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Pasivos financieros

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Page 1: Pasivos financieros

Pasivos financieros: Contabilización de operaciones de préstamo

Una vez definidos los pasivos financieros existentes en nuestra empresa, vamos a pasar a la realización de los asientos contables de este tipo de operaciones. Entre los más usuales tenemos por ejemplo cualquier tipo de préstamo, contrato típico de clasificación de pasivo financiero.

Ej.1 Supongamos que el día 30/06/0X recibimos un préstamo de 500.000 euros, con unos gastos de formalización, comisión de apertura y notario de 10.000 euros. A su vez sabemos que tenemos que el tipo de interés anual del préstamo es de un 5% pagadero a anualidades vencidas y que la amortización la realizamos en dos años, con dos pagos del 50% del capital en cada uno de ellos. Veamos como se contabilizan todas estas operaciones:

En primer lugar, procedemos al cálculo de tipo de interés efectivo o TIE. Este cálculo equivale matemáticamente hablando a la Tasa Interna de Retorno o TIR. En excel tenemos la propia función TIR que nos la calcula a partir de cuadro de flujos de efectivo. O bien, si nos consideramos capacitados la obtenemos de la propia definición matemática:

Para nuestro ejemplo particular, despejando de la ecuación anterior el valor de “i” que equivale al TIE, obtenemos que su valor es de 6,4485%. A partir del cálculo del tipo de interés efectivo, procederemos a realizar el cuadro del coste amortizado.

Mediante este cuadro vamos a obtener el valor del préstamo en cada momento que nos sea interesante, con objeto de realizar una valoración correcta del préstamo, en sintonía con el nuevo plan contable. La particularidad del cuadro consiste en aplicar el TIE a valor del coste amortizado al préstamo, obteniendo el interés explicito del préstamo (interés real que pagamos) así como interés implícito (interés aplicable a la repercusión del coste amortizado). En nuestro ejemplo el cuadro sería el siguiente

Una vez obtenido el cuadro, que es válido durante toda la vida del préstamo, o hasta que tengamos cambios en el tipo de interes explicito como consecuencia de la formalización de préstamos a tipo variable, procedemos a realizar los oportunos asientos contables. Estos asientos tendrán la siguiente forma para el ejercicio XO:

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El primer asiento, de reconocimiento del crédito, damos de alta el préstamo por el coste amortizado, que equivale al nominal menos los gastos incurridos en su formalización. El segundo asiento, lo realizamos a 31/12/0X en consideración con el criterio del devengo. Procedemos a la contabilización de los intereses, tanto explícitos como implicitos devengados en el ejercicio.

En el año X1, tendremos los siguientes asientos:

Como primer asiento, contabilizamos los intereses devengados hasta el vencimiento de la primera cuota, y en segundo lugar realizamos el pago de la primera cuota de capital e intereses, según hemos formalizado con el banco. A partir de aquí, reclasificamos a corto plazo los vencimientos incluidos en el siguiente año y repetimos la operatoria contable descrita.

Ej.2 Tengo una gran duda, segun vuestra amplia explicación me da a entender que ¿ una empresa que utiliza el pgc pymes puede realizar la contabilización de un prestamo del banco sin la utilización del tipo de

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interes efectivo ? es esto correcto ?

Gracias.Los expertos escribió:La solución que propones se puede utilizar si la empresa puede acogerse al Plan General Contable de PYMES, ya que es una opción para simplificar la contabilidad de las PYMES:

Ejemplo: Préstamo de 500.000 a tres años con pago periódico de intereses y devolución del principal a los tres años, interes del préstamo i=5% y gastos de formalización 5.000.

