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MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN
LOS RECURSOS NATURALES Y LA LEGISLACIÓN AMBIENTAL MEXICANA
[1]
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE BAJA CALIFORNIA SUR
ÁREA DE CONOCIMIENTOS DE CIENCIAS SOCIALES Y HUMANIDADES
DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE DERECHO
MEMORIA DEL CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN:
“LOS RECURSOS NATURALES Y LA LEGISLACION AMBIENTAL
MEXICANA.”
TITULO:
“MINERIA EN LA RESERVA DE LA BIOSFERA SIERRA LA LAGUNA
EN BAJA CALIFORNIA SUR “
QUE PARA OBTENER EL TITULO:
LICENCIADO EN DERECHO
PRESENTA:
MARIA DANIELA ESPAÑA LIZARRAGA
DIRECTORA:
DRA. ANDREA MARCELA GEIGER VILLALPANDO
LA PAZ BAJA CALIFORNIA SUR, JULIO 2015.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN
LOS RECURSOS NATURALES Y LA LEGISLACIÓN AMBIENTAL MEXICANA
[2]
COMITÉ DE TITULACIÓN:
DRA. ANDREA M. GEIGER VILLALPANDO (DIRECTORA)
________________________
F I R M A
M.C. REBECA BUENROSTRO GUTIERREZ (ASESORA)
________________________
F I R M A
DR. RICARDO BORQUEZ (ASESOR)
________________________
F I R M A
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LOS RECURSOS NATURALES Y LA LEGISLACIÓN AMBIENTAL MEXICANA
[3]
D E D I C A T O R I A
“A mis amados padres Jesus España Estrada y Santa Lizarraga Armijo su amor y
apoyo incondicional han sido el principal motor a lo largo de mi vida , mis logros
solo serán el reflejo de su dedicación hacia esa labor tan difícil a la que decidieron
dedicarse toda la vida , como lo es criar un hijo. Es por ello que no puedo expresar
realmente lo agradecida que estoy y todo el amor que les tengo, ustedes han sido
siempre mi ejemplo a seguir, me han hecho crecer cada dia y esta etapa de mi
vida nunca viera sido posible sin ustedes , los amo profundamente.
A mis hermanas Jessan y Gabriela las primeras amigas que me regalo la vida y
seguramente las ultimas que estarán conmigo, y que me han acompañado en
cada momento brindándome su amor y alegría.
A yael, mi pequeño angel , a pesar del inmenso dolor que dejo tu pronta partida en
todos los que te amamos, no se compara con la felicidad del haberte conocido
pertenecerás sin duda alguna en mi corazón y en mis pensamientos hasta el final
de mis días.
A Miguel Terán Romero, mi amigo y novio, es increíble la forma en como llegaste
a mi vida, los tiempos de dios son perfectos pues nuestros caminos se cruzaron
en el momento preciso y contigo he comprobado la dicha de que tu mejor amigo
se convierta en tu gran amor, y que tu gran amor nunca deje de ser tu mejor
amigo, gracias por todo tu amor y todo tu apoyo. Te admiro y te amo más cada
dia.
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[4]
Y en especial le dedico este trabajo y este logro a la mayor inspiración y bendición
que la vida me pudo haber dado, mi pequeña gran persona ,mi hijo Jesus
Bernardo, llegaste en el momento mas inesperado , pero desde que supe de tu
existencia te convertiste en lo mas esperado , eres la luz y la fuerza de mis días ,
Tu inocencia hacia la vida tan pura e idealista, sin oscuridad ni malicia, hacen
crecer mis deseos de superarme ,de soñar con algún dia marcar la diferencia para
poder dejarte un mundo mejor, un mundo el cual tu y las demás generaciones
merecen . Hijo, mi amor por ti es infinito e infinitamente te amare.
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[5]
A G R A D E C I M I E N T O S
A mi directora de memoria Dra. Andrea Geiger, A quien respeto y admiro, como
profesionista y persona, quien no solo a lo largo de este curso me ha brindado su
apoyo, sino a lo largo de la carrera, su pasión por trasmitir enseñanza
seguramente trasencera a través de sus estudiantes, los cuales siempre la
recordaremos con afecto.
A mis asesores M.c. Rebecca Buenrostro a quien respeto y admiro, con una
calidez y fuerza humana increíble, quien a lo largo de la carrera y el diplomado nos
compartio enseñanzas que nos fortalecerán como profesionistas.
Al Dr. Ricardo Borquez al cual tuve el honor de conocer por primera vez el
diplomado, ganándose mi admiración al ver la pasión y empeño con la cual
enseña.
Gracias por todo el tiempo, dedicación, y apoyo que me han brindado se podrá
culminar un sueño en el cual al fin podre llegar a cumplir, unos de mis primeros
grandes logros y que sin duda ustedes han sido una parte importante para
realizarlo.
.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN
LOS RECURSOS NATURALES Y LA LEGISLACIÓN AMBIENTAL MEXICANA
[6]
“El más distante punto... asi, tal vez no tenga particular interés, pero para nosotros es diferente.
Consideremos nuevamente este punto. Eso es aquí, Es nuestro hogar. Eso somos nosotros. En él estan todos los que amamos, todo los que conoces, todos de quiénes haz oído hablar, y todos los
seres humanos, quienes fueran que han vivido sus vidas. La suma de nuestra alegría y sufrimiento, miles de confiadas religiones, ideologías y doctrinas económicas, cada cazador y recolector, cada héroe y cobarde, cada creador y destructor de la civilizaciones, cada rey y cada campesino, cada joven pareja de enamorados, cada madre y padre, cada esperanzado niño, inventor y explorador, cada maestro de moral, cada político corrupto, cada “superestrella”, cada “líder supremo”, cada
santo y pecador en la historia de nuestra especie vivió ahí: en una mota de polvo suspendida en un rayo de Sol.
La Tierra es un muy pequeño escalón en una vasta arena cósmica. Piensa en los ríos de sangre derramados por todos esos generales y emperadores, para que, en gloria y triunfo, pudieran convertirse en amos momentáneos de una fracción de un punto. Piensa en las interminables
crueles visitas que los habitantes de una esquina de ese pixel hicieron contra los apenas distinguibles habitantes de alguna otra esquina; lo frecuecia de sus malentendidos, lo impacienacia por matarse unos a otros, la generación de fervientes odios. Nuestras posturas, nuestra imaginada auto-importancia, la falsa ilusión de tener una posición privilegiada en el Universo, son desafiadas
por este pálido punto de luz.
Nuestro planeta es una mota solitaria en la inmensa oscuridad cósmica. En nuestra oscuridad, en toda esta vastedad, no hay ni un indicio de que la ayuda llegará desde algún otro lugar para
salvarnos de nosotros mismos. La Tierra es el único mundo conocido hasta ahora que alberga vida. No hay ningún otro lugar, al menos en el futuro cercano, al cual nuestra especie pudiera
migrar. ¿Visitar?, Sí. Establecerse, ¿aún no?. Nos guste o no, por el momento la Tierra es donde tenemos que quedarnos.
Se ha dicho que la astronomía es una experiencia de humildad y construcción de carácter. Quizá no hay mejor demostración de la tontería de la soberbia humana que ésta imagen distante de
nuestro minúsculo mundo. Para mí, subraya nuestra responsabilidad de tratarnos los unos a los otros más amablemente, y de preservar y cuidar el pálido punto azul, el único hogar que jamás
hemos conocido”
CARL SAGAN.
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[7]
ÍNDICE
INTRODUCCIÓN GENERAL………………………………………………………. 10
PRIMERA PARTE: TEMA A DESARROLLAR: MINERIA EN LA RESERVA DE LA
BIOSFERA SIERRA LA LAGUNA
1.1 Introducción………………………………………………………………14
1.2 Antecedentes…………………………………………………………….15
1.3 Minería…………………………………………………………………….17
1.4 Historia de la minería en B.C.S ………………………………………..22
1.4.1Concesiones mineras…………………………………………………23
1.5 Proyecto “Los Cardones” en la ANP reserva de la biosfera sierra la
laguna………………………………………………………………………25
1.5.1 Fundamentos de negación para el proyecto los cardones………..59
1.6 Conclusión…………………………………………………………………..61
SEGUNDA PARTE: SINTESIS DE LOS MODULOS
2-. MÓDULO I. CONCEPTOS BIOLÓGICOS BÁSICOS AMBIENTALES.
2.1.1Introducción…………………………………………………………………………..62
2.1.2 Conceptos biológicos básicos ambientales………………………………………63
2.2.1 Biósfera………………………………………………………………………...........63
2.2.2 Ambiente……………………………………………………………………………..63
2.2.3 Ecosistema…………………………………………………………………………..64
2.2.4 Hábitat………………………………………………………………………….66
2.3 Mediobiótico…………………………………………………………………...67
2.4 Medio abiótico………………………………………………………………………….68
2.5 Áreas Naturales Protegidas……………………………………………………... 70
2.5.1 Las áreas naturales protegidas en BCS……………………….…………….72
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[8]
2.6 Conclusión…………………………………………………………………………. 73
3.- MÓDULO II. INSTRUMENTOS LEGALES.
3.1 Introducción………………………………………………………………………..74
3.2 La protección del medio ambiente como bien jurídico………………………..75
3.3 Preceptos Constitucionales………………………………………………………76
3.4 Ley General de Protección al Medio Ambiente………………………………..79
3.5 NOMS en materia de Medio Ambiente…………………………………………79
3.6 Legislación Estatal Ambiental……………………………………………………80
3.7 Legislación Municipal Ambiental…………………………………………………83
3.8 Conclusión.…………………………………………………………………………85
4.- MÓDULO III. POLITICA AMBIENTAL.
4.1 Introducción………………………………………………………………………86
4.2 Conceptos de Planeación Ambiental……………………………………….…86
4.3 Mercado ambiental y geografía de la crisis ambiental……………………...87
4.4 Calidad Ambiental planeación y problemas…………………………………..88
4.5 La dimensión ambiental en su planeación…………………………………….89
4.6 Política Ambiental en México y en el Estado de B.C.S.………………...……90
4.7 Ordenamiento Ecológico del Territorio tanto federal, estatal y municipal……92
4.8 Instrumentos Económicos………………………………………………………...94
4.9 Regulación ambiental de los asentamientos Humanos………………………..95
4.10 Conclusión.…………………………………………………………………………96
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[9]
5.-MÓDULO IV. PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS EN MATERIA AMBIENTAL.
5.1 Introducción………………………………………………………………………. 97
5.2Inspección y Vigilancia…………………………………………………………..97
5.3Actas Administrativas………………………………………………………...................99
5.4Medidas de Seguridad…………………………………………………………………..99
5.5 Inicio de Procedimiento……………………………………………………………………100
5.6 Pruebas………………………………………………………………………………….101
5.7 Resolución……………………………………………………………………102
5.8 Recurso de Revisión……………………………………………………………102
5.9 Delitos ambientales del Orden Federal y Estatal…………………………….103
5.10 Conclusión…………………………………………………………………105
6. CONCLUSION GENERAL…………………………………………………………106
7. BIBLIOGRAFIA…………………………………………………………………..110
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[10]
INTRODUCCIÓN GENERAL
La legislación ambiental, constituye en la actualidad por una tanto un
ordenamiento emergente, cada vez más amplio y completo, y una de las
disciplinas con más futuro en nuestro sistema legal, pues su implantación en los
más variados sectores de la actividad socioeconómica, con un amplio abanico de
técnicas, tanto de prevención (evaluación de impacto ambiental, auditorias
ecológicas de las empresas, etc.) como de control (autorizaciones para la
prevención y el control de la contaminación, inspecciones ambientales), de
represión (sanciones administrativas y penales), o de responsabilidad por daños,
está provocando una creciente demanda en los profesionistas especializados en la
materia, a fin de asesorar y defender a las empresas o a los ciudadanos en
cuestiones ambientales, o de incorporarse a las Administraciones o entidades
privadas dedicadas a la defensa y restauración del medio ambiente.
Desde hace pocas décadas la humanidad ha observado el nacimiento y el
desarrollo de una nueva disciplina jurídica, como resultado de la reacción humana
y social a la problemática ambiental, disciplina a la que se le ha denominado
Derecho Ambiental, Derecho del Ambiente, Derecho Ecológico y Derecho del
Entorno, que son las voces más comunes para nombrar al ordenamiento jurídico
ambiental. Concepto, por demás relativamente nuevo y muy poco explorado por
los juristas, dado el poco interés concedido a esta materia hasta hace poco, el
objeto del Derecho Ambiental es regular las conductas humanas y fenómenos
para perpetuar la vida y asegurar la continuidad de los procesos naturales.
Considerando que esta joven rama de la Legislación Ambiental en México no tarda
en alcanzar su autonomía plena, si tomamos en cuenta que constituye la
expresión jurídico-formal moderna de un hecho tan antiguo como la propia
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[11]
aparición del hombre sobre la tierra. Las relaciones hombre-sociedad-naturaleza,
en las que no es posible concebir una existencia humana al margen de la
naturaleza, o en eterno conflicto con ella (Brañes, 1987).
Dentro de este contexto, los componentes principales de la legislación ambiental
son: la política, el derecho y la administración ambiental. En consecuencia no sólo
comprenden acciones materiales para la preservación y restauración del equilibrio
ecológico y la protección al ambiente, sino también una adecuada planeación,
regulación y organización de toda la materia ambiental, esto es, la gestión
ambiental supone un conjunto de actos normativos y materiales que buscan una
ordenación del ambiente, que van desde la formulación de la política ambiental
hasta la realización de acciones materiales que garanticen el propósito general
(Mateo, 1977).
La minería es una actividad que rara vez se asocia al tema de la deforestación y la
degradación de flora y fauna, con la escasez de agua, con el agotamiento de los
recursos naturales, tampoco es común que se le asocie con enfermedad o la
violación de los derechos humanos, pobreza e inequidad social. Por el contrario, la
minería es presentada como paradigma de la riqueza, en particular cuando se
trata de la extracción de oro, lo cierto es que esta actividad puede llegar a producir
terribles consecuencias sociales y ambientales. Es una de las actividades más
depredadoras del mundo, no sólo es insustentable en cuanto a que explota
recursos no renovables, sino que además va dejando a su paso un ambiente y
una sociedad destruidos, en la mayoría de los casos de forma irreversible.
A pesar de esos, las corporaciones mineras, están haciendo grandes esfuerzos
para convencer a la opinión pública de que son “sustentables”. Sin embargo, decir
que la minería es insustentable es en realidad quedarse muy cortos. sus impactos
exceden largamente lo que la gente consideraría normalmente como
insustentable.
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[12]
Actualmente existe evidencia irrefutable de que la minería limita gravemente la
capacidad de una nación de sustentar el crecimiento económico (incluso dentro de
las definiciones estrechas a las que en general adhieren los estados nacionales).
Esto resulta un descubrimiento “sorprendente” para quienes piensan que las
riquezas contenidas en el suelo se traducen infaliblemente en dinero en el banco.
Aunque el escenario minero internacional incluye un número relativamente grande
de empresas, sólo unas pocas –que además se vuelven crecientemente más
grandes a través de fusiones– parecen dominar el escenario. La mayoría son
originarias de un puñado de países, entre los que los más importantes son
Canadá, Estados Unidos, Reino Unido y Australia Sin embargo, otros actores
internacionalmente más pequeños pueden ser extremadamente importantes a
nivel local y también aquí se incluyen ejemplos. Independientemente de su
importancia relativa a nivel internacional, todas tienen dos cosas en común: son
extremadamente rentables y extremadamente perjudiciales.
Por otra parte, la minería puede ser muy lucrativa para las compañías, pero no
para las comunidades locales de las áreas donde los recursos minerales son
importantes Comunidades que antes dependían de los recursos naturales, sufren
pérdidas inmediatas como resultado de las actividades de minería en gran escala.
Sus formas de sustento se ven socavadas, sus organizaciones sociales
perturbadas y sus culturas transformadas. Las compensaciones en efectivo, si se
pagan, no puede reparar estas pérdidas y la herencia oscura de las minas
continúa incluso después de que la mina es abandonada. Los puestos de trabajo y
sustentos perdidos en la agricultura, pesca y la minería en pequeña escala
exceden por mucho los que ofrece la minería. Los pobladores locales a menudo
carecen de las habilidades requeridas para poder beneficiarse de algo que no
sean los trabajos peor pagos y disponibles a más corto plazo. A pesar de la
promesa de riqueza que supone el desarrollo minero, en realidad la presencia de
la riqueza minera puede incluso retrasar el desarrollo nacional y local.
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[13]
Se puede argumentar que la minería es necesaria para suministrar diversos
bienes a los seres humanos, pero lo que por cierto no se puede argumentar es
que sea sustentable, siendo como es una actividad basada en la extracción de
recursos no renovables.
Es verdad que la humanidad necesita una cierta cantidad de minerales para
satisfacer algunas de sus necesidades, básicas o no. Pero también es igualmente
cierto que el consumo excesivo de una parte de la humanidad está destruyendo
las formas de sustento y el medio ambiente de la otra parte de la humanidad, que
habita en áreas impactadas por la minería.
Debido a sus impactos, la minería es una de esas actividades que deben ser
controladas estrictamente en todas sus etapas, desde la prospección y explotación
hasta el trasporte, procesamiento y consumo. en muchos casos, control estricto
significa sencillamente prohibición. Pretender que las corporaciones mineras se
controlarán a si mismas es más que ingenuo: es absurdo. Incluso el control de los
propios gobiernos es insuficiente, teniendo en cuenta el poder económico y
político que las corporaciones mineras han demostrado tener sobre ellos. Se debe
empoderar a la sociedad en su conjunto para que participe directamente en este
control.
Pero ante todo, los pueblos que viven en las regiones ricas en minerales deben
tener la capacidad de tomar decisiones plenamente informadas para decidir si
permiten o no actividades de minería en sus territorios. Y en caso de aceptar,
deben tener el poder para decidir cómo se debe llevar a cabo la actividad, de
forma de asegurar la conservación ambiental y la justicia social.
