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1 PROYECTO DE GESTIÓN

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PROYECTO DE GESTIÓN

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1. Introducción.

2. Autonomía de gestión económica.

3. El presupuesto anual del centro.

3.1. Cuentas de gestión.

3.2. Elaboración del presupuesto anual del centro.

3.2.1. Criterios para la elaboración del proyecto de presupuesto.

3.3. Registro y control de la actividad económica.

3.4. Aprobación del presupuesto anual del centro y cierre del ejercicio económico.

4. Gestión económica de los departamentos didácticos.

5. Indemnización por razón de servicio.

6. Gestión de recursos humanos.

6.1. Permisos y licencias.

6.2. Criterios para la gestión de las sustituciones de las ausencias del profesorado.

6.3. Sustitución del P.A.S.

7. Medidas para la conservación y renovación de las instalaciones y del equipamiento escolar.

7.1. Organización de los espacios.

7.2. Mantenimiento edificios, instalaciones y jardines.

7.3. Mantenimiento de equipos y herramientas.

7.3.1. Equipos de seguridad.

7.3.2. Equipos sanitarios.

7.3.3. Equipos de climatización.

7.3.4. Equipos y redes informáticos.

7.3.5. Equipos de reprografía.

7.3.6. Herramientas.

7.4. Mantenimiento y gestión de la Biblioteca.

7.5. Uso del teléfono.

7.6. Exposición de publicidad.

7.8. Uso de los espacios comunes y específicos.

7.9. Uso del servicio de copistería.

7.10. Botiquín

8. Criterios para la obtención de ingresos derivados de la prestación de servicios o alquileres.

9. Procedimiento para la elaboración del inventario anual general del centro.

10. Criterios para una gestión sostenible de los recursos y de los residuos que genere el centro, compatible con la conservación del medio ambiente.

10.1. Estrategias para la gestión eficaz de los recursos

10.2. Estrategias para la gestión eficaz de los residuos que genere el centro

11. Disposición final.

12. Anexos

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1.- INTRODUCCIÓN

El proyecto de gestión del IES Sofía de Jerez de la Frontera es el documento marco que recoge la ordenación y

utilización de los recursos del centro, tanto materiales como humanos, gestionados desde la autonomía de centro que tiene para definir el Plan de Centro. Todo ello en base a la siguiente normativa:

• Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (LOE).

• Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de educación en Andalucía (art.129).

• Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

• Decreto 327/2010, de 13 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria.

• Orden de 10-5-2006 (BOJA 25-5-2006), conjunta de las Consejerías de Economía y Hacienda y de Educación, por la que se dictan instrucciones para la gestión económica de los centros docentes públicos dependientes de la Consejería de Educación y se delegan competencias en los Directores y Directoras de los mismos.

• Orden de 11-5-2006 (BOJA 25-5-2006), conjunta de las Consejerías de Economía y Hacienda y de Educación, por la que se regula la gestión económica de los fondos con destino a inversiones que perciban con cargo al presupuesto de la Consejería de Educación los centros docentes públicos de educación secundaria, de enseñanzas de régimen especial a excepción de los Conservatorios Elementales de Música, y las Residencias Escolares, dependientes de la Consejería de Educación.

• Instrucción 1/2005, de 8 de febrero, conjunta de la Intervención General de la Junta de Andalucía y la Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación, por la que se establece el procedimiento de comunicación de las operaciones con terceros realizadas por los centros docentes públicos no universitarios, a efectos de su inclusión en la declaración anual de operaciones (modelo 347).

• Instrucción 3/2009, de 30 diciembre, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación, por la que se establece el procedimiento para la gestión de las retenciones e ingresos del impuesto sobre la renta de las personas físicas, efectuadas por los centros docentes públicos no universitarios, centros de profesorado y residencias escolares de titularidad de la Junta de Andalucía.

• Decreto 46/1986, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Tesorería y Ordenación de Pagos.

• Orden de 27-2-1996, (BOJA 12-3-1996), por la que se regulan las cuentas de la Tesorería General de la Comunidad Autónoma Andaluza, abiertas en las entidades financieras.

• Decreto 54/1989, de 21 de marzo, sobre dietas de empleados públicos, modificado por el Decreto 157/2007, de 29 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio de la Junta de Andalucía.

• Orden de 11 de julio de 2006, por la que se actualizan las cuantías de determinadas indemnizaciones por razón del servicio.

• Orden de 8 de septiembre de 2010, por la que se establece el procedimiento para la gestión de las sustituciones del profesorado de los centros docentes públicos dependientes de la Consejería de Educación.

• Circular de 6-4-2005, de la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos, sobre Permisos y Licencias, modificada en relación con diversos aspectos por los Criterios de 21-11-2007, de la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos, sobre cumplimiento de la Jornada y Horarios y por la Instrucción 8/2007, de 31 de octubre, de la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos como consecuencia de la entrada en vigor de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

• Resolución de 4-11-2004, de la Dirección General de la Función Pública, mediante la que se aprueba el nuevo modelo de permisos y licencias del personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía. (BOJA 22-11-2004)

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2. AUTONOMÍA DE GESTIÓN ECONÓMICA. El I.E.S. Sofía como centro docente público no universitario perteneciente a la Junta de Andalucía goza de

autonomía en la gestión de sus recursos económicos como establece la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, en su artículo 120 en los puntos 1, 2 y 3:

1. Los centros dispondrán de autonomía pedagógica, de organización y de gestión en el marco de la legislación vigente y en los términos recogidos en la presente Ley y en las normas que la desarrollen.

2. Los centros docentes dispondrán de autonomía para elaborar, aprobar y ejecutar un proyecto educativo y un proyecto de gestión, así como las normas de organización y funcionamiento del centro.

3. Las Administraciones educativas favorecerán la autonomía de los centros de forma que sus recursos económicos, materiales y humanos puedan adecuarse a los planes de trabajo y organización que elaboren, una vez que sean convenientemente evaluados y valorados.

Por otro lado, la Ley de Educación de Andalucía (Ley 17/2007, de 10 de diciembre), cuyo ámbito de aplicación es todo el sistema educativo andaluz, a excepción del universitario, establece en su artículo 129.2 que “los centros docentes públicos gozarán de autonomía de gestión económica en los términos establecidos en la legislación vigente y en esta Ley”.

Esta autonomía de gestión económica se configura como un medio para la mejora de la calidad de la enseñanza y se define como la utilización responsable de todos los recursos necesarios para el funcionamiento de este centro, de forma que podamos alcanzar nuestros objetivos. El ejercicio de esta autonomía se realizará a partir de los recursos económicos y materiales recibidos de la Consejería de Educación que pueden ser complementados con ingresos procedentes de entes públicos, privados o particulares, los cuales se situarán en la cuenta autorizada y se aplicarán directamente, junto con los primeros, a los gastos del centro.

La responsabilidad de la gestión económica del centro corresponde al Consejo Escolar, al Equipo Directivo y al Director, siendo sus competencias en este ámbito, según se establece Decreto 327/2010, de 13 de julio, las siguientes:

a) El Consejo Escolar.

i) Aprobar el Proyecto de Gestión, el proyecto de presupuesto del centro y sus modificaciones y la justificación de las cuentas de gestión.

ii) Promover la conservación y renovación de las instalaciones y equipo escolar y aprobar la obtención de recursos complementarios.

iii) Elaborar propuestas e informes, a iniciativa propia o a petición de la Administración competente, sobre el funcionamiento del instituto y la mejora de la calidad de la gestión, así como sobre aquellos otros aspectos relacionados con la calidad de la misma.

iv) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Consejería competente en materia de educación.

b) El Equipo Directivo.

i) Adoptar las medidas necesarias para la ejecución coordinada de los acuerdos adoptados por el Consejo Escolar y el Claustro de Profesorado, así como velar por el cumplimiento de las decisiones de los órganos de coordinación docente, en el ámbito de sus respectivas competencias.

ii) Cumplimentar la documentación solicitada por los órganos y entidades dependientes de la Consejería competente en materia de educación.

iii) Elaborar el Proyecto de Gestión, el proyecto de presupuesto y sus modificaciones a propuesta del Secretario. iv) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por Orden de la persona titular de la Consejería competente en

materia de educación. c) El director.

i) Realizar las contrataciones de obras, servicios y suministros, así como autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto del centro y ordenar los pagos, todo ello de conformidad con lo que establezca la Consejería competente en materia de educación.

ii) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación.

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3. EL PRESUPUESTO ANUAL DEL CENTRO

El presupuesto anual del centro es el instrumento de planificación económica que recoge la distribución de ingresos y gastos desde el 1 de octubre hasta el 30 de septiembre de cada curso escolar y permite establecer prioridades en la aplicación del gasto para la consecución de los objetivos previstos.

3.1. Estructura del presupuesto anual del centro

La estructura del presupuesto anual del centro se ajusta a lo establecido en la Orden de 10 de mayo de 2006 (Boja, de 25 de mayo) y estará formado por el grupo de cuentas de ingresos y el de gastos.

Grupo de cuentas de ingresos

El estado de ingresos del IES Sofía está formado por los créditos asignados por la Consejería de Educación, por otros fondos procedentes del Estado, Comunidad Autónoma, Diputación, Ayuntamiento o cualquier otro Ente público o privado, por los ingresos obtenido mediante alquiler de instalaciones o equipamiento, por los que se obtengan de la venta de material y de mobiliario obsoleto o deteriorado que deberá ser aprobada por el Consejo Escolar y por cualesquiera otros que le pudiera corresponder.

La Consejería de Educación a través de la Dirección General competente fijará, con carácter provisional, la cantidad asignada al centro antes del 30 de noviembre de cada año. Esta cantidad puede ser confirmada o corregida por la Dirección General competente quedando asignada con carácter definitivo con anterioridad al pago de la liquidación del curso escolar. Asimismo y siempre que proceda, el centro recibirá comunicación de la cantidad asignada para inversiones con anterioridad al 31 de enero de cada año.

El presupuesto de ingresos se confeccionará de acuerdo con el modelo que figura como Anexo I de este Proyecto de Gestión, separando las partidas en tres columnas:

a) La primera de ellas contendrá la previsión de ingresos propios.

b) La segunda contendrá la previsión de ingresos como recursos procedentes de la Consejería de Educación, subdividiéndose a su vez en dos columnas, una para anotar los ingresos para gastos de funcionamiento y otra para anotar, en su caso, los ingresos para inversiones.

c) En la tercera columna se recogerán los fondos procedentes de otras personas o entidades.

La suma de los importes de las tres columnas se corresponder con el global total de ingresos.

Grupo de cuentas de gastos

La confección del estado de gastos con cargo a recursos propios, procedentes de otras entidades o procedentes del presupuesto de la Consejería de Educación para gastos de funcionamiento, se efectuará conforme al modelo que figura como Anexo II de este documento, sin más limitaciones que su ajuste a los créditos disponibles, a su distribución entre las cuentas de gasto que sean necesarias para su normal funcionamiento, según la estructura de cuentas que figura en el Anexo III, y a la consecución de los objetivos o finalidades para los que han sido librados tales fondos.

