.

3 v. c. No. No. F021911-1

GUADALUPE AMPARO PINEDA DE MARTINEZ, Notaria, de este domicilio, con ofi cina ubicada en la Primera Calle Oriente, número tres, de esta ciudad,

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notaria proveída a las siete horas y diez minutos del día cinco de Julio del año en curso, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario,

la herencia intestada que a su defunción ocurrida en la ciudad de San

Vicente, a las catorce horas del día diecinueve de Febrero del año en curso,

dejó la señora MARIA NICOLASA ROMERO VIUDA DE BENITEZ o

MARIA NICOLASA ROMERO o MARIA ROMERO, de parte de los

señores PEDRO ARAMIS ROMERO, JOSÉ BENEDICTO BENITEZ

ROMERO o JOSÉ BENEDICTO BENITEZ, MARIA GRISELDA RO-

MERO DE HENRIQUEZ, ROSA LIDIA BENITEZ DE HENRIQUEZ o

ROSA LIDIA BENITEZ, SAÚL ADILIO BENITEZ ROMERO o SAÚL

ADILIO BENITEZ, RENE ULISES ROMERO, MARIA MARLENE

ROMERO DE GUERRERO o MARIA MARLENE ROMERO INGLES,

Y MANUEL ANTONIO BENITEZ ROMERO o MANUEL ANTONIO

BENITEZ, en concepto de hijos de la causante, habiéndose conferido

la administración y representación de la sucesión, con las facultades y

restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean

con derechos a la referida Herencia, para que se presenten a la referida

ofi cina en el término de quince días contados desde el siguiente a la

última publicación del presente edicto.

Librado en la ciudad de Zacatecoluca, a las dieciséis horas y diez

minutos del día diez de julio del dos mil cinco.

Licda. GUADALUPE AMPARO PINEDA DE MARTINEZ,

NOTARIO.

3 v. c. No. R003894-1

HERENCIA YACENTE

MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO

JUDICIAL AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal a

las once horas de este día, se ha declarado Yacente la Herencia Intestada

que a su defunción dejaron los causantes SALVADOR SANCHEZ y

LEONOR SANCHEZ, ocurrida el día dieciséis de septiembre de mil

novecientos cincuenta y nueve, y diecisiete de agosto de mil novecientos

sesenta y siete, respectivamente, ambos en el Cantón Soledad, juris-

dicción de San Rafael Cedros, de este Departamento, siendo éste sus

últimos domicilios, y se ha nombrado curador para que la represente al

Licenciado JOSE VIDAL ROJAS HERNANDEZ, a quien se le hará

saber este nombramiento, para su aceptación, juramentación y demás

efectos legales.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las once horas

y veinte minutos del día doce de octubre del año dos mil cinco.- Lic.

MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. JOSE ORLANDO

BELTRAN MEJIA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F021810-1

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69DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005. TITULO DE PROPIEDAD

LA INFRASCRITA ALCALDESA MUNICIPAL:

HACE CONSTAR: Que a esta Alcaldía se ha presentado por escrito

la señora BLANCA ORBELINA PORTILLO DE HERNANDEZ, como

representante legal del señor WILFREDO CADENAS, de treinta y cinco

años de edad, de este domicilio, solicitando Título de Propiedad a favor

de éste, de un solar urbano de aproximadamente de un mil doscientos

cincuenta y cuatro metros cuadrados de extensión superfi cial, situado en

el Barrio San Antonio de esta población, que mide y linda: ORIENTE,

dieciocho metros en línea recta, linda con propiedad de Blanca Orbelina

Portillo de Hernández, calle pública de por medio; NORTE, noventa y

un metros treinta centímetros en línea quebrada, linda con propiedad de

Filomena Valle Salguero y Trinidad Hernández Landaverde, con éste

calle pública de por medio; PONIENTE, quince metros en línea recta,

linda con propiedad de Osmín Deras, y SUR, sesenta metros setenta

centímetros, en línea quebrada, linda con propiedad de Gloria Telma

Carbajal Landaverde y German Gerardo Carbajal Landaverde. El solar

descrito no es sirviente ni dominante, no tiene cargas ni derechos reales

que lo afecten, ni está en proindivisión con ninguna persona. Lo adquirió

por compra que hizo al señor German Gerardo Carbajal Landaverde. Lo

estima el titulante en la cantidad de DIEZ MIL DOLARES de los Estados

Unidos de América. Todos los colindantes son de este domicilio.

LO QUE SE AVISA AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE

LEY.

ALCALDIA MUNICIPAL: San Rafael, a los once días del mes de

octubre de dos mil cinco. - Licda. ROSA ENCARNACION CARDOZA

DE RODRIGUEZ, ALCALDESA MUNICIPAL. - MANUEL DE JESUS

CHACON, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F021848-1

El Infrascrito Alcalde Municipal

AVISA: Que a esta Ofi cina se ha presentado el señor MIGUEL

ÁNGEL QUELE QUELE, mayor de edad, de este domicilio , con Do-

cumento Único de Identidad No. 03077907-9: NIT No. 0306-011049-

101-1; solicitando a su favor Título de Propiedad y Dominio de un

Inmueble de Naturaleza Rústica, situado en el Cantón Piedra de Moler

de esta Villa de Nahulingo departamento de Sonsonate, controlada por

el Centro Nacional de Registro, Mapa: 0309R01; Parcela No. 671; Área

Catastral 4165.426 METROS CUADRADOS, que linda al ORIENTE:

con Margarita Isabel Telule Pasasin de Hernández calle de por medio, AL

PONIENTE: con José Luis Pinto Tespan, al SUR: con Eugenia Arcadia

Puyaut y al NORTE: con Teodoro de Jesús Pasin. Dicho Inmueble lo

tiene por posesión Material por más de diez años consecutivos y consiste

en cuidarlo, hacerle mejoras, es decir a ciencia y paciencia de vecinos

en general y colindantes en especial, lo estima en la cantidad de DOS

MIL DÓLARES, los colindantes son de este domicilio.-

Alcaldía Municipal de la Villa de Nahulingo, a los diecisiete días

del mes de octubre de dos mil cinco. - MIGUEL ANGEL MEJIA, AL-

CALDE MUNICIPAL. - MARIO DÍAZ HERNANDEZ, SECRETARIO

MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F021910-1

TITULO SUPLETORIO

JOSE ANGEL INFANTOZZI, Notario, del domicilio de Usulután,

con ofi cina ubicada en la Segunda Calle Oriente número doce - Bis,

al público.

HACE SABER: Que a mi ofi cina Notarial se ha presentado el

señor MARIO DE JESÚS GUZMAN, de sesenta y siete años de edad,

Jornalero, del domicilio de San Jorge, solicitando que en base a la LEY

DE LA JURISDICCIÓN VOLUNTARIA Y DE OTRAS DILIGENCIAS

se le extienda TITULO SUPLETORIO a su favor, sobre una porción

de terreno de naturaleza rústica, situado en el Cantón Joya de Ventura,

Jurisdicción de San Jorge, Distrito de Chinameca, Departamento de San

Miguel, de la Capacidad Superfi cial, de CINCO MIL OCHOCIENTOS

TRECE METROS CUADRADOS CINCUENTA DECÍMETROS CUA-

DRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: NORTE; setenta y

siete metros, con terreno de Lorenza Guzmán, cerco propio; ORIENTE,

sesenta y ocho metros, con terrenos de Joaquín Guzmán y Amadeo Ticas,

barranca de por medio, cerco propio; SUR; setenta y siete metros, con

terreno de Tránsito Alexander Alemán Torres, cerco del colindante; y

PONIENTE; ochenta y tres metros, con terrenos de Jeremías Saravia y

María Eva Saravia Quintanilla, calle vecinal de por medio, cerco propio.-

El inmueble así descrito, no es dominante ni sirviente, no se encuentra

en proindivisión con otra persona, no tiene cargas ni derechos reales

que deban respetarse; y lo adquirió por compra mediante documento

público no inscribible por carecer de antecedente inscrito, que le hizo

al señor Esteban Interiano, mayor de edad, Jornalero, del domicilio de

San Rafael Oriente, Departamento de San Miguel, el día veintitrés de

abril del presente año, que desde que adquirió el inmueble goza de una

posesión quieta pacífi ca e ininterrumpida, ejerciendo por lo tanto, actos

de verdadero dueño, como lo es limpiarlo, cercarlo, reparar sus cercas

y sembrarlo de árboles frutales; que unida su posesión a la del anterior

propietario, es por más de diez años.- Dicho inmueble lo valúa en la suma

de MIL TRESCIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMERICA.-

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70 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

Librado en la Ciudad de Usulután, a los veintiocho días del mes

de septiembre de dos mil cinco.

DOCTOR JOSE ANGEL INFANTOZZI,

NOTARIO.

1 v. No. F021799

PABLO MONTANO hijo, Notario, de este domicilio, con ofi cina situada

en Trece Calle Oriente y Pasaje Sagrera, Centro Comercial Metro España,

local Doscientos seis, San Salvador, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se presentado el señor PEDRO

ANGEL FLORES MELCHOR, de setenta y cuatro años de edad, Agri-

cultor, del domicilio de San Antonio Masahuat, departamento de La Paz,

a iniciar Diligencias de Titulación Supletoria de un terreno de naturaleza

rústico, de su propiedad, el cual está situado en el lugar denominado “La

Quebrada del Cacao”, Cantón San Antonio La Loma, jurisdicción de San

Antonio Masahuat, departamento de La Paz, de una extensión superfi cial

de SESENTA Y DOS AREAS NOVENTA Y OCHO CENTIMETROS

o sean SEIS MIL DOSCIENTOS METROS CUADRADOS NOVEN-

TA Y OCHO CENTIMETROS CUADRADOS, y tiene los linderos y

colindancias siguientes: AL SUR, mide cincuenta y un metros, de un

izote a otro en línea recta, siguiendo un brotoneado de tempate, luego

quiebra línea hacia el rumbo Norte, midiendo veintiocho metros cincuenta

y siete centímetros, hasta llegar a una piedra sembrada a propósito, de

aquí quiebra la línea siguiendo al rumbo Poniente, en ciento siete metros

setenta y cuatro centímetros, siguiendo un brotoneado de tempate, en

línea curva desfavorable a este terreno, hasta llegar a una piedra pacha

sembrada a propósito, linda en primera línea con Antonia Martínez hoy

de Pedro Flores Martínez, y en las otras dos con propiedad de Luis

Alonso Martínez, AL PONIENTE, mide cincuenta y dos metros en línea

recta, de la piedra pacha sembrada hasta una ceiba y piedra sembrada

linda con José María Espinosa. Los colindantes son del domicilio de

San Antonio Masahuat, departamento de La Paz, AL NORTE, mide

ciento treinta y cuatro metros cuarenta y dos centímetros, de un ceibo

en línea recta a un izote y una piedra sembrada, linda con Julio Beltrán,

hoy de su Sucesión, AL ORIENTE, del mojón antes mencionado, en

línea recta hasta un mojón de izote, donde se comenzó la descripción

mide cincuenta y cuatro metros, cincuenta y cuatro centímetros y linda

con Julio Beltrán, hoy de su Sucesión. Todo lo anterior conforme a lo

establecido en el Artículo dieciséis de la Ley del Ejercicio Notarial de

la Jurisdicción Voluntaria y de otras Diligencias, para que seguidos los

trámites respectivos se le extiendo el Título Supletorio respectivo. La

posesión del peticionario data desde hace más de treinta años, hasta hoy,

en forma quieta, pacífi ca e ininterrumpidamente.

Y para su publicación se extiende el presente en San Salvador,

cinco de octubre de dos mil cinco.

PABLO MONTANO hijo,

NOTARIO.

1 v. No. F021813

EN LA OFICINA JURIDICA DEL LICENCIADO CARLOS VIDAL

RAMIREZ RAMIREZ, situada en Primera Avenida Sur, Barrio El

Centro, de esta ciudad, AL PUBLICO,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado el señor

PABLO RAMIREZ SURIANO, solicitando TITULO SUPLETORIO,

a su favor, de un inmueble de naturaleza rústico, situado en el Cantón

Barillas, jurisdicción de Santa Rita, de este departamento, de una ex-

tensión superfi cial de DOS HECTAREAS CON DIEZ AREAS, que

se describe así: AL NORTE, con Catarino de Jesús Menjívar, cerco de

alambre de por medio propio del colindante; AL ORIENTE, con Ilma

Guevara Fuentes y Pablo Menjívar, cerco de alambre de por medio

propio de los colindantes; AL SUR, con Carlos Melgar y Santos Antonio

Guillén, zanjo y cerco de piña de por medio propio de los colindantes;

y AL PONIENTE, con José Romilio Orellana, cerco de alambre de por

medio propio del colindante.- En este inmueble se encuentran construidas

tres casas todas de techo de tejas sobre paredes de adobe repellado, el

titulante valúa el inmueble descrito en la cantidad de VEINTICUATRO

MIL DOLARES, lo obtuvo por compra que le hiciere a los señores Rafael

Antonio Ramírez Guevara y Marta Alicia Ramírez de Quijada.

Librado en la Ciudad de Chalatenango, a las ocho horas del día

trece de octubre del dos mil cinco.

CARLOS VIDAL RAMIREZ RAMIREZ,

NOTARIO.

1 v. No. F021963

FABIO LEHILUD ESTRADA PARADA, Notario, del domicilio de

esta ciudad,

HAGO SABER: Que a mi Ofi cina Notarial se ha presentado el señor

SANTIAGO DIAZ, solicitando TITULO SUPLETORIO de un inmueble

que lo adquirió por compra que le hizo al señor JUAN DIAZ SANDOVAL,

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71DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005.

el cual se detalla a continuación: un terreno rústico y de condición fértil,

situado en el Caserío Las Anonas, perteneciente al Cantón El Palón de la

jurisdicción de Lolotique, Distrito de Chinameca y departamento de San

Miguel, el cual tiene por linderos parciales siguientes: AL ORIENTE:

mide noventa y cinco punto setenta metros lineales, linda con terreno

de Arturo Sandoval, Oscar Henríquez, María Elena Sandoval, cerco de

alambre y callejón de por medio. AL NORTE: mide ciento veintiocho

punto cero cero metros lineales, linda con terreno Propiedad de Ernesto

Ascencio, mojones de madera muerta de por medio. AL PONIENTE:

de ciento dos punto cero cero metros lineales linda con terreno de Juan

José Gómez, cerco de alambre de por medio, propiedad del colindante;

Y AL SUR: de ciento cincuenta y siete punto cero cero metros lineales,

linda con terreno de Juan José Gómez, mojones de madera muerta de por

medio. De una extensión superfi cial de CATORCE MIL OCHENTA Y

SEIS PUNTO TRECE METROS CUADRADOS. Valorado actualmente

en DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE

AMERICA.

Lo que hago del conocimiento público para los efectos correspon-

dientes.

Librado en mi ofi cina notarial, situada en Avenida Bernal, Plaza

Alcalá, local doscientos tres, San Salvador.

San Salvador, a los diecisiete días del mes de octubre de dos mil

cinco.-

Lic. FABIO LEHILUD ESTRADA PARADA,

NOTARIO.

1 v. No. R003866

LIC. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO DE

PRIMERA INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPAR-

TAMENTO DE MORAZAN,

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado

JOSE EDILBERTO VELASQUEZ GOMEZ, solicitando DILIGENCIAS

DE TITULO SUPLETORIO, como Apoderado General Judicial de los

señores FELICIANO BLANCO y ESTER MARIA BLANCO, de un

terreno de naturaleza rústico, de forma triangular, situado en el Cantón

El Peñón, de la jurisdicción de Sociedad, departamento de Morazán, de

la capacidad superfi cial de DIECISEIS MIL SEISCIENTOS SETEN-

TA Y CINCO METROS CUADRADOS; el cual tiene las medidas y

colindancias siguientes: AL NORTE, ciento cuarenta y cinco metros,

linda con propiedad del señor SANTIAGO FLORES; AL ORIENTE;

doscientos cinco metros, linda con propiedad de JOSE BLANCO; AL

PONIENTE, doscientos cincuenta y cinco metros, y linda con propiedad

de los señores NEFTALI CONTRERAS, JESUS ANDRADE y VICENTE

ANDRADE. Existe en el interior del inmueble tres casas de habitación,

techo de tejas, paredes de adobe, el inmueble se valúa en la cantidad

de VEINTE MIL COLONES.- El inmueble antes descrito lo adquirió

por donación informal que le hizo el señor SALVADOR MELGAR

BONILLA.

Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a las

once horas y treinta minutos del día veintinueve de agosto de dos mil

cinco.- Lic. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA 1º. de 1ª.

INSTANCIA. - Br. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F021843-1

EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL. Al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que a este tribunal se ha presentado el señor

SALVADOR RAFAEL MELGAR RIVERA, actuando en su carácter

personal, quien es mayor de edad, agricultor, de este domicilio, portador

de su Documento Unico de Identidad número: cero uno cinco cinco tres

cinco dos cinco-seis; y con citación del Síndico Municipal de esta misma

comprensión solicitando TITULO SUPLETORIO de un inmueble de

naturaleza rústico, situado en Caserío El Bonete, Cantón El Caulote de

esta jurisdicción, de una extensión superfi cial de MIL CINCUENTA Y

UN METROS CUARENTA Y CUATRO CENTIMETROS CUADRA-

DOS con medidas y colindancias siguientes: AL NORTE, mide treinta

metros novecientos treinta y dos milímetros linda con terreno que fue

de Juan Pablo Melgar Evora hoy de Víctor Manuel Melgar Bautista; AL

ORIENTE, mide treinta y tres metros cuatrocientos cuarenta milímetros

lindando con propiedad de Juan Pablo Melgar Evora; AL SUR, mide

treinta y un metros setecientos sesenta y ocho milímetros con terreno antes

de Félix Orellana, después de Ceferino Rafael Melgar, cerco medianero

de por medio; y AL PONIENTE, treinta y tres metros cuatrocientos

cuarenta milímetros, con propiedad que fue de Buenaventura Marinero

después de Ramón Rivera Escobar hoy de Carlos Roberto Rodríguez,

calle vecinal de por medio. En este inmueble existe construida una casa

paredes de adobe, techo de tejas que mide siete metros de largo por seis

metros de ancho con sus corredores. Dicho inmueble lo valúa en CINCO

MIL DOLARES de los Estados Unidos de Norte América. El inmueble

descrito no es sirviente ni dominante, no se encuentra en proindivisión

alguna.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Suchitoto, a las diez

horas y cinco minutos del día trece de octubre del dos mil cinco. - Lic.

OSWALDO DAGOBERTO ARGUETA FUNES, JUEZ DE PRIME-

RA INSTANCIA. - Licda. JUANA DE JESUS FIGUEROA COCA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F021996-1

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72 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la Licenciada

ROSA ABELINA VASQUEZ DE CABRERA, apoderada general judi-

cial de los señores NAPOLEON GAMEZ y MARIA SARA REYES,

de cincuenta y ocho y cuarenta y siete años de edad, respectivamente,

el primero agricultor y la segunda de ofi cios domésticos, ambos del

domicilio de Conchagua, solicitando se les extienda a sus poderdantes

TITULO SUPLETORIO, de un inmueble de naturaleza rústica, situado

en el Cantón Loma Larga, de esta jurisdicción, distrito y Departamento,

de la capacidad superfi cial aproximada de UN MIL TRESCIENTOS

ONCE METROS CUADRADOS, que mide y linda: al NORTE, treinta

y siete metros, con Reinero Pacheco Centeno, tapial de por medio del

colindantes; al ORIENTE, cuarenta y tres metros, con Daysi Yamileth

Cueva de Molina y José Ramón Chica Serrano, calle vecinal de por me-

dio; al SUR; veintiocho metros cincuenta y cinco centímetros, con Juana

García, tapial de por medio de la colindante; y al PONIENTE, treinta

y siete metros, con la señora María Eva Salvador de Cabrera, cerco

de alambre de por medio de la colindante. Dicho terreno lo valúa en la

suma de TREINTA MIL COLONES, y lo adquirió por compra verbal

que le hizo al señor José Dionicio Villanueva, de domicilio ignorado,

el día veintiuno de octubre de mil novecientos noventa.

Librado en la Juzgado de lo Civil: La Unión, a los un días del mes

de julio de dos mil cinco. LIC. ROGELIO HUMBERTO ROSALES

BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. JORGE ALBERTO PEREZ,

SRIO.

3 v. c. No. F021913-1

TITULO DE DOMINIO

PERFECTO EDUARDO ESCALANTE ECHEVERRIA, Notario del

domicilio de San Salvador, con Ofi cina ubicada en Segunda Calle Oriente

número doce, Barrio Santa Bárbara Sensuntepeque, Cabañas,

HACE SABER Que a esta ofi cina, se ha presentado en su carácter

personal Adela Martínez Viuda de Platero, sesenta y un años de edad,

de ofi cios domésticos, de este domicilio, a quien ahora conozco e iden-

tifi co por medio de su Documento Único de Identidad número cero dos

siete cinco seis siete dos siete – siete; MANIFESTANDO: Ser dueña y

actual poseedora de buena fe, en forma quieta, pacífi ca, continua y no

interrumpida de un terreno, el cual es de naturaleza Rústica, situado en

el Cantón San Emigdio, jurisdicción de Guadalupe, Departamento de

San Vicente, que se describe así: de un área de QUINIENTOS CUA-

RENTA PUNTO TREINTA Y SIETE METROS CUADRADOS,

de las medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE: veintiséis

metros, linda con Salomé Cruz; AL NORTE: dieciocho metros, linda

con Daniel Martínez, cerca de brotones de por medio; AL PONIENTE:

veintisiete metros, linda con Elena Martínez, calle de por medio; Y AL

SUR, veinte metros, linda con Francisco Martínez, mediando cerca de

piña, del cual solicita TITULO DE DOMINIO INSCRITO, presentando

la fi cha catastral respectiva. Todos los colindantes son del domicilio San

Emigdio, Jurisdicción de Guadalupe, Departamento de San Vicente. El

terreno descrito no es dominante ni sirviente, ni está en proindivisión

y no tiene cargas ni derechos reales de ajena pertenencia; y lo adquirió

mediante compra que le hizo a Fermín Platero, según escritura de compra

venta en el año de mil novecientos setenta y nueve, cuya posesión hace

más de diez años consecutivos. Valúa dicho terreno en la suma de UN

MIL DOSCIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

NORTE AMERICA.

Lo que se avisa al público para los fi nes de ley.

Librado en mi Ofi cina Jurídica, Sensuntepeque, Cabañas, a los

trece días del mes de octubre de dos mil cinco.

PERFECTO EDUARDO ESCALANTE ECHEVERRÍA,

NOTARIO.

1 v. No. R003901

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD:

HACE SABER: Que a esta ofi cina se presentó el señor HORACIO

ROMERO RIOS, de generales conocidas, solicitando a su favor Título de

Dominio, de un solar de Naturaleza Urbana situado en la Diecisiete Calle

Poniente y Séptima Avenida Sur número trescientos dieciséis, Colonia La

Esperanza o La Fuerteza de esta Ciudad, Distrito y Departamento de San

Miguel, de la capacidad superfi cial de: CIENTO CUARENTA METROS

CUADRADOS, equivalentes a DOSCIENTAS VARAS CUADRADAS

CON VEINTE DECIMOS DE VARA CUADRADAS, de las medidas

y lindancias siguientes: AL ORIENTE, doce metros ochenta y cinco

centímetros, con Juan Fajardos antes hoy Juana Fajardo de Navarro,

calle de por medio; AL PONIENTE, doce metros quince centímetros,

con el lote número sesenta y cuatro, adjudicado a Dominga Suárez antes,

hoy de Justo Modesto Garay Romero, tapial de ladrillo de por medio

de la colindante; AL NORTE, diez metros cincuenta y cinco centíme-

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73DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005.

tros, con el Instituto Nacional ISIDRO MENENDEZ, antes, hoy con el

Ministerio de Educación Escuela Dolores C Rete, calle de por medio; y

AL SUR: once metros ochenta y cinco centímetros, con el lote número

sesenta y dos, adjudicado a Inés Ríos antes, hoy con Marcelina Reyes

Reyes, cerca de alambre de por medio. En el Inmueble antes descrito

existen construcciones de sistema mixto, y demás servicios necesarios,

no es dominante ni sirviente, no tiene cargas ni derechos reales de ajena

pertenencia ni está en proindivisión con nadie, y lo adquirió por compra

de la posesión material que hizo a la señora Angela González, en ese

entonces mayor de edad, ofi cios domésticos, de este domicilio, el día

veintisiete de mayo de mil novecientos setenta y siete, posesión que a

ejercido por más de diez años continuos, siendo ésta de forma quieta,

pacífi ca, pública e ininterrumpida; el Inmueble anterior lo estima en la

cantidad de TRES MIL QUINIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS

UNIDOS DE AMERICA; los colindantes son de este domicilio.

Lo que se avisa al público para los efectos de ley.

ALCALDIA MUNICIPAL: San Miguel, a los veintisiete días

del mes de septiembre del año dos mil cinco.– SR. JOSE WILFREDO

SALGADO GARCIA, ALCALDE MUNICIPAL. LIC. JOSE ANGEL

FERMAN ZETINO, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F022000-1

JUICIO DE AUSENCIA

FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO

DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL;

AVISA: Que en este Tribunal se ha presentado el LIC. NAPOLEON

BOLAÑOS, como Apoderado General Judicial del señor OSCAR

OSWALDO LEIVA VALLE, mayor de edad, Agricultor en Pequeño,

de este domicilio, EXPONIENDO: que su poderdante ha promovido en

este Tribunal Juicio Ejecutivo Civil, el cual se encuentra clasifi cado al

Número de Entrada 132/99 Indice 25, en contra del demandado, señor

JUAN ERNESTO VALENCIA, pero hasta la fecha se ignora el paradero

de este último y no se sabe si ha dejado Procurador o Representante Legal.

En consecuencia de lo anterior, es necesario promover Diligencias de

Ausencia del referido señor JUAN ERNESTO VALENCIA, pidiendo

previos los trámites de ley, se le nombre un Curador Especial al referido

Ausente, para que lo represente en dicho juicio. Por lo anterior, se pre-

viene que si el referido señor JUAN ERNESTO VALENCIA tuviera

Procurador o Representante Legal, se presente a este Tribunal dentro

de los quince días subsiguientes a la última publicación de este aviso a

comprobar esta circunstancia.

Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a las catorce horas y diez

minutos del día diez de Noviembre de Dos Mil Cuatro. LIC. FRAN-

CISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO

CIVIL.- LICDA. CARMEN GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA,

SECRETARIA.

1 v. No. F021861

Luis Salvador Peña, Juez de lo Civil de este Distrito judicial, al público

para los efectos de ley,

HACE SABER: que a este Juzgado se ha presentado la Licencia-

da CARLA MARIA MENDEZ REYES, en concepto de apoderada

general judicial del FONDO NACIONAL DE VIVIENDA POPULAR,

promoviendo, dentro del Juicio Ejecutivo Civil, incidente de ausencia

a fi n de nombrar curador ad-litem al señor SALVADOR CARBALLO,

para que lo represente en el juicio referido, el cual ha sido incoado en

contra de dicho señor; en virtud de que, según la parte actora, no se sabe

su paradero y si dicho señor ha dejado algún procurador para que lo

represente; en consecuencia, si el expresado señor CARBALLO, tuviere

algún Procurador o representante legal, previénesele presentarse a este

Juzgado, dentro de los quince días siguientes a la última publicación de

este aviso, a comprobar dicha circunstancia.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, veintidós de junio del

año dos mil cinco. DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CI-

VIL.- JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.

1 v. No. F021917

Luis Salvador Peña, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al público

para los efectos de ley;

HACE SABER: que a este Juzgado se ha presentado la Licencia-

da CARLA MARIA MENDEZ REYES, en concepto de apoderado

general judicial del FONDO NACIONAL DE VIVIENDA POPULAR,

promoviendo, dentro del Juicio Ejecutivo Civil, incidente de ausencia a

fi n de nombrar curador ad-litem al señor JOSE ALFREDO ANZORA

ESPINOZA, para que lo represente en el juicio referido, el cual ha sido

incoado en contra de dicho señor, en virtud de que, según la parte actora,

no se sabe su paradero y si dicho señor ha dejado algún procurador para

que lo represente; en consecuencia, si el expresado señor ANZORA

ESPINOZA, tuviere algún Procurador o representante legal, previénesele

presentar a este Juzgado, dentro de los quince días siguientes a la última

publicación de este aviso, a comprobar dicha circunstancia.

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74 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, veintidós de junio del

año dos mil cinco.- DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO

CIVIL.- JORGE ALBERTO RODRÍGUEZ, SECRETARIO.

1 v. No. F021918

LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO

JUDICIAL, al público para los efectos de ley;

HACE SABER: que a este Juzgado se ha presentado la Licenciada

CARLA MARIA MENDEZ REYES, en concepto de apoderada general

judicial del FONDO NACIONAL DE VIVIENDA POPULAR, promo-

viendo, dentro del Juicio Ejecutivo Civil, incidente de ausencia a fi n

de nombrar curador ad-litem al señor MANUEL DE JESUS CASTRO

ALMENDAREZ, para que lo represente en el juicio referido, el cual ha

sido incoado en contra de dicho señor; en virtud de que, según la parte

actora, no se sabe su paradero y si dicho señor ha dejado algún procu-

rador para que lo represente; en consecuencia, si el expresado señor

CASTRO ALMENDAREZ, tuviere algún Procurador o representante

legal, Previénesele presentarse a este Juzgado, dentro de los quince

días siguientes a la última publicación de este aviso, a comprobar dicha

circunstancia.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, nueve de junio del año

dos mil cinco. DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.-

JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.

1 v. No. F021919

Luis Salvador Peña, Juez de lo Civil de este distrito judicial, al público

para los efectos de Ley;

HACE SABER: que a este Juzgado se ha presentado la licenciada

CARLA MARIA MENDEZ REYES, en concepto de apoderado general

judicial del FONDO NACIONAL DE VIVIENDA POPULAR, promo-

viendo, dentro del Juicio Ejecutivo Civil, incidente de ausencia a fi n de

nombrar curador ad-litem a la señora BLANCA FLOR MARROQUIN

CORTEZ, para que la representante en el juicio referido, el cual ha sido

incoado en contra de dicha señora; en virtud de que, según la parte actora

no se sabe su paradero y si dicha señora ha dejado algún procurador para

que la represente; en consecuencia, si la expresada señora MARROQUIN

CORTEZ, tuviere algún Procurador o representante legal, previénesele

presentarse a este Juzgado, dentro de los quince días siguientes a la

última publicación de este aviso, a comprobar dicha circunstancia.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, nueve de junio del año

dos mil cinco. DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.-

JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.

1 v. No. F021920

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al

público para los efectos de ley;

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la Li-

cenciada CARLA MARIA MENDEZ REYES, en concepto de apoderada

general judicial del FONDO NACIONAL DE VIVIENDA POPULAR,

promoviendo, dentro del Juicio Ejecutivo Civil, incidente de ausencia

a fi n de nombrar curador ad-litem al señor JOSE KENY ORELLANA

MIRANDA, para que lo represente en el juicio referido, el cual ha sido

incoado en contra de dicho señor; en virtud de que, según la parte actora,

no se sabe su paradero y si dicho señor ha dejado algún procurador para

que lo represente; en consecuencia, si el expresado señor ORELLANA

MIRANDA, tuviere algún procurador o representante legal, previénesele

presentarse a este Juzgado, dentro de los quince días siguientes a la

última publicación de este aviso, a comprobar dicha circunstancia.-

Juzgado de lo Civil: Zacatecoluca, nueve de junio del año dos mil

cinco.- Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.- JORGE

ALBERTO RODRÍGUEZ, SECRETARIO.

1 v. No. F021921

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al

público para los efectos de ley;

HACE SABER: Que en el Juicio Civil Ejecutivo seguido por la

Licenciada Carla María Méndez Reyes, como apoderada del FONDO

NACIONAL DE VIVIENDA POPULAR, contra la señora VILMA

ESTELA RIVAS BLANCO, reclamándole cantidad de dinero y acce-

sorios; se ha promovido dentro de dicho proceso incidente de ausencia,

con respecto a la demandada VILMA ESTELA RIVAS BLANCO, a

quien se le desconoce su paradero, como también si ha dejado algún

representante, por lo que pide se le nombre un curador Ad-litem para

que lo represente en el juicio al principio mencionado. En consecuencia,

si la expresada señora Vilma Estela Rivas Blanco, tuviere Procurador u

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75DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005.

otro representante legal, PREVIENESELE presentarse a este Juzgado,

dentro de los quince días siguientes a la última publicación de este aviso,

a comprobar dicha circunstancia.

Juzgado de lo Civil: Zacatecoluca, 16 de agosto del 2005. Dr.

LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.- JORGE ALBERTO

RODRIGUEZ, SECRETARIO.-

1 v. No. F021922

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al

público para los efectos de ley;

HACE SABER: Que en el Juicio Civil Ejecutivo seguido por la

Licenciada Carla María Méndez Reyes, como apoderada del FONDO

NACIONAL DE VIVIENDA POPULAR, contra el señor JOSE AM-

BROSIO MERINO SANCHEZ, reclamándole cantidad de dinero y ac-

cesorios; se ha promovido dentro de dicho proceso incidente de ausencia,

con respecto al demandado JOSE AMBROSIO MERINO SÁNCHEZ,

a quien se le desconoce su paradero, como también si ha dejado algún

representante, por lo que pide se le nombre un curador Ad-litem para que

lo represente en el juicio al principio mencionado. En consecuencia, si el

expresado señor José Ambrosio Merino Sánchez, tuviere Procurador u

otro representante legal, PREVIENESELE presentarse a este Juzgado,

dentro de los quince días siguientes a la última publicación de este aviso,

a comprobar dicha circunstancia.

Juzgado de lo Civil: Zacatecoluca, 16 de agosto de 2005. Dr.

LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.- JORGE ALBERTO

RODRIGUEZ, SECRETARIO.

1 v. No. F021924

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al

público para los efectos de ley;

HACE SABER: Que en el Juicio Civil Ejecutivo seguido por la

Licenciada Carla María Méndez Reyes, como apoderada del FONDO

NACIONAL DE VIVIENDA POPULAR, contra el señor ALFONSO

CASTILLO LOPEZ, reclamándole cantidad de dinero y accesorios;

se ha promovido dentro de dicho proceso incidente de ausencia, con

respecto al demandado ALFONSO CASTILLO LOPEZ, a quien se le

desconoce su paradero, como también si ha dejado algún representante,

por lo que pide se le nombre un curador Ad-litem para que lo represente

en el juicio al principio mencionado. En consecuencia, si el expresado

señor Alfonso Castillo López, tuviere Procurador u otro representante

legal, PREVIENESELE presentarse a este Juzgado, dentro de los quince

días siguientes a la última publicación de este aviso, a comprobar dicha

circunstancia.

Juzgado de lo Civil: Zacatecoluca, 2 de junio del 2005.- Dr. LUIS

SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.- JORGE ALBERTO

RODRIGUEZ, SECRETARIO.

1 v. No. F021926

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al

público para los efectos de ley;

HACE SABER: Que en el Juicio Civil Ejecutivo seguido por la

Licenciada Carla María Méndez Reyes, como apoderada del FONDO

NACIONAL DE VIVIENDA POPULAR, contra el señor GENARO

FLORES, reclamándole cantidad de dinero y accesorios, se ha promo-

vido dentro de dicho proceso incidente de ausencia, con respecto al

demandado GENARO FLORES, a quien se le desconoce su paradero,

como también si ha dejado algún representante, por lo que pide se

le nombre un curador Ad-litem para que lo represente en el juicio al

principio mencionado. En consecuencia, si el expresado señor Genaro

Flores, tuviere Procurador u otro representante legal, PREVIENESELE,

presentarse a este Juzgado, dentro de los quince días siguientes a la última

publicación de este aviso, a comprobar dicha circunstancia,

Juzgado de lo Civil: Zacatecoluca, 2 de junio del 2005.Dr. LUIS

SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.- JORGE ALBERTO

RODRIGUEZ, SECRETARIO.

1 v. No. F021928

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al

público para los efectos de ley;

HACE SABER: Que en el Juicio Civil Ejecutivo seguido por la

Licenciada Carla María Méndez Reyes, como apoderada del FONDO

NACIONAL DE VIVIENDA POPULAR, contra el señor JUAN AN-

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76 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

TONIO CUBAS, reclamándole cantidad de dinero y accesorios; se ha

promovido dentro de dicho proceso incidente de ausencia, con respecto

al demandado JUAN ANTONIO CUBAS, a quien se le desconoce su

paradero, como también si ha dejado algún representante, por lo que

pide se le nombre un curador Ad-litem para que lo represente en el juicio

al principio mencionado. En consecuencia, si el expresado señor Juan

Antonio Cubas, tuviere Procurador u otro representante legal, PREVIE-

NESELE presentarse a este Juzgado, dentro de los quince días siguientes

a la última publicación de este aviso, a comprobar dicha circunstancia.

Juzgado de lo Civil: Zacatecoluca, 2 de Junio del 2005. Dr. LUIS

SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.- JORGE ALBERTO

RODRIGUEZ, SECRETARIO.

