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INSTITUTO TECNOLGICO Y UNIVERSITARIO

LICENCIATURA EN RECURSOS HUMANOS

RESCISION DE LAS RELACIONES DE TRABAJO(EL DESPIDO LABORAL, UNA TRISTE REALIDAD) TESINA PARA PODER ENCENTAR EL PRIMER CUATRIMESTRE EN LA MATERIA DE DERECHO DE TRABAJO IPRESENTA:ALUMNO: JULIO CESAR SALAZAR APOLONIO

ASESOR: LIC. EDUARDO NAVARRATE SANTILLN

IXTLAHUACA, MEXICO 23 DE OCTUBRE 2013

Observaciones, calificacin y aprobacin de la Materia.

Observaciones

Calificacin

Calificacin de aprobacin

Lic. Eduardo Navarrete Santilln

DEDICATORIAS

Dedicado en especial para m mismo, a mi mis padres, amigos y todas las personas que me brinda su apoyo en cualquier momento, a mis compaeros de trabajo que confan en mi para poder dar un paso ms en mi vida profesional, a su vez poder ser un buen dirigente en esta carrera que es mi sueo y mi mayor anhelo para poder sobre salir, a su vez poder ser una motivacin para mi hermano que empieza con sus estudios de media superior, ya que trabajar y estudiar es un poco difcil, pero no imposible.Con esta frase es mi motivacin para todo si dios te dio la vida, es porque sabes que puedes con ella.

AGRADECIMIENTOS Agradeciendo especialmente al Lic. En Derecho Emmanuel Hernndez Cortes y a mi asesor el Lic. En Derecho Eduardo Navarrete Santilln, por los apoyos que inculcaron para sobre salir de este periodo en la licenciatura, para dar paso a otra etapa ms que hay que descubrir.

NDICERESCISION DE LAS RELACIONES DE TRABAJO(EL DESPIDO LABORAL, UNA TRISTE REALIDAD) Pg. Introduccin: rescisin de las relaciones de trabajo............................... 7Planteamiento del problema e hiptesis.................... 8Objetivo general...... 9Mtodos de investigacin de derecho aplicados......................................................... 10Estructura del capitulado............................................................................................. 11 CAPITULO IMARCO CONCEPTUAL ENTRE TRABAJO, TRABAJADOR Y PATRON 1.1 Qu es el trabajo?............................................................................................... 13 1.2 Qu se entiende por trabajo?.............................................................................. 131.3 Qu es el trabajador?.......................................................................................... 131.4 Qu es el patrn?................................................................................................ 131.5 Qu es el derecho del trabajo para;....................................................................... 131.5.1 Guillermo Cabanellas. 131.5.2 Mario de la cueva... 131.5.3 Alberto Briseo.................................................................................................. 13

CAPITULO IIMARCO JURDICO DE RESCISIN LABORAL2.1 Causas De Rescisin De La Relacin Laboral...................................................... 162.2 Qu es la rescisin laboral?................................................................................. 162.3 Cules son las causas de rescisin laboral?....................................................... 162.4 Qu conceptos se deben pagar al trabajador cuando se hace valer una causa de rescisin?.................................................................................................................2.5 En qu casos no me encuentro obligado como patrn a reinstalar a un trabajador?.................................................................................................................... 17

CAPITULO IIIRESCISION DE LAS RELACIONES DE TRABAJO (EL DESPIDO LABORAL, UNA TRISTE REALIDAD)3.1 El despido.......................................................................................................... 203.2 El despido justificado (frecuentes motivos)........................................................ 203.3 Despido injustificado.......................................................................................... 233.4 El despido justificado o injustificado trminos generales................................... 233.5 Despido injustificado (derechos)........................................................................ 243.6 Causas del despido justificado.......................................................................... 253.7 Procedimiento para el despido.......................................................................... 263.8 Plazo para demandar......................................................................................... 263.9 Evidencias reales acerca de violaciones de la ley de trabajo............................ 273.9.1 Sol de Mxico................................................................................................ 273.9.2 Jornada........................................................................................................ 29

Propuesta.................................................................................................................. 31Conclusin.................................................................................................................Anexos......................................................................................................................Fuentes de consulta..................................................................................................

INTRODUCCIONEl presente trabajo tiene como finalidad dar a conocer las contras de la rescisin de la relaciones de trabajo en la ley federal de trabajo, y tengan una compresin de la cuales son los derechos y obligaciones tanto como el trabajador como el patrn, que ampara la constitucin Federal, las leyes federales y locales en el campo de derecho laboral y a su vez los despidos de los trabajadores.

