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Normas 17/18 1 Normas internas y de convivencia de U-tad Centro Profesional de Tecnología y Arte Digital Curso 2017/2018

Normas internas y de convivencia de U-tad Centro ... · Evaluación del aprendizaje ... En concreto, la normativa de ... debiendo realizar el examen final completo de la convocatoria

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Normas 17/18 1

Normas internas

y de convivencia de U-tad

Centro Profesional de

Tecnología y Arte Digital

Curso 2017/2018

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Índice

1. Disposiciones generales......................................................................................................................... 3 Artículo 1. Finalidad ............................................................................................................................ 3 Artículo 2. Normativa de referencia .................................................................................................... 3 Artículo 3. Comunidad educativa ........................................................................................................ 4 Artículo 4. Condición de alumno ......................................................................................................... 4 Artículo 5. Matriculación ..................................................................................................................... 4 Artículo 6. Cancelación de la matrícula ............................................................................................... 5 Artículo 7. Asistencia ........................................................................................................................... 5 Artículo 8. Anulación de la matrícula por inasistencia ........................................................................ 6 Artículo 9. Pérdida de la condición de alumno ................................................................................... 6 Artículo 10. Reserva de plaza ................................................................................................................ 7

2. Organización y evaluación del aprendizaje ........................................................................................... 7 Artículo 11. Organización del aprendizaje ............................................................................................ 7 Artículo 12. Convocatorias .................................................................................................................... 8 Artículo 13. Renuncia a convocatorias .................................................................................................. 8 Artículo 14. Evaluación del aprendizaje ................................................................................................ 9 Artículo 15. Convocatoria extraordinaria ............................................................................................ 10 Artículo 16. Calificaciones ................................................................................................................... 10 Artículo 17. Reclamación de calificaciones ......................................................................................... 11 Artículo 18. Menciones honoríficas y matrículas de honor ................................................................ 12 Artículo 19. Promoción de primero a segundo ................................................................................... 12 Artículo 20. Alumnos con módulos pendientes de 1º......................................................................... 13 Artículo 21. Acceso al módulo de FCT ................................................................................................. 13 Artículo 22. Módulos de FCT y de Proyecto pendientes ..................................................................... 14

3. Régimen económico ............................................................................................................................ 14 Artículo 23. Abono de honorarios ....................................................................................................... 14

4. Plan de Convivencia ............................................................................................................................. 16 Artículo 24. Finalidad .......................................................................................................................... 16 Artículo 25. Derechos de los alumnos ................................................................................................. 16 Artículo 26. Derecho a la evaluación y revisión de calificaciones ....................................................... 17 Artículo 27. Deberes generales de los alumnos .................................................................................. 18 Artículo 28. Normas de convivencia .................................................................................................... 18 Artículo 29. Comisión de Ética y Convivencia ..................................................................................... 19 Artículo 30. Faltas ................................................................................................................................ 19 Artículo 31. Sanciones ......................................................................................................................... 20 Artículo 32. Criterios para la adopción de sanciones .......................................................................... 21

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1. Disposiciones generales Artículo 1. Finalidad El presente documento establece las pautas y normas internas de U-tad Centro Profesional de Tecnología y Arte Digital para el desarrollo de las enseñanzas de Ciclos Formativos de Grado Superior (CFGS).

U-tad Centro Profesional de Tecnología y Arte Digital es un Centro Privado de Formación Profesional Específica situado en Las Rozas de Madrid. Está autorizado por la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid (número de código 28074864) para impartir los siguientes CFGS:

Animaciones 3D, juegos y entornos interactivos. Desarrollo de aplicaciones multiplataforma. Desarrollo de aplicaciones web.

La finalidad de estas normas es la de regular, en sus rasgos fundamentales, la organización interna, la actividad académica y la convivencia en el Centro, a fin de garantizar una mayor calidad de las enseñanzas que se imparten y el respeto entre todos los miembros de la comunidad educativa.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, establece en su artículo 120, apartado 2, que “los Centros docentes dispondrán de autonomía para elaborar, aprobar y ejecutar unas normas de organización y funcionamiento“, y el artículo 124 también modificado indica en su apartado 4 que “las Administraciones Educativas facilitarán que los centros, en el marco de su autonomía, puedan elaborar sus propias normas de organización y funcionamiento”.

Estas normas internas se revisan anualmente para incorporar en cada curso académico las actualizaciones necesarias derivadas de la promulgación de nuevas disposiciones legislativas o de la iniciativa de los miembros de la comunidad educativa. La presente normativa permanecerá vigente a lo largo de todo el curso escolar 2016/17.

Este documento se entrega al alumno en el momento de la matriculación, para que su contenido sea de su conocimiento desde el comienzo del curso. Queda además publicado en el campus virtual del Centro. Artículo 2. Normativa de referencia En todo lo referente a la organización de las enseñanzas, matriculación, evaluación, convocatorias, convalidaciones, calificaciones y promoción en las enseñanzas de CFGS se estará a lo dispuesto en la correspondiente normativa estatal y en la normativa autonómica de la Comunidad de Madrid. En concreto, la normativa de referencia es la Orden 2694/2009 de la Consejería de Educación por la que se regulan el acceso, la matriculación, el proceso de evaluación y la acreditación académica de los alumnos que cursen en la Comunidad de Madrid la modalidad presencial de la formación profesional del sistema educativo establecida por

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Ley Orgánica 2/2006 de Educación. Esta Orden ha sido modificada por la Orden 11783/2012.