El IES Sofía podrá efectuar adquisiciones de equipos y material inventariable, con cargo a los fondos percibidos con cargo al presupuesto de la Consejería de Educación para gastos de funcionamiento, siempre que concurran las circunstancias siguientes:

a) Que queden cubiertas todas las necesidades para el normal funcionamiento del centro.

b) Que dichas adquisiciones tengan un límite máximo que quedará cuantificado en el 10% del crédito anual librado a cada centro con cargo al presupuesto de la Consejería de Educación para gastos de funcionamiento del mismo y se realicen previo informe de la correspondiente Delegación Provincial de la Consejería de Educación sobre la inclusión o no del material de que se trate en la programación anual de adquisición centralizada para ese centro. No estará sujeto a esta limitación el material bibliográfico que el centro adquiera.

c) Que la propuesta de adquisición sea aprobada por el Consejo Escolar del centro.

La confección del estado de gastos, con cargo a recursos procedentes del presupuesto de la Consejería de Educación para inversiones, se efectuará conforme al modelo que figura como Anexo II, ajustándose a los fondos disponibles, a la finalidad

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para la que han sido librados tales fondos y a su distribución entre las cuentas de gastos que sean necesarias para su mejor control, según la estructura de cuentas que figura en el Anexo III.

La aplicación de los fondos para inversiones se realizará, según establece la Orden de 11 de mayo de 2006 (Boja de 25 de mayo), con destino a reparación, mejora, adecuación y equipamiento del centro docente, quedando comprendidas, entre otras, las siguientes actuaciones susceptibles de ser ejecutadas con cargo a tales fondos:

- Obras en accesos, cerramientos, fachadas y cubiertas. - Pintura y rotulación. - Obras para la adecuación de espacios. - Elementos de climatización de los edificios. - Adecuación de las instalaciones eléctricas. - Adecuación de instalaciones de comunicaciones. - Adecuación de instalaciones sanitarias. - Instalación o adecuación de medidas de seguridad. - Adquisición e instalación de elementos para el equipamiento del centro. - Adquisición e instalación de elementos para el equipamiento docente. - Aquellas otras actuaciones que sean de naturaleza similar a las enumeradas anteriormente.

En cualquier caso se atenderán de forma prioritaria aquellas actuaciones recogidas en las instrucciones dictadas por el servicio de Administración General y Gestión Económica de la Delegación Provincial y se solicitará autorización para aquellas inversiones que no estén recogidas en dichas instrucciones. En ningún caso podrán hacerse reajustes en el presupuesto que permitan destinar a otros conceptos de gasto corriente cantidades recibidas por el centro para inversiones.

3.2. Elaboración del presupuesto anual del centro.

Cada curso escolar y con anterioridad al 30 de noviembre, el Secretario del centro elaborará un proyecto de presupuesto, teniendo en cuenta la cantidad económica consolidada por la Consejería de Educación para el curso siguiente, la previsión de ingresos por recursos propios y por otras entidades, el presupuesto del ejercicio anterior y oídas las propuestas de los Departamentos Didácticos, la Dirección y el Consejo Escolar. Dicho documento se compondrá de un estado de ingresos y gastos, incluyéndose en cuenta los remanentes del año anterior.

Una vez recibida la comunicación de la cantidad asignada por la Consejería de Educación para gastos de funcionamiento y, en su caso, para inversiones se procederá a realizar en el plazo de un mes, contado a partir de la fecha de la comunicación, el ajuste presupuestario si es necesario.

3.2.1. Criterios para la elaboración del proyecto de presupuesto.

La elaboración del proyecto de presupuesto deberá realizarse según los siguientes criterios:

a) Las partidas específicas recibidas desde la Consejería de Educación serán utilizadas para el fin al que han sido destinadas (P.G.L.T., P.R.O.A, Escuelas Deportivas, vestuario PAS, inversiones, etc).

b) Los libramientos recibidos para gastos de funcionamiento ordinario deberán cubrir en primer lugar los gastos fijos anuales, no variables, como el mantenimiento de jardines, extintores, puertas automáticas, alarmas, etc; en segundo término se atenderán los gastos fijos, como electricidad, agua, comunicaciones, mantenimiento de equipos reprográficos, seguridad, etc; y en último término los gastos variables en función del presupuesto de ingresos como mantenimiento de edificios, instalaciones y materiales, necesidades de los departamentos, consumibles de oficina, actividades extraescolares, culturales, excursiones y viajes de estudio, etc.

c) Los ingresos obtenidos por recursos propios se aplicarán a los gastos variables.

d) Aquellas aportaciones del alumnado y de la AMPA para actividades programadas o las subvenciones solicitadas a entidades públicas o privadas para actividades concretas se aplicarán a los gastos para las que han sido previstas.

No obstante, el presupuesto vinculará al centro docente en su cuantía total, pudiendo reajustarse, con las mismas formalidades previstas para su aprobación, en función de las necesidades que se produzcan.

3.3. Registro y control de la actividad económica.

El registro de la actividad económica se llevará a cabo mediante el programa SÉNECA, sistema que permite cumplimentar la documentación contable exigida en la Orden de 10 de mayo de 2006 (Boja de 25 de mayo) que incluirá el registro de

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ingresos, registro de movimientos en cuenta corriente, registro de movimientos de caja y registro de gastos (según anexos IV, V, VI y VII respectivamente) que será encuadernada correlativamente, firmada y sellada para formar los libros contables cuando termine cada ejercicio. El centro mantendrá en custodia esta documentación durante un período mínimo de cinco años, desde la aprobación de la cuenta de gestión.

Las operaciones realizadas por el centro en ejecución de su presupuesto, tanto de ingresos como de gastos, contarán siempre con el oportuno soporte documental que acredite la legalidad de los ingresos y la justificación de los gastos.

Para el manejo de los fondos monetarios disponibles el IES Sofía cuenta con una sola cuenta corriente, como se establece en el reglamento General de Tesorería y Ordenación de Pagos aprobado por Decreto 46/1986, de 5 de marzo previamente autorizada por la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública de la Consejería de Economía y Hacienda, a solicitud de la Dirección General de Planificación y Centros de la Consejería de Educación, conforme a la Orden de la Consejería de Economía y Hacienda de 27 de febrero de 1996, por la que se regulan las cuentas de la Tesorería General de la Comunidad Autónoma abiertas en las entidades financieras, y la Resolución de 12 de septiembre de 2004, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación, por la que se delegan competencias en otros órganos.

La cuenta corriente del centro, abierta en la entidad CAJASOL, está exenta de cargos por gastos y comisiones de ningún tipo derivados de la gestión de las cuentas y en ella no se producirán descubiertos que, en su caso, serán de cuenta exclusiva de la entidad de crédito y ahorro.

Las disposiciones de fondos de la citada cuenta lo serán bajo la firma conjunta del Director y el Secretario realizándose los pagos ordenados con cargo a la cuenta corriente, preferentemente, mediante transferencias bancarias. En aquellos casos en que sea imprescindible la utilización del cheque como medio de pago deberá ser, siempre, nominativo.

Cada trimestre natural vencido, el Secretario comprobará el abono de la liquidación de intereses de la cuenta corriente del centro y que se ajusta al tipo acordado entre la Dirección General de Tesorería y Política Financiera y la Comisión de Representantes de las Entidades de Crédito y Ahorro. Una vez abonados los intereses, la entidad de crédito y ahorro, con igual fecha de valoración que el abono (último día del trimestre liquidado), efectuará un cargo por dicho importe, para su traspaso a la Cuenta General que proceda.

Para el abono directo de pequeñas cuantías el IES Sofía dispone de efectivo en caja. El saldo máximo de efectivo no superará la cantidad de 600 euros.

El Secretario realizará con carácter semestral (meses de marzo y septiembre) conciliaciones bancarias entre los saldos reflejados en el Registro de movimientos en cuenta corriente y los indicados en los extractos de la cuenta corriente, utilizándose para ello el modelo de acta según Anexo XII. Asimismo, y con carácter mensual, preparará actas de arqueo de la caja según Anexo XIII. Las referidas actas deberán levantarse dentro del mes siguiente al de referencia de las mismas, siendo firmadas, tanto por el Director como por el Secretario.

Atendiendo a la Instrucción 3/2009, de 30 diciembre, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación, por la que se establece el procedimiento para la gestión de las retenciones e ingresos del impuesto sobre la renta de las personas físicas, efectuadas por los centros docentes públicos no universitarios, centros de profesorado y residencias escolares de titularidad de la Junta de Andalucía, el Secretario del centro practicará las retenciones correspondientes en todos aquellos pagos sujetos a retención de IRPF. Una vez finalizado el trimestre en el cual se han producido las retenciones de IRPF, dichas retenciones deberán ser ingresadas en la Delegación Provincial de la Consejería de Economía y Hacienda rellenando el modelo 095 de ingresos extrapresupuestarios, acompañando a dicha liquidación la relación de preceptores objeto de la misma y registrando en Séneca tanto las retenciones practicadas como la liquidación de las mismas. Con anterioridad al día 20 de enero de cada año, el Secretario deberá confeccionar el modelo 190 a través de la aplicación Séneca, realizando la firma y el registro electrónico del documento.

Siguiendo la Instrucción 1/2005, de 8 de febrero, conjunta de la Intervención General de la Junta de Andalucía y la Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación, por la que se establece el procedimiento de comunicación de las operaciones con terceros realizadas por los centros docentes públicos no universitarios, a efectos de su inclusión en la declaración anual de operaciones, el Secretario elaborará el modelo 347 mediante la aplicación Séneca con anterioridad al 31 de enero de cada año.

3.4. Aprobación del presupuesto anual del centro y cierre del ejercicio económico.

Corresponde al Consejo Escolar, previo informe y estudio del presupuesto anual del centro aprobar la justificación de la cuenta de gestión, que deberá realizarse dentro de las limitaciones presupuestarias derivadas de la asignación fijada por la

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Consejería de Educación. Dicha justificación habrá de elaborarse conforme al Anexo X y deberá elevarse a aprobación antes de la finalización del mes de octubre de cada año, por mayoría absoluta del órgano colegiado. Tras la aprobación de la cuenta de gestión del centro queda cerrado el ejercicio económico del curso.

Con anterioridad al 30 de octubre de cada año, el Secretario emitirá una certificación del acuerdo del Consejo Escolar aprobatorio de la cuenta de gestión conforme al modelo que figura como Anexo XI que será firmada por Director y Secretario y remitida, vía telemática, al negociado de Gestión Económica de la Delegación Provincial de la Consejería de Educación. Del mismo modo, y siempre que así lo requiera el negociado competente, el Secretario emitirá las certificaciones o justificaciones específicas necesarias (anexo III del programa de gratuidad del libros de texto, anexo XI de gastos FCT, etc).

Si el Consejo Escolar no estuviera constituido, corresponderá a la Delegación Provincial de la Consejería de Educación la aprobación del presupuesto anual del centro. Para ello se remitirán los justificantes originales, unidos al Estado de Cuentas del centro a la Delegación Provincial de la Consejería de Educación, que revisará la documentación y procederá a cumplimentar la certificación conforme al anexo XI (bis), devolviendo toda la documentación al centro para su custodia.