1 v. No. F021929

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al

público para los efectos de ley;

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la Licen-

ciada CARLA MARÍA MÉNDEZ REYES, en concepto de apoderada

general judicial del FONDO NACIONAL DE VIVIENDA POPULAR,

promoviendo, dentro del Juicio Ejecutivo Civil, incidente de ausencia a

fi n de nombrar curador ad-lítem a la señora CARMELA MELENDEZ,

para que la represente en el juicio referido, el cual ha sido incoado en

contra de dicha señora; en virtud de que, según la parte actora, no se sabe

su paradero y si dicha señora ha dejado algún procurador para que la

represente, en consecuencia, si la expresada señora MELENDEZ, tuviere

algún Procurador o representante legal, previénesele presentarse a este

Juzgado, dentro de los quince días siguientes a la última publicación de

este aviso, a comprobar dicha circunstancia.

Juzgado de lo Civil: Zacatecoluca, nueve de junio del año dos mil

cinco. Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.- JORGE

ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.

1 v. No. F021931

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al

público para los efectos de ley;

HACE SABER: Que en el Juicio Civil Ejecutivo Mercantil pro-

movido por Lic. Víctor Manuel Burgos Elena, y continuado por la Lic.

Carla María Méndez Reyes, como apoderados generales judiciales

del FONDO NACIONAL DE VIVIENDA POPULAR, contra German

Mauricio Ibarra Quintanilla, promoviendo, dentro del referido juicio

incidente de ausencia, a fi n de nombrar curador ad-litem- al señor German

Mauricio Ibarra Quintanilla, para que lo represente en dicho juicio, el

cual ha sido incoado en contra de dicho señor, en virtud de que, según

la parte actora, no se sabe su paradero y si dicho señor ha dejado algún

procurador para que lo represente; en consecuencia, si el expresado señor

Ibarra Quintanilla, tuviere algún Procurador o representante legal, previé-

nesele presentarse a este Juzgado, dentro de los quince días siguientes a

la última publicación de este aviso, a comprobar dicha circunstancia.

Juzgado de lo Civil: Zacatecoluca, catorce de septiembre del año

dos mil cinco. Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.-

JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.

1 v. No. F021933

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al

público para los efectos de ley;

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido

por Lic. Víctor Manuel Burgos Elena, y continuado por la Lic. Carla

María Méndez Reyes, como apoderados generales judiciales del

FONDO NACIONAL DE VIVIENDA POPULAR, contra Apolonio

Molina Amaya, promoviendo, dentro del referido juicio incidente de

ausencia, a fi n de nombrar curador ad-litem al señor Apolonio Molina

Amaya, para que lo represente en dicho juicio, el cual ha sido incoado

en contra de dicho señor, en virtud de que, según la parte actora, no

se sabe su paradero y si dicho señor ha dejado algún procurador para

que lo represente; en consecuencia, si el expresado señor MOLINA

AMAYA, tuviere algún Procurador o representante legal, previénesele

presentarse a este Juzgado, dentro de los quince días siguientes a la

última publicación de este aviso, a comprobar dicha circunstancia.

Juzgado de lo Civil: Zacatecoluca, ocho de septiembre del año dos

mil cinco. Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.- JORGE

ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.

1 v. No. F021934

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77DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005. EL INFRASCRITO JUEZ, Al público para los efectos de lo que establece el Art.141 lnc.3 Pr.C.;

HACE SABER: Que por resolución de las doce horas del día treinta y uno de mayo del corriente año; líbrese edicto a fi n de que se publique por una vez en el Diario Ofi cial y por tres veces en un diario de circulación nacional; el motivo de lo anterior es de que el señor MARDOQUEO GREGORIO RIVERA, tenga conocimiento que se le notifi cará el mandamiento de embargo en su contra, según Juicio Civil Ejecutivo, promovida por la Licenciada CARLA MARIA MENDEZ REYES, Apoderada General Judicial del FONDO NACIONAL DE VIVIENDA POPULAR, que se abrevia EL FONDO o FONAVIPO, INSTITUCIÓN PÚBLICA DE CRÉDITO DE CARÁCTER AUTÓNO-MO; contra el señor MARDOQUEO GREGORIO RIVERA, citando al señor, MARDOQUEO GREGORIO RIVERA, que acuda a este Juzgado a efecto de que se le notifi que del mandamiento de embargo en su contra, y previniéndole que si el ausente tuviera procurador o representante legal se presentara dentro de quince días después de la última publicación.- Si transcurrido dicho plazo no se apersonare procurador o representante legal alguno, se nombrará el curador especial solicitado.-

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Jiquilisco, a los tres días del mes de junio del año dos mil cinco.- Lic. MANUEL DE JESUS SANTOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Licda. SILVIA YANETH MEJIA HERNANDEZ, SRIA.

1 v. No. F021936

EL INFRASCRITO JUEZ, Al público para los efectos de lo que establece el Art.141 Inc.3 Pr.C.,

HACE SABER: Que por resolución de las doce horas y treinta y cinco minutos del día treinta y uno de mayo del corriente año; líbrese edicto a fi n de que se publique por una vez en el Diario Ofi cial y por tres veces en un diario de circulación nacional; el motivo de lo anterior es de que el señor CANDELARIO MARTINEZ RODRIGUEZ, tenga conocimiento que se le notifi cará el mandamiento de embargo en su contra, según juicio civil Ejecutivo, promovido por el Licenciado VICTOR MANUEL BURGOS ELENA, Apoderado General Judicial del FONDO NACIONAL DE VIVIENDA POPULAR, que se abrevia EL FONDO o FONAVIPO, INSTITUCIÓN PÚBLICA DE CRÉDITO DE CARÁCTER AUTÓNO-MO, contra el señor CANDELARIO MARTINEZ RODRIGUEZ, citando al señor CANDELARIO MARTINEZ RODRIGUEZ, que acuda a este Juzgado a efecto de que se le notifi que del mandamiento de embargo en su contra, y previniéndole que si el ausente tuviera procurador o repre-sentante legal se presentara dentro de quince días después de la última publicación.- Si transcurrido dicho plazo no se apersonare procurador o representante legal alguno, se nombrará el curador especial solicitado.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Jiquilisco, a los tres días del mes de junio del año dos mil cinco.- Lic. MANUEL DE JESUS SANTOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Licda. SILVIA YANETH MEJIA HERNANDEZ, SRIA.

1 v. No. F021937

EL INFRASCRITO JUEZ, Al público, para los efectos de lo que establece el Art.141 Inc.3 Pr.C.,

HACE SABER: Que por resolución de las once horas y trece minutos del día treinta y uno de mayo del corriente año; líbrese edicto a fi n de que se publique por una vez en el Diario Ofi cial y por tres veces en un diario de circulación nacional; el motivo de lo anterior es de que el señor JUAN CARLOS CRUZ BELTRAN, tenga conocimiento que se le notifi cará el mandamiento de embargo en su contra, según juicio civil Ejecutivo, pro-movido por la Licenciada CARLA MARIA MENDEZ REYES, Apoderada

General Judicial del FONDO NACIONAL DE VIVIENDA POPULAR, que se abrevia EL FONDO o FONAVIPO, INSTITUCIÓN PÚBLICA DE CRÉDITO DE CARÁCTER AUTÓNOMO; contra el señor JUAN CARLOS CRUZ BELTRÁN, citando al señor JUAN CARLOS CRUZ BELTRÁN, que acuda a este Juzgado a efecto de que se le notifi que del mandamiento de embargo en su contra, y previniéndole que si el ausente tuviera procurador o representante legal se presentara dentro de quince días después de la última publicación.- Si transcurrido dicho plazo no se apersonare procurador o representante legal alguno, se nombrará el curador especial solicitado.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia Jiquilisco, a los dos días del mes de junio de dos mil cinco.- Lic. MANUEL DE JESUS SANTOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Licda. SILVIA YANETH MEJIA HERNANDEZ, SRIA.

1 v. No. F021939

EL INFRASCRITO JUEZ, Al público para los efectos de lo que establece el Art.141 Inc.3 Pr.C.,

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas del día treinta y uno de mayo del corriente año, líbrese edicto a fi n de que se publique por una vez en el Diario Ofi cial y por tres veces en un diario de circulación nacional; el motivo de lo anterior es de que el señor JOSE GUILLERMO VILLALTA PADILLA, tenga conocimiento que se le notifi cará el mandamiento de embargo en su contra, Según Juicio Civil Ejecutivo, promovido por la Licenciada CARLA MARIA MENDEZ REYES, Apoderada General Judicial del FONDO NACIONAL DE VIVIENDA POPULAR, que se abrevia EL FONDO o FONAVIPO, INSTITUCIÓN PÚBLICA DE CRÉDITO DE CARÁCTER AUTÓ-NOMO; contra el señor JOSE GUILLERMO VILLALTA PADILLA, citando al señor JOSE GUILLERMO VILLALTA PADILLA, que acuda a este Juzgado a efecto de que se le notifi que del mandamiento de em-bargo en su contra, y previniéndole que si el ausente tuviera procurador o representante legal se presentara dentro de quince días después de la última publicación.- Si transcurrido dicho plazo no se apersonare pro-curador o representante legal alguno, se nombrará el curador especial solicitado.-

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Jiquilisco, a los tres días del mes de junio del año dos mil cinco.- Lic. MANUEL DE JESUS SANTOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Licda. SILVIA YANETH MEJIA HERNANDEZ, SRIA.

1 v. No. F021941

EL INFRASCRITO JUEZ, Al público para los efectos de lo que establece el Art.14l Inc.3 Pr.C.,

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas del día treinta y uno de mayo del corriente año; líbrese edicto a fi n de que se publique por una vez en el Diario Ofi cial y por tres veces en un diario de circulación nacional; el motivo de lo anterior es de que la señora LORENA MARISOL CRUZ BARRERA, tenga conocimiento que se le notifi cará el mandamiento de embargo en su contra, según juicio civil Ejecutivo, promovido por la Licenciada CARLA MARIA MENDEZ REYES, Apoderada General Judicial del FONDO NACIONAL DE VIVIENDA POPULAR, que se abrevia EL FONDO o FONAVIPO, INSTITUCIÓN PÚBLICA DE CRÉDITO DE CARÁCTER AUTÓNOMO, contra la señora LORENA MARISOL CRUZ BARRERA, citando a la señora LORENA MARISOL CRUZ BARRERA, que acuda a este Juzgado a efecto de que se le notifi que del mandamiento de embargo en su contra, y previniéndole que si el ausente tuviera procurador o representante legal se presentara dentro de quince días después de la última publicación.- Si transcurrido dicho plazo no se apersonare procurador o representante legal alguno, se nombrará el curador especial solicitado.-

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78 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Jiquilisco, a los tres días del mes de junio del año dos mil cinco.- Lic. MANUEL DE JESUS SANTOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Licda. SILVIA YANETH MEJIA HERNANDEZ, SRIA.

1 v. No. F021942

JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que en este Juzgado se ha presentado la Licenciada CARLA MARÍA MENDEZ REYES, en su carácter de Apoderado del FONDO NACIONAL DE VIVIENDA POPULAR que puede abreviarse “ EL FONDO” o “FONAVIPO”; a promover Juicio Ejecutivo Mercantil y en vista de no encontrarse el paradero de la persona demandada en dicho Juicio señor ANGEL RUFINO NAVARRETE BURGOS; la apoderada de la parte actora ha solicitado que se abra incidente de ausencia, a efecto de que se le nombre un curador especial para que lo represente en el proceso antes mencionado; al presunto ausente es mayor de edad, Mecánico, y de último domicilio conocido en esta Ciudad; desconociéndose a esta fecha su paradero; ignorándose además si ha dejado constituido procurador, apoderado o representante legal, para que lo represente en el presente Juicio; en consecuencia, se le previene al señor ANGEL RUFINO NAVARRETE BURGOS o en su defecto al procurador, apoderado o representante legal si los tiene; para que se presenten a este Juzgado dentro de los quince días contados a partir de la última publicación de este edicto, con el propósito de que retomen la defensa del demandado en el estado en que se encuentra, para poder continuar con el trámite del Juicio Ejecutivo bajo la Ref: 140-EM-03.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las quince horas y un minuto del día tres de junio de dos mil cinco. Lic. JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. JORGE ALBERTO GONZALEZ MENDEZ, SECRETARIO.

1 v. No. F021944

DOCTOR JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO,

HACE SABER: Que en el Juicio Civil Ejecutivo, promovido por la Licenciada CARLA MARIA MENDEZ REYES, mayor de edad, Abogado y Notario, del domicilio de San Salvador, en su calidad de Apoderada General Judicial del FONDO NACIONAL DE VIVIEN-DA POPULAR, que se abrevia EL FONDO o FONAVIPO; contra la señora ALICIA GAISHPAL AGUIRRE, mayor de edad, de ofi cio do-mésticos, del domicilio de Ahuachapán, Departamento de Ahuachapán, reclamándole el pago de cantidad de colones y accesorios legales; ante la imposibilidad de emplazar a la expresada demandada, la parte actora ha iniciado incidente, a fi n de que se declare la Ausencia de la señora ALICIA GAISHPAL AGUIRRE, de las generales relacionadas y se le provea de un Curador Especial para que la represente en el Juicio Civil Ejecutivo relacionado. En razón de lo solicitado por la Licenciada CARLA MARIA MENDEZ REYES, en calidad indicada, por este medio se previene que si la ausente señora ALICIA GAISHPAL AGUIRRE, tuviere Procurador o Representante legal, se presente a este Juzgado a comprobar dicha circunstancia dentro del término de quince días después de la última publicación de este aviso.

Lo que se pone en conocimiento del público, para los fi nes de Ley.

Juzgado de lo Civil: Ahuachapán, a las quince horas del día cinco de abril del año dos mil cinco. Dr. JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL. INOCENTE GRANILLO CASTELLON, SECRETARIO.

1 v. No. F021945

DOCTOR JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO,

HACE SABER: Que en el Juicio Civil Ejecutivo, promovido por el Licenciado VICTOR MANUEL BURGOS ELENA, de cuarenta y dos años de edad, Abogado, del domicilio de Nueva San Salvador, y seguido por la Licenciada ALBA AMERICA CASTILLO RECINOS, de cuarenta años de edad, Abogado, del domicilio de San Salvador, y continuado por la Licenciada CARLA MARIA MENDEZ REYES, mayor de edad, Abogado y Notario, del domicilio de San Salvador, los tres en su calidad de Apoderados Generales Judiciales del FONDO NACIONAL DE VIVIENDA POPULAR, que se abrevia EL FONDO o FONAVIPO , contra la señora MARIA MAUDA ELENA JIMENEZ DE VASQUEZ, mayor de edad, de ofi cios domésticos, del domicilio de San Pedro Puxtla, Departamento de Ahuachapán, reclamándole el pago de cantidad de colones y accesorios legales, ante la imposibilidad de emplazar al expresado demandado, la parte actora ha iniciado Inci-dente, a fi n de que se declare la Ausencia de la señora MARIA MAUDA ELENA JIMENEZ DE VASQUEZ, de las generales relacionadas y se le provea de un Curador Especial para que la represente en el Juicio Civil Ejecutivo relacionado. En razón de lo solicitado por los Licenciados VICTOR MANUEL BURGOS ELENA, ALBA AMERICA CASTILLO RECINOS y CARLA MARIA MENDEZ REYES, todos en la calidad indicada, por este medio se previene que si la ausente señora MARIA MAUDA ELENA JIMENEZ DE VASQUEZ, tuviere Procurador o Representante legal, se presente a este Juzgado a comprobar dicha circunstancia dentro del término de quince días después de la última publicación de este aviso.

Lo que se pone en conocimiento del público, para los fi nes de Ley.

Juzgado de lo Civil: Ahuachapán, a las once horas treinta minutos del día veintiuno de junio del año dos mil cinco.- Dr. JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL. INOCENTE GRANILLO CASTELLON, SECRETARIO.

1 v. No. F021947

DOCTOR JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Que en el JUICIO EJECUTIVO CIVIL, promovido por la Licenciada CARLA MARIA MENDEZ REYES, mayor de edad, Abogado, del domicilio de San Salvador, en su calidad de Apoderada General Judicial del FONDO NACIONAL DE VIVIENDA POPULAR, que se abrevia EL FONDO O FONAVIPO, contra la señora OLGA PATRICIA ORTIZ TOBAR, mayor de edad, Estudiante, del domicilio de Ahuachapán, Departamento de Ahuachapán, reclamándole el pago de cantidad de dólares y accesorios legales; ante la imposibilidad de emplazar a la expresada demandada, la parte actora ha iniciado Incidente, a fi n de que se declare la Ausencia de la señora OLGA PATRICIA ORTIZ TOBAR, de las generales relacionadas y se le provea de un Curador Especial para que la represente en el Juicio Ejecutivo Civil relacionado.- En razón de lo solicitado por la Licenciada CARLA MARIA MENDEZ REYES, en la calidad indicada, por este medio se previene que si la ausente señora OLGA PATRICIA ORTIZ TOBAR, tuviere Procurador o Representante Legal se presente a este Juzgado a comprobar dicha circunstancia dentro del término de quince días después de la última publicación de este aviso.-

Lo que se pone en conocimiento del público, para los fi nes de ley.-

Juzgado de lo Civil: Ahuachapán, a las nueve horas veinte minutos del día veinte de julio del año dos mil cinco.- Dr. JULIO CESAR FLO-RES, JUEZ DE LO CIVIL. INOCENTE GRANILLO CASTELLON, SECRETARIO.

1 v. No. F021948

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79DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005.

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que en este Juzgado ha comparecido la Licenciada GLORIA RUTH MORALES DE ESPINAL, Apoderada General Judicial de la señora ROSA MARINA LEMUS, quien es de setenta y seis años de edad, de ofi cios domésticos y de este domicilio, manifestando que su poderdante promoverá en JUICIO CIVIL ORDINARIO DE HECHO DE PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA, contra la Sociedad TIMOR INC; actualmente de domicilio ignorado, descono-ciendo si ha dejado Representante Legal, por lo que pide se le nombre un Curador Especial.

Se previene que si la Sociedad antes mencionada, tiene Procura-dor o Representante Legal en la República, se presente a este Juzgado a demostrar tal calidad dentro de los quince días subsiguientes al de la última publicación de este Aviso.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los doce días del mes de octubre de dos mil cinco. Lic. ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. ANA MARÍA GUTIÉRREZ MENJIVAR, SECRETARIA INTA.

1 v. No. F021976

INÉS TAURA DE CUCHILLA, JUEZA SEGUNDO DE LO CIVIL INTA. DE ESTE MUNICIPIO.

HACE SABER: Al público para efectos de ley, que en este Juzgado el LICENCIADO GUILLERMO PRIETO MARTÍNEZ, mayor de edad, Abogado, de este domicilio, se ha presentado a promover Diligencias de Ausencia en su calidad de Apoderado del señor FRANCISCO JAVIER RAMÍREZ contra MANUEL DE LA O FLORES, quien es mayor de edad, de domicilio ignorado, que por no saber el referido Abogado cuál es el domicilio o residencia actual del señor MANUEL DE LA O FLO-RES, promueve estas diligencias para el nombramiento de un Curador Especial, para que represente al demandado señor antes mencionado según Art. 141 Pr. C.

EN CONSECUENCIA: Se previene que si el referido ausente tiene Procurador o Representante Legal, se presente a este Juzgado a comprobar dicha circunstancia dentro del término de Ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: San Salvador, a las diez horas del día doce de octubre de dos mil cinco.- Dra. INÉS TAURA DE CUCHILLA, JUEZA SEGUNDO DE LO CIVIL INTA.- Lic. TATIANA VILMA MERCEDES CÁCERES DE ALAS, SECRETARIA.

1 v. No. R003877

DISEÑO INDUSTRIAL

No. de Expediente: 2005002077

No. de Presentación: 20050003486

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado MIRIAM ARACELY HENRÍQUEZ MORENO, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de THE COCA-COLA COMPANY, del domicilio de 1 COCA-COLA PLAZA, ATLANTA GEORGIA 30313

ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, de nacionalidad ESTADOUNI-DENSE, solicitando se conceda Registro del DISEÑO INDUSTRIAL, por el término improrrogable de DIEZ AÑOS, de acuerdo a lo estable-cido en el Artículo 26 numeral 3o. del Anexo 1C de los Acuerdos de los Derechos de Propiedad Intelectual, relacionados con el Comercio (ADPIC), para un DISEÑO INDUSTRIAL denominado BOTELLA (POWERADE KURT B), con Clasifi cación Internacional CL09 01, y con prioridad de la solicitud ESTADOUNIDENSE No. 200429215396, de fecha diecinueve de octubre del año dos mil cuatro. La solicitud fue presentada a las quince horas y cincuenta y seis minutos del día ocho de abril del año dos mil cinco.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de Ley.

REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTAMEN-TO DE PATENTES. San Salvador, a los tres días del mes de octubre del año dos mil cinco.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ,

REGISTRADOR.

1 v. No. R003884

RENOVACIÓN DE MARCAS

No. de Expediente: 1991003076

No. de Presentación: 20050066321

CLASE: 13.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARÍA MARTA GÓMEZ DE MELÉNDEZ, del domicilio de Cojutepeque, Departamento de Cuscatlán, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando RENOVACIÓN, para la ins-cripción Número 00186 del Libro 00025 de INSCRIPCIÓN DE MAR-CAS, consistente en LA PALABRA “INDIO”, QUE SE ENCUENTRA ESCRITA EN MAYÚSCULAS EN LA PARTE DE ARRIBA DE UN INDIO QUE TIENE EN LA MANO DERECHA UNA ANTORCHA Y A LA PAR LAS PALABRAS COHETILLOS Y MORTEROS; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 13 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los dieciséis días del mes de agosto del año dos mil cinco.

Lic. MARÍA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

MARTA DELIA CLAVEL DE VEGA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R003881-1

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80 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

MARCA DE FÁBRICA

No. de Expediente: 2005050960

No. de Presentación: 20050067197

CLASE. 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIO CONCEPCIÓN MARTÍNEZ SANDOVAL, en su calidad de APODE-RADO GENERAL JUDICIAL de HOTELES DE CENTRO AMÉRICA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: HOTELES DE CENTRO AMÉRICA, S.A. DE C.V., HOTELES, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

REAL LUXURY COLLECTION

Consistente en: las palabras REAL LUXURY COLLECTION traducidas al castellano como COLECCIÓN REAL DE LUJO.

La solicitud fue presentada el día once de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, doce de agosto del año dos mil cinco.

JOSÉ RAÚL ROSALES PÉREZ,

REGISTRADOR.

CARLOS ARTURO SOTO GARCÍA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F021864-1

No. de Expediente: 2005050963

No. de Presentación: 20050067200

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIO CONCEPCIÓN MARTÍNEZ SANDOVAL, en su calidad de APODE-RADO GENERAL JUDICIAL de HOTELES DE CENTRO AMÉRICA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: HOTELES DE CENTRO AMÉRICA, S.A. DE C.V., HOTELES, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

REAL FUSION CLUB

Consistente en: las palabras REAL FUSION CLUB traducidas al castellano como CLUB REAL DE UNIÓN.

La solicitud fue presentada el día once de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, doce de agosto del año dos mil cinco.

JOSÉ RAÚL ROSALES PÉREZ,

REGISTRADOR.

CARLOS ARTURO SOTO GARCÍA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F021865-1

No. de Expediente: 2005052337

No. de Presentación: 20050069290

CLASE: 39.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ALBERTO HERNÁNDEZ VENTURA, en su calidad de APODERADO GENE-RAL JUDICIAL de ZETA GAS DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: ZETA GAS DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la palabra gasAuto.

La solicitud fue presentada el día cuatro de octubre del año dos mil cinco.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, siete de octubre del año dos mil cinco.

JOSÉ RAÚL ROSALES PÉREZ,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F021867-1

No. de Expediente: 2005050301

No. de Presentación: 20050066252

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JING JING ZHANG, de nacionalidad CHINA, en su calidad de PROPIETARIO,

DIARIO

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81DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005.

solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMER-CIO,

YENISSA

Consistente en: la palabra YENISSA.

La solicitud fue presentada el día ocho de julio del año dos mil cinco.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, once de julio del año dos mil cinco.

JOSÉ RAÚL ROSALES PÉREZ,

REGISTRADOR.

CARLOS ARTURO SOTO GARCÍA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F021955/F022115-1

No. de Expediente: 2005052318

No. de Presentación: 20050069271

CLASE: 20.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO AQUINO FUENTES, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL Y ADMINISTRADOR ÚNICO PROPIETARIO de ESPUMAS ARTIFI-CIALES, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: ESPUMAR, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMER-CIO,

Consistente en: la palabra Eternity que se traduce al castellano como ETERNIDAD.

La solicitud fue presentada el día cuatro de octubre del año dos mil cinco.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diecisiete de octubre del año dos mil cinco.

JOSÉ ÁNGEL ARRIAZA POLANCO,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F021973-1

No. de Expediente: 2005050080

No. de presentación: 20050065942

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JING JING ZHANG, de nacionalidad CHINA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMER-CIO,

Consistente en: las palabras Moonlily International traducida al castellano como Flor de Luna Internacional.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de junio del año dos mil cinco.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, primero de julio del año dos mil cinco.

JOSÉ RAÚL ROSALES PÉREZ,REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,SECRETARIO.

3 v. alt. No. F021953/F022114-1

No. de Expediente: 2005049652

No. de Presentación: 20050065365

CLASE: 12.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RUTH ELIZABETH OLIVARES LINARES, en su calidad de REPRESEN-TANTE LEGAL de KTM SPORTMOTORCYCLE AG, de nacionalidad AUSTRIACA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO,

KTM

Consistente en: las letras KTM.

La solicitud fue presentada el día trece de junio del año dos mil cinco.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diecisiete de junio del año dos mil cinco.

JOSÉ RAÚL ROSALES PÉREZ,REGISTRADOR.

SALVADOR ANÍBAL JUÁREZ URQUILLA,SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003855-1

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82 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

No. de Expediente: 2003035594

No. de Presentación: 20030042882

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado FREDY ORLANDO ORTIZ MEJÍA, en su calidad de APODERADO de COMPAÑÍA FARMACÉUTICA MC, S.A., de nacionalidad HON-DUREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO,

MC-CORTAQ

Consistente en: la palabra MC-CORTAQ.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de septiembre del año dos mil tres.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diez de enero del año dos mil cinco.

Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.

ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,SECRETARIA.

3 v. alt. No. R003856-1

No. de Expediente: 2003035592

No. de Presentación: 20030042880

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado FREDY ORLANDO ORTIZ MEJÍA, en su calidad de APODERADO GENE-RAL de COMPAÑÍA FARMACÉUTICA MC, S.A., de nacionalidad HONDUREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO,

MUSFLEX

Consistente en: la palabra MUSFLEX.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de septiembre del año dos mil tres.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, seis de enero del año dos mil cinco.

Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.

VANESSA MARÍA ROSALES AGUILAR,SECRETARIA.

3 v. alt. No. R003857-1

No. de Expediente: 2005047019

No. de Presentación: 20050061508

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RUTH ELIZABETH OLIVARES LINARES, en su calidad de APODERA-DO de COMPAÑÍA FARMACÉUTICA MADURO Y CASTILLO, S.A. (COMPAÑÍA FARMACÉUTICA M. C., S.A.), de nacionalidad HONDUREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO,

BUTAM MC

Consistente en: la palabra BUTAM MC.

La solicitud fue presentada el día dos de marzo del año dos mil cinco.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diecisiete de marzo del año dos mil cinco.

Lic. ALICIA ESTER GARCÍA COREAS,REGISTRADOR.

MARÍA ISABEL JACO LINARES,SECRETARIA.

3 v. alt. No. R003858-1

No. de Expediente: 2003035591

No. de Presentación: 20030042879

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado FREDY ORLANDO ORTIZ MEJÍA, en su calidad de APODERADO GENE-RAL de COMPAÑÍA FARMACÉUTICA MC, S.A., de nacionalidad HONDUREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO,

NASEC

Consistente en: la palabra NASEC.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de septiembre del año dos mil tres.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, seis de enero del año dos mil cinco.

Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LÓPEZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003859-1

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83DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005.

No. de Expediente: 2003035589

No. de Presentación: 20030042877

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado FREDY ORLANDO ORTIZ MEJÍA, en su calidad de APODERADO de COMPAÑÍA FARMACÉUTICA MADURO Y CASTILLO, S.A. que se abrevia: COMPAÑÍA FARMACÉUTICA M.C., S.A., de nacionalidad HONDUREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO,

DICONGEST

Consistente en: La palabra DICONGEST.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de septiembre del año dos mil tres.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, trece de enero del año dos mil cinco.

Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.

JOSÉ FIDEL MELARA MORÁN,SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003860-1

No. de Expediente: 2003035588

No. de Presentación: 20030042876

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado FREDY ORLANDO ORTIZ MEJÍA, en su calidad de APODERADO GENE-RAL de COMPAÑÍA FARMACÉUTICA MC, S.A., de nacionalidad HONDUREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO,

ELIPROXEN

Consistente en: La palabra ELIPROXEN.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de septiembre del año dos mil tres.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diez de enero del año dos mil cinco.

Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.

ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003861-1

No. de Expediente: 2003035587

No. de Presentación: 20030042875

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado FREDY ORLANDO ORTIZ MEJÍA, en su calidad de APODERADO GENE-RAL de COMPAÑÍA FARMACÉUTICA MC, S.A., de nacionalidad HONDUREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO,

CALTAR

Consistente en: La palabra CALTAR.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de septiembre del año dos mil tres.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, seis de enero del año dos mil cinco.

Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R003862-1

No. de Expediente: 2003035593

No. de Presentación: 20030042881

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado FREDY ORLANDO ORTIZ MEJÍA, en su calidad de APODERADO GENE-RAL de COMPAÑÍA FARMACÉUTICA MC, S.A., de nacionalidad HONDUREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO,

PREDÍN-ONA

Consistente en: La palabra PREDÍN-ONA.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de septiembre del año dos mil tres.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diez de enero del año dos mil cinco.

Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.

ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003863-1

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84 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

No. de Expediente: 2004044249

No. de Presentación: 20040057069

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ROBERTO ENRIQUE CALDERÓN LÓPEZ, en su calidad de APODERADO de XI’AN KAIMI CO, LTD., de nacionalidad CHINA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: La expresión Kami KAIMI y diseño.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de octubre del año dos mil cuatro.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, siete de enero del año dos mil cinco.

ALICIA ESTHER GARCÍA COREAS,

REGISTRADOR.

LUIS FERNANDO ARÉVALO VAQUERANO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003864-1

No. de Expediente: 2005051971

No. de Presentación: 20050068741

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CESAR ROLANDO GARCÍA HERRERA, en su calidad de APODERADO de INDUSTRIA TÉCNICO FARMACÉUTICA, SOCIEDAD ANÓNIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: Las palabras mater care y diseño, traducidas al castellano como “cuidado materno”.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de septiembre del año dos mil cinco.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, catorce de octubre del año dos mil cinco.

Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.

MELVY ELIZABETH CORTEZ DE ALAS,SECRETARIA.

3 v. alt. No. R003891-1

No. de Expediente: 2005052234

No. de Presentación: 20050069103

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CESAR ROLANDO GARCÍA HERRERA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de INDUSTRIA TÉCNICO FARMACÉUTICA, SOCIE-DAD ANÓNIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: La palabra Sedafl em A.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de septiembre del año dos mil cinco.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de septiembre del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,

REGISTRADOR.

CARLOS ARTURO SOTO GARCÍA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003892-1

No. de Expediente: 2005051972

No. de Presentación: 20050068742

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CESAR ROLANDO GARCÍA HERRERA, en su calidad de APODERADO de INDUSTRIA TÉCNICO FARMACÉUTICA, SOCIEDAD ANÓNIMA,

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85DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005.

de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: La palabra Phazyme.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de septiembre del año dos mil cinco.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, catorce de octubre del año dos mil cinco.

Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.

MELVY ELIZABETH CORTEZ DE ALAS,SECRETARIA.

3 v. alt. No. R003893-1

SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL

No. de Expediente: 2005052336

No. de Presentación: 20050069289

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS AL-BERTO HERNÁNDEZ VENTURA, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de ZETA GAS DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: ZETA GAS DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESIÓN O SEÑAL DE PROPAGAN-DA,

Consistente en: Las palabras gasauto, que servirá para: ATRAER LA ATENCIÓN DEL PÚBLICO DE LA IMPORTACIÓN, DISTRIBUCIÓN Y VENTA DE GAS LICUADO DE PETRÓLEO PARA VEHÍCULOS DE AUTOMOTOR.

La solicitud fue presentada el día cuatro de octubre del año dos mil cinco.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, siete de octubre del año dos mil cinco.

JOSÉ RAÚL ROSALES PÉREZ,REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,SECRETARIA.

3 v. alt. No. F021869-1

No. de Expediente: 2005052468

No. de Presentación: 20050069512

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS GUILLERMO MULLER DELGADO, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de ALIANZA REPUBLICANA NACIONA-LISTA que se abrevia: ARENA, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESIÓN O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,

Consistente en: La palabra TRICOLOR y diseño, que servirá para: LLAMAR LA ATENCIÓN DEL PÚBLICO SOBRE LOS PRODUCTOS SIGUIENTES: CAMISETAS, SOMBREROS, CACHUCHAS, BLU-SAS, ROPA INTERIOR, FALDAS, CHUMPAS, BINCHAS, CHALE-COS, TACOS DE PAPEL, ROPA PARA MASCOTAS, SOMBRILLAS, SILLAS PLEGABLES, ROPA DE GIMNASIO, ROPA DE PLAYA, TOALLAS, CARTERAS.

La solicitud fue presentada el día once de octubre del año dos mil cinco.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, doce de octubre del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,REGISTRADOR.

NANCY KATYA NAVARRETE QUINTANILLA,SECRETARIA.

3 v. alt. No. F022240-1

No. de Expediente: 2005052467

No. de Presentación: 20050069511

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS GUILLERMO MULLER DELGADO, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de ALIANZA REPUBLICANA NACIONA-LISTA que se abrevia: ARENA, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESIÓN O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,

Consistente en: La palabra TRICOLOR y diseño, que servirá para: LLAMAR LA ATENCIÓN DEL PÚBLICO SOBRE LOS PRODUCTOS SIGUIENTES: CAMISETAS, SOMBREROS, CACHUCHAS, BLU-

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86 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

SAS, ROPA INTERIOR, FALDAS, CHUMPAS, BINCHAS, CHALE-COS, TACOS DE PAPEL, ROPA PARA MASCOTAS, SOMBRILLAS, SILLAS PLEGABLES, ROPA DE GIMNASIO, ROPA DE PLAYA, TOALLAS, CARTERAS.

La solicitud fue presentada el día once de octubre del año dos mil cinco.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, doce de octubre del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,

REGISTRADOR.

NANCY KATYA NAVARRETE QUINTANILLA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F022241-1

No. de Expediente: 2005046084

No. de Presentación: 20050060040

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado FRANCISCO SURIANO SIU, en su calidad de DIRECTOR PRESIDENTE Y RE-PRESENTANTE de GALVANIZADORA INDUSTRIAL SALVADO-REÑA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESIÓN O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMER-CIAL,

Consistente en: La expresión Invierta bien sus Reme$a$ Venga a GALVANISSA #1 en Hierro y Techos, que servirá para: LLAMAR LA ATENCIÓN DEL PÚBLICO CONSUMIDOR SOBRE EL PRODUC-TOS CONSISTENTE EN LÁMINA PARA TECHOS DE VIVIEN-DA.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de enero del año dos mil cinco.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de enero del año dos mil cinco.

Lic. JOSÉ EMILIO TAMAYO AGUILERA,

REGISTRADOR.

LUIS FERNANDO ARÉVALO VAQUERANO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003873-1

MATRÍCULA DE COMERCIO

ASIENTO DE EMPRESA 2002008195

ESTABLECIMIENTO 2002008195- 001

LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRÍCULAS DE EMPRESA Y ESTABLE-CIMIENTOS:

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARINA ÁVILA DE RIVERA, en su calidad de Representante legal de la socie-dad REPARTO EL AMATE, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse REPARTO EL AMATE S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de USULUTÁN, cuya escritura social está inscrita bajo el número 48 del libro 285 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-260880-001-6, ha presentado solicitud a las once horas y cuarenta y cinco minutos del día dieciséis de agosto de dos mil cuatro. Con la cual se otorgaron los asientos de Empresa No. 2002008195 y Establecimiento No. 2002008195- 001; a favor de la Empresa denominada REPARTO EL AMATE, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a LOTIFICACIÓN, con dirección en REPARTO EL AMATE II, POLÍGONO No. 19, CASA No. 1, del domicilio de USULUTÁN, cuyo activo asciende a OCHENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS DIECINUEVE DÓLARES CON 23/100 $ 87,619.23 y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) REPARTO EL AMATE, S. A. DE C.V., ubicado en REPARTO EL AMATE II, POLÍGONO No. 19, CASA No. 1, del domicilio de USULUTÁN.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, diecinueve de noviembre de dos mil cuatro.

Lic. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,REGISTRADORA.

