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g " .. PODER JUDICIAL DE LA FEDL ..ÁCIÓN SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN JOSE MARIA PINO SUAREZ No 2 COL CENTRO DELEGACION CUAUHTEMOC 06060 O F R F C SCJ·950204-6P5 DIRECCIÓN GENERAL Di ) INFRAESTRUCTURA FiSICA 16 DE SEPTIEMBRE No 38 . s• PISO COL CENTRO C P 06000 MEXICO. D F TELS 41131100 Ext 5305 572'2 5321 57:ll y 530<1 FAX 41131751 DIRECCIÓN DE AL MACENES CALZ IGNACIO ZARAGOZA No 1340 COL JUAN ESCUTIA C P 09100 M EXICO. D F TELS f>701 2036 y 5763 7883 CONTRA TO SI MPLIFICADO . 4518000997 EN SUS REMISIONES, FACT\JRAS Y CORRESPONDENCIA FAVOR DI:. ANOTAR ESTE NU"1ERO DE DOCUMQno SOOl PROVEEDOR: JUAN ROBERTO GÓMEZ MEJIA f SANTA MARIA DE LOS URDIALES 1029, LAS MARGARITAS, MORELJA. MICHOACÁN. 58160101443317 2933, 01443317 2933 f FECHA DEL DOCUMENTO FORMA DE PAGO 1 OBSERVACIONES 06/04/2018 INMEDIATA R.F.C. DEL PRESTADOR DE SERVICIOS: GOMJ-760501-284 FECHA DE ENTREGA LUGAR DE ENTREGA 8 DIAS NATURALES Calle de José Maria Píno Suárez No. 2 • Cuauhtemoc, 06065, MX. DF Partida Clave art. Cantidad Unidad Descripcion P.Unítario Importe Total 10 1 000 UP MANTO. CCTV MORELIA 63.000.00 63,000.00 OBSERVACIONES MANTENIMIENTO PREVENTIVO A EQUIPOS DE CIRCUITO CERRADO DE TELEVISIÓN PARA LA CASA DE LA CULTURA JURÍDICA EN MORELIA, MICHOACÁN. DICHO MANTENIMIENTO CONSIDERA LOS SIGUIENTE: 1 SE REALIZARÁ 1 (UNA) VISITA A smo PARA DAR MANTENIMIENTO PREVENTIVO Al SISTEMA DE CIRCUITO CERRADO DE TELEVISIÓN Y LOS EVENTOS CORRECTIVOS QUE SEAN NECESARIOS, INICIANDO EN EL PERIODO COMPRENDIDO DEL MES DE ABRIL DE 2018, INCLUYE VERIFICACIÓN DEL ESTADO FISICO, FUNCIONAMIENTO Y OPTIMIZACIÓN Al 100% DEL SISTEMA DE CIRCUITO CERRADO DE TELEVISIÓN, CONFIGURACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE EQUIPOS. REVISIÓN DE CONEXIONES (VOL TAJES Y SEÑAL DE VIDEO), CONFIGURACIÓN DEL EQUIPO DE GRABACIÓN (VERIFICAR El MODO DE GRABACIÓN QUE SEA DE MANERA CONTINUA), LIMPIEZA DE EQUIPOS Y ACCESORIOS, AJUSTES DE LENTES DE CÁMARAS, AS( COMO INCLUIR LA REVISIÓN DEL CABLEADO ESTRUCTURADO Y SUS RESPECTIVAS CONEXIONES PARA GARANTIZAR LA PERMANENTE CALIDAD DE IMAGEN. (SERVICIO 1 ), EQUIPO DE CIRCUITO CERRADO DE TELEVISIÓN: 3 CÁMARAS IXE MODELO 10 DN, CON LENTE VARI FOCAL 13M2.8-12, PELCO (CÁMARAS PRESURIZADAS). 5 CÁMARAS MINI DOMO MODELO IM10C10-1, PELCO. 1MONITOR19", MODELO PMCL419HB, PELCO. CONTINUA Página 1 de 4

JRAS CORRESPONDENCIA FAVOR DI:. DIRECCIÓN DE … · 2019-05-09 · col juan escutia c p 09100 mexico. d f tels f>701 2036 y 5763 7883 contra to simplificado . 4518000997 en sus remisiones,

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PODER JUDICIAL DE LA FEDL ..ÁCIÓN SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN JOSE MARIA PINO SUAREZ No 2 COL CENTRO DELEGACION CUAUHTEMOC 06060 O F R F C SCJ·950204-6P5

DIRECCIÓN GENERAL Di ) INFRAESTRUCTURA FiSICA 16 DE SEPTIEMBRE No 38 . s• PISO COL CENTRO C P 06000 MEXICO. D F TELS 41131100 Ext 5305 572'2 5321 57:ll y 530<1 FAX 41131751

DIRECCIÓN DE ALMACENES CALZ IGNACIO ZARAGOZA No 1340 COL JUAN ESCUTIA C P 09100 M EXICO. D F TELS f>701 2036 y 5763 7883

CONTRA TO SIMPLIFICADO

. 4518000997

EN SUS REMISIONES, FACT\JRAS Y CORRESPONDENCIA FAVOR DI:. ANOTAR ESTE NU"1ERO DE DOCUMQno

SOOl

PROVEEDOR: JUAN ROBERTO GÓMEZ MEJIA f SANTA MARIA DE LOS URDIALES 1029, LAS MARGARITAS, MORELJA. MICHOACÁN. 58160101443317 2933, 01443317 2933 f

FECHA DEL DOCUMENTO FORMA DE PAGO 1 OBSERVACIONES 06/04/2018 INMEDIATA R.F.C. DEL PRESTADOR DE SERVICIOS: GOMJ-760501-284

FECHA DE ENTREGA LUGAR DE ENTREGA 8 DIAS NATURALES Calle de José Maria Píno Suárez No. 2 • Cuauhtemoc, 06065, MX. DF

Partida Clave art. Cantidad Unidad Descripcion P.Unítario Importe Total

10 1 000 UP MANTO. CCTV MORELIA 63.000.00 63,000.00 OBSERVACIONES

MANTENIMIENTO PREVENTIVO A EQUIPOS DE CIRCUITO CERRADO DE TELEVISIÓN PARA LA CASA DE LA CULTURA JURÍDICA EN MORELIA, MICHOACÁN.

DICHO MANTENIMIENTO CONSIDERA LOS SIGUIENTE:

1 SE REALIZARÁ 1 (UNA) VISITA A smo PARA DAR MANTENIMIENTO PREVENTIVO Al SISTEMA DE CIRCUITO CERRADO DE TELEVISIÓN Y LOS EVENTOS CORRECTIVOS QUE SEAN NECESARIOS, INICIANDO EN EL PERIODO COMPRENDIDO DEL MES DE ABRIL DE 2018, INCLUYE VERIFICACIÓN DEL ESTADO FISICO, FUNCIONAMIENTO Y OPTIMIZACIÓN Al 100% DEL SISTEMA DE CIRCUITO CERRADO DE TELEVISIÓN, CONFIGURACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE EQUIPOS. REVISIÓN DE CONEXIONES (VOL TAJES Y SEÑAL DE VIDEO), CONFIGURACIÓN DEL EQUIPO DE GRABACIÓN (VERIFICAR El MODO DE GRABACIÓN QUE SEA DE MANERA CONTINUA), LIMPIEZA DE EQUIPOS Y ACCESORIOS, AJUSTES DE LENTES DE CÁMARAS, AS( COMO INCLUIR LA REVISIÓN DEL CABLEADO ESTRUCTURADO Y SUS RESPECTIVAS CONEXIONES PARA GARANTIZAR LA PERMANENTE CALIDAD DE IMAGEN. (SERVICIO 1 ),

EQUIPO DE CIRCUITO CERRADO DE TELEVISIÓN:

3 CÁMARAS IXE MODELO 10 DN, CON LENTE VARI FOCAL 13M2.8-12, PELCO (CÁMARAS PRESURIZADAS).

5 CÁMARAS MINI DOMO MODELO IM10C10-1, PELCO.

1MONITOR19", MODELO PMCL419HB, PELCO.

