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Distribución Física / Universidad Regiomon REGULACIÓN AUTOTRANSPORTE NOM 012 PESOS Y DIMENSIONES Alcances y aplicación Octubre 2008 Ricardo Oaxaca 683657 Sistemas de Distribución Física

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REGULACIÓN AUTOTRANSPORTE

NOM 012 PESOS Y DIMENSIONES

Alcances y aplicación

REGULACIÓN AUTOTRANSPORTE

NOM 012 PESOS Y DIMENSIONES

Alcances y aplicación

Octubre 2008

Ricardo Oaxaca 683657Sistemas de Distribución Física

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ANTECEDENTES

En el la discusión sobre pesos y dimensiones se había centrado sólo en el peso de una configuración vehicular, siendo necesario darle un enfoque integral, en donde se abrieran la decisión a los diferentes temas relacionados.

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Entorno

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CLASIFICACIÓN DE CARRETERAS

Las carreteras estan clasificadas para controlar dos puntos principalmente: Seguridad de Transito Conservación de Caminos y Puentes.

Calsificación de Carreteras, son de acuerdo a número de carriles, acotamientos, veolcidad permitida, sinuosidad, etc y esta clasificadas en:

Tipo especial: para transito promedio diario anual superior a 3,000 vehículos, equivalente a un transito horario máximo anual de 360 vehículos o más, estos caminos requieren de un estudio especial, pudiendo tener corona de dos o de cuatro carriles en un solo cuerpo, designándoles A2 y A4, respectivamente.

Tipo A: para un transito promedio diario anual de 1,500 a 3,000 equivalente a un transito horario máximo anual de 180 a 360 vehículos (12% del T.P.D.).

Tipo B: para un transito promedio diario anual de 500 a 1,500 vehículos, equivalente a un transito horario máximo anual de 60 a 180 vehículos (12% de T.P.D.)

Tipo C: para un transito promedio diario anual de 50 a 500 vehículos, equivalente a un transito horario máximoanual de 6 a 60 vehículos (12% del T.P.D.)

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CLASIFICACIÓN DE VEHICULOS

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NOM 012 Pesos y Dimensiones

El 1° de abril de 2008 se publicó en el DOF y entró en vigor el pasado 1° de junio. Establece las especificaciones de peso, dimensiones y capacidad de los vehículos de carga que utilicen

carreteras federales.

La carga debe ser colocada para que se cumpla también con el PBMV.

PESOS

Se regula tanto el peso por ejes, así como el peso bruto máximo vehicular (PBMV).

Peso por ejes Las concentraciones máximas de carga autorizadas por eje están en función al tipo de camino en que

transite:

ET4 y ET2 A4 y A2

B4 y B2 C D

SENCILLO, DOS LLANTAS 6.50 6.00 5.50 5.00

SENCILLO, CUATRO LLANTAS 10.00 9.50 8.00 7.00

MOTIRZ SENCILLO, CUATRO LLANTAS 11.00 10.50 9.00 8.00

MOTRIZ DOBLE O TANDEM, SEIS LLANTAS 15.00 13.00 11.50 11.00

DOBLE O TANDEM, OCHO LLANTAS 17.00 15.00 13.50 12.00

MOTRIZ DOBLE TANDEM, OCHO LLANTAS 18.00 17.00 14.50 13.50

TRIPLE O TRIDEM, DOCE LLANTAS 23.50 22.50 20.00 NA

PESO POR EJE (t) POR TIPO DE CAMINOCONFIGURACION DE EJES

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Peso bruto máximo vehicular (PBMV).

El PBMV autorizado esta en función del tipo de camino que se transite.

La norma permite, bajo ciertas condiciones, incrementar los pesos autorizados: 1,5 t en eje motriz y 1,0 t en ejes de carga, circulando en caminos ET y A, si se cumplen especificaciones

de seguridad adicionales y cambio de tarjeta de circulación. 4.5 ton en para los fulles, durante 5 años.

Los autotanques actuales, durante 3 años, podrán transitar con el peso bruto vehicular de su capacidad de diseño.

ET y A B C D

C2 2 6 17.50 19.00 16.50 14.50 13.00

C3 3 10 24.50 27.00 23.00 20.00 18.50

T3-S2 5 18 41.50 46.50 38.00 33.50 NA

T3-S3 6 22 48.00 54.00 45.50 40.00 NA

T3-S2-R4 9 34 66.50 80.00 66.00 NA NA

PESO BRUTO VEHICULAR (t)

CONFIGURACION VEHICULAR  (Algunos ejemplos)

NUM. EJESNUM.

