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DIARIO OFICIAL Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 221-3540 Página Web: www.gobernacion.gob.sv/diario_oficial Correo: [email protected] S U M A R I O 1 REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL TOMO Nº 359 SAN SALVADOR, VIERNES 25 DE ABRIL DE 2003 NUMERO 74 DIRECTOR: Lic. René O. Santamaría C. ORGANO EJECUTIVO PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA Acuerdo No. 108.- Se llama al Licenciado Carlos Quintanilla Schmidt, para que ejerza la Presidencia de la República. ......... MINISTERIO DE GOBERNACION RAMO DE GOBERNACIÓN Estatutos de las Asociaciones “Comunicación Social para el Desarrollo y la Democracia”; “Benéfica Primavera” y “Atlacatl Vivo Positivo”, Acuerdos Ejecutivos Nos. 055, 056 y 065, aprobándolos y confiriéndoles el carácter de personas jurídicas. MINISTERIO DE ECONOMIA RAMO DE ECONOMÍA Acuerdo No. 243.- Se conceden beneficios a favor de la Asociación Cooperativa de la Reforma Agraria Cafetalera “Los Pinos” de Responsabilidad Limitada. ........................................ MINISTERIO DE EDUCACION RAMO DE EDUCACIÓN Acuerdo No. 15-0045.- Equivalencia de estudios a favor de Carmen Elizabeth Ramos Teos. ................................................ Acuerdo No. 15-0219.- Se aprueba plan de estudios de la carrera de Ingeniería Industrial, a la Universidad “Dr. José Matías Delgado”. ................................................................................... Acuerdo No. 15-0438.- Se reconoce la validez académica de estudios realizados por Oscar Armando Acosta Lorenzana. ORGANO JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Acuerdos Nos. 647-D, 82-D, 96-D, 97-D y 113-D.- Autorizaciones para el ejercicio de la abogacía en todas sus Ramas. ....................................................................................... INSTITUCIONES AUTONOMAS ALCALDIAS MUNICIPALES Decretos Nos. 2(2).- Reformas a las Ordenanzas Reguladoras de Tasas del Mercado Municipal de Cuscatancingo y de Tasas por Servicios Municipales de Ilopango. .................................... Decreto No. 3.- Ordenanza Municipal de la Participación Ciudadana del Municipio de Ilopango. ..................................... Estatutos de las Asociaciones “Comunitaria Col. San José Las Flores y Colina Uno” y “Colonia Miramar”, Acuerdos Nos. 3 y 6, emitidos por las Alcaldías Municipales de Nueva San Salvador y Zaragoza, aprobándolos y confiriéndoles el carácter de personas jurídicas. ................................................................ SECCION CARTELES OFICIALES DE PRIMERA PUBLICACION Carteles Nos. 812, 813 y 814.- DECLARATORIA DEFINITIVA A FAVOR DE LOS SRES. ENMA ADILIA REYES BONILLA DE AMAYA, ADRIANA GARCIA MOLINA, SANTOS RAMOS Y OTROS (1v.). ....................... Cartel No. 815.- DECLARATORIA YACENTE DEL CAUSANTE JUAN ANTONIO HERNANDEZ, CURADOR VICTOR MANUEL GUEVARA CORTEZ (3 V.Alt.). ........... Carteles Nos. 816, 817 y 818.- ACEPTACION INTERINA A FAVOR DE LOS SRES. MARIA ANGELA LOPEZ GARCIA Y MENORES JOSE RENE GRANADOS, MARIA ESPERANZA FUENTES MARTINEZ Y OTROS (3 V.Alt.). Carteles Nos. 819 y 820.- TITULO SUPLETORIO A FAVOR DE LOS SRES. MACARIA UMANZOR Y MARIA ANTONIA VENTURA DE BENITEZ (3 V.Alt.). ................... DE SEGUNDA PUBLICACION Carteles Nos. 802, 803 y 804.- TITULO SUPLETORIO A FAVOR DE LOS SRES. MIGUEL ANGEL DIAZ, MARGARITA DELIA RODRIGUEZ DE AGUIRRE, JOSE ADRIAN SANDOVAL (3 V.Alt.). ........................................... SECCION CARTELES PAGADOS DE PRIMERA PUBLICACION Carteles Nos.- 13424-1v, 7334-1v, 238-1v, 13368-1v, 13399-1v, 13397-1v, 13409-1v, 13403-1v, 13408-1v, 13411-1v, 13410-1v, 13428-1v, 13434-1v, 13438-1v, 13442-1v, 13445-1v, 13450-1v, 13449-1v, 13454-1v, 13467-1v, 13506-1v, 13507-1v, 13508-1v, 13527-1v, 13444-1v, 13474-1v, 13499-1v, 13497- 1v, 13516-1v, 13540-1v, 13381-1v, 13383-1v, 13384-1v, 13385- 1v, 13386-1v, 13389-1v, 13391-1v, 13416-1v, 13417-1v, 13526- 1v, 13531-1v, 13529-1v, 13513-1v, 13404-1v, 13406-1v, 13421- 1v, 13443-1v, 13510-1v, 13372-1v, 13523, 13524, 13520, 13505, 13447, 13374, 13401, 13390, 13396, 13535, 13435, 13369, 13426, 13380, 13585, 13539, 13436, 13423, 13420, 13377, 13511, 13512, 13422, 13379, 13547, 13548, 13509, 13504, 13452, 13429, 13592, 13143, 13102, 13172, 13413, 13477, 13246, 13195, 13193, 13191, 13190, 13185, 13188, 13136, 13137, 13138, 13145, 13159, 13146, 13182, 13178, 13675, 13174, 13261, 13262, 13269, 13270, 13267, 13260, 13272, 13273, 13275, 13276, 13250, 13271, 13264, 13326, 13324, 13331, 13316, 13192, 13189, 13186, 13184, 13177, 13161, 13127, 13162, 13165, 13197, 13176, 13196, 13194, 13125, 13130, 13131, 13133, 13148, 13160, 13293, 13223, 13224, 13203, 13201, 13166, 13109, 13105, 13108, 13111, 13112, 13115, 13116, 13122, 13123, 13124, 13141, 13134, 13554, 13498, 13464, 13481, 13470, 13478, 13484, 13486, 13489, 13492, 13503, 13460, 13462, 13463, 13491, 13500, 13490, 13485, 13487, 13488, 13480, 13483, 13482, 13473, 13479, 13476, 13468, 13469, 13471, 13472, 13475, 13521, 13530, 13532, 13536, 13394, 13392, 13537, 13415, 13365, 13367, 13362, 13222, 13534, 13439, 13114-C, 13119-C, 13327-C, 13213-C, 13211-C, 13210-C, 13493-C, 13495-C. .................... DE SEGUNDA PUBLICACION Carteles Nos.- 23332, 13355, 13364, 13300, 13287, 13257, 13229, 13254, 13241, 13216, 13208, 13206, 13167, 13144, 13128, 13113, 13317, 13347, 13345, 13333, 13336, 13343, 13341, 13338, 13353, 13319, 13253, 13251, 13238, 13340, 13280, 13237, 13156, 13279, 13278, 13339, 13282, 13363, 13328, 13329, 13348, 13292, 13352, 13350, 13432, 13545, 13543, 13544, 13258, 13777, 12813-C.. ................................... FE DE ERRATA. ............................................................. Pág. 2 2-19 20 21 21 21 22 23-28 29-34 35-41 42 Pág. 42 42-43 43 44 45-104 105-120 120 DIARIO OFICIAL SOLO PARA CONSULTA NO TIENE VALIDEZ LEGAL

DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 25 de Abril de 2003 ...DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 25 de Abril de 2003. 3 religión e ideología política, previa solicitud por escrito a la Junta

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1DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 25 de Abril de 2003.

DIARIO OFICIAL

Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 221-3540 • Página Web: www.gobernacion.gob.sv/diario_oficial • Correo: [email protected]

S U M A R I O

1REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL

TOMO Nº 359 SAN SALVADOR, VIERNES 25 DE ABRIL DE 2003 NUMERO 74

DIRECTOR: Lic. René O. Santamaría C.

ORGANO EJECUTIVOPRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

Acuerdo No. 108.- Se llama al Licenciado Carlos QuintanillaSchmidt, para que ejerza la Presidencia de la República. .........

MINISTERIO DE GOBERNACIONRAMO DE GOBERNACIÓN

Estatutos de las Asociaciones “Comunicación Social parael Desarrollo y la Democracia”; “Benéfica Primavera” y “AtlacatlVivo Positivo”, Acuerdos Ejecutivos Nos. 055, 056 y 065,aprobándolos y confiriéndoles el carácter de personas jurídicas.

MINISTERIO DE ECONOMIARAMO DE ECONOMÍA

Acuerdo No. 243.- Se conceden beneficios a favor de laAsociación Cooperativa de la Reforma Agraria Cafetalera “LosPinos” de Responsabilidad Limitada. ........................................

MINISTERIO DE EDUCACIONRAMO DE EDUCACIÓN

Acuerdo No. 15-0045.- Equivalencia de estudios a favor deCarmen Elizabeth Ramos Teos. ................................................

Acuerdo No. 15-0219.- Se aprueba plan de estudios de lacarrera de Ingeniería Industrial, a la Universidad “Dr. José MatíasDelgado”. ...................................................................................

Acuerdo No. 15-0438.- Se reconoce la validez académicade estudios realizados por Oscar Armando Acosta Lorenzana.

ORGANO JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Acuerdos Nos. 647-D, 82-D, 96-D, 97-D y 113-D.-Autorizaciones para el ejercicio de la abogacía en todas susRamas. .......................................................................................

INSTITUCIONES AUTONOMASALCALDIAS MUNICIPALES

Decretos Nos. 2(2).- Reformas a las Ordenanzas Reguladorasde Tasas del Mercado Municipal de Cuscatancingo y de Tasaspor Servicios Municipales de Ilopango. ....................................

Decreto No. 3.- Ordenanza Municipal de la ParticipaciónCiudadana del Municipio de Ilopango. .....................................

Estatutos de las Asociaciones “Comunitaria Col. San JoséLas Flores y Colina Uno” y “Colonia Miramar”, Acuerdos Nos.3 y 6, emitidos por las Alcaldías Municipales de Nueva SanSalvador y Zaragoza, aprobándolos y confiriéndoles el carácterde personas jurídicas. ................................................................

SECCION CARTELES OFICIALESDE PRIMERA PUBLICACION

Carteles Nos. 812, 813 y 814.- DECLARATORIADEFINITIVA A FAVOR DE LOS SRES. ENMA ADILIAREYES BONILLA DE AMAYA, ADRIANA GARCIAMOLINA, SANTOS RAMOS Y OTROS (1v.). .......................

Cartel No. 815.- DECLARATORIA YACENTE DELCAUSANTE JUAN ANTONIO HERNANDEZ, CURADORVICTOR MANUEL GUEVARA CORTEZ (3 V.Alt.). ...........

Carteles Nos. 816, 817 y 818.- ACEPTACION INTERINAA FAVOR DE LOS SRES. MARIA ANGELA LOPEZ GARCIAY MENORES JOSE RENE GRANADOS, MARIAESPERANZA FUENTES MARTINEZ Y OTROS (3 V.Alt.).

Carteles Nos. 819 y 820.- TITULO SUPLETORIO AFAVOR DE LOS SRES. MACARIA UMANZOR Y MARIAANTONIA VENTURA DE BENITEZ (3 V.Alt.). ...................

DE SEGUNDA PUBLICACIONCarteles Nos. 802, 803 y 804.- TITULO SUPLETORIO A

FAVOR DE LOS SRES. MIGUEL ANGEL DIAZ,MARGARITA DELIA RODRIGUEZ DE AGUIRRE, JOSEADRIAN SANDOVAL (3 V.Alt.). ...........................................

SECCION CARTELES PAGADOSDE PRIMERA PUBLICACION

Carteles Nos.- 13424-1v, 7334-1v, 238-1v, 13368-1v,13399-1v, 13397-1v, 13409-1v, 13403-1v, 13408-1v, 13411-1v,13410-1v, 13428-1v, 13434-1v, 13438-1v, 13442-1v, 13445-1v,13450-1v, 13449-1v, 13454-1v, 13467-1v, 13506-1v, 13507-1v,13508-1v, 13527-1v, 13444-1v, 13474-1v, 13499-1v, 13497-1v, 13516-1v, 13540-1v, 13381-1v, 13383-1v, 13384-1v, 13385-1v, 13386-1v, 13389-1v, 13391-1v, 13416-1v, 13417-1v, 13526-1v, 13531-1v, 13529-1v, 13513-1v, 13404-1v, 13406-1v, 13421-1v, 13443-1v, 13510-1v, 13372-1v, 13523, 13524, 13520, 13505,13447, 13374, 13401, 13390, 13396, 13535, 13435, 13369,13426, 13380, 13585, 13539, 13436, 13423, 13420, 13377,13511, 13512, 13422, 13379, 13547, 13548, 13509, 13504,13452, 13429, 13592, 13143, 13102, 13172, 13413, 13477,13246, 13195, 13193, 13191, 13190, 13185, 13188, 13136,13137, 13138, 13145, 13159, 13146, 13182, 13178, 13675,13174, 13261, 13262, 13269, 13270, 13267, 13260, 13272,13273, 13275, 13276, 13250, 13271, 13264, 13326, 13324,13331, 13316, 13192, 13189, 13186, 13184, 13177, 13161,13127, 13162, 13165, 13197, 13176, 13196, 13194, 13125,13130, 13131, 13133, 13148, 13160, 13293, 13223, 13224,13203, 13201, 13166, 13109, 13105, 13108, 13111, 13112,13115, 13116, 13122, 13123, 13124, 13141, 13134, 13554,13498, 13464, 13481, 13470, 13478, 13484, 13486, 13489,13492, 13503, 13460, 13462, 13463, 13491, 13500, 13490,13485, 13487, 13488, 13480, 13483, 13482, 13473, 13479,13476, 13468, 13469, 13471, 13472, 13475, 13521, 13530,13532, 13536, 13394, 13392, 13537, 13415, 13365, 13367,13362, 13222, 13534, 13439, 13114-C, 13119-C, 13327-C,13213-C, 13211-C, 13210-C, 13493-C, 13495-C. ....................

DE SEGUNDA PUBLICACIONCarteles Nos.- 23332, 13355, 13364, 13300, 13287, 13257,

13229, 13254, 13241, 13216, 13208, 13206, 13167, 13144,13128, 13113, 13317, 13347, 13345, 13333, 13336, 13343,13341, 13338, 13353, 13319, 13253, 13251, 13238, 13340,13280, 13237, 13156, 13279, 13278, 13339, 13282, 13363,13328, 13329, 13348, 13292, 13352, 13350, 13432, 13545,13543, 13544, 13258, 13777, 12813-C.. ...................................

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2 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

MINISTERIO DE GOBERNACIÓNRAMO DE GOBERNACION

ORGANO EJECUTIVOPRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

ACUERDO N° 108

FRANCISCO GUILLERMO FLORES PEREZ,

Presidente de la República.

En uso de sus facultades legales, ACUERDA: llamar a ejercer la Presidencia de la República, los días 10 y 11 del presente mes y año, al LicenciadoCARLOS QUINTANILLA SCHMIDT, Vicepresidente de la República; en razón que el suscrito se encontrará fuera del país realizando misiones propiasrelativas a su cargo.

DADO EN CASA PRESIDENCIAL: San Salvador, a los ocho días del mes de abril del año dos mil tres.

FRANCISCO GUILLERMO FLORES PEREZ,

Presidente de la República.

CONRADO LOPEZ ANDREU,

Ministro de Gobernación.

NUMERO ONCE. Constitución de Asociación sin Fines de Lucro. En la

ciudad de San Salvador, a las nueve horas del día catorce de noviembre

del dos mil uno. Ante mí, JOSE EFRAIN PARADA RODRIGUEZ,

Notario, del domicilio de esta ciudad, comparecen: FRANZI HASBUN

BARAKE conocido por FRANZI MIGUEL HASBUN, de cincuenta y

cinco años de edad, Licenciado de Filosofía; CARLOS MAURICIO

FUNES CARTAGENA, de cuarenta y dos años de edad, Periodista; y,

DONALDO SOSA PREZA, de cuarenta y seis años de edad, Licenciado

en Relaciones Internacionales; todos del domicilio de esta ciudad y de mi

conocimiento, no obstante les identifico por medio de sus respectivas

Cédulas de Identidad Personal números cero uno-cero uno-ciento siete

mil ochenta y tres, cero uno-cero uno-cero ciento cuarenta y ocho mil

seiscientos treinta y cinco, y, uno-dos-cero cero catorce mil quinientos

once, en su orden, y ME DICEN: que han convenido en constituir una

ASOCIACION SIN FINES DE LUCRO, la cual crean por medio de la

presente escritura y se regirá por las cláusulas que a continuación se

expresan, mismas que a su vez constituyen sus Estatutos, cuyo texto será

el ordenamiento básico que regirá sus actividades, por lo que serán de

obligatorio cumplimiento para todos los miembros y administradores de

la Asociación que por este instrumento formalizan, sin perjuicio de las

disposiciones establecidas en la ley; así: CAPITULO I. NATURALE-

ZA, DENOMINACION, DOMICILIO Y NACIONALIDAD. Artí-

culo uno.- Créase en la ciudad de San Salvador, Departamento de San

Salvador, la Asociación de carácter privado, apolítica, sin fines de lucro,

ni religiosa, que se denominará “ASOCIACION COMUNICACION

SOCIAL PARA EL DESARROLLO Y LA DEMOCRACIA”, que

podrá abreviarse C S D, de este domicilio y de nacionalidad salvadoreña,

que en los presentes Estatutos se denominará “La Asociación”. Artículo

dos.- El domicilio de la Asociación será el de esta ciudad, pero para el

logro de sus fines podrá establecer filiales en cualquier parte del territorio

de la República y fuera de él. Artículo tres. PLAZO. La Asociación se

constituye por tiempo indefinido. CAPITULO II. DE LOS FINES.

Artículo cuatro.- Los fines de la Asociación serán: a) Contribuir a

fortalecer la democracia política, económica, social y cultural en el país

a través de la participación ciudadana y formación de opinión pública

plural. b) Promover la apertura y defensa de espacios de comunicación

informativa objetiva. c) Fomentar el desarrollo del periodismo

investigativo congruente con los fines de democratización del país. d)

Coadyuvar a solucionar problemas nacionales a través de la participa-

ción de la población en la toma de decisiones y soluciones de los mismos.

e) Promover el intercambio de información, experiencias y asesorías con

otras Asociaciones, entes públicos o privados, nacionales e internaciona-

les, que tengan fines similares a los de la Asociación. f) Gestionar

donaciones con personas e instituciones nacionales y extranjeras, natu-

rales o jurídicas, públicas o privadas con el propósito de cumplir con sus

fines; y g) Cualquier otra actividad lícita que sea necesario para el

cumplimiento de sus fines. En el desarrollo de sus actividades la

Asociación podrá otorgar y suscribir toda clase de actos, contratos,

convenios, y hacer las inversiones que fueren necesarias para cumplir

con sus fines. CAPITULO III. DE LOS MIEMBROS. Artículo

cinco.- Podrán ser miembros de la Asociación todas las personas mayo-

res de dieciocho años, sin distinción de raza, credo, nacionalidad,

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3DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 25 de Abril de 2003.

religión e ideología política, previa solicitud por escrito a la Junta

Directiva, a quien deberá proporcionar la información y documentación

que ella demande, y obtener la aprobación de ésta. Artículo seis.- La

Asociación tendrá las clases de miembros siguientes: a) Fundadores. b)

Admitidos. c) Honorarios. MIEMBROS FUNDADORES. Son todas

las personas que suscriban la escritura de constitución de la Asociación.

MIEMBROS ADMITIDOS. Serán todas las personas que la Junta

Directiva acepte con posterioridad a la suscripción de este documento.

MIEMBROS HONORARIOS. Serán todas las personas que por su

labor y méritos en favor de la Asociación o del país, sean así nombrados

por la Asamblea General. Artículo siete.- Son derechos de los miembros

fundadores y admitidos: a) Gozar de los beneficios derivados de la

Asociación que no sean de carácter económico. b) Tener voz y voto en

las deliberaciones de la Asamblea General. c) Optar a cargos directivos

llenando los requisitos que señalen los Estatutos de la Asociación. d) Los

demás que les señalen los Estatutos y el Reglamento Interno de la

Asociación. Artículo ocho.- Son deberes de los miembros fundadores y

admitidos: a) Asistir a las sesiones ordinarias y extraordinarias de la

Asamblea General. b) Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades

propias de la Asociación. c) Cancelar las cuotas acordadas en Asamblea

General. d) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamento

Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General. e) Los demás

que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno de la Asociación.

Pérdida de calidad de miembro. Artículo nueve.- La calidad de

miembro se perderá por las siguientes causas: a) Por violación a estos

Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea

General. b) Por representar a la Asociación en cualquier actividad,

convenio o contrato en el que no estuviere debidamente autorizado por

la Junta Directiva. c) Recibir pagos o donaciones en nombre de la

Asociación sin estar debidamente autorizado para ello por la Junta

Directiva. d) Tener conducta inmoral. e) Por faltas graves cometidas en

perjuicio de la Asociación, y que a juicio de la Asamblea General

merezcan ser sancionadas. f) Por renuncia presentada por escrito a la

Junta Directiva. CAPITULO IV. SANCIONES A LOS MIEMBROS

Y PROCEDIMIENTO DE APLICACION. Artículo diez.- Todas las

causas señaladas en el artículo anterior, con excepción de la última, serán

sancionadas con la expulsión del miembro asociado. Artículo once.- La

Asamblea General acordará la expulsión del asociado, propuesta por

cualquiera de sus miembros. Artículo doce.- La expulsión surtirá efecto

desde el día en que se tome tal resolución por la Asamblea General.

CAPITULO V. DE LOS ORGANOS DE GOBIERNO, LA ASAM-

BLEA GENERAL Y LA JUNTA DIRECTIVA. Artículo trece.- El

Gobierno de la Asociación estará a cargo de: a) La Asamblea General, y

b) La Junta Directiva. DE LA ASAMBLEA GENERAL. Artículo

catorce.- La Asamblea General debidamente convocada y reunida, es el

órgano supremo y la autoridad máxima de la Asociación y estará

integrada por todos los miembros que la componen, sus resoluciones

serán inapelables y obligatorias para todos. Las Asambleas Generales

son: ordinarias y extraordinarias. Artículo quince.- La Asamblea Gene-

ral ordinaria se reunirá una vez al año en el mes de enero y extraordina-

riamente cuando fuere convocada por la Junta Directiva. La Asamblea

General sesionará válidamente con la asistencia del cincuenta y uno por

ciento como mínimo de los miembros en primera convocatoria, y en

segunda convocatoria, el día siguiente con los miembros que asistan. En

ambos casos las resoluciones las tomará la Asamblea General con la

mitad más uno de los votos, excepto en el caso del artículo veintinueve

en que se requiere una votación diferente. Una vez instalada la Asamblea

no se pierde el quórum aunque se retire alguno de los que concurrieron

a formarlo. Artículo dieciséis.- Todo miembro que no pudiere asistir a

cualquiera de las sesiones de Asamblea General por motivos justificados,

podrá ser representado mediante escrito por otro miembro. El límite de

representaciones es de UN miembro, llevando la voz y el voto de su

representado. Artículo diecisiete.- Son atribuciones de la Asamblea

General: a) Elegir, sustituir y destituir total o parcialmente a los miem-

bros de la Junta Directiva. b) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos

y el Reglamento Interno de la Asociación. c) Aprobar y modificar los

planes, programas y presupuesto financiero anual de la Asociación. d)

Aprobar o desaprobar la memoria anual de labores de la Asociación,

presentada por la Junta Directiva. e) Autorizar la compra de bienes

inmuebles, así como la venta, donación, constitución de hipotecas y

cualquier otro gravamen que recaiga sobre los bienes inmuebles propie-

dad de la Asociación. f) Decidir todos aquellos asuntos de trascendencia

e interés para la Asociación y que no estén contemplados en los presentes

Estatutos. DE LA JUNTA DIRECTIVA. Artículo dieciocho.- La

dirección y administración de la Asociación estará confiada a la Junta

Directiva, la cual estará integrada por tres miembros propietarios y sus

respectivos suplentes de la siguiente forma: un Presidente, un Secretario,

y un Tesorero. Artículo diecinueve.- Los miembros de la Junta Directiva

serán electos para un período de tres años pudiendo ser reelectos en los

mismos cargos por un período consecutivo más, y en cualquier otro cargo

en otro período. Vencido éste, continuarán en sus funciones mientras la

Asamblea General no elija nuevos directivos. Artículo veinte.- La Junta

Directiva sesionará ordinariamente una vez al mes y extraordinariamen-

te cuantas veces sea necesario. Artículo veintiuno.- El quórum necesario

para que la Junta Directiva pueda sesionar y adoptar acuerdos válidos

será de dos miembros como mínimo. Artículo veintidós.- La Junta

Directiva tendrá las siguientes atribuciones: a) Desarrollar las activida-

des necesarias para el logro de los fines de la Asociación. b) Velar por la

administración eficiente del patrimonio de la Asociación. c) Elaborar la

memoria anual de labores de la Asociación. d) Promover la elaboración

de planes, programas, proyectos y presupuestos de la Asociación e

informar a la Asamblea General. e) Velar por el cumplimiento de los

Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea

General y de la misma Junta Directiva. f) Nombrar entre los miembros

de la Asociación los Comités o Comisiones que considere necesario para

el cumplimiento de los fines de la Asociación. g) Convocar a sesiones

ordinarias y extraordinarias de Asamblea General. h) Decidir sobre las

solicitudes de incorporación de nuevos miembros. i) Fijar las cuotas

mensuales y contribuciones eventuales de los miembros. j) Resolver

todos los asuntos que no sean competencia de la Asamblea General; y k)

Ejecutar las demás actividades que le encomiende la Asamblea General.

DEL PRESIDENTE. Artículo veintitrés.- Son atribuciones del Presi-

dente: a) Presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Asamblea

General. b) Velar por el cumplimiento de los acuerdos y resoluciones de

la Junta Directiva y de la Asamblea General, así como de los Estatutos

y Reglamento Interno de la Asociación. c) Representar judicial y extra-

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4 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

judicialmente a la Asociación, pudiendo otorgar poderes previa autori-

zación de la Junta Directiva. d) Convocar a sesiones ordinarias y

extraordinarias de la Asamblea General y de la Junta Directiva, a través

de correspondencia escrita con diez días de anticipación a la fecha de

celebración. e) Autorizar juntamente con el Tesorero las erogaciones de

dinero que tenga que efectuar la Asociación. f) Presentar la memoria de

labores de la Asociación y cualquier informe que sea solicitado por la

Junta Directiva y la Asamblea General. DEL SECRETARIO. Artículo

veinticuatro.- Son atribuciones del Secretario: a) Redactar y registrar las

actas de las sesiones de Asamblea General y de la Junta Directiva en los

libros que para tal efecto lleva la Asociación. b) Llevar el libro de registro

de los miembros de la Asociación y el archivo de todos los documentos

relacionados con el quehacer de la Asociación. c) Extender las certifica-

ciones que fueren solicitadas a la Asociación. d) Elaborar y remitir las

convocatorias para sesiones a los miembros. e) Ser órgano de comunica-

ción de la Asociación. DEL TESORERO. Artículo veinticinco.- Son

atribuciones del Tesorero: a) Recibir y depositar los fondos que la

Asociación obtenga, aperturar cuentas de ahorro, corriente y depósitos a

plazo en el Banco que la Junta Directiva seleccione. b) Llevar y tener

control directo de los libros de contabilidad de la Asociación. c) Autori-

zar juntamente con el Presidente las erogaciones de dinero que la

Asociación tenga que realizar. d) Elaborar el proyecto de presupuesto

anual de la Asociación, y e) Presentar un informe mensual de su actividad

a la Junta Directiva y anualmente en la sesión del mes de enero a la

Asamblea General. MODO DE PROVEER LAS VACANTES. Artí-

culo veintiséis.- En caso de vacante temporal o permanente de cualquiera

de los miembros de la Junta Directiva, ejercerá las mismas funciones el

respectivo suplente, quien durará en su cargo el tiempo de ausencia del

principal. CAPITULO VI. DEL PATRIMONIO. Artículo veintisie-

te.- El patrimonio de la Asociación pertenecerá a ella misma y no a

ninguno de sus miembros, y estará constituido por: a) Las cuotas

provenientes de los miembros. b) Las donaciones, herencias, legados y

contribuciones de personas naturales o jurídicas, sean éstas nacionales o

extranjeras. c) Todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera, las

rentas provenientes de los mismos; las remuneraciones que obtenga por

actividades o servicios que preste y cualquier otra actividad permitida

por la ley. Artículo veintiocho.- El patrimonio será administrado por la

Junta Directiva conforme a las directrices que le dicte la Asamblea

General. CAPITULO VII. DISOLUCION, LIQUIDACION Y DES-

TINO DE LOS BIENES. Artículo veintinueve.- La Asociación podrá

disolverse por resolución tomada en Asamblea General extraordinaria,

convocada a ese efecto y con un número de votos que represente por los

menos las tres cuartas partes de sus miembros, y, también procederá por

disposición de la ley. Artículo treinta.- En caso de acordarse la disolución

de la Asociación se nombrará una junta de liquidación compuesta de tres

personas, electas por la Asamblea General extraordinaria que acordó la

disolución. Los bienes que sobraren después de cancelar todos sus

compromisos se donarán a cualquier entidad benéfica o cultural que la

Asamblea General señale. CAPITULO VIII. REFORMA DE ESTA-

TUTOS. Artículo treinta y uno.- Para reformar o derogar los presentes

Estatutos será necesario el voto favorable del cincuenta y uno por ciento

de los miembros en Asamblea General extraordinaria convocada para tal

efecto. CAPITULO IX. DISPOSICIONES GENERALES. Artículo

treinta y dos.- La Junta Directiva tiene la obligación de inscribir en el

Registro de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro del Minis-

terio de Gobernación, en los primeros quince días hábiles del mes de

enero de cada año, la nómina de nuevos miembros y dentro de los cinco

días hábiles después de electa la nueva Junta Directiva, y en todo caso

inscribir en dicho Registro todos los documentos que LA LEY DE

ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO señale

inscribir. Artículo treinta y tres.- Todo lo relativo al orden interno de la

Asociación no comprendido en estos Estatutos, se establecerá en el

Reglamento Interno de la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta

Directiva y aprobado por la Asamblea General. Artículo treinta y cuatro.-

Lo no previsto en los presentes Estatutos ni en el Reglamento Interno será

resuelto por la Ley de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro y

demás disposiciones legales aplicables. Artículo treinta y cinco.- Los

presentes Estatutos entrarán en vigencia desde el día de su publicación

en el Diario Oficial. NOMBRAMIENTO DE LA JUNTA DIRECTIVA.

Me continúan diciendo los comparecientes que en este acto eligen la

primera Junta Directiva, la cual queda integrada así: PRESIDENTE:

FRANZI HASBUN BARAKE conocido por FRANZI MIGUEL

HASBUN; SECRETARIO: DONALDO SOSA PREZA; TESORERO:

CARLOS MAURICIO FUNES CARTAGENA. Los miembros electos,

vencido su período, continuarán en sus funciones mientras la Asamblea

General no se reuna y elija nuevos directivos. Yo, el Suscrito Notario,

hago constar: que hice saber a los comparecientes la advertencia a que se

refiere el artículo noventa y uno de la Ley de Asociaciones y Fundaciones

sin Fines de Lucro. Así se expresaron los otorgantes a quienes expliqué

los efectos legales de este instrumento, y leído que les hube íntegramente

todo lo escrito en un solo acto, manifestan su conformidad, ratifican su

contenido y firmamos. DOY FE.- ENMEDADOS: CARLOS MAURI-

CIO FUNES CARTAGENA de cuarenta y dos años de edad, Periodista-

cero ciento cuarenta y ocho mil seiscientos treinta y cinco, TESORERO:

CARLOS MAURICIO FUNES CARTAGENA-C S-VALEN.

ENTRELINEAS: Y LA DEMOCRACIA”,- pérdida de calidad de miem-

bro.- VALEN.- M HASBUN.- MAURICIO FUNES.- DONALDO

SOSA P.- J Ef Pda.- RUBRICADAS.-

JOSE EFRAIN PARADA RODRIGUEZ,

NOTARIO.

PASO ANTE MI, de folios dieciséis frente al veinte vuelto del LIBRO

TERCERO de mi protocolo, vigente hasta el día ocho de octubre del dos

mil dos, y para ser entregado a la ASOCIACION COMUNICACION

SOCIAL, PARA EL DESARROLLO Y LA DEMOCRACIA, extendi-

do firmo y sello el presente TESTIMONIO en la ciudad de San Salvador,

a los veinte días del mes de noviembre del dos mil uno.

JOSE EFRAIN PARADA RODRIGUEZ,

NOTARIO.

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5DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 25 de Abril de 2003.

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION COMUNICACIONSOCIAL PARA EL DESARROLLO Y LA DEMOCRACIA

CAPITULO I

NATURALEZA, DENOMINACION, DOMICILIO Y

NACIONALIDAD.

Art. 1.- Créase en la ciudad de San Salvador, Departamento de SanSalvador, la Asociación de carácter privado, apolítica, sin fines de lucro,ni religiosa, que se denominará “ASOCIACION COMUNICACIONSOCIAL PARA EL DESARROLLO Y LA DEMOCRACIA”, quepodrá abreviarse C S D, de este domicilio y de nacionalidad salvadoreña,que en los presentes Estatutos se denominará “La Asociación”.

Domicilio.

Art. 2.- El domicilio de la Asociación será el de esta ciudad, peropara el logro de sus fines podrá establecer filiales en cualquier parte delterritorio de la República y fuera de él.

Plazo.

Art. 3.- La Asociación se constituye por tiempo indefinido.

CAPITULO II

DE LOS FINES

Art. 4.- Los fines de la Asociación serán:

a) Contribuir a fortalecer la democracia política, económica,social y cultural en el país a través de la participaciónciudadana y formación de opinión pública plural.

b) Promover la apertura y defensa de espacios de comunicacióninformativa objetiva.

c) Fomentar el desarrollo del periodismo investigativo con-gruente con los fines de democratización del país.

d) Coadyuvar a solucionar problemas nacionales a través de laparticipación de la población en la toma de decisiones ysoluciones de los mismos.

e) Promover el intercambio de información, experiencias yasesoría con otras Asociaciones, entes públicos o privados,nacionales e internacionales, que tengan fines similares a losde la Asociación.

f) Gestionar donaciones con personas e instituciones naciona-les y extranjeras, naturales o jurídicas, públicas o privadascon el propósito de cumplir con sus fines; y

g) Cualquier otra actividad lícita que sea necesario para elcumplimiento de sus fines.

En el desarrollo de sus actividades la Asociación podrá otorgar ysuscribir toda clase de actos, contratos, convenios, y hacer las inversio-nes que fueren necesarias para cumplir con sus fines.

CAPITULO III

DE LOS MIEMBROS

De los miembros.

Art. 5.- Podrán ser miembros de la Asociación todas las personasmayores de dieciocho años, sin distinción de raza, credo, nacionalidad,religión e ideología política, previa solicitud por escrito a la JuntaDirectiva, a quien deberá proporcionar la información y documentaciónque ella demande, y obtener la aprobación de ésta.

Art. 6.- La Asociación tendrá las clases de miembros siguientes:

a) Fundadores.

b) Admitidos.

c) Honorarios.

Miembros fundadores.

Son todas las personas que suscriban la escritura de constitución dela Asociación.

Miembros admitidos.

Serán todas las personas que la Junta Directiva acepte con posterio-ridad a la suscripción de este documento.

Miembros honorarios.

Serán todas las personas que por su labor y méritos en favor de laAsociación o del país, sean así nombrados por la Asamblea General.

Art. 7.- Son derechos de los miembros fundadores y admitidos:

a) Gozar de los beneficios derivados de la Asociación que nosean de carácter económico.

b) Tener voz y voto en las deliberaciones de la AsambleaGeneral.

c) Optar a cargos directivos llenando los requisitos que señalenlos Estatutos de la Asociación.

d) Los demás que les señalen los Estatutos y el ReglamentoInterno de la Asociación.

Art. 8.- Son deberes de los miembros fundadores y admitidos:

a) Asistir a las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Asam-blea General.

b) Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades propias dela Asociación.

c) Cancelar las cuotas acordadas en Asamblea General.

d) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, ReglamentoInterno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General.

e) Los demás que les señalen los Estatutos y ReglamentoInterno de la Asociación.

Pérdida de calidad de miembro.

Art. 9.- La calidad de miembro se perderá por las siguientes causas:

a) Por violación a estos Estatutos, Reglamento Interno, acuer-dos y resoluciones de la Asamblea General.

b) Por representar a la Asociación en cualquier actividad, con-venio o contrato en el que no estuviere debidamente autoriza-do por la Junta Directiva.

c) Recibir pagos o donaciones en nombre de la Asociación sinestar debidamente autorizado para ello por la Junta Directiva.

d) Tener conducta inmoral.

e) Por faltas graves cometidas en perjuicio de la Asociación, yque a juicio de la Asamblea General merezcan ser sanciona-das.

f) Por renuncia presentada por escrito a la Junta Directiva.

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6 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

CAPITULO IV

SANCIONES A LOS MIEMBROS Y PROCEDIMIENTO

DE APLICACION

Art. 10.- Todas las causas señaladas en el artículo anterior, conexcepción de la última, serán sancionadas con la expulsión del miembroasociado.

Art. 11.- La Asamblea General acordará la expulsión del asociado,propuesta por cualquiera de sus miembros.

Art. 12.- La expulsión surtirá efecto desde el día en que se tome talresolución por la Asamblea General.

CAPITULO V

DE LOS ORGANOS DE GOBIERNO, LA ASAMBLEAGENERAL Y LA JUNTA DIRECTIVA

Art. 13.- El Gobierno de la Asociación estará a cargo de:

a) La Asamblea General, y

b) La Junta Directiva.

De la Asamblea General.

Art. 14.- La Asamblea General debidamente convocada y reunida,es el órgano supremo y la autoridad máxima de la Asociación y estaráintegrada por todos los miembros que la componen, sus resolucionesserán inapelables y obligatorias para todos. Las Asambleas Generalesson: ordinarias y extraordinarias.

Art. 15.- La Asamblea General ordinaria se reunirá una vez al añoen el mes de enero y extraordinariamente cuando fuere convocada por laJunta Directiva. La Asamblea General sesionará válidamente con laasistencia del cincuenta y uno por ciento como mínimo de los miembrosen primera convocatoria, y en segunda convocatoria, el día siguiente conlos miembros que asistan. En ambos casos las resoluciones las tomará laAsamblea General con la mitad más uno de los votos, excepto en el casodel artículo veintinueve en que se requiere una votación diferente. Unavez instalada la Asamblea no se pierde el quórum aunque se retire algunode los que concurrieron a formarlo.

Art. 16.- Todo miembro que no pudiere asistir a cualquiera de lassesiones de Asamblea General por motivos justificados, podrá serrepresentado mediante escrito por otro miembro. El límite de represen-taciones es de UN miembro, llevando la voz y el voto de su representado.

Art. 17.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir, sustituir y destituir total o parcialmente a los miem-bros de la Junta Directiva.

b) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y el ReglamentoInterno de la Asociación.

c) Aprobar y modificar los planes, programas y presupuestofinanciero anual de la Asociación.

d) Aprobar o desaprobar la memoria anual de labores de laAsociación, presentada por la Junta Directiva.

e) Autorizar la compra de bienes inmuebles, así como la venta,donación, constitución de hipotecas y cualquier otro grava-men que recaiga sobre los bienes inmuebles propiedad de laAsociación.

f) Decidir todos aquellos asuntos de trascendencia e interés parala Asociación y que no estén contemplados en los presentesEstatutos.

De la Junta Directiva.

Art. 18.- La dirección y administración de la Asociación estaráconfiada a la Junta Directiva, la cual estará integrada por tres miembrospropietarios y sus respectivos suplentes de la siguiente forma: unPresidente, un Secretario, y un Tesorero.

Art. 19.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos para unperíodo de tres años pudiendo ser reelectos en los mismos cargos por unperíodo consecutivo más, y en cualquier otro cargo en otro período.Vencido éste, continuarán en sus funciones mientras la Asamblea Gene-ral no elija nuevos directivos.

Art. 20.- La Junta Directiva sesionará ordinariamente una vez almes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario.

Art. 21.- El quórum necesario para que la Junta Directiva puedasesionar y adoptar acuerdos válidos será de dos miembros como mínimo.

Art. 22.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones:

a) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de losfines de la Asociación.

b) Velar por la administración eficiente del patrimonio de laAsociación.

c) Elaborar la memoria anual de labores de la Asociación.

d) Promover la elaboración de planes, programas, proyectos ypresupuestos de la Asociación e informar a la AsambleaGeneral.

e) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, ReglamentoInterno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General y dela misma Junta Directiva.

f) Nombrar entre los miembros de la Asociación los Comités oComisiones que considere necesario para el cumplimiento delos fines de la Asociación.

g) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de Asam-blea General.

h) Decidir sobre las solicitudes de incorporación de nuevosmiembros.

i) Fijar las cuotas mensuales y contribuciones eventuales de losmiembros.

j) Resolver todos los asuntos que no sean competencia de laAsamblea General; y

k) Ejecutar las demás actividades que le encomiende la Asam-blea General.

Del Presidente.

Art. 23.- Son atribuciones del Presidente:

a) Presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Asam-blea General.

b) Velar por el cumplimiento de los acuerdos y resoluciones dela Junta Directiva y de la Asamblea General, así como de losEstatutos y Reglamento Interno de la Asociación.

c) Representar judicial y extrajudicialmente a la Asociación,pudiendo otorgar poderes previa autorización de la JuntaDirectiva.

d) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias de la Asam-blea General y de la Junta Directiva, a través de correspon-dencia escrita con diez días de anticipación a la fecha decelebración.

e) Autorizar juntamente con el Tesorero las erogaciones dedinero que tenga que efectuar la Asociación.

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7DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 25 de Abril de 2003.

f) Presentar la memoria de labores de la Asociación y cualquierinforme que sea solicitado por la Junta Directiva y la Asam-blea General.

Del Secretario.

Art. 24.- Son atribuciones del Secretario:

a) Redactar y registrar las actas de las sesiones de AsambleaGeneral y de la Junta Directiva en los libros que para tal efectolleva la Asociación.

b) Llevar el libro de registro de los miembros de la Asociacióny el archivo de todos los documentos relacionados con elquehacer de la Asociación.

c) Extender las certificaciones que fueren solicitadas a la Aso-ciación.

d) Elaborar y remitir las convocatorias para sesiones a losmiembros.

e) Ser órgano de comunicación de la Asociación.

Del Tesorero.

Art. 25.- Son atribuciones del Tesorero:

a) Recibir y depositar los fondos que la Asociación obtenga,aperturar cuentas de ahorro, corriente y depósitos a plazo enel Banco que la Junta Directiva seleccione.

b) Llevar y tener control directo de los libros de contabilidad dela Asociación.

c) Autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones dedinero que la Asociación tenga que realizar.

d) Elaborar el proyecto de presupuesto anual de la Asociación,y

e) Presentar un informe mensual de su actividad a la JuntaDirectiva y anualmente en la sesión del mes de enero a laAsamblea General.

Modo de proveer las vacantes.

Art. 26.- En caso de vacante temporal o permanente de cualquierade los miembros de la Junta Directiva, ejercerá las mismas funciones elrespectivo suplente, quien durará en su cargo el tiempo de ausencia delprincipal.

CAPITULO VI

DEL PATRIMONIO

Art. 27.- El patrimonio de la Asociación pertenecerá a ella mismay no a ninguno de sus miembros, y estará constituido por:

a) Las cuotas provenientes de los miembros.

b) Las donaciones, herencias, legados y contribuciones de per-sonas naturales o jurídicas, sean éstas nacionales o extranje-ras.

c) Todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera, lasrentas provenientes de los mismos; las remuneraciones queobtenga por actividades o servicios que preste y cualquierotra actividad permitida por la ley.

Art. 28.- El patrimonio será administrado por la Junta Directivaconforme a las directrices que le dicte la Asamblea General.

CAPITULO VII

DISOLUCION, LIQUIDACION Y DESTINO DE LOS BIENES

Art. 29.- La Asociación podrá disolverse por resolución tomada enAsamblea General extraordinaria, convocada a ese efecto y con unnúmero de votos que represente por los menos las tres cuartas partes desus miembros, y, también procederá disposición de la ley.

Art. 30.- En caso de acordarse la disolución de la Asociación senombrará una junta de liquidación compuesta de tres personas, electaspor la Asamblea General extraordinaria que acordó la disolución. Losbienes que sobraren después de cancelar todos sus compromisos sedonarán a cualquier entidad benéfica o cultural que la Asamblea Generalseñale.

CAPITULO VIII

REFORMA DE ESTATUTOS

Art. 31.- Para reformar o derogar los presentes Estatutos seránecesario el voto favorable del cincuenta y uno por ciento de losmiembros en Asamblea General extraordinaria convocada para talefecto.

CAPITULO IX

DISPOSICIONES GENERALES

Art. 32.- La Junta Directiva tiene la obligación de inscribir en elRegistro de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro del Minis-terio de Gobernación, en los primeros quince días hábiles del mes deenero de cada año, la nómina de nuevos miembros y dentro de los cincodías hábiles después de electa la nueva Junta Directiva, y en todo casoinscribir en dicho Registro todos los documentos que LA LEY DEASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO señaleinscribir.

Art. 33.- Todo lo relativo al orden interno de la Asociación nocomprendido en estos Estatutos, se establecerá en el Reglamento Internode la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva yaprobado por la Asamblea General.

Art. 34.- Lo no previsto en los presentes Estatutos ni el ReglamentoInterno será resuelto por la Ley de Asociaciones y Fundaciones sin Finesde Lucro y demás disposiciones legales aplicables.

Art. 35.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia desde el díade su publicación en el Diario Oficial.

ACUERDO Nº 055.

San Salvador, 03 de abril de 2003.

Vistos los anteriores ESTATUTOS de la ASOCIACION COMU-NICACION SOCIAL PARA EL DESARROLLO Y LA DEMOCRA-CIA, compuestos de TREINTA Y CINCO Artículos, constituida en laciudad San Salvador, Departamento de San Salvador, a las nueve horasdel día 14 de noviembre del 2001, por Escritura Pública, otorgada antelos oficios del Notario JOSE EFRAIN PARADA RODRIGUEZ; y noencontrando en ellos ninguna disposición contraria a las Leyes del país,de conformidad con el Art. 65 de la Ley de Asociaciones y Fundacionessin Fines de Lucro, el Organo Ejecutivo en el Ramo de Gobernación,ACUERDA: a) Aprobarlos en todas sus partes confiriendo a dichaEntidad el carácter de PERSONA JURIDICA; b) Publíquense en elDiario Oficial; y c) Inscríbase la referida entidad en el REGISTRO DEASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO. CO-MUNIQUESE. (Rubricado por el señor Presidente de la República). ELVICEMINISTRO DE GOBERNACION, FIGUEROA FIGUEROA.

(Registro Nº 13738)

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NUMERO DIECISEIS. Escritura de Asociación sin fines de lucro. En laciudad de San Salvador, a las dieciséis horas del día veinticinco deseptiembre del año dos mil dos. Ante mí, MARIETTA SUAREZGUTIERREZ, Notario, de este domicilio, comparecen las señoras:CLAUDIA JANICE OLIVA DE HIRST, quien firma “Claudia deHirst”, de cuarenta años de edad, de oficios del hogar, a quien hoyconozco e identifico por medio de su Cédula de Identidad Personalnúmero uno - uno - doscientos veintinueve mil trescientos veintiuno yNúmero de Identificación Tributaria cero seiscientos catorce - cerocincuenta mil setecientos sesenta y dos - cero quince - uno; LILIANCAROLINA GUILLEN DE CARBONE, quien firma “CG Carbone”, decuarenta y siete años de edad, Arquitecto, a quien hoy conozco eidentifico por medio de su Cédula de Identidad Personal número uno -uno - doscientos ocho mil ciento setenta y dos y Número de Identifica-ción Tributaria cero seiscientos catorce - doscientos treinta mil ocho-cientos cincuenta y cinco - cero cero seis - siete; CECILIA RIVAS DEANGELUCCI, quien firma “ A. Cecilia Rivas A.”, de treinta y cincoaños de edad, Diseñadora Gráfica, a quien hoy conozco e identifico pormedio de su Cédula de Identidad Personal número cero uno - cero uno- doscientos ochenta y ocho mil setecientos ocho y Número de Identi-ficación Tributaria cero seiscientos catorce - cero noventa y un milciento sesenta y seis - cero cero cuatro - siete; REGINA ARGUELLO DEANGELUCCI, quien firma “Regina A. de Angelucci”, de veintinueveaños de edad, Diseñadora Gráfica, a quien hoy conozco e identifico pormedio de su Cédula de Identidad Personal número cero uno - cero uno- trescientos sesenta y cinco mil quinientos diez y Número de identifica-ción Tributaria cero seiscientos catorce - ciento diez mil ochocientossetenta y tres - ciento treinta y uno - seis; ANA JULIA RODEZNO DEORANTES, quien firma “Ana Julia de Orantes”, de cincuenta años deedad, de oficios del hogar, a quien hoy conozco e identifico por mediode su Documento Unico de Identificación número cero un millónquinientos cuarenta y cinco mil ciento sesenta y seis - cuatro y Númerode Identificación Tributaria cero seiscientos catorce - doscientos vein-tiún mil doscientos cincuenta y uno - cero cero dos - dos; CARMENMARGARITA GARCIA PRIETO DE CASTELLANOS, quien firma “M. de Castellanos”, de cincuenta años de edad, de oficios del hogar, aquien conozco, con Documento Unico de Identificación número cerocero doscientos veintiún mil cuatrocientos tres - siete, y Número deIdentificación Tributaria cero seiscientos catorce - doscientos noventamil ciento cincuenta y tres - cero cero uno - tres; MARCELA LIMA DEFERRACUTI, quien firma “ML Ferracuti”, de treinta y nueve años deedad, de oficios del hogar, a quien hoy conozco e identifico por mediode su Cédula de Identidad Personal número uno - uno - doscientoscincuenta y un mil ochocientos siete y Número de Identificación Tribu-taria cero seiscientos catorce - cero cuarenta mil novecientos sesenta ytres - cero cero dos - dos; SYLVIA DE SOLA DE SUAREZ, quien firma“ Sylvia de Sola de Suarez”, de cincuenta y seis años de edad, de oficiosdel hogar, a quien conozco con Documento Unico de Identidad númerocero cero doscientos setenta y siete mil doscientos treinta y cuatro -cuatro y Número de Identificación Tributaria cero seiscientos catorce -cero cincuenta mil ciento cuarenta y seis - cero cero tres - cuatro, quienademás de ser socia fundadora hace mención a que la señoraCARLAVIGLIAR FALASCHI, quien es de sesenta y dos años de edad,de nacionalidad Italiana, con Pasaporte Diplomático Italiano númerocero veintitrés mil setecientos sesenta y seis; por no ser residente en estepaís, no puede comparecer en este acto, pero trabajó mucho por hacerposible esta Asociación; por encontrarse en el mismo caso, hace sola-mente acto de presencia la señora AUDELY CECILIA SABALLOS DEESPINAL, quien al final firma, de cincuenta y un años de edad, Abogada,de nacionalidad Nicaragüense, a quien conozco, con Pasaporte Nicara-güense número A cero cero cero seis mil trescientos seis, emitido el oncede marzo del corriente año; VIRGINIA ELENA BUSTAMANTE DE

ZAGHINI, quien firma “Virginia Bustamante”, de cincuenta y nueveaños de edad, Secretaria Ejecutiva, a quien conozco, con Cédula deIdentidad Personal número uno - uno - cero cero sesenta y cinco milochocientos treinta y dos y Número de Identificación Tributaria ceroseiscientos catorce - ciento veinte mil novecientos cuarenta y tres - cerocero uno - dos; MARIA ELENA POMA DELGADO DE BRACETE,quien firma “Maria Elena de Bracete”, de sesenta años de edad, de oficiosdel hogar, a quien conozco, con Documento Unico de Identidad númerocero cero ochenta y uno - tres mil cuatrocientos veinticinco - uno ynúmero de Identificación Tributaria cero seiscientos catorce - cero diezmil setecientos cuarenta y dos - cero cero uno - ocho; MARIA DELPILAR MAESTRE DE ANGELUCCI, quien firma “Pili Maestre”, deveintiséis años de edad, Administradora de Empresas, a quien hoyconozco e identifico por medio de su Documento Unico de Identidadnúmero cero cero doscientos veintisiete mil doscientos treinta y cuatro- cuatro y número de Identificación Tributaria cero seiscientos catorce- doscientos cincuenta mil doscientos setenta y seis - cero cero uno - uno;ANABELLA BRUNI QUIROS DE SCHILDKNECHT, quien firma “Anabela B. de Schild”, de cincuenta y cinco años de edad, de oficios delhogar, a quien hoy conozco e identifico por medio de su DocumentoUnico de Identidad número cero un millón trescientos ochenta y un milnovecientos treinta y nueve - cinco y Número de Identificación Tributa-ria cero seiscientos catorce - cero veinte mil seiscientos cuarenta y siete- cero cero uno - dos; THELMA ELENA BASIL DE ALTAMIRANO,quien firma “T. de Altamirano”, de cincuenta y ocho años de edad,Empresaria, a quien hoy conozco e identifico por medio de su Documen-to Unico de Identidad número cero cero seiscientos cuarenta y ocho miltrescientos setenta y ocho - cinco y Número de Identificación tributariacero seiscientos catorce - cero veinte mil doscientos cuarenta y cuatro- cero cero uno - tres; FRANCESCA SOFIA CLELIA VAIRO DEMOLINS, quien firma “FV Molins”, de cuarenta y cinco años de edad,de oficios del hogar, a quien hoy conozco e identifico por medio de suCédula de Identidad Personal número uno - uno - ciento treinta y dos milsetecientos cuarenta y seis y Número de Identificación Tributaria ceroseiscientos catorce - ciento noventa y un mil cincuenta y seis - cero cerouno - nueve; y, LOURDES ALMAGRO DE ARAUJO, quien firma“Lourdes de Araujo”, de cuarenta y cinco años de edad, de oficios delhogar, de nacionalidad Americana, a quien hoy conozco e identifico conNúmero de Carnet de Residente Rentista número cero cero cero cerocero doscientos sesenta y ocho, emitido el quince de febrero; delcorriente año aún vigente; todas son del domicilio de San Salvador; YME DICEN: A) que de acuerdo con la Ley de Asociaciones y Fundacio-nes sin Fines de Lucro, han decidido constituir y en efecto en este actoconstituyen una Asociación sin fines de lucro, la cual se denominará“ASOCIACION BENEFICA PRIMAVERA”. B) Que la aludida Aso-ciación se regirá por los siguientes Estatutos: ESTATUTOS DE LAASOCIACION BENEFICA PRIMAVERA. CAPITULO I. NATU-RALEZA, DENOMINACION, DOMICILIO Y PLAZO. Art. 1.-Créase en la ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador, laAsociación de nacionalidad salvadoreña, que se denominará “ASOCIA-CION BENEFICA PRIMAVERA”, y que podrá abreviarse “GRUPOBENEFICO PRIMAVERA”, como una entidad apolítica, no lucrativa nireligiosa, la que en los presentes Estatutos se denominará “la Asocia-ción”. Art. 2.- El domicilio de la Asociación será la ciudad de SanSalvador, Departamento de San Salvador, pudiendo establecer filiales entodo el territorio de la República y fuera de él. Art. 3.- El plazo de laAsociación será indefinido. CAPITULO II. FINES U OBJETIVOS.Art. 4.- Son fines de la Asociación: a) Realizar actividades diversas pararecaudar fondos con fines benéficos. b) Brindar atención alimenticia,vestuario, medicinas o asistencia a personas o instituciones que nocuenten con un patronato o fundación que les ayude permanentemente.c) Velar por los niños desamparados, y d) Realizar donaciones para

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necesidades inmediatas. CAPITULO III. DEL PATRIMONIO. Art.5.- El patrimonio de la Asociación estará constituido por: a) Las cuotasde los Miembros. b) Donaciones, herencias, legados, contribuciones depersonas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, respectivamen-te, y c) Todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera y las rentasprovenientes de los mismos de conformidad con la ley. Art. 6.- ElPatrimonio será administrado por la Junta Directiva conforme a lasdirectrices que le manifieste la Asamblea General. CAPITULO IV.GOBIERNO DE LA ASOCIACION. Art. 7.- El gobierno de laAsociación será ejercido por: a) La Asamblea General; y b) La JuntaDirectiva. CAPITULO V. DE LA ASAMBLEA GENERAL. Art. 8.-La Asamblea General debidamente convocada, es la autoridad máximade la Asociación y estará integrada por la totalidad de los miembrosActivos y Fundadores. Art. 9.- La Asamblea General se reunirá ordina-riamente una vez al año y extraordinariamente cuando fuere convocadapor la Junta Directiva. La Asamblea General sesionará válidamente conla asistencia del cincuenta y uno por ciento como mínimo de losmiembros en primera convocatoria y en segunda convocatoria el díasiguiente con los miembros que asistan, excepto en los casos especialesen que se requiera mayor número de asistentes. Las resoluciones lastomará la Asamblea General por mayoría absoluta de votos, excepto enlos casos especiales en que se requiera una mayoría diferente. Lasconvocatorias se harán por escrito y por medio de nota dirigida personal-mente a cada uno de los miembros cuando menos con cinco días deanticipación de la fecha de celebración de la sesión. Art. 10.- Todomiembro que no pudiera asistir a cualquiera de las sesiones de laAsamblea General por motivos justificados podrá hacerse representarpor escrito por otro miembro. El límite de representaciones es de unmiembro, llevando la voz y el voto de su representado. Art. 11.- Sonatribuciones de la Asamblea General: a) Elegir, sustituir y destituir totalo parcialmente a los miembros de la Junta Directiva. b) Aprobar,reformar o derogar los Estatutos y el Reglamento Interno de la Asocia-ción. c) Aprobar y/o modificar los planes, programas o presupuestoanual de la Asociación. d) Aprobar o desaprobar la Memoria Anual deLabores de la Asociación, presentada por la Junta Directiva. e) Fijar lascuotas mensuales y contribuciones eventuales de los miembros. f)Decidir sobre la compra, venta o enajenación de los bienes inmueblespertenecientes a la Asociación. g) Decidir todos aquellos asuntos deinterés para la Asociación y que no estén contemplados en los presentesEstatutos. CAPITULO VI. DE LA JUNTA DIRECTIVA. Art. 12.- Ladirección y administración de la Asociación estará confiada a la JuntaDirectiva, la cual estará integrada de la siguiente forma: un Presidente,un Vicepresidente, un Secretario, un Prosecretario, un Tesorero, unProtesorero y dos Vocales. Art. 13.- Los miembros de la Junta Directivaserán electos para un período de dos años pudiendo ser reelectos. Art. 14.-La Junta Directiva sesionará ordinariamente dos veces al año y extraor-dinariamente cuantas veces sea necesario. Art. 15.- El quórum necesariopara que la Junta Directiva pueda sesionar será la mitad más uno de susmiembros y sus acuerdos deberán ser tomados por la mayoría de losasistentes. Art. 16.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones:a) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de los fines de laAsociación. b) Velar por la administración eficiente y eficaz del patrimo-nio de la Asociación. c) Elaborar la Memoria Anual de Labores de laAsociación. d) Promover la elaboración de planes, programas, proyectosy presupuestos de la Asociación e informar a la Asamblea General. e)Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Reglamento Interno, acuer-dos y resoluciones de la Asamblea General y de la misma Junta Directiva.f) Nombrar de entre los Miembros de la Asociación los Comités oComisiones que consideren necesarios para el cumplimiento de los finesde la Asociación. g) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias ala Asamblea General. h) Decidir sobre las solicitudes de incorporaciónde nuevos miembros y proponerlos a la Asamblea General. i) Resolver

todos los asuntos que no sean competencia de la Asamblea General; y j)Autorizar la apertura y cierre de cuentas y depósitos bancarios de laAsociación y regular el uso de las firmas autorizadas. Art. 17.- Sonatribuciones del Presidente: a) Presidir las Sesiones Ordinarias y Ex-traordinarias de la Asamblea General. b) Velar por el cumplimiento delos acuerdos, resoluciones de la Junta Directiva y de la AsambleaGeneral, así como de los Estatutos y Reglamento Interno de la Asocia-ción. c) Representar judicial y extrajudicialmente a la Asociación,pudiendo otorgar poderes previa autorización de la Junta Directiva. d)Convocar a Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la AsambleaGeneral y de la Junta Directiva. e) Autorizar juntamente con el Tesorerolas erogaciones que tenga que hacer la Asociación. f) Presentar laMemoria de Labores de la Asociación y cualquier informe que le seasolicitado por la misma. Art. 18.- Son atribuciones del Vicepresidente:el Vicepresidente colaborará con el Presidente y lo sustituirá en susfunciones en casos de ausencia o impedimento y mientras la AsambleaGeneral no elija sustituto si el caso lo amerita. Art. 19.- Son atribucionesdel Secretario: a) Llevar los libros de actas de las sesiones de AsambleaGeneral y de Junta Directiva. b) Llevar el archivo de documentos yregistros de los miembros de la Asociación. c) Extender todas lascertificaciones que fueran solicitadas a la Asociación. d) Hacer y enviarlas convocatorias a los miembros para las sesiones. e) Ser el órgano decomunicación de la Asociación. Art. 20.- Son atribuciones del Prosecre-tario: el Prosecretario colaborará con el Secretario y lo sustituirá en susfunciones en caso de ausencia o impedimento de éste. Art. 21.- Sonatribuciones del Tesorero: a) Recibir y depositar los fondos que laAsociación obtenga, en el Banco que la Junta Directiva seleccione. b)Llevar o tener control directo de los libros de contabilidad de la Asocia-ción. c) Autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones que laAsociación tenga que realizar con autorización de la Junta Directiva. Art.22.- Son atribuciones del Protesorero: el Protesorero colaborará con elTesorero y lo sustituirá en sus funciones en caso de ausencia o impedi-mento de éste. Art. 23.- Son atribuciones de los Vocales: a) Colaborardirectamente con todos los miembros de la Junta Directiva. b) Sustituira cualquier Miembro de la Junta Directiva en caso de ausencia oimpedimento, de conformidad al artículo once literal a) de estos Estatu-tos. CAPITULO VII. DE LOS MIEMBROS. Art. 24.- Podrán sermiembros todas las personas mayores de dieciocho años, sin distinciónde raza, credo, religión e ideología política, que lo soliciten por escritoa la Junta Directiva. Art. 25.- La Asociación tendrá las siguientes clasesde miembros: a) Miembros Fundadores. b) Miembros Activos. c) Miem-bros Honorarios. Serán MIEMBROS FUNDADORES: todas las perso-nas que suscriban el acta de constitución de la Asociación. SeránMIEMBROS ACTIVOS: todas las personas que la Junta Directivaacepte como tales en la Asociación. Serán MIEMBROS HONORA-RIOS: todas las personas que por su labor y méritos en favor de laAsociación Benéfica Primavera sean así nombrados por la AsambleaGeneral. Art. 26.- Son derechos de los miembros Fundadores y Activos:a) Gozar de los beneficios derivados de la Asociación. b) Tener voz yvoto en las deliberaciones de la Asamblea General. c) Optar a cargosDirectivos llenando los requisitos que señalen los Estatutos de la Asocia-ción. d) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Internode la Asociación. Art. 27.- Son deberes de los miembros Fundadores yActivos: a) Asistir a las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asam-blea General. b) Cooperar en el desarrollo de aquellas actividadespropias de la Asociación. c) Cancelar las cuotas acordadas en AsambleaGeneral. d) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, ReglamentoInterno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General. e) Los demásque les señalen los Estatutos y Reglamento Interno de la Asociación. Art.28.- La calidad de miembro se perderá por las causas siguientes: a) Porviolación a estos Estatutos, Reglamento Interno, acuerdos y resolucionesde la Asamblea General. b) Por otras faltas graves cometidas que a juicio

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de la Asamblea General merezcan tal sanción. c) Por renuncia presentadapor escrito a la Junta Directiva. CAPITULO VIII. SANCIONES ALOS MIEMBROS, MEDIDAS DISCIPLINARIAS, CAUSALES YPROCEDIMIENTO DE APLICACION. Art. 29.- Los miembrosserán sancionados con: 1) La suspensión temporal o definitiva. 2)Expulsión. CAUSALES: son causales de suspensión temporal la cualdurará de uno a tres meses: a) Reiterada inasistencia a las AsambleasGenerales. b) Falta de colaboración con el trabajo social. c) Notorianegligencia en el trabajo que se encomienda a un miembro. d) Otras quela Asamblea General declare como causal de suspensión temporal ensesión Ordinaria de miembros. El miembro será sancionado con Suspen-sión Definitiva por haber sido suspendido temporalmente por tres vecesconsecutivas, no pudiendo el miembro reintegrarse a la Asociación sinodespués de cinco años de sufrir esta suspensión y previo acuerdo de laAsamblea General Ordinaria de miembros. Las personas que se encuen-tran suspendidas temporalmente, no pueden formar parte de la JuntaDirectiva, sino un año después de que cese la suspensión temporal. Elmiembro será expulsado por las siguientes causas: 1) Por infidelidad ala Asociación. 2) Por difamar a la Asociación. 3) Por causar grave dañoa los intereses de la Asociación. 4) Por cometer delito o falta en contrade la Asociación o en contra de uno de sus miembros. 5) Por impedir dealguna manera la realización de los fines de la Asociación. 6) Pormotivos graves a juicio de la Asamblea General Ordinaria. El miembroa quien se le impugne uno de los motivos de cualquier sanción, serállamado por la Junta Directiva, quien le informará de la impugnaciónhecha, para que exprese su defensa o excusa absolutoria si la tuviere. Elmiembro podrá ante la Junta Directiva, exponer su defensa o excusaabsolutoria por escrito o en forma verbal previo señalamiento de día yhora para ser oído por la Junta Directiva. Si la Junta Directiva estimareque la impugnación no tiene lugar, la desestimará, en caso contrario, laJunta Directiva convocará a Asamblea General de miembros a quieninformará del caso y será ésta quien decidirá si la sanción es imponibleo no. Si hubiere quórum, el acuerdo será tomado con la mitad más unode los miembros presentes, cuando se trate de la primera convocatoria.En segunda convocatoria, el acuerdo será tomado con las dos terceraspartes de los miembros que asistan a la Asamblea. El Asociado impug-nado podrá estar presente en las Juntas Generales e intervenir en sudefensa ante dicha Asamblea. La votación de la Asamblea General serásecreta. La Junta Directiva llevará un informativo del caso. CAPITULOIX. DE LA DISOLUCION. Art. 30.- No podrá disolverse la Asociaciónsino por disposición de la ley o por resolución tomada en AsambleaGeneral Extraordinaria convocada a ese efecto y con un número de votosque represente por lo menos tres cuartas partes de sus miembros. Art. 31.-En caso de acordarse la disolución de la Asociación se nombrará unaJunta de Liquidación compuesta de cinco personas, electas por laAsamblea General Extraordinaria que acordó la disolución. Los bienesque sobraren después de cancelar todos sus compromisos se donarán acualquier entidad Benéfica o Cultural que la Asamblea General señale.CAPITULO X. REFORMA DE ESTATUTOS. Art. 32.- Para refor-mar o derogar los presentes Estatutos será necesario el voto favorable deno menos del sesenta por ciento de los miembros en Asamblea Generalconvocada para tal efecto. CAPITULO XI. DISPOSICIONES GE-NERALES. Art. 33.- La Junta Directiva tiene la obligación de inscribiren el Registro de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro delMinisterio de Gobernación, en los primeros días del mes de enero de cadaaño, la Nómina de los Miembros y dentro de los cinco días después deelecta la nueva Junta Directiva y en todo caso inscribir en dicho Registrotodos los documentos que la LEY DE ASOCIACIONES Y FUNDA-CIONES SIN FINES DE LUCRO señale inscribir, así como enviar alregistro cualquier dato que se le pidiere relativo a la Entidad. Art. 34.-Todo lo relativo al orden interno de la Asociación no comprendido en

estos Estatutos, se establecerá en el Reglamento Interno de la misma, elcual deberá ser elaborado por la Junta Directiva y aprobado por laAsamblea General. Art. 35.- La Asociación Benéfica Primavera se regirápor la LEY DE ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DELUCRO, por los presentes Estatutos y demás disposiciones legalesaplicables. Art. 36.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia desdeel día de su publicación en el Diario Oficial. C) por decisión unánime, lascomparecientes, eligen a la Presente Junta Directiva, de la siguientemanera: PRESIDENTA: CLAUDIA JANICE OLIVA DE HIRST; VICE- PRESIDENTA: LILIANA CAROLINA GUILLEN DE CARBONE;SECRETARIA: CECILIA RIVAS DE ANGELUCCI; PRO - SECRE-TARIA: ANA JULIA RODEZNO DE ORANTES; TESORERA: CAR-MEN MARGARITA GARCIA PRIETO DE CASTELLANOS; PRO -TESORERA: MARCELA LIMA DE FERRACUTI; PRIMERA VO-CAL: SYLVIA DE SOLA DE SUAREZ y SEGUNDA VOCAL: LO-URDES ALMAGRO DE ARAUJO. Por acuerdo también unánimedisponen fijar la suma de diez dólares como cuota de ingresos que debepagarse a la Asociación de parte de los miembros fundadores como de losque soliciten ser miembros activos. Así mismo fijan la suma de diezdólares como cuota de sostenimiento mensual que debe ser cubierta portoda clase de miembros, advirtiéndose que lo dispuesto anteriormente noes obstáculo para que posteriormente y de acuerdo a los Estatutosrelacionados en este instrumento, se verifique modificación alguna sifuere del caso. Así se expresaron las comparecientes, a quienes impusede los efectos legales de este instrumento y de la obligación en que estánde registrar esta escritura, de los efectos del registro y de las sancionesimpuestas por la omisión, como lo señala el Artículo noventa y uno de laLey de Asociaciones y Fundaciones sin fines de lucro; y leído que leshube íntegramente todo lo escrito en un solo acto sin interrupción,ratifican su contenido y firmamos. DOY FE. Enmendado- “GRUPOBENEFICO PRIMAVERA” - Directiva - Directiva - Directiva - Direc-tiva - Gobernación - Directiva - Asamblea - Asamblea - Asamblea -Asamblea - quórum - Asamblea - además de ser socia fundadora hacemención a que por no ser residente en este país, no puede comparecer eneste acto, pero trabajó mucho por hacer posible esta Asociación; porencontrarse en el mismo caso, hace solamente acto de presencia, laseñora - al final firma-Vale.