CONTINUA

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CONTRATO SIMPLIFICADO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PARA CASA DE LA CULTURA JURIDICA (HASTA 25,000 UDIS)

DECLARACIONES l. La Suprema Corte da Justicia de la Nación, an lo sucesivo " la Suprema Corte" por conducto de su representante para los afectos de Hta Instrumento manífles~ que: 1.1 Es el máximo 6rgano depositario del Poder Judicllll de la federación. en términos de lo dispuesto en losartlculos 94 de la Constitución Pol1tlca de los Estados Unidos Mexicanos y 1•. fraociOn 1 de la Ley 019anlca del Poder Judicial de la Federación. 1.2 La presente contrataCIÓC'I fUe auton:za<Ja por el (la) Tl!ular de la Casa de la Cunura JufldlCll en donde l\al>ran de efectuarse los Se!Vteios mediante el procedimiento de ad¡udtcaaóli directa de confom11ded con lo pre111sto en el articulo 42. parrara quinto. del Acueroo General de Administración Vl/2008. del vetnliclnco de septiembre de aos mil oc11o. del Com11e de Gobierno y Admlmslración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el que se regula" los procedimientos para la adquisición, admlni•traciOn y deslncorporaclOn de bienes y la contratación de obras. usos v servicios requeridos por este Tribunal 1.3 El Director de la Casa de la Cultura Jllrídica, esté !acuitado para suscribir el presente Instrumento, de confonnidad con lo dlsp<Jes10 en el artículo tO párrafo cuarto. del Acuerdo General de Admln1strac!On Vl/2008 del vet11lJCll'lco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobíemo y Atlmlnislraci6n de la Suprema Corte de Just1aa de la Nación por el que se regolan los procedimientos para la adqulsoa6n, adminlstraClán y desoncorporación de bienes y la contratacion de obras. usos y seNICIOs requt!fidos por este Tnbunal. y en analogia al pronunciamiento émi1tdo por la Subd1recc¡on General de IO Consoltl110 de la Secreta.ria Jur1dica de la Presidencia mediante oficio SJP/043912016 de fema 15 de abril de 2016. 1.4 Para tO<lo lo relacionado con el presente contrato seflala corno su doml!=illo el ubicado en la Calle de José Maña Pino Suárez nümero 2, colonia Centro. delegacl6n Cuauntémoc, cooigo postal 06060. en la c11.1dad de México. Distrito Federal, 11.EI pre sudor de servicios• por conducto de su representante legal manmasta bajo protesta de decir verdad que: 11.1 Cuenta con personal con la suf1C1eote experiencia y calificación para e¡ecutar los servicios requeridos por la Suprema Cone. asl como con los etementos tecnocos y capaddad ecoriOmica necesanos para tal fWI 11.2. No se encuentra en ninguno de los supuestos a que se refieren los artlculos 48. fraoct0nes 1, 11. 111, IV. V , VI, VII, VIII y X. as! ex>mo 58 fraooón XVI. del Acuerdo General de Admln1stracl6n Vl/2008 11.3 Conoce Y acepta 11~elarse a lo pre11ls10 en el Acuerdo Vl/2008. del veinllcinco de sepUembre de dos mll ocho. del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de 1a Nación por el que se regulan los procedimientos para la adquisición. adm1nislraclón y deslocorporao6n de bienes v 1a contratación de. obras. usos y servicios requeridos por esle Afto Tnbunal 11.4 Para lodo lo relacionado con el presente con1rato, señala como su dom1cil:o el ub!Cado en la caratula del pre.sente Instrumento, en el apartado denominado 'Proveedor y/o Prestador de seNiclos' 11.5 El Prestador de seNICIOS manifiesta que se encuentra debidamente conS1ttuKJo contarme a las leyes Mexicanas y con 111scnpción v19ente en el Regislro Público correspondiente 111. La " Suptem• Corte" y "E l prestado r de servicios" declaran que: 111 .1 Reconocen mutuamente la personalidad juridlca con la que comparecen a la celebración del presente instrumento y manifiestan que tO<la.s las comunicaciones que se realicen entre ellas se dfnglrán a los dom1ollios Indicados en los antecedentes 1.4 y 11.4 de este inslrumenlo,al tenor da las siguientes:

CLÁUSULAS

Pr1m era. Condiciones generales. ' El p<estador de servicios• se compromete a proporcionar el servicio descftto en la carátula del presente Instrumento y a respetar en lodo momento el precio, plazo y condiciones de pago sMalados en la referida carátula, durante y hasta el cumpllmlenlo total del obJe10 de este acuerdo de voluntades. El pago sel'lalado en ta presente cláusula, cubre el total del servicio oonlratado. por lo cual 'la Suprema Corte' no tiene obligación de cubnr n lngün Impone adicional Segunda. Pena convonclonal. En caso de lllcumphmlento de las obllgaclones pactadas en el contrato, se aplicara una pena convencional equivalente al monto que ras<.ltte de aplicar el 10% al valor del servico o servicios que no se nayan realttado a sa115facclón de la Suprema Corte En caso de Incumplimiento en los plazos establecidos en el contrato s1mpliflcado, se aplicara una pena convencional por airases que le 11ean Imputables en ta reatlZactón de los servlck>s, " 'ente al monto que resutte da aplocar el 10 al millar diario a la cant1dad que Imponen los trabajos no ejecu1ados dentro del plazo Indicado en el apartado mciso •fecha de entrega· de la carfitula de..-r1trato S1mpllficado y no podré eMceder d.el 10% del monio total contratado. Tercera. Requisitos para realizar los pagos respectivos. Para efectos fiscales 'El p<estador de servicios' deberá presentar ta o las (aduras a nombre de la "Suprema Cone· según consla en la cédula de Identificación fiscal. expedida por la Secretaria de Hacienda y Credrto Publoo con el Registro Federal de Con1nbuyentes SCJ9502046PS ind1C&t1do el dom1clllo sel\alado en la declaración 1.4 de este instrvmento y demás requisitos fiscales a que haya lugar. Cuarta . Modtncaclones de este instrumento. Las condiciones pactadas en el f)<esente instrumento piXirllrl ser objeto de modilicación en 1ermioos de to previsto en Jos artlculos 12, fraccoón XXII . 143. fracción 1y162 del refendoA.cuerdo General Vl/2008, Quinta, Inexis tencia de relaclón laboral. ·e1 prestador de servicios', como empresario y patrón del personal que Ocilpe para la prestación de los servicios profesionales malena de este con1ra10 será el ünlco responsable de las obligaciones derivadas de las dlsposicio!1es laborales y demás ordenamientos en materia de lrabajo y seguridad socoaJ. por lo que responderé de todas las reclamaciones que sus trabajadores presentasen en su contra o de 'la Sup<ema Corte•. en relacl6n con los servtCJos motivo de este contrato · La Suprema Corte' estara laruHada para requerir a ·e1 prestador de servicios' los comprobantes de afiliación de sus trabaJ8dores aJ IMSS. asl como k>s comproban1es ae pago de las cuotas al SAR, INFONAVIT e IMSS. En caso de que alguno o algunos de los lrabajadores de "El prestador ae servicios· , e¡ecuten o pretenaan ejecutar alguna reclamaclón en contra de 'la Suprema Cene·. ·E1 prestador de servicios· deberá reembolsar la totalidad de los gastos que erogue 'la Suprema Cone· , por concepto ele traslado, viáticos. roospedaje transportación, alimentos y demás inherentes, con el fin de acreditar ante la autoridad compe1ente que no exis1e relaclón laboral alguna con los mismos y deslindar a · 1a Suprema Corte• de cualquier ~po de Tespc>nSitb1lodad en ese sentido Las panes acuerdan que el Importe de los refertclos gastos que se llega.ran a ocas.onar podran ser dedUCldos por ·1a Suprema Corte• de las facturas que se encuentren pendientes de pago independientemente de las acciones legales que se pudieran e¡ercer Sexta. Subcontratación Para efectos de este contralo simplificado, se entiende p0< subcoo1ra1aclón. el acto mediante-el cual "El preslador ae servicios' encomienda a otra persona. lísica o me<al la realización parcial del obfeto de este contrato sfmphficado. Cuando el prestador de servicios o contratista pretenda subcontralar, deberá comunicarlo previamente y por escrito a ·1a Suprema corte• la que también por escr~o resolver.! si acepta o rechaza la subcontrataClón En ningún caso &e aceptará la subcontra1acíón total de los servlCIOs o traba¡os con un solo subcontrattsta En tO<lo caso da subcontratación. el responsable sera ·et prestador de seMCIOS' y será a este a quienes les cubra el pago No ex1st1rá subrogación por parte del sul>COntratista m 1endra relacion con ·1a Suprema Cone· Séptima. Conndenclalldad. La docume111:ac1ón que se proporcione a 'El preslador de servicios' con motivo de la celeb<acl6n de esta contrato. es propiedad de ' ta Suprema Corte' por lo que ' El prestador de servicios-. por sf o a través de sus lrat>afadores, se compromete a no divulgar a través de cualquier medio de comunicación, cualquier resullado o dato obteni(lo de los serv1e1os o lrabajos prestados a la primera. Octava. Rescis ión. Queaa eJ(píesamente convenido que 'la Suprema Corte' podra dar por resclodído el presente contrato sin necesidad de que medie deciaración Judicial en caso de que "El prestador de servicios" de¡e de cumpf1r cualquiera de las obligaciones que asume en este contrato por causas que te sean Imputables. o bien, en caso de ser ob¡e10 de embargo huelga estallada, concurso mercanlil o hquldaclón. Antes de declarar la resa¡s1ón. "la Suprema Corte• nollflcará por esenio las causas respectivas a 'El prestador de servlotos• en su dom1clllo señalado en la declaraolón 11.4 de este Instrumento, con quien en el acle se encuentre. otorgandole un plazo da quince días hablles para que manlfiesle lo que a su dereclio convenga. anexe los documenlos que estime convenientes y aporte. er caso las pruebas que esume pertinentes Vencido ese plazo el organo competenle de · 1a Suprema Corte• determinará sobre ta prt>Gedencia de la resoslón. Jo que se comunicará a ·e1 P'\. ir de servicios· en su dom1e11io sellalado en la declaradón 11.4 de Instrumento "-"" Novena. Det tomento a la transparencia y de la protección da datos personales. Las partes están de acuerdo en que el presente instrumento constttuye Información pública en térmmos de lo d15puesto en los art1culos i•. 70, 103 y 116 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, por lo que los gobernados podran realizar su consuna. De conformidad con lo establecfdo en el articulo 71 del Acuerdo General de la Comisión de Tr1105parenc:la. Acceso a la lnformae16n Públtca Gubernamental y Protección de Datos Personales de la Suprema Corte de Jusllcla de la Nación. del nueve de julfo de dos mil ocho. relativo a los 6rganoa y procedlmlenlos para tutelar en el fimbtlo de este Tribunal tos derechos de acceso a la irtformacíon. a la pnvacodad y a 1a p<otecclón de datos personales garantizados en el articula s• Constttucional. •EJ preslador de servidos· se obliga a guardar Je<:felo y a no d111Ulgar por n1nglln medio. aun electrónoeo. n1 por conferencias y/o informes los datos personales a que tenga acc;eso con motillo de la documentación que maneJe o conozca al desarroftar las act!Vldades ob¡eto del P<esonte contrato. En caso de Incumplimiento la 'Suprema Corte• podrá ex19or el pago correspondiente al 10% del monto total de este Instrumento, por concepto de pena convencional. Décima. Loglslaclón apllcable. Et acuerdo de volunlades previsto en este Instrumento contractual se rige por lo dispueslo en la consttt1.1C16n politice de los Estados Unidos Mexicanos, el Acuerdo General de Adminis1racl6n Vl/2008. del veinticinco de Septiembre de cios mll ocho. del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Naclon y en lo no previsto en éste por el Codlgo Cill1I Federal, Código Federal de Procec:l1mtentos Civiles. la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidades administrativas de los servidores plibhcos y la Ley Federal del Proced1rn1ento aam111ístrat1vo en lo conducenle. Oecima pnmera. Rasoluc:tón de controversias. Para efecto de la 1nterpre1acion y cumplimiento de to esllpulado en este lnstnJmento. ·Et prestador de servicios• se somete up<esamente a las dectslones ael Tnbu11al Pleno de "la Suprema Corte• renunciando a cualquierfuero que en razón de 5tl domlollo tenga o llegare a tener, de conformidad con lo Indicado en el articulo 11, traccl6n XX. de la Ley Orgánica del Poaer Judicial de la Federación renunciando en forma expresa a cualquier otro fuero que en razón de su domicilio o vecindad. tengll/1 o llegaren a tener.

