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“Año de la Inversión para el Desarrollo Rural y la Seguridad Alimentaria” “INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA Nº 1264 “JUAN ANDRÉS VIVANCO AMORIN” UGEL Nº 06 – ATE VITARTE RED EDUCATIVA INSTITUCIONAL Nº 08 “Promoviendo la Excelencia en la Administración Educativa” RESPONSABLES: Lic. FRANCISCO NINAQUISPE GIL (DIRECTOR) 1

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“Año de la Inversión para el Desarrollo Rural y la Seguridad Alimentaria”

“INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA Nº 1264 “JUAN ANDRÉS VIVANCO AMORIN”

UGEL Nº 06 – ATE VITARTERED EDUCATIVA INSTITUCIONAL Nº 08

“Promoviendo la Excelencia en la Administración Educativa”

RESPONSABLES:Lic. FRANCISCO NINAQUISPE GIL (DIRECTOR)Lic. AVELINO VELÁSQUEZ, MARCELO (Docente – Secundaria)Lic. MOISES SAN MIGUEL DE LA CRUZ (Docente – Primaria)

2013 “Año de la Inversión para el Desarrollo Rural y la Seguridad Alimentaria”

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Los Portales de Javier Prado, 06 de febrero del 2012

OFICIO N° 056-2013 - D/ I.E. N° 1264 “JUAN ANDRES VIVANCO AMORIN” Lic. AMERICO MALUELSHIÑO VALENCIADIRECTOR DE LA UGEL 06Presente:

ASUNTO: ELEVO REGLAMENTO INTERNO 2013.....................................................................................

Es grato dirigirme a usted a fin de expresarle un cordial saludo a nombre de la comunidad

educativa de la I.E. N° 1264 “JUAN ANDRES VIVANCO AMORIN”, ubicado en ubicado en la calle Italia N° 130

Urbanización los Portales de Javier Prado II Etapa.

Señor Director de la UGEL 06, por intermedio del presente elevo a usted el Reglamento Interno

correspondiente al año lectivo 2013. El Reglamento interno del I.E. N° 1264 “JUAN ANDRES VIVANCO AMORIN”, es un instrumento jurídico administrativo que fija las normas y procedimiento que regulan las

funciones de la organización y los procesos de gestión en el marco del PEI y los otros instrumentos de gestión

estratégica

El Reglamento Interno de la Institución Educativa es el instrumento de gestión administrativa que

regula el funcionamiento de la institución, establece pautas, criterios y procedimientos de desempeño y de

interacción entre los diferentes miembros de la comunidad educativa.

Para elaborar el presente REGLAMENTO INTERNO se han implementado jornadas y plenarias que

han permitido el trabajo en equipo, la exposición de la propuesta del R.I., su correspondiente análisis, el recojo

de sugerencias y su respectiva aprobación.

Sin otro particular aprovecho la oportunidad para expresarle las muestras de mi especial

consideración y estima personal.

Atentamente

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“Año de la Inversión para el Desarrollo Rural y la Seguridad Alimentaria”

RESOLUCION DIRECTORAL N° 018 –2013 D/ I.E. N° 1264. “JUAN ANDRES VIVANCO AMORIN”Los Portales de Javier Prado, 21 de febrero del 2013

Visto, el Proyecto del Plan de Reglamento Interno la I.E. N° 1264 “JUAN ANDRES VIVANCO AMORIN” ubicado en la Calle Italia N°

130, Urb. Los Portales de Javier Prado II Etapa, Distrito de Ate correspondiente al año lectivo 2013.

CONSIDERANDO:

De conformidad con la Constitución Política del Perú., De conformidad con la Nueva Ley General de Educación Nº 28044, D.S N° 011-2012-ED, Reglamento de la Ley General de Educación Nº 28044, Ley del SINEACE Nº 28740, Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, R.M. Nº 352-89-ED, Normas y procedimientos sobre Auxiliares de Educación en los centros educativos de Inicial, Primaria y Secundaria, R.M. Nº 353-89-ED, Manual de Funciones para el personal administrativo en las II.EE., R.M. Nº 571-94-ED, Reglamento de Control de Asistencia y Permanencia del Personal, R.M. Nº 516-2007-ED “Lineamientos para el proceso de matrícula escolar en II.EE. públicas de EBR”, D.S. Nº 050 “Reglamento del Sistema de Supervisión” R.M. Nº 401-2008-ED (Banco de Libros), R.D. Nº 431-2010-ED (TOE), Ley Nº28332 ( FONDEP), Ley 29694 “Ley que protege los consumidores de las prácticas abusivas en la selección y adquisición de textos escolares”, modificados por la Ley 29839,Ley Nº 27444 “Ley del Procedimiento Administrativo General”, Directiva Nº 004-2005-VMGP “Evaluación de los Aprendizajes de los estudiantes de EBR”, aprobada , por R.M. Nº 0234-2005-ED,complementada y modificada por R.M. Nº 0387-2005-ED, Ley 29719, Ley que promueve la convivencia sin violencia en las II.EE., D.S. Nº 008-2006-ED “Lineamientos para el seguimiento y control de la Labor Educativa de Trabajo Docente en las II.EE.”, D.S. N º 010-2012-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29719, Ley que promueve la Convivencia sin Violencia en las II.EE., Ley Nº 27806 “Ley de Transparencia que garantiza el derecho fundamental de acceso de información”, Ley 29392 “Ley General de la Persona con Discapacidad”, Ley Nº 29060 Ley de Silencio Administrativo, Ley Nº 27815 “Ley del Código de Ética de la Función Pública”, R.M. Nº 352-89-ED “Normas y procedimientos sobre Auxiliares de Educación en los centros educativos de Inicial, Primaria y Secundaria”, RVM N“ 038-2009-ED ”Lineamientos y Estrategias Generales para la Supervisión Pedagógica” ,Manual de Directores de la Institución Educativa, Ley Nº 28119, Ley que prohíbe el acceso de Menores de edad a páginas web de contenido pornográfico, R.M. Nº 519-2012-ED Aprobar Directiva Nº 019-2012-MINEDU/VMGI-OET, denominada “Lineamientos para la prevención y protección de las y los estudiantes contra la violencia ejercida por el personal de las Instituciones Educativas”, R.M. Nº 431-2012-ED, Aprueba la Directiva Nº 014 -2012-MINEDU-VMGP “Normas y Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2013 en las Instituciones Educativas de EBR ”, D.S. Nº 017-2012 “Aprobación de la Política Nacional de Educación Ambiental”, R.M. Nº 65-2013-ED, Directiva Nº 004-2013-MINEDU/SG-OGA-UPER, “Elaboración y Aprobación del Cuadro de Distribución de Clases en EBR” y la Directiva Nº 012-2013-UGEL Nº 06/AGP “Orientaciones para el Desarrollo de la Movilización Nacional para la Transformación en las II.EE. y Programas Educativos de la UGEL 06”.

SE RESUELVE:

ARTICULO Nº 01: Aprobar, el Reglamento Interno 2013

ARTICULO Nº 02: Elévese a la superioridad el presente Decreto Directoral para los fines que amerite.

Regístrese, Elévese, Comuníquese y Archívese.

“AÑO DE LA INVERSIÓN PARA EL DESARROLLO RURAL Y LA SEGURIDAD ALIMENTARIA”

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“RUMBO A LA EXCELENCIA ACADÉMICA, AUTOACREDITACION Y EVALUACION”

REGLAMENTO INTERNO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA Nº 1264“JUAN ANDRÉS VIVANCO AMORIN ” 2013

TITULO I

DE LA NATURALEZA

CAPITULO IDISPOSICIONES GENERALES DEL REGLAMENTO INTERNO:

CONCEPTO, FINES, BASES LEGALES Y ALCANCES, CREACIÓN DE LA I. E., E IDENTIDAD

CAPITULO IIOBLIGATORIEDADY MODIFICATORIA DEL REGLAMENTO INTERNO

TITULO II

DE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA I. E

CAPITULO III OBJETIVOS, FUNCIONES, ESTRUCTURA ORGÁNICA Y FUNCIONAL

DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA

TITULO III

DE LAS FUNCIONES DEL PERSONAL DOCENTE Y ADMINISTRATIVO DE LA INSTITUCION EDUCATIVA

CAPITULO IVDE LAS FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS ÓRGANOS

Y MIEMBROS QUE LA INTEGRAN

TITULO IV

DE LA GESTIÓN PEDAGÓGICA

CAPÍTULO VREGIMEN DE ESTUDIO

CAPÍTULO VIORGANIZACIÓN Y DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES ACADEMICAS

CAPÍTULO VIICURRICULO

CAPÍTULO VIII

PLANEAMIENTO EDUCATIVO SOBRE EL PAT (PLAN ANUAL DE TRABAJO)

CAPITULO IXDE LA ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO ADMINISTRATIVO Y REGIMEN ECONOMICO

CAPITULO XDEL FUNCIONAMIENTO DE LA INSTITUCION EDUCATIVA

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CAPITULO XIDE LA MATRICULA, EVALUACIÓN Y CERTIFICACION

CAPITULO XII PROGRAMA DE RECUPERACION PEDAGOGICA Y VACACIONES UTILES

TITULO V

DERECHOS, DEBERES, PRESENTACIÓN PERSONAL, ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD, ESTÍMULOS, FALTAS Y SANCIONES DEL PERSONAL DE LA I.E.

CAPITULO XIIIDE LOS DERECHOS, DEBERES, PRESENTACIÓN PERSONAL, ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD, PROHIBICIONES, ESTÍMULOS, FALTAS Y SANCIONES DEL PERSONAL DOCENTE DE LA I.E.

CAPITULO XIVDE LOS DERECHOS, DEBERES, ESTÍMULOS, FALTAS Y SANCIONES DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO

TITULO VI

DERECHOS, DEBERES, PRESENTACIÓN PERSONAL, ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD, ESTÍMULOS, FALTAS Y SANCIONES DE LOS ALUMNOS DE LA I.E.

CAPITULO XVDE LOS DERECHOS, DEBERES, PRESENTACIÓN PERSONAL, ASISTENCIA

Y PUNTUALIDAD DE LOS ALUMNOS DE LA I.E.

CAPITULO XVIDE LOS ESTÍMULOS, PROHIBICIONES, FALTAS Y SANCIONES

DE LOS ALUMNOS DE AL I.E.

TITULO VII

DE LOS DERECHOS, DEBERES, DE LOS PADRES DE FAMILIA O APODERADOS DE LA I.E.

CAPITULO XVII

DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA O APODERADOS

TITULO VIII

DE LAS PROMOCIONES ESCOLARES, ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS, DEL USO E INVENTARIO DE LOS RECURSOS

CAPITULO XVIIIDE LAS PROMOCIONES ESCOLARES

CAPITULO XIXDE LA ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS

CAPITULO XX5

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DEL USO E INVENTARIO DE LOS RECURSOS

TITULO IX

RELACIÓN Y COORDINACIÓN CON LOS PADRES DE FAMILIACOMUNIDAD E INSTITUCIONES Y SERVICIOS QUE BRINDA LA I.E.

CAPITULO XXIDE LA RELACIÓN Y COORDINACIÓN CON LOS PADRES DE FAMILIA, COMUNIDAD E INSTITUCIONES

CAPITULO XXIISERVICIOS DE BIENESTAR SOCIAL Y RECREACIÓN

CAPITULO XXIIIDE LOS TRÁMITES ADMINISTRATIVOS DE DOCUMENTOS

CAPITULO XXIVDE LA EXONERACION DEL AREA DE RELIGION

TITULO X

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

TITULO I DE LA NATURALEZA

CAPITULO I

DISPOSICIONES GENERALES DEL REGLAMENTO INTERNO: CONCEPTO, FINES, BASES LEGALES Y ALCANCES DEL REGLAMENTO INTERNO, CREACIÓN DE LA I. E. E IDENTEDIDAD

DISPOSICIONES GENERALES DEL REGLAMENTO INTERNO

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Art. 1º.- El presente Reglamento Interno es un instrumento técnico de gestión institucional que norma

los aspectos pedagógicos de la Institución Educativa Mixto Nº 1264“Juan Andrés Vivanco Amorin”,

señalando los límites de responsabilidades, derechos y deberes de cada uno de los miembros que lo

integran, de conformidad con lo dispuesto en el presente Reglamento que tiene por finalidad atender

necesidades y mejorar la atención en los niveles de Primaria y Secundaria.

Art. 2º.- CONCEPTO.- El Reglamento Interno de la I.E. “Juan Andrés Vivanco Amorin”, es un

documento normativo e importante de gestión y control que establece su organización y funcionamiento

interno, para asegurar el logro de los fines y objetivos que les son propios. En tal razón, define a la

institución, establece los objetivos, señala funciones, responsabilidades y términos de relación de los

diferentes órganos. Así como de los miembros que lo componen en forma específica, precisa sus

atribuciones y derechos, estímulos, faltas y sanciones, en concordancia con los fines establecidos y la

normatividad vigente., como también norma el funcionamiento de la institución en el marco del PEI,

PAT, PCI. Estableciendo pautas, criterios y procedimientos de desempeño y de interacción entre los

diferentes miembros de la comunidad educativa.

Art. 3º.- FINES DEL PRESENTE REGLAMENTOEl fin del presente Reglamento, es establecer Normas y Procedimientos de carácter interno a los que

deben sujetarse todo el personal que labora en la I.E. Nº 1264 “JUAN ANDRES VIVANCO AMORIN”, a

fin de facilitar su funcionamiento con el objetivo de brindar un mejor servicio dentro del marco de la

calidad total.

Son fines del presente reglamento:

A. Lograr la formación integral de los estudiantes posibilitando el desarrollo armónico y eficiente de

sus facultades intelectuales, artísticas y científicas; acorde con las necesidades del país.

B. Inculcar la adquisición de valores, buenos hábitos y actitudes que propicien lo intelectual y la

innovación para el desarrollo de la capacidad productiva y cultural.

C. Propiciar la formación de la conciencia cívica – patriótica para integrarse plenamente a la

comunidad.

D. Crear condiciones organizativas favorables para el desarrollo del proceso de enseñanza –

aprendizaje; planteados en la Propuesta Pedagógica de Centro .y el Proyecto Educativo

Institucional.

E. Dar sentido a los estamentos de la Institución Educativa “Juan Andrés Vivanco Amorin”

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F. Fijar, determinar y garantizar el ejercicio de los derechos y deberes de los estamentos de la

Institución Educativa Nº 1264: El Director, Sub Directora, Profesores, Personal Administrativo y

padres de familia

G. Normar la participación de los miembros del Consejo Académico en los aspectos de Gestión

Pedagógica, Gestión Institucional y Administrativa, de acuerdo a la normatividad legal vigente.

H. Normar la participación de los miembros del Consejo Educativo Institucional CONEI en los

aspectos de Gestión Pedagógica, Gestión Institucional y Administrativa, de acuerdo a las

normas legales vigentes.

I. Cumplir los fines y objetivos de la Educación Peruana, en concordancia con el Proyecto

Educativo Institucional, en los niveles de educación Primaria y Secundaria.

J. Garantizar la eficiencia del Servicio Educativo en términos de calidad total en todos los niveles y

modalidades.

K. Impulsar el Desarrollo de la Educación, comprometiendo la participación protagónica de los

agentes educativos.

L. Promover e impulsar la práctica de valores e identidad bolivariana.

M. Fortalecer la identidad nacional y el respeto hacia las distintas expresiones de la cultura

nacional.

Art. 4º.- DE LAS BASES LEGALES:El presente reglamento tiene su sustento en los siguientes dispositivos legales:

Constitución Política del Perú.

Nueva Ley General de Educación Nº 28044.

D.S N° 011-2012-ED “Reglamento de la Ley General de Educación Nº 28044”.

Ley del SINEACE Nº 28740, Ley Nº 29944 “Ley de Reforma Magisterial”.

R.M. Nº 352-89-ED “Normas y procedimientos sobre Auxiliares de Educación en los centros

educativos de Inicial, Primaria y Secundaria”.

R.M. Nº 353-89-ED “Manual de Funciones para el personal administrativo en las II.EE.”.

R.M. Nº 571-94-ED “Reglamento de Control de Asistencia y Permanencia del Personal”.

R.M. Nº 516-2007-ED “Lineamientos para el proceso de matrícula escolar en II.EE. públicas de

EBR”,.

D.S. Nº 050-85-ed “Reglamento del Sistema de Supervisión”.

Directiva Nº 004-2005-VMGP “Evaluación de los Aprendizajes de los estudiantes de EBR”,

aprobada , por R.M. Nº 0234-2005-ED,complementada y modificada por R.M. Nº 0387-2005-ED

R.M. Nº 401-2008-ED (Banco de Libros).

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R.D. Nº 431-2010-ED (TOE).

Ley Nº28332 ( FONDEP).

Ley 29694 “Ley que protege los consumidores de las prácticas abusivas en la selección y

adquisición de textos escolares”, modificados por la Ley 29839.

Ley Nº 27444 “Ley del Procedimiento Administrativo General”.

Ley 29719”Ley que promueve la convivencia sin violencia en las II.EE.”

Directiva Nº 004-VMGP-2005: “Evaluación de los aprendizajes de los estudiantes en la Educación Básica

Regular”, aprobada por R.M. Nº 0234-2005-ED,complementada y modificada por R.M. Nº 0387-2005-

ED

D.S. Nº 008-2006-ED “Lineamientos para el seguimiento y control de la Labor Educativa de

Trabajo Docente en las II.EE.”.

D.S. N º 010-2012-ED , Aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29719, “Ley que promueve la

Convivencia sin Violencia en las II.EE.”.

Ley Nº 27806 “Ley de Transparencia que garantiza el derecho fundamental de acceso de

información”.

Ley 29392 “Ley General de la Persona con Discapacidad”.

Ley Nº 29060 Ley de Silencio Administrativo.

Ley Nº 27815 “Ley del Código de Ética de la Función Pública”.

R.M. Nº 352-89-ED “Normas y procedimientos sobre Auxiliares de Educación en los centros

educativos de Inicial, Primaria y Secundaria”.

RVM N“038-2009-ED ”Lineamientos y Estrategias Generales para la Supervisión Pedagógica”.

Manual de Directores de la Institución Educativa,

Ley Nº 28119, Ley que prohíbe el acceso de Menores de edad a páginas web de contenido

pornográfico.

R.M. Nº 519-2012-ED, Aprobar Directiva Nº 019-2012-MINEDU/VMGI-OET, denominada

“Lineamientos para la prevención y protección de las y los estudiantes contra la violencia

ejercida por el personal de las Instituciones Educativas”.

Ley Nº 29635 “Ley de libertad Religiosa

Resolución Vice ministerial Nº 0067-2011-ED “Normas y Orientaciones para la organización,

implementación y Funcionamiento de los Municipios Escolares”

R.M. Nº 431-2012-ED, Aprueba la Directiva Nº 014 -2012-MINEDU-VMGP “Normas y

Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2013 en las Instituciones Educativas de EBR

D.S. Nº 017-2012 “Aprobación de la Política Nacional de Educación Ambiental”.

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R.M. Nº 65-2013-ED, Directiva Nº 004-2013-MINEDU/SG-OGA-UPER, “Elaboración y

Aprobación del Cuadro de Distribución de Clases en EBR”.

Directiva Nº 012-2013-UGEL Nº 06/AGP “Orientaciones para el Desarrollo de la Movilización

Nacional para la Transformación en las II.EE. y Programas Educativos de la UGEL 06”.

Art. 5º.- ALCANCESEl presente reglamento es de aplicación para todo los estamentos de la comunidad Vivanquina y está

destinado a la atención de la población del nivel Primario y Secundario, tiene como uno de sus objetivos

buscar el mejoramiento de la calidad de vida a través de la promoción humana con plena identificación

con los sectores más necesitados y buscando la formación integral de los educandos. El compromiso es

de mejorar la gestión y calidad educativa. Ser una Institución Educativa Mixta de nivel y calidad con

disciplina y responsabilidad.

Por otro lado el presente reglamento alcanza a todos los integrantes de la I.E. “Juan Andrés Vivanco

Amorin” del Distrito de Ate Vitarte.

1. El Director

2. Sub Director (e)

3. Integrantes del Consejo Académico Institucional

4. Docentes integrantes del CONEI de la Institución Educativa

5. Docentes del Nivel Primaria y Secundaria

6. Personal Administrativo.

7. Miembros de las comisiones designadas.

8. Alumnos

9. Padres de familia.

Art. 6º.- LA INSTITUCIÒN EDUCATIVAEs una comunidad de aprendizaje y enseñanza que presta el servicio educativo en determinado nivel,

modalidad o forma educativa en el logro de los aprendizajes

Tiene autonomía en el planeamiento, ejecución, supervisión, monitoreo y evaluación del servicio

educativo, así como en la elaboración de sus instrumentos de gestión, en el marco de la normatividad

vigente. Se vincula con su entorno y está abierta a la participación de la comunidad, atiende a sus

necesidades y apoya propuestas de desarrollo.

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Art. 7.- CREACIÓN DE LA I.E..La I.E. Mx.. Nº 1264 “Juan Andrés Vivanco Amorin”, fue creado por R.D. Nº 176 de fecha 28-02-1992 y

ampliado a secundaria mediante R.D. Nº 646 de fecha 01-04-1994, ubicado en la Urbanización Los

Portales de Javier Prado II Etapa, Calle Italia Nº 130 del Distrito de Ate Vitarte, Provincia y

departamento de Lima, perteneciente a la jurisdicción de la UGEL Nº 06 Ate. La I.E.”J.A.V.A” Nº 1264,

es una Institución Educativa Nacional que atiende en forma escolarizada a los niveles de Primaria y

Secundaria, brindando una formación Integral, Humanista, con práctica y promoción de valores.

Art. 8º.- IDENTIDAD DE LA I.E. : VISIÒN, MISIÒN Y VALORES

8.1. VISIÒN INSTITUCIONALAl 2013 la I.E. Nº 1264 “JUAN ANDRES VIVANCO AMORIN” habrá implementado un modelo de

servicio educativo de calidad total formando educandos líderes, emprendedores, creativos, críticos,

investigadores, capaces de resolver problemas, tomar decisiones, con un alto nivel de autoestima,

resiliencia, autonomía, dominio de la informática, computación y del idioma ingles y regulado por

procesos de Auto evaluación institucional, Aseguramiento de la calidad de la Gestión Escolar,

Evaluación de Desempeño y Planes de Mejoramiento con fines de Acreditación institucional.

8.2. MISIÒN INSTITUCIONALSomos una institución educativa pública especializada en brindar un servicio educativo de calidad total,

formamos educandos líderes, emprendedores, creativos, críticos, investigadores, capaces de resolver

problemas, tomar decisiones, con un alto nivel de autoestima, resiliencia, autonomía, dominio de la

informática, computación y del idioma ingles y regulados por procesos de Auto evaluación

institucional, Aseguramiento de la calidad de la Gestión Escolar, Evaluación de Desempeño y Planes de

Mejoramiento con fines de Acreditación institucional.

8.3. PRINCIPIOS FUNDAMENTALES8.3.1. RESPETO POR LA VIDA.- Entendido como la valoración, aprecio y reconocimiento de la

importancia de preservar, conservar y proteger la vida como elemento sustancial de nuestro planeta y

de la sociedad en particular. La vida es el eje de nuestra convivencia, gracias a ella podemos existir y

gracias a ella también disfrutamos en la tierra. Su cuidado comprende desde los aspectos vinculados a

salud, alimentación, hasta aquellos referidos al ambiente y a los estilos de vida saludables. Su

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reproducción implica una conciencia basada en el respeto y en la responsabilidad sobre uno mismo y

sobre los demás.

8.3.2. EL RESPETO.- Este debe ser considerado desde los ángulos individual y colectivo. Lo que

significa que pasa por desarrollar el respeto por sí mismo, la estima personal, la identidad y la seguridad

en sí mismo y el fortalecimiento de la dignidad personal. La persona debe ser capaz de respetarse,

valorarse, apreciarse y reconocerse como sujeto de derechos y deberes. Pero también tiene una

dimensión colectiva; el respeto hacia los demás y por los demás; no solo por aquellos que forman parte

de nuestra comunidad de ideas, de etnia o lenguas; sino respeto por aquellas colectividades que son

diferentes y que no comparten nuestras mismas creencias, nuestra misma etnia, lengua o pensamiento

político; mientras estas ideas no afecten los derechos humanos.

8.3.3. LA DEMOCRACIA.- La Democracia como pilar fundamental, sustentada no solo como

aspiración, sino como modo de vivir en comunidad y en sociedad. Vivir en democracia es reconocer que

las decisiones se construyen y no se imponen; que la construcción social por excelencia, en mérito a

este valor, es la construcción de acuerdos por consenso y, en su agotamiento, la decisión por votación;

sin perder de vista que aquellos que conforman la minoría tienen los mismos derechos que la mayoría.

Otro elemento importante sobre la democracia es que se sustenta en la búsqueda del bien común y no

en el bien de algunas personas.

8.4. VALORES INSTITUCIONALES8.4.1. Justicia: disposición de dar a cada quién lo que le corresponde. Implica el concepto de igualdad

y el de equidad (según corresponda, dar a todos por igual, dar más al que se lo merece o dar más al

que necesita más).

8.4.2. Libertad y autonomía: capacidad que permite discernir, decidir y optar por algo sin presiones ni

coacciones, para desarrollarse como ser humano en todo su potencial, sin afectar la propia dignidad ni

la de los demás.

8.4.3. Respeto y tolerancia: reconocimiento de la dignidad de todo ser humano y de su derecho a ser

diferente. Esto permite que la persona interactúe con los demás en un clima de equidad e inclusión, con

interés por conocer al otro y lograr un enriquecimiento mutuo.

8.4.4. Solidaridad: decisión libre y responsable de dar de uno mismo a otras personas, para su bien;

sin esperar recompensa. Implica la noción de comunidad, y el saberse y sentirse miembro de ella.

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CAPITULO IIOBLIGATORIEDAD Y MODIFICACIÓN DEL

REGLAMENTO INTERNO Art. 9°:- El Director de la I.E., en coordinación con el CONEI con conocimiento de la comunidad

educativa, en cumplimiento del marco legal vigente aprobará, modificar, agregará y mejorará el

reglamento interno.

Art. 10°.- El Reglamento Interno será objeto de revisión permanente para mejorar y adecuar a la

realidad organizativa de la Institución Educativa.

Art. 11.- El Reglamento Interno, será evaluado al final del mes de noviembre 2013, tomando en cuenta

su difusión, cumplimiento por todos los estamentos y será considerado como un indicador en la

evaluación de desempeño docente o laboral.

TITULO IIDE LOS OBJETIVOS, FUNCIONES Y ORGANIZACIÓN DE LA I.E.

CAPITULO IIOBJETIVOS, FUNCIONES Y ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA INSTITUCIÓN

EDUCATIVA

Art. 12º.- OBJETIVOS Todas las acciones de la I.E. Se orientará al logro de los siguientes objetivos:

12.1. OBJETIVOS ESTRATEGICOS (2012– 2016)OBJETIVOS ESTRATÉGICOS PEDAGÓGICOS: RELACIONADO A LOS ESTUDIANTES1. El 100% de estudiantes se identifican con su realidad local, regional y nacional y valoran los

aportes de otras culturas.

2. El 100% de estudiantes practican normas de convivencia escolar y familiar.

3. Mejorar en un 100% el rendimiento académico de los alumnos en las 10 áreas curriculares,

mejorando los medios y recursos de la I.E.

4. El 100% de estudiantes practican hábitos de higiene personal, hábitos para el cuidado de su

local escolar, entorno y estilos de vida saludable..

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5. Adecuar y aplicar estrategias de autoaprendizaje para elevar el rendimiento académico de los

estudiantes del nivel primaria en el área curricular de Comunicación y Matemática y elevar el

promedio a nivel institucional del nivel de educación secundaria, siendo nuestras metas por

año:

METAS EN LA EVALUACIÓN CENSAL (ECE) DE ESTUDIANTES DE 2° DEL NIVEL PRIMARIA

NIVEL DE LOGRO

COMUNICACION MATEMÁTICA2012 2013 2014 2015 2016 2012 2013 2014 2015 2016

2 60% 65% 70% 75% 80% 60% 65% 70% 75% 80%1 40% 35% 30% 25% 20% 40% 35% 30% 25% 20%

PROMEDIO A NIVEL INSTITUCIONAL

2012 2013 2014 2015 2016

14 15 15.5 16 16.5

6. El 100% de estudiantes desarrollan capacidades emprendedoras para su autoempleo y

acceder al mercado laboral de su localidad (Talleres curriculares pertinentes)

7. Incentivar en un 100% la práctica de valores, toda la comunidad educativa especialmente los

padres de familia, mejorando sus normas de conductas y tradiciones.

8. Un 100% de estudiantes han desarrollado competencias y capacidades para seguir

aprendiendo a lo largo de toda su vida.

RELACIONADO A LOS DOCENTES1. Capacitar al 100% de docentes para el manejo eficiente y eficaz del DCN y desarrollar una

cultura de la actualización permanente.

2. Capacitar al100% de docentes para que diversifiquen el DCN, elaboren sus matrices de

diversificación curricular, unidades didácticas y PCI.

3. Capacitar a l 100% de los docentes para que trabajen en equipo en su área curricular y

unifiquen criterios para la planificación, ejecución y evaluación curricular.

4. Capacitar al 100% de docentes para que elaboren, ejecuten y evalúen proyectos de

innovación.

5. Capacitar al 100% de docentes para que evalúen eficiente y eficazmente a sus estudiante en

función al desarrollo de capacidades y competencias

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6. Capacitar al 100% de docentes para que apliquen estrategias metodológicas para generar

aprendizajes significativos en los estudiantes.

7. Capacitar al 100% de docentes para que elaboren y utilicen recursos didácticos en sus

sesiones de aprendizaje.

8. Capacitar y monitorear al 100% de docentes para que realicen trabajo efectivo pedagógico en

la hora de Tutoría.

9. Capacitar al 100% de docentes para que utilice los Tics en los procesos pedagógicos.

10. Capacitar al 100% de docentes para que elaboren módulos de aprendizaje por grado y área.

11. Capacitar al 100% para que participen en la Evaluación de Desempeño Docente.

12. Capacitar al 100% de docentes en planificación estratégica.

13. Capacitar al 100% de docentes para que participen en el proceso de autoevaluación

institucional con miran de acreditación.

OBJETIVOS ESTRATÉGICOS INSTITUCIONALES1. Lograr la participación del 100% de la comunidad educativa y escolar en el proceso de

Autoevaluaciòn con fines de acreditación

2. Lograr el 100% de los instrumentos de gestión, PEI, PCI, PAT, y el RI se elaboren con la

participación plena de la comunidad educativa e instituciones de la localidad.

3. La dirección ejercerá el 100% de su liderazgo democrático y participativo con cada uno de los

miembros de la comunidad educativa.

4. La dirección orientará en un 100% oficios de felicitación a los docentes y administrativos y con

diplomas a las alumnas y cuando destaquen en actividades extraordinarias.

5. Implementar y aplicar al 100% los instrumentos de monitoreo y supervisión para el control de

personal.

6. Ampliar los convenios estratégicos, el 100% mediante la página WEBB entre la I.E., la

Municipalidad, posta médica, UGEL, otros instituciones nacionales e internacionales.

7. Lograr que el 100% del personal docente y administrativo tenga predisposición a trabajar los

objetivos estratégicos de la institución.

8. Capacitar al 100% del personal directivo en elaboración de proyectos de innovación de gestión

institucional.

9. Lograr que el 100% del personal directivo trabaje en equipo de alto rendimiento.

10. El 100% del personal directivo y jerárquico participa en cursos de capacitación.

11. Lograr al 100% con actitud de sinergia.

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12. El 100% del personal directivo comprometido con su I.E. , con capacidad de rescilencia y

elevada autoestima.

13. 100% de capacidad para la resolución de conflictos (CONEI)

14. 100% de del personal Directivo, Jerárquico, Administrativo capacitados en Autoevaluación

institucional, planes de Mejoramiento y acreditación institucional.

15. El 100% de cursos de capacitación que se planifican, organizan y ejecutan se realizan previo

diagnóstico de la comunidad educativa

16. El 100% del personal directivo promueve un buen clima institucional.

OBJETIVOS ESTRATÉGICOS ADMINISTRATIVOS 1. El 100 % de la comunidad educativa participa en la elaboración y aprobación del Plan de

Trabajo Anual del Comité de Recursos Propios y Actividades Productivas y empresariales.

2. El 100% del personal directivo, jerárquico y administrativo realiza gestión para conseguir

fuentes de financiamiento.

3. El 100% del Comité de Recursos Propios y CONEI participa en el control interno de la gestión

de recursos financieros.

4. Existencia del 100% de correspondencia entre el presupuesto y necesidades pedagógicas de

la I.E.

5. El 100% de los integrantes del Comité Especial de Evaluación de personal cumple su función.

6. El 100% del personal docente participa en la Evaluación de Desempeño Docente.

7. Se cuenta con el 100% de número suficiente de personal administrativo y docente.

8. Se cuenta con una comisión de altas y bajas, sus integrantes sólo trabajan en un 100%

9. El 100% del inventario de la I.E.se encuentra actualizado.

10. El 100% de la Comisión de mantenimiento y conservación de la infraestructura trabaja

activamente.

11. El 100% de los archivos académicos se encuentran actualizados.

12. El 100% documentos propios de la I.E se encuentran organizados y actualizados.

13. Sólo el 100% de la comunidad educativa conoce el Reglamento Interno.

14. El 100% de la comunidad educativa y usuarios conoce el flujograma de la I.E. y el TUPA

15. El 100% de tramites es ágil y se realiza dentro del tiempo que estable el marco legal Vigente.

16. El 100% de la comunidad Educativa está informado que la I.E. cuenta con un libro de

reclamaciones.

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OBJETIVOS ESTRATÉGICOS: SOCIAL, ECONÓMICO, EDUCATIVO, CULTURAL, ETC.:1. Orientar al 100% de Padres de Familia con problemas conyugales, mediante la Escuela de

Padres.

2. Establecer convenios con la DEMUNA , conciliadores extrajudiciales, la parroquia para atender

conflictos conyugales y maltrato a menores.

3. Orientar al 100% a los padres y alumnas sobre las bondades y el buen uso del internet y las

nuevas tecnologías.

4. Gestionar el servicio de Seguridad ciudadana a un 100% (Serenazgo de la municipalidad,

policía nacional).

5. Sensibilizar que el 100% de padres sean comprometidos, colaboradores responsables y

participativos con la educación de sus hijos.

6. Existe el 100% de apoyo de Seguridad ciudadana (Serenazgo de la municipalidad y policía

nacional).

Art. 13º.- OBJETIVOS GENERALESTodas las acciones de la I.E. Se orientará al logro de los siguientes objetivos:

A. Precisar atribuciones y responsabilidades que le corresponden a cada uno de los integrantes

del personal, así como los deberes inherentes a la función que desempeña.

B. Propiciar una educación en valores morales y humanos, orientada hacia una formación basada

en la práctica de las normas y principios fundamentales como el respeto mutuo, honradez,

confianza, justicia, responsabilidad, honestidad, cooperación, veracidad, paz y solidaridad.

C. Mejorar la calidad del servicio educativo desarrollando una metodología activa acorde a los

avances de la pedagogía moderna, que tienda a elevar el nivel académico.

D. Establecer una eficiente y funcional organización administrativa que garantice el logro o la

afirmación de la propuesta pedagógica.

E. Inculcar la capacidad crítica, analítica, interpretativa y creativa que les permita afrontar los

problemas que se les presente y afirmen su identidad personal y por ende contribuyan al

desarrollo de la identidad local, regional y nacional.

F. Mejorar la calidad del servicio educativo que brinda la I.E

G. Promover los conocimientos y práctica de valores cívicos, patrióticos, éticos y religiosos; afirmar

y favorecer la dignidad y libertad de la persona humana en su desarrollo, en su dimensión

individual, social y su trascendencia

H. Estimular la capacidad de creación, orientar el desarrollo vocacional, propiciar la adquisición de

hábitos, seguridad, orden e higiene, urbanidad, equilibrios y desarrollo social

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I. Garantizar y ampliar la educación pública gratuita respetando la estabilidad laboral de los

docentes de conformidad a las normas del sector.

J. Contribuir con el estricto cumplimiento de los dispositivos legales vigentes estipulados en el

presente reglamento.

K. Mejorar la calidad de vida a través de la promoción humana con plena identificación con los

sectores más necesitados y buscando la formación integral de los educandos. El compromiso

es de mejorar la gestión y calidad educativa.

L. Ser una Institución Educativa Mixta de nivel y calidad con disciplina y responsabilidad.

Art. 14º.- OBJETIVOS ESPECÍFICOSPara favorecer el desarrollo educativo y de la I.E. Nº 1264, se propone:

A. Planificar, coordinar, organizar, diseñar, ejecutar, evaluar y valorar el servicio educativo que

brinda la I.E. acorde con a la realidad, garantizando la autoevaluación institucional,

acreditación institucional y la calidad total del servicio educativo

B. Formular el Proyecto Educativo Institucional, en consonancia con la intencionalidad de

desarrollo del distrito y la región.

