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La Seguridad Publica Como Un Derecho Humano

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  • 2Quinto certamen de ensayo sobre derechos humanosLa seguridad pblica como un derecho humano

    ISBN:968-5278-10-5Primera edicin, julio de 2002 Comisin de Derechos Humanos del Estado de MxicoInstituto Literario No. 510, colonia CentroC.P. 50000, Toluca, MxicoTels: (01722) 214 08 70, 213 08 83 y 213 08 28Fax (01722) 214 08 80Pgina de internet: http://www.codhem.org.mxCorreo electrnico: [email protected]

    Tiraje: 1,000 ejemplares

    Edicin:Departamento de Estudios y Publicacionescon la colaboracin de Secretara

    Formadores:Deyanira Rodrguez SnchezJess Alberto Santovea Garca

    Portada:Deyanira Rodrguez Snchez

    Los trabajos publicados en esta edicin, no expresan necesariamente el punto devista de la Comisin de Derechos Humanos del Estado de Mxico. El contenido esresponsabilidad de los autores.

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    CONTENIDO

    PRLOGO............................................................................................

    LA SEGURIDAD PBLICA COMO UN DERECHO HUMANOVERNICA GUADALUPE VALENCIA RAMREZ.

    El concepto de seguridad........................................................................

    Restricciones para el ejercicio del derecho a la seguridad pblica...............

    Ineficacia del sistema de justicia penal.....................................................

    La seguridad pblica como un derecho humano.........................................

    El derecho a la verdad y a la seguridad.....................................................

    El derecho a un juicio justo......................................................................

    El derecho a la reparacin del dao y a la readaptacin social....................

    El derecho a la equidad social.................................................................

    El derecho a defender los derechos humanos............................................

    De manera particular se debe respetar el derecho a

    defender los derechos humanos?.............................................................

    Propuestas............................................................................................

    Conclusiones.........................................................................................

    Fuentes de informacin.............................................................................

    TRASCENDENCIA DE LA SEGURIDAD PBLICA COMODERECHO HUMANO EN EL ESTADO DE MXICOANA PAOLA CARMONA TENORIO

    Introduccin............................................................................................

    Los derechos humanos

    Concepto...............................................................................................

    Naturaleza ............................................................................................

    Caractersticas especiales de los derechos humanos................................

    Fuente de los derechos humanos.............................................................

    Los sujetos de los derechos humanos......................................................

    La seguridad pblica

    Concepto...............................................................................................

    Naturaleza.............................................................................................

    Fuente y fines........................................................................................

  • 4Marco terico de la seguridad pblica

    como derecho humano...........................................................................

    Conclusiones.........................................................................................

    Bibliografa.............................................................................................

    CMO SE GEST EL DERECHO A LA SEGURIDAD PBLICAJOS LUIS ARRIAGA ORNELAS

    I. Palabras y usos.........................................................................

    II. El primer paso: Seguridad para quin?.......................................

    III. Segundo paso: se desvanece el deber..........................................

    IV. La era del bienestar: nace la demanda

    de seguridad pblica...................................................................

    V. La seguridad pblica, Un derecho humano?................................

    Fuentes de informacin...........................................................................

    LOS DERECHOS HUMANOS EN LAS DEMOCRACIAS MODERNASFAUSTO ENRIQUE TAPIA FLORES

    a) Un acercamiento a la democracia........................................................

    b) Los ciudadanos en la democracia........................................................

    c) Los derechos humanos en la democracia.............................................

    d) La seguridad pblica en las democracias modernas..............................

    e) Propuestas de solucin......................................................................

    Conclusiones.........................................................................................

    Notas....................................................................................................

    Fuentes de informacin...........................................................................

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    P R L O G O

    Resulta innegable que en muchas partes de la Repblica Mexicana, la situacin deinseguridad pblica que aqueja la vida de las personas se debe primordialmente a laexpansin de la delincuencia y a los elevados ndices de impunidad que anprevalecen.

    La criminalidad es un fenmeno que acompaa a la sociedad humana, en todotiempo han existido y habr individuos que por cuestiones intelectuales odesequilibrios neurticos cometern delitos y cuya integracin a la colectividadresultar difcil; lo cual es sencillo de corroborar a lo largo de la historia.

    En nuestro medio, un porcentaje considerable de la poblacin considera que lacriminalidad ha desbordado a las autoridades y que el fenmeno delictivo est fuerade control. A ello debe sumarse la poca confianza que la ciudadana tiene en eltrabajo de los rganos encargados de procurar justicia: un elevado nmero de delitosno son denunciados y cuando se denuncian, con suma frecuencia los afectadosresultan doblemente victimizados por los propios servidores pblicos.

    Por otra parte, los delincuentes saben que es poco probable que los delitos seandenunciados, y en caso de que as suceda, es remota la posibilidad de que losilcitos resulten adecuadamente investigados y castigados.

    En este plano, es indispensable desterrar la impunidad ms que acrecentar laseveridad de las penas; de poco sirve la supuesta ejemplaridad de la pena capital,por ejemplo, si en este como en otros casos, hay espacio para evadir el castigo,pues se corre el riesgo, adems, en un marco inacabado de procuracin e imparticinde justicia, de castigar a inocentes.

    Es importante consignar tambin, que hemos logrado recientemente algunos avancesen materia de seguridad pblica en nuestro pas. De conformidad con lo establecidopor la Ley General que Establece las Bases de Coordinacin del Sistema Nacionalde Seguridad Pblica, la seguridad pblica es una funcin a cargo del Estado cuyafinalidad es salvaguardar la integridad y los derechos de las personas, as comopreservar las libertades, el orden y la paz pblicos.

    Pero esto no queda all, el ordenamiento en mencin seala que las autoridadescompetentes alcanzarn los fines de la seguridad pblica mediante la prevencin,persecucin y sancin de las infracciones y delitos, as como con la reinsercinsocial del delincuente y del menor infractor. De igual forma, establece las bases dela poltica nacional en cuanto a prevencin, al expresar que el Estado se encargarde combatir las causas que dan origen a la comisin de los delitos y conductasantisociales, desarrollando programas y acciones que fomenten en la colectividadvalores culturales y cvicos que induzcan el respeto a la legalidad.

  • 6Como puede verse, sta es una concepcin nueva de la seguridad pblica quesupera el concepto anterior de seguridad preventiva, contemplada en el numeral 115de la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos y circunscrita al mbitomunicipal, para ampliarla a la prevencin misma, la persecucin, la imparticin dejusticia, adems de la reinsercin social. Esto involucra a los tres niveles de gobiernocon el propsito de alcanzar los fines previstos por el sistema nacional, con laparticipacin de la comunidad.

    Este ltimo aspecto es imprescindible para lograr un avance palmario en materia deseguridad pblica, por tal motivo, mediante la puesta en marcha de programasespecficos, en los que participen autoridades federales, estatales y municipales,ms los diferentes grupos sociales, ser posible incidir en las zonas ms afectadaspor riesgos delictivos e infracciones. Vale hacer hincapi en que la poltica deprevencin, dada la complejidad del fenmeno, requiere del enlace de los esfuerzosde todos los mbitos de gobierno a efecto de asegurar su eficacia.

    De tal suerte que los programas deben contemplar estrategias que involucren a lasociedad por completo y no solamente al sector pblico, para que con una accinconcertada, desde diversos frentes puedan disminuirse las causas de infraccionesy delitos que se originan en el seno de la misma sociedad; estas acciones debendirigirse a la persona humana tanto en lo individual como colectivo, en el planolaboral, educativo y cultural.

    Pero para los propsitos antes enunciados se requiere como sustento de cualquierestrategia, una estadstica que arroje luz sobre las condiciones y el comportamientode la criminalidad en cada espacio geogrfico, datos que permitan aplicar racionaly eficazmente los recursos con los que se pueda contar.

    Como puede verse, el asunto de la seguridad pblica es complejo y amerita delconcurso de la colectividad completa para su atencin, por tal motivo y en razn desu trascendencia para la vida de nuestra entidad federativa, la H. LIV LegislaturaLocal y la Comisin de Derechos Humanos del Estado de Mxico, convocaron alQuinto certamen de ensayo sobre derechos humanos, teniendo como tema laseguridad pblica.

    En esta ocasin, los ganadores del concurso fueron: Vernica Guadalupe ValenciaRamrez, Ana Paola Carmona Tenorio y Jos Luis Arriaga Ornelas, primero, segundoy tercer lugares, respectivamente, as como Fausto Enrique Tapia Gmez con unamencin honorfica.

    Mencin especial merecen los integrantes del jurado, a quienes agradecemoscumplidamente su participacin: Dra. Mireille Roccatti Velazquez; Dr. Miguel ngelContreras Nieto, Delegado Regional en Ecatepec de Morelos de la ProcuraduraGeneral de Justicia del Estado de Mxico; Dr. Jos Arturo Yez Romero, profesorinvestigador del Colegio Mexiquense; Mtro. Emilio lvarez Icaza, Presidente de laComisin de Derechos Humanos del Distrito Federal y Dr. ngel Escudero de Paz,

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    Director del Centro de Informacin de las Naciones Unidas para Mxico, Cuba yRepblica Dominicana.

    Sin duda, el aspecto ms importante de toda poltica criminal es la prevencin deldelito, esta accin debe materializarse mediante la instrumentacin de polticas enel mbito social, de esfuerzos legislativos y del trabajo policaco. El gobierno tieneun papel directivo en el fomento de comunidades ms seguras por medio de unaestrategia nacional que reconozca la prevencin del delito como componentesustancial del desarrollo.

    Asimismo, destinar mayores recursos para combatir la marginacin social y lapobreza, la construccin de un amplio e incluyente sistema de seguridad social,ampliar y fortalecer los mecanismos de compensacin social, involucrar a los grupossociales con poder econmico en redes de apoyo para los sectores desposedos,adems de crear instrumentos que hagan posible evaluar los resultados de losprogramas de prevencin, son slo algunas de las medidas que deben implementarsepara prevenir la comisin de ilcitos y mejorar los niveles de seguridad pblica.Lograr mediante acciones efectivas el cambio social en materia de seguridad pblica,es uno de los mayores retos que tenemos como colectividad.

    Miguel ngel Osorno ZarcoComisionado

  • 8LA SEGURIDAD PBLICA COMOUN DERECHO HUMANO

    Vernica Guadalupe Valencia Ramrez

    El concepto de seguridad

    El concepto seguridad proviene del latn securitas, que a su vez se deriva del adjetivosecurus, el cual est compuesto por se que quiere decir sin y cura, que serefiere a cuidado o procuracin, lo anterior significa entonces sin temor,despreocupado o sin temor a preocuparse.