MARIETTA SUAREZ GUTIERREZ,

NOTARIO.

PASO ANTE MI, del folio veintisiete al treinta y cuatro ambos frente, delLIBRO VEINTICINCO de mi Protocolo, que caducará el día treinta yuno de mayo del año dos mil tres; y extiendo, firmo y sello estetestimonio, en la ciudad de San Salvador el día primero de octubre del añodos mil dos. Para ser entregado al Registro de Asociaciones y Fundacio-nes sin fines de lucro de Gobernación.

MARIETTA SUAREZ GUTIERREZ,

NOTARIO.

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ESTATUTOS DE LA ASOCIACION BENEFICA PRIMAVERA

CAPITULO I

NATURALEZA, DENOMINACION, DOMICILIO Y PLAZO.

Art. 1.- Créase en la ciudad de San Salvador, Departamento de SanSalvador, la Asociación de nacionalidad salvadoreña, que se denominará“ASOCIACION BENEFICA PRIMAVERA”, y que podrá abreviarse“GRUPO BENEFICO PRIMAVERA”, como una entidad apolítica, nolucrativa ni religiosa, la que en los presentes Estatutos se denominará “laAsociación”.

Art. 2.- El domicilio de la Asociación será la ciudad de SanSalvador, Departamento de San Salvador, pudiendo establecer filiales entodo el territorio de la República y fuera de él.

Art. 3.- El plazo de la Asociación será por tiempo indefinido.

CAPITULO II

FINES U OBJETIVOS

Art. 4.- Son fines de la Asociación:

a) Realizar actividades diversas para recaudar fondos con finesbenéficos.

b) Brindar atención alimenticia, vestuario, medicinas o asisten-cia a personas o instituciones que no cuenten con un patronatoo fundación que les ayude permanentemente.

c) Velar por los niños desamparados, y

d) Realizar donaciones para necesidades inmediatas.

CAPITULO III

DEL PATRIMONIO

Art. 5.- El patrimonio de la Asociación estará constituido por:

a) Las cuotas de los Miembros.

b) Donaciones, herencias, legados, contribuciones de personasnaturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, respectiva-mente, y

c) Todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera y lasrentas provenientes de los mismos de conformidad con la ley.

Art. 6.- El Patrimonio será administrado por la Junta Directivaconforme a las directrices que le manifieste la Asamblea General.

CAPITULO IV

GOBIERNO DE LA ASOCIACION

Art. 7.- El gobierno de la Asociación será ejercido por:

a) La Asamblea General; y

b) La Junta Directiva.

CAPITULO V

DE LA ASAMBLEA GENERAL

Art. 8.- La Asamblea General debidamente convocada, es laautoridad máxima de la Asociación y estará integrada por la totalidad delos miembros Activos y Fundadores.

Art. 9.- La Asamblea General se reunirá ordinariamente una vez alaño y extraordinariamente cuando fuere convocada por la Junta Directi-va. La Asamblea General sesionará válidamente con la asistencia del

cincuenta y uno por ciento como mínimo de los miembros en primeraconvocatoria y en segunda convocatoria el día siguiente con los miem-bros que asistan, excepto en los casos especiales en que se requiera mayornúmero de asistentes. Las resoluciones las tomará la Asamblea Generalpor mayoría absoluta de votos, excepto en los casos especiales en que serequiera una mayoría diferente. Las convocatorias se harán por escrito ypor medio de nota dirigida personalmente a cada uno de los miembroscuando menos con cinco días de anticipación de la fecha de celebraciónde la sesión.

Art. 10.- Todo miembro que no pudiera asistir a cualquiera de lassesiones de la Asamblea General por motivos justificados podrá hacerserepresentar por escrito por otro miembro. El límite de representacioneses de un miembro, llevando la voz y el voto de su representado.

Art. 11.- Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir, sustituir y destituir total o parcialmente a los miem-bros de la Junta Directiva.

b) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y el ReglamentoInterno de la Asociación.

c) Aprobar y/o modificar los planes, programas o presupuestoanual de la Asociación.

d) Aprobar o desaprobar la Memoria Anual de Labores de laAsociación, presentada por la Junta Directiva.

e) Fijar las cuotas mensuales y contribuciones eventuales de losmiembros.

f) Decidir sobre la compra, venta o enajenación de los bienesinmuebles pertenecientes a la Asociación.

g) Decidir todos aquellos asuntos de interés para la Asociacióny que no estén contemplados en los presentes Estatutos.

CAPITULO VI

DE LA JUNTA DIRECTIVA

Art. 12.- La dirección y administración de la Asociación estaráconfiada a la Junta Directiva, la cual estará integrada de la siguienteforma: un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Prosecretario,un Tesorero, un Protesorero y dos Vocales.

Art. 13.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos para unperíodo de dos años pudiendo ser reelectos.

Art. 14.- La Junta Directiva sesionará ordinariamente dos veces alaño y extraordinariamente cuantas veces sea necesario.

Art. 15.- El quórum necesario para que la Junta Directiva puedasesionar será la mitad más uno de sus miembros y sus acuerdos deberánser tomados por la mayoría de los asistentes.

Art. 16.- La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones:

a) Desarrollar las actividades necesarias para el logro de losfines de la Asociación.

b) Velar por la administración eficiente y eficaz del patrimoniode la Asociación.

c) Elaborar la Memoria Anual de Labores de la Asociación.

d) Promover la elaboración de planes, programas, proyectos ypresupuestos de la Asociación e informar a la AsambleaGeneral.

e) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, ReglamentoInterno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General y dela misma Junta Directiva.

f) Nombrar de entre los Miembros de la Asociación los Comitéso Comisiones que consideren necesarios para el cumplimien-to de los fines de la Asociación.

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g) Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias a la Asam-blea General.

h) Decidir sobre las solicitudes de incorporación de nuevosmiembros y proponerlos a la Asamblea General.

i) Resolver todos los asuntos que no sean competencia de laAsamblea General; y

j) Autorizar la apertura y cierre de cuentas y depósitos banca-rios de la Asociación y regular el uso de las firmas autoriza-das.

Art. 17.- Son atribuciones del Presidente:

a) Presidir las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de laAsamblea General.

b) Velar por el cumplimiento de los acuerdos, resoluciones de laJunta Directiva y de la Asamblea General, así como de losEstatutos y Reglamento Interno de la Asociación.

c) Representar judicial y extrajudicialmente a la Asociación,pudiendo otorgar poderes previa autorización de la JuntaDirectiva.

d) Convocar a Sesiones Ordinarias y Extraordinarias de laAsamblea General y de la Junta Directiva.

e) Autorizar juntamente con el Tesorero las erogaciones quetenga que hacer la Asociación.

f) Presentar la Memoria de Labores de la Asociación y cual-quier informe que le sea solicitado por la misma.

Art. 18.- Son atribuciones del Vicepresidente:

El Vicepresidente colaborará con el Presidente y lo sustituirá en susfunciones en casos de ausencia o impedimento y mientras la AsambleaGeneral no elija sustituto si el caso lo amerita.

Art. 19.- Son atribuciones del Secretario:

a) Llevar los libros de actas de las sesiones de Asamblea Generaly de Junta Directiva.

b) Llevar el archivo de documentos y registros de los miembrosde la Asociación.

c) Extender todas las certificaciones que fueran solicitadas a laAsociación.

d) Hacer y enviar las convocatorias a los miembros para lassesiones.

e) Ser el órgano de comunicación de la Asociación.

Art. 20.- Son atribuciones del Prosecretario:

El Prosecretario colaborará con el Secretario y lo sustituirá en susfunciones en caso de ausencia o impedimento de éste.

Art. 21.- Son atribuciones del Tesorero:

a) Recibir y depositar los fondos que la Asociación obtenga, enel Banco que la Junta Directiva seleccione.

b) Llevar o tener control directo de los libros de contabilidad dela Asociación.

c) Autorizar juntamente con el Presidente las erogaciones que laAsociación tenga que realizar con autorización de la JuntaDirectiva.

Art. 22.- Son atribuciones del Protesorero:

El Protesorero colaborará con el Tesorero y lo sustituirá en susfunciones en caso de ausencia o impedimento de éste.

Art. 23.- Son atribuciones de los Vocales:

a) Colaborar directamente con todos los miembros de la JuntaDirectiva.

b) Sustituir a cualquier Miembro de la Junta Directiva en caso deausencia o impedimento, de conformidad al artículo onceliteral a) de estos Estatutos.

CAPITULO VII

DE LOS MIEMBROS

Art. 24.- Podrán ser miembros todas las personas mayores dedieciocho años, sin distinción de raza, credo, religión e ideología política,que lo soliciten por escrito a la Junta Directiva.

Art. 25.- La Asociación tendrá las siguientes clases de miembros:

a) Miembros Fundadores.

b) Miembros Activos.

c) Miembros Honorarios.

Serán MIEMBROS FUNDADORES: todas las personas que sus-criban el acta de constitución de la Asociación.

Serán MIEMBROS ACTIVOS: todas las personas que la JuntaDirectiva acepte como tales en la Asociación.

Serán MIEMBROS HONORARIOS: todas las personas que por sulabor y méritos en favor de la Asociación Benéfica Primavera sean asínombrados por la Asamblea General.

Art. 26.- Son derechos de los miembros Fundadores y Activos:

a) Gozar de los beneficios derivados de la Asociación.

b) Tener voz y voto en las deliberaciones de la AsambleaGeneral.

c) Optar a cargos Directivos llenando los requisitos que señalenlos Estatutos de la Asociación.

d) Los demás que les señalen los Estatutos y ReglamentoInterno de la Asociación.

Art. 27.- Son deberes de los miembros Fundadores y Activos:

a) Asistir a las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asam-blea General.

b) Cooperar en el desarrollo de aquellas actividades propias dela Asociación.

c) Cancelar las cuotas acordadas en Asamblea General.

d) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, ReglamentoInterno, acuerdos y resoluciones de la Asamblea General.

e) Los demás que les señalen los Estatutos y ReglamentoInterno de la Asociación.

Art. 28.- La calidad de miembro se perderá por las causas siguien-tes:

a) Por violación a estos Estatutos, Reglamento Interno, acuer-dos y resoluciones de la Asamblea General.

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13DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 25 de Abril de 2003.

b) Por otras faltas graves cometidas que a juicio de la AsambleaGeneral merezcan tal sanción.

c) Por renuncia presentada por escrito a la Junta Directiva.

CAPITULO VIII

SANCIONES A LOS MIEMBROS, MEDIDAS

DISCIPLINARIAS, CAUSALES Y PROCEDIMIENTO

DE APLICACION

Art. 29.- Los miembros serán sancionados con:

1) La suspensión temporal o definitiva.

2) Expulsión CAUSALES.

Son causales de suspensión temporal la cual durará de uno a tresmeses:

a) Reiterada inasistencia a las Asambleas Generales.

b) Falta de colaboración con el trabajo social.

c) Notoria negligencia en el trabajo que se encomienda a unmiembro.

d) Otras que la Asamblea General declare como causal desuspensión temporal en sesión Ordinaria de miembros.

El miembro será sancionado con Suspensión Definitiva por habersido suspendido temporalmente por tres veces consecutivas, no pudien-do el miembro reintegrarse a la Asociación sino después de cinco añosde sufrir esta suspensión y previo acuerdo de la Asamblea GeneralOrdinaria de miembros. Las personas que se encuentran suspendidastemporalmente, no pueden formar parte de la Junta Directiva, si no unaño después de que cese la suspensión temporal.

El miembro será expulsado por las siguientes causas:

1) Por infidelidad a la Asociación.

2) Por difamar a la Asociación.

3) Por causar grave daño a los intereses de la Asociación.

4) Por cometer delito o falta en contra de la Asociación o encontra de uno de sus miembros.

5) Por impedir de alguna manera la realización de los fines de laAsociación.

6) Por otros motivos graves a juicio de la Asamblea GeneralOrdinaria.

El miembro a quien se le impugne uno de los motivos de cualquiersanción, será llamado por la Junta Directiva, quien le informará de laimpugnación hecha, para que exprese su defensa o excusa absolutoria sula tuviere. El miembro podrá ante la Junta Directiva, exponer su defensao excusa absolutoria por escrito o en forma verbal previo señalamientode día y hora para ser oído por la Junta Directiva. Si la Junta Directivaestimare que la impugnación no tiene lugar, la desestimará, en casocontrario, la Junta Directiva convocará a Asamblea General de miembrosa quien informará del caso y será ésta quien decidirá si la sanción esimponible o no. Si hubiere quórum, el acuerdo será tomado con la mitadmás uno de lo miembros presentes, cuando se trate de la primeraconvocatoria. En segunda convocatoria, el acuerdo será tomado con lasdos terceras partes de los miembros que asistan a la Asamblea. ELAsociado impugnado podrá estar presente en las Asambleas Generalese intervenir en su defensa ante dicha Asamblea. La votación de laAsamblea General será secreta. La Junta Directiva llevará un informati-vo del caso.

CAPITULO IX

DE LA DISOLUCION

Art. 30.- No podrá disolverse la Asociación sino por disposición dela ley o por resolución tomada en Asamblea General Extraordinariaconvocada a ese efecto y con un número de votos que represente por lomenos tres cuartas partes de sus miembros.

Art. 31.- En caso de acordarse la disolución de la Asociación senombrará una Junta de Liquidación compuesta de cinco personas, electaspor la Asamblea General Extraordinaria que acordó la disolución. Losbienes que sobraren después de cancelar todos sus compromisos sedonarán a cualquier entidad Benéfica o Cultural que la AsambleaGeneral señale.

CAPITULO X

REFORMA DE ESTATUTOS

Art. 32.- Para reformar o derogar los presentes Estatutos seránecesario el voto favorable de no menos del sesenta por ciento de losmiembros en Asamblea General convocada para tal efecto.

CAPITULO XI

DISPOSICIONES GENERALES

Art. 33.- La Junta Directiva tiene la obligación de inscribir en elRegistro de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro del Minis-terio de Gobernación, en los primeros días del mes de enero de cada año,la Nómina de los Miembros y dentro de los cinco días después de electala nueva Junta Directiva y en todo caso inscribir en dicho Registro todoslos documentos que la LEY DE ASOCIACIONES Y FUNDACIONESSIN FINES DE LUCRO señale inscribir, así como enviar al registrocualquier dato que se le pidiere relativo a la Entidad.

Art. 34.- Todo lo relativo al orden interno de la Asociación nocomprendido en estos Estatutos, se establecerá en el Reglamento Internode la misma, el cual deberá ser elaborado por la Junta Directiva yaprobado por la Asamblea General.

Art. 35.- La Asociación Benéfica Primavera se regirá por la LEYDE ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO, porlos presentes Estatutos y demás disposiciones legales aplicables

Art. 36.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia desde el díade su publicación en el Diario Oficial.

ACUERDO Nº 056.

San Salvador, 03 de abril de 2003.

Vistos los anteriores ESTATUTOS de la ASOCIACION BENEFI-CA PRIMAVERA, compuestos de TREINTA Y SEIS Artículos, cons-tituida en la ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador, alas dieciséis horas del día 25 de septiembre del 2002, por EscrituraPública, otorgada ante los oficios de la Notario MARIETTA SUAREZGUTIERREZ; y no encontrando en ellos ninguna disposición contrariaa las Leyes del país, de conformidad con el Art. 65 de la Ley deAsociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro, el Organo Ejecutivo enel Ramo de Gobernación, ACUERDA: a) Aprobarlos en todas sus partesconfiriendo a dicha Entidad el carácter de PERSONA JURIDICA; b)Publíquense en el Diario Oficial; y c) Inscríbase la referida entidad en elREGISTRO DE ASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DELUCRO. COMUNIQUESE. (Rubricado por el señor Presidente de laRepública).- EL VICEMINISTRO DE GOBERNACION, FIGUEROAFIGUEROA.

(Registro Nº 13412)

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14 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

NUMERO CUATRO. LIBRO SIETE. En la ciudad de San Salvador, a

las diez horas con treinta minutos del día diez de septiembre de dos mil

dos. ANTE MI, KENNY BONILLA GAMBOA, Notario, de este domi-

cilio, se otorga el presente instrumento que contiene: COSTITUCION

DE ASOCIACION SIN FINES DE LUCRO. Comparecen: JORGE

ODIR MIRANDA CORTEZ, de treinta y cuatro años de edad, estudian-

te, del domicilio de Mejicanos, en este departamento, persona a quien

conozco portador de su Documento Unico de Identidad Número cero

cero novecientos cuarenta y seis mil trescientos ochenta y siete-tres;

OTONIEL RAMIREZ HERNANDEZ, de treinta y cuatro años de edad,

empleado, del domicilio de Apopa, de este departamento, persona a

quien en virtud de este acto conozco portador de su Documento Unico de

Identidad Número cero cero setecientos veintidós mil cuatrocientos

treinta y nueve-seis; JORGE ALBERTO PANAMEÑO PINEDA, de

treinta y nueve años de edad, Médico, de éste domicilio, persona a quien

conozco portador de su Cédula de Identidad Personal número cero uno-

cero uno-doscientos treinta y cuatro mil novecientos ochenta y cuatro;

ERIKA PATRICIA ROSA RAMIREZ, de veintisiete años de edad,

estudiante, del domicilio de Ayutuxtepeque, en este departamento, a

quien en virtud de este acto conozco portadora de su Documento Unico

de Identidad Número cero cero cero noventa y cinco mil ciento ochenta

y uno-uno; JOAQUIN ERNESTO LOPEZ MELENDEZ, de cincuenta

años de edad, Contador, del domicilio de San Jacinto, en este departa-

mento, a quien en virtud de este acto conozco portador de su Cédula de

Identidad Personal número uno-uno-cero treinta y un mil quinientos

sesenta y siete; JULIA ESMERALDA ZAVALETA DE MARTINEZ,

de treinta y ocho años de edad, Profesora, del domicilio de Nueva San

Salvador, departamento de La Libertad, persona a quien en virtud de este

acto conozco, portadora de su Documento Unico de Identidad número

cero cero cuatrocientos sesenta y nueve mil cuatrocientos cincuenta y

nueve-dos; MARIA DEL CARMEN GALAN, de cincuenta y seis años

de edad, de Oficios domésticos, del domicilio de, Nueva San Salvador,

departamento de La Libertad, persona a quien en virtud de este acto

conozco, portadora de su Cédula de Identidad Personal Número cuatro-

uno-cero diecinueve mil cuatrocientos noventa y tres; ME DICEN: I) Que

han convenido en constituir una ASOCIACION SIN FINES DE LUCRO

y por medio de la presente escritura la crean, la cual se regirá por las

cláusulas que a continuación se expresan, las que a su vez constituyen sus

Estatutos, cuyo texto será el ordenamiento jurídico básico que regirá sus

actividades, por lo que serán de obligatorio cumplimiento para todos los

miembros y administradores de la Asociación que por este instrumento

formalizan, sin perjuicio de las disposiciones establecidas en la ley, y que

dicen así: ESTATUTOS DE LA "ASOCIACION ATLACATL VIVO

POSITIVO". CAPITULO I. DE LA NATURALEZA, DENOMINA-

CION, NACIONALIDAD Y PLAZO. ARTICULO UNO.- Créase en la

ciudad de San Salvador, departamento de San Salvador, la Asociación

que se denominará ASOCIACION ATLACATL VIVO POSITIVO,

cuyas siglas serán "ASAVP", como una Asociación de carácter privado,

apolítica, no religiosa y sin fines de lucro, de nacionalidad salvadoreña,

denominada así en homenaje a un personaje mítico de la historia

salvadoreña, creado durante la época de la conquista española con la

finalidad de animar a las poblaciones indígenas en su legitima oposición

a la dominación, como también animar a las Personas Viviendo con el

Virus de Inmunodeficiencia Humana, y aquellas que padecen el Síndro-

me de Inmunodeficiencia Adquirida (VIH/SIDA) a ver la vida de manera

positiva; la que en los presentes Estatutos se denominará "LA ASOCIA-

CION". ARTICULO DOS.- El domicilio de la Asociación será la ciudad;

de San Salvador, departamento de San Salvador, pudiendo establecer

filiales en cualquier lugar de la República. ARTICULO TRES.- La

Asociación se constituye por tiempo indefinido. CAPITULO II. DE LA

FINALIDAD U OBJETO. ARTICULO CUATRO.- La Asociación

tendra los fines siguientes: a) Velar por el respeto y la garantía de los

derechos humanos de todas las personas que viven con el Virus de

Inmunodeficiencia Humana o que han desarrollado el Síndrome de

Inmunodeficiencia Adquirida; b) Contribuir a crear condiciones efecti-

vas para garantizar una mejor calidad de vida para las personas que viven

con el Virus de Inmunodeficiencia Humana o que han desarrollado el

Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida; c) Realizar acciones educa-

tivas y de prevención dirigidas a los usuarios de la Asociación y

población en general. CAPITULO III. DEL PATRIMONIO. ARTICU-

LO CINCO.- El patrimonio de la Asociación pertenecerá a ella misma y

no a ninguno de sus miembros, y estará constituido por: a) las cuotas de

los miembros; b) las donaciones, herencias, legados y contribuciones de

personas naturales o jurídicas, sean éstas nacionales o extranjeras; c)

todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera, y las rentas prove-

nientes de los mismos; d) las remuneraciones que obtenga por activida-

des o servicios que preste; y e) las provenientes de cualquier otra

actividad permitida por la ley. - De conformidad con el artículo veintio-

cho numeral cuatro de la Ley de Asociaciones y Fundaciones sin Fines

de Lucro, los miembros no están en la obligación de realizar aportes

periódicos a la Asociación, y los aportes que deseen realizar serán

únicamente voluntarios. ARTICULO SEIS.- El patrimonio será admi-

nistrado por la Junta Directiva conforme a las directrices que le manifies-

te la Asamblea General. CAPITULO IV. DEL GOBIERNO DE LA

ASOCIACION. ARTICULO SIETE.- El gobierno de la Asociación será

ejercido por: a) La Asamblea General; y, b) La Junta Directiva; ARTI-

CULO OCHO.- La Asamblea General, debidamente convocada, es la

autoridad máxima de la Asociación, y estará integrada por la totalidad de

los miembros que la componen; sus resoluciones serán inapelables y

obligatorias para todos. ARTICULO NUEVE.- La Asamblea General se

reunirá ordinariamente una vez al año, en la primera quincena del mes de

noviembre; y extraordinariamente en cualquier fecha cuando fuere

convocada por la Junta Directiva, o a solicitud de un número no menor

de cinco miembros, indicándose en la convocatoria los asuntos a tratar en

la misma. - Las convocatorias a las sesiones ordinarias de la Asamblea

General se harán con tres días de anticipación por lo menos; y para las

sesiones extraordinarias con cinco días de anticipación por lo menos, con

indicación de los asuntos a tratar, lugar, día y hora de su celebración.

ARTICULO DIEZ.- La Asamblea General sesionará válidamente con la

asistencia del cincuenta y uno por ciento de los miembros como mínimo

en primera convocatoria; y en segunda convocatoria con los miembros

que asistan. La segunda convocatoria, se realizará una hora después de

verificada la primera, salvo disposición expresa en contrario en la

invitación o comunicación donde se detalle el lugar, día, hora y asunto a

tratar en la sesión. - Las Resoluciones de la Asamblea General serán

acordadas, salvo disposición legal o estatutaria en contrario, con el voto

favorable de la mayoría de los miembros presentes. - Si un miembro de

la Asociación no pudiera asistir a cualquiera de las sesiones de Asamblea

General por motivos justificados podrá hacerse representar por escrito

por otro miembro. El límite de representaciones es de un miembro,

llevando la voz y el voto de su representado, ARTICULO ONCE.- Son

atribuciones de la Asamblea General: a) Elegir, sustituir o destituir total

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15DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 25 de Abril de 2003.

o parcialmente, por causas justificadas, a los miembros de la Junta

Directiva; b) Aprobar, reformar, o derogar los Estatutos y el Reglamento

Interno de la Asociación; c) Aprobar y modificar los planes, programas

y presupuesto de la Asociación; d) Aprobar o reprobar la memoria anual

de labores de la Asociación; e) Decidir y autorizar sobre la compra, venta

o cualquier enajenación de los bienes inmuebles de la Asociación;

f) Decidir sobre solicitudes de ingreso de los nuevos miembros;

g) Resolver cualquier asunto de interés para la Asociación y que no :

estuviere contemplado en los presentes Estatutos. ARTICULO DOCE.-

La dirección y administración de la Asociación estarán confiadas a la

Junta Directiva, la cual estará integrada de la siguiente manera: un

Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Prosecretario, un Teso-

rero y dos Vocales. ARTICULO TRECE.- Los miembros de la Junta

Directiva serán electos para el período de DOS AÑOS, pudiendo ser

reelectos sin límite alguno. Si al final del plazo de su elección la

Asamblea General no hubiere decido sobre la integración de la Junta

Directiva para el período siguiente, continuarán ejerciendo sus cargos los

anteriormente electos hasta la elección de la nueva Junta Directiva.

ARTICULO CATORCE.- La Junta Directiva sesionará ordinariamente

una vez al mes, y en forma extraordinaria cuando sea requerido por tres

miembros de la misma. ARTICULO QUINCE.- El quórum necesario

para que la Junta Directiva pueda sesionar será la mitad más uno de sus

miembros, y sus acuerdos deberán ser tomados por la mayoría de los

asistentes. ARTICULO DIECISEIS.- La Junta Directiva tendrá las

siguientes atribuciones: a) Nombrar a un Director Ejecutivo para Admi-

nistrar, Coordinar y a su vez velar por el cumplimiento de los objetivos

de la Asociación; b) Administrar el patrimonio de la Asociación; c) Velar

por el cumplimiento de las resoluciones de la Asamblea General, de los

Estatutos y Reglamento Interno de la Asociación; d) Elaborar la memoria

anual de labores y el presupuesto de la Asociación para someterlos a la

aprobación de la Asamblea General; e) Redactar el Reglamento Interno

de la Asociación, para someterlo a la aprobación de la Asamblea General;

f) Elaborar los planes y políticas generales de trabajo de la Asociación y

someterlos a la consideración de la Asamblea General; g) Convocar a los

miembros a las sesiones de Asamblea General; h) Designar las institucio-

nes bancarias en que se depositarán los fondos de la Asociación;

i) Nombrar de entre los miembros de la Asociación las comisiones y

equipos necesarios para el cumplimiento de los fines de la Asociación;

j) Autorizar los gastos de la Asociación, de acuerdo a los Estatutos y

Reglamento Interno de la misma; k) Elaborar un informe financiero una

vez al mes; l) Resolver todos los asuntos que no sean de la competencia

de la Asamblea General; m) Promover el trabajo intersectorial con

organismos gubernamentales y no gubernamentales que tengan proyec-

tos relacionados con la persona infectada con el Virus de

Inmunodeficiencia Humana o que padezca del Síndrome de

Inmunodeficiencia Adquirida (VIH/SIDA); n) Supervisar y evaluar

periódicamente el trabajo desarrollado por el personal técnico, adminis-

trativo y voluntario que labore en la Asociación; o) Contratar y

seleccionar al personal técnico, administrativo y de servicios generales

que se desempeñen en la Asociación; p) Gestionar fuentes de financia-

miento y apoyo técnico a nivel nacional e internacional; q) Celebrar

convenios con instituciones que apoyen la atención integral de las

personas que viven con el Virus de Inmunodeficiencia Humana o que

padezcan del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (VIH/SIDA) y

sus familiares; r) Realizar actividades que promuevan el trabajo de la

Asociación; s) Aplicar las medidas disciplinarias pertinentes, de acuerdo

a las circunstancias del caso. ARTICULO DIECISIETE.- Son atribucio-

nes del Presidente: a) Presidir las sesiones de la Asamblea General y

Junta Directiva; b) Convocar a los miembros, a las sesiones de Asamblea

General y Junta Directiva; c) Velar por el patrimonio e imagen de la

Asociación; d) Representar judicial y extrajudicialmente a la Asocia-

ción, pudiendo otorgar poderes previa autorización de la Junta Directiva;

e) Autorizar juntamente con el Tesorero las erogaciones que tenga que

hacer la Asociación; f) Coordinar las actividades que desarrolle la

Asociación, pudiendo delegar tal atribución, en uno o más casos, a

persona de su confianza; g) presentar la memoria de labores de la

Asociación, y cualquier informe que sea solicitado por la Junta Directiva

o la Asamblea General. ARTICULO DIECIOCHO.- Son atribuciones

del Vicepresidente: a) Colaborar con el Presidente en el desempeño de

sus funciones; b) Sustituir al Presidente en caso de ausencia o impedi-

mento de éste; c) Las demás que le señalen los Estatutos y el Reglamento

Interno. ARTICULO DIECINUEVE.- Son atribuciones del Secretario:

a) Llevar los Libros de Actas de las sesiones de la Asamblea General y

de la Junta Directiva b) Extender las certificaciones que sean necesarias;

c) Llevar el archivo de documentos y Registro de los miembros de la

Asociación; d) Elaborar y enviar a los miembros las convocatorias a las

sesiones de Asamblea General y de Junta Directiva; e) Recibir y

despachar la correspondencia de la Asociación, según instrucciones que

reciba de la Junta Directiva, y ser el órgano de comunicación de la

Asociación; f) Comunicar a los miembros los acuerdos que apruebe la

Asociación; g) Las demás que le señalen estos Estatutos y el Reglamento

Interno. ARTICULO VEINTE.- Son atribuciones del Prosecretario: a)

Colaborar con el Secretario en el desempeño de sus funciones;

b) Sustituir al Secretario en caso de ausencia o impedimento de éste; c)

Las demás que le señalen los Estatutos y el Reglamento Interno de la

Asociación. ARTICULO VEINTIUNO.- Son atribuciones del Tesorero:

a) Recibir y depositar los fondos de la Asociación en la Institución

Bancaria que la Junta Directiva señale; b) Autorizar juntamente con el

Presidente las erogaciones que tenga que hacer la Asociación; c) Llevar

los Libros de Contabilidad que fueren necesarios; d) Presentar un

informe mensual de los ingresos y egresos de la Asociación; e) Realizar

anualmente un inventario del patrimonio de la Asociación; f) Las demás

que por razón de su cargo le correspondan. ARTICULO VEINTIDOS.-

Son atribuciones de los Vocales: a) Colaborar directamente con todos los

miembros de la Junta Directiva; y b) Sustituir a cualquier miembro de la

Junta Directiva en caso de ausencia o impedimento. CAPITULO V. DE

LOS MIEMBROS Y DEL REGIMEN DISCIPLINARIO. ARTICULO

VEINTITRES.- Los miembros de la Asociación se clasifican en MIEM-

BROS FUNDADORES, MIEMBROS HONORARIOS Y MIEMBROS

ASOCIADOS. Son miembros fundadores los firmantes de la escritura de

constitución de la Asociación. Serán miembros honorarios, las personas

a las que la Asamblea General decida concederles tal calidad en función

de su apoyo a la Asociación o por haber desarrollado acciones importan-

tes en beneficio de las personas viviendo con VIH/SIDA en El Salvador.

Podrán ser miembros Asociados de la Asociación: a) Todas las personas

que viven con el Virus de Inmunodeficiencia Humana o del Síndrome de

Inmunodeficiencia Adquirida (VIH/SIDA), sin distinción de sexo, raza,

nacionalidad, edad, credo político o religioso, ni cualquier otra condición

social, siempre que deseen pertenecer a la misma, y que lo manifiesten

así a la Junta Directiva; b) Las personas sensibilizadas y comprometidas

con la causa de la lucha contra el SIDA y la atención de las personas

viviendo con el Virus de Inmunodeficiencia Humana o el Síndrome de

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16 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

Inmunodeficiencia Adquirida (VIH/SIDA); c) Los familiares o allega-

dos de personas viviendo con el Virus de Inmunodeficiencia Humana o

el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida, independientemente de

que sean o no miembros de la Asociación. ARTICULO VEINTICUA-

TRO.- Son derechos de los miembros: a) Gozar de los beneficios

derivados de la Asociación; b) Participar con voz y voto en las delibera-

ciones de la Asamblea General; c) Optar a cargos de la Junta Directiva,

llenando los requisitos que señalan estos Estatutos; d) Participar en todas

las actividades que desarrolle la Asociación; e) Los demás que les

señalen los Estatutos y Reglamento Interno de la Asociación. ARTICU-

LO VEINTICINCO.- Son deberes de los miembros: a) Asistir a las

sesiones de Asamblea General y Junta Directiva en su caso; b) Colaborar

con las tareas que les sean asignadas por la Asamblea General o por la

Junta Directiva; c) Realizar actividades de promoción y de captación de

fondos para la Asociación; d) Velar por el patrimonio de la Asociación;

e) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, Reglamento Interno,

Acuerdos y Resoluciones de las instancias de Gobierno de la Asociación.

ARTICULO VEINTISEIS.- Son prohibiciones a los miembros: a) Uti-

lizar el nombre de la Asociación para beneficio personal; b) Atentar

contra la moral, decoro y buenas costumbres, y particularmente contra el

patrimonio de la Asociación; c) Incumplir lo dispuesto en los presentes

Estatutos y Reglamento Interno, así como las resoluciones y acuerdos de

la Asamblea General o Junta Directiva; d) Mezclar conflictos o relacio-

nes interpersonales con el desempeño del trabajo de la Asociación; e)

Tratar asuntos religiosos, políticos y raciales en el seno de la Asociación;

f) Divulgar sin previa autorización, información confidencial de la

Asociación. ARTICULO VEINTISIETE.- Son sanciones aplicables a

los miembros; a) Las amonestaciones verbales y escritas; b) La expulsión

temporal o definitiva de la Asociación. ARTICULO VEINTIOCHO.- La

sanción establecida en el literal a) del artículo anterior, será impuesta por

la Junta Directiva, y la sanción establecida en el literal b) del artículo

anterior, será impuesta por la Asamblea General. En ambos casos, se

debe garantizar el adecuado debido proceso previo a la imposición de la

sanción; asimismo, cualquier resolución será notificada por medio del

Secretario. ARTICULO VEINTINUEVE.- La calidad de miembro de la

Asociación se perderá: a) Por renuncia presentada por escrito a la Junta

directiva; b) Por falta de relación con la Asociación por más de tres meses

consecutivos sin causa justificada, previa resolución de la Asamblea

General que reconozca tal situación; c) Por la aplicación de la sanción

contenida en el literal b) del artículo veintisiete de los Estatutos. CAPI-

TULO VI. DE LA DISOLUCION. ARTICULO TREINTA.- No podrá

disolverse la Asociación, sino por disposición de la Ley y por resolución

tomada en Asamblea General Extraordinaria, convocada para tal efecto

y con un número de votos favorables de por lo menos las tres cuartas

partes de los miembros. ARTICULO TREINTA Y UNO.- En caso de

acordarse la disolución de la Asociación se nombrará una junta de

liquidación compuesta por cinco personas, electas por la Asamblea

General Extraordinaria que acordó la disolución. Los bienes que quedaren

después de cancelar sus obligaciones, se donarán a la entidad benéfica o

cultural que la Asamblea General designe. CAPITULO VII. DE LAS

DISPOSICIONES GENERALES. ARTICULO TREINTA Y DOS.-

Para reformar o derogar los presentes Estatutos, será necesario el voto

favorable de por lo menos el setenta y cinco por ciento de los miembros

reunidos en Asamblea General Extraordinaria, convocada para tal efec-

to. ARTICULO TREINTA Y TRES. La Junta Directiva tiene la

obligación de inscribir en el Registro de Asociaciones y Fundaciones sin

Fines de Lucro del Ministerio de Gobernación, la nómina de los miem-

bros de la Junta Directiva, cinco días después de cada elección; y en todo

caso, proporcionar en los primeros días del mes de enero de cada año, la

nómina de los miembros, y dentro de los cinco días después de electa la

nueva Junta Directiva, una Certificación del acta de elección de la

misma; e inscribir en el Registro mencionado cualquier otra documenta-

ción que la Ley de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro

obligue a registrar. ARTICULO TREINTA Y CUATRO. - Todo lo

relativo al Orden Interno de la Asociación, no comprendido en estos

Estatutos, se establecerá en el Reglamento Interno de la misma, el que

deberá ser elaborada por la Junta Directiva y aprobado por la Asamblea

General. ARTICULO TREINTA Y CINCO.- Los presentes Estatutos

entrarán en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial.

Me continúan diciendo los comparecientes que en este acto eligen la

primera Junta Directiva la cual queda integrada así: PRESIDENTE:

Jorge Odir Miranda Cortez: VICEPRESIDENTE: Otoniel Ramírez

Hernández; SECRETARIO: Jorge Alberto Panameño Pineda; PRO

SECRETARIA; Erika Patricia Rosa Ramírez, TESORERO: Joaquín

Ernesto López Meléndez; PRIMER VOCAL: Julia Esmeralda Zavaleta

de Martínez; SEGUNDO VOCAL: María del Carmen Galán de Ramí-

rez. Los miembros electos durarán en su cargo dos años a partir de esta

fecha, y continuarán en sus funciones mientras la Asamblea General no

se reúna y elija nuevos directivos, también me manifiestan los compare-

cientes que anexo se encuentra la lista de los miembros por los que estará

conformada la Asociación pudiendo aumentar el número y será actuali-

zado en el acta de elección de nueva Junta Directiva. Yo la Notaria DOY

FE: A) Que hice saber a los comparecientes la advertencia a que se refiere

el artículo noventa y uno de la ley de Asociaciones y Fundaciones sin

Fines de Lucro. Así expresaron los comparecientes, a quienes expliqué

los efectos legales del presente acto, habiendo advertido, además, de la

obligación que tienen de inscribir el Testimonio que de la presente

Escritura les extienda, en el registro de Asociaciones y Fundaciones sin

Fines de Lucro del Ministerio de Gobernación. Y leído que les fue por mí

todo lo anteriormente escrito, íntegramente, en un solo acto y sin

interrupción ratifican su contenido por estar redactado conforme a sus

voluntades, y firmamos. DOY FE.-- JORGE ODIR MIRANDA

CORTEZ-- OTONIEL RAMIREZ HERNANDEZ-- JORGE ALBER-

TO PANAMEÑO PINEDA--- ERIKA PATRICIA ROSA RAMIREZ-

-- JOAQUIN ERNESTO LOPEZ MELENDEZ--- JULIA ESMERAL-

DA ZAVALETA DE MARTINEZ-- MARIA DEL CARMEN GA-

LAN-- K. BONILLA-- RUBRICADAS--

KENNY BONILLA GAMBOA,

NOTARIO.

PASO ANTE MI, del folio trece frente al folio dieciocho vuelto del

Libro Siete de mi Protocolo, que vence el día veinte de mayo de dos mil

tres, y para ser entregado a ASOCIACION ATLACATL VIVO POSI-

TIVO, extiendo, firmo y sello el presente TESTIMONIO, en la ciudad

de San Salvador, a los diez días del mes de septiembre de dos mil dos.

KENNY BONILLA GAMBOA,

NOTARIO.

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17DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 25 de Abril de 2003.

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION

ATLACATL VIVO POSITIVO

ARTICULO UNO.- Créase en la ciudad de San Salvador, departa-mento de San Salvador, la Asociación que se denominará ASOCIA-CION ATLACATL VIVO POSITIVO, cuyas siglas serán "ASAVP",como una asociación de carácter privado, apolítica, no religiosa y sinfines de lucro, de nacionalidad salvadoreña, denominada así en homena-je a un personaje mítico de la historia salvadoreña, creado durante laépoca de la conquista española con la finalidad de animar a las poblacio-nes indígenas en su legítima oposición a la dominación, como tambiénanimar a las Personas Viviendo con el Virus de InmunodeficienciaHumana, y aquellas que padecen el Síndrome de InmunodeficienciaAdquirida (VIH/SIDA) a ver la vida de manera positiva; la que en lospresentes Estatutos se denominará "LA ASOCIACION".

ARTICULO DOS.- El domicilio de la Asociación será la ciudad deSan Salvador, departamento de San Salvador, pudiendo establecerfiliales en cualquier lugar de la República.

ARTICULO TRES.- La Asociación se constituye por tiempoindefinido.

CAPITULO II. DE LA FINALIDAD U OBJETO.

ARTICULO CUATRO.- La Asociación tendrá los fines siguien-tes: a) Velar por el respeto y la garantía de los derechos humanos de todaslas personas que viven con el Virus de Inmunodeficiencia Humana o quehan desarrollado el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida; b) Con-tribuir a crear condiciones efectivas para garantizar una mejor calidad devida para las personas que viven con el Virus de InmunodeficienciaHumana o que han desarrollado el Síndrome de InmunodeficienciaAdquirida; c) Realizar acciones educativas y de prevención dirigidas alos usuarios de la Asociación y población en general.

CAPITULO III. DEL PATRIMONIO.

ARTICULO CINCO.- El patrimonio de la Asociación perteneceráa ella misma y no a ninguno de sus miembros, y estará constituido por:a) las cuotas de los miembros; b) las donaciones, herencias, legados ycontribuciones de personas naturales o jurídicas, sean éstas nacionales oextranjeras; c) todos los bienes muebles e inmuebles que adquiera, y lasrentas provenientes de los mismos; d) las remuneraciones que obtengapor actividades o servicios que preste; y e) las provenientes de cualquierotra actividad permitida por la ley.- De conformidad con el artículoveintiocho numeral cuatro de la Ley de Asociaciones y Fundaciones sinFines de Lucro, los miembros no están en la obligación de realizaraportes periódicos a la Asociación, y los aportes que deseen realizarserán únicamente voluntarios.

ARTICULO SEIS.- El patrimonio será administrado por la JuntaDirectiva conforme a las directrices que le manifieste la AsambleaGeneral.

CAPITULO IV. DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION.

ARTICULO SIETE.- El gobierno de la Asociación será ejercidopor: a) la Asamblea General; y, b) la Junta Directiva.

ARTICULO OCHO.- La Asamblea General, debidamente convo-cada, es la autoridad máxima de la Asociación, y estará integrada por latotalidad de los miembros que la componen; sus resoluciones seráninapelables y obligatorias para todos.

ARTICULO NUEVE.- La Asamblea General se reunirá ordinaria-mente una vez al año, en la primera quincena del mes de noviembre; yextraordinariamente en cualquier fecha cuando fuere convocada por laJunta Directiva, o a solicitud de un número no menor de cinco miembros,indicándose en la convocatoria los asuntos a tratar en la misma.- Lasconvocatorias a las sesiones ordinarias de la Asamblea General se haráncon tres días de anticipación por lo menos; y para las sesiones extraordi-narias con cinco días de anticipación por lo menos, con indicación de losasuntos a tratar lugar, día y hora de su celebración.

ARTICULO DIEZ.- La Asamblea General sesionará válidamentecon la asistencia del cincuenta y uno por ciento de los miembros comomínimo en primera convocatoria; y en segunda convocatoria con losmiembros que asistan. La segunda convocatoria, se realizará una horadespués de verificada la primera, salvo disposición expresa en contrarioen la invitación o comunicación donde se detalle el lugar, día, hora yasunto a tratar en la sesión.- Las Resoluciones de la Asamblea Generalserán acordadas, salvo disposición legal o estatutaria en contrario, con elvoto favorable de la mayoría de los miembros presentes.- Si un miembrode la Asociación no pudiera asistir a cualquiera de las sesiones deAsamblea General por motivos justificados podrá hacerse representarpor escrito por otro miembro. El límite de representaciones es de unmiembro, llevando la voz y el voto de su representado.

ARTICULO ONCE.- Son atribuciones de la Asamblea General: a)Elegir, sustituir o destituir total o parcialmente, por causas justificadas,a los miembros de la Junta Directiva; b) Aprobar, reformar, o derogar losEstatutos y el Reglamento Interno de la Asociación; c) Aprobar ymodificar los planes, programas y presupuesto de la Asociación; d)Aprobar o reprobar la memoria anual de labores de la Asociación; e)Decidir y autorizar sobre la compra, venta o cualquier enajenación de losbienes inmuebles de la Asociación; f) Decidir sobre solicitudes deingreso de los nuevos miembros; g) Resolver cualquier asunto de interéspara la Asociación y que no estuviere contemplado en los presentesEstatutos.

ARTICULO DOCE.- La dirección y administración de la Asocia-ción estarán confiadas a la Junta Directiva, la cual estará integrada de lasiguiente manera: un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, unProsecretario, un Tesorero y dos Vocales.

ARTICULO TRECE.- Los miembros de la Junta Directiva seránelectos para el período de DOS AÑOS, pudiendo ser reelectos sin límitealguno. Si al final del plazo de su elección la Asamblea General nohubiere decido sobre la integración de la Junta Directiva para el períodosiguiente, continuarán ejerciendo sus cargos los anteriormente electoshasta la elección de la nueva Junta Directiva.

ARTICULO CATORCE.- La Junta Directiva sesionará ordinaria-mente una vez al mes, y en forma extraordinaria cuando sea requerido portres miembros de la misma.

ARTICULO QUINCE.- El quórum necesario para que la JuntaDirectiva pueda sesionar será la mitad más uno de sus miembros, y susacuerdos deberán ser tomados por la mayoría de los asistentes.

ARTICULO DIECISEIS.- La Junta Directiva tendrá las siguientesatribuciones: a) Nombrar a un Director Ejecutivo para Administrar,Coordinar y a su vez velar por el cumplimiento de los objetivos de laAsociación; b) Administrar el patrimonio de la Asociación; c) Velar por

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18 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

el cumplimiento de las resoluciones de la Asamblea General, de losEstatutos y Reglamento Interno de la Asociación; d) Elaborar la memoriaanual de labores y el presupuesto de la Asociación para someterlos a laaprobación de la Asamblea General; e) Redactar el Reglamento Internode la Asociación, para someterlo a la aprobación de la Asamblea General;f) Elaborar los planes y políticas generales de trabajo de la Asociación ysometerlos a la consideración de la Asamblea General; g) Convocar a losmiembros a las sesiones de Asamblea General; h) Designar las institucio-nes bancarias en que se depositarán los fondos de la Asociación; i)Nombrar de entre los miembros de la Asociación las comisiones yequipos necesarios para el cumplimiento de los fines de la Asociación;j) Autorizar los gastos de la Asociación, de acuerdo a los Estatutos yReglamento Interno de la misma; k) Elaborar un informe financiero unavez al mes; l) Resolver todos los asuntos que no sean de la competenciade la Asamblea General; m) Promover el trabajo intersectorial conorganismos gubernamentales y no gubernamentales que tengan proyec-tos relacionados con la persona infectada con el Virus deInmunodeficiencia Humana o que padezca del Síndrome deInmunodeficiencia Adquirida (VIH/SIDA); n) Supervisar y evaluarperiódicamente el trabajo desarrollado por el personal técnico, adminis-trativo y voluntario que labore en la Asociación; o) Contratar y seleccio-nar al personal técnico, administrativo y de servicios generales que sedesempeñen en la Asociación; p) Gestionar fuentes de financiamiento yapoyo técnico a nivel nacional e internacional; q) Celebrar convenios coninstituciones que apoyen la atención integral de las personas que vivencon el Virus de Inmunodeficiencia Humana o que padezcan del Síndro-me de Inmunodeficiencia Adquirida (VIH/SIDA) y sus familiares; r)Realizar actividades que promuevan el trabajo de la Asociación; s)Aplicar las medidas disciplinarias pertinentes, de acuerdo a las circuns-tancias del caso.

ARTICULO DIECISIETE.- Son atribuciones del Presidente: a)Presidir las sesiones de la Asamblea General y Junta Directiva; b)Convocar a los miembros, a las sesiones de Asamblea General y JuntaDirectiva; c) Velar por el patrimonio e imagen de la Asociación; d)Representar judicial y extrajudicialmente a la Asociación, pudiendootorgar poderes previa autorización de la Junta Directiva; e) Autorizarjuntamente con el Tesorero las erogaciones que tenga que hacer laAsociación; f) Coordinar las actividades que desarrolle la Asociación,pudiendo delegar tal atribución, en uno o más casos, a persona de suconfianza; g) presentar la memoria de labores de la Asociación, ycualquier informe que sea solicitado por la Junta Directiva o la AsambleaGeneral.

ARTICULO DIECIOCHO.- Son atribuciones del Vicepresidente:a) Colaborar con el Presidente en el desempeño de sus funciones; b)Sustituir al presidente en caso de ausencia o impedimento de éste; c) Lasdemás que le señalen los Estatutos y el Reglamento Interno.

ARTICULO DIECINUEVE.- Son atribuciones del Secretario: a)Llevar los libros de Actas de las sesiones de la Asamblea General y de laJunta Directiva b) Extender las certificaciones que sean necesarias; c)

Llevar el archivo de documentos y registro de los miembros de laAsociación; d) Elaborar y enviar a los miembros las convocatorias a lassesiones de Asamblea General y de Junta Directiva; e) Recibir ydespachar la correspondencia de la Asociación, según instrucciones quereciba de la Junta Directiva, y ser el órgano de comunicación de laAsociación; f) Comunicar a los miembros los acuerdos que apruebe la

Asociación; g) Las demás que le señalen estos Estatutos y el ReglamentoInterno.

ARTICULO VEINTE.- Son atribuciones del Prosecretario: a)Colaborar con el Secretario en el desempeño de sus funciones; b)Sustituir al Secretario en caso de ausencia o impedimento de éste; c) Lasdemás que le señalen los Estatutos y el Reglamento Interno de laAsociación.

ARTICULO VEINTIUNO.- Son atribuciones del Tesorero: a)Recibir y depositar los fondos de la Asociación en la Institución Bancariaque la Junta Directiva señale; b) Autorizar juntamente con el Presidente

las erogaciones que tenga que hacer la Asociación; c) Llevar los libros deContabilidad que fueren necesarios; d) Presentar un informe mensual delos ingresos y egresos de la Asociación; e) Realizar anualmente uninventario del patrimonio de la Asociación; f) Las demás que por razónde su cargo le correspondan.

ARTICULO VEINTIDOS.- Son atribuciones de los Vocales: a)Colaborar directamente con todos los miembros de la Junta Directiva; yb) Sustituir a cualquier miembro de la Junta Directiva en caso de ausenciao impedimento.

CAPITULO V.

DE LOS MIEMBROS Y DEL REGIMEN

DISCIPLINARIO.

ARTICULO VEINTITRES.- Los miembros de la Asociación seclasifican en MIEMBROS FUNDADORES, MIEMBROS HONORA-RIOS Y MIEMBROS ASOCIADOS. Son miembros fundadores losfirmantes de la escritura de constitución de la Asociación. Serán miem-bros honorarios, las personas a las que la Asamblea General decidaconcederles tal calidad en función de su apoyo a la Asociación o porhaber desarrollado acciones importantes en beneficio de las personasviviendo con VIH/SIDA en El Salvador. Podrán ser miembros asociadosde la Asociación: a) Todas las personas que viven con el Virus deInmunodeficiencia Humana o del Síndrome de Inmunodeficiencia Ad-quirida (VIH/SIDA), sin distinción de sexo, raza, nacionalidad, edad,credo político o religioso, ni cualquier otra condición social, siempre quedeseen pertenecer a la misma, y que lo manifiesten así a la JuntaDirectiva; b) Las personas sensibilizadas y comprometidas con la causade la lucha contra el SIDA y la atención de las personas viviendo con elVirus de Inmunodeficiencia Humana o el Síndrome de InmunodeficienciaAdquirida (VIH/SIDA); c) Los familiares o allegados de personasviviendo con el Virus de Inmunodeficiencia Humana o Síndrome deInmunodeficiencia Adquirida, independientemente de que sean o nomiembros de la Asociación.

ARTICULO VEINTICUATRO.- Son derechos de los miembros:a) Gozar de los beneficios derivados de la Asociación; b) Participar convoz y voto en las deliberaciones de la Asamblea General; c) Optar acargos de la Junta Directiva, llenando los requisitos que señalan estosEstatutos; d) Participar en todas las actividades que desarrolle la Asocia-ción; e) Los demás que les señalen los Estatutos y Reglamento Interno dela Asociación.

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19DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 25 de Abril de 2003.

ARTICULO VEINTICINCO.- Son deberes de los miembros: a)Asistir a las sesiones de Asamblea General y Junta Directiva en su caso;b) Colaborar con las tareas que les sean asignadas por la AsambleaGeneral o por la Junta Directiva; c) Realizar actividades de promocióny de captación de fondos para la Asociación; d) Velar por el patrimoniode la Asociación; e) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos,Reglamento Interno, Acuerdos y Resoluciones de las instancias degobierno de la Asociación.

ARTICULO VEINTISEIS.- Son prohibiciones a los miembros: a)

Utilizar el nombre de la Asociación para beneficio personal; b) Atentar

contra la moral, decoro y buenas costumbres, y particularmente contra el

patrimonio de la Asociación; c) Incumplir lo dispuesto en los presentes

Estatutos y Reglamento Interno, así como las resoluciones y acuerdos de

la Asamblea General o Junta Directiva; d) Mezclar conflictos o relacio-

nes interpersonales con el desempeño del trabajo de la Asociación; e)

Tratar asuntos religiosos, políticos y raciales en el seno de la Asociación;

f) Divulgar sin previa autorización, información confidencial de la

Asociación.

ARTICULO VEINTISIETE.- Son sanciones aplicables a los miem-

bros: a) Las amonestaciones verbales y escritas; b) La expulsión tempo-

ral o definitiva de la Asociación.

ARTICULO VEINTIOCHO.- La sanción establecida en el literal

a) del artículo anterior, será impuesta por la Junta Directiva, y la sanción

establecida en el literal b) del artículo anterior, será impuesta por la

Asamblea General. En ambos casos, se debe garantizar el adecuado

debido proceso previo a la imposición de la sanción; asimismo, cualquier

resolución será notificada por medio del Secretario.

ARTICULO VEINTINUEVE.- La calidad de miembro de la

Asociación se perderá: a) Por renuncia presentada por escrito a la Junta

Directiva; b) Por falta de relación con la Asociación por más de tres

meses consecutivos sin causa justificada, previa resolución de la Asam-

blea General que reconozca tal situación; c) Por la aplicación de la

sanción contenida en el literal b) del artículo veintisiete de los Estatutos.

CAPITULO VI. DE LA DISOLUCION.

ARTICULO TREINTA.- No podrá disolverse la Asociación, sino

por disposición de la ley y por resolución tomada en Asamblea General

Extraordinaria, convocada para tal efecto y con un número de votos

favorables de por lo menos las tres cuartas partes de los miembros.

ARTICULO TREINTA Y UNO.- En caso de acordarse la disolu-

ción de la Asociación se nombrará una junta de liquidación compuesta

por cinco personas, electas por la Asamblea General Extraordinaria que

acordó la disolución. Los bienes que quedaren después de cancelar sus

obligaciones, se donarán a la entidad benéfica o cultural que la Asamblea

General designe.

CAPITULO VII. DE LAS DISPOCICIONES GENERALES.

ARTICULO TREINTA Y DOS.- Para reformar o derogar lospresentes Estatutos, será necesario el voto favorable de por lo menos elsetenta y cinco por ciento de los miembros reunidos en AsambleaGeneral Extraordinaria, convocada para tal efecto.

ARTICULO TREINTA Y TRES.- La Junta Directiva tiene laobligación de inscribir en el Registro de Asociaciones y Fundaciones sinFines de Lucro del Ministerio de Gobernación, la nómina de los miem-bros de la Junta Directiva, cinco días después de cada elección; y en todocaso, proporcionar en los primeros días del mes de enero de cada año, lanómina de los miembros, y dentro de los cinco días después de electa lanueva Junta Directiva, una Certificación del acta de elección de lamisma; e inscribir en el registro mencionado cualquier otra documenta-ción que la Ley de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucroobligue a registrar.

ARTICULO TREINTA Y CUATRO.- Todo lo relativo al ordeninterno de la Asociación, no comprendido en estos Estatutos, se estable-cerá en el Reglamento Interno de la misma, el que deberá ser elaboradopor la Junta Directiva y aprobado por la Asamblea General.

ARTICULO TREINTA Y CINCO.- Los presentes estatutos entra-rán en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial.

ACUERDO Nº 065

San Salvador, 11 de abril de 2003

Vistos los anteriores ESTATUTOS de la ASOCIACIONATLACATL VIVO POSITIVO, compuestos de TREINTA Y CINCOArtículos, constituida en la ciudad de San Salvador, Departamento deSan Salvador, a las diez horas con treinta minutos del día 10 deseptiembre del 2002, por Escritura Pública otorgada ante los oficios dela Notario KENNY BONILLA GAMBOA; y no encontrando en ellosninguna disposición contraria a las leyes del país, de conformidad conel Art. 65 de la Ley de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro,el Organo Ejecutivo en el Ramo de Gobernación, ACUERDA: a)Aprobarlos en todas sus partes confiriendo a dicha Entidad el carácterde PERSONA JURIDICA; b) Publíquense en el Diario Oficial; y c)Inscríbase la referida entidad en el REGISTRO DE ASOCIACIONESY FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO. COMUNIQUESE.(Rubricado por el señor Presidente de la República).

EL VICEMINISTRO DE GOBERNACION,

FIGUEROA FIGUEROA.

(Registro 13830)

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20 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

ACUERDO No. 243.

San Salvador, 11 de febrero de 2003

Vista la solicitud presentada el día 21 de octubre del corriente año, suscrita por el señor JOSE RIGOBERTO ROJAS SANCHEZ, mayor de edad,empleado, del domicilio de El Congo, Departamento de Santa Ana, actuando en su calidad de Representante Legal de LA ASOCIACIONCOOPERATIVA DE LA REFORMA AGRARIA CAFETALERA LOS PINOS DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, del mismo domicilio relativaa que se le prorrogue por un nuevo período de CINCO AÑOS los beneficios establecidos en el Artículo 72 Literales a) y c) de la Ley General deAsociaciones Cooperativas.

CONSIDERANDO:

I- Que por medio de Acuerdo 343 de fecha 21 de mayo de 1998, publicado en el Diario Oficial Número 119 Tomo 339, de fecha 29 de juniodel mismo año, a la referida Asociación Cooperativa se le concedieron por un plazo de cinco años los beneficios mencionados, los quevencieron el 11 de mayo del año próximo pasado.

II- Que por medio de la Resolución Número 499 de fecha cinco de diciembre de dos mil dos se resolvió procedente otorgar a la mencionadaAsociación por un nuevo período de CINCO AÑOS los beneficios solicitados.

III- Que el Representante Legal de la referida Asociación Cooperativa señor JOSE RIGOBERTO ROJAS SANCHEZ, por medio de escritopresentado el 25 del presente mes y año, manifestó aceptar en nombre de su representada los términos vertidos en dicha resolución.

POR TANTO:

De conformidad con lo expuesto y al Artículo 72 de la Ley General de Asociaciones Cooperativas y 151 de su Reglamento, este Ministerio,

ACUERDA:

1°) CONCEDER a la ASOCIACION COOPERATIVA DE LA REFORMA AGRARIA CAFETALERA "LOS PINOS" DE RESPONSABILI-DAD LIMITADA, del domicilio de El Congo, Departamento de Santa Ana, por un nuevo período de CINCO AÑOS, contados a partir del 21 de octubrede dos mil dos, los beneficios establecidos en el Artículo 72 literales a) y c) de la Ley General de Asociaciones Cooperativas, que son:

a) Exención del pago de Impuesto sobre la Renta, cualquiera que sea su naturaleza, el capital con que se forme, intereses que se generen, a partirdel ejercicio fiscal durante el cual se presentó la solicitud.

c) Exención de Impuestos Municipales.

2°) Las exenciones que se otorgan por medio del presente Acuerdo, no comprenden el impuesto sobre transferencia de bienes muebles y prestaciónde servicios.

3º) La mencionada Asociación queda obligada a comprobar, cuando el Ministerio de Hacienda lo requiera, el buen uso de los privilegiosotorgados.

4º) PUBLIQUESE el presente Acuerdo en el Diario Oficial. COMUNIQUESE.- (Rubricada por el señor Presidente de la República).- MIGUELE. LACAYO, MINISTRO.

(Registro No. 13822)

MINISTERIO DE ECONOMÍARAMO DE ECONOMIA

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21DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 25 de Abril de 2003.

ACUERDO No. 15-0045.

San Salvador, 13 de enero del 2003.

El Organo Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: que a la División de Acreditación Académicase ha presentado CARMEN ELIZABETH RAMOS TEOS, solicitando INCORPORACION de su Diploma de Bachiller en Ciencias y Letras, extendidopor el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes de la República de Nicaragua en el año 2002. Y luego de examinar la documentación presentada ysatisfechos los requisitos legales, ACUERDA: dar como Equivalente los Estudios de Bachiller en Ciencias y Letras realizados por CARMENELIZABETH RAMOS TEOS, en la República de Nicaragua con los de Bachillerato General y a la vez Incorporar el Diploma de Bachiller en Cienciasy Letras al Sistema Educativo de nuestro país. COMUNIQUESE. (Rubricado por el señor Presidente de la República). EL MINISTRO DEEDUCACION, R. MARIN.

(Registro No. 13870)

ACUERDO No. 15-0219.

San Salvador, 17 de enero de 2003

El Organo Ejecutivo de la República de El Salvador, en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: I) Que por Acuerdo Ejecutivo No. 15-1444de fecha 14 de octubre 1997, el Organo Ejecutivo en el Ramo de Educación aprobó los nuevos Estatutos de la UNIVERSIDAD "Dr. JOSE MATIASDELGADO" y reconoció su Personalidad Jurídica; II) Que por Acuerdo del Poder Ejecutivo No. 633 de fecha 1 de febrero de 1979 se autorizó elfuncionamiento de dicha institución educativa; III) Que por Acuerdo Ejecutivo No. 15-1210 de fecha 12 de noviembre de 1996, se aprobó a la referidaInstitución la carrera de INGENIERIA INDUSTRIAL; IV) Que la UNIVERSIDAD "Dr. JOSE MATIAS DELGADO", ha presentado a la DirecciónNacional de Educación Superior el Plan de Estudio actualizado de la referida carrera, modificando el número de unidades valorativas de 228 189,cambiaron el prerrequisito de 20 asignaturas, se introdujo la asignatura de Métodos de Investigación y se suprimió Inglés II. Lo anterior sin que hubieraninguna observación por parte de la División de Estudios. POR TANTO, con base en las razones expuestas, fucultades que la Ley le otorga y oída laopinión del Consejo de Educación Superior, ACUERDA: 1°) Aprobar el Plan de Estudio actualizado de la carrera de INGENIERIA INDUSTRIAL,presentado por la UNIVERSIDAD "Dr. JOSE MATIAS DELGADO", 2°) Autorízase a la referida Universidad, para que ofrezca la carrera aprobadaen el numeral anterior, en plan regular en su sede central; 3°) El respectivo Plan de Absorción establece que todos los estudiantes inscritos en los diferentesniveles de la carrera serán absorbidos por el Plan actualizado y todas las asignaturas aprobadas hasta el ciclo 2-2002 tendrán la misma calidad deaprobadas, pero se les disminuirá las unidades valorativas de acuerdo al mismo. Los estudiantes de reingreso en el ciclo I-2003 se tratarán como de antiguoingreso. Los estudiantes de nuevo ingreso y por equivalencias, a partir del ciclo I-2003, se les aplicará el Plan actualizado; 4°) Dicho plan de estudio deberáser revisado en el plazo de duración de la carrera; 5°) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el DiarioOficial. COMUNIQUESE. (Rubricado por el señor Presidente de la República). - EL MINISTRO DE EDUCACION, R. MARIN.

(Registro No. 13754)

ACUERDO No. 15-0438.

San Salvador, 21 de marzo de 2003

El Organo Ejecutivo de la República de El Salvador, en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de EducaciónSuperior, se ha presentado OSCAR ARMANDO ACOSTA LORENZANA, solicitando que se le reconozca el grado académico de PROFESOR DEENSEÑANZA MEDIA EN PEDAGOGIA Y CIENCIAS DE LA EDUCACION, obtenido en la UNIVERSIDAD FRANCISCO MARROQUIN,REPUBLICA DE GUATEMALA, en el año 1999; lo anterior de conformidad a lo dispuesto en los Arts. 3 y 16, literal a) del Reglamento Especial deIncorporaciones y a las facultades concedidas en el mismo a este Ministerio; II) Que de conformidad al Convenio sobre el Ejercicio de ProfesionesUniversitarias y Reconocimiento de Estudios Universitarios, suscrito por nuestro país, ratificado y vigente, procede dicho Reconocimiento. PORTANTO: con base a las razones expuestas, y satisfechos los requisitos legales establecidos en la referida Convención ACUERDA: 1°) Reconócese lavalidez académica de los estudios de PROFESOR DE ENSEÑANZA MEDIA EN PEDAGOGIA Y CIENCIAS DE LA EDUCACION, realizados porOSCAR ARMANDO ACOSTA LORENZANA, en la República de Guatemala; 2°) Tiénese por incorporado a OSCAR ARMANDO ACOSTALORENZANA, como PROFESOR DE ENSEÑANZA MEDIA EN FILOSOFIA, en nuestro país; 3°) El presente Acuerdo Ejecutivo, no constituyeautorización alguna para el ejercicio profesional, la cual deberá ser debidamente tramitada ante la instancia correspondiente. COMUNIQUESE.(Rubricado por el señor Presidente de la República) EL MINISTRO DE EDUCACION, R. MARIN. '" -

(Registro No. 13750)

MINISTERIO DE EDUCACIÓNRAMO DE EDUCACION

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22 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

ORGANO JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUSTICIA

ACUERDO No. 647-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, cinco de noviembre de dos mil dos.- El Tribunal ACUERDA: autorizaa la Licenciada MARIA DOLORES MENDEZ GOMEZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplidocon todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.-R. HERNANDEZ VALIENTE.- J. ENRIQUE ACOSTA.- DE BUITRAGO.-VELASCO.- E. CIERRA.- M. CLARA.- GUSTAVE T.- Pronunciado porlos señores Magistrados que lo suscriben, E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.

(Registro No. 13814)

ACUERDO No. 82-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintiocho de febrero de dos mil tres.- El Tribunal ACUERDA:autorizar a la Licenciada ANA SILVIA GALVEZ CAMPOS, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplidocon todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.-R. HERNANDEZ VALIENTE.- J. E. TENORIO.- MARIO SOLANO.- J. ENRIQUE ACOSTA .- VELASCO.- V. DE AVILES.- DE BUITRAGO.-GUSTAVE T.- M. CLARA.- Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben, E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.

(Registro No. 13879)

ACUERDO No. 96-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintiocho de febrero de dos mil tres.- El Tribunal ACUERDA:autorizar al Licenciado JOSE ALEXIS CASTRO RAMIREZ, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplidocon todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.-R. HERNANDEZ VALIENTE.- J. E. TENORIO.- MARIO SOLANO.- J. ENRIQUE ACOSTA.- M. CLARA.- E. CIERRA.- GUSTAVE T.Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben, E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.

(Registro No. 13725)

ACUERDO No. 97-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintiocho de febrero de dos mil tres.- El Tribunal ACUERDA:autorizar a la Licenciada SILVIA BERNARDA ORANTES FLORES, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de habercumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G.CALDERON.- R. HERNANDEZ VALIENTE.- J. E. TENORIO.- VELASCO.- MARIO SOLANO.- V. DE AVILES.- J. ENRIQUE ACOSTA.- DEBUITRAGO.- GUSTAVE T.- M. CLARA.- Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben, E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.

(Registro No. 13836)

ACUERDO No.113-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, veintiocho de febrero de dos mil tres.- El Tribunal ACUERDA:autorizar a la Licenciada YANIRA DE MARIA FIGUEROA DE MORATAYA, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vistade haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A.G. CALDERON.- R. HERNANDEZ VALIENTE.- J. E. TENORIO.- MARIO SOLANO.- J. ENRIQUE ACOSTA.- VELASCO.- V. DE AVILES.- DEBUITRAGO.- GUSTAVE T.- M. CLARA.- Pronunciado por los señores Magistrados que lo suscriben, E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.

(Registro No. 13878)

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23DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 25 de Abril de 2003.

INSTITUCIONES AUTONOMASALCALDÍAS MUNICIPALES

DECRETO NUMERO DOS.

El Concejo Municipal de la ciudad de Cuscatancingo, Departamento de San Salvador,

Considerando:

Que de conformidad con el artículo 204 de la Constitución de la República y artículo 30, numeral 4 del Código Municipal, es competencia exclusiva

de este Concejo, decretar, modificar, o derogar, ordenanzas que regulen las tasas , municipales y de manera general los tributos de su competencia.

