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MEMORIA DE LA GESTIN MUNICIPAL DEL SERVICIO PBLICO DE ABASTECIMIENTO DOMICILIARIO DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALESEl actual Gobierno Municipal, dentro de su permanente poltica de mejora y optimizacin de recursos, e incremento de la eficiencia en la gestin de los servicios pblicos, contempla el cambio en la forma de gestin del servicio pblico de abastecimiento domiciliario de agua potable, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales; que, hasta la fecha, se viene prestando mediante gestin directa a travs de la empresa municipal Aguas de Jerez, Empresa municipal, S.A" (AJEMSA), sociedad de capital ntegro municipal, plantendose como una necesidad prioritaria el estudio y valoracin de este cambio de gestin de forma directa a indirecta dentro de las posibles modalidades que ofrece el ordenamiento jurdico y la posterior formacin del oportuno procedimiento de contratacin. Para ello, y de conformidad con los establecido en los artculo 85 de la ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Rgimen Local y artculo 97 del RDL 781/86, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Rgimen Local, por Resolucin de la Alcalda de 9 de noviembre pasado se constituy una Comisin de estudio compuesta por miembros de la Corporacin y por personal tcnico con los siguientes miembros: Presidente: D. Enrique Espinosa de la Calle Vocales: D. Antonio Saldaa Moreno Da. Felisa Rosado Refolio Da. Pilar Cecilia Garca Gonzlez D. Juan Manuel Ros Muoz D. Cornelio Vela Garca D. Enrique Martn Corchado D. Ignacio Diez Pemartn Da. M del Milagro Prez Prez 1

D. Gins Garca Galera D. Eduardo Campos Florido En esta relacin de miembros est la del Interventor o Secretario del Ayuntamiento de Jerez de la Frontera? Esta Comisin ha elaborado la presente Memoria, relativa a los aspectos sociales, jurdicos, tcnicos y financieros del servicio, y la nueva forma de gestin, entre las previstas por la Ley, que se somete al Pleno de la Corporacin para su consideracin y aprobacin, si procede, cambiando el modelo de gestin del servicio pblico municipal de abastecimiento domiciliario de agua potable, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales, pasando de gestin directa a travs de sociedad ntegramente municipal, a gestin indirecta por medio de Concesin de la gestin del servicio. Jerez de la Frontera a 19 de diciembre de 2011

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INDICE ASPECTOS SOCIALES Referencia histrica. II. Abastecimiento de agua y saneamiento: servicio pblico. III. El servicio de abastecimiento de agua, alcantarillado y saneamiento municipio de Jerez. IV. Evolucin del servicio y nuevo modelo de gestin.I.

en el

ASPECTOS JURDICOSI. II. III. IV.

Naturaleza y rgimen jurdico del servicio municipal de abastecimiento de agua, alcantarillado y depuracin. Competencia municipal del servicio. Formas de gestin de los servicios pblicos Rgimen legal de la concesin

ASPECTOS TCNICOSI.

Descripcin del servicio de abastecimiento de agua, alcantarillado y depuracin Abastecimiento del trmino municipal de Jerez de la Frontera Recursos hidrulicos y descripcin. 1. Sistema Manantial de Tempul 2. Sistema de abastecimiento de Zona Gaditana1. 1. 2. 3. 4. 2. 1.

Red de distribucin y soporte Controles de Calidad Parque de contadores

Alcantarillado del trmino municipal de Jerez de la Frontera Jerez Ciudad 2.1.1 Evaluacin de cuencas existentes Descripcin de Cuencas Hidrogrficas Evaluacin de riesgos potenciales en las reas de estudio en el futuro PGOU. 2.2. Pedanas3. 1.

Depuracin del trmino municipal de Jerez de la Frontera Depuracin actual de aguas residuales en Jerez Ciudad.

3.1.1.Situacin actual de la EDAR de Jerez 3

2.

Depuracin actual de aguas residuales en Pedanas. 4.Telecontrol de las instalaciones del ciclo integral del agua de Aguas de Jerez

II Evolucin del servicio

ASPECTOS ECONMICOSI. Bases del modelo de financiacin II. Estructura de costes del servicio III. Estructura de ingresos del servicio IV. Estructura de las tarifas del ciclo del agua a. Estructura de tarifa del servicio de abastecimiento b. Estructura de tarifas de saneamiento (alcantarillado y depuracin) V. Bonificaciones tarifarias VI. Hiptesis de proyeccin del modelo VII. Inversiones de reposicin VIII. Bases de Clculo del canon concesional IX. Otras consideraciones. Clculo valor neto contable concesin demanial

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ASPECTOS SOCIALES

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I. REFERENCIA HISTRICA

Un 16 de Julio de 1.869, Don Rafael Rivero, Presidente de la Sociedad Annima de Abastecimiento de Aguas Potables de Jerez de la Frontera, abri el "grifo" que dio paso al torrente de agua que arrib por vez primera del manantial del Tempul a la ciudad de Jerez. Con l lleg un enorme caudal de ilusiones y expectativas que se traducen en 138 aos de una historia al servicio de Jerez. Una historia, que comenz aos atrs, cuando se percibe la necesidad imperiosa de abastecer de agua potable a sus habitantes, dada la escasez de recursos con la que se abasteca a la poblacin jerezana de aquella poca. La culminacin de una obra de 48 kilmetros, cuyo fin era el de conducir las aguas del Tempul a la ciudad de Jerez, marc la diferencia entre lo que aos atrs era un sueo y lo que el 23 de Junio de 1869 era ya una realidad tangible. "Las aguas del Tempul entran en torrente... y se precipitan sobre el depsito hiriendo dulcemente los odos de cuantos se encontraban all". De esta peculiar forma recogieron las crnicas del momento la gnesis de una empresa bajo el nombre de "La Sociedad Annima de Abastecimiento de Aguas Potables de Jerez de La Frontera". La entrada del siglo XX viene marcada por la crisis y las numerosas sequas que azotaron al marco de Jerez, perfilando una ciudad empobrecida y anmica. La sociedad privada de abastecimiento de aguas tuvo que hacer frente a una reforma estatutaria en 1.912, cuyo fin era asegurar al Ayuntamiento de Jerez la propiedad inalienable sobre los manantiales de Tempul y limitar la existencia de la Sociedad, que haba quedado sin definir en los estatutos de 1.871. A partir de 1.936, se plantea la necesidad de revertir al Ayuntamiento la gestin del mismo. El 23 de Abril de 1.942 en Junta General Extraordinaria, la Sociedad acuerda la disolucin, pasando el activo social al Ayuntamiento de la ciudad. El 4 de noviembre de 1.942 se constituye el Servicio Municipalizado de Aguas con la aprobacin de los Estatutos en sesin plenaria de Aguas de Jerez Empresa Municipal, S.A. Con algo ms de un siglo acumulado en su haber, la Empresa Municipal de Aguas de Jerez continu su trayectoria, sin dejar pasar de largo el espritu dinmico de una sociedad en constante evolucin, que marc unas nuevas necesidades a las que haba que adaptarse. Estas nuevas necesidades obligaron a replantearse nuevas filosofas de actuacin y de gestin. En 1.981 se decide por el Ayuntamiento convertir el servicio municipalizado de aguas en una de Sociedad Annima Municipal.

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Esta nueva estructura jurdica culmin con la firma de las escrituras de constitucin de la sociedad el da 2 de Mayo de 1983, pasando el nuevo ente a denominarse Aguas de Jerez, Empresa Municipal, S. A. Con fecha 12 de mayo de 1988 se escritur la adscripcin de los servicios de saneamiento que le haban sido cedidos a la compaa por el Ayuntamiento de Jerez. Con fecha 1 de Marzo de 1994, se adscribe la Estacin Depuradora de Aguas Residuales "Guadalete". Con fecha 24 de Junio de 1994 la Junta General de Accionistas ampli el objeto social de Ajemsa, en los trminos siguientes: El Excmo. Ayuntamiento de Jerez de la Frontera prestar en forma de gestin directa a travs de "AGUAS DE JEREZ, EMPRESA MUNICIPAL, S.A. (AJEMSA), los servicios pblicos municipales de abastecimiento domiciliario de agua potable; alcantarillado; tratamiento de aguas residuales (saneamiento); recogida, tratamiento y aprovechamiento de residuos slidos urbanos; as como aquellas actividades que en materia de proteccin del medio ambiente correspondan al municipio, y el Ayuntamiento, en cada caso, le asigne". as como aquellas actividades que en materia de proteccin del medio ambiente correspondan al municipio, y el Ayuntamiento, en cada caso, le asigne". Es curioso, esta posible asignacin se seguira teniendo si se vende?: Con fecha 23 de Abril de 1.996, el Excmo. Ayuntamiento Pleno acord otorgar de forma directa a Aguas de Jerez, Empresa Municipal, S. A. (AJEMSA), la concesin administrativa demanial de los bienes afectos al Servicio de saneamiento y depuracin con sujecin al Pliego de Condiciones particulares jurdicas y econmicoadministrativas que igualmente se aprueban. Con esa misma fecha, constituida la Junta General Extraordinaria con carcter de universal de Aguas de Jerez, Empresa Municipal, S. A. (AJEMSA), acept del Excmo. Ayuntamiento de Jerez de la Frontera la antedicha concesin administrativa. Con efectos de 1 de Enero de 1.996 se inicia la facturacin directa a abonados por la recogida de residuos slidos urbanos en el Trmino de Jerez de la Frontera y Entidades Locales Menores. Con fecha 26 de Noviembre de 1.999, el Excmo. Ayuntamiento Pleno acord la ampliacin de la concesin a Aguas de Jerez, Empresa Municipal S.A. (AJEMSA), del uso privativo de los bienes demaniales afectos al servicio de saneamiento. El plazo de dicha concesin queda fijado en setenta y cinco aos.

Con fecha 1 de Diciembre de 1.999 constituida la Junta General Extraordinaria con carcter de universal de Aguas de Jerez, Empresa Municipal S.A. (AJEMSA), acept del Excmo. Ayuntamiento de Jerez de la Frontera, la ampliacin hasta setenta y cinco aos de la concesin administrativa de utilizacin privativa de los bienes e instalaciones de dominio pblico del servicio de saneamiento. 7

Por qu en ningn momento se citan las cifras econmicas de dichas concesiones?II.

ABASTECIMIENTO DE AGUA Y SANEAMIENTO: SERVICIO PBLICO.

