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PNUMA DTIE Programa AcciónOzono Página 1 de 32 Taller de formación de formadores para oficiales de aduanas Monitoreo y control de importaciones/exportaciones de SAO República Argentina Buenos Aires, 30 de noviembre al 2 de diciembre de 2004 División de Tecnología, Industria y Economía Programa AcciónOzono Fondo Multilateral para la ejecución del Protocolo de Montreal

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Taller de formación de formadores para oficiales de

aduanas Monitoreo y control de importaciones/exportaciones de

SAO

República Argentina

Buenos Aires, 30 de noviembre al 2 de diciembre de 2004

División de Tecnología, Industria y Economía Programa AcciónOzono Fondo Multilateral para la ejecución del Protocolo de Montreal

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Taller de formación de formadores para oficiales de aduanas sobre el monitoreo y control de importaciones – exportaciones de SAO. Buenos Aires, Argentina, 30 de noviembre -2 de diciembre, 2004.

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Taller de formación de

formadores para oficiales de aduanas

República Argentina

Ciudad de Buenos Aires, Argentina, 30 de noviembre al 2 de diciembre de 2004

Organizado por el:

Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA

DTIE) Programa AcciónOzono,

y La Administración Federal de Ingresos Públicos - Dirección General de

Aduanas

En cooperación con el

El Ministerio de Salud y ambiente y

La Secretaría de ambiente y desarrollo sustentable

Con la ayuda financiera del Fondo Multilateral para la ejecución del Protocolo de Montreal

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Taller de formación de formadores para oficiales de aduanas sobre el monitoreo y control de importaciones – exportaciones de SAO. Buenos Aires, Argentina, 30 de noviembre -2 de diciembre, 2004.

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INDICE

Resumen ejecutivo.................................................................................. ...... 4

1. Antecedentes del proyecto....................................................................... 9

2. Objetivos ....................................................................................................9

3. Resultados esperados..............................................................................10

4. Participantes............................................................................................10

5. Metodología..............................................................................................11

6. Contenido y estructura del taller de “capacitación de capacitadores” 13

7. Resultados y lecciones aprendidas.........................................................14

8. Evaluación por parte de los participantes ............................................15

9. Anexos ......................................................................................................17

ANEXO 9.1 Agenda................................................................................18

ANEXO 9.2 Lista de participantes........................................................22

ANEXO 9.3 Lista de Formadores y Presentadores.............................23

ANEXO 9.4 Recomendaciones del taller. .............................................23

ANEXO 9.5 Evaluación por parte de los participantes ......................27

ANEXO 9.6 Información Adicional ......................................................28

ANEXO 9.7 Programa AcciónOzono....................................................29

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Resumen ejecutivo La República Argentina es considerado un país Art. 5 bajo el Protocolo de Montreal. Como para otros países Art.5 Argentina tiene tiempo hasta el año 2015 dependiendo del Anexo del Protocolo y que para mejor proveer se adjunta cuadro en la página siguiente. Para darle cumplimiento al Protocolo de Montreal y sus Enmiendas, el Gobierno Argentino ha creado la OFICINA PROGRAMA OZONO (Decreto N° 265/96) y las normas legales más relevante consideradas a escala nacional se detallan a continuación. Ley N° 23.724: aprueba Convenio de Viena Ley N° 23.778: aprueba Protocolo de Montreal Ley N° 24.040: Control de fabricación y comercialización de SAOS Ley N° 24.167: Aprueba Enmienda de Londres Ley N° 24.418: Aprueba Enmienda de Copenhague Ley N° 25.389: Aprueba Enmienda de Montreal Res. N° 620/2002 – SAyDS: establece los usos críticos para Halones (Anexo A. Grupo II) Decreto 177/92: establece que la Autoridad de Aplicación de la Ley N° 24.040 es la actual Secretaría de Ambiente y Desarrollo del Ministerio de Salud y Ambiente Res. 296/2003: amplió el Listado de SAOS incorporados a la Ley N° 24.040 incorporando las sustancias agregadas por la las enmiendas aprobadas por Argentina. Decreto 1609/2003: Crea el Registro de Importadores y Exportadores de SAO e incorpora el Sistema de Licencias para Impo/Expo de SAO. Cabe mencionar que a la fecha de elaboración del informe se publicó la Resolución SAyDS Nº 953/2004. El Sistema de Licencias adoptado en Argentina, alcanza a todas las sustancias mencionadas en la Ley N° 24.040 y res. 296/03, incluidas las mezclas que contengan dichas sustancias. Incluye los isómeros de cualquiera de estas sustancias con excepción del isómero 1,1,2-Tricloroetano. Excluye toda sustancia o mezcla controlada que se encuentre en un producto manufacturado, salvo si se trata de un recipiente utilizado para el transporte o almacenamiento de esa sustancia. El sistema incluye las sustancias controladas recuperadas, recicladas y regeneradas. No está comprendido en el Sistema los equipos. El Sistema de Licencias requiere la necesaria creación de un registro de importadores/exportadores de SAO, y hacer del mismo condición necesaria para obtener una licencia. Establece un régimen de cupos y cuotas para importadores –en SAOS SUJETAS A CUPO-, diferenciando entre aquellos que tienen antecedentes, de los que no lo tienen (Nuevos o Eventuales). Registro de importadores/exportadores de sao La normativa establece la creación de un registro de importadores y exportadores de sustancias que agotan la capa de ozono (RIESAO). Los importadores y exportadores alcanzados por la norma, deberán inscribirse en una sola oportunidad.

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Si bien, no se exige un plazo determinado para hacerlo, NO se concederán licencias de importación y/o exportación, si quien la solicita no se encuentra inscripto en dicho registro. Se ha pensado en la celeridad de las transacciones comerciales, por lo que el trámite se ha informatizado permitiendo al usuario, iniciarlo a través del mismo, y seguir su estado así como su resultado. Ello, sin perjuicio de la necesaria actuación a través de la presentación de la documentación que fuere necesaria la que se hará junto con el formulario “Solicitud de Inscripción en el RIESAO” siguiendo el instructivo respectivo. El trámite informático, se hará a través del sitio que la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable posee en Internet, a saber www.medioambiente.gov.ar/ozono, en el link que oportunamente se habilitará. Licencia de importación/exportación Todos los importadores y exportadores de SAO deberán contar con una licencia previa de importación o exportación, según sea el caso, que deberá solicitar a la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable Las personas físicas o jurídicas, debidamente inscriptas, que peticionen una licencia previa para la importación/exportación de SAOs, deberán hacerlo mediante la cumplimentación de una declaración jurada según el instructivo correspondiente. Si la SAO a importar no está sujeta a cupo, la persona sólo necesitará una licencia. Sin embargo, y dado que existen SAOs que por los compromisos asumidos internacionalmente por nuestro país, están sujetas a “cupo de importación”, en dicho caso, antes de solicitar la licencia, el importador deberá solicitar la adjudicación de una “cuota de importación”. Es decir, que en el caso de una SAO sujeta a cupo, el importador para obtener una licencia de importación, deberá tener adjudicada previamente una cuota. Cada licencia emitida tendrá una validez de VEINTE (20) días corridos a partir de la fecha estimada para la importación o exportación consignada por el interesado en la correspondiente solicitud de licencia. Para el caso de licencias de importación emitidas para sustancias controladas sujetas a cupo, si el final del período de control involucrado con la emisión de la licencia ocurriere antes que la fecha prevista previamente, se tendrá en cuenta para la validez la fecha de finalización del período de control. El interesado deberá presentar ante la SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, previo a retirar la licencia correspondiente, el formulario impreso de la solicitud de licencia y, en el caso de licencias de importación, copia de la factura que ampare la operación, rubricadas por persona debidamente autorizadas a actuar en nombre de la empresa. Concepto de cupo de importación Es la cantidad de las importaciones de sustancias controladas que se establece antes del comienzo de un determinado período de control y para un cierto Anexo: Grupo del cronograma