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LOS RECURSOS NATURALES Y LA LEGISLACIÓN AMBIENTAL MEXICANA
[14]
PRIMERA PARTE: TEMA A DESARROLLAR
1.1 Introducción.
México cuenta con aproximadamente 172 áreas naturales protegidas cuyos
principales objetivos se centran en la conservación de ambientes naturales
representativos de diferentes regiones ecológicas del país, preservación de la
biodiversidad lo cual incluye especies en peligro de extinción endémicas y
garantía del aprovechamiento sustentable de los recursos naturales.
La reserva de la biosfera sierra la laguna así decretada por la UNESCO en 1994 y
está incluida en el “ programa el hombre y la biosfera”, situada en los municipios
de la paz y los cabos, en baja california sur, la rebiosla abarca una extensión de
112,437 hectáreas ha y posee la mayor diversidad biológica de todo el estado, así
como un alto grado de endemismo: en ella se encuentra el único bosque de pino y
encino del estado, y ahí se desarrollan muchas especies que no existen en ningún
otro lugar del mundo.
El proyecto los cardones es una mina que se pretende instalar en la reserva de la
biosfera sierra la laguna y que pretende extraer 40 toneladas de oro a cielo
abierto, en un espacio de diez años.
Empresas trasnacionales invierten cantidades millonarias en proyectos mineros
aprovechándose de la debilidad de nuestras leyes ambientales y la pobreza de
nuestros habitantes.
La minería utiliza grandes cantidades de explosivos que producen contaminación
atmosférica por el polvo y gases tóxicos, además provocan la destrucción de
cientos de hectáreas de flora y fauna que se supone están protegidos no solo por
organismos ecológicos nacionales sino internacionales. Lo peor de todo es que
después de terminar todo esta devastación la compañía minera simplemente
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[15]
abandonara el lugar con la promesa irreal de reparar el sitio, dejando toneladas de
desechos tóxicos expuestos y sobre una bomba de tiempo ya que desastres
naturales como lluvias torrenciales o huracanes podrían hacer que estos se
arrastraran por encima del vertedero de las presas de jales una gran cantidad de
desechos tóxicos. Unas partes infiltrándose en el acuífero y descargando otra
parte en el mar. Municipios como la paz y los cabos quedaríamos expuestos con
miles de toneladas de arsénico y metales pesados, los cuales causan cáncer y
otras enfermedades crónicas e inclusive la muerte. Los impactos que trae consigo
una minería son irreversibles tanto para la biodiversidad biológica como para los
habitantes de la región.
1.2 Antecedentes.
La minería ha sido causante de accidentes graves que han cobrado vidas
humanas y severos daños ambientales.
Durante los últimos años, en nuestro país, la minería ha sido escenario de
múltiples desastres a causa de esta actividad, provocando conflictos económicos y
sociales, estos son algunos ocurridos de unos años a la fecha.
1987: Derrames en las presas de jales de la mina “la negra”, Querétaro (se
repitieron en 1996 y 1997); contaminación del río Moctezuma.
1988: Derrames de la mina las torres; afectaron el río Guanajuato y el arroyo los
cedros; rastros de residuos 50 km río abajo.
1992: Derrame de 250 toneladas de jales de la mina el monte en zimapán.
Hidalgo: impacto a 12 kms de distancia
2006: Explosión de grisú en la mina pasta de conchos; 65 mineros muertos y
sepultados. 94 mineros fallecidos en accidentes posteriores a pasta de conchos.
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[16]
En total, se cuentan 159 trabajadores muertos por condiciones inseguras en siete
años, la mitad en los tiros verticales.
2007: Accidente en pocito de carbón de carbonífera manantial en los sabinos en
Coahuila; un minero muerto.
2008: Derrame de miles de litros de jales de la mina la maría, afectados flora,
fauna y red pluvial.
2009: Accidente en pocito clandestino en Coahuila de la minera zeduvik; un
muerto
2010: La empresa minera MINDFANDERS que opera ilegalmente la mina dolores
(maderas, chihuahua), provocó un derrame de cianuro de sodio sin control.
2011: Accidente en un pocito de carbón propiedad de los González garza-
Montemayor en Coahuila; 14 mineros muertos
2012: Derrumbe de la mina “la esmeralda”, Coahuila; 2 mineros lesionados
2012: Intoxicación con monóxido de carbono en la mina de mercurio el mono,
Querétaro; 3 muertos
2012: Inundación de la mina de carbón en saltillo, Coahuila; 2 mineros atrapados
2012: Explosión en la mina cruz de tizapa, estado de México, del grupo peñoles; 3
mineros muertos
2012: Ruptura de tres cortinas de presas de jales de la mina entre Jalisco y colima
de la minera peña colorada; cientos de habitantes y 10 comunidades afectadas de
sus viviendas, infraestructura, animales, pozos de agua y tierras.
2012: Desprendimiento de roca en una mina en Coahuila; un minero queda
discapacitado.
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[17]
2012: Accidente en pocitos de carbón del exalcalde Federico quintanilla en
Coahuila, dueño de minera el progreso, y de rodamientos y equipos de sabinas; 7
muertos. Su actividad empresarial acumula 8 muertos en dos años.
2012: Accidente en pocito de carbón de la minera díaz, propiedad de Jesús díaz,
Coahuila; un muerto y un menor de edad lisiado.
2013: Derrumbe en la mina el toro de First Majestic en zacatecas; 2 mineros
muertos
2013: Accidente en la mina en estación frío; un obrero cayó a 120 metros de
profundidad dentro de la mina chirevel en zacatecas; un muerto.
2013: Derrumbe en la mina de oro y plata el zafiro matatán, Sinaloa; un muerto
2013: Colapso de represa de jale en otázm Durango, un muerto y 3
desaparecidos, entre ellas dos niñas de cuatro años y seis meses que fueron
arrastradas por el agua
2014: Derrame de 40,000 metros cúbicos de sulfato de cobre acidulado en el
arroyo Tinajas, municipio de Cananea, Sonora. En total, 24,048 personas en siete
comunidades resultaron afectadas por el derrame. También se restringió el acceso
a agua del río y de 322 pozos y norias (OTROS MUNDOS, A.C 2014).
1.3 Minería
Para entender los impactos, riesgos y consecuencias de la minería hay que
empezar primero entendiendo que es y cómo funciona, partiendo de un inicio, la
minería es el conjunto de actividades referentes al descubrimiento y la extracción
de minerales que se encuentran debajo de la superficie de la tierra. Los minerales
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[18]
pueden se metales (como oro y cobre) y no metales (como carbón, amianto,
grava). Los metales están mezclados con muchos otros elementos, pero
ocasionalmente se encuentran grandes cantidades de ciertos metales
concentrados en un área relativamente pequeña – el yacimiento- de donde se
puede extraer uno o más metales con beneficio económico. Los impactos de la
minería tienen que ver con la mina en sí, con la eliminación de los residuos de la
mina, con el transporte del mineral y con el procesamiento del mismo, que a
menudo involucra o produce materiales peligrosos.
Las minas pueden ser de varios tamaños, desde operaciones pequeñas que
producen menos de 100 toneladas al día, hasta minas grandes que mueven
cientos de miles de toneladas. El método de explotación utilizado para extraer
determinado depósito de mineral depende del tipo, tamaño y profundidad del
yacimiento mineral y de los aspectos económico financieros de dicho
emprendimiento.
Hasta mediados del siglo veinte, la minería subterránea era el método más común
de extraer yacimientos masivos. Después de la Segunda Guerra Mundial, los
avances en la tecnología y el desarrollo de razadoras, niveladoras, palas y
camiones más grandes y poderosos permitieron el movimiento de enormes
cantidades de materiales, que promovieron la explotación en minas a cielo abierto,
generalmente, este tipo de minería tiene menor impacto ambiental que las minas a
cielo abierto. La perturbación en la superficie de la tierra es menor, pero puede
igualmente tener efectos sobre el agua al contaminarla con ácidos y metales e
interceptar acuíferos. Los trabajadores están expuestos a situaciones aún más
peligrosas que los que trabajan en minas a cielo abierto, por el riesgo de
hundimientos, mala calidad del aire y explosiones subterráneas. Las compañías
han abandonado progresivamente este método por un problema de rentabilidad, si
bien minerales tales como carbón, níquel, zinc o plomo siguen siendo en general
extraídos con métodos de minería subterránea. Actualmente, más del 60% de los
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[19]
materiales extraídos en el mundo lo son mediante la modalidad de minería de
superficie, que provoca la devastación del ecosistema en el cual se instala
(deforestación, contaminación y alteración del agua, destrucción de hábitats).
Dentro de este tipo de minería se distinguen, entre otras, las minas a cielo abierto
(generalmente para metales de roca dura), las canteras (para materiales de
construcción e industriales, como arena, granito, pizarra, mármol, grava, arcilla,
etc.), y la minería por lixiviación (aplicación de productos químicos para filtrar y
separar el metal del resto de los minerales). La apariencia de las minas a cielo
abierto (o de tajo abierto) es la de terrazas dispuestas en grandes fosas anchas y
profundas en medio de un paisaje desolado, desnudo y carente de recursos vivos.
La operación suele comenzar con la remoción de vegetación y suelo, luego se
dinamita extensamente y se remueven la roca y los materiales que se encuentran
por encima de la mena hasta llegar al yacimiento, donde vuelve a dinamitarse para
obtener trozos más pequeños. Las nuevas tecnologías, que permiten mejores
rendimientos en la velocidad de extracción y procesamiento del mineral,
acrecientan los problemas ambientales, pues los materiales de desecho no
revierten normalmente en la recuperación del lugar.
Aun cuando los impactos ambientales de la minería varían según el tipo de
mineral y de mina, se trata de una actividad intrínsecamente insustentable, pues
implica la explotación de un recurso no renovable mediante procedimientos
destructivos o contaminantes, como la trituración, la molienda, el lavado y
clasificación de los minerales, la refinación y la fundición. En la actualidad resulta
doblemente destructiva por su gran escala y por la tecnología que ha acrecentado
su capacidad productiva.
Las actividades mineras comprenden diversas etapas, cada una de las cuales
conlleva impactos ambientales particulares. En un sentido amplio, estas etapas
serían: prospección y exploración de yacimientos, desarrollo y preparación de las
minas, explotación de las minas, tratamiento de los minerales obtenidos en
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[20]
instalaciones respectivas con el objetivo de obtener productos comercializables.
En la fase de exploración, algunas de las actividades con impacto ambiental son la
preparación de los caminos de acceso, mapeos topográficos y geológicos, el
montaje de campamentos e instalaciones auxiliares, trabajos geofísicos,
investigaciones hidrogeológicas, aperturas de zanjas y pozos de reconocimiento,
tomas de muestras.
Durante la fase de explotación, los impactos que se producen están en función del
método utilizado. En las zonas de bosque, la sola deforestación de los suelos con
la consiguiente eliminación de la vegetación –más vasta en los casos de minas de
cielo abierto– tiene impactos a corto, mediano y largo plazo. La deforestación no
sólo afecta el hábitat de cientos de especies endémicas (muchas llevadas a la
extinción), sino el mantenimiento de un flujo constante de agua desde los bosques
hacia los demás ecosistemas y centros urbanos. La deforestación de los bosques
primarios causa una rápida y fluida escorrentía de las aguas provenientes de las
lluvias, agravando las crecidas en los períodos de lluvia debido a que el suelo no
puede contener el agua como lo hace en presencia de las masas boscosas.
Además del área perturbada por la socavación, el desgaste que las minas
provocan en la superficie por la erosión y colmatación (sedimentación del lecho de
los cursos de agua) consiguientes, se ve agravado por los montones de residuos
de roca sin valor económico (a los que se llama material estéril), que suelen
formar enormes montañas a veces más grandes que la superficie sacrificada para
la socavación. El enorme consumo de agua que requiere la actividad minera
generalmente reduce la napa freática del lugar, llegando a secar pozos de agua y
manantiales. El agua suele terminar contaminada por el drenaje ácido, es decir la
exposición al aire y al agua de los ácidos que se forman en ciertos tipos de mena
–especialmente las sulfúricas– como resultado de la actividad minera, los que a su
vez reaccionan con otros minerales expuestos. Se genera así un vertido
autoperpetuado de material tóxico ácido que puede continuar durante cientos o
incluso miles de años. Por otro lado, las pequeñas partículas de metales pesados
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[21]
que con el tiempo pueden separarse de los residuos, se diseminan con el viento
depositándose en el suelo y los lechos de los cursos de agua e integrándose
lentamente en los tejidos de organismos vivos como los peces.
Productos químicos peligrosos utilizados en las distintas fases de procesamiento
de los metales, como cianuro, ácidos concentrados y compuestos alcalinos, si bien
supuestamente están controlados, es moneda corriente que terminen, de una
forma u otra, en el sistema de drenaje. La alteración y contaminación del ciclo
hidrológico tiene efectos colaterales muy graves que afectan a los ecosistemas
circundantes y a las personas
La contaminación del aire puede producirse por el polvo que genera la actividad
minera, que constituye una causa grave de enfermedad, generalmente de
trastornos respiratorios de las personas y de asfixia de plantas y árboles.
Por otro lado, suele haber emanaciones de gases y vapores tóxicos, producción
de dióxido de azufre –responsable de la lluvia ácida– por el tratamiento de los
metales, y de dióxido de carbono y metano –dos de los principales gases de
efecto invernadero causantes del cambio climático– por la quema de combustibles
fósiles y la creación de lagos artificiales detrás de los embalses hidroeléctricos
destinados a proporcionar energía para los hornos de fundición y las refinerías.
Tanto el ruido ensordecedor de la maquinaria utilizada en la minería como las
voladuras no son un impacto menor, ya que crean condiciones que pueden
resultar insoportables para las poblaciones locales y la fauna de los bosques.
La minería llega a un lugar con su promesa de generación de riquezas y empleo,
pero se cuentan en millones quienes en todo el mundo pueden dar testimonio de
los altos costos sociales que trae consigo: apropiación de las tierras de las
comunidades locales, impactos en la salud, alteración de las relaciones sociales,
destrucción de las formas de sustento y de vida de las comunidades,
desintegración social, cambios radicales y abruptos en las culturas regionales,
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN
LOS RECURSOS NATURALES Y LA LEGISLACIÓN AMBIENTAL MEXICANA
[22]
desplazamiento de otras actividades económicas locales actuales y/o futuras.
Todo eso aparte de las condiciones laborales peligrosas e insalubres de ese tipo
de actividad (CARRERE, 2004).
1.4 Historia de la Minería en B.C.S.
La actividad minera en Baja California Sur, data mediados del siglo XVIII; el distrito
minero El Triunfo-San Antonio es el más importante y antiguo del estado, con dos
siglos y medio de historia. Esta actividad inicio en el año de 1748 cuando Manuel
de Ocio empezó a explotar oro y plata en lo que después fue el Real de Minas de
Santa Ana, produciéndose 6 toneladas de plata de 1753 a 1768, y continuando
hasta 1993 la exploración y explotación.
En 1875 se formo la empresa El Triunfo Mining and Comercial Company que se
transformo en 1878 en The Progreso Mining Company, habiendo trabajado
intensamente hasta 1895. Esta sociedad rehabilito las minas antiguas, abrió
nuevas obras de extracción, instalo malacates de vapor y sustituyo el método de
patio por los de cianuracion y fundición.
De 1911 a 1914 la Compañía Metalúrgica de Baja California, S.A., trabajo la
haciendo Columbinas a un ritmo de 20 a 25 toneladas diarias de mineral
procedente de terrenos oxidados y de jales del Triunfo. A finales de de 1950 la
Comisión de Fomento Minero instalo una planta de medio pesado y flotación, un
horno de calcinación y uno de fundición para las barras de plomo. El mineral lo
obtenía de la misma Sin Rival y de terrenos sobre otras minas sobre las vetas del
sistema El Triunfo. Las cabezas de flotación tuvieron leyes de 10gramos de oro,
225 de plata, 3.5% de plomo, y 4.3% de zinc.
La comisión traspaso sus instalaciones a Minera La Perla que opero de1954 a
1957. La recuperación total de todo el proceso metalúrgico era del orden de 43%
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN
LOS RECURSOS NATURALES Y LA LEGISLACIÓN AMBIENTAL MEXICANA
[23]
para el oro, 66% para la plata y 52% para el plomo. Ante estas bajas
recuperaciones y sus altos costos, Minera La Perla opto por cerrar sus
operaciones en 1957.
El distrito quedo prácticamente paralizado desde 1958, salvo pequeñas
operaciones a nivel de pequeño minero en pilas de cianuracion. De 1968 a 2011
se han realizado exploraciones eventuales por métodos directos e indirectos sobre
zonas de interés, con el propósito de conocer el comportamiento mineral y evaluar
posibles zonas económicas. Otras de las actividades del sector minero se
concentran en la extracción de minerales no metálicos, principalmente en la
producción de sal marina, yeso y fosforita.
1.4.1 Concesiones Mineras.
De acuerdo con la información de la Dirección General de Minas, al año 2000,
existen en el estado de Baja California Sur, un total de 163 concesiones mineras
tituladas, las cuales cubren una superficie de 528,156.4154 has, que representan
el 6.20% de la superficie estatal.
No se especifican datos de exploración y explotación debido que a partir del 01 de
enero de 2011, se extiende una sola concesión minera con una duración de
50años, a partir del título vigente. Solo para el caso de Asignaciones Mineras, se
divide en 6 años para exploración y 50 para la explotación.
El estado es rico en recursos minerales no metálicos y en menor proporción en
minerales metálicos. Por sus características geológicas se consideran 11 regiones
de interés geológico minero:
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN
LOS RECURSOS NATURALES Y LA LEGISLACIÓN AMBIENTAL MEXICANA
[24]
TABLA 1. REGIONES MINERAS EN BCS.
