24
REPUBLICA DE NICARAGUA AMERICA CENTRAL LA GACETA Tiraje: 1,100 ejemplares DIARIO OFICIAL Teléfonos: 627917-283791-622111-622729 Apartado Postal 86 Valor CS 9.00 Córdobas Oro AÑO XCVII Managua, Viernes 19 de Agosto de 1994 No. 155 SUMARIO PA G MINISTERIO DE GOBERNACION Estatutos de la Asociación Verbo para la Salud MINISTERIO DEL TRABAJO Certificaciones UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE NICARAGUA Títulos Profesionales "803 Incorporación de tiulo 2805 Reposición de Tiituo ^805 MINISTERIO DE EDUCAC1ON Autorizacion 205 Dercho de Autor 3806 MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA Notifraciona '807 MINISTERIO DE ECONOMIA Y DESARROLLO Registro Marca Comercio 2£07 Registro Marca de Fábrica y Comercio 1 808 Registro MarcadeServicio 2810 RegistroNombreComercial '810 SECCION JUDICIAL Subastas 2811 GurdadorAd-Citan '813 CitacioncsdeProcesados 2814 MINISTERIO DE GOBERNACION ESTATUTOS DE LA ASOCIACION VERBO PARA LA SALUD Reg. No. 4433 - R/F 405316- Valor CS 270.00 Certificación.- La Suscrita Directora del Departamento de Registro y Control de Asociaciones del Ministerio de Gobernación de la República de Nicaragua.- Certifica.- Que bajo el número 378, de la página doscientos ochenta y uno a la página doscientos ochenta y nueve, del Tomo X, del Libro Primero de Registro de Asociaciones que este Departamento lleva a su cargo, se inscribió la "Asociación Verbo para la Saltad Vena). Conforme resolución de autorización del día doce de Julio de mil novecientos noventa y cuatro.- Dado en la ciudad de Managua, a los veintidós días del mes de Julio de mil novecientos noventa y cuatro.- Sub- Comandante, Lissetle Torres Morales Directora del Departamento de Registro y Control de Asociaciones.- Ministerio de Gobernación.- Certificación de Estatutos.- El Dr. Adolfo Miranda Sáenz, Abogado y Notario Público, Certifica los: Estatutos de la Asociación "Verbo" para la Salud.- Capítulo 1: Nombre, Naturaleza y Fines.- Arto. 1.- Esta Asociación se denomina Asociación "Verbo" para la Salud, la cual es una Asociación Civil sin Fines de Lucro.- Arto. 2.- El domicilio de la Asociación es la Ciudad de Managua, Capital de la República, pudiendo establecer oficinas y realizar actividades en todo el territorio nacional y aún internacionalmente. Arto. 3.- Esta Asociación por su naturaleza tendrá tina duración por tiempo indefinido, y podrá disolverse por '793 1796 2793

Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 155 del 19 de agosto 1994 · 2014-01-20 · 19-8-94 LA GACETA - DIARIO OFICIAL No.155 Arto. 21.- Las sesiones de la Asamblea General ordinarias

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Page 1: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 155 del 19 de agosto 1994 · 2014-01-20 · 19-8-94 LA GACETA - DIARIO OFICIAL No.155 Arto. 21.- Las sesiones de la Asamblea General ordinarias

REPUBLICA DE NICARAGUA

AMERICA CENTRAL

LA GACETA Tiraje: 1,100 ejemplares

DIARIO OFICIAL Teléfonos: 627917-283791-622111-622729

Apartado Postal 86 Valor CS 9.00 Córdobas Oro

AÑO XCVII

Managua, Viernes 19 de Agosto de 1994 No. 155

SUMARIO PA G

MINISTERIO DE GOBERNACION

Estatutos de la Asociación Verbo para la Salud

MINISTERIO DEL TRABAJO

Certificaciones

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE NICARAGUA

Títulos Profesionales "803 Incorporación de tiulo 2805

Reposición de Tiituo ^805

MINISTERIO DE EDUCAC1ON Autorizacion 205 Dercho de Autor 3806

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA

Notifraciona '807 MINISTERIO DE ECONOMIA

Y DESARROLLO Registro Marca Comercio 2£07

Registro Marca de Fábrica y Comercio 1808 Registro MarcadeServicio 2810 RegistroNombreComercial '810

SECCION JUDICIAL Subastas 2811 GurdadorAd-Citan '813 CitacioncsdeProcesados 2814

MINISTERIO DE GOBERNACION

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION VERBO PARA LA SALUD

Reg. No. 4433 - R/F 405316- Valor CS 270.00

Certificación.-

La Suscrita Directora del Departamento de Registro y Control de Asociaciones del Ministerio de Gobernación de la República de Nicaragua.-

Certifica.-

Que bajo el número 378, de la página doscientos ochenta y uno a la página doscientos ochenta y nueve, del Tomo X, del Libro Primero de Registro de Asociaciones que este Departamento lleva a su cargo, se inscribió la "Asociación Verbo para la Saltad Vena).

Conforme resolución de autorización del día doce de Julio de mil novecientos noventa y cuatro.-

Dado en la ciudad de Managua, a los veintidós días del mes de Julio de mil novecientos noventa y cuatro.- Sub-Comandante, Lissetle Torres Morales Directora del Departamento de Registro y Control de Asociaciones.-Ministerio de Gobernación.-

Certificación de Estatutos.-

El Dr. Adolfo Miranda Sáenz, Abogado y Notario Público, Certifica los:

Estatutos de la Asociación "Verbo" para la Salud.-

Capítulo 1:

Nombre, Naturaleza y Fines.-

Arto. 1.- Esta Asociación se denomina Asociación "Verbo" para la Salud, la cual es una Asociación Civil sin Fines de Lucro.-

Arto. 2.- El domicilio de la Asociación es la Ciudad de Managua, Capital de la República, pudiendo establecer oficinas y realizar actividades en todo el territorio nacional y aún internacionalmente.

Arto. 3.- Esta Asociación por su naturaleza tendrá tina duración por tiempo indefinido, y podrá disolverse por

'793

1796

2793

Page 2: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 155 del 19 de agosto 1994 · 2014-01-20 · 19-8-94 LA GACETA - DIARIO OFICIAL No.155 Arto. 21.- Las sesiones de la Asamblea General ordinarias

19-8-94

LA GACETA - DIARIO OFICIAL

No.155

decisión de su Asamblea General por al menos dos tercios

de votos.-

Arto. 4.- Los fines u objetivos de esta Asociación

son: Llevar a la práctica los principios bíblicos contenidos

en el Evangelio de Nuestro Señor Jesucristo sobre la salud;

contribuir al mejoramiento de la salud en el país; realizar

proyectos educativos en el campo de la medicina y la saltad

en general; organizar y operar establecimientos médicos

y farmacéuticos de diferentes tipos para atención al público

sin fines de lucro.-

Arto. 5.- La Asociación es un organismo autónomo

con su propia personalidad Jurídica, capaz de adquirir

derechos y contraer obligaciones.-

Arto. 6.- La Asociación no hará ningún tipo de

discriminación por razones políticas, de sexo, raza o

nacional id ad . -

Arto. 7.- La Asociación no tiene fines políticos ni

lucrativos y actúa con autonomía en relación a iglesias,'

gobiernos instituciones o partidos políticos.-

Capítulo II:

Del Patrimonio

Arto. 8.- El Patrimonio de la Asociación se forra

mediante donativos, bienes muebles e inmuebles adquiridos

y aportaciones en efectivo según el régimen de aportaciones

que establezca la Asamblea General.

Arto. 9.- La Junta Directiva está facultada para

aceptar o rechazar donaciones, así como recomendar las

cuotas de los miembros a ser aprobadas por la Asamblea

General.-

Capítulo III:

De los Miembros.-

Arto. 10.- Son miembros de esta Asociación las

personas que actualmente integran la misma y las que en

el futuro sean aceptadas de conformidad con estos

Estatutos.

Arto. 11.- Para obtener y conservar la membresía

dentro de la Asociación se necesita aceptar y cumplir con

los principios consignados en la Escritura Constitutiva o

Constitución de la Asociación, estos Estatutos y los

Reglamentos aprobados por la Asamblea General.-

Arto. 12.- Para obtener la membresía deberá

presentarse solicitud por escrito a la Junta Directiva, la que

determinará si se han cumplido con los requisitos

establecidos. Si la Junta Directiva considera que se han

cumplido los requisitos, someterá la solicitud a la

consideración de la Asamblea General. Para ser aceptado

como miembro de la Asociación se necesitará de al menos

dos tercios de votos.-

Arto. 13.- Solamente las personas cuya solicitud

sea respaldada por al menos un miembro, podrán ser

consideradas por la Junta Directiva como candidatos para

ser presentados ante la Asamblea General solicitando su

membresía.-

Capítulo IV:

Derechos y Deberes.-

Arto. 14.- Los miembros gozarán, en condiciones

de igualdad, de todos los derechos y prerrogativas que

como tales les compete. Tendrán voz y voto y derecho a

elegir y ser electos para los cargos directivos. Podrán

presentar ponencias y sugerencias; deben ser oídos y

respetados.-

Arto. 15.- Los miembros están en la obligación de

respetar y cumplir lo consignado en la Escritura Constitutiva,

en los Estatutos, Reglamentos y demás disposiciones dé

la Asociación, así como todas las resoluciones de la

Asamblea General y de la Junta Directiva.

Arto. 16.- Es obligación de los miembros enterar

cumplidamente sus cuotas y asistir puntualmente a las

sesiones.

Arto. 17.- La membresía se pierde por renuncia,

abandono, o cuando se considere que se ha actuado en

contra de estos Estatutos, por acuerdo de la Asamblea

General en resolución tomada al menos por dos tercios de

votos.

Capítulo V:

Del Gobierno de la Asociación.-

Arto. 18.- El Gobierno de la Asociación será

ejercido por:

a) La Asamblea General

b) La Junta Directiva.-

Capítulo VI:

De la Asamblea General.-

Arto. 19.- La máxima autoridad de la Asociación

es la Asamblea General, la cual se integrará con los

miembros que integren el quorum.

Arto. 20.- La Asamblea General tendrá su sesión

ordinaria una vez al año. Podrá sesionar en forma

extraordinaria las veces que sean necesarias.-

2794

Page 3: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 155 del 19 de agosto 1994 · 2014-01-20 · 19-8-94 LA GACETA - DIARIO OFICIAL No.155 Arto. 21.- Las sesiones de la Asamblea General ordinarias

19-8-94

LA GACETA - DIARIO OFICIAL

No.155

Arto. 21.- Las sesiones de la Asamblea General

ordinarias y extraordinarias serán convocadas por la Junta

Directiva o por dos tercios de los miembros. En primera

convocatoria el quórum se integrará con la mitad más uno

de los meimbros. En segunda convocatoria el quórum se

integrará con los que asistan. Las citatorias deberán

hacerse con por lo menos dos días hábiles de anticipación.-

Arto. 22.- La Asamblea General aprobará y

reformará los Estatutos y Reglamentos propuestos por la

Junta Directiva; otorgará la membresía; cancelará la

membresía; aprobará las cuotas; podrá tomar cualquier

resolución mientras no se oponga a la Escritura Constitutiva,

a los Estatutos y los Reglamentos.-

Arto. 23.- Las resoluciones de la Asamblea se

tomará por mayoría simple de los presentes, excepto en los

casos especialmente señalados.-

Capítulo VII:

De la Junta Directiva.-

Arto. 24.- En receso de la asamblea General, la

función orgánica y operativa la ejerce la Junta Directiva

integrada por; Presidente, Vice-Presidente, Secretario y

Tesorero.-

Arto. 25.- La Junta Directiva será electa por la

Asamblea General y entrará en posesión de sus

atribuciones por el solo hecho de su elección. No podrá ser

electo un directivo sin haber previamente manifestado su

aceptación a ser postulado como tal. Una certificación del

acta en que conste la elección de la Junta Directiva, en su

parte pertinente, será suficiente para acreditar a los

directivos corno titulares de sus respectivos cargos.

Arto. 26.- El ejercicio o período de la Junta

Directiva es de tres años. Para llenar las faltas definitivas

la Asamblea General deberá elegir a quienes completarán

el período.-

Arto. 27.- La Junta Directiva celebrará sesiones

ordinarias una vez al mes y extraordinarias cuantas veces

sea necesario.-

Arto. 28.- Las sesiones de la Junta Directiva

ordinarias y extraordinarias serán convocadas por el

Presidente o por dos directivos. El quórum se integrará con

la mitad más uno de los directivos. Las citatorias deberán

hacerse con por lo menos dos días hábiles de anticipación.