P.G.C. de PYMESpuede optar por la siguiente contabilización:

Debe: 495.000 Bancos Debe: 5.000 Otros gastos financieros Haber: 500.000Deudas a largo plazo con entidades de crédito

Conclusión: No tenemos que calcular el tipo de interés efectivo

Las empresas que no pueden acogerse al plan de PYMES, tienen que contabilizar la deuda por el valor razonable de la contraprestación recibida, ajustada con los gastos, luego la contabilización seria:

Debe: 495.000 Bancos Haber: 495.000 Deudas a largo plazo con entidades de crédito

Conclusión: tendremos que calcular el tipo de interés efectivo para valorar la deuda por el coste amortizado

Ej.3 Ejemplo contabilización préstamo bancario según PGCPyme y PGCNormal.

    A continuación presentamos un ejemplo práctico de contabilización de un préstamo con una entidad financiera cualquiera.   Presentamos un mismo ejemplo pero con 2 posibles soluciones:.   Solución 1.- Contabilización según las normas de registro y valoración del PGC Pyme aplicable solamente a pequeñas y medianas empresas (pues también podrían aplicar los criterios de PGC Normal este tipo de sociedades). .   Solución 2.- Contabilización según las normas de registro y valoración del PGC Normal.

EJEMPLO    La sociedad RCRCR, SA formaliza el 01.01.2010 un préstamo con una entidad financiera de acuerdo al siguiente condicionado:

Importe solicitado: 100.000 euros. Plazo de devolución: 4 semestres. Tipo de interés: 8% anual. Comisión de apertura: 3 por 100. Corretaje: 1 por 100. La entidad financiera facilita el siguiente cuadro de amortización:

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Pagos Capital Pdte. Intereses Amortización Cuóta Amortizado

1 100.000.00       4.000,00       23.549,00       27.549,00       23.549,00      

2 76.451,00       3.058,03       24.490,97       27.549,00       48.039.97      

3 51.960,03       2.078,40       25.470,60       27.549,00       73.510,57      

4 26.489,43       1.059,57       26.489,43       27.549,00       100.000,00      

         

    10.196,00      100.000,00       110.196,00           Se pide registro contable de los asientos que implica esta operación.   

SOLUCIÓN 1. PGC Pyme   De acuerdo a la norma de valoración 9ª del Plan General Contable Pyme, la clasificación de los préstamos con entidades de crédito vendría dada en la categoría de "Pasivos financieros a coste amortizado". Su registro y valoración coinciden prácticamente con la de los "débitos y partidas a pagar" del PGC Normal, aunque existe una "salvaguarda" para el caso de las pymes.    Así, esta norma dice "... se valorarán inicialmente por el coste, que equivaldrá al valor razonable de la contraprestación recibida ajustado por los costes de transacción que les sean directamente atribuibles; no obstante, estos últimos, así como las comisiones financieras que se carguen a la empresa cuando se originen las deudas con terceros, podrán registrarse en la cuenta de pérdidas y ganancias en el momento de su reconocimiento inicial".... En cuanto a su valoración posterior "...se valorarán por su coste amortizado. Los intereses devengados se contabilizarán en la cuenta de pérdidas y ganancias, aplicando el método del tipo de interés efectivo".    Es decir, nos encontramos como los mismos criterios de registro y valoración que en el PGC Pyme pero con la excepción de lo subrayado, es decir, los gastos originados inicialmente por la concesión del préstamo podrán imputarse directamente a la cuenta de pérdidas y ganancias en ese momento. ¿Qué consecuencias trae este parrafito? 1ª. Al imputar los gastos iniciales del préstamo y si no se producen gastos adicionales a lo largo del mismo, el tipo de interés nominal coincidirá con el tipo de interés efectivo, así el coste amortizado coincidirá con la tabla de amortización facilitada por la entidad financiera. 2ª. Dándose esta primera circunstancia, podremos seguir contabilizando los préstamos como lo hacíamos con la normativa del Plan General Contable de 1990 (si no tenemos en cuenta la inexistencia de los gastos a distribuir en varios ejercicios que todavía facilita más su registro)   

 En este sentido, nuestro ejercicio se resolvería en los siguientes términos:

Registro concesión 01.01.2010: DEBE HABER

96.000 Bancos c/c (572)    

4.000 Otros gastos financieros     (669)    

  a Deudas C/P con entidades de crédito (520) 48.039,97

  a Deudas L/P con entidades de crédito (170) 51.960,03

--- x ---

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Pago 1er semestre 30.06.2010: DEBE HABER

4.000,00 Intereses de Deudas (662)    23.549,00 Deudas C/P con entidades de crédito (520)  

  a Bancos c/c (572) 27.549,00

--- x ---

Pago 2º semestre 31.12.2011: DEBE HABER

3.058,03 Intereses de Deudas (662)    24.490,97 Deudas C/P con entidades de crédito (520)  

  a Bancos c/c (572) 27.549,00

--- x ---

Reclasificación de la Deuda a corto plazo: DEBE HABER

51.960,03 Deudas C/P con entidades de crédito (170)    

  a Deudas C/P con entidades de crédito (520) 51.960,03

--- x ---

Pago 3er semestre 30.06.2012: DEBE HABER

2.078,40 Intereses de Deudas (662)    25.470,60 Deudas C/P con entidades de crédito (520)  

  a Bancos c/c (572) 27.549,00

--- x ---

Pago 4º y último semestre 31.12.2012: DEBE HABER

1.059,57 Intereses de Deudas (662)    26.489,43 Deudas C/P con entidades de crédito (520)  

  a Bancos c/c (572) 27.549,00

--- x ---

 Es la opción mucho más "sencillita y asequible" que con la utilización del PGC normal.

SOLUCIÓN 1. PGC Normal.    De acuerdo a la norma de valoración 9ª del Plan General Contable, los préstamos recibidos han de

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registrarse como pasivos financieros incluyéndolos en la categoría de "préstamos y partidas a pagar", por lo que en su contabilización se seguirán los criterios generales de esta categoría, es decir, que inicialmente se valorarán por el importe neto recibido y posteriormente por el coste amortizado calculado al tipo de interés efectivo.    En los débitos y partidas a pagar, según la norma de valoración 9ª referida, se clasificarán: a) Débitos por operaciones comerciales: son aquellos pasivos financieros que se originan en la compra de bienes y servicios por operaciones de tráfico de la empresa, y b) Débitos por operaciones no comerciales: son aquellos pasivos financieros que, no siendo instrumentos derivados, no tienen origen comercial. De acuerdo con la norma de valoración 9ª "Instrumentos Financieros" del Plan General Contable, los "Débitos y partidas a pagar" "... se valorarán inicialmente por su valor razonable, que, salvo evidencia en contrario, será el precio de la transacción, que equivaldrá al valor razonable de la contraprestación recibida ajustado por los costes de transacción que les sean directamente atribuibles. No obstante lo señalado en el párrafo anterior, los débitos por operaciones comerciales con vencimiento no superior a un año y que no tengan un tipo de interés contractual, así como los desembolsos exigidos por terceros sobre participaciones, cuyo importe se espera pagar en el corto plazo, se podrán valorar por su valor nominal, cuando el efecto de no actualizar los flujos de efectivo no sea significativo....". Al mismo tiempo las valoraciones posteriores que se produzcan de estos pasivos financieros "... se valorarán por su coste amortizado. Los intereses devengados se contabilizarán en la cuenta de pérdidas y ganancias, aplicando el método del tipo de interés efectivo..."   En este sentido, la valoración inicial debería venir dada por:

Valor de la contraprestación neta recibida: 100.000 - 3.000 - 1.000 = 96.000 euros.(Minoramos el importe recibido en la comisión de apertura y corretaje)

   Luego el tipo de interés efectivo de la operación sería igual a:   27.549   27.549   27.549   27.549  96.000 = ------------ + ------------ + ------------ + ------------  TIE = 5,754177% semestral  (1+tie)   (1+tie)2   (1+tie)3   (1+tie)4  

   Luego si generamos una nueva tabla de amortización con los gastos iniciales:Pago

sCuóta Deuda Intereses

5,75%Devolución

CapitalCoste

AmortizadoIntereses 4% Difer.