REGION MINERALIZACION TIPO DE YACIMIENTO
DISTRITOS MINEROS
IMPORTANTES Guerrero Negro Sal (Na Cl) Evaporitico Guerrero Negro
Vizcaíno
Au, Cu, Co, Cr, Ni, Magnesita, Talco,
Diatomitas, Asbesto.
Vetas, Diseminados,
mantos, ortomagamaticos
San José de
Castro
Laguna San Ignacio
Sal (Na Cl) Evaporitico No Existe
Santa Rosalía Co, Cu, Zn, Mn y Yeso
Mantos
Santa Rosalía, Isla San Marcos, El
Boleo. Punta
Concepción Cu , Mn Brechas,
Diseminados y StockWork.
No Existe.
San Juan de la Costa
Fosforita Mantos San Juan de La Costa.
Isla Magdalena Magnesita Vetas, StockWork No Existe. Tembabiche Fosforita Mantos. No Existe.
El Triunfo-San Antonio
Au, Ag, Pb, Zn Vetas, StockWork, Diseminados.
El Triunfo-San
Antonio Paredones
Amarillos La Trinidad
Au, Ag, Cu, Mo
Vetas. StockWork.
No Existe.
Sierra de San Francisco.
Cu
Vetas
No Existe.
Actualmente Baja California Sur explota minerales metálicos, ya que en el siglo
pasado fue uno de los principales productores de cobre en el país. Se iniciaron los
trabajos de explotación de este mineral, así como de la cobalto, zinc y manganeso
en la región de Santa Rosalía, por la Minera y Metalúrgica del Boleo, S.A de C.V.,
en el proyecto El Boleo.
Otro proyecto con factibilidad de exploración y/o explotación es el de Paredones
Amarillos con mineralización de oro. Donde la empresa “Echo Bay de México, S.A
Fuente: Servicio Geológico Mexicano, 2011.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN
LOS RECURSOS NATURALES Y LA LEGISLACIÓN AMBIENTAL MEXICANA
[25]
de C.V, realizo trabajos de exploración de 1994-1998. Esta empresa vendió sus
acciones a Vista Gold Corp., quien estima reservas por 1, 350,000 onzas de oro
(Urquidi y Vargas 2012).
1.5 Proyecto “Los Cardones” en la ANP reserva de la biosfera sierra la laguna
1. El proyecto incorpora obras de desviación y relleno de cauces de arroyos
dentro del polígono de la Reserva de la Biosfera Sierra La Laguna.
De acuerdo con la Regla No. 84 del Programa de Manejo de la Reserva de la
Biosfera Sierra La Laguna (RBSL). En su apartado XVIII. En toda la reserva no
se permitirá el relleno y desvío de cauces de arroyos.
Contraviniendo lo establecido en la Regla No. 84. El proyecto de Mina
Cardones 2013 propone rellenar 2 arroyos dentro de la RBSL. Uno de los
cuáles es un arroyo de segundo orden.
Contraviniendo lo establecido en la Regla No. 84. El proyecto de Mina
Cardones 2013 propone desviar 5 arroyos en el área del proyecto.
Se muestra en la figura 1, en el punto no 15 que el proyecto Los Cardones 2013
pretende rellenar un arroyo de segundo orden “Arroyo La Encantada” (SIATL de
INEGI), con material de desecho (roca estéril) del tajo conocido como “Tepetate”.
De la misma manera, contraviniendo lo establecido en la Regla No. 84 se muestra
que en el punto 8, también existe otro arroyo que de acuerdo al proyecto se
pretende rellenar con material de desecho (roca estéril) del tajo conocido como
“Tepetate”.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN
LOS RECURSOS NATURALES Y LA LEGISLACIÓN AMBIENTAL MEXICANA
[26]
Figura 1. Proyecto de Los Cardones 2013. Las flechas blancas indican los puntos más relevantes
donde se interfiere con arroyos ya sea rellenándolos o desviándolos. El resto de los puntos
indican arroyos en los que existen cruzamientos con infraestructura del proyecto, la cual
puede alterar o desviar estos flujos.
En la figura 2 se muestra una franja amarilla que consiste en las obras de
desviación de arroyos propuestas por el Proyecto de Mina Cardones. Los puntos
7, 8,10, 11, 12 y la flecha blanca indican únicamente los arroyos que dentro del
polígono de la RSBSL el proyecto de mina propone desviar de su cauce original.
El punto 8 muestra un arroyo que el proyecto propone rellenar en la parte baja
y principal de su cauce y también desviar aguas arriba por el mismo material de
roca estéril o tepetate que será acumulado en el área. El punto 7 muestra un
arroyo que se propone desviar mediante la construcción del ducto con el que la
mina Cardones 2013 proyecta trasladar los jales desde la planta hasta la presa de
Jales. Cabe destacar que este ducto va pendiente arriba, cruzando un arroyo. De
acuerdo con el SIATL (Perfil de Elevaciones) la pendiente que tendrá que
llevar este ducto es pronunciada de entre 11 y 17°. Esto representa un
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN
LOS RECURSOS NATURALES Y LA LEGISLACIÓN AMBIENTAL MEXICANA
[27]
gran riesgo, ya que el ducto transportando toneladas de tóxicos llamados Jales
Mineros podría ser roto por el arroyo que se pretende desviar, y cuyo cauce
natural es atravesado por este ducto. Además, por las características de la
pendiente todo fluirá hacia el Arroyo de la Junta, el cual es un arroyo de magnitud
orden 4 (clasificación de Strahler) y consecuentemente se corre el gran riesgo
de que todos estos tóxicos fluyan siguiendo los cauces de este mismo hasta la
zona de la Matanza y Todos Santos (zonas de importancia económica por la
agricultura que ahí se desarrolla).
Figura 2. Proyecto de Los Cardones 2013, imagen de GoogleEarth en un ángulo distinto a la
Figura 1.
2.El Proyecto no está presentando en su Manifestación de Impacto Ambiental
información referente a la localización y existencia de los manantiales dentro de
los terrenos en los que se propone el Proyecto de Mina Cardones 2013.
La manifestación de Impacto Ambiental presentada por el Proyecto de Mina
Cardones en 2013 no manifiesta cuántos manantiales existen en los terrenos del
proyecto ni su localización. Además no los manifiestan como parte de los impactos
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN
LOS RECURSOS NATURALES Y LA LEGISLACIÓN AMBIENTAL MEXICANA
[28]
ambientales que causará el proyecto. La existencia de manantiales en el área del
proyecto se indica por los estudios hidrogeológicos “Results of the First 6 Months
of the local Water Monitoring Plan. Intrim Report” y el “Estudio de los Aspectos
Edafológicos, Geotécnicos e Hidrológicos del Proyecto Minero Metalúrgico
Paredones Amarillos, B.C.S.” realizados en el 2010 y presentados en 2012 por el
mismo promovente.
Esto es relevante ya que muchos de estos manantiales podrán quedar sepultados
bajo el material de desecho de la Mina, y ser contaminados por éstos, o
afectando diversos aspectos del funcionamiento ecológico del SAR. Esto es una
más de las características de éste proyecto de Mina que contraviene la Regla 84
del Programa de Manejo de la RBSL que en sus apartado I establece que no se
permiten actividades que alteren o modifiquen la fisiografía, microcuencas,
manantiales o sitios de recarga, ni detonar, desviar o impedir el libre escurrimiento
o infiltración del agua, sin autorización de la SEMARNAT.
Existen noticias relacionadas a Mineras de Oro y plata que documentan cómo esta
actividad puede afectar la disponibilidad de agua al alterar un sistema de flujo
subterráneo. En el caso del presente proyecto no se dispone de suficiente
información ni comprensión al respecto del sistema de flujo de agua subterránea
existente en el área de emplazamiento del proyecto, por lo que características
como la presencia de manantiales deben ser consideradas como parte de la
Evaluación de Impacto Ambiental al menos al nivel de la Unidad de SAR (Sistema
Ambiental Regional) que se estará afectando.
El programa de manejo de la Reserva de la Biosfera Sierra La Laguna en su
página 52 menciona que “el abastecimientos de agua en las comunidades de la
Reserva se hace en su gran mayoría utilizando agua de manantiales, arroyos,
norias y pozos”. Por lo tanto, afectar el sistema de flujo de agua subterráneo
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN
LOS RECURSOS NATURALES Y LA LEGISLACIÓN AMBIENTAL MEXICANA
[29]
puede generar afectaciones en la disponibilidad de agua que trascienden las
fronteras del polígono del proyecto Cardones.
Un ejemplo de este tipo de afectaciones:
Operación de minera en Oaxaca acaba con manantiales de la zona.2007. La
Jornada.
http://www.jornada.unam.mx/2007/10/07/index.php?section=sociedad&article=036n1soc
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN
LOS RECURSOS NATURALES Y LA LEGISLACIÓN AMBIENTAL MEXICANA
[30]
3. El Proyecto Cardones contraviene la Regla No. 45 del programa de manejo de
la RBSL que indica que Dentro de la Reserva no se permitirá la apertura de
bancos de material. El aprovechamiento de grava, piedra y arena sólo lo
podrán realizar los habitantes de las comunidades ubicadas dentro de la Reserva
con fines de mantenimiento de vías de acceso, construcción y mantenimiento de
viviendas.
En la página de la MIA II-231, II-178, II-231, II-232 se indican que se necesitarán
utilizar material de préstamos laterales o externos para diversas actividades de la
Mina.
Extracto de la página II-178 de la MIA Cardones 2013
Extracto de la página II-231
Además de manera general, el proyecto Cardones no es factible para su
autorización ya que para sus procesos de explotación tendrían que remover piedra
y arena.
4. EL proyecto de Mina Cardones propone depositar en los suelos de la RBSL
179,919 K ton de roca “estéril”, considerada como material de desecho, la cual
tiene potencial de generar drenaje ácido.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN
LOS RECURSOS NATURALES Y LA LEGISLACIÓN AMBIENTAL MEXICANA
[31]
De acuerdo con la Regla No. 84 del Programa de Manejo de la Reserva de la
Biosfera Sierra La Laguna (RBSL), la actividad que el proyecto de mina propone
contraviene los siguientes apartados en los cuáles se prohíbe:
XI. TIRAR O CONFINAR RESIDUOS CONTAMINANTES peligrosos;
XVI. El depósito en el suelo y subsuelo de sustancias líquidas,
sólidas o gaseosas que presenten características corrosivas,
reactivas, explosivas, TÓXICAS, inflamables y biológico infeccioso;
La roca estéril o tepetate, que es uno de los materiales de desecho de la mina y
que se considera como no útil por no contener minerales de valor, tiene potencial
de generar drenaje ácido y liberar sustancias tóxicas, por lo cual la minera estaría
violando los apartados arriba mencionados al colocar dicha roca dentro del
perímetro de la Reserva.
También se debe considerar que el proyecto Cardones contravendría lo que se
prohíbe en la Regla No. 84 en el siguiente apartado:
XIII. Tirar basura en sitios diferentes a los establecidos por las autoridades
municipales correspondientes, en particular en cuevas, grietas, barrancas,
ríos, manantiales, arroyos, montañas y cualquier lugar natural, así como
accesos, caminos, brechas, veredas y las áreas consideradas como
derechos de vía;
El proyecto pretende colocar sobre el suelo de la Reserva de la Biósfera
179,919,000 toneladas de material potencialmente tóxico, que consiste en roca
estéril extraído del tajo y colocado en las tepetateras, con lo cual se estaría
violando el apartado mencionado.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN
LOS RECURSOS NATURALES Y LA LEGISLACIÓN AMBIENTAL MEXICANA
[32]
Potencial de Generación de Drenaje Ácido
En la Manifestación de Impacto Ambiental página II-203 se argumenta que la roca
estéril no producirá drenaje ácido. Sin embargo, información proporcionada dentro
de la misma MIA, así como ejemplos de minas en otras partes del mundo y
omisiones en la aplicación de las de la metodología marcada por las Normas
Mexicanas para determinar el potencial de generación de drenaje ácido, ponen en
evidencia que existe gran potencial de que la roca estéril o tepetate genere
drenaje ácido y/o de que se liberen sustancias tóxicas como metales pesados.
La NOM-141 en el Anexo Normativo No.1 en el apartado no. 5. Indica que se
deben definir muestras que representen diferentes menas del yacimiento. En su
apartado 5.1 indican el número de muestras a analizar necesarios para
determinarla. De acuerdo al método de la NOM-141 el número de muestras para
determinar la peligrosidad de los Residuos Mineros va en función de las
reservas de material de mineral del yacimiento expresadas en toneladas. En
total la mina del Proyecto Cardones planea mover 268,405,000 toneladas de
material (página II-247) de acuerdo a este volumen de material la NOM-141 indica
que deben ser analizadas más de 300 muestras.
Sin embargo el Proyecto Cardones 2013 en la página II-260 de su MIA indica que
basan su resultado en tan sólo 34 muestras, a las que les aplicaron la prueba para
determinación ABA (página II-203), que de acuerdo al Anexo Normativo No. 5 de
la NOM-141 se menciona que esta prueba es menos recomendable ya que por las
características de la prueba, ésta sobre-estima la capacidad de neutralización de
las Jales bajo condiciones ambientales.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN
LOS RECURSOS NATURALES Y LA LEGISLACIÓN AMBIENTAL MEXICANA
[33]
Esto implica que en realidad no están cumpliendo con los criterios establecidos
por la NOM-141 para determinar la peligrosidad de los Jales Mineros.
En la MIA de este proyecto 2013 se menciona que basan sus resultados en dos
documentos “Additional Characterization Mend Materiales Associated with the
proposed Paredones Amarillos Mine” de 1997 y el “Reporte: Análisis a muestras
de Núcleo con fecha de 18 de Junio de 2012”
Sin embargo en el documento “Report on: Paredones Amarillos Tailings disposal
Facility Preliminary Feaibility Level Design de fecha 2008” se mencionan lo
siguiente:
“de 34 muestras sometidas a pruebas ABA para saber si son productoras de
drenaje acido se encontró que el 85% tenían bajo potencial de generación de
drenaje ácido” esto significa que al menos 5 muestras indicaban que SÍ tienen
potencial de generación de ácido, aunque en el documento se menciona que se
trata de sólo 3. Además este documento indica que apenas 34 muestras fueron
sometidas a las pruebas necesarias. Por lo tanto no se realizaron el número de
muestras que marca la NOM-141, y de las pocas que fueron realizadas, al menos
5 mostraron potencial de generar drenaje ácido.
En ese mismo reporte se indica que en las pruebas de extracción de Lixiviado de
la roca estéril muestran que el aluminio es el metal que presentó resultados
superiores a los estándares federales de calidad de agua. De acuerdo con este
estudio técnico en el apartado sobre la caracterización de los Jales indica lo
siguiente:
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN
LOS RECURSOS NATURALES Y LA LEGISLACIÓN AMBIENTAL MEXICANA
[34]
Este extracto indica que de acuerdo con las pruebas de los lixiviados de la roca
estéril, estas liberarán aluminio y arsénico en cantidades mayores que lo
establecido por la NORMA-127, y que serán liberados al ambiente;
potencialmente al arroyo de la Junta, a través de cualquier flujo de agua
subterráneo o escurrimiento de agua.
En el mismo documento presentado por la compañía el año pasado como parte
de sus anexos “Report on: Paredones Amarillos Tailings disposal Facility
Preliminary Feaibility Level Design de fecha 2008” se manifiesta lo siguiente:
Esto significa que son muy pocas muestras y no son realmente representativas
para el área y la cantidad de desechos que se van a generar. Incumpliendo con la
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN
LOS RECURSOS NATURALES Y LA LEGISLACIÓN AMBIENTAL MEXICANA
[35]
NOM-141 y Manifestando en la MIA que el material no generará drenaje ácido,
cuando en realidad no se está cumpliendo con los criterios de la NOM para poder
hacer dicha aseveración.
Este extracto indica que de acuerdo con las pruebas de los lixiviados de la roca
estéril, estas liberarán aluminio y arsénico en cantidades mayores que lo
establecido por la NORMA-127, y que serán liberados al ambiente; potencialmente
al arroyo de la Junta.
El mismo documento “Report on: Paredones Amarillos Tailings disposal Facility
Preliminary Feaibility Level Design de fecha 2008” señala lo siguiente:
Los datos revisados del “Reporte: Análisis a muestras de Núcleo con fecha de 18
de Junio de 2012” indican que en promedio el PN/NA de las muestras es de 2.
De acuerdo con algunos estudios, uno de ellos realizado comparando 56 minas
en Estados Unidos, los valores de la proporción PN/NA entre 1.2 y 3 no son
claramente ni generadores de drenajes ácidos ni claramente neutralizables
(Broughton y MacG, 1992; Skousen et al., 2002). En este caso el proyecto minero
Cardones quiere asegurar que cumple con la Norma Mexicana y que no se
generarán drenajes ácidos, cuando en realidad los valores obtenidos en los
resultados del laboratorio en su mayoría son cercanos a 1.6 indicando que sí
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN
LOS RECURSOS NATURALES Y LA LEGISLACIÓN AMBIENTAL MEXICANA
[36]
existe la posibilidad de que se generen drenajes ácidos. Además, sus reportes
técnicos de 2008 “Report on: Paredones Amarillos Tailings disposal Facility
Preliminary Feaibility Level Design” aseguran por escrito que si existían muestras
generadoras de drenaje ácido y actualmente sus reportes no aparecen
manifestados en la MIA, lo cual puede interpretarse como información que está
siendo ocultada por parte de la compañía minera.
Ferguson y Morin (1991) y Skousen et al. (2002) realizaron estudios en 20 y 56
minas respectivamente, y sus resultados evidencian que las pruebas para
determinar el potencial ácido de las rocas estériles resultaban muy limitadas y no
predicen la variabilidad que existe en las unidades de desperdicios de roca estéril.