C. Formular y aprobar los lineamientos de política educativa local.

D. Promover la participación concertada de la comunidad educativa y la sociedad civil, mediante el

Consejo Académico Institucional de Educación –COACIE.

E. Lograr la participación de las diferentes entidades públicas y privadas, nacionales y extranjeras

en beneficio de la mejora de la calidad educativa.

F. Formular, aprobar y evaluar el presupuesto de la Institución Educativa.

Art. 15º.- FUNCIONES GENERALES DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVASon Funciones de la I.E. “Juan Andrés Vivanco Amorin”:

A. Realizar el proceso de selección del personal docente y administrativo, en el marco de los

lineamientos establecidos por el Gobierno Nacional.

B. Gestionar, reconocer y sancionar al personal por su desempeño profesional y laboral.

C. Celebrar convenios de cooperación, en el ámbito de su competencia, que contribuyan a mejorar

la calidad del servicio educativo y sin afectarlo.

D. Implementar la Gestión de Riesgos, frente a desastres naturales, ambientales y convulsiones

sociales.

E. Promover, afianzar, regular y autoevaluar la participación de la comunidad en los procesos de

gestión de la I.E.

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F. Promover y decidir la participación en la organización y/o funcionamiento de redes educativas.

G. Desarrollar y autoevaluar la producción, búsqueda, selección, uso, conservación y difusión de la

información educativa.

Art. 16º.- ORGANIZACIÒN DE LA I.E. Nº 1264Se organiza de manera flexible de acuerdo al nivel y modalidad o forma educativa que atiende,

adoptando la siguiente estructura orgánica:

a) ÓRGANO DE DIRECCIÓN.- Es el órgano rector de la institución educativa, responsable de su

gestión integral, conducida por el Director, quien cumple las funciones de las instituciones

educativas establecidas en el artículo 68º de la Ley Nº 28044.

· DIRECTOR: Lic. Francisco, NINANQUISPE GIL.

SUBDIRECTOR DEL NIVEL PRIMARIO

b) ÓRGANO PEDAGÓGICO:CONSEJO ACADÈMICO:

Funciona en las IIEE polidocentes completas y centros de Educación Técnico-Productiva. Está

presidido por el Director de la IE, e integrado por subdirectores, personal jerárquico y representantes de

los docentes.

- Director

- Sub Director

- Consejo Académico

- Profesores de Aula

- Profesores por Horas

- Coordinadores de Ciclos y Niveles

Funciones del Consejo Académico:

a. Elaborar los indicadores de Autoevauaciòn institucional

b. Elaborar, desarrollar y evaluar la Propuesta Pedagógica del PEI

c. Evaluar el Desempeño Docente.

d. Opinar sobre el Programa de Recuperación Pedagógica y recomendar las mejoras de los

aprendizajes (Comunicación y Matemática).

e. Diseñar estrategias para mejorar la tutoría

f. Promueve las innovaciones educativas19

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c) ÓRGANO DE PARTICIPACIÒN, CONCERTACIÒN Y VIGILANCIA

- CONEI (Consejo Educativo Institucional).

El Consejo Educativo Institucional es el órgano de participación, concertación y vigilancia ciudadana de

la institución educativa pública que colabora con la promoción y el ejercicio de una gestión eficaz,

transparente, ética y democrática.

Es presidido por el Director de la institución educativa, y está conformado por los subdirectores, si los

hubiera, el representante del personal docente, administrativo, de los estudiantes, de los ex alumnos y

de los padres de familia, pudiendo ser integrado también por otros representantes de instituciones de la

comunidad local, por acuerdo del Consejo.

Son funciones del Consejo Educativo Institucional:

a. Participar en la formulación y evaluación del PEI.

b. Participar en los procesos destinados al ingreso, ascenso y permanencia del personal docente

y administrativo de la institución educativa, de acuerdo con la normatividad específica que emita

el MED.

c. Vigilar el acceso, matrícula oportuna, inclusión educativa y calidad del servicio que brinda la

institución educativa.

d. Cautelar el cumplimiento de los derechos y principios de universidad, gratuidad, equidad,

inclusión, pertinencia del servicio educativo, logros de aprendizaje y el adecuado uso y destino

de los recursos.

e. Colaborar con el director en garantizar el cumplimiento de las horas efectivas de trabajo

pedagógico, el número de semanas lectivas y la jornada del personal docente y administrativo.

f. Coordinar con el Consejo Participativo Local de Educación de su circunscripción.

- Comité de Tutoría, Convivencia y Disciplina Escolar

- Comité de Defensa Civil

c) ÓRGANO DE COORDINACIÒN: Coordinador de la Comisión de Apertura y Clausura del año escolar por niveles educativos.

Coordinador de la Comisión del Buen Inicio del Año Escolar por niveles educativos.

Coordinador de la Comisión Educación Comunitaria y Ambiental: Escuela Limpias, Saludables y

Ecoeficientes por niveles educativos.

Coordinador de la Comisión de Educación Comunitaria y Ambiental: Gestión de Riesgos y

Escuelas Seguras por niveles educativos.

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Coordinador de Escuela de Padres por nivel educativo.

Coordinador de Disciplina, Convivencia Democrática en la Escuela por niveles.

Coordinadores de Actividades Generales.

Coordinador del Municipio Escolar por nivel educativo.

Coordinador de Defensoría Escolar por nivel Educativo.

Coordinador del Calendario Cívico Escolar por nivel educativo

Coordinador de Capacitación y Actualización Docente por niveles.

Coordinadores Académicos por niveles educativos y ciclos.

Coordinador de la Comisión de Banco de Libros por nivel educativo.

Coordinador de la Comisión de Infraestructura e Inventario por nivel educativos.

Coordinador de la Comisión de Relaciones Humanas por nivel educativo.

Coordinador de la Comisión de Imagen Institucional por nivel educativo.

Coordinador de la Comisión de Juegos Florales Escolares Nacionales por nivel educativo.

Coordinador de la Comisión de Plan Lector por nivel educativo.

Coordinador de la Comisión de Olimpiadas de Matemática.

Coordinador de la Comisión de Juegos Deportivos Escolares Nacionales por nivel educativo.

Coordinador de la Comisión de FENCYT por nivel educativo.

Coordinador de la Comisión de Concurso de Comunicación por nivel educativo.

Coordinador de la Comisión Autoevaluaciòn Institucional por nivel educativo.

Coordinador de la Comisión actualización del PEI por nivel educativo.

Coordinador de la Comisión actualización del Diagnóstico Pedagógico del PEI por nivel

educativo.

Coordinador de la Comisión actualización del Diagnóstico Administrativo del PEI por nivel

educativo.

Coordinador de la Comisión actualización del Diagnóstico Institucional del PEI por nivel

educativo.

Coordinador de la Comisión actualización del Diagnóstico Comunitario del PEI por nivel

educativo.

Coordinador del Comité de TOE por nivel educativo.

Coordinadores del Aula de Innovación Pedagógica.

Coordinador del Centro de Recursos Tecnológicos

Coordinador del grado o área.

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e) ÓRGANO DE EJECUCIÒN: - Personal Directivo, Jerárquico, administrativo y docente de ambos niveles.

f) ÓRGANO DE APOYO: - Asociación de Padres de familia.

- Comités de Aula

Art. 17º.- ESTRUCTURA FUNCIONAL DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA Tiene la siguiente estructura:

A. Director: Mg. Frncisco Ninaquispe Gil

B. Subdirector (e).

C. Oficinista (Secretaria)

D. Integrantes del CONEI.

E. Integrantes del Consejo Académico Institucional

F. Coordinadores del nivel Primario y Secundario

G. Coordinadores de Áreas

H. Auxiliares

I. Comisiones de trabajo.

J. Personal Administrativo.

K. Alumnos y Padres de familia.

TITULO IIIDE LAS FUNCIONES DEL PERSONAL DOCENTE Y ADMINISTRATIVO DE LA I.E.

CAPITULO IIIDE LAS FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS ÓRGANOS Y MIEMBROS QUE LA INTEGRAN

DEL PERSONAL DIRECTIVOArt. 18º.- EL DIRECTOR es la máxima autoridad de la I.E. y responsable de la gestión integral. Asume

la representación legal. Ejerce su liderazgo basándose en los valores éticos, morales y democráticos.

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En las instituciones públicas es seleccionado por concurso público y designado mediante Resolución

Directoral de la UGEL (Art. 18 Ley General de Educación N° 28044).

El Director y los Coordinadores de las diversas Comisiones del PAT utilizarán la Pagina Web de la I.E.:

WWW.ie1264.webcindario.com como un medio de comunicación formal con los integrantes de la

comunidad educativa y escolar, esto implica que la comunidad educativa bajo responsabilidad deberá

ingresar diariamente a la página web de la I.E. 1264 a fin de informarse sobre los comunicados,

memorándums, oficios y otros documentos de interés para su trabajo técnico pedagógico, administrativo

e institucional.

Art.19º.- FUNCIONES DEL DIRECTOR; de acuerdo a la Ley General de Educación N° 28044 Art. N°

19 y la Ley de Reforma Magisterial 29944 (25-11-12) son:

A. Conducir la Institución Educativa de conformidad con lo establecido en el artículo 68º de la ley

General de Educación.

B. Presidir el Consejo Educativo Institucional, promover las relaciones humanas armoniosas, el

trabajo en equipo y la participación entre los miembros de la comunidad educativa.

C. Promover una práctica de evaluación y autoevaluación de su gestión y dar cuenta de ella ante

la comunidad educativa y sus autoridades superiores.

D. Recibir una formación especializada para el ejercicio del cargo, así como una remuneración

correspondiente a su responsabilidad.

E. Estar comprendido en la carrera pública docente cuando presta servicio en las instituciones del

Estado.

F. El nombramiento en los cargos de responsabilidad directiva se obtiene por concurso público.

Los concursantes están sujetos a evaluación y certificación de competencias para el ejercicio

de su cargo, de acuerdo a ley.

G. Planificar, organizar, dirigir, coordinar, ejecutar y evaluar, de manera compartida, la gestión de

la institución educativa.

H. Promover la articulación y armonización permanente de la planificación y desarrollo de las

actividades educativas de los distintos niveles, modalidades y formas educativas.

I. Garantizar el acceso equitativo, el uso eficiente, el mantenimiento y conservación de los

materiales y recursos pedagógicos, equipamiento, mobiliario e infraestructura, por parte de las

instituciones educativas que comparten el local.

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J. Preservar la independencia y seguridad de los espacios educativos de los estudiantes de los

diferentes niveles educativos y adoptar medidas para que la gestión y organización de la

jornada escolar no se interfieran.

K. Administrar la documentación y bienes patrimoniales comunes y de uso compartido por todos

los integrantes de la institución educativa.

L. Conducir y actualizar el inventario único y control de los bienes del Estado, los adquiridos por la

propia institución educativa, así como las donaciones recibidas y que sean de uso compartido.

M. Coordinar con los municipios, las fuerzas del orden o instancias competentes para garantizar la

seguridad de los estudiantes en los alrededores del local escolar.

N. Promover una cultura de evaluación y mejora continua tanto de la gestión educativa como de

los aprendizajes de los estudiantes.

O. Planificar, organizar, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar el servicio educativo.

P. Conducir la elaboración, ejecución y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, Plan Anual

de Trabajo y Reglamento Interno, de manera participativa.

Q. Diseñar, ejecutar y evaluar proyectos de innovación pedagógica y de gestión, experimentación

e investigación educativa.

R. Establecer, en coordinación con el Consejo Educativo Institucional, antes del comienzo del año

lectivo, la calendarización del año escolar adecuándola a las características geográficas,

económico-productivas y sociales de la localidad, teniendo en cuenta las orientaciones

regionales, garantizando el cumplimiento efectivo del tiempo de aprendizaje, en el marco de las

orientaciones y normas nacionales dictadas por el MED para el inicio del año escolar.

S. Coordinar con la Asociación de Padres de Familia el uso de sus fondos, de conformidad con lo

establecido en el Reglamento General de APAFA.

T. Delegar Funciones a los subdirectores y a otros miembros de su comunidad educativa.

U. Estimular el buen desempeño docente estableciendo en la institución educativa, prácticas y

estrategias de reconocimiento público a las innovaciones educativas y experiencias exitosas.

V. Promover, en el ámbito de su competencia, acuerdos, pactos, consensos con otras

instituciones u organizaciones de la comunidad y cautelar su cumplimiento.

W. Velar por el mantenimiento y conservación y conservación del mobiliario, equipamiento e

infraestructura de la institución educativa, y gestionar la adquisición y/o donaciones de

mobiliario y equipamiento así como la rehabilitación de la infraestructura escolar.

X. Presidir el Comité de Evaluación para el ingreso, ascenso y permanencia del personal docente

y administrativo.

Y. Desarrollar acciones de capacitación del personal.

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Z. Otras que se le asigne por norma especifica del sector.

Art. 20º.- FUNCIONES DEL DIRECTOR EN LO PEDAGÓGICO:A. Optimizar la calidad de los aprendizajes y del desempeño docente, con medidas que promuevan

y estimulen a la innovación Pedagógica y la diversificación curricular, la investigación y

propuestas experimentales, orientadas a cualificar los logros de aprendizaje y propuesta

docente en el aula y el desarrollo de diversos talentos en estudiantes y docentes.

B. Monitorear, supervisar y evaluar continuamente el servicio Educativo, acompañando y

asesorando los esfuerzos de los docentes por mejorar la calidad de práctica pedagógica.

C. Crear espacios y oportunidades constantes de ínter aprendizajes de reflexión y sistematización

de la práctica dirigidas a mejorar las competencias de los docentes y las condiciones de

aprendizaje de los alumnos.

D. Organizar en forma regular eventos de capacitación y actualización docente, así como evaluar

su ejecución e impacto.

E. Suscribirse convenios y/o contratos entre la Institución educativa y otras entidades con fines

educativos y culturales, sin afectar las horas de aprendizaje en el aula.

F. Autorizar y promover visitas de estudio, excursiones y demás actividades de aprendizaje fuera

de la Institución educativa, supervisando la existencia de medidas y previsiones que garanticen

el aprovechamiento pedagógico de éstas experiencias.

G. Incentivar la participación de los alumnos ofreciéndoles canales y oportunidades constantes,

permitiendo y alentando diferentes formas de organización autónoma, como municipios

escolares y consejos estudiantiles, dirigidos a contribuir al desarrollo del proyecto educativo del

centro educativa y a satisfacer sus propios intereses.

H. Promover, monitorear y evaluar la articulación al desarrollo y al proceso educativo de programas

y acciones de aprendizaje de cultura y deporte así como de prevención, convocados por el

Ministerio de Educación u otras instituciones, autorizando la participación de a Institución

Educativa.

I. Garantizar el cumplimiento efectivo del tiempo de aprendizaje, evitando la pérdida de horas por

motivo de aniversario, desfiles u otras actividades no relevantes.

J. Validar los resultados de evaluación de cada bimestre con una R.D. en el término de 10 días

después de vaciado la información al SIAGIE por los docentes.

Art. 21º.- FUNCIONES DEL DIRECTOR EN LO ADMINISTRATIVO:

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A. Delegar funciones a los subdirectores y a otros miembros de la comunidad escolar, y designar a

los docentes actividades internas y de representación en actividades externas.

B. Supervisar y evaluar las actividades pedagógicas y administrativas en coordinación con el

personal directivo y jerárquico de la Institución educativa.

C. Evaluar, incentivar y reconocer esfuerzo y mérito individual y colectivo del personal. En caso de

una evaluación negativa, adoptar medidas correctivas según lo dispuesto por las normas

vigentes.

D. Organizar el proceso de matricula, autorizar traslados de matrícula y expedir certificados de

estudio. Dentro de lo normado, aprobar las nóminas y actas, rectificar nombres y apellidos de

los alumnos en documentos oficiales, exonerar de asignaturas y autorizar convalidaciones,

pruebas de revalidación y de ubicación, hasta el mes de octubre del año lectivo.

E. Presentar al órgano intermedio el personal contratado y nombrado a nivel docente y

administrativo que reúna los requisitos legales de acuerdo a la propuesta de selección y de

evaluación efectuados por la comisión especial de Evaluación de cada nivel o modalidad

educativa, en atención a las necesidades educativas y a las plazas que correspondan al centro

educativo.

F. Presentar al órgano intermedio las licencias de acuerdo a las normas vigentes. Seleccionando y

designando, previa propuesta de la respectiva Comisión de Evaluación, al docente

reemplazante por el tiempo que dure la licencia del titular, comunicando oportunamente al

órgano intermedio del Ministerio de Educación para las acciones correspondientes. Así mismo

proponer al órgano intermedio licencias del personal administrativo y cubrir dicha licencia

cuando es sin goce de haber

G. Conformar el comité de Gestión de recursos financieros, el cual deberá informar de manera

pública y transparente a la comunidad educativa del manejo de recursos y bienes del centro

educativo.

H. Planificar, organizar y administrarlos recursos y servicios prestados por el centro educativo,

recogiendo periódicamente de opinión del Consejo Escolar y manteniendo informada a la

comunidad educativa, siguiendo las orientaciones del PEI y las normas oficiales y asegurando

una atención equitativa a las necesidades de los diversos niveles existentes en el centro

educativo.

I. Formular el presupuesto de la Institución educativa pública y velar la correcta administración de

todos los recursos incluyendo los recursos propios.

J. Presidir el comité de Gestión de recursos financieros que tendrá entre sus funciones adjudicar la

administración de kioscos de la Institución educativa de acuerdo a las normas y disposiciones

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vigentes, con conocimiento del consejo escolar, así como autorizar el uso eventual y alquiler de

ambientes y/o equipos conservación del medio ambiente, de las instalaciones y equipos.

K. Coordinar con la asociación de padres y madres de familia el uso de los fondos que ella

recaude, teniendo en cuenta los requerimientos del plan de trabajo anual y la priorización de

sus gastos para los requerimientos pedagógicos y de participación cultural y deportiva.

Art. 22°.- FUNCIONES DEL DIRECTOR EN LAS RELACIONES CON LA COMUNIDAD EDUCATIVA:

A. Propiciar la conformación del Consejo Educativo Institucional de la I.E. y presidirlo, como

instancia de opinión y consulta de apoyo a la gestión

B. Conformar el comité especial de evaluación del personal nombrado y contratado para cada

nivel.

C. Prevenir y mediar en situaciones de conflicto, creando condiciones que favorezcan relaciones

humanas positivas al interior de la comunidad escolar.

D. Designar en asamblea general de docentes a su reemplazante en casos de tomar vacaciones,

en coordinación con la comisión especial de evaluación.

E. Informar y/o publicar los oficios e invitaciones a capacitaciones que realiza la UGEL u otras

instituciones en forma oportuna.

F. Asegurar la participación de todos los docentes en las capacitaciones y realizarlo de manera

rotativa, garantizar la realización del efecto multiplicador.

G. Presidir y asesorar todas las comisiones de trabajo.

H. Manejar un inventario general de la I.E..

I.Expedir decreto directoral reconociendo a los coordinadores técnico pedagógicos de nivel.

Art. 23°.- FUNCIONES DEL DIRECTOR EN RELACIÓN A NIÑOS Y ADOLESCENTES CON NECESIDADES ESPECIALES:

A. Disponer de oficio la matricula del menor abandonado o en riesgo de abandono y coordinar

acciones de ayuda con diversas instituciones.

B. Comprometer a la comunidad educativa a intervenir a favor de la situación de niños, niñas y

adolescentes trabajadores y con necesidades especiales, tomando medidas que garanticen su

integración a la I.E.

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C. Brindar protección y dar a conocer a la autoridad pertinente situaciones de riesgo que afecte la

integridad de los estudiantes en casos como bullyng, acoso sexual, maltrato infantil,

drogadicción y pandillaje, según la legislación pertinente.

D. Promover la participación de los y las estudiantes en acciones y campañas que busque la

prevención de la violencia ejercida en su contra por los miembros de la comunidad educativa.

Art. 24.-LINEAMIENTOS PARA LA PREVENCIÒN Y PROTECCIÒN DE LAS Y LOS ESTUDIANTES CONTRA LA VIOLENCIA EJERCIDA POR EL PERSONAL DE LAS II.EE. (R.M. Nº 519-2012-ED, Directiva Nº 019-2012-MINEDU/VMGI-OET)

E. Orientar a los y las estudiantes y a su familia sobre las acciones a realizar ante un acto de

violencia; así como acompañarlos a los servicios locales de protección y asistencia

correspondientes, bajo responsabilidad.

F. Garantizar que todos los integrantes de la comunidad educativa, comuniquen a la Dirección,

respecto a toda situación de violencia contra los y las estudiantes sobre la que tengan

conocimiento.

G. Asegurar la permanencia en la I.E., de los y las estudiantes que hayan sido víctimas de actos

de violencia, sin desatender a su recuperación a fin de garantizar su integridad física y

psicológica.

H. Cautelar la confidencialidad y reserva que el caso amerita.

I. Informar inmediatamente a la autoridad policial o al Ministerio Público, sobre los hechos de

violencia que constituyan presuntos actos delictivos o faltas; asimismo. Informará a la UGEL.

J. El Director de la I.E. donde cursa estudios él o la estudiante víctima de actos de violencia, debe

adoptar las acciones necesarias para evitar la comunidad de los hechos denunciados con la

finalidad de hacer prevalecer el interés superior del niño, niña y adolescente y los demás

derechos que le asisten.

SOBRE DENUNCIAS:K. Cuando conocimiento de un hecho de violencia cometido en agravio de un o una estudiante,

éste, sus familiares, el personal de la I.E. o en su defecto, cualquier ciudadano, pueden

presentar la denuncia correspondiente, individual o colectivamente organizados.

L. La denuncia puede ser presentada en forma verbal o escrita y tendrán calidad de declaración

jurada.

M. En el caso de la denuncia verbal, ésta se podrá asentar ante el Director de la I.E., quien

convocará a los padres de familia de la víctima y levantará un acta simple que registre la fecha,

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los hechos denunciados, su firma y la del padre y/o madre de familia, disponiendo

simultáneamente las medidas de protección y atención necesarias. El acta deberá remitirse a la

UGEL 06 en un plzao de 24 horas de asentada. Seguidamente, se remitirà la denuncia ante el

Ministerio Público o la Policía Nacional del Perú.

N. La denuncia escrita puede formularse ante el Director de la I.E. donde sigue estudios la vìctima,

o ante la Oficina de Tramite Documentario de la UGEL , la misma que la remitirá al titular de la

entidad en el mismo día, bajo responsabilidad.

O. Para tramitar la denuncia se deberá presentar: La identificación clara del denunciante, Si el

denunciante es la misma víctima, deberá tenerse especial cuidado con velar por la

confidencialidad de su identidad, identificación del denunciado/a. De no contar con los nombres

completos, se proporcionará la información necesaria para la individualización del mismo, de

ser el caso, precisar los nombres de los testigos del hecho denunciados, lugar, fecha, copia de

DNI y firma, o huella digital en caso de no saber escribir.

Art. 25°.- FUNCIONES DEL DIRECTOR EN RELACIÓN AL COMITÉ DE TUTORIA, CONVIVENCIA Y DISCIPLINA ESCOLAR:

A. Asegurar que la tutoría y orientación educativa estén incorporados en el PEI, PCI y el PAT.

B. Brindar su atención y apoyo a las labores de tutoría

C. Seleccionar un coordinador de Tutoría, convivencia y disciplina escolar y a los docentes que

serán tutores teniendo en cuenta los requerimientos del perfil del tutor y la opinión de los

docentes y estudiantes.

D. Formar el Comité de Tutoría, Convivencia y Disciplina Escolar.

E. Presidir el Comité de Tutoría o nombrar un representante para tal fin (que puede ser el mismo

coordinador de tutoría).

F. Velar que los tutores reciban una capacitación adecuada, adquieran más conocimientos sobre

tutoría y actualicen los que poseen.

Art. 26°.- OBLIGACIONES DEL DIRECTOR EN RELACIÓN A LA CONVIVENCIA SIN VIOLENCIA EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS:

A. El Director de la I.E. tienen la obligación de orientar al CONEI para los fines de una convivencia

pacifica de los estudiantes y de convocarlo de inmediato cuando tenga conocimiento de un

incidente de acoso o de violencia.

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B. El director debe informar a los padres o apoderados del estudiante o estudiantes que son

victimas de violencia o de acoso en cualquiera de sus modalidades, así como a los padres o

apoderados del agresor o agresores.

C. El Director debe comunicar las sanciones acordadas por el CONEI cuando se determine la

responsabilidad de un estudiante agresor en un incidente de violencia o acoso entre

estudiantes que se hayan presentado en la I.E.

D. El Director debe aplicar lo normado en el presente Reglamento Interno, contra aquellos que

infrinjan, en caso que fueran los alumnos en forma reincidentes trasladarlos a otra I.E cercana a

su domicilio en coordinación con el CONEI. Tutoría, Convivencia y Disciplina Escolar.

DE LA SUBDIRECCIÓNEl Subdirector (a) de Educación Primaria es el docente que le sigue en jerarquía al Director. Por

delegación cumple las funciones técnico pedagógico y administrativa que se le asigne.

Art. 27º.- FUNCIONES DE LA SUBDIRECCIÓN:A. Representar a la I.E. en ausencia del Director.

B. Participar en la formulación, coordinación, ejecución y evaluación del Proyecto Educativo

Institucional, Plan Anual de Trabajo, Reglamento Interno, Plan Anual de Tutoría, Cuadro de

Distribución de Horas de Clase.

C. Programar, organizar y evaluar las acciones técnico pedagógico del nivel Primaria.

D. Velar por el cumplimiento de los objetivos del nivel Primaria, el buen trato, integridad física y

moral de los educandos dentro y fuera de la I.E.

E. Administrar la documentación técnico pedagógica del nivel Primaria, dando cuenta al Director.

F. Colaborar con la organización y ejecución del proceso de matrícula y adjudicación de vacantes.

G. En ausencia del Director autorizar traslados de matrícula y exoneración de asignaturas; así

como la aplicación de pruebas de ubicación.

H. Organizar y dirigir el servicio de supervisión educativa interna en el nivel Primaria. Dirigiendo,

coordinando, asesorando y evaluando la labor del personal docente del nivel Primaria.

I. Administrar y ser responsable de los archivos Académicos de su nivel: actualizar las Fichas de

Matricula, elaborar las Nóminas de matricula, elaborar Actas de Recuperación, elaborar y

expedir Certificados de estudios, Constancia de Conducta y comportamiento, constancia de

matricula, Estadística, inventario físico, Elaboración del Plan de Estudios, Cuadro de

Distribución de Horas de Clase, Horarios, horas efectivas, Calendarización del año escolar, etc.

J. Expedir Certificados de Estudios en el nivel Primaria.

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K. Presidir, en el nivel Primaria, las reuniones técnico pedagógicas y otras relacionados con los

fines de la I.E.

L. Autorizar en ausencia del Director visitas de estudio y excursiones, de acuerdo a las normas

específicas.

M. Estimular o sancionar, según sea el caso, a los educandos de Primaria de conformidad con lo

normado en el presente Reglamento.

N. Proponer al Director el estímulo del personal a su cargo por acciones extraordinarias; tanto en

el cumplimiento de sus funciones, como en otras que redunden en beneficio del educando, la IE

y la comunidad.

O. Llamar la atención verbalmente o por escrito al personal a su cargo, por incumplimiento de

funciones.

P. Asesorar a los Comités de Aula de Padres de Familia del nivel Primaria, cautelando el buen uso

de los fondos y donaciones que adquieran.

Q. Orientar y cautelar el buen uso de los equipos y materiales educativos a cargo del personal de

Primaria, colaborando con la actualización anual del Inventario General de la I.E.

R. Programa y realiza jornadas de actualización para los docentes

S. Controla la asistencia y puntualidad del personal a su cargo en coordinación con el personal

administrativo.

T. Informar periódicamente a la director, a los profesores y padres de familia, sobre el desarrollo

del proceso enseñanza - aprendizaje

U. Velar por el cumplimiento de los objetivos del nivel primario y por el buen trato de los alumnos.

V. Planificar, organizar, supervisar y evaluar las actividades técnico pedagógico en coordinación

con la director.

W. Presentar el informe técnico pedagógico de su nivel en forma trimestral y anual al Director de la

I.E.

X. Reemplazar o atender el aula del profesor que se ausente o no asista a su centro laboral.

Y. Formar parte del consejo escolar.

Z. Es integrante del Comité de Tutoría de la I.E.

AA. Asumir la función de secretaria en el Comité Especial de Evaluación.

BB. Hacer respetar la distribución equitativa de los alumnos en el nivel a su cargo en presencia de

los docentes a su cargo sin ingerencia de los padres de familia.

CC.Presidirá las reuniones técnico pedagógico del nivel primario.

DD.Asumir otras funciones que el Director lo delegue dentro del marco legal vigente.

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EE. Corresponden al Director y tiene autonomía en el cumplimiento de sus funciones, de acuerdo a

lo establecido en el PEI y los instrumentos de gestión institucional, con cargo a dar cuenta a la

Dirección.

FUNCIONES DEL PERSONAL

Art. 28º.- PROFESOR DE AULA FUNCIONAL O ROTATIVA:

A. Son los docentes del nivel primario (turno mañana) y docentes de las diferentes aéreas del

nivel secundario (turno tarde) los responsables de cada aula.

B. Participar en la elaboración, ejecución y evaluación del PEI, Plan Anual de Trabajo, PCI,

Reglamento Interno, Plan de Monitoreo y Supervisión y Plan Anual de Tutoría de la I.E.

C. Programar, desarrollar y evaluar las actividades curriculares, así como las actividades de

Tutoría, Disciplina y Convivencia Escolar.

D. Responsable de la ambientación, del cuidado de los mobiliarios, enseres del aula.

E. Coordinar con los representantes del comité de aula para su mejora.

F. Promover la identificación de los padres de familia con la institución educativa.

G. Promoverán, el aprendizaje de sus aéreas o aérea, durante el desarrollo de sus clases.

H. Organizará sus actividades elaborando un Plan de trabajo con la sección responsable de

tutoría.

I. Incentivará a los alumnos para que se trasladen en un determinado tiempo a la hora de cambio

de hora.

J. Organizar y ambientar el aula funcional o rotativa y preparar material educativo con la

colaboración de los educandos y padres de familia.

K. El docente de aula y docente del nivel secundaria a cargo del aula según su especialidad serán

responsables de la conservación de los bienes, mobiliarios, enseres del aula y limpieza,

asimismo coordinaran con los auxiliares de educación, Brigadieres, Policías Escolares y

Brigadistas de su aula.

L. Evaluar el proceso de aprendizaje de acuerdo a las normas vigentes.

M. Mantener actualizado los documentos pedagógicos y administrativos (Fichero: nomina de

matrícula, elaboración de lista y nómina de los estudiantes a su cargo, etc.) bajo

responsabilidad funcional y administrativa..

N. Presentar su Carpeta Pedagógica y Sesiones de aprendizaje como requisito para ingresar a

dictar clases.

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O. Participar en eventos de actualización profesional, organizados por la institución educativa o por

las instancias superiores.

P. Integrar y participar activamente en las comisiones de trabajo y colaborar con la dirección de la

institución educativa en las acciones que permitan el logro de los objetivos de la educación

primaria y de la educación secundaria, así como los objetivos específicos del sector

educación.

Q. Cumplir responsablemente la disertación de as fechas cívicas designadas.

R. Coordinar las acciones con el responsable de la sección cuando se es profesor de área o

asignatura.

S. Hacer uso permanente, adecuado del cuaderno de control y su sellado respectivo diariamente

en cuanto a las asistencias del alumnado y otras acciones para su mejor información a los

padres, tutores, apoderados de los estudiantes.

T. Orientar y atender a los educandos y velar por la seguridad durante el tiempo que permanecen

en la institución educativa.

U. Detectar problemas que afecten en el desarrollo del educando y su aprendizaje, tratando y/o

derivando a especialistas según sea el caso.

V. Velar por el buen estado de conservación de los bienes del centro educativo.

W. Coordinar y mantener comunicación permanente con los padres de familia sobre asuntos

relacionados con el rendimiento académico y del comportamiento de los alumnos.

X. El docente respetará estrictamente su hora pedagógica, para no perjudicar la clase siguiente.

Y. Durante el cambio de hora el docente no autorizara salida al baño, patio, etc., salvo casos de

emergencia.

Z. El docente permanecerá frente a sus alumnos en la hora de formación tanto de primaria y

secundaria.

AA. La permanencia en las asambleas que convoca la Dirección es obligatoria

BB. Velar por el buen estado y conservación de los bienes, mobiliarios, enseres del aula y de la I.E

y asume la encargatura que la Dirección le asigne.

Art. 29º.- DEL PROFESOR DE TURNO:A. El turno lo realizaran según cronograma siendo responsable del turno semanalmente los

docentes por grado y en conjunto, en el nivel secundario estará a cargo de los auxiliares de

educación y del instructor si hubiere.

B. Ser responsable en el apoyo de la disciplina de los alumnos durante su turno correspondiente.

C. Llegar a la I.E. 15 minutos antes de la hora de ingreso.

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D. La formación se realizara los días lunes y desarrollara actividades como la marcha de la

bandera, entonación del himno nacional, la oración del día y las recomendaciones

convenientes.

E. Los días lunes las actividades no excederán de 15 minutos.

F. En caso de ausencia del profesor de turno, su función lo asumirá la subdirectora y/o

coordinador técnico pedagógico del nivel.

G. Solicitar apoyo cuando el caso lo requiera de los profesores y del personal directivo, quienes

están obligados a colaborar, lo mismo que la policía escolar.

H. El turno lo hará de acuerdo a lo establecido, comenzando por las secciones superiores.

I. El turno se realizara en forma semanal (en el nivel primario) y estará a cargo de los

profesores de turno.

J. Velar por la integridad física y moral de los alumnos durante el recreo.

K. Controlar el ingreso de los alumnos a la institución educativa.

L. Velar por el cuidado de la infraestructura durante el desempeño de su turno.

M. Regular la conducta de los alumnos durante las horas de recreo evitando juegos violentos que

atenten contra la integridad física.

N. Velar por el buen estado y conservación de los bienes, mobiliarios, enseres del aula y de la I.E

O. Asume la encargatura que la Dirección le asigne.

Art. 30º.- DE LOS AUXILIARES DE EDUCACIÓN

Los auxiliares de educación son considerados como personal docente sin título pedagógico en servicio.

Dependen del Director, Subdirectores de secundaria y Coordinación de Tutoría.

Las funciones del Auxiliar de Educación son:

GENERALES:

A. Los Auxiliares de Educación dependen del Órgano inmediato superior, Dirección y

Coordinadora de Tutoría y Orientación Educativa.

B. Tiene a su cargo como mínimo 8 secciones (nivel secundario).

C. La jornada laboral del Auxiliar de Educación es de 30 horas cronológicas semanales, asisten a

la institución educativa 25 minutos antes del ingreso y su salida es 25 minutos después de la

salida de los alumnos.

D. Cumplen fielmente con el Reglamento interno de la I.E.

E. Su trabajo es los pabellones donde deberán permanecer y en zonas visibles.

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F. Formular los partes de asistencia diaria y hacer registrar la actividad de aprendizaje y asistencia

del personal docente, del grado y secciones a su cargo en forma personal, bajo

responsabilidad.

G. Consignar en el Parte Diario de Clases las tardanzas y faltas de los docentes bajo

responsabilidad y hacer entrega del mismo a la Dirección semanalmente y cuando lo soliciten.

H. Informar en forma inmediata a su superior jerárquico, al comité de Tutoría, Disciplina y

Convivencia Escolar y a los tutores, respecto al ausentismo (con más de tres inasistencias

consecutivas o 4 alternos en un periodo máximo de un mes para tomar medidas correctivas del

caso), comportamiento y rendimiento de los alumnos y preparar una relación de los casos

problemas para el tratamiento respectivo.

I. Informar oportunamente a los docentes tutores de las justificaciones de inasistencias de los

estudiantes a efectos de establecer su derecho a evaluación, revisión de tareas, trabajos o

entregas de los mismos.

J. Debe contar con su Portafolio Pedagógico: plan de trabajo, Presentación, Identidad: visión,

misión, valores, Objetivos estratégicos, Calendario Cívico, Calendarización del año Escolar

2013, horario de los docentes por área, formatos de asistencias, faltas, justificaciones,

permisos, limpieza, Plan Operativo Anual de Tutoría, Proyectos de Innovación y Planes de

Mejoramiento, evidencias, u otros documentos.

K. Exigir y velar porque los educandos tengan una adecuada presentación personal y el uso de

las prendas de vestir deportivas. El uso del uniforme escolar no es obligatorio los tres primeros

meses, sin embargo a partir del mes de junio utilizara el uniforme característico por acuerdo de

los padres de familia en asamblea general.

L. Orientar y apoyar a los educandos para que realicen actividades o acciones que permitan la

conservación de la infraestructura, mobiliario, material educativo y áreas verdes del plantel.