En el prembulo de la Ley 29/1985, de 2 de agosto, de Aguas se establece que: "El agua es un recurso natural escaso, indispensable para la vida y para el ejercicio de la inmensa mayora de las actividades econmicas; es irremplazable, no ampliable por la mera voluntad del hombre, irregular en su forma de presentarse en el tiempo y en el espacio, fcilmente vulnerable y susceptible de usos sucesivos". Por su parte, la Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2000, por la que se establece un marco comunitario de actuacin en el mbito de la poltica de aguas, establece en su exposicin de motivos: "El agua no es un bien comercial como los dems, sino un patrimonio que hay que proteger, defender y tratar con tal". Y aade: "Las aguas de la Comunidad estn sometidas a la creciente presin que supone el continuo crecimiento de la demanda de agua de buena calidad en cantidades suficientes para todos los usos: el 10 de noviembre de 1.995, en su informe "El Medio Ambiente en la Unin Europea 1995", la Agencia Europea del Medio Ambiente present un estudio actualizado sobre el estado del medio ambiente en el que se confirmaba la necesidad de tomar medidas para proteger las aguas comunitarias tanto en trminos cualitativos como cuantitativos. A estas consideraciones cabra aadir la jurisprudencia del Tribunal Constitucional en el sentido que el Alto Tribunal entiende que el agua es un recurso natural escaso e indispensable, siendo su distribucin irregular y fcilmente vulnerable. En el Acuerdo Andaluz por el Agua firmado por todos los agentes sociales en febrero del 2009 se establece que " El agua es un patrimonio comn fundamental para la vida, el bienestar econmico y la vertebracin del territorio, pero es un recurso finito y vulnerable al que hay que cuidar para poder garantizar el abastecimiento de la poblacin, la prosperidad econmica y las necesidades medioambientales. Es necesaria una nueva tica del agua que tenga en cuenta la fragilidad del recurso y sepa hacer compatible la garanta de las demandas de todos los usos con el cuidado del medio ambiente, pues la calidad de vida de los andaluces, la ordenacin de las actividades econmicas y del territorio y el desarrollo de polticas sociales adecuadas dependen en gran parte de la buena gestin del agua".

Este carcter del agua como recurso fundamental para la vida y el bienestar de la poblacin se pone de manifiesto en el artculo en el artculo 26 de la Ley 7/19585, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Rgimen Local que dentro de sus competencias atribuye a los municipios, el servicio de abastecimiento domiciliario de agua potable y alcantarillado, como un servicio mnimo obligatorio que deben prestar todos los ayuntamientos. Asimismo, el artculo 31 de la Ley 5/2010, de 11 de junio de, de Autonoma Local de Andaluca declara que son servicios pblicos bsicos los esenciales para la comunidad, cuya prestacin es obligatoria para todos los municipios de Andaluca; 8

declarando que tienen tal carcter los establecidos en el artculo 92.2 d) del Estatuto de Autonoma para Andaluca entre los que se mencionan el abastecimiento de agua y tratamiento de aguas residuales. III.- EL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO DE AGUA, ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO EN EL MUNICIPIO DE JEREZ No puede hablarse de una gestin eficiente y eficaz del recurso si no se aborda dicha gestin de forma unitaria e integral en todas sus fases, desde la captacin hasta la depuracin, en lo que se viene denominando Ciclo Integral del Agua. ste implica el recorrido que hace el agua desde que se recoge en la naturaleza, se almacena, se potabiliza y distribuye a los consumidores, y una vez usada se devuelve a la naturaleza depurada y sin contaminantes que perjudiquen el medio ambiente (abastecimiento, saneamiento y depuracin). As, la gestin integral del agua se consolida como un principio y un instrumento indispensable para afrontar el futuro y garantizar el abastecimiento de la poblacin a un precio razonable, respetar el carcter renovable del recurso, garantizando su uso sostenible, gestionar la demanda para conseguir su uso eficiente y la calidad adecuada y los valores ambientales asociados al medio hdrico. Por lo que respecta al abastecimiento de agua en el Municipio de Jerez de la Frontera, agua distribuida que abastece a las poblaciones del trmino municipal procede de dos sistemas complementarios: El Sistema de Tempul y el de Zona Gaditana y la gestin del servicio corresponde a la empresa municipal Aguas de Jerez. El Sistema del Tempul atiende a los ncleos situados en la carretera (La Barca de la Florida, Mesas del Corral) y, a travs de ramales secundarios, a ncleos situados al norte (Majarromaque) y al sur (San Isidro del Guadalete, Torreceras Alta y Baja, Torno, Rajamancera, La Ina, Repastaderos Las Pachecas, Lomopardo). Est en ejecucin la conexin del ncleo Las Guareas. No estn en ejecucin, ya toman agua de Tempul Las Guareas y Magallanes. Zona Gaditana realiza la distribucin a los distintos ncleos:

Jerez Ciudad, Montealegre y Los Cuartillos. Ramal norte hacia Gibalbn, pasando por Estella, Gibalbn, Torremelgarejo, Nueva Jarilla y Barriada de la Inmaculada. Ramal noroeste, hacia Mesas del Asta y Trebujena. Ramal suroeste: Polila, Las Tablas, Aina Est prevista la conexin de El Mojo y Baldo Gallardo.

En cuanto al abastecimiento para usos agrcolas, la superficie integrada en Zonas Regables en el trmino municipal de Jerez asciende a 14.959 ha, de las que algo ms 9

de tres cuartas partes corresponden a regados de Inters Nacional e iniciativa pblica y el resto a riegos a particulares. Zonas Regables Guadalcacn Guadalete Campia de Jerez Bajo Guadalete TOTAL Superficie ha. 10.246 3.210 1.392 14.848 % 69,0 21,6 9,4 100,00

La red de distribucin, con una edad que oscila entre los 25 y 50 aos, presenta deficiencias derivadas de su mal estado de conservacin y de su inadaptado diseo, al estar apoyada en conducciones abiertas, que provocan prdidas de agua y falta de presin general, favoreciendo el tradicional riego por gravedad (un 73% de las superficies), de mayor consumo de agua, sobre los sistemas de aspersin (25%) o riego localizado (2%). En conjunto, los recursos e infraestructuras disponibles no cubren todas las necesidades hdricas estimadas, que ascienden a 6.238 m/ha, mientras que el consumo medio se sita en 4.660 m/ha, lo que implica la existencia de un dficit estructural. No obstante, si aportan una elevada garanta de regularidad en el suministro, tanto en los sectores de aguas superficiales, como en los de subterrneas. Paralelamente, la calidad de las aguas garantiza su aptitud para el riego en porcentajes realmente elevados, del 100% para el agua subterrnea y del 87% para la superficial. Las Comunidades de Regantes gestionan las infraestructuras y los riegos en ms del 90% (13.748 ha) de la superficie regable, distribuyndose de la siguiente manera entre las cinco existentes:

Comunidad de Regantes Guadalcacn La Grdula Los Sotillos Margen derecha Guadalete Margen izquierda Guadalete TOTAL

10.246 200 1.910 820 572 13.748

Porcentaje gestionado 74,5 1,5 13,9 6,0 4,2 100

Finalmente, la combinacin las insuficiencias de las infraestructuras y el pequeo tamao del parcelario, que responde a la situacin econmica y social de la poca colonizadora, muy diferente a la actual, y, est dificultando la viabilidad de muchas de las explotaciones tradicionales que, de cara al futuro deben reencontrar su equilibrio mejorando la productividad, ya sea actual a travs de la concentracin, la intensificacin de los cultivos o la mejora de la capacidad comercial. 10

Por otra parte en cuanto al servicio de Saneamiento, la principal depuracin de aguas residuales se produce mediante su tratamiento en la EDAR Guadalete, situada junto al ro al sur del casco urbano y recibe las aportaciones de la capital y las de sus ncleos ms cercanos: Estella del Marqus, Montecastillo, El Portal, Guadalcacn, La Corta y Los Albarizones.. Los lodos producidos en el trmino son transportados a la EDAR Guadalete y desde all a la planta de tratamiento de residuos slidos urbanos Las Calandrias, a 3 km al sur de la EDAR. Los restantes ncleos disponen de tratamiento de depuracin independiente o autnomo:

Pretratamiento, biodiscos, decantacin secundario y lodos: La Barca de la Florida, El Torno, Torrecera Alta y Nueva Jarilla. Desbaste, Rototamiz y FDD: San Isidro del Guadalete. Desbaste y FDD: Majarromaque, Torremelgarejo, Cuartillos, Lomopardo, Gibalbn, Bda. La Inmaculada, Mesas de Asta, Mesas del Corral, Las Tablas, Polila, Aina, Repastaderos, Pachecas, La Ina, Rajamancera, Caada del Len, Mesas de Santa Rosa, Pozo Romano. En ejecucin Desbaste y FDD: La Guarea, El Mojo y Baldo Gallardo. Los lodos producidos en el trmino son transportados a la EDAR Guadalete y desde all a la planta de tratamiento de residuos slidos urbanos Las Calandrias, a 3 km al sur de la EDAR. Los restantes ncleos disponen de tratamiento de depuracin independiente o autnomo:

Pretratamiento, biodiscos, decantacin secundario y lodos: La Barca de la Florida, El Torno, Torrecera Alta y Nueva Jarilla. Desbaste, Rototamiz y FDD: San Isidro del Guadalete. Desbaste y FDD: Majarromaque, Torremelgarejo, Cuartillos, Lomopardo, Gibalbn, Bda. La Inmaculada, Mesas de Asta, Mesas del Corral, Las Tablas, Polila, Aina, RepastaderosPachecas, La Ina, Rajamancera, Caada del Len, Mesas de Santa Rosa, Pozo Romano. En ejecucin Desbaste y FDD: La Guarea, El Mojo y Baldo Gallardo.

IV.- EVOLUCIN DEL SERVICIO Y NUEVO MODELO DE GESTIN Los servicios pblicos de abastecimiento de agua a las ciudades han sido encomendados tradicionalmente en Espaa a los municipios como propios de su 11

actividad. La tradicin municipalista en este campo es notable ya que, no slo en el siglo pasado, sino con anterioridad, eran los municipios los que trataban de asegurar tambin las fuentes de suministro que ahora denominamos en alta como garanta del abastecimiento del agua a las ciudades. Esta tradicin municipalista se ha mantenido hasta ahora, aunque con un nuevo contenido, al haberse concentrado las cuestiones del abastecimiento en alta en la Administracin estatal o autonmica e incorporado otros cometidos nuevos, como los relacionados con el saneamiento, en las competencias municipales. Si bien esta organizacin nos puede parecer natural a nosotros, esto no es ni mucho menos cierto. Muchos pases tienen los servicios de abastecimiento de aguas como una responsabilidad estatal, encomendando el desarrollo de la misma a rganos especficos de gestin o bien como responsabilidad propia de la Administracin. En este sentido conviene recordar que la mayor aglomeracin urbana espaola, Madrid, tena el servicio encomendado a un ente estatal, el Canal de Isabel II puesto en marcha a mitad del siglo XIX, hasta su transferencia a la Comunidad Autnoma de Madrid a mitad de 1980. Los pases en desarrollo presentan tambin esta dicotoma local-estatal que, ante el impresionante crecimiento que han adquirido las aglomeraciones urbanas y las reas metropolitanas, han puesto en evidencia las limitaciones que tiene el modelo local sobre el estatal, debido a las fuertes economas de escala que se generan para afrontar estos problemas y la debilidad que presentan las entidades locales para su financiacin.