Los estudios de Skousen et al. (2002) indicaron que de 56 minas evaluadas, el
índice PN/PA de predicción de drenaje ácido NO reflejó lo que sucedió en la
realidad. De 56 minas, en un 11% las pruebas de laboratorio para la predicción de
drenaje ácido indicaron que NO generarían drenajes ácidos y en la práctica SÍ lo
generaron. Esto incluía 4 minas que tenían proporciones de PN/PA mayores a 2
las cuáles sí produjeron drenaje ácido.
En el “Estudio de los Aspectos Edafológicos, Geotécnicos e Hidrológicos del
Proyecto Minero Metalúrgico Paredones Amarillos, B.C.S. UABCS.” de 2011
presentado con el proyecto de Mina Los Cardones del 2012, mostraron que en la
evaluación de agua subterránea de pozos-barrenos (en el área dónde se planea
realizar el tajo) se presentaron altas concentraciones de arsénico, plomo y
aluminio, entre otros metales. Esto evidencia que las reacciones químicas que se
dan liberan altos contenidos de metales, y esto es característico del drenaje ácido.
Por si esto no fuera evidencia suficiente, el reporte “Results of the First 6 Months
of the local Water Monitoring Plan. Intrim Report” entregado como parte de los
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN
LOS RECURSOS NATURALES Y LA LEGISLACIÓN AMBIENTAL MEXICANA
[37]
anexos de la MIA en 2012, se encontró que los niveles de arsénico sobrepasaban
la NORMA-127 mexicana en un gran número de las muestras realizadas:
Extracto de dicho reporte:
Extracto del Reporte:
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN
LOS RECURSOS NATURALES Y LA LEGISLACIÓN AMBIENTAL MEXICANA
[38]
En este mismo reporte se indica que los valores de Arsénico, Aluminio, Bario,
Cadmio, Manganeso, Hierro y Flúor se encontraron por arriba de lo establecido
por la NOM-127. Sin embargo, este mismo estudio menciona que después de la
época de lluvias existe evidencia de que dichos parámetros disminuyen su
concentración a valores por debajo de la NOM-127 como consecuencia de que
existe evidencia de recarga en la zona.
El drenaje ácido se caracteriza por llevar altas concentraciones de metales
pesados. De acuerdo al estudio de la UABCS se menciona que el arsénico y otros
metales pesados no pueden ser relacionados con el fenómeno de hidrotermalismo
que ocurre de manera natural en la zona. La evidencia apunta a que dichos
metales pesados se encuentran en mayores concentraciones en Barrenos que se
encuentren dentro del polígono de la zona del tajo y tepetateras, y que han quedo
expuestos a la intermperización, lo que ha sido suficiente para mostrar señales de
generación de agua con características de drenaje ácido en el área.
Así mismo está indicado por la MIA en la página IV-122
La MIA del presente proyecto 2013 también señala que se realizaron muestreos
en la nueva zona propuesta para una Presa de Jales y se encontraron valores
altos de Arsénico (pag. IV- 144)
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN
LOS RECURSOS NATURALES Y LA LEGISLACIÓN AMBIENTAL MEXICANA
[39]
Extracto de la MIA:
Y el siguiente extracto de la página IV-115
Como se específica en este documento de la MIA, el área del proyecto está
caracterizada por depósitos epitermales con altas concentraciones de sulfuros.
Los sulfuros son las especies químicas que provocan el drenaje ácido. Todo esto
es evidencia de que las rocas del área son potencialmente liberadoras de Arsénico
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN
LOS RECURSOS NATURALES Y LA LEGISLACIÓN AMBIENTAL MEXICANA
[40]
al medio ambiente. Esta característica se va a potencializar al dejar expuestas
toneladas de materiales a intemperización y expuestos al lavado de la lluvia y
escorrentías.
5. El Proyecto minero ocasiona daños irreversibles a los suelos (erosión y
contaminación de éste a perpetuidad).
Entre uno de los objetivos particulares del Programa de la RBSL está el de
conservar los suelos (Página 17) y por lo tanto el proyecto minero contraviene los
objetivos de la Reserva.
El capítulo IV, página IV-303 de la MIA de Cardones 2013 indica que en el área
donde se pretende establecer el proyecto minero. Los suelos del área de estudio
son poco desarrollados, arenosos, con bajo contenido de arcilla y altamente
permeables. En los anexos de la MIA que describen características edafológicas
se menciona que el 41% de los impactos generados serán permanentes e
incidirán sobre los factores suelo y paisaje. Además se menciona que los tres
tipos de suelos presentes en el polígono del emplazamiento minero están
clasificados con fragilidad muy alta. Indican que son suelos susceptibles a la
erosión y que el 60% de la superficie del área del proyecto es naturalmente
erosiva. En la MIA se hace la observación de que el desmonte y la falta de
cobertura vegetal son la principal causa de erosión acelerada. La MIA en las
páginas IV-67 y IV-168 indica que en varias partes de los terrenos donde se
pretende instalar el proyecto existen cárcavas de erosión denotando la fragilidad
del suelo. La misma MIA específica que se mantendrá el área del proyecto sin
cobertura vegetal durante el tiempo de operación del proyecto, lo cual
representaría al menos 7 o más años de riesgo para la pérdida definitiva de suelo
en el área.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN
LOS RECURSOS NATURALES Y LA LEGISLACIÓN AMBIENTAL MEXICANA
[41]
De acuerdo a los estudios edafológicos presentados por la Mina Cardones en
2012, esto podría representar al menos un 25% de la superficie del predio con una
tasa de pérdida de suelo de 10-50 ton ha-1 año-1 y otro 24 % del área con
problemas de erosión de severos a muy severos con una pérdida irreversible de
suelo entre 50, 200 y más de 200 ton ha-1 año- 1.
En los estudios edafológicos presentados por el Proyecto se muestra ejemplos de
cuan frágil y susceptible a la erosión es el suelo del área, y mucho más una vez
que sea desmontado, y en el mismo anexo destacan que esto ocurre en los
arroyos.
Figura 3. Tomada del estudio realizado para el Proyecto Cardones bajo el nombre de Concordia
por CM. Corporación Ambiental de México, S.A. de C.V. Línea base: Suelos en 2008.
El programa de Manejo de la RBSL indica que las actividades realizadas dentro de
su polígono deben de ser sustentables. De acuerdo con el Art. 117 de la LGDFS
(Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable) que determina:
“La Secretaría sólo podrá autorizar el cambio de uso del suelo en terrenos
forestales, por excepción, previa opinión técnica de los miembros del Consejo
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN
LOS RECURSOS NATURALES Y LA LEGISLACIÓN AMBIENTAL MEXICANA
[42]
Estatal Forestal de que se trate y con base en los estudios técnicos
justificativos que demuestren que no se compromete la biodiversidad, ni se
provocará la erosión de los suelos, el deterioro de la calidad del agua o la
disminución en su captación; y que los usos alternativos del suelo que se
propongan sean más productivos a largo plazo”
El proyecto de Mina Cardones 2013 de la superficie total requerida para el
proyecto el 93% presenta cobertura vegetal clasificada como forestal (Página II-
150). Por las razones expuestas el Proyecto de Mina Cardones contraviene lo
establecido en la LGEEPA:
El artículo 98 de la LGEEPA (Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección
al Ambiente) indica que para la preservación y aprovechamiento sustentable del
suelo se debe de considerar lo siguiente:
II. El uso del suelo debe hacerse de manera que éstos mantengan su integridad
física y su capacidad productiva.
Los usos productivos del suelo deben evitar prácticas que favorezcan la
erosión, degradación o modificación de las características topográficas, con
efectos ecológicos adversos.
La realización de las obras públicas o privadas que por sí mismas puedan
provocar deterioro severo de los suelos, deben incluir acciones equivalentes de
regeneración, recuperación de su vocación natural.
6. El Proyecto Cardones contraviene la regla 58 del Programa de Manejo de la
RBSL
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[43]
Esta regla indica que siempre que exista una especie de flora y fauna que se
encuentre bajo alguna categoría de protección, se vea sometida a alguna presión
ocasionada por las actividades que se estén llevando a cabo o pretendan
desarrollarse, la especie y su hábitat tendrán prioridad y se deberán establecer las
medidas de mitigación necesarias para evitar la presión o bien promover la
cancelación de la actividad.
Existe una serie de especies vegetales y animales que son endémicas, y bajo
categoría de protección especial, en riesgo o amenazadas. Una gran cantidad de
reptiles, los cuáles son los más susceptibles a la modificación del terreno, y sobre
todo a cualquier contaminación que se haga en los arroyos y cuerpos de agua
cercanos.
La MIA de este proyecto 2013 indica que a nivel de la unidad SAR (Sistema
Ambiental Regional) en el que se evalúa este proyecto existen 96 especies de las
cuáles 18 especies diferentes en alguna categoría de riesgo dentro de la NOM-
059.
Extracto de la MIA
En la Memoria Fotográfica del documento de Caracterización Biológica del
CIBNOR presentado por compañía Minera en 2012, se reportan especies bajo una
categoría especial de protección, endémicas, listadas en el Convención sobre el
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[44]
Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres
(CITES) y la Norma Oficial Mexicana (NOM-059-SEMARNAT-2001).
La especie de ciruelo (Cyrtocarpa edulis, Anacardiaceae), al igual que las
Burseras presentes dentro del área a ser afectada por el Proyecto Cardones, no
están sujetas a ningún estatus o condición en las listas de especies de la NOM-
059-SEMARNAT-2001 o CITES. Sin embargo, considerando que el ciruelo es una
especie endémica, en concreto de la región del Cabo de Baja California Sur, y
dado su alto valor ecológico y cultural para la gente de la región, es una especie
potencialmente candidata a cualquiera de las listas antes citadas, al igual que las
Burseras.
En cuanto a flora en el predio del Proyecto Minero, se reconoce que hay al menos
6 especies listadas en CITES y al menos 7 especies bajo Protección especial (PR)
y 1 especie Amenazada. Se tienen al menos 9 especies endémicas. El
documento del CIBNOR menciona que del elenco Florístico alrededor del 15% de
taxa son endémicos
Entre las especies que se pueden mencionar que están bajo una categoría de
protección se encuentra el siguiente listado:
Amoreuxia palmatifida(saya), NOM-059-SEMARNAT-2010 protección especial
(Pr).
Cyrtocarpa edulis (Brandegee) Stand. Ciruelo cimarrón Árbol Endémica
Plumeria acutifolia Poir. Cajalosuchil Árbol Endémica
Cylindropuntia cholla A. Weber Cholla Suculenta CITES II
Ferocactus townsendianus var. Townsendianus Biznaga Suculenta NOM
(Amenazada)
Mammillaria arida Rose Viejito Suculenta CITES II
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[45]
Mammillaria capensis Viejito Protegida endémica Región del Cabo
M. dioica Brandegee Viejito Suculenta CITES II
Opuntia bravoana E. M. Baxter Nopal Suculenta CITES II, NOM (Pr)
Pachycereus pecten-aboriginum (Engelm.) barbón Suculenta Endémica, CITES II
P. pringlei (S. Wats) Britton & Rose Cardon pelón Suculenta CITES II Stenocereus
thurberii (Engelm.) F. Buxbaum Pitaya dulce Suculenta CITES II Croton
boregensis M. E. Jones Hierba de la mula Arbusto Endémica
J. vernicosa Brandegee Lomboy rojo Arbusto Endémica
Calliandra peninsulares Rose Tabardillo Arbusto Endémica
Echinocereus pensilis, NOM-059-SEMARNAT-2001ND Protegida endémica
Región del Cabo
E. sciurus, Registrada en la NOM-059-SEMARNAT-2001
Oserya coulteriana ND Protegida no endémica Región del Cabo
Pinus lagunae Piñón de la Laguna Protegida endémica Sierra de la Laguna
Olneya tesota Palo fierro Protegida no endémica
En cuanto a fauna en el predio del proyecto Cardones se encontraron
principalmente reptiles y aves. De los reptiles se tiene que al menos 3 especies
tienen la categoría de amenazadas. Al menos 9 especies en alguna categoría de
Protección especial y al menos 9 especies endémicas. En cuanto a aves
reportadas por el documento de caracterización Biológica del CIBNOR, se tiene
que 16 especies tienen estatus de la NOM-059- SEMARNAT-2001 y están bajo
protección especial, y 15 especies son endémicas de Baja California Sur.
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[46]
REPTILES
Crotalus mitchelli (víbora de cascabel blanca), no endémica. En la NOM-059-
SEMARNAT-2010, en la categoría de Protección especial (Pr).
Urosaurus nigricaudus (lagartija arbolera cola negra), endémica y enlistada en la
NOM- 059-SEMARNAT-2010, en la categoría de amenazada (A).fué un reptil
abundante en el predio de Paredones Amarillos.
Phyllodactylus unctus (Salamanquesa de San Lucas), endémica y enlistada en la
NOM-059- SEMARNAT-2010, en la categoría de Protección especial (Pr)
Petrosaurus thalassinus NOM-059-SEMARNAT-2010 Protección especial
Callisaurus draconoides (Lagarto cola de Zebra), no endémica y enlistada en la
NOM-059- SEMARNAT-2010, en la categoría de amenazada (A).
Sceloporus hunsakeri (lagartija escamosa de Hunsaker, bejori), endémica y
enlistada en la NOM-059-SEMARNAT-2010, en la categoría de Protección
especial (Pr). Con presencia en el predio de paredones amarillos.
Sceloporus licki (lagartija escamosa del Cabo), endémica y enlistada en la NOM-
059- SEMARNAT-2010, en la categoría de Protección especial (Pr).
Sceloporus zosteromus (lagartija escamosa de San Lucas), endémica y enlistada
en la NOM-059-SEMARNAT-2010, en la categoría de Protección especial (Pr).
Plestiodon lagunensis (eslizón de San Lucas, ajolotito rayado), endémica y
enlistada en la NOM-059-SEMARNAT-2010, en la categoría de Protección
especial (Pr).
Eridiphas slevini (culebra nocturna de Baja California), endémica y enlistada en la
NOM- 059-SEMARNAT-2010, en la categoría de amenazada (A).
Crotalus ruber (víbora de cascabel), no endémica y enlistada en la NOM-059-
SEMARNAT-2010, en la categoría de Protección especial (Pr).
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[47]
MAMIFEROS
Urocyon cinereoargenteus (Zorra gris) de la cual estimaron una abundancia
relativa de 230 individuos.
Lynx rufus que está en el CITES, Apéndice II
Peromiscus truei lagunae subespecie endémica de la Sierra de La Laguna.
En caso de un accidente en la MINA y que exista vertido de fluidos tóxicos a los
arroyos, los reptiles del área serían los más afectados y de manera indirecta las
aves y mamíferos (Por consumir el agua contaminada). Para el caso de los
primeros, presentan ciclos de vida complejos, reproducción asociada a medios
acuosos, un estado larvario con requerimientos de hábitat y alimento diferentes a
los del estado adulto, capacidad de dispersión limitada, territorios pequeños y piel
altamente permeable que facilita el intercambio directo entre el organismo y el
medio, lo que los hace sensibles a las perturbaciones ambientales.
AVES
De acuerdo con la Caracterización Biológica realizadas por CIBNOR muchas de
las aves en el predio de Paredones Amarillos son poblaciones residentes.
Cathartes aurea (Zopilote) fue encontrado en el Predio de Paredones Amarillos y
El Zopilote está protegido por un número de leyes y tratados internacionales,
incluyendo el Tratado de Aves Migratorias de 1918 en los Estados Unidos, por la
Convención para la Protección de Aves Migratorias en Canadá, y por la
Convención para la Protección de Aves Migratorias y de Mamíferos en México.
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[48]
La especie Baeolophus inornatus (ave Carbonero de Roble) en la cuenca de la
Muela y está estrechamente ligado al clima templado, roble seco o bosques de
pino-roble y la encontraron con NOM-059-SEMARNAT-2010 - Protección especial.
Sitta carolinensis (ave Trepador de pecho blanco) NOM-059-SEMARNAT-2010
Protección especial.
Psaltriparus minimus grindae (Sastrecillo de la Laguna) NOM-059-SEMARNAT-
2010
Especies en riesgo.
Turdus migratorius confinis (ave mirlo primavera de La Laguna) con categoría de
Pr, especie endémica.
Vireo gilvus victoriae (ave vireo gorjeador de La Laguna) Categoría de Pr
endémica. Vireo huttoni cognatus (ave vireo reyezuelo de La Laguna) Categoría
de Pr endémica. Vireo solitarius lucasanus (ave vireo anteojillo de La Laguna)
Categoría de Pr endémica. Pipilo erythrophthalmus magnirostris (ave toquí pinto
de La Laguna) Pr no endémica. Junco phaeonotus bairdi (ave junco ojo de lumbre
de La Laguna) Pr endémica.
AVES
Aphelocoma californica Auriparus flaviceps Buteo jamaicensis Calypte costae
Campylorhynchus brunneicapillus Caracara cheriway
Cardinalis cardinalis Carpodacus mexicanus
Cathartes aura Columbina passerina Colaptes auratus Hylocharis xantusii Icterus
cucullatus Icterus parisorum Melanerpes uropygialis Myiarchus cinerascens
Phainopepla nitens Picoides scalaris
Pipilo fuscus Polioptila caerulea Polioptila califórnica Toxostoma cinereum
Vireo solitarius lucasanus Zenaida asiática
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[49]
7. El proyecto de Mina Cardones también se opone a lo establecido por el
Programa de Manejo de La RBSL en la Regla 84 en su apartado XII el cual
prohíbe:
XII. Las emisiones de ruido, vibraciones, energía térmica y lumínica y la
generación de contaminación visual, que puedan causar alteraciones a las
especies de fauna silvestre, así como modificar o alterar formaciones naturales y
estructuras rocosas;
En particular porque las actividades de minado a cielo abierto requieren
necesariamente realizar voladuras del material rocoso, que a su vez provocan
vibraciones, golpes de aire, proyección de rocas, proyección de gases y polvos
(polvos cuyos minerales mediante su exposición al medio ambiente puedan
generar contaminación).