M. En ausencia del docente, el auxiliar dará charlas a los alumnos sobre reglas de urbanidad y

práctica de valores.

N. Mantener actualizado por grados y /o secciones a su cargo el registro de asistencia de los

educandos, sus justificaciones y control.

O. Llevar y/o transportar a los alumnos que requieran atención médica en situaciones de

enfermedad o cuando se suscite accidentes en el plantel o fuera de él, siempre y cuando se

trata de actividades programadas o aprobadas por la dirección del plantel.

P. Tocar el timbre de ingreso, recreo y salida de la Institución educativa. Así como para indicar el

cambio de hora en el nivel secundario.

Q. Colaborar y participar en las acciones educativas que se les encomiende.

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R. El auxiliar de educación tendrá como carga de secciones lo establecido: 08 secciones; sin

embargo visto la implementación del Proyecto de Innovación: Aulas Funcionales de rotación en

la I.E. serán responsables de todos los estudiantes de la I.E., desde el ingreso hasta la hora de

salida.

S. Será responsable de la formación general (primaria y secundaria) los días lunes y otras

actividades o fechas cívicas.

T. Se hará cargo de los alumnos que lleguen tarde.

U. Cuidar que los alumnos no permanezcan en el patio, baño o kiosco durante sus horas de clase.

V. Desplazarse en forma permanente por las secciones y pabellones a su cargo a fin de evitar la

indisciplina.

W. El Auxiliar de Educación deberá tener una presentación personal adecuada a su función,

demostrando puntualidad, liderazgo, resciliencia, empatía, pulcritud en su higiene personal.

X. El Auxiliar de Educación en coordinación con la Comisión de TOE se encargarán de la elección

de los Policías y Brigadieres Escolares; Escolta, Estado Mayor de la I.E., teniendo en cuenta los

criterios establecidos en el presente reglamento.

Y. El Auxiliar de Educación se encargará de la formación y capacitación permanente de los

Policías y Brigadieres Escolares; Escolta, Estado Mayor de la I.E, asimismo garantizara bajo

responsabilidad que estos utilicen diariamente sus distintivos, cumplan sus funciones, apoyen

en la formación y de la presencia de la escolta y estado mayor en las formaciones y actividades

que se le requiera.

FORMATIVO:

A. Inculcar la práctica efectiva de hábitos de responsabilidad, disciplina, puntualidad, trabajo,

estudio, higiene y solidaridad a los estudiantes.

B. Brinda orientación y acompañamiento a los alumnos con problemas familiares, académicos y

otros.

C. Informar cuando la superioridad lo requiera o cuando sea conveniente acerca de las

características de los alumnos con lo que respecta a su comportamiento, asistencia y aseo

personal, así mismo eleva un informe de los casos problema a las instancias correspondientes.

D. Convoca, atiende e informa a los padres de familia sobre la situación académica y personal de

sus hijos.

E. Colaborar con los padres de familia en el tratamiento de problemas de conducta.

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F. Fomentar en los educandos el sentido de responsabilidad en lo concerniente al cuidado del

plantel, evitando el deterioro del edificio, mobiliario y material educativo, dando cuenta

inmediatamente a la superioridad.

G. Colaborar con los tutores y/o asesores a la motivación y ejecución de las diferentes actividades

educativas.

H. Llevar personalmente y en coordinación con el personal docente el registro anecdótario de

cada alumno, de las secciones a su cargo, registrando oportunamente las incidencias

significativas de comportamiento y conducta.

I. Atienden a los PP.FF sobre asuntos relacionados con la conducta y disciplina en primera

instancia.

J. Aplican sanciones a los estudiantes si informar a la superioridad en casos que consideren faltas

leves.

K. Contribuyen con el desarrollo de las acciones tendientes a la formación integral del alumnado.

L. Mantiene un clima de cooperación y amistad con los docentes, padres de familia y alumnos.

M. Pasan el parte de asistencia de los profesores personalmente y consigan en el parte las

tardanzas y falta de los docentes bajo responsabilidad; asimismo hacen entrega a la Dirección

de los partes semanalmente bajo responsabilidad

N. Coordinar con los tutores sobres los alumnos con problemas de aprendizaje e Informar a la

Dirección y al Coordinador de Tutoría.

O. Promueven la disciplina y el buen comportamiento de los alumnos según indicaciones del

coordinador de disciplina.

P. Fomenta hábitos de disciplina, puntualidad, higiene y estudio entre los alumnos.

Q. Velan por la disciplina de los alumnos, dentro y fuera de las aulas, estableciendo constante y

permanente vigilancia.

R. Controlan e informan al coordinador de TOE con respecto al ausentismo, comportamiento,

rendimiento de los alumnos y prepara a su criterio una relación de los casos problemas.

S. En la formación de los alumnos velar por el orden, la disciplina y el respeto a los símbolos

patrios.

T. Exigen a los alumnos adecuada presentación personal del uso del uniforme.

U. Promueven la conservación de la infraestructura y mobiliario y el material educativo.

PEDAGÓGICO:

A. Evalúan la conducta de los alumnos, mediante el control de asistencia, puntualidad, orden,

disciplina, aseo y otros criterios, en coordinación con los docentes tutores

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B. Entregan y/o recaban las libretas de calificaciones de aprovechamiento, citaciones,

recomendaciones, Etc. en coordinación con el Profesor-Tutor y apoyan en su llenado.

C. Ingresan al aula en caso de inasistencia del profesor, para realizar actividades educativas.

D. Mantienen actualizado el registro de asistencia de los alumnos y secciones a su cargo.

E. Elabora las notas de conducta en coordinación con el docente tutor.

F. Apoyan en el llenado de los Registros Oficiales de Evaluación de los Aprendizajes, Actas de

Consolidadas de Evaluación en el sistema SIAGIE.

G. En ausencia del Docente el Auxiliar de Educación ingresara al aula para cumplir funciones a su

cargo.

H. Planificar las actividades de acompañamiento consignando las ocurrencias de su ejecución en

los instrumentos de registros y control.

I. Realizar la formación de los educandos en el patio de honor.

J. Sellar las Agenda de Control y consignar las tardanzas, faltas, justificaciones y

recomendaciones.

K. Contribuir en el desarrollo de las acciones y actividades tendientes a la formación integral del

educando.

L. Llevar al día apuntes de incidencias del alumnado a su cargo.

M. Los auxiliares coordinaran con la Comisión de Escuelas Limpias y Saludables y ecoeficiente

para la limpieza de las aulas a la entrada, recreo y salida (1ra hora y 7ma hora), contar con un

formato de este cumplimiento e informar diario, semanalmente a la Dirección, también

coordinara con el personal de limpieza y los brigadieres ecológicos.

N. Los auxiliares en la hora del recreo deben desplazarse por el patio principal, alrededor de las

aulas, al contorno de la I.E, baños, campo deportivo.

O. .Los auxiliares son responsables de los traslados de los alumnos a las aulas funcionales con

apoyo de los docentes responsables de cada área; en el cambio de hora (nivel secundario).

ADMINISTRATIVO:

A. Formular y/o elaborar los partes de asistencia diaria y hacer registrar la actividad de aprendizaje

y asistencia del personal docente, del grado y secciones a su cargo en forma personal y bajo

responsabilidad.

B. Apoyar a la Dirección, Subdirección, en actividades de Matrícula en el mes de marzo.

C. Informan al Director sobre las tardanzas y ausencia de algún profesor en el dictado de clases.

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D. Participa en el proceso de matrícula de los alumnos, elaboración de Pre- nominas, nominas

oficiales, y actualiza las fichas de matrícula de las secciones a su cargo.

E. Recabar la libreta de calificaciones para su llenado respectivo de las secciones a su cargo,

asimismo registrar la asistencia, tardanza y faltas de los estudiantes en forma virtual mediante

el SIAGIE; asimismo reportar en su oportunidad los traslados y retiros de los alumnos.

F. Los Auxiliares de Educación informaran diariamente bajo responsabilidad el deterioro y

destrozo del mobiliario de las secciones a su cargo.

SOCIAL:

A. Comunicar de inmediato a los Padres de Familia de los alumnos que requieren de atención

médica, en situaciones de enfermedad o cuando se susciten algún accidente para que se han

trasladados al hospital, centro de salud y/o postas sanitarias, informando a la dirección de lo

acontecido.

B. Cultivan los sentimientos de estima y respeto para con sus compañeros, profesores,

autoridades escolares, así como a la sociedad en general.

Art. 31° .- INSTRUCTOR PREMILITAR DE LA I.E.A. Es personal con formación u experiencia militar contratado por APAFA con opinión favorable de

TOE y con autorización de la Director de la I.E.

B. Debe presentar su hoja de vida, certificado de antecedentes penales y judiciales; certificado

psicológico; asimismo consignar en su hoja de vida referencia de 03 personas.

C. De acuerdo a la línea de mando depende de del Director de la I.E., Coordinadora de TOE, y

Auxiliares de Educación.

D. Debe conocer el Reglamento Interno de la I.E. y normas que protegen los derechos de los

estudiantes.

E. Se encarga de preparar a los estudiantes que conforman la Escolta, Estado Mayor, Brigadieres,

Policías Escolares y Batallones de I.E. para que estos puedan participar en actividades cívicas

patrióticas, Aniversario, etc.

F. En la formación Pre Militar de los estudiantes el Instructor está prohibido de emplear métodos

que ocasionen maltrato físico, psicológico y moral; asimismo se debe garantizar un buen trato y

respeto.

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G. El instructor trabajará con los estudiantes en horas que no interrumpan las clases, asimismo los

estudiantes deben tener autorización firmada de su padre, madre de familia, tutor y/o curador

para participar en los ensayos.

H. El instructor apoyará a los Auxiliares de educación en las formaciones y actividades generales

que realice la I.E..

I. El horario de trabajo del Instructor dependerá de su contrato.

J. El instructor será despedido incumplimiento de las cláusulas de su contrato por, faltas u omisión

de sus deberes y especialmente si vulnera los derechos de los estudiantes consignados en el

marco legal vigente.

Art. 32° CRITERIOS PARA INTEGRAR LA ESCOLTA DE LA I.E.1. La escolta representa al Colegio en ceremonias internas y externas, cuando se realizan

desfiles, actividades cívicas, deportivas y otras.

2. Está integrada por los alumnos más destacados en lo académico y formativo dentro de la I.E

(Primaria y Secundaria), constituyéndose en ejemplo para sus compañeros.

3. Los alumnos para integrar la escolta deben cumplir con los siguientes requisitos:

- Estar en los primeros puestos del cuadro de méritos de su aula o grado.

- No estar desaprobado en ninguna capacidad de la evaluación de la convivencia y Disciplina

Escolar.

- No haber tenido matrícula condicional en ningún grado

- No estar desaprobado en el promedio de disciplina o conducta

- Ser alumno del Colegio desde el Primer Grado de primaria o Secundaria.

- Tener plena disposición para cumplir disciplinadamente las normas emanadas por la Dirección

del Plantel.

- Mostrar actitud, aptitud y disposición al trabajo físico para la marcha y ejercicios de orden

cerrado.

- Aprobar satisfactoriamente el período de prácticas.

4. Los alumnos que incumplieran las normas y/o directivas señaladas serán retirados de la

Escolta.

5. El alumno o alumna que ocupe el primer puesto del cuadro de méritos portará el estandarte del

Colegio. Los otros integrantes de la escolta serán determinados en el período de prácticas.

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Art. 33º.- DEL PROFESOR ASESOREs el docente que no tiene a cargo horas de Tutoría, se encargará de asesorar y apoyar solo a los

estudiantes del 4° y 5° grado de Educación Secundaria en las actividades extracurriculares y

actividades de pre promoción y Promoción.

El docente Asesor debe ser elegido por los alumnos en los grados 4º y 5º de secundaria, o designado

por la Dirección de la I.E, el requisito para ser Asesor es tener horas de clases con los estudiantes que

va asesorar.

Un docente puede solicitar se Asesor siempre y cuando los estudiantes y padres de familia estén de

acuerdo, cuente con la autorización del Director y tenga horas de clases con los alumnos de la sección

que elige:

Funciones:

A. Organiza el Comité de aula, Consejo Escolar y convoca a reuniones ordinarias y extraordinarias

a los padres de familia y alumnos para la planificación, organización, ejecución y evaluación de

actividades pre promocional y promocional.

B. Coordinar con el docente tutor actividades relacionados con Tutoría, actividades promocionales,

paseos y/o excursiones.

C. Presentar su plan de trabajo a realizar durante el año, en los primeros 15 días calendarios.

D. Hacer conocer a los alumnos, tanto en forma oral como escrita sobre los dispositivos que

norma el presente Reglamento Interno.

E. Cooperar en las acciones de mantenimiento y conservación de los bienes del centro educativo.

F. Coordina y mantiene comunicación permanente con los profesores y padres de familia, sobre

asuntos relacionados con el rendimiento académico y el comportamiento de los alumnos.

G. Detecta y soluciona en la medida de su posibilidad los problemas que aquejan a los alumnos en

los aspectos pedagógicos, comportamiento, moral, cultural y otros.

H. Ofrece una atención personalizada al educando en el proceso de desarrollo biopsicosocial.

I. Organiza la participación de su aula, en las diversas actividades de carácter cívico o cultural

organizada por la I.E..

J. Coordina con el departamento de Psicología para la atención de los casos que lo ameriten.

K. Elaborar un diagnóstico a nivel de aula mediante la ficha personal.

L. Conducir la elección de los integrantes del COMITÉ DE AULA.

M. Designar a los brigadieres, subrigadieres, policías escolares, delegados de cada curso,

responsables del área, brigadistas ecológicos y otros que se requiera.

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N. Atiende a los padres de familia y estudiantes en su hora libre en tema relacionado con las

actividades extracurriculares, actividades pre promocional y promocional.

O. Coordina con los docentes y auxiliares sobre los educandos a su cargo para tomar las medidas

más oportunas y convenientes.

P. Realizar la distribución del mobiliario por educando, bajo responsabilidad de cada uno

alumno(a). Asimismo, velar por el cuidado y mantenimiento de los bienes y ambiente del aula.

Tener la llave del aula de su tutoría a la mano (aula funcional), en caso de tener dia libre

delegar la llave al auxiliar o delegado(a) de la sección.

Q. Acompañar a sus alumnos en las formaciones y/o actividades realizadas en el colegio.

R. Entregar la libreta de notas a los padres y/o apoderados oportunamente.

S. Citar a los padres y/o apoderados las veces que sean convenientes para tratar asuntos

referentes a sus hijos o apoderados.

T. Estar actualizándose constantemente sobre diversos temas de tutoría.

Art. 34º.- FUNCIÓN DEL DOCENTE TUTOR CON HORA DE TUTORIAA. Estar a cargo de una y/o dos sección por lo menos por un año.

B. Realizar la programación de las actividades de tutoría teniendo como referencia los temas eje y

los temas transversales priorizados por el colegio.

C. Elabora su Plan de Tutoría Anual de Aula en función al Diagnóstico del Plan Anual de Tutoría

de la I.E.

D. Elaborar un diagnóstico a nivel de aula mediante la ficha personal.

E. Conducir la elección de los integrantes del Comité de Aula.

F. Designar a los brigadieres, subrigadieres, policías escolares, delegados de cada curso,

responsables del área, brigadistas ecológicos y otros que se requiera.

G. Implementar un CUADERNO DE INCIDENCIAS DIARIAS en el aula, dicho cuaderno

permanecerá en el ambiente de TUTORÍA y será movilizado por los auxiliares.

H. Coordinar con la Comisión de Infraestructura la distribución del mobiliario por educando, bajo

responsabilidad de cada uno. Asimismo, velar por el cuidado y mantenimiento de los bienes y

ambiente del aula. Tener la llave del aula de su tutoría a la mano.

I. Acompañar a sus alumnos en las formaciones y/o actividades realizadas en el colegio.

J. Entregar la libreta de notas a los padres y/o apoderados oportunamente.

K. Citar a los padres y/o apoderados las veces que sean convenientes para tratar asuntos

referentes a sus hijos o apoderados.

L. Estar actualizándose constantemente sobre diversos temas de tutoría.

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M. Estará bajo su responsabilidad la elaboración de los siguientes documentos: Inventario del aula,

Lista de asistencia, Registros auxiliares y oficiales de evaluación de los aprendizajes, Pre-Actas

y Actas de evaluación, ambientación del aula, conformación del Comité de Aula, etc).

N. En caso que un docente tenga a su cargo 02 tutorías, el Director de la I.E. designará a otro

docente con título de licenciado en educación (que no tiene tutoría) o será elegido por los

alumnos en los grados de 4º y 5º de secundaria para que apoye al docente tutor, tal como lo

señala el Areticulo 30º del presente Reglamento Interno.

O. En el nivel secundario los docentes tutores serán designados por la Dirección en Coordinación

con el Comité de Tutoría, Convivencia y Disciplina Escolar para los grados 1º, 2º y 3º de

secundaria; siendo elegidos por los estudiantes a los tutores del 4º y 5º de secundaria, y si

hubieren dos responsables en caso de viaje de promoción, tendrá que ser aprobado en la

primera reunión del comité de aula para que uno o ambos viaje de excursión.

P. Fijar su horario de atención a los padres de familia de su tutoría.

Q. Coordinador con los docentes y auxiliares sobre los educandos a su cargo para tomar las

medidas más oportunas y convenientes.

R. Realizar la distribución del mobiliario por educando, bajo responsabilidad de cada uno

alumno(a). Asimismo, velar por el cuidado y mantenimiento de los bienes y ambiente del aula.

Tener la llave del aula de su tutoría a la mano (aula funcional).

S. Coordinar sobre el manejo del aula con los docentes del nivel primaria.

T. Hacer de conocimiento sobre el presente reglamento interno.

U. Utilizar y revisar el uso adecuado de la Agenda Escolar.

V. Participar conjuntamente con sus estudiantes en la Campañas propuestas por TOE.

W. Informar bajo responsabilidad a la Coordinadora de TOE, Docente responsable de Defensoría

Escolar, CONEI los casos y/o problemas que considere pertinentes.

X. Difundir el contenido del Reglamento Interno a los estudiantes y padres de familia.

Art. 35º.- AULA DE INNOVACIÓN PEDAGÓGICA (A.I.P)El AIP es un ambiente pedagógicamente adecuado para el desarrollo de actividades de

aprendizaje de los estudiantes.

a. El AIP debe contar con las medidas de seguridad para el cuidado y conservación del

equipamiento (R.S. General Nº 503-2003-ED).

b. La contribución de las TIC en la calidad educativa se dan en dos aspectos: refuerzan las

capacidades de las áreas a través de materiales educativos específicos y apoyan el desarrollo

de las capacidades en su calidad de recursos transversal.

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c. Los recursos tecnológicos proporcionados por el MED: computadoras

convencionales, servidor, proyector, televisor e Internet, deben estar enfocados al desarrollo

pedagógico y no administrativos y deben estar al servicio de la comunidad educativa,

codificados y registrados en inventario como bienes de la I.E.

d. Las instituciones educativas que tengan programado en el área de Educación para el Trabajo,

la variante de Computación, deberán contar con otro ambiente distinto al de Innovación

Pedagógica, para el desarrollo de las sesiones prácticas correspondientes.

e. Las Instituciones Educativas que poseen más de un Aula de Innovación deberán compartir la

conectividad de acceso a internet, para facilitar la incorporación de las TIC, teniendo como

página de inicio el Portal Perú Educa, en caso goce con el servicio.

f. El CEBA que comparta infraestructura con EBR y hace uso del Aula de Innovación, será

responsable del mantenimiento y conservación de la misma en su horario, así como desarrollar

los objetivos del programa de Innovación; más no Taller de Cómputo.

ART. N° 36.- EL CENTRO DE RECURSO TECNOLÓGICO (CRT)

Es un escenario educativo constituido por conjuntos de recursos de tecnologías educativas y donde se

lleva a cabo el proceso enseñanza-aprendizaje del nivel primario y secundario.

A. El CRT contiene un equipamiento básico constituido por computadoras portátiles de primaria y

secundaria, materiales tecnológicos de robótica educativa (primaria), servidor, netbook,

proyector multimedia y ecran, enfocados en el desarrollo pedagógico y de las competencias de

creatividad, razonamiento y ciencia creativa.

B. Los recursos del CRT son móviles; es decir pueden trasladarse a distintos ambientes y

trabajar de la siguiente manera:

C. En el CRT: Los estudiantes acudirán al ambiente donde están instalados los recursos para

desarrollar el proceso de aprendizaje de cualquiera de las áreas curriculares que el docente

estime pertinente.

D. En Aula de Clase: Los docentes solicitarán al responsable del CRT los recursos para utilizarlos

en su salón de clases con los estudiantes.

E. Fuera del Aula: Los estudiantes y los docentes, podrán disponer de las computadoras portátiles

para los trabajos fuera del aula en la biblioteca, “Funcionamiento del Aula de Innovación

Pedagógica y del Centro de Recurso Tecnológico”

ART.37.- DESIGNACIÓN DEL DOCENTE DEL AIP Y CRT EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS PÚBLICAS (Directiva Nº040-2010-ED)

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A. El director es el que propone y designa al docente de AIP o CRT., que cumpla con el perfil

establecido, de preferencia un maestro de la Nueva Ley de la CPM.

B. El docente de AIP automáticamente pasa a ser docente del CRT, de acuerdo al nivel que

atiende. Se puede designar un docente de AIP y/o CRT para cada turno en los casos que se

justifique.

C. El director remitirá mediante oficio a la UGEL 05 el expediente del profesor propuesto

para el AIP/CRT con toda la documentación para opinión técnica.

D. Si la opinión es favorable se le asignará una Resolución de designación al AIP y/o CRT, quien

será permanentemente monitoreado y supervisado y por su desempeño será ratificado o

reemplazado por otro docente que cuente con el perfil establecido.

E. Las designaciones en el AIP/CRT no son permanentes, son modificadas según el desempeño

del docente.

F. Son posibles de ser designados (en orden de prioridad)

ART. 38.- PERFIL PARA SER DESIGNADO DOCENTE DEL AULA DE CENTRO DE RECURSOS TÉCNOLÓGICOS ( CRT) (R.M. Nº668-2010-ED)

A. Docente del Aula de Innovación Pedagógica correspondiente al nivel que atiende.

B. Docente Titulado en calidad de excedente que cumpla con el perfil establecido.

C. Docentes contratados por gestión propia, comunitaria y/o alianzas estratégicas y que

cumplan con el perfil establecido.

D. El director o subdirector que cumpla con el perfil establecido.

ART. 39.- DEL PERFIL DEL DOCENTE DE AULA DE INNOVACIÓN PEDAGÓGICA Y CENTRO DE RECURSOS TECNOLÓGICOS (DIRECTIVA Nº 040-2010-ED)

Requisitos:

A. Grado Académico o Título en Educación Primaria o Secundaria (AIP y/o CRT)

B. Experiencia y conocimiento en informática y TIC (ofimática e Internet)

C. Conocimiento y manejo de las TIC aplicados a la educación.

D. Conocimiento del DCN y dominio en la programación curricular.

Competencias

A. Habilidad para capacitar, asesorar y acompañar a sus pares en el desarrollo de las clases.

B. Docente innovador, creativo, motivador, comprometido y con actitudes positivas.45

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C. Capacidad de gestión para planificar, organizar y liderar la administración de los recursos del

AIP/CRT

D. Administración y configuración de redes LAN, sistemas operativos y mantenimiento

de computadoras. (AIP).

ART. 40.- DE LAS FUNCIONES DEL DOCENTE DEL AULA DE INNOVACIÓN PEDAGÓGICA Y DEL CENTRO DE RECURSOS TECNOLÓGICOS (RM.Nº 364-2003-ED- DIRECTIVA Nº 040-2010-ED)

A. Formular y remitir a la dirección el Plan Anual de Trabajo del AIP/CRT para ser aprobado y

remitido a la UGEL, la misma que debe incluir: “Funcionamiento del Aula de Innovación

Pedagógica y del Centro de Recurso Tecnológico”

B. Formular el horario de atención para los docentes y estudiantes.

C. Elaborar el inventario actualizado y visado por la dirección

D. Elaborar el cronograma de actividades

E. Plan de Capacitación Docente

F. Formular el Proyecto de Autosostenimiento.

G. Sensibilizar, acompañar y capacitar a los docentes de su I.E. en la inserción de las TIC al

currículo: programación de Unidades Didácticas: Sesiones de Aprendizajes.

H. Formular los horarios de uso del AIP/CRT en coordinación con los docentes y colocarlo en lugar

visible dentro del aula y en la Dirección y Subdirección.

I. Organizar talleres de réplica de las capacitaciones desarrolladas en el Marco de los Convenios

Intel Educar, del Programa “Una Laptop por Niño”, Robótica Educativa, en las I.E. en

coordinación con la DIGETE y la UGEL 06.

J. Ambientar el AIP/CRT con normas de convivencia y un punto de información (panel o periódico

mural)

K. Apoyar a los docentes en el desarrollo de las sesiones de aprendizaje aplicando los recursos

del AIP/CRT; pero no realizar la clase.

L. Elaborar catálogos virtuales y materiales interactivos como soporte pedagógico y de apoyo al

docente de aula.

M. Mantener operativos y disponibles los servicios y recursos tecnológicos.

N. Asegurar el cumplimiento de las normas éticas, morales y de buenas costumbres al emplear

las computadoras convencionales y portátiles y otros medios y materiales TIC, en especial

prohibiendo el acceso a páginas WEB de contenidos pornográficos y regulando el uso del

Internet según ley 28119.

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O. Reportar al director periódicamente el estado del equipamiento del AIP/CRT, de presentarse

fallas técnicas, el director informará a la UGEL y reportará el bien a la DIGETE para su

inmediata atención

P. Planificar y desarrollar Ferias para que estudiantes y maestros elaboren y muestren los

diversos materiales educativos con el uso de TIC a la comunidad educativa, implementando

espacios digitales para su difusión.

Q. Asegurar que todo software que se utilice cuente con la respectiva licencia de uso.

R. Realizar Proyectos de Autosostenimiento para mantener operativos los equipos y proponer la

aplicación del presupuesto asignado a la I.E. para el mantenimiento de su

infraestructura tecnológica.

S. Coordinar permanentemente con los Docentes Líderes de Tecnologías de la RED Educativa

para el soporte pedagógico y tecnológico; a fin de mantener la operatividad y funcionamiento de

los recursos de AIP/CRT.

T. Garantizar que el uso de Internet sea con fines educativos y no administrativos.

U. Reportar mensualmente al director la operatividad del servicio de Internet quien después lo

remitirá a la UGEL mediante un oficio. (Anexo 1)

V. Promover el uso y aprovechamiento pedagógico de los servicios y recursos del portal

educativo nacional: www.perueduca.edu.pe

W. Crear y mantener operativo el Blog del AIP y/o CRT.

X. Reportar mensualmente al director el informe de producción, con el reporte de asistencia de los

docentes y de horas dictadas en cada una de las área de cada nivel de atención.

Y. Contar con su carpeta pedagógica, la que debe contener:

Plan de Trabajo

Planes e Informes de Capacitación desarrollados.

Horario de atención

Inventario actualizado y visado.

Catálogos virtuales

Informes de producción mensual remitidos al director/a.

Z- Reglamento del Aula

Además el Docente de AIP y/o CRT deberá contar obligatoriamente con:

Archivos actualizados de normas legales DIGETE

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Archivo de sesiones de clase de los docentes de aula que hacen uso del ambiente o en su

defecto contar con un registro que evidencia la inserción de las TIC en su sesión.

Registro de asistencia diarias actualizadas

Art. 41º.- DE LAS FUNCIONES DEL DIRECTOR (A) DE LA INSTITUCION EDUCATIVA (DIRECTIVA Nº090-2007-ED-6.3.2, RM.Nº0622-2011-ED)

A. Velar por el cumplimiento estricto de las normas éticas, morales y de buenas costumbres al

emplear las computadoras y otros medios y materiales TIC, prohibiendo el acceso a páginas

web de contenido pornográfico y regulando el uso de internet según Ley Nº 28119.

B. Garantizar la incorporación de las TIC en todas las etapas de la Planificación Curricular (PEI,

PCI, PAT, UD, y .SA).

C. Propiciar la renovación e implementación de equipos en las AIP, en coordinación con

la APAFA y CONEI, mediante el Comité de Autosostenimiento, sugerido por la

(RSG.Nº503-2003-ED).

D. Promover el aprendizaje integrando las TIC en las actividades Pedagógicas, contribuyendo al

desarrollo integral de estudiante y brindándoles las oportunidades en el marco de una

sociedad del conocimiento.

E. Asegurar que todos los equipos recibidos de la DIGETE a través de la UGEL 06 estén ubicados

en el AIP y/o CRT, por ningún motivo cumplirán funciones administrativas o de oficina. Su uso

es de exclusividad pedagógica de apoyo al docente de aula que hace uso de las TIC.

F. El CPU y computadora portátil Netbook que ha distribuido el MED no deberá tener ningún

sistema ni programa instalado que no sea el que ya tiene.

G. Velar que todo software que se utilice en el AIP y/o CRT cuente con la respectiva

licencia de uso.

H. Autorizar las actividades que conlleven a la creación de materiales educativos con TIC, de

considerarlo, seleccionar y remitir a la UGEL de su jurisdicción para su revisión y publicación

en el Portal Educativo Nacional, debiendo respetar los derechos del autor.

I. Reportar a la UGEL mensualmente el servicio operativo o no del Internet y del Programa

Televisivo (DIRECTV) solo si tiene el servicio gratuito mensualmente la primera semana de

cada mes, utilizando las fichas específicas, escaneadas con firma y sello directamente. .

J. Reportar a la UGEL 05 hasta los 45 días de iniciado el año escolar, la situación actual de los

AIP y CRT, Planes de trabajo del AIP y CRT aprobado por el CONEI, que deben contener lo

especificado en el numeral 6.5.1.

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K. Informar a la UGEL sobre las actividades de capacitación y réplicas desarrolladas en el

CRT y AIP.

L. Asegurar y velar que el uso del Internet sea exclusivamente pedagógico dentro de la Institución

Educativa y que las computadoras tengan como página de inicio el Portal Educativo peruano:

http://www.perueduca.edu.pe.

M. Cumplir con elevar los informes en los plazos establecidos y dar cumplimiento a otras funciones

que son de su competencia.

N. Monitorear y supervisar el funcionamiento de la AIP y CRT e informar a la UGEL sobre el

desempeño del docente responsable, según numeral.

Art. 42º.- DEL SERVICIO DE INTERNET.

A. Su instalación se dará en el AIP o CRT, por personas autorizadas por el MED.

B. Su uso es de exclusividad pedagógica y no administrativa.

“Funcionamiento del Aula de Innovación Pedagógica y del Centro de Recurso Tecnológico” Dirección

General de Tecnologías Educativas – UGEL 06-2013

A. Tener como página de inicio el Portal Perú Educa.

B. Todas las estaciones y el servidor tendrán que estar operativas.

C. El CPU que ha distribuido el MED es el servidor del CRT cuya función específica es de distribuir

el Internet a todos los equipos: computadoras convencionales y portátiles, no deberá tener

ningún programa instalado que no sea el que ya tiene. No debe ser tratado como estación.

D. La computadora portátil Netbook cuentan con el Sistema Operativo libre denominado

Linux y queda prohibido la instalación de otro sistema.

E. El Acces Point es el modem que distribuye el Internet en forma inhalámbrica y deberá estar

ubicado en un punto estratégico a fin de que emita la señal de Internet a las aulas, si la

distancia de las aulas son distantes se hará conexiones a través de cables adecuados.

F. El servidor que se encontraba en el AIP formará parte de una estación más.

G. Es importante tener en cuenta que el Internet dado por el MED ya cuenta con un filtro local y es

suficiente; por lo tanto queda prohibido la instalación de otros.

H. El uso de este servicio es frecuentemente monitoreado mediante la web, por la UGEL y por el

MED.

I. Las IE que cuenten con dos circuitos deberán tenerlas operativas, caso contrario se le

retirará uno, beneficiando a otra IE de la jurisdicción.

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J. Respetar las normas de ética, moral y buenas costumbres y lo normado en la

K. Ley 28119, que prohíbe el acceso de Internet a páginas web que tengan contenido

pornográfico. Todas las estaciones deben estar filtradas.

Art. 43º.- DE LAS FUNCIONES DE DOCENTE DE AULA O AREA QUE HACE USO DE LAS TIC EN LAS SESIONES DE CLASE.

A. Deberá coordinar con el Docente del AIP y/o CRT con anterioridad a la clase, en la elaboración

de la sesión, ficha de actividad o material educativo a emplear.

B. Entregar la sesión de clase visada por el director o sub director, al docente responsable del

AIP/CRT antes de ingresar con sus estudiantes.

C. Deberá desarrollar la sesión de clase en coordinación con el docente de AIP y/o CRT, de

ningún modo enviar a los estudiantes solos ni dejar que otro docente desarrolle la clase,

teniendo en cuenta las horas efectivas.

D. Insertar los diversos recursos TIC en sus instrumentos de gestión pedagógicos:

programaciones, unidades y sesiones.

E. Cuando se emplea el Internet, las direcciones URL deben ser precisas, y en caso de los videos

de YOU TUBE descargarlos, esto implica que el docente debe haber revisado con

anticipación y no debe ser producto de una improvisación.

F. La hora de acceso al AIP y/o CRT no es para uso de la enseñanza de computación;

sino que debe desarrollarse actividades pedagógicas de acuerdo a la programación curricular y

en todas las áreas según el DCN.

Art. 44º.- DEL SOFTWARE EDUCATIVO.

A. Los Docentes de AIP no instalarán software distinto a lo indicado por el MED.

B. Los materiales producidos será de libre distribución por lo que deberá emplearse

software libres o en su defecto compra la licencia respectiva.

C. El software educativo elaborado debe de adecuarse al logro de capacidades de los estudiantes

y será remitido a la dirección de la I.E. para su entrega al MED.

D. Queda terminantemente prohibido tener instalado en el AIP, programas de mensajería (chat),

videos, juegos, u otros distractores a la labor pedagógica.

Art. 45º.- DEL MANTENIMIENTO DE LAS AULAS DE INNOVACIÓN Y CENTROS DE RECURSOS TECNOLÓGICOS

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El Director de la IE en coordinación con el Docente de Innovación y/o Centro de Recursos

Tecnológicos, y con la aprobación del CONEI, deberán solicitar a la APAFA destinar una partida para su

mantenimiento, en caso que APAFA no atendiera el requerimiento se realizará con Recursos Propios

y/o se solicitará a la UGEL y MED el mantenimiento de los equipos de AIP y CRT.

Art. 46º.- DE LOS EVENTOS DE ACTUALIZACIÓN Y CAPACITACIÓN EN LAS TIC.

A. Presentar de oficio a la UGEL , solicitando la autorización de realización de eventos de

capacitación con la debida anticipación. Adjuntando el proyecto correspondiente.

B. La realización de eventos de actualización o de capacitación, no debe traer suspensión de

labores académicas ni fines de lucro.

C. Especificar el proyecto: local, ponentes, tiempo de duración, horario, temario, número de horas

para la certificación, de acuerdo a las normas vigentes.

D. Para la realización del evento presentar el documento de autorización.

E. El control de asistencia debe ser manual, con DNI y firma de los participantes.

F. El monitoreo de parte de la especialista de Tecnologías Educativas para la elaboración del

informe correspondiente.

G. Para el proceso de certificación de los eventos, los organizadores deben remitir a la UGEL 06,

el informe de la realización, adjuntando la lista diaria, el formato digital e impreso, materiales

elaborados en CD y los certificados codificados, en base al código proporcionado por la UGEL.

Art. 47º.- DE LA CAUTELA DE BIENES DEL AULA DE INNOVACIÓN PEDAGÓGICA (RSG N°503-2003- ED).

A. La cautela de bienes se encuentra normado en la Resolución de Secretaría General N° 503-

2003-ED. y su correspondiente Manual de Procedimiento.

B. Tener actualizado el inventario de los bienes del AIP y CRT

C. No romper sellos de seguridad de los bienes que aún tengan garantía.

D. Tener asegurado a los CPUs, Laptop, Acces Point y todos los bienes, si es posible con

candado.

E. En caso de pérdida o de robo de un bien o recurso tecnológico tener en cuenta el numeral.

F. “El director deberá efectuar la denuncia en el Puesto de la Policía Nacional de la zona a la que

pertenece la I.E. y comunicar a la UGEL. Asimismo debe tomar las medidas necesarias para la

reposición de dichos equipos”

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G. El inventario debe estar en el AIP, CRT, Dirección de la IE, UGEL 05-AGP en forma impresa y

en digital.

H. La especialista y los Docentes Líderes de Tecnologías Educativas, deberán verificar la

existencia de los bienes en las supervisiones que realicen a las AIP y CRT.

Art. 48°.- FUNCIONES DE LOS COORDINADORES DE AMBOS NIVELES:A. Asume la función de apoyo técnico pedagógico encomendada por la Dirección.