Las resoluciones se toman por mayoría simple.-

Arto. 29.- La Junta Directiva deberá cumplir y

hacer cumplir las disposicones de la Asociacion; convocar

a las sesiones de la Asamblea General; dar directrices,

lineamientos o pautas al Presidente de la misma; presentar

a la Asamblea General para su consideración las solici-

tudes de membresía y las reformas totales o parciales de

estos Estatutos, el proyecto de Reglamento o reformas del

mismo; presentar un informe anual a la Asamblea General

determinar las firmas requeridas para la erogación de

fondos; tomar las resoluciones necesarias para el

cumplimiento de los fines u objetivos de la Asociación.-

Arto. 30.- El Presidente es el representante legal

de la Asociación con carácter de apoderado generalísimo,

pero para adquirir bienes inmuebles, enajenarlos o

gravarlos, deberá tener la aprobación de la Junta Directiva.-

Arto. 31.- El Presidente tendrá también las

funciones ejecutivas de la Asociación, las cuales podrá

delegar en todo o en parte en los funcionarios cuyos cargos

la Junta Directiva considere pertinente crear.-

Arto.,„ 32.- El Vice-Presidente sustituirá al

Presidente, con todas sus facultades, en los casos do

ausencia o impedimento temporales. También ejercerá

las funciones que el Presidente le delegue.-

Arto. 33.- El Secretario levantará y firmará las

actas de las sesiones de Asamblea General y Junta

Directiva; manejará los archivos de la Junta Directiva;

hará los citatorios para las sesiones.-

Arto. 34.- El Tesorero Tendrá la custodia de los

fondos; asesorará, evaluará y supervisará las finanzas de

la Asociación, y tomará conjuntamente con el Presidente

las resoluciones ejecutivas en las áreas económicas y

financieras. El Tesorero deberá rendir un informe

financiero anual a la Asamblea General.-

Capítulo VIII.-

Disposiciones Finales.-

Arto. 35.- Toda desaveniencia o disputa entre los

miembros de la Asociación y que no pueda ser resuelta por

la Junta Directiva o la Asamblea General, será resuelta por

tres árbitros arbitradores nombrados así: uno por cada una

de las partes en conflicto, y el tercero de mutuo acuerdo o

por el Jefe del Departamento de Registro y tercero de

mútuo acuerdo o por el Jefe del Departamento de Registro

y Control de Asociaciones del Ministerio de Gobernación

en caso no haya mútuo acuerdo. Los miembros no podrán

recurrir ante los tribunales de la justicia ordinaria, ni en

recurso de casación. El laudo de los árbitros arbitradores

es inapelable.-

Arto. 36.- En caso de disolución, los bienes serán

donados a la denominación o institución cristiana que la

Asamblea General decida. La Asamblea General podrá

delegar en un Comité Especial esta atribución.-

2795

Page 4: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 155 del 19 de agosto 1994 · 2014-01-20 · 19-8-94 LA GACETA - DIARIO OFICIAL No.155 Arto. 21.- Las sesiones de la Asamblea General ordinarias

19-8-94 LA GACETA - DIARIO OFICIAL No.155

Es conforme, en fe de lo cual extiende la presente

certificación..- Managua, 24 de Junio de 1993.- Dr. Adolfo

Miranda Sáenz Abogado y Notario Público.-

Presentado por la señora Lina Quinteros, a las

diez de la mañana del día doce de Julio de mil novecientos

noventa y cuatro, ante el Departamento de Registro y

Control de Asociaciones del Ministerio de Gobernación,

junto con una copia, la que razono y devuelvo a los

interesados.- Sub-Comandante, Lissette Tórres Mo-rales, Directora del Departamento de Registro y Control

de Asociaciones.- Ministerio de Gobernación

MINISTERIO DEL TRABAJO

CERTIFICACION

No.217

Alba Tábora de Hernández, Directora del Registro

Nacional de Cooperativas de la Dirección General de

Cooperativas del Ministerio del Trabajo.

Certifica

Que en el tomo IV del libro de resoluciones que

lleva el Registro Nacional de Cooperativas Agropecuarias

y Agroindustriales de este Ministerio en el folio 211 se

encuentra la resolución No. 171-94 que integra y

literalmente dice:

Resolución no. 171-94

Ministerio del Trabajo

Registro Nacional de Cooperativas

Agropecuarias y Agroindustriales.

Managua, ocho de Junio de mil novecientos

noventa y cuatro a las diez de la mañana. Con fecha uno de

Junio de mil novecientos noventa y cuatro presentó solicitud

de inscripción la Cooperativa Agropecuaria de Servicio

Monseñor Julio López, R.L. constituida en la localidad de

Ciudad Antigua, municipio de Ciudad Antigua,

departamento de Nueva Segovia, a las diez de la mañana

del día quince de Abril de mil novecientos noventa y cuatro.

Se inicia con 37 asociados, 36 hombres 1 mujer con un

capital suscrito de CS 11100 (once mil cien córdobas) y

pagado de a 2775 (dos mil setecientos setenta y cinco

córdobas).

Este Registro Nacional, previo estudio lo declaró

procedente, por lo que fundado en la ley de Cooperativas

Agropecuarias y Agroindustriales (Ley No. 84)

Resuelve:

Apruébase la inscripción y otórguese la

personalidad jurídica de la Cooperativa Agropecuaria de

Servicio Monseñor Julio López, R.L. con la siguiente junta

directiva : Roque Toledo Pozo, presidente; Efraín Carrasco

Morales, Vice-Presidente ; Juan Pablo Bellorin Meza,

Vocal. Certifíquese la presente resolución, razónese los

documentos y devuélvase las copias a los interesados,

publíquese en el Diario Oficial La Gaceta (f) Alba Tábora

de Hernández, Directora del Registro Nacional de

Cooperativas Agropecuarias y Agroindustriales del

Ministerio del Trabajo,

Es conforme con su original con el que

debidamente fue cotejado a los ocho días del mes de Junio

de mil novecientos noventa y cuatro.- Dra. Alba Tábora de

Hernández Directora del Registro Nacional de

Cooperativas Agropecuarias y Agroindustriales Dirección

General de Cooperativas Ministerio del Trabajo.-

No.218

Alba Tábora de Hernández, Directora del Registro

Nacional de Cooperativas de la Dirección General de

Cooperativas del Ministerio del Trabajo.

Certifica :

Que en el tomo IV del libro de resoluciones que

lleva el Registro Nacional de Cooperativas Agropecuarias

y Agroindustriales de este Ministerio en el folio 211 se

encuentra la resolución No. 172-94 que integra y

literalmente dice:

Resolución no. 172-94

Ministerio del Trabajo

Registro Nacional de Cooperativas

Agropecuarias y Agroindustriales.

Managua, ocho de Junio de mil novecientos

noventa y cuatro a las diez de la mañana. Con fecha uno de

Junio de mil novecientos noventa y cuatro presentó solicitud

de inscripción la Cooperativa Agropecuaria de Servicio

Productores Viajanos R.L. constituida en la localidad de El

Viejo, Municipio de El Viejo, departamento de Chinandega,

a las nueve de la mañana del día cuatro de Mayo de mil

novecientos noventa y cuatro. Se inicia con 37 asociados,

33 hombres 4 mujeres con tan capital suscrito de CS 18500

8 dieciocho mil quinientos córdobas) y pagado de CS 4625

(cuatro mil seiscientos veinticinco córdobas).

Este Registro Nacional, previo estudio lo declaró

procedente, por lo que fundado en la ley de Cooperativas

Agropecuarias y Agroindustriales (Ley No. 84)

Resuelve

Apruébase la inscripción y otórguese la

personalidad jurídica de la Cooperativa Agropecuaria de

2796

Page 5: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 155 del 19 de agosto 1994 · 2014-01-20 · 19-8-94 LA GACETA - DIARIO OFICIAL No.155 Arto. 21.- Las sesiones de la Asamblea General ordinarias

19-8-94

LA GACETA - DIARIO OFICIAL

No.155

Servicio Productores Viajanos R.L. con la siguiente junta

directiva Orlando Martínez Castrillo, presidente: Félix

Antonio Picado González, vice-presidente; lleana Picado

Contreras, secretario, Francisco Jorge Flores Zárate,

tesorero; Felipe Dionisio Juárez Ponce, Vocal. Certifíquese

la presente resolución, razonese los documentos y

devuélvase las copias a los interesados, publíquese en el

Diario Oficial La Gaceta. (f) Alba Tábora de Hernández,

Directora del Registro Nacional de Cooperativas

Agropecuarias y Agroindustriales del Ministerio del

Trabajo,

Es conforme con el original con el que debidamente

fue cotejado a los ocho días del mes de Junio de mil

novecientos noventa y cuatro.- Dra. Alba Tábora de

Hernández Directora del Registro Nacional de

Cooperativas Agropecuarias y Agroindustriales Dirección

General de Cooperativas Ministerio del Trabajo.-

No .219

Alba Tábora de Hernández, Directora del Registro

Nacional de Cooperativas de la Dirección General de

Cooperativas del Ministerio del Trabajo.

Certifica :

Que en el tomo IV del libro de resoluciones que

lleva el Registro Nacional de Cooperativas Agropecuarias

y Agroindustriales de este Ministerio en el folio 211 se

encuentra la resolución No. 173-94 que integra y

literalmente dice:

Resolución No. 173-94

Ministerio del Trabajo

Registro Nacional de Cooperativas

Agropecuarias y Agroindustriales.

Managua, ocho de Junio de mil novecientos

noventa y cuatro a las diez dela mañana. Con fecha uno de

junio de mil novecientos noventa y cuatro presentó solicitud

de inscripción la Cooperativa Agropecuaria de Servicio

San Isidro Labrador R.L. constituida en la localidad de

Condega, municipio de Condega, departamento de Esteli,

a las diez de la mañana del día doce de abril de mil

novecientos noventa y cuatro. Se inicia con 43 asociados,

43 hombres O mujeres con un capital suscrito de C5 21500

(veintiuno mil quinientos córdobas) y pogado de C$ 5375

(cinco mil trescientos setenta y cinco córdobas).

Este Registro Nacional, previo estudio lo declaró

procedente, por lo que fundado en la ley de Cooperativas

Agropecuarias y Agroindustriales (Ley No. 84)

Resuelve.

Apruébase la inscripción y otórguese la

personalidad jurídica de la Cooperativa Agropecuaria de

Servicio San Isidro Labrador R.L. con la siguiente junta

directiva: Lucas Pillen Peralta, presidente; Miguel Flores

Acuña, vice-presidente; Oscar D. Talavera Chavarría,

secretario; Francisco Acuña Villareyna, tesorero; Porfirio

Peralta Hernández, vocal. Certifíquese la presente

resolución, razónese los documentos y devuélvase las

copias a los interesados. Publíquese en el Diario Oficial la

Gaceta. (f) Alba Tábora de Hernández, Directora del

Registro Nacional de Cooperativas Agropecuarias y

Agroindustriales del Ministerio del Trabajo

Es conforme con su original con el que

debidamente fue cotejado a los ocho días del mes de Junio

de mil novecientos noventa y cuatro. Dra. Alba Tabora de

Hernández Directora del Registro Nacional de

Cooperativas Agropecuarias y Agroindustriales Dirección

General de Cooperativas Ministerio del Trabajo.-

No.220

Alba Tábora de Hernández, Directora del Registro

Nacional de Cooperativas de la Dirección General de

Cooperativas del Ministerio del Trabajo.

Certifica

Que en el tomo IV del libro de resoluciones que

lleva el Registro Nacional de Cooperativas Agropecuarias

y Agroindustriales de este Ministerio en el folio 211 se

encuentra la resolución No. 173-94 que integra y

literalmente dice:

Resolución No. 173-94

Ministerio del Trabajo

Registro Nacional de Cooperativas

Agropecuarias y Agroindustriales.

Managua, ocho dé Junio de mil novecientos

noventa y cuatro presentó solicitud de inscripción la

Cooperativa Agropecuaria de Servicio Acoyapa,

departamento de Chontales, a las diez de la mañana del día

diecinueve de Abril de mil novecientos noventa y cuatro.

Se inicia con 32 asociados, 29 hombres 3 mujeres con un

capital suscrito de C$ 19200 (diecinueve mil doscientos

córdobas) y pagado de C$ 4800 (cuatro mil ochocientos

córdobas).

Este Registro Nacional, previo estudio lo declaró

procedente, por lo que fundado en la ley de Cooperativas

Agropecuarias y Agroindustriales (ley No. 84)

Resuelve:

Apruébase la inscripción y otórguese la

personalidad jurídica de la Cooperativa Agropecuaria de

Servicio Acoyapa, R.L. con la siguiente junta directiva:

2797

Page 6: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 155 del 19 de agosto 1994 · 2014-01-20 · 19-8-94 LA GACETA - DIARIO OFICIAL No.155 Arto. 21.- Las sesiones de la Asamblea General ordinarias

19-8-94 LA GACETA - DIARIO OFICIAL No.155

Bernardo Sequeira Sevilla, presidente: Ronald Duartes

Sevilla, vice-presidente; Carlos Murillo Mena, secretario;

Pedro José Gutiérrez Nuñez, tesorero; Augusto Báez

Baez, vocal. Certifíquese la presente resolución, razónese

los documentos y devuélvase las copias a los interesados,

publíquese en el Diario Oficial La Gaceta. (f) Alba Tábora

de Hernández, Directora del Registro Nacional de

Cooperativas Agropecuarias y Agroindustriales del

Ministerio del Trabajo,

Es conforme con su original con el que

debidamente fue cotejado a los ocho días del mes de Junio

de mil novecientos noventa y cuatro. Dra. Alba Tábora de

Hernández Directora del Registro Nacional de

Cooperativas Agropecuarias y Agroindustriales Dirección

General de Cooperativas Ministerio del Trabajo.-

No.221

Alba Tábora de Hernández, Directora del Registro

Nacional de Cooperativas de la Dirección General de

Cooperativas del Ministerio del Trabajo.

Certifica :

Que en el tomo IV del libro de resoluciones que

lleva el Registro Nacional de Cooperativas Agropecuarias

y Agroindustriales de este Ministerio en el folio 211 se

encuentra la resolución No. 175-94 que integra y

literalmente dice:

Resolución No. 175-94

Ministerio del Trabajo

Registro Nacional de Cooperativas

Agropecuarias y Agroindustriales.