Que Habiéndose construido el Mercado Municipal como un proyecto de beneficio Social, que beneficiará a toda la población de Cuscatancingo.

Que su funcionamiento requerirá de gastos de carácter administrativo, desde el pago de salarios, hasta el pago de servicios públicos; por lo que

se vuelve necesario crear un marco regulador para el funcionamiento y el cobro de tasas, del referido Mercado.

Que habiéndose emitido el Decreto Diecinueve, del Concejo del Municipal de la Alcaldía de Cuscatancingo, a los veinticuatro días del mes de

octubre del año dos mil uno, donde se creó la Ordenanza Reguladora de Tasas del Mercado, publicada en el Diario Oficial Número Doscientos

Trece, Tomo Trescientos Cincuenta y Ocho, de fecha doce de noviembre del corriente año y sus respectivas reformas, siendo la última, aprobada

por Decreto Número Ocho de fecha uno de agosto del dos mil dos;

Que actualmente, aún las referidas tasas, no se ajustan a la realidad económica de los adjudicatarios y por consiguiente, es procedente hacer reformas

a la misma y esta Municipalidad,

POR TANTO:

En uso de las facultades Constitucionales señaladas en el Artículo 204, Número 1; Artículos 3 Numeral 1; 30 Número 4 y 21 del Código Municipal;

con relación con los artículos 2, 5, 77 y 152, todos de la Ley General Tributaria.

DECRETA:

REFORMESE LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS DEL MERCADO MUNICIPAL, DE LA CIUDAD DE CUSCATANCINGO,

DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, ASI:

Artículo 1.- Refórmese el Artículo 3, de la siguiente manera: se cobrarán las Tasas por el uso de los Puestos del Mercado, conforme al siguiente

detalle:

a. Puestos de: Cereales, Lácteos, Pollo, Carnes y Mariscos, pagarán Dos Colones Diarios o su equivalente en Dólares, moneda de los Estados

Unidos de América;

b. Puestos de Cocinas, pagarán Dos Colones diarios o su equivalente en Dólares, moneda de los Estados Unidos de América.

c. Puestos Varios (ropa, zapatos, flores), pagarán Un Colón con Cincuenta Centavos de Colón diarios o su equivalente en Dólares, moneda de

los Estados Unidos de América;

d. Puestos de Frutas y Verduras, pagarán Un Colón Diarios, o su equivalente en Dólares, moneda de los Estados Unidos de América;

e. Puestos para Refresquería, pagarán Dos Colones Diarios o su equivalente en Dólares, moneda de los Estados Unidos de América.

Para el rubro de Aseo, pagarán las siguientes tasas:

a) Puestos de: Cereales, Lácteos, Pollo, Carnes y Mariscos, pagarán Un Colón con Cincuenta Centavos de Colón diarios o su equivalente en

Dólares, moneda de los Estados Unidos de América;

b) Puestos de Cocinas, pagarán Un Colón con Cincuenta Centavos de Colón Diarios o su equivalente en Dólares, moneda de los Estados Unidos

de América;

c) Puestos Varios (ropa, zapatos, flores), pagarán Un Colón con Veinticinco Centavos de Colón diarios o su equivalente en Dólares, moneda

de los Estados Unidos de América;

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24 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

d) Puestos de Frutas y Verduras, pagarán Setenta y Cinco Centavos de Colón Diarios, o su equivalente en Dólares, moneda de los Estados Unidosde América;

e) Puestos para Refresquería, pagarán Un Colón con Veinticinco Centavos de Colón Diarios o su equivalente en Dólares.-

Para el rubro de Vigilancia, pagarán las siguientes tasas:

a) Puestos de: Cereales, Lácteos, Pollo, Carnes y Mariscos, pagarán Un Colón con Cincuenta Centavos de Colón diarios o su equivalente enDólares, moneda de los Estados Unidos de América;

b) Puestos de Cocinas, pagarán Un Colón con Cincuenta Centavos de Colón Diarios o su equivalente en Dólares, moneda de los Estados Unidosde América;

c) Puestos Varios (ropa, zapatos, flores), pagarán Un Colón con Veinticinco Centavos de Colón diarios o su equivalente en Dólares, monedade los Estados Unidos de América;

d) Puestos de Frutas y Verduras, pagarán Setenta y Cinco Centavos de Colón Diarios, o su equivalente en Dólares, moneda de los Estados Unidosde América;

e) Puestos para Refresquería, pagarán Un Colón con Veinticinco Centavos de Colón Diarios o su equivalente en Dólares.

DE LA VIGENCIA:

Artículo 7.- La presente Ordenanza entrará en vigencia ocho días después dé su publicación en el Diario Oficial.

Dado en el Salón de Sesiones del Concejo Municipal, de la Alcaldía de Cuscatancingo, Departamento de San Salvador, a los dos días del mes deabril del año dos mil tres.

JOSE MAURICIO AGUILAR, MARIO EDGARDO AGUILAR,

ALCALDE MUNICIPAL. SINDICO MUNICIPAL.

JORGE ALBERTO GOMEZ H., ABEL NERIO MESTIZO,

PRIMER REGIDOR. SEGUNDO REGIDOR.

MANUEL DE JESUS JUAREZ, ELMER O. MARQUEZ LOPEZ,

TERCER REGIDOR. CUARTO REGIDOR.

SAUL ANTONIO TOBAR GALAN, RAFAEL ANGEL RIVERA,

QUINTO REGIDOR. SEXTO REGIDOR.

MANUEL DE J. COREA PAYAN, CARLOS B. REYES BARRERA,

SEPTIMO REGIDOR. OCTAVO REGIDOR.

ANTONIO LANDAVERDE, HECTOR ANTONIO HERNANDEZ V.

NOVENO REGIDOR. DECIMO REGIDOR.

MIGUEL ANGEL BERNAL GUEVARA,

SECRETARIO MUNICIPAL.

(Registro No. 13851)

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25DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 25 de Abril de 2003.

DECRETO MUNICIPAL NUMERO DOS.

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ILOPANGO.

CONSIDERANDO:

I- QUE LA AUTONOMIA DEL MUNICIPIO COMPRENDE LA CREACION, MODIFICACION Y SUPRESION DE TASAS POR

SERVICIOS Y CONTRIBUCIONES PUBLICAS, AUTONOMIA QUE LA MISMA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA, EL

CODIGO MUNICIPAL Y LA LEY GENERAL TRIBUTARIA MUNICIPAL, FACULTAN;

II- QUE LA ACTUAL ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DE LA CIUDAD DE ILOPANGO,

DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, REQUIERE DE REVISIONES PERIODICAS QUE PERMITAN ESTAR ACORDES CON

LAS EXIGENCIAS DE LA POBLACION Y SOBRETODO QUE SE AJUSTEN A LA REALIDAD DEL MUNICIPIO, PARA QUE SE

MEJOREN SUBSTANCIALMENTE LOS SERVICIOS QUE SE PRESTAN EN LA MUNICIPALIDAD.

III- QUE ES DE IMPERANTE NECESIDAD, DADO LO INDICADO EN EL ROMANO ANTERIOR, MODIFICAR LA ACTUAL

ORDENANZA REGULADORA DE LAS TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DE LA CIUDAD DE ILOPANGO, DE FECHA

TRES DE OCTUBRE DE DOS MIL UNO.

POR TANTO, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES, EL ARTICULO 30 NUMERO CUATRO DEL CODIGO

MUNICIPAL, Y LOS ARTICULOS 2, 5 Y 77 DE LA LEY GENERAL TRIBUTARIA MUNICIPAL.

DECRETA:

"MODIFICACIONES A LA ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DE LA CIUDAD DE ILOPANGO,

DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR".

ART. 1. MODIFICASE LA ORDENANZA REGULADORA DE LAS TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DE LA CIUDAD DE ILOPANGO,

DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, EN LOS ASPECTOS SIGUIENTES:

1) AGREGASE AL ARTICULO UNO DE LA ORDENANZA LOS SIGUIENTES INCISOS:

" PARA EFECTOS DE CLARIDAD Y ESPECIFICACIÓN EN LA AMPLIACIÓN DE LA PRESENTE ORDENANZA, SE TIENEN LASSIGUIENTES DEFINICIONES:

A) SE CONSIDERAN CHALETS: Establecimiento inscrito en el Catastro Comercial de esta Municipalidad y autorizado para la venta al públicode alimentos ligeros u otros artículos lícitos al por menor tienen que tener autorización Municipal para su funcionamiento, y serán controladospor el departamento de administración general de mercados en coordinación con el cuerpo de agentes Municipales, su extensión superficialno sobrepasará los cinco metros cuadrados, serán construidos de cuatro paredes de lámina o materiales similares y abiertos sin condicionespara guardar mercadería, habrá una Ordenanza Reguladora de su funcionamiento.

B) Se consideran Ramadas: Aquellos negocios que se dedican al comercio de alimentos preparados, ubicados frente a la Rivera del Lago deIlopango diseminados en todo el Municipio cuya construcción es con materiales no permanentes, sino que sólo tienen horcones o pilares sinparedes, generalmente con techos de ramas de árboles de coco u otros similares.

C) Se consideran negocios nocturnos: Aquellos dedicados al comercio de alimentos preparados y que expanden sus actividades desde lasdiecisiete horas hasta las tres horas aproximadamente, sino poseen autorización Municipal no podrán vender bebida alcohólica envasadao fraccionada.

D) SE CONSIDERAN COMEDORES: Se entiende como COMEDORES: establecimientos autorizados e inscritos en el catastro comercial deesta Institución para vender al público alimentos preparados. La venta de cervezas en este tipo de negocios será objeto de una regulaciónespecial.

E) SE CONSIDERAN TIENDAS: " Los Establecimientos que expenden al público cualquier Mecánica al por menor o de tipo individual,incluidas bebidas no alcohólicas. Tienen que tener autorización Municipal para su funcionamiento.

F) SE CONSIDERAN COMUNIDADES MARGINALES, TUGURIOS Y SIMILARES: aquellos asentamiento hunamos que no poseen losservicios básicos completos de desarrollo. La calificación de este tipo de comunidades, sera efectuada por catastro Municipal, y estarán bajoesta calificación en tanto no se hayan desarrollado de forma completa, esta calificación se actualizará constantemente para efectuar lasmodificaciones necesarias llevando un plano zonificado del Municipio para mejor ilustración. Esta zonificación contendra los sectores ycomunidades denominadas: URBANAS, SEMI URBANAS, RURALES, MARGINALES, TUGURIOS Y SIMILARES.

2) AGREGUESE EN EL CAPITULO SEGUNDO DE LAS TASAS, TITULO PRIMERO ARTICULO SIETE, EL LITERAL L: POR DISPOSICION

FINAL DE DESECHO SOLIDO EN EL RELLENO SANITARIO, QUE PROVENGA DEL ASEO Y LIMPIEZA NORMAL DE LOS INMUEBLES

DESTINADOS EXCLUSIVAMENTE A VIVIENDA ( POR VIVIENDA Y DE FORMA MENSUAL, LO QUE CORRESPONDE AL DESECHO

INDUSTRIAL EXISTE DECRETO ESPECIAL):

1) RESIDENCIALES, URBANIZACIONES Y SIMILARES, CANTONES Y CASERIOS, UBICADOS EN EL MUNICIPIO DE ILOPANGO DE

CONFORMIDAD A LOS SIGUIENTES RANGOS SEGUN LOS KILOWATTS/HORA QUE SE CONSUMAN:

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26 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

RANGO 1: DE CERO A 49 KW/HORA .............................................................................................................................. ¢ 5.00

RANGO 2: DE 50 A 100 KW/HORA .............................................................................................................................. ¢ 10.00

RANGO 3: DE 101 A 150 KW/HORA .............................................................................................................................. ¢ 15.00

RANGO 4: DE 151 A 200 KW/HORA .............................................................................................................................. ¢ 20.00

RANGO 5: DE 201 A 250 KW/HORA .............................................................................................................................. ¢ 30.00

RANGO 6: DE 251 A 300 KW/HORA .............................................................................................................................. ¢ 40.00

RANGO 7: DE 301 A MAS KW/HORA .............................................................................................................................. ¢ 50.00

2) COMUNIDADES MARGINALES, TUGURIOS O SIMILARES ..................................................................................... ¢ 8.75

3) MODIFICASE EL CAPITULO SEGUNDO" DE LAS TASAS", TITULO PRIMERO ARTICULO 7 LITERAL I, VEHÍCULOS Y NEGOCIOS

EN SITIOS PUBLICOS:

1. AUTOMOTORES CON PARLANTES .............................................................................................................................. ¢ 12.00

2. AUTOMOTORES SIN PARLANTES ................................................................................................................................. ¢ 8.00

3. CARRETONES DE MANO ................................................................................................................................................. ¢ 3.00

4. COMEDORES Y NEGOCIOS SIMILARES DIURNOS ................................................................................................... ¢ 1.00

( POR METRO CUADRADO)

5. CHALETS ................................................................................................................................................. ¢ 0.75

6. RAMADAS POR METRO CUADRADOS ......................................................................................................................... ¢ 0.50

7. PUESTOS TRANSITORIOS AL DIA ................................................................................................................................. ¢ 0.50

8. CANASTERAS ESTACIONARIAS AL DIA ...................................................................................................................... ¢ 1.00

9. PUESTOS DE NEGOCIOS NOCTURNOS POR METRO CUADRADOS ....................................................................... ¢ 2.00

4) MODIFICASE EL CAPITULO SEGUNDO " DE LAS TASAS" TITULO PRIMERO ARTICULO 7 LITERAL K, SERVICIO DE CEMENTERIOS.

A. DERECHOS A PERPETUIDAD.

1. PARA TENER DERECHO PERPETUO PARA ENTERRAMIENTOS, POR METRO

CUADRADO ................................................................................................................................................. ¢ 100.00

2. POR CONSTRUCCION DE NICHOS UNO ....................................................................................................................... ¢ 150.00

3. PARA CONSTRUCCION DE SOTANOS EN CONTRACAVAS DE PUESTOS DE

MAUSOLEOS, PARA TRES NICHOS (MAXIMO SEIS NICHOS) .................................................................................... ¢ 150.00

4. POR ENTERRAMIENTO QUE SE VERIFIQUE EN NICHOS O FOSAS ........................................................................ ¢ 60.00

5. PARA ABRIR Y CERRAR NICHOS PARA CUALQUIER OBJETO, SALVO ORDEN JUDICIAL ............................. ¢ 30.00

6. POR CADA TRASPASO O REPOSICION DE TITULOS A PERPETUIDAD ................................................................. ¢ 100.00

7. POR EXTRACCION DE OSAMENTAS PARA CUALQUIER FIN INCLUSIVE

ORDEN JUDICIAL ................................................................................................................................................. ¢ 75.00

8. POR CONSTRUCCION DE NICHOS CADA UNO .......................................................................................................... ¢ 150.00

9. POR ENTERRAMIENTOS DE CADAVERES EN CEMENTERIOS PRIVADOS,

DEBIDAMENTE AUTORIZADOS ........................................................................................................................................ ¢ 200.00

B. PERIODO DE SIETE AÑOS (PRIMERA CLASE):

1. ENTERRAMIENTO DE ADULTOS EN FOSA ................................................................................................................. ¢ 60.00

2. ENTERRAMIENTO DE INFANTES O RESTOS EN GENERAL EN FOSA ................................................................... ¢ 50.00

3. POR PRORROGA POR SIETE AÑOS PARA CONSERVAR EN EL MISMO NICHO,

LOS RESTOS DE UN CADAVER DE ADULTOS O INFANTES POR C/AÑO ............................................................ ¢ 30.00

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27DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 25 de Abril de 2003.

C. PERIODO DE SIETE AÑOS (SEGUNDA CLASE):

1- ENTERRAMIENTO DE ADULTOS EN FOSA ................................................................................................................. ¢ 50.00

2- ENTERRAMIENTO DE INFANTES O RESTOS EN GENERAL EN FOSA ................................................................... ¢ 40.00

3- POR PRORROGA POR SIETE AÑOS PARA CONSERVAR EN EL MISMO NICHO

LOS RESTOS DE UN CADAVER DE ADULTOS O INFANTE PARA CADA AÑO ........................................................ ¢ 25.00

D. TERCERA CLASE: GRATIS. TENIENDO UN LUGAR NO ESPECIFICADO EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL. PERTENECEN A ESTA

CLASE LOS ENTERRAMIENTOS EN LOS CASOS DE POBRES DE SOLEMNIDAD DEBIDAMENTE COMPROBADA.

E. FOSA COMUN: AQUI SE ENTIERRAN LOS CADAVERES DE DESCONOCIDOS AL MOMENTO DE SU ENTERRAMIENTO Y NO

CAUSARAN TASA EN ESE MOMENTO, SE LES ASIGNARA UN LUGAR ESPECIAL EN EL CEMENTERIO MUNICIPAL.

F. INGRESOS VARIOS.

1- FORMULARIO DE TITULO A PERPETUIDAD, CADA UNO ...................................................................................... ¢ 15.00

2- TRASPASOS O REPOSICION DE TITULO DE DERECHO A PERPETUIDAD ........................................................... ¢ 75.00

3- POR TRANSFERENCIA DE UNA OSAMENTA A OTRO NICHO U OSARIA ............................................................. ¢ 50.00

4- PERMISO PARA TRASLADAR UN CADAVER FUERA DEL MUNICIPIO

PERO DENTRO DEL TERRITORIO NACIONAL ............................................................................................................ ¢ 87.50

5- PERMISO PARA TRASLADAR UN CADAVER FUERA DEL MUNICIPIO Y FUERA

DEL TERRITORIO NACIONAL ........................................................................................................................................ ¢ 500.00

6- POR CADA SERVICIO ADMINISTRATIVO QUE A SOLICITUD DE PARTE

INTERESADA SE EXTIENDA ........................................................................................................................................... ¢ 35.00

7- POR LA EXTENSION DE PERMISOS POR TODA CLASE DE TRABAJO QUE NO SEAN

PROHIBIDO EN EL ARTICULO 14 DEL REGLAMENTO RESPECTIVO ................................................................. ¢ 35.00

8- POR CADA CONSTRUCCION (JARDINERA) HECHA POSTERIOR AL

ENTERRAMIENTO PREVIO PERMISO ......................................................................................................................... ¢ 125.00

9- PERMISO PARA ENTERRAMIENTO DE CADAVERES PROVENIENTES DEL EXTRANJERO ............................. ¢ 200.00

10- PERMISOS PARA CELEBRAR CEREMONIAS RELIGIOSAS DENTRO DEL CEMENTERIO MUNICIPAL ........ ¢ 50.00

11- PERMISOS NO CONTEMPLADOS EN LOS LITERALES ANTERIORES .................................................................. ¢ 50.00

5- MODIFICASE EL CAPITULO SEGUNDO "DE LAS TASAS" TITULO PRIMERO ARTICULO 7 "PARA TRANSPORTAR MINERALES

EXTRAIDOS DEL SUBSUELO DEL MUNICIPIO DE ILOPANGO (ALUVIONES, CAUSES O MINAS), ENTENDIENDOSE COMO TALES

MINERALES: AGUA, PIEDRA, ARENA U OTROS MINERALES SIMILARES ( POR CADA VIAJE).

1- CAMIONES QUE SOBREPASAN DOS TONELADAS PERO NO SOBREPASEN LAS SIETE TONELADAS ......... ¢ 8.75

2- PICK UPS QUE NO SOBREPASAN DOS TONELADAS ................................................................................................ ¢ 3.00

3- CAMIONES QUE NO SOBREPASEN LAS DOS TONELADAS ..................................................................................... ¢ 3.00

4- POR CADA CARRETADA MANUAL ............................................................................................................................... ¢ 0.50

JALADA POR BESTIAS ................................................................................................................................................. ¢ 1.00

5- CAMIONES DE MAS DE OCHO TONELADAS SI TRANSPORTA AGUA .................................................................. ¢ 8.75

SI TRANSPORTA PIEDRA U OTRO TIPO DE MATERIAL O MINERA .......................................................................... ¢ 13.00

5- MODIFICASE EL CAPITULO SEGUNDO " DE LAS TASAS" TITULO PRIMERO ARTICULO 7 "DE LAS LICENCIAS, MODIFICASE

UNICAMENTE EN LA TASA QUE CORRESPONDE A:

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28 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

VALLAS PUBLICITARIAS MENORES DE 6 X 3 METROS C/U AL AÑO O FRACCION ............................................. ¢ 300.00

VALLAS PUBLICITARIAS MAYORES DE 6 X 3 METROS C/U AL AÑO O FRACCION ............................................. ¢ 300.00

ART. 2 ADICIONASE EL ARTICULO 17-A AL CAPITULO TERCERO " DISPOSICIONES GENERALES DE LA PRESTACION DE SERVICIOS

MUNICIPALES" 17-A. LA TASA POR LA DISPOSICION FINAL DE LOS DESECHOS SOLIDOS ESTIPULADA EN LA PRESENTE

ORDENANZA CORRESPONDE UNICA Y EXCLUSIVAMENTE A LOS INMUEBLES DESTINADOS A VIVIENDA. LOS DESECHOS

PROVENIENTES DE INMUEBLES DESTINADOS A ALBERGAR NEGOCIOS O ESTABLECIMIENTOS, SERAN OBJETOS DE UNA

ORDENANZA ESPECIAL DE CONFORMIDAD AL ARTICULO 17 DE LA PRESENTE ORDENANZA, EN VISTA DE QUE EL DESECHO

SOLIDO DE DICHOS INMUEBLES EMANAN ES DE TIPO INDUSTRIAL-COMERCIAL, Y SU CANTIDAD ES MUCHISIMO SUPERIOR A

LA QUE NORMALMENTE PROVIENE DEL ASEO Y LIMPIEZA NORMAL DE LAS VIVIENDAS Y SU TRATAMIENTO EN EL RELLENO

SANITARIO TAMBIEN ES ESPECIAL.

ART. 3. ADICIONASE EL ARTICULO 40-A CAPITULO TERCERO " DISPOSICIONES GENERALES DE LA PRESTACION DE SERVICIOS

MUNICIPALES" ART. 40-A EL ALCALDE Y EL SINDICO MUNICIPAL ORDENAN ADMINISTRATIVAMENTE LA FORMULA A

UTILIZARSE PARA EFECTOS DEL CALCULO DE LOS INTERESES POR MORA, A LA GERENCIA ADMINISTRATIVA Y ESTA AL

DEPARTAMENTO DE CONTABILIDAD, PARA SU APLICACION.

ART. 4. SUSTITUYASE EL ARTICULO 41 DE LA ACTUAL ORDENANZA POR EL SIGUIENTE: “ART. 41. SE ENTENDERA QUE EL SUJETO

PASIVO CAE EN MORA EN EL PAGO DE LAS TASAS CUANDO NO REALIZA EL MISMO, EN EL PLAZO ESTIPULADO POR LEY, O DEJA

TRANSCURRIR UN PLAZO DE MAS DE SESENTA DIAS SIN VERIFICAR DICHO PAGO. ESTOS TRIBUTOS EN LAS CONDICIONES QUE

SEÑALAN ESTAS DISPOSICIONES CAUSARAN UN INTERES MORATORIO DEL NUEVE POR CIENTO ANUAL. ESTOS INTERESES

MORATORIOS SE PAGARAN JUNTAMENTE CON EL TRIBUTO SIN NECESIDAD DE RESOLUCION O REQUERIMIENTO EN

CONSECUENCIA, LA OBLIGACION DE PAGARLO SUBSISTIRA AUN CUANDO NO HUBIESEN SIDO EXIGIDOS POR EL COLECTOR,

BANCO, FINANCIERA O CUALQUIER OTRA INSTITUCION AUTORIZADA PARA RECIBIR DICHO PAGO.

ART. 5. QUEDA INALTERABLE EL RESTO DEL TEXTO DE LA ORDENANZA RELACIONADA AL INICIO DEL PRESENTE DECRETO.

LA PRESENTE ORDENANZA ENTRARA EN VIGENCIA DESDE EL DIA DE SU APROBACION. ILOPANGO A CINCO DIAS DEL MES DE

FEBRERO DEL DOS MIL TRES.

REINA FIDELIA ALCANTARA UMAÑA, LEONARDO HIDALGO HERNANDEZ,

ALCALDESA MUNICIPAL. SINDICO MUNICIPAL.

ODIR RAMON PEÑA ESPINOZA, FRANCISCO ANTONIO MATA,

PRIMER REGIDOR. SEGUNDO REGIDOR.

LUIS GILBERTO VALLE MEJIA, ANA CECIBEL BORJAS ROSA,

TERCER REGIDOR. CUARTA REGIDORA.

SANTOS ARGENTINA MENDOZA DE R., MARIA LEONOR LEMUS DE DIAZ,

QUINTA REGIDORA. SEXTA REGIDORA.

MARCOS ANTONIO GALLARDO S., DORA ELENA PAZ RODRIGUEZ,

SEPTIMO REGIDOR. OCTAVO REGIDOR.

OSCAR ARMANDO MURCIA, FRANCISCO CRUZ SORTO,

NOVENO REGIDOR. DECIMO REGIDOR.

(Registro Nº. 13869).

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29DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 25 de Abril de 2003.

DECRETO No. 3.

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE ILOPANGO.

CONSIDERANDO:

I- Que la autonomía municipal comprende la creación de Ordenanzas, que viabilicen la actividad pública municipal, autonomía que la mismaconstitución de la República y el Código Municipal y leyes internacionales facultan.

II- Que considerando la importancia que para las autoridades edilicias y la persona humana como tal, significa la participación ciudadana, deforma organizada, se hace necesario reglar dicha participación en la solución de problemas locales, con miras a orientar a mejorar lascondiciones de vida del municipio y el desarrollo de éste, tanto a nivel individual como colectivo.

III- Que la actual administración municipal no cuenta con un instrumento legal que facilite, regle y viabilice el entorno de las actividades de lasdiferentes organizaciones sociales y actores locales que coadyuvan a la solución de los problemas locales, en lo que a su funcionamiento,organización, derechos y facultades se refiere, siendo de imperiosa necesidad la creación de una Ordenanza que regule y establezca estassituaciones.

Por tanto en uso de sus facultades legales, DECRETA la siguiente «ORDENANZA MUNICIPAL DE LA PARTICIPACION CIUDADANA DELMUNICIPIO DE ILOPANGO».

CAPlTULO PRIMERO

“CONCEPTOS GENERALES”

Art. 1.- La presente Ordenanza tiene por objeto reglamentar, viabilizar y facilitar el entorno de las actividades y funcionamiento de las distintasorganizaciones y actores sociales que se desarrollan en el municipio, estableciéndose en consecuencia, el régimen jurídico que se ha de aplicar.

Art. 2.- El involucramiento de los ciudadanos a través de los organismos del quehacer social se denominan ORGANIZACIONES SOCIALES yson aquellas entidades de derecho público, que trabajan en pro del desarrollo del Municipio de Ilopango, de naturaleza APOLITICA, sin fines de lucro,y que se nutren de diversas asociaciones o agrupamientos de la zona o sector de desarrollo, realizando actividades lícitas.

Se denominan INTERCOMUNALES: es la organización social municipal que involucra a los ciudadanos y habitantes de Ilopango, en Asociacionesque son compuestas por diferentes asociaciones comunales, pertenecientes a un sector y zona territorialmente identificada. Para efectos de claridad enla presente definición, Ilopango, se clasifica en CUATRO ZONAS O SECTORES TERRITORIALMENTE IDENTIFICADAS: APULO, ILOPANGO-SHANGALLO, SAN BARTOLO y SANTA LUCIA. Los alcances y finalidades de cada Intercomunal, serán determinados por sus Estatutosdebidamente aprobados por el Concejo Municipal.

Se denominan INTERSECTORIAL: a la organización social municipal que involucra el actuar de diferentes Organismos e instituciones quefuncionan dentro del municipio de Ilopango, y que su finalidad es COADYUVAR a la solución de los problemas locales de forma integral, entre susmiembros se cuentan personas jurídicas, y personas naturales, que de forma coordinada, trabajan en pro del desarrollo y erradicación de los problemasdel Municipio. Sus miembros representan organismos o sectores que tienen alta incidencia en el Municipio, tales como la Policía Nacional Civil, loscentros de salud del municipio, la misma Alcaldía y otros entes de esa naturaleza. Sus opiniones y sugerencias si bien no son de carácter vinculante,SIRVEN DE ILUSTRACION Y SOPORTE PARA UNA TOMA DE DECISION MUNICIPAL en su momento.

Se denominan COMITES ZONALES: aquellos organismos que están diseñados para desarrollar un aspecto o área especiífica dentro del Municipio.Tales como el Comité de Desarrollo Local, el Comité de Emergencia Municipal, etc., sin que esta enumeración sea taxativa sino que es enumerativa yen consecuencia, cada comité, tendrá su objetivo y aspecto específico.

El reconocimiento de las anteriores organizaciones sociales municipales, es a través de un ACUERDO municipal siempre y cuando se hayancumplido con los requisitos establecidos en la presente Ordenanza. Su finalidad será la canalización y de apoyo en las decisiones municipales que seande beneficio para la colectividad del municipio y/o su sector, siendo pilar fundamental para fomentar la solidaridad y participación activa de los y lasIlopanenses en la Administración Pública Local.

Art. 3.- La participación de estas organizaciones será a través de los mecanismos que designa el Código Municipal, esta Ordenanza y acuerdosinternos que determine el Concejo Municipal, mismos que servirán para expresar opinión, coadyuvar a tomar decisión y contribuir con el GobiernoMunicipal, sobre los diferentes tópicos que le afecten a su zona, sector o al municipio en general. Se entienden como mecanismos de participación delas organizaciones sociales municipales el acceso a la información municipal, con relación a la gestión pública y se encuentre en vigencia. No seráaplicable a este artículo toda información que no esta documentada al momento de su solicitud y aquella que sea estrictamente para uso interno de laMunicipalidad.

Art. 4.- Para garantizar la participación de todos los sectores de la población de Ilopango, las organizaciones sociales deberán tener entre susmiembros un porcentaje del sector femenino y del sector juventud.

En el caso específico de las Inter. Comunales, deberán estar representadas Comunidades con directivas reconocidas municipalmente, así comoaquellas que gocen de personería jurídica.

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30 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

Art. 5.- La capacidad de actuación de las Organizaciones Sociales Municipales deberán atenerse a lo que disponga la presente Ordenanza y lasnormas específicas que rijan sus actuaciones, sin perjuicio de la facultad que tiene para la realización de todos los actos necesarios para el cumplimientode sus fines establecidos en sus respectivos Estatutos, siempre que no contraríen esta Ordenanza u otro ordenamiento legal incluidos los establecidosen el artículo treinta y cuatro del Código Municipal.

Art. 6.- Las Organizaciones Sociales Municipales serán representadas legalmente por las personas a quienes sus propios Estatutos confiera talcarácter, y sus actos son válidos en tanto no excedan los límites de sus atribuciones, si se exceden obligan personalmente al representante.

Art. 7.- Los Estatutos de las Organizaciones Sociales Municipales tienen fuerza obligatoria sobre sus miembros y afiliados.

Art. 8.- El Concejo Municipal por medio del departamento de Educación Social, organizará un sistema adecuado para control y coordinación delas operaciones de cada organización social, con el objeto de que exista identidad en el trabajo institucional de ambas entidades y evitar duplicidad ensu trabajo.

Secretaria Municipal, deberá llevar todo lo relativo a la inscripción, libros y registros de cada Organización Social Municipal.

Art. 9.- Los Estatutos de cada Organización Social Municipal, definirán y determinarán la relación de los diferentes entes, personas y organismosque la conforman.

CAPITULO SEGUNDO

«DE LOS PRINCIPIOS, REQUISITOS DE CONSTITUCION, ORGANIZACION INTERNA, DEBERES Y DERECHOS DENTRO

DE LAS ORGANIZACIONES SOCIALES MUNICIPALES».

SECCION PRIMERA: DE LOS PRINCIPIOS DE LAS ORGANIZACIONES SOCIALES MUNICIPALES.

Art. 10.- Los principios, es decir, los fundamentos en los cuales descansarán las acciones, actos y actuaciones de las diferentes OrganizacionesSociales Municipales, serán :

A) PRINCIPIO DE LA VOCACION DE SERVIR A LOS INTERESES DE LAS MAYORIAS. Entendido este principio como la identificaciónplena con los intereses y anhelos de superación, desarrollo y bienestar de las mayorías sociales de los diferentes sectores de Ilopango.

B) PRINCIPIO DEL HUMANISMO SOCIAL. Entendido éste como la promoción y de la dignificación de la persona humana en todos losordenes de la vida del Ilopanense: económico, social cultural, educacional, etc., en derredor del cual gira la administración pública municipal,encaminado a la transformación, progreso y desarrollo del municipio.

C) PRINCIPIO DE LA PARTICIPACION CIUDADANA. Entendido este como la construcción de un municipio con cambios estructurales entodos sus órdenes dando primacía a la persona humana, favoreciendo así la vigencia de las garantías constitucionales del ciudadano,especialmente la libertad de expresión, de respeto a las tradiciones y creencias religiosas y sobre todo poniendo a la disposición de la personahumana todos los mecanismos económicos, sociales y de otra índole para priorizar la superación y desarrollo de la persona humana alinvolucrarse en los problemas y su solución local.

D) PRINCIPIO DEL RESCATE Y DESARROLLO DEL MEDIO AMBIENTE. Siendo Ilopango, un municipio rico en recursos naturales, lasorganizaciones sociales municipales, tendrán como un fundamento prioritario la recuperación, conservación, defensa y desarrollo del medioambiente para el disfrute pleno de un medio ambiente habitable para las y los ilopanenses.

E) PRINCIPIO DE LA SOLIDARIDAD. Las organizaciones sociales deberán procurar fomentar la unión entre sus miembros, crear unaidentificación común entre sus miembros con el fin de desarrollar mejor el sector, zona o municipio.

SECCION SEGUNDA. “DE LOS REQUISITOS DE CONSTITUCION Y ORGANIZACION INTERNA.”

A) DE LOS REQUISITOS DE CONSTITUCION DE ORGANIZACIONES SOCIALES MUNICIPALES EN GENERAL.

ART. 11.- Para que una organización social municipal se constituya, será necesario que previo a su acuerdo municipal de reconocimiento comopersona jurídica, se cumplan los siguientes aspectos:

a) Deberá constituirse con Asociaciones, Comités o entidades de la zona o sectores territoriales de que se trate, o del municipio su número deintegrantes variará, dependiendo de los fines para los cuales fue creada y serán sus Estatutos que definirán este número.

b) Deberá contar dentro de sus miembros con un porcentaje del género femenino y sector juventud, siendo postestad de cada Organización Social,determinar en sus Estatutos su número o porcentaje.

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31DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 25 de Abril de 2003.

c) Deberá presentar una solicitud de reconocimiento de personería jurídica y aprobación de Estatutos, ante el Concejo Municipal, y estos últimosdeberán contener al menos:

l-DENOMINACION, DOMICILIO, NATURALEZA Y EXPRESION DE SER DE PLAZO INDEFINIDO.

2- OBJETO Y FINALIDAD.

3- LA DETERMINACION DE LOS BIENES QUE CONFORMAN SU PATRIMONIO, Y PODRAN INCLUIR LA OBLIGACION DE LASAPORTACIONES DE SUS MIEMBROS O SU FORMA DE CONSTITUIR. EL PATRIMONIO.

4- LOS ORGANOS DE ADMINISTRACION, SUS FUNCIONES Y ATRIBUCIONES, Y DE QUIEN ASUMA EL CARGO DE REPRESENTANTELEGAL, FORMA O PROCEDIMIENTO DE ELECCION DEL REPRESENTANTE LEGAL Y DURACION EL EJERCICIO DE SUS FUNCIONESASI COMO EL DE CADA UNO DE LOS MIEMBROS QUE INTEGRAN SU ORGANISMO DE DIRECCION .

5- INDICACION EXPRESA SOBRE LA CREACION DE COMITES, COMISIONES O SECTORES DENTRO DE SU ORGANIZACION, QUEVELARAN POR UN AREA ESPECIFICA O PARA UN FIN DETERMINADO, ASI COMO SE DEFINIRA EN DICHA CLAUSURA EL ALCANCEY FACULTADES QUE TENDRA CADA COMITE, COMISION Y SU COORDINADOR O REPRESENTANTE ESPECIFICO.

6- REGIMEN DE RESPONSABILIDAD PARA LOS MIEMBROS REPRESENTANTES DE LA ENTIDAD U ORGANIZACION SOCIALMUNICIPAL .

7- MODALIDAD DE LA AFILIACION O PARTICIPACION CONCRETA DENTRO DE LA ORGANIZACION SOCIAL MUNICIPAL DE QUESE TRATE DE PARTE DE CADA ENTE QUE LO CONFORME .

8- MEDIDAS DISCIPLINARIAS CASUALES Y PROCEDIMIENTOS PARA SU APLICACION.

9- INDICACION EXPRESA DE LA RELACION QUE GUARDA CADA AFILIADO, SOCIO O PARTICIPANTE EN LA ORGANIZACIONSOCIAL MUNICIPAL .

10- REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS PARA REFORMAR SUS ESTATUTOS .

11- REGLAS SOBRE DISOLUCION, LIQUIDACION Y DESTINO DEL PATRIMONIO.

12- DECISIONES DE ADMINISTRACION DE CADA ENTE DE LA ORGANIZACION.

13- MECANISMOS Y GRADO DE PARTICIPACION DE CADA ENTE DENTRO DE LA ORGANIZACION .

14- CUALQUIER OTRO ASPECTO QUE A JUICIO DE LA ORGANIZACION SOCIAL MUNICIPAL, SEA NECESARIO INCORPORAR A LOSESTATUTOS, SIEMPRE Y CUANDO NO CONTRARIE EL ORDEN JURIDICO DE ESTA ORDENANZA, Y DEMAS PRECEPTOS LEGALES.

B) DE LOS REQUISITOS DE CONSTITUCION DE LAS INTERCOMUNALES

Art. 12.- Para que una INTERCOMUNAL se constituya, será necesario que previo a su acuerdo municipal de reconocimiento como personajurídica, se cumplan los siguientes requisitos:

a. deberá constituirse con Asociaciones Comunales de su zona o sector territorial, siempre y cuando NO PERTENEZCAN a otra entidad socialmunicipal a título personal, su número mínimo de integrantes será de QUINCE ASOCIACIONES COMUNALES, siempre y cuando seanéstas reconocidas por la municipalidad como Asociaciones Comunales con personería jurídica propia o en proceso de legalizar.

b. Deberá contar dentro de sus miembros con un porcentaje del género femenino y sector juventud, siendo potestad de cada INTERCOMUNAL,determinar en sus Estatutos su número o porcentaje. Queda expresamente determinado que el miembro que represente al género femeninoes independiente del miembro que se designe del sector juventud.

c. LA JUNTA DIRECTIVA DE LA INTERCOMUNAL, SERA INTEGRADA EXCLUSIVAMENTE POR MIEMBROS DIRECTIVOSQUE RESULTEN ELECTOS EN ASAMBLEA GENERAL DE LA INTERCOMUNAL.

d. PARA OPTAR A UN CARGO DENTRO DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA INTERCOMUNAL, EL REPRESENTANTE DE LAASOCIACION QUE SE POSTULE, DEBERA COMPROBAR, OBLIGATORIAMENTE, QUE LA ASOCIACION QUE REPRESENTACUENTA CON PERSONERIA JURIDICA, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL, EXPRESANDO EN ESTE CASO, EL NUMERO,FECHA Y TOMO DE DICHO DIARIO Y AGREGAR SU COPIA A LA SOLICITUD DE INSCRIPCION DE LA JUNTA DIRECTIVAO LA REELECCION DE ESTA.

e. Deberá presentar una solicitud de reconocimiento de Personería Jurídica y aprobación de Estatutos, ante el Concejo Municipal, y estos últimosdeberán contener al menos:

a) DENOMINACION, DOMICILIO, NATURALEZA Y EXPRESION, DE SER DE PLAZO INDEFINIDO.

b) OBJETO Y FINALIDAD.

c) LA DETERMINACION DE LOS BIENES QUE CONFORMAN SU PATRIMONIO, Y PODRAN INCLUIR LA OBLIGACION DE LASAPORTACIONES DE SUS MIEMBROS O SU FORMA DE CONSTITUIR EL PATRIMONIO.

d) LOS ORGANOS DE ADMINISTRACION, SUS FUNCIONES Y ATRIBUCIONES, Y DE QUIEN ASUMA EL CARGO DE REPRESEN-TANTE LEGAL, FORMA O PROCEDIMIENTO DE ELECCION DEL REPRESENTANTE LEGAL Y DURACION EN EL EJERCICIO DE SUSFUNCIONES ASI COMO EL DE CADA UNO DE LOS MIEMBROS QUE INTEGRAN SU ORGANISMO DE DIRECCION, DE LA FORMA ENESTE ARTICULO ESTABLECIDA.

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e) INDICACION EXPRESA SOBRE LA CREACION DE COMITES O SECTORES DENTRO DE LA INTERCOMUNAL, QUE VELARAN PORUN AREA ESPECIFICA O PARA UN FIN DETERMINADO, ASI COMO SE DEFINIRA EN DICHA CLAUSULA EL ALCANCE Y FACULTA-DES QUE TENDRA CADA COMITE O SECTOR Y SU COORDINADOR O REPRESENTANTE ESPECIFICO.

f) REGIMEN DE RESPONSABILIDAD PARA LOS MIEMBROS REPRESENTANTES DE LAS DIFERENTES ADESCOS QUE LA CONFOR-MAN.

g) MODALIDAD DE LA AFILIACION O PARTICIPACION CONCRETA DENTRO DE LA INTERCOMUNAL DE QUE SE TRATE DE PARTEDE CADA ENTE QUE LO CONFORME.

h) MEDIDAS DISCIPLINARIAS, CAUSALES Y PROCEDIMIENTOS PARA SU APLICACION.

i) INDICACION EXPRESA DE LA RELACION QUE GUARDA CADA ADESCO AFILIADA.

j) REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS PARA REFORMAR SUS ESTATUTOS.

k) REGLAS SOBRE DISOLUCION, LIQUIDACION Y DESTINO DEL PATRIMONIO.

1) DECISIONES DE ADMINISTRACION DE CADA ADESCO DENTRO DE LA INTERCOMUNAL Y SU VINCULACION CON LAINTERCOMUNAL.

m) MECANISMOS Y GRADO DE PARTICIPACION DE CADA ADESCO DENTRO DE LA INTERCOMUNAL.

n) CUALQUIER OTRO ASPECTO QUE A JUICIO DE LA INTERCOMUNAL, SEA NECESARIO INCORPORAR A LOS ESTATUTOS,SIEMPRE Y CUANDO NO CONTRARIE EL ORDEN JURIDICO DE ESTA ORDENANZA, Y DEMAS PRECEPTOS LEGALES.

SECCION TERCERA: “DERECHOS Y DEBERES DE LAS ORGANIZACIONES SOCIALES MUNICIPALES INCLUIDAS LASINTERCOMUNALES”.

A) DE LOS DERECHOS.

Art. 13.- Son derechos de todas las organizaciones sociales municipales:

a) Derecho de solicitar y recibir información tanto de la Alcaldía, con las limitantes, aquí estipuladas, como de las diferentes organizacionesque la conforman, con las limitantes, también respectivas, sobre tópicos que tengan incidencia en su sector o zona.

b) Derecho a consultar a sus organizaciones o miembros sobre la forma más atinada de resolver los problemas de su sector o zona.

c) Derecho a presentar propuesta de solución a los problemas de su sector o zona a la Alcaldía y ésta tomarla en cuenta aun cuando éstas no tengancarácter vinculante, no obstante, la municipalidad deberá considerarla como un elemento importante de juicio en dicho proceso, cuandoexistan propuestas claras y precisas a la solución a los problemas de la zona o sector de la organización social municipal.

d) Derecho a participar en la toma de decisiones para la solución de los problemas de su sector, y cuando la importancia de la cuestión lo amerite,por su trascendencia para la vida pública de la zona, como por ejemplo, el plan de ejecución de proyectos, planes de desarrollo local, éste serviráde punto de partida para toma de decisiones de parte de la municipalidad.

e) Derechos de COGESTION. Entendida ésta como la responsabilidad compartida en la gestión entre la municipalidad y las organizacionessociales, para llevar adelante proyectos de desarrollo local, o de incidencia local .

f) Derecho a la CONTRALORIA. Las organizaciones sociales municipales tendrán derecho a supervisar los procesos de toma de decisión yel manejo de los recursos públicos, así como la probidad de los gobernantes y funcionarios públicos municipales, sin que esto signifiquemenoscabo a la dignidad, honor, fama y prestigio de los mismos.

B) DE LOS DEBERES.

Art. 14.- Son los deberes de todas las organizaciones sociales municipales:

A) En el caso de las INTERCOMUNALES, deberán celebrar CONSULTA VECINAL en cada porción de su demarcación territorial, en loscuales sus asociadas, utilizarán este mecanismo para su participación en cuanto a emitir opiniones y formular propuestas de soluciones aproblemas colectivos del lugar donde residan. Y al Intercomunal, deberá analizar y si es procedente, canalizarla hacia la municipalidad, ysi no fuera procedente, informarlo y explicarlo a la ADESCO respectiva, para buscar otras alternativas de solución.

B) En el caso de otras organizaciones sociales, deberán emitir y formular propuesta de soluciones a problemas colectivos que tengan incidenciadirecta dentro del municipio, dichas propuestas deberán ser consensuadas y aprobadas de forma mayoritaria por todos los integrantes de laorganización, para que exista una transparencia y una verdadera participación de todos los sectores involucrados. Las recomendaciones delos comités o sectores que integran las diferentes organizaciones sociales, si bien no serán de carácter vinculante, deberán dejarse plasmadaspor escrito, para que se tomen en cuenta, en su momento.

C) A darle publicidad a la Consulta Vecinal, en coordinación con la municipalidad en el caso de las Intercomunales, y ésta comenzará a difundirsecon tres días de anticipación, por lo menos, de la celebración de la misma; las peticiones deberán ser concertadas y tratando de tener unaequidad de las peticiones y desarrollo sectorial, evitando así el favoritismo de un sector o área sobre otro, y los resultados de esta consultadeberán ser publicados por cualquier medio después de analizada la petición por parte de la Intercomunal como ente colegiada.

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D) En el caso de otras organizaciones sociales, deberá darse la publicidad requerida a las propuestas vertidas por las mismas, para efecto de tenerclaridad de trabajo efectuado por la misma.

E) Al brindar todo el apoyo de logística organización y el necesario para la cogestión, al Concejo Municipal.

F) A informar periódicamente al Concejo Municipal, por lo menos una vez cada tres meses de los resultados de la aplicación de las políticasinternas de cada organización social o sobre los temas relevantes de su sector.

G) Divulgar y propiciar iniciativas orientadas a promover políticas municipales a nivel de otros municipios y a nivel nacional, para divulgar estesistema de participación ciudadana, en lo que fuera posible.

H) Emitir pronunciamientos concertados con el Concejo Municipal ante la opinión pública Nacional e Internacional sobre aspectos relacionadoscon temas o políticas municipales en la gestión municipal y gubernamental.

I) Gestionar Recursos Humanos, materiales y financieros que viabilicen la aplicación de políticas municipales o proyectos de desarrollo localsectorial o general.

J) Ser una instancia impulsora de las acciones de Interlocución entre el Concejo Municipal de las instancias u organismos sociales de su sector.

K) Promover una contraloría social en el proceso de ejecución de las políticas municipales.

L) Elaboración y ejecución de su propio plan de trabajo y presupuesto, así como manera de financiarlo.

M) Consultar y coordinar la aplicación de las políticas municipales y otros aspectos de la gestión municipal con un tema o ámbito específico.

N) Proponer y gestionar iniciativas al Concejo Municipal, dirigidas a viabilizar, mejorar o corregir la aplicación de las políticas municipales,sin que esto signifique que sus iniciativas sean de carácter vinculante sino que ilustrativas.

O) A rendir cuentas, logros y memorias de labores anuales a cada uno de sus Asociados y el Concejo Municipal.

P) Las demás que a juicio del Concejo Municipal o de las organizaciones sociales municipales, incluidas las Intercomunales, sean necesariasincorporar.

SECCION CUARTA: «DE LAS PROHIBICIONES A LAS ORGANIZACIONES SOCIALES MUNICIPALES, INCLUIDAS LASINTERCOMUNALES».

Art. 15.- Queda terminante prohibido a las organizaciones sociales municipales incluidas las Inter. Comunales y sus miembros:

a) Realizar actividades, actos y hechos de manera fraudulenta, subrepticia o ilícitas que causen perjuicio moral, económico, de imagen y sociala las mismas o a personas naturales, jurídicas o al Concejo Municipal.

b) Realizar actividades, actos y hechos que pretendan favorecer a personas particulares o en carácter individual.

c) Realizar actividades, actos y hechos que tiendan a desfigurar la función de las organizaciones sociales municipales y sus afiliadas.

d) Promover, ejecutar o patrocinar actos que atenten, contra la moral y las buenas costumbres de los miembros de la comunidad, Intercomunal,intersectorial, Concejo Municipal, o a personas individualmente consideradas.

e) Aceptar presiones de los empleados o funcionarios municipales para realizar actos y operaciones que puedan beneficiar a personas, oentidades, en especial.

f) Sobornar a los empleados y funcionarios municipales con el fin de favorecer sectores o a la misma organización social municipal o susmiembros individualmente considerados.

g) Las demás que por disposición interna señalen los estatutos de cada organización social municipal, incluidas las intercomunales.

CAPITULO TERCERO

«DE LA DISOLUCION DE LAS ORGANIZACIONES SOCIALES MUNICIPALES».

Art. 16.- Las organizaciones sociales municipales podrán disolverse y liquidarse, por las siguientes causales :

A) Por causas consignadas en los estatutos de casa organización social municipal, siempre y cuando sea homologado por el Concejo Municipal,y para aprobar, la disolución, deberá por las tres cuartas partes de sus miembros afiliados.

B) Por orden judicial.

Art. 17.- Los demás aspectos relativos a la disolución y liquidación, tales como libros, patrimonio, y otros, se estará a lo dispuesto en la LEY DEASOCIACIONES Y FUNDACIONES SIN FINES DE LUCRO, o en su defecto por lo que acuerda los Estatutos de cada organización o en su defectoel Concejo Municipal .

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CAPITULO CUARTO

«DEL GOBIERNO DE LAS ORGANIZACIONES SOCIALES MUNICIPALES».

Art. 18.- Los órganos que tendrán a su cargo el gobierno, administración y representación legal de las organizaciones sociales municipales serán:LA ASAMBLEA GENERAL DE ASOCIADOS Y LA JUNTA DIRECTIVA, así como los organismos de dirección, administración y vigilancia quelos Estatutos que cada organización estipule.

Art. 19.- Las Asambleas Generales de asociados u agremiados podrán ser ordinarias y extraordinarias, siendo legítimamente constituidas y estandodentro de los límites de sus facultades, de conformidad a sus Estatutos. Estas Asambleas forman la máxima autoridad de la organización, la calidad deextraordinaria, será definido en los Estatutos.

Art. 20.- Todas las asociadas o agremiadas o afiliados a la organización social municipal, tiene voz y voto dentro de las Asambleas Generales.

Art. 21.- Todo acuerdo tomado en Asamblea General, emitido en la forma y con los requisitos señalados en cada Estatuto y será de obligatoriocumplimiento para todos los asociados agremiados o afiliados, aun para los ausentes o disidentes, y se establece como principio fundamental la sujeciónde todos los afiliados, asociados o agremiados al voto de la mayoría simple o calificada según los casos y Estatutos.

Art. 22.- Para que una Asamblea General se instale, y se establezca como válida, será necesario la presencia de la mitad más uno de las afiliadas,agremiadas o asociadas, salvo que los Estatutos indiquen otra cosa.

Art. 23.- La administración de la organización social municipal, será confiada a una Junta Directiva que estará compuesta en la forma y modo quedetermine los Estatutos de cada una, y durarán en sus funciones DOS AÑOS, pudiendo ser reelectos.

Art. 24.- La representación legal de la organización social municipal, será ejercida de conformidad a lo que dictaminen los Estatutos de cada ente,así como la del resto de los cargos directivos.

CAPITULO FINAL

«DISPOSICIONES GENERALES»

Art. 25.- Lo que no estuviere previsto en la presente Ordenanza, se estará a lo que dispongan los Estatutos de cada organización social municipal;en forma subsidiaria, a lo que disponga el Concejo Municipal, por medio de acuerdos.

Art. 26.- Se derogan todas aquellas disposiciones dispersas que contravengan esta Ordenanza, ya que por ser especial priva sobre aquellas.

Art. 27.- La presente Ordenanza entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.

ILOPANGO, A LOS CINCO DIAS DEL MES DE FEBRERO DE DOS MIL TRES .

REINA FIDELIA ALCANTARA UMAÑA, LEONARDO HIDALGO HERNANDEZ,ALCALDESA MUNICIPAL. SINDICO MUNICIPAL.

ODIR RAMON PEÑA ESPINOZA, FRANCISCO ANTONIO MATA,REGIDOR. REGIDOR.

LUIS GILBERTO VALLE MEJIA, ANA CECIBEL BORJAS ROSA,REGIDOR. REGIDORA.

SANTOS ARGENTINA MENDOZA DE R., MARIA LEONOR LEMUS DE DIAZ,REGIDORA. REGIDORA.

MARCOS ANTONIO GALLARDO SALAZAR, DORA ELENA PAZ RODRIGUEZ,REGIDOR. REGIDORA.

OSCAR ARMANDO MURCIA, FRANCISCO CRUZ SORTO,REGIDOR. REGIDOR.

(Registro No. 13871).

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35DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 25 de Abril de 2003.

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION DE DESARROLLO

COMUNAL COLONIAS SAN JOSE LAS FLORES

CAPITULO I

Art. 1.- La Asociación que se constituye estará regulada por elCódigo Municipal, la Ordenanza Reguladora de la Asociación Comunaldel Municipio de Nueva San Salvador Departamento de La Libertad, porestos Estatutos, su Reglamento Interno y demás disposiciones aplicablesa las Asociaciones.

Se denominará Asociación Comunal de las Colonias San José LasFlores, la cual podrá abreviarse ACOFLOR que en lo sucesivo de estosEstatutos se denomina La Asociación. Tendrá su domicilio Legal en laColonia San José las Flores de la Ciudad de Nueva San Salvador,Departamento de La Libertad.

CAPITULO II

DEL PATRIMONIO DE LA ASOCIACION

Art. 2.- El Patrimonio de la Asociación estará constituido por:

a) Las cuotas sociales de UN DOLAR que puedan aportar losSocios activos, honorarios y fundadores, cantidad que puedemodificarse por acuerdo de Asamblea General.

b) Por todos los aportes extraordinarios que provengan dediversas fuentes licitas.

c) Ingresos que provengan de cualquier actividad realizada conel objeto de hacer llegar fondos a la Asociación.

d) Todos los bienes muebles e inmuebles adquiridos, a cualquiertítulo así como por las rentas que se obtengan mediante laadministración de los mismos.

e) Donaciones, regalías o participaciones en actividades deestas índoles.

El Presidente y el Tesorero, serán responsables del buenmanejo y uso de estos fondos.

CAPITULO III

DE LA NATURALEZA Y EL OBJETIVO

Art. 3.- La Asociación es de naturaleza apolítica, no lucrativa, decarácter democrática y no religiosa.

Art. 4.- La Asociación adopta como símbolo LA CORDILLERADEL BALSAMO, que bordea el Sur de nuestra comunidad, enmarcandoen ella el DESLAVE ocurrido el 13 de Enero del 2001, causa que nosmotiva a trabajar con mucho amor y entusiasmo, para embellecer estelugar que antes fuera zona de desastre, llanto, dolor y muerte.

Art. 5.- Esta Asociación tendrá por objeto lo siguiente:

a) Promover el progreso de la Colonia San José Las Flores, delmunicipio de Nueva San Salvador, conjuntamente con losOrganismos Públicos y Privados, que participan en los co-rrespondientes Programas de Desarrollo Comunal.

b) Fomentar el Espíritu de unidad, solidaridad y cooperaciónmutua entre los vecinos, sus grupos y Entidades Representa-tivas.

c) Impulsar y participar en los Programas de CapacitaciónPromocional de los residentes, con el fin de contribuir almejoramiento de la Organización de la Comunidad, la Admi-nistración de Proyectos Sociales, Culturales, Deportivos, deSalud y Económicos.

d) Trabajar en el establecimiento y mejora de servicios de laComunidad.

e) Promover las organizaciones juveniles, para que se haganparticipes en los programas de desarrollo local.

f) Desarrollar actividades comunitarias, a fin de obtener recur-sos financieros, que sirvan para impulsar el mejoramiento denuestra Colonia.

g) Colaborar con la Municipalidad, Gobierno Central, Institu-ciones Autónomas y Privadas, en la ejecución de proyectosque beneficien nuestras Comunidades.

CAPITULO IV

DE LOS ASOCIADOS

Art. 6.- Los Asociados deben ser:

a) Fundadores

b) Activos

c) Honorarios

Art. 7.- Son Asociados Fundadores, todas las personas que firma-ron el Acta de Constitución de la Asociación.

Art. 8.- Son Socios Activos, todas las personas que obtengan suingreso a la misma conforme a lo establecido en estos Estatutos.

Art. 9.- Son Asociados Honorarios, aquellas personas naturales ojurídicas, que se incorporen a esta Asociación, dando ayuda significativay que la Asamblea General les conceda tal calidad a propuesta de la JuntaDirectiva.

Art. 10.- Para ser socio activo deberá cumplir con los siguientesrequisitos:

a) Tener mayoría de edad

b) Residir en la Comunidad

c) Honradez y Honorabilidad

Art. 11.- Los interesados a ingresar a la Asociación, deben solici-tarlo por escrito a la Junta Directiva. La Junta Directiva al comprobar queel solicitante cumple con los requisitos del artículo anterior; aprobará suingreso, para lo cual la Asociación llevará un registro de los miembros.

DEL REGISTRO DE LOS ASOCIADOS

Art. 12.- La Asociación, contará con un registro de sus miembros,Fundadores, Activos y Honorarios. En cada registro deberá indicarse elnombre y las generales de cada inscrito, fecha de ingreso y residencia.

DERECHOS Y DEBERES DE LOS ASOCIADOS

Art. 13.- Son derechos de los Asociados:

a) Participar con Voz y Voto en las Asambleas Generales.

b) Participar en las actividades y actos que desarrolle la Asocia-ción.

c) Presentar mociones y sugerencias a la Asamblea General.

d) Elegir y ser electo para un cargo en la Junta Directiva.

e) Gozar de los servicios, beneficios y privilegios que brinde laAsociación.

f) Las demás que se establezcan en otras Leyes aplicables.

Art. 14.- Son deberes de los Asociados:

a) Cooperar con la Asociación en actividades propias de lacomunidad.

b) Asistir con puntualidad a las sesiones de Asamblea General,previa convocatoria en forma legal.

c) Desempeñar cargos y funciones en las comisiones que se leencomienden.

d) Cumplir con los estatutos y obedecer las disposiciones de laAsamblea General y Junta Directiva, siempre que esténrelacionadas con los fines de la Asociación.

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e) Velar por el cumplimiento de los fines de la Asociación.

f) Otras funciones que regulen las Leyes aplicables a las Aso-ciaciones de Desarrollo Comunal.

Art. 15.- La calidad de Asociados se pierde por:

a) Por retiro voluntario, que puede ser EXPRESO O TACITO.

b) Por Expulsión.

c) Por dejar de residir en la Colonia.

Art. 16.- Las causas por expulsión son las siguientes:

a) Mala conducta que ocasione perjuicios a la Asociación o a lacomunidad en general.

b) Negarse abandonar el desempeño del cargo, que por elecciónde Asamblea General haya aceptado.

c) Por incumplimiento en las Leyes, Ordenanzas, Estatutos,Reglamentos y disposiciones de Asamblea General y deJunta Directiva, siempre que estén relacionadas con el fin dela Asociación.

Art. 17.- Cuando un asociado incurriere en alguna de las causalesde expulsión establecidas en el Artículo anterior, será expulsado de lamisma por decisión de Asamblea General, a iniciativa de la JuntaDirectiva. Si el asociado tuviere pruebas de descargo, deberá presentar-las a la Asamblea General, para que se reconsidere su expulsión.

CAPITULO V

DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACI0N

Art. 18.- El Gobierno de la Asociación será ejercido por unaAsamblea General y una Junta Directiva.

ASAMBLEA GENERAL

Art. 19.- La Asamblea General es la máxima autoridad de laAsociación y está constituida por los socios activos. Se reunirá Ordina-riamente por lo menos dos veces al año y Extraordinariamente cuantasveces sea necesario, previa convocatoria enviada por escrito con antici-pación de ocho días por lo menos.

Art. 20.- Las convocatorias Ordinarias para Asamblea General, seharán por escrito u otro medio de comunicación, que garantice laautenticidad del mensaje, la cual debe de indicar el día, lugar y hora decelebrarse y en caso de reunión Extraordinaria debe incluirse una agendapropuesta.

Art. 21. Si la reunión no se llevara a cabo por falta de quórum,fuerza mayor o cualquier otro caso especial, se hará nueva convocatoriadentro de los cinco días siguientes y los acuerdos se tomarán con losVOTOS, de por lo menos las tres cuartas partes de los miembros queasistan.

Art. 22.- Las resoluciones de la Asamblea General serán acordadasen:

a) Primera convocatoria con el VOTO favorable del cincuentapor ciento más uno, de la mayoría de los miembros fundado-res y activos.

b) Segunda convocatoria con el VOTO favorable de por lomenos las tres cuartas partes de los miembros que asisten.

c) Asamblea Extraordinaria con el voto favorable de la mayoríade los miembros fundadores y miembros activos que asistan,ya sea en primera o en segunda convocatoria.

ATRIBUCIONES DE ASAMBLEA GENERAL

Art. 23.- Son atribuciones de Asamblea General:

a) Aprobar, reformar o derogar los Estatutos y Reglamentos dela Asociación.

b) Elegir a los miembros de la Junta Directiva y destituirlos porcausa justificada.

c) Aprobar el Presupuesto anual de la Asociación.

d) Aprobar la Memoria de Labores de Junta Directiva, losinformes del Tesorero y las demás que presente la JuntaDirectiva.

e) Fijar la cuantía de cuotas Ordinarias y Extraordinarias de laAsociación.

f) Autorizar a la Junta Directiva, para que celebre a nombre dela Asociación toda clase de acto o contrato, dentro del marcoLegal.

g) Interpelar a los miembros de la Junta Directiva por motivosjustificables.

h) Resolver todo lo imprevisto que no existe en los presentesEstatutos o Reglamentos emitidos por esta Asociación.

i) Acordar la disolución de la Asociación.

j) Elegir la Junta de Vigilancia de la Asociación.

DE LA JUNTA DIRECTIVA

Art. 24.- La Junta Directiva estará integrada por:

a) Presidente.

b) Vicepresidente.

c) Secretario y Prosecretario.

d) Tesorero y Protesorero.

e) Síndico.

f) Cinco Vocales.

Los miembros de Junta Directiva serán electos por AsambleaGeneral, para un período de dos años, pudiendo ser reelecto en sus cargospor un período más, pero no más de dos períodos continuos.

Art. 25.- Para ser miembro de Junta Directiva se requiere:

a) Mayor de dieciocho años de edad, excepto el Presidente quedeberá ser mayor de veintiún años de edad, igual que elSíndico.

b) Ser Socio Activo.

c) Tener capacidad para desempeñar los cargos.

d) De conducta notoria.

e) Residir en la Comunidad.

Art. 26.- La calidad de miembro se perderá:

a) Por renuncia escrita presentada a Junta Directiva y aprobadapor la Asamblea general.

b) Por inasistencia injustificada a tres sesiones Ordinarias con-secutivas.

c) Por acuerdo de Asamblea General por motivo justificado.

d) Por dejar de residir en la Comunidad.

Art. 27.- La Junta Directiva sesionará Ordinariamente por lo menosdos veces al mes, de forma Extraordinaria en cualquier fecha a solicituddel Presidente o al menos por cinco de sus miembros.

Art. 28.- La Junta Directiva tendrá validez con asistencia de por lomenos seis miembros, y las resoluciones serán acordadas por el VOTOfavorable de la mayoría de los miembros Directivos presentes, en caso deempate se considerará doble el VOTO del Presidente.

ATRIBUCIONES DE JUNTA DIRECTIVA

Art. 29.- Son atribuciones de Junta Directiva:

a) Administrar el patrimonio de la Asociación.

b) Velar por el cumplimiento de los Estatutos, Resoluciones deAsamblea General y Reglamento de la Asociación.

c) Elaborar la memoria anual de labores y someterla a conside-ración de la Asamblea General.

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37DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 25 de Abril de 2003.

d) Elaborar el presupuesto anual de la Asociación y someterloaprobación de Asamblea General.

e) Velar por que todos los socios cumplan con sus obligacionesen la Asociación.

f) Señalar fechas de celebración de las sesiones Ordinarias yExtraordinarias de la Asamblea General, convocar a lossocios y elaborar la agenda de las mismas.

g) Conocer las solicitudes de ingreso de los Asociados y presen-tarla a Asamblea General.

h) Conocer las solicitudes y reclamos de los Asociados, deacuerdo a lo dispuesto en los Estatutos y Reglamentos de laAsociación.

i) Autorizar al Presidente para que celebre toda clase de contra-tos y proyectos de la Asociación aprobados por la AsambleaGeneral.

j) Elaborar proyectos de Reglamentos de la Asociación asícomo reformas de los mismos.

k) Aprobar los programas de trabajo desarrollados por la Aso-ciación.

l) Organizar cursillos, adiestramientos, actividades deportivasy otras afines.

m) Resolver los asuntos que no sean de la competencia deAsamblea General.

Art. 30.- La Junta Directiva podrá ser destituida en pleno oindividualmente, por faltas leves y graves cometidas en el ejercicio de susfunciones.

La destitución individual procederá después de tres amonestacio-nes por faltas leves y a la primera cuando se trate de faltas graves.

Art. 31.- Son faltas leves:

a) Inasistencia continua e injustificada a las reuniones de laJunta Directiva o Asamblea General.

b) Incumplimiento a las funciones designadas.

c) Incumplimiento a los Estatutos. Su Reglamento interno ydemás disposiciones.

Art. 32.- Son Faltas Graves.

a) Valerse de sus cargos Directivos, para enajenar los bienes dela Asociación sin causa justificada y sin el aval de la Asam-blea General y Junta Directiva.

b) Lucrar para sí con el patrimonio de la Asociación, aduciendode sus cargos en la Junta Directiva.

c) Criticar y divulgar todo lo actuado por la Junta Directiva oAsamblea General, de manera mensurable con dolo y alevo-sía.

d) Cometer robos, hurto y/o estafas en prejuicio de los bienes dela Asociación, de manera impositiva o deliberadamente.

Art. 33.- Son atribuciones del Presidente:

a) Presidir las sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asam-blea General.

b) Velar por el cumplimiento de los acuerdos, Resoluciones deJunta Directiva y de Asamblea General, así como de losEstatutos y Reglamentos Internos de la Asociación.

c) Representar judicial y extrajudicialmente a la Asociación,pudiendo otorgar poderes previa autorización de Junta Direc-tiva.

d) Convocar a sesiones Ordinarias y Extraordinarias de Asam-blea General y de Junta Directiva.

e) Autorizar juntamente con el Tesorero las erogaciones quetenga que hacer la Asociación.

f) Presentar la Memoria de labores de la Asociación y cualquierinforme que le sea solicitado por la misma.

g) Dar a conocer con el Secretario, a los medios de comunica-ción las actividades que desarrolle la Asociación y los demásque establezcan estos Estatutos y demás disposiciones apli-cables.

Art. 34.- Son atribuciones del Vicepresidente:

a) Sustituir al Presidente en caso de ausencia, enfermedad o porcualquier causa que imposibilite su ausencia.

b) Desempeñar las funciones que este le delegue.

c) Las demás que le asigne la Asociación y Junta Directiva.

Art. 35.- Son atribuciones del Secretario y Prosecretario:

a) Llevar libro de actas de las sesiones de Asamblea General yde Junta Directiva.

b) Extender las credenciales y certificaciones de los Asociadosque sean necesarios.

c) Llevar archivo de la Asociación.

d) Convocar a sesiones de Asamblea General y Junta Directiva.

e) Llevar libro de Registro de Asociados.

f) Recibir y despachar correspondencia de la Asociación queautorice el Presidente.

g) Las demás que por su cargo le competen.

Art. 36.- Son atribuciones del Tesorero y Protesorero.

a) Recibir y guardar los fondos de la Asociación en la InstituciónBancaria que la Junta Directiva señale.

b) Firmar con el Presidente los documentos de gastos de laAsociación debidamente aprobados.

c) Elaborar el anteproyecto de presupuesto anual de la Asocia-ción y presentarlo a la Junta Directiva para su estudio yaprobación.

d) Llevar los libros de contabilidad que fueren necesarios.

e) Presentar mensualmente a la .Junta Directiva un informe delos ingresos y egresos de la Asociación.

f) Presentar balance de situación financiera de la Asociación.

g) Recopilar los comprobantes de gastos efectuados por laAsociación y presentarlos a la Junta Directiva cuando estoslos requiera.

Art. 37.- Son atribuciones del Síndico:

a) Velar especialmente por el cumplimiento de las resolucionesde Junta Directiva y de Asamblea General, de los Estatutos yReglamentos de la Asociación.

b) Colaborar en la elaboración de reformas a los Estatutos yReglamentos de la Asociación.

c) Representar judicial y Extrajudicialmente a la Asociaciónconjunta o separadamente con el Presidente de la Asociación.

d) Las demás que le señale la Asamblea General y la JuntaDirectiva.

