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Página 1 de 69 Estudio Técnico Previo de la Zona de Concentración Parcelaria de Bustillo del Páramo en el Canal del Páramo Alto (León) ESTUDIO TÉCNICO PREVIO DE LA ZONA DE CONCENTRACIÓN PARCELARIA DE BUSTILLO DEL PARAMO EN EL CANAL DEL PARAMO ALTO (LEON) M E M O R I A 1.- OBJETO DEL ESTUDIO El objeto del presente estudio tiene como base analizar las circunstancias que concurren para proceder, en su caso, a la declaración de utilidad pública para la realización de la reconcentración parcelaria en la Comunidad de Regantes del Canal del Páramo en el Ayuntamiento de Bustillo del Páramo (León), en sus anejos de Bustillo del Páramo, La Milla del Páramo, Acebes del Páramo, Matalobos del Páramo y Grisuela del Páramo. 2.- INTRODUCCIÓN Y ANTECEDENTES 2.1.- DATOS GENERALES DE LA ZONA REGABLE La zona objeto del presente estudio se circunscribe a la parte de la Comunidad de Regantes del Canal del Páramo correspondiente al término municipal de Bustillo del Páramo, municipio situado en la parte norte de la comarca del Páramo Leonés. La superficie de cultivo correspondiente al Ayuntamiento de Bustillo del Páramo, íntegramente de regadío, pertenece a diferentes comunidades de regantes, todas ellas pertenecientes al sistema Luna-Órbigo estas comunidades de regantes son las que se relacionan a continuación: - Comunidad de regantes del Canal del Páramo - Comunidad de regantes del Canal de Villadangos - Comunidad de regantes de la Presa Cerrajera - Comunidad de regantes del Canal de Castañón En el cuadro que se muestra a continuación, se describen las superficies correspondientes a los perímetros de actuación de cada una de las comunidades de regantes descritas dentro del término municipal de Bustillo del Páramo, así como en cada uno de sus anejos.

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Estudio Técnico Previo de la Zona de Concentración Parcelaria de Bustillo del Páramo en el Canal del Páramo Alto (León)

ESTUDIO TÉCNICO PREVIO DE LA ZONA DE CONCENTRACIÓN PARCELARIA DE BUSTILLO

DEL PARAMO EN EL CANAL DEL PARAMO ALTO (LEON)

M E M O R I A

1.- OBJETO DEL ESTUDIO

El objeto del presente estudio tiene como base analizar las circunstancias que

concurren para proceder, en su caso, a la declaración de utilidad pública para la realización de la reconcentración parcelaria en la Comunidad de Regantes del Canal del Páramo en el Ayuntamiento de Bustillo del Páramo (León), en sus anejos de Bustillo del Páramo, La Milla del Páramo, Acebes del Páramo, Matalobos del Páramo y Grisuela del Páramo.

2.- INTRODUCCIÓN Y ANTECEDENTES 2.1.- DATOS GENERALES DE LA ZONA REGABLE

La zona objeto del presente estudio se circunscribe a la parte de la Comunidad de Regantes del Canal del Páramo correspondiente al término municipal de Bustillo del Páramo, municipio situado en la parte norte de la comarca del Páramo Leonés.

La superficie de cultivo correspondiente al Ayuntamiento de Bustillo del Páramo,

íntegramente de regadío, pertenece a diferentes comunidades de regantes, todas ellas pertenecientes al sistema Luna-Órbigo estas comunidades de regantes son las que se relacionan a continuación:

- Comunidad de regantes del Canal del Páramo - Comunidad de regantes del Canal de Villadangos - Comunidad de regantes de la Presa Cerrajera - Comunidad de regantes del Canal de Castañón

En el cuadro que se muestra a continuación, se describen las superficies

correspondientes a los perímetros de actuación de cada una de las comunidades de regantes descritas dentro del término municipal de Bustillo del Páramo, así como en cada uno de sus anejos.

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Superficie Total (Ha)

Canal del Páramo

Canal de Villadangos

Presa Cerrajera y Canal de Castañon

Total

Antoñanes 788 788 Bustillo 1482 603 0 2085 Grisuela 870 0 0 870 Matalobos 1020 0 0 1020 Acebes 591 0 317 908 La Milla 241 876 0 1117 San Pedro Pegas 0 0 314 314 TOTAL 4992 1479 631 7102

Del cuadro anterior se deduce que una parte importante de la superficie del

Ayuntamiento de Bustillo del Páramo se encuentra contenida en la comunidad de regantes del Canal del Páramo, como vemos de forma más clara en el siguiente cuadro:

MUNICIPIO ENTIDADES LOCALES MENORES COMPRENDIDAS EN EL TERMINO

MUNICIPAL

SUPERFICIE (Ha) TOTAL

MUNICIPIO

SUPERFICIE PERIMETRO (Ha)

Comunidad del Canal del Páramo

(León)

BUSTILLO DEL PARAMO

• ACEBES DEL PARAMO • ANTOÑANES DEL PARAMO • BARRIO DE BUENOS AIRES • BUSTILLO DEL PARAMO • GRISUELA DEL PARAMO • MATALOBOS DEL PARAMO • MILLA DEL PARAMO, LA • SAN PEDRO DE PEGAS

7.102 4.992

La Comunidad General de Regantes del Canal del Páramo se encuentra inmersa en

los últimos 10 años aproximadamente en un proceso de modernización del regadío y de reconcentración parcelaria que afecta a los municipios que se encuentran bajo su jurisdicción y que resumiremos brevemente a continuación.

El resto de comunidades de regantes descritas, mantienen en la actualidad un sistema de riego tradicional por gravedad con acequias.

El reparto de las dotaciones de riego en el sistema Luna-Órbigo se realiza de forma homogénea en función de las superficies de las distintas comunidades de regantes que lo integran. La Comunidad figura inscrita en la Confederación Hidrográfica de Duero como regadío estatal, no estando documentada la concesión de aguas en la actualidad.

La Comunidad General de Regantes del Canal del Páramo se localiza en la provincia de León y se encuentra circunscrita por una línea continua y cerrada que tiene su origen en el punto de cruce de la Presa Cerrajera con el Canal del Páramo, continúa por la Presa Cerrajera hasta el casco urbano de Azares del Páramo, sigue por el camino vecinal de Soguillo del Páramo a Azares del Páramo, hasta su cruce con el Canal del Páramo Bajo, siguiendo por este canal hasta el arroyo del Regueral, continúa por este arroyo en dirección Norte hasta su cruce con la carretera C-622 de León a La Bañeza, continúa por esta carretera hasta su cruce con la conducción subterránea del Canal de la Mata, sigue por el Canal de La

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Mata hasta el Canal del Páramo II, continúa por este Canal hasta el Canal del Páramo, siguiendo por el mismo hasta el punto de partida.

La Comunidad General de Regantes del Canal del Páramo está formada en su

totalidad o en parte por los términos municipales de Bercianos del Páramo, Bustillo del Páramo, Laguna Dalga, San Pedro Bercianos, Santa María del Páramo, Urdiales del Páramo, Valdefuentes del Páramo, Villazala y Santa Marina del Rey (León).

En el siguiente cuadro se especifican los datos de términos municipales, anejos y

superficie total afectada por los procesos de modernización del regadío y concentraciones parcelarias que se desarrollan actualmente o han venido desarrollándose en los últimos años en la Comunidad de Regantes del Canal del Páramo:

MUNICIPIO

(Sup Ha)

ENTIDADES LOCALES

MENORES comprendidas

en el término municipal

SUPERFICIE

total

municipio

SUP AFECTADA

Modernización y

Concentración

Bercianos del Páramo

-Bercianos del Páramo -Villar del Yermo -Zuares del Páramo

3 510 1225

Bustillo del Páramo

-Acebes del Páramo -Antoñanes del Páramo -Barrio de Buenos Aires -Bustillo del Páramo -Grisuela del Páramo -Matalobos del Páramo -La Milla del Páramo -San Pedro de Pegas

7 102 775

Laguna Dalga

-Laguna Dalga -San Pedro de las Dueñas -Santa Cristina del Páramo -Soguillo del Páramo

3 840 2592

San Pedro Bercianos

-La Mata del Páramo -San Pedro Bercianos

2 350 1 527

Santa María del Páramo

-Santa María del Páramo 2 023 1541

Santa Marina del Rey

-San Martín del Camino -Santa Marina del Rey -Sardonedo -Villamor de Orbigo -Villavante

4 550 1145

Urdiales del Páramo -Mansilla del Páramo -Urdiales del Páramo -Villarrín del Páramo

3 306 2842

Valdefuentes del Páramo

-Azares del Páramo -Valdefuentes del Páramo

2 420 1095

Valdevimbre

-Fontecha del Páramo -Palacios de Fontecha -Pobladura de Fontecha -Vallejo -Villagallegos -Villibañe

6 800 14

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MUNICIPIO

(Sup Ha)

ENTIDADES LOCALES

MENORES comprendidas

en el término municipal

SUPERFICIE

total

municipio

SUP AFECTADA

Modernización y

Concentración

Villazala

-Hinojo -Huerga de Frailes -Castrillo de San Pelayo -San Pelayo -Santa Marinica -Valdesandinas -Villazala

4 540 888

TOTAL 40 441 13 644

2.2.- ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS

En fecha 18 de octubre de 2000 se suscribe convenio marco entre SEIASA DEL

NORTE. S.A. y el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación que contempla las obras de Consolidación y Modernización de los Regadíos declaradas de Interés General por la Ley 14/2000 de 29 de diciembre, denominada de la COMUNIDAD GENERAL DE REGANTES DEL CANAL DEL PARAMO.

Con fecha 22 de octubre de 2001 se suscribe un "Convenio Marco" de colaboración

entre SEIASA del Norte S.A. con la Consejería de Agricultura y Ganadería de la Junta de Castilla y León por el que se formaliza la participación de la citada Consejería en la financiación y ejecución de las obras objeto de este Convenio Marco, deduciéndose del Presupuesto Total la citada participación para la realización de las obras de Modernización y Consolidación de los Regadíos de la citada Comunidad.

Don Graciliano Palomo García en nombre y representación de la Sociedad Estatal de

Infraestructuras Agrarias del Norte. S.A. (SEIASA DEL NORTE. S.A). y Don Ramón Ferrero Rodríguez en nombre y representación de la Comunidad General de Regantes del “CANAL DEL PARAMO”, junto con la Consejería de Agricultura y Ganadería de la Junta de Castilla y León, suscribieron en fecha 18 de abril de 2006 el Convenio Marco Regulador de la Financiación. Construcción y Explotación de las Obras de Modernización y Consolidación de los Regadíos de la Comunidad General de Regantes del “CANAL DEL PARAMO”.

Para facilitar la realización de los proyectos de obras de modernización del regadío se

establecieron sectores de riego en la zona, los sectores de riego que comprenden la zona son los siguientes: S-I; S-III; S-IV; S-V; S-VI; S-VII; S-VIII y S-IX, encontrándose estos proyectos en distintas fases de ejecución en la actualidad. En el plano nº7 anexo al ETP se puede ver la distribución de los distintos sectores de riego correspondientes a la comunidad de regantes del Canal del Páramo.

Con el fin de proceder a la modernización de los sectores V y VII se redactan los

proyectos que tienen como fin el justificar y dimensionar todos los componentes integrantes de la red hidráulica. Los proyectos mencionados corresponden al 80% de financiación por

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parte de la SEIASA del Norte en toda la zona del Páramo Alto. Siendo el 20 % restante a financiar por parte de la Consejería de Agricultura de la Junta de Castilla y León y redactado el proyecto a parte por la citada Consejería. Dicho proyecto define las obras e instalaciones necesarias para la obra de toma de los regadíos de los Sectores V y VII, y la tubería de abastecimiento y estación de bombeo del Sector VII del Canal del Páramo de la Comunidad de Regantes del Canal del Páramo. Las obras correspondientes a los proyectos descritos se encuentran finalizadas y en funcionamiento desde la primavera de 2011.

Con fecha 10 de enero de 2011 se firma convenio específico de colaboración entre la

Administración de la Comunidad de Castilla y León, a través de la Consejería de Agricultura y Ganadería, SEIASA del Norte S.A. y la Comunidad General de Regantes del Canal del Páramo (León), para la realización de las obras de modernización y consolidación de los regadíos correspondientes a los sectores de riego III y IX, suponiendo el compromiso de las obras a acometer por la Consejería de Agricultura y Ganadería un importe orientativo del 26% del presupuesto del conjunto de la actuación, y en un 74% para los que se compromete a ejecutar SEIASA del Norte S.A. Las obras correspondientes a estos sectores están finalizadas y en funcionamiento desde la primavera del año 2015.

Con fecha 5 de mayo de 2017 se firma convenio específico de colaboración entre la

Administración de la Comunidad de Castilla y León, a través de la Consejería de Agricultura y Ganadería, SEIASA del Norte S.A. y la Comunidad General de Regantes del Canal del Páramo (León), para la realización de las obras de modernización y consolidación de los regadíos correspondientes a los sectores de riego I y VIII, suponiendo el compromiso de las obras a acometer por la Consejería de Agricultura y Ganadería un importe orientativo del 26% del presupuesto del conjunto de la actuación, y en un 74% para los que se compromete a ejecutar SEIASA del Norte S.A. Las obras en los Sectores VIII y I se encuentran actualmente adjudicadas y en estado de ejecución, estando prevista la entrada en funcionamiento de estos sectores en la primavera de 2018.

La parte de la comunidad del Canal del Páramo que pertenece al término municipal

de Bustillo del Páramo, objeto del presente estudio, se corresponde con los sectores de riego IV y VI, estando pendiente la redacción de los proyectos de estos sectores en la actualidad.

Por parte de la Comunidad General de Regantes del Canal del Páramo (León), así

como de los representantes de las entidades locales incluidas en los Sectores de referencia, se ha entendido la necesidad de realizar una nueva concentración parcelaria sobre la ya realizada anteriormente en los municipios en los que se encuentran situados los regadíos de su jurisdicción, a fin de conseguir la reordenación de la propiedad y la reorganización de las estructuras en las explotaciones, para adecuarlas al proceso de mejora del regadío que, acogiéndose a la declaración de interés general mencionada, la Comunidad desea acometer. Y en este sentido, la citada Comunidad de Regantes, se ha dirigido a los Ayuntamientos incluidos en la zona Regable, solicitando que, conforme dispone el Art. 17, apartado b) de la Ley 14/1990, de 28 de noviembre, de Concentración Parcelaria de Castilla y León insten a la Consejería de Agricultura y Ganadería de la Junta de Castilla y León para que se realice dicha concentración parcelaria.

Por los Ayuntamientos de Bercianos del Páramo, Bustillo del Páramo, Laguna Dalga,

San Pedro Bercianos, Santa María del Páramo, Santa Marina del Rey, Urdiales del Páramo,

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Valdefuentes del Páramo y Villazala, según acuerdo plenario de cada una de dichas corporaciones municipales, se ha instado a la Consejería de Agricultura y Ganadería de la Junta de Castilla y León, a la realización de la concentración parcelaria en dichos términos municipales, conforme lo dispone el ya mencionado Art. 17 b) de la Ley 14/1990, de 28 de noviembre, de Concentración Parcelaria de Castilla y León.

La Dirección General de Infraestructuras y Diversificación Rural, entendiendo que

concurren en la zona objeto de concentración los supuestos previstos en el artículo 17 b) y c) de la Ley 14/1990, de 28 de Noviembre, de Concentración Parcelaria de Castilla y León, ordena se proceda a la redacción del Estudio Técnico Previo de Concentración Parcelaria de la Zona Regable del Canal del Páramo Alto (León), previa la constitución de las Juntas de Trabajo en la forma establecida al respecto.

Por parte del Servicio Territorial de Agricultura y Ganadería de León, se instó a los

Alcaldes de los Ayuntamientos integrados total o parcialmente en el ámbito territorial objeto de dicho Estudio, a que convocaran y presidieran las respectivas asambleas de participantes, al objeto de elegir las Juntas de Trabajo correspondientes para la realización del Estudio.

Considerando que el Ayuntamiento de Bustillo del Páramo, hizo constar

expresamente su disconformidad con el proceso de reconcentración planteado, estimando innecesario una nueva concentración parcelaria en todas las localidades incluidas en su término municipal, a excepción de la localidad de Antoñanes del Páramo, el estudio únicamente analizó aquellas zonas incluidas total o parcialmente en los Términos Municipales de Bercianos del Páramo, Bustillo del Páramo en su localidad de Antoñanes del Páramo, Laguna Dalga, San Pedro Bercianos, Valdefuentes del Páramo, Santa María del Páramo, Santa Marina del Rey, Urdiales del Páramo y Villazala (León).

Se redacta el Informe Técnico Previo de la Zona en enero de 2008, comunicándose a

todos los Organismos afectados para que informen de lo que consideraran oportuno, conforme a lo indicado en el punto 4.3 en la Resolución de 7 de febrero de 1995 de la Dirección General de Estructuras Agrarias (BOCyL nº 34 de 17/02/95), deduciéndose de dicho Estudio la conveniencia de llevar a cabo una nueva concentración en la zona, siendo aprobado por la Dirección General de Infraestructuras Agrarias y Desarrollo Rural con fecha 6 de febrero de 2008, siendo sometido a encuesta de aceptación social.

Mediante Resolución de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en

León, de 6 de mayo de 2008 (BOCyL nº 107 de 5/06/08) se hizo pública la decisión motivada de no sometimiento al procedimiento de evaluación de impacto ambiental del estudio técnico previo de concentración parcelaria en la zona del Canal del Páramo Alto (León).

Por razón de utilidad pública, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 71.4 en

relación con el artículo 17 b), ambos de la Ley 14/1990, de 28 de noviembre, de Concentración Parcelaria de Castilla y León, oídas las organizaciones profesionales agrarias con implantación en la zona y las corporaciones de derecho público de dicha zona, con fines específicamente agrarios, y de acuerdo con las normas sobre protección ambiental, mediante la orden AYG/1548/2008, de 29 de julio (BOCyL nº 175 de 10/09/08), de la Consejería de Agricultura y Ganadería, se dispone la aplicación del artículo 71 de la Ley 14/1990 de 28 de

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noviembre, de Concentración Parcelaria de Castilla y León, en la zona del Canal del Páramo Alto (León), referente a la Concentración Parcelaria de zonas ya concentradas, como consecuencia de la aceptación social positiva y la viabilidad técnica, estando excluida casi la totalidad del Término municipal de Bustillo del Páramo a petición propia, con la excepción de Antoñanes del Páramo.

Por Orden AYG/120/2009, de 16 de enero (BOCyL nº 18 de 28/1/09), se encomienda

al Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León (ITACyL) la gestión de determinadas actuaciones en materia de infraestructuras agrarias, recogidas en el Anexo a la Orden, entre las que se encuentra el proceso de concentración parcelaria de la zona regable del Canal del Páramo (León).