Managua, ocho de Junio de mil novecientos

noventa y cuatro a las diez de la mañana. Con fecha uno de

Junio de mil novecientos noventa y cuatro presentó solicitud

de inscripción la Cooperativa Agropecuaria de Servicio

Santiago R.L. constituida en la localidad de Somoto,

municipio de Someto, departamento de Madriz, a las tres

de la tarde del día siete de Abril de mil novecientos noventa

y cuatro. Se inicia con 30 asociados, 30 hombres 0 mujeres,

con un capital suscrito de C$ 15000 (quince mil córdobas)

y pagado de C$ 3750 (tres mil setecientos cincuenta

córdobas)

Este Registro Nacional, previo estudio lo declaró

procedente, por lo que fundado en la ley de Cooperativas

Agropecuaria de Servicio Santiago, R.L. con la siguiente

junta directiva : Ramón Ernesto Alfaro García Pinell Díaz,

secretario; Oscar Antonio Moncada González, tesorero

Salvador Espinoza Gradiz, Vocal. Certifíquese la presente

resolución, razónese los documentos y devuélvase las

copias a los interesados publíquese en el Diario Oficial La

Gaceta. 1) Alba Tábora de Hernández, Directora del

Registro Nacional de Cooperativas Agropecuarias y

Agroindustriales del Ministerio del Trabajo,

Es conforme con su original con el que debidamente

fue cotejado a los ocho días del mes de Junio de mil

novecientos noventa y cuatro. Dra. Alba Tabora de

Hernández Directora del Registro Nacional de

Cooperativas Agropecuarias y Agroindustriales Dirección

General de Cooperativas Ministerio del Trabajo.-

No.222

Alba Tábora de Hernández, Directora del Registro

Nacional de Cooperativas de la Dirección General de

Cooperativas del Ministerio del Trabajo.

Certifica :

Que en el tomo IV del libro de resoluciones que

lleva el Registro Nacional de Cooperativas Agropecuarias

y Agroindustriales de este Ministerio en el folio 211 se

encuentra la resolución No. 167-94 que integra y

literalmente dice:

Resolución No. 167-94

Ministerio del Trabajo

Registro Nacional de Cooperativas

Agropecuarias y Agroindustriales.

Managua, ocho de Junio de mil novecientos

noventa y cuatro a las diez de la mañana. Con fecha uno de

Junio de mil novecientos noventa y cuatro presentó solicitud

de inscripción la Cooperativa Agropecuaria de Servicio el

Esfuerzo R.L. constituida en la localidad de La Concepción,

municipio de La Concepción, departamento de Masaya, a

las nueve de la mañana del día veintiuno de Abril de mil

novecientos noventa y cuatro. Se inicia con 24 asociados,

22 hombres, 2 mujeres con un capital suscrito de C$ 7200

(siete mil doscientos córdobas) y pagado de C$ 1800 (mil

ochocientos córdobas).

Este Registro Nacional, previo estudio lo declaró

procedente, por lo que fundado en la ley de Cooperativas

Agropecuarias y Agroindustriales (Ley No. 84)

Resuelve:

Apruébase la inscripción y otórguese la

personalidad jurídica de la Cooperativa Agropecuaria de

Servicio El Esfuerzo R.L. con la siguiente junta directiva,

Mercedes Reyes Hernández, presidente; Juan F. Miranda

González, vice-presidente; Manuel Guevara Castro,

secretario; Ramón Antonio Guevara Quintero, tesorero;

Emilio Romero Alvarez, vocal. Certifíquese la presente

resolución, razónese los documentos y devuélvase las

copias a los interesados, publíquese en el Diario Oficial La

2798

Page 7: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 155 del 19 de agosto 1994 · 2014-01-20 · 19-8-94 LA GACETA - DIARIO OFICIAL No.155 Arto. 21.- Las sesiones de la Asamblea General ordinarias

19-8-94

LA GACETA - DIARIO OFICIAL

No.155

Gaceta (f) Alba Tábora de Hernández Directora del

Registro Nacional de Cooperativas Agropecuarias y

Agroindustriales del Ministerio del Trabajo,

Es conforme con su original con el que debidamente

fue cotejado a los ocho días del mes de Junio de mil

novecientos noventa y cuatro. Dra. Alba Tábora de

Hernández Directora del Registro Nacional de

Cooperativas Agropecuarias y Agroindustriales Dirección

General de Cooperativas Ministerio del Trabajo.-

No. 223

Alba Tábora de Hernández, Directora del Registro

Nacional de Cooperativas de la Dirección General de

Cooperativas del Ministerio del Trabajo.

Certifica :

Que en el tomo IV del libro de resoluciones que

lleva el Registro Nacional de Cooperativas Agropecuarias

y Agroindustriales de este Ministerio en el folio 211 se..

encuentra la resolución No. 168-94 que integra y

literalmente dice:

Resolución No. 168-94

Ministerio del Trabajo

Registro Nacional de Cooperativas

Agropecuarias y Agroindustriales.

Managua, ocho de Junio de mil novecientos

noventa y cuatro a las diez de la mañana. Con fecha uno de

Junio de mil novecientos noventa y cuatro presentó solicitud

de inscripción la Cooperativa Agropecuaria de Servicio

Santiago Apostol, R.L. constituida en la localidad de

Nagarote, municipio de Nagarote, departamento de León,

a las diez de la mañana del día veintisiete de Abril de mil

novecientos noventa y cuatro. Se inicia con 45 asociados,

40 hombres 5 mujeres con capital suscrito de C$ 6750 (seis

mil setecientos cincuenta córdobas) y pagado de dC$ 2250

(dos mil doscientos cincuenta córdobas)

Este Registro Nacional, previo estudio lo declaró

procedente, por lo que fundado en la ley de Cooperativas

Agropecuarias y Agroindustriales (Ley No.84)

Resuelve

Apruebase la inscripción y Otórgase la

Personalidad Jurídica de la Cooperativas Agropecuaria de

Servicio Santiago Apostol, R.L. con la siguiente junta

directiva: Abelardo Gallo Corea, presidente; Enrique Díaz

de la Llana, vice-presidente ; Gloria Solís Chavez López,

secretario; Roberto Roa Camacho, tesorero; Gloria Solis

Jarquin, vocal. Certifíquese la presente resolución,

razónese los documentos y devuélvase las copias a los

interesados, publíquese en el Diario Oficial La Gaceta. (t)

Alba Tabora de Hernández, Directora del Registro Nacional

de Cooperativas Agropecuarias y Agroindustriales del

Ministerio del Trabajo,

Es conforme con su original con el que

debidamente fue cotejado a los ocho días del mes de Junio

de mil novecientos noventa y cuatro. Dra. Alba Tabora de

Hernández Directora del Registro Nacional de

Cooperativas Agropecuarias y Agroindustriales Dirección

General de Cooperativas Ministerio del Trabajo.-

No.224

Alba Tábora de Hernández, Directora del Registro

Nacional de Cooperativas de la Dirección General de

Cooperativas del Ministerio del Trabajo.

Certifica :

Que en el tomo IV del libro de resoluciones que

lleva el Registro Nacional de Cooperativas Agropecuarias

y Agroindustriales de este Ministerio en el folio 211 se

encuentra la resolución No. 170-94 que integra y

literalmente dice:

Resolución no. 170-94

Ministerio del Trabajo

Registro Nacional de Cooperativas

Agropecuarias y Agroindustriales.

Managua, ocho de Junio de mil novecientos

noventa y cuatro a las diez de la mañana. Con fecha uno de

Junio de mil novecientos noventa y cuatro presentó solicitud

de inscripción la Cooperativa Agropecuaria de Servicio

San Isidro, R.L. constituida en la localidad de Posoltega,

municipio de Posoltega, departamento de Chinandega, a

las diez de la mañana del día veintiseis de Abril de mil

novecientos noventa y cuatro. Se inicia con 29 asociados,

27 hombres, 2 mujeres con un capital suscrito de C$ 5800

(cinco mil ochocientos córdobas) y pagado de C$ 2175

(dos mil ciento setenta y cinco córdobas).

Este Registro Nacional previo estudio lo declaró

procedente por lo que fundado en la ley de Cooperativas

Agropecuarias y Agroindustriales (Ley No. 84)

Resuelve:

Apruébase la inscripción y otórguese la

personalidad jurídica de la Cooperativa Agropecuaria de

Servicio San Isidro, R.L. con la siguiente junta directiva:

Luis Felipe Martínez Baca, presidente; Mario Rostran

Sarria, vicepresidente; Oscar Téllez Parajón, secretario;

Carlos Mayorga Zepeda, tesorero; Cristobal López

Parajón, vocal. Certifíquese la presente resolución,

razónese los documentos y devuélvase las copias a los

interesados, publíquese en el Diario Oficial La Gaceta (f)

2799

Page 8: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 155 del 19 de agosto 1994 · 2014-01-20 · 19-8-94 LA GACETA - DIARIO OFICIAL No.155 Arto. 21.- Las sesiones de la Asamblea General ordinarias

19-8-94

LA GACETA - DIARIO OFICIAL No.155

Alba Tabora de Hernández, Directora del Registro Nacional

de Cooperativas Agropecuarias y Agroindustriales del

Ministerio del Trabajo,

Es conforme con su original con el que

debidamente fue cotejado a los ocho días del mes de Junio

de mil novecientos noventa y cuatro.- Dra. Alba Tabora de

Hernández Directora del Registro Nacional de

Cooperativas Agropecuarias y Agroindustriales Dirección

General de Cooperativas Ministerio del Trabajo.-

UNIVERSIDAD NACIONAL

AUTONOMA DE NICARAGUA

TITULOS PROFESIONALES

Reg. No. 4341- R/F 405157- Valor C$ 45.00

CERTIFICACION

El Suscrito Director de Registro de la Universidad

Nacional de Ingeniería,

Certifica

Que, bajo el No. 108, Página 54, Tomo 1 del Libro

de Registro de Títulos de la Universidad, correspondiente

a la Facultad de Electrotecnia y Computación y que esta

instancia lleva a su cargo, se inscribió el título que dice:

República de Nicaragua, América Central

Por Cuanto:

El Señor: Willie Siu Bermúdez.Natural de

Jinotepe, Departamento de Carazo, República de Nicara-

gua, ha cumplido con todos los requisitos Académicos

exigidos por la Facultad de Electrotecnia y Computación

para obtener el grado correspondiente

Por Tanto:

En virtud de lo prescrito en las disposiciones

Orgánicas y Reglamentos Universitarios vigentes le

extiende el Título de Ingeniero Electrónico. para que goce

de las prerrogativas que las Leyes y Reglamentos del

Ramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de

Nicaragua, a los quince días del mes de Julio de mil

novecientos noventa y cuatro.Rector de la Universidad :

Ing. Arturo Collado Maldonado Secretario General: Ing.

Aldo Urbina Villalta.-Decano de la Facultad: Ing. William

Pavón López.

Es conforme:Managua, veintidós de Julio de

1994.-Sánchez.-Director de Registro

Reg. No. 4338 - R/F 405134 - Valor C$ 45.00

CERTIFICACION

El Suscrito Director de Registro de la Universidad

Nacional de Ingeniería,

Certifica

Que, bajo el No. 177, Página 89, Tomo I del Libro

de Registro de Títulos de la Universidad, correspondiente

a la Facultad de Tecnología de la Construcción Y que esta

instancia lleva a su cargo, se inscribió el título que dice:

República de Nicaragua, América Central

Por Cuanto:

La Señorita Reyna Isabel López Castro, Natu-

ral de Managua, Departamento de Managua, República

de Nicaragua, ha cumplido con todos los requisitos

Académicos exigidos por la Facultad de Tecnología de la

Constnicción para obtener el grado correspondiente

Por Tanto:

En virtud de lo prescrito en las disposiciones

Orgánicas y Reglamentos Universitarios vigentes le

extiende el Título de Ingeniero AgrícolaPara que goce de

las prerrogativas que las Leyes y Reglamentos del Ramo

le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de

Nicaragua, a los treinta y un días del mes de Mayo de mil

novecientos noventa y cuatro. Rector de la Universidad :

Arq. Edgard Herrera Zúniga Secretario General: Lic.

Bayardo Larios Palacios Decáno de la Facultad: Ing.

Bernardo Calvo Rojas

Es conforme:Managua, ocho de Junio de 1994.-

Sánchez.-Director de Registro

Reg. No. 4340 - R/F 405140 - Valor C$45.00

CERTIFICACION

El Suscrito Director de Registro de la Universidad

Nacional de Ingeniería,

Certifica

Que, bajo el No. 153, Página 77, Tomo I del Libro

de Registro de Títulos de la Universidad, correspondiente

a la Facultad de Tecnología de la Construcción y que esta

instancia lleva a su cargo, se inscribió el título que dice:

2800

Page 9: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 155 del 19 de agosto 1994 · 2014-01-20 · 19-8-94 LA GACETA - DIARIO OFICIAL No.155 Arto. 21.- Las sesiones de la Asamblea General ordinarias

2801

No.155 19-8-94 LA GACETA - DIARIO OFICIAL

República de Nicaragua, América Central

Por Cuanto:

El Señor: José Ernesto Téllez Castellón,

Natural de León, Departamento de León, República de

Nicaragua, ha cumplido con todos los requisitos

Académicos exigidos por la Facultad de Tecnología de la

Construcción para obtener el grado correspondiente

novecientos noventa y tres.EI Rector de la Universidad

Alejandro Serrano Caldera El Secretario General Julio E

Icaza G.

