reg_uach_deis_suelos_004

Embed Size (px)

Citation preview

  • 7/31/2019 reg_uach_deis_suelos_004

    1/9

    Universidad Autnoma ChapingoDireccin General AcadmicaCentro de Educacin Continua

    REGLAMENTO DE TITULACIN

    Aprobado por el H. Consejo Universitario, en su sesin ordinaria el da 1 demarzo de 1999

    El presente reglamento estructurado en cinco captulos, norma el proceso detitulacin de los egresados de la Escuela Nacional de Agricultura y de laUniversidad Autnoma Chapingo.

    CAPITULO PRIMERO: SUJETOS DEL EXAMEN PROFESIONAL YTITULACIN

    ARTCULO 1. Para titularse, todos los egresados de la Escuela Nacional deAgricultura (ENA) y de la Universidad Autnoma Chapingo (UACh) debernpresentar un examen profesional, despus de que hayan elegido cualquiera delas opciones de titulacin permitidas en el presente reglamento, y cumplido conlas normas, requisitos y procedimientos que en ste se establecen.

    ARTICULO 2. Son aspirantes a presentar examen profesional y titulacintodos los egresados de la ENA-UACh que hayan cubierto los siguientesrequisitos:

    I. Haber aprobado en su totalidad el plan de estudios de la carrera delegresado.

    II. Haber concluido el servicio social y presentado ante la Oficina de ExmenesProfesionales la carta de liberacin expedida por la Coordinacin del ServicioSocial de la Universidad Autnoma Chapingo. Los que hayan egresado antesdel ao 1990 estarn exentos de dicho requisito.

    III. Que en el archivo general de la institucin se encuentren los documentosque indique la Oficina de Exmenes Profesionales, necesarios para el trmitedel titulo y la cdula profesional.

    IV. Haber presentado en la Direccin General Acadmica constancia de noadeudo a la institucin, mediante el formato establecido para ello.

    V. Pagar por derecho a examen profesional en la Tesorera de la Direccin dePatronato Universitario, el equivalente a diez das de salario mnimo vigentepara el Distrito Federal.

    VI. Haber cubierto en el DEIS (Departamento de Enseanza, Investigacin yServicio) o DIVISIN, todos los trmites de titulacin y presentar solicitud deexamen profesional ante la Direccin General Acadmica acompaada de los

    documentos correspondientes.

  • 7/31/2019 reg_uach_deis_suelos_004

    2/9

    VII. Haber realizado el trmite de registro de derechos de autor (ISBN) anombre de la Universidad Autnoma Chapingo, y, en su caso, otrasinstituciones participantes.

    VIII. Haber entregado 11 ejemplares impresos y empastados del documentoescrito de titulacin, cinco das antes del examen profesional como mnimo.Adems, entregarn el documento grabado en diskette a la Subdireccin deInvestigacin del DEIS o DIVISIN. La distribucin de los once ejemplares sercomo sigue: 5 se entregarn al jurado, 3 a la Biblioteca Central y 3 a laBiblioteca del DEIS o DIVISIN correspondiente.

    IX. El documento escrito deber estar firmado por el comit revisor o juradopara certificar que las correcciones, que pudieran tener lugar, fueronefectuadas.

    X. Entregar el articulo correspondiente a la tesis, aprobado por el director de lamisma.

    CAPITULO SEGUNDO: OPCIONES DE TITULACIN

    ARTICULO 311. El pasante podr elegir cualquiera de las opciones detitulacin establecidas en el presente artculo. En todos los casos, el trabajo detitulacin deber estar relacionado con el rea de conocimiento de la carreradel egresado.

    Las opciones de titulacin son:I.- Elaboracin de Tesis Profesional.

    Consiste en realizar un trabajo de investigacin que puede ser de naturalezaexperimental, observacional, de desarrollo terico, tecnolgico, bibliogrfico y/ode campo. En todos los tipos de investigacin, el trabajo de tesis debe seroriginal y aportar un conocimiento.

    II.-Formulacin o Evaluacin de Provectos.

