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Informe Anual 2014

Informe Anual 2014 · a una perspectiva de mucha mayor partici - pación en la que se privilegie el desarrollo de competencia efectiva y que solo se li-mite la regulación a los segmentos

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Carta del Presidente

Capítulo 1. La Comisión Reguladora de Energía después de la Reforma Energética

Capítulo 2. Instrumentos de regulación

Capítulo 3. Otorgamiento de permisos

Capítulo 5. Desarrollo institucional

Capítulo 6. Vinculación internacional e institucional

Capítulo 7. Órgano de Gobierno y Cuerpo Directivo

Capítulo 4. Seguimiento de obligaciones y otras actividades regulatorias

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La implementación de la reforma ener-gética, resultado de las modificaciones constitucionales promulgadas el 20 de di-ciembre de 2013, avanzó de manera muy importante en 2014. El 11 de agosto de 2014 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto por el que se expidieron 12 nuevas leyes y se modifica-ron 9 más, todas ellas relacionadas con la reforma energética. Menos de tres meses después, el 31 de octubre, se publicaron los nuevos reglamentos correspondientes o las modificaciones a los reglamentos ya existentes. Con anterioridad, el 28 de agosto, el Presidente de la República tam-bién expidió los decretos por los que se crearon el Centro Nacional de Control de Energía o Cenace, y el Centro Nacional de Control del Gas Natural, o Cenagás.

El conjunto anterior de ordenamientos jurí-dicos, producidos a menos de un año de la reforma constitucional, profundiza en la descripción de los modelos de organiza-ción industrial y la arquitectura institucional delineada en el cuerpo de los 21 artículos transitorios aprobados por el Constituyente Permanente. De este conjunto sobresalen, por su importancia en el ámbito de res-ponsabilidades de la Comisión, la Ley de

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el desarrollo de toda la regulación; esta es la última etapa de la implementación de la reforma, pero la más importante en térmi-nos de su complejidad y relevancia, por su incidencia en las decisiones de los nuevos inversionistas en el sector.

Paralelamente al diseño de los instru-mentos legales y de regulación que se requieren para avanzar en la implementa-ción de la reforma, la Comisión continuó atendiendo los procesos administrativos y solicitudes de permisos que se presenta-ron durante 2014. Específicamente, en el sector hidrocarburos conviene destacar el otorgamiento de los permisos de gas natural por ducto para las empresas TAG Pipelines Norte, S. de R. L. de C. V., (Los Ramones Fase II Norte), Transportadora de Gas Natural del Noroeste, S. de R. L. de C. V., (Gasoducto El Encino-El Oro-Mazatlán) y TAG Pipelines Sur, S. de R. L. de C. V., (Los Ramones Fase II Sur), así como los permisos de distribución vinculados a las licitaciones de las zonas geográficas de Veracruz y del Noroeste, respectivamente. Asimismo, se llevó a cabo el proceso de licitación del permiso para la zona geográ-fica de Sinaloa.

En materia eléctrica, en el año se recibieron 499 solicitudes de nuevos permisos, así como 212 de modificaciones a permisos existentes; de ellos se aprobaron 153 per-misos y se modificaron 103. Es importante señalar que, al 31 de diciembre de 2013, la Comisión había otorgado 1107 permisos eléctricos, lo que significa que en un solo año se solicitó un equivalente al 45 % de los permisos otorgados a lo largo de toda la historia de la CRE. Por otra parte, un as-pecto a destacar de dichas solicitudes es que en su mayoría (80 %) corresponden a proyectos renovables, y cuyas inversiones ascenderían aproximadamente a 40 mil millones de dólares.

Hidrocarburos, la Ley de la Industria Eléc-trica, y la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética, junto con sus reglamentos correspondientes.

Tanto en materia de hidrocarburos como en materia de electricidad, los modelos previstos en la ley dejan claro el propósito de impulsar la competencia, donde sea es posible y deseable, obligando a aquellas infraestructuras que tienen características de insumos esenciales o monopolios na-turales, al acceso abierto y regulando ta-rifariamente. Por el mismo motivo también se contempla la separación legal, operati-va y contable de las actividades integradas cuando esto sea necesario para el desa-rrollo eficiente del sector, que es finalmente el objetivo que se persigue con la reforma.

Es importante destacar que en el desarrollo de estos instrumentos jurídicos la Comisión tuvo una participación destacada aportan-do propuestas específicas con base en los casi 20 años de experiencia adquirida en la regulación de estos sectores, y en el co-nocimiento de otras realidades regulatorias que han resultado exitosas.

Por lo que toca a la Ley de los Órganos Reguladores, el nuevo marco legal deta-lla los mecanismos a través de los cuales la institución ejerce su autonomía y rinde cuentas sobre su desempeño. En este contexto, a partir de 2014, la Comisión co-menzó a transmitir en vivo las sesiones de su Órgano de Gobierno, convirtiéndose en el primer regulador de México en hacerlo de manera permanente.

Asimismo, con la expedición del Regla-mento Interno de la Comisión, publicado el 28 de noviembre de 2014 en el DOF, se comenzó un proceso de reorganización que permitirá ejercer todas las nuevas fa-cultades de una manera eficiente y eficaz. El nuevo arreglo institucional es clave para

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Canadá. En estos últimos países, además de las agencias federales, los estados y las provincias cuentan con comisiones es-tatales.

Por otra parte, aprovechando la Presi-dencia de la Asociación Iberoamericana de Entidades Reguladoras de la Energía (Ariae), se difundió la reforma en varios fo-ros internacionales organizados por otras asociaciones regulatorias, como la Asocia-ción Nacional de Comisiones de Regula-ción de Estados Unidos (Naruc, por sus siglas en inglés) o la Asociación Regional de Reguladores de Energía (ERRA, por sus siglas en inglés), y a través de institucio-nes académicas como la Fundación para la Sostenibilidad Energética y Ambiental (Funseam), el Instituto de las Américas o la Universidad de Oklahoma, por Proméxico y por la revista Oil & Money.

En menos de un año el sector energético ha experimentado un cambio radical en su marco legal e institucional: una reforma constitucional que abarca hidrocarburos y electricidad; un extenso paquete de legis-lación secundaria con sus correspondien-tes reglamentos; nuevos operadores de las redes de gas y electricidad, así como el fortalecimiento de las atribuciones y la naturaleza jurídica de las principales insti-tuciones del sector (la Secretaría y los re-guladores).

Se dice fácil pero no lo es. Reformas de mucho menor calado han tardado, por lo menos, cuatro o cinco años para concre-tarse en otros países. La velocidad en la implementación de una reforma tan pro-funda, simple y sencillamente, no tiene pa-rangón. Las expectativas que ha suscitado la reforma son muy altas. El trabajo es con-tinuo, todavía no termina y, ahora, depen-de fundamentalmente de los reguladores.

En materia institucional, la Comisión amplió su estructura, pasando de 184 funciona-rios públicos registrados al 31 de diciem-bre de 2013, a 257 al cierre del 2014. Cabe mencionar que, derivado de la considera-ble ampliación de sus funciones, se estima que hacia 2017 el número de empleados de la Comisión debería rondar los 500, nú-mero menor al que tienen reguladores de varios países latinoamericanos como Brasil y Perú, así como reguladores de EE. UU. y

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6Francisco Javier Salazar

Diez de SollanoComisionado Presidente

Comisión Reguladora de Energía

Para la Comisión, el proceso de reforma energética implica una transformación tan profunda en su visión regulatoria como lo es la propia transformación de la industria. La regulación debe evolucionar y focalizar-se a unas cuantas empresas monopólicas, las más grandes de ellas propiedad del Estado y verticalmente integradas; transitar a una perspectiva de mucha mayor partici-pación en la que se privilegie el desarrollo de competencia efectiva y que solo se li-mite la regulación a los segmentos de las cadenas de valor en los que pueda con-centrarse el poder de mercado.

Este cambio de paradigma representa un reto. Se trata de encontrar el punto justo de equilibrio para que la intervención regu-ladora deje de ser un fin y se convierta en un medio para facilitar, y no entorpecer, el desarrollo eficiente de las actividades. La experiencia en otras demarcaciones de-muestra que la búsqueda de este objeti-vo requiere de mucha mayor pericia, del desarrollo de capacidades y de “hilar fino” en la regulación, a diferencia de cuando se está frente a estructuras de mercado mo-nopólicas y verticalmente integradas. En la Comisión estamos conscientes de ello y por eso seguiremos sin escatimar recur-sos hasta ver que lo que nos corresponde hacer para lograr el desarrollo eficiente del sector se realice satisfactoriamente.

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Capítulo 1

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LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA DESPUÉS DE LA REFORMA ENERGÉTICA

Capítulo 1

1.1 Origen y transfromacionesde la Comisión, desde 1992 hasta 2013

“¡Luz, más luz!”. Este clamor desesperado de Goethe, proferi-do durante los últimos momentos de su existencia, se trans-formó en el primer mandato de la Comisión Reguladora de Energía (CRE): procurar energía para todos. Esto había que hacerlo en condiciones imparciales para el sector público y para el sector privado, dado que la reforma a la Ley del Servi-cio Público de Energía Eléctrica en 1992 urgía la constitución de un órgano administrativo desconcentrado, de la entonces Secretaría de Energía, Minas e Industria Paraestatal, para re-solver las cuestiones derivadas de la interacción entre el sec-tor público y el privado producto de dicha reforma. Se trataba, como diría Gandhi, de que se adecuara a la ley, se ajustara a la justicia y promoviera la equidad. Con esa finalidad, la CRE fue instituida mediante Decreto Presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 4 de octubre de 1993, mismo que entró en vigor el 3 de enero de 1994.

Después de la reforma estructural al sector gasista en 1994, el Poder Legislativo aprobó la Ley de la Comisión Reguladora de Energía, que se publicó en el DOF en octubre de 1995. Este convirtió a la institución en un órgano desconcentrado de la Secretaría de Energía (Sener), con autonomía técnica y operativa y con atribuciones que previamente se encon-traban dispersas en la Sener, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y la Secretaría de Economía (SE). Ello permitió a la CRE tener la capacidad de implementar el marco regulatorio en los sectores de gas y electricidad.

Trece años después, el 28 de noviembre de 2008, se publi-caron en el DOF diversos decretos sobre el sector energético y sus instituciones que fortalecieron la naturaleza, estructura y funcionamiento de la Comisión, y le confirieron mayores atri-buciones para regular no solo el sector de gas y electricidad, sino también el desarrollo de otras actividades de la industria de hidrocarburos, así como la generación con fuentes reno-vables de energía.

El 20 de diciembre de 2013 se publicó el decreto por el que se reformaron y adicionaron diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de energía, y el 11 de agosto de 2014 se publicaron en el DOF varios ordenamientos sobre la materia.

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para decidir los asuntos por mayoría de votos, sin posibilidad de abstención.

Se crearon cinco nuevas jefaturas de uni-dad, que atienden las siguientes áreas: Análisis Económico (tarifas); Regulación; Asuntos Jurídicos; Planeación y la Evalua-ción (a fin de revisar la regulación futura y evaluar su funcionamiento), y finalmente, una jefatura de unidad de Sistemas Eléc-tricos, debido a las numerosas facultades que recibió la CRE en materia eléctrica.

Por otra parte, se establecieron las coor-dinaciones generales. Cuatro de ellas de-penden directamente del Comisionado Presidente: la Coordinación General de Ingeniería y Normalización; la Coordinación General de Supervisión de Mercados de Hidrocarburos; la Coordinación General de Supervisión de Mercados Eléctricos, y la Coordinación General de Vinculación Institucional y Comunicación Social. Final-mente, toda la parte administrativa quedó subordinada a la Secretaría Ejecutiva, es de-cir, todos los trámites de permisos de gene-ración eléctrica, gas natural, gas licuado de petróleo (GLP) y de petrolíferos, además de la Coordinación General de Administración. Asimismo, la CRE contará con un respectivo Órgano Interno de Control.

A partir de la Reforma Constitucional, la CRE se fortalece, porque de ser un órgano desconcentrado se convierte en un órgano regulador coordinado en materia energéti-ca. Actualmente la CRE es una Dependen-cia Administrativa del Poder Ejecutivo Fede-ral, establecida en la Constitución. Cuenta con personalidad jurídica propia, autonomía técnica y de gestión, así como con autosu-ficiencia presupuestaria, por lo que puede disponer de los ingresos derivados de las contribuciones y aprovechamientos por sus servicios, mediante la figura de un fideico-miso público.

En el desempeño de sus funciones, la CRE se coordina con la Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH), con la Secretaría de Energía y demás dependencias afines, con el objetivo de que sus actos y resoluciones se emitan de conformidad con las políticas públicas del Ejecutivo Federal.

1.2 Organización de la CRE

A partir de la reforma, el Órgano de Gobierno de la Comisión está integrado por siete Co-misionados, incluyendo al Comisionado Pre-sidente, siendo la instancia suprema de deci-sión. Las sesiones del Órgano de Gobierno son públicas, por lo que se transmiten a través de medios electrónicos de comunicación. Los Comisionados deliberan en forma colegiada

OrdenamientoArtículosTransitorios

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Agosto

Diciembre

>100>5000

InstrumentosArtículos9

121941203

Leyes expedidasLeyes modificadasArtículosTransitorios

121413

2519270

Nuevos reglamentosReglamentos modificadosEstatutosArtículosTransitorios

Pacto por México Reforma Constitucional

Regulación y normatividad

Leyes Secundarias, Reglamentos, Decretos

y Estatutos

2015201420132012

Gráfico 1.1A Etapas de la Reforma Energética

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piciar una adecuada cobertura nacional y atender a la confiabilidad, estabilidad y se-guridad en el suministro y la prestación de los servicios.

Atribuciones

Además de las atribuciones establecidas en la Ley de Hidrocarburos, la Ley de la Indus-tria Eléctrica y las demás leyes aplicables, la Comisión Reguladora de Energía debe regular y promover el desarrollo eficiente de las siguientes actividades:

I. Las de transporte, almacenamiento, distribución, compresión, licuefacción

Los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética contarán con un Consejo Consultivo, órgano propositivo y de opinión, cuyo objetivo es contribuir al procedimiento de consulta pública para analizar los criterios de regulación contenidos en las disposicio-nes administrativas de carácter general que expidan los órganos reguladores.

1.3 ¿Qué hace la CRE?

Objetivo

Fomentar el desarrollo eficiente de la indus-tria; promover la competencia en el sector; proteger los intereses de los usuarios; pro-

Ejecutivo Federal

Banco de México Fondo Mexicanodel Petróleo

Secretarías

Banco centralautónomo

SHCP

Sener

Semarnat ASEA

OrganismosDescentralizados

Cenace

Cenagás

Empresas productivasdel Estado

Pemex ysubsidiarias

CFE y subsidiarias

CRE

CNH

Órganos ReguladoresCoordinados

Gráfico 1.1B Naturaleza Jurídica del Sector Energético

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a la confiabilidad, calidad y seguridad en el suministro y la prestación de los servicios a precios competitivos, en beneficio de la sociedad.

Visión

La Comisión es un Órgano Regulador Coordinado en Materia Energética que de manera autónoma, transparente y eficiente orienta los intereses de los usuarios y suje-tos regulados al desarrollo de un mercado energético competitivo y sostenible, en be-neficio de la sociedad.

1.4 ¿Qué regula la CRE?

La CRE tiene la responsabilidad clave de sentar las bases del mercado eléctrico. También es responsable de la vigilancia del mercado y de establecer los costos del operador. En cuanto a la oferta, la CRE otor-ga los permisos de generación y determina las metodologías para el pago de la genera-

y regasificación, así como el expendio al público de petróleo, gas natural, gas licuado de petróleo, petrolíferos y petro-químicos;

II. El transporte por ductos, almacena-miento, distribución y expendio al públi-co de bioenergéticos, y

III. La generación de electricidad, los ser-vicios públicos de transmisión y distri-bución eléctrica, la transmisión y distri-bución eléctrica que no forma parte del servicio público y la comercialización de electricidad.

Misión

Regular de manera transparente, imparcial y eficiente las actividades de la industria ener-gética de su competencia, a fin de generar certidumbre que aliente la inversión pro-ductiva. Fomentar una sana competencia, propiciar una adecuada cobertura y atender

Comisionado

Comisionado Comisionado

Comisionado

ComisionadoPresidente

AsuntosJurídicos

Tarifas

Administración

AnálisisEconómico

y Regulación

Electricidady EnergíasRenovables

SecretarioEjecutivo

Ingeniería yNormalización

Hidrocarburos yBioenergéticos

Gráfico 1.2A Anterior Estructura Organizacional de la CRE

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para los usuarios. Por el contrario, tanto el suministrador de servicios básicos como el de último recurso estarán fuertemente regulados, no solo en materia de requeri-mientos de cobertura de potencia y energía sino, sobre todo, en materia tarifaria y con-tractual. De manera paralela al caso de los certificados de energías limpias, uno de los principios fundamentales para adquirir es-tos productos es el uso de subastas.

La CRE debe regular el proceso de es-tandarización y normalización del Sistema Eléctrico Nacional, así como fomentar la

ción distribuida ofertada por los suministra-dores de servicios básicos; emite las reglas para las transacciones entre generadores y comercializadores; otorga los certificados de energías limpias; autoriza las importacio-nes y exportaciones de energía eléctrica, y lleva el registro de los comercializadores que no están regulados.

Por lo que corresponde al suministro, los suministradores de servicios calificados (cuyo registro también lleva la CRE) están regulados exclusivamente en materia de requerimientos de potencia garantizada

Jefaturas de unidad

Coor

dinac

iones

gen

eral

es

Regulación

AnálisisEconómico

AsuntosJurídicos

SistemasEléctricos

Planeación yEvaluación

Oficinasestatales oregionales

MercadosEléctricos Mercados de

hidrocarburos

Ingeniería yNormalización

Vinculación yComunicación

Administración

SecretariaEjecutiva

Petrolíferos

Gas LP

Gas Natural

GeneraciónEléctrica

ÓrganosInterno de

Control

Comisionado Comisionado

Comisionado

Comisionado

Comisionado

Comisionado

ComisionadoPresidente

Gráfico 1.2B Nueva Estructura Organizacional de la CRE (después de la Reforma de 2013)

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capacitación de empresas y personal inde-pendiente para la instalación de Centrales Eléctricas de Generación Limpia Distribui-da. Finalmente, en materia de transmisión y distribución de energía eléctrica, la CRE re-gula el acceso, las tarifas para los servicios de transmisión, la distribución y operación de los Suministradores de Servicios Bási-cos, y la operación del CENACE y Servicios Conexos no incluidos en el Mercado Eléc-trico Mayorista, así como la prestación de servicios. Como parte de sus responsabili-dades técnicas especializadas, opina sobre la planificación y ampliación de las redes, y tiene a su cargo la regulación de las redes inteligentes y la generación distribuida.

Por lo que corresponde a hidrocarburos, el 31 de octubre de 2014 se publicó el Re-glamento de la Ley de Hidrocarburos, rela-cionado con las actividades del upstream, así como el Reglamento de las actividades a las que se refiere el Título Tercero de la Ley de Hidrocarburos, relativo al midstream y downstream de la industria. Tanto la Ley como dichos reglamentos separaron las competencias entre la Sener y los regula-dores. En términos generales, la regulación del upstream quedó a cargo de la CNH, la regulación del midstream y downstream1 le corresponden a la CRE y toda la materia de seguridad industrial y protección al ambien-

1 Los términos ingleses 1) upstream, 2) midstream y 3) downstream corresponden, de manera general, a las siguientes actividades: 1) Exploración y producción de petróleo y gas; 2) Refinación de petróleo y procesamiento de gas natural, su transporte, almacenamiento y venta al mayoreo; y 3) Comercialización y distribución.

te pasó a la ASEA. La parte productiva, los centros procesadores de gas y las refinerías quedaron en manos de la Sener, así como el otorgamiento de los permisos de impor-tación y exportación.

Una de las características básicas de la ley secundaria es que establece el acce-so abierto como estándar (default); es decir, toda infraestructura de ductos y almacena-miento tiene que ser de acceso abierto y solamente por excepción podrá ser utiliza-da para usos propios. La excepción la califi-cará la CRE, de tal manera que se garantice el acceso a la infraestructura existente y a la nueva. En la misma línea de razonamiento económico, esta infraestructura estará re-gulada tarifariamente, aunque esta tendrá mayor flexibilidad para los líquidos que para el gas. También se establece la separación vertical entre las actividades de infraestruc-tura y comercialización, así como la imposi-ción de regulación asimétrica sobre Pemex en su carácter de jugador dominante en estos mercados, a fin de que, prevalecien-do la equidad entre Pemex y el resto de los participantes, se fomente la competencia y, como resultado, se obtengan las mejores condiciones de precio y calidad para los usuarios.

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INSTRUMENTOSDEREGULACIÓN

La regulación energética comprende desde normas gene-rales aprobadas por el Congreso de la Unión y el Ejecutivo Federal (leyes y reglamentos) hasta una serie de instrumentos administrativos a cargo de esta Comisión, por ejemplo: direc-tivas, modelos de instrumentos contractuales, metodologías, entre otros.

Estas herramientas tienen como propósito lograr el desarrollo eficiente de las actividades reguladas en un marco de trans-parencia y certidumbre, tanto para usuarios como para pres-tadores de servicio.

2.1 Regulación para el sector eléctrico:Aspectos Generales

A finales de 2013 se comenzó el análisis relativo a la nueva regulación que la Comisión hubo de expedir en 2014 como resultado de la Reforma Energética. En este contexto, existie-ron diferentes elementos que la CRE consideraba que debían incorporarse adecuadamente en la legislación secundaria que se aprobaría en materia eléctrica, con el objeto de faci-litar la inversión, reducir los costos del financiamiento de los proyectos y promover la eficiencia del sector. Para la CRE, la incorporación de los elementos considerados en el pasado informe son clave para alcanzar el propósito que persigue la Reforma Constitucional en materia eléctrica.

Como parte del paquete de nueve nuevas leyes en materia energética y la reforma a doce ordenamientos existentes en 2014, después de la Reforma Constitucional, una nueva Ley de la Industria Eléctrica entró en vigor el 12 de agosto de 2014. La Ley de la Industria Eléctrica y su respectivo Regla-mento permitirían al sector privado participar libremente en la generación y comercialización de electricidad, mientras que se mantiene el control y operación de la red eléctrica por par-te de la Empresa Productiva del Estado, que es la Comisión Federal de Electricidad (CFE).

Esta ley crea un Mercado Eléctrico Mayorista (MEM), que será operado por el Centro Nacional de Control de Energía (Cenace). Actualmente, el CENACE forma parte de la Comi-sión Federal de Electricidad, sin embargo, se transformará en el operador independiente de toda la red.

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Capítulo 2

rrollo de los nuevos instrumentos regula-torios que permitirán el desarrollo de una regulación acorde con la Reforma Energé-tica.

2.1.2 Fuentes convencionales

En 2014 se mantuvo vigente la regulación para fuentes convencionales. A pesar de ello, se está trabajando con el objetivo de encontrar áreas de oportunidad en dichos instrumentos, congruentes con la Reforma Energética y, de esta manera, poder reali-zar modificaciones que correspondan a los mismos en un corto o mediano plazo.

2.1.3 Instrumentos regulatoriosen materia de aportaciones

El 10 de noviembre de 1998 se publicó en el DOF el Reglamento de la Ley del Servi-cio Público de Energía Eléctrica en Materia de Aportaciones (Reglamento de Aporta-ciones), y el 16 de diciembre de 2011 se publicó en el DOF el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas dis-posiciones del Reglamento de Aportacio-nes. En dicho Decreto se establece que la CRE aprobará diversos instrumentos regu-latorios en la materia.

A continuación, se describe su situación en 2014:

• Catálogo de preciosEn agosto de 2013, la CFE presentó, para aprobación de la CRE, la revisión anual del Catálogo de Precios, con precios de refe-rencia a julio de 2013. Al respecto, la Co-misión instrumentó el procedimiento esta-blecido en el Reglamento de Aportaciones para someterlo a consulta pública y recibir comentarios de los interesados. El análisis y evaluación de dicho catálogo concluyó en 2014, para publicarse en 2015.

La Sener y la CRE contarán con facultades regulatorias y de supervisión sobre el MEM. La Sener será responsable de expedir las Reglas del Mercado iniciales y la CRE será responsable del otorgamiento de permisos para participar en el MEM, ya sea para ad-quirentes o suministradores de electricidad.