Es conforme, Managua, 11 de Octubre de 1993:

Rosario Gutiérrez Ortega.- Director

Reg. No. 3986 - R/F 404709 - Valor CS45.00

CERTIFICACION

Por Tanto:

En virtud de lo prescrito en las disposiciones

Orgánicas y Reglamentos Universitarios vigentes le

extiende el Título de " Técnico en Ingeniería Civil y

Construcción". Para que goce de las prerrogativas que las

Leyes y Reglamentos del Ramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de

Nicaragua, a los dos días del mes de Diciembre de mil

novecientos noventa y tres Rector de la Universidad :

Edgard Herrera Zuniga Secretario General: Bayardo

Larios Palacios Decano de la Facultad: Bayardo Altamirano

López

Es conforme: Managua, Dieciseis de Diciembre

de 1993.-Director de Registro

Reg. No. 4339- R/F 405116 Valor CS4 5.00

CERTIFICACION

El suscrito Director del Departamento de Registro

de la UNAN,

Certifica

Que a la página 324 tomo VI del Libro de Registro

de Título de la Facultad de Ciencias de la Educación que

este Departamento lleva a su cargo, se inscribió el Título

que dice:

"La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua-

Por Cuanto:

El suscrito Director del Departamento de Registro

de la UNAN,

Certifica

Que a la página 269 tomo IV del Libro de Registro

de Título de la Facultad de Ciencias Económicas que este

Departamento lleva a su cargo, se inscribió el Título que

dice:

"La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua-

Por Cuanto:

Katia Azucena Rocha González ha cumplido

con todos los requisitos establecidos por la Facultad de

Ciencias Económicas.

Por Tanto :

Le extiende el Título de: Licenciado en Contaduría

Pública y Finanzas, para que goce de los derechos y

prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de

Nicaragua, a los quince días del mes de Mayo de mil

novecientos ochenta y siete.-EI Rector de la Universidad

Humberto López R. El Secretario General N. González R.

Es conforme, Managua, 15 de Mayo de 1987.-

Rosario GutiérrezDirector

Reg. No. 4260 - R/F 405062 - Valor CS45.00

CERTIFICAC ION Harvy Valdivia Ruíz ha cumplido con todos los

requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias de la

Educación.

Por Tanto :

Le extiende el Título de: Licenciado en Ciencias

de la Educación en la Especialidad de Ingles para que goce

de los derechos y prerrogativas que legalmente se le

conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de

Nicaragua, a los once días del mes de Octubre de mil

El suscrito Director del Departamento de Registro

de la UNAN,

Certifica

Que a la página 190 tomo 1 del Libro de Registro

de Título de la Facultad de Ciencias Médicas que este

Departamento lleva a su cargo, se inscribió el Título que

dice:

"La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua-

Page 10: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 155 del 19 de agosto 1994 · 2014-01-20 · 19-8-94 LA GACETA - DIARIO OFICIAL No.155 Arto. 21.- Las sesiones de la Asamblea General ordinarias

2802

LA GACETA - DIARIO OFICIAL No.155 19-8-94

Por Cuanto:

El Cirujano Dentista Franklin Modesto Argüello

Ulloa ha cumplido con todos los requisitos establecidos por

la Facultad de Ciencias Médicas.

CERTIFICACION

El Suscrito Director de Registro de la Universidad

Nacional de Ingeniería,

Certifica

Por Tanto :

Le extiende el Título de: Especialista en Cirugía

Máxilo Facial para que goce de los derechos y prerrogativas

que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de

Nicaragua, a los diecisiete días del mes de Junio de mil

novecientos noventa y cuatro. El Rector de la Universidad

Alejandro Serrano C. El Secretario General Miguel Avilés

C.

Es conforme, Managua, 17 de Junio de 1987.-

Rosario GutiérrezDireclor

Reg. No. 4292 - R/F 405092 - Valor C$40.00

Complemento- R/F 224071- Valor C$5.00

CERTIFICACION

El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la

UNAN,

Certifica

Que a la página 131 lomo I del libro de Registro de

Títulos de la Facultad de Ciencias Químicas que esta

Oficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice:

"La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua -

Por Cuanto:

Rosa Delia Pineda Baltodano ha cumplido con

todos los requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias

Químicas

Por Tanto:

Le extiende el Título de Licenciada en Farmacia

para que goce de los derechos y prerrogativas que

legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de León, República de Nicara-

gua, a los dieciocho días del mes de Febrero de mil

novecientos noventa y cuatro. El Rector de la Universidad

O. Martínez O. El Secretario General M. Carrión M.

Es conforme León, 18 de Febrero de 1994.-

Gonzálo Alvarado Acetuno,Director

Reg. No. 4293 - R/F 405107 - Valor C$45.00

Que, bajo el No. 83, Página 42, Tomo I del Libro

de Registro de Títulos de la Universidad, correspondiente

a la Facultad de Tecnología de la lndustriay que esta

instancia lleva a su cargo, se inscribió el título que dice:

República de Nicaragua, América Central

Por Cuanto:

La Señorita: María Isabel Cantillo Blancher, Natural de Managua, Departamento de Managua

República de Nicaragua, ha cumplido con todos los

requisitos Académicos exigidos por la Facultad de

Tecnología de la Industria para obtener el grado

correspondiente

Por Tanto:

En virtud de lo prescrito en las disposiciones

Orgánicas y Reglamentos Universitarios vigentes le

extiende el Título de "Ingeniero Industrial" Para que goce

de las prerrogativas que las Leyes y Reglamentos del

Ramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de

Nicaragua, a los veinticino días del mes de Mayo de mil

novecientos noventa y cuatro. Rector de la Universidad :

Arq. Edgard Herrera Zuniga Secretario General: Lic.

Bayardo Larios Palacios Decano de la Facultad: Ing.

Daniel Cuadra Horney

Es conforme:Managua, veintiseis de Mayo de

1994.-Sánchez.-Director de Registro

Reg. No. 4294 - R/F 405108 - Valor C$4 5.00

CERTIFICACION

El Suscrito Director de Registro de la Universidad

Nacional de Ingeniría,

Certifica

Que, bajo el No. 82, Página 41, Tomo I del Libro

de Registro de Títulos de la Universidad, correspondiente

a la Facultad de Tecnología de la Industria yque esta

instancia lleva a su cargo, se inscribió el título que dice:

República de Nicaragua, América Central

Page 11: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 155 del 19 de agosto 1994 · 2014-01-20 · 19-8-94 LA GACETA - DIARIO OFICIAL No.155 Arto. 21.- Las sesiones de la Asamblea General ordinarias

19-8-94

LA GACETA - DIARIO OFICIAL

No.155

Por Cuanto:

El Señor: Jairo Alberto Patiño, Natural de

Managua, Departamento de Managua República de Nica-

ragua, ha cumplido con todos los requisitos Académicos

exigidos por la Facultad de Tecnología de la Industria para

obtener el grado correspondiente

Por Tanto:

En virtud de lo prescrito en las disposiciones

Organices y Reglamentos Universitarios vigentes le

extiende el Título de "Ingeniero Industriar Para que goce

de las prerrogativas que las Leyes y Reglamentos del

Ramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de

Nicaragua, a los veinticinco días del mes de Mayo de mil

novecientos noventa y cuatro. Rector de la Universidad :

Arq. Edgard Herrera Zuniga Secretario General: Lic.

Bayardo Larios Palacios Decano de la Facultad: Ing.

Daniel Cuadra Horney

Es conforme: Managua, veintiseis de Mayo de

1994.-Sánchez.-Director de Registro

Reg.No. 4335 - R/F 405131- Valor C$ 45.00

Nicaragua, a los doce días del mes de Julio de mil novecientos

noventa y cuatro.-EI Rector de la Universidad P. Xavier

Gorostiaga Achalandabaso,S.J.-El Secretario General P.

Alvaro Argilello, S.J.EI Decano de la Facultad Doctor,

Guillermo Vargas Sandino

Es conforme, Managua Nueve de Agosto de

1994.-Lic Yolanda Céspedes Rugama Dirección de

Registro y Control Académico Universidad

Centroamericana

Reg.No. 4336 - R/F 405132 - Valor C$ 45.00

CERTIFICACION

El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la

Universidad Centroamericana

Certifica

Que bajo folio No. 876 Partida No. 1749 del Libro

de Registro de Títulos de Graduados en La Universidad

Centroamericana que esta oficina lleva a su cargo, inscribió

el Título que dice:

La Universidad Centroamericana

Por Cuanto:

CERTIFICACION

El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la

Universidad Centroamericana

Certifica

Que bajo folio No. 867 Partida No. 1732 del Libro

de Registro de Títulos de Graduados en La Universidad

Centroamericana que esta oficina lleva a su cargo, inscribió

el Título que dice:

La Universidad Centroamericana

Por Cuanto:

El Señor: Rufino Báez Sequeira Natural de

Acoyapa Departamento de Chontales República de Nica-

ragua, ha aprobado en la Facultad de: Ciencias Jurídicas.

todos los requisitos académicos del Plan de Estudios

correspondiente y.

Por Tanto:

Le extiende el Título de Licenciado en Derecho

para que goce de las prerrogativas que las leyes y

reglamentos del ramo le conceden.

La Señorita Karla María Bendaña

Gom ez, Natural de Masaya Departamento de Masaya

República de Nicaragua, ha aprobado en la Facultad de:

Ciencias Jurídicas, todos los requisitos académicos del

Plan de Estudios correspondiente y.

Por Tanto:

Le extiende el Título de Licenciada en Derecho

para que goce de las prerrogativas que las leyes .y

reglamentos del ramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de

Nicaragua, a los doce días del mes de Julio de mil novecientos

noventa y cuatro.- El Rector de la Universidad P. Xavier

Gorostiaga Achalandabaso,S.J.-El Secretario General P.

Alvaro Argüello, S.1.-El Decano de la Facultad Doctor,

Guillermo Vargas Sandino

Es conforme, Managua Nueve de Agosto de

1994.-Lic Yolanda Céspedes Rugama Dirección de

Registro y Control Académico Universidad

Centroamericana

Reg.No. 4334 - R/F 405130 Valor - C$ 45.00

CERTIFICACION

Dado en la ciudad de Managua, República de

2803

Page 12: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 155 del 19 de agosto 1994 · 2014-01-20 · 19-8-94 LA GACETA - DIARIO OFICIAL No.155 Arto. 21.- Las sesiones de la Asamblea General ordinarias

19-8-94 LA GACETA - DIARIO OFICIAL. No.155

El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la Universidad Centroamericana

Certifica

Que bajo folio No. 867 Partida No. 1731 del Libro de Registro de Títulos de Graduados en La Universidad Centroamericana que esta oficina lleva a su cargo, inscribio el Título que dice:

La Universidad Centroamericana

Por Cuanto:

El Señor: Leonel Báez Sequeira,Netural de Acoyapa Departamento de Chontales República de Nica-ragua, ha aprobado en la Facultad de: Ciencias Jurídicas. todos los requisitos académicos del Plan de Estudios correspondiente y.

Por Tanto:

Le extiende el Título de Licenciado en Derecho para que goce de las prerrogativas que las leyes y reglamentos del ramo le conceden.

Dado en la ciudad de Managua, República de Nicaragua, a los doce días del mes de Julio de mil novecientos noventa y cuatro. El Rector de la Universidad P. Xavier Gorostiaga Achalandabaso,S.J.E1 Secretario General P. Alvaro Argüello, S.J.EI Decano de la Facultad Doctor, Guillermo Vargas Sandino

Es conforme, Managua Nueve de Agosto de 1994.-Lic Yolanda Céspedes Rugama Dirección de Registro y Control Académico Universidad Centroamericana

Reg. No. 4410 -R/F 405264 -Valor C$ 45.00

El suscrito Director del Departamento de Registro de la UNAN,

Certifica

Que a la página 155 tomo VI del Libro de Registro de Títulos de la Facultad de Ciencias de la Educación que este Departamento lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice:

La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua.

Por Cuanto:

Gladis Auxiliadora Lazo Hurtado ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad de Ciencias de la Educación

Por Tanto:

Le extiende el Título de Licenciada en Ciencias de la Educación en la Especialidad de Pedagogía para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de Managua República de Nicaragua, a los seis días del mes de Noviembre de mil novecientos noventa El Rector de la Universidad Alejandro SerranoC. El Secretario General N. González R.

Es conforme, Managua 6 de Noviembre de 1990. Rosario Gutiérrez Ortega Directora.-

Reg. No. 4412- R/F 218460 - Valor C$ 40.00 - Complemento-R/F 405230 -Valor es 5.00

CERTIFICACION

El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la UNAN,

Certifica

Que a la página 337 tomo V del Libro de Registro de Títulos de la Facultad de Ciencias Médicas que esta Oficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice:

La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua -

Por Cuanto

Julio César Pacheco ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Facultad Ciencias Medicas

Por Tanto:

Le extiende el Título de Doctor en Medicina y Cirugía para que goce de los derechos y prerrogativas que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de León República de Nicara-gua, a los once días del mes de Diciembre de mil novecientos noventa y tres. El Rector de la Universidad O. Martíñez O. el Secretario General M. Cerrión M.

Es conforme. León II de Diciembre de 1993. Gonzalo Alvarado Acetuno Director.-

Reg. No. 4413- R/F 133256 -Valor C$ 40.00 - Complemento-R/F 405248 - Valor CS 5.00

El Suscrito Director de la Oficina de Registro de la UNAN,

Certifica

2804

Page 13: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 155 del 19 de agosto 1994 · 2014-01-20 · 19-8-94 LA GACETA - DIARIO OFICIAL No.155 Arto. 21.- Las sesiones de la Asamblea General ordinarias

19-8-94

LA GACETA - DIARIO OFICIAL

No.155

Que a la página 163 Tomo I del Libro de Registro

de Títulos de la Facultad de Ciencias Quimicas que esta

oficina lleva a su cargo, se inscribió el Título que dice:

La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua

Por Cuanto:

Marlin Martha Laínez Pérez ha cumplido con

todos los requisitos establecidos por la Facultad de

Por Tanto

Le extiende el Título de Licenciada en Farmacia

y Química para que goce de los derechos y prerrogativas

que legalmente se le conceden.

