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Sevilla, noviembre de 2016 Instrumentos de Pesaje José Manuel Serrano Vargas Jefe Laboratorio Magnitudes Mecánicas VEIASA

Instrumentos de Pesaje - Junta de Andalucía · 2016-11-15 · Obligaciones de los Reparadores El reparador, una vez haya reparado el instrumento, comprobará el correcto funcionamiento

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Sevilla, noviembre de 2016

Instrumentos de Pesaje

José Manuel Serrano VargasJefe Laboratorio Magnitudes Mecánicas

VEIASA

Legislación en Metrología

Ley 32/2014, de 22 de diciembre, de Metrología

Real Decreto 597/1988, de 10 Junio, por el que se regula el Control Metrológico CEE

Real Decreto 2032/2009, de 30 de diciembre, por el que se establecen las unidades legales de medida

Real Decreto 244/2016, de 3 de junio, por el que se desarrolla la Ley 32/2014, de 22 de diciembre, de Metrología

Ordenes ITC específicas de cada instrumento

Control Metrológico

» Por control metrológico del Estado se entiende “el conjunto de actividades que contribuyen a garantizar la certeza y corrección del resultado de las mediciones, regulando las características que deben tener los instrumentos, medios, materiales de referencia, sistemas de medida y programas informáticos relacionados con la medición, los procedimientos adecuados para su utilización, mantenimiento, evaluación y verificación, así como la tipología y obligaciones de los agentes intervinientes”.

» De conformidad con lo establecido en la Ley 32/2014, de 22 de diciembre, de Metrología, los instrumentos que sirvan para medir o contar y que sean utilizados en aplicaciones de medida por razones de recaudación de impuestos y tasas, cánones, sanciones administrativas,..., estarán sometidos al control metrológico del Estado.

Las básculas empleadas por las lonjas para el pesaje de los productos pesqueros están sujetas al control metrológico del Estado.

¿Qué es un instrumento de pesaje de funcionamiento no automático?

• Según la norma EN 45501 un instrumento de funcionamiento

automático es aquel en el que existe intervención humana en el transcurso de la pesada, especialmente para colocar las cargas sobre el receptor de carga del instrumento y/o retirarlas, así como para determinar el resultado.

Tipología

Instrumentos de pesaje de funcionamiento automáticos

• Tipo de instrumentos de pesaje automático:

• Seleccionadoras ponderales

• Instrumentos gravimétricos de llenado

• Totalizadores continuos

• Totalizador discontinuos

• Básculas puente de ferrocarril

LEGISLACIÓN APLICABLE EN NO AUTOMÁTICOS

Real Decreto 244/2016, de 3 de junio

Sistemas electrónicos o sistemas que contengan programas

informáticos: B+D o B+F O F1 o G

Orden de 28 de diciembre de 1988

Derogada

85129

0114

E 91

XXX

Símbolo de Aprobación de Modelo nacional Símbolo de Aprobación de Modelo CEE

M

1697

E 04

48 97

Símbolo de Verificación Primitiva de los instrumentos con Aprobación de Modelo nacional

Símbolo de Verificación Primitiva de los instrumentos con Aprobación de Modelo CEE

28 de febrero 1989 30 de octubre 2006 27 de abril 1999

Orden del 22 de diciembre de 1994

Derogada

1 de enero 1995

Orden 27 de abril de 1999

Orden de 4 de julio de 1995 Derogada

Orden de 25 de febrero de 2000

LEGISLACIÓN APLICABLE EN AUTOMÁTICOS

Orden ITC/1922/2010, de 12 julio

Real Decreto 244/2016, de 3 de junio

Sistemas electrónicos o sistemas que contengan programas informáticos:

B+D o B+F o G o H1.

30 de octubre 2006 6 de julio 2010

¿Cómo puedo comprobar que el instrumento cumple con la legislación?

1. Mirando la placa de características

2. Comprobando que tiene este marcado

¿Cómo puedo comprobar que el instrumento cumple con la legislación?

1. Mirando la placa de características

2. Comprobando que tiene este marcado

¿Qué puedo hacer si no cumple el instrumento?

1. Contactar con un fabricante o comercializador con instrumento que cumpla.

Consultar listado de equipos que cumplen.

2. Elegir una opción

3. Si tiene el marcado, mirar el año de la instalación

4. Comprobar que no ha pasado más de dos años desde la instalación

¿Cómo puedo comprobar que el instrumento cumple con la legislación?

