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Comenzaremos en primer lugar con las coincidencias ya que son de orden menor y con un marcado carácter generalista, así podemos afirmar que ambas leyes manifiestan un voluntad de mejorar el sistema educativo en su conjunto, mejorando la calidad y buscando convergencias y parámetros similares a las de los otros países avanzados y sobre todo de nuestro entorno en la Unión Europea. Un segundo punto de coincidencia es el que hace referencia a la autonomía en la educación mas concretamente la autonomía del centro y en la necesidad de evaluaciones externa y rendiciones de cuenta para conseguir los objetivos de mejora y de calidad. Y hasta aquí las consecuencias ya que a partir de aquí todo comienza a ser diferente incluso en las posibles soluciones al punto anterior las medidas de corrección propuestas llegan a ser incluso opuestas. En cuanto a las diferencias procedamos a analizarlas con más detenimiento, ya que son muy numerosas. Para el análisis de éstas procederemos según el esquema de desarrollo de la LONCE. Así encontramos: Apartado I En este apartado la LONCE nos da una justificación a la presente ley , desarrollando como elemento fundamental de ésta el desarrollo del talento de los alumnos que es de carácter individual y diferenciado del resto del de sus compañeros, insiste en la necesidad y de reconocerlos y potenciarlos de manera individual, para lo cual traza trayectorias donde esas capacidades diferenciadas puedan desarrollarse para un mejor desarrollo personal y profesional (aparecen aquí las primeras referencias a la profesión , al rendimiento, a la competencia, puede interpretarse como elementos de una concepción mercantilista y utilitarista , enfocando la educación del alumno hacia la preparación para su posterior incorporación al mercado ,siendo para ello necesario el desarrollo de la competitividad entre los alumnos como reflejo de lo que posteriormente se encontrarán. A este respecto la LOE justifica la importancia de la Educación, si bien como sustrato de un bienestar individual y colectivo; el

LOE LONCE

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Comenzaremos en primer lugar con las coincidencias ya que son de orden menor y con un marcado carácter generalista, así podemos afirmar que ambas leyes manifiestan un voluntad de mejorar el sistema educativo en su conjunto, mejorando la calidad y buscando convergencias y parámetros similares a las de los otros países avanzados y sobre todo de nuestro entorno en la Unión Europea.

Un segundo punto de coincidencia es el que hace referencia a la autonomía en la educación mas concretamente la autonomía del centro y en la necesidad de evaluaciones externa y rendiciones de cuenta para conseguir los objetivos de mejora y de calidad. Y hasta aquí las consecuencias ya que a partir de aquí todo comienza a ser diferente incluso en las posibles soluciones al punto anterior las medidas de corrección propuestas llegan a ser incluso opuestas.

En cuanto a las diferencias procedamos a analizarlas con más detenimiento, ya que son muy numerosas. Para el análisis de éstas procederemos según el esquema de desarrollo de la LONCE. Así encontramos:

Apartado I

En este apartado la LONCE nos da una justificación a la presente ley , desarrollando como elemento fundamental de ésta el desarrollo del talento de los alumnos que es de carácter individual y diferenciado del resto del de sus compañeros, insiste en la necesidad y de reconocerlos y potenciarlos de manera individual, para lo cual traza trayectorias donde esas capacidades diferenciadas puedan desarrollarse para un mejor desarrollo personal y profesional (aparecen aquí las primeras referencias a la profesión , al rendimiento, a la competencia, puede interpretarse como elementos de una concepción mercantilista y utilitarista , enfocando la educación del alumno hacia la preparación para su posterior incorporación al mercado ,siendo para ello necesario el desarrollo de la competitividad entre los alumnos como reflejo de lo que posteriormente se encontrarán. A este respecto la LOE justifica la importancia de la Educación, si bien como sustrato de un bienestar individual y colectivo; el individual como elemento de desarrollo de la personalidad y desarrollo de sus propias capacidades y todo ello para conformar su identidad personal y respecto al sustrato colectivo determinas la educación como una fuente de riqueza para fomentar la convivencia democrática y fomentar la cohesión social.

Apartado II

Analizamos el papel de la sociedad, en la LONCE destaca que la educación va más allá que el simple marco educativo, por lo que se deben introducir nuevos patrones de conducta que reubiquen a la educación dentro del contexto social y económico. A este fin, destaca la necesidad de apoyo de las empresas, asociaciones y sindicatos así como organizaciones no gubernamentales y otras manifestaciones de la sociedad civil como elementos fundamentales del proceso, destacando de sobremanera a una institución en particular que es la familia; estableciendo la relación alumno-familia-escuela como los primeros responsables de la educación. Por el contrario la LOE no establece como elemento destacado ese papel que se le da a la familia, adquiriendo ese

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papel destacado, en este caso, el estado , siendo un servicio público y por lo tanto prestado por los poderes públicos y la iniciativa social.