Art. 38.- Son atribuciones de los Vocales:

a) Desempeñar las comisiones que le asignen la AsambleaGeneral y la Junta Directiva.

b) Sustituir en caso de ausencias de un miembro propietario, enlos casos que por acuerdos de Junta Directiva sean asignados.

c) Los demás que le señalen los Estatutos y Reglamentos de laAsociación.

CAPITULO VI

PATRIMONIO.

Art. 39.- El Patrimonio de la Asociación estará constituido por:

a) Contribuciones Ordinarias o Extraordinarias que aporten losAsociados, aprobados por Asamblea General.

b) Subvenciones y otros aportes extraordinarios que provengande diversas fuentes lícitas.

c) Ingresos provenientes de cualquier actividad realizada por laAsociación.

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38 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

d) Bienes muebles e inmuebles a cualquier título y las rentas quese obtengan de la administración de los mismos.

e) Financiamientos que se obtengan.

f) Otros ingresos que perciba la Asociación por actividades querealice.

Los bienes muebles e inmuebles que forman el Patrimonio dela Asociación no podrán ser enajenados, vendidos, donadoso dados en prenda o garantía sin la previa autorización de laAsamblea General.

Art. 40.- Los fondos de la Asociación serán depositados en unaInstitución Bancaria para la cual se abrirá cuenta a nombre de laAsociación que serán manejadas con firma del Tesorero y el Presidenteo a quienes la Junta Directiva designe.

Art. 41.- El Presidente y el Tesorero responderán personal osolidariamente según el caso por los movimientos en cuentas bancarias,cuando se exceden los límites de su cargo; asimismo, personas designa-das por Junta Directiva para el manejo de las cuentas bancarias.

CAPITULO VII

MODIFICACION DE ESTATUTOS

Art. 42.- La reforma de los presentes Estatutos, se acordará en unareunión Extraordinaria de Asamblea General por mayoría simple de losAsociados.

Art. 43.- Tendrá iniciativa para solicitar la modificación o reformade Estatutos los Asociados y Junta Directiva; en el primer caso corres-ponderá a por lo menos diez Asociados hacer supervisión por escrito a laJunta Directiva, y en segundo caso, la Junta Directiva hará su solicitudal pleno de Asamblea General.

Art. 44.- La modificación de Estatutos se presentará a la AlcaldíaMunicipal de Nueva San Salvador, Departamento de La Libertad para suaprobación y posterior publicación en el Diario Oficial.

CAPITULO VIII

DISOLUCION Y LIQUIDACION DE LA ASOCIACION

Art. 45.- Esta Asociación podrá disolverse mediante acuerdos ensesión Extraordinaria de Asamblea General, por mayoría absoluta de lasdos terceras partes de los Asociados.

Art. 46.- Son causales para disolver la Asociación:

a) Por la disminución del número de sus miembros, en uncincuenta por ciento del mínimo establecido en el CódigoMunicipal y la Ordenanza Reguladora de las AsociacionesComunales del Municipio de Nueva San Salvador, Departa-mento de La Libertad.

b) Por la imposibilidad de realizar los objetivos para los cualesfue constituida, y

c) Cuando su funcionamiento no se ajuste a los preceptosLegales.

Art. 47.- Al acordarse la Disolución de la Asociación se deberácertificar el Acta donde conste tal Acuerdo, debiendo presentarla a laAlcaldía Municipal de Nueva San Salvador, Departamento de La Liber-tad, justamente con la solicitud, dentro de los diez siguientes días a lafecha en que fue tomada.

Art. 48.- Al disolver la Asociación, deberá integrarse una comisiónliquidadora con dos representantes de la Asociación y dos representantesde la Alcaldía Municipal.

Los representante de la Asociación serán electos en la últimaAsamblea General Extraordinaria convocada a efecto de disolución, sino fueran elegidos, se procederá a liquidación con los dos representantesDelegados Municipales.

Art. 49.- El plazo para liquidar la Asociación no excederá desesenta días.

La Junta Directiva de la Asociación en proceso de liquidacióndeberá poner a disposición de la comisión liquidadora todos los libros ydocumentos, y rendir los informes y explicaciones que soliciten.

Art. 50.- Los delegados y representantes a que se refiere el Art. 52tendrá la Representación Legal de la Asociación conjuntamente y solopara efectos de liquidación.

a) Concluida la liquidación, la Comisión remitirá el informerespectivo y los documentos pertinentes, al Concejo Munici-pal para su aprobación.

b) El acuerdo municipal por medio del cual se aprueba laliquidación de la Asociación, se publicará una sola vez en elDiario Oficial por cuenta de la Asociación.

Art. 51.- Si después de verificada la Asociación, queda un rema-nente, este será donado a la entidad benéfica que la Asamblea Generaldesigne.

CAPITULO IXDISPOSICIONES GENERALES

Art. 52.- La Asociación utilizará sus propios recursos y los obteni-dos de otras fuentes como aportes, donaciones, etc. para llevar a cabo susprogramas y proyectos.

Art. 53.- Todas las actuaciones de Junta Directiva y de AsambleaGeneral, deberán hacerse constar por escrito, por lo que se llevarán librosnecesarios, los cuales se enumerarán correlativamente y se llevarán; conuna razón de apertura en el primer folio, que especifique el objetivo dellibro, número de folios; y la firmarán el Presidente y el Secretario.

Art. 54.- Al finalizar el año, si un libro no se ha agotado, seráhabilitado para el siguiente año; agotados los folios se pondrá en el últimofolio una razón de cierre, firmada y sellada por el Presidente y elSecretario.

Art. 55.- Estos Estatutos entrarán en vigencia ocho días después desu publicación en el Diario Oficial.

SECRETARIA FECHA: 02 ABRIL/2003OFIC. No. 302 ASUNTO: OTORGAR PERSONALIDAD JURI-

DICA.

Atentamente transcribo el Acuerdo, tomado en acta número ocho de lasesión extraordinaria celebrada el día veinticinco de marzo del presenteaño, que dice:

““3.- Vistos los Estatutos presentados por parte de la ASOCIA-CION COMUNITARIA COL. SAN JOSE LAS FLORES Y COLINAUNO, NUEVA SAN SALVADOR ACOFLYCOL de este Municipio, lacual consta de cincuenta y cinco artículos y considerando que no violentadisposición legal alguna, ni contravienen los principios básicos de laConstitución de la República en cuanto a la libertad de Asociación, esteConcejo Municipal en apego a lo señalado en los Arts. 119, 120 y 121 delCódigo Municipal, por unanimidad ACUERDA: OTORGASE LAPERSONALIDAD JURIDICA A LA ASOCIACION COMUNITARIACOL. SAN JOSE LAS FLORES Y COLINA UNO, NUEVA SANSALVADOR ACOFLYCOL. INSCRIBASE EL NOMBRE DE LAASOCIACION COMUNITARIA ACOFLYCOL DE NUEVA SANSALVADOR EN EL LIBRO DE REGISTROS QUE PARA TALEFECTO LLEVA ESTA ALCALDIA, A FIN DE GOZAR DE LOSDERECHOS PROPIOS QUE LE CORRESPONDEN A DICHA ASO-CIACION CONFORME LA LEY. CERTIFIQUESE Y COMUNIQUE-SE.

Lo que hago de su conocimiento para los efectos legalesconsigueintes.

Profa. ELSA MIRIAM LINARES DE QUINTANILLA,SECRETARIA MUNICIPAL INTERINA.

(Registro No. 13832)

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39DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 25 de Abril de 2003.

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION DE DESARROLLO

COMUNAL COLONIA MIRAMAR CIUDAD DE

ZARAGOZA, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD.

CAPITULO I

CONSTITUCION, DENOMINACION, DURACION.

Artículo Nº 1.- Se constituye la Asociación de Desarrollo ComunalColonia Miramar denominada ADESCOMAR, de la ciudad de Zarago-za, Departamento de La Libertad, que se abreviará ADESCOMAR, queen los presentes Estatutos podrá denominarse: Asociación de DesarrolloComunal ADESCOMAR, su duración será indefinida a partir de la fechade obtener la personería jurídica; sin embargo podrá disolverse encualquier tiempo en los casos previstos por los Estatutos según la ley.

Artículo Nº 2.- La Asociación de Desarrollo ComunalADESCOMAR, es de naturaleza apolítica, no sectarista, ni lucrativa,con carácter democrático y tendrá los siguientes fines:

. Dará prioridad a la educación, la economía, la salud y elprogreso integral de sus miembros y miembras.

. Lograr la participación solidaria la cooperación comunal, lademocracia y el civismo.

. Promocionar el progreso coordinado con otros sectores einstituciones con principios afines a los de nuestra organiza-ción.

. Trabajar por la construcción y mejoras de los serviciosbásicos comunales.

. Impulsará y participará en programas y proyectos de capaci-tación que estimulen la formación de la persona humana.

. Sus proyectos estarán apoyado en las factibilidades y con laparticipación comunal.

CAPITULO II

EMBLEMA

Artículo Nº 3.- La Asamblea de la Asociación de DesarrolloComunal ADESCOMAR estará formada por un círculo que llevará en elcentro las siglas ADESCOMAR, Zaragoza, La Libertad.

CAPITULO III

DOMICILIO

Artículo Nº 4.- La Asociación tendrá como domicilio la ColoniaMiramar en la Casa Comunal, Tercera Calle lote 139, pudiéndosereubicar cuando la necesidad lo amerite y lo avale un acuerdo deAsamblea General extraordinaria, trasladando la información por escritoal Concejo Municipal de Zaragoza.

CAPITULO IV

ASOCIADOS Y ASOCIADAS

Artículo Nº 5.- Todos los asociados y las asociadas de la Asocia-ción Comunal ADESCOMAR son iguales en el gozo y ejercicio de susderechos y en el cumplimiento de su obligaciones.

Artículo Nº 6.- Pueden ser miembros/as de la Asociación Comunal,las personas naturales y jurídicas residentes, propietarias de las coloniasMiramar, que sean mayores de 18 años, responsables, con espíritu deservicio a la comunidad.

Artículo No. 7.- El gobierno de los/as asociados/a, estará a cargo dela Asamblea General y de la Junta Directiva, siendo siempre la decisiónde Asamblea General la que prevalezca sobre todo.

CAPITULO V

CLASES DE ASOCIADOS/AS

Artículo Nº 8.- Existirán tres clases de ASOCIADOS/AS:

Asociados y asociadas fundadores, asociados y asociadas activas yasociados y asociadas honorarias.

. Asociados/as fundadores/as los/as que firmen el acta deconstitución, los/as que dan su número de DUI para presen-tarlo al Concejo Municipal solicitando la personería jurídica.Los cuales tendrán voz y voto.

. Serán asociados activos los/as vecinos/as que participen enAsamblea General con voz y voto, que aportan su cuota demembresía.

. Asociados honorarios, aquellas personas que por sus méritosrelevantes a esta comunidad, la Asamblea le otorga tal servi-cio.

Artículo Nº 9.- Requisitos para ser miembro/a de la Asociación:

. Ser mayor de 18 años de edad.

. Aportación de una cuota mensual $1.00

. Que sean propietarios/as o residentes de la localidad y susalrededores.

. Que sean de conducta notoria e intachable.

. Haber sido notificados como asociados- asociadas a propues-ta de la Junta Directiva y Asamblea General previo cumpli-miento con los requisitos anteriores.

Artículo Nº 10.- Derechos de los/as asociados/as:

. Participar con voz pública y voto en la Asamblea Generalordinaria y extraordinaria.

. Obtener su carnet de socio fundador/a

. Presentar nociones y sugerencias para el buen funcionamien-to de la Asociación

. Retirarse voluntariamente mediante justificación.

. Aceptar cargo dentro de la Junta Directiva o comisiones detrabajo.

. Podrá recibir el reconocimiento público como muestra deagradecimiento comunal avalado por acuerdo de AsambleaGeneral.

Artículo Nº 11.- Deberes de los/as socios/as:

. Asistir a las reuniones de trabajo con puntualidad.

. Estar al día con sus cuotas de membresía.

. Abstenerse de acciones que perjudiquen la imagen de laAsociación.

. Mantener la armonía entre los/a asociados/as.

. Mantener en buen estado el patrimonio de la Asociación.

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. Asistir a reuniones de Asamblea General ordinaria y extraor-dinaria que fuere convocado. Así como a participar activa-mente en las actividades y ejecución de proyectos que seplanifique y ejecuten para el desarrollo de la comunidad.

CAPITULO VI

LA ASAMBLEA GENERAL

Artículo Nº 12.- La Asamblea General es el gobierno máximo dela Asociación, estará constituida por todos/as los/as asociados/as queasistan a dicha Asamblea inscritos en el libro de registro de la Asociación.Serán válidas las resoluciones cuando éstas sean apoyadas con los votosde la mayoría de los asociados/as presentes en la sesión.

Artículo Nº 13.- La Asamblea General deberá reunirse una vez cadatres meses ordinariamente y cuando lo considere conveniente la JuntaDirectiva o ha petición de diez o más asociados. En estas reuniones sediscutirán los puntos establecidos previamente en la agenda, para talesreuniones se convocará ocho días antes y las decisiones tendrán validezlegal si hay consenso y coordinación, de otra manera quedará la reuniónpara el día siguiente y se llevará a cabo con los/as socios /as que asistan,teniendo las resoluciones obtenidas validez legal.

Artículo Nº 14.- Son atribuciones de la Asamblea General:

. Elegir la Junta Directiva

. Aprobar el plan anual de trabajo

. Aprobar y fomentar actividades que beneficien a la Asocia-ción

. Aprobar los cambios que se den dentro de la Asociación, paralas cuales se tomará en cuenta lo establecido en el Reglamen-to Interno de la Asociación.

. Ratificación o rechazo de incorporación de nuevos/as miem-bros/as de la Asociación.

Artículo Nº 15.- El socio o la socia podrá retirarse previa audiencia,la persona afectada podrá expresar a la Junta Directiva sus razones deretiro de la Asociación el acuerdo será por unanimidad.

CAPITULO VII

LA JUNTA DIRECTIVA

Artículo Nº 16.- La Junta Directiva estará integrada como loestablece la Ordenanza Municipal de esta jurisdicción caso contrarioprevalecerá lo establecido por el Reglamento Interno de la Ley deDesarrollo Comunal. La elección será a través del voto popular ydemocrático en Asamblea General, el tiempo de duración será de 2 añosy los miembros y miembras podrán reelegirse un período más.

Artículo Nº 17.- Las sesiones de Junta Directiva serán cada 30 días;serán atribuciones de la Junta Directiva:

1. Elaborar el plan de trabajo.

2. Canalizar y aceptar reuniones con los/as asociados/as, asícomo con nuevos/as asociados/as.

3. Convocar a Asamblea General extraordinaria para discutirtemas que se planteen.

4. Proporcionará el cumplimiento de los deberes y obligacionesen todos/as los miembros/as de la Asociación.

5. Coordinará todo trabajo que beneficie a esta Asociación conel Concejo Municipal y otras oficinas gubernamentales y nogubernamentales y entidades internacionales.

6. Recibir cartas y solicitudes de incorporación de nuevos/asmiembros/as de la Asociación.

Artículo Nº 18.- La Junta Directiva estará formada por diezmiembros/as:

. Presidente/a.

. Vicepresidente/a.

. Secretario/a.

. Prosecretario/a.

. Tesorero/a.

. Protesorero/a.

. Síndico/a.

. Tres Vocales.

CAPITULO VIII

FUNCIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA

Artículo Nº 19.- Son atribuciones del/la Presidente/a:

. Presidir las reuniones de la Asamblea General y Junta Direc-tiva.

. Firmar, junto con el/la Secretaria/o, las actas de AsambleaGeneral y Junta Directiva después de leídas y aprobadas.

. Autorizar los gastos de la Asociación, previa aprobación dela Junta Directiva y la Asamblea.

. Firmar juntamente con el/la Tesorero/a los documentos queextienda la Asociación con la cuenta bancaria en caso de queexista.

. Ser el representante legal de la Asociación.

. Tener doble voto en caso de empate.

Artículo Nº 20.- Atribuciones del Vicepresidente/a:

. Colaborar con el Presidente/a en el desempeño de sus labores.

. Sustituir al Presidente/a en caso de ausencia, renuncia u otromotivo que implica desempeñar su cargo.

. Desempeñar otras funciones que le señale la Junta Directivay/o la Asamblea General.

Artículo Nº 21.- Atribuciones del/la Secretario/a:

. Ser portavoz de la Asociación.

. Elaborar las actas de reuniones de Asamblea General y JuntaDirectiva.

. Llevar el registro de los/as miembros/as, firmar con el/laPresidente/a los respectivos credenciales de los socios/as.

Artículo Nº 22.- Atribuciones del Prosecretario/a:

. Colaborar con el Secretario en el desempeño de sus funcio-nes.

. Sustituir al Secretario en caso de ausencia, renuncia, impedi-mento o muerte del mismo.

. Las demás atribuciones que por razón a su cargo le correspon-den.

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41DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 25 de Abril de 2003.

Artículo Nº 23.- Atribuciones del/la Tesorero/a:

. Recibir el dinero y extender los recibos de las cuotas demembresía de los socios/as.

. Llevar la contabilidad de los ingresos y egresos de la Asocia-ción.

. Llevar el inventario de bienes de la Asociación.

Artículo Nº 24.- Atribuciones del Protesorero/a:

. Colaborar con el Tesorero/a en el desempeño de sus funcio-nes.

. Sustituir al Tesorero/a en caso de ausencia, impedimento omuerte del mismo/a.

. Las demás funciones que por razón de su cargo le correspon-dan.

Artículo Nº 25.- Atribuciones del/la Síndico/a:

. Representar jurídicamente a la Asociación.

. Velar por el estricto cumplimiento de los presentes Estatutos,así como de los acuerdos de la Junta Directiva y AsambleaGeneral.

. Velar porque los fondos de la Asociación sean invertidos encumplimiento de los fines de la misma.

. Asesorar a la Junta Directiva en cuanto a la administración delos bienes.

Artículo Nº 26.- Atribuciones de los/a Vocales:

. Desempeñarse en las comisiones de trabajo que le designe laJunta Directiva y la Asamblea General.

. Sustituir a cualquier miembro/a de la Junta Directiva en casonecesario, previa convocatoria para tal efecto.

. Formar parte del Comité de Vigilancia formado por tresmiembros/as, que tendrán acceso a todas las gestiones, ope-raciones, trabajos, libros y documentos de la Asociación.

CAPITULO IX

EL PATRIMONIO

Artículo Nº 27.- El patrimonio de la Asociación estará constituídopor:

Las aportaciones y cuotas de los/as asociados/as aprobados enAsamblea General.

Bienes obtenidos por donaciones:

Los subsidios y aportes que provengan de diversas fuentes sonpropiedad de la Asociación Comunal, el patrimonio, bienes muebles einmuebles obtenidos por cualquier título dentro de los mecanismosestablecidos por la legalización respectiva, en ningún momento podránser comprometidos o dados en garantía sin el visto buen en sesión deAsamblea General y con el 90% de votos a favor.

CAPITULO X

MODIFICACIONES DE LOS ESTATUTOS

Artículo Nº 28.- Para las modificaciones de los presentes estatutosserá necesario convocar a una Asamblea General y obtener la aprobaciónde las dos terceras partes de los/as miembros/as afiliadas de acuerdo a loestablecido en el Reglamento Interno de la Asociación.

CAPITULO XI

DISOLUCION Y LIQUIDACION DE LA ASOCIACION

Artículo Nº 29.- La Asociación será disuelta y liquidada:

Por incumplimiento por lo establecido en el Código Municipal y laOrdenanza respectiva o en los presentes Estatutos.

Por acuerdo de las dos terceras parte de los/as miembros/as afilia-das a la Asociación en Asamblea convocada para tal efecto.

Cuando se desarrollen actividades contrarias a los fines para la cualfue constituida.

CAPITULO XII

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo Nº 30.- Del control y fiscalización interna y externa.

Los integrantes de la Junta Directiva, tendrán la obligación derendir informe de sus actuaciones cada tres meses a la Asamblea General.

Artículo Nº 31.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar alConcejo Municipal respectivo, en los primeros quince días posteriores ala elección, la nómina de la nueva Junta Directiva, así como enviará ellistado de socios/as o cualquier dato que le pidiere relativo a la Asocia-ción.

También informará en la forma expresada en el inciso anterior,sobre las destituciones de los/as miembros Junta Directiva cuando éstasea de forma definitiva.

Artículo Nº 32.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia ochodías después de publicados en el Diario Oficial.

Artículo Nº 33.- Al liquidarse o disolverse la Asociación, elpatrimonio pasará al Concejo Municipal en calidad de custodia, única yexclusivamente podrá usarse en la comunidad.

ACUERDO Nº 6.

Zaragoza, 7 de abril del 2003.

Con base en el artículo ciento dieciocho del Código Municipaldonde se establece que “se podrán constituir Asociaciones Comunalespara participar organizadamente” y artículo ciento diecinueve “lasAsociaciones Comunales tendrán Personalidad Jurídica otorgada por elConcejo Municipal respectivo”. Por tanto, este Concejo Municipal,ACUERDA: otorgar Personalidad Jurídica a la Asociación de DesarrolloComunal Colonia Miramar (ADESCOMAR), Ciudad de Zaragoza,Departamento de La Libertad, haciendo cumplir los requerimientos y lasdisposiciones según artículo ciento veinte del Código Municipal dichaAsociación Comunal consta sus Estatutos de treinta y tres artículos.

Dado en la Alcaldía Municipal de Zaragoza, a los cuatro días delmes de abril de dos mil tres.- JOSE ISIDRO RODRIGUEZ, ALCALDEMUNICIPAL.- ALDO MAURICIO SANCHEZ, SECRETARIO MU-NICIPAL.

(Registro Nº 13893)

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42 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

SECCION CARTELES OFICIALESDE PRIMERA PUBLICACIÓN

EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTEDISTRITO JUDICIAL,

AVISA: que por resolución de las once horas de este día, ha sidodeclarada heredera definitiva, con beneficio de inventario, en la herenciaintestada que dejó la señora LUCRECIA REYES, conocida porLUCRESIA REYES, quien falleció el once de septiembre de dos miluno, en el Hospital San Rafael Nueva San Salvador, siendo su últimodomicilio esta ciudad, a la señora ENMA ADILIA REYES BONILLADE AMAYA, en concepto de hija sobreviviente de la causante; confi-riéndose a dicha señora en el carácter dicho la administración y represen-tación definitiva de la sucesión.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a las once horas y diezminutos del día veinte de marzo de dos mil tres.- Lic. EVELIO DEJESUS RIOS ALFARO, JUEZ DE LO CIVIL.- Br. JORGE ALBERTOPEREZ, SECRETARIO.

Of. 1 v. Nº 812

LA INFRASCRITA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DEL DIS-TRITO JUDICIAL DE LA LIBERTAD,

HACE SABER: que por resolución de este Juzgado a las quincehoras del día veintiocho de febrero del corriente año, fue declaradaHEREDERA DEFINITIVA Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO ala señora ADRIANA GARCIA MOLINA, en su calidad de hija delcausante SANTOS MOLINA, conocido por SANTOS MOLINA CEN-TENO, quien falleció el día veintitrés de mayo de dos mil, a la edad desetenta y ocho años, soltero, siendo esta ciudad su último domicilio; dela Herencia Intestada que a su defunción dejó el causantesupramencionado.

Confiriéndosele a la heredera mencionada la administración yrepresentación definitiva de la sucesión referida.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de este Distrito Judi-cial, a las quince horas y treinta minutos del día veintiocho de febrero dedos mil tres.- Licda. DIGNA GLADIS MEDRANO RIVERA DEGOMEZ, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- Lic. EDUARDO AL-FONSO GALDAMEZ MEBIUS, SECRETARIO.

Of. 1 v. Nº 813

LA INFRASCRITA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DEL DIS-TRITO JUDICIAL DE LA LIBERTAD,

HACE SABER: que por resolución de este Juzgado, de las quincehoras del día nueve de abril del corriente año, fue declarada HEREDERADEFINITIVA Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO a la HerederaSANTOS RAMOS o SANTOS RAMOS DE SALAZAR, de la HerenciaIntestada que a su defunción dejó el causante JOSE LUIS RAMOS oJOSE LUIS RAMOS PREZA, quien falleció el veintitrés de agosto dedos mil dos, a la edad de treinta años, comerciante, siendo la Ciudad deZaragoza su último domicilio; en su calidad de madre del causante.Confiriéndose a la Heredera mencionada la administración y represen-tación definitiva de la Sucesión referida.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de este Distrito Judi-cial, a las quince horas y cincuenta minutos del día nueve de abril de dosmil tres.- Licda. DIGNA GLADIS MEDRANO RIVERA DE GOMEZ,JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- Lic. EDUARDO ALFONSOGALDAMEZ MEBIUS, SECRETARIO.

Of. 31 v. Nº 814'

LA INFRASCRITA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DEL DIS-TRITO JUDICIAL DE LA LIBERTAD,

HACE SABER: que por resolución de este Juzgado de las diezhoras y cincuenta minutos del día seis de marzo del corriente año, se haDeclarado Yacente la Herencia que dejó a su defunción el causanteJUAN ANTONIO HERNANDEZ, quien falleció el veintiuno de julio dedos mil dos, a la edad de cuarenta años, agricultor en pequeño, soltero,siendo la Ciudad de Tamanique su último domicilio; habiéndose nom-brado curador de dicha Herencia Yacente al Bachiller VICTOR MA-NUEL GUEVARA CORTEZ, quien es mayor de edad, del domicilio deNueva San Salvador.

Lo que se pone en conocimiento del público para efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de este Distrito Judi-cial, a las quince horas del día seis de marzo de dos mil tres.- Lic. DIGNAGLADIS MEDRANO RIVERA DE GOMEZ, JUEZA DE PRIMERAINSTANCIA.- Lic. EDUARDO ALFONSO GALDAMEZ MEBIUS,SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. Nº 815-1

JUAN CARLOS FLORES ESPINAL, JUEZ PRIMERO DE PRIMERAINSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTAMENTODE MORAZAN,

HACE SABER: que por resolución pronunciada en este Juzgado alas nueve horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y conbeneficio de inventario de parte de los menores ZULEMA CAROLINALOPEZ y ALEXI ENRIQUE LOPEZ, representados legalmente por laseñora MARIA ANGELA LOPEZ GARCIA, la herencia que en formaintestada dejó el señor JOSE DE JESUS RAMOS VASQUEZ, quien fuede cincuenta y un años de edad, soltero, jornalero, originario de Jocoaitique,Departamento de Morazán, hijo de JOSE RUTILIO VASQUEZ y deCIRIACA RAMOS, quien falleció a las once horas del día trece deoctubre de dos mil uno, en el Cantón San Marcos, de la jurisdicción deSan Carlos, Departamento de Morazán, siendo ese lugar su últimodomicilio; en concepto de hijos del causante. A quienes se les haconferido en la calidad expresada la administración y representaciónINTERINA de dicha sucesión, con las facultades y restricciones de loscuradores de la herencia yacente; facultades éstas que ejercerán losmenores ZULEMA CAROLINA y ALEXI ENRIQUE, ambos de apelli-do LOPEZ, por medio de su madre y representante legal señora MARIAANGELA LOPEZ GARCIA.

Y cita a las personas que se crean con derecho a la herencia, paraque se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de quincedías contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.

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43DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 25 de Abril de 2003.

Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a lasnueve horas y treinta minutos del día catorce de marzo de dos mil tres.-Lic. JUAN CARLOS FLORES ESPINAL, JUEZ PRIMERO DE PRI-MERA INSTANCIA.- Br. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DEZUNIGA, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. Nº 816-1

EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTEDISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que por resolución de las quince horas y cincominutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y conbeneficio de inventario la herencia intestada que dejó la señora JOSEFACANDELARIA GRANADOS, quien falleció el día veintitrés de octubrede mil novecientos noventa y cinco, en el Cantón El Carao, jurisdicciónde Intipucá, de este departamento, su último domicilio, de parte del señorJOSE RENE GRANADOS, en calidad de hijo de la causante. Confirién-dole a dicho señor en el concepto mencionado la administración yrepresentación interinas de la sucesión con las facultades y restriccionesde los curadores de la herencia yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para queen el término de ley después de la tercera publicación de este cartel lodemuestren en este Juzgado.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los veintidós días delmes de abril de dos mil tres.- Lic. EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO,JUEZ DE LO CIVIL.- Br. JORGE ALBERTO PEREZ, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. Nº 817-1

LA INFRASCRITA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DEL DIS-TRITO JUDICIAL DE LA LIBERTAD,

HACE SABER: que por resolución pronunciada a las once horas ycuarenta minutos del día diez de marzo del corriente año, se tuvo poraceptada expresamente y con beneficio de inventario la Herencia Intes-tada que a su defunción dejó la causante MAURA DE LA CRUZMARTINEZ VIUDA DE FUENTES, quien falleció el día quince denoviembre de mil novecientos noventa y ocho, a la edad de sesenta y ochoaños, Viuda, siendo la ciudad de Chiltiupán, Departamento de LaLibertad, su último domicilio; de parte de los Herederos MARIAESPERANZA FUENTES MARTINEZ, ISMAEL FUENTES MARTI-NEZ y MIRIAN FUENTES MARTINEZ o MIRIAN VIDES DE RO-SALES, en su calidad de hijos del causante. Confiriéndose a los herede-ros mencionados, la administración y representación interina de lasucesión referida, con las facultades y restricciones de los curadores dela Herencia Yacente, lo anterior de conformidad a lo establecido en elartículo 1163 inciso 1º del Código Civil; citándose a las personas que secrean con derecho a la Herencia, para que se presenten a deducirlo en eltérmino de quince días posteriores a la tercera publicación del presenteedicto.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de este Distrito Judi-cial, a las catorce horas y diez minutos del día diez de marzo de dos miltres.- Licda. DIGNA GLADIS MEDRANO RIVERA DE GOMEZ,JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- Lic. EDUARDO ALFONSOGALDAMEZ MEBIUS, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. Nº 818-1

ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTEDISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DELEY,

HACE SABER: que a este Juzgado se ha presentado la LicenciadaMIRIAN SALVADORA GOMEZ MENDOZA, Abogado, del domici-lio de la ciudad de La Unión, en calidad de Procurador Auxiliar represen-tando a la señora MACARIA UMANZOR, mayor de edad, de oficiosdomésticos, del domicilio de El Sauce, solicitando Título Supletorio deun inmueble de naturaleza rústica, situado en el Caserío Papalambre,Cantón Talpetate, jurisdicción de El Sauce, Distrito de Santa Rosa deLima, Departamento de La Unión, de la capacidad superficial de DOS-CIENTOS NOVENTA Y CINCO METROS, CERO CUATRO DECI-METROS VEINTICINCO CENTIMETROS CUADRADOS; que midey linda: AL NORTE, doce metros setenta centímetros con ANTONIOSALAS; AL ORIENTE, veintinueve metros cincuenta centímetros, conANTONIO SALAS calle de por medio; AL SUR, quince metros veintecentímetros, con EMILIANO HERRERA, cerco de piedra del colindan-te; y AL PONIENTE, doce metros ochenta centímetros con NATIVI-DAD VELASQUEZ, en el terreno descrito existe construida una casa,piso de tierra, con servicio de energía eléctrica, que mide cinco metros delargo por tres de ancho. Valúa dicho terreno en la cantidad de CINCOMIL COLONES y lo adquirió por posesión material desde el año de milnovecientos sesenta y siete.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Santa Rosa de Lima, a las oncehoras y quince minutos del día veintiuno de marzo del dos mil tres.- Lic.ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MA-RINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. Nº 819-1

EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTEDISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que a este Juzgado se ha presentado la LicenciadaMIRIAN SALVADORA GOMEZ MENDOZA, mayor de edad, Aboga-do, del domicilio de esta ciudad, en calidad de Procuradora Auxiliar delseñor Procurador General de la República, y en representación de laseñora MARIA ANTONIA VENTURA DE BENITEZ, de cuarenta ycinco años de edad, casada comerciante en pequeño, y de este domicilio,solicitando se le extienda a su poderdante TITULO SUPLETORIO, deun terreno de naturaleza rústica, situado en el Caserío El Caribal, CantónLoma Larga, jurisdicción, Distrito y Departamento de La Unión, de lacapacidad superficial de TRESCIENTOS SIETE METROS CINCUEN-TA CENTIMETROS CUADRADOS, que mide y linda: AL NORTE,veinticuatro metros, con el Instituto Salvadoreño de TransformaciónAgraria, representado por el señor MIGUEL ANGEL LOPEZ IRAHETA,Carretera del Litoral de por medio; AL ORIENTE, dieciocho metros conISABEL MELENDEZ; AL SUR, diecisiete metros con JUAN ANTO-NIO CUEVA, MARIA CANDELARIA VASQUEZ BONILLA; ALPONIENTE, doce metros con PASTORA SAENZ BLANCO. Dichoterreno lo valúa en la suma de CINCO MIL COLONES, y lo adquirió porcompra informal hecha al señor JOSE ANTONIO HERNANDEZ, degenerales y domicilio ignorado, el día quince de enero de mil novecientossetenta y nueve.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los seis días del mesde marzo del dos mil tres.- Lic. EVELIO DE JESUS RIOS ALFARO,JUEZ DE LO CIVIL.- Br. JORGE ALBERTO PEREZ, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. Nº 820-1

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44 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

LA SUSCRITA JUEZ,

HACE SABER: que con fecha seis de marzo del corriente año, sepresentó la Licenciada ANA FRANCISCA FUENTES DINARTE DEZAPATA, de cincuenta y dos años de edad, Abogado y Notario de estedomicilio, portadora de su Documento Unico de Identidad Personalnúmero cero cero cuatrocientos noventa y siete mil doscientos dieciséisguión cero, como Procuradora Auxiliar del señor Procurador General dela República y en Representación del señor MIGUEL ANGEL DIAZ, decincuenta y un años de edad, soltero, salvadoreño, Jornalero, del domi-cilio del Cantón El Palón, Caserío Las Anonas, de la jurisdicción deLolotique, Distrito de Chinameca, Departamento de San Miguel, de untítulo supletorio a su favor de la capacidad de UN MIL CIENTOVEINTIUN METROS SETENTA Y SEIS CENTIMETROS CUA-DRADOS, que este terreno mencionado tiene las medidas y colindanciassiguientes: AL NORTE, mide cuarenta y siete metros, setenta y seiscentímetros, colinda con MARIA ANGEL DIAZ MARTINEZ, alambrede por medio propio de la colindante; AL SUR, mide cuarenta y ochometros veinticuatro centímetros colinda con el señor BELISARIO OR-TIZ HENRIQUEZ, cerco de alambre propio del colindante; AL ORIEN-TE, mide veintiséis metros treinta y tres centímetros, colinda conMARIA SANTOS GONZALEZ y GREGORIO SANDOVAL, callevecinal de por medio; y AL PONIENTE, veinte metros cuarenta y uncentímetros, colinda con ROGELIO RIVAS SORTO, cerco de alambrede por medio propio del colindante, teniendo la capacidad superficial deun mil ciento veintiún metros setenta y seis centímetros cuadrados, queel terreno mencionado lo adquirió por medio de la escritura privadaotorgada por el señor SANTOS TOMAS CRUZ, efectuada el díaveintidós de febrero de mil novecientos setenta y tres, el señor MIGUELANGEL DIAZ, tiene el inmueble en posesión, pacífica, tranquila,ininterrumpida, sin proindivisión con persona alguna ejerciendo sobre elterreno actos de verdadero dueño, tales como cercarlo, cultivarlo, arren-darlo, usufructuarlo y otros que sólo da el derecho de dominio, teniendopor consecuencia posesión por más de treinta años continuos.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chinameca, a los docedías del mes de marzo del dos mil tres.- Lic. DINORA DEL CARMENANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Br. ROSA-LIA DE JESUS PACHECO, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. Nº 802-2

LA SUSCRITA JUEZ,

HACE SABER: que con fecha diez de febrero del corriente año, sepresentó la Licenciada AURORA CAROLINA JOYA LAZO, de treintay seis años de edad, Abogado y Notario, del domicilio de San Miguel,portadora de su Tarjeta de Identificación número cinco mil doscientosnoventa y tres, como Procuradora Auxiliar del señor Procurador Generalde la República y en representación de la señora MARGARITA DELIARODRIGUEZ DE AGUIRRE, de sesenta y dos años de edad, de oficiosdomésticos, con domicilio en el Cantón Planes Segundos de esta jurisdic-ción, Departamento de San Miguel, portadora del Documento Unico deIdentidad número cero dos millones seiscientos cuarenta y cuatro mildoscientos veintiuno guión dos y con Número de Identificación Tributa-ria un mil doscientos diez guión doscientos cincuenta y un mil treinta ynueve guión ciento uno guión cinco, solicitando a su favor TítuloSupletorio de una propiedad de naturaleza rústica, situada en el CantónPlanes Segundos de la jurisdicción de Chinameca, Departamento de SanMiguel, siendo de una capacidad superficial de UN MIL CIENTOTREINTA Y UN METROS CUADRADOS, de las medidas y linderossiguientes: AL ORIENTE, de cuarenta y cuatro metros con RUBENIACAMPOS, cerco de alambre propio de la solicitante; AL NORTE,veintidós metros con DAGOBERTO SOSA, cerco de alambre propio de

DE SEGUNDA PUBLICACIÓNla solicitante; AL PONIENTE, cuarenta y tres metros con DAGOBER-TO SOSA, cerco de alambre propio de la solicitante; AL SUR, treintametros con Carretera Panamericana, cerco de alambre propio de lasolicitante. En dicho inmueble existe una construcción de ocho metros deancho por cinco de largo la cual es de bahareque y techo de teja, tiene doscorredores uno al Oriente y el otro al Poniente. La posesión data del mesde marzo de mil novecientos ochenta y uno, adquiriendo dicho inmueblepor compraventa que le efectuó la señora ADELA DE JESUS AGUIRRE,mi representada ha ejercido y ejerce en dicho inmueble durante el tiempoantes mencionado, ha consistido en mejorarlo, cultivarlo, todo esto sinpedirle consentimiento a nadie o sea que durante todo este tiempo haejercido actos de verdadera dueña y estima el terreno en mención en lasuma de CINCO MIL COLONES EXACTOS.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chinameca, a loscatorce días del mes de febrero del dos mil tres.- Lic. DINORA DELCARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-CIA.- Br. ROSALIA DE JESUS PACHECO, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. Nº 803-2

LA SUSCRITA JUEZ,

HACE SABER: que con fecha dieciocho de febrero del corrienteaño, se presentó la Licenciada AURORA CAROLINA JOYA LAZO, detreinta y seis años de edad, Abogado y Notario, del domicilio de SanMiguel, portadora de su Tarjeta de Identificación número cinco mildoscientos noventa y tres, como Procuradora Auxiliar del señor Procu-rador General de la República y en representación del señor JOSEADRIAN SANDOVAL, de cincuenta y dos años de edad, Jornalero, condomicilio en el Cantón San Luis de la jurisdicción de Nueva Guadalupe,Departamento de San Miguel, solicitando a su favor Título Supletorio deun terreno de naturaleza rústica ubicado en el Cantón San Luis de lajurisdicción de Nueva Guadalupe, Departamento de San Miguel; siendode una capacidad superficial de DOS MIL QUINIENTOS QUINCEMETROS CINCUENTA CENTIMETROS CUADRADOS; de las me-didas y linderos siguientes: AL ORIENTE, de sesenta y un metros conHERIBERTO SOLORZANO, cerco de alambre propio del solicitante;AL NORTE, cincuenta y siete metros con HERNAN GOMEZ, cerco dealambre propio del solicitante; AL PONIENTE, cincuenta y seis metroscon PORFIRIO TORRES, cerco de alambre del colindante; AL SUR,veintinueve metros con AMPARO SOLORZANO y ALEJANDRINAMOLINA, cerco de alambre propio del solicitante; en dicho inmuebleexisten dos construcciones, la primera de nueve metros de ancho pordoce metros de largo la cual es de ladrillo de obra y techo de teja; y lasegunda de seis metros de ancho por seis metros de largo la cual es debloques y láminas. La posesión que ha ejercido y ejerce en dichoinmueble mi representado data del mes de noviembre de mil novecientossetenta y tres por compraventa en documento privado otorgado porGALILEO SOLORZANO, ante los Oficios Notariales del Dr. JOSEALVARO ALEGRIA ZELAYA, la posesión ha consistido en mejorarlo,cultivarlo, todo sin pedirle consentimiento a nadie o sea que durante todoese tiempo ha ejercido actos de verdadero dueño y estima el terreno enmención en la suma de DIEZ MIL COLONES EXACTOS.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chinameca, a losveintiún días del mes de febrero de dos mil tres.- Lic. DINORA DELCARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-CIA.- Br. ROSALIA DE JESUS PACHECO, SECRETARIA.

Of. 3 v. alt. Nº 804-2

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45DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 25 de Abril de 2003.

SECCION CARTELES PAGADOSDE PRIMERA PUBLICACIÓN

Exp.: 012002001209

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado el AbogadoRICARDO ESMAHAN d´ AUBUISSON, mayor de edad, del domiciliode SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidadde APODERADO, de LACTEOS DEL CORRAL, SOCIEDAD ANO-NIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA,del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, LA LIBERTAD, solicitan-do se conceda registro de DISEÑO INDUSTRIAL, por el termino deCINCO AÑOS, para un diseño denominado ENVASES PARA YOGURTLIQUIDO DE 750CC; 200CC y 100CC. EN POLIETILENO YPOLIPROPILENO, con Clasificación Internacional CL 09-01.

La Solicitud fue presentada a las catorce horas y cincuenta y cincominutos del día catorce de agosto de dos mil dos.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salva-dor, a los siete días del mes de noviembre de dos mil dos.

Lic. MARILENA DUARTE URRUTIA,

REGISTRADORA.

1 v. No. 238

CASIMIRO ALIRIO MENDEZ RIVERA, Notario, de este domicilio,con oficina ubicada en Edificio Banco Salvadoreño, Avenida MonseñorOscar A. Romero, Número ciento veintinueve, tercer nivel local trescien-tos sesenta y dos de esta ciudad;

HACE SABER: que a mi oficina se ha presentado el señor EMILIOCRUZ PEREZ, conocido por EMILIO CRUZ, de sesenta y dos años deedad, pensionado del domicilio de El Carmen, Departamento de Cusca-tlán, persona a quien no conozco pero identifico por medio de suDocumento Unico de Identidad número cero un millón ciento ochenta yocho mil doscientos sesenta y uno- nueve y con tarjeta de identificacióntributaria numero cero setecientos tres- doscientos veinte mil quinientoscuarenta -cero cero uno - tres; pidiendo se le extienda TITULO SUPLE-TORIO, de un terreno rural de su propiedad el cual está situado en elCantón La Paz de la Jurisdicción de El Carmen, Departamento deCuscatlán, de una capacidad superficial de TRES MIL DOSCIENTOSCINCUENTA Y OCHO PUNTO SETENTA Y OCHO METROSCUADRADOS en su totalidad y tiene los linderos siguientes: al NOR-TE: ciento veinte punto doce metros linda con terreno de JUAN DEDIOS PEREZ GARCIA; AL ORIENTE: cuarenta y un metros linda conterreno de MARCELINO PEREZ GARCIA, camino vecinal de pormedio; AL SUR: cuarenta y siete metros linda con terreno deCANDELARIO PEREZ, camino vecinal de por medio; Y AL PONIEN-TE: treinta y siete metros linda con terreno de DIONICIO CRUZ, caminovecinal de por medio. Los colindantes son del domicilio de El Carmen,departamento de Cuscatlán. El terreno descrito no es dominante nisirviente, ni está en proindivisión y no tiene cargas o derechos quepertenezcan a terceras personas; que desde su adquisición el día quincede abril de mil novecientos ochenta, ha poseído el referido terreno en

forma quieta, pacífica y no interrumpida, pero carece de Título dedominio escrito. Valúa dicho terreno en la suma de VEINTE MILCOLONES EXACTOS. En consecuencia, por este medio se cita a todoslos que se crean con derecho al referido terreno, para que se presentena la referida oficina en el termino de quince días, contados desde elsiguiente a la última publicación del presente edicto.

Librado en la oficina del Notario CASIMIRO ALIRIO MENDEZRIVERA. En la ciudad de San Salvador, a las nueve horas del día veintede febrero del año dos mil tres.

Lic. CASIMIRO ALIRIO MENDEZ RIVERA,

NOTARIO.

1 v. No. 7334

EL INFRASCRITO JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE DIS-TRITO JUDICIAL.

HACE SABER: que en este Tribunal se ha presentado promovien-do Diligencias de Cambio de Nombre, el Abogado MANUEL ALBER-TO TURCIOS RIVERA, actuando en calidad de Apoderado GeneralJudicial de la señorita PATROCINIA LOPEZ RIVAS, en su solicitud defecha catorce de enero del corriente año, manifiesta que el referidonombre de PATROCINIA le ha ocasionado a mi mandante y continúaocasionándole problemas en sus relaciones familiares, de estudio, labo-rales y sociales, ya que siempre ha sido víctima de mofa o burla, lo cualresulta impropio para su persona , sintiéndose lesionada en su dignidadcomo persona humana; siendo ésta la razón por la que desea se decreteJudicialmente el cambio de nombre y no llamarse PATROCINIA si noPATRICIA al que legalmente agregará los apellidos LOPEZ RIVAS porcorresponderle así viniendo de sus progenitores; es por eso que vengoante su digna autoridad a promover las DILIGENCIAS DE CAMBIODE NOMBRE de PATROCINIA LOPEZ RIVAS, suprimiendo el nom-bre de PATROCINIA, por el de PATRICIA, todo lo anterior lo baso enel Art. 23 de la Ley del Nombre de la Persona Natural.

Lo que se hace del conocimiento público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: a las ocho horas concuarenta y cinco minutos del día diez de marzo del año dos mil tres.MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- Lic.JOSE DANILO ESCOBAR MIRANDA, SECRETARIO INTERINO.

1 v. No. 13424

EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTEDISTRITO JUDICIAL:

HACE SABER: que por resolución de este Juzgado pronunciada alas nueve horas y treinta minutos de este día, se ha declarado herederoexpresamente y con beneficio de inventario, de la herencia intestada que

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46 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

a su defunción dejó el señor MARIANO RIVERA RIVERA fallecido eldía veintidós de agosto del año dos mil uno, en el Cantón San Cristóbalde esta Ciudad y Departamento, siendo su último domicilio el de sufallecimiento, al señor ELIAS LOVO RIVERA, en concepto de hijo delcausante. Habiéndosele conferido al heredero declarado en el carácterindicado, la Administración y Representación DEFINITIVA de la suce-sión.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DECIUDAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL, a lasdiez horas y diez minutos del siete de abril del año dos mil tres. Lic.JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ DE PRIMERAINSTANCIA.- Br. JOSE FRANCISCO VELASQUEZ DIAZ, SECRE-TARIO.

1 v. No. 13368

JORGE ALBERTO MARMOL MENDEZ, Notario, del domicilio deAguilares y de San Salvador, con oficina profesional ubicada en CuartaCalle Oriente Número Dieciocho, de la ciudad de Aguilares, al público,

HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, proveídaa las once horas y treinta minutos del día diecisiete de marzo del año dosmil tres, se ha declarado al señor SANTOS PORTILLO PEREZ, Here-dero Definitivo Intestado con Beneficio de Inventario de los bienes quea su defunción ocurrida en el Cantón El Salitre, Jurisdicción de Tejutla,Departamento de Chalatenango, el día veintiocho de agosto de milnovecientos ochenta y tres, siendo la ciudad de Tejutla, Departamento deChalatenango, su último domicilio, dejara el señor COSME PORTILLO,en su concepto de hijo legítimo sobreviviente del DE CUJUS, habiéndo-sele concedido la representación y administración definitiva intestada dela referida sucesión.

Librado en la ciudad de Aguilares, a los diecisiete días del mes demarzo de dos mil tres.

Lic. JORGE ALBERTO MARMOL MENDEZ,

NOTARIO.

1 v. No. 13399

JORGE ALBERTO MARMOL MENDEZ, Notario, del domicilio deAguilares y de San Salvador, con Oficina profesional ubicada en CuartaCalle Oriente Número Dieciocho, de la ciudad de Aguilares, al público,

HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, proveídaa las diez horas del día diecisiete de marzo de dos mil tres, se ha declaradoa la señora MARIA CATALINA GARCIA DE SALINAS, HerederaDefinitiva Intestada con Beneficio de Inventario de los bienes que a sudefunción ocurrida en Hospital Nacional Rosales, el día veintiséis dejunio de dos mil dos, siendo la ciudad de Suchitoto, Departamento deCuscatlán, su último domicilio, dejara el señor CANDELARIO DE

JESUS CASCO FLORES, en su concepto de cesionario del derechohereditario que le correspondía a la señora DOMINGA MENJIVAR DECASCO, conocida por DOMINGA MENJIVAR LOPEZ, en su concep-to de esposa de la DE CUJUS, habiéndosele concedido la representacióny administración definitiva intestada de la referida sucesión.

Librado en la ciudad de Aguilares, a los diecisiete días del mes demarzo de dos mil tres.

Lic. JORGE ALBERTO MARMOL MENDEZ,

NOTARIO.

1 v. No. 13397

VICTOR EFRAIN ESCALANTE CAMPOS, Notario, con oficina enTercera Avenida Sur y Sexta Calle Poniente, Pasaje La Palma númerouno, Barrio San Nicolás de la ciudad de Cojutepeque, AL PUBLICO,

HACE SABER: que por resolución proveída a las dieciocho horasdel día treinta de marzo del corriente año, han sido declarados HerederosDefinitivos, de la herencia intestada que a su defunción ocurrida el díaocho de septiembre del dos mil dos, en el Barrio Nuevo del Cantón SanRamón del Departamento de Cuscatlán, dejó el señor JUAN GARCIAMENDOZA, a los señores PAULA GARCIA DE HERNANDEZ, JOSEANTONIO GARCIA MENDOZA y MARIA RUFINA GARCIA DEGARCIA, todos en concepto de hermanos del causante, habiéndoselesconferido la administración y representación Definitiva de la Sucesión.

Lo que se avisa para los efectos de ley.

Librado en la ciudad de Cojutepeque, a los dos días del mes de abrildel año dos mil tres.

VICTOR EFRAIN ESCALANTE CAMPOS,

NOTARIO.

1 v. No. 13409

MARGARITA DE LOS ANGELES FUENTES DE SANABRIA, JUEZDE PRIMERA INSTANCIA DE TONACATEPEQUE, AL PUBLICOPARA LOS EFECTOS DE LEY,

AVISA: que por resolución de las quince horas del día ocho de loscorrientes, se ha declarado heredera definitiva y con beneficio deinventario de la herencia intestada que a su defunción dejó la señoraCEFERINA ROSA, quien falleció el día trece de noviembre de milnovecientos sesenta y cinco, en el Barrio San Nicolás de esta ciudad,siendo éste su último domicilio, a la señora PETRONILA ROSAZETINO conocida por PETRONILA ROSA, como hija de la causante;habiéndosele conferido la administración y representación definitiva dela sucesión.

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47DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 25 de Abril de 2003.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Tonacatepeque, a losonce días del mes de abril del año dos mil tres. Lic. MARGARITA DELOS ANGELES FUENTES DE SANABRIA, JUEZA DE PRIMERAINSTANCIA. Lic. ANA LETICIA ARIAS ZETINO, SECRETARIA.

1 v. No. 13403

DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIME-RA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHINAMECA.

HACE SABER: que por resolución proveída por este Juzgado alas nueve horas del día veinte de diciembre del año dos mil dos, se declaróheredera definitiva y con beneficio de inventario la herencia intestadaque al fallecer dejó la causante señora LAURA LOPEZ, fallecida a lasveintitrés horas con treinta minutos del día veintitrés de diciembre de milnovecientos noventa y siete, en el Barrio Concepción de la ciudad de ElTránsito, de este distrito, departamento de San Miguel, siendo la ciudadde El Tránsito, su último domicilio; a la señora ANA MILAGROLOPEZ, en concepto de hija de la causante. Confiérese a la herederadeclarada la administración y representación definitiva de la sucesión deque se trata. Publíquese el edicto de ley.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectoslegales.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA:Chinameca, a las nueve horas del día veintiuno de diciembre del año dosmil dos. Licda. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO,JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Br. ROSALIA DE JESUS PACHE-CO, SECRETARIA.

1 v. No. 13408

GLORIA DE LOS ANGELES GERMAN ARGUETA, Notario y de estedomicilio, con oficina ubicada en Residencial San Luis, Avenida Izalco,Block uno número ocho -B. Ciudad.

AVISA: que por resolución de las nueve horas de este día, pronun-ciada en las respectivas diligencias se ha declarado a los señores JOSEPLUTARCO BENITEZ BENITEZ, en su calidad de cónyuge de lacausante y OBED PLUTARCO BENITEZ VASQUEZ, DANIELANTONIO BENITEZ VASQUEZ, JOSE MAURICIO BENITEZVASQUEZ, y GLADIS MAGDALY BENITEZ VASQUEZ, en sucalidad de hijos de la causante, herederos abintestato con beneficio deinventario, de la señora MARIA UDELFA VASQUEZ DE BENITEZ,fallecida en esta ciudad, siendo éste su último domicilio, el día veintiochode enero de dos mil tres; y se le ha conferido a los herederos declaradosla administración y representación definitiva de la sucesión.

San Salvador, catorce de abril de dos mil tres.

Lic. GLORIA DE LOS ANGELES GERMAN ARGUETA,

NOTARIO.

1 v. No. 13411

DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIME-RA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHINAMECA.

HACE SABER: que por resolución proveída por este Juzgado a lasdoce horas del día tres de febrero del corriente año; se declararonherederos definitivos y con beneficio de inventario, la herencia intestadaque al fallecer dejó el causante señor JOSE VIRGILIO LARA, fallecidoa las quince horas treinta minutos del día veinticuatro de marzo de milnovecientos noventa y siete, en el Barrio San Carlos de la ciudad de ElTránsito, de este distrito, departamento de San Miguel, siendo su últimodomicilio la ciudad de El Tránsito, a los señores JOEL ELIAS yTOMASA DE JESUS ambos de apellidos LARA ALVARADO, en suconcepto de hijos del causante. Confiérese a los herederos declarados laadministración y representación definitivas de la sucesión de que se trata.Publíquese el edicto de ley.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA:Chinameca, a las quince horas del día tres de febrero del año dos mil tres.Licda. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DEPRIMERA INSTANCIA. Br. ROSALIA DE JESUS PACHECO, SE-CRETARIA.

1 v. No. 13410

MARIA ESTHER FERRUFINO Vda. DE PARADA; JUEZ SEGUN-DO DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL,

AVISA: que por resolución de las nueve horas del veintisiete demarzo del corriente mes y año, se ha declarado heredera expresamente ycon beneficio de inventario, de la herencia testamentaria que a sudefunción dejó la señora BLANCA ROSA PEREIRA, quien falleció alos setenta y cinco años de edad, a las nueve horas y cinco minutos deldía dos de marzo de mil novecientos noventa y ocho; en la Colonia SantaJulia de la ciudad de San Miguel, siendo éste su último domicilio; a laseñora BLANCA CORONADA PEREIRA, de treinta y nueve años deedad, profesora, del domicilio de esta ciudad, en carácter de herederatestamentaria de la causante y como cesionaria del derecho hereditarioque le correspondía al señor JOSE NELSON PEREIRA en concepto deheredero testamentario de la causante. Y se le ha conferido a la herederadeclarada en el carácter antes indicado, la administración y representa-ción definitiva de la sucesión.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SanMiguel, a las nueve horas con siete minutos del día veintisiete de marzode dos mil tres. Dra. MARIA ESTHER FERRUFINO Vda. DE PARA-DA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL. Licda. MARTA DOLORESCOREAS, SECRETARIA.

1 v. No. 13428

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48 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

JOSE ORLANDO HERNANDEZ BUSTAMANTE, Juez de Primera

Instancia de este Distrito Judicial.-

AVISA: que por resolución de este Juzgado de las doce horas veinte

minutos de este día, han sido declarados herederos definitivos con benefi-

cio de inventario los señores MIGUEL ANGEL RODAS, conocido por

MIGUEL ANGEL RODAS ARGUMEDO, JOSE ANTONIO RODAS

ARGUMEDO y VICENTE RAMIREZ, de la herencia intestada dejada a

su defunción por la señora MARIA CLEOFAS ARGUMEDO VIUDA

DE RODAS, o MARIA CLEOFES ARGUMEDO VIUDA DE RODAS

o MARIA ARGUMEDO o MARIA CLEOFES RODAS, fallecida a las

tres horas del día veinticuatro de agosto de mil novecientos ochenta y

uno, en el Barrio La Cruz de esta ciudad, su último domicilio, en concepto

los dos primeros de hijos de la causante y el último como cesionario de

los derechos hereditarios que en dicha sucesión correspondían a la señora

MARIA CONCEPCION RODAS ARGUMEDO, según testimonio de

escritura pública otorgada a las once horas del día veintiuno de marzo de

mil novecientos ochenta y tres, en esta ciudad, ante los oficios del Notario

Doctor Lázaro Molina López.

Lo que se avisa al público para los efectos de ley.-

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a las

quince horas del día cuatro de abril del año dos mil tres.- Lic. JOSE

ORLANDO HERNANDEZ BUSTAMENTE, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA.- Lic. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES, Srio.-

1v. No. 13434

EDWIN FERNANDO SHANTA, Notario de este domicilio, con ofici-

nas situadas en 49 Avenida Sur y Calle Principal Nº 2530, Colonia

Buenos Aires, San Salvador.

HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, proveída

en esta ciudad, a las ocho horas y treinta minutos del día doce del presente

mes y año, ha sido declarada HEREDERA DEFINITIVA CON BENE-

FICIO DE INVENTARIO, la señora GABRIELA ALICIA CARRAN-

ZA DE RODRIGUEZ, en concepto de CONYUGE SOBREVIVIENTE

del causante, señor RAUL ANTONIO RODRIGUEZ conocido por

RAUL ANTONIO RODRIGUEZ RIVERA; y en calidad de CESIONA-

RIA las señoras ADA CONCEPCION RODRIGUEZ CARRANZA y

MIRIAN PATRICIA RODRIGUEZ DE MARTINEZ, hijas legítimas

del referido causante, quien falleció en esta ciudad, el día veintidós de

septiembre del año dos mil dos, siendo su último domicilio el de Antiguo

Cuscatlán, Departamento de La Libertad; habiéndosele conferido en

consecuencia a dicha aceptante, la Administración y Representación

Definitivas de la sucesión.

Lo que se hace del conocimiento del público en general para los

efectos legales consiguientes.

Librado en la ciudad de San Salvador, a los doce días del mes de

abril del año dos mil tres.

Lic. EDWIN FERNANDO SHANTA

NOTARIO

1v. No.13438

MAURICIO ANTONIO ALVAREZ GALVEZ, Notario, de este domi-

cilio, con despacho notarial ubicado en Boulevar de Los Próceres, antes

Autopista Sur, número seiscientos, de esta ciudad.

HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario proveída

a las ocho horas del día veintidós de abril del año dos mil tres, se ha

declarado, HEREDERA DEFINITIVA con beneficio de inventario a la

señora MARIA ESMERALDA ROSA DURAN, en concepto de hija

sobreviviente de la causante en la herencia testada que a su defunción

ocurrida a las diecisiete horas y veinte minutos del día siete de marzo del

año dos mil uno, en Setenta y Cinco Avenida Norte y Calle Quince de

Septiembre, Residencial Melissa, número dos, casa número dieciocho de

esta ciudad, Departamento de San Salvador, dejó la causante señora

SANTOS DURAN VIUDA DE ROSA, siendo su último domicilio el ya

mencionado.

En consecuencia se le confiere a la heredera declarada la Adminis-

tración y Representación DEFINITIVA de la referida sucesión.

Por lo que avisa al público para los efectos de ley.

Librado en San Salvador, el día veintidós de abril del año dos mil

tres.

Lic. MAURICIO ANTONIO ALVAREZ GALVEZ,

NOTARIO.

1v. No. 13442

SALVADOR ANTONIO LAINEZ RODRIGUEZ, Notario, de este

domicilio, con Despacho Notarial ubicado en Condominio Condado de

Saavedra, Edifico «A» local 1-7, sobre Veintiuna Calle Poniente, de esta

ciudad.

HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, Proveída

a las once horas del día diecinueve de marzo de dos mil dos, se ha

declarado a los señores TRINIDAD RIVERA VIUDA DE ROMERO,

NORA YANIRA, JOSE LUIS, HILDA MARITZA, EDWIN ALY y

ALCIDES, todos de apellidos ROMERO GRANADOS, herederos defi-

nitivos con beneficio de inventario de los bienes que a su defunción

ocurrida en la ciudad de Ilopango, el día doce de enero de dos mil, dejó

el señor JOSE LUIS ROMERO HENRIQUEZ, conocido por JOSE

LUIS ROMERO, en su concepto de Cónyuge la primera e hijos los

restantes, del causante, habiéndoles concedido la Administración y

Representación Definitiva de la referida Sucesión, lo que se avisa al

público para los efectos de ley.

Librado en San Salvador, a los veintiún días del mes de marzo de

dos mil dos.

Lic. SALVADOR ANTONIO LAINEZ RODRIGUEZ.

NOTARIO

1v. No. 13445

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49DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 25 de Abril de 2003.

JUAN CARLOS FLORES ESPINAL, JUEZ PRIMERO DE PRIMERA

INSTANCIA DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTAMENTO

DE MORAZAN.-

AVISA: que por resolución pronunciada en este Juzgado, a las doce

horas del día veinticinco de marzo del dos mil tres, se ha declarado

HEREDERA DEFINITIVA, y con beneficio de inventario, a la señora

MIRIAN BETTY VILLACORTA DE LA O de loa herencia que en

forma instestada dejó el señor ARNOLDO VILLACORTA, quien fue

de cuarenta y un años de edad, casado, sin oficio, hijo de BACILIA

VILLACORTA y de padre ignorado, originario de Ciudad Barrios,

Departamento de San Miguel, quien falleció a las diecinueve horas del

día veintidós de diciembre de mil novecientos setenta y nueve, en el

Cantón Sirigual, Jurisdicción de Guatajiagua, Departamento de Mora-

zán, siendo la población de Guatajiagua, Departamento de Morazán, el

lugar de su último domicilio; en concepto de hija del referido causante.

Se ha conferido a la referida heredera en la calidad expresada la

administración y representación DEFINITIVA de dicha sucesión, con

las facultades y restricciones de ley.

Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a las

diez horas del día veintiséis de marzo del dos mil tres.- Lic. JUAN

CARLOS FLORES ESPINAL, JUEZ 1º. DE 1a. INSTANCIA. Br.

YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA, SECRETARIA.

1v. No. 13450

MANUEL PAZ CANALES, JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INS-

TANCIA, de este distrito Judicial de San Francisco Gotera. Al público

para los efectos de ley.

HACE SABER: que en las Diligencias de Aceptación de Herencia,

promovidas en este tribunal en bienes del causante EXALTACION

SANTOS, por resolución de las nueve horas del día veinticinco de marzo

del dos mil tres, se ha DECLARADO HEREDERO DEFINITIVO al

señor FRANCISCO SANTOS ALVAREZ conocido por FRANCISCO

SANTOS, de cincuenta y ocho años de edad, comerciante. del domicilio

de Corinto, y con beneficio de inventario, de la herencia intestada que a

su defunción dejó el causante EXALTACION SANTOS, quien fue de

sesenta y nueve años de edad, soltero, agricultor, originario de Corinto,

y del domicilio último del mismo, de nacionalidad Salvadoreña, hijo de

JOSE ROSARIO SANTOS y deVICENCIA ARGUETA y FALLECIO

el día veintiuno de enero de mil novecientos ochenta y tres, en el Cantón

Hondable, Jurisdicción de Corinto, Departamento de Morazán, el señor

FRANCISCO SANTOS ALVAREZ conocido por FRANCISCO SAN-

TOS, en calidad de hijo del causante.

Confiérese al aceptante mencionado, y en la calidad indicada, la

ADMINISTRACION Y REPRESENTACION DEFINITIVAS DE LA

SUCESION.

A publicarse los edictos respectivos en el Diario Oficial, de

conformidad a la ley.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francis-

co Gotera a las nueve horas del día tres de abril del dos mil tres.- Lic.

MANUEL PAZ CANALES, JUEZ 2o. DE 1a. INSTANCIA.- Lic.

ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ, SECRETARIA.-

1v. No. 13449

DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIME-

RA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHINAMECA.

HACE SABER: que por resolución proveída por este Juzgado a las

nueve horas del día diecisiete de febrero del corriente año; se declaró

heredera definitiva y con beneficio de inventario la herencia intestada

que al fallecer dejó la causante señora ROSA EMILIA PARADA DE

VILLALOBOS, fallecida a las tres horas del día tres de marzo de mil

novecientos noventa y ocho, en el Barrio Yusique de esta ciudad, su

último domicilio; a la señora VIRGINIA DEL CARMEN VILLALO-

BOS PARADA en su concepto de hija de la causante. Confiérese a la

heredera declarada la administración y representación definitiva de la

sucesión de que se trata.- Publíquese el edicto de ley.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos

legales.-

LIBRADO en el Juzgado de Primera Instancia: Chinameca, a las

catorce horas del día diecisiete de febrero del año dos mil tres. Licda.

DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIME-

RA INSTANCIA. ROSALIA DE JESUS PACHECO, SECRETARIA.

1 v. No. 13454

EDMUNDO ALFREDO CASTILLO, de este domicilio, con despacho

profesional notarial ubicado en Trece Avenida Norte. Número mil

seiscientos doce, Colonia Layco, de esta ciudad,

HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las nueve horas del día veintidós de abril del año dos mil tres, se ha

declarado a los señores RODOLFO MAURICIO GARCIA HERNAN-

DEZ, conocido por RODOLFO MAURICIO HERNANDEZ y GLADYS

ELIZABETH MARTINEZ DE HERNANDEZ, conocida por GLADYS

HERNANDEZ, HEREDEROS DEFINITIVOS con beneficio de inven-

tario de los bienes que a su defunción en esta ciudad, su último

domicilio, el día veinticuatro de mayo del año dos mil dos dejará la señora

ANGELA HERNANDEZ, conocida por JULIA HERNANDEZ y por

MARIA JULIA HERNANDEZ, en su concepto de únicos y universales

herederos testamentarios de la causante, habiéndoseles concedido la

representación y la administración definitivas de la referida sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en San Salvador, el día veintidós de abril de año dos mil

tres.

EDMUNDO ALFREDO CASTILLO,

NOTARIO.

1 v. No. 13467

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50 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERODE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO,

AVISA: que por resolución de las doce horas y veinte minutos deeste mismo día, se ha DECLARADO HEREDERA abintestato conbeneficio de inventario del causante FEDERICO ANTONIO PERAZAHERNANDEZ, fallecido el día seis de septiembre de mil novecientosnoventa y dos, en el Barrio San Sebastián de esta ciudad, lugar de suúltimo domicilio, a la señora ALBA ARACELY GARCIA PERAZA, ensu calidad de hija del referido causante, a quien se le confiere definitiva-mente la administración y representación de la sucesión.

Juzgado Primero de lo Civil, Santa Ana, a las doce horas y cuarentaminutos del día dieciocho de marzo del año dos mil tres.- Lic. FRANCIS-CO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LOCIVIL. Lic. CARMEN GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA, SE-CRETARIA.

1 v. No. 13506

RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVILDEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PUBLICO PARALOS EFECTOS DE LEY,

AVISA: que por resolución de este Juzgado de las diez horas treintaminutos de este día, se ha DECLARADO HEREDERO DEFINITIVO,con beneficio de inventario al Licenciado ELIAS HUMBERTO PERA-ZA HERNANDEZ de la sucesión intestada que a su defunción dejó lacausante GLORIA LEONOR FLORES, conocida por GLORIA FLO-RES, quien fue de cincuenta y un años de edad, enfermera, soltera, yfalleció en el Hospital del Seguro Social de esta ciudad, a las once horascincuenta minutos del día treinta de enero de mil novecientos noventa,siendo el Barrio Santa Lucía de esta ciudad, el lugar de su últimodomicilio.

El Licenciado ELIAS HUMBERTO PERAZA HERNANDEZ escesionario de los derechos hereditarios que les correspondían a losseñores MARCO ANTONIO CADER FLORES, JOSE ANGEL FLO-RES, JOSE BENJAMIN FLORES, CLARA LUZ FLORES DE AYA-LA y DERWIN MAURICIO FLORES, en calidad de hijos de la decujus; y en ese carácter confiéresele la administración y representacióndefinitiva de la sucesión.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SantaAna, a las once horas del día diecisiete de octubre de dos mil dos.- Dr.RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.-Br. ELBA LUZ LEMUS DE CHAVEZ, SECRETARIA.

1 v. No. 13507

OSCAR ARMANDO CRUZ JUAREZ, Notario, de este domicilio, conoficina notarial ubicada en Cuarta Avenida Sur, Edificio Peña, LocalUno, de esta ciudad,

HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, proveídaa las once horas del día veintidós de abril de dos mil tres, se ha declaradoa la señora LIDIA CAMPOS DELGADO, heredera definitiva conbeneficio de inventario de los bienes que a su defunción en el BarrioSanta Lucía, de esta ciudad, el día dieciséis de junio de dos mil dos, dejarala señorita LIDIA ESTELA HERNANDEZ CAMPOS, en su conceptode madre sobreviviente de la causante; habiéndole concedido la repre-sentación y administración definitiva de la referida sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en Cojutepeque, el día veintidós de abril de dos mil tres.

Lic. OSCAR ARMANDO CRUZ JUAREZ,

ABOGADO Y NOTARIO.