Intereses

1 27.549,00      96.000,00       5.524,01       22.024,99      73.975,01       4.000,00      1.524,01      

2 27.549,00      73.975,01       4.256,65       23.292,35      50.682,66       3.058,03      1.198,62      

3 27.549,00      50.682,66       2.916,37       24.632,63      26.050,03       2.078,40       837,97      

4 27.549,00      26.050,03       1.498,97       26.050,03       0,00       1.059,57       439,40      

               

       14.196,00      96.000,00        10.196,00          Así la contabilización deberá realizarse en función de esta nueva tabla y consecuentemente, de acuerdo con la norma de Registros y Valoración de "Instrumentos Financieros" los gastos iniciales del préstamo netearán el valor inicial del préstamo, por lo que observamos que el registro del pasivo financiero (deuda) se realiza por el importe recibido y no por el total que habremos de devolver a la entidad financiera.

Registro concesión 01.01.2010: DEBE HABER

 96.000 Bancos c/c (572)    

  a Deudas C/P con entidades de crédito (520) 45.317,34

  a Deudas L/P con entidades de crédito (170) 50.682,66

--- x ---

   Si optamos por la contabilización de acuerdo a la tabla facilitada por la entidad financiera (probablemente resulte muchos más sencillo de trabajar) tendríamos:

Pago 1er semestre 30.06.2010:

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DEBE HABER 4.000,00 Intereses de Deudas (662)     23.549,00 Deudas C/P con entidades     de crédito (520)    

  a Bancos c/c (572) 27.549,00

--- x ---

Imputación como gasto la parte correspondiente de los gastos iniciales, incrementando la deuda inicial:

DEBE HABER    91.524,01 Intereses de Deudas (662)    

  a Deudas C/P con entidades de crédito (520) 1.524,01

--- x ---

Pago 2º semestre 31.12.2011: DEBE HABER

 3.058,03 Intereses de Deudas (662)     24.490,97 Deudas C/P con entidades de crédito     (520)      

  a Bancos c/c (572) 27.549,00

--- x ---

Imputación como gasto la parte correspondiente de los gastos iniciales, incrementando la deuda inicial:

DEBE HABER 1.198,62 Intereses de Deudas (662)    

  a Deudas C/P con entidades de crédito (520) 1.198,62

--- x ---

Reclasificación de la Deuda a corto plazo: DEBE HABER

50.682,66 Deudas C/P con entidades de crédito (170)    

  a Deudas C/P con entidades de crédito (520) 50.682,66

--- x ---

Pago 3er semestre 30.06.2012: DEBE HABER

2.078,40 Intereses de Deudas (662)    25.470,60 Deudas C/P con entidades de crédito (520)      

  a Bancos c/c (572) 27.549,00

--- x ---

Imputación como gasto la parte correspondiente de los gastos iniciales, incrementando la deuda inicial:

DEBE HABER

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 837,97 Intereses de Deudas (662)    

  a Deudas C/P con entidades de crédito (520) 837,97

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Pago 4º y último semestre 31.12.2012 DEBE HABER

 1.059,57 Intereses de Deudas (662)     26.489,43 Deudas C/P con entidades de crédito (520)      

  a Bancos c/c (572) 27.549,00

--- x ---

Imputación como gasto la parte correspondiente de los gastos iniciales, incrementando la deuda inicial:

DEBE HABER

    439,40 Intereses de Deudas (662) </R>    

  a Deudas C/P con entidades de crédito (520) 439,40

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Javier Gómez. Departamento de Contabilidad de RCR Proyectos de Software. Este comentario es una cortesía de la página web www.supercontable.com y ASESOR CONTABLE.