Extracto página II-251
Y también en la página II-251
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[50]
Así mismo la actividades el manejo de maquinaria pesada que el proyecto de
mina incluye generan ruido y vibraciones que afectan a las especies dentro de la
RBSL (pag. II- 323)
8. Observaciones sobre la Desalinizadora
La desalinizadora que se propone utilizará agua salobre de pozos costeros. Esto
implica que utilicen un porcentaje de agua fresca subterránea que no está siendo
determinado ni manifestado por la MIA. Se realizaron cálculos sencillos para
estimar que implicaría esto, y se estima que si se extrae entre el 20 y el 50% de
agua dulce mezclada con agua marina, esta extracción de agua dulce a través de
los pozos salobres de los que se plantea extraer agua podría representar un
volumen que excedería el volumen de agua total que está disponible para
concesión en el acuífero de Cañada Honda. Además, el acuífero aledaño de La
Matanza está declarado en déficit (CNA, 2009). Esto actividad pondría en riesgo el
acuífero y su utilización para las zonas agrícolas, quienes cuentan con las
concesiones debidas. No se mencionan en la MIA la existencia de tener los
permisos de CONAGUA que está establecido para que saquen agua con una
determinada calidad, es posible que tampoco tengan la concesión del terreno, los
permisos de todos los terrenos por los cuáles tienen que pasar el acueducto, etc.
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[51]
9. Observaciones sobre la Sismicidad y las Fallas en el área del Proyecto
propuesto
LA MIA manifiesta que la probabilidad de que se presenten sismos con
magnitudes mayores a 6 grados en un radio de 200 km con respecto al sitio del
proyecto es baja. Sin embargo, en el estudio “Análisis Geotécnicos y Edafológicos
del Proyecto Minero” presentado como parte de los anexos durante el 2012, se
muestran datos de Sismicidad Histórica. En dicho documento se muestra que hay
al menos dos registros de actividad sísmica de 4 a 5 en la escala de Ritcher, a una
distancia entre 23 y 40 km de la zona del Proyecto. En el estudio de “Análisis
Geotécnicos y Edafológicos del Proyecto Minero” se menciona que el origen de los
sismos que se encuentran en tierra está asociado a movimientos en sistemas de
fallas regionales transpeninsulares, como El Carrizal, Los Planes y San José del
Cabo (Fig.4) . Indicando ahí mismo que los registros de sismicidad en redes
locales han demostrado que estos sistemas de fallas generan sismicidad
constante, la cual tiene efectos locales. Los eventos sísmicos que predominan
son de escalas de 3.5 a 4.5 grados. Siendo la zona del proyecto Cardones
localizada en la Zona B (actividad sísmica intermedia). La MIA menciona en su
página IV-66 que la Falla de Los Planes está a tan sólo 6 km de distancia del
proyecto minero.
Extracto de la MIA del Proyecto Cardones 2013
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[52]
Figura 4. Muestra las fallas y fracturas cercanas al proyecto minero, recopiladas de diversas
fuentes cartográficas. Los polígonos de colores representan el área a ser modificada por el
proyecto minero.
El CICESE-La Paz en su programa de monitoreo sísmico en la zona reporta que
esta actividad sísmica se presenta principalmente a lo largo del sistema de fallas
de La Paz. Los principales sismos en la región con magnitudes mayores a 6
grados en la escala de Richter, se presentan a lo largo del eje del Golfo de
California y que se estima que las ondas sísmicas que pudieran arribar al área de
estudio durante estos sismos.
Para demostrar lo contrario, se tiene como ejemplo que estos procesos telúricos
están activos en dicha zona de la Sierra de la Laguna. Se presenta la noticia que
se publicó el 18 de Febrero de 2011 en Noticabos. Ya sea por acción de un sismo
o causado por la utilización de explosivos en la exploración minera, pero existen
antecedentes que muestran que sí existe actividad sísmica cercana a la zona de
estudio y que además el área sí tiene terrenos que son susceptibles a derrumbes.
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[53]
Este reporte fue sobre el Picacho de la Sierra de la Laguna el cuál se encuentra a
tan sólo 15 km al Noroeste del Proyecto Minero propuesto por Cardones.
O los registros que demuestran que la zona en general sí presenta actividad
sísmica, como lo es el evento sucedido recientemente en Cabo Pulmo, donde la
actividad sísmica ocasionó que se perdieran más de 100 metros lineales de playa
en Los Frailes, Cabo Pulmo.
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[54]
Antecedentes aún más específicos con respecto a esto se reportan en la
entrevista realizada al Dr. Roberto Ortega del Centro de Investigación Científica y
Educación Superior de Ensenada (CICESE) por el semanario ZETA en su versión
digital titulado “Sismos: Peligro latente en BCS” del 26 de abril del 2012 .
En dicha entrevista el experto afirma que la Falla de Golfo de California esta activa
y ha generado en el 2012 una serie de movimientos telúricos en los municipios de
Mulegé, La Paz y Los Cabos. Entre ellos cabe un sismo registrado el 15 de abril
del 2012 de 5.2 en la escala de Richter que afectó a la población de La Paz, con
15 réplicas. En forma paralela, el departamento de sismología del Centro de
Investigación Científica y Educación Superior de Ensenada (CICESE), detectó un
enjambre sísmico en la Reserva de la Biosfera de la llamada “Sierra de la Laguna”
que se ha detectado desde marzo del 2012 y que tiene alarmados a los
pobladores de San Isidro, San Dionisio y San Antonio de la Sierra.
Los pobladores del área afirmaron para dicha entrevista que los temblores son
cosa de todos los días. El mismo reportaje indica que los expertos en sismología
señalaron que en sólo 27 días, y hasta el cierre de la edición, se habían
registraron 120 sismos en San Dionisio que van de una intensidad de 1.5 a 3.8
grados en la escala de Richter. El experto explicó que se trata de un periodo de
retorno, es decir, no se sintieron temblores en la zona en más de 80 años, y hoy la
naturaleza, retomó actividad sísmica, indicando que pueden ser retornos de
eventos que se registraron entre 100 y 200 años atrás, antes de que la mayoría
del estado estuviera poblado. El científico dijo que los crujidos o explosiones que
los habitantes de la Sierra de la Laguna han escuchado, cuando se registran
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[55]
temblores debido al enjambre sísmico, es derivado de que ese lugar es el
epicentro, por lo tanto, la onda sónica llega hasta los oídos de los pobladores. En
esta misma nota se afirmó que Baja California Sur tiene entre sus registros casos
tan extraños como insólitos: el 1 de septiembre del 2007 La Paz fue afectada por
dos fenómenos naturales el mismo día, primero por el Huracán “Henriette” de
categoría uno de la escala Saffir-Simpson, y después, por un temblor de 6.2
grados en la escala de Richter. Siendo expuesto después que la Falla del Golfo de
California había provocado este fenómeno y podría disparar otros eventos muy
similares; esto está documentado plenamente e incluso publicado como un
fenómeno raro, ya que generó más de 800 réplicas. Siendo esto sin duda un
peligro para estructuras como la presa de jales.
El Dr. Roberto Ortega comentó que en el análisis de comportamiento, observaron
que la Falla del Golfo de California provocó esta secuencia de eventos naturales.
Además se descubrió que direccionó la energía hacia La Paz, lo que generó
efectos mucho mayores que cualquier temblor normal, por lo que fueron objeto de
una investigación. El temblor del 25 se Septiembre de 2012 también de 6.2 al
Norte de la Paz, y las más de 10 réplicas subsecuentes denotan que existe
actividad sísmica en el área.
10. El Proyecto de Mina no cuenta con un estudio geotécnico para la nueva área
propuesta para la Presa de Jales, la cual entra en contacto directo con un arroyo
que deriva al área del Carrizal. Tampoco cumple con los requerimientos de la
NOM141 que regula el diseño de las presas de jales.
De acuerdo a lo mencionado en la MIA de este proyecto 2013 en la página II-153
y II-184 indican que no tienen los análisis, evaluaciones geotécnicas, geoquímicas
y de mecánica de suelo necesarios para poner la nueva presa de jales planteada,
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[56]
los cuales son indispensables para tener seguridad en los diseños estructurales y
operacionales.
Cabe señalar que el área en la que se plantea localizar la presa de jales está en
una zona donde existen varias fallas y fracturas de las rocas . Como se ha
indicado en el punto No. 9 de este escrito se ha demostrado que existen
enjambres sísmicos en dicha área y constantes sismos. Esto es de gran
importancia por el riesgo que esto implica para el área en la que se propone la
instalar la presa de jales.
La misma MIA sugiere y establece en algunos de sus apartados (II-163) que el
terreno no es favorable para la instalación de una presa de jales, y por ello se
menciona que las opciones son “limitadas”, aunque existe evidencia para justificar
que las opciones consideradas en realidad son muy forzadas, poco factibles y que
pueden implicar un riesgo muy alto para los recursos hídricos de los que
dependen los habitantes de la ciudad de La Paz, La Matanza, El Carrizal y Todos
Santos, los cuales ascienden a una población de 223,902 habitantes (INEGI,
2010).
En la página II-178 de la MIA establecen que la topografía de la presa de Jales es
difícil, por tratarse de un terreno escarpado, por lo cual se va a requerir de
una serie de nivelaciones y rellenos etc., que serán colocados sobre material
aluvial, y considerando lo difícil de la topografía es posible asumir que los
microsismos y sismos que puedan originarse en ésta área, serán un factor
importante amenazando la estabilidad de la presa de Jales, para la cual aún no
existen los adecuados estudios geotécnicos, ni de mecánica de suelos como la
misma MIA establece.
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[57]
11.-El proyecto Minero propone transportar tonleladas de colas o jales mineros
altamente concentrados a la zona de depósito conocida como Presa de Jales a
través de un ducto.
La MIA describe que un ducto conducirá los jales mineros de la planta de
procesamiento a la presa de jales, los cuales estarán muy concentrados en
metales pesados y sustancias tóxicas, y que de acuerdo con la MIA tendrán una
alta densidad ya que estarán constituidos en un 55 a 70% de sólidos de jales
espesados. Parece poco factible que sea posible bombear una sustancia tan
densa colina arriba a través de una pendiente de 10-15º, además el mismo ducto
es cruzado por un arroyo de primer grado (arroyo la Junta), por lo que existe un
riesgo que pueda ser dañado por los escurrimientos durante los temporales
(huracanes y tormentas tropicales).
Dicho ducto constituye un riesgo, porque en caso de romperse o de que existan
fugas, todas las sustancias escurrirían hacia el Arroyo la Junta, por lo que la
tendencia de cualquier fluido será de dispersarse cuenca abajo hasta el arroyo de
la Muela, y de ahí hasta el océano Pacífico, incluso podría llegar a las zonas
agrícola de la Matanza y Todos Santos.
No se observa que la MIA indique ningún tipo de medida de contención con
respecto a posibles siniestros o accidentes relacionados con este ducto.
(NIPARAJÁ, 2014)
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[58]
Figura 5. Muestra el arroyo la Junta. Imagen de GoogleEarth 2013.
Figura 6. Muestra el ducto (rojo) que conduce los jales hacia la presa de jales, y se muestra la
topografia existente. Imagen de GoogleEarth 2013.
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[59]
1.5.1Fundamentos a la Negación del Proyecto” LOS CARDONES “
1. La minería de oro es sumamente contaminante. Para extraer el oro de las
piedras, se utilizan y se generan químicos peligrosos que pueden envenenar el
agua de la región, además de utilizar toneladas de explosivos diariamente, con
efectos muy nocivos sobre la biodiversidad. Entre estos químicos sobresalen el
cianuro, arsénico, ácido sulfúrico, plomo, mercurio y otros metales pesados
que tienen impactos dramáticos en la salud de los humanos y en el
ecosistema.
2. El oro es principalmente para hacer joyería. Muy poco del oro que se produce
hoy en día se destina a industrias como la medicina o las telecomunicaciones.
A nivel mundial, la mayor parte del oro que se extrae en la actualidad; más del
80% según algunas de las fuentes consultadas, es destinado a la industria de
la joyería. Producir un anillo de oro, por ejemplo, genera cerca de 20 toneladas
de desechos.
3. La minería de oro a cielo abierto tiene una historia negra en México y el
mundo. En todo el mundo, desde África hasta Centroamérica, distintas
comunidades han sentido en carne propia los efectos de la minería de oro a
cielo abierto. Cada vez más comunidades se han negado a permitir el
establecimiento de este tipo de minas cerca de ecosistemas sensibles.
4. La sierra está amenazada. En junio de 1994 se creó la Reserva de la Biósfera
Sierra de la Laguna, para proteger este patrimonio de Baja California Sur y de
México. Sin embargo, actualmente existen planes para la construcción de una
mina de oro a cielo abierto dentro de la Reserva, en el área conocida como
Paredones Amarillos. Por su ubicación y por el tipo de tecnología que utilizaría,
esta mina representaría una amenaza para la Sierra, tanto para su
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[60]
biodiversidad, como para su papel como la fuente de agua de miles de
personas.
5. Una mina de oro dura pocos años, mientras que la contaminación que genera
dura siglos. De acuerdo a los cálculos de la misma empresa, la mina de oro de
Los Cardones tendrá una vida útil de apenas 10 años. En cambio, los efectos
de la degradación ambiental generada por los materiales que desecha y los
químicos que utiliza dura muchos cientos de años.
6. La minería de oro a cielo abierto genera montañas de desperdicio,
literalmente. La Mina Los Cardones estima extraer cerca de 41 toneladas de
oro (1.4 Millones de Onzas) durante sus 10 años de vida útil. La producción de
esta cantidad de oro, en los cálculos de la propia empresa, generaría 3
toneladas de desperdicio por cada gramo de oro producido. Esto significa,
durante los 10 años, 175,000 millones de kilogramos de piedra de desecho; 47,
000,000 kilogramos diarios.
7. Las minas de oro dejan cráteres gigantescos donde antes habían
ecosistemas. La mina de Los Cardones generaría un cráter de 76.20 hectáreas
dentro de la Sierra de la Laguna. Este tamaño es equivalente a las 62 cuadras
que componen el centro de la ciudad de La Paz, o a unas 102 canchas de
futbol.
8. En la sierra nace nuestra agua. Mientras que en regiones como La Paz, Todos
Santos y Los Cabos apenas llueve poco más de 17 centímetros por año, en las
partes altas de la Sierra cae un promedio anual de un metro de lluvia. La Sierra
de la Laguna es la fuente del agua que consumimos en la parte sur de nuestro
estado.
9. En la sierra de la laguna está el único bosque de pino y encino del estado. La
biodiversidad de la Sierra de la Laguna es única en el mundo. Este bosque
contiene la mayor cantidad de especies de cualquier ecosistema terrestre del
estado, con especies que no existen en ningún otro lugar del mundo,
incluyendo 86 plantas endémicas.
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[61]
1.6 Conclusión:
La minería de oro a cielo abierto tiene una historia negra en México y el mundo,
Actualmente en México hay conflictos sociales por la minería de oro a cielo abierto
en los estados de Chiapas, San Luis Potosí, Guerrero, Hidalgo, Chiapas,
Guanajuato, Baja California Norte y Baja California Sur. En la República Mexicana
más de 20% del país esta concesionada a la minería y 80% de las concesiones
están a favor de compañías Canadienses.
La minería toxica es tan agresivo para el medio ambiente que causaría una
desacreditación de los destinos turísticos sudcalifornianos a nivel internacional.
La presencia de una mina de oro a cielo abierto, dañaría el valor de muchas
inversiones turísticas e inmobiliarias asentadas en Baja California Sur, provocando
finalmente mayores pérdidas económicas que beneficios.
No existe un plan de emergencia lo suficientemente capaz de cubrir todos los
riesgos de un desastre ambiental como la explosión de un camión de cianuro o el
rompimiento de la presa de jales soltando grandes cantidades de material
altamente toxico a los acuíferos.
Bastaría un error humano o técnico o un suceso climatológico inesperado para
provocar una catástrofe ambiental de gran escala IRREVERSIBLE.
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[62]
SEGUNDA PARTE: SÍNTESIS DE LOS MÓDULOS
2-.MÓDULO I. CONCEPTOS BIOLÓGICOS BÁSICOS
AMBIENTALES1.
2.1.1 Introducción.
La palabra biología está formada por dos vocablos griegos: bios “vida”
y logos “estudio”. Se le considera también, como una ciencia natural que se dedica
a analizar las propiedades y las características de los organismos vivos,
centrándose en su origen y en su desarrollo. Investiga además, aquellos atributos
que caracterizan a los ejemplares como individuos y a las especies como grupo,
estudiando sus conductas, sus interrelaciones, sus vínculos con el entorno y sus
hábitos reproductivos y estudia la problemática ambiental desde una amplia óptica
biológica, con una visión integral de los componentes del medio ambiente, de tal
forma que se pueden formular políticas ambientales basadas en procesos
investigativos.
Un ejemplo de su aplicación se puede observar en la realización de estudios de
impacto ambiental, los cuales son definitivos para la toma de decisiones en
relación con la construcción de obras y otras actividades que afecten el medio
ambiente. En este sentido, la biología ambiental permite entender diferentes temas
de conservación ambiental, tal como es el caso de la biodiversidad, que es
considerada como patrimonio nacional y de interés para la humanidad, en la cual
México está catalogado como una potencia mundial desde el punto de vista de los
recursos biológicos y genéticos.
1La información expuesta en este módulo, se elaboro con base en información proporcionada por
Bermúdez (2015).
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2.1.2 Conceptos biológicos básicos ambientales.