Con fecha 22 de diciembre de 2008 se remite por parte del Jefe del Servicio

Territorial de Agricultura y Ganadería de León Aviso para el inicio de los trabajos la Investigación de la Propiedad a los Ayuntamientos y Entidades Locales Menores afectados ( Ayuntamientos de Bercianos del Páramo, Bustillo del Páramo, Laguna Dalga, San Pedro Bercianos, Santa María del Páramo, Urdiales del Páramo, Valdefuentes del Páramo, Villazala y Santa Marina del Rey), siendo publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de León el 19 de enero de 2009 (BOP nº 11),

Por Resolución de 18 de septiembre de 2009 (BOCyL nº 191 de 5/10/09), de la

Dirección General de Infraestructuras y Diversificación Rural se establecen Demarcaciones en el proceso de Concentración Parcelaria de la Zona del Canal del Páramo Alto (León) que constituyan unidades operativas independientes a los efectos de la realización del proceso, contando con Comisiones Locales Propias y a tal efecto resuelve para la formulación de las Bases de la Concentración, las Demarcaciones nº 1, 2 y 3. En el plano nº7 se puede ver la distribución de las distintas demarcaciones de concentración parcelaria correspondientes a la comunidad de regantes del Canal del Páramo.

Las Bases Definitivas de las Demarcaciones 1 y 2, fueron aprobadas por Resolución

de la Dirección General de Infraestructuras y Diversificación Rural de fecha 28 de abril de 2011, alcanzando firmeza en fecha 31 de octubre de 2013.

El Acuerdo de Concentración Parcelaria de ambas Demarcaciones fue aprobado por

Resolución de la Dirección General de Producción Agropecuaria y Desarrollo Rural en fecha 18 de marzo de 2014, procediéndose a dar toma de posesión provisional de las fincas de reemplazo en fecha 19 de septiembre de 2014 según Resolución del Jefe de Servicio de Agricultura y Ganadería de León (BOP nº 179), siendo Firme el Acuerdo en las citadas Demarcaciones a fecha actual.

La Demarcación nº3, aprobadas las Bases Definitivas en fecha 19 de Julio de 2015

por Resolución de la Dirección General de Producción Agropecuaria y Desarrollo Rural, siendo firmes las citadas Bases Definitivas desde el 1 de septiembre de 2017.

El Acuerdo de la Demarcación nº3 fue publicado tras su aprobación en fecha 8 de

noviembre de 2017 según resolución del Director General de Producción Agropecuaria e Infraestructuras Agrarias, estando previsto que se dé la toma de posesión de forma

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provisional en esta demarcación en otoño de 2018, no siendo Firme el Acuerdo en esta Demarcación en la fecha actual.

Las Obras de Infraestructura Rural correspondientes a los sectores III, V, VII y IX se

encuentran finalizadas en la actualidad, mientras que los sectores I y VIII se encuentran en fase de redacción de los correspondientes Proyectos.

2.3.- SOLICITUD DE CONCENTRACIÓN

Mediante Certificación expedida en fecha 5 de octubre de 2016 por el Secretario del Ayuntamiento de Bustillo del Páramo, se comunica al Servicio Territorial de Agricultura y Ganadería de León, que por el Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el 29 de Septiembre de 2016, se acuerda realizar “Propuesta de concentración parcelaria en varias localidades el municipio de Bustillo del Páramo” concretamente en las localidades de Grisuela del Páramo, Bustillo del Páramo, La Milla del Páramo y Matalobos del Páramo, indicando que no se incluyen los pueblos de Acebes del Páramo ni San Pedro de Pegas, si bien si los vecinos así lo desean pueden incluirse, sin oposición por el Ayuntamiento.

Con fecha 5 de diciembre de 2016 y habiendo sido solicitada la concentración

parcelaria de varias las localidades del término municipal de Bustillo del Páramo (Grisuela del Páramo, Bustillo del Páramo, La Milla del Páramo y Matalobos del Páramo) y al amparo del art. 17 b) de la Ley 14/1990, de 28 de noviembre de concentración parcelaria, aplicable de acuerdo con la disposición transitoria primera de la Ley 1/2014, de 19 de marzo, Agraria de Castilla y León, la Dirección General de Producción Agropecuaria e Infraestructuras Agrarias, dispone que por la Sección de Iniciativas Estructurales, Ordenación y Documentación del Servicio Territorial de Agricultura y Ganadería de León, con la supervisión del Jefe de Área de Estructuras Agrarias, se promueva la redacción del Estudio Técnico Previo, a tenor en lo dispuesto en los arts. 5 y 18 de la Ley 14/90 citada anteriormente. Con carácter previo, por el Servicio Territorial de Agricultura y Ganadería, en fecha 12 de abril de 2017, se requiere al Alcalde del Ayuntamiento de Bustillo del Páramo a fin de que convoque, conforme al art. 5.2 de la Ley 14/1990, Asamblea de participantes a fin de constituir las Juntas de Trabajo en las localidades de Grisuela del Páramo, Bustillo del Páramo, La Milla del Páramo y Matalobos del Páramo. En fecha 20 de Noviembre de 2017 se constituyen en el Ayuntamiento de Bustillo del Páramo las Juntas de Trabajo correspondientes a las localidades de Bustillo del Páramo, Matalobos del Páramo y Grisuela del Páramo

En Pleno del Ayuntamiento de fecha 18 de Diciembre de 2017 se Acuerda solicitar la Concentración para la localidad de Acebes del Páramo

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Estudio Técnico Previo de la Zona de Concentración Parcelaria de Bustillo del Páramo en el Canal del Páramo Alto (León)

En fecha 15 de noviembre son elegidos las restantes Juntas de Trabajo correspondientes a las localidades de La Milla del Páramo y Acebes del Páramo, constando su constitución en Acta de fecha 18 de diciembre de 2017.

Incluida esta zona en el programa de actuación del Servicio Territorial de Agricultura y Ganadería de la provincia de León, se elabora el Estudio Técnico Previo de la zona por el equipo designado por la Unidad territorial del Instituto Tecnológico Agrario de León, con la colaboración de las Juntas de Trabajo constituidas en las localidades de Grisuela del Páramo, Bustillo del Páramo, Matalobos del Páramo, La Milla del Páramo y Acebes del Páramo, teniendo presente que a fecha de elaboración del presente Estudio Técnico Previo, están siendo ejecutadas las obras de Modernización del regadío del resto de la Comunidad General de Regantes del Canal del Páramo, quedando pendiente únicamente el término municipal de Bustillo del Páramo.

El Estudio Técnico Previo da respuesta expresa a las cuestiones genéricas que

habitualmente vienen planteando problemas de gestión a lo largo del proceso de concentración: aceptación social, problemas ambientales, afecciones urbanísticas, subperímetros o sectores objeto de especial consideración y alcance de las infraestructuras a desarrollar en la zona.

2.4.- DELIMITACION AREAS REGABLES

Para establecer la superficie regable, se ha realizado el estudio de los factores que

determinan su delimitación, tales como la topografía, la calidad de los suelos, la vegetación y la fauna, etc.

El total de la superficie objeto de concentración parcelaria, se considera apta para

riego en función del estudio de suelos, por su posición y cota topográfica, cuya distribución por núcleos rurales se especifica en apartados posteriores.

2.5.- DELIMITACION AREAS DE SECANO

No se ha considerado ninguna superficie excluida del riego, siendo apta para el riego toda la superficie incluida en el presente Estudio Técnico Previo.

3.- DELIMITACIÓN DE LA ZONA

La zona objeto del presente estudio, incluida en su totalidad en la provincia de León, se compone de una única zona.

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Estudio Técnico Previo de la Zona de Concentración Parcelaria de Bustillo del Páramo en el Canal del Páramo Alto (León)

Los límites de la zona son los siguientes: Los límites de la zona se corresponden en términos generales con los de la Comunidad de Regantes del Canal del Páramo en la parte que pertenece al Término municipal de Bustillo del Páramo, quedando excluida la localidad de Antoñanes del Páramo que ha sido objeto recientemente de un proceso de concentración parcelaria, incluyéndose este anejo en la demarcación nº 2 de la zona del Canal del Páramo Alto.

La zona objeto de estudio limita con las demarcaciones nº 1 y nº 2 de la zona del

Canal del Páramo Alto por su parte Este y Sur respectivamente y con la demarcación nº 3 de esa misma zona por su parte Norte.

A continuación haremos una descripción un poco más detallada de los límites de la

zona: NORTE:

Limita con los términos municipales Santa Marina del Rey en sus anejos de Villavante y San Martín del Camino (incluidos en parte en la demarcación nº 3 de la zona del Canal del Páramo Alto) y con el Canal del Páramo que hace de límite con la Comunidad de Regantes del Canal de Villadangos.

SUR:

Limita con los términos municipales de Urdiales del Páramo en su anejo de Villarrín del Páramo (incluido este término municipal en la demarcación nº 2 de la zona del Canal del Páramo Alto), y con el anejo de Antoñanes del Páramo anteriormente citado perteneciente al término municipal de Bustillo del Páramo.

ESTE: Limita con el Canal del Páramo que hace de límite con la Comunidad de Regantes del Canal de Villadangos, y con el término municipal de San Pedro de Bercianos en su anejo de La Mata del Páramo, estando este término municipal incluido en la demarcación nº1 de la zona del Canal del Páramo Alto.

OESTE: Limita con los términos municipales de Villazala en sus anejos de Huerga de Frailes y San Pelayo, discurriendo por esta delimitación la “acequia grande”, que hace de límite también de las comunidades de regantes del Canal del Páramo y de la Presa Cerrajera. A partir del cruce de la “acequia grande” y de la presa cerrajera es esta última la que hace de límite de la zona hasta abandonarla al llegar al término municipal de Santa Marina del Rey en su anejo de Villavante del Páramo. Algunas parcelas pertenecientes a anejos correspondientes a términos municipales limítrofes como Huerga de Frailes, La Mata de Páramo y Antoñanes del Páramo se incluyen dentro de la zona a concentrar para adecuar el límite al futuro trazado de la nueva red de

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infraestructuras de una manera racional. Estas parcelas de la periferia deberán ser incluidas en los anejos correspondientes cuando se redacten las Bases de concentración de la zona.

La superficie total cultivable correspondiente al término municipal de Bustillo del

Páramo supone 6448 Has., de las cuales 2693 Has. quedarán excluidas del proceso de concentración parcelaria. De la superficie excluida indicada, 721 Has se corresponden con el Anejo de Antoñanes del Páramo, que como hemos indicado anteriormente ha sido objeto de concentración parcelaria recientemente, incluyéndose este anejo en la demarcación nº2 de la zona del Canal del Páramo Alto, 490 Has se corresponden con la parte que pertenece a la comunidad de regantes de la Presa Cerrajera y el Canal de Castañón, 1185 Has se corresponden con la parte que pertenece a la comunidad de regantes del Canal de Villadangos, mientras que las 297 Has restantes se corresponden mayoritariamente con zonas próximas a los cascos urbanos de las localidades afectadas.

De los datos anteriores obtenemos una superficie cultivable a concentrar es de 3755

Has., cuyo reparto entre las localidades afectadas es el siguiente:

TÉRMINO MUNICIPAL

ENTIDADES LOCALES MENORES COMPRENDIDAS

SUPERFICIE CULTIVABLE

TOTAL

SUPERFICIE EXCLUIDA

CONCENTRACION

SUPERFICIE

A CONCENTRAR

BUSTILLO DEL

PARAMO

ACEBES DEL PÁRAMO 957 366 591

ANTOÑANES DEL PÁRAMO 721 721 0

BUSTILLO DEL PÁRAMO 1864 627 1237

GRISUELA DEL PÁRAMO 793 10 783

LA MILLA DEL PÁRAMO 903 672 231

MATALOBOS DEL PÁRAMO 960 47 913

SAN PEDRO DE PEGAS 250 250 0

TOTAL 6448 2693 3755

La zona así delimitada, se encuentra incluida en el Grupo 2º de la provincia de León, según el Decreto 76/1984 de 16 de agosto de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Montes (B.O.C. y L. de 27/08/1984) por el que se fija la superficie de la unidad mínima de cultivo para cada uno de los términos municipales que integran la Comunidad Autónoma de Castilla y León, en virtud del cual, la unidad mínima de cultivo queda establecida en 6 Has. para la zona de secano y 2 Has. para la zona de regadío.

La Ley 14/1990 de 28 de noviembre de Concentración Parcelaria de Castilla y León, aplicable en virtud de lo establecido en la Disposición Transitoria 1ª, de la Ley 1/2014 de 19 de marzo, Agraria de Castilla y León, en su artículo 29, considera que “podrán ser excluidos de la concentración sectores o parcelas que no puedan beneficiarse de ella por la importancia de las obras o mejoras incorporadas a la tierra, por la especial naturaleza o emplazamiento de éstas o por cualquier otra circunstancia”. Por tanto, dicho perímetro podrá modificarse en fases posteriores en función de las inclusiones, exclusiones o rectificaciones que se acuerden, conforme a las disposiciones de la citada Ley.

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En los plano nº3 anexo al documento se puede observar de forma gráfica del perímetro global objeto de concentración. 4.- CARACTERÍSTICAS DE LA ZONA

4.1.- POBLACIÓN

En este apartado, se estudia la población de la zona como recurso territorial, lo que supone considerar a la población como una fuerza de trabajo que da lugar a unas producciones. Interesa por tanto, conocer su estructura, evolución y demás características. En los cuadros siguientes se incluye la serie histórica de la población de derecho del término municipal de Bustillo del Páramo y en sus anejos hasta el año 2.016. Se muestran los datos totales de término municipal, aunque algunos anejos hayan quedado excluidos como se indica en el apartado 3 de delimitación de la zona. EVOLUCION DE LA POBLACION DE DERECHO EN EL MUNICIPIO AFECTADO

Término Municipal

1940 1950 1960 1970 1981 1991 1999 2006 2011 2016

BUSTILLO DEL PARAMO 2629 2964 3237 3009 2527 2190 1931 1560 1416 1336

INDICE 100,00 112,74 123,12 114,45 96,12 83,30 73,45 59,33 53,86 50,81

EVOLUCION DE LA POBLACION DE DERECHO EN LOS ANEJOS AFECTADOS

Anejos afectados Año 2000

Año 2001

Año 2003

Año 2006

Año 2009

Año 2012

Año 2014

Año 2016

ACEBES DEL PÁRAMO 265 257 243 219 207 204 193 189 ANTOÑANES DEL

PÁRAMO 168 165 142 132 127 123 111 113 BARRIO DE BUENOS

AIRES 34 33 32 30 28 24 27 21 BUSTILLO DEL PÁRAMO 481 460 439 389 362 343 329 312 GRISUELA DEL PÁRAMO 220 213 202 184 175 167 158 147

MATALOBOS DEL PÁRAMO 308 304 277 257 244 159 156 144

MILLA DEL PÁRAMO (LA) 270 261 247 228 218 237 236 220 SAN PEDRO DE PEGAS 138 123 128 121 113 213 201 190

(Fuente I.N.E.base, datos referídos a población de derecho)

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Se observa que la población se ha mantenido, (incluso se ha incrementado ligeramente) hasta los años 70, produciéndose un descenso en las últimas décadas, que llega a una reducción en 2016 de aproximadamente la mitad respecto de la población en 1940.

La densidad de la zona en lo que se refiere al Término Municipal de Bustillo del Páramo tiene una densidad poblacional de 17,75 habitantes/ km2 (Fuente I.N.E. Datos referidos a la población de derecho). Hay que hacer notar que la densidad media de la zona se encuentra por debajo de la densidad media de la provincia de León (30,39 habitantes/ km2) y que la de la comunidad de Castilla y León (25,97 habitantes/km²) y varias veces menor que la nacional (91.83 a habitantes/ km2). Se puede concluir por tanto, que el descenso de la población en la zona supone un grave problema al que hay que intentar poner freno, ante la evidente desertización demográfica que está sufriendo. En lo que se refiere a los índices de juventud y envejecimiento, se obtiene para el conjunto de la zona un índice de juventud (población de menores de 16 años) del orden del 9,67% y un índice de envejecimiento (población mayor de 65 años) superior al 33%, por lo que se puede deducir que la población muestra claros síntomas de envejecimiento y bajos índices de natalidad. En el Censo de 2016 la población activa ascendía a 618 personas en la zona, de las cuales, 292 se dedicaban a la agricultura y ganadería, 68 a la industria, 74 a la construcción y 184 al sector servicios.

4.2.-BALANCE DE LA MANO DE OBRA AGRARIA. SITUACION ACTUAL

El Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

El sistema de la Seguridad Social viene integrado por el Régimen general y los Regímenes especiales. En el caso de la actividad agraria (que incluye el sector agrícola, ganadero y forestal o silvícola), los trabajadores podrán estar afiliados a cuatro sistemas diferentes:

1. Régimen General:

o Trabajadores por cuenta ajena en las actividades agrícola, ganadera, silvícola y pesca.

o Sistema Especial agrario (Por Ley 28/2011 de 22 de septiembre quedan integrados en el Régimen General de la Seguridad Social desde el 1 de enero de 2012, los trabajadores por cuenta ajena que figuren incluidos en el Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social a 31 de diciembre de 2011, mediante la creación de un sistema especial, así como los empresarios a los que presten sus servicios.)

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2. Régimen Trabajadores Autónomos:

o Régimen Especial Trabajadores Autónomos que tienen la actividad agraria.

o Sistema Especial de Trabajadores Agrarios (S.E.T.A.) (Por la ley 18/2007, Se establece, dentro del Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, y con efectos desde 1 de enero de 2008, el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios, en el que quedarán incluidos los trabajadores por cuenta propia agrarios, mayores de 18 años, que reúnan una serie de requisitos).

En el siguiente cuadro se muestran las necesidades de mano de obra en el municipio

de Bustillo del Páramo en función de la superficie de cultivo, del número de cabezas de ganado mayor, y de las necesidades unitarias de mano de obra.

MUNICIPIO

REGADIO ACTUAL

(Has)

GANADO ACTUAL (U.G.M)

NECESIDAD ACTUAL DE

MANO DE OBRA (U.T.H.)

MANO DE

OBRA EXISTENTE

(U.T.H.)

MANO DE

OBRA NECESARIA

(U.T.H.)

BUSTILLO DEL

PÁRAMO 6448 2.481 315 292 23

Se han supuesto las siguientes necesidades unitarias de mano de obra:

Regadío intensivo.......................30 Ha./UTH(unidades de trabajo)

Ganado................................. 25 U.G.M/ UTH

5.- INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTOS

En lo que se refiere a las comunicaciones por carretera, se accede a través de las siguiente vías: Autovía A-66 León-Benavente, Autovía A-6 Madrid-Coruña, Autopista AP-71 León-Astorga, N-630 Gijón-Sevilla, N-VI Madrid-Coruña, N-120 Logroño-Vigo, CL-622 León-Portugal, CL-621 Mayorga-Astorga, LE-413 Valcabado-Villadangos, LE-6501 de N-120 por Villavante a CL-621, LE-6502 de N-120 (San Martín del Camino) por Bustillo a CL-621 (Mansilla del Páramo), LE-6503 de CL-621 por Antoñanes del Páramo a LE-6502, LE-6504 de LE-413 a LE-6502 (Bustillo del Páramo), LE-6505 de CL-621 (matalobos del Páramo) a LE-6502 (Grisuela del Páramo), LE-6508 de CL-621 por Huerga de Frailes y Villazala a Regueras de Arriba, LE- 6520 de CL-621 (Matalobos del Páramo) a Veguellina del Órbigo, LE-6521 de CL-621 (Matalobos del Páramo) a Bustillo del Páramo, LE-6524 de LE-413 (Villar de Mazarife) a LE-6502, LE-6527 de CL-621 (Acebes del Páramo) a LE-

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6520, LE-6528 de CL-621 (Acebes del Páramo) a LE-6521 (Bustillo del Páramo) y la LE-

6530 de LE-413 (La Mata del Páramo) a Grisuela del Páramo.

