16
ACRÓPOLIS REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL.P.P PARA LA EDUCACIÓNUNIVERSITARIA UNIVERSIDAD JOSÉ ANTONIO PAÉZ DIRECCIÓN GENERAL DE ESTUDIOS BÁSICOS Y GENERALES CÁTEDRA ORIENTACIÓN San Diego-Carabobo

Luisana_Prada.doc

Embed Size (px)

Citation preview

UNIVERSIDAD JOS ANTONIO PAZ

ACRPOLIS

San Diego, Febrero de 2015Primer

Caso

CASO N 10.- (REGLAMENTO DE BIBLIOTECA)

CASO N 10.- (REGLAMENTO DE BIBLIOTECA)

Pablo cursa el noveno semestre de la carrera Ingeniera Civil, en una oportunidad solicit en la Unidad de Documentacin y Biblioteca un libro, el cual le prestaron para consultarlo en casa. Cuando baj del autobs dej olvidado el libro. Ya antes haba sido sancionado por no haber devuelto a tiempo otro material que le prestaron en la biblioteca.

Analiza el caso y responde las siguientes preguntas:

1) Qu establece el reglamento en relacin a la prdida de un material solicitado en la biblioteca?

En el Articulo 15, establece: La prdida o deterioro de un material, obligar al usuario a su reposicin con un material nuevo y de edicin actualizada. En caso de ediciones agotadas o suspendidas, la Unidad indicar al usuario el material a adquirir para reponer la prdida.

Aplicando el Reglamento Pablo tendr que reponer dicho material y en caso contrario se le aplicara el Artculo 17 que reza asi: El incumplimiento de las obligaciones anteriores ser causal de la suspensin del servicio. A los fines pertinentes, el Coordinador de la Unidad informar al Director de Desarrollo Estudiantil o, en su defecto, a la autoridad competente.

2) Qu sancin establece el reglamento para el usuario que solicite un material de la unidad y no lo devuelva?

Invocando el articulo 14, el cual reza lo siguiente: Al usuario que solicite un material de la Unidad y no lo devuelva en el perodo indicado, le ser suspendido el servicio en tres (3) das por cada da de atraso.

En otras palabras por cada da de retraso le equivalen a 3 das adicionales.

3) Qu establece el reglamento en relacin a las constancias de solvencias emitidas por la unidad?

Los usuarios de la Bibliotecas estn sujetos segn lo estipulado en el reglamento a lo siguiente:Artculo 11: Los equipos, textos y dems materiales solicitados por los usuarios debern ser devueltos a la Unidad en los plazos fijados por la misma.

Artculo 12: El usuario estudiante que no presente su constancia de solvencia de la unidad, no podr graduarse hasta no cumplir este requisito.En este sentido, cabe recordar, que tambin lo aborda el mismo reglamento:Artculo 29: Las solvencias a las que se refieren los artculos 11 y 12 del presente Reglamento, sern emitidas por la Unidad de Documentacin y Biblioteca y sern exigidos para:

1. Graduaciones, tramitacin de entrega de ttulos, certificaciones, etc.

2. Solicitud de tramitacin de ascensos y ubicaciones.

3. Reinscripciones, traslados de escuela, facultades, etc.

4. Liquidacin de prestaciones sociales.

5. Otorgamiento de becas.

6. Concesin de ao sabtico y permisos.

7. Retiro de alumnos.4) Cules son las obligaciones que tienen que cumplir los usuarios de la biblioteca para poder disfrutar del servicio que sta les ofrece?

Las obligaciones que tienen que cumplir los usuarios de la biblioteca estn pautadas en el Captulo II (DE LOS USUARIOS Y SUS OBLIGACIONES) en sus artculos los cuales establecen lo siguiente:

Artculo 6: Todos los miembros de la comunidad universitaria pueden ser usurarios de la Unidad de Documentacin y Biblioteca.

Artculo 7: Los estudiantes de otras universidades o instituciones de educcin superior podrn disfrutar de los servicios, dentro de la Unidad, previa presentacin de su carnet universitario vigente.

Artculo 8: Los usuarios integrantes de la comunidad universitaria debern presentar su carnet vigente, para optar a todos los servicios que ofrece la Unidad.

Artculo 9: Los usuarios debern guardar silencio y compostura dentro de la Unidad.

Artculo 10: Los usuarios debern responder por el buen estado y mantenimiento de los equipos y materiales solicitados en prstamo a la Unidad.

Artculo 11: Los equipos, textos y dems materiales solicitados por los usuarios debern ser devueltos a la Unidad en los plazos fijados por la misma.

Artculo 12: El usuario estudiante que no presente su constancia de solvencia de la unidad, no podr graduarse hasta no cumplir este requisito.

Artculo 13: El usuario miembro del personal acadmico o administrativo que disfrute de ao sabtico o deje de prestar sus servicios a la Universidad, deber presentar su solvencia para los efectos consiguientes.SegundoCaso

CASO N 1. (REGLAMENTO DISCIPLINARIO DE LOS ALUMNOS)

CASO N 1. (REGLAMENTO DISCIPLINARIO DE LOS ALUMNOS)

Jorge es un estudiante del 3er. Semestre de Administracin de Empresas, cursa sus estudios en el turno de la noche porque trabaja durante el da en el horario de 8:00 a.m a 12:00 a.m. y 2:00 p.m a 6:00 p.m. Sus clases en la universidad se inician a las 6:30 p.m. Jorge acostumbra llegar tarde (7:00 p.m.) y siempre tiene la excusa de su trabajo. El profesor de matemticas le advirti que la prxima vez que llegara tarde no le permitira la entrada al aula hasta la siguiente hora (7:15 p.m). Jorge no hizo caso de la advertencia y de nuevo lleg tarde a la clase siguiente. Cuando el profesor le aplic la sancin, Jorge se molest y le falto el respeto utilizando un lenguaje obsceno y cerrando violentamente la puerta del aula.

Analiza y responde:

1) Que tipo de falta disciplinaria est cometiendo Jorge?

Jorge cometi las siguientes faltas disciplinarias:

a) Incumplimiento a la hora de entrada a las clases, por un lado y por el otro perturba o se converta en un ente distractor a las actividades acadmicas ya comenzadas.

b) La utilizacin de un lenguaje obsceno y soez en contra del profesor, que en reiteradas veces le haba comunicado de forma verbal su llegada tarde al saln de clases.

c) Ocasionando posible daos al bien mueble (Puerta del saln) al cerrarla de forma violenta.2) Cul es la sancin aplicable de acuerdo a la falta cometida?

Las faltas cometidas por Jorge estn tipificadas en el reglamento, segn su gravedad (Art. 12 de Reglamento disciplinario de los alumnos) y se pueden considerar:

Aplicndole el articulo 13 numeral 2 de Reglamento disciplinario de los alumnos.

Asimismo, considerando la situacin presentada ante el profesor a Jorge se le aplica el articulo 14, numeral 2, 3 y 4 del Reglamento disciplinario de los alumnos.3) A qu autoridad universitaria le corresponde aplicar la sancin?

A la autoridad que tiene que aplicar este tipo de sancin est prevista en el Reglamento, articulo 16 numeral 2 al 8

TercerCaso

Caso N 5: REGLAMENTO DE EVALUACIN DEL RENDIMIENTO ESTUDIANTIL DE PREGRADO DE LA UNIVERSIDAD JOS ANTONIO PEZCASO N 5. (REGLAMENTO DE EVALUACIN DEL RENDIMIENTO ESTUDIANTIL DE PREGRADO DE LA UNIVERSIDAD JOS ANTONIO PEZ)

Mara es una joven que recientemente ingres a la universidad, est cursando el segundo semestre de educacin con mucho xito, ya que su ndice acadmico en el semestre anterior fue de 19.8 Pts. Por lo que puede ubicarse en la categora de alumna excelente. Tiene dominio del idioma ingles, habilidad que adquiri mediante sus estudios en Londres y conoce muy bien el campo de la informtica, ya que ha trabajado con su padre en la empresa.

1) Qu estmulos al rendimiento otorga la universidad a estudiantes como Mara?

Los estmulos que otorga la universidad para estudiantes como Mara. Son becas parciales o totales, adems de reconocimiento por su rendimiento acadmico

2) Mara cuenta con dos habilidades, habla ingles perfectamente y conoce muy bien el campo de la informtica. Que prueba puede solicitar Mara en la universidad de acuerdo a sus habilidades?

Mara puede solicitar ante las autoridades de la universidad presentar una prueba de suficiencia, tipificado en el articulo 33 pargrafo nico del reglamento de evaluacin

3) Qu establece el artculo 38 en relacin a los resultados de la prueba?

El articulo 38 del reglamento , establece al decano o el Director General de Estudios Bsicos y Generales, segn el caso, publicar, la fecha, el lugar y la hora de la realizacin de la prueba de suficiencia, con tres (3) das hbiles, como mnimo, antes de su aplicacin.Nota: caso n 5. (reglamento disciplinario de los alumnos), no corresponde al titulo del prenombrado caso, siendo el correcto para este caso el reglamento de evaluacin del rendimiento estudiantil de pregrado de la universidad Jos Antonio PezREPBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL.P.P PARA LA EDUCACINUNIVERSITARIA

UNIVERSIDAD JOS ANTONIO PAZ

DIRECCIN GENERAL DE ESTUDIOS BSICOS Y GENERALES

CTEDRA ORIENTACIN

San Diego-Carabobo

C.I N V-25.798.013

PRADA V., LUISANA G.

Prof.