Adems, la inclusin de todo el ciclo hidrolgico en este proceso, y la situacin de crisis financiera de los Ayuntamientos, no ha hecho ms que reforzar la bsqueda de soluciones para la mejora del servicio Aunque de una forma an incipiente, y ante la necesidad de aplicar los requerimientos que la Directiva de Aguas de la UE exige para el ao 2015, se est planteando la necesidad de disponer de indicadores que permitan comparar la eficiencia entre las distintas formas de gestin e incluso la necesidad de la existencia de un regulador en el sector que permita aplicar las mejores prcticas en beneficio de los consumidores y que contribuya al mismo tiempo a la sostenibilidad del recurso. El cumplimiento de la prestacin del servicio de Abastecimiento de agua, y saneamiento, como servicio mnimo y obligatorio, exige por parte de los poderes pblicos y especialmente de los ayuntamientos un gran esfuerzo inversor tanto en recursos naturales y humanos como en el establecimiento y mantenimiento permanente de sus infraestructuras ante las nuevas demandas y constantes necesidades de modernizacin. Ello implica que el Ayuntamiento de Jerez consciente de las peculiaridades demogrficas, extensin superficial y climatologa y con el objeto de prestar y ofrecer a toda la ciudadana un servicio de calidad se vea forzado a potenciar todos sus recursos y medios a su alcance.

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La dinmica demogrfica en el municipio de Jerez en los ltimos aos muestra una tendencia creciente. Desde el ao 2001 el incremento demogrfico asciende cada ao en una media superior a los 2.500 habitantes. En 2007, al haber superado la barrera de 200.000 habitantes, la ciudad adquiere la consideracin de gran ciudad en el contexto nacional desde el punto de vista demogrfico y con respecto a Andaluca se sita en el quinto municipio en el conjunto de las doce ciudades andaluces que superan los 100.000 habitantes. A 1 de enero de 2011, con datos oficiales del Padrn Municipal de Habitantes, el municipio de Jerez cuenta con 210.861 habitantes 208.896 registrados. Por otra parte, la gran dimensin superficial del municipio de Jerez, que alcanza 1.188,31 kilmetros cuadrados, hace que sea en cuanto a dimensin, el sexto municipio a nivel nacional y el segundo a nivel andaluz. Ello, a su vez, implica que existe una gran dispersin poblacional en torno a 16 Barriadas rurales y 7 Pedanas, alcanzando una cifra de alrededor de 24.700 que residen en dicho mbito rural. Esta es una de las peculiaridades del municipio de Jerez que le hace diferente a la mayora de municipios andaluces y espaoles y que implica , necesariamente una organizacin especial y supone una dificultada aadida a la hora de prestar los servicios municipales, suponiendo as mismo, un coste econmico elevado. Por ltimo, el clima mediterrneo ocenico que disfruta Jerez constituye una de las explicaciones de la alta variabilidad de los registros anuales de precipitaciones. Esta alta variabilidad no presenta en principio una clara tendencia a la disminucin de las precipitaciones, sino ms bien hacia una radicalizacin de los fenmenos meteorolgicos. Es decir, hacia un clima ms tropical en el que coexisten periodos de sequa con episodios de lluvias torrenciales. Estas manifestaciones climatolgicas ponen de manifiesto que el agua en el municipio sea un bien frgil y muy preciado por la poblacin. El Texto Refundido de la Ley de Aguas establece la prioridad del abastecimiento de la poblacin, el agua ya no se ve nicamente como un recurso a gestionar, sino como un bien a proteger y que hay que usar de forma racional, aplicando medidas de ahorro y utilizando mejor la cantidad de agua disponible, devolvindola al medio natural para su reutilizacin. Esta realidad obliga al Ayuntamiento a mantener el servicio de abastecimiento de agua potable en permanente modernizacin y a hacer un creciente esfuerzo inversor en mantenimiento, renovacin y ampliacin de infraestructuras que garanticen la mxima estanqueidad de las redes de distribucin y, en general, la mxima eficiencia en la gestin del recurso. En la actual coyuntura de crisis econmica y especialmente de dificultades financieras, el volumen de inversiones necesarias para garantizar la modernizacin de las infraestructuras de abastecimiento, conduccin, saneamiento y tratamiento de las aguas se pone en peligro y exige buscar otras vas que permitan preservar los niveles de calidad alcanzados en la prestacin de este servicio bsico para la comunidad. Como se afirma en el Acuerdo Andaluz por el Agua de 2009: "Con el fin de acelerar la ejecucin de las infraestructuras necesarias y su pronta puesta en servicio, los recursos pblicos se complementarn con mecanismos de financiacin privada". 13

El ejercicio de las competencias municipales en este campo genera una gran variedad de formas en la gestin de los recursos hdricos. Aparte de la gestin directa (nica o a travs de Mancomunidades o Consorcios), o a travs de empresas pblicas; durante los ltimos aos se asiste en nuestro Pas a un incremento notable de la gestin indirecta de estos servicios a travs de, preferentemente la forma de concesin del servicio a empresas privadas o con la formacin de empresas mixtas. Por otro lado, este proceso es lgico, como tambin se ha visto respecto a la expansin internacional. Las empresas o entes municipales creados para prestar el servicio a escala local, tambin se ven golpeadas por la crisis econmica nacional y, especialmente local y, por el contrario, las empresas privadas pueden aprovechar las economas de escala que permite su know-how y mejorar el servicio a un menor coste.

Esta opcin de gestin indirecta transfiriendo la gestin del servicio al sector privado se presenta como una estrategia orientada a mantener, ante la falta de recursos pblicos, el volumen necesario de inversiones que garantice el desarrollo y el nivel de calidad alcanzado en la prestacin del servicio, mediante la aportacin de financiacin privada as como aprovechando la eficiencia y eficacia de este sector. Ahora bien, todo ello manteniendo el Ayuntamiento la titularidad del servicio y propiedad de las instalaciones, as como ejerciendo en todo momento sus prerrogativas de planificacin, tutela, evaluacin y control sobre el servicio de forma que queden plenamente garantizados y protegidos los derechos de la ciudadana como usuaria de este servicio pblico, derechos que vienen fijados por el artculo 7 de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andaluca:1. 2.

Disfrutar de un medio hdrico de calidad. Obtener la prestacin del servicio con garanta y calidad adecuada a su uso, debiendo establecerse reglamentariamente los parmetros y estndares que definan esa calidad, as como el sistema de tratamiento de incidencias y reclamaciones. Ser informados por la entidad prestadora del servicio pblico, con antelacin suficiente, de los cortes de servicios programados por razones operativas. Conocer los distintos componentes de las tarifas y obtener informacin de la entidad prestadora del servicio pblico de las dems caractersticas y condiciones de la prestacin de los servicios de agua, especialmente sobre el estado de funcionamiento de las instalaciones de depuracin y medidas de eficiencia para el ahorro de agua, debiendo ser la informacin que se preste en este sentido clara, inequvoca, comprensible y adaptada a todas las personas usuarias del servicio. Disponer de contadores homologados y verificados en los trminos establecidos en las disposiciones reglamentarias, para la medicin de sus consumos, que debern ser instalados por las entidades suministradoras a su costa.

3.

4.

5.

14

6.

Acceder a toda la informacin disponible en materia de agua y, en particular, a la referida al estado de las masas de aguas superficial o subterrnea, en los trminos previstos por la normativa reguladora del acceso a la informacin en materia de medio ambiente. Participar, de forma activa y real, en la planificacin y gestin del agua, integrndose en los rganos colegiados de participacin y decisin de la Administracin del Agua, bien directamente o a travs de las organizaciones y asociaciones reconocidas por la ley que los agrupen y representen, en la forma que reglamentariamente se determine. Gozar de igualdad de trato en sus relaciones con la Administracin del Agua.

7.

8.

As mismo, el artculo 11 del Decreto 120/1991, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Suministro Domiciliario de Agua determina los derechos mnimos de los abonados, siendo los siguientes:

Potabilidad del agua: A recibir en sus instalaciones agua que rena los requisitos de potabilidad establecidos en las disposiciones vigentes. Servicio permanente: A la disposicin permanente del suministro de agua potable, con arreglo a las condiciones que se sealen en su contrato de suministro, sin otras limitaciones que las establecidas en el Reglamento y dems disposiciones aplicables. Facturacin: A que los servicios que reciba se le facturen por los conceptos y cuantas vigentes en cada momento. Periodicidad de lectura: A que se le tome por la Entidad suministradora la lectura al equipo de medida que controle el suministro, con una frecuencia no superior a seis meses. Periodicidad de facturacin: A que se le formule la factura de los servicios que reciba, con una periodicidad mxima de tres meses. Contrato: A que se le formalice, por escrito, un contrato, en el que se estipulen las condiciones bsicas del suministro, fijadas en el artculo 58 del Reglamento. Ejecucin de instalaciones interiores: Los abonados podrn elegir libremente el instalador autorizado que ejecute las instalaciones interiores, as como el proveedor del material, que deber ajustarse a las prescripciones tcnicas reglamentariamente exigibles. Reclamaciones: A formular reclamacin contra la actuacin de la Entidad suministradora o sus empleados, mediante los procedimientos contemplados en el Reglamento. Cuando la reclamacin se refiera al cumplimiento de las condiciones 15

del suministro de agua, el reclamante deber acreditar su condicin de titular del contrato de suministro, o representante legal del mismo.

Informacin: A consultar todas las cuestiones derivadas de la prestacin y funcionamiento del servicio en relacin a su suministro; as como a recibir

contestacin por escrito de las consultas formuladas por este procedimiento. Igualmente, tendr derecho, si as es solicitado por el peticionario, a que se le informe de la normativa vigente que es de aplicacin, as como a que se le facilite, por parte de la Entidad suministradora, para su lectura en la sede de la Entidad, un ejemplar del Reglamento.

Visita de instalaciones: A visitar, en armona y concordancia con las exigencias de la explotacin, las instalaciones de tratamiento de agua.

De este modo, pese a la situacin de crisis econmica, el cambio de modelo de gestin del servicio municipal de abastecimiento, alcantarillado y saneamiento pasando de gestin directa a travs de sociedad ntegramente municipal a gestin indirecta por medio de concesin, garantizar, no slo el respeto a los derechos de la ciudadana antes detallados, sino tambin la conservacin y mejora del servicio, la gestin escrupulosa de respeto medioambiental y las exigencias de parmetros de garanta y control en los procesos del ciclo integral del agua; lo que permitir un slido y sostenible desarrollo econmico y social, tal como previene la citada Ley de Agua de Andaluca y la Directiva 2000/60/CE, de 23 de octubre de 2000, del Parlamento europeo y del Consejo, denominada Directiva Marco de Aguas.

