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DERECHO "Conjunto de normas que rigen la vida de la nación, cuyo incumplimiento es susceptible de ser castigado. Es la manifestación del poder del estado en un determinado lugar." EL DERECHO Y SUS CLASIFICACIÓNES Se divide en dos: Derecho Público y el Derecho Privado. En el Derecho Público sus normas se refieren a la organización del Estado y a la actividad que desarrolla para cumplir con las atribuciones que al Estado le corresponden. En el Derecho Privado las normas rigen las relaciones entre los particulares, normas que le son aplicables al Estado cuando no ejerce funciones de poder político. El Derecho Público lo forman el Derecho Constitucional, el administrativo, el procesal, el penal, el derecho agrario, el Derecho del trabajo y el Fiscal. El Derecho Privado lo forman el Derecho civil y el mercantil. DERECHO PUBLICO Derecho Constitucional.- Estudia la estructura fundamental del Estad, las funciones de los órganos del gobierno, las relaciones de los mismos entre si y con los particulares, las atribuciones de los mismos órganos, garantizando además tanto a las personas físicas como morales. Derecho Administrativo.- Es una rama del derecho público interno y en algunos aspectos externos, constituido por el conjunto de normas derogatorias del Derecho común, que regulan las relaciones de la Administración pública con los particulares, la organización y el funcionamiento del Poder Ejecutivo, de los servicios públicos y en general del ejercicio de la función administrativa del Estado. Derecho Procesal.- Los gobernados deben de tener seguridad en el ejercicio de sus derechos. Por ello entre las obligaciones que tiene el Estado está la de administrar justicia, siendo indispensable que cuando hay un desajuste por incumplimiento de las normas o por su violación se procure imponer el Derecho mediante la intervención del Estado. Derecho Penal.- El conjunto de normas que determinan los delitos, las penas que el Estado impone a los delincuentes y las medidas de seguridad que el mismo establece para la prevención de la criminalidad. Derecho del Trabajo.- Las normas que rigen las relaciones entre trabajadores y patronos. Derecho Agrario.- Conjunto de normas, leyes, reglamentos y disposiciones en general, doctrina y jurisprudencia que se refieren a la propiedad rústica y a las explotaciones de carácter agrícola.

La Clasificacion Del Derecho

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Introduccion dl Derecho

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  • DERECHO "Conjunto de normas que rigen la vida de la nacin, cuyo incumplimiento es susceptible de ser castigado. Es la manifestacin del poder del estado en un determinado lugar."

    EL DERECHO Y SUS CLASIFICACINES Se divide en dos: Derecho Pblico y el Derecho Privado. En el Derecho Pblico sus normas se refieren a la organizacin del Estado y a la actividad que desarrolla para cumplir con las atribuciones que al Estado le corresponden. En el Derecho Privado las normas rigen las relaciones entre los particulares, normas que le son aplicables al Estado cuando no ejerce funciones de poder poltico. El Derecho Pblico lo forman el Derecho Constitucional, el administrativo, el procesal, el penal, el derecho agrario, el Derecho del trabajo y el Fiscal. El Derecho Privado lo forman el Derecho civil y el mercantil.

    DERECHO PUBLICO Derecho Constitucional.- Estudia la estructura fundamental del Estad, las funciones de los rganos del gobierno, las relaciones de los mismos entre si y con los particulares, las atribuciones de los mismos rganos, garantizando adems tanto a las personas fsicas como morales. Derecho Administrativo.- Es una rama del derecho pblico interno y en algunos

    aspectos externos, constituido por el conjunto de normas derogatorias del Derecho comn, que regulan las relaciones de la Administracin pblica con los particulares, la organizacin y el funcionamiento del Poder Ejecutivo, de los servicios pblicos y en general del ejercicio de la funcin administrativa del Estado. Derecho Procesal.- Los gobernados deben de tener seguridad en el ejercicio de sus derechos. Por ello entre las obligaciones que tiene el Estado est la de administrar justicia, siendo indispensable que cuando hay un desajuste por incumplimiento de las normas o por su violacin se procure imponer el Derecho mediante la intervencin del Estado. Derecho Penal.- El conjunto de normas que determinan los delitos, las penas que el

    Estado impone a los delincuentes y las medidas de seguridad que el mismo establece para la prevencin de la criminalidad. Derecho del Trabajo.- Las normas que rigen las relaciones entre trabajadores y

    patronos. Derecho Agrario.- Conjunto de normas, leyes, reglamentos y disposiciones en general, doctrina y jurisprudencia que se refieren a la propiedad rstica y a las explotaciones de carcter agrcola.

  • Derecho Fiscal.- Regula los impuestos , derechos, productos y aprovechamiento a que tienen derecho los erarios federales y locales; el procedimiento para el pago de los mismos; las sanciones por incumplimiento de los infractores; los recursos ordinarios y extraordinarios a que pueden acudir tanto los particulares como el fisco, as como la organizacin de los rganos jurisdiccionales y reglas de procedimiento para resolver las controversias que surjan en la fijacin y cobro de los crditos fiscales y prestaciones accesorias.

    DERECHO PRIVADO

    Derecho Civil.- El Derecho civil determina las consecuencias esenciales de los principales hechos y actos de la vida humana (nacimiento, mayora, matrimonio) y la situacin jurdica del ser humano en relacin con sus semejantes (capacidad civil, deudas y crditos) o en relacin con las cosas (propiedad, usufructo, etc.). Esta rama suele ser dividida en cinco partes: I. Derecho de las personas (personalidad jurdica, capacidad, estado civil, domicilio); II. Derecho Familiar (matrimonio, divorcio, legitimacin, adopcin, patria potestad, tutela, curatela, etc.); III. Derecho de los Bienes (clasificacin de los bienes, posesin, propiedad, usufructo, uso, habitacin, servidumbre, etc.); IV. Derecho sucesorio (sucesiones testamentaria y legtima); V. Derecho de las obligaciones. Derecho Mercantil.- Conjunto de normas jurdicas que se aplican a los actos de comercio legalmente calificados como tales y a los comerciantes en el ejercicio de su profesin. Hemos hecho una gran clasificacin del Derecho objetivo en dos grandes ramas: El Derecho Pblico y el Derecho Privado. Ahora bien, el Derecho Pblico se divide en Interno y Externo. El Derecho Interno es el Nacional de cada pas. El Derecho externo, es en relacin a una nacin determinada el derecho de las dems naciones. En el Derecho Pblico Interno ya sealamos de qu se ocupan las ramas del Derecho Constitucional, Administrativo, Procesal, Penal, del Trabajo y Agrario y Fiscal. En el Derecho Privado Interno hablamos de sus ramas: El Derecho Civil y el Derecho Mercantil. Ahora bien, el Derecho Externo llamado tambin Internacional o Interestatal se divide en Internacional Pblico y en Internacional Privado. Derecho Internacional Pblico.- Regula las relaciones jurdicas, pacficas o belicosas que surjan entre los distintos Estados de la Comunidad Internacional. Rige las relaciones de los Estados entre si. Derecho Internacional Privado.- tiene como finalidad dirimir conflictos de jurisdiccin internacionales; conflictos ley aplicable y los conflictos de ejecucin y determinar la condicin jurdica de los extranjeros. Esta rama del Derecho analiza las relaciones jurdicas internacionales ya sea entre privados, o donde existe un inters privado. Esta relacin jurdica tiene la particularidad de tener un elemento extrao al derecho local, que suscita ya sea conflictos de jurisdiccin o de ley aplicable, y su fin es determinar quien puede conocer sobre el tema y que derecho debe ser aplicado

  • OTRAS DIVISIONES SON: Derecho objetivo: son las leyes, normas jurdicas, tal cual son.

    Derecho subjetivo: la atribucin de una persona para exigir cierta conducta positiva u omisiva de los otros. La posibilidad de reclamar derechos propios.

    ADEMS, EXISTE OTRO TIPO DE DIVISIN: Derecho positivo: es el derecho vigente en un lugar y tiempo determinado. Son todas las

    leyes que estn en vigencia.

    Derecho Natural: es el derecho que tiende a identificar el derecho como lo que consideramos justicia. Puede ser de base nacional, religiosa, etc.