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INSTITUCION EDUCATIVA EL PEDREGAL PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL (PEI) CÓD: VERSIÓN: 0 F.A.: Pág.1 de 66 Formato LR1: PEI GESTION DIRECTIVA GESTIÓN DIRECTIVA Y HORIZONTE INSTITUCIONAL 1. IDENTIFICACIÓN La Institución Educativa El Pedregal es el resultado de una nueva visión educativa en Colombia, nuevos criterios, y por lo tanto, nuevas disposiciones jurídicas que han determinado desde el mes de noviembre Estructura del Proyecto Educativo Institucional Gestión Directiva. ( Como misión orientadora ) PEI Gestión Académica. ( Como misión esencial ) Gestión Administrativa Financiera. ( Como misión de apoyo ) Gestión de Comunidad. ( Como misión vital ) - Áreas fundamentales y obligatorias; áreas optativas; asignaturas. - Plan de estudios por áreas y grado. Por Dimensiones para preescolar.(contenidos, temas y problemas; actividades pedagógicas; distribución del tiempo; logros, competencias y conocimientos; estándares; criterios y procedimientos para evaluar; planes especiales de apoyo; metodología; material didáctico; indicadores de desempeño; metas de calidad ) - Enseñanza obligatoria y otros proyectos transversales. - Integración curricular por grados, niveles y áreas. - Proyectos de Investigación. - Actividades Académicas, deportivas y culturales - Programa de Orientación (vocacional) - Misión. - Visión. - Objetivos. - Valores. - Metas . - Gobierno escolar y demás estamentos de participación colegiada. - Estructura organizacional (Organigrama) - Manual de convivencia. - Sistemas y procesos comunicativos. - Diagnóstico estratégico. ( interno y externo ) - Plan operativo anual institucional. I. Gestión de recursos físicos tecnológicos, financieros, y humanos. II. Servicios complementarios: Programas especiales Proyectos complementarios III. Evaluación: institución, docentes, directivos, administrativos Estrategias de participación e integración comunitaria. Prevención- formación: escuela de padres; promoción de actividades socio culturales hacia la comunidad Contexto- entorno: situación socioeconómica y conformación familiar

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Formato LR1: PEI

GESTION DIRECTIVA

GESTIÓN DIRECTIVA Y HORIZONTE INSTITUCIONAL

1. IDENTIFICACIÓN

La Institución Educativa El Pedregal es el resultado de una nueva visión educativa en Colombia, nuevos

criterios, y por lo tanto, nuevas disposiciones jurídicas que han determinado desde el mes de noviembre

Estructura del Proyecto Educativo

Institucional Gestión Directiva.

( Como misión orientadora )

PEI

Gestión Académica. ( Como misión esencial )

Gestión Administrativa –Financiera.

( Como misión de apoyo )

Gestión de Comunidad.

( Como misión vital )

- Áreas fundamentales y obligatorias; áreas optativas; asignaturas.

- Plan de estudios por áreas y grado. Por Dimensiones para preescolar.(contenidos, temas y

problemas; actividades pedagógicas; distribución del tiempo; logros, competencias y conocimientos; estándares; criterios y procedimientos para evaluar; planes especiales de apoyo; metodología; material

didáctico; indicadores de desempeño; metas de calidad )

- Enseñanza obligatoria y otros proyectos transversales.

- Integración curricular por grados, niveles y áreas.

- Proyectos de Investigación.

- Actividades Académicas, deportivas y culturales

- Programa de Orientación (vocacional)

- Misión.

- Visión.

- Objetivos.

- Valores.

- Metas .

- Gobierno escolar y demás estamentos de participación colegiada.

- Estructura organizacional (Organigrama)

- Manual de convivencia.

- Sistemas y procesos comunicativos.

- Diagnóstico estratégico. ( interno y externo )

- Plan operativo anual institucional.

I. Gestión de recursos físicos tecnológicos, financieros, y humanos.

II. Servicios complementarios:

Programas especiales Proyectos complementarios III. Evaluación:

institución, docentes, directivos, administrativos

Estrategias de participación e integración comunitaria.

Prevención- formación: escuela de padres; promoción de actividades socio culturales hacia la comunidad

Contexto- entorno: situación socioeconómica y conformación familiar

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del 2004 la fusión de dos establecimientos educativos de tal manera que puedan ofrecer educación desde el grado cero hasta el grado once. Estos establecimientos hasta la fusión, se identificaban como

Escuela Rafael J. Mejía y Liceo El Pedregal.

1.1. Ubicación del Barrio y descripción de la Institución

El Barrio el Pedregal está ubicado en la zona nor-occidental #6 del Municipio de Medellín, con una

extensión de 74 manzanas, según planeación municipal y catastro. Límites: Por el Este: Barrios Juan del Corral y Girardot, por el Oeste: Barrios Doce de Octubre #1 y #2,

por el Norte: Barrios Florencia y Santander y por el Sur: Barrio Castilla.

Los terrenos que hoy ocupa el Pedregal fueron propiedad del señor Bernardo Londoño, los cuales vendió

al Instituto de Crédito Territorial, posteriormente (INURBE) por escritura #599 del 26 de febrero de 1959 en la Notaría 13 de Medellín.

El 10 de Abril de 1959 se inició la urbanización el “Pedregal”, nombre que se le dio por la abundancia de

piedras encontradas en el suelo, se inició por sistema de autoconstrucción.

1.2. Características del Barrio:

El barrio El Pedregal es una urbanización legal, densamente poblada, ubicado socioeconómicamente en

estrato 3, viviendas desde el tipo unifamiliar hasta multifamiliar, incluye uso comercial y de servicio a la comunidad.

El barrio posee todos los servicios públicos; agua potable, energía, teléfono, alcantarillado, parabólica, recolección de basuras, todas las calles pavimentadas y excelente servicio de transporte público.

También se caracteriza por tener un comercio básico donde se satisfacen las necesidades primarias de la

comunidad como: supermercado, droguerías, almacenes, entidades bancarias, peluquerías, cafeterías e

instituciones religiosas, educativas y recreativas.

En lo que se refiere a la población económicamente activa, en su mayoría pertenecen al sector informal, pequeños y medianos comerciantes, vendedores ambulantes y desempleados que viven del “rebusque”,

sin embargo el desempleo esta muy generalizado.

El Barrio el Pedregal políticamente hablando está conformado por fuerzas vivas, tales como grupos

juveniles, grupos de la tercera edad, grupos folclóricos, grupos culturales y deportivos, ONG’S, la acción comunal constituida por normas legales y la junta administradora local.

1.3. Ubicación de los dos establecimientos:

1.3.1. Escuela Rafael J. Mejía: Calle 102 # 74 A 109 - Barrio el pedregal

1.3.2. Liceo El Pedregal: Calle 102 # 74 A 47 – Barrio El Pedregal

1.4. Reseña histórica:

1.4.1. Escuela Rafael J. Mejía Correa

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Inició labores en febrero de 1946, en los terrenos que hoy ocupa la parroquia la Valvanera, con el nombre de “Escuela El Pedregal” posteriormente fue trasladada al lugar que hoy ocupa calle 102 # 74 A 109

Barrio el Pedregal. Esta fue construida por etapas, así: La primera etapa por la alianza para el progreso y el Municipio de

Medellín. La segunda etapa por el municipio y los padres de familia, la tercera y última etapa edificada por

la comunidad educativa.

El acto administrativo que oficialmente creó la escuela Rafael J. Mejía fue la ordenanza 033 de 30 de Diciembre de 1968 y en memoria del Dr. Rafael J. Mejía. Su primer director fue el señor Javier Jiménez

Restrepo, quien estuvo al frente de ella hasta el 23 de abril de 1967 y contaba el establecimiento con 11 grupos.

En 1967 llega como director el señor Antonio Correa C., al finalizar su administración cuenta la escuela con 21 plazas de educadores.

El 20 de febrero de 1973 llega como director el señor Guillermo López Gallo quien estuvo al frente de la

institución 21 años, hasta el 19 de junio de 1994, e hizo dejación de su cargo por jubilación, habiendo

dejado una huella brillante y el recuerdo sobre tres generaciones a las que educó.

El 18 de julio del mismo año llegó como director el señor Bernardo Ossa Ossa quien condujo la escuela por las mismas normas de la ley General de la Educación hasta abril de 1997.

El 16 de mayo de 1997 asume como director el señor Luis Alfonso Pérez Cadavid quién se ha

caracterizado por tener una administración concertada y de puertas abiertas con toda la comunidad

educativa; se ha preocupado por el embellecimiento de la institución y la reutilización de ciertos espacios pedagógicos.

EN EL 2009 con la crisis que se presenta en la Institución sale trasladado Luis Alfonso Cadavid y han

estado allí como coordinadores Álvaro Álvarez y Diego Bustamante en el 2010, en el 2011 Eliecer Loaiza

y Juan Guillermo Quiceno en el 2012 José Zapata quien aún continua desempeñando sus labores.

1.4.2. Liceo El Pedregal

Antes Idem El Pedregal, tuvo el siguiente proceso: Se inició en la escuela “Sor Juana Inés de la Cruz”

ubicada en el Barrio Girardot, en 1983 como sección del Idem “Ricardo Rendón Bravo”, con dos grupos correspondientes al grado sexto, con un promedio de 60 alumnos y tres profesores.

En 1984 pasó a ser una sección del Idem “Doce de Octubre”, en la misma escuela con la totalidad de

básica secundaria y ocho grupos así: cuatro sextos, dos séptimos, un octavo y un noveno, con un promedio de cuarenta alumnos cada uno y un total de 320 estudiantes y 14 profesores.

En 1986 pasa a ser sección del Idem “Felix de Bedout Moreno” continuando los grupos en la escuela antes mencionada y bajo la dirección de la señora Amparo de Jesús Vargas Ospina.

Para 1987 la sección se trasladó al barrio Pedregal a un local de Acción Comunal y los grupos aumentaron

a 14, distribuidos igualmente en básica secundaria y funcionando en dos jornadas; un total de 650

alumnos y 22 profesores. Para 1989 después de adecuar algunos espacios, los grupos aumentaron a 16 con un total de 750 alumnos y 26 profesores, continuando solo en básica secundaria.

En 1992 se creó la educación Media Vocacional en la modalidad de ciencias Humanas, después de

haberse realizado algunas gestiones y estudios de factibilidad por parte de alumnos, profesores y la

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señora rectora. Para este entonces el colegio fue coordinado por varios profesores, entre ellos Bernardo Antonio Morales, Elsy del socorro Peña Vásquez, Libardo González y Víctor Hugo Rentería.

En 1994 es creado el Idem “El Pedregal” por la ordenanza 16E de junio 11 de 1993 dada por la asamblea

Departamental, bajo la administración del Doctor Juan Gómez Martínez como Gobernador del

Departamento, el Doctor Luis Carlos Ochoa, Gobernador (E), Beatriz Restrepo Gallego, Secretaria de Educación, el Doctor Luis Alfredo Ramos Botero, Alcalde de Medellín y el señor Alvaro Pío Valencia,

Secretario General.

Esta creación fue motivada por la necesidad de la comunidad del barrio, de tener su propia institución y para ello las circunstancias estaban dadas, ya que el colegio estaba completamente organizado, gracias a

sus profesores, coordinadores, alumnos, Rectora Amparo Vargas y al esfuerzo de toda la comunidad en

general. En adelante como institución independiente, con filosofía propia y grandes deseos de progresar, se dio inicio a un trabajo duro para mejorar la calidad de vida como lo ordena la Ley General de

Educación y para lograr un mayor sentido de pertenencia y compromiso de toda la comunidad educativa; para ese entonces, el Idem ya contaba con 16 grupos, 750 estudiante de ambos sexos y 27 profesores

distribuidos en dos jornadas.

Como hecho sobresaliente cabe resaltar que a mediados del mes de febrero del mismo año el señor

Bernardo Antonio Morales, quien coordinaba la jornada de la mañana, fue promovido a Rector (el primero del Liceo “El Pedregal”) y designó, junto con los profesores, como colaboradores inmediatos en las

coordinaciones a las profesoras María Rosina Giraldo Henao en la jornada de la mañana y Cor María García Jaimes en la jornada de la tarde.

En 1995, ya como institución independiente, el liceo establece un convenio con el centro Auxiliar de Servicios Docentes, para abrir la modalidad de Ciencias Naturales, con un grupo de 40 estudiantes del

grado 10B y continua con la modalidad de Ciencias Humanas; igualmente se comienza el proceso de adaptación a la Ley 115 de 1994, con la adopción de la nueva metodología de evaluación (evaluación

cualitativa) en todos los grados. Para ese entonces continuaba en las coordinaciones (con descarga) las

profesoras, Rosina Giraldo y Cor María García.

Para 1996 se inicia el año con muchas expectativas, por la futura entrega de la nueva planta física, ubicada en la calle 102 # 74 A 47, a tan sólo una cuadra de la antigua sede. En ese entonces se

implementó como innovación pedagógica la apertura de un espacio dentro del horario académico para la

realización de lúdicas, que fueron recibidas con entusiasmo por la comunidad educativa; inicialmente se ofrecieron actividades como: la banda marcial, el coro, brigada ecológica, carteleras, club de lectura,

basquetbol, y danzas, entre otras.

En el mes de Marzo, La secretaría de Educación Municipal asigna dos profesores para que sea creado un grupo más del grado sexto, que alivia un poco la demanda de éste en el sector. La Escuela “Municipal de

Pedregal” fue el sitio donde se formó este grupo.

Finalmente, el día 24 de octubre se hizo entrega oficial de la planta física a la comunidad educativa en un

acto especial al cual asistieron el Secretario de educación del Municipio, doctor Luis Pérez Gutiérrez y otros funcionarios; igualmente asistieron personas que hicieron parte del proceso de crecimiento de la

institución, el Señor Rector Bernardo Morales, directivos de otras instituciones, el Jefe del Núcleo y la

comunidad educativa del Liceo “El Pedregal”. Con esta entrega se inicia una nueva etapa de metas más amplias y nuevos retos plasmados en el Proyecto de Mejoramiento de la calidad de vida.

El año 1997 se caracterizó por la gran demanda que tuvo el Liceo, especialmente en los grados inferiores

de la básica, el número de grupos aumentó a 26, se ofreció un nuevo énfasis en Sistemas e Informática,

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se implementó definitivamente en el Liceo el énfasis de Ciencias naturales con sus propios equipos y recurso humano y se reestructuró el énfasis de ciencias humanas proyectando su visión hacia la

comunicación social.

La planta de profesores aumentó, ya que la Secretaría de Educación Municipal completó la asignación de

profesores para ambas jornadas con el nombramiento de docentes en las áreas que carecían de recurso humano, incrementándose el número de docentes a 45. También se dio un nuevo impulso a las

actividades artísticas, culturales y deportivas, proyección, prevención y bienestar social, como estrategia para fomentar en los alumnos el sentido de pertenencia por la institución. La realidad de este impulso se

dio gracias a respuesta que varias instituciones entregaron al Liceo a través de su proyecto de gestión. Igualmente cabe resaltar el hecho que por aumento de la planta de personal, la Secretaría de Educación

nombró a las licenciadas Rosina Giraldo y Mónica Lopera para ejercer las funciones de coordinadora de

Disciplina y coordinadora académica respectivamente, del 2003 al 2005 los coordinadores fueron la señora Rosina Giraldo Henao y el señor Jorge Iván Jiménez respectivamente.

A partir del 2006 la señora Rosina Giraldo se retira jubilada y el señor Jorge Jiménez es trasladado por

razón de concurso. Al mismo tiempo varios de los docentes, se presentan al concurso para

coordinaciones, siendo nombradas en encargo: La señora Olga Lucía Botero y la señora María Eugenia Zapata respectivamente.

A partir de la fusión entre Escuelas, Colegios y Liceos, dada en el año 2002 mediante la resolución 16238

del 27 de noviembre del 2002, se crea la INSTITUCIÓN EDUCATIVA EL PEDREGAL MAESTRO FERNANDO BOTERO, conformada por la Escuela Rafael J. Mejía, el Liceo El Pedregal, el Colegio

Maestro Fernando Botero y la Escuela Municipal El Pedregal, la cual deberá garantizar un proceso integral

y ofrecer educación desde el grado 0 hasta el grado 11.

Finalmente el 1º de julio de 2004, mediante la Resolución Municipal 0221 fue creada la INSTITUCIÓN EDUCATIVA EL PEDREGAL, conformada por la Escuela Rafael J. Mejía y el Liceo El Pedregal, con un

total de 58 grupos, 70 docentes, 3 coordinadores, 3 secretarias y 11 empleados de apoyo logístico.

A finales de 2008 y principio de 2009 se presentaron unas dificultades de orden público que género un cambio masivo de personal, salieron el rector, dos coordinadores y varios maestros, en abril del 2009

llega como rectora a la institución Conny Helen Barth León quien ha estado al frente de la institución

desde esos días hasta la fecha.

Como coordinadora la acompaño Carmen Rincón durante dos años y quien fue trasladada por solicitud propia, a ella se le reconoce el mejoramiento en la gestión académica que lidero iniciando los procesos

de recontextualización de las áreas con la universidad de Antioquia, se vinculó a líderes siglo XXI para el mejoramiento institucional en alianza escuelas de calidad de la Secretaria de Educación y Proantioquia, asi

mismo que la construcción de las primeras mallas curriculares.

La Institución ha tenido un gran movimiento en los cargos de la Coordinación, allí han laborado Álvaro

Álvarez, Eliecer Loaiza, Diego Bustamante, Carlos Betancur, En la actualidad los coordinadores que laboran en la institución Educativa son: Carlos Fernando Arango, Farlin Gamboa , José Zapata.

En el trayecto de este trabajo académico la rectora solicita a la Secretaria de Educación se le vincule al el modelo coeducativo Pentacidad que es un proyecto piloto en la ciudad y lo asume la institución como

enfoque al modelo educativo el cual busca formar los educandos integralmente en competencias y valores. Con esta experiencia la institución logra su certificación en noviembre de 2011 a través de

BUREAU VERITAS en la norma técnica NTMP001 en el nivel avanzado. Lastimosamente la secretaria no

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continuo apoyando el proyecto y aunque este continua vigente y es parte fundamental del horizonte Institucional. Se busca con empresas el apoyo para darle continuidad aun sin resultados positivos.

Nos encontramos en la restructuración del PEI adecuándolo a toda la norma educativa de competencias

y valores.

La nueva dirección de la institución ha sido de puertas abiertas, vinculando a padres de familia y

estudiantes en los procesos, el fortalecimiento del Gobierno escolar. En el 2013 hemos realizado la solicitud a la Secretaria de educación para la implementación de la Media

Técnica, la cual fue avalada en las modalidades de Sistemas en el desarrollo de software y Electrónica.

1.5. DIAGNÓSTICO

1.5.1. Sede Rafael J. Mejía

Tiene una buena infraestructura muy cómoda, cuenta con 14 aulas, en las cuales funcionan por aula dos

grupos, uno en la jornada de la mañana y otro en la jornada de la tarde y están distribuidos así: 4 preescolares, 4 primeros, 5 segundos, 5 terceros, 5 cuartos y 5 quintos. Tiene un patio salón cubierto,

juegos recreativos, un escenario deportivo múltiple, baños adecuados, tiene un espacio aparte para los niños de preescolar. Cuenta con servicio de restaurante con capacidad para 300 niños, hay buena gestión

y buen recurso humano con estabilidad, permanencia y compromiso.

Su población dicente es de considerables limitaciones económicas, pero asisten con muchos deseos de

aprender, se sienten apreciados y valorados por sus profesores y los padres de estos niños tienen confianza en la Institución; la trayectoria educativa que ésta ha tenido como formadora de, mínimo tres

generaciones es la que le ha permitido ganarse el cariño, la credibilidad y el reconocimiento de la comunidad de El Pedregal.

1.5.2. Sede Liceo El Pedregal

Es la más moderna de todas, la institución cuenta con una planta física de tres pisos. Tiene 15 aulas distribuidas así: 6 sextos, 5 séptimos, 4 octavos, 4 novenos, 3 décimos, 3 undécimos y funcionan de la

siguiente manera: Los Sextos, séptimos y dos octavos reciben sus clases en la jornada de la mañana; los

otros tres grupos de octavo hasta once, funcionan en la jornada de la tarde.

Tiene baños acondicionados en cada piso, sala de profesores para ambas jornadas en el segundo y tercer piso, secretaría y rectoría y dos coordinaciones bien dotadas cada una para un eficiente funcionamiento.

Tiene un auditorio, una excelente cafetería escolar, un amplio restaurante con capacidad para 400 estudiantes, laboratorios de física y química, servicio de biblioteca, red interna de televisión y otras

ayudas audiovisuales como la emisora, vídeo beam, sala de comunicación y proyector entre otros; tiene

una sala de informática con 21 computadoras, de Medellin digital y ára el 2014 se instalara en la sala anterior (Luis Perez) los nuevos equipos en la nube, posibilitando tener otra aula de sistemas,

adicionalmente el Ministerio de comunicacines y Tics otorgó a la institución 40 portátiles. Cuenta con un amplio salón de artes, banda marcial, depósito de implementos deportivos, salón-oficina para profesores

de educación física. Sin embargo el espacio físico no da para la recreación, el deporte y las clases de

educación física por lo cual, los profesores tenían que sacar a los alumnos a la calle con los riesgos y peligros que ello implica, en el 2009 una bala perdida hiere un estudiante, por esta razón se inicia una

adecuación de espacios al interior, adecuando el patio con mallas protectoras, y tableros de basquetbol. Al ver que no eran suficiente se proyectó una adecuación de un gimnasio que se hace realidad en 2013 y

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que fue inaugurado en agosto, con una inversión de los fondos bastante alta y cuenta con varias máquinas, mancuernas, bicicletas de spinning elípticas.

Aunque hay espacios recreativos en exteriores, no se cuenta con la exclusividad de estos escenarios deportivos para el uso exclusivo del colegio. Esta es una gran necesidad y es prioritario encontrarle

soluciones a este problema.

La gestión administrativa se ha llevado a cabo con gran responsabilidad, honestidad y compromiso; los

coordinadores son trabajadores incansables; el grupo de docentes en su mayoría son licenciados en su área de desempeño y tienen buena preparación, casi todos con especialización o cursando la maestría en

su área de formación.

La INSTITUCIÓN EDUCATIVA EL PEDREGAL tiene un alto nivel de aceptación por parte de la comunidad

y alto grado de reconocimiento y credibilidad. Entre los fenómenos problemáticos, más visibles se encuentran: El madresolterismo, madres cabeza de familia, desempleo, violencia intra familiar y

drogadicción entre otros, lo que dificulta la estabilidad emocional de la familia como tal, afectando de manera directa al estudiante. Situación que de alguna manera obstaculiza el proceso de enseñanza –

aprendizaje a quienes se encuentran en estas circunstancias.

La actitud de los padres y estudiantes frente a las propuestas de formación es muy abierta y receptiva, demostrando con ello el deseo de superación y reconocimiento de los maestros como orientadores para

sus proyectos de vida. En general se acogen a las pautas del manual de convivencia de la institución.