En cuanto a líneas de ferrocarril, dentro de la zona discurre la línea de ferrocarril Palencia-La Coruña, siendo la estación de ferrocarril más próxima la de Veguellina de Órbigo.

De igual forma dispone de una buena infraestructura eléctrica así como de comunicaciones telefónicas y de radio –TV.

Todos los núcleos disponen de abastecimiento de aguas, existiendo deficiencias puntuales y déficit en el suministro. También disponen de saneamiento, aunque existen algunas viviendas aisladas con ciertas deficiencias. La recogida de basuras se realiza con selección parcial (cartón, vidrio y resto) periódicamente y su tratamiento se realiza en el C.T.R. provincial previo paso por un centro mancomunado de transferencia de basuras. El viario urbano se encuentra resuelto con el asfaltado de las calles prácticamente en su totalidad.

Las Normas Urbanísticas Municipales del Ayuntamiento de Bustillo del Páramo fueron aprobadas según Acuerdo el 24 de mayo de 2012, publicadas en el número 238 del BOCyL el día 12 de diciembre de 2012. En 1994, su Colegio Público, situado en la Carretera Matalobos (LE-422), es sede del Centro Rural Agrupado o CRA del “El Páramo” que comprende las escuelas de nivel primario de Acebes, Antoñanes, Bustillo, Grisuela, Mansilla, La Mata, Matalobos, La Milla, San Pedro Bercianos y Urdiales. Abarca Educación Infantil (3 a 6 años) y Educación Primaria. Los alumnos de Enseñanza Secundaria Obligatoria y Bachillerato, en su mayor parte, se desplazan al Centro existente en Santa María del Páramo y en Veguellina del Órbigo (León). Disponen de consultorios médicos en las localidades de Bustillo del Páramo, La Milla del Páramo, Grisuela del Páramo, Antoñanes del Páramo, Matalobos del Páramo, Acebes del Páramo y en San Pedro de Pegas, donde regularmente pasa consulta un médico y un A.T.S.; la especialización y hospitalización es atendida en los diferentes centros de la capital de la provincia.

Las Notarías más cercanas a Bustillo del Páramo están sitas en Benavides de Órbigo (León), Astorga (León) y La Bañeza (León) y Registro de la Propiedad en Astorga (León), estando incluida en el partido judicial de Astorga (León).

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6.- ANALISIS AGRONÓMICO

6.1.- PERIMETRO Y SUPERFICIE DE LA ZONA A CONCENTRAR

El perímetro y la extensión de la Zona a concentrar, se indica en los planos que se adjuntan, siendo sus límites los que se relacionan en el apartado nº 3 de esta memoria. Quedarán excluidas del proceso de concentración, las superficies ocupadas por los canales de conducción, núcleos urbanos, autovías y carreteras nacionales y locales, caminos de accesos a fincas, y en su caso aquellas zonas de cierta protección ambiental, si bien en lo que respecta a la Red Natura, la zona objeto del presente Estudio Técnico Previo no está afectada por la existencia de espacios protegidos, LICs o ZEPAs según se refleja en apartados posteriores. 6.2.- NUMERO DE PROPIETARIOS Y PARCELAS AFECTADAS

El número de propietarios según los datos catastrales consultados para la totalidad de la zona incluida es de 1.430, y el de las parcelas afectadas de 3.390, que totalizan una superficie incluida en la concentración parcelaria de 3.755 Has.

6.3.- SUPERFICIE MEDIA DE LAS PARCELAS

La superficie media de las parcelas incluidas en la concentración es de 1,11 Has., y el número de parcelas incluidas por propietario es de 2,37 lo que supone una superficie media incluida por propietario de 2,62 Has.

6.4.- EXISTENCIA DE BIENES DE DOMINIO PÚBLICO

Dentro de la zona a concentrar, existen una serie de parcelas propiedad de las Juntas Vecinales de cada una de las localidades afectadas por la concentración, así como parcelas provenientes de masas comunes de anteriores procesos de Concentración gestionadas por las mencionadas Juntas Vecinales o en su caso por el Ayuntamiento de Bustillo del Páramo, que deseen concentrar al considerar que se pueden beneficiar de la misma, introduciendo así mismo mejoras de infraestructura de regadío, cuya solución final será función de las necesidades a propuesta de la Entidad titular.

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6.5.- SITUACION DE LAS EXPLOTACIONES Y POSIBILIDAD DE

REESTRUCTURACION

En base a los datos obtenidos del estudio, según información que proporcionan anualmente las Cámaras Agrarias a través de los impresos 1T de la Secretaría General Técnica del M.A.P.A. correspondiente a los Términos Municipales afectados, las tierras cultivadas representan prácticamente la totalidad de la zona a concentrar. Las superficies cultivadas en la zona a concentrar, todas ellas correspondientes al regadío, son las reflejadas en el apartado 2.6.

Teniendo en cuenta la evolución del sector en los últimos años, la superficie media por explotación es de 30 has. Las explotaciones tipo S.A.U. (Superficie Agrícola Utilizada) mayores de 30 has. suponen un 20% del total. Con respecto al régimen de tenencia de la tierra, se considera que alrededor del 25% de la superficie se cultiva en régimen de propiedad y el 75% en arrendamiento. El cuadro de cultivos lo podemos considerar según la distribución siguiente:

CULTIVOS (Regadío) Superficie(Has)

TRIGO 781,52

MAIZ CONVENCIONAL 3203,09

CEBADA 2,48

AVENA 4,26

TRITICALE 7,03

BARBECHO 701,67

GIRASOL 97,58

ALUBIAS 348,42

GARBANZOS 0,13

ALFALFA 9,66

PASTOS 42,93

RAYGRAS 4,72

REMOLACHA 163

PATATA 8,46

NOGALES 0,33

OTROS FRUTALES 0,05

PUERROS.AIRE LIBRE 0,17

CEBOLLA.AIRE LIBRE 0,07

AJO.AIRE LIBRE 0,54

REPOLLO.AIRE LIBRE 0,12

HUERTA.AIRE LIBRE 0,46

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CULTIVOS (Regadío) Superficie(Has)

SUPERFICIES FORESTALES DE ROTACION CORTA.POPULUS SP (CHOPO) 2

MEZCLA VEZA - AVENA 2,93

CULTIVOS MIXTOS DE ESPECIES PRATENSES 89,76

(Fuente: Sección de Ayudas Agrícolas del Servicio Territorial de Agricultura y Ganadería de

León)

Según las encuestas realizadas, en las entidades locales el bovino y el ovino se distribuye en explotaciones de tipo familiar con unos censos ganaderos importantes, de orientación fundamentalmente lechera. El Censo ganadero existente es el reflejado en el siguiente cuadro.

EXISTENCIAS DE GANANDO BOVINO, OVINO Y CAPRINO (U.G.)

MUNICIPIO CABEZAS

DE BOVINO

CABEZAS DE

CONEJAS MADRES

CABEZAS DE OVINO

CABEZAS DE

PORCINO

CABEZAS DE VACAS LECHERAS

BUSTILLO DEL

PARAMO 980 722 1.248 21 232

TOTAL 980 722 1.248 21 232

En cuanto a la mecanización, todas las explotaciones disponen por lo general de dos tractores con su correspondiente equipo de cultivador, sembradora, arados, abonadoras, remolques, equipos de riego por aspersión, etc.

El parque de maquinaria existente a fecha Junio de 2017 lo componen:

Término Municipal

(Localidad)

MAQUINARIA Y VEHICULOS (Ud.)

TRACTORES REMOLQUES COSECHADORA

EMPACADORAS Resto de

Maquinaria CEREALES

Bustillo del Páramo

459 368 9 3 488

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Las posibilidades de reestructuración de las explotaciones, en líneas generales, pasan

por:

a) Consolidar la superficie media por explotación destinada a cultivos de regadío. b) Dar una orientación agro-ganadera a las producciones. c) Reducir el número de fincas por explotación, adjudicando contiguos los lotes que vayan a

formar parte de una misma explotación. d) Utilizar nuevos sistemas de riego que permitan la modernización de los sistemas de riego

fijando los criterios que permitan una mayor automatización con el menor coste posible, optimizando la mano de obra y reduciendo los consumos de agua actuales.

6.6.- SECTORES QUE DEBEN SER OBJETO DE ESPECIAL CONSIDERACION EN ATENCION A SUS PARTICULARES CARACTERÍSTICAS

Se tendrá especial consideración con las parcelas cercanas al casco urbano que no hayan sido excluidas, por disponer éstas de un valor potencial para una futura construcción, así como aquellas que estén destinadas a cultivos hortícola para el consumo familiar. Acordada la zona, todo propietario recavará el correspondiente permiso para realizar edificaciones, plantaciones permanentes, etc. que pudieran tener influencia para los trabajos propios de concentración. Igualmente, durante y después del proceso de concentración, cualquier tala de árboles forestales, aún siendo maderables, deberá contar con el permiso de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente. 7.- ESTIMACION DEL MARGEN BRUTO AGRARIO ANTERIOR A LA CONCENTRACION La actual distribución por cultivos y usos de la superficie correspondiente a la totalidad del término municipal de Bustillo del Páramo (4.595,67 Has. de regadío), es la que se detalla en el apartado nº 6.5 que antecede, según datos de la Sección de Ayudas Agrícolas del Servicio Territorial de Agricultura y Ganadería de León. Para su cálculo se han tenido en cuenta los márgenes brutos estándar establecidos para la Comunidad Autónoma así como los márgenes brutos particulares de la zona para cada cultivo que entra a formar parte del uso del suelo (Instrucción de 4 de noviembre de 2015). Se han elegido estos datos en base a llegar a unas conclusiones adaptadas a la realidad, circunstancia que no se lograría al aplicar el margen bruto productivo estándar.

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7.1.- MARGENES BRUTOS AGRARIOS

Cultivos (Regadío) Has. M.B./Ha (€) Total (€)

Maíz grano 3.203,09 1.288,42 4.126.925,21

Remolacha 163 1.427,40 232.666,20

Alubias 348 1.099,86 382.751,28

Girasol 97,58 694,90 67.808,34

Cebada 2,48 482,60 1.196,85

Trigo duro (Bu) 781,52 622,72 486.668,13

TOTAL 4.595,67 5.298.016,01

TOTAL: M. B. Cult. REGADÍO 5.298.016,01 (€)

7.2.- MARGENES BRUTOS GANADEROS

Especie Nº de

Cabezas

UGM M.B./UGM

(€) Total (€)

Bovino de carne

980 784 300 235.200,00

Ovino lechero 1.248 187,2 485,98 90.975,45

Porcino 21 6,3 96,97 €/plaza

2036,37

Vacuno lechero

232 232 690 160.080,00

Conejas madres

722 14.44 3863,65 55.791,11

TOTALES 3.203 1.223,94 544.082,93

7.3.- MARGEN BRUTO TOTAL ANTERIOR A LA CONCENTRACIÓN

M.B. PRODUCTOS AGRARIOS..................................... = 5.298.016,01 € M.B. PRODUCTOS GANADEROS..................................= 544.082,93 € M.B. TOTAL ANTERIOR A LA CONCENTRACIÓN…. = 5.842.098,94 €

M.B./Ha. de la Zona anterior a la concentración = 1.271,22€

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8.- ANALISIS GENERICO DE LAS MEJORAS AGROPECUARIAS GENERADAS POR LA CONCENTRACIÓN

8.1.- MEJORAS GENERADAS POR LA CONCENTRACIÓN EN CUANTO A

PRODUCCIONES CARACTERÍSTICAS

La valoración de una implantación de nuevos regadíos, no puede realizarse solamente en función de la rentabilidad puramente económica, sino que deben tenerse en cuenta efectos nocivos y medioambientales. Realizada la concentración, la transformación en línea con estas previsiones de futuro se prevé un incremento de los cultivos destinados a la producción de bio-combustibles y/o biomasa. En línea con estas previsiones de futuro, se introducirán nuevos cultivos de regadío, principalmente colza. Se mantendrá el cultivo de maíz, aunque disminuirá su superficie. Por otra parte, la mayor dimensión de las nuevas fincas de reemplazo, permitirá un mejor aprovechamiento generalizado de éstas, y una correcta aplicación de mejoras técnicas de producción (riegos, abonados, saneamiento etc.), haciendo que la producción de los diferentes cultivos sea sensiblemente mayor. La superficie de regadío se beneficiará en sus producciones al introducir modernas técnicas de riego acordes con las exigencias actuales, permitiendo con ello facilitar el regadío de zonas que actualmente resultaría dificultoso y permitiendo un importante ahorro de agua al pasar de regar por acequias a realizarlo por tubería, así como una reducción del consumo de fertilizantes y de los problemas de contaminación que éstos ocasionan al sufrir lavados excesivos por las elevadas dosis de riego. Utilizando los sistemas de aspersión, se optimizará la aplicación de los productos fitosanitarios a cada cultivo. Igualmente, será importante el ahorro de costes fijos en las explotaciones agropecuarias, dado que la mayor dimensión de las fincas, y una mejora de la red viaria, repercutirán en un ahorro de carburantes, lubricantes, reparación y amortización de maquinaria es decir aumento en la vida útil de la misma, etc. De igual manera, al pasar de regar por acequias a realizarlo por tubería, conllevará un ahorro importante en el mantenimiento de las infraestructuras de riego, así como un importante ahorro del volumen de agua consumida.

De acuerdo con estas premisas, muy difíciles de valorar económicamente, se puede estimar un incremento importante de los márgenes brutos agrarios y ganaderos posteriores a la concentración. Si tenemos en cuenta los aspectos sociales, cabe recordar en este sentido que se ha demostrado con innumerables ejemplos, que en aquellas zonas donde los regadíos están implantados y mejorados con modernas técnicas de cultivo, crece y se fija población

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evitando así el despoblamiento, al aumentar la rentabilidad de las explotaciones. Otro factor a considerar sería la simplificación de la tramitación de las ayudas relacionadas con la agricultura y la ganadería e incluso la posibilidad de acceder a algunas para las que se exige una superficie mínima.

Con respecto a las ayudas PAC, no se tendrán en cuenta a los efectos del cálculo de

los Márgenes Brutos, dado que actualmente desconocemos las ayudas a estos cultivos energéticos. De acuerdo con estas premisas, muy difíciles de valorar económicamente, se puede estimar un incremento importante (20%) de los márgenes brutos posteriores a la concentración cuyos valores aproximados serán los siguientes.

8.2.- MARGENES BRUTOS AGRARIOS POSTERIORES A LA

CONCENTRACIÓN.

Cultivos (Regadío)

Has. M.B./Ha

(€) Total (€)

Maíz 2.198,09 1.546,10 3.398,466,95

Remolacha 205,00 1.712,88 351.140,40

Girasol 95,00 833,88 79.218,60

Alubias 516,00 1.319,83 681.032,28

Cebada 1,5 579,12 868,68

Colza 790,08 910,40 719.288,83

Trigo duro 790 747,26 590.335,40

TOTAL 4.595,67 5.820.351,14

8.3.- MARGENES BRUTOS GANADEROS

Se mantiene el mismo número de UGM, estimando que el margen bruto será el mismo

que el anterior a la concentración parcelaria incrementado un 15%, es decir:

M.B. Ganadero = 625.695,37 €

TOTAL: M. B. Cult. REGADÍO 5.820.351,14 (€)

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8.4.- ESTIMACION DEL MARGEN BRUTO TOTAL POSTERIOR A LA

CONCENTRACIÓN

M.B. PRODUCTOS GANADEROS.....................................= 625.695,37 €

M.B. PRODUCTOS AGRARIOS..................................... = 5.820.351,14 €

M.B. TOTAL POSTERIOR A LA CONCENTRACIÓN…. = 6.446.046,51 €

M.B./Ha. de la Zona posterior a la concentración............ = 1.402,63 €

8.5.- ÍNDICES TÉCNICOS

M. B. Total anterior a la concentración................................... = 5.842.098,94 € M.B./Ha. de la Zona anterior a la concentración.................. = 1.271,22€ M. B. Total posterior a la concentración................................. = 6.446.046,51 € M.B./Ha. de la Zona posterior a la concentración................ = 1.402,63 € Incremento de M.B. agrario.......................................................... = 603.947,57 €

Incremento de M.B./Ha. ........................................................... = 131,41 € 9.- ESTUDIO AMBIENTAL DE LA CONCENTRACIÓN PARCELARIA

9.1.- DESCRIPCION DE LA ZONA

9.1.1.- Climatología

El clima tiene una gran influencia tanto en la configuración del relieve como en el tipo y distribución de los usos del suelo y de la vegetación de la zona. Asimismo los elementos del clima, tales como la temperatura y las precipitaciones son determinantes en la toma de decisiones con respecto al riego, y en la evaluación de los recursos hídricos necesarios.

El análisis climático de la zona objeto de estudio está basado en los datos que nos

proporcionan una estación pluviométrica (P), dos termo-pluviométricas (TP) y dos estaciones completas (C), seleccionadas según los criterios espaciales y temporales recomendados por la Organización Meteorológica Mundial para este tipo de estudios.

El observatorio pluviométrico (P) utilizado es Palacios de Fontecha en la provincia de

León. Los observatorios termo-pluviométricos (TP) utilizados son el de Laguna Dalga y el de Santa Mª del Páramo, ambos en la provincia de León, y como observatorios completos (C) se ha recurrido a la estación meteorológica Virgen del Camino situada en las proximidades de

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León capital y a la estación perteneciente al Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León sita en Bustillo del Páramo zona de Estudio. Se han elegido estos observatorios por ser los más próximos a la zona objeto del estudio y por poseer datos climáticos actuales.

Para el tratamiento de los datos climatológicos se ha seguido los criterios estipulados por el Reglamento Técnico de la Organización Meteorológica Mundial. Por ello se ha eliminado el año completo si faltaban datos de alguno de los meses, y para el caso de las medias aritméticas se ha eliminado únicamente el mes correspondiente si éste no era significativo.