Apartado III

Se establece en este apartado la necesidad de una continua adaptación del sistema educativo a las demandas de aprendizaje que surgen hoy en día, siendo la creación de las condiciones que permitan este ajuste, el papel que el estado debe desarrollar ya que si no nos enfrentaremos a una gran fractura social entre los que tienen los conocimientos, competencias y habilidades y los que no. Determina las tasas de abandono escolar temprano y los bajos niveles de calidad como los más importantes elementos de exclusión social que conocemos en nuestra sociedad, y son estos los que impulsan la presente ley de reforma. Fija además, que es la escuela la que tiene como fin último la lucha frente a estos factores, no debiendo ésta permitir el abandono de los alumnos antes de disponer de los conocimientos, competencias y habilidades básicas, ya que él no disponer de ellos supone puestos de trabajo de bajo valor añadido o el desempleo en el peor de los casos. Por último destaca la necesidad de elevar los niveles de calidad de educación actuales ya que esta calidad favorece la convivencia pacífica y el desarrollo cultural de la sociedad; equidad y calidad son dos caras de una misma moneda, no hay mayor falta de equidad que la igualdad ante la mediocridad.

Apartado IV

Hace referencia a la fortaleza ,el esfuerzo y la metodología como elementos de desarrollo del individuo dentro de la actual sociedad .Ésta demanda cada vez perfiles más sofisticados y diversificados , maneras diferentes de organización y gestión de recursos , de ahí que la adquisición de estas competencias constituyen una verdadera fortaleza. Ya las habilidades cognitivas no son suficientes, hay que adquirir desde edades tempranas competencias transversales y actitudes clave ya que el proceso de aprendizaje no termina nunca sino que se proyecta a lo largo de toda la vida de la persona. Por último cambiar la metodología para que el alumno sea un elemento activo en el proceso de aprendizaje, donde se sienta con la convicción de que el sistema recompensa de manera transparente y equitativa el rendimiento en el logro de los objetivos constituye un elemento fundamental.

A este respecto en la LOE dice que taras haber conseguido que todos los jóvenes estén escolarizados hasta los dieciséis años de edad, el objetivo cosiste ahora en mejorar los resultados generales, en reducir las todavía elevadas tasas de terminación de la educación básica sin titulación y de abandono temprano de los estudios. Se trata de conseguir que todos los ciudadanos alcancen el máximo desarrollo posible de todas sus capacidades, individuales y sociales, intelectuales, culturales y emocionales par lo que necesitan recibir una educación de calidad adaptada a sus necesidades. Al mismo tiempo, se les debe garantizar una igualdad efectiva de oportunidades, prestando los apoyos necesarios, tanto al alumnado que lo requiera como a los centros en los que están escolarizados. En suma, se trata de mejor el nivel educativo de todo el alumnado, conciliando la calidad de la educación con la equidad en su reparto.

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Apartado V

Justifica que tras el ciclo económico expansivo y sus consecuencias, no puede ser esto una coartada para no afrontar la reforma. Indica también que poseemos un sistema educativo más homogéneo que la media de la OCDE sin embargo el sistema falla en lo que respecta a la calidad educativa (PISA) con unas elevadas tasas de abandono temprano de la educación y la formación, y un reducido número de alumnos que alcanza la excelencia. Son pues estos parámetros los que hacen necesaria una reforma sensata, práctica, que permita desarrollar al máximo el potencial de cada alumno. Destacamos que se incide otra vez más en la disminución del abandono escolar como elemento fundamental para afrontar con éxito la incorporación al mercado laboral con las suficientes garantías. Todos estos problemas y sus propuestas de solución, justifican esta ley y añade que no son interpretaciones caprichosas o interesadas sino que son evidencias aportadas por fuentes de absoluta solvencia , objetivos y con evaluaciones periódicas por parte de organismos europeos e internacionales, y las medidas a tomar , reflejo de las tomadas con anterioridad en otros países con las mismas problemáticas como : la simplificación del currículo y el refuerzo de los conocimientos instrumentales, la flexibilización de las trayectorias , el desarrollo de sistemas de evaluación externa, censales y consistentes en el tiempo, el incremento de la transparencia de los resultados, la promoción de una mayor autonomía y especialización de los centros docentes, la exigencia a los estudiantes, profesores y centros de la rendición de cuentas y el incentivo al esfuerzo. Pretende esta reforma sr gradual , prudente y basada en el sentido común, sostenible en el tiempo.

Apartado VI

Marca los principales objetivos de la LOMCE que son reducir la tasa de abandono temprano de la educación, mejorar los resultados educativos de acuerdo a criterios internaciones y estimular la empleabilidad y el espíritu emprendedor entre los estudiantes.

Apartado VII

El primer principio que aborda es el de la autonomía de los centros , diciendo que ésta, es una puerta abierta a la atención a la diversidad de los alumnos, manteniendo la cohesión y la unidad del sistema, así como a la cooperación entre los centros, abriendo nuevas posibilidades de creación de redes de apoyo y aprendizaje compartido. Aporta una dimensión nueva a esta autonomía con la figura del director que ahora reforzándolo, aparece como representante de la Administración en el centro y responsable del proyecto educativo con un mayor liderazgo pedagógico y de gestión , se tiende a su profesionalización.

Apartado VIII

Como segundo principio podríamos hablar de las evaluaciones externas al final de cada etapa, denominada como medidas llamadas a mejorar de manera más directa la calidad del sistema educativo y cita expresamente los criterios PISA. Habla de carácter formativo y de diagnóstico y que deben ser normalizadoras de los estándares de titulación en toda España estableciendo

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niveles de forma clara cuales son los niveles de exigencia , e introduciendo elementos de certeza, objetividad y comparabilidad de los resultados. Estos datos deben ser transparentes y serán homologables en el ámbito internacional y se centrarán en el nivel de adquisición de las competencias. Por último esta evaluación no será única pudiendo la Administración educativa establecer otras posibilidades y estas pruebas en ningún caso deberá constituir una barrera para el alumno debiéndose ofrecer opciones y pasarelas para seguir aprendiendo y que bajo ningún concepto puedan quedar fuera del sistema.

Apartado IX

El tercer principio habla de la racionalización de la oferta educativa acorde con la simplificación del currículo y aumentar la autonomía del docente de tal manera que permita satisfacer las exigencias de una mayor personalización de la educación.

Apartado X

El cuarto principio hace referencia a la flexibilidad y rigidez del sistema, indicando que la mayor oferta y trayectorias disponibles hace más fácil la permanencia en el sistema educativo. Busca por tanto flexibilizar las trayectorias para que cada estudiante pueda desarrollar todo su potencial. Esta diversificación permitirá una atención personalizada para que se oriente al alumno hacia la vía que mejor se adapte a sus necesidades y aspiraciones. Esta permeabilidad se deberá conseguir tanto en el eje vertical como en el horizontal abriendo pasarelas entre todas las trayectorias, no siendo en ningún caso irreversible ninguna de ellas.

Tras estos principios determina la ley tres ámbitos sobre los que la LOMCE hace especial incidencia para transformar el sistema educativo que son:

Apartado XI

El primer ámbito hace referencia a la redefinición del aula como espacio de aprendizaje, debido a la irrupción de la tecnologías de la información TIC y el papel de estas en el aprendizaje de competencias no cognitivas y la adquisición de actitudes y el aprender haciendo. La incorporación de las TIC permitirá la personalización de la educación y la adaptación al ritmo de cada alumno , así como al refuerzo y apoyo en casos de bajo rendimiento. Este enfoque no solo afectará al alumno sino que será clave en el profesorado. En definitiva establecer un marco de aprendizaje que permita mantenerse a lo largo de toda la vid .

Apartado XII

El segundo ámbito se refiere al entorno de aprendizaje de una segunda e incluso tercera lengua extranjera, ese plurilingüismo es un objetivo irrenunciable para la construcción de un proyecto europeo común. Los estudiantes para mejorar su empleabilidad y ambiciones profesionales deberán desenvolverse con fluidez al menos en una primera lengua extranjera.

Apartado XIII

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El tercer ámbito hace referencia a la formación profesional en la necesidad de revitalizarla como opción acorde con la voluntad un desarrollo personal y su permeabilidad con el resto del sistema, buscando el apoyo de la empresa (educación dual) . Por último destaca la Formación Profesional Básica como nuevo título que facilita el acceso hacia el Grado medio y superior.

Apartado XV

La transformación del sistema educativo solo será posible desde el esfuerzo contenido y constante y con la colaboración sincera entre las administraciones educativas que favorezcan la cohesión territorial.

En conclusión podríamos simplificar diciendo:

La LOE hace atención especial a la diversidad para conseguir el éxito escolar de todos y de conciliar la calidad de la educación con la equidad en su reparto, por su lado la LOMCE afirma que la naturaleza del talento difiere de un estudiante a otro y que la función del sistema es reconocerlo y potenciarlos

La LOE propone un sistema flexible que facilita un aprendizaje a los largo de la vida basado en el principio de un educación común con atención a la diversidad y con conexiones entre distintos tipos de enseñanzas. Un modelo de tronco único, con una diversidad de vías internas de valor equivalentes y caminos entre la formación y la vida activa y por su lado la LOMCE estructura la educación como un abanico con opciones progresivamente divergente hacia las que se canaliza al alumno en función de sus fortalezas , aptitudes , aspiraciones y esfuerzo personal.

La LOE establece que la educación obedece a una función social con sus principios de equidad ,inclusión , cohesión social y ejercicio de la ciudadanía democrática mientras en la LOMCE se hace más énfasis en la competitividad , la movilidad social, la integración y la empleabilidad.

La LOE trata de responder a una educación inclusiva destacando esa inclusividad por encima de cualquier otro concepto y la LOMCE responde al concepto del desarrollo del individuo en todas sus facetas como consecuencia de sus aptitudes y esfuerzo.