Hablando del recurso humano se puede decir que se cuenta con un grupo calificado de docentes, los

cuales se encuentran comprometidos con su quehacer pedagógico y las actividades institucionales en

general. Los profesores en su gran mayoría hacen constantemente esfuerzos para el mejoramiento académico de los estudiantes, los cuales muestran una gran apatía frente al proceso académico, debido a

la gran influencia familiar y del entorno social de la institución y de sus hogares. La familia por el poco interés en el proceso académico de los estudiantes, no le dedica suficiente tiempo para estar con ellos,

acompañándolo en sus deberes académicos, asignándoles oficios de la casa y ejerciendo un poco de

presión sobre ellos. El entorno social que a su vez está ligado con el entorno familiar es poco favorecedor, ya que el carácter y la voluntad del estudiante están basados en el modus vivendi familiar,

donde ellos aprenden o no a priorizar y establecer metas. A veces llegan estudiantes, no muchos afortunadamente, deprimidos, desanimados y reflejando los conflictos vividos en sus hogares.

Pero vale la pena llamar la atención que en la mayoría de los estudiantes existe un gran respeto y

reconocimiento hacia los profesores y directivos, no son reacios al cumplimiento del manual de convivencia, son alegres y muestran de alguna manera su deseo e interés por estudiar, aunque muchos

no cuentan con un lugar apropiado para el estudio, con una buena técnica de estudio y aprendizaje, tienen muchos distractores y algunos viven en mucha soledad porque falta alguno de los padres y con el

que cuenta tiene que salir a trabajar.

Contando con la voluntad que pone la mayoría de los integrantes de la comunidad educativa en sus

estamentos: directivos, docentes, padres de familia que colaboran, y optimizando los recursos con los que se cuenta, se pueden alcanzar las metas y objetivos propuestos en el Proyecto Educativo Institucional.

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2. PRESENTACIÓN

El área de Gestión directiva y horizonte institucional involucra los procesos orientados a facilitar la coordinación e integración de los procesos institucionales y la inclusión del establecimiento educativo en

los contextos local y regional. Los procesos específicos de esta área se agrupan en:

Direccionamiento estratégico: establece el fundamento filosófico y la proyección de la institución que

dan sentido y orientan los planes y proyectos institucionales. La apropiación de este direccionamiento

y el establecimiento de metas colectivas deben servir de guía a la acción institucional.

Seguimiento y evaluación: considera la evaluación y el seguimiento como un proceso sistemático y

permanente en la institución educativa que se realiza a partir de información organizada. El análisis y la apropiación de los resultados de la misma orientan la toma de decisiones en la institución.

Comunicación: orienta las estrategias para la coordinación de acciones, entre cada área y con los

diversos procesos al interior de la institución, y permite compartir y socializar el conocimiento que se genera. Además, pondera, los mecanismos más adecuados para informar a la comunidad educativa e

involucrarla en el trabajo de autoevaluación.

Alianzas: determina las políticas y acciones implementadas por la institución educativa para facilitar el

intercambio con otras instituciones y proveer ayudas y/o servicios que apuntalen el desarrollo del proyecto pedagógico.

Clima institucional: abarca los procesos orientados a facilitar la convivencia armónica entre los

diferentes miembros de la comunidad educativa en el marco de la integración institucional y conlleva el diseño de estrategias para promover la creación de ambientes propicios al desarrollo de las actividades

u acciones institucionales.

Gobierno escolar: comprende los procesos de participación de la comunidad educativa, tanto en la

proyección de la institución como en la orientación y seguimiento de su proyecto educativo.

El reto institucional de esta área es el de armonizar y coordinar los esfuerzos de las diferentes áreas de

gestión de la institución en consonancia con su horizonte institucional; horizonte que en la medida que

es pertinente prepara a la institución para responder a los múltiples retos que debe enfrentar.

2.1. LA GESTIÓN DIRECTIVA

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GESTIÓN DIRECTIVA Y HORIZONTE INSTITUCIONAL

Facilita la coordinación e integración de los procesos institucionales y la inclusión del establecimiento educativo en los contextos local y regional.

Direccionamiento estratégicoEstablece el fundamento filosófico y

la proyección de la institución

Comunicación Estrategias para la coordinación de

acciones y permite compartir y socializar el conocimiento.

Seguimiento y evaluaciónProceso sistemático y permanente que se realiza

a partir de información organizada.

AlianzasPolíticas y acciones implementadas por la institución para facilitar el

intercambio con otras instituciones

Clima institucional Procesos orientados a facilitar la convivencia

armónica entre los diferentes miembros de la comunidad educativa

Gobierno escolarProcesos de participación de la

comunidadEducativa en la proyección de la

institución y en la orientacióny seguimiento de su proyecto

educativo.

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2.2. DIRECCIONAMIENTO ESTRATÉGICO

2.2.1. MARCO LEGAL

La constitución política de 1991 y especialmente en los artículos 67 y 68, reconoce que el papel estratégico de la educación es fundamental para la construcción de un modelo de desarrollo,

fundamentado en la participación, la política y la equidad; crea las condiciones propicias para la construcción de un nuevo proyecto de nación que se apoye tanto en el desarrollo económico como en el

desarrollo educativo y cultural.

En ese contexto, expresado no sólo en la constitución sino también en la ley general de la educación, 115

de 1994, se señala el compromiso de los miembros de las comunidades para elaborar participativamente el Proyecto Educativo Institucional (art.6º), con el fin de promover el desarrollo de las personas y de la

sociedad, en el ámbito del respeto por los derechos ciudadanos fundamentales y el respeto por las

diferencias, buscando la construcción de una sociedad democrática y pluralista.

En ese sentido la Institución Educativa El Pedregal, con su nueva configuración, tendrá la responsabilidad de desarrollar su quehacer, acorde con las exigencias y demandas de la sociedad, lo cual requiere un

replanteamiento de su organización y su gestión, a fin de lograr procesos educativos que permitan un desempeño participativo y creativo de las personas en los procesos institucionales y sociales.

Además del artículo 73, donde se le pide a las Instituciones educativas, elaborar y poner en práctica el

PEI, agrega en su parágrafo que éste debe responder a situaciones y necesidades de los educandos de la región y del país, además debe ser concreto, factible y evaluable.

De igual manera el decreto reglamentario 1860, en su artículo 14 traza las pautas de contenido del PEI, teniendo en cuenta las condiciones sociales, económicas y culturales del medio, y buscando siempre”la

formación integral de los educandos”. Una vez construido el PEI, que hacerlo, es de carácter obligatorio, según el artículo 16 del 1860, la institución se acogerá al artículo 15 del mismo decreto reglamentario en

el cual se le pide adoptarlo, con la autonomía que la ley le concede para formularlo y ponerlo en práctica.

La ley general de educación además de reconocer la autonomía personal, institucional, regional y nacional

en el desarrollo del Proyecto Educativo Institucional y el modelo de convivencia, propende porque cada persona y grupo social, asuma de manera consciente, y con su capacidad, la responsabilidad de contribuir

a la vivencia real de la democracia participativa.

Para mejorar el rumbo de la educación, la ley 715 de 2001 (con la cual se derogó la ley 60 de 1993),

reglamenta el sistema general de participaciones, y ha dispuesto la forma de distribución de los recursos del sector educativo. Se han formulado las políticas y objetivos de desarrollo para el sector educativo y se

han dictado normas para la organización y prestación del servicio con miras a mejorar la calidad; también se han definido allí las competencias en educación para las entidades territoriales; esta es otra norma que

forma parte del marco legal en el que se rige la Institución Educativa El Pedregal.

En materia de currículo, evaluación y promoción de los educandos y evaluación institucional, la Institución

educativa transita, como todas las instituciones oficiales y privadas, por los senderos trazados en el decreto 230 del año 2002 del ministerio de educación nacional, elaborado con el fin de cumplir con la

exigencia del artículo 79 de la constitución nacional, el literal d) del numeral 2, del artículo 148 de la ley 115, en el cual se le exige al ministerio “fijar los criterios para evaluar el rendimiento escolar de los

educandos y para promoción a niveles superiores”. Igualmente para reglamentar el numeral 5.5. del

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artículo 5º. de la ley 715/01 que contempla que la nación “establecerá las normas técnicas curriculares y pedagógicas para los niveles de educación preescolar, básica y media, sin perjuicio de la autonomía de las

instituciones educativas y de la especificidad de tipo regional.

Las Instituciones educativas públicas y privadas, también estarán sujetas a la inspección y vigilancia por

parte del gobierno nacional. Para tal efecto el gobierno nacional consignó tales disposiciones en el decreto 1283 del 2002, donde se “organiza un sistema de inspección y vigilancia para la educación

preescolar, básica y media”. Este decreto cumple con lo establecido en el numeral 111.1 del artículo 111 de la ley 715 de 2001, en cuyos términos dice: “Concédase facultades extraordinarias al Presidente para

organizar un sistema de inspección, vigilancia y control, adaptable a distintos tipos de instituciones y regiones, que permita atender situaciones especiales”.

En relación a la regulación de las relaciones del Estado con los educadores a su servicio, el gobierno expidió el decreto 1278 de 2002 como Estatuto de Profesionalización Docente.

El numeral 11 del artículo 189 de la constitución nacional, el numeral5.8 del artículo 5 de la ley 715 y el

parágrafo 1º. Del artículo 10 de la misma ley, originaron la expedición, por parte del gobierno nacional, el

decreto 2582 del 2003 con el cual se establecen reglas y mecanismos generales para la evaluación del desempeño de los docentes y directivos docentes que laboran en los establecimientos educativos

estatales.

Por último, cabe anotar que desde el artículo 9º, de la ley 715 que es donde está la definición de Institución educativa, fue donde se originó lo que hoy se está experimentando con la fusión de dos

establecimientos en uno sólo.

“Institución Educativa” es un conjunto de personas y bienes promovida por las autoridades públicas o por

particulares, cuya finalidad será prestar un año de educación preescolar y nueve grados de educación básica como mínimo, y la media. Las que no ofrecen la totalidad de dichos grados se denominarán

centros educativos y deberán asociarse con otras instituciones con el fin de ofrecer el ciclo de educación

básica completa a los estudiantes”(...) y más adelante agrega: “Las instituciones educativas combinarán los recursos para brindar una educación con calidad, la evaluación permanente, el mejoramiento continuo

del servicio educativo y los resultados del aprendizaje, en el marco de su Programa Educativo Institucional”.

El PEI de la Institución Educativa El Pedregal es un PEI incluyente y por lo tanto se fundamenta en los siguientes decretos nacionales y regionales:

El decreto 2082 de 1996 en sus artículos 6, 7, 8 promueve la inclusión: “los establecimientos educativos

estatales y privados deberán tener en cuenta lo dispuesto en el presente decreto al proceder a elaborar el currículo al desarrollar los indicadores de logros por conjunto de grado establecidos por el ministerio de

educación nacional y al definir los logros específicos dentro del respectivo proyecto institucional cuando

atiendan personas con limitaciones o con talentos o capacidades excepcionales” esto significa, que los indicadores de logro existentes en 1996 a través de la resolución 2343 se convierte en un referente

nacional para la adaptación curricular. A demás, el decreto 0230 de 2002 plantea que: “Para el currículo se debe tener en cuenta los fines, objetivos, normas técnicas (como los estándares curriculares) y

lineamientos curriculares nacionales; es decir, que las adaptaciones curriculares tienen en cuenta estos

aspectos del orden nacional”

El decreto 1290 La Institución Educativa El Pedregal construirá su sistema de evaluación, realizará adecuaciones curriculares, organizativas, pedagógicas, de recursos físicos tecnológicos, materiales,

educativo y de capacitación y perfeccionamiento docente y en general de accesibilidad que sean

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necesarias para la formación integral de acuerdo con la ley y otros reglamentos; a demás, se incluirán proyectos personalizados en donde se interrelacionen componentes, instrumentos y medios de la

estructura del servicio educativo ofrecido para que la integración de niños y jóvenes con necesidades educativas especiales, procure desarrollar niveles de motivación, competitividad y realización personal.

2.2.2. Identificación legal

2.2.2.1. Creación

Con la nueva organización educativa se fusionaron cuatro establecimientos y a través de la resolución 16238 del 27 de noviembre de 2002, expedida por la secretaría de educación y cultura del departamento

de Antioquia se creó la nueva institución con el nombre de: Institución Educativa el Pedregal Maestro

Fernando Botero.

Posteriormente en el mes de abril (21 de 2003) y a través de la resolución No. 033 se revoca la razón social anterior y se constituye el nuevo nombre como: Institución Educativa Maestro Fernando Botero ,

acto legal consignado en el párrafo sexto del artículo segundo de la mencionada resolución.

Debido al reacomodamiento organizativo de la educación se separan de nuevo las cuatro instituciones y son fusionadas de a dos, por un lado la escuela especial municipal con la Fernando Botero y por otro lado

se crea LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA EL PEDREGAL a través de la Resolución municipal 0229 del 1° de julio de 2004, quedando conformada como ya se ha dicho por la anterior escuela Rafael J. Mejía y el Liceo

el pedregal. En el 2013 recibimos la nueva resolución N° 10744 del 30 de octubre de 2013 que autoriza la prestación

de la media técnica en las modalidades de electrónica y desarrollo de software.

2.2.2.2. Inscripción ante el DANE

Con la fusión de los establecimientos, la nueva institución educativa queda inscrita ante el DANE con la

misma inscripción y el mismo NIT que tenía el anterior Liceo El Pedregal así: Inscripción ante el DANE: Código 105001-19191

NIT. :811019733-6 Código ICFES: 065722

Las inscripciones individuales que tenían los otros tres establecimientos desaparecen.

2.2.3. SÍMBOLOS INSTITUCIONALES

2.2.3.1. EL ESCUDO:

Composición

El timón: Representa la conducción, orientación y guía que la institución imprime en sus estudiantes para

llevarlos al desarrollo de sus potencialidades.

El sol: Representa la inteligencia como el don de Dios que le permita a la comunidad educativa, iluminar,

corregir y mostrar caminos a los educandos para el alcance de la meta de la visión del Proyecto Educativo Institucional.

El papiro y las dos manos: El papiro es el símbolo de los medios educativos, de los recursos humanos y

físicos que le permiten a la institución, brindar un ambiente propicio para el desarrollo personal y del

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PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL (PEI)

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conocimiento. Las dos manos expuestas a ambos lados muestran el tipo de estudiante que llega a la institución y los valores que allí adquieren para ser vividos en la sociedad y en sus familias.

Ramas de olivo: Representa la naturaleza que nos rodea y la exhortación a cuidarla y protegerla como

patrimonio universal de toda la comunidad.

Las expresiones CIENCIA, RESPETO, PAZ, ALEGRÍA, PROYECCION Y PERTENENCIA son los valores que la

institución cultiva y proyecta como propuesta formativa de su misión y filosofía.

2.2.3.2. LA BANDERA

La bandera de la institución está compuesta por tres franjas en colores amarillo, blanco y azul.

El amarillo simboliza la riqueza, tanto material como espiritual, por lo que estamos llamados a promoverla; va en forma diagonal del extremo superior izquierdo al inferior derecho.

El azul simboliza la trascendencia, el espíritu de la conquista del ser humano que cada día tiende a

perfeccionarse para vivir dignamente. La franja blanca simboliza la paz, la convivencia y la armonía de la comunidad educativa.

2.2.3.3. HIMNO

INSTITUCION EDUCATIVA EL PEDREGAL

CORO Viviremos como personas nuevas

En el ejemplo queremos educar Con valores, ciencia y competencias

La Institución Educativa El Pedregal.

Estrofa I

Bienvenidos a su segundo hogar

Encontrarás educación siempre integral Y unidos tenemos que luchar

Con mucha fuerza en pro de un ideal Y con gusto llevamos muy adentro

La comunidad educativa en general.

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Estrofa II

Luz en la sobra que resplandecen

Como estrellas harán brillar Los niños junto con los jóvenes

Llevando la misión de progresar Y con mucha firmeza son generación

Universal.

Coro

Estrofa III

Heredamos la estirpe del pasado La educación en primer lugar

Con alegría, proyección y pertenencia

Son valores que tenemos que alcanzar Y todos tomados de las manos

Buscando siempre triunfar.

Estrofa IV Cultura y ciencia reverdecerán

En nuestra Institución Educativa

El Pedregal Alumnos, padres y maestros siempre

Con en la verdad crecerán Y guiados por el Altísimo

Forjarán el futuro nacional.

Coro

Estrofa V

A la naturaleza cuidaremos Ancha senda que forja el porvenir

En paz, alegría y respeto Teniendo la visión del ser social

Y como ciudadanos para el bien

De la patria inmortal.

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MARCO REFERENCIAL DEL PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL.

La institución educativa El Pedregal se organiza y estructura de acuerdo a las directrices consignadas en la

legislación propia del país, l a f i l o s o f í a y e l modelo pedagógico institucional que apoya una formación y

educación de calidad.

FILOSOFÍA INSTITUCIONAL

La Institución Educativa “El Pedregal” tiene como propósito fundamental la formación y el desarrollo humano integral de

personas, entendiendo como integral, la formación del ser del hombre (con valores), del conocer del hombre (conocimiento), y del hacer (competencias). Cuando se habla de formación se está pensando en “un proceso por el que

se adquiere cultura, como el modo específicamente humano de dar forma a las disposiciones y capacidades naturales del hombre” (Hans George Gadamer). La institución concibe la educación como “proceso mediante el cual se establecen

nuevas relaciones entre conocimiento, intencionalidad y pedagogía; entre cultura y saber popular y entre estado y sociedad civil,” Es decir, que el conocimiento no se separa de los demás componentes de la realidad, del educando. Y

hablando de educando en la institución se tiene la ciencia de que es un ser pensante (homosapiens), un ser social

histórico (homo éthicus), es también un ser lúdico – creativo (homo ludens) y un ser productivo (homo faber); este es el hombre inacabado, en un continuo hacerse, de cuerpo y alma, criatura de Dios, pluridimensional, que se pregunta por su

ser, por su saber y su hacer y será la escuela, a través de sus educadores, la que oriente sus respuestas y le ayude a encontrar el sentido de su existencia y a desarrollar su proyecto de vida. El educador según el artículo 104 de la ley 115

de 1994, es “el orientador en los establecimientos educativos de un proceso de formación, enseñanza y aprendizaje de los

educandos, acorde con las expectativas sociales, culturales, éticas y morales de la familia y la sociedad. Es el factor fundamental del proceso educativo”.

Además la institución, como la escuela, es la promotora de la ciencia, la investigación y la tecnología, la defensora de los derechos humanos y los recursos naturales. También es filosofía de la institución basarse en los principios

constitucionales, en los fines y objetivos del sistema de educación Nacional para el mantenimiento de su legalidad jurídica

y el apoyo Gubernamental, que permite alcanzar los propósitos específicos de formar integralmente personas autónomas y democráticas, con capacidad crítica, analítica, creativa y sensitiva que se ajusten a un medio social determinado, como

personas responsables, con sentido de pertenencia, defensores de la paz, de los intereses de la nación y de su entorno; que cultiven los valores humanos universales, los derechos humanos y el respeto por la vida, siempre con miras a la

superación personal y proyección comunitaria.

Se concluye por lo anterior que “la Institución Educativa El Pedregal dentro de su filosofía es formadora de

personas nuevas que actúan con respeto, solidaridad, responsabilidad y compromiso social, promotora de

la investigación, la ciencia y la tecnología, y defensora de los derechos humanos y los recursos naturales”.

Por tanto, el PROYECTO EDUCATIVO DE LA INSTITUCION EDUCATIVA EL PEDREGAL parte de dichos principios.

MARCO FILOSÓFICO:

VISIÓN GENERAL Y DIMENSIONES DESDE EL MODELO PENTACIDAD: PARADIGMA DE LA IDENTIDAD

PERSONAL.

Este paradigma se basa en las leyes naturales de la vida, donde todo forma una unidad y una entidad

propia e irrepetible con el reconocimiento de todo su potencial y el derecho a su realización total.

Toma como referencia para la interpretación de los acontecimientos sociales, los procesos personales de

Aprendizaje, el desarrollo humano y las relaciones interpersonales,

el paradigma de la identidad o de la esencia tanto de las personas como de los elementos naturales,

culturales y sociales, supone reconocer y aceptar la existencia humana como una vivencia propia, soberana y

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legitimada.

Cada persona nace con una identidad sexual, es una mujer o es un hombre, lo que le configurará unas

características fisiológicas, un cuerpo determinado mediante el cual se desarrollará su vida. También nace con una identidad esencial, donde se albergan todas sus potencialidades y que cuenta con tres atributos

principales: amor, poder y equilibrio, su yo esencial, le convierte en un ser único e irrepetible y le ayuda

a conectarse consigo misma, con el resto de las personas, con el planeta y con el universo en su totalidad.

Lo natural es que cada persona desarrolle su identidad personal, creciendo integralmente dentro de su cuerpo, con su mente, y con sus emociones, en un compromiso personal y social de responsabilidad y

corresponsabilidad.

A medida que la conexión con el yo esencial se desvanece, la psique interior trata desesperadamente de reemplazar la sabiduría original innata por un ego que funcione, por desgracia las voces paternas interiorizadas al servicio de la adaptación al sistema de dominación – sumisión no pueden cumplir este objetivo y lo que se produce entonces es una máscara o imagen idealizada.

El coste de esta adaptación es la desconexión progresiva de su yo esencial, sustituyendo su sabiduría

y seguridad innata por un ego que funcione de: sumisión, agresividad y retraimiento o inhibición que son las actitudes distorsionadas de Amor, Poder y Equilibrio.

La persona, desde el punto de vista educativo, debe considerarse como una entidad global que busca un

equilibrio armonioso entre la mente y el cuerpo, una relación estrecha entre lo afectivo y cognitivo y una autonomía e independencia en el ámbito privado-doméstico y en el ámbito público. Con identidad,

autonomía, singularidad, libertad… capaz de transformar la sociedad y organizar el mundo de manera justa e

igualitaria1.

1 Diccionario de Valores y capacidades Pentacidad. Pág. 21,23

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PRINCIPIOS Y VALORES DEL MODELO PENTACIDAD.

Modelo Coeducativo Global tiene como principio y fin a la persona, y como objetivo fundamental la formación en

igualdad y corresponsabilidad.

Desde el punto de vista filosófico, el paradigma de la “Identidad Personal”, aporta un nuevo marco de

análisis,”. Cada persona nace con una identidad sexual, es una mujer o es un hombre, lo que le configurará

unas características fisiológicas, un cuerpo determinado, mediante el cual se desarrollará su vida. También nace con una identidad esencial, donde se albergan todas sus potencialidades y cuyos atributos principales son: amor,

poder y equilibrio, su yo esencial, le convierte en un ser único e irrepetible con una existencia humana propia, soberana y legitimada. Desde este reconocimiento planteamos el principio de igualdad y

declaramos que todas y cada una de las personas nacen con este potencial, por lo tanto les asisten los mismos derechos y la misma dignidad.