Dado en la ciudad de León República de Nicara-

gua a los siete días del mes de Julio de mil novecientos

noventa y cuatro. El Rector de la Universidad Ernesto

Medina S. El Secretario General Ramiro Guevara Rios.

Es conforme, León, 7 de Julio de 1994.- Gonzalo

Alvarado Acetuno Director.-

INCORPORACION PROFESIONAL

Reg. No. 4411- R/F 405229 -Valor CE 45.00

En relación a la solicitud del Doctor César Danilo Castellón Moreno, de nacionalidad nicaragüense, de

Incorporación de Título Médico y Cirujano, otorgado por

la Universidad de San Carlos de Guatemala, el 30 de Julio

de 1986 y para los efectos contemplados en los artículos 7,

10, 15 y 17 del Reglamento para el Reconocimiento o

Incorporación de Profesionales en Nicaragua, el suscrito

Secretario General de la Universidad Nacional Autónoma

de Nicaragua, UNAN-Managua,

Certifica

Que en sesión ordinaria número treinticinco del

seis de Diciembre de mil novecientos noventa y tres, el

Consejo Universitario de la Universidad Nacional

Autónoma de Nicaragua, UNAN-Managua, examinó la

solicitud de Incorporación de Título de Doctor en Medicina

y Cirugía, del señor César Danilo Castellón Moreno.

Habiendo dictaminado favorablemente la solicitud el

Consejo de la Facultad de Ciencias Médicas y no habiéndose

hecho observaciones, el Consejo Universitario decidió

aceptarla, declarando en consecuencia dicho Título

legalmente válido e Incorporado en Nicaragua. Managua,

a los diez días del mes de Diciembre de mil novecientos

noventa y tres. Miguel Angel Aviles Carranza,

Secretario General.

La suscrita Directora de Registro de la Universidad

Nacional Autónoma de Nicaragua UNAN-Managua

Certifica que: El Título de Doctor en Medicina y Cirugía,

del Señor César Danilo Castellón Moreno y el

Certificado de Incorporación, fueron registrado en el Libro

de Incorporaciones de la UNAN-Managua Inscripción

No. 94, Folio: 124-125 Tomo:l Managua cinco de Abril de

mil novecientos noventa y cuatro.

Dado en la ciudad de Managua, el cinco de Abril

de mil novecientos noventa y cuatro. Rosario Gutiérrez

Ortega Directora.

REPOSICION DE TITULO

Reg. No. 3680 - R/F 404348 - Valor CE 45.00

Secretaría General de la Universidad Nacional

Autónoma de Nicaragua-León, informa que se ha solicitado

la reposición del Título de: Técnica en Administración

Agropecuaria, extendido por esta Universidad a nombre

de la Señora Luz Argentina Delgado Pérez, Los

interesados pueden oponerse dentro de diez días contado

a partir de la Fecha de esta Publicación.

León, Ocho de Julio de Mil Novecientos Noventa

y Cuatro.Ramiro José Guevara Ríos. Secretario General.

MINISTERIO DE EDUCACION

Reg. No. 3984- R/F - 404701- Valor CE 45.00

AUTORIZACION : 94-037.

EL MINISTERIO DE EDUCACION DE LA

REPUBLICA DE NICARAGUA,

CONSIDERANDO

1- Que los Señores Rafael González M. y Wilfredo

Calderón presentaron solicitud a este Ministerio para que

se le autorice funcionamiento del Centro Educativo Privado

que lleva el nombre de Escuela Cristiana "MAHANAIN"

ubicado en el Departamento de Managua,

2- Que de la inspección Técnica al citado centro de

estudios se ha constatado que presenta las condiciones

básicas en relación con las funciones que debe brindar a

los educandos.

3- Que los peticionarios se someten al cumplimiento

de la Ley de Carrera Docente, su reglamento y demás

leyes que regulan la Educación así como a las Normas y

disposiciones que emite este Ministerio.

4- Que los espacios destinados a aulas deberán los

2805

Page 14: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 155 del 19 de agosto 1994 · 2014-01-20 · 19-8-94 LA GACETA - DIARIO OFICIAL No.155 Arto. 21.- Las sesiones de la Asamblea General ordinarias

19-8-94

LA GACETA - DIARIO OFICIAL

No.155

peticionarios limitar su cupo a treinta y cinco alumnos y en

caso de crecimiento se obliga a reubicar el Centro de

Estudios a otro edificio que presente las condiciones

Técnico-Pedagógico.

Por Tanto:

Resuelve:

disposiciones que emita este Ministerio.

4.-Que los espacios destinados a aulas deberá el

peticionario limitar su cupo a cuarenta alumnos y en caso

de crecimiento, se obliga a reubicar el Centro de Estudio

a otro edificio que preste las condiciones técnico -

pedagógicas.

Acuerda:

Primero: Autorizar el funcionamiento del Centro

Educativo Privado que lleva el nombre de Escuela Cristiana

MAHANAIN, ubicado en el Minicipio de Managua, del

Departamento de Managua.

Segundo: Autorizar en dicho Centro de Estudios

el funcionamiento de los turnos Diurnos para atender las

modalidades de Pre/Escolar y Primaria Regular.

Tercero: El Centro de Estudios Escuela Cristiana

Mahanain queda sujeto a la Ley de Carrera Docente, su

reglamento y demás disposiciones que regulan la educación

así como a la supervisión de este Ministerio y presentará

los informes que se le soliciten.

Cuarto: Este acuerdo entra en vigor a partir de su

publicación por cualquier medio de comunicación Social,

debiendo publicarse además en La Gaceta, Diario Oficial,

Cópiese, Comuníquese, Archívese.

Dado en la Ciudad de Managua, a los veinte y

cinco días del mes de Diciembre de mil novecientos noventa

y tres.Lic. Aníbal Lanuza Rodríguez.- Delegado Sector

Central M.E.D.

Reg. No. 4251- R/F 405073 -ValorC$ 45.00

Acuerdo No.

El Ministerio de Educación de la República de

Nicaragua,

Considerando:

1.-Que el Lic. Eliseo López Corea, presentó

solicitud a este Ministerio para que se le autorice el

funcionamiento del Centro Educativo privado que lleva el

nombre de: "Miguel Larreynaga". (MILA) ubicado en el

Municipio de Nagarote de la ciudad de: León.

2.-Que de la inspección técnica al citado centro de

estudio se ha constatado que presenta las condiciones

básicas en relación con las funciones que debe brindar a los

educandos.

3.-Que el peticionario se somete al cumplimiento

de la ley de carrera docente, su reglamento y LIMAS leyes

que regulan la educación as' como a las normas y

Primero: Autorizar el funcionamiento del Centro

Educativo privado que llevará el nombre de: Miguel

Larreynaga (MILA). Ubicado en el Municipio de Nagarote

de la ciudad de: León.

Segundo: Autorizar en dicho Centro de Estudio el

funcionamiento de los turnos Diurno.

Para atender: Ciclo Diversificado y Secundaria a

Distancia.

Tercero: El Centro de Estudio "Miguel

Larreynaga", queda sujeto a la ley de carrera docente, su

reglamento y demás disposiciones que regulan la educación

así como a la supervisión de este Ministerio y presentara

los informes que se le soliciten.

Cuarto: Este Acuerdo entra en vigor a partir de su

publicación por cualquier medio de comunicación social,

debiendo publicarse además en la Gaceta, Diario Oficial.

Copiese, Comuniquese y Archivase.

Dado en la ciudad de Nagarote a los once días del

mes de abril de mil novecientos noventa y cuatro.ante mi

Lic.María Zulema García.-Delegada -Med-Nagarote.

DERECHO DE AUTOR

Reg. No. 4436 - R/F 405332 -Valor C$ 135.00

El Señor Cedrick Dalla-Torre Zamora, mayor de

edad, casado y con domicilio en la ciudad de Managua, ha

presentado a este despacho solicitud de Derechos de

Autor y Registro tanto en el aspecto musical como Pqético,

de la Obra Musical-Literaria: "Cosas Dulces de Uste",

compuesta de 14 (catorce) Temas Musicales y que se

detallan a continuación:

I.- Más de una noche (Mazurca compuesta el 6

de Marzo de 1968)

2.- Iré hasta el fondo (Mazurca compuesta el 4 de

octubre de 1968)

3.- Acorde a tu Belleza (Mazurca compuesta el II

de octubre de 1968)

2806

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19-8-94 LA GACETA - DIARIO OFICIAL No.155

4.- Labios de viento (Mazurca compuesta en

Diciembre de 1968)

5.- Camino El Camino ( Jamaquello, compuesto

en Abril de 1969)

6.- Jinotega (Corrido Norteño, compuesto en

Octubre de 1970)

7.- Cosas Dulces de uste (Mazurca compuesta en

Agosto de 1971)

8.- Busco tus huellas (Mazurca compuesta en

Noviembre de 1972)

9.- Tres copas (Mazurca compuesta el II de

febrero de 1973)

10.- En el Silencio de las Polkas (Mazurca

compuesta en Abril de 1973)

11.- Ojos Negros (Mazurca compuesta el 12 de

Junio de 1974)

12.- Canto Olvidado (Mazurca compuesta el 4 de

julio de 1975)

13.- Papel y tinta (Mazurca compuesta el 18 de

Enero de 1976)

14.- Claudia, se buena (Mazurca compuesta el 8

de junio de 1986)

Quien se crea con Derechos, opóngase en el

término legal. Ministerio de Educación, Managua quince

de Agosto de mil novecientos noventa y cuatro.- Doctor

Carlos Castillo Fletes, Asesor Legal, Ministerio de

Educación.-

nombre Comercial Promet 400 CS (Furatiocarb), originario

de Suiza y habiendo presentado todos los documentos

necesarios para tal fin, le autoriza la publicación de dicha

solicitud en la Gaceta, para que se oponga quien lo estime

conveniente

Managua, II de Agosto de 1994.Ing. Ernesto

Mora Salís. - Jefe Departamento de Registro y Control de

Agroquímicos.

Reg No.4365- R/F 405136 - Valor C$45.00

Ministerio de Agricultura y Ganadería

M A G

Departamento de Registro y Control de

Agroquímicos

En cumplimiento al Arto.6 del Decreto 34-93

"Creación del Registro Unico de Agroquímicos", el

Suscrito Jefe del Departamento de Registro y Control de

Agroquímicos: Notifica que la Empresa: Ciba Geigy, S.A.

a través de su Representante el Sr. (a) Ing Lucas Quiroz

Ha solicitado Registro para el Producto Fungicida con el

nombre Comercial Ridomil 5 G.,(Metalaxil), originario de

Costa Rica y habiendo presentado todos los documentos

necesarios para tal fin, le autoriza la publicación de dicha

solicitud en la Gaceta, para que se oponga quien lo estime

conveniente .

Managua, II de Agosto de 1994.Ing. Ernesto

Mora Solís.- Jefe Departamento de Registro y Control de

Agroquímicos.

MINISTERIO DE ECONOMIA

Y DESARROLLO

3 1 REGISTRO MARCA COMERCIO

MINISTERIO DE AGRICULTURA

Y GANADERIA

Reg. No. 4364-.R/F 405135 - Valor C$45.00

Ministerio de Agricultura y Ganadería

M A G

Departamento de Registro y Control de

Agroquímicos

En cumplimiento al Arto.6 del Decreto 34-93

"Creación del Registro Unico de Agroquímicos", el

Suscrito Jefe del Departamento de Registro y Control de

Agroquímicos: Notifica que la Empresa: Ciba Geigy, S.A.

a través de su Represente el Sr. (a) Ing. Lucas Quiroz Ha

solicitado Registro para el Producto Insecticida con el

Reg. No. 4351 - R/F 405163 - Valor C$ 72.00

Dr. Luis Alonso López Azmitia, apoderado

Distribuidora Nicafar, S.A., Nicaraguense, solicita

Registro Marca Comercio: .

"MENABIL"

Clase:(5)

Presetada: 01-07-1994.

Opónganse:

Registro Propiedad Industrial, Managua, 27-Julio-

1994.-Rosa A. Ortega C.-Registrador. 3 3

REGISTRO MARCA FABRICA

Y COMERCIO

2807

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*

IIRRINR ROLO STAR

* A

*

19-8-94

LA GACETA - DIARIO OFICIAL

No.155

Reg. No. 4281 - R/F 405080 - Valor CS 72.00

Dr. Mario Gutiérrez Vasconcelos.,apoderado,

Imperial Chemical Inustrial Pie., Inglesa, solicita Registro

Marca Fábrica y Comercio:

"AQUABASE"

Clase:(2)

Presentada: 25-05-94

Opónganse:

Registro Propiedad Industrial.-Managua, 05-Julio-

94.-Rosa A. Ortega C.-Registrador. 3 3

Reg. No. 4282 - R/F 405081 - Valor C$ 240.00

Dr. Guy José Bendaña Guerrero.,apoderado: The

Polo/ Lauren Company., Estadounidense, solicita Registro

Marca Fábrica y Comercio:

Clase:(14)

Presentada: 20-07-1992

Opónganse:

Registro Propiedad Industrial.-Managua, 22-Julio-

94.-Rosa A. Ortega C.-Registrador. 3 3

Reg. No. 4299 - R/F 405098 - Valor C$ 240.00

Dr. Ivania Guzmán de Martínez.,apoderada:

Plásticos de Nicaragua Sociedad Anónima (Plastinic).,

Nicaraguense solicita Registro Marca Fábrica y Comercio:

PLASTIIIIC Clase:(16)

Presentada: 19-05-94

Opónganse:

Registro Propiedad Industrial.-Managua, 04-

Agosto-94.-Rosa A. Ortega C.-Registrador. 3 3

Reg. No. 4270 - R/F 405065 - Valor CS 72.00

Dr. José Antonio Alvarado Correa.,apoderado:

Scott Papar Company de Costa Rica., Sociedad Anónima

Costarricense solicita Registro Marca Fábrica y Comercio:

SILUETA"

Clase:(5)

Presentada: 07-07-1993

Opónganse:

Registro Propiedad Industrial.-Managua, 25-Julio-

94.-Rosa A. Ortega C.-Registrador.