Los alumnos matriculados en los CFGS que se imparten en U-tad tendrán que cumplir, además de las normas legales correspondientes, lo establecido en las presentes normas internas. Artículo 3. Comunidad educativa Se considera comunidad educativa a todos los agentes participantes en la formación del alumnado, así como al personal interno o externo que tiene relación con el Centro de forma temporal o permanente. Dentro de esta definición se incluyen al alumnado, profesorado, equipo director y coordinadores, personal no docente, personal de otros departamentos de U-tad, empresas colaboradoras en la formación práctica, empresa proveedoras de bienes y servicios, colaboradores ocasionales para conferencias y otras actividades, etcétera. Artículo 4. Condición de alumno A los efectos del presente Reglamento, serán considerados alumnos de U-tad Centro Profesional de Tecnología y Arte Digital las personas que, cumpliendo los requisitos de acceso recogidos en la normativa correspondiente para cada curso académico, estén matriculadas de manera efectiva en alguno de los ciclos formativos de grado superior que se imparten en este Centro. Artículo 5. Matriculación La matriculación se realizará cada curso académico en los módulos profesionales que corresponda y dará derecho al alumno a realizar las actividades programadas para cada módulo profesional y a presentarse a dos convocatorias por curso (ordinaria y extraordinaria). La matriculación en cada uno de los módulos requiere que el alumno no haya agotado el número máximo de convocatorias previsto (4 para los módulos profesionales y el módulo de Proyecto, 2 para el módulo de Formación en Centros de Trabajo). Para considerar la matriculación como efectiva, el alumno deberá cumplir los requisitos de acceso establecidos en cada curso académico y entregar en Secretaría Académica toda la documentación correspondiente antes del 31 de octubre. A este respecto, no se admiten los boletines de notas, solamente los certificados oficiales de calificaciones. En el caso de aportar titulaciones extranjeras, están deberán estar convalidadas por el Ministerio de Educación:

Las convalidaciones deberán entregarse en Secretaría Académica antes del 1 de junio; en caso contrario, el alumno no será evaluado en la convocatoria ordinaria.

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Si tampoco las entrega antes del 1 de julio, no será evaluado en la convocatoria extraordinaria, perdiendo de esta manera el alumno el curso y no apareciendo en las actas de evaluación.

Artículo 6. Cancelación de la matrícula El alumno puede cancelar la matrícula en la totalidad de los módulos profesionales en los que se hubiese formalizado. Esta solicitud se presentará en el modelo oficial en Secretaría Académica antes del 31 de octubre, correspondiendo al director del Centro admitir o no la solicitud mediante resolución que se comunicará al interesado. El alumno a quien se le conceda la cancelación de matrícula no será incluido en las actas de evaluación y, en consecuencia, no se le computarán las convocatorias a que le hubiera dado derecho la matrícula efectiva. Después del 31 de octubre, no podrá cancelarse la matrícula. El alumno que decida abandonar el curso podrá comunicarlo en Secretaría Académica a efectos meramente informativos. En este caso, al alumno se le computarán las convocatorias y será incluido en las actas de evaluación como No Evaluado y deberá seguir pagando íntegramente los honorarios correspondientes. Artículo 7. Asistencia La asistencia a clase es obligatoria. En caso de que un alumno prevea que no puede asistir a clase durante un periodo determinado, debe comunicarlo previamente al director del Centro.

a) El profesorado llevará el control diario de asistencia de los alumnos a sus clases, anotando en el campus virtual las ausencias que detecte en cada una de sus clases.

b) Las faltas deben justificarse con la documentación apropiada y se entregarán en la Recepción del Centro o se remitirán al correo de la Dirección del Centro en un plazo no superior a tres días hábiles después de que el alumno se reincorpore a clase.

c) La puntualidad en la entrada a las sesiones de clase es muy importante. Por ello, los alumnos que sepan que, por motivos especiales y justificables, van a llegar tarde habitualmente, expondrán por escrito su situación a la Dirección del centro, que evaluará el caso particular y, si lo estimara conveniente, les concederá autorización para acceder al aula con retraso. En caso contrario, la impuntualidad se contabilizará como una hora de inasistencia.

d) Se considerarán faltas justificadas sólo aquellas que vengan acompañadas del documento correspondiente (asistencia a consulta, enfermedad, accidente, atención a familiares, citación judicial, trabajo ocasional, competición deportiva, examen de conducir, etcétera) y aquellas otras extraordinarias apreciadas por el director del centro.

e) La falta a clase conlleva la imposibilidad de realizar correctamente la valoración de los avances de los alumnos en relación con la competencia general del título y los objetivos generales del ciclo formativo. Por ello, si el alumno supera el 20% de faltas injustificadas de las horas de un módulo, perderá el derecho a la evaluación continua de ese módulo, debiendo realizar el examen final completo de la convocatoria ordinaria.

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f) En ningún caso se evaluará por el proceso ordinario de evaluación en un módulo a un alumno cuando el total de faltas de asistencia (justificadas o no) exceda del 40% de las horas totales del mismo.

Artículo 8. Anulación de la matrícula por inasistencia

En caso de que un alumno acumule un número de faltas de asistencia injustificadas igual al 15% de las horas de formación del total de módulos en los que esté matriculado, se procederá a la anulación de su matrícula (artículo 18 de la Orden 2694/2009).

a) Asimismo, será causa de anulación de matrícula la inasistencia injustificada del alumno a las actividades de todos los módulos en los que está matriculado durante un período de quince días lectivos consecutivos (artículo 18 de la Orden 2694/2009).

b) Las faltas por motivos laborales evitan la anulación de matrícula por inasistencia cuando se trata de alumnos que trabajan y tienen un único módulo pendiente o cuando, aun habiendo sobrepasado el 15% de las horas totales de los módulos en los que se encuentra matriculado, no incurre en ausencias prolongadas superiores a 15 días consecutivos.

c) El alumno que cause baja por acumulación de faltas no justificadas perderá la condición de alumno del ciclo formativo en el que se encuentra matriculado y, en consecuencia, no será incluido en las actas de evaluación.

d) El alumno que cause baja por acumulación de faltas no justificadas perderá el derecho de reserva de plaza como alumno repetidor y si desea continuar en el futuro dichas enseñanzas, habrá de concurrir de nuevo al proceso general de admisión que esté establecido.

e) La anulación de matrícula por inasistencia no exime de seguir pagando íntegramente los honorarios correspondientes a U-tad Centro Profesional de Tecnología y Arte Digital por los servicios educativos o de cualquier otra naturaleza contratados.

En el caso de los alumnos que tengan concedida la beca de FP de la Comunidad de Madrid, la inasistencia por encima del 20% a clase en un mes determinado supondrá la pérdida de la beca en ese mes:

Se comunicará dicha circunstancia a los alumnos antes del día 10 del mes siguiente, teniendo de plazo los alumnos hasta el día 15 para justificar dichas ausencias.

Pasado este plazo se procederá a reflejar las ausencias no justificadas en la aplicación informática de la Comunidad de Madrid.