3 v. alt. No. F021797-1

ASIENTO DE EMPRESA 2001016627

ESTABLECIMIENTO 2001016627- 1.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRÍCULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-MIENTOS:

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ROSA VIC-TORIA SERRANO DE LÓPEZ, en su calidad de Representante legal de la sociedad CLÁSICOS ROXSIL, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede Abreviarse CLÁSICOS ROXSIL, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de NUEVA SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 00002 del Libro 1140 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0511-140690-101-1, ha presentado solicitud a las diez horas y veintidós minutos del día cuatro de junio del año dos mil uno. Con la cual se otorgaron los asientos de matrícula de Empresa No. 2001016627 y Establecimiento No. 2001016627- 1; a favor de la Empresa denominada CLÁSICOS ROXSIL, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a COMPRA VENTA DE LIBROS, con dirección en 4a. AV. SUR 2-3 NUEVA SAN SALVADOR cuyo activo es de QUINIENTOS CUARENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO 66/100 Dólares ($ 543,875.66); y que tiene un Establecimiento Comercial denominado 1-) CLÁSICOS ROXSIL, S.A. DE C.V., ubicado en 4a. AVENIDA SUR 2-3, NUEVA SAN SALVADOR, LA LIBERTAD.

Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, veinte de junio del año dos mil uno.

Lic. ROSA MAURA CABRERA MARTÍNEZ,REGISTRADOR.

3 v. alt. No. F021887-1

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87DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005.

ASIENTO DE EMPRESA 2005054662

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2005054662-001

LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE

REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-

TOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ENRIQUE DE

JESUS HERNANDEZ FLORES, de nacionalidad SALVADOREÑA,

número de Documento Único de Identidad 00294250-9 del domicilio de

EL CONGO, con Número de Identifi cación Tributaria: 0202-151241-001-

2 el cual ha presentado solicitud a las catorce horas y cuarenta y nueve

minutos del día doce de julio de dos mil cinco; con la cual se otorgó

el asiento de Empresa No. 2005054662 inscripción 66 y el asiento de

Establecimiento No. 2005054662-001 inscripción, ambos del libro 87

de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento. La Empresa se

dedica a VENTA DE MADERA Y MATERIALES DE CONSTRUC-

CION, con dirección en BARRIO SAN ANTONIO, CALLE VILLENA,

CASA No. 9 del domicilio de EL CONGO, cuyo activo asciende a

CINCUENTA MIL CIENTO NOVENTA Y TRES DOLARES CON

42/100 $ 50,193.42 y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) de-

nominado FERRETERIA EL PROGRESO ubicado en BARRIO SAN

ANTONIO, CALLE VILLEDA, CASA No. 9 y que se dedica a VENTA

DE MADERA Y MATERIALES DE CONSTRUCCION.

Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, quince de julio de dos mil cinco.

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

3 v. alt. No. F022313-1

ASIENTO DE EMPRESA 1997029062

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 1997029062-001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE

REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-

MIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS

ALBERTO SANTAMARIA PORTILLO, en su calidad de Representante

legal de la Sociedad ALTOS DE LA CIMA, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse ALTOS DE LA CIMA,

S.A. DE C.V.; de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de

SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número

11 del libro 604 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio,

con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-1100588-105-8; el cual

ha presentado solicitud a las ocho horas y cuarenta y un minutos del día

treinta y uno de marzo de dos mil cinco, con la cual se otorgó el asiento

de Empresa No. 1997029062 inscripción 54 y el asiento de Establecimiento

No. 1997029062-001 inscripción 55, ambos del libro 92 de Asientos

de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa denominada

ALTOS DE LA CIMA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VA-

RIABLE, la cual se dedica a INVERSIONISTA, con dirección en 1ª

CALLE PONIENTE No. 169 del domicilio de SAN SALVADOR,

cuyo activo asciende a TRECE MIL VEINTISIETE DOLARES DE

LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON 83/100 ($13,027.83)

y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado ALTOS DE

LA CIMA, S. A. DE C.V. ubicado en 1ª CALLE PONIENTE No. 169,

SAN SALVADOR y que se dedica a INVERSIONISTA.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, treinta de septiembre de dos mil cinco.

Licda. MORENA GUADALUPE FLORES AGUIRRE,

REGISTRADORA.

3 v. alt. No. R003869-1

ASIENTO DE EMPRESA 2002023832

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2002023832-001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE

REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-

MIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SULMA

CICELA OSORIO RAMIREZ, en su calidad de Apoderada General

Administrativa de la Sociedad SERVICIOS FAMILIARES INTERNA-

CIONALES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que

puede abreviarse SERFAIN, S.A. DE C. V.; de nacionalidad SALVA-

DOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social

está inscrita bajo el número 29 del libro 1055 del Registro de Sociedades

del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria:

0614-030994-101-0; el cual ha presentado solicitud a las catorce horas

y cincuenta y cinco minutos del día doce julio de dos mil cinco, con la

cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2002023832 inscripción 68 y el

asiento de Establecimiento No. 2002023832-001 inscripción 69, ambos del

libro 88 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Em-

presa denominada SERVICIOS FAMILIARES INTERNACIONALES,

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica

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88 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

a SERVICIOS DE PAGO DE REMESAS, CON DIRECCIÓN EN 65ª

AVENIDA NORTE, No. 165, COLONIA ESCALON del domicilio de

SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a TRECIENTOS SESENTA

Y UN MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS DOLARES CON

38/100 $ 361, 342.38 y que tiene el establecimiento siguiente: 001-)

denominado SERVICIOS FAMILIARES INTERNACIONALES, S. A.

DE C. V. ubicado en 65ª AVENIDA NORTE, No. 165, COLONIA ES-

CALON y que se dedica a SERVICIOS DE PAGO DE REMESAS.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, veintinueve de julio de dos mil cinco.

Lic. RUBEN ALBERTO NAVARRO CRUZ,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. R003880-1

ASIENTO DE EMPRESA 2001026625

ESTABLECIMIENTO 2001026625-1.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE

REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-

MIENTOS:

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE

RIGOBERTO RUIZ ALFARO, en su calidad de Representante legal de

la sociedad REPUESTOS RUIZ, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE, que puede Abreviarse REPUESTOS RUIZ, S. A DE C.

V. de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN MIGUEL,

cuya escritura social está inscrita bajo el número 00038 del Libro 1167

del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de

Identifi cación Tributaria:0821 -090196-101-1, ha presentado solicitud

a las ocho horas y cincuenta y tres minutos del día uno de Marzo del

año dos mil uno. Con la cual se otorgaron los asientos de matrícula de

Empresa No. 2001026625 y Establecimiento No. 2001026625 -1; a

favor de la Empresa denominada REPUESTOS RUIZ, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a COMPRA

Y VENTA DE ACCESORIOS Y REPUESTOS AUTOMOTORES, con

dirección en COL. KURY PJE. 2, No. 44 -A, SN. MIGUEL cuyo activo

es de DOS MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL

OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO COLONES CUARENTA Y

SIETE CENTAVOS O SU EQUIVALENTE EN DOLARES y que tiene

un Establecimiento Comercial denominado 1 -) REPUESTOS RUIZ S.

A. DE C. V. ubicado en COLONIA KURY PASAJE 2 No. 44-A SAN

MIGUEL.

Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, veintinueve de Noviembre del año dos mil uno.

Lic. ANA GLORIA ALVARADO DE GOMEZ,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. R003904-1

ASIENTO DE EMPRESA 2005055130

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2005055130 -001

LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-TOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ROLANDO ROBERTO BRIZUELA RAMOS, en su calidad de Representante legal de la sociedad FUERZA UNICA DE SISTEMAS DE SEGURIDAD E INVESTIGACION Y OTROS NEGOCIOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse FUSSION, S. A. DE C. V.; sociedad de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 11 del libro 2055 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-230805-103-0; el cual ha presentado solicitud a las ocho horas y treinta y dos minutos del día diez de octubre de dos mil cinco, con la cual se otorgó el asiento de Em-presa No. 2005055130 inscripción 53 y el asiento de Establecimiento No. 2005055130- 001, inscripción 54, ambos del Libro 93 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa se denomina FUERZA UNICA DE SISTEMAS DE SEGURIDAD E INVESTIGA-CION Y OTROS NEGOCIOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a la PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE INVESTIGACION Y SEGURIDAD, con dirección en RESIDENCIAL LA GLORIA CALLE PRINCIPAL, BLOCK No. A-2 del domicilio de MEJICANOS, cuyo activo asciende a ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO DOLARES CON 57/100 ($11, 428.57) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado FUSSION, S. A. DE C. V. ubicado en RESIDENCIAL LA GLORIA CALLE PRINCIPAL, BLOCK A-2, MEJICANOS y que se dedica a la PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE INVESTIGACION Y SEGURIDAD.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, doce de octubre de dos mil cinco.

Licda. MORENA GUADALUPE FLORES AGUIRRE,

REGISTRADORA.

3 v. alt. No. R003917-1

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89DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005.

CONVOCATORIAS

CONVOCATORIA

El Consejo de Administración de la Sociedad Cooperativa de Cafetale-ros de San José la Majada de R. L. deja sin efecto las Convocatorias a Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria publicadas en el Diario Ofi cial los días 21, 23 y 27 y en la Prensa Gráfi ca los días 19, 20 y 22 todas las fechas de Septiembre de este año y convoca a sus Asociados a Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria que se celebrará en el Salón de Sesiones “Armando Márquez Luna” de su sede social, a las ocho horas del domingo veintisiete de Noviembre de dos mil cinco; si no se obtuviera el quórum necesario en la hora y fecha señalada, se convoca por segunda vez para el día lunes veintiocho de Noviembre de dos mil cinco a la misma hora y en el mismo lugar. Establecido el quórum legal, la Asamblea General conocerá y resolverá sobre lo siguiente:

AGENDA DE ASUNTOS ORDINARIOS:

1- Designación de tres Asambleístas que fi rmarán el Acta de Asambleas Generales, juntamente con el Presidente y el Secretario del Consejo de Administración.

2- Conocer de la renuncia de miembro propietario del Consejo de Administración electo para el período 2003/2006 a fi n de designar a su sustituto.

3- Propuesta de ratifi cación del Acuerdo tomado en sesión conjunta del Consejo de Administración y del Comité de Vigilancia, efectuada el 12 de Octubre de 2005, según Acta 1101.

4- Propuesta de ratifi cación del Acuerdo tomado en sesión conjunta del Consejo de Administración, efectuada de 05 de Mayo de 2005, según Acta No, 1088.

5- Propuesta de derogación del Acuerdo tomado en el punto Octavo de la Asamblea General Ordinaria efectuada el 27 de febrero de 2002 por el cual se estableció la venta colectiva para las dos primeras cosechas de los socios que ingresaren a partir del 20 de octubre de 1999.

6- Propuesta para darle seguimiento al Acuerdo tomado por la Asamblea General efectuada el 03 de abril de 2005, relativo a formar un fondo para préstamos de Socios, con recursos generados por la venta de acciones aprobada en esa misma Asamblea General.

7- Solicitar aprobación de inversiones a realizar para moder-nizar la Tostaduría y presupuesto de operación temporal 2005/2006.

8- Cualquier otro asunto de carácter informativo que no requiera de resolución de la Asamblea General.

AGENDA DE ASUNTOS EXTRAORDINARIOS:

9- Modifi cación de la Escritura Social.

10- Designación de los Ejecutores Especiales para que otorguen la Modifi cación de la Escritura Social.

Para constituirse la Asamblea General Ordinaria en primera convocatoria será necesaria la asistencia de 285 socios de un total de 567 inscritos en el Registro de Asociados de la Cooperativa, en pleno goce de sus

derechos como socio de la misma; sus resoluciones se tomarán por el voto afi rmativo de la mayoría de los asistentes. En segunda Convoca-toria la Asamblea General Ordinaria se constituirá con los socios que asistan, cualquiera que sea el número de los presentes, siempre que no sea inferior a diez.

Para constituirse la Asamblea General Extraordinaria en primera convo-catoria será necesaria la asistencia de 426 socios de un total 567 inscritos en el Registro de Asociados de la Cooperativa en pleno goce de sus derechos como socio de la misma; sus resoluciones se tomarán con el voto afi rmativo de las tres cuartas partes de los asistentes. En segunda Convocatoria la Asamblea General Extraordinaria se constituirá con la asistencia de 285 socios de un total de 567 inscritos en el Registro de Asociados de la Cooperativa, en pleno goce de sus derechos como socio de la misma; sus resoluciones se tomarán por el voto afi rmativo de las tres cuartas partes de los socios asistentes.

Las resoluciones y acuerdos serán de obligatorio cumplimiento cuando sean adoptados con los votos requeridos en la Escritura social y por la ley.

San José la Majada, 14 de Octubre de 2005.

JULIO ANTONIO MARTÍNEZ GUTIERREZ,

PRESIDENTE DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN.

3 v. alt. No. R003876-1

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA

La Junta Directiva de DURALITA DE CENTROAMERICA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, CONVOCA a Junta General Extraordinaria de Accionistas, que se llevará a cabo en sus ofi cinas situadas en la Veintiuna Calle Poniente No. 1325, de esta ciudad, a partir de las diecisiete horas del día Viernes 11 de Noviembre del dos mil cinco para desarrollar la siguiente Agenda:

1. Comprobación del quórum – Apertura.

2. Lectura del Acta de la Junta General anterior.

3. Aumento de Capital y distribución de utilidades.

El quórum mínimo es la asistencia de los accionistas que representen el 75% del capital social y para la aprobación el mismo 75%. En caso de no haber quórum se convoca por segunda vez para las diecisiete horas del catorce de Noviembre del año en curso en el mismo lugar.

San Salvador, a los diecinueve días del mes de Octubre del dos mil cinco.

ING. GUSTAVO CARTAGENA,

PRESIDENTE.

3 v. alt. No. R003989-1

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90 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

SUBASTAS PUBLICAS

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a las once horas y treinta minutos del día veintinueve de septiembre del corriente año, en el Juicio Ejecutivo Civil promovido por el Licenciado Miguel Angel Juárez, en su calidad de apoderado del señor Juan Raúl Murillo Recinos, contra la señorita CLAUDIA EVELIN RIEPMA CRUZ, SE VENDERÁ EN PUBLICA SUBASTA EN ESTE JUZGADO, Y EN FECHA QUE OPORTUNAMENTE SE SEÑALARA, EL SIGUIENTE INMUEBLE: “Inmueble de naturaleza urbana, el cual está situado en la ciudad de Nueva San Salvador, Departamento de La Libertad, en el lugar denominado “URBANIZACION SAN ANTONIO LAS PALME-RAS”, inmueble marcado con el número CUATRO del edifi cio número VEINTE Block “B” , el cual se describe así: esta propiedad tiene una superfi cie construida de CINCUENTA Y DOS METROS CUADRA-DOS equivalentes a SETENTA Y CUATRO PUNTO CUARENTA VARAS CUADRADAS, en dos plantas y un jardín interior que tiene una superfi cie de doce punto treinta metros cuadrados equivalentes a diecisiete punto sesenta varas cuadradas. La medida cúbica en su parte construida es de ciento cuarenta punto cuarenta metros cúbicos. Toda la propiedad está ubicada a una altura de NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS METROS sobre el nivel del mar; partiendo de la intersección de los ejes de la Quinta Calle Poniente “B” y el pasaje número dos se mide sobre el último con rumbo Sur diecinueve grados treinta y dos punto siete minutos este, una distancia de veinticinco punto veinte metros en este punto se hace una defl exión derecha de noventa grados y se mide una distancia de dos punto cincuenta y siete metros localizados así: el esquinero Nor-Este del apartamento que se describe así: LADO ESTE, tramo recto de rumbo Sur diecinueve grados cuarenta y ocho punto tres minutos Este y distancia de cuatro metros. Lindando con el apartamento número diez del edifi cio número veintiuno Block “B” de condominio Las Palmeras propiedad de Cromeyer Durón Ingenieros Civiles, S.A. DE C.V., con pasaje número dos de por medio de cinco punto catorce metros de ancho entre líneas de propiedad; LADO SUR, tramo recto de rumbo Sur setenta grados once punto siete minutos Oeste y distancia de nueve punto cincuenta y seis metros, lindando con el apartamento número cinco del edifi cio número veinte Block “B” de Condominio Las Palmeras propiedad de Cromeyer Durón Ingenieros Civiles, S.A. DE C.V.; LADO OESTE, tramo recto de rumbo norte veinte grados quince punto tres minutos Oeste y distancia de cuatro metros lindando con el apartamento número diez del edifi cio número diecinueve Block “B” del Condominio Las Palmeras propiedad de Cromeyer Durón Ingenieros Civiles, S.A. de C.V.; LADO NORTE, tramo recto rumbo norte se-tenta grados once punto siete minutos Este y distancia de nueve punto cincuenta y nueve metros, lindando con el apartamento número tres del edifi cio número veinte Block “B” condominio Las Palmeras propiedad de Cromeyer Durón Ingenieros Civiles S.A. DE C.V. Esta propiedad en su área construida linda por la parte inferior o piso con el bien Raíz del inmueble y la parte superior o techo con el espacio aereo. Dicho inmueble se encuentra inscrito bajo el Número CUARENTA Y TRES del Libro DOS MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO de Propiedad, y trasladado al Sistema de Folio Real computarizado bajo la Matrícula Número TRES CERO CERO SEIS UNO CUATRO UNO CUATRO-A CERO CERO DOS DOS, a favor de la señora CLAUDIA EVELIN RIEPMA CRUZ.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las diez horas cuarenta minutos del día trece de octubre de dos mil cinco. Enmenda-dos-distancia-veintiuno -Vale. LIC. YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. KARINA VANESA SILVA DE SOMOZA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F021885-1

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por ejecución seguida en este Juzgado por el señor JOSE DEL ROSARIO BAUTISTA HERNANDEZ, representante legal de la Caja de Crédito Rural de San Alejo, Sociedad Cooperativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, del domicilio de San Alejo, contra la señora ANGELA MAR-GARITA HERNANDEZ DE HERNANDEZ, se venderá en pública subasta los siguientes inmuebles: Tres lotes de terreno de naturaleza urbana, que forman un solo cuerpo segregados de la lotifi cación “ALTOS DEL ROQUE”, situado en el lugar denominado “POZO ROQUE”, de la jurisdicción, distrito y Departamento de La Unión, EL PRIMERO: de la extensión superfi cial de TRESCIENTOS METROS CUADRADOS, marcado como lote número DOS “E”, de la Lotifi cación Altos del Ro-que, que mide y linda: al NORTE, diez metros, linda con lote número diecinueve “C”, calle Córdova de por medio; al PONIENTE, treinta metros, linda con lote número uno “E”; al SUR, diez metros, linda con lote número veintidós “E”, del señor Carlos Arbaíza; al ORIENTE, treinta metros, linda con lote número Tres “E”. EL SEGUNDO: Marcado como lote número TRES “E”, de la Lotifi cación Altos del Roque, de la capacidad superfi cial de TRESCIENTOS METROS CUADRADOS, que mide y linda: al NORTE, diez metros, linda con lote número dieci-nueve “C”, calle Córdova de por medio; al PONIENTE, treinta metros, linda con lote número DOS “E”, al SUR, Diez metros, linda con lote número veintidós “E”, del señor Carlos Arbaíza; al ORIENTE, treinta metros, linda con lote número cuatro “C”. EL TERCERO: Marcado como lote número CUATRO “E”, de la Lotifi cación Altos del Roque, de la capacidad superfi cial de TRESCIENTOS METROS CUADRA-DOS, que mide y linda: al NORTE, Diez metros, linda con lote número Dieciocho “C”, Calle Cordova de por medio; al PONIENTE, treinta metros, linda con lote número tres “E”; al SUR, diez metros linda con lote número diecinueve “E”; al ORIENTE, treinta metros, linda con lote número cinco “E”. Inscrito a favor de la ejecutada señora ANGELA MARGARITA HERNANDEZ DE HERNANDEZ, en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Oriente, hoy Centro Nacional de Registros, bajo el número TREINTA Y TRES, del Libro SETECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO, de propiedad de este Departamento, y trasladado al Centro Nacional de Registros de la Primera Sección de Oriente al Sistema de Folio Real Computarizado bajo la Matrícula números NUEVE CINCO CERO UNO UNO OCHO NUEVE SIETE, en el Asiento UNO, NUEVE CINCO CERO UNO UNO OCHO NUEVE OCHO, en el Asiento UNO, y NUEVE CINCO CERO UNO UNO OCHO NUEVE NUEVE, en el Asiento UNO, de propiedad de este Departamento.

Se admitirán posturas siendo legales.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los veintiún días del mes de septiembre de dos mil cinco.- LIC. ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. JORGE ALBERTO PEREZ, SRIO.

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93DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005.

SOLICITUD DE NACIONALIDAD

RODRIGO AVILA AVILES, VICEMINISTRO DE SEGURIDAD

CIUDADANA.

HACE SABER: Que a esta Secretaría de Estado se ha presentado

la señora IRINA ALEKSEEVNA BELOUSOVA conocida por IRINA

SELVA, IRINA ALEKSEEVNA SELVA, IRINA ALEKSEEVNA BE-

LOUSOVA DE SELVA, IRINA BELOUSOVA y por IRINA ALEX-

SEEVNA BELOUSOVA, solicitando que se le reconozca la calidad de

salvadoreña por NATURALIZACIÓN por ser de origen y nacionalidad

RUSA y tener domicilio fi jo en El Salvador.

La peticionaria en su solicitud manifi esta ser de treinta y siete años

de edad, de sexo femenino, divorciada, Abogada, del domicilio de San

Salvador, Originaria de la Ciudad de Novokuznetsk, Departamento de

Kemerovsky Oblast, República Soviética Federal Socialista Rusa, lugar

donde nació el día dieciocho de febrero de mil novecientos sesenta y ocho.

Siendo sus padres los señores ALEXEI IVANOVICH BELOUSOV y

VERA FEDOROVNA SKOROMNIK, ambos de nacionalidad RUSA,

sobrevivientes.

Ingresó al país por la Delegación Migratoria de Comalapa el día

dieciséis de marzo de mil novecientos noventa y cuatro. Expresa su

voluntad de adhesión, obediencia y sumisión a las leyes y Autoridades

de la República de El Salvador.

Lo que hace saber al público para los efectos de Ley y se emplaza a

toda persona interesada en oponerse a la referida solicitud para que en el

término de quince días contados desde la fecha de la última publicación

de este edicto en el DIARIO OFICIAL y en un Periódico de circulación

nacional, se presente a este Ministerio justifi cando la oposición con la

prueba pertinente.

MINISTERIO DE GOBERNACIÓN. San Salvador, a las nueve

horas del día tres de octubre de dos mil cinco.

Ing. RODRIGO AVILA AVILES,

VICEMINISTRO DE SEGURIDAD CIUDADANA.

3 v. c. No. F021946-1

AVISO DE COBRO

La Infrascrito Subjefe del Departamento Jurídico del Ministerio de

Hacienda, a quien interese para los efectos de ley,

HACE SABER: Que a este Departamento se ha presentado la

señora CANDELARIA AYALA HERNANDEZ, conocida también

como Candelaria Ayala, en calidad de madre sobreviviente, solicitando

se le autorice fi rmar los documentos respectivos para que se le haga

efectiva la devolución de la cantidad de DOSCIENTOS TREINTA

00/100 DOLARES ($230.00), en concepto de excedente del Impuesto

sobre la Renta del ejercicio fi scal 2004, que dejó pendiente de cobro su

extinto hijo, señor Alex Federico Ayala Ruíz, por haber fallecido el día

1 de enero de 2005.

Lo anterior se hace de conocimiento del público, para que toda

persona que se crea con igual o mejor derecho, se presente a este Depar-

tamento a más tardar dentro de los quince días subsiguientes, contados a

partir del día siguiente al de la tercera y última publicación del presente

aviso, a fi n de ejercer su derecho.

MINISTERIO DE HACIENDA. San Salvador, a los dieciocho

días del mes de agosto del año dos mil cinco.

NORA LIZETH PEREZ DE LOPEZ,

SUBJEFE DEPARTAMENTO JURIDICO

MINISTERIO DE HACIENDA.

3 v. 1 v. c 3/d No. F022021-1

La Infrascrito Subjefe del Departamento Jurídico del Ministerio de

Hacienda, a quien interese para los efectos de ley,

HACE SABER: Que a este Departamento se han presentado los

señores ARGELIA YOLANDA RIVERA DE TOLOSA, conocida por

Yolanda Argelia Rivera, y JOSE CUPERTINO TOLOSA ORTIZ, en

calidad de padres sobrevivientes, solicitando se les autorice fi rmar los

documentos respectivos para que se les haga efectiva la devolución

de SEISCIENTOS VEINTITRES 00/100 DOLARES ($ 623.00), en

concepto de excedente del Impuesto sobre la Renta del ejercicio fi scal

2004, que dejó pendiente de cobro, su extinta hija, señorita Verónica

Isabel Tolosa Rivera, por haber fallecido el día 5 de junio de 2005.

Lo anterior se hace de conocimiento del Público, para que toda

persona que se crea con igual o mejor derecho, se presente a este Depar-

tamento a más tardar dentro de los quince días subsiguientes, contados a

partir del día siguiente al de la tercera y última publicación del presente

aviso, a fi n de ejercer su derecho.

Ministerio de Hacienda. San Salvador, a los once días del mes de

octubre de dos mil cinco.

NORA LIZETH PEREZ DE LOPEZ,

SUBJEFE DEPARTAMENTO JURIDICO,

MINISTERIO DE HACIENDA.

3 v. 1 v. c/3d No. R003879-1

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94 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

DERECHOS DE PROPIEDAD

MARCIA JEANNET DURAN GAMEZ, mayor de edad, Abogado y

Notario, del domicilio de San Salvador y San Miguel, con ofi cina ju-

rídica en la Doce Calle Oriente número trescientos dos-D, San Miguel

AL PUBLICO,

HACE CONSTAR: Que ante mis ofi cios Notariales se ha presentado

la Señora ELVIA UBERLINA CRUZ DE CHAVEZ, de cincuenta y dos

años de edad, comerciante, del domicilio de La Unión, con documento

único de identidad número cero- cero seiscientos treinta y cinco mil

setecientos setenta y tres- cero número de identifi cación tributaria nú-

mero mil cuatrocientos seis ciento cincuenta mil seiscientos cincuenta y

tres- ciento uno- cuatro. Solicitando se le tramiten DILIGENCIAS DE

ACOTAMIENTO de un terreno que forma un solo cuerpo, en base a la

Ley Especial Transitoria para la delimitación de Derechos de Propiedad

o Posesión de inmuebles en Estado de Proindivisión y especialmente lo

regulado en el artículo cuatro y siguientes de dicha ley; que dicho terreno

se encuentra en estado de proindivisión y recae sobre: Un derecho pro

indiviso, equivalente a una séptima parte o catorce punto veintinueve

por ciento que recae un Terreno Rústico, que forma parte de la Finca

Trinidad, marcado como lote número tres, ubicado en el cantón El Huis-

quil, municipio y jurisdicción de Conchagua, departamento de La Unión,

con una extensión superfi cial de cincuenta y un mil ciento sesenta y uno

punto setenta y cinco metros cuadrados equivalentes a setenta y tres mil

doscientos dos punto veintitrés varas cuadradas. LINDERO NORTE

partiendo del vértice Nor- Poniente está formado por un tramo con una

distancia de trescientos sesenta y tres punto cincuenta y ocho metros;

colindando con terrenos de Lotifi cación Vista Hermosa hoy de Lotisalva,

con cerco de púas. LINDERO ORIENTE partiendo del vértice Nor-

Oriente está formado con una distancia de seis punto cincuenta y cinco

metros; colindando con terrenos de Lotifi cación Carlos Villatoro, con

cerco de púas y con quebrada de por medio. LINDERO SUR partiendo

del vértice Sur Oriente está formado con una distancia de cuatrocientos

cuarenta y nueve punto noventa y nueve metros; colindando con terrenos

de Catherine y Ernesto Gómez Canales, con cerco de púas, LINDERO

PONIENTE partiendo del vértice Sur Poniente con una distancia de

ciento treinta y ocho punto cincuenta y cuatro metros; colindando con

terrenos de Carretera Panamericana, con cerco de púas. Así se llega al

vértice Nor- Poniente, que es donde se inició la descripción. Inscrito

dicho derecho con el registro al número DIECINUEVE, DEL LIBRO

OCHOCIENTOS OCHENTA Y DOS, de la propiedad del departamento

de La Unión.

Lo que hace de su conocimiento en cumplimiento del artículo

CINCO del Literal “B” de la referida Ley.

Librado en la ciudad de La Unión, a los nueve días del mes de

Octubre de dos mil cinco.

Lic. MARCIA JEANNET DURAN GAMEZ,

ABOGADO.

1 v. No. F021800

TITULO MUNICIPAL

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL, AL PUBLICO,

HACE SABER: que a esta Municipalidad se ha presentado el señor

ELISEO PONCE, de veintidós años de edad, fi larmónico, del domicilio

de Sensuntepeque, departamento de Cabañas, con su Documento Único

de Identidad Personal número un millón cuatrocientos cuarenta y dos mil

cuatrocientos ochenta y uno guión ocho, a solicitar por si y por escrito

se inicien las diligencias respectivas, a fi n de que se le extienda Título

Municipal a su favor, de un inmueble de su propiedad y de naturaleza

Urbana, situado en el Barrio La Vega de esta población, es de una

extensión superfi cial aproximada de NOVECIENTOS SEIS PUNTO

SIETE METROS CUADRADOS, cuyas medidas y colindancias son las

siguientes: AL ORIENTE, mide treinta metros, linda con Lidia Vásquez

Santos; AL NORTE, mide cuarenta y cinco metros, linda con Elías Cruz,

dividido en línea imaginaria; AL PONIENTE, mide veintiocho metros,

linda con Serapio Acevedo, dividido por línea imaginaria; AL SUR,

en tres tramos el primero de Oriente a Poniente mide cuarenta y ocho

metros con setenta y cinco centímetros, el segundo de Norte a Sur, mide

dieciséis metros con ochenta y cinco centímetros, y el tercero de Poniente

a Oriente, mide ocho metros con treinta y ocho centímetros, linda en los

dos primeros tramos, con Serapio Acevedo, y en el último con Benjamín

Santos, dividido en los dos primeros tramos por línea imaginaria, y en el

tercer tramo una calle de por medio que conduce al Barrio La Vega de

esta población, manifestando también que dicho inmueble no se encuentra

en proindivisión con nadie, no es dominante ni sirviente, ni posee otros

derechos reales de ajena pertenencia que deban respetarse, lo valúa en

la cantidad de CINCO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS

DE AMERICA, y lo adquirió por compra que hizo al señor ELISEO

VASQUEZ SANTOS, con quien le unen vínculos de parentesco por ser

su padre, según Escritura Pública otorgada ante los ofi cios de la señora

Notario Carmen Lorena Castro Ruiz, de fecha primero de junio del año

dos mil cinco, lo que se pone en conocimiento al público para que si

alguien tiene objeciones a estas diligencias o derechos que reclamar

sobre dicho inmueble, se presente a esta Municipalidad, dentro de los

quince días siguientes al de la tercera publicación.

Alcaldía Municipal de Rosario de Mora, departamento de San Sal-

vador, a los dieciocho días del mes de octubre, del año dos mil cinco.

JUAN MIRANDA PEREZ,

ALCALDE MUNICIPAL.

FERMIN VASQUEZ,

SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F021975-1

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95DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005.

DE SEGUNDA PUBLICACIÓNACEPTACION DE HERENCIA

HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA.-

HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que por resolución proveída por este tribunal, a las once horas cuarenta y cinco minutos del día veintiocho de septiembre de dos mil cinco, se ha tenido por aceptada expresamente, con benefi cio de inventario la herencia intestada, que a su defunción ocurrida a las quince horas treinta minutos del día diecisiete de enero de dos mil tres, en la ciudad de Chalchuapa, siendo dicha ciudad el lugar de su último domicilio; dejó el señor RAUL AMAYA RODRIGUEZ, quien fue de cincuenta y cinco años de edad, comerciante, casado, de parte de la señora EDY HAYDEE MENENDEZ DE AMAYA conocida por EDITH HAYDEE MENENDEZ CASTILLO, EDITH HAYDEE MENENDEZ, EDY HAYDEE CASTILLO MENENDEZ y por EDY HAYDEE MENENDEZ CASTILLO, en su calidad de cónyuge y ade-más como cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían a los señores HAROLD STEVEN AMAYA MENENDEZ y ALDRICH ALEXANDER AMAYA MENENDEZ, en concepto de hijos del expre-sado causante; a quien se le nombra INTERINAMENTE administradora y representante de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-

Se cita a todas las personas que se crean con derecho a la heren-cia, para que se presenten a este Juzgado, a deducirlo en el término de quince días, contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las ocho horas cincuenta y seis minutos del día veintinueve de septiembre de dos mil cinco. Lic. HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. HENRY OVIDIO GARCIA RODRIGUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F021399-2

EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado de las doce horas cinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada ex-presamente y con benefi cio de inventario de parte del señor VICTORINO LOPEZ AREVALO, de la Herencia Intestada dejada a su defunción por el señor MANUEL LOPEZ PINEDA, fallecido el día veintinueve de Diciembre de mil novecientos ochenta y seis, en el Barrio Santa Lucía, jurisdicción de San Matías, Departamento de La Libertad, siendo éste su último domicilio, en calidad de hijo del causante; confi riéndosele al aceptante en el concepto indicado la administración y representación interinas de la indicada sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente; ordenándose a la vez se citen a las personas que se crean con derecho a la sucesión para que se presenten a deducirla dentro de los quince días subsiguientes a este edicto.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a las doce horas diez minutos del día veintiséis de Septiembre de dos mil cinco. Licdo. JOSE ORLANDO HERNANDEZ BUSTAMANTE, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Licdo. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F021402-2

JOSE MAURICIO ROBLES BERNAL, Notario, del domicilio de Usulután, con Ofi cina establecida en Calle Grimaldi, Centro Comercial La Araucaria, Local A-TRES, Planta Baja, Usulután,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario proveída a las once horas del día once de Octubre del año dos mil cinco; se ha tenido por aceptada expresamente y con Benefi cio de Inventario la He-rencia Testada, que a su defunción ocurrida a las cuatro horas y treinta minutos del día seis de Septiembre del año dos mil cinco, en la ciudad de Usulután, dejó el señor JOSE FELIX POSADA AYALA, conocido por JOSE FELIX POSADA; de parte de la señora MARIA ELENA AYALA DE POSADA, conocida por MARIA ELENA AYALA GAITAN, y por MARIA ELENA AYALA, en su concepto de Cónyuge sobreviviente, habiéndosele conferido la Administración Interina y Representación de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derechos a la referida Herencia, para que se presenten a la referida Ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto.

Librado en la ofi cina del Notario JOSE MAURICIO ROBLES BERNAL, a las nueve horas y quince minutos del día doce de Octubre del año dos mil cinco.

Lic. JOSE MAURICIO ROBLES BERNAL,

NOTARIO.

3 v. alt. No. F021409-2

MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal a las once horas y diez minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia Intestada que a su defunción dejó el causante ELIAS QUIJANO CORDERO, ocurrida el día diecinueve de junio del año dos mil tres, en el Barrio Concepción, jurisdicción de Cojutepeque, de este Departamento, siendo este lugar su último domicilio; de parte de la señora MARIA RUFINA DE JESUS LEIVA DE QUIJANO, ésta en su calidad de cónyuge sobreviviente y como cesionaria de los derechos hereditarios que les correspondían a los señores DOUGLAS ERNESTO QUIJANO LEIVA; ANA EVELYN QUIJANO LEIVA; FRANKLIN ARMANDO QUIJANO LEIVA; éstos en su calidad de hijos del referido causante.-

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96 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que en el término legal se presenten a este Tribunal a hacer uso de su derecho.-

Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las once horas y veinte minutos del día tres de agosto del año dos mil cinco.- Lic. MA-NUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. JOSE ORLANDO BELTRAN MEJIA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F021426-2

JOSÉ ORLANDO HERNÁNDEZ BUSTAMANTE, JUEZ DE PRIME-RA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las diez horas y quince minutos de este día se ha tenido por aceptada expresa-mente y con benefi cio de inventario de parte del señor JUAN ANTONIO SANCHEZ, conocido por JUAN ANTONIO SÁNCHEZ MENDOZA la herencia intestada dejada a su defunción por el señor CARLOS ANDRÉS MENDOZA, conocido por CARLOS MENDOZA, quien falleció a las doce horas y treinta minutos del día doce de septiembre de dos mil dos, en el Hospital Rosales de la Ciudad de San Salvador, siendo la ciudad de San Juan Opico su último domicilio, en concepto de hijo del causante. Confi érese al referido aceptante en el concepto indicado la administración y representación interinas de la indicada sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Cítese a las personas que se crean con derecho en las presentes diligencias.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a las diez horas y treinta minutos del día veintiocho de septiembre de dos mil cinco. Licdo. JOSE ORLANDO HERNANDEZ BUSTAMANTE, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Licdo. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F021430-2

JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-CIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE, DEPAR-TAMENTO DE CABAÑAS, AL PUBLICO PARA LOS DEMAS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las diez horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada de los bienes que a su defunción, acaecida el día veinticinco de abril de dos mil cinco, en Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, siendo Ciudad Victoria, Departamento de Cabañas su último domicilio; dejó el señor ISABEL DE LOS ANGELES ZEPEDA ESCOBAR, conocido por JOSE ANGEL ZEPEDA ESCOBAR, quien fue de treinta y ocho años de edad, agricul-tor en pequeño, hijo de Juan José Zepeda y María de la Paz Escobar de Zepeda, casado, originario de Ciudad Victoria, Departamento de Cabañas: de parte de MARIA DE LA PAZ ESCOBAR DE ZEPEDA, JUAN JOSE ZEPEDA y MARTINA TORRES DE ZEPEDA, los dos primeros en

calidad de padres del causante y la última en calidad de cónyuge del mismo; el segundo representado por la Licenciada MARTHA VILMA VASQUEZ DE MARROQUIN, como Curador Especial. Habiéndoseles conferido a los aceptantes la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

SE CITA a quienes se consideren con derecho en la referida suce-sión, a fi n de que comparezcan a este Tribunal a deducir tal circunstancia dentro del plazo de quince días, contados a partir del siguiente al de la última publicación de este edicto.