4. GESTIÓN ECONÓMICA DE LOS DEPARTAMENTO DIDÁCTICOS

La asignación económica a los departamentos didácticos dependerá de la disponibilidad de recursos económicos asignándose, siempre que sea posible, una cantidad de 250 euros por departamento que deberán ser destinados preferentemente a la compra de materiales didácticos, materiales fungibles para talleres y laboratorios y en para reposición de material inventariable.

La cuenta de gastos se cierra el 30 septiembre y la asignación no desembolsada pasará a formar parte de las cuentas de gastos variables del siguiente ejercicio económico. Si algún departamento estuviese en negativo, es decir, hubiera gastado más dinero del presupuestado, se le podrá detraer del presupuesto del siguiente curso escolar.

Las compras efectuadas por los departamentos se realizarán a través del Jefe o Jefa de Departamento que deberá entregar al secretario la factura de compra original para su abono por caja o mediante transferencia y que deberá contener como mínimo los siguientes datos:

Información del comprador Información del vendedor

Nombre o razón social: IES Sofía.

Dirección: C/ Dr. Marañón 13, 11407 Jerez de la Fra.

CIF: S4111001F.

Nombre o razón social, dirección y NIF o CIF.

Fecha y número de la factura.

Importe neto e IVA desglosado.

Sello y firma si es de contado.

Número de cuenta corriente si el abono se va a realizar por transferencia.

Cuando las necesidades de un departamento didáctico requieran un gasto extraordinario que no se puede afrontar con su asignación presupuestaria, el Jefe o Jefa de Departamento puede presentar un proyecto en la Dirección del Centro solicitando los recursos económicos necesarios para su ejecución.

El Jefe o Jefa de Departamento pueden pedir al Secretario un estadillo de sus gastos cuando lo requieran.

5. INDEMNIZACIONES POR RAZÓN DE SERVICIO.

Las dietas y desplazamientos de las funcionarias y funcionarios públicos quedan reguladas por el Decreto 54/1989, de 21 de marzo, sobre indemnizaciones por razón del servicio de la Junta de Andalucía, y modificaciones sucesivas por la que se actualizan las cuantías de dichas indemnizaciones (ORDEN de 11 de julio de 2006).

El personal del centro tendrá derecho a ser resarcido de los gastos de desplazamiento que, por razón del servicio, se vea obligado a realizar para la práctica de su actividad docente o laboral tanto en desplazamientos dentro del término municipal como fuera del mismo. Los desplazamientos se efectuarán en medios de transporte público colectivo, salvo que el titular del centro autorice otro medio de transporte, dentro de las disponibilidades presupuestarias.

En el caso de autorizarse el uso de vehículos particulares u otros medios especiales de transporte, la cuantía de las indemnizaciones queda fijada en 19 céntimos euro por kilómetro recorrido por el uso de automóvil y de 7,8 céntimos de euro por el de motocicletas.

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El personal del centro tendrá derecho a ser resarcido de los gastos de manutención y alojamiento originados durante estancia en comisión de servicio. El devengo de estas indemnizaciones se realizará de acuerdo con las siguientes reglas:

1. Cuando la comisión de servicio no obligue a realizar ninguna de las dos comidas principales fuera de la residencia habitual no se devengará indemnización alguna por este concepto.

2. Se devengará media manutención cuando la comisión obligue a realizar alguna de las comidas principales del día fuera de la residencia habitual. Se entenderá que la comisión de servicio obliga a realizar una de las comidas principales cuando comience antes de las veintidós horas o termine después de las quince horas.

3. Se devengará el importe completo de los gastos de manutención cuando la comisión exija realizar las dos comidas principales fuera de la residencia habitual. Se entenderá que la comisión de servicio obliga a realizar las dos comidas principales cuando comience antes de las catorce horas y termine después de las veintidós horas.

4. Se devengarán gastos de alojamiento cuando la comisión obligue a pernoctar fuera de la residencia habitual, salvo que el desplazamiento se hubiese realizado durante la noche y se hubiera pernoctado en el transcurso del mismo.

Las indemnizaciones se abonarán después de la realización del servicio y según las cuantías indicadas en la Orden de 11 de julio de 2006, que para el territorio nacional (exceptuando Madrid) son: alojamiento (64,27 euros) manutención pernoctando (40,82 euros), manutención sin pernoctar (26,67 euros) y media manutención (20, 41 euros).

6. GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS

La gestión de las sustituciones es un instrumento para profundizar la autonomía organizativa del Instituto, permite al Equipo Directivo afrontar con prontitud y eficacia las soluciones ante ausencias del personal que afectan al funcionamiento del centro y permite una organización más flexible de los recursos humanos disponibles.

6.1. Permisos y licencias.

La concesión de permisos y licencias se rige por la circular de 6 de abril de 2005, de la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos, sobre permisos y licencias, actualizada y modificada por los criterios de 21 de noviembre de 2007 con las modificaciones introducidas por la Instrucción nº 8/2007, como consecuencia de la entrada en vigor de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público).

La Ley 5/2002, de 16 de diciembre, de Parejas de Hecho, vino a ampliar los supuestos de la concesión de permisos y licencias. En todos aquellos supuestos en los que el permiso venga referido a una vinculación conyugal o de afinidad (permiso por matrimonio o por accidente grave, enfermedad grave, hospitalización o fallecimiento de familiares) y se entenderá equiparada la pareja estable al matrimonio y el conviviente al cónyuge. Tal equiparación procederá siempre y cuando se hubiese producido la inscripción en el Registro de Parejas de Hecho.

La ausencia por enfermedad de hasta tres días de duración no exige la expedición de parte de baja; pero se deberá comunicar la ausencia al Equipo Directivo el mismo día que se produzca y justificarla documentalmente con posterioridad a través del documento pertinente. Quien se encuentre en situación de baja por enfermedad, deberá entregar en la secretaría del centro, desde donde se remitirá posteriormente a la Delegación Provincial, el primer parte de baja y los sucesivos partes de confirmación de dicha baja extendidos por el personal facultativo correspondiente, en el plazo de tres días contados a partir del mismo día de la expedición del parte médico de baja.

Cuando el personal facultativo extienda el parte de alta, la persona interesada deberá entregarlo en la secretaría del centro, para su posterior traslado a la Delegación Provincial, al incorporarse.

El personal docente laboral (profesores de religión). Las solicitudes de permisos y licencias se formulan en modelo normalizado de solicitud (se adjunta como Anexo I), excepto las licencias por enfermedad, prórroga de la licencia, riesgo durante el embarazo, realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto, maternidad, y periodo adicional por maternidad, que se formulan en modelo del Anexo II, y se presentan ante el Director del Centro.

El PAS podrá solicitar permisos y licencias de acuerdo a la Resolución de 4 de noviembre de 2004, de la Dirección General de la Función Pública, mediante el modelo normalizado recogido en dicha resolución.

A efectos prácticos se muestra en la siguiente tabla un resumen de los supuestos por los que se pueden conceder permisos o licencias, el modelo de solicitud y documentos necesarios en cada caso, así como la duración y las observaciones pertinentes para el profesorado incardinado tanto en Muface como en Seguridad Social.

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PERMISO O LICENCIA

SOLICITUD Y DOCUMENTOS CONTENIDO (DURACIÓN) OBSERVACIONES

POR TRASLADO DE DOMICILIO Mod. Normalizado Anexo I

- Misma localidad: 1 día - Distinta localidad y misma provincia: 2 días. - Distinta localidad y provincia: 4 días.

El traslado se deberá acreditar.

POR ASUNTOS PARTICULARES SIN RETRIBUCIÓN

Mod. Normalizado Anexo I (Presentar con una antelación de al menos 15 días)

Hasta 3 meses cada 2 años Subordinado a las necesidades del servicio

POR DEBER INEXCUSABLE

Mod. Normalizado Anexo I Acreditación del deber

Tiempo indispensable Carácter público o personal. Se debe justificar.

POR RAZONES DE FORMACIÓN

Mod. Normalizado Anexo I. Justificación documental

Según la modalidad Para exámenes, cursos o estudios relacionados con la Función Pública

POR RAZONES SINDICALES Mod. Normalizado Anexo I Carácter ocasional

POR MATRIMONIO O INSCRIPCIÓN DE PAREJA DE HECHO

Mod. Normalizado Anexo I. Acreditación del matrimonio o constitución de la pareja en el plazo de 20 días.

15 días naturales consecutivos, comprendiendo del día en que se celebre el matrimonio o se constituya la pareja de hecho.

Derechos económicos plenos

PARA REALIZACIÓN DE EXÁMENES PRENATALES

Mod. Normalizado Anexo II. Justificante de la necesidad de hacerlo en la jornada de trabajo.

Tiempo indispensable Derechos económicos plenos

POR PATERNIDAD Mod. Normalizado Anexo I Acreditación documental

15 días naturales posteriores al hecho

Derechos económicos plenos

POR PARTO, ADOPCIÓN O ACOGIMIENTO

Mod. Normalizado Anexo II Acreditación documental

16 semanas, ampliables en caso de parto, adopción múltiple en 2 semanas más por cada hijo

La madre podrá optar para que el otro progenitor disfrute de una parte de la licencia.

CUATRO SEMANAS ADICIONALES POR PARTO, ADOPCIÓN

Mod. Normalizado Anexo II Acreditación documental

4 semanas a continuación del permiso por parto, adopción o acogimiento

Solicitud simultánea al permiso por parto, adopción o acogimiento

POR REDUCCIÓN DE JORNADA POR HIJO MENOR DE 16 MESES

Mod. Normalizado Anexo I Acreditación documental

1 hora diaria por cada hijo o hija, que se podrá dividir en dos fracciones de ½ hora. Podrá acumularse en un permiso de jornada completa con una duración de 4 semanas

Lo puede disfrutar el padre o la madre

MEDIDAS POR VIOLENCIA DE GÉNERO

Mod. Normalizado Anexo I Acreditación documental

Tiempo necesario. Con reducción de jornada, reducción proporcional de retribuciones

POR ACCIDENTE GRAVE, ENFERMEDAD U HOSPITALIZACIÓN O FALLECIMIENTO DE UN FAMILIAR

Mod. Normalizado Anexo I Acreditación documental

1er grado: misma localidad, 4 días hábiles distinta localidad, 5 días hábiles 2º grado: misma localidad, 3 días hábiles distinta localidad, 4 días hábiles

De forma ininterrumpida, o alternativa, si lo permiten las necesidades del servicio

REDUCCIÓN DE JORNADA POR GUARDA LEGAL

Mod. Normalizado Anexo I Justificación documental

Disminución 1/3 o 1/2 de la jornada. Retribución proporcional a la reducción

Cónyuge o pareja de hecho, menor de 12 años o disminuido psíquico o físico, sin actividad retribuida. Cuidado directo de un familiar hasta 2º grado.

