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7.3 Regularización de Dragas Como mencionamos en el capítulo “6” las dragas tienen un gran impacto negativo, como por ejemplo: Destrucción de la vegetación ribereña Alteración de ecosistemas inundables Destrucción de los hábitats acuáticos Alteración del cauce los ríos Impactos biológicos Contaminación Es por eso que investigamos si existía algún tipo de condición para trabajar con estas o su restricción en caso se incumpliera ciertas normas. . Permisos necesarios para operar dragas De acuerdo con el Ministerio del Ambiente, para que una draga opere debe contar con los siguientes requisitos, los que fueron otorgados por la Dirección de Capitanías y Guardacostas del Perú, Ministerio de Energía y Minas, Dirección Regional de Energía y Minas e Hidrocarburos de Madre de Dios y la Autoridad Nacional del Agua. REQUISITOS PARA OPERAR UNA DRAGA CON FINES DE EXTRACCION MINERA ANTES DE INICIAR OPERACIÓN REQUISITOS DE LA DIRECCIÓN DE CAPITANÍAS Y GUARDACOSTAS DEL PERÚ – DICAPI 1. Certificado de matrícula o pasavante vigente. 2. Derecho de uso de áreas acuáticas. 3. Certificado nacional de seguridad. 4. Certificado de línea máxima de carga. 5. Certificado de arqueo REQUISITOS DEL MINEM Y DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE ENERGÍA Y MINAS E HIDROCARBUROS DEL GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS 6. Calificación de pequeño minero o minero artesanal (minem). 7. Concesión minera. 8. Certificación ambiental. 9. Solicitud para beneficiar o concesión de beneficio. 10. Plan de cierre de minas REQUISITO DE LA AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA

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7.3 Regularización de Dragas

Como mencionamos en el capítulo “6” las dragas tienen un gran impacto negativo, como por ejemplo:

Destrucción de la vegetación ribereña Alteración de ecosistemas inundables Destrucción de los hábitats acuáticos Alteración del cauce los ríos Impactos biológicos Contaminación

Es por eso que investigamos si existía algún tipo de condición para trabajar con estas o su restricción en caso se incumpliera ciertas normas. .

Permisos necesarios para operar dragasDe acuerdo con el Ministerio del Ambiente, para que una draga opere debe contar con los siguientes requisitos, los que fueron otorgados por la Dirección de Capitanías y Guardacostas del Perú, Ministerio de Energía y Minas, Dirección Regional de Energía y Minas e Hidrocarburos de Madre de Dios y la Autoridad Nacional del Agua.

REQUISITOS PARA OPERAR UNA DRAGA CON FINES DE EXTRACCION MINERA ANTES DE INICIAR OPERACIÓN

REQUISITOS DE LA DIRECCIÓN DE CAPITANÍAS Y GUARDACOSTAS DEL PERÚ – DICAPI

1. Certificado de matrícula o pasavante vigente.2. Derecho de uso de áreas acuáticas.3. Certificado nacional de seguridad.4. Certificado de línea máxima de carga.5. Certificado de arqueo

REQUISITOS DEL MINEM Y DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE ENERGÍA Y MINAS E

HIDROCARBUROS DEL GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS

6. Calificación de pequeño minero o minero artesanal (minem).

7. Concesión minera.8. Certificación ambiental.9. Solicitud para beneficiar o concesión de beneficio.10. Plan de cierre de minasREQUISITO DE LA AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA11. Autorización de ocupar o desviar cauces de agua

FUENTE: MINAM.

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EL PLAN/PROPUESTA DE SOLUCIÓN

Para reducir el impacto negativo de la minería informal en Madre de Dios se deberían tomar las siguientes medidas:Respetar y mantener las zonas de exclusión minera para proteger el ambiente y así evitar la proliferación de actividades ilícitas en toda la región de esta forma se ordenaría la actividad de manera legal y formal.Tomar una decisión respecto a las dragas de diverso tipo que operan en los ríos y causan impactos extremadamente negativos, utilizando algunas experiencias internacionales podrían imponer su prohibición las regiones amazónicas.Iniciar un proceso de formalización de las actividades mineras en las zonas donde se permite la actividad y que está claramente delimitada en el anexo del Decreto de Urgencia Nº 001-2014 y que amplió su vigencia con el Decreto de Urgencia Nº 004-2015Recuperar las zonas afectadas por la minería, siendo en su mayoría pasivos ambientales, ya que los mineros no cumplen con las normas del cierre de minas.Apoyar al Gobierno Regional de Madre de Dios para mejorar el manejo de la pequeña minería y minería artesanal, que está en su jurisdicción.