Artículo 9. Pérdida de la condición de alumno Perderán la condición de alumno aquéllos que incurran en alguna de las siguientes circunstancias:

a) Por expulsión, quienes sean sancionados con la pérdida de la condición de alumno conforme al presente reglamento (ver capítulo 4 Plan de Convivencia).

b) Por impago de los honorarios correspondientes a los servicios educativos o de cualquier otra naturaleza contratados con U-tad (ver capítulo 3 Régimen Económico).

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La pérdida de la condición de alumno supone seguir pagando íntegramente los honorarios correspondientes. Asimismo, al alumno se le computarán las convocatorias correspondientes y será incluido en las actas de evaluación como No Evaluado. Artículo 10. Reserva de plaza Los alumnos que deben repetir un curso por no cumplir los requisitos de promoción al siguiente curso tienen su plaza reservada para el siguiente curso, debiendo volver a matricularse de aquellos módulos que tengan suspensos o no aptos. No se reserva plaza para el curso siguiente a los alumnos que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:

Alumnos que obtengan en todos los módulos la calificación de “no evaluado” o “1”, salvo que exista alguna causa justificada para ello.

Alumnos que soliciten durante el primer trimestre académico la anulación de matrícula en todos los módulos.

Alumnos a los que se les haya anulado la matricula por inasistencia, salvo que exista causa justificada para ello.

2. Organización y evaluación del aprendizaje Artículo 11. Organización del aprendizaje U-tad organiza el proceso de enseñanza-aprendizaje de los módulos que componen cada ciclo formativo de acuerdo con lo establecido en la normativa correspondiente y en su proyecto propio aprobado por la Comunidad de Madrid en cuanto a competencias, objetivos, resultados de aprendizaje, criterios de evaluación, contenidos, duración, orientaciones pedagógicas, equipamientos y demás aspectos regulados.

Los CFGS se desarrollan en dos cursos, y cada curso tiene una duración de entre 995 y 1000 horas.

Los módulos se distribuyen en sesiones formativas, habitualmente de dos horas. Entre cada sesión se establece un periodo de descanso de 15 minutos.

Las clases tienen lugar en turno diurno, de 9 a 15 horas, de lunes a viernes. La suma de las sesiones formativas será de 30 horas a la semana.

El calendario escolar del Centro estará expuesto en los tablones del mismo y en el campus virtual. En él se establecen los días lectivos, los no lectivos, los festivos, las fechas de los exámenes de las distintas convocatorias y los periodos de vacaciones.

Las sesiones formativas serán preferentemente de tipo práctico, y se complementarán con trabajos, actividades grupales e individuales y con visitas a empresas y otras entidades.

Cada curso se divide en tres trimestres, realizándose al final de cada uno de ellos una sesión de evaluación del aprendizaje por parte del equipo docente.

Cada ciclo formativo dispone de un coordinador que desempeña las funciones de jefe de estudios y de un equipo de profesores encargado de la docencia de los diversos módulos.

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Cada alumno recibe al comienzo de curso las correspondientes claves de usuario con las que puede acceder a los equipos informáticos del curso, así como al aula virtual.

El aula virtual funciona como repositorio de materiales didácticos, se utiliza para la entrega de la mayor parte de los trabajos y es el lugar en el que se publican las calificaciones del alumno.

Cada alumno tiene una cuenta de correo de U-tad, y este será el medio preferente de comunicación del alumnado con el profesorado y el Centro educativo.

Artículo 12. Convocatorias El alumno dispone de un máximo de cuatro convocatorias para superar cada módulo profesional y el módulo de Proyecto, mientras que para el módulo de Formación en Centro de Trabajo FCT podrá ser evaluado en dos convocatorias como máximo. En cada curso académico el alumno podrá ser calificado en dos convocatorias, una ordinaria y otra extraordinaria:

1ª convocatoria (ordinaria): mediante evaluación continua, realizando los trabajos y exámenes establecidos para cada trimestre, o bien mediante los exámenes finales en caso de suspender la evaluación continua. Se desarrolla desde el comienzo de curso (septiembre) y terminan con los exámenes finales para los cursos de 2º (febrero/marzo) y 1º (mayo-junio).

Si un módulo no se aprueba en la 1ª convocatoria, se pasa a:

2ª convocatoria (extraordinaria): un examen que se realiza entre mediados de junio (2º curso) y primeros de julio (1º curso).

Si no se aprueba en la 2ª convocatoria, pero se pasa a 2º curso (se repiten módulos que en conjunto no suman más de 9 horas semanales):

3ª convocatoria (ordinaria): trabajos encargados por el profesor y un examen en febrero/marzo del año siguiente.

4ª convocatoria (extraordinaria y última): si no se aprueba la anterior, un nuevo examen en junio.

Si no se aprueba en la 2ª convocatoria, y no se pasa a 2º curso, se repite 1º:

3ª convocatoria (ordinaria): de nuevo evaluación continua, con trabajos y exámenes de cada trimestre, hasta mayo-junio del año siguiente.

4ª convocatoria (extraordinaria y última): si no se aprueba la anterior, un examen en julio.

Artículo 13. Renuncia a convocatorias Con el fin de no agotar el límite de las convocatorias establecidas, los alumnos pueden renunciar (artículo 20 de la Orden 2694/2009) a la evaluación y calificación de una o las dos convocatorias del curso académico de todos o alguno de los módulos, siempre que concurran alguna de estas circunstancias:

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Enfermedad prolongada o accidente del alumno. Obligaciones de tipo personal o familiar. Desempeño de un puesto de trabajo.

La solicitud se presentará en Secretaría Académica con una antelación mínima de un mes a la fecha de la convocatoria del módulo o módulos y acompañada de la documentación justificativa que proceda. El director del Centro resolverá la petición e informará al alumno. También puede renunciarse a la evaluación del módulo de FCT cuando concurra alguna de las circunstancias antes citadas. Artículo 14. Evaluación del aprendizaje U-tad adopta la evaluación continua como sistema de valoración del aprendizaje de los alumnos. La evaluación del aprendizaje se realiza por módulos, teniendo en cuenta los resultados de aprendizaje y los criterios de evaluación fijados en la normativa estatal y autonómica para cada uno de ellos, así como los objetivos señalados en las programaciones didácticas propias de U-tad. En la convocatoria ordinaria, cada módulo se evaluará de forma continua tomando en cuenta tres tipos de elementos:

Actividades y trabajos: se valorarán el resultado obtenido, su correspondencia con los criterios de evaluación, si son realizadas en su totalidad y en el plazo establecido, su presentación, nivel, adecuación, originalidad, fuentes consultadas, términos utilizados, ortografía y redacción. Peso relativo; 60% de la calificación.