    Si bien la seguridad es una construccin permanente de la vida cotidiana, su trminoha generado algunas polmicas debido a los mltiples conceptos prevalecientes einterrelacionados (seguridad nacional, pblica, integral, humana, ciudadana, jurdica).Actualmente se discuten no slo los bienes jurdicos que se deben proteger mediantelas polticas de seguridad pblica, sino tambin la relacin existente entre la nocinde seguridad con las de derechos humanos, libertad, democracia, criminalidad,orden pblico, etc., ya que aunque una de las amenazas ms visibles a la seguridadpblica es la delincuencia.

    El concepto de seguridad humana aparece en 1993, propuesto por el Programa deNaciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y aunque no cuenta con una definicinprecisa y concluyente, se plantea que es de orden polivalente, de contenidoantropocntrico, universal, interdependiente, preventivo, democrtico, indivisible,global, local, integrativo y de connotaciones cualitativas y cuantitativas y que respondea dos factores: percepcin de inseguridad y un estado de satisfaccin denecesidades.

    La seguridad humana se concibe como un concepto amplio y significa mucho msque la ausencia de la amenaza delictiva. Incluye la seguridad en contra de la privacinhumana, una calidad de vida aceptable, as como garantas a todos los derechoshumanos; significa seguridad para la gente de amenazas tanto violentas como noviolentas, ya que es una condicin o estado caracterizado por la libertad de amenazasa los derechos que tienen las personas.

    Previo al uso del concepto de seguridad pblica, se utilizaba el de orden pblico,cuyas tcnicas de intervencin en la esfera de la libertad de los particulares seefectuaban para tutelar una seguridad concebida en un sentido muy amplio yvinculada a la seguridad del Estado. Este concepto de orden pblico se ha idodesechando por su connotacin policial, debido a que las tareas de mantenimientodel orden quedan siempre a cargo de los cuerpos policiales, cuya actuacin respondetradicionalmente a la mera constatacin de la adecuacin de conductas a normas.Dicho concepto est ya superado por el de seguridad pblica.

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    En un Estado democrtico y progresista, la seguridad es un factor coadyuvante delbienestar social y de la calidad de vida. El desenvolvimiento de una nueva cultura yconcepcin de la seguridad no debe estar circunscrita nicamente a la prevencino persecucin del delito, sino orientada a promover la salvaguarda y garanta detodos los derechos humanos.

    La seguridad actualmente experimenta un nuevo desarrollo. Es un estado social,un sentimiento colectivo, frgil y difuso, pero con fuertes y profundas races en elquehacer diario, en la forma en la que se desarrolla la convivencia humana en undeterminado hbitat social. Tiene todas las caractersticas de un derecho humano:es universal, posee un contenido y es exigible frente al Estado, responsable de lasmedidas de proteccin en este mbito.

    Para hacerlo efectivo se divide en seguridad pblica, exterior, jurdica y material. Lapblica engloba la defensa de las instituciones y el mantenimiento de la tranquilidadciudadana. El derecho a la seguridad pblica, en oposicin al Estado, implica elderecho individual a la proteccin de la persona y de sus bienes, el deber de perseguiry detener a los responsables de delitos as como el derecho a no padecer trastornosque van ms all de los inconvenientes normales de la vida en sociedad.

    La seguridad pblica se entiende entonces, como la garanta que debe brindar elEstado para el libre ejercicio de los derechos de todos los ciudadanos. Para darlesu efectividad real y garantizarla, el Estado tiene el deber de aplicar determinadosinstrumentos.

    As pues, con la consolidacin del Estado democrtico, la seguridad y el ordenpblicos se complementan con la salvaguarda de los derechos humanos, comoprincipal funcin y razn de ser de la actividad policial, de tal manera que la tuteladel orden pblico no quiebre nunca el necesario respeto a los derechos proclamadospor la Constitucin. La nocin de seguridad pblica juega en este aspecto un papelimportante, en tanto que los componentes de la misma brindan resguardo jurdico ala tranquilidad ciudadana y al pacfico disfrute de los derechos. An ms amplia esla nocin de seguridad pblica que en un Estado social y democrtico de derechono puede circunscribirse al solo y puro orden o tranquilidad de la calle, sino quedebe abarcar todas aquellas medidas que tienden a asegurar el normal funcionamientode las instituciones.

    La nocin de seguridad pblica refleja aquella parte de la actuacin administrativaque consiste en un aseguramiento preventivo o en una realizacin urgente y sindemora del ejercicio del derecho; y esta funcin le corresponde al Estado de modoexclusivo e irrenunciable.

    La funcin de la seguridad pblica supone un verdadero resguardo de los derechoscomo premisa indispensable de su pleno ejercicio y no se predica como el resultadode acciones especficas, sino como componente final de un proceso colectivo quese conforma con una multiplicidad de acciones. Es el sentimiento de proteccinjurisdiccional, de garanta jurdica, de proximidad policial, de confiabilidad en las

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    instituciones y en sus responsables, entre otros aspectos, lo que da lugar a laseguridad pblica. Por ello, no es posible una aproximacin a una idea de seguridadpblica sin hacer referencia a la tipologa de seguridad objetiva y subjetiva.

    En este sentido, la seguridad subjetiva podra decirse que afecta a todos losciudadanos por igual, ya que la sensacin que se pueda tener de la misma esindiferente a la suposicin de convertirse en vctima o no. As, los ciudadanos podrnejercer sus derechos y libertades en la medida en que se sientan seguros de suejercicio. No cabe duda que en cuanto a la seguridad objetiva, se trata del grado deseguridad real de una sociedad. Es cierto que existen elementos que permiten lacontabilidad del fenmeno, como los ndices y las estadsticas, pero tambin sedeben tener en cuenta los lmites existentes al tratar de abordar el problema. Unode ellos supone que tales elementos slo pueden reflejar aquello que es conocidopor las instituciones previstas para tal fin, por lo que se habla en la mayora de loscasos de aproximacin a la realidad, en lugar de expresin exacta del nivel deseguridad objetiva.

    As pues, la bsqueda de un concepto cuyos componentes resguarden, garanticeny promuevan los derechos y libertades supone la adopcin del trmino propuestode seguridad pblica, amplio en su esencia y filosfico en su eficacia.

    En un Estado democrtico y social de Derecho, no basta que el ordenamientopenal someta la prevencin punitiva a los lmites impuestos al ejercicio del poder.Las exigencias derivadas de la obligacin estatal de garantizar el respeto a losderechos humanos, demandan un proceso penal que en verdad los garantice.

    El derecho a la seguridad pblica es fundamental dentro de la estructura de unEstado social y democrtico de Derecho, como el consagrado en la Constitucinde la Repblica, por lo que la efectiva garanta de su cumplimiento es unaresponsabilidad indelegable del Estado.

    Restricciones para el ejercicio delderecho a la seguridad pblica

    El disfrute de los derechos humanos est indisolublemente relacionado con la formamediante la cual las sociedades democrticas son capaces de enfrentar el problemade la violencia o de las violencias que puedan manifestarse en su seno. La violenciaafecta profundamente el disfrute de los derechos humanos de varias maneras. Laejercida por particulares, bajo formas de violencias privadas o actividades delictivas,obstaculiza tambin el disfrute de los derechos humanos. Los altos niveles decriminalidad y de violencia afectan los derechos y la dignidad de las personas, lavida en comunidad, el desarrollo econmico y las posibilidades de profundizacinde la democracia. Para controlarlos y reducirlos, es necesario proyectar estrategiasque tomen en cuenta todos los factores que inciden en ellos. Es esta unaresponsabilidad indelegable e intransferible del Estado. Para el logro de mejoras enmateria de seguridad pblica, hay que tener en cuenta una serie de dficits ylimitaciones cuya responsabilidad compete al Estado.

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    Quiz uno de los problems ms graves asociados a los altos ndices de criminalidadviolenta presentes en el pas, es el de la inexistencia de una poltica integral deseguridad pblica. La criminalidad y la violencia son fenmenos socialesmulticausales. La bsqueda de una sola causa conduce a la formulacin desoluciones simplistas y, por lo tanto, inefectivas. Por ello, se requieren diferentesmecanismos de control y de prevencin.

    Se considera que en nuestro pas los procesos de toma de decisiones en el reade seguridad pblica, se han caracterizado por ser improvisados, reactivos,atomizados, restrictivos de la participacin ciudadana y escasamente evaluados.

    Existen algunas limitaciones para el diseo, formulacin y evaluacin de una polticade seguridad pblica en el pas, por ejemplo:

    La primera limitacin se relaciona al hecho de que prosperan dos visiones sobre eltema, en el pas y entre las autoridades; ya que en el anlisis de la criminalidadexisten dos teoras que contrastan en la identificacin de sus causas: a) los factoresde naturaleza econmica, pobreza, desigualdad social, falta de perspectiva y deinsercin de los jvenes y marginacin social; y b) las que apuntan al delincuente ya los actos delictivos como violadores del consenso moral y normativo de la sociedady muestran un bajo grado de integracin moral que torna imperioso el control y elcastigo para combatir las anomias.

    Existe adems la necesidad de reformas sociales que generen empleo, combatanel hambre, y garanticen el acceso a la educacin bsica y media de calidad, seexige mayor actuacin policial y de las instancias de control social, as comolegislaciones y normas ms duras. La teora criminolgica moderna ha venidodemostrando que la mayor efectividad en el control del delito se alcanza cuando seguarda una relacin estricta entre las acciones destinadas a mejorar la calidad devida de la poblacin ms vulnerable, con aquellas de reduccin de la criminalidadms grave.

    La segunda limitacin se relaciona tambin con los discursos encontrados de lasautoridades y grupos de opinin, en las que existe una gran polarizacin acerca delrespeto a los derechos humanos y las formas de control de la criminalidad y laviolencia. Para los activistas y defensores de una seguridad pblica democrtica ybasada en los principios Constitucionales, es claro que ninguna poltica efectiva decontrol de la criminalidad puede desarrollarse sin el total respeto a los derechoshumanos. Para otros sectores, estas polticas han propiciado el incremento de losdelitos y la proteccin de delincuentes.