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ASPECTOS JURDICOS

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I.- NATURALEZA Y RGIMEN JURDICO DEL SERVICIO MUNICIPAL DE ABASTECIMIENTO DE AGUA, ALCANTARILLADO Y DEPURACINDentro de las competencias que la Ley 7/19585, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Rgimen Local atribuye a los municipios, el servicio de abastecimiento domiciliario de agua potable y alcantarillado, se establece en su artculo 26, como un servicio mnimo obligatorio que deben prestar todos los ayuntamientos. Asimismo, el artculo 31 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonoma Local de Andaluca declara que son servicios pblicos bsicos los esenciales para la comunidad, cuya prestacin es obligatoria para todos los municipios de Andaluca; declarando que tienen tal carcter los establecidos en el artculo 92.2 d) del Estatuto de Autonoma para Andaluca, entre los que se mencionan el abastecimiento de agua y tratamiento de aguas residuales como servicios bsicos de competencia propia de los Ayuntamientos. El rgimen jurdico del servicio viene conformado por el siguiente marco legal:a. Normativa Europea

La Directiva 2000/60/CE, de 23 de octubre de 2000, del Parlamento europeo y del Consejo, denominada Directiva Marco de Aguas, es un marco comunitario de actuacin en el mbito de la poltica de aguas. Los principios rectores de esta Directiva se resumen en los siguientes puntos:

Mejorar gestin de recursos existentes. Mejorar la informacin sobre el consumo del agua. Calidad versus cantidad. Principio de recuperacin de costes de los servicios prestados por la administracin. Participacin de todos los usuarios y de todos los usos del agua en la gestin del recurso. 18

El objetivo de esta Directiva europea es proteger las aguas (superficiales, subterrneas, costeras y de transicin) para prevenir o reducir la contaminacin, promover su uso sostenible, proteger el medio ambiente, mejorar el estado de los ecosistemas acuticos y reducir los efectos de las inundaciones y sequas. Consagra los principios de conservacin y de gestin escrupulosa de respeto medioambiental, las exigencias de parmetros de garanta y control en los sistemas de abastecimiento, los controles en los procesos de depuracin y vertidos o la aplicacin de complejos sistemas de control a lo largo de todos los procesos en el ciclo integral del agua.

b.

Normativa Estatal

Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas. En su ttulo preliminar se establece el objeto de la ley que se resume en los siguientes aspectos:

Regulacin del dominio pblico hidrulico, del uso del agua y del ejercicio de las competencias atribuidas al Estado. Establecimiento de las normas bsicas de proteccin de las aguas continentales, costeras y de transicin. Las aguas continentales superficiales y las subterrneas renovables constituyen un recurso unitario, subordinado al inters general, que forma parte del dominio pblico estatal como dominio pblico hidrulico. La planificacin hidrolgica corresponder al Estado.

c.

Normativa Autonmica

El Acuerdo Andaluz por el Agua suscrito el 3 de febrero del 2009 por la Junta de Andaluca y ms de 20 organizaciones sociales e instituciones, muestra la preocupacin por la mejor utilizacin de los recursos hdricos. En el mismo se plasman una serie de polticas y de directrices que constituyen un compromiso para los poderes pblicos, de este modo incluye 97 medidas, planes y proyectos que responden a cinco ideas fundamentales:

Una gestin comprometida con las generaciones futuras. Un uso sostenible y con garanta del agua. Una participacin activa de la sociedad en la poltica del agua. 19

Una administracin hidrulica ms moderna y eficaz. Un nuevo rgimen econmico y financiero para un uso responsable del recurso.

La Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andaluca que contiene la normativa propia de la Administracin Andaluza del Agua, planificacin hidrolgica y rgimen de las obras hidrulicas, a la regulacin del ciclo integral del agua de uso urbano y polticas de abastecimiento y saneamiento, aguas subterrneas, comunidades de usuarios, rgimen de prevencin de inundaciones y sequas, rgimen econmico financiero del agua y rgimen de infracciones. Su artculo 4, define el ciclo integral del agua de uso urbano como el conjunto de actividades que conforman los servicios pblicos prestados, directa o indirectamente, por los organismos pblicos para el uso urbano del agua en los ncleos de poblacin, comprendiendo:a.

El abastecimiento de agua en alta o aduccin, que incluye la captacin y alumbramiento de los recursos hdricos y su gestin, incluida la generacin de los recursos no convencionales, el tratamiento de potabilizacin, el transporte por arterias o tuberas principales y el almacenamiento en depsitos reguladores de cabecera de los ncleos de poblacin. El abastecimiento de agua en baja, que incluye su distribucin, el almacenamiento intermedio y el suministro o reparto de agua potable hasta las acometidas particulares o instalaciones propias para el consumo por parte de los usuarios. El saneamiento o recogida de las aguas residuales urbanas y pluviales de los ncleos de poblacin a travs de las redes de alcantarillado municipales hasta el punto de intercepcin con los colectores generales o hasta el punto de recogida para su tratamiento. La depuracin de las aguas residuales urbanas, que comprende la intercepcin y el transporte de las mismas mediante los colectores generales, su tratamiento y el vertido del efluente a las masas de agua continentales o martimas.e.

b.

c.

d.

La regeneracin, en su caso, del agua residual depurada para su reutilizacin.

As mismo, el artculo 5 recoge los principios que han de inspirar la actuacin administrativa en materia de agua:

20

1.

Prevencin, conservacin y restauracin del buen estado ecolgico de los ecosistemas acuticos y, con respecto a sus necesidades de agua, de los ecosistemas terrestres y humedales directamente dependientes de los ecosistemas acuticos. Uso sostenible del agua, basado en la proteccin a largo plazo de los recursos hdricos disponibles, lo que supone su utilizacin racional y solidaria, y el fomento de la reutilizacin y el ahorro del agua.

2.

3.

Proteccin de la salud en todos aquellos usos destinados al ser humano, especialmente en las aguas de consumo, que implica priorizar para estos ltimos el agua de mejor calidad disponible, as como las infraestructuras para dicha finalidad. Unidad de gestin del agua y sistemas de explotacin de la demarcacin hidrogrfica, en las diferentes fases del ciclo hidrolgico. Eficacia, desconcentracin funcional y territorial, y participacin pblica, proximidad e igualdad de trato de la ciudadana en sus relaciones con la Administracin del Agua. Colaboracin, coordinacin, informacin, lealtad institucional y asistencia activa entre la Administracin autonmica y los gobiernos locales, en sus respectivas competencias sobre el ciclo integral del agua de uso urbano con el fin de lograr una mayor eficacia en la proteccin del medio ambiente en general y del recurso hdrico en particular. Compatibilidad de la gestin pblica del agua con la ordenacin del territorio, basada en la proteccin, regeneracin y mejora del dominio pblico hidrulico y la salvaguarda de las zonas asociadas. Participacin pblica y transparencia en la gestin del agua, rendicin de cuentas de las entidades prestadoras de servicios de agua, garanta de calidad en los servicios pblicos y simplificacin de trmites, con la corresponsabilidad de los usuarios en la prestacin de dichos servicios pblicos y correlativas obligaciones relativas al uso y disfrute del agua. Sometimiento de la gestin del agua y la ejecucin de obras hidrulicas a la planificacin hidrolgica.

4.

5.

6.

7.

8.

9.

10. Sometimiento de la realizacin de infraestructuras hidrulicas a la viabilidad

medioambiental, social y econmica de las mismas. 21

11. Recuperacin de los costes de los servicios relacionados con el agua, incluidos

los costes de las infraestructuras hidrulicas, medioambientales y los relativos al recurso, de conformidad con el principio de que quien contamina paga y de forma que se incentive un uso responsable y se penalice el despilfarro.12. Cautela en la gestin de las aguas, y en particular en el otorgamiento de

concesiones y autorizaciones, evitando as, entre otros efectos, perjudicar los usos concedidos o autorizados.

El Decreto 120/1991 de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento del Suministro Domiciliario de Agua marca como objetivo prioritario, establecer un marco de relaciones entre las empresas suministradoras de agua potable y los abonados y usuarios de dicho servicio pblico. Este Reglamento constituye un autntico hito en orden a garantizar el respeto de los derechos de los usuarios, ya que supone la obligatoriedad de la prestacin del suministro por las entidades dentro del rea de cobertura; la creacin de un sistema estndar para la medida y facturacin; la erradicacin de los contadores comunitarios; el establecimiento de un sistema de verificacin que garantice el buen funcionamiento de los equipos de medida; o la reduccin de una estructura tarifaria comprensiva de los diferentes aspectos del servicio y sometida a un rgimen de aprobacin administrativa y participativa. Por ltimo, son tambin de aplicacin el Reglamento de la Planificacin Hidrolgica, aprobado por Real Decreto 907/2007, de 6 de julio, y la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestin Integrada de la Calidad Ambiental. II.- COMPETENCIA MUNICIPAL DEL SERVICIO El artculo 13 de la Ley de Aguas de Andaluca delimita las Competencias de los municipios en materia en el ciclo integral del agua de uso urbano:a.

El abastecimiento de agua en alta o aduccin, que incluye la captacin y alumbramiento de los recursos hdricos y su gestin, incluida la generacin de los recursos no convencionales, el tratamiento de potabilizacin, el transporte por arterias principales y el almacenamiento en depsitos de cabecera de los ncleos de poblacin. El abastecimiento de agua en baja, que incluye su distribucin, el almacenamiento intermedio y el suministro o reparto de agua potable hasta las acometidas particulares o instalaciones propias para el consumo por parte de los usuarios. El saneamiento o recogida de las aguas residuales urbanas y pluviales de los ncleos de poblacin a travs de las redes de alcantarillado municipales hasta 22

b.

c.

el punto de intercepcin con los colectores generales o hasta el punto de recogida para su tratamiento.d.

La depuracin de las aguas residuales urbanas, que comprende la intercepcin y el transporte de las mismas mediante los colectores generales, su tratamiento hasta el vertido del efluente a las masas de aguas continentales o martimas.

e.

La reutilizacin, en su caso, del agua residual depurada, en los trminos de la legislacin bsica. La aprobacin de las tasas o las tarifas que el municipio establezca como contraprestacin por los servicios del ciclo integral del agua de uso urbano dentro de su trmino municipal, sin perjuicio de lo dispuesto en el siguiente artculo y, en lo que se refiere a la tarifa, la normativa reguladora del rgimen de precios autorizados en la Comunidad Autnoma de Andaluca. El control y seguimiento de vertidos a la red de saneamiento municipal, as como el establecimiento de medidas o programas de reduccin de la presencia de sustancias peligrosas en dicha red. La autorizacin de vertidos a fosas spticas y a las redes de saneamiento municipales. La potestad sancionadora, que incluir la de aprobar reglamentos que tipifiquen infracciones y sanciones, en relacin con los usos del agua realizados en el mbito de sus competencias de abastecimiento, saneamiento y depuracin de las aguas residuales, de acuerdo con lo establecido en el artculo 112 de la Ley.

f.

g.

h.

i.

Adems en su apartado 2 les otorga la potestad de ordenacin de los servicios del agua, que implicar la competencia municipal para aprobar reglamentos para la prestacin del servicio y la planificacin, elaboracin de proyectos, direccin y ejecucin de las obras hidrulicas correspondientes al mbito territorial del municipio, y su explotacin, mantenimiento, conservacin e inspeccin, que debern respetar lo establecido en la planificacin hidrolgica y los planes y proyectos especficos aprobados en el mbito de la demarcacin. III.- FORMAS DE GESTIN DE LOS SERVICIOS PBLICOS El art. 85.2 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Rgimen Local, modificado por la Disposicin final 1 de la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Pblico, establece que los servicios pblicos de la competencia local podrn gestionarse mediante alguna de las siguientes formas:a.

Gestin directa: Gestin por la propia entidad local Organismo autnomo local Entidad pblica empresarial local Sociedad mercantil local, cuyo capital social sea de titularidad pblica. 23

b.