Este material est enfocado y contiene todo lo relacionado al captulo IV de la ley federal de trabajo, y a la vez recopilamos ejemplificaciones verdaderas en la vida cotidiana de los despidos de diferentes partes del estado por prensas informativas (peridicos). [footnoteRef:1] [1: A., P. V. (19 de Septiembre de 2013). Frecuentes los despidos de mujeres por embarazo. El Sol de Toluca.Ros, P. M. (2 de octubre de 2013). Trabajadores protestan contra abusos y despidos injustificados de Excellon. Peridico La Jornada, pg. 37.]

PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA E HIPTESIS El Despido, es un tema interesante, porque viene a afectar el derecho al trabajo, en su modalidad de conservar el empleo (estabilidad), el cual tiene unas implicaciones de carcter jurdico, econmico y social. Cuando hablamos de alimentos, hacemos referencia a todo lo que los hijos necesiten consumir para vivir y crecer, conforme las posibilidades econmicas de sus padres. El trmino alimentos conllevan otras necesidades bsicas como: vivienda, ropas, esparcimiento, educacin y por supuesto, alimentos propiamente dichos.

La pensin alimenticia para los hijos, es el derecho que brindan las leyes mexicanas, en especfico el cdigo civil. En caso de separacin o divorcio de los padres, seala que los hijos deben de recibir recursos econmicos necesarios para su sustento, acorde a su realidad social y econmica, y se puede decir ms para poder entender lo que afecta un despido hacia un trabajador.Lo mencionado anteriormente ya se por un despido justificado e injustificado origina problemticas tanto en lo familiar y personal ya que su vez son motivos de sustento para poder sostenerse, y si dicho despido existe no hay forma de poder ingresar un capital al hogar o en lo que se requiere.La problemtica en general de este documento es que el trabajador demanda reinstalacin, gana la demanda y el patrn se niega a reinstalarlo. En la actualidad en diferentes empresas te firman contratos mensuales que hacen que no generes derechos laborales y al despedirte no tengan que darte indemnizaciones de ningn tipo y dejan en estado de indefensin a los trabajadores.

OBJETIVO GENERALDesarrollar una investigacin de la ley federal de trabajo en el captulo IV en la rescisin de la relaciones de trabajo, que permita detectar y comprender las consecuencias que contiene un despido, y la obligacin de reinstalacin a su laboral que emprende un trabajador

METODOS DE INVESTIGACION

Mtodo de observacin: Observacin es accin y efecto de observar; es examinar atentamente, hacer un estudio notable de una cosa. La observacin supone el juicio y razonamiento para llegar al conocimiento de la verdad. La observacin simple o no regulada, es aquella en que se deja al observador en libertad de estudiar el fenmeno como la crea conveniente.Mtodo analtico: Es el que procede por medio del anlisis; anlisis es distincin y separacin de la partes de un todo hasta llegar a conocer sus principios o elementos. Su complemento es el mtodo sinttico. Mtodo sinttico: Es el que se usa de la sntesis como procedimiento ordenado para conocer la verdad de las cosas; sntesis es composicin de un todo por la reunin de sus partes sntesis tambin significa suma y compendio de una materia o cosa.Mtodo documental: Es el que se basa en el estudio de documentos para el conocimiento de la verdad. Documental es lo que se funda en documentos.Bibliografa

VALDEZ, T. S. (1999). EN METODOLOGIA DE LA CIENCIA DEL DERECHO (PGS. 61, 64, 68). UNIVERSIDA AUTONOMA DEL ESTADO DE MEXICO .

ESTRUCTURA DEL CAPITULADO

En el captulo I se a conocer los conceptos entre trabajador, trabajo y patrn a su vez la forma que define algunos doctores de la materia de derecho, donde se consult de fuentes bibliogrficas, en la forma que se presenta es de forma de preguntas para que sea un mejor entendimiento para el pblico lector.

En el captulo II se da pauta para analizar entre la recisin laboral, cuando se incumple alguna situacin para que se d efecto a los derechos, del trabajador siempre y cuando sea la forma de despido, de igual forma se realiza de forma de preguntas para que el lector tenga mayor facilidad de comprender dicha informacin.

En el captulo III como bien los dice el despido, una triste realidad se recopila informacin de sucesos reales, acerca de despido a su vez exigiendo lo que le corresponde por ley al trabajador, todo depende de la manera que se d. De igual forma se recalca lo que debe de hacer un trabajador cuando persista una situacin de dicha magnitud.