    Consiste en elaborar o evaluar un proyecto en el campo profesional del

    egresado, que abarque y analice los elementos necesarios para resolver unproblema determinado.

    III.- Desarrollo de un Proyecto de Servicio UniversitarioConsiste en la incorporacin del estudiante a un proyecto productivo o deservicio registrado en la Universidad donde participe en su ejecucin, con lafinalidad resolver un problema.Los alumnos que elijan esta modalidad debern haber cursado, por lo menos,el quinto ao de la carrera y participar en el proyecto por un periodo mnimo de600 horas.

  • 7/31/2019 reg_uach_deis_suelos_004

    3/9

    IV. Memoria de Experiencia Profesional.

    Consiste en presentar un informe analtico de una experiencia profesionalsobre un estudio de un problema relacionado con el rea conocimiento de la

    carrera del egresado, A esta opcin podrn aspirar los pasantes con tres aosde haber egresado, como mnimo.

    V. Seminario de Titulacin.

    El seminario consiste en acreditar un curso intensivo o semestral deactualizacin y/o taller de investigacin, sobre un tema relacionado con el reade conocimiento de su carrera y elaborar un informe analtico sobre. un temadesarrollado durante el seminario.

    Slo podrn participar en los seminarios los pasantes de la ENA-UACH con

    tres o aos de egresados.

    VI. Titulacin por Diplomado o Especializacin.

    Consiste en acreditar un programa de especializacin o un diplomadorelacionado con, el rea de conocimiento de la carrera del pasante. Elprograma del diplomado deber contemplar un mnimo de 240 horas-clase ydesarrollarse en un plazo no mayor de seis meses. El programa deespecializacin deber cubrir un mnimo de 400 horas clase y desarrollarse enun plazo no menor de un ao. En ambos casos al concluir el programa, elpasante deber elaborar un informe analtico sobre un tema desarrolladodurante el mismo,

    los diplomados o especializaciones podrn ser cursados en la UACH o eninstituciones. En este ltimo caso, el aspirante deber estar registrado en laSubdireccin de Investigacin del DEIS o. DIVISIN correspondiente, paraefecto de control.

    ARTICULO 4. Para todas las opciones antes sealadas, la estructura delescrito ser flexible y estar en funcin de la opcin elegida. Dicha estructuraser definida por las instancias correspondientes de cada DEIS o DIVISIN. El

    formato ser el establecido por la Direccin General Acadmica.ARTICULO 5. Se podrn realizar trabajos de titulacin y exmenesindividuales o conjuntos (mximo de 2 estudiantes), excepto en las opcionesIV, V y Vi del artculo 3, las que sern slo individuales. Cuando el trabajo seaconjunto cada uno de los sustentantes deber estar en condiciones dedefender la totalidad del trabajo.

    ARTICULO 6. La UACH se reserva el derecho de edicin y sobretiro de lostrabajos de titulacin desarrollados en ella. Cuando los trabajos se hayanrealizado con el auxilio de otras instituciones, la UACH tendr igual derecho deedicin.

  • 7/31/2019 reg_uach_deis_suelos_004

    4/9

    ARTICULO 7. La Subdireccin de Investigacin (o su equivalente) del DEIS oDIVISION coordinar todos los trmites de las diferentes opciones paratitulacin.

    CAPITULO TERCERO: PROCEDIMIENTOS PARA APROBACIN DELPROYECTO DE TITULACIN E INTEGRACIN DEL JURADO EXAMINADOR

    ARTICULO 8. Para las opciones I, II y III, el procedimiento que seguir elaspirante para la aprobacin del proyecto de titulacin es el siguiente:I. El aspirante presentar el proyecto de titulacin avalado por el Director yAsesor, a la Subdireccin de Investigacin del DEIS o DIVISINcorrespondiente.

    II. La comisin de investigacin o un comit revisor (de tres profesores),designado por el subdirector de investigacin del DEIS o la DIVISIN, en

    acuerdo con el tesista y director de tesis, revisar y dictaminar la procedenciadel proyecto de titulacin y realizar las observaciones pertinentes. El dictamense har por mayora en reunin citada para tal efecto.