Gestin indirecta, mediante las distintas formas previstas para el contrato de gestin de servicios pblicos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Pblico, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, (en adelante TRLCSP), determinndose en el art. 277 las modalidades de contratacin siguientes:

Concesin, por la que el empresario gestionar el servicio a su propio riesgo y ventura. Gestin interesada, en cuya virtud la Administracin y el empresario participarn en los resultados de la explotacin del servicio en la proporcin que se establezca en el contrato. Concierto con persona natural o jurdica que venga realizando prestaciones anlogas a las que constituyen el servicio pblico de que se trate. Sociedad de economa mixta en la que la Administracin participe, por s o por medio de una entidad pblica, en concurrencia con personas naturales o jurdicas.

Adems de lo anterior, el ordenamiento jurdico administrativo y, especficamente, la Ley de Aguas de Andaluca, en su artculo 13.3 y 14 permiten que los servicios de competencia de los municipios puedan ser desarrollados por s mismos o a travs de las diputaciones provinciales y los entes supramunicipales (consorcio, mancomunidad u otra similar asociativa entre entidades locales). Es asimismo de aplicacin, cuando nos se oponga a la normativa anteriormente expuesta, el Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales en sus arts. 113 a 155 que regulan las diferentes formas de gestin de los servicios. Actualmente la prestacin del servicio municipal de abastecimiento de agua, alcantarillado y saneamiento se viene realizando en forma de gestin directa a travs de sociedad mercantil Aguas de Jerez, empresa municipal S.A. (AJEMSA), por ello a los fines de proceder a estudiar la conveniencia de una nueva frmula de gestin distinta a la actual, desde el punto de vista jurdico, el organismo autnomo local y la entidad pblica empresarial local no aportan ningn valor aadido, y por el contrario su sometimiento al derecho pblico limitara la gestin. Dentro de los modos de gestin indirecta, no es factible la gestin a travs de la gestin interesada ya que no permite la constitucin de una entidad dotada de personalidad jurdica propia entre la Administracin y el empresario.

24

El concierto es descartable tambin ya que falta el elemento de inters general a las personas naturales o jurdicas que vengan realizando prestaciones anlogas a las que constituyen el servicio pblico que se trate. En cuanto al Consorcio previsto en el art. 87.1 de la Ley 7/85 es descartable tambin ya que implica la gestin asociativa con otras administraciones pblicas. Quedaran, pues, las formas de Sociedad de Economa Mixta y la Concesin. En el primer caso la Sociedad de Economa Mixta, es una opcin viable y usada con cierta intensidad por algunos ayuntamientos, sobre todo hace unos aos; entre los puntos fuertes dbiles respecto a otras formas de gestin pueden citarse los siguientes:a.

La administracin y el socio privado gestionan conjuntamente el servicio, e influyen en las decisiones de su rgano de administracin en funcin de sus respectivos porcentajes de participacin. El riesgo y ventura del proyecto recae principalmente en el socio pblico, ya que a la liquidacin de la sociedad mixta por cualquier circunstancia, el pasivo de la misma debe asumirlo ntegramente la administracin, incluyendo la aportacin de capital del socio privado. Es decir, las sociedades de economa mixta son una forma peculiar de entidades mercantiles o civiles de otra naturaleza. El ente local, en tanto que accionista, no ser responsable, en el rgimen civil ordinario, ms all del importe del capital suscrito. La regulacin administrativa a la cual est sometidas este tipo de sociedades mixtas impone al ente local la obligacin de asumir ntegramente el pasivo de la sociedad a la finalizacin de la misma. La administracin participa en los dividendos sociales de participacin. Esta participacin en beneficios tributa por Sociedades. Las frmulas de participacin en beneficios administracin en otras formas de gestin, tales como el costes fiscales para la administracin. acuerdo con su el Impuesto de por parte de la canon, no tiene

b.

c.

d.

En el caso que la administracin tenga una participacin mayoritaria en la sociedad mixta, el endeudamiento de esta sociedad se consolida con el endeudamiento de la Hacienda Municipal, y compromete por lo tanto, la capacidad de inversin del ayuntamiento en otros mbitos de su competencia.

Finalmente, la forma de concesin administrativa del servicio implica que un empresario privado gestiona el servicio a su propio riesgo y ventura, esto es, el contratista se somete a la eventualidad de obtener una ganancia mayor o menor (o

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incluso prdidas) cuando sus clculos no estn bien hechos o no responden a las circunstancias sobrevenidas en la ejecucin del contrato. En este sentido, la necesidad de constantes mejoras en el servicio, la realizacin de obras, e inversiones, en la situacin actual de precariedad financiera, hace aconsejable este modo de gestin del servicio, por el que el contratista est obligado a organizar y prestar el servicio con estricta sujecin a las caractersticas establecidas en el contrato y dentro de los plazos sealados en el mismo, y, en su caso, a la ejecucin de las obras conforme al proyecto aprobado por el rgano de contratacin del ayuntamiento, todo ello tal y como establece el art. 279 del TRLCSP. IV.- RGIMEN LEGAL DE LA CONCESIN El rgimen jurdico de la concesin ser el determinado por los Pliegos de Clausulas Administrativas y de Prescripciones Tcnicas, que en todo caso debern someterse a las estipulaciones de los arts. 275 a 289 y artculos 212, apartados 2 a 7, ambos inclusive, 213, 220 y 222 del TRLCSP. Son,tambin, de aplicacin los artculos 114 a 137 del Decreto de 17 de junio de 1955, por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales. Las obligaciones del contratista se contendrn en los Pliegos reguladores de la contratacin y en el contrato, debiendo, en todo caso:a. Prestar el servicio con la continuidad convenida y garantizar a los particulares

el derecho a utilizarlo en las condiciones que hayan sido establecidas y mediante el abono, en su caso, de la contraprestacin econmica comprendida en las tarifas aprobadas.b. Cuidar del buen orden del servicio, pudiendo dictar las oportunas instrucciones,

sin perjuicio de los poderes de polica a los que se refiere el artculo anterior.c. Indemnizar los daos que se causen a terceros como consecuencia de las

operaciones que requiera el desarrollo del servicio, excepto cuando el dao sea producido por causas imputables a la Administracin.d. Respetar el principio de no discriminacin por razn de nacionalidad, respecto

de las empresas de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre Contratacin Pblica de la Organizacin Mundial del Comercio, en los contratos de suministro consecuencia del de gestin de servicios pblicos.

Adems como entidad suministradora del abastecimiento de agua potable, deber cumplir con lo establecido en la normativa sectorial y, en concreto, con las obligaciones impuestas por el art. 8 del Decreto 120/1991, de 11 de junio, por el que 26

se aprueba el Reglamento de Suministro Domiciliario de Agua, que detallamos a continuacin:

De tipo general: La Entidad suministradora, con los recursos a su alcance y en el mbito de la competencia que tenga asumida, viene obligada a distribuir y situar en los puntos de toma de los abonados el agua potable, con arreglo a las condiciones que fija las disposiciones que sean de aplicacin. Obligacin del suministro: Dentro del rea de cobertura la Entidad suministradora est obligada a conceder el suministro de agua a todo peticionario del mismo, y a la ampliacin del suministro correspondiente a todo abonado final que lo solicite, en los trminos condiciones tcnicas y econmicas recogidas en las normas reglamentarias vigentes. Potabilidad del agua: La Entidad suministradora est obligada a garantizar la potabilidad del agua, con arreglo a las disposiciones sanitarias vigentes, hasta la llave registro, inicio de la instalacin interior del abonado. Conservacin de las instalaciones: La Entidad suministradora est obligada a mantener y conservar a su cargo, las redes e instalaciones necesarias para el abastecimiento, as como las acometidas hasta la llave de registro que contempla el apartado c) del artculo 15. Regularidad en la prestacin de los servicios: La Entidad suministradora estar obligada a mantener la regularidad en el suministro de agua. En cualquier caso, no le sern imputables las interrupciones de estos servicios en los supuestos indicados en este Reglamento. Garanta de presin o caudal: La Entidad suministradora est obligada, salvo en el caso de averas accidentales o causas de fuerza mayor, a mantener en la llave de registro las condiciones de presin y caudal establecidas en el contrato de acometida o suministro, de conformidad con las prescripciones de este Reglamento. Avisos urgentes: La Entidad suministradora est obligada a mantener un servicio permanente de recepcin de avisos, al que los abonados o usuarios puedan dirigirse a cualquier hora, para comunicar averas o recibir informacin en caso de emergencia.

Visitas a las instalaciones: La Entidad suministradora est obligada a colaborar con las Autoridades y Centros de educacin para facilitar, en armona con las necesidades de la explotacin, que los abonados, usuarios o pblico en general, puedan conocer el funcionamiento de las mismas. 27

Reclamaciones: La Entidad suministradora estar obligada a contestar las reclamaciones que se le formulen por escrito, en plazo no superior a diez das hbiles. Tarifas: La Entidad suministradora estar obligada a aplicar a los distintos tipos de suministros que tengan establecidos, las tarifas que, en cada momento, tenga aprobadas por la Autoridad competente.

En todo caso, el ayuntamiento conservar los poderes de polica necesarios para asegurar la buena marcha de los servicios de que se trate, y, de acuerdo con el art. 127 del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales podr ordenar discrecionalmente, como podra disponer si gestionarse directamente el servicio las modificaciones que aconsejare el inters pblico, y, entre otras:

La variacin en la calidad, cantidad, tiempo o lugar de las prestaciones en que el servicio consista. La alteracin de las tarifas a cargo del pblico y en la forma de retribucin del concesionario. Fiscalizar la gestin del concesionario, a cuyo efecto podr inspeccionar el servicio, sus obras, instalaciones y locales y la documentacin relacionada con el objeto de la concesin, y dictar las ordenes para mantener o restablecer la debida prestacin. Asumir temporalmente la ejecucin directa del servicio en los casos en que no lo prestare o no lo pudiere prestar el concesionario, por circunstancias imputables o no al mismo. Imponer al concesionario las correcciones pertinentes por razn de las infracciones que cometiere. Rescatar la concesin.

Es decir, el rgimen jurdico de la concesin del servicio garantiza plenamente el mantenimiento de la titularidad municipal del servicio y de su control permanente sobre

la buena marcha del mismo, con el objetivo de que se lleve a cabo de forma eficaz y eficiente, cumpliendo con los parmetros de calidad, las exigencias legales y bajo la premisa bsica de cubrir las necesidades de la poblacin de manera satisfactoria y sostenible.

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ASPECTOS TCNICOS

29

I.