Las partes acu9fdan que cualquier nollfteacíón que tengan que realizarse de una parte a otra, se reahzara por escrito en el domtCtho que ria sel'lalado en las declaraciones 1.4 y IL4 de este Instrumento

RECEPCIÓN Y CON FORMIDAD DEL PRESENTE CONTRATO SIMPLIFICADO POR EL PRESTADOR DE SERVICIOS

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f:) \)~ioos "",e.,., PODER JUDICIAL DE LA FEDL. )ACIÓN f."~ SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN /;; . 'f:, JOSE MARIA PINO SUAREZ. No 2 COL CENTRO DELEGACION CUAUHTEMOC 06060 O F

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DIRECCIÓN GENERAL D~ INFRAESTRUCTURA FiSICA 16 DE SEPTIEMBRE No 38 . e· PISO, COL CENTRO, C P 06000, ME.XICO. O F TELS 4 1131100 Ext 5305, 5722 5321 5721 y5304 FAX. 41131751

DIRECCIÓN DE ALMACENES CALZ. IGNACIO ZARAGOZA No 1340 COL JUAN ESCUTIA. C P 09100 MEXICO O F TELS 5701 2036 y 5763 7883

CONTRATO SIMPLIFICADO

4518000997

EN SUS REMISIONES, FAC11JRAS Y CORRESPONDENCIA FAVOR Ot ANOTAR ESTE NUMERO DE DOCUMENTO

S001

PROVEEDOR. JUAN ROBERTO GÓMEZ MEJIA I SANTA MARIA DE LOS URDIALES 1029, LAS MARGARITAS, MORELIA. MICHOACAN, 58160 / 01 443 317 2933, 01 443 317 2933 /

FECHA DEL DOCUMENTO FORMA DE PAGO 1 OBSERVACIONES 06/04/2018 INMEDIATA R F.C. DEL PRESTADOR DE SERVICIOS: GOMJ-760501 -284

FECHA DE ENTREGA LUGAR DE ENTREGA 8 DIAS NATURALES Calle de José Maria Pino Suárez No. 2, Cuauhtemoc 06065, MX, DF

Partida Clave art. Cantidad Unidad Descripcion P.Unitario Importe Total

1 GRABADOR DE RED, MODELO DS-SVR-DVD, 3TB, PELCO.

1 PC DElL MODELO OPTIPLEX 9010, CON MONITOR DELL.

1 SWITCH 24 PUERTOS POE, MODELO SF-200-24P, CISCO.

1 UPS TRIPPLITE, MODELO INTERNET 350U.

1 UPS TRIPPLITE, MODELO OVNI VS 1000.

1 SWITCH B PUERTOS POE, MODELO SF-100-0BP, CISCO.

3 ESTACIONES NANO, MODELO LOCO MS, UBIQUITI

1 CUADRA RACK Y ORGANIZADOR DE CABLE.

-SE ENTREGARA UN REPORTE FOTOGRÁFICO Y UN REPORTE TÉCNICO ESCRITO DONDE SE INDICARÁN LOS PARÁMETROS DE OPERACIÓN Y DATOS SOLICITADOS EN LOS ALCANCES, ASI COMO LAS RECOMENDACIONES, SUGERENCIAS Y CONCLUSIONES, EL REPORTE FOTOGRÁFICO, DEBERÁ DE CONTENER FOTOS ANTES, DURANTE Y AL FINAL, ADEMAS UN CD (DISCO COMPACTO) CONTENIENDO TODAS LAS FOTOS DEL MANTENIMIENTO.

-SE DEBERÁ DE CONSIDERAR LA CONFIGURACIÓN DEL EQUIPO DVR GRABADOR MODELO DS-SVR-DVD, EL CUAL DEBERÁ DE QUEDAR EN OPERACIÓN ÓPTIMA. DEBERÁ DE CONFIGURARSE A DOS MESES.

-CORRECCIÓN DE LA FALLA EXISTENTE DE DOS CÁMARAS TIPO IXE MODELO 10 DN, UBICADAS EN LA CALLE ANTONIO ALZA TE.

CO NTINUA

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CONTRATO SIMPL IFICADO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PAR.A CASA DE LA CULTURA JURIDICA (HASTA 25,000 UDIS)