2.2.1 Biósfera
Puede describirse a la biósfera como el conjunto total de todos
los ecosistemas que tienen lugar en el planeta Tierra y que lo conforman. Incluye
no sólo a la totalidad de los seres vivos, sino también al medio físico en el cual
habitan y a los fenómenos que en él se dan. Definido por muchos especialistas
como el espacio donde toma lugar la vida, la biósfera es lo que hace único al
planeta Tierra en el sistema solar ya que es hasta el día de hoy el único lugar
donde se conoce la existencia de vida .La biósfera oscila alrededor de
aproximadamente 10 km de altitud en la atmósfera hasta el más profundo de los
fondos oceánicos. Hasta el día de hoy ha permanecido lo suficientemente estable
a lo largo de cientos de millones de años como para permitir la evolución de las
formas de vida que hoy conocemos. La vida en nuestro planeta se desenvuelve
en una zona formada por las capas superiores denominadas: litosfera, hidrosfera y
atmosfera.
2.2.2 Ambiente.
Es el conjunto de elementos naturales y artificiales o inducidos por el hombre que
hacen posible la existencia y desarrollo de los seres humanos y demás
organismos vivos que interactúan en un espacio y tiempo determinados. En este
sentido, podríamos decir que el ambiente estaría constituido por el medio físico,
entendido como el conjunto de componentes que existen naturalmente en el
mundo, tales como los minerales, los océanos, la atmósfera, las plantas y todos
los animales –la especie humana incluida- y, por el medio humano, es decir el
conjunto de componentes creados por la especie humana empleando sus culturas
y tecnologías, tales como las ciudades, los campos de cultivo y las
comunicaciones. El medio también puede entenderse como aquel elemento en el
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que habita o se desenvuelve un ser vivo, por ejemplo, el medio en el que viven los
peces es el acuoso, ya sea dulce o salada. Esta interpretación de su contenido
explica que su estudio, tratamiento y manejo, debe caracterizarse por la
integralidad y el vínculo con los procesos de desarrollo.
2.2.3 Ecosistema.
Es la unidad funcional básica de interacción de los organismos vivos entre sí y de
éstos con el ambiente, en un espacio y tiempo determinados. El ecosistema es el
conjunto de especies de una aérea determinada que interactúan entre ellas y su
ambiente abiótico; mediante procesos como la depredación, el parasitismo, la
competencia y la simbiosis, y con su ambiente al desintegrarse y volver a ser parte
del ciclo de energía y de nutrientes. Las especies del ecosistema, incluyendo
bacterias, hongos, plantas y animales dependen unas de otras. Las relaciones
entre las especies y su medio, resultan en el flujo de materia y energía del
ecosistema.
Todo ecosistema se compone de dos partes: la biocenosis y el biotopo. La
biocenosis, también llamada comunidad, son los seres vivos. El biotopo es el
medio físico/químico con sus características (relieve, suelo, clima, etc.). La
biocenosis de un ecosistema está formada por diferentes poblaciones de seres
vivos. Una población es el conjunto de seres vivos de una misma especie que
viven en un determinado ecosistema.
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Fuente: Elaboración propia, con base en información proporcionada por Sánchez (2012).
Los ecosistemas pueden ser de muchos tipos, pero destacamos tres diferentes:
Ecosistemas mixtos, Están formados por un biotopo de arena, rocas, agua,
temperatura media; debido al agua y al sol, etc. También podemos
encontrar animales terrestres y marinos por ejemplo: cangrejos, tortugas,
pelícanos, gaviotas, etc., que constituyen la biocenosis. Las relaciones de
este ecosistema mixto son normalmente alimentarias, por ejemplo: entre
peces y gaviotas.
Ecosistemas marinos, podemos encontrar un biotopo de rocas, agua, una
temperatura baja. La biocenosis la forman los peces, los delfines, los
tiburones, etc. Las relaciones entre los animales son normalmente
alimentarias, en agrupaciones o en mutualismo. Ecosistemas terrestres, El
biotopo está formado por rocas, una temperatura cálida, hierbas y arboles.
La biocenosis está formada por aves, mamíferos, insectos, etc. Las
relaciones entre los animales normalmente son alimentarias o de
comensalía.
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Las relaciones que pueden establecer entre si las diferentes poblaciones de un
ecosistema pueden ser muy variadas pero las principales son las relaciones
tróficas o de alimentación. Los seres vivos de un ecosistema se alimentan unos de
otros y forman cadenas de alimentación o cadenas tróficas. En realidad en los
ecosistemas no existen cadenas sino redes tróficas pues los seres vivos se suelen
alimentar de varias especies.
En todo ecosistema distinguiremos los siguientes niveles tróficos:
Los productores: Son los vegetales, organismos autótrofos capaces de
alimentarse a partir de sustancias inorgánicas y de luz solar. Se les llama
productores porque producen materia orgánica.
Los consumidores: Se alimentan de vegetales o de otros animales. En el
primer caso se les llama consumidores primarios o herbívoros y en el
segundo se les denomina consumidores secundarios (carnívoros o
depredadores) si se alimentan de consumidores primarios y consumidores
terciarios (superdepredadores) si se alimentan de consumidores
secundarios, y así sucesivamente.
Los descomponedores: los hongos y las bacterias que transforman la
materia orgánica de los excrementos, restos y cadáveres y la devuelven al
medio como materia inorgánica.
Los factores bióticos y abióticos, como su nombre lo dice son los factores, que
intervienen en el equilibrio de los ecosistemas, es decir, son los responsables de
la estabilidad o en caso contrario de la inestabilidad de estos. Por eso la
importancia de comprender como afectan estos factores a nuestro ecosistema.
2.2.4 Hábitat
El término hábitat proviene del latín habitare, que en español significa vivir. La
connotación actual se refiere al lugar donde reside una especie animal o vegetal.
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[67]
Es el espacio que reúne las condiciones adecuadas para que la especie pueda
vivir y reproducirse a fin de perpetuar su presencia en el medio ambiente. El
hábitat es el ambiente en el que ocupa una población o especie.se puede
entender como el espacio que reúne las condiciones adecuadas para que la
especie pueda residir y reproducirse, perpetuando su presencia. Un hábitat queda
así descrito por los rasgos que lo definen ecológicamente, distinguiéndolo de otros
hábitats en los que las mismas especies no podrían encontrar acomodo
2.3 Medio biótico.
Los factores bióticos o componentes bióticos son los organismos vivos que
interactúan con otros seres vivos, se refieren a la flora y fauna de un lugar y a sus
interacciones. Dícese factores bióticos ó FB a las relaciones asexuales que se
establecen entre los seres vivos de un ecosistema y que condicionan su existencia
de vida.
Los individuos deben tener comportamiento y características fisiológicas
específicos que permitan su supervivencia y su reproducción en un ambiente
definido. La condición de compartir un ambiente engendra una competencia entre
las especies, competencia dada por el alimento, el espacio, etc.
Los factores bióticos se organizan en niveles:
Célula: unidad básica de la vida
Tejido: conjunto de células
Órgano: conjunto de tejidos que realizan la misma función
Individuos: cada organismo vivo
Población: conjuntos individuales
Ecosistema: conjunto de comunidades à selva
Los factores bióticos se pueden clasificar en:
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[68]
Productores o Autótrofos, organismos capaces de fabricar o sintetizar su
propio alimento a partir de sustancias inorgánicas como dióxido de carbono,
agua y sales minerales.
Consumidores o Heterótrofos, organismos incapaces de producir su
alimento, por ello lo ingieren ya sintetizado.
Descomponedores, organismos que se alimentan de materia orgánica en
descomposición. Entre ellos están las levaduras los hongos y las bacterias.
2.4 Medio abiótico.
Los factores abióticos son los distintos componentes que determinan el espacio
físico en el cual habitan los seres vivos; entre los más importantes podemos
encontrar: el agua, la temperatura, la luz, el pH, el suelo, la humedad y los
nutrientes.
Los factores físico-químicos: Son aquellos que determinan una parte importante
de las relaciones ambientales, relacionándose directamente con las formas de
vida. Estos de clasifican en químicos y físicos. Los factores químicos; se refiere a
las características del medio (gas o aire, líquido o agua, suelo), a la salinidad, a la
acidez y la alcalinidad (conocido como factor pH), y a los nutrientes, entre otros.
Los factores físicos; comprenden el viento, la nieve, las heladas, el hielo, la luz, la
temperatura, la erosión y los movimientos del suelo, el fuego, las catástrofes
(terremotos, inundaciones, erupciones volcánicas), las comentes marinas, las
características del agua, la corriente de los ríos (tranquilos o violentos), las olas,
etcétera.
La luz es un factor abiótico esencial del ecosistema, dado que constituye el
suministro principal de energía para todos los organismos. La energía luminosa es
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[69]
convertida por las plantas en energía química gracias al proceso llamado
fotosíntesis. Ésta energía química es encerrada en las substancias orgánicas
producidas por las plantas. Es inútil decir que sin la luz, la vida no existiría sobre la
Tierra. Además de esta valiosa función, la luz regula los ritmos biológicos de la
mayor parte de la especies. No es la única forma de energía que nos llega desde
el sol. El sol nos envía varios tipos de energía, desde ondas de radio hasta rayos
gamma. La luz ultravioleta (UV) y la radiación infrarroja (calor) se encuentran entre
estas formas de radiación solar. Ambas, la luz UV y la radiación Infrarroja son
factores ecológicos muy valiosos. El calor es útil para los organismos
ectotérmicos, es decir, los organismos que no están adaptados para regular su
temperatura corporal (por ejemplo, peces, anfibios y reptiles). Las plantas usan
una pequeña cantidad de energía térmica para realizar la fotosíntesis y se adaptan
para sobrevivir entre límites de temperatura mínimos y máximos. Esto es válido
para todos los organismos. Aunque existen algunos microorganismos que toleran
excepcionalmente temperaturas extremas, aún ellos perecerían si fueran retirados
de esos rigurosos ambientes. Cuando la radiación infrarroja proveniente del Sol
penetra en la atmósfera, el vapor de agua atmosférico absorbe y demora la salida
de las ondas del calor al espacio exterior; así, la energía permanece en la
atmósfera y la calienta (efecto invernadero).
Los océanos juegan un papel importante en la estabilidad del clima terrestre. Sin
estos nuestro planeta estaría excesivamente caliente durante el día y congelado
por la noche. La presencia de vida sobre nuestro planeta no sería posible sin
nuestra atmósfera actual. Muchos planetas en nuestro sistema solar tienen una
atmósfera, pero la estructura de la atmósfera terrestre es la ideal para el origen y
la perpetuación de la vida como la conocemos. Su constitución hace que la
atmósfera terrestre sea muy especial.
Los organismos están constituidos por materia. De los 92 elementos naturales
conocidos, solamente 25 elementos forman parte de la materia viviente. De estos
25 elementos, el Carbono, el Oxígeno, el Hidrógeno y el Nitrógeno están
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presentes en el 96 % de las moléculas de la vida. Los elementos restantes llegan
a formar parte del 4 % de la materia viva, siendo los más importantes el fósforo, el
potasio, el calcio y el azufre. Las moléculas que contienen carbono se denominan
compuestos orgánicos. Las que carecen de carbono en su estructura, se
denominan compuestos inorgánicos. El agua (H2O) es un factor indispensable
para la vida. La vida se originó en el agua, y todos los seres vivos tienen
necesidad del agua para subsistir. El agua forma parte de diversos procesos
químicos orgánicos, por ejemplo, las moléculas de agua se usan durante la
fotosíntesis, liberando a la atmósfera los átomos de oxígeno del agua. El agua
actúa como un termo-regulador del clima y de los sistemas vivientes.
Especialmente en animales endotermos (aves y mamíferos). Esto es posible
gracias al calor específico del agua, que es de una caloría para el agua (calor
específico es el calor -medido en calorías- necesario para elevar la temperatura de
un gramo de una substancia en un grado Celsius). En términos biológicos, esto
significa que frente a una elevación de la temperatura en el ambiente circundante,
la temperatura de una masa de agua subirá con una mayor lentitud que otros
materiales. Igualmente, si la temperatura circundante disminuye, la temperatura de
esa masa de agua disminuirá con más lentitud que la de otros materiales. Así,
esta cualidad del agua permite que los organismos acuáticos vivan relativamente
con placidez en un ambiente con temperatura fija. En conclusión, sabemos que
los factores bióticos son cada uno de los organismos vivos y los factores abióticos
son lo que no tienen vida como sustancias inorgánicas e inorgánicas del sistema
así como las condiciones ambientales que se presentan y todo esto afecta a
nuestro ecosistema y a las interacciones que tienen los seres vivos entre sí.
2.5Áreas Naturales Protegidas
Las ANP son zonas del territorio nacional y aquellas sobre las que la nación ejerce
su soberanía y jurisdicción, en donde los ambientes originales no han sido
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[71]
significativamente alterados por la actividad del ser humano o que requieren ser
preservadas o restauradas.
Se crean mediante decreto presidencial y las actividades que pueden llevarse a
cabo en ellas se establecen de acuerdo con la Ley General del Equilibrio
Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) y su Reglamento, así como en
los Programas de Conservación y Manejo y de Ordenamiento Ecológico.
La Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (CONANP), es el órgano
desconcentrado de la SEMARNAT, encargado de la Administración de las Áreas
Naturales Protegidas.
Actualmente en México existen decretadas 174 Áreas Naturales Protegidas (ANP)
de carácter federal que abarcan una superficie de 25, 384,818 de hectáreas, lo
que representa el 12.85 % del territorio nacional. Las ANP se clasifican en las
siguientes categorías:
TABLA 4. Categorías de las Aéreas Naturales Protegidas.
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[72]
2.5.1 Las Áreas Naturales Protegidas En B.C.S
Actualmente, las ANP ocupan 8.7% del territorio mexicano cubriendo más de
1,700.00 km2, de los cuales Baja California Sur concentra el 17% lo que la
convierte así en una de las entidades con mayor territorio protegido. . En 1963 de
protegió la isla tiburón (DOF, 1963) y un año después la Isla Rasa (DOF, 1964). 2
de agosto de 1978 se publicó el decreto por el que se establece como Zona de
Reserva y Refugio de Aves Migratorias y de la Fauna Silvestre las Islas del Golfo
de California. Esta área a la fecha posee tres dirección regionales, de las cuales
una se encuentra en el estado (CONANP-SEMARNAP); sin embargo, el manejo
de esta zona goza de un carisma particular y de la entrega profesionalizada de su
personal, lo que ha permitido conjuntar esfuerzos y concretar logros.
El proceso de creación de la otra reserva de la biosfera fue diferente. Mientras en
el caso del Vizcaíno la atracción que generaron sus especies carismáticas; la
biodiversidad, el alto grado de endemismo, y los servicios ambientales,
especialmente la alimentación de los mantos freáticos fueron los factores que
motivaron la conservación de la Sierra La Laguna. Este complejo montañoso es la
zona biológicamente más rica y diversa del estado; posee una gran cantidad de
especies endémicas y relicto (Arriaga y Ortega, 1988). Sus importantes procesos
físicos y biológicos eran amenazados por el desorden de la actividad ganadera, la
deforestación y la pérdida de arraigo de sus habitantes. Por eso un grupo de
científicos del CIBNOR centro su atención en el estudio de la región y tras diez
años de llamar la atención de las autoridades ambientales, logro que en junio de
1994 se decretara la Reserva de la Biosfera Sierra de la Laguna (DOF,1994).
El estado posee también dos parques nacionales en el medio marino. Uno de
ellos, Bahía de Loreto, fue decretado el 5 de junio de 1996 y tienes por objeto
preservar los recursos naturales renovables y no renovables de la zona, así como
“restaurar los ambientes críticos, promoviendo el desarrollo social (CONANP,
2002). Los estragos causados por la sobreexplotación pesquera y el arrastre de
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[73]
los barcos camaroneros en esta bahía provocaron una dramática distribución de
los recursos de la zona, y una crisis económica que afecto a la población regional.
Además, se encontraba en riesgo el equilibrio ecológico de una de las regiones de
mayor diversidad de mamíferos marinos de México. El otro ambiente marino
protegido es el Parque Nacional de Cabo Pulmo.
Las causas que dieron lugar a esta ANP son semejantes a las de la Reserva de la
Biosfera Sierra de La Laguna, ya que su valor biológico es destacado. Es el
arrecife coralino más septentrional del Pacifico oriental y representa una
comunidad única por la heterogeneidad de hábitat y especies.la importancia
ecológica no fue la única razón para proteger la zona: la presión humana ponía en
riesgo la integridad del ecosistema debido a la sobreexplotación pesquera, la
destrucción de las cabezas coralinas y la captura de peces de ornato.
Los académicos, especialmente de la UABCS, estudiantes y los lugareños
tuvieron un papel relevante en mostrar la importancia de la zona y urgir a las
autoridades ambientales a promover la conservación de la región.
Con base en esto, el 6 de junio de 1995 el área fue incorporada al Sistema
Nacional de Áreas Naturales Protegidas. (CONANP-UABCS, 2003).
2.6Conclusión.
Para poder comprender los distintos órganos, instituciones , leyes y todo lo
concerniente a la protección de medio ambiente es necesario conocer todos
los conceptos biológicos, así como también los procesos que existen y se dan
en el medio ambiente, solo así se podrá entender la importancia y la relación
que existe entre los conceptos estudiados y las leyes que se crean para su
protección
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[74]
3.- MÓDULO II. INSTRUMENTOS LEGALES.2
3.1 Introducción
Los instrumentos económicos parecen ser lo suficientemente flexibles para
conseguir tanto los objetivos de recaudación como de conservación del medio
ambiente. Estos instrumentos confrontan a los consumidores de bienes
ambientales con la necesidad de tomar en cuenta la degradación del entorno en
sus decisiones económicas. Por otra parte, la autoridad hacendaria conoce la
necesidad de incluir la gestión ambiental en sus provisiones, así como las virtudes
de los instrumentos económicos. No obstante, la política de recaudación en
México, se basa en, al menos dos principios, cuya inmovilidad impide el
planeamiento de una reforma fiscal profunda con énfasis en lo ambiental. El
primero se refiere a su preocupación por mantener la imparcialidad en la
aplicación de los impuestos. La autoridad hacendaria rechazara la posibilidad de
castigar a los agentes económicos y actividades económicas que amenazan al
medio ambiente y premiar a los que no lo hacen. Desde su punto de vista esto
anularía el precepto de generalidad e imparcialidad de los impuestos, la segunda
tiene relación con la prioridad de resolver lo urgente sobre lo importante.
