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PRACTICAS FISCALES INDEBIDAS

LAS PRACTICAS FISCALES

INDEBIDAS

TIENEN QUE VER CON LA

IDIOSINCRACIA NACIONAL ?

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ESQUEMAS EN OTROS PAISES

El Servicio de Impuestos Internos – Investigación Criminal (Internal Revenue Service – Criminal Investigation, IRS-CI) ha desarrollado un programa coordinado nacionalmente para combatir estos planes abusivos de impuestos.

Caso Suecia

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CASO SUECO

País que tiene la mas alta presión fiscal casi un 51 % y por lo tanto el mas alto cumplimiento voluntario, y basada en los impuestos progresivos, por lo que tiene un ST justo.

La mejor redistribución del ingreso a través de una política transparente de asignación del gasto público. Además tiene una población con una «alta moral fiscal».

Los suecos eran cumplidores del ISR por las rentas del trabajo (relación de dependencia y autónomos), pero no de las rentas financieras.

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CASO SUECO

Cuando se estableció el cruzamiento de datos, los suecos empezaron a autodeclarar vertiginosamente las rentas financieras que tenían en sus declaraciones juradas conjuntamente con las rentas del trabajo personal.

En un año, las autoridades suecas vieron que otra vez dejaban de declarar las rentas financieras y fue cuando se liberalizó el mercado de capitales y ante la globalización, los suecos colocaban sus ahorros en paraísos fiscales europeos (Lichtenstein, Luxemburgo, etc.).

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CASO SUECO

Es decir, estando las demás variables perfectas, el caso sueco demostró, que cuando el contribuyente sintió que no había control sobre una renta no la declaraba, pero declaraba la otra, en un país con una inmodificable política de transparencia del gasto público.

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DECLARACION DE SEUL FORO DE

ADMINISTRACIONES TRIBUTARIAS OCDE (FTA)

Preocupación de gobiernos miembros de OCDE, en relación con los contribuyentes. La minimización del impuesto (planeación fiscal) tiene una larga historia, pero en las últimas décadas ha tomado una gran relevancia. Esquemas fiscales agresivos. Auge de INTERMEDIARIOS FISCALES, (Contadores, Abogados, Consultorías).

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En México diversos intermediarios fiscales ofrecen

esquemas que consisten en simular figuras

jurídicas, con el único propósito de evadir el pago de

las contribuciones de seguridad social derivadas de

una relación laboral, así como omitir el entero de

retenciones por salarios.

Dentro de los contribuyentes que han utilizado los

esquemas de evasión, se encuentran clubes de

futbol, constructoras, empresas hoteleras,

industriales y de servicios de todos los sectores de

la economía.

Introducción

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Se estima que la utilización de estos esquemas

han afectado alrededor de 230,000 trabajadores

que se han visto desprovistos de las

prestaciones de seguridad social que por ley

tienen derecho a recibir, como son atención

médica, pensiones de cesantía y vejez,

guarderías para sus hijos, etc.

Introducción

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Dentro de los principales esquemas detectados

destaca el uso de las siguientes figuras:

1. Sociedades Cooperativas.

2. Sociedades en Nombre Colectivo

3. Sindicatos.

4. Empresas Integradoras.

5. Sociedades Civiles Particulares.

Introducción

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Esquema de Operación.

Contrata a

Normal Con Planeación

Persona

Moral Trabajadores

Paga sueldos, salarios

Realizan trabajo

La Persona Moral realiza lo siguiente:

a) Registro de los trabajadores ante Servicio de

Administración Tributaria, Instituto Mexicano del

Seguro Social, Instituto del Fondo Nacional de la

Vivienda para los Trabajadores.

b) Pago de las aportaciones al IMSS e INFONAVIT.

c) Pago de prestaciones (vacaciones, aguinaldo, etc.).

d) El cálculo y pago de los impuestos (2% sobre nómina),

finiquitos y liquidaciones.

e) Pago de Participación de los Trabajadores en las Utilidades.

f) Retención y entero de contribuciones.