    III. Una vez aprobado el proyecto de titulacin, se conceder al aspirante unplazo no mayor de dos aos para la presentacin del documento terminado. Enel caso de los proyectos que requieran de un plazo mayor, ste deber quedarindicado en el proyecto.

    IV. Si el aspirante no presenta el documento escrito en el tiempo establecido, elproyecto ser cancelado y deber iniciar nuevamente los trmites respectivos.

    V. Una vez concluido el trabajo de titulacin y que el documento escrito hayasido revisado y avalado por el director, mediante oficio firmado por ste, elaspirante enviar original y cuatro copias a la Subdireccin de InvestigacinDEIS o DIVISIN solicitando el nombramiento del comit revisor para queemita el dictamen correspondiente.

    VI. La Subdireccin de Investigacin del DEIS o DIVISIN, nombrar al comitrevisor del trabajo de titulacin, que estar integrado por el director y cuatroprofesionales del rea del conocimiento del egresado.

    VII. Debern participar en el comit revisor del trabajo de titulacin, por lomenos dos profesores del DEIS o DIVISIN de donde egres el sustentante,con conocimientos en el tema sobre el cual versa el trabajo. Todos losmiembros del jurado o snodo, ya sean miembros de la comunidad universitariao externos, debern presentar al Departamento de Servicios Escolares sucdula profesional o documento autenticado, en el caso de extranjeros.

    VIII. El comit revisor tendr hasta 15 das hbiles para entregar lasobservaciones que considere pertinentes. En caso de que uno de losintegrantes no cumpla con el plazo establecido, el Subdirector de Investigacinpodr sustituirlo.

    IX. Una vez realizadas todas las correcciones que haya recomendado el comit

  • 7/31/2019 reg_uach_deis_suelos_004

    5/9

    revisor, el pasante recabar las firmas de aprobacin del documento y deaceptacin como integrantes del jurado examinador. En caso de no seraprobado el trabajo escrito por la mayora del comit revisor, el pasante deberreplantearlo o formular uno nuevo.

    ARTICULO 9. Para la opcin IV (Memoria Profesional) el. procedimiento queseguir el aspirante ser el siguiente:

    I. Todos los interesados debern entregar a la Subdireccin de Investigacindel DEIS o DIVISIN correspondiente una propuesta de memoria profesional,anexando un documento firmado y sellado por la instancia en la que presta oprest sus servicios, en el cual se haga constar la participacin del egresado enel trabajo que presenta y se otorgue la autorizacin para que ste sea utilizadocon fines de titulacin.

    II. Una vez que el Subdirector de Investigacin haya aprobado la propuesta,

    previa designacin de un asesor por la instancia (DEIS o DIVISIN), el pasantetendr un ao de plazo para sistematizar y elaborar el documento de lamemoria.

    III. Concluido el informe analtico y que ste haya sido revisado y avalado por eldirector, el aspirante continuar con los trmites indicados en las fracciones V,VI, VII, VIII y IX del Articulo 8.

    ARTICULO 10. Para la opcin V (Seminario de Titulacin) el procedimientoque seguir el aspirante ser el siguiente:

    I. Los seminarios sern organizados, convocados y desarrollados por laDireccin General Acadmica en coordinacin con el Centro de EducacinContinua y Servicios Universitarios y el DEIS o DIVISIN correspondiente.

    II. El costo de inscripcin ser definido por las instancias organizadoras. Elmonto deber ser pagado en la Tesorera de la Direccin de PatronatoUniversitario o su equivalente en las unidades regionales.

    III. Cada seminario se efectuar con grupos no mayores de treintaparticipantes, ni menores de diez.

    IV. El seminario tendr una duracin de entre 100 y 120 horas-clase.V. Los temas de titulacin a desarrollar por los pasantes, sern definidos decomn acuerdo por stos y los responsables del seminario.

    VI. Para acreditar el seminario, los participantes debern asistir como mnimo alnoventa por ciento de las sesiones y obtener una calificacin mnima deochenta puntos en una escala de cero a cien.