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de reducción/eliminación de SAO, con el fin de asegurar el cumplimiento de las obligaciones asumidas por la REPÚBLICA ARGENTINA en el marco del PROTOCOLO DE MONTREAL, sus ajustes y sus respectivas enmiendas. Dicha cantidad se establecerá como la diferencia entre los valores máximos de consumo y producción de la REPÚBLICA ARGENTINA fijados por el Protocolo de Montreal y estará expresado en toneladas PAO (Tn PAO). Tabla de cupos

Anexo A Anexo B Anexo C Anexo E

Grupo I Grupo II Grupo I Grupo II Grupo III Grupo II Grupo I

CFC-11, 12,113, 114 y

115 Halones Otros CFCs Tetracloruro

de Carbono Metilcloro-

formo HBFC

Bromuro deMetilo

2005 701,6 83,9 0 28,08 45,99 0 329,04 2006 701,6 83,9 0 28,08 45,99 0 329,04 2007 18,58 83,9 0 28,08 45,99 0 329,04 2008 18,58 83,9 0 28,08 45,99 0 329,04 2009 18,58 83,9 0 28,08 45,99 0 329,04 2010 0 0 0 0 19,71 0 329.04 2015 0 0

Concepto de cuota de importación Es la cantidad de sustancias controladas sujetas a cupo que se permitirá importar a un interesado en un cierto período de control, con el fin de que las importaciones no sobrepasen el cupo establecido. La cuota será establecida antes del comienzo del período de control de que se trate, estará vinculada con un cierto Anexo: Grupo del cronograma de reducción/eliminación de SAO, y se expresará en toneladas PAO (Tn PAO). Las cuotas serán asignadas a solicitud del interesado. Sólo podrán solicitar adjudicación de cuotas, los importadores con registro histórico, entendiéndose por tal la totalidad de las importaciones de sustancias controladas que hubiera realizado una misma persona física o jurídica, en el período de TRES (3) años calendario inmediatos anteriores a la solicitud de cuota. Las personas físicas o jurídicas, debidamente inscriptas ante la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN AMBIENTAL de la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN, ORDENAMIENTO Y CALIDAD AMBIENTAL, que peticionen cuota de importación de las sustancias controladas, deben hacerlo por intermedio de la página web de la SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, según el instructivo correspondiente. Distribución y adjudicación del cupo

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El monto total del cupo correspondiente a los distintos grupos de sustancias controladas para cada período anual será distribuido de la siguiente forma: a) 90 % para su reparto en cuotas intransferibles a los importadores con registro histórico de

importaciones que así lo soliciten; b) 4 % para atender los requerimientos de importadores nuevos o eventuales; c) 1 % para atender casos extraordinarios Cabe aclarar que el 5% restante del monto total del cupo de una determinada sustancia controlada para cada período anual, se mantendrá como reserva con el objeto de asegurar que no se exceda el nivel de consumo y/o producción resultante de las medidas de control en aplicación. Dicho porcentaje será destinado a atender posibles variaciones ocurridas durante el transporte u otras diferencias menores compatibles con la práctica comercial normal en las cantidades efectivamente importadas y/o exportadas. Para atender casos extraordinarios que se pudieran presentar, o para el caso que hubiere posibilidad de reasignación de cuotas, en función del compromiso contraído por el Protocolo de Montreal, la SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, además del 1 % indicado anteriormente, podrá disponer la adjudicación de: a) La parte del 90% del cupo destinada a su reparto en cuotas que no hubiese sido adjudicada; b) La parte del 5% del cupo reservada para contemplar diferencias de cantidades que se

pudieran originar en vicisitudes propias de la operatoria comercial de la mercadería involucrada, que ya no fuera necesario mantener en reserva en función de la evolución de importaciones efectivamente llevadas a cabo.

c) La capacidad de importación que se genere debido a la cantidad de exportaciones efectivamente realizadas y que deben considerarse a efectos del cálculo del consumo del país para el período de control considerado y el Anexo: Grupo involucrado, dejándose establecido que dicha capacidad sólo podrá hacerse efectiva en el mismo período de control en que se generó.

Si a los efectos de satisfacer casos extraordinarios, no se contase con las cantidades que surgen de los incisos anteriormente mencionados, o los mismos resultaren insuficientes; a partir de la finalización del noveno mes de vigencia de las cuotas adjudicadas para un cierto grupo de sustancias controladas y periodo de control, la SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE podrá disponer la recuperación de las cantidades no utilizadas o remanentes para su readjudicación. El cupo de sustancias controladas será distribuido y adjudicado anualmente por la SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE en cuotas intransferibles entre los importadores con registro histórico que lo soliciten, exceptuándose de ello los importadores nuevos o eventuales, o los casos extraordinarios. Se entenderá por período anual el comprendido por los doce meses siguientes a la fecha de entrada en aplicación de la medida de control correspondiente a cada sustancia.

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Cálculo de la cuota Para el cálculo de la cuota a adjudicar se tendrá en cuenta el valor promedio expresado en toneladas PAO (Tn PAO) de la totalidad de las importaciones, para el grupo de sustancias controladas sobre el que se solicita cuota, que el solicitante hubiera realizado en los TRES (3) años calendario inmediatos anteriores a la solicitud. Quienes NO cuenten con registro de importaciones realizadas para el período indicado no podrán solicitar la adjudicación de cuota, es decir, serán considerados importadores nuevos o eventuales. Es necesario aclarar que no se contabilizarán en los antecedentes de importaciones referidos precedentemente, las importaciones de sustancias controladas incluidas en las siguientes categorías: a) Cuyo estado declarado fuera recuperado, reciclado o regenerado; b) Cuyo destino final fuese su utilización como materia prima para la elaboración de otros

productos químicos; c) Cuyo destino final fuese su utilización como agente de procesos; d) Que hubiesen sido importadas con el objeto de satisfacer un caso extraordinario. Distribución del cupo entre los importadores nuevos o eventuales La parte del cupo reservada para “importadores nuevos o eventuales” (4 %) será adjudicada a los solicitantes hasta agotar dicha cantidad. Las solicitudes de licencia bajo esta modalidad se atenderán según el orden cronológico de aparición y no podrán peticionarse por cantidades superiores a las que anualmente determine la SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE al momento de adjudicación de las cuotas para los importadores con registro histórico. Programas de formación y capacitación En atención a la información recabada de la Oficina Ozono referida al Programa de Gestión de Refrigerantes, se han realizado Capacitación de Técnicos en Buenas Prácticas en Refrigeración a través del INTI/PNUMA, para promover la formación y la acreditación a nivel nacional de técnicos en refrigeración. Se intenta promover buenas prácticas para la reparación y el mantenimiento de equipos de refrigeración, así como las técnicas para la recuperación y el reciclado de CRC. Se han dictado 120 talleres para capacitar a 3000 técnicos por regiones geográficas. Se capacitaron 62 formadores. Se han relevado services de AC y refrigeración, existencia de equipos de refrigeración y AC y empresas de refrigeración. Fueron relevadas 154 localidades, de las cuales 102 fueron visitadas por encuestadores, de lo que surge una existencia de 4.738 services (3307 visitados más 1431 estimados). Se realizaron 2020 encuestas a services de refrigeración.