Persona Moral

Sociedad simulada

• Sociedad Cooperativa

• Sociedad en Nombre Colectivo

• Sociedad Civil Particular

Socios

Factura servicios

Paga por servicios

Solicita servicios vía contratos

Paga a los

socios Prestan

servicios

Con el esquema se evade el pago de:

a) Impuestos federales y locales.

b) Cuotas obrero patronales.

c) Aportaciones de vivienda.

d) Reparto de utilidades.

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SOCIEDADES COOPERATIVAS.

Un despacho de asesores “constituye”, en papel, una sociedad

cooperativa, la cual carece de infraestructura, activos y personal.

El despacho ofrece a las empresas transferir su planta laboral a la

sociedad cooperativa, en la cual los trabajadores son considerados como

socios cooperativistas.

Los supuestos socios, siguen laborando en las instalaciones de la

empresa (mismos horarios, reglamentos y funciones) y reciben por sus

servicios pagos por concepto de previsión social, los cuales las

sociedades cooperativas consideran indebidamente deducibles.

La sociedad cooperativa factura por la prestación de servicios a la

empresa (antes patrón), quien deduce el pago efectuado a la cooperativa.

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Esquemas de Evasión.

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Clientes Sociedades Cooperativas

Contrato de prestación de servicios

Actas constitutivas

Paga por servicios

Deduce el gasto

Requisitos de las deducciones

(cheque nominativo, comprobante,

etc.)

Realizar compulsa ( forma de pago)

Oficio IMSS

Ingresos Acumulables - - Deducciones autorizadas

* Previsión social

* Anticipo s y rendimientos

* Otras

Resultado Fiscal

Recibos

Socios

Anticipos y rendimientos a PF

Fondos Sociales a PF

a) Verificar la retención y el entero de

ISR Art. 110 LISR

b) En los estados de cuenta bancarios

verificar salidas de $ en efectivo a

socios (Realizar compulsas)

SAT

Descripción del esquema

Sociedad Cooperativa.

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Sociedad en Nombre Colectivo (S en NC), Sociedad en Comandita Simple (S en CS),

Sociedad Civil Particular (SCP), Sociedad Civil Universal (SCU).

Los asesores prestan servicios de suministro de personal, incorporando a los trabajadores,

directivos o accionistas de sus clientes como socios industriales de la Sociedad en Nombre

Colectivo o de la Sociedad Civil Particular del estado de Yucatán, a quienes les realizan

pagos por concepto de alimentos mismos que esta persona moral indebidamente hace

deducibles, disminuyendo o eliminando su base gravable y con esto evita el pago de

impuestos.

Por otro lado, los socios industriales (personas físicas) no pagan impuestos sobre los

recursos recibidos por concepto de alimentos, porque indebidamente se considera que los

señalados alimentos están en el supuesto de exención de la Ley del Impuesto Sobre la

Renta.

Es importante destacar que estas sociedades se rigen por el Código Civil del Estado de

Yucatán, el cual estipula que podrán realizarse pagos a los socios industriales por concepto

de alimentos.

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Esquemas de Evasión.

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Sociedad en Nombre Colectivo (S en NC), Sociedad en Comandita Simple (S en CS)

Sociedad Civil Particular (SCP), Sociedad Civil Universal (SCU)

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La autoridad determina:

• Simulación de operaciones entre las S en NC, SCP, SCS y la PM

• Deducción improcedente de los gastos por concepto de alimentos, en virtud de que estos gastos no se encuentran contemplados en el artículo 29 de la Ley del ISR

• Retención a los pagos realizados a los socios (dividendos)

• No aplica la exención para los socios que establece la fracción XXII del art. 109 de la LISR

(aplicación supletoria art. 308 Código Civil Federal y Art. 1841 Código Civil de Yucatán)

Persona Moral Sociedad en Nombre Colectivo

Sociedad en Comandita Simple

Sociedad Civil Particular

Paga por servicios

Paga por concepto de

alimentos

Autoridad

Factura servicios

Solicita servicios vía contratos

La S en NC, SCS, SCP

• Deducen el pago de alimentos

• Reporta en su declaración:

• Utilidad mínima

• Pérdida Fiscal

• Ceros

Los socios industriales

• No acumulan el ingreso

recibido por los alimentos

La PM

• Evade retenciones por

concepto de sueldos,

salarios, honorarios o

dividendos otorgados a los

socios

• Acredita el IVA

• Deduce el gasto

1

3

2

4

5

6 7

9 Inyectan recursos vía

aportaciones de capital 8

Descripción del esquema

Accionistas Socios

industriales

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EMPRESAS INTEGRADORAS

Con la finalidad de evitar que las empresas tengan operaciones directamente con una

sociedad cooperativa, los asesores ofrecen a sus clientes facturar los servicios de personal

a través de una Sociedad Anónima, que tiene el carácter de empresa integradora y que

opera entre la sociedad cooperativa y la empresa.

La integradora agrupa, a su vez, a sociedades cooperativas, sociedades en nombre

colectivo, sociedades de solidaridad social, que tienen el carácter de empresas integradas

y que son las personas morales a las que se transfiere (en papel) a los trabajadores.

Cabe destacar que ni la integradora ni sus integradas pagan los impuestos

correspondientes de sus operaciones.

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Esquemas de Evasión.

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Empresas Integradoras

Clientes Empresas

Integradoras

(Facturadoras)

a) Paga por servicios

b) Deduce el gasto

Requisitos de las

deducciones

(cheque nominativo,

comprobante, etc.)

Realizar compulsa

( forma de pago)

Empresas

Integradas

Sociedades

Cooperativas

Sociedades en

nombre

Colectivo

a) Pago a los socios

industriales por

concepto de

alimentos no se

consideran

deducibles.

a) Previsión Social no

deducible.

b) Retención de ISR a

anticipos y

rendimientos

otorgados a los socios.

a) Inscripción al Registro Nacional

de Empresas Integradoras. Art.80

LISR

b) Tributan en el Régimen

Simplificado art. 79 LISR

c) Convenios realizados con las

empresas integradas para

realizar operaciones de compra

y de venta.

d) Listado de las operaciones

realizadas a nombre y por cuenta

de sus integradas.

e) Presenten F30 Anexo 6

Art 84 LISR

Incorpora sus trabajadores a

Descripción del esquema

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Esquemas de evasión

SINDICATOS

Los asesores ofrecen a sus clientes servicios de personal trasladando a sus trabajadores a

los sindicatos bajo el siguiente argumento: “El sindicato es una persona moral que no

requiere llevar contabilidad para efectos fiscales, se registra ante el fisco, pero no le

pueden hacer auditoría, porque no tiene obligación de presentar declaraciones. El sindicato

puede dar a sus sindicalizados previsión social sin límite y no es sujeto a revisión por

Hacienda.”

Los sindicatos prestan servicios a personas distintas de sus miembros o agremiados.

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Esquemas de evasión

SINDICATOS

Dichas operaciones se encuentran amparadas con facturas, que los clientes deducen, a

pesar de que no tienen la obligación de expedir comprobantes fiscales por su naturaleza.

Sin embargo, los gremios no realizan el pago del Impuesto Sobre la Renta causado por

estos ingresos.

Los clientes efectúan las aportaciones patronales convenidas en un contrato colectivo, que

posteriormente serán entregadas a los trabajadores para compensar el salario mínimo con

el que están registrados en las empresas.

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Sindicatos

• La empresa deduce el gasto.

• No se genera retención de ISR por

concepto de sueldos.

Artículo 369 (LFT).- El registro

del sindicato podrá cancelarse

únicamente:

II. Por dejar de tener los

requisitos legales.

Artículo 378 (LFT).- Queda

prohibido a los sindicatos:

II. Ejercer la profesión de

comerciantes con ánimo de

lucro.

Sin obligación de llevar

contabilidad. Casos:

Nueva creación:

Sindicato contrata

trabajadores.

En operación:

Trasladan a un

sindicato la planta

laboral.