Pruebas trimestrales: exámenes y pruebas sobre contenidos conceptuales y procedimentales de cada módulo. Peso relativo; 30% de la calificación.

Actitudes: interés demostrado, comportamiento, tolerancia, participación activa, implicación en la materia, colaboración con sus compañeros, respeto de las normas de convivencia en el Centro. Peso relativo; 10% de la calificación.

En algunos módulos podrá usarse un sistema o reparto de pesos diferente, en cuyo caso esto deberá quedar claramente especificado desde inicio del curso en la programación del módulo. También puede haber módulos que se dividan en unidades didácticas o bloques de contenidos, pudiéndose establecer en estos casos que cada unidad o bloque tenga un peso relativo en la calificación del módulo, pero que estará función de su duración o de la complejidad de sus contenidos. Al finalizar cada trimestre se proporcionará al alumno la calificación parcial del módulo, calificación que orientará al alumno sobre su evolución a lo largo del curso y al profesor sobre la evolución del grupo. Una vez acabado el tercer trimestre (en 1º curso) o el segundo (en 2º curso) se procederá a calcular la calificación del módulo, según los criterios antes comentados de evaluación continua.

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Para los alumnos que suspendan dicha evaluación continua en alguna unidad o bloque de contenidos del módulo se realizarán exámenes finales. La calificación máxima que puede obtenerse en esos exámenes será de 5 sobre 10 para la parte objeto de examen. Estos exámenes finales serán del módulo completo para los alumnos que hayan perdido la evaluación continua por inasistencia o por otra causa. De esta manera, la superación de la convocatoria ordinaria puede conseguirse mediante la evaluación continua o mediante la recuperación en los exámenes finales. Artículo 15. Convocatoria extraordinaria En caso de que un alumno no alcance los resultados de aprendizaje previstos al final del módulo y suspenda en la convocatoria ordinaria, o bien no se presente a la misma, puede optar a la evaluación extraordinaria.

a) La convocatoria extraordinaria de evaluación abarcará todos los contenidos del módulo o bien solamente los de las unidades o bloques suspendidos, según decisión del profesor que se comunicará al alumno.

b) La evaluación extraordinaria puede consistir en la realización de determinados trabajos y actividades, o en exámenes y pruebas, o bien en una mezcla de ambos tipos.

c) La calificación máxima que puede obtenerse en la convocatoria extraordinaria es de 5 sobre 10.

Artículo 16. Calificaciones Al final de cada trimestre se reúne la Junta de Evaluación, formada por los profesores del Departamento correspondiente, el Tutor del grupo y el Coordinador del ciclo, la cual determinará la calificación de los alumnos en cada uno de los módulos. Las calificaciones se comunican a través del campus virtual (Blackboard) del Centro, disponiendo cada módulo de su propio centro de calificaciones, que puede consultarse en cualquier momento introduciendo las correspondientes claves de usuario. La calificación de los módulos profesionales de formación en el centro educativo y del módulo profesional de Proyecto se expresará en valores numéricos de 1 a 10, sin decimales. Se considerarán positivas las calificaciones iguales o superiores a 5 y negativas las restantes. El módulo de FCT se calificará en términos de “Apto” o “No apto”. Los módulos profesionales convalidados por otras formaciones o que hayan sido objeto de correspondencia con la práctica laboral se calificarán, respectivamente, con la expresión de “Convalidado” y “Exento”. Para el cálculo de la nota media, los módulos convalidados o exentos equivaldrán a un 5,00. El módulo de Inglés técnico para grado superior se contabilizará con la nota que se traslade.

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Los módulos profesionales que por razones diferentes a las de la renuncia a la convocatoria no hayan sido calificados, constarán como “No evaluado” y la convocatoria correspondiente se computará como consumida. La calificación “No Evaluado” se aplicará así:

En las evaluaciones parciales: se otorgará exclusivamente a aquellos alumnos que hayan perdido el derecho a ser evaluados por el procedimiento ordinario.

En la evaluación final ordinaria: se otorgará a aquellos alumnos que no hayan sido evaluados en ninguna ocasión a lo largo del curso o que habiendo perdido el derecho de evaluación por el procedimiento ordinario no se presenten al examen final ordinario.

En la evaluación final extraordinaria: se otorgará esta calificación a los alumnos que no se presenten al examen extraordinario.

Una vez superados todos los módulos profesionales que constituyen el ciclo formativo, se determinará la calificación final del ciclo formativo. Para ello, se calculará la media aritmética simple de las calificaciones de los módulos profesionales que tienen valoración numérica; del resultado se tomará la parte entera y las dos primeras cifras decimales, redondeando por exceso la cifra de las centésimas si la de las milésimas resultase ser igual o superior a 5. En dicho cálculo, por tanto, no se tendrán en cuenta las calificaciones de “Apto”, “Convalidado” y “Exento”. Si como resultado de convalidaciones o exenciones todos los módulos profesionales hubieran sido calificados con expresión literal, la nota final del ciclo formativo será de 5,00. La fiabilidad del proceso de evaluación parte del principio de honestidad del alumno en la realización de las pruebas, exámenes, actividades y trabajos objeto de calificación, por lo que si el profesor detectara que el alumno está copiando o ha copiado, la calificación será de cero. La misma sanción se aplicará a los alumnos que hayan colaborado en estos actos fraudulentos. Estos hechos se sancionarán de acuerdo con lo establecido en el apartado Plan de Convivencia. Artículo 17. Reclamación de calificaciones Una vez publicada el acta de evaluación, los alumnos pueden solicitar al profesor

responsable del módulo, con anterioridad a la presentación de una posible reclamación, cuantas aclaraciones consideren necesarias sobre su proceso de aprendizaje, sus calificaciones y la decisión de promoción o titulación. Tras las aclaraciones realizadas por el profesor, en caso de desacuerdo sobre la calificación obtenida, los alumnos podrán solicitar mediante correo electrónico la revisión de la misma, en el plazo de dos días desde la publicación de las actas de evaluación. La solicitud debe ir dirigida al Coordinador del ciclo. Este convocará para la revisión a un equipo de profesores integrado por él mismo, el tutor del grupo y el profesor responsable de la calificación reclamada. El equipo de revisión debe estudiar las solicitudes en el primer día hábil siguiente a aquel en que haya finalizado el periodo de solicitud de revisión, haciendo referencia a:

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Adecuación de la prueba realizada a los objetivos, contenidos y criterios de

evaluación que vengan recogidos en la programación didáctica del módulo. Adecuación de los procedimientos e instrumentos de evaluación con lo señalado en

la programación didáctica. Aplicación correcta de los criterios de calificación y evaluación indicados en la

programación. El Coordinador del ciclo elabora un informe donde deben figurar al menos los datos siguientes:

Hora, lugar y fecha de la reunión. Nombre de los asistentes. Actuaciones llevadas a cabo. Decisión razonada sobre la modificación o ratificación de la calificación.

El Coordinador del ciclo notifica por correo electrónico al alumno el resultado de la revisión en el plazo de los dos días hábiles siguientes. Si la notificación es denegatoria y continúa el desacuerdo, los interesados pueden presentar al Director del Centro una nueva reclamación en los dos días siguientes a la recepción de la notificación anterior. En el plazo máximo de tres días desde la recepción de la reclamación, el Director del Centro emitirá una nueva resolución. De mantenerse la discrepancia, el alumno puede acudir a la Inspección Educativa de la Dirección Territorial de Madrid-Oeste, dependiente de la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid. Artículo 18. Menciones honoríficas y matrículas de honor A los alumnos que obtengan en un determinado módulo profesional la calificación de 10 podrá otorgárseles una “Mención Honorífica”, siempre que el resultado obtenido sea consecuencia de un excelente aprovechamiento académico unido a un esfuerzo e interés por el módulo especialmente destacables. Las menciones honoríficas serán otorgadas por el profesor que imparta el módulo profesional correspondiente. El número de menciones honoríficas que se podrán conceder será como máximo igual al 10 por 100 de los alumnos matriculados en el módulo profesional en cada grupo. La atribución de mención honorífica se consignará en los documentos de evaluación del alumno con la expresión “mh” a continuación de la calificación de 10. A aquellos alumnos que hayan obtenido calificación final del ciclo formativo igual o superior a 9, se les podrá conceder “Matrícula de Honor”, siendo esta una decisión que se adoptará en la última Junta de Evaluación del curso. Artículo 19. Promoción de primero a segundo

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Los alumnos que superen la totalidad de los módulos profesionales de 1º promocionarán a 2º curso. También promocionarán a 2º quienes, después de celebrada la convocatoria extraordinaria de 1º, tengan pendientes uno o varios módulos profesionales que en conjunto tengan asignado un horario semanal que no exceda de nueve horas lectivas. Artículo 20. Alumnos con módulos pendientes de 1º Los alumnos que habiendo cursado un módulo en 1º han pasado a 2° con éste pendiente, deberán volver a matricularse de ese módulo de 1º, con el recargo correspondiente. Este módulo podrán recuperarlo en la fecha establecida por el centro (finales del segundo trimestre):

a) Se seguirá el mismo procedimiento que la evaluación extraordinaria, si bien se dará opción de entregar los trabajos y actividades de recuperación programadas con antelación y de forma periódica.

b) El profesorado dará apoyo a los alumnos con módulos pendientes y realizará el seguimiento de la elaboración de sus trabajos.

Los alumnos con módulos pendientes de 1º curso cuyo horario semanal sume más de nueve horas lectivas no promocionarán a 2º curso y deberán volver a matricularse de estos módulos de 1º, con el recargo correspondiente. Artículo 21. Acceso al módulo de FCT El acceso al módulo de FCT requiere que el alumno tenga superados todos los módulos profesionales de formación en el centro educativo incluidos en el Anexo del Real Decreto que determina la correspondencia de los mismos con unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales para su acreditación. En consecuencia, podrán iniciar este módulo profesional:

a) Los alumnos que hayan superado todos los módulos profesionales de formación en el centro educativo.

b) También podrán hacerlo los alumnos que tengan pendiente de aprobar un solo módulo profesional que no guarde correspondencia con unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales para su acreditación, siempre que su horario semanal no supere las ocho horas lectivas. Para los ciclos que se imparten en U-tad podría pasarse a FCT con uno de estos módulos pendiente: AJEI:

o FOL (4 h/semana). o Empresa e iniciativa emprendedora (3 h/semana). o Inglés técnico para grado superior (2 h/semana).

DAMP o Entornos de desarrollo (4 h/semana). o FOL (2 h/semana). o Lenguaje de marcas y sistemas de gestión de información (4 h/semana). o Empresa e iniciativa emprendedora (3 h/semana). o Inglés técnico para grado superior (2 h/semana). o Programación multimedia y dispositivos móviles (6 h/semana).

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La incorporación de los alumnos incluidos en el apartado b) anterior se efectuará por decisión del equipo docente, que en al Junta de Evaluación correspondiente valorará individualmente para cada alumno el grado de adquisición de la competencia general del título y de los objetivos generales del ciclo formativo, las posibilidades de recuperación del módulo suspenso y el aprovechamiento que pueda hacer del módulo de FCT. Artículo 22. Módulos de FCT y de Proyecto pendientes En caso de que el alumno suspenda algún módulo en la convocatoria ordinaria y deba realizar la FCT y el módulo de Proyecto en los meses de septiembre a diciembre, tendrá que matricularse de esos módulos en el curso siguiente. Esta matrícula no supondrá abonar nuevos importes por esta convocatoria que ya se abonó en el curso anterior. En cuanto a los alumnos que repitan módulos profesionales de 2º, deberán volver a matricularse de estos módulos profesionales (que abonarán con el recargo correspondiente) y del módulo de FCT y del módulo de Proyecto, que no abonarán por no haber consumido la segunda convocatoria del curso anterior. En caso de suspender el módulo de FCT o el de Proyecto, estos módulos sí deberán ser abonados de nuevo. 3. Régimen económico Artículo 23. Abono de honorarios Es obligación de los alumnos, y de sus responsables económicos solidariamente, abonar íntegramente los honorarios correspondientes a U-tad Centro Profesional de Tecnología y Arte Digital por los servicios educativos o de cualquier otra naturaleza contratados. El incumplimiento de dicha obligación conllevará la pérdida de la condición de alumno y de todos los derechos que son inherentes al mismo y, expresamente, del derecho a realizar cualquiera de las actividades objeto de evaluación, incluidos los exámenes, y a matricularse de cualquier asignatura o curso en tanto en cuanto no se regularice la situación económica de deuda, quedando extinguida con el impago la relación contractual con U-tad Centro Profesional de Tecnología y Arte Digital. Todo ello con independencia de los derechos que asisten a dicha entidad para la reclamación judicial del efectivo pago de lo adeudado así como los correspondientes intereses moratorios o las indemnizaciones pertinentes por los daños y/o perjuicios ocasionados.