A través del reconocimiento real del yo esencial con todo su potencial y sus atributos, de plena

identificación de la característica sexual hombre o mujer y de la aceptación total del cuerpo, comienza el desarrollo de la identidad personal. Para la educación, el paradigma de la identidad personal, aporta una nueva visión a la hora de abordar la capacitación, competencias personales y de ejercer la responsabilidad que tiene, como agente social de primer orden, en la superación de las discriminaciones existentes: por razón de sexo-género, condición social, origen étnico, religioso, etc. También ayuda a revisar críticamente los diferentes enfoques pedagógicos, psicológicos, sociológicos y epistemológicos que avalan el "hecho de educar". En el campo pedagógico esta revisión se realiza desde la Coeducación, que parte de la identidad natural de

ser hombre o mujer y supera los estereotipos “masculino y femenino”, ayuda a cada una de las personas a sobrepasar los límites impuestos por la cultura sexista dominante y de esa manera, se consigue, que cada

persona se vea así misma con autoridad, con protagonismo, tomando las riendas de su vida, construyendo su propia identidad y corresponsabilizándose con las demás personas en relaciones de igualdad y de equidad.

En lo epistemológico, este paradigma ecléctico reúne los aspectos positivos muchas de las escuelas existentes, favorece el desarrollo no discriminatorio de cada una de las personas, supone una verdadera

revolución en las formas de interpretar la vida y las relaciones humanas potenciando la sabiduría, el poder personal y el desarrollo de la inteligencia global. Potenciamos la sabiduría personal como base del descubrimiento espontáneo y práctico del mundo interior y

exterior en los conceptos intuitivos que la persona capta de si misma y del entorno. De esta manera construirá y reelaborará el conocimiento que le facilita la seguridad y confianza en si misma y una conducta

coherente en los ámbitos de su vida personal, familiar, laboral, social y amorosa. Buscando un equilibrio armónico entre la mente y el cuerpo, una relación estrecha entre lo afectivo y cognitivo y una autonomía e

independencia en el ámbito privado- doméstico y en el ámbito público.

La fundamentación sociológica se basa en el análisis de la transmisión de valores de género “femenino-

masculino”, culturales, sociales, religiosos… que se imponen a las personas a través de las identidades colectivas y que éstas interiorizan mediante la conducta estereotipada según su sexo, origen étnico,

social o religioso, con el fin de perpetuar la dominación de unos seres humanos sobre otros. Asumimos la capacidad y responsabilidad que cada persona tiene para transformar la sociedad,

superando las discriminaciones de todo tipo, respetando la diversidad, relacionándose con el medio desde la

corresponsabilidad, la armonía y el equilibrio. Por ello, creamos el ámbito social en la Pentacidad, como centro

neurálgico y estructural de las relaciones humanas. En él se crean las redes y se eligen los sistemas de

comunicación en las áreas principales de la vida: con la propia persona, es decir, conmigo, la familia, las

amistades, el trabajo y las relaciones amorosas. El sistema de relación que elegimos se basa en los

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principios de igualdad y equidad, los que descubrimos a las otras personas, nos comunicamos y nos

relacionamos con ellas, reconociendo su identidad, su poder y su autoridad personal. Desde el punto de vista psicológico partimos de la aceptación total de la persona con sus características

físicas, psíquicas, emocionales… capaces de generar placer y sentimientos de amor, alegría y confianza.

Mediante la adquisición de actitudes asociadas a valores y capacidades (Pentacidad), la persona puede

actuar con coherencia entre lo que piensa, lo que siente, lo que dice y lo que hace y de esa manera puede dar

una respuesta adecuada ante cualquier situación y desarrollar su inteligencia global.

Tomamos el componente emocional como base de toda actividad y la autoaceptación como elemento

motivador, el querer aprender. Por tanto los sentimientos y la expresión de sus deseos serán la base

fundamental del proceso mediante el cual la persona, aprende a expresarse y a comunicarse. Potenciar el desarrollo de la inteligencia global, permite que nos detengamos en el proceso de expresar,

escuchar, hablar, sentir, conocer e interactuar desde la corresponsabilidad. De esta manera, cada alumna y

alumno se va entrenando poco a poco en ser consciente y responsable de todas sus acciones, observando las

repercusiones que tienen lo que dice y lo que hace en las otras personas y en el entorno que le rodea.

Como síntesis de lo anterior, el modelo aborda el afianzamiento de ochenta (80) valores de manera

progresiva asociada a las capacidades y ámbitos ya mencionados.

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MAPA DE MACROPROCESOS.

} GESTIÓN DIRECTIVA GESTIÓN CALIDAD

GESTIÓN ACADÉMICA- PEDÁGOGICO

GESTIÓN MISIONAL GESTIÓN COMUNITARIO (FAMILIA Y ENTORNO)

GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA

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HERRAMIENTAS AUTOREGULADORAS

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OBJETIVOS.

OBJETIVO INSTITUCIONAL.

Consolidar el sistema educativo en los diversos macroprocesos de gestión,desarrollando planes y acciones concretas con el objeto de fortalecer y mejorar continuamente el quehacer educativo desde el Modelo Pedagógico social y la estrategia metodológica de calidad del modelo educativo Pentacidad.

MISIÓN La Institución Educativa El Pedregal, es un establecimiento de carácter oficial, que presta servicios educativos según el

calendario escolar del núcleo 921 a los integrantes de la comuna 6, Partiendo de procesos pedagógicos donde se aplique la

igualdad de valores de estas personas y apoyándose del modelo coeducativo de Pentacidad; a su vez participa en la formación del talento humano, con personas idóneas y comprometidas”

.

VISION

La institución Educativa El Pedregal, para el año 2016, será una entidad líder en la comuna 6 en prestar servicios de

formación, bajo el modelo coeducativo de Pentacidad, al tener personal competente en la gestión de sus procesos, que aporten a la transformación del mejoramiento en la calidad de vida de las personas involucradas.

CREENCIAS

La institución concibe la educación como la articulación entre conocimiento, competencias y valores para la

formación integral de nuestros educandos. El aula fundamentalmente es un espacio de construcción de significados y sentidos, una microsociedad en la que se

tejen todas las relaciones sociales.(lineamientos curriculares de lengua castellana: El rol del docente p.35) El Educador es un orientador de los proceso de formación de los estudiantes teniendo en cuenta el contexto en

el cual esté inmersa la institución.

La institución educativa, es la promotora de la ciencia, la investigación y la tecnología, la defensora de los derechos humanos y los recursos naturales.

El estudiante es una persona íntegra, responsable con capacidad para trabajar en forma colaborativa

PRINCIPIOS INSTITUCIONALES

La institución se fundamenta en principios básicos que son necesarios para el desarrollo de los principios

pedagógicos y demás actividades contempladas en el P. E. I. permitiendo el desarrollo de los proyectos. Estos principios son:

Racionalidad: Selecciona en forma coherente las alternativas que permitan el mejor aprovechamiento de los

recursos. Universalidad: Orienta la totalidad de los proyectos abarcando los diferentes factores y etapas del proceso

educativo.( Unidad: Integra planes, formando un todo orgánico compatible con su permanencia, mejoramiento y

continuidad.

Adaptabilidad: Permite disponibilidad frente a los permanentes cambios.

Flexibilidad: De acuerdo con el aspecto legal, hacer las modificaciones necesarias para su aplicación.

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Compromiso: Asignar funciones a los estamentos de la comunidad educativa, motivando su participación y

compromiso. Factor Limitante: Considera hasta qué punto es posible el desarrollo de planes y proyectos teniendo en cuenta los

recursos disponibles. Dirección: Orienta los objetivos alcanzables en forma gradual.

VALORES INSTITUCIONALES

SOLIDARIDAD: La voluntad de ayudar a los que necesitan comprometiéndose con la búsqueda de soluciones a

sus problemas. (Ámbito social)

TOLERANCIA: Reconocer, respetar y aceptar al otro en la diferencia (ámbito social)

EQUIDAD: Capacidad para dar en la justa medida lo que le corresponde a cada quien.(ambito mente)

AMOR: Capacidad de sentirse uno con el universo. Respetarse y respetar al otro, sentir. (ámbito emocional)

RESPETO: El valor del respeto se ejerce cuando mostramos aprecio y cuidado por el valor de algo o de alguien.

Puede estar dirigido hacia los derechos y la dignidad de las demás personas, hacia los de nosotros mismos y también hacia el entorno natural, incluyendo las plantas y los animales que lo integran. (ámbito cuerpo –social)

LA INTEGRIDAD: consiste en aceptar un deber y apegarse a el en todos los actos de la vida. (Ámbito identidad)

AUTONOMIA. Entereza, firmeza de carácter, facultad de no depender de otros. Capacidad para emanciparse. (Ámbito

de la identidad)

PERFILES

PERFIL DEL ESTUDIANTE:

Tendrá gran sentido de pertenencia familiar, institucional y social, transformando su realidad a través de la defensa de

Los derechos y promoción de los deberes humanos. Con alto sentido de convivencia ciudadana mediante el respeto por la Vida y las diferencias individuales. Será Promotor de la ciencia y la tecnología con compromiso, respeto y conservación del

Medio ambiente.

PERFIL DEL DOCENTE

El docente de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA EL PEDREGAL, está llamado a cumplir un servicio social, dirigido a niños, jóvenes y padres de familia. Debe ser un orientador que comparta sus conocimientos creando un equilibrio entre el ser, el hacer y el

saber.

PERFIL DEL DIRECTIVO DOCENTE Debe ser una persona de alta calidad humana, autentica y honesta para poder dirigir a sus colaboradores, estudiantes

personal administrativo y de servicio. Idóneo en el desempeño de su cargo, dispuesto al cambio, con capacidad de

adaptabilidad y flexibilidad para dar soluciones ecuánimes y equilibradas a las diferentes situaciones que se le presenten. Debe propiciar espacios para el crecimiento en valores, la integración de la comunidad, trabajo en equipo y la proyección

institucional.

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PERFIL DEL PADRE DE FAMILIA

Los padres de familia de los estudiantes de la INSTITUCIONEDUCATIVA EL PEDREGAL, aceptan y viven la filosofía de la

institución. Son personas comprometidas, responsables y conscientes de la formación de sus hijos, satisfacen todas las

necesidades de éstos. Mantienen una comunicación constante y asertiva con docentes y directivos. Copartícipes con las responsabilidades académicas, disciplinarias y sociales que vayan en pro de la superación personal de su hijo y de toda la

comunidad educativa.

PERFIL DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO:

Facilitadores de los procesos propios del desarrollo normal del servicio educativo, sirviendo de apoyo permanente a las

actividades que resulten del quehacer diario de la rectoría, la coordinación y los docentes, además estar siempre dispuestos a prestar un servicio amable, respetuoso y cordial a todos los miembros de la comunidad educativa.

PERSONAL DE SERVIVIOS GENERALES:

Se caracterizan por mantener en todo momento un ambiente limpio y confortable que brinde las condiciones de aseo, orden y seguridad para un buen desarrollo de las actividades académicas.

POLITICA DE CALIDAD

“Ofrecemos desde la Institución Educativa el Pedregal, la asistencia en educación de los niveles Preescolar, Básica y Media, buscando superar las expectativas de la comunidad al ofrecer un servicio coeducativo, bajo un sistema de gestión por

procesos, que aplica las leyes vigentes sobre educación, laborales, ambientales, en salud ocupacional y calidad; esto es posible por el personal competente y los proveedores confiables, que cumplen los objetivos establecidos por el plan

estratégico de la institución y a punta a la mejora continua en cada una de sus áreas”.

OBJETIVOS DE CALIDAD.

Fortalecer los procesos de mediación y convivencia frente a los conflictos institucionales mediante el proceso de la

aplicación del modelo coeducativo de Pentacidad Mejorar el nivel de desempeño académico de los estudiantes.

Establecer con la comunidad educativa canales de comunicación eficaces y eficientes que permitan relaciones de igualdad y equidad que favorezcan los procesos de inclusión y el mejorar el clima organizacional.

Incrementar los niveles de satisfacción de la comunidad educativa frente a los procesos institucionales. Gestionar y administrar éticamente los recursos para la prestación del servicio educativo.

CAPITULO 2

2. GOBIERNO ESCOLAR 2.1 DEFINICIÓN

El gobierno escolar es el conjunto de individuos y organismos encargados de la orientación, dirección y administración de las

instituciones educativas. Estos órganos de gobierno se constituyen posibilitando la participación democrática de todos los

estamentos de la comunidad educativa según lo dispone el artículo 142 de la Ley 115 de 1.994.

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PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL (PEI)

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De acuerdo con la Ley General de Educación y el artículo 18 del Decreto 1860 de 1.994, la comunidad educativa esta

constituida por las personas que tienen responsabilidades directas en la organización, desarrollo y evaluación del Proyecto Educativo que se ejecuta en una Institución Educativa. Dicha comunidad educativa se compone de: 1) Estudiantes, 2)

Padres de familia y/o acudientes, 3) Docentes, 4) Directivos docentes y 5) Egresados. Concluye el artículo señalando: «Todos ellos son competentes para participar en la dirección de las instituciones de educación y lo harán por medio de sus

representantes en los órganos del gobierno escolar...

2.2 CONFORMACIÓN DEL GOBIERNO ESCOLAR

Según lo establecido en el artículo 20 del Decreto 1860 de 1.994, el gobierno escolar de la Institución Educativa EL PEDREGAL, estará conformado por:

1. El Consejo Directivo, como instancia directiva, de participación de la comunidad educativa y de orientación académica y administrativa del establecimiento.

2. El Consejo Académico, como instancia superior para participar en la orientación pedagógica del establecimiento.

3. El Rector, como representante legal del establecimiento ante las autoridades educativas y ejecutor de las decisiones del gobierno escolar.

4. Otros organismos y cargos de participación en el gobierno escolar serán elegidos para períodos anuales, pero

continuarán ejerciendo sus funciones hasta cuando sean reemplazados. En caso de vacancia, se elegirá su reemplazo para el resto del período.

2.3. INTEGRACIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO

Según lo establecen los artículos 142 y 143 de la Ley 115, el art. 21del Decreto 1860 de 1994 y el Decreto 1286 de 2005, el Consejo Directivo, estará integrado por ocho (8) miembros así:

El rector, quien lo presidirá y convocará ordinariamente una vez al mes y extraordinariamente cuando lo considere conveniente.

Dos representantes del personal docente, elegidos por mayoría de los votantes en una asamblea de docentes.

Dos representantes de los padres de familia, que sean miembros del Consejo de Padres (como lo establece el art. 8 del Decreto 1286/2005). Si se da el caso que plantea el parágrafo 2 del artículo 9 del Decreto 1286 de 2005 («Cuando el

número de afiliados a la asociación de padres alcance la mitad más uno de los padres de familia de los estudiantes del

establecimiento educativo, la asamblea de la asociación elegirá uno de los dos representantes de los padres ante el consejo directivo, caso en el cual el consejo de padres elegirá solamente a un padre de familia como miembro del

consejo Directivo»), los representantes de los padres ante el directivo serán uno de la Asociación de Padres y otro del Consejo de Padres.

Un representante de los estudiantes elegido por el Consejo de Estudiantes, entre los alumnos que se encuentren

cursando el ultimo grado.

Un representante de los ex-alumnos, elegido por el Consejo Directivo, de ternas presentadas por las organizaciones que

aglutinan a la mayoría de ellos o en su defecto, representará a los ex-alumnos quien haya ejercido en el año inmediatamente anterior, el cargo de representante de los estudiantes.

Un representante de los sectores productivos organizados en el ámbito local o de las entidades que auspicien y/o apoyen el funcionamiento del establecimiento. Este representante será elegido por el Consejo Directivo, de candidatos

propuestos por las respectivas organizaciones.

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El Personero de los estudiantes. Quien participara con voz y sin voto.

2.3.1 CRITERIOS DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DIRECTIVO

Cualquier miembro de la comunidad educativa, puede invitar a diferentes organizaciones y establecimientos a participar

en la elección de representante de los sectores productivos y/o entidades de apoyo de la institución.

Los miembros del Consejo Directivo, diferentes al rector, serán elegidos para períodos de un año y en casos de gestión

muy eficiente, podrán ser reelegidos cuantas veces consideren conveniente los respectivos electores.

Del mismo modo, si un porcentaje superior al 50% de los electores del representante de un estamento (lo cual se verifica mediante actas de escrutinio donde figuran los votos obtenidos para acceder al cargo), solicitan en forma oral o

escrita durante las sesiones del Consejo Directivo su destitución o revocatoria del mandato, señalando los argumentos

que sostienen su petición y pruebas pertinentes que justifiquen la solicitud, este deberá ser removido del cargo, el cual será ocupado por quien obtuvo la segunda votación más alta.

Los representantes de los diferentes estamentos ante el consejo directivo, podrán enviar suplentes o delegados en caso

de inasistencia eventual a alguna reunión, para efectos de mantener siempre quórum al momento de tomar decisiones.

Para tomar decisiones dentro del Consejo Directivo será necesaria la presencia de la mitad más uno de sus integrantes

(los delegados se cuentan como integrantes).

Los delegados que se mencionan en los numerales anteriores, deberán ser del mismo estamento que representa el miembro del consejo directivo que no estará presente. Para nombrar este delegado, se recurrirá en primera instancia a

los candidatos al cargo que obtuvieron mayor votación después de él, en orden descendente. Si mediante este

mecanismo no se logra conseguir un delegado, se buscará entre los miembros del estamento, alguno que quiera y pueda prestar este servicio eventual, ya que fundamentalmente el gobierno escolar es una responsabilidad de todos los

miembros de la comunidad educativa y «todos ellos son competentes para participar en la dirección de las instituciones de educación» (art. 18, Decreto 1860/94).

En todos los casos de ausencia prolongada o definitiva de un miembro del Consejo Directivo por licencia autorizada, renuncia, traslado, destitución, revocatoria del mandato, etc., el miembro ausente deberá ser reemplazado temporal o

definitivamente, según el caso, por quien obtuvo la segunda votación más alta durante el proceso electoral que le permitió acceder al cargo. En el caso de candidatos únicos, el Comité de Democracia Escolar gestionará con el estamento

respectivo el procedimiento para elegir un nuevo representante ante el Consejo Directivo.

Los miembros del Consejo Directivo que falten sin justificación y no envíen delegados a tres reuniones, serán revocados del cargo, bien sea por solicitud del organismo que los eligió o por petición de los otros miembros del Consejo Directivo

Cuando el Rector, como responsable de presidir el Consejo Directivo de la institución, no pueda asistir a alguna de las

reuniones ordinarias o extraordinarias, deberá delegar a alguno de los asistentes a dicha reunión, para que se encargue

de moderarla y para que lleve en forma oral o escrita sus puntos de vista frente a los temas que se van a discutir. La inasistencia del rector, no podrá ser motivo para cancelar las reuniones ordinarias o extraordinarias del Consejo Directivo,

que fueron previamente programadas, acordadas y/o convocadas.

A las reuniones del Consejo Directivo podrá asistir cualquier miembro de la comunidad educativa que lo desee y así lo

manifieste por escrito a este organismo. Solo se impedirá el acceso a las sesiones, cuando la mayoría de los miembros de este organismo consideren que no es pertinente la apertura, por motivos de seguridad o por la delicadeza, gravedad y/o

privacidad del tema a tratar o por otros motivos razonables.

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Las fechas, horario y lugar de reunión del consejo directivo, deben publicarse en un lugar visible al cual tengan acceso

todos los miembros de la comunidad educativa.

En las reuniones ordinarias del Consejo Directivo, deberá desarrollarse toda la agenda, comenzando con la lectura del acta anterior y terminando con proposiciones y varios. En caso de no alcanzar a abordar todos los temas, se deberá citar

una reunión extraordinaria en la fecha más próxima posible, para terminar de desarrollar todos los puntos establecidos

en el orden del día.

Toda solicitud o misiva que se desee enviar al Consejo Directivo, deberá entregarse a la secretaria de la institución (con copia al rector y a quienes se desee que la conozcan). Dicha correspondencia deberá ser leída después de que se lea el

acta anterior y deberá ser retomada en proposiciones y varios, para dar respuesta a cada una. El consejo directivo deberá enviar respuesta, en forma oral (vía delegado) o en forma escrita, a toda la correspondencia que le sea enviada.

Cuando la mayoría de los miembros del consejo directivo (cinco), soliciten por escrito al rector de la institución una reunión extraordinaria de este organismo, el rector deberá convocarla para una fecha dentro de los cinco días hábiles

siguientes a la fecha en la cual recibió la solicitud.

2.3.2. FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO

a. De acuerdo con el artículo 144 de la Ley 115 de 1994 y el artículo 23 del Decreto 1860 de 1994, son las siguientes:

b. Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la institución, excepto las que sean competencia de otra autoridad.

c. Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre los docentes y administrativos con los alumnos del establecimiento educativo y después de haber agotado los procedimientos previstos en el reglamento o manual de

convivencia;

d. Adoptar el manual de convivencia y el reglamento de la institución;

e. Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles para la admisión de nuevos alumnos;

f. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa, cuando alguno de sus miembros se sienta

lesionado;

g. Aprobar el plan anual de actualización académica del personal docente presentado por el Rector;

h. Participar en la planeación y evaluación del proyecto educativo institucional, del currículo y del plan de estudios y

someterlos a la consideración de la Secretaría de Educación respectiva o del organismo que haga sus veces, para que verifiquen el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley y los reglamentos;

i. Estimular y controlar institución educativa: el buen funcionamiento de la institución educativa

j. Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del alumno, que han de incorporarse al reglamento o manual de convivencia. En ningún caso pueden ser contrarios a la dignidad del estudiante.

k. Participar en la evaluación de los docentes, directivos docentes y personal administrativo de la institución;

l. Recomendar criterios de participación de la institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas;

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m. Establecer el procedimiento para permitir el uso de las instalaciones en la realización de actividades educativas,

culturales, recreativas y sociales de la respectiva comunidad educativa;

n. Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles;

o. Fomentar la conformación de Asociaciones de Padres de Familia y de estudiantes;

p. Reglamentar los procesos electorales previstos en el presente decreto;

q. Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y provenientes de pagos legalmente autorizados, efectuados por los padres y responsables de la educación de los alumnos, tales como derechos académicos, uso de libros

de texto y similares, y complementarios.

r. Darse su propio reglamento.

Además, de acuerdo con la Ley 715 de 2001 y su Decreto Reglamentario 992 de 2002, el Consejo Directivo tiene otras

responsabilidades en relación con el Fondo de Servicios Educativos:

s. Analizar, introducir ajustes pertinentes y aprobar mediante acuerdo, el presupuesto de ingresos y gastos a partir del

proyecto presentado por el rector director. t. Definir la administración y manejo del Fondo y hacer el control permanente del flujo de caja ejecutado.

u. Aprobar las adiciones al presupuesto vigente, así como también los traslados presupuéstales que afecten el acuerdo

anual de presupuesto.

v. Aprobar los estados financieros del Fondo de Servicios Educativos de la respectiva Institución, elaborados de acuerdo con

las normas contables vigentes.

w. Reglamentar los procedimientos presupuéstales, las compras, la contratación de servicios personales, el control interno,

el manejo de inventarios y el calendario presupuestal, con sujeción a las normas vigentes.

x. Determinar los actos y contratos que requieran su autorización expresa, cuando no sobrepasen los veinte (20) salarios mínimos legales mensuales vigentes y reglamentar sus procedimientos, formalidades y garantías, cuando lo considere

conveniente. Para los casos de cuantías superiores se aplicarán las reglas del estatuto de contratación vigente,

y. Establecer mecanismos de control para el funcionamiento del Fondo de Servicios Educativos.

z. Determinar la forma de realización de los pagos y de los recaudos del Fondo de Servicios Educativos de la institución.