D E C LARA CIO NE S l. La Supr11ma Corte d e Justiciad& la Nación, en lo sucesivo "la Suprema Corte" por conduct.o de su representante p ara los efocto• de Hl• Instrumento m¡¡nlfiesta que· 1, 1 Es el mAlllmO or9ono depositarlo del Pooer Judoctal de la FeoentciOn, en térmu'!Os de IO dtspue&lo en IO.s anocu1os 94 oe 1a Conat•tuc;IOl'I Pohtlca ese IOs Estado5 UnlOos Mexicanos y 1• fracción I , de la Ley Orgamca del Pocser Jucsoaal de la FederaClÓl'I 1,2 La pre5ente contratación rue autorizada por el (lal Tl\ular de la Casa de la Cultura Jundica en donoe habían de efectuarse los serv!Qos mediante el procedimiento de ao¡ud1c:aci6n dlrl!Cta ae conromndad con to previsto en el atticulO 42. e'mafo gulnio. d el Acuerno General d e Administración Vl/2008, del veontJcinco de septiembre de dos mil ocho, del Comrté ele Goo•emo y Adm1rustración de la Su!l(ema Corte de Justloa de la Naaón por el que se regulan los p(oceo1mien1os para la adquislCIÓ!'!. admlntstrad6n y des1noorporaci6n de bienes y la conlrataclón de obras usos y servfelos requeridos por este Tnoonal 1.3 El Dlrect04' de la Casa de la Cultura Jundlca. está facuhado para suscribir el presente Instrumento, de conformidad con lo dlspues10 en el articulo 10 partafo cuano, del Acueroo General de Adm1nlatrac1Óf1 Vl/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil O<:ho, del Com1te de Goblemo y Admln1straclón de la Suprema Corte de Jus1lc1a de la NaclÓO por el que se regulan los p1ocedlmientos para la adqu ls1e16n , admlnlstracoón y deslncorporactón de blenes y la contratación de obras, usos y servicios requertdos por este Tribunal , y en analogla al pronunciamiento entnldo por la Subdirección General de lo Consuttwo de la Secretarla Jurldlca de la Presidencia mediante oticto SJP/0439/2016 de fecha 15 de abril de 2016. 1.4 Para lodo lo relacionado con el presente contrato se"ata como su domicilio 01 ubicado en 111 Calle de José Meria Pino Suarez número 2, colonia Centro, delegacion Cuauhlémoc, oodlgo poslal 06060, en la c:kJdad de México, Dfstnlo Federal JI El pre atador de servicios• por conducto d e su represen ta11t.11 legal manifiesta bajo protesta d e decir veraad que: 11.1 Cuenta con personal con la suficiente experiencia y cal1fieación para ejecutar los servicios requeridos por la Suprema Cone. asl como con IOs elementos tecnk:os ':! capllddad ec:onom1ca necesarios para lal fin 11.2 No se encuentra en nl!'!lluno de los supuestos a que se refieren ios artlailos 48, fraeclOnes l. 11, 111 IV V, VI, VII VIII y X, asl como S8 tracclon XVI. del Aaierclo General de Adm1n1strac:i0n Vl/2008 11.3 Conoce y acepta sujetarse a lo previsto en el Acuerdo Vl/2008, ael veintícinc:o de septiembre de dos mil ocno, del Comtte de Gobierno y Adm10tslfaCIOll de la Suprema Corte de JustlCla de la Nación por el que se regulan IOs procedll'flientos para la adqulslci6n, adm111istración y des1nCOfpOfaC10n de t><enes y la contratac16n de obras, usos y servtCoOs requendos por este Atto TrlbUnal 11.4 Para todo lo relacíonado con el presente conl/ato se"ª'ª como su dOfTlicilio el ublCadO en la caralula del presente lnsltumemo. en el apanacso denorn¡naóo ' Pt'Olleedot y/o Presladot de seiv1C1os· 11.5 El Prest3d04' de seivicios manlflesta que se encuentra debidamente consl~uido CO<'lforme a las leyes Mexteanas y con lnscn¡x:ión vigente en el Registro Público correspondiente 111. La "Suprema Cor1e" y " El prestador de servicios• declaran que: 111. 1 Reconocen mu1uamen1e la personalidad iurldica con la que comparecen a la celebtación del ptesente lostrumento y manífiesum que todas las comumcaclones que se realicen entre ellas se dlf'l9íran a los domlcJllOs Indicados en los antecedentes 1.4 y 11.4 de este lnstrumenlo,al ten°' de las siguienles

CLÁUSUL A S

Primera, Cond iciones generales, "El prestador de servicios' se compromele a proporcionar el servicio descrito ert la carálula del p<esenle 1nslrumenlo y a respetar en lodo momento et precio plazo 'I condiciones de pago seftalados en la referida cariltula. durante y hasta el cumplimiento total del ob1eto de es1e acuerdo de voluntades. El pago se"atado en la presente clausula, cubre el total del servicio contratado, por IO cual 'la Suprema Cone· no tiene obligación de cubrir nmgun impone adicionar Segunda. Pena convenclonal. En caso de 1ncumollmleQ!o de tas obligaciones pactadas en et contrato, se aplicará una pena convenclonal equl~alente al monto que resulte de aplícar el t0% al valor del servicio o servidos que no se hayan realizado a satlsfac;cl6n de la Suprema Corte En caso de lncumolimiento en los plazos establecidos en el contrato s1mpllfacado, se aplicanll una pena convendonal por atrasos que le sean Imputables en la realiza®n de los servicios, ec nle al monto que resutte de apllcar el 10 al millar diario a la cantidad que Imponen tos trabajos no e¡ec:utados dentro del plazo 111dicado en el apanaao 1ne1so "fecha de entrega' de la caratula del...._,ra10 Slmpllfteado y no podrá exceder del 10% del monto total contralado Tercera. Requisitos para realizar los pagos r&spectlvos. Para efectos fiscales •Ef p<es1ad04' de servicios• debera presentar la o las fac1uras a nombre de la ·suprema Corte• segun consta en la cédula de ldenhflcacion fiscal, expedida po< la Secretarla de Hacienda y Crédito Públtco con el Reglstto Federal de Contnbuyenres SCJ9502046P5 lndlcando el domlClhO seM!aoo en la aectarac:ion 1.4 de este Wis1n1men10 y demas requisllos roscales a que haya lugar Cuarta. Modificaciones de esle instNmento. Las cond1C1ones padadas en el presenle instrumento podrán ser objeto de mod1flcaaón en térm111os ele lo preVISlo en los anlculos 12. fracción XXII 143, fracción 1 y 162 del retl!!ldo Acuerdo General Vl/2008 Qulnla. lnulstencla de relación laboral. ·E1 prestad04' de servicios" como empresano y patrón del personal que ocupe para la prestación de IOs servlCIOS profesionales mate<ia de es1e contrato sera el umc:o responsable de las obligaC!Ol'les derivadas de las dlspos1C100es laborales y demás ordenamientos en mawia de trabaJO y seguridad SOClal, por lo que respondera de tocias las reclamaolones que sus trabajadores presentasen en su contra o de ·1a Suprema Corte', en relación con los serv1C1os motiVo de esle contralo ·La Suprema Corte' estara facultaela para requenr a •Et prestador de servicios' los comprobanles de afl11aci6n de sus trabajadores al IMSS, asf c-omo los comprobantes de p&ilO de las cuotas al SAR. INFONAVIT e IMSS. En caso de qua alguno o algunos de los trabajadores de ·E1 preslador de servícios', ejecuten o pretendan ejecutar alguna reclamación en contra de ·1a Suprema Corte•, ' El prestador de servicios' debera reembolsar la 1otalldao de los gastos que erogue "la Suprema Cone·, por concepto de traslado, l/látlc:os, hospedaje. transportación. alimentos y Gemas lnrierentes. con el fin de acreditar ante la autoridad compelente que no eXJsle relaclon laboral alguna con IOs mismos y deslindar a ·1a Sup<ema Corte• de cualquier tipo de responsabllldad en ese sentido. Las partes acuerdan que el lrr¡porte de los referidos gastos que se llegaran a ocasionar podran ser deducidos por 'la Suprema Cone' de las facturas que se encuentren pendientes de p3go independientemente de las acciones legales que se pudieran ejercer Sexta . Subcontrataclón Para efectos de este contrato slmplifteado, se entiende por subc:ontrataclon, el ado mediante el cual 'El p1eslad04' de servicios· encomienda a otra persona fiSICél o moral la reahzaci6n parcial del objeto de éste contra10 sll!'lptlfic:ado Cuando el pres1ael04' de servtelos o conlrat1Sta p<etenda subcontratar, deberá comunicarlo previamente y por escrrto a 'la Sup<ema Con e· la que t&mbten por eacr~o resollrerá s1 acepta o rechaza la subconlratación En n1ngún caso se aceptara 111 subconttalación tolal de los servicios o traba¡os con un solo subcontratJsla En todo caso de subcontrataclón el responsable será ºEl prestador de servicios' y sera a este a quienes les cubra el pago No exlstl'á subrogac:tón por pane del subcontrahsta n1 tendra relacion con · 1a Suprema Corte• Septlma ConOdonclalldad, La documentación que se p<oporc!Ofle a ' El prestador de servJOos' con motl\lo de la celebración de este conlrato. es propiedad de ·13 Suprema Corte', por lo que 'El prestador de serv1c:ios• , por si o a traves de sus trabaJ.CSores. se comp<omete a no a1vulgar a través de cualquier medio de comunicacion cualqule< resu~ado o dato obtenido de tos setvlCIOS o trabajos prestados a la primera Octava. Rescisión. Queda expresamente convenido que ·ta Suprema Corte• podra dar por reSQndldo el presente contrato sin necesidad de que medie declaración ¡udlclal, en caso de que 'El preslador de servicios· deje de cumplir cualquiera de las obligaciones que asume en este controlo por causas que le sean Imputables, o bien. en caso de ser objeto de embargo, nuelga estallada concurso mercanlll o llqu1oación. Antes de declarar la rasc1sl6n, ·1a Suprema Corte' notificara por escrito las causas respectivas a 'El prestador de servicios• e11 su dom1dllo sel\alado en la declaración 11.4 de este instrumento, con quien en el acto se encuentre. otorgándole un plazo de quínce dfas náblles para que manifiesle lo que a su derecho convenga, anexe los documentos que esllme convenientes y apone, en ~aso tas pruebas que estime peninentes. Vencido ese plaio el órgano competenle de •la Sup<ema Corte• delerminará sobre la pro<;edencla de la rescisión, lo que se comunicara a "El prE. 1 de serv1c:ios· en su domlcfllo señalado en la dec:laracl6n 11.'4 de lns1rumento ....._, Noven a. Del romento a la tnnsparencla y de la proteccfón de datos personales. Las panes est<ln de acuerdo en que el presenle instrumento constrtuye inforrnaclOO pública en términos de lo dispuesto en los anlculOs 1•. 70, 103 y 116 de la Ley General de Transparencia y Acceso a ta lnf04'maclón Publlca Gubernamental, por lo que los gobernados podrán realtZar su consulta De conf04'mldad con lo estableCIClo en el artlculo 71 del Acueroo Gene<al de la Comtsoón de Transparenc:ia, Acceso a la lnformacion Pubhca Gobemamenlal y ProteCCJOrl de Datos Personales de 1a S\Jprema Corte de Jusuoa de ta Naoóo del nueve de jullO de oos m11 ocl)o, fetativo a los órganos y procedmentos para Melar en el ámbdo de es1e Tnbunal los derecnos de acceso a la lnfoonact0n a la pr111acicsaa y a 1a protec.dón de datos pef'SO!'!ales g1nmttzedos en el ar1icUIO ~ Const1tuc:ional, ·El prestador de senri<:K>s' se Ollllga a guardar seqeto y a no diVulgar por n111gun medto aun electróntCO ni por conferenc;¡as y/o 11formes los datos personales a que tenga acceso con mo!No de la documentacion que ma11e.ie o conozca et desan-ollar las aclMdades objeto del presente contra10 En caso de 111cump1rnlento la · suprema Corte' podra e111911 el pago correspondiente al 10% del monto total de este instrumenlo, por concepto de pena convencional. Décima. Leglslaclón apllcable. El acuerdo de voluntades preV!slo en esle l!'!strumento contractual se nge por IO dispuesto en la constttucl6n pollUca de los Estados Unidos Mexicanos, el Acuerdo General de Adm1111straclón VV2008, del 11e1ntic;111co de Sep11embre de dos mil O<:ho, det Comrté de Gobierno y Adm1nistrac:ion de la Suprema Corte oe Just1cla de la Nación y en IO no p<evlsto en éste por el Código Civil Federal, Código Feoeral de Procedimientos Civiles, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidades adm1111strativas de los servidores públicos y la Ley Federal del Procedimiento admln1strallvo en lo conducente Décima pr1mera. Resolución de. controversias. Para efecto de la lnterpreta~on y cumpllm1en10 de 10 eslípulado en este ínstrumenlo, 'El prestador de servicios• se somete expresamente a las decisiones del Tnbunal Pleno de ·1a Suprema Cone' renunciando a cualquier ruero que en razón de su domlclílo tenga o llegare a tener, de conformidad con lo indicado en el articulo 11 , tracción XX. de la Ley Organica del Poder Judicial de la Federacl6n renunciando en forma expresa a cualquier otro fuero que en razon de su domlclllo o vecindad. tengan o lleg¡¡ren a tener