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a los un días del mes de agosto de dos mil cinco. Lic. JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Br. HUGO ERNESTO MENA HERNANDEZ, SECRETARIO INTO.

3 v. alt. No. F021445-2

FERNANDO RAMON JARQUIN ROMERO, Notario, de este domici-lio, con Ofi cina Notarial situada en Once Calle Oriente número Ciento Cuarenta y Tres, Edifi cio Victoria, de esta ciudad, al público

HACE SABER: Que por resolución proveída a las nueve horas del día siete de Octubre del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventario, la herencia Intestada que a su defunción dejó el señor DANIEL RODRIGUEZ COTO, quien falleció el día veintinueve de Julio del año dos mil cinco, en Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, lugar de su último domicilio La Libertad, de parte de los señores: CONCEPCION DEL CARMEN QUINTANILLA DE RODRIGUEZ, de cuarenta y siete años de edad, Comerciante, BRENDA ELIZABETH RODRIGUEZ DE MOLINA, de veintiséis años de edad, Estudiante, JACQUELINE XIOMARA RODRIGUEZ QUINTANILLA, de veintisiete años de edad, Estudiante, y DANIEL ERNESTO RODRIGUEZ QUINTANILLA, de veintidós años de edad, Estudiante, todos del domicilio de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad; en su calidad de esposa e hijos sobrevivientes del referido causante; y se les confi ere la administración y Representación INTERINA de la mencionada sucesión.-

Lo que se avisa al público para los efectos legales consiguientes.

San Salvador, trece de Octubre del año dos mil cinco.-

Lic. FERNANDO RAMON JARQUIN ROMERO,

NOTARIO.

3 v. alt. No. F021469-2

LIC. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL al público para los efectos de Ley,

HACE SABER: Que por resolución dictada a las Quince horas con treinta minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia Intestada que a su defunción ocurrida el día quince de enero del año dos mil, en el Barrio El Centro de

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97DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005.

San Antonio Pajonal, siendo éste el lugar de su último domicilio, dejó la señora GLORIA EDITH ANDRADE o GLORIA EDITH ANDRADE DE FLORES de parte de: ROSA GLADIS CORDERO como Cesionaria de los Derechos Hereditarios que le correspondían a GONZALO ALCIDES FLORES RODRIGUEZ quien es cónyuge sobreviviente de la causante antes referida; confi riéndosele INTERINAMENTE la administración y representación de la sucesión expresada, con las facultades y restricciones de ley.-

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Tribunal, en el término de ley.-

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: Santa Ana, a las quince horas con cuarenta y cinco minutos del día veintisiete de julio del año dos mil cinco. Lic. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL. Licda. MARISOL DEL CARMEN LEMUS DE GARCIA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F021477-2

EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL,

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas y treinta y cinco minutos del día veintidós de septiembre del corriente año, se ha tenido por aceptada con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó la señora MARIA MAGDALENA GONZALEZ VIUDA DE CASTELLON, conocida por MARIA MAGDALENA GONZALEZ, quien falleció a las dieciséis horas del día seis de julio de dos mil cinco, en el Barrio El Calvario de esta ciudad, siendo esta ciudad el lugar de su último domicilio, de parte de la señora MARIA MAGDALENA GONZALEZ DE VILLATORO como hija de la cau-sante. Y se confi ere a la aceptante declarada en el carácter indicado la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL: San Miguel, a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del día veintidós de septiembre de dos mil cinco. Lic. EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. Lic. GUSTAVO ADOLFO BENITEZ ORELLANA, SECRETARIO. INTO.

3 v. alt. No. F021496-2

EL INFRASCRITO JUEZ, Al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas de este día, se ha tenido por aceptada, expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que dejó el señor LEONIDAS ABRAHAN JUAREZ, conocido por ABRAHAN LEONIDAS JUAREZ y por ABRAHAM LEONIDAS JUAREZ, al fallecer el día nueve de Noviembre de mil novecientos noventa y siete, en el Barrio Candelaria de esta ciudad, lugar

que tuvo como último domicilio, de parte de la señora MARIA SIMONA MEJIA JUAREZ, en calidad de hija del causante, confi riéndosele la ad-ministración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a deducirlo en el término de quince días después de la tercera publicación de este edicto.-

Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los cinco días del mes de septiembre del dos mil cinco.- Lic. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F021554-2

JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE MEJICANOS, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución de las once horas y cincuenta minutos del día dieciocho del mes y año en curso, se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada de los bienes que a su defunción dejó la causante MARIA DELMIS CRUZ DE MARENCO, conocida por MARIA DELMY CRUZ VELASQUEZ, quien falleció a las ocho horas y cinco minutos del día veintisiete de junio de dos mil uno, en el Hospital Nacional Zacamil, de esta Ciudad, siendo su último domicilio el de esta Ciudad, de parte del señor RAUL HUMBERTO MARENCO, de la señorita ZULEYMA GERALDINA DOMINGUEZ CRUZ y del menor RAUL HUMBERTO MARENCO CRUZ, representado legalmente por su Padre señor Raúl Humberto Marenco, en sus conceptos el primero de cónyuge sobreviviente y los dos últimos como hijos, todos de la causante. Confi érese a los aceptantes antes mencionados, en el carácter ya indicado, la administración y re-presentación interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de los Curadores de la herencia yacente, debiendo ejercerla el menor RAUL HUMBERTO MARENCO CRUZ a través de su representante legal señor Raúl Humberto Marenco.

Y CITA A: los que se crean con derecho a la referida herencia a que se presenten a deducirlo dentro del término de quince días contados a partir de la última publicación del presente edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las doce horas y veinte minutos del día dieciocho de marzo de dos mil cinco. Lic. JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. JORGE ALBERTO GONZALEZ MENDEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F021574-2

El Infrascrito Juez de lo Civil: Al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas y treinta mi-nutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, en la herencia intestada que dejó el señor JOSE MANUEL LOZANO, al fallecer el día veintiuno de febrero del año dos mil dos en

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98 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

el Cantón El Trillo de la jurisdicción de Usulután, siendo esta ciudad su último domicilio, de parte de la señora NELLY ESPERANZA LOZANO, en calidad de cesionaria del derecho hereditario que le correspondía a la señora ANA RAMONA LOZANO, en calidad de madre del causante.-Confi riéndole a la aceptante dicha la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a deducirlo en el término de quince días después de la tercera publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, cuatro de marzo del dos mil tres. Entrelineas: a la herencia-vale.-Más Enmendados: Usulután-Confi riéndole-valen.- Lic. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Br. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003774-2

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.- Al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las diez horas y treinta minutos del día siete de Septiembre de dos mil cinco; se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la Herencia TESTAMENTARIA que a su defunción ocurrida en esta ciudad, siendo ésta su último domicilio, el día cinco de Enero de dos mil cinco, dejó ALVARO ALONSO SORTO GONZALEZ, de parte de MARIA ELENA MENDOZA DE SORTO, en calidad de cónyuge sobreviviente del causante.- Se ha conferido a la aceptante la adminis-tración y representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil, San Salvador: a las diez horas y quince minutos del día diez de Septiembre del año dos mil cinco.-Dr. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL. Br. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003781-2

JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DE ESTE MUNICIPIO

HACE SABER: Al público, para efectos de ley, que por resolu-ción de este Juzgado de las nueve horas del día veinte de julio del dos mil cinco. SE HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE y con benefi cio de inventario de parte de la señora MORENA DEL

CARMEN PEREZ MELARA, la herencia intestada que a su defunción

dejó la causante señora MARIA ANTONIA MELARA, quien falleció

en esta ciudad, el día veinticinco de mayo de mil novecientos noventa

y siete, siendo esta ciudad lugar de su último domicilio, aceptación que

hace la persona antes mencionada en su calidad de hija de la causante y

como cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían a los

señores JOSE SIMON PEREZ MELARA, JOSE OSVALDO PEREZ

MELARA y ANA LILIAN ORDOÑEZ MELARA, como hijos de la

referida causante. Y SE LE HA CONFERIDO A LA ACEPTANTE la

administración y representación interinas de la sucesión con las facultades

y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Por lo anterior se cita a los que se crean con derecho a la herencia

para que se presenten a este Tribunal a deducirlo en el término de quince

días contados desde el siguiente a la tercera publicación del presente

edicto.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Salvador, a

las nueve horas del día veinticinco de julio del dos mil cinco.- Lic.

JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO

CIVIL. Lic. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES DE ALAS,

SECRETARIA.-

3 v. alt. No. R003782-2

ANA GLORIA PINEDA DE MOLINA, Notario, del domicilio de la

ciudad de Sonsonate, con Ofi cina Jurídica establecida en Calle Obispo

Marroquín Edifi cio Plaza Jardín, segundo nivel local número dieciséis

de la ciudad de Sonsonate,

HACE SABER: Que por resolución proveída por la Suscrita

Notario proveída a las diez horas y treinta minutos del día veinte de

Septiembre de dos mil cinco. Se ha tenido por aceptada expresamente

y con Benefi cio de Inventario la herencia Intestada que dejó la señora

ANA MARIA MARQUEZ, quien falleció en Apaneca, departamento de

Ahuachapán, el día dos de Septiembre del año mil novecientos noventa

y cuatro de parte del señor EUFRACIO MARQUEZ VICENTE, en

su calidad de Hijo de la Causante. Por lo tanto al señor EUFRACIO

MARQUEZ VICENTE, se le CONFIERE LA ADMINISTRACION Y

REPRESENTACION INTERINA DE LA SUCESION.

Librado en la Ofi cina de la Notario ANA GLORIA PINEDA DE

MOLINA, en la ciudad de Sonsonate, a los veinte días del mes de

Septiembre del año dos mil cinco. Entre líneas-VICENTE-VICENTE-

Vale.

ANA GLORIA PINEDA DE MOLINA,

NOTARIO.

3 v. c. No. F021719-2

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99DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005.

TITULOS DE PROPIEDAD

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado el señor LUIS AMILCAR ABREGO SILVA, mayor de edad, de este origen y domicilio de Nacionalidad Salvadoreña, solicitando se le extienda Título de Propiedad de un Solar Urbano, situado en Primera Avenida Norte, Barrio El Calvario de esta Ciudad, cuyas medidas y colindantes son, NORTE: linda con Yolanda Durán de Ponce, mide veintisiete metros setenta y cinco centímetros, Calle de por medio, ORIENTE: linda con Gerardo Martínez, mide trece metros veintidós centímetros, Calle de por medio, SUR: linda con María Clelia Bonilla de Durán, mide veintisiete metros trece centímetros, PONIENTE: linda con Edilberto Alcides Durán Ponce, mide trece metros treinta y ocho centímetros, el Inmueble no es sirviente ni dominante, no tiene cargas o derechos reales de ajena perte-nencia, ni está en proindivisión con nadie, lo hubo por compra que hizo a la señora Petrona Abrego. Lo estima en CUATRO MIL DOLARES EXACTOS.

Lo que se hace saber al público para los efectos legales consiguien-tes

Alcaldía Municipal de San Lorenzo, a tres días del mes de octubre del año dos mil cinco.- Lic. JOSE OVIDIO ALVARADO, ALCALDE MUNICIPAL, Br. EDWIN OMAR RAMIREZ LOPEZ, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F021385-2

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se han presentado MARCIAL ADAN CERRITOS SILVA y NELLY ARELI CUBIAS DE CERRITOS, ambos mayores de edad, solicitando se les extienda Título de Propiedad de un Solar Urbano, situado en Primera Avenida Norte, Barrio El Calvario de esta Ciudad, cuyas medidas y colindantes son: NORTE: linda con José Lorenzo Flores Cubías, mide veintitrés metros, ORIENTE: linda con Jesús Acevedo, mide cinco metros cincuenta centímetros, SUR: linda con Dionicia Ponce, mide veintitrés metros cinco centímetros, PONIENTE: linda con Quintina Abrego, Calle de por medio, mide cinco metros cin-cuenta centímetros, el Inmueble no es sirviente ni dominante no tiene cargas o derechos reales de ajena pertenencia, ni está en proindivisión con nadie, lo hubieron por compra a José Oscar Castillo Ramírez, Antonia del Carmen Castro Hernández, José Lorenzo Flores Cubías. Lo estiman en CUATRO MIL DOLARES EXACTOS.

Lo que se hace saber al público para los efectos legales consiguien-tes.

Alcaldía Municipal de San Lorenzo, a tres días del mes de octubre del año dos mil cinco.-Lic. JOSE OVIDIO ALVARADO, ALCALDE MUNICIPAL.- Br. EDWIN OMAR RAMIREZ LOPEZ, SECRETARIO MUNICIPAL.-

3 v. alt. No. F021388-2

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado el señor JOSE TOMAS MORALES ALVARADO, mayor de edad, de este origen y domicilio de Nacionalidad Salvadoreña, solicitando se le extienda Tí-tulo de Propiedad de un Solar Urbano, situado en Segunda Avenida Norte, Barrio El Niño, de esta Ciudad, cuyas medidas y colindantes son: NORTE; linda con Dominga Carrillo, veintitrés metros treinta y cinco centímetros, ORIENTE: linda con Joaquín Ulises Escobar, Calle Pública de por medio, mide seis metros, SUR: linda con Valentín Cubías Jovel, mide veintitrés metros treinta y cinco centímetros, PONIENTE: linda con Diócesis de San Vicente, mide seis metros, el Inmueble no es sirviente ni dominante, no tiene cargas o derechos reales de ajena pertenencia, ni está en proindivisión con nadie, lo hubo por compra a Ana Estela Henríquez de Morales, Salvador Isidro Cubías y Paz Antonio Cubías. Lo estima en TRES MIL DOLARES EXACTOS.

Lo que se hace saber al público para los efectos legales consiguien-tes.

Alcaldía Municipal de San Lorenzo, a tres días del mes de octubre del año dos mil cinco.- Lic. JOSE OVIDIO ALVARADO ALCALDE MUNICIPAL- BR. EDWIN OMAR RAMIREZ LOPEZ, SECRETARIO MUNICIPAL.-

3 v. alt. No. F021389-2

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado la señora TERESA DEL ROSARIO PEREIRA DE DIAZ, de cincuenta años de edad, de ofi cios domésticos, de este domicilio, portadora de su documento único de identidad número: dos millones cero sesenta y seis ciento treinta y cinco guión cinco, solicitando se le extienda Título de Propiedad y dominio a su favor, de un inmueble de naturaleza urbana, ubicado en Barrio de Roma de Ciudad Barrios, Distrito y departamento de San Miguel, de una capacidad superfi cial de: QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: ORIENTE: Treinta metros ochenta centímetros, en línea semi curva con Alfredo Guerrero, cerco propio de por medio, NORTE: Diecinueve metros con ochenta centímetros, con Antonia Zelaya calle de por medio; PONIENTE: Treinta y un Metros, con Timoteo de la O, muro de concreto propio de por medio, calle de por medio y al SUR: Diecinueve metros, con Marta Pereira antes, hoy de Esperanza Pereira, cerco propio de por medio lo valora por la cantidad de QUINCE MIL DOLARES; el inmueble antes descrito no son dominante, ni sirviente, no posee cargas ni derechos reales y no tiene proindivisión con perso-na alguna y lo adquirió por compra que le hiciera al señor Guadalupe Pereira, por medio de escritura pública otorgada en esta Ciudad a las doce horas del día dieciocho de octubre de mil novecientos ochenta y uno, ante los ofi cios notariales del Doctor Miguel Ángel Gómez, y que unida mi posesión con la de mi antecesor ésta data por más de veinte años consecutivos.-

Librado en la Alcaldía Municipal, Ciudad Barrios, cuatro de Octubre de dos mil.- Br. RENE WILFREDO GOMEZ ESCOBAR, ALCALDE MUNICIPAL. ANA CECILIA ALVARADO IGLESIAS, SECRETAIRA MUNICIPAL.-

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100 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL: AL PÚBLICO

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado la señora

DOMITILA PEREZ DE ORDOÑEZ, de cincuenta y siete años de edad,

modista, de este domicilio, portador de su Documento Único de Identidad

Número cero un millón treinta y nueve mil novecientos setenta y seis,

con Número de Identifi cación Tributaria cero setecientos diez - ciento

veinte mil quinientos cuarenta y ocho-cero cero dos - tres, solicitando

TITULO DE PROPIEDAD Y DOMINIO, de un inmueble rural situado

en el Cantón El Rodeo, de esta Jurisdicción, de una superfi cie de DIEZ

MIL CIENTO NOVENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS,

de una extensión lindando AL NORTE: con María Jesús Mendoza

de Orellana, mide cien metros tres centímetros, AL ORIENTE: Con

Apolinaria Santos Mendoza, mide sesenta y siete metros, AL SUR: con

José Adalberto Herrera, Alfredo Pérez y Joaquín Santos, mide ciento

cinco metros sesenta y tres centímetros y AL PONIENTE: Con Mauro

Antonio Barrera Motto, Neonisio Raymundo y Julio López Vásquez,

mide ciento tres metros diez centímetros, no tiene cultivos en su interior,

dicho inmueble lo valuó en CINCO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS

UNIDOS DE AMERICA. No es predio sirviente ni dominante, no está

califi cado con impuestos y no está en proindivisión. Los colindantes son

de este domicilio. Lo hube por compra venta que hice la señora MARIA

SOTERA VENTURA DE RAMIREZ.

Se avisa al público para efectos de Ley.

Alcaldía Municipal, San Pedro Perulapán, nueve de octubre de dos

mil cinco.- Enmendado- nueve – octubre-Vale.- Prof. JORGE ARISTIDES

SANCHEZ, ALCALDE INTERINO. Licda. CARMENSA ESMERAL-

DA RODRIGUEZ PONCE, SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F021570-2

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL AL PÚBLICO,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado el señor ALE-

JANDRO ORDOÑEZ, de sesenta y dos años de edad, albañil, de este

domicilio, portador de su Documento Único de Identidad Número cero

un millón quinientos dieciocho mil setecientos cuarenta y dos - siete,

con Número de Identifi cación Tributaria cero setecientos diez - ciento

cuarenta mil setecientos cuarenta y tres - ciento dos - nueve, solicitando

TITULO DE PROPIEDAD Y DOMINIO, de un solar rural, situado en el

Cantón Istagua de esta Jurisdicción, de una superfi cie de DOSCIENTOS

CUARENTA Y OCHO METROS PUNTO CATORCE CENTIME-

TROS CUADRADOS, de una extensión lindando al ORIENTE: con

Mauro Antonio Barrera Motto y Javier Barrera, calle antigua de por

medio, mide catorce metros cuarenta y tres centímetros, AL NORTE:

con Juan Orellana y Ramiro Ordóñez Orellana, mide dieciséis metros

ochenta y tres centímetros, mediando servidumbre, AL PONIENTE:

con Ramiro Ordóñez Hernández, Amalia Pérez de Ordóñez y Vicente

Ordóñez Vásquez, mide quince metros tres centímetros y AL SUR: con

Ramiro Ordóñez Hernández, German Ordóñez López y mide diecisiete

metros cuarenta y tres centímetros. En su interior hay una casa de adobe

cubierta de tejas, dicho inmueble lo valuó en SIETE MIL DOLARES

DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. No es predio sirviente ni

dominante, no está califi cado con impuestos y no está en proindivisión.

Los colindantes son de este domicilio. Lo hube por compra venta que

hice al señor FRANCISCO ORDOÑEZ RAYMUNDO.

Se avisa al público para efectos de Ley.

Alcaldía Municipal, San Pedro Perulapán, nueve de octubre de

dos mil cinco.- Enmendados- nueve- octubre- Vale.- Prof. JORGE

ARISTIDES SANCHEZ, ALCALDE INTERINO.- Licda. CAR-

MENSA ESMERALDA RODRIGUEZ PONCE, SECRETARIA

MUNICIPAL.-

3 v. alt. No. F021572-2

TITULOS SUPLETORIOS

RICARDO PORTILLO CACERES. Notario, del domicilio de San

Salvador y Nueva Concepción, departamento de Chalatenango, con

ofi cina situada en Barrio El Rosario de esta última, al público para los

efectos de Ley,

HACE SABER: Que a mi ofi cina notarial se ha presentado el señor

JOAQUÍN AGUILAR RODRIGUEZ, de cincuenta y seis años de edad,

Agricultor en Pequeño, de este domicilio; a promover diligencias de Título

Supletorio, de dos inmuebles de naturaleza rústica, situados en Caserío

Sitio de las Flores, Cantón Potrero Sula, jurisdicción de Nueva Concep-

ción, Departamento de Chalatenango; EL PRIMERO: de una extensión

superfi cial de: CUARENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS TREINTA

METROS, VEINTE CENTIMETROS CUADRADOS, que linda: AL

ORIENTE: con Samuel Rodríguez, AL SUR: con Víctor Aguilar, calle de

por medio; AL PONIENTE: con María Aguilar y Fredy Corleto Aguilar;

Y AL NORTE: con Emelina Escobar. EL SEGUNDO: de una extensión

superfi cial de MIL DOSCIENTOS TRECE METROS NOVENTA Y

DOS DECIMETROS, CINCO CENTIMETROS CUADRADOS, que

linda: AL ORIENTE: con el primer inmueble propiedad del Titulante,

calle pública de por medio que conduce a Las Cañas; AL SUR: con

Iglesia Católica calle al Iscanal de por medio; AL PONIENTE: con

Víctor Escobar; Y AL NORTE con Hipólito Saracay. Los colindantes

todos del Caserío Sitio de Las Flores. Los terrenos descritos no son

dominantes ni sirvientes, ni están en proindivisión y no tienen cargas

ni derechos que pertezcan a terceras personas, que desde su adquisición

por compra que hizo a la señora Ana María Aguilar Viuda de Corleto,

mayor de edad, ama de Casa, de este domicilio, sobreviviente, los ha

poseído en forma quieta, pacífi ca y no interrumpida, pero carecen de

título inscrito, por lo cual comparece ante mis ofi cios notariales para

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101DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005.

que de conformidad a lo establecido en el artículo dieciséis de la ley del

Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de otras Diligencias,

seguidos que sean los trámites que la misma señala, se le extiende a su

favor el Título Supletorio, valúa dichos inmuebles en la suma de DIEZ

MIL COLONES.

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en la ciudad de Nueva Concepción, doce de octubre del

dos mil cinco.-

RICARDO PORTILLO CACERES,

NOTARIO.

3 v. alt. No. F021391-2

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado

LUIS ALBERTO RIVAS, como apoderado de la señora MARIA LIDIA

MENDEZ DE MENDOZA, mayor de edad, de ofi cios domésticos y del

domicilio de El Carmen, de este Departamento, solicitando se le extienda

TITULO SUPLETORIO a su poderdante de un terreno de naturaleza

rústica, situado en el Cantón Alto El Roble, Jurisdicción de El Carmen,

Departamento de La Unión, de una extensión superfi cial de NOVENTA

Y NUEVE AREAS, VEINTISIETE CENTIAREAS Y VEINTISIETE

DECIMETROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes:

AL NORTE, mide ochenta metros cuadrados, con Araceli Romero hoy,

antes de Prudencio Turcios, fallecido, también con Blanca Chavarría y

callejón de por medio que conduce al Cantón Alto El Roble, divididos por

cerco de alambre de púa propio de la titulante; AL PONIENTE, noventa

y seis metros cuadrados con noventa decímetros cuadrados, con Digna

Romero hoy; antes con Prudencio Turcios, fallecido y callejón de por

medio que conduce al referido Cantón, divididos por cerco de alambre

de púa propio de la titulante; AL SUR: ciento diez metros cuadrados

con treinta y seis decímetros cuadrados, con María Jesús del Carmen

Mendoza de Fuentes hoy, antes con Pedro Mendoza, fallecido y calle-

jón de por medio que conduce también a dicho Cantón, divididos por

cerco de alambre de púa propio de la titulante; y AL ORIENTE, ciento

once metros cuadrados con setenta decímetros cuadrados, con Nazario

Mendoza hoy, antes con Pedro Mendoza, fallecido, divididos por cerco

de alambre de púa propiedad del colindante; dicho terreno su poderdante

lo valúa en la suma de DOS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y

SIETE DOLARES CON CATORCE CENTAVOS DE DOLAR. Y lo

adquirió por compra verbal que le hizo al señor PEDRO MENDOZA,

el día diez de mayo de mil novecientos setenta y nueve.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los tres días del mes

de octubre de dos mil cinco.- Lic. ROGELIO HUMBERTO ROSALES

BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- Br. JORGE ALBERTO PEREZ,

SECRETARIO.-

3 v. alt. No. F021392-2

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado

LUIS ALBERTO RIVAS, Apoderado General Judicial de la señora

PAULA MENDOZA DE REYES, de cincuenta y ocho años de edad,

de Ofi cios Domésticos, del domicilio de El Carmen, solicitando se le

extienda a su poderdante TITULO SUPLETORIO, de un inmueble de

naturaleza rústica, situado en el Cantón Alto El Roble, Jurisdicción

de El Carmen, de este Departamento, de una extensión superfi cial de

TREINTA AREAS, OCHENTA CENTIAREAS, SETENTA Y TRES

DECÍMETROS, CINCO CENTIMETROS CUADRADOS, que mide y

linda: AL NORTE: cuarenta y ocho metros cuadrados, sesenta decímetros

cuadrados con Nazario Mendoza y calle de por medio que conduce al

Cantón Alto El Roble, divididos por cerco de alambre de púa propio de

la titulante; AL PONIENTE: compuesto de tres tramos así: el primero

de treinta y dos metros cuadrados con ochenta y ocho decímetros cua-

drados, con ALEXANDER NUÑEZ, divididos por cerco de alambre de

púa propio de la titulante, el segundo tramo de trece metros cuadrados

con sesenta decímetros cuadrados, con Nazario Mendoza, divididos por

cerco de alambre de púa propiedad de la titulante y el tercer tramo de

sesenta metros cuadrados, con Nazario Mendoza divididos por cerco

de alambre de púa propiedad de la titulante; AL SUR, mide treinta y

un metros cuadrados con noventa decímetros cuadrados, con Diómedes

Ordóñez divididos por cerco de alambre de púa propio de la titulante, y AL

ORIENTE, mide cuarenta y seis metros cuadrados con sesenta decímetros

cuadrados, con Petrona Núñez, divididos por cerco de alambre propiedad

de la colindante; el terreno descrito no es dominante, ni sirviente y ni está

en proindivisión con nadie, que en dicho inmueble existen construidas

dos casas a expensas de mi poderdante, de las medidas y características

siguientes: LA PRIMERA, techo de tejas, paredes de adobe, piso de

cemento, con servicio de energía eléctrica, de seis metros de largo por

cinco metros de ancho; LA SEGUNDA, techo de tejas, sistema mixto,

piso de ladrillo de cemento de cuatro metros de largo por cuatro metros

de ancho. Dicho terreno lo valúa en la suma de TRES MIL DOLARES

DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA, y lo adquirió

por compra verbal que hizo a su padre señor PEDRO MENDOZA,

quien fue de cincuenta años de edad, Agricultor, originario de Ciudad

Barrios, Departamento de San Miguel del domicilio de El Carmen, de

este Departamento, quien ya falleció, desde el día veintiuno de febrero

de mil novecientos setenta.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los siete días del mes

de octubre de dos mil cinco.- Lic. ROGELIO HUMBERTO ROSALES

BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- Br. JORGE ALBERTO PEREZ,

SECRETARIO.-

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102 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

LA INFRASCRITA JUEZA SUPLENTE DEL SEGUNDO DE PRI-

MERA INSTANCIA, del Distrito Judicial de San Francisco Gotero; Al

Público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que a este Tribunal se han presentado, los Li-

cenciados OSCAR ARMANDO GOMEZ HERNANDEZ, y FREDY

WILLIAN MONTES VARGAS, Como Apoderados Judiciales del

señor JAIME LEONARDO PORTILLO ROMERO, a solicitar a su

favor, TITULO SUPLETORIO, sobre un terreno de naturaleza rústica

ubicado en el Cantón El Cerro Coyol, Caserío Los Ramírez, Jurisdic-

ción de Osicala, Departamento de Morazán, de la capacidad superfi cial

de TRECE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO METROS

CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE:

noventa y dos metros cincuenta centímetros, colinda con terreno de las

señoras Santos Sorto, Cristina Amaya y Julia Nolasco, cerco de alambre

y carretera pavimentada que de esta ciudad conduce a Perquín de por

medio; AL NORTE: ciento cincuenta metros, con terreno de la señora

Pilar Nolasco, cerco de alambre de por medio; AL PONIENTE: Noventa

y dos metros cincuenta centímetros, con terreno del señor Eusebio Díaz,

cerco de alambre de por medio; Y AL SUR: ciento cincuenta metros,

con terreno de Eva Nolasco, cerco de alambre de por medio. Dicho

terreno es inculto y sin construcciones.- Y lo adquirió por compraventa

de la Posesión Material que hizo a los señores PILAR NOLASCO DE

GUEVARA, EMERENCIANA NOLASCO RAMIREZ, MARIA JU-

LIA NOLASCO RAMIREZ, JOSE SANTOS NOLASCO RAMIREZ

y ESTEBAN NOLASCO RAMIREZ.- Se estima el inmueble descrito

en el precio de VEINTE MIL DOLARES.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco

Gotera, a las diez horas del día trece de Octubre del dos mil cinco. LICDA.

ANA ELSY MENDOZA AMAYA, JUEZA 2º. De 1ª. INSTANCIA.

SUPLENTE.- Br. KARINA ELIZABETH IGLESIAS DE NAVARRO,

SECRETARIA INTERINA.

3 v. alt. No. F021428-2

EL INFRASCRITO JUEZ, Al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que en este Juzgado se ha presentado el Licencia-

do OCTAVIO ADALBERTO GARCIA CAMPOS, de treinta años de

edad, Abogado, del domicilio de San Miguel, como Apoderado General

Judicial de la señora Nely Arita conocida por Nelly Arita y Nely Arita

Rivas, de sesenta años de edad, de ofi cios domésticos, del domicilio de

El Tránsito, departamento de San Miguel, promoviendo Diligencias

Sumarias de Título de un inmueble de naturaleza rústica, situado en el

cantón El Maculís, jurisdicción de Ereguayquín, de la extensión superfi cial

de SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO METROS CUADRADOS,

que tiene las medidas y lindero siguientes: “AL ORIENTE: diez metros

sesenta y cinco centímetros, con quebrada El Tránsito; AL NORTE:

sesenta y cuatro metros sesenta y un centímetros, con María Mercedes

Díaz Santos; AL PONIENTE: diez metros sesenta y cinco centímetros,

con José Antonio Soto; y AL SUR: sesenta y cuatro metros sesenta y

un centímetros, con María Orfi lia Saravia de Hernández.- El inmueble

descrito no es dominante ni sirviente el cual lo valúa en el precio de

CINCO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERI-

CA. Dicho inmueble lo adquirió por compra que le hizo al señor JOSE

ANTONIO SOTO, en el mes de Noviembre del año de mil novecientos

noventa y uno.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los veintidós días

del mes de septiembre del dos mil cinco.- LIC. JOSE ANTONIO

GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MIRNA MARISOL SIGARAN

HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F021494-2

Licenciado JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez Segundo

de Primera Instancia de este Distrito Judicial. Al público para efectos

de ley,

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado

LUIS SANTIAGO ESCOBAR ROSA, como Apoderado General Judicial

del señor LUCIO FUENTE, a solicitar a favor de éste, DILIGENCIAS

DE TITULO SUPLETORIO, Sobre un inmueble de naturaleza rústica,

situado en cantón Corralito, jurisdicción de Corinto departamento; de la

Capacidad superfi cial de OCHO MIL CUATROCIENTOS METROS

CUADRADOS; de las colindancias siguientes; AL ORIENTE, setenta

metros, linda con Pantaleón Ortez Granadas, Pedro Antonio Ventura

Romero; AL SUR, ciento veinte metros, linda con Félix Portillo Ortez;

AL PONIENTE, setenta metros linda con Pedro Lazo Salmerón; y AL

NORTE, ciento veinte metros, linda con Marina Álvarez de Villatoro;

dicho inmueble lo adquirió por medio compraventa que le hizo el señor

Maximino Fuentes, el inmueble se valúa por la cantidad de UN MIL

DOSCIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AME-

RICA.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Francisco

Gotera, a las nueve horas del día cinco de Mayo del dos mil cinco.- LIC.

JORGE ALBERTO GUZMÁN URQUILLA, JUEZ 2º. DE 1a. INS-

TANCIA. LICDA. ROSA ERMELINDA GUTIÉRREZ SÁNCHEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F021525-2

Lic. Angel Albino Alvarenga, Juez de lo Civil, de este Distrito Judicial,

al público para los efectos de Ley,

HACE SABER: Que se ha presentado el señor JOSE ISIDRO

GOMEZ REYES, conocido por JOSE ISIDRO GOMEZ, de cuarenta

y cinco años de edad, agricultor en pequeño, del domicilio de Anamorós,

Representado por su Apoderado General Judicial Rodolfo Ernesto Acosta

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103DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005.

Zelaya, solicitando título supletorio de un terreno de naturaleza rústica,

situado en el Cantón Agua Blanca, de la jurisdicción de Anamorós, de

este Distrito, Departamento de La Unión, de la capacidad superfi cial de

TRES MANZANAS equivalentes a VEINTIUN MIL METROS CUA-

DRADOS, que tiene los linderos siguientes: AL ORIENTE, mide ciento

sesenta punto setenta y siete metros; con Esteban Medrano Fuentes, cerco

de piña y barrancas naturales de por medio, AL PONIENTE, mide ciento

nueve punto treinta y seis metros, con terreno de María Reyes, mojones de

piedra suelta de por medio, AL SUR, doscientos cincuenta y dos metros

punto doce metros, con Domingo Rodríguez, calle real que de esta ciudad

conduce a Corinto de por medio; y AL NORTE, noventa y uno punto

ochenta metros, con terreno del mismo señor Esteban Medrano Fuentes,

cerco de piña ajeno de por medio. Se valúa el referido inmueble en la

cantidad de UN MIL DOSCIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS

UNIDOS DE AMERICA, y lo adquirió por compraventa de posesión

material que le hiciera al señor Eusebio Reyes Rodríguez, de setenta

y un años de edad, agricultor en pequeño, del domicilio de Anamorós,

el día ocho de Febrero del año dos mil cinco. ante los ofi cios notariales

del Licenciado Roberto Carlos Galindo Avalos.

Librado en el Juzgado de lo Civil; Santa Rosa de Lima, a los

diez días del mes de Agosto de dos mil cinco. LIC. ANGEL ALBINO

ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MARINA CONCEP-

CIÓN MARTÍNEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F021527-2

TITULO DE DOMINIO

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA CIUDAD:

HACE SABER: Que a esta ofi cina se presentó el Licenciado OC-

TAVIO ADALBERTO GARCIA CAMPOS, en su calidad de Apoderado

General Judicial de la señora SANDRA MARITZA CHAVEZ, de treinta y

un años de edad, de ofi cios domésticos, de este domicilio, con Documento

Único de Identidad número: Cero uno nueve dos tres nueve siete cero

guión cinco, solicitando a favor de su representada Título de Dominio,

de un solar de Naturaleza Urbana situado en la Colonia Milagro de la

Paz, Calle Palestina, de esta Ciudad, Distrito y Departamento de San

Miguel, de la capacidad superfi cial de: CIENTO TREINTA Y METROS

CUADRADOS, OCHENTA Y CUATRO DECIMETROS, OCHENTA

Y SIETE CENTIMETROS, que mide y linda AL ORIENTE, doce metros

treinta centímetros, con Lucia López, pasaje López de por medio; AL

NORTE, ocho metros ochenta centímetros, con Lucia López, pasaje Castro

de por medio; AL PONIENTE, once metros, treinta y cinco centímetros,

con María Luisa Alberto, pared de bloque de por medio de la colindante;

y AL SUR: trece metros cincuenta centímetros, con Juan Girón, cerco de

piedra del colindante. En el inmueble antes descrito existen construccio-

nes de sistema mixto y demás servicios necesarios. No es dominante ni

sirviente, no tiene cargas ni derechos reales de ajena pertenencia ni está

en proindivisión con nadie, y lo adquirió por compraventa de posesión

material que le hizo al señor JOSE ORLANDO NAVARRO GARCIA,

el día doce de agosto de dos mil cinco, ante los ofi cios notariales de la

Licenciada DOLORES ESMERALDA SANCHEZ MOLINA, posesión

que unida a la de su antecesor suman más de diez años continuos, la cual

ha sido de forma quieta, pacífi ca, pública e ininterrumpida; el inmueble

anterior lo estima en la cantidad de CINCO MIL DOLARES DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Los colindantes son de este domicilio, lo que se avisa al público

para los efectos de ley.