    VII. Para tener derecho al examen profesional, los participantes debernacreditar el seminario y presentar el informe analtico del tema seleccionado, en

    un plazo mximo de treinta das naturales a partir de la terminacin delseminario.

  • 7/31/2019 reg_uach_deis_suelos_004

    6/9

    VIII. Se conceder un plazo mximo de seis meses, contados a partir de lafecha de terminacin del seminario, para que el interesado presente el examenprofesional.

    IX. Cuando el pasante no cumpla con alguno o algunos de los incisos vi), vii),viii), perder el derecho al examen profesional, pudiendo optar nuevamente porcualquier modalidad que contemple el presente Reglamento.

    X. Concluido el informe analtico y que ste haya sido revisado y avalado por eldirector, el aspirante continuar con los tramites indicados en las fracciones V,VI, VII, VIII y IX del Articulo 81.ARTICULO 11". Para la modalidad VI (Diplomado o Especializacin) elprocedimiento que seguir el aspirante ser el siguiente:

    I. Solicitar registro ante la Subdireccin de Investigacin del DEIS o DIVISIN

    correspondiente, anexando el programa del diplomado o especializacin.

    II. Cursar y acreditar las asignaturas del programa de especializacin odiplomado.III. Elaborar y entregar un informe analtico en un plazo no mayor de sesentadas hbiles a contar de la terminacin del diplomado o la especialidad.

    IV. En caso de diplomados o especializaciones realizados fuera de la UACh, laSubdireccin de Investigacin del DEIS o DIVISIN enviar la documentacina la Direccin General Acadmica para su certificacin.V. Concluido el informe analtico y que ste haya sido revisado y avalado por eldirector, el aspirante continuar con los trmites indicados en las fracciones V,VI, VII, VIII y IX del Articulo 811.

    Artculo 12. El comit revisor o examinador integrar el jurado para el examenprofesional, fungiendo tres de sus miembros como titulares, ocupando lossiguientes cargos: presidente, secretario, vocal y dos suplentes. Quienes sernnombrados por el subdirector de investigacin del DEIS o DIVISIN. En todoslos casos, el director de tesis o del proceso de titulacin, ser el presidente deljurado. En la opcin de Seminario de titulacin, los instructores del mismopodrn ser parte del jurado en el examen profesional.

    CAPITULO CUARTO: PROCEDIMIENTO PARA LA AUTORIZACIN DELEXAMEN PROFESIONAL

    ARTICULO 13. La autorizacin para presentar examen profesional quedarsujeta al siguiente procedimiento:

    I. El pasante acudir a la Oficina de Exmenes Profesionales de la DireccinGeneral Acadmica de la UACH a solicitar el instructivo que le da a conocer elprocedimiento que se sigue en la Universidad para presentar el examenprofesional.

  • 7/31/2019 reg_uach_deis_suelos_004

    7/9

    II. El pasante cubrir ante la Oficina de Exmenes Profesionales los requisitossealados en el instructivo.

    III. El pasante deber haber cumplido con lo que establece el Articulo 2 deeste Reglamento.

    IV. La Oficina de Exmenes Profesionales de la Direccin General Acadmicanotificar al menos con cinco das naturales de anticipacin, la fecha y hora delexamen profesional al pasante, a los miembros del jurado y a la Subdireccinde Investigacin del DEIS o DIVISIN.

    CAPITULO QUINTO: EL EXAMEN PROFESIONAL

    ARTICULO 14. El examen profesional se desarrollar de acuerdo con loslineamientos siguientes:

    I. El jurado deber estar constituido conforme a lo estipulado en el Artculo 12de este Reglamento.

    II. En ausencia de alguno de los tres titulares, debern correrse las funcionesde los sinodales, por sustitucin, en el orden natural: presidente, secretario yvocal.

    III. Cuando por ausencia de hasta tres sinodales no sea posible la realizacindel examen profesional y con el objeto de evitar deje de celebrarse en la fechay horario establecidos, el presidente del jurado tendr el derecho de nombrarun nico sinodal, que no haya sido designado originalmente dentro del tiempoestipulado.