LICENCIA POR ENFERMEDAD O ACCIDENTE O PRÓRROGA

Mod. Normalizado Anexo II Parte médico de incapacidad temporal, expedido por facultativo de una entidad concertada con MUFACE

Hasta terminación de la licencia o de la última prórroga. Máximo 18 meses, salvo que se inicie antes el procedimiento de jubilación por incapacidad permanente

Prórroga de la licencia cada 15 días. En virtud de la Disposición Adicional sexta de la Ley 67/1985, la Administración abonará la diferencia hasta las retribuciones acreditadas en el momento de la baja

LICENCIA POR RIESGO DURANTE EL EMBARAZO

Mod. Normalizado Anexo II. Parte médico que acredite el riesgo específico y la duración probable del período de riesgo

Por el probable período de riesgo acreditado por el facultativo

Tiene la misma consideración y efectos que la situación de incapacidad temporal

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6.2. Criterios para la gestión de las sustituciones de las ausencias del profesorado.

Además de los aspectos recogidos en la Orden de 8 de septiembre de 2010, por la que se establece el procedimiento para la gestión de las sustituciones del profesorado de los Centros Docentes Públicos dependientes de la Consejería competente en materia de educación, la Dirección del Centro será la competente para decidir cuándo se sustituirán las ausencias del profesorado con personal externo y por tanto, con cargo al número de jornadas completas de profesorado sustituto puesto a disposición del Centro para esta función, y cuándo se atenderán con los recursos propios del Centro.

Con carácter general, y siempre que se posible, se aplicarán los siguientes criterios:

1. Ausencias de corta duración (hasta tres días naturales): se cubren con el cuadrante del Profesorado de Guardia realizado por la Jefatura de Estudios, una vez confeccionados los horarios del Centro.

2. Ausencias con una duración superior a tres e inferior a quince días naturales: la sustitución será realizada por el profesorado de guardia, salvo que la ausencia sea prevista con antelación y se informe a la Dirección a efectos de poder realizar los trámites necesarios para solicitar a través del sistema Séneca profesorado externo al centro seleccionado por la Delegación Provincial de Educación.

3. Ausencias con una duración mayor a quince días naturales: la sustitución será realizada por el profesorado externo al centro seleccionado por la Delegación Provincial de Educación solicitado a través del sistema Séneca.

Para agilizar los trámites que conlleva la petición de la sustitución habrá que comunicar la ausencia con antelación o a la mayor brevedad posible a la dirección del centro. Si la ausencia conlleva baja médica, en el parte tendrá que aparecer el tiempo estimado de duración, sin menoscabo de lo regulado en la normativa e instrucciones sobre los plazos establecidos para la presentación de los sucesivos partes de confirmación.

Una vez que el profesor o profesora tenga conocimiento de la fecha de finalización de la baja deberá comunicarlo a la Dirección del centro para que sea grabada en Séneca y no utilizar más jornadas completas de sustitución de las necesitadas.

Además, para garantizar la atención del alumnado en los casos de ausencia y permisos previstos el profesor o profesora planificará las tareas a realizar por el alumnado afectado entregándolas al Jefe de Estudios.

Una vez al trimestre se informará al Claustro y al Consejo Escolar sobre la gestión de las sustituciones del profesorado.

6.3. Sustitución de ausencias del P.A.S.

Las ausencias de corta duración del P.A.S. no serán sustituidas mientras que si se produce una ausencia de larga duración de dicho personal la Dirección del Centro solicitará sustituto al Jefe del Servicio de Personal de Administración y Servicios de Cádiz.

7. MEDIDAS PARA LA CONSERVACIÓN Y RENOVACIÓN DE INSTALACIONES Y EQUIPAMIENTO ESCOLAR.

La utilización inadecuada y el deterioro malintencionado de las instalaciones, mobiliario, ordenadores, impresoras, libros y enseres del centro, a la vez que califica al que comete tales actos, disminuye la capacidad educativa del Instituto y dificulta la tarea formativa. Por ello, el deterioro del material e instalaciones del centro ocasionado bajo estas circunstancias, será subsanado por quién o quienes lo cometan, sin perjuicio de las acciones disciplinarias pertinentes. En el supuesto de que no se conozca el causante o causantes del deterioro, los gastos de reparaciones correrán a cargo del grupo en donde se hayan producido y, en su caso, de todos los alumnos del centro.

La higiene, el aseo y la limpieza personal son aconsejables. Del mismo modo, mantener la limpieza en clases, pasillos, biblioteca, salón de actos, talleres, aseos, pistas y patios debe ser una exigencia para todos, y por ello pedimos la colaboración de toda la comunidad educativa.

El Equipo Directivo controlará la utilización de las instalaciones del centro, dentro y fuera del horario lectivo, por personas o grupos ajenos a él, por profesores y alumnos, ya que la falta de control contribuye a un rápido deterioro.

El centro empleará con racionalidad la totalidad de los fondos recibidos para inversiones en aquellas necesidades más urgentes y a la conservación, mantenimiento o modernización de las instalaciones.

7.1. Organización de los espacios.

En la actualidad, el IES Sofía dispone de 15 aulas ordinarias (utilizadas como aula de grupo o desdoble según asignación de Jefatura de Estudios) y 5 aulas de uso específico (apoyo, música, plástica, tecnología y laboratorio).

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La utilización de los espacios de uso común se realizará según el cuadrante quincenal, elaborado por Jefatura de Estudios, y colocado en el tablón de anuncios de la sala del profesorado. Las llaves de dichas pertenencias serán facilitadas por el conserje del centro. Dichos espacios son en la actualidad:

1. Aulas TIC. El centro dispone de cuatro aulas con 16 ordenadores que requieren del buen uso y control del profesorado que lo utiliza. En cada aula existe un estadillo para dejar constancia de su uso y de una eventual incidencia.

2. Biblioteca.

3. Sala de usos múltiples. Es utilizado como salón de actos y gimnasio.

4. Multimedia.

5. Pistas deportivas y patios.

Asimismo, se cuenta con medios móviles (ordenadores portátiles, proyector, altavoces) depositados en el espacio habilitado para el coordinador TIC y cinco carros de portátiles con 16 ordenadores cada uno, depositados en los lugares habilitados para ello que pueden ser utilizados por los profesores en el propio aula previa reserva en su cuadrante correspondiente. La llave de acceso a estos carros serán facilitadas en la conserjería del centro.

El profesorado que reserve un espacio de uso común o material tecnológico será responsable de velar por su correcta utilización.

7.2. Mantenimiento edificios, instalaciones y jardines.

Es competencia del Secretario velar por el mantenimiento de edificios, instalaciones eléctricas, patios y jardines ordenando las intervenciones necesarias a empresas o autónomos según los contratos vigentes y las indicaciones del Director y procurando la mejor gestión económica que permita la consecución de los objetivos previstos.

7.3. Mantenimiento de equipos y herramientas.

El competencia del Secretario adquirir el material y el equipamiento del instituto, velar por su mantenimiento y ejercer su custodia, de acuerdo con la normativa vigente y con las indicaciones del Director.

7.3.1. Equipos de seguridad.

Los equipos de seguridad del centro son:

� Alarmas y cámaras video vigilancia. El centro tiene un contrato de mantenimiento de alarmas con la empresa Protelec que realiza un control telemático periódico de su perfecto funcionamiento y una revisión in situ anual.

� Extintores. El centro dispone de 32 extintores ubicados en los lugares adecuados según su tipo y en previsión de los riesgos en caso de incendio que son revisados anualmente por la empresa Sevitas, según contrato vigente.

� Puertas automáticas. El instituto dispone de dos puertas automáticas de acceso al recinto cuyo mantenimiento corre a cargo de la empresa RBM que realiza revisiones trimestrales y atiende las eventuales incidencias.

7.3.2. Equipos sanitarios.

La empresa Serkonten provee al centro de contenedores higiénicos para los aseos de uso femenino que son renovados con frecuencia quincenal o mensual según el caso.

7.3.3. Equipos de climatización.

Todas las aulas, la sala de profesores y los despachos disponen de un equipo de climatización cuyo uso se realiza a criterio del profesorado que ocupa la estancia. El Secretario tiene la competencia de velar por su mantenimiento y por la resolución de las posibles incidencias siguiendo las indicaciones del Director.

7.3.4. Equipos y redes informáticos.

El centro cuenta con un servidor de contenidos, equipos informáticos de la dotación TIC, equipos informáticos dotados de pizarra digital y ultraportátiles para centro del proyecto escuela TIC 2.0 y con otros ajenos a dichos programas. Es competencia del Secretario custodiar e inventariar todos los equipos informáticos del centro.

Es competencia del Coordinador TIC del centro:

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Custodiar los manuales, certificados de garantía y demás documentación de los equipos informáticos del centro, velar por el correcto funcionamiento de los mismos y avisar al servicio técnico correspondiente para su reparación o renovación, cuando proceda siguiendo las instrucciones del Director y teniendo en cuenta la disponibilidad presupuestaria.

Velar por el correcto funcionamiento de la red, del servidor de contenidos, de la web del centro y del aula virtual como administrador de este sistema informático. Llevará el control de los usuarios que acceden a los equipos, dando los correspondientes permisos y contraseñas a todos los usuarios.

Actualizar el sistema operativo de los ordenadores de las dotaciones TIC y Escuela TIC 2.0 siempre que sea necesario para asegurar la correcta configuración software de los equipos del centro.

Custodiar y distribuir a demanda del profesorado los consumibles informáticos que el centro ponga a su disposición.

Es competencia de los tutores de grupo resolver las incidencias de los ultraportátiles asignados al alumnado del programa Escuela TIC 2.0 y su registro en el programa séneca.

7.3.5. Equipos de reprografía.

El IES Sofía dispone de impresoras conectadas a algunos equipos informáticos y 2 impresoras de alto volumen y una fotocopiadora en red a disposición del profesorado para la impresión de los materiales que sean necesarios en la práctica docente.

7.3.6. Herramientas.

El taller de Tecnología dispone de herramientas para la realización de los trabajos prácticos, su conservación y reposición es competencia de la Jefa del Departamento de Tecnología, siempre que la disponibilidad presupuestaria lo permita.

7.4. Mantenimiento y gestión de la Biblioteca.

El mantenimiento y gestión de la Biblioteca será competencia del Coordinador o Coordinadora del Programa de Bibliotecas Escolares o en caso de no participar el Centro en dicho programa del profesorado responsable nombrado por la Dirección del Centro.

Será competencia de la Coordinadora del Programa de Bibliotecas o profesorado responsable:

� Registrar, catalogar y clasificar los ejemplares que lleguen al centro, tanto por adquisición con los presupuestos propios, como los procedentes de donaciones o envíos de la Consejería. Los libros adquiridos por otros departamentos, también estarán en el registro de la Biblioteca aunque físicamente estén ubicados en otro local.

� Llevar el inventario actualizado mediante el programa Abies y entregar una copia al final de cada curso escolar al Secretario.

� Gestionar el control de los préstamos de libros, tanto para uso interior como exterior, a profesores y alumnos.

� Mantener, por si misma o con la ayuda del profesorado de Guardia en Biblioteca el orden de los libros en las estanterías.