En el caso de los datos proporcionados por el ITACyL se ha eliminado el día

completo si faltaba alguno de los datos referentes a éste, realizándose después la media aritmética correspondiente. 9.1.1.1.- Elementos climáticos térmicos De los observatorios seleccionados solamente los de Laguna Dalga, Virgen del Camino y Santa Mª del Páramo nos proporcionan datos de temperaturas. La serie de datos utilizada es de 32, 95 y 41 años, respectivamente. Los datos de temperaturas estudiados son temperaturas medias, máximas medias, mínimas medias, máximas absolutas y mínimas absolutas. La temperatura media anual es de 10,9ºC en la estación meteorológica de Laguna Dalga, 10,7ºC en Virgen del Camino, en la estación de Santa Mª del Páramo es de 10,6ºC, mientras que en la estación de Bustillo del Páramo es de 10,91ºC. Los meses más cálidos son julio con unas temperaturas medias de 19,9ºC, 19,3ºC y 20,2ºC y Agosto con 19,4ºC, 19,2ºC y 19,4ºC, y con unas temperaturas medias de máximas de 27,8ºC, 27,1ºC y 27,4ºC en julio y 27,2ºC, 26,9ºC y 26,1ºC en agosto. La media de mínimas es de 12,1ºC, 11,6ºC y 13,1ºC en el mes de julio y 11,6ºC, 11,6ºC y 12,6ºC en agosto. Las temperaturas máximas absolutas se dan en el mes de julio con 34,2ºC en el observatorio de Laguna Dalga, mientras que en Virgen del Camino la temperatura máxima absoluta es de 33,4ºC y en Santa Mª del Páramo de 32,6ºC. El mes más frío es enero con temperaturas medias de 2,9ºC en Laguna Dalga, 2,8ºC en Virgen del Camino y 2,2ºC en Santa Mª del Páramo, temperaturas máximas de 6,9ºC, 6,8ºC y 5,6ºC y temperaturas medias de mínimas de –1,0ºC, –1,2ºC y –1,3ºC. La temperatura media de mínimas absolutas se da en Virgen del Camino en el mes de enero con –7,1ºC, mientras que en Laguna Dalga la temperatura media de mínimas absolutas es de –6,8ºC y en Santa Mª del Páramo de –6,5ºC.

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- Régimen de heladas:

Según los regímenes de Heladas según Emberger, se divide el año en cuatro periodos

con distinto riesgo de heladas, considerando las temperaturas medias de mínimas suponiendo que éstas se producen el día 15 de cada mes, las fechas de inicio y finalización del correspondiente periodo se estiman por interpolación lineal.

Periodo de Helada segura: t <0ºC Periodo: 1 enero – 26 enero (25 días). Periodo de Helada muy probables: 0 < t < 3ºC Periodo: 27 enero – 14 abril y 14 noviembre – 31 diciembre (123 días). Periodo de Heladas probables: 3ºC < t < 7ºC Periodo: 15 abril – 12 mayo y 10 octubre - 13 noviembre (61 días). Periodo libre de heladas: < 15% (t > 7ºC). Periodo: 13 mayo – 9 octubre (150 días). Según el método de las estaciones libres de heladas según Papadakis, se divide el año

en tres estaciones:

Estación media libre de heladas: t´ɑ > 0ºC. Periodo: 9 de mayo a 12 de octubre (164 días). Estación disponible libre de heladas: t´ɑ > 2ºC. Periodo: 29 mayo – 3 septiembre (97 días). Estación mínima libre de heladas: t´ɑ > 7ºC. Periodo: 11 julio – 8 agosto (28 días). (t´ɑ = temperatura media de las mínimas absolutas.) Para su determinación se utilizan las temperaturas medias mínimas absolutas (t´ɑ ). Se

supone que éstas se producen el día primero del mes cuando la marcha de las temperaturas es ascendente, y el último día del mes cuando disminuyen. Las fechas de comienzo y el final de los diferentes intervalos se calculan por interpolación lineal. Papadakis opta por temperaturas más extremas que describan mejor los sucesos de helada y considera, con criterio agronómico, que en la estación mínima libre de heladas es posible el cultivo de especies muy sensibles a la helada y en la disponible de otras especies; la estación disponible representaría la posibilidad de cultivos de verano normales. La estación media prácticamente no la considera.

9.1.1.2.- Elementos climáticos hídricos Todos los observatorios seleccionados para este estudio nos proporcionan datos de precipitaciones medias, máximas en 24 horas y número de días de lluvia.

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- Precipitaciones medias

Las precipitaciones medias más altas en la zona se producen en el observatorio meteorológico Virgen del Camino con 524,5 mm/año y las precipitaciones mínimas en Palacios de Fontecha con 439 mm/año y Laguna Dalga con 416,6 mm/ año. En Bustillo del Páramo con 431,33 mm/año. Considerando la media de los datos pluviométricos de los distintos observatorios, las mayores precipitaciones se producen en invierno, presentando una diferencia inferior a los 12 mm respecto a la otra estación del año más lluviosa que es el otoño. El verano es la estación del año donde se producen las menores precipitaciones (79,5 mm).

- Humedad relativa y otros datos climáticos

Se entiende por humedad relativa atmosférica la cantidad de vapor de agua contenida en el aire. Se trata de un factor climatológico muy relacionado con la nubosidad, la precipitación, la visibilidad y la temperatura. El indicador más utilizado para expresar la humedad atmosférica es la humedad relativa o la relación, en tanto por ciento, entre la tensión real del vapor de agua y la tensión de saturación a la misma temperatura. Los datos de humedad atmosférica así como el resto de datos meteorológicos necesarios para todos los cálculos posteriores se obtienen de la Estación Completa de León (Virgen del Camino), por ser la estación completa más próxima a la zona objeto de estudio y presentar condiciones climáticas similares a esta zona. -Evapotranspiración: definiciones y conceptos

Los factores que intervienen en el proceso de evapotranspiración son diversos, variables en el tiempo y en el espacio y se pueden agrupar en aquellos de orden climático, los relativos a la planta y los asociados al suelo. Esta diversidad de factores, por una parte, ha dado lugar a distintas orientaciones al abordar el complejo fenómeno y diferentes respuestas ante su estimación; ha favorecido, por otro lado, el desarrollo de una serie de conceptos tendientes a lograr una mayor precisión de ideas al referirse al fenómeno y surgen como un intento de considerar las distintas condiciones de clima, suelo y cultivo prevalecientes en el momento en que el fenómeno ocurre. Estas definiciones o conceptos, entre otros, son: evapotranspiración potencial, evapotranspiración de referencia o del cultivo de referencia, evapotranspiración real y cultivo de referencia, a continuación definiremos brevemente cada uno de estos conceptos: Evapotranspiración potencial (ETP) Existe acuerdo entre los diversos autores al definir la ETP, concepto introducido por Charles Thornthwaite en 1948, como la máxima cantidad de agua que puede evaporarse desde un suelo completamente cubierto de vegetación, que se desarrolla en óptimas condiciones, y en

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el supuesto caso de no existir limitaciones en la disponibilidad de agua. Según esta definición, la magnitud de la ETP está regulada solamente por las condiciones meteorológicas o climáticas, según el caso, del momento o período para el cual se realiza la estimación. El concepto de ETP es ampliamente utilizado y desde su introducción ha tenido gran influencia en los estudios geográficos del clima mundial; de hecho su diferencia respecto de las precipitaciones (Pp-ETP) ha sido frecuentemente usada como un indicador de humedad o aridez climática. También ha influido sobre la investigación hidrológica y ha significado el mayor avance en las técnicas de estimación de la evapotranspiración. Evapotranspiración de referencia o evapotranspiración del cultivo de referencia (ETo) La noción de ETo ha sido establecida para reducir las ambigüedades de interpretación a que da lugar el amplio concepto de evapotranspiración y para relacionarla de forma más directa con los requerimientos de agua de los cultivos. Es similar al de ETP, ya que igualmente depende exclusivamente de las condiciones climáticas, incluso en algunos estudios son considerados equivalentes, pero se diferencian en que la ETo es aplicada a un cultivo específico, estándar o de referencia, habitualmente gramíneas o alfalfa, de 8 a 15 cm de altura uniforme, de crecimiento activo, que cubre totalmente el suelo y que no se ve sometido a déficit hídrico. Es por lo anterior que en los últimos años está reemplazando al de ETP. Evapotranspiración real, actual o efectiva (ETr) No obstante las mayores precisiones alcanzadas con la incorporación de algunos de los conceptos anteriores, las condiciones establecidas por ellos no siempre se dan en la realidad, y aquella evapotranspiración que ocurre en la situación real en que se encuentra el cultivo en el campo, difiere de los límites máximos o potenciales establecidos. Para referirse a la cantidad de agua que efectivamente es utilizada por la evapotranspiración se debe utilizar el concepto de evapotranspiración actual o efectiva, o bien, más adecuadamente, el de evapotranspiración real. La ETr es más difícil de calcular que la ETP o ETo, ya que además de las condiciones atmosféricas que influyen en la ETP o ETo, interviene la magnitud de las reservas de humedad del suelo y los requerimientos de los cultivos. Para determinarla se debe corregir la ETP o ETo con un factor Kc dependiente del nivel de humedad del suelo y de las características de cada cultivo. Coeficiente de cultivo (Kc) Como puede desprenderse del apartado anterior, un coeficiente de cultivo, Kc, es un coeficiente de ajuste que permite calcular la ETr a partir de la ETP o ETo. Estos coeficientes dependen fundamentalmente de las características propias de cada cultivo, por tanto, son específicos para cada uno de ellos y dependen de su estado de desarrollo y de sus etapas fenológicas, por ello, son variables a lo largo del tiempo. Dependen también de las características del suelo y su humedad, así como de las prácticas agrícolas y del riego. Se hace alusión a estos Kc en numerosas publicaciones, puesto que permiten conocer la ETr a partir de la ETP o ETo evitando el uso de métodos más precisos, pero de más difícil aplicación. Pueden encontrarse en literatura especializada o bien derivarse de acuerdo a los lineamientos establecidos por la FAO.

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Por lo tanto, de lo anterior se desprende que para el cálculo de los requerimientos hídricos de un cultivo ETr, debemos considerar la ETo de la zona y el Kc del cultivo: ETr = Kc•ETo Existen diferentes métodos para el cálculo de la ETo, aunque está ampliamente aceptado y considerado prácticamente como único el método de Penman Monteith, la fórmula para su cálculo es compleja y tiene en cuenta las siguientes variables: Rn = radiación neta en la superficie del cultivo Ra = radiación extraterrestre G = flujo del calor de suelo T = temperatura media del aire a 2 m de altura (°C) u2 = velocidad del viento a 2 m de altura (m/ s)) es = presión de vapor de saturación (kPa) ea = presión real de vapor (kPa) es – ea = déficit de presión de vapor (kPa) m = pendiente de la curva de presión de vapor (kPa °C) r = constante psicrométrica (kPa °C) A continuación se muestra una tabla con la Evapotranspiración de referencia ETo para la zona de Bustillo del Páramo en la que aparecen varias de las metodologías usadas para el cálculo de la misma.

EVAPOTRANSPIRACIÓN DEL CULTIVO DE REFERENCIA

MESES

ETo (mm/dia) Eto (mm/mes)

BL-CR P-MOD P-MON BL-CR P-MOD P-MON

ENERO 0,0 0,7 0,5 0,0 21,6 17,0

FEBRERO 0,3 1,3 1,0 9,6 37,0 27,2

MARZO 1,1 2,5 1,8 34,1 76,6 55,6

ABRIL 1,9 3,7 2,6 58,5 110,0 79,0

MAYO 3,1 4,9 3,6 95,3 153,2 111,4

JUNIO 4,3 6,0 4,5 130,5 180,7 136,3

JULIO 5,3 6,6 5,2 164,4 203,6 162,0

AGOSTO 4,6 5,5 4,7 143,7 171,9 145,6

SEPTIEMBRE 2,8 3,5 3,1 83,3 104,6 94,2

OCTUBRE 1,2 1,9 1,8 38,3 58,5 54,8

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MESES

ETo (mm/dia) Eto (mm/mes)

BL-CR P-MOD P-MON BL-CR P-MOD P-MON

NOVIEMBRE 0,3 0,9 0,9 8,9 27,5 26,6

DICIEMBRE 0,0 0,6 0,5 0,0 18,8 16,7

TOTAL 766,6 1.164,0 926,4

A continuación se muestran gráficas de la variación del Kc del cultivo del Maíz a lo largo de su ciclo vegetativo, siendo su valor próximo a 1,2 en la fase de mayor desarrollo, mientras que en los periodos de nascencia y madurez los valores se reducen considerablemente como se aprecia en el gráfico.

9.1.1.3.- Clasificaciones climáticas

Estas clasificaciones se basan en distintas combinaciones de los elementos y factores del clima, fundamentalmente la temperatura y las precipitaciones. Cada clima se va a caracterizar por unos valores más o menos uniformes de estos elementos climáticos a lo largo de períodos de tiempo prolongados. A continuación se describen las dos clasificaciones más empleadas en la actualidad:

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Clasificación climática de Thornthwaite

Para la clasificación climática de Thornthwaite se utilizan como datos base la evapotranspiración potencial (ETP) y la precipitación (P). Con estos datos se realiza un balance de humedad que servirá de base para determinar una serie de índices necesarios para establecer los tipos climáticos. Para la realización del balance de humedad necesitamos calcular la reserva de humedad (R): Ri = Ri-1 + Pi - ETPi Hay que tener en cuenta que el máximo valor de reserva que se considera es 100 y el mínimo valor es 0. Si hay humedad en el suelo la ETA (Evapotranspiración actual) resulta: ETA= ETP y si falta agua ETA = Ri-1 + Pi. F = Falta de agua en los meses en los que no se puedan cumplir las condiciones de ETP, es decir, cuando:

ETP > ETA y por tanto, Fi = ETPi - ETAi.

E = Exceso de humedad que se produce cuando el suelo llega al máximo de retención del suelo. Entonces tendremos que:

Ei = Ri-1 + Pi - ETPi - Ri. D = Drenaje. Determina la eliminación de agua por parte del suelo. Con estos datos se calculan los índices de aridez y de exceso de humedad del suelo. Índice de aridez:

100•=

ETP

FALTAI a

Índice de exceso de humedad

100•=

ETP

EXCESOI a

Debido a la irregularidad de las precipitaciones en las distintas épocas del año, y como consecuencia de la desigual magnitud de los índices, se define un índice hídrico anual (Im) siendo: ahm III •−= 6.0

Concentración estival de la eficacia térmica:

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100•++

=

ETPaño

ETPagoETPjulETPjunS

La clasificación se establece mediante cuatro letras, las dos primeras mayúsculas y las dos últimas minúsculas, en las que la primera representa el índice de humedad de la zona, la segunda la eficacia térmica, la tercera la variación estacional del índice de humedad y la cuarta la concentración estival de la eficacia térmica.

A continuación se presenta un cuadro resumen con la clasificación climática para la estación meteorológica de Virgen del Camino.

Seguidamente se exponen los balances hídricos calculados por el método de Thornthwaite y necesarios para determinar los excesos de humedad (E) y la falta de agua (F) para cada una de las estaciones estudiadas. En estos balances de humedad se parte de una reserva máxima en el suelo de 100 mm.

CLASIFICACIÓN CLIMÁTICA. OBSERVATORIO VIRGEN DEL CAMINO

OBSERVATORIO INDICE VALOR CLASIFICACIÓN VIRGEN DEL CAMINO Im -10.82 Clima seco subhúmedo C1

Ia 33.51 Mesotérmico I B´1

Ih 9.29 Exceso de agua pequeño o ninguno d

S 49.99 Comprendida entre las clases b´4

CLASIFICACIÓN: C1 B1 d b´4

Clasificación Climática de Papadakis

Las características fundamentales de un clima según J. Papadakis son el régimen térmico (como síntesis de un tipo de invierno y un tipo de verano) y el régimen de humedad. Para establecer el tipo de invierno la clasificación de Papadakis se basa en la temperatura media de las mínimas absolutas del mes más frío, la temperatura media de las mínimas del mes más frío, y la temperatura media de las máximas del mes más frío, resultando para la zona un invierno tipo Avena (av). El tipo de verano se determina en función de la duración del período libre de heladas y la media de las medias de las máximas de los meses más cálidos, por lo que para el conjunto de la zona tenemos un verano tipo Maíz (M). De la combinación del tipo de invierno y del tipo de verano obtenemos el régimen térmico anual que para la zona de estudio es de Templado (TE).

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El régimen de humedad se define por los períodos de sequía, su duración, intensidad y situación en el ciclo anual. Además se utilizan el índice de lluvia de lavado, resultado de la acumulación de las diferencias entre la pluviometría y evapotranspiración de los meses húmedos, y el índice de humedad que se obtiene dividiendo la pluviometría anual por la evapotranspiración anual. Así para la zona que nos ocupa tenemos un régimen de humedad de Mediterráneo seco (Me). El tipo climático resultante para la zona es Mediterráneo Templado. Por tanto estamos en una zona agro climática del tipo av, M; Me, según se comprueba en la publicación "Caracterización agro-climática de la provincia de León" del M.A.P.A. Estas clasificaciones nos indican la viabilidad climática de una amplia gama de cultivos tanto herbáceos como leñosos, con la salvedad de que en verano se requieren aportes externos de agua, mediante su puesta en riego. 9.1.2.- Geología

Geológicamente la mayor parte de la zona está cubierta por depósitos cuaternarios, especialmente de origen fluvial, debido al gran desarrollo y extensión de las terrazas del río Órbigo. Estas terrazas tienen un desarrollo longitudinal “estrecho” y paralelo al trazado fluvial constituyendo amplias planicies aluviales.

En las terrazas, los depósitos aluviales son de tipo conglomerático de escaso espesor

(< 4m), constituidos por cuarcitas con matriz areno-arcillosa, con cierto grado de compactación, y en algunos casos lentejones de arenisca. Las terrazas más jóvenes (más cercanas al río) tienen una matriz más arenosa y sin compactar.

En las llanuras de inundación y en los valles aluvio-coluviales, los depósitos son de

tipo limoso-arenoso. Debido a los procesos de erosión que se han producido a lo largo del tiempo, quedan

al descubierto en algunas laderas materiales del mioceno, arcillas con areniscas y micro conglomerados y nódulos calcáreos diseminados. En la parte norte de la zona de estudio, y con el límite con la última terraza, aparecen las rañas, constituidas por cantos de cuarcita redondeados englobados en arcillas rojizas y arenas.

La Fisiografía consiste en la descripción de la naturaleza a partir del estudio del

relieve y de la litosfera, fisiográficamente la zona se encuentra situada en la parte final de una planicie aluvial con diferentes niveles de terraza, que tiene una ligera pendiente del 0,2-0,3% en sentido Norte-Sur, paralelo al río. Los últimos niveles de terraza coinciden con la planicie residual.

En los bordes de la zona (sur, este y oeste), al igual que cuando empiezan a aparecer

los cursos de agua que drenan la planicie, los fenómenos de erosión remontante han ido desarrollando formaciones de ladera con menor o mayor pendiente, incluso escarpes, y sus

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correspondientes valles. También existen laderas de muy poca pendiente entre los distintos niveles de terrazas.