    IV. Antes de iniciar el examen, el jurado deber reunirse en la Oficina deExmenes profesionales. Ah cada sinodal formular dos preguntas para elsustentante y entrega de estas a la Direccin General Acadmica

    V. Si transcurridos sesenta minutos, despus de la hora establecida, no seinicia el examen por causas no imputables a la Direccin General Acadmica,sta se reserva el derecho de establecer el nuevo horario y fecha del examen,previo acuerdo con el Director del DEIS o Divisin correspondiente.

    VI. El examen profesional comprender dos fases. En la primera el sustentantehar una exposicin del trabajo presentado en el documento escrito en untiempo mximo de 20 minutos. Cada sinodal podr hacer al sustentante lasobservaciones que estime pertinentes sobre el trabajo, solicitndole lasaclaraciones y explicaciones que juzgue necesarias. En la segunda etapa, lossinodales plantearn al sustentante las preguntas correspondientes y, si loestiman necesario, harn un interrogatorio sobre cuestiones generalesrelacionadas con la carrera del egresado.

    ARTICULO 15. Al terminar el examen, el jurado (los tres sinodales titulares)deliberar en privado y anotar en el acta el resultado correspondiente, el cual

    podr ser:

  • 7/31/2019 reg_uach_deis_suelos_004

    8/9

    I. Aprobado por unanimidad con mencin honorfica.II. Aprobado por unanimidad con felicitacin.III. Aprobado por unanimidadIV. Aprobado por mayora.V. Diferido.

    VI. Suspendido.

    ARTICULO 16. El jurado podr otorgar felicitacin o mencin honorfica, porescrito, en los casos siguientes:

    I. Mencin honorfica. Cuando el trabajo y examen sean sobresalientes y elsustentante haya obtenido un promedio mnimo de noventa en la carrera, enuna escala de cero a cien, sin haber presentado exmenes extraordinarios.

    II. Felicitacin. podr ser otorgada por haber desarrollado un trabajo detitulacin y un examen sobresalientes.

    ARTCULO 17. Una vez concluida la deliberacin del jurado, el secretario delmismo dar lectura al acta oficial del examen profesional en un recintoespecialmente asignado para este tipo de actos solemnes.ARTICULO 18. De ser aprobatorio el resultado del examen, el presidente deljurado dirigir al sustentante un breve mensaje en relacin a este actosolemne, exhortndole a conducirse conforme a los preceptos de la tica ydems disposiciones que normen el ejercicio de la profesin respectiva.

    ARTICULO 19. El ttulo se expedir a peticin del interesado, una vez quehaya aprobado en el examen profesional y cubierto los requisitoscorrespondientes.

    ARTICULO 20. Si el resultado del examen profesional no es aprobatorio, sedictaminar como Diferido, y se le conceder al sustentante otra oportunidadms en la fecha que el jurado determine; dentro de un plazo no mayor de tresmeses. El sustentante tramitar la nueva fecha de examen ante la DireccinGeneral Acadmica y en caso de que en esta segunda oportunidad el resultadono sea aprobatorio, se dictaminar como Suspendido, lo cual implica que elsustentante no podr ser titulado.

    ARTICULO 21. Los aspectos no contemplados en el presente Reglamento sesujetarn a las disposiciones, que para el efecto, establezcan en formaparticular los DEIS o Divisiones, en coordinacin con la Direccin GeneralAcadmica y la Comisin Acadmica del H.C.U.

    TRANSITORIOS

    I. El presente reglamento sustituye al anterior e inicia efecto a partir de la fechade su aprobacin por el H.C.U. y ser revisado y actualizado por la COSI cadados aos.

  • 7/31/2019 reg_uach_deis_suelos_004

    9/9

    II. El presente reglamento entrar en vigor una vez que haya sido aprobado porel H.C.U. de acuerdo como lo establece el Artculo 29 del EstatutoUniversitario en vigencia a la fecha de aprobacin.

    Aprobado por el H. Consejo Universitario, en su sesin ordinaria el dia 1 de

    marzo de 1999