� Dar a conocer novedades y nuevos catálogos al profesorado para que, dentro de lo posible, puedan renovarse las distintas materias.

� Canalizar las necesidades de los Departamentos y alumnado.

� Hacer las gestiones pertinentes para que el alumnado devuelvan los libros transcurridos el plazo de préstamo. Antes del final de curso procurar que tanto el profesorado como el alumnado entreguen los libros que obren en su poder.

� Organizar la utilización de la Biblioteca en coordinación con la Jefa del Departamento de Actividades Complementarias y Extraescolares, y con la Jefatura de Estudios.

� Redactar la memoria de fin de curso (actividades realizadas, material renovado, situación general de la biblioteca, etc.).

� Proponer al Jefe de Estudios las normas que considere más adecuadas para el mejor uso de la misma.

7.5. Uso del teléfono.

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El teléfono del centro será utilizado por el personal siempre que sea necesario para cualquier asunto relacionado con su actividad laboral como:

� El alumnado y su familia.

� Los programas de formación del profesorado.

� La administración educativa.

� El desarrollo de las materias.

� La adquisición de material didáctico.

� Otras gestiones

Las llamadas se realizarán desde la línea principal cuyo terminal está ubicado en la secretaría y si no está disponible o el contenido de la llamada requiere discreción desde cualquier otro libre de uso ubicado en un despacho.

7.7. Uso del servicio de copistería.

Como norma general las copias solicitadas por el profesorado para su actividad docente no tendrán costo para el alumnado.

El profesorado tiene acceso a la fotocopiadora a través de la red informática pudiendo imprimir las copias que necesite de cada documento (exámenes, fichas, mapas, etc). También puede pedir estas copias a los ordenanazas del centro, que realizarán el servicio lo antes posible.

Los ordenanzas realizarán encuadernaciones y plastificaciones de forma excepcional y siempre que sea imprescindible.

Cuando las características del alumnado o de la impresión así lo requiera se podrá imprimir en color. Para ello se deberá enviar el documento a imprimir a través de la plataforma helvia (profesorado) o entregar mediante un pendriver al administrativo del centro indicando el tamaño y el número de copias solicitadas.

El profesorado puede pedir en la conserjería del centro el material de oficina que necesite (bolígrafos, rotuladores, folios, lápices, cartulinas, etc) para la preparación de materiales didácticos.

Cuando el profesorado considere que el material didáctico es voluminoso y/o se entrega al alumnado encuadernado mediante gusanillo se solicitará al alumnado el pago de dichos materiales según los siguientes precios:

En los primeros días del curso escolar se venderá la agenda escolar en la conserjería a un precio de 2 €.

7.7. Botiquín

El centro tiene a disposición de la comunidad educativa un botiquín para los primeros auxilios que contiene gasas estériles, agua oxigenada, algodón, apósitos, etc. No se suministrará medicamentos al alumnado salvo que exista protocolo de actuación. En caso de accidente de un alumno o alumna se avisará a los servicios médicos y a la familia y el profesorado responsable de la custodia del alumnado rellenará el parte de accidentes.

8. CRITERIOS PARA LA OBTENCIÓN DE INGRESOS DERIVADOS DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS O ALQILERES.

Estos ingresos son derivados de la prestación de servicios distintos de los gravados por tasas, así como otros fondos procedentes de entes públicos, privados o particulares.

El centro podrá obtener otros ingresos provenientes de:

1. Aportaciones procedentes del Estado, Comunidad Autónoma, Diputación, Ayuntamiento o cualquier otro Ente público o privado, por los ingresos derivados de la prestación de servicios, distintos de los gravados por tasas.

Impresión Encuadernación

Tamaño A4 0,03 1,5

Tamaño A3 0,05 --

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2. La venta de material y de mobiliario obsoleto o deteriorado que deberá ser aprobada por el Consejo Escolar y comunicada a la Delegación Provincial de la Consejería de Educación, a los efectos de iniciar en su caso, el oportuno expediente.

3. Otros recursos obtenidos en virtud de la autonomía de gestión de que gozan los centros docentes públicos como:

� Ingresos procedentes de convenios formalizados con la AMPA del centro, asociaciones culturales o entidades sin ánimo de lucro, para el desarrollo de actividades extraescolares y complementarias.

� Aportaciones correspondientes al premio de cobranza del seguro escolar.

� El importe de las ayudas o premios otorgados por instituciones, organismos y empresas privadas, como consecuencia del desarrollo de proyectos y experiencias de innovación e investigación educativas, o como resultado de la participación del profesorado y el alumnado en actividades didácticas, culturales o deportivas realizadas en el marco de la programación anual del centro.

� Ingresos derivados del alquiler de las instalaciones a asociaciones culturales y/o deportivas sin ánimo de lucro, para el desarrollo de actividades de naturaleza cultural o deportiva.

� Ingresos derivados de la utilización ocasional de las instalaciones del centro para fines educativos.

� Los fondos procedentes de fundaciones.

� Los derivados de la venta de fotocopias y agenda escolar.

9. PROCEDIMIENTO PARA LA ELABORACIÓN DEL INVENTARIO ANUAL GENERAL DEL CENTRO.

El secretario será el encargado de realizar el inventario general del instituto y mantenerlo actualizado. No obstante, y tal y como establece la orden del 10 de mayo de 2006, independientemente del registro de inventario, podrán existir inventarios auxiliares por departamentos, talleres y laboratorios y otras unidades, cuando el volumen y diversidad de materiales existentes en dicha unidades lo aconsejen.

El registro de inventario recoge los movimientos de material inventariable del Centro incluyendo tanto las incorporaciones como las bajas que se produzcan: mobiliario, equipo de oficina, equipo informático, equipo audiovisual no fungible, material deportivo y, en general, todo aquel que no sea fungible.

Se confeccionará respecto a los modelos que figuran como Anexo VIII y VIII (bis), para altas y bajas que se produzcan durante el curso escolar teniendo en cuenta: número de registro, fecha de alta, fecha de baja, número de unidades, descripción del material, dependencia de adscripción, localización, procedencia de la entrada, motivo de la baja.

Existe un inventario auxiliar de Biblioteca, que recoge los fondos bibliográficos del centro registrado mediante el programa Abies y conforme al modelo que figura en el Anexo IX.

La actualización del inventario general anual del centro deberá estar finalizada con anterioridad al 30 de septiembre de cada año por lo que cada Jefe o Jefa de Departamento recibirá a mediados de junio un estadillo de la secretaría para que anote las modificaciones, bien por altas o por bajas, del material relacionado en el inventario. Dicho estadillo deberá ser devuelto a la secretaría antes del 30 de junio.

10. CRITERIOS PARA UNA GESTIÓN SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS Y DE LOS RESIDUOS QUE GENERE EL CENTRO, COMPATIBLE CON LA CONSERVACIÓN DEL MEDIO AMBIENTE.

La comunidad educativa del IES Sofía está sensibilizada frente a los grandes problemas medioambientales como el cambio climático, la lluvia ácida, la expansión del agujero de ozono, los accidentes relacionados con la extracción y el transporte de petróleo o la gestión de los residuos nucleares. Desde el IES Sofía queremos ofrecer a la comunidad educativa la posibilidad de participar en la gestión sostenible de los recursos y de los residuos que se generen en el centro, para de ese modo reducir el impacto ambiental de sus actividades cotidianas.

10.1. Estrategias para la gestión eficaz de los recursos

a) Energía:

− Eliminar el consumo innecesario de energía evitando mantener fluorescentes, ordenadores, máquinas copiadoras, equipos de aire, etc, cuando no sea necesario.

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− Mejorar la eficiencia energética sustituyendo, siempre que sea viable económicamente, las lámparas y equipos por otros más eficaces como sensores de movimiento para encender la luz en las zonas de paso.

− Regular los temporalizadores del alumbrado externo en consonancia con la duración del día.

− Realizar actividades de concienciación medioambiental tanto con el alumnado como con los demás miembros de la comunidad educativa explicando las consecuencias del derroche energético.

b) Agua:

− Evitar el consumo innecesario de agua reparando de inmediato fugas debidas a roturas de tuberías o funcionamiento defectuoso de grifos y cisternas y sustituyendo, cuando sea posible, los grifos por otros de cierre automático o los urinarios por otros exentos del uso de agua.

− Regular los temporalizadores de riego para que dispensen agua solo cuando sea necesario y en las primeras horas del día.

− Concienciar a la comunidad educativa de las consecuencias del derroche de agua.

c) Materiales

− Promover activamente el consumo de productos reciclados, con etiqueta ecológica evitando los materiales cuyas técnicas de fabricación son más lesivas con el media ambiente.

− Realizar las contrataciones tras la petición de al menos tres presupuestos.

− Realizar la compra de material de oficina para todo el Centro.

− Favorecer la realización coordinada de fotocopias para el alumnado

− Siempre que sea posible se utilizará el papel por las dos caras, incluidos los documentos impresos que así lo permitan.

− Evitar las copias impresas de todo documento o material didáctico que pueda ser usado por su destinatario sin necesidad de papel.

− Fomentar la conservación restauración y reutilización de materiales escolares y libros del alumnado y del centro.

− Participar en campañas de repoblación de arbolado y plantas autóctonas, organizadas por organizaciones, asociaciones del entorno o por el mismo Centro.

10.1. Estrategias para la gestión eficaz de los residuos que genere el centro

a) Evitar residuos innecesarios

− Promover la reutilización de los envases y sensibilizar a la comunidad educativa de la importancia del reciclaje.

b) Realizar una recogida selectiva de los residuos

− Instalar contenedores adecuados (pilas, papel, envases, ropa, lámparas y fluorescentes, etc) y entregarlos en el punto limpio o a empresas de reciclado adecuadas.

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11. DISPOSICIÓN FINAL. El presente Proyecto Gestión ha sido aprobado por el Consejo Escolar del “I.E.S. Sofía” de Jerez de la Frontera, en sesión extraordinaria convocada al efecto, el día 30 de junio de 2011 y es de obligado cumplimiento para todos los miembros de la comunidad educativa del Centro.

12. ANEXOS

EL SECRETARIO DEL CONSEJO ESCOLAR

Fdo.: Antonio Mora Pizarro EL PRESIDENTE DEL CONSEJO ESCOLAR Fdo.: Juan B. Bernal Torres

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ANEXO I

Centro: _____________________________________________________ Curso escolar: _______ / _____

Código: _______________ Provincia: _____________________ Localidad: __________________________

IMPORTES

RECURSOS PROCEDENTES DE LA C.E. CONCEPTOS RECURSOS

PROPIOS PARA GASTOS CORRIENTES

PARA INVERSIONES

RECURSOS PROCEDENTES DE OTRAS ENTIDADES

Total ingresos según procedencia:

Total global ingresos :

La aprobación del presente Presupuesto de Ingresos queda recogida en el Acta del Consejo Escolar relativa a la sesión celebrada el día ______________________ de _______________________ de _______________

Vº Bº El/La Presidente/a

Fdo.: ..............................................