1 v. No. 13508

JOSE ALEXANDER GONZALEZ SERRANO, Notario de este domi-cilio, con oficina en la Setenta y Tres Avenida Norte, número trescientostreinta y seis, San Salvador,

HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, proveídaa las doce horas del día tres de abril del año dos mil tres, se ha declaradoal señor LISANDRO POHL LETONA, conocido por LISANDROSANTIAGO POHL LETONA, heredero definitivo testamentario conbeneficio de inventario de los bienes que a su defunción el doce dediciembre de dos mil dos dejó la señorita MARIA SARA JOSEFINAPOHL LETONA, conocida por MARIA SARA JOSEFINA POHL,DORILA POHL LETONA y por LILA POHL LETONA, de ochenta ynueve años de edad, oficios del hogar, del domicilio de San Salvador,habiéndosele conferido la representación y administración definitivas dela referida Sucesión.

Librado en San Salvador, el tres de abril de dos mil tres.

Dr. JOSE ALEXANDER GONZALEZ SERRANO,

NOTARIO.

1 v. No. 13527

RENE ADAN HERNANDEZ, Notario, del domicilio y con oficinasituada en Condominio Miramonte, local, 6-C, 57a. Avenida Norte,No. 245, San Salvador, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución suya de esta misma fecha, se hatenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario laherencia intestada que a su defunción ocurrida en Ciudad Delgado, suúltimo domicilio, dejó la señora JOSEFINA ESTRADA VIUDA DERODRIGUEZ, a la edad de ochenta y tres años de edad, de oficiosdomésticos, viuda, salvadoreña por nacimiento, de parte de los señoresRICARDO RODRIGUEZ ESTRADA y JOSE CARLOS RODRIGUEZESTRADA, en su calidad de hijos de la causante, a quienes se les confirió

la administración y representación interinas de la sucesión, la cual

ejercerán conjuntamente, con las facultades y restricciones de los cura-

dores de la herencia yacente y cita a los que se crean con derechos en

dicha sucesión para que comparezcan en el término legal a hacer uso de

los mismos.

San Salvador, dieciséis de agosto de dos mil dos.

Dr. RENE ADAN HERNANDEZ,

NOTARIO.

1 v No. 13444

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51DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 25 de Abril de 2003.

MARCOS WILSON OVIEDO, Notario, de este domicilio y de SanVicente, con oficina ubicada en Quinta Calle Oriente, número cinco, SanVicente,

HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, proveídaa las once horas del este mismo día, mes y año, se ha tenido por aceptadaexpresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que asu defunción dejó el señor LUIS HERNAN VARELA CAÑAS, quienfue empleado y a la edad de treinta y cuatro años falleció el día veintisietede febrero de dos mil en el Hospital Médico Quirúrgico del InstitutoSalvadoreño del Seguro Social, originario de Tecoluca, de este departa-mento, siendo Santo Tomás, departamento de San Salvador su últimodomicilio, sin formular testamento alguno; de parte de la señora OLIMPIADE LA LUZ CAÑAS conocida por OLIMPIA LUZ CAÑAS, y la señoraMIRNA ADELA GUILLEN DE VARELA, en concepto de madre laprimera y cónyuge sobreviviente la segunda, ambas del causante. Ha-biéndoseles conferido a las aceptantes la Administración y Representa-ción Interina de la Sucesión con las mismas restricciones que a loscuradores de la herencia yacente. En consecuencia, por este medio se citaa todos los que se crean con derecho a la referida herencia, para que sepresenten a la oficina del suscrito a hacer uso de su derecho dentro deltérmino de quince días contados desde el siguiente a la última publica-ción del presente edicto.

Librado en la Ciudad de San Salvador, a los quince días del mes deabril de dos mil tres.

MARCOS WILSON OVIEDO,

NOTARIO.

1 v. No. 13474

JUAN ESTEBAN PANIAGUA, Notario, del domicilio de Apopa,departamento de San Salvador, con oficina ubicada en Primera AvenidaNorte número cuatro, de la ciudad de San Vicente,

HACE SABER: que por resolución del Suscrito Notario, proveídaa las trece horas del día nueve de abril del año dos mil tres, se ha tenidopor aceptada expresamente y con beneficio de inventario, de parte de laseñora DOLORES PASCUAL PORTET DE QUESADA conocida porDOLORES o LOLITA DE QUESADA y por DOLORES PASCUAL, laherencia testamentaria que a su defunción dejó el señor JAIMEQUESADA RIVAS conocido por JAIME QUEZADA, fallecido en laciudad de San Salvador, a las cinco horas treinta minutos del día ocho denoviembre del año dos mil dos, siendo esa ciudad el lugar de su últimodomicilio, en concepto de cónyuge sobreviviente del causante, habién-dose conferido la administración y representación Interina de los bienesde la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de laherencia yacente. En consecuencia por este medio se cita a todos los quese crean con derechos a la referida herencia, para que se presenten a lareferida oficina en el término de quince días, contados desde el siguientea la última publicación del presente edicto.

San Salvador, a las ocho horas y cinco minutos del día diez de abrildel año dos mil tres.

JUAN ESTEBAN PANIAGUA,

NOTARIO.

1 v. No. 13499

JUAN ESTEBAN PANIAGUA, Notario, del domicilio de Apopa,departamento de San Salvador, con Oficina ubicada en Primera AvenidaNorte número cuatro, de la ciudad de San Vicente,

HACE SABER: que por resolución del Suscrito Notario, proveídaa las once horas y veinticinco minutos del día nueve de abril del año dosmil tres, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio deinventario, de parte de BLANCA MARGARITA MARTINEZ DERODRIGUEZ, EUGENIA MARGARITA RODRIGUEZ MARTINEZy CARMEN ELENA RODRIGUEZ MARTINEZ, de cincuenta y ocho,treinta y tres y veinticuatro años de edad respectivamente, Profesora yestudiantes en su orden y de este domicilio, la primera en concepto decónyuge sobreviviente y la segunda y tercera en concepto de hijas delcausantes, la herencia intestada que a su defunción dejó el señor JOSELUIS RODRIGUEZ o JOSE LUIS RODRIGUEZ MARINERO, ocurri-da en esta ciudad, el día diez de enero del año dos mil tres, siendo estaciudad el lugar de su último domicilio, habiéndosele conferido laadministración y representación Interina de los bienes de la sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Enconsecuencia por este medio se cita a todos los que se crean con derechosa la referida herencia para que se presenten a la referida oficina en eltérmino de quince días, contados desde el siguiente a la última publica-ción del presente edicto.

San Vicente, a las dieciséis horas y diez minutos del día diez de abrildel año dos mil tres.

JUAN ESTEBAN PANIAGUA,

NOTARIO.

1 v. No. 13497

BLANCA MARGARITA RIVAS MENDEZ , Notario, de este domici-lio, con oficina situada en Avenida España número un mil doscientostreinta y cinco de esta ciudad,

HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, proveídaa las once horas del día veintidós de abril de dos mil tres, se ha tenido poraceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intes-tada que a su defunción ocurrida el quince de enero del año dos mil dos,dejó el señor DANIEL CAMPOS RIVERA, de parte de la señoraISABEL CAMPOS DE CORNEJO, en concepto de hermana sobrevi-viente del causante, habiéndose conferido la administración y represen-tación Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de loscuradores de la herencia yacente. En consecuencia, se cita a todos los quese crean con derechos a la referida herencia, para que se presenten a laoficina de la suscrita Notario en el término de quince días, contados desdeel siguiente a la última publicación del presente edicto.

Librado en la oficina de la Notario BLANCA MARGARITARIVAS MENDEZ. En la ciudad de San Salvador, a las trece horas deldía veintidós de abril de dos mil tres.

BLANCA MARGARITA RIVAS MENDEZ,

NOTARIO.

1 v. No. 13516

JUAN RAMON SERRANO, Notario, con oficina ubicada en 21 Aveni-da Norte Número 1207, Edificio Espino Nieto local 27 segundo nivel, deesta ciudad, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, proveídaa las nueve horas del día catorce de abril del año dos mil tres, se ha tenidopor aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herenciaintestada que a su defunción dejó la señora EUGENIA AUDELINAJIMENEZ, quien falleció el día dieciocho de diciembre del año dos miluno, en la ciudad de FORT LAUDERDALE, FLORIDA, ESTADOSUNIDOS DE NORTEAMERICA, por el Licenciado LUIS ALONSOCORVERA en nombre y representación en su calidad de Apoderado de lasseñoras DELIA FIDELINA JIMENEZ hoy DE PADILLA y EDITHELIZABETH RODRIGUEZ conocida también por EDITH ELIZABE-TH JIMENEZ hoy DE RODRIGUEZ, hijas sobrevivientes de la causan-te, habiéndose conferido la administración y representación de la suce-sión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herenciayacente. En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se creancon derechos a dicha herencia, para que se presenten a la referida oficinaen el término de quince días, contados desde el siguiente a la últimapublicación del presente edicto.

Librado en la oficina del Notario, en la ciudad de San Salvador, alos veintiún días del mes de abril del año dos mil tres.

JUAN RAMON SERRANO,

NOTARIO.

1 v. No. 13540

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52 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

RICARDO JAVIER PORTILLO TORUÑO, Notario de este domicilio,al público,

HACE SABER: que a su oficina de Notario, situada en ColoniaMiramonte, Calle Las Arboledas, número veintidós, en esta ciudad; se hapresentado el Licenciado JULIO CESAR CAMPOS SEVILLANO, decuarenta y seis años de edad, Abogado, de este domicilio, persona a quienconozco, portador de su Documento Unico de Identidad número cero doscero cinco ocho uno cuatro seis - seis, quien actuando en nombre yrepresentación en su calidad de Apoderado General Judicial de laSociedad AUTOFACIL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VA-RIABLE, abreviadamente AUTOFACIL, S.A. DE C.V., MANIFES-TANDO, que en su carácter antes expresado promovió Juicio MercantilEjecutivo contra la Sociedad CONSTRAMER, S.A. DE .C.V., de estedomicilio, representada legalmente por el señor JOAQUIN NOVOAAGUILAR, mayor de edad, Ingeniero Civil, quien tuviera por últimodomicilio conocido el de San Salvador; en el Juzgado Quinto de loMercantil de este distrito judicial, con referencia número: ochocientosveinticuatro -EM - dos mil. III) Es el caso que el señor JOAQUINNOVOA AGUILAR, se ha ausentado desde hace más de un año,ignorándose el paradero y domicilio actual, por lo que la expresadasociedad carece de representante legal y se ignora si ha dejado procurardoro representante legal; por lo que ante mis oficios desea promover lasDiligencias de Ausencia con base a lo dispuesto en el artículo veinticincode la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de OtrasDiligencias, a efecto de que se declare ausente al señor JOAQUINNOVOA AGUILAR, como representante legal de la SociedadCONSTRAMER, S.A. DE C.V., y le sea nombrado un curador que lorepresente en el juicio antes referido. En consecuencia PREVENGO: quesi el referido señor como representante legal de la SociedadCONSTRAMER, S.A. DE C.V., tuvieren procurador u otro representan-te legal en la República, se presente en mi oficina de Notario a legitimarsu personería, dentro los quince días subsiguientes a la última publica-ción de este aviso, que se hace de conocimiento público para los efectosde ley.

Librado en San Salvador, a los tres días del mes de abril de dos miltres.

RICARDO JAVIER PORTILLO TORUÑO,

NOTARIO.

1 v. No. 13381

RICARDO JAVIER PORTILLO TORUÑO, Notario de este domicilio,al público,

HACE SABER: que a su oficina de Notario, situada en ColoniaMiramonte, Calle Las Arboledas, número veintidós, en esta ciudad; se hapresentado el Licenciado JULIO CESAR CAMPOS SEVILLANO, decuarenta y seis años de edad, Abogado, de este domicilio, persona a quienconozco, portador de su Documento Unico de Identidad número cero doscero cinco ocho uno cuatro seis - seis, quien actuando en nombre yrepresentación en su calidad de Apoderado General Judicial de laSociedad AUTOFACIL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VA-RIABLE, abreviadamente AUTOFACIL, S.A. DE C.V., MANIFES-TANDO, que en su carácter antes expresado promovió Juicio CivilEjecutivo contra el señor DIETER SEIDERMAN, mayor de edad,Licenciado en Economía, del domicilio temporal de San Salvador, denacionalidad, en el Juzgado Cuarto de lo Civil de este distrito judicial,con referencia número: ochenta y cuatro-EC-dos mil dos. Es el caso quepor ignorarse al paradero y domicilio actual, del expresado señorSEIDERMAN, así como también si ha dejado procurador o representan-te legal, desea promover las Diligencias de Ausencia con base a lodispuesto en el artículo veinticinco de la Ley del Ejercicio Notarial de laJurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias, a efecto de que se declareausente al señor DIETER SIDERMAN, y le sea nombrado un curadorque lo represente en el juicio antes referido. En consecuencia PREVEN-GO: que si el referido señor tuviere procurador u otro representante legalen la República, se presente en mi oficina de Notario a legitimar supersonería, dentro los quince días subsiguientes a la última publicaciónde este aviso, que se hace de conocimiento público para los efectos de ley.

Librado en San Salvador, a los tres días del mes de abril de dos miltres.

RICARDO JAVIER PORTILLO TORUÑO,

NOTARIO.

1 v. No. 13383

RICARDO JAVIER PORTILLO TORUÑO, Notario de este domicilio,al público,

HACE SABER: que a su oficina de Notario, situada en ColoniaMiramonte, Calle Las Arboledas, número veintidós, en esta ciudad; se hapresentado el Licenciado JULIO CESAR CAMPOS SEVILLANO, decuarenta y seis años de edad, Abogado, de este domicilio, persona a quienconozco, portador de su Documento Unico de Identidad número cero doscero cinco ocho uno cuatro seis-seis, quien actuando en nombre yrepresentación en su calidad de Apoderado General Judicial de laSociedad AUTOFACIL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VA-RIABLE, abreviadamente AUTOFACIL, S.A. DE C.V., MANIFES-TANDO, que en el carácter que actúa, con fecha veintiséis de marzo dedos mil uno, en su carácter antes expresado, promovió Juicio CivilEjecutivo contra los señores EDWARD JONATHAN MIRANDAMARROQUIN, mayor de edad, Estudiante, del domicilio de San Salva-dor; MANUEL DE JESUS MIRANDA GALDAMEZ, mayor de edad,Arquitecto, de este domicilio; y DIONISIO RAMOS CANIZALES,mayor de edad, Empleado, del domicilio de Tonacatepeque, Departa-mento de San Salvador; en el Juzgado Segundo de lo Civil de este distritojudicial, con referencia número: doscientos sesenta y seis-EC-dos miluno. Es el caso que por ignorarse el paradero y domicilio actual, de losexpresados señores MIRANDA MARROQUIN, MIRANDA GALDA-MEZ y RAMOS CANIZALES, así como también si han dejado procu-rador o representante legal, desea promover las Diligencias de Ausenciacon base a lo dispuesto en el artículo veinticinco de la Ley del EjercicioNotarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias, a efecto deque se declare ausentes a los señores EDWARD JONATHAN MIRAN-DA MARROQUIN, MANUEL DE JESUS MIRANDA GALDAMEZ;y DIONISIO RAMOS CANIZALES, y les sea nombrado un curador quelos represente en el Juicio antes referido. En consecuencia PREVENGO:que si los referidos señores tuvieren procurador u otro representante legalen la República, se presente en mi oficina de Notario a legitimar supersonería, dentro los quince días subsiguientes a la última publicaciónde este aviso, que se hace de conocimiento público para los efectos de ley.

Librado en San Salvador, a los tres días del mes de abril de dos miltres.

RICARDO JAVIER PORTILLO TORUÑO,

NOTARIO.

1 v. No. 13384

RICARDO JAVIER PORTILLO TORUÑO, Notario de este domicilio,al público,

HACE SABER: que a su oficina de Notario, situada en ColoniaMiramonte, Calle Las Arboledas, número veintidós, en esta ciudad; se hapresentado el Licenciado JULIO CESAR CAMPOS SEVILLANO, decuarenta y seis años de edad, Abogado, de este domicilio, persona a quienconozco, portador de su Documento Unico de Identidad número cero doscero cinco ocho uno cuatro seis-seis, quien actuando en nombre yrepresentación en su calidad de Apoderado General Judicial de laSociedad AUTOFACIL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VA-RIABLE, abreviadamente AUTOFACIL, S.A. DE C.V., MANIFES-TANDO, que en su carácter antes expresado promovió Juicio CivilEjecutivo contra las señoras ELVIRA TEJADA MURCIA, mayor deedad, de Oficios del Hogar, del domicilio de San Salvador, SILVIA

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53DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 25 de Abril de 2003.

CAROLINA TEJADA MURCIA, mayor de edad, Estudiante, de estedomicilio, en el Juzgado Tercero de lo Civil de este distrito judicial, conreferencia número: un mil doscientos noventa y seis-EC-dos mil uno. Esel caso que por ignorarse el paradero y domicilio actual, de las expresadasseñoras TEJADA MURCIA, así como también si han dejado procuradoro representante legal, desea promover las Diligencias de Ausencia conbase a lo dispuesto en el artículo veinticinco de la Ley del EjercicioNotarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias, a efecto deque se declare ausente a las señoras ELVIRA TEJADA MURCIA, ySILVIA CAROLINA TEJADA MURCIA, y les sea nombrado uncurador que las represente en el juicio antes referido. En consecuenciaPREVENGO: que si las referidas señoras tuvieren procurador u otrorepresentante legal en la república se presente en mi oficina de Notarioa legitimar su personería dentro de los quince días subsiguientes a laúltima publicación de este aviso, que se hace de conocimiento públicopara los efetos de ley.

Librado en San Salvador, a los tres días del mes de abril de dos miltres.

RICARDO JAVIER PORTILLO TORUÑO,

NOTARIO.

1 v. No. 13385

RICARDO JAVIER PORTILLO TORUÑO, Notario de este domicilio,al público,

HACE SABER: que a su oficina de Notario, situada en ColoniaMiramonte, Calle Las Arboledas, número veintidós, en esta ciudad; se hapresentado el Licenciado JULIO CESAR CAMPOS SEVILLANO, decuarenta y seis años de edad, Abogado, de este domicilio, persona a quienconozco, portador de su Documento Unico de Identidad número cero doscero cinco ocho uno cuatro seis-seis, quien actuando en nombre yrepresentación en su calidad de Apoderado General Judicial de laSociedad AUTOFACIL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VA-RIABLE , abreviadamente AUTOFACIL, S.A. DE C.V., MANIFES-TANDO, que en su carácter antes expresado promovió Juicio CivilEjecutivo contra la señora ELVIRA TEJADA MURCIA, mayor de edad,de Oficios del Hogar, del domicilio de San Salvador, en el JuzgadoSegundo de lo Civil de este distrito judicial, con referencia número: unmil doscientos noventa y cuatro -EC-dos mil uno. Es el caso que porignorarse el paradero y domicilio actual, de la expresada señoraTEJADA MURCIA, así como también si ha dejado procurador orepresentante legal, desea promover las Diligencias de Ausencia conbase a lo dispuesto en el artículo veinticinco de la ley del EjercicioNotarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias, a efecto deque se declare ausente a la señora ELVIRA TEJADA MURCIA, y le seanombrado un curador que la represente en el juicio antes referido. Enconsecuencia PREVENGO: que si la referida señora tuviere procuradoru otro representante legal en la República, se presente en mi oficina deNotario a legitimar su personería, dentro los quince días subsiguientes ala última publicación de este aviso, que se hace de conocimiento públicopara los efectos de ley.

Librado en San Salvador, a los tres días del mes de abril de dos miltres

RICARDO JAVIER PORTILLO TORUÑO,

NOTARIO.

1 v. No. 13386

RICARDO JAVIER PORTILLO TORUÑO, notario de este domicilio,al público,

HACE SABER: que a esta oficina de Notario situada en ColoniaMiramonte, Calle Las Arboledas, número veintidós, en esta ciudad se hapresentado el Licenciado JULIO CESAR CAMPOS SEVILLANO, decuarenta y seis años de edad, Abogado, de este domicilio, persona a quienconozco, portador de su Documento Unico de Identidad número cero dos

cero cinco ocho uno cuatro seis-seis, quien actuando en nombre yrepresentación en su calidad de Apoderado General Judicial de laSociedad AUTOFACIL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VA-RIABLE, abreviadamente AUTOFACIL, S.A. DE C.V. MANIFES-TANDO, que en su carácter antes expresado promovió Juicio CivilEjecutivo contra la señora MARTHA EDITH SARAVIA COTTO DEDOMINGUEZ, mayor de edad, Ingeniero Industrial, del domicilio deQuezaltepeque, Departamento de La Libertad, en el Juzgado tercero delo Civil de este distrito judicial, con referencia número: trescientosveintiocho -EC-dos mil. Es el caso que por ignorarse el paradero ydomicilio actual, de la expresada señora SARAVIA COTTO DEDOMINGUEZ, así como también si ha dejado procurador lo represen-tante legal, desea promover las Diligencias de Ausencia con base a losdispuesto en el artículo veinticinco de la Ley del Ejercicio Notarial de laJurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias, a efecto de que se declareausente a la señora MARTHA EDITH SARAVIA COTTO DEDOMINGUEZ, y le sea nombrado un curador que lo represente en eljuicio antes referido. En consecuencia PREVENGO que si la referidaseñora tuviere Procurador u otro Representante Legal en la República, sepresente en mi oficina de notario a legitimar su personería, dentro de losquince días subsiguientes a la última publicación de este aviso, que sehace de conocimiento público para los efectos de ley.

Librado en San Salvador, a los tres días del mes de abril de dos miltres.

RICARDO JAVIER PORTILLO TORUÑO,

NOTARIO.

1 v. No. 13389

RICARDO JAVIER PORTILLO TORUÑO, Notario de este domicilio,al público,

HACE SABER: que a su oficina de Notario, situada en ColoniaMiramonte, Calle Las Arboledas, número veintidós, en esta ciudad; se hapresentado el Licenciado JULIO CESAR CAMPOS SEVILLANO, decuarenta y seis años de edad, Abogado, de este domicilio, persona a quienconozco, portador de su Documento Unico de Identidad número cero doscero cinco ocho uno cuatro seis-seis, quien actuando en nombre yrepresentación en su calidad de Apoderado General Judicial de laSociedad AUTOFACIL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VA-RIABLE , abreviadamente AUTOFACIL, S.A. DE C.V., MANIFES-TANDO, que en su carácter antes expresado promovió Juicio CivilEjecutivo contra el señor HECTOR ANDRES MEDRANO AMAYA,mayor de edad, Ejecutivo de Ventas, del domicilio de Antiguo Cuscatlán,Departamento de La Libertad, en el Juzgado Cuatro de lo Civil de estedistrito judicial, con referencia número: ciento noventa y tres-EC- dosmil uno. Es el caso que por ignorarse el paradero y domicilio actual, delexpresado señor MEDRANO AMAYA, así como también si ha dejadoprocurador o representante legal, desea promover las Diligencias deAusencia con base a lo dispuesto en el artículo veinticinco de la Ley delEjercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias,a efecto de que se declare ausente a el señor HECTOR ANDRESMEDRANO AMAYA, y le sea nombrado un curador que los representeen el juicio antes referido. En consecuencia PREVENGO: que si elreferido señor tuviere procurador u otro representante legal en la Repú-blica, se presente en mi oficina de Notario a legitimar su personería,dentro de los quince días sudsiguientes a la última publicación de esteaviso, que se hace de conocimiento público para los efectos de ley.

Librado en San Salvador, a los tres días del mes de abril de dos miltres.

RICARDO JAVIER PORTILLO TORUÑO,

NOTARIO.

1 v. No. 13391

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54 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

EL JUEZ PRIMERO DE LO MERCANTIL INTERINO DE ESTEDISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DELEY.

HACE SABER: que en este Tribunal inicialmente el LicenciadoMARIO ADALBERTO CONTRERAS URQUILLA, como ApoderadoGeneral Judicial del BANCO DE FOMENTO AGROPECUARIO, yluego continuado por la Licenciada GETSY KARENNINE POSADASORIANO, como Apoderada General Judicial de la Institución Bancariaantes mencionada, promovió Juicio Ejecutivo Mercantil contra la señoraMARIA CARLOTA JAIME BRAN DE ALVAREZ, quien era decuarenta y cinco años de edad, contador público, actualmente de domi-cilio ignorado; sin saber si ha dejado Procurador o Apoderado que losrepresente, por lo que de conformidad con el Artículo 141 Pr.C. dentrodel mismo Juicio se han promovido las Diligencias de Ausencia a fin deque se le nombre un Curador Especial que los represente exclusivamenteen el proceso relacionado.

En consecuencia se previene que si alguna persona es Apoderadao Representante Legal de la señora MARIA CARLOTA JAIME BRANDE ALVAREZ, se presente a este Juzgado a comprobar tal circunstanciadentro de los quince días subsiguientes a la tercera publicación delpresente aviso.

Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO MERCANTIL: SanSalvador, a las nueve horas y treinta minutos del día cuatro de septiembrede dos mil dos. Lic. JOSE OSCAR LACAYO MEYER, JUEZ PRIME-RO DE LO MERCANTIL INTO. - Lic. OSCAR EMILIO ZETINOURBINA, SECRETARIO.

1v. No. 13416

LA INFRASCRITA JUEZA DEL JUZGADO SEGUNDO DE MENORCUANTIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARALOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: que en este Tribunal el Licenciado RAULANTONIO CHATARA FLORES, como Apoderado General Judicial dela Sociedad MARCO POLO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITALVARIABLE, sigue Juicio Ejecutivo Mercantil, contra la señora MARLIZROSALES DE HERNANDEZ, conocida por MARLIZ DE HERNAN-DEZ, quien en la actualidad es de domicilio ignorado, sin saberse si hadejado Apoderado, Procurador o Representante Legal alguno para que lorepresente; por lo que de conformidad al Art. 141 Pr. C. dentro del mismoJuicio el Licenciado CHATARA FLORES, ha promovido las Diligen-cias de Ausencia a fin de que se provea de un Curador Especial que lorepresente exclusivamente en el proceso relacionado a la señora MARLIZROSALES DE HERNANDEZ, conocida por MARLIZ DE HERNAN-DEZ, mayor de edad, Ejecutiva de Ventas, y de este domicilio.

En consecuencia se previene que si alguna persona es Apoderado,Procurador o Representante Legal alguno, de la señora MARLIZ RO-SALES DE HERNANDEZ, conocida por MARLIZ DE HERNANDEZ,caso que lo tuviere, se presente a este Juzgado a comprobar tal circuns-tancia dentro de los quince días subsiguientes a la publicación delpresente edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE MENOR CUAN-TIA: San Salvador, a los treinta y un días del mes de marzo del dos miltres. Lic. VILMA ESTELA FLORES URRUTIA, JUEZA SEGUNDODE MENOR CUANTIA. Lic. FRANCISCO RENE AREVALOPUJOL, SECRETARIO.

1 v. No. 13417

LA INFRASCRITA JUEZA SEGUNDO DE LO MERCANTIL SU-PLENTE DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR,

HACE SABER: que a este Juzgado se ha presentado el LicenciadoJOSE ANGEL GOMEZ LARIOS, actuando como Apoderado GeneralJudicial del BANCO PROMERICA, SOCIEDAD ANONIMA, promo-viendo Diligencias de Ausencia, manifestando que ha demandado enJuicio Ejecutivo Mercantil a la señora ERIKA RUIZ MANZANO,mayor de edad, de este domicilio ahora de domicilio ignorado, descono-ciéndose si ha dejado Procurador y otro Representante Legal, pide se lenombre un Curador Especial para que la Represente en el Juicio aludido.-

PREVIENESE de acuerdo al Art. 141 Pr. C., que si la mencionadaseñora ERIKA RUIZ MANZANO, tuviere Procurador o RepresentanteLegal, se presente dentro de los quince días siguientes a la últimapublicación de este aviso y pruebe tal circunstancia.-

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCAN-TIL: San Salvador, a las catorce horas quince minutos del día treinta deenero del año dos mil tres. - Licda. ROSA ESTELA MORALES DEPORTILLO, JUEZA SEGUNDO DE LO MERCANTIL SUPLENTE. -Lic. TERESA DE JESUS VASQUEZ VASQUEZ, SECRETARIA.

1 v. No. 13526

JOSE GUILLERMO RAMOS CHORRO JUEZ CUARTO DE LOMERCANTIL SUPLENTE, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, ALPUBLICO EN GENERAL;

HACE SABER: que en este Tribunal, se ha presentado el Licencia-do PIERO ANTONIO RUSCONI GUTIERREZ, como ApoderadoGeneral Judicial del BANCO AGRICOLA, S.A., MANIFESTANDO:que ha iniciado Juicio Ejecutivo Mercantil, contra el señor JUANEDUARDO HASBUN GUERRA, quien es mayor de edad, IngenieroIndustrial, del domicilio de Antiguo Cuscatlán, departamento de LaLibertad, pero es el caso que actualmente es de domicilio ignorado, asícomo no se sabe si ha dejado Procurador o si tiene Representante Legal;por lo que solicita el expresado Profesional se le nombre CuradorEspecial al señor JUAN EDUARDO HASBUN GUERRA, de conformi-dad al Art. 141 Pr. C., para que lo represente en el aludido juicio.

En consecuencia, se previene que si el referido señor JUANEDUARDO HASBUN GUERRA, tuviere Procurador o RepresentanteLegal en el País, se presente a este Tribunal a comprobar dicha circuns-tancia, dentro del término de quince días siguientes a la publicación deeste aviso.

Librado en el Juzgado Cuatro de lo Mercantil: San Salvador, a lasnueve horas y treinta minutos del día treinta y uno de marzo de dos miltres. Lic. JOSE GUILLERMO RAMOS CHORRO , JUEZ CUARTODE LO MERCANTIL SUPLENTE. - Licda. ELENA ELIZABETHAYALA ORELLANA, SECRETARIA.

1v. No. 13531

LA INFRASCRITA JUEZA SEGUNDO DE LO MERCANTIL SU-PLENTE DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR,

HACE SABER: que a este Juzgado se ha presentado el LicenciadoBENJAMIN BALTAZAR BLANCO HERNANDEZ, actuando comoApoderado General Judicial del BANCO HIPOTECARIO DE EL SAL-VADOR, SOCIEDAD ANONIMA; promoviendo Diligencias de Au-sencia, manifestando que ha demandado en Juicio Ejecutivo Mercantil,reclamándole cantidad de dinero y accesorios de Ley a los señoresELIAS PEREZ ALVAREZ y LUCIA ESTEBANA BONILLA DECASTILLO, quienes son mayores de edad, el primero Comerciante y lasegunda Licenciada en Administración de Empresas y actualmente dedomicilio ignorado, siendo que los mencionados señores se les ignora suparadero, desconociéndose si han dejado Procurador u otro Representan-

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55DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 25 de Abril de 2003.

te Legal, pide se le nombre un Curador Especial para que los Representeen el Juicio aludido.

PREVIENESE de acuerdo con el Art. 141 Pr. C., que si losmencionados señores ELIAS PEREZ ALVAREZ y LUCIA ESTEBANABONILLA DE CASTILLO, tuvieren Procurador o Representante Legalse presente dentro de los quince días siguientes a la última publicaciónde este aviso y pruebe tal circunstancia.-

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCAN-TIL: San Salvador, a las catorce horas del día once de marzo del año dosmil tres.- Licda. ROSA ESTELA MORALES DE PORTILLO, JUEZASEGUNDO DE LO MERCANTIL SUPLENTE. - Lic. TERESA DEJESUS VASQUEZ VASQUEZ, SECRETARIA.

1 v. No. 13529

ROBERTO EDUARDO CALDERON BARAHONA, Notario, de estedomicilio, con despacho notarial ubicado en Centro Comercial MetroEspaña, Trece Calle Oriente y Pasaje Sagrera, Local Doscientos Uno, deesta ciudad.

HACE SABER: que la señora MARIA AMINTA CARCAMOBLANCO, quien es de setenta y tres años de edad, Modista, del domiciliode Nueva San Salvador, se ha presentado el día doce de marzo del dos miltres, ante mis oficios notariales, MANIFESTANDO: que es su deseo nocontinuar con la proindivisión que existe juntamente con su hermanoJOSE VICTOR MANUEL CARCAMO BLANCO, quien tiene el dere-cho proindiviso equivalente al veinte por ciento sobre un inmuebleurbano situado en la Cuarta Avenida Sur número Cuatro-Diez, CallejónVeinticuatro Barrio de Candelaria de la Ciudad de Nueva San Salvador,por lo que desea entablar demanda en Juicio de Partición Judicial, contrael señor JOSE VICTOR MANUEL CARCAMO BLANCO, de cincuen-ta y ocho años de edad, Sastre, de domicilio desconocido, que éste seausento desde hace aproximadamente veintitrés años y por ignorarse suparadero y actual domicilio así como también si ha dejado procurador yrepresentante legal, por lo que ha iniciado ante mis oficios notariales,Diligencias de Ausencia en base al Artículo Veinticinco de la Ley delEjercito Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias, aefecto de que se declare ausente al señor JOSE VICTOR MANUELCARCAMO BLANCO y que se le nombre un curador ad-litem para quelo represente en el Juicio de Partición Judicial mencionado. En conse-cuencia, PREVENGO: que si el referido ausente JOSE VICTOR MA-NUEL CARCAMO BLANCO, tuviere procurador u otro representantelegal en la República, se presente a mi oficina a legitimar su personeríaen el término de quince días, contados desde el siguiente a la últimapublicación del presente edicto, que se hace del conocimiento del públicopara los efectos de la Ley.

Librado en la oficina del Notario ROBERTO EDUARDO CAL-DERON BARAHONA. En la ciudad de San Salvador, a las nueve horasdel día uno de abril del dos mil tres.

Lic. ROBERTO EDUARDO CALDERON BARAHONA,

NOTARIO

1. v. No. 13513

RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, Notario, con oficina enDiagonal Centro América No. 5 Urbanización Buenos Aires, San Salva-dor,

HACE SABER: que se ha presentado el señor JOSE ISRAELLOPEZ DIAZ del domicilio de Santa Cruz Michapa, Departamento deCuscatlán, de veintiún años de edad, Empleado a quien no conozco peroidentico por medio de su Documento Unico de Identidad número cerodos cuatro cero cinco nueve seis ocho- uno y Número de IdentificaciónTributaria cero siete catorce-dos dos once ochenta y uno-ciento uno-ocho, solicitando Título Supletorio de un terreno rústico, situado enCantón Delicias, de la jurisdicción de Santa Cruz Michapa, Departamen-to de Cuscatlán, de una extensión superficial de setecientos ochenta ycuatro metros con doce centímetros cuadrados en su totalidad, de lasmedidas y colindancias siguientes: AL NORTE: cuarenta y dos metros,en línea recta lindando con la señora SANTOS PEREZ, AL ORIENTE,trece metros en línea recta lindando con la concha de fútbol, callenacional de por medio, AL SUR: cuarenta y tres metros, en línea recta,lindando con la señora ALBINA DIAZ, izotes de por medio, y ALPONIENTE: veintitrés metros con noventa centímetros, en línea curvalindando con la señora ANTONIA LOPEZ, izotes de por medio. Loscolindantes son del domicilio de Santa Cruz Michapa. En el inmueble

descrito está construida una vivienda de sistema mixto de cuarenta ycinco punto veinticuatro metros cuadrados. Lo hubo por venta que le hizoal compareciente la señora SANTOS LOPEZ DE MARTINEZ. Lo poseequita y pacíficamente desde hace más de diez años unida a la de suantecesor. No tiene cargas reales, ni derechos, ni está en proindivisión,no es dominante no sirviente y lo estima en TRES MIL COLONES.

San Salvador Veintiocho de febrero de dos mil tres.

RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS,

NOTARIO.

1. v. No. 13404

RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, Notario, con oficina enDiagonal Centroamericana Número Cinco, Urbanización Buenos Aires,San Salvador,

HACE SABER: que se ha presentado la señora MARIA TERESALOPEZ PEREZ, doméstica, del domicilio de Santa Cruz Michapa, detreinta y un años de edad, a quien no conozco pero identifico por mediode su Documento Unico de Identidad Número cero dos millones quinien-tos cincuenta y nueve- uno, con Número de Identificación Tributaria cerosetecientos catorce - cero setenta mil novecientos setenta y uno cientouno - ocho, solicitando Título Supletorio de un terreno rústico, situado enCantón Las Delicias, de la jurisdicción de Santa Cruz Michapa, Depar-tamento de Cuscatlán, de una extensión superficial de quinientos treintay cinco punto cincuenta metros cuadrados en su totalidad, de las medidasy colindancias siguientes: NORTE: cuarenta y dos metros, en línea recta,linda con terreno de la señora JULIA ORTIZ, pitos e izotes de por medio;AL ORIENTE: once metros, en línea recta, linda con cancha de fútbol,calle nacional de por medio; AL SUR: cuarenta y dos metros, en línearecta, linda con terreno de la señora SANTOS LOPEZ, pared de pormedio perteneciente a la señora SANTOS LOPEZ DE MARTINEZ y ALPONIENTE: catorce metros cincuenta centímetros, en línea recta, lindacon el terreno de LEONARDO SANTOS, cerco de alambre de pormedio, propiedad de la señora SANTOS LOPEZ DE MARTINEZ. Loscolindantes son del domicilio de Santa Cruz Michapa. En el inmuebledescrito está construida una casa de sistema mixto que mide cuarenta ycinco punto veinticuatro metros cuadrados. Lo hubo por venta que le hizoa la compareciente la señora SANTOS LOPEZ DE MARTINEZ. Loposee quieta y pacíficamente desde hace más de diez años unida a la desus antecesores. No tiene cargas reales, ni derechos no está en proindi-visión, el terreno no es dominante ni sirviente, y lo estima en TRES MILCOLONES.

San Salvador, veintinco de febrero de dos mil tres.

RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS,

NOTARIO

1v. No. 13406

ROBERTO ESCOBAR GARCIA, Notario, de este domicilio, con des-pacho notarial ubicado en Calle Nueva Número Dos y Pasaje Uno,Número Cuatro B, Colonia Escalón, de esta ciudad.

HACE SABER: que se ha presentado la señora MARTA GUADA-LUPE PERALTA DE OLMEDO, de cincuenta y cinco años de edad,Secretaria Comercial, del domicilio de Nueva San Salvador, Departa-mento de La Libertad, solicitando TITULO SUPLETORIO de un terrenode naturaleza rústico, situado en Cantón El Almendro, Jurisdicción deSonzacate, Departamento de Sonsonate, de una extensión superficial deNOVENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y TRES PUNTOSESENTA METROS equivalente a TRECE MANZANAS UN MILCUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE PUNTO CERO CINCOVARAS CUADRADAS, que linda: AL NORTE: con señores JOSEMANUEL GARCIA PRIETO, IGNACIO LUE y MARCO TULIOCANALES CASTANEDA; AL ORIENTE: con carretera a Santa Ana,AL SUR: con señor MIGUEL ANGEL LAGOS PANIAGUA, ALPONIENTE, con señores JOSE MANUEL GARCIA PRIETO Y MAR-TA CECILIA HUEZO DE PERALTA. La posesión que ejerce la señoraMARTA GUADALUPE PERALTA DE OLMEDO, sobre dicho inmue-ble, data desde hace veinte años y no está en proindivisión con ningunapersona y lo posee en forma quieta, pacífica, pública e ininterrumpida ylo valúa en la suma de DOSCIENTOS MIL COLONES. Las Diligenciasde Título Supletorio referido se siguen de conformidad a la Ley EspecialTransitoria para la Delimitación de Derechos de Propiedad o de Posesiónen Inmuebles en Estado de Proindivisión.

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56 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359Librado en las oficinas del suscrito Notario, San Salvador, a los

catorce días del mes de abril del año dos mil tres.

Lo que avisa al público para los efectos de ley.

Dr. ROBERTO ESCOBAR GARCIA,

NOTARIO.

1v. No. 13421

ANA DEYSI GOMEZ PINEDA, Notario, con oficina en Sensuntepe-que, en la Avenida Libertad y Tercera Calle Poniente número dos de estaciudad,

HACE SABER: que ante mis oficios notariales, se ha presentadola señora MARIA ENMA GOMEZ UMAÑA, de cuarenta y dos años deedad, de oficios domésticos, del domicilio, del Cantón Cunchique, deesta jurisdicción portadora de su Documento Unico de Identidad númerocero un millón setecientos veintitrés mil doscientos cincuenta y cuatro-cinco, solicitando Título Supletorio a su favor, de un inmueble denaturaleza rústica, situado en el Cantón Cunchique de esta jurisdicciónde TREINTA Y CINCO AREAS, de extensión superficial, con lascolindancias especiales siguientes AL PONIENTE: en tres tiros elprimero con rumbo Sur, el segundo con rumbo Poniente, y el tercero conrumbo Sur, lindando en los tres tiros con LUCIA AREVALO, divido porcerco de alambre. AL NORTE : linda con JOSE MANUEL ZAVALACRUZ, cerco de piedra de división, AL ORIENTE, linda con JESUSORTIZ dividido por árboles de pito, troncos de izote y madre cacao hastallegar al camino vecinal; y AL SUR: colinda en parte con JESUS ORTIZy en otra parte con BRIGIDO DOLORES CHAVEZ ESCAMILLA, enesta última parte divide un camino vecinal, y se valúa en la suma de DOSMIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO DOLARES CON SETEN-TA Y UN CENTAVOS DE DOLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DEAMERICA, y la posesión sumada con la de sus antecesores es por másde diez años consecutivos de manera quieta, pacífica e ininterrumpida ysin proindivisión con terceros.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de Ley.

Sensuntepeque, a once días del mes de marzo del año dos mil tres.

Lic. ANA DEYSI GOMEZ PINEDA,

NOTARIO.

1v. No. 13443

El infrascrito Notario, al público en general,

HACE SABER: que en esta oficina de Notariado, ubicada enCondominio Metro España Edificio “F” Local Dos- B Avenida Españay Trece Calle Oriente, de esta ciudad, se ha presentado el señor DOLO-RES CASTRO, de cincuenta y siete años de edad, Agricultor en Peque-ño, del domicilio de Nueva Concepción, departamento de Chalatenango,solicitando Título Supletorio a su favor, de un inmueble de naturalezarústica, de su propiedad, situado en Cantón Laguna Seca, de la compren-sión territorial del Municipio de Nueva Concepción departamento deChalatenango, de una extensión superficial de DIEZ MIL CIENTOSESENTA Y NUEVE PUNTO SETENTA METROS CUADRADOS,aproximadamente y tiene los linderos y colindancias siguientes: ALNORTE, cuarenta y siete metros, colinda con ANTONIO TEJADA,callejón de por medio; AL SUR, setenta y siete punto cuarenta metros,con SANTOS MANCIA, CIRIACO ALDANA y ALONSO HERCU-LES; AL ORIENTE: ciento ochenta y un metro, con ANTONIO TEJA-DA, callejón de por medio; y AL PONIENTE: ciento cuarenta seismetros, con JUAN MORALES, calle pública de por medio, que conduceal Caserío El Paterno, los colindantes son del domicilio de NuevaConcepción, departamento de Chalatenango. El inmueble relacionado ydescrito no es dominante ni sirviente, ni está en proindivisión y no tienecargas o derechos que pertenezcan a terceras personas y lo adquirió desdehace más de treinta años, por compra que hiciera a su madre LUCIACORTES y estima su valor en DIEZ MIL COLONES.

Lo anterior se hace del conocimiento al público para los efectos deLey.

Librado en la oficina de notariado de Licenciado CARLOS AL-BERTO LOUCEL VALENCIA, San Salvador, a los ocho días del mesde abril de dos mil tres.

Lic. CARLOS ALBERTO LOUCEL VALENCIA.

NOTARIO.

1v. No. 13510

AVISO DE INSCRIPCION

EL INFRASCRITO JEFE DEL REGISTRO NACIONAL DE ASO-CIACIONES COOPERATIVAS DEL INSTITUTO SALVADOREÑODE FOMENTO COOPERATIVO .En cumplimiento de los Artículos 16de la Ley General de Asociaciones Cooperativas, 5 Inciso Primero de suReglamento y 19 literal g) del Reglamento Interno del Instituto Salva-doreño de Fomento Cooperativo,

HACE SABER: que la ASOCIACION COOPERATIVA DEAPROVISIONAMIENTO, AHORRO Y CREDITO DE TRANSPOR-TE DE APASTEPEQUE, DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, quese abrevia “ACOTA, de R.L.”, con domicilio en Apastepeque, Departa-mento de San Vicente y que goza de personalidad jurídica desde elveintidós de julio de mil novecientos noventa y cuatro, se encuentraINSCRITA bajo el número TRECE, folios doscientos veinticuatro,frente a folios doscientos cuarenta y dos frente del Libro SEXTO deAsociaciones Cooperativas de APROVISIONAMIENTO. Dicha enti-dad reformó parcialmente sus Estatutos en los artículos 1, 3,7, 8, 69, 70,71, 82, 91, 92 y el acápite de Capítulo V, incluyendo el cambio de sudenominación anterior por la siguiente: ASOCIACION COOPERATI-VA DE TRANSPORTE DE APASTEPEQUE, DE RESPONSABILI-DAD LIMITADA, que se abrevia “ ACOTA, DE R. L.” y con domicilioen Apastepeque, Departamento de San Vicente. Tal reforma, ha sidoINSCRITA bajo el número VEINTIOCHO, folios doscientos veintiochofrente a folios doscientos treinta frente del Libro TERCERO de Asocia-ciones Cooperativas de TRANSPORTE, que lleva el Registro Nacionalde Asociaciones Cooperativas del INSTITUTO SALVADOREÑO DEFOMENTO COOPERATIVO, a los cuatro días del mes de marzo de dosmil tres. San Salvador, 17 de marzo de 2003.

Lic. GUILLERMO ANTONIO MORAN,

JEFE DEL REGISTRO NACIONAL DE ASOCIACIONES

COOPERATIVAS.

1v. No. 13372

RAMON ARTURO GAITAN LAINEZ, Notario de este domicilio, condespacho Notarial situado en Trece Calle Poniente, Condominio ElCarmen, local número seis, Centro de Gobierno de esta ciudad,

HACE SABER: que a esta oficina se a presentado el señorMIGUEL QUIJANO REINOZA, de sesenta y siete años de edad, deldomicilio del Cantón El Zapote de la jurisdicción de Ayutuxtepequedepartamento de San Salvador, solicitando TITULO SUPLETORIO, deun inmueble de naturaleza rústica y construcciones que contiene, el queestá situado en la dirección mencionada en este aviso el que tiene loslinderos siguientes: AL ORIENTE: en tres tramos: Primer tramo: desesenta y cuatro metros; Segundo Tramo: veintisiete metros; y TercerTramo: cincuenta y cuatro metros; colinda con propiedades de losseñores Julia Morales, Manuel de Jesús Moreno, y Ramón SantosMartínez; AL NORTE: cincuenta y cuatro metros dieciocho centímetrosy colinda con propiedad de Juan Francisco Quintanilla Hernández; ALPONIENTE: ciento nueve metros noventa y cuatro centímetros, colindacon la sucesión de Pablo Martínez; y AL SUR: veinticuatro metros,colinda con propiedades de María Palacios viuda de Aragón, caminovecinal de por medio y con otra propiedad del compareciente señorMiguel Quijano Reinoza; tiene una capacidad de CUATRO MIL NOVE-CIENTOS OCHENTA Y DOS METROS CUADRADOS CONOCHENTA DECIMETROS CUADRADOS y lo adquirió por comprahecha al señor Carlos Vásquez Castro, según Documento Privado el cualmanifiesta haber extraviado en consecuencia por este medio CITA: atodos los que se crean con igual o mejor derecho al mismo, se presentena la dirección antes mencionada en el término de QUINCE DIAScontados desde el día siguiente de la última publicación del presenteedicto, a hacerlo saber.

Librado en la ciudad de San Salvador, a los veintidós días del mesde abril del año dos mil tres.

RAMON ARTURO GAITAN LAINEZ,

NOTARIO.

1 v. Nº. 13535

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57DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 25 de Abril de 2003.

SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE LO

CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS

EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución dictada a las ocho horas con

quince minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con

Beneficio de Inventario de parte de ANA ORTIZ DE PINEDA, conocida

por ANA ORTIZ VELIS, ANA ORTIZ y ANA MARIA ORTIZ, como

cónyuge sobreviviente del causante señor ANTONIO PINEDA ALFA-

RO, la Herencia Intestada que dejó a su defunción ocurrida el día cuatro

de abril de mil novecientos ochenta y ocho, en el Cantón Nancintepeque

de esta jurisdicción, lugar de su último domicilio; confiriéndosele

INTERINAMENTE la administración y representación de la Sucesión

expresada, con las facultades y restricciones de ley.-

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten en el término de ley.-

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: Santa

Ana, a las nueve horas con treinta minutos del día veinticinco de febrero

del dos mil dos.- Lic. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ

TERCERO DE LO CIVIL.- BLANCA ALICIA GRANADOS DE

AMAYA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13523-1

RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA; AL PUBLICO

PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución de las ocho horas cuarenta y

ocho minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con

beneficio de inventario, de parte de las señoras PAULINA MEZQUITA

DE DIAZ, conocida por PAULINA CHAMUL y PAULINA

MESQUITA, ANA ISABEL DIAZ MEZQUITA, MERCEDES DIAZ

MEZQUITA, CATALINA DIAZ MEZQUITA, BLANCA CELIA DIAZ

MEZQUITA, CLAUDIA CRISTINA DIAZ DE VARGAS, CRISTINA

DEL CARMEN DIAZ VIUDA DE BELLOSO, la herencia testamenta-

ria que a su defunción dejó el causante señor VICENTE DIAZ HER-

NANDEZ, conocido por VICENTE DIAZ, quien fue de ochenta y ocho

años de edad, comerciante en pequeño, casado, fallecido el día veintisiete

de julio del año dos mil, en el Hospital San Juan de Dios de esta ciudad,

habiendo sido el Cantón Natividad de esta jurisdicción el lugar de su

último domicilio.-

Las señoras PAULINA MEZQUITA DE DIAZ, conocida por

PAULINA CHAMUL y PAULINA MESQUITA, ANA ISABEL DIAZ

MEZQUITA, MERCEDES DIAZ MEZQUITA, CATALINA DIAZ

MEZQUITA, BLANCA CELIA DIAZ MEZQUITA, CLAUDIA CRIS-

TINA DIAZ DE VARGAS, y CRISTINA DEL CARMEN DIAZ VIU-

DA DE BELLOSO, son herederas testamentarias del referido causante,

según testamento nuncupativo otorgado en esta ciudad, a las nueve horas

treinta minutos del día once de diciembre de mil novecientos noventa y

cinco, ante los oficios de la Notario Licenciada ZOILA ANA YOLAN-

DA MARTINEZ DE DENNERY; y en ese carácter se les confiere la

administración y representación interina de la sucesión, con las faculta-

des y restricciones de ley.-

Lo que se pone en conocimiento para que todo aquel que se

considere con derecho a esta sucesión, se apersone a este Tribunal a

deducirlo dentro de los quince días subsiguientes a la tercera publicación

de este edicto.-

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: Santa

Ana, a las nueve horas diez minutos del día veintiocho de marzo de dos

mil tres- Dr. RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE

LO CIVIL.- Br. ELBA LUZ LEMUS DE CHAVEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 13524-1

ASTRID YANIRA PINEDA HERRERA, JUEZ DE PRIMERA INS-

TANCIA SUPLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: al público para los efectos de ley, que por resolu-

ción proveída por este Tribunal, a las nueve horas diez minutos del día

diez de diciembre del presente año; se ha tenido por aceptada expresa-

mente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su

defunción ocurrida a la una hora del día veinticuatro de agosto de mil

novecientos setenta y nueve, en la carretera que de esta ciudad conduce

hacia Sonsonate, a la altura del kilómetro 80, del Cantón San Julián de

esta jurisdicción, siendo la ciudad de Acajutla, su último domicilio; dejó

el señor JOSE MOISES GALDAMEZ, conocido por JOSE MOISES

GALDAMEZ ABREGO y por MOISES GALDAMEZ; de parte de los

señores JOSE MOISES GALDAMEZ OSTORGA, SILVIA ESTELA

OSTORGA DE ESCOBAR e HILDA NELLY OSTORGA DE ARE-

VALO, en su calidad de hijos del mencionado causante; se ha conferido

a los aceptantes, la administración y representación interina de la

sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia

yacente.-

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Acajutla, a las diez

horas del día once de diciembre del año dos mil dos.- Licda. ASTRID

YANIRA PINEDA HERRERA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA

SUPLENTE.- Licda. ELSA CORALIA RAMIREZ LEIVA, SECRE-

TARIA.

3 v. alt. No. 13520-1

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58 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

EL INFRASCRITO JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE DIS-

TRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que por resolución pronunciada a las nueve horas

del día diecisiete de marzo del año dos mil tres, se ha tenido por aceptada

expresamente con beneficio de inventario la herencia intestada que a su

defunción ocurrida en esta ciudad, su último domicilio, el día siete de

marzo de mil novecientos setenta y siete, dejó el señor MERCEDES

CAMPOS CHACON, de parte de la señora MARIA ANTONIA LOPEZ

VIUDA DE HERNANDEZ, como cesionaria de los derechos heredita-

rios que le correspondían a la señora PETRONA CHACON DE CAM-

POS, en su calidad de madre del causante.- Confiérese a la aceptante la

administración y representación interina de la sucesión, con las faculta-

des y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-

Lo que se hace del conocimiento público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a las

catorce horas cincuenta minutos del día cuatro de abril del año dos mil

tres.- MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.-

Licda. CONCEPCION PALMA CRUZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 13505-1

CARLOS RAMON ALVARADO MARTINEZ, JUEZ CUARTO DE

LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que por resolución pronunciada a las nueve horas

del día nueve de octubre del presente año, se ha tenido por aceptada

expresamente y con beneficio de inventario, la herencia testamentaria

que a su defunción ocurrida en esta ciudad, su último domicilio, el día

catorce de enero de mil novecientos noventa y ocho, dejó la causante

SARA SANCHEZ DE MIJANGO, conocida por MARTA SARA SAN-

CHEZ DE MIJANGO, de parte del señor CARLOS PORFIRIO GUZ-

MAN SANCHEZ. Confiérese al aceptante la administración y represen-

tación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente. Y, CITA: a los que se crean con derecho

a la expresada herencia, para que se presenten a deducirlo en el término

de quince días contados a partir del siguiente al de la tercera publicación

de este Edicto.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las nueve

horas del día veinticinco de octubre de dos mil uno.- Dr. CARLOS

RAMON ALVARADO MARTINEZ, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL.-

Lic. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13447-1

LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SU-

PLENTE DE ESTE DISTRITO,

HACE SABER: que por resolución de las nueve horas del día cinco

de junio del año dos mil dos, se ha tenido por aceptada expresamente y

con beneficio de inventario la herencia intestada dejada por la señora

LEONARDA GERTRUDIS SANTAMARIA, fallecido el día veintidós

de mayo de mil novecientos noventa y nueve, en la ciudad de San

Salvador, siendo la Población de Sonzacate, su último domicilio, de parte

de los señores RICARDO ANTONIO, ALVARO FREDY, JOSE ADAN,

ROSA ELVIRA y GLORIA ISABEL, todos de apellido SANTAMARIA

TADEO, en concepto de hijos de la causante. Se ha conferido a los

aceptantes la administración y representación interinas de la sucesión

con las facultades y restricciones de ley.

Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las catorce horas del día primero

de julio del año dos mil dos.- Lic. LUIS ANTONIO BENITEZ HIDAL-

GO, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE.- Lic. CECILIA DEL CARMEN

CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13374-1

JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE MEJICANOS, AL PUBLICO PARA LOS

EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución de las ocho horas y treinta

minutos del día tres del corriente mes y año, se tuvo por aceptada

expresamente y con beneficio de inventario la HERENCIA INTESTA-

DA de los bienes que a su defunción dejó el causante señor ALFREDO

MAYORGA MIRANDA, quien falleció en el Hospital Médico Quirúr-

gico del Instituto Salvadoreño del Seguro Social de la Jurisdicción de San

Salvador; a las veintiuna horas y quince minutos del día veinticuatro de

mayo de dos mil dos; siendo su último domicilio esta ciudad; por parte

de la señora MARIA NOEMI TORRES DE MAYORGA, en su concepto

de cónyuge sobreviviente del de cujus.

Habiéndosele conferido a la aceptante en el concepto antes indica-

do, la administración y representación interinas de la sucesión con las

facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Y CITA: a todas las personas que se crean con derecho a la presente

herencia, para que se presenten a este Juzgado, a deducirlo dentro del

término de quince días contados a partir de la última publicación de este

edicto.

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59DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 25 de Abril de 2003.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las ocho horas y

cincuenta minutos del día tres de abril de dos mil tres.- Lic. JOSE HUGO

ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. YANIRA MAG-

DALENA GAVIDIA RIVERA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 13401-1

DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIME-

RA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHINAMECA,

HACE SABER: que por resolución proveída por este Juzgado a las

once horas del día veintiséis de los corrientes; se tuvo por aceptada

expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que al

fallecer dejó la causante señora SIMONA MOLINA ZELAYA, fallecida

a las dieciséis horas del día treinta y uno de julio de mil novecientos

noventa y nueve, en el Barrio El Centro de la ciudad de Nueva Guada-

lupe, de este Distrito, Departamento de San Miguel, siendo la ciudad de

Nueva Guadalupe su último domicilio; de parte de GUADALUPE

ALEGRIA MOLINA, en su concepto de hijo de la causante.- Nómbrase

al aceptante en el carácter dicho administrador y representante interino

de la sucesión de que se trata, con las facultades y restricciones que

corresponde a los curadores de la herencia.- Publíquense los edictos de

ley.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.-

LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA CHI-

NAMECA, a las quince horas del día veintiséis de enero del año dos mil

uno.- Lic. DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA.- Br. ROSALIA DE JESUS PACHECO, SE-

CRETARIA.

3 v. alt. No. 13390-1

JOSE GUILLERMO RAMOS CHORRO JUEZ, CUARTO DE LO

MERCANTIL SUPLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL

PUBLICO EN GENERAL,

HACE SABER: que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido

por el Licenciado TITO SANCHEZ VALENCIA, Apoderado General

Judicial del BANCO DE COMERCIO DE EL SALVADOR, SOCIE-

DAD ANONIMA, contra la señora MARIA ALICIA TORRES DE

RODRIGUEZ, se venderá en Pública Subasta en este Tribunal, un

inmueble de naturaleza rústica hoy urbanizado, situado en el Valle San

Luis Mariona, antes Barranca Honda, ahora San Luis Mariona de

Cuscatancingo de este Departamento, donde se ha desarrollado el pro-

yecto San Lucas, que de dicho inmueble segrega el lote marcado con el

número QUINCE, POLIGONO A, del proyecto San Lucas, que se

localiza y se describe así: partiendo de la intersección de los ejes de calle

a Mariona y de pasaje uno, se mide sobre el eje de pasaje uno, una

distancia de cincuenta y tres punto cuarenta metros, con rumbo Norte

ochenta y seis grados cuarenta metros, con rumbo Norte ochenta y seis

grados cuarenta y dos punto cincuenta y cuatro minutos Oeste, llegando

a un punto en donde con deflexión derecha de noventa grados y midiendo

una distancia de dos punto cincuenta metros, se localiza el esquinero Sur-

Oriente del lote que se describe: AL ORIENTE: un tramo recto con

rumbo Norte cero tres grados diecisiete punto cuarenta y seis minutos

Este y una distancia de diez punto cero cero metros y linda con lote

número trece, polígono A; AL NORTE: un tramo recto con rumbo Norte

ochenta y seis grados cuarenta y ocho punto un minutos Oeste y una

distancia de cinco punto cero cero metros, y linda con Escuela Angélica

Guirola Soler; AL PONIENTE: un tramo recto con rumbo Sur cero tres

grados diecisiete punto cuarenta y seis minutos Oeste y una distancia de

diez punto cero cero metros y linda con lote número diecisiete, polígono

A; AL SUR: un tramo recto con rumbo Sur ochenta y seis grados cuarenta

y dos punto cincuenta y ocho minutos Este y una distancia de cinco punto

cero cero metros y linda con lote número dieciséis, polígono B, pasaje

uno de por medio, llegando así al esquinero Sur-Oriente, que fue donde

dio inicio la presente descripción.- El inmueble así descrito tiene una

extensión superficial de CINCUENTA PUNTO CERO CERO ME-

TROS CUADRADOS, equivalentes a SETENTA Y UNO PUNTO

CINCUENTA Y CUATRO VARAS CUADRADAS. El inmueble antes

descrito se ha construido una casa de sistema mixto completamente

nueva de un área de VEINTIDOS PUNTO CINCUENTA y UN ME-

TROS CUADRADOS de construcción. El inmueble antes descrito es

propiedad de la señora MARIA ALICIA TORRES DE RODRIGUEZ,

por estar inscrito a su favor bajo el sistema de Folio Real con Matrícula

número CERO UNO-CERO SEIS CERO NUEVE UNO OCHO-CERO

CERO CERO, inscripción TRES, del Registro de la Propiedad Raíz e

Hipotecas de la Primera Sección del Centro.

Lo que se avisa al público para los efectos legales consiguientes.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Mercantil: San Salvador, a las

doce horas y treinta minutos del día catorce de marzo de dos mil tres.- Lic.

JOSE GUILLERMO RAMOS CHORRO, JUEZ CUARTO DE LO

MERCANTIL SUPLENTE.- Licda. ELENA ELIZABETH AYALA

ORELLANA, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 13396-1

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60 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

MELIDA DEL TRANSITO GONZALEZ ORELLANA, JUEZA DE

PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: que a este Tribunal se presentó el Licenciado

RAMIRO ALEXANDER GARCIA SALINAS, en el carácter de Apode-

rado General Judicial con Cláusula Especial de la señora Victoria

Echeverría Hernández; solicitando el referido profesional, quien es de

treinta y cuatro años de edad, Abogado y Notario, del domicilio de

Armenia y de esta ciudad, promover diligencias de título Supletorio de

un inmueble de naturaleza rústica, situado en el Cantón San Julián de la

jurisdicción de esta ciudad, identificado como parcela número Quinien-

tos cincuenta y dos, del sector cero tres cero uno cero ocho; con una

capacidad superficial de MIL TREINTA PUNTO CINCUENTA Y UN

METROS CUADRADOS, aproximadamente, y de los linderos siguien-

tes: NORTE: linda con UNIFERSA, línea férrea de por medio; SUR: con

ESSO Estándar Oil S.A., límite de carretera de por medio y línea férrea.

ORIENTE: con Alejandro Perdomo Rellana; y PONIENTE: con PIS-

CIS, S.A. de C.V. y que se valúa por el precio de treinta mil colones. Que

la posesión del inmueble descrito, la adquirió materialmente, por encon-

trarse residiendo en él, desde hace mas de treinta años continuos y

sucesivos hasta la fecha, y no teniendo ningún documento que acredite

el dominio sobre el mismo, viene a promover diligencias de título

Supletorio. No existen poseedores proindivisos.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Acajutla, a las nueve

horas cuarenta y cinco minutos del día veinte de marzo del año dos mil

tres. Licda. MELIDA DEL TRANSITO GONZALEZ ORELLANA,

JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA. Licda. ELSA CORALIA RAMI-

REZ LEIVA, SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 13435-1

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado la señorita

ANA JULIA INTERIANO GUZMAN, de veintisiete años de edad,

estudiante de este domicilio, portadora de su documento único de

identidad número: cero uno tres cuatro seis cuatro cuatro cinco guión

nueve, quien es Apoderada General Judicial y Administrativo del señor

JUAN ANTONIO ARGUETA AVELAR, de treinta y dos años de edad,

de este domicilio, solicitando se le extienda TITULO DE PROPIEDAD

DOMINIO, a favor de su poderdante de un terreno de naturaleza urbano

situado en Colonia Gerardo Barrios, Ciudad Barrios, distrito y departa-

mento de San Miguel, de una capacidad superficial de DOSCIENTOS

CINCUENTA Y CUATRO METROS, TRECE DECIMETROS, SE-

TENTA Y CINCO CENTIMETROS CUADRADOS, de las medidas y

colindancias siguientes: ORIENTE: Dieciséis metros sesenta centíme-

tros linda VICTOR ROMERO, cerco de alambre e izotes y pasaje de por

medio; NORTE: once metros, quince centímetros, con DOMITILA

PEREZ cerco de alambre e izotes de por medio; al PONIENTE: Dieci-

siete metros diez centímetros, con ROSA DELFINA RIVERA, cerco de

alambre e izote de por medio y al SUR: Diecinueve metros, con JOSE

FRANCISCO VELASQUEZ DIAZ, Calle Las Flores de por medio. El

terreno anteriormente descrito tiene construida una casa techo de tejas,

paredes de bahareque de ocho metros de largo por seis de ancho, no es

dominante ni sirviente, no tiene cargas ni derechos reales de ajena

pertenencia, lo ha poseído en forma quieta y pacífica en forma ininte-

rrumpida lo adquirió por compra que le hiciera al señor MIGUEL

ANGEL MARQUEZ AGUILA, por medio de escritura pública otorgada

en la ciudad de San Miguel a los dieciocho días del mes de marzo del

corriente año, ante los oficios del Notario JOSE FLORENCIO

CASTELLON GONZALEZ y que unida mi posesión material con la de

mi antecesor esta data por más de diez años consecutivos lo valora por

la cantidad de QUINCE MIL COLONES, por lo que se hace saber al

público para los efectos de ley.

Librado en la Alcaldía Municipa

l de Ciudad Barrios a los ocho días del mes de abril de dos mil tres.-

MIGUEL ALONSO GARCIA MEDINA, ALCALDE MUNICIPAL.-

ANA CECILIA ALVARADO IGLESIAS, SECRETARIA MUNICI-

PAL.

3 v. alt. Nº 13369-1

La Infrascrita Alcaldesa Municipal,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado la Licenciada

NORY DEL ROSARIO AVELAR GUTIERREZ, mayor de edad, Abo-

gada y Notario de este domicilio y del de San Salvador, con Documento

Unico de Identidad número cero uno uno ocho uno nueve nueve tres-tres,

como Apoderada General Judicial y Administrativa con Cláusula Espe-

cial de los señores RAFAEL ANTONIO ABREGO CARDOZA, de

treinta y cinco años de edad, jardinero del domicilio de Los Angeles,

California, Estados Unidos de América, con Pasaporte número A siete

cuatro nueve cero cinco dos, extendido por el Consulado General de El

Salvador acreditado en Los Angeles, California, Estados Unidos de

América, el día veinte de septiembre del año dos mil; y la señora

WENDY CAROLINA RIVERA DE ABREGO de veintinueve años de

edad, ama de casa, del domicilio de Los Angeles, California, Estados

Unidos de América, con Pasaporte número A cuatro nueve cuatro seis

cinco uno, extendido por el Consulado General de El Salvador acreditado

en Los Angeles, California, Estados Unidos de América, el día catorce

de marzo del año dos mil, solicitando se le extienda Título de Propiedad

a favor de sus poderdantes, sobre un inmueble urbano ubicado en el

Barrio Concepción de esta población, de las medidas y linderos siguien-

tes: al ORIENTE: mide cincuenta y cinco metros, linda con propiedades

de DORA ANGELICA ALVARENGA, MARIA FRANCISCA ABRE-

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61DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 25 de Abril de 2003.

GO COTO, ANTONIO ELIAS ABREGO conocido por JOSE ANTO-

NIO ABREGO, y TOMAS ABREGO; al NORTE: mide veinticinco

metros con terreno de LUCIO COTO, antes, hoy de LUIS EMILIO

ALVARENGA COTO, al PONIENTE: mide sesenta y un metros con

propiedad de ANTONIO DERAS, antes, hoy de MANUEL DE JESUS

DERAS y MARIA LUISA DERAS; y RAFAEL TOBIAS, antes, hoy de

MAURA ANGELINA ALFARO GUTIERREZ; y al SUR: mide vein-

ticuatro metros, con propiedad de MARIA FLORENTINA GUTIE-

RREZ DE AVELAR, antes, hoy de JOSE GILBERTO AVELAR

GUTIERREZ, NORY DEL ROSARIO AVELAR DE ALFARO y ANA

KELIN AVELAR DE SERRANO; el inmueble antes descrito tiene una

extensión superficial de MIL CUATROCIENTOS VEINTIUN ME-

TROS CUADRADOS. En el inmueble relacionado hay construida una

casa y cocina, techo de tejas paredes de adobe que tiene una extensión

aproximada de cinco metros setenta y cinco centímetros de largo por

cuatro metros veinticinco centímetros de ancho. No es predio dominante

ni sirviente ni está en proindivisión con nadie. No tiene cargas o derechos

reales de ajena pertenencia. Lo adquirieron por compra hecha a los señores

FELIX COTO, MARIA IMELDA DERAS y RAMON ERNESTO

DERAS y lo valoraron en la cantidad de DOS CIENTOS CINCUEN-

TA MIL COLONES EXACTOS (¢ 250,000.00), equivalentes a VEIN-

TIOCHO MIL QUINIENTOS SETENTA Y UN DOLARES

CUARENTA Y TRES CENTAVOS DE DOLAR ($ 28,571.43).

Los colindantes son de este domicilio.

Lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Alcaldía Municipal: San Rafael, Departamento de Chalatenango,

ocho de abril del dos mil tres. Licda. ROSA ENCARNACION CARDOZA

DE RODRIGUEZ, ALCALDESA MUNICIPAL.- MANUEL DE JESUS

CHACON, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. Nº. 13426-1

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: que a esta Alcaldía se ha presentado la señora

MARIA ANTONIA PALACIOS DE HERNANDEZ, de cincuenta y

ocho años de edad, casada de oficios domésticos, del domicilio de

Soyapango, con Documento Unico de Identidad número dos cero qui-

nientos dos mil novecientos cincuenta y dos guión cero, solicitando título

de propiedad a su favor de un inmueble urbano situado en el Barrio San

Miguel de esta Villa, de una extensión superficial de un mil cuarenta y

cuatro metros setenta y seis centímetros cuadrados aproximadamente,

que linda al Norte con propiedad de ELVIRA GOMEZ y BLANCA

ESPERANZA LOZA, servidumbre de tránsito de por medio; al PO-

NIENTE, con CONCEPCION BERNAL; al ORIENTE, con MARIA

JULIA MELARA GUZMAN y MARIA ISABEL MONZON, calle

pública de por medio y SUR, con ANTONIA GOMEZ y SINFOROSA

GOMEZ HERNANDEZ. Los límites de dicha propiedad están marcados

por mojones de manera viva. La construcción contenida en el inmueble

es techo de madera y tejas con paredes de bahareque y lo hubo por compra

que hizo a don MARGARITO PALACIOS, quien es ya es fallecido y en

vida fue de este domicilio. El inmueble no es dominante ni sirviente, sin

cargas o derechos reales que pertenezcan a otra persona, y no está en

proindivisiones. Los colindantes son de este domicilio.

Al público para los efectos de ley.

ALCALDIA MUNICIPAL DE HUIZUCAR, A LOS DIECIO-

CHO DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL TRES.

CARLOS ROBERTO VASQUEZ J., ALCALDE MUNICIPAL.- MAR-

THA LUZ GOMEZ DE DIAZ, SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. Nº. 13380-1

AVISO

EL INFRASCRITO SECRETARIO DE LA JUNTA DIRECTIVA DE

LA SOCIEDAD PROMOCIONES URBANAS, S.A. DE C.V., A LOS

ACCIONISTAS DE LA MISMA,

HACE SABER: que en Junta General Extraordinaria de Accionis-

tas de la sociedad, celebrada en esta ciudad el día once de abril del año

en curso, se acordó aumentar el capital de la sociedad, por nuevas

aportaciones de los socios, en la suma de TREINTA Y CUATRO MIL

QUINIENTOS SETENTA Y UNO CUARENTA Y DOS CENTAVOS

DE DOLAR, por lo que podrán hacer uso del derecho que les confiere

el Art. 157 del Código de Comercio, dentro del plazo de quince días

contados a partir de la tercera publicación de este aviso.

San Salvador, 22 de abril de dos mil tres.

Ing. ARNOLDO POCASANGRE,

DIRECTOR SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 13585-1

AVISO

El Representante Legal de la Sociedad DETECTO, SOCIEDAD ANO-

NIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia DETECTO, S.A. DE

C.V.,

HACE SABER: que en la Junta General Extraordinaria número

catorce, celebrada a las catorce horas del cuatro de septiembre del año dos

mil dos, por unanimidad de votos, los accionistas acordaron aumentar su

capital mínimo en OCHENTA MIL COLONES, equivalentes a NUEVE

MIL CIENTO CUARENTA Y DOS DOLARES DE ESTADOS UNI-

DOS DE NORTE AMERICA CON OCHENTA Y CINCO CENTA-

VOS, los cuales corresponden al concepto de capitalización de utilida-

des. Que el valor nominal de las acciones es CIEN COLONES cada una,

con este aumento el capital mínimo asciende a CIEN MIL COLONES.

Lo que se hace del conocimiento del público en general, para los

efectos legales pertinentes.

San Salvador, cuatro de abril del año dos mil tres.

EDWIN ESTUARDO RODRIGUEZ SIERRA,

DIRECTOR PRESIDENTE.

3 v. alt. Nº 13539-1

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62 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

AVISO

El Infrascrito Secretario de la Junta Directiva de la Sociedad PRODUC-TOS AGROQUIMICOS DE CENTRO AMERICA, S.A.,

CERTIFICA: que en Junta General Extraordinaria de Accionistascelebrada en esta ciudad, a las nueve horas del día cinco de marzo de dosmil tres, se acordó por unanimidad lo siguiente: A) Aumentar el CapitalSocial en la suma de TRECE MILLONES DE COLONES(¢13,000,000.00) , equivalente a UN MILLON CUATROCIENTOSOCHENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS CATORCE 29 /100 DO-LARES (US $ 1,485,714.29 ), mediante la emisión de CIENTO TREIN-TA MIL ACCIONES, comunes y nominativas de CIEN COLONES(¢100.00) , cada una, equivalente a ONCE 428571/100 DOLARES, (US$11.428571), con iguales derechos y obligaciones a las que se encuentranactualmente en circulación, que fueron suscritas por los accionistas enproporción a las acciones que cada uno de ellos poseía en dicha sociedad,a la fecha de acordarse el aumento y que se pagarán en un cien porcientoasí: mediante la Capitalización del saldo de utilidades pendiente dedistribuir del ejercicio dos mil dos, las cuales ascienden a CUATRO-CIENTOS TREINTA Y UN MIL SETECIENTOS DIECIOCHO 03/100 DOLARES (US $431,718.03); Capitalización de la Reserva Legalacumulada al treinta y uno de diciembre de dos mil dos, las cualesascienden a QUINIENTOS CINCUENTA Y UN MIL CIENTO TREIN-TA Y NUEVE 12/100 DOLARES (US $551,139.12) y Capitalizacióndel Superávit por revaluación de acciones el cual asciende a QUINIEN-TOS DOS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE 14/100DOLARES (US $502,857.14); para llegar a un Capital Social de CUA-RENTA Y TRES MILLONES 00/100 DE COLONES, (¢43,000,000.00),equivalente a CUATRO MILLONES NOVECIENTOS CATORCEMIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO 71/100 DOLARES,(US$4,914,285.71), representado y dividido en CUATROCIENTOSTREINTA MIL ACCIONES, comunes y nominativas, todas con igualesderechos y obligaciones, de un valor nominal de cien colones (¢100),cada una, equivalente a ONCE 428571/100 DOLARES (US $11.428571),por lo que deberá modificare la CLAUSULA QUINTA del Pacto Social.B) Designar al señor Oscar Henríquez Portillo, como Ejecutor Especialde estos acuerdos, para que comparezca ante Notario a otorgar lacorrespondiente escritura de aumento de Capital y proceder a su inscrip-ción en el Registro Público correspondiente.

Se extiende la presente en San Salvador, a los veintisiete días delmes de marzo de dos mil tres.

Lic. MARIO RENE AREVALO,

SECRETARIO DE LA JUNTA DIRECTIVA.

3 v. alt. No. 13436-1

El Infrascrito Secretario de la Junta Extraordinaria de Accionistas de laSociedad ROTULA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIA-BLE,

CERTIFICA: que en Junta General Extraordinaria de Accionistascelebrada en esta ciudad a las ocho horas del día veinte de marzo de dosmil tres, se acordó aumentar el Capital Social, en la parte fija, en la sumade ochenta mil colones a fin de que la parte fija llegue a ser de cien milcolones, con lo que el nuevo Capital Social será de cien mil colones, losque corresponden a la parte fija. Además como consecuencia del acuerdoanterior, y para que el Pacto Social sea congruente con el nuevo requisito

legal de Capital Social mínimo , se acordó modificar el Pacto Social, enlo que respecta a la Cláusula Quinta, la que se refiere al Capital Social,en el sentido de que en la misma se establezca que el nuevo Capital Socialmínimo será de cien mil colones.

Y para los efectos legales correspondientes se extiende la presente,en la ciudad de San Salvador, a los veinte días del mes de marzo de dosmil tres.

AUGUSTO IVAN SANTAMARIA MOLINA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No.13423-1

AVISO

“CASA MUÑOZ, S.A. DE C.V.”,

AVISA: que en Junta General Extraordinaria de Accionistas,celebrada en las oficinas el día diecisiete de marzo del presente año, seacordó aumentar el capital social en la suma de Cien Mil Colones(100.000.00), emitiendo para tal fin ochocientas nuevas acciones de unvalor nominal de cien colones cada una.-

San Salvador, ocho de abril del año dos mil tres.

CARLOS HUMBERTO MUÑOZ MELENDEZ,

PRESIDENTE DE LA JUNTA GENERAL.

3 v. alt. No.13420-1

AVISO

La Sociedad DIALISIS DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V., de estedomicilio en cumplimiento de lo que prescribe el Código de Comercio,para los efectos de Ley, al público

HACE SABER: que en sesión de Junta General Extraordinaria deAccionistas, llevada a cabo en esta ciudad, el día 24 de septiembre del2002, por decisión unánime de sus accionistas convocados para tal fin,ACORDARON: incrementar en OCHENTA MIL COLONES el CapitalSocial Fijo de la Sociedad, el cual aumentado a los Veinte Mil Colonesde su constitución, formarán el nuevo CAPITAL MINIMO de la Socie-dad, en la suma de CIEN MIL COLONES, tal como lo prescribe la Ley.

San Salvador, 20 de marzo del 2003.

MILAGRO TRABANINO DE GARCIA GONZALEZ,

ADMINISTRADOR UNICA.

3 v. alt. No. 13377-1

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63DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 25 de Abril de 2003.

AVISO

SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.,

AVISA: que en su agencia San Miguel Centro se ha presentado elpropietario del certificado No. 15653760 del Depósito a Plazo Fijoaperturado el 23 de enero de 2002, a 180 días prorrogables, solicitandola reposición de dicho certificado lo que se hace del conocimientopúblico para efectos de reposición del certificado relacionado conformea los artículos 486 y 932 del Código de Comercio.

Si transcurrido 30 días después de la tercera y última publicación delpresente aviso, el banco no recibe ninguna oposición a este respecto, seprocederá a la reposición del certificado antes mencionado.

San Salvador, 9 de abril de 2003.

CARMEN BARRIENTOS,

3 v. alt. No. 13511-1

AVISO

SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A.,

AVISA: que en su agencia San Miguel Centro se ha presentado elpropietario del certificado Nº 15636645 del Depósito a Plazo Fijoaperturado el 11 de marzo de 2000, a 365 días prorrogables, solicitandola reposición de dicho certificado lo que se hace del conocimientopúblico para efectos de reposición del certificado relacionado conformea los artículos 486 y 932 del Código de Comercio.

Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación delpresente aviso, el banco no recibe ninguna oposición a este respecto, seprocederá a la reposición del certificado antes mencionado.

San Salvador, 9 de abril de 2003.

CARMEN BARRIENTOS,

3 v. alt. No. 13512-1

AVISO

ASESUISA VIDA, S.A., Seguros de Personas, Hace del conocimientodel público en general, que a esta Compañía se ha presentado la señoraMARIA ELENA MORENO PEÑA, quien es de sesenta y dos años de

edad, de este domicilio, expresando que ha extraviado la Póliza deSeguro de Vida No.4303/D-65, emitida a su favor el día 01-10-1980 porla suma de $2,858.00 y solicita se reposición.

La Compañía procederá a la cancelación del documento expresado y a sureposición si dentro del plazo de 30 días a partir de la última publicaciónde este aviso no se presentare oposición.

San Salvador, a los once días del mes de abril de dos mil tres.

JOSE ROBERTO VASQUEZ CORNEJO,

JEFE SUSCRIPCIÓN SEGURO DE PERSONAS.

3 v. alt. No.13422-1

AVISO

EL BANCO DE COMERCIO DE EL SALVADOR, Agencia Sensunte-peque,

HACE SABER: que a sus oficinas se ha presentado la Sra. MARIAESTER CRUZ DE ALVARADO quien se identifica con D.U.INo.01229726-5 , extendido en Sensuntepeque a notificar el extravío delos Depósitos a Plazo fijo No.368274 cuenta Banco 4803472047 yNo.375879 cuenta Banco 4803473019 a nombre de ella, a un plazo de 90días, por lo que solicita su reposición.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público.Para los efectos legales del caso. Transcurrido treinta días después de laTercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna oposición, seprocederá a reponer los certificados antes mencionados.

Sensuntepeque, 13 de marzo de 2003.

MIRNA EVELYN DE MIRANDA,

JEFE DE OPERACIONES

AGENCIA SENSUNTEPEQUE.

3 v. alt. No. 13379-1

CONVOCATORIA

MAXIMA TECNOLOGIA, S.A DE C.V.,

CONVOCA A: JUNTA GENERAL ORDINARIA de accionistas, acelebrarse el día viernes 30 de mayo del presente año a las nueve horasen primera convocatoria. En caso de no existir quórum en dicha fecha se

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64 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

hace una segunda convocatoria a las nueve horas del día 31 de mayo delpresente año. Las juntas se celebrarán en el Hotel Real Intercontinental,ubicado en el Blvd. de los Héroes, Colonia Miramonte, San Salvador.

La Agenda a desarrollar es la siguiente:

a) Verificación del quórum y lectura del acta anterior.

b) Aprobación de resultados y balances del ejercicio del año2002

c) Modificación del pacto social, en lo relativo a la elección deJunta Directiva de la sociedad.

d) Nombramiento del auditor externo y fiscal y susremuneraciónes

e) Aumento de capital por aporte de los socios

f) Varios

En la primera fecha la Junta es válida con la presencia de la mitad másuna de las acciones y las resoluciones que se tomen serán válidas con lamayoría de votos presentes. En la segunda convocatoria el quórumnecesario será cualquiera que sea el número de acciones representadasy las resoluciones se tomarán por mayoría de votos presentes.

A partir de la convocatoria, los libros y documentos relacionados con losfines de la Junta estarán en las oficinas de la Sociedad, a disposición delos accionistas para que puedan enterarse de ellos.

San Salvador, 21 de abril de dos mil tres.

STEVEN ALAN HARP,

DIRECTOR PRESIDENTE.

VICTOR MANUEL ROSALES,

DIRECTOR SECRETARIO.

3 v. alt. No.13547-1

CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA.

La Junta Directiva de la Unión de Cooperativas de la Reforma AgrariaProductoras, Beneficiadoras y Exportadoras, Sociedad Cooperativa deResponsabilidad Limitada de Capital Variable (UCRAPROBEX DER.L. DE C.V.); de conformidad al Artículo 237 del Código de Comercio,

CONVOCA: a sus cooperativas miembros a la Junta GeneralOrdinaria de Accionistas, a celebrarse en las instalaciones situadas enBoulevard Merliot Edificio Ucraprobex, No 1, Polígono “C” CiudadMerliot, La Libertad, a las 9:00 horas del día 22 de Mayo de dos mil tres,en la cual se tratarán los puntos de AGENDA siguientes:

1. Verificación de Quórum.

2. Designación de dos Asambleístas para firmar el acta deAsamblea General.

3. Presentación de Memoria de Labores e Informe de Organis-mos Directivos correspondiente al año 2002, para su Apro-bación o Desaprobación.

4. Presentación de Dictamen de los Auditores Externos de losEstados Financieros correspondientes del ejercicio 2002.

5. Presentación de dictamen de los Auditores Fiscales de losEstados Financieros correspondientes del ejercicio 2002.

6. Aplicación de Resultados del Ejercicio Económico 2002.

7. Autorización a la Junta Directiva y al Representante Legalpara gestionar y suscribir los instrumentos legales necesariosrelativos a:

a. Obtener créditos comerciales y financiar a sus cooperativasafiliadas las labores agrícolas, fertlización y recolección de lacosecha 2003/2004 y para el proceso industrial.

b. Obtener créditos con garantías de aceptaciones negociablespara complementar el proceso industrial (Beneficiado deCafé) y el envío al puerto del café, de la cosecha 2003/2004.

c. Obtener créditos para financiar a las cooperativas socias, elcapital más intereses de los créditos comerciales 2003/2004a la fecha de vencimiento de estos.

d. Obtener créditos con garantías personal y/o hipotecaria parafinanciar la producción y cualquier otra actividad industrial;de Comercialización y exportación de café.

e. Reestructurar créditos de largo y corto plazo con Institucio-nes Financieras.

8. Presentación y Aprobación de Presupuestos de Ingresos yEgresos del Ejercicio 2003.

9. Aplicación de Excedentes de Ejercicios Anteriores.

10. Solicitud de Accionistas El Zacamil, El Balsamar, Aruba yConcepción Miramar.

11. Elección de Directores Sociales propietarios y suplentes deJunta Directiva y Junta de Vigilancia.

12. Nombramiento del Auditor Externo para el período 2003 yfijación de sus emolumentos.

13. Nombramiento del Auditor Fiscal para el período 2003 yfijación de sus emolumentos.

El Quórum necesario en primera convocatoria será la mitad másuna de las acciones representadas. En caso de no existir Quórum a la horay fecha señalada se convoca por segunda vez a los representantesacreditados de las cooperativas accionistas para que asistan en el mismolugar, a las 10:00 horas del día 22 de mayo de dos mil tres, y se consideraválidamente constituida cualquiera que sea el número de accionesrepresentadas y sus resoluciones se tomarán con la mayoría de votospresentes.

San Salvador, 22 de abril de 2003

GERMAN HUMBERTO JAVIER CHAVEZ,

PRESIDENTE.

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65DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 25 de Abril de 2003.

CONVOCATORIA

LA JUNTA DIRECTIVA DE INGENIO LA MAGDALENA,

SOCIEDAD ANONIMA,

Convoca a sus accionistas a

JUNTA GENERAL ORDINARIA

A celebrarse en el Salón Maya del Hotel Terraza, situado en 85 AvenidaSur y Calle Padres Aguilar, Colonia Escalón, de la Ciudad de SanSalvador, a las nueve horas del día treinta de mayo del año dos mil tres,para tratar los puntos contenidos en la siguiente agenda:

I. Establecimiento del quórum.

II. Presentación de la memoria anual de labores de la JuntaDirectiva y los estados financieros del ejercicio económico2002 para su aprobación o improbación.

III. Informe del Auditor Externo

IV. Informe de Auditor Fiscal

V. Aplicación de Resultados

VI. Nombramiento del Auditor Externo y su suplente y fijaciónde los emolumentos.

VII. Nombramiento del Auditor Fiscal y fijación de sus emolu-mentos.

Para que la Junta se declare válidamente instalada será necesarioque estén presentes o representadas por lo menos la mitad más una detodas las acciones de la Sociedad, o sea 177,259 acciones y sus resolu-ciones serán válidas con la mayoría de los votos presentes. Si no selograse el quórum de asistencia requerido para celebrar la junta, nueva-mente se le convoca el treinta y uno de mayo del corriente año, a la mismahora; en las Oficinas Centrales del Ingenio La Magdalena, S.A., ubicadasen el Boulevard Merliot, Edificio Ucraprobex No. 2, Nueva San Salva-dor, Departamento de La Libertad; en cuyo caso se celebrará la junta concualquiera que sea el número de acciones presentes o representadas y susresoluciones se tomarán por mayoría de votos.

Esperamos contar con su importante presencia, les saludamosatentamente.

San Salvador, 22 de abril de 2003

Lic. NESTOR ULICES PALMA DELGADO,

DIRECTOR PRESIDENTE.

3 v. alt. No. 13509-1

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de la Sociedad Jokisch Moreno Ingenieros Arquitec-tos, Sociedad Anónima de Capital Variable, que puede abreviarse JM,Ingenieros Arquitectos, S.A. de C.V.

CONVOCA: a los señores accionistas de esta Sociedad a JuntaGeneral Ordinaria que se celebrará en sus oficinas situadas en ColoniaFlor Blanca, Pasaje Moreno número 120, San Salvador, a las doce horasdel día diecinueve de mayo de dos mil tres, para conocer y resolver lasiguiente agenda: I) Lectura y aprobación del acta de la Junta Generalanterior. II) Aprobación de memoria de la Junta Directiva correspondien-

te al ejercicio del 2002. III) Aprobar el balance general y estado deresultados del ejercicio del 2002. IV) Informe del Auditor Externo. V)Nombramiento del Auditor Externo y Auditor Fiscal, y fijación de sushonorarios para el ejercicio del año 2003. VI) Constitución de ReservaLegal. VII) Aplicación de utilidades. Para el establecimiento del quórumlegal deberán estar presentes o representadas en esta primera convocato-ria la mitad más uno de las acciones que forman el Capital Social. En casode no haber quórum a la hora y fecha señaladas, por este medio seconvoca por segunda vez a las doce horas del día veinte de mayo de dosmil tres, en el mismo lugar, debiendo en este caso celebrarse la JuntaGeneral Ordinaria de accionistas con el número de acciones que esténpresentes o representadas.

San Salvador, a los once días del mes de abril del año dos mil tres.

JUAN FEDERICO JOKISCH ARGUELLO,

DIRECTOR PRESIDENTE DE LA SOCIEDAD

JOKISCH-MORENO INGENIEROS

ARQUITECTOS, S.A. DE C.V.

3 v. alt. No. 13504-1

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de Sociedad Murillo, S.A. de C.V., convoca a susaccionistas a Junta General Ordinaria de accionistas a celebrarse en lasoficinas de la Sociedad, situadas en Calle Alberto Masferrer y 7a. CallePoniente Bis No. 510, Colonia Escalón de la Ciudad de San Salvador, alas dieciséis horas del día jueves veintinueve de mayo del año dos miltres.

Para celebrar esta junta deben estar presentes y representados, porlo menos la mitad más una de las acciones. En caso de que no hubiesequórum el día y hora expresadas, se cita para las dieciséis horas del díatreinta de mayo del mismo año, en la dirección mencionada y se celebrarála junta con cualquiera que sea el número de las acciones presentes yrepresentadas.

AGENDA

1. Verificación del Quórum.

2. Lectura y aprobación del acta anterior.

3. Presentación de la memoria de actividades desarrolladasdurante el ejercicio comprendido del 1º de enero al 31 dediciembre del 2002 y del estado de resultados del referidoejercicio económico.

4. Informe del Auditor.

5. Elección de Nueva Junta Directiva.

6. Aplicación de Resultados.

7. Nombramiento del Auditor Externo propietario y suplente ynombramiento del Auditor Fiscal propietario y suplente.Fijación de los honorarios de ambos.

San Salvador, a los veintiún días del mes de Abril del dos mil tres.

GUILLERMO ANTONIO LINARES,

DIRECTOR SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13452-1

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66 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

CONVOCATORIA

El Infrascrito Administrador Unico de la Sociedad “AMATECAMPO,S.A.”, por este medio convoca a los señores Accionistas a la JUNTAGENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS que en PRIMERA CON-VOCATORIA se celebrará a las nueve horas del día VEINTICUATRODE MAYO DE LOS CORRIENTES, en las oficinas de la Sociedadubicadas en Doce Calle Poniente número dos mil cuatrocientos treinta yuno, Colonia Flor Blanca de esta ciudad, y de conformidad con laAGENDA siguiente:

I Comprobación de quórum.

II Memoria Anual circustanciada, balance general, estado depérdidas y ganancias e informe del Auditor al treinta y uno dediciembre del dos mil dos, a fin de aprobar o improbar los tresprimeros y tomar las medidas oportunas.

III Nombramiento del Administrador Unico Propietario y susuplente y fijación de sus emolumentos.

IV Nombramiento del Auditor Externo y fijación de sus honora-rios.

V Distribución de Utilidades.

El quórum necesario para que se instale legalmente la JuntaGeneral Ordinaria en PRIMERA CONVOCATORIA es la mitad másuna de las acciones que en su totalidad forman el Capital Social y lasresoluciones se tomarán por mayoría de votos.

Si por falta de quórum no se efectuare la Junta en la hora y díaseñalados, por este mismo medio se convoca por SEGUNDA VEZ paralas nueve horas del día VEINTINUEVE DE MAYO DEL CORRIENTEAÑO, en las oficinas de la Sociedad cuya dirección se deja señalada y seinstalará la junta con cualquiera que sea el número de las Accionespresentes o representadas y se tomará resolución por mayoría de votos delos presentes.

Se recuerda a los accionistas que en el momento de la sesióndeberán acreditar su calidad con sus respectivos certificados de accioneso con los documentos que el Código de Comercio exige.

San Salvador, a los veintidós días del mes de abril del dos mil tres.

Ing. GUILLERMO ALFREDO SOL,

ADMINISTRADOR UNICO.

3 v. alt. No. 13429-1

CONVOCATORIA

El Infrascrito Director Secretario de la Sociedad denominada DISTRI-BUIDORA SALVADOREÑA DE REVISTAS Y LIBROS, SOCIE-DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia DISSAL,S.A. DE C.V., de este domicilio, CONVOCA a todos los accionistas aJUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS, cuyoquórum necesario para la primera convocatoria será de las tres cuartaspartes de todas las acciones de la Sociedad, y para la segunda convoca-toria el quórum necesario será de la mitad más una de las acciones quecomprenden el capital social, El lugar de la junta será en Treinta y CincoAvenida SUR, número ciento trece, Colonia Flor Blanca, San Salvador,a las diez horas del día veintiséis de mayo del presente año para la primera

convocatoria y a las diez horas del día veintisiete de mayo del presenteaño, para la segunda convocatoria, y la agenda será: Punto Unico ELAUMENTO DE CAPITAL SOCIAL de la Sociedad, por emisión denuevas acciones.

San Salvador, veintidós de abril del año dos mil tres.

JOSE EDUARDO LOPEZ,

DIRECTOR SECRETARIO.

3 v. alt. No. 135920-1

ASIENTO DE EMPRESA 2000034436

ESTABLECIMIENTO 2000034436-001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DEREGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-TOS:

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado CAMPOSALAS, JOSE HUGO, en su calidad de Representante Legal de laSociedad CHAVEZ CAMPOS Y ASOCIADOS, SOCIEDAD ANONI-MA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse C C & A, S.A. DEC.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SAL-VADOR, cuya escritura social esta inscrita bajo el número 21 del libro1539 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Númerode Identificación Tributaria: 0614-210600- 103-1, ha presentado solici-tud a las horas y minutos del día veintiocho de julio de dos mil. Con lacual se otorgaron los asientos de Empresa No. 2000034436 y Estableci-miento No 2000034436- 001; a favor de la Empresa denominadaCHAVEZ CAMPOS Y ASOCIADOS, SOCIEDAD ANONIMA DECAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a CONSTRUCCION DEOBRAS DE INGENIERIA , con dirección en AVENIDA LA FLORES-TA, POLIGONO “J” # 16, COLONIA. SAN MATEO del domicilio deSAN SALVADOR cuyo activo asciende a TRESCIENTOS NOVENTAY DOS MIL QUINIENTOS VEINTISEIS COLONES NOVENTA YOCHO CENTAVOS y que tiene el(los) establecimiento(s) siguiente(s):001-) CHAVEZ CAMPOS Y ASOCIADOS, S.A. DE C.V. ubicado enAVENIDA LA FLORESTA POLIGONO “J”, LOCAL No. 16, : COLO-NIA SAN MATEO, del domicilio de SAN SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, veintidós de noviembre de dos mil dos.

ANA GLORIA ALVARADO DE GOMEZ,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. 13143-1

ASIENTO DE EMPRESA 2003044276

ESTABLECIMIENTO 2003044276-001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DEREGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-TOS:

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado ORESTESAGUILAR TORRES, JOSE MAURICIO, de nacionalidad SALVA-

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67DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 25 de Abril de 2003.

DOREÑA, con dirección 2a, Calle Pte. y 18 Av. Sur # 2, Residencial DonBosco, Nueva San Salvador, y del domicilio de NUEVA SAN SALVA-DOR, con Número de Identificación Tributaria: 0614-131253-003-2, hapresentado solicitud a las nueve horas y treinta y seis minutos del díadiecisiete de febrero de dos mil tres. Con la cual se otorgaron los asientosde Empresa No 2003044276 y Establecimiento No 2003044276- 001; afavor de la Empresa denominada JOSE MAURICIO ORESTES AGUI-LAR TORRES, la cual se dedica a la COMPRA VENTA DE COMBUS-TIBLES Y LUBRICANTES, con dirección en 2a. CALLE PONIENTEY 18a. AVENIDA SUR No. 2, RESIDENCIAL DON BOSCO NuevaSan Salvador Departamento de La Libertad y del domicilio de NUEVASAN SALVADOR, cuyo activo asciende a VEINTINUEVE MIL SE-TENTA Y OCHO DOLARES CON 25/100 $ 29,078.25 y que tieneel(los) establecimiento(s) siguiente(s) 001-) GASOLINERA KILO 13ubicado en 2a. CALLE PONIENTE Y 18a. AVENIDA SUR No. 2,RESIDENCIAL DON BOSCO, del domicilio de NUEVA SAN SAL-VADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, ocho de abril de dos mil tres.

ROSA MAURA CABRERA MARTINEZ,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. 13102-1

ASIENTO DE EMPRESA 2003002187

ESTABLECIMIENTO 2003002187-001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DEREGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-TOS:

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado LANDAVER-DE ZEPEDA, HECTOR FERNANDO en su calidad de RepresentanteLegal de la Sociedad TELE ONDA MUSICAL, SOCIEDAD ANONI-MA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse TELE ONDAMUSICAL, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, deldomicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social esta inscrita bajoel número 12 del libro 307 del Registro de Sociedades del Registro deComercio, con Número de Identificación Tributaria: 0614-100481-002-9, ha presentado solicitud a las once horas y ocho minutos del día cuatrode junio de dos mil dos. Con la cual se otorgaron los asientos de EmpresaNo. 2003002187 y Establecimiento No 2003002187- 001; a favor de laEmpresa denominada TELE ONDA MUSICAL, SOCIEDAD ANONI-MA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a SERVICIO DEMUSICA AMBIENTAL, con dirección en FINAL 65 AVENIDA SUR# 243 EDIFICIO MONTRESOR 2do. NIVEL LOCAL # 5-B deldomicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a TRES MILLO-NES CIENTO SETENTA Y SEIS MIL CIENTO CATORCE COLO-NES CON 03/100 ¢ 3,176,114.03 y que tiene el(los) establecimiento(s)siguiente(s): 001-) TELE ONDA MUSICAL, S.A. DE C.V. ubicado enFINAL 65 AVENIDA SUR # 243 EDIFICIO MONTRESOR 2do.NIVEL LOCAL # 5-B, del domicilio de SAN SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, veinticinco de marzo de dos mil tres.

Lic. LEONOR JIMENEZ BARRIOS,

REGISTRADORA.

3 v. alt. No. 13172-1

ASIENTO DE EMPRESA 2003001323

ESTABLECIMIENTO 2003001323- 001, 002, 003, 004

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DEREGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-TOS:

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RENE FRAN-CISCO RODRIGUEZ MEZA en su calidad de Representante legal de laSociedad SIGMA, SOCIEDAD ANONIMA que puede abreviarseSIGMA, S.A., de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio deSAN SALVADOR, cuya escritura social esta inscrita bajo el número 44del Libro 28 del Registro de sociedades del Registro de Comercio, conNúmero de Identificación Tributaria: 0614-170369-001-3, ha presenta-do solicitud a las catorce horas y treinta y cuatro minutos del día dieciséisde mayo de dos mil dos. Con la cual se otorgaron los asientos de EmpresaNo. 2003001323 y Establecimiento No. 2003001323- 001, 002, 003,004favor de la Empresa denominada SIGMA, SOCIEDAD ANONIMA, lacual se dedica a ACTIVIDAD INDUSTRIAL, COMERCIAL Y AGRI-COLA, con dirección en KILOMETRO 3 1/2 BOULEVARD DELEJERCITO NACIONAL. del domicilio de SOYAPANGO, cuyo activoasciende a CUATROCIENTOS NOVENTA Y TRES MILLONES,NOVECIENTOS TREINTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS DOCE CO-LONES CON 22/100 (¢493,936,212.22) y que tiene el(los)establecimiento(s) siguiente(s): 001-) ROTOFLEX ( DIVISION DESIGMA ) ubicado en BOULEVARD DEL EJERCITO NACIONALKILOMETRO 5, del domicilio de SOYAPANGO, 002-) IGSAL (DIVI-SION DE SIGMA ) ubicado en BOULEVARD DEL EJERCITO NA-CIONAL KILOMETRO 3 1/2, del domicilio de SOYAPANGO, 003-)REPROCENTRO (DIVISION DE SIGMA) ubicado en BOULEVARDDEL EJERCITO NACIONAL KILOMETRO 3 1/2, del domicilio deSOYAPANGO, 004-) KONTEIN (DIVISION DE SIGMA) ubicado enKILOMETRO 7 1/2 ANTIGUA CARRETERA PANAMERICANA,PARQUE INDUSTRIAL DE DESARROLLO, BODEGA # 10, deldomicilio de SOYAPANGO.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, ocho de abril de dos mil tres.

Lic. LEONOR JIMENEZ BARRIOS,

REGISTRADORA.

3 v. alt. No. 13413-1

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DEREGISTRO DE MATRICULAS DE COMERCIO Y PATENTES DECOMERCIO E INDUSTRIA.

HACE: que SANTOS ISIDORO VILLATORO de CUARENTAY CUATRO años de edad, de profesión, COMERCIANTE y de nacio-nalidad SALVADOREÑA con residencia en PASAJE CUBIAS # 15,MEJICANOS departamento de SAN SALVADOR con Cédula de Iden-tidad Personal No. 01-01-57741 N.I.T. 1406-290455-001-0 y Matrículapersonal de Comerciante Individual ha presentado solicitud a estedepartamento para que se le conceda la Matrícula de Comercio corres-pondiente y se inscriba a su favor la Empresa Comercial denominadaCRYSTAL FOODS INTERNATIONAL que se dedica a DISTRIBU-CION DE ALIMENTOS, con dirección en AV. OLIMPICA, # 3515,COL. ESCALON, SAN SALVADOR Departamento de SAN SALVA-DOR con un activo de COLONES (¢1,417.792.22) y que tiene unestablecimiento denominado CRYSTAL FOODS INTERNATIONALsituado en la dirección antes mencionada.

Lo que se hace saber al público para los efectos de ley, y se emplazaa toda persona interesada en oponerse a la referida solicitud, para que enel término de quince días contados desde el siguiente al de la últimapublicación del Diario Oficial, se presente a este Departamento justifi-cando la oposición, en su caso, con la prueba pertinente.

San Salvador, diecinueve de septiembre de mil novecientos noven-ta y nueve.

Lic. ROSA MAURA CABRERA MARTINEZ,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. 13477-1

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68 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

Distintivo: TROFOLASTIN.

Clase: 05.

No. de Exp.: 20020024963

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EDUARDOMORALES EHRLICH, en su calidad de APODERADO de NOVARTISAG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DEFABRICA:

TROFOLASTIN

Consistente en: la palabra TROFOLASTIN en letras mayúsculastipo corriente.

La solicitud fue presentada el día nueve de mayo del año dos mildos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, once dejunio del año dos mil dos.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13246-1

Distintivo: VALDOXAN.

Clase: 05.

No. de Exp.: 20020025281

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE ENRI-QUE MADRIGAL GOMEZ, en su calidad de APODERADO deBIOFARMA, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de laMARCA DE FABRICA:

VALDOXAN

Consistente en: la palabra "VALDOXAN" en letras mayúsculas demolde.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de mayo del año dos mildos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, doce dejunio del año dos mil dos.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13195-1

Distintivo: VIBRA.

Clase: 09.

No. de Exp.: 20020025321

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado VICENTE DEJESUS PALENCIA, en su calidad de APODERADO de SURCO RE-CORDS, J. V., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando elregistro de la MARCA DE FABRICA:

VIBRA

Consistente en: la palabra VIBRA, en letras mayúsculas de tipocorriente.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de mayo del año dos mildos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a las oncehoras y cincuenta y ocho minutos, del día veintiuno de mayo del año dosmil dos.

Licda. ANA ELIZABETH RIVERA PEÑA,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13193-1

Clase: 09

No. de Exp.: 2003030654

No. de Pres.: 20030034397

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EMILIOARTURO CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de JOHNSON

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69DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 25 de Abril de 2003.

& JOHNSON, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando elregistro de la MARCA DE FABRICA:

VISTAKON

Consistente en: la palabra VISTAKON.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de febrero del año dosmil tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, veinticuatro de febrero del año dos mil tres.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 13191-1

Clase: 41.

No. de Exp.: 2003030437

No. de Pres.: 20030034141

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EMILIOARTURO CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de JOHNSON& JOHNSON, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando elregistro de la MARCA DE SERVICIOS:

VISTAKON

Consistente en: la palabra VISTAKON.

La solicitud fue presentada el día doce de febrero del año dos miltres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, veintiuno de febrero del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13190-1

Clase: 10.

No. de Exp.: 2003030227

No. de Pres.: 20030033801

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EMILIOARTURO CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de CordisCorporation, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el re-gistro de la MARCA DE FABRICA:

Consistente en: las palabras ZEROING IN ON RESTENOSIS YLOGO, se traduce al español como APUNTANDO HACIA LARESTENOSIS.

La solicitud fue presentada el día cuatro de febrero del año dos miltres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, cuatro de marzo del año dos mil tres.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 13185-1

Distintivo: XFE.

Clase: 12

No. de Exp.: 20020025570

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado DINA CAS-TRO DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de COMPAGNIEGÉNÉRALE DES ETABLISSEMENTS MICHELIN-MICHELIN &CIE., de nacionalidad FRANCESA, solicitando el Registro de la MAR-CA DE FABRICA:

XFE

Consistente en: las letras XFE, en letras mayúsculas tipo corriente.

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70 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

La solicitud fue presentada el día veintisiete de mayo del año dosmil dos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, veintiochode mayo del año dos mil dos.

Licda. ANA ELIZABETH RIVERA PEÑA,REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13188-1

Clase: 05.

No. de Exp.: 2003030219

No. de Pres.: 20030033793

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EMILIOARTURO CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de JOHNSON& JOHNSON, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando elregistro de la MARCA DE FABRICA:

FOAM BLASTER

Consistente en: la palabra FOAM BLASTER.

La solicitud fue presentada el día cuatro de febrero del año dos miltres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, catorce de febrero del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13136-1

Clase: 03.

No. de Exp.: 2003030223

No. de Pres.: 20030033797

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EMILIOARTURO CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de JOHNSON

& JOHNSON, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando elregistro de la MARCA DE FABRICA:

JOHNSON´S BIO PRO BALANCE

Consistente en: la expresión JOHNSON´S BIO PRO BALANCE.

La solicitud fue presentada el día cuatro de febrero del año dos miltres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, trece de febrero del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13137-1

Clase: 03.

No. de Exp.: 2003030226

No. de Pres.: 20030033800

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EMILIOARTURO CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de JOHNSON& JOHNSON, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando elregistro de la MARCA DE FABRICA:

JOHNSON´S BIO PRO VOLUME

Consistente en: las palabras JOHNSON´S BIO PRO VOLUME.

La solicitud fue presentada el día cuatro de febrero del año dos miltres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, catorce de febrero del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13138-1

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71DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 25 de Abril de 2003.

DISTINTIVO: (Es un Distintivo Gráfico Puro).

Clase: 05.

Nº de Exp.: 20020025092.

El INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado ERNESTOALFONSO BUITRAGO, en su calidad de APODERADO de GILEADSCIENCES, INC, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando elregistro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: la figura de un escudo, presentando su mitadizquierda en color blanco y su mitad derecha en color negro, y que tienesobrepuesta en la parte superior central, saliendo un poco hacia la esquinasuperior derecha del mismo, la figura de una hoja grande, que también esmitad blanca y mitad negra, encontrándose la mitad negra de ésta, sobreel fondo blanco del escudo, y la mitad blanco, sobre el fondo negro delescudo.

La solicitud fue presentada el día quince de mayo del año dos mildos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a las oncehoras y veintinueve minutos del día diecisiete de mayo del año dos mildos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 13145-1

Clase: 05.

Nº de Exp.: 2003030347.

Nº de Pres.: 20030033998.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EMILIOARTURO CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de JOHNSON& JOHNSON, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando elregistro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

PRONEURAX

Consistente en: la palabra PRONEURAX.

La solicitud fue presentada el día siete de febrero del año dos miltres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la.Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, dieciocho de febrero del año dos mil tres.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 13159-1

Clase: 18.

Nº de Exp.: 2003030297.

Nº de Pres.: 20030033922.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDOABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO deMARIE CLAIRE ALBUM, de nacionalidad FRANCESA, solicitandoel registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la palabra marie claire.

La solicitud fue presentada el día seis de febrero del año dos miltres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, trece de febrero del año dos mil tres.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. Nº 13146-1

Nº de Exp.: 2003030348.

Nº de Pres.: 20030033999.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado DINA CAS-TRO DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de UNILEVER

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72 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

N.V., de nacionalidad HOLANDESA, solicitando el registro de laEXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,

MI ASISTENTE PERSONAL EN EL LAVADO

Consistente en: la expresión MI ASISTENTE PERSONAL EN ELLAVADO, que servirá para: ATRAER LA ATENCION DE LOSCONSUMIDORES DE LOS PRODUCTOS TALES COMO: “DETER-GENTES, PREPARACIONES Y SUBSTANCIAS PARA LA COLA-DA; PREPARACIONES ACONDICIONADORAS PARA TELAS,SUAVIZADORES DE TELAS; PREPARACIONESBLANQUEADORAS; PREPARACIONES REMOVEDORAS DEMANCHAS; PREPARACIONES DESODORIZANTES Y REFRES-CANTES PARA USO EN ROPA Y TEJIDOS; JABONES, JABONESPARA ABRILLANTAR TEJIDOS; PREPARACIONES PARA ELLAVADO A MANO; ALMIDON PARA LAVANDERIA; ALMOHA-DILLAS Y HOJAS PARA PERFUMAR TELAS; PREPARACIONESPARA LIMPIAR, PULIR, RESTREGAR Y RASPAR; DESODORAN-TES; AGUAS AROMATIZADAS NO PARA USO PERSONAL.

La solicitud fue presentada el día siete de febrero del año dos miltres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, dieciocho de febrero del año dos mil tres.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 13182-1

Distintivo: Tahe y diseño.

Clase: 03.

Nº de Exp.: 012001019910.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado la AbogadaMARIA ELENA CUELLAR PARADA, en su calidad de APODERA-DA de DISTRIBUCIONES MAGAÑA, S.L., de nacionalidad ESPA-ÑOLA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en la palabra “Tahe” y diseño.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de noviembre de dosmil uno.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a losveintinueve días del mes de abril de dos mil dos.

Lic. ALICIA ESTER GARCIA COREAS,REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 13178-1

Clase: 05.

Nº de Exp.: 2003029800.

Nº de Pres.: 20030032896.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MARIOCARMONA RIVERA, en su calidad de APODERADO de PHARMACIA& UPJOHN COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, soli-citando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

SURELA

Consistente en: la palabra SURELA.

La solicitud fue presentada el día diez de enero del año dos mil tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, diecisiete de enero del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 13175-1

Clase: 29.

Nº de Exp.: 2002028237.

Nº de Pres.: 20020030177.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado ERNESTOALFONZO BUITRAGO, en su calidad de APODERADO de AugustStorck KG, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de laMARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

STORCK

Consistente en: la palabra STORCK.

DIARIO

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73DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 25 de Abril de 2003.

La solicitud fue presentada el día diez de octubre del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, diecisiete de febrero del año dos mil tres.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. Nº 13174-1

DISTINTIVO: TROFOLASTIN.

Clase: 03.

Nº de Exp.: 20020024962.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EDUARDOMORALES EHRLICH, en su calidad de APODERADO de NOVARTISAG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DEFABRICA,

TROFOLASTIN

Consistente en: la palabra TROFOLASTIN, en letras mayúsculastipo corriente.

La solicitud fue presentada el día nueve de mayo del año dos mildos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, cuatro dejunio del año dos mil dos.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 13261-1

Distintivo: 3 pommes y diseño.

Clase: 25.

Nº de Exp.: 012002021902.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDOABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de

ZANNIER SAS, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro dela MARCA DE FABRICA,

Consistente en la expresión 3 pommes y diseño.

La solicitud fue presentada el día cinco de febrero de dos mil dos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a losveintinueve días del mes de abril de dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 13262-1

Clase: 03.

Nº de Exp.: 2003030288.

Nº de Pres.: 20030033894.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EMILIOARTURO CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de HOYUKABUSHIKI KAISHA (también comerciando como Hoyu Co., Ltd.),de nacionalidad JAPONESA, solicitando el registro de la MARCA DEFABRICA Y DE COMERCIO,

AQUALUMI

Consistente en: la palabra AQUALUMI.

La solicitud fue presentada el día cinco de febrero del año dos miltres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, trece de febrero del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 13269-1

DIARIO

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74 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

Clase: 10.

Nº de Exp.: 2003030214.

Nº de Pres.: 20030033788.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EMILIOARTURO CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de CordisCorporation, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el re-gistro de la MARCA DE FABRICA,

AQUA T3

Consistente en: la expresión AQUA T3.

La solicitud fue presentada el día cuatro de febrero del año dos miltres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, doce de febrero del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 13270-1

Clase: 05.

Nº de Exp.: 2001019598.

Nº de Pres.: 20010019598.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EDUARDOMORALES EHRLICH, en su calidad de APODERADO de BAYERCORPORATION, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitandoel registro de la MARCA DE FABRICA,

ALKA-GASTRIC

Consistente en: las palabras “ALKA-GASTRIC”, en letras mayús-culas tipo corriente y dichas palabras están unidas por un guión.

La solicitud fue presentada el día quince de noviembre del año dosmil uno.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, quince dejulio del año dos mil dos.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 13267-1

Clase: 12.

Nº de Exp.: 2003030296.

Nº de Pres.: 20030033921.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado DINA CAS-TRO DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de SUZUKIMOTOR CORPORATION (SUZUKI KABUSHIKI KAISHA), de na-cionalidad JAPONESA, solicitando el registro de la MARCA DEFABRICA Y DE COMERCIO,

AERIO

Consistente en: la palabra AERIO.

La solicitud fue presentada el día seis de febrero del año dos miltres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, dieciocho de febrero del año dos mil tres.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. Nº 13260-1

Clase: 05.

Nº de Exp.: 2003030217.

Nº de Pres.: 20030033791.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EMILIOARTURO CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de JOHNSON

DIARIO

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75DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 25 de Abril de 2003.

& JOHNSON, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando elregistro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

E-Z GRIP

Consistente en: la expresión E-Z GRIP, se traduce al español comoASIMIENTO E-Z.

La solicitud fue presentada el día cuatro de febrero del año dos miltres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, doce de febrero del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 13272-1

Clase: 03.

Nº de Exp.: 2003030216.

Nº de Pres.: 20030033790.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EMILIOARTURO CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de JOHNSON& JOHNSON, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando elregistro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

E-Z GRIP

Consistente en: la expresión E-Z GRIP, se traduce al español comoASIMIENTO E-Z.

La solicitud fue presentada el día cuatro de febrero del año dos miltres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, doce de febrero del año dos mil tres.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. Nº 13273-1

Clase: 05.

Nº de Exp.: 2002026137.

Nº de Pres.: 20020026785.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado ERNESTOALFONZO BUITRAGO, en su calidad de APODERADO de MeadJohnson & Company, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitan-do el registro de la MARCA DE FABRICA,

ENFAPRO PREMIUM

Consistente en: las palabras “ENFAPRO PREMIUM”, en letrasmayúsculas tipo corriente.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de junio del año dosmil dos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, nueve dejulio del año dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 13275-1

Clase: 30.

Nº de Exp.: 2002025953.

Nº de Pres.: 20020026463.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MARIOCARMONA RIVERA, en su calidad de APODERADO de EMPRESASCAROZZI S.A., de nacionalidad CHILENA, solicitando el registro de laMARCA DE FABRICA,

CAREZZA

Consistente en: la palabra “CAREZZA”, en letras mayúsculas detipo corriente.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de junio del año dosmil dos.

DIARIO

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76 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, veinticincode junio del año dos mil dos.

Lic. MARILENA DUARTE URRUTIA,

REGISTRADORA.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 13276-1

Clase: 05.

Nº de Exp.: 2002027185.

Nº de Pres.: 20020028481.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MARIOCARMONA RIVERA, en su calidad de APODERADO de HEXALAktiengesellschaft, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registrode la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

ACC

Consistente en: las letras “ACC”.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de agosto del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la.Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, diez de febrero del año dos mil tres.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. Nº 13250-1

Clase: 09.

Nº de Exp.: 2002029177.

Nº de Pres.: 20020031728.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE ENRI-QUE MADRIGAL GOMEZ, en su calidad de APODERADO de

BTICINO S.P.A., de nacionalidad ITALIANA, solicitando el registro dela MARCA DE FABRICA,

Consistente en: bt figurativo.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de noviembre del añodos mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, diecinueve de diciembre del año dos mil dos.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. Nº 13271-1

Clase: 21.

Nº de Exp.: 1993003996.

Nº de Pres.: 19930003996.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado ULISESSALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de TOYO BOSEKIKABUSHIKI KAISHA (comerciando también como TOYOBO CO.,LTD.), de nacionalidad JAPONESA, solicitando el registro de la MAR-CA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

TOYOBO

Consistente en: LA PALABRA “TOYOBO”.

La solicitud fue presentada el día primero de noviembre del año milnovecientos noventa y tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, dieciocho de febrero del año dos mil tres.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. Nº 13264-1

DIARIO

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77DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 25 de Abril de 2003.

Clase: 30.

No. de Exp.: 2003030807

No. de Pres.: 20030034669

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSEHERIBERTO REYES CISNEROS, en su calidad de APODERADO deRAUL MOLINA MARTINEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA yMANUEL ROBERTO MOLINA MARTINEZ, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA YDE COMERCIO,

Consistente en: las palabras MARGARITA LIDO y diseño.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de febrero del añodos mil tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, veintisiete de marzo del año dos mil tres.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13326-1

Clase: 30.

No. de Exp.: 2003030806

No. de Pres.: 20030034668

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSEHERIBERTO REYES CISNEROS, en su calidad de APODERADOGENERAL JUDICIAL de MANUEL ROBERTO MOLINA MARTI-NEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA y RAUL MOLINA MARTI-NEZ, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de laMARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: las palabras MARGARITA LIDO y diseño.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de febrero del añodos mil tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, veintiocho de marzo del año dos mil tres.

LIC. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13324-1

Clase: 30.

No. de Exp.: 2002021872

No. de Pres.: 20020021872

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDOSTALIN ORELLANA MONTENEGRO, en su calidad de APODERA-DO de SOCIEDAD COOPERATIVA CHALCHUAPANECA DE PRO-DUCTORES DE CAFE CUZCACHAPA DE RESPONSABILIDADLIMITADA que se abrevia: COOPERATIVA CUZCACHAPA DER.L., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de laMARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: las palabras DOS SOLES, escritas en letras demolde mayúsculas, características y de color negro.

La solicitud fue presentada el día cuatro de febrero del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, veinticinco de marzo del año dos mil tres.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13331-1

DIARIO

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78 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

Clase: 25.

No. de Exp.: 2003030874

No. de Pres.: 20030034788

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado CARMENAIDA GRANILLO BARRERA, en su calidad de APODERADO GE-NERAL JUDICIAL de EMPRESAS ADOC, SOCIEDAD ANONIMADE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solici-tando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

OCEAN AVENUE

Consistente en: las palabras "OCEAN AVENUE".

La solicitud fue presentada el día veintisiete de febrero del año dosmil tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, seis de marzo del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13316-1

Clase: 29.

No. de Exp.: 2003030245

No. de Pres.: 20030033825

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado LUISMIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO deRESTAURANTES Y SERVICIOS, SOCIEDAD ANONIMA, de na-cionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCADE FABRICA Y DE COMERCIO:

EL METROConsistente en: la palabra EL METRO.

La solicitud fue presentada el día cuatro de febrero del año dos miltres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, doce de marzo del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13192-1

Clase: 29.

No. de Exp.: 2003030244

No. de Pres.: 20030033824

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado LUIS MI-GUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de RES-TAURANTES Y SERVICIOS, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionali-dad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DEFABRICA Y DE COMERCIO:

EL TABLAZOConsistente en: las palabras EL TABLAZO.

La solicitud fue presentada el día cuatro de febrero del año dos miltres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, doce de marzo del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13189-1

Clase: 03.

No. de Exp.: 2003031040

No. de Pres.: 20030035049

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RAFAELALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADOde L'OREAL SOCIETE ANONYME, de nacionalidad FRANCESA,solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-CIO:

JELLY PLUMPYConsistente en: la palabra JELLY PLUMPY traduciéndose al

castellano como JALEA LLENA.

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79DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 25 de Abril de 2003.

La solicitud fue presentada el día seis de marzo del año dos mil tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, trece de marzo del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13186-1

No. de Exp.: 2003031039

No. de Pres.: 20030035048

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado LUIS MI-GUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de TABA-CALERA CENTROAMERICANA, SOCIEDAD ANONIMA, de na-cionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la EXPRE-SION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL,

DALE RUEDAS A TU SUERTE

Consistente en: las palabras DALE RUEDAS A TU SUERTE, queservirá para: ATRAER LA ATENCION DEL PUBLICO CONSUMI-DOR A LOS PRODUCTOS QUE MI MANDANTE TALES COMOCIGARROS, CIGARRILLOS, TABACO; Y ARTICULOS PARAFUMADORES.

La solicitud fue presentada el día seis de marzo del año dos mil tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, catorce de marzo del año dos mil tres.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 13184-1

Clase: 16.

No. de Exp.: 2003030911

No. de Pres.: 20030034854

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado LUIS MIGUELESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de BertelsmannAG, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCADE FABRICA Y DE COMERCIO:

Consistente en: la expresión BERTELSMAN media worldwide,etiqueta en color, traduciéndose al castellano como BERTELSMANNmedio mundial.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de febrero del año dosmil tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, diez de marzo del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13177-1

Clase: 03.

No. de Exp.: 2003030830

No. de Pres.: 20030034712

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RAFAELALBERTO MENDOZA CALDERO N, en su calidad de APODERADOde L'OREAL SOCIETE ANONYME, de nacionalidad FRANCESA,solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-CIO,

COLORAMA

Consistente en: la palabra COLORAMA.

La solicitud fue presentada el día veinticinco de febrero del año dosmil tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, cinco de marzo del año dos mil tres.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13161-1

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80 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

Clase: 16.

No. de Exp.: 2003030072.

No. de Pres.: 20030033449.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado LUIS MIGUELESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de KIMBERLY-CLARK WORLDWIDE, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: DISEÑO DE CACHORRO.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de enero del año dosmil tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos, San Salvador, doce de marzo del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13127-1

Clase: 29.

No. de Exp.: 2003029971.

No. de Pres.: 20030033273.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado LUIS MIGUELESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de PEPSICO,INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro dela MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

REDES

Consistente en: la palabra REDES.

La solicitud fue presentada el día veintidós de enero del año dos miltres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos, San Salvador, doce de marzo del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13162-1

Clase: 30.

No. de Exp.: 2003029970.

No. de Pres.: 20030033272.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado LUIS MIGUELESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de PEPSICO,INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro dela MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

REDES

Consistente en: la palabra REDES.

La solicitud fue presentada el día veintidós de enero del año dos miltres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos, San Salvador, doce de marzo del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13165-1

DIARIO

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81DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 25 de Abril de 2003.

Clase: 34.

No. de Exp.: 2003030365.

No. de Pres.: 20030034034.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado LUIS MIGUELESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de TABACALE-RA CENTROAMERICANA, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionali-dad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DEFABRICA Y DE COMERCIO,

DERBY

Consistente en: la palabra DERBY.

La solicitud fue presentada el día diez de febrero del año dos miltres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos, San Salvador, doce de marzo del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13197-1

Clase: 05.

No. de Exp.: 2003030154.

No. de Pres.: 20030033614.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado LUIS MIGUELESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de AMERICANCYANAMID COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, so-licitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

TEGRA E

Consistente en: la palabra TEGRA E.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de enero del año dosmil tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos, San Salvador, doce de marzo del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13176-1

Clase: 12.

No. de Exp.: 2003030956.

No. de Pres.: 20030034923.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de GENE-

RAL MOTORS CORPORATION, de nacionalidad ESTADOUNIDEN-

SE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-

CIO,

V-SERIES

Consistente en: la palabra V-SERIES.

La solicitud fue presentada el día cuatro de marzo del año dos mil

tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos, San Salvador, trece de marzo del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13196-1

DIARIO

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82 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

Clase: 05.

No. de Exp.: 2002027126.

No. de Pres.: 20020028403.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado LUIS MIGUELESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de PARKE DAVIS& CO. LIMITED, de nacionalidad BRITANICA, solicitando el registrode la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

HALLS TROPY-LYPTUS

Consistente en: la expresión HALLS TROPY-LYPTUS.

La solicitud fue presentada el día catorce de agosto del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos, San Salvador, diecisiete de marzo del año dos mil tres.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 13194-1

Clase: 09.

No. de Exp.: 2003030912.

No. de Pres.: 20030034855.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado LUIS MIGUELESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de GeVeMaGmbH, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MAR-CA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la expresión BERTELSMANN media worldwide,y diseño, traduciéndose al castellano como BERTELSMANN mediomundial.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de febrero del año dosmil tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos, San Salvador, siete de marzo del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13125-1

Clase: 03.

No. de Exp.: 2003030793.

No. de Pres.: 20030034618

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado DANILORODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO deCOLGATE-PALMOLIVE COMPANY, de nacionalidad ESTADO-UNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DECOMERCIO,

Consistente en: las palabras Colgate Herbal BLANQUEADORAetiqueta.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de febrero del año dosmil tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos, San Salvador, cinco de marzo del año dos mil tres.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13130-1

Clase: 03.

No. de Exp.: 2003030786.

No. de Pres.: 20030034611.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado DANILORODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO deCOLGATE-PALMOLIVE COMPANY, de nacionalidad ESTADO-UNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DECOMERCIO,

Consistente en: la expresión Colgate Maximun Cavity Protectionetiqueta, traduciéndose al castellano como Colgate Máxima Proteccióncavidad bucal.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de febrero del año dosmil tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos, San Salvador, cinco de marzo del año dos mil tres.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13131-1

DIARIO

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83DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 25 de Abril de 2003.

Clase: 09.

No. de Exp.: 2003030105

No. de Pres.: 20030033526

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado LUIS MIGUELESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de INTELCORPORATION, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitandoel registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la palabra intel inside y diseño, que traducido alcastellano es intel dentro.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de enero del año dosmil tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, doce de marzo del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13133-1

Clase: 16.

No. de Exp.: 2003030871

No. de Pres.: 20030034783

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado DANILORODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de BBVABANCOMER, S.A. INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPOFINANCIERO BBVA BANCOMER, de nacionalidad MEXICANA,solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la expresión Envíos de Dinero y diseño.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de febrero del año dosmil tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, diez de marzo del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13148-1

Clase: 16.

No. de Exp.: 2003030949

No. de Pres.: 20030034916

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado LUIS MIGUELESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de KIMBERLY -CLARK WORLDWIDE, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

HUGGIES NATURAL CARE

Consistente en: las palabras HUGGIES NATURAL CARE tradu-ciéndose al castellano como HUGGIES CUIDADO NATURAL.

La solicitud fue presentada el día cuatro de marzo del año dos miltres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, trece de marzo del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13160-1

No. de Exp.: 2002029427

No. de Presentación: 20020032149

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER; que a esta oficina se ha presentado JORGEALBERTO HERNANDEZ GUTIERREZ, en su calidad de APODERA-DO de URBANO EXPRESS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITALVARIABLE que se abrevia: URBANO EXPRESS, S.A. DE C.V., denacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRECOMERCIAL,

Consistente en: las palabras URBANO EXPRESS y diseño, queservirá para: IDENTIFICAR: UN ESTABLECIMIENTO DE SERVI-

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84 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

CIO, DEDICADO AL REPARTO DE MENSAJERIA, UBICADO ENCUARENTA Y TRES AVENIDA NORTE, NUMERO DOSCIENTOSVEINTIOCHO, COLONIA FLOR BLANCA, SAN SALVADOR.

La solicitud fue presentada el día cinco de diciembre del año dosmil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, veinte de marzo del año dos mil tres.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13293-1

Clase: 05.

No. de Exp.: 2001015519

No. de Pres.: 20010015519

EL INFRASCRlTO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado HECTORALEJANDRO MEJIA ESCOBAR, en su calidad de APODERADOGENERAL JUDICIAL de LABORATORIOS LOPEZ, SOCIEDADANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADO-REÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRlCA Y DECOMERCIO,

POLISEX

Consistente en: La palabra POLISEX. escrita en letras de moldemayúsculas.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de junio del año dos miluno.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL. Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, primero de abril del año dos mil tres.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,SECRETARIA.

3 v. alt. No. 13223-1

Clase: 05.

No. de Exp.: 2002021275

No. de Pres.: 20020021275

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado HECTORALEJANDRO MEJIA ESCOBAR en su calidad de APODERADO

GENERAL JUDICIAL de LABORATORIOS LOPEZ, SOCIEDADANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADO-REÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DECOMERCIO,

Consistente en: la figura de un hipopótamo adulto color café claro,que se encuentra parado, con sus patas unidas, vestido con una bata demédico, color verde, lleva un estetoscopio alrededor del cuello, sus ojosson la mitad de un óvalo blanco, un círculo negro en medio y al centro unalínea curva de color blanco, las cejas de color negro, el hocico semiabierto al fondo color negro, su lengua de color rojo, se le observan dosdientes en la parte de arriba del hocico. Las fosas nasales son dos orificiosnegros. En la mano derecha sostiene una maleta de médico blanca conuna cruz color rojo como logo..

La solicitud fue presentada el día. veintiuno de enero del año dosmil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, cuatro de abril del año dos mil tres.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,SECRETARIA.

3 v. alt. No. 13224-1

Clase: 05.

No. de Exp.: 2002025008

No. de Pres.: 20020025023

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado CARLOSARMANDO ARGUETA VILLAFUERTE, en su calidad de REPRE-SENTANTE LEGAL de DROGUERIA PRO-MEDICI, SOCIEDADANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADO-REÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

PRO-MEDICI

Consistente en: la expresión PRO-MEDICI escrita en letra demolde, mayúscula color negro.

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85DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 25 de Abril de 2003.

La solicirud fue presentada el día trece de mayo del año dos mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, once de noviembre del año dos mil dos.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,SECRETARIA.

3 v. alt. No. 13203-1

Clase: 05.

No. de Exp.: 2002025010

No. de Pres.: 20020025025

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado CARLOSARMANDO ARGUETA VILLAFUERTE, en su calidad de REPRE-SENTANTE LEGAL de DROGUERIA PRO-MEDICI, SOCIEDADANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: DROGUERIAPRO-MEDICI, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, soli-citando el registro de la MARCA DE FABRICA,

capullos PRO-MEDICI

Consistente en: la palabra “capullos PRO-MEDICI”, escrita lapalabra “capullos” en letras de molde, minúsculas, color negro y la frase“PRO-MEDICI”, en letras de molde, mayúsculas, color negro. La frase“PRO- MEDICI” se encuentra separada por un guión el cual es parteintegrante de la marca.

La solicitud fue presentada el día trece de mayo del año dos mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, quince de noviembre del año dos mil dos.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,REGISTRADORA.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13201-1

Clase: 01.

No. de Exp.: 2002027178

No. de Pres.: 20020028465

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado OSCARADOLFO ALTAMIRANO LACAYO, en su calidad de APODERADOde REFLEX, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE quese abrevia: REFLEX, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la palabra PowerMix y Diseño.

La solicitud fue presentada el día quince de agosto del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, tres de abril del año dos mil tres.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13166-1

Clase: 14.

No. de Exp.: 2002021158

No. de Pres.: 20020021158

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado DANILORODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de MUDD,L.L.C., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro dela MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

MUDD

Consistente en: la palabra MUDD.

La solicitud fue presentada el día quince de enero del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, doce de marzo del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13109-1

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86 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

Clase: 18.

No. de Exp.: 2002021156

No. de Pres.: 20020021156

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado DANILORODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de MUDD,L.L.C., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro dela MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

MUDD

Consistente en: la palabra MUDD.

La solicitud fue presentada el día quince de enero del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, doce de marzo del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,SECRETARIO.

3 v. alt. No 13105-1

Clase: 09.

No. de Exp.: 2002021159

No. de Pres.: 20020021159

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado DANILORODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de MUDD,L.L.C., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro dela MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

MUDD

Consistente en: la palabra MUDD.

La solicitud fue presentada el día quince de enero del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, doce de marzo del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13108-1

Clase: 19

No. de Exp.: 2002021657

No. de Pres.: 20020021657

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado DANILORODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO deALERMAC INVERSIONES, S.A. DE C.V., de nacionalidad MEXI-CANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DECOMERCIO,

PIAMONTEConsistente en: la palabra PIAMONTE.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de enero del año dosmil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, doce de marzo del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13111-1

Clase: 02.

No. de Exp.: 2002021661

No. de Pres.: 20020021661

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado DANILORODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO deALERMAC INVERSIONES, S.A. DE C.V., de nacionalidad MEXI-CANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DECOMERCIO,

PIAMONTE

Consistente en: la palabra PIAMONTE.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de enero del año dosmil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, catorce de marzo del año dos mil tres.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13112-1

DIARIO

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87DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 25 de Abril de 2003.

Clase: 10.

No. de Exp.: 2002024661

No. de Pres.: 20020024661

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RAFAELALBERTO MENDOZA CALDERON, en su calidad de APODERADOde LABORATORIOS PISA, S.A. DE C.V., de nacionalidad MEXICA-NA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-CIO,

Consistente en: la palabra Seven escrita letra tipo bloque, color azuly en minúsculas a excepción de la letra “S” que está en mayúsculas, arribade la primera letra “c” de dicha palabra se encuentra la expresión “TuboEndotraqueal”, sobre la cual no se concede exclusividad, la expresión seencuentra escrita en letra tipo bloque, color azul y escrita en minúsculaa excepción de las primeras letras de cada palabra, dicha expresión es demenor tamaño que las primera ya descrita. Debajo de todo lo anterior selee la expresión “Segura y Eficiente Ventilación” sobre la cual tampocose concede exclusividad, y se encuentra escrita en color azul, en minús-culas a excepción de la primera letra de cada palabra, dicha expresión esde menor tamaño que las anteriores y se encuentra en doble línea, estando“Segura y Eficiente” en la primera línea y abajo se encuentra la palabra“Ventilación”.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de abril del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, catorce de marzo del año dos mil tres.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,SECRETARIA.

3 v. alt. No. 13115-1

Clase: 38.

No. de Exp.: 2001011265

No. de Pres.: 20010011265

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado LUIS MIGUELESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de FRANCETELECOM, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de laMARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: el signo “&”, identificado en el idioma inglés, del cual seorigina, como “ampersand” constituido artísticamente por cuatro figuras

oblongadas en color naranja con puntas agudas. La figura o segmento dela base del signo, se ubica en posición cóncava, ligeramente inclinadahacia el lado izquierdo de la figura, de cuyo segmento se eleva otropartiendo del segmento ya de descrito y terminando en una ligera curvaorientada a la derecha del signo y es de color naranja oscuro. Un breveespacio entre el segmento base separa a la otra figura relativamente corta,que se orienta con su punta hacia la derecha. En la parte superior del signose encuentra otra figura corta curvilínea cuyas puntas en sus extremos sedirigen hacia el lado derecho.

La solicitud fue presentada el día catorce de febrero del año dos miluno.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, doce de marzo del año dos mil tres.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13116-1

Clase: 35.

No. de Exp.: 2001011266

No. de Pres.: 20010011266

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado LUIS MIGUELESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de FRANCETELECOM, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de laMARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: el signo “&”, identificado en el idioma inglés, del cual seorigina, como “ampersand” constituido artísticamente por cuatro figurasoblongadas en color naranja con puntas agudas. La figura o segmento dela base del signo, se ubica en posición cóncava, ligeramente inclinadahacia el lado izquierdo de la figura, de cuyo segmento se eleva otropartiendo del segmento ya descrito y terminando en una ligera curvaorientada a la derecha del signo y es de color naranja oscuro. Un breveespacio entre el segmento base separa a la otra figura relativamente corta,que se orienta con su punta hacia la derecha. En la parte superior del signose encuentra otra figura corta curvilínea cuyas puntas en sus extremos sedirigen hacia el lado derecho.

La solicitud fue presentada el día catorce de febrero del año dos miluno.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, doce de marzo del año dos mil tres.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13122-1

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88 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

Clase: 25

No. de Exp.: 2002023886

No. de Pres.: 20020023886

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado DANILORODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO deSAUCONY, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitandoel registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la palabra SAUCONY escrita en mayúscula, tipo bloquey color negro debajo de la cual se encuentra una franja gruesa onduladaen color negro que sus extremos son delgados, dicha franja contiene trescírculos color blanco.

La solicitud fue presentada el día dos de abril del año dos mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, once de marzo del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13123-1

Clase: 35

No. de Exp.: 2002023983

No. de Pres.: 20020023983

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RAFAELALBERTO MENDOZA CALDERON , en su calidad de APODERADOde ALDO GROUP INTERNATIONAL AG., de nacionalidad SUIZA,solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

ALDO

Consistente en: la palabra ALDO escrita en mayúscula.

La solicitud fue presentada el día cuatro de abril del año dos mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, once de marzo del año dos mil tres.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,SECRETARIA.

3 v. alt. No. 13124-1

No. de Exp.: 2002028184

No. de Pres.: 20020030104

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado ISIS LUCILABONILLA DE ORANTES, de nacionalidad SALVADOREÑA, en sucalidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE CO-MERCIAL,

Consistente en: la frase LA BOLSA FAMILIAR, que servirá para:IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL, DESTI-NADO A PRESTAR LOS SERVICIOS DE VENTA DE PRODUCTOSDE PRIMERA NECESIDAD Y SERVICIOS AFINES, UBICADO ENFINAL CALLE LOS ABETOS, NUMERO UNO, COLONIA SANFRANCISCO.