Las panes acuerdan que cualquier notíficaaón que 1engan que reallzarse oe una parte a otra, se realizara por escnto en el domicilio que ha sellalado en las declaraaones 1.4' y 11,4 de es1e Instrumento

ECEPCIÓN Y CONFORMIDAD DEL PRESENTE CONTR -. TO SIMPLIFICADO POR. EL PRESTADOR DE SERVICIOS

Page 5: JRAS CORRESPONDENCIA FAVOR DI:. DIRECCIÓN DE … · 2019-05-09 · col juan escutia c p 09100 mexico. d f tels f>701 2036 y 5763 7883 contra to simplificado . 4518000997 en sus remisiones,

"' e: g ñ ' ..

PODER JUDICIAL DE LA FED1.... ~CIÓN SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN JOSE MAAIA PINO SUAREZ No 2 COL, CENTRO DELEGACION CUAUHTEMOC, 06060, D F R F,C SCJ-950204-óPS

DIRECCIÓN GENERAL 0 1... ) INFRAESTRUCTURA FÍSICA 16 DE SEPTIEMBRE No 38 , 6º PISO, COL CENTRO, C.P. 06000, MEXICO, D.F TElS 41131100Ext 5305, 5722, 5321 , 5721y5304 FAX' 41131751

DIRECCIÓN DE ALMACENES CALL IGNACIO ZARAGOZA No. 13'10 COL JUAN ESCUTIA. C.P 09100, MEXICO, D.F TELS. 5701 2036 y 5763 7883

CONTRA TO SIMPLIFICADO

4518000997 EN SUS.REMISIONES, FACTURAS V CORRESPONDENCIA FAVOR DE ANOTAR. ESTE NUMERO DE DOCUMeNTO

S001

PROVEEDOR: JUAN ROBERTO GÓMEZ MEJÍA /SANTA MARÍA DE LOS URDIALES 1029, LAS MARGARITAS, MORELJA, MICHOACÁN, 58160 I 01 443 317 2933. 01 443 317 2933 /

FECHA DEL DOCUMENTO FORMA DE PAGO 1 OBSERVACIONES 06/04/2018 INMEDIATA R.F,C. DEL PRESTADOR DE SERVICIOS: GOMJ-760501-284

FECHA DE ENTREGA LUGAR DE ENTREGA 8 DIAS NATURALES Calle de José Maria Pino Suárez No. 2 , Cuauhtemoc, 06065, MX, DF

Partida Clave art. Cantidad Unidad Descripcion P.Unitarío Importe Total

-SE DEBERÁ CONSIDERAR LA REUBICACIÓN DE UNA CÁMARA TIPO IXE MODELO O DN, UBICADA EN LA CALLE ALZATE Y SE MOVERÁ SOB~E LA CALLE MORELOS, SE DEBERÁ DE CONTEMPLAR EL SUMINISTRO DE TUBERÍA PARED GRUESA GALVANIZADJl 25MM DE DIÁMETRO NUEVA 10 METROS APROXIMADAMENTE, FIJACIÓN Y ACCESORIOS, AS( COMO EL CABLEADO DESDE EL SITE A LA UBICACIÓN NUEVA DE LA CÁMARA CON UNA DISTANCIA DE 40 METROS APROXIMADAMENTE.

-PARA LA ATENCIÓN DEL PRESTADOR DE SERVICIOS PARA REVISAR Y/O CORREGIR ALGUNA FALLA DEL SISTEMA DE CIRCUITO CERRADO DE TELEVISIÓN, ÉSTA DEBERÁ REALIZARSE EN UN TIEMPO NO MAYOR DE 24 HORAS AL LLAMADO Y/O REPORTE REALIZADO.

-ÁREA SOLICITANTE: C.C.J. MORELIA, MICHOACÁN -ADMINISTRADOR DEL CONTRATO: C.C.J. MORELIA, MICHOACÁN -NÚMERO DE SOLICITUD: OFICIO No. CCJ/MLA/ADM/131/2018 -CENTRO GESTOR:1126801 -POSICIÓN PRESUPUESTAL:35201 -NÚMERO DE COTIZACIONES: 2 -DESTINO: C.C.J. MORELIA, MICHOACÁN -TIPO DE CONTRATACIÓN: ADJUDICACIÓN DIRECTA -CLASIFICACIÓN: MINIMA -ÓRGANO Ó FUNCIONARIO QUE AUTORIZÓ LA CONTRATACIÓN: DIRECTORA DE LA CASA DE LA CULTURA JURIDICA EN MORELIA, MICHOACÁN -FECHA DE AUTORIZACIÓN: 26 DE MARZO DE 2018 -INCLUIDO EN EL PROGRAMA ANUAL DE NECESIDADES 2018: SI

FORMAN PARTE DE ESTE CONTRATO SIMPLIFICADO TODOS LOS DOCUMENTOS RELACIONADOS CON EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN INCLUYENDO, DE MANERA ENUNCIATIVA Y NO LIMITATIVA, LO SIGUIENTE:

CONTINUA

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CONT·RA TO Sll\4PLIFICAOO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PARA CASA DE LA CULTURA JURIOICA (HASTA 25,000 UOISJ