El/La Secretario/a del Consejo Escolar

Fdo.: ..............................................

PRESUPUESTO DE INGRESOS

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IMPORTES DESGLOSADOS IMPORTES GLOBALES

1.-BIENES CORRIENTES Y SERVICIOS1.1.ARRENDAMIENTOS

1.2.REPARACIÓN Y CONSERVACIÓN

1.3.MATERIAL NO INVENTARIABLE

1.4.SUMINISTROS

1.5.COMUNICACIONES

1.6.TRANSPORTES

1.7.GASTOS DIVERSOS

CONCEPTOS

ANEXO II

Centro:______________________________________________Curso Escolar:_______ / ______

Código:_____________Provincia:________________Localidad:___________________________________

PRESUPUESTO DE GASTOS

-.Pág. 1 de 2.-

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IMPORTES DESGLOSADOS IMPORTES GLOBALES

1.8.TRABAJOS REALIZADOS POR OTRAS EMPRESAS

TOTAL BIENES CORRIENTES Y SERVICIOS:..............................................

2.-ADQUISICIONES DE MATERIAL INVENTARIABLE

2.1.USO GENERAL DEL CENTRO

2.2.DEPARTAMENTOS U OTRAS UNIDADES

TOTAL ADQUISICIONES DE MATERIAL INVENTARIABLE:.............................

3.-INVERSIONES

3.1.

3.2.EQUIPAMIENTO

TOTAL INVERSIONES:.............................

TOTAL GASTOS:...............................................

Vº BºEl/La Presidente/a El/La Secretario/a del Consejo Escolar

Fdo.: .............................................. Fdo.: ..............................................

CONCEPTOS

OBRAS DE REPARACIÓN, MEJORA O ADECUACIÓN DE ESPACIOS / INSTALACIONES

La aprobación del presente Presupuesto de Gastos queda recogida en el Acta del Consejo Escolar relativa a la sesión celebrada el día ______________________ de _______________________ de _______________

-.Pág. 2 de 2.-

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ANEXO III

GRUPO DE CUENTAS DE INGRESOS

INGRESOS

CUENTA DE INGRESOS POR RECURSOS PROPIOS Subcuenta de:

Recaudación por utilización de teléfono Recaudación servicio de fotocopias .....................................................

CUENTA DE INGRESOS POR LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Subcuenta de:

Dotación para gastos de funcionamiento Dotación para inversiones ......................................................

CUENTA DE INGRESOS POR OTRAS ENTIDADES

Subcuenta de:

Aportación Asociación Padres de Alumnos Aportación entidad "________________" .........................................................

REMANENTES

CUENTA DE REMANENTES DE RECURSOS PROPIOS Subcuenta de:

Remanente del ejercicio anterior .........................................................

CUENTA DE REMANENTES DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Subcuenta de:

Remanente del ejercicio anterior gastos corrientes Remanente del ejercicio anterior inversiones ...........................................................

CUENTA DE REMANENTES DE OTRAS ENTIDADES Subcuenta de:

Remanente del ejercicio anterior .....................................................

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GRUPO DE CUENTAS DE GASTOS

BIENES CORRIENTES Y SERVICIOS

CUENTA DE ARRENDAMIENTOS Subcuenta de:

Terrenos Edificios y otras construcciones Maquinaria, instalaciones y utillaje Material de transporte Mobiliario y enseres Equipos para procesos de información Equipos de laboratorio Material deportivo Otro inmobilizado material ...................................................

CUENTA DE REPARACIÓN Y CONSERVACIÓN

Subcuenta de: Mantenimiento de edificios Mantenimiento de equipos y herramientas Mantenimiento de instalaciones Mantenimiento de equipos para proceso de información ...................................................

CUENTA DE MATERIAL NO INVENTARIABLE Subcuenta de:

Material de oficina Consumibles de reprografía ..................................................

CUENTA DE SUMINISTROS Subcuenta de:

Energía eléctrica Agua Gas Combustibles para calefacción Vestuario Productos alimenticios Productos farmacéuticos Otros suministros ...............................................

CUENTA DE COMUNICACIONES Subcuenta de:

Servicios Telefónicos Servicios Postales Servicios Telegráficos Otros gastos de comunicaciones ..................................................

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CUENTA DE TRANSPORTE

Subcuenta de: Desplazamientos Portes ..................................................

CUENTA DE GASTOS DIVERSOS Subcuenta de:

Departamento de ...................... Otros gastos ..................................................

CUENTA DE TRABAJOS REALIZADOS POR OTRAS EMPRESAS

Subcuenta de: Servicio de limpieza Comedor Aula Matinal Actividades extraescolares Otros servicios ..................................................

ADQUISICIONES DE MATERIAL INVENTARIABLE

CUENTA DE ADQUISICIONES PARA USO GENERAL DEL CENTRO

Subcuenta de: Material didáctico Mobiliario Libros ..................................................

CUENTA DE ADQUISICIONES PARA USO ESPECÍFICO DE DEPARTAMENTOS U OTRAS UNIDADES

Subcuenta de: Departamento de ................................................................ ................................................................

INVERSIONES

CUENTA DE OBRAS DE REPARACIÓN, MEJORA O ADECUACIÓN DE ESPACIOS / INSTALACIONES

Subcuenta de: Proyecto......... ................................................................

........................................................................ CUENTA DE EQUIPAMIENTO

Subcuenta de: Contrato con .......... .........................................................

............................................................................

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GRUPO DE CUENTAS FINANCIERAS

FINANZAS

CUENTA DE CAJA

Subcuenta de: Caja ................................................

CUENTA DE BANCO

Subcuenta de: Banco

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INGRESOS REINTEGROS

PARA GASTOS CORRIENTES

PARA INVERSIONESPARA GASTOS CORRIENTES

PARA INVERSIONES

Suma anterior:......................

Suma y sigue:......(1).-Se consignará "C" o "B" según la operación haya sido realizada por Caja o Banco

NÚMERO ASIENTO

C/B (1)

IMPORTES ACUMULADOS

FECHA CONCEPTODE RECURSOS PROCEDENTES DE LA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN DE RECURSOS PROPIOS

DE RECURSOS PROCEDENTES DE OTRAS ENTIDADES

DE RECURSOS PROCEDENTES DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

DE RECURSOS PROCEDENTES DE OTRAS ENTIDADES

ANEXO IV

Centro:__________________________________Código:___________ Provincia:_____________Localidad:____________________Curso Escolar:______ / _____

Cuenta_________________________________________ Subcuenta:__________________________________________________ Hoja Número:__________

REGISTRO DE INGRESOS

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NÚMERO ASIENTO

FECHANÚMERO

EXTRACTODEBE HABER SALDO

Suma anterior:......................

Suma y sigue:......

CONCEPTO

ANEXO V

Centro:__________________________________Código:___________ Provincia:_____________Localidad:____________________Curso Escolar:______ / ____

Banco/Caja Ah.___________________ Dirección:_____________________________ C.C.C

REGISTRO DE MOVIMIENTOS EN CUENTA CORRIENTEHoja Núm.:_______

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NÚMERO ASIENTO

FECHA DEBE HABER SALDO

Suma anterior:......................

Suma y sigue:......

CONCEPTO

ANEXO VI

Centro:__________________________________Código:___________ Provincia:_____________Localidad:_____________________Curso Escolar:_____ / ____

REGISTRO DE MOVIMIENTOS DE CAJA

Hoja Núm.:_______

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IMPORTEBASE IMPONIBLE I.V.A TOTAL

Suma anterior:......................

Suma y sigue:......(1).-Se consignará "C" o "B" según la operación haya sido realizada por Caja o Banco

NÚMERO ASIENTO

C/B (1)

TOTAL ACUMULADO

CONCEPTOFECHA

ANEXO VII

Centro:__________________________________Código:___________ Provincia:_____________Localidad:____________________Curso Escolar:______ / _____

Cuenta_________________________________________ Subcuenta:__________________________________________________ Hoja Número:__________

REGISTRO DE GASTOS

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LIBRO DE ENTRADAS DEL CURSO ESCOLARFECHA

Hoja núm.NÚMERO REGISTRO

FECHA DE ALTA

NÚM. DE UNID.

PROCEDENCIA DE LA ENTRADA

DESCRIPCIÓN DEL MATERIAL

DEPENDENCIA DE ADSCRIPCIÓN

LOCALIZACIÓN

ANEXO VIII

Centro:___________________________________________________Curso Escolar:_______ / ______

Código:_____________Provincia:__________________Localidad:_____________________________

REGISTRO DE INVENTARIO

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LIBRO DE BAJAS DEL CURSO ESCOLARFECHA

Hoja núm.NÚMERO REGISTRO NÚM. DE

UNID.DESCRIPCIÓN DEL MATERIAL

DEPENDENCIA DE ADSCRIPCIÓN MOTIVO

DE LA BAJAFECHA

DE BAJA LOCALIZACIÓN

ANEXO VIII (BIS)

Centro:___________________________________________________Curso Escolar:_______ / ______

Código:_____________Provincia:__________________Localidad:_____________________________

REGISTRO DE INVENTARIO

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NÚMERO ASIENTO

TÍTULOFECHA DE

ALTAFECHA DE

BAJAOBSERVACIONESEDITORIAL

ANEXO IX

Centro:__________________________________Código:___________ Provincia:_____________Localidad:____________________Curso Escolar:______ / ____

REGISTRO DE INVENTARIO DE BIBLIOTECAHoja Núm.:_______

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IMPORTES DESGLOSADOS IMPORTES GLOBALES

1.-INGRESOS

1.1.RECURSOS PROPIOS

1.2.RECURSOS PROCEDENTES DE LA C.E.1.2.1.-Dotación para Gastos Corrientes...1.2.2.-Dotación para Inversiones............................

1.3.RECURSOS PROCEDENTES DE OTRAS ENTIDADES

TOTAL INGRESOS:..............................................

2.-REMANENTES2.1.RECURSOS PROPIOS

2.2.RECURSOS PROCEDENTES DE LA C.E.2.2.1.-Remanente de Gastos Corrientes...2.2.2.-Remanente de Inversiones............................

2.3.RECURSOS PROCEDENTES DE OTRAS ENTIDADES

TOTAL REMANENTES:..............................................

TOTAL INGRESOS + REMANENTES:..........................................................

ESTADO DE INGRESOS

ANEXO X

Centro:_________________________________________________________Curso Escolar:_______ / ______

Código:_____________ Provincia:__________________Localidad:__________________________________

ESTADO DE CUENTAS RENDIDAS POR EL CENTRO

-.Pág 1 de 3.-

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IMPORTES DESGLOSADOS IMPORTES GLOBALES

1.-BIENES CORRIENTES Y SERVICIOS1.1.ARRENDAMIENTOS

1.2.REPARACIÓN Y CONSERVACIÓN

1.3.MATERIAL NO INVENTARIABLE

1.4.SUMINISTROS

1.5.COMUNICACIONES

1.6.TRANSPORTES

1.7.GASTOS DIVERSOS

1.8.TRABAJOS REALIZADOS POR OTRAS EMPRESAS

TOTAL BIENES CORRIENTES Y SERVICIOS:..............................................