33

Reg. No. 4300 - R/F 405099 - Valor CS 72.00

Dr. Ivania Guzman de Martínez.,apoderada:

Empaque Universal, Sociedad Anónima., Costarricense,

solicita Registro Marca Fábrica y Comercio:

"POLIMIX-D"

Clase:(I)

Presentada: 26-05-1994

Opónganse:

Registro Propiedad Industrial.-Managua, 02-

Agosto-94.-Rosa A. Ortega C.-Registrador.

33

Reg. No. 4342 - R/F 405119 - Valor CS 240.00

Sr. Pedro Lacayo Reyes., apoderado, Harinera

Agroindustrial de Nicaragua, sociedad Anónima

(Harinisa).. Nicaraguense, solicita Registro Marca Fábrica

y Comercio:

Clase:(30)

Presentada: 13-05-1994. Opónganse:

Registro de la Propiedad Industrial, Managua, 25-

Julio-1994.-Rosa A. Ortega C.-Registrador.

33

Reg. No. 4343 - R/F 162186 - Valor C$ 72.00

Dr. Ruddy A. Lemus Salvan,., apoderado: Cluett,

Peabody & Co., Inc., Estadounidense, solicita Registro

Marca Fábrica y Comercio:

"RIVER BRAND"

Clase:(25)

Presentada: 08-07-1994.

Opónganse:

Registro de la Propiedad Industrial, Managua, 22-

Julio-1994.-Rosa A. Ortega C.-Registrador.

33

Reg. No. 4344 - R/F 405165 - Valor C$ 72.00

Dr. Francisco Ortega González., apoderado:

Compañía Hulera Real, S.A., Guatemalteca, solicita

Registro Marca Fábrica y Comercio:

2808

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19-8-94 LA GACETA - DIARIO OFICIAL No.155

Reg. No. 4279 - R/F 405078 - Valor C$ 72.00

"LAMIPLAST"

Clase:(16)

Presentada: 20-05-1994

Opónganse:

Registro de la Propiedad Industrial, Managua, 27-

Julio-1994.-Rosa A. Ortega C.-Registrador.

33

Reg. No. 4348 - R/F 405160 - Valor C$ 72.00

Dr. Luis Alonso López Azmitia., apoderado del

Sr. Víctor Jorge Saca o Víctor Jorge Saca Tueme,

Salvadoreño, solicita Registro Marca Fábrica y Comercio:

"DEXA-DOCEPLEX"

Clase:(05)

Presentada: 18-05-94

Opónganse:

Registro Propiedad Industrial.- Managua, 01-Julio-

94.-Rosa A. OrtegaC.-Registrador. 3 3

Reg. No. 4345 - R/F 405166 - Valor C$ 240.00

Dr. Francisco Ortega González., apoderado: Sra.

Blanca Daysi Durán Carranza de Siliezar., Salvadoreña,

solicita Registro Marca Fábrica y Comercio.

Dr. José Ignacio Bendaña Silva., apoderado, The

Upjohn Company., Estadounidense, solicita Registro

Marca Fábrica y Comercio.

"REMISAR"

Clase:(5)

Presentada: 30-09-93

Opónganse:

Registro Propiedad Industrial.-Managua, 18-Julio-

94.-Rosa A. Ortega C.-Registrador.

33

Reg. No. 4181 - R/F 404923 - Valor C$ 72.00

Dr. Carlos José López M., apoderado: Drypers

Corporation., Estadounidense, solicita Registro Marca

Fábrica y Comercio:

"DRYPERS"

Clase:(J6)

Presentada: 26-02-1993

Opónganse:

Registro de la Propiedad Industrial, Managua, 25-

Julio 1994.-Rosa A. Ortega C.-Registrador.

33

Reg. No. 4092 - R/F 404824 - Valor C$ 240.00

Clase:(29)

Presentada: 29-10-93

Opónganse:

Registro de la Propiedad Industrial, Managua, I I-

Abril-1994.-Rosa A. Ortega C.-Registrador. 3 3

Reg. No. 4346 - R/F 405167 - Valor C$ 240.00

Dr. Francisco Ortega González., apoderado: Sra.

Blanca Daysi Durán Carranza de Siliezar., Salvadoreña,

solicita Registro Marca Fábrica y Comercio.

Clase:(30)

Presentada: 29-10-93

Opónganse:

Registro de la Propiedad Industrial, Managua, 1(-

Abril-1994.-Rosa A. Ortega C.-Registrador.

33

Dr. Guy José Bendaña Guerrero., apoderado,

Akzo Nobel N.V., Holandesa, solicita Registro Marca

Fábrica y Comercio:

AKZO NOBEL

Clase:(2)

Presentada: 09-06-94

Opónganse:

Registro Propiedad Industrial.-Managua, 21-Julio-

94.-Rosa A. Ortega C.-Registrador.

33

Reg. No. 4120 - R/F 404856 - Valor C$ 72.00

Dr. José Ignacio Bendaña Silva., apoderado,

Unilever N.V., Holandesa, solicita Registro Marca Fábrica

y Comercio:

"LEVER 2000"

Clase:(3)

Presentada: 29-04-93

Opónganse:

Registro Propiedad Industrial.-Managua, 08-Julio-

94.-Rosa A. Ortega C.-Registrador.

2809

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2810

19-8-94 LA GACETA - DIARIO OFICIAL No.155

3 3

Reg. No. 4125 - R/F 404861 - Valor C$ 72.00

Dr. José Ignacio Bendaña Silva., apoderado,

Societe de Conseils de Recherches Et D' Applications

Scientifiques (S.C.R.A.S.), Francesa, solicita Registro

Marca Fábrica y Comercio:

"HEMIPEPTYL"

Clase:(5)

Presentada: 30-09-93

Opónganse:

Registro Propiedad Industrial.-Managua, 06-Julio-

94.-Rosa A. Ortega C.-Registrador.

33

REGISTRO MARCA DE SERVICIO

Reg. No. 4280 - R/F 405079 - Valor C$ 72.00

Dr. José Ignacio Bendaña Silva., apoderado,

Blockbuster Entertaiment Corporation., Estadounidense,

solicita Registro Marca Fábrica y Servicio.

"KIDS RECOMMENDED VIEWING"

Clase:(42)

Presentada: 05-04-94

Opónganse:

Registro Propiedad Industrial.-Managua, 06-

Junio-94.-Rosa A. Ortega C.-Registrador.

33

REGISTRO NOMBRE COMERCIAL

Reg. No. 4005 - R/F 404792 - Valor C$ 312.00

Sr. Enrique Martín Zamora Llanes, Presidente:

Nicarao Lake Resort, Sociedad Anónima., Nicargüense,

solicita Registro Nombre Comercial.

"NOMBRE COMERCIAL"

Protege y distingue un establecimiento dedicado

al desarrollo de toda clase de Inversiones y la prestación de

todo, tipo de servicios en el ramo de turistico.-

Presentada: 29-06-1994.

Opónganse:

Registro de la Propiedad Industrial, Managua, 22-

Julio-1994.-Rosa A. Ortega C.-Registrador.

33

Reg. No. 4034 - R/F 404807 - Valor C$ 144.00

Dra. Ivania Guzmán de Martínez apoderada:

Plásticos de Nicaragua, Sociedad Anónima (Plastinic).,

Nicaraguense, solicita Registro Nombre Comercial:

"PLASTICOS DE NICARAGUA, S.A."

(PLASTIN IC)

• NOMBRE COMERCIAL•

Protege y distingue: un establecimiento industrial

que se dedica de manera principal, pero no limitada, al

negocio de fabricación y comercialización, de toda clase

de artículos de plasticos.

Presentada: 19-05-94

Opónganse:

Registro de la propiedad Industrial, Managua, 14-

Junio-1994.-Dra. Rosa A. Ortega C.-Registradora.

33

Reg. No. 4207 - R/F 404970 - Valor C$ 45.00

Dr. Dolores Alfredo Barquero Brockmann.,

apoderado: Agrícola Centroamericana, Sociedad

Anónima., Nicaragüense, solicita Registro Nombre

Comercial:

"DISTRIBUIDORA AMERRISQUE"

• NOMBRE COMERCIAL•

Protege y distingue : un establecimiento dedicado

para la comerccialización de la carne producida por

matadero.

Presentada: 16-03-93

Opónganse:

Registro de la Propiedad Industrial, Managua, 02-

abril-93.-Rosa A. Ortega C.-Registrador.

33

Reg. No. 4208 - R/F 404971 - Valor CS 45.00•

Dr. Dolores A. Barquero B. apoderado de la

Sociedad Agrícola Centroamericana, Sociedad Anónima,

solicita Registro del Nombre Comerical.

MATADERO DE AMERRISQUE

Un establecimiento dedicado a la matanza de ganado

vacuno y porcino, para el consumo humano, lo mismo que

para la exportación o el consumo local y la producción de

sus productos: Tales como cuero, cebo, harina de huesos

y otros productos propios de esta industrias.

Presentada: 15-03-93

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19-8-94 LA GACETA - DIARIO OFICIAL No.155

Opónganse:

Registro de la Propiedad Industrial, Managua, 26-

marzo-93.-Rosa A. Ortega C.-Registrador.

33

Reg. No. 4054 - R/F 404774 - Valor C$ 240.00

Dra. Yamilet Miranda de Malespín., apoderada:

Salud Integral, Sociedad Anónima., Nicaraguense, solicita

Registro Nombre Comerical:

NOMBRE COMERCIAL"

Protege y distingue: un establecimiento comercial

dedicado a ofrecer servicios médicos privados,

estructuración y formulación de planes de Salud,

Construcción de Clínicas, hospitales laboratorios, Sub-

,Contratación de Servicios médicos y hospitalarios,

importación y representación de casas extranjeras y todas

las demás actividades comprendidas en el objeto de su

pacto Social.

Presentada: 28-06-1994.

Opónganse:

Registro de la Propiedad Industrial, Managua, 22-

Julio-1994.-Rosa A. Ortega C.-Registrador. 33

SECCION JUDICIAL

SUBASTAS

Reg. No. 4394- R/F 405261 -Valor C$ 135.00

A las diez de la mañana del diecinueve de

septiembre de mil novecientos noventa y cuatro en este

juzgado se subastará el bien Inmueble Hipotecado por José

Miguel Tórres Pérez, ubicado en Colonia Pereira de esta

ciudad hacia el suroeste, inscrito bajo el No. 35,630, Tomo

1326, Folio: 112, Asiento 6 columna de inscripciones,

sección de Hipotecas, Libro de Propiedades del Registro

Público de Managua.- Base de la subasta: Cien mil córdobas

(C$ 100,000).- Ejecuta: Banco Nicaragüense de Industria

y Comercio (Banic).- Ejecutado: José Miguel Tórres

Pérez.-

Dado en el Juzgado Cuarto de Distrito de Managua

a las diez y diez minutos de la mañana del dieciseis de agosto

de mil novecientos noventa y cuatro. Encarnación

Castañeda Miranda. Juez Cuarto Civil de Distrito de

Managua. América Rodríguez González. Sria. 3 I

Reg. No. 4393 -R/F 405232- Valor C$ 135.00

Nueve de la mañana, diez de Octubre presente

año, local juzgado, subastarse inmueble urbano casa y

solar, ubicado Barrio San Felipe, León, mide al lado de la

calle catorce varas veintitres pulgadas y media, fondo

catorce varas y treinta pulgadas, lindante: Norte y Sur:

Sesenta y tres varas : Este: Genaro Martínez, Oeste:

Calle: Enmedio Ramón Herrera : Norte: Dora Reyes y Sur:

Porfirio Zapata, inscrita: No. 9,681, Asiento. 10. Folios 129

y 134, Tomo 312, Sección Derechos reales dregistro público

de León. Ejecuta: Banco Nicaraguense de Industria y

Comercio. Ejecutado: Primo Rafael Previa Rivas. Base

posturas: Noventa y cuatro mil ochenta y siete córdobas

con ochenta y siete centavos de córdobas. Se oirán

posturas. Juzgado primero Civil de Distrito,

León doce agosto mil novecientos noventa y

cuatro. Flor de María Arcia Callejas Juez Primero Civil de

Distrito León.- 31

Ree. No. 4435 - R/F 405336 - Valor C$ 72.00

Once de la mañana, veinte de Septiembre del año

en curso, local este despacho, subastaranse fincas ubicadas

en jurisdicción de Yalaguina, Departamento de Madriz,

inscritas con el No. 4,716, asiento 3°, folio 251, tomo 78 y

folio 143, tomo 113: y No. 8,127, asiento 3° folios 287 y 288,

tomo 111, Libro de Propiedades, Sección de Derechos

Reales del Registro Público de Madriz.- Base: C$ 74,750.00,

Posturas: Estricto Contado.- Ejecuta: Salvador Ríos

Cervantes, contra el Señor Julio José Vallecillo Irías.-

Dado en el Juzgado Civil del Distrito.- Somoto,

diecisiete de Agosto de mil novecientos noventa y cuatro.-

Dra. Luz Adilia Cáceres Vilchez, Juez Unico de Distrito

Somoto, Madriz.- Reyna Hernández de Cano.- Secretaria.-

3 1

Reg. No. 4366 - R/F - 405210 Valor C$ 135.00

Sáquese a Subasta el bien inmueble ubicado en el

reparto Juan Carlos Herrera, en la ciudad de Nindirí del

Cementerio dos cuadras al norte y una cuadra hacia el

Oeste, inscrito bajo el número 26747, asiento tercero folio:

286, tomo 242 del Libro de Propiedades Sección de

Derechos Reales del Registro Público de esta ciudad. Se

señala para tal efecto cuatro días después de la última

publicación en el Diario Oficial La Gaceta, a las diez de la

mañana en el local de este juzgado. Base de la subasta:

quince mil córdobas, en el juicio ejecutivo promovido por

la Licenciada Luz Marina Duarte Toledo en su carácter de

Apoderada Especial y gerente del Banco Popular Sucursal

Masaya, a la señora Mayra Lorena Gaitán Orozco. Líbrese

los carteles de Ley.- Notifíquese.- B. Cárcamo.- H. Pérez.-

Dado en la ciudad de Masaya a los doce días del

mes de Agosto de mil novecientos noventa y cuatro..-

2811

Page 20: Gaceta - Diario Oficial de Nicaragua - No. 155 del 19 de agosto 1994 · 2014-01-20 · 19-8-94 LA GACETA - DIARIO OFICIAL No.155 Arto. 21.- Las sesiones de la Asamblea General ordinarias

19-8-94 LA GACETA - DIARIO OFICIAL No.155

Belda María Cárcamo Sánchez.- Juez Civil de Distrito de

Masaya.