DECLARACIONES l. la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en lo sucesivo "la Suprema Corte" por conducto de su representante para los electos de este instrumento manlflesta que: 1,1 Es el mal(1mo órgano depositario del Poder Judicial de la Federación. en terminas de lo dispuesto en los artlculos 94 de la Constfluofón Política de los Estados l,Jnldos Mexicanos y 1•, fraodón 1, de la ley Organlca del Poder Judlclal de la Federación. 1.2 La presente contratación rue autorizada por el {la) Titular de la Casa de la Cultura Jurídica en donde habrán de efectuarse los servicios mediante el procedimiento de adjudicación directa de conforrmdad con lo previsto en el articulo 42 pá!'1'afo quinto. del Acuerdo General de Administración Vl/2008 del veinticinco de septiembre de dos m11 ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el que se regulan los procedimientos para la adquisición , administración y desincorporación de bienes y la oonlJ'atación de obras. u505 y servicios requeridos por este Tribunal. 1.3 El Director de la Casa de la Cvltura Jurídica, está racuttado para suscribir el presente instrumento. de conformidad con lo dispuesto en el articulo 10 párrafo cuarto, del Acuerdo General de Administración Vl/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comllé de Gobierno y A.dministración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, admfn1stracl6n \1 deslncorporación de bíenes y la contratación de obras, usos y servicios requeridos por este Tribunal, y en analogla al pronunciamiento emitido por la ~ubdirección General de lo Consultivo de la Secretarla Jurldíca de la Presidencia me<líanle oficio SJP/0439/2016 de fecha 15 de abril de 20t6. 1.4 Para todo lo relacionado con el presente contrato señata como su domiclllo el ubicado en la Cal\e de José Maria Pino Suár·ez número 2, colonia CenlJ'Q. delegación Cualll'ltémoc código postal 06060, en la ciudad de México, Dislrito Federal. 11.EI prestador de servicios" por conduelo de su representante legal man mesta bajo protesta de decir verdad que: 11. 1 Cuenta con personal con la suficiente experiencia y calificación para ejecutar 1os servicjos requeridos por la Suprema Cor1e, así como con los elementos tecnlcos y capacidad económica necesarios para lal nn. lf.2 No se encuentra en ninguno de los supuestos a que se refieren los articules 48, fraceiones l. 11, 111 . IV, V, Vi , VII , VIII y X, asi corno 58 fraccíón XVI, del Acuerdo General c:te Administración Vl/2008 11.3 Conoce y acepta sujetarse a lo previsto en el Acuerdo Vl/2.008, del veínticlnco de septiembre de dos mil ocfio. del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el que se regulan los procedimientos para la adquts1ción, admínlstración y desincorporación de bienes y la contratación de obras, usos y servrclos requeridos por este Ano Tribllnal. 11.4 Para lodo lo relacionado con el presente contrato. señala como su domicilio el ubicado en la carátula del presente instrumento, en el apartado oenomlnado ·proveedor y/o Pre51ador de ~rvicios" 11.5 El Prestador de servicios manifiesta que se encuentra debidamente Gonstlturdo conforme a las leyes Meicicanas y con fnscripclón vigente en el Registro PObllco correspondiente. 111. La "Suprema Corte" y "El prestador de servicios" declaran que: 111 .1 Reconocen mutuamente la personalidad jurídica con la que comparecen a la celebración del presente ínstrumenlo y manifiestan que todas las comunicaciones que se realicen entre ellas se dirigirán a los domicflios indicados en los antecedentes t.4 y 11.4 de este instrumenlo,al ,tenor de las siguientes:

CL ÁUSULAS

Primera. Condiciones generales. ' El prestador de servicios" se compromete a proporcionar el serv1cio descñto en la carátula del presente instrumento y a respetar en todo momento el precio, plazo y condiciones de pago señalados en la referida caratula, durante y hasta el cumplimiento tolal del objeto de e.ste acuerdo. de voluntades. El pago sef'lalado en ta presente clausula, cubre el total del servicio contratado, por lo cual ' la Suprema Corte' no tiene obligación de cubrir nlngun importe adicional. Segunda. Pena convenclon~I. En caso de !ncumpllmjento de las obligaciones pactadas en el contrato, se aplicará l/na pena convencional equivalente al monto que resulte de aplicar el 10% al valor del· servicio o servicios que no se hayan realizado a satisfacción de 'la Suprema Corte En caso de Incumplimiento en los plazos establecidos en el contrato simplificado, se apllcará una pena convencional por atrasos que le sean imputables en la realización de los servicios. ec 'nte al monto que re su ne de apocar al 1 o al millar diaño a la cantidad c¡ue Importen los tfaba)ós no ejecutados dentro del plazo indicado en el a panado Inciso ' fecha de entrega• de la carátula der"'- rnto Símplif1cado y no podrá exceder del 10% del monto total contratado. Tercera. Requisitos para realizar los pagos respectivos. Para efectos fiscales ' El prestador de servicios' deberá presentar la o lás facturas a nombre de la 'Suprema Corte• segun consta en la cédula de Identificación fiscal, expedida por la Secretaria de Hacienda y Crédito Público con el Registro Federal O:e Contribuyentes SCJ9502046P5 Indicando el domlclllo sellalado en la declaración 1.4 de este Instrumento y demas requlsitos fiscales a que haya lugar. Cuarta. ModrncacJones de este Instrumento. Las condiciones pactadas e" el presente instrumento podran ser ob¡éto de modificación en términos de lo previsto en los artículos 12, fracción XXII 143, fraocion 1 y 162 del referido Acuerdo General Vl/2008. Qulnra. Inexistencia de. relación laboral. "El prestador de servicios• como empresario y patrón del personal que ocupe para la prestación de los servicios profesionales matena de este contrato. será el único responsable de las obligaciones derlVadas de las disposiciones labOrales y demás ordenamientos en materia de trabajo y seguridad social, por lo que responden! de todas las reclamaciones que sus trabajadores presentasen e·n su contra o de ' la Suprema Corte", en relación con Jos servicios (llotivo de este contrato. "La Suprema Cone· estará facultada para requerir a "El prestador de servicios· los comprobantes de afiliación de sus traba¡adores al IMSS, así como tos comprobantes de pago de las cuotas al SAR INFONAVIT e IMSS. En caso de que aJguno o algunos de los trabajadores de "El prestador de servicios·, ejecuten o pretendan ejecutar alguna reclamación en contra de "la Suprema Corte", ' El pres1ador de servicios' deberá reembolsar la totalidad de los gastos que erogue "la Suprema Cor1e', por concepto de traslado, viáticos, hospedaje, transporta.cfón, alimentos y demás inherentes, eon el fin de acreditar ante la autoridad competente que no existe relación laboral alguna con los mismos y deslindar a ' la Suprema Cone· de cualquier tipo de responsabilidad en ese sentido. Las partes acuerdan que el fmpOfje de los r eferidos gastos que se llegaran a ocasionar podrán ser deducidos por ' la Suprema Corte• de las facturas que se encuenlJ'en pendientes de pago independlentemente de las acclo(les legales que se pudieran ejercer. Sexta. Subcon trataclón . Para efectos de este contrato simplificado. se entiende por subeonlJ'atac16(), el acto mediante el cual "El prestador de servicios' encomienda a otra persona. física o moral la realización parcial del objeto de éste contrato simplificado. C-uando el prestador de servicios o contratista pretenda subconlJ'atar, debera comunlcarlo previamente y por escnlo a •1a Suprema Corte•. la que también por escrito resolverá si acepta o rechaza la suboontratacián. En nín9ün caso se aceptara 1a suboontrataclón total de los sef'Vlclos o trabajos con un solo subeontratlsta. En todo caso de subcontrataclón. el responsable sera ' El prestador de servicios' y será a Mte a quienes les cubra el pago. No existira slibrogacion por parte del suboontratlsta m lendra relación con ·1a Suprema Corte· . Séptima. Conndenclalldad. La dOCtJmef)taclón que se proporcione a "EJ prestador de servicios' con motivo de la celebración de este contrato. es propiedad de ·1a Suprema Corte·. por 10 que "EJ prestador de servicios", por sí o a traves de sus trabajadores, se compromete a no divulgar a través de cualquier medio de comunicación. cualqi;ler resultado o dalo obtenido de ·los servicios o trabajos prestados a la primera. Octava. Rescisión. Queda expresamente convenído que 'la Suprema Corte• podrá dar por rescindido el presente contrato sin necesidad de que medie declaración judicial. en caso de que "El prestador de servicios' deje de cumplir cualquiera de las obligaclones que asume en este contrato por causas que le sean imputables, o bien, en caso de ser objeto de embargo, huelga esiallada concurso mercantll o liquidáclón. Antes de declarar la rescisión, '·la Suprema Corte' notificará por escrito las causas respeC11vas a ' El prestador de servicios· en su domlcilio señalado en la declaración 11.4 de este instrumento , con quien en er acto se encuentre, otorgándote un plazo de quince días habiles para que manifieste lo que a su dereclio convenga, anexe los documentos que estime convenie(ltes y aporte. eri · caso, tas pruebas que estime per11nentes. Vencido ese plazo el órgano competente de "la Suprema Corte.' determinara sobre la procedencia de ta rescisión. lo que se comunicará a "El prt r de servicios' en su domiclllo señalado en ta declaración 11.4 de instrumento ~ Novena. Del fomento a la transparencia y de la protección de datos personales. Las partes están de acuerdo en qtle el presente instrumento constituye 1nformació11 pü blica en términos de lo dispuesto en los artículos 1•, 70, 103 y 116 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la lnrormacfón Pública Gutiemamental, por lo que los gobernados pOdrén realizar su consutta. De conforrnidad con lo establecido en el artlculo 71 del Acuerdo General de la Comisión de Transparencia, Acceso a la Información Publica Gubernamental y Protece1ón ae Datos Personales de ta Suprema Corte de Justlcla de la Naclón. del nueve de julio de dos mil ocho, relativo a los órganos y procedimientos para tutelar en el amb~o de este Tribunal los derechos de acceso a la tnformac1on, a la privacidad y a la pro1ecci6n de datos personales garantizados en el articulo 6' Constitucional. "El prestador de servicios· se obliga a guardar seCleto y a no dlvutgar por níngun medio aun eledrónlco, m por conferencias y/o Informes los datos personales a que tenga <1cceso con motivo de ta documentación que maneje o conozca al desarrollar las actividades objeto del presente contrato. En caso de lncumpttm1ento la ' Suprema Corte• podrá exigfr et pago correspondiente al 10% del monto total de este instrumento, por concepto de pena convencional. Décima. Leglslaclón aplicable.. El acuerdo de voluntades previsto en este instrumento contractual se nge por lo dispuesto en la constitución politlca de los Estados Unidos Mexicanos, el Acuefi:lo General de Administración Vl/2008. del veinticinco de Septfembre de dos mil ocho, del Comtté de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y en lo no previsto en éste por el Cód[go Clv11 Federal. Código Fe<teral de Procedimientos Civiles. la ley Federal de Presupuesto y Responsabllldades administrativas de los servidores públicos y la Ley Federal del Procedimiento adm1mstra1lvo, en lo conducente, Décima primera. Resolución de controversias. Pata efecto de la interpretación y cumpllrmento de lo estipulado en este instrumento, "El prestador de servicios' se somete expresamente a las decisiones del Tnbunal Pleno de ' la Suprema Corte• renunciando a cualquier fuero que en razón de su domicilio tenga o llegare a tener, de conformidad oon lo Indicado en el anlouto 11 , fraoción XX, de la Ley Organica del Poáer Judicial de la Federacion renunciando en forma expresa a cualquier otro fuero que en razón de su domicilio o vecindad. tengan o llegaren a tener