Dragas y otros equipos La semana pasada, el ministerio de Energía y Minas presentó al consejo de viceministros proyectos de ley vinculados a la formalización de la minería informal. Habría mucho que comentar, pero nos enfocaremos en uno de los artículos de una de las propuestas, denominada: “Ley que promueve la formalización de las actividades de la pequeña minería y minería artesanal”. En su artículo tres, dicho proyecto señala lo siguiente:Artículo 3°.- De la minería en cauces o álveos de los ríos y/o quebradasExcepcionalmente, en el ámbito de la minería artesanal, las personas naturales que se encuentran en vías de formalización, debidamente inscritos en el Registro de Saneamiento, podrán desarrollar actividad minera utilizando bombas de succión directa y/o indirecta, accionadas por motores de hasta 25 hp y mangueras de hasta seis pulgadas de diámetro, en cauces o álveos de los ríos y/o quebradas.No obstante, las leyes dadas por este mismo gobierno, puntualmente el Decreto Legislativo 1100, durante la delegación de facultades para la lucha contra la minería ilegal, establece, en su artículo cinco:Artículo 5°.- ProhibicionesProhíbase, en el ámbito de la pequeña minería y minería artesanal, lo siguiente:5.1.- El uso de dragas y otros artefactos similares en todos los cursos de agua, ríos, lagos, lagunas, cochas, espejos de agua, humedales y aguajales. Entiéndanse por “artefactos similares” a los siguientes:a)Las unidades móviles portátiles que succionan materiales de los lechos de los ríos, lagos y cursos de agua, con fines de extracción de oro u otros minerales.b)Draga hidráulica, dragas de succión, balsa gringo, balsa castillo, balsa draga, tracas y carancheras.c)Otros que cuentan con bombas de succión de cualquier dimensión y que tengan o no incorporada una zaranda o canaleta.d)Cualquier otro artefacto que ocasione efecto o daño similar.En ese sentido, nos preguntamos: ¿Cuáles son las razones para que esto suceda?, ¿para que tengamos nuevamente otro retroceso de lo establecido inicialmente? Primero se prohibió todo tipo de draga y lo que se le parezca, y ahora es el mismo Ejecutivo el que pretende permitir el retorno de esta maquinaria. Resuta evidente, una vez más, lo contradictorio de las politicas de nuestro gobierno de turno. No podemos dejar de mencionar esta situación, así nos digan que son pequeñas draguitas. Estas igual están mencionadas en las prohibiciones.

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No podemos dejar de señalar lo establecido ya anteriormente por el Tribunal Constitucional sobre la materia, y directamente vinculado a las dragas, en el Expediente N°00316-2011-PA/TC Madre de Dios - Empresa Minera de Servicios Generales S.R.L y Otros.La sentencia confirma la prohibición de las dragas y/o artefactos similares, cuya operatividad y retorno a los ríos amazónicos se pretende permitir vía esta propuesta. Si el máximo órgano que interpreta nuestra Constitución ha confirmado la prohibición de estas, ¿cómo, vía otra norma, se pretende permitir su retorno? De manera permanente, resultan contradictorias las acciones emprendidas, y nos llevan a tener poca claridad acerca de las medidas de lucha contra la minería ilegal y las normas dadas para fomalizar o sanear la mineria informal.Es hora de ponerse de acuerdo y es hora de tener claridad en las acciones. No podemos ir retrocediendo en las medidas empredidas por el Estado y dejar de lado la lucha contra las actividades ilegales.

5.- Dentro del plan de formalización en marcha, el MINEM y otros sectores deben promover la implementación de medidas para optimizar las operaciones mineras y minimizar el impacto ambiental; entre otras: levantar información técnica base a nivel de microcuencas, y ordenar la exploración en consecuencia; promover el manejo de parámetros técnicos en los métodos de explotación; planificar las labores de desbroce para retirar y almacenar la capa vegetal y la vegetación con fines de restauración posterior; implementar planes de relleno y restauración de las áreas explotadas; regular la explotación en áreas ribereñas de los ríos y reducir la deforestación de bosques inundables.

2008-2009 Balance de acciones de Gobiernos nacional y regional paraordenamiento de minería en MDD

Logros del gobierno regional Detuvo temporalmente la carrera por obtener concesiones mineras en MDD. Puso sobre la mesa el tema de la creación de zonas de exclusión minera y regulación de actividades de dragado. Inició estrategia de trabajo intersectorial, incorporando a otras instancias (PCM y MINAM)