1. La reserva y la matrícula se abonarán mediante transferencia, efectivo o tarjeta. 2. La forma de pago de la docencia es recibo domiciliado (SEPA) 3. Modalidades de pago:

a. Pago único con descuento de pronto pago de un 2% si el pago se realiza antes del 30 de septiembre

b. Mensualidades que se girarán desde octubre a junio (ambos incluidos) 4. A los alumnos que tengan dos cuotas pendientes de pago se les bloqueará el acceso

al Campus Virtual.

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5. Los alumnos que deseen cambiar el número de cuenta al que están domiciliados los recibos, tienen que avisar y rellenar el documento de domiciliación bancaria (SEPA) en secretaría antes del día 20 del mes en curso.

6. Ningún descuento en docencia recogido en la normativa, así como en los acuerdos/convenios realizados con colectivos o becas que otorga U-tad son acumulables, a excepción del descuento por pronto pago, que sí puede ser compatible con el resto de descuentos. El descuento por pronto pago se aplicará tras la deducción de becas u otros descuentos. En el caso de que se hubieran otorgado varios descuentos se ajustará la parte proporcional en la primera cuota a girar.

7. La falta de pago del importe total o parcial del precio, según la opción elegida por el alumno, supondrá la denegación o anulación de la matrícula así como la no renovación de plaza para el curso siguiente.

8. Las cantidades no satisfechas en tiempo y forma por el alumno devengarán intereses de demora a favor de U-tad, al tipo del interés legal del dinero incrementado en dos puntos.

9. El Centro denegará la expedición de títulos y certificados cuando los alumnos tuvieren pagos pendientes de satisfacer.

10. Si el alumno decide unilateralmente abandonar sus estudios deberá notificarlo por escrito al Departamento de Admisión si las clases no hubieran dado comienzo, o, si ya hubieran comenzado, presentando en Secretaría Académica la documentación pertinente (ver Capítulo 1).

a. En caso de que al alumno, una vez realizada en firme la matrícula, no le sea posible comenzar el curso, U-tad no procederá a la devolución del importe de la misma, quedando este importe a cuenta para la realización de otro curso en fechas posteriores. Lo que antecede, sin perjuicio de lo establecido en la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios de fecha 19/07/1984, artículo, 68, en lo que se refiere al derecho de desistimiento que tiene en todo caso el alumno en el plazo de siete días, lo que deberá comunicarse a U-tad Centro Profesional de Tecnología y Arte Digital de forma fehaciente.

b. Si el curso fuera interrumpido por cualquier causa no imputable a U-tad o el

alumno, una vez comenzado el curso, dejara de asistir a clase (por cualquier

motivo), bajo ningún concepto le sería devuelto importe alguno, teniendo

que abonar todos los recibos domiciliados pendientes de pago, pues la venta

de un curso tiene consideración de servicio único a pesar de que el alumno

haya podido solicitar el aplazamiento en varios pagos. La falta de pago de

cualquiera de ellos dará opción a U-tad para el cobro inmediato del recibo

domiciliado y de todos los restantes pendientes de vencimiento, que se

considerarán vencidos automáticamente en la fecha en cuestión, y la

expulsión del alumno de forma inmediata. No obstante, U-tad tratará, en lo

posible, y en función de la planificación, de permitir la asistencia del alumno

a otros cursos posteriores. Ante la imposibilidad de que otro alumno pueda

reemplazar la plaza en el mismo curso académico, U-tad centro universitario

de tecnología y arte digital estará en disposición de iniciar las reclamaciones

pertinentes.

c. En caso de que el alumno no pueda continuar el curso por causas de fuerza mayor (enfermedad grave de familiar de primer grado o enfermedad del

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alumno que le impida continuar el curso), el alumno deberá rellenar un documento solicitando la baja, exponiendo los motivos y aportando la documentación médica oportuna. Dicha documentación será examinada en cada caso por un Comité Académico, teniendo la potestad de eximir al alumno de realizar los pagos pendientes. En ningún caso supondrá la devolución de las cuotas ya satisfechas.

11. Tras finalizar el curso, se procederá al cobro de la matrícula del siguiente curso académico, salvo que el alumno comunique formalmente mediante el formulario establecido, y antes del 30 de julio, que se da de baja y no desea continuar sus estudios en U-tad.

4. Plan de Convivencia Artículo 24. Finalidad

La convivencia es un objetivo fundamental en el proceso educativo, que se basa en el mantenimiento de actitudes y comportamientos respetuosos por parte de todos los integrantes de la comunidad educativa. Su finalidad es la formación para una vida social adulta y la mejora del clima de convivencia.

Hay que resaltar la necesidad de que los integrantes de la comunidad educativa valoren adecuadamente el respeto a los demás, la tolerancia, la convivencia y la solidaridad entre las personas; los principios básicos de la participación y la democracia; el respeto a los derechos humanos y al medio ambiente y el derecho a la igualdad.

Artículo 25. Derechos de los alumnos El alumno del Centro U-tad tiene derecho a:

1. Recibir la formación que corresponda a los módulos en los que se haya matriculado

2. La igualdad de oportunidades y el respeto de su identidad, intimidad e imagen propia.

3. La no discriminación por razones de edad, sexo, raza, nacionalidad, discapacidad, lengua, religión, creencias, opinión, orientación sexual, identidad de género o por cualquier otra condición o circunstancia personal o social durante su estancia en el Centro.