Dos últimos

dígitos del año de

instalación

1. Mirar si el instrumento dispone de la etiqueta de verificación periódica

2. Comprobar que no ha pasado más de dos años desde la última verificación

¿Qué debo hacer si han pasado más de dos años desde la instalación?

E F M A M J J A S O N D

2015 1016 2017 2018 2019

Verificación realizada de acuerdo con la legislación de Control Metrológico vigente

Nº de identificación: 04-00

Resultado de la verificación CONFORME Y

VALIDO HASTA E F M A M J J A S O N D

2015 1016 2017 2018 2019

Fecha de realización de la última verificación

Fecha de la próxima

verificación

¿Qué debo hacer si ha pasado más de dos años desde la instalación y no tiene

verificación?

¿Qué debo hacer si ha pasado más de dos años desde la última verificación?

SOLICITAR LA VERIFICACIÓN DEL INSTRUMENTO

Enviar la solicitud de verificación a:

[email protected] o por fax al número 955 04 40 29

http://www.veiasa.es/eform/submit/solicitud-de-verificacion

¿Cómo proceder ante una reparación del instrumento?

1. Solicitar la reparación a un reparador autorizado (inscrito en el registro de control metrológico)

Se puede consultar en www.cem.es

2. Solicitar la verificación una vez reparado el instrumento

[email protected] o por fax al número 955 04 40 29

http://www.veiasa.es/eform/submit/solicitud-de-verificacion

Obligaciones de los Reparadores

El reparador, una vez haya reparado el instrumento, comprobará el correcto funcionamiento de éste y que su mediciones se hallan dentro de los errores máximos permitidos, colando posteriormente los precintos que haya tenido que levantar para llevar a cado la reparación

El reparador anotará en el parte de reparación la naturaleza de la reparación, los elementos sustituidos, en su caso, los ajustes y controles efectuados, la fecha en que la reparación ha sido realizada y el número con el que el reparador que haya efectuado la reparación se encuentre inscrito en el Registro de Control Metrológico

LIBRO-REGISTRO

DE

VERIFICACIONES Y REPARACIONES

“Orden de 27 de abril de 1999, por la que se regula el control metrológico del Estado sobre los instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático, en

sus fases de verificación después de reparación o modificación y de verificación periódica” (B.O.E. 08.05.99)

LIBRO-REGISTRO Nº: INSTRUMENTO:

Marca: .......................................................................................................... Modelo: ........................................................................................................ Número de serie: ..................................................

Boletín de identificación

TITULAR Nombre del poseedor ……………………………………………………………. Dirección ………………………………………………………………………… Localidad …………………………………………………………………………

INSTRUMENTO Tipo de instrumento …………………………………………………………..….. Fabricante ………………………………………………………………….…….. Marca ……………………. Modelo …………………… Nº de serie ………… Lugar de ubicación ………………………………………………………………. Fecha de instalación …………..... Utilización (art. 1.2)……..................……....... Nº de aprobación de modelo ……....………Organismo emisor: ........................... Control de puesta en servicio: .......................................... Fecha: ..........................

CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS Max, Max1, Max2: ... …......................... Min: ….....…....…… T: .................... Clase de exactitud: ........…............. e, e1, e2: ............................. d: ......................

MÓDULOS (rellenar si procede) Dispositivo indicador: Fabricante ………………..… Marca ………………… Modelo ……………… Tipo: mecánico óptico electrónico romana Nº de serie ..................... péndulo otros Célula de carga: Fabricante ……………..…... Marca …..………….. Modelo ………………… Capacidad nominal (Ln) …… Clase de exactitud …… Nº c.de carga: ………… Dispositivos transmisores y receptores de carga: Dispositivo receptor de carga: ( dimensiones, material de construcción, tipo, instalación , etc) ………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… Dispositivo de transmisión de carga: (nº puntos de apoyos, distribución , tipo, etc) ………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… Dispositivos periféricos: Impresora Etiquetadora PC TPV Otros Interfaces disponibles : ………………………………………………………….

El presente libro-registro consta de 16 hojas incluida esta portada. El Jefe ............................................................................................................................... del .....................................................................................................................................

Pag 1 Pag 2 Este libro-registro no tiene validez si no ha sido diligenciado por la Administración Pública competente

INSTRUMENTOS DE PESAJE DE FUNCIONAMIENTO NO AUTOMÁTICO

Para cualquier consulta

Telf.: 955 04 40 53

Fax: 955 04 40 29

[email protected]

www.veiasa.es

GRACIAS

POR LA ATENCIÓN