La red de drenaje es una red paralela al río Órbigo, insuficiente excepto en la zona

sur. Las unidades fisiográficas encontradas en la zona clasificadas atendiendo al origen de

los materiales que las integran son las siguientes: Unidades residuales

� Escarpes

� Colinas

� Planicie

� Laderas (suave y moderada pendiente)

Unidades sedimentadas

� Terraza

� Llanura de inundación aluvial

� Valles aluvio-coluviales

9.1.2.1.- Unidades geomorfológicas

Las unidades geomorfológicas de los suelos se establecieron por el método fisiográfico. Así basándose en las características fisiográficas se establecieron las unidades geomorfológicas, atendiendo a aspectos de los suelos tales como la red de drenaje, el tipo de perfil, la posición relativa, la distribución de alturas, la pendiente y el material parental.

Las unidades geomorfológicas encontradas en la zona son escarpes, colinas, planicies, laderas, terrazas, llanuras de inundación aluvial y valles aluvio-coluviales.

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UNIDADES GEOMORFOLÓGICAS PRESENTES EN LA ZONA

UNIDADES RESIDUALES UNIDADES SEDIMENTADAS

UNIDAD ESCARPE LADERAS

PENDIENTE DÉBIL

PLANICIE TERRAZA VALLE

ALUVIO COLUVIAL

LLANURA DE INUNDACIÓN

Relieve relativo Medio Medio Alto Alto/Medio/Bajo Bajo Muy bajo Red de drenaje

Tipo -- Dendrítico -- Paralelo -- Cauces

entrelazados Espaciamiento -- Amplio -- Amplio -- --

Forma de plano -- Débilmente orientado

Orientado Orientado -- --

Pendiente Grado Fuerte Débil Nula Muy débil Nula Nula Tipo Compleja Simple -- -- -- --

Forma del perfil Recto Cóncavo Recto Recto Plano-cóncavo Recto Distribución de

alturas Alto Equilibrado Alto Equilibrado Bajo Bajo

Unidad hidrológica Transición Recarga-descarga

Descarga Descarga Descarga Descarga

Material de origen Arcillas y

conglomerados

Arcillas y conglomerados

y calizas Rañas

Depósitos aluviales

Depósitos aluvio

coluviales

Depósitos aluviales heterogéneos

Superficie (%) 1,49 7,39 5,84 73,65 3,0 8,63

9.1.2.1.1.- Suelos sobre unidades residuales

Se trata de suelos formados por materiales que han sido esculpidos por la erosión,

entre ellos se encuentran los siguientes:

* ESCARPES

Se trata de unidades de transición entre niveles altos y bajos que aparecen sobre arcillas y conglomerados. Su característica principal es la fuerte pendiente en proceso de erosión activo. Hidrológicamente son unidades de transición con excesivo drenaje. Son suelos no regables por limitación de topografía.

* LADERAS DE PENDIENTE MODERADA

Se trata de unidades cuyas pendientes oscilan entre un 3% y un 8% presentando ligeros síntomas de erosión en las zonas más altas (convexas) y de sedimentación en las cóncavas. Su drenaje natural es bueno.

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* LADERAS DE PENDIENTE SUAVE Son unidades de recarga-descarga si bien con pendientes algo menores que en la

unidad anterior, siempre inferiores al 6%. Los suelos son de profundidad media sobre arcillas y conglomerados.

* PLANICIE

Se trata de una unidad residual situada en la zona alta en el contacto con la última terraza del río Órbigo. La pendiente es casi nula, entre el 0% y el 2%. Sus suelos son poco profundos y se encuentran ubicados sobre materiales cementados, lo que unido a su escasa pendiente originan encharcamientos locales, lo que limita su potencialidad para el riego.

9.1.2.1.2.- Suelos sobre unidades sedimentadas

Se trata de suelos formados por materiales depositados por tracción a lo largo de la

cuenca, entre ellos se encuentran los siguientes:

* TERRAZA

Es una unidad plana con muy escasa pendiente que presenta diferentes niveles abarcando prácticamente toda la zona desde la parte más elevada a la más baja. Los suelos, en general pedregosos, de las terrazas más alejadas del río Órbigo son similares a los de la planicie residual, mejorando su profundidad y disminuyendo su cementación progresivamente hacia el cauce. * VALLE ALUVIO COLUVIAL

Son unidades sedimentadas bajas, con muy poca pendiente, perfil plano cóncavo, receptoras de agua y con percolación impedida en profundidad. Se trata de unidades de suelos procedentes de depósitos finos con alta potencialidad para el riego a pesar de sus limitaciones de drenaje.

* LLANURA DE INUNDACIÓN

Es la unidad sedimentada de origen aluvial fisiográficamente más baja, con pendiente casi nula y cauces entrelazados. Se trata de una unidad de desrecarga (receptora de agua), más ancha que los valles aluvio coluviales, ubicada sobre materiales aluviales no consolidados con percolación impedida en profundidad y nivel freático oscilante. Los suelos son bastante profundos, con abundante pedregosidad en el subsuelo y buena drenabilidad, siendo alta su potencialidad para el riego.

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9.1.3.- Topografía La clasificación que se adopta con vistas a las distintas alternativas de riego es la siguiente: 1.- Zonas llanas: pendiente < 2 % . Zonas sin riesgo de erosión que pueden dedicarse a los usos más intensivos. En este intervalo de pendiente se encuentra el 96% de la superficie de la zona aproximadamente. 2.- Zonas de pendiente suave: pendiente entre 2–6 %. Se trata de zonas que no presentan problemas de erosión y que se utilizarán para cultivos intensivos. Son zonas en que el riego por aspersión es obligado ante la imposibilidad de realizar abancalamientos. Se encuentra en este estado el 2% de la superficie de la zona aproximadamente.

9.1.4.- Geotecnia

• Características Geotécnicas:

De acuerdo con la información aportada por la geología se pueden describir someramente las características geotécnicas de las formaciones superficiales de la zona.

NIVEL 1: Tierra Vegetal.

Este nivel se localiza en su mayor parte en la zona topográficamente más baja de las

parcelas. La potencia de este nivel oscila en torno a 2,0 m. Litológicamente está constituido por arenas limosas de color marrón oscuro con

gravas silíceas heterométricas subredondeadas dispersas, con abundante materia orgánica y presencia de restos vegetales.

Estos materiales, por sus características litológicas, origen y variable compactación,

no constituyen un material adecuado como nivel de cimentación, viéndose parcialmente facilitada su eliminación durante la ejecución de las labores de excavación de la cimentación de la estación de bombeo y del vaciado correspondiente a las balsas.

NIVEL 2: Arcillas arenosas. Superficialmente se observa, un segundo nivel de naturaleza cohesiva de potencia

desconocida al no haber podido alcanzar la base del nivel en la calicata realizada.

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Litológicamente el nivel está constituido por arcillas arenosas de baja plasticidad y color rojizo con tonalidades grisáceas y negruzcas.

Los análisis de laboratorio realizados en una muestra alterada perteneciente a este

nivel, indican un contenido de finos del 68,9%, siendo e1 21,6% la fracción superior a 2 mm. Además, de acuerdo con los Límites de Atterberg, es un suelo de baja plasticidad, por lo que según la clasificación de la U.S.C.S pertenece al grupo CL.

Con todo lo expuesto, el Nivel II de arcillas arenosas puede calificarse de muy

compacto a duro con la profundidad, considerándose adecuado desde el punto de vista geotécnico como nivel de apoyo de la cimentación a proyectar.

• Aptitud como plataforma

A la vista de las catas realizadas en la zona, nos encontramos con el siguiente tipo de geología:

De acuerdo con los “Valores orientativos de las presiones de trabajo bajo carga vertical estática” del Código de Práctica Británico, CP 2004:1972, se tiene que:

GRUPO CLASE TIPO DE ROCA O SUELO PRESIÓN ADMISIB. (kg/cm²)

OBSERVACIONES

I.

ROCAS

1 ROCAS ÍGNEAS O NEÍSICAS SANAS

100

2 CALIZAS Y ARENISCAS DURAS 40 Debe atravesarse la parte alterada

3 ESQUISTOS Y PIZARRAS 30

4 ARGILITAS Y LUTITAS DURAS, ARENISCAS BLANDAS

20

5 LUTITAS Y ARGILITAS BLANDAS

6-10

6 CRETAS Y MARGAS 6

7 CALIZAS Y ARENISCAS TABLEADAS

- Requieren un estudio especial

8 ROCAS MUY FRACTURADAS -

II.

SUELOS NO COHESIVOS

9 GRAVAS O MEZCLAS GRANULARES COMPACTAS

>6 Cimientos de B≥1m

Nivel freático a una profundidad mayor que B bajo el cimiento

10 ARENAS Y GRAVAS DE COMPACIDAD MEDIA

2-6

11 GRAVAS Y ARENAS FLOJAS <2

12 ARENA COMPACTA >3

13 ARENA MEDIA 1-3

14 ARENA SUELTA <1

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GRUPO CLASE TIPO DE ROCA O SUELO PRESIÓN ADMISIB. (kg/cm²)

OBSERVACIONES

III.

SUELOS COHESIVOS

15 ARCILLAS MUY DURAS, EVENTUALMENTE CON GRAVAS

3-6 Son de esperar asientos de consolidación a largo plazo

16 ARCILLAS DURAS 1,5-3

17 ARCILLAS FIRMES 0,75-1,5

18 ARCILLAS Y LIMOS BLANDOS <0,75

19 ARCILLAS Y LIMOS MUY BLANDOS

NO APLICABLE

Según estos datos se podría adoptar una tensión admisible de 2 a 6 kg/cm², al tratarse de materiales sueltos los que se presentan en superficie para los tramos que reposan sobre gravas. Se toman para posibles construcciones una tensión de cálculo de 1,5 kg/cm². Y de 0,75 kg/cm², o menor para la zona de arcillas humedecidas. Tomaremos como tensión de cálculo 0,5 kg/cm².

Por otro lado, de acuerdo con los valores de Presiones admisibles (kg/cm²), DIN 1054, de la norma alemana.

PRESIONES ADMISIBLES (kp/cm²) según NORMA DIN 1054

I. SUELOS NO COHESIVOS. ESTRUCTURAS SENSIBLES A LOS ASIENTOS

Profundidad de cimentación (m) Zapatas corridas de ancho B=

0,5m 1m 1,5m 2m 2,5m 3m

0,5 2 3 3,3 2,8 2,5 2,2

1,0 2,7 3,7 3,6 3,1 2,7 2,4

1,5 3,4 4,4 3,9 3,4 2,9 2,6

2,0 4 5 4,2 3,6 3,1 2,8

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II. SUELOS NO COHESIVOS, ESTRUCTURAS POCO SENSIBLES A LOS

ASIENTOS

Profundidad de cimentación (m) Zapatas corridas de ancho B=

0,5m 1m 1,5m 2m 2,5m 3m

0,5 2 3 4 5 - -

1,0 2,7 3,7 4,7 5,7 - -

1,5 3,4 4,4 5,4 6,4 - -

2,0 4 5 6 7 - -

III. SUELOS COHESIVOS. Zapatas corridas de 0,5 m a 2 m de ancho

Profundidadccimentación

(m)

Limo de consistencia

blanda a dura

Mezclas de arcilla con arena y/o

grava con consistencia

Limo arcilloso de consistencia

Arcilla de consistencia

Blanda Semidura

Dura Blanda Semidura

Dura Blanda Semidura

Dura

0,5 1,3 1,5 2,2 3,3 1,2 1,7 2,8 0,9 1,4 2

1,0 1,8 1,8 2,8 3,8 1,4 2,1 3,2 1,1 1,8 2,4

1,5 2,2 2,2 3,3 4,4 1,6 2,5 3,6 1,3 2,1 2,7

2,0 2,5 2,5 3,7 5,0 1,8 2,8 4,0 1,5 2,3 3

Asiento esperable

2cm 3cm 4cm 4cm

Los datos sísmicos indican una sismicidad baja, que se puede clasificar como de no

efectos dañinos para la construcción.

9.1.5.- Edafología

Los suelos poseen unas características especialmente homogéneas como consecuencia de su evolución geológica.

Según el” Mapa de suelos de la provincia de León del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente”, los suelos de la zona se incluyen dentro de orden

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Alfisoles, aunque existen también Inceptisoles. Las características más comunes de dichos suelos se detallan a continuación.

Textura franco-limo-arcillosa, con elementos gruesos y regular predregosidad, constituida por piedras redondeadas. Estructura moderada en bloques y consistencia ligeramente dura. Poder retentivo en torno al 50%. Relación C/N alrededor de 9. Contenido medio de materia orgánica 0,9%. La reacción del suelo es ácida (ph de 5,50 a 6,50). Se dedican estas tierras a cultivo de maíz, remolacha y alubias en regadío, siendo los cereales grano el cultivo predominante del secano. Son tierras que por sus características texturales, permiten un fácil laboreo.

9.1.6.- Excavabilidad

No va a presentar problemas; se considera excavación en terrenos de consistencia blanda y se considera el achique en todas las zanjas. 9.1.7.- Hidrología

Conocidos los valores de precipitación P y evapotranspiración ETP de la zona, se

puede proceder al cálculo del balance de humedad. Este se determina mediante la diferencia ETP-P. Ahora bien, este valor puede no corresponder a lo que ocurra en la realidad, debido al efecto regulador del suelo que puede almacenar cantidades que dependen de las propiedades físicas de aquel y del sistema radicular de éstas.

El Balance Hídrico de Thornthwaite con los datos del observatorio estudiado,

habiéndose adoptado como valor de la reserva de agua en el suelo 100 mm, muestra que debido al efecto regulador del mismo, en el año medio no hay falta de agua hasta el mes de Junio, puesto que si bien en Mayo ya sobrepasa la evapotranspiración a la precipitación, la reserva en el suelo es superior a aquella.

Ahora bien, esto sería en el caso de que toda la precipitación percolase a través del

perfil, cosa que no es cierta, pues una buena parte se pierde en escorrentía superficial, a lo que hay que añadir la irregular distribución de las lluvias, por lo que no se puede confiar en los resultados de año medio. 9.1.8.- Hidrogeología

En la zona de gravas y arenas se presenta un suelo muy drenante, con el nivel freático cerca pero perfectamente aislado de las capas superiores, por lo que este aspecto no plantea problemas en cimentaciones, como así lo demuestra el estado de los canales del páramo de Santa María, de Grisuela y de Matalobos.

En las facies arcillosas, la afloración de agua es frecuente procedente de los páramos, la cimentación a realizar se aislará perfectamente mediante una capa drenante de las arcillas firmes que deberán de ser buscadas, y se proveerá además de una capa sintética

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anticontaminante que aísle el núcleo drenante protegiéndole de la contaminación por los arrastres de finos por el agua.

No existen riesgos de avenidas que puedan afectar a las obras dado el encajonamiento del curso del río en la zona de taludes y desmontes. 9.1.9.- Vegetación

La vegetación en la zona, a través de la historia, ha sufrido grandes modificaciones sobre todo por un desplazamiento desde una vegetación autóctona más o menos cercana al clímax o algún estado de degradación, hacia la estepa cerealista de cultivos y pastizales, justificado por tener una buena fertilidad del suelo. Esto le confiere características típicas como son grandes extensiones dominadas por monocultivo en una estructura de pequeño aparcelamientos dando un paisaje de páramo. La diversidad es bastante baja, propiciada por la búsqueda del crecimiento de una sola especie. Solo en cunetas y linderos tenemos una vegetación ruderal y que desempeñan funciones primordiales de frenado de la erosión, refugio y protección a la fauna que tiene importantes funciones en el control de plagas y mejora paisajística. Los linderos y cunetas en general están bastante reducidos. La vegetación natural, es decir, la que crece espontáneamente sin la intervención humana directa, ocupa una pequeña porción del suelo, asociada por lo general a zonas húmedas dedicadas a prados y pastizales representando un 2 % aproximadamente. En el terreno de labor, a parte de los cultivos propios allí implantados, aparecen asociadas las comunidades de malas hierbas, que crecen aprovechando las condiciones favorables creadas en los cultivos. Son especies anuales de tamaño variable entre las que destacan por su abundancia: Lolium temulentum, Papaver rhoeas, Ranunculus arvensis, Galium tricorne, Chenopodium albun, Avena sterilis, Bromas rigidus y Erigeron canadensis. Vegetación potencial La posición bio-geográfica de la zona de estudio es la reseñada a continuación:

Región Mediterranea Provincia Carpeteno-Ibérico-Leonesa Sector Leonés

En cuanto a los pisos bioclimáticos se ha empleado la clasificación bioclimática que se reseña en el Atlas del Medio Natural de la Provincia de León, basada a su vez en la de Salvador Rivas-Martínez. Esta clasificación reconoce dos regiones diferenciadas para la provincia de León, con sus correspondientes horizontes:

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REGIÓN MEDITERRÁNEA REGIÓN EUROSIBERIANA Horizonte It Horizonte It Oromediterráneo superior 29 a -10 Alpino superior -51 a -110 Oromediterráneo inferior 69 a 30 Subalpino superior -1 a -50 Supramediterráneo superior 119 a 70 Sublapino inferior 49 a 0 Supramediterráneo medio 163 a 120 Altimontano 114 a 50 Supramediterráneo inferior 209 a 164 Mesomontano 179 a 115 Mesomediterráneo superior 256 a 210 Submontano 244 a 180

La zona objeto de estudio se clasifica como Supramediterráneo inferior muy extendido por todo el Páramo Leonés y Tierra de Campos. El ombrotipo de la zona se clasifica como seco inferior con una precipitación de 350 a 435 mm. A continuación se describen las series potenciales de vegetación existentes en la zona de estudio:

� Junipero oxicedri-Quercetum rotundifoliae sigmetum: encinares asentados sobre substratos silíceos, con ombroclima seco, aunque debido a la horizontalidad y a la impermeabilidad del terreno por la presencia de arcillas, hace que aparezca una cierta hidromorfía temporal. Estas características determinan la presencia de un buen número de arbustos caducifolios como Crataegus monogyna, Rhamnus saxatilis o Rosa micrantha entre otros, que le da una originalidad florística frente a la asociación típica, perteneciendo estos encinares leoneses secos y silicícolas a la subasociación rhamnetosum infectoriae. Como primera etapa regresiva aparece un prebosque formado por encinas y enebros en forma de arbustos, así como diversas especies del género Rosa (Rosa micrantha, Rosa corymbifera,etc…). Las etapas seriales que representan estadíos más regresivos son las mismas que en la serie de los mejorales del Festuco heterophyllae-Querceto pyrenaicaesigmetum, al menos en lo referente a los piornales, ya que los brezales se corresponden con la asociación Halimio umbellati-Cistetum laurifolii.