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1. Antecedentes del proyecto Ante el descubrimiento de que los CFCs y otras sustancias creadas por el hombre estaban destruyendo la capa de ozono, la comunidad internacional negoció y adoptó la Convención de Viena para la protección de la capa de ozono en 1985. A continuación, en 1987, se adoptó el Protocolo de Montreal sobres sustancias que agotan la capa de ozono, cuyo objetivo es reducir y finalmente eliminar el uso de sustancias que agotan la capa de ozono (SAO). Argentina ratificó la convención de Viena: 18.01.1990 y el Protocolo de Montreal: 18.09.1990. En la mayoría de los países en vías de desarrollo, el sector más importante en el que se utilizan las SAO es el sector de refrigeración y de aire condicionado, espumas y solventes. Según el cuadro de evolución que oportunamente aportó la oficina Ozono, el consumo de CFC en Argentina en el 2003 fue de 2257 Toneladas. La única empresa que produce CFC en Argentina es Frioindustrias Argentina S.A. y se encuentra en proceso de reconversión. El rol de PNUMA es coordinar la ejecución de los programas incluidos en el PGR, en cooperación con los otros puntos focales locales- Instituto Nacional de Tecnología Industrial – INTI , la oficina Oproz y Cancillería Argentina. 2. Objetivos El objetivo principal de este programa de formación es proveer a los oficiales gubernamentales relevantes los conocimientos necesarios para monitorear y controlar las importaciones de CFCs y de otros SAO y de los equipos que funcionan con o contienen SAO. La prevención y detección de comercio ilegal de SAO hacen también parte de estos objetivos. Estos se conseguirán gracias a las siguientes medidas: 1. Brindar información que permita incrementar el conocimiento de las cuestiones relativas a la

destrucción de la capa de ozono.

2. Introducción a los diferentes tipos de SAO que son utilizados en cada sector y para qué finalidades.

3. Introducción a los requerimientos y cronogramas del Protocolo de Montreal y sus enmiendas para la reducción y eliminación del consumo de SAO.

4. Proveer una visión somera del PGR nacional.

5. Proveer una visión de conjunto del sistema de licencias para SAO y sus implicaciones para los oficiales de aduanas y otras agencias ejecutoras implicadas.

6. Presentación de los códigos aduaneros que identifican los SAO que se importan actualmente al país y de productos que contengan o funcionen con SAO.

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7. Brindar información sobre las principales modalidades relativas al tráfico ilícito de SAO para lograr la optimización de los detalles operacionales del sistema de control y monitoreo de las SAO.

8. Proveer una visión general de los reglamentos aduaneros (marco general dado que aún no existen en Argentina) y de sistemas de monitoreo y control de SAO de otros países de la región.

9. Capacitación en la utilización de equipo de identificación de SAO.

10. Diseño del concepto de agenda, estrategia y cronograma para la formación de los restantes oficiales de aduanas del país.

3. Resultados esperados El resultado inmediato del taller será la existencia de un mínimo 40 oficiales de aduanas capacitados así como otros actores clave, y el desarrollo de las directrices y recomendaciones para la Fase II del programa de formación de oficiales de aduanas de Argentina.

Un módulo de formación sobre el Protocolo de Montreal será incluido en los programas periódicos de formación de la Dirección de Capacitación Aduanera para nuevos oficiales de aduanas y serán también integrados en los cursos de puesta al día para oficiales con experiencia. De esta forma se asegurará la sustentabilidad del programa de formación. El resultado a largo plazo será incrementar el conocimiento entre los oficiales de aduanas y otras autoridades sobre cuestiones relativas al ozono, así como la consecución de los objetivos enumerados en la sección 2. Además se crearán sinergias para la ejecución de otras convenciones medioambientales internacionales, como la Convención de Basilea, CITES, la Convención de Rótterdam (PIC) y el Protocolo de Kyoto. El éxito de la mayoría de las convenciones medioambientales internacionales dependerá del apoyo continuado de los oficiales de aduanas y de otras autoridades y actores clave. 4. Participantes En total, 20 participantes atendieron el taller de capacitación de capacitadores. En este primer taller replicador, 6 de ellos eran de las diferentes aduanas del país. La lista de participantes del taller está adjunta como Anexo 9.2. Los participantes de la Fase II del programa de formación serán los oficiales de aduanas y otras autoridades/agencias restantes del país incluyendo representantes de diferentes instituciones involucradas como así también al consultar internacional.

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El capacitador del taller fue:

Lic. Leonardo Pollach

Como presentadores adicionales locales participaron:

- Ing. Gustavo Torres - Lic. Miguel Alter - Dr. Eduardo Cáneva - Ing. Marco A. Pinzon

Los datos de contacto del formador y de los otros presentadores están adjuntos como Anexo 9.3. y la Agenda está adjunta como Anexo 9.1 5. Metodología El programa de formación será ejecutado en tres Fases: Fase I: Taller de capacitación de formadores para oficiales de aduanas y de otras

autoridades/agencias ejecutoras del país. La preparación del programa sigue una metodología participativa e involucró un cierto número de expertos locales. Algunos casos de contrabando fueron presentados para examinar los conocimientos que los participantes adquirieron a lo largo del taller, y tres pequeños grupos de trabajo fueron creados durante la sesión de discusiones prácticas para discutir cuestiones específicas de interés para los participantes. Cada grupo preparó un informe de sus conclusiones y recomendaciones. Durante las discusiones en los grupos, dos de los participantes conjuntamente con los representantes de Ozono, Capacitación aduanera y el experto internacional planificaron la Fase II del programa de formación y prepararon recomendaciones detalladas, una nota conceptual de agenda y un cronograma de ejecución tentativo. Una sesión práctica con los equipos de identificación, fue conducida para identificar los diferentes tipos de refrigerantes y a nivel teórica mediante el uso del método de presión – temperatura, con detectores de fugas. El etiquetado de contenedores y productos fueron verificados. Fueron puestas a disposición para estas demostraciones ejemplos de contenedores/cilindros de SAO. También se realizó un trabajo práctico de identificación de SAO por medio de códigos de colores establecidos por las directrices N y K del (ARI), AHRAE, UN, HAZCHEM y NFPA

Sesiones de resumen se tuvieron al final de cada día en las que los participantes hicieron una evaluación del taller y acordaron las recomendaciones del taller. Cada participante recibió al

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finalizar el taller un “certificado de participación” otorgado, en forma conjunta, por el Director General de Aduanas, el Director Nacional de Gestión Ambiental y el Oficial del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente. Sería conveniente que está formación y certificación se haga obligatoria para todos los oficiales de aduanas y de otras autoridades ejecutorias para que se pueda tener un listado de los oficiales que puedan ocuparse de la identificación de las SAO que pasan por las aduanas. El informe del taller será entregado a la Dirección de Capacitación de la AFIP para –que de estimarlo conveniente - sea distribuido a todos los participantes y los miembros del grupo de contacto de formación de aduanas. Asimismo se remitirá a la oficina regional del PNUMA para su eventual publicación en el sito Web del PNUMA: http://www.uneptie.org/ozonaction.html Fase II: Formación de los restantes oficiales de aduanas y de otras autoridades/agencias

ejecutoras En la Fase I.: Se han capacitado en esta primera etapa a 19 capacitadores, para marzo del 2005 se espera una cifra ligeramente superior para totalizar un mínimo de 40 capacitadores aduaneros. La Fase II del programa de formación tomará en consideración las recomendaciones del taller de capacitación de formadores y estará basada en la información detallada en el manual del PNUMA de “Formación de oficiales de Aduanas”. El esquema de implementación de la Fase II es el siguiente:

Duración: Máximo 2 días Agenda Adaptada y resumida Coordinación Responsables regionales del área de capacitación que fueran

entrenados y en presencia del experto internacional (durante los primeros 12 meses).