2.3.3. LAS DECISIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO

Las decisiones que por mayoría se tomen dentro del Consejo Directivo deben ser respetadas y ejecutadas oportuna y eficientemente por el rector de la institución, excepto en el caso de que vayan en contra de la legislación y las normas

vigentes, evento en el cual deberán ser impugnadas. Para que el rector pueda cumplir adecuadamente esta labor de materializar las decisiones y las políticas trazadas por el Consejo Directivo, constituirá con los coordinadores de la

institución un comité operativo, que será el encargado de gerenciar y coordinar los diferentes procesos.

Las dudas que surjan al interior de este organismo, en relación con la legalidad o no de una decisión, deberán ser

consultadas con organismos calificados como: el Núcleo, las Secretarías de Educación municipal y departamental y el MEN.

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Cuando el rector de la institución, como responsable de la ejecución de las decisiones del gobierno escolar, desconozca o no ejecute oportuna y eficientemente las decisiones emanadas del Consejo Directivo, o falte constantemente a las

reuniones del mismo, los demás miembros de este organismo, tienen la responsabilidad de señalarle su falta en forma oral inicialmente, dejando constancia en acta. En caso de persistir la negligencia, deberán notificar a la comunidad

educativa y a los organismos administrativos y de control competentes dicha irregularidad.

En cuestiones de mucha trascendencia o algidez a nivel institucional, el Consejo Directivo antes de tomar decisiones

podrá promover con sujeción a las normas, el debate público con capacidad decisoria y/o la consulta popular, como mecanismos de participación de la comunidad educativa, para conocer la voluntad mayoritaria de esta. En este tipo de

eventos se integrarán los cinco estamentos de la comunidad educativa en tres grandes asambleas: la primera de alumnos y ex-alumnos, la segunda de docentes y directivas, y la tercera de padres de familia y/o acudientes.

Las propuestas que sean aprobadas mayoritariamente en dos de estas tres asambleas donde están representados todos los estamentos de la institución, serán de obligatorio cumplimiento y por tanto deberán ser las que apruebe el consejo

directivo.

Los procedimientos y condiciones para la realización de consultas populares y debates públicos con capacidad decisoria,

las definirá el Consejo Directivo y las socializará oportunamente.

Cuando el Consejo Directivo recurra a los mecanismos de participación de la comunidad educativa, anteriormente señalados, deberá presentar propuestas concretas y bien formuladas. Además deberá promover un proceso previo de

sensibilización y concientízación frente a este tipo de eventos, para que haya una participación responsable y significativa en los mismos y no terminen decidiendo apenas unos pocos a quienes les interesan los procesos institucionales, como

generalmente ocurre.

REGLAMENTO DEL CONSEJO DIRECTIVO( VER ACUERDO 8 DE MAYO DE 2012 QUE SE ENCUENTRA AL FINAL

2.4. INTEGRACIÓN DEL CONSEJO ACADÉMICO

Siguiendo los lineamientos del artículo 145 de la Ley 115 y del art. 24 del Decreto 1860 de 1994, el Consejo Académico,

estará conformado por el Rector, quien lo preside, los directivos docentes y un docente por cada área definida en el plan de estudios.

2.4.1. FUNCIONES DEL CONSEJO ACADÉMICO.

Según lo establecido en el artículo 24 del Decreto 1860 de 1994, el Consejo Académico cumplirá las siguientes funciones:

a. Servir de órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión de la propuesta del proyecto educativo institucional;

b. Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las modificaciones y ajustes, de acuerdo con el

PEI [Consultar capítulo V del decreto 1860. El artículo 37 del mismo decreto deja claro que «el currículo o sus modificaciones serán formalmente adoptadas por el Consejo Directivo de cada establecimiento educativo, con la

participación técnica del Consejo Académico en todo el proceso],

c. Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución;

d. Participar en la evaluación institucional anual;

e. Conformar las comisiones de evaluación y promoción para la evaluación periódica del rendimiento de los educandos y

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para la promoción, asignarles sus funciones y supervisar el proceso general de evaluación;

f. Recibir los reclamos de los estudiantes sobre la evaluación educativa, y decidir sobre ellos.

g. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el proyecto educativo institucional.

2.4.2. CRITERIOS DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ACADÉMICO

El Consejo Académico como instancia superior para participar en la orientación pedagógica del establecimiento (art. 20 Decreto. 1860/94), no es la instancia directiva de la institución. Sus propuestas deben ser aprobadas por el Consejo

Directivo, como máximo organismo de participación, encargado de la dirección del establecimiento. Los ámbitos en los cuales el Consejo Académico puede tomar decisiones, son únicamente los que estén establecidos en la legislación

vigente y los que el Consejo Directivo le delegue mediante documento escrito o mediante la reglamentación planteada en

este manual de convivencia.

El Consejo Directivo le dará autonomía al C.A. para resolver todo tipo de problemas académicos de los estudiantes y para aprobar, organizar y fijar fechas correspondientes a eventos académicos, incluyendo los procesos de evaluación y

promoción de estudiantes.

Estas cuestiones pasarán al consejo directivo, solo en caso de que las decisiones de allí emanadas sean apeladas por

algún miembro de la comunidad educativa o impliquen transformaciones y decisiones de tipo administrativo para poder ser ejecutadas.

Será función de los coordinadores, mantener informados a los docentes de las decisiones y cronogramas que se

establezcan en el Consejo Académico. En segunda instancia serán los representantes de grado y área, los responsables

de esta tarea.

Los representantes de área, que por algún motivo no puedan asistir a las reuniones ordinarias o extraordinarias, deberán enviar un delegado de su mismo grado o área, para que esta no se quede sin representación. El incumplimiento de esta

responsabilidad, es causal de revocatoria de la representación.

A las reuniones del Consejo Académico de la I E EL PEDREGAL, podrá asistir cualquier miembro de la comunidad

educativa que lo desee y así lo manifieste por escrito a este organismo. Solo se impedirá el acceso a las sesiones, cuando la mayoría de los miembros de este organismo consideren que no es pertinente la apertura, por motivos de seguridad o

por la delicadeza, gravedad y/o privacidad del tema a tratar o por otros motivos razonables.

2.5 FUNCIONES DEL RECTOR

De acuerdo con lo establecido en el artículo 25 del Decreto 1860 de 1994, le corresponde al rector:

a. Orientar la ejecución del proyecto educativo institucional y aplicar las decisiones del gobierno escolar.

b. Velar por el cumplimiento de las funciones docentes y el oportuno aprovisionamiento de los recursos necesarios para el

efecto;

c. Promover el proceso continuo de mejoramiento de la calidad de la educación en el establecimiento.

d. Mantener activas las relaciones con las autoridades educativas, con los patrocinadores o auspiciadores de la institución y

con la comunidad local, para el continuo progreso académico de la institución y el mejoramiento de la vida comunitaria;

e. Establecer canales de comunicación entre los diferentes estamentos de la comunidad educativa;

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f. Orientar el proceso educativo con la asistencia del Consejo Académico;

g. Ejercer las funciones disciplinarias que le atribuyen la ley, los reglamentos y el manual de convivencia;

h. Identificar las nuevas tendencias, aspiraciones e influencias para canalizarlas en favor del mejoramiento del proyecto

educativo institucional;

i. Promover actividades de beneficio social que vinculen al establecimiento con la comunidad local.

j. Aplicar las disposiciones que se expidan por parte del Estado, atinentes a la prestación del servicio público educativo, y

k. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el proyecto educativo institucional.

De acuerdo con el artículo 10 de la Ley 715 de 2001

El rector además de las funciones señaladas en otras normas, tendrá las siguientes:

Dirigir la preparación del Proyecto Educativo Institucional, con la participación de los distintos actores de la comunidad

educativa.

Presidir el Consejo Directivo y el Consejo Académico de la institución y coordinar los distintos órganos del gobierno escolar.

Representar el establecimiento ante las autoridades educativas y la comunidad escolar.

Formular planes anuales de acción y de mejoramiento de la calidad, y dirigir su ejecución.

Dirigir el trabajo de los equipos docentes y establecer contactos interinstitucionales para el logro de las metas educativas.

Realizar el control sobre el cumplimiento de las funciones correspondientes al personal docente y administrativo y

reportar las novedades e irregularidades del personal a la Secretaría de Educación distrital, municipal, departamental o

quien haga sus veces.

Administrar el personal asignado a la institución en lo relacionado con las novedades y los permisos.

Participar en la definición de perfiles para la selección del personal docente, y en su selección definitiva.

Distribuir las asignaciones académicas y demás funciones de los docentes, directivos docentes y administrativos a su

cargo, de conformidad con las normas sobre la materia.

Realizar la evaluación anual de desempeño de los docentes, directivos docentes y administrativos a su cargo. Imponer las sanciones disciplinarias propias del sistema de control interno disciplinario de conformidad con las normas

vigentes.

Proponer a los docentes que serán apoyados para recibir capacitación.

Suministrar información oportuna al departamento, distrito o municipio, de acuerdo con sus requerimientos.

Responder por la calidad de la prestación del servicio en su institución.

Rendir un informe al Consejo Directivo de la institución educativa al menos cada seis meses.

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Administrar el Fondo de Servicios Educativos y los recursos que por incentivos se le asignen, en los términos de la

presente ley.

Publicar una vez al semestre en lugares públicos y comunicar por escrito a los padres de familia, los docentes a cargo de cada asignatura, los horarios y la carga docente de cada uno de ellos.

Las demás que le asigne el gobernador o alcalde para la correcta prestación del servicio educativo.

Parágrafo 1°. El desempeño de los rectores y directores será evaluado anualmente por el departamento, distrito o municipio, atendiendo el reglamento que para tal fin expida el Gobierno Nacional......

Finalmente, el artículo 11 del Decreto 1497 de 2009, le asigna a los rectores, en relación con el Fondo de Servicios Educativos, las siguientes funciones:

Elaborar el proyecto anual del presupuesto del Fondo de Servicios Educativos de la respectiva Institución, y presentarlo para aprobación al Consejo Directivo.

Elaborar el Flujo de Caja del Fondo estimado mes a mes, hacerte los ajustes correspondientes y presentar los informes

de ejecución por lo menos cada tres meses al Consejo Directivo.

Elaborar los proyectos de adición presupuestal debidamente justificados y presentarlos, para aprobación, al Consejo

Directivo, así como también los proyectos relacionados con los traslados presupuéstales.

Celebrar los contratos, suscribir los actos y ordenar los gastos, con cargo a los recursos del Fondo, de acuerdo con el Flujo de caja y el plan operativo de la respectiva vigencia fiscal, previa disponibilidad presupuestal y de tesorería.

Firmar los estados contables y la información financiera requerida y entregarla en los formatos y fechas fijadas para tal fin.

Efectuar la rendición de cuentas en los formatos y fechas establecidos por los entes de control.

Publicar en un lugar de la institución, visible y de fácil acceso, el informe de ejecución de los recursos del Fondo de Servicios Educativos, con la periodicidad que indique el Consejo Directivo.

Presentar un informe de ejecución presupuestal al final de cada vigencia fiscal a las autoridades educativas de la entidad

territorial que tiene a su cargo el establecimiento educativo estatal, incluyendo el excedente de recursos no

comprometidos si los hubiere.

El rector será el líder, coordinador y dinamizador del comité operativo, integrado por rector y coordinadores de la institución. Este organismo será el encargado de materializar las políticas y decisiones tomadas por los Consejos Directivo y Académico.

La gestión de este comité se constituirá en una gerencia colegiada.

De acuerdo con las funciones que el artículo 25 del Decreto 1860 de 1994 y Ley 715 de 2001 le asignan a los rectores de las

instituciones educativas, el rector tendrá competencia para realizar cambios de jornada, entre docentes y coordinadores de la institución, cuando la necesidad del servicio lo requiera. Hasta donde sea posible, se llevará a cabo este procedimiento, en

forma concertada.

2.6. OTROS ORGANISMOS Y CARGOS DE PARTICIPACIÓN EN EL GOBIERNO ESCOLAR

Al interior de la Institución Educativa EL PEDREGAL, se constituyen como agentes con una significativa capacidad de participación en los procesos propios de la vida y del gobierno escolar los siguientes organismos y cargos:

La Asamblea de profesores de toda la Institución, además de las asambleas de docentes de cada jornada.

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La Asamblea general de padres de familia de la institución, además de las asambleas de cada jornada (Definida en el

artículo 4 del Decreto 1286 de abril 27 de 2005).

La Asamblea de estudiantes de toda la institución, además de la asamblea de los estudiantes de cada jornada.

La Asociación de Padres de Familia

La Asamblea General de Padres de Familia está conformada por la totalidad de los padres de familia del establecimiento

educativo, quienes son los responsables del ejercicio de sus deberes y derechos en relación con el proceso educativo de sus Hijos. Debe reunirse obligatoriamente mínimo dos veces al uño por convocatoria del Rector o Director del

establecimiento

El Consejo de Padres de Familia de la Institución

La Asociación de Ex-alumnos

El Consejo de Estudiantes.

Los representantes de grado ante el Consejo de Estudiantes.

El personero de los estudiantes y los personeritos escolares

Los representantes de grupo.

El Comité de Democracia

Si bien todos estos organismos y cargos son totalmente autónomos para tomar decisiones, para organizarse internamente y

para gestionar, deberán presentar siempre ante el Consejo Directivo sus propuestas de trabajo y planes de acción dentro y fuera de la institución, para que allí sean conocidas, aprobadas y apoyadas, ya que ningún organismo de participación dentro

de la institución puede funcionar desarticulado del Consejo Directivo, que es el máximo organismo de participación de los

diferentes estamentos de la comunidad educativa y de dirección de la institución. En ese sentido, no será suficiente con informar al rector y obtener de él aprobación para las actividades y proyectos que se vayan a desarrollar, en todos los casos

será necesario el aval del Consejo Directivo.

2.6.1 LA ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA

A diferencia de la Asamblea de Padres, que está integrada por todos los padres de los estudiantes de la institución; la Asociación de Padres de Familia, es una organización privada sin ánimo de lucro, constituida voluntariamente por un grupo

de padres y acudientes de los estudiantes matriculados en la institución, cuyo objetivo es apoyar al establecimiento en el desarrollo del Proyecto Educativo Institucional (PEÍ). Esta Asociación es dirigida por la Junta Directiva y su máximo órgano de

poder es la asamblea de socios. El Decreto 1286 de abril 25 de 2005, en sus artículos 9a 12, 14 y 15, reglamenta así el

funcionamiento de las asociaciones de padres: Artículo 9°. Asociaciones de padres familia. Para todos los efectos legales, la asociación de padres de familia es una entidad

jurídica de derecho privado, sin ánimo de lucro, que se constituye por la decisión libre y voluntaria de los padres de familia de los estudiantes matriculados en un establecimiento educativo.

Parágrafo 2°. El consejo de padres de cada establecimiento educativo ejercerá estas funciones en directa coordinación con

los rectores o directores y requerirá de expresa autorización cuando asuma responsabilidades que comprometan al establecimiento educativo ante otras instancias o autoridades.

Artículo 8a. Elección de los representantes de los padres familia en el consejo directivo. El consejo de padres de familia, en una reunión convocada para tal fin por el rector o, director del establecimiento educativo, elegirá dentro de los primeros

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treinta días del año lectivo a los dos representantes de los padres de familia en el consejo directivo del establecimiento

educativo. Los representantes de los padres de familia solo podrán ser reelegidos por un período adicional. En todo caso los representantes de los padres ante el consejo directivo deben ser padres de alumnos del establecimiento

educativo. Los docentes, directivos o administrativos del establecimiento educativo no podrán ser representantes de los padres de

familia en el consejo directivo del mismo establecimiento en que laboran.

3.6.2. ASOCIACIÓN DE EXALUMNOS DE LA I.E EL PEDREGAL

Esta es otra organización sin ánimo de lucro, que está integrada por los exalumnos de la institución que desean apoyar el

desarrollo del proyecto educativo institucional. Su máxima autoridad es la asamblea de socios y es dirigida por una Junta Directiva. Según el Decreto 1860 de 1994, artículo 21, inciso 5, la Asociación de Exalumnos, como entidad que los aglutina,

debe elegir el tema de candidatos a representante de los exalumnos ante Consejo Directivo, para que dicho consejo decida

quien se quedará en el cargo.

3.6.2.1 . REPRESENTACIÓN DE LOS EGRESADOS Y EXESTUDIANTES

Referente legal: Artículo 139 de la Ley 115 de febrero 08 de 1994; Artículo 32 del Decreto 1860 de agosto 03 de 1994

Los egresados y exestudiantes de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA EL PEDREGAL, debidamente organizados hacen parte de la comunidad educativa. Algunas de sus funciones son:

1. Cumplir con los requisitos para las asociaciones de egresados y exestudiantes, como lo contempla la legislación

colombiana.

2. Escoger el representante de los egresados y exestudiantes al Consejo Directivo de la Institución.

3. Servir de órgano consultivo del Consejo Directivo en aspectos extracurriculares.

4. Servir de apoyo en actividades de proyección institucional.

5. Gestionar con anticipación el préstamo de equipos, dependencias y/o materiales ante la Rectoría o la instancia que ésta

determine.

6. Darse su propio Reglamento.

2.6.2.1. LA JUNTA DIRECTIVA DE LA ASOCIACION DE EXALUMNOS Es el órgano encargado de la dirección de la Asociación de Exalumnos de la IE y de la administración de sus programas,

proyectos y recursos. Además tiene entre sus funciones, nombrar una terna de candidatos para que se elija entre ellos al representante de los exalumnos en el Consejo Directivo de la institución.

2.6.3. EL CONSEJO DE ESTUDIANTES Como lo señala el artículo 29 del Decreto 1860 de 1994, este es el máximo órgano colegiado que asegura y garantiza el

continuo ejercicio de la participación por parte de los educandos. Si bien es un organismo dirigido y orientado por los estudiantes y con total autonomía para tomar decisiones, para organizarse internamente y para gestionar, deberá presentar

ante el Consejo Directivo sus propuestas de trabajo y planes de acción, para que allí sean conocidos, aprobados y apoyados, ya que ningún organismo de participación dentro de la institución puede funcionar desarticulado del Consejo Directivo que es

el máximo organismo de participación de los diferentes estamentos de la comunidad educativa y de dirección de la

institución.

El Consejo de estudiantes está integrado por un vocero de cada uno de los grados de la institución. Los estudiantes de los grados preescolar a tercero son representados ante el consejo estudiantil por un vocero del grado tercero. De este modo el

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Consejo de estudiantes de la IE, esta conformado por nueve (9) miembros. Adicionalmente, en la IE; deberán asistir a todas

las reuniones del consejo de estudiantes, el personero y el representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo. Ellos, con el presidente del Consejo de estudiantes, serán los principales líderes y dinamizadores de los procesos estudiantiles

dentro de la institución. La inasistencia reiterada a dichas reuniones, sin justificación, será causal de solicitud de revocatoria del mandato, ya que este es un espacio privilegiado para conocer las problemáticas estudiantiles y para trabajar

mancomunadamente con los otros líderes estudiantiles de la institución. Finalmente, en la IE, el Consejo de Estudiantes

podrá invitar a participar en forma permanente u ocasional, con vos y sin voto, a todos aquellos miembros de la comunidad educativa (estudiantes, egresados, padres, profesores, directivas) que deseen apoyar los procesos de organización y gestión

de los estudiantes. En caso de renuncia o revocatoria del mandato del representante de un grado ante el consejo de estudiantes, la vacante

debe ser inmediatamente reemplazada por el candidato que obtuvo la segunda votación más alta durante el proceso electoral. En el caso de candidatos únicos, el Comité de Democracia Escolar y Veeduría Ciudadana de la IE (CODE) convocará

una asamblea de estudiantes del grado para nombrar un nuevo representante.

Entre las funciones del Consejo de Estudiantes están:

Darse su propia organización interna (reglamento, distribución de cargos, etc.).

Elegir el representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo de la institución, asesorarlo y vigilarlo en el desarrollo

de su función como representante de los intereses y necesidades de los estudiantes (no de sus propios intereses). Invitar a sus reuniones a los estudiantes y demás miembros de la comunidad educativa que presentan iniciativas sobre el

desarrollo de la vida estudiantil.

Identificar con el apoyo permanente de los representantes de grupo, los problemas y necesidades académicas, de convivencia, de capacitación, de asistencia, etc., de los estudiantes, luego diseñar proyectos de trabajo e intervención,

orientados a la solución de dichos problemas y finalmente presentarlos ante los estudiantes, ante organismos del sector y

de la ciudad y especialmente, ante los órganos del gobierno escolar pertinentes (Consejo Directivo, Consejo Académico y Rector), para que sean autorizados y apoyados en diferentes formas (recursos, capacitación, asistencia, asesoría).

Darse a conocer ante los estudiantes de las jornadas ofrecidas.

Dar a conocer a los estudiantes en forma oral o escrita, las actividades y proyectos que han desarrollado o planean desarrollar en beneficio de los estudiantes, por lo menos cada tres meses, a través del boletín trimestral.

Promover la integración entre los diferentes representantes de grupo, la socialización de las dificultades y fortalezas de

los diferentes grupos, el intercambio de iniciativas de acción, etc.

Buscar por intermedio de los organismos del gobierno escolar y de otras organizaciones dentro y fuera de la institución,

talleres y actividades de formación en liderazgo, gestión de proyectos, resolución de conflictos, etc., para los representantes de grupo y otros líderes que se identifiquen en los distintos grados, de tal manera que se vaya

consolidando un equipo fuerte y bien formado de dirigentes estudiantiles que realmente tengan voz y presencia en la institución.

Presentar ante el consejo directivo su plan de trabajo para el año, con un cronograma que establezca claramente las fechas y horarios de actividades, de reuniones ordinarias, de encuentros con representantes de grupo, etc., para que

desde este organismo sean autorizadas desde el comienzo del año escolar.

Presentar a los coordinadores y docentes el cronograma autorizado por el consejo directivo cada vez que se vayan a

reunir según las fechas previstas.

En caso de requerir reuniones extraordinarias, solicitar autorización firmada por los coordinadores respectivos, presentando por escrito la programación de la reunión y el tiempo que se requiere para realizarla.

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Participar activamente en los procesos de evaluación y veeduría de los aspectos académicos, disciplinarios y administrativos de la IE.

Otras que el mismo consejo estipule o que les asignen los organismos del gobierno escolar y el manual de convivencia.

A los miembros del consejo de estudiantes no se les colocarán faltas de asistencia cuando se encuentren reunidos desarrollando las funciones propias de su cargo ya que han sido autorizadas por el consejo directivo o por la coordinación

según el caso. En caso de que citen a los representantes de grupo u otros líderes estudiantiles, a estos tampoco se les colocará falta de asistencia. En todos los casos, estos estudiantes deberán responder en forma puntual y eficiente por sus

actividades académicas y tendrán derecho a presentar en fechas posteriores las pruebas y talleres que se hayan realizado durante su ausencia. El CODE(comité de Democracia escolar), deberá hacer la veeduría de estos procesos estudiantiles, para

asegurar que estas libertades y posibilidades no sean mal utilizadas.

2.6.3.1. LOS REPRESENTANTES DE GRADO ANTE EL CONSEJO DE ESTUDIANTES

Según el artículo 29 del Decreto 1860, para la constitución del Consejo Estudiantil, se debe proceder en la siguiente forma: El

Consejo Directivo deberá convocar en una fecha dentro de las cuatro primeras semanas del calendario académico, sendas

asambleas integradas por los alumnos que cursen cada grado, con el fin de que elijan de su seno, mediante votación secreta, un vocero estudiantil para el año lectivo en curso.

En la IE, estas asambleas las orientará un delegado del Comité de Democracia Escolar. (CODE). Inicialmente se hará un proceso de sensibilización e información en relación con las funciones del Consejo Estudiantil. Una vez realizado este proceso

previo, se abrirá el espacio para que en forma voluntaria o mediante la postulación por parte de otros compañeros, se inscriban los aspirantes al cargo. Se invitará especialmente a los representantes de grupo para que presenten su candidatura.

Terminadas las inscripciones, cada aspirante procederá a presentar sus antecedentes como líder estudiantil, sus motivaciones

para pertenecer al Consejo de estudiantes y sus proyectos y propuestas de trabajo. Finalmente, después de esta presentación, se procederá a realizar la votación, cuyo resultado deberá quedar consignado en un acta de escrutinio, donde

estarán organizados en orden descendente los votos obtenidos por cada candidato, para efectos de facilitar procesos de suplencia en caso de revocatoria del mandato, cambio de institución o de jornada, renuncia, etc. En caso de presentarse un

empate, se realizará una segunda vuelta, en la cual los candidatos implicados volverán a presentar su propuesta y se hará

una segunda votación. Si persiste el empate, se procederá a sortear los cargos de representante de grado y suplente entre aquellos candidatos que obtuvieron el empate.

Son funciones del representante de grado ante el Consejo Estudiantil:

1. Servir como mediador en conflictos donde el representante de grupo no logró acuerdos.

2. Promover el cumplimiento de los deberes y derechos de los estudiantes de los distintos grupos del mismo grado,

comenzando con su propio ejemplo.

3. Reunirse por lo menos una vez al mes con los representantes de grupo del mismo grado, de ambas jornadas, para conocer problemáticas y proponer alternativas de solución.

4. Asistir a las reuniones del Consejo estudiantil y presentar excusa, además de enviar un delegado o suplente (de los que obtuvieron menos votos y si no los hay, un alumno del mismo grado) en caso de que vaya a faltar.

5. Responder por la ejecución de las tareas que al interior del Consejo Estudiantil se le asignen.

6. Capacitarse en procedimientos para la resolución de conflictos.

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LOS REPRESENTANTES DE GRUPO

Aunque este cargo no se encuentra contemplado en la legislación educativa vigente, en la IE los representantes de grupo

serán los voceros de sus compañeros ante las diferentes autoridades de la institución y los dinamizadores de procesos significativos y formativos dentro de su grupo.

Es aquel o aquella estudiante elegido(a) democráticamente por sus compañeros, para representar el grupo ante el Consejo

Estudiantil y las instancias superiores.

En cada grado se elegirá un(a) Representante y un(a) suplente. El estudiante que registre mayor votación será el (la)

Representante y el segundo en votación será el suplente. Todo el proceso deberá estar consignado en actas.

La institución programará al inicio del calendario escolar las fechas para la organización de la elección de los (las) Representantes de grupo, recomendando que la elección del Consejo Estudiantil se realice el mismo día. . Esta asamblea

deberá ser presidida y orientada por los directores de grupo, quienes desarrollarán antes de la elección, un proceso de

sensibilización e información en relación con: 1) el proceso de elección

2) las funciones, la importancia, el perfil y las causales de revocatoria del mandato del cargo de representante de grupo.

Los cargos y organismos de participación de los estudiantes de la IE en el gobierno escolar son: representante de grupo, representante de grado ante el Consejo de estudiantes, Personero de los estudiantes y representante de los estudiantes ante

el Consejo Directivo para desempeñar cualquiera de estos cargos, los alumnos deberán cumplir los siguientes requisitos:

Llevar matriculado en la institución por lo menos un año (excepto en el caso de los alumnos de preescolar), para que cuenten con un conocimiento significativo de la realidad escolar.

Tener una elevada motivación por el trabajo comunitario, el liderazgo estudiantil y por la formación en estos aspectos, ya que serán actividades fundamentales durante el desempeño de su cargo.

No tener ningún tipo de vinculación laboral o académica, formal o informal que le ocupe la mayor parte o toda la jornada

contraria, disminuyendo radicalmente la disponibilidad de tiempo para atender los compromisos del cargo, los cuales se

desarrollan muchas veces en horario extra-escolar.

No haber presentado los siguientes problemas académicos y/o disciplinarios durante el año inmediatamente anterior:

1) pérdida de una o más materias al finalizar el grado. 2) Anotaciones en el observador por faltas graves o gravísimas.

3) Contrato pedagógico disciplinario, 4) Compromiso académico o de asistencia.

Haber demostrado durante su trayectoria como estudiante de la institución, que es una persona capaz de enfrentar en forma

inteligente, honesta, comprometida, pacífica, solidaria, crítica y creativa, las problemáticas personales, sociales, políticas,

ambientales, académicas y técnicas que día a día se le han presentado.

Haber mostrado sentido de pertenencia hacia el grupo y la institución. Haber mantenido buenas relaciones con sus compañeros y con los demás miembros de la comunidad educativa.

Conocer el manual de convivencia de la institución.

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Representante de grupo: Debe caracterizarse por su sentido de pertenencia y colaboración con la institución. Con gran capacidad de liderazgo y relaciones interpersonales en especial con sus compañeros de grupo. Demostrar buen rendimiento académico y disciplinario el cual se evidenciara con los resultados y seguimiento del año inmediatamente anterior, dado que las elecciones son al principio del año escolar.

Son funciones del (la) representante del grupo:

a) Colaborar con Rectoría, Coordinadores y docentes, en los asuntos que crea de conveniencia para provecho y formación de los compañeros.

b) Ser intermediario del grupo y canal de comunicación ante las directivas de la institución. c) Representar el grupo en diferentes actividades y colaborar en el cumplimiento de las mismas y reglamentos del plantel.

d) Detectar necesidades, presentar alternativas de solución y ayudar en su ejecución.

e) Colaborar con el (la) Orientador(a) de Grupo en la ejecución de las tareas propias del grupo. f) Llevar el registro de asistencia y los reportes de novedades de aula

g) Ser mediador de la solución de conflictos con al asesoría de la Coordinación de Convivencia. h) Asistir a las reuniones programadas por el Representante de los Estudiantes, el(la) Personero(a) de los Estudiantes y/o

las directivas de la institución.

i) Comunicar las decisiones y los acuerdos a que se lleguen en las reuniones a las que fue convocado(a). j) Velar por la disciplina, el orden y el cuidado del aula y de la institución en general.

CAUSALES DE REVOCATORIA

a) Falta de colaboración y sentido de pertenencia con la institución y/o el grupo

b) Incumplimiento de las funciones propias del cargo

c) Cualquier falta grave o gravísima contemplada en el presente Manual En caso de revocatoria pasará a ejercer las funciones de Representante de grupo el suplente. Si este procedimiento se

agotara se procederá a una nueva campaña y votación.

EL PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES Y LOS PERSONERITOS ESCOLARES

Como lo plantea el artículo 28 del Decreto 1860 de 1994, el Personero de los estudiantes, es un alumno del grado undécimo o del ultimo grado que ofrezca la I. E, encargado de promover el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes,

consagrados en la constitución, las leyes y el manual de convivencia. Deberá ser un estudiante del grado undécimo de la institución y será elegido por el sistema de mayoría simple y mediante

votación secreta entre todos los estudiantes del establecimiento, para un período de un año. La fecha de esta elección, la

propone la secretaría de educación Municipal; en caso de no poderse realizar en la fecha propuesta, el rector de la institución, con el Comité de Democracia Escolar, acordarán la fecha conveniente para la realización del evento electoral. En

todo caso, por ley, debe realizarse dentro de los 30 días calendario siguientes a la iniciación de clases del período lectivo anual (art. 28, Decreto 1860/94).

El cargo de personero de los estudiantes es incompatible con el de representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo

según el art. 28, inciso d. Decreto 1860 de 1994. En la IE, en jornada educación básica primaria, se nombrará entre los estudiantes del grado quinto, un personerito escolar,

el cual trabajará en equipo con el personero de los estudiantes, el representante de los estudiantes ante el consejo directivo y el presidente del consejo de estudiantes.

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3.6.4.1. FUNCIONES DEL PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES

De acuerdo con lo planteado en el artículo 28 del Decreto 1860 de 1994, son funciones del personero de los estudiantes:

Promover el cumplimiento de los deberes y derechos de los estudiantes, para lo cual podrá utilizar los medios de comunicación interna del establecimiento, pedir colaboración del consejo de estudiantes, organizar foros u otras formas

de deliberación.

Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los educandos sobre lesiones a sus derechos y las que formule cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los alumnos.

Presentar en forma respetuosa, ante el rector, las solicitudes de oficio a petición de parte que considere necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes.

Cuando lo considere conveniente, apelar ante el Consejo Directivo, las decisiones del rector respecto a las peticiones

presentadas por su intermedio.

CRITERIOS PARA LA SELECCIÓN DE CANDIDATOS (AS) A PERSONERÍA

a) Ser estudiante matriculado de la Institución b) Haber cursado en la institución al menos los últimos tres grados de manera ininterrumpida

c) No haber firmado Acuerdo Pedagógico durante su permanencia en la Media Académica d) No haber incurrido en faltas que conlleven a la aplicación a partir del literal e del manual de procedimiento disciplinario

y/o académico

e) Presentar y argumentar ante las Áreas de Ciencias Sociales y Ciencias Políticas y Económicas el Proyecto de Personería, basado fundamentalmente en el conocimiento, difusión y promoción del Manual de Convivencia.

Perfil del Personero Escolar: Persona líder con gran sentido de pertenencia por su institución. Su comportamiento y

respeto por las normas del Manual de convivencia debe ser ejemplarizante, con capacidad de diálogo, concertación y

resolución pacífica de conflictos, además que se destaque por sus buenas relaciones interpersonales,

FUNCIONES DEL (LA) PERSONERO(A) DE LOS ESTUDIANTES

a) Conocer, difundir, cumplir y hacer cumplir el Manual de Convivencia b) Presentarse a la institución (tanto en primaria como en secundaria) portando el uniforme y la insignia que lo acredita

como Personero(a) de los Estudiantes c) Acompañar a los estudiantes en los procesos disciplinarios y/o académicos estipulados en los manuales de

procedimiento. d) Gestionar, en acuerdo con la Rectoría, planes, proyectos y programas que redunden en beneficio de la comunidad

educativa

e) Colaborar con las Coordinaciones en la organización de actividades especiales

CAUSALES DE REVOCATORIA DEL MANDATO

a) Incumplimiento reiterado de los acuerdos académicos y/o comportamentales del Manual de Convivencia,

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b) No asistencia, sin que medie justa causa, a las convocatorias de representación institucional

c) No asistencia, sin que medie justa causa, a la reuniones de seguimiento de estudiantes para las cuales sea convocado(a) d) Ausencia por una semana consecutiva sin justificación al plantel educativo.

e) Cualquier falta grave o gravísima contemplada en el Manual de Convivencia, debidamente registrada en el observador del estudiante.

f) Incumplimiento de su cronograma de trabajo o de sus propuestas de personero sin mediar una justa causa.

PROCEDIMIENTO:

1. Solicitud escrita firmada por, al menos, la mitad más uno de los votantes y dirigida al Consejo Electoral. 2. Llamado de atención por escrito del Consejo Electoral, para escuchar descargos

3. Descargos por escrito por parte del personero en los tres días hábiles siguientes a la citación del Consejo Electoral. 4. Elaboración de un acta, firmada por todos los integrantes del Consejo Electoral, con la decisión correspondiente.

5. Publicación de la decisión (sancionatoria o no) e informe a la comunidad educativa, en un plazo no mayor a siete (7) días

hábiles. Este informe debe estar firmado por todos los integrantes del Consejo Electoral.

NOTA: En el caso de ser revocado su mandato asumirá el cargo el candidato que haya resultado segundo en votación.

CONSEJO ELECTORAL Es el ente fiscalizador del proceso de elección y ejecución de las tareas del (la) Personero(a). Está conformado por siete

miembros:

a) Tres docentes del área de Ciencias Sociales así: El jefe de área de Ciencias Sociales, el docente de grado 11º de Sociales (en el caso de coincidir con la jefatura, lo asumirá otro de secundaria) y un docente de primaria.

b) Cuatro representantes de estudiantes, escogidos internamente entre todos los (las) Representantes de grupo o sus

suplentes, así: un(a) estudiante que represente de preescolar a tercero, un(a) estudiante que represente de 4º y 5º, un(a) estudiante que represente de 6º a 8º de la jornada de la mañana y un(a) estudiante que represente 8º a 11º de la jornada

de la tarde.

2.6.4.2. OTRAS FUNCIONES QUE TIENE EN LA IE EL PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES PARA REALIZAR EN

EQUIPO CON EL REPRESENTANTE DE LOS ESTUDIANTES ANTE EL CONSEJO DIRECTIVO Y EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE ESTUDIANTES

Darse a conocer entre los estudiantes de las dos jornadas

Ser los principales dinamizadores del consejo de estudiantes y de los procesos estudiantiles dentro y fuera de la institución.

Mantener contacto permanente con los representantes de grupo.

Liderar los procesos de planeación, ejecución y evaluación de los proyectos del consejo de estudiantes.

Diseñar mecanismos eficientes de comunicación directa con los estudiantes de todas las secciones, vía delegados, personeritos escolares, buzón de sugerencias, visitas periódicas, etc.

Asistir a todas las reuniones del Consejo Estudiantil, para mantenerse al tanto de las problemáticas de los grupos y para trabajar en equipo con los otros líderes estudiantiles.

Presentar a los estudiantes por vía oral o escrita, cada tres meses, el informe de su gestión.

Si lo consideran conveniente, presentar directamente y en forma respetuosa, ante las directivas y/o ante el consejo directivo de la institución sus propuestas.

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2.7 EL CONTRALOR ESCOLAR ACUERDO MUNICIPAL 41 DE 2010

• La Contraloría Escolar será la encargada de promover y actuar como veedora del buen uso de los recursos y de los bienes públicos de la institución educativa a la cual pertenece, como mecanismo de promoción y fortalecimiento del

control social en la gestión educativa y espacio de participación de los estudiantes, con el fin de fomentar la transparencia en el manejo de los recursos públicos.

• Velará porque los programas y proyectos públicos como los Restaurantes Escolares, Tienda Escolar, Proyectos Ambientales y Recreativos, Obras de Infraestructura de la respectiva institución educativa y de su entorno cumplan

con el objetivo propuesto.

Perfil del Contralor Escolar: Persona con capacidad de liderazgo, respetuoso de la convivencia y buen

desempeño académico. Reconocido dentro de la comunidad educativa por el respeto y valor hacia los pares y

demás miembros de la comunidad educativa. Con Criterio y capacidad de argumentación.

FUNCIONES:

• Contribuir a la creación de la cultura del control fiscal, del buen uso y manejo de los recursos públicos y bienes de la institución educativa y de los proyectos del Municipio de Medellín.

• Vincular a los estudiantes en el desarrollo de las tareas que corresponde a la Contraloría Escolar, con el fin de generar una mayor cultura y conocimiento del ejercicio del Control Fiscal que compete a las contralorías, en el

quehacer de cada Institución Educativa, para velar por la gestión y los resultados de la inversión pública en los

proyectos de su Entidad. • Velar porque los procesos de contratación que realice la institución educativa, contribuyan al mejoramiento de la

calidad de vida de los educandos y educadores. • Conocer el Proyecto Educativo Institucional (PEI), el Manual de Convivencia, el presupuesto y el plan de compras de

la institución educativa. • Presentar a la comunidad educativa los resultados de su gestión previa verificación de la Contraloría General de

Medellín

ESTRUCTURA:

• La Contraloría Escolar estará compuesta por el Contralor Escolar y el Grupo de Apoyo

• y tendrá el acompañamiento de un docente seleccionado por el Consejo Directivo de la institución educativa y por la

Contraloría Auxiliar de Participación Ciudadana.

CONTRALOR ESCOLAR:

• Será un estudiante matriculado en la institución educativa, que curse el grado décimo u undécimo del nivel de educación media, o del grado noveno o quinto en caso de que la institución educativa sólo ofrezca hasta el nivel de

educación básica, elegido democráticamente por los estudiantes matriculados

• Es requisito para ser candidato a Contralor Escolar presentar el Plan de Trabajo

GRUPO DE APOYO: • Estudiantes matriculados que cursen entre los grados sexto a undécimo ó de séptimo a noveno, según ofrezca la

institución educativa ó dos estudiantes que cursen el último grado en los Centros Educativos. Se elegirá

democráticamente un representante por cada grado, por votación interna que realizará el alumnado el mismo día de la elección del Contralor Escolar.

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PERFIL ASPIRANTES:

• Alumnos con capacidad de liderazgo, respetuosos de la convivencia y buen desempeño académico. • No tener faltas disciplinarias graves ni gravísimas dentro de los dos años anteriores a su postulación.

• Capacidad de diálogo, concertación y resolución pacífica de conflictos. • Manifiesto sentido de pertenencia por la institución educativa.

• Reconocimiento dentro de la comunidad educativa por respeto y valor hacia los pares y demás miembros de la

comunidad educativa. • Capacidad y criterio de argumentación.

FUNCIONES CONTRALOR ESCOLAR:

• Liderar la Contraloría Escolar en la respectiva institución educativa.

• Ser vocero de la Contraloría General de Medellín ante la comunidad educativa.

• Convocar a los integrantes de la Contraloría Escolar a una reunión ordinaria cada dos meses, o extraordinaria cuando sea necesario.

• Representar la Contraloría Escolar ante la Red de Contralores Escolares. • Representar la Contraloría Escolar ante la Contraloría General de Medellín.

• Solicitar a la Contraloría General de Medellín que realice las verificaciones que se consideren necesarias.

FUNCIONES GRUPO DE APOYO:

• Elegir el Secretario (a) de la Contraloría Escolar para llevar el libro de actas.

• Apoyar el ejercicio del Control Fiscal en la institución educativa. • Conocer el Proyecto Educativo Institucional (PEI).

• Conocer el presupuesto de la respectiva institución educativa , el plan de compras y verificar el cumplimiento y los

resultados. • Estudiar y analizar la información que sea allegada a la Contraloría Escolar.

• Presentar propuestas al Contralor Escolar. • Designar el reemplazo del Contralor Escolar en ausencia definitiva del elegido por la comunidad educativa.

ELECCIÓN Y PERÍODO:

• El Contralor Escolar será elegido por un período fijo de un año, el mismo día de las elecciones para Personero Estudiantil, por el sistema de mayoría simple y mediante voto universal y secreto.

• Del proceso electoral realizado, se levantará un acta y deberá ser firmada por el Rector de la institución educativa.

RED DE CONTRALORÍAS ESCOLARES :

• Se denominará Red de Participación Ciudadana.

• - Composición: Estará integrada por los Contralores Escolares de las instituciones educativas y por delegados de las diferentes Secretarías del Municipio de Medellín y de las Entidades descentralizadas, con el objetivo de coordinar

acciones en temas de participación ciudadana.

• - Coordinación: La Red tendrá un coordinador de la Dependencia de Participación Ciudadana de la Contraloría General de Medellín

• - Reuniones: La Red se reunirá ordinariamente cada cuatro meses y extraordinariamente cuando se requiera, citadas por el coordinador.

• La Contraloría General de Medellín, creará en su página Web o en otra dirección electrónica, un espacio para que los

contralores escolares expresen sus opiniones, socialicen información, se comparen comunicados y directrices. Se dispondrá de un correo para atender las quejas, reclamos, peticiones, sugerencias, solicitudes y demás comunicados,

que presenten las Contralorías Escolares, así como una línea telefónica de atención única.

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DEBERES DE LAS CONTRALORÍAS ESCOLARES

• -Respetar el PEI y el manual de convivencia.

• Abstenerse de brindar información a los medios de comunicación y/o personas ajenas a la institución educativa. • Manejar diligentemente el archivo.

• Cumplir el conducto regular.

• INFORME DE GESTIÓN: • El informe anual, que se presentará l final de año deberá ser firmado por el Contralor Escolar y el Secretario del

grupo de apoyo. Podrá contener los siguientes elementos: • Actividades realizadas relacionadas con la cultura de control fiscal, como capacitaciones realizadas por la Contraloría

General de Medellín, carteleras, talleres y demás. • Reuniones ordinarias y extraordinarias, fechas, temas tratados y conclusiones.

• Informe de las actividades realizadas de la Red de los Contralores Escolares.

2.9. LOS MEDIADORES ESCOLARES

ACUERDO MUNICIPAL 286 DE 2010

La mediación escolar es un proceso mediante el cual las personas implicadas en un conflicto escolar (estudiantes u

otros miembros de la comunidad educativa) podrán sentarse en una mesa a dialogar para darle una posible solución

o transformación positiva a la situación. Este proceso será guiado por un mediador capacitado ya sea estudiante de cualquier grado, docente u otro miembro de la comunidad que haya recibido capacitación reconocida en el tema.

Perfil del Mediador: Persona idónea en su quehacer, que demuestre buenos hábitos y niveles de convivencia y

valores tanto dentro de la institución como fuera de ella y que posea espíritu de servicio y pro actividad. Esta persona debe estar capacitada y acreditada en procesos de mediación.

Conducto de la Mediación: Una vez detectado un conflicto entre dos o más integrantes de la comunidad educativa

se procederá de la siguiente forma:

a) Se les habla a los implicados y se concientizan sobre la importancia de dialogar y tratar de solucionar o transformar

el conflicto positivamente para que no los afecte en su persona como en la convivencia escolar o fuera de ella. b) Facilitación: Se les informa sobre la sala de mediación y su funcionamiento, seguido de la propuesta de dialogar

voluntariamente sin ningún tipo de presión.

c) Remisión: Cuando los implicados en el conflicto aceptan asistir a la mesa de mediación voluntariamente y sin presión de ningún tipo, podrá ser remitido al proceso de mediación por el coordinador, docente o encargado de los

procesos de convivencia en la institución. d) Programación: El coordinador o designado de los procesos de convivencia en la institución, programaran la fecha

con hora exacta y sus respectivos mediadores que guiaran el proceso.

e) En caso de no aceptar voluntariamente el proceso de mediación, la institución educativa podrá continuar con los conductos regulares, que garanticen un debido proceso, según el manual de convivencia.

f) Las personas implicadas reiteradamente en un conflicto escolar, podrán asistir a la mesa de mediación cuantas veces

lo consideren necesario.

Los acuerdos de la mediación quedarán reportados en una planilla especial para este efecto con las respectivas

firmas de los mediadores y de quienes intervinieron en el conflicto.

Los docentes o directivos podrán consignar observaciones sobre este proceso de mediación en los libros reglamentarios de la institución.

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Estos informes se tendrán en cuenta en el comité de análisis de comportamiento al finalizar cada periodo académico

para buscar estrategias e informar al padre de familia en caso de requerirse un compromiso de comportamiento del estudiante.

Perfil del Mediador: Persona idónea en su quehacer, que demuestre buenos hábitos y niveles de convivencia y valores tanto

en de la institución como fuera de ella, y que posea espíritu de servicio y pro actividad. Esta persona debe estar capacitada

y acreditada en procesos de mediación.

2.10 REPRESENTACION DE LOS DOCENTES

Referente legal: Ley 115, título VI, capítulo 104, Decreto 1860, capítulo VI, Artículo 52.

Artículo 104: El educador, es el orientador de los establecimientos educativos, de un proceso de formación, enseñanza y

aprendizaje de los educandos. Acorde con las expectativas sociales, culturales, éticas y morales de la familia y la sociedad,

como factores fundamentales del proceso educativo, los cuales son:

Recibirán una capacitación y actualización profesional

No serán discriminados por razón de sus creencias filosóficas, políticas o religiosas.

Llevarán a la práctica el Proyecto Educativo Institucional.

Mejorarán permanentemente el proceso educativo mediante el aporte de ideas y sugerencias a través del Consejo

Directivo y el Consejo Académico.

2.10.1CRITERIOS PARA LA SELECCIÓN DEL DOCENTE REPRESENTANTE AL CONSEJO DIRECTIVO

a) ser docente nombrado en propiedad para la institución educativa

b) Ser conocedor y difusor del Manual de Convivencia

c) Ser conocedor del PEI

d) Demostrar sentido de pertenencia para con la institución

El representante de los docentes e elegirá democráticamente por mayoría de votos en la primera asamblea de docentes al

inicio del año escolar, pudiendo elegirse un representante de cada sección que tenga la institución

2.10.2. FUNCIONES DE LOS DOCENTES

a) Participar de la elaboración del planeamiento y programación de actividades del área respectiva.

b) Programar y organizar de enseñanza, aprendizaje de las asignaturas a su cargo, de acuerdo con los criterios establecidos en la programación a nivel del área.

c) Dirigir y orientar las actividades de los estudiantes para lograr el desarrollo de su personalidad y darles tratamiento y ejemplo formativo.

d) Participar en la realización de las actividades complementarias.

e) Controlar y evaluar la ejecución de las actividades del proceso de enseñanza – aprendizaje. f) Aplicar oportunamente en Coordinación con el jefe del área o Coordinador(a) Académico(a), las estrategias

metodológicas a que dé lugar el análisis de resultados de la evaluación.

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g) Presentar al jefe de área o al Coordinador(a) Académico(a) informes de rendimiento de los estudiantes a su cargo al

término de cada uno de los períodos de evaluación, certificando las calificaciones con su firma. h) Participar en la administración de estudiantes conforme lo determina el Manual de Convivencia de la institución y

presentar los casos especiales a las coordinaciones, al orientador de grupo, a la asamblea de docentes o a la respectiva instancia

i) Presentar periódicamente informe al jefe de área y al Coordinador(a) Académico(a), sobre el desarrollo de las actividades

a su cargo. j) Ejercer la orientación del grupo cuando le fuere asignado.

k) Participar en comités en que sea requerido.

2.10.3 JEFES DE AREA

Será un representante por cada una de las áreas y tendrá las siguientes funciones:

a) Establecer disponibilidad de los recursos humanos e institucionales. b) Elaborar un plan de actividades propias de cada área.

c) Establecer métodos de control sobre dichas actividades. d) Unificar criterios de evaluación y promoción.

e) Asesorar a los docentes en lo referente a cada asignatura.

f) Buscar siempre una verdadera integración académica. g) Establecer canales de comunicación acertados, asertivos y oportunos.

h) Propiciar la capacitación y cualificación de sus compañeros.

2.10.4 ORIENTADOR (A) DE GRUPO

Tiene como funciones:

a) Orientar y organizar el plan de grupo de acuerdo a las necesidades y características de los estudiantes. b) Recibir el aula según inventario y responder por él.

c) Participar en la elaboración de planeamiento y programación de los estudiantes teniendo en cuenta sus condiciones socio – económicas y características personales.

d) Ejecutar el programa de inducción de los estudiantes del grupo confiado a su dirección.

e) Ejecutar acciones de carácter formativo y hacer seguimiento de sus efectos en los estudiantes. f) Orientar a los estudiantes en la toma de decisiones sobre su comportamiento y aprovechamiento académico, en

Coordinación con los servicios de bienestar y las Coordinaciones. g) Promover el análisis de las situaciones conflictivas de los estudiantes y lograr en Coordinación con otros estamentos, las

soluciones más adecuadas.

h) Establecer comunicación permanente con los docentes, Rector, Coordinadores y Padres de Familia o acudientes, para coordinar las acciones educativas.

i) Rendir periódicamente informe de las actividades y programas realizados a los Coordinadores del plantel. j) Diligenciar oportunamente la Hoja de Vida del estudiante después de cada período teniendo como base el cuaderno de

seguimiento y los memos del estudiante. k) Enterarse de los problemas e inquietudes de sus estudiantes y buscar soluciones adecuadas.

l) Cumplir con el desarrollo y ejecución del proyecto del aula (Comportamiento Ciudadano).

2.10.5 ASAMBLEA DE DOCENTES

Sus funciones son:

a) Servir de cuerpo consultivo para la Rectoría

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b) Asistir a todas las reuniones programadas u otras convocatorias por el Rector cuando las circunstancias lo exijan, y el

horario requerido. c) Presentar en dichas reuniones, soluciones eficaces a problemas de convivencia y/o académicos surgidos y sugerir

estrategias para su implementación. d) Presentar temas de capacitación pedagógica.

e) Participar y sugerir en las diferentes actividades que funcionen en la institución.

f) Proponer por un mayor acercamiento entre todos los miembros de la comunidad educativa. g) Proponer y elegir el representante de los docentes ante el Consejo Directivo

2.11. COMISIONES DE EVALUACION Y PROMOCION

Conformada por dos docentes cada grado y los representantes de los padres al consejo de padres. Estas comisiones eran

avalados por el rector o su delegado, el cual deberá ser un coordinador.

Dichas comisiones deberán reunirse al culminar cada periodo académico para analizar la situación académica de los

estudiantes, generando estrategias y recomendaciones para subsanar las dificultades que se evidencien.

Al finalizar el año serán los encargados de analizar los casos de reprobación.

Así mismo, al iniciar al año escolar después del primer periodo de evaluar los estudiantes que hayan presentado ante el

consejo académico la solicitud de promoción anticipada.

2.12 COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR LEY 16 20 DE 2013

APARTADO I: Creación

Objetivo del Comité Escolar de Convivencia (Decreto 1965. Art 22. El Comité Escolar de Convivencia, estará encargado de apoyar la labor de promoción y seguimiento a la convivencia escolar, a la educación para el ejercicio de los derechos

humanos, sexuales y reproductivos, así como el desarrollo y aplicación del manual de convivencia y de la prevención y mitigación de la violencia escolar).

APARTADO II: Componentes Desarrollará acciones para:

La promoción y fortalecimiento de la formación para la ciudadanía y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y

reproductivos;

La prevención y mitigación de la violencia escolar y el embarazo en la adolescencia;

La atención de las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y

reproductivos; y

El seguimiento de las Rutas de Atención Integral.

APARTADO III. Constitución y naturaleza

Constitución. Acorde al Artículo 12 el comité escolar de convivencia está conformado por:

El Rector(a), quien lo presidirá y lo convocará ordinariamente una vez por mes y extraordinariamente cuando lo

considere conveniente. El personero estudiantil

El coordinador(a) de convivencia de la jornada de la mañana y el Coordinador(a) de la jornada de la tarde.

Presidente del Consejo de Padres de Familia.

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Presidente del consejo de estudiantes.

Un (1) docente de cada jornada, que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar.

Un docente con funciones de orientación.

Naturaleza. Es una instancia directiva, de participación de la comunidad educativa y de orientación académica y de los

procesos de convivencia escolar de la Institución Educativa.

Convocatoria previa para las reuniones ordinarias y extraordinarias. Rectoría realizará convocatoria previa a los integrantes

del Comité Escolar de Convivencia de manera escrita y con llamada telefónica en la que se darán claridades sobre la fecha, hora y el lugar donde se llevará a cabo la reunión del Comité Escolar de Convivencia.

FUNCIONES DEL COMITÉ ESCOLAR DE CONVIVENCIA

1. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre docentes y estudiantes, directivos y

estudiantes, entre estudiantes y entre docentes. 2. Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía, el

ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa.

3. Promover la vinculación de los establecimientos educativos a estrategias, programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región y que respondan a las necesidades de su comunidad

educativa.

4. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de oficio cuando se estime

conveniente en procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros de la comunidad educativa. El estudiante estará acompañado por el padre, madre de familia, acudiente o un compañero del establecimiento educativo.

5. Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en el artículo 29 de esta Ley, frente a situaciones específicas de conflicto, de acoso escolar, frente a las conductas de alto riesgo de violencia escolar o de

vulneración de derechos sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos por este · comité de acuerdo con lo establecido en el manual de convivencia, porque trascienden del ámbito escolar, y revistan las características de la

comisión de una conducta punible, razón por la cual deben ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte de la estructura del Sistema y de la Ruta.

6. Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos.

7. Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas’ en el manual de convivencia, y presentar

informes a la respectiva instancia que hace parte de la estructura del Sistema Nacional De Convivencia Escolar y

Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y ‘ Mitigación de la Violencia Escolar, de los casos o situaciones que haya conocido el comité.

8. Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización del modelo pedagógico y la

articulación de diferentes áreas de estudio que lean el contexto educativo y su pertinencia en la comunidad para

determinar más y mejores maneras de relacionarse en la construcción de la ciudadanía.

APARTADO IV. Funcionamiento y estructura del Comité Escolar de Convivencia

Funcionamiento. Está regido según lo establecido en el numeral 4.4.2 Funciones del Comité Escolar de Convivencia

del presente capítulo.

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Instalación. (una vez elegidos los miembros del comité, se hará su instalación formal, de la que se dejará constancia

en un acta).

Nombramiento formal del presidente.

Firma de cláusula de confidencialidad.

El quórum decisorio del Comité Escolar de Convivencia será el establecido en su reglamento. En cualquier caso, este

comité no podrá sesionar sin la presencia del presidente, (la mitad más uno). Aprobación de ésta reglamentación de funcionamiento del CEC (acta).

Otros.

Toda la I.E debe tener pleno conocimiento de la instalación del CEC, sus miembros y sus funciones.

Las decisiones se tomarán por la vía del consenso y en caso de ser necesario a través del sistema de mayoría simple.

Todas las actuaciones y decisiones que se realicen a través del CEC deberán estar debidamente documentadas y soportadas

por escrito mediante actas firmadas por el presidente, el/la secretario/a y las personas involucradas.

Estructura: Dentro de la Estructura del Comité Escolar de Convivencia se implementarán tres mesas de trabajo:

Mesa de Atención: Esta mesa estará conformada por un docente con funciones de orientación y los coordinadores de

ambas jornadas, quienes atenderán las situaciones tipo II y III. Esta mesa también se encargará de liderar la activación de rutas de atención integral.

Mesa de Mediación Escolar: Esta mesa estará conformada por los docentes líderes de los procesos de convivencia escolar y un docente con funciones de orientación, quienes atenderán las situaciones tipo I y algunas situaciones tipos II que sean

de menor gravedad.

Mesa de Promoción y prevención de la Convivencia: Esta mesa estará conformada por los coordinadores de ambas jornadas, docentes líderes de los procesos de convivencia escolar y un docente con funciones de orientación, quienes

diseñarán estrategias de promoción y prevención de la convivencia escolar, como también, realizarán gestión y articulación con entidades, programas y proyectos externos que ayuden a los procesos de convivencia escolar.

Los docentes que lideran los procesos de convivencia escolar serán elegidos entre los docentes de la institución quienes por

postulación y/o aclamación serán escogidos, teniendo presente que debe haber representación de la jornada de la mañana y

la jornada de la tarde.

Cada una de las mesas de trabajo consignará en un libro de actas la descripción de la situación trabajada en las reuniones y/o intervenciones, las cuales se guardarán en un lugar donde no tengan acceso otras personas de la comunidad educativa.

Archivo de Situaciones.

APARTADO V: Diagnóstico de la Convivencia Escolar

Al inicio del año escolar se diseñará una encuesta con preguntas abiertas que apunten a la caracterización territorial,

estudiantil y de las familias, las situaciones más comunes que afectan la convivencia escolar, las causas e intervenciones de estas situaciones y estrategias para mejorar la convivencia escolar, con el fin de ser diligenciada por la comunidad educativa.

El Comité Escolar de Convivencia sensibilizará a los docentes, Consejo de Padres y Consejo de Estudiantes para diligenciar la encuesta de manera participativa y asertiva con la comunidad educativa.

El docente con funciones de orientación y otros docentes líderes de procesos de convivencia tabularán las encuestas y

realizarán la estadística y el diagnóstico de la convivencia escolar de acuerdo a los hallazgos.

De acuerdo a las estadísticas y al diagnóstico de convivencia escolar, la Mesa de Promoción de la Convivencia realizará el

Plan de Convivencia Escolar, quienes a su vez realizaran el seguimiento y evaluación al plan.

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ARTÍCULO VI: Ajustes al Manual de Convivencia Escolar

Anual o extemporáneamente (según Leyes vigentes), el personal administrativo y docente recibirá una capacitación frente a los ajustes al manual de convivencia escolar de acuerdo a la ley.

La comunidad educativa (Docentes, estudiantes y padres de familia) se reunirán por grupos de trabajo para realizar ajustes al manual de convivencia de acuerdo a la ley 1620 y su decreto reglamentario.

La mesa de atención realizará la revisión de los insumos entregados por los grupos de trabajo para los ajustes al mahual con

el fin de retroalimentar el proceso.

Un grupo de docentes realizará la consolidación de los ajustes realizados por el personal docente. Posteriormente el Comité

escolar de Convivencia se reunirá con el Consejo de padres y el consejo de estudiantes y el personal docente para dar sus aportes en el proceso. Se realizan los ajustes pertinentes para su aprobación y socialización con la comunidad educativa.

APARTADO VII: Sesiones del Comité Escolar de Convivencia

El comité de convivencia en pleno de la Institución Educativa El Pedregal, sesionara en la semana cuarta y novena de cada uno de los cuatro periodos, en la jornada pedagógica destinada para el seguimiento comportamental de los estudiantes, con

el fin de atender las situaciones que irrumpan con la sana convivencia escolar y que no se han logrado atender desde el centro de mediación.

Los miembros de la mesa de atención, la cual está conformada de acuerdo a los coordinadores por jornadas y sección

escolar, realizarán la atención inmediata de situaciones que alteran la sana convivencia, además reportará al comité escolar de convivencia los casos que presenten dificultades desde el incumplimiento a las correcciones pedagógicas por los

estudiantes o sin alcanzar el objetivo para el mejoramiento de la convivencia. Este reporte debe contener todo el proceso

adelantado al estudiante en remisión, con todos los soportes del caso. La mesa se reunirá la quinta y decima semana del periodo con el fin de adelantar los procesos que le competen.

El presidente del comité de convivencia convocará al comité en pleno para reunirse, en el momento que se presenten situaciones extraordinarias y que ameriten soluciones inmediatas con tres días de anterioridad.

APARTADO VIII: Garantía de Derechos y aplicación de Principios.

Desde el comité escolar de convivencia de la Institución Educativa El Pedregal, se activaran las rutas de atención necesarias para que logre la atención y si es el caso la restitución de derechos de las estuantes afectadas, garantizando la aplicación de

los principios de protección integral, incluyendo el derecho a no ser revictimizado; el interés superior de los niños, las niñas y los adolescentes; la prevalencia de los derechos; la corresponsabilidad; la exigibilidad de los derechos; la perspectiva de

género y diversidad sexual y los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes de los grupos étnicos, como se definen

en los artículos 7 al 13 de la Ley 1098 de 2006.

La ruta de Atención Integral es una herramienta establecida en la Ley de Convivencia Escolar para apoyar al sector educativo

en el fortalecimiento del ejercicio de los DDHH y DHSR en la escuela; la mitigación de riesgos; el manejo de situaciones que

afectan la convivencia escolar, y el seguimiento a lo que ocurre en los diferentes contextos. La puesta en marcha de la ruta requiere que todos los miembros de la Institución Educativa estén articulados en los

siguientes aspectos: • Formación de sujetos activos de derechos: todas las personas que conforman la comunidad educativa deben poner en

práctica las competencias ciudadanas, lo cual hace posible que haya estudiantes, docentes, directivas docentes y familias autónomas con capacidad para exigir, respetar y promover los DDHH, participar activamente en la toma de decisiones sobre

asuntos que les afectan, reconocer a otras personas y convivir de manera pacífica.

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• Reconocimiento e inclusión genuina de la comunidad educativa: significa que opiniones, creencias y formas de comprender

el mundo son valoradas y tenidas en cuenta. • Transformación: es necesario que ocurran procesos de transformación de las prácticas educativas y estilos docentes que

contribuyan a la cultura y la convivencia escolar, es decir, que estén enfocados en la construcción de ambientes de aprendizaje democráticos.

• Mejoramiento del clima escolar: la implementación pedagógica de las acciones de la ruta permite que la atmósfera de

trabajo y las relaciones entre la comunidad educativa aporten a la formación integral del grupo de estudiantes.

APARTADO IX. Informes o Quejas.

Cualquiera de las partes involucradas en una situación que afecte la convivencia escolar, los estudiantes, docentes, personal de apoyo, administrativo, los padres de familia y/o acudientes o cualquier otra persona, pueden informar la situación a la

mesa de atención (Coordinadores de convivencia) del comité de convivencia escolar.

La mesa de atención del comité escolar de convivencia recogerá la información, con el objetivo de analizar, clasificar, priorizar, verificar y orientar de acuerdo a las situaciones el debido proceso.

Cuando algún miembro de la comunidad educativa, no se sienta atendido de acuerdo a su situación por la institución, no

adopten las medidas necesarias o éstas sean desproporcionadas, apliquen el protocolo equivocado respecto de situaciones que afecten la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivo; puede acercarse al

Núcleo Educativo 921 al que pertenece el establecimiento educativo donde se generó la situación o a la secretaría de educación municipal, para exponer el caso, solicitar atención y/o revisión para que dicha instancia adelante las acciones a

que hubiere lugar e informará a las autoridades que se requieran a fin de verificar y solucionar de fondo la situación informada.

RESPONSABILIDADES

Según lo establecido en el CAPÍTULO III de la ley 1620 del 15 de marzo de 2013, el sector educativo en el sistema nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y

mitigación de la violencia escolar, debe considerar las responsabilidades señaladas a continuación:

1. Del establecimiento educativo

Según el Artículo 17, son responsabilidades de los establecimientos educativos en el sistema nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar

las siguientes:

1) Garantizar a sus estudiantes, educadores, directivos docentes y demás personal de los establecimientos escolares el

respeto a la dignidad e integridad física y moral en el marco de la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos.

2) Implementar el comité de escolar de convivencia y garantizar el cumplimiento de sus funciones acorde con lo

estipulado en los artículos 11,12 y 13 de la Ley 1620. 3) Desarrollar los componentes de prevención, promoción y protección a través del manual de convivencia, y la

aplicación de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar, con el fin de proteger a los estudiantes contra toda forma de acoso, violencia escolar y vulneración de los derechos humanos sexuales y reproductivos, por parte de

los demás compañeros, profesores o directivos docentes. 4) Revisar y ajustar el proyecto educativo institucional, el manual de convivencia, y el sistema institucional de

evaluación de estudiantes anualmente, en un proceso participativo que involucre a los estudiantes y en general a la

comunidad educativa, a la luz de los enfoques de derechos, de competencias y diferencial, acorde con la Ley General de Educación, la Ley 1098 de 2006 y las normas que las desarrollan.

5) Revisar anualmente las condiciones de convivencia escolar del establecimiento educativo e identificar factores de riesgo y factores protectores que incidan en la convivencia escolar, protección de derechos humanos, sexuales y

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reproductivos, en los procesos de autoevaluación institucional o de certificación de calidad, con base en la

implementación de la Ruta de Atención Integral y en las decisiones que adopte el comité escolar de convivencia. 6) Emprender acciones que involucren a toda la comunidad educativa en un proceso de reflexión pedagógica sobre los

factores asociados a la violencia y el acoso escolar y la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos y el impacto de los mismos incorporando conocimiento pertinente acerca del cuidado del propio cuerpo y de las

relaciones con los demás, inculcando la tolerancia y el respeto mutuo.

7) Desarrollar estrategias e instrumentos destinados a promover la convivencia escolar a partir de evaluaciones y seguimiento de las formas de acoso y violencia escolar más frecuentes.

8) Adoptar estrategias para estimular actitudes entre los miembros de la comunidad educativa que promuevan y fortalezcan la convivencia escolar, la mediación y reconciliación y la divulgación de estas experiencias exitosas.

9) Generar estrategias pedagógicas para articular procesos de formación entre las distintas áreas de estudio.

2. Del Rector del establecimiento educativo

Según el Artículo 18, son responsabilidades rector del establecimiento educativo en el Sistema Nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia

escolar, las siguientes:

1) Liderar el comité escolar de convivencia.

2) Incorporar en los procesos de planeación institucional el desarrollo de los componentes de prevención y de promoción, y los protocolos o procedimientos establecidos para la implementación de la ruta de atención integral

para la convivencia escolar. 3) Liderar la revisión y ajuste del proyecto educativo institucional, el manual de convivencia, y el sistema institucional de

evaluación anualmente, en un proceso participativo que involucre a los estudiantes y en general a la comunidad

educativa, en el marco del Plan de Mejoramiento Institucional. 4) Reportar aquellos casos de acoso y violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos de los niños,

niñas y adolescentes del establecimiento educativo, en su calidad de presidente del comité escolar de convivencia, acorde con la normatividad vigente y los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral y hacer seguimiento a

dichos casos.

3. De los docentes

Según el Artículo 19, serán responsabilidades de los docentes en el Sistema Nacional de convivencia escolar y formación para

los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar las siguientes:

1) Identificar, reportar y realizar el seguimiento a los casos de acoso escolar, violencia escolar y vulneración de

derechos sexuales y reproductivos que afecten a estudiantes del establecimiento educativo, acorde con los artículos 11 y 12 de la Ley 1146 de 2007 y demás normatividad vigente, con el manual de convivencia y con los protocolos

definidos en la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar. Si la situación de intimidación de la que tienen conocimiento se hace a través de medios electrónicos igualmente deberá reportar al comité de convivencia para

activar el protocolo respectivo.

2) Transformar las prácticas pedagógicas para contribuir a la construcción de ambientes de aprendizajes democráticos y tolerantes que potencien la participación, la construcción colectiva de estrategias para la resolución de conflictos, el

respeto a la dignidad humana, a la vida, a la integridad física y moral de los estudiantes. 3) Participar de los procesos de actualización y de formación docente y de evaluación del clima escolar del

establecimiento educativo.

4) Contribuir a la construcción y aplicación del manual de convivencia.

RUTA DE ATENCION INTEGRAL

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El Decreto 1965 en su artículo 35, manifiesta, “Garantía de Derechos y aplicación de Principios: En todas las acciones que se realicen en el marco de los diversos componentes de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar, debe

garantizarse la aplicación de los principios de protección integral, incluyendo el derecho a no ser revictimizado; el interés superior de los niños, las niñas y los adolescentes; la prevalencia de los derechos; la corresponsabilidad; la exigibilidad de los

derechos; la perspectiva de género y los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes de los grupos étnicos, como se

definen en los artículos 7 al 13 de la Ley 1098 de 2006. Así mismo, se deberá garantizar el principio de proporcionalidad en las medidas adoptadas en las situaciones que afecten la convivencia, y la protección de datos contenida en la Constitución,

los tratados internacionales y la Ley 1581 de 2012.

-Acciones de promoción Según el Artículo 36 del decreto 1965, se consideran acciones de promoción las políticas institucionales que se concentran en

el fomento de la convivencia y en el mejoramiento del clima escolar, con el fin de generar un entorno para el ejercicio real y

efectivo de los derechos humanos, sexuales y reproductivos en los términos establecidos en la Ley 1620 de 2013. Por parte del Comité Escolar de Convivencia serán las siguientes:

a. Liderar el ajuste de los manuales de convivencia, conforme a lo establecido en el artículo 21 de la Ley 1620 de 2013 y

en el Título III del Decreto 1965.

b. Proponer políticas institucionales que favorezcan el bienestar individual y colectivo, que puedan ser desarrolladas en el marco del proyecto educativo institucional -PEI, atendiendo a lo dispuesto en el artículo 73 de la Ley 115 de 1994.

c. Liderar el desarrollo de iniciativas de formación de la comunidad educativa en temáticas tales como derechos humanos, sexuales y reproductivos, sexualidad, competencias ciudadanas, desarrollo infantil y adolescente,

convivencia, y mediación y conciliación, para fortalecer el Sistema Nacional de Convivencia Escolar. d. Fortalecer la implementación y evaluación de proyectos pedagógicos de educación para la sexualidad y construcción de

ciudadanía desde preescolar, que correspondan a las particularidades socioculturales del contexto en el que se

encuentra el establecimiento educativo. Estos proyectos deben garantizar el derecho que tienen niñas, niños y adolescentes de recibir información fundamentada en evidencia científica con el fin de que, progresivamente, vayan

desarrollando las competencias que facilitan la toma de decisiones autónomas frente al ejercicio de la sexualidad y la realización de proyectos de vida.

e. Articular el diseño, implementación, seguimiento y evaluación de proyectos para el desarrollo de competencias

ciudadanas orientados a fortalecer un clima escolar y de aula positivos que aborden como mínimo temáticas relacionadas con la clarificación de normas, la definición de estrategias para la toma de decisiones, la concertación y la

negociación de intereses y objetivos, el ejercicio de habilidades comunicativas, emocionales y cognitivas a favor de la convivencia escolar, entre otros.

f. Generar mecanismos y herramientas para que el desarrollo de competencias ciudadanas y la formación para el

ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos se lleve a cabo de manera transversal en todas las áreas obligatorias y fundamentales del conocimiento y de la formación establecidas en el proyecto educativo institucional.

PARÁGRAFO. Los establecimientos educativos deben implementar los proyectos pedagógicos conforme a los parámetros

dispuestos en el artículo 20 de la Ley 1620 de 2013, dentro del marco de lo establecido en los artículos 14,77,78 Y 79 de la Ley 115 de 1994.

A continuación se dan a conocer las actividades y acciones del componente de promoción de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar.

RUTA DE ATENCION INTEGRAL INSTITUCIÓN EDUCATIVA EL PEDREGAL-COMPONENTE PROMOCIÓN

COMPONENTE ACTIVIDADES

GENERALES ACCIONES PLANTEADAS EN EL DECRETO 1965 DE 2013

PROMOCION

FO

RM

AS

DE

PEN

SAR

FORMULACIÓN POLITICAS

INSTITUCIONALES

Lectura, análisis y apropiación de la ley 1620 y el decreto 1965 con la comunidad educativa.

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COMPONENTE ACTIVIDADES

GENERALES ACCIONES PLANTEADAS EN EL DECRETO 1965 DE 2013

Organización de equipos de trabajo con tareas específicas de acuerdo a la

nueva normatividad.

Ajuste del Manual de Convivencia con participación de la comunidad

educativa y socialización del mismo.

DESARROLLO DE

INICIATIVAS Y PROYECTOS

Proyecto "Líder en Mi”

Fortalecer la práctica de los valores Institucionales promovidos en el

ambiente escolar, a través de actividades, proyectos y áreas curriculares.

Charlas de inducción individual y/o grupal que amerite la orientación

dirigida por los docentes, coordinadores, docente orientador, comité de convivencia y/o alguien especializado en el tema a tratar, dejando como

constancia un acta.

Proyecto de Tiempo libre: Se promueve en los estudiantes el buen uso del tiempo libre, en actividades como cine, lectura, porrismo, baloncesto,

futbol como estrategia para promover hábitos de vida saludable.

Reuniones y orientaciones por grados, dirigidos y ejecutados por los directivos y mesa de atención.

Proyecto de democracia: Ese proyecto forma a la comunidad educativa en

las competencias ciudadanas necesarias en el ejercicio de la democracia.

Formación de mediadores escolares formales e informales

Acciones de prevención

En el Artículo37 del Decreto 1965 se consideran acciones de prevención las que buscan intervenir oportunamente en los comportamientos que podrían afectar la realización efectiva de los derechos humanos, sexuales y reproductivos con el fin de

evitar que se constituyan en patrones de interacción que alteren la convivencia de tos miembros de la comunidad educativa.

Hacen parte de las acciones de prevención:

1. La identificación de los riesgos de ocurrencia de las situaciones más comunes que afectan la convivencia escolar y el

ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, a partir de las particularidades del clima escolar y del

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análisis de las características familiares, sociales, políticas, económicas y culturales externas, que inciden en las

relaciones interpersonales de la comunidad educativa, de acuerdo con lo establecido en el numeral 5 del artículo 17 de la Ley 1620 de 2013.

2. El fortalecimiento de las acciones que contribuyan a la mitigación de las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos; identificadas a partir de las particularidades

mencionadas en el numeral anterior.

3. El diseño de protocolos para la atención oportuna e integral de las situaciones más comunes que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.

RUTA DE ATENCION INTEGRAL INSTITUCIÓN EDUCATIVA EL PEDREGAL-COMPONENTE PREVENCIÓN

COMPONENTE ACTIVIDADES

GENERALES ACCIONES PLANTEADAS EN EL DECRETO 1965 DE 2013

PREVENCIÓN

CO

MU

NIC

ACIÓ

N Y

MAN

EJO

DE L

A IN

FO

RM

ACIÓ

N

ESTRATEGIAS

PEDAGOGICAS

Proyecto de Prevención drogadicción: Se busca sensibilizar a los niños,

niñas y adolescentes para que asuman una actitud de rechazo hacia el consumo de drogas, tomando una posición crítica, autónoma que refleje el

respeto por sí mismo y por los demás.

Proyecto de sexualidad: Pretende promover la formación de actitudes y valores que conlleven a la valoración de la sexualidad, igualdad,

autonomía, la responsabilidad y la salud integral que brinden el bienestar

personal.

Proyecto Líder en mi:

Intervención del Programa Servicios Amigables para jóvenes, Medellín

Sana y Libre de adicciones: La Institución Educativa recibe el acompañamiento semanal de una enfermera que orienta a los estudiantes

en salud sexual y reproductiva; igualmente se cuenta con psicólogo que atiende a los jóvenes de la Institución en la Unidad Intermedia de Castilla.

Acompañamiento Programa Escuelas y Colegios Saludables

Acompañamiento del Programa Psicólogos en Escuelas para la Vida: El programa realiza acompañamiento permanente en el Institución educativa

para la implementación de la Ley 1620 y su decreto reglamentario 1965, en los componentes de convivencia escolar, prevención del abuso y las

violencias sexuales y promover la participación de las familias en los

procesos institucionales.

Acciones de Atención

El Artículo 38 del Decreto 1965 considera acciones de atención aquellas que permitan asistir a los miembros de la comunidad educativa frente a las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y

reproductivos, mediante la implementación y aplicación de los protocolos internos de los establecimientos educativos y la

activación cuando fuere necesario, de los protocolos de atención que para el efecto se tengan implementados por parte de los demás actores que integran el Sistema Nacional de Convivencia Escolar en el ámbito de su competencia.

A continuación se dan a conocer las actividades y acciones del componente de atención de la Ruta de Atención Integral para

la Convivencia Escolar.

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RUTA DE ATENCION INTEGRAL INSTITUCIÓN EDUCATIVA EL PEDREGAL-COMPONENTE ATENCIÓN

COMPONENTE ACTIVIDADES

GENERALES ACCIONES PLANTEADAS EN EL DECRETO 1965 DE 2013

ATENCIÓN

RECONOCIMIENTO

DE SITUACIONES

Debido proceso institucional: En la Institución Educativa se da

cumplimiento al debido proceso, buscando proteger los derechos de los niños, niñas y adolescentes fundamentado en la Constitución Nacional,

Ley 115, Ley 1098 de Infancia y Adolescencia, Ley 1620 y decreto

reglamentario.

Comité Escolar de Convivencia: En la Institución educativa se crea y

reglamenta el Comité Escolar de Convivencia, encargado de apoyar acciones de promoción, prevención y seguimiento a la convivencia escolar.

En la fase de atención, se analizan y se tramitan las situaciones tipo I, II y III.

Consejo Directivo: Se analizan las situaciones más relevantes para la toma de decisiones.

ACTIVACION DE RUTAS Y

PROTOCOLOS. En la Institución Educativa se activan las rutas de atención integral y los

protocolos institucionales de acuerdo a la necesidad de cada situación.

Acciones de seguimiento El Artículo 48 del Decreto 1965 considera que las acciones deseguimiento se centrarán en el registro y seguimiento de las

situaciones de tipo II y III de que trata el artículo 40 del mismo Decreto a través del Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar.

A continuación se dan a conocer las actividades y acciones de seguimiento de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar.

RUTA DE ATENCION INTEGRAL INSTITUCIÓN EDUCATIVA EL PEDREGAL-COMPONENTE SEGUIMIENTO

COMPONENTE ACTIVIDADES GENERALES

ACCIONES PLANTEADAS EN EL DECRETO 1965 DE 2013

SEGUIMIENTO

VERIFICACION

El seguimiento se realiza a través de la mesa de atención y la mesa de

la promoción de la convivencia escolar; teniendo en cuenta que las situaciones analizadas en las anteriores mesas serán de conocimiento

del Comité Escolar de Convivencia.

MONITOREO

RETROALIMENTACION

REGISTRO Y SEGUIMIENTO DE

SITUACIONES TIPO II Y

III

Se aplican formatos institucionales por la Mesa de Atención donde se diligencia y se hace seguimiento a las situaciones presentadas de tipo

I,II y III

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Clasificación de las situaciones que afectan la convivencia

Según el Artículo 40 del Decreto 1965, las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, se clasifican en tres tipos:

Situaciones Tipo l.

Corresponden a este tipo los conflictos manejados inadecuadamente y aquellas situaciones esporádicas que inciden

negativamente en el clima escolar, y que en ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud.

Situaciones Tipo II. Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar, acoso escolar (bullying) y ciberacoso (ciberbullying), que no

revistan las características de la comisión de un delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes características:

Situaciones Tipo III.

Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, referidos en el Título IV del Libro II de la Ley 599 de 2000 (violación, acto sexual abusivo y

proxenetismo), o cuando constituyen cualquier otro delito establecido en la ley penal colombiana vigente.

2.1.3. Organigrama

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SISTEMA DE EVALUACION 1. CONCEPTO DE COMPETENCIA

Una Competencia es lo que hace que la persona sea, valga la redundancia, "competente" para realizar un trabajo o una actividad y exitoso en la misma, lo que puede significar la conjunción de conocimientos, habilidades, disposiciones y conductas específicas. “En todo el proceso, la competencia básica, se entiende como un "SABER HACER EN CONTEXTO", es decir, frente a una tarea específica, la cual se hace evidente cuando el sujeto entra en contacto con ella. En consecuencia, ser competente, más que poseer un conocimiento, es saber utilizarlo de manera adecuada y flexible en nuevas situaciones.”

2. CONCEPTO DE LOGRO Se lo considera como una meta a la cual arribar después de haber trabajado determinados contenidos con estrategias didácticas que

garantizan la adquisición de competencias.

3. CRITERIOS DE PROMOCIÓN.

Si al finalizar el año lectivo un estudiante aprueba el 70% de cada AREA acumulativa al año. Cada periodo tiene un valor de 25%.

Si al finalizar el año lectivo un estudiante pierde tres áreas pierde al año.

Si pierde dos áreas consecutivamente durante dos años pierde el año.

Si pierde dos áreas realiza evaluación de mejoramiento de la asignatura perdida.

Si pierde una de las evaluaciones de mejoramiento puede presentar nuevamente la evaluación de mejoramiento especial del área perdida eso incluye los que pierden una sola área al finalizar el año.

No se pueden presentar evaluaciones de mejoramiento especial de las 2 asignaturas

Si pierde la evaluación de mejoramiento especial pierde el año

Si pierde las 2 evaluaciones de mejoramiento que presenta en primera instancia pierde el año.

Solo se puede presentar evaluación de mejoramiento especial de una sola área. Para la Media Técnica:

Si al finalizar el año lectivo un estudiante pierde tres áreas pierde al año.

Para los estudiantes de la Media técnica deben aprobar la media técnica del colegio como un área normal del plan de estudios,

Para recibir la doble titulación (Bachiller técnico y certificación laboral del sena) se debe aprobar ambos procesos además de las otras áreas del pensum académico.

Si al culminar el grado 11 y obtener el título de bachiller técnico debe aprobar media técnica del colegio, para continuar en el Sena debe aprobar la certificación de competencias expedida por la entidad. De no ser así solo se expide el título de bahiller técnico.

Para continuar con la formación en el Sena deberá aprobar tanto la técnica del colegio como también obtener la certificación en competencias laborales del Sena

4. CRITERIOS DE GRADUACIÓN GRADO 11

Si al finalizar el año lectivo un estudiante aprueba el 70% de cada AREA acumulativa al año.

Si no alcanza el porcentaje puede ser promovido siempre y cuando haya pasado el examen de admisión a un programa de Pregrado en la Universidad Pública, (U de A, Nacional, )

Cumplir con los requerimientos legales del servicio Social 80 horas

CUMPLIR CON LAS HORAS DE CONSTITUCION 50 horas

Haber presentado las Pruebas Icfes

Estar a paz y salvo con la Institución en todo concepto 5. CRITERIOS PARA LA NO PROCLAMACION EN CEREMONIA PÚBLICA

Perder dos áreas

Fraude en los procesos de recuperación y apoyo, evaluación de mejoramiento y/ evaluación de mejoramiento especial

No puede haber tenido procesos disciplinarios por faltas graves y/o gravísimas en grado 11

No hacer la inscripción para presentar las pruebas Icfes

No asistir a la citación de examen de las pruebas icfes

Asistir a una sola jornada de las pruebas Icfes

Entregar las pruebas icfes sin diligenciar

Presentarse a las Pruebas icfes en estado de alicoramiento o bajo el consumo de sustancias

Ser anulado su examen Icfes por el personal asignado

6. PORCENTAJE DE ASISTENCIA QUE INCIDA EN LA PROMOCIÓN DEL ESTUDIANTE.

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El estudiante que haya dejado de asistir a las actividades pedagógicas programadas en el plan de estudio sin justificación para un determinado grado, por períodos que acumulados la sumatoria sea suprior a la 4 parte del total del tiempo previsto. (25% de la intensidad horaria según el nivel) 7. REPITENCIA

Si pierde dos áreas realiza evaluación de mejoramiento de la asignatura perdida.

Si pierde una de las evaluaciones de mejoramiento puede la evaluación de mejoramiento especial

No se pueden presentar las evaluaciones de superación de mejoramiento especial de las 2 asignaturas

Si pierde evaluación de mejoramiento especial pierde el año

Si pierde las 2 evaluaciones de mejoramiento que presenta en primera instancia pierde el año.

Para la media técnica:

si el estudiante pierde el área de Media técnica y aprueba la certificación de competencias, debe presentar plan de mejoramiento del área , si pierde esta pierde el año

Si un estudiante de media técnica pierde el año, así haya aprobado la certificación del Sena pierde el derecho a continuar en la formación de Media técnica porque no hay compatibilidad entre grado y formación de media técnica.

Quien cancele por inasistencia la media técnica que dicta el colegio o la del Sena pierde el cupo para el año entrante en la institución. Una vez inscrito el estudiante en la plataforma del Sena no podrá retirase del programa.

Si un estudiante de media técnica pierde el año, así haya aprobado la certificación del Sena pierde el derecho a continuar en la formación de Media técnica porque no hay compatibilidad entre grado y formación de media técnica.

8. CONTINUIDAD EN EL PROCESO FORMATIVO Cuando se determine que un estudiante no puede ser promovido al grado siguiente, se le debe garantizar el cupo al año siguiente; exceptuando que tenga u proceso disciplinario y se le haya negado el cupo por acuerdo del consejo directivo; si persiste la perdida pierde el cupo( 2 años perdidos consecutivamente). Para que continúe con su proceso formativo en la institución.

9. MOVILIDAD DE LOS ESTUDIANTES

Cuando un estudiante proceda de otro establecimiento educativo, y la constancia de desempeño reporte que ha sido promovido al siguiente grado, será matriculado en el grado al que fue promovido según el reporte. Además, si después de una evaluación diagnóstica, en la institución educativa consideran que el estudiante necesita procesos de apoyo o plan de mejoramiento para estar acorde con las exigencias académicas del nuevo curso, debe implementarlos.

10. PROMOCION ANTICIPADA , PROMOCION DE GRADO Y PROCEDIMIENTO PROMOCION ANTICIPADA Aplica para aquellos estudiantes nuevos o antiguos que demuestran capacidades para asumir el nuevo grado escolar. PROMOCION DE GRADO En el mes de enero en la semana institucional los estudiantes que no superaron sus dificultades y perdieron una de las evaluaciones de mejoramiento podrán presentar una evaluación de mejoramiento especial de los contenidos del área del grado cursado. Si no la supera según los criterios de promoción perderán el año y tendrá posibilidad de aplicar para la promoción anticipada de grado según los parámetros que a continuación se establecen. Durante el primer período del año escolar el consejo académico, previo consentimiento de los padres de familia, recomendará ante el consejo directivo la promoción anticipada al grado siguiente del estudiante que demuestre un rendimiento superior en el desarrollo

cognitivo, personal y social en el marco de las competencias básicas del grado que cursa. Para el estudiante que repite procesos, se analiza a partir de la valoración del rendimiento académico del primer periodo, siempre y cuando su rendimiento sea alto en las áreas que presento deficiencias y conservando mínimamente desempeño básico en las otras áreas. Además que no presente dificultades en la descripción de la convivencia, es decir, presente una valoración de la convivencia excelente o sobresaliente. Tomada la convivencia como la actitud asumida dentro y fuera de la Institución y el interés por las actividades realizadas, y el cumplimiento de los deberes académicos. En este caso, los padres de familia enviaran

por escrito al Consejo académico, hasta 5 días hábiles antes de la finalización del periodo, con la petición de la promoción de su hijo(a); una vez cumplido este plazo, los remitentes no podrán solicitar su promoción. No podrán aspirar a esta promoción de grado los siguientes casos:

1. Los estudiantes nuevos o de reingreso (considerando como reingreso aquel que se fue del colegio a repetir su año en otro plantel y también lo reprueba y regresa.

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2. Si el estudiante es desertor o abandono su proceso escolar en año anterior, ya que se considera que no culmino con el proceso escolar y debe repetir el año para adquirir los conocimientos que requiere.

3. Aquel estudiante que logro la promoción de grado el año anterior y no cumplio con las actividades asignadas como complementarias y o talleres de nivelación para el grado en que fue promovido.

Las comisiones de promoción y evaluación terminado el periodo tendrá 1 semana para analizar los casos, evaluar los desempeños mínimos del grado al que aspira y determinar las acciones y /o estrategias para realizar la promoción anticipada o negarla.

El Consejo Académico deberá delegar a la comisión de promoción y evaluación, con el fin de analizar el desempeño del estudiante a la fecha, en el aspecto académico y de convivencia, y presentar al consejo directivo el caso para la validación, o no, de la promoción y la emisión de la respectiva Resolución Rectoral. De darse la promoción, la familia con apoyo de la Institución, deberán acompañar el proceso de adaptación del estudiante al nuevo grado escolar. La institución entregara actividades complementarias y talleres para que el estudiante presente en un lapso de un mes para que complemente y niveles las actividades del primer periodo en que estuvo ausente, y así no perjudique su desempeño en el grado al que fue promovido. El incumplimiento de las actividades asignadas como complementarias y /o talleres de nivelación en el lapso estipulado sin justa causa, pierde el derecho a solicitar la promoción anticipada el año siguiente.

El presente numeral aplica para los estudiantes de grado undécimo teniendo en cuenta que como es el grado de culminación escolar sus áreas deberán ser todas evaluadas en desempeño superior. La decisión será consignada en los acuerdos del consejo directivo y, si es positiva en el registro escolar. 11. LA ESCALA DE VALORACIÓN INSTITUCIONAL Y SU RESPECTIVA EQUIVALENCIA CON LA ESCALA NACIONAL.

En la institución educativa se ha definido y adoptado la siguiente escala de valoración de desempeños de los estudiantes homologándola a la escala de valoración nacional, de acuerdo al presente sistema de evaluación, así:

Escala Nacional Escala Institucional

Desempeño Superior 4.7 a 5

Desempeño Alto 4 a 4.6

Desempeño Básico 3.5 a 3.9

Desempeño Bajo 1 a 3.4

Se entiende por desempeño superior, cuando se demuestra un rendimiento superior en el desarrollo cognitivo, personal y social en

el marco de las competencias básicas del grado que cursa.

Alcanza el 94%(noventa y cuatro por ciento o mas) en la valoración de sus procesos cognitivos y formativos, sin actividades de recuperación y cumple con los siguientes atributos:

No tiene fallas, y aún teniéndolas, presenta excusas justificadas sin que su proceso de aprendizaje se vea disminuido.

No presenta dificultades en su comportamiento y en el aspecto de convivencia con ninguna de las personas de la comunidad educativa.

Desarrolla actividades curriculares que exceden las exigencias esperadas.

Manifiesta sentido de pertenencia institucional.

Participa en las actividades curriculares y extracurriculares.

Valora y promueve autónomamente su propio desarrollo.

Por desempeño alto, cuando se tiene un desempeño que supera holgadamente la mayoría de las áreas obligatorias y

fundamentales teniendo como base los estándares básicos. Se puede considerar desempeño alto al estudiante cuya valoración en sus procesos cognitivos y formativos se encuentra entre el 80% (ochenta por ciento) y el 93.99% (noventa y tres punto noventa y nueve por ciento), cumpliendo con los siguientes atributos:

Alcanza todos los indicadores de logros propuestos, pero con algunas actividades de recuperación.

Tiene fallas de asistencia justificada.

Reconoce y supera sus dificultades.