    La ruptura del consenso social acerca de cules deben ser las prioridades de unapoltica de seguridad pblica, es uno de los mayores inconvenientes para suimplementacin en forma exitosa. El problema de la seguridad pblica se haabordado, principalmente, desde una perspectiva en la que se concibe a la policacomo la nica protagonista de las polticas, sin mirar el problema desde una formapreventiva.

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    La tercera limitacin se relaciona estrechamente con la anterior, en la medida enque no se estn desarrollando ninguna de las estrategias novedosas de controldemocrtico de la criminalidad violenta, como lo son la implementacin combinadade polticas de prevencin social con las de prevencin situacional, ni se desarrollanintervenciones contundentes para el control y minimizacin de los factorescrimingenos o de riesgo, como las armas, el abuso de sustancias psicotrpicas ylos problemas asociados a la exclusin y marginacin. En el caso de la prevencin,la garanta de que sea sustentable deriva de un acercamiento multisectorial alproblema.

    Existen diferentes estrategias de prevencin, segn se conciban desde un enfoquejudicial policial o desde un enfoque social comunitario. En el caso del primero seencuentra, entre otros, el llamado diseo ambiental, que consiste en limitar al mximolas oportunidades y maximizar las restricciones para la comisin de delitos ydesarrollo de conductas violentas, unido al incremento de facilidades de deteccine identificacin de los transgresores. En el caso del segundo, se trata del desarrollode programas de inclusin social de los grupos sociales en mayor riesgo de violencia,mediante intervenciones educativas, sociales, econmicas y culturales en lascomunidades ms vulnerables.

    Ineficacia del sistema de justicia penal

    Tal como fue mencionado, otro de los factores asociados con los altos ndices decriminalidad violenta en el pas, se relaciona con la inoperancia del sistema dejusticia penal, conformado por los cuerpos policiales, la Procuradura General de laRepblica y los Juzgados de jurisdiccin penal. Este problema tiene dosdimensiones: la primera es la informacin inadecuada que manejan los organismosoficiales, debido a la falta de registros expeditos de los hechos delictivos en general,lo que redunda en una deficiente investigacin y posterior dbil instruccin de losexpedientes delictivos, dando lugar a una alta impunidad, tanto de los delitos queno ingresan al registro oficial, como de aqullos que s se registran, pero que no sonadecuadamente sancionados.

    Quiz, el mayor de los obstculos para alcanzar los niveles de seguridad pblicaque exige la poblacin, se encuentra, justamente, en el funcionamiento y actuacinde sus cuerpos policiales. Atendiendo al desarrollo de acciones de control de lacriminalidad, centradas casi exclusivamente en el incremento de la polica, lo queha traido numerosas consecuencias negativas en el manejo de las polticas deseguridad pblica, que se relacionan con el descontrol y descoordinacin de loscuerpos policiales en el manejo de la criminalidad. Mientras crece el clamorciudadano por una mayor efectividad de los cuerpos policiales, stos acusan unaprdida importante de legitimidad. Ello se evidencia an con ms fuerza en elimpresionante nmero de corporaciones de seguridad privada, con lo que la fuerzade seguridad privada en todo el pas casi triplica a la pblica.

    La polica de nuestro pas requiere de una profunda transformacin estructural ydejar de considerar al Estado de Derecho como un obstculo y no como una garanta

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    QUINTO CERTAMEN DE ENSAYO SOBRE DERECHOS HUMANOS

    efectiva de la seguridad pblica. Considero que se debera rescatar la credibilidadde la polica con medidas de capacitacino depuracin, y con verdaderos cambiosen sus estructuras, culturas y formas de operacin institucional. No hay un claroreconocimiento de la grave situacin en la que se encuentra dicha institucin en elpas, ni de que la violencia y la corrupcin de la polica constituyen hoy problemascentrales de seguridad pblica.

    En ocasiones las declaraciones de funcionarios pblicos que ejercen cargosrelevantes y con poder de decisin dentro de instituciones vinculadas directamentecon el rea de seguridad pblica, justifican la violacin de otros derechos humanosa cambio de mayor seguridad en el pas, dando lugar a la ilusin de la necesidadde violar la ley para hacer efectivo su cumplimiento.

    Es de observarse que prcticamente se pone a la ciudadana frente al dilema desacrificar un bien jurdico por otro, es decir, sacrificar su derecho a la libertad porel derecho a la seguridad. Para reducir los delitos violentos, se emplean formasviolentas de control, con desastrosos resultados. La polica acta bajo la presin dela opinin pblica, suscribiendo la filosofa de que el fin justifica los medios, por loque reprimen el delito a cualquier precio.

    La violencia no es sinnimo de eficiencia en el combate al delito. Las reiteradaspropuestas de guerra al hampa, y su manejo como tal por parte de todas lasinstituciones estatales responsables de la pacificacin de la sociedad, han contribuidoal incremento incontrolado de la violencia policial, sin que ello haya significado lamejora de la situacin de inseguridad o un descenso de las cifras delictivas. Por elcontrario, a mayor violencia policial, mayor violencia por parte de los delincuentes,lo que genera una espiral de violencia incontrolable en la que las principales vctimassomos nosotros los ciudadanos. Una polica ms violenta es tambin una policams corrupta, por lo que su deslegitimacin frente a la ciudadana crece an ms,colapsando su funcin social. Al crecer el abuso policial de la fuerza, crecen tambinlas denuncias de su intervencin en otros delitos.

    Es evidente que uno de los principales desafos que tiene por delante la sociedades la construccin social de nuevas prcticas de seguridad pblica, a travs de laexpansin de la ciudadana, garantizando un funcionamiento de las agencias decontrol bajo criterios homogneos y universalistas, para as ir eliminando el patrnantidemocrtico de interrelacin Estado sociedad. La mejor prevencin de lasviolaciones a los derechos humanos en una sociedad democrtica se sustenta,entre otras, en un adecuado diseo de una poltica de seguridad pblica, formuladadesde la perspectiva del derecho al desarrollo.

    En un Estado democrtico social de derecho, las polticas de seguridad pblicadeben ser un conjunto de medidas destinadas a proteger las relaciones socialesque hacen posible el ejercicio de los derechos fundamentales, estimulando lassensibilidades democrticas de la poblacin para que la sociedad prefiera la justiciaa la ley de los exterminadores. La construccin de consensos sobre los factoresvinculados a la seguridad y el despliegue de mecanismos democrticos de control,son puntos clave para pasar de la razn de Estado a la razn de la persona.

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    El Estado debe reformular su poltica pblica de seguridad mediante la inclusin dela ciudadana, no slo por la magnitud que el fenmeno ha alcanzado en el pas,sino porque la complejidad y agudizacin del problema exigen que la comunidad seinvolucre en su resolucin. Est claro que las respuestas represivas son slo dbilesintervenciones frente a la dimensin del fenmeno. Es imprescindible desplegarpolticas preventivas desde las cuales se generen nuevos mbitos de vinculacinentre la sociedad civil y el Estado. Es obligacin indelegable del Estado procurar laseguridad de todos sus habitantes y para lograrla debe estar en condicin de efectuarprecisos diagnsticos, as como tambin planes y programas ajustados a las nuevasrealidades, factibles de ser evaluados externamente de modo sistemtico y queadmitan un fuerte componente en la prevencin del delito y la violencia.

    La problemtica de la inseguridad y la violencia social requieren de una fuerteparticipacin comunitaria para un abordaje positivo. Por otro lado, la sociedad civildebe encontrar un espacio de protagonismo que le garantice una efectiva participacinen la distribucin de poder. El Estado, para garantizar en un sistema democrtico elderecho bsico de la seguridad pblica, debe implementar polticas pblicas queintegren en la formulacin, ejecucin y control de las mismas a la participacincomunitaria.

    La seguridad pblica como un derecho humano

    La seguridad pblica es uno de los reclamos sociales persistentes en los ltimosaos.En nombre de esta seguridad, los derechos humanos en Mxico se handeteriorado de manera alarmante, paradjicamente vulnerando cada vez ms esaseguridad pblica.

    Con preocupacin observamos la falta de propuestas por parte de nuestrasautoridades, y an ms, el ataque pblico del que ha sido objeto el respeto a losderechos humanos de la ciudadana.

    Tortura, ejecuciones, desapariciones, detenciones arbitrarias, amenazas,expulsiones, discriminacin, impunidad, son violaciones a los derechos humanospropios de un rgimen autoritario y militar; sin embargo, en Mxico, pas que sedice en transicin a la democracia, ocurren cotidianamente.

    Sin garantas individuales no hay seguridad, as como sin derechos humanos nohay democracia. Se considera que para otorgar esa seguridad pblica que todoslos mexicanos anhelamos, se deben garantizar a la sociedad, de manera mnima,los derechos de verdad, juicio justo, reparacin del dao, equidad social y defensa.

    El derecho a la verdad y a la seguridad

    La procuracin de justicia del Estado, parte de la prohibicin absoluta en Mxico atoda persona de hacerse justicia por s misma y de ejercer violencia para reclamarsu derecho. La funcin de procuracin de justicia consiste en la persecucin ante

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    QUINTO CERTAMEN DE ENSAYO SOBRE DERECHOS HUMANOS

    los tribunales de todos los delitos que se cometan en el pas. sta, recae sobre unainstitucin que se denomina Ministerio Pblico, dependiente del Poder EjecutivoFederal o Estatal, segn sea el caso, y que se encuentra encabezada por unProcurador General de Justicia que tiene la responsabilidad de solicitar, siempre ycuando rena los requisitos establecidos en la Constitucin y Cdigos Penales, lasrdenes de aprehensin ante el rgano jurisdiccional correspondiente de losinculpados por delitos.

    Le corresponde tambin al Ministerio Pblico sustentar su acusacin a travs de laaportacin de pruebas y otros elementos necesarios para comprobar laresponsabilidad del indiciado, as como hacer que los juicios se sigan con todaregularidad para que la administracin de justicia sea pronta y expedita, pedir laaplicacin de las penas e intervenir en todas las negociaciones que la ley determine.

    El respeto a la garanta de la libertad personal es una premisa y no un obstculopara preservar la seguridad pblica en Mxico. La militarizacin de los cuerpospolicacos y la politizacin de los cuerpos militares del pas no son remedio a lainseguridad pblica que se da en el pas. Por el contrario, la cultura de la impunidaden la sociedad es un factor que s incrementa los niveles de inseguridad pblica.