Talleres Dependiendo del número de personas a ser entrenadas, alrededor de 15 personas por taller

Capacitadores: Participantes de la Fase I

Participantes: 20 oficiales de aduanas y de otras entidades

Materiales: 1. Recursos Fase I 2. Manual Nacional 3. Material Didáctico visual, equipo identificador y cilindros.

Ejecución 24 meses aproximadamente Composición Talleres

20 participantes / 2 Instructores.

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Otro elemento fundamental que se desarrollará para la Fase II será un Manual Nacional para la República de Argentina sobre la legislación nacional concerniente a las SAO y el sistema de licencias para la importación – exportación de las mismas. El Manual será desarrollado por la dirección de Capacitación de la AFIP y la asistencia del experto internacional. El Manual Nacional complementará el Manual del PNUMA “Capacitación para Oficiales de Aduanas sobre sustancias que agotan la capa de ozono”, al proveer información específica sobre el país. La Dirección General de Aduanas incorporará un módulo relativo al Protocolo de Montreal al control y monitoreo de SAO en su documentación de consulta y formación para asegurarse que futuros oficiales de aduanas estén formados en este aspecto. Esto se hará dentro de las actividades de formación del Departamento de Aduanas. La AFIP a través de su Dirección de Capacitación será responsable de la ejecución de la Fase II de la formación y de preparar y mandar los informes de progreso al PNUMA en estrecha colaboración de la Oficina del Programa Ozono. 6. Contenido y estructura del taller de “capacitación de capacitadores” El contenido del taller estuvieron repartido en tres días. Los materiales de formación y la agenda del taller fueron diseñados para asegurarse que los objetivos del programa de formación fueran alcanzados (ver sección 2). La agenda del taller incluyó las sesiones siguientes: Sesión 1: El agotamiento de la capa de ozono Sesión 2: Respuesta Internacional Sesión 3: Obligaciones nacionales y actividades relacionadas (Oficial del Ozono) Sesión 4: Sistema nacional de licencias de importación/exportación de SAO Sesión 5: Verificación de papeles, formularios y permisos Sesión 6: Convenciones internacionales afines Sesión 7: Contexto global y regional Sesión 8: Tareas de los oficiales de aduanas y otros interesados directos claves Sesión 9: Tráfico ilícito de SAO y productos que contienen SAO Sesión 10: Identificación de SAO y productos contienen SAO Sesión 11: Ejercicios prácticos de identificación de SAO Sesión 12: Manejo seguro, transporte y almacenamiento de SAO Sesión 13: Presentación de los resultados de las discusiones en los grupos de trabajo en

el plenario: Operación eficaz de un sistema de un sistema de importación – exportación de SAO y legislación reguladora de SAO.

Sesión 14: Planificación de las fases II de la formación de oficiales de aduanas. Sesión 15: Evaluación del taller

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Se tuvieron todos los días una sesión de discusión para elaborar conclusiones y redactar también recomendaciones que serían adoptadas en el último día del taller. 7. Resultados y lecciones aprendidas Los objetivos del taller se consiguieron gracias a un apropiado diseño de la Agenda del taller que permitió que durante las 15 sesiones del taller se trataran todos los temas relevantes. Una más detallada evaluación de estos temas está incluida como Anexo 9.5.

OBJETIVOS RESULTADOS CONSEGUIDOS

I. Brindar información que permita incrementar el conocimiento de las cuestiones relativas a la destrucción de la capa de ozono.

A través de las sesiones 1, 8 y el video PNUMA “Acción contra el Bromuro de metilo” (Arg.)

II. Introducción a los diferentes tipos de SAO que son utilizados en cada sector y para qué finalidades

A través de las sesiones 1, 3, 4, 10, 11, 12

III. Introducción a los requerimientos y cronogramas del Protocolo de Montreal y sus enmiendas para la reducción y eliminación del consumo de SAO.

A través de las sesiones 2, 3, 4.

IV. Proveer una visión detallada del PGR nacional A través de las sesiones 3, 4

V. Proveer una visión de conjunto del sistema de licencias para SAO y sus implicaciones para los oficiales de aduanas y otras agencias ejecutoras implicadas.

A través de las sesiones 4, 5, 8

VI. Presentación de los códigos aduaneros que permitan la identificación de las SAO y de productos que contengan o funcionen con SAO.

A través de las sesión 10

VII. Brindar información sobre las principales modalidades relativas al tráfico ilícito de SAO para lograr la optimización de los detalles operacionales del sistema de control y monitoreo de las SAO.

A través de las sesiones 9, 10 y 13

VIII. Proveer una visión general de los reglamentos aduaneros y de sistemas de monitoreo y control de SAO de otros países de la región.

A través de las sesión 7

IX. Capacitación en la utilización de equipo de identificación de SAO.

A través de las sesiones 10, 11, 12

X. Diseño del concepto, agenda, estrategia y cronograma para la formación de los restantes oficiales de aduanas del país.

A través de las sesión 13

Adicionalmente, los siguientes objetivos también fueron alcanzados:

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Taller de formación de formadores para oficiales de aduanas sobre el monitoreo y control de importaciones – exportaciones de SAO. Buenos Aires, Argentina, 30 de noviembre -2 de diciembre, 2004.

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- Capacitación y certificación de 19 participantes en el monitoreo y control de las importaciones y exportaciones de SAO y de equipos contenientes SAO en Argentina.

- Comprensión de la interrelación de la problemática del ozono con otras convenciones medioambientales internacionales, en especial, con el Convenio de Basilea sobre el tráfico transfronterizo de residuos peligrosos.

- Intercambio de información y experiencias entre los participantes y el desarrollo de un red personal de contactos.

- Recomendaciones detalladas por parte de los participantes (ver el Anexo 9.4). Las siguientes experiencias se han aprendido del taller: - Las sesiones prácticas de discusión en grupo han sido muy apreciadas por los participantes

para poder discutir las cuestiones relativas a la ejecución del sistema de licencias para las SAO y la prevención efectiva del contrabando de SAO. Muchas de las recomendaciones del taller surgieron de estas discusiones.

- La cooperación entre las entidades implicadas en el funcionamiento del sistema de licencias para las SAO es fundamental para su éxito. El taller ayudó a fortalecer las bases para esta cooperación entre entidades.

8. Evaluación por parte de los participantes La evaluación general del taller por parte de los participantes fue “muy buena” (“muy buena” en el 58% de los casos y “excelente” en el 21% de los casos) 19 de los 20 participantes (95%) devolvieron el cuestionario de evaluación. Un análisis gráfico de las evaluaciones está incluido en el Anexo 9.5. La sección siguiente incluye un resumen de las opiniones y comentarios recibidos por parte de los participantes acerca de: (a) el taller, (b) el manual del PNUMA para oficiales de aduanas y (c) sobre el Manual País. (a) Fase I de la formación de oficiales de aduanas • Se deben incluir los productos o sustitutos ecológicos de los CFCs, con todas sus

características. • Hay que seguir profundizando la capacitación de los oficiales de Aduanas. • Ejercicios de roles donde se interpreten los trucos legales que se usan para ingresar las SAO

no autorizadas en el país. • En la parte que corresponde a la práctica con los refrigerantes y la máquina detectora,

deberán incluirse los accesorios de seguridad: guantes, lentes protectores, delantales como parte de los equipos que se van a suministrar, esto es fundamental.

• El curso fue excelente, muy bien organizado y dirigido con mucha profesionalidad por parte de los instructores.