La solicitud fue presentada el día nueve de octubre del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, veintiocho de febrero del año dos mil tres.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,SECRETARIA.

3 v. alt. No. 13141-1

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89DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 25 de Abril de 2003.

Clase: 03.

No. de Exp. : 2003030946

No. de Pres.: 20030034913

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDO

ANTONIO MOLINA CORDERO, en su calidad de REPRESENTAN-

TE LEGAL de COSMETICOS y MODAS, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: COSMETlCOS Y MODAS

S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el regis-

tro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO:

Consistente en: las palabras Vercelli Ferrara y diseño.

La solicitud fue presentada el día cuatro de marzo del año dos mil

tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, diecinueve de marzo del año dos mil tres.

Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13134-1

No. de Exp.: 2003029841

No. de Pres.: 20030033017

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado GIANCARLO

ANGELUCCI SILVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de

JC SEWING SUPPLY, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VA-

RIABLE que se abrevia: JC SEWING SUPPLY, S.A. DE C.V., de

nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE

COMERCIAL:

JC SEWING SUPPLY

Consistente en: las palabras JC SEWING SUPPLY, que servirá

para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO UBICADO EN ZONA

FRANCA SAN BARTOLO, LOCAL NUMERO DIEZ, CALLE

CHAPARRASTIQUE, POLIGONO "M", JURISDICCION DE ILO-

PANGO, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, CUYO GIRO

COMERCIAL ES EL EJERCICIO DEL COMERCIO MEDIANTE LA

COMPRAVENTA, DISTRIBUCION, EXPORTACION O IMPOR-

TACION DE TODA CLASE DE BIENES MUEBLES.

La solicitud fue presentada el día quince de enero del año dos mil

tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-

vos. San Salvador, catorce de marzo del año dos mil tres.

Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13554-1

Clase: 33.

No. de Exp.: 1999006146

No. de Pres.: 19990006146

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado ULISES

SALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de DEMERARADISTILLERS LIMITED, de nacionalidad GUYANA, solicitando elregistro de la MARCA DE FABRICA:

IVANOFF

Consistente en: LA PALABRA: "IVANOFF" EN LETRAS MA-YUSCULAS DE TIPO CORRIENTE.

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90 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

La solicitud fue presentada el día siete de septiembre del año milnovecientos noventa y nueve.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, quince dejulio del año dos mil dos.

Lic. MARILENA DUARTE URRUTIA,REGISTRADORA.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13498-1

Distintivo: ABB y diseño.

Clase: 20.

No. de Exp.: 012002023410

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EDUARDOMORALES EHRLICH, en su calidad de APODERADO de ABB ASEABROWN BOVERI LTD., de nacionalidad SUIZA, solicitando el regis-tro de la MARCA DE FABRICA:

Consistente en: las letras ABB y diseño.

La solicitud fue presentada el día trece de marzo de dos mil dos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a losveinticuatro días del mes de abril de dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13464-1

Distintivo: H2OPTIX.

Clase: 09.

No. de Exp.: 012001020488

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado el AbogadoMANUEL ANTONIO PINEDA HERRERA, en su calidad de APODE-

RADO de SERENGETI EYEWEAR, INC., de nacionalidad ESTADO-UNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA:

H2OPTIX

Consistente en: la expresión H2OPTIX.

La solicitud fue presentada el día trece de diciembre de dos mil uno.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a losdieciocho días del mes de abril de dos mil dos.

Lic. ALICIA ESTER GARCIA COREAS,REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13481-1

Distintivo: BOLLÉ.

Clase: 09.

No. de Exp.:012001020494

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado el ABOGADOMANUEL ANTONIO PINEDA HERRERA, en su calidad de APODE-RADO de BOLLE, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, soli-citando el registro de la MARCA DE FABRICA:

BOLLÉ

Consistente en: la palabra "BOLLÉ".

La solicitud fue presentada el día trece de diciembre de dos mil uno.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a losdiecisiete días del mes de abril de dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13470-1

Distintivo: es una figura.Clase: 37.No. de Exp.: 012002024276

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EDUARDOMORALES EHRLICH, en su calidad de APODERADO de AUDI

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91DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 25 de Abril de 2003.

AKTIENGESELLSCHAFT, de nacionalidad ALEMANA, solicitando

el registro de la MARCA DE SERVICIOS:

Consistente en: una figura.

La solicitud fue presentada el día dieciséis de abril de dos mil dos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-

TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a los tres

días del mes de mayo de dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13478-1

Distintivo: HIDRATINA.

Clase: 05.

No. de Exp.: 20020025626

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JUAN HUM-

BERTO CAMPOS MONTOYA, en su calidad de APODERADO de

NOVARTIS AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la

MARCA DE FABRICA:

HIDRATINA

Consistente en: la palabra HIDRATINA, en letras mayúsculas de

tipo corriente.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de mayo del año dos

mil dos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-

TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, tres de

junio del año dos mil dos.

Lic. ALICIA ESTER GARCIA COREAS,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13484-1

Distintivo: IGEXIS.

Clase: 05.

No. de Exp.: 20020024736

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EDUARDOMORALES EHRLICH, en su calidad de APODERADO de NOVARTISAG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DEFABRICA:

IGEXISConsistente en: la palabra IGEXIS en letras mayúsculas de tipo

corriente.La solicitud fue presentada el día treinta de abril del año dos mil dos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, veintinue-ve de mayo del año dos mil dos.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13486-1

Clase: 06.

No. de Exp.: 2001019429

No. de Pres.: 20010019429

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado RICARDOABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO deINDUSTRIAS METALICAS ASOCIADAS IMAL, S.A., de nacionali-dad COLOMBIANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRI-CA:

Consistente en: la palabra "IMAL" en letras de molde, mayúsculas,huecas, unidas entre sí las últimas tres letras.

La solicitud fue presentada el día nueve de noviembre del año dosmil uno.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, dieciochode junio del año dos mil dos.

Lic. MARILENA DUARTE URRUTIA,REGISTRADORA.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13489-1

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92 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

Distintivo: INVADINE.

Clase: 01

No. de Exp.: 012002024555.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado el AbogadoRICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODE-RADO de Ciba Specialty Chemicals Holding Inc., de nacionalidadSUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

INVADINE

Consistente en: la palabra INVADINE.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de abril de dos mildos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a los ochodías del mes de mayo de dos mil dos.

Licda. ANA ELIZABETH RIVERA PEÑA,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13492-1

Distintivo: JALRA.

Clase: 05.

No. de Exp.: 20020024958.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EDUARDOMORALES EHRLICH, en su calidad de APODERADO de NOVARTISAG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DEFABRICA,

JALRA

Consistente en: JALRA en letras mayúsculas tipo corriente.

La solicitud fue presentada el día nueve de mayo del año dos mildos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, tres dejunio del año dos mil dos.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13503-1

Clase: 05.

No. de Exp.: 2002026408.

No de Pres: 20020027348.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EMILIOARTURO CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de JOHNSON& JOHNSON, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando elregistro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en: en un bote en forma rectangular vertical cuyosextremos van ligeramente ondulados, con tapón semi-circular en la parteizquierda del bote es ligeramente ondulado. En el tapón en la partesuperior un botón que sirve como salida del contenido. Luego aparecedentro del bote una figura caprichosa trazada.

La solicitud fue presentada el día diez de julio del año dos mil dos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, veinticincode julio del año dos mil dos.

Lic. MARILENA DUARTE URRUTIA,

REGISTRADORA.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13460-1

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93DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 25 de Abril de 2003.

Distintivo: MOBIPAY.

Clase: 28.

No. de Exp.: 20010020310.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MANUELANTONIO PINEDA HERRERA, en su calidad de APODERADO deMOBIPAY INTERNATIONAL, S.A., de nacionalidad ESPAÑOLA,solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

MOBIPAY

Consistente en: la palabra “MOBIPAY” en letras mayúsculas tipocorriente.

La solicitud fue presentada el día seis de diciembre del año dos miluno.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, doce dejunio del año dos mil dos.

Lic. ANA ELIZABETH RIVERA PEÑA,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13462-1

Clase: 35.

No. de Exp.: 2001020307.

No. de Pres.: 20010020307

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MANUELANTONIO PINEDA HERRERA, en su calidad de APODERADO deMOBIPAY INTERNATIONAL, S.A., de nacionalidad ESPAÑOLA,solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

MOBIPAY

Consistente en: la palabra “MOBIPAY” en letras mayúsculas tipocorriente.

La solicitud fue presentada el día seis de diciembre del año dos miluno.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, dieciochode junio del año dos mil dos.

Lic. MARILENA DUARTE URRUTIA,

REGISTRADORA.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13463-1

Distintivo: (una figura).

Clase: 25.

No. de Exp.: 012001019858.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado el ABOGADOVICENTE DE JESUS PALENCIA, en su calidad de APODERADO deNike International Ltd., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solici-tando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en “una figura”.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de noviembre de dos miluno.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a los sietedías del mes de mayo de dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13491-1

Distintivo: una figura.

Clase: 28.

No. de Exp.: 012001019859.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado el ABOGADOVICENTE DE JESUS PALENCIA, en su calidad de APODERADO deNike International Ltd., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solici-tando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en “una figura”.

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94 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

La solicitud fue presentada el día veintitrés de noviembre de dos miluno.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a los sietedías del mes de mayo de dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13500-1

Distintivo: (es una figura).

Clase: 18.

No. de Exp.: 012001019857.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado el AbogadoVICENTE DE JESUS PALENCIA, en su calidad de APODERADO deNike International Ltd., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solici-tando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en EL TRAZO GRUESO DE UN SIGNO DE UNCHEQUE.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de noviembre de dos miluno.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a los sietedías del mes de mayo de dos mil dos.

Licda. ANA ELIZABETH RIVERA PEÑA,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13490-1

Distintivo: una figura.

Clase: 35.

No. de Exp.: 012002021402.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado el AbogadoRICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODE-RADO de Converium Holding AG, de nacionalidad SUIZA, solicitandoel registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en la figura de un espiral...

La solicitud fue presentada el día veintitrés de enero de dos mil dos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a los treintadías del mes de abril de dos mil dos.

Lic. ALICIA ESTER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13485-1

Distintivo: una figura.

Clase: 42.

No. de Exp.: 012002021405.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado el AbogadoRICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODE-RADO de Converium Holding AG, de nacionalidad SUIZA, solicitandoel registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en la figura de un espiral...La solicitud fue presentada el día veintitrés de enero de dos mil dos.REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-

TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a los treintadías del mes de abril de dos mil dos.

Lic. ALICIA ESTER GARCIA COREAS,REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13487-1

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95DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 25 de Abril de 2003.

Clase: 09.

Distintivo: una figura.

Exp. 012001019855

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado el ABOGADOVICENTE DE JESUS PALENCIA, en su calidad de APODERADO deNike International Ltd., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solici-tando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en “una figura”.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de noviembre de dos miluno.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a los sietedías del mes de mayo de dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13488-1

Distintivo: RADIO NACIONAL DE ESPAÑA (RNE., S.A.).

Clase: 38.

Exp. 011999009342

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado DINA CAS-TRO DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de ENTEPUBLICO RADIOTELEVISION ESPAÑOLA, de nacionalidad ES-PAÑOLA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

RADIO NACIONAL DE ESPAÑA (RNE., S.A.)

Consistente en las palabras RADIO NACIONAL DE ESPAÑA(RNE., S.A.).

La solicitud fue presentada el día veintitrés de diciembre de milnovecientos noventa y nueve.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a los docedías del mes de febrero de dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13480-1

Distintivo: es una figura.

Clase: 33.

Exp. 012002021669

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado el ABOGADORICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODE-RADO de Spirits International N.V., de nacionalidad CURAZOLEÑA,solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en la figura de una esfera presentando líneas curvas...

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de enero de dos mildos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a losdiecinueve días del mes de abril de dos mil dos.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13483-1

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96 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

Clase: 05.

No. de Exp.: 2002025554

No. de Pres.: 20020025933

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EMILIOARTURO CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de JOHNSON& JOHNSON, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando elregistro de la MARCA DE FABRICA:

SOFTWASH

Consistente en: la palabra "SOFTWASH" en letras mayúsculastipo corriente.

La solicitud fue presentada el día cuatro de junio del año dos mildos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, veinte dejunio del año dos mil dos.

Lic. ALICIA ESTER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13482-1

DISTINTIVO: NORMOCUTAN.

Clase: 03.

No. de Exp.: 20020024960

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EDUARDOMORALES EHRLICH, en su calidad de APODERADO de NOVARTIS

AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DEFABRICA,

NORMOCUTANConsistente en: la palabra NORMOCUTAN en letras mayúsculas

tipo corriente.

La solicitud fue presentada el día nueve de mayo del año dos mildos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, cuatro dejunio del año dos mil dos.

Lic. ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13473-1

DISTINTIVO: PRENATAL.

Clase: 41.

No. de Exp.: 20010020490

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EMILIOARTURO CUCHILLA, en su calidad de APODERADO de STICHTINGDE WAAL FOUNDATION, de nacionalidad HOLANDESA, solici-tando el registro de la MARCA DE SERVICIOS:

Consistente en: la palabra "Pre Natal" en letras minúsculas exceptolas letras "P" y "N" mayúsculas; dicha palabra está separada por undiseño vista en planta de una mujer embarazada abrazando a un infante.

La solicitud fue presentada el día trece de diciembre del año dos miluno.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, treinta yuno de mayo del año dos mil dos.

Licda. ANA ELIZABETH RIVERA PEÑA,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13479-1

DISTINTIVO: PITIRIASIN.

Clase: 05.

No. de Exp.: 20020025855

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JUAN HUM-BERTO CAMPOS MONTOYA, en su calidad de APODERADO de

DIARIO

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97DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 25 de Abril de 2003.

NOVARTIS AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de laMARCA DE FABRICA:

PITIRIASIN

Consistente en: la palabra "PITIRIASIN" en letras mayúsculas tipocorriente, que servirá para: PREPARACIONES FARMACEUTICAS.

La solicitud fue presentada el día tres de junio del año dos mil dos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, diez dejunio del año dos mil dos.

Licda. ANA ELIZABETH RIVERA PEÑA,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13476-1

DISTINTIVO: MOBIPAY.

Clase: 37.

No. de Exp.: 20010020311

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MANUELANTONIO PINEDA HERRERA, en su calidad de APODERADO deMOBIPAY INTERNATIONAL, S.A., de nacionalidad ESPAÑOLA,solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS:

MOBIPAY

Consistente en: la palabra MOBIPAY en letras mayúsculas tipocorriente.

La solicitud fue presentada el día seis de diciembre del año dos miluno,

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, doce dejunio del año dos mil dos.

Lic. ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13468-1

Clase: 41.

No. de Exp.: 2001020313

No. de Pres.: 20010020313

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MANUELANTONIO PINEDA HERRERA, en su calidad de APODERADO deMOBIPAY INTERNATIONAL, S.A., de nacionalidad ESPAÑOLA,solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS:

MOBIPAY

Consistente en: la palabra "MOBIPAY" en letras mayúsculas tipocorriente.

La solicitud fue presentada el día seis de diciembre del año dos miluno.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, dieciochode junio del año dos mil dos.

Lic. MARILENA DUARTE URRUTIA,

REGISTRADORA.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13469-1

Clase: 42.

No. de Exp.: 2001020314

No. de Pres.: 20010020314

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado MANUELANTONIO PINEDA HERRERA, en su calidad de APODERADO deMOBIPAY INTERNATI0NAL, S.A., de nacionalidad ESPAÑOLA,solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS:

MOBIPAY

Consistente en: la palabra "MOBIPAY" en letras mayúsculas tipocorriente.

La solicitud fue presentada el día seis de diciembre del año dos miluno.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, dieciochode junio del año dos mil dos.

Lic. MARILENA DUARTE URRUTIA,

REGISTRADORA.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13471-1

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98 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

Distintivo: NILES y diseño

Clase: 09.

No. de Exp.: 012001018688

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado el AbogadoEMILIO ARTURO CUCHILLA, en su calidad de APODERADO deNILES AUDIO CORPORATION, de nacionalidad ESTADOUNIDEN-SE, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA,

Consistente en la palabra NILES y diseño.

La solicitud fue presentada el día quince de octubre de dos mil uno.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, a los seisdías del mes de mayo de dos mil dos.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13472-1

Clase: 25.

No. de Exp.: 2002027012

No. de Pres.: 20020028212

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado LUIS MAURI-CIO AYALA ROBLES, en su calidad de REPRESENTANTE LEGALY ADMINISTRADOR UNICO PROPIETARIO de DISTRIBUCIO-NES DIVERSAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIA-BLE que se abrevia: DISTRIBUCIONES DIVERSAS S.A. DE C.V.,de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MAR-CA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la palabra CALVANI.

La solicitud fue presentada el día ocho de agosto del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, tres de abril del año dos mil tres.

JOSE RAUL ROSALES PEREZ,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13521-1

Distintivo: PINNACLE

Clase: 10.

No. de Exp.: 20020024898

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado EDUARDOMORALES EHRLICH, en su calidad de APODERADO de DePuy, Inc.,de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de laMARCA DE FABRICA,

PINNACLEConsistente en: la palabra PINNACLE en letras mayúsculas de tipo

corriente.

La solicitud fue presentada el día siete de mayo del año dos mil dos.

REGISTRO DE COMERCIO: DEPARTAMENTO DE REGIS-TRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL. San Salvador, treinta yuno de mayo del año dos mil dos.

ALICIA ESTHER GARCIA COREAS,REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13475-1

Clase: 25.

No. de Exp.: 2002029148

No. de Pres.: 20020031693

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado LUIS MAURI-CIO AYALA ROBLES, en su calidad de REPRESENTANTE LEGALde DISTRIBUCIONES DIVERSAS, SOCIEDAD ANONIMA DECAPITAL VARIABLE que se abrevia DISTRIBUCIONES DIVER-SAS, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando elregistro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: las palabras Paso de Angel.

La solicitud fue presentada el día veinticinco de noviembre del añodos mil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, cinco de febrero del año dos mil tres.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,SECRETARIA.

3 v. alt. No. 13530-1

DIARIO

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99DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 25 de Abril de 2003.

Clase: 25.

No. de Exp.: 2002027016

No. de Pres.: 20020028216

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado LUIS MAURI-CIO AYALA ROBLES, en su calidad de REPRESENTANTE LEGALde DISTRIBUCIONES DIVERSAS, SOCIEDAD ANONIMA DECAPITAL VARIABLE que se abrevia: DISTRIBUCIONES DIVER-SAS, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando elregistro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: las palabras CALVEST.

La solicitud fue presentada el día ocho de agosto del año dos mildos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, tres de abril del año dos mil tres.

Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13532-1

Clase: 25.

No. de Exp.: 2003031464

No. de Pres.: 20030035924

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JUAN RA-MON SERRANO, en su calidad de APODERADO de JOSE MANUELTOJIN SANCHEZ, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando elregistro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la palabra ITALMODA.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de marzo del año dosmil tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, tres de abril del año dos mil tres.

Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,REGISTRADOR.

ALVARO ERNESTO FRANCO DIAZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13536-1

Clase: 05.

No. de Exp.: 2002028963

No. de Pres.: 20020031380

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE HER-NAN VARGAS CAÑAS, en su calidad de APODERADO GENERALJUDICIAL de CARLOS BENEDICTO CAÑAS conocido por CAR-LOS BENEDICTO CAÑAS ESPINAL, de nacionalidad SALVADO-REÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DECOMERCIO,

DERMASUIS

Consistente en: la palabra DERMASUIS, escrita en letras corrien-tes mayúsculas de molde y color negro.

La solicitud fue presentada el día quince de noviembre del año dosmil dos.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, siete de abril del año dos mil tres.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13394-1

No. de Exp.: 2003030109

No. de Pres.: 20030033541

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE HER-NAN VARGAS CAÑAS, en su calidad de APODERADO GENERALJUDICIAL de CARLOS BENEDICTO CAÑAS conocido por CAR-LOS BENEDICTO CAÑAS ESPINAL, de nacionalidad SALVADO-REÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

INNOVETConsistente en: la palabra INNOVET, que servirá para: IDENTI-

FICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL E INDUSTRIALDEDICADO A LA PRODUCCION Y COMERCIALIZACION DEMEDICAMENTOS, VACUNAS Y OTROS PRODUCTOS PARAUSO VETERINARIO, UBICADO EN PRIMERA AVENIDA NORTE,NUMERO MIL VEINTE, EN LA CIUDAD DE SAN SALVADOR.

La solicitud fue presentada el día treinta de enero del año dos miltres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, siete de abril del año dos mil tres.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13392-1

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100 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

Clase: 30.

No. de Exp.: 2003030592

No. de Pres.: 20030034328

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado PEDROANTONIO MENJIVAR RIVERA, en su calidad de DIRECTOR PRE-SIDENTE Y REPRESENTANTE de PAMEM, SOCIEDAD ANONI-MA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA,solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO:

C H E L Y

Consistente en: la palabra CHELY.

La solicitud fue presentada el día catorce de febrero del año dos miltres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, diez de marzo del año dos mil tres.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 13537-1

No. de Exp.: 2003031058

No. de Pres.: 20030035119

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado OSCARARMANDO CALDERON ARTEAGA, en su calidad de APODERA-DO GENERAL JUDICIAL de SPECIALTY PRODUCTS, SOCIE-DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL:

Consistente en: las palabras Signature Woods; traducido es FIR-MA EN MADERA, que servirá para: IDENTIFICAR Y DISTINGUIRLA EMPRESA SPECIALTY PRODUCTS, DEDICADA A LA FA-

BRICACION DE BOLSAS Y ESTUCHES DE LUJO, LA CUAL ESPROPIEDAD DE MI MANDANTE Y SE ENCUENTRA UBICADAEN LA ZONA FRANCA SAN BARTOLO, ILOPANGO, DEPARTA-MENTO DE SAN SALVADOR.

La solicitud fue presentada el día diez de marzo del año dos mil tres.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, catorce de marzo del año dos mil tres.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 13415-1

Clase: 05.

No. de Exp.: 1982001237

No. de Pres. 20030034295

LA INFRASCRITA REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE LUISNAVARRO CARCAMO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADORE-ÑA, actuando como APODERADO de ORGANIZACION FARMA-CEUTICA, SOCIEDAD ANONlMA que se abrevia: ORFA, S.A., deldomicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,solicitando RENOVACION para la inscripción Número 00180 del Libro00100 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en LA PALABRAORFATUSS; que ampara productos comprendidos en la Clase 05 de laClasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos deley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, a los tres días del mes de marzo del año dos mil tres.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

JUANA LETICIA VILLATORO,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. 13365-1

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101DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 25 de Abril de 2003.

Clase: 05.No. de Exp.: 1982001239No. de Pres.: 20030034292

LA INFRASCRITA REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE LUISNAVARRO CARCAMO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADORE-ÑA, actuando como APODERADO de ORGANIZACION FARMA-CEUTICA, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia: ORFA, S.A., deldomicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,solicitando RENOVACION, para la inscripción número 00178 del Libro00100 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en LA PALABRAORFAVIT; que ampara productos comprendidos en la Clase 05 de laClasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos deley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, a los cuatro días del mes de marzo del año dos mil tres.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,REGISTRADOR.

JUANA LETICIA VILLATORO,SECRETARIA.

3 v. alt. No. 13367-1

Clase: 05.No. de Exp. 1982001236No. de Pres.: 20030034293

LA INFRASCRITA REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JOSE LUISNAVARRO CARCAMO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO,del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADORE-ÑA, actuando como APODERADO de ORGANIZACION FARMA-CEUTICA, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia: ORFA, S.A., deldomicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00181 delLibro 00100 de REGISTRO DE MARCAS, consistente en la EXPRE-SION "ORFASPAS"; que ampara productos comprendidos en la Clase05 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos deley.

DlRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, a los tres días del mes de marzo del año dos mil tres.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,REGISTRADOR.

JUANA LETICIA VILLATORO,SECRETARIA.

3 v. alt. No. 13362-1

Clase: 05.No. de Exp.: 1981000270No. de Pres.: 20030033322

LA INFRASCRITA REGISTRADOR,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado HECTORALEJANDRO MEJIA ESCOBAR, mayor de edad, ABOGADO YNOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SAL-VADOREÑA, actuando como APODERADO GENERAL JUDICIALde LABORATORIOS LOPEZ, S.A. DE C.V., del domicilio de SANSALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENO-VACION, para la inscripción Número 00049 del Libro 00097 de REGIS-TRO DE MARCAS, consistente en la palabra "VITAOFTA"; queampara productos comprendidos en la Clase 05 de la ClasificaciónInternacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos deley.

DlRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, a los tres días del mes de abril del año dos mil tres.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,REGISTRADOR.

ERIKA SUSANA MOLINA,SECRETARIA.

3 v. alt. No. 13222-1

Clase: 03.No. de Exp.:1991002108No. de Pres.: 20030034507

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DE LA PROPIEDAD INTE-LECTUAL,

HACE SABER: que a esta oficina se ha presentado JUAN RA-MON SERRANO, mayor de edad, ABOGADO Y NOTARIO, deldomicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,actuando como APODERADO de CUATRO ROSAS, SOCIEDADANONIMA que se abrevia CUATRO ROSAS, S. A., del domicilio deCIUDAD Y REPUBLICA DE GUATEMALA, de nacionalidad GUA-TEMALTECA, solicitando RENOVACION para la inscripción número00114 del Libro 00015 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente enla palabra WINDSOR; que ampara productos comprendidos en la Clase03 de la Clasificación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos deley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de laPropiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distinti-vos. San Salvador, a los siete días del mes de abril del año dos mil tres.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,REGISTRADOR.

XIOMARA GUADALUPE FABIAN DE GOMEZ,SECRETARIA.

3 v. alt. No. 13534-1

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102 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

FARMAS, S. A. DE C. V.

BALANCE FINAL DE LIQUIDACION AL 30 DE SEPTIEMBRE DEL 2000

ACTIVO

CIRCULANTE 33,840.18

Caja General 27,920.94

Inventarios 1,935.40

Crédito Fiscal 3,983.84

FIJO 24,013.76

Mob. y Equipo de Oficina 24,013.76

TOTAL ACTIVO 57,853.94

PASIVO

CIRCULANTE 11,796.05

Cuentas por Pagar 10,868.42

Débito fiscal 927.63

CAPITAL Y PATRIMONIO 46,057.89

Capital Social 150,000.00

Capital Social Pagado 37,500.00

Capital Social No Pagado 112,500.00

Pérdidas del Ejercicio de 1995 -51,867.60

Pérdidas del Ejercicio de 1996 -52,074.51

TOTAL PASIVO 57,853.94

Lic. ARACELY CUBIAS DE LANDAVERDE, JUAN FRANCISCO FLORES,

REPRESENTANTE LEGAL. AUDITOR EXTERNO

No. 1762

Lic. CECILIA DEL CARMEN MEJIA,

CONTADOR.

3 v. alt. No. 13439-1

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Page 103: DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 25 de Abril de 2003 ...DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 25 de Abril de 2003. 3 religión e ideología política, previa solicitud por escrito a la Junta

103DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 25 de Abril de 2003.CONSUELO MARIA RAMIREZ CUADRA, Notaria, de este domici-lio, con oficina situada en Condominio Metro 2000, local 11-A, sobreCuarenta y Siete Avenida Norte entre Primera Calle Poniente y AlamedaJuan Pablo II, de esta ciudad, al público para los efectos legales,

HACE SABER: que por resolución dictada en esta oficina, a lasquince horas del día diez de abril de dos mil tres, se tuvo por aceptadaexpresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que asu defunción dejó el señor CARLOS JAVIER ZEPEDA, fallecido enesta ciudad, su último domicilio, el día siete de julio del año dos mil dos,de parte de los señores CARLOS ROLANDO ZEPEDA GONZALEZ,ANA BRENDA ZEPEDA DE CUELLAR y OLGA BEATRIZ ZEPE-DA GONZALEZ, en concepto de hijos del causante; habiéndoselesconferido la administración y representación interina de la Sucesión, conlas facultades y restricciones de los Curadores de la herencia yacente.-

Librado en la ciudad de San Salvador, a los once días del mes deabril de dos mil tres.

Dra. CONSUELO MARIA RAMIREZ CUADRA,

NOTARIA.

3 v. c. Nº 13114-1

MARIA MARTA MARTINEZ DE ARGUMEDO, Notario, de estedomicilio, con oficina en Reparto Los Héroes, Calle Gabriel Rosalesnúmero ciento cincuenta y uno, San Salvador,

HACE SABER: que por resolución de la suscrita proveída a lasNUEVE horas del OCHO DE ABRIL del año en curso, se ha tenido poraceptada expresamente y con beneficio de inventario, la Herenciaintestada, del señor a SANTOS MONGE SALAZAR, que a su Defun-ción ocurrida en el Cantón Flor Amarilla, Ciudad Arce, La Libertad,siendo Ciudad Arce, La Libertad, lugar de su último domicilio, el díaQUINCE DE OCTUBRE DE DOS MIL, de parte del señor JUANRAMON ARGUETA SERRANO, en su calidad de CESIONARIO delos derechos que le correspondían a los señores MARIA ADILIAMONGE DE MONGE, ROBERTO DE JESUS MONGE MONGE,MARIA CELINA MONGE DE MORENO, MERCEDES YANIRAMONGE DE CARRANZA, ROSA DELMY MONGE DE MORENO,en sus calidades de herederos intestados como cónyuge sobreviviente laprimera y de hijos del Causante los demás, habiéndosele conferido laAdministración y Representación Interinas de la Sucesión, con lasfacultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Lo que se avisa al público por tres veces consecutivas, para efectosde ley, y dado en la oficina de la Notario MARIA MARTA MARTINEZDE ARGUMEDO, San Salvador, a nueve de abril de dos mil tres.

MARIA MARTA MARTINEZ DE ARGUMEDO,

NOTARIO.

3 v. c. Nº 13119-1

MANUEL ADAN MEJIA RODRIGUEZ, Notario, de este domicilio,con Oficina situada en la Novena Calle Poniente Número Ciento Treintay Seis de esta ciudad,

HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, proveídaa las catorce horas del día dieciocho de marzo del presente año, se hatenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, laherencia intestada que a su defunción ocurrida en esta ciudad, el díadiecisiete de enero de dos mil dos, dejó la señora BERTA GLADISNUÑEZ INTERIANO, conocida por BERTA GLADYS NUÑEZINTERIANO CAMPOSVALLE, de parte del señor JOSE SALVADORCAMPOS VALLE, en su concepto de cónyuge sobreviviente de la

causante, habiéndose conferido la administración y representación inte-rina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores dela herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean conderechos a la referida herencia, para que se presenten a dicha Oficina entérmino de quince días, contados desde el siguiente a la última publica-ción del presente Edicto.

Librado en la Oficina del Notario MANUEL ADAN MEJIARODRIGUEZ, San Salvador, a las ocho horas del día diecinueve demarzo de dos mil tres.

Dr. MANUEL ADAN MEJIA RODRIGUEZ,

NOTARIO.

3 v. c. Nº 13327-1

JUAN ADALBERTO DIAZ VELASQUEZ, Notario, del domicilio deNueva San Salvador, con Oficina en la Cuarta Avenida Norte, tres guión“A” de Armenia, Departamento de Sonsonate,

HACE SABER: que por resolución proveída a las nueve horas deldía tres de abril del presente año, se ha tenido por aceptada expresamentey con beneficio del inventario, la herencia intestada que a su defunciónocurrida en esta ciudad, el día ocho de noviembre del año dos mil uno,dejó MAURICIO ALFREDO POCASANGRE MORALES, de parte dela señora ELVA GRACIELA POCASANGRE conocida por GRACIELAPOCASANGRE, en su concepto de madre sobreviviente del causante,habiéndose conferido la Administración y Representación interina de lasucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de laherencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean conderecho a la referida herencia, para que se presenten a la referida oficinaen termino de quince días, contados desde el siguiente a la ultimapublicación del presente edicto.

Librado en la Oficina del Notario JUAN ADALBERTO DIAZVELASQUEZ. En la ciudad de Armenia, Departamento de Sonsonate,a nueve horas del día siete de abril del año dos mil tres.

Lic. JUAN ADALBERTO DIAZ VELASQUEZ,

NOTARIO.

3 v. c. Nº 13213-1

JUAN ADALBERTO DIAZ VELASQUEZ, Notario, del domicilio deNueva San Salvador, con Oficina en la Cuarta Avenida Norte, tres guión“A” de Armenia, Departamento de Sonsonate,

HACE SABER: que por resolución proveída a las diez horas del díatres de abril del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente ycon beneficio del inventario, la herencia intestada que a su defunción,ocurrida en esta ciudad, el día ocho de noviembre del año dos mil uno,dejó MARIO SIGUENZA ANDREU, de parte de la señora GLORIAESTHER SIGUENZA conocida por GLORIA ESTHER SIGUENZAMEJIA, en su concepto de hija sobreviviente del causante, habiéndoseconferido la Administración y Representación interina de la sucesión,con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

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104 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean conderecho a la referida herencia, para que se presenten a la referida oficinaen el término de quince días, contados desde el siguiente a la últimapublicación del presente edicto.

Librado en la Oficina del Notario JUAN ADALBERTO DIAZVELASQUEZ. En la ciudad de Armenia, Departamento de Sonsonate,a las diez horas del día siete de abril del año dos mil tres.

Lic. JUAN ADALBERTO DIAZ VELASQUEZ,

NOTARIO.

3 v. c. Nº 13211-1

JUAN ADALBERTO DIAZ VELASQUEZ, Notario, del domicilio deNueva San Salvador, con Oficina en la Cuarta Avenida Norte, tres guión“A” de Armenia, Departamento de Sonsonate,

HACE SABER: que por resolución proveída a las once horas deldía tres de abril del presente año, se ha tenido por aceptada expresamentey con beneficio del inventario, la herencia intestada que a su defunción,ocurrida en esta ciudad, el día ocho de noviembre del año dos mil uno,dejo ALFREDO NAPOLEON SIGUENZA, de parte del señor RUBENALFREDO SIGUENZA, en su concepto de hijo sobreviviente delcausante, habiéndose conferido la Administración y Representacióninterina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadoresde la herencia yacente.

En consecuencia por este medio se cita a todos los que se crean conderecho a la referida herencia, para que se presenten a la referida oficinaen el término de quince días, contados desde el siguiente a la últimapublicación del presente edicto.

Librado en la Oficina del Notario JUAN ADALBERTO DIAZVELASQUEZ. En la ciudad de Armenia, Departamento de Sonsonate,a las once horas del día siete de abril del año dos mil tres.

Lic. JUAN ADALBERTO DIAZ VELASQUEZ,

NOTARIO.

3 v. c. Nº 13210-1

ARMANDO FRANCO SALES, Notario, de este domicilio, con oficinaubicada en Trece Calle Poniente y Séptima Avenida Norte, CondominioCentro de Gobierno, local número veintitrés, segunda planta, Centro deGobierno de esta ciudad,

HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, proveída,a las nueve horas con veinte minutos del día once de diciembre de dos miluno, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inven-tario la herencia intestada, que a su defunción ocurrida en BarrioConcepción Villa de Tepecoyo, departamento de La Libertad el día trece

de diciembre de mil novecientos noventa y uno, dejara la señora NAR-CISA EUSEBIA SIXCO, de parte del señor JOSE MARIA SIXCO, encalidad de hijo de la causante. Habiéndose conferido la administracióny representación interina de la sucesión, con las facultades y restriccionesde los curadores de la herencia yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean conderechos a la referida herencia, para que se presenten a la mencionadaoficina en el término de quince días, contados desde el siguiente a laúltima publicación del presente edicto.

Librado en la oficina del Notario ARMANDO FRANCO SALES.En la ciudad de San Salvador, a las diez horas y quince minutos de el díaonce de diciembre de dos mil uno.

Lic. ARMANDO FRANCO SALES,

NOTARIO.

3 v. c. Nº 13493-1

JORGE SALOMON CUADRA GONZALEZ, Notario, de este domici-lio, con oficina notarial ubicada en Sexta Calle Oriente, número doscien-tos veintitrés, Edificio “Julia L. de Duke”, local doscientos dos, de estaciudad.

HACE SABER: que ante mis oficios notariales se ha presentado alseñor ROMEO ENRIQUE VASQUEZ o ROMEO ENRIQUE VAS-QUEZ RAMIREZ, de cincuenta y tres años de edad, Zapatero, deldomicilio de Santiago Texacuangos, Departamento de San Salvador, conDocumento Unico de Identidad número cero cero setecientos sesenta ynueve mil seiscientos cincuenta y dos-siete, solicitando TITULO DEPROPIEDAD, sobre un terreno de naturaleza urbana, situado en ColoniaTres de Mayo número siete, Calle Antigua a San Francisco Chinameca,jurisdicción de Santiago Texacuangos, Departamento de San Salvador,de una extensión superficial de SETECIENTOS DIECISIETE PUNTOCERO CERO METROS CUADRADOS, de las medidas y colindanciassiguientes: AL NORTE, catorce metros cuarenta y nueve centímetros,con propiedad de CARLOS VILLALOBOS; AL ORIENTE, en trestramos, el primero de Norte a Sur, treinta y cinco metros cuarenta y uncentímetros con propiedad de CARLOS VILLALOBOS; el segundo deOriente a Poniente, seis metros setenta y tres centímetros; y el tercero, deNorte a Sur, doce metros once centímetros, en estos dos últimos tramoscon propiedad de SALVADOR ENRIQUE SANCHEZ VENTURA; ALSUR, nueve metros setenta y cuatro centímetros, con propiedad de JUANENRIQUE LARA CARDONA, Calle Antigua y Calle Nueva queconduce a San Francisco Chinameca; y AL PONIENTE, cincuenta ycuatro metros ocho centímetros, con propiedad de MIGUEL ANGELVASQUEZ.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en la ciudad de San Salvador, a los diez días del mes deabril de dos mil tres.

Lic. JORGE SALOMON CUADRA GONZALEZ,

NOTARIO.

3 v. c. Nº 13495-1

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105DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 25 de Abril de 2003.

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTACIUDAD, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución proveída por este Tribunal a lascatorce horas del día siete de marzo del corriente año, se ha tenido poraceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intes-tada, dejada a su defunción por el causante señor GUSTAVO ANTO-NIO RIVERA MARTINEZ, conocido por GUSTAVO ANTONIORIVERA, ocurrida el día veinticuatro de octubre del año dos mil dos, enel Hospital Médico Quirúrgico del Seguro Social de la ciudad de SanSalvador, siendo esta ciudad su último domicilio, de parte de las señorasOLIVIA MARTINEZ VEGA DE RIVERA, conocida por OLIVIAMARTINEZ DE RIVERA, ahora OLIVIA MARTINEZ VIUDA DERIVERA, y ANA JULIA RIVERA HENRIQUEZ, en su calidad demadre la primera y la segunda como hija del causante; y se ha conferidoa las aceptantes la administración y representación interinas de lasucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de laherencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Nueva San Salvador, a lasquince horas y cincuenta minutos del día doce de marzo de dos mil tres.Lic. YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic.SANDRA ELIZABETH SANCHEZ DIAZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13332-2

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTACIUDAD, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que por resoluciones proveídas por este Tribunala las diez horas veinte minutos del día once y a las nueve horas treintaminutos del día veinticinco ambas fechas del mes de noviembre delcorriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficiode inventario la herencia intestada dejada a su defunción por el causanteseñor RICARDO ANTONIO ROSALES LEMUS, ocurrida el día ochode abril de dos mil dos, en San Salvador, siendo esta ciudad el lugar desu último domicilio, de parte de la menor MELISSA ALEXANDRAROSALES MARTINEZ, en calidad de hija del causante, y de la señoraEDELMIRA LEMUS MARTINEZ, en calidad de madre del causante; yse ha conferido a dichas aceptantes la administración y representacióninterinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curado-res de la herencia yacente, debiendo ejercerlas la menor por medio de surepresentante legal señora YESENIA MARISELA MARTINEZ MEJIA,conjuntamente con los aceptantes anteriormente declarados señora SU-SANA GUADALUPE AMAYA ALVARADO DE ROSALES ymenor RICARDO ANTONIO ROSALES AMAYA.-

Librado en el Juzgado de lo Civil de Nueva San Salvador, a lascatorce horas y treinta minutos del día dos de diciembre de dos mil dos.Lic. YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic.SANDRA ELIZABETH SANCHEZ DIAZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13355-2

ANA PATRICIA GUADALUPE ALEGRIA GARCIA, Notario, de estedomicilio, con oficina ubicada en Calle San Carlos Pasaje Rocío númerociento catorce, San Salvador,

HACE SABER: que por resolución de la suscrita Notario, proveídaa las diez horas del día tres de abril del año dos mil tres, se ha tenido por

aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la HerenciaTestamentaria que a su defunción, ocurrida en Colonia Lisboa, AvenidaRocío número ochenta y cinco, de esta ciudad, a las dieciséis horascincuenta minutos del día cinco de marzo del dos mil dos, dejara la señoraMARIA ANTONIA CHONG PALACIOS DE FORES, conocida porMARIA ANTONIA FORES y por MARIA ANTONIA PALACIOSDAMIAN, de parte del señor JORGE ALBERTO PALACIOS DAMIANen concepto de Heredero Testamentario de la causante, habiéndoseconferido la administración y representación interina de la sucesión, conlas facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean conderecho a la referida Herencia, para que se presenten a la referida Oficinaen el término de quince días, contados desde el siguiente a la últimapublicación del presente Edicto.

Librado en la oficina de la Notario ANA PATRICIA GUADALU-PE ALEGRIA GARCIA, en la ciudad de San Salvador, a las once horasdel día tres de abril del año dos mil tres.

Lic. ANA PATRICIA GUADALUPE ALEGRIA GARCIA,

NOTARIO.

3 v. alt. No. 13364-2

AGUSTIN ARTURO ORELLANA LIEVANO, NOTARIO, de estedomicilio, con oficina Notarial ubicada en la Avenida Juan ManuelRodríguez, Número Diecisiete, de Zacatecoluca,

HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, dada enZacatecoluca, a las ocho horas del día treinta de octubre del año dos mildos, se ha tenido por aceptada, expresamente y con beneficio de inven-tario, de parte de MARLENE DEL CARMEN CORTEZ MARMOL, deveintiséis años de edad, de oficios domésticos, del domicilio de Olocuil-ta, la herencia intestada, que a su defunción dejó el causante MARIOANTONIO MARMOL, quien falleció a las quince horas y treintaminutos del día veintisiete de febrero del año dos mil, en el Barrio ElCarmen de Olocuilta, habiendo sido Olocuilta su último domicilio, en sucalidad de hija del referido causante, y se le ha conferido, a la aceptantela administración y representación interinas de tal sucesión, con lasfacultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Zacatecoluca, cinco de noviembre de dos mil dos.

Lic. AGUSTIN ARTURO ORELLANA LIEVANO,

NOTARIO.

3 v. alt. No. 13300-2

MORENA CONCEPCION LAINEZ RAMIREZ, JUEZ DE PRIMERAINSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: que por resolución de las ocho horas y cuarentaminutos del día veintiséis de este mes, dictada por este Juzgado, se hatenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, laherencia intestada que a su defunción dejó el señor JORGE ANTONIOFUENTES quien falleció a la primera hora y cuarenta minutos del díadiecinueve de agosto de mil novecientos noventa y tres, en el HospitalRosales de la ciudad de San Salvador, siendo esta ciudad de Chalatenan-go, su último domicilio; de parte de la señora TULIA AMINTA PICHE

DE SEGUNDA PUBLICACIÓN

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106 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

VIUDA DE FUENTES, en su concepto de cónyuge sobreviviente delcausante. Confiérese a la aceptante la administración y representacióninterina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadoresde la herencia yacente.

Lo que se pone al conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chalatenango, a lascatorce horas y veinte minutos del día veintiséis de marzo del dos mil tres.Lic. MORENA CONCEPCION LAINEZ RAMIREZ, JUEZ DE PRI-MERA INSTANCIA.- Lic. DANIEL ERNESTO LOPEZ DURAN,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13287-2

CONCEPCION ALVAREZ MOLINA, JUEZ DE LO CIVIL DELDISTRITO JUDICIAL DE CIUDAD DELGADO. Al público para losefectos de ley,

HACE SABER: que por resolución de las diez horas y treinta ycinco minutos del día cuatro de abril del presente año; se ha tenido poraceptada expresamente con beneficio de inventario la herencia intestadaque a su defunción dejó la señora ANA MARIA ALVARADO DEPINEDA, quien fue de cuarenta y seis años de edad, de oficios domés-ticos, fallecido el día treinta y uno de agosto del año pasado, en CiudadDelgado, siendo su último domicilio, de parte del señor RUBEN EDUAR-DO PINEDA MORALES, en calidad de Cónyuge sobreviviente de lacausante y los menores SUSANA CAROLINA PINEDA ALVARADOy EDUARDO FRANCISCO PINEDA ALVARADO, en su calidad dehijos de la causante y representados por la Licenciada SILVIA EMILIAGONZALEZ ESCAMILLA. Confiéresele a los aceptantes la adminis-tración y representación interina de la sucesión con las facultades yrestricciones de los curadores de la herencia yacente, la que ejercerán losmenores SUSANA CAROLINA PINEDA ALVARADO y EDUARDOFRANCISCO PINEDA ALVARADO, a través de su representante legalseñor RUBEN EDUARDO PINEDA MORALES, hasta su completamayoría de edad,

Lo que hago de su conocimiento para los efectos legales consi-guientes.

JUZGADO DE LO CIVIL: CIUDAD DELGADO, a las diez horasy cincuenta minutos del día cuatro de abril del año dos mil tres. Licda.CONCEPCION ALVAREZ MOLINA, JUEZ DE LO CIVIL DE CIU-DAD DELGADO.- Licda. SANTOS ELIZABETH QUITEÑO ARIAS,SECRETARIA.

3 v. alt. No. 13257-2

FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERODE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO: al público para los efectos de ley;

HACE SABER: que por resolución de este Tribunal de las oncehoras de este mismo día, se ha tenido por aceptada expresamente y conbeneficio de inventario, la herencia intestada del causante señor FRAN-CISCO SALVADOR FIGUEROA, fallecido el día nueve de agosto delaño dos mil uno, en el Hospital San Juan de Dios de esta ciudad, siendoel Barrio San Miguelito de esta ciudad el lugar de su último domicilio, departe del señor FRANCISCO ARIAS FIGUEROA, en su concepto dehijo del causante, a quien se le confiere interinamente la administracióny representación de la sucesión, con las facultades y restricciones que laley confiere a los curadores de la herencia yacente.

Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a las once horas quinceminutos del día diez de marzo del año dos mil tres. Lic. FRANCISCOALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.Lic. CARMEN GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA, SECRETA-RIA.

3 v. alt. No. 13229-2

MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DE PARADA, JUEZ SE-GUNDO DE LO CIVIL DE SAN MIGUEL,

HACE SABER: que por resolución de las diez horas y quinceminutos del día diez de marzo del dos mil tres, se ha tenido por aceptadaexpresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que asu defunción dejó FRANCISCO MARIN HERNANDEZ o FRANCIS-CO MARIN, quien falleció a las doce horas y quince minutos del díaveintitrés de noviembre del año dos mil dos, en el Hospital Nacional SanJuan de Dios de esta ciudad, siendo su último domicilio esta ciudad departe de la señora ROSA MARIA VILLALTA MARIN DE RENDE-ROS, en calidad de hija del causante. Y se le ha conferido a la aceptanteen el carácter antes indicado la administración y representación interinade la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de laherencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SANMIGUEL, a las diez horas y veinticinco minutos del día diez de marzodel dos mil tres. Dra. MARIA ESTHER FERRUFINO VIUDA DEPARADA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.- Licda. MARTA DOLO-RES COREAS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. 13254-2

NELLY EDITH POZAS HENRIQUEZ, Jueza de Primera Instancia(suplente), de este Distrito Judicial,

HACE SABER: que por resolución de este Juzgado dictada a lasonce horas, cinco minutos del día diez de marzo de dos mil tres, se hatenido por aceptada expresamente con beneficio de inventario, laherencia intestada que a su defunción dejó JORGE ARTEAGA conocidopor JORGE ARTEAGA MIRANDA, quien falleció el veintisiete defebrero de mil novecientos noventa y cuatro, en Ilobasco, departamentode Cabañas, lugar de su último domicilio, por parte de ANA ILMAARTEAGA, conocida por ANA ILMA ARTEAGA DE ESPINOZA,cesionaria de los derechos hereditarios que le corresponden a la señoraANDREA DEL CARMEN FLORES DE ARTEAGA, en calidad decónyuge sobreviviente del causante, a quien se le ha conferido laadministración y representación interina de la sucesión con las facultadesy restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ilobasco, departa-mento de Cabañas a las once horas, cincuenta minutos del día diez demarzo de dos mil tres. Licda. NELLY EDITH POZAS HENRIQUEZ,JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA (SUPLENTE).- Br. CELIO GER-MAN MENJIVAR ROMERO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13241-2

EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTEDISTRITO JUDICIAL, PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER : que por resolución de este Juzgado a las diez horasquince minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y conBeneficio de Inventario de parte de los señores ROSA MIRIAN ORE-

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107DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 25 de Abril de 2003.

LLANA DE VELASQUEZ, CONSUELO ELIZABETH, SANDRAJEANETH, GREGORIO ALFREDO, TORIBIO ELISANDRO y JESUSJAIME, todos de apellido ORELLANA MENDOZA, la herencia intes-tada dejada a su defunción por el señor TORIBIO DE JESUS ORELLA-NA GUERRA, quien falleció el día catorce de enero del presente año, ala edad de cincuenta y ocho años, en el Caserío La Trinidad Del Rosario,Cantón San Isidro, San Pablo Tacachico, de esta jurisdicción, siendo éstesu último domicilio, en su concepto de hijos del causante. Confiriéndo-sele a los aceptantes en el concepto antes indicado la administración yrepresentación interina de la indicada sucesión, con las facultades yrestricciones de los curadores de la herencia yacente.

Cítense a las personas que se creen con derecho a la sucesión paraque se presenten a este Juzgado a deducirla.

Lo que se pone a conocimientos del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a lasonce horas treinta minutos del día diecinueve de marzo del año dos miltres. Lic. JOSE ORLANDO HERNANDEZ BUSTAMANTE, JUEZ DEPRIMERA INSTANCIA.- Lic. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES,SECRETARIO.

3 v. alt. No. 13216-2

RAMON HERMINIO PORTILLO CAMPOS, JUEZ DE PRIMERAINSTANCIA SUPLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER : que por resolución proveída por este Tribunal, alas diez horas y treinta minutos del día dieciséis de enero de dos mil tres,se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario laherencia intestada que a su defunción dejó el causante MARCOSFRANCISCO LINARES VASQUEZ, conocido por MARCOS LINA-RES y por MARCOS FRANCISCO LINARES ; quien falleció el día unode diciembre del año dos mil uno, en el Cantón El Guayabo, de laJurisdicción de Armenia, de parte de JUAN OSWALDO AREVALOLINARES, en su concepto de hijo sobreviviente del expresado causante,se le ha conferido al aceptante indicado en el concepto antes expresadola Administración y Representación Interina de la Sucesión, con lasfacultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que avisa al público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la Ciudad deArmenia a los diecisiete días del mes de enero de dos mil dos. Licdo.RAMON HERMINIO PORTILLO CAMPOS, JUEZ DE PRIMERAINSTANCIA, SUPLENTE.- Licdo. RAFAEL ANTONIO CUELLARANGEL, SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 13208-2

HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL DELDISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA.

HACE SABER : al público para los efectos de ley, que porresolución proveída por este Tribunal, a las ocho horas del día siete deenero de dos mil tres, se ha tenido por aceptada expresamente, conbeneficio de inventario la Herencia Intestada, que a su defunción ocurri-da a las trece horas treinta minutos del día treinta y uno de enero de milnovecientos noventa y nueve, en el Cantón El Coco de esta Jurisdicción,siendo su último domicilio la Ciudad de Chalchuapa; dejó el señorRICARDO ANTONIO RIVERA SALAZAR conocido por RICARDORIVERA, quien fue de sesenta y siete años de edad, casado, Agricultor,de parte del señor JOSE OLIVERIO RIVERA, en su concepto de hijo delexpresado causante; a quien se le nombra INTERINAMENTE Adminis-trador y Representante de la Sucesión, con las facultades y restriccionesde los Curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a todas las personas que se crean con derecho a la Herencia,para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quincedías contados desde el siguiente a la tercera publicación del Edictorespectivo.

Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las nueve horas del día nueve deenero de dos mil tres. Licdo. HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA,JUEZ DE LO CIVIL .- Licdo. HENRY OVIDIO GARCIA RODRI-GUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 13206-2

EL INFRASCRITO JUEZ, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución de las once horas de este día,pronunciada por este Tribunal, se ha tenido por aceptada expresamentey con beneficio de inventario la Herencia Intestada que dejó al fallecerla señora BERTA MARINA CASTRO RODRIGUEZ o BERTA MARI-NA CASTRO, el día veintiocho de febrero del corriente año, en laColonia Rodríguez de esta ciudad, lugar que tuvo como último domicilio,de parte de los señores HECTOR DAVID CASTRO RODRIGUEZconocido por HECTOR DAVID CASTRO y FRANCISCO ANTONIOCASTRO RODRIGUEZ, conocido por FRANCISCO ANTONIO CAS-TRO, en calidad de hermanos de la causante, confiéreseles la Adminis-tración y Representación Interina de la Sucesión con las facultades yrestricciones de los Curadores de la Herencia yacente.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que sepresenten a este Juzgado, a deducirlo en el término de quince díasdespués de la tercera publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil :Usulután, a los nueve días delmes de abril de dos mil tres. Lic. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DELO CIVIL.- Br. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ, SE-CRETARIA.

3 v. alt. Nº 13167-2

FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERODE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO, AL PUBLICO PARA LOSEFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que por resolución de este Tribunal de las nuevehoras cinco minutos de este mismo día, se ha tenido por aceptadaexpresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada delseñor RICARDO ERNESTO LEON VILLALTA, fallecido el día quincede febrero del año dos mil dos, en el Hospital Médico Quirúrgico delSeguro Social, de la ciudad de San Salvador, siendo la ciudad de SantaAna, el lugar de su último domicilio, de parte de la señora GRACIELABERGELINA LOPEZ PINEDA, y menor RICARDO ALBERTOLEON LOPEZ, la primera en su concepto de cónyuge sobreviviente yel segundo en su concepto de hijo del referido causante, a quienes se lesconfiere interinamente la administración y representación de la sucesión,con las facultades y restricciones que la ley confiere a los curadores dela herencia yacente, la que ejercera el menor RICARDO ALBERTOLEON LOPEZ, por medio de su madre y representante legal señoraGRACIELA BERGELINA LOPEZ PINEDA.

Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a las nueve horas veinteminutos del día doce de febrero del año dos mil tres. Lic. FRANCISCOALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.Lic. CARMEN GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA, SECRETA-RIA.

3 v. alt. No. 13144-2

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108 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

MARIA ESTHER FERRUFINO V. DE PARADA, JUEZ SEGUNDODE LO CIVIL, SAN MIGUEL,

HACE SABER: que por resolución de las ocho horas cuarentaminutos del día veintiocho de marzo del dos mil tres. Se ha tenido poraceptada expresamente y con beneficio de inventario de la herenciaIntestada que a su defunción dejó el señor JOSE HECTOR QUINTANI-LLA NOBLES, conocido por HECTOR QUINTANILLA NOBLE y porHECTOR QUINTANILLA, quien falleció a las tres horas treinta minu-tos del día once de abril de mil novecientos ochenta y tres, en el CentroMédico de Oriente de esta ciudad, siendo su último domicilio en estaciudad, de parte de la señora BLANCA ESPERANZA NOBLE, encalidad de hija del causante. Y se le ha conferido a la aceptante en elcarácter antes indicado la Administración y Representación Interina dela Sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de laHerencia Yacente.

Lo que se pone del conocimiento del público para los efectoslegales.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel a las ochohoras cuarenta y cinco minutos del día veintiocho de marzo del dos miltres. Dra. MARIA ESTHER FERRUFINO V. DE PARADA, JUEZSEGUNDO DE LO CIVIL.- Licda. MARTA DOLORES COREAS,SECRETARIA.-

3 v. alt. Nº 13128-2

DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIME-RA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHINAMECA,

HACE SABER :que por resolución proveída por este Juzgado a lasdoce horas del día veinticuatro de enero del corriente año; se tuvo poraceptada expresamente y con beneficio de inventario la Herencia Intes-tada que al fallecer dejó la causante señora VICTORINA REYES DEMARTINEZ, conocida por VICTORINA REYES LOPEZ y porVICTORINA REYES, fallecida a las ocho horas once minutos del díadieciocho de septiembre del año dos mil dos, en el Barrio El Calvario dela Ciudad de San Rafael Oriente de este distrito, Departamento de SanMiguel, siendo su último domicilio la Ciudad de San Rafael Oriente; departe de ROSA ELENA MARTINEZ REYES, conocida por ROSAELENA MARTINEZ, en su concepto de hija de la causante, y ademáscesionaria de los derechos hereditarios que en la sucesión les correspon-de a JOSE TOMAS MARTINEZ, conocida por TOMAS MARTINEZ yMARIO ARNULFO MARTINEZ REYES, el primero en calidad decónyuge y el segundo hijo de la causante mencionada. Nómbrase a laaceptante en el carácter dicho Administradora y Representante Interinade la sucesión de que se trata, con las facultades y restricciones quecorresponde a los curadores de la herencia.

Publíquense los edictos de ley.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectoslegales.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chinameca, a las docehoras del día tres de febrero del año dos mil tres. Licda. DINORA DELCARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-CIA.- ROSALIA DE JESUS PACHECO, SECRETARIA.

3 v. alt. Nº 13113-2

EL INFRASCRITO JUEZ al público para los efectos de ley,

HACE SABER : que por resolución de las nueve horas de este día,se ha ordenado la venta en pública subasta del inmueble objeto del

presente juicio, en el Juicio Civil Ejecutivo, promovido inicialmente porel Licdo. GUIDO ABDO CABALLERO ACEVEDO, y continuado porel Licdo. JOSE ALEJANDRO MARTINEZ GOMEZ, de veinticincoaños de edad, Abogado de este domicilio, como Apoderado GeneralJudicial del señor JOSE ERNESTO PAZ, de cuarenta y seis años de edad,al iniciarse este proceso Mecánico, de este domicilio; contra la señoraDIGNA EMERITA FLORES CORTEZ, sobre el siguiente inmueble;Una porción de terreno rústico, situado en el Cantón La Laguna de éstajurisdicción Distrito y Departamento de Usulután, desmembrada de unomayor de la capacidad superficial de OCHOCIENTOS TRECE ME-TROS DIEZ DECIMETROS, de las medidas y colindancias siguientes:Norte: dieciocho metros, cincuenta y cinco centímetros, servidumbre depor medio de cuatro metros de ancho, que se ha dejado establecida paradarle salida a esta porción que se describe hacia el rumbo Poniente yOriente, linda con el señor JUAN PABLO FLORES, Oriente: en líneaquebrada compuesta de tres tiros así: de Norte a Sur: mide cuarenta y tresmetros setenta centímetros, se sigue de Oriente: a Poniente; mide tresmetros noventa y cinco, se continúa de Norte a Sur, mide tres metrosveinte centímetros, lindando en estas tres líneas con resto del terreno quele quedo al señor ELIAS FLORES CORTEZ, cerco de alambre propio dela porción que se describe, Poniente: cuarenta y dos metros ochentacentímetros, linda con el resto de terreno que le queda al señor ELIASFLORES CORTEZ, cerco de alambre propio de la porción que sedescribe, Sur: catorce metros ochenta y cinco centímetros, linda con laseñora MARTA HERRERA, muro de ladrillo de por medio propio de lacolindante.- Dicho inmueble está inscrito a favor de la señora DIGNAEMERITA FLORES CORTES, bajo el número SETENTA Y CUA-TRO, del Tomo MIL QUINIENTOS CATORCE de propiedad de estedepartamento.-

Quien quiera hacer postura que ocurran a este Juzgado que seadmitirán siendo legal.-

Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, cuatro de marzo deldos mil tres.- Lic. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Br.MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ, SECRETARIA.-

3 v. alt. Nº 13317-2

JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LOCIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: al público para efectos de ley que por ejecución,promovida en este Juzgado por la LICENCIADA NELLY MARLENEMORENO REYES, Apoderada del FONDO SOCIAL PARA LA VI-VIENDA, contra el señor MARTIN HERNANDEZ conocido por MAR-TIN CORTEZ HERNANDEZ, se venderá en pública subasta en estemismo Juzgado en fecha y por el precio que oportunamente se indicaráel bien inmueble embargado siguiente: “un lote de terreno urbano yconstrucciones que contiene marcado con el número Diecinueve delPolígono TREINTA Y UNO, Pasaje “P-SUR”, de la UrbanizaciónVALLE VERDE, TERCERA ETAPA, situada en el Cantón SanNicolás, Jurisdicción de Apopa, de este Departamento, de una extensiónSuperficial de CINCUENTA METROS CUADRADOS, equivalentes asetenta y uno punto cincuenta y cuatro varas cuadradas, y en él hayconstruida una casa de sistema mixto, y tiene las medidas perímetralessiguientes: AL NORTE: diez punto cero cero metros, AL ORIENTE,cinco punto cero cero metros, AL SUR: diez punto cero cero metros, yAL PONIENTE, cinco punto cero cero metros. El inmueble anterior-mente descrito está inscrito a favor del demandado bajo la MatrículaM01089883, del Registro Social de Inmuebles de esta Ciudad”.

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109DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 25 de Abril de 2003.

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SANSALVADOR, a las quince horas del día siete de febrero del dos mil tres.-Lic. JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LOCIVIL.- Lic. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES DE ALAS,SECRETARIA INTERINA.-

3 v. alt. Nº 13347-2

EL INFRASCRITO JUEZ QUINTO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRI-TO JUDICIAL, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO promovidopor la Licenciada NELLY MARLENE MORENO REYES, en su calidadde Apoderada General Judicial del FONDO SOCIAL PARA LA VI-VIENDA, contra el señor JOSE EMILIANO POSADA ALEMAN, sevenderá en pública subasta en este Tribunal en fecha que oportunamentese indicará el inmueble embargado siguiente: lote número TREINTA delgrupo VEINTISEIS de la URBANIZACION CIMA DE SAN BARTO-LO, situada en jurisdicción de Ilopango de este Departamento, con unaextensión superficial de SESENTA METROS CUADRADOS equiva-lentes a OCHENTA Y CINCO PUNTO OCHENTA Y CINCO VARASCUADRADAS y con un área de construcción de treinta y cuatro metroscuadrados y se localiza, mide y linda: a partir de la intersección de laAvenida la Cima y el pasaje número cuatro se miden sobre el eje delpasaje número cuatro, sesenta y siete punto cincuenta metros, condeflexión derecha de noventa grados y con distancia de dos puntocincuenta metros se llega al esquinero Nor-Oeste del lote que se describe,el cuál tiene los siguientes linderos y medidas: AL NORTE: condistancia de cinco metros y rumbo Norte ochenta y cuatro gradosveinticuatro punto siete minutos este linda con lote número veintiséis delgrupo número veintisiete, propiedad de SURGE, S.A. DE C.V. pasajenúmero cuatro de por medio de cinco metros de ancho; AL ESTE: condistancia de doce metros y rumbo Sur cero cinco grados treinta y cincopunto tres minutos este linda con lote número treinta y uno del gruponúmero veintiséis propiedad de SURGE, S.A. DE C.V. AL SUR: condistancia de cinco metros y rumbo Sur ochenta y cuatro grados veinticua-tro punto siete minutos Este, linda con lote número siete del gruponúmero veintiséis, propiedad de VISION, S.A. DE C.V.; AL OESTE:con distancia de doce metros y rumbo Norte cero cinco grados treinta ycinco punto tres minutos Oeste linda con lote número veintinueve delgrupo número veintiséis, propiedad de SURGE, S.A. DE C.V. El terrenoantes descrito esta inscrito a favor del demandado señor JOSE EMILIANOPOSADA ALEMAN, en el Sistema de Folio Real Computarizadonúmero M CERO CINCO CERO CUATRO TRES SEIS CINCO SIETEAsiento CERO CERO CERO UNO. Del Registro de la Propiedad Raíze Hipotecas de la Primera Sección del Centro de este Departamento.

LIBRADO EN EL JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL: SanSalvador, a las nueve horas con cuarenta y cinco minutos del díadiecisiete de febrero del año dos mil tres.- Lic. CARLOS ROBERTOURBINA AVILES, JUEZ QUINTO DE LO CIVIL. Lic. ANGELANTONIO CORNEJO CAÑENGUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 13345-2

CARLOS ROBERTO URBINA AVILES, JUEZ QUINTO DE LOCIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: al público para efectos de ley, que por Ejecuciónseguida en este Tribunal por la Licenciada NELLY MARLENE MORE-

NO REYES, en su carácter de apoderada Especial Judicial del FONDOSOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra el señor RAFAEL ANTONIOCHAVEZ GAVIDIA, reclamándole cantidad de colones y demás acce-sorios legales, se venderá en pública subasta en este Tribunal, en fechaque oportunamente se indicará, el bien inmueble embargado siguiente:un lote de terreno urbano y construcciones que contiene, marcado con elnúmero trescientos cincuenta y cinco, Block C, de la urbanización“VALLE DEL SOL” sita en cantones San Nicolás y las Tres Ceibas,jurisdicción de Apopa, de este Departamento, y tiene la localizaciónmedidas y linderos siguientes: es urbano, esta ubicado en la urbanización“VALLE DEL SOL”, Cantones San Nicolás y las Tres Ceibas, jurisdic-ción de Apopa, de este Departamento, cuya cabida es de cincuenta metroscuadrados, equivalentes a setenta y uno punto cincuenta y cuatro varascuadradas y cuya descripción se inicia, partiendo de la intersección de losejes de la Avenida El Tarrascon y el pasaje número veintisiete de laUrbanización “VALLE DEL SOL”, y midiendo una distancia de docepunto cincuenta metros sobre el eje del pasaje, con rumbo Norte setentay seis grados cuarenta y nueve minutos, cinco segundos Oeste, se llegaa un punto en el cual se hace una deflexión NEGATIVA de noventagrados y midiendo una distancia de dos punto cincuenta metros, se llegael esquinero Nor-Oeste del lote que se describe, el cual mide y linda: ALNORTE: Recta de cinco metros, rumbo Sur setenta y seis grados,cuarenta y nueve minutos, cinco segundos Este, linda con un lote númerotrescientos cincuenta y seis de este mismo Block, pasaje número veinti-siete de cinco metros de ancho de por medio. AL ORIENTE: recta de diezmetros, rumbo Sur trece grados, diez minutos cincuenta y cinco segundosOeste, linda con el derecho de vía de la Avenida El Tarrascón.- AL SUR:recta de cinco metros, rumbo Norte setenta y seis grados, cuarenta ynueve minutos, cinco segundos Oeste, linda con el lote número doscien-tos ochenta y cuatro. AL PONIENTE: recta de diez metros, rumbo Nortetrece grados, diez minutos, cincuenta y cinco segundos Este, linda con ellote número trescientos cincuenta y cuatro de este mismo Block. Loslotes que se mencionan en las colindancias son o han sido propiedad deCERAMICA S.A. DE C.V. El lote así descrito tiene un área de CIN-CUENTA METROS CUADRADOS equivalentes a SETENTA Y UNOPUNTO CINCUENTA Y CUATRO VARAS CUADRADAS, con unárea de construcción de DIECISEIS PUNTO SETENTA Y CINCOMETROS CUADRADOS, cuyo valor se estima en VEINTIDOS MILDOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO COLONES CUARENTACENTAVOS. El lote antes descrito esta inscrito a favor del ejecutadobajo el Sistema de Folio Real con la Matrícula CERO UNO CERONOVENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS TRES- CERO CEROCERO Inscripción DOS, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecasde la Primera Sección del Centro de este Departamento.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado Quinto de lo Civil: San Salvador, a las docehoras y treinta minutos del día diecisiete de febrero del año dos mil tres.Lic. CARLOS ROBERTO URBINA AVILES, JUEZ QUINTO DE LOCIVIL. Lic. ANGEL ANTONIO CORNEJO CAÑENGUEZ, SECRE-TARIO.