31

Reg. No. 4367 - R/F - 405211 Valor C$ 135.00

Sáquese a subasta el inmueble embargado a Noél

del Carmen Valle Benavides, consistente en una casa y

solar ubicado en Barrio Lomas del lago, lindante; Norte;

Sur, y Oeste, Oratorio del Padre Fabreto; Este: Escuela el

Rosario; base de la subasta diecinueve mil noventa y cinco

córdobas con noventa y seis centavos de córdobas, por ser

segunda subasta porque la primera no se efectuó por falta

de postores. Señalase para tal efecto la diez de la mañana

del día viernes veintitrés de Septiembre del corriente año

y en el local de este Juzgado, Ejecuta: Rita Noemí Centeno

Talavera a Noél del Carmen Valle Benavides, para hacer

efectivo sentencia de alimentos, publíquese los edictos en

La Gaceta Diario Oficial y fijenses los carteles en la Tabla

de avisos de este Juzgado y en lugares públicos.- Publíquese

y Notifíquese.-Enmendado.-para re-t-a-vale.-

Dado en el Juzgado de Distrito para lo Civil, a los

doce días del mes de Agosto de mil novecientos noventa y

cuatro.-Ulises Rivera M.- Secretario.

3 I

Reg. No.4483- R/F48 I 395- Valor C$113.00

Diez de la mañana del día dieciocho de septiembre

de mil novecientos noventa y cuatro,local de este Juzgado,

se subastará al mejor postor bienes inmueble propiedad en

las cañadas de la Cebadilla Vilgue y upa con una extensión

superficial de ciento quince Manzanas y sus linderos oriente

Resto de la propiedad del señor Felicito Castellón Calero,

rio Vilgueas de por medio occidente Resto de la propiedad

de Felicito Castellón,Norte Propiedad de Lucas Calero y

sur: Propiedad de Inra carretera de por medio Matagalpa

a Matigua,B)Propiedad llamada El. Cangrejal y

Vilguas, jurisdicción de Matiguas de este departamento

compuesta- de trescientas treinta y ocho manzanas de

extensión compuesta dicha propiedad de dos lotes:primer

lot y su linderos son Norte Gerturdis Samper Sur Rio

Grande de Matagalpa y predio de la sucesión de Benjamín

Soza Oriente: de Virginia Soza y Tomas Mendoza:

Occidente: Telesforo Arancibia. Segunda lote de sesenta

y cinco manzanas de extensión superficial y sus linderos

son:Norte:Fortunato Calero:Oriente :Guadaluppe Calero

Poniente: Sebastina Calero y Sur Rivo Viejo.

Ejecuta:Doctor Ignacio López (Banco

Nicaraguense)Contra Hilda Calero Castellon y Arturo

Aguilar García

Base de la subasta:Trescintos sesenta y cuatro

mil tres cientos veintiseis córdobas con cuarenta y tres

centavos de córdobas.

Dado en el Juzgado Civil de Distrito de Matagalpa

a los cuatro días del mes de Agosto de mil novecientos

noventa y cuatro.-Dra. Mario Luis Soto Quiroz Juez Civil

de Distrito Matagalpa.

32

Reg.No.4417-R/F405266- Valor C$144.00

Dos de la tarde ocho de septiembre próximo ,local

éste Juzgado subastarase mejor postor finca rústica descrita

así a) Propiedad rústica ubicada en la comarca San

Miguelito,Municipio de Santo Domingo compuesta de

trescientas ochenta manzanas de superficie,comprendida

dentro de los siguientes linderos Norte: Eduardo Castillo

Barquero, al Sur: Armando Angulo Mena al Este: Basiliso

Gómez y oeste: Silvestres Gutiérrez e inscrita con número

veintidos mil ochocientos noventa y dos,asiento uno folio

setenta y cuatroJoino doscientos catorce,sección de

derechos reales,libro de Propiedades,del Registro Público

del departamento de Chontales, y b) finca rústica llamada

Rancho Alegre ubicada entre las comarca Las Cañas en

Zelaya Central y Bulum en Villa Sandino,compuesta de

trescientas Manzans de superficie, comprendida dentro

de los siguientes linderos:Norte: Julio José Femandez

Rivas, sur: Prudencio Murillo al Este: Jacinta Oporta e

Isidoro López Garzón y Oeste: Santos Perez Palacio e

inscrita con número veintidos mil ciento diez, asiento

uno,folio ciento ochentitresJoino doscientos diez,sección

de Derechos Reales,Libro de Propiedades de Registro

Público del Departamento de Chontales.

Ejecuta: Banco Nicaraguense de Industria y

Comercio sucursal Juigalpa A.-

Ejecutado: Manuel Salvador Mendoza Ubeda.

Base de la Subasta cuatrocientos setenta y siete

mil novecientos cincuentitres córdobas con cuarentiun

centavos de córdobas,cortado al treinta de mayo del

corriente año, más una tercera parte de esa suma para

responder por interes subsiguientes,costa y gastos de

ejecución.

Quien pretenda derecho,Oponganse

Dado en el Juzgado de Distrito de lo Civil,Juigalpa,

dieciseis de Agosto de mil novecientos noventa y cuatro.-

Dr.Alfonso Granizo Sáenz.- Juez de Distrito de lo Civil por

la Ley.- Carolina Sequeira Secretaria.

Es conforme.- Carolina Castro Sequeira

Secretaria.

31

Reg. No.44 3- R/F405265- Valor C$144.00

2812

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19-8-94 LA GACETA No.155

Diez de la mañana del próximo Jueves odio de

septiembre Local este Juzgado,subastarse mejor postor

finca rústica a) llamada las Carrera ubicada en la contaren

Santa Rosa de Amerrisque jurisdicción de

Juigalpa,compuesta de ciento noventa manzanas de

superficie,comprendida dentro de los siguientes

linderos,Norte: finca de Jesús Vargas, al sur: finca de

Bernardino y Serapio Vargas,callejon en medio al este y

Oeste: finca de Rito Emilio Vargas Urbina e Inscrita con

número veintidos mil quinientos ochenta y seis,Asiento

segundo,folio sesenta y seis tomo Doscientos doce, sección

de Derechos Reales,Libro de Propiedades del Registro

Público del Departamento de Chontales y b) finca rústica

llamada ubicada en las comarca Las Pavas Jurisdicción de

Villa Sandino compuesta de ciento veinte manzanas de

superficie,comprendida dentro de los siguientes

linderos:Norte:Jesús Vargas de Aragón, al Sur: Juan Mejía

al Este:Serapio Vargas y Napoleón Pineda y Oeste: Rafael

Martínez e inerita número veintidos mil cuatrocientos

dieciseis,asiento segundo folio ciento noventa y dos,tomo

doscientos once sección de Derechos Reales,Libro de

Propiedades del Registro Público del Departamento de

Chontales.-

Ejecuta Banco Nicaraguense de Industria y

Comercio,sucursal Juigalpa.- Base de la subasta trescientos

cincuenta y cinco mil seiscientos treinta córdobas con

setenta y seis centavos,cortatlo al treinta de mayo mas

una tercera parte responde por intereses

subsiguientes,costa y gastos de ejecución.

Ejecutado Rosa Angeles Vargas Miranda.-

Dado en el Juzgado de Distrito.- Ramo Civil

Acoyapa, quince de agosto de mil novecientos noventa

y cuatro.- Dr. Ronald Duarte Sevilla.-Juez de Distrito de lo

Civil Peter Sirias Bravo.- Secretaria.

31

Reg.No.44I9- R/F 405267- Valor C$135.00

Diez de la mañana ,local éste Juzgado siete de

septiembre próximo mes subastase mejor postor finca

mstica ubicada en la Comarca San Juan municipio de

Ciudad Rama,departamento de Zelaya,compuesta de

trescientas cuarenta y dos manzanas de superficie

comprendida dentro de los siguientes linderos

Norte:Alejandro Soza Contreras al sur:finca San Agustin

al este: finca Mack -Píct,río escondido enmedio y Oeste:

cooperativas Julio Buitrago e inscrita con número treinta y

tres mil seiscientos treinta, asiento uno folio ciento ochenta

y nueve, tomo ciento setenta y uno, libro de propiedades,

sección de Derechos Reales, columna de inscripiciones

del Registro Público del Departamento de Zelaya Sur:

Ejecuta:Banco Nicaraguense de Industria y

Comercio, Sucursal Juigalpa.

Ejecutado Angela María López López.

Base de la subasta Ochocientos cincuenta y tres

mil ciento setenta y cinco cordobas con cuarenta y tres

centavos de cordobas,mas una tercera parte de esa suma

para responder por interes subsiguientes costa y gastos de

ejecución.-

Dado en el Juzgado de Distrito de lo Civil,Juigalpa

dieciseis de Agosto de mil novecientos noventa y cuatro.-

Dr.Alfonso Granizo Sáenz.-Juez de Distrito de lo Civil

Carolina Castro Sequeira.-Secretaria.

Es conforme Carolina Castro Sequeira.-

Secretaria.

31

GUARDADOR AD-LITEM

Reg. No. 3918 - R/F 404644 - Valor C5 72.00

Citase a la Señora Juana María García Maradiaga,

para que comparezca al local de este Juzgado de Distrito

Civil, Ciudad de Estelí, hacer uso de sus Derechos en el

juicio Civil Ordinario que con acción de pago de Córdobas

le interpone la Señora Brenda Xiomara Zeledón; bajo los

apercibimientos de nombrarle guardador Ad-Litem sino

comparece en el término de Ley. Publíquese este Edicto en

la Gaceta Diario Oficial.

Dado en el Juzgado de Distrito Civil, a los sets días

del Mes de Julio de Mil Novecientos Noventa y Cuatro.

Ulises Rivera Molina.Secretario.

32

Reg. No. 4396 R/F 405251 Valor C$ 72.00

Citase al señor Guillermo Alvarez Rodríguez,

para que en el término de veinte días, comparezca a este

juzgado a hacer uso de sus derechos en juicio ejecutivo

singular incoado en su contra por el apoderado del banco

de la Vivienda de Nicaragua (Bavinic) bajo apercibimiento

de nombrarle Guardador Ad-Litem.

Dado en el Juzgado Cuarto de lo Civil de Distrito

de Managua, a los días del mes de Agosto de mil novecientos

noventa y cuatro, las once de la mañana. Encarnación

Castañeda M. Juez Cuarto de lo Civil del Distrito de

Managua.-

3 2

Reg. No. 4397 -R/F 405252 -Valor C$ 72.00

Citase a los señores Gonzalo Morales Flores y

Elvira Guzmán de Morales, para que en el término de

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19-8-94 LA GACETA - DIARIO OFICIAL No.155

veinte días, comparezca a este juzgado a hacer uso de sus

derechos en juicio ejecutivo singular incoado en su contra

por el apoderado del Banco de la Vivienda de Nicaragua

(Bavinic) bajo apercibimiento de nombrarle Guardador

Ad-Litem

Dado en e Juzgado Cuarto de lo Civil de Distrito

de Managua, a los nueve días del mes de Agosto de mil

novecientos noventa y cuatro, las once y treinta minutos de

la mañana. Encarnación Castañeda M. Juez Cuarto de lo

Civil del Distrito de Managua.-

32

Reg. No. 4398- R/F 405253 -Valor C$ 72.00

Citase a los señores Don Gonzalo Zapata

Barberena y Doña Kruspkaia Pérez de Zapata, para que en

el término de veinte días, compareza a este juzgado a hacer

uso de sus derechos en juicio ejecutivo singular incoado en

su contra por el apoderado del Banco de la Vivienda de

Nicaragua bajo apercibimiento de nombrarle Guardador

Ad-Litem.-

Dado en el Juzgado Cuarto de lo Civil de Distrito

de Managua, a los cuatro (lías del mes de Agosto de mil

novecientos noventa y cuatro, las diez y cuarenta y cinco

minutos de la mañana. Encarnación Castañeda M. Juez

Cuarto de lo Civil del Distrito de Managua.-

32

Reg. No. 4399 -R/F 405254 -Valor C$ 72.00

Citase al señor Roberto Duarte Cubas, para que

en el término de veinte días, comparezca a este juzgado a

hacer uso de sus derechos en juicio ejecutivo singular

incoado en su contra por el apoderado del Banco de la

Vivienda de Nicaragua bajo apercibimiento de nombrarle

Guardador Ad-Litem-

Dado en el juzgado cuarto de lo civil de distrito de

Managua, a los dos días del mes de agosto de mil novecientos

noventa y cuatro, las diez y cuarenta y cinco minutos de la

mañana. Encarnación Castañeda M. Juez Cuarto de lo

Civil del Distrito de Managua.-

3 2

Res. No. 4368 - R/F - 405224 Valor C$ 72.00

Juzgado Tercero Local de lo Civil de Managua:

Managua quince días del mes de Agosto de mil novecientos

noventa y cuatro, las doce del meridiano. La Señora

Marlene Silva Mendoza, solicita nombramiento de

Guardador Ad-Litem, del señor José Gonzalo Balladares

Reyes, para que lo representen en Juicio Querella de

Amparo, por desconocer su domicilio y estar perturbando

su derecho de posesión del Inmueble que ocupa en trámite

de legalización. Notifíquese.- O.M.M.J. (Juez) I.