La CRE también será responsable de es-tablecer las tarifas de transmisión, distribu-ción y venta del servicio básico de electrici-dad, establecer las condiciones generales para los participantes del mercado, expedir los modelos de contratos de interconexión y de administrar los certificados de energías limpias, además de expedir el modelo de contrato que el Cenace celebrará con los participantes del MEM, en su carácter de operador independiente de la red eléctrica.

El control operativo del Sistema Eléctrico Nacional, así como la transmisión y distribu-ción de energía eléctrica son consideradas áreas estratégicas y, por lo tanto, permane-cerán en las manos del Estado Mexicano a través de Empresas Productivas del Estado (EPE). Sin perjuicio de lo anterior, el sector privado podrá participar en la transmisión y distribución de electricidad mediante con-tratos y asociaciones con las EPE.

Bajo la Ley de la Industria Eléctrica, la CFE se convertirá en una empresa completa-mente competitiva, la cual podrá participar en las distintas actividades del mercado a través de empresas subsidiarias y filiales. La CFE continuará siendo el suministrador del servicio básico de electricidad para usua-rios residenciales, así como para pequeños y medianos usuarios bajo un esquema de tarifas reguladas.

2.1.1 Fuentes de energía renovable

En 2014 se mantuvo vigente la regulación para fuentes de energía renovable. No obs-tante, se comenzó el análisis para el desa-

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Capítulo 2

El objetivo de la aprobación de dichos mo-delos es mantener actualizados los instru-mentos conforme al marco regulador vigen-te en la materia, ya que los modelos que se venían aplicando datan desde 2004 y de 2009.

• Procedimiento para el registro, seguimien-to y control de solicitudes y convenios que celebre el suministrador con los solicitantes o usuarios del servicio público de energía eléctrica

Por lo tanto, en 2014 continuó vigente el Catálogo de precios aprobado mediante la Resolución RES/040/2010, publicada en el DOF el 24 de marzo de 2010. En 2014 la Comisión aprobó únicamente la actualiza-ción periódica del Catálogo de Precios.

• Factores de ajuste mensuales Mediante diversas resoluciones, se conti-nuó con la aprobación mensual de los fac-tores de ajuste de los precios de materiales y equipos, y los costos unitarios del kilovolt ampere de capacidad de transformación del Catálogo de precios de la CFE, así como los factores de ajuste anuales de mano de obra o labor de dicho organismo. Adicionalmen-te, se siguió con la actualización mensual de los cargos correspondientes a los servi-cios de transmisión que presta la CFE a los permisionarios con centrales de generación de energía eléctrica con fuentes de energía renovable o cogeneración eficiente, en los niveles de alta, media y baja tensión, utili-zando el factor de ajuste correspondiente.

• Modelos de convenios Mediante la Resolución RES/205/2014, pu-blicado en el DOF el 23 de junio de 2014, la CRE aprobó diversos modelos de convenio en materia de aportaciones, mismos que se enlistan a continuación:

1. Convenio de Aportación en Efectivo;

2. Convenio de Aportación en Efectivo y en Especie;

3. Convenio de Aportación en Obra Es-pecífica;

4. Convenio para la Cesión de Demanda Eléctrica en Servicios de Media y Baja Tensión, y

5. Oficio Resolutivo de Presupuesto de Obra.

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2.2 Regulación para el SectorHidrocarburos: Aspectos Generales

A continuación se detalla el alcance de la regulación sobre el sector de hidrocarburos instrumentada en 2014:

2.3 Gas Natural

2.3.1 Instrumentos regulatorios para mitigar la situación de desbalance en el suministro de gas natural

En 2014 la CRE continuó con la implemen-tación del esquema de ajuste a las tarifas por erogaciones extraordinarias para ha-cer frente a los desbalances del Sistema de Transporte Nacional Integrado (SNTI), aprobado por la CRE en abril de 2013. Di-cho ajuste consiste en un monto en pesos por gigajoule que refleja el costo neto de la adquisición de gas natural licuado que se inyecta al SNTI y de los servicios para su entrega, principalmente transporte y al-macenamiento, con el objeto de prevenir desbalances que ocasionen alertas críticas en dicho sistema y, en consecuencia, de-sabasto de gas natural entre los usuarios conectados a dicho sistema.

Las principales premisas del esquema de Ajuste por Balanceo, aprobado por la CRE mediante la Resolución RES/011/2013, son las siguientes:

i) El transportista y el suministrador de gas natural no obtendrán ingresos extraordi-narios derivados de su aplicación;

ii) Para fines de transparencia, Pemex-Gas y Petroquímica Básica (PGPB) presen-tará a la CRE el volumen de gas inyec-tado, así como los ingresos y eroga-ciones por la aplicación del Ajuste por Balanceo, y

Este procedimiento se retomará en término de las nuevas disposiciones que estable-ce la Ley de la Industria Eléctrica y su Re-glamento, publicados en el DOF el 11 de agosto y 31 de octubre de 2014, respecti-vamente.

• Criterios y Bases para determinar y actua-lizar el monto de las aportaciones (Criterios y bases)Los Criterios y bases se retomarán en los término de las nuevas disposiciones que establece la Ley de la Industria Eléctrica y su Reglamento.

• Informe anual de las aportacionesEn atención a la Resolución RES/455/2012 de fecha 6 de diciembre de 2012, en febre-ro de 2013 la CFE presentó a la CRE el in-forme anual en materia de aportaciones del periodo comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2013, por lo que en 2014 la CRE se abocó a revisar y evaluar dicho informe, requiriendo a la CFE aclaraciones y justificaciones de los conceptos y valores reportados sobre las aportaciones de los solicitantes o usuarios del servicio público de energía eléctrica para la realización de obras específicas, ampliaciones o modifi-caciones requeridas para proporcionar el servicio de energía eléctrica.

El 24 de diciembre de 2014, se publicó en el DOF la Resolución RES/570/2014, por la que se expidieron las Disposiciones Gene-rales para la importación de energía eléc-trica de una central eléctrica ubicada en el extranjero conectada exclusivamente al Sis-tema Eléctrico Nacional, conforme al Transi-torio Décimo, Párrafo Tercero, de la Ley de la Industria Eléctrica. Esta regulación permi-tirá importar energía eléctrica y productos asociados a partir de la entrada en vigor de la Ley de la Industria Eléctrica y antes de la declaración de entrada en operación del Mercado Eléctrico Mayorista.

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durante 2013 y 2014 PGPB adquirió carga-mentos de GNL cuyo precio se vinculó a la postura ganadora de un proceso de lici-tación internacional conducido por la CFE. Específicamente, el precio del GNL para fi-nes del Ajuste por Balanceo se referenció al marcador JKM de la publicación LNG Daily de Platts, más una prima contractual que refleja el costo de oportunidad del GNL en el mercado internacional. De esta manera, el costo del GNL que se ha trasladado a los usuarios, vía el Ajuste por Balanceo, ha sido resultado de las condiciones del mercado de referencia. Asimismo, durante el 2013 la CRE aprobó para efectos de aplicación del esquema una metodología para determinar el monto del Ajuste por Balanceo, denomi-nada Mecanismo de Implementación del Ajuste por Balanceo, el cual contiene todas las premisas, supuestos, especificaciones y formulaciones para que PGPB determine de forma trimestral el monto del Ajuste que se aplicará a las tarifas del SNTI.

Con base en dicho mecanismo, duran-te 2014 PGPB formuló las propuestas de Ajuste por Balanceo aplicables a los tri-mestres correspondientes a dicho año. Tales propuestas fueron aprobadas por la CRE mediante las siguientes Resoluciones: RES/615/2013, correspondiente al trimestre de enero a marzo de 2014; RES/115/2014, correspondiente al trimestre de abril a junio de 2014; RES/276/2014, correspondiente al trimestre de julio a septiembre de 2014 y RES/436/2014, correspondiente al trimestre de octubre a diciembre de 2014.

La aprobación de las propuestas de Ajuste por Balanceo se ha basado en la verifica-ción preliminar de los gastos e ingresos que PGPB ha tenido por la aplicación del es-quema a los usuarios del SNTI, con objeto

iii) PGPB realizará su mejor esfuerzo para que los costos en los que se haya incu-rrido para el balanceo del sistema sean lo más eficiente posibles.

De manera complementaria a dicha Reso-lución, la CRE aprobó, mediante la Reso-lución RES/063/013 del 21 de febrero del 2013, a PGPB los Términos Generales para la compra, entrega y recepción de gas na-tural licuado para balanceo en el SNTI. Di-cha Resolución ordena a PGPB privilegiar procesos competitivos para la adquisición del gas natural licuado (GNL) en el merca-do internacional. En congruencia con ello,

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presentaron en 2012 y 2013, en virtud de los desbalances entre la oferta y demanda del energético, se aliviaron significativamen-te.

2.3.2 Régimen permanente de los Tér-minos y Condiciones Generales para las Ventas de Primera Mano (TCGVPM) de Gas Natural

Con el objetivo de analizar y discutir las ade-cuaciones que resultaran necesarias a los TCGVPM vigentes, se integró un grupo de trabajo con servidores públicos de PGPB y de esta Comisión, quienes sostuvieron diversas reuniones de enero a junio de 2014. Como parte de la modificación a los TCGVPM, también se proponen ajustes a los Lineamientos Operativos sobre Condi-ciones Financieras y Suspensión de Entre-gas (LOCFSE), que atienden puntualmente lo relativo a esquemas de pago, aspectos financieros relevantes para las operacio-nes de Ventas de Primera Mano (VPM),

de validar que atienda las premisas en las que se sustenta, principalmente en lo que se refiere a que el transportista y el sumi-nistrador de gas natural no obtengan ingre-sos extraordinarios por motivo del propio ajuste. No obstante, en virtud de la canti-dad y naturaleza compleja de los registros de información que soportan los montos de las erogaciones por la adquisición y tras-lado del GNL gasificado, así como de los ingresos de PGPB por la aplicación de las tarifas de STNI ajustadas por balanceo, la CRE ha previsto que podrá ordenar ajustes adicionales al Ajuste por Balanceo si, como resultado de una verificación exhaustiva, determina que es necesario adecuar los ingresos o gastos de PGPB para que no perciba ingresos extraordinarios por motivo del esquema.

Cabe destacar que desde el inicio del es-quema prácticamente no se han declarado alertas críticas en el SNTI, debido a que las condiciones operativas restrictivas que se

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de VPM), ha sido objeto de precisiones, revisiones y actualizaciones con el fin de adaptarla a las condiciones dinámicas de los mercados relevantes. Algunas de es-tas modificaciones han sido motivadas por consultas y solicitudes realizadas por los participantes de la industria.

En este sentido, la CRE se encuentra ana-lizando la propuesta de modificación a la Directiva de Precios de VPM y atendien-do los comentarios de la Cofemer emiti-dos en el Dictamen total no final, número COFEME/12/2902. Las modificaciones se centran en la actualización del costo de transporte de la zona sur de Texas hacia la frontera en Reynosa, denominado TFi, con la finalidad de reflejar las condiciones ac-tuales del mercado de referencia en el pre-cio de VPM. También se trabaja en nuevas propuestas de adecuaciones a los precios empleados como referencia internacional, dado que estos se han desvinculado de la evolución puntual de los mercados, lo cual se traduce en una subestimación del costo de oportunidad del gas. Ello introduce dis-torsiones en las VPM, tales como barreras a la entrada de competidores de Petróleos Mexicanos (Pemex) y distorsiones en el co-mercio exterior del hidrocarburo.

Paralelamente al análisis de modificación a la fórmula de precios de VPM de gas natu-ral, se emitió la Resolución RES/524/2013 de fecha 21 de noviembre de 2013, por medio de la cual la CRE aprueba y expi-de transitoriamente una metodología para la determinación de los precios máximos de gas natural objeto de VPM a Pemex-Gas y Petroquímica Básica, vigente en tanto no se apruebe una nueva directiva de precios.

2.3.4 Actualización de parámetros μd, μm, δd y δm

Los parámetros miu (µ) y delta (δ) diarios y mensuales de la fórmula del precio del gas

así como las condiciones de suspensión de entregas, entre otros. En ese sentido, durante el primer semestre de 2014 esta Comisión solicitó a PGPB las propuestas finales de los Términos y Condiciones y los LOCFSE.

Durante el mismo semestre PGPB entregó a esta Comisión las propuestas finales de los Términos y Condiciones, así como su Anexo 5 referente a los LOCFSE, los cuales corresponden a VPM de gas natural. Ade-más, PGPB incluyó el Contrato Marco de Compraventa y de las Condiciones Gene-rales para la Comercialización, así como su Anexo 3 Disposiciones Crediticias y Finan-cieras. Durante septiembre de 2014 PGPB envió varios alcances a la propuesta refe-rida.

El 6 de octubre de 2014 esta Comisión en-vió a la Comisión Federal de Mejora Regu-latoria (Cofemer) el anteproyecto de Reso-lución por la que la Comisión Reguladora de Energía aprueba y expide a PGPB los nuevos Términos y Condiciones Generales para las Ventas de Primera Mano de Gas Natural, acompañado de su respectivo for-mulario de MIR de Alto Impacto.

Como resultado de la consulta pública del proyecto en cuestión, llevada a cabo a través del portal de la Cofemer, el 18 de noviembre de 2014, mediante oficio No. COFEME/14/4004, la Cofemer emitió el Dictamen Total No Final.

2.3.3 Modificaciones a la Directiva so-bre la determinación de los precios de gas natural objeto de venta de primera mano DIR–GAS–001-2009

Al igual que otros instrumentos regulatorios expedidos por la CRE, la Directiva sobre la Determinación de los Precios de Gas Na-tural Objeto de Venta de Primera Mano, la DIR–GAS–001-2009 (Directiva de precios

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ción del Comité Consultivo Nacional de Nor-malización de Derivados del Petróleo, del Gas y Bioenergéticos, que preside la CRE, confor-me a las atribuciones que este órgano regu-lador coordinado recibió por la expedición de las Leyes Secundarias derivadas de la Refor-ma Constitucional en materia Energética.

Por lo anterior, el nombre del Comité se modi-ficó a Comité Consultivo Nacional de Normali-zación de Hidrocarburos, Petrolíferos y Petro-químicos. Asimismo, se alinearon las Reglas de Operación a la legislación vigente.

objeto de VPM permiten ajustar los precios del mercado de referencia en Henry Hub a las referencias del mercado en el Sur de Texas. Lo anterior coadyuva a que los precios del gas, determinados por la cita-da Directiva y en la Metodología Transitoria, reflejen el costo de oportunidad y las con-diciones de competitividad en el mercado internacional, tal como lo establecen las disposiciones reglamentarias en la materia.

Al respecto, las disposiciones 4.2 y 11.3 de la metodología transitoria prevén que los valores de los parámetros miu y delta se actualicen trimestralmente con base en el procedimiento descrito en la disposición 4.1 del mismo ordenamiento.

En conformidad con ello, duran-te 2014 la CRE expidió las Resolucio-nes RES/025/2014, RES/175/2014, RES/326/2014 y RES/496/2014 con el fin de actualizar dichos parámetros.

2.3.5 Normalización

El 16 de octubre de 2014, la Comisión publi-có en el DOF la Norma Oficial Mexicana de Emergencia NOM-EM-004-SECRE-2014, Transporte por medio de ductos de gas licuado de petróleo y otros hidrocarburos líquidos obtenidos de la refinación del pe-tróleo. Dicha Norma de Emergencia tiene por objeto establecer los requisitos mínimos sobre diseño, materiales, construcción, ins-pección, pruebas, operación, mantenimien-to y seguridad de sistemas de transporte por medio de ductos de GLP y otros hidro-carburos líquidos obtenidos de la refinación del petróleo, tales como gasolina, turbosina, diésel y combustóleo, a fin de evitar daños a la salud y al bienestar de la población, al medio ambiente o a los recursos naturales.El pasado 12 de diciembre de 2014, en la tercera Sesión Ordinaria de la Comisión Na-cional de Normalización, se informó sobre la adecuación de las condiciones de opera-

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ciones relativas a la calidad del gas natural, durante 2014 se emitieron las siguientes Re-soluciones: RES/067/2014, RES/073/2014, RES/173/2014, RES/199/2014 y la RES/596/2014, que muestran la continui-dad en la regulación. En este mismo año se recibieron 117 reportes por parte de los permisionarios informando las propiedades de gas fuera de especificaciones. Dicha información se encuentra en el link: http://www.cre.gob.mx/pagina_a.aspx?id=107

2.4 Gas Licuado de Petróleo

2.4.1 Términos y Condiciones Genera-les para las Ventas de Primera Mano de Gas Licuado de Petróleo

Como resultado de un amplio proce-so de discusión con PGPB y los partici-pantes privados, mediante la Resolución RES/235/2013 del 26 de junio de 2013, la CRE expidió los Términos y Condiciones Generales de Venta de Primera Mano de Gas Licuado de Petróleo (TCGVPM), inclu-yendo los Lineamientos Operativos sobre Condiciones Financieras y Suspensión de Entregas (LOCFSE).

• Calidad del Gas NaturalDentro de la relevancia que el tema de la calidad de gas natural ha cobrado en los últimos años, la CRE continúa realizando esfuerzos para destacar su trascendencia, promoviendo mejoras regulatorias sobre el tema. Con la Norma Oficial Mexicana NOM-001-SECRE-2010, Especificaciones del gas natural, y con diversas disposiciones relati-vas a la calidad del gas natural, en 2014 la Comisión recibió 314 informes mensuales sobre las mediciones de calidad, presen-tados por 28 permisionarios. Dicha infor-mación se encuentra disponible en la pá-gina electrónica de la CRE, en el siguiente vínculo: http://www.cre.gob.mx/pagina_a.aspx?id=101 Cabe señalar que durante 2014 se tuvo avance sobre el tema de las afectaciones causadas por el uso conti-nuo de gas natural con alto contenido de nitrógeno, el cual sirvió de base para que la Comisión evaluara las acciones que debe implementar para determinar las afectacio-nes a los usuarios por uso de gas natural de baja calidad.

En alcance a la entrada en vigor de la Norma citada anteriormente y de diversas disposi-

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man y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en Materia de Energía, publicado en el DOF el 20 de diciembre de 2013 (el Decreto en Materia de Energía), y de la legislación secundaria emanada de dicho Decreto, en particular de la Ley de Hidrocarburos (LH) publicada en el el 11 de agosto de 2014, esta Comisión estima necesario un replanteamiento integral de los Términos y Condiciones Generales de la Venta de Primera Mano de ese hidrocar-buro, aprobados y expedidos mediante la Resolución RES/235/2013, para atender las nuevas disposiciones para la regulación de las ventas de primera mano de gas licuado de petróleo, puesto que dicha regulación se desarrolló con base en la legislación vigente con anterioridad a la LH.

Particularmente, la LH establece una nue-va organización industrial en el sector del gas licuado de petróleo que consiste, entre otros, en que las ventas de primera mano deberán realizarse en la salida de las plan-tas de procesamiento, las refinerías, los puntos de inyección de producto importa-do, ductos de Internación o en los puntos de inyección de los hidrocarburos prove-nientes de manera directa de campos de producción, lo que representa uno de los motivos fundamentales para replantear los términos y condiciones a que se refiere la Resolución RES/235/2013.

2.4.2 Metodología de precios deVentas de Primera Mano deGas Licuado de Petróleo

Por razón de interés público y con objeto de evitar aumentos desproporcionados en el precio al usuario final, desde el 2003 el Ejecutivo Federal ha sujetado, mediante De-cretos, el GLP a precios máximos de venta de primera mano y de venta a usuarios fina-les. En tales Decretos se ha establecido un nivel máximo de precios a usuario final y se

En la revisión de las propuestas de los TCGVPM y los LOCFSE, la CRE tomó en cuenta las diferencias estructurales entre un mercado competitivo y liberalizado como el previsto en el entonces vigente Reglamento de Gas Licuado de Petróleo y un merca-do cerrado con control de precios, como el que operaba hacia finales de 2014. En la citada Resolución, la Comisión con-sideró que los documentos aprobados mejoran sustancialmente las condiciones contractuales vigentes, toda vez que con-tienen importantes mejoras en términos de transparencia y equilibrio de derechos y obligaciones entre PGPB y los adquirentes de GLP, respecto de los Contratos de Su-ministro de GLP que hoy tienen pactados las partes. Lo anterior es especialmente evidente en cuanto a los LOCFSE, ya que las condiciones en materia financiera, de otorgamiento de crédito y establecimiento de garantías no están establecidas en los Contratos de Suministro de manera clara y transparente. Contrario a ello, respec-to a estos aspectos PGPB se basa en las decisiones que toma su comité interno de crédito, sin mediar reglas claras y transpa-rentes previamente establecidas de manera contractual, a las cuales puedan apelar los adquirentes.

Asimismo, se contempló que la implemen-tación de los TCGVPM de GLP, y sus LO-CFSE como instrumento contractual para llevar a cabo las VPM de GLP, requiere de una transición del régimen contractual vi-gente a la firma de nuevos Acuerdos base y Contratos de VPM entre PGPB y los adqui-rentes, para lo cual PGPB deberá dar por terminados los Contratos de Suministro que actualmente tiene pactados con los adqui-rentes en los términos previstos en los pro-pios Contratos.

No obstante, en virtud de la expedición del Decreto por medio del cual se refor-

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La Directiva de precios de VPM estable-ce una metodología que busca reflejar el costo de oportunidad del gas LP, para lo cual considera como base los precios de referencia internacionales en el mercado de Mont Belvieu, Texas; el costo de interna-ción (importación o exportación) del GLP y el costo de los servicios de infraestructura necesarios para realizar la venta (transporte, plantas de almacenamiento para suministro, etcétera). Dada la estructura metodológica de la Directiva, para lograr el objetivo de precios máximos de venta al usuario final en los términos de la política expedida por el Ejecutivo Federal, ha resultado necesa-rio aplicar solo parcialmente dicha Directiva, de manera que los componentes que se refieren a los precios en Mont Belvieu y a los costos de internación se sustituyan por valores tales que, al incorporarse dentro de los precios máximos de VPM, y estos últi-mos a su vez como componentes de los precios máximos de venta al usuario final, logren el objetivo que establece la señalada política de precios máximos.

De enero a agosto de 2014, la Comisión expidió, mes a mes, las Resoluciones por las que establece la Metodología del precio máximo del gas licuado de petróleo objeto de VPM. No obstante, mediante la Reso-lución RES/385/2014 del 28 de agosto de 2014, la CRE estableció la Metodología de precios de VPM de GLP que estará vigente hasta que se mantenga la política del Eje-cutivo Federal de sujetar este combustible a precios máximos de venta de primera mano y a usuario final.

2.5 Petrolíferos y Petroquímicos

Derivado del Decreto por medio del cual se reforman y adicionan diversas disposicio-nes de la Constitución Política de los Esta-dos Unidos Mexicanos en Materia de Ener-gía, publicado en el DOF el 20 de diciembre de 2013 (el Decreto en Materia de Energía),

ha previsto que la CRE expida la metodolo-gía de precios de venta de primera mano, de tal manera que se alcance el objetivo de precio al público establecido por el Ejecuti-vo Federal.

Si bien dichos Decretos han sustituido la regulación de precios de VPM establecida en la Directiva sobre la determinación del precio límite superior del gas licuado de petróleo objeto de venta de primera mano DIR-GLP-001-2008 (la Directiva de precios de VPM), expedida por la Comisión en di-ciembre de 2008, desde agosto de 2010 la metodología contenida en dicha directiva se aplica parcialmente en la determinación de dichos precios, lo que ha quedado es-tablecido en las Resoluciones mediante las cuales la CRE ha expedido la Metodología para la determinación de precios de VPM de GLP, congruente con la política del Eje-cutivo.

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los que deberán sujetarse la prestación de los servicios, al igual que la determinación de las contraprestaciones, precios y tarifas aplicables, entre otros, con excepción de las actividades de Expendio al Público de Gas Licuado de Petróleo, gasolinas y dié-sel, cuyos precios se determinarán confor-me a las condiciones de mercado.