2.-ADQUISICIONES DE MATERIAL INVENTARIABLE

2.1.USO GENERAL DEL CENTRO

2.2.DEPARTAMENTOS U OTRAS UNIDADES

TOTAL ADQUISICIONES EN MATERIAL INVENTARIABLE:.............................

ESTADO DE GASTOS

-.Pág 2 de 3.-

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IMPORTES DESGLOSADOS IMPORTES GLOBALES

3.-INVERSIONES

3.1.

3.2.EQUIPAMIENTO

TOTAL INVERSIONES:.............................

TOTAL GASTOS:...............................................

GTOS.CORRIENTES INVERSIONES

-.REINTEGRO A LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

-.REMANENTE PARA EL CURSO SIGUIENTE

-.REINTEGRO A OTRAS ENTIDADES

TOTAL GASTOS + REINTEGROS + REMANENTES:.............................

Vº BºEl/La Presidente/a El/La Secretario/a del Consejo Escolar

Fdo.: .............................................. Fdo.: ..............................................

IMPORTEREINTEGROS / REMANENTES

ESTADO DE GASTOS

OBRAS DE MEJORA O ADECUACIÓN DE ESPACIOS / INSTALACIONES

La aprobación del presente Estado de Cuentas queda recogida en el Acta del Consejo Escolar relativa a la sesión celebrada el día ______________________ de _______________________ de _______________

-.Pág 3 de 3.-

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ANEXO XI D./Dª ___________________________________________________________Secretario/a del Consejo Escolar del Centro_______________________________________________________________ Código____________ con domicilio en calle/plaza______________________________________________________________ Municipio________________________________________________ C.P._________ Provincia______________

CERTIFICA

Que el Consejo Escolar de este Centro en sesión celebrada el día ____de __________de _____, una vez examinados los Registros y las Cuentas correspondientes al curso escolar _____/_____ acordó: APROBAR NO APROBAR los mismos con el siguiente resultado: Total miembros del Consejo Escolar según ultima constitución: Votos a Favor: Votos en contra: Abstenciones: Según el siguiente detalle resumen:

I N G R E S O S REMANENTE DEL CURSO ANTERIOR GASTOS CORRIENTES........................

REMANENTE DEL CURSO ANTERIOR GASTOS INVERSIONES.......................

RECURSOS PROPIOS: ...............................................................................

RECURSOS PROCEDENTES DE OTRAS ENTIDADES: ..................................

RECURSOS PROCEDENTES DE LA C.E . RECIBIDOS

EN LOS LIBRAMIENTOS QUE SE INDICAN: ..................................................

Núm. Documento Importe Fecha Tipo C/I _________________ ________________ _____________ _____ TOTAL CORRIENTE _________________ ________________ _____________ _____ _________________ ________________ _____________ _____ _________________ ________________ _____________ _____ TOTAL INVERSIÓN _________________ ________________ _____________ _____ _________________ ________________ _____________ _____ _________________ ________________ _____________ _____ _________________ ________________ _____________ _____ _________________ ________________ _____________ _____ _________________ ________________ _____________ _____ TOTAL INGRESOS: ...........................

-.Pág. 1 de 2. -

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Centro_______________________________________________________________ Código________________

G A S T O S

BIENES CORRIENTES Y SERVICIOS: ............................... ADQUISICIONES DE MATERIAL INVENTARIABLE: ........... INVERSIONES........................................................................: TOTAL GASTOS: ..................... REINTEGROS A LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN: ................... DE RECURSOS PARA GASTOS CORRIENTES................... DE RECURSOS PARA INVERSIONES................................ REINTEGROS A OTRAS ENTIDADES:.............................................................. REMANENTES PARA EL CURSO SIGUIENTE: ................................................... DE RECURSOS PARA GASTOS CORRIENTES.................... DE RECURSOS PARA INVERSIONES.................................

TOTAL GASTOS +REINTEGROS+REMANENTES: .................. Observaciones:______________________________________________________________________ __________________________________________________________________________________ __________________________________________________________________________________ Y para que conste a efectos de la justificación pertinente se expide la presente con el Vº Bº del/de la Director/a del Centro en _____________________, a______ de _________________de ______.

Vº Bº El/La Director/a

Fdo.: ..............................................

Sello del Centro

El/La Secretario/a

-.Pág. 2 de 2. -

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ANEXO XI(bis)

Ilmo./a Sr./a D./Dª ___________________________________________________________ Delegado/a Provincial de la Consejería de Educación de _________________

CERTIFICA

Que en el Centro ___________________________con Código__________ con domicilio en calle/plaza__________________________________ Municipio ______________________ C.P. _____ Provincia _________ durante el curso escolar _____/_______ no ha estado constituido el Consejo Escolar, por lo que a efectos de justificación de su Cuenta de Gestión, procede actuar conforme a lo establecido en el Artículo 15.4. de la Orden de 10 de mayo de 2006, conjunta de las Consejerías de Economía y Hacienda y de Educación, por la que se dictan instrucciones para la gestión económica de los centros docentes públicos dependientes de la Consejería de Educación y se delegan competencias en los Directores y Directoras de los mismos. Que la documentación económica aportada por el citado centro, se ajusta no se ajusta al contenido de la normativa citada anteriormente, por lo que procede la APROBACIÓN NO APROBACIÓN de su Cuenta de Gestión correspondiente al curso escolar _____/___. Según el siguiente detalle resumen:

I N G R E S O S

REMANENTE DEL CURSO ANTERIOR GASTOS CORRIENTES...........................

REMANENTE DEL CURSO ANTERIOR GASTOS INVERSIONES..........................

RECURSOS PROPIOS: .................................................................................

RECURSOS PROCEDENTES DE OTRAS ENTIDADES:.....................................

RECURSOS PROCEDENTES DE LA C.E. RECIBIDOS EN LOS LIBRAMIENTOS QUE SE INDICAN: .................................................. Núm. Documento Importe Fecha Tipo C/I _________________ ________________ _____________ _____ TOTAL CORRIENTE _________________ ________________ _____________ _____ _________________ ________________ _____________ _____ _________________ ________________ _____________ _____ TOTAL INVERSIÓN _________________ ________________ _____________ _____ _________________ ________________ _____________ _____ _________________ ________________ _____________ _____ _________________ ________________ _____________ _____ _________________ ________________ _____________ _____ TOTAL INGRESOS: ...........................

-.Pág. 1 de 2. -

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G A S T O S

BIENES CORRIENTES Y SERVICIOS: ....................................... ADQUISICIONES DE MATERIAL INVENTARIABLE: ................... INVERSIONES:......................................................................... TOTAL GASTOS: ..................... REINTEGROS A LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN :..................... DE RECURSOS PARA GASTOS CORRIENTES...... DE RECURSOS PARA INVERSIONES..................... REINTEGROS A OTRAS ENTIDADES:.............................................. REMANENTES PARA EL CURSO SIGUIENTE: ................................................... DE RECURSOS PARA GASTOS CORRIENTES...... DE RECURSOS PARA INVERSIONES.....................

TOTAL GASTOS +REINTEGROS+REMANENTES: ................ Observaciones:______________________________________________________________________ __________________________________________________________________________________ __________________________________________________________________________________ Y para que conste a efectos de la justificación pertinente se expide la presente en _____________________, a______ de _________________de ______. El/La Delegado/a Provincial

-.Pág. 2 de 2. -

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Fdo.:______________________________ Fdo.:______________________________

Fecha:____________________________ Fecha:____________________________

MÁS PAGOS NO ANOTADOS A LA FECHA EN EL REGISTRO DE CUENTA CORRIENTE Y CARGADOS EN BANCODetalle número 1

CONCEPTOS IMPORTES

SALDO SEGÚN BANCO (Extracto nº de )

MENOS PAGOS ANOTADOS A LA FECHA EN EL REGISTRO DE CUENTA CORRIENTE Y NO CARGADOS EN BANCODetalle número 2

VºBºEl/La Director/a

MÁS INGRESOS ANOTADOS A LA FECHA EN EL REGISTRO DE CUENTA CORRIENTE Y NO ABONADOS EN BANCODetalle número 3

MENOS INGRESOS NO ANOTADOS A LA FECHA EN EL REGISTRO DE CUENTA CORRIENTE Y ABONADOS EN BANCODetalle número 4

SALDO SEGÚN REGISTRO DE CUENTA CORRIENTE

El/La Secretario/a

ANEXO XII

Centro:____________________________________________________Curso Escolar:_______ / ______

Código:_____________ Provincia:__________________Localidad:______________________________

Banco/Caja Ah.__________________________________ Dirección:_____________________________

C.C.C

ACTA DE CONCILIACIÓN BANCARIA

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Detalle número _______

TOTAL DETALLE ………………..

DESCRIPCIÓNFECHA LIBROS

FECHA VALOR BANCO

IMPORTE

ANEXO

ANEXO AL ACTA DE CONCILIACIÓN BANCARIA

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ACTA DE ARQUEO DEL DÍA _______________________

Fdo.:_____________________________ Fdo.:_____________________________

Fecha:____________________________ Fecha:____________________________

VºBºEl/La Director/a El/La Secretario/a

OBSERVACIONES

DIFERENCIA

EXISTENCIA EFECTIVO EN CAJA

SALDO SEGÚN REGISTRO DE CAJA

ANEXO XIII

Centro:______________________________________________________Curso Escolar:_______ / ______

Código:_____________ Provincia:__________________Localidad:________________________________

ACTA DE ARQUEO DE CAJA

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El / La (2)

3 RESOLUCIÓN

Ley 30/1984, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

FUNCIONARIO LABORAL

PERMISOS Y LICENCIAS(Para información: Ver REVERSO)

NOMBRE

PUESTO DE TRABAJO QUE DESEMPEÑA

SEGUNDO APELLIDO

CENTRO DE DESTINO A QUE PERTENECE

Nº REGISTRO PERSONAL / DNI

PRIMER APELLIDODATOS DEL/DE LA INTERESADO/A1

SOLICITUD

Años completos de servicio

2.2. En concepto de:

2.1. Fundamentos:

Vista la petición formulada, el/la (2)

en uso de las facultades atribuidas en materia de personal por el/la (3)

Fdo.:

ILMO/A. SR/A. (2)

(000

614/

2)CONSEJERÍA DE

Ley de Funcionarios Civiles del Estado. Decreto 315/1964 de 7 de febrero.

INTERINO

2

En a de de

AUTORIZARRESUELVE: NO AUTORIZAR (se adjunta texto completo de la Resolución de no autorización).

RECURSOS QUE PROCEDEN: PERSONAL FUNCIONARIO/INTERINO. Contencioso-Administrativo de acuerdo con lo previsto en los arts. 8, 14 y 46 de la Ley reguladorade la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; sin perjuicio de la interposición del recurso potestativo de reposición de conformidad con lo establecido en los arts. 116 y 117de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. PERSONAL LABORAL. Reclamación previa a la vía judicial laboral de conformidad con lo establecido en los arts. 69 de la Ley deProcedimiento Laboral y 125 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

(1) Titular del Centro Directivo, en su caso. Rellenar esta casilla sólo en aquellos supuestos en que el titular del Centro Directivo no coincida con el órgano competente para resolver.(2) Indicar el órgano competente para resolver. En caso de delegación de competencias indicar el órgano que ejerce la competencia por delegación.(3) Indicar la norma de atribución / delegación de competencias.