� Aro maculati-Ulmeto minoris sigmetum: En sotos y riberas del piso

supramediterráneo, cuya cabecera es un bosque caducifolio incluible en la asociación Aro maculati-Ulmetum minoris que se caracteriza por una combinación florística peculiar, destacando la presencia de Ulmus minor, Populus nigra, Populus alba y Fraxinus angustifolia como elementos arbóreos y Arum maculatum, Euphorbia amygdaloides y Euonymus europaeus, ente los herbáceos y arbustivos. Debido a que estos bosques estan asentados sobre suelos de tipo vega parda o fluvisol, por tanto fácilmente transformables en cultivos, es bastante difícil encontrar zonas donde estén bien conservadas quedando reducidos en la mayoría de los casos, junto con sus etapas de degradación, a linderos de fincas. Como primera etapa de sustitución aparecen unas orlas espinosas o sebes incluibles. Por destrucción y/o alteración de las

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olmedas aparecen una serie de comunidades graminoides, sobre suelos profundos, utilizadas como prados de siega.

� Populo nigrae-Saliceto neotrichae sigmetum: territorios que se encuentran en los

lechos mayores de los grandes ríos y que con las crecidas sufren inundaciones cada año, provocando frecuentes erosiones que no permiten los procesos de edafogénesis y por tanto no existe una gran diferencia entre los horizontes. La cabecera de la serie corresponde a una chopera-sauceda de Populus nigra y Salix neotricha, pudiendo aparecer también Salix salvifolia.

� Saliceto lambertiano-salvifoliae sigmetum: la etapa madura de la serie la constituyen

saucedas de porte arbustito que encuentra su óptimo en las márgenes de los ríos con acusado estiaje y sustratos pobres en bases, dejando paso al Salicetum angustifolio-salvifoliae cuando el suelo se enriquece de ellas. Como etapas degradadas aparecen cañaverales del Scirpo lacustris-Phragmeitetum o del Phalaridetum arundinaceae.

Dinámica de la vegetación

El Páramo Leonés es uno de los espacios naturales ibéricos, que ha sufrido una transformación más drástica por la mano del hombre. La primera hacia el año 900, en tiempos de la Repoblación que implicaría una deforestación importante de los primitivos encinares y rebollares parameses, para la obtención de tierras de labor, e incluso, por ciertos intereses militares en esta deforestación, en tanto en cuanto, evitarían posibles emboscadas y ataques por sorpresa del enemigo islámico. Esta deforestación debió ocurrir, gradualmente, a lo largo de toda la Edad Media al ir aumentando la población y las posesiones monásticas en toda la zona. La segunda, tendrá lugar mil años después, y será una transformación mucho más profunda, nos estamos refiriendo a la conversión, del secano ancestral, en un fértil regadío. Un primer paso para este cambio se dió a finales del siglo XIX, con la construcción de miles de pozos, primero a pico y pala, y después con máquina. Estos primeros intentos de puesta en regadío, culminaron con la construcción del embalse del río Luna en el año 1959 y con la actual red de canales que surca la zona (Canal de Matalobos, de Santa María, de Grisuela, de Urdiales y de la Mata).

Vegetación potencial

Las circunstancias históricas explicadas en el apartado anterior, son las causantes de los tipos de vegetación, o paisajes, que podemos encontrar actualmente en la zona objeto de estudio:

• Vegetación Natural (Choperas, prados juncales encharcadizos, lagunas, etc.) • Cultivos de secano • Cultivos de regadío precario • Regadío intensivo

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VEGETACIÓN NATURAL Se trata de pequeñas matas aisladas de encinas (Quercus ilex) acompañadas de otras

especies como el melojo (Quercus pyrenaica) y el quejigo (Quercus faginea). Además existen pequeñas formaciones boscosas de ribera a lo largo de los cauces de agua o rodeando zonas encharcadas (lagunas, pozos...).

El grado de conservación de los ecosistemas naturales en la zona es bajo, según

Alonso y Gallego (1995), a pesar de lo cual todavía existen rarezas y otras curiosidades que dan una cierta singularidad a la flora paramesa.

Las plantas más raras del Páramo se encuentran en algunas lagunas, dichas plantas son, al mismo tiempo, raras en España y muy raras en la Unión Europea, esta razón, ha impulsado a los organismos institucionales a catalogar algunas de estas lagunas, como interesantes por sus características botánicas.

REGADÍO INTENSIVO Se trata prácticamente de un monocultivo de maíz, aunque también hay otros cultivos

(trigo, remolacha, alubias, etc..) siempre de regadío. Los dos factores que principalmente modelan el paisaje, además de los cultivos, son

las choperas (Populus x canadiensis) y los desagües y arroyos, a cuyas orillas crece una abundante vegetación ribereña, chopos (Populus nigra y P. x canadiensis), salgueros (Salix sp.), zarzas (Rubus sp.), etc.

En estas zonas el riego se realiza siempre con agua traída por canales y acequias, en

pocos casos se riega ya con pozos. El regadío intensivo representa la fase final del profundo proceso de cambio que se ha producido. 9.1.10.- Fauna

Dentro de la zona de estudio encontramos una intersección de fauna ripiaría desplazada a veces por la ligada a núcleos urbanos.

Los animales que encontramos son mayoritariamente especies ocupantes y oportunistas que igual que viven aquí es posible encontrarlas en otros ambientes.

Los invertebrados más significativos en este tipo de paisajes son los arácnidos y los escorpiones, sin embargo están poco presentes en estas latitudes. Quizás sean las tarántulas las que con mayor facilidad se vinculen a estos terrenos abiertos. Predadores natos cazan grillos, saltamontes y todo tipo de animales pequeños presentes.

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Son escasos los anfibios y reptiles, son más abundantes los mamíferos de pequeño tamaño y las aves que sólo ellas suponen unas 68 especies siendo más abundantes en zonas ligadas a medios acuáticos.

Fauna piscícola

Las especies piscícolas más representativas en la zona de estudio, son las citadas a

continuación:

� Barbus vulgaris. Barbo. � Chondrostoma polylepis. Boga. � Salmo trutta. Trucha común � Esox lucius. Lucio. � Mycropterus salmoides. Black-bass � Tinca Tinca. Tenca � Ciprynus carpio. Carpa. � Blennius fluviatis. Bienio

Citar además, dos especies de artrópodos, como son:

� Procambarus clarkii. Cangrejo americano. � Pascifastacus leniusculus. Cangrejo señal.

Anfibios En cuanto a las especies de anfibios más representativas, citar:

� Rana verde Rana perezi � Rana de San Antonio Hyla arborea � Sapo común Bufo bufo � Sapo partero Alytes obstetricans � Tritón jaspeado Triturus marmoratus � Gallipato Pleurodeles waltl � Sapillo pintojo Discoglossus galgonai

Reptiles

Entre la herpetofauna de la zona cabe reseñar las siguientes especies:

� Culebra bastarda Malpolon monspessulanus

Aves

A continuación se reseñan las especies de aves que pueden ser observadas en la zona objeto de estudio:

* Las 100 especies más fáciles de ver se señalan con un asterisco rojo.

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* Con un asterisco verde se indican las especies que crían habitualmente en nuestra comarca.

* Con un asterisco azul se indican aquellas especies que pueden ser vistas en los periodos de invernada, en los pasos migratorios, en sus expansiones territoriales o como en el caso del Faisán, producto de sueltas o escapes. ** Zampullín chico Tachybaptus ruficollis ** Somormujo lavanco Podiceps cristatus * Cormorán grande Phalacrocorax carbo * Avetorillo Ixobrychus minutus * Martinete Nycticorax nycticorax * Garcilla bueyera Bubulcus ibis * Garceta común Egretta garzetta * Garza real Ardea cinerea * Garza imperial Ardea purpurea ** Cigüeña común Ciconia ciconia * Espátula Platalea leucorodia * Ánsar campestre Anser fabalis * Ánsar común Anser anser * Ánade silbón Anas penelope * Ánade friso Anas strepera * Cerceta común Anas crecca ** Azulón o Ánade real Anas platyrhynchos * Ánade rabudo Anas acuta * Cerceta carretota Anas querquedula * Pato cuchara Anas clypeata * Porrón común Aythya ferina * Porrón moñudo Aythya fuligula * Alimoche Neophron percnopterus * Buitre leonado Gyps fulvus * Águila culebrera Circaetus gallicus * Águila calzada Hieraaetus pennatus * Halcón abejero Pernis apivorus * Elanio azul Elanus caeruleus ** Milano negro Milvus migrans * Milano real Milvus milvus ** Ratonero común Buteo buteo ** Aguilucho lagunero Circus aeruginosus ** Aguilucho pálido Circus cyaneus ** Aguilucho cenizo Circus pygargus * Azor Accipiter gentilis * Gavilán Accipiter nisus * Cernícalo primilla Falco naumanni ** Cernícalo vulgar Falco tinnunculus * Esmerejón Falco columbarius * Alcotán Falco subbuteo ** Halcón peregrino Falco peregrinus * Faisán común Phasianus colchicus

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** Codorniz Coturnix coturnix ** Perdiz roja Alectoris rufa ** Rascón Rallus aquaticus * Polluela pintoja Porzana porzana ** Gallineta o Polla de agua Gallinula chloropus ** Focha común Fulica atra ** Sisón Tetrax tetrax * Avutarda o Altarda Otis tarda ** Cigüeñuela Himantopus himantopus * Avoceta Recurvirostra avosetta ** Alcaraván Burhinus oedicnemus ** Chorlitejo chico Charadrius dubius * Chorlitejo grande Charadrius hiaticula * Chorlito dorado Pluvialis apricaria * Chorlito gris Pluvialis squatarola ** Avefría Vanellus vanellus * Correlimos gordo Calidris canutus * Correlimos menudo Calidris minuta * Correlimos común Calidris alpina * Combatiente Philomachus pugnax * Agachadiza chica Lymnocryptes minimus * Agachadiza común Gallinago gallinago * Agachadiza real Gallinago media * Becada Scolopax rusticola * Aguja colinegra Limosa limosa * Aguja colipinta Limosa lapponica * Zarapito trinador Numenius phaeopus * Zarapito real Numenius arquata * Archibebe oscuro Tringa erythropus * Archibebe común Tringa totanus * Archibebe claro Tringa nebularia * Andarríos grande Tringa ochropus * Andarríos bastardo Tringa glareola ** Andarríos chico Actitis hypoleucos * Vuelvepiedras Arenaria interpres * Gaviota reidora Larus ridibundus * Gaviota argéntea Larus argentatus/cachinnans * Charrán común Sterna hirundo * Fumarel cariblanco Chlidonias hybridus * Fumarel común Chlidonias niger ** Tórtola turca Streptopelia decaocto ** Tórtola común Streptopelia turtur ** Paloma cimarrona Columba livia domestica ** Paloma torcaz Columba palumbus * Ortega Pterocles orientalis ** Críalo Clamator glandarius * Cuco Cuculus canorus ** Lechuza común Tyto alba

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** Autillo Otus scops ** Buho chico Asio otus * Lechuza campestre Asio flammeus ** Mochuelo Athene noctua ** Chotacabras gris Caprimulgus europaeus ** Vencejo común Apus apus ** Abejaruco común Merops apiaster ** Abubilla Upupa epops ** Martín pescador Alcedo atthis ** Torcecuello Jynx torquilla ** Pito real Picus viridis * Pico picapinos Dendrocopos major ** Calandria Melanocorypha calandra ** Terrera común Calandrella brachydactyla ** Cogujada común Galerida cristata ** Totovía Lullula arborea ** Alondra común Alauda arvensis * Avión zapador Riparia riparia ** Golondrina común Hirundo rustica ** Avión común Delichon urbica * Bisbita alpino Anthus spinoletta * Bisbita arbóreo Anthus trivialis * Bisbita común Anthus pratensis ** Bisbita campestre Anthus campestris ** Lavandera boyera Motacilla flava ** Lavandera blanca Motacilla alba alba * Lavandera enlutada Motacilla alba yarrellii ** Chochín Troglodytes troglodytes * Acentor común Prunella modularis ** Petirrojo Erithacus rubecula ** Ruiseñor común Luscinia megarhynchos * Pechiazul Luscinia svecica ** Colirrojo tizón Phoenicurus ochruros ** Tarabilla común Saxicola torquata ** Collalba gris Oenanthe oenanthe ** Mirlo común Turdus merula * Zorzal real Turdus pilaris * Zorzal común Turdus philomelos * Zorzal alirrojo Turdus iliacus * Zorzal charlo Turdus viscivorus ** Ruiseñor bastardo Cettia cetti ** Buitrón Cisticola juncidis * Carricerín común Acrocephalus schoenobaenus ** Carricero común Acrocephalus scirpaceus ** Carricero tordal Acrocephalus arundinaceus ** Zarcero común Hippolais polyglotta ** Curruca rabilarga Sylvia undata ** Curruca carrasqueña Sylvia cantillans

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* Curruca mirlona Sylvia hortensis ** Curruca zarcera Sylvia communis ** Curruca mosquitera Sylvia borin ** Curruca capirotada Sylvia atricapilla ** Mosquitero papialbo Phylloscopus bonelli * Mosquitero común Phylloscopus collybita ** Mosquitero ibérico Phylloscopus brehmii * Mosquitero musical Phylloscopus trochilus ** Reyezuelo listado Regulus ignicapillus * Papamoscas cerrojillo Ficedula hypoleuca * Herrerillo capuchino Parus cristatus * Carbonero garrapinos Parus ater ** Herrerillo común Parus caeruleus ** Carbonero común Parus major ** Mito Aegithalos caudatus ** Pájaro moscón Remiz pendulinus * Trepador azul Sitta europaea ** Agateador común Certhia brachydactyla ** Oropéndola Oriolus oriolus * Alcaudón dorsirrojo Lanius collurio * Alcaudón real Lanius excubitor * Alcaudón ibérico Lanius meridionalis ** Alcaudón común Lanius senator * Arrendajo Garrulus glandarius ** Urraca o Pega Pica pica ** Grajilla Corvus monedula ** Graja Corvus frugilegus ** Corneja negra Corvus corone * Cuervo Corvus corax * Estornino pinto Sturnus vulgaris ** Estornino negro o tordo Sturnus unicolor ** Gorrión común o Pardal Passer domesticus ** Gorrión molinero Passer montanus ** Gorrión chillón Petronia petronia ** Pinzón vulgar Fringilla coelebs ** Verdecillo Serinus serinus

Mamíferos

Los mamíferos más representativos en la zona objeto de proyecto son el conejo

(Orictolagus cuniculus), el zorro (Vulpes vulpes) y el lobo (Canis lupus signatus), aunque de este último no se tiene constancia de que críe. A continuación se reseñan otras especies de interés:

� Erizo Común. Erinaceus europaeus. � Liebre (Lepus granatensis),

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� Topo Ciego. Talpa occidental. � Musaraña Común. Crocidura russula. � Musaraña de Dientes Rojos o Ibérica. Sorex granarius. � Murciélago herradura. Rhinolophus ferrumequinum. � Murciélago Ribereño. Myotis daubentonii. � Murciélago Orejado Meridional. Plecotus austriacus. � Murciélago Común. Pipistrellus pipistrellus. � Murciélago Hortelano. Eptesicus serotinus. � Murciélago Rabudo. Tadarida teniotis. � Rata de Agua Meridional. Arvicola sapidus. � Ratilla Campesina. Microtus arvalis asturianus. � Topillo Lusitánico. Microtus lusitanicus. � Topillo Común. Microtus duodecimcostatus. � Rata Campestre. Rattus rattus. � Rata Común. Rattus norvegicus. � Ratón Casero. Mus musculus.

Especies cinegéticas En la siguiente lista se incluyen todas aquellas especies que, por un lado, tienen efectivos poblacionales de mayor o menor envergadura en El Páramo en la época propicia para su caza, y, por otro lado, son consideradas especies cazables por las distintas leyes que regulan la práctica cinegética en nuestro ámbito geográfico.

No se tiene en cuenta, que la no inclusión de ciertas especies en los planes de aprovechamiento, imposibilita la caza de las mismas en algunos cotos.

AVES

• Ansar común (Anser anser). Visitante invernal raro en El Páramo. • Ánade azulón o curro (Anas platyrhynchos). Muy abundante y codiciado por los

cazadores. • Ánade friso (Anas strepera). Raro. • Ánade silbón (Anas penelope). Raro. • Pato cuchara (Anas clypeata). Habitual aunque escaso. • Cerceta común (Anas crecca). Habitual aunque muy escaso. • Porrón común (Aythya ferina). Raro. • Porrón moñudo (Aythya fuligula). Muy raro. • Focha común (Fulica atra). Muy abundante aunque poco apreciada por los

cazadores . • Perdiz rubia o roja (Alectoris rufa). Abundante en las zonas de secano, adiles y

viñedo, mucho más escasa en las zonas de regadío intensivo, es la pieza reina de la caza menor en el Páramo, junto con la liebre.

• Codorniz (Coturnix coturnix). Abundante en las zonas de secano y viñedo mucho más escasa en las zonas de regadío intensivo, sus efectivos están disminuyendo mucho en los últimos años.

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• Faisán (Phasianus colchicus). Algunos ejemplares provenientes de sueltas han sido localizados en ciertos lugares del Páramo Alto, aunque es de suponer que no lleguen a criar de forma natural.

• Becada (Scolopax rusticola). Muy rara, algunos ejemplares pueden verse en zonas de vegetación ribereña densa coincidiendo con grandes nevadas en zonas más altas de la provincia.

• Agachadiza común (Gallinago gallinago). Común aunque poco apreciada por los cazadores.

• Agachadiza chica (Lymnocriptes minima). Situación desconocida. • Avefría (Vanellus vanellus). Abundante como invernante, aunque poco apreciada

para la caza. • Tórtola común (Streptopelia turtur). Escasa, ha experimentado un fuerte declive en

los últimos años. • Tórtola turca (Streptopelia decaocto). Muy abundante, al contrario que su pariente,

prefiere los hábitats urbanos y sus poblaciones han aumentado espectacularmente en la comarca en lo últimos diez años.

• Paloma torcaz (Columba palumbus). Abundante. • Paloma bravía (Columba livia). Abundante. • Estornino pinto (Sturnus vulgaris). Muy abundante en invierno. • Tordo (Sturnus unicolor). Muy abundante. • Zorzal común (Turdus philomelos). Abundante. • Zorzal charlo (Turdus viscivorus). Abundante. • Zorzal alirrojo (Turdus iliacus). Abundante. • Zoral real (Turdus pilaris). Raro, aunque a veces suelen verse bandos numerosos. • Pega (Pica pica). Muy abundante, pero poco apreciada para la caza. • Grajilla (Corvus monedula). Localmente abundante. • Corneja negra (Corvus corone). Común, no debe ser confundida por el cazador con

la graja (Corvus frugilegus), que también es muy abundante en El Páramo y cuya caza no está permitida.

MAMÍFEROS

• Conejo (Oryctolagus cuniculus). Dependiendo de los años y los lugares es muy

abundante, principalmente en las zonas boscosas del secano paramés. • Liebre (Lepus sp). Muy abundante, tanto en el regadío como en el secano, aunque

más en este último. • Zorro (Vulpes vulpes). Abundante, sobre todo en las proximidades de los numerosos

vertederos de basura, donde se alimenta. • Lobo (Canis lupus). Situación desconocida en la mayor parte del Páramo aunque su

presencia es habitual en ciertos lugares, es, junto con el jabalí, la única especie de caza mayor que está presente en la comarca.