3 v. alt. Nº 13333-2

JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LOCIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: al público para efectos de ley que por ejecución,promovida en este Juzgado por la LICENCIADA NELLY MARLENEMORENO REYES, Apoderada del FONDO SOCIAL PARA LA VI-

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110 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

VIENDA contra la señora JUANA ELIZABETH MARTINEZ OSORIOse venderá en pública subasta en este mismo Juzgado en fecha y por elprecio que oportunamente se indicará el bien inmueble embargadosiguiente: “Un lote de terreno Urbano y construcciones que contienemarcado en el plano de Lotificación respectivo con el número cuarentay uno, del polígono número setenta y nueve, dicho lote forma parte de laurbanización MONTES DE SAN BARTOLO V, SEGUNDA ETAPA,situada en el lugar El Limón, jurisdicción de Soyapango, de estedepartamento, de una extensión superficial de sesenta punto cero cerometros cuadrados equivalentes a ochenta y cinco punto ochenta y cincovaras cuadradas, el cual se describe así: ““Partiendo de la intersección delos ejes de la Avenida Abalam y pasaje número cinco oriente, ambosabiertos en la Urbanización Montes de San Bartolo V, se mide sobre eleje de este último, una distancia de ciento ocho puntos cincuenta metroscon rumbo Sur setenta y nueve grados cincuenta y un minutos cuarentay cuatro segundos Este, se llega a un punto en el cual haciendo unadeflexión izquierda de noventa grados, mide una distancia de dos puntocincuenta metros, se llega al mojón número uno, esquina Sur Ponientedel lote cuya descripción técnica se inicia: AL PONIENTE: partiendo dela intersección del mojón número uno con rumbo Norte diez grados ochominutos dieciséis segundos Este, una distancia de doce metros delongitud, se llega al mojón Dos, linda con el lote número treinta y nuevedel mismo polígono, AL NORTE: partiendo del mojón número dos, conrumbo Sur, setenta y nueve grados cincuenta y un minutos cuarenta ycuatro segundos Este, una distancia de cinco metros de longitud, se llegaal mojón número tres, linda con el lote número cuarenta y dos del mismoPolígono, AL ORIENTE: partiendo del mojón número tres, con rumboSur: diez grados ocho minutos dieciséis segundos Oeste, una distancia dedoce metros de longitud se llega al mojón número cuatro, linda con el lotenúmero cuarenta y tres del mismo polígono, y AL SUR: partiendo delmojón número cuatro, con rumbo Norte setenta y nueve grados cincuen-ta y un minutos cuarenta y cuatro segundos Oeste, una distancia de cincometros de longitud, se llega al mojón número uno, sitio donde se inicióla presente descripción, linda con el lote número cuarenta y dos, polígononúmero setenta y siete del pasaje número cincuenta y seis Oriente de pormedio de cinco metros de ancho. El inmueble antes descrito tiene un áreaconstruida de treinta punto cuarenta y dos metros cuadrados. Dichoinmueble anteriormente descrito se encuentra inscrito a favor de lademandada bajo el Sistema de Folio Real Matrícula Número M CEROUNO CERO VEINTIDOS MIL VEINTITRES, propiedad del RegistroSocial de inmuebles. Ciudad.””

Se admitirán posturas que se hagan siendo legales.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SANSALVADOR, a las nueve horas del día doce de febrero del dos mil dos.Lic. JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LOCIVIL. Lic. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES DE ALAS,SECRETARIA, INTA.

3 v. alt. Nº 13336-2

MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DEESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL PARALOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO promovidopor la Abogada NELLY MARLENE MORENO REYES como apode-rada del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA en contra del señorCARLOS ALFREDO HERNANDEZ GARCIA, reclamándole cumpli-miento de obligaciones y demás accesorios de ley. Se venderá en públicasubasta en este Tribunal el inmueble siguiente: “Un lote de terreno

urbano construido con la SOCIEDAD VIAGUR, S.A. DE C.V., marcadocon el número ONCE del polígono DIECISEIS de la urbanizaciónCIUDAD FUTURA, situada en jurisdicción de Cuscatancingo en losCantones San Luis Mariona Barranca Honda y El Angel, de estedepartamento. El cual se describe así: LOTE NUMERO ONCE, DELPOLIGONO DIECISEIS. Partiendo de la intersección de los ejes de laAvenida Princesa Chasca y pasaje número dieciocho, se miden sobre eleje del pasaje número dieciocho, con rumbo Sur ochenta y ocho gradoscincuenta y cinco punto ochenta y ocho minutos Este, una distancia desesenta punto cincuenta y un metros de longitud, llegando al punto en elque haciendo una deflexión izquierda de noventa grados y midiendo unadistancia de dos punto cincuenta metros, se localiza el vértice NOR-OESTE del lote que mide y linda: AL NORTE: línea recta con rumbo Surochenta y ocho grados cincuenta y cinco punto ochenta y ocho minutosEste y distancia de cinco punto cero cero metros de longitud, lindando eneste tramo con lote número nueve del polígono diecisiete, pasaje diecio-cho de cinco punto cero cero metros de por medio; AL ORIENTE: línearecta con rumbo Sur cero un grados cero cuatro punto doce minutosOeste y distancia de doce punto cero cero metros de longitud, lindandoen este tramo con lote número DOCE del mismo polígono; AL SUR:línea recta con rumbo Norte ochenta y ocho grados cincuenta y cincopunto ochenta y ocho minutos Oeste y distancia de cinco punto cero cerometros de longitud, lindando en este tramo con lote número ONCE-A delmismo polígono; AL PONIENTE: línea recta con rumbo Norte cero ungrados cero cuatro punto doce minutos Este y distancia de doce puntocero cero metros de longitud, lindando en este tramo con lote númeroveinticuatro del polígono. El terreno así descrito tiene una extensiónsuperficial de SESENTA PUNTO CERO CERO METROS CUADRA-DOS, equivalentes a OCHENTA Y CINCO PUNTO OCHENTA YCINCO VARAS CUADRADAS; y un área de construcción de VEINTEPUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS.

El inmueble antes descrito se encuentra inscrito a favor del señorCARLOS ALFREDO HERNANDEZ GARCIA, al Asiento NúmeroCERO UNO-CERO OCHENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS SE-TENTA Y CUATRO-CERO CERO CERO, Inscripción UNO del Regis-tro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Centro.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a las oncehoras con cinco minutos del día veinte de enero del año dos mil tres.MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- Lic.JOSE DANILO ESCOBAR MIRANDA, SECRETARIO INTERINO.

3 v. alt. Nº 13343-2

CARLOS ROBERTO URBINA AVILES, JUEZ QUINTO DE LOCIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO, para losefectos de ley,

HACE SABER: que por resolución proveída por este Juzgado a lasonce horas treinta minutos del día quince de febrero del año dos mil dos,en el Juicio Civil Ejecutivo promovido por la Licenciada NELLYMARLENE MORENO REYES, en su calidad de Apoderada EspecialJudicial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, en contra delseñor GUADALUPE ERNESTO CHAMUL ALEMAN, se venderá enpública subasta en este Tribunal, en fecha que su oportunidad se mencio-nará el inmueble que a continuación se describe: ““Un lote de naturalezaurbana y construcciones que contiene, marcado con en el plano respec-tivo con el número CUARENTA Y OCHO, del polígono TREINTA, de

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111DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 25 de Abril de 2003.

una Extensión Superficial de CINCUENTA METROS CUADRADOS.Dicho lote forma parte de la Urbanización denominada VALLE VERDETERCERA ETAPA, situada en el Cantón San Nicolás, jurisdicción deApopa, departamento de San Salvador, cuyas medidas y linderos son lossiguientes: partiendo de la intersección formada por los ejes de la CallePrincipal y pasaje P Norte se mide sobre el eje de este último con rumboNorte TREINTA GRADOS VEINTICUATRO PUNTO NUEVE MI-NUTOS Este una distancia de CIENTO TRECE PUNTO CINCUENTAMETROS. Haciendo estación en este punto se hace una deflexión deNOVENTA GRADOS negativa y distancia de DOS PUNTO CIN-CUENTA METROS, se llega al vértice Sureste, de donde se inicia lapresente descripción. LADO SUR: Tramo recto con rumbo Norte CIN-CUENTA Y NUEVE GRADOS TREINTA Y CINCO PUNTO UNMINUTO Oeste y distancia de DIEZ METROS, se llega al vérticeSuroeste. Linda en este costado con lote número CUARENTA YNUEVE del mismo polígono. LADO PONIENTE: tramo recto conrumbo Norte TREINTA GRADOS VEINTICUATRO PUNTO NUEVEMINUTOS este y distancia de CINCO METROS, se llega al vérticeNoroeste. Linda en este costado con lote número VEINTIUNO delmismo polígono. LADO NORTE: tramo recto con rumbo Sur CIN-CUENTA Y NUEVE GRADOS TREINTA Y CINCO PUNTO UNMINUTO este y distancia de DIEZ METROS, se llega al vérticeNoroeste. Linda en este costado con lote número CUARENTA Y SIETEdel mismo polígono. LADO ORIENTE: Tramo recto con rumbo SurTREINTA GRADOS VEINTICUATRO PUNTO NUEVE MINUTOSOeste y distancia de CINCO METROS, se llega al vértice sureste, dedonde se inició la presente descripción. Linda en este costado con lotenúmero CINCO de polígono CUARENTA pasaje P Norte de CINCOMETROS de ancho de por medio. El lote así descrito tiene un área deCINCUENTA METROS CUADRADOS, equivalentes a SETENTA YUNA PUNTO CINCUENTA Y CUATRO VARAS CUADRADAS, elinmueble antes descrito se encuentra inscrito a favor del señor GUADA-LUPE ERNESTO CHAMUL ALEMAN, bajo el asiento número CEROCERO TRES, de la matricula M CERO UN MILLON SETENTA MILNOVECIENTOS SETENTA Y UNO, del Registro Social de Inmuebles.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado Quinto de lo Civil: San Salvador a las docehoras y treinta minutos del día veintinueve de enero del año dos mil tres.Lic. CARLOS ROBERTO URBINA AVILES, JUEZ QUINTO DE LOCIVIL.- Lic. ANGEL ANTONIO CORNEJO CAÑENGUEZ.

3 v. alt. Nº 13341-2

MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DEESTE DISTRITO JUDICIAL: AL PUBLICO EN GENERAL PARALOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO promovidopor la Abogada NELLY MARLENE MORENO REYES como Apode-rada del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra el señorAMILCAR ANTONIO VELASQUEZ, conocido por AMILCAR AN-TONIO VELASQUEZ VELASQUEZ, reclamándole cumplimiento deobligaciones, y demás accesorios, se venderá en pública subasta en esteTribunal, el inmueble siguiente: ““Un lote urbano y construcciones quecontiene, marcado con el Número Ciento treinta y cinco, del PolígonoCuatro, del Block I, del Proyecto Habitacional denominado Valle delSol- San Leonardo, situado en Cantón San Nicolás en jurisdicción deCiudad de Apopa.- El inmueble es de naturaleza urbana y en él hayconstruída una casa de sistema mixto, completamente nueva y con todossus servicios la cual tiene un área construída de DIECIOCHO METROSCUADRADOS, el cual se describe así: ““LOTE NUMERO CIENTOTREINTA Y CINCO, POLIGONO CUATRO, BLOCK I.- Es urbano

está situado en la urbanización Valle del Sol-San Leonardo, Cantón SanNicolás, jurisdicción de Apopa, de este Departamento, cuya cabida es deCINCUENTA METROS CUADRADOS equivalentes a SETENTA YUNA PUNTO CINCUENTA Y CUATRO VARAS CUADRADAS ysu descripción se inicia: partiendo de la intersección de los ejes de laAvenida San Leonardo y del Pasaje E Poniente abiertos en dichaurbanización, se miden sobre el eje de este último con rumbo Norteochenta y nueve grados veinticinco punto tres minutos Oeste, unadistancia de cincuenta y seis punto cincuenta metros. Haciendo unadeflexión Derecha de noventa grados con rumbo Norte cero cero gradostreinta y cuatro punto siete minutos Este se miden dos punto cincuentametros y se llega al mojón número uno esquinero Sureste del lote que sedescribe, que mide y linda: AL ESTE: recta de diez punto cero cerometros con rumbo Norte cero cero grados treinta y cuatro punto sieteminutos Este, linda con lote ciento treinta y seis de polígono cuatro,Block I. AL NORTE: recta de cinco punto cero cero metros con rumboNorte ochenta y nueve grados veinticinco punto tres minutos Oeste lindacon lote ciento doce del polígono cuatro, Block I. AL OESTE: recta dediez punto cero cero metros con rumbo Sur cero cero grados treinta ycuatro punto siete minutos Oeste linda con lote número ciento treinta ycuatro del polígono cuatro, Block I. AL SUR: recta de cinco punto cerocero metros con rumbo Sur ochenta y nueve grados veinticinco punto tresminutos Este, linda con lote ciento cincuenta y dos del polígono cinco delBlock I, pasaje E Poniente de por medio de cinco metros de ancho.- Loslotes mencionados en las colindacias son o han sido propiedad de lasociedad vendedora””. El inmueble antes mencionado se encuentrainscrito a favor del demandado señor AMILCAR ANTONIO VELAS-QUEZ, conocido por AMILCAR ANTONIO VELASQUEZ VELAS-QUEZ bajo el Asiento CERO CERO DOS, de la Matrícula Número MCERO UNO CERO TRES CINCO NUEVE UNO SIETE, del Registrode la Propiedad Raíz e Hipotecas Registro Social de Inmuebles.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a las ochohoras y treinta minutos del día nueve de enero del año dos mil tres.MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- Lic.JOSE DANILO ESCOBAR MIRANDA, SECRETARIO, INTO.

3 v. alt. Nº 13338-2

LA INFRASCRITA JUEZA SUPLENTE DEL JUZGADO SEGUN-DO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, ALPUBLICO EN GENERAL.

HACE SABER: que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovidopor la Licenciada ISABEL DE GUADALUPE URRUTIAALMENDARES, como Apoderada General Judicial de la CAJA DECREDITO DE SANTIAGO NONUALCO, SOCIEDAD COOPERA-TIVA DE R. L. DE C. V., contra la señora ANGELA ESCALANTE oANGELA ESCALANTE ALONZO, se venderá en pública subasta eneste tribunal en fecha que será señalada posteriormente el inmueble quea continuación se describe: “INMUEBLE urbano, situado en el BarrioSan Sebastián, Jurisdicción de Zacatecoluca en el Depto. de La Paz, deCIENTO CUARENTA Y OCHO METROS SESENTA Y OCHO CEN-TIMETROS SETENTA Y CINCO MILIMETROS CUADRADOS deextensión superficial, aproximadamente, que mide y linda AL NORTE,diecinueve metros cincuenta centímetros, con predio de doña TERESAVIUDA DE CHAVEZ, pared de bahareque de la colindante de pormedio; AL ORIENTE , siete metros cincuenta centímetros, con solar deSERGIO CORDOVA, pared de ladrillo propia de por medio; AL SUR,diecinueve metros cincuenta centímetros, con predios de CONCEP-CION MARTINEZ y FERNANDO ALONSO VASQUEZ, primeropared de ladrillo propia y luego pared de bahareque del colindante; AL

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112 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

PONIENTE, siete metros setenta y cinco centímetros, con predio deSERGIO CORDOVA, Décima Avenida Norte de por medio. Dentro desus linderos hay una casa con paredes de ladrillo y techo de tejas;” ElInmueble anteriormente descrito se encuentra inscrito al Número NO-VENTA Y CINCO del Libro TRESCIENTOS OCHENTA Y OCHO, afavor de la señora ANGELA ESCALANTE conocida por ANGELAESCALANTE ALONZO.-

Se admitirán posturas siendo legales lo que se avisa al público paralos efectos de ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCAN-TIL: San Salvador, a las once horas y cuarenta minutos del día veinticin-co de febrero del dos mil tres.- Licda. ROSA ESTELA MORALES DEPORTILLO, JUEZA SEGUNDO DE LO MERCANTIL SUPLENTE,Licda. TERESA DE JESUS VASQUEZ VASQUEZ., SECRETARIA.-

3 v. alt. Nº 13353-2

EL INFRASCRITO JUEZ, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que por resolución de las once horas y cincominutos de este día, se ha ordenado la VENTA EN PUBLICA SUBAS-TA, en el Juicio Civil Ejecutivo, promovido primeramente por elLicenciado GUIDO ABDO CABALLERO ACEVEDO, de treinta y seisaños de edad, Abogado, de este domicilio, como apoderado de la señoraLETICIA ARACELY QUINTEROS DE PAZ, quien es de treinta y ochoaños de edad, de oficios domésticos, de este domicilio, y seguido por elLicenciado DAGOBERTO ARNULIO GUARDADO GONZALEZ, desesenta y siete años de edad, Abogado y Notario, de este domicilio, comoApoderado General Judicial de la señora: MARCOS ANGELICA QUIN-TANILLA MEJIA, de setenta y cinco años de edad, de oficios domés-ticos, de este domicilio, y continuado por el Licenciado JOSE ALEJAN-DRO MARTINEZ GOMEZ, de veintiséis años de edad, Abogado de estedomicilio, Apoderado General Judicial de la señora LETICIA ARACELYQUINTEROS DE PAZ, contra la señora MARCOS ANGELICA QUIN-TANILLA MEJIA, del siguiente inmueble: “Una porción de terreno denaturaleza rústica, desmembrada de uno mayor, situada en los arrabalesdel Barrio de Candelaria de esta ciudad, Distrito y Departamento deUsulután, de la capacidad de DOS MIL CUATROCIENTOS NOVEN-TA METROS NOVENTA Y SEIS DECIMETROS Y CUARENTA YOCHO CENTIMETROS CUADRADOS, pero en realidad es de DOSMIL NOVECIENTOS TREINTA Y SIETE CINCUENTA Y NUEVEDECIMETROS Y CINCUENTA MILIMETROS CUADRADOS, delos linderos especiales siguientes: AL ORIENTE, con porción vendidaa IRMA ORBELINA QUINTANILLA, cerco propio; AL NORTE: conporción vendida a DAGOBERTO ARNULIO GUARDADO y ANTO-NIA ORTEGA, cerco propio; AL PONIENTE: con porción vendida aGRISELDA MELANY QUINTANILLA, cerco propio y AL SUR conporción vendida a MANUEL ANTONIO QUINTANILLA hijo, cercopropio.- Inscrita en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de laSegunda Sección de Oriente, bajo el Número: CUARENTA Y UNO, delTomo: MIL QUINIENTOS OCHO, de Propiedad del Departamento deUsulután.-

Quién quiera hacer posturas que ocurra que se le admitirán siendolegal.-

Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los once días del mesde marzo del dos mil tres.- Lic. JOSE ANTONIO GAMEZ, JUEZ DELO CIVIL. - Br. MIRNA MARISOL SIGARAN HERNANDEZ, Sria.-

3 v. alt. Nº 13319-2

CONCEPCION ALVAREZ MOLINA, JUEZ DE LO CIVIL DE CIU-DAD DELGADO.

AVISA: que en el Juicio Ejecutivo Civil promovido por el Aboga-do ATILIO RAMIREZ AMAYA hijo, Apoderado Especial Judicial delFondo Social para la Vivienda, en contra de la señora MORENAHAYDEE MONICO GAVIDIA, por medio de su Curador EspecialLicenciada MARTA YESENIA GUIDOS BARRERA, se venderá enPública Subasta en este Tribunal el bien inmueble propiedad de la señoraMORENA HAYDEE MONICO GAVIDIA, consistente en un Lote deTerreno Urbano, marcado con el número Setenta y Tres, PolígonoTreinta y Uno, el cual forma parte de la Urbanización Ciudad Futura,Jurisdicción de Cuscatancingo, Departamento de San Salvador, situadoen los Cantones de San Luis Mariona y Barranca Honda. Dicho Lote sedescribe así: Partiendo de la intersección de los ejes del pasaje ElTempisque y pasaje número treinta y tres, ambos abiertos en la Urbani-zación Ciudad Futura, se mide sobre el eje de este último con rumboNorte ochenta y ocho grados cincuenta y cinco punto nueve minutosOeste y distancia de veintiuno punto cincuenta metros, llegando a unpunto donde se efectúa una deflexión izquierda de noventa grados y unadistancia de dos punto cincuenta metros se llega al mojón número uno,esquinero Nororiente, del Lote que a continuación se describe: ALNORTE, partiendo del mojón Número Uno, con rumbo Norte ochenta yocho grados cincuenta y cinco punto nueve minutos Oeste, y distanciade cinco punto cero metros se llega al mojón número dos, lindando poreste lado con Lote Número Siete Polígono Número Treinta y Dos, pasajenúmero Treinta y Tres de por medio de cinco punto cero metros de ancho.AL PONIENTE, partiendo del mojón número dos con rumbo Sur ungrado cuatro punto uno minutos Oeste y distancia de doce punto cerometros, se llega al mojón número tres, lindando por este lado con Lotenúmero Setenta y Uno del mismo polígono. AL SUR; partiendo delmojón número tres con rumbo Sur ochenta y ocho grados cincuenta ycinco punto nueve minutos Este y distancia de cinco punto cero metrosse llega al mojón número cuatro, lindando por este lado con Lote númerosetenta y dos del mismo polígono. AL ORIENTE: partiendo del mojónnúmero cuatro con rumbo Norte un grado cuatro punto uno minutos Este,y distancia de doce punto cero metros, se llega al mojón número uno, sitiodonde se inició la presente descripción, lindando por este lado con el Lotenúmero Setenta y Cuatro del mismo polígono. El Lote así descrito tieneun área de SESENTA PUNTO CERO METROS CUADRADOS, equi-valente a OCHENTA Y CINCO PUNTO OCHENTA Y CINCOVARAS CUADRADAS. Tiene un área construida de veintiséis puntotreinta y cinco metros cuadrados cuyo valor de la construcción es deTREINTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y OCHOCOLONES. Dicho inmueble se encuentra inscrito a favor de la señoraMORENA HAYDEE MONICO GAVIDIA, en el Sistema de Folio RealMatrícula número cero uno ciento veintidós mil ochocientos nueve-cerocero cero, Inscripción Uno, e hipotecado a favor de la Instituciónejecutante bajo Sistema de Folio Real con la Matrícula CERO UNOUNO DOS DOS OCHO CERO NUEVE - CERO CERO SEIS inscrip-ción CINCO. Ambas inscripciones corresponden al Registro de laPropiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, de esteDepartamento. Se admitirán posturas siendo legales.-

Lo que se avisa al público para los efectos legales consiguientes.

JUZGADO DE LO CIVIL: Ciudad Delgado, a las doce horas ycuarenta minutos del día veinte de marzo del dos mil tres.- Licda.CONCEPCION ALVAREZ MOLINA, JUEZ DE LO CIVIL. - Licda.SANTOS ELIZABETH QUITEÑO ARIAS, SECRETARIA.-

3 v alt. Nº 13253-2

MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DEESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL PARALOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO, promovi-do por el Abogado ATILIO RAMIREZ AMAYA hijo, como Apoderado

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113DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 25 de Abril de 2003.

del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra el señor JOSERICARDO ORANTES OSEGUEDA, reclamándole cumplimiento deobligaciones y demás accesorios se venderá en pública subasta en esteTribunal, el inmueble siguiente: "Un Inmueble de naturaleza rústica hoyUrbanizado, situado en el Cantón Primavera, jurisdicción de Quezalte-peque, Departamento de La Libertad, de una extensión superficial deTREINTA MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS PUNTOOCHENTA Y TRES METROS CUADRADOS. En dicho inmueble seha desarrollado la Urbanización denominada "PRIMAVERA", de lacual se desmembra el Lote marcado con el número SIETE del Block "C"de un área de CINCUENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS,con un área de construcción de TREINTA PUNTO SETENTA Y TRESMETROS CUADRADOS, el que se localiza y describe así: partiendo delpunto de intersección formado por los ejes de la Calle Principal y elPasaje Número Dos Norte, ambos abiertos en la Urbanización se midesobre el eje del pasaje número Dos Norte con rumbo Norte dieciséisgrados treinta y cuatro punto cinco minutos Este una distancia deveintisiete punto veinticinco metros, en donde con una deflexión derechade noventa grados y una distancia de dos punto veinticinco metros, sellega al esquinero Noroeste o mojón número uno del Lote que se describe,mide y linda así: AL NORTE: partiendo del mojón número uno, conrumbo Sur setenta y tres grados veinticinco punto cinco minutos Este ydistancia de nueve metros se llega al mojón número dos, lindando poreste tramo con lote número seis del Block "C" de la misma Urbanización:AL ORIENTE: partiendo del mojón número dos, con rumbo Surdieciséis grados treinta y cuatro punto cinco minutos Oeste y distancia deseis metros, se llega al mojón número tres, lindando por este tramo conlote número trece del Block "C" de la misma Urbanización: AL SUR:partiendo del mojón número tres, con rumbo Norte setenta y tres gradosveinticinco punto cinco minutos Oeste y distancia de nueve metros sellega al mojón número cuatro, lindando por este tramo con lote númeroocho del Block "C" de la misma Urbanización; y AL PONIENTE:partiendo del mojón número cuatro, con rumbo Norte dieciséis gradostreinta y cuatro punto cinco minutos Este y distancia de seis metros sellega al mojón número uno donde se inició la presente descripción,lindando por este tramo con lote número trece del Block "B" de la mismaUrbanización; pasaje número Dos Norte de cuatro punto cincuentametros de ancho de por medio. El lote así descrito tiene una extensiónsuperficial de CINCUENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS,equivalentes a SETENTA Y SIETE PUNTO VEINTISEIS VARASCUADRADAS". El inmueble antes descrito se encuentra inscrito a favordel demandado JOSE RICARDO ORANTES OSEGUEDA, al númeroVEINTITRES del Libro DOS MIL SETECIENTOS VEINTICUA-TRO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Cuarta Seccióndel Centro.-

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a lasocho horas y treinta minutos del día diecisiete de febrero del año dos miltres.- MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.Lic. JOSE DANILO ESCOBAR MIRANDA. SECRETARIO Into.

3 v. alt. Nº 13251-2

LA INFRASCRITA JUEZA SUPLENTE DEL JUZGADO SEGUNDODE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICOEN GENERAL,

HACE SABER: que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovidoinicialmente por el licenciado HUMBERTO PADILLA BONILLA yactualmente por el Licenciado ALFONSO ADAN FLORES ZELAYA,como Apoderados Generales Judiciales del BANCO DE COMERCIODE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA; contra la señora ADE-LA ORANTES DE ALFARO, se venderá en pública subasta en estetribunal, en fecha que será señalada posteriormente el inmueble que acontinuación se describe: ""UN INMUEBLE de naturaleza urbana en

el Residencial Tazumal, Apartamento Número Cuatro del Edificio Subicado en primer nivel ala SUR, jurisdicción de Ayutuxtepeque en elDepartamento de San Salvador, y en él se encuentra construida unApartamento de sistema mixto, con todos sus servicios, que tiene lalocalización, medidas y linderos siguientes: partiendo de la intersecciónde los ejes del pasaje uno y pasaje C, ambos abiertos en este condominiose mide sobre el eje último, una distancia de sesenta punto ochenta metrosrumbo NORTE veintiocho grados cuarenta minutos ESTE, luego condeflexión izquierda de noventa grados se mide uno punto diez metrosllegando al vértice NORORIENTE del apartamento veinticuatro de esteedificio desde este punto dos punto setenta y cinco metros verticalmentehacia abajo se encuentra el vértice NORORIENTE de este apartamentocuya elevación sobre el nivel del mar es de seiscientos cincuenta y seismetros que mide y linda: al ORIENTE cinco punto veinte metros rumboSUR cuarenta grados treinta minutos OESTE con pasaje C de estecondominio; al SUR cinco punto diecisiete metros rumbo NORTEcuarenta y nueve grados treinta minutos OESTE con jardines de aparta-mento cuatro y veinticuatro de este edificio, al PONIENTE, cinco puntoveinte metros rumbo NORTE cuarenta grados treinta minutos ESTE, conapartamento tres de este edificio, pared de quince centímetros de espesorde por medio; al NORTE cinco punto diecisiete metros rumbo SURcuarenta y nueve grados treinta minutos ESTE con apartamento uno deeste edificio, pasillo de acceso de dos metros de ancho de por medio. Porla parte superior con apartamento veinticuatro, losa densa nervada de pormedio y por la inferior con el bien raíz de este condominio. El áreaconstruida es de veintisiete metros cuadrados. Este apartamento cuentacon un jardín propio que se describe así: partiendo del vértice SUROES-TE de este apartamento, el cual es el mismo vértice NOROESTE deljardín que se describe y linda: al ORIENTE dos metros rumbo SURcuarenta grados treinta minutos OESTE con pasaje C de este condomi-nio: al SUR dos punto cincuenta y ocho metros rumbo NORTE, cuarentay nueve grados treinta minutos OESTE, con jardín de apartamentos unoy dos de Edificio R de este condominio, pasaje dos, de dos metros deancho de por medio; al PONIENTE dos metros rumbo NORTE cuarentagrados treinta minutos ESTE con jardín de apartamento cuatro de esteedificio; al NORTE dos punto cincuenta y ocho metros rumbo SURcuarenta y nueve grados treinta minutos ESTE con apartamento cuatrode este edificio. Su área es de cinco punto dieciséis metros cuadrados; elapartamento y jardín antes descrito son propiedad de la señora ADELAORANTES DE ALFARO y se encuentra inscrito al número de matrículaCERO UNO-CERO OCHENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS SE-TENTA Y SIETE-CERO CERO CERO de propiedad de este departa-mento.

Se admitirán posturas siendo legales lo que se avisa la público paralos efectos de ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCAN-TIL: San Salvador, a las nueve horas y cincuenta minutos del día catorcede febrero del dos mil tres. Licda. ROSA ESTELA MORALES DEPORTILLO, JUEZA SEGUNDO DE LO MERCANTIL SUPLENTE.Licda. TERESA DE JESUS VASQUEZ VASQUEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. Nº. 13238-2

MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRI-TO.

HACE SABER: que a este Tribunal se ha presentado la señoraBLANCA MARGARITA LOPEZ DE RIVERA, de cuarenta y dos añosde edad, Secretaria, de este domicilio, solicitando Título Supletorio delsiguiente inmueble: de naturaleza urbana, ubicado en Final Sexta Calle

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114 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

Poniente y Cuarta Avenida Sur, número tres guión cinco, Barrio Veracruzde esta ciudad, cuya descripción técnica es la siguiente: partiendo de laintersección de los ejes, Final Sexta Calle Oriente y Final Cuarta AvenidaSur, se mide sobre este último, una distancia de dos punto cuarentametros, se llega a un punto desde donde con una deflexión izquierda denoventa grados y una distancia de cinco punto cuarenta metros, selocaliza el esquinero Poniente, de la propiedad que mide y linda: alNORTE, línea recta un solo tramo con una distancia de once puntocuarenta metros lindando con propiedad de CATALINA DE LOPEZ; alORIENTE: línea recta de un solo tramo con una distancia de nueve puntotreinta y tres metros, lindando con zona de protección del Río Sensunapánde por medio; al SUR, línea de un solo tramo con una distancia de oncepunto cuarenta metros, lindando con Proveedora del Pacífico S.A. deC.V., al Poniente: línea recta de un solo tramo con un distancia de nuevepunto treinta y tres metros, lindando con Sexta Calle Poniente de seismetros de rodaje. El terreno tiene área superficial de ciento seis puntotreinta y seis metros cuadrados. Lo tiene en posesión desde el año de milnovecientos ochenta, con permiso de la Alcaldía Municipal de Sonsona-te, según informe de Ficha Catastral.

Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.

JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las nueve horas treintaminutos del día veinte de marzo del dos mil tres. Dr. MARIO MOISAMARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. CECILIA DEL CARMENCEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 13340-2

JOSE MAURICIO GUERRA GUERRA, JUEZ DE LO CIVIL DEESTE DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL, AL PUBLICO PARALOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: que a este Juzgado se ha presentado la señoraJEANNETTE DEL ROSARIO GUZMAN TORRES, de veintiochoaños de edad, Secretaria y del domicilio de esta ciudad, por medio de suApoderado General Judicial Licenciado HUGO JAVIER DIAZ CAM-POS, solicitando TITULO SUPLETORIO, sobre el siguiente inmueble:“Un terreno de naturaleza rústica situado en el Cantón El Papalón, de esteMunicipio, de las medidas y linderos siguientes: al ORIENTE, consta deun solo tramo con rumbo Sur trece metros con ochenta centímetros,colinda con el señor JOSE RICARDO GONZALEZ, al NORTE, constade dos tramos el primero con rumbo Sur seis metros con treinta centíme-tros, el segundo tramo con rumbo Sur noventa metros treinta y cuatrocentímetros, ambos tramos colindando con la Cooperativa de El Papalóncarretera de por medio, al PONIENTE, consta de un tramo recto conrumbo Norte, dos metros con ochenta y dos centímetros, en línea rectacolindando con FRANCISCO LOPEZ, camino vecinal de por medio, alSUR, consta de dos tramos el primero con rumbo Norte noventa metroscon ochenta centímetros, el segundo tramo con el mismo rumbo seismetros con cincuenta centímetros. Ambos tramos colindando con elseñor Francisco López, calle de por medio antigua a La Unión, con lacapacidad superficial de NOVECIENTOS SETENTA METROS CUA-DRADOS, en el inmueble antes descrito existen dos casas construidas desistema mixto y techo de teja, el inmueble descrito no es dominante nisirviente no existe ningún derecho real que pertenezca a otra persona quedeba respetarse, dicho inmueble no se encuentra en proindivisión connadie. El cual lo adquirió la solicitante por compraventa que hizo al señorROMULO GUZMAN, (ya fallecido), el día quince de enero de milnovecientos ochenta y cinco, la cual se efectuó de palabra y no se hizoconstar por escrito por no tener antecedente inscrito en el Registro de laPropiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Oriente, dicho

inmueble lo valora en la cantidad de VEINTICINCO MIL COLONES.

Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL. San Miguel,a las nueve horas del día veintisiete de marzo del año dos mil tres. Dr.JOSE MAURICIO GUEVARA GUERRA, JUEZ PRIMERO DE LOCIVIL. Lic. JULIO CESAR CAMPOS BRAN, SECRETARIO.

3 v. .alt. Nº. 13280-2

MANUEL PAZ CANALES, Juez Segundo de Primera Instancia de esteDistrito Judicial, al público para los efectos de ley,

HACE SABER: que a este tribunal se ha presentado el señor JOSEJESUS ORLANDO HERNANDEZ MARTINEZ, a solicitar TITULOSUPLETORIO, sobre: un terreno de naturaleza rústica, inculto situadoen el Caserío San José Cureñas, Cantón Tijeretas de la Jurisdicción deTorola, Departamento de Morazán, de la capacidad Superficial deTREINTA Y DOS MIL SESCIENTOS TREINTA Y DOS METROSCON CINCO DECIMETROS CUADRADOS de las medidas y linderossiguientes: AL ORIENTE, trescientos treinta y ocho metros con FelicianoArgueta; AL NORTE, ciento cuarenta y cinco metros con Juan Argueta;al PONIENTE, ciento veinte metros con Virgilio Argueta y al Sur, cientocuarenta metros con los señores Orlando Martínez y Olga Márquez; quedicho inmueble lo adquirió el mencionado señor HERNANDEZ MAR-TINEZ, por posesión material que le hizo la señora IRMA AFRAMARTINEZ HERNANDEZ, quien es de cincuenta y cuatro años deedad de oficios domésticos, del domicilio de Torola, y lo valúa en lacantidad de DIEZ MIL COLONES EXACTOS.-

Librado el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San FranciscoGotera, a las catorce horas del día diecisiete de Marzo del dos mil tres.-Lic. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ SEGUNDO DE PRIMERAINSTANCIA. Licda. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ,SRIA.

3 v. alt. Nº.13237-2

EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, Juez de Primera Instancia deeste Distrito Judicial; AL PUBLICO; para los efectos de ley;

HACE SABER: que a este Tribunal se ha presentado el señor JOSEAPOLONIO AYALA MONTANO de cuarenta y dos años de edad,empleado y del domicilio de San Lorenzo, solicitando se le extiendaTítulo Supletorio de un inmueble rústico situado en el cantón SantaLucía, jurisdicción de San Lorenzo, de la extensión superficial real deSETECIENTOS ONCE PUNTO VEINTIOCHO METROS CUADRA-DOS, y sus linderos son los siguientes: al ORIENTE: veinte metroscincuenta y cinco centímetros, con terrenos de Luis Alberto Ayala Ruíze Isaías Ayala; al NORTE, cuarenta y dos metros diez centímetros, conJuan Córdova, Angela Ayala de Molina y Manuel Jacobo Mejía Ayala;al PONIENTE, trece metros veinticuatro centímetros, con Isaías Ayalay Juan Córdova Mejía, camino vecinal de por medio; y al SUR, cuarentay dos metros diez centímetros, con otro terreno de propiedad deltitulante.- Por compra que hizo al señor ISAIAS AYALA, y le da el valorde CINCO MIL COLONES.-

Juzgado de Primera Instancia del Distrito de San Sebastián, a lasnueve horas y quince minutos del día cinco de marzo de dos mil tres.- Lic.EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE PRIMERA INS-TANCIA. Br. BESSY CECILIA FABIAN FUENTES, SECRETARIA.

3 v. alt. Nº.13156-2

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115DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 25 de Abril de 2003.

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: que a esta Oficina se han presentado los señoresGLORIA ARGENTINA CUBIAS PONCE, ALEJANDRO CUBIASPONCE, JUAN JOSE CUBIAS PONCE, ambos mayores de edad,originarios de esta Villa, de Nacionalidad Salvadoreña, solicitando se lesextienda título de propiedad de un Solar Urbano, situado en SegundaCalle Poniente, Barrio San Antonio de esta Villa, cuyas medidas ycolindantes son: NORTE: linda con PRISCILA ISABEL PONCE, callede por medio, mide seis metros sesenta y nueve centímetros, ORIENTE:linda con JOSE ALBERTO CUBIAS, mide veintitrés metros, setentacentímetros, SUR: linda con JESUS CUBIAS CARCAMO, mide seismetros noventa centímetros, PONIENTE: linda con FREDIS ANTO-NIO FLORES CUBIAS, mide veintitrés metros noventa centímetros, elinmueble no es sirviente, ni dominante, no tiene cargas o derechos realesde alguna pertenencia, ni está en proindivisión con nadie, lo obtuvieronpor compra que hicieron a la señora BUENAVENTURA CUBIAS yadifunta, lo estiman en la cantidad de veinte mil colones exactos.

Lo que se hace saber al público para los efectos legales consiguien-tes.

Alcaldía Municipal de San Lorenzo, departamento de San Vicente,a tres días del mes de abril del año dos mil tres. Prof. JOSE OVIDIOALVARADO, ALCALDE MUNICIPAL. Br. WILBER ARIEL RAMI-REZ LOPEZ, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. Nº 13279-2

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE CONSTAR: que a ésta Oficina se ha presentado el señor,JOSE ALBERTO MEJIA, mayor de edad, de este domicilio, de Nacio-nalidad Salvadoreña, solicitando se le extienda titulo de propiedad de unsolar rústico, situado en el Cantón Santa Lucía de ésta Jurisdicción, cuyasmedidas y colindantes son: NORTE: linda con Predio Centro Escolar,Tranquilina de Jesús Gavidia, de la esquina de un tapial de ladrillo desaltex de la Escuela pasando por un Maquilihuat. mide treinta y ochometros; continúa la línea brotones de varias clases, alambre de pua, conuna distancia de ciento veintisiete metros cuarenta centímetros, a dar a unpito esquinero, ORIENTE: linda con Tranquilina de Jesús Gavidia, midetreinta y tres metros sesenta centímetros, dos pitos esquineros, SUR.Linda con Predio Municipal, Cancha de Fútbol línea de dos segmentos:mide el primero, ciento veintitrés metros veinticinco centímetros, delpito esquinero a un jocote pitarrillo, alambre de púa brotones de variasclases, sigue la línea hasta un pito esquinero, en veintiséis metros conveinte centímetros, PONIENTE: linda con MAXIMILIANO PONCE,calle de por medio, del pito esquinero a dar a la esquina del tapial deladrillo de saltex de la Escuela, mide treinta y dos metros diez centíme-tros, el inmueble no es sirviente, ni dominante, no tiene cargas o derechosreales de ajena pertenencia, ni está en proindivisión con nadie, lo hubopor compra que hizo a la señora JUANA MEJIA DE CORDOVA, mayorde edad, de este domicilio de Nacionalidad Salvadoreña, lo estima enCUARENTA MIL COLONES EXACTOS.

Lo que se hace saber al público para los efectos legales consiguien-tes.

Alcaldía Municipal de San Lorenzo, departamento de San Vicente,a ocho días del mes de abril del año dos mil tres. Prof. JOSE OVIDIOALVARADO, ALCALDE MUNICIPAL.- Br. WILBER ARIEL RA-MIREZ LOPEZ, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. Nº 13278-2

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE SAN MARCOS, ALPUBLICO EN GENERAL,

HACE SABER: que en esta Alcaldía se ha presentado la señoraSONIA ELIZABETH AQUINO SALVADOR, mayor de edad, estu-diante y de este domicilio, con Documento Unico de Identidad númerocero cero cinco tres cuatro cero dos cinco- uno, solicitando TITULO DEPROPIEDAD Y DOMINIO DE UN INMUEBLE DE NATURALEZA

URBANA, situado al final del pasaje San Marcos, del Barrio Concep-ción, en esta ciudad, el cual tiene una extensión superficial de CIENTODIECIOCHO METROS CUADRADOS, que mide y linda: AL NORTE,quince metros cincuenta centímetros, con propiedad del señor ALBER-TO MARTINEZ; AL ORIENTE: once metros cuarenta centímetros conpropiedad de la señora MARIA CANDIDA AQUINO MARTINEZ; ALSUR, nueve metros diez centímetros con el señor MAXIMILIANOPEREZ; y AL PONIENTE, once metros diecinueve centímetros con elseñor ARTURO LOPEZ. por todo este rumbo goza de servidumbre detránsito de un metro cincuenta centímetros de ancho, la cual comunica alPasaje San Marcos por el rumbo Sur; asimismo está gravado por todo elrumbo Sur con servidumbre de tránsito de nueve metros diez centímetrospor uno punto cincuenta metros a favor de la señora MARIA CANDIDAAQUINO MARTINEZ, que es la colindante por el rumbo Oriente. Estepredio tiene en su inferior una casa parcialmente sistema mixto ybahareque en un área de Ochenta metros cuadrados aproximadamente.Es un predio sirviente y dominante según las servidumbres citadas, notiene cargas, ni derechos reales de ajena pertenencia, ni está en proindi-visión con ninguna persona, siendo todos los colindantes de este domi-cilio. El inmueble así descrito lo valora en la cantidad de DIEZ MILCOLONES y lo adquirió por donación hecha por su madre señoraZOILA ESPERANZA AQUINO MARTINEZ, por lo que está en pro-piedad, ejerciendo actos de legítima dueña sobre el mismo. SE COMU-NICA AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS LEGALES CORRES-PONDIENTES.

ALCALDIA MUNICIPAL DE SAN MARCOS, a los veintiséisdías del mes marzo de dos mil tres. Dr. FIDEL ERNESTO FUENTESCALDERON, ALCALDE MUNICIPAL.- Lic. SAUL NAPOLEONARGUETA, SECRETARIO MUNICIPAL.-

3 v. alt. Nº 13339-2

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: que a esta oficina se presentó el señor CARLOSMONTOYA, solicitando a su favor Título de Dominio de un solar denaturaleza urbana situado en la Colonia Milagro de La Paz, jurisdiccióndistrito y departamento de San Miguel, de la capacidad superficial deCUATROCIENTOS TREINTA Y TRES METROS TREINTA Y CIN-CO DECIMETROS CINCUENTA CENTIMETROS CUADRADOS,de las medidas y linderos siguientes: AL PONIENTE, treinta y seismetros treinta y cinco centímetros, con solar de MARIA INES CAS-TRO; AL SUR, cinco metros sesenta centímetros, con solar de ROSENDAVASQUEZ; AL ORIENTE, treinta y siete metros diez centímetros,callejón de por medio, con solar de JOSE LOPEZ; AL NORTE, diecio-cho metros, calle de por medio, con propiedad de GILBERTO CHAVEZ.El inmueble antes descrito no es dominante ni sirviente, no tiene cargasni derechos reales de ajena pertenencia, ni está en proindivisión connadie, y lo adquirió por Compra de la posesión material que del inmueblehizo a MARIA ANGELA GAITAN DE CRUZ, quien fue mayor deedad, de este domicilio; posesión que unida a la de su antiguo poseedores por más de diez años la cual ha sido quieta, pacífica, pública einterrumpida, lo estima en la cantidad de QUINCE MIL COLONESEXACTOS, los colindantes son todos de este domicilio, por lo que seavisa al público para los efectos de ley.

ALCALDIA MUNICIPAL: San Miguel, treinta y uno de marzo dedos mil tres.- JOSE WILFREDO SALGADO GARCIA, ALCALDEMUNICIPAL.- Lic. JOSE ANGEL FERMAN ZETINO, SECRETA-RIO MUNICIPAL.-

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116 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

AVISO

El infrascrito Director Presidente de la Junta Directiva de la Sociedad“AGENCIA ADUANERA SEGOVIA, SOCIEDAD ANONIMA DECAPITAL VARIABLE” que puede abreviarse “AGENCIA ADUANE-RA SEGOVIA, S.A. DE C.V.”, del domicilio de esta ciudad; ALPUBLICO EN GENERAL HACE DE SU CONOCIMIENTO PARALOS EFECTOS LEGALES, que en sesión de Junta General Extraordi-naria de Accionistas Número DIECISEIS, celebrara en esta ciudad, a lasdiez horas, del día veinticinco de marzo de dos mil tres, estando reunidosel cien por ciento de las acciones en que está dividido el capital social dela sociedad, el cual es de VEINTE MIL COLONES, acordaron porunanimidad de votos, en el punto cuarto y quinto: modificar el PactoSocial en lo referente a aumentar el capital social mínimo en la cantidadde OCHENTA MIL COLONES, equivalentes a NUEVE MIL CIENTOCUARENTA Y DOS DOLARES CON OCHENTA Y SEIS CENTA-VOS DE DOLAR moneda de los Estados Unidos de América, porcapitalización de utilidades pendientes por distribuir que corresponde alos ejercicios de: mil novecietos noventa y seis; mil novecientos noventay siete, dos mil uno y dos mil dos, de conformidad al artículo 180 delCódigo de Comercio; quedando en consecuencia el capital social míni-mo en la cantidad de CIEN MIL COLONES, equivalentes a ONCE MILCUATRO CIENTOS VEINTIOCHO DOLARES CON CINCUENTAY SIETE CENTAVOS DE DOLAR, moneda de los Estados Unidos deAmérica.

San Salvador, a los veinticinco días del mes de marzo de dos miltres.

RAUL MARIO SEGOVIA SOSA, DIRECTOR PRESIDENTE DE LA JUNTA DIRECTIVA.

AGENCIA ADUANERA SEGOVIA, S.A. DE C.V.

3 v. alt. Nº 13363-2

El Infrascrito Representante Legal y Director Presidente de la JuntaDirectiva de la sociedad TECNOLOGIA AL SERVICIO DEL ARTE,SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE;

HACE CONSTAR: que en Junta General Extraordinaria de Accio-nistas que se celebró a las doce horas con quince minutos del díaveintitrés de noviembre del año Dos mil dos, se acordó por unanimidadlos siguientes puntos de Agenda: 1º. Capitalización de Utilidades del añode Mil Novecientos Noventa y Tres, hasta parte del Ejercicio del año DosMil Uno, lo que hace un total de UN MILLON CUATROCIENTOSTREINTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS COLONES, con dichaCapitalización de Utilidades el mismo servirá para efectuar aumento enel capital social Mínimo hasta por la cantidad de UN MILLON SETE-CIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS COLO-NES, por lo que deberá modificar la Cláusula V de la escritura deconstitución de la referida sociedad; 2º. Ampliar el período de duracióndel Ejercicio de las funciones de los Directores de la mencionadasociedad, de dos años a cinco años, debiéndose modificar la cláusula Xdel pacto social; 3º. Modificar la cláusula XIV del mencionado PactoSocial en lo relativo a las sesiones de la Junta Directiva las cuales deberánreunirse cada seis meses y las veces que sea necesario extraordinaria-mente; 4º. Acuerdan que el ingreso y retiro de socios podrá llevarse acabo únicamente con la autorización de la Junta General de Accionistasy 5º. Elección de los nuevos Directores ante el vencimiento del período

de los anteriores. Así mismo se acordó nombrar Ejecutor Especial conamplios poderes para firmar la escritura de Modificación del pacto socialal señor HERNAN ARISTIDES MARTIN VALENCIA.

San Salvador, ocho de abril del año dos mil tres.

HERNAN ARISTIDES MARTIN VALENCIA,

REPRESENTANTE LEGAL.

3 v. alt. Nº 13328-2

AVISO

El infrascrito Secretario de la Junta Directiva de la SociedadCOMERCIALIZADORA DE ELECTRICIDAD CENTROAMERICA-NA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que puedeabreviarse CEC, S.A. DE C.V., de nacionalidad salvadoreña, del domi-cilio de la ciudad de San Salvador, para los efectos de ley,

HACE SABER: que en sesión de JUNTA GENERAL EXTRAOR-DINARIA DE ACCIONISTAS, celebrada en la ciudad de Guatemala,República de Guatemala a las catorce horas del día cuatro de marzo dedos mil tres, se acordó por unanimidad de votos de las acciones presentesy representadas, aumentar el CAPITAL SOCIAL MINIMO DE LASOCIEDAD en la SUMA de OCHENTA MIL COLONES mediante laemisión de OCHOCIENTAS nuevas acciones, comunes y nominativas,de una sola serie, de un valor nominal de CIEN COLONES cada una, coniguales derechos que las originalmente emitidas, de tal forma que elCAPITAL SOCIAL MINIMO con que girará la sociedad en el futuroserá de CIEN MIL COLONES.

Guatemala, República de Guatemala, a los seis días del mes demarzo de dos mil tres.

JUAN ANTONIO REYES ARGUETA,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº 13329-2

EL INFRASCRITO ADMINISTRADOR UNICO PROPIETARIO DELA SOCIEDAD PROMOCION DE BIENES Y SERVICIOS, SOCIE-DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,

CERTIFICA: que en el libro de Actas de Junta General Extraordi-naria de Accionistas que para tal efecto lleva la expresada Sociedad, seencuentra el acta número CINCO de la sesión celebrada en las oficinasde la Sociedad, a las nueve horas del día veintiocho de marzo del año dosmil tres, que en sus puntos número dos y cinco, se ACUERDA:

PUNTO DOS: incremento del Capital Social Mínimo. Después deanalizar los requerimientos de las reformas del Código de Comercio queentraron en vigencia el día uno de abril del año dos mil y la convenienciadel fortalecimiento financiero de la sociedad, en forma unánime, lossocios acuerdan aumentar el Capital Social Mínimo que a la fecha es deVEINTE MIL COLONES, en OCHENTA MIL COLONES adicionales,para que en total el Capital Mínimo quede incrementado a CIEN MILCOLONES, representado y dividido en MIL acciones comunes y nomi-nativas de CIEN COLONES cada una; dicho incremento del Capitalmínimo se efectuará, por una parte, mediante la reclasificación de la parteVariable del capital que actualmente se encuentra suscrita y totalmente

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117DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 25 de Abril de 2003.

pagada por el valor de QUINCE MIL COLONES, convirtiéndosetotalmente el monto del Capital Variable de la Sociedad a Capital Fijo,a través de esta reclasificación. Por otra parte, dicho incremento seefectuará mediante la emisión de SEISCIENTOS CINCUENTA nuevasacciones comunes y nominativas de un valor de CIEN COLONES cadauna, que totalizan un monto de SESENTA Y CINCO MIL COLONES.Por lo tanto, el capital social queda estructurado de la siguiente forma:Capital Social Mínimo: CIEN MIL COLONES; Capital Social Variable,a la fecha, CERO COLONES;

PUNTO TRES: NOMBRAMIENTO DEL EJECUTOR ESPECIAL:asimismo, y de manera unánime, esta Junta General autoriza a la señoraESTHER MONTERROSA GALDAMEZ VIUDA DE CABRERA,para que en su calidad de Administradora Unica de la Sociedad y por endeRepresentante Legal de la misma, funja como ejecutor especial de estosacuerdos y contrate los servicios notariales correspondientes y procedaa emitir los nuevos certificados de acciones, dejando sin efecto losinicialmente emitidos. También autoriza al Ejecutor Especial para queincorpore en un solo instrumento todas las cláusulas que regirán a laSociedad, incluyendo las cláusulas que se modifican.

Y para los efectos del caso, se extiende la presente en la ciudad deSan Salvador, a los siete días del mes de abril del año dos mil tres.

ESTHER MONTERROSA GALDAMEZ VIUDA DE CABRERA,

REPRESENTANTE LEGAL DE LA SOCIEDAD

PROMOSAL, S.A. DE C.V.

3 v. alt. No. 13348-2

AVISO DE AUMENTO DE CAPITAL

El Infrascrito Administrador Unico Propietario de la Sociedad INGE-NIERIA Y TECNOLOGIA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITALVARIABLE, que puede abreviarse INGETEC S.A. DE C.V., al público

HACE SABER: que según acuerdo tomado en Junta GeneralOrdinaria y Extraordinaria de Accionistas, celebrada en esta ciudad, eldía tres de enero del año dos mil tres, se acordó aumentar el Capital SocialMínimo de la Sociedad en OCHENTA MIL COLONES, de manera quesumado con el Capital Social Mínimo actual de VEINTE MIL COLO-NES, la Sociedad gira con un Capital Social Mínimo de CIEN MILCOLONES, representado y dividido en UN MIL ACCIONES del valornominal de CIEN COLONES cada una. Dicho aumento se hará mediantela emisión de OCHOCIENTAS nuevas acciones del valor nominal deCIEN COLONES cada una, y el pago de las aportaciones se hará enefectivo y mediante capitalización de utilidades, de conformidad a loestablecido en el Art. 178 del Código de Comercio.-

Librado en San Salvador, a los veinticinco días del mes de marzodel año dos mil tres.

Ing. RENE ARMANDO OSORIO MENDOZA,

ADMINISTRADOR UNICO PROPIETARIO.

3 v. alt. No. 13292-2

CONVOCATORIA

El Infrascrito Administrador Unico de TEXAS TRUCK, SOCIEDADANONIMA, que puede abreviarse “TEXTRU, S.A.”, convoca a susacciones a celebrar Junta General Ordinaria el día Lunes diecinueve demayo del presente año, a las ocho horas en las oficinas administrativasde TEXAS TRUCK, S.A. situadas en Km. 22 Carretera a SonsonateLourdes, Colón, La Libertad, para tratar la siguiente agenda de acuerdoal artículo 223 del Código de Comercio.

1. Establecimiento de quórum

2. Firma de la lista de asistencia

3. Aprobar o improbar la memoria de labores del Administra-dor Unico, Balance General y Estados de pérdidas y Ganan-cias, todos por el ejercicio del uno de enero al treinta y unode diciembre del dos mil dos.

4. Conocer sobre el informe del Auditor Externo correspon-diente al ejercicio del uno de enero al treinta y uno dediciembre del dos mil dos.

5. Nombramiento del Auditor Externo y fijación de sus honora-rios.

6. Nombramiento del Auditor Fiscal y fijación de sus honora-rios.

7. Ratificar o no acuerdo de Administrador Unico número unode acta número uno de fecha veintitrés de febrero de dos mildos.

8. Nombramiento de Administrador Unico Propietario y Su-plente y fijación de sus emolumentos.

Para que la Junta se considere legalmente reunida es esta primerafecha de la convocatoria, deberá estar representada, por lo menos, lamitad más una de las acciones que tengan derecho a votar, o seancincuenta y cinco mil una acciones, y las resoluciones sólo serán válidascuando se tomen por la mayoría de los votos presentes o representados.

Si por falta de quórum necesario no se pudiera celebrar la sesión en laprimera fecha antes mencionada, por esta misma publicación se convocaa una segunda junta para el día martes veinte de mayo del presente año,a las nueve horas en el mismo lugar, considerándose válidamenteconstituida cualquiera que sea el número de acciones presentes o repre-sentadas, y sus resoluciones se tomarán por la mayoría de los votospresentes.

Cantón Las Moritas, jurisdicción de Colón, departamento de LaLibertad, a los once días del mes de abril del dos mil tres.

Lic. NICOLAS GUZMAN,

ADMINISTRADOR UNICO.

3 v. alt. No. 13352-2

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de la Sociedad Mentores de la Niñez Tecleña,S.A. de C.V., dando cumplimiento al Código de Comercio y a su PactoSocial, por este medio convoca a sus accionistas para que asistan a laJunta General Ordinaria de Accionistas, que se celebrará en su localSocial situado en Primera Calle Poniente 2-2. Nueva San Salvador ,Departamento de La Libertad, el día veintiuno de mayo, de dos mil tres,a partir de las dieciocho horas en adelante.

La agenda será la siguiente:

1- Verificación del quórum y firma del acta correspondiente.

2- Lectura de la acta anterior.

3- Lectura de la Memoria de Labores de La Junta Directiva.

4- Lectura del Balance General y Estado de Pérdidas y Ganan-cias al 31 de diciembre de 2002.

5- Informe del Auditor.

6- Discusión sobre la aplicación de utilidades del ejercicio de1999.

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118 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

7- Toma de posesión de la Nueva Junta Directiva, para elperíodo 2003-2008.

8- Otros.

El quórum para conocer los asuntos de la Agenda, es de la mitad más unade las acciones con derecho a voto de los presentes y representados.

En caso de no haber quórum suficiente en la fecha señalada, se estableceuna segunda convocatoria, el día veintidós de mayo de este mismo año,a partir de la misma hora y en el mismo lugar antes señalado en la primeraconvocatoria, junta que se llevará a cabo con cualquiera que sea elnúmero de acciones presentes o representadas y sus resoluciones, setomarán por mayoría de los votos presentes y representados.

Se recuerda a los accionistas que podrán delegar su representación enotro accionista, por medio de carta o telegrama o a favor de extraños a laSociedad con poder suficiente.

Nueva San Salvador, 11 de abril de 2003.

Profa. TERESA DE JESUS GONZALEZ,

PRESIDENTA.

3 v. alt. No. 13350-2

CONVOCATORIA.

La Junta Directiva de la Sociedad EXPORTADORA LIEBES, S.A DEC.V., Sociedad Anónima de este domicilio, por acuerdo tomado confecha 31 de Marzo de 2003, convoca a sus accionistas para que concurrana Junta General Ordinaria de Accionistas que se celebrará a las diez horasdel día Miércoles Catorce de Mayo de 2003. Dicha Junta se celebrará enlas oficinas de la Sociedad. Situadas en Avenida Miramundo y CalleTacuba, Número Veintisiete, Urbanización Santa Elena, Antiguo Cusca-tlán.

La agenda que se conocerá en Junta Ordinaria será la siguiente:

PRIMERO: Conocer la Memoria de labores de la Junta Directiva, elBalance General, El Estado de Resultados del Ejercicio yel informe del Auditor Externo.

SEGUNDO: Nombramiento del Auditor Externo y fijación de sushonorarios.

TERCERO: Nombramiento del Auditor Fiscal y fijación de sus hono-rarios.

CUARTO: Otros asuntos que estando de conformidad a las leyes y alos estatutos del Pacto Social puedan ser tratados en JuntaGeneral Ordinaria

El quórum para conocer la Agenda anterior será la mitad más unade las acciones en que se encuentra dividido el Capital Social, o seanSetecientas setenta y seis mil novecientas sesenta acciones y lasresoluciones se tomarán con la aprobación de la mayoría de las accionespresentes.

En caso de no haber quórum se convoca a los accionistas paracelebrar la Junta General Ordinaria el día Jueves quince de Mayo de20003, a la misma hora y en el mismo lugar señalados en la primeraconvocatoria. En esta segunda convocatoria, la agenda de la JuntaGeneral Ordinaria se conocerá con cualquier número de acciones presen-tes y las resoluciones se tomarán con la mayoría de votos de las accionespresentes.

Antiguo Cuscatlán, veintiuno de abril de 20003,.

JOSE FERNANDO MARQUEZ,

PRIMER DIRECTOR SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 13432-2

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de la Sociedad Industrias de Ensamble, S.A. de C.V.,de este domicilio, convoca a sus accionistas a Junta General Ordinaria acelebrarse a partir de las diez horas del día quince de mayo del año dosmil tres, en sus oficinas situadas en la Veintitrés Calle Poniente yAvenida España número 1313, en San Salvador. El quórum legalnecesario para celebrar la Junta será de la mitad más una de las accionesde la Sociedad, y las resoluciones serán válidas con la mayoría de losvotos presentes. De no haber quórum legal en la fecha señalada, seconvoca por segunda vez el día dieciséis del mismo mes y año, a la mismahora y en el mismo lugar. En tal caso, la Junta se llevará a cabo con elnúmero de acciones presentes y representadas y sus resoluciones setomarán por la mayoría de los votos presentes.

La agenda a desarrollar será la siguiente:

1- Verificación del Quórum

2- Aprobación de la Agenda

3- Lectura del Acta anterior

4- Memoria de la Junta Directiva y Lectura de los EstadosFinancieros año 2002

5- Informe del Auditor Externo

6- Elección de la Junta Directiva

7- Aplicación de Utilidades

8- Nombramiento del Auditor Externo

9- Autorizaciones a que se refiere el Art. 275 Ordinales III y IVdel Código de Comercio

10- Otros que puedan discutirse según la Ley

San Salvador, veintitrés de abril del año dos mil tres.

SAUL SUSTER,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 13545-2

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de la Sociedad Omnisport, S.A de C.V., de estedomicilio, convoca a sus accionistas a Junta General Ordinaria a cele-brarse a partir de las nueve horas del día quince de mayo del año dos miltres, en sus instalaciones situadas en la Veintitrés Calle Poniente yAvenida España número 1313, en San Salvador. El quórum legalnecesario para celebrar la Junta será de la mitad más una de las acciones,y las resoluciones serán válidas con la mayoría de los votos presentes. De

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119DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 25 de Abril de 2003.

no haber quórum legal en la fecha señalada, se convoca para el díadieciséis del mismo mes, a la misma hora y lugar en segunda convoca-toria. En tal caso, la Junta se llevará a cabo con el número de accionespresentes y representadas y sus resoluciones se tomarán por la mayoríade los votos presentes.

La agenda a desarrollar será la siguiente:

1- Verificación del Quórum

2- Aprobación de la Agenda

3- Lectura del Acta anterior

4- Memoria de labores de la Junta Directiva

5- Informe del Auditor Externo

6- Acuerdo sobre la aplicación de Utilidades

7- Nombramiento del Auditor Externo y Auditor Fiscal y asig-nación de sus emolumentos.

8- Autorizaciones a que se refiere el Art. 275 Ordinales III y IVdel Código de Comercio.

9- Otros que puedan discutirse según la Ley

San Salvador, veintitrés de abril del año dos mil tres.

SAUL SUSTER,

SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 13543-2

CONVOCATORIA

El Administrador Unico de la Sociedad de Omni-Inver, S.A de C.V., deeste domicilio, convoca a sus accionistas a Junta General Ordinaria deAccionistas a celebrarse a partir de las ocho horas y treinta minutos deldía quince de mayo del año dos mil tres, en el local situado en la VeintitrésCalle Poniente y Avenida España número 1313, en San Salvador paraconocer de los puntos contenidos en la agenda siguiente:

1- Verificación del Quórum.

2- Aprobación de la Agenda.

3- Lectura del Acta anterior.

4- Memoria de labores del Administrador Unico y Lectura delos Estados Financieros ejercicio 2002.

5- Informe de Auditor General

6- Elección del Administrador Unico Propietario y Suplente.

7- Aplicación de Utilidades

8- Nombramiento del Auditor Externo

9- Autorización a que se refiere el Art. 275 Ordinales III y IVdel Código de Comercio.

10- Cualquier asunto que propongan los accionistas y que puedaser discutido de conformidad a la Ley y al Pacto Social.

El quórum necesario para celebrar la Junta será de la mitad más unade las acciones de la Sociedad y las resoluciones serán válidas con lamayoría de los votos presentes; si no hubiere el quórum necesario en la

fecha señalada, se convoca por segunda vez para el día dieciséis delmismo mes y año, a la misma hora y lugar. En tal caso, la Junta Generalse llevará a cabo con el número de acciones presentes y representadas ysus resoluciones se tomarán por la mayoría de los votos presentes.

San Salvador, veintitrés de abril del año dos mil tres.

JORGE LEOPOLDO WEILL,

ADMINISTRADOR UNICO.

3 v. alt. Nº. 13544-2

CONVOCATORIA

La Junta Directiva de la Sociedad “Corporación Roberto Teran G, S.A.DE C.V.”, convoca a Junta General Ordinaria y Extraordinaria deaccionistas de dicha Sociedad, que se celebrará a partir de las diez horasdel día catorce de mayo del corriente año, en las instalaciones de laSociedad ubicadas en Alameda Dr. Manuel Enrique Araujo y Calle LaMascota, Centro Comercial La Mascota, Edificio Compumax, SanSalvador, República de El Salvador. De no haber quórum suficiente parala fecha señalada, se convoca para el día quince de mayo del mismo año,a la misma hora y en el mismo lugar, para conocer tales asuntos o los quequedaren pendientes:

Puntos de carácter ordinario:

1. Comprobación del Quórum.

2. Lectura del acta anterior.

3. Memoria de labores de la Junta Directiva.

4. Balance General y Estados de Pérdidas y Ganancias, amboshasta el treinta y uno de diciembre de dos mil dos.

5. Informe del Auditor Externo.

6. Formulación de Reservas y aplicación de resultados.

7. Nombramiento del auditor externo y fiscal y fijación de sushonorarios.

8. Elección de Junta Directiva

9. Tratar cualquier otro asunto de interés para la Sociedad.

Puntos de carácter extraordinarios

1. Aumento de capital en la parte mínima

2. Modificación del Pacto Social

3. Nombramiento de ejecutores especiales.

Para que la Junta General se considere legalmente reunida en laprimera fecha de la convocatoria, para resolver ASUNTOS ORDINA-RIOS, deberían estar representadas, por lo menos la mitad más una de lasacciones que tengan derecho a votar, y las resoluciones serán válidascuando se tomen por mayoría de los votos presentes. En la segunda fechade la convocatoria, por falta de quórum necesario para hacerlo en laprimera, se considerará válidamente constituida, cualquiera que sea elnúmero de acciones representadas y sus resoluciones se tomarán pormayoría de los votos presentes.

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120 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 359

ARMASE, S. A. DE C. V. (EN LIQUIDACION)ARTICULOS DE MADERAS Y SERVICIOS, S. A. DE C. V. (EN LIQUIDACION)

BALANCE FINAL DE LIQUIDACION AL 31 DE MARZO DE 2003.

ACTIVO PATRIMONIO

CAJA ¢ 13.561.40 CAPITAL SOCIAL ¢ 20.000.00

Efectivo a la fecha. PERDIDAS ACUMULADAS (¢ 6.438.60)

Valor liquidable por Acción ¢ 67.807

Sr. Rodil Antonio Anzora Corcios 100 Acc. ¢ 6.780.70

Sr. Francisco René Portillo Paredes 100 Acc. ¢ 6.780.70

TOTAL DEL ACTIVO ¢ 13.561.40 TOTAL DEL PATRIMONIO ¢ 13.561.40

RODIL ANTONIO ANZORA CORCIOS, FRANCISCO RENE PORTILLO PAREDES, ARTURO RAMON RAMIREZ,

LIQUIDADOR. LIQUIDADOR. CONTADOR.

Lic. LUIS ANTONIO DERAS ORTIZ,

AUDITOR EXTERNO.

INSCRIPCION PROFESIONAL No. 1156

3 v. alt. No. 13258-2

EDGAR ADOLFO ESCOBAR CHACON, Notario, de este domicilio,con oficinas en la Primera Calle Poniente, Número Dos Mil NovecientosCuatro, Condominio Monte María, Edificio “A”, Primera Planta, Local1-2, de la ciudad de San Salvador, AL PUBLICO,

HACE SABER: que en las Diligencias de Aceptación de Herencia,seguidas ante sus oficios, por la Licenciada VILMA CONSUELOVIDES GUARDADO, en calidad de Apoderada del señor PEDROBURUCA, por resolución proveída a las once horas del día dos de abrildel presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficiode inventario, la Herencia Intestada, dejada a su defunción por la señoraMARIA CONCEPCION BURUCA PARADA, quien falleció el día dosde febrero del año en curso, en el Hospital Médico Quirúrgico del SeguroSocial, de esta ciudad, siendo su último domicilio la ciudad de SanMiguel, Departamento de San Miguel, de parte del señor PEDROBURUCA, en su concepto de padre de la causante, habiéndosele confe-rido la administración y representación interina de la sucesión, con las

facultades y restricciones de la herencia yacente. En consecuencia, poreste medio, se cita a las personas que se crean con derecho a la herenciarelacionada, para que se presenten a las oficinas del referido Notario,dentro del término de quince días, contados a partir de la últimapublicación de este edicto.

Librado en San Salvador, a los nueve días del mes de abril del añodos mil tres.

EDGAR ADOLFO ESCOBAR CHACON,

NOTARIO.

3 v. c. Nº 12813-2

Imprenta Nacional - Tiraje 800 Ejemplares.

Para que la Junta pueda conocer de los ASUNTOS EXTRAORDI-NARIOS, el quórum necesario para celebrar la sesión en la primerafecha de convocatoria, será de las tres cuartas partes de todas las accionesy para formar resolución se necesitará igual proporción. El quórumnecesario para celebrar sesión en la segunda fecha de la convocatoria seráde la mitad más una de las acciones que componen el capital social y elnúmero de votos para formar resolución, serán las tres cuartas partes delas acciones presentes.

Managua, Nicaragua nueve de abril del dos mil tres.

LUCIA FATIMA TERAN DE NAVARRO,

DIRECTORA SECRETARIO.

3 v. alt. Nº. 13777-2

FE DE ERRATA

En las ediciones de los Diarios Oficiales Nos. 59, 61 y 63, de fechas 27 y 31 de marzo y 2 de abril del corriente año, aparece publicada la convocatoriadel Centro Pedriátrico de El Salvador, S.A. de C.V., a Junta General Ordinaria de Accionistas; por un error involuntario donde dice: “a partir de lasdieciocho horas del día ocho de marzo de dos mil tres”, debe decir: “a partir de las dieciocho horas del día ocho de mayo de dos mil tres.”

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