Desarrolla actividades curriculares específicas.

Manifiesta sentido de pertenencia con la institución.

Se promueve con ayuda del docente y sigue un ritmo de trabajo.

Por desempeño básico se entiende como la superación de los desempeños necesarios en relación con las áreas obligatorias y

fundamentales, teniendo como referente los estándares básicos, las orientaciones y lineamientos expedidos por el Ministerio de Educación Nacional y lo establecido en el proyecto educativo institucional

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Se considera desempeño básico la estudiante cuya valoración en sus procesos cognitivos y formativos se encuentra entre el 60%( sesenta por ciento) y el 79.99% (setenta y nueve punto noventa y nueve por ciento) cumpliendo con los siguientes atributos:

Alcanza los indicadores de logro mínimos con actividades de recuperación dentro del período académico y/o de los espacios que la institución ha definido para el efecto.

Presenta faltas de asistencia, justificada e injustificada.

Presenta algunas dificultades de comportamiento.

Desarrolla un mínimo de actividades curriculares requeridas.

Manifiesta un sentido de pertenencia a la institución.

Obtiene los indicadores de logro, evidenciando algunas dificultades. El desempeño bajo se entiende como la no superación de los desempeños necesarios en relación con las áreas obligatorias y

fundamentales. Se considera desempeño bajo al estudiante cuya valoración en sus procesos cognitivos y formativos se encuentran entre el 20% (el veinte por ciento) y el 59,99% (cincuenta y nueve punto noventa y nueve por ciento), atendiendo los siguientes atributos:

No alcanza los indicadores de logro mínimos las debilidades persisten después de realizadas las actividades de recuperación.

Presenta faltas de asistencia injustificadas.

Presenta dificultades de comportamiento.

No desarrolla el mínimo de actividades curriculares requeridas.

No demuestra sentido de pertenencia institucional. 12. CRITERIOS, TIPOS Y MEDIOS DE EVALUACIÓN

Criterio A: Conocimientos: Los conocimientos son fundamentales constituyen el punto de partida para explorar conceptos y

desarrollar habilidades.

Criterio B: Conceptos: Los conceptos son ideas importantes que tienen pertinencia intradisciplinaria y transdisciplinaria en el

Programa de los Años Intermedios. Los alumnos deben explorarlos y re-explorarlos a fin de profundizar su comprensión. Los alumnos perfeccionan su comprensión de un concepto mediante la aplicación de los conocimientos y las habilidades que han adquirido.

Criterio C: Habilidades: El desarrollo de habilidades es esencial pues permite a los alumnos realizar investigaciones y

demostrar su comprensión de los conocimientos y los conceptos.

Criterio D: Organización y presentación: Los alumnos deben desarrollar la capacidad de organizar y presentar la información y

las ideas para poder demostrar su comprensión de los conocimientos, conceptos y habilidades de Humanidades.

PARTICIPACION EN CLASE Y EN LAS ACTIVIDADES PROPUESTAS

DIFERENCIAS INDIVIDUALES

EVOLUCION DE PROCESOS

CREATIVIDAD

CUMPLIMIENTO DE DEBERES

ENTREGA DE TRABAJOS INFORMES, CONSULTAS

EXPOSICIONES

Actitudes e interés por el área y el desempeño de sus actividades.

PRESENTACION PERSONAL

RELACIONES INTERPERSONALES

CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS ESTABLECIDAS

AUTOEVALUACION DEL ESTUDIANTE

13. TIPOS DE EVALUACION

Diagnóstica: La evaluación diagnóstica tiene como función orientar al docente para que desarrolle su clase de acuerdo con la información

que se pueda obtener sobre los conocimientos y habilidades del alumno al iniciar la clase.

Formativa: La función de esta evaluación es obtener información acerca del estado de aprendizaje de cada estudiante y, a partir de ello, tomar decisiones que ayuden a un mejor desarrollo de dicho proceso.

Son factores de evaluación formativa, entre otros: los trabajos extraclase de investigación y consulta, los proyectos, los trabajos

individuales y grupales en clase, los quizzes, las pasadas al tablero, las puestas en común, las exposiciones, las preguntas sueltas en clase, la asesoría extraclase, las prácticas de laboratorio y el trabajo de campo, los compromisos académicos, la participación activa, la asistencia, la puntualidad, el interés, la motivación, la creatividad, la responsabilidad y la actitud investigativa.

Sumativa: Es la evaluación que se hace una vez identificadas las deficiencias de los alumnos y evaluados sus procesos. Es la evaluación final, que lejos de buscar medir con números o letras, se enfoca en la valoración de los logros de los estudiantes de acuerdo a

los objetivos trazados por el curso.

EVALUACION DE MEJORAMIENTO: Considerada aquella que presenta el estudiante que no supera las competencias para ser promovido y que consta de una evaluación que contenga las competencias mínimas con las cuales se pueda promover al año siguiente.

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Esta evaluación será presentada al finalizar el año escolar o en la semana institucional del mes de enero antes de comenzar el año escolar. 14. MEDIOS DE EVALUACIÓN: La evaluación se hace fundamentalmente por comparación del estado de desarrollo formativo y

cognoscitivo de un estudiante, con relación a los indicadores de logros propuestos en el currículo. Pueden utilizarse los siguientes medios de evaluación.

A través de pruebas de comparación, análisis, discusión, crítica y en general, de apropiación de conceptos. El resultado de la

aplicación de las pruebas debe permitir apreciar el proceso de organización del conocimiento que ha elaborado el estudiante y

de sus capacidades para producir formas alternativas de solución de problemas.

Mediante apreciaciones cualitativas hechas como resultado de la observación, diálogo o entrevista abierta y formuladas con

anticipación del propio estudiante. En las pruebas se dará preferencia a aquellas que permitan consulta de textos, notas y otros

recursos que se consideren necesarios para independizar los resultados de factores relacionados con la simple recordación. Las

pruebas basadas netamente en la reproducción memorística de palabras, nombres, fechas, datos o formulas que no vayan

ligadas a la contestación de conceptos y de otros factores cognitivos, no deben tenerse en cuenta en la evaluación del

rendimiento escolar.

15. LAS ESTRATEGIAS DE VALORACIÓN INTEGRAL DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES.

LAS ACCIONES DE SEGUIMIENTO para el mejoramiento de los desempeños de los estudiantes durante el año escolar. Los procesos

de autoevaluación de los estudiantes, se dispone de un formato con aspectos que el estudiante debe valorar en cada periodo y así mismo unos compromisos que el asume. Las acciones para garantizar que los directivos docentes y docentes cumplan con los procesos evaluativos estipulados en el sistema

institucional de evaluación (reuniones de comisión de Promoción y evaluación) Cada docente deberá consignar en una planilla por grado los talleres o trabajos establecidos como actividad de apoyo o recuperación, la fecha y quien logra el objetivo propuesto para ser tenido en cuenta en el desempeño del área. Se hará evaluación bimestral esta será tenida en cuenta como una actividad de apoyo de los desempeños no alcanzados. Estas se elaboraran con criterios que permitan evaluar las competencias vistas a la fecha escolar que se realice. La evaluación semestral tendrá una valoración del 20% en la asignatura en el periodo en que se realiza (2° -4°) esta evaluación permitirá a su vez recuperar las competencias no alcanzadas en los periodos anteriores (1°-3°) siempre y cuando la nota obtenida sea de 4.0 o más. Adicionalmente al regreso de la semana de receso de octubre se entregara un taller con las competencias mínimas del grado por área el cual el estudiante deberá entregar al docente en los 5 días siguientes hábiles. Tiene una valoración del 10% del total de la nota. Este taller será revisado y socializado de manera general en el grupo de clase y en la segunda semana de noviembre se establecen las fechas de sustentación escrita en las 2 primeras horas de clase, será tenido en cuenta como la recuperación de los periodos que adeude. Al finalizar el año se tendrá derecho a los según los criterios de promoción a la evaluación de mejoramiento y evaluación de mejoramiento especial tal y como están contemplados en el sistema numeral 3, si aun no logra superar las dificultades el alumno tendrá derecho a la promoción anticipada tal y como se consagra en el sistema, durante el primer periodo académico, numeral 10. La periodicidad de entrega de informes a los padres de familia, se debe entregar informes escritos a los padres 8 días después de terminar cada período; sin embargo se citara en mitad del periodo (5 semana) a los padres de los estudiantes que presenten dificultades

para rendir un informe verbal de las dificultades que presentan, las estrategias de recuperación, estos compromisos quedaran escritos en una hoja de seguimiento académico. La estructura de los informes de los estudiantes, para que sean claros, comprensibles y den información integral del avance en la formación llevaran una valoración numérica acompañada de los indicadores de competencia, se tendrán en cuenta indicadores cognitivos, sociales y personales. Cada periodo aparecerá un consolidado de los periodos comprendidos.

16. INSTANCIAS Y RECURSOS, PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS DE ATENCIÓN.

Para la resolución de reclamaciones de padres de familia y estudiantes sobre la evaluación y promoción, debe tener en cuenta las instancias.

Dialogar con el profesor del área.

Dialogar con el orientador de grupo

Petición escrita ante la coordinación.

Petición ante el Consejo Directivo.

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A partir de la coordinación la reclamación se presentará mediante por escrito respetuoso. Se le resolverá su petición dentro de los cinco (5) días calendario y ante el Consejo Directivo en la sesión próxima.

17. RECURSOS, son mecanismos de defensa que tiene el padre de familia y estudiantes y se aplicaran de igual forma como aparecen en

el orientador de la convivencia. El orden jerárquico para efectos de los recursos para esta materia es: MECANISMOS DE ATENCIÓN (El rector programara reuniones y establecerá horarios a docentes) MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA en la construcción del sistema institucional de evaluación de los

estudiantes. 18. COMISIONES DE PROMISION Y EVALUACION: Las comisiones se reunirán al finalizar cada periodo académico para analizar la

situación de los estudiantes con dificultades e informar a los acudientes y/o padres de familia con las estrategias para la recuperación de las debilidades.)

Las comisiones estarán conformadas por dos docentes como mínimo o máximo 3 por grado uno de los cuales pertenece al consejo académico, uno o dos padres de familia por grado que pertenezcan al menos uno de ellos al consejo de padres. Cada comisión tendrá un libro foliado por grado en donde se consignara el acta de la reunión y contemplara mínimos los siguientes aspectos:

AREAS CON MAYOR DIFICULTAD ACADEMICA EN EL GRADO.

ESTUDIANTES CON DIFICULTADES ACADEMICAS Y LAS AREAS EN LAS QUE SE EVIDENCIA SU DIFICULTAD.

CAUSAS GENERALES QUE EXPLIQUEN LAS DIFICULTADES QUE HAN TENIDO LOS ESTUDIANTES.

RECOMENDACIONES Y/ O ESTRATEGIAS GENERALES POR PARTE DE LOS PROFESORES Y PADRES DE FAMILIA PARA SUPERAR LAS DIFICULTADES DE LOS ESTUDIANTES.

QUE OTRAS ACTIVIDADES DE APOYO EXTRACURRICULARES SE RECOMIENDAN PARA AYUDARLES A SUPERAR LAS DIFICULTADES

ESTUDIANTES QUE FUERON POSTULADOS A PROMOCION ANTICIPADA Y DETERMINACION DE LA COMISION AL RESPECTO DE ESTOS ESTUDIANTES Y SUS EVIDENCIAS QUE AMERITEN DICHA DECISION. (SOLO EL PRIMER PERIODO)

OBSERVACIONES O SUGERENCIAS GENERALES DEL GRUPO

FIRMA DE LOS MIEMBROS DE LA COMISION

19. INFORMES PERIÓDICOS DE EVALUACIÓN.

La evaluación tendrá como característica la continuidad, la integralidad, numérica, y se presentará en informes que se entregarán a los padres de familia o acudiente debidamente autorizado en asambleas programadas. Un informe en la quinta semana de cada periodo, y a más tardar a la semana siguiente después de finalizado cada período. Así mismo se usaran algunos desempeños generales para que se conozca la convivencia escolar del estudiante sin que esta sea valorada numéricamente. La estructura de los informes de los estudiantes, deben presentarse en forma clara, comprensibles para los estudiantes y padres de familia y den información integral del avance en la formación (boletín cuantitativo y cualitativa cada debilidad debe tener una recomendación y una estrategia de recuperación) REGISTRO ESCOLAR (libro final o de calificaciones) En la institución educativa EL PEDREGAL se llevará un registro actualizado de los estudiantes, que contenga, además de los datos de identificación personal, el informe de valoración por grados y el estado de la evaluación, que incluya las novedades académicas que surjan. 20. CONSTANCIAS DE DESEMPEÑO. (Certificados de estudio) A solicitud de los padres de familia, la institución educativa EL PEDREGAL debe emitir constancias de desempeño de cada grado

cursado, en las que se consignarán los resultados de los informes periódicos.

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ANEXOS COMPLEMENTARIOS DE LOS PROCESOS SE ENCUENTRAN EN LA CARPETA DE LA SECRETARIA

ACTA DE CONOCIMIENTO Y ACEPTACION DEL SISTEMA DE EVALUACION INSTITUCIONAL Y EL MANUAL DE CONVIENCIA

Por la cual los miembros de la comunidad educativa certifican el de conocimiento y aceptación del Manual de Convivencia y del Sistema de Evaluación de los estudiantes según el decreto 1290 y la institución educativa.

CONSIDERANDO: Que según lo dispuesto en los artículos 73 y 87 de la ley 115 de 1994, todos los establecimientos educativos deben tener como parte integral del proyecto educativo Institucional, un reglamento que regule el comportamiento general de los miembros de la comunidad educativa para lograr el equilibrio entre los derechos individuales y los colectivos a través del dialogo, la prevención y la concertación. Que en la semana del 18 al 21 de enero de 2011, los estudiantes y docentes compartieron, en jornadas especiales de trabajo, el contenido de los diferentes capítulos del Manual de Convivencia

Que como miembros de la comunidad educativa nos comprometemos: Como estudiante a fomentar actitudes de autocontrol y autonomía para interactuar responsablemente con los demás miembros de la comunidad ya que comprendo mis derechos a la vez que acepto los correctivos pedagógicos pertinentes cunado incumpla mis deberes. Como Padre de familia me comprometo al acompañamiento del estudiante dentro del proceso de formación en coherencia con los principios estipulados en el Manual de Convivencia. Como Administrativo y docente me comprometo a propiciar espacios de dialogo reflexivo para la solución de conflictos garantizando para ellos los debidos procesos.

Y ACORDAMOS QUE

Yo_______________________________________ identificado con CC____________________ en calidad de acudiente y Yo______________________________________________ en calidad de estudiante del grado __________, dejamos constancia que conocemos, aceptamos y nos comprometemos con el cumplimiento del Manual de convivencia institucional como herramienta para regular los procesos académicos y formativos desarrollados por mi acudido en la Institución educativa EL PEDREGAL. Sabemos que la decisión de pertenecer a la Institución Educativa EL PEDREGAL es libre, pero una vez se establece dicho vínculo, se requiere de respeto y compromiso con el Manual de Convivencia. Finalmente, aceptamos que en caso de incumplimiento de todas o algunas de las normas en el Manual de convivencia contempladas, nos acogeremos a la aplicación del debido proceso y en caso de ser necesario, se cancelara el contrato de matrícula vigente. Así mismo certificamos que asistimos a la socialización del sistema de evaluación (el 21 de Enero de 2011) de acuerdo a lo establecido en el decreto 1290, resolvimos nuestras inquietudes y recibimos el documento que nos explica las determinaciones de la institución para la promoción o no de los estudiantes. Se firma en la ciudad de Medellín a los _____ días del mes de _______ del año_____ por: __________________________ __________________________ _______ Acudiente CC Estudiante Doc Identidad Grado Teléfono Res: __________________ Teléfono Trabajo: ____________Celular:__________________ Direccion:_________________________________________________________________________

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CONTRATO PEDAGÓGICO

Entre los suscritos a saber: Conny Helen Barth León, quien actúa en nombre de la I.E EL PEDREGAL , y en adelante se

denominara La Institución, _______________________ a quien en adelante se denomina acudiente y él o la estudiante ___________________________ del grado _______, se celebra este contrato, el cual contempla las siguientes cláusulas:

PRIMERA: Definición del contrato: Mediante este contrato se establecen las condiciones de vinculación y /o permanencia del o la estudiante a la institución, en los términos del artículo 95 de la ley 115 de 1994, Ley 1098 o ley de

infancia y adolescencia y el Manual de convivencia de la Institución y compromete a las partes en las obligaciones legales, pedagógicas y disciplinarias, tendientes a hacer efectiva la prestación del servicio público de la educación, considerado como

un derecho-haber. SEGUNDA: Objeto del contrato: Este contrato establece que el estudiante ha realizado o renovado su matrícula en

condiciones especiales como consecuencia de su mal comportamiento en el año inmediatamente anterior y que su

permanencia en la institución durante este año depende del cabal cumplimiento del Manual de Convivencia, el cual han revisado y analizado previamente, tanto él o ella como su acudiente. Así mismo establece el compromiso del o la acudiente y

de la Institución de acompañar al o la estudiante para que mejore su comportamiento y avance en el proceso de formación integral, de acuerdo a las posibilidades contempladas en el Proyecto Educativo Institucional.

TERCERA: Duración del Contrato: Este contrato tiene vigencia desde el momento en que se realiza o renueva matricula hasta la finalización del año escolar.

CUARTA: obligaciones esenciales de las partes: Para lograr el buen comportamiento y el avance en el proceso de formación de o la estudiante, son obligaciones esenciales de las partes las siguientes:

Obligaciones del o la estudiante: Cumplir con todas las responsabilidades establecidas en el Manual de Convivencia, realizar autoevaluación mensual por escrito de su comportamiento, discutirla con el consejero de grupo y entregarla con

ambas firmas a la comisión de Convivencia Institucional, buscar entre sus compañeros y/o profesores el apoyo necesario

para autorregular su comportamiento, distanciarse de los compañeros que lo incitan a reincidir en sus acciones inadecuadas y llevar siempre como parte de sus útiles escolares un cuaderno o libreta en la que tenga registradas las observaciones de

profesores, consejero de grupo o miembros de la comisión de Convivencia. Obligaciones del o la acudiente: Entrevistarse mensualmente con el Consejero de grupo para dialogar sobre el

comportamiento de su hijo (a), para lo cual debe solicitar cita previa; revisar permanentemente el cuaderno o libreta de

apuntes y firmar las anotaciones que allí encuentre, sancionar los comportamientos indebidos y estimular los avances de su hijo(a), acudir de manera oportuna a los llamados que la institución le haga y cumplir con las responsabilidades

contempladas en el Manual de Convivencia. Obligaciones de la Institución: Atender a los requerimientos de acompañamiento y apoyo que demande el o la

estudiante e implementar estrategias variadas que le ayuden a mejorar su comportamiento, hacer seguimiento a su

desempeño con anotaciones escritas orientadoras, oportunas y debidamente firmadas, reconocer y estimular al o a la estudiante por sus cambios positivos de comportamiento, conceder entrevista mensual al acudiente para informarle el

proceso y respetar los derechos del o la estudiante contemplados en el Manual de Convivencia. Quinta: Documentos Complementarios: El Proyecto Educativo Institucional y el Manual de Convivencia se consideran

parte integrante del presente contrato. SEXTA: Causales de terminación y/o de no renovación del contrato: El presente contrato puede terminar por una de

las siguientes causales:

1. Por expiración del termino fijado, es decir el año lectivo 2. Por retiro del estudiante de la Institución.

3. Como estímulo al o la estudiante por cambios positivos en su comportamiento. 4. Por el incumplimiento de las obligaciones del estudiante y / o de su acudiente; por incurrir en una falta grave o por la

acumulación de faltas leves, en cuyo caso el estudiante pierde el derecho a continuar estudiando en la Institución y

su acudiente será llamado a cancelar matricula.

Para constancia se firma en dos ejemplares del mismo tenor en Medellín, a los _____días del mes __________ de 2009

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__________________________________ Huella Estudiante

Documento __________________________________ Huella

Acudiente

Cedula Nº

__________________________________ Huella

Rector Cedula Nº

__________________________________ Huella

Coordinador Cedula Nº

COMPROMISOS SOBRE EL RENDIMIENTO DISCIPLINARIO

NOMBRE DEL ESTUDIANTE:_______________________________________________________

GRADO ESCOLAR:_______________ EDUCADOR:_________________________

DIFICULTAD QUE PRESENTA:_______________________________________________________________________

_________________________________________________________________________________________

_________________________________________________________________________________________

_________________________________________________________________________________________

_________________________________________________________________________________________

_________________________________________________________________________________________

_________________________________________________________________________________________

COMPROMISOS DEL ESTUDIANTE:____________________________________________________________

_________________________________________________________________________________________

________________________________________________________________________________________

_________________________________________________________________________________________

_________________________________________________________________________________________

_________________________________________________________________________________________

_________________________________________________________________________________________

COMPROMISOS DE LA FAMILIA:____________________________________________________________________

_________________________________________________________________________________________

_________________________________________________________________________________________

_________________________________________________________________________________________

_________________________________________________________________________________________

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_________________________________________________________________________________________

_________________________________________________________________________________________

FECHA:______________________ AÑO_____________

______________________________________ _______________________________

PADRE DE FAMILIA Y/O ACUDIENTE ESTUDIANTE

________________________________________ ______________________________________

DIRECTOR(A) DE GRUPO COORDINADOR(A)

______________________________________

RECTOR(A)

COMPROMISOS SOBRE EL RENDIMIENTO ACADEMICO

NOMBRE DEL ESTUDIANTE: _____________________________________________________ AÑO: _______

ORIENTADOR DE GRUPO: __________________________________ GRUPO: _______ PERÍODO: ________

AREAS Y/O ASIGNATURAS EN LA(S) QUE PRESENTA DIFICULTAD: _____________________________________

_________________________________________________________________________________________

Teniendo en cuenta:

Nuestro Sistema de Evaluación 1290 Nuestro Proyecto Educativo Institucional

Nuestro Manual de Convivencia Escolar

Las funciones del Consejo Académico El estudio y análisis detallado del desempeño en el proceso académico realizado por la Comisión de Promoción y

Evaluación, sus recomendaciones y/o estrategias de mejoramiento. La notificación oportuna al padre de familia y/o acudiente.

Por tanto el (a) estudiante mencionado, sus padres y/o acudientes, quedan notificados de las dificultades académicas,

generando un compromiso para mejorar sus condiciones de aprendizaje, cumplimiento de sus deberes, asistencia puntual

a la institución y salón de clase, permanencia dentro del aula y la realización de las actividades curriculares propuestas

por los docentes.

COMPROMISOS DEL ESTUDIANTE: ____________________________________________________________

________________________________________________________________________________________

________________________________________________________________________________________

________________________________________________________________________________________

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COMPROMISOS DE LA FAMILIA Y/O ACUDIENTE: _________________________________________________

________________________________________________________________________________________

________________________________________________________________________________________

________________________________________________________________________________________

FECHA: ______________________

______________________________________ _________________________________ PADRE DE FAMILIA Y/O ACUDIENTE ESTUDIANTE __________________________________ __________________________________

DIRECTOR(A) DE GRUPO COORDINADOR(A) ______________________________________ RECTOR(A)