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CATEGORÍAS DE CLASIFICACIÓN CREDITICIA DEL DEUDOR DE LA CARTERA DE CRÉDITOS CATEGORÍAS DE CRÉDITOS Normal CPP Deficiente Dudoso Comerciales Corporativos Gandes Empresas Medianas Empresas Mes Pequeñas Empresas D<8 9<=D<=30 31<=D<=60 61<=D<=120 Micro Empresas Consumo Consumo Revolvente Consumo No Revolvente Hipotecario Hipotecario D<30 31<=D<=60 61<=D<=120 121<=D<=365 D=Dias de Atrazo Cumple puntualmente con sus obligaciones. Es una organización vanguardista y competente. Flujo de caja no es vulnerable. reducidos en el pago de sus créditos que no excedan los 60 días. Buena situacion financiera y rentabilidad. Moderado endeudamiento patrimonial. Flujo de caja sensible a modificaciones dentro de los 60 días y que no exceden los 120 días. Escasa capacidad para generar utilidades. Situación financiera debil. Flujo de caja no le permite atender la totalidad de sus obligaciones y no muestra visos de mejoría en el tiempo. Atrazos mayores a 120 días pero no exceden los 365 días. Flujo de caja insuficiente, no cubre el pago de capital ni intereses. Alto nivel de endeudamiento patrimonial, se ve obligada a vender activos.

Resumen resolucion 11356 SBS

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Page 1: Resumen resolucion 11356 SBS

CATEGORÍAS DE CLASIFICACIÓN CREDITICIA DEL DEUDOR DE LA CARTERA DE CRÉDITOS

CATEGORÍAS DE CRÉDITOS Normal CPP Deficiente Dudoso Pérdida

Comerciales

Corporativos

Gandes Empresas

Medianas Empresas

MesPequeñas Empresas

D<8 9<=D<=30 31<=D<=60 61<=D<=120 D>120Micro Empresas

ConsumoConsumo RevolventeConsumo No Revolvente

Hipotecario Hipotecario D<30 31<=D<=60 61<=D<=120 121<=D<=365 D>365D=Dias de Atrazo

♥Cumple puntualmente con sus obligaciones.♦Es una organización vanguardista y competente.♣Flujo de caja no es vulnerable.

♥Atrazos ocacionales y reducidos en el pago de sus créditos que no excedan los 60 días.♦Buena situacion financiera y rentabilidad.♣Moderado endeudamiento patrimonial.♠Flujo de caja sensible a modificaciones dentro de los próximos 12 meses.

♥Atrasos mayores a 60 días y que no exceden los 120 días.♦Escasa capacidad para generar utilidades.♣Situación financiera debil.♠Flujo de caja no le permite atender la totalidad de sus obligaciones y no muestra visos de mejoría en el tiempo.

♥Atrazos mayores a 120 días pero no exceden los 365 días.♦Flujo de caja insuficiente, no cubre el pago de capital ni intereses.♣Alto nivel de endeudamiento patrimonial, se ve obligada a vender activos.

♥Atrazos mayores a 365 días.♦Flujo de caja no cubre sus costos.♣Se encuentra suspendido de pagos entendiendo que es sencible a incumplir reestructuraciones.♠Se encuentra insolvente, se ve obligado a vender activos.

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TIPOS DE CRÉDITOS (Resolución SBS 11356)

REPRESENTACIÓN CARACTERÍSTICAS OBSERVACIÓN

Com

erci

ales

Corp

orati

vos

P. Jurídicas

Gran

des E

mpr

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P. Jurídicas

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)

P. Naturales

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mpr

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TIPO CRÉDITO

SUB CRÉDITO

♥Ventas anuales > a S/.200,000,000.00.

♥EE.FF. Auditados. Si no cuenta con ellos, estos no se consideran para esta categoría de créditos.♦Ventas en los dos últimos años. Si dentro de los dos últimos años, las ventas anuales disminuyeran a este umbral, entonces el crédito se reclasificaría como grandes empresas.+..

♦Ventas anuales >= a S/.20,000,000.00 y < a S/.200,000,000.00

♥2 últimos años, en función a los EE.FF. Más recientemente auditados.♦Si las ventas anuales excediesen el umbral mayor los 2 últimos años, el crédito se reclasificará como corporativo. Asimismo, si sus ventas anuales no han superado al umbral menor, este será reclasificado como crédito a mediana empresa.+..

♣Ventas anuales < a S/.20,000,000.00♠Endeudamiento en el S.F >= a S/.300,000.00

♥Ventas los 2 últimos años, endeudamiento los 6 últimos meses.♦Si las ventas anuales superasen este umbral los últimos 2 años, el crédito deberá reclasificarse a la categoría de grandes empresas o corporativos.♣Además, si su endeudamiento fuese no mayor a este umbral los últimos 6 meses, el crédito deberá ser reclasificado a la categoría pequeña empresa o micro empresa.

♥Endeudamiento en el S.F >= a S/.300,000.00

♥6 Últimos Meses. Siempre que dicho endeudamiento corresponda a créditos en categoría pequeña o micro empresa.♦El endeudamiento no comprenderá los créditos hipotecarios para vivienda♣Si posteriormente, el endeudamiento no superara este umbral por 6 meses consecutivos, estos deberán ser reclasificados como créditos consumo (revolvente y/o no revolvente) o a créditos de tipo pequeña y/o micro empresa.

