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Las nuevas prestaciones en los trabajadores autónomos Vicente Aparicio Mulet. - Ampliación prestaciones - Alta autónomos - Acción protectora - Tipos de cotización. Ampliación de prestaciones Real Decreto 1273/2003, de 10 de Octubre. Afecta a los siguientes regímenes: - PowerPoint PPT Presentation
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Las nuevas prestaciones en los trabajadores autónomos
Vicente Aparicio Mulet
Ampliación de prestaciones Real Decreto 1273/2003, de 10 de Octubre
- Ampliación prestaciones - Alta autónomos - Acción protectora - Tipos de cotización
Afecta a los siguientes regímenes:
Por cuenta propia o autónomos Agrarios por cuenta propia Trabajadores del mar
Principios que inspiran la ampliación
- Ampliación prestaciones - Alta autónomos - Acción protectora - Tipos de cotización
Idéntica recomendación existe en el Pacto de Toledo.
Tendencia hacia la máxima equiparación con prestaciones del Régimen General (art. 10.4 del TRLGSS).
Alcance de la ampliación (I)
- Ampliación prestaciones - Alta autónomos - Acción protectora - Tipos de cotización
Avanzar el pago del subsidio por enfermedad común a partir del 4º día de la baja:
- Para los 3 regímenes.- Se avanza desde el 15 día al 4º.
Alcance de la ampliación (II)
- Ampliación prestaciones - Alta autónomos - Acción protectora - Tipos de cotización
Incremento del 20% en la incapacidad total:
- Aprobado por RD 463/2003. Efectos 27-4-2003- Para los 3 regímenes.- A partir de cumplir los 55 años de edad.- No ejercer actividad retribuida (propia o ajena), ni ostentar titularidad en negocio alguno.
Alcance de la ampliación (III)
- Ampliación prestaciones - Alta autónomos - Acción protectora - Tipos de cotización
Ampliación de contingencias profesionales para los trabajadores autónomos:
- En iguales condiciones que en el Régimen General, con particularidades.
Alta inicial en autónomos
- Ampliación prestaciones - Alta autónomos - Acción protectora - Tipos de cotización
Prestación económica de ITcc
Sí contingencias profesionales
Misma mutua que la ITcc
Vigencia igual que ITcc (3 años)
- Efectos desde alta- Cotización desde 1er día de mes
- Por períodos de 3 años
- Con una mutua.- Aceptación obligatoria
OPCIÓNMejorar prestaciones
No mejorar prestaciones
ANTES: inclusión si no se decía lo contrarioAHORA: queda a criterio del autónomo
No Itcc. No contingencias profesionales
No contingencias profesionales
Trabajador previamente en situación de alta (I)
- Ampliación prestaciones - Alta autónomos - Acción protectora - Tipos de cotización
En su día hicieron opción mejora ITcc
Tienen 2 meses (enero y febrero 2004) para ampliar la protección por contingencias profesionales.Efectos desde la opción y hasta la finalización de la opción de ITcc
En su día NO hicieron opción mejora ITcc
Transcurridos 3 años del alta, o múltiplo, puede solicitar la mejoraSiempre antes del 1 de octubre de cada año
Ejecutan la opción y solicitan la mejora de ITcc
Trabajador previamente en situación de alta (II)
- Ampliación prestaciones - Alta autónomos - Acción protectora - Tipos de cotización
Opción anterior a 1-1-1998: - Con Mutua - Con INSSPosterior a 31-12-1997:- Con mutua
Pueden solicitar las contingencias profesionales
Con el INSS o mutua, según el caso
Cambio hacia mutua
Puede hacerse cada año
Renuncia de cont. profesionales
Petición siempre antes del 1de octubre de cada año
También a la ITcc
Puede mantener la ITcc
Obligados a mantener la mejora al menos hasta la finalización de la Itcc (si ya tenían esta prestación)Prórroga automática por sucesivos períodos de 3 años
Acción protectora de los trabajadores autónomos (I)
- Ampliación prestaciones - Alta autónomos - Acción protectora - Tipos de cotización
Sobre la base de que previamente se hayan acogido a las contingencias profesionalesAcceden a las mismas prestaciones del régimen general, tanto en extensión como en la forma, términos y condiciones
PARTICULARIDADES
En la definición del accidente de trabajo
En la definición de la enfermedad profesional
Es el ocurrido a consecuencia directa o inmediata del trabajo que realiza por su propia cuenta y por el que se halla de alta en autónomos
Misma definición del Reg. General
SUPUESTOS INCLUIDOS/ EXCLUIDOS
Acción protectora de los trabajadores autónomos (II)
- Ampliación prestaciones - Alta autónomos - Acción protectora - Tipos de cotización
SUPUESTOS INCLUIDOS EN LAS PARTICULARIDADES
Las lesiones que sufra el trabajador durante el tiempo y en lugar de trabajo, cuando se pruebe la conexión con el trabajo realizado por cuenta propia.
Actos de salvamento si tienen conexión con el trabajo.
Enfermedades no etiquetadas de profesionales.
Las previas que se agraven a consecuencia del accidente.
Las de enfermedades intercurrentes.
Los derivados de culpa del tercero (salvo que no guarde relación con el trabajo).
Acción protectora de los trabajadores autónomos (III)
- Ampliación prestaciones - Alta autónomos - Acción protectora - Tipos de cotización
SUPUESTOS EXCLUIDOS DE LAS PARTICULARIDADES
El accidente in-itinere.Los debidos a fuerza
mayor extraña al trabajo (no incluye la insolación, rayo y otros fenómenos análogos de la naturaleza).
Los debidos a dolo o a imprudencia temeraria del trabajador.
Alcance de la acción protectora (I)
- Ampliación prestaciones - Alta autónomos - Acción protectora - Tipos de cotización
Asistencia sanitaria
Completa, mientras la precise
Subsidio por incapacidad temporal
A partir del día siguiente a la baja
75% base cotización mes anterior a la baja: 30 días
Subsidio por incapacidad permanente
Base reguladora Cotización en la fecha del hecho concursante
Peculiaridades- I.P. Parcial: merma no inferior al 50%
- I.P. Total: indemnización a tanto alzado (40 meses) o pensión del 55%
Alcance de la acción protectora (II)
- Ampliación prestaciones - Alta autónomos - Acción protectora - Tipos de cotización
Prestaciones por muerte y supervivencia
Como en el Régimen General
Lesiones permanentes no invalidantes
Requisitos para el acceso a las prestaciones
Como en el Régimen General
- Afiliados y en situación de alta, o asimilados.
- No se requiere período previo de carencia.
- Presentar declaración sobre la persona que gestiona el establecimiento mercantil, o del cese temporal o definitivo de la actividad (sólo en mejora de Itcc*).
- Al corriente en el pago de cuotas al momento del hecho causante**.
* Suspensión de pago mientas no se acredite este requisito
Alcance de la acción protectora (III)
- Ampliación prestaciones - Alta autónomos - Acción protectora - Tipos de cotización
Si paga la deuda en los 30 días: pleno derecho a las prestaciones
Si paga fuera de plazo
Aunque pague atrasos no percibirá el subsidio de IT
** Invitación al pago
Las cantidades a alzada se abonarán reducidas en un 20%
En capitales renta (pensiones), los efectos nacerán a partir del primer día del mes siguiente a haber regularizado la cotización
Tipos de cotización / costes (I)
- Ampliación prestaciones - Alta autónomos - Acción protectora - Tipos de cotización
Opción de mejorar con Itcc: Tipo cotización: RD Ley 2/2003.... 29,80% Orden TAS 118/2003...................... 28,30%DIFERENCIA.........................................
...1,50%
Inclusión contingencias profesionales:
Epígrafe de AT y EP (aprobado por RD Ley 2/2003), en función del riesgo y sobre la base de cotización
Tipos de cotización / costes (II)
- Ampliación prestaciones - Alta autónomos - Acción protectora - Tipos de cotización
Promedio base de cotización en los 12.746 casos en baja registrados en ASEPEYO en 2002: 821,48 euros mes.
Ejemplo: trabajador autónomo dedicado a la venta de vehículos a motor (grupo 50, epig. 03 de tarifa de cotización para at y ep).
Coste de la mejora de Itcc: 821,48 euros x 1,50% = 12,32 euros al mes de más
cotización.
Coste de las contingencias profesionales: 821,48 euros al mes x 2,25% (tipo de cotización) =
18,48 euros al mes de más cotización.
TOTAL COSTE: 12,32 euros + 18,48 euros = 30,80 euros mes.