CAPITULO IMARCO CONCEPTUALENTRE TRABAJO, TRABAJADOR Y PATRON

MARCO CONCEPTUAL ENTRE TRABAJO, TRABJADOR Y PATRON

Qu es el trabajo?Actividad humana dirigida a la produccin de cosas, materiales o espirituales, o al cumplimiento de un servicio pblico o privado.De acuerdo a la ley federal del trabajo, qu se entiende por trabajo?El trabajo es un derecho y un deber social, que exige respeto para las libertades y dignidad de quien lo presta y debe efectuarse en condiciones que aseguren la vida, la salud y un nivel econmico decoroso para el trabajador y su familia.Qu es el trabajador?Es la persona fsica que presta a otra, fsica o moral, un trabajo personal subordinado. (Artculo 8 de la ley Federal Del Trabajo). Qu es el patrn?Es la persona fsica o moral que utiliza los servicios de uno o varios trabajadores. (Artculo 10 de la Federal del Trabajo)Qu es el derecho del trabajo para Guillermo Cabanellas, Mario de la cueva y Alberto Briseo? Guillermo Cabanellas[footnoteRef:2]; Establece que el derecho del trabajo tiene por contenido principal la regulacin de las relaciones jurdicas entre empresarios y trabajadores y de unos y otros con el Estado, en lo referente a trabajo subordinado y tambin en lo relativo a las consecuencias jurdicas mediatas e inmediatas, derivadas de la actividad laboral dependiente. [2: http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/1/139/25.pdf. (s.f.). Bibliotecas Juridicas Unam . Recuperado el 18 de 10 de 2013, de http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/1/139/25.pdf]

Mario de la Cueva[footnoteRef:3]; Seala que el derecho del trabajo es la norma que se propone realizar la justicia social, en el equilibrio de las relaciones entre el trabajador y el capital. [3: Cueva, M. D. (2001). El Nuevo Derecho Mexicano Del Trabajo. Av. Republica Argentina, 15 Mxico: Porra.]

Alberto Briseo[footnoteRef:4]; Refiere que el derecho del trabajo es el conjunto de normas jurdicas que tienen por objeto el equilibrio entre los elementos de la produccin patrn y trabajador, mediante la garanta de los derechos bsicos consagrados a favor de estos ltimos. [4: Ruiz, A. B. (2005). Derecho individual del trabajo. Editorial Harla.]

CAPITULO IIMARCO JURDICO DE RECISIN LABORAL

MARCO JURDICO DE RECISIN LABORALCAUSAS DE RESCISIN DE LA RELACIN LABORALEn una relacin laboral tanto los trabajadores como el patrn tienen derechos y obligaciones. Sin embargo, es posible que alguna de las partes incumpla con sus deberes de tal manera que haga imposible continuar con la relacin de trabajo, en tales casos es posible ejercitar la accin que ponga fin a dicha relacin de trabajo desde el momento mismo en que se presente el incumplimiento.

QU ES LA RESCISIN LABORAL?

Es una accin legal que permite finalizar una relacin jurdica por alguna causa sealada en la ley o bien, derivada del incumplimiento de una de las partes, sin que ello implique responsabilidad para la parte afectada.En materia laboral, la accin de rescisin puede ser ejercitada por el patrn si se presenta alguno de los supuestos que la Ley Federal del Trabajo seala para ello. El patrn puede finalizar la relacin laboral si se cumple alguna de las causas. Para ello deber sujetarse al procedimiento necesario para hacer saber al trabajador la causa de la rescisin y adems elaborar la documentacin que as lo compruebe.CULES SON LAS CAUSAS DE RESCISIN LABORAL?La Ley Federal del Trabajo privilegia la proteccin de los trabajadores, sin embargo, los patrones tambin pueden ejercitar la accin derescisinlo estipula el artculo 47 de la ley federal de trabajo.QU CONCEPTOS SE DEBEN PAGAR AL TRABAJADOR CUANDO SE HACE VALER UNA CAUSAL DE RESCISIN?En virtud de que los derechos de los trabajadores son irrenunciables, debern cubrirse al trabajador las prestaciones que ha devengado por motivo de su trabajo, conforme al finiquito que se calcule para determinar en cantidad lquida y cierta las cantidades que corresponden a cada concepto.EN QU CASOS NO ME ENCUENTRO OBLIGADO COMO PATRN A REINSTALAR A UN TRABAJADOR?