P. Naturales o P. Jurídicas

♥Endeudamiento en el S.F >= a S/.20,000.00 y < a S/.300,000.00

♥6 Últimos Meses.♦Si posteriormente, el endeudamiento (sin considerar lo créditos hipotecarios) superase el umbral mayor dentro de los últimos 6 meses, este deberá ser reclasificado como crédito en categoría mediana empresa; además, si el nivel de endeudamiento excediese el umbral menor dentro de los últimos 6 meses, este será ser reclasificado a la categoría micro empresa.♣Actividades de producción, comercialización o prestación de servicios.

P. Naturales o P. Jurídicas

♠Endeudamiento en el S.F < a S/.20,000.00

♥6 Últimos Meses.♦Si posteriormente, el endeudamiento (sin considerar lo créditos hipotecarios) superase este umbral dentro de los últimos 6 meses, este deberá ser reclasificado como crédito en categoría que le corresponda.♣Actividades de producción, comercialización o prestación de servicios.

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Cons

umo

P. Naturales

P. Naturales

Hipo

teca

rio

Hipo

teca

rio

P. Naturales

Cons

umo

Revo

lven

te♥Endeudamiento en el S.F > a S/.300,000.00

♥Para pago de bienes o servicios no relacionados al ,ámbito empresarial.♦Si tiene deudas micro-empresa dentro de los 6 últimos meses, entonces se reclasifica como Mediana Empresa.

Cons

umo

No

Revo

lven

te

♦Endeudamiento en el S.F > a S/.300,000.00

♥Para pago de bienes o servicios no relacionados al ,ámbito empresarial.♦Si tiene deudas micro-empresa dentro de los 6 últimos meses, entonces se reclasifica como Mediana Empresa.

♥Para determinar el endeudamiento, se toma en cuenta los últimos 6 reportes de RCC de la SBS, el RCC a tomar en cuenta es aquel que se encuentra disponible el primer día del mes en curso.♣Si el deudor no cuenta con historial crediticio, el nuevo crédito será tomado en cuenta como referencia.♠Si el RCC no a sido reportado dentro de los últimos 6 meses, se considerara el RCC antes mencionado en el que figure el deudor.

♥Adquisición, construcción, refacción, remodelación, ampliación, mejoramiento y subdivisión de vivienda propia; amparados por hipotecas; sea que se otorguen por el sistema convencional, letras hipotecarias u otras de similares características.♦Se incluyen también la adquisición o construcción de vivienda propia que a la fecha están en proceso de inscripción de dominio o titulación (bienes futuros).

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Provisiones Genéricas

Tipos de Créditos Procíclica Total

ComercialesCorporativos 0.70% 0.40% 1.10%Grandes Empresas 0.70% 0.45% 1.15%Mediana Empresas 1.00% 0.30% 1.30%

MesPequeñas Empresas 1.00% 0.50% 1.50%Micro Empresas 1.00% 0.50% 1.50%

ConsumoConsumo Revolbente 1.00% 1.50% 2.50%Consumo no Revolbente 1.00% 1.00% 2.00%

Hipotecarios Hipotecarios Para Vivienda 0.70% 0.40% 1.10%

Tasas de Provisiones

Las provisiones genéricas se constituyen sobre todos aquellos créditos directos y la exposición a riesgo crediticio de los créditos indirectos de deudores en categoría normal.

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Provisiones Específicas

Tabla de Provisiones Tabla 01 Tabla 02 Tabla 03AutoliquidableTipo de Garantía Sin Garantía PreferidaCategoría de riesgos

CPP 5.00% 2.50% 1.25% >1.00%Deficiente 25.00% 12.50% 6.25% >1.00%Dudoso 60.00% 30.00% 15.00% >1.00%Pérdida 100.00% 60.00% 30.00% >1.00%

Se Aplica A ◘Todo tipo de crédito.

Preferidas de muy Rápida Realización

◘Porciones no cubiertas por garantías preferidas autiliquidables, garantías preferidas de muy rápida realización, garantías preferidas según el tipo de crédito.◘Créditos con garantías preferidas cuya prioridad esta subordinada a un tercero.◘Deudores indiferentemente del tipo de garantía y crédito en categpría dudoso por mas de 36 meses o pérdida por mas de 24 meses.

◘Créditos Corporativos, Grandes Empresas, Medianas Empresas, Pequeñas Empresas, Micro Empresas o Hipotecarios. (3.10-Res SBS 11356).◘Créditos consumo pignoraticios con garantías preferidas del tipo joyas y/o metales preciosos (Res SBS-3.10-h).

◘Créditos Corporativos, Grandes Empresas, Medianas Empresas, Pequeñas Empresas, Micro Empresas o Hipotecarios. (3.11-Res SBS 11356).◘Créditos consumo no-revolventes con contratos referidos a convenio de descuento por planilla de remuneraciones, siempre que sean considerados elegibles (Ver Cap III-2.1-a, b, c, d).

Las provisiones específicas se constituyen sobre todos los créditos y la exposicion a riesgo crediticio al equivalente de créditos indirectos clasificados en una categoría diferente a NORMAL.