Trabajadores

• Salario mínimo

(exento de ISR)

• Fondos

sindicales

Factura cuotas sindicales

o servicios

Paga con cheque/

transferencia

Solicita servicios vía

contrato

Prestan

servicios

Sindicato

20 o más

trabajadores

Cuota

Sindical

Empresa

Sindicato de prestación de servicios

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Con el propósito de combatir la utilización de los esquemas abusivos de sustitución laboral, se han emitido actos de fiscalización dirigidos, tanto a los asesores que ofrecen las planeaciones, como a sus clientes, socios y/o trabajadores, sociedades cooperativas, sociedades en nombre colectivo, empresa integradoras y sindicatos.

Acciones Realizadas

Los resultados de los actos practicados a nivel nacional, a la fecha son los siguientes:

SITUACIÓN No. DE REVISIONES Por iniciar 2,062 En proceso 218 Cartas invitación 1,972 Terminadas 718 Total 4,970

Esquemas Abusivos de Sustitución Laboral

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Cifras reportadas (miles de pesos)

El rendimiento por acto terminado asciende a $0.98 millones de pesos.

Con el objeto de generar una mayor presencia fiscal, se han emitido 1,972 cartas

invitando, tanto a cooperativas, como a sus clientes a corregir su situación fiscal.

Así mismo, se tienen por iniciar 2,062 actos de fiscalización.

Concepto Importe (Miles de pesos)

Cobrado 701,478

Créditos fiscales (liquidaciones) 24’962,170

Esquemas Abusivos de Sustitución Laboral

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Juicios Los TCC han resuelto de fondo a favor de la autoridad, es decir, las sentencias son en el sentido de considerar que los pagos realizados por el supuesto concepto de previsión social a socios cooperativistas, deben estar amparados con la documentación comprobatoria que soporte que se trata de una verdadera previsión social, y como en el caso de estos esquemas lo único que se acredita es la entrega de dinero a los trabajadores, se resolvió que los pagos están sujetos a retención conforme al artículo 110 fracción II de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. En materia de alimentos, las sentencias definitivas han sido a favor de la autoridad.

Esquemas Abusivos de Sustitución Laboral

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En materia de alimentos, se han dictado veintinueve

sentencias en la Sala Regional del Golfo Norte del

Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, de

las cuales en veinticinco declaró la nulidad de las

resoluciones emitidas por la Administración Central de

Fiscalización Estratégica (ACFE).

Todas y cada una de esas veinticinco fueron impugnadas

vía recurso de revisión fiscal por la Administración Local

Jurídica de Ciudad Victoria, en las cuales tanto el

Primero y Segundo Tribunales Colegiados en Materias

Administrativa y Civil del Decimonoveno Circuito, con

residencia en Ciudad Victoria, Resolvieron fundados los

recursos planteados.

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Acciones Realizadas.

Juicios.

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Se ha establecido una coordinación entre el Servicio de

Administración Tributaria, el Instituto Mexicano del Seguro

Social, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y el

Instituto Nacional de la Vivienda de los Trabajadores, cuyo

propósito es generar actos de fiscalización conjuntos para

generar una mayor percepción de riesgo en los

contribuyentes, en la utilización de estos esquemas.

Grupo de Auditoría Estratégico

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Acciones Realizadas.

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Se han realizado operativos en los domicilios de los

principales despachos que ofrecen estos esquemas de

evasión.

El objetivo de los actos de fiscalización fue el de

realizar un recorrido físico en las instalaciones a del

contribuyente para obtener información de los clientes

que han utilizado el esquema y en general datos que

permitieran conocer las personas que están

involucradas en estos ilícitos.

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Acciones Realizadas.

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Se han enviado Cartas Invitación a clientes de estos

despachos que han utilizado los esquemas de evasión

ofrecidos por ellos.

Como resultado de estas acciones se ha tenido

acercamiento de los asesores para corregir su

situación fiscal.

Asimismo, se reportan autocorrecciones de diversos

clientes que han enterado el importe de las

retenciones que habían dejado de realizar con motivo

de la relación laboral con sus trabajadores.

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Acciones Realizadas.

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