El patrn no se encuentra obligado a reinstalar al trabajador cuando: Se trate de trabajadores que no tienen ms de un ao en la empresa.Cuando la Junta de Conciliacin y Arbitraje determina que hay un trato directo con el patrn y por la naturaleza del trabajo no es posible que contine la relacin.Cuando se trata de un trabajador de confianza, servicio domstico o trabajadores eventuales. Para liberarse de la obligacin de reinstalar al trabajador en alguno de los casos antes mencionados, el patrn deber pagar una cantidad por indemnizacin que variar dependiendo el tipo de contrato.Como anteriormente se menciona que el trabajador demanda la reinstalacin, gana la demanda y el patrn se niega a reinstalarlo; este es un derecho el cual se debe de cumplir, pero el patrn siempre llegara a un acuerdo con el empleado para que no entre de nuevo a laborar, pero si debe de cumplir con las indemnizaciones. Hoy en da hay diferentes empresas te firman contratos mensuales que hacen que no generes derechos laborales y al despedirte no tengan que darte indemnizaciones de ningn tipo y dejan en estado de indefenso a los trabajadores, como se estipula en el marco de lo legal.En una relacin laboral las partes no estn obligadas a continuar en ella cuando la otra incumple con sus obligaciones o se origina alguna de las causas sealadas por la ley.No se necesita que haya un acuerdo para finalizar la relacin. La parte afectada puede ejercitar la accin de rescisin de forma unilateral.El patrn contar con los medios de defensa necesarios para afrontar un juicio procesal ordinario en su contra. En caso de que no haya podido comprobar que el procedimiento de rescisin se realiz conforme a las formalidades legales previstas, o bien, si se consider la separacin del trabajador como despido injustificado.La indemnizacin constitucional es un importe que se fija al patrn por valor de tres meses de salario. Aplica cuando se despide sin causa justificada al trabajador o si la razn del despido atiende a que el trabajador se afili a una asociacin o sindicato o si se le despide por haber tomado parte de una huelga ilcita. El trabajador puede solicitar el cumplimiento del contrato o el pago de la indemnizacin. Esta indemnizacin tambin aplica cuando el trabajador rescinde el contrato de trabajo por causa imputable al patrn.

CAPITULO IIIRESCISION DE LAS RELACIONES DE TRABAJO (EL DESPIDO LABORAL, UNA TRISTE REALIDAD)

EL DESPIDOPor su parte, el despido es la declaracin del patrn mediante la cual hace saber al trabajador que se concluye la relacin de trabajo o que prescinde de sus servicios, sin motivo justificado y en este caso la responsabilidad de la terminacin de la relacin laboral recae en el patrn.EL DESPIDO JUSTIFICADO (FRECUENTES MOTIVOS)Las causas que motivan el despido justificado del trabajador, es decir, sin la obligacin de pagar indemnizacin alguna, estn sealadas en el Artculo 47 de la Ley Federal del Trabajo, que contiene 14 fracciones y, por consiguiente, 14 posibles motivos de despido. Como la fraccione XV dice que otras causas iguales, tambin graves, pueden ser causa de despido, quiere esto decir que las 14 primeramente sealadas no son las nicas sino las ms importantes que suceden en la prctica.Por ejemplo, una de las ms frecuentes es aqulla a la que se refiere la fraccin X, que seala como causa de despido que el trabajador deje de concurrir a su trabajo durante ms de tres das, es decir de cuatro en adelante, en un periodo de 30 das contados de la primera a la ltima falta, sin que necesariamente las inasistencias sean consecutivas. Las faltas de asistencia deben ser injustificadas es decir, sin haber obtenido permiso del patrn y sin que el trabajador compruebe, al regreso al trabajo, que tuvo motivos suficientemente fundados para haber dejado de concurrir al desempeo de sus labores. Esta causa es la ms frecuente y relativamente fcil de comprobar. Basta para ello con tener un debido control de asistencia. Si se lleva tarjeta de control de asistencias, es indispensable cuidar que esta tarjeta est firmada por el trabajador porque si carece de firma de ste, no tiene calidad de prueba, ya que las Juntas de Conciliacin y Arbitraje consideran que pudo haber sido elaborada por el patrn de manera artificial.Otra frecuente de despido justificado del trabajador, es la desobediencia de ste a rdenes dadas, por el patrn o por sus representantes dentro del trabajo. Es indispensable en este supuesto, que la orden que se le dio est relacionada con las obligaciones que el trabajador tiene dentro de la empresa, es decir con sus deberes dentro del trabajo, pues si no se trata de trabajo contratado , el trabajador podra negarse legalmente a acatar la orden de su jefe. Para comprobar esta causal, es recomendable que se levante un acta de investigacin administrativa inmediatamente despus de que ocurri el hecho y que se haga firmar esa acta al trabajador y a los testigos que hayan presenciado la desobediencia. Si el trabajador se niega a firmar, debe hacerse notar en el acta ese hecho, y los testigos deben dar fe de que, a pesar de que se le tom declaracin en presencia de todos, el trabajador no quiso firmar.Un caso de desobediencia consistira en que el trabajador se niegue a seguir las instrucciones que de manera expresa le haya dado el patrn para ejecutar su funcin dentro del trabajo, o que esas reglas consten en las instrucciones o normas de trabajo que estn implantadas en la empresa. Por ejemplo, un operario de un torno, para producir las piezas que se le encomiendan, debe cuidar que las medidas sean las adecuadas, de acuerdo con las necesidades de una ejecucin correcta del trabajo. Si, a pesar de ello, produce con su descuido piezas imperfectas o defectuosas, es evidente que est incurriendo en una desobediencia que causa graves perjuicios al patrn, pues desperdicia materia prima al producir artculos que no podrn venderse por falta de calidad.Conviene tener presente que la decisin decancelarel contrato debe ser tomada por el patrn slo en caso extremos, porque el trabajador haya incurrido en graves violaciones en la ejecucin del trabajo en cuyo caso su actitud representa no slo daos para la empresa, sino un mal ejemplo al resto de los trabajadores que laboran en la misma empresa. Adems, el patrn debe examinar si cuenta con los medios de prueba suficientes para que en caso de que el trabajador, inconforme con la medida, lo demande ante las autoridades del trabajo, pueda comprobarse la causa del despido. De otra manera, se expone el patrn a ser condenado a reinstalar al trabajador, o a indemnizarlo.Con el importe de tres meses de salario, y en uno y otro caso, a pagarle los salarios cados, es decir, lo que dej de percibir el trabajador desde el momento del despido, hasta que es repuesto en su trabajo, o se le paga la indemnizacin, independientemente de que durante todo ese tiempo haya ganado salarios en otra empresa.Si el despido es justificado, porque el patrn tenga causal legal para haber rescindido el contrato y pueda comprobarla en caso de juicio, no est obligado a indemnizar al trabajador ni a reinstalarlo. En otras palabras, conviene que el patrn examine cuidadosamente si la causa del despido, es decir, el incumplimiento en que ha incurrido el trabajador o las violaciones a lo que se le prohibi que hiciera, son suficientemente graves para que originen el despido.Adems, y esto es tal vez lo ms importante, conviene que el patrn examine cuidadosamente que pude probar la causa del despido, en caso de demanda del trabajador y ante las autoridades del trabajo. Es muy frecuente que aunque el trabajador haya violado su contrato de trabajo, el patrn no tenga los medios suficientes para comprobar que as sucedi.Por ejemplo, cuando los nicos testigos de la infraccin cometida por el trabajador son sus compaeros de labores quienes, por razn muy explicable, pueden negarse a cooperar con el patrn para demostrar que el trabajador incurri en la causa del despido.Esto no significa, desde luego, que nunca se tome la decisin, sino slo que debe reflexionarse, pensar y medir las consecuencias muy bien, antes de adoptar esa medida. Si es inevitable, debe tomarse la decisin pero cuidando que la empresa quede debidamente protegida, para el caso de una demanda del trabajador. Como dijimos anteriormente, las dos causas de despido anteriores (ausencias y desobediencia) son las ms frecuentes, pero no son las nicas. Para enterarte debidamente de cules son las dems causales de despido justificado, debes consultar el Artculo 47 de la Ley Federal del Trabajo.

DESPIDO INJUSTIFICADO En el caso de despido injustificado el trabajador tiene derecho a elegir una de dos opciones: la reinstalacin en su puesto o a pedir la indemnizacin constitucional que consiste en tres meses de salario y la parte proporcional de otras prestaciones, como aguinaldo, prima vacacional, etc.Si eligi la primera opcin y despus del proceso el trabajador gana la reinstalacin y el patrn no lo hace, le tendr que indemnizar con la cantidad de 20 das de salario por cada ao de servicio prestado, adems del pago de los salarios cados.El patrn no tiene obligacin de reinstalar al trabajador en los casos siguientes: Cuando el trabajador tenga una antigedad menor de un ao. Cuando la Junta de Conciliacin y Arbitraje determine que no es posible el desarrollo normal de la relacin de trabajo Cuando se trate de trabajadores de confianza Cuando se trate de trabajadores al servicio domstico Cuando se trate de trabajadores eventualesEn estoscasos el patrn solo debe pagar la indemnizacin que consiste en 20 das de salario por ao trabajado, cuando se trate de una relacin detrabajo por tiempo indeterminado, y el importe de tres meses de salario. Las indemnizaciones se pagan adems de los salarios vencidos desde la fecha del despido hasta que se paguen las indemnizaciones.EL DESPIDO JUSTIFICADO O INJUSTIFICADO TERMINOS GENERALESEl despido, tal como lo dispone laLey Federal del Trabajo, admite las formas de justificado o injustificado. En el primer evento, el despido justificado se presenta cuando el patrn impone la sancin deponer fin a la relacin laboralcon el empleado basado en indebida conducta del mismo atendiendo a las disposiciones contractuales al respecto. Dicha conducta debe ser perfectamente demostrable y revestir tal gravedad que amerita laculminacin del contrato de trabajo.El despido injustificado,por su parte es la manera en que el patrn pone fin a la relacin laboral sin tener razones especficas, fundamentadas ni razonables para ello, es decir, sucede sin que el trabajador haya incurrido en causa que lo justifique.

En general, el despido injustificado hace surgir para el empleador laobligacin de indemnizar al empleado por los perjuiciosque dicha decisin le ocasione. Sin embargo, para obtener una indemnizacin en trminos de ley, es necesario que exista un despido injustificado y, por supuestoes indispensable saber cundo un despido es injustificado y cundo no lo es.

DESPIDO INJUSTIFICADO (DERECHOS)Por despido injustificado podemos entender, el hecho de que el patrn prescinda de los servicios de algn trabajador sin que ste haya dado lugar con su conducta a la remocin en el empleo de que es objeto. Los motivos por los que un patrn puede despedir lcitamente a un trabajador, sin responsabilidad, se encuentran en el artculo 47 de la Ley Federal del Trabajo y, fuera de esos supuestos, debe entenderse, en trminos generales, que el despido de que sea vctima un trabajador es injustificado.

El despido injustificado genera para el trabajador una serie de derechos de carcter laboral, previstos precisamente en la Ley Federal del Trabajo, y a cargo del patrn, que pueden reducirse al pago de las siguientes prestaciones: tres meses de salario diario integrado, por concepto de una indemnizacin que prev la propia Constitucin federal, por lo que esta prestacin es conocida como "indemnizacin constitucional"; las vacaciones proporcionales al ltimo ao de servicios prestados; la prima vacacional, equivalente al 25% del importe que le corresponda por concepto de vacaciones; el aguinaldo proporcional al ltimo ao de servicios prestados y la prima de antigedad, consistente en una suma equivalente a doce das de sueldo por cada ao de servicios prestados, aunque no haya cumplido los quince aos laborados. En cambio, el trabajador despedido injustificadamente no tiene derecho a reclamar los veinte das por ao de servicios prestados a que se refiere la fraccin II del artculo 50 de la Ley Federal del Trabajo, porque sta prestacin slo tiene lugar cuando es el trabajador el que rescinde, el que da por terminada la relacin laboral por causas que imputa a su patrn, o bien, cuando ste, habiendo sido condenado por la Junta a reinstalar al trabajador despedido, se niega a hacerlo.

CAUSAS DEL DESPIDO JUSTIFICADOCausas de despido justificado (sin la obligacin de pagar indemnizacin alguna, sealada en el Artculo 47 de la Ley Federal del Trabajo): Engaarlo el trabajador con certificados falsos o referencias en los que se atribuyan al trabajador capacidad, aptitudes o facultades de que carezca. Incurrir el trabajador, durante sus labores, en faltas de probidad u honradez, en actos de violencia, amagos, injurias o malos tratamientos en contra del patrn, sus familiares o del personal directivo o administrativo de la empresa o establecimiento, salvo que medie provocacin o que obre en defensa propia; Ocasionar el trabajador, intencionalmente, perjuicios materiales durante el desempeo de las labores o con motivo de ellas, en los edificios, obras, maquinaria, instrumentos, materias primas y dems objetos relacionados con el trabajo; Comprometer el trabajador, por su imprudencia o descuido inexcusable, la seguridad del establecimiento o de las personas que se encuentren en l; Cometer el trabajador actos inmorales en el establecimiento o lugar de trabajo; Revelar el trabajador los secretos de fabricacin o dar a conocer asuntos de carcter reservado, con perjuicio de la empresa; Tener el trabajador ms de tres faltas de asistencia en un perodo de treinta das, sin permiso del patrn o sin causa justificada; Desobedecer el trabajador al patrn o a sus representantes, sin causa justificada, siempre que se trate del trabajo contratado; Negarse el trabajador a adoptar las medidas preventivas o a seguir los procedimientos indicados para evitar accidentes o enfermedades; Concurrir el trabajador a sus labores en estado de embriaguez o bajo la influencia de algn narctico o droga enervante, salvo que, en este ltimo caso, exista prescripcin mdica. La sentencia ejecutoriada que imponga al trabajador una pena de prisin, que le impida el cumplimiento de la relacin de trabajoPor consecuencia, todo aquel despido que no obedezca alguna de estas causas, o bien, no se halla seguido con los pasos necesarios segn la ley, ser injustificado.Si el despido es justificado, porque el patrn tenga causal legal para haber rescindido el contrato y pueda comprobarla en caso de juicio, no est obligado a indemnizar al trabajador ni a reinstalarlo.PROCEDIMIENTO PARA EL DESPIDOLa Ley obliga al patrn a comunicar por escrito al trabajador la causa o causas del despido. Este requisito debe ser cuidadosamente cumplido porque, si no se acredita, es decir, si no se comprueba en caso de juicio que se dio el aviso escrito al trabajador, el despido se considera injustificado.La manera ms clara de comprobar que se le entreg el original del aviso al trabajador es tener la copia firmada por dicho trabajador. Frecuentemente, el trabajador se niega a recibir el original, en cuyo caso el patrn, en lugar de entregrselo, debe hacerlo llegar a la Junta de Conciliacin y Arbitraje, para que sta lo entregue a su vez al trabajador. Este procedimiento debe seguirse dentro de los cinco das inmediatamente siguientes al despido.PLAZO PARA DEMANDARSe tienen sesenta das naturales (dos meses) para demandar las prestaciones derivadas de un despido injustificado como lo es la indemnizacin constitucional o la reinstalacin en su trabajo. Y un ao para demandar el pago de prestaciones devengadas como son sueldo, vacaciones, prima vacacional y aguinaldo.

EVIDENCIAS REALES ACERCA DE VIOLACIONES DE LA LEY DE TRABAJO

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El Sol de Toluca19 de septiembre de 2013

PATRICIA VENEGAS A.

TLALNEPANTLA, Mx.- A pesar de las determinaciones legales que prohben el despido de mujeres por cuestiones de embarazo, an se hace de manera frecuente en el Estado de Mxico y son pocos los casos que se denuncian.

En municipios mexiquenses, muchas mujeres en estado de gravidez ven violados sus derechos humanos, puesto que sus empleadores les niegan los permisos para realizarse chequeos pre y post-natales, y su salario, a menudo, es menor que el de sus compaeros de sexo masculino.

La ONG, denominada "Por los derechos de las mujeres", afirm que en lugar que se reduzca el nmero de despidos de mujeres embarazadas, las cifras van en aumento, sobre todo en los municipios densamente poblados.

Por lo anterior, consider urgente que la Procuradura Federal de Defensa del Trabajo (Profedet) garantice los mecanismos para eliminar y atender la discriminacin laboral y los despidos por causas de embarazo.

Irma Durazo Montao refiri que de acuerdo con un reporte del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminacin (Conapred), de 2004 a 2012 se registraron 266 quejas contra particulares y 75 reclamaciones en contra de servidores pblicos referentes a la discriminacin laboral por causas de embarazo.

Lament que exista una gran cantidad de casos en los cuales las mujeres sean vctimas de hostigamiento laboral o de despidos injustificados, as como la falta de mecanismos que garanticen el pleno acceso al sistema de seguridad social y las facilidades que, por ley, deben otorgarse.

Aadi que en varias ocasiones las mujeres embarazadas son condicionadas a realizar trabajos nocturnos que no deben hacer. "Es un problema ms con el que se violan constantemente los derechos laborales", apunt.

De acuerdo con la Encuesta Nacional de Ocupacin y Empleo (ENOE), durante el segundo trimestre de 2012 la tasa de participacin econmica de las mujeres de 15 aos y ms, con por lo menos un hijo, fue de 44.1 por ciento del total y97.9% combina sus actividades laborales con los quehaceres domsticos.

Para 2013, agreg, 69 por ciento de las mexicanas con una ocupacin laboral son madres. La mayora de las mujeres que no son madres trabaja en empresas (48.1 por ciento) y en instituciones (20.4 por ciento), en tanto que slo una de cada cinco (20.9 por ciento) labora en el sector informal.A., P. V. (19 de Septiembre de 2013). Frecuentes los despidos de mujeres por embarazo. El Sol de Toluca.

Mircoles 2 de octubre de 2013Trabajadores protestan contra abusos y despidos injustificados de ExcellonPatricia Muoz RosPeridico La JornadaMircoles 2 de octubre de 2013, p. 37

La empresa canadiense Excellon Resources Inc[footnoteRef:5] viola los derechos laborales de sus trabajadores en la mina La Platosa, ha impedido su organizacin gremial e incluso despidi a media centena de la seccin 309 del Sindicato Nacional Minero. Ante ello, los trabajadores interpusieron una demanda por despido injustificado, cuya audiencia se llev a cabo ayer, por lo que acompaaron esta accin legal con una manifestacin en la ciudad de Gmez Palacio, Durango, para exigir justicia, reinstalacin laboral y que les respeten su libertad sindical. [5: Es la mina de plata de grado ms alto de Mxico]

El gremio indic que 54 trabajadores de la seccin 309 fueron despedidos injustificadamente luego de que externaran su apoyo y solidaridad a los ejidatarios de La Sierrita en el conflicto que mantienen con la empresa minera, lo que indica el tamao de las violaciones que comete Excellon Resources contra los derechos ms elementales de sus trabajadores. En La Platosa existe un conflicto sindical debido a que a los integrantes de la seccin 309 no se les respetan sus derechos humanos y laborales, se les ha impedido organizarse libremente en un sindicato y pisotean su dignidad; todo ello, en complicidad con el gobierno, segn sealaron los trabajadores en una carta abierta que dieron a conocer luego de sus movilizaciones de ayer en Durango.Sostienen que en el proceso de lucha que han impulsado, tanto la empresa como el gobierno de Durango, y en particular la Secretara del Trabajo y Previsin Social (STPS) y la Junta Local de Conciliacin y Arbitraje (JLCA), les ha mentido. Incluso, en agosto de 2011 simularon un falso acuerdo donde los reconocan como seccin 309 del Sindicato Nacional Minero y como titulares del contrato colectivo de trabajo de este yacimiento. Sin embargo, Excellon desconoci el acuerdo y el gobierno de Durango no ha querido obligar a la empresa a que cumpla. Ahora demandan que la JLCA se apegue a la ley y la STPS haga valer la libertad sindical que pregona.

Ros, P. M. (2 de octubre de 2013). Trabajadores protestan contra abusos y despidos injustificados de Excellon. Peridico La Jornada, pg. 37..

PROPUESTA A IMPLEMENTAREl objetivo de las empresas, en estos momentos, es reducir sus gastos, entre ellos los laborales que, para muchas, es el gasto ms importante. Es fundamental que las empresas busquen alternativas al despido para poder reducir sus gastos laborales. Es bueno para la empresa, para el trabajador y para el pas. Tambin es necesario que los gobiernos ayuden con polticas econmicas que fomenten y faciliten estas prcticas. Una ventaja de ofrecer alternativas al despido es que se consigue reduccin de gastos en vez de tener que ofrecer pagos para que se vayanLlevarse bien con el equipo y buscar nuevas responsabilidades son tiles para garantizar tu empleoPiensa como si fueras jefe. Muchas veces se cree que los superiores viven ms tranquilos y, desde su posicin, no entienden lo que debe vivir un colaborador para entregar resultados. Algunos tienen esa actitud, sin embargo, la otra realidad es que un directivo generalmente no goza de esos privilegios; al contrario, un jefe suele vivir ms estresado por los resultados que debe conseguir y, adems, tener que supervisar el trabajo de otros, menciona la autora Christine Corelli[footnoteRef:6] en el libro (Despierta y huele la competencia [6: Group, C. C. (s.f.). Recuperado el 14 de 10 de 2013, de 7 bsicos para conservar tu trabajo: http://www.crq.com.mx/2011/01/02/7-basicos-para-conservar-tu-trabajo/]

Adelantar las vacaciones en momentos de menos produccin, para que la empresa tenga tiempo a recuperarse antes de necesitar nuevamente los servicios del personal. As se concentran esfuerzos en los momentos ms complicados.La disminucin de salario temporal de empleados que cuenten con ms ingresos tambin es una solucin que se debe plantear. Adems, se puede pensar en la reduccin de jornada de cualquier empleado hasta un tercio de la jornada.Otra solucin puede ser los cambios de jornada con el objetivo de reducir costes. Los cambios de jornada entre diurna, nocturna y mixta puede ahorrar costes en la empresa, as que hay que plantearlo como otra alternativa, teniendo en cuenta lo que permiten las leyes y hasta que la situacin vuelva a la normalidad.