4. Recibir información actualizada sobre el horario de sus clases y el calendario académico del curso.

5. Asistir a las clases y actividades de los módulos en los que esté matriculado de forma efectiva.

6. Presentarse a las convocatorias que le correspondan en razón de su matrícula. 7. El asesoramiento y asistencia por parte de profesores, tutores y servicios de

atención al alumno. 8. La información y orientación académica y profesional. 9. El asesoramiento por el Centro sobre prácticas y ofertas laborales. 10. Participar en las actividades y visitas planificadas por el Centro dentro del

programa curricular del módulo. 11. Presentar su candidatura a los programas de movilidad europea en los que

participe el Centro.

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12. Participar en las actividades que se programen en el campus, en las condiciones que se determinen.

13. Utilizar las instalaciones y equipamientos puestos a su disposición. 14. Contratar los servicios que U-tad ofrezca además del programa académico. 15. Acceder a las becas y ayudas propias del Centro en los términos que se

establezcan. 16. Recibir asesoramiento para la solicitud de las becas que promocionan otras

entidades. 17. El reconocimiento de la autoría de los trabajos elaborados durante sus estudios

en el Centro. 18. Disponer para su consulta de las programaciones que se hayan elaborado para

los módulos en los que esté matriculado. 19. La protección de sus datos personales y académicos. 20. Solicitar los documentos que acrediten su matriculación en el Centro, así como

los certificados de calificaciones y estudios que procedan. 21. Solicitar las convalidaciones y exenciones de módulos que le correspondan. 22. Requerir información sobre el estado de sus compromisos económicos con U-tad. 23. Designar a una persona como responsable económico para que trate los asuntos

de índole económica con U-tad. 24. Recibir información de U-tad sobre formación y empleo una vez que finalice sus

estudios en el Centro. 25. Acceder a los descuentos y precios especiales de los servicios y productos que

ofrezcan U-tad y sus empresas colaboradoras, en las condiciones que se establezcan para cada caso.

Artículo 26. Derecho a la evaluación y revisión de calificaciones Los alumnos tendrán derecho a ser informados al comienzo de curso de los criterios de evaluación acordados y de los criterios de promoción y titulación de los Ciclos Formativos. En concreto, el alumno del Centro tiene derecho a:

1. Ser informado sobre los objetivos, contenidos mínimos exigibles y temporalización de la evaluación.

2. Conocer los criterios de evaluación y recuperación que se vayan a aplicar en cada módulo.

3. Conocer los criterios de calificación en los exámenes, pruebas y trabajos. 4. Ser evaluado de forma objetiva y continua. 5. Acceder a sus calificaciones parciales y finales a través del campus virtual de U-

tad. 6. Ser informado del proceso de recuperación de los módulos suspendidos,

dirigiéndose al profesor correspondiente. 7. Mantener una comunicación fluida con los profesores, tutores y responsables

académicos sobre su aprovechamiento académico y la marcha del proceso de aprendizaje, así como acerca de las decisiones que se adopten como resultado de dicho proceso.

8. Solicitar una revisión de las calificaciones obtenidas. 9. Tramitar la petición de su título oficial en la Secretaría Académica.

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Artículo 27. Deberes generales de los alumnos El alumno del Centro asume los siguientes compromisos:

1. Participar activamente en las actividades académicas que correspondan a su programa de formación.

2. Cumplir los mínimos de asistencia establecidos y entrar puntualmente a las diferentes clases.

3. Respetar a todos los miembros de la comunidad educativa, especialmente a sus compañeros y profesores.

4. Respetar las normas de organización y convivencia del Centro. 5. Mantener una actitud correcta en clase, no permitiéndose el uso de móviles y

otros dispositivos electrónicos o cualquier objeto que pueda distraer al propio alumno o a sus compañeros, excepto si el profesor lo autoriza.

6. Cuidar y usar debidamente los bienes, equipos e instalaciones. 7. No utilizar con otros fines que su propia formación la documentación, casos,

notas técnicas y, en general, el material que U-tad le pueda facilitar, salvo autorización escrita del Centro.

8. No utilizar ni cooperar en procedimientos fraudulentos en las pruebas de evaluación.

9. Respetar el nombre, la marca, los símbolos y emblemas del Centro. 10. Respetar los actos académicos del Centro. 11. Contribuir a la mejora de los fines y funcionamiento del Centro.

Artículo 28. Normas de convivencia Las siguientes normas buscan facilitar la convivencia diaria de las personas que integran la comunidad educativa de U-tad:

1. El acceso y la permanencia en el Centro implican la obligación de identificarse mediante el carné del Centro cuando el alumno sea requerido para ello por los profesores, el personal no docente y el personal de control de accesos.

2. Los alumnos deben respetar las pertenencias de los demás miembros de la comunidad educativa.

3. Los edificios, las instalaciones y los materiales del Centro son de uso colectivo y deben ser respetados por todos.

4. Si algún alumno ocasiona intencionadamente desperfectos en el material o instalaciones deberá repararlo o pagar el importe de la reparación.

5. Cada grupo es responsable del aula que ocupa y todos los alumnos son responsables de las instalaciones generales. En aquellos casos en los que no sea factible individualizar la responsabilidad, los desperfectos, deterioros o hurtos de material deberán ser repuestos, reparados o abonados a partes iguales entre los alumnos implicados.

6. No se permite mover los ordenadores y demás equipos del aula del lugar donde se encuentran, así como manipular las conexiones eléctricas o de red, salvo indicación expresa del profesor o del personal del Centro.

7. No está permitido el uso en clase de ningún material distinto al autorizado por el profesor.

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8. La utilización de las líneas de comunicación y de las conexiones a Internet para desarrollar actividades personales diferentes a las propias de un centro educativo está especialmente prohibida.

9. Es preciso mantener una conducta respetuosa hacia todos los miembros de la comunidad educativa.

10. No se permite el acceso a las instalaciones del centro con símbolos que inciten o aludan a actitudes violentas.

11. Las expresiones y actos de carácter racista, xenófobo, sexista o discriminatorio serán objeto de sanción disciplinaria.

12. Se debe acudir al centro educativo en las debidas condiciones de salud, higiene y vestimenta.

13. Queda prohibido el consumo, comercio o intercambio de bebidas alcohólicas y sustancias psicotrópicas o estupefacientes en el recinto del centro.