LLANTAS

ET y A con especificaciones

técnicas y transitorio de carga

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Las condiciones a cumplir para incrementar los pesos autorizados, así como los medios para su verificación por parte de la autoridad son:

a) Especificaciones técnicas

Especificación Verificación

* Motor electrónico (HP) Documental

* Torque mínimo Documental

Capacidad ejes tracción Documental

Freno auxiliar Documental

* Sistema antibloqueo Documental

Especificación Verificación

Físico Mecánicas Operación

Emisiones contaminantes Operación

Convertidor con cadenas de seguridad

Operación

Suspensión de aire Operación

Cámaras de frenado de doble acción

Operación* No aplica para vehículos usados

b) Tarjeta de circulación

El cambio de tarjeta de circulación, se hará previo cumplimiento de las especificaciones que se acreditarán documentalmente.

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Especificación Verificación

Velocidad máxima (80 km/h) Operación

Circulación obligatoria por el carril de extrema derecha Operación

Luces encendidas Operación

Circular 100m de separación Operación

e) De control para la empresa

Especificación Verificación

Capacitación y licencia específica OperaciónHasta en tanto se modifica el RAFSA, se exigirá la licencia

correspondiente.

Bitácora de horas de servicio OperaciónSe determinará en prueba piloto como se hará.

Especificación Verificación

Contrato privado y/o carta porte para corresponsabilidad

OperaciónSe determinará en prueba piloto como se hará.

c) Especificaciones de tránsito

d) Especificaciones del conductor

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DIMENSIONES

Para todas las configuraciones el ancho máximo es de 2.60 m. y la altura de 4.25 m.

Permiso especial para circular con 4.5 m de altura, cuando puentes y túneles lo permitan.

El largo total máximo autorizado es el siguiente:

Cuando el semirremolque sea mayor a 14,63 m:a) El tractocamión deberá contar con espejos auxiliares en la parte delantera.b) Portar en la parte posterior un letrero fijo de 0,80 X 0,60 m con la leyenda “PRECAUCION AL

REBASAR”.

ET y A B C D

C2 2 6 14.00 14.00 14.00 14.00 12.50

C3 3 10 14.00 14.00 14.00 14.00 12.50

T3-S2 5 18 23.00 23.00 20.80 18.50 NA

T3-S3 6 22 23.00 23.00 20.80 18.50 NA

T3-S2-R4 9 34 31.00 31.00 28.50 NA NA

CONFIGURACION VEHICULAR  (Algunos ejemplos)

NUM. EJESNUM.

LLANTAS

LARGO MAXIMO PERMITIDO (t)

ET y A con especificaciones

técnicas y transitorio de carga

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CASOS DE CONECTIVIDAD

Cuando se requiera llegar o salir de una planta productora o centro de distribución, o utilizar un camino de menor clasificación cuando no estén conectados dos ejes o tramos de un mismo eje, se deberá:

a) Ingresar solicitud en la Dirección General de Autotransporte Federal.

b) Para entrar o salir de plantas o centros de distribución solo basta el acuse de recibido de la solicitud. Cada vehículo deberá portar copia fotostática de la solicitud sellada.

c) La autoridad trabaja en un mecanismo vía Internet para presentar las solicitudes, que genere el acuse de recibo respectivo.

d) Los transportistas que ingresen su solicitud para conectar dos ejes o tramos de un mismo eje y que cuenten con el acuse respectivo, podrán circular durante 6 meses. Cada vehículo deberá portar copia fotostática de la solicitud sellada.

e) La relación de carreteras que se muestran en el Anexo 1 de la norma, no implica una reclasificación de las mismas; se trata de un listado que forma parte del tema de conectividad para agilizar los permisos que se soliciten.

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AUTORREGULACION

La norma establece la posibilidad de que las empresas se autorregulen en la verificación de pesos y dimensiones, siempre y cuando:

a) Se cuente con proceso de embarque con básculas de plataforma tipo electrónico y equipo de medición de dimensiones.

b) Expedir un comprobante (ticket) emitido por la báscula, conteniendo la razón social de la empresa, la fecha y hora del pesaje, el peso vehicular (Tara), peso bruto vehicular (PBV) y el número de placas que integra la configuración vehicular.

c) Documento anexo donde se señale la ruta y tipo de caminos a utilizar, marca de la báscula, la fecha y número de la última calibración efectuada por la autoridad competente, así como las dimensiones máximas de la unidad vehicular utilizada.

d) Contar con una fianza o fondo de garantía, por un monto de 32 000 días de Salario Mínimo General Vigente en el Distrito Federal (1.8 millones de pesos aprox.).