• Jabalí (Sus scrofa). En general escaso, aunque puede ser abundante en zonas localizadas, donde se han llegado a realizar algunas batidas, parece que sus poblaciones van en aumento, como ocurre en el resto de la provincia.

• Corzo (Capreolus capreolus). Situación desconocida, probablemente algunos ejemplares puedan ser vistos en encinares y otras zonas boscosas.

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Especies protegidas

Cabe citar a la graja (Corvus frugilegus) especie gregaria de la familia de los córvidos,

que se junta en bandos para alimentarse y para dormir y que cría en colonias más o menos numerosas. Es una de las aves españolas con menor distribución, ya que sólo nidifica en el sureste de la provincia de León. Además, conforme a lo dispuesto en la Ley 6/1992, los ejemplares de «blenio de río» o como se le conoce popularmente «pez fraile» (Blennius fluviatis) es una especie contemplada como de «interés especial» por Real Decreto 439/1990, e inscrita en el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas y, por tanto, está totalmente prohibida su pesca.

9.1.11.- Medio Perceptual

El paisaje del territorio en estudio presenta una morfología prácticamente llana con zonas de cultivo, principalmente herbáceas y superficies urbanizadas.

El área se caracteriza por su naturaleza antrópica que se pone de manifiesto tanto en las obras de construcción existentes (carreteras, caminos, tendido eléctrico, canales de riego, graveras, etc.) como en los elementos naturales, con vegetación no permanente, herbácea y predominio de cultivos de regadío. Ambos impactos son los más severos en la zona desde el punto de vista paisajístico, mientras que la concentración parcelaria en la zona, no supone afección alguna en el aspecto perceptual. Dichas infraestructuras, al igual que el trazado de caminos sin asfaltar, distorsionan en pequeña medida este entorno.

Si además tenemos en cuenta la gran extensión y amplitud de la zona, se puede asegurar que el paisaje presenta una buena capacidad de acogida de las instalaciones que se van a desarrollar.

La etapa que más puede afectar al paisaje es la generación de infraestructuras, durante la fase de construcción, no obstante la afección que puede producirse se consideran leves y perfectamente asumibles por las razones ya mencionadas y la existencia de una gran diversidad de formas y colores que favorecen su integración en el entorno.

Por otra parte, las nuevas canalizaciones no afectarán al paisaje al ir subterráneas y ser la afección en el modelo topográfico inapreciable.

9.1.12.- Población Se tendrá en cuenta todo lo expuesto en el apartado 4.1 de este documento, destacando que la población muestra claros síntomas de envejecimiento y bajos índices de procreación con una tendencia clara al descenso continuado.

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9.1.13.- Actividades económicas Como actividad económica más destacada, cabe señalar la agricultura que ocupa el 48% de la población activa, el sector servicios que ocupa el 29%, la construcción con un 12% y la industria con un 11%. Está claro por tanto, que la importancia de la agricultura para la zona es vital, de ahí la importancia que tiene el actuar sobre las infraestructuras inherentes a esta actividad como son la propiedad de la tierra, las vías de acceso a las propiedades y la infraestructura de regadíos para optimizar rendimientos y reducir consumos de un bien escaso como es el agua. 9.1.14.- Patrimonio Artístico y Cultural

El presente estudio se ha elaborado a partir del análisis de la información básica

relativa al Inventario Arqueológico de Castilla y León relativo al término municipal que afecta, que se encuentra depositado en el Servicio Territorial de Cultura y Turismo en León de la Junta de Castilla y León. Actualmente el patrimonio cultural de Castilla y León se rige por la Ley 12/2002 de 11 de Julio y según Decreto 37/2007 de 19 de abril se aprueba el “Reglamento para la protección del patrimonio cultural de Castilla y León”.Asimismo se han revisado otros estudios y publicaciones con el fin de conocer los yacimientos inventariados y sus materiales culturales. En la provincia de León, un primer intento por sistematizar los enclaves con un destacado valor patrimonial, o aquellos donde se presumía razonablemente la existencia de restos arqueológicos, lo constituye la Carta Arqueológica de León, redactada en 1987, que recoge los testimonios sobre sitios arqueológicos conocidos de la provincia, a la vez que aporta también algunos datos nuevos. De fecha más reciente es el Inventario Arqueológico de Castilla y León, que en la provincia de León se viene desarrollando mediante campañas de prospección sistemáticas desde 1993, promovido por la Junta de Castilla y León y realizadas las prospecciones por la Empresa Española de Arqueología S.L. Seguidamente se relacionan los yacimientos arqueológicos que se ubican dentro de la zona de actuación. Para todos ellos se señala su ubicación con referencia catastral, la atribución cronológica y tipología, así como una descripción breve. Estos enclaves se representan en el plano correspondiente.

En total se ha contabilizado la existencia de 11 yacimientos dentro del término municipal de Bustillo del Páramo, cuya localización y resumen descriptivo es el siguiente:

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CUADRO RESUMEN DE INVENTARIO YACIMIENTOS ARQUEOLÓGICOS

MUNICIPIO LOCALIDAD YACIMIENTO USO DEL SUELO

AFECCIÓN FUTURA INFRAESTRUCTURA

ATRIBUCIÓN CULTURAL

TIPOLOGÍA

BUSTILLO DEL

PÁRAMO

San Pedro de Pegas

Nº1 “ºVillavente”

Cultivos de regadio

No afectada, zona

excluida

Medieval indeterminado

Núcleo urbano

Acebes del Páramo

Nº2 "Quintanilla"

Cultivos de regadio

No afectada Moderno Núcleo urbano.

Necrópolis

Matalobos del Páramo

Nº3 "Matalobos-San Pelayo"

Cultivos de regadio

No afectada Moderno Yacimiento

sin diferenciar

Matalobos del Páramo

Nº4 "La Cuesta

I"

Cultivos de regadio

Afectada Bajomedieval.

Moderno. Núcleo urbano

Matalobos del Páramo

Nº5 "La Cuesta

II"

Cultivos de regadio

No afectada Altomedieval.

Tardomedieval. Núcleo urbano

La Milla del Páramo

Nº6 "Calzada de

Peregrinos I"

Cultivos de regadio

No afectada Bajomedieval. Núcleo urbano

despoblado.

La Milla del Páramo

Nº7 "Calzada de Peregrinos

II"

Cultivos de regadio

No afectada Bajomedieval. Moderno.

Lugar de habitación,

Vía de comunicación.

La Milla del Páramo

Nº8 "Los

Castros"

Cultivos de regadio

No afectada Indeterminada Lugar de

habitación

Bustillo del Páramo

Nº9 "Santa Ana"

Cultivos de regadio

Afectada Bajomedieval.

Moderno.

Lugar cultural: Ermita

Grisuela del Páramo

Nº10 "Grisuela"

Parcela urbana

No afectada, zona

excluida

Medieval Indeterminado.

Lugar funerario: Necrópolis

Grisuela del Páramo

Nº11 "Cerámica de

Grisuela"

Laguna artificial junto a

fábrica de cerámicas.

No afectada, zona

excluida Romano

Indeterminado Yacimiento

sin diferenciar

Bustillo del Páramo

Nº12 “El Palacio”

Cultivos de regadio

No afectada Moderno. Núcleo urbano

Bustillo del Páramo

Nº13 “Los

Conventos”

Parcela urbana

No afectada, zona

excluida

Medieval Indeterminado.

Lugar de habitación

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En el Plano nº 5.- Elementos Singulares, se detalla el emplazamiento de cada uno de los yacimientos arqueológicos mencionados dentro de la zona de referencia.

Patrimonio Arquitectónico:

En Bustillo del Páramo tenemos: Iglesia de la Ascensión de Nuestra Señora Iglesia de San Pedro Apóstol Puente de la AP-71 sobre el río Órbigo Puente de la CL-621 sobre la AP-71

En La Milla del Páramo tenemos:

Iglesia de la Presentación de Nuestra Señora

En Matalobos del Páramo tenemos: Iglesia de San Andrés En San Pedro de Pegas: Iglesia de San Pedro En Antoñanes del Páramo: Iglesia de San Pedro En Acebes del Páramo: Iglesia de Santiago Apóstol En Grisuela del Páramo: Iglesia Parroquial de Nuestra Señora de la Asunción de Grisuela del Páramo

En relación al Patrimonio Industrial tenemos en Grisuela del Páramo la Fábrica de Cerámica del Páramo, en el Barrio de Buenos Aires la Fábrica de Lino, el Molino de Acebes del Páramo.

El Cauce Histórico de la Presa Cerrajera que data de 1315 y está considerado como la

mayor obra civil medieval de estas características no solo en el Reino de León sino en toda la Península.

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9.2.- CONDICIONANTES ESPECIFICOS

9.2.1.- Existencia de áreas, paisajes naturales, parques nacionales u otros catalogados Dentro de la Zona afectada por la concentración, no existen Montes de Utilidad Pública, así como Paisajes Naturales, Parques Nacionales, ni otros catalogados.

Tras previa petición el Servicio Territorial de Medio Ambiente de León nos adjunta la documentación correspondiente a las Vías Pecuarias que afectan al Término Municipal de Bustillo del Páramo y en lo que respecta a su existencia las Vías Pecuarias descritas como, “Vías rurales utilizadas tradicionalmente por los ganaderos y en especial para el tradicional traslado de rebaños de ganado ovino entre comarcas o regiones de la península(Trasterminancia y Trashumancia, son bienes de dominio público con protección demanial reforzada, inalienables, imprescriptibles e inembargables”, por la zona de estudio trascurren las siguientes, clasificadas todas ellas en el anterior proceso de concentración parcelaria:

Vía Pecuaria Localidad Término

Municipal

“Nuevo trazado de la antigua Cañada

Real de Las Merinas y de la Vereda de La

Mata del Páramo”

Bustillo del Páramo, La Milla del Páramo, Grisuela del Páramo y La

Mata del Páramo

Bustillo del Páramo

“Colada del Francés”

La Milla del Páramo y Bustillo del Páramo

Bustillo del Páramo

Nuevo trazado de la antigua Cañada Real de las Merinas (Cañada de

Roderas) y de la Vereda de la Mata del Páramo que a continuación describimos:

- Situación: Atraviesa el Término Municipal en dirección Norte-Sur. - Descripción: Vía Pecuaria de resultante de la sustitución de las dos anteriores,

con una anchura única de 16 m. - Penetra en el anejo de la Milla por el límite dentro del polígono 5 de Bustillo.

Continúa siempre hacia el Sur hasta la confluencia de los canales del Páramo con el de Santa María en el polígono 3, y continúa en la margen Este del citado Canal de Santa María atravesando los polígonos 7, 9 y 10, adentrándose en los

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anejos de La Mata y Grisuela justamente en el límite común con los tres anejos, abandonando el de Bustillo por el límite Sur.

- La longitud de esta Vía Pecuaria dentro del Anejo de Bustillo del Páramo es de 3,450m.

Colada del Camino Francés (o Colada de los Peregrinos):

Situación: Atraviesa el Término municipal por el Norte en dirección Este-Oeste. Descripción: Vía pecuaria de 10m de anchura. Coincide con el Camino de peregrinos a Santiago de Compostela conocido como ramal Sur, distinto del tradicional que discurre algo más al Norte por San Miguel del Camino, y por las inmediaciones de La Milla del Páramo. Se mantiene, por coincidir con la calzada de los peregrinos.

En el Plano nº 5.- Elementos Singulares, se refleja el trazado de las mencionadas Vías

pecuarias dentro de la zona de referencia 9.2.2.- Existencia de áreas, paisajes naturales, u otros catalogados no catalogados No existen en la zona sectores sensibles dignos de preservar, dada la inexistencia de humedales, elementos de interés hidráulico ni otras zonas objeto de un tratamiento específico. La realización de la concentración no debe suponer ningún riesgo de transformación ecológica negativa importante en la Zona, por tanto no se prevé ninguna acción de protección medioambiental específica. Se contemplará como vía de protección medioambiental genérica, el contenido del Proyecto de Restauración del Medio Natural, que se redactará de acuerdo con lo establecido en la Ley 14/90 de 28 de Noviembre de Concentración Parcelaria de Castilla y León. Con respecto a la Red Natura, la zona objeto del presente Estudio Técnico Previo, como ya se ha mencionado, no queda afectada por la existencia de espacios protegidos, LICs o ZEPAs. 9.2.3.- Incidencia previsible de la Concentración Parcelaria en los factores medioambientales

La Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, establece las bases que deben regir la evaluación ambiental de los planes, programas y proyectos que pueden tener efectos significativos sobre el medio ambiente; asimismo, esta ley establece los principios que informarán el procedimiento de evaluación ambiental de los planes, programas y proyectos que puedan tener efectos significativos sobre el medio ambiente, así como el régimen de

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cooperación entre la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas a través de la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente.

El artículo 7 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental señala el régimen jurídico aplicable a la evaluación ambiental de proyectos consistentes en la realización de obras, instalaciones o cualquier tipo de actividad comprendida en sus anexos I y II. En cuanto a la inclusión de esta concentración parcelaria en uno u otro anexo, se observa lo siguiente:

1. En el Anexo I las concentraciones parcelarias se citan en el Grupo 9. Otros proyectos, en el epígrafe a: Proyectos que se desarrollen en Espacios Naturales Protegidos, Red Natura 2000 y Áreas Protegidas por instrumentos internacionales, según la regulación de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, en el apartado 14º: Concentraciones Parcelarias que conlleven cambio de uso del suelo cuando suponga una alteración sustancial de la cubierta vegetal.

Por su ubicación, esta concentración parcelaria se encuentra fuera estas zonas especialmente sensibles mencionadas en dicha Directiva. Además que según el apartado l) del Anexo VI de la Ley 21/2013 no se van a producir cambio en el uso de suelo rural entre sí ya que no supondrá ninguna alteración sustancial de la cubierta vegetal.

2. El Anexo II incluye, en el Grupo 1, a proyectos de concentración parcelaria que no estén incluidos en el anexo I cuando afecten a una superficie mayor de 100 ha.

Por tanto, esta concentración parcelaria se encuadra entre los proyectos recogidos en el anexo II de La Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. A tenor de lo dispuesto en el artículo 45, solicitud de inicio de la evaluación de impacto ambiental simplificada, el promotor presentará ante el órgano sustantivo, junto con la documentación exigida por la legislación sectorial, una solicitud de inicio de la evaluación de impacto ambiental simplificada, acompañada del documento ambiental con el siguiente contenido:

a. La motivación de la aplicación del procedimiento de evaluación de impacto ambiental simplificada.

b. La definición, características y ubicación del proyecto.

c. Una exposición de las principales alternativas estudiadas y una justificación de las principales razones de la solución adoptada, teniendo en cuenta los efectos ambientales.

d. Una evaluación de los efectos previsibles directos o indirectos, acumulativos y sinérgicos del proyecto, sobre la población, la salud humana, la flora, la fauna, la biodiversidad, el suelo, el aire, el agua, los factores climáticos, el cambio climático, el paisaje, los bienes materiales, incluido el patrimonio cultural y la interacción entre todos los factores mencionados, durante las fases de ejecución, explotación y en su caso durante la demolición o abandono del proyecto.

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Cuando el proyecto pueda afectar directa o indirectamente a los espacios Red Natura 2000 se incluirán apartado específico para la evaluación de sus repercusiones en el lugar, teniendo en cuenta los objetivos de conservación del espacio.

e. Las medidas que permitan prevenir, reducir y compensar y, en la medida de lo posible, corregir, cualquier efecto negativo relevante en el medio ambiente de la ejecución del proyecto.

f. La forma de realizar el seguimiento que garantice el cumplimiento de las indicaciones y medidas protectoras y correctoras contenidas en el documento ambiental.

9.3.- ANALISIS DE LA INCIDENCIA PREVISIBLE DE LA CONCENTRACION

La Concentración Parcelaria (reconcentración) supone una actuación inherente a la modernización de los regadíos que nos ocupa, supone una actuación muy aconsejable, la incidencia de las nuevas prácticas o fórmulas de cultivo, no tendrán efectos ambientales negativos al tratarse de prácticas habituales que se vienen efectuando desde hace años, ya que no se efectuará un cambio en el tipo de cultivos, continuándose con las rotaciones similares a las que existen en la actualidad. La incidencia ambiental de las infraestructuras será prácticamente nula, ya que se conservaran la mayoría de los caminos existentes, se respetará el trazado actual de los desagües, y las obras correspondientes a la red de riego se ejecutarán, mediante tuberías enterradas que discurrirán, contiguas y paralelas al trazado de los caminos.

9.4.- AREAS QUE CONVIENE EXCLUIR

En principio, y salvo las ya excluidas en el presente Estudio Técnico Previo, no se marcan directrices de zonas a excluir o de posible exclusión. Se prevé un estudio posterior con las respectivas Juntas de Trabajo en el que se definirán las áreas a excluir, en el caso de que sean consideradas.

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10.- ANTEPROYECTO O PROYECTO BASICO. 10.1.- EVALUACION PREVIA ORIENTATIVA DEL ALCANCE DE LA

INVERSION

Según Modificación de la Instrucción 1/95 complementaria de la Resolución de 7 de febrero de 1995 (B.O.C. y L. de 17 de febrero de 1995) por la que se ponen en marcha medidas sistemáticas de actuación en los trabajos previos al decreto de concentración parcelaria y posteriores concordantes, llevada a cabo por la Dirección General de Desarrollo Rural de fecha 05/Julio/2007, para la evaluación por vía orientativa del alcance de la inversión (I), se utiliza la siguiente fórmula. B C (D-C) I (€) = A + 90.000 ------ + 500 ------ + 3.400 -------- + E 500 300 300 Donde: A = 50.000,00 € B = Población de derecho. Si B/500 < 1, se adoptará el valor 1. C = Margen Bruto antes de la concentración, expresado en euros.

C/300, representa la cantidad de Ha. tipo equivalente de la zona.

D = Margen Bruto después de la concentración, expresado en euros. Representa el incremento de Ha. tipo equivalente que se produce tras la actuación (por regadío o por otras causas).

E = Será igual a 0 en secano, si no se incluyen caminos de comunicación entre núcleos. Tendrá el mismo valor 0, en regadíos en que no existan azudes, balsas o canales de transporte dentro de la zona. Si existiera alguna de las situaciones anteriores, se atenderá a los siguientes valores topes:

150 (C/300): Para el secano:

Representa un valor de 150 €/Ha tipo equivalente.

3.000 F: Para el regadío: Siendo F el número de Has. del regadío. Representa un valor de 3.000 € por Ha.

Para la zona que nos ocupa, la superficie total a concentrar es de 3755 Has, modernizándose el regadío en la totalidad de la zona, siendo necesaria la realización de una balsa de regulación en la zona, por lo cual los sumando anteriores toman los siguientes valores: A = 50.000 € B = 1.012 (Población de derecho de los anejos incluidos).