    Se parte del supuesto de que la procuracin y la administracin de justicia son doselementos fundamentales en la vida social del pas por dos razones. Primera: ambasson funciones exclusivas del Estado. Segunda: son instituciones que garantizanalgunos de los derechos fundamentales de las personas que viven en Mxico; sifallan ambas se arriesga la elemental convivencia social porque algunas personaspodran creer justificado el hacerse justicia por su propia mano.

    La inoperancia de la procuracin de justicia ha sido admitida por el propio ProcuradorGeneral de la Repblica, y ha llevado al Ejecutivo Federal a crear nuevascorporaciones policacas al margen de la ley. Tal es el caso de la Polica FederalPreventiva, corporacin dependiente de la Secretara de Gobernacin que entre susfacultades sobresale la de auxiliar al Ministerio Pblico en la persecucin de losdelitos, accin que, segn la Constitucin Mexicana, nicamente debera sercompetencia de la Polica Judicial. Sobresale la incapacidad de los rganosinvestigadores para resolver delitos del orden comn los cuales, en la mayora delos casos, quedan en la impunidad debido a la incapacidad y corrupcin que permeaal interior de los ministerios pblicos y policas judiciales, producto de inadecuadaspolticas de seleccin y capacitacin.

    El sistema de justicia penal en Mxico es de naturaleza inquisitiva. En este tipo desistema, se parte de la presuncin de que la persona indiciada es culpable de lacomisin de un delito en tanto no se pruebe lo contrario. En el sistema acusatorio,toda persona es inocente hasta que se demuestre que no lo es ante el juez queresuelve la causa. La naturaleza inquisitiva de nuestro sistema de justicia, tienetambin como consecuencia, un uso excesivo de la prisin preventiva que se traduceen sobrepoblacin penitenciaria. Esta sobrepoblacin consiste principalmente enindividuos que no cuentan con los recursos suficientes para salir bajo fianza.

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    Situacin que se ha agravado a raz de las reformas legales que aumentan el nmerode delitos graves por los que no puede aplicarse un sustitutivo de prisin.

    De acuerdo con las reformas aprobadas en 1993, el artculo 16 Constitucionalestablece que el Ministerio Pblico podr ordenar una aprehensin sin orden judicialen casos urgentes. La definicin de casos urgentes es sumamente amplia. Incluyecualquier situacin que involucre un delito definido como grave por la ley, en la queexista un riesgo fundado de que el indiciado pueda sustraerse a la accin de lajusticia, y cuando el Ministerio Pblico no pueda recurrir a la autoridad judicial porrazones de tiempo, lugar o circunstancia.

    El derecho a la verdad es uno de los requisitos para acabar con la impunidad. Tantolos responsables de delitos como de violaciones a derechos humanos, que no sonms que delitos con responsabilidad estatal, no deben escapar de la justicia; lasociedad tiene derecho a saber quines son y qu delitos cometieron. Por ello,debe existir transparencia y profesionalizacin en la investigacin y prevencin deldelito, y un marco legal amplio que d certeza a las vctimas en sus derechos. Paraello sera necesario:

    1. Ampliar la proteccin de toda persona privada de su libertad, diferenciandoformalmente a las autoridades que investigan los delitos de aqullasque custodian a los detenidos, eliminando los lugares de detencin oseparos policacos a cargo del Ministerio Pblico;

    2. Suprimir la facultad del Ministerio Pblico de dictar rdenes de detencin;

    3. Revisar la legislacin para que la prisin preventiva sea empleadaexcepcionalmente para casos graves, y en su lugar se establezcan sistemasmodernos de informtica, para que sin detrimento de los derechosfundamentales, se localice y aprehenda a quien evada la justicia;

    4. Investigar de manera imparcial los delitos y reestructurar al Ministerio Pblico;

    5. Establecer y hacer cumplir un sistema de rotacin entre los miembros de laPolica Judicial y el Ministerio Pblico, para disminuir el riesgo de generarvnculos que puedan conducir a prcticas corruptas;

    6. Combatir y prevenir las graves violaciones de los derechos humanos;

    7. Capacitar a los integrantes del Poder Judicial de la Federacin y los estadossobre los instrumentos internacionales de derechos humanos de losque Mxico es parte;

    8. Ampliar los controles ciudadanos en materia de seguridad pblica y vigilanciade los servidores pblicos;

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    QUINTO CERTAMEN DE ENSAYO SOBRE DERECHOS HUMANOS

    9. Replantear el concepto de seguridad pblica en trminos del cuidadoy el respeto a la sociedad;

    10. Disminuir el nmero de corporaciones policacas de seguridad preventivaprivada y pblica, para garantizar una mayor certeza y control de estosagentes y de sus armas;

    11. Garantizar que por ningn motivo la polica preventiva sea utilizada paraperseguir delitos;

    12. Depurar los cuerpos policacos asegurando que los servidores pblicosdestituidos por violaciones a derechos humanos sean realmente sancionadosy no sean transferidos a otras jurisdicciones;

    13. Prohibir que los militares ejerzan funciones policacas, en su calidad desoldados, as como tambin se prohba que se les prive de su calidad desoldados, mediante licencias u otras simulaciones, para ejercer funcionesde policas; y

    14. Prohibir que los policas reciban entrenamiento militar, en su lugar, se lesdebe capacitar para contener la violencia y no para provocarla, en su papelde protectores de la poblacin civil.

    El derecho a un juicio justo

    La administracin de justicia en Mxico es una funcin del Estado que se realiza atravs del Poder Judicial y cuya misin fundamental consiste en imponer la autoridaden la resolucin de los conflictos que puedan presentarse entre los ciudadanosmismos, entre stos y el Estado, o incluso entre dos instituciones gubernamentales.

    Esta funcin del Estado se realiza mediante la actuacin de los tribunales previamenteestablecidos, que siguen ciertos protocolos en el procedimiento, conforme a leyesexpedidas con anterioridad al hecho que resuelven, para dictar resoluciones queimpliquen el reconocimiento o la privacin de algn o algunos de los derechos,libertades, propiedades y posesiones de las personas (Artculo 14 Constitucional);la manera de emitir las resoluciones de los tribunales debe ser pronta, completa eimparcial. (Art. 17 Constitucional); al administrar justicia, se presta un servicio quedebe ser gratuito, ajustado a los plazos que fijan las leyes y realizado en completaindependencia, debiendo garantizarse la plena ejecucin de sus resoluciones (Art.17 Constitucional).

    Existen algunas acciones en contra de la administracin de justicia que constituyenuna serie de violaciones al Derecho, a la legalidad y la seguridad jurdica. En tornoa la administracin de justicia, los problemas ms comunes son: negligencia odilacin administrativa en el proceso jurisdiccional, por el que los plazos dentro delos procedimientos duran ms tiempo que el permitido por la ley, sin dictar resolucinque le ponga fin; la extorsin; la falsificacin de documentos; la negativa a la

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    reparacin del dao por parte del Estado; el omitir imponer sancin legal; el trficode influencias, y la negativa al derecho de peticin.

    Por otra parte, las decisiones del Poder Judicial Federal y Estatal no gozan deautonoma plena, principalmente, porque no se encuentra establecida la inamovilidadde los jueces del fuero comn. Es evidente que el Poder Judicial depende de lasdecisiones polticas que le son trazadas desde el Poder Ejecutivo. En muchoscasos, las sentencias emitidas por los juzgados han sido reiterativas en eximir deresponsabilidad a las autoridades sealadas claramente como responsables degraves violaciones a los derechos humanos, sin tomar en consideracinrecomendaciones de rganos nacionales e internacionales de derechos humanos,e inclusive de la Suprema Corte de Justicia de la Nacin.

    A pesar de que la Constitucin Mexicana establece en su artculo 133 que todoTratado o Convencin firmado y ratificado por el Estado Mexicano es Ley supremaen el pas, los jueces y magistrados del Poder Judicial, a niveles estatal y federal,desconocen la existencia y contenido de los instrumentos internacionales en materiade derechos humanos. Ejemplo de esto es que cuando se hace mencin de algnprecepto establecido en una ley internacional, el juzgador omite analizarlo. Es decir,no existe una capacitacin adecuada de los miembros del Poder Judicial sobre lalegislacin internacional de derechos humanos vigente en nuestro pas.

    El Consejo de la Judicatura tiene entre sus facultades la administracin, vigilanciay disciplina del Poder Judicial Federal. Sin embargo, sus funciones se han vistoseveramente limitadas por la misma conformacin del Consejo, dado que, de lossiete miembros que la integran, cuatro de ellos, incluyendo al Presidente que a suvez es Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nacin- provienen delmismo Poder Judicial Federal y son nombrados directamente por los Ministros dela Suprema Corte de Justicia de la Nacin. Por lo tanto, existe una tendencia aencubrir y justificar las faltas que cometen los magistrados y jueces federales en eldesarrollo de su trabajo. Por tal motivo, los juzgadores incompetentes o corruptosgozan de la impunidad que les facilita la ineficacia de este rgano de vigilancia.Otro de los requisitos para acabar con la impunidad y dar mejores garantas deseguridad jurdica, es contar con un Poder Judicial efectivamente independienteque defienda a las vctimas y que procese con justicia a los responsables, lo cualconstituye uno de los pilares de la democracia. Para garantizar el derecho a unjuicio justo se deben contemplar los siguientes elementos:

    * Establecer la inamovilidad de jueces y magistrados para dotar al Poder Judicialde mayor autonoma;

    * Invalidar el Amparo para efectos en los casos en que por su trascendenciapoltica los responsables de violaciones a derechos humanos nopuedan quedar impunes, otorgndoles una segunda oportunidad;

    * Reformar el Artculo 33 Constitucional para omitir la discrecionalidad delPresidente de la Repblica de expulsar a extranjeros porque atenta contrael derecho de audiencia;

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    QUINTO CERTAMEN DE ENSAYO SOBRE DERECHOS HUMANOS

    * Promover que las recomendaciones de las comisiones gubernamentales dederechos humanos sean aceptadas y adecuadamente cumplidas por lasautoridades a las que van dirigidas;

    * Dotar de mayores facultades a las comisiones gubernamentales de derechoshumanos, para que sean competentes en materia electoral, laboral y de locontencioso administrativo;

    * Homologar la legislacin federal y las estatales en materia de derechoshumanos a los estndares internacionales contemplados en convenios, pactosy tratados multilaterales, as como a la jurisprudencia internacional;

    * Adecuar el orden jurdico interno para dar cumplimiento a las resoluciones ysentencias de los tribunales internacionales;

    * Hacer la declaracin prevista en el artculo 22 de la Convencin Contra laTortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes; e

    * Incrementar la conciencia entre el personal de las procuraduras y de lajudicatura de no tolerar la tortura y de que los responsables de ese delitodeben ser sancionados penal y administrativamente.