DESCRIPCIN DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO ALCANTARILLADO Y DEPURACIN

DE AGUA,

1. ABASTECIMIENTO DEL TERMINO MUNICIPAL DE JEREZ DE LA FRONTERA 1. RECURSOS HIDRULICOS Y DESCRIPCIN

El agua distribuida por Aguas de Jerez se capta desde dos sistemas perfectamente diferenciados: El Sistema Manantial de Tempul gestionado a da de hoy por Aguas de Jerez E.M.S.A.(recurso propio) y el Sistema Zona Gaditana gestionado por el Consorcio de Aguas del Sistema Gaditano (recurso ajeno).1.Sistema Manantial de Tempul

El agua suministrada por este sistema tiene su origen en el Manantial de Tempul, situado en el kilmetro 49 de la carretera de Jerez a Cortes, entrega sus recursos mediante el denominado Acueducto de Tempul, que discurre por la campia de Jerez, en los Depsitos de Tempul, que se localizan en los antiguos Jardines de Tempul, hoy parque Botnico y Zoolgico. Actualmente este manantial aporta aproximadamente un 8.50% del volumen total necesario para el abastecimiento del trmino municipal. Desde la entrada en servicio del acueducto (ao 1869) sus aguas se destinaban exclusivamente para el abastecimiento de la ciudad de Jerez, no obstante y en el tiempo, se fueron derivando sus recursos hacia otros ncleos prximos al acueducto, en concreto desde el Sifn del Guadalete, resultando que actualmente a la ciudad de Jerez, llega menos del 25% de los recursos aportados por este sistema del Manantial. El 91.5 % restante de los recursos necesarios se aportan desde el Sistema Zona Gaditana. En el Anexo n1 se encuentra la evolucin de estos recursos propios y ajenos en los tres ltimos aos. Considerando que los ncleos abastecidos desde el acueducto pueden verse afectados por contingencias en el mismo, por los aos en servicio y dado el sistema de construccin de los canales, minas y sifones, para garantizar el abastecimiento de los ncleos que actualmente de l dependen, se habilit una conduccin denominada "Alternativa del Sifn del Guadalete" que permite, opcionalmente, aportar recursos desde el Sistema Zona Gaditana, mediante una conduccin de salida de la potabilizadora de Cuartillos. Del Sistema Acueducto de Tempul se abastecen los siguientes ncleos:

Trmino Municipal de San Jos del Valle, incluso Los Alcornocalejos (Brioles). San Isidro del Guadalete.

Bda. Rajamancera. 30

La Barca de la Florida. Caada del Len. Mesas del Corral. Lomopardo. Torrecera Alta y Baja. La Ina. Majarromaque. Las Pachecas Repastaderos. El Torno. La Guarea. Magallanes. Jerez Ciudad (1)

(1) Resto capacidad de la conduccin, del aproximadamente 8.5% anteriormente mencionado. Desde marzo de 1998, los ncleos de Lomopardo, La Ina, Las Pachecas Repastaderos, Caada del Len y Rajamancera se abastecen desde este sistema en funcin de los recursos disponibles en cada momento en el Acueducto de Tempul, manteniendo la alternativa de abastecerse desde el Sistema Zona Gaditana. La infraestructura est compuesta por el primitivo Acueducto de Tempul, las conducciones generales hasta los distintos ncleos abastecidos, incluidas las respectivas redes de distribucin, y las elevaciones y depsitos, segn los casos. Como obra fundamental del sistema, el Acueducto de Tempul datado de 1869, est formado por: CANALES CUBIERTOS: Ejecutados, segn tramos, a cielo abierto o mediante perforacin o minas. Tiene una pendiente uniforme de 0,00033 metros por metro. La seccin del acueducto, con vistas a su limpieza y mantenimiento, es rectangular de 1,30 de altura por 0,70 m. de ancho terminando en arco o semicrculo. El agua circula a lmina libre con una altura media, en la actualidad, de unos 50 cm. Los distintos tramos se ejecutaron en mampostera sin enfoscar, fbrica de ladrillos y hormign hidrulico. La longitud total de los canales es de 4.460 metros. La seccin actual es menor que la proyectada, en su permetro mojado, por las incrustaciones existentes. La obra cuenta con distintas obras de fbrica, pontones y puentes de sillera, entre ellos los del Bollo, Romerales, Ojos Azules, Tambor, Peruela y Cruces. De las once minas construidas podemos citar como ms significativas las de; Tempul, Cuquillos, Dos Hermanas, Cuartillos y Salto al Cielo. Los tramos de canales se dotaron de los correspondientes ventiladores, desages y registros.

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SIFONES: Se construyeron tres sifones para salvar las vaguadas y valles que impedan la continuidad de la pendiente de los canales, siendo stos los siguientes:

Sifn de Fuente Imbro: Cruza el Arroyo del Infierno, tiene una longitud de 360 metros. Est formado por dos conducciones paralelas, de fundicin gris, de dimetro 18 pulgadas (450 mm.). Recientemente y con motivo de la ampliacin de la zona inundable de la nueva presa Guadalcacn II, este sifn se ha sustituido por un acueducto, sobre pilastras, con tuberas de 600 mm de dimetro. Sifn del Guadalete: Cruza el Valle del Guadalete, Desde La Montarasa (Brioles), hasta la Bda. de Cuartillos. Construido con tubera de fundicin inglesa de dimetro 24 pulgadas (610 mm), tiene una longitud de 18.250 metros. Sifn de Albadalejo: Desde Bda. Cuartillos, cruza los Llanos de La Catalana en el que se localiza el Arroyo de Albadalejo, hasta finalizar en el Depsito de Tempul, ubicado en los antiguos jardines del mismo nombre, hoy actual Parque Zoolgico.

La infraestructura se completa con una primera conduccin de fundicin gris de 24 pulgadas que inicia la distribucin de la Ciudad. Desde el depsito de Tempul se abastece la zona centro de Jerez Ciudad. Este depsito cuenta, como abastecimiento alternativo, con una conexin desde el denominado Ramal de Jerez. La infraestructura de este sistema se completa con las conducciones de abas tecimiento a las distintas entidades locales menores, barriadas y ncleos rurales, con origen en el Acueducto de Tempul, en distintos puntos del Sifn del Guadalete, conectan con las redes de distribucin de cada ncleo. La produccin media de la surgencia del Manantial de Tempul, con dependencia muy directa del rgimen de lluvias, es de unos 6.000.000 m/ao. De este volumen se utilizan directamente para abastecimiento aproximadamente 2.000.000 m. El resto de la produccin se incorpora al Embalse de Guadalcacn II, cuyos recursos se utilizan conjuntamente para abastecimiento y riego. Del volumen utilizado en abastecimiento, llegan a los Depsitos de Tempul, en Jerez Ciudad, unos 450.000 m/ao. Al objeto de una adecuada utilizacin de estos depsitos y del propio Acueducto de Tempul, considerando el pequeo volumen aportado por el Manantial, en el tramo del Sifn de Albadalejo, a la altura de La Teja, se habilit una conexin que aportar a la ciudad de Jerez, desde el Sistema Zona Gaditana, hasta un mximo de 117 l/seg.

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En este sistema existen las siguientes instalaciones electromecnicas que se encuentran telecontroladas:

Estacin elevadora de San Jos del Valle. nicamente el Abastecimiento a San Jos del Valle necesita de impulsin. Denominada Estacin Elevadora de La Montarasa", se ubica en las proximida des de la Barriada de Brioles y actualmente se gestiona a travs del Ayuntamiento de San Jos del Valle. El resto de los ncleos abastecidos por este sistema, se derivan directamente del Acueducto, bien desde el Sifn del Guadalete, caso de La Barca, Majarromaque, Torrecera Alta y Baja, San Isidro, El Torno, Magallanes y La Guarea, o bien desde el Sifn de Albadalejo, cuando la produccin del acueducto de Tempul lo permite, en el caso de los ncleos: Lomopardo, La Ina, Rajamancera, Caada del Len y Las Pachecas, todos ellos sin depsito, aprovechando la altura piezomtrica del acueducto Depsito Tempul. Es un depsito semienterrado, de forma rectangular, formado por dos compartimentos, con una capacidad total de 20.000 m. Ubicado en el Parque Zoolgico del mismo nombre. Construido en 1866, regula la distribucin del agua del Manantial a la ciudad de Jerez. Actualmente se utiliza tanto para el agua aportada desde Manantial como para la suministrada por la CHG Zona Gaditana en pocas de escasez de produccin del Manantial.

1.1.2. Sistema de abastecimiento de Zona Gaditana Este sistema de captacin, tratamiento de potabilizacin y distribucin en alta, se encuentra actualmente gestionado por el organismo "Consorcio de Abastecimiento a la Zona Gaditana", participado por todos los Ayuntamientos abastecidos por este sistema. El origen del agua distribuida por este sistema se localiza en los embalses de la Cuenca del Guadalete y en particular en los que se localizan en su mayor afluente, el Majaceite. En la Cuenca del Guadalete Alto se localizan actualmente los embalses de:

Zahara: Tiene una capacidad de 220 Hm3. Est conectado, por el propio ro con el Embalse de Bornos. Bornos: Tiene una capacidad de 200 Hm3. Inicialmente previsto para utilizacin exclusiva de riego, aunque en pocas de sequa se utiliza

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para abastecimien to, conduciendo sus recursos por los canales de riego hasta la Impulsin de Guadalcacn.

Arcos: De utilizacin recreativa y de riego de aguas trasvasadas desde el Embalse de Bornos. Su capacidad es de 14,5 Hm3.

En la Cuenca del Majaceite se localizan los siguientes embalses:

Hurones: Su capacidad es de 135 Hm3. Sus recursos se destinan exclusivamen te para abastecimiento. Con la puesta en servicio del Trasvase del Guadiaro al Majaceite (Mximo volumen 110 Hm3/ao), se incremen tarn notablemente los recursos de este embalse, que a su vez puede derivarse hacia el de Guadalcacn. Guadalcacn II: Su capacidad es de 800 Hm3. Al encontrarse aguas abajo de Hurones, su capacidad est justificada por el Trasvase del Guadiaro-Majaceite. Tiene la doble finalidad de riego y abastecimiento, mediante bombeo, para el Sistema Zona Gaditana.

En circunstancias de sequa y en particular la del perodo 1992-1995, ante la extrema escasez de agua embalsada, se habilitaron recursos procedentes de pozos existentes o de nueva construccin, tal es el caso de los pozos del El Sotillo" y los habilitados en los Arroyos del Infierno y de la Zorra, estos ltimos pertenecientes al Acufero de las Sierras de Las Cabras y de la Sal, cuya surgencia o afloramiento ms importante es el propio Manantial de Tempul. De este sistema se abastecen los siguientes ncleos: Jerez Ciudad. Gibalbn. Cuartillos. La Corta. Estella del Marqus. Albarizones. Guadalcacn. El Portal. Torremelgarejo. Las Tablas. Bda. La Inmaculada. El Polila. Mayorazgo y Majarazotanillo. Aina. Nueva Jarilla. El Mojo y Baldo Gallardo.