B. Orienta los aspectos pedagógicos en el nivel correspondiente.

C. Articula, relaciona las instancias y acciones educativas.

D. Apoya al profesor de turno en la formación de los alumnos los días lunes (nivel primario).

E. Sirve de enlace entre los docentes y la plana jerárquica.

F. El coordinador del nivel secundario elabora el rol de evaluaciones en coordinación con los

coordinadores de áreas.

G. Mantiene coordinación con los coordinadores de Tutoría-OBE, Disciplina y Convivencia Escolar;

y el coordinador de actividades.

H. Presenta el informe anual de su labor.

I. Preside las reuniones técnico pedagógico en ausencia de la Sub dirección, para el caso del

nivel secundario previa coordinación.

J. Atiende los problemas que aquejan a la Institución educativa.

Art.49º.- FUNCIONES DE LOS COORDINADORES POR CICLOS EN EL NIVEL DE PRIMARIA:A. Asume la función de apoyo técnico pedagógico encomendada por el coordinador General del

Nivel de Primaria.

B. Orienta los aspectos pedagógicos en el ciclo correspondiente.

C. Articula, relaciona las instancias y acciones educativas.

D. Apoya a los profesores de turno en la formación de los alumnos los días que corresponde.

E. Sirve de enlace entre el coordinador general y la plana jerárquica.

F. Elabora el rol de evaluaciones en coordinación con los docentes de ciclo.

G. Mantiene coordinación con el coordinador de Tutoria-OBE y Disciplina y Convivencia Escolar.

H. Presenta el informe anual de su labor.

I. Preside las reuniones técnico pedagógico del ciclo que le corresponde con/sin presencia del

subdirector (e).

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Art.50º.- FUNCIONES DE LOS COORDINADORES POR ÁREAS EN EL NIVEL SECUNDARIA:A. Asume la función de apoyo técnico pedagógico encomendada por el coordinador General del

Nivel de Secundaria.

B. Orienta los aspectos pedagógicos en el Área correspondiente.

C. Articula, Diversifica, relaciona las instancias y acciones educativas.

D. Apoya a los profesores de turno en la formación de los alumnos los días que corresponde.

E. Sirve de enlace entre el coordinador general y la plana jerárquica. Mantiene coordinación con el

coordinador de Tutoria-OBE y Disciplina y Convivencia Escolar.

F. Presenta el informe anual de su labor.

G. Preside las reuniones técnico pedagógico del Área a su cargo con/sin presencia del Director.

DE LAS COMISIONES

Art. 51º.- COMITÉ DE TUTORIA Y ORIENTACIÒN EDUCATIVA (TOE)

A. Las tutorías son designadas por el Director de la Institución Educativa, en estrecha

coordinación con la Subdirección de Formación General y el Coordinador de Tutoría.

B. La función de tutor formal, en Primaria, es asignada al docente a cargo del aula; y en

Secundaria, a uno de los docentes de la sección.

C. Los docentes tutores y el Coordinador de Tutoría no pueden tener más de dos secciones a

cargo.

D. La hora de Tutoría es exclusiva para la orientación, no debe de ocuparse con actividades delas

Áreas Curriculares, ni otras actividades.

E. Es un momento para tratar asuntos relacionados con las necesidades e intereses de los

estudiantes dentro del marco de las áreas de la Tutoría.

F. El Coordinador de Tutoría, convocará y dirigirá las reuniones con los tutores de aula, así como

con los auxiliares de educación para coordinar acciones que conlleven el mejoramiento del

servicio de Tutoría, Convivencia y Disciplina Escolar.

G. La Institución Educativa no da terapias ni tratamiento psicológico, si estos existieran se los

derivan a una institución especializada.

H. La consejería en la Institución Educativa, es tarea de todo el personal directivo, jerárquico,

docente y administrativo. El tutor realizará acciones de orientación en coordinación con el

personal directivo, docente y auxiliar de la Institución Educativa.

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I. El Comité de TOE es la modalidad de orientación educativa, inherente al currículo, que se

encarga del acompañamiento socio-afectivo y cognitivo de los estudiantes dentro de un marco

formativo y preventivo, desde la perspectiva del desarrollo humano.J. Según la Directiva N° 003-2005-OTUPI/VMGP, este comité se instala bajo un acta que será

remitida inmediatamente al órgano correspondiente.

CONFORMACIÓN DEL COMITÉ DE TUTORÍA Y ORIENTACIÒN EDUCATIVAA. El Director, quien lo preside, o su representante.

B. El Coordinador de Tutoría, Convivencia y Disciplina Escolar.

C. Los tutores

D. El Psicólogo Escolar y/o el promotor de Tutoría y Prevención si lo hubiera.

E. Un representante de los auxiliares de educación por turno o nivel, cuando sea pertinente.

F. Representante de los estudiantes, de acuerdo con la organización de la I.E.

G. Otros integrantes según las necesidades y características de la I.E.

FUNCIONES DEL COMITÉ DE TUTORIA Y ORIENTACIÒN EDUCATIVA SON:

A. Contextualizar las actividades de tutoría y orientación educacional, que incluyen los programas

de prevención y la convivencia y disciplina escolar, de acuerdo al diagnóstico del PEI.

B. Organizar, programar, orientar, supervisar, monitorear y evaluar las actividades de tutoría y

orientación educacional.

C. Promover y organizar capacitaciones dirigidas a los estudiantes, docentes y padres de familia.

D. Asegurar la incorporación de las acciones de tutoría y orientación educacional en PEI, PCI y

PAT.

E. Promover realización de reuniones escolar entre tutores por grado y/o nivel para el intercambio

de experiencias, de forma periódica o a lo largo del año.

F. Emitir opinión con relación a los alumnos con problemas de conducta previa coordinación con

el asesor - auxiliar y hacer firmar a los padres los compromisos oportunamente.

G. Constituir y asesorar a la Policía Escolar, brigadieres, brigadas de defensa civil y coordinar con

el comité de Defensa Civil.

H. Contribuir al mantenimiento de la disciplina durante el desarrollo de las fechas cívicas y

actividades programadas.

I. Coordinar con la comisión de Escuela de Padres.

J. Informar de manera inmediata a los padres de familia sobre las sanciones aplicadas a sus

hijos.

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K. Comunicación permanente con los auxiliares y docentes tutores.

L. Supervisar en coordinación con los auxiliares la correcta presentación de los alumnos (as).

M. Manejará un fólder de ocurrencias.

N. Programará en coordinación con la Dirección la inspección de las pertenencias de los

alumnos.

FUNCIONES DEL COORDINADOR DE TUTORIA Y ORIENTACIÒN EDUCATIVA A. Convocar las reuniones y velar por el cumplimiento de las funciones del Comité de Tutoría.

B. Verificar la elaboración del Plan Tutorial de Aula.

C. Asesorar a los tutores en el desarrollo de sus actividades

D. Diseña y administra el archivo de los documentos elaborados por cada tutor sobre la labor

realizada con sus respectivos estudiantes.

E. Al inicio de año verifica que cada tutor reciba la documentación del trabajo realizado por los

tutores que estuvieron a cargo del grupo asignado en años anteriores.

F. El archivo de documentos elaborados debe incluir: Plan Tutorial de Aula, con la estructura de

las sesiones y temas a trabajar en cada aula, memoria de tutoría con la síntesis de cada tutor

elabora de la experiencia de tutoría con su grupo durante el año escolar, fichas acumulativas:

los formatos que cada tutor llena con información relevante respecto al proceso de desarrollo

de los estudiantes.

G. Previene, sanciona y erradicar la violencia, el hostigamiento y la intimidación entre alumnos(as)

en cualquiera de sus manifestaciones; acuerda las sanciones que correspondan y elabora un

plan de sana convivencia y disciplina escolar en coordinación con el CONEI, Comisión de

Convivencia y Disciplina Escolar, siguiendo las indicaciones emanadas por el Ministerio de

Educación, que recogen y concretan los valores, objetivos y prioridades de actuación que

orientan y guían el mutuo respeto y la solución pacifica de los conflictos.

Art. 52º.- FUNCIÓN DE LOS PADRES DE FAMILIAA. Asistir y participar en las reuniones que convoca el tutor y/o Asesor para brindarles información

sobre el proceso de desarrollo de sus hijos en sus diferentes aspectos (social, académico,

afectivo, etc).

B. Brindar información al tutor y/o Asesor acerca de los avances y dificultades que perciben en sus

hijos.

C. Apoyar las metas que sus hijos se proponen lograr en la escuela, comentando los progresos y

logros que ven en ellos y alentándolos para que les soliciten ayuda cuando lo necesiten.

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D. Reparar y/o reponer la infraestructura, mobiliario, equipos, etc., del aula Funcional que su

menor hijo (a) ha destruido bajo responsabilidad de informar a las autoridades pertinentes.

E. Cumplir con los acuerdos establecidos en su Declaración Jurada firmada al inicio del año.

F. Participar en las actividades que organiza la I.E.,: (faenas de limpieza, elaboración de

materiales didácticos, ambientación de aula, etc.,) el aula, Tutor y/o Asesor .

Art. 53º.- FUNCION DE LOS ESTUDIANTES (Art. 34 Reglamento de la EBR)A. Proponer temas a trabajar durante las sesiones de tutoría, de acuerdo con sus necesidades e

intereses.

B. Apoyar el desarrollo de las capacidades de sus compañeros.

C. Participar activa y responsablemente en los consejos de aula, municipios escolares, etc.

D. Realizar periódicamente reuniones de aula utilizando la hora de tutoría.

E. Proponer a los docentes que consideren los adecuados para cumplir la función de tutor.

F. Realizar un proyecto anual de ayuda social.

G. Evaluar el desarrollo de sesiones de tutoría.

H. Existen organizaciones que pueden apoyar la labor de tutoría, como por ejemplo:

organizaciones de base (Asociaciones de vecinos, Juntas vecinales, Comunidades

campesinas, clubes de madres, comedores populares, etc).

I. Sectores del Estado: Posta Médica, Comité de Defensa Civil, PNP, Juzgados de Paz,

DEMUNA, etc; La Municipalidad a través del Alcalde y las comisiones de Educación y cultura, y

de salud y saneamiento ambiental; La Iglesia; ONGs ; Universidades y Institutos pedagógicos.

DISCIPLINA Y CONVIVENCIA ESCOLARArt. 54.- La disciplina escolar es el conjunto de procedimientos y acciones formativas que fomentan la

interiorización de valores, el respeto a las personas y el cumplimiento de las normas que garantizan la

regulación del comportamiento de los estudiantes y una convivencia armoniosa entre todos los

miembros de la comunidad educativa.

Art. 55.- El Director garantizará la permanencia en la Institución Educativa de los estudiantes que

presentan problemas de consumo de drogas legales e ilegales, coordinando para que reciban

tratamiento especializado con el sector salud u otras instancias de la comunidad. (Artículos 3, 8y 18 de

la Ley Nº 28044 Ley General de Educación) (Artículos 14, 18 y 37 de la Ley Nº27337 - Código de los

Niños y Adolescentes).

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Art. 56.- La niña o la adolescente, embarazada o madre no debe ser impedida de iniciar o proseguir

sus estudios, el Director adoptará las medidas del caso para evitar cualquier forma de discriminación.

(Artículo 14º de la Ley Nº 27337 Código de los Niños y Adolescentes).

Art. 57.- Las funciones del responsable o coordinador de la convivencia y disciplina escolar, son:

A. Comportarse de manera ejemplar dentro y fuera de la Institución Educativa, promoviendo con

su ejemplo la disciplina y convivencia escolar.

B. Velar por la interiorización y el cumplimiento de las normas de convivencia y disciplina

establecidas en la Institución Educativa.

C. Verificar que los tutores lleven un registro escrito actualizado del comportamiento de los

estudiantes que incluya sus desempeños positivos y negativos.

D. Participar del Comité de Tutoría, Convivencia y Disciplina escolar para contribuir con los tutores

a que sus actividades de tutoría y orientación educativa fortalezcan la convivencia y disciplina

escolar y el uso adecuado del tiempo, mediante la orientación grupal e individual.

E. Reunirse periódicamente con los profesores y auxiliares con el propósito de evaluar la

convivencia y disciplina y el uso del tiempo escolar así como coordinar las acciones pertinentes

para su mejoramiento.

F. Recepcionar y canalizar las iniciativas de la Comunidad Educativa dirigidas a mejorar la

disciplina escolar.

G. Recepcionar y canalizar las iniciativas de la Comunidad educativa dirigidas a mejorar la

disciplina escolar.

H. Mediar en la solución de los conflictos que pudieran suscitarse en la Institución Educativa.

Art. 58.- Los profesores, auxiliares y personal administrativo, tienen el deber de:

A. Comportarse de manera ejemplar dentro y fuera de la Institución Educativa o Programa,

promoviendo con su ejemplo la disciplina y convivencia escolar.

B. Promover y velar permanentemente por el cumplimiento de las normas de convivencia y

disciplina escolar, el uso adecuado del tiempo y la formación ciudadana, cívica y patriótica.

C. Garantizar que las sanciones a los estudiantes no atenten contra los derechos de los niños,

niñas, adolescentes, jóvenes y adultos.

Art. 59.- Los tutores tienen el deber de:

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A. Comportarse de manera ejemplar dentro y fuera de la Institución Educativa, promoviendo con

su ejemplo la disciplina y convivencia escolar.

B. Velar por el cumplimiento y la interiorización de las normas mediante la orientación educativa

permanente de manera grupal e individual.

C. Implementar un registro en el cual consignarán las acciones principales consideradas positivas

y negativas por cada estudiante.

D. Desarrollar en sus estudiantes el respeto hacia su propia persona, a sus pares, a los

profesores, padres, autoridades y demás personas con las que interactúen.

E. Promover las normas de respeto mutuo en las relaciones interpersonales.

F. Desarrollar en sus estudiantes las habilidades sociales de comunicación y resolución de

conflictos.

Art. 60.- Los estudiantes deben:

A. Respetar a sus compañeros de aula y de la Institución Educativa.

B. Manifestar respeto permanente por los profesores, padres de familia, personal auxiliar,

deservicio y a toda persona con la que interactúen.

C. Respetar las diversas creencias religiosas, condición económica, social y étnico cultural delos

miembros de la comunidad educativa.

D. Saludar respetuosamente a las personas dentro y fuera de la Institución Educativa.

E. Cumplir puntualmente el horario de ingreso, recreo y salida.

F. Acudir a la Institución Educativa cuidando su presentación y aseo personal y con vestimenta

apropiada para el trabajo escolar.

G. Expresarse con un lenguaje amable, respetuoso, sin uso de expresiones grotescas.

H. Solicitar sus pedidos respetuosamente para aquellas acciones que requieran autorizaciónpor

parte del docente o por norma de la Institución Educativa.

I. Apoyar el proceso de inclusión de sus compañeros con necesidades educativas especiales.

J. Velar por el cuidado y limpieza de las instalaciones y patrimonio de la Institución Educativa.

K. Participar en la elaboración de normas de convivencia en el aula y los respectivos reglamentos

de disciplina y uso adecuado del tiempo.

Art. 61.- La Comisión de Disciplina y Convivencia Escolar se encarga de elaborar el Pla de Trabajo de

Disciplina y Convivencia Democrática en la I.E. correspondiente al año 2013

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La comisión de Disciplina coordina con el Comité de Tutoría sobre alumnos observados (Con matricula

condicionada), y participa en la elaboración del informe de alumnos con problemas de conducta previa

coordinación con el asesor (a) , y auxiliares.

A. Constituir y asesorar a la Policía Escolar, brigadieres.

B. Contribuir al mantenimiento de la disciplina durante el desarrollo de las fechas cívicas y

actividades programadas.

C. Coordinar con la comisión de Escuela de Padres.

D. Informar de manera inmediata a los padres de familia sobre las sanciones aplicadas a sus

hijos.

E. Comunicación permanente con los auxiliares y docentes tutores.

F. Supervisar en coordinación con los auxiliares la correcta presentación de los alumnos (as).

G. Manejará un fólder de ocurrencias.

H. Programará en coordinación con la Dirección la inspección de las pertenencias de los

alumnos.

I. Previene, sanciona y erradicar la violencia, el hostigamiento y la intimidación entre alumnos(as)

en cualquiera de sus manifestaciones; acuerda las sanciones que correspondan y elabora un

plan de sana convivencia y disciplina escolar en coordinación con el CONEI, siguiendo las

indicaciones emanadas por el Ministerio de Educación, que recogen y concretan los valores,

objetivos y prioridades de actuación que orientan y guían el mutuo respeto y la solución pacifica

de los conflictos.

Art. 62º.- FUNCIONES DE LA COMISION DE ESCUELAS LIMPIAS SEGURAS Y SALUDABLES:La comisión se encarga de planificar, ejecutar y evaluar las actividades de programadas para

el año lectivo, con la participación del personal directivo, docente, padres de familia y la

colaboración de especialistas de la comunidad, promoviendo el desarrollo de capacidades,

formación de la conciencia ambiental y la Educación para el desarrollo sostenible en la EBR,

se otorgará preferentemente atención a los servicios de salud, alimentación y asistencia

social, en coordinación con las instituciones comunales, APAFA y organismos del sector

público y privado.

A. La comisión de Escuelas Limpias Seguras y Saludables emite su opinión con

relación a los alumnos con enfermedades y sean tratados por las Instituciones de

Salud

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B. Constituir y asesorar a las brigadas ecológicas y coordinar con el comité de Disciplina

y Convivencia Escolar, Defensa Civil.

C. Contribuir en el mantenimiento de limpieza y fumigación de la I.E en el mes de

Febrero, Julio y diciembre.

D. Coordinar con la comisión de Escuela de Padres.

E. Informar de manera inmediata a los padres de familia sobre las enfermedades de

sus hijos.

F. Comunicación permanente con los auxiliares y docentes tutores.

G. Supervisar en coordinación con los auxiliares la correcta presentación de las aulas.

H. Manejará un fólder de ocurrencias.

Art. 63º.- FUNCIONES DE LA COMISIÓN TÉCNICO PEDAGÓGICA: A. Organizar eventos técnico pedagógicos de capacitación e innovaciones pedagógicas.

B. Fomentar el intercambio de experiencias pedagógicas.

C. Asesorar y orientar la labor docente.

D. Promover concursos de conocimientos, habilidades y destrezas entre los alumnos.

E. Propiciar la práctica del deporte para lograr la confraternidad entre los alumnos y

docentes

F. Hacer cumplir los acuerdos tomados por áreas o grados.

Art. 64º.- FUNCIONES DE LA COMISIÓN DE IMAGEN INSTITUCIONAL Y RELACIONES HUMANAS:Esta comisión tendrá como finalidad programar y ejecutar actividades que mejoren nuestra

imagen institucional tales como:

A. Velar por la correcta presentación de los educandos en coordinación con la Comisión

de Tutoría, auxiliares y brigadieres.

B. Propiciar la adecuada presentación de los docentes.

C. Promover actividades extracurriculares en bien del clima institucional magisterial,

tales como excursiones, visitas, etc. En coordinación con la comisión de actividades.

D. Coordinar con la dirección e instituciones públicas y privadas para realizar visitas con

los alumnos.

E. Velar por el buen uso y cuidado de los instrumentos de la banda de guerra y

promover la creación de la banda de música.

F. Programar trabajos comunales en coordinación con la APAFA para el mejoramiento,

conservación, limpieza y mantenimiento de la infraestructura del centro educativo.60

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G. Coordinar con la UGEL y la municipalidad para el mejoramiento de la infraestructura.

H. Velar por la correcta distribución del mobiliario escolar de acuerdo a la edad y

necesidades de los alumnos.

I. Coordinar con el personal de servicio para el buen mantenimiento y limpieza de las

aulas, servicios higiénicos, patio, entrada del plantel y otros.

J. Participar en la licitación de obras de infraestructura y mobiliario escolar, así como en

la compra de materiales y equipos.

K. Coordinar la correcta distribución y codificación de las aulas para ambos turnos.

L. Manejar y acceder al inventario general de los equipos, materiales y otros del centro

educativo.

M. Garantizar que las aulas estén en condiciones aceptables para el inicio del año

escolar (puertas, ventanas, carpetas y otros).

N. Propiciar la participación de los alumnos en programas como brigadas de Defensa

Civil, Boy Scout, Brigadas de Salud, etc.

O. Garantizar la correcta presentación de la escolta y de los alumnos que representan

al centro educativo en diversos eventos, en coordinación con la respectiva comisión.

P. Programar y/o periodificar las salidas de la escolta en coordinación con la Dirección

e instructor.

Q. Coordinar con la junta directiva vecinal las diferentes actividades (buscar

acercamiento y buenas relaciones).

Art. 65º.- FUNCIONES DE LA COMISIÓN DE LICITACIÓN Y SUPERVISIÓN DE QUIOSCO – CAFETÍN ESCOLAR Y FOTOCOPIADORA:

A. Convocar la licitación de Quiosco Escolar.

B. Convocar la licitación de Fotocopiadora

C. Elaborar, publicar, difundir y vender las bases de licitación.

D. Publicar los resultados de la licitación.

E. Realizar las acciones de supervisión y control de las condiciones de venta y su

procedencia garantizada de los productos a venderse, como también de los precios,

horarios de atención, y la atención a los usuarios.

F. Recepcionar las sugerencias y quejas de los usuarios por escrito a través de la

Dirección y Subdirección.

G. Resolver en primera instancia, todos los reclamos relacionados con la licitación,

supervisión y control de Quiosco Escolar y fotocopiadora

H. Realizar en forma trimestral un informe de la supervisión realizada.61

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I. La comisión, podrá sugerir la renovación, ampliación del alquiler, de los concesionarios si el caso lo

amerite teniendo la aprobación de la mayoría de los docentes y el visto bueno del CONEI.

Art. 66º.- COMITÉ DE GESTIÓN DE RECURSOS PROPIOS

Las Instituciones Educativas constituirán el Comité de Gestión de Recursos Propios y Actividades

Productivas y Empresariales, que en adelante se denominará Comité, responsable de la planificación,

organización, dirección, ejecución y evaluación de las Actividades Productivas y Empresariales y la

administración de los recursos propios de la Institución Educativa.

Art. 67º.- CONFORMACIÒN DEL COMITÉ DE RECURSOS PROPIOS:

Director de la Institución Educativa, quien lo preside y tiene voto dirimente.

El Subdirector de Administración, el Tesorero o quien haga sus veces

El Subdirector de Áreas Técnicas, Jefe de taller o quien haga sus veces

Un representante del personal docente

Un representante del personal administrativo

Art. 68º.- ELECCIÓN DE LOS INTEGRANTES DEL COMITÉ

La elección de los representantes del personal docente y administrativo ante el Comité, se realiza

mediante voto directo y secreto en elecciones convocadas por la Dirección de la Institución Educativa.

El período de vigencia de los representantes electos ante el Comité es de un año. Las elecciones de los

representantes, integrantes del Comité, se realizarán en el último trimestre del año y asumirán sus

funciones a partir del primer día útil del año siguiente.

Art. 69º.- DEL RECONOCIMIENTO E INSTALACIÓN DEL COMITÉ

El Comité será reconocido mediante Resolución Directoral suscrita por el Director de la Institución

Educativa, un ejemplar de dicha Resolución Directoral se remitirá a la instancia de gestión educativa

descentralizada inmediata superior.

La Instalación del Comité se llevará a cabo mediante acta suscrita por sus integrantes y dentro de los

cinco días hábiles de expedida la Resolución de reconocimiento.

Art. 70º.- FUNCIONES DEL COMITÉ

A. El Comité tiene las siguientes funciones:

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B. Formular y aprobar el Plan Anual de Gestión de Recursos Propios y Actividades Productivas y

Empresariales.

C. Aprobar el presupuesto para la ejecución del Plan Anual de Gestión de Recursos Propios y

Actividades

D. Productivas y Empresariales.

E. Autorizar a la (s) persona(s) responsable(s) de la ejecución del proyecto. En caso que el

proyecto sea presentado por docentes de la institución, éstos serán los responsables de su

ejecución, siempre que el proyecto sea de su especialidad.

F. Ejecutar los trámites pertinentes ante las instancias tributarias y administrativas

correspondientes.

G. Aprobar los contratos de personal considerados en los proyectos aprobados.

H. Supervisar, controlar y evaluar el proceso de ejecución del Plan Anual de Gestión de Recursos

Propios

I. y Actividades Productivas y Empresariales.

J. Proponer contratos y convenios con personas naturales o jurídicas para facilitar la realización

del Plan

K. Anual de Gestión de Recursos Propios y Actividades Productivas y Empresariales.

L. Realizar, de ser necesario, los trámites para la inscripción de marca y patente, ante la Autoridad

pertinente.

M. Informar bimestralmente al Consejo Educativo

N. Institucional del manejo de los recursos propios y gestión de actividades productivas y

empresariales de la Institución Educativa, cuando corresponda.

O. Informar trimestralmente a la Unidad de Gestión Educativa Local o Dirección Regional de

Educación correspondiente, sobre el movimiento de captación y uso de los ingresos

provenientes de los Recursos Propios y Actividades Productivas y Empresariales.

P. Cumplir con las responsabilidades tributarias derivadas de la ejecución de las actividades

productivas, según sea el caso.

Q. Depositar en la cuenta bancaria de la Institución Educativa, los ingresos provenientes de los

Recursos

R. Propios y las Actividades Productivas y Empresariales, dentro de las 24 horas y,

excepcionalmente en los plazos autorizados por la instancia inmediata superior.

S. Establecer un fondo de caja chica mensual para la atención de los gastos menores que

demanden las necesidades y actividades productivas y empresariales de las Instituciones

Educativas.

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T. Aprobar los egresos de dinero para la ejecución del Plan Anual de Gestión de Recursos Propios

y Actividades Productivas y Empresariales.

U. Asumir en forma solidaria, la responsabilidad administrativa y económica de la gestión de los

recursos, cumplimiento de los plazos, cantidad y calidad de los bienes y servicios ofrecidos por

la Institución Educativa.

V. Presentar el Balance Anual de los resultados de la gestión del Comité, al Órgano de Control

Institucional para conocimiento y fiscalización pertinente.

Art. 71º.- CONVOCATORIA Y PERIODICIDAD DE LAS REUNIONES DEL COMITÉLas reuniones del Comité serán ordinarias y extraordinarias y serán convocadas por su Presidente

teniendo en cuenta lo siguiente:

A. Ordinarias, bimestralmente

B. Extraordinarias, las veces que estime necesaria el Presidente o lo solicite la mayoría simple de

sus integrantes.

Art. 72º.- ACUERDOS DEL COMITÉA. Los acuerdos del Comité se adoptan por mayoría simple de sus integrantes, mediante Acta

suscrita por los asistentes.

B. En caso de empate el Presidente tiene voto dirimente.

Art. 73º.- DE LA ADMINISTRACIÓN FINANCIERA: CAPTACIÓN DE INGRESOSLas Instituciones Educativas están autorizadas a captar ingresos propios por los conceptos siguientes:

a) Recursos Propios generados por la Institución Educativa: arrendamiento a plazo fijo de

terrenos, ambientes, equipos y espacios disponibles, que no sean necesarios para la prestación

del servicio educativo.

Art. 74º.- DEL CONCEPTO Y CAPTACIÓN DE RECURSOS PROPIOS: DEFINICIÒN

Se denominan Recursos Propios a los ingresos generados y administrados por la misma Institución

Educativa por diferentes conceptos, excluyendo los provenientes del tesoro público, destinados al

mejoramiento institucional del servicio educativo.

Art. 75º.- CAPTACIÓN DE RECURSOS PROPIOS

Las Instituciones Educativas están autorizadas a generar y administrar recursos propios por los

siguientes conceptos:

A. Alquiler a plazo fijo, no mayores de un año, de terrenos, campos deportivos, piscinas, auditorios

y espacios disponibles sin afectar el normal desarrollo del servicio educativo.

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B. Desarrollo de actividades culturales, deportivas y sociales, siempre que no contravengan los

fines educativos, ni afecten el orden público.

C. Servicios de extensión educativa relacionados con el reforzamiento pedagógico, nivelación,

capacitación y actualización a estudiantes, docentes y a la comunidad en general y

reconversión laboral.

D. Las utilidades generadas por los conceptos descritos, se destinarán exclusivamente para el

mantenimiento y modernización del equipamiento e infraestructura de la Institución Educativa.

1. Es responsable de la administración de los ingresos captados por la institución educativa, de

acuerdo al TUPA de la I.E. aprobado mediante Resolución Directoral por los conceptos que a

continuación se detalla:

A. Donaciones y convenios.

B. Cuaderno de control.

C. Libretas de notas.

D. Tarjeta de control para asistencia de Escuela de padres y reuniones de comité de aula.

E. Constancia de Estudio.

F. Rectificación de apellidos.

G. Examen de recuperación.

H. Examen de Subsanación.

I. PRP (Programa de Recuperación Pedagógica) :Gratuito D.S. N° 011-2012-ED

J. Alquiler del Local; Centro de Cómputo.

K. Alquiler del Local para seminarios.

L. Alquiler de fotocopiadora.

M. Alquiler de Cafetín Escolar

- CERTIFICADO DE ESTUDIOS (DUPLICADO SECUNDARIA) 1 AÑO DE ESTUDIOS S/. 7.00 Y DOS

AÑOS A MÀS …………………………………………………………………………................ S/ 14.00

- CERTIFICADO DE ESTUDIOS (DUPLICADO EDUCACION PRIMARIA GLOBAL) ……. S/. 7.00

- EVALUACION DE SUBSANACION Y RECUPERACIÒN…………………………………… S/ 10.80

- AGENDA ESCOLAR (no es obligatorio)…………………….………………………………… S/ 4.00

- LIBRETA DE NOTAS ………………………………………………………………………….. S/ 1.50

- CONSTANCIA DE ESTUDIOS……………………………………………………………….. S/ 3.00

- CONSTANCIA DE VACANTE (GRATUITO)

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- CONSTANCIA DE CONDUCTA (GRATUITO)

- RECTIFICACIÓN DE NOMBRE Y APELLIDO……………………………………………….S/. 12.00

- ALQUILER DE ESPACIO PARA FUNCIONAMIENTO DE FOTOCOPIADORA…………S/.600.00

- ALQUILER DE ESPACIO PARA FUNCIONAMIENTO DE CAFETIN………….…………S/. 300.00

- VENTAS DE BASES PARA LICITACIÒN …………………………………………………………S/. 30.00

- PRUEBA DE UBICACIÓN GRATUITO. (GRATUITO)

DERECHO DE PAGO

PROCEDIMIENTOS REQUISITOS DERECHOS DE PAGO

FORMATO UNICO DE TRAMITE FUT GRATUITOAutorización prueba de ubicación 1-Solicitud en el formato

2-Copia simple de partida de nacimiento o DNI3-Certificado de estudios del ultimo grado (solo para los que estudiaron)

GRATUITO

Evaluación de Recuperación y Subsanación de Asignatura

1-Solicitud en el FUT2- Recibo de pago

S/10.80

Rectificación de Nombre y Apellido (para alumnos y ex alumnos)

1-Solicitud en el FUT2- Partida de nacimiento de rectif Judicial y/o notarial

S/12.00

Expedición de Certificados de estudios duplicados (para ex alumnos)

1-Solicitud en el FUT2- Recibo de pago

1-Educacion Primaria S/7.00 Educación Secundaria S/14.00

Libreta de notas o Boleta informativa 1-Recibo de pagos S/.1.50Agenda Escolar (no es obligatorio) 1-Recibo de pagos S/ 4.00Constancia de Vacante 1-Solicitud en el FUT

2- Recibo de pago

GRATUITOConstancia de estudios 1-Solicitud en el FUT

2- Recibo de pago S/. 3.00Constancia de conducta 1-Solicitud en el FUT

2- Recibo de pagoGRATUITO

Otros que la I.E. cobre 1-Solicitud en el FUT2- Recibo de pagoALQUILER

Venta de bases de licitación 1-Solicitud en el FUT2- Recibo de pago

S/50.00

Alquiler de espacio para funcionamiento de fotocopiadora

1-Previo contrato2-Recibo de pagos

S/ 560.00

Alquiler de espacio para funcionamiento de cafetín

1-Previo contrato2-Recibo de pagos

S/300.00

Art. 76º.- ALQUILER DE TERRENOS Y ESPACIOS

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Para el alquiler de ambientes, espacios disponibles, canchas deportivas, patios, piscinas, auditorios,

así como el arrendamiento, usufructo y uso de tierras de cultivo, el Director y el Comité de la Institución

Educativa pública, tendrá en cuenta, bajo responsabilidad lo siguiente:

A. Las actividades no deben realizarse en horas de clases, ni interferir o poner en peligro el normal

desarrollo de las actividades académicas.

B. El contrato a suscribirse especiará las responsabilidades del contratante, con relación al

cuidado, mantenimiento, conservación y reparación, en caso de deterioro.

C. Las tierras de cultivo, pueden arrendarse para su usufructo o uso por terceros, sólo en caso que

no esté relacionado con la especialidad o carreras que oferta la Institución Educativa, o que,

dichos terrenos sirvan para el reforzamiento de las prácticas formativas o preprofesionales.

Art. 77º.- ALQUILER DE EQUIPOSLas máquinas y equipos de la Institución Educativa, sólo podrán ser alquiladas temporalmente bajo la

supervisión de su personal, siempre que no estén destinadas para uso de las especialidades o carreras

que oferta la Institución Educativa, bajo responsabilidad del Director y del Comité.

Art. 78º.- COMISIÓN ESPECIAL DE EVALUACIÓN A. Presentar un plan de trabajo.

B. Delimitar y publicar alcances y/o criterios de evaluación.

C. Evaluar el desempeño laboral de los docentes.

D. Evaluar el desempeño laboral de los trabajadores administrativos.

E. Proponer contrataciones del personal docente y administrativo.

F. Emitirá al final de año un informe sobre el desempeño de los docentes.

G. Decepcionará de los coordinadores de cada comisión el informe del desempeño de sus

miembros, al final de cada semestre.

H. Evaluara y emitirá opinión para Otorgar R.D en coordinación con la dirección al personal de

la institución educativa por su buen desempeño laboral

Art. 79º- FUNCIONES DEL CONSEJO EDUCATIVO INSTITUCIONAL. A. Concepto.- Educativo institucional es un órgano de participación, concertación y vigilancia

ciudadana de la Institución Educativa, que contribuye a la promoción y ejercicio de una

gestión educativa de calidad de carácter transparente, moral y democrático.

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B. Integrantes.- Es presidido por el Director de la Institución educativa e integrado por la

subdirectora, representantes de: docentes, estudiantes, administrativo, en concordancia con

el Art. 52 de la Ley 28044, Ex alumnos y Padres de Familia. .

C. Son funciones del Consejo Educativo:

Art. 80º.- EN ASPECTOS DE PARTICIPACIÓN

A. Participar en la formulación, ejecución y evaluación del Proyecto Educativo institucional,

Plan Anual de Trabajo, Reglamento Interno, Proyecto Curricular de Centro y demás

instrumentos de gestión educativa, en el contexto de la emergencia de la educación

nacional.

B. Promover mecanismos y modelos de participación de los actores educativos de la sociedad

civil, para contribuir al buen clima y liderazgo institucional, así como en la evaluación de la

gestión de la institución orientada a mejorar su prestigio en la comunidad.

C. Participar en la elaboración del Cuadro de distribución de secciones y horas de clase de la

Institución educativa a través de un representante en la comisión respectiva.

D. Fortalecer la organización, funcionamiento y seguimiento de “círculos de mejoramiento de

la calidad del aprendizaje y enseñanza”, “Círculos de investigación-Innovación” y otras

formas de organización de estudiantes, personal docente y administrativo conducentes a

elevar la calidad de los servicios educativos.

E. Proponer acciones concretas de sensibilización en la comunidad educativa orientadas a la

conservación del local y uso adecuado del mobiliario y equipos del centro educativo.

F. Proponer a la Dirección, normas de convivencia para el personal y alumnado de la

Institución Educativa y criterios de participación en actividades comunitarias, culturales,

deportivas y recreativas.

G. Velar por el cumplimiento de las normas de convivencia y asumir la defensa y garantía de

los derechos de toda la comunidad educativa.

H. Participar en la evaluación para el ingreso, ascenso y permanencia del personal docente y

administrativo de la Institución.

I. Promover eventos de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones y la

conformación de organizaciones juveniles.

J. Proponer mecanismos de reconocimiento y estímulos al personal docente y administrativo,

que destaquen en su desempeño en el aula y en la Institución Educativa, y a los

estudiantes según los resultados obtenidos en el marco del Proyecto Curricular de Centro y

la misión institucional prevista en el Proyecto Educativo Institucional.

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K. Promover a la Asociación de Padres de Familia por medio de su representante,

mecanismos e instrumentos para contribuir en la mejora de los aprendizajes de sus hijos,

desde la familia y en la Institución Educativa, a partir de aprender a escuchar a los hijos, del

mejor uso del tiempo para el estudio en el hogar, el apoyo en la ejecución de las tareas

escolares y la práctica vivencial de los valores.

Art. 81º.- EN ASPECTOS DE CONCERTACIÓNA. Promover el establecimiento de vínculos con las organizaciones e instituciones de la

localidad que potencien el uso de recursos existentes.

B. Brindar apoyo a la Dirección de la Institución Educativa en la resolución de conflictos que

se susciten al interior de ella.

C. Generar acuerdos que fortalezcan la mejora de la gestión pedagógica, institucional y

administrativa de la Institución Educativa, en el marco del Programa Nacional de

Emergencia Educativa, priorizando los procesos de aprendizaje-enseñanza relacionados

con la comprensión lectora y el pensamiento lógico matemático, promoción de

comportamientos de vida organizada en función de valores, y una cultura de derechos en

cada aula de la Institución Educativa.

Art. 82º.-EN ASPECTOS DE VIGILANCIAA. Vigilar la equidad en el acceso y permanencia de los estudiantes.

B. Cautelar y vigilar la ejecución del presupuesto participativo anual de la Institución

Educativa y de la Asociación de Padres de Familia en función del Proyecto Educativo

Institucional y el Proyecto Curricular de Centro, el Plan Operativo Anual de la APAFA

deberá estar articulado al Plan Anual de Trabajo de la Institución Educativa.

C. Ejercer acciones de vigilancia en el desempeño de los actores de la Institución Educativa y

evitar acciones externas que afecten al buen funcionamiento institucional, promoviendo el

trabajo digno, la gestión transparente y participar en su evaluación.

D. Supervisar el número de horas efectivas de clase que reciben los alumnos de acuerdo al

número de horas programadas según el Plan de Estudios y el Cuadro de distribución de

secciones y horas de clase por sección, grados y turnos.

E. Verificar el uso efectivo de horas de clase por secciones, áreas curriculares según la

secuencialización de contenidos/competencias del Proyecto Curricular de Centro.

F. Confirmar la asistencia y puntualidad de los docentes en el horario de clase.

Art. 83º.- REUNIONES DEL CONEI

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A. El Concejo Educativo Institucional ejerce funciones normativas y fiscalizadoras

B. Las reuniones del CONEI son de carácter ordinario y extraordinario

C. El Concejo Educativo Institucional se reúne en sesión ordinaria una vez al mes, para tratar

los asuntos de trámite regular.

D. El Concejo Educativo Institucional, también se reúne en sesión extraordinaria sólo para

tratar asuntos prefijados en la agenda; tiene lugar cuando la convoca el Presidente o a

solicitud de una tercera parte del número legal de sus miembros.

E. En el caso de que exista desidia por parte del Presidente del Concejo Educativo

Institucional, puede convocarlo cualquier integrante del CONEI previa notificación escrita al

alcalde y además debe contar con el respaldo de la mayoría de sus integrantes.

F. El Consejo Educativo Institucional, realiza además de sus atribuciones las acciones

necesarias para diagnosticar, prevenir, evitar sancionar y erradicar la violencia, el

hostigamiento y la intimidación entre alumnos(as) en cualquiera de sus manifestaciones;

acuerda las sanciones que correspondan y elabora un plan de sana convivencia y disciplina

escolar, siguiendo las indicaciones emanadas por el Ministerio de Educación, que recogen

y concretan los valores, objetivos y prioridades de actuación que orientan y guían el mutuo

respeto y la solución pacifica de los conflictos.

ART. 84º- FUNCIONES DE LA COMISIÓN DE REGLAMENTO INTERNOA. Revisar anualmente el reglamento y manual de funciones del centro educativo.

B. Presentar el Reglamento Interno y Manual de Funciones con sus modificaciones a la

Asamblea para su discusión y aprobación.

C. Presentar la propuesta aprobada a la dirección para su respectiva oficialización en el

Centro educativo y su elevación a la UGEL.

D. Hacer seguimiento y emite opinión respecto al cumplimiento del Reglamento Interno por

parte de las comisiones.

E. Solicitara a la comisión de Gestión de Recursos Financieros el financiamiento para la

impresión de copias del Reglamento Interno y manual de Funciones y su distribución a

cada comisión.

Art. 85º.- FUNCIONES DEL CONSEJO ACADÉMICO INSTITUCIONAL Y CIMCAE (CAPACITACIÓN DOCENTE)Concepto.- Es el órgano que coordina y da coherencia al proceso pedagógico. Es presidido por el

Director e integrado por los directores, personal jerárquico y representantes de los docentes de los

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distintos niveles, y ciclos, propuestos anualmente por los profesores y designados por la dirección al

inicio del año escolar. Y sus funciones son:

A. Elaborar desarrollar y evaluar la propuesta pedagógica (PCI)

B. Analizar el trabajo de los docentes y proponer recomendaciones para mejorar los

aprendizajes de los alumnos

C. Diseñar estrategia para optimizar los servicios de tutoría y orientación vocacional

D. Formular los criterios de evaluación y recuperación académica de los estudiantes

E. Promover y desarrollar innovaciones e investigaciones

F. Elaborara los criterios e indicadores de evaluación institucional

G. Participar, el marco del proyecto Educativo Institucional y plan anual de trabajo, en la

organización de actividades y programas de la Institución Educativa.

Art. 86º- FUNCIONES DE LA COMISIÓN DE ACTIVIDADES.A. Se encargará de la selección y programación de las fechas cívicas internas y centrales de

la Institución Educativa.

B. Propiciará la celebración de los cumpleaños de docentes y administrativos.

C. Se encargara de garantizar a través de subcomisiones la celebración del aniversario de la

I.E., día de la Madre, día del Padre, semana de la amistad y juventud, y clausura.

D. Promoverá el apoyo económico a docentes y administrativos en caso de enfermedad,

accidentes o fallecimiento de familiares cercanos.

Art. 87º- FUNCIONES DE LA COMISIÓN DE INFRAESTRUCTURA E INVENTARIO.DE LOS BIENES PATRIMONIALES

Todo el personal que labora en la Institución Educativa, debe proteger y conservar los bienes del

Estado, debiendo utilizar los que le fueran asignadas para el desempeño de sus funciones de manera

racional, evitando su abuso, derroche o desaprovechamiento, sin emplear o permitir que otros empleen

los bienes del Estado para fines particulares o propósitos que no sean aquellos para los cuales hubieran

sido específicamente destinados.

El personal que labora en la Institución Educativa está prohibido de sacar fuera del local escolar los

materiales, herramientas, mobiliario, maquinas u otros objetos pertenecientes a los bienes patrimoniales

sin autorización escrita de la Dirección y firmado el correspondiente cargo.

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La Institución Educativa debe de llevar un Registro de sus bienes muebles, para lo cual efectuará el

inventario de todos los que posea, explicitando la causa que originó su ingreso al patrimonio.

La Subdirección de Administración es la responsable de la administración de los bienes patrimoniales

de la Institución Educativa, que incluye entre otros: identificar, codificar, registraren el inventario

patrimonial, controlar, cautelar y fiscalizar; así como coordinar con la dirección el alta, la baja y la

disposición final del patrimonio mobiliario.

Las adquisiciones efectuadas por la Asociación de Padres de Familia (APAFA) son donadas a la

Institución Educativa mediante acta, dentro de los treinta (30) días siguientes a su adquisición. El

Director de la Institución Educativa aceptará por Resolución Director al Institucional la donación, el cual

deberá especificar el valor del bien donado, le da de alta (lo incorpora) al inventario patrimonial en un

plazo no mayor de diez (10) días de la fecha de recepción.

A. Al inicio del año escolar la hará entrega bajo inventario del mobiliario, enseres, equipos a

los responsables de las diferentes dependencias quienes garantizarán la seguridad,

cuidado y mantenimiento de los bienes muebles asignados, dando cuenta por escrito a la

Dirección de cualquier incidencia que afecte la conservación del Patrimonio Institucional

B. Se encargará de la distribución de los mobiliarios, aulas funcionales a los docentes y

alumnos, bajo compromiso de responsabilidad

C. Se monitoreara la conservación de las mesas, sillas en forma permanente y al finalizar el

trimestre informara a la dirección.

D. Se encargara de garantizar la conservación de la infraestructura de la I.E, en coordinación

con las demás comisiones, docentes, personal administrativo y guardianía.

Art. 88º- FUNCIONES DE LA COMISIÓN DE BANCO DE LIBROS.A. Se encargará de la distribución y recojo de los textos enviados por la MED.

B. Propiciará la utilización de los textos durante el año académico, monitoreando a los

docentes el uso de los libros de consulta y al finalizar el trimestre informa a la dirección.

C. Se encargara de garantizar a devolución de los textos entregados, a través de campañas,

comunicados, docentes, tutores y personal administrativo

D. Coordinara con la Dirección, APAFA, para contar con el apoyo de padres en el

funcionamiento de la biblioteca escolar.

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Art. 89º. - FUNCIONES DE LA COMISIÓN DE DEFENSA CIVIL.A. Elaborar el Plan de Defensa Civil Y Plan de Contingencia de la I.E.

B. Organizar las brigadas de Defensa Civil de la Institución educativa.

C. Asumir funciones operativas durante fase de emergencia.

D. Realizar simulacros de sismos con participación de la comunidad educativa.

E. Realizar charlas de capacitación a los alumnos en coordinación con Defensa Civil del

sector.

F. Coordinar todas las acciones de protección y seguridad con las instancias inmediatas

superiores de Defensa Civil del sector, educación y otras entidades afines tales como

bomberos, municipio, hospitales, fuerzas policiales, etc.

G. Coordinar con la comisión de imagen institucional las zonas de peligro y de seguridad de la

Institución educativa.

Art. 90º.- FUNCIONES DE LA COMISIÓN DE MUNICIPIO ESCOLARA. Organiza la constitución del municipio escolar, así como el funcionamiento del mismo.

B. Motiva la participación de los estudiantes en la organización del municipio escolar. c)

Promueve las elecciones de los consejos de aula.

C. Asesora y apoya a los integrantes del Municipio Escolar en el cumplimiento de sus

funciones.

D. Evalúa el cumplimiento de las funciones de los integrantes elegidos del municipio Escolar,

en forma semestral.

Art. 91º.- FUNCIONES DE LA DIRECTIVA DEL MUNICIPIO ESCOLAR

A. Elaborar el plan de trabajo en coordinación con las comisiones de trabajo.

B. Emitir opinión y propuestas para mejorar el nivel de la calidad de la Institución Educativa.

C. Promover un registro de las organizaciones estudiantiles que existen al interior de la Institución

Educativa.

D. Convocar a toda las organizaciones estudiantiles que coexisten al interior de la Institución

Educativa, al inicio del año escolar (defensorías escolares, Brigadas ecológicas, Policías

escolares, fiscalías escolares, delegados y/o presidentes de aulas, etc.) para articular sus

acciones de trabajo y establecer un cronograma de actividades conjuntas, que eviten duplicidad

de acciones y actividades.

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E. Presentar al CONEI el plan de trabajo aprobado para aportar el fortalecimiento de la gestión de

la Institución Educativa.

F. Coordinar con la Dirección de la Institución Educativa, docentes, Comité de TOE, CONEI y

APAFA, la difusión e implementación del plan de trabajo.

G. Convocar a los docentes coordinadores de las áreas curriculares que guardan relación con las

regidurías para el apoyo de sus actividades.

H. Coordinar con de las y los estudiantes (delegados, policías escolares, fiscales escolares y

otros) la promoción de la convivencia y disciplina escolar en la Institución Educativa.

I. Coordinar actividades conjuntas con otros Municipios Escolares de la misma jurisdicción local

y/o regional, contando con la debida autorización de la Dirección de la Institución Educativa.

J. Evaluar, consensuar y aprobar el Reglamento Interno en el Marco del Consejo Escolar y en

concordancia con la Resolución Vice Ministerial Nº 0067-2011- ED.

K. Promover el ejercicio y respeto de los derechos del estudiante en el Marco de la Convención de

los Derechos del Niño y la Legislación Nacional.

Art. 92º.- FUNCIONES DE LOS INTEGRANTES DE LA DIRECTIVA DEL MUNICIPIO ESCOLARA. Alcaldesa o Alcalde Escolar:

a) Representa a la I.E en actividades internas o externas referidas a actividades propias del

Municipio Escolar. Requiere de la autorización de la Dirección de la I.E. para participar en las

invitaciones a dichas actividades.

b) Coordinar la elaboración del Plan de Trabajo del Municipio Escolar, con el apoyo del docente

Asesor, incluyendo las actividades del calendario escolar..

c) Convocar y dirigir las sesiones, reuniones y asambleas del Municipio Escolar, con carácter

informativo y cuando sea necesario. Para ello debe contar con el voto de la mitad mas uno de

los integrantes de la Directiva del Municipio Escolar y la autorización del Director de la I.E.

d) Trabajar coordinadamente con sus regidores y apoyar las comisiones de trabajo.

e) Promover prácticas de vigilancia ciudadana sobre el uso de los servicios de la I.E a través de

las Veedurías Escolares e informar a las y los estudiantes, así como a los directivos de la I.E.

de sus resultados.

f) Promover consultas a nivel de las y los estudiantes sobre las principales necesidades de la I.E.

y los intereses y necesidades de los mismos.

g) Reconocer a las y los estudiantes por sus acciones solidarias y ejemplares.

h) Apoyar las actividades del Comité de Tutoría y Orientación Educativa de la I.E, delegando su

realización al regidor respectivo.

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i) Dar informe ante el Consejo Escolar al termino de su gestión, con copia al Director de la I.E.

j) Rendir cuentas de su gestión a las y los estudiantes, mediante una publicación virtual o impresa

(periódicos murales, paginas web de la I.E. , bog impresos, etc.) a la culminación de cada

actividad y al termino de su gestión.

k) Informar por escrito los acuerdos tomados por la Directiva del Municipio Escolar al Director de

la I.E.

B. Teniente Alcaldesa o Teniente Alcaldea) Remplazar a la alcaldesa o alcalde Escolar en caso de ausencia.

b) Revisar y aprobar los informes de las Comisiones de Trabajo los mismos que deben reflejar y

respetar los acuerdos de Asambleas.

C. Regidora o regidor de Educación, Cultura, Recreación y Deporte.a) Coordinar las actividades de la comisión de Educación, Cultura, Recreación y Deporte del

Municipio Escolar de la I.E.

b) Coordinar la implementación de las actividades culturales, recreativas y deportivas de la I.E con

el apoyo de los responsables de las diversas áreas del desarrollo curricular del grado y el

Director de la I. E.

c) Informar sobre las actividades en asambleas y/o sesiones del Consejo Escolar.

D. Regidora o regidor de Salud y Ambientea) Coordinar las actividades de la comisión de Salud y Ambiente del Municipio Escolar.

b) Promover campañas que favorezcan la salud, ornato y el cuidado del ambiente en al I.E. y su

entorno coordinando con las autoridades e instituciones locales que cumplan dichos fines.

c) Prevenir situaciones que pongan en riesgo la salud de las y los estudiantes en la I.E.

d) Formar parte del Comité ambiental y de sus comisiones: Comisión de gestión del riesgo y

Comisión de salud.

e) Informar sobre sus actividades en asambleas y/o sesiones del Consejo Escolar.

E. Regidora o regidor de Emprendimiento y Actividades Productivasa) Coordinar las actividades de la comisión de Emprendimiento y Actividades Productivas del

Municipio Escolar, promoviendo la implementación de diferentes proyectos productivos y de

servicios en la I.E

b) Colaborar en las acciones de orientación vocacional implementadas en la I.E.

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c) Coordinar con instituciones públicas y privadas de la localidad la implementación de proyectos

productivos y de servicios en la I.E.

d) Informar sobre sus actividades en asambleas y/o sesiones del Consejo Escolar

F. Regidora o regidor de Derechos del Niño, Niña y Adolescente

a) Coordinar las actividades de la comisión de Derechos del Niño, Niña y Adolescente del

Municipio Escolar.

b) Difundir los derechos y responsabilidades de los niños, niñas y adolescentes en la I.E.

c) Promover la participación activa de la I.E en la campaña por la semana nacional de los

Derechos del Niño, Niña y Adolescente.

d) Promover la participación de las y los estudiantes en la campaña Tengo Derecho al Buen Trato,

que impulsa la I.E., enfatizando la prevención del maltrato o acoso entre estudiantes y toda

forma de violencia.

e) Promover en la I.E. acciones relacionadas al derecho, a la identidad, a través de campañas

para la entrega del Documento Nacional de Identidad (DNI) a las niñas, niños y adolescentes

que no lo tuvieran.

f) Promover la participación de las y los estudiantes en las Defensorías Escolares (DESNAS) y/o

Defensorías Municipales como promotores defensores.

g) Coordinar acciones y protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, con la

Defensoría Municipal del Niño y el Adolescente (DEMUNA) y otras instancias que velas por el

respeto a sus derechos.

h) Formar parte de la brigada de Seguridad Vial en la I.E

i) Ser parte integrante de la Junta de Estudiantes de las Fiscalías Escolares, donde existiese.

j) Informar sobre sus actividades en asambleas y/o sesiones del Consejo Escolar

Art. 93º.- FUNCIONES DEL CONSEJO ESCOLAREl Consejo Escolar esta constituido por la Directiva del Municipio Escolar y los delegados de las aulas

de la I.E en las diversas asambleas.

a) Aprobar y participar en la ejecución y evaluación del Plan de Trabajo de la Directiva del

Municipio Escolar.

b) Implementar y reajustar el Plan de Trabajo con el apoyo de las y los representantes de los

estudiantes.

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c) Participar en las Comisiones de Trabajo a cargo de las regidurías de la Directiva del Municipio

Escolar.

d) Discutir loa aspectos relacionados a la gestión de la directiva del Municipio Escolar y realizar

propuestas para la mejora de la misma.

e) Promover la transparencia y la ética en las prácticas de gestión del Municipio Escolar.

f) Se reunirá de manera opinaría cada 50 días calendarios y de forma extraordinaria cuando lo

requiera, previa convocatoria de la Alcaldesa o el Alcalde Escolar, Teniente Alcaldesa o

Teniente Alcalde; o a solicitud de la mitad mas uno de los regidores. Sus acuerdos constaran

en libros de actas.

g) Deberá convocar a Asamblea General de Delegados de aula para la presentación de su plan de

trabajo. En la misma asamblea podrán participar todo los estudiantes que lo deseen.

Art. 94º.- FUNCIONES DE LA PARTICIPACION ESTUDIANTILA. Delegados y Delegadas de Aula.

La elección del delegado o delegada de aula se realiza al inicio del año escolar mediante voto

secreto y por mayoría simple. El cargo de delegado de aula tendrá una duración anual. Sus funciones

son:

a) Representar a las y los estudiantes del aula en las asambleas de grado y en las reuniones

convocadas por l Municipio Escolar.

b) Apoyar las actividades realizadas por el Municipio Escolar.

c) Conformar las Comisiones de trabajo correspondientes a cada regiduría,

d) Promover en cada aula la participación de las y los estudiantes.

e) Impulsar en sus aulas las Veedurías Escolares para conocer la situación de los servicios

públicos de la I.E. y comunidad.

f) Organizar y realizar las actividades propias de cada aula en coordinación con los docentes sin

verse afectadas las horas de clase.

B. Las Asambleas de GradoEstán conformadas por los representantes de las y los estudiantes elegidos en cada aula. Sus

funciones son:

a) Elegir un representante de grado para las Asambleas Multigrado.

b) Apoyar las actividades realizadas por el Municipio Escolar.

c) Conformar las Comisiones de trabajo correspondientes a cada regiduría,

d) Promover en cada aula la participación de las y los estudiantes.

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e) Organizar y realizar las actividades propias de cada aula en coordinación con los docentes sin

verse afectadas las horas de clase.

C. Las Asambleas MultigradoEstá conformada por los representantes de todo los grados elegidos en Asamblea de grado. Sus

funciones son:

a) Vigilar el cumplimiento del Plan de Trabajo del Municipio Escolar.

b) Alcanzar al Consejo Escolar los resultados encontrados durante el seguimiento del Plan de

Trabajo del Municipio Escolar, realizado por los estudiantes através de Veedurías u otros

mecanismos de control participativo.

D. La Asamblea GeneralEstá integrada por el Consejo Escolar y las comisiones de trabajo. Sus funciones son:

a) Contribuir a la mejora del Plan de Trabajo

b) Ratificar el Plan de Trabajo.

c) Aprobar acciones que permitan la mejora del funcionamiento del Municipio Escolar.

E. De las Comisiones de Trabajo.Están conformadas por las regidoras y los regidores, delegadas y delegados de aula y por los

estudiantes que de manera voluntaria deseen hacerlo, contando permanentemente por el docente

Asesor y de los coordinadores de las áreas curriculares relacionadas a las actividades programadas.

a) Contribuir a la mejora del Plan de Trabajo

b) Ratificar el Plan de Trabajo.

c) Aprobar acciones que permitan la mejora del funcionamiento del Municipio Escolar.

Art. 95º.- FUNCIONES DE LA COMISIÓN DE ESCUELA DE PADRES A. Delinear un plan de trabajo para todo el año en ambos niveles.

B. Solicitar apoyo a diversas instituciones para la realización de las charlas.

C. Coordinar con los presidentes de los comités de aula sobre temas relacionados a la

escuela de padres.

D. Promover la identificación de los padres de familia con la institución educativa.

E. Coordinar con la comisión de tutoría y orientación del educando y la psicóloga de la

Institución educativa para determinar los temas de las charlas.

F. Control de asistencia a los padres expresados en la libreta de notas y tarjetas de APAFA.

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G. Se realizará 4 sesiones ordinarias como mínimo y extraordinariamente las veces que sea

necesario.

Art. 96º.- FUNCIONES DE LA COMISIÓN DE VACANTES Las integran:

- El Director, Subdirector- Los integrantes del CONEI (Primaria y secundaria) - Dos docentes (Primaria, secundaria).

A) Delinear un plan de trabajo para el número de vacantes para el primer grado en primaria.

B) Determinar las vacantes según el reporte estadísticos de promovidos, desaprobados, los

que requieren recuperación.

C) El número de vacantes para los diferentes grados de ambos niveles deben ser no mayor de

30 alumnos por aula.

D) Tener en cuenta la procedencia de los alumnos, su conducta, las notas en todas las aéreas .

Art. 97º.- FUNCIONES DE LOS COMITÉS DE AULA A. Apoyar a solicitud del profesor tutor, en las actividades que beneficien a los estudiantes

B. Participar a solicitud del profesor tutor de aula, en las actividades culturales, deportivas,

recreativas, sociales y a las que contribuyan a la formación integral de los estudiantes

C. Colaborar a solicitud del Director de la I.E. en actividades educativas y acciones de

promoción educativa comunal.

D. Delinear un plan de trabajo anual/ en ambos niveles.

E. Solicitar apoyo a la Dirección para su asesoramiento.

F. Coordinar con los presidentes de aula sobre temas relacionados a la mejora tanto en lo

Académico, infraestructura.

G. Promover la identificación de los padres de familia con la institución educativa.

H. Coordinar con la comisión de tutoría - OBE y con otras entidades respecto al

comportamiento de los alumnos de la I. E.

I. Esta conformada: Presidente , secretario (a), Tesorero (a) , Vocales (2)

Art. 98º FUNCIONES DE APAFAA. Colaborar en las actividades educativas que ejecute la I.E., promoviendo un clima

armonioso favorable para el aprendizaje.

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B. Velar por la mejora de los servicios, infraestructura, equipamiento, mobiliario escolar t

materiales, tanto educativos como lúdicos.

C. Proponer estímulos para los estudiantes, personal docente, administrativo que logren un

desempeño destacado.

D. Tener participación en el CONEI, a través de sus representantes.

E. Participar en la formulación y ejecución del proyecto Educativo Institucional, Plan Anual de

Trabajo, con excepción de los aspectos técnicos pedagógicos.

F. Participar en el proceso de autoevaluación de la I.E.

G. Propiciar la polución de conflictos que se susciten en el CONEI, priorizando soluciones

concertadas, frente a quejas y denuncias que no impliquen denuncias.

Art. 99º.- FUNCIONES DEL SERVICIO DE QUIOSCO, CAFETIN, LIBRERÍA-FOTOCOPIADORA ESCOLAR.

A. Los concesionarios de la I.E. , Kiosco Escolar, Cafetín Escolar, Fotocopiadora- Librería Escolar,

APAFA están prohibidos de vender uniformes escolares y buzos al interior de la I.E. bajo

responsabilidad del Comité de Recurso Propios; asimismo se informará a los concesionario y

estará consignada esta prohibición en los contratos firmados, siendo su incumplimiento la

recisión del contrato automáticamente.

B. Estos servicios se contratan a través de licitaciones en fechas diferenciales, bajo la supervisión

de la Dirección, CONEI, Comisión de Licitación y adjudicación de los mismos y cumplen las

importantes funciones dentro de los objetivos de formación integral de la I.E. Para ello depende

orgánicamente de la Dirección en cuanto a sus políticas de trabajo y coordina con CONEI,

Comisión de Licitación y Adjudicación, APAFA para los aspectos logísticos y financieros de su

labor. Son sus funciones específicas:

Art. 100º.- FUNCIONES DEL SERVICIO DE QUIOSCO

A. Elaborar un plan de productos a expenderse variado y balanceado, certificado por un médico

nutricionista en los ingredientes básicos y porciones mínimas por edad.

B. Expender productos con vigencia actual y en condiciones que aseguren la salubridad de los

consumidores.

C. Realizar trimestralmente el control bromatológico de los ambientes y de los productos que se

expenden.

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D. Coordinar con la Dirección, Comisión de licitación y adjudicación el cronograma de, ambientes,

tumos y tiempos para el servicio del quiosco responda a los objetivos de formación personal y

urbanidad que busca la I.E.

Art. 101º.- FUNCIONES DEL SERVICIO DEL CAFETIN ESCOLAR A. Elaborar un plan de menús variado y balanceado, certificado por un médico nutricionista en los

ingredientes básicos y porciones mínimas por edad.

B. Elaborar los alimentos en el día de su consumo y en condiciones que aseguren la salubridad de

los mismos.

C. Realizar trimestralmente el control bromatológico de los ambientes y alimentos que se sirven.

D. Coordinar con la Dirección, Comisión de licitación y adjudicación el cronograma de, ambientes,

tumos y tiempos para el servicio de comedor responda a los objetivos de formación personal y

urbanidad que busca la I.E.

E. Asegurar el servicio puntual de los alimentos en los horarios convenidos.

F. Respetar y hacer respetar el código de comportamiento para el servicio de CAFETIN.

G. Asegurar a lo largo del horario que defina el Colegio el expendio de artículos de cafetería que

no estén reñidos con la política de formación de hábitos correctos de alimentación del Colegio.

H. Informar al Director acerca del incumplimiento del Código de comportamiento para el servicio

de comedor por parte de alumnos

I. Informar oportunamente a la Dirección, Comisión de licitación y adjudicación, CONEI, APAFA

acerca del mantenimiento de los equipos y servicios que el Colegio provee para la atención, así

como de su oportuna reposición.

J. Vela por el orden y limpieza del mobiliario del servicio de cafetería

Art. 102º.- FUNCIONES DEL SERVICIO DE LA LIBRERÍA - FOTOCOPIADORA ESCOLAR A. Elaborar un plan de librería variado y económico para los estudiantes; dichos productos deben

ser de garantía y no de dudosa procedencia.

B. Poner en venta productos de escritorio, útiles escolares, textos, etc, en condiciones que

aseguren la salud de los estudiantes, docentes o padres de familia.

C. Brindar un servicio de calidad.

D. Contar con máquinas operativas u otros referentes a fotocopiadoras.

E. Contar con personal para la atención para evitar conglomeraciones

Art. 103.- PHOHIBICIONES:

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A. No atender en horas de clase, salvo permiso del docente del área.

B. No dar a crédito los productos, ya que la dirección no se responsabilizara por deudas de

terceros, por el contrario será responsabilidad del concesionario.

Art.. 104º.- FUNCIONES DEL LA PSICOLOGA: Es la profesional encargada de la atención, en forma

permanente, de las labores inherentes a su especialidad en favor de los alumnos del plantel. Depende

de la Coordinación de Tutoría y de la Sub Dirección.

Funciones:

A. Entrevistar, orientar e informar a los padres de familia y docentes el resultado de las

evaluaciones de los alumnos para confrontar con los datos que ellos brinden y poder darles

una solución, si el caso lo amerita.

B. Evaluar, diagnosticar y realizar un seguimiento a los alumnos que presenten problemas de

aprendizaje y/o conducta durante el año escolar.

C. Derivar al especialista correspondiente a los alumnos que obtengan resultados significativos en

la evaluación realizada.

D. Orientar, mediante test vocacionales, a los alumnos de los últimos grados de secundaria en su

decisión vocacional.

E. Evaluar, al término de cada año, a los alumnos de primaria y secundaria, para determinar su

nivel de madurez con relación al aprendizaje de la lecto - escritura.

F. Realizar evaluación psicológica a los profesores postulantes a plazas vacantes en la

Institución Educativa y elevar el informe a la Dirección.

G. Mantener información permanente con el responsable de la oficina de TOE.

Art. 105º.- FUNCIONES DEL DOCENTE DE EDUCACION FISICA Son funciones básicas de los

responsables de Educación Física, Deportes y Recreación:

A. Organizar, programar, supervisar, evaluar y ejecutar el desarrollo programático de las clases de

la asignatura de Educación Física.

B. Coordinar y supervisar las actividades deportivas y recreativas programadas por la Institución

Educativa.

C. Promover y organizar competencias deportivas, internas y externas

D. Reunirse periódicamente con los técnicos deportivos y promotores culturales para evaluar los

avances de los programas que se ejecutan.

E. Controlar el trabajo de los técnicos deportivos en la preparación de los equipos que representen

a la Institución Educativa.

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F. Racionalizar el uso de los ambientes y campos deportivos, programando las actividades a

cumplir por secciones y/o grados de estudio, con la finalidad de conseguir un trabajo más

efectivo.

G. Vigilar cuidadosamente los ambientes, instalaciones, equipos e implementos deportivos,

preservándolos de deterioro y maltrato.

H. Mantener informada a la Dirección de todas las actividades que, sobre deporte y recreación, se

realizan.

I. Acatar las directivas que imparte la Dirección

J. Llevar el inventario del material, útiles e implementos deportivos que están bajo su

administración.

K. Presentar el informe anual a la Dirección de su nivel, conteniendo los resultados logrados y

sugerencias viables para mejorar el servicio.

Art. 106º.- FUNCIONES DEL AREA DE INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN PEDAGÓGICA: A. Elevar la calidad educativa de la Institución.

B. Planificar actividades que contribuyan a crear una cultura de innovación e investigación.

C. Promover la actualización y capacitación del personal docente.

D. Realizar eventos pedagógicos con proyección regional.

E. Organizar trabajos de investigación en docentes y alumnos de los últimos grados de Primaria y

secundaria.

F. Publicar trabajos de investigación relacionados al campo educativo.

G. Replantear estrategias con el fin de superar inconvenientes en el desempeño académico.

H. Realizar un mayor control y seguimiento de las acciones educativas

I. Verificar el logro de capacidades y aptitudes en cada área educativa.

J. Diseñar instrumentos de medición de la calidad educativa

K. Recomendar nuevas estrategias pedagógicas.

L. Implementar el funcionamiento de una unidad de medición de la calidad educativa.

M. Elevar ante la Sub Dirección de Formación General en informe anual de trabajo

Art. 107º.- FUNCIONES DE LOS DOCENTES RESPONSABLES DE LABORATORIO DE CIENCIAS, INNOVACION Y CENTRO DE COMPUTO

A. Preparar el plan de prácticas y el horario correspondiente en coordinación con los profesores

de la especialidad.

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B. Programar el uso del laboratorio a fin de que todos los alumnos del plantel puedan recibir este

servicio.

C. Orientar y controlar el cumplimiento del plan de prácticas, llevando el registro correspondiente

de las que se realizan.

D. Atender según horario de prácticas a las secciones de alumnos que asistan.

E. Cuidar el material, módulos, implementos y útiles del laboratorio velando que estos se

encuentren en perfectas condiciones de uso.

F. Mantener informado a la Dirección en caso de pérdida o deterioro del material que esta bajo su

administración

G. Coordinar con el personal directivo de la Institución Educativa la adquisición de equipos e

implementos destinados a mejorar la calidad de los servicios que se proporcionan.

H. Recibir y entregar, bajo inventario, el material del laboratorio, y elaborar su informe anual.

I. Atender a los profesores que soliciten la utilización de la sala de cómputos y aula de recursos

tecnológicos.

Art. 108º .- FUNCIONES BÁSICAS DEL RESPONSABLE DE BIBLIOTECA:A. Atender el servicio de la biblioteca durante todo el horario escolar y en los días y horas que

establezca la Dirección, comisión del banco de libro, infraestructura.

B. Organizar técnicamente el catálogo de libros para el uso de los lectores y del carnet de control

respectivo, con el apoyo de la comisión de banco de libros

C. Mantener el orden y disciplina de los usuarios en la sala de lectura.

D. Responsabilizarse de la buena conservación del material bibliográfico y dar cuenta oportuna al

Director en caso de pérdida o deterioro.

E. Llevar el registro en el que se inscribirá todo libro que ingrese anotando los datos de: fecha,

autor, materia, precio y procedencia, etc.

F. Mantener al día el inventario, recibir y entregar bajo registro el material, útiles y enseres de su

administración.

G. Proponer al Director las adquisiciones de libros y enseres para mejorar el servicio de la

biblioteca.

H. Elaborar y elevar a la Dirección el informe anual de los resultados logrados en el servicio,

sugiriendo alternativas de solución para los problemas detectados.

I. Coordinar con los profesores de aula el uso de la Biblioteca evitando interferencias horarias.

J. Mantener informatizado el sistema de atención y control de los libros

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DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO

Art. 109º.- FUNCIONES DE LA SECRETARIA Y/O OFICINISTAA. Recepcionar, registrar, clasificar, distribuir y archivar la documentación recibida y los

documentos que genere la Dirección.

B. Controla y orienta el adecuado funcionamiento del trámite documentario y del archivo de la I.

E.

C. Lleva el registro de control y requerimiento de la documentación que emite la I.E

D. Preparar y redactar la documentación oficial de la I.E. para fines correspondientes.

E. Coordina la elaboración, impresión de los documentos referentes al proceso de matrícula y

finalización del año escolar, así como la entrega de los documentos a la UGEL, DRELM, MED,

etc.

F. Mantener actualizado el archivo de los documentos de Secretaría.

G. Mantener en reserva, orden y bajo extrema seguridad la documentación

H. confidencial y oficial de la Dirección, personal jerárquico, docente y administrativo.

I. Ser ejemplo de puntualidad, pulcritud, modestia y sinceridad, brindando un trato cordial y afable

con la desidia, empatía al usuario.

J. Transcribir y entregar oportunamente los documentos oficiales recibidos al personal que labora

en la I.E.

K. Mantener actualizado en agenda las acciones y tareas a cumplir por el director a cumplir por el

Director.

L. No abandonar su oficina en horas de trabajo.

M. Otras acciones inherentes al cargo que se le asigne por el Director de la I.E. y Sub Director (a).

N. Elabora y expide certificados de estudios, constancias de matrícula, de estudios, de trabajo,

nóminas de matrícula, actas, informes, inventarios y otros fines autorizados por la dirección..

O. Atiende y orienta al público en horario establecido.

P. Recauda por concepto: Certificados, examen de subsanación examen de recuperación,

rectificación de apellidos y/o notas, alquiler de fotocopia, cochera y cafetín y otros y lo hace

entrega en forma diaria al tesorero (a) del Comité de Recursos Propios.

Q. Elabora las actas de las reuniones y sesiones que convoque el Director

R. Elabora y llena actas de evaluación de fin de año.

S. Elabora los cuadros de asignación de personal (CAP).

T. Mantiene en reserva y bajo extrema seguridad toda la documentación debidamente clasificada.

U. Ayuda en la actualización continua del inventario de bienes y enseres de la I. E.

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V. Vela por la conservación de las computadoras, muebles y útiles de su oficina.

W. Archiva las actas finales de evaluación.

X. Brindar adecuado servicio de información a los padres de familia en asuntos relacionados con

las notas de evaluación de sus hijos.

Y. Redacta y publica en forma oportuna el consolidado de inasistencias del personal que labora en

el centro educativo.

Z. Llevar el escalafón magisterial interno actualizado.

AA. Redactar memorandos u otros documentos de rutina con mucha pulcritud y puntualidad. Velar

por la seguridad, mantenimiento y conservación de los documentos en general del plantel.

BB. Cumplir estrictamente con su horario de trabajo, de marzo a diciembre es de 7 horas con 45

minutos y en los meses de vacaciones su horario es de 5 horas con 45 minutos, con 30

minutos de refrigerio adicionales diarios.

CC. Informar a la Dirección por escrito sobre los errores detectados en los registros, actas y

nóminas para la rectificación o acciones correspondientes.

DD.Registrar las notas de las actas promocionales de recuperación y de subsanación en las fichas

de evaluación.

EE. Registrar y llevar el control de los alumnos que no han ratificado su matrícula y de los

alumnos retirados por diversos motivos.

FF. Realiza las demás funciones que le delegue la Dirección.

Art. 110º.- FUNCIONES DEL PERSONAL DE SERVICIO I (LIMPIEZA)A. Mantener limpia las instalaciones de la I. E. del plantel en forma permanente, inclusive durante

las vacaciones escolares.

B. Realiza la limpieza de los diferentes ambientes tales como laboratorio, biblioteca y talleres. Los

pisos, paredes, ventanas, puertas, muebles en general, de las aulas, oficinas, servicios

higiénicos antes y después del recreo.

C. Realiza el traslado de los muebles, equipos y otros enseres de acuerdo a las necesidades y

circunstancias.

D. Efectúa trabajos de mantenimiento y conservación de la infraestructura, mobiliario, equipo del

plantel.

E. Realiza las demás acciones que le asigne el Director y Sub-Directora.

F. No abandonar el puesto de trabajo porque su labor es permanente, continuada y responsable.

G. Cumplir con la jornada de 7 horas con 45 minutos.

H. Cuidar los bienes y enseres de la I. E.

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I. Realizar el mantenimiento de las áreas verdes de la I. E.

J. Informar por escrito a la Dirección o Sub-Dirección cuando encuentren el mobiliario material

educativo deteriorado

K. Velar permanentemente por la seguridad de los bienes del plantel.

L. Realizar tareas de almacenamiento, embalaje y distribución de materiales.

M. Será responsable de atender 8 aulas y/o ambientes por jornada laboral.

N. Informa a la Dirección de la Institución educativa en forma escrita todos los incidentes e

imprevistos que ocurran dentro de su turno de trabajo.

O. Realizar tareas de portería de acuerdo a las necesidades requeridas.

P. Debe hacer respetar el horario establecido para la atención de los padres de familia y público

usuario, demostrando respeto y amabilidad.

Q. Efectuar el control estricto de las personas que ingresan al plantel mediante un cuaderno de

partes.

R. Controla que el padre o apoderado no interrumpa a los docentes en horas de clase.

S. Controla que ningún objeto del plantel salga sin la debida autorización de la

T. Dirección.

U. Mantiene buenas relaciones con los docentes, alumnos y demás trabajadores de la

V. Institución educativa.

W. Informa oportunamente el deterioro de mobiliario e infraestructura a la Dirección y tutores.

X. Permitirá el ingreso de padres de familia sólo con documento escrito del docente, comisión de

Tutoría o Dirección.

Y. Controla el ingreso y salida del alumnado de acuerdo al horario.

Z. Cada personal se hará cargo de 8 secciones bajo responsabilidad funcional.

AA. Recepcionará el aula y controlara bajo formatos la limpieza de las mismas, al medio día y a la

salida (turno tarde- secundaria), para luego informar a la Camisón Escuela Limpia y Saludable

los hechos que se suscitan.

BB. En el nivel secundario se verificara en la primera hora el aula, las condiciones que deja el

docente del nivel primario. Para luego reportar a la dirección a través de una ficha.

CC.Como también coordinara con los brigadieres de aulas, brigadieres ecológicos, docente de

turno, auxiliares la actividad de limpieza , su control , verificación diaria, semanal a la dirección,

en secundaria al inicio, al recreo y salida ( en primaria alumnos de 5º o 6º grado serán los

responsables de reportar si se cumple o no con la limpieza de las aulas). Dicho cumplimiento

esta sujeto al informe y evaluación de desempeño laboral

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Art. 111º.- FUNCIONES DEL PERSONAL DE SERVICIO II (GUARDIANÍA): A. El guardián tiene permanencia durante las 24 horas del día y fija su residencia dentro de la I.E..

B. Cumple actividades de vigilancia y seguridad bajo su responsabilidad, durante las noches y las

horas no laborables incluyendo los días sábados, domingo y feriados.

C. Debe apoyar en el control de la portería.

D. Controla que los muebles, enseres y equipo, que salgan del I.E. tengan autorización del

Director, así como para el uso del local.

E. Controla el ingreso de materiales diversos durante su jornada de trabajo dando cuenta al jefe

inmediato superior de la I. E.

F. Realizar custodia del local a través de rondas permanentes de los ambientes y todo el local

cuya custodia en su jornada de trabajo es de su responsabilidad.

G. Controla y orienta el ingreso y salida al público en general.

H. En coordinación con el personal de servicio brindara apoyo en la limpieza de la I.E.

I. No permitirá el ingreso a la Institución educativa los días no laborables a los profesores,

alumnos y padres de familia, salvo que cuente con autorización de la dirección y requieran

recuperar clases, nivelación u otro.

J. Estará a cargo de la limpieza de los ambientes que se le asigne, del frontis de la I.E. regado ,

podado de jardines internos y externos y patio de lunes a domingo, los días feriados y en

vacaciones.

ART. 112º.- FUNCIONES DEL PROMOTOR CULTURAL.- Organizará su trabajo de acuerdo a una

metodología basada exclusivamente en la expresión artística de su dominio y orientada a cumplir

funciones culturales, sociales y recreativas fundamentalmente.

A. Podrá asumir la dirección de los talleres de arte, en los casos que así lo requieran las

necesidades del personal del plantel educativo.

B. No desplazará al profesor de los talleres de arte (profesor de Educación artística) que haya sino

nombrado o contratado antes de su llegada a la I.E.

C. Prestará apoyo y coordinará actividades con los profesores responsables de los talleres de arte.

D. Promoverán, en caso necesario, el aprendizaje de la lengua nativa de su dominio, durante el

desarrollo de sus talleres.

E. Podrán forman talleres de arte tanto en el nivel primaria y secundario si reúnen los requisitos

necesarios para ello.

F. La carga académica que dictará el Promotor Artístico-Docente, será eminentemente práctica y

se realizará en los talleres de Arte.

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G. El Promotor Artístico-Docente organizará sus actividades elaborando un Plan de trabajo al que

adjuntará un Cronograma de actividades ordenadas en forma secuencial por meses y para

cada grado, según lo que se considere conveniente objetivos, alcances, programación de

actividades, coordinación.

H. Incentivará a los alumnos para que participen en el taller de arte de su preferencia, tratando

primero de descubrir las aptitudes de los mismos.

I. No podrá ser obligado a enseñar materias que no son de su dominio y especialidad artística.

ART. 113 º.- FUNCIONES DEL PROMOTOR DEPORTIVO, son destacados en el arte de educación

física, psicomotricidad y danzas, que genera experiencias educativas de las manifestaciones

psicomotrices de su dominio y son enviados por la UGEL Nº 06:

A. Organizará su trabajo de acuerdo a una metodología basada exclusivamente en el deporte de

su dominio y orientada a cumplir funciones deportivas, culturales, sociales y recreativas

fundamentalmente.

B. Podrá asumir la dirección de los talleres de fútbol, voleibol, básquetbol, etc. en los casos que

así lo requieran las necesidades de la I,E.

C. No desplazará al profesor de Educación Física que haya sino nombrado o contratado antes de

su llegada a la I.E.

D. Prestará apoyo y coordinará actividades con los profesores responsables de educación física.

E. Promoverán, en caso necesario, el aprendizaje del deporte de su dominio, durante el desarrollo

de sus clases.

F. Podrá forman equipos competitivos tanto en el nivel primaria y secundario en los deportes mas

sobresalientes.

G. La carga académica que dictará el Promotor Deportivo, será eminentemente práctico.

H. Organizará sus actividades elaborando un Plan de trabajo al que adjuntará un Cronograma de

actividades ordenadas en forma secuencial por meses y para cada grado, según lo que se

considere conveniente objetivos, alcances, programación de actividades, coordinación.

I. Incentivará a los alumnos para que participen en el taller de arte de su preferencia, tratando

primero de descubrir las aptitudes de los mismos.

J. No podrá ser obligado a enseñar materias que no son de su dominio y especialidad artística.

TITULO IV

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DE LA GESTIÓN PEDAGÓGICA

CAPITULO IV RÉGIMEN DE ESTUDIO

ART. 114°: El régimen de estudio de Educación Primaria es de seis años escolarizado.

ART. 115°: El régimen de estudio de Educación Secundaria es de 5 años.

ART. 116°: El año académico es consecutivo divididos en tres trimestres con vacaciones de medio

año de 15 días para los alumnos, los docentes asistirán a la I.E. durante las vacaciones de los

estudiantes para realizar labor de planificación técnico pedagógica. La Calendarización del Año Escolar

es aprobado por el Director mediante R.D. y tiene en cuenta lo establecido en el marco legal vigente:

40 semanas como mínimo, 1100 horas efectivas de labor pedagógica en el nivel primario y 1200 horas

de labor efectiva en el nivel secundaria.

CAPITULO VORGANIZACIÓN Y DESARROLLO DE LAS

ACTIVIDADES ACADÉMICAS A ART. 117°:- En los dos turnos los programas de estudio elaborados por el Ministerio de Educación

establecen objetivos y contenidos básicos que orientan el proceso enseñanza aprendizaje.

ART. 118°:- El personal directivo, jerárquico, administrativo y de servicios, docentes y educandos,

deben participar en todas las actividades académicas y en las actuaciones cívico-patrióticas y entonar el

Himno Nacional con alusión patriótica.

CAPITULO VI CURRÍCULO

ART. 119°.- La I. E debe contar con su propio Proyecto Curricular, que contiene las características

necesidades, demandas y potencialidades especificas los alumnos en el marco del PEI y los

lineamientos de política educativa.

A. La estructura curricular se organiza en torno a los dos niveles y en las distintas áreas que

plantea el perfil del alumno de la I. E., por lo tanto comprende experiencias cognoscitivas,

desarrollo de capacidades, habilidades, destrezas y viceversa.

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B. El currículo es diversificable, abierta y flexible.

C. La institución educativa contará con un Proyecto Curricular Institucional, el cual atenderá

las necesidades y demandas de aprendizajes de los estudiantes.

D. La apreciación y cultivo de los valores éticos, morales y religiosos se dan en todas las

actividades del a I. E.

CAPITULO VII PLANEAMIENTO EDUCATIVO SOBRE EL PAT (Plan Anual de Trabajo)

Art. 120º.-Los docentes y personal administrativo organizados en Comisiones de Trabajo elaboran,

discuten y exponen el PAT ante la comunidad educativa en el mes de diciembre.

Art. 121º.-Los integrantes de la comunidad educativa se encargarán de la ejecución del PAT.

Art. 110º.-La evaluación del PAT estará a cargo de la Dirección, Sub Dirección y el CONEI y se

realizará en forma semestral.

PROGRAMACIÓN CURRICULAR

Art. 122º.-Las matrices de diversificación curricular, Programación Anual, unidades didácticas y

sesiones de aprendizaje serán elaboradas por el profesor responsable de área y/o asignatura en el nivel

de Educación Secundaria y en primaria por los profesores responsables del grado.

Art. 123º.- La presentación de las matrices de diversificación curricular, Programación Anual, unidades

didácticas y sesiones de aprendizaje unidades didácticas se hará de acuerdo a un cronograma

establecido por la Dirección, Sub Dirección y CONA.

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SUPERVISIÓN EDUCATIVA, MONITOREO Y ACOMPAÑAMIENTO

Art. 124º.-La supervisión, monitoreo, acompañamiento y coaching educativo estará a cargo de la

Dirección, Sub-Dirección y CONA, se realizará una visita opinada e inopinada por trimestre; asimismo

se evaluará el Desempeño Docente y a nivel de la I.E. se implementará la Autoevaluaciòn con fines de

Acreditaciòn.

TAREAS ESCOLARES

Art. 125º.- Las tareas escolares no deberán ser recargadas y deben realizarse dentro del aula de clase,

por ningún motivo se pedirá al estudiante trabajo de grupo fuera del horario de clase.

TEXTOS Y DEMÁS MATERIALES

Art. 126º.- Respecto a los textos y materiales educativos:

A. La Dirección y su personal docente están prohibidos de obligar a los padres de familia a

adquirir textos escolares.

B. El Director y los docentes deben garantizar el uso de los textos y cuadernos de trabajo

que el Ministerio de Educación distribuye gratuitamente.

C. La Dirección y el docente que asuma compromisos de compra con empresas editoriales,

distribuidoras o librerías, o exija a niños, niñas, adolescentes, la adquisición de

determinados textos escolares, responde de este acto ante los padres de familia y la

UGEL, la sanción que se imponga al Director o al docente, se hará pública para

conocimiento de los padres de familia

D. El personal Directivo y Jerárquico debe garantizar la planificación, uso, y conservación de

los recursos y materiales educativos.

E. El trabajo de separatas deberán contar con la autorización del Comité de Aula, Dirección y

la Coordinación Técnico Pedagógica, el uso de los textos del Ministerio de Educación es

obligatorio, está prohibido exigir a los alumnos la compra de otros textos, excepto textos,

revistas, folletos, etc. Previstos para el desarrollo del plan lector.

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VISITAS Y EXCURSIONES CON FINES EDUCATIVOS

Art. 127º.- Se establecerá un cronograma teniendo en cuenta las competencias establecidas en cada

área y grado.

Art. 128º.- Las visitas de estudios deberán estar planificadas en la Programación Curricular del docente

y adjuntar sus respectivas fichas.

Art. 129º.- La autorización de las visitas y excursiones estará sujeta al cumplimiento de los siguientes

requisitos:

- Solicitud

- Plan de excursión o visita

- Copia de póliza de seguro de vida de la empresa

- Copia del contrato con la empresa o agencia de viajes

- Relación de alumnos que viajan

- Autorización legalizada del los padres o apoderados

- Relación de docentes y padres que acompañan

- Resolución Directoral expedida por la I.E

- Certificado médico de los alumnos

- Autorización de la UGEL 06

Art. 130º.- El Portafolio Pedagógico se presentará por mesa de partes bajo responsabilidad el primer

día laborable del mes de marzo del 2013. El incumplimiento en la presentación del Portafolio

Pedagógico constituye incumplimiento de funciones la cual amerita responsabilidad funcional y

administrativa.

PORTAFOLIO PEDAGÒGICO DEL EDUCACIÓN PRIMARIA DE MENORES

1. CARATULA2. PRESENTACIÓN3. IDENTIDAD: VISION , MISIÓN Y VALORES (PEI)4. OBJETIVOS ESTRATEGICOS DEL PEI5. (AREA PEDAGOGICA, AREA ADMINISTRATIVAS, AREA INSTITUCIONAL).6. ORGANIGRAMA: ESTRUCTURAL, NOMINAL Y FUNCIONAL DE LA I.E.7. ORGANIGRAMA DEL AULA.8. CALENDARIZACION DEL AÑO ESCOLAR 9. HORARIO DE CLASE10. CALENDARIO CÍVICO ESCOLAR11. COMISIONES DE TRABAJO

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12. ACTA DE CONSTITUCIÓN DEL COMITÉ DE AULA13. PLAN DE TRABAJO DEL COMITÉ DE AULA14. INVENTARIO DEL AULA15. NOMINA DE ALUMNOS16. REGLAMENTO INTERNO: DEBERES Y DERECHOS DE LOS DOCENTES, AUXILIAR DE

EDUCACIÓN, ESTUDIANTES Y PADRES DE FAMILIA.17. FUNCIONES DEL COMITÉ DE TUTORIA DISCIPLINA Y CONVIVENCIA ESCOLAR.18. FUNCIONES DEFENSORIA ESCOLAR 19. FUNCIONES DEL MUNICIPIO ESCOLAR20. PERFIL IDEAL: DOCENTE Y ESTUDIANTE.21. PLAN ANUAL DE TUTORIA A NIVEL DE AULA22. INSTRUMENTOS PARA DIAGNOSTICAR: RITMOS Y ESTILOS DE APRENDIZAJE,

INTELIGENCIAS MULTIPLES, ESTILOS DE PENSAMIENTO, ETC.23. MATRIZ Nº 01 :IDENTIFICACIÒN DE FORTALEZAS Y DEMANDAS A NIVEL REGIONAL Y

LOCAL24. MATRIZ Nº 02 IDENTIFICACIÒN DE LA PROBLEMÀTICA INTERNA25. MATRIZ Nº 03 IDENTIFICACIÒN DE LOS TEMAS TRANSVERSALES26. MATRIZ DE PRIORIZACIÒN DE CAPACIDADES ENFATIZADAS EN CADA GRADO27. DIAGNOSTICO PEDAGOGICO28. MATRIZ DE DIVERSIFICACION CURRRICULAR29. MATRIZ DE VALORES Y ACTITUDES30. MATRIZ DEL DIAGNÒSTICO PEDAGÒGICO DE LA I.E.31. MATRIZ DE PROGRAMACION ANUAL32. UNIDADES DIDÀCTICAS: UNIDADES DE APRENDIZAJE, MÒDULO DE APRENDIZAJE,

PROYECTO DE APRENDIZAJE33. FORMATO DE SESION DE APRENDIZAJE34. SYLLABUS35. ESTRATEGIAS METODOLÓGICAS (SEPARATA)36. ESTRATEGIAS DE COMPRENSION LECTORA (SEPARATA)37. RECURSOS DIDACTICOS (SEPARATA)38. TECNICAS E INSTRUMENTOS DE EVALUACION.

PORTAFOLIO PEDAGÒGICO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA DE MENORES

1. CARATULA2. PRESENTACIÓN3. IDENTIDAD: VISION , MISIÓN Y VALORES (PEI)4. OBJETIVOS ESTRATEGICOS DEL PEI (AREA PEDAGOGICA, AREA ADMINISTRATIVA,

AREA INSTITUCIONAL).5. ORGANIGRAMA: ESTRUCTURAL, NOMINAL Y FUNCIONAL DE LA I.E.6. ORGANIGRAMA DEL AULA.7. CALENDARIZACION DEL AÑO ESCOLAR 8. HORARIO DE CLASE9. CALENDARIO CÍVICO ESCOLAR10. COMISIONES DE TRABAJO 11. ACTA DE CONSTITUCIÓN DEL COMITÉ DE AULA (TUTORES)12. PLAN DE TRABAJO DEL COMITÉ DE AULA (TUTORIA), INSTRUMENTOS.13. INVENTARIO DEL AULA (TUTORES)14. NOMINA DE ALUMNOS

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15. REGLAMENTO INTERNO: DEBERES Y DERECHOS DE LOS DOCENTES, AUXILIAR DE EDUCACIÓN, ESTUDIANTES Y PADRES DE FAMILIA.

16. FUNCIONES DEL COMITÉ DE TUTORIA DISCIPLINA Y CONVIVENCIA ESCOLAR.17. FUNCIONES DE DEFENSORIA ESCOLAR 18. FUNCIONES DEL MUNICIPIO ESCOLAR19. PERFIL IDEAL: DOCENTE Y ESTUDIANTE.20. PLAN ANUAL DE TUTORIA A NIVEL DE AULA21. INSTRUMENTOS PARA DIAGNOSTICAR: RITMOS Y ESTILOS DE APRENDIZAJE,

INTELIGENCIAS MULTIPLES, ESTILOS DE PENSAMIENTO, ETC.22. MATRIZ Nº 01 :IDENTIFICACIÒN DE FORTALEZAS Y DEMANDAS A NIVEL REGIONAL Y

LOCAL23. MATRIZ Nº 02 IDENTIFICACIÒN DE LA PROBLEMÀTICA INTERNA24. MATRIZ Nº 03 IDENTIFICACIÒN DE LOS TEMAS TRANSVERSALES25. MATRIZ DE PRIORIZACIÒN DE CAPACIDADES ENFATIZADAS EN CADA GRADO26. DIAGNOSTICO PEDAGOGICO27. MATRIZ DE VALORES Y ACTITUDES28. MATRIZ DE DIVERSIFICACION CURRRICULAR29. MATRIZ DE PROGRAMACION ANUAL30. UNIDADES DIDÀCTICAS: UNIDAD DE APRENDIZAJE,MÒDULO DE

APRENDIZAJE,PROYECTO DE APRENDIZAJE.31. SESIONES DE APRENDIZAJE32. SYLLABUS33. ESTRATEGIAS METODOLÓGICAS (SEPARATA)34. ESTRATEGIAS DE COMPRENSION LECTORA (SEPARATA)35. RECURSOS DIDACTICOS (SEPARATA)36. TECNICAS E INSTRUMENTOS DE EVALUACION37. INSTRUMENTOS DE EVALUACION DE DESEMPEÑO DOCENTE

EVALUACION DE DESEMPEÑO DOCENTE

Art. 131º.- El CONA y CONEI se encargará de realizar la Evaluación de Desempeño Docente en el

marco de las Buenas Practicas Pedagógicas para ello se aplicará la Ficha de Evaluación en el marco

del Buen Desempeño Docente la cual se encuentra estructurada en 04 Dominios y 20 indicadores.

CAPITULO V IIIDE LA ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO ADMINISTRATIVO Y RÉGIMEN ECONÓMICO

Art.132º.- DOCUMENTOS OFICIALES DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA

A. Proyecto Educativo Institucional (P.E.I.).

B. Proyecto Curricular de Institucional (PCI)

C. Plan Anual de Trabajo (P.A.T.).

D. Reglamento Interno (R.I.).

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E. Plan de Supervisión y Monitoreo

F. Cuadro de Asignación de Personal (C.A.P.).

G. Cuadro de Distribución de Horas de Clases

H. Plan Anual de Tutoría

I. Informe de Gestión Anual

J. Presupuesto Anual Institucional

K. Inventario

MANEJO DOCUMENTARIO

Art.133º.-El manejo y cuidado de los documentos oficiales de la I.E. serán de responsabilidad de la

Dirección, Sub Dirección y especialmente de la Secretaria.

LO RELACIONADO CON EL PRESUPUESTO

Art. 134º.- El Comité de Recursos Propios Actividades Productivas y Empresariales formula el

Presupuesto Anual de la Institución educativa y vela por la correcta administración de todos los recursos

incluyendo los recursos propios.

Art. 135º.-Se rendirá cuenta anualmente de la gestión económica a la comunidad educativa.

FUENTES DE FINANCIAMIENTO

Art. 136º.- INGRESOS PROPIOS.- Constituyen ingresos propios de la Institución educativa:

A. Libretas impresas por la Institución.

B. Expedición de Certificados de Estudio.

C. Derecho de Examen de aplazado, subsanación y convalidación.

D. Venta de Cuaderno de Control.

E. Rectificación de Apellidos

F. Examen de Ubicación

G. Alquiler de Equipos.

H. Alquiler de la infraestructura: loza deportiva, etc.

I. Alquiler de espacios físicos para el funcionamiento de la fotocopiadora, quiosco y cafetín de la

I.E.

J. Constancias de conducta, matrícula, etc.

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K. Venta de uniformes.

L. Merced conductiva de la fotocopiadora.

M. Donaciones.

Art. 137º.- INGRESOS POR APAFA; Constituyen ingresos por APAFA:

A. Concesión de quiosco escolar

B. Cuota ordinaria y extraordinaria.

C. Donaciones

Art. 138º.- LIBROS CONTABLES; El Comité de Recursos Propios Actividades Productivas y

Empresariales será responsable del manejo y cuidado de los libros contables.

SUPERVISIÓN ADMINISTRATIVA

Art. 139º.- La supervisión Administrativa; estará a cargo de la U.G.E.L.Nº 06.

CAPITULO IX DEL FUNCIONAMIENTO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA

PERIODIFICACIÓN DEL AÑO ESCOLAR

Art. 140º.- La periodificación del año escolar se hará de acuerdo a las normas vigentes (R.M. N º 0431-

2012-ED y la Directiva N° 014-2012-MINEDU/VMIGP), teniendo esta una duración no menor de

40 semanas lectivas lo cual garantiza el cumplimiento de las 1100 horas de labor pedagógica

efectiva en Educación Primaria de Menores y de 1200 horas de labor pedagógica efectiva en

Educación Secundaria. Cabe señalar que el año escolar lectivo 2013 se inicia el 04 de marzo y

finaliza el 27 de diciembre 2013, el año escolar lectivo se encuentra organizado por trimestres

existiendo vacaciones en el mes de julio. La Calendarización del Año Escolar de la I.E. será

elaborada por el Director de la I.E. y aprobado mediante R.D.

DE LOS HORARIOS

Art. 141º.- DEL PERSONAL DIRECTIVO. El Director y Sub Director cumplen un horario de trabajo de 40 horas cronológicas a la

semana.

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Horario del Director:

Lunes 7:45 am – 3:45 pm

Martes 10:35 a.m. – 6:30 p.m.

Miércoles 10:35 a.m. – 6:30 p.m.

Jueves 10:35 a.m. – 6:30 p.m.

Viernes 10:35 a.m. – 6:30 p.m.

Atención a los padres de familia para realizar trámites administrativos: Dirección:

Lunes 10.35 a.m a 12.30 p.m

Miércoles de 10.35 a.m a 12:30 p.m.

Viernes de 10.35 a.m a 12:30 p.m.

Horario de la Sub Director(a):Lunes 7:45 am – 3:45 pm

Martes 7:45 am – 3:45 pm

Miércoles 7:45 am – 3:45 pm

Jueves 7:45 am – 3:45 pm

Viernes 7:45 am – 3:45 pm

Art. 142.- DEL PERSONAL DOCENTE. El docente del nivel primario cumple su función en su turno por un período de 30 horas

semanales:

Turno mañana 7:45am a 12:45 pm

El docente del nivel secundario cumple su función en su turno por un período de 24 horas

semanales:

Turno tarde 1: 00 p.m a 6:35 p.m

Art. 143º.- DE LOS AUXILIARES DE EDUCACIÓNCumplirán una jornada laboral de 30 horas cronológicas:

Turno tarde 12: 35 p.m. a 7:00pm

Art. 144º.- DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO 98

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Cumplirán una jornada laboral de 40 horas cronológicas incluidas 30 minutos de

refrigerio.

Secretaria: Su horario podrá variar en función a las necesidades de servicioTurno mañana: 745 a.m. a 3:45 pm (lunes, miércoles y viernes)

10:30 a.m. a 6:35 p.m. (martes y jueves)

Personal de Servicio: Su horario podrá variar en función a las necesidades de servicio

Turno mañana De 6:00 a.m. a 2:00 p.m.

Turno tarde De 12:30 p.m. a 8:00 p.m . (horario variable según

necesidad de servicio)

Art. 145º.- DE LOS EDUCANDOS

1) NIVEL PRIMARIA:Turno mañana 7:45 a.m. a 12:45 p.m.

Recreo 10:00 a.m. a 10:30 a.m.

2) NIVEL SECUNDARIA:Turno tarde 1:00 p.m. a 6:35pm

Recreo 4: 00 p.m. a 4.20 p.m.

DEL CONTROL DE ASISTENCIA

Art. 146º.- El control de asistencia diaria de los docentes lo hace la Dirección, Sub Dirección

o el personal que el Director delegue funciones (personal de servicio II). Este proceso se

realiza mediante reloj tarjetero (marcado y firma de la tarjeta) complementado a su vez con el

libro de asistencia, donde se deberá registrar correctamente nombres y apellidos, hora

exacta y firma, y según orden de llegada.

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Tardanza.- Es el ingreso del personal al centro de trabajo después de la hora establecida,

las tardanzas se reportarán mensualmente a la UGEL 06 para su respectivo descuento (R.J.

Nº 1344-2008-ED) y este será por minutos.

Inasistencia.- Constituye inasistencia:

- La no concurrencia al centro de trabajo.

- Habiendo concurrido no desempeñar su función.

- El retiro antes de la hora de salida sin justificación alguna.

- La omisión del marcado de tarjeta u otro mecanismo de control al ingreso y/o salida

sin justificación.

- El ingreso excediendo el término de la tolerancia si la hubiera.

Permiso.- Es la autorización otorgada por el Director o jefe inmediato superior

correspondiente, para ausentarse por horas durante la jornada laboral, fuera del centro de

trabajo. El permiso se formaliza mediante papeleta de salida con visto bueno de la Dirección

de la I.E. y consignándose el en libro de asistencia el motivo del permiso al retorno de su

centro laboral.

Art. 147º.- El control de asistencia de los alumnos estará a cargo en el nivel secundaria por

los auxiliares y en el nivel primario por el profesor de aula.

CAPITULO X MATRICULA, EVALUACIÓN Y CERTIFICACIÓN

MATRICULA

R.M. N° 516-2007-EDLINEAMIENTOS PARA EL PROCESO DE MATRÍCULA ESCOLAR EN LAS II.EE.

PÚBLICAS DE EBR.Art. 148.- CONCEPTO DE MATRÍCULALa matrícula escolar es el acto por el cual se formaliza el ingreso al sistema educativo nacional, del niño

o niña en edad escolar, en una institución educativa pública o privada. La matrícula se registra en la

Ficha Única de matrícula, que acompaña al estudiante en todos los niveles de la Educación Básica y se

registra mediante el SIAGIE.

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Art.149.- CONDICIONES DE LA MATRÍCULALa matrícula se realizará por única vez al inicio del sistema educativo peruano, en el nivel de Educación

Inicial de la Educación Básica Regular, considerando lo siguiente:

a) El acto de la matrícula se realizará teniendo en cuenta la edad cronológica y con la presencia

del padre y/o madre o tutor.

b) Los datos personales del niño o la niña, para su matrícula, se acreditan con la copia de la

partida de nacimiento, Documento Nacional de Identidad DNI o pasaporte. La falta de dichos

documentos, no es impedimento para la matrícula. El Director de la I.E. coordinará su

obtención con las instituciones pertinentes.

c) En caso que el padre o la madre de familia o tutor del niño (a) no pudiera presentar para el acto

de la matrícula la documentación señalada en el párrafo que antecede, podrá suplir dichas

carencia mediante declaración jurada, con cargo a la regularización correspondiente en un

plazo máximo de sesenta días calendario posteriores a la matrícula.

d) En ningún caso la matrícula escolar está supeditada al pago previo de la cuota ordinaria y/o

aportes extraordinarios a la Asociación de Padres de familia, u otros conceptos, bajo

responsabilidad administrativa, civil o penal del director de la I.E.

e) La matrícula no está condicionada a examen de ingreso.

f) Excepcionalmente, cuando no exista Institución Educativa de Educación Inicial en el centro

poblado, se podrá matricular en el primer grado de Educación Primaria, al niño (a) con 6 o más

años de edad.

Art. 150.- LIMITACIONES PARA LA MATRÍCULAEn caso que la demanda de matrícula, supere la capacidad de atención de la I.E. , las prioridades de

ingreso y la correspondiente matrícula serán establecidas de acuerdo con la respectiva zonificación,

que debe consignarse en el Reglamento Interno de la I.E., con conocimiento de la Unidad de Gestión

Educativa Local.

El Director de la I.E. en coordinación con el CONEI pública, con anticipación no menor a 30 días, al

inicio del proceso de matrícula y bajo responsabilidad, publicará en el panel informativo del local

escolar, el número de vacantes para la matrícula, las prioridades para el ingreso y la fecha límite de

inscripción.

Art. 151.- PRIORIDADES PARA ACCEDER A UNA VACANTE:1. Zonificación.

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2. Padres de familia que tienen hijos estudiando en la I.E.

3. Orden de la presentación de la solicitud de vacante.

GLOSARIO DE TÉRMINOS/CONCEPTOS:A. ZONIFICACIÓN.- Por zonificación, en un sentido amplio, indica la subdivisión de un área

geográfica, en sectores homogéneos con respecto a ciertos criterios.

B. ZONIFICACIÓN EDUCATIVA.-Sectorización de determinadas zonas de influencia de una

Institución Educativa respecto al domicilio del padre/madre del estudiante y su prioridad de

atención por cercanía.

C. DOMICILIO REAL DEL PADRE/MADRE DEL ESTUDIANTE.- Es el lugar donde la persona

reside realmente

D. RADIO DE ACCIÓN.- Es entendido como la extensión de un espacio geográfico con un límite

de cobertura sobre un determinado campo de acción.

E. DELIMITACIÓN.- Es la demarcación, amojonamiento de un determinado espacio territorial.

Art. 152.- CONTINUIDAD DE ESTUDIOSEfectuada la matrícula en el nivel de Educación Inicial, o la modalidad educativa correspondiente, la

continuidad del estudiante en la misma u otra I.E. y su progresión en los grados de estudios, en primaria

hasta concluir la Educación Secundaria y/o modalidad educativa, es automática y no requiere

ratificación alguna de la matrícula; sin embargo siendo necesario actualizar la Ficha Única de Matricula

se establecerá un cronograma a fin de que el padre y/o madre de familia , Tutor, pueda actualizar sus

datos de cambio de domicilio, actualización de información en el SIAGIE, etc, informarle sobre los

derechos, deberes y sanciones del estudiante y a su vez firmar una declaración jurada donde

voluntariamente autorice al Director y CONEI a gestionar el traslado de su menor hijo(a) a un I.E.

cercana a su domicilio por faltas graves que cometa su menor hijo , respetando un debido proceso, con

aprobación del CONEI en el marco una convivencia democrática y sin violencia en la I.E.

Art. 153.- NOMINA DE MATRICULALa Nómina de Matrícula, es el documento técnico pedagógico que contiene la relación de alumnos

matriculados en la I.E. , por secciones y grados y nivel educativo ; es elaborado por la I.E. utilizando el

SIAGIE y aprobada mediante Resolución del Director de la misma, cuya copia se remite a la UGEL para

conocimiento y fines estadísticos.

Las Nóminas de Matricula se elaboran virtualmente mediante el SIAGIE, son impresas, firmadas por el

Director y docente de aula y docente tutor en el nivel Secundaria y es presentado a la UGEL 30 días

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hábiles de iniciado el año escolar bajo responsabilidad; en caso que los padres de familia no regularicen

con la presentación de documentos de la matrícula y/o traslado se elaborará Nóminas adicionales.

Art. 154.- ELABOPRACIÓN DE LAS NÓMINAS DE MATRICULALa elaboración de la Nómina de Matrícula será elaborada al concluir el proceso de ingreso de los

estudiantes al sistema educativo peruano, para lo cual se utilizará el SIAGIE; asimismo se remitirá a la

UGEL dentro de los 30 días de iniciado el año escolar. En lo sucesivo al ser promovido o no de grado

el estudiante, se elaborará la nómina de matrícula correspondiente.

Al finalizar el año escolar, automáticamente el estudiante será considerado matriculado para el siguiente

año lectivo en el grado inmediato superior o en el mismo, de acuerdo a los resultados de la evaluación,

lo cual se informará a los padres de familia o tutor, en el “informe sobre mis progresos” en educación

Inicial y Primaria o la “Libreta de información” en el nivel de Educación Secundaria, o la que

corresponda, según la modalidad educativa, no siendo necesario que el padre o la madre o el tutor

acuda a hacerlo al año siguiente, salvo que se trate de traslado de matrícula.

Art. 155.- PERMANENCIA EN EL GRADO DE ESTUDIOSLos estudiantes que al término del año escolar repiten de grado por no haber logrado resultados

aprobatorios, serán considerados al siguiente año lectivo, automáticamente en el mismo grado.

Art. 156.- INFORME DE MATRÍCULAEl Director de la I.E. presentará a la UGEL o a la que haga sus veces según corresponda, las nóminas

de matrícula, dentro de los 30 días posteriores al inicio del año escolar y las nóminas adicionales o

complementarias de matrícula, cuando se produzcan traslados o ingresos durante el año escolar.

Art. 157.- TRASLADO DE MATRICULA

El traslado de matrícula se produce cuando el alumno matriculado en la I.E., va a continuar sus estudios

en otra I.E.. El traslado de matrícula, se realiza hasta dos meses antes de que finalice el año escolar ;

salvo viaje al exterior o cambio de domicilio a otro distrito y observando el siguiente procedimiento:

a).- El padre o madre de familia o el tutor del estudiante una vez determinada la I.E. de destino,

solicita por escrito al Director de la I.E. de origen o donde está estudiando el niño(a) , el traslado

de matrícula.

b).- El Director de la I.E. de origen, bajo responsabilidad y dentro de las 48 horas de recibida la

solicitud escrita del padre o madre de familia o tutor del estudiante, autoriza mediante

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Resolución, el traslado de matrícula y la entrega de los documentos de escolaridad

correspondiente al recurrente.

c).- El Director del I.E. de destino, con la documentación del estudiante, aprueba mediante

Resolución Directoral, la inclusión en la respectiva Nómina de Matrícula.

Art. 158.-TRASLADO DE MATRICULA POR CAMBIO DE NIVEL EDUCATIVOEl traslado de matrícula escolar por cambio de nivel educativo, se produce cuando en la misma I.E. no

existe el nivel educativo inmediato superior, para continuar los estudios y se realiza del nivel de

Educación Inicial al nivel de Educación Primaria o de eal nivel de Educación Secundaria, teniendo en

cuenta lo siguiente:

a) La UGEL , o la que haga sus veces según corresponda, bajo responsabilidad y de acuerdo a

las metas de atención, determinará por Resolución de Zonificación correspondiente para la

atención de la matrícula escolar, comunicando a los directores de las II.EE. , con una

anticipación no menor de 30 días al inicio del proceso de matrícula escolar.

b) Los Directores de las II.EE. de origen y de destino efectuarán las coordinaciones pertinentes,

para formalizar de oficio el traslado de matrícula por el cambio de nivel educativo. Para el

efecto, al terminar el año escolar, el Director de la I.E. de origen expedirá de oficio la respectiva

resolución autorizando el traslado de los estudiantes que han concluido satisfactoriamente el

nivel educativo, remitiendo la documentación correspondiente al ala I.E. de destino.

c) El director de la I.E. de destino mediante resolución autoriza la inclusión de los estudiantes en

la respectiva nómina de matrícula con la cual queda formalizada la continuidad de los estudios

correspondientes.

d) En caso que los padres de familia o tutor del estudiante, determinen la matrícula en una I.E.

diferente de la zonificación establecida por la UGEL correspondiente, el traslado de matrícula

se efectuara a petición de parte, conforme al artículo que antecede.

Art. 159.- PROHIBICIÓN DE EXIGENCIAS PREVIAS PARA LA MATRÍCULAE l personal Directivo, jerárquico y docente de la I.E. , bajo responsabilidad, quedan prohibidos de exigir

a los padres y/o alumnos de las II.EE. Públicas, bajo responsabilidad, quedan prohibidos de exigir a los

padres y/o alumnos la adquisición de textos escolares, material didáctico, útiles escolares, uniformes y

buzos escolares, entre otros, como condición previa para el ingreso, matrícula y permanencia del

alumno en la I.E.

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Art. 160º.- La administración del proceso de matricula estará bajo la responsabilidad del

Director, Sub Director del nivel de Educación Primaria, APAFA , CONEI y del personal

administrativo tanto en primaria como en secundaria.

Art. 161º.- Los requisitos para la matricula en el primer grado de Primaria y Secundaria son:

- Partida de Nacimiento y DNI original y copia.

- Solicitud de vacante

- Tarjeta de información de 5 años inicial.

- Ficha Integral de Inicial.

- Control de vacunas en original y copia

- Copia de DNI del padre, madre o apoderado

- Constancia de participación y del padre de familia en el nivel inicial.

- Declaración Jurada

- Recibo de agua y luz

- Las excepciones las resuelve la Dirección.

- Certificado de domicilio.

- Carta notarial del tutor o apoderado

- Certificado de Conducta (nota de 15)

- En el acto de la matricula es obligatorio la presencia del padre, madre, apoderado.

La matrícula no está condicionado a ningún tipo de pago, es gratuita pudiendo el

padre de familia regularizar la presentación de los requisitos establecido hasta el mes

de marzo.

Art.162º.- Ingresan al primer grado de Educación Secundaria, los alumnos que han

concluido satisfactoriamente el 6to. Grado de Educación Primaria y no sean mayores de 15

años de edad.

Art.163º.- Los requisitos para la matricula en el Nivel Secundaria son:

- Presentación del Certificado de Estudios que acredite haber terminado

satisfactoriamente la Educación Primaria.

- Presentación de la Partida de Nacimiento o DNI Copia y original.

- Certificado de domicilio.

- Constancia de participación y del padre de familia en el nivel Primaria.

- Declaración Jurada

- Recibo de agua y luz105

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- Las excepciones las resuelve la Dirección.

- Carta notarial del tutor o apoderado

- Certificado de Conducta (nota de 15)

- En el acto de la matricula es obligatorio la presencia del padre, madre, apoderado.

- La matrícula no está condicionado a ningún tipo de pago, es gratuita pudiendo el

padre de familia regularizar la presentación de los requisitos establecido hasta el mes

de marzo.

Art.164º.- Para solicitar traslado, el interesado presentará:

- Solicitud dirigida al Director de la I.E.

- Constancia de no adeudar Libros u otros.

- Constancia de vacante de la I.E. a trasladarse.

- Dos fotos tamaño carnet actualizado.

- Asimismo procederá dicho trámite que la persona lo realice sea el titular

de la matricula.

- Constancia de no adeudar Textos del Ministerio de Educación.

CARGA DOCENTE Y DIFERENTES CLASES DE EVALUACIÓN

Art.165º.- La carga docente no excederá a lo normado.

Art.166º.- La evaluación de los aprendizajes es un proceso continuo y sistemático, mediante el cual se

observa, recoge, describe, procesa y analiza los logros, avances y/o dificultades del aprendizaje, con la

finalidad de reflexionar, emitir juicios de valor y tomar decisiones oportunas y pertinentes para mejorar

los procesos pedagógicos.

La evaluación se realiza mediante criterios e indicadores de logro que especifican y evidencian los

aprendizajes que desarrollan los estudiantes.

El docente debe de comunicar a los estudiantes y padres de familia o apoderados la información

necesaria sobre los logros, avances y/o dificultades de los aprendizajes en forma permanente y

oportuna y no solo al finalizar un periodo lectivo.

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El tiempo transcurrido entre la obtención de la información del aprendizaje y su comunicación debe de

ser el más corto posible; para lo cual se deben de emplear diversas estrategias como traer las

evaluaciones escritas firmadas, comunicación en el cuaderno de control, etc. También se

proporcionarán las recomendaciones pedagógicas para revertir las dificultades y potenciarlas fortalezas.

El Director, en estrecha coordinación con los Subdirectores de cada nivel, es responsable de verificar

que el proceso de evaluación de los aprendizajes sea efectuado en concordancia con los lineamientos

de la Directiva Nº 004-VMGP-2005: “Evaluación de los aprendizajes de los estudiantes en la Educación Básica

Regular”, aprobada por R.M. Nº 0234-2005-ED,complementada y modificada por R.M. Nº 0387-2005-ED en lo

que respecta a resultados y requisitos de Promoción, Repitencia y Recuperación en la Evaluación,

respectivamente.

La evaluación se hará en forma diferenciada de acuerdo a la necesidad y realidad de acuerdo de cada

alumno.

Art.167º.- La evaluación procederá de acuerdo a las normas vigentes de la educación

primaria y secundaria.

Art.168º.-El docente de nivel secundaria empleará la escala de calificación vigesimal y en el

nivel primario la calificación será cualitativa y cuantitativa.

PROMOCIÓN, REPITENCIA Y CERTIFICACIÓNArt.169º.-Al finalizar el año lectivo, los alumnos de educación primaria son promovidos de

acuerdo a lo siguiente:

A. Los estudiantes de primer grado son promovidos al grado superior en forma

automática.

B. Cuando al término del año escolar los estudiantes obtienen “A” en todas las áreas

curriculares incluidas las áreas o talleres creados como parte de las horas de libre

disponibilidad.

C. Los estudiantes de 2º, 3º y 4º grados obtienen como mínimo “A” en las áreas

curriculares de Comunicación, Matemática y como mínimo “B” en las otras áreas y

talleres curriculares creados como parte de las horas de libre disponibilidad.

D. Los estudiantes de 5º y 6º grados obtienen como mínimo “A” en las áreas curriculares

de Comunicación Integral, Lógico Matemática, Personal Social y Ciencia y Ambiente

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y como mínimo “B” en las otras áreas y talleres curriculares creados como parte de

las horas de libre disponibilidad.

Al finalizar el año lectivo, los alumnos de educación primaria repiten:A. Repiten de grado automáticamente los estudiantes de 2°, 3°, 4°, 5° y 6° grados que al

término del año escolar obtienen “C” en dos áreas curriculares: Lógico Matemática y

Comunicación Integral.

B. Repiten de grado los estudiantes que en el Programa de Recuperación o en la

Evaluación de recuperación no alcanzan los calificativos requeridos tal como lo

disponen los incisos c y d del numeral (atr. Nº 111).

Art. 170º.- Al finalizar el año lectivo, los alumnos de educación secundaria son promovidos,

repiten y/o participan en él PRA de acuerdo a lo siguiente:

PROMOCIÓN AL GRADO SUPERIOR:

A. Cuando al término del año escolar, aprueban todas las áreas curriculares, incluidas

las áreas o talleres que fueron creados como parte de las horas de libre

disponibilidad y el área curricular pendiente de subsanación.

B. Cuando al término del Programa de Recuperación Pedagógica o la Evaluación de

Recuperación, aprueban todas las áreas curriculares o desaprueban como mínimo un

área o taller curricular.

REPITENCIA:

A. Cuando al término del año escolar, desaprueban cuatro o más áreas curriculares,

incluidas las áreas o talleres que fueron creadas como parte de las horas de libre

disponibilidad y el área curricular pendiente de subsanación.

B. Cuando al término del Programa de Recuperación Pedagógica o la Evaluación de

Recuperación desaprueban dos o más áreas curriculares.

RECUPERACIÓN PEDAGÓGICA

A. Pueden participar en el Programa de Recuperación Pedagógica o en la Evaluación

de Recuperación los estudiantes que desaprobaron una, dos o tres áreas o talleres

curriculares, incluida el área curricular pendiente de subsanación.

108

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Art.171º.-La evaluación de recuperación se realizará en el mes de Febrero sujeto a rol fijado

por la Dirección en Coordinación con los profesores de aula y asignatura.

Art.172º.-Repiten de grado, los alumnos que tengan 30% de inasistencia injustificada y más

de 3 asignaturas desaprobadas durante el año escolar.

Art.173º.-El adelanto o postergación de evaluación serán autorizadas por la Dirección, previa

solicitud con documentos probatorios en caso de enfermedad.

Art.174º.-El alumno que concluye 5to. de secundaria para su certificación deberá presentar

junto con la solicitud 02 fotografías y Comité de Aula y constancia de no adeudar libros u

otros.

Art.175º.- El Programa de Recuperación Pedagógica es gratuito financiado por el Ministerio

de Educación se llevará a cabo de acuerdo al D.S. Nº 007-2001-ED. (Enero – Febrero).

LIBRETAS DE INFORMACIÓN

Art.176º.- El alumno deberá tener un calificativo al término de cada trimestre por asignatura

o área, el mismo que debe ser conocido por los padres de familia a través de la tarjeta de

información.

CAPITULO XI

PROGRAMA DE RECUPERACION PEDAGOGICA Y VACACIONES UTILES

Art. 177º.- DE LA ELECCION DEL COORDINADOR, El Director de la I.E es el encargado

de elegir al coordinador de los programas de Recuperación Pedagógica y Vacaciones Útiles.

El Programa de Recuperación es gratuito y financiado por el estado, en tal sentido la

elección del Coordinador se realizará en función al Desempeño Docente y criterios

complementarios establecidos por el Director de la I.E. (D.S. Nº 011-2012-ED)

109

Page 110: ie1264.webcindario.comie1264.webcindario.com/REGLAMENTO INTERNO MODIFICADO... · Web viewSi la opinión es favorable se le asignará una Resolución de designación al AIP y/o CRT,

Art. 178º.- DE LOS REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES AL P.R.P – P.V.U. Son

participantes al Programa de Recuperación Pedagógica, y Programa de Vacaciones Útiles

los profesores:

a) Los que cumplieron con la documentación pedagógica durante el año lectivo anterior en

su grado u área respectiva.

b) Los que no desaprobaron más del 30% a los estudiantes en el año académico anterior

c) Los que se identificaron con la I.E en todas las actividades del P.A.T

d) Haber cumplido con la Comisión al que ha sido designado (año anterior).

e) Haber recibido constancia de cumplimiento por parte de la Dirección y autorización para

estos programas.

Art. 179º.- Son participantes del Programa de Recuperación Pedagógica y Vacaciones

Útiles, el personal administrativo que se encuentra en vacaciones y no este ejerciendo sus

funciones normales en el mes de Enero- Febrero.

Art. 180º.- Son participantes del Programa de Recuperación Pedagógica, los alumnos(as)

que no lograron los aprendizajes previstos para su promoción en el mes de Diciembre, así

como para los alumnos particulares en forma voluntaria y en forma voluntaria se inscriban al

Programa de Vacaciones Útiles.

Art. 181º.- DEL PROGRAMA DE RECUPERACION PEDAGOGICA El Programa de

Recuperación Pedagógica de La I. E Nº 1264 “Juan Andrés Vivanco Amorin” es inspirada a

la Resolución Directoral Nº 05l4-2005-UGEL06, como programa para los alumnos de

primaria y secundaria de menores; que requieran recuperar las áreas desaprobadas en el

año lectivo anterior, como también es para otros alumnos(as) de otras instituciones

educativas bajo documento de autorización de la dirección encargada del lugar de

procedencia , Provincia, departamento.

Art. 182º.- El Programa de Recuperación Pedagógica de La I. E Nº 1264 “Juan Andrés

Vivanco Amorin” funciona exactamente en la II etapa de la Urb. Los Portales de Javier

Prado, calle Italia Nº 130, del Distrito de Ate, Provincia y Departamento de Lima y pertenece

a la jurisdicción de la Unidad de Gestión Educativa Local Nº 06 Vitarte.

Art. 183º.- Son objetivos generales del Programa de Recuperación Pedagógica lo siguiente:

110

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- Promover, planificar, organizar, desarrollar y evaluarlas acciones educativas;

correspondiente al nivel de educación primaria de menores

- Atender de manera integral a los estudiantes que requieran recuperación de las áreas

desaprobadas tanto en el nivel primario o secu7ndaria.

- Contar con docentes que no son omisos a documentaciones técnico pedagógicos en

el año académico que fenecen y se identifiquen con el quehacer pedagógico.

- Desarrollar unidades programadas en los diferentes niveles, temas de Calidad

accesible a los estudiantes desaprobados, teniendo en cuenta su ritmo de

aprendizaje.

- Mejorar la calidad educativa dentro del marco de la Emergencia Educativa y formar

ciudadanos capaces de resolver los diferentes problemas y mejorar su calidad de

vida.

- Brindar a los educandos oportunidades de aprendizaje, con valores, que les permita

mejorar sus condiciones de vida personal y familiar.

Art. 184º.- Vienen a ser objetivos específicos del Programa de Recuperación Pedagógica:

- Mejorar la calidad del trabajo educativo y pedagógico en el P.R.P para brindar un

mejor servicio y aprendizaje de calidad a los estudiantes.- Propiciar y verificar el cumplimiento de las funciones inherentes al cargo.

- Formar a los estudiantes para que en lo sucesivo no vuelvan a desaprobarse área

alguna.

- Incentivar y lograr la participación de los alumnos, padres de familia en el

programa de recuperación con actitud creadora e innovadora

- Propiciar un clima agradable entre los participantes del programa, y los alumnos (as) que

coadyuven al logro de los objetivos del P.R.P..

-

Art. 185º.- SON FUNCIONES DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA PARA CON EL PROGRAMA DE VACACIONES ÙTILES, lo siguiente:

- Brindar facilidades a los participantes del Programa de Recuperación Pedagógica,

Vacaciones Útiles como aulas de primaria y secundaria, salas de cómputo, Campo

deportivo, servicios higiénicos y otros instrumentos pedagógicos.

- Propiciar un ambiente institucional favorable para el desarrollo del P.R.P. entre los

estamentos estudiantes, Padres de Familia y Personal Docente de Primaria y

secundaria.

111

Page 112: ie1264.webcindario.comie1264.webcindario.com/REGLAMENTO INTERNO MODIFICADO... · Web viewSi la opinión es favorable se le asignará una Resolución de designación al AIP y/o CRT,

- Contribuir al ejercicio del derecho de los estudiantes a recibir una educación de

calidad.

- Promover la incorporación de nuevas tecnologías de apoyo a los aprendizajes.

TITULO VDE LOS DERECHOS, DEBERES, PRESENTACIÓN PERSONAL, PROHIBICIONES,

ESTÍMULOS, FALTAS Y SANCIONES DEL PERSONAL DE LA I.E.

CAPITULO VIIIDE LOS DERECHOS, DEBERES, PRESENTACIÓN PERSONAL, ASISTENCIA Y

PUNTUALIDAD, PROHIBICIONES, ESTÍMULOS, FALTAS Y SANCIONES DEL PERSONAL DOCENTE DE LA I.E.

Art.186º.- DERECHOS DE LOS PROFESORES:El profesor es un profesional de la educación, con título de profesor o licenciado en educación, con

calificaciones y competencias debidamente certificadas que, en su calidad de agente fundamental del

proceso educativo, presta un servicio público esencial dirigido a concretar el derecho de los estudiantes

y de la comunidad a una enseñanza de calidad, equidad y pertinencia. Coadyuva con la familia, la

comunidad y el estado, a la formación integral del educando, razón de ser de su ejercicio profesional.

Los profesores tienen derecho a:

A. Desarrollarse profesionalmente en el marco de la Carrera Pública Magisterial y sobre la base

del mérito, sin discriminación por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión,

condición económica o de cualquier otra índole que atente contra los derechos de la persona.

B. Percibir oportunamente la remuneración íntegra mensual correspondiente a su escala

magisterial.

C. Recibir asignaciones y los incentivos monetarios que se establecen en la presente ley.

D. Estabilidad laboral sujeta a las condiciones que establece la Ley.

E. Ser evaluados de manera transparente, conocer los resultados de su evaluación personal,

solicitar su revisión y tener acceso a su historial de vida profesional registrado en la I.E

F. Autonomía profesional en el cumplimiento de las tareas pedagógicas que les compete, la

misma que está supeditada a que se ejerza dentro del proyecto educativo ejecutado por la

institución educativa y a que se respete la normatividad vigente.

112

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G. Beneficios del Programa de Formación y Capacitación Permanente y de otros programas de

carácter cultural y social fomentados por el Estado, UGEL , I.E.

H. Licencias, permisos, destaques, reasignaciones y permutas, de acuerdo a lo establecido en la

Ley y su reglamento.

I. Vacaciones.

J. Seguridad social, de acuerdo a ley.

K. Libre asociación y sindicalización.

L. Reconocimiento de oficio de su tiempo de servicios efectivos.

M. Reconocimiento del tiempo de servicios ininterrumpidos por motivos de representación política

y sindical, según el caso.

N. Condiciones de trabajo que garanticen calidad en el proceso de enseñanza y aprendizaje, y un

eficiente cumplimiento de sus funciones dentro de los alcances de la Ley.

O. Reconocimiento, por parte del Estado, la comunidad y los padres de familia, de sus méritos en

la labor educativa.

P. Percibir subsidio por luto y sepelio, de acuerdo a lo establecido en la presente Ley.

Q. Percibir una compensación por tiempo de servicios.

R. Percibir una remuneración justa, acorde con su elevada misión y con su condición profesional.

S. Participar en la formación, ejecución y evaluación de los planes de trabajo en su Institución

educativa.

T. Recibir del Estado apoyo para su capacitación, perfeccionamiento y especialización profesional.

U. Ascensos y reasignaciones de acuerdo con el Escalafón, el estricto orden de capacidad y

méritos.

V. Respeto a los procedimientos legales y administrativos en la aplicación de sanciones.

Art.187º.- Licencias: La licencia es un derecho que tiene el profesor para suspender temporalmente el ejercicio de sus funciones por (01) o más días. Por lo que se clasifican en:a) Con goce de remuneraciones

- Por incapacidad temporal

- Por maternidad, paternidad o adopción

- Por siniestros

- Por fallecimiento del cónyuge, padres, hijos.

- Por estudios de posgrado y/o especialización o perfeccionamiento, autorizados por el MED,

gobiernos regionales, sea en el país o extranjero.113

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- Por asumir representación oficial del Estado peruano en eventos nacionales y/o internacionales

de carácter científico, educativo, cultural y deportivo.

- Por citación expresa, judicial, militar o policial.

- Por desempeño de cargos de consejero regional o regidor municipal, equivalente a un día de

trabajo semanal, por el tiempo que dure su mandato.

- Por representación sindical, de acuerdo a las normas establecidas por el Ministerio de Trabajo.

- Por capacitación organizada y autorizada por el Ministerio de Educación o los gobiernos

regionales.

b) Sin goce de remuneraciones:

- Por motivos particulares.

- Por capacitación no oficializada.

- Por enfermedad grave del padre, cónyuge, conviviente reconocido judicialmente o hijos.

- Por desempeño de funciones públicas o cargos de confianza.

El trámite de la licencia se inicia en la institución educativa y concluye en las instancias superiores

correspondientes.

Art.188º.- Permisos.- Son autorizaciones otorgadas por el Director para ausentarse por horas del

centro laboral, durante la jornada de trabajo. Se concede por los mismos motivos que las licencias.

Art.189º.- SON DEBERES DE LOS PROFESORESA. Cumplir en forma eficaz el proceso de aprendizaje de los estudiantes, realizando con

responsabilidad y efectividad los procesos pedagógicos, las actividades curriculares y las

actividades de gestión de la función docente, en sus etapas de planificación, trabajo en aula y

evaluación, de acuerdo al diseño curricular nacional.

B. Orientar al educando con respeto a su libertad, autonomía, identidad, creatividad y

participación; y contribuir con sus padres y la dirección de la institución educativa a su

formación integral. Evaluar permanentemente este proceso y proponer las acciones

correspondientes para asegurar los mejores resultados.

C. Respetar los derechos de los estudiantes, así como los de los padres de familia.

D. Presentarse a las evaluaciones médicas psicológicas cuando lo requiera la autoridad

competente, conforme a los procedimientos que establezca el reglamento.

E. Cumplir con la asistencia y puntualidad que exige el calendario escolar y el horario de trabajo.

114

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F. Aportar en la formulación del proyecto educativo institucional, asumiendo con responsabilidad

las tareas que les competan.

G. Participar, cuando sean seleccionados, en las actividades de formación en servicio que se

desarrollen en instituciones o redes educativas, Unidades de Gestión Educativa Local,

Direcciones Regionales de Educación o Ministerio de Educación.

H. Presentarse a las evaluaciones previstas en la Carrera Pública Magisterial y a las que

determinen las autoridades de la institución educativa o las entidades competentes.

I. Ejercer la docencia en armonía con los comportamientos éticos y cívicos, sin realizar ningún

tipo de discriminación por motivos de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición

económica o de cualquier otra índole.

J. Conocer, valorar y respetar las culturas locales, en el ámbito nacional, y la lengua originaria.

K. Contribuir a la afirmación y desarrollo cultural y ciudadano de los miembros de la institución

educativa de la comunidad local y regional.

L. Informar a los padres de familia sobre el desempeño escolar de sus hijos y dialogar con ellos

sobre los objetivos educativos y la estrategia pedagógica, estimulando su compromiso con el

proceso de aprendizaje.

M. Cuidar, hacer uso óptimo y rendir cuentas de los bienes a su cargo que pertenezcan a la

institución educativa.

N. Asegurar que sus actividades profesionales se fundamenten en el respeto mutuo, la práctica de

los derechos humanos, la Constitución Política del Perú, la solidaridad, la tolerancia y el

desarrollo de una cultura de paz y democrática.

O. Coadyuvar al trabajo en equipo de los profesores de la institución educativa y, si fuera el caso,

de las instancias de gestión educativa descentralizada.

P. Participar en los sistemas tutoriales que desarrolle la institución educativa.

Q. Otros que se desprendan de la presente ley o de otras normas específicas de la materia.

Art.190º.- DE LA PRESENTACIÓN PERSONAL:A. El uso de uniforme escolar no es obligatorio, no condiciona el ingreso a la I.E.

B. En caso que en Asamblea General de padres de familia acuerde el uso del uniforme escolar

característico, este será obligatorio, sin embargo no condiciona el ingreso a la I.E.

C. En el horario de Educación Física los estudiantes asistirán con buzo característico de la I.E.,

zapatillas blancas, polo amarillo o blanco.

Art. 191°.- DE LA ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD:

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A. Los Docentes deberán asistir con puntualidad a la Institución Educativa.

B. El horario de ingreso para los docentes del nivel primaria es:

Nivel Primario, turno mañana hora de ingreso: 7:45 a.m. y la hora de salida 12.45p.m.

C. El horario de ingreso para los docentes del nivel secundaria es:

Nivel Secundaria, turno tarde: hora de ingreso 1:00 p.m. y hora de salida 6:35 p.m.

D. Ningún docente podrá ausentarse de la I.E. antes del horario de salida establecida, salvo

autorización, papeleta firmada por el Director o subdirector.

PREMIOS Y ESTÍMULOS

Art.192º.-El Ministerio de Educación y los gobiernos regionales y gobiernos locales, según corresponda,

mediante resolución de la autoridad competente, reconocen el sobresaliente ejercicio de la función

docente o directiva a través de:

A. Mención honorífica con el otorgamiento de las Palmas Magisteriales y otros reconocimientos

similares.

B. Agradecimientos, felicitaciones y condecoraciones mediante resolución directoral regional,

ministerial o suprema.

C. Oficio de agradecimiento

D. Oficio de felicitación

E. Diploma de mérito

F. Informe ante las autoridades superiores para mayor estimulo.

G. Resolución de felicitación por acto sobresaliente a propuesta del Director a la superioridad.

H. Resolución directoral a docentes que presenten proyectos o publicación de obras.

SANCIONES

Art.193º.-Los profesores que se desempeñan en las áreas señaladas en el artículo 12 de la presente ley, que

trasgredan los principios, deberes, obligaciones y prohibiciones, incurren en responsabilidad

administrativa y son pasibles de sanciones según la gravedad de la falta y la jerarquía del servidor o

funcionario; las que se aplican con observancia de las garantías constitucionales del debido proceso.

Las sanciones son:

A. Amonestación escrita-

B. Suspensión en el cargo hasta por 30 días sin goce de remuneraciones-

C. Cese temporal en el cargo sin goce de remuneraciones desde 30 días hasta 12 meses.

D. Destitución del servicio.

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Las sanciones indicadas en los literales C y D se aplican previo proceso administrativo disciplinario,

cuya duración no será mayor de 45 días hábiles improrrogables contados a partir de la instauración del

proceso.

Las sanciones señaladas no eximen de las responsabilidades civiles y penales a que hubiera lugar, así

como de los efectos que de ella se deriven ante las autoridades respectivas.

Art.194º.- Medidas Preventivas.- El Director de la I.E. separa preventivamente al profesor y da cuenta

al Director de la UGEL 06, cuando exista una denuncia administrativa o judicial contra este por los

presuntos delitos de violación contra la libertad sexual, hostigamiento sexual en agravio de un

estudiante, apología del terrorismo, delito de terrorismo y sus formas agravadas, delito de corrupción de

funcionarios, delito de tráfico ilícito de drogas; así como por incurrir en actos de violencia que atenten

contra los derechos fundamentales de la persona y contra el patrimonio, que impiden el normal

funcionamiento de los servicios públicos.

La separación preventiva concluye al término del proceso administrativo o judicial correspondiente.

Art. 195.-Calificación y gravedad de la falta.- Es atribución del titular que corresponda, calificar la falta

o infracción, atendiendo la naturaleza de la acción u omisión así como la gravedad de las mismas en el

marco de las normas vigentes.

Art. 196.- Amonestación Escrita.- El incumplimiento de los principios, deberes, obligaciones y

prohibiciones en el ejercicio de la función docente, debidamente comprobado y calificado como leve es

pasible de amonestación escrita.

La sanción es impuesta por la autoridad inmediata superior previo descargo del presunto responsable

según corresponda.

Art. 197.- Suspensión.- Cuando el incumplimiento de los principios, deberes, obligaciones y

prohibiciones en el ejercicio de la función docente, debidamente comprobado, no puede ser calificado

como leve por las circunstancias de la acción u omisión, será posible de suspensión en el cargo hasta

por 30 días sin goce de remuneraciones.

Asimismo, el profesor que incurre en una falta o infracción, habiendo sido sancionado previamente en

dos ocasiones con amonestación escrita es pasible de suspensión.

La sanción es impuesta por la autoridad inmediata superior, previo descargo del presunto responsable,

según corresponda.

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Art. 198.- Cese temporal.- Son causales de cese temporal en el cargo, las transgresión por acción u

omisión de los principios, deberes, obligaciones y previsiones en el ejercicio de la función docente,

considerados como grave.

También se consideran faltas o infracciones graves pasibles de cese temporal las siguientes:

A. Causar perjuicio al estudiante y/o a la institución educativa.

B. Ejecutar, promover o encubrir, dentro o fuera de la I.E., actos de violencia física, de calumnia,

injuria o difamación, en agravio de cualquier miembro de la comunidad educativa.

C. Realizar actividades comerciales o lucrativas, en beneficio propio o de terceros, aprovechando

el cargo o la función que se tiene dentro de la I.E., con excepción de las actividades que tengan

objetivos académicos.

D. Realizar en su centro de trabajo actividades ajenas al cumplimiento de sus funciones de

profesor o directivo, sin la correspondiente autorización.

E. Abandonar el cargo injustificadamente.

F. Interrumpir u oponerse deliberadamente al normal desarrollo del servicio educativo.

G. Realizar en su centro de trabajo actividades de proselitismo político, partidario en favor de

partidos políticos, movimientos, alianzas o dirigencias políticas nacionales, regionales o

municipales.

H. Otras que se establecen las disposiciones legales pertinentes.

Asimismo el profesor que incurre en una falta o infracción, habiendo sido sancionado previamente en

dos ocasiones con suspensión, es pasible de cese temporal.

En el caso de los profesores que prestan servicio en las II.EE. que incurran en las faltas señaladas en

los literales A y B, iniciando el proceso investigatorio previo al proceso administrativo disciplinario y en

tanto estos nos concluyan, el profesor es retirado de la I.E.

El cese temporal es impuesto por el titular de la UGEL 06, DREL y del MED, según corresponda.

Art. 199.- Destitución.- Son causales de destitución la transgresión por acción u omisión, de los

principios, deberes, obligaciones y prohibiciones en el ejercicio de la función docente, considerado

como muy grave. También se consideran faltas o infracciones muy graves, pasibles de destitución, las

siguientes:

A. No presentarse a la evaluación de desempeño docente sin causa justificada.

B. Haber sido condenado por delito doloso.

C. Haber sido condenado por delito contra la libertad sexual, apología del terrorismo o delito de

terrorismo y sus formas agravadas.

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D. Incurrir en actos de violencia o causar grave perjuicio contra los derechos fundamentales de los

estudiantes y otros miembros de la comunidad educativa y/o institución educativa, así como

impedir el normal funcionamiento de servicios públicos.

E. Maltratar física o psicológicamente al estudiante causando daño grave.

F. Realizar conductas de hostigamiento sexual y actos que atenten contra la integridad,

indemnidad y libertad sexual tipificados como delitos en el Código Penal.

G. Concurrir al centro de trabajo en estado de ebriedad o bajo los efectos de alguna droga.

H. Inducir a los alumnos a participar en marchas de carácter político.

I. Por incurrir en reincidencia la inasistencia injustificada al centro de trabajo por más de tres (03)

días consecutivos o cinco (05) discontinuos en un período de dos (02) meses.

J. Otras que establezca el reglamento de la presente Ley.

Asimismo, el profesor que incurre en una falta o infracción, habiendo sido sancionado previamente en

dos (02) ocasiones con cese temporal, es pasible de destitución.

En el caso de los profesores que prestan servicios en las instituciones educativas, que incurran en las

faltas señaladas en los literales d), e), g), f) y h) iniciado el proceso investigatorio previo al proceso

administrativo disciplinario y en tanto estos no concluyan, el profesor es retirado de la institución

educativa.

La destitución es impuesta por el Titular de la Unidad de Gestión Educativa local, Dirección Regional de

Educación y del Ministerio de Educación, según corresponda.

Artículo 200º.- Registro de las sanciones.- Las sanciones administrativas como cosa decidida y las

sentencias judiciales con autoridad de cosa juzgada aplicadas al profesor son registradas en el

escalafón magisterial. La sanción administrativa se comunica a la Autoridad Nacional del Servicio Civil,

para que ésta sea incluida en el Registro Nacional de Sanciones de Destitución y Despido o el que haga

sus veces.

Artículo 201º.- Eliminación de anotaciones de sanción en la Escala Magisterial.- El profesor

sancionado administrativamente, conforme a los literales a) y b) del artículo 43 de la presente ley,

puede solicitar la eliminación de anotación de sanción en el Escalafón Magisterial, luego de haber

transcurrido un año de haber cumplido con la sanción aplicada por falta disciplinaria. En el caso del 119

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profesor sancionado de conformidad con el literal c) del citado artículo, debe haber transcurrido dos

años del cumplimiento de la sanción. En ambos supuestos se requiere, además, haber observado

buena conducta y obtenido informe favorable de su desempeño laboral.

Artículo 202º.- Inhabilitación.-La inhabilitación impide al servidor ejercer función docente pública

durante un determinado lapso, por haber sido sancionado como consecuencia de la comisión de una

falta grave en el ejercicio de su función pública o en su vida privada, que lo hace desmerecedor del

ejercicio docente público, tales como:

A. Las sanciones administrativas de suspensión y cese temporal implican la inhabilitación del

ejercicio de la función docente por el término de la sanción.

B. La sanción de destitución implica la inhabilitación para el desempeño de función pública bajo

cualquier forma o modalidad, por un período no menor de cinco (05) años.

C. Por resolución judicial firme que dispone la inhabilitación conforme al artículo 36º del Código

Penal, el profesor queda inhabilitado, según los términos de la sentencia.

D. El Profesional de la Educación condenado por delito de terrorismo o sus formas agravadas,

delito contra la libertad sexual, delito de corrupción de funcionario y de tráfico ilícito de drogas,

queda impedido de ingresar al servicio público, en el Sector Educación.

Artículo 203º.- Término de la relación laboral .- El retiro de la Carrera Pública Magisterial de los

profesores se produce en los siguientes casos:

A. Renuncia.

B. Destitución.

C. No haber aprobado la evaluación de desempeño laboral de conformidad con lo establecido en

el artículo 23º de la presente Ley.

D. Por límite de edad, al cumplir 65 años.

E. Incapacidad permanente, que impida ejercer la función docente

F. Fallecimiento.

Artículo 204º.- Reingreso a la Carrera.- El reingreso a la Carrera Pública Magisterial está sujeto a

evaluación y, de ser el caso, a aprobación expresa, y se sujeta a:

A. El profesor que renuncia puede solicitar su reingreso a la Carrera Pública Magisterial. El

reingreso se produce en la misma Escala Magisterial que tenía al momento de su retiro de la

Carrera. El reglamento establece las condiciones y procedimientos de reingreso.

B. El profesor destituido no puede reingresar al servicio público docente.

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C. El profesor comprendido en los alcances del literal c) del artículo anterior no puede reingresar al

servicio público docente.

CAPITULO XII

DE LOS DERECHOS, DEBERES, ESTÍMULOS, FALTAS Y SANCIONES DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO

Art.205º.- EL PERSONAL ADMINISTRATIVO TIENEN DERECHO A:

a) Estabilidad laboral en la plaza, nivel, cargo, lugar y centro de trabajo.

b) Percibir una remuneración justa, acorde con su elevada misión y con su condición

profesional.

c) Participar en la formación, ejecución y evaluación de los planes de trabajo en su Institución

educativa.

d) Recibir del Estado apoyo para su capacitación, perfeccionamiento y especialización

profesional.

e) Gozar de vacaciones.

a) Ascensos y reasignaciones de acuerdo con el Escalafón, el estricto orden de capacidad y

méritos.

b) Respeto a los procedimientos legales y administrativos en la aplicación de sanciones.

c) Reconocimiento por parte del Estado, la comunidad, los padres de familia, de sus méritos

en la labor educativa.

d) Licencias:

Por fallecimiento del cónyuge, padres, hijos y hermanos, 8 días o 15 días (provincia).

Por maternidad 90 días.

Por enfermedad hasta 12 meses (del titular).

Por estudios y/o especialización (sin goce de remuneraciones) 2 años.

Por ejercer cargo público (sin goce de remuneraciones).

e) Libre sindicalización.

f) Seguridad social y familiar.

g) Permisos sin compensación horaria en los siguientes casos:

Un día de permiso por onomástico.

Hasta 3 días al año por motivos personales, con autorización de la Dirección, pero no

en forma consecutiva, y si toma alguno de estos días deberá el personal justificar al

termino de las 24 horas.

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h) Otros derechos establecidos encuentran estipulados en el marco legal vigente.

Art.206º.- SON DEBERES DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO:

A. Supeditar el interés particular al interés común y a los deberes de servicio.

B. Cumplir sus funciones con dignidad y eficacia, lealtad a la Constitución, a las leyes de la República

y a los fines de la Institución Educativa.

C. Observar buen trato, hacia sus superiores y compañeros de trabajo.

D. Practicar, emplear un lenguaje adecuado dentro del I.E.

E. Orientar al educando, respetando su libertad, en el conocimiento de sus derechos y deberes.

F. Cooperar con los padres en la formación integral del alumno, mediante acciones de orientación,

formación de buenos hábitos, práctica de valores; y, con la Dirección de la I.E en la optimización de

las acciones educativas.

G. Actuar con un sentido crítico y reflexivo en cumplimiento de su función educativa.

H. Evaluar en forma permanente el proceso de formación integral del educando.

I. Contribuir y velar por la buena conservación y mejoramiento de la infraestructura y equipamiento

educativo.

J. Informar oportunamente a la autoridad inmediata superior de los actos indebidos o de inmoralidad

que se produzcan en la institución educativa o en circunstancias relacionadas directamente con el

ejercicio de su función.

K. Respetar los acuerdos tomados en Asamblea.

L. Asumir plenamente sus funciones en la Comisión que integra y/o se le designe en caso de

ausencia.

M. Cumplir con la función de asesor en caso de ser designado.

N. Participar activamente en las actividades cívicas.

O. Presentar su Carpeta Pedagógica cuando se le requiera.

ESTÍMULOS

Art.207º.- Los docentes, personal administrativo y servicio que cumplan sus funciones y realicen

acciones excepcionales a favor de la educación y la comunidad, se harán acreedores de los siguientes

estímulos en forma pública:

A. Oficio de agradecimiento

B. Oficio de felicitación

C. Diploma de mérito

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D. R.D.

E. Informe ante las autoridades superiores para mayor estimulo.

F. Los docentes con buen desempeño laboral tendrán prioridad en el trabajo de coordinación

pedagógica y en el P.R.A.

TITULO VIDE LOS DERECHOS, DEBERES, PRESENTACIÓN PERSONAL, ASISTENCIA Y

PUNTUALIDAD, PROHIBICIONES, ESTÍMULOS, FALTAS Y SANCIONES DE LOS ALUMNOS

DE LA I.E.

CAPITULO XIII DE LOS DERECHOS, DEBERES, PRESENTACIÓN, ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD DE

LOS ALUMNOS DE LA I.E

DE LOS ALUMNOS

Art.208º.- DE LOS DERECHOS

A. Recibir una formación integral en cada grado de estudio dentro de un ambiente que le brinde

seguridad física y moral.

B. Recibir un servicio de acompañamiento y orientación a lo largo de su formación escolar

C. Ser tratados con dignidad y respeto, sin discriminación y ser informado de las disposiciones que

le conciernen como alumno.

D. Recibe en forma gratuita los servicios educativos.

E. Participar en todas las actividades y eventos culturales, deportivos, artísticos, religiosos, cívicos

y de recreación que organiza la I.E.

F. Elegir y ser elegido como miembro integrante del Municipio Escolar, CONEI, Defensoría

Escolar, Policías, Brigadieres, Brigadas y en las distintas comisiones que representan al

alumnado.

G. Recibe estímulos en mérito al cumplimiento de sus deberes y buen comportamiento.

H. Ser escuchado y atendido oportunamente en cualquier reclamo o consulta de índole personal

por los auxiliares de educación, docentes, Dirección, Subdirección y otros órganos jerárquicos.

I. Hacer uso de los libros de la biblioteca, de las TIC del aula de innovación pedagógica y otros

servicios.

J. Solicitar orientación al tutor y/o profesor en aspectos que lo necesite. 123

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K. Presentar sugerencias o reclamos dentro de los márgenes de respeto, que contribuyan a

mejorar la atención en los servicios educativos.

L. No recibir castigos físicos y psicológicos así como cualquier sanción que represente una

humillación o maltrato corporal y emocional.

M. Ser protegidos contra toda forma de violencia, perjuicio, descuido o trato negligente, abuso

sexual, mientras se encuentre bajo custodia de sus padres, tutor o apoderado. (Convención

sobre los derechos del Niño, Art. 19; Constitución Política del Perú).

N. Conocer y participar activamente en la elaboración del reglamento institucional en lo que le

compete.

O. Participar en la elaboración de normas y actividades que conciernen a su cargo y aula a través

de las organizaciones estudiantiles y tutoría.

P. Recibir una educación integral en un ambiente donde se le brinde permanente seguridad moral,

física e intelectual.

Q. A ser respetados por sus educadores y a cuestionar sus criterios valorativos, pudiendo recurrir

a instancias superiores si fuera necesario.

R. A expresar libremente su opinión con la debida fundamentación respetando las normas de la

Institución Educativa.

S. Participar en actividades curriculares y extracurriculares programadas por el plantel,

representándolo cuando sea requerido.

T. Solicitar a los profesores aclaraciones en las asignaturas desarrolladas y en las evaluaciones.

U. Ser evaluados justa e integralmente y recibir la información de sus calificaciones

oportunamente.

V. A recibir orientación y consejo por parte de sus docentes, autoridades; así como por el personal

administrativo en el caso de trámites documentarios.

W. A denunciar si es objeto de agresión verbal, física o sexual por parte de un alumno, trabajador

de la institución educativa, padre de familia, etc.

X. A recibir protección por parte de los Directivos de la Institución Educativa (derivando a la

institución competente con la debida confidencialidad) en los casos de: maltrato físico,

psicológico, abuso y violencia, desamparo y otros casos que impliquen violación de sus

derechos, repitencia y deserción escolar; reiteradas faltas injustificadas; Consumo de

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sustancias tóxicas; rendimiento escolar de niños y adolescentes trabajadores y otros hechos

lesivos.

Y. Conocer el balance económico de las actividades que se realizan en sus aulas (promoción u

otros tipos de actividades).

Z. Recibir facilidades para ser evaluado, cuando no pueda asistir por motivo de estar

representando al colegio en algún concurso o presentación oficial, encontrarse mal de salud y/o

tener problemas familiares que le impidan asistir; con la sustentada justificación del padre o

apoderado.

Art.209º.- DE LOS DEBERES

A. Respetar y acatar las disposiciones contenidas en el presente reglamento.

B. Portar diariamente su cuaderno de control y hacerlo firmar por su padre o apoderado

C. Asistir con puntualidad a L.E. en los horarios establecidos, debidamente aseado y uniformado,

portando sus útiles y materiales de trabajo educativo a las clases y actividades programadas por

la I.E.

D. Justificar las tardanzas e inasistencias dentro de las 48 horas.

E. Cumplir las tareas escolares que asignen los profesores de aula y/o área curricular.

F. Participar y cumplir en forma responsable en las actividades educativas.

G. Cuidar el ornato y ambientes como los servicios higiénicos, patios, jardines y toda la

infraestructura del plantel; reparar o reponer inmediatamente los objetos destrozados o

deteriorados; así como dejar limpio las aulas, pasadizos, ss.hh., patio, área deportiva,

mobiliario, equipos y materiales educativos al término de la jornada pedagógica.

H. Representar dignamente a la I.E. en cualquier actividad o certamen

I. Respetar y rendir honores a los símbolos de la patria y nuestros héroes

J. Respetar la propiedad ajena y honorabilidad de sus compañeros y de las personas que

laboran en la I.E.

K. Mantener dentro y fuera de la institución educativa una actitud digna y responsable, acorde con

la educación que recibe.

L. Asistir en forma obligatoria a las actuaciones y desfiles escolares dispuestas por la Dirección del

plantel.

M. Cultivar los valores como: respeto y tolerancia, libertad y autonomía, justicia y solidaridad.

N. Asistir a sus horas de clase de manera continua, sin evadirse de ella.

O. Entregar a los padres de familia o apoderado todo documento enviado por la Dirección y

devolver debidamente firmado en la fecha indicada. 125

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P. Emplear vocabulario adecuado dentro y fuera de I.E, desterrando las expresiones vulgares.

Q. Permanecer en el aula durante los cambios de hora de clase, y no ingresar o salir de la clase,

sin previa autorización.

R. Abstenerse de ingresar a la I.E objetos ajenos a los útiles escolares, salvo autorización de un

profesor.

S. Respetar y obedecer a los miembros de la comunidad educativa, siempre que sus órdenes no

lesionen sus derechos o contravengan las normas establecidas:

Saludar, ser cortés y muy atentos con sus compañeros, Personal de la Institución

Educativa, niños pequeños, mujeres y ancianos, tanto en el plantel como fuera de

él.

Usar lenguaje apropiado, no utilizando gritos, palabras soeces, apodos o burlas.

Del mismo modo evitar comunicarse bruscamente (empujones, juego de manos) y

demostrar compostura y decencia.

Está prohibido maltratar de palabra u obra a sus compañeros.

Respetar la autoridad que le es concedida a los compañeros que tengan

representatividad en el plantel (Alcalde, Brigadier, Policía Escolar). Estos alumnos

deben exhibir permanentemente sus distintivos.

T. Cumplir las normas establecidas en el reglamento interno de la Institución Educativa.

U. Mantener buen comportamiento practicando las reglas de urbanidad, valores y buenos

modales en todo momento, dentro y fuera del plantel. Así mismo demostrar en todo

momento el respeto por la patria, símbolos y héroes.

V. Estudiar satisfactoriamente, cumpliendo con los valores y obligaciones escolares.

W. Asistir puntualmente a la Institución Educativa, según el horario establecido y portando, de

forma obligatoria, la agenda escolar.

Para el Turno tarde (Secundaria)

La hora de ingreso es de 12:45 p.m a 1.00 p.m. todos los días y la formación los días

lunes de 1.00 p.m. a 1.15 p.m., aunque es posible el establecimiento de un plan

rotativo. El alumno que llegue pasada la hora establecida para la entrada, se le

considerará demérito en comportamiento y se quedará a realizar labor social a la

hora de salida. El horario de salida es a las 6.35 p.m.

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X. Concurrir al plantel, limpio y correctamente uniformado, varones: pantalón, camisa y corbata

bien puesta; damas: falda, blusa y corbata. La falda de las alumnas debe extenderse 5 cm.

por debajo de la rodilla. No están permitidos accesorios de ningún tipo, si esto ocurriera se

le decomisará, para ser devueltos a sus padres. La no obligatoriedad del uso del uniforme

se considera en aquellos casos establecidos por el Ministerio de Educación (los tres

primeros meses: marzo, abril y mayo) casos especiales justificados por el padre o

apoderado.

Y. No portar instrumentos punzo cortante con los que pudiera dañarse o dañar físicamente a

otros.

Z. Está prohibido traer material gráfico o visual que cause perjuicio moral entre sus

compañeros (revistas pornográficas, póster, etc.).

AA. Apropiarse indebidamente de las prendas o útiles de sus compañeros o de las pertenencias

de la Institución Educativa.

BB. Queda prohibido comer durante las horas de clases. Salvo casos especiales y

razonablemente justificados por el padre o apoderado (cuidando de que ninguno de los

casos sean reiterativo). Se permite tomar líquidos, especialmente en épocas de verano

siempre y cuando no genere desorden en el aula.

CC.Cuidar la infraestructura del colegio, el mobiliario, material educativo del MED presto a su

servicio, debiendo reparar obligatoriamente aquello que destruya o deteriore.

DD.Mantener limpia el aula, patio, pasadizos y servicios higiénicos, evitando el arrojo de basura

al suelo, así como hacer inscripciones en las paredes, carpetas, etc. Cumplir con el rol de

aseo del aula.

EE. Permanecer en la Institución Educativa durante todas las horas que señala su turno. Está

terminantemente prohibido evadirse (trepar muros, salir por las otras puertas). Asimismo

ningún alumno podrá retirarse del plantel en horas de clase o durante las actividades salvo

emergencia, en cuyo caso lo hará acompañado de su padre o apoderado. Las solicitudes

de permiso que se hagan por escrito deben estar acompañadas de la firma y copia del DNI

del padre o apoderado.

FF. Queda prohibido jugar con pelotas, tanto en las horas de clases como en el recreo para

evitar daños entre estudiantes, así como el deterioro del mobiliario escolar.

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GG.Cuidar el prestigio del plantel, no utilizando el nombre de la Institución Educativa para

celebrar contratos, ventas, rifas u otras actividades no autorizadas por la Dirección.

Art.210º.- DE LA PRESENTACIÓN PERSONAL:A. El uso del uniforme no es obligatorio, ni condiciona el ingreso y permanencia del estudiante en

la I.E., en caso que por acuerdo en Asamblea General de Padres de Familia convocada por

APAFA y con presencia del CONEI se establezca el uso obligatorio del uniforme característico

de la I.E. éste será obligatorio; sin embargo el estudiante que no cuente con uniforme por

motivos económicos y climáticos no será impedido de ingresar a la I.E.; asimismo debe contar

con la justificación del padre de familia o apoderado.

B. Asistir a la Institución Educativa correctamente uniformado y aseado con su respectiva insignia:

los varones con el cabello recortado (corte escolar), pantalón verde, camisa crema, corbata

verde, chompa verde con amarillo, zapatos negros y medias verde, las alumnas con el cabello

trenzado, atado con cinta de color verde y amarillo, falda verde escocés debajo de rodilla,

blusa crema, corbata verde, chompa verde con amarillo, zapatos negros y medias verde

C. Los varones deben llevar la camisa dentro del pantalón y las mujeres con la falda debajo de la

rodilla.

D. Las alumnas no tendrán pintadas las uñas ni la cara, ni usaran alhajas, ni adornos de ninguna

clase.

E. En el horario de Educación Física los alumnos utilizarán (polo amarillo, buzo verde y zapatillas)

y llevar consigo toalla y jabón.

F. Asistirán sin el uniforme sólo en casos excepcionalmente autorizados por la Dirección.

Art.211º.- DE LA ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD:

a)Los alumnos deberán asistir con puntualidad a la Institución Educativa.

b)El horario de ingreso para los alumnos del nivel primario en el turno de mañana es de

7:45a.m. y la salida 12:45 p.m.

c)El horario de ingreso para los alumnos del nivel secundario el ingreso es de 12:45 a

1:00 p.m. y la salida 6:35 p.m.

Toda tardanza es responsabilidad del padre o apoderado.

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d)Ningún alumno podrá ausentarse de la I.E. antes del horario establecido, salvo que el padre o

apoderado haya solicitado al Director, personalmente o por escrito el permiso correspondiente.

CAPITULO XIIESTÍMULOS, PROHIBICIONES, FALTAS Y SANCIONES DE LOS ALUMNOS DE LA I.E.

Art. 212º.-DE LOS ESTÍMULOS

La I.E. otorgara a los alumnos que realicen acciones extraordinarias, tanto en los aspectos académicos,

cultural y comportamiento dentro o fuera de la I.E., se harán acreedores en acto público a:

A. Diploma de Aprovechamiento General, por grado o sección a los alumnos que obtengan el 1er ,

2do y 3er puesto.

B. Diploma de esfuerzo Personal, al alumno que meritoriamente hubiese realizado un esfuerzo

excepcional por recuperar o superar sus notas.

C. Diploma y Medalla de Excelencia, al alumno que obtenga el más alto promedio en

aprovechamiento general entre y durante los 6 años en primaria y 5 en secundaria.

D. Diploma de Solidaridad, al alumno elegido por sus compañeros. En primaria la elección se hará

por cada sección. En secundaria la elección se hará por cada año de estudios. Los tutores

organizaran la elección.

E. Felicitación escrita.

F. Diploma de mérito, por su participación en representación del I.E. y el alumno tendrá una

oportunidad o puntos a su favor en todas las áreas.

G. Diploma de honor por acciones distinguidas a favor de la I.E. (identificación con su I.E.) y su

comunidad, región y/o país.

Art.213º.- DE LAS PROHIBICIONES

A. Queda terminantemente prohibido usar otras prendas ajenas al uniforme y reemplazar los

zapatos por zapatillas, los días que no lleven educación física y/o danza.

B. Está prohibido el uso de alhajas, pulseras, cadenas, medallas y/o aditamentos ajenos a la

presentación del alumno. La I.E. no se responsabiliza de su pérdida.

C. Está prohibido los tatuajes y uso de cosméticos.

D. Faltar reiteradamente a la I.E., salvo en los casos por enfermedad justificada.

E. Portar grabadoras, radios, máquinas fotográficas, celulares u otro artefacto sin autorización. En

caso de pérdida, la Dirección o el profesor no se harán responsables.

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F. Asistir a la Institución educativa con síntomas de embriaguez o haber consumido drogas, de ser

detectado será severamente sancionado y derivadas a las autoridades competente.

G. Portar instrumentos o sustancias con que se pudieran hacer daño.

H. Traer cigarros, bebidas alcohólicas.

I. Falsificar la firma y/o sellos de sus padres, docentes y auxiliares.

J. La práctica de juegos que atenten contra la moral y las buenas costumbres.

K. Evadirse del aula y/o el colegio, de las horas de clase y demás actividades.

L. Intentar o cometer fraude en las evaluaciones.

M. Negarse a representar al colegio, sin causa de fuerza mayor, en actividades culturales, cívicas,

artísticas o deportivas.

N. Apoderarse de los objetos del plantel o útiles ajenos. Esconder los útiles escolares, prendas de

vestir, mochilas, etc. que no le pertenezca.

O. Promover, azuzar riñas o desordenes colectivos, dentro y fuera de la I.E, así como integrar

pandillas.

P. Tirar al suelo papeles, desperdicios, envases, etc. en los campos deportivos, jardines,

pasadizos, aulas, baños y azoteas.

Q. Faltar el respeto a sus maestros, personal administrativo, personal de servicio, compañeros de

la institución educativa y a los símbolos de la patria.

R. Malograr intencionalmente la infraestructura y mobiliario de la I.E (destrucción), pintado de

carpetas, paredes, etc.

S. Quedarse en los baños después del toque del timbre (al término del recreo y a la salida de la

clase).

T. Utilizar recomendaciones para alcanzar ventajas o situaciones de privilegio.

U. Encubrir acciones de faltas cometidas por sus compañeros.

V. Falta de respeto y desobediencia a los brigadieres, policía escolar y compañeros del I.E.

W. Cometer violencia, agresión física o vulnere la dignidad de sus compañeros (moralmente)

dentro y fuera del institución educativa.

X. Los alumnos que han sido designados y han aceptado representar al I.E. y falten a su

responsabilidad.

Y. Los alumnos de la escolta no podrán realizan más de 04 salidas al año.

Z. El hostigamiento sexual típico o chantaje sexual (físico o verbal).

AA. La violación de la libertad sexual.

BB. El acoso sexual.

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CC.Salir del aula, I.E. sin autorización expresa de las personas designadas para ello.(tutores,

Auxiliares, profesor).

DD. Calumniar, injuriar y /0 faltar a la verdad.

EE. Practicar juegos de invite.

Art.214º.- DE LAS SANCIONES

Clases de Faltas:1) Faltas Leves ; Tardanzas, salir de las aulas o de la I. E. sin previa

autorización, vocabulario vulgar, agresión verbal contra sus compañeros, no cumplir con sus tareas,

falta de higiene y aseo, evasión de clase, inasistencias.

2) Faltas Graves; Cometer actos de violencia, agresión física o verbal contra cualquier integrante de

la I.E., consumir o comercializar estupefacientes (drogas, licor) al interior o exterior de la I.E. ,

pertenecer a un grupo de pandillas, calumniar, injuriar y/o faltar a la verdad, dañar voluntariamente

todo lo referente a la I.E interiormente y exteriormente, acosar sexualmente, abuso sexual,

falsificación de firmas o calificaciones y/o documentos, robo, hurto de bienes de la I.E., traer

literatura subversiva, revistas pornográficas, videos, cassettes, DVD, CD y otros que atenten contra

la moral y la buenas costumbres, realizar grafitis en la infraestructura de la I.E., dañar instalaciones,

mobiliario , material educativo, equipos, infraestructura de la I.E. , traer todo tipo de armas(de fuego,

fogueo, balines, objetos punzo cortantes, artefactos pirotécnicos y otros) que atente contra la

actividad física de las personas o instalaciones de la I.E..

La Dirección: Resolverá cualquier acción o interpretación no contemplada en el presente

Reglamento y evaluara los casos que ameriten sanciones mayores.

DE LAS SANCIONES

Las sanciones o acciones correctivas son necesarias para evitar la impunidad y deben tener valor

formativo. Toda sanción dependerá de la evaluación de la gravedad de la falta y en muchos casos,

deberá adaptarse a las características de cada situación y a la edad del alumno. Por lo tanto, ante una

falta se privilegiará en primer lugar el dialogo como primera medida de resolución de conflictos. En tal

sentido se averiguará primero qué fue lo que sucedió, y por qué, escuchando las partes implicadas,

buscando la magnitud de la responsabilidad (no culpables y víctimas), se contemplará asimismo,

instancias de apelación según sea el caso.

En general, ante el incumplimiento de los deberes de los estudiantes al presente reglamento, deben

primero estar seguidas por una amonestación verbal (máximo tres señalamientos apelando al cambio

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de actitud antes de colocar el respectivo código) a excepción de las faltas graves o muy graves.

Posterior a ello se ha establecido lo siguiente:

a) Amonestación escrita por parte del docente con el que se incurrió en la falta, con copia al padre, a

la madre o al encargado y al expediente del alumno. y descuento de puntos en la nota de

comportamiento.

b) Amonestación verbal o escrita por el director, con copia al padre, a la madre o encargado y al

expediente del alumno.

c) Los alumnos que lleguen tarde o no justifiquen oportunamente su inasistencia se citará a los padres

o apoderados para que justifiquen sus faltas. Si el alumno llega tarde sin justificación y en forma

consecutiva se quedará a nla salida a realizar labor social.

d) Los alumnos que incurran en reiteradas faltas de conducta se verán temporalmente impedidos de la

autorización para representar a la institución en cualquier delegación oficial de ésta.

e) Las aulas de 5º de secundaria que observen mal comportamiento durante el año escolar se les

suspenderá la autorización de viaje de promoción. Asimismo se distinguen tres tipos de medidas o

sanciones que deberán ser aplicadas considerando la proporcionalidad y pertinencia en relación

con la falta cometida.

f) Sanción de tipo reparatorio.- Se refiere a la reparación y/o reposición del material que hubiera

dañado, u ofensa ante una persona. Ejemplo:

Pintado de las paredes o carpetas según sea el caso.

Devolución de algún mobiliario o material educativo dañado.

Barrer el patio, aula o pasadizo según sea el lugar que haya ensuciado.

Reparación del irrespeto o la ofensa verbal o moral a las personas, grupos internos o externos a la

institución, mediante la oportuna retractación pública y las disculpas o satisfacciones que

correspondan.

g) Sanción de tipo pedagógico.- Se refiere a la realización de aquellas acciones que tengan valor

formativo, ayudándole a reflexionar sobre su comportamiento motivando el cambio. Ejemplo:

Elaboración de uno o varios periódicos murales, collages o dibujos, etc. alusivo al tema de la falta.

Presentación de una monografía o resumen de una obra relacionado al tema de la falta cometida.

Enseñar a los estudiantes más pequeños temas específicos como lógico matemático, o

comunicación integral.

Exponer algún tema en formación o en algún salón que se le designe. Protegiendo en todo

momento que no sea dañado (burlas) por sus compañeros.

Otras medidas positivas que puedan mejorar las actitudes de los estudiantes.

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h) Sanción de tipo servicio comunitario.- aplicada a los estudiantes que hayan cometido

especialmente faltas graves. Tales actividades se programarán en otro horario con el fin de que no

se interrumpa sus clases. Ejemplo:

Realizar labores de limpieza y ornato para mejorar la IE.

Apoyar en la vigilancia en la hora de recreo de primaria o secundaria.

Brindar apoyo en el ingreso por las puertas de primaria o secundaria.

Realización de otras acciones de interés institucional y/o comunal, guardando la proporcionalidad y

pertinencia en relación con la falta cometida.

RESPECTO A LOS EFECTOS DE LAS SANCIONESA. En la aplicación de las sanciones se evitará la humillación del educando y deberá brindarse la

orientación correspondiente para su recuperación.

B. En caso de que el padre de familia sea llamado a la I.E. por problemas de Indisciplina de

su hijo (a) deberá firmar el Acta de Compromiso, cuaderno de incidencias del auxiliar y otro

documento Interno.

C. Toda destrozo del mobiliario y deterioro de las paredes será repuesto o pagado por el

alumno(a), o alumnos(as) responsables.

D. Las instancias de apelación será el , EL Comité de Tutoría, Disciplina y Convivencia Escolar,

CONEI y la UGEL 06.

E. Los alumnos que hayan observado mala conducta, serán sancionados en su matrícula,

firmando un compromiso de honor conjuntamente con sus padres y apoderados.

F. El robo y hurto son faltas graves y serán sancionados con servicio comunitario o de carácter

técnico pedagógico.

G. Las sanciones, deben conducir a la reflexión crítica del alumno respecto a su comportamiento,

así como a la solución de las circunstancias y dificultades que propiciaron el hecho que se

busca evitar.

CAPITULO XII DERECHOS Y DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA O APODERADOS

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Art.215º.- DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA:

A. Tener voz y voto en cada una de las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Asamblea

General y en los Comités de Aula. Solo puede votar uno de los padres, sin importar el número

de hijos que tenga en el centro educativo.

B. Recibir información sobre el Reglamento Interno (R.I.) y el Plan Anual de Trabajo (P.A.T.).

C. Recibir información sobre el avance del desarrollo y funcionamiento institucional del centro

educativo.

D. Recibir información sobre el avance del rendimiento escolar y comportamiento de sus hijos.

E. Denunciar ante la autoridad competente casos de maltrato, abuso, discriminación,

irresponsabilidad, negligencia u otros que se dieran en el centro educativo, en perjuicio de los

alumnos.

F. Participar y supervisar las actividades, así como la gestión económica de la APAFA.

G. Elegir y ser elegido para los distintos cargos de la APAFA.

Art. 216º.- DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA

A. Cumplir con sus obligaciones y aceptar los compromisos establecidos en su Declaración Jurada.

B. Asistir a las reuniones ordinarias y extraordinarias cuando la Dirección o la APAFA lo convoque.

C. Velar por el establecimiento de un ambiente adecuado y favorable, orientando a la formación

integral de los menores.

D. Justificar las inasistencias de sus hijos al día siguiente de la falta.

E. Asistir a las reuniones del Comité de Aula y Escuela de Padres en forma obligatoria.

F. Respetar el horario indicado por la Dirección para dialogar con los profesores de aula o

asesores y Dirección.

G. Controlar el cumplimiento de las tareas asignadas a sus hijos.

H. Enseñar con el ejemplo buenos hábitos y costumbres a sus hijos.

I. Firmar la Ficha Única de Matricula de sus hijos.

J. Enviar a sus hijos aseados.

K. Acudir al llamado del profesor de aula, profesor tutor, asesor, profesor de asignatura y auxiliar.

L. Contribuir a la buena marcha de la Institución educativa y velar por su prestigio.

M. Reemplazar o reparar en un plazo de tres días los deterioros causados a: infraestructura,

mobiliario, libros, láminas, etc.

N. Apoyar la labor educativa de sus hijos dentro y fuera del I.E. a fin de lograr su desarrollo integral,

apoyar a sus hijos en caso que cumplan responsabilidades en el I.E como Policial Escolar,

Brigadier, Alcalde, escolta y otros.

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O. Colaborar con las actividades educativas programadas por el docente cuando sea solicitado.

P. Participar y apoyar la ejecución de las actividades en el PAT del I.E.

Q. Apoyar toda actividad que organice la APAFA cuando los aportes recaudados por la APAFA no

se administren correctamente.

R. Denunciar al Consejo Directivo de la APAFA cuando los aportes recaudados por la APAFA no

se administren correctamente.

S. Abonar la cuota anual ordinaria y las extraordinarias que acuerde la Asamblea General de la

APAFA.

T. Enviar aseados y correctamente uniformados a su hijo(a).

U. Firmar el acta de compromiso.

V. Solo ingresarán al plantel los padres de familia previa citación.

W. Toda denuncia del padre de familia debe ser por escrito.

X. Los padres o apoderados de los estudiantes victimas de violencia, hostigamiento, intimidación o

de cualquier conducta que sea considerada como acoso por parte de otro estudiante deben

denunciar ante la Dirección de la I.E o ante el CONEI.

Y. Los padres o apoderados de los estudiantes que realizan actos de violencia, hostigamiento, o

intimidación están obligados a brindar toda la colaboración para corregir dichos actos y deben

comprometerse a cumplir con la consejería respectiva.

TITULO VIIDE LAS PROMOCIONES ESCOLARES, ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS, DEL USO E

INVENTARIO DE LOS RECURSOS

CAPITULO XV DE LAS PROMOCIONES ESCOLARES

Art.217º.- De las promociones escolares:

A. Las promociones escolares están conformadas por los alumnos de sexto grado en el nivel

primario y quinto año en el nivel secundario.

B. La participación de los alumnos en las actividades de promoción es voluntaria.

C. Las actividades económicas pro fondos de las promociones serán realizadas previa

planificación, elaborada por el docente responsable o tutor del aula, en coordinación con los

comités de aula.

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D. Los fondos que se recauden de las actividades colectivas, bajo ningún concepto serán

devueltos a los alumnos que se retiran de la promoción, sus fondos pasaran en beneficio de los

integrantes de la promoción.

E. Autentificación de documentos para el viaje de promoción.

CAPITULO XVIDE LA ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS

Art.218º.- De los ingresos propios:

a) De todo lo ingresado se invertirá en módulos y otras necesidades del plantel.

b) El pago por concepto de Asociación de Padres de Familia es exigible en relación con la

matrícula, su ratificación y la permanencia del educando.

c) El incumplimiento de los pagos puntuales de quioscos y cochera se somete al contrato

realizado de acuerdo a ley.

Art.219º.- De la conservación de los bienes responsable la última persona que lo utilizó, en caso

contrario asumirá de acuerdo al presente reglamento la devolución, reparación o rehabilitación de dicho

bien sin perjuicio de la sanción que le corresponde.

CAPITULO XVIIDEL USO E INVENTARIO DE LOS RECURSOS

Art.220º.-La Comisión de Infraestructura es responsable del uso y actualización del inventario.

Art.221º.- Todo personal está autorizado para el uso de los bienes, herramientas, equipos y demás

enseres mientras los cuide y no lo deteriore y asimismo cuente con autorización de la Dirección.

Art.222º.- Para su uso, debe firmarse el cargo y una vez devuelto el bien debe dar conformidad del

descargo.

Art. 223º.- Cada fin de año debe levantarse el inventario, ya sea con las altas o las bajas que sean.

TITULO VIII

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RELACIÓN Y COORDINACIÓN CON LOS PADRES DE FAMILIA, COMUNIDAD E INSTITUCIONES, Y SERVICIOS QUE BRINDA LA I.E.

CAPITULO XIXDE LAS RELACIONES Y COORDINACIONES CON LOS PADRES DE FAMILIA, COMUNIDAD E

INSTITUCIONES

Art.224º.-La institución Educativa mantiene vinculación administrativa y de asesoramiento técnico

pedagógico con el Ministerio de Educación a través de la UGEL N° 06

Art.225º.-La Institución educativa tiene relación de carácter laboral con el personal de la comunidad

educativa (personal magisterial y no magisterial).

Art.226º.-La Institución Educativa mantiene relación de coordinación y asesoramiento con la Junta

Directiva de la APAFA , Junta de Presidentes de Comités de aula y Comités de aula. En el

mejoramiento de los aprendizajes y servicios que ofrece el centro educativo.

Art.227º.-La institución educativa coordina con las institución de la comunidad (Asociación de

Propietarios, Centro de Salud y Parroquia) en la formación cívico religiosa, en el refuerzo de valores y

en el cuidado de la salud.

Art.228º.-Se mantiene coordinación y ejecución de actividades con la Municipalidad de Ate

relacionadas a Defensa Civil y de apoyo en el mejoramiento de la infraestructura del plantel.

Art.229º.- La Institución Educativa mantiene coordinación de asesoramiento técnico pedagógico con

las Instituciones educativas más cercano a través de la RED educativa N° 06

CAPITULO XXDE LOS SERVICIOS DE BIENESTAR SOCIAL Y RECREACIÓN

Art.230º.- La Institución Educativa brinda servicios de asesoramiento a Padres de Familia y Alumnos

a través, Comité de Tutoría y Orientación del Educando y de la Escuela de Padres.

SERVICIOS QUE BRINDA LA INSTITUCIÓN EDUCATIVAArt. 231º Los servicios que brinda la Institución Educativa son los siguientes:

Aprestamiento escolar a niños y niñas de 5 y 6 años de edad.

A. Servicios auxiliares de educación

B. Biblioteca.

C. Capacitación docente.

D. Escuela de Padres.

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E. Acompañamiento pastoral.

F. Taller de danzas y actividades productivas.

G. Refrigerio Escolar

H. Apoyo con útiles escolares.

I. Talleres de Informática y Computación

J. Taller de Ingles

K. Vacaciones útiles.

L. Academia.

CAPITULO XXIDE LOS TRÁMITES ADMINISTRATIVOS DE DOCUMENTOS

Art. 232º.- Funciones de mesa de partes1. La atención es de 10: 30 a.m. hasta 2:00 p.m ; Lunes , Miércoles y Viernes.

2. Tramites internos martes y jueves.

3. Todo trámite de solicitudes, certificados, constancias, y otros trámites administrativos tiene

un plazo de 7 días hábiles a partir del día siguiente de su presentación.

4. Toda solicitud u otro será contestada por escrito.

5. Todo plazo y término de atención se basa en la Ley Nº 27444 Ley General de

Procedimientos administrativos

CAPITULO XXIIDE LA EXONERACION DEL AREA DE RELIGION Y EDUCACION FISICA

Art.233º.- Sobre la Libertad Religiosa. El Estado garantiza el derecho fundamental de toda persona a la

libertad de religión reconocido y amparado por la Constitución Política del Perú y por los tratados

internacionales ratificados por el Estado peruano.

El ejercicio publico y privado de este derecho es libre y tiene como único límite tanto la protección del

derecho de los demás al ejercicio de sus libertades públicas y derechos fundamentales como protección

del orden, la salud y moral público.

Art. 234º.- Todo los alumnos tienen derecho a exonerarse de los cursos de religión por motivos de

conciencia o en razón de sus convicciones religiosas sin verse afectado su promedio académico. En los

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casos de los menores de edad, la exoneración procede siempre y cuando así lo expresen los padres o

quien tenga la tutela de los mismos.

Art. 235º.- El estado garantiza a las personas, de manera individual o asociada, que desarrollen

libremente sus creencias y actividades religiosas, público o en privado.

A. No hay persecución por razón de ideas o creencias religiosas, debiéndose garantizarlo

siguiente:

B. Nadie puede ser obligado a manifestar su convicción religiosa.

C. Los ministros de culto tienen derecho a guardar el secreto sacramental, ministerial o religioso.

Ninguna autoridad o funcionario público puede obligar a revelarlo

D. Nadie puede ser obligado a participar en actos de culto, a recibir asistencia religiosa o a prestar

contribuciones económicas o en especie a entidades religiosas.

ArT. 236º.- Todo los alumnos que pertenecen a las denominaciones evangélicas, religiosas,

eclesiásticas, agnósticas, etc. Amparados por la Ley Nº 29635 Ley de Libertad Religiosa, podrán

solicitar su exoneración en el proceso de ratificación y matrícula o más tardar hasta la segunda semana

del mes de marzo, caso contrario estará obligado a llevar el área curricular de religión, siendo un área

obligatoria.

Para exonerarse del área curricular de Religión debe seguir los siguientes procedimientos:

A. Solicitud del padre, madre, apoderado, tutor, curador, dirigido a Director de la I.E mediante un

FUT (Formulario Único de Trámite).

B. Adjuntar en original la Constancia del representante, pastor u otro de la Iglesia Evangélica,

denominación, e indique su fidelidad del futuro exonerado en el área de Educación Religiosa.

C. Compromiso del representante, pastor u otro; las evaluaciones hechas trimestralmente a su

integrante dentro de la congregación, iglesia a la que pertenece al final de cada trimestre.

D. Toda solicitud es por escrito y tiene un plazo de 5 días hábiles para su contestación por escrito.

E. Si fuese agnóstico debe solicitar el padre, la madre, apoderado, tutor, curador u otro, por mesa

de partes su exoneración y cumplir con los requisitos señalados en líneas arriba.

Art.237º.- Sobre la exoneración del área de educación física, el ejercicio público y privado de este

derecho es libre y tiene como único límite la protección de la salud e integridad física del estudiante.

Podrán solicitar su exoneración a la I.E de acuerdo a los siguientes procedimientos:

A. Solicitud del padre, madre, apoderado, tutor, curador, dirigido a Director de la I.E mediante un

FUT (Formulario Único de Trámite).

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B. Adjuntar en original la Certificado de salud por incapacidad temporal o definitiva.

C. Toda solicitud es por escrito y tiene un plazo de 7 días hábiles para su contestación por escrito.

D. Si fuese agnóstico debe solicitar el padre, la madre, apoderado, tutor, curador u otro, por mesa

de partes su exoneración y cumplir con los requisitos señalados en líneas arriba.

TITULO IXDISPOSICIONES TRANSITORIAS

PRIMERA.-. El Reglamento Interno será aprobado por la asamblea general en coordinación con el

Director de la Institución Educativa y tendrá vigencia de 02 años aplicándose su ejecución a partir de su

aprobación.

SEGUNDA.- Para reajustar el presente reglamento se conformará un comité integrado por

representante del personal directivo, docente, administrativo y coordinadora de área.

TERCERA.- La situación no prevista en el reglamento será resuelta por la Dirección.

CUARTA.- El presente reglamento será distribuido a los profesores, los padres de familia en el acto de

la matrícula.

QUINTA.- Entra en vigencia al día siguiente de su aprobación.

SEXTA.- Los artículos no contemplados en el presente reglamento serán modificados o aprobados de

acuerdo a lo que proponga la I.E.

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