La autoridad verificará aleatoriamente en carretera mediante la revisión de los comprobantes de pesaje (tickets) y dimensiones de las unidades.

Una vez que la SCT concluya el procedimiento respectivo, se dará a conocer para su implementación, en un plazo máximo de 6 meses

En tanto se implementa este procedimiento, la verificación del peso y dimensiones que realice la SCT se llevará a cabo en centros de verificación de peso y dimensiones y por la Policía Federal de acuerdo a sus atribuciones

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•Se definirá el procedimiento para el cambio de Tarjeta de Circulación y la fecha a partir de la cual se inicie dicho cambio, así como los plazos correspondientes.

•Creación del grupo para revisar y probar los criterios de verificación (SCT, PF y Transportistas).•Mediante trabajos de escritorio y de campo, se probarán los criterios faltantes, como son:•Técnicas: motor electrónico (hp); torque; capacidad de ejes y freno auxiliar.•Conductor: Bitácora de horas de servicio. •De la empresa: Contrato de corresponsabilidad.

Segundo paso

Plazo de 2 meses

Tercer paso

Plazo de 2 meses

Técnicas: •Suspensión de aire.•Emisiones contaminantes.

De tránsito:•Velocidad máxima (80 km/h o la que se indique en señalamiento)•Circulación obligatoria por el carril de extrema derecha.•Luces encendidas.•Circular 100 m de separación.

Del conductor:•Licencia que corresponda.

Primer paso

1º de Junio de 2008:

APLICACIÓN DE LA NORMA

Dada su complejidad, la SCT aplicará de manera escalonada la norma:

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T3-S2-R4 (Full)- 80 ton carr. ET y A solo si: ▪ Certificados condiciones físico-mecánicas y baja emisión contaminantes ▪ Motor electrónico HP mínimo

▪ Capacidad mínima en ejes▪ Freno auxiliar▪ Convertidor con doble cadena▪ Sistema antibloqueo de frenos▪ Suspensión de aire

- 66 ton carreteras B

T3-S3 (Sencillo) - 48 ton carreteras ET y A- 45.5 ton en carretera B - 40 ton en carretera C- 54 ton en carreteras ET y A solo si cumplen características (Ver arriba)

Casos de Conectividad:- Para plantas y Centros de Distribución:

▪ Solo presentar solicitud señalando las carreteras a usar (10 días afirmación ficta)

- Para conectar diferentes tramos:▪ Autorización especial probando que económicamente no es posible usar otro tipo de configuración (60 días afirmación ficta)

Regulación:- Autorregulación para aquellos que cuenten dentro de su proceso de embarque con básculas y emitan

comprobante (ticket)- Revisión en carreteras de tickets- Revisión aleatoria de básculas

66.5 + 1.5 por eje motriz + 1 por eje de carga = 75.5 tns

75.5 + 4.5 por competitividad por 5 años = 80 tns

RESUMEN

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TRAMOS CARRETEROS

158 Villa Unión-Durango Deberán circular los vehículos con especificaciones para caminos tipo "D".

159Durango-Cuencamé

(Directo)Se autorizará la circulación con los pesos y dimensiones máximas de todas las unidades

vehiculares autorizadas en esta Norma.

160Cuencamé- Gómez Palacio

Directo)Se autorizará la circulación con los pesos y dimensiones máximas de todas las unidades

vehiculares autorizadas en esta Norma.

161 Torreón-Saltillo Saltillo-Ent. Plan de AyalaSe autorizará la circulación con los pesos y dimensiones máximas de todas las unidades

vehiculares autorizadas en esta Norma.

162Ent-. Plan de Ayala-

Matamoros DirectoSe autorizará la circulación con los pesos y dimensiones máximas de todas las unidades

vehiculares autorizadas en esta Norma.

163 Matamoros-TorreónSe autorizará la circulación con los pesos y dimensiones máximas de todas las unidades

vehiculares autorizadas en esta Norma.

164 Monterrey-ReynosaMonterrey-Ent. La Sierrita

(Directo)Se autorizará la circulación con los pesos y dimensiones máximas de todas las unidades

vehiculares autorizadas en esta Norma.