ALCALDIA MUNICIPAL: San Miguel, a los veintiún días del mes

de Septiembre del año dos mil cinco. JOSE WILFREDO SALGADO

GARCIA, ALCALDE MUNICIPAL. LIC. JOSE ANGEL FERMAN

ZETINO, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F021493-2

RENOVACION DE MARCAS

No. de Expediente: 1975003181

No. de Presentación: 20050068257

CLASE: 05.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado GIANCAR-

LO ANGELUCCI SILVA, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADORE-

ÑA, actuando como APODERADO ESPECIAL de LABORATORIOS

VIJOSA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se

abrevia: LABORATORIOS VIJOSA, S. A. DE C. V., del domicilio de

Antiguo Cuscatlán, departamento de La Libertad, de nacionalidad SAL-

VADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número

00097 del Libro 00061 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la

palabra “NERVIDOCE”; que ampara productos comprendidos en la(s)

Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los veintiséis días del mes de septiembre del año dos

mil cinco.

LIC. MARÍA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIO.

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104 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

MARCAS DE FABRICA

No. de Expediente: 2005052270

No. de Presentación: 20050069172

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado VERONICA LOPEZ DE ARGÜELLO, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de TAN’S CORPORATION, S.A., de nacionalidad PA-NAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la palabra Pretty Lady y diseño traducida al cas-tellano Dama Bonita.

La solicitud fue presentada el día treinta de septiembre del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, tres de octubre del año dos mil cinco.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

CARLOS ARTURO SOTO GARCÍA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F021396-2

No. de Expediente: 2005050146

No. de Presentación: 20050066016

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN JOSE FRANCISCO GUERRERO CHACON, en su calidad de APODERA-DO de Laboratorios y Droguería Laínez, Sociedad Anónima de Capital Variable que se abrevia: LABORATORIOS Y DROGUERIA LAINEZ,

S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

IRIZADINA

Consistente en: la palabra IRIZADINA.

La solicitud fue presentada el día treinta de junio del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, doce de agosto del año dos mil cinco.

JOSÉ ANGEL ARRIAZA POLANCO,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F021449-2

No. de Expediente: 2005050147

No. de Presentación: 20050066017

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN JOSE FRANCISCO GUERRERO CHACON, en su calidad de APODERA-DO de Laboratorios y Droguería Laínez, Sociedad Anónima de Capital Variable que se abrevia: LABORATORIOS Y DROGUERIA LAINEZ, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

IDROCOF

Consistente en: la palabra IDROCOF.

La solicitud fue presentada el día treinta de junio del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, doce de agosto del año dos mil cinco.

JOSÉ ANGEL ARRIAZA POLANCO,

REGISTRADOR.

HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTÍNEZ VARELA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F021450-2

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105DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005.

No. de Expediente: 2005048382

No. de Presentación: 20050063505

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARCO JAVIER CALVO CAMINOS, en su calidad de APODERADO de MEDIA TEAM PLANNING, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las palabras Media Wise y diseño, traducidas al castellano como Medios Orientados.

La solicitud fue presentada el día dos de mayo del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciséis de agosto del año dos mil cinco.

JOSÉ ANGEL ARRIAZA POLANCO,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F021472-2

No. de Expediente: 2005048928

No. de Presentación: 20050064307

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ER-NESTO GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de APODERADO de POLLO CAMPERO DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: POLLO CAMPERO DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

CAMPARK

Consistente en: la palabra CAMPARK.

La solicitud fue presentada el día veinticinco de mayo del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta y uno de mayo del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F021499-2

No. de Expediente: 2005048929

No. de Presentación: 20050064308

CLASE: 28.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ER-NESTO GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de APODERADO de POLLO CAMPERO DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: POLLO CAMPERO DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-CIO,

CAMPARK

Consistente en: la palabra CAMPARK.

La solicitud fue presentada el día veinticinco de mayo del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta y uno de mayo del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F021500-2

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106 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

No. de Expediente: 2005048924

No. de Presentación: 20050064303

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ER-NESTO GUANDIQUE CHÁVEZ, en su calidad de APODERADO de POLLO CAMPERO DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: POLLO CAMPERO DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: Las palabras Karol Camp y diseño, que se traduce como Karol campo.

La solicitud fue presentada el día veinticinco de mayo del año dos mil cinco.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de julio del año dos mil cinco.

Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.

KATYA MARGARITA MARTÍNEZ GUTIÉRREZ,SECRETARIA.

3 v. alt. No. F021501-2

No. de Expediente: 2005048925

No. de Presentación: 20050064304

CLASE: 28.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ER-NESTO GUANDIQUE CHÁVEZ, en su calidad de APODERADO de POLLO CAMPERO DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: POLLO CAMPERO DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, soli-citando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: Las palabras Karol Camp y diseño, que se traduce como Karol campo.

La solicitud fue presentada el día veinticinco de mayo del año dos mil cinco.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de julio del año dos mil cinco.

Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

KATYA MARGARITA MARTÍNEZ GUTIÉRREZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F021502-2

No. de Expediente: 2005048923

No. de Presentación: 20050064302

CLASE: 28.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ER-NESTO GUANDIQUE CHÁVEZ, en su calidad de APODERADO de POLLO CAMPERO DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: POLLO CAMPERO DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, soli-citando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: Las palabras Nick Camp y diseño, que se traduce como Nick campo.

La solicitud fue presentada el día veinticinco de mayo del año dos mil cinco.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de julio del año dos mil cinco.

Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

KATYA MARGARITA MARTÍNEZ GUTIÉRREZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F021503-2

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107DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005.

No. de Expediente: 2005048919

No. de Presentación: 20050064298

CLASE: 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS NELSON SEGOVIA, en su calidad de APODERADO de POLLO CAMPERO DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: POLLO CAMPERO DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: Las palabras Sabor Campero ¡Lo llevo dentro! y diseño.

La solicitud fue presentada el día veinticinco de mayo del año dos mil cinco.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta y uno de mayo del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,REGISTRADOR.

CARLOS ARTURO SOTO GARCÍA,SECRETARIO.

3 v. alt. No. F021505-2

No. de Expediente: 2005048918

No. de Presentación: 20050064297

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS NELSON SEGOVIA, en su calidad de APODERADO de POLLO CAMPERO DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: POLLO CAMPERO DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: Las palabras Sabor Campero ¡Lo llevo dentro! y diseño.

La solicitud fue presentada el día veinticinco de mayo del año dos mil cinco.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta y uno de mayo del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,

REGISTRADOR.

CARLOS ARTURO SOTO GARCÍA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F021507-2

No. de Expediente: 2005049725

No. de Presentación: 20050065455

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ER-NESTO GUANDIQUE CHÁVEZ, en su calidad de APODERADO de POLLO CAMPERO DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: POLLO CAMPERO DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, soli-citando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO,

COMBOQUITAS

Consistente en: la palabra COMBOQUITAS.

La solicitud fue presentada el día quince de junio del año dos mil cinco.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinte de junio del año dos mil cinco.

JOSÉ RAÚL ROSALES PÉREZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F021509-2

No. de Expediente: 2005048048

No. de Presentación: 20050063080

CLASE: 21.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ER-NESTO GUANDIQUE CHÁVEZ, en su calidad de APODERADO

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108 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

GENERAL JUDICIAL de DROGUERÍA BROSSE PHARMA PAK, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: DROGUERÍA BROSSE PHARMA PAK, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: Las palabras GLOBAL PAK.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de abril del año dos mil cinco.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de julio del año dos mil cinco.

Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

KATYA MARGARITA MARTÍNEZ GUTIÉRREZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F021510-2

No. de Expediente: 2005048926

No. de Presentación: 20050064305

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ER-NESTO GUANDIQUE CHÁVEZ en su calidad de APODERADO de POLLO CAMPERO DE EL SALVADOR SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: POLLO CAMPERO DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: Las palabras Super Camp y diseño, traducidas como super campo.

La solicitud fue presentada el día veinticinco de mayo del año dos mil cinco.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de julio del año dos mil cinco.

Lic. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

KATYA MARGARITA MARTÍNEZ GUTIÉRREZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F021513-2

No. de Expediente: 2004041821

No. de Presentación: 20040053476

CLASE: 36.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ER-NESTO GUANDIQUE CHÁVEZ, en su calidad de APODERADO de CORPORACIÓN DE CRÉDITO Y SERVICIOS, SOCIEDAD ANÓ-NIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: CORPORACIÓN DE CRÉDITO Y SERVICIOS, S.A. DE C.V., SERVICREDIT. S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Protección Plus

Consistente en: Las palabras Protección Plus, plus traducido al castellano signifi ca más.

La solicitud fue presentada el día catorce de julio del año dos mil cuatro.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de junio del año dos mil cinco.

JOSÉ ÁNGEL ARRIAZA POLANCO,

REGISTRADOR.

ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F021514-2

No. de Expediente: 2005049944

No. de Presentación: 20050065757

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHÁVEZ, en su calidad de APODERADO de CORPO-

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109DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005.

RACIÓN DE CRÉDITO Y SERVICIOS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: SERVICREDIT, S.A. DE C.V., CORPORACIÓN DE CRÉDITO Y SERVICIOS, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: La expresión K PLUS y diseño traducida al cas-tellano como más.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de junio del año dos mil cinco.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de junio del año dos mil cinco.

JOSÉ RAÚL ROSALES PÉREZ,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F021516-2

No. de Expediente: 2005051312

No. de Presentación: 20050067751

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSÉ ADOLFO TORRES LEMUS, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de GA-LENO QUÍMICA, C.A., de nacionalidad VENEZOLANA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO,

MISSÉ

Consistente en: La palabra MISSÉ.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, trece de septiembre del año dos mil cinco.

ALICIA ESTHER GARCÍA COREAS,REGISTRADOR.

MARÍA ISABEL JACO LINARES,SECRETARIA.

3 v. alt. No. R003778-2

No. de Expediente: 2005051342

No. de Presentación: 20050067908

CLASE: 42.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSÉ ADOLFO TORRES LEMUS, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de CORP LAW TORRES LEMUS, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPI-TAL VARIABLE que se abrevia: TORRES LEMUS, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: La palabra LATINALLIANCE y diseño traducida al castellano como ALIANZA LATINA.

La solicitud fue presentada el día veinticinco de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de agosto del año dos mil cinco.

JOSÉ RAÚL ROSALES PÉREZ,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R003779-2

No. de Expediente: 2005051244

No. de Presentación: 20050067642

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GIANCARLO ANGELUCCI SILVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de LABORATORIOS VIJOSA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LABORATORIOS VIJOSA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO,

CALMTABS

Consistente en: La palabra CALMTABS.

La solicitud fue presentada el día veintidós de agosto del año dos mil cinco.

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110 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintitrés de agosto del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R003790-2

No. de Expediente: 2005051703

No. de Presentación: 20050068431

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GIANCARLO ANGELUCCI SILVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de LABORATORIOS VIJOSA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LABORATORIOS VIJOSA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO,

C-Complex

Consistente en: La palabra C- Complex que se traduce al castellano como Complejo- C.

La solicitud fue presentada el día ocho de septiembre del año dos mil cinco.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, nueve de septiembre del año dos mil cinco.

JOSÉ RAÚL ROSALES PÉREZ,

REGISTRADOR.

CARLOS ARTURO SOTO GARCÍA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003791-2

No. de Expediente: 2005051685

No. de Presentación: 20050068413

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GIANCARLO ANGELUCCI SILVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de LABORATORIOS VIJOSA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL

VARIABLE que se abrevia: LABORATORIOS VIJOSA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO,

Green Source

Consistente en: La expresión Green Source traducida al castellano como Fuente Verde.

La solicitud fue presentada el día ocho de septiembre del año dos mil cinco.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, nueve de septiembre del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,

REGISTRADOR.

NANCY KATYA NAVARRETE QUINTANILLA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R003792-2

No. de Expediente: 2005050379

No. de Presentación: 20050066369

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GIANCARLO ANGELUCCI SILVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de LABORATORIOS VIJOSA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LABORATORIOS VIJOSA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO,

MEGA MAN

Consistente en: Las palabras MEGA MAN traducida al idioma castellano como GRAN HOMBRE.

La solicitud fue presentada el día doce de julio del año dos mil cinco.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, ocho de septiembre del año dos mil cinco.

JOSÉ RAÚL ROSALES PÉREZ,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R003794-2

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111DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005.

No. de Expediente: 2005051038

No. de Presentación: 20050067354

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GIANCARLO ANGELUCCI SILVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de LABORATORIOS VIJOSA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LABORATORIOS VIJOSA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO,

MEGAMEN

Consistente en: Las palabras MEGA MEN traducida al castellano como SUPER HOMBRE.

La solicitud fue presentada el día quince de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, quince de agosto del año dos mil cinco.

JOSÉ ÁNGEL ARRIAZA POLANCO,REGISTRADOR.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003795-2

No. de Expediente: 2005050380

No. de Presentación: 20050066370

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ANA CON-CEPCIÓN IRIAS LOZANO, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de LABORATORIOS VIJOSA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LABORATORIOS VIJOSA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO,

MEGA WOMAN

Consistente en: Las palabras MEGA WOMAN traducida al idioma castellano como GRAN MUJER.

La solicitud fue presentada el día doce de julio del año dos mil cinco.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de agosto del año dos mil cinco.

JOSÉ RAÚL ROSALES PÉREZ,REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,SECRETARIA.

3 v. alt. No. R003796-2

No. de Expediente: 2005051696

No. de Presentación: 20050068424

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GIANCARLO ANGELUCCI SILVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de LABORATORIOS VIJOSA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LABORATORIOS VIJOSA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO,

Ocean Silver

Consistente en: Las palabras Ocean Silver, traducidas al castellano como Plata Océano.

La solicitud fue presentada el día ocho de septiembre del año dos mil cinco.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, nueve de septiembre del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,

REGISTRADOR.

SALVADOR ANÍBAL JUÁREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003797-2

No. de Expediente: 2005051694

No. de Presentación: 20050068422

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GIANCARLO ANGELUCCI SILVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de LABORATORIOS VIJOSA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LABORATORIOS VIJOSA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FÁBRICA Y DE COMERCIO,

Ocuplex

Consistente en: La palabra Ocuplex.

La solicitud fue presentada el día ocho de septiembre del año dos mil cinco.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, nueve de septiembre del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CÁCERES AMAYA,REGISTRADOR.

SALVADOR ANÍBAL JUÁREZ URQUILLA,SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003798-2

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112 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369No. de Expediente: 2005051688

No. de Presentación: 20050068416

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GIANCARLO ANGELUCCI SILVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de LABORATORIOS VIJOSA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LABORATORIOS VIJOSA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Supler Male Plex

Consistente en: las palabras Supler Male Plex traducidas al caste-llano como Supler Masculino Plex.

La solicitud fue presentada el día ocho de septiembre del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, tres de octubre del año dos mil cinco.

JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003799-2

No. de Expediente: 2005051702

No. de Presentación: 20050068430

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GIANCARLO ANGELUCCI SILVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de LABORATORIOS VIJOSA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LABORATORIOS VIJOSA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Toni Campolon

Consistente en: las palabras Toni Campolon.

La solicitud fue presentada el día ocho de septiembre del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diez de octubre del año dos mil cinco.

JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003800-2

No. de Expediente: 2005051704

No. de Presentación: 20050068432

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GIANCARLO ANGELUCCI SILVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de LABORATORIOS VIJOSA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LABORATORIOS VIJOSA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Vita Campolon

Consistente en: las palabras Vita Campolon.

La solicitud fue presentada el día ocho de septiembre del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diez de octubre del año dos mil cinco.

JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003801-2

No. de Expediente: 2005051691

No. de Presentación: 20050068419

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GIANCARLO ANGELUCCI SILVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de LABORATORIOS VIJOSA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Vizion 2020

Consistente en: la palabra Vizion 2020 traducida al castellano como Visión 2020.

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113DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005.

La solicitud fue presentada el día ocho de septiembre del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, nueve de septiembre del año dos mil cinco.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R003802-2

No. de Expediente: 2005051687

No. de Presentación: 20050068415

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GIANCARLO ANGELUCCI SILVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de LABORATORIOS VIJOSA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Male V

Consistente en: la palabra Male V traducida al castellano como Masculino V.

La solicitud fue presentada el día ocho de septiembre del año dos mil cinco.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, tres de octubre del año dos mil cinco.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

SANDRA ELIZABETH HENRIQUEZ LARA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R003804-2

NOMBRE COMERCIAL

No. de Expediente: 2005050706

No. de Presentación: 20050066810

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE EDUAR-DO MEDRANO RIVAS, de nacionalidad SALVADOREÑA y DANIEL ALEJANDRO MEDRANO RIVAS, de nacionalidad SALVADOREÑA,

en calidad de PROPIETARIOS, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: las palabras La Jugada Tu mejor estrategia y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DEDICADO A LA VENTA DE ROPA, CALZADO Y TODO TIPO DE ARTICULOS DEPORTIVOS, UBICADO EN BOULEVARD DEL EJERCITO, CENTRO COMERCIAL PLAZA MUNDO, SOYAPANGO, SAN SALVADOR.

La solicitud fue presentada el día veinticinco de julio del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dieciocho de agosto del año dos mil cinco.

JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,REGISTRADOR.

ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS,SECRETARIO.

3 v. alt. No. F021470-2

No. de Expediente: 2005051740

No. de Presentación: 20050068479

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ALFREDO EDUARDO SORIANO SANTOS, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

Consistente en: la palabra PRONETSA, que signifi ca PROFESIO-NALES EN NETWORKING SA, en donde la expresión NETWORKING se traduce al castellano como “trabajando en red”, que servirá para: IDENTIFICAR UN NEGOCIO DEDICADO A LAS VENTAS DE MAQUINARIA Y EQUIPO DE OFICINA, COMPUTADORES Y SUS COMPONENTES, QUE INCLUYE SOFTWARES; UBICADO EN PARQUE RESIDENCIAL ALTAMIRA, EDIFICIO G5 APARTA-MENTO 9 CALLE VIVEROS, SAN SALVADOR.

La solicitud fue presentada el día nueve de septiembre del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de septiembre del año dos mil cinco.

JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003784-2

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114 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL

No. de Expediente: 2005049942

No. de Presentación: 20050065755

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS ER-NESTO GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de APODERADO de CORPORACION DE CREDITO Y SERVICIOS, SOCIEDAD ANO-NIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: CORPORACION DE CREDITO Y SERVICIOS, S.A. DE C.V., SERVICREDIT. S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL:

Consistente en: la expresión K PLUS y diseño traducida como “más”, que servirá para: ATRAER LA ATENCION DEL PUBLICO CONSU-MIDOR Y FOMENTAR LAS ACTIVIDADES MERCANTILES: SER-VICIOS FINANCIEROS CONSISTENTES EN OTORGAMIENTOS DE PRESTAMOS Y CREDITOS, ASI COMO ARRENDAMIENTOS COMPROMESA DE VENTA; SERVICIOS PRESTADOS POR TRUST DE INVERSION O COMPAÑIA HOLDING; OTORGAMIENTO DE FIANZAS Y GARANTIAS FIDUCIARIAS EN GENERAL; LOS SERVICIOS DE ADMINISTRADORA DE INMUEBLES, ES DECIR LOS SERVICIOS DE ALQUILER, DE ESTIMACION DE BIENES INMOBILIARIOS O DE SOCIOS CAPITALISTAS; SERVICIOS PRESTADOS POR AGENTES O CORREDORES DE SEGUROS; SERVICIOS DE PUBLICIDAD Y MERCADEO, GESTION DE NEGOCIOS COMERCIALES, ADMINISTRACION EN GENERAL, TRABAJOS DE OFICINA, ASESORIA EN DICHOS RUBROS Y OTORGAMIENTOS DE FRANQUICIAS.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de junio del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de junio del año dos mil cinco.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,SECRETARIO.

3 v. alt. No. F021498-2

No. de Expediente: 2005051673

No. de Presentación: 20050068401

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GIANCARLO ANGELUCCI SILVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de LABORATORIOS VIJOSA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LABORATORIOS VIJOSA, S.A. DE

C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,

Un paso adelante en la salud del Hombre

Consistente en: la expresión Un paso adelante en la salud del Hombre, que servirá para: ATRAER LA ATENCION DE LOS CONSUMIDORES SOBRE LOS SERVICIOS DE LA FABRICACION DE PRODUCTOS FARMACEUTICOS HUMANOS, VETERINARIOS, COSMETICOS Y PERFUMES, ASI COMO EL DESARROLLO DE CUALQUIER ACTIVIDAD MERCANTIL O INDUSTRIAL LICITA EN EL PAIS Y ESPECIALMENTE LO RELACIONADO CON LA FABRICACION, IMPORTACION O EXPORTACION Y DISTRIBUCION DE MEDI-CINAS DE PRODUCTOS O ESPECIALIDADES FARMACEUTICAS Y COSMETICAS.

La solicitud fue presentada el día ocho de septiembre del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, doce de septiembre del año dos mil cinco.-

JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,

REGISTRADOR.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003803-2

MATRICULA DE COMERCIO

ASIENTO DE EMPRESA 2005054696

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2005054696- 001

LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-TOS DEL REGISTRO DE COMERCIO,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS PATRICIO ESCOBAR THOMPSON en su calidad de Representante legal de la sociedad OPERADORES INTERNACIONALES, SOCIE-DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse OPERADORES INTERNACIONALES, S. A. DE C.V.; sociedad de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 29 del libro 2041 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-300505-108-5; el cual ha presentado solicitud a las diez horas y cuarenta y siete minutos del día diecinueve de julio de dos mil cinco, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2005054696 inscripción 145 y el asiento de Establecimiento No. 2005054696-001, inscripción 146, ambos del Libro 87 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa se denomina OPERADORES INTERNACIONALES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a ACTIVIDADES DE ASESORAMIENTO EMPRESARIAL, con dirección en COLONIA SAN BENITO, AVENIDA LA CAPILLA Nº 253 del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO DOLARES CON 57/100 $ 11,428.57 y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado OPERADORES INTER-NACIONALES, S.A. DE C.V., ubicado en COLONIA SAN BENITO, AVENIDA LA CAPILLA Nº 253 y que se dedica a ACTIVIDADES DE ASESORAMIENTO EMPRESARIAL.

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115DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, veinte de julio de dos mil cinco.

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

3 v. alt. No. R003772-2

ASIENTO DE EMPRESA 2002024728

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2002024728- 001

LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-MIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE MAURICIO LOUCEL en su calidad de Representante legal de la sociedad MONTEALBAN, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse MONTEALBAN S. A. DE C. V.; de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 10 del libro 1071 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-211094-102-2; el cual ha presentado solicitud a las catorce horas y veintisiete minutos del día dieciséis de diciembre de dos mil cuatro; con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2002024728 inscripción 114 y el asiento de Establecimiento No. 2002024728-001 inscripción 115, ambos del libro 92 de Asientos de Matrícula de Em-presa y Establecimiento; la Empresa denominada MONTEALBAN, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se de-dica a ARRENDAMIENTO DE INMUEBLES, con dirección en 17ª AVENIDA NORTE Nº 130 del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a CUATRO MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y UN DOLARES CON 29/100 ($ 4,995,261.29) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado MONTEALBAN, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE ubicado en 17ª AVENIDA NORTE Nº 130, SAN SAL-VADOR y que se dedica a ARRENDAMIENTO DE INMUEBLES.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, cinco de octubre de dos mil cinco.

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

3 v. alt. No. R003773-2

ASIENTO DE EMPRESA 2004053468

ESTABLECIMIENTO 2004053468-001

LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-MIENTOS:

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ALEXANDER HEDMAN ALAS, en su calidad de Representante legal de la sociedad

HEDMAN-ALAS EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse HEDMAN-ALAS EL SALVADOR, S.A. DE C.V, de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 40 del libro 1920 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-060504-105-0, ha presentado solicitud a las quince horas y quince minutos del día dos de diciembre de dos mil cuatro. Con la cual se otorgaron los asientos de Empresa No. 2004053468 y Establecimiento No. 2004053468-001; a favor de la Empresa denominada HEDMAN-ALAS EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a TRANSPORTE DE PASAJEROS Y OTROS, con dirección en CO-LONIA ROMA, CALLE EL PROGRESO, N° 2814, del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a ONCE MIL CUATROCIEN-TOS VEINTIOCHO DOLARES CON 57/100 $ 11,428.57 y que tiene el (los) establecimiento (s) siguiente (s): 001-) HEDMAN-ALAS EL SALVADOR, S.A. DE C.V., ubicado en COLONIA ROMA, CALLE EL PROGRESO, N° 2814, del domicilio de SAN SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, nueve de diciembre de dos mil cuatro.

LEONOR JIMENEZ BARRIOS,

REGISTRADORA.

3 v. alt. No. R003783-2

SUBASTAS PUBLICAS

EL INFRASCRITO JUEZ DEL JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL,

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por el licenciado JORGE ALBERTO GARCIA FLORES, como Apoderado General Judicial de SCOTIABANK EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓ-NIMA, contra el señor WILLIAM ANATOLY CARPAÑO AVILES, se venderá en pública subasta en este tribunal en hora y fecha que será señalada posteriormente el inmueble que a continuación se describe: ‘’’ UN INMUEBLE de naturaleza urbana situado en jurisdicción de Tonacatepeque, de este departamento, en donde se ha desarrollado la Urbanización Residencial Altavista, de la cual forma parte el lote que se identifi ca con el número dieciocho del polígono tres, el cual se localiza y describe así: AL NORTE: Doce punto cincuenta metros; AL ORIENTE: Diez metros; AL SUR: Doce punto cincuenta metros; y AL PONIEN-TE: Diez metros. Dicho lote tiene un área de CIENTO VEINTIOCHO METROS CUADRADOS equivalentes a CIENTO OCHENTA Y TRES PUNTO CATORCE VARAS CUADRADAS. El inmueble anteriormente descrito se encuentra inscrito a favor del señor WILLIAM ANATOLY CARPEÑO AVILES al número M CERO UNO UNO CUATRO TRES TRES TRES CUATRO SEIS asiento CERO CERO UNO.

Se admitirán posturas siendo legales lo que se avisa al público para los efectos de ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCANTIL: San Salvador, a las doce horas y quince minutos del día veinte de sep-tiembre del dos mil cinco. Lic. ERNESTO CEA, JUEZ SEGUNDO DE LO MERCANTIL. Licda. TERESA DE JESUS VASQUEZ VASQUEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F021422-2

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116 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369LIC. JOSÉ HUGO ESCALANTE NÚÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE MEJICANOS AL PUBLICO,

HACE SABER: Que por auto de las once horas del día cinco de julio del presente año, se ha ordenado la venta en pública subasta del inmueble embargado en el Juicio Ejecutivo Civil promovido por el Li-cenciado MANUEL GUILLERMO GONZÁLEZ HERNÁNDEZ, como Apoderado del señor CARLOS MAURICIO MORALES conocido por CARLOS MAURICIO MORALES BARRERA, contra el señor JOSÉ ARNOLDO SORIANO BARAHONA; inmueble identifi cado como lote de terreno de naturaleza rústica, marcado en el plano respectivo con el número nueve del polígono “s” de la Lotifi cación San Mauricio, Cantón Delicias del Norte de esta jurisdicción, el cual se describe así; Lote número NUEVE, DEL POLÍGONO “S” de forma trapezoide, cuyas medidas y linderos son: AL NORTE: línea recta de veintiuno punto noventa y ocho metros y linda con lote número ocho del polígono “s”; AL ORIENTE: línea recta de siete punto trece metros y linda con terreno propiedad de Mario Alfonso Magaña de Paz; AL SUR: línea recta de veintitrés punto cuarenta y cuatro metros y linda con lote número diez del polígono “s”; AL PONIENTE: línea recta de siete punto cero cero metros y linda con lote número diecinueve del polígono “R”, Avenida “Cecilia” de por medio de ocho punto cero cero metros de derecho de vía; el lote así descrito tiene un área de CIENTO CINCUENTA Y OCHO PUNTO NOVENTA Y SIETE METROS CUADRADOS, equivalentes a DOSCIENTAS VEINTISIETE PUNTO CUARENTA Y CINCO VARAS CUADRADAS; inscrito en el Registro de la Pro-piedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro al sistema de matrícula número M cero cinco cero dos cuatro siete uno cuatro, y para los efectos señalados en el Art. 606 Pr.C., se hace del conocimiento al público que se efectuará en este Tribunal la venta en pública subasta de dicho inmueble.

Se admitirán posturas siendo legales.

Lo que se hace saber al público para su conocimiento y efectos legales.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las once horas y quince minutos del día cinco de julio de dos mil cinco.- LIC. JOSÉ HUGO ESCALANTE NÚÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN ESTELA HERNÁNDEZ AGUIRRE, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F021489-2

EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE LO MERCANTIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR, AL PUBLICO EN GENERAL,

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promo-vido inicialmente por el Licenciado PIERO ANTONIO RUSCONI GUTIERREZ, actuando como Apoderado General Judicial del BAN-CO AGRICOLA, SOCIEDAD ANONIMA, contra los señores ROBIN EDGARDO CASTRO ESCOBAR y ZOILA PAULA ESCOBAR DE CASTRO conocida por ZOILA ESCOBAR DE CASTRO, se venderá en Pública Subasta en este Tribunal y en fecha que será señalada pos-teriormente, el inmueble que a continuación se describe: UN SOLAR URBANO y construcciones de bajareque que contiene, propiedad de la señora ZOILA PAULA ESCOBAR DE CASTRO conocida por ZOILA ESCOBAR DE CASTRO, situado en la Colonia Gloria, ju-risdicción de Villa Delgado, de este departamento, está marcado en el plano respectivo con el número DIECISIETE – A, de CIENTO VEINTICINCO METROS CUADRADOS, o sean CIENTO SETENTA Y OCHO VARAS CUADRADAS, OCHENTA Y CINCO DECIMOS DE VARA CUADRADA, que mide y linda según antecedente: AL NORTE, en diez metros o sean once varas noventa y seis centésimos con lote número dieciocho de Antonia Vásquez de Hernández; AL SUR: en igual medida que al norte con lote número diecisiete de Guillermina Sosa; AL ORIENTE: en doce metros cincuenta centímetros, o sean catorce varas novecientos cincuenta y cinco milésimos de vara con lote

número diecisiete de Lucio Lara, que fue de Don José Agliberto Mata; y al PONIENTE: la misma medida del oriente con lote número veinte de Luis Alonso Chávez Barilla, calle de por medio abierta en el resto del terreno formó parte de todo el inmueble de donde se segregó este lote; todos los predios colindantes fueron del mismo don José Agliberto Mata, y formaron parte de todo el inmueble de donde se segregó el que se describe. Inscrito a favor de la señora ZOILA PAULA ESCOBAR DE CASTRO conocida por ZOILA ESCOBAR DE CASTRO quien es una de los demandados, bajo la Matrícula CERO CINCO CERO CERO TRES NUEVE UNO NUEVE, asiento CERO CERO UNO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, Departamento de San Salvador.

Se admitirán posturas siendo legales lo que se avisa al público para los efectos de ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCANTIL: San Salvador, a las diez horas y dos minutos del día veintitrés de Sep-tiembre de dos mil cinco.- LIC. ERNESTO CEA, JUEZ SEGUNDO DE LO MERCANTIL.- LIC. TERESA DE JESUS VASQUEZ VASQUEZ, SECRETARIA.-

3 v. alt. No. F021495-2

EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE LO MERCANTIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR, AL PUBLICO EN GENERAL,

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por la Licenciada DINORA ALICIA LARIOS LANDAVERDE, ac-tuando en su calidad de Apoderada General Judicial del BANCO DE CREDITO INMOBILIARIO, SOCIEDAD ANONIMA EN LIQUIDA-CION, ahora FONDO DE SANEAMIENTO Y FORTALECIMIENTO FINANCIERO, contra los señores BRENDA LORENA MORALES DE OLIVO Y RENE ARMANDO FERNANDEZ MARTINEZ, se venderán en Pública Subasta en este Tribunal, en hora y fecha que será señalada posteriormente, los inmuebles que a continuación se describen: “UN INMUEBLE ubicado en el Condominio “PLAZA SANTA ELENA”, situado en la Finca Santa Elena, jurisdicción de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, en dicho Condominio se encuentra el Local comercial número DOSCIENTOS UNO que se describe así: LOCAL NUMERO DOSCIENTOS UNO. AL ORIENTE, formado por tres tramos rectos: el primero, de uno punto seiscientos metros, el segundo, de tres punto cero cero cero metros y el tercero, de dos punto ciento cincuenta metros; AL SUR, tramo recto de once punto quinientos metros; AL PONIENTE, tramo recto de tres punto setecientos cincuenta metros; AL NORTE, tramos rectos de catorce punto quinientos metros. El local así descrito tiene una extensión superfi cial de CUARENTA Y SIETE PUNTO NOVECIENTOS TREINTA METROS CUADRADOS y un volumen de CIENTO QUINCE PUNTO CERO TREINTA Y DOS METROS CÚBICOS. A dicho local le corresponde el estacionamiento número VEINTINUEVE, el cual se describe así: ESTACIONAMIENTO NUMERO VEINTINUEVE. AL ORIENTE, tramo recto de cinco punto cero cero cero metros; AL SUR, tramo recto de dos punto quinientos metros; AL PONIENTE, tramo recto de cinco punto cero cero cero metros; y AL NORTE, tramo recto de dos punto quinientos metros. El estacio-namiento así descrito, tiene una extensión superfi cial de DOCE PUNTO QUINIENTOS METROS CUADRADOS y un volumen de TREINTA PUNTO CERO CERO CERO METROS CUBICOS. Los inmuebles anteriormente descritos se encuentran inscritos a favor de los Señores BRENDA LORENA MORALES DE OLIVO Y RENE ARMANDO FERNANDEZ MARTINEZ, en forma pro-indivisa en un cincuenta por ciento para cada uno de ellos, los cuales se encuentran inscritos en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas, unidad Registro Social de Inmuebles así: el local bajo la Matrícula automatizada número M CERO UNO UNO UNO CERO NUEVE OCHO CUATRO (M01110984 ) Y el estacionamiento bajo la Matrícula automatizada número M CERO UNO UNO UNO CERO NUEVE SEIS DOS (M01110962).

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117DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005.

Se admitirán posturas siendo legales, lo que se avisa al público para los efectos de ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCAN-TIL: San Salvador, a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos del día veintiocho de septiembre del año dos mil cinco. LIC. ERNESTO CEA, JUEZ SEGUNDO DE LO MERCANTIL.- LICDA. TERESA DE JESUS VASQUEZ VASQUEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F021563-2

REPOSICION DE CERTIFICADO

AVISO

EL BANCO SALVADOREÑO, S.A. comunica que a sus ofi cinas se ha presentado el propietario del certifi cado de depósitos a plazo No. 17601008396 (118951) emitido en Suc. Gigante el 08 de noviembre de 1999, por valor original de ¢ 50,000.00 a un plazo de 120 días, el cual devenga el 11.00% de interés solicitando la reposición de dicho certifi cado por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer el certifi cado en referencia.

San Salvador, a los catorce días del mes de octubre de dos mil cinco.

LIC. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,SUBGERENTE DE PROCESOS CENTRALIZADOS.

3 v. alt. No. F021480-2

AVISO

EL BANCO SALVADOREÑO, S.A. comunica que a sus ofi cinas se ha presentado el propietario del certifi cado de depósitos a plazo No. 391001261 (24011) emitido en Suc. Metrocentro San Miguel el 27 de abril de 1998, por valor original de ¢20,000.00 a un plazo de 360 días, el cual devenga el 9.750% de interés solicitando la reposición de dicho certifi cado por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer el certifi cado en referencia.

San Salvador, a los catorce días del mes de octubre de dos mil cinco.

LIC. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,SUBGERENTE DE PROCESOS CENTRALIZADOS.

3 v. alt. No. F021482-2

EL BANCO SALVADOREÑO, S.A. comunica que a sus ofi cinas se ha presentado el propietario del certifi cado de depósitos a plazo No. 13601158823 (34885) emitido en Suc. Chalatenango el 30 de diciembre de 2002, por valor original de $5,351.51 a un plazo de 3 meses, el cual devenga el 3.35% de interés solicitando la reposición de dicho certifi cado por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer el certifi cado en referencia.

San Salvador, a los catorce días del mes de octubre de dos mil cinco.

LIC. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,

SUBGERENTE DE PROCESOS CENTRALIZADOS.

3 v. alt. No. F021483-2

AVISO

EL BANCO SALVADOREÑO, S.A. comunica que a sus ofi cinas se ha presentado el propietario del certifi cado de depósitos a plazo No. 57601017215 (032703) emitido en Suc. Calvareña el 12 de enero de 2005, por valor original de $8,500.00 a un plazo de 3 meses, el cual devenga el 2.125% de interés solicitando la reposición de dicho certifi cado por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer el certifi cado en referencia.

San Salvador, a los catorce días del mes de octubre de dos mil cinco.

Lic. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,

SUBGERENTE DE PROCESOS CENTRALIZADOS.

3 v. alt. No. F021484-2

AVISO

EL BANCO SALVADOREÑO, S.A. comunica que a sus ofi cinas se ha presentado el propietario del certifi cado de depósitos a plazo No. 10601048030 (310523) emitido en Suc. Ahuachapan el 03 de septiembre de 2002, por valor original de $4,588.86 a un plazo de 1 año, el cual devenga el 4% de interés solicitando la reposición de dicho certifi cado por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público para los efectos legales del caso, transcurridos treinta días después de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer el certifi cado en referencia.

San Salvador, a los catorce días del mes de octubre de dos mil cinco.

Lic. EDWIN OSWALDO ESCOBAR ZALDAÑA,

SUBGERENTE DE PROCESOS CENTRALIZADOS.