    El derecho a la reparacin deldao y a la readaptacin social

    Es necesario que se reforme la ley del sistema penitenciario y que los centros dereclusin cumplan con la ley que establece las Normas Mnimas sobre ReadaptacinSocial de Sentenciados y con las Normas de Naciones Unidas en la materia.

    Los centros de reclusin deben estar sujetos al escrutinio de las organizacionesciviles, con el objetivo de impedir los abusos que sufren los reclusos por parte delas autoridades penitenciarias. Frente a los deficientes salarios, la escasa y pocaprofesional capacitacin que recibe el personal de los reclusorios observamos quese fomentan las prcticas corruptas.

    Los mdicos asignados a la proteccin, atencin y trato de personas privadas desu libertad, deben ser empleados con independencia de la institucin en que ejerzansu prctica; deben formarse con base en las normas internacionales pertinentes,incluidos los principios de tica mdica aplicable a la funcin del personal de salud,especialmente los mdicos, en la proteccin de las personas presas y detenidoscontra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. Debentener derecho a un nivel de remuneracin y condiciones de trabajo acordes con sufuncin de profesionales respetados.

    La justicia en Mxico debe responder a la necesidad de fortalecer la seguridadpblica, restituyndole a la vctima de la mejor manera posible sus derechos. En

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    este sentido se debe legislar el derecho de las vctims a la reparacin del dao ya la indemnizacin por daos materiales y morales, con base en el reconocimientoformal de la responsabilidad del Estado cuando alguno de sus agentes cometeviolaciones a derechos humanos.

    Por otro lado, la justicia entendida como restitucin y no como castigo, debeconsiderar que la prisin es el lugar donde al que delinque se le debe restituir sudignidad, para lo cual se les debe tratar con dignidad. Para ello, se deberncontemplar los siguientes elementos:

    * Restablecer la inmediatez de la garanta de libertad caucional, eliminandotodo criterio discrecional para su otorgamiento, de manera particular elconcepto de peligrosidad social;

    * Homologar la edad penal en todas las entidades federativas para fijarla en18 aos, de acuerdo a la Convencin sobre los Derechos del Nio;

    * Eliminar la clasificacin de peligrosidad en los penales porque prejuzga a lapersona y constituye un acto de discriminacin;

    * Promover la conmutacin de penas a partir de criterios claros que garanticenla igualdad de oportunidades a todos los presos;

    * Garantizar plenamente la separacin de procesados y sentenciados, dehombres y de mujeres;

    * Instrumentar penas alternativas para disminuir la sobrepoblacin en lascrceles; y

    * Garantizar a las personas privadas de su libertad, los derechos de: educacin,trabajo, salud, alimentacin, visita familiar, etc.

    El derecho a la equidad social

    Durante aos el gobierno ha aplicado una poltica integracionista y de noreconocimiento de los pueblos indgenas como sujetos de derecho, provocando suexclusin de las formas de ejercicio del poder poltico en la nacin, teniendo comoconsecuencia, por un lado, la casi nula representacin en los rganos de los trespoderes -Ejecutivo, Legislativo y Judicial- y en los tres niveles de gobierno quecomponen el Estado Mexicano: el municipio, el estado y la federacin; y por el otro,el no respeto a las autoridades tradicionales y a los sistemas normativos internoscomo forma de resolucin de los conflictos.

    En Mxico an vivimos una situacin de discriminacin estructural que ha mantenidode manera particular a los pueblos indgenas en la marginacin y la pobreza. Paragarantizar el derecho a la equidad debemos reconocernos como una nacinpluricultural y pluritnica, expresando ese reconocimiento en un marco legal que

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    QUINTO CERTAMEN DE ENSAYO SOBRE DERECHOS HUMANOS

    contemple nuestra diversidad, reconociendo la existencia de los pueblos indgenasy sus derechos colectivos.

    Debido a que las instituciones de administracin pblica, en su gran mayora, carecende espacios de interlocucin de los pueblos y sus autoridades, limitndose al InstitutoNacional Indigenista (INI), es necesario que el gobierno mexicano, en lugar deconcentrar en una sola institucin todo lo referente a los pueblos indgenas, desarrollemecanismos en los cuales todas las dependencias de gobierno tengan unaperspectiva de la diversidad cultural. Y en otra materia, se tipifiquen los delitosambientales para contemplar sanciones a las empresas que afecten derechoshumanos, recursos naturales y el medio ambiente de los pueblos indgenas.Asimismo, establecer procedimientos jurdicos de indemnizacin y reparacin dedaos a favor de dichos pueblos, as como crear leyes de proteccin de los pueblosindgenas que tomen en cuenta su condicin y su derecho a preservar su diferenciacultural, adems de las normas internacionales destinadas a protegerlos.

    El derecho a defender los derechos humanos

    En Mxico, las violaciones a los derechos humanos se han incrementado de maneradramtica y sistemtica. Las violaciones ms graves se han presentadoprincipalmente en los estados de Chiapas, Guerrero y Oaxaca. La crisis de losderechos humanos ha repercutido en contra de los defensores de los derechoshumanos de manera preocupante.

    La acumulacin de casos de persecucin a defensores sin esclarecer, pone enevidencia un patrn sistemtico que intenta frenar la labor de defensa y promocinde los derechos humanos en nuestro pas. Adems, no se reconoce su trabajo nisu personalidad como defensores de derechos humanos, obstaculizando el trabajode stos de diversas formas, entre las que sobresalen el impedimento al acceso alas crceles, a instituciones gubernamentales y militares; el entorpecimiento enprocesos penales ante el fuero civil y militar; el trato humillante y denigrante del queson objeto, as como su exposicin a difamaciones y calumnias por parte de gruposde poder que representan diversos intereses polticos y econmicos. Por otro lado,existe una campaa publicitaria, en diversos medios de comunicacin,desprestigiando y descalificando la labor de los organismos civiles de defensa delos derechos humanos, bajo el argumento de que defienden a delincuentes.

    Una democracia plena debe contemplar la participacin activa de la sociedad civilen los asuntos pblicos del pas. La expresin ms palpable de la participacin dela sociedad son las organizaciones civiles, en ese sentido, stas representan losintereses de la sociedad.

    De manera particular se debe respetar elderecho a defender los derechos humanos?

    Los defensores de derechos humanos son el termmetro ms sensible de lademocracia, su labor contribuye al fortalecimiento de la democracia y de la seguridad

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    pblica mediante sus actividades de promocin, denuncia y proteccin de losderechos humanos. Para garantizar ese derecho a participar, y de manera particularen la defensa y promocin de los derechos humanos se necesitan los siguienteselementos:

    * Garantizar el pleno apoyo a los mecanismos e iniciativas, incluidos los delos relatores especiales de los sistemas de derechos humanos de lasNaciones Unidas e Interamericano de Derechos Humanos que otorgan unreconocimiento universal generalizado a los defensores de los derechoshumanos y a su trabajo;

    * Establecer mecanismos de proteccin eficientes para los defensores en peligropor parte de las autoridades, reconociendo el inters pblico inherente aestas organizaciones y a los riesgos que tienen en el desempeo desu trabajo; y

    * Garantizar que se lleven a cabo investigaciones exhaustivas e imparcialessobre violaciones de derechos humanos contra defensores, que losresponsables sean llevados ante los tribunales y se proporcione reparacin alas vctimas y/o familiares.

    Propuestas

    - Una fuerte y conjunta participacin comunitaria de la sociedad civil,garantizar un efectivo compromiso por parte de las autoridades. Es tiempode dejarnos escuchar y exigir el respeto a nuestros derechos humanos ygarantas Constitucionales, la reestructura de nuestro sistema judicial, laadecuada distribucin del poder que nos dirige y el fomento de una nuevacultura y educacin para nuestros elementos policiales.

    - El Estado debe preocuparse, lejos de las relaciones internacionales;primeramente por implementar polticas pblicas para la proteccin de unpas libre de violaciones, peligros y corrupcin, para despus elevarse aldesarrollo de una sociedad segura y preparada para trabajar y enriquecer a lanacin; creando el Estado dichos instrumentos a travs de la formulacin,ejecucin y control de la participacin ciudadana.

    - Trabajar en la disminucin, y si fuera posible en la extincin de los factoresque han provocado esta inseguridad pblica que vivimos, como lo son lapobreza, desigualdad social, marginacin social, desempleo, entre otros.

    Conclusiones

    La seguridad pblica radica en el deber y cumplimiento de la funcin de la polica deotorgar seguridad a los particulares respecto de sus bienes y su persona. Lo quehace necesario que la sociedad deba contar con un aparato policial a su servicio,dispuesto a acudir al llamado de los particulares. El nico fin justificable de la

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    QUINTO CERTAMEN DE ENSAYO SOBRE DERECHOS HUMANOS

    polica en un Estado de Derecho debe ser la seguridad pblica y el respeto yproteccin a los derechos del hombre, estando siempre a disposicin de los interesesdel pueblo. Deberemos suprimir la razn del Estado, por las razones del gobernado,que entre otras cosas, implican tan slo el respeto a sus derechos como persona,y ese respeto reside en la permanente bsqueda de su bienestar. La sociedad noest exenta de sufrir violaciones en sus derechos, todos debemos participaractivamente, para ejercitarlos y hacerlos valer ante las autoridades competentes.

    Fuentes de informacin

    ACOSTA URQUIDI, Mariclaire, Seguridad pblica, militarizacin y derechos humanos,Coleccin Anlisis y Propuesta, Mxico, 1997, pp. 103-120.

    AGUAYO QUEZADA, Sergio et. al. En busca de la seguridad perdida.Aproximaciones a la seguridad nacional mexicana, Siglo XXI, Mxico, 1990, pp.107-145.

    BENTEZ MANAUT, Ral, El uso civil de las fuerzas armadas, Anlisis XXI, ao 2,mayo, 1991, pp. 6-7.