Nº REGISTRO, FECHA Y HORACÓDIGO IDENTIFICATIVO

ANVERSO

Decreto 349/96, de 16 de julio, modificado por Decreto 347/2003, de 9 de diciembre Orden de 29 de julio de 1996, modificada por la Orden de 15 de de octubre de 2004;Instrucción 3/2007, de 10 de julio e Instrucción 4/2007, de 11 de diciembre.Convenio Colectivo vigente para el Personal Laboral.

Vacaciones anuales retribuidas:

Asuntos particulares.Traslado de domicilio.Colaboración con ONG.Asuntos particulares sin retribución.Cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público o personal, o relacionadocon la conciliación de la vida familiar y laboral.Asistencia a Tribunales de exámenes, de oposiciones o Comisiones de Valoración.Asistencia a exámenes finales y demás pruebas de evaluación y aptitud.Preparación de exámenes.Asistencia a cursos.Estudios sobre materias relacionadas con la Función Pública.Realización de funciones sindicales.Matrimonio o inscripción como pareja de hecho.Exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto.Permiso por paternidadPor parto, adopción o acogimiento.

Por parto prematuro.Por hospitalización del neonato a continuación del parto.

mes natural días hábiles (mín. 5 consecutivos)

Permiso adicional por parto o adopción.Desplazamiento previo en supuestos de adopción o acogimiento internacional.Accidente grave, enfermedad grave, hospitalización, intervención quirúrgicasin hospitalización o fallecimiento:

cónyuge o análogo y familiar dentro del primer grado.familiar dentro del segundo grado.

Enfermedad infecto-contagiosa de hijos menores de 9 años.Permiso de lactancia o cuidado de hijos:

Por prestar servicios extraordinarios.Permiso por razón de violencia de género de la mujer.Licencia previa a la jubilación anticipada (personal laboral).Reducción de jornada (especificar supuesto y tipo de reducción):

Otros (especificar):

1 hora diaria de ausencia.Jornadas completas con una duración máxima de 4 semanas.

2.3. Período solicitado:

2.4. Lugar, fecha y firma:

DÍA DÍA SEMANA

Días sueltos Períodos

1.-

2.-

Del de de de deal

Del de de de deal

En dedea

Fdo.:

Conforme: El/la (1) Vº Bº El/la Jefe de Sº de El/la solicitante

Fdo.: Fdo.:

MES DÍA DÍA SEMANA

3.-

4.-

MES

JUNTA DE ANDALUCIA CONSEJERÍA DE

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0006

14/2

INFORMACIÓN RELATIVA A LOS PERMISOS Y LICENCIAS

REVERSO

CONCEPTOS

- Este REVERSO tiene únicamente efectos informativos. Al no figurar en el mismo datos aportados por el solicitante u órgano con competencias en la materia, NO ESNECESARIO IMPRIMIRLO para su presentación.

- Se contiene información general y escueta. Para más información o para cualquier aclaración, deberá dirigirse al órgano gestor competente en materiade personal del Centro o Unidad al que esté adscrito.

- VACACIONES ANUALES RETRIBUIDAS: 1 mes natural ó 22 días hábiles por año completo de servicio o, en su caso, los días que correspondan proporcionalmenteal tiempo de servicios efectivos prestados. En caso de haber completado los años que se especifican se tendrá derecho a los siguientes días: 15 años, 23 días hábiles;20 años, 24 días hábiles; 25 años, 25 días hábiles; 30 ó más años, 26 días hábiles.

- ASUNTOS PARTICULARES: 8 días al año incrementándose 2 días adicionales al cumplir el sexto trienio, incrementándose en 1 día adicional más por cada trieniocumplido a partir del octavo. Este derecho se hará efectivo a partir del año natural siguiente al cumplimiento de la antigüedad referida. Cuando los días 24 y 31 dediciembre coincidan en festivo, sábado o día no laborable, 2 días adicionales.

- TRASLADO DE DOMICILIO: en la misma localidad, 1 día; distinta localidad misma provincia, 2 días; distinta localidad distinta provincia, 4 días.

- COLABORACIÓN CON ONG: hasta 6 meses, ampliable.

- ASUNTOS PARTICULARES SIN RETRIBUCIÓN: hasta 3 meses cada 2 años.

- DEBER INEXCUSABLE DE CARÁCTER PÚBLICO/PERSONAL O RELACIONADO CON LA CONCILIACIÓN DE LA VIDA FAMILIAR Y LABORAL: tiempo indispensablepara el cumplimiento.

- ASISTENCIA A TRIBUNALES/COMISIONES VALORACIÓN (personal laboral): tiempo indispensable para el cumplimiento.

- ASISTENCIA A EXÁMENES/OTRAS PRUEBAS: días de su celebración.

- PREPARACIÓN EXÁMENES: máximo 10 días al año.

- ASISTENCIA A CURSOS: días de su celebración.

- ESTUDIOS SOBRE MATERIAS RELACIONADAS CON LA FUNCIÓN PÚBLICA: tiempo de duración de los mismos. Personal laboral: máximo 1 año.

- FUNCIONES SINDICALES: de carácter permanente, tiempo que dure la designación/elección; de carácter ocasional, tiempo indispensable para las mismas.

- MATRIMONIO O INSCRIPCIÓN COMO PAREJA DE HECHO: 15 días.

- EXÁMENES PRENATALES Y TÉCNICAS DE PREPARACIÓN AL PARTO: tiempo indispensable.

- PERMISO POR PATERNIDAD: 15 días naturales (a partir de la fecha del nacimiento, de la decisión administrativa o judicial de acogimiento o de la resolución judicialpor la que se constituya la adopción).

- PARTO, ADOPCIÓN O ACOGIMIENTO: 16 semanas ininterrumpidas. En caso de parto, adopción o acogimientos múltiples, 2 semanas más por cada hijo a partir delsegundo. En caso de hospitalización del neonato, el permiso se ampliará en tantos días como el neonato permanezca hospitalizado, con un máximo de 13 semanas adicionales.En caso de discapacidad del hijo/a, este permiso se ampliará en dos semanas más.

- PERMISO ADICIONAL POR PARTO O ADOPCIÓN: 4 semanas.

- DESPLAZAMIENTO PREVIO EN SUPUESTOS DE ADOPCIÓN O ACOGIMIENTO INTERNACIONAL: hasta 3 meses.

- ACCIDENTE GRAVE, ENFERMEDAD GRAVE, HOSPITALIZACIÓN, INTERVENCIÓN QUIRÚRGICA SIN HOSPITALIZACIÓN O FALLECIMIENTO:

- ENFERMEDAD INFECTO-CONTAGIOSA HIJOS MENORES DE 9 AÑOS: 3 días.

- SERVICIOS EXTRAORDINARIOS: según servicios prestados. En caso de prestar servicios los días 24 y 31 de diciembre, 2 días por cada uno de ellos, acumulablesal período de vacaciones.

- PERMISO POR RAZÓN DE VIOLENCIA DE GÉNERO DE LA MUJER: Se considerarán justificadas por el tiempo y en las condiciones en que así lo determinen los serviciossociales de atención o de salud, según proceda, las faltas de asistencia de las funcionarias, interinas y laborales víctimas de violencia de género, totales o parciales.

- LICENCIA PREVIA A LA JUBILACIÓN ANTICIPADA (personal laboral): cumplidos 63 años hasta cumplir 64 años.

- REDUCCIÓN DE JORNADA: SUPUESTOS:

- OTROS: indicar cualquier otro no ncluido en la relación (ejemplo: Licencia por enfermedad en caso del personal MUFACE).

- CÓNYUGE O ANÁLOGO Y FAMILIAR DENTRO DEL PRIMER GRADO: misma localidad, 4 días hábiles; fuera de la localidad de residencia, 5 días hábiles.

- FAMILIAR DENTRO DEL SEGUNDO GRADO: Personal funcionario/interino: misma localidad, 3 días hábiles; distinta localidad, 4 días hábiles.Personal laboral: misma localidad, 4 días hábiles; fuera de la localidad de residencia, 5 días hábiles.

a) NACIMIENTO PREMATURO, HOSPITALIZACIÓN RECIÉN NACIDO: Ausencia del trabajo durante 2 horas diarias retribuidas o reducción de jornadacon un máximo de 2 horas diarias con disminución proporcional de las retribuciones.

b) LACTANCIA O CUIDADO DE HIJO/A MENOR DE 16 MESES: 1 hora de ausencia del trabajo o reducción de jornada con la misma finalidad.

c) GUARDA LEGAL: Reducción de la jornada de trabajo con la disminución de sus retribuciones que corresponda.

d) CUIDADO DE CÓNYUGE O ANÁLOGO Y FAMILIAR HASTA SEGUNDO GRADO: Reducción de la jornada de trabajo con la disminución de sus retribuciones que corresponda.

e) CESACIÓN PROGRESIVA DE ACTIVIDAD (personal funcionario): la mitad (1/2) o dos tercios (2/3), percibiendo un 60 u 80%, repectivamente, de las retribuciones.

f) RECUPERACIÓN DE ENFERMEDAD: según necesidades.

g) CUIDADO DE UN FAMILIAR EN PRIMER GRADO POR RAZÓN DE ENFERMEDAD MUY GRAVE: Reducción de la jornada laboral hasta un 50% con carácter retribuidoy por el plazo máximo de 1 mes.

h) INTERÉS PARTICULAR: Personal funcionario/interino: jornada continua e ininterrumpida de 9 a 14 horas, de lunes a viernes, percibiendo el 75% del total de lasretribuciones. Personal laboral: un tercio (1/3), percibiendo el 75% de las retribuciones.

i) ASISTENCIA A CURSOS (personal laboral): si el desarrollo del curso no coincide con la jornada laboral, 2 horas al comienzo o finalización de la misma.

EFECTOS DEL SILENCIO ADMINISTRATIVODe conformidad con lo establecido en los artículos 42 y 43 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común, transcurrido el plazo de 1 mes o de 15 días, en caso de solicitud de permiso por asuntos propios, sin que se haya dictado ynotificado resolución expresa, se entenderá ESTIMADA la solicitud.

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, esta Consejería/Organismo Autónomole informa que los datos personales obtenidos mediante la cumplimentación de este documento van a ser incorporados, para su tratamiento, en un fichero automatizado.Asimismo, se informa que la recogida y tratamiento de dichos datos tienen como finalidad la gestión de las solicitudes y el seguimiento de los permisos y licencias.De acuerdo con lo previsto en la citada Ley Orgánica, puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiendo un escrito al Servicio ounidad indicados en las Órdenes reguladoras de los ficheros automatizados de cada Consejería/Organismo Autónomo.

PROTECCIÓN DE DATOS