3 v. alt. No. F021485-2

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118 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

AUMENTO DE CAPITAL

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE DO-

CUMENTOS MERCANTILES DEL REGISTRO DE COMERCIO,

CERTIFICA: ESCRITURA PÚBLICA DE MODIFICACION,

AUMENTO DE CAPITAL Y CREDENCIAL DE ELECCION DE

JUNTA DIRECTIVA DE LA SOCIEDAD AMERICAN RENEWABLE

FUEL SUPPLIERS, LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE

Número de Inscripción: 36

Libro: 2058 del Registro de Sociedades

Páginas: 179 a la 230

Otorgada en San Salvador, a las catorce horas del día veintisiete

de junio de dos mil cinco.

Notario: Morena Guadalupe Zavaleta Nova

Otorgantes: Julio Bernardo Noltenius Catani, quien actúa en nom-

bre y representación, en su calidad de Ejecutor Especial de la sociedad

American Renewable Fuel Suppliers, Limitada de Capital Variable.

Naturaleza y Nacionalidad: de Responsabilidad Limitada de Capital

Variable, Salvadoreña

Denominación: American Renewable Fuel Suppliers, Limitada

de Capital Variable, que podrá abreviarse American Renewable Fuel

Suppliers, LTDA. DE C.V.

Domicilio: San Salvador

Objeto: La deshidratación de alcohol etílico; también podrás dedicar-

se al ejercicio del comercio, la agricultura, servicios, telecomunicaciones

y en especial todo lo relacionado con la manufactura y comercialización

de prendas de vestir; y la industria en general.

Plazo: Indeterminado.

Capital: Noventa y tres millones seiscientos diecisiete mil seiscientos

colones.

Representación Legal: Le corresponde a los miembros propietarios

de la Junta de Gerentes.

Gerentes Propietarios: MARCO ANTONIO REGALADO NOTTE-

BOHM, mayor de edad, Empleado, del domicilio de San Salvador y de

nacionalidad salvadoreña; y JUAN EDUARDO INTERIANO LOPEZ,

mayor de edad, Ingeniero Industrial, del domicilio de San Salvador, y

de nacionalidad salvadoreña. Ambos designados por el socio propietario

de las participaciones sociales clase A.

Gerentes Propietarios: JONATHAN DRAKE, mayor de edad,

Empresario, del domicilio de Ginebra; y de nacionalidad británica y

JEAN-PIERRE MABILON, mayor de edad, Empresario, del domicilio

de Ginebra y de nacionalidad francesa. Ambos designados por el socio

propietario de las participaciones sociales clase B.

Gerentes Propietarios: RICARDO BRITO SANTOS PEREIRA,

mayor de edad, Empresario, del domicilio de Sao Paulo, Brasil; y de

nacionalidad brasileña y RICARDO FERREIRA SANTOS, mayor de

edad, Empresario, del domicilio de Sao Paulo, Brasil; y de nacionalidad

brasileña. Ambos designados por el socio propietario de las participa-

ciones sociales clase C.

Gerentes Suplentes: JULIO BERNARDO NOLTENIUS CATANI,

mayor de edad, Empresario, del domicilio de San Salvador y de nacio-

nalidad salvadoreña y JUAN CARLOS HERRERA PINEDA, mayor de

edad, Abogado, del domicilio de San Salvador. Ambos designados por

el socio propietario de las participaciones sociales clase A.

Gerentes Suplentes: AUKE VLAS, mayor de edad, Empresario,

del domicilio de Ginebra y de nacionalidad holandesa y FRANCISCO

VASSELLUCCI, mayor de edad, Empresario, del domicilio de Sao

Paulo, Brasil; y de nacionalidad brasileña. Ambos designados por el

socio propietario de las participaciones sociales clase B.

Gerentes Suplentes: JOAO CARLOS DE FIGUEIREDO FERRAZ,

mayor de edad, Empresario, del domicilio de Sao Paulo, Brasil; y de

nacionalidad brasileña y MAURICIO BIAGI FILHO, mayor de edad,

Empresario, del domicilio de Sao Paulo, Brasil y de nacionalidad brasi-

leña. Ambos designados por el socio propietario de las participaciones

sociales clase C.

Periodo de Funciones: DOS AÑOS a partir del veintisiete de junio

de dos mil cinco.

Fecha de Inscripción: veintidós de agosto de dos mil cinco.

ES CONFORME CON SU ORIGINAL, CON EL CUAL SE

CONFRONTO EN EL DEPARTAMENTO DE DOCUMENTOS MER-

CANTILES DEL REGISTRO DE COMERCIO, Y A SOLICITUD DEL

INTERESADO, SE EXTIENDE LA PRESENTE CERTIFICACIÓN

EXTRACTADA, EN SAN SALVADOR, A LAS QUINCE HORAS Y

TRES MINUTOS DEL DÍA DIECINUEVE DE SEPTIEMBRE DEL

AÑO DOS MIL CINCO.

Lic. RAFAEL ARMANDO RUIZ HERNANDEZ,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. F021567-2

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119DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005. DISOLUCION DE SOCIEDADES

GUARDIAN LEGAL SERVICES, S.A. DE C. V.

ACUERDO DE DISOLUCION Y LIQUIDACION, NOMBRAMIENTO

DE LIQUIDADORES

El Infrascrito Presidente de la sociedad “GUARDIAN LEGAL

SERVICES, S.A. DE C.V.”,

CERTIFICA: Que a folios 17 y 18 del libro de Actas de Junta Ge-

neral, se encuentra el Acta Numero Diez de Junta General Extraordinaria

de Accionistas, celebrada en la ciudad de San Salvador a las diez horas

del día doce de mayo del año dos mil cinco, reunidos en las ofi cinas

administrativas de la sociedad ubicadas en Boulevard de Los Héroes,

Urbanización Florida Pasaje Las Palmeras, Edifi cio Demsa, de esta

ciudad, QUE LITERALMENTE DICE: estando presentes o represen-

tadas el CIEN POR CIENTO de las acciones que representan el Capital

Social, en base al Acta de quórum que se ha levantado previamente la

cual se encuentra fi rmada por el Administrador Único de la Sociedad y

en consecuencia no siendo necesaria previa convocatoria en base a lo

dispuesto en el Artículo doscientos treinta y tres del Código de Comercio,

se procede a instalar la Junta General Extraordinaria de Accionistas de

la sociedad “GUARDIAN LEGAL SERVICES, S.A. DE C.V.”.

I. AGENDA:

PUNTO 1, literales c) y d) Disolución y posterior liquidación,

nombramiento de Junta de liquidadores de la sociedad “GUARDIAN

LEGAL SERVICES, S.A. DE C.V.”

II. DESARROLLO DE LA AGENDA.

1. A continuación el Presidente de la Junta General Extraordinaria,

propone al pleno y acuerdan por unanimidad lo siguiente:

c) El Presidente de la Junta General expone que por no existir

la intención de continuar operando en sociedad acuerdan

DISOLVER la sociedad “Guardián Legal Services, S.A. de

C.V.” con el voto favorable de la totalidad de las acciones

sobre la base de cumplimiento del Artículo 187, causal IV)

del Código de Comercio.

d) Seguidamente acuerdan los presentes LIQUIDAR la sociedad

y nombrar la Junta de liquidadores integrada por los señores

Miguel Ángel Maradiaga, quien es de veinticinco años de

edad, contador, del domicilio de Soyapango, con Documento

Único de Identidad 01540195-2 y Vilma Lorena Carranza

de Pimentel, quien es de cuarenta años de edad, Ejecutiva

en Mercadeo, del domicilio de la ciudad de San Salvador,

con Documento Unico de Identidad 02051628-3, ambos

Salvadoreños, a quienes se les otorga un plazo de un año a

partir de la fecha de inscripción en el Registro de Comercio

del acuerdo de disolución, para que posteriormente procedan

a liquidar la sociedad bajo los procesos y términos legales

establecidos en las leyes.

En fe de lo cual fi rmo y sello la presente certifi cación para ser

presentada al Registro de Comercio, en la ciudad de San Salvador, a los

siete días del mes de octubre del año dos mil cinco.

GERARDO ANTONIO BUKELE GIACOMAN,

PRESIDENTE DE JUNTA GENERAL.

3 v. alt. No. R003776-2

TITULO DE PREDIO URBANO

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: Que el señor JOSE TRANSITO AMAYA RIVAS,

de cuarenta y cuatro años edad, soldador, de este domicilio, con Docu-

mento Unico de Identidad número cero dos millones doscientos noventa y

ocho mil novecientos ochenta y cuatro - ocho y Número de Identifi cación

Tributaria cero novecientos seis - ciento cincuenta mil ochocientos sesenta

y uno - ciento dos - tres, solicita título de un inmueble urbano, situado en

Quinta Avenida Sur, casa número sesenta y seis, Barrio El Calvario de

esta ciudad, de una extensión superfi cial de DOSCIENTOS OCHENTA

METROS CUADRADOS, que tiene las medidas y colindantes siguientes;

AL ORIENTE: ocho metros, con terreno de Adolfo Baires, mediando

la calle que de esta ciudad conduce al Cantón Cunchique de esta juris-

dicción; AL NORTE: treinta y cinco metros, con terreno de Guadalupe

Portillo Calderón; AL PONIENTE: la misma medida del Oriente, con

predio de Emelina Abrego de Morales; y AL SUR: la misma medida

del Norte, con resto del terreno de Rosa Amaya, cerco de alambre de

por medio. En el terreno descrito no se encuentran construcciones de

ninguna clase. El inmueble no es dominante ni sirviente, de ninguna clase

de servidumbre y su posesión es exclusiva y no está en proindivisión

con ninguna otra persona, lo adquirió por compra que le hizo la señora

MARIA JULIA GONZALEZ, y lo estima en CINCO MIL DOLARES

DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, todos los colindantes

son de este domicilio.

Se avisa al público para los efectos de Ley.-

Alcaldía Municipal de Sensuntepeque, a cinco de octubre de

dos mil cinco. - Dr. RENE OSWALDO RODRIGUEZ VELASCO,

ALCALDE MUNICIPAL.- ROSALINA CUELLAR ECHEVERRIA,

SECRETARIA MUNICIPAL INTA.

3 v. alt. No. F021538-2

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: Que el señor CARLOS ALCIDES FUENTES

VASQUEZ, de cuarenta años de edad, jornalero, de este domicilio, con

Documento Unico de Identidad número cero tres millones setecientos siete

mil seiscientos ochenta - cuatro, y Número de Identifi cación Tributaria

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120 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369cero novecientos ocho - ciento treinta y un mil ciento sesenta y cuatro

- ciento uno - cero, solicita título de un inmueble urbano, situado en Calle

Argentina, Avenida México, casa número trece, Barrio San Antonio

de esta ciudad, de una extensión superfi cial de MIL DIEZ METROS

CUADRADOS TREINTA Y SIETE DECIMETROS CUADRADOS

CINCUENTA CENTIMETROS CUADRADOS, que tiene las medidas

y colindantes siguientes: AL ORIENTE: treinta metros, con terrenos de

la sucesión de Socorro López y con Tomás Ayala; AL NORTE: treinta

y tres metros, con terrenos de Santos Vaquerano; AL PONIENTE:

veintinueve metros con Santos Vaquerano, calle pública de por me-

dio; y AL SUR treinta y cinco metros cincuenta centímetros con Juan

Salgado, mediando cerco de palo pique y piña. En el terreno descrito

no se encuentran construcciones de ninguna clase. El inmueble no es

dominante ni sirviente, de ninguna clase de servidumbre y su posesión

es exclusiva y no está en proindivisión con ninguna otra persona, lo

adquirió por compra que le hizo al señor JOSE ANTONIO ROMERO,

y lo estima en CINCO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS

DE AMERICA, todos los colindantes son de este domicilio.

Se avisa al público para los efectos de Ley.-

Alcaldía Municipal de Sensuntepeque, a cinco de octubre de

dos mil cinco. - Dr. RENE OSWALDO RODRIGUEZ VELASCO,

ALCALDE MUNICIPAL.- ROSALINA CUELLAR ECHEVERRIA,

SECRETARIA MUNICIPAL INTA.

3 v. alt. No. F021541-2

DE TERCERA PUBLICACIÓNACEPTACION DE HERENCIA

EL INFRASCRITO JUEZ,

HACE SABER: Que por resolución de este Tribunal, a las quince horas y treinta minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que dejó al fallecer el señor JOSE RIGOBERTO SARAVIA, conocido por RIGOBERTO SARAVIA CRUZ, el día catorce de noviembre del año dos mil, en el Barrio El Molino de esta Ciudad, habiendo sido esta Ciudad su último domicilio, de parte de ERIK DAGOBERTO VASQUEZ SARAVIA, en calidad de hijo del causante.-

Confi riéndosele la administración y representación interina de la sucesión, con las restricciones y las facultades de los curadores de la herencia yacente.-

Se citan a los que se crean con derecho a la herencia, para que se presenten a este Juzgado, a deducirlo en el término de quince días después de la tercera publicación de este edicto.-

LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los seis días del mes de octubre del año dos mil cinco.- Lic. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F021083-3

DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las catorce horas del día doce de septiembre de dos mil cinco, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, de parte de la señora SONIA FATIMA MARTINEZ DE FUNES, en su calidad de esposa del causante y como cesionaria de los derechos que en dicha sucesión correspondían a los señores FIDELINA MORALES y CASIMIRO FUNES, como padres del de cujus y, de CARLOS MAURICIO y FATIMA IVETTE ambos de apellidos FUNES MARTINEZ, en su calidad de hijos del expresado causante, la herencia intestada que a su defunción ocurrida el día veinticinco de abril de dos mil cuatro, en esta ciudad, su último domicilio, dejó el causante CARLOS MAURICIO FUNES MORALES.

Confi érese a la aceptante la administración y representación interina de los bienes de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Y, CITA: A los que se crean con derecho a la expresada herencia, para que se presenten a deducirlo en el término de quince días contados a partir del siguiente al de la tercera publicación de este Edicto.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las once horas diez minutos del día veintiséis de septiembre de dos mil cinco. Dr. DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL. Lic. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F021107-3

GUILLERMO ALFARO SANTOS, Juez de lo Civil de este Municipio Judicial,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este juzgado a las catorce horas y cinco minutos del día veintitrés de Agosto del año dos mil cinco.- Se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada, que a su defunción ocurrida en esta Ciudad de San Marcos, Departamento de San Salvador, su último domicilio, el día siete de abril del año dos mil, dejó la causante ANA BELLOSO DE ALFARO, conocida por ANITA BELLOSO, y por ANA BELLOSO SIBRIAN, de parte del señor JOSE CARLOS RENE ALFARO, conocido por CARLOS ALFARO, en su calidad de cónyuge sobreviviente de la referida de cujus.- Se ha tenido por repudiado de parte del señor JORGE ALBERTO ALFARO BELLOSO, el derecho hereditario que le correspondía en la presente sucesión, en su calidad de hijo de la causante en mención.- Se ha conferido al aceptante la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-

Cítense a los que se crean con derecho en la herencia en mención, para que transcurridos el término de quince días contados, a partir desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto, concurran a este tribunal a hacer usos de sus derechos.-

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley.-

Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Departa-mento de San Salvador, a las nueve horas del día cinco de Septiembre del año dos mil cinco. Dr. GUILLERMO ALFARO SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. IRMA ELENA DOÑAN BELLOSO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F021124-3

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121DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005.

OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que por resolución proveída en este Juzgado a las quince horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó la señora MERCEDES SALEZ o MERCEDES SALES VIUDA DE SORTO, quien fue de ochenta y nueve años de edad, viuda, de Ofi cios Domésticos, originaria de San Buenaventura y del domicilio de El Triunfo, Departamento de Usulután, hija de IGNACIO SALES y de MARIA EPIFANIA BENAVIDEZ, ya fallecidos; falleció aquella a las catorce horas del día dieciséis de marzo del año dos mil dos, en el Cantón “El Jicarito”, Jurisdicción de El Triunfo, siendo éste su último domicilio; de parte de las señoras MARIA ANGELICA SORTO VIUDA DE CASTILLO y EDUBIGIS SORTO SALES, en concepto de hijas de la causante.

Confi éreseles a las aceptantes declaradas en el carácter aludido la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la herencia yacente; y, CITA: a los que se crean con derecho a la herencia referida, para que se presenten a deducirlo dentro del término de quince días a partir del siguiente al de la publicación del presente edicto.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de Ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: JUCUAPA, A LAS QUINCE HORAS Y VEINTE MINUTOS DEL DIA TREINTA Y UNO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL CINCO.- Lic. OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Lic. RODOLFO ANTONIO CASTRO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F021157-3

MARIA ESTHER FERRUFINO viuda de PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL,

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas y trece minutos del día treinta de Agosto del dos mil cinco, se han tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventario, de la herencia intestada que a su defunción dejó el señor FLORENTINO RAMOS ORELLANA, quien falleció a las quince horas del día dieciocho de mayo del dos mil dos, en el Cantón Manahuare, Jurisdicción de Sesori, departamento de San Miguel, de parte de la señora MARIA LUISA DE RAMOS, en calidad de cónyuge sobreviviente y los menores NORMA ELIZABETH RAMOS MARTINEZ Y SANDRA YANIRA RAMOS MARTINEZ, como hijas del causante y se les han conferido a las aceptantes en el carácter antes indicado conjuntamente la administración y representación interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.- Debiendo ejercerlas los menores por medio de su representante legal su madre señora MARIA LUISA MARTINEZ DE RAMOS.-

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las ocho horas y catorce minutos del día treinta de Agosto del dos mil cinco.- Dra. MARIA ESTHER FERRUFINO viuda de PARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.- Lic. MARTA DOLORES COREAS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F021161-3

EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado de

las diez horas treinta minutos de este día, se ha tenido por aceptada y con

benefi cio de inventario, de parte del señor MARGARITO MOLINA, en

concepto de cónyuge sobreviviente de la causante, por medio de su Apo-

derado General Judicial Licenciado JOSE LUIS ZOMETA GUTIERREZ,

de la herencia intestada dejada a su defunción por la señora MARIA

OFELIA HERRERA, conocida por OFELIA HERRERA y por MARIA

OFELIA HERRERA, fallecida a las veintiuna horas cero minutos del

día veintiséis de Agosto del año dos mil cuatro, en el Hospital Cáder de

la Ciudad de Santa Ana, siendo Ciudad Arce su último domicilio, en el

concepto ya mencionado; confi riéndosele al aceptante en el concepto

indicado la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores

de la Herencia Yacente; ordenándose a la vez se citen a las personas

que se crean con derecho a la sucesión para que se presenten a deducirla

dentro de los quince días subsiguientes a este edicto.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a

las diez horas treinta y cinco minutos del día veintiocho de Septiem-

bre del año dos mil cinco. Licdo. JOSE ORLANDO HERNANDEZ

BUSTAMANTE, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Licdo. CARLOS

ARNULFO SOSA FLORES, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F021169-3

MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA, JUEZ SE-

GUNDO DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL,

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas y die-

ciocho minutos del día veinte de Septiembre del dos mil cinco.- Se

ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la

herencia intestada que a su defunción dejó el señor RICARDO REYES

ALVARENGA, conocido por RICARDO REYES, quien falleció el día

veintidós de diciembre de mil novecientos noventa y siete, en la ciudad

de San Miguel, siendo este lugar su último domicilio, de parte de la

señora CONCEPCION RIVERA viuda de REYES, en concepto de

cónyuge sobreviviente del causante y se le ha conferido a la aceptante

en el carácter antes indicado la administración y representación interinas

de la sucesión, con las facultades restricciones de los curadores de la

herencia yacente.-

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.-

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las nue-

ve horas y dieciocho minutos del día veinte de Septiembre del dos mil

cinco.- Dra. MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA,

JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL. Licda. MARTA DOLORES COREAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F021179-3

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122 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

DAVID OVIDIO PERAZA FUENTES, JUEZ PRIMERO DE INS-TRUCCION, DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO,

HACE SABER: Que por resolución proveída por el JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL, del Centro Judicial “ISIDRO MENENDEZ”, de San Salvador, a las Once Horas, Con Cuarenta Minutos, del día Vein-titrés de Febrero de Mil Novecientos Ochenta y Siete; se ha tenido por Aceptada Expresamente y Con Benefi cio de Inventario, LA HERENCIA INTESTADA, que defi rió el señor JOSÉ REINALDO CRUZ UMAÑA o JOSÉ REYNALDO CRUZ UMAÑA, conocido por JOSÉ REINALDO CRUZ y REINALDO CRUZ, quien fue de cincuenta y cuatro años de edad, soltero, empleado, originario del Departamento de La Unión, hijo de Enrique Umaña y Salomé Cruz, habiendo fallecido el día veintiocho de junio de mil novecientos ochenta y seis, en el interior de esta Ciu-dad, la cual fue su último domicilio, de parte de los señores ENRIQUE CRUZ, conocido por JUAN ENRIQUE CRUZ, de ochenta y ocho años de edad, Ofi cinista, originario del Departamento de La Unión, hijo de Salomé Cruz y del domicilio de San Salvador, y LYDIA EMPERATRÍZ CRUZ DE BLANCO, hoy Viuda de BLANCO, de sesenta y nueve años de edad, Profesora, Viuda, originaria del Departamento de La Unión, hija de Salomé Cruz y Enrique Umaña y del domicilio de San Salvador, ambos en concepto de hermanos, del nominado Causante, y se les ha conferido a los Aceptantes, la Administración y Representación Interina de dicha Sucesión, con las facultades y restricciones de ley.

CITA: A los que se crean con mejor Derecho, a la referida Herencia, para que se presenten a deducirlo, dentro del término de QUINCE DÍAS, contados desde el siguiente, al de la Tercera Publicación, del presente EDICTO, en el Diario Ofi cial, lo anterior en base a lo prescrito en el Art. 1163 C. Civ.-

Librado en el JUZGADO PRIMERO DE INSTRUCCIÓN: SOYAPANGO, a las diez horas, del día cuatro de octubre del dos mil cinco.- Lic. DAVID OVIDIO PERAZA FUENTES, JUEZ PRIMERO DE INSTRUCCIÓN, INTO. Lic. ERWIN ROBERTO RODRIGUEZ HERRERA, SECRETARIO INTO.

3 v. alt. No. F021224-3

TITULO DE PROPIEDAD

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL

HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado el Lic. Miguel Ángel Flores, de cincuenta y tres años de edad, Abogado del domicilio de Santiago de María, con Documento Único de Identidad Número cero cero tres nueve cero tres uno cinco-cinco, cero, como Apoderado General Judicial de la señora CANDIDA ARELY BARRERA, de cincuenta y un años de edad, empleada, del domicilio de esta ciudad, solicitando se le extienda Título de Propiedad a favor de su mandante, de un solar de naturaleza urbana situado en el Barrio San Antonio de esta ciudad, de la capacidad superfi cial de UN MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y UN METROS, NOVENTA Y CINCO DECIMETROS, CINCO CEN-TIMETROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE 58 Mts. 50 Cm. con terreno de Antonia Bautista, cerco de piña de por medio. AL SUR: 15 Mts. 4 Cm. con solar de Santos Saravia, quebrada de por medio, y Felícita Bernal, brotones de jiote de por me-dio propio del solar que se describe. AL PONIENTE: 58 Mts.50 Cm. con solar de Fidelia Ramírez, cerco de piña y piedra de por medio. AL NORTE. 27 Mts. 42 Cm. con terreno de Pedro Bernal, cerco de madera de por medio. Lo obtuvo por medio de Escritura Pública de Compra Venta Privada que le hizo la señora Felícita Bernal conocida como Fe-

lícita Bernal de Cruz, quien fue mayor de edad, de ofi cios domésticos, de este domicilio, ya fallecida, el día 5 de Abril de 1997, posesión que unida a la de su vendedora suman más de diez años consecutivos, y lo valúa en la cantidad de DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO DOLARES CON SETENTA Y UN CENTAVOS DE DÓLAR.

Lo que se hace del conocimiento del público para efectos de ley.

Dado en la Alcaldía Municipal: Estanzuelas, Departamento de Usulután a los veintisiete días del mes de Septiembre de dos mil cinco. LONGINO LÓPEZ GUERRERO, ALCALDE MUNICIPAL. JULIO EDUARDO FLORES VELA, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F021174-3

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado el Lic. Miguel Ángel Flores, de cincuenta y tres años de edad, Abogado del domicilio de Santiago de María, con Documento Único de Identidad Número cero cero tres nueve cero tres uno cinco-cinco, cero, como Apoderado General Judicial de la señora CANDIDA ARELY BARRERA, de cincuenta y un años de edad, empleada, del domicilio de esta ciudad, solicitando se le extienda Título de Propiedad a favor de su mandante, de un solar de naturaleza urbana situado en el Barrio San Antonio de esta ciudad, de la capacidad superfi cial de UN MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y UN METROS, NOVENTA Y CINCO DECIMETROS, CINCO CEN-TIMETROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE 58 Mts. 50 Cm. con terreno de Antonia Bautista, cerco de piña de por medio. AL SUR: 15 Mts. 4 Cm. con solar de Santos Saravia, quebrada de por medio, y Felícita Bernal, brotones de jiote de por me-dio propio del solar que se describe. AL PONIENTE: 58 Mts.50 Cm. con solar de Fidelia Ramírez, cerco de piña y piedra de por medio. AL NORTE. 27 Mts. 42 Cm. con terreno de Pedro Bernal, cerco de madera de por medio. Lo obtuvo por medio de Escritura Pública de Compra Venta Privada que le hizo la señora Felícita Bernal conocida como Fe-lícita Bernal de Cruz, quien fue mayor de edad, de ofi cios domésticos, de este domicilio, ya fallecida, el día 5 de Abril de 1997, posesión que unida a la de su vendedora suman más de diez años consecutivos, y lo valúa en la cantidad de DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO DOLARES CON SETENTA Y UN CENTAVOS DE DÓLAR.

Lo que se hace del conocimiento del público para efectos de ley.

Dado en la Alcaldía Municipal: Estanzuelas, Departamento de Usulután a los veintisiete días del mes de Septiembre de dos mil cinco. LONGINO LÓPEZ GUERRERO, ALCALDE MUNICIPAL.- JULIO EDUARDO FLORES VELA, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F021176-3

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE CORINTO, DEPARTAMENTO DE MORAZAN, para los efectos de LEY:

HACE CONSTAR: Que a esta Alcaldía Municipal se ha presentado la señora EVARISTA FUENTES DE CANALES, de sesenta y nueve años de edad, casada, de ofi cios domésticos, del domicilio de Corinto, departamento de Morazán, con Documento Unico de Identidad número cero dos millones doscientos treinta y dos mil dos-ocho, a promover

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123DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005.

Diligencias de TITULO DE PROPIEDAD de un inmueble de natura-leza urbana, ubicado en el Barrio La Alianza de la Ciudad de Corinto, departamento de Morazán, de la capacidad superfi cial de DOS MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS METROS CUADRADOS, el cual es de las medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE, cuarenta y seis metros, colinda con Ernesto Villatoro Oliva y Juana Rosa Joya Marquez, callejón de por medio; AL NORTE, sesenta y cinco metros, colinda con Porfi rio Rubio Fuentes y José Benedicto Ortéz Díaz, río Corinto de por medio; AL PONIENTE, treinta metros, colinda con An-drés Romero Umaña, quebrada de por medio; Y AL SUR, cincuenta y tres metros, colinda con Rosa Rubio Viuda de Benítez, cerco de madera y alambre de púa medianero. Terreno que lo valora en CUATRO MIL DOLARES, equivalentes a TREINTA Y CINCO MIL COLONES; además que no es sirviente ni dominante, ni tiene carga o derecho real que pertenezca a otra persona, ni lo posée en proindivisión con nadie; y el cual lo adquirió mediante compraventa verbal que le hiciera al señor ATANACIO AMAYA.

Alcaldía Municipal de Corinto, departamento de Morazán, a los tres días de octubre de dos mil cinco.- APOLINARIO HERNANDEZ ORELLANA, ALCALDE MUNICIPAL.- BLANCA AZUCENA RE-YES, SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F021181-3

El Infrascrito Alcalde Municipal.

HACE SABER: que a esta alcaldía se ha presentado la Lic. Ana del Carmen Vega Quintanilla, solicitando que se extienda a favor de sus poderdantes MARVIN ALVARADO BAIRES y ELIDA EDGIDIA ALVARADO BAIRES, título de propiedad de un predio Urbano con su construcción situado en los suburbios del Barrio Los Desamparados de esta ciudad, de CIENTO DIECISIETE METROS SETENTA Y DOS CENTIMETROS CUADRADOS DE EXTENSION SUPERFICIAL comprendido dentro de las colindancias siguientes: AL PONIENTE, linda con propiedad de Evaristo Elíseo Alvarado Baires, AL NORTE, linda con propiedad de Adolfo Juárez; AL ORIENTE; calle pública de por medio; Y AL SUR, linda con propiedad de Clementina Ester Baires.- No es dominante ni sirviente. - No tiene cargas o derechos reales ni está en proindivisión.- Lo hubieron por compra a Bernardina Reyna Baires Cruz de Alvarado y Adrián de Jesús Alvarado Valladares, y lo estiman en CINCO MIL SETECIENTOS CATORCE DÓLARES VEINTINUEVE CENTAVOS. - Los Colindantes son de este domicilio.

Alcaldía Municipal: Ilobasco, a los diecinueve días del mes de septiembre de dos mil cinco JOSÉ MARIA DIMAS CASTELLANOS, ALCALDE MUNICIPAL.- MANUEL DE J. ZETINO, SECRETA-RIO.

3 v. alt. No. R003710-3

TITULO SUPLETORIO

EL SUSCRITO NOTARIO, POR ESTE MEDIO

HACE SABER: Que a mi ofi cina jurídica, situada en el Barrio El Centro de la ciudad de La Palma municipio del departamento de Chalatenango, se ha presentado la señora MARIA ELENA RAMOS

HERNANDEZ, de cincuenta y tres años de edad, Ama de casa, de este domicilio, a quien conozco portadora de su Documento Único de Identidad número cero uno cuatro cuatro cuatro uno uno dos-nueve; solicitando TITULO SUPLETORIO, de un inmueble de naturaleza rústico, situado en el cantón Los Planes de esta jurisdicción, de una extensión superfi cial de UNA MANZANA más o menos; que se describe: AL NORTE, linda con Marina Romero; AL ORIENTE Y SUR, linda con Amalia Sosa; Y AL PONIENTE, con el Ministerio de Salud Pública. El inmueble antes relacionado lo adquirió por posesión material, por más de treinta años consecutivos, quieta, pacífi ca y de buena fe, y lo valúa en MIL DOLARES DE NORTE AMERICA.

Lo que al público le hace saber para los efectos legales de ley.

Librado en la ciudad de La Palma de este departamento, a los cinco días de octubre del año dos mil cinco.-

VICTOR MANUEL GARCIA,

NOTARIO.

3 v. alt. No. F021198-3

TITULO DE DOMINIO

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE EL TRIUNFO, DEPARTAMENTO DE USULUTAN;

HACE SABER: Que a esta Ofi cina Municipal se ha presentado el Licenciado MIGUEL ANGEL FLORES, de cincuenta y tres años de edad, Abogado y Notario, del domicilio de Santiago de María, con Do-cumento Único de Identidad Número cero cero tres nueve cero tres uno cinco guión cero, en calidad de Apoderado General Judicial, del señor NATIVIDAD SERRANO CARABANTES, conocido por NATIVIDAD SERRANO y por NARIVIDAD SERRANO CARAVANTES, de sesenta años de edad, Jornalero, de este domicilio, con Documento Unico de Identidad Número cero cero dos dos tres dos cero siete guión siete y con Número de Identidad Tributaria Número un mil doscientos diecinueve guión cero diez mil ciento cuarenta y cinco guión cero cero uno guión nueve; Solicitando se expida Título de Dominio, de un inmueble de naturaleza URBANA, situado en el Barrio El Calvario, de esta Ciudad de El Triunfo, Distrito de Jucuapa, Departamento de Usulután, de la capacidad superfi cial según medidas lineales de: CIENTO CATORCE METROS SIETE DECÍMETROS NOVENTA Y TRES CENTÍME-TROS, SETENTA MILÍMETROS CUADRADOS; de las medidas y colindancias siguientes. AL ORIENTE, trece metros cincuenta centí-metros, con solar de José David Domínguez, servidumbre de Tránsito que da salida a los solares de Ezequiel Domínguez y Rigoberto Antonio Domínguez, de uno punto cincuenta metros de ancho, de por medio. AL NORTE, ocho metros sesenta centímetros, con solar de Miguel Ángel Arguera Mejía, Petronila de la Paz Mejía de Paniagua calle pública de por medio, AL PONIENTE, Doce metros sesenta y cinco centímetros, con solar de Manuel Bernal Santos, pared del titulante de por medio, y AL SUR, Ocho metros ochenta y cinco centímetros, con solar de José Ezequiel Domínguez, cerco de alambre de por medio: Dicho inmueble no es dominante ni sirviente ni está en proindivisión con nadie, no tiene cargas ni derechos reales que pertenezcan a terceras personas y lo adquirió por compra que hizo a la señora BERTA MARINA DOMÍNGUEZ, de sesenta años de edad, de ofi cios Domésticos, de este domicilio, sobreviviente y lo estima en la cantidad de UN MIL CIENTO CUARENTA Y DOS DOLARES CON OCHENTA Y SEIS CENTAVOS. Los colindantes son de este domicilio.

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124 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

Y se avisa al público en general para efectos de Ley.

Dado en la Alcaldía Municipal de Ciudad El Triunfo, a los vein-tidós días del mes de Septiembre de dos mil cinco.- S-TTE. OSCAR ALFREDO ORDÓÑEZ JIMÉNEZ, ALCALDE MUNICIPAL.- PROF. ÁNGEL ANTONIO MARTÍNEZ GRANADOS, SECRETARIO MU-NICIPAL.

3 v. alt. No. F021175-3

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE EL TRIUNFO, DEPARTAMENTO DE USULUTAN;

HACE SABER: Que a esta Ofi cina Municipal se ha presentado el Licenciado MIGUEL ANGEL FLORES, de cincuenta y tres años de edad, Abogado y Notario, del domicilio de Santiago de María, con Documento Único de Identidad Número cero cero tres nueve cero tres uno cinco guión cero, en calidad de Apoderado General Judicial, del señor MIGUEL ANGEL ARGUERA, de ochenta y dos años de edad, pensionado o jubilado, del domicilio de Soyapango, Departamento de San Salvador, con Documento Unico de Identidad Número cero dos cero ocho tres siete dos nueve guión nueve y con Número de Identidad Tributaria Número un mil ciento trece Guión cero once mil veintidós guión cero cero uno guión tres; Solicitando se expida Título de Dominio, de un inmueble de naturaleza URBANA, situado en la Quinta Calle Oriente del Barrio El Calvario, de esta Ciudad de El Triunfo, Distrito de Jucuapa, Departamento de Usulután, de la capacidad superfi cial según medidas lineales de: QUINIENTOS SESENTA METROS CUADRADOS: de las medidas y colindancias siguientes, AL ORIENTE, Cuarenta metros, con terreno del señor René Araujo Fuentes y Petronila de la Paz Mejía Paniagua, pared de sistema mixto de por medio, AL NORTE, Catorce metros, con terreno del señor Antonio Ernesto Flores Masferrer, calle pública de por medio, AL PONIENTE, Cuarenta metros, con terreno de la señora María Teresa Cruz Bermúdez, y AL SUR, Catorce metros, con terreno de Manuel Bernal Santos y Natividad Serrano, calle pública de por medio; Dicho inmueble no es dominante ni sirviente ni está en proindivisión con nadie, no tiene cargas ni derechos reales que perte-nezcan a terceras personas y lo adquirió por compra que hizo a la señora MARIA MERCEDES FUENTES ARAUJO DE ARGUERA, conocida por MARIA MERCEDES FUENTES DE ARGUERA, de ochenta años de edad, de ofi cios domésticos, de este domicilio, sobreviviente y lo estima en la cantidad de UN MIL CIENTO CUARENTA Y DOS DOLARES CON OCHENTA Y SEIS CENTAVOS, Los colindantes son de este domicilio.

Y se avisa al público en general para efectos de Ley.

Dado en la Alcaldía Municipal de Ciudad El Triunfo, a los vein-tidós días del mes de Septiembre de dos mil cinco. S-TTE. OSCAR ALFREDO ORDÓÑEZ JIMÉNEZ, ALCALDE MUNICIPAL.- PROF. ÁNGEL ANTONIO MARTÍNEZ GRANADOS, SECRETARIO MUNICIPAL.-

3 v. alt. No. F021177-3

RENOVACION DE MARCAS

No. de Expediente: 1993002688

No. de Presentación: 20050068714

CLASE: 03.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIA ELENA AGUIRRE, del domicilio de SAN SALVADOR, de naciona-lidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00038 del Libro 00028 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra “LAKSHMI”, la cual se encuentra encerrada en un óvalo formado por cuarenta y seis hojitas de laurel, en la parte superior la frase “productos naturales” y en la inferior “al cuidado de su belleza y salud” seguida de las letras “JGD”. Dichas palabras no pretenden exclusividad.; que ampara productos com-prendidos en la(s) Clase 03 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los once días del mes de octubre del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,REGISTRADOR.

LUIS FERNANDO AREVALO VAQUERANO,SECRETARIO.

3 v. alt. No. F021154-3

No. de Expediente: 1957005300

No. de Presentación: 19980000482

CLASE: 34.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO ROMERO GUZMAN, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de HONDURAS FOSFORERA, S.A., del domicilio de Tegucigalpa, HONDURAS, de nacionalidad HON-DUREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 05300 del Libro 00023 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra “TEA”; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 34 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los diecinueve días del mes de agosto del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003625-3

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125DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005.

No. de Expediente: 1990002096

No. de Presentación: 20050063833

CLASE: 03.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO ROMERO GUZMAN, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de HENKEL BAUTECHNIK GMBH, del domicilio de D-40233 Düsseldorf, Erkrather Strasse 230, Alema-nia, de nacionalidad ALEMANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00181 del Libro 00026 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra CERESIT, pero en verdad consiste en la presentación de la palabra Ceresit en letras minúsculas excepto la letra inicial “C” y que va dentro de un vértice constituido por dos planos convergentes sólidos hacia arriba; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 03 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los diecisiete días del mes de agosto del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

JOSE ANGEL RIVERA CAMPOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003626-3

No. de Expediente: 1979001258

No. de Presentación: 20010011444

CLASE: 03.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO ROMERO GUZMAN, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de REVLON (SUISSE) S.A., del do-micilio de BADENERSTRASSE 116, 8952 SCHLIEREN, ZURICH, SWITZERLAND, de nacionalidad SUIZA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00225 del Libro 00089 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra “ALMAY”; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 03 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos, San Salvador, a los quince días del mes de agosto del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

MARTA DELIA CLAVEL DE VEGA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R003627-3

No. de Expediente: 1963010431

No. de Presentación: 20030039097

CLASE: 07, 09, 11, 16.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO ROMERO GUZMAN, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de RCA TRADEMARK MANA-GEMENT SA, del domicilio de 46 quai Alphonse Le Gallo, 92100, Boulogne, Billancourt, France, de nacionalidad FRANCESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 10431 del Libro 00030 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la expresión “RCA VICTOR”; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 07, 09, 11, 16 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los veintisiete días del mes de julio del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

IRMA CAROLINA AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R003628-3

No. de Expediente: 1979000165

No. de Presentación: 20010010964

CLASE: 03, 09, 21, 24, 25.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO ROMERO GUZMAN, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de JEAN CACHAREL, del domicilio de

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126 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

34/36 Rue Tonchet 75009 París France, de nacionalidad FRANCESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00199 del Libro 00088 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra “CACHAREL”; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 03, 09, 21, 24, 25 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los doce días del mes de agosto del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003629-3

No. de Expediente: 1958006090

No. de Presentación: 19980003876

CLASE: 05.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO ROMERO GUZMAN, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de LUITPOLD PHARMA GMBH, del domicilio de ZIELSTATTSTRABE 9, D-8000 MUNICH 70, ALE-MANIA, de nacionalidad ALEMANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 06090 del Libro 00024 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra “LUIZYM”; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los veinticinco días del mes de agosto del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUIS FERNANDO AREVALO VAQUERANO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003630-3

No. de Expediente: 1965058148

No. de Presentación: 20050065625

CLASE: 05.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO ROMERO GUZMAN, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de HISAMITSU PHARMACEUTICAL

CO., INC., del domicilio de 408 Thashiro Daikancho, Tosu, Saga, Japón, de nacionalidad JAPONESA, solicitando RENOVACION, para la ins-cripción Número 00148 del Libro 00058 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra “SALONPAS”; que ampara productos com-prendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, a los veintiuno días del mes de julio del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,REGISTRADOR.

MARTA DELIA CLAVEL DE VEGA,SECRETARIA.

3 v. alt. No. R003631-3

No. de Expediente: 1960007947

No. de Presentación: 20010010062

CLASE: 05.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO ROMERO GUZMAN, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de NOVARTIS AG, del domicilio de 4002 BASILEA, SUIZA, de nacionalidad SUIZA, solicitando RE-NOVACION, para la inscripción Número 07947 del Libro 00027 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra TONOPAN; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los treinta y un días del mes de agosto del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003632-3

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127DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005.

No. de Expediente: 1976001256

No. de Presentación: 20050061378

CLASE: 30.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO ROMERO GUZMAN, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de DUNKIN ’ DONUTS INCORPO-RATED, del domicilio de 130 Royall Street, Canton, MA. Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00213 del Libro 00107 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra “DUNKIN’ DONUTS”; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los dieciséis días del mes de agosto del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUIS FERNANDO AREVALO VAQUERANO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003633-3

No. de Expediente: 1960007456

No. de Presentación: 20000007861

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO ROMERO GUZMAN, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de AVENTIS PHARMA S.A., del domicilio de 20 AVENUE RAYMOND ARON, 92160 ANTONY, FRANCIA, de nacionalidad FRANCESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 07456 del Libro 00026 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra “FLAGYL”; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 05 del Convenio Centroamericano para la Protección de la Propiedad Industrial.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, a los treinta días del mes de agosto del año dos mil cinco.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003634-3

No. de Expediente: 1981000470

No. de Presentación: 20050065858

CLASE: 30.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO ROMERO GUZMAN, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de McCORMICK & COMPANY, INCORPORATED, del domicilio de CONDADO DE BALTIMORE, ESTADO MARYLAND, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00007 del Libro 00112 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en LAS PALABRAS “BUEN PROVECHO”; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 30 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los veinte días del mes de julio del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

IRMA CAROLINA AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R003635-3

No. de Expediente: 1959006417

No. de Presentación: 19990003492

CLASE: 05.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO ROMERO GUZMAN, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de NOVARTIS AG, del domicilio de 4002 BASILEA, SUIZA, de nacionalidad SUIZA, solicitando RE-NOVACION, para la inscripción Número 06417 del Libro 00025 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra “MELERIL”; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, a los treinta días del mes de agosto del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

JOSE ANGEL RIVERA CAMPOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003636-3

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128 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

No. de Expediente: 1961008658

No. de Presentación: 20020023289

CLASE: 05.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO ROMERO GUZMAN, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de Merck KGaA, del domicilio de Frankfurter Strasse 250, 64293 Darmstadt, Alemania, de nacionalidad ALEMANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 08658 del Libro 00028 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra “ILIADIN”; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los cinco días del mes de septiembre del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

JOSE ANGEL RIVERA CAMPOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003638-3

No. de Expediente: 1990001512

No. de Presentación: 20050065895

CLASE: 05.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO ROMERO GUZMAN, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de ZAMBON GROUP S.p.A., del domi-cilio de VIA DELLA CHIMICA, 9 VICENZA, ITALIA, de nacionalidad ITALIANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00052 del Libro 00027 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA PALABRA “INOPAMIL”; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los diecinueve días del mes de julio del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

IRMA CAROLINA AGUILAR,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R003639-3

No. de Expediente: 1954003012

No. de Presentación: 20050066423

CLASE: 12.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO ROMERO GUZMAN, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADORENA, actuando como APODERADO de FORD MOTOR COMPANY, del domicilio de THE AMERICAN ROAD, DEARBORN, ESTADO DE MI-CHIGAN 48121, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 03012 del Libro 00020 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en LA PALABRA “MERCURY”; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 12 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los veinticinco días del mes de julio del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,REGISTRADOR.

IRMA CAROLINA AGUILAR,SECRETARIA.

3 v. alt. No. R003640-3

No. de Expediente: 1975001887

No. de Presentación: 20050059958

CLASE: 32.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO ROMERO GUZMAN, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de Kraft Foods Holdings, Inc., del domicilio de Three Lakes Drive, Northfi eld, Illinois 60093, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00107 del Libro 00059 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en una etiqueta rectangular que contiene los siguientes elementos: la fi gura de un vaso a cuyos lados hay diseño de hojas. Bajo tales fi guras, la palabra “TANG”. A la derecha de este conjunto, una fi gura rectangular de cuatro secciones, teniendo dos de ellas la fi gura de un vaso cada una; la tercera la del pichel y la cuarta, que es en sentido longitudinal, una leyenda. Entre el vaso y la fi gura rectangular, una llave o corchete. A la izquierda del conjunto del vaso y la palabra “TANG”, otra fi gura rectangular biseccional con las letras GF y la fi gura de cuatro círculos; que ampara productos comprendidos en la Clase 32 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,REGISTRADOR.

JOSE ANGEL RIVERA CAMPOSSECRETARIO.

3 v. alt. No. R003642-3

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129DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005.

No. de Expediente: 1994000366

No. de Presentación: 20050065354

CLASE: 09.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado RI-

CARDO ROMERO GUZMAN, mayor de edad, ABOGADO Y

NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de BERTELS-

MANN AKTIENGESELLSCHAFT, del domicilio de Carl-Bertels-

mann-Str. 270 Gütersloh, República Federal de Alemania, de nacionalidad

ALEMANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número

00217 del Libro 00027 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en

el logotipo conformado por un círculo a doble línea, de fondo oscuro, que

encierra una franja angular en forma de “L”, precedida de la expresión

“CIRCULO DE LECTORES”; que ampara productos comprendidos en

la Clase 09 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil

cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUIS FERNANDO AREVALO VAQUERANO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003643-3

No. de Expediente: 1993002316

No. de Presentación: 20050061504

CLASE: 29.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO

ROMERO GUZMAN, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del

domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de ARISCO PRODUCTOS ALIMENTI-

CIOS LIMITADA., del domicilio de Rua Arisco No. 1; Goiania; Goías:

Brasil, de nacionalidad BRASILEÑA, solicitando RENOVACION, para

la inscripción Número 00202 del Libro 00028 de INSCRIPCION DE

MARCAS, consistente en LA VIÑETA QUE CONTIENE LA PALABRA

“ARISCO” EN LETRAS MAYUSCULAS DE MOLDE DENTRO DE

UN RECTANGULO DE ESQUINAS REDONDEADAS, JUNTO A

LOS LADOS IZQUIERDO E INFERIOR HAY UNA LINEA GRUESA

EN FORMA DE L ALARGADA QUE SEMEJA LA PROYECCION

DE LA SOMBRA DEL RECTANGULO; que ampara productos com-

prendidos en la Clase 29 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil

cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

MARTA DELIA CLAVEL DE VEGA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R003644-3

No. de Expediente: 1991000136

No. de Presentación: 20050065750

CLASE: 05.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO

ROMERO GUZMAN, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del

domicilio de SAN SALVADOR de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de MERCK & CO., INC., del domicilio

de Rahway, New Jersey, Estados Unidos de América, de nacionalidad

ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción

Número 00114 del Libro 00031 de INSCRIPCION DE MARCAS, con-

sistente en la palabra: “TRUSOPT”; que ampara productos comprendidos

en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-

tivos. San Salvador, a los diecinueve días del mes de julio del año dos

mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

MARTA DELIA CLAVEL DE VEGA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R003645-3

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130 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

No. de Expediente: 1992003199

No. de Presentación: 20050061439

CLASE: 05.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO ROMERO GUZMAN, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de ZENECA LIMITED, del domicilio de 15 Stanhope Gate, London, W1Y 6LN, Inglaterra, de nacionalidad INGLESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00027 del libro 00027 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra “SEQUAZE”; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los veintinueve días del mes de julio del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

JOSE ANGEL RIVERA CAMPOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003647-3

No. de Expediente: 1992004055

No. de Presentación: 20050065355

CLASE: 16.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO ROMERO GUZMAN, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de BEROL CORPORATION, del domi-cilio de 29 E. Stephenson St., Freeport, Estado de Illinois 61032, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00197 del Libro 00027 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra PLUS; que ampara productos comprendidos en la clase 16 de la clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003649-3

No. de Expediente: 1970020323

No. de Presentación: 20020022433

CLASE: 05.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO ROMERO GUZMAN, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de A. NATTERMANN & CIE. GMBH, del domicilio de Eupener St. 159 - 161 Koln, ALEMANIA, de nacionalidad ALEMANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 20323 del Libro 00046 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra ESENCIAL; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los treinta y uno días del mes de agosto del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003651-3

No. de Expediente: 1992001345

No. de Presentación: 20050065859

CLASE: 36.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO ROMERO GUZMAN, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de Cirrus System, LLC, del domicilio de 2000 PURCHASE STREET, PURCHASE, NEW YORK 10577-2509, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNI-DENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00206 del Libro 00031 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra CIRRUS; que ampara productos comprendidos en la(s) clase 36 de la clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los diecinueve días del mes de julio del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003652-3

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131DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005.

No. de Expediente: 1978001440

No. de Presentación: 19990007780

CLASE: 29, 30, 32.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO ROMERO GUZMAN, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de BESTFOODS, del domicilio de 700 Sylvan Avenue International Plaza, Englewood Cliffs, Estado de New Jersey, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDEN-SE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00034 del Libro 00084 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra “ALSA”; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 29, 30, 32 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los treinta y uno días del mes de agosto del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,REGISTRADOR.

LUIS FERNANDO AREVALO VAQUERANO,SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003653-3

No. de Expediente: 1992001171

No. de Presentación: 20050059987

CLASE: 24.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO ROMERO GUZMAN, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de ELLESSE INTERNATIONAL S.P.A., del domicilio de 22, Vía Filipo Turati 1-06074 Corciano-Perugia, Italia, de nacionalidad ITALIANA, solicitando RENOVACION, para la inscrip-ción Número 00174 del Libro 00025 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en las palabras “HALF TENNIS BALL Device”, pero en verdad consiste en la representación de la mitad de una bola dividida en tres partes, la parte de enmedio va de color gris claro y la de los dos lados de color negro; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 24 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los dieciocho días del mes de agosto del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,REGISTRADOR.

MARTA DELIA CLAVEL DE VEGA,SECRETARIA.

3 v. alt. No. R003655-3

No. de Expediente: 1984000672

No. de Presentación: 20050065444

CLASE: 09.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO

ROMERO GUZMAN, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del

domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de TDK KABUSHIKI KAISHA (TDK

CORPORATION), del domicilio de No. 13-1, 1-chome, Nihonbashi,

Chuo-ku, Tokyo, Japón, de nacionalidad JAPONESA, solicitando

RENOVACION, para la inscripción Número 00211 del Libro 00109

de REGISTRO DE MARCAS, consistente en las letras “TDK”; que

ampara productos comprendidos en la(s) Clase 09 de la Clasifi cación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-

tivos. San Salvador, a los veintinueve días del mes de julio del año dos

mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

JOSE ANGEL RIVERA CAMPOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003656-3

No. de Expediente: 1983000603

No. de Presentación: 20040053537

CLASE: 07, 08.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO

ROMERO GUZMAN, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del

domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de MAKITA CORPORATION, del do-

micilio de 11-8, 3-chome, Sumiyoshi-cho, Anjo-shi, Aichi-ken, Japón,

de nacionalidad JAPONESA, solicitando RENOVACION, para la ins-

cripción Número 00082 del Libro 00105 de REGISTRO DE MARCAS,

consistente en la palabra “MAKITA logo”, pero en verdad consiste en

la palabra MAKITA en estilo comercial caprichoso semi-angular; que

ampara productos comprendidos en la(s) Clase 07, 08 de la Clasifi cación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

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132 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los veintinueve días del mes de julio del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

JOSE ANGEL RIVERA CAMPOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003658-3

No. de Expediente: 1972006496

No. de Presentación: 20030039621

CLASE: 33.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO ROMERO GUZMAN, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de BACARDI & COMPANY LIMITED, del domicilio de Aulestrasse 772, Vaduz, Liechtenstein, de nacionalidad BAHAMENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00116 del Libro 00050 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra DEWAR’S; que ampara productos comprendidos en la(s) clase 33 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los veintinueve días del mes de julio del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003661-3

No. de Expediente: 1953002717

No. de Presentación: 20050059914

CLASE: 10.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO ROMERO GUZMAN, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de BAXTER INTERNATIONAL INC., del domicilio de One Baxter Parkway, Deerfi eld, Illinois, Estados Uni-dos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 2717 del Libro 00019 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra BAXTER; que ampara productos comprendidos en la Clase 10 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los tres días del mes de mayo del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

JOSE ANGEL RIVERA CAMPOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003664-3

No. de Expediente: 1975003091

No. de Presentación: 20010014256

CLASE: 07, 12.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO ROMERO GUZMAN, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de MERCEDES-BENZ AKTIENGE-SELLSCHAFT, del domicilio de Mercedesstrasse 137, Stuttgart, Re-pública Federal de Alemania, de nacionalidad ALEMANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00128 del Libro 00088 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la representación geométrica de una estrella de tres picos inscrita en circunferencia tangente; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 07, 12 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los veinte días del mes de julio del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUIS FERNANDO AREVALO VAQUERANO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003666-3

DIARIO

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133DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005.

No. de Expediente: 1954002820

No. de Presentación: 20050063835

CLASE: 03.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO ROMERO GUZMAN, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADORENA, actuando como APODERADO de Henkel Kommanditgesellschaft auf Aktien, del domicilio de 67 Henkelstrasse Dusseldorf, República Federal de Alemania, de nacionalidad ALEMANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 02820 del Libro 00019 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra: “PRIL”; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 03 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, a los quince días del mes de agosto del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003667-3

No. de Expediente: 1965012107

No. de Presentación: 20050059956

CLASE: 29,30,32.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO ROMERO GUZMAN, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de KRAFT FOODS, INC., del domicilio de Three Lakes Drive, Northfi eld, IL 60093, Estados Unidos de Améri-ca, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 12107 del Libro 00033 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra “JELL-O”; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 29, 30, 32 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los veintinueve días del mes de julio del año dos cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

JOSE ANGEL RIVERA CAMPOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003670-3

No. de Expediente: 1964011829

No. de Presentación: 20040058547

CLASE: 07, 09, 11.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO ROMERO GUZMAN, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de Maytag International, Inc., del domi-cilio de 403 WEST 4th STREET NORTH, NEWTON, IOWA 50208, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNI-DENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 11829 del Libro 00032 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la palabra “ADMIRAL” en cualquier tipo o estilo; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 07, 09, 11 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, a los veintiséis días del mes de julio del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUIS FERNANDO AREVALO VAQUERANO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003672-3

No. de Expediente: 1992002737

No. de Presentación: 20050067073

CLASE: 39.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO ROMERO GUZMAN, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de Renault s.a.s., del domicilio de 92100 BOULOGNE-BILLANCOURT, FRANCIA, de nacionalidad FRAN-CESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00067 del Libro 00028 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en LA DENOMINACION “RENAULT & DEVICE”, PERO EN VERDAD CONSISTE EN LA PALABRA RENAULT EN LETRAS MAYUS-CULAS Y DEBAJO DE DICHA EXPRESION UNA LINEA MUY FINA HORIZONTAL; Y ARRIBA LA FIGURA DE UN MARCO CUADRANGULAR; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 39 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

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134 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los veintidós días del mes de agosto del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

MARTA DELIA CLAVEL DE VEGA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R003673-3

No. de Expediente: 1971006265

No. de Presentación: 19970003035

CLASE: 34.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO ROMERO GUZMAN, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de ROTHMANS LIMITED, del domicilio de Baarerstrasse 10, 6300 Zug, Switzerland, de nacionalidad SUIZA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00162 del Libro 00069 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la representación de una faja rojo sangre con bordes dorados ensanchada en el centro en forma oval, entre la parte superior se ve un escudito rojo y dorado fl anqueado por leones heráldicos, coronado y con una “R” mayúsculas y el borde inferior interrumpido por una fajita arqueada dorada; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 34 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los veintinueve días del mes de julio del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

JOSE ANGEL RIVERA CAMPOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003677-3

No. de Expediente: 1994003052

No. de Presentación: 20050066904

CLASE: 42.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO ROMERO GUZMAN, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de ACE HARDWARE CORPORATION, del domicilio de 2200 Kensington Court, Oak Brook, Illinois 60521, Estados Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00148 del Libro 00032 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra ACE en letras estilizadas y abajo de la palabra ACE aparecen las palabras Home Center. Las letras iniciales H y C va en letras mayúsculas y el resto en letras minúsculas; que ampara productos comprendidos en la(s) clase 42 de la clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, a los veinticuatro días del mes de agosto del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003678-3

No. de Expediente: 1961008186

No. de Presentación: 20010015676

CLASE: 25.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO ROMERO GUZMAN, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de CELANESE INTERNATIONAL CORPORATION, del domicilio de 1601 WEST LBJ FREE-WAY, DALLAS, TEXAS, 75234, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 03949 del Libro 00010 de REGISTRO DE MAR-CAS, consistente en la palabra “CELANESE”; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 25 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los dos días del mes de septiembre del año dos mil cinco.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R003680-3

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135DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005.

No. de Expediente: 1974005864

No. de Presentación: 20050065681

CLASE: 30.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO

ROMERO GUZMAN, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del

domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de FERRERO S.p.A., del domicilio de

Piazzale Pietro Ferrero 1, 12051 Alba, Provincia de Cuneo, Italia, de

nacionalidad ITALIANA, solicitando RENOVACION, para la inscripción

Número 00064 del Libro 00058 de REGISTRO DE MARCAS, consis-

tente en la palabra “DUPLO”; que ampara productos comprendidos en

la Clase 30 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los doce días del mes de julio del año dos mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

LUIS FERNANDO AREVALO VAQUERANO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003683-3

No. de Expediente: 1986000065

No. de Presentación: 20050066682

CLASE: 01.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO RO-

MERO GUZMAN, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del domi-

cilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando

como APODERADO de KABUSHIKI KAISHA TOSHIBA(TOSHIBA

CORPORATION), del domicilio de 1-1, Shibaura l-chome, Minato-Ku,

Tokyo, Japan, de nacionalidad JAPONESA, solicitando RENOVACION,

para la inscripción Número 00049 del Libro 00030 de INSCRIPCION DE

MARCAS, consistente en LA DENOMINACION “TOSHIBA DESING”,

PERO EN VERDAD CONSISTE EN LA REPRESENTACION DE LA

PALABRA “TOSHIBA”, EN LETRAS TIPO CARTA Y DENTRO DE

UN CUADRO SOLIDO; que ampara productos comprendidos en la(s)

Clase 01 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-

tivos. San Salvador, a los veintitrés días del mes de agosto del año dos

mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

MARTA DELIA CLAVEL DE VEGA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R003685-3

No. de Expediente: 1992003786

No. de Presentación: 20050066827

CLASE: 05.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO

ROMERO GUZMAN, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del

domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de BRISTOL-MYERS SQUIBB COM-

PANY, del domicilio de 345 Park Avenue, New York, New York, Estados

Unidos de América, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando

RENOVACION, para la inscripción Número 00197 del Libro 00031 de

INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra SERZONE; que

ampara productos comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-

tivos. San Salvador, a los veintitrés días del mes de agosto del año dos

mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003692-3

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136 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

No. de Expediente: 1984000671

No. de Presentación: 20050064994

CLASE: 09.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO

ROMERO GUZMAN, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del

domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de TDK KABUSHIKI KAISHA (TDK

CORPORATION), del domicilio de No. 13-1, 1-chome, Nihonbashi,

Chuo-ku, Tokyo, Japón, de nacionalidad JAPONESA, solicitando

RENOVACION, para la inscripción Número 00226 del Libro 00108

de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la representación de la

fi gura de un hexágono irregular ligeramente estirado hacia arriba; que

ampara productos comprendidos en la(s) Clase 09 de la Clasifi cación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-

tivos. San Salvador, a los veintinueve días del mes de julio del año dos

mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

JOSE ANGEL RIVERA CAMPOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003698-3

No. de Expediente: 1991002950

No. de Presentación: 20050064946

CLASE: 34.

LA INFRASCRITA REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO

ROMERO GUZMAN, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del

domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de CLUB MEDITERRANEE S.A, del

domicilio de 11 rue de Cambrai 75019 París, Francia, de nacionalidad

FRANCESA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número

00035 del Libro 00027 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente

en las palabras “CLUB MED”; que ampara productos comprendidos en

la(s) Clase 34 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-

tivos. San Salvador, a los dieciocho días del mes de agosto del año dos

mil cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

JOSE ANGEL RIVERA CAMPOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003701-3

No. de Expediente: 1993000791

No. de Presentación: 20050067029

CLASE: 05.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO

ROMERO GUZMAN, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del

domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de Merck KGaA, del domicilio de

Frankfurter Strasse 250, D-64293 Darmstadt, República Federal de

Alemania, de nacionalidad ALEMANA, solicitando RENOVACION,

para la inscripción Número 00031 del Libro 00028 de INSCRIPCION

DE MARCAS, consistente en la expresión AMBRIL; que ampara pro-

ductos comprendidos en la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional

de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los diecinueve días del mes de agosto del año dos mil

cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003703-3

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137DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005.

No. de Expediente: 1980000882

No. de Presentación: 20020025792

CLASE: 09.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO

ROMERO GUZMAN, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del

domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de CARRERA OPTYL MARKETING

GMBH, del domicilio de Johann-Roithner Strasse 131, 4050 Traun,

Austria, de nacionalidad AUSTRIACA, solicitando RENOVACION,

para la inscripción Número 00133 del Libro 00093 de REGISTRO DE

MARCAS, consistente en UNA LETRA “C” CON TERMINALES

HORIZONTALES, EL INFERIOR DE LOS CUALES VA RAYADO

POR UNA BREVE HORIZONTAL, Y DEBAJO DE LA CUAL LETRA

VA LA PALABRA “CARRERA”; que ampara productos comprendidos

en la(s) Clase 09 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, a los quince días del mes de agosto del año dos mil

cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

MARTA DELIA CLAVEL DE VEGA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R003704-3

No. de Expediente: 1965013071

No. de Presentación: 20050067027

CLASE: 05.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO

ROMERO GUZMAN, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del

domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de E.R. SQUIBB & SONS, L.L.C., del

domicilio de LAWRENCEVILLE-PRINCETON ROAD, PRINCETON

NJ, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADO-

UNIDENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número

13071 del Libro 00034 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en

LA PALABRA “HYDREA”.; que ampara productos comprendidos en

la(s) Clase 05 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los veinticuatro días del mes de agosto del año dos mil

cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

MARTA DELIA CLAVEL DE VEGA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R003705-3

No. de Expediente: 1961008126

No. de Presentación: 20010010057

CLASE: 05.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado EDUARDO

MORALES EHRLICH, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del

domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de BAYER CORPORATION, del

domicilio de 1884 MILES AVENUE , ELKHART, INDIANA 46514,

ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNI-

DENSE, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 08126

del Libro 00027 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en La palabra:

“DOMEBORO”; que ampara productos comprendidos en la(s) Clase 05

de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, a los quince días del mes de agosto del año dos mil

cinco.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

MARTA DELIA CLAVEL DE VEGA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R003706-3

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138 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

MARCAS DE FABRICA

No. de Expediente: 2005048226

No. de Presentación: 20050063287

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JULIO ENRI-

QUE ZALDIVAR MOLINA, en su calidad de APODERADO ESPE-

CIAL de AAG ASOCIADOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro

de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: las palabras ALVAREZ EL MOLINO.

La solicitud fue presentada el día veintidós de abril del año dos

mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintiséis de agosto del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F021148-3

No. de Expediente: 2005050447

No. de Presentación: 20050066451

CLASE: 07.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JULIO EN-

RIQUE ZALDIVAR MOLINA, en su calidad de APODERADO de

CASA DIAZ DE MAQUINAS DE COSER, SOCIEDAD ANONIMA DE

CAPITAL VARIABLE que se abrevia: CASA DIAZ DE MAQUINAS

DE COSER, S.A. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando

el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: las palabras casa díaz de máquinas de coser y

diseño.

La solicitud fue presentada el día catorce de julio del año dos mil

cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintinueve de agosto del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F021149-3

No. de Expediente: 2005051048

No. de Presentación: 20050067371

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado EDUARDO

MORALES EHRLICH, en su calidad de APODERADO de NOVARTIS

AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE

FABRICA,

LAMISIL

Consistente en: la palabra LAMISIL.

La solicitud fue presentada el día quince de agosto del año dos mil

cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, diecisiete de agosto del año dos mil cinco.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

NANCY KATYA NAVARRETE QUINTANILLA,

SECRETARA.

3 v. alt. No. R003637-3

DIARIO

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139DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005.

No. de Expediente: 2005050988

No. de Presentación: 20050067244

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MANUEL ANTONIO PINEDA HERRERA, en su calidad de APODERADO de Boehringer Ingelheim International GmbH, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

AIMATYS

Consistente en: las palabras AIMATYS.

La solicitud fue presentada el día doce de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, doce de agosto del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,REGISTRADOR.

NANCY KATYA NAVARRETE QUINTANILLA,SECRETARIA.

3 v. alt. No. R003641-3

No. de Expediente: 2005051134

No. de Presentación: 20050067509

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE DANIEL VEGA GUERRA, en su calidad de APODERADO de Merck KGaA, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

XISTOPLATIN

Consistente en: la palabra XISTOPLATIN.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diecinueve de agosto del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R003646-3

No. de Expediente: 2005051208

No. de Presentación: 20050067595

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado EDUARDO MORALES EHRLICH, en su calidad de APODERADO de NOVARTIS AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

RASILEZ

Consistente en: la palabra RASILEZ.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintitrés de agosto del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003648-3

No. de Expediente: 2005051479

No. de Presentación: 20050068112

CLASE: 42.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DINA CAS-TRO DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de Motorola, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: las letras WI4 y diseño.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de agosto del año

dos mil cinco.

DIARIO

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140 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, primero de septiembre del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003650-3

No. de Expediente: 2005051478

No. de Presentación: 20050068111

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DINA CAS-TRO DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de Motorola, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: las letras WI4 y diseño.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, primero de septiembre del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003657-3

No. de Expediente: 2005050991

No. de Presentación: 20050067248

CLASE: 31.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DINA CAS-TRO DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de AFFINITY

PETCARE, S.A., de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

ADgood

Consistente en: la palabra ADgood.

La solicitud fue presentada el día doce de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, doce de agosto del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R003659-3

No. de Expediente: 2005051334

No. de Presentación: 20050067896

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MANUEL ANTONIO PINEDA HERRERA, en su calidad de APODERADO de PRODUCTOS MEDIX, S.A. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Terfamex

Consistente en: la palabra Terfamex.

La solicitud fue presentada el día veinticinco de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de agosto del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003660-3

DIARIO

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Page 141: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005 ... · 4 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 ORGANO LEGISLATIVO DECRETO No. 811.-LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

141DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005.

No. de Expediente: 2005050995

No. de Presentación: 20050067253

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado EDUARDO

MORALES EHRLICH, en su calidad de APODERADO de NOVARTIS

AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE

FABRICA,

TENDER HARVEST

Consistente en: las palabras TENDER HARVEST traducidas al

castellano como COSECHA DELICADA.

La solicitud fue presentada el día doce de agosto del año dos mil

cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, doce de agosto del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003662-3

No. de Expediente: 2005051133

No. de Presentación: 20050067508

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado VICENTE DE

JESUS PALENCIA, en su calidad de APODERADO de CADBURY

LIMITED, de nacionalidad INGLESA, solicitando el registro de la

MARCA DE FABRICA,

CADBURY THINS

Consistente en: las palabras CADBURY THINS traducidas al

castellano como CADBURY DELGADOS.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de agosto del año dos

mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diecinueve de agosto del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R003663-3

No. de Expediente: 2005051371

No. de Presentación: 20050067954

CLASE: 42.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JULIO CESAR FERNANDEZ, en su calidad de APODERADO de Deutsche Telekom AG, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

T-Mobile Team

Consistente en: la palabra T -Mobile Team se traduce como Equipo T-Móvil.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta de agosto del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003665-3

No. de Expediente: 2005051370

No. de Presentación: 20050067953

CLASE: 41.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JULIO CESAR FERNANDEZ, en su calidad de APODERADO de Deutsche Telekom

DIARIO

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Page 142: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005 ... · 4 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 ORGANO LEGISLATIVO DECRETO No. 811.-LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

142 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

AG, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

T-Mobile Team

Consistente en: las palabras T-Mobile Team, traducidas al castellano como Equipo T-Móvil.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta de agosto del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003668-3

No. de Expediente: 2005051292

No. de Presentación: 20050067700

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de SANKYO COMPANY LIMITED, de nacionalidad JAPONESA, so-licitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

D A I I C H I S A N K Y O

Consistente en: las palabras DAIICHI SANKYO.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta de agosto del año dos mil cinco.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

MELVY ELIZABETH CORTEZ DE ALAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R003669-3

No. de Expediente: 2005051368

No. de Presentación: 20050067951

CLASE: 39.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JULIO CESAR FERNANDEZ, en su calidad de APODERADO de Deutsche Telekom AG, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

T-Mobile Team

Consistente en: las palabras T-Mobile Team, traducidas al castellano como Equipo T-Móvil.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta de agosto del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003671-3

No. de Expediente: 2005051367

No. de Presentación: 20050067950

CLASE: 38.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JULIO CESAR FERNANDEZ, en su calidad de APODERADO de Deutsche Telekom AG, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

T-Mobile Team

Consistente en: las palabras T-Mobile Team, traducidas al castellano como Equipo T-Móvil.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta de agosto del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003674-3

DIARIO

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Page 143: DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005 ... · 4 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 ORGANO LEGISLATIVO DECRETO No. 811.-LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR,

143DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005.

No. de Expediente: 2005051477

No. de Presentación: 20050068110

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DINA CAS-TRO DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de Koninklijke Philips Electronics N.V., de nacionalidad HOLANDESA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: un diseño que se identifi cará como diseño en forma de espiral.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, dos de septiembre del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003675-3

No. de Expediente: 2005051366

No. de Presentación: 20050067949

CLASE: 37.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JULIO CESAR FERNANDEZ, en su calidad de APODERADO de Deutsche Telekom AG, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

T- Mobile Team

Consistente en: las palabras T- Mobile Team traducida como Equipo T- Móvil.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta y uno de agosto del año dos mil cinco.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R003676-3

No. de Expediente: 2005051365

No. de Presentación: 20050067948

CLASE: 36.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JULIO CESAR FERNANDEZ, en su calidad de APODERADO de Deutsche Telekom AG, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

T-Mobile Team

Consistente en: la palabra T - Mobile Team traducida como Equipo T- Móvil.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta y uno de agosto del año dos mil cinco.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R003679-3

No. de Expediente: 2005051431

No. de Presentación: 20050068029

CLASE: 01.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de

DIARIO

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144 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

SANKYO COMPANY LIMITED, de nacionalidad JAPONESA, so-

licitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: un diseño que se identifi cará como diseño de círculo

con trazos.

La solicitud fue presentada el día treinta de agosto del año dos mil

cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, treinta y uno de agosto del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003681-3

No. de Expediente: 2005051364

No. de Presentación: 20050067947

CLASE: 35.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JULIO CESAR

FERNANDEZ, en su calidad de APODERADO de Deutsche Telekom

AG, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA

DE SERVICIOS,

T-Mobile Team

Consistente en: las palabras T-Mobile Team, traducidas al castellano

como Equipo T-Móvil.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de agosto del año dos

mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, treinta de agosto del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003682-3

No. de Expediente: 2005051432

No. de Presentación: 20050068030

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO

ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de

SANKYO COMPANY LIMITED, de nacionalidad JAPONESA, so-

licitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: un diseño que se identifi cará como Diseño de

Círculo con Trazos.

La solicitud fue presentada el día treinta de agosto del año dos mil

cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, treinta y uno de agosto del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003684-3

DIARIO

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145DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005.

No. de Expediente: 2005051363

No. de Presentación: 20050067946

CLASE: 28.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JULIO CESAR FERNANDEZ, en su calidad de APODERADO de Deutsche Telekom AG, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

T-Mobile Team

Consistente en: las palabras T-Mobile Team, traducidas al castellano como Equipo T- Móvil.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta de agosto del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003686-3

No. de Expediente: 2005051361

No. de Presentación: 20050067944

CLASE: 18.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JULIO CESAR FERNANDEZ, en su calidad de APODERADO de Deutsche Telekom AG, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

T-Mobile Team

Consistente en: las palabras T-Mobile Team se traducen al castellano como Equipo T-Móvil.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta de agosto del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,REGISTRADOR.

CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003687-3

No. de Expediente: 2005051426

No. de Presentación: 20050068024

CLASE: 01.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de SANKYO COMPANY LIMITED, de nacionalidad JAPONESA, so-licitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: un diseño que se identifi cará como diseño de cuatro trazos en colores.

La solicitud fue presentada el día treinta de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta y uno de agosto del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003688-3

No. de Expediente: 2005051360

No. de Presentación: 20050067943

CLASE: 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JULIO CESAR FERNANDEZ, en su calidad de APODERADO de Deutsche Telekom AG, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

T-Mobile Team

Consistente en: las palabras T-Mobile Team se traducen al castellano como Equipo T- Móvil.

DIARIO

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146 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

La solicitud fue presentada el día veintiséis de agosto del año dos

mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, treinta de agosto del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003689-3

No. de Expediente: 2005051427

No. de Presentación: 20050068025

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO

ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de

SANKYO COMPANY LIMITED, de nacionalidad JAPONESA, so-

licitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: un diseño que se identifi cará como diseño de cuatro

Trazos en colores.

La solicitud fue presentada el día treinta de agosto del año dos mil

cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, treinta y uno de agosto del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003690-3

No. de Expediente: 2005051358

No. de Presentación: 20050067941

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JULIO CESAR FERNANDEZ, en su calidad de APODERADO de Deutsche Telekom AG, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

T-Mobile Team

Consistente en: las palabras T- Mobile Team se traducen como Equipo T- Móvil.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta de agosto del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003691-3

No. de Expediente: 2005051331

No. de Presentación: 20050067893

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado EMILIO ARTURO CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de JOHNSON & JOHNSON, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: las palabras 1- DAY ACUVUE MOIST y diseño, que se traducen al castellano como 1- DIA ACUVUE HUMEDO.

DIARIO

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147DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005.

La solicitud fue presentada el día veinticinco de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de agosto del año dos mil cinco.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R003693-3

No. de Expediente: 2005050990

No. de Presentación: 20050067246

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MANUEL ANTONIO PINEDA HERRERA, en su calidad de APODERADO de Boehringer Ingelheim International GmbH, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

OTHANIA

Consistente en: la palabra OTHANIA.

La solicitud fue presentada el día doce de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, doce de agosto del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

NANCY KATYA NAVARRETE QUINTANILLA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R003694-3

No. de Expediente: 2005051428

No. de Presentación: 20050068026

CLASE: 01.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de

SANKYO COMPANY LIMITED, de nacionalidad JAPONESA, so-licitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: un diseño que se identifi cará como diseño de círculo en colores.

La solicitud fue presentada el día treinta de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta y uno de agosto del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003695-3

No. de Expediente: 2005051332

No. de Presentación: 20050067894

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado EMILIO ARTURO CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de JOHNSON & JOHNSON, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

1-DAY ACUVUE MOIST

Consistente en: la expresión 1-DAY ACUVUE MOIST, que se traduce al castellano como 1-DIA ACUVUE HUMEDO.

La solicitud fue presentada el día veinticinco de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de agosto del año dos mil cinco.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,SECRETARIA.

3 v. alt. No. R003696-3

DIARIO

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148 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

No. de Expediente: 2005051429

No. de Presentación: 20050068027

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO

ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de

SANKYO COMPANY LIMITED, de nacionalidad JAPONESA, so-

licitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: un diseño que se identifi cará como Diseño de

Círculo en colores.

La solicitud fue presentada el día treinta de agosto del año dos mil

cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, treinta y uno de agosto del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003697-3

No. de Expediente: 2005051333

No. de Presentación: 20050067895

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MANUEL

ANTONIO PINEDA HERRERA, en su calidad de APODERADO de

PRODUCTOS MEDIX, S.A. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA,

solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Obeclox

Consistente en: la palabra Obeclox.

La solicitud fue presentada el día veinticinco de agosto del año

dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintiséis de agosto del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003699-3

No. de Expediente: 2005051064

No. de Presentación: 20050067401

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ERNESTO

ALFONZO BUITRAGO, en su calidad de APODERADO de BRISTOL-

MYERS SQUIBB COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,

solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: un diseño que se identifi cará como DISEÑO DE

FIGURA TRIANGULAR.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de agosto del año dos

mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, diecisiete de agosto del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003700-3

DIARIO

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149DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005.

No. de Expediente: 2005050993

No. de Presentación: 20050067250

CLASE: 10.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado EDUARDO MORALES EHRLICH, en su calidad de APODERADO de DePuy, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: las letras esc y diseño.

La solicitud fue presentada el día doce de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, doce de agosto del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,REGISTRADOR.

CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003702-3

No. de Expediente: 2005051096

No. de Presentación: 20050067442

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado VICENTE DE JESUS PALENCIA, en su calidad de APODERADO de INDUSTRIA CONFITERA CENTROAMERICANA, S.A DE C.V.(ICCASA), de nacionalidad HONDUREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

EUKA ICE

Consistente en: las palabras EUKA ICE traducidas al castellano como EUKA FRIO.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diecisiete de agosto del año dos mil cinco.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003707-3

No. de Expediente: 2005050989

No. de Presentación: 20050067245

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MANUEL ANTONIO PINEDA HERRERA, en su calidad de APODERADO de Boehringer Ingelheim International GmbH. de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

GIROSA

Consistente en: la palabra GIROSA.

La solicitud fue presentada el día doce de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, doce de agosto del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,REGISTRADOR.

NANCY KATYA NAVARRETE QUINTANILLA,SECRETARIA.

3 v. alt. No. R003708-3

No. de Expediente: 2005051207

No. de Presentación: 20050067594

CLASE: 34.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE DANIEL VEGA GUERRA, en su calidad de APODERADO de PHILIP MORRIS PRODUCTS S.A., de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

L & M - OUR TASTE. OUR WORLD

Consistente en: la expresión L & M - OUR TASTE. OUR WORLD, traducida al castellano como L & M-NUESTRO GUSTO. NUESTRO MUNDO.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintitrés de agosto del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003709-3

DIARIO

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150 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

No. de Expediente: 2005051389

No. de Presentación: 20050067972

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DINA CAS-TRO DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de Motorola, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: la expresión MOTOWI4.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta de agosto del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R003711-3

No. de Expediente: 2005051390

No. de Presentación: 20050067973

CLASE: 42.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DINA CAS-TRO DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de Motorola, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: la expresión MOTOWI4.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de agosto del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, treinta de agosto del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R003712-3

No. de Expediente: 2005051970

No. de Presentación: 20050068740

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CESAR

ROLANDO GARCIA HERRERA, en su calidad de APODERADO de

INDUSTRIA TECNICO FARMACEUTICA, SOCIEDAD ANONIMA,

de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA

DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la palabra Vitecfa.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de septiembre del año

dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, tres de octubre del año dos mil cinco.

JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003720-3

DIARIO

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151DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005.

No. de Expediente: 2005051975

No. de Presentación: 20050068745

CLASE: 05

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CESAR ROLANDO GARCIA HERRERA, en su calidad de APODERADO de INDUSTRIA TECNICO FARMACEUTICA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la palabra Afl ac y diseño.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de septiembre del año dos mil cinco.

DlRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, tres de octubre del año dos mil cinco.

JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003722- 1

No. de Expediente: 2005051976

No. de Presentación: 20050068746

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CESAR ROLANDO GARCIA HERRERA, en su calidad de APODERADO de INDUSTRIA TECNICO FARMACEUTICA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en las palabras INTECFA LABORATORIOS y dise-ño.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de septiembre del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, tres de octubre del año dos mil cinco.

JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003723-3

No. de Expediente: 2005051977

No. de Presentación: 20050068747

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CESAR ROLANDO GARCIA HERRERA, en su calidad de APODERADO de INDUSTRIA TECNICO FARMACEUTICA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la palabra Fledec

La solicitud fue presentada el día diecinueve de septiembre del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, tres de octubre del año dos mil cinco.

JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003724-3

DIARIO

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152 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

No, de Expediente: 2005051978

Presentación: 20050068748

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CESAR ROLANDO GARCIA HERRERA, en su calidad de APODERADO de INDUSTRIA TECNICO FARMACEUTICA, SOCIEDAD ANONIMA de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la palabra Iruvir y diseño.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de septiembre del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, cuatro de octubre del año dos mil cinco.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

MELVY ELIZABETH CORTEZ DE ALAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R003725-3

No. de Expediente: 2005052129

No. de Presentación: 20050068946

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CESAR ROLANDO GARCIA HERRERA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de INDUSTRIA TECNICO FARMACEUTICA, SOCIE-DAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la palabra Ursotec.

La solicitud fue presentada el día veintidós de septiembre del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, cuatro de octubre del año dos mil cinco.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

MELVY ELIZABETH CORTEZ DE ALAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R003726-3

No. de Expediente: 2005051973

No. de Presentación: 20050068743

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CESAR ROLANDO GARCIA HERRERA, en su calidad de APODERADO de INDUSTRIA TECNICO FARMACEUTICA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la palabra LOPERIL.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de septiembre del año dos mil cinco

DIRRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, tres de octubre del año dos mil cinco.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

MELVY ELIZABETH CORTEZ DE ALAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R003727-3

DIARIO

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153DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005.

No. de Expediente: 2005051967

No. de Presentación: 20050068737

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CESAR ROLANDO GARCIA HERRERA, en su calidad de APODERADO de INDUSTRIA TECNICO FARMACEUTICA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA,

Consistente en: un diseño que se identifi cará como diseño de Conejo.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de septiembre del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, tres de octubre del año dos mil cinco.

JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003728-3

No. de Expediente : 2005052358

No. de Presentación: 20050069348

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABE: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS DA-NIEL FUNES, en su calidad de APODERADO de LABORATORIO PABLO CASSARA, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMI-

TADA, de nacionalidad ARGENTINA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

ILCASS

Consistente en: la palabra ILCASS.

La solicitud fue presentada el día seis de octubre del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, siete de octubre del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003729-3

No. de Expediente: 2005052122

No. de Presentación: 20050068938

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS DANIEL FUNES, en su calidad de APODERADO de LABORATORIOS CELSIUS, S.A., de nacionalidad URUGUAYA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

INIMOD

Consistente en: la palabra. INIMOD.

La solicitud fue presentada el día veintidós de septiembre del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintitrés de septiembre del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

NANCY KATYA NAVARRETE QUINTANILLA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. R003730-3

DIARIO

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154 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

No. de Expediente: 2005052117

No. de Presentación: 20050068933

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a. esta ofi cina se ha presentado CARLOS DANIEL FUNES, en su calidad de APODERADO de LABORATORIOS CELSIUS, S.A., de nacionalidad URUGUAYA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

TOLTEROX

Consistente en: la palabra TOLTEROX.

La solicitud fue presentada el día veintidós de septiembre del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintitrés de septiembre del año dos mil cinco.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003731-3

No. de Expediente: 2005052119

No. de Presentación: 20050068935

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS DANIEL FUNES, en su calidad de APODERADO de LABORATORIOS CELSIUS, S.A., de nacionalidad URUGUAYA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

MESACRÓN

Consistente en: la palabra MESACRÓN.

La solicitud fue presentada el día veintidós de septiembre del año dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintitrés de septiembre del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003732-3

No. de Expediente: 2005052115 -

No. de Presentación: 20050068931

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado CARLOS

DANIEL FUNES, en su calidad de APODERADO de LABORATORIOS

CELSIUS, S.A., de nacionalidad URUGUAYA, solicitando el registro

de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

THESIS

Consistente en: la palabra THESIS.

La solicitud fue presentada el día veintidós de septiembre del año

dos mil cinco.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintitrés de septiembre del año dos mil cinco.

JOSE ANGEL ARRIAZA POLANCO,

REGISTRADOR.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003733-3

DIARIO

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155DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005.

No. de Expediente: 2004044743

No. de Presentación: 20040057779

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ERNESTO ALFONZO BUITRAGO, en su calidad de APODERADO de McCor-mick & Company, Incorporated, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

DEL CHEF

Consistente en: la palabra DEL CHEF.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de noviembre del año dos mil cuatro.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintitrés de septiembre del año dos mil cinco.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003739-3

MATRICULA DE COMERCIO

ASIENTO DE EMPRESA 2001001945

ESTABLECIMIENTO 2001001945- 001

LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLE-CIMIENTOS:

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JAIME CONDE FEIJOO en su calidad de Representante legal de la sociedad HOTEL RITZ CONTINENTAL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITALVARIABLE que puede abreviarse HOTEL RITZ CONTINENTAL, S .A. DE C V. , de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 77 del libro 19 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con, Número de Identifi cación Tributaria: 0614-310770-001-2, ha presentado solicitud, a las diez horas y cincuenta y ocho minutos del día veintitrés de septiembre de dos mil Cinco. Con la cual se RECTIFICARON los asientos de Empresa No.

2001001945 y Establecimiento No. 2001001945- 001; inscritos a los números 55 y 56 del libro 32 de folios 111 a 114 a favor de la Empresa denominada HOTEL RITZ CONTINENTAL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a HOTELES, con dirección en 7ª. AVENIDA SUR, No. 219 del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a UN MILLON CINCUENTA Y CINCO MIL TREINTA Y CUATRO DOLARES CON 03/100 ($1,055,034.03) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) HOTEL RITZ CONTINENTAL, S.A. DE C.V. ubicado en 7ª. AVENIDA SUR, No. 219, del domicilio de SAN SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, veintitrés de septiembre de dos mil cinco.

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

3 v. alt. No. R003714-3

ASIENTO DE EMPRESA 2002008675

ESTABLECIMIENTO 2002008675-001

LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-MIENTOS:

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado HECTOR SAUL GRANADOS UMAÑA, de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, con Número de Identifi cación Tributaria: 1217-170850-001-4, ha presentado solicitud a las diez horas y cincuenta y nueve minutos del día veintisiete de agosto de dos mil cuatro. Con la cual se otorgaron los asientos deEmpresa No. 2002008675 y Esta-blecimiento No. 2002008675-001; a favor de la Empresa denominada SERVICENTRO ESSO UNIVERSIDAD, la cual se dedica a COMPRA Y VENTA DE LUBRICANTES Y COMBUSTIBLE, con dirección en BOULEVARD UNIVERSITARIO Y 31 AVENIDA. NORTE, ZONA 9, del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a CIEN-TO CUATRO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y DOS DOLARES CON 31/100 ($104,842.31) y que tiene el(los) establecimiento (s) si-guiente (s) 001-) SERVICENTRO ESSO UNIVERSIDAD ubicado en BOULEVARD UNIVERSITARIO Y 31 AVENIDA NORTE, ZONA # 9, del domicilio de SAN SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de ley,

San Salvador, cuatro de noviembre de dos mil cuatro.

LEONOR JIMENEZ BARRIOS,

REGISTRADORA.

3 v. alt. No. R003715-3

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156 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

ASIENTO DE EMPRESA 2001027410

ESTABLECIMIENTO 2001027410-1

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-MIENTOS:

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS AR-MANDO RAMOS en su calidad de Representante legal de la sociedad EXPORTADORA Y COMERCIALIZADORA DE CAFE, SOCIE-DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede Abreviarse EXCOMERCAFE, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SANTA ANA, cuya escritura social está inscrita bajo el número 00047 del Libro 1220 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0210-310896-102-4, ha presentado solicitud a las once horas y treinta y cinco minutos del día veinticinco de Octubre del año dos mil uno. Con la cual se otorgaron los asientos de matrícula de Empresa No. 2001027410 y Establecimiento No. 2001027410- 1; a favor de la Empresa denominada EXPORTADORA Y COMERCIALIZADORA DE CAFE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a INDUSTRIALIZACION Y COMERCIALIZACION DE CAFE, con dirección en 23ª. AVENIDA SUR ENTRE 9 Y 11 CALLE ORIENTE, #78, SANTA ANA cuyo activo es de TRES MILLONES CUARENTA Y CUATRO MIL TREINTA Y TRES 91/100 COLONES (¢3,044,033.91); y que tiene un Estable-cimiento Comercial denominado 1-) EXPORTADORA Y COMER-CIALIZADORA DE CAFE, Sociedad Anónima de Capital Variable (EXCOMERCAFE, S.A. DE C.V. ) ,ubicado en 23 AVENIDA SUR, ENTRE 9 Y 11, CALLE ORIENTE, #78, SANTA ANA.-

Lo que se hace saber al público para los efectos de Ley

San Salvador, doce de noviembre del año dos mil uno.

Lic. ANGEL FERNANDO GARCIA GUARDADO,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. R003734-3

CONVOCATORIAS

CONVOCATORIA

El Administrador único de Sevisal, s. a. de c. v. Por este medio con-voca a Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas que se celebrará en las instalaciones de Sevisal, s.a. de c.v. ubicadas en: Final 1ª. Av. Norte dentro del Plantel de Inco Soyapango, San Salvador, El Salvador, Centro América, a la 10 a.m. Del día 8 de Noviembre de 2005, para tratar los siguientes puntos:

AGENDA ORDINARIA:

- Ratifi cación del Acta Anterior excepto, el punto No.2 de dicha agenda que queda revocado provisionalmente hasta nuevo acuerdo.

- Nombramiento o Renovación de la Nueva Administración para un nuevo periodo.

- Aprobación de la Memoria de Labores, Balance General y Estado de pérdidas y Ganancias e informe del Auditor correspondientes al año 2004 y decisión sobre los resultados económicos obtenidos en dicho año.

- Ingreso de máquina termoplástica a los activos de Sevisal s. a. de c.v.

- Renovación del nombramiento del Auditor Externo y Fiscal para el ejercicio económico que termina el 31 de Diciembre de 2005 y la fi jación de sus emolumentos.

- Aprobación del Informe fi scal correspondiente al año 2004.

- El Quórum necesario para conocer los asuntos de carácter ordinario en primera convocatoria es de la mitad más uno de las ac-ciones presentes o representadas que componen el capital social y las resoluciones serán válidas por mayoría de votos de conformidad con el Código de Comercio de el Salvador y los Estatutos de la empresa.

- En caso de no haber Quórum en primera vez se convoca para el día 10 del mismo mes y año indicado en la primera convocatoria a las 3 p.m. El Quórum necesario para conocer los asuntos de carácter Ordinario en segunda convocatoria es de cualquiera que sea el número de acciones presentes o representadas y las resoluciones serán válidas por mayoría de votos presentes o representados de conformidad con el Código de Comercio de El Salvador y los estatutos de la empresa

AGENDA EXTRAORDINARIA:

Ratifi cación de las últimas Actas de Juntas Generales Ordinarias y Extraordinarias y los puntos desarrollados relativos al aumento del Capital Social mediante la capitalización de utilidades conforme a los resultados de los años 2001, 2002 y 2003, y la Emisión de Acciones.

QUORUM:

- El Quórum necesario para conocer los asuntos de carácter extraordinario en primera convocatoria será de las tres cuartas partes de todas las acciones presentes o representadas que componen el capital social y sus resoluciones válidas se tomarán en igual proporción de conformidad con el Código de Comercio de el Salvador y los Estatutos de la empresa.

- En caso de no haber Quórum en primera vez se convoca para el día 10 del mismo mes y año indicado en la primera convocatoria a las 3 p.m. El Quórum necesario para conocer los asuntos de carácter Extraordinario en segunda convo-catoria es de la mitad más una de las acciones presentes o representadas y las resoluciones válidas se tomarán por las tres cuartas partes de las acciones presentes o representadas de conformidad con el Código de Comercio de El Salvador y los estatutos de la empresa.

13 de octubre de 2005-

Lic. HUGO ATILIO CARRILLOS CASTILLO,

ADMINISTRADOR ÚNICO.

3 v. alt. No. R003740-3

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157DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005. SUBASTAS PUBLICAS

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por ejecución

seguida en este Tribunal por el Licenciado JOSE EDGARDO RAMOS

CHAVEZ, como Apoderado del señor JOSE RICARDO RUGAMA

LOBATO, contra los señores KENY RUTH COMANDARI YAGUAT

y LUIS EDUARDO COMANDARI YAGUAT, ambos mayores de edad

y de este domicilio, la primera estudiante y el segundo Odontólogo,

reclamándole cantidad de colones y demás accesorios legales, se ven-

derá en Pública Subasta en este Juzgado, el bien inmueble embargado

siguiente: “Un inmueble urbano identifi cado como LOTE NUMERO SEIS

DEL POLIGONO “M” DE LA SECCION NOMINADA “SECCION

GUADALUPE”, ubicada entre la Séptima y Veintiuna Calle Poniente

y Boulevard Tutunichapa Norte, Avenida España y Antigua calle del

volcán de esta ciudad y departamento, que conforme a su antecedente se

describe así: Un lote de un área de DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO

METROS CUADRADOS equivalentes a TRESCIENTAS SETENTA Y

SIETE VARAS CUADRADAS SETENTA Y TRES CENTESIMOS DE

VARA CUADRADA, marcado con el número SEIS DEL POLIGONO

“M”, que se localiza así: Partiendo de la intersección formada por los ejes

de la Diecisiete Calle Poniente y la Avenida “A” se mide sobre el eje de

la Última Avenida mencionada y con rumbo Norte tres grados treinta y

tres minutos siete décimos de minutos Oeste una distancia de veintinueve

metros cincuenta centímetros, de este punto se mide, con rumbo Norte

ochenta y seis grados veintiséis minutos tres décimos de minutos. Este

una distancia de ocho metros cincuenta centímetros para llegar al vértice

Sur Oeste del Lote que se describe así: PONIENTE, en línea recta con

rumbo norte tres grados treinta y tres minutos siete décimos de minutos

Oeste y por consiguiente paralela al eje de la Avenida “A” mide doce

metros cero centímetros, lindando con los lotes números Dos y Uno del

polígono “LL” de la misma Tercera Porción de la Sección Guadalupe

propiedad de Dueñas Hermanos y Compañía, todos en Avenida “A” de

diecisiete metros cero centímetros de ancho de por medio; NORTE: En

línea recta con rumbo norte ochenta y seis grados veintiséis minutos tres

décimos de minuto. Este mide veintidós metros cero centímetros lindando

con el lote número siete polígono “M” de la tercera porción de la sección

Guadalupe propiedad de Dueñas Hermanos y Compañía; ORIENTE: en

línea recta con rumbo Sur tres grados treinta y tres minutos siete déci-

mos de minutos Este mide doce metros cero centímetros lindando con

los lotes números ocho y cuatro ambos del mismo polígono “M” de la

tercera porción de la sección de Guadalupe antes propiedad de Dueñas

Hermanos y Compañía, hoy lote número cuatro propiedad del Ingeniero

Carlos Manuel Arita; SUR: En línea recta con rumbo SUR: ochenta y seis

grados veintiséis minutos tres décimos de minutos Oeste mide veintidós

metros cero centímetros lindando con el lote número cinco del mismo

polígono “M” de la tercera porción de la Sección Guadalupe propiedad

de Dueñas Hermanos y Compañía. Todos los rumbos son geodésicos.

Dicho inmueble anteriormente descrito está inscrito a favor de los otor-

gantes KENY RUTH COMANDARI YAGUAT y LUIS EDUARDO

COMANDARI YAGUAT, bajo el número M CERO CINCO CERO

OCHO CUATRO CERO CERO NUEVE del Registro de la Propiedad

Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro.

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las quince

horas y veinte minutos del día diez de Octubre del año dos mil cinco.- DR.

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.-

BR. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F021135-3

MIGUEL ANGEL REYES HERNÁNDEZ, JUEZ DE LO LABORAL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SANTA TECLA,

HACE SABER: Al público para los efectos de Ley, que por Re-

solución proveída por este Tribunal a las nueve horas del veinticinco

de junio de mil novecientos noventa y siete, en el Juicio Ejecutivo

Mercantil promovido por el señor GUSTAVO ADOLFO ALFARO

BARAHONA, y continuado por el Licenciado YACIR ERNESTO

FERNANDEZ SERRANO en carácter de Apoderado del Señor Alfaro

Barahona, contra la señora LUISA VALDES TAMAYO DE SANTOS,

se Ordena la Venta en Pública Subasta del Inmueble Embargado, en fecha

que oportunamente se señalará en este Tribunal, siendo el Inmueble a

Subastarse de Naturaleza Urbana, Identifi cado como “ La Providencia”

frente a la Finca Modelo con el número catorce-nueve, del polígono “A”

de doscientos trece metros cuadrados noventa decímetros cuadrados de

capacidad, o sea Trescientas seis varas cuadradas un décimo de vara

cuadrada mide y linda así: AL NORTE: diez metros, calle Sevilla en

medio con lote número catorce polígono “E”; AL SUR: diez metros

cincuenta centímetros, con el buen Pastor antes Finca Potosí; AL

ORIENTE: en veinte metros, linda con lote número catorce-A polígo-

no “ A”, AL PONIENTE: veintidós metros setenta y ocho centímetros

con lote número quince del polígono “A” AL PONIENTE: veintidós

metros setenta y ocho centímetros con lote número quince del polígono

“A”, todos los colindantes a excepción del rumbo Sur forman parte del

inmueble generado de donde se desmembró el que se describe, propiedad

de La Providencia Compañía de Urbanización y Edifi cación Sociedad

Anónima.

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158 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369

Librado en el Juzgado de lo Laboral: Santa Tecla, a las

quince horas y cuarenta y tres minutos del día once de abril de dos mil

cinco.- DR. MIGUEL ANGEL REYES HERNÁNDEZ, JUEZ DE LO

LABORAL.- LIC. MIRNA MARGARITA DIAZ DE DOMINGUEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F021173-3

DARÍO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL,

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Que por resolución pronunciada en el Juicio

Civil Ejecutivo promovido inicialmente por el Licenciado RICARDO

ERNESTO RODRIGUEZ SIGÜENZA y continuado por la Licenciada

GLORIA DE LOS ANGELES GERMAN ARGUETA, ambos como

Apoderados de la FUNDACION SALVADOREÑA PARA EL DE-

SARROLLO ECONÓMICO Y SOCIAL, contra el señor CARLOS

ALBERTO BARRERA FLORES Y OTRO, reclamándole cantidad

de colones, se venderá en pública subasta en este Juzgado, el inmueble

siguiente: “Un lote de terreno urbano y construcciones que contiene

marcado con el NUMERO CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO

DEL POLÍGONO S de la URBANIZACIÓN SAN ANDRES, CALLE

CIRCUNVALACION, situada en jurisdicción de Apopa, departamento

de San Salvador, de un área de CINCUENTA Y CINCO METROS

CUADRADOS, equivalentes a SETENTA Y OCHO PUNTO SESENTA

Y NUEVE VARAS CUADRADAS, que se localiza así: Partiendo de

la intersección del eje del pasaje número nueve con la subtangente de

la curva, cuyo radio es de ochenta y siete punto cuarenta y tres metros

y longitud de curva diecinueve punto ochenta y nueve metros trazada

sobre la Calle Circunvalación, ambos pasaje y calle abiertos en esta

urbanización y midiendo sobre la subtangente diecisiete punto quince

metros con rumbo norte cincuenta y siete grados cincuenta y dos punto

dos minutos Oeste, llegamos a un punto en el cual haciendo una defl exión

izquierda de cien grados treinta y ocho punto siete minutos y midiendo

tres punto ochenta y cuatro metros se llega al vértice sureste del lote

que se describe, el cual mide y linda: AL SUR, con una distancia de

diez metros y con rumbo Sur cuarenta y dos grados cuarenta y seis

punto cinco minutos oeste se llega al vértice suroeste, lindando con

lote número cuatrocientos cuarenta y siete del polígono S, propiedad de

Inmobiliaria San Ignacio, S.A. de C.V.; AL OESTE, con una distancia

de cinco punto sesenta metros y con rumbo norte cuarenta y siete grados

trece punto cinco minutos Oeste se llega al vértice noroeste lindando

con lote número cuatrocientos veinticuatro del polígono S, propiedad de

Inmobiliaria San Ignacio. S.A. de C.V.; AL NORTE, con una distancia

de diez metros y con rumbo norte cuarenta y nueve grados cincuenta y

ocho punto tres minutos este se llega al vértice noreste, lindando con

terrenos de Urbanización La Ponderosa; AL ESTE, con una distancia

de cinco punto cuarenta metros y con rumbo Sur cuarenta y siete grados

trece punto cinco minutos este, se llega al vértice sureste, lindando con

lote número uno del polígono A, propiedad de Inmobiliaria San Andrés,

S. A. de C.V., con Calle Circunvalación de diez metros de ancho de por

medio; llegando así al punto de inicio de la presente descripción”. Inscrito

dicho inmueble a favor del señor CARLOS ALBERTO BARRERA

FLORES bajo la matrícula Número SEIS CERO CERO CINCO SEIS

DOS CERO CUATRO GUIÓN CERO CERO CERO CERO CERO del

Registro de la Propiedad de este Departamento.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las once

horas del día quince de julio de dos mil cinco. DR. DARIO VILLALTA

BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL. LIC. CARLOS

RIGOBERTO TEJADA, SECRETARIO INTO.

3 v. alt. No. R003735-3

AUMENTO DE CAPITAL

SUPERACIÓN DEL AGRO, SOCIEDAD ANÓNIMA

DE CAPITAL VARIABLE

HACE SABER: Que en Junta General Ordinaria y Extraordinaria

de Accionistas de la sociedad “SUPERACIÓN DEL AGRO, SOCIEDAD

ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE”, que se abrevia “SUPERA-

GRO, S.A. DE C.V.”, celebrada en esta ciudad, a las nueve horas del

día veinticuatro de septiembre de dos mil cinco, por resolución unánime

tomada por los representantes de todas las acciones en que está dividido

el capital social, dentro de la agenda de puntos Extraordinarios, se acordó

aumentar el capital social en la parte mínima, que en la actualidad es

de veinte mil colones, el cual se encuentra totalmente suscrito y paga-

do, en la suma de OCHENTA MIL COLONES, totalizando el capital

mínimo en cien mil colones, representado y dividido en mil acciones

nominativas de un valor de cien colones cada una, lo que se llevará a

cabo mediante la EMISIÓN DE OCHOCIENTAS ACCIONES DE UN

VALOR NOMINAL DE CIEN COLONES CADA UNA, por aportes

en dinero que se hagan al respecto; asimismo se designó como Ejecutor

Especial de Acuerdos al señor Vittorio Sessa Annichiarico.

Lo que se hace saber al público para los efectos legales consiguien-

tes.

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159DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 20 de Octubre de 2005.

San Salvador, veintisiete de septiembre de dos mil cinco.

VITTORIO SESSA ANNICHIARICO,

EJECUTOR ESPECIAL DE ACUERDOS.

3 v. alt. No. F021199-3

DISOLUCION DE SOCIEDADES

LA SUSCRITA SECRETARIA DE LA JUNTA GENERAL EX-

TRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD BLOOM

EMBOIDERY (SAL) SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VA-

RIABLE, CERTIFICA: que en San Salvador a las siete horas del día

veintiséis de septiembre de dos mil cinco se otorgó el siguiente acto:

Se celebró Junta General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad

Bloom Emboidery (SAL), Sociedad Anónima de Capital Variable, de

conformidad con el Artículo Doscientos treinta y tres del Código de Co-

mercio. El Presidente de la Junta hizo saber al pleno el deseo de algunos

accionistas de Disolver y Liquidar la sociedad BLOOM EMBOIDERY

(SAL), SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE. La Junta

General Extraordinaria después de analizar la situación actual y futura

de la Sociedad, por unanimidad Acuerda la Disolución y Liquidación de

la sociedad BLOOM EMBOIDERY (SAL), SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE, en virtud de la causal de acuerdo de junta

general extraordinaria con el voto favorable de más de las tres cuartas

partes de las acciones. A efecto de cumplir con lo que dice la Escritura

de Constitución de la sociedad, así como lo que establece el Código de

Comercio, se acuerda nombrar como Junta de Liquidadores de la sociedad

al señor KOH KYE THIAM así como a la señora KHONG FOONG

LIAN, quienes, al estar presentes en esta sesión, no serán comunicados

de tal nombramiento, el cual desde ya aceptan. Se designa y nombra

como representante de la masa total de accionistas al señor GOH SIAK

LENG a quien se le autoriza y faculta para que comparezca a otorgar

y suscribir el correspondiente reconocimiento en Escritura Pública del

presente acuerdo de Disolución y Liquidación de la sociedad BLOOM

EMBOIDERY (SAL), SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIA-

BLE, como lo establece el artículo ciento ochenta y ocho del Código de

Comercio, a efectos de ser presentada para inscripción en el Registro de

Comercio. Cumpliendo con la obligación establecida en el artículo ciento

treinta y uno literal d) del Código Tributario, se nombra auditor para

dictaminar fi scalmente, para cada uno de los períodos o ejercicios de

imposición, comprendidos desde la fecha de inscripción de la disolución

hasta que fi nalicen los trámites de la liquidación y previo su inscripción,

a la fi rma Deloite & Touche Limitada de Capital Variable. No habiendo

nada más que tratar se cerró la sesión.

Y para los usos legales consiguientes, extiendo, fi rmo y sello la

presente certifi cación en la ciudad de San Salvador, a los siete días del

mes de octubre de dos mil cinco.

HONG BEE HOON

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F021091-3

SOLICITUD DE NACIONALIDAD

RODRIGO AVILA AVILES, VICEMINISTRO DE SEGURIDAD

CIUDADANA.

HACE SABER: Que a esta Secretaría de Estado se ha presentado

la señora JUDITH JOSEFINA PRADA DE CARDONA, solicitando que

se le reconozca la calidad de salvadoreña por NATURALIZACIÓN por

ser de origen y nacionalidad VENEZOLANA y tener domicilio fi jo en

El Salvador.

La peticionaria en su solicitud manifi esta ser de veintiocho años

de edad, de sexo femenino, casada, de profesión u ofi cio Licenciada en

Comunicaciones y Periodismo, del domicilio de San Salvador, Originaria

de Maracay, Estado Aragua, de la República Bolivariana de Venezuela,

lugar donde nació el día treinta y uno de diciembre de mil novecientos

setenta y seis, portadora de su Carnet de Identifi cación de Extranjero

Residente número veintinueve mil, inscrito en el Registro de Extranjeros

Residentes que lleva la Dirección General de Migración y Extranjería.

Que su cónyuge responde al nombre de LEONEL HUMBERTO CAR-

DONA FIGUEROA, de treinta y tres años de edad, Ingeniero Mecá-

nico, originario San Salvador, Departamento de San Salvador, de este

domicilio, y de nacionalidad Salvadoreña. Siendo sus padres los señores

JOSE AGUSTIN PRADA CHERUBINE ya fallecido y de EUFEMIA

JUDITH CAMPOS GUEVARA, sobreviviente, ambos de nacionalidad

venezolana.

Ingresó al país por la Delegación Migratoria del Aeropuerto Inter-

nacional de Comalapa el día cuatro de mayo de mil novecientos noventa

y cuatro. Expresa su voluntad de adhesión, obediencia y sumisión a las

leyes y Autoridades de la República de El Salvador.

Lo que hace saber al público para los efectos de Ley y se emplaza

a toda persona interesada en oponerse a la referida solicitud para que el

término de quince días contados desde la fecha de la última publicación

de este edicto en el DIARIO OFICIAL y en un periódico de circulación

nacional, se presente a este Ministerio justifi cando la oposición con la

prueba pertinente.

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160 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 369 MINISTERIO DE GOBERNACIÓN: San Salvador a las once

horas con quince minutos del día doce de agosto de dos mil cinco.

Ing. RODRIGO AVILA AVILES,

VICEMINISTRO DE SEGURIDAD CIUDADANA.

3 v. c. No. F021636-3

RENOVACION DE NOMBRE COMERCIAL

No. de Expediente: 1978N01527

No. de Presentación: 20050067028

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado RICARDO

ROMERO GUZMAN, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, del

domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de GENERAL ELECTRIC COMPANY,

del domicilio de SCHENECTADY, ESTADO DE NUEVA YORK,

ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNI-

DENSE, solicitando RENOVACION, por tiempo INDEFINIDO del

NOMBRE COMERCIAL para la inscripción Número 00049 del Libro

00005 de REGISTRO DE NOMBRES COMERCIALES, consistente en

LAS PALABRAS “GENERAL ELECTRIC COMPANY; que servirá

para IDENTIFICAR: LOS ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES

DEDICADOS A LA VENTA, DISTRIBUCION E IMPORTACION

DE SUS PRODUCTOS COMO FABRICANTE Y VENDEDOR DE

TODA CLASE DE EQUIPO ELECTRICO, PARA LA GENERACION

Y UTILIZACION DE ELECTRICIDAD, LO MISMO QUE DE EQUI-

POS Y APARATOS PARA EL HOGAR, MOTORES DE AVION,

SUSTANCIAS QUIMICAS, MATERIAL PLASTICO Y APARATOS

MEDICOS, LAS ACTIVIDADES DE QUE SE TRATA SE REALI-

ZAN EN LUGAR TALES COMO LAS CIUDADES DE LOUISVILLE

(ESTADO DE KENTUCKY), CLEVELAND (ESTADO DE OHIO),

BRIDGEPOT (ESTADO DE CONNECTICUT) ERIE (ESTADO DE

PENNSYLVANIA), EN LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA,

CON EFECTOS INTERNACIONALES, Y EN LA CIUDAD DE SAN

SALVADOR, EL SALVADOR, EN LO QUE CONCIERNE A LAS

ACTIVIDADES DE VENTA Y CONEXAS.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distin-tivos. San Salvador, a los veintiséis días del mes de agosto del año dos mil cinco.

LIC. PEDRO BALMORE HENRÍQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. R003654-3

REPOSICION DE POLIZA DE SEGURO

AVISO

La Centro Americana, S.A., hace del conocimiento del público en ge-neral, que se ha presentado DANIEL ALONSO MEJIA SANDOVAL del domicilio de SAN SALVADOR, solicitando reposición de su póliza de seguro de vida 3125 emitida el 11 /07/2001. Si dentro de 30 días contados a partir de la última publicación de este aviso no se presentare oposición se procederá a reponer la mencionada póliza.

San Salvador, 5 de octubre de 2005.

ALBA ARMIDA DE ANDREU,

RESPONSABLE DE SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL.

3 v. alt. No. R003717-3

AVISO

La Centro Americana, S.A., hace del conocimiento del público en general, que se ha presentado MILAGRO GUILLERMINA VELASQUEZ del domicilio de LA LIBERTAD, solicitando reposición de su póliza de seguro de vida 84010075 emitida el 16/01/1984. Si dentro de 30 días contados a partir de la última publicación de este aviso no se presentare oposición se procederá a reponer la mencionada póliza.

San Salvador, 10 de octubre de 2005.

ALBA ARMIDA DE ANDREU,

RESPONSABLE DE SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL.

3 v. alt. No. R003718-3

Imprenta Nacional - Tiraje 500 Ejemplares.

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