2 La información en este módulo se elaboró con base en información proporcionada por Geiger (2015)
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[75]
3.2 La protección del medio ambiente como bien jurídico
El bien tutelado reconocido por la ley es el ambiente que es definido por la Ley
General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente como: “El conjunto de
elementos naturales y artificiales o inducidos por el hombre que hacen posible la
existencia y desarrollo de los seres humanos y demás organismos vivos que
interactúan en un espacio y tiempo determinados. Al decir de Raúl Brañes
Ballesteros en su obra Derecho Ambiental Mexicano:
“El ambiente mas allá de su definición legal debe ser entendido como un
sistema, vale decir, como un conjunto de elementos que interactúan entre
sí, pero con la precisión que estas interacciones provocan la aparición de
nuevas propiedades globales, no inherentes a los elementos aislados que
constituyen el sistema.” (Carmona, 2000)
El “despertar de una conciencia colectiva”, por así decirlo, sobre la necesidad de
proteger el medio ambiente tuvo lugar en Europa a finales de los sesenta y
principios de los setenta del siglo XX, cuando se puso en evidencia el creciente y
acelerado deterioro medio ambiental causado por la industrialización del mundo
occidental. La creencia, firmemente asentada durante buena parte del siglo XX,
de que la actividad industrial a gran escala representaba el progreso y la riqueza,
tuvo como consecuencia una situación de “inercia” en la conciencia social, que se
resistía a creer que el “nuevo orden” pudiera esconder los graves desastres con
los que amenaza el deterioro medio ambiental. Por esta razón, el interés por la
protección del medio ambiente no se extendió hasta que los daños ecológicos
llegaron a ser considerables. En la Conferencia de Naciones Unidas sobre el
Medio Ambiente, celebrada en 1972 en Estocolmo, se concretó el compromiso de
la Comunidad Internacional en este ámbito, consagrándose el derecho
fundamental de la persona a disfrutar de un medio ambiente adecuado, que le
permita una calidad de vida. También a partir de esa fecha se inician distintos
programas de acción en el ámbito de la Comunidad Europea.
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[76]
Sin embargo, en esta primera etapa, las medidas adoptadas responden a
enfoques sectoriales y verticales de los problemas ecológicos, con el
establecimiento de unas reglas mínimas con relación a la gestión de los residuos y
a la contaminación, pero sin que detrás de estas actuaciones subyazca una
política integral de protección del medio ambiente. (Carrasco, 2003)
3.3 Preceptos Constitucionales
Los principios que en la Constitución política mexicana tienen relación con el
medio ambiente se pueden esquematizar como los que consagran derechos (los
fundamentales) que establecen atribuciones y que podrían denominarse como la
parte orgánica administrativa, ósea, el sistema de atribuciones y concurrencias y
los convenios; que son los siguientes:
Principios que consagran derechos.
Derecho a un medio ambiente adecuado (artículo 4º).
Derecho de protección a la salud (artículo 4º).
Derecho al desarrollo sustentable (artículo 25º).
Principios fundamentales.
Principios de modalidades ambientales a la actividad industrial (artículo
25º).
Principio de conservación de los recursos naturales (artículo 27º).
Principio de restauración del equilibrio ecológico (artículo 27º).
Propiedad originaria de la nación sobre “tierras y aguas comprendidas
dentro del territorio nacional” (artículo 27º).
Principios que establecen atribuciones (parte orgánica administrativa).
Atribuciones y concurrencias.
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[77]
Medidas del Consejo de Salubridad General para prevenir y combatir la
contaminación ambiental (artículo 73, fracción XVI, 4ª).
Sistemas de concurrencias en materia ambiental (artículo 73, fracción XXIX-
G).
Atribuciones a los municipios en materia ambiental (artículo 115).
Facultades de la asamblea de representantes del distrito federal (artículo
122, fracción IV, inciso g).
Convenios.
Convenios entre la Federación y los estados (artículo 116, fracción VII,
primer párrafo).
Convenios entre los estados y los municipios (artículo 116, fracción VII,
segundo párrafo).
Convenios entre las distintas jurisdicciones locales y municipales entre si y
de estas con la Federación y el Distrito Federal, en la planeación y
ejecuciones de acciones en la zonas conurbadas (artículo 122, fracción IX).
5.3.1 El derecho a un medio ambiente adecuado y el derecho al desarrollo
sustentable y sus reformas a la Constitución de 1999.
El 28 de junio de 1999 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación la
reforma de los artículos 4to y 25, el primero para establecer el derecho a un medio
ambiente adecuado y el segundo para incorporar al sistema nacional de
planeación democrática el principio del desarrollo integral y sustentable. Para
definir el derecho a un medio ambiente adecuado se tiene que partir del texto
constitucional del artículo 4º; que en su párrafo sexto establece:
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[78]
“toda persona tiene derecho a disfrutar un medio ambiente adecuado para
su desarrollo y bienestar”
Este concepto constitucional nos lleva a tener que hacer una serie de reflexiones.
En primer término hay que señalar que al establecer que es un derecho de “toda
persona”, se trata de un derecho subjetivo general. Sin embargo, en México no
existen mecanismos jurídicos y procesales para tutelar este tipo de derechos. Este
derecho implica que exista un medio ambiente adecuado como premisa
fundamental para el ejercicio y el cumplimiento de su finalidad. En este sentido
hay una serie de reflexiones que hacer, ya que es precisamente el concepto de
ambiente y de sus calificativos de acuerdo para el desarrollo y bienestar.
Es necesario también ubicación de este derecho en el texto constitucional. Al
encontrarse este derecho en el artículo 4º, dentro del capítulo de garantías
individuales, es un principio que fundamenta a otros derechos, ósea, es un
principio rector o guía. Podemos decir que es un principio general del derecho que
ha sido constitucionalizado. Sin embargo, nos encontramos con que a pesar de
estar ubicado como tal, no es una garantía individual, sino que se convierte en un
principio rector de la política social y económica.
El derecho a un medio ambiente adecuado y la inserción en el artículo 25º del
desarrollo sustentable nos puede llevar a considerar que estamos frente a un
principio programático, no obstante, hay que aclarar que los principios rectores o
programáticos no dan lugar al surgimiento de derechos subjetivos.
Por lo que para el derecho a un medio ambiente adecuado puede ser alegado
ante tribunales, requiere de una mención expresa. Por más que estos principios
rectores estén en la Constitución no son en realidad derechos en sentido pleno si
no hasta que son desarrollados por la ley.
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[79]
3.4 Ley General de Protección al Medio Ambiente
La LGEEPA es de aplicación nacional y establece las obligaciones de las
autoridades del orden federal y local. La Ley en su título IV Protección al
Ambiente, capítulos I y II establecen los artículos sobre prevención y control de la
contaminación de la atmósfera. En ellos se hace referencia específica a los
instrumentos de política, mecanismos y procedimientos necesarios para controlar,
reducir o evitar la contaminación de la atmósfera.
Es una ley “reglamentaria de las disposiciones de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos que se refieren a la preservación y restauración del
equilibrio ecológico, así como a la protección al ambiente, en el territorio nacional y
las zonas sobre las que la nación ejerce su soberanía y jurisdicción” (SEMARNAT,
2009).
3.5 NOMS en materia de Medio Ambiente
Las NOM son regulaciones técnicas de observancia obligatoria que establecen los
requisitos, especificaciones, condiciones, procedimientos, metas, parámetros y
límites permisibles que deberán observarse en regiones, zonas, cuencas o
ecosistemas, en el aprovechamiento de recursos naturales, en el desarrollo de
actividades económicas, en el uso y destino de bienes, en insumos y procesos,
considerando las condiciones necesarias para el bienestar de la población y la
preservación o restauración de los recursos naturales y a la protección al
ambiente; así como estimular a los agentes económicos para reorientar sus
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[80]
procesos y tecnologías a la protección del ambiente y al desarrollo sustentable
(SEMARNAT, 2006).
3.6 Legislación Estatal Ambiental
Corresponden a los Estados, de conformidad con lo dispuesto en artículo 7º de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Medio Ambiente y las leyes locales en la materia, las siguientes facultades:
La formulación, conducción y evaluación de la política ambiental estatal.
La aplicación de los instrumentos de política ambiental previstos en las
leyes locales en la materia, a si como la preservación y restauración del
equilibrio ecológico y la protección al ambiente que se realice en bienes y
zonas de jurisdicción estatal, en las materias que no estén expresamente
atribuidas a la Federación.
La prevención y control de la contaminación atmosférica generada por
fuentes fijas que funcionen como establecimientos industriales, así como
por fuentes móviles, que conforme a lo establecido en esta Ley no sean de
competencia federal.
La regulación de actividades que no sean consideradas altamente
riesgosas para el ambiente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
149º de la presente Ley.
El establecimiento, regulación, administración y vigilancia de las áreas
naturales protegidas previstas en la legislación local, con la participación
de los gobiernos municipales.
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[81]
La regulación de los sistemas de recolección, transporte, almacenamiento,
manejo, tratamiento y disposición final de los residuos sólidos e
industriales que no estén considerados como peligrosos de conformidad
por lo dispuesto en el artículo 137º de la presente Ley.
La prevención y el control de la contaminación generada por la emisión de
ruido, vibraciones, energía térmica, lumínica, radiaciones
electromagnéticas y olores perjudiciales al equilibrio ecológico o al
ambiente, proveniente de fuentes fijas que funcionen como
establecimientos industriales, así como, en su caso, de fuentes móviles
que conforme a lo establecido en esta ley no sean de competencia federal.
La regulación del aprovechamiento sustentable y la prevención y control de
la contaminación de las aguas de jurisdicción estatal, así como de las
aguas nacionales que tengan asignadas.
La formulación, expedición y ejecución de los programas de ordenamiento
ecológico del territorio al que se refiere el artículo 20º bis 2 de la Ley
General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Medio Ambiente, con la
participación de los municipios respectivos.
La prevención y el control de la contaminación generada por el
aprovechamiento de las sustancias no reservadas a la Federación, que
constituyan depósitos de naturaleza similar a los componentes de los
terrenos, tales como rocas o productos de su descomposición que solo
puedan utilizarse para la fabricación de materiales para la construcción u
ornamento de obras.
La atención de los asuntos que afecten el equilibrio ecológico o el ambiente
de dos o más municipios.
La participación en emergencias y contingencias ambientales, conforme a
las políticas y programas de protección civil que al efecto se establezcan.
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[82]
La vigilancia del cumplimiento de las normas oficiales mexicanas expedidas
por la Federación, en las materias y supuestos a que se refieren las
fracciones III, VI y VII de este articulo.
La conducción de la política estatal de información y difusión en materia
ambiental.
La promoción de la participación de la sociedad en materia ambiental, de
conformidad con lo dispuesto en esta Ley.
El ejercicio de las funciones que en materia de preservación del equilibrio
ecológico y protección al ambiente, les transfiera la Federación, conforme
a lo dispuesto en el artículo 11º de este ordenamiento.
La formulación, ejecución y evaluación del programa estatal de protección
al ambiente.
La emisión de recomendaciones a las autoridades competentes en materia
ambiental, con el propósito de promover el cumplimiento de la legislación
ambiental.
La atención coordinada con la Federación de asuntos que afecten el
equilibrio ecológico de dos o más entidades federativas, cuando así lo
considere conveniente las entendidas federativas respectivas.
La atención de los demás asuntos que en materia de preservación del
equilibrio ecológico y protección al ambiente, les coincida esta Ley, u
otros ordenamientos en concordancia con ella y que no estén otorgados
expresamente a la Federación.
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[83]
3.7 Legislación Municipal Ambiental
Corresponde a los municipios, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8º
de la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y las leyes
locales en la materia, las siguientes facultades:
La formulación, conducción y evaluación de la política ambiental municipal.
La aplicación de los instrumentos de política ambiental previstos en las
leyes locales en la materia y preservación y restauración del equilibrio
ecológico y la protección al ambiente en bienes y zonas de jurisdicción
municipal, en materias que no estén expresamente atribuidas a la
Federación o a los estados.
La aplicación de las disposiciones jurídicas relativas a la prevención y
control sobre los efectos al ambiente ocasionados por la generación,
transporte, almacenamiento, manejo, tratamiento y disposición final de los
residuos sólidos e industriales que no estén considerados como peligrosos,
de conformidad con lo dispuesto por el artículo 137º de la presente Ley.
La creación y administración de zonas de preservación ecológica de los
centros de población, parques urbanos, jardines públicos, y demás áreas
análogas previstas por la legislación local.
La aplicación de las disposiciones jurídicas relativas a la prevención y
control por la contaminación por ruido, vibraciones, energía térmica,
radiaciones electromagnéticas, lumínicas y olores perjudiciales para el
equilibrio ecológico y el ambiente, proveniente de fuentes fijas que
funcionen como establecimientos mercantiles o de servicios, a si como la
vigilancia del cumplimiento de las disposiciones que, en su caso, resulten
aplicables a las fuentes móviles excepto las que conforme a esta Ley se
consideradas de jurisdicción federal.
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[84]
La aplicación de las disposiciones jurídicas en materia de prevención y
control de la contaminación de las aguas que se descarguen en los
sistemas de drenaje y alcantarillado de los centros de población, así como
de las aguas nacionales que tengan asignadas con la participación que
conforme a legislación local en la materia corresponda a los gobiernos de
los estados.
La formulación y expedición de los programas de ordenamiento ecológico
local del territorio a que se refiere el artículo 20 bis 4º de la Ley del
Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en los términos en ella
previstos, así como el control y la vigilancia del cambio del uso de suelo,
establecidos en dichos programas.
La preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección al
ambiente en los centros de población, en los efectos derivados por los
servicios de alcantarillado, limpia, mercados, centrales de abasto,
panteones, rastros, transito y transporte locales, siempre y cuando no se
trate de facultades otorgadas a la Federación o a los estados en la presente
Ley.
La participación en la atención de los asuntos que afecten el equilibrio
ecológico de 2 o más municipios y que generen efectos ambientales en su
circunscripción territorial.
La participación en emergencias y contingencias ambientales conforme a
las políticas y programas de protección civil que al efecto se establezcan.
La vigilancia del cumplimientos de las normas oficiales mexicanas
expedidas por las Federación, en las materias y supuestos a que se
refieren las fracciones III, IV, VI y VII de este articulo.
La formulación y conducción de la política municipal de información y
difusión en materia ambiental.
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[85]
La participación en la evaluación del impacto ambiental de obras o
actividades de competencia estatal, cuando las mismas se realicen en el
ámbito de su circunscripción territorial.
La formulación, ejecución y evaluación del programa municipal de
protección al ambiente.
La atención de los demás asuntos que en materia de preservación del equilibrio ecológico
y protección al ambiente les conceda esta Ley u otros ordenamientos en concordancia
con ella y que no estén otorgados expresamente a la Federación o a los estados.
3.8 Conclusión
Los instrumentos legales creados para la protección del medio ambiente podrán
lograr su objetivo, únicamente si los tres órdenes de gobierno trabajan en
concordancia y a la vez la sociedad contribuya respetando las leyes y vigilando
que otros las respeten.
Así se podrá encontrar un equilibrio que permita un mejor aprovechamiento de los
recursos naturales del país.
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LOS RECURSOS NATURALES Y LA LEGISLACIÓN AMBIENTAL MEXICANA
[86]
4.- MÓDULO III. POLITICA AMBIENTAL.3
4.1 Introducción
La política ambiental de México se estableció durante los años ochenta y noventa,
paso por la etapa de reformas neoliberales de la economía y transito
progresivamente hacia formas de de operación que la integran al mercado
ambiental global.
Pero la escala regional de la crisis ambiental es el espacio concreto en el cual
interactúan los actores del mercado ambiental. En el caso de México existen
escenarios claramente diferenciados que se reseñan para ilustrar la complejidad
de ese fenómeno característico de la globalización: su doble vertiente global / local
(Micheli, 2002).
4.2 Conceptos de Planeación Ambiental
La planeación ambiental contribuye a prever los daños que las actividades
económicas pueden causar al medio ambiente. Su finalidad es proporcionar a las
autoridades, empresas u otras actividades los elementos que permitan diseñar
políticas de preservación, protección y aprovechamiento racional de su medio
ambiente y recursos naturales, entre los que se encuentran los recursos
forestales, pesqueros, acuíferos, de flora y fauna, entre otros igualmente
importante para el desarrollo del país.
3 La información en este módulo se elaboró con base en información proporcionada por Borquez(2015)
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[87]
4.3 Mercado ambiental y geografía de la crisis ambiental
La era de globalización ha traído consigo la construcción de un nuevo mercado
que se rige por el paradigma de la sustentabilidad, es el mercado ambiental. Tal
poder en la esfera de los negocios, en las ideas y en la acción política. Dado que
el objetivo de los actores es modificar el conflicto en la base de las interacciones
entre aquellos. El centro de gravedad de este mercado es la crisis ambiental como
crisis de la relación naturaleza-economía-sociedad, y emergencia de un nuevo
paradigma que es la sustentabilidad. Pero alrededor de esta crisis confluyen las
ofertas y demandas sociales, políticas y económicas que determinan ganancias y
pérdidas: se ganan o pierden posiciones de poder y lo mismo ocurre en los
negocios. El mercado es un espacio social de confrontación en el que se juega la
suerte de sus actores que hacen política, crean estrategias, transforman o innovan
técnicas, definen alianzas, cooperan y contienden.
En génesis de tres décadas de la construcción del mercado ambiental global,
durante los años ochenta se produce la incorporación de la crisis ambiental a la
esfera de la intervención estatal.