• Muy valiosos los trabajo en grupos, deben mantenerse para futuros cursos o incluso aumentarse.

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• Mayor puntualización en procedimientos, operaciones y manipulación de SAO. • Quizás excesivamente breve para conseguir un conocimiento más profundo de la

problemática. • Este seminario deberá hacerse llegar a todo el personal de aduanas y a los niveles operativos, así

como involucrar los usuarios de comercio internacional (transportistas, agentes aduanales, importadores, etc.)

• Es necesario fomentar más la comunicación entre los representantes de las diferentes instituciones involucradas para fortalecer el proceso de control de SAO.

• El curso es muy completo, pero se recomienda que se involucre más a los medios de comunicación para divulgar este tipo de seminarios a nivel nacional.

• Es necesario fomentar más la comunicación entre los representantes de las diferentes instituciones involucradas para fortalecer el proceso de control de SAO.

(b) El manual del PNUMA para oficiales de aduanas • Suministrar información referente a los países, empresas que han sido sancionadas y cuales

han sido las imposiciones que ésta ha ocasionado. • Incluir experiencia de otros países. • Incluir más material gráfico, dibujos, esquemas. Especialmente el código de colores de los

cilindros (que fue aportado por el experto internacional). • Este manual tiene toda la información necesaria para el manejo del SAO como relación a las

aduanas y si seria bueno usar algunos gráficos para mejorar comprensión del texto. • Manual para capacitar el sector importador, exportador, y consumidor. • Más información sobre las actividades de la Organización Mundial de Aduanas en relación con el

Protocolo de Montreal. • Listado de alternativas a las SAO y sus códigos arancelarios. • Más fotografías de SAO y equipos contenientes SAO, y sus embalajes. • Ejemplos de documentos de importación de SAO. • Agregar cursogramas de rutas de tráfico ilícito, estadísticas y valores fob y de venta. (c) El manual de país de Argentina • Decretos, leyes y Resoluciones locales específicas • Normas Técnicas de Referencia adicionales como el código de colores de los cilindros (ARI),

contenido del marcaje o etiquetado, etc. • Se deben incluir formatos oficiales de permisos y licencias en el material del curso. • Extractos de la legislación aduanera y ambiental del país. • Procedimientos conjuntos con otros organismos. • Incluir la participación e involucramiento de las demás partes interesadas • Lista de países productores de SAO. • Normativa legal que ampare la actuación de los funcionarios de aduanas. • Incluir el procedimiento para SAOs confiscadas – posibles multas. • Fotografías de SAO y equipos contenientes SAO que entran en el país. • Incrementar el estudio de casos prácticos • Establecer un registro de importadores obligatorio.

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• Lista de países productores de SAO. • Teléfonos y correos electrónicos de las instituciones involucradas en la eliminación de las

SAOs. • Normativa legal que ampare la actuación de los funcionarios de aduanas. • Fotografías de SAO y equipos contenientes SAO que entran en el país. • Incrementar el tiempo del dictado del taller. • Introducción más amplia de curso de química básica. 9. Anexos

Anexo 9.1 Agenda Anexo 9.2 Lista de participantes Anexo 9.3 Lista de capacitadores/presentadores Anexo 9.4 Recomendaciones del taller Anexo 9.5 Evaluación por los participantes.

Anexo 9.6 Información Adicional Anexo 9.7 Programa AcciónOzono

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ANEXO 9.1 Agenda Genérica (3 días)

Instructor: Lic. Leonardo Pollach

PRIMER DÍA

10:00 Apertura del Taller

Discurso de bienvenida a cargo de un oficial del ozono Programa Acción Ozono del DTIE PNUMA Equipo de capacitación y estrategia del taller.

10:15 Introducción

Resultados que se espera del programa de capacitación para los funcionarios de Aduana.

Materiales de capacitación y exhibición. Autointroducción por parte de los participantes.

Sesión 1: El agotamiento de la capa de ozono.

Consecuencias para el medioambiente y la salud humana Vídeo PNUMA: Cada acción cuenta La ciencia de la capa de ozono Debate

11:15 Receso 11:30 Sesión 2: Respuesta Internacional.

Respuesta internacional – El Protocolo de Montreal y sus enmiendas Calendario y estrategias de eliminación para Países que operan al amparo

del artículo 2 y los que operan al amparo del artículo 5. Debate

Sesión 3: Obligaciones y respuesta nacional (Oficial del Ozono) Descripción general del perfil del consumo nacional del SAO. Obligaciones nacionales de eliminación. Respuesta nacional – Plan de Gestión de Refrigerantes Debate

13:00 ALMUERZO 14:00 Sesión 4: Sistema nacional de licencias de importación/exportación de

SAO (Asesor legal UNO) Marco de trabajo institucional. Regulaciones nacionales referentes a las SAO. Estructura del sistema nacional de licencias de importación / exportación de

SAO. Arreglos y procedimientos institucionales para manejar el sistema.

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Cuotas de importación y solicitud de permisos y de cantidades autorizadas. Información para los importadores, mayoristas y consumidores finales. Manejo de SAO confiscadas y de equipo o mercancías que contiene SAO y

que han sido confiscados. Cumplimiento de multas. Formularios introducidos por el sistema de licencias. Debate

15:45 Receso

16:00 Sesión 5: Verificación de papeles, formularios y permisos

Logística y gestión de datos Formularios de solicitud, formularios de permisos, papeles de embarque,

certificado de retroadaptación, etc. Ejercicio práctico de verificación de papeles de embarque y permisos Debate.

17:00 Sesión de resumen del día y recomendaciones del taller (Consultor Int.) SEGUNDO DÍA

10:00 Sesión 6: Convenciones internacionales afines CITES (especies en peligro) Protocolo de Kyoto (calentamiento global) Convención de Basilea (residuos peligrosos) Convención de Rótterdam (Consentimiento Previo Informado) Acuerdo de Lusaka (Comercio ilegal en flora y fauna salvaje) Aspectos comunes relacionados con el control del comercio y sinergias para

las autoridades aduaneras para una ejecución eficiente de la legislación. Debate

Sesión 7: Contexto global y regional

Producción global y comercio de SAO y productos contenientes SAO. Puertos de transbordo, producción, destrucción, lugares de regeneración en la

región. Acuerdos comerciales regionales y globales. Ejecución de los códigos SA revisados en la región (representante de aduanas) Impacto sobre el comercio y la economía (representante comercial) Debate

11:15 Receso

11:30 Sesión 8: Tarea de los oficiales de aduanas y otros interesados clave

Intervinientes clave en la supervisión y el control de importaciones / exportaciones de SAO y de equipos y mercancías que contienen SAO.

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Informes sobre comercio legal e ilegal de SAO y productos contenientes SAO. Cumplimiento de la legislación referente a las SAO. Lista de controles para oficiales de aduanas.

Sesión 9:Tráfico ilícito de SAO y de productos que contienen SAO (Consultor

Int.) Comercio legal e ilegal con países Partes y con los que nos son Parte. Detección de comercio legal e ilegal a nivel local, regional e internacional. Comercio con refrigerantes reciclados, recuperados, regenerados o

contaminados. Causas y tendencias del comercio ilegal. Métodos de contrabando. Prevención del tráfico ilegal. Casos prácticos de contrabando. Debate

13:00 ALMUERZO 14:00 Sesión 10: Identificación de SAO y productos contenientes SAO

(Consultor Int.) Nombres comerciales comunes para SAO, incluidos CFCs, HCFCs, bromuro

de metilo, halones, solventes, espumas, aerosoles. Números CAS, números ASHRAE, números UN, etc. Ejemplos de etiquetado de SAO y códigos de color. Ejemplos de etiquetado de productos y equipos contenientes SAO. Detección de cilindros y contenedores de SAO mal etiquetados. Uso de identificadores de refrigerantes Debate

Sesión 11: Ejercicios prácticos de identificación de SAO (Consultor Int.)

Ejemplos de cilindros y contenedores de SAO, y de equipos y productos contenientes SAO

Sesión práctica de uso de equipos de identificación de SAO. Identificación de equipos y productos contenientes SAO.

15:45 Receso 16:00 Introducción a la sesión práctica Nº 13: Operación eficaz de un sistema de

licencias de importación de SAO y ejecución de legislación reguladora de las SAO. (Consultor Int.)Además de los dos temas principales, los participantes pueden sugerir 2 temas adicionales de interés: Tema 1: Operación eficaz de un sistema de licencias Tema 2: Ejecución eficaz de legislación reguladora de SAO

17:00 Sesión de resumen del día y recomendaciones del taller. (Consultor Int.)

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TERCER DÍA 10:00 Sesión 12: Manejo, transporte y almacenamiento de SAO

Información sobre las propiedades químicas de las SAO relevantes para los oficiales de aduanas.

Manejo seguro de SAO y de productos contenientes SAO. Transporte seguro de SAO y de productos contenientes SAO. Toma segura de muestras de SAO – Personas autorizadas a tomar muestras y a

utilizar los identificadores de SAO. Debate.

Sesión práctica 13: Operación eficaz de un sistema de un sistema de

importación de SAO y legislación reguladora de SAO. Los moderadores de los grupos coordinaran las sesiones prácticas.

11:15 Receso

Los moderadores de los grupos se asegurarán que un informe sea preparado por cada grupo de trabajo

11:45 Sesión práctica 13: Presentación de los resultado de las discusiones en los

grupos de trabajo en el plenario. Entrega de los informes al consultor moderador. Presentación de las recomendaciones de los grupos de trabajo al plenario (10

min. por grupo) Discusión y adopción de las recomendaciones de los grupos (5 min. por

grupo) Evaluación de la sesión práctica.

13:00 ALMUERZO 14:00 Sesión 14: Planificación de la fase II de la formación de oficiales de

aduanas. Diseño de la fase II de la formación. (metodología, duración, agenda,

calendario, formadores, participantes, etc.) Materiales a ser utilizados para la fase II y contenidos esenciales de los

talleres de esta fase. Metodología para asegurar una ejecución tempestiva de los talleres y reportes. Debate.

15:00 Sesión 15: Evaluación del taller

Rellenado de los formularios de evaluación del taller. Impresiones y comentarios por parte de los participantes y organizadores.

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16:00 Sesión de clausura e información a los medios de comunicación. Discurso de cierre cargo del Programa del DTIE del PNUMA Palabras de cierre a cargo del equipo de capacitación. Entrega de certificados de participación.

ANEXO 9.2 Lista de participantes

No Nombres y Apellidos Entidad Cargo 1 Alejandra Zingale Dirección General de Aduanas Capacitación Rosario 2 Daniel Basadre Dirección General de Aduanas Resguardo Buenos Aires 3 Silvia de Villafañe Dirección General de Aduanas Depto. Procedimientos

Legales Aduaneros 4 Juan Bautista Roson Dirección General de Aduanas Sub Inspector 5 Malena Sanz Callero Dirección General de Aduanas Asesora División Puertos

y Aeropuertos 6 Pablo Titiro Dirección General de Aduanas Inspector Resguardo

Aduana de Buenos Aires 7 Silvia Suarez Loto Dirección General de Aduanas Depto Diseño

Capacitación 8 Sosa, Gabriel Dirección General de Aduanas Verificación Ezeiza 9 Vilma Pizzuto Dirección General de Aduanas Depto Drogas Peligrosas 10 Grisel Cecilio Dirección General de Aduanas Precursores Químicos 11 Juan C. Alberich Dirección General de Aduanas Capacitación Córdoba 12 Elida G. Scotti Dirección General de Aduanas Clasificación Arancelaria 13 María Inés Chamon Dirección General de Aduanas División Capacitación 14 Alejandro Montesano Dirección General de Aduanas División Verificación 15 Ricardo Mosso Dirección General de Aduanas Capacitación Comodoro

Rivadavia 16 Carmen Mazzitelli Dirección General de Aduanas Laboratorio 17 Mario César Pintos Dirección General de Aduanas Dirección de Control 18 Patricia A. Dompé Dirección General de Aduanas Capacitación 19 Guillermo Durié Dirección General de Aduanas Resguardo Ezeiza 20

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ANEXO 9.3 Lista de Formadores y Presentadores Ing. Marco Pinzón Programme Officer - Refrigerant Management Plan OzonAction Programme United Nations Environment Programme Regional Office for Latin America and the Caribbean Blvd. de los Virreyes 155 CP 1000 Mexico City-Mexico Tel: (52 55) 52024841 (Ext. 505) Fax: (52 55) 52020950 Email: [email protected] www.unepie.org/ozone/ www.pnuma.org/ozonaction/esp/ Lic. Leonardo Pollach REALIDADES CONSULTORÍA EMPRESARIA S.A. Vice Presidente - Apoderado Domicilio: Uruguay 772 6º 61 (1015 ABP) Buenos Aires - Argentina fax : (54-11).4374-6700 e-mail: [email protected] Dr. Eduardo Caneva Programa Ozono – Argentina San Martín 459 – Entrepiso Of. 71 (1004) Buenos Aires – Argentina Tel: (54-11) 4348-8383 Fax: (54-11) 4348-8274 e-mail: [email protected] www.medioambiente.gov.ar/ozono Ing. Gustavo Torres Magíster en Comercio Internacional / Magíster en Inteligencia Estratégica Nacional Domicilio: Virrey Olaguer y Feliú 3350 4º D (C1426ECL) Buenos Aires – Argentina Tel: (54-11) 4554-5411 e-mail: [email protected] Miguel Alter Licenciado en Ciencias Ambientales Tel: (54-11) 4632-3976 email: [email protected]

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ANEXO 9.4 Recomendaciones del taller.

Para el dictado del taller, se adoptó como punto de partida una de las recomendaciones de Manual en lo referido a “crear sinergias para el cumplimiento de otros acuerdos ambientales internacionales pertinentes tales como Convenio de Basilea, CITES, Rótterdam y Protocolo de Kyoto”, tal cual he utilizado en otros talleres que dicté; sin embargo cabe mencionar el elevado nivel académico y de conocimiento aduanero en general y de tráfico ilícito en particular.

Las siguientes recomendaciones fueron sugeridas por los participantes durante el taller:

1. Las destinaciones y operaciones que se documenten a través de declaración detallada o sumaria debieran cursarse por canal de selectividad rojo.

2. La Dirección General de Aduanas debiera disponer a la brevedad el listado y detalle de firmas autorizadas para emisión de licencias.

3. Establecer claramente las definiciones de mezclas.

4. Incorporar sellos de seguridad en los certificados de Licencias que se emitan.

5. Resulta imprescindible coordinar entre las áreas aduaneras involucradas a los efectos de aunar criterios, asimismo la armonía que debiera existir entre los Organismos involucrados (Ozono y Aduana) debiera ser perfecta o lo más próxima..

6. Debieran ejecutarse políticas de difusión y concientización desde las instituciones involucradas.

7. Debieran incorporarse aperturas en la Nomenclatura Común Mercosur para las sustancias controladas recuperadas, reciladas y regeneradas.

8. Debiera dar aviso o toma de conocimiento a la autoridad competente de los Tránsitos (incluyendo aviso de inicio y cierre) con el agregado de la leyenda “Mercadería prohibida su consumo en Territorio Nacional”.

9. Debiera incrementarse la fluidez de la información con los países limítrofes y de la región ya sea a través de la red RILO, de las Unidades Nacionales de Ozono, de la Red de funcionarios de Ozono y del PNUMA ORLAC.

10. Debiera permitirse el acceso a la información del Manifiesto de Cargas (marítimo) previo al arribo, a los efectos de trabajar en alertas tempranas y con criterio preventivo sobre eventuales tráficos ilícitos.

11. Resulta necesario establecer una norma a través de la autoridad competente, que impida el rellenado (observación realizada durante la demostración de cilindros que se encontraba rellenado y repintado), como corolario de esto debiera establecerse la disposición final de los envases con el propósito de evitar rellenado.

12. Debiera prohibirse bajo el régimen de admisión temporaria de contenedores el ingreso de SAO o bien solicitar la licencia respectiva.

13. En la operación aduanera conocida como guía de removido, debiera darse intervención a la autoridad competente.

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14. Exigir la declaración detallada de SAO en el Conocimiento de embarque y en la carta de porte (cargas internacionales terrestres).

15. Debiera habilitarse depósitos fiscales adaptados para el manejo de estos Gases.

16. Deberán homologarse procedimientos comunes para Oproz Argentina y la Dirección General de Aduanas, generando manual y fichas de procedimientos para una respuesta efectiva (creación de unidades de respuesta inmediata).

Las siguientes recomendaciones fueron sugeridas durante la sesión de trabajo en grupos:

Grupo 1 Operación eficaz de un sistema de un sistema de Licencias de importación de SAO.

1. Se consideró que la mejor forma de ejecutar el sistema consiste en : Incorporar a nivel del Sistema Informático de la Dirección General de Aduanas en declaración detallada la opción de mezclas de SAO. Asimismo debiera contemplarse normativamente las situaciones que se generen por envíos fraccionados. Dentro del marco del control debiera definirse los perfiles de riesgo que el Sistema de Oproz prevee.

2. Podrá realizarse conexión entre bases de datos de Aduanas y Oproz.

3. Debiera establecerse operativos conjuntos en plaza sobre todo para las posiciones alternas que pudieran haber sido utilizada para eludir o disimular el control, evaluar el avance de las industrias en reconversión para evitar fuentes de consumo.

4. Las dificultades que presenta el sistema consiste fundamentalmente en la falta de comunicación entre Oproz y la DGA para no llegar al límite de tiempo y con fallas que pudieron ser sorteadas con antelación.

5. La comunicación dentro del sistema se logra a partir de la formación de grupos interdisciplinarios entre el Organismo de Aplicación y la DGA. Entre otras tareas que podrían realizar estos grupos se encontrarían las de : reunir, prevenir, reprimirlas acciones ilegales permitiendo monitorear y modificar al sistema.

Grupo 2 Cumplimiento de las Regulaciones referentes de las SAOs

1. Para el abordaje de las estrategias de los organismos para detectar las SAOs ilícitas, el grupo consideró capacitar a la mayor cantidad de agentes respecto a la problemática, enfatizando en las aduanas con mayor riesgo de modo de tener la capacidad de actuar en consecuencia eficientemente. Las tareas de inteligencia preventiva colaborarán de manera sustantiva.

2. Las evidencias deben ser colectadas a partir del intercambio fluido de información con la autoridad de aplicación y otras mencionadas y discutidas durante el taller. Por otro lado se deberá anotar la documentación complementaria y toda otra que se involucre en la relación comercial exterior y local

3. En cuanto al procedimiento para la confiscación de una SAO, deberá darse intervención inmediata al área contenciosa administrativa de la aduana del punto y simultáneamente a la autoridad de aplicación comunicando a ésta última para que disponga del resguardo en lugares aptos para su almacenamiento de modo de evitar accidentes con personas y al medio ambiente.

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4. Los supuestos sobornos que puedan existir (tal cual lo plantea el manual y así fue tratado), pueden ser desalentados a través de la divulgación y toma de conciencia de la problemática y de las consecuencias del daño.

5. En cuanto al carácter de la multa el auditorio realizó el siguiente comentario: las multas y sanciones debieran ser muchos más estrictas y severas de modo de desalentar hasta el error.

6. El grupo consideró que los recursos materiales no son suficientes.

7. En la cooperación e intercambio de información regional debiera generarse mecanismos más fáciles y accesibles a los niveles operativos, tendientes a combatir el tráfico ilícito.

8. En cuanto al manejo de la información debieran realizarse con encuentros programados entre las áreas de investigación de la Aduana y las locales, regionales e internacionales con el propósito de realizar el análisis y entrenar con las actualizaciones al personal entrenado.

9. Por supuesto que el país debiera integrar grupo de trabajo para intercambio de información dado que el esfuerzo mancomunado entre Estados supera al Individual.

PLANIFICACIÓN DE LA FASE II Alrededor de unos 100-150 oficiales de aduanas y de otras autoridades/agencias ejecutoras del país serán formados por los oficiales que han participado en la Fase I. La Fase II del programa de formación tomará en consideración las recomendaciones del taller de capacitación de formadores y estará basada en la información detallada en el manual del PNUMA de “Formación de oficiales de Aduanas”. El esquema de implementación de la Fase II es el siguiente: Duración: Máximo 2 días Agenda Adaptada y resumida Coordinación Capacitación Aduana Talleres Dependiendo del número de personas a ser entrenadas, alrededor de 20

personas por taller Capacitadores: Participantes de la Fase I y experto internacional

Participantes: 100-150 oficiales de aduanas y de otras entidades

Materiales: 4. Recursos Fase I

5. Manual Nacional 6. Material Didáctico visual, equipo identificador y cilindros.

Ejecución Hasta Septiembre 2006 Composición Talleres

20 participantes / 2 Instructores.

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Otro elemento fundamental que se desarrollará para la Fase II será un Manual Nacional sobre la legislación nacional concerniente a las SAOs y el sistema de licencias para la importación – exportación de las mismas. El Manual será desarrollado por Capacitación Aduanera y el experto internacional. El Manual Nacional complementará el Manual del PNUMA “Capacitación para Oficiales de Aduanas sobre sustancias que agotan la capa de ozono”, al proveer información específica sobre el país.

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ANEXO 9.5 Evaluación por parte de los participantes Cuestionario de evaluación El siguiente cuestionario fue rellenado por los participantes del taller. Los resultados están reflejados en el gráfico de la página siguiente. La nota “1” simboliza una ejecución insuficiente y la nota “5” excelente.

1. ¿Cuál es su evaluación general del curso?

2. ¿Le ofreció el curso la información que esperaba?

3. ¿Fue posible y útil la comunicación entre los participantes?

4. ¿Fue adecuada la composición de la audiencia?

5. ¿En cuanto al contenido de la presentación, lo encontró adecuado para explicar los temas siguientes?:

a) ¿Consecuencias del agotamiento de la capa de ozono sobre el medio ambiente y la salud de los seres humanos?

b) ¿Respuesta internacional al agotamiento de la capa de ozono (Protocolo de Montreal)?

c) ¿Obligaciones nacionales y estrategia de eliminación (PGR)?

d) ¿Marco legislativo para el sistema nacional de licencias de importación / exportación?

e) ¿Prevención del tráfico ilícito de SAO?

f) ¿Contribución de los oficiales de aduana para hacer cumplir el sistema de licencias de importación / exportación?

g) ¿Contribución de otros interesados directos en la ejecución del sistema de licencias de importación / exportación?

h) ¿Cómo identificar las SAO y los equipos que contienen SAO, y la utilización de equipos para identificar SAO?

i) ¿Temas referentes al almacenamiento y manejo seguros de SAO?

j) ¿Requisitos y procedimientos para la presentación de datos?

k) ¿Cumplimiento, multas y prevención del tráfico ilícito? 6. ¿Qué material adicional piensa usted que habría que incluir para que el "Manual de

capacitación de oficiales de aduana" del PNUMA logre mejor sus objetivos? 7. ¿Qué material adicional piensa usted que habría que incluir para que el “Manual

Nacional o de País” (Country Handbook) logre mejor sus objetivos? 8. Le rogamos brindar comentarios adicionales sobre la calidad del curso, y sobre lo que

opina se podría hacer para mejorar otros cursos similares:

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Análisis gráfico de las respuestas al cuestionario de evaluación (sobre 19 cuestionarios devueltos)

02468

101214

1 2 3 4 5a 5b 5c 5d 5e 5f 5g 5h 5i 5j 5kPreguntas

Part

icip

ante

s

"1" Insuficiente"2""3""4""5" Excelente

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Taller de formación de formadores para oficiales de aduanas sobre el monitoreo y control de importaciones – exportaciones de SAO. Buenos Aires, Argentina, 30 de noviembre -2 de diciembre, 2004.

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ANEXO 9.6 Información Adicional [1] Allied Signal, Quimobasicos and the Frio Banditos: A Case Study of the Black

Market in CFCs, Ozone Action Inc., 1996 [2] ARI Guideline N [3] ARI Guideline K [4] ARI Standard 700-95 [5] ASHRAE Standard 34-1997 on “Number Designation and Safety Classification of

Refrigerants”. [6] Contraband Cool (news video), Canadian Broadcase Corporation, 1997 [7] Customs Guide: Controls concerning ozone depleting substances / illegal trade in

ozone depleting substances (draft), European Union [8] Deadly compliance: US CFC Production, the Black Market, and Ozone Depletion,

Ozone Action Inc., 1995 [9] Elements for Establishing Policies, Strategies and Institutional Framework for Ozone

Layer Protection, UNEP, 1995 [10] Guidebook for Implementation of Codes of Good Practices – Refrigeration Sector,

UNEP, 1998 [11] Guidelines for Recovery & Recycling Systems – Refrigeration Sector, UNEP, 1999 [12] Handbook for the International Treaties for the Protection of the Ozone Layer, UNEP

Ozone Secretariat, 2000 [13] Handbook on Data Reporting under the Montreal Protocol, UNEP, 1999 [14] Information Paper on Montreal Protocol Control Schedule and its Evolution, UNEP,

2000 [15] Information Paper on Separate Identification of Montreal Protocol Pure Ozone-

Depleting Substances under the Harmonized System [16] Information Paper on Trade Names for Refrigerants, UNEP, 2000 [17] Inventory of Approved Projects, Access Database, Multilateral Fund Secretariat, 2000 [18] Monitoring Imports of Ozone-Depleting Substances: A Guidebook, UNEP/SEI/SIDA,

1996 [19] Operation Frio Tejas: Ozone-Depleting Substances Information and Identification

Reference Guide, US Customs Service [20] Ozone Depleting Substances Regulations: A Refresher Course for Canada’s Customs

Inspectors, Environment Canada [21] Policies, Procedures, Guidelines and Criteria, UNEP Ozone Secretariat, 2000 [22] Protecting the Ozone Layer and the Illegal Importation of CFCs (video), US

Environmental Protection Agency, 1997 [23] Refrigerant Reference Guide, National Refrigerants Inc. (USA), 2000 [24] Regulations to Control Ozone-Depleting Substances - A Guidebook, UNEP, 1996 [25] Report of the Refrigeration, Air-Conditioning and Heat Pumps Technical Options

Committee, UNEP, 1998 [26] Resource Module on ODS Import/Export Licensing Systems – Policy Design and

Setting Up of Legislation, UNEP/SEI, 1998] [27] Saving the Ozone: Every Action Counts (video & booklet), UNEP, 1996

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[28] Training Manual on Good Practices in Refrigeration, UNEP, 1994 [29] Training Manual on Chillers and Refrigerant Management, UNEP, 1994 ANEXO 9.7 Programa AcciónOzono Nations around the world are taking concrete actions to reduce and eliminate emissions of CFCs, halons, carbon tetrachloride, methyl chloroform, methyl bromide and HCFCs. When released into the atmosphere these substances damage the stratospheric ozone layer — a shield that protects life on Earth from the dangerous effects of solar ultraviolet radiation. Nearly every country in the world — currently 170 countries -- has committed itself under the Montreal Protocol to phase out the use and production of ODS. Recognising that Art. 5 countries require special technical and financial assistance in order to meet their commitments under the Montreal Protocol, the Parties established the Multilateral Fund and requested UNEP, along with UNDP, UNIDO and the World Bank, to provide the necessary support. In addition, UNEP supports ozone protection activities in Countries with Economies in Transition (CEITs) as an implementing agency of the Global Environment Facility (GEF). Since 1991, the UNEP DTIE OzonAction Programme has strengthened the capacity of governments (particularly National Ozone Units or “NOUs”) and industry in developing countries to make informed decisions about technology choices and to develop the policies required to implement the Montreal Protocol. By delivering the following services to developing countries tailored to their individual needs, the Programme has helped promote cost-effective ODS phase-out activities at the national and regional levels: Information Exchange provides information tools and services to encourage and enable decision makers to make informed decisions on policies and investments required to phase out ODS. Since the 1991, the Programme has developed and disseminated to NOUs over 100 individual publications, videos, and databases that include public awareness materials, a quarterly newsletter, a web site, sector-specific technical publications for identifying and selecting alternative technologies and guidelines to help governments establish policies and regulations. Training builds the capacity of policy makers, customs officials and local industry to implement national ODS phase-out activities. The Programme promotes the involvement of local experts from industry and academia in training workshops and brings together local stakeholders with experts from the global ozone protection community. UNEP conducts training at the regional level and also supports national training activities (including providing training manuals and other materials). Networking provides a regular forum for officers in NOUs to meet to exchange experiences, develop skills, and share knowledge and ideas with counterparts from both developing and developed countries. Networking helps ensure that NOUs have the information, skills and contacts required for managing national ODS phase-out activities successfully. UNEP currently operates 4 regional and 3 sub-regional Networks involving more than 109 developing and 8 developed countries, which have resulted in member countries taking early steps to implement the Montreal Protocol. Refrigerant Management Plans (RMPs) provide countries with an integrated, cost-effective strategy for ODS phase-out in the refrigeration and air conditioning sectors.

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RMPs have evolved to meet the specific need to assist developing countries (especially those that consume low volumes of ODS) to overcome the numerous obstacles to phase out ODS in the critical refrigeration sector. UNEP DTIE is currently providing specific expertise, information and guidance to support the development of RMPs in 40 countries. Country Programmes and Institutional Strengthening support the development and implementation of national ODS phase-out strategies especially for low-volume ODS-consuming countries. The Programme is currently assisting more than 90 countries to develop their Country Programmes and more than 75 countries to implement their Institutional Strengthening projects. For more information about these services please contact:

Mr. Rajendra Shende, Chief, Energy & OzonAction Unit UNEP Division of Technology, Industry and Economics OzonAction Programme 39-43, quai André Citroën 75739 Paris Cedex 15 France

Tel: (33) 1 44 37 14 50 Fax: (33) 1 44 37 14 74 Email: [email protected] Web: WWW: http://www.uneptie.org/ozonaction.html