Las panes acuerdan que cualquier notificación que tengan que reallzarse de una paf\e a otra. se realizará por escrito en el domicilio que na señalado en las declaraciones l,4 y 11.4 de este instrunierito

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PODER JUDICIAL DE LA FEO.... ACIÓN SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN JOSE MARIA PINO SUAREZ No. 2 COL CENTRO OELEGACION CUAUHTEMOC, 06060, 0,F. R F C SCJ.950204-6P5

DIRECCIÓN GENERAL C. ) INFRAESTRUCTURA FÍSICA 16 DE SEPTIEMBRE No 38 . s· PISO, COL CENTRO, C P 06000, MEXICO. O F TELS 411 31100 E•L5305, 5722 5321 5721 y5304 FAA 41131751

DIRECCIÓN DE ALMACENES CAl.2.. IGNACIO ZARAGOZA No 13'10 COL. JUAN ESCUTIA, C.P. 09100, MEXICO D F TELS.: 5701 2036 y 5763 7883

CONTRA TO SIMPLIFICADO

4518000997

EN SUS REMISIONES. FACTURAS Y CORRESPONDENCIA FAVOR DE ANOTA(l ESTE NUMERO DE DOCUMENTO

S001

PROVEEDOR: JUAN ROBERTO GÓMEZ MEJÍA I SANTA MARIA DE LOS URDIALES 1029, LAS MARGARITAS, MORELIA, MICHOACÁN, 58160 / 01 443317 2933, 01 443 317 2933 /

FECHA DEL DOCUMENTO 06104/2018

FECHA DE ENTREGA 8 DIAS NATURALES

Partída Clave art.

/ ,,,,

IMPORTE EN LETRA SETENTA Y TRES M

FORMA DE PAGO INMEDIATA

1 OBSERVACIONES R.F.C. DEL PRESTADOR DE SERVICIOS: GOMJ-760501 -284

LUGAR DE ENTREGA Calle de José Maria Pino Suárez No. 2 , Cuauhtemoc, 06065, MX, DF

Cantidad Unidad Descripcion

"EL CATÁLOGO DE CONCEPTOS, LAS ESPECIFICACIONES PARTICULARES, LAS ESPECIFICACIONES GENERALES, EL ACTA DE JUNTA DE ACLARACIONES, LA PROPUESTA DEL ADJUDICATARIO Y EL DICTAMEN RESOLUTIVO TÉCNICO''.

LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN HARÁ LA RETENCIÓN DE IMPUESTOS LOCALES Y FEDERALES QUE CORRESPONDA.

SERVICIOS INCLUIDOS MANTO. CCTV

LIC ESTR~

DIRECTOR DE lA CASA DE CULTURA JURIDICA EN

MORELIA, MICH

P.Unitario

SUBTOTAL

OTAL

Importe Total

63,000.00

10,080.00

73,080.00

Págína 4 de 4

Fecha de ompresi6n 06/0412018 12 35 29

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CONTRATO SIMPLIFICADO OE PRESTACIÓN OE SERVICIOS PARA CASA OE LA CULTURA JURIOICA (HASTA 25,000 UOIS)

OECLA RACIONES l. u Suprema Coite da Justicia de la Nación. en lo sucesivo "la Suprema Corto" por conducto da su ,.presentanto pant loa efoctos d• u•• lnat:rvm•nto manmu,. quo: l. 1 E• el maXlmo <\<gano depos~ano del Poder Judicial de la f eclerac.ón, en ténnlnos da lo dispuesto en los artlcutos 94 de la Conslrtuclón PoHUca de los Estados Unidos Mex1eanos y 1 º. fracdon 1, de ta Ley Orgánica del Poder Judicial de la Fe<leraolón, 1.2 La presente conlratadón tue autorizada por el (laj Titular da la Casa de la Cultura Jllrldica en doncle habrán de efectuarse los servicios mediante el procedimiento de adjud1cacl6n directa de conformidad con lo previsto en el articulo 42. parrare quinto. del Acuerdo Ganer!I de Administración Vl/2008, del velnllcmco de sepllembre de dos mil ocho, del Com11e de Goblemo y Administración de la Suprema Corte de Justlcla de la Nación por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, administración y desincorporoción de bienes y la contratación de obras, usos y servicios requeridos por este Tribunal. 1.3 El D1rect0< de la Casa de la Cu~ura Jurfdica está lacutt.ado para suscribir el pt'esente ~sttumento, de coníormidad con lo olspuesto en et artlC>Jlo 1 o pámlfo cuarto, del Acuerdo General de Admlfllstración Vl/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho. del Comrté de Gobierno y Administración de ta Suprema Cone de Justicia de la Nación por el que se regulan los proced1m1en1os para la adquisición, administración y des1ncorporación de bienes y la conrrataclon de obras . usos y seNlcios requeridos por este Tribunal, y en anatogla al pronunciamiento er1!',tidc por la ·subdirecct0n General de lo Consul\1110 de la Seo-etaria Jurtdk:a de la Presidencia mediante oficio SJP/043912016 de fedla 15 de abril de 2016 l.4 Para todo lo relaclonado con el presente contrato 5eñala como su domicilio el ubicado en ta Calle de José Maria Pino Suárez nümero 2 , colonla Centr<>, delegación Cuauhtémoc, código poslal 06060, en la ciudad de Mex1CO, Distrito Federal 11 El pre stador da servicios" por conducto de su representante legal manifiesta bajo protuta de decir verdad que: 11.1 Cuenta con personal con la suficieftte experiencia y cal1ficaoón para ejecuuir tos ser.ricios requendos por la Suprema Cof'\e. así como con los elementos técntcOS y capacidad economice necesanos para tal '"' 11.2 No se encuentra en nW1guno de IOs supuestos a que se refieren tos ariiculos 48 rracaones t, 11. 111. IV, V. VI, VII VIII y X, asl como 58 tracción X\/1 del Acuerdo General de Adminlsttaclon Vl/2008 11.l Conoce Y acepta suie111rse a lo previsto en el Acuerdo Vl/2008, del veinticinco de sep1iembfe de dos m11 oeho, del Comrte de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de ta Nación por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, adminislraclón y des111corporaci6n de bienes y la contratact6n de obras, usos y servicios requeridos por este Atto TnbUnal 11.4 Para todo lo relaclonaoo con el presente contrato, señala como su domictlio el ut>1cado en la carátula del presente 1nstrumen10, en el apartado denominado ·proveedor yto Prestador de ser.ricios· 11.5 El Prestador de servicios manifiesta que se encuentra debidamente constituido conforme a las leyes Mexicanas y con lnscnpción vigente en el Registro Públie<;> correspondiente. 111. La "Suprema Corttt" y "El p rvstador de servicios" declaran que: 111.1 Reoonocen mutuamente la personalidad jurídica con la que comparecen a la celebfaci6n del presente lnsll\Jmento y manifiestan que loóas tas comunicaQOfles que se rearicen entre ellas se dirigirán a los domlClhos Indicados en los antecedentes 1.4 y 11.4 de este insirumento,al tenot de las siguientes

CLÁUSUL A S

Primera. Condiciones generales. ·et prestador de servicios· se compromete a proporcionar el servicio deser110 en la carátula Clel presente tnslrumenlo y a respetar en lodo momento e1 precio. plazo y condiciones oe pago senalados en la refenda car~lula. durante y nasta el cumplimlenlo 101a1 del objeto de este acuerdo de voluntades Et pago señalado en ta presente ci.¡iusula. cubre el total del servicio contratado, pot lo cual "la Suprema Corte· no tiene obllgaclón de cuDrir nlngun importe adicional, Segunda. Pena convencional. En caso de 1nwmpllmiento de lu oblígaciones pactadas en el contralo, se aplk:ara una pena convenCIOnal equ1valen1e al monto que resulte de aplicar el 1Clf~ al valor del ser.ricio o serviCIOs que no se hayan reahzado a satisfacdon de la Suprema C01'1e. En caso de 111cumplim1en10 en IOs plazos eSlableddos en et contrato simplificado, se apllcará una pena con~enCJonal por atrasos que e sean impotaDles en ta real¡zaclón de IOs servioos, e< '!1te al monto que resu•e de aplcar el 10 al !llltlar d iana a la cantidad que mporten los traba¡os no ejecutados dentro det plazo lndice<lo en el apattado mciso "fecha de entrega· de la carátula Oe"-.,..Jato Stmplificado y no podra exceder del 10% oel monto total contratado Tercera . Requisitos para reall:rar los pagos respectivos. Para efectos fiscales "El prestador de servicios' debera presentar la o las faC'luras a nomb(e de la 'Suprema Corte" según consta en la cedula de Identificación fiscal, expe<lida por la Secretarla de Hacienda y Créd~o Pllbhco con el Registro Federal de Contribuyentes SCJ9502046PS lnellcando el dom1dllo sel\elado en la declaraclon 1.4 de este Instrumento y demás requisitos fiscales a que haya lugar Cuami. Mod ificaciones de este Instrumento. Las condiciones paC'ladas en el presenle 1ns1rumento podrlln ser objeto de modificación en términos de lo previsto en tos artlculos 12 fracción XXII . 143, fracción 1 y 162 del referido ActJerdo General Vlt2008 Quinta . lne1dstencla de relación laboral. ·et preslador de servicios", como empresario y patrón del personal que ocupe para la prestacióO de los !.8rvldos profesionales ma1ena de este contrato será et único respotlsable de las obllgaCIOlles derivadas de las dlspos1C1ones laborales y demás ordenamientos en matena de trabaJO y segundad SOClal, por lo que respondera de todas las reclamack>nes que sus irabajadores presentasen en su contra o de •ta Suprema Corte', en relación con los servte1os motivo de este con1ra10 "La Suprema Corte" estará !acuitada para requerir a "El prestador de ser.ricios' los comproban1es de allllac•on de sus trabajadores al IMSS, asl como los comproban1es de pago de las cuolas al SAR INFONAVIT e IMSS En caso de que alguno o algunos de los trabaJadores de 'El prestador de serv1c1os", e¡ecuten o pretendan ejecular alguna reclamación en contra de 'la Si;prema Corte", 'El prestado! de servicios· deberá reembolsar la lotalldad de tos gastos que erogue •ta Sup..ema Corte", por concepto de traslado, villtlcos, hospedaje, lrensportación, ahmenlos y demás tnherentes . con el fin de acreditar anle ta au1ondaa competente que no existe relacion labotaJ alguna con to' mismos y deslindar a ·1a Suprema Corte• de cualquie< ~po ae responsabijidad en ese sen1Klo Las partes acuerdan que el importe de los referidos gastos que .se llegaran a ocas•onar podrátt ser deducidos por "1a Suprema Corte• de las facnJras que se encuentren pendientes de pago tndependlenlemenle da las acciones legales que se pudieran e1ercer. Sexta. Subcontratación Para efectos de este contrato slmphl!C8do. se entiende por subeontratacion, el acle mediante el cual ' El prestad0< de seMcios· encomienda a otra persona física o moral la reahzación parcial del ot>¡eto de éste conlrato s1mplilicado Cuando el prestador de ser.rlctos o contratista prelenda subcontratar, deberá comunicarlo previamente y por escrito a "la Suprema Corte la que 1emDién por escnto resolverá si acepta o rechaza la subcontratacion. En ningun caso se aceptará \a subcontratación total de tos ser.ricios o trabajos con un solo subcon1rallsta En iodo caso de suDconlratación. el responsable será ·e1 prestador de servicios• y será a éste a quienes res cuDra el pago No existirá subrogación por parte del subcontratlsta ni tendrá relación con ' la Suprema Corte'. Séptima. Confidencialidad. La documentación que se proporcione a ·e1 prestador de servicios· con motivo de la celebracl6n de este contrato, es propiedad de ' la Suprema Cooe'. por lo que · E:i prestador de ser.ricios", por si o a través de sus traba¡adOres. se compromete a no divulgar a traves de cualquier medio de comunicacióo. cualquier resultado o dato obtenido de tos ser.rlCIOs o trabajos prestados a la primera OcUlva. Rescisión. Queda expresamente convenido que ·ta Suprema Corte" podra dar por rescindido et presente contrato sin necesidad de que medie declaración ¡ud1cia1. en caso de que El prestaoot de servicios• de)C de cumplir cualquiera de tas obligaciones que asume en es1e contralo por causas que le sean imputables. o bren, en caso de ser ob¡elo oe emDargo, nuetga eslallada conCtJrso mercanl!I o Uquídación, Antes de dectarar ta resc1s1ón, •ta Suprema Corte• notificará por escrito las causas 1espeC'llvas a "El preslador de servla1os" en su domlcllio sellalado en la deciaracoón 11.4 de este instnnnenio. con quien en et acto se encuentre, otorgándole un plazo de quince dlas habiles para que man1fleste lo que a su derecho convenga, anexe los documentos que es11me conven1en1es y aporte, er caso las pruebas que estime pertlnentes Vencido ese plazo el 61gano competente de ·1a Suprema COf\e" determfnará sobre la proce<1enc1a de la resc1sion. to que se comunicará a "El pt\, r de set\lictos" en su dom!ctllo señalado en la declaración 11.4 de Instrumento '-' Novena. Del fomento a la transparencia y de la proteccló" de datos personales. Las pattes estan de acuerdo en que el presente tns\rumenlo constituye inlQ(l'Jl3CIO(\ publica en téonmos de lo dispuesto en los art1cutos 1•, 70, 103 y 116 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la lnformaci6n PübllCa Gube<Tiarnental, por lo que los gol>efnados podrán realizar su consulta De conformidad con lo eslableQdo en el articulo 71 del Acue«lo General de la Cornlston de Transparencia, Acceso a la lnl0<mací6n Pública Gubernamental y Protección de Dalos Personales de la Suprema Corte de JustlCJe de 1a Nací6n. del nueve de Jullo de dos mil ocho, rotativo a tos órganos y procedimientos para tutelar en el ámb~o de este Tribunal los derecl'los de acoeso a la 1ntormac1ón, a ta pnvaciaad y a la protección de datos personales garantizados en el articulo e• Constitucional. ·El preslador de servicios' se obliga a guardar secreto y a no dfvulgar por ningún medio, aun electrónico. nl por conferencias y/o informes los dalos personales a que lenga acceso con motivo ae la documentación que maneje o conozca al desarrollar las actividades objeto del preserite contralo En caso de incumplimiento la •suprema Corte• podrá eJClglr el pago correspondlenle al 10% del monto total de este Instrumento, por concepto de pena convencional. Décima. Leglslactón aptlcaDle. El acuerdo de voluntades prev1s10 en este Instrumento contractual se nge por lo dispuesto en la constitud6n potiUca de tos Estados Unidos Mextcanos, el Acuerdo General de Admtn1Stradón W2008, del veinticinco de Septiembre de dos mu ocho, del Comité de Gob1emo y Administración oe ta Suprema Corte de Justicia de la Nacion y en IO no previsto en éste por el Código Civil Federal, Códrgo Federal de Procedimientos CiVítes, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidades admtn1stratiVas de los servidores pübhcos y la ley Federal del Proced1m1ento administrativo. en lo conducente Décima primera. Resoluclón de controvorsias. Para electo de la 1nte1pretact0n y cumplimiento de lo estipulado en este 1nstrumen10. ·e ¡ prestadOf de servicios• se somete expresamente a las decisiones del Tribunal Pleno de ·1a Suprema Corte• renunciando a cualquier fuero que en razón de su domlcllío tenga o llegare a tener. de conrorm1dad con lo indicado en el artículo 11 , fracción XX. de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación renunciando en f«ma expresa a cualqulerotro fuero que en razón de su domicilio o vecindad . tengan o llegaren a tener

Las partes acuerdan que cualquie< notifiC<ICIOO que tengan que realizarse de una parte a otra, se real<Zar.i por escnto en el dom1C1l1o que ha señalado en las dedaraciones 1.4 Y 11.4 de este 111strumenro

RECEPCIÓN Y CONFORMIDAD DEL PRESENTE CONTRATO SIMPLIFICADO POR EL PRESTADOR DE SERVICIOS

l1xh, Q .. c~·~-,~ e;~<'! ~L31"

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En términos de lo previsto en los artículos 111, 116 y 120,

primer párrafo de la Ley General de Transparencia y Acceso

a la Información Pública; 113, fracción I, y el capítulo IV, del

Título Cuarto, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso

a la Información Pública, en esta versión pública se suprime

la información considerada legalmente como confidencial

que encuadra en los supuestos normativos.

Este documento es parte integrante de la versión pública

del contrato, correspondiente al procedimiento de

contratación 4518000997.