165 Ent. La Sierrita-ReynosaSe autorizará la circulación con los pesos y dimensiones máximas de todas las unidades

vehiculares autorizadas en esta Norma.

166 Matamoros-Reynosa Empalme-ReynosaSe autorizará la circulación con los pesos y dimensiones máximas de todas las unidades

vehiculares autorizadas en esta Norma.

167 Matamoros-Reynosa Matamoros-EmpalmeLas características geométricas actuales permiten la circulación de los vehículos con las

dimensiones y pesos máximos.

168 Saltillo-Monclova Saltillo-CastañosSe autorizará la circulación con los pesos y dimensiones máximas de todas las unidades

vehiculares autorizadas en esta Norma.

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TRAMOS CARRETEROS

45 Libramiento Oriente SLPSe autorizará la circulación con los pesos y dimensiones máximas de todas las unidades vehiculares autorizadas en esta Norma.

46 SLP-Matehuala

Se autorizará la circulación con los pesos y dimensiones máximas de todas las unidades vehiculares autorizadas en esta Norma

Libramiento MatehualaSe autorizará la circulación con los pesos y dimensiones máximas de todas las unidades vehiculares autorizadas en esta Norma

47 Matehuala-Saltillo Matehuala-ArteagaSe autorizará la circulación con los pesos y dimensiones máximas de todas las unidades vehiculares autorizadas en esta Norma

48 Matehuala-Saltillo Arteaga-SaltilloSe autorizará la circulación con los pesos y dimensiones máximas de todas las unidades vehiculares autorizadas en esta Norma.

49 Libramiento Oriente Saltillo (Directo)Se autorizará la circulación con los pesos y dimensiones máximas de todas las unidades vehiculares autorizadas en esta Norma.

50 Saltillo-MonterreySe autorizará la circulación con los pesos y dimensiones máximas de todas las unidades vehiculares autorizadas en esta Norma, en tanto se concluye la construcción de la autopista Monterrey - Saltillo.

51 Libramiento MonterreyEnt. (Carr. Salt.-Mty)-Ent. (Carr. Mty-Laredo)

Se autorizará la circulación con los pesos y dimensiones máximas de todas las unidades vehiculares autorizadas en esta Norma.

52 Libramiento Monterrey (Directo)Ent. (Carr. Mty-Laredo)-Ent. (Carr. Victoria-Mty)

Se autorizará la circulación con los pesos y dimensiones máximas de todas las unidades vehiculares autorizadas en esta Norma.

535455

Monterrey-Nvo. Laredo (Directo)

Monterrey-Ent. Ciénega de FloresSe autorizará la circulación con los pesos y dimensiones máximas de todas las unidades vehiculares autorizadas en esta Norma.

Ent. Ciénega de Flores-La GloriaSe autorizará la circulación con los pesos y dimensiones máximas de todas las unidades vehiculares autorizadas en esta Norma.

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• Guadalupe, N.L. a 05 de septiembre de 2008.• AVISO DE OPERATIVO• Se les comunica a todos los compañeros del autotransporte que el

día lunes 08 de Septiembre de 2008, se realizará un Operativo para el cumplimiento de la Norma NOM-012-SCT-2-2008, sobre el peso y dimensiones máximas permitidas con los que pueden circular los vehículos del autotransporte federal sobre la carretera libre (1810) Monterrey-Nuevo Laredo.

• Les recordamos que la carretera libre (1810) Monterrey-Nuevo Laredo esta clasificada como Tipo “C” por lo que la configuración máxima en un camión sencillo es de 18.5 metros de largo.

• Cabe mencionar que no se permite la circulación en esta carretera de Fulles, ni tractos con cajas de 48 y 53 pies de largo, ya que rebasan el largo establecido por la norma.

• Por lo que les exhortamos comunicar a su personal para tomar las medidas necesarias, quedando a sus órdenes.

• Atentamente• ING. GUSTAVO GONZALEZ GARCIA• DELEGADO ESTATAL.

COMUNICADO RELEVANTE

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Diesel

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CLASIFICACION DE CARRETERAS

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LINKS DE INTERES

Secretaría de Comunicación y Transporte

www.sct.gob.mx

Traza tu Rutahttp://aplicaciones4.sct.gob.mx/sibuac_internet/ControllerUI?action=cmdEscogeRuta

Dieselhttp://www.pemex.com/files/dcpe/petro/epublico_esp.pdf

Cámara Nacional de Autotransporte de Cargahttp://www.canacar.com.mx