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Este sistema de captacin, potabilizacin y distribucin en alta, incluye dos Estaciones de Tratamiento de Agua Potables (ETAP); la de Cuartillos, en el trmino de Jerez y la del Montas en el trmino de Puerto Real. Los recursos procedentes del Sistema Zona Gaditana que abastecen a Jerez, tienen su origen en la ETAP de Cuartillos, localizada en la Barriada rural del mismo nombre, siendo el origen de la Arteria I. Su capacidad de tratamiento es de 2.100 l/seg. mediante proceso de: Precloracin, Decantacin, Filtracin y Desinfeccin con Cloro. Cuenta con cuatro decantadores de 2624 m. y cuarenta filtros de 1460 por 946 m. La cota en la que se ubica es la 121, pudiendo dar una cota piezomtrica mediante bombeo de 138 m. La red en alta de la Zona Gaditana que tiene repercusin en el suministro de Jerez y sus ncleos, est compuesta de las siguientes conduc ciones:

Tramo Origen. Desde el Embalse hasta la Arqueta de la Peruela. Su longitud total es de 24.010 m. Est formada por: Canal Cubierto (seccin en herradura y longitud 2.078 m.), Tneles (seccin en herradura y longitud 14.198 m) y Sifones (dimetros 1.500, 1.400, 1.200 y longitud total 7.734 m.). La capacidad de transporte de la conduccin en su conjunto es de 3.000 l/seg. Arteria I. Desde la Arqueta de la Peruela hasta los Depsitos de San Cristbal. Con un dimetro de 1.300 mm, su longitud es de 36.945 m con una capacidad de transporte 1.600 l/seg. En su traza se localizan la Planta Potabiliza dora de Cuartillos y la Elevadora de la Barca. sta ltima, posibilita incorporar a la Arteria I caudales derivados del ro Guadalete. Depsitos de San Cristbal: Ubicado en la Sierra del mismo nombre, lo constituyen cinco depsitos con dos compartimentos cada uno y una capacidad total de 200.000 m3. Actualmente, y por problemas de fisuras en algunos compartimentos la capacidad est reducida a 140.000 m3. Son del tipo semienterrados. La cota de solera es la 101, y su cota mxima de agua es la 107. En fecha reciente se ejecuta el denominado By-pass de San Cristbal, que posibilita una alternativa de abastecimiento a Jerez Ciudad y algunos ncleos ante intervenciones, en general averas, que puedan presentarse en los primeros tramos de la Arteria I. Desde estos depsitos, existe una Conduccin General que alimenta a los distintos municipios de la provincia abarcados por un radio de 45 Km., con centro en Cdiz, fundamento de la denominada Zona Gaditana. Desde la potabilizadora y depsitos del Montas, en

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Puerto Real, pertenecientes igualmente a este sistema y cuyas conducciones estn conectadas a las de San Cristbal se permite alternativas de suministros para los distintos municipios, habindose ejecutado recientemente ampliaciones de abastecimiento en la zona costera. De la Arteria I se derivan, para el abastecimiento a Jerez, varios ramales, siendo los ms importantes.

Ramal de Jerez. Construido en tubera de hormign con camisa de chapa, en dimetro 650 mm, tiene una longitud de 7.216 m, siendo su capacidad de transporte de 350 l/seg. Tiene su origen en la Arteria I a la altura del P. I. El Portal. Su trazado rodea a Jerez Ciudad por el Sur y por el Oeste, finalizando en los Depsitos de Monte Alto. Directamente desde este ramal, existen derivaciones para el abastecimiento de la zona Oeste de Jerez Ciudad y desde el depsito se abastece la zona Norte. Actualmente est en ejecucin un proyecto con trazado distinto al del Ramal de Jerez, con origen al pie de los depsitos de San Cristbal y final en los depsitos de Montealto, con la finalidad de corregir las deficiencias del ramal de Jerez y atender el incremento de las demandas que se derive del nuevo Plan General de Ordenacin Urbana. Ramal del Serrallo: construido en fibrocemento de dimetro 700 mm, de longitud 1.935 m, abastece directamente a la zona Este de Jerez. De este ramal se deriva una conduccin que alimenta al Depsito de Geraldino que regula el abastecimiento de la Zona Sur de Jerez. (Se gestiona por Aguas de Jerez). Ramal de la Colada de Bornos. Parte de la Arteria I en las inmediaciones de Estella, existiendo una doble conduccin en su tramo origen. Est construido en Fibrocemento de 300, 200 y 150 mm de dimetro. Los ncleos mas importantes conectados a este ramal son; Estella del Marqus, Guadalcacn (cuenta con alternativa de suministro), Aeropuerto, Circuito de velocidad, Torremelgarejo, Nueva Jarilla, Gibalbn., Bda. La Inmaculada, Mayorazgo y Majarazotanillo. Actualmente se encuentra redactado un proyecto que pretende renovar y ampliar el actual ramal que discurre desde Estella del Marqus hasta Nueva Jarilla. Ramal Ronda Este (Fd 800 mm). Tendr su origen en la Arteria I. Actualmente est en construccin por tramos o fases. Pretende, rodeando a Jerez Ciudad por el Este y Norte, conectar con los

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Depsitos de Montealto, creando un cinturn con el Ramal de Jerez para garantizar y disponer con nuevas alternativas de abastecimiento, atendiendo las demandas de los nuevos crecimientos urbansticos. (Se gestiona por Aguas de Jerez).

Ramal de Trebujena. Parte del Ramal de Jerez para abastecer al Trmino de Trebujena. De este ramal se abastecen los siguientes ncleos dispersos y los ncleos de Mesas de Asta y El Cerro. Ramal de Los Garciagos. Parte de la misma derivacin de la Arteria I que el anterior, es de dimetro 300 mm, de fundicin Dctil y alimenta al Depsito de Los Garciagos. Atiende las nuevas demandas de la urbanizacin de Montecastillo garantizando el abastecimiento del Circuito. (Se gestiona por Aguas de Jerez).

Las elevaciones, recloraciones y depsitos correspon dientes a Cuartillos, Nueva Jarilla y Gibalbn, son directamente gestionados por Aguas de Jerez. El Sistema de Zona Gaditana aporta en la actualidad el 91.5% de la demanda de abastecimiento del Trmino de Jerez de la Frontera. Este porcentaje supone asimismo aproximadamente el 24% del volumen total distribuido por la Zona Gaditana a los distintos municipios. El sistema necesita dar cobertura y adecuado funcionamiento a las instalaciones que a continuacin se detallan:

Estacin elevadora de la Bda. Cuartillos. Tiene como finalidad elevar las aguas procedentes de la potabilizadora de Cuartillos (Consorcio) que se regulan en un depsito-aljibe de 150 m3 de capacidad, hasta el elevado, de 16 m3 de capacidad Consta de dos grupos motobombas de 15 CV, uno de ellos de reserva, con capacidad cada uno para 17 l/seg. Dispone de un automatismo de arranque va cable. Estaciones elevadoras de Gibalbn. Se ubica en el depsito de regulacin de Nueva Jarilla que le sirve de cntara de aspiracin. Incluye con una conduccin de dimetro 150 mm y de longitud 12 km, hasta alcanzar el depsito de Gibalbn. Est dotado de dos grupos electrobombas, una de ellas de reserva, de montaje horizontal y 40 CV de potencia, con capacidad para elevar 9 l/seg. a una altura manom trica de 158 m.

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Dotada de contador electromagntico para controlar el suministro y limitador de caudal con paro automtico de bombas ante cualquier rotura en la conduccin. El automatismo de arranque y parada de las bombas en funcin del llenado del depsito receptor, se establece va telfono.

Estacin elevadora de El Mojo: se ubica junto a la ETAP de El Montas y mediante una impulsin de 8 km aproximadamente y de 125 mm de dimetro abastece a los ncleos de El Mojo y Baldo Gallardo.

Los depsitos de regulacin gestionados por Aguas de Jerez, que dependen de este sistema son los siguientes:

Depsito de Geraldino. De forma circular y construido en hormign armado, tienen una altura de 8 metros y una capacidad de 10.000 m3. Garantiza y regula el abastecimiento de la Zona Sur de Jerez y Polgono Industrial el Portal. (Se gestiona por Aguas de Jerez). Depsito de Garciagos. Tiene la finalidad de garantizar el abastecimiento a la urbanizacin de Montecastillo-Los Garciagos y zonas aledaas como el Circuito de Velocidad. Est construido con paneles prefabricados de hormign armado y tiene una capacidad de 3.150 m3. (Se gestiona por Aguas de Jerez). Depsito de Nueva Jarilla. Se construy con la doble finalidad de actuar como de regulacin para Nueva Jarilla, paliando las deficiencias de presin de este ncleo, y de aljibe para el bombeo a Gibalbn. Tiene una capacidad de 400 m3, es de planta circular y construido con paneles prefabricados de hormign armado. (Se gestiona por Aguas de Jerez). Depsito de Gibalbn, Abastecido desde el bombeo existente en el Depsito de Nueva Jarilla, es semejante en construccin a este ltimo y tienen una capacidad de a 300 m3. (Se gestiona por Aguas de Jerez). Depsito de la Bda. Cuartillos. De un solo compartimiento, seccin circular de 8 m de dimetro, altura mxima de 3 m de lmina de agua y capacidad de 150 m3. Su estructura es de hormign armado con cubierta de viguetas y bovedillas. Se emplea como aljibe de la estacin elevadora all existente, que eleva las aguas a un depsito elevado de 18m3 de capacidad, de forma cilndrica, construido en acero inoxidable,

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para conseguir adecuadas presiones manomtricas en la red de la Barriada del mismo nombre. (Se gestiona por Aguas de Jerez).

Depsito de El Mojo: De un solo compartimiento, seccin circular de 10 m de dimetro, altura mxima de 3 m de lmina de agua y capacidad de 250 m3. Su estructura es de hormign armado prefabricado con cubierta de viguetas y bovedillas. (Se gestiona por Aguas de Jerez). El suministro a este depsito se realiza desde una impulsin en El Montas con una cntara de bombeo de unos 70 m3 Los Depsitos de Montealto, se gestionan actualmente por el organismo Consorcio de la Zona Gaditana, aunque existe un control de niveles y de ndice de cloracin por Aguas de Jerez. Construido por hormign pretensado y compuesto por dos vasos cilndricos, de altura 8 m. y capacidad total de 20.000 m3, se localiza al final del Ramal de Jerez. Su cota de solera se sita en la 86 m. Existe un proyecto y el compromiso de la Agencia Andaluza del Agua para ejecutarlo en el cual se ampliar el volumen de almacenamiento hasta los 60.000 m3.

2.

RED DE DISTRIBUCIN Y SOPORTE

En general podemos decir que las redes de distribucin de todos los ncleos, son de tipologa mallada, posibilitando con ello, suministro alternativo a las distintas calles o zonas ante incidencias por intervenciones programadas o averas. La totalidad de la red de distribucin est soportada en un sistema de informacin geogrfico (GIS) en coordenadas U.T.M. con bases de datos asociadas lo permitir una gestin adecuada y su integracin con el sistema de gestin corporativo de Aguas de Jerez y del Municipal. La longitud total de la red necesaria para el abastecimiento de Jerez Ciudad y ncleos urbanos, es de 863,08 Km. Se adjunta en el Anexo n1:

Relacin de la red de abastecimiento en los diferentes ncleos en funcin del material y el dimetro (Inventario a Enero de 2011). Relacin de la red de abastecimiento en los diferentes ncleos segn dimetros (Inventario a Enero de 2011). Total de elementos de la red de abastecimiento y porcentajes de distintos materiales en la misma a enero de 2011.