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    TRASCENDENCIA DE LA SEGURIDAD PBLICACOMO DERECHO HUMANO EN EL

    ESTADO DE MXICOANA PAOLA CARMONA TENORIO

    Introduccin

    Al devenir de los aos, los derechos humanos proclamados en la DeclaracinUniversal de 1879 en Francia, han tomado gran auge como principio regulador delas actuaciones de toda autoridad dentro de un marco de Derecho y de acuerdo alas necesidades que cada sociedad establece conforme a sus costumbres, para locual se han creado organismos descentralizados del Poder Ejecutivo que a pesarde carecer de fuerza coercitiva, crean en el mbito social una esfera de alivio,esperanza y confianza de que, para el caso de que algn gobernado vea transgredidossus derechos Constitucionales, esta institucin a travs de recomendacionesescritas, pugnar por la preservacin ante todo de las garantas del individuo, vigilandola correcta aplicacin de la ley a travs de la supervisin de los procedimientos enlos cuales es requerida su intervencin hasta su total resolucin.

    Ahora bien, con el presente trabajo se pretende conceptuar y definir lo que significanlas instituciones jurdicas denominadas derechos humanos y seguridad pblica,delimitando sus fines y funciones, conociendo sus fuentes.

    Por otra parte, se pretende explicar y analizar la situacin y preparacin que tienenuestro pas en relacin a esta interaccin, ya que no se le ha dado la suficienteimportancia para que se haga cumplir este derecho humano del que toda sociedaddebe gozar.

    Es importante destacar que los derechos dicen en efecto: trata a una personacomo a un ser humano y obtendrs un ser humano, as como tambin he aqucomo has de tratar a un ser humano, y por tal motivo se procede a enumerar unalista de derechos humanos, que establece el marco dentro del cual debe de actuarun gobierno legtimo, y dentro de esa gran lista de derechos uno de los msimportantes es precisamente la seguridad pblica; al poner en ejercicio efectivoestos derechos se proveer la base para los cambios sociales, haciendo que lasdemandas de estos derechos resulten innecesarias.

    Finalmente, debo sealar que la principal causa que me llev a realizar el presenteensayo, fue precisamente percatarme dentro de mi funcin como servidor pblicode las deficiencias y escasa correlacin que existe entre los derechos de la sociedady la seguridad pblica como una de las principales prerrogativas de los mismos.

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    QUINTO CERTAMEN DE ENSAYO SOBRE DERECHOS HUMANOS

    Los derechos humanos

    Concepto

    Los derechos humanos son literalmente los derechos que una persona posee por elsimple hecho de que es un ser humano: droits de lhomme, Menschenrechte, losderechos del hombre. Esta definicin plantea dos cruciales interrogantes tericas:Qu significa tener un derecho y por qu ser un ser humano da origen a derechos?

    Naturaleza

    Los derechos son prerrogativas que fundamentan demandas de cierta fuerza especial.Tener derecho a x es detentar especialmente la prerrogativa de poseer y disfrutarx. El Derecho rige as la relacin entre quien los detenta y quien tiene el deber,siempre que tal relacin descanse en el Derecho. Adems, y no menos importante,detentar un derecho es estar en potestad de instar a demandas por los derechos,las cuales sobre pujan al provecho, la poltica social y a otras bases morales opolticas de accin (Dworkin 1977:XI,90). Esta ascendencia brinda a quien detentael derecho el control directo de la relacin; los deberes correlativos a los derechospertenecen al detentador del derecho, quien en lo fundamental est en libertad dedisponer de esos deberes como le parezca mejor.

    El detentador de un derecho ejerce su derecho; lo demanda y le pone as en juego.Esto activa, en el responsable del deber, la obligacin de respetar ese derecho. Sise lo respeta, el detentador del derecho lo disfrutar. El resultado de este proceso,as como su objetivo ltimo, consiste en garantizarle al detentador del derecho eldisfrute del objeto del disfrute del derecho.

    Pero en realidad slo hablamos de derecho cuando estn en discusin. Por ejemplo,si voy al supermercado y compro una hogaza de pan, sera absurdo explicar quetena derecho a mi dinero, el cual intercambi por el derecho al pan, o que la cajeradel comercio y las personas que no me robaron el dinero ni el pan respetaron misderechos. Aunque no sera del todo incorrecto expresarlo as, estara tan fuera delugar que podramos cuestionar al hablante si comprende el funcionamiento de losderechos, o si entendimos bien lo que dijo. Los derechos de una persona sloadquieren suficiente importancia para ser tema de conversacin, y poseen entoncessu sitio y su valor autnticos, cuando su disfrute resulta inseguro por algn motivo.Los derechos se utilizan, demandan, ejercen slo cuando se ven amenazados onegados.

    Debemos distinguir tres formas diferentes de interaccin que implican los derechos:

    1. Ejercicio asertivo de un derecho, por el cual ste se ejerce (demanda) y elresponsable del deber responde respetndolo (o violndolo). Como resultadodel derecho asertivo podemos decir que el derecho se disfruta o no en elsentido ms categrico de ese trmino.

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    2. Disfrute directo de un derecho, por el cual el responsable del deber toma enconsideracin activamente al derecho cuando determina cmo ha decomportarse, de suerte que podemos decir que el derecho se respeta (ose viola), o incluso que se disfruta. En el disfrute directo no se produce unejercicio (demanda) del derecho por parte de su detentador.

    3. El disfrute objetivo de un derecho, por el cual, como en el ejemplo anteriorsobre la compra de una hogaza de pan, podemos decir que el objeto delderecho se disfruta, pero que el derecho no se ejerce; sera forzar el trminodecir incluso que se respet.

    El disfrute objetivo de los derechos debe ser la norma. Si la armona social no estdemasiado deteriorada, los costos, las inconveniencias, el descontento o la tensinque se asocian con el disfrute directo constante de un derecho debe ser la excepcinms que la regla. Sin embargo, el ejercicio asertivo es simultneamente un rasgodefinitorio de los derechos. El verdadero valor de un derecho consiste en la prerrogativaespecial que confiere para demandarlo si el disfrute de su objeto se ve amenazadoo negado.

    En consecuencia, tener un derecho supone mayor valor precisamente cuando nose tiene el objeto del derecho, es decir, cuando se niega el disfrute directo u objetivodel derecho.

    En un mundo de santos, los derechos se respetaran ampliamente y rara vez habraque obligar a su cumplimiento (salvo por medio de la auto obligacin de los santosresponsables de deberes). En un estado natural como el descrito por Hobbes, casinunca se los respetara (y en este caso slo por el inters egosta del responsabledel deber) y su cumplimiento slo se forzara por medio del derecho propio. Peroesas divergentes circunstancias de respeto y cumplimiento no nos dicen nada delos derechos que tiene toda persona.

    Los derechos legales emanan de la ley; los contractuales de un acuerdo particular;los morales de ciertos principios de rectitud. Pero el derecho en cuestin se poseeal margen de si la ley se viola o no, si el convenio se respeta o no, si los demsacatan las exigencias de la moralidad o no.

    Caractersticas especialesde los derechos humanos

    Los derechos humanos constituyen una clase especial de derechos, los que unapersona posee por el simple hecho de que es un ser humano. Son por lo tanto,derechos morales del orden ms alto. Sin embargo, por lo general se encuentranestrechamente relacionados con los derechos inferiores paralelos o en la lucha porinstaurar tales derechos.

    Todas las demandas de derechos son una especie de ltimo recurso; los derechosslo se reclaman cuando el disfrute de su objeto se ve amenazado o negado. Las

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    QUINTO CERTAMEN DE ENSAYO SOBRE DERECHOS HUMANOS

    demandas de derechos humanos constituyen el recurso final en el dominio de losderechos; no existe apelacin a derechos humanos ms altos. Al mismo tiempo esprobable que sean el ltimo recurso en el sentido de que se ha probado todo y hafracasado, de suerte que a la persona no le queda nada ms (excepto quizs lasamenazas y la violencia).

    Las demandas de derechos humanos estn dirigidas por lo tanto a liquidarse a smismas. Los reclamos de derechos humanos que se presentan de manerasistemtica buscan establecer o dar lugar a un cumplimiento ms eficaz de underecho inferior paralelo, lo cual suprimir la necesidad de demandar ese derechohumano.

    En la medida en que las demandas de derechos humanos son eficaces, la necesidadde presentarlas se reduce o elimina . Se reclama un derecho humano con laesperanza de crear finalmente una sociedad en la cual tales demandas ya no seannecesarias.

    Las demandas de derechos humanos son en esencia extralegales; su objetivoprincipal consiste en impugnar o cambiar las instituciones prcticas o normasexistentes, especialmente las instituciones legales.

    Esto no implica que los derechos humanos no puedan o no deban hacersejusticiables en las leyes nacionales, regionales o internacionales. Por el contrario,conferirles fuerza legal efectiva constituye el objetivo final de la lucha por los derechoshumanos. Pero cuando stos se vuelven efectivamente justiciables, las personascuyos derechos se violan demandarn por lo general derechos legales, no humanos(aunque continuarn teniendo los mismos derechos humanos).

    Bajo una concepcin ms amplia, los derechos humanos son un criterio de legitimidadpoltica; en la medida en que los gobiernos los protejan, ellos y sus prcticas sonlegtimos. Como lo expresa la Declaracin Universal de Derechos Humanos, stosson un criterio para medir los logros de todos los pueblos y todas las naciones.Pero no menos importante, confieren poder a los ciudadanos para reivindicar estosderechos, para insistir mediante el ejercicio de sus derechos en que estos criteriosse lleven a efecto, para luchar por la creacin de un mundo en el que los mismos secumplan en la prctica. Los derechos humanos no slo expresan aspiraciones,propuestas, perodos o ideas encomiables, sino exigencias de cambio socialbasadas en derechos. Estas exigencias pueden estar dirigidas incluso en realidad,especialmente al propio gobierno.

    Los derechos humanos s implican un manifiesto a favor del cambio poltico peroello no los hace menos verdaderos como derechos; slo subraya que son derechoshumanos y no legales. La circunstancia de que se las debe reclamar significa quese requieren cambios sociales fundamentales, que el individuo no est disfrutandode los derechos humanos que posee. Pero demandar un derecho humano esdemandar un derecho que ya se tiene.

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    Los derechos legales fundamentan a las demandas legales contra el sistema polticopara proteger prerrogativas legales ya establecidas. Los derechos humanosfundamentan las demandas morales contra el sistema poltico para fortalecer oaumentar las prerrogativas legales existentes. Esto no hace a los derechos humanosni ms fuertes ni ms dbiles que los legales, slo diferentes: los hace derechoshumanos en lugar de derechos legales. En realidad si no funcionaran de maneradistinta no habra necesidad ni de los unos ni de los otros.

    Fuente de los derechos humanos

    De dnde emanan nuestro derechos humanos? El mismo trmino derechoshumanos apunta a una fuente: humanidad, naturaleza humana, ser una persona oun ser humano. Los derechos legales tiene la ley por fuente, los contractualessurgen de los contratos, y as, en apariencia, los derechos humanos tienen porfuente la humanidad o la naturaleza humana.

    Pero, de qu manera la naturaleza humana da origen a derechos? Cmo puedeoriginarlos el hecho de ser un humano? Por qu ser humano confiere derechos?

    Con frecuencia se sostiene que las necesidades humanas definen a la naturalezahumana lo cual da origen a los derechos humanos: las necesidades establecenlos derechos humanos. Por desgracia, la nocin de necesidades humanas escasi tan oscura como la de naturaleza humana. Si recurrimos a la ciencia,encontramos un conjunto de necesidades en extremo limitado. Hasta ChristianBay, probablemente el ms conocido defensor de una teora de los derechos humanosbasada en las necesidades, admite que es prematuro hablar de cualquier necesidademprica fuera del sustento y la seguridad.

    La fuente de los derechos humanos consiste en la naturaleza moral del hombre, lacual slo guarda una dbil vinculacin con la naturaleza humana definida por lasnecesidades determinables cientficamente. Los derechos humanos son necesariosno para la vida, sino para una vida digna; como lo expresan los conveniosinternacionales sobre derechos humanos, stos surgen de la dignidad inherente ala persona humana. Sus violaciones niegan la humanidad del individuo; no impidenpor fuerza que ste satisfaga sus necesidades. Como seres humanos tenemosderechos no a los imperativos de la salud, sino a las cosas necesarias para unavida de dignidad, para una vida digna de un ser humano, una vida que no puededisfrutarse sin estos derechos.

    Al igual que otras prcticas sociales los derechos humanos surgen de la accinhumana; el hombre no los recibe de Dios, de la naturaleza o de los hechos fsicosde la vida. Representan una eleccin social de cierta visin moral particular de lapotencialidad humana, la cual descansa en una descripcin substancial particularde los requisitos mnimos para una vida digna.

    Los derechos humanos especifican una estructura de prcticas sociales cuyo objetivoes lograr una realizacin particular del potencial humano.

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    QUINTO CERTAMEN DE ENSAYO SOBRE DERECHOS HUMANOS

    Los sujetos de los derechos humanos

    Si los derechos humanos son los que uno tiene por el mero hecho de que es un serhumano, entonces slo los seres humanos tiene derechos humanos; si uno no esun ser humano por definicin, no puede tener un derecho humano, puesto que slolas personas individuales son seres humanos, parecera obvio que slo los individuosposeen estos derechos. Y la Declaracin Universal de Derechos Humanos y losconvenios internacionales sobre derechos humanos, como nica excepcin, sloabarcan derechos individuales. Los derechos econmicos, sociales y culturales,as como los civiles y polticos, son derechos de los individuos. Son los individuos,no los grupos, quienes tiene derecho a alimento, atencin mdica, trabajo, seguridadsocial, procesamiento legal, libertad de prensa, proteccin contra la discriminaciny otras cosas semejantes.

    Los seres humanos particulares pueden tener derechos humanos como individuosindependientes y, a la vez, como miembros de una comunidad.

    An ms, todos los derechos humanos estn englobados en un contexto social yposeen importantes dimensiones sociales. El procesamiento legal y la proteccinigualitaria carecen de sentido a menos que estn dentro del contexto social de unacomunidad poltica; la expresin, el trabajo y la poltica slo tiene lugar dentro delas comunidades; la tortura y las garantas sociales por igual nicamente se producendentro de un contexto social.

    La seguridad pblica

    Concepto

    Seguridad entendida como una calidad de seguro o la ausencia de todo peligro oamenaza real, desprendiendo de ello, que ms que algo tangible, la seguridad seconvierte en una sensacin que debe ser percibida por los sentidos.

    Partiendo de lo anterior, y refirindonos ya a la seguridad pblica como una actividad,podemos establecer que es el conjunto de polticas y acciones coherentes yarticuladas, que tienden a garantizar la paz pblica a travs de la prevencin yrepresin de los delitos y de las faltas contra el orden pblico mediante el sistemadel control penal y el de polica administrativa.

    Como vemos, en esta definicin integral de la seguridad pblica se articulan todaslas actividades del Estado que tienden en conjunto, a garantizar la paz pblica de lacomunidad y dentro de las cuales se encuentra la funcin preventiva.

    Ahora bien, y una vez establecida la concepcin del trmino, es importante acercarloa la realidad jurdica que rige el desarrollo de esta funcin social en nuestro pas, laseguridad pblica adquiere el carcter de sistema integrado por cuatro grandesreas que deben articularse: la prevencin, la procuracin de justicia, la administracinde justicia y la readaptacin social.

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    Naturaleza

    Partiendo de la reforma judicial a nuestro Pacto Federal principalmente al artculo21, en diciembre de 1994, se determina a la seguridad pblica como una funcin acargo de la Federacin, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios, mismosque habrn de coordinarse para establecer el Sistema de Nacional de SeguridadPblica; con ella, el concepto adquiere un carcter an ms formal y sistematizadode lo que fue en aos anteriores.

    Con las adiciones al artculo de referencia, se establecen los fundamentos jurdicospara aplicar y desarrollar una poltica nacional en la materia, se sientan las basespara una verdadera coordinacin y, lo ms importante, se le otorga el carcter defuncin de Estado, es decir que debe ser atendida y desarrollada por los tres nivelesde gobierno, adems de propiciar la participacin de la sociedad de manera plena.

    Con esta nueva visin de la seguridad pblica, posterior a 1994, ms que una polticade gobierno adquiere el carcter de Poltica de Estado, implicando necesariamenteque gobierno y sociedad participen activamente en el desarrollo de las actividadesinherentes, unas oficiales y otras de apoyo, pero que unidas constituirn unaverdadera funcin estatal que representa y, es en s, la funcin primordial de unEstado democrtico como el nuestro.

    En ese sentido, es importante detenernos un poco en este punto y entender a fondolo que significa una funcin estatal. Como sabemos, la integracin de una comunidadorganizada, asentada en un territorio determinado y dotada a s misma de un poderdominador que materializar la voluntad general en normas jurdicas que habrn deregir la vida de la sociedad con miras a alcanzar el bien pblico, es lo que conocemoscomo Estado, desprendiendo como sus elementos al territorio, la poblacin, elpoder y las normas fundamentales.

    De esta forma, al adquirir la seguridad pblica el carcter de funcin de Estado,implica que sea desarrollada por el gobierno y la sociedad, incluyendo dentro desta a todos sus componentes como pueden ser sociedad civil, medios decomunicacin, asociaciones mercantiles y cooperativas, etc.; ya que ninguna accinemprendida por la autoridad, tendr xito si no se incorpora a la sociedadactivamente.

    Lo importante de insistir en este punto, es que en los hechos, pareciera ser que elgobierno aplica programas y polticas con un objetivo determinado y que la sociedady sus componentes marchan en contra y descalifican de inicio acciones, sin conocera fondo sus caractersticas y bondades, estableciendo una barrera infranqueable.De aqu se desprende que es necesario sensibilizar a todos los actores de lasociedad en el sentido de que forzosamente deben concurrir con su participacinactiva, en la generacin de la verdadera cultura de la seguridad que d como resultado,que la observancia de las normas jurdicas de cualquier materia, se conviertan enuna prctica cotidiana.

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    QUINTO CERTAMEN DE ENSAYO SOBRE DERECHOS HUMANOS

    Fuente y fines

    Una vez analizada la naturaleza de la figura jurdica motivo de estudio, resultanecesario complementar nuestro enfoque realizando el anlisis de su origen, elcual tiene su sustento como todo orden jurdico en la ley, en el caso concreto denuestra entidad en la norma interna fundamental como lo es la Constitucin Polticadel Estado Libre y Soberano de Mxico, que establece en su artculo 77 fraccin IXcomo una de las facultades y obligaciones del gobierno estatal, la de conservar elorden pblico en todo el territorio y mandar las fuerzas de seguridad pblica delEstado y las de los municipios en los que se encuentre.

    De lo anterior se desprenden claramente las metas que persigue la seguridad pblicade acuerdo al espritu Constitucional aludido, consistente en velar por la proteccinde los habitantes, el orden pblico y la prevencin de los delitos.

    En nuestro pas, principalmente en la doctrina, se concibe como uno de los fines dela seguridad pblica, la anticipacin a la consumacin de los delitos. A lo largo dela historia hemos visto cmo el desequilibrio entre los valores de libertad e igualdad,ha empujado a muchas democracias en violentos vaivenes, en unos casos, hacia laanarqua y en el lado opuesto hacia el totalitarismo. Libertad e igualdad, son ahorados fines altamente valorados al proyectar la estructura de cualquier Estado quecubra nuestras necesidades y nos permita alcanzar el estilo de vida al que aspiramos.De lo anterior se aprecia que la seguridad pblica tiene como misin fundamentalcubrir una de las necesidades prioritarias de la sociedad: asegurar la paz social ylos beneficios de la libertad sin los cuales, no es posible desarrollar laspotencialidades generales y particulares.

    Bajo esas consideraciones se concluye que la funcin estatal de brindar seguridada la sociedad tiene como principales objetivos, mas no nicos:

    I. Salvaguardar la integridad, derechos y bienes de las personas;II. Preservar las libertades, el orden y la paz pblicos, con estricto apego a la

    proteccin de los derechos humanos; yIII. Prevenir la comisin de delitos e infracciones a las disposiciones

    administrativas estatales y municipales.

    Adems, tiene como misin combatir las causas que generan la comisin de delitosy conductas antisociales, desarrollar polticas, programas y acciones para que lasociedad participe en su planeacin y supervisin, fomentando valores culturales ycvicos que estimulen el respeto a la legalidad.

    De esta forma, los fines, misin y objetivo que se le atribuyen a la seguridad pblicase ejercen principalmente por conducto de los rganos estatales y municipales, loque conlleva nuevamente a reafirmar su carcter de funcin estatal.

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    Marco terico de la seguridad pblicacomo derecho humano

    Considero importante destacar, en primer trmino, que una caracterizacin positivistade los derechos, que equipare a todos los derechos con los que se ponen en vigorlegalmente si la obligacin correspondiente es producto de una ley imperativa, elderecho es un derecho propiamente dicho, no slo confunde la posesin de underecho con su ejecucin, sino que adems confunde la ejecucin con la ejecucinlegal. Se puede tener un derecho sin vigencia, incluso un derecho sin vigencia legal.Y se puede tener un derecho cuya ejecucin depende de otras instituciones que noson las judiciales, por ejemplo, la presin social o la conciencia; de esta manera laprimera de las figuras en comento, es canalizada por los gobiernos democrticos atravs de instituciones descentralizadas creadas con la finalidad de vigilar el buencurso de los procedimientos legales que la seguridad pblica instaura, para conservarel orden social, sobre las bases del respeto y preponderancia de los derechoshumanos que tiene todo integrante del ncleo social.

    Por otra parte, es importante resaltar que los derechos humanos apuntan ms allde las condiciones reales de existencia; se refieren menos a la forma en que lagente es, en el sentido de lo que ya se ha realizado que a la forma en que podravivir, una posibilidad visualizada como una realidad moral ms profunda. LaDeclaracin Universal de Derechos Humanos no nos dice mucho acerca de cmoes la vida en la mayora de los pases sino que fija un conjunto de condicionesmnimas para una vida digna, la vida que merece el ser humano, y establece estosrequisitos bajo la forma de derechos, con todo lo que ello implica. Incluso en pasesricos y poderosos, esos criterios mnimos no se satisfacen con mucha frecuencia,pero es precisamente cuando, y quizs incluso por tener derechos humanos resultatan importante: exigen, en tanto derechos, el tipo de cambio social necesario pararealizar la visin moral subyacente a la naturaleza humana; es por todo lo anteriorque podemos deducir que la seguridad pblica es un derecho humano con el que lacomunidad en general debe contar, pero que sin embargo no se ha podido logrardebido a la ausencia de una cultura plena en este sentido.

    Habitualmente se sostiene que los derechos humanos son inalienables, no en elsentido de que no se puede negar al individuo el disfrute de estos derechos, ya quetodo rgimen represivo priva a diario a su pueblo de sus derechos humanos, sino enel sentido de que perderlos es moralmente imposible: no se pueden perder estosderechos y llevar una vida digna de ser humano.

    En otro sentido, la seguridad pblica al interactuar con los derechos humanos tienecomo primordial importancia, brindar al ciudadano un ambiente de orden, paz ytranquilidad social que le ofrezca el desarrollo de una vida comunitaria, en donde sele permita transitar por las calles sin temor a ser agredido y que sus bienes jurdicosse tutelen a travs de esa garanta individual de proteccin que el Estado debepreservar para salvaguardar la integridad y derechos de las personas.

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    QUINTO CERTAMEN DE ENSAYO SOBRE DERECHOS HUMANOS

    De las consideraciones vertidas a lo largo del presente estudio, no se debe perderde vista que las figuras jurdicas de las que se ha venido hablando, no debenextralimitarse de su mbito de accin, esto es, el Estado no debe escudarse en suautoridad para ejercer la seguridad pblica como derecho humano para transgredirotros de la misma naturaleza equivalentes a las garantas de las que todo gobernadogoza, ni por el contrario, ste debe aprovecharse de las mismas para trastocar elorden social que impera en todo Estado democrtico.

    Por todo lo anterior, las autoridades competentes deben coordinar sus esfuerzos enla prevencin, persecucin y sancin de las infracciones y delitos, as como lareinsercin social del delincuente y del menor infractor como lo prev la Ley Generalque Establece las Bases de Coordinacin del Sistema Nacional de Seguridad Pblica,siempre dentro de un marco de respeto a los derechos humanos.

    En este sistema, seguridad pblica, procuracin y administracin de justicia, debenser acciones operativamente coordinadas por todas aquellas instituciones a lasque la ley les ha conferido facultades para preservar el orden pblico y el interssocial, con el fin de fortalecer la seguridad jurdica de un Estado de Derecho, en elcual el bien ms preciado es la vida individual y colectiva, que constituyen la fortalezade nuestra nacin.

    Las instituciones a coordinarse son las que tienen por encargo las funciones relativasa polica preventiva, Ministerio Pblico, tribunales, responsables de la prisinpreventiva, ejecucin de penas y tratamiento de menores, as como las encargadasa la proteccin de instalaciones y servicios estratgicos del pas y todas aquellasautoridades que la ley faculta para preservar el orden y la tranquilidad social, entrelas que se encuentran las de los estados y municipios.

    La coordinacin de esfuerzos para garantizar la seguridad pblica y el eficaz combatea la delincuencia, es un imperativo que debe realizarse bajo la conduccin de unapoltica de respeto profundo a los postulados Constitucionales, ya que Mxico viveuna crisis en materia de Procuracin de Justicia que alarma de manera muy gravea la sociedad, porque cada da la impunidad aumenta cifras en la estadstica delictiva,y es grave que de cada cien delitos que se denuncian, noventa y tres quedan en laimpunidad.

    Conclusiones

    De la informacin recopilada a lo largo de este trabajo podemos deducir, que no sedeben dejar pasar desapercibidas a las figuras jurdicas de las que se ha venidohablando, en el entendido de que no deben de extralimitarse de su mbito de accin,esto es, el Estado no debe escudarse en su autoridad para ejercer la seguridadpblica como derecho humano, o bien, para transgredir otros de la misma naturalezaequivalentes a las garantas de las que todo gobernado goza, ni ste debeaprovecharse de las mismas para trastocar el orden social que impera en todoEstado democrtico.

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    A consecuencia de lo anterior podemos afirmar que las autoridades competentesdeben coordinar su esfuerzo en la prevencin, persecucin y sancin de lasinfracciones y delitos, as como la reinsercin social del delincuente y del menorinfractor como lo prev la Ley General que Establece las Bases de Coordinacin delSistema Nacional de Seguridad Pblica, siempre dentro de un marco de respeto alos derechos humanos.

    Debemos dejar claro que en el sistema en el que nos encontramos en la actualidad;seguridad pblica, procuracin y administracin de justicia deben ser accionesoperativamente coordinadas para todas aquellas instituciones a las que la ley lesha conferido facultades para preservar el orden pblico y el inters social con el finde fortalecer la seguridad jurdica en un Estado de Derecho, en el cual el bien mspreciado es la vida individual y colectiva que constituyen la fortaleza de nuestranacin.

    Bibliografa

    CARPIZO, Jorge. Derechos humanos y ombudsman, Porra, pp. 27-34.

    DONELLY, Jack. Derechos humanos universales, En teora y en la prctica. Gernika,pp. 23-50.

    GONZLEZ RUIZ, Samuel y otros. Seguridad pblica en Mxico, UniversidadAutnoma del Estado de Mxico, 1994, p. 49.

    ORTIZ ORTIZ, Serafn. Funcin policial y seguridad pblica, Mc Graw Hill, Mxico,p. 74.

    PELACHI, Adrin Juan. Tratado sobre la seguridad pblica, Editorial Policial,Argentina, 2000, p. 33.

    RODRGUEZ Y RODRGUEZ, Jess. Instrumentos internacionales sobre derechoshumanos ONU-OEA, CNDH, Tomo I, pp. 5-16, 206-219, 263-287. Tomo III, pp. 778-779.

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    QUINTO CERTAMEN DE ENSAYO SOBRE DERECHOS HUMANOS

    CMO SE GEST EL DERECHOA LA SEGURIDAD PBLICA

    JOS LUIS ARRIAGA ORNELAS

    Todas las cosas que viven mucho se vanempapando poco a poco de razn, de tal

    suerte que parece inverosmil que tengansu origen en la sinrazn.

    F. Nietzsche

    I. Palabras y usos

    El problema con las palabras que usamos a diario es que nos contagian de unalgica que vuelve difcil saber cundo son ellas las que estn determinndonos.Hoy, por ejemplo, cualquiera que no reconozca en la seguridad pblica uno de losgrandes temas pendientes en la agenda de nuestra sociedad, parecer estar fuerade lugar. Sin embargo, nos asombrara lo cerca que an est el momento en que nisiquiera exista tal trmino. Resulta difcil de creer, pero lo reto a encontrar encualquier peridico o revista nacional previo a 1988 a alguien que hablara de seguridadpblica.

    La propia Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos no incluy elconcepto sino hasta la adicin a su artculo 21 de 1995.1 Y, entonces, Qu habaantes de ello? Acaso antes de ese ao no existan problemas de criminalidad,desorden, abusos y todo lo que hoy encargamos resolver a la seguridad pblica?Qu era lo que exista? Por qu hoy nos parece que no podemos vivir sin lagaranta de la seguridad pblica, si hasta hace unos 12 aos en nuestro pas noexista una sola institucin cuya responsabilidad fuera la seguridad pblica.2 Cmologramos sobrevivir? Y no es slo la sustitucin de una palabra por otra. No se tratasimplemente de que la polica evolucion para convertirse en la Direccin deSeguridad Pblica. De lo que se trata con los trminos que empleamos es de unaforma de pensar sobre nuestra condicin de seres humanos en sociedad. Noignoramos que muchos de los trminos recientemente integrados a las leyesmexicanas vienen empapados de tendencias en un mundo globalizado, donde losproblemas que se afrontan son muy parecidos. Pero lo que aqu veremos es quecon la aparicin y uso del concepto seguridad pblica en Mxico se debe hablar deuna transformacin sobre las prioridades en nuestra sociedad; un viraje en las nocionesde seguridad y lo pblico: Qu o quin debe ser cuidado, protegido, salvaguardadohoy?; de quin debe estar a salvo?; y quin es el responsable de esa seguridad?La seguridad pblica, pues, no es un concepto antiguo en las disciplinas que se1 A finales de abril de 1994, el entonces Presidente de la Repblica, Carlos Salinas, emiti un decreto que creabala Coordinacin de Seguridad Pblica de la Nacin. De inmediato diversos juristas acusaron a tal accin deinconstitucional. El entonces candidato presidencial Ernesto Zedillo prometi durante su campaa modificar la leypara dar a los mexicanos la seguridad que estn demandando. Ya como Presidente del pas, Zedillo propici lareforma Constitucional que identifica a la Seguridad Pblica como una funcin del Estado.2 Lo que existan eran las jefaturas de polica, direcciones de trnsito, oficinas para la prevencin del delito, elservicio secreto, o las agencias de seguridad nacional, entre otras instancias, con la responsabilidad de mantenerde modo coactivo el orden y la paz pb