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C = 3755 Has x 1.271,22 €/Ha = 4.773.431,10 €

D = 3755 Has x 1.402,63 €/Ha = 5.266.875,65 €

E = 3755 Has x 3000 €/Ha = 11.265.000 €

Resultando:

I = 25.045.250,07 € 10.2.- CUANTIFICACION DE LA RED BASICA DE INFRAESTRUCTURA

10.2.1.- Red de caminos y desagües

La zona objeto de estudio se corresponde con los sectores de riego IV y VI. En la fecha de la redacción del presente estudio no ha sido redactado el Proyecto de

Infraestructura Rural de los citados sectores, por lo que solo se dispone del trazado de la red de las futuras infraestructuras a nivel de ETP. En el trazado de estas redes se ha procurado, en la mayoría de los casos, conservar las existentes, estableciéndose nuevos trazados en aquellos casos puntuales que lo así lo requiera la situación y eliminando los que resulten innecesarios por la definición de las nuevas masas y unidades de riego. En los planos nº5 y nº6 se detallan los trazados de las infraestructuras a realizar y las existentes.

Los caminos actuales que se conserven en su trazado precisarán de la limpieza en cunetas, perfilado en superficie, reposición de obras de fábrica deterioradas y adicción de material granular en superficie en aquellos tramos que se encuentren en mal estado de conservación. Los caminos de nuevo trazado, será preciso realizar la construcción de los mismos en su totalidad. Los desagües que existen en la actualidad precisarán de una limpieza general y en algunos casos de una ampliación de los mismos. Los desagües de nuevo trazado (zonas sin concentrar y zonas que necesiten mayor drenaje como consecuencia de la puesta en regadío) será preciso dotarles de las obras de fábrica necesarias para su correcto funcionamiento. Usando como referencia datos reales de ejecución (sectores III,V,VII y IX, ya finalizados) y de Proyecto (sectores I y VIII, en fase de ejecución) de las obras de Infraestructura Rural de los sectores pertenecientes a esta misma comunidad de regantes, resultando estos datos perfectamente extrapolables por su similitud con los sectores IV y VI correspondientes a la zona objeto de estudio, se obtienen los siguientes costes:

Superficie sectores I, III, V, VII, VIII y IX = 13.835,17 Ha. Coste de la obra de I.R (sectores I, III, V, VII, VIII y IX) = 19.374.903,48 € Coste en €/ha = 1400,41

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Por otro lado, será necesario retirar las acequias e infraestructuras de los regadíos pre-existentes, transportando a vertedero legalmente autorizado dichos elementos. Los datos correspondientes a los costes de la retirada de acequias en los sectores I, III, V, VII, VIII y IX asciende a 1.631.854,04€, siendo el coste expresado en €/ha de 117,95. Coste Retirada acequias (sectores I, III, V, VII, VIII y IX)= 1.631.854,04€

Coste en €/ha = 117,95 La inversión total para la zona, en lo referente a la reconcentración de las 3.755 Ha., ascendería a la cantidad de: I 1 = (1.400,41 €/ha. + 117,95 €/ha.) x 3.755 Has = 5.701.441,80 €. 10.2.2.- Red de riego Las obras de modernización del regadío que se van a realizar en la zona consisten en una toma de agua en el Canal del Páramo mediante un vertedero pico de pato situado en el propio canal. Desde la toma, derivación a una Balsa de regulación de capacidad aproximada de 150.000 m3 revestida de polietileno, cuya finalidad es que la estación de bombeo pueda disponer de mayor cantidad de suministro de agua en los momentos en los que la energía eléctrica es más barata (periodos P-6). El agua pasa de esta balsa a la estación de bombeo donde se le suministra una presión que hace que en los hidrantes de toma de las fincas podamos disponer de una presión de 5 Kg/cm2 y un caudal de 40 l/s.

Desde la estación de bombeo hasta los hidrantes existe una red de tuberías de PRFV y PVC de distintos diámetros y timbrajes., el trazado de la red discurrirá paralelo al trazado de los caminos y situado en la cabecera de las nuevas fincas de reemplazo.

Los hidrantes están ubicados en cada unidad de riego y suministrarán agua a una o

varias fincas, cuya superficie total oscila entre 12 y 15 ha. Todo este sistema está regulado mediante un telecontrol que gobierna la propia

Comunidad de Regantes y automatiza el riego de toda la Comunidad de Regantes.

La red de riego que se prevé para la zona es mediante riego por aspersión a la demanda, bajo la modalidad de concesión-petición. El canal domina en su mayoría la superficie de riego, con imposibilidad de riego por aspersión o goteo sin la utilización de aportes exteriores de energía. Esto hace que su modernización sea absolutamente necesaria si se pretende adecuar el regadío a las necesidades actuales.

La zona objeto de estudio se corresponde con los sectores de riego IV y VI. En la fecha de la redacción del presente estudio no han sido redactados los correspondientes Proyectos de Infraestructura de Riego, por lo que solo se dispone del trazado de la red de las futuras infraestructuras a nivel de ETP.

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Usando como referencia datos reales de ejecución (sectores III,V,VII y IX, ya finalizados) y de Proyecto (sectores I y VIII, en fase de ejecución) de las obras de Modernización del Regadío de los sectores pertenecientes a esta misma comunidad de regantes, resultando estos datos perfectamente extrapolables por su similitud con los sectores IV y VI correspondientes a la zona objeto de estudio, se obtienen los siguientes costes:

Superficie sectores I, III, V, VII, VIII y IX = 13.835,17 Ha. Coste de la Estación de Bombeo (Sectores I, III, V, VII, VIII y IX) = 22.214.665,82€ Coste en €/ha = 1605.66 Coste de la Instalación eléctrica (alta y baja tensión) (Sectores I, III, V, VII, VIII y IX) = 8.951.477,88€ Coste en €/ha = 647,00 Coste de la Red de riego y Telecontrol (Sectores I, III, V, VII, VIII y IX) = 91.420.784,55€ Coste en €/ha = 6607,85 Coste de la Balsa de regulación, obras de toma y tubería de abastecimiento (Sectores III,VIII y IX= 6.523,28 ha) = 15.376.581,30€ Coste en €/ha = 2357,18 Para el cálculo del coste de las Balsas se tienen únicamente en consideración los

sectores de riego III, VIII y IX, que son los sectores donde se han realizado nuevas balsas, en el resto de sectores se han usado balsas existentes en la zona. La inversión total para la zona, en lo referente a la modernización de la red de riego, ascendería por tanto a la cantidad de: I2 = (1605,66 €/ha + 647,00 €/ha + 6607,85€/ha + 2357,18€/ ha) x 3755 ha =42.122.425,95€

10.2.3.- Inversión total necesaria La inversión total necesaria para acometer las obras de infraestructuras quedaría desglosada de la siguiente forma: I1 (Red de caminos y desagües) 5.701.441,80 € I2 (Modernización Regadíos) 42.122.425,95€ Total inversión necesaria 47.823.867,75 € Total inversión necesaria/Ha 12.736,05 €

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Los costes anteriormente expresados se corresponden con la Base de licitación, incluyendo los mismos los gastos generales (16%), el beneficio industrial (6%) y el IVA (21%).

No se ha tenido en cuenta en este cálculo la baja de adjudicación, que en el conjunto de las obras descritas representa un porcentaje medio del entorno del 35-40% del presupuesto de ejecución de obra material, ni tampoco la mejora del 10% que habitualmente se agota.

El coste real por tanto de la inversión necesaria en los sectores objeto de análisis sería del orden de un 25% inferior a la Base de licitación.

10.3.- FINANCIACIÓN DE LAS INVERSIONES

Las inversiones necesarias según lo previsto en el apartado 10.2.1. (reconcentración parcelaria) serán financiadas al 100% por la Junta de Castilla y León, por lo que el coste para los propietarios, en lo referente a este tipo de obras, será nulo. Las inversiones necesarias según lo previsto en el apartado 10.2.2. (modernización de regadíos), serán financiadas de la siguiente forma, en virtud de los convenios a los que se ha hecho referencia en apartados. 26,00% Junta de Castilla y León. 24,00% Propietarios (a devolver en 1-25 años). 20% Fondos Europeos (aportación). 30% SEIASA (*) (a devolver del 25 al 50 años sin intereses).

(*) SEIASA (Sociedad Mercantil Estatal Infraestructuras Agrarias S.A.) Los porcentajes están referidos sobre los costes totales de la inversión.

10.4.- DIRECTRICES BASICAS DE LA CONCENTRACIÓN

10.4.1.- Zonas excluidas En los planos que se adjuntan, se delimitan las zonas a excluir (cascos urbanos, masas arboladas de cierta entidad, zonas con escasa aptitud para el riego etc..). Una vez acordada la concentración de la zona y antes de que sean aprobadas las Bases, se realizará una delimitación exhaustiva a nivel de parcela, haciendo participes a las respectivas Juntas de Trabajo, se pretenderá conseguir una zona continua en el ámbito y homogénea en la forma.

Las parcelas excluidas de concentración, no entrarán a formar parte de la zona establecida como de modernización del regadío, por lo que, no se realizarán en ellas obras de infraestructura.

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10.4.2.- Subperímetros No se consideran oportunos establecer subperímetros de concentración parcelaria. 10.4.3.- Ritmo de las actuaciones Las obras de infraestructura de los distintos sectores de riego, deberán ser ejecutadas de forma paralela a los trabajos de concentración.

Los trabajos de concentración podrán realizarse considerando la Zona como un único bloque de trabajo.

El paralelismo entre los trabajos de concentración y los relativos a las obras de

infraestructuras, con cierta probabilidad no serán coincidentes exactamente en el tiempo, pudiendo producirse desfases entre unos y otros (ejecución del total de las infraestructuras y la entrega de las nuevas fincas de reemplazo).

Mientras no esté en pleno funcionamiento la red de riego mediante tuberías, se mantendrá en funcionamiento la red de acequias actuales, realizando la comunidad de regantes durante el período que duren las obras las adaptaciones complementarias que sean precisas y que permitan el normal funcionamiento de la red de acequias. 10.4.4.- Objetivos a conseguir 10.4.4.1.- Con la realización de la reconcentración parcelaria, se pretende alcanzar los

siguientes objetivos:

• Adjudicar una única finca de reemplazo por propietario. Entendiendo que este objetivo es muy difícil de conseguir, se prevé que el número de fincas por propietario sea ligeramente superior a 1.

En base a la experiencia de las concentraciones realizadas en las Demarcaciones nº1, nº2 y nº3 pertenecientes a esta misma Comunidad de Regantes, se obtienen unos datos en el conjunto de las citadas zonas de 4135 fincas de reemplazo adjudicadas a propietarios para un total de 3764 propietarios, lo que supone 1,098 fincas de reemplazo por propietario, siendo estos datos perfectamente extrapolables a la zona objeto de estudio.

De acuerdo a lo anterior, y teniendo en cuenta que el nº de propietarios de la zona objeto de estudio según los datos catastrales es de 1430 propietarios, obtenemos una estimación de 1570 fincas adjudicadas a propietarios.

La superficie media estimada por finca asignada a propietarios sería de 2,27 Ha, para las 3755 Ha de la zona y suponiendo que el 95% de la superficie se asigne a propietarios y el 5% restante a fincas de Masa Común, Restauración del Medio Natural y Propietarios Desconocidos.

• Las fincas cultivadas por un mismo titular de explotación, se procurará adjudicarlas de

forma contigua. A tal efecto, arrendadores y familiares del titular de la explotación

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deberán hacerlo constar en la Hoja de Petición de Lote en el momento de efectuar ésta.

• Todas las fincas de reemplazo dispondrán de acceso directo a la red de caminos, que

será mejorada en aquellos que se conserve su trazado y de nueva ejecución en aquellos de nuevo trazado.

• La red de desagües existente se procederá a su limpieza con carácter general y a la

construcción de aquellos que se considere necesario como consecuencia de la modernización de los regadíos.

• Acceso a la red de riego mediante acceso directo a hidrante o acceso indirecto a través de servicio de riego.

10.4.4.2.- Con el nuevo sistema de riego, se pretende conseguir los siguientes objetivos

• Establecer una red de riego mediante aspersión a la demanda, cuyas tuberías

discurrirán paralelas a los caminos y las tomas de agua queden establecidas cada 10-12 Ha.

• Optimizar los costes de producción en base a:

- Reducción del consumo de agua al mejorar la eficiencia del riego. - Reducción del consumo de fertilizantes y de los problemas de contaminación

que estos ocasionan al sufrir lavados excesivos por las elevadas dosis de riego. - Reducir el coste de la energía requerida para aplicar el riego, aprovechando al

máximo las cotas de terreno en las tuberías de transporte de agua. - Optimizar la aplicación de los productos fitosanitarios a cada cultivo,

utilizando los sistemas de aspersión para la distribución de los mismos. - Incrementar la producción al poder satisfacer las necesidades de cada cultivo,

tanto de fertilizantes como de fitosanitarios, pudiendo aplicar los mismos en el momento del ciclo vegetativo adecuado, empleando para ello los sistemas de fertirrigación.

• Dotar a la zona de la infraestructura necesaria para permitir la modernización de los

sistemas de riego. Se pretende fijar los criterios que permitan una mayor automatización con el menor coste posible.

• Aminorar los perjuicios medioambientales que supone incorporar por escorrentía

derivados nitrogenados.

• Integración medioambiental totalmente compatible con el entorno natural, al ser nula la afección a la Red Natura 2000, consiguiendo un efecto positivo al mejorar las redes y su impulsión de tal forma que se suprimen enormes pérdidas de agua, que se gestionará y racionalizará adecuadamente.

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• La modernización del regadío, acompañada de la reconcentración, dinamizará la economía tanto de la comarca como de otras adyacentes, frenando el éxodo de población, incrementando su renta agraria y el empleo, provocando, de forma general, un mayor desarrollo socioeconómico.

10.4.5.- Condiciones y limitaciones agronómicas ambientales y urbanísticas

La realización de las obras de concentración con el planteamiento propuesto, no presume en un futuro una modificación de las condiciones de naturaleza medioambientales o urbanísticas, y tampoco limitaciones sobre las infraestructuras de cercas, setos y otras que pudieran tener interés. No se aprecia por tanto, limitación agronómica alguna. 10.4.6.- Tratamiento de los elementos singulares

Como elemento singular digno de mención cabe destacar la existencia de ciertas vías pecuarias que coinciden en su trazado con caminos de servicio a fincas procedentes de anteriores concentraciones, tal y como se reflejó en el apartado 9.2.1. En estas vías se tratará de conservar su ancho de ocupación y trazado actual, ya que se pretende conservar el trazado de los caminos actuales No obstante el tratamiento a seguir se ajustará en todo momento a la legislación vigente, siguiendo las pautas definidas al efecto por la Dirección General de Producción Agropecuaria e Infraestructuras Agrarias de la Consejería de Agricultura y Ganadería, y por la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León.

En lo que se refiere la protección del patrimonio arqueológico y dada la existencia de yacimientos en la zona, se realizará un reconocimiento intensivo de los terrenos afectados por las trazas de redes de caminos y redes de riego, por parte de personal especializado en trabajos y prospecciones arqueológicas, con el fin de realizar modificaciones del proyecto si así fuese necesario, antes del inicio de las obras.

Posteriormente, durante la fase de los trabajos de excavaciones, se realizarán visitas

periódicas a las obras, revisando las zanjas. Así mismo, se informará sobre cualquier aparición de restos durante cualquier fase de la obra, acudiendo a inspeccionarlos para adoptar las medidas de protección correspondientes.

Respecto a M.U.P.(Montes de Utilidad Pública) no se propone ningún tratamiento y

destino específico a dar a estos elementos singulares dada la inexistencia de los mismos en la delimitación de la zona de estudio. 10.4.7.- Futuro Proyecto de Restauración del Medio Natural El proyecto de Restauración del Medio Natural que se redacte tendrá en cuenta todas las circunstancias del Documento Ambiental, que se establezca, en aras de llevar a cabo las medidas correctoras a las alteraciones medioambientales.

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Las fincas de Restauración del Medio Natural a establecer en la zona tal y como establece el art. 40 de la Ley 14/1990 de 28 de noviembre de Concentración Parcelaria de Castilla y León quedando reflejadas en los planos del Proyecto de Concentración Parcelaria, y se intentarán localizar, de acuerdo con las Juntas de Trabajo, sobre las áreas idóneas concebidas al respecto. 10.4.8.- Posibilidad de creación de Fondo de Tierras Ante la posibilidad de adquirir tierras por el artículo 100 de la Ley 14/90 de 28 de noviembre de Concentración Parcelaria, no se considera de interés la creación de un Fondo de Tierras. 11.- CUADRO RESUMEN

Fecha de solicitud....................................................................................... 13/10/2016

Población de derecho Total Término Municipal (habitantes)........................1.012

Número de U.G.M,..........................................................................................1.223,94

Número de propietarios zona incluida...……................................................... 1.430

Superficie Total Término Municipal (Ha.).......................................................6.448

Superficie incluida en concentración parcelaria (Ha.).................................... 3.755

Superficie excluida de la concentración (Ha.)....................................................2.693

Superficie de regadío (Ha.)................................................................................ 3.755

Número de parcelas incluidas …….................................................................... 3.390

Superficie incluida media por propietario (Has.).............................................. 2,62

Superficie media de las parcelas incluidas (Has.)................................................1,11

Número de parcelas incluidas por propietario................................................. 2,37

M.B. anterior a la concentración (€)..................................................... 5.842.098,94

M.B. / Ha. de la zona, anterior a la concentración (€).................................1.271,22

M.B. posterior a la concentración (€).....................................................6.446.046,51

M.B. / Ha. posterior a la concentración........................................................ 1.402,63

Incremento de M.B. agrario (€)................................................................ 603.947,57

Incremento de M.B./Ha, en la zona (€)........................................................... 131,41

Inversión total necesaria (€)................... ............................................. 47.823.867,75

Inversión necesaria por Hectárea (€)......................................................... 12.736,05

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12.- CONCLUSIONES

En base a las circunstancias que concurren, y los razonamientos expuestos, entendemos que se debe proceder a continuar con los trámites que desemboquen en la declaración de utilidad pública y urgente ejecución de la Concentración Parcelaria de la Zona regable de Bustillo del Páramo en el Canal del Páramo Alto (León), y a la espera de someter el estudio a la aceptación social. 13.-REDACCION DEL ESTUDIO.

La redacción de este Estudio técnico previo ha sido elaborada por el siguiente personal técnico de la Unidad Territorial de León y de la Unidad de Régimen Jurídico del Instituto Tecnológico Agrario:

Delineación: Ana Blanco Tejedor. Técnico Jurídico: Mar González Menéndez. Técnicos: Yolanda Brime Zanca y Víctor Somoano Vázquez.

León, Enero de 2.018

LOS TECNICOS ENCARGADOS DEL ESTUDIO

Fdo.: Yolanda Brime Zanca Fdo.: Víctor Somoano Vázquez

Vº Bº

EL JEFE DE LA U.D. DE LEON

DEL ITACYL

Fdo. : Domingo González Puebla