Asimismo, de conformidad con el Transitorio Décimo Tercero de la LH, la CRE continua-rá sujetando las ventas de primera mano (VPM) de los hidrocarburos, los petrolíferos o los petroquímicos a principios de regula-ción asimétrica. Esta incluirá la aprobación y expedición de los términos y condiciones generales, así como la expedición de la metodología para el cálculo de sus precios, con objeto de limitar el poder dominante de Petróleos Mexicanos, en tanto se logra una mayor participación de agentes econó-micos que propicien el desarrollo eficiente y competitivo de los mercados. Para ello, tomará en cuenta, en lo que proceda, lo es-tablecido en materia de precios en la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos. De igual for-ma, de acuerdo con el citado artículo tran-sitorio, se entiende por VPM la primera ena-jenación, en territorio nacional, que realice Pemex, sus organismos subsidiarios o divi-siones, y cualquier otra Empresa Productiva del Estado, o Persona Moral, por cuenta y orden del Estado, a un tercero o entre ellos.

En virtud de lo establecido anteriormente, el Decreto en Materia de Energía y la LH inclu-yeron como nuevas atribuciones de regula-ción económica de la CRE, lo siguiente:

I. Aprobar y expedir los términos y condicio-nes de las VPM de Hidrocarburos, Petro-líferos, o Petroquímicos, así como las me-todologías para la determinación de sus precios, en los términos establecidos en la LH y tomando en cuenta la definición de dichas ventas, establecida en el Tran-sitorio Décimo Tercero de la LH.

el Congreso de la Unión expidió la Ley de Hidrocarburos (LH), la cual fue publicada el 11 de agosto de 2014. En términos de sus Transitorios Primero y Segundo la LH entró en vigor al día siguiente de su publicación, abrogando la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo, publicada en el DOF el 29 de noviembre de 1958, con las salvedades a que se refieren sus Transitorios Cuarto, Quinto y Décimo Noveno.

La Ley de Hidrocarburos otorga nuevas fa-cultades de regulación a la CRE en materia de productos petrolíferos y petroquímicos.

De conformidad con el artículo 81, fracción I, de la LH, corresponde a la CRE la regu-lación, entre otras, de las siguientes activi-dades, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan a la Agencia Nacional de Se-guridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos (ASEA):

I. El Transporte y Almacenamiento de Hi-drocarburos y Petrolíferos;

II. El Transporte por ducto y el Almacena-miento, que se encuentre vinculado a ductos, de Petroquímicos;

III. La Distribución de Gas Natural y Petro-líferos;

IV. La Regasificación, licuefacción, com-presión y descompresión de Gas Natural,y

V. La Comercialización y Expendio al Pú-blico de Gas Natural y Petrolíferos.

Al respecto, de conformidad con el artículo 82 de la LH, la Comisión, en el ámbito de su competencia, expedirá disposiciones de aplicación general para la regulación de las actividades a las que se refiere dicha Ley, incluyendo los términos y condiciones a

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A fin de que la CRE pueda poner en prác-tica sus nuevas facultades regulatorias, se requiere de un análisis e investigaciones ex-haustivas e inclusive de la definición de dis-posiciones reglamentarias en la materia por parte del Ejecutivo Federal, de manera que dichas disposiciones sirvan de base para el desarrollo de las metodologías de pre-cios y contraprestaciones, de los criterios de aprobación y expedición de términos y condiciones de venta de primera mano y de prestación de servicios por parte de este órgano regulador.

Asimismo, para que la definición de tales términos, condiciones y metodologías, así como su aplicación, sean eficaces, esta Comisión requiere de mayores recursos humanos y materiales, en consonancia con lo dispuesto por el artículo 32 de la Ley de Órganos Reguladores Coordinados en Ma-teria Energética (LORCME), publicada en el DOF el 11 de agosto de 2014, el cual esta-blece que: “La Cámara de Diputados reali-zará las acciones necesarias para proveer de recursos presupuestarios a los Órga-nos Reguladores Coordinados en Materia Energética, con el fin de que puedan llevar a cabo sus funciones. El presupuesto to-tal aprobado deberá cubrir los capítulos de servicios personales, materiales y suminis-tros, así como de servicios generales, ne-cesarios para cumplir con sus funciones.”

En tanto no se satisfagan los elementos referidos anteriormente, la CRE estimó oportuno que los términos y condiciones, las metodologías de precios, así como las contraprestaciones, precios y tarifas referi-das anteriormente, fueran aprobados y ex-pedidos por la CRE de manera transitoria, en los términos que fueron aprobados por la SHCP, antes de la expedición del Decreto en Materia Energética, la LH y la LORCME, en lo que corresponda.

II. Aprobar y expedir los términos y con-diciones a los que deberán sujetarse los siguientes servicios, así como la de-terminación de las contraprestaciones, precios y tarifas aplicables, entre otros, con excepción de las actividades de Expendio al Público de GLP, gasolinas y diésel, tomando en cuenta las defini-ciones de Hidrocarburos, Petrolíferos y Petroquímicos establecidas en la LH:

A. Transporte y Almacenamiento de Hi-drocarburos y Petrolíferos;

B. Transporte por ducto y Almacena-miento, que se encuentre vinculado a ductos, de Petroquímicos;

C. Distribución de Gas Natural y Petro-líferos;

D. Regasificación, licuefacción, com-presión y descompresión de Gas Natural, y

E. Comercialización y Expendio al Pú-blico de Gas Natural y Petrolíferos.

De manera previa a la publicación del De-creto en Materia de Energía y la LH, las facultades de regulación de los precios y contraprestaciones aplicables a algunas actividades referidas anteriormente estaban asignadas a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), quien se apoyaba para tales efectos en el Comité de Precios de Productos Petrolíferos, Gas Natural y Productos Petroquímicos de Pemex.

Los términos y condiciones de contratación de la compraventa de Hidrocarburos, Petro-líferos o Petroquímicos, distintos a los pre-cios, se determinan a través de un esque-ma de autorregulación al interior de Pemex y sus Organismos Subsidiarios.

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Por lo anterior, el 3 de octubre de 2014 la CRE publicó en el DOF la Resolución RES/389/2014, por la que se establecen, de manera transitoria, los términos y con-diciones a los que deberán sujetarse las ventas de primera mano de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos, y las metodo-logías para la determinación de sus precios, así como los términos y condiciones a los que deberá sujetarse la prestación de los servicios de transporte, almacenamiento, distribución y expendio al público de hidro-carburos, petrolíferos y petroquímicos, y las metodologías para el cálculo de las contra-prestaciones de dichos servicios a las que se refiere la LH, publicada el 11 de agosto de 2014.

De esta manera, hasta que la CRE no mo-difique la regulación expedida con anterio-ridad a la LH y la LORCME en las materias indicadas, esta seguirá en vigor en los tér-minos y condiciones aprobados anterior-mente.

La CRE también participó en los trabajos de redacción del Reglamento de las Activida-des al que se refiere el Título Tercero de la Ley de Hidrocarburos (el Reglamento), pu-blicado en el DOF el 31 de octubre de 2014. En términos de sus Transitorios Primero y

Capítulo 2

Segundo, el Reglamento entró en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF, abro-gando el Reglamento de Gas Natural (RGN), publicado el 8 de noviembre de 1995 en el DOF, y el Reglamento de Gas Licuado de Pe-tróleo, publicado el 5 de diciembre de 2007, salvo lo previsto en los artículos transitorios Tercero y Quinto del Reglamento.

Por otro lado, en 2014 la Comisión recibió al-gunas consultas de PGPB y de particulares, en el sentido de que las definiciones de petro-líferos de la LH se prestan a diversas interpre-taciones. En respuesta, la CRE comenzó la elaboración de un proyecto de acuerdo para atender puntualmente esas consultas y para establecer criterios de aplicación general para determinar qué productos caen dentro de las definiciones de petrolíferos y petroquímicos de la LH y cuáles no. A finales de 2014, la CRE estaba por remitir a la Cofemer el proyecto de Acuerdo que comprende la propuesta de ta-les criterios de interpretación.

Además, en 2014 la CRE comenzó con los trabajos para expedir las Disposiciones Admi-nistrativas de carácter general respecto a las nuevas atribuciones que le otorgó la LH y la LORCME en materia de Petrolíferos y Petro-químicos

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OTORGAMIENTODEPERMISOS

Un marco regulatorio sólido, claro y predecible es una condición necesaria para el desarrollo eficiente de las ac-tividades reguladas y de las inversiones que conlleva. En este sentido, una manera de evaluar la solidez regulatoria, así como la evolución del sector y su interdependencia con el resto de la economía, es mediante el recuento de los permisos.

De los permisos otorgados en materia eléctrica destacan 74 proyectos solares: 64 otorgados bajo la modalidad de pequeña producción y 10 para autoabastecimiento, que suman una capacidad autorizada de 1,975.38 MW, con una inversión estimada de 6,913.8 millones de dólares. En el rubro de hidrocarburos sobresale el otorgamiento de tres permisos de transporte de acceso abierto, con una longitud de 1,693.667 km. Asimismo, los permisos de distribución de gas natural para las zonas geográficas de Veracruz y Noroeste, con números de permiso G/323/DIS/2014 y G/347/DIS/2014, a favor de Gas Natural del Noroeste, S. A. de C. V. y de Gas Natural México, S. A. de C. V., respectivamente.

Gas Natural del Noroeste, S. A. de C. V., extenderá el ser-vicio de distribución con una inversión superior a 83 mi-llones de dólares, comprometiéndose a prestar el servicio a 135 846 (ciento treinta y cinco mil ochocientos cuarenta y seis) usuarios en los primeros cinco años de operación en la Zona Geográfica de Veracruz, que está integrada por las zonas conurbadas de Córdoba (excepto el Municipio de Camerino Z. Mendoza), Orizaba, Veracruz, Xalapa y los municipios de Poza Rica, Tihuatlán, Cazones de Herrera, Papantla, Tuxpan, Pueblo Viejo y Pánuco. Por otra parte, Gas Natural México, S. A. de C. V., proyecta invertir 7.5 millones de dólares, construir 211.4 kilómetros de red y prestar el servicio a más de 20 mil usuarios.

3.1 Electricidad

Desde las reformas a la Ley del Servicio Público de Ener-gía Eléctrica y hasta diciembre de 2014, la Comisión había otorgado 1260 permisos de generación e importación de energía eléctrica a empresas privadas y paraestatales, a los cuales se adicionan los 68 permisos en la modalidad de usos propios continuos, otorgados antes de 1992 por diversas Secretarías. De los permisos otorgados por la

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A diciembre de 2014 se contó con un to-tal de 855 permisos vigentes, que suman una capacidad autorizada de 38,624.9 MW, para una generación anual poten-cial autorizada de 227,514.4 GWh, lo que representa una inversión comprometida aproximada de 53,689.1 millones de dó-lares.

De la capacidad total autorizada, los per-misos bajo la modalidad de producción independiente de energía representan el 37.7 %, los de autoabastecimiento el 35 %, los de cogeneración el 11.7 %, los de pe-queña producción el 8.6 %, los de expor-tación el 4.9 %, los de usos propios con-tinuos el 1.3 % y la importación el 0.8 %.

De los 855 permisos administrados, Pe-mex y sus organismos subsidiarios cuen-tan con 50 permisos en operación, con una capacidad conjunta de 2,494.8 MW. Por su parte, el sector privado es titular de 805 permisos, con una capacidad autorizada de 36,130.1 MW y una inversión estimada de 51,123.5 millones de dólares.

Por otra parte, de la capacidad total auto-rizada de los permisos vigentes el 65.9 % se encuentra en operación, el 33.9 % está en desarrollo (en construcción o por ini-ciar obras) y solo el restante 0.1 % está inactivo.

Es importante destacar que, de los per-misos administrados, 339 corresponden a proyectos con fuentes de energía reno-vable otorgados en las diversas modali-dades de generación de energía eléctri-ca. Por lo que se refiere al tipo de fuente:

73 son hidroeléctricas, 62 corresponden a parques eólicos, así como otros 62 fo-tovoltaicos, 54 utilizan biomasa, 31 son a base de biogás y se mantienen los dos permisos geotérmicos. El total de capaci-dad autorizada de generación de energía eléctrica por fuentes de energía renova-ble es de 11,067.5 MW.

Durante 2014 se otorgaron 153 permisos de generación e importación de energía eléctrica, distribuidos en las siguientes modalidades: 88 de pequeña produc-ción, 40 de autoabastecimiento, 18 de cogeneración, cinco de importación, uno de exportación y uno de producción in-dependiente que, en su conjunto, signifi-can una capacidad autorizada de 4,738.2 MW y una inversión estimada superior a los 10,733.5 millones de dólares. Estos permisos representan el 12.3 % del total de la capacidad autorizada administrada y el 20 % del total de la inversión esti-mada en materia eléctrica a diciembre de 2014. (Tabla 3.1)

Por otra parte, de los permisos otorgados en 2014, 111 correspondieron a proyectos que prevén el uso de fuentes de energía re-novable, 83 de pequeña producción para 1,954.6 MW, 27 de ellos bajo la modalidad de autoabastecimiento con 1,287.1 MW, y uno de cogeneración para 11.4 MW, lo que suma un total de 3,253.1 MW. 7

En 2014 los permisos otorgados presenta-ron las siguientes características:

3.1.1 Autoabastecimiento

Los permisos otorgados en la modalidad de autoabastecimiento representan una capacidad de 1,416.9 MW y una inversión estimada de 3,189 millones de dólares. Destacan, por la magnitud de la capacidad autorizada, los otorgados a: MPG La Bufa, S. A. P. I. de C. V., de 180 MW; Fisterra Ener-

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3.1.2 Cogeneración

En la modalidad de cogeneración se regis-traron 18 permisos, representando una ca-pacidad de 735.6 MW y una inversión es-timada de 709 millones de dólares, de los cuales se destacan, por su capacidad, los otorgados a: Prenergy Consumidores, S. A. P. I. de C. V., de 300 MW; Energía Infra, S. A. P. I. de C. V., de 144.9 MW; Sistemas Energéticos Sisa, S. A. de C. V., de 64 MW; Iberdrola Cogeneración Ramos, S. A. de C. V., de 60.1 MW, e Igsapak Cogeneración, S. A. P. I. de C. V., de 60 MW.

gy Santa María 1, S. A. P. I. de C. V., de 166 MW; Parque Industrial de Energía Renova-ble, S. A. de C. V., de 150 MW; Pier IV, S. A. de C. V., de 150 MW; Fisterra Energy San Fernando, S. A. P. I. de C. V., de 125 MW, y Energías Renovables de Durango, S. A. P. I. de C. V., de 120.7 MW. De estos proyectos, Fisterra Energy Santa María y Fisterra Ener-gy San Fernando corresponden a centrales fotovoltaicas, y los restantes corresponden a proyectos eólicos.

Tabla No. 3.1 Evolución anual de permisos otorgados 1994–2014

AñoUsos

Propios Continuos

Autoabasteci-miento

Cogenera-ción

Exporta-ción

Importa-ción

Producción Independiente

Pequeña Producción Total

Antes de 1994 68

1994 9 10 - - - - 19

1995 3 7 - - - 1 11

1996 19 5 - 1 - - 25

1997 11 1 - 1 1 - 14

1998 49 6 - 3 2 - 60

1999 16 6 - 1 4 - 27

2000 15 4 2 - 5 - 26

2001 11 3 3 2 3 - 22

2002 29 2 2 1 2 - 36

2003 27 1 - 19 1 - 48

2004 17 2 - 2 3 - 24

2005 160 6 - 5 - - 171

2006 83 4 1 2 - - 90

2007 135 16 - 3 1 1 156

2008 74 - 1 1 - 2 78

2009 25 3 - 1 2 - 31

2010 26 5 - - 4 2 37

2011 29 6 - 1 - 1 37

2012 30 10 1 11 - 9 61

2013 60 20 2 5 1 46 134

2014 40 18 1 5 1 88 153

Total 68 868 135 13 64 30 150 1328

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3.1.7 Cogeneración Eficiente

Como resultado de la aplicación de la Me-todología para el cálculo de la eficiencia en los sistemas de cogeneración eléctrica y los Criterios para determinar la “Cogeneración Eficiente”, así como de las Disposiciones generales para acreditar sistemas de co-generación como de cogeneración eficien-te, durante 2014 la Comisión otorgó a 12 permisos de generación de energía eléctri-ca, bajo la modalidad de cogeneración, la acreditación de sus sistemas de cogene-ración como de “Cogeneración Eficiente”, destacando, por la capacidad autorizada del proyecto, los siguientes: Pemex-Gas y Petroquímica Básica (PGPB), Complejo Procesador de Gas Nuevo Pemex y Coge-neración de Energía Limpia de Cosoleaca-que, S. A. de C. V.

3.2 Gas Natural

Al cierre de 2014 se otorgaron 300 permisos de transporte, de los cuales 230 permane-cen activos: 205 corresponden a usos pro-pios con una longitud total de 1614 km, una

3.1.3 Importación

En 2014, bajo la modalidad de importación se otorgaron cinco permisos, representan-do una demanda máxima a suministrar de 36 MW, que utilizarán la red de transmi-sión de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) para recibir la energía eléctrica. Des-taca, por la demanda autorizada, el otorga-do a Outokumpu Mexinox, S. A. de C. V., de 30 MW.

3.1.4 Pequeña Producción

En la modalidad de pequeña producción se registró el otorgamiento de 88 permisos, por una capacidad de 2,104.4 MW y una inversión estimada de 6,381.9 millones de dólares. Los proyectos de pequeña pro-ducción solamente pueden entregar a la CFE una potencia máxima de 30 MW. Es importante resaltar que 41 de ellos se en-cuentran en este límite, 22 entre 20 y 30 MW, 15 entre 10 y 20 MW, y 10 menores de 10 MW. Solo cinco permisos no utilizarán recursos renovables para la generación de energía eléctrica.

3.1.5 Exportación

En 2014, bajo la modalidad de exportación se otorgó un permiso, a Central Generadora Eléctrica Huinalá, S. de R. L. de C. V., de 142.7 MW, que generará energía eléctrica utilizando gas natural y será transmitida a Guatemala.

3.1.6 Producción Independiente

Bajo la modalidad de producción indepen-diente se otorgó un permiso a Iberdrola Energía Baja California, S. A. de C. V., con una capacidad de 302.7 MW, que generará la energía eléctrica a través de una central de ciclo combinado.

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inversión comprometida de 438 millones de dólares y una capacidad de transporte de 248.86 millones de metros cúbicos por día; 25 a transporte de acceso abierto con una longitud de 14,584 km, una inversión comprometida de 6693 millones de dólares y una capacidad de transporte de 422.18 millones de metros cúbicos diarios. De es-tos últimos, Pemex-Gas y Petroquímica Bá-sica es el titular de dos, mientras que 23 corresponden al sector privado. Asimismo, 21 se encuentran operando y cuatro están en proceso de construcción.

Igualmente fueron autorizados 17 permisos de transporte de gas natural: tres de acce-so abierto, con una longitud de 1,693.667 km y una capacidad de 91.650 millones de metros cúbicos por día (3.24 bcfd); los otros 14 corresponden a la modalidad de usos propios, con una longitud total de 62.13 km y una capacidad de 11.83 millones de me-tros cúbicos por día.

Por lo que se refiere a la distribución de gas natural, en 2014 la CRE ha autorizado un total de 27 permisos, de los cuales actual-mente operan 25, debido a la terminación anticipada en 2009 del permiso otorgado a Distribuidora de Gas Natural de Occiden-

te y a la extinción en 2008 del permiso de Gas Natural México, S. A. de C. V., para la Zona Geográfica del Bajío Norte, ya que di-cha zona se integró a la Zona Geográfica del Bajío.

Además, la CRE ha determinado 28 zonas de distribución, de las cuales la Zona Geo-gráfica de Cananea se integró a la Zona Geográfica de Sonora y la Zona Geográfica de Bajío Norte a la Zona Geográfica de Ba-jío, teniendo al 2014 únicamente 25. Por su parte, actualmente se encuentran vigentes cuatro permisos de almacenamiento de gas natural, tres de los cuales se encuentran en operación.

3.2.1 Transporte de gas naturalpara usos propios

De los 14 permisos otorgados para trans-porte de gas natural para usos propios du-rante este año, nueve correspondieron a la modalidad de usuario final y el resto a so-ciedades de autoabastecimiento, los cuales se detallan en la tabla 3.2A.

3.2.2 Transporte de acceso abiertode gas natural

En 2014, mediante las Resolucio-nes RES/586/2014, RES/292/2014 y RES/351/2014, la CRE otorgó los siguien-tes permisos de transporte de gas natu-ral G/335/TRA/2014, G/337/TRA/2014 y G/340/TRA/2014 a TAG Pipelines Norte, S. de R. L. de C. V., (Tag Norte); Transportado-ra de Gas Natural del Noroeste, S. de R. L. de C. V., (TGNN), y Tag Pipelines Sur, S. de R. L. de C. V., (Tag Sur), respectivamente.

El proyecto de Tag Norte (Los Ramones fase II), comprende desde el punto de inter-conexión con el sistema de Transporte de Gas Natural Ramones Fase 1 en la Estación de Compresión Los Ramones “nueva” has-ta el punto de interconexión con el sistema

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II Sur), comprende desde el punto de in-terconexión con el sistema de transporte de gas natural Los Ramones, Fase II Norte (proyecto por otros) hasta los puntos de in-terconexión con el ducto existente de PGPB (gasoducto de 36” Santa Ana—Guadalaja-ra), con una longitud de 291.510 km y una capacidad de 1363 MMPCD. Este sistema igualmente se integrará al Sistrangás, lo cual brindará redundancia y beneficios sis-témicos al sistema integrado.

3.2.3 Distribución de gas natural

Con relación al otorgamiento de permisos de distribución de gas natural, en 2014 la Comisión concluyó los procesos de las licitaciones públicas internacionales LIC-GAS-020-2012 y LIC-GAS-022-2014.

En enero de 2014 se otorgó el permiso G/323/DIS/2014 a Gas Natural del Noroes-

de transporte de gas natural los Ramones Sur, con una longitud de 451.557 km y una capacidad de 956.4 MMPCD en su primera fase, para llegar a una capacidad de con-ducción de 1363 millones de pies cúbicos diarios (MMPCD) en la segunda fase, que considera sistemas de compresión. Este sistema se integrará al Sistema Nacional de Transporte y Almacenamiento Integrado de Gas Natural (Sistrangás), lo cual brindará re-dundancia y beneficios sistémicos al siste-ma integrado.

El proyecto TGNN, cuya capacidad de con-ducción es de 551 MMPCD, el segmento El Encino—Topolobampo inicia a 25 kilóme-tros al Sureste de la Ciudad de Chihuahua y correrá hasta alcanzar el punto de interco-nexión con la Central Termoeléctrica Topo-lobampo.

El proyecto de Tag Sur (Los Ramones fase

Tabla No. 3.2A Permisos de transporte para usos propios otorgados por la CRE en 2014

Empresa Permiso Ubicación Longitud(km)

Capacidad máxima (millares

de metros cúbicos por día)

Inversión estimada (millones

de dólares)

Industrias de Hule Galgo, S. A. de C. V. G/326/TUP/2014 Hidalgo 0.083 201.701 0.518

Tereftalatos Mexicanos Gas, S. A. de C. V. G/327/SAB/2014 Veracruz 7.291 1200.000 2.180

Industrias Derivadas del Etileno, S. A. de C. V. G/328/TUP/2014 Veracruz 0.180 764.714 0.406

Consumidora Veracruzana Chinameca, S. A. P. I. de C. V. G/331/SAB/2014 Veracruz 1.043 39.295 0.245

Gas Natural El Chapo-Veracruz, S. A. P. I. de C. V. G/332/SAB/2014 Veracruz 0.129 19.909 0.532

BRASKEM-IDESA, S. A. P. I. G/333/TUP/2014 Veracruz 0.215 1722.936 7.510

Grupo Regio Cal, S. A. de C. V. G/334/TUP/2014 Nuevo León 13.678 95.490 0.424

Gas Natural de Atotonilco, S. A. P. I. de C. V. G/336/SAB/2014 Jalisco 2.150 159.372 1.185

Biotek Power Autoabastecedora, S. A. de C. V. G/338/SAB/2014 Guanajuato 22.975 120.318 3.480

Productos Farmacéuticos, S. A. de C. V. G/339/TUP/2014 Aguascalientes 4.160 31.344 0.793

CFE CCC Agua Prieta II G/342/TUP/2014 Sonora 0.587 3887.120 0.076

CFE CCC Cogeneración Salamanca G/343/TUP/2014 Guanajuato 1.226 3497.548 3.841

Molino Harinero San Blas, S. A. de C. V. G/349/TUP/2014 Puebla 4.544 25.768 0.627

Flexico, S. de R. L. de C. V. G/350/TUP/2014 México 3.870 72.537 0.870

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mediante planta de depósito o de suminis-tro vinculados a los sistemas de transporte o distribución por ducto de gas licuado de petróleo, o que forman parte integral de las terminales terrestres o marítimas de impor-tación de dicho producto. Esta norma entró en vigor en febrero de 2014.

te, S. A. de C. V., ganador de la Licitación Pública Internacional LIC-GAS-020-2012

A través de la Resolución RES/483/2014, de fecha 22 de octubre de 2014, se declaró ganador a Gas Natural México, S. A. de C. V., de la Licitación Pública Internacional LIC-GAS-022-2014, y se otorgó, mediante la Resolución RES/552/2014, de fecha 20 de noviembre de 2014, el primer permiso de distribución de gas natural G/347/DIS/2014, para la Zona Geográfica del Noroeste, por un periodo de exclusividad de doce años sobre la construcción del sistema y la pres-tación del servicio de recepción, conduc-ción y entrega de gas natural. (Tabla 3.2B)

3.2.4 Gestor del Sistema de Transporte y Almacenamiento Nacional Integrado de Gas Natural (Sistrangás)

El Centro Nacional de Control de Gas Na-tural (Cenagás) recibió el permiso número P/006/GES/2014, para que se constituye-ra en gestor independiente del Sistrangás, mediante la Resolución RES/481/2015, del 17 de octubre de 2014.

3.3 Gas Licuado de Petróleo

3.3.1 Almacenamiento de GLP

Finalmente, en diciembre de 2013 la Se-cretaría de Energía publicó la Norma Oficial Mexicana NOM-015-SECRE-2013, referen-te al diseño, construcción, seguridad, ope-ración y mantenimiento de sistemas de al-macenamiento de gas licuado de petróleo,

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Tabla No. 3.2B Información básica de los permisos otorgados para la Zona Geográfica de Veracruz y Noroeste

Permisionario Zona Geográfica Usuarios nuevosKilómetros de red

adicionales

Inversión adicional(Millones

de dólares)

Gas Natural del Noroeste, S. A. de C. V. Veracruz 135 846 3 653.0 83.0

Gas Natural México, S. A. de C. V. Noroeste 20 038 211.4 7.5

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SEGUIMIENTO DEOBLIGACIONESY OTRAS ACTIVIDADESREGULATORIAS

El seguimiento de obligaciones es fundamental para la regu-lación. Su propósito es verificar el desempeño de los agentes regulados y el cumplimiento de las disposiciones estipuladas en el marco jurídico y, en su caso, en los títulos de los permi-sos. También permite entender la evolución de los sectores regulados y, en consecuencia, aportar elementos para, even-tualmente, ir adecuando la regulación. El seguimiento de obli-gaciones conlleva la administración de los permisos lo que, a su vez, puede implicar su modificación, renovación, termi-nación, cancelación o revocación, mediante la expedición de resoluciones que formalizan jurídicamente las determinacio-nes correspondientes. Asimismo, y como elemento central de la regulación económica, abarca la revisión tarifaria en aquellos casos en los que se presta un servicio a usuarios.

En adición al seguimiento de obligaciones, la Comisión reali-za otras actividades que complementan dicha acción. Estas incluyen la aprobación de las unidades de verificación que ayudan a corroborar el cumplimiento de la normatividad, así como el seguimiento de los procesos contenciosos que de-rivan de la actividad regulatoria. Por otra parte, también se incluyen en esta sección otras actividades que permiten que la Comisión pueda estar al pendiente de la evolución de los sectores regulados en el contexto nacional y de las mejores prácticas reconocidas internacionalmente.

También es importante agregar en este apartado las activi-dades que la Comisión realiza en beneficio de los usuarios finales de los distintos energéticos disponibles en el país.

4.1 Administración de permisosy revisiones tarifarias

Las modificaciones que conllevan cambios estrictamente ju-rídicos y de razón social, como la transferencia, la fusión y la terminación de los permisos, entre otros, son tareas comu-nes para las Direcciones Generales de Electricidad y Ener-gías Renovables y de Hidrocarburos y Bioenergéticos, aún existentes en 2014, antes de la publicación del nuevo Regla-mento Interno de la Comisión en ese mismo año.

En el sector eléctrico, las modificaciones normalmente se derivan de cambios en los planes de expansión y composi-ción de los miembros, en su caso, de la sociedad permisio-nada, o de ajustes operativos relacionados con el programa

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Capítulo 4

4.1.2 Modificaciones de permisos de transporte, almacenamiento y distri-bución de gas natural y gas licuado de petróleo

Las modificaciones a los sistemas de acce-so abierto se describen a continuación: me-diante la Resolución RES/035/2014 del 6 de febrero de 2014, se aprobó la modificación del permiso de transporte de gas natural G/308/TRA/2013, otorgado a Gasoductos del Noreste, S. de R. L. de C. V., en lo refe-rente a las características técnicas del sis-tema de transporte; mediante la Resolución RES/129/2014 del 19 de febrero de 2014, se modificó el permiso de transporte G/059/TRA/99 del Sistema Naco Hermosillo y se autorizó a Pemex–Gas y Petroquímica Bási-ca la cesión del mismo en favor del Centro Nacional de Control de Gas Natural (Cena-gás); mediante la Resolución RES/130/2014 del 19 de febrero de 2014, se modificó el permiso de transporte G/061/TRA/99 del Sistema Nacional de Gasoductos y se au-torizó a Pemex–Gas y Petroquímica Básica la cesión del mismo en favor del Cenagás; mediante la Resolución RES/418/2014 del 4 de septiembre de 2014, se aprobó la modificación del permiso de transporte de gas natural G/160/TRA/2004, otorgado a Transportadora de Gas Natural de la Huas-teca, S. de R. L. de C. V., en lo referente a las características técnicas del sistema de transporte y las condiciones generales para la prestación del servicio; mediante la Re-solución RES/584/2014 del 4 de diciembre de 2014, se aprobó la modificación del per-miso de transporte de gas natural G/311/TRA/2013, otorgado a Gasoducto de Agua-prieta, S. de R. L. de C. V., en lo referente a las características técnicas del sistema de transporte por la extensión del trayecto; mediante la Resolución RES/585/2014 del 4 de diciembre de 2014, se aprobó la mo-dificación del permiso de transporte de gas natural G/322/TRA/2013, otorgado a Trans-portadora de Gas Natural de Zacatecas, S.

de obras, la capacidad instalada o la dis-tribución de cargas. En gas, las modifica-ciones pueden ser además de naturaleza económica, específicamente en materia de tarifas y condiciones generales para la pres-tación del servicio, o derivadas de cambios estructurales de los sistemas (condiciones de diseño u operativas en cuanto a presión, modificación o extensión del trayecto, ins-talaciones, cambio de operador, ampliación de zonas geográficas, entre otros).

4.1.1 Modificación de permisospara el sector eléctrico

Durante 2014, la Comisión emitió 103 Re-soluciones relativas a diversas modificacio-nes a las condiciones en los permisos de generación e importación de energía eléc-trica. Entre las modificaciones se destacan:

• La inclusión y exclusión de los benefi-ciarios de la energía eléctrica generada;

• La inclusión de personas en los planes de expansión;

• El programa de obras relativo a la cons-trucción de la central de generación, consistente en el cambio de las fechas de inicio y/o término de obras;

• La capacidad instalada de la central de generación eléctrica o de la demanda de importación eléctrica, y

• La distribución de cargas de los benefi-ciarios de la energía eléctrica generada.

Al cierre del año, 22 permisos se dieron por terminados, todos por renuncia a los dere-chos derivados de los mismos, los cuales fueron otorgados en el marco de la LSPEE.

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Adicionalmente, Consorcio Mexi-Gas, S. A. de C. V., Tamauligas, S. A. de C. V., Natgas-mex, S. A. de C. V., Tractebel DIGAQRO, S. A. de C. V., Tractebel DGJ, S. A. de C. V., y Tractebel GNP, S. A. de C. V., presentaron, para aprobación de la Comisión, la informa-ción que justifica el valor propuesto en la Condición 10.4 Reservación de Capacidad en el Sistema de Distribución de las Con-diciones Generales para la Prestación del Servicio, contenidas en el Anexo 6 del Título del Permiso de distribución de gas natural de cada Zona Geográfica correspondiente a dichos Permisionarios.

4.1.3 Revisiones tarifarias de distribu-ción de gas natural

La Comisión, con base en las diversas Di-rectivas que para tal efecto ha emitido, revi-sa quinquenalmente las tarifas, permitiendo que los permisionarios obtengan ingresos suficientes para cubrir los costos adecuados de operación y mantenimiento aplicables al servicio, el pago de los impuestos, la depre-ciación y una rentabilidad razonable, sin que ello garantice los ingresos, costos o rentabi-lidad esperada.

En este sentido, la Comisión realiza un análi-sis de la información del plan de negocios de los permisionarios con el objeto de evaluar las propuestas de requerimiento de ingre-sos, que son la base para la determinación y aprobación de la Lista de Tarifas Máximas correspondiente para el siguiente periodo de cinco años. En esta revisión se observa que el plan de negocios incluya únicamente los activos, costos y gastos debidamente justi-ficados y relacionados con la prestación del servicio, que la depreciación corresponda exclusivamente a los activos relacionados con la prestación del servicio, y que el rendi-miento sobre la inversión considere un costo promedio ponderado de capital adecuado y razonable, y reflejando además la estructura de capital y financiamiento del permisionario.

A. de C. V., en lo referente a la modifica-ción del trayecto del sistema de transporte, mediante la Resolución RES/586/2014 del 4 de diciembre de 2014 se aprobó a TAG Pipelines, S. de R. L. de C. V., la transferen-cia del Permiso de transporte de gas natural G/335/TRA/2014 a TAG Pipelines Norte, S. de R.L. de C.V.

En cuanto a modificaciones de permisos de distribución de gas natural, adicionales a las revisiones tarifarias, en 2014 la CRE recibió la solicitud de modificar el permiso de Gas Natural de Juarez, S. A. de C. V., número G/022/DIS/97, a fin de incorporar los municipios del estado de Chihuahua que se enlistan a continuación: Ascensión (1), Bachíniva (2), Buenaventura (3), Casas Grandes (4), Galeana (5), Gómez Farías(6), Ignacio Zaragoza (7), Janos (8), resto del municipio de Juárez (9), Madera (10), Ma-tachí (11), Namiquipa (12), Nuevo Casas Grandes (13), Temósachic (14); y de manera parcial los municipios de: Guadalupe (15), Ahumada (16), Chihuahua (17), Riva Pala-cio (18), Cuauhtémoc (19), Guerrero (20), Ocampo (21), Aldama (22) y Monis (23) a la Zona Geográfica de Juárez.

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4.1.4 Revisiones tarifariasde transporte de gas natural

Al igual que en el resto de actividades suje-tas a regulación de tarifas, la Comisión rea-liza un análisis de la información histórica y proyectada de los permisionarios. Por una parte, se evalúan las propuestas de requeri-miento de ingresos de cada sistema en fun-ción de su congruencia con el desempeño pasado y los estándares observados en el resto de la industria. En esta evaluación, la Comisión verifica que el plan de negocios incluya únicamente activos, costos y gastos eficientes que estén relacionados exclusi-vamente con la prestación del servicio de transporte de gas natural. En lo relativo al rendimiento sobre la inversión, la Comisión considera como base metodológica al mo-delo Capital Asset Pricing Model para rela-cionar de manera sistemática y transparen-te la tasa de rentabilidad propia con el nivel de riesgo imperante en el mercado. En este 2014 se iniciaron varios procesos de revi-sión, cuyo proceso será terminado el próxi-mo año con las respectivas Resoluciones.

4.1.5 Modificación y actualización de tarifas sistémicas

Con el objetivo de continuar el fomento al de-sarrollo de nueva capacidad de transporte, ro-bustecer la continuidad del suministro, lograr una consolidación del mercado de gas natu-ral y propiciar la viabilidad financiera de largo plazo de los sistemas integrados de trans-porte de gas natural por medio de ductos, mediante las Resoluciones RES/625/2014 y RES/626/2014, la Comisión aprobó la lista de tarifas y el porcentaje de gas combustible para compresión aplicable al Sistema de Transpor-te y Almacenamiento Nacional Integrado de Gas Natural (Sistrangás), para el periodo de enero a diciembre de 2015.

Adicional a lo anterior, la Comisión realiza la evaluación sobre la eficiencia de los costos y gastos de los permisionarios, la cual se concentra en revisar su desempeño opera-tivo calculado a partir de su información his-tórica. Desde este punto de partida, se defi-nen referencias de eficiencia para medir a la industria en su conjunto. Las mediciones de la eficiencia se derivan de la aplicación si-multánea de diversas técnicas econométri-cas. Las técnicas empleadas abarcan tanto el enfoque de análisis de frontera como el de tendencia central. Específicamente, se emplean análisis de fronteras estocásticas, mínimos cuadrados ordinarios, mínimos cuadrados corregidos, análisis envolvente de datos, e índices de productividad parcial de los factores.

Con el propósito de que la evaluación del desempeño capte las condiciones de la in-dustria, se hace a través de variables que están correlacionadas con la operación de sistemas de distribución de gas natural, como son el número de usuarios, la longi-tud de las redes, la energía conducida y la demanda pico.

Durante 2014, la Comisión inició los proce-sos de revisión quinquenal bajo el análisis de la información antes descrita de los pla-nes de negocios de: Gas Natural México, S. A. de C. V., para la Zona Geográfica del Bajío, Comercializadora Metrogas, S. A. de C. V., para la Zona Geográfica del Distrito Federal, Ecogas, S. de R. L. de C. V., para la Zona Geográfica de La Laguna-Durango, Distribuidora de Gas Natural México, S. A. de C. V., y Consorcio Mexi-Gas, S. A. de C. V., para la Zona Geográfica del Valle Cuau-titlán-Texcoco-Hidalgo, Tamauligas, S. A. de C. V., para la Zona Geográfica del Norte de Tamaulipas y Gas Natural de Juárez, S. A. de C. V., para la Zona Geográfica de Juárez.

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modificación de dicha Zona Geográfica.

El 10 de noviembre de 2014, mediante el oficio SE/DGHB/5538/2014, la Comisión comunicó a Gas Natural de Juárez, S. A. de C. V., que se procedería a su evaluación en términos de las disposiciones 7.4 y 7.5 de la Directiva so-bre la Determinación de las zonas geográficas para fines de distribución de gas natural, DIR-GAS-003-1996, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de septiembre de 1996.

La modificación solicitada a la Comisión impli-ca que la Zona Geográfica de Ciudad Juárez sea una Zona Geográfica Múltiple, que integre en su totalidad los municipios del Estado de Chihuahua que se enlistan a continuación: Ascensión (1), Bachíniva (2), Buenaventura (3), Casas Grandes (4), Galeana (5), Gómez Farías (6), Ignacio Zaragoza (7), Janos (8), resto del municipio de Juárez (9) Madera (10), Matachí (11), Namiquipa (12), Nuevo Casas Grandes (13), Temósachic (14); así mismo de manera parcial los municipios de Guadalupe (15), Ahu-mada (16), Chihuahua (17), Riva Palacio (18), Cuauhtémoc (19), Guerrero (20), Ocampo (21), Aldama (22) y Moris (23), como se muestra en el siguiente mapa:

Cabe mencionar que, en la determinación de la tarifa sistémica, las tarifas volumétricas aplica-bles a los usuarios del Sistrangás están com-puestas por la suma de las tarifas volumétricas del Sistema Nacional de Gasoductos (SNG), las tarifas sistémicas volumétricas del sistema de transporte a cargo de Gasoducto de Ta-maulipas (GDT), Gasoductos del Bajío (GDB) y Gasoducto del Noreste (GDN), Transporta-dora de Gas Natural de Zacatecas (TGNZ), TAG Pipelines Norte, y TAG Pipelines Sur, así como las tarifas sistémicas volumétricas aso-ciadas al mecanismo de corrección de error de tarifas y al margen de gestión. Todos los elementos anteriores se asignaron de manera conjunta entre todos los usuarios del Sistema de Transporte Nacional Integrado a través del mecanismo de asignación MCF-Mile.

4.1.6 Modificación de zonas geográ-ficas de distribución de gas natural

En julio de 2014, Gas Natural de Juárez, S. A. de C. V., empresa que distribuye gas natural en los términos del Permiso de Dis-tribución de Gas Natural G/022/DIS/1997 en la Zona Geográfica de Ciudad Juárez, presentó, ante la Comisión, la solicitud de

MiguelAhumada

El Paso

Chihuahua Chihuahua

EE.UU.

Coah

Son

NuevoCasas Grandes

San Buenaventura

NuevaMadera

La Junta

Cd. Cuauhtémoc

Latitud Oeste

28°16'50.32"

28°17'10.63"

29°04'5.28"

31°24'29.88"

31°47'3.8436"

31°46'55.32"

31°20'0.02"

31°19'57"

Latitud Norte

108°43'33.99"

107°19'59.04"

106°6'7.42"

106°5'27.6"

106°31'44.4"

108°12'23.95"

108°12'30.9"

108°45'25.2"

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Mapa 4.1 Zona Geográfica de Ciudad Juárez

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4.2.1 Informes estadísticos del sector eléctrico

El Reglamento de la LSPEE establece, en-tre otras obligaciones, que el titular de un permiso de generación o importación de energía eléctrica, una vez iniciada la opera-ción de sus instalaciones, deberá informar el tipo y volumen de combustible utilizado, así como la cantidad de energía eléctrica generada, especificando la parte utilizada para satisfacer sus necesidades propias y la entregada a la CFE, o aquella destinada a la exportación, así como, en su caso, la importación de energía eléctrica realizada.

Derivado del cumplimiento de la obligación arriba detallada, durante 2014 se recibieron trimestralmente los informes estadísticos de operación eléctrica de 526 permisionarios, cuyas centrales eléctricas se encuentran en operación, así como de 34 permisionarios que importan energía eléctrica.

Los permisionarios de generación de ener-gía eléctrica reportaron el consumo de los siguientes combustibles:

• Gas natural, 24,931.4 millones de me-tros cúbicos (883.1 millones de GJ);

• Bagazo de caña, 9.9 millones de tone-ladas (70 millones de GJ);

• Coque de petróleo, 1,228,070.8 tonela-das (38.4 millones de GJ);

• Diésel, 453,794.9 metros cúbicos (17.6 millones de GJ), y

• Combustóleo, 389,435.4 metros cúbi-cos (16.3 millones de GJ) y otros com-bustibles (31.7 millones de GJ).

4.2 Vigilancia del cumplimiento de las disposiciones jurídicas aplica-bles a las actividades reguladas.

Con el incremento en el número de per-misos otorgados, las actividades enca-minadas a verificar el desempeño de los permisionarios y el cumplimiento de las dis-posiciones estipuladas en el marco jurídico y en los títulos de permisos juegan un papel cada vez más importante dentro de las ta-reas regulatorias. El seguimiento regulatorio se basa en los requerimientos de informa-ción a los que están obligados los sujetos regulados y en las visitas de verificación que llevan a cabo las unidades de verificación o la propia Comisión.

En el sector eléctrico, los permisionarios deben entregar reportes trimestrales de operación con información, según aplique, relativa a la energía eléctrica generada para autoabasto o para la venta a CFE, la energía eléctrica importada y exportada, así como al consumo de combustibles u otras fuen-tes primarias de energía, entre otros. En el sector de gas natural, además de propó-sitos estadísticos, la presentación de infor-mación sirve para verificar el desempeño de los permisionarios en cuanto a las dis-posiciones contables, de precios y tarifas, técnicas y de seguridad, y de prestación de los servicios.

Por otra parte, las visitas de verificación tienen como objetivo corroborar en forma aleatoria que las condiciones de operación, mantenimiento y seguridad de los sistemas cumplan con el marco jurídico y con las condiciones establecidas en los permisos, así como obtener diversa información que permita conocer el desempeño de los per-misionarios a lo largo del año.

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da en 61,561,684 kWh. Cabe señalar que la mayor participación de capacidad insta-lada en el año 2014 fue con fuente solar en pequeña escala (39,314 kW), seguida de aquellas con fuente solar en mediana esca-la (18,933 kW).

La presentación con la estadística completa se encuentra disponible en: http://www.cre.gob.mx/documento/2109.pdf

4.2.3 Informes estadísticos de los sub-sectores de gas natural y gas licuado de petróleo

Con periodicidad anual, semestral o trimes-tral, y en atención a las normas establecidas en leyes, reglamentos, disposiciones admi-nistrativas y títulos de permisos, los permi-sionarios de distribución, transporte y alma-cenamiento de gas natural y de gas licuado de petróleo reportan a la Comisión diversa información correspondiente al desempeño de sus actividades.

De la información reportada por los 25 per-misionarios de distribución de gas natu-ral en operación, a diciembre de 2014 se desprende que el total de usuarios de es-tas redes es de alrededor de 2.3 millones, número 6.4 % mayor al alcanzado el año inmediato anterior. Respecto a la energía conducida, durante 2014 fue de 378.4 mi-llones de GJ. De acuerdo con información financiera presentada por las empresas distribuidoras, al cierre de 2014 la inversión correspondiente a líneas de gasoductos, inmuebles y equipo fue de 31,250 millones de pesos (equivalentes a 2166 millones de dólares de diciembre de 2014).

En cuanto a la expansión de los sistemas de distribución, la longitud se incrementó en 2120 km en 2014 para alcanzar una longitud total de 51,298 km al cierre del mismo año. Esta longitud representa un 4.3 % más respecto a la registrada al cierre del año anterior.

En este año el consumo de gas natural tuvo una participación de 85.4 % en la genera-ción de energía eléctrica, presentando un ligero incremento, cercano a un punto por-centual con respecto a 2013.

A finales de 2014, la capacidad instalada en operación de los permisionarios de genera-ción de energía eléctrica (producción inde-pendiente, autoabastecimiento, cogeneración, exportación y usos propios continuos) alcanzó los 25,167.3 MW, con lo cual la generación eléctrica bruta alcanzó los 128,932.9 GWh, lo que significa una variación en la generación de energía eléctrica de 3.8 % con relación al año anterior.

En cuanto a la importación de energía eléc-trica, la demanda autorizada en operación fue de 263.9 MW, registrando una impor-tación de energía eléctrica de 415.2 GWh, actividad que presentó un decremento del 5.8 % con respecto al año anterior.

4.2.2 Estadísticas de los contratos de interconexión en pequeña y mediana escala

En la Resolución RES/054/2010, publica-da por la Comisión en el DOF el 8 de abril de 2010, se expidió el modelo de Contra-to de interconexión para fuente de energía renovable o sistema de cogeneración en mediana escala, que sustituye el modelo de contrato de interconexión para fuente de energía solar en pequeña escala por el modelo de contrato de interconexión para fuente de energía renovable o sistema de cogeneración en pequeña escala, misma que establece el requerimiento de informa-ción estadística a la CFE.

Por tal motivo, en el año 2014 se contabi-lizaron 9016 contratos de interconexión en pequeña (hasta 30 kW) y mediana escala (hasta 500 kW) con una capacidad instala-da de 61,896 kW y una generación estima-

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4.3 Otras actividades

De manera complementaria a las activida-des propiamente de seguimiento de las obligaciones establecidas en los distintos ordenamientos jurídicos, la Comisión lleva a cabo otras labores, como la aprobación de unidades de verificación para realizar la evaluación de la conformidad de normas oficiales mexicanas expedidas por ella, así como acciones derivadas de procesos contenciosos y, en su caso, la aplicación de alguna sanción a los permisionarios que incumplan con el marco jurídico de los sec-tores regulados. Además, desde una pers-pectiva proactiva, la Comisión también se ha involucrado en una serie de labores que le permiten observar el desarrollo y evolu-ción de los sectores regulados.

4.3.3 Procedimientos contenciosos

En 2014, el Pleno (actualmente denomina-do Órgano de Gobierno, después de la publicación de las Leyes Secundarias por la Reforma Constitucional) de la CRE emitió 630 resoluciones y 98 Acuerdos, los cuales pueden consultarse completos en la página electrónica de la dependencia. Además, la Comisión Reguladora de Energía fue par-te en diversos juicios de amparo, juicios contenciosos administrativos, aparte de sustanciar y resolver diversos recursos de reconsideración, controversias que se des-glosan a continuación:

Juicios de amparo

Durante 2014, se notificaron a la CRE 91 demandas de amparo, en contra de diver-sos actos de la Comisión, entre resolucio-nes, oficios, otorgamientos de permisos, etcétera. De estos juicios de amparo, 39 se sobreseyeron, 10 causaron estado, en

4.2.4 Visitas de verificación a permisio-narios del sector eléctrico y al suminis-trador del servicio público de energía eléctrica

Visitas de verificación a permisionarios del sector eléctrico

En 2014 se llevaron a cabo un total de 39 vi-sitas de verificación a permisionarios de ge-neración e importación de energía eléctrica, para comprobar que las instalaciones cum-plieran con la LSPEE y su Reglamento, las condiciones establecidas en los permisos, así como con las Normas Oficiales Mexica-nas y demás disposiciones aplicables. De las visitas realizadas a los permisionarios de energía eléctrica, 28 correspondieron a permisionarios bajo la modalidad de autoa-bastecimiento, seis a cogeneración, tres a producción independiente y dos a importa-ción. (Tabla 4.2.4)

4.2.5 Visitas de verificacióna permisionarios del sector de gas

Durante 2014 se realizaron 69 visitas de ve-rificación que incluyeron a permisionarios de transporte, almacenamiento y distribu-ción de gas natural y gas LP por ductos. De estas visitas, 42 se realizaron a permisiona-rios de transporte de acceso abierto y usos propios, incluida una al Sistema Nacional de Gasoductos; 16 fueron realizadas a permi-sionarios de distribución de gas natural, de las cuales diez fueron técnicas y seis eco-nómicas; una visita de verificación fue reali-zada a una instalación de aprovechamiento de gas natural tipo industrial; tres visitas a permisionarios de almacenamiento de gas natural licuado y nueve más a permisiona-rios de gas licuado de petróleo. (Tabla 4.2)

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Mes de visita Permisionario Permiso

Marzo

LMF Frisa Comercial, S. de R. L. de C. V. E/303/AUT/2004

Teléfonos de México, S. A. B. de C. V., Centro Administrativo Villa de las Flores E/382/AUT/2005

Cinemex Coacalco, S. A. de C. V. E/491/AUT/2006

La Torre del Vigía, A. R. E/803/AUT/2008

Tlalnepantla Cogeneración, S. A. P. I. de C. V. E/914/COG/2012

Láminas Acanaladas Infinita, S. A. de C. V. E/964/COG/2012

Fuerza Eólica del Istmo, S. A. de C. V. E/70/AUT/98

Eoliatec del Istmo, S. A. P. I. de C. V. E/322/AUT/2005

Desarrollos Eólicos Mexicanos de Oaxaca I, S. A. de C. V. E/823/AUT/2009

CE Oaxaca Cuatro, S. de R. L. de C. V. E/851/PIE/2010

CE Oaxaca Tres, S. de R. L. de C. V. E/852/PIE/2010

Stipa Nayaa, S. A. de C. V. E/907/AUT/2011

Junio

Spectrum Brands HHHI México, S. de R. L. de C. V. E/284/IMP/2012

Comisión Estatal de Servicios Públicos de Mexicali E/330/AUT/2005

Grupo Telvista, S. A. de C. V. E/652/AUT/2007

Wabash Technologies de México, S. de R. L. de C. V. E/657/AUT/2007

Dafmex, S. de R. L. de C. V. E/684/AUT/2007

Fábrica de Papel San Francisco, S. A. de C. V. E/931/IMP/2012

Agosto

Teléfonos de México, S. A. B. de C. V., Central Nezahualcóyotl E/395/AUT/2005

Cinemex Iztapalapa, S. A. de C. V. E/410/AUT/2005

Teléfonos de México, S. A. B. de C. V., Centro de Trabajo Lindavista E/456/AUT/2005

Teléfonos de México, S. A. B. de C. V., Central Los Reyes E/523/AUT/2006

Teléfonos de México, S. A. B. de C. V., Central Guadalupe Metropolitana E/546/AUT/2006

Harinera La Espiga, S. A. de C. V. E/906/AUT/2011

CE G. Sanborns, S. A. de C. V. E/951/COG/2012

Septiembre

Teléfonos de México, S. A. B. de C. V., Central Copérnico E/476/AUT/2005

Transformadora de Energía Eléctrica de Juárez, S. A. de C. V. E/825/AUT/2009

Energía Chihuahua, S. A. de C. V. E/942/AUT/2012

Octubre

Iberdrola Energía del Golfo, S. A. de C. V. E/288/PIE/2003

Akra Polyester, S. A. de C. V. E/565/AUT/2006

Pemex-Refinación, Refinería Francisco I. Madero E/611/COG/2007

México Carbón Manufacturing, S. A. de C. V. E/708/AUT/2007

Posco México, S. A. de C. V. E/848/AUT/2010

Noviembre

Manantiales La Asunción, S. A. de C. V. E/500/AUT/2006

Grupo Cuauhtémoc Moctezuma, S. A. de C. V. E/520/AUT/2006

Compañía de Energía Mexicana, S. A. de C. V. E/574/AUT/2007

Pemex Petroquímica, Complejo Petroquímico Independencia E/605/COG/2007

Energía EP, S. de R. L. de C. V. E/808/AUT/2009

Sky EPS Supply, S. A. de C. V. E/987/COG/2013

Tabla 4.2.4 Visitas de verificación a permisionarios del sector eléctrico

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Visitanúmero

Permisionario Área Número

de permiso

1 SNG Sector Cárdenas Transporte G/061/TRA/1999

2 SNG Sector Mendoza Transporte G/061/TRA/1999

3 Fuerza y Energía de Hermosillo, S. A. de C. V. Transporte G/078/TUP/1999

4 Gas Natural de Caxitlán, S. de R. L. de C. V. Transporte G/265/SAB/2011

5Compañía de Autoabastecedores de Gas Natural de Zapa-ta, S. A. de C. V.

Transporte G/285/SAB/2012

6 Bio Gas de Victoria, S. A. de C. V. (Tamaulipas) Almacenamiento G/030/LPA/2010

7 Tergas S. de R. L. de C. V. (Matamoros, Tamaulipas) Almacenamiento G/032/LPA/2011

8 SNG Sector Veracruz Transporte G/061/TRA/1999

9 Rijk Zwaan Promex, S. A. de C. V Transporte G/242/TUP/2002

10 Tractebel GNP, S. de R. L. de C. V. DIS/ECO G/027/DIS/97

11 Autoabastecedora del Parque, S. A. de C. V. Transporte G/270/SAB/2011

12 Grupo Corporativo Papelera, S. A. de C. V. Transporte G/273/TUP/2012

13 Beta Gas Natural, S. A. de C. V. Transporte G/296/SAB/2012

14 Termigas, S. A. de C. V.(Tuxpan) Almacenamiento G/021/LPA/2010

15Terminal Marítima Gas Tomza, S. A. de C. V. (Veracruz)

Almacenamiento G/029/LPA/2010

16 Gasoducto Rosarito Transporte G/100/TRA/2000

17 SNGLP Sector Minatitlán Transporte G/246/LPT/2010

18 Tamauligas, S. A. de C. V. DIS/ECO G/032/DIS/97

19 SNG Sector Madero Transporte G/061/TRA/1999

20 Zeta Gas del Pacífico, S. A. de C. V. Almacenamiento G/023/LPA/2010

21Pemex-Gas y Petroquímica Básica (Topolobampo)

Almacenamiento G/022/LPA/2010

22 Gasoducto del Río, S. A. de C. V. Transporte G/130/TRA/2002

23 Merigas Norte, S. A. de C. V. Transporte G/206/SAB/2007

24 Gas Natural México S. A. de C. V. (Monterrey) DIS/ECO G/033/DIS/98

25Empresas Usuarias de Energéticos Ecológicos, S. de R. L. de C. V.

Transporte G/252/SAB/2011

26 Cris-P Green Houses, S. A. de C. V. Transporte G/280/TUP/2012

27 Hari Masa del Sureste, S. A. de C. V. Transporte G/288/TUP/2012

28Zeta Gas de Baja California, S. A. de C. V. (Ensenada, Baja California)

Almacenamiento G/031/LPA/2010

29 Central Saltillo, S. A. de C. V. Transporte G/093/TUP/2000

30 Pemex-Gas y Petroquímica Básica (Baja California-Rosarito) Almacenamiento G/018/LPA/2010

Tabla 4.2 Programa Anual de Visitas de Verificación en 2014

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Capítulo 4

31Generadores de Energía del Noroeste, S. A. de C. V., (Baja California)

Almacenamiento G/254/LPA/2011

32 Gas Silza, S. A. de C. V., (Mexicali) Almacenamiento G/256/LPA/2011

33 Gas Natural de Michoacán, S. A. de C. V. Transporte G/176/SAB/2005

34 Ductos del Altiplano Transporte G/177/LPT/2005

35 Praxair México, S. de R. L. de C. V., (Planta Tepeji del Río) Transporte G/245/TUP/2010

36 Comercializadora Metrogas, S. A. de C. V. DIS/ECO G/041/DIS/98

37 SNG Sector Guadalajara Transporte G/061/TRA/1999

38 Gasoducto de Aguaprieta Transporte G/125/TRA/2002

39 TRANS-SONI, S. A. de C. V., (Puebla) Almacenamiento G/027/LPA/2010

40Autoabastecedora de Gas Natural Bruno Pagliai, S. A. de C. V

Transporte G/241/SAB/2010

41Compañía de Autoabastecedores de Gas Natural del Su-reste, S. A. de C. V.

Transporte G/251/SAB/2011

42 KST Electric Power Company, S. A. P. I. de C. V. Transporte G/295/TUP/2012

43 Kinder Morgan Gas Natural de México, S. de R. L. de C. V. Transporte G/003/TRA/1996

44 Pemex-Gas y Petroquímica Básica (Cd. Juárez) Almacenamiento G/011/LPA/2010

45 Tractebel Digaqro, S. A. de C. V. DIS/TEC G/050/DIS/98

46Compañía de Autoabastecedores de Gas Natural de Hidal-go, S. A. de C. V.

Transporte G/236/SAB/2010

47Compañía de Autoabastecedores de Gas Natural de Mon-clova, S. A. de C. V.

Transporte G/237/SAB/2010

48Compañía de Autoabastecedores de Gas Natural de Pue-bla, S. A. de C. V.

Transporte G/269/SAB/2011

49 Refractarios Básicos, S. A. de C. V., (Unidad Monclova) Transporte G/282/TUP/2012

50Almacenadora de Gas Comercial, S. A. de C. V., (Piedras Negras, Coahuila)

Almacenamiento G/259/LPA/2011

51 NATGASMEX, S. A. de C.V. DIS/TEC G/082/DIS/2000

52 Gas del Caribe, S. A. de C.V. DIS/TEC G/162/LPD/2004

53Compañía de Autoabastecedores de Gas Natural de Cela-ya, S. A. de C.V.

Transporte G/238/SAB/2010

54Compañía de Autoabastecedores de Gas Natural de San Jerónimo, S. A. de C. V.

Transporte G/239/SAB/2010

55 Ternium Gas México, S. A. de C. V Transporte G/286/SAB/2012

56 Fuerza y Energía de Tuxpan, S. A. de C. V. Transporte G/124/TUP/2002

57 Gas Natural El Florido, S. A. de C. V. Transporte G/169/SAB/2005

58 Tarahumara Pipeline, S. de R. L. de C. V. Transporte G/213/TRA/2008

59 Unión Minera del Sur, S. A. de C. V. Transporte G/230/TUP/2009

60 Energía Costa Azul, S. de R. L. de C. V. Almacenamiento G/140/ALM/2003

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Capítulo 4

se ha sobreseído. Estos juicios están pendientes de sentencia definitiva.

Juicios contenciosos administrativos

En 2014 se notificaron a la Comisión las demandas relativas a 6 juicios contencio-sos administrativos. Los seis se encuentran pendientes de sentencia definitiva.

Entre estos juicios destacan: el juicio pre-sentado por Pemex-Gas y Petroquími-ca Básica, en contra de la Resolución RES/550/2013, por la que la CRE aprueba

61 Gas Natural México S. A. de C. V. (Monterrey) DIS/TEC G/033/DIS/98

62 Asociación de Colonos de la Herradura, A. C. DIS/TEC G/248/LPD/2010

63 SNGLP Sector Cárdenas Transporte G/246/LPT/2010

64 Sílice del Istmo, S. A. de C. V. Transporte G/249/SAB/2010

65 SNGLP Sector Mendoza Transporte G/246/LPT/2010

66 Terminal de LNG de Altamira, S. de R. L. de C. V. Almacenamiento G/138/ALM/2003

67 Comercializadora Metrogas S. A. de C. V. DIS/TEC G/041/DIS/98

68 Consorcio Mexi-Gas S. A. de C. V. DIS/TEC G/042/DIS/98

69 Terminal KMS de GNL S. de R. L. de C. V. Almacenamiento G/228/ALM/2008

ocho se otorgó el amparo, en tres se negó y 41 aún se encuentran pendientes de sen-tencia.

Entre estos juicios destacan los presenta-dos por pobladores vecinos del Gasoducto de Morelos S. A. de C. V., quienes argu-mentan que su construcción afecta el me-dio ambiente, genera riesgos a la salud y pone en peligro a la población debido a su cercanía con el Popocatépetl. También se recibieron múltiples demandas por la parti-cipación de CRE en la aprobación de tarifas eléctricas. De estos juicios el primero aún no se resuelve y la mayoría de las segundas

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Capítulo 4

• En el estado de Oaxaca la CFE desa-

rrolló los trabajos relacionados con la compra de los terrenos y los relaciona-dos con los derechos de vía.

• En lo que corresponde al proceso per-teneciente al estado de Tamaulipas, durante el 2014, no hubo actividades significativas, con la excepción de que la CRE apoyó para que 2 proyectos tu-vieran una conexión temprana.

• Por su parte, el proceso de Baja Califor-nia se detuvo durante el año 2014 por-que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) cuestionó el proyecto en relación con la conexión entre el sis-tema de Baja California con el Sistema Interconectado Nacional. Al respecto, cabe mencionar que debido a que la Comisión Federal de Electricidad se de-moró con los estudios correspondien-tes se tuvo que iniciar ante la SHCP el trámite correspondiente, generando un retraso en la implementación de dicho proceso de Temporada Abierta.

4.3.5 Programas de Actividades bajo el Mecanismo de Desarrollo Limpio (PoAs)

Con respecto a los tres Programas de Ac-tividades que la CRE desarrolló durante 2012, 2013 y 2014, se tuvo que detener el proceso que debió seguirse para que pu-dieran someterse a Registro, ante la Junta Ejecutiva del Mecanismo de Desarrollo Lim-pio de las Naciones Unidas, debido a los siguientes factores:

1. No se pudo celebrar el Convenio de Colaboración con el Fondo para el Cambio Climático como entidad finan-ciera que manejara los recursos que antes manejaba el Fomecar como in-termediario financiero de los 3 PoAs,

la lista de tarifas máximas para el tercer pe-riodo de prestación del servicio de trans-porte de gas natural en el sistema nacional de gasoductos (SNG), así como ell juicio promovido por GDF Suez Consultores, S. A. de C. V., en contra de la Resolución por la que se le otorga el primer permiso de distribución de gas natural para la Zona Geográfica de Occidente a Gas Natural del Noroeste, S. A. de C. V.

Recursos de reconsideración

En 2014 se interpusieron 17 recursos de reconsideración en contra de actos de la Comisión, mismos que fueron resueltos en tiempo y forma. Algunos se sobreseyeron por desistimiento de los recurrentes, y en otros se confirmó la resolución impugnada. Sólo quedó uno pendiente por resolver, en razón de una sentencia emitida por el Juez de Distrito correspondiente.

De estos recursos destaca el interpuesto por la Comisión Federal de Electricidad en contra del Acuerdo A/023/2015, por el cual la CRE atiende la solicitud de aclaración y consulta presentada por Energía San Pe-dro, S. C. de R. L., sobre los términos en que la CFE debe cumplir con el contrato de interconexión con dicha empresa, en parti-cular sobre la forma de entregar la energía y los requerimientos técnicos para ello. Este tema aún se encuentra en litigio ante los tri-bunales del Poder Judicial de la Federación. 4.3.4 Seguimiento a la Temporada Abierta de reserva de capacidad de transmisión

La Comisión ha dado seguimiento a los pro-cesos de Temporada Abierta de reserva de capacidad de transmisión y transformación de energía eléctrica a desarrollarse en los estados de Oaxaca, Puebla, Tamaulipas y Baja California, iniciada en agosto de 2011. Al término de 2014, el estado que guardan los procesos mencionados es el siguiente:

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Capítulo 4

debido a que no se había constituido y, posteriormente, en la segunda mitad del año, porque no estaba operando formalmente. De igual manera durante el 2014 dicho Fondo para el Cambio Climático no entró en operación.

2. Se esperaron los resultados de la Re-forma Energética en virtud de que los 3 PoAs se verían afectados dado que, derivada de las modificaciones a la Constitución en materia de electricidad, se deberán cumplir con obligaciones en materia de energías limpias y de ge-neración de electricidad.

3. Aunado a ello, los recursos aprobados por el Fondo para la Transición Energé-tica y el Aprovechamiento Sustentable de la Energía (FOTEASE), que eran ma-nejados por el Fomecar, no pudieron ejercerse porque no hubo una entrega formal de dichos recursos por parte del actualmente extinto Fomecar al FOTEA-SE.

Derivado de lo anterior, en 2014 el proyec-to de 3 PoAs se encontró al igual que en 2013, en un periodo de inactividad. Pos-teriormente se analizará su viabilidad en

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términos de la Reforma Energética y de la regulación que al efecto la CRE expida, como consecuencia de la expedición de la legislación secundaria y entrada en vigor el 11 de agosto de 2014.

4.3.6 Marco regulatorio parala implementación de laRed Eléctrica Inteligente en México

La Comisión continuó trabajando en la ela-boración de una estrategia de regulación con respecto al tema de Red Eléctrica In-teligente dentro del programa de colabora-ción que inició en 2012, junto con la con-sultora ESTA International y con el apoyo de la Agencia de Comercio y Desarrollo de los Estados Unidos (U. S. Trade and Develop-ment Agency, USTDA, por sus siglas en inglés), terminando con la Hoja de Ruta Re-gulatoria sobre Redes Eléctricas Inteligen-tes (Regulatory Roadmap on Smart Grid).

Cabe mencionar que durante mayo de 2014 se constituyó el Grupo Nacional de Redes Eléctricas Inteligentes, conformado por re-presentantes de la Secretaría de Energía, de la Comisión Reguladora de Energía y de la Comisión Federal de Electricidad.

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Número de Permiso Permisionario 2014

G/011/DIS/1997 Compañia Nacional de Gas, S. A. de C. V. 3 462 850G/042/DIS/1998 Consorcio Mexi-Gas, S. A. de C .V. 49 920 373G/022/DIS/1997 Gas Natural de Juárez, S. A. de C. V. 9 540 479G/082/DIS/2000 Natgasmex, S. A. de C. V. 21 965 090G/032/DIS/1998 Tamauligas, S. A. de C. V. 4 047 627G/013/DIS/1997 Ecogas México Chihuahua 11 338 925G/089/DIS/2000 Tractebel DGJ, S. A. de C. V. 21 478 473G/063/DIS/1999 Ecogas México La Laguna-Durango 4 038 936 G/002/DIS/1996 Ecogas México Mexicali 8 418 148G/027/DIS/1997 Tractebel GNP, S. A. de C .V. 10 566 670G/050/DIS/1998 Tractebel Digaqro, S. A. de C. V. 24 241 139 G/018/DIS/1997 Gas Natural México, S. A. de C. V. -Toluca 14 026 676G/021/DIS/1997 Gas Natural México, S. A. de C. V. -Nuevo

Laredo 1 332 509

G/015/DIS/1997 Gas Natural México, S. A. de C. V. -Saltillo 10 336 452 G/033/DIS/1998 Gas Natural México, S. A. de C. V. -Mon-

terrey95 013 122

G/081/DIS/2000 Gas Natural México, S. A. de C. V. -Bajio 25 225 794G/041/DIS/1998 Comercializadora Metrogas, S. A. de C. V. 22 335 713 G/019/DIS/1997 Compañia mexicana de Gas, S. A. de C . V. 20 690 726G/014/DIS/1997 Gas Natural del Noroeste, S. A. de C. V

-Hermosillo Sonora 1 255 959

G/192/DIS/2006 Distribuidora de Gas Natural México 2 852 635G/301/DIS/2012 Gas Natural del Noroeste, S. A. de C. V. 1 328 250G/304/DIS/2012 Distribuidora de Gas Natural Noreste, S. A.

de C. V. 14 471 528

G/310/DIS/2013 Gas Natural del Noroeste, S. A. de C. V. -Occidente

G/323/DIS/2014 Gas Natural del Noroeste, S. A. de C. V. -Veracruz

546 537

Total volumen GJ 378 434 610

1.1 Energía conducida por distribuidores de gas natural en 2014

1. Sector de gas natural

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Número de Permiso Permisionario Total 2014

G/011/DIS/1997 Compañia Nacional de Gas, S. A. de C. V. 12 491G/042/DIS/1998 Consorcio Mexi-Gas, S. A. de C .V. 182 981G/022/DIS/1997 Gas Natural de Juárez, S. A. de C. V. 242 912G/082/DIS/2000 Natgasmex, S. A. de C. V. 82 660G/032/DIS/1998 Tamauligas, S. A. de C. V. 20 004G/013/DIS/1997 Ecogas México (antes DGN Chihuahua, S.

de R. L. de C. V. ) 64 156

G/089/DIS/2000 Tractebel DGJ, S. A. de C. V. 30 715G/063/DIS/1999 Ecogas México (antes DGN de La Laguna

-Durango, S. de R. L. de C. V.) 28 329

G/002/DIS/1996 Ecogas México (antes Distribuidora de Gas Natural de Mexicali, S. de R. L. de C. V.)

13 736

G/027/DIS/1997 Tractebel GNP, S. A. de C. V. 41 181G/050/DIS/1998 Tractebel Digaqro, S. A. de C. V. 65 122G/018/DIS/1997 Gas Natural México, S. A. de C. V. -Toluca 31 278 G/021/DIS/1997 Gas Natural México, S. A. de C. V. -Nuevo

Laredo 31 414

G/015/DIS/1997 Gas Natural México, S. A. de C. V. -Saltillo 80 224G/033/DIS/1998 Gas Natural México, S. A. de C. V. -Mon-

terrey771 664

G/081/DIS/2000 Gas Natural México, S. A. de C. V. -Bajio 112 109 G/041/DIS/1998 Comercializadora Metrogas, S. A. de C. V. 411 068G/019/DIS/1997 Compañia mexicana de Gas, S. A. de C .V. 126 760G/014/DIS/1997 Gas Natural del Noroeste, S. A. de C. V. 13 197G/192/DIS/2006 Distribuidora de Gas Natural México 939G/301/DIS/2012 Gas Natural del Noroeste, S. A. de C .V. 18G/304/DIS/2012 Distribuidora de Gas Natural Noreste, S. A.

de C. V. 5

G/310/DIS/2013 Gas Natural del Noroeste, S. A. de C. V. -G/323/DIS/2014 Gas Natural del Noroeste, S. A. de C. V. 33

Total de Usuarios 2 362 996

1.2 Cobertura de usuarios de distribuidores de gas natural en 2014

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Número de Permiso Permisionario 2014

G/011/DIS/1997 Compañia Nacional de Gas, S. A. de C. V. 728.08G/042/DIS/1998 Consorcio Mexi-Gas, S. A. de C .V. 4,190.58G/022/DIS/1997 Gas Natural de Juárez, S. A. de C. V. 4,722.17G/082/DIS/2000 Natgasmex, S. A. de C. V. 1,633.66G/032/DIS/1998 Tamauligas, S. A. de C. V. 1,002.88G/013/DIS/1997 Ecogas México (antes DGN Chihuahua, S.

de R. L. de C. V. ) 2,088.27

G/089/DIS/2000 Tractebel DGJ, S. A. de C. V. 1,727.28G/063/DIS/1999 Ecogas México (antes DGN de La Laguna

-Durango, S. de R. L. de C. V.)971.84

G/002/DIS/1996 Ecogas México (antes Distribuidora de Gas Natural de Mexicali, S. de R. L. de C. V.)

520.17

G/027/DIS/1997 Tractebel GNP, S. A. de C .V. 817.80G/050/DIS/1998 Tractebel Digaqro, S. A. de C. V. 1,570.29G/018/DIS/1997 Gas Natural México, S. A. de C. V. -Toluca 880.96G/021/DIS/1997 Gas Natural México, S. A. de C. V. -Nuevo

Laredo 1,176.16

G/015/DIS/1997 Gas Natural México, S. A. de C. V. -Saltillo 2,586.79G/033/DIS/1998 Gas Natural México, S. A. de C. V. -Mon-

terrey15 687.13

G/081/DIS/2000 Gas Natural México, S. A. de C. V. -Bajio 3,542.83G/041/DIS/1998 Comercializadora Metrogas, S. A. de C. V. 3,898.91G/019/DIS/1997 Compañia mexicana de Gas, S. A. de C .V. 2,891.95G/014/DIS/1997 Gas Natural del Noroeste, S. A. de C. V.

-Hermosillo Sonora 436.36

G/192/DIS/2006 Distribuidora de Gas Natural México 192.88G/301/DIS/2012 Gas Natural del Noroeste, S. A. de C. V. 4.50G/304/DIS/2012 Distribuidora de Gas Natural Noreste, S. A.

de C. V. 26.12

G/310/DIS/2013 Gas Natural del Noroeste, S. A. de C. V. -Occidente

G/323/DIS/2014 Gas Natural del Noroeste, S. A. de C. V. -Veracruz

Total Longitud 51 298

1.3 Longitud de la red de distribuidores de gas natural (red principal y conexiones) en 2014

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Capítulo 5

DESARROLLOINSTITUCIONAL

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DESARROLLOINSTITUCIONAL

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Menú principal Anexo de capítulo

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Capítulo 5

DESARROLLOINSTITUCIONAL

En adición a las actividades relacionadas con la regulación del sector energético, la CRE ha cumplido con objetivos especí-ficos que le han brindado fortaleza institucional. Asimismo, ha cumplido con las actividades que le competen, derivadas de los ejes de política pública establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, el Programa Sectorial de Energía 2013-2018 y la Estrategia Nacional de Energía 2013-2027, así como de diversos programas federales. Como se mencio-na en capítulos anteriores, la implementación de la Reforma Constitucional en materia energética y sus leyes secundarias, trajo paralelamente una reestructuración organizacional en la Comisión, que quedó plasmada en el nuevo Reglamento In-terno publicado en el DOF el 28 de noviembre de 2014. A partir de un análisis exhaustivo de las atribuciones conferidas a la dependencia, fue posible diseñar una estructura que hi-ciera frente a su nuevo entorno.

Independientemente de lo anterior, se ha dado cumplimiento a todo el marco normativo en materia presupuestaria; particu-larmente a los Lineamientos para la aplicación y seguimiento de las medidas para el uso eficiente, transparente y eficaz de los recursos públicos, así como en lo relativo a las acciones de disciplina presupuestaria en el ejercicio del gasto público y la modernización de la Administración Pública Federal (APF), y el Programa para un Gobierno Cercano y Moderno 2013-2018 (PGCM). Ambos instrumentos han delimitado en buena parte los trabajos de esta Comisión en el ámbito administra-tivo, incluyendo, invariablemente, la incorporación de la inno-vación tecnológica para hacer más eficientes los procesos de recepción de solicitudes, entre otros.

5.1 Planeación Estratégica

5.1.1 Seguimiento de actividadesde planeación estratégica

También se efectuaron adecuaciones importantes en la pla-neación estratégica de la Comisión, debido a que la Reforma Energética comienza con los cambios constitucionales de diciembre de 2013. La construcción del marco legal conse-cuente, que se concretó en agosto de 2014, impactó de ma-nera importante el ejercicio de planeación. Lo anterior presen-tó la necesidad de revisar las tareas planteadas al inicio del año, así como la necesidad de considerar el cumplimiento de las nuevas obligaciones en los plazos y formas establecidas

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Capítulo 5

fue suspendida por la publicación de la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética (LORCME) de agosto de 2014. En su momento el Órgano de Go-bierno expedirá las disposiciones en la ma-teria, conforme lo establecido en el Artículo 16, fracción VII de la LORCME.

5.2.3 Capacitación

El Programa Anual de Capacitación 2014 (PAC–2014) fue registrado a través del Sis-tema Integral de Información (SII) en el mes de abril de 2014, programándose 89 accio-nes de capacitación para un total de 254 participantes.

Al cierre del año se efectuaron 103 accio-nes de capacitación, con un total de 326 participantes, lo cual equivale a 8994 horas hombre de capacitación. En este sentido, se superó la meta en un 115 % en com-paración con lo programado en el número de acciones, y de 128 % en el número de participantes.

Lo anterior se debe al apoyo que se ha otor-gado al personal de la CRE para continuar su profesionalización y especialización. (Ta-bla 5.2.3)

5.2.4 Clima y Cultura Organizacional

La Encuesta de Clima y Cultura Organi-zacional (ECCO), aplicada en el ejercicio 2014, registró la participación de 147 servi-dores públicos, que representó el 78 % de la plantilla laboral ocupada. (Tabla 5.2.4).

por el Poder Legislativo. Por su parte, las áreas sustantivas reorganizaron sus activi-dades para atenderlas.

Por lo que se refiere a la alineación de las metas programático-presupuestales, con-juntamente con el Órgano Interno de Con-trol, se efectuó un ejercicio de revisión de la alineación de objetivos y metas con el Plan Nacional de Desarrollo y el Programa sectorial correspondiente. De esta manera quedaron registrados ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en la Matriz de Indicadores de Resultados (MIR). Debido a la falta de coincidencia en los tiempos del proceso programático-presupuestal y la modificación del marco legal de la Comi-sión, las metas no fueron modificadas en el transcurso del ejercicio, sino que se repor-taron conforme a su programación inicial.

5.2 Capital Humano

5.2.1 Recursos Humanos

Al 31 de diciembre del 2014 se contaba con 257 plazas, de las cuales 145 son de estructura, o permanentes, y 112 eventua-les. Su distribución por área nos indica que el 80 % de la plantilla se encuentra destina-da a las labores sustantivas de la Comisión.

5.2.2 Servicio Profesional Regulatorio

El Estatuto del Servicio Profesional Regula-torio fue publicado en el DOF el 4 de marzo de 2014; sin embargo, su implementación

Tabla 5.2.3 Relación de acciones y participantes en el PAC 2014

Descripción Registradas en PAC - 2014 Otorgadas

Número de acciones 89 103

Número de participantes 254 326

Total de horas NA 8994

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empeño de sus empleos, cargos o comi-siones (conocidos como Lineamientos de Integridad y Ética), publicados el 6 de marzo de 2012 en el DOF, la Comisión continuó durante 2014 con las acciones que la Se-cretaría de la Función Pública estableció en su guía correspondiente.

El cambio más importante en esta materia es la inclusión de un capítulo en la LORC-ME, que establece parámetros mínimos de actuación de los servidores públicos de esta Comisión, para lo cual deberá expedir-se un Código de Conducta con característi-cas propias del órgano regulador coordina-do. Dicho instrumento es propuesto por el Comité de Ética y aprobado por el Órgano de Gobierno. Con este mandato, el Comi-té de Ética en funciones, apoyado por el área jurídica, elaboró el documento que fue aprobado en los términos de la Ley el 18 de diciembre de 2014. Esto es un parteaguas en la forma de ver a la institución hacia el interior, ya que el personal de la Comisión, además de observar los principios genera-les de conducta que rigen el servicio públi-co, y teniendo como valores institucionales la rectitud, la honestidad, la imparcialidad, el respeto y la transparencia, ahora cuentan con reglas específicas que consideran las circunstancias de una dependencia como la que nos compete.

Es así que el Código de Conducta de la Comisión Reguladora de Energía contiene:

I. Los criterios que se deberán observar para llevar a cabo audiencias con suje-tos regulados conforme a lo dispuesto en la LORCME;

La evaluación general obtenida fue de 85 puntos, posicionando a la CRE como la ins-titución con mejor evaluación en el sector de energía, y por encima del promedio global de la APF, ubicada en 81 puntos. También registró un incremento respecto al puntaje de 2013, año en el que obtuvo 83 puntos.

5.2.5 Comité de Ética y Vigilanciadel Código de Conducta

Dentro del marco de cumplimiento a los Lineamientos Generales para el estable-cimiento de acciones permanentes que aseguren la integridad y el comportamiento ético de los servidores públicos en el des-

Tabla 5.2.4 Participación del personal de la CRE en la ECCO 2014

Descripción Participación

Hombres 79

Mujeres 68

Total de encuestas registradas 147

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5.2.6 Presupuesto conperspectiva de género

Para dar seguimiento al trabajo realizado conjuntamente con el Instituto Nacional de las Mujeres desde 2008, enfocado a las acciones a favor de la mejora continua de la cultura institucional, se planteó que du-rante el año 2014 se erogara presupues-to transversal para llevar a cabo acciones estratégicas. Dichas acciones se diseña-ron de manera coordinada con la Agenda de compromisos sectoriales (firmada en 2012), el Programa de Cultura Institucional 2013-2018 y las necesidades internas, o bien a solicitud de otras instancias (como por ejemplo el Comité de Ética y el Comité de “Mejora a la CRE”, la Encuesta de Clima y Cultura Organizacional [ECCO], el Plan Anual de Capacitación [PAC], etcétera).

Durante el mes de noviembre se impartie-ron los cursos “Una mirada hacia la Equidad de Género desde los Derechos Humanos”, “Prevención y Eliminación de la Violencia Familiar” y “Eliminación del Mobbing, por el Derecho a un Ambiente Laboral Libre de Violencia” por parte de la Universidad Na-cional Autónoma de México (UNAM), capa-citando a 60 personas. También se llevó a cabo una campaña de difusión y promoción de la Ley General para la Igualdad entre Mu-jeres y Hombres y de la implementación del Servicio Profesional Regulatorio mediante “Comunicados CRE” y materiales impresos.

5.3 Presupuesto

5.3.1 Comportamiento Presupuestaly Financiero

Para el ejercicio presupuestal del año 2014, el H. Congreso de la Unión autorizó a la Co-misión un presupuesto original total de 212.1 millones de pesos. Este presentó modifica-ciones al cierre del ejercicio, para quedar en 172.3 millones de pesos, que se ejercieron

II. Las consideraciones para que los Co-misionados o cualquier otro servidor público participe en eventos académi-cos o de difusión, o foros y eventos pú-blicos, que se relacionen con el objeto del órgano regulador coordinado;

III. Los actos u omisiones que representen un conflicto de interés para los servido-res públicos,

IV. Las reglas y procedimientos para infor-mar al Órgano de Gobierno, al Presiden-te o al Comité de Ética de la Comisión sobre cualquier situación que pudiere representar un conflicto de interés real o potencial, a efecto de que se valoren y, en su caso, se otorguen las autoriza-ciones que en cada caso corresponda.

Otro aspecto importante es que la LORC-ME establece cuáles conductas serán con-sideradas como graves para efectos de la aplicación de la Ley Federal de Respon-sabilidades Administrativas de los Servido-res Públicos, siendo el Órgano Interno de Control la autoridad administrativa que tome conocimiento de las denuncias, realice el análisis de las conductas señaladas, dicte la resolución y, en su caso, la imposición de sanciones por las violaciones al Código de Conducta.

Finalmente, el Código de Conducta consi-dera el procedimiento por el que se llevará a cabo la integración del Comité de Ética, tomando como referencia lo dispuesto en los lineamientos respectivos. Bajo dicho es-quema, en el mes de noviembre de 2014, se llevó a cabo el proceso de selección de representantes de los distintos niveles jerár-quicos existentes en la Comisión, integrán-dose el Comité en diciembre del mismo año. En este proceso participaron 127 per-sonas de un total de 197 plazas ocupadas a la fecha del proceso, es decir, un 64 % del personal que integra la institución.

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la Ley realizada por el H. Congreso de la Unión en el año 2009, ya que incidió en el costo de los servicios que presta la CRE, especificados en la citada Ley. Asimismo, a partir de la Reforma Energética, y con fun-damento en lo establecido en los artículos Transitorio Décimo Segundo del Decreto, por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en Materia de Energía (Decreto), publicado en el DOF el 20 de diciembre de 2013, así como en los artículos 29 y 31, fracción I de la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética, se otorgó destino espe-cífico a los Derechos y Productos captados por la Comisión, para financiar su gasto de operación. (Tabla 5.3.2A).

5.3.3 Contrataciones de bienesy servicios

En el ejercicio del gasto de 2014 para la ad-quisición de bienes y contratación de servi-

en su totalidad. Asimismo, como órgano re-gulador coordinado en materia energética, la CRE obtuvo el 11 de diciembre de 2014 su nueva categoría en la Administración Pú-blica Federal que lo definió como Ramo 45. Esta nueva clasificación, otorgada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) por mandato de la Reforma Ener-gética, conlleva una serie de cambios en el ejercicio del gasto de cada Unidad Adminis-trativa de la CRE a partir de 2015.

5.3.2 Recursos derivadosde la Ley Federal de Derechos

La Ley Federal de Derechos establece en sus artículos 56, 56 bis, 57, 58 y 59 el cobro de Derechos por los servicios que presta la Comisión a los solicitantes o per-misionarios, beneficiados de manera direc-ta por las acciones regulatorias que ejerce este órgano. A continuación, se muestra la evolución en su captación, misma que se ha incrementado a partir de la reforma a

Capítulo

Presupuesto OriginalEne-dic

2014

%

PresupuestoModificado

Ene-Dic2014

%

PresupuestoEjercidoEne-Dic

2014

%

Presupuesto Ejercido Ene-Dic

2013

%

1000Servicios

Personales165 694 78.1 139 332 80.8 139 332 80.8 128 973 79.2

2000Materiales y Suministros

2 550 1.2 2 482 1.4 2 482 1.4 1 588 1.0

3000Servicios Generales

43 800 20.6 30 413 17.6 30 413 17.6 32 141 19.7

4000Compensaciones

porservicio de carácter

social

100 0.0 149 0.1 149 0.1 71 0.0

5000Bienes, muebles,

inmuebles, eintangibles

0 0.0 0 0.0 0 0.0 0 0.0

Total 212 144 100.0 172 376 100.0 172 376 100.0 162 773 100.0

Tabla 5.3.2A Comportamiento presupuestal y financiero 2014 vs. 2013 (miles de pesos)

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los procedimientos de licitación pública, in-vitación a cuando menos tres personas y adjudicaciones directas para la adquisición de bienes y servicios en 2014.

5.4 Rendición de Cuentas

5.4.1 Programa paraun Gobierno Cercano y Moderno

Una de las estrategias transversales que el Ejecutivo Federal incluyó en el Plan Nacio-nal de Desarrollo 2013-2018 es el Programa de Gobierno Cercano y Moderno (PGCM). En este se reconoce la necesidad de un gobierno cercano a la sociedad; que atien-da de manera oportuna y eficiente las de-mandas de los distintos sectores de la po-blación; que disponga de mecanismos para evaluar el desempeño de la gestión pública, con el propósito de garantizar la calidad de los bienes y servicios que ofrece a la so-ciedad; que cuente con una normatividad y

cios, se registró la cantidad de $21,987,502 por concepto de contratos formalizados, de los cuales $9,892,433 corresponden a con-tratos ejercidos y concluidos en el mismo año, representando el 45 %, mientras que el importe restante, $12,095,070 corresponde a contratos plurianuales que concluirán en 2015 y 2016, representando el 55 %.

Las adquisiciones de bienes y contratacio-nes de servicios realizadas mediante los procedimientos de Invitación a cuando me-nos tres personas o Adjudicación Directa, ascendieron a $2,221,299. De estos pro-cedimientos se adjudicaron a micros, pe-queñas y medianas empresas (MIPYMES), la cantidad de $1,847,047.78, lo que repre-senta el 83 %, superior en 33 % a la meta establecida en la normatividad en materia de adquisiciones, que establece el 50 %.

Es importante resaltar que no hubo incon-formidades de los licitantes participantes en

Ejercicio Ingresospor Derechos

Presupuesto Modificado Subejercicios

% Ingresos vs Presupuesto Modificado

2000 247 087 89 720 0

2001 179 677 31 074 0

2002 189 656 1 383 0

2003 205 089 1 469 0

2004 204 103 0 0

2005 154 683 319 0

2006 11 336 156 420 3 513 7.2

2007 47 942 166 107 0 28.9

2008 39 425 165 155 0 23.9

2009 43 615 166 397 0 26.2

2010 172 769 172 127 0 100.4

2011 196 382 167 615 0 117.2

2012 223 159 175 051 0 127.5

2013 202 859 169 416 0 119.7

2014 261 037 172 376 199 151.4

Gráfica 5.3.2B Comparativo de los Derechos por los servicios de la CRE durante el periodo 2000 - 2014 (1)

Fuente: Cuenta Pública de cada ejercicio presupuestal (1) Cifras actualizadas con base en el INPC

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electrónica institucional. Considerando la publicación de las leyes secunda-rias de la Reforma Energética, el 11 de agosto de 2014, también se difundió la información contando con material im-preso en la Unidad de Enlace ubicada en la sede de la dependencia.

• Archivos: se elaboraron los instrumentos archivísticos y se sometieron a conside-ración del Archivo General de la Nación (AGN). Sin embargo, la reestructuración administrativa y funcional de la Comi-sión, derivada de la Reforma Energéti-ca, hace necesario el replanteamiento de los instrumentos para ser autoriza-dos en 2015. Sin perjuicio de lo anterior, se inició el proceso de baja documental contable con la solicitud de visto bue-no a la Sener, como cabeza de sector (considerando que, al inicio de dicho procedimiento, la Comisión aún era un órgano desconcentrado), para dar de baja 12.96 metros lineales y se remitió al AGN la solicitud de dictamen de baja de 7 metros lineales de un total de 219. Ambos casos se encuentran en proce-so al cierre del ejercicio.

• Contrataciones Públicas: en las convo-catorias de las licitaciones, e invitación a cuando menos tres personas, se inclu-yeron el procedimiento, los requisitos y la autoridad a la que deberán acudir los licitantes en caso de existir denuncias o inconformidades, para difundir el de-recho de los participantes de recurrir el proceso o el resultado.

• Mejora Regulatoria: al inicio de 2014 se planteó la mejora de 52 trámites regis-trados en Cofemer. Una vez expedidas las leyes secundarias de la Reforma Energética, se llevó a cabo una depu-ración, resultando en la eliminación de 14 trámites. Durante el periodo se llevó a cabo el registro de trámites en el Ca-

trámites gubernamentales claros y sencillos, y que apoye la transparencia para hacer de la rendición de cuentas ante la ciudadanía su rasgo distintivo. Para tal efecto se han dispuesto las siguientes estrategias:

• Impulsar un gobierno abierto que fo-mente la rendición de cuentas en la APF;

• Fortalecer el presupuesto basado en re-sultados de la APF, incluyendo el gasto federalizado;

• Optimizar el uso de los recursos en la APF;

• Mejorar la gestión pública gubernamen-tal en la APF, y

• Establecer una Estrategia Digital Nacio-nal que acelere la inserción de México en la Sociedad de la Información y del Conocimiento.

En 2014 la Comisión estableció las metas correspondientes a los doce temas que in-cluye este programa transversal, con apego a los instructivos emitidos por la Secreta-ría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), la Secretaría de la Función Pública (SFP), el Instituto Nacional de Acceso a la Infor-mación y Protección de Datos Personales (INAI), así como el Archivo General de la Nación. Igualmente, se presentaron los re-portes trimestrales correspondientes, en los que se reflejaron los avances obtenidos por la CRE en este programa, destacando los siguientes:

• Política de Transparencia: se llevó a cab el ejercicio de revisión de la información socialmente útil, de conformidad con los mecanismos establecidos por la SFP, y se mantuvo actualizada la información presentada en el Menú principal, de-nominado Transparencia de la página

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sional Regulatorio. Sin embargo, debido a la expedición de la legislación secun-daria de la Reforma Energética, no fue posible implementarlo en la forma en que fue concebido originalmente. Una vez que concluya la reestructura orga-nizacional que dio inicio en el periodo que se reporta, será posible contar con un esquema de Servicio Profesional de Carrera en los términos que lo ha dis-puesto la nueva legislación.

• Tecnologías de la Información: los avan-ces en este tema están vinculados a los trámites digitalizados que se reportan en mejora regulatoria y a los procesos automatizados descritos anteriormente. Por otra parte, se han identificado los grupos de trabajo para los datos abier-tos, que serán puestos a disposición del público en general una vez que la Unidad Normativa expida los lineamien-tos respectivos.

5.4.2 Transparencia y accesoa la información pública

Por lo que se refiere al cumplimiento del marco normativo en materia de transpa-rencia y acceso a la información pública, la CRE continúa atendiendo las solicitudes de información en los tiempos y formas esta-blecidos. Las instalaciones de la Unidad de Enlace se mantuvieron en óptimas condi-ciones a efecto de proporcionar un espa-cio físico debidamente equipado para que la ciudadanía pueda realizar todo tipo de trámites relacionados con el ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, y a su vez sea asesorada en sus peticiones. Así lo reflejan las evaluaciones semestrales realizadas por el INAI, a través del Progra-ma Usuario Simulado, establecido para tal fin, obteniendo una calificación de 10. Por lo que se refiere al cumplimiento de obliga-ciones establecidas en el artículo 7 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la

tálogo Nacional de Trámites y Servicios, de conformidad con lo establecido por la Coordinación de Estrategia Digital de la Presidencia de la República, en coor-dinación con la SFP y Cofemer. En este tema destaca la implementación de la Oficialía de Partes Electrónica (OPE), que trajo consigo una simplificación ad-ministrativa importante, que además de generar un esquema eficiente de aten-ción de solicitudes de permisos en un nuevo entorno, se alinea a las expecta-tivas del Ejecutivo Federal hacia un go-bierno digital.

• Optimización de Recursos: se dio cum-plimiento al Programa de Ahorro por un monto anual de 0.5 millones de pesos; y se reintegró el 5 % del presupuesto de eventuales que asciende a 2.1 millones de pesos.

• Presupuesto basado en Resultados: se actualizaron las metas e indicadores presupuestarios con la participación de un grupo de trabajo integrado por la Sener, el Órgano Interno de Control de dicha dependencia y esta Comisión. Debido a los tiempos de registro esta-blecidos por la SHCP, la MIR mantuvo su estructura del ejercicio anterior.

• Procesos: durante el ejercicio se efec-tuaron mejoras a los procesos de cum-plimiento de obligaciones, informes trimestrales de operación eléctrica y re-glas de operación de trabajo en equipo. Para el primer caso, se establecieron tableros de control en el sistema KMIS. En lo que corresponde a los informes trimestrales, se mejoró la versión de la OPE, haciendo además obligatorio su uso por parte de los permisionarios a partir del mes de julio.

• Recursos Humanos: durante el ejercicio se expidió el Estatuto de Servicio Profe-

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dadanía, los permisionarios, los usuarios, las empresas, la academia y los medios de comunicación, a través de:

• Comunicados de prensa y presentacio-nes relacionadas con las actividades de la Comisión;

• La participación de sus servidores pú-blicos en diversos grupos de trabajo, congresos y foros en el ámbito nacional e internacional;

• La colaboración institucional y de sus servidores públicos con entidades aca-démicas de prestigio, cámaras empre-sariales, medios de comunicación, en-tre otros, y

• El impulso de los canales de informa-ción online con el portal electrónico de la CRE.

Con la publicación de la LORCME, el traba-jo de difusión y comunicación se fortaleció con el mandato del artículo 17, cuyo texto dice: “Las actividades de los Órganos Re-guladores Coordinados en Materia Energé-tica deberán conducirse bajo el principio de máxima publicidad en todos y cada uno de los procesos que se lleven a cabo al inte-rior de los mismos. Lo anterior, sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley Federal de Trans-parencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.”

Conviene mencionar que el Registro Pú-blico de las actividades reguladas, dispo-nible para consulta in situ, continúa siendo de gran utilidad para la ciudadanía, porque controla, organiza y custodia la información emitida por la Comisión, atendiendo el man-dato de la Ley de la CRE, además de que permite su publicación oportuna en la pági-na electrónica de la institución.

Por su parte, la página electrónica de la

Información Pública Gubernamental, la Uni-dad de Enlace mantuvo la actualización del Portal de Obligaciones de Transparencia (POT), obteniendo una calificación prome-dio de 96 puntos de 100 posibles.

En 2014 se recibieron 197 solicitudes de in-formación a través del Sistema INFOMEX, mismas que fueron atendidas dentro de los plazos establecidos por la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. De acuerdo con los reportes publicados por el INAI, esta Comisión alcanzó un promedio de días de atención de 11.68, es decir, aunque la ley permite un plazo máximo de 20 días hábiles, la CRE demuestra un esfuerzo importante para atender a la sociedad en su derecho de acceso a la información oportunamente.De las respuestas otorgadas, el INAI recibió nueve recursos de revisión, por inconformi-dad del solicitante, de los cuales solamente fueron admitidos cuatro en los que se mo-dificó la respuesta de la Comisión.

5.4.3 Atención a ÓrganosFiscalizadores

Al cierre del ejercicio presupuestal de 2014, se reportan dos observaciones en proceso de atención, que derivan de una auditoría practicada por el Órgano Interno de Control de la Sener, a cargo de la actual Coordina-ción General de Administración, y que han sido debidamente reportadas con su debi-do seguimiento en el Comité de Control y Desempeño Institucional (COCODI).

5.5 Difusión y Comunicación

En 2014 se mantuvo la línea de trabajo orientada a mejorar la difusión y la promo-ción de actividades estratégicas encamina-das a fortalecer la política de comunicación transparente, clara y oportuna que ha man-tenido la CRE. Esta política busca atender los requerimientos de información de la ciu-

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La primera transmisión se dio el 21 de agos-to de 2014. A partir de entonces, se llevaron a cabo 17 sesiones ordinarias del Pleno del Órgano de Gobierno de la CRE, así como nueve extraordinarias.

En promedio, por cada una de estas sesio-nes de 2014 se han registrado 55.7 visua-lizaciones, aunque en algunas sesiones se han superado las 100 visitas.

El artículo 13 de la LORCME establece que durante las audiencias deberán estar pre-sentes al menos dos Comisionados, sin embargo, en el 71 por ciento de las oca-siones, asistieron tres o más integrantes del Órgano de Gobierno durante 2014.

Igualmente, al finalizar 2014, se publicó la primera gaceta informativa de la CRE, como lo mandata el artículo 14 de la LORCME, con una periodicidad trimestral.

CRE sigue siendo un instrumento eficaz de información, ya que ha permitido di-fundir sus actividades de manera oportu-na y económica. Asimismo, el público en general tiene la oportunidad de consultar los permisos, resoluciones, estadísticas, reportes, calculadoras, comunicados de prensa y presentaciones, accediendo a la página electrónica: http://www.cre.gob.mx

En el último semestre de 2014 la CRE ini-ció con las transmisiones en vivo de las sesiones del Órgano de Gobierno y recibió a los regulados y/o representantes en las reuniones formales denominadas audien-cias.

En cumplimiento con el artículo 11 de la Ley de los Órganos Reguladores Coordi-nados en Materia Energética, el Órgano de Gobierno de la CRE celebra cada semana sesiones públicas que son transmitidas en vivo desde http://webcast.com.mx/cre/

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1. Estado de situación financiera al 31 de diciembre de 2014

Cifras en miles de pesos Activo Pasivo y Patrimonio

Activo circulante: Pasivo circulante:

Efectivo y equivalente en efectivo Cuentas por pagar a proveedores $ 6 321 652

Cuentas por cobrar $ 9 708 Retenciones y Contribuciones por Pagar a corto plazo

Inventario de artículos disponibles 1,115,122

Deudores Diversos por Responsabilidadesa corto plazo

27 981

Total de Activo circulante 1,152 811 Total de Pasivo circulante 6,321 652

Patrimonio:

Mobiliario y equipo 5,826 233 Patrimonio

Resultado del ejercicio 6 139 629

Resultados Acumulados de Ejercicios Anteriores 6 797 021

Total del patrimonio 657 392

Total activo $ 6 979 044 Total Pasivo y Patrimonio $ 6 979 044

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Anexo de capítulo

Capítulo 6

VINCULACIÓNINTERNACIONALE INSTITUCIONAL

Como parte de las actividades de fortalecimiento institucional, la Comisión Reguladora de Energía (CRE) se ha valido de la coo-peración internacional para construir puentes de diálogo bajo diferentes mecanismos y entre diferentes entes reguladores, así como para proyectar la importante labor que realiza para generar certeza en el mercado energético nacional.

Asimismo, se participó en diversos espacios, foros y seminarios con el objetivo de intercambiar mejores prácticas, promover la capacitación de su personal, y articular una voz regional, apro-vechando el liderazgo y presencia activa de la CRE en la Asocia-ción Iberoamericana de Reguladores de Energía (Ariae). Entre las actividades de vinculación internacional e institucional que desarrolló la Comisión en 2014 se encuentran las siguien-tes:

6.1 Vinculación Internacional

6.1.1 Cooperación con Estados Unidos de América (EE. UU.)

Cooperación México–EE. UU. para desarrollar el marco regulatorio de la red eléctrica inteligente en México (Junio 2012-Septiembre 2014)

En el marco del Convenio de colaboración entre la Agencia de Comercio y Desarrollo de los Estados Unidos (USTDA, por sus siglas en inglés) y la CRE para la elaboración del Proyecto “Marco Regulatorio de la Red Eléctrica Inteligente en México”, la Comisión recibió el financiamiento para con-tratar una consultoría especializada para el desarrollo de sie-te acciones, consideradas Tareas Específicas:

• Tarea 1. Revisión Internacional de la política y regulación de la Red Eléctrica Inteligente

•Tarea 2. Desarrollo del Mapa de Ruta de Regulación es-pecífico para México

• Tarea 3. Evaluación de Oportunidades de Inversión Pri-vada

• Tarea 4. Evaluaciones preliminares de desarrollo e im-pacto ambiental

• Tarea 5. Análisis Económico y Plan de implementación• Tarea 6. Financiamiento para la implementación

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6.1.2 Asociación Nacional de Comisio-nes de Regulación de Estados Unidos (Naruc, por sus siglas en inglés)

Taller de transmisión de tarifas (Del 8 al 10 de julio de 2014)

En el marco de la vinculación entre la CRE de México y la Comisión de Utilidad Pú-blica de Texas, promovida por Naruc, se llevó a cabo el citado taller con el auspicio de USAID, en donde se discutieron temas relevantes sobre costos de transmisión, términos y condiciones de los servicios de transmisión, metodologías y derechos financieros de transmisión. La contraparte estadounidense compartió con la Comi-sión mejores prácticas en relación con las nuevas atribuciones que le otorgó la Refor-ma Energética de 2013.

Taller sobre mejores prácticas y enfo-que para la implementación y utilización de Redes Eléctricas Inteligentes (REI) (23 y 24 de septiembre de 2014)

México cuenta con una ley que ampara la promoción de energías renovables desde 2008; es por ello que la CRE ha busca-do cooperar con entes que le ayuden a cumplir con dicho objetivo, por ejemplo, a través de la implementación de redes eléc-tricas inteligentes. Este taller tuvo como ob-jetivo compartir la experiencia regulatoria estadounidense en la instrumentación de

• Tarea 7. Reporte Final En este proceso, participaron la Secre-

taría de Energía, la Comisión Federal de Electricidad y el Centro Nacional de Control de Energía.

Visita a los EE. UU. para conocer el di-seño e implementación de los merca-dos de carbono, certificados de energía limpia y otros instrumentos de mercado ambientales (Del 13 al 17 de octubre de 2014)

El Comisionado Presidente, Francisco Ja-vier Salazar Diez de Sollano, encabezó la delegación que se reunió con instituciones de gobierno y empresas de los mercados en Los Ángeles, San Francisco, Sacramen-to y Nueva York.

Durante esta visita, se estableció contacto con funcionarios de alto nivel y se compar-tió con la CRE información sobre el diseño y la implementación de políticas de esta natu-raleza en los diferentes estados de la Unión Americana, así como medios para enfrentar los retos del cambio climático. En este sen-tido, atendiendo las tendencias que marcan las tecnologías de la información, se hizo especial énfasis en el apoyo que brindan las redes sociales para dar a conocer los proyectos existentes y atender focos rojos en las regiones.

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misión, con énfasis en energías limpias y d) la coordinación entre las entidades involu-cradas en la confiabilidad para identificar las prácticas aplicables al contexto nacional, a la luz de las nuevas condiciones regulatorias. Participaron expertos de la Comisión de Uti-lidad Pública de Texas y de Naruc

Federal Energy Regulatory (FERC) de Estados Unidos y National Energy Board (NEB) de Canadá

En seguimiento a las reuniones anuales entre los reguladores de la energía de Canadá, Es-tados Unidos de América y México (denomi-nadas Trilaterales), se llevó a cabo la reunión de trabajo en Lafayette, Louisiana, en el mes de noviembre. Se comentaron los principa-les aspectos de la reforma energética del país, los desarrollos de infraestructura en la región y la evolución de los mercados.

6.1.3 Asociación Iberoamericana deEntidades Reguladoras de la Energía (Ariae)

Del 1 al 2 de abril de 2014 se celebró en Montevideo, Uruguay, la XVIII Reunión Anual de Reguladores de Energía. En su calidad de Presidente de la Ariae, el Comisionado Pre-sidente de la CRE, Francisco Javier Salazar Diez de Sollano, realizó la presentación “Los reguladores después de la Reforma Energé-tica en México”, a unos meses de haberse aprobado dicho ordenamiento en nuestro país.

El 3 de abril se celebró la XIV Junta Anual Or-dinaria de la Asamblea General de la asocia-ción y, durante el encuentro, México dio de alta a la Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH) como miembro.

Reunión con la Corporación de Reser-vas Estratégicas de Productos Petrolí-feros (CORES) de España.

las REI, así como compartir los resultados del Mapa de Ruta Regulatorio de la Comi-sión en la materia. En el taller participaron funcionarios de la Sener, CRE y CFE, así como expertos de la Comisión de Utilidad Pública de Texas, de California, la Comi-sión de Comercio de Illinois y de NARUC.

Reunión de veranodel Comité de NARUC(Dallas, Texas del 13 al 16 de julio de 2014)

El Comisionado Presidente, Francisco Ja-vier Salazar Diez de Sollano, realizó una presentación sobre la Reforma Energética de México y el proceso de implementación que conllevaría.

Taller de Confiabilidad y Calidad de la Energía (8 y 9 de octubre de 2014)

El taller se celebró en el marco del Conve-nio de Colaboración con Naruc, el cual tuvo como finalidad conocer las mejores prácti-cas empleadas en EE. UU. en materia de: a) desarrollo de criterios de confiabilidad, b) procesos de vigilancia y monitoreo, c) el pa-pel de los reguladores en la planeación de la expansión de la infraestructura de trans-

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6.1.4 Confederación Internacional de Reguladores Energéticos (ICER, por sus siglas en inglés)

Mujeres en Energía(WIE por sus siglas en inglés)

En el marco de los trabajos de ICER, se trabajó en la iniciativa denominada “Mu-jeres en Energía”. Dicha iniciativa tiene como objetivo empoderar y brindar he-rramientas a las mujeres que trabajan en los diferentes órganos reguladores que integran la Confederación, para encami-narlas a la búsqueda del éxito en su ca-rrera profesional en materia de regulación y energía.

Aunque esta iniciativa surgió en forma desde 2013, en 2014 la CRE participó a través de la Mtra. Susana Ivana Cazorla Espinosa, quien se desempeñaba como Coordinadora de Asesores de la Presi-dencia de la institución, y quien sigue for-mando parte del Comité Directivo de WIE.

La CRE participó en la reunión que el Presidente de la Corporación de Reser-vas Estratégicas de Productos Petrolí-feros (CORES) de España, Pedro Miras Salamanca, sostuvo con el Secretario de Energía Pedro Joaquín Coldwell en mayo de 2014. Ahí se discutieron diversos te-mas, incluyendo la recién aprobada Re-forma Energética de México

Taller con el Sistema Gasista Español (SGE) y Enagas (23 al 25 de junio de 2014) España participó en un taller con la CRE para compartir su experiencia a través del SGE y ENAGAS. Se discutieron temas como capacidad y seguridad del sumi-nistro, capacidades físicas, sostenibilidad ambiental y económica, y conexiones in-ternacionales. Dicho taller se llevó a cabo como medio de intercambio de buenas prácticas y fortalecimiento institucional, dadas las nuevas atribuciones de la CRE, derivadas de la Reforma Energética.

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culados a las actividades de explora-ción. (9 de diciembre de 2014)

Durante la reunión se dio seguimiento a los trabajos de consultoría sobre diversos linea-mientos de política regulatoria que servirán como referencia a la Comisión para desa-rrollar y expedir las disposiciones adminis-trativas de carácter general que, conforme a las leyes aplicables, constituirán el marco de regulación aplicable al transporte y alma-cenamiento de hidrocarburos. La unidad a cargo fue la de Regulación.

6.2.2 Vinculación con los Estados

Foro nuevas fuentes de energía para el crecimiento y bienestar regional de So-nora (8 de julio de 2014)La Fundación 15 x el 15, una asociación civil que trabaja para impulsar el desarro-llo sostenible de Sonora, convocó al foro titulado Nuevas Fuentes de Energía para el Crecimiento y Bienestar Regional de So-nora. Durante el encuentro participaron el Premio Nobel Mario Molina, el Dip. Antonio Astiazarán Gutiérrez y el Comisionado Gui-llermo Zúñiga de la CRE. El Comisionado Zúñiga participó en el panel Nuevas Fuen-tes de Energía y su Impacto en el Desarrollo Económico del Estado.

La CRE apoyo la iniciativa realizando una primera infografía de mujeres de ICER como material de distribución y promoción para los miembros de la Confederación.

6.2 Vinculación Institucional

6.2.1 Vinculación con asociaciones na-cionales

VI Congreso Anual Conjunto de Asocia-ciones del Sector Energético y XIV Con-greso Anual de la Asociación Mexicana para la Economía Energética (AMEE). (20 de junio de 2014)

El encuentro se llevó a cabo en Acapulco, Guerrero, y su título fue La Transformación del Sector Energético Mexicano. Participa-ron el Comisionado Presidente de la CRE, Francisco Salazar Diez de Sollano, y el Co-misionado Francisco José Barnés de Cas-tro, en su calidad de Presidente del Con-greso Anual Conjunto. En dicha ocasión el Ing. Salazar realizó una presentación sobre el mercado de electricidad y su implemen-tación y se otorgó el premio “Energía Sus-tentable 2014”

Reunión de trabajo sobre el estudio so-bre la regulación aplicable por ducto y almacenamiento de hidrocarburos vin-

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ÓRGANO DE GOBIERNO Y CUERPO DIRECTIVO

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Francisco Javier Salazar Diez de Sollano Comisionado Presidente

Francisco Javier Salazar Diez de Sollano fue nombrado por primera vez Presidente de la Comisión Reguladora de Energía en diciembre de 2005. En 2010 fue ratificado para un segundo periodo que conclu-ye en 2015. A mediados de 2011 fue designado Presidente en funciones de la Asociación Iberoamericana de Entidades Reguladoras de la Energía (Ariae) y en 2012 designado Vicepresidente del Comité de Asuntos internacionales en la Asociación de Re-guladores de América del Norte (Naruc). Francisco estudió Ingeniería Química en la Universidad Au-tónoma de San Luis Potosí y cuenta con una Maestría en Economía con especialidad en Finanzas Públicas, así como un Diplomado en Economía de Mercados Globales, ambos en la London School of Economics & Political Science (LSE). También tiene un Diplomado en Derecho Parlamentario por la Universidad Iberoamericana. Anteriormente se desempeñó como Diputado Federal por el distrito 6 del Estado de San Luis Potosí en las LVII y LIX Le-gislaturas, durante las cuales fue Presidente de la Comisión de Energía, Secretario de la Comisión de Ecología y Medio Ambiente e Integrante de las Comisiones de Presupuesto y Asuntos Hidráulicos, así como de los Consejos de Economía Pública y Desarrollo Económico. También trabajó en el sector privado en el ramo de la Industria Química y fue catedrático de Finanzas Públicas en la Maestría de Administración de Impuestos en la Universidad Autóno-ma de San Luis Potosí y de Teoría Monetaria y Crédito en la Licenciatura de Negocios Internacionales de la Universidad Champagnat.

Ha escrito diversos artículos y participado como co-autor de varios libros en materia de política económica ambiental y de regulación del sector energético. En 2008 recibió el Premio Master de Oro del Forum de Alta Dirección por su desempeño como funcionario público y en 2006 recibió el reconocimiento de la Revista Expansión como una de las “30 promesas en los treinta”. Ha sido miembro de los consejos editoriales de los Periódi-cos Reforma y El Norte así como de la Revista Expansión.

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Noé Navarrete GonzálezComisionado

Egresado del Instituto Tecnológico de Morelia, en donde re-cibió el título de Ingeniero Electricista. Posteriormente llevó a cabo estudios de Maestría con Especialidad de Sistemas Eléctricos de Potencia, obteniendo reconocimientos del Insti-tuto de Investigaciones Eléctricas y del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.

Fungió como Diputado Federal en la LVIII Legislatura de 2000 a 2003, en donde participó activamente como Integrante de las Comisiones de Comunicaciones y Transportes y de Ener-gía. En esta última Comisión ocupó el cargo de Secretario y posteriormente el de Presidente durante el último año de la Legislatura. En este cargo desarrolló diversos e importantes trabajos legislativos, entre los que destacan el desarrollo de la Ley del Sistema Horario de los Estados Unidos Mexicanos; el Decreto por el que se establece el Horario Estacional que se aplicará en los Estados Unidos Mexicanos; la Ley de Energía para el campo y el Análisis y propuesta para modificar las ta-rifas eléctricas aplicadas en los municipios con condiciones climáticas extremas.

También desarrolló actividades de consultoría en materia ener-gética, participando en los proyectos de Estudios de Facti-bilidad para incorporar grandes bloques de energía eólica al Sistema Interconectado Mexicano y Estudio de Sistemas Eléc-tricos Aislados con energía eólica, así como para la Comisión Nacional de Energía de Honduras en Metodología para la asig-nación de cargos por el servicio de la transmisión.

En su participación como servidor público, se ha desempe-ñado como Asesor del Secretario de Energía y como Direc-tor General de Generación, Conducción y Transformación de Energía Eléctrica de la Subsecretaría de Electricidad. En ma-teria docente, ha colaborado para instituciones como el Cole-gio Nacional de Educación Profesional Técnica, la Universidad Vasco de Quiroga y la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo. Adicionalmente, ha presentado más de doce artí-culos de carácter técnico y científico en diversas publicaciones nacionales e internacionales.

Fue designado por el Presidente de la República como Co-misionado de la CRE, a partir del mes de octubre de 2006, y por un segundo periodo en abril de 2012, el cual concluye en diciembre de 2016.

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Guillermo Zúñiga MartínezComisionado

Guillermo Zúñiga es un profesional del Derecho y de regu-lación de la energía. Es Maestro en Regulación Económica por London School of Economics y en Leyes por University of Chicago Law School. Estudió la Licenciatura en Derecho en el Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM).

Fue nombrado por el Presidente de la República Enrique Peña Nieto y ratificado por el Senado de la República, como Comisionado en la Comisión Reguladora de Energía para un periodo que concluye el 31 de diciembre de 2017.

Cuenta con más de 14 años de experiencia en el sector público, en áreas de regulación, competencia y energía. Colaboró como Abogado de la Gerencia de Proyectos de Inversión Financiada de la Comisión Federal de Electrici-dad, Subdirector de Sectores Regulados de la Comisión Federal de Competencia Económica (CFC), y como Asesor Jurídico de Nuevos Modelos de Negocio en Pemex Explo-ración y Producción. También fungió como Director Legal de Operación Petrolera de la Secretaría de Energía.

En el periodo de 2012 a 2013, se desempeñó como Direc-tor General Adjunto de Análisis Regulatorio de la CFC.

En el ámbito académico-docente, ha sido catedrático y ha impartido las materias de Contratos Gubernamentales, Análisis Económico del Derecho y Derecho de los Energé-ticos, en el ITAM, además de Teoría Constitucional en la Universidad Anáhuac del Sur. Ha escrito diversos artículos sobre derecho de la energía para revistas especializadas.

Actualmente es Joven Miembro Profesional en el Institute for Energy Law de Estados Unidos de América.

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Jesús Serrano Landeros Comisionado

Es ingeniero Mecánico Electricista por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), Maestro en Administración de Empresas por el Centro de Estudios Avanzados en Adminis-tración, en Economía por el Colegio de México y en Economía Internacional y Desarrollo por la Universidad de Yale. Realizó es-tudios de doctorado en Economía en Boston University.

Jesús fue nombrado por el Senado de la República como Co-misionado en la Comisión Reguladora de Energía el 18 de sep-tiembre de 2014, por un periodo que finaliza en diciembre de 2018.

En su trayectoria profesional se ha desempeñado como Inge-niero Residente e Ingeniero de Proyecto en Luz y Fuerza del Centro, de 1988 a 1992; Subdirector de Supervisión de Ins-tituciones Financieras en la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, de 2001 a 2002; Director de Política Económica en la Unidad de Planeación Económica de la Hacienda Pública, en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de 2002 a 2006 y, en esa misma Unidad, fue Director General Adjunto de Análisis de Políticas Públicas, de 2007 a 2010; Director General de In-dustrias Pesadas y Alta Tecnología en la Secretaría Economía, de 2010 a 2013; Gerente de Análisis de las Finanzas Públicas en el Banco de México, de 2013 a marzo de 2014. Antes de su nombramiento como Comisionado colaboró como Direc-tor General de Generación, Conducción y Transformación de Energía Eléctrica en la Secretaría de Energía.

En el ámbito académico se ha desenvuelto como profesor en asignaturas como Mecánica de Materiales, Mecánica II, Cálculo Vectorial y Técnicas de Evaluación Económica en la UNAM,E. N. E. P. Aragón; Matemáticas Avanzadas para Economistas en la UNAM y en Boston University de Análisis macroeconómico introductorio e instituciones bancarias y financieras. El Comisio-nado Serrano también ha sido profesor en distintas asignaturas de macro y microeconomía, así como de organización industrial en el Colegio de México, y en el Tecnológico de Monterrey.

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Montserrat fue nombrada Comisionada por el Senado de la República, el 18 de septiembre de 2014 por un periodo de cinco años, el cual finalizará el 31 de diciembre de 2019.

Es economista egresada del Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM). Cuenta con una Maestría en Economía por University College London, donde también obtuvo una espe-cialidad en Economía Ambiental y Recursos Naturales. Tiene diplomados en Finanzas y en Responsabilidad Social Corpo-rativa en la Universidad de Harvard.

De 2013 a 2014 se desempeñó como Directora de Energía en el Instituto Mexicano para la Competitividad.

Inició su trabajo en el sector público dentro de la Subsecretaría de Planeación y Política Ambiental de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales. Después, en el sector privado como consultora en temas de energía y medio ambiente, tanto en México: en los Estados Unidos de América. Entre 2005 y 2013 se desempeñó en distintas áreas de Petróleos Mexica-nos como: Planeación y Evaluación del Desempeño Económi-co de la Dirección Corporativa de Finanzas, la Coordinación de Asesores de esta misma y la Subdirección de Finanzas de la filial PMI Comercio Internacional.

Montserrat Ramiro Ximénez Comisionada

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Es Ingeniero, Maestro en Ciencias, y Doctor en Ingeniería Eléc-trica por el Instituto Tecnológico de Morelia, la Universidad Autó-noma de Nuevo León y la Universidad de Waterloo en Canadá, respectivamente. Tiene más de quince años de experiencia tanto en la academia, el sector público y la Banca de Desarrollo en el área de operación y planeación técnica y económica de los sistemas y mercados de energía eléctrica.

Fue nombrado Comisionado de la Comisión Reguladora de Energía (CRE), el 18 de septiembre de 2014, por un periodo de siete años, el cual concluirá el 31 de diciembre de 2020.

En el servicio público se desempeñó como Coordinador de Asesores en la Subsecretaría de Electricidad y anteriormente como Director de Desarrollo Regulatorio y Director General Ad-junto en la Unidad de Reestructuración Eléctrica en la CRE.

En el ámbito de la Banca de Desarrollo se desempeñó como especialista senior en el Banco Mundial y el Banco Interameri-cano de Desarrollo en Washington, D. C., donde laboró cerca de diez años y en más de 15 países, asesorando a órganos de gobierno y empresas en temas relacionados con proyectos de inversión, así como aspectos de política y regulación, pla-neación y operación de mercados y la integración de energías renovables.

En el ámbito académico se ha desempeñado como profesor investigador del Instituto Tecnológico de Morelia. Fue profesor invitado y de asignatura en el Centro de Alta Dirección en Inge-niería y Tecnología de la Universidad Anáhuac y de la maestría de economía del Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM). También fue profesor asistente de investigación en la Universidad de Waterloo en Canadá.

Por sus contribuciones en el ámbito de la investigación sobre la operación de sistemas y mercados eléctricos ha sido miembro del Sistema Nacional de Investigadores en dos ocasiones y ha recibido el prestigioso reconocimiento al mejor Ingeniero Joven del mundo en Sistemas de Potencia por el Instituto de Ingeniería Eléctrica y Electrónica (IEEE) en el año 2005.

Ha publicado más de 40 artículos técnicos y es miembro activo del IEEE desde 1996.

Marcelino Madrigal Martínez Comisionado

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Ingeniero Químico egresado de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí (UASLP), cursó estudios de Maestría en Bioingeniería en el CINVESTAV del Instituto Politécnico Nacio-nal y obtuvo la Especialidad en Finanzas por la UASLP.Adquirió su experiencia profesional de más de 20 años en CELANESE Mexicana, General Popo y Productos Carranco, S. A. de C. V.

Desarrolló su trayectoria docente durante más de dos déca-das como profesor en la Facultad de Ciencias Químicas de la UASLP. Destaca el haber fungido como Consejero Maestro y Presidente de la Asociación de Personal Académico en esta Facultad. Ha sido invitado en varias ocasiones como confe-rencista a la Universidad de Wisconsin.

Además, como Regidor integrante del cabildo del H. Ayunta-miento de San Luis Potosí en el trienio 2004-2006, fue nom-brado Coordinador de la fracción de mayoría.

El Ingeniero González ha desempeñado diversas activida-des cívico-políticas, entre las que sobresalen la Tesorería de la Confederación Patronal de la República Mexicana y como Consejero en Cámara Nacional de la Industria de la Transfor-mación, todos estos cargos en el Estado de San Luis Potosí.El Pleno de la Comisión Reguladora de Energía lo designó Se-cretario Ejecutivo en octubre de 2009 y fue ratificado nueva-mente en agosto de 2014, por el actual Órgano de Gobierno.Luis Alonso Marcos González de Alba

Secretario Ejecutivo

7.2 Secretaría Ejecutiva

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Abogado egresado de la Universidad Panamericana, con es-tudios de Maestría y Doctorado en Ciencias Jurídicas por la misma institución académica. Además, cuenta con estudios de Licenciatura en Filosofía por la Universidad Popular Autó-noma del Estado de Puebla.

Inició su carrera profesional en la Administración Pública Fe-deral en la Oficina del Abogado General de Petróleos Mexi-canos, como asesor y posteriormente como encargado de despacho de la Gerencia Jurídica de Control de Procesos. En julio de 2003, encabezó la Gerencia Jurídica de Coordina-ción Regional y, más tarde, en febrero de 2005, la Gerencia Jurídica de Consultoría y Prevención en esta oficina.

De mayo a julio de 2005, fungió como Director General de Análisis Constitucional de la Consejería Adjunta de Control Constitucional y de lo Contencioso de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal. En agosto de 2005 fue nombrado Ti-tular de la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Gobernación. Fue Secretario Técnico de la Secretaría parti-cular del C. Presidente de la República hasta febrero de 2007. Incursionó en el sector eléctrico como encargado de oficina del Abogado General de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) en febrero de 2007, hasta que en abril del mismo año fue nombrado Abogado General y Prosecretario de la Junta de Gobierno de la CFE.

En el ámbito privado, fue socio del Despacho Valadez, Bus-tamante, Carbajal y Sánchez Revilla. Además, representó al Partido Acción Nacional ante el Consejo General del Institu-to Federal Electoral, de agosto de 2009 a febrero de 2011, cuando se desempeñaba como Director General Jurídico del Comité Ejecutivo Nacional en ese partido político.

A partir del 16 de octubre de 2013 se desempeña como Di-rector General de Asuntos Jurídicos de la Comisión Regula-dora de Energía y actualmente funge como Jefe de la recién creada Unidad.

José Guillermo Bustamante Ruisánchez

Jefe de la Unidad de Asuntos Jurídicos

7.3 Jefaturas de Unidad

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Susana Ivana es economista egresada del Instituto Tecno-lógico Autónomo de México (ITAM). Es Maestra en Políticas Públicas por London School of Economics & Political Science. También estudió un curso de Programación Financiera en el Fondo Monetario Internacional.

Actualmente, destaca su participación como vicepresiden-ta de la Confederación Internacional de Reguladores de la Energía (ICER, por sus siglas en inglés) y como parte del Comité Directivo de la iniciativa “Women in Energy”, también de ICER.

En 2014 se desempeñó como Coordinadora General de Actividades Reguladas de GLP dentro de la CRE y años antes como Coordinadora de Asesores del Comisionado Presidente. Representó al Comisionado Presidente, Francis-co Salazar, en foros y eventos internacionales, entre los que destaca la mesa redonda del G20 “Alcance de los Regula-dores de Energía” en Kazán, Rusia, y la reunión del Comité Directivo del VI Foro Mundial de Reguladores de Energía en Estambul, Turquía.

De 2008 a 2011 se desempeñó como Directora de Enlace, Estadística y Asuntos Especiales en la Dirección General de GLP en la Secretaría de Energía. En ese tiempo, estuvo a cargo, entre otros proyectos, de la elaboración de la Direc-tiva para la Regulación de las Tarifas Máximas aplicables a la Distribución de Gas Licuado de Petróleo, y participó en los grupos intersecretariales que buscaban el cambio en la política de precios y apertura del mercado de ese combus-tible.

Inició su carrera profesional en el Banco de México, donde ocupó varios encargos en la Dirección de Relaciones Exter-nas. Posteriormente, fue Subdirectora de Estudios Econó-micos en la CONSAR.

En 2005 impartió el curso de Economía Política y Progra-mación Financiera en el Departamento de Economía de la Universidad Panamericana en la Ciudad de México. Es au-tora del trabajo de investigación “Los efectos de la reforma del sistema de pensiones en el Mercado Laboral Mexicano”, cuyos resultados los presentó ante la Asociación de Econo-mía de América Latina y el Caribe (LACEA, por sus siglas en inglés) y Encuentro de la Sociedad de Econometría de América Latina en la Universidad de los Andes en Bogotá, Colombia.

Asimismo, es coautora de artículos sobre mercados regio-nales de energía.

Susana Ivana Cazorla EspinosaJefa de la Unidad de Análisis

Económico y Encargada de despacho de la Coordinación General

de Vinculación Institucional y Comunicación Social

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Víctor fue nombrado Titular de la Unidad de Planeación y Evaluación de la Comisión Reguladora de Energía en junio de 2015. Es Licenciado en Economía por la Universidad Na-cional Autónoma de México (UNAM); Maestro en Moneda, Banca y Finanzas por la Universidad de Birmingham, Reino Unido, así como Maestro en Economía por la Universidad de Oxford, Reino Unido. En el año 2008 obtuvo su Doctorado en Economía en la Universidad de Oxford con una tesis sobre competencia económica y regulación en industrias de red.

Durante su trayectoria profesional ha ocupado diversos car-gos, tanto en el sector público como privado, entre los que destacan: Vicepresidente de la Comisión de Competencia Económica de la International Chamber of Commerce (ICC), México; Director General de la Cámara Nacional de Aero-transportes (Canaero); Presidente Ejecutivo de la consultoría especializada en temas de competencia Oxford Competition Economics; Director General de Prospectiva Regulatoria y Coordinador de Asesores del Comisionado Presidente del hoy Instituto Federal de Telecomunicaciones; Consultor del Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM) para la Se-cretaría de Economía en materia de mejora regulatoria, así como consultor en materia de competencia económica den-tro de la División de Política de Competencia Europea de la firma internacional Law & Economics Consulting Group en Bruselas, Bélgica, donde participó en diversos casos de alto perfil ante la Comisión Europea.

Ha sido catedrático en diversas instituciones de educación superior, entre las que destacan la Universidad de Oxford; la Universidad Metropolitana de Londres; El Colegio de México, la UNAM, el ITAM y la Universidad Iberoamericana.

Ha publicado extensivamente en materia de competencia y regulación económica.

Víctor Pavón-Villamayor Jefe de la Unidad de Planeación y Evaluación

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Es Ingeniero Químico egresado de la Universidad Nacional Autónoma de México. Es Maestro y Doctor en Ingeniería Química por la Universidad de Manchester, Reino Unido.

Cuenta con más de veinticinco años de experiencia en el sector público. Colaboró en el área de Evaluación de Pro-yectos Industriales del Banco de México, y en Pemex es-tuvo encargado de los proyectos de servicios auxiliares e integración en la refinería de Ciudad Madero, Tamaulipas. Laboró también en el Instituto de Investigaciones Eléctricas y en la Comisión Federal de Electricidad, como Asesor del Subdirector de Producción y del Subdirector Técnico.

Fue Profesor-Investigador en el Instituto Politécnico Nacional durante dos años y miembro del Sistema Nacional de Inves-tigadores durante nueve años. Entre sus logros, destaca ser merecedor de la medalla Marcel Pourbaix, otorgada por el gobierno de Bélgica, el Consejo Nacional de Ciencia y Tec-nología (Conacyt) y el Instituto Mexicano del Petróleo, por su trayectoria como investigador.

Ha publicado más de 70 colaboraciones nacionales e in-ternacionales relacionadas con la generación de energía eléctrica.

Es miembro de los Comités de Posgrado y Becarios Conacyt desde 1977.Alejandro Peraza García

Jefe de la Unidad de Sistemas Eléctricos

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Actuario egresado de la Facultad de Ciencias de la Universi-dad Nacional Autónoma de México, cursó estudios de Maes-tría en Economía en el Colegio de México.

Ha desarrollado su carrera profesional en la CRE, donde ha participado en la conformación del marco regulador de la industria del gas natural en México. Se desempeñó como Director General de Análisis Económico y Regulación y ac-tualmente funge como Jefe de la Unidad de Regulación a partir de 2014.

Entre sus actividades profesionales destacan el desarrollo de proyectos relacionados con la agenda regulatoria de la CRE, así como la formulación de herramientas de regulación de monopolios en el sector energético. Asimismo, brinda ase-soría en materia económica y de regulación a la Presidencia, Comisionados y áreas sustantivas de la Comisión, y dirige el análisis de los mercados energéticos nacionales e interna-cionales, incluyendo los mercados de derivados financieros.Dentro de sus actividades recientes destaca el análisis, diag-nóstico y diseño de reformas estructurales en la industria energética, especialmente en el sector de gas natural y el gas licuado de petróleo, como base para el desarrollo de mercados competitivos de estos hidrocarburos.

Álvaro Efraín Tellez RangelJefe de la Unidad de Regulación

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María de la Luz se integró a la Comisión Reguladora de Ener-gía en marzo de 1995. Estudio Economía en la Universidad Anáhuac y realizó estudios de maestría en Economía en el Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE)

En la Comisión ha colaborado en forma directa en el diseño, elaboración y modificaciones o adecuaciones de los instru-mentos regulatorios en materia de gas natural y gas licuado de petróleo como resultado de las Reformas en materia de hidrocarburos de 1995, 2008 y 2013, así como en la amplia-ción de facultades de la Comisión en la materia.

Anteriormente, colaboró en Petróleos Mexicanos, la Secreta-ría de Economía y la Secretaría de Hacienda y Crédito Públi-co, y en la Universidad Anáhuac impartiendo diversas asigna-turas en temas de economía.

María de la Luz Barbes MacíasCoordinadora General de

Actividades Permisionadas en Materia de Gas Natural

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Alejandro obtuvo la Licenciatura en Ingeniería Mecánica por la Universidad Iberoamericana, en el área de fluidos y térmica en México, y trabajó dos años en el Instituto de Investiga-ciones Eléctricas en investigación aplicada a proyectos en termofluidos.

Estudió la Maestría y el Doctorado en 1982 y 1986, respec-tivamente, en las áreas de termodinámica y combustión/propulsión en la Universidad de Waterloo, Canadá. Hizo es-tudios de Posdoctorado en la Universidad de Waterloo, en colaboración con el Departamento de Defensa de Canadá, en Valcartier, Quebec, sobre la atomización de combustibles hipergólicos.

De 1987 a 1994 estuvo en la empresa Aerometrics, Inc., en California, como investigador en el área de propulsión para NASA Ames Research Center, NASA Marshall Space Flight Center y Lockheed Missiles and Space Company.

Es autor de 23 artículos de investigación en el área de com-bustión/propulsión y termodinámica y colaborador de diver-sos artículos en libros de esta área. A su regreso en México, en 1994, desarrolló proyectos de cogeneración utilizando gas natural como combustible, como Director de División en Gru-po Arzac.

En enero de 1996 ingresó a la CRE como Director Gene-ral de Gas Natural y responsable de los asuntos relativos al otorgamiento de permisos en transporte, almacenamiento y distribución de gas natural y GLP, así como del seguimiento regulatorio técnico y económico de las empresas permisio-nadas. Este puesto lo desempeñó hasta noviembre de 2010.En diciembre de 2010 ocupó el cargo de Director General de Ingeniería y Normalización de la CRE. En esta función tuvo como responsabilidad la evaluación de los proyectos de in-geniería, la verificación de los sistemas con relación al cum-plimiento de las Normas Oficiales Mexicanas (NOM), la coor-dinación del desempeño de las Unidades de Verificación, así como la elaboración y revisión de las NOM aplicables al transporte, almacenamiento y distribución de gas natural, gas LP y otros combustibles.

Actualmente se desempeña como Coordinador General de Ingeniería y Normalización.

Alejandro Breña de la RosaCoordinador General de Ingeniería y Normalización

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Es Licenciado en Economía por el Instituto Tecnológico Autóno-mo de México (ITAM) y realizó estudios de Posgrado en Letras Hispánicas en la Universidad Nacional Autónoma de México. Trabajó en el sector privado como Asesor del Director General en Mexinox, S. A. de C. V., y posteriormente en Inoxmex, S. A., donde se desempeñó como Director General.

Durante los últimos veinte años ha sido servidor público. Antes de su trabajo en la CRE, donde colabora desde 1995, trabajó en la Comisión Federal de Competencia como Director del Área de Concentraciones.

En la CRE se ha desempeñado dentro de la Unidad de Polí-tica Económica, donde ha colaborado en diversos proyectos de regulación, entre los que destacan los relacionados con la regulación de ventas de primera mano de gas natural y gas licuado de petróleo.

Desde diciembre de 2010 se desempeñó como Director Gene-ral dentro de la Dirección General de Hidrocarburos y Bioener-géticos. Actualmente se encuentra a cargo de la Coordinación General de Mercados de Hidrocarburos.

Francisco Agustín de la Isla Corry Coordinador General de Mercados de Hidrocarburos

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Enrique es Coordinador General de Permisos de Genera-ción de Energía Eléctrica en la CRE, desde diciembre de 2014, donde tiene a su cargo los procesos de adminis-tración y otorgamiento de los permisos de generación de energía eléctrica del Mercado Eléctrico Mayorista, así como el seguimiento de los permisos e instrumentos del régimen legado.

Estudió la licenciatura de Ingeniería Electromecánica y la Maestría en Finanzas en la Universidad Marista, así como diversos diplomados en materia de finanzas, ahorro de ener-gía y desarrollo de proyectos. Adicionalmente cuenta con estudios en temas relacionados con fuentes de generación de energía renovable, sistemas de generación conectados a la red y regulación energética, entre otros.

Desde 1999 ha trabajado en la CRE en actividades rela-cionadas con el desarrollo de instrumentos regulatorios y la evaluación de proyectos técnicos y financieros, involucra-dos en el sector energético con la finalidad de contribuir en el funcionamiento y la regulación de la generación eléctrica privada a partir de fuentes de energías convencionales y renovables.

Adicionalmente trabajó en el sector privado en el ramo de industria metalmecánica.Enrique Guzmán Lara

Coordinador General de Permisos de Generación Eléctrica

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Licenciado en Derecho egresado de la Universidad Autóno-ma Metropolitana, cursó estudios de Posgrado en la Univer-sidad Nacional Autónoma de México y actualmente cursa la Maestría en Administración Pública en el Instituto Nacional de Administración Pública.

Su ingreso a la Administración Pública Federal data del año 1994, en la entonces Secretaría de Energía, Minas e Indus-tria Paraestatal, donde ocupó diversos cargos hasta el año 2007. Entre ellos destacan el de Asesor de la Coordinación de Asesores de la Oficina del C. Secretario y Director de Legislación de la Unidad de Asuntos Jurídicos.

Con más de 20 años de experiencia en el sector energé-tico, ingresó a la CRE como Asesor de Comisionado. Un año más tarde fue invitado a colaborar en la Secretaría de Gobernación como Director General de Estudios Legisla-tivos, cuya función principal versó en impulsar la Agenda Legislativa Nacional entre los Grupos Parlamentarios del H. Congreso de la Unión. De su gestión destacan iniciativas aprobadas como la Reforma Energética, Reformas a la Ley Federal de Derechos, Nueva Ley de Turismo y Reformas en materia de Seguridad y Justicia, entre otras.

Como representante del Gobierno Federal, es de subrayar su participación en diversos talleres y conferencias, como por ejemplo en la Ciudad de Buenos Aires, Argentina, en el “Taller de capacitación para países de América Latina sobre la creación de un marco jurídico que rija la seguridad en la gestión de desechos radiactivos, la protección física de los materiales nucleares y el transporte seguro de materiales radiactivos”, organizado por el Organismo Internacional de Energía Atómica, y en la Ciudad de México la “Conferencia HACIA Democracy 2009” para la Harvard Association Culti-vating Inter-American Democracy.

En 2009 reingresó a la Comisión Reguladora de Energía como Director General Adjunto de la Secretaría Ejecutiva y a partir del año 2011 fue nombrado Director General de Administración. Actualmente se encarga de la recién creada Coordinación General de Administración.

En el ámbito docente, fue Maestro Titular del Centro Univer-sitario Francés Hidalgo de México, S. C., donde impartió las materias de Introducción a las Ciencias Sociales y Económi-cas, Derecho Civil, Administrativo y Laboral.

Alejandro Ledesma MorenoCoordinador General de Administración

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Es economista por la Universidad Autónoma Metropolitana (UAM), con maestría en Políticas Públicas en Escuela de Graduados en Asuntos Públicos e Internacionales (GSPIA, por sus siglas en inglés) en la Universidad de Pittsburgh.

Desde octubre de 2014 se desempeña como Coordina-dora General de Actividades Permisionadas en materia de Petrolíferos en la CRE, teniendo a su cargo el proceso para el otorgamiento y administración de permisos de transporte, almacenamiento, distribución y expendio al público de pe-tróleo, petrolíferos, petroquímicos y bioenergéticos.

Durante su trayectoria de más de 14 años en la CRE estuvo a cargo por cuatro años de la Dirección General Adjunta de Almacenamiento y por un año más en la Dirección General Adjunta de Transporte de gas natural y gas licuado de pe-tróleo. También colaboró como Directora de Distribución de gas natural de 2001 a 2008, dentro de las actividades de administración de obligaciones de permisos de distribución y en la revisión de los planes de negocio y de tarifas de las empresas reguladas. Adicionalmente, participó como Direc-tora en los trabajos de la Unidad de Política Económica de la CRE.

Anteriormente colaboró en la Secretaría de Hacienda y Cré-dito Público como Subdirectora en la Dirección General de Política de Ingresos en asuntos relativos a precios y tarifas del sector energético y más tarde en la Dirección General de Banca de Desarrollo, coordinando al sector agropecua-rio e industrial (FIRA y NAFIN, específicamente).

María del Pilar se desempeñó también como asistente de investigación en El Colegio de México, en la UAM, y en la industria privada en temas de investigación de mercados.

María del Pilar Palacio AlborCoordinadora General de

Actividades permisionadas en materia de petrolíferos

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Raúl es licenciado en economía por la Universidad Nacional Autónoma de México.

De 2001 a 2006 laboró en la Oficina de Políticas Públicas de la Presidencia de la República en las áreas de competiti-vidad y en la Coordinación del Gabinete Económico.

De 2007 a 2011 ocupó diversos cargos en la Dirección Ge-neral de GLP de la Secretaría de Energía como Director de Enlace y Estadística y como Director de Operación y Su-pervisión. Dentro de sus principales actividades estaban el análisis estadístico y la planeación y ejecución de progra-mas de supervisión en materia de ese combustible.

De 2012 a septiembre de 2014 se desempeñó como Direc-tor General Adjunto en la Dirección General de Ingeniería y Normalización de la Comisión Reguladora de Energía (CRE), teniendo a su cargo la planeación y coordinación de los tra-bajos para la elaboración y expedición de normas oficiales mexicanas y la coordinación de actividades de supervisión en materias reguladas por la CRE.

De octubre de 2014 a la fecha ocupa la Dirección Gene-ral Adjunta de Transporte y Almacenamiento de GLP en la Coordinación General de Actividades permisionadas en materia de GLP, coordinación de la que es Encargado de Despacho desde agosto de 2015 a la fecha.Raúl Valderrama Torres

Encargado de despacho de la Coordinación General de

actividades permisionadas en materia de GLP

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Carlos Jaime ha desarrollado su carrera como economista en el ámbito de la regulación económica y temas afines, es-pecialmente en sectores de alto impacto económico (ener-gía, telecomunicaciones, transporte, etcétera). En el sector público ha ocupado posiciones directivas en la Comisión Federal de Competencia, la CRE y la Procuraduría Federal del Consumidor. En el sector privado, fue socio consultor de GEA, Grupo de Economistas y Asociados, donde propor-cionó asesoría en proyectos relacionados con la privatiza-ción de infraestructura (ferrocarriles, puertos, aeropuertos), competencia económica, prácticas desleales de comercio, evaluación de proyectos de inversión y estudios sectoriales, entre otros. En una primera estancia en la CRE fue Director General Adjunto de la Unidad de Reestructuración Eléctrica. Actualmente se desempeña como Coordinador de Merca-dos Eléctricos.

En otro ámbito, se desempeñó como Coordinador Gene-ral de Inteligencia del Centro de Investigación y Seguridad Nacional, donde jugó un papel central en el rediseño de la política de seguridad nacional de México, con la incorpo-ración de riesgos no tradicionales, entre ellos la seguridad energética.

De forma paralela ha impartido cursos y conferencias en varias instituciones universitarias (ITESO, Universidad Ibe-roamericana, Instituto Tecnológico Autónomo de México, Colegio de la Defensa, Centro de Estudios Superiores Navales, Centro de Estudios del Ejército y Fuerza Aérea y Escuela de Inteligencia para la Seguridad Nacional) sobre temas económicos y de seguridad.

Es Ingeniero Civil por el ITESO (1987) y Maestro en Econo-mía por El Colegio de México (1992), donde obtuvo distin-ciones académicas.

Carlos Jaime VázquezCoordinador General de Mercados Eléctricos

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Francisco Javier SalazarDiez de Sollano

Presidente

Luis Alonso MarcosGonzález de Alba Secretario Ejecutivo

José GuillermoBustamante Ruisánchez

Jefe de la Unidadde Asuntos Jurídicos

Susana IvanaCazorla Espinosa

Jefa de la Unidad de Análisis Económico y Encargada de despachode la Coordinación Generalde Vinculación Institucional

y Comunicación Social

Víctor Pavón-VillamayorJefe de la Unidad

de Planeación y Evaluación

Alejandro Peraza GarcíaJefe de la Unidad

de Sistemas Eléctricos

Álvaro EfraínTellez Rangel

Jefe de la Unidadde Regulación

María de la LuzBarbes Macías

Coordinadora General de Actividades Permisionadas en materia de gas natural

Alejandro Breñade la Rosa

Coordinador Generalde Ingeniería y Normalización

Francisco Agustínde la Isla Corry

Coordinador Generalde Mercados de Hidrocarburos

Enrique Guzmán Lara Coordinador General de Permisos

de Generación Eléctrica

AlejandroLedesma Moreno

Coordinador Generalde Administración

María del PilarPalacio Albor

Coordinadora General de Actividades permisionadas en materia de petrolíferos

Raúl Valderrama Torres Encargado de despacho

de la Coordinación Generalde actividades permisionadas

en materia de GLP

Carlos Jaime VázquezCoordinador General

de Mercados Eléctricos

Emma NoemíVázquez Martínez

Directora General Adjuntade Comunicación Social

DIRECTORIO

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