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Elementos de red de abastecimiento por poblaciones. Evolucin desde el ao 2001 al 2010 de los materiales de la red de abastecimiento. Evolucin de las redes de abastecimiento, en cuanto a redes anuladas (renovacin) y nuevas redes. Rendimiento de la red de abastecimiento desde el ao 2008. Incremento de las redes de abastecimiento y alcantarillado desde el ao 2002 al 2010.

La red de distribucin de Jerez ciudad es una red divida en sectores, muy mallada y con una longitud de tuberas cercana a los 500 kms. Las presiones que aparecen en la red no son excesivas debido fundamentalmente a que cuando empiezan a ser altas por la orografa del terreno se instalan vlvulas reductoras de presin con lo que obtenemos presiones bastante homogneas en toda la red. Las zonas con presiones bajas son las cercanas a los depsitos y actualmente a da de hoy son las que se abastecen directamente de las redes en alta que suministran a estos depsitos. Los sectores que definen a da de hoy la red de distribucin en el ncleo principal de la ciudad son los siguientes: Sector Altillo: Toma directamente desde los depsitos de Monte Alto y

abastece a la zona norte de la ciudad, todos los terrenos urbanizados que quedan al norte de la actual CN-IV desde Monte alto hacia el este de los depsitos. Sector San Benito: Toma directamente, al igual que el sector Altillo, de

los depsitos de Monte Alto y abastece a la zona comprendida entre la actual CN-IV y el sector centro y Sector de Parque Atlntico. Sector Picadueas: toma directamente desde el ramal de Jerez que

abastece a Monte Alto, se trata de un pequeo sector situado en la zona Oeste de la ciudad. Sector Copas / Domecq: al igual que el anterior toma directamente

desde el ramal de Jerez, es de pequea dimensin y se encuentra en la zona Oeste de la ciudad. Sector San Juan de Dios: Se trata de un pequeo sector que toma

directamente del ramal de Jerez para poder tener presin de servicio

aceptable, se encuentra en la zona oeste de la ciudad y sirve para abastecer al barrio de San Juan de Dios.

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Sector Centro: como su nombre indica es el situado en el centro

histrico de la ciudad, es el sector con las redes ms antiguas y adems se abastece desde dos puntos diferentes, en primer lugar, desde el depsito de Tempul y por otro lado, desde el ramal de Jerez mediante la conexin de Hijuela de Las Coles con la tubera de 300 mm de fibrocemento de La Calle Zarza que llega a las cotas altas del centro. Sector Sur: se abastece directamente desde el depsito de Geraldino y

suministra a la zona sur de la ciudad, los barrios de san Telmo, Liberacin y Polgono Industrial El Portal se encuentran dentro de este sector. Sector de Pago Manjn y Parque Atlntico: son sectores que toman

directamente de la Arteria I de la CHG, se trata de un amplio sector que cubre toda la zona Este de la ciudad hasta sus conexiones con los sectores centro, Altillo, San Benito y Sector Sur. Se adjunta en el Anexo n1 se adjuntan Plano de la Red de abastecimiento en alta y los puntos ms significativos de la misma as como el Plano de la Red de abastecimiento de Jerez Ciudad por sectores y contadores de control.3.

CONTROLES DE CALIDAD

Aguas de Jerez efecta la programacin, toma de muestras y determinaciones in-situ de los diversos ncleos abastecidos, as como su posterior traslado al laboratorio. Se dispone de 64 Estaciones de Muestreo, 37 de ellas ubicadas en el casco urbano de Jerez Ciudad, y 27 en los restantes ncleos. Para la realizacin de los anlisis de control establecidos para las aguas de consumo humano (RD 140/2003) se tiene establecido un concierto con el Laboratorio Municipal. La realizacin de los anlisis completos se efecta con laboratorio externo homologado y sus resultados, al igual que los de las determinaciones in-situ y los de los parmetros determinados por el Laboratorio Municipal, son analizados por los tcnicos de Aguas de Jerez y remitidos a la Delegacin Provincial de la Consejera de Salud e incorporados en el SINAC (Sistema de Informacin Nacional de Aguas de Consumo), establecido por el Ministerio de Sanidad y Consumo. Actualmente se dispone de medidores en continuo del Cloro Residual de las aguas que salen de los Depsitos de Tempul, Monte Alto, Geraldino, Montecastillo, Nueva

Jarilla, Gibalbn, Cuartillos. y San Jos del Valle, Igualmente existen medidores en continuo de cloro en derivaciones del Acueducto de Tempul, caso de La Barca de la Florida, as como derivaciones directas de la Arteria I como; Casa Color, Canaleja, y Serrallo.

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Respecto a los recursos procedentes del manantial de Tempul, el nico tratamiento necesario para garantizar la potabilidad, es el de desinfeccin con hipoclorito sdico, efectundose la misma en las instalaciones de la elevadora de "La Montarasa". Existen recloraciones, mediante adicin de hipoclorito sdico, en los depsitos de Monte Alto, Tempul, Nueva Jarilla y Gibalbn. El agua abastecida tanto por su composicin qumica y microbiolgica, como por sus caractersticas organolpticas goza de excelente calidad. En todos los casos la analtica realizada da como resultado la calificacin de Agua Potable.4.

PARQUE DE CONTADORES

En la actualidad aguas de Jerez dispone de un parque de contadores de 76.101 unidades, la gran mayora renovados y con menos de ocho aos de antigedad de acuerdo al Plan de Renovacin de contadores. En el Anexo n1 al presente informe se adjunta una tabla con la totalidad del parque instalado segn el ao de verificacin y calibre as como otra hoja con los contadores instalados en el parque con las tres marcas con mayor nmero de unidades.2. ALCANTARILLADO DEL TERMINO MUNICIPAL DE JEREZ DE LA FRONTERA

Para comenzar con la descripcin de la red de alcantarillado existente en la ciudad de Jerez y sus pedanas es necesario indicar que la gestin del mismo y por lo tanto la gestin de las redes de alcantarillado por parte de Aguas de Jerez E.M.S.A. comenz en el ao 1987 por lo que hasta esa fecha, era el propio ayuntamiento quien las gestionaba. El siguiente apartado trata de mostrar la situacin actual del sistema de saneamiento en todo el trmino municipal de Jerez. Para ello se har distincin entre Jerez como ncleo principal y sus Pedanas de forma independiente, ya que cada ncleo presenta caractersticas propias. 2.1. JEREZ CIUDAD La red de alcantarillado en Jerez ciudad se trata de un sistema de recogida unitario, cuyo cauce receptor en todas sus cuencas es finalmente el Ro Guadalete. El sistema de saneamiento actual cuenta con una red de colectores, aliviaderos, estaciones de

bombeos de aguas residuales (EBAR), y una estacin depuradora de aguas residuales urbanas (EDAR), que garantizan la recogida y depuracin adecuada de todas las aguas residuales antes de su entrega al cauce receptor. nicamente en los ltimos aos se estn recepcionando zonas de la ciudad con redes separativas a instancias nuestras, debido fundamentalmente a la incapacidad de los 42

colectores en los cuales deben conectar estas redes nuevas y a una mejor calidad de los vertidos de aguas pluviales al medio receptor. De todos es conocido los problemas de inundaciones en los mrgenes y zonas aledaas provocados por el desbordamiento del Ro Guadalete a su paso por Jerez, dicha circunstancia nos condiciona la capacidad de evacuacin de aguas pluviales cuando esto sucede en determinadas cuencas o zonas de la ciudad. Las caractersticas topogrficas de las distintas cuencas, as como los asentamientos urbanos en zonas bajas, acucian los problemas que causan las inundaciones en algunas de las cuencas urbanas de Jerez. 2.1.1. Evaluacin de cuencas existentes Para mayor claridad sobre la delimitacin de las distintas cuencas existentes en Jerez se adjunta al Anexo n2 plano con la delimitacin de cuencas rsticas y urbanas, as como ubicacin de reas estudiadas por las ampliaciones previstas en el nuevo PGOU. Dicho plano ha sido realizado teniendo en cuenta toda la cartografa disponible (Ayto. Jerez, RASTER , etc...) as como los datos existentes sobre redes principales de colectores de Jerez. DESCRIPCIN DE CUENCAS HIDROGRFICAS Cuenca Dehesa de los Siles Completamente rstica, ubicada en la zona norte de la ciudad, con una extensin aproximada de 1.200 Has, discurre desde cotas superiores entorno a la 35,00 hasta la cota inferior 15,00, donde su principal arroyo, con una longitud de 4.450 mts, desemboca en el Arroyo del Rano. Los arroyos que conforman la red hidrogrfica de esta cuenca discurren de Oeste a Este buscando las cotas bajas por las que se encuentra el Arroyo del Rano. En esta cuenca no se prev ninguna de las reas en estudio pero si es cierto que actualmente se encuentra en desarrollo el Centro Agroalimentario de Jerez dentro del mbito de la misma as como el Sector Dehesa de Siles.

Cuenca del Arroyo del Rano Completamente rstica, ubicada en la zona norte de la ciudad, con una extensin aproximada de 4.385 Has, discurre desde cotas superiores entorno a la 39,00 hasta la cota inferior 24,00, donde el Arroyo del Rano, con una longitud de 13.232 mts, se incorpora al cauce del Arroyo Salado. El principal arroyo de esta cuenca discurre en direccin Norte Sur con un trazado en planta que es sensiblemente paralelo al de la Autopista A-4. 43

En la zona de afeccin de esta cuenca no se prev ninguna de las reas en estudio. Cuenca de Dehesa de las Carreras Ubicada en la zona norte de la ciudad, con una superficie aproximada de 480 Has, discurre desde las cotas superiores entorno a la 66,00 hasta la cota inferior 10,00, donde su principal arroyo desemboca en el Arroyo del Rano. El principal arroyo de esta cuenca discurre de Oeste a Este y su curso llega un momento que atraviesa bordeando zonas urbanizadas, ya que una vez pasada la CNIV se ubica entre la Ciudad del Transporte y la carretera de conexin de la Autopista A-4 con la CN-IV, cruzando la va frrea y discurriendo por la zona norte de Guadalcacn hasta cruzar la Autopista y desembocar en el Arroyo del Rano. En la zona de afeccin de esta cuenca no se prev ninguna de las reas en estudio aunque, dada la cercana existente a zonas ya urbanizadas no se descarta que puedan darse actuaciones puntuales en la misma. Cuenca de los Arroyos Norieta, Caada Ancha y San Jos Obrero. Ubicada en la zona Norte de la ciudad, con una superficie aproximada de 2.400 Has, tiene su punto alto a la cota 107,00, en zonas rsticas y a medida que bajamos de cota nos encontramos con terrenos ya urbanizados y otros con previsin de serlo, hasta desembocar en el Arroyo Salado a la cota 9,50 aproximadamente. Esta cuenca se ve atravesada por los arroyos que a continuacin se enuncian: - Arroyo Caada Ancha: trae aguas pluviales procedentes de la parte rstica de esta cuenca y una vez cruzada la CN-IV se adentra en zonas urbanizadas, concretamente entre la Ciudad del Transporte, el rea 4 planteada en el estudio de revisin-adaptacin del Plan G