14. No se permite el consumo de comida y bebida en las aulas. 15. Queda prohibido fumar en el recinto del Centro.

Artículo 29. Comisión de Ética y Convivencia La Comisión de Ética y Convivencia vela por el fomento de la convivencia entre todas las personas que asisten al Centro. Su actuación estará regida por los principios de legalidad, justicia, proporcionalidad, responsabilidad y equidad. Estará formada por el Director del Centro, los coordinadores de cada ciclo formativo y los tutores de grupo. Sus funciones son: velar por el cumplimiento de lo establecido en el presente reglamento; investigar aquellos hechos que puedan ser constitutivos de una infracción del presente Reglamento; y adoptar las medidas y sanciones correspondientes. Artículo 30. Faltas Las faltas cometidas por infracción de este reglamento serán calificadas de leves, graves o muy graves. Son faltas leves los hechos que, infringiendo lo establecido en la presente regulación, no sean calificadas como graves o muy graves, así como aquellas que sean calificadas como leves por la Comisión de Ética y Convivencia. A modo de ejemplo; comer o beber en las aulas se considerará falta leve. Son faltas graves los hechos que perturben notablemente el orden que debe primar en un centro docente o constituyan una falta grave a juicio de la Comisión de Ética y Convivencia y, específicamente, los siguientes:

a) Los hechos impropios del carácter educacional, o que resulten indecorosos, discriminatorios, sexistas, violentos o que perturben el orden del Centro.

b) Los actos de incorrección o desconsideración y las faltas de respeto con compañeros u otros miembros de la comunidad educativa.

c) La ofensa grave de palabra o de obra, el menosprecio o la burla a cualquier alumno, profesor, personal del Centro o colaboradores.

d) El intento de obtener mejores resultados académicos utilizando medios ilícitos o fraudulentos.

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e) La manipulación del material, los equipos y las instalaciones sin autorización expresa o el uso de los mismos para fines diferentes de los educativos, como por ejemplo la descarga de ficheros que no estén relacionados con la actividad educativa.

f) El daño intencionado en las instalaciones y equipos del Centro y en los bienes o pertenencias de los miembros de la comunidad educativa.

g) La utilización de software ilegal o pirateado. h) La acumulación de tres faltas leves.

Son faltas muy graves los hechos que perturben muy notablemente el orden que debe primar en un centro docente o constituyan una falta muy grave a juicio de la Comisión de Ética y Convivencia, y específicamente, los siguientes:

a) El acoso físico, sexual o moral a un miembro de la comunidad educativa. b) La discriminación, las vejaciones o las humillaciones a cualquier miembro de la

comunidad educativa, ya sean por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, orientación sexual, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

c) El uso de la violencia hacia cualquier miembro de la comunidad educativa. d) La falsedad en los documentos o declaraciones facilitadas al Centro. e) La sustracción de documentos académicos. f) La suplantación de personalidad. g) La manipulación o alteración fraudulenta de las calificaciones académicas. h) Los hechos constitutivos de delito. i) Los daños graves causados intencionadamente o por uso indebido en las

instalaciones, materiales y documentos del Centro o en las pertenencias de otros miembros de la comunidad educativa.

j) Los comportamientos que de cara al exterior perjudiquen gravemente la imagen y buen nombre del Centro.

k) La resistencia activa o pasiva al cumplimiento de lo ordenado por el personal del Centro, docente o no, en sus respectivos ámbitos de potestad.

l) La acumulación de tres faltas graves. Artículo 31. Sanciones Las infracciones serán sancionadas de forma acumulativa según su gravedad:

1. Faltas leves: apercibimiento privado verbal o por escrito. 2. Faltas graves: apercibimiento público, suspensión de la condición de alumno

durante un período de entre uno y cinco días y/o pérdida de la evaluación continua. Reparación, en la medida de lo posible, de los daños morales ocasionados a los profesores, personal no docente y compañeros.

3. Faltas muy graves: pérdida de la condición de alumno por un periodo superior a cinco días e incluso expulsión definitiva del Centro. Prohibición temporal de participar en las actividades extraescolares o complementarias del Centro, por un período máximo de tres meses.

La expulsión del Centro se producirá cuando la gravedad de los hechos cometidos y la presencia del alumno que los cometa en el Centro supongan menoscabo de los derechos o de la dignidad para otros miembros de la comunidad educativa. Asimismo, se adoptará

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esta sanción en caso de agresión física, amenazas o insultos graves a cualquier miembro de la comunidad educativa.

Las sanciones quedarán reflejadas en el expediente académico del alumno. Artículo 32. Criterios para la adopción de sanciones Las sanciones señaladas en los párrafos anteriores podrán ser graduadas por la Comisión de Ética y Convivencia en el ejercicio de sus competencias, atendiendo a las circunstancias en que se hayan producido los hechos y a la repercusión de los mismos. Por ello, en la adopción de sanciones disciplinarias y de medidas provisionales, se deberán tener en cuenta los siguientes criterios:

La imposición de sanciones tendrá finalidad y carácter educativo, y procurará la mejora de la convivencia en el Centro.

Se deberán tener en cuenta, con carácter prioritario, los derechos de la mayoría de los miembros de la comunidad educativa y los de las víctimas de actos antisociales, de agresiones o de acoso.

No se podrán imponer correcciones contrarias a la integridad física y la dignidad personal del alumno.

Se valorarán la situación y circunstancias personales, familiares y sociales del alumno, y demás factores que pudieran haber incidido en la aparición de las

conductas o actos contrarios a las normas establecidas. Se deberán tener en cuenta las secuelas psicológicas y sociales de los agredidos, así

como la alarma o repercusión social creada por las conductas sancionables. Las sanciones deberán ser proporcionales a la naturaleza y gravedad de las faltas

cometidas, y deberán contribuir a la mejora del clima de convivencia del Centro. Se considerarán circunstancias atenuantes:

El arrepentimiento espontáneo. La ausencia de intencionalidad. La reparación inmediata del daño causado.

Se considerarán circunstancias agravantes:

La premeditación y la reiteración. El uso de la violencia, de actitudes amenazadoras, desafiantes o irrespetuosas, de

menosprecio continuado y de acoso dentro o fuera del Instituto. Los actos realizados en grupo que atenten contra los derechos de cualquier

miembro de la comunidad educativa.