Orozco.Srio.-

Dado en la ciudad de Managua a los quince días del

mes de Agosto de mil novecientos noventa y cuatro.-

Licenciado Oswaldo Martín Medrano Jiménez.- Juez

Tercero Local de lo Civil de Managua. Ante mí Srio. Róger

Orozco.

32

Reg. No. 4400 -R/F 405255- Valor C$ 72.00

Citase al señor José Aristides Mátus Castilla,

para que en el término de veinte días, comparezca a este

juzgado a hacer uso de sus derechos en juicio ejecutivo

incoado en su contra por el apoderado del Banco de la

Vivienda de Nicaragua (Bavinic) bajo apercibimiento de

nombrarle Guardador Ad-Litem.-

Dado en el Juzgado cuarto de lo Civil de Distrito

de Managua, a los once días del mes de Agosto de mil

novecientos noventa y cuatro, las diez de la mañana.-

Encarnación Castañeda M. Juez Cuarto de lo Civil del

Distrito de Managua.-

32

CITACIONES DE PROCESADOS

No.500

Por primera y unida vez citase al procesado a

Salvador Carrero para que comparezca a este juzgado

local único de Posoltega en el término de nueve días

contados a partir de que salga publicado en el presente

edicto a rendir declaración indagatoria con cargo en la

causa seguida en su contra por el delito por injurias y

calumnias en la señora María Alejandra Pérez Astillar

Bajo apercibimiento que si no lo hace se le declara

rebelde y se le nombrará defensor de oficio, se les recuerda

a las autoridades civiles y militares asi como a la ciudadanía

en general la obligación que tiene de colaborar con lo aqui

señalado. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta,

Posoltega dieciseis de agosto de mil novecientos noventa

y cuatro.-Dalina Cajina Tórres, Juez Local Unico de

Posoltega Srio. Enrique Herrera Poveda.-

No.50 I

Por única vez cito y empalizo al procesado : Josehp

Morales para que comparezca al local de éste Juzgado a

defenderse de causa que se sigue en su contra por ser el

presunto autor del delito de Estafa, en perjuicio de Gezer

Molina.

Bajo apercibimiento de declararlo rebelde y

nombrarle defensor de oficio y que la sentencia que sobre

él recaiga surta todos los efectos como si estuviese detenido.

Si no comparece dentro del término de los nueve dias de

ley.- Asi mismo se les recuerda a las autoridades el deber

2814

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19-8-94

LA GACETA - DIARIO OFICIAL

No.155

de capturarlo y a los particulares el de denunciar el lugar

donde se oculte.-

Dado en la ciudad dde Managua, a los dieciseis

días del mes de Agosto de mil novecientos noventa y

cuatro. (f) Dra. Julia Mayorga Solorzano(Juez) Gloria

Arévalo. (Sria).- Dra. Julia Mayorga Solórzano Juez

Primero Local del Crimen de Managua.-

No.502

Por única vez cito y emplazo al procesado. Juan

Carlos Ordoñez Narvaez, para que dentro de los nueve

días después de publicado este edicto, comparezca al local

de este juzgado a rendir declaración indagatoria, con

cargos por ser el presunto autor del delito de Robo con

fuerza en perjuicio de Jeny Reyes, se le recuerda a los

particulares, el deber que tiene de denunciar el lugar donde

se oculte el procesado y a las autoridades policiales de toda

la república el deber de capturarlo. De no comparecer

dentro del término establecido se le declarará rebelde se le

nombrará abogado defensor de oficio y la sentencia que.

sobre el recaiga surtirá, los mismo efectos que corno si

estuviera detenido. Firma Dra. Julia Mayorga Solórzano.

Sria. Isabel Laguna Herrera.-

Dado en la ciudad de Managua, a los dieciseis días

del mes de agosto de mil novecientos noventa y cuatro.

Dra. Julia Mayorga Solórzano Juez Primero Local del

Crimen de Managua.-

No.503

Por única vez cito y emplazo al procesado Wilton

Antonio García Norory, para que dentro de los nueve días

después de publicado esté edicto, comparezca al local de

esté juzgado a rendir declaración de indagado por el

presunto autor del delito Lesiones, hurto con abuso de

confianza

Se le recuerda a los 'articulares el deber que tiene

de denunciar el lugar donde se oculte el procesado, y a las

autoridades policiales de toda la república el deber de

capturarlo. De no comparecer dentro del término

establecido se le declarará rebelde se le nombrará abogado

defensor de oficio y la sentencia que sobre el recaiga

surtirá los mismo efectos que como si estuviera detenido

Finita Dra. Julia Mayorga Solórzano Juez. Sria. Isabel

Laguna Herrera.

Dado en la ciudad de Managua, a los diez días del

mes de agosto de mil novecientos noventa y cuatro.- Dra.

Julia Mayorga Solórzano Juez primero local del crimen de

Managua.-

No.504

Por única vez cito y emplazo al procesado César

Antonio Castillo lzaguirre, para que dentro del término de

nueve días, comparezca al local de éste Juzgado a

defenderse de causa que se sigue en su contra por el delito

de Robo con Violencia en perjuicio de Eddy Flores Urrutia.

Nómbresele defensor de oficio, si no comparece abrase a

pruebas el juicio y la sentencia que sobre él recaiga surta

los mismo efectos como si estuviese presente.

Se recuerda a las autoridades la obligación que

tienen de capturarlo y a los civiles la de denunciar el lugar

donde se oculte. M. Palma M. (Juez. Blanco (Sria).-

Dado en la ciudad de Managua, a los doce días del

mes de enero de mil novecientos noventa y cuatro.-

Mercedes Lucía Palma Midence. Juez Séptimo Local del

Crimen de Managua.-

No.505

Por medio del presente Edicto, cito y emplazo al

supuesto autor Martha Lorena Morales Ayala, por el delito

de Hurto con Abuso de Confianza en perjuicio de Alfredo

Ramón Orozco Hemández, siendo de generales ignoradas

la supuesta autora para que dentro del término de nueve

días comparezca a éste juzgado a defenderse de la causa

por el delito antes mencionado.

Todo bajo apercibimiento de Ley de declararlo

rebelde, de nombrarle abogado defensor de oficio, de

dictar sentencia que sobre él recaiga surtirá los mismos

efectos como si estuviera presente. Se recuerda a las

autoridades la obligación que tiene de capturar a la

Procesada en mención, a los particulares las de denunciar

el lugar donde ésta se oculta.

-Dado en la Ciudad de Managua, a los dieciocho

días del mes de Octubre de mil novecientos noventa y tres.

Lic. Rosario Altamirano López, Juez Sexto Local del

erímen de Managua.- Patricia Espinoza Velásquez

Secretaria de Actuaciones, Juzgado Sexto Local del Crimen

de Managua.-

No.506

Por única vez cito emplazo al procesado : Alvaro

Antonio Mendieta Palacios, para que en el término de nueve días, comparezca al local de éste Juzgado a

defenderse de causa que se sigue en su contra por el delito

de Lesiones, en perjuicio Susana de los Angeles Ortiz

Peña, nómbresele defensor de oficio si no comparece.

Abrir a prueba la presente diligencia y la sentencia que

sobre él recaiga surta los mismos efecto como si estuviere

presente.

Se le recuerda a las autoridades la obligación que

tienen de capturarlo y a los civiles, denunciar el lugar donde

se oculte.- Silvia Rosales Bolaño , Juez. Sria. Aleyda Meza,

Juzgado Segundo Local del Crimen de Managua.-

Dado en la ciudad de Managua, a los trece días del

mes de Junio de mil novecientos noventicuatro. Lic. Silvia

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19-8-94

LA GACETA - DIARIO OFICIAL

No.155

Rosales Bolaños Juez II Local del Crimen Managua.-

No. 507

Por única vez cito emplazo al procesado . Ernesto

Nisen Caballero, para que el término de nueve días

comparezca al local de éste Juzgado a defenderse de

causa que se sigue en su contra por el delito de Violación

de domicilio en perjuicio de David Javier Bajaña Segorra,

nómbresele defensor de oficio si no comparece. Abrir a

prueba las presente diligencias y la sentencia que sobre él

recaiga surta los mismos efectos como si estuviere presente.

Se le recuerda a las autoridades la obligación que

tienen de capturarlo y a los civiles denunciar el lugar donde

se oculte.- Silvia Rosales, Juez. Sria. Aleyda Meza.Juzgado

Segundo Local del Crimen de Managua.

Dado en la ciudad de Manaeua, a los catorce días

del mes de Junio de mil novecientos noventicuatro. Lic.

Silvia Rosales Bolaños Juez II Local del Crimen Managua.-

No. 508

Por única vez cito y emplazo al procesado Marvin

José Eugarrios Pérez, para que dentro del término de

nueve días comparezca a este Juzgado a defenderse por

la causa que se le sigue por el delito de Huno con abuso de

confianza en perjuicio de José Aquiles González García,

Bajo apercibimiento de declararlo rebelde si no

comparece, nombrarle defensor de oficio y la sentencia

que sobre el surta los mismos efectos como si estuviere

presente. Se recuerda a las autoridades la obligación que

tiene de la captura y a los particulares la de informar el lugar

donde se oculte. Exp. q 295/94. M. Urroz. Managua,

veintiuno de Junio de mil novecientos noventa y cuatro.

Dra. Rosario Peralta Mejia Juez Tercero Local del Crimen

de Managua.-

No.509

Por primera vez cito y emplazo a los procesados

Alfredo Acevedo Zúniga y Patricia Acevedo Zuniga, para

que dentro del término de quince días comparezcan ante

este juzgado a defenderse de la causa que se le instruye en

su contra por el delito Contra la Salud Pública en perjuicio

del Estado Nicaraguense,

Bajo apercibimiento de declararlos rebelde, para

que se hagan presente a declarar su confesión con cargos

y nombrarles abogados defensores de oficio, sino

comparecen. Recordare a las autoridades la obligación

que tienen de capturarlo a los antes referidos y a los

particulares la de denunciar el lugar donde se oculten.

Dado en la ciudad de Managua a los quince días del

mes de marzo de mil novecientos noventa y cuatro. Dra.

Magaly Araica Fonseca Juez Quinto de Distrito del Crimen

de Managua por Ministerio de Ley. Srio. José Javier Pérez

M.

No.5I0

Por segunda vez cito y emplazo al procesado

Leonardo Jiménez Aráuz, para que en el ténnino de quince

días comparezca a éste juzgado a defenderse en la causa

que se le sigue por el supuesto delito de estafa en perjuicio

de Rosa Verania Ortíz López, bajo apercibimiento de

correr las segundas vistas y programar la causa a jurado,

y surta los mismos efectos como si estuviere presente. Se

le recuerda a las autoridades civiles y militares la obligación

de capturar al mencionado procesado y a los particulares

denunciar el lugar donde se encuentre oculto.

Dado en el Juzgado Séptimo de Distrito del Crimen

de Managua a los catorce días del mes de Abril de mil

novecientos noventa y cuatro. Lic. Boanerge Ojeda Baca

Juez Séptimo Distrito del Crimen Managua. Carlos Anto-

nio Espinoza Secretario.-

No.51 I

Por primera vez cito y emplazo al procesado hin,.

Antonio Duarte García, para que dentro del término de

quince días comparezca al local de este juzgado a

defenderse de dla causa que se le sigue por el delito de

lesiones en perjuicio de Juan Carlos Zárate Ortíz,

Bajo apercibimiento de elevar la causa a plenario,

declararlo rebelde y nombrarsele defensor de oficio sino se

hace presente. Se recuerda a las autoridades dla obligación

que tiene de capturarlo al procesado ya antes mencionado

y a los particulares la de denunciar el lugar donde se oculta.

Dado en el Juzgado Octavo de Distrito del Crimen

de Managua a los diecisiete días del mes de Junio de mil

novecientos noventa y cuatro. Dra. Luz A. Caldera Jerez.

Juez Octavo de Distrito del Crimen III Región de Managua.-

N 0.512

Por única vez cito emplazo al procesado Nelson

Humberto López Urroz, para que en el término de nueve

días, comparezca al local de éste Juzgado a defenderse de

causa que se sigue en su contra por el delito de: Lesiones

y amenaza de muerte, en perjuicio de: Dominga Idania

Cerro Zavala, nombresele defensor de oficio si no

comparece. Abrir a prueba las presentes diligencias y la

sentencia que sobre él recaiga surta los mismos efectos

como si estuviera presente. Se le recueda a las autoridades

la obligación que tienen de capturarlo y a los civiles,

denunciar el lugar donde se oculte .- Silvia Rosales, Juez

Lorena Montoya G, Sria. Juzgado Segundo Local del

Crimen de Managua.

Dado en la ciudad de Managua, a los trece días

del mes de Junio de mil novecientos noventa y cutaro.- Lic.

Silvia Rosales Botarlos Juez II Local del Crimen Managua.-

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