Nacen las políticas ambientales con identidad propia, lo cual significa pasar de la
construcción de un saber a la construcción de una acción transformadora, para lo
cual la geografía es imprescindible. Conocer y actuar sobre las dimensiones
geográficas de la crisis ambiental constituye un instrumento de ejercicio del poder
estatal, los gobiernos crean nuevas organizaciones ambientales que tienen una
relación evidente con la geopolítica.
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LOS RECURSOS NATURALES Y LA LEGISLACIÓN AMBIENTAL MEXICANA
[88]
4.4 Calidad Ambiental planeación y problemas
La misión del Programa de Planeación Ambiental y Conservación está enfocada a
conocer, investigar, y monitorear los efectos de transformación de los ecosistemas
como resultado de la actividad humana, para proponer medidas de remediación,
manejo y conservación sustentadas en los resultados de la investigación científica,
que mitiguen, compatibilicen y hagan de las actividades productivas, actividades
sustentables.
La transformación de un ecosistema terrestre, acuícola, costero y marino
generalmente ocurre por la extracción de recursos naturales de manera masiva.
La presión humana sobre estos recursos implica que los servicios ambientales y la
salud de dicho ecosistema se deterioren o se pierdan. Los efectos de la actividad
humana inciden sobre procesos eco sistémicos que puntualmente resultan en la
pérdida de hábitats críticos, superficies vegetales, pérdida de biodiversidad, y
contaminación variada (por metales pesados, pesticidas, combustibles, coliformes,
etc.). Asimismo se hace patente la reducción en recursos naturales vitales para el
ser humano y sus asentamientos, así como el deterioro de la salud ambiental y
humana por la incidencia de plagas, mareas rojas, y enfermedades.
El Programa de Planeación Ambiental y Conservación abarca una gama de
enfoques de investigación: desde la planeación ambiental a escala de paisaje,
hasta el estudio de microorganismos para la remediación de procesos eco
sistémicos esenciales. Para ello, cuenta con laboratorios especializados para cada
línea estratégica, colecciones animales y vegetales, así como herramientas de
vanguardia como Sistemas de Información Geográfica. Todas las líneas de
investigación están dirigidas a hacer de las actividades humanas en la región
Noroeste actividades más sustentables, incrementar hasta donde sea posible, el
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[89]
nivel de vida de los habitantes de la misma, y aplicar conocimiento básico a la
toma de decisiones de conservación y manejo de ecosistemas (Maeda, 2010).
4.5 La dimensión ambiental en su planeación
Los problemas ambientales siempre han existido, pero la necesidad de estudiarlos
en forma sistemática para determinar cursos de acción que asignen y distribuyan
recursos y servicios ambientales de forma justa y eficiente entre usos que
compiten entre sí, no se hizo patente hasta finales de los años 60s y principios de
los 70s. La planeación ambiental emergió como una área funcional dentro del
campo más amplio de la planeación, y como una actividad desarrollada por
individuos y organizaciones relacionados con problemas surgidos de la interface
sociedad-naturaleza, con el fin de crear cursos de acción para
resolverlos(Briassoulis, 1989). En el caso de México, la planeación ambiental
surge en el marco del paradigma del desarrollo sustentable, al cual se le
incorporaron los acuerdos de la Agenda XXI, el Convenio sobre la Biodiversidad y
el Convenio sobre el Cambio Climático, y se le propone como una estrategia
normativa para regular la relación hombre-naturaleza (Aguiluz et al., 2001). De
manera específica, la SEMARNAT declara que la finalidad de la planeación
ambiental es sintetizar la visión estratégica sobre la solución de los problemas
ambientales de una región, con los anhelos y expectativas de la ciudadanía sobre
el futuro ambiental que desean; y expresar esa síntesis no solo en programas y
proyectos específicos, sino en actitudes, valores y acciones cotidianas que
permitan transitar hacia un modelo de desarrollo sustentable en la localidad.
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[90]
4.6 Política Ambiental en México y en el Estado de B.C.S
Durante la década de las ochentas, la atención del gobierno a la crisis ambiental
fue creciente y diversa desde el punto de vista de las medidas que se llevaron a
cabo (Michelli, 2000). La clave explicativa de la intervención estatal fue la
incorporación ambiental a la agenda política como consecuencia de procesos
coincidentes:
1) Un ciclo tanto naturales como generadas por la actividad productiva, que
dejaron en claro la ausencia de una capacidad institucional de atención a
estos fenómenos y a sus profundas consecuencias sociales.
2) La emergencia del modelo neoliberal en la estrategia de desarrollo
económico y social del país, lo cual implico una gran pérdida de capacidad
de intervenciones de os Estados en los mecanismos de cohesión y
legitimación social que eran tradicionales del sistema político Mexicano,
tales como el empleo y el salario.
3) El afianzamiento de tendencias internacionales de creación de un mercado
ambiental.
En el plano legal, la Ley Federal para Prevenir y Controlar la Contaminación
Ambiental (1971), y en el aspecto de la gestión, un órgano de la administración
que varias veces cambio su nombre y de ubicación en el aparato del gobierno; en
un inicio fue la Subsecretaria de Mejoramiento del Ambiente (1972 – 1976), la cual
estaba inserta en el campo de la salud pública (Secretaria de Salubridad y
Asistencia) y finalizo como Subsecretaria de Ecología (a partir de 1983) en la
Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología (SEDUE).
En 1992 se crearon 2 organismos claves para la política ambiental: el Instituto
Nacional de Ecología (INE) y la Procuraduría Federal de Protección al Medio
Ambiente (PROFEPA). El primero, encargado de generar normas y definir
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[91]
políticas, y el segundo, responsable de vigilar y fiscalizar el cumplimientos de las
normas y leyes.
Todos estos cambios significaron una etapa de reformas institucionales mediante
las cuales el Estado mexicano construyo sus capacidades de gestión pata operar
una política ambiental. De hecho en el periodo de restructuración neoliberal que
vivió el sistema político y económico mexicano en los años ochenta, esta reforma
institucional en el campo del medio ambiente representa el único ámbito en el cual
el Estado ha mantenido una iniciativa pata ganar capacidades de gestión pública.
Tras la creación de la SEMARNAP y la definición de los objetivos de esta, la
nueva concepción de política ambiental de acorde con las tendencias de la
globalización fue traslada a una nueva ley; en 1996, la Ley General de Equilibrio
Ecológico y Protección al Ambiente fue reformada, dando paso a una nueva
definición del desarrollo sustentable en los términos siguientes: “El proceso
evaluable mediante criterios e indicadores de carácter ambiental, económico y
social, que tiende a mejorar la calidad de vida y productividad de las personas,
que se funda en medidas apropiadas de preservación del equilibrio ecológico,
protección al ambiente y aprovechamientos de los recursos naturales, de manera
que no se comprometa la satisfacción de las necesidades de generaciones
futuras.
Baja California Sur se consolida como un estado con grandes posibilidades de
desarrollo, potencialidades que se fortalecen en la medida en que gobierno y
sociedad asumimos que la fragilidad de nuestros recursos naturales y sus
restricciones de uso se transforman en una oportunidad para incidir en mercados
especializados, tanto nacionales como internacionales. Las modalidades de
turismo científico, de aventura, ecoturismo y turismo cultural, son vertientes que
representan una alternativa para la protección, conservación y aprovechamiento
sustentable de los recursos naturales, particularmente en las áreas naturales
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[92]
protegidas; esto, si consideramos que éstas ocupan el 34.4 % de la superficie
terrestre del estado.
Sin pretender abundar en el polémico marco del centralismo y pese a los avances
logrados con las facultades que hoy ostenta la Delegación Estatal de la
SEMARNAT, se continuará pugnando por instituir políticas mucho más
descentralizadas que se apoyen con mayor medida en las características de la
comunidades locales, a fin de trasladar a planos operativos la protección al medio
ambiente, sin limitar el desarrollo de dichas comunidades.
Respecto a las autorizaciones emitidas por el estado, el Gobierno del Estado
expidió 17 autorizaciones de impacto y riesgo ambiental, el 53 por ciento de éstas
en el municipio de La Paz, 35 por ciento en el municipio de Los Cabos, 6 por
ciento en el municipio de Mulegé y 6 por ciento en el municipio de Comondú. Los
giros de mayor incidencia son el de servicios con 40 por ciento y el habitacional
con 24 por ciento. Se emitieron también 19 opiniones técnicas, destacando 15
sobre proyectos en evaluación federal.
4.7 Ordenamiento Ecológico del Territorio tanto federal, estatal y municipal
El Ordenamiento Ecológico del Territorio (OET) es el instrumento de política
ambiental para regular o inducir el uso del suelo y las actividades productivas, a fin
de lograr un equilibrio entre el desarrollo y la conservación de patrimonio natural.
(LEEGEPA, art. 3º fracción XXIIII).
El OET y las zonas donde la nación ejerce su soberanía y jurisdicción, se realiza a
través de los programas de ordenamiento ecológico general del territorio, regional,
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[93]
local, y marino. Aunque el OET está definido en 4 modalidades, existe a nivel
práctico el ordenamiento ecológico de zonas costeras y marinas. (SEMARNAP,
1999; INE-SEMARNAP, 2000). Los objetivos de OET son:
La regionalización de los territorios en base en sus atributos físicos, bióticos
y socioeconómicos, así como en el diagnóstico de sus condiciones
ambientales y de las tecnologías utilizadas por los habitantes de la región
que se trate, en el usufructo de sus recursos naturales.
Regular e inducir los usos del suelo a fin de proteger el ambiente y
preservar, aprovechar, y restaurar de manera sustentable los recursos
naturales respectivos, fundamentalmente en la realización de actividades
productivas y la localización de asentamientos humanos, así como
establecer los criterios de regulación ecológica para la planeación de los
asentamientos humanos, a fin de que sean considerados en los programas
de desarrollo urbano correspondientes.
Si bien la LEGEEPA especifica que existen cuatro tipos diferentes de
ordenamiento ecológico territorial, estos pueden tener diversas características o
modalidades a su interior. En el caso de programas de ordenamiento ecológico
territorial a nivel regional existen varias modalidades, mismas que se señalan a
continuación:
Ordenamiento Ecológico Estatal.- abarca la totalidad de un estado.
Ordenamiento Ecológico Regional.- abarca una porción de un estado,
puede tratarse de 2 o más municipios completos o partes de 2 o más
municipios.
Ordenamiento Ecológico Regional, con la participación de la federación,
abarca la totalidad de 2 dos más estados o abarca parte de 2 o más
estados.
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[94]
Ordenamiento Ecológico Regional, con participación de la federación,
puede tratarse de la parte de un estado pero que incluya un área natural
protegida (ANP) por la Federación, algún recurso natural de interés federal
(como el agua) o ser una región de atención prioritaria definida por la
Federación mediante el ordenamiento ecológico general del territorio.
Algunos ordenamientos ecológicos regionales llevan explicita una referencia sobre
el área en particular del trabajo; por ejemplo una Arena Natural Protegida (ANP)
como lo es el ordenamiento ecológico del Desierto de Vizcaíno.
Esta situación ha generado, en muchas ocasiones, sobre qué tipo de programas
se trata, por lo que debe de quedar muy en claro todas esas variaciones
corresponden a un ordenamiento ecológico regional, y lo único que debe
establecerse es si es de competencia estatal o si es competencia de la federación
en coordinación con el gobierno estatal correspondiente, ya que esta situación es
la que marcara los atribuciones específicas de cada nivel de gobierno, en cada
proceso en particular (Rosete, 2006).
4.8 Instrumentos Económicos
Se consideran instrumentos económicos los mecanismos normativos y
administrativos de carácter fiscal, financiero o de mercado, mediante los cuales las
personas asumen los beneficios y costos ambientales que generen sus
actividades económicas, incentivándoles a realizar acciones que favorezcan al
ambiente. (LGEEPA art.22º).
Pueden emplearlos tanto la Federación como los Estados y el Distrito Federal
según el ámbito de sus competencias. Estos instrumentos tienen la ventaja de
permitir a los actores afectados adaptar su respuesta a las disposiciones de la
autoridad de acuerdo a su situación, costos y necesidades, por lo que promueven
la eficiencia, además de tener un potencial recaudatorio.
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[95]
Los casos pueden ser variados y múltiples: productos pesqueros y acuícolas
respetuosos del medio ambiente, productos agrícolas orgánicos que protegen el
entorno, destinos turísticos que respetan el paisaje y la riqueza cultural, marinas
que son compatibles con el entorno ambiental y controlan sus procesos, puertos
que operan con los mejores estándares ambientales.
4.9 Regulación ambiental de los asentamientos Humanos
Objetivo Estratégico: promoción del aprovechamiento sustentable de los océanos
y costas, con base en el conocimientos científico de los recursos naturales y
detener el deterioro y degradación de los ecosistemas costeros y oceánicos de
México.
Objetivo Táctico 1: incorporar criterios ambientales, la visión ecosistemica, la
mejor evidencia científica, y bajo un criterio precautorio al manejo de los recursos
marinos y costeros en la planeación sectorial. Considerando que:
La SEMARNAT incorporara en las Agendas intersecretariales vigentes y en
las que surjan, los criterios ambientales necesarios para garantizar el
manejo sustentable de los ecosistemas marinos y costeros.
La SEMARNAT incorporara dentro de los programas sectoriales, los
criterios ambientales pertinentes que garanticen la sustentabilidad de los
ecosistemas marinos y costeros, con base en valoración económica.
Objetivo Táctico 2: establecer mecanismos para el control y prevención para
impactos ambientales naturales y antropogénicos para el desarrollo de las
actividades productivas y el asentamiento de centros urbanos y rurales en esta
zona. Así como para la atención de sus efectos sobre la población.
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[96]
Objetivo Táctico 3: establecer un modelo de planeación regional para las zonas
costeras que conduzca a la elaboración de planes de desarrollo regional que
consideren la compatibilidad entre las diversas actividades productivas y urbanas
así como con las prioridades ambientales características de la zona costera.
Objetivo Táctico 4: promover la planeación nacional y regional para el desarrollo
urbano y rural de los asentamientos humanos en la zona costera, a través de una
estrategia que considere las particularidades ambientales, sociales, y económicas
de esta región.
4.10 Conclusión
La política ambiental en nuestro país ha ido tomando fuerza, en el mundo tomo
más importancia a partir de la década de los setenta y en México tomo cambios
significativos en la década de los ochenta. Los legisladores y la sociedad, empezó
a descubrir la importancia del medio ambiente y de los recursos naturales, ya que
son una fuente de ingresos importante para la economía en México, por tanto
buscaron la manera de crear instrumentos para la protección del cuidado del
medio ambiente y los recursos naturales.
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[97]
5.-MÓDULO IV. PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS EN MATERIA
AMBIENTAL.4
5.1Introducción
Desde un punto de vista jurídico, los medios de defensa se refieren al derecho de
los gobernados para inconformarse en contra de las resoluciones emitidas por
una autoridad con motivo del ejercicio de sus funciones, siendo que estos medios
de defensa pueden interponerse ante la misma autoridad que emitió la
resolución o ante algún tribunal administrativo o judicial que tenga la
competencia para conocer de la resolución.
Para referirnos a los medios de defensa en materia ambiental tendríamos que
describir el recurso, el juicio administrativo, e incluso el juicio de amparo, pero
además tendríamos que estarnos al ámbito competencial, esto es, ver si se trata
de un asunto municipal, estatal o federal, además tendríamos que analizar la ley
de la materia, con el fin de estructurar una adecuada defensa, y poder delimitar el
asunto en cuestión y los posibles alcances que puede tener (Lima, 2009).
5.2 Inspección y Vigilancia
La inspección que realiza el personal de la PROFEPA es un acto de autoridad,
sustentado por la ley, que tiene como fin verificar que el aprovechamiento de los
recursos naturales que realicen los particulares, las empresas, las agrupaciones
sociales y aun las propias autoridades y entidades del gobierno, se esté llevando a
cabo de una manera legal. Siendo la inspección un acto que verifica la legalidad y
cumplimiento de las licencias, permisos y autorizaciones emitidas por las
autoridades competentes, todos aquellos que ejercen una actividad de extracción,
4 La información en este módulo se elaboró con base en información proporcionada por Romero (2015)
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[98]
captura, colecta, comercio, transporte o aprovechamiento autorizado en general
de los recursos naturales están sujetos a que se les realice una inspección. Para
las labores de inspección y vigilancia la PROFEPA cuenta con 500 inspectores de
recursos naturales en todo el país.
Para que un inspector de la PROFEPA pueda realizar un acto de inspección y
vigilancia debe mostrar su credencial vigente con fotografía y presentar una orden
de inspección. Tiene la facultad de inspeccionar domicilios, vehículos y demás en
donde se presuma existen violaciones a la ley. Cuando se perciba un acto ilegal
en flagrancia, que se sorprenda a alguien realizando actividades ilegales en la
materia, no es necesario que presente la orden de inspección. Su función es
detectar alguna falta grave o que ponga en peligro un recurso natural. Tiene la
facultad de imponer medidas de seguridad. Debe hacer constar de todos los
hechos en un Acta de Inspección. Al término de la visita de inspección, el
inspeccionado tiene el derecho de recibir: Una copia del acta de inspección
firmada por el inspector de recursos naturales y los testigos de la visita. También
cuenta con el derecho de ofrecer, dentro de un término de cinco días hábiles, las
pruebas o documentación que no hayan estado disponibles durante la visita. El
inspector es un representante de la autoridad ambiental. En principio, su función
durante la visita de inspección es únicamente la de dar cuenta de las faltas o
irregularidades que él considere existen. Sin embargo, en caso de detectar alguna
falta grave o que ponga en peligro algún recurso natural el inspector tiene la
facultad de imponer algunas medidas de seguridad, como es el caso del
aseguramiento de algún vehículo, embarcación, equipo, producto pesquero o
forestal, ejemplar, producto o subproducto de flora o fauna silvestre. El inspector
debe hacer constar estos hechos en el acta de inspección y generar además la
documentación adicional que pudiera resultar necesaria.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN
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[99]
5.3 Actas Administrativas
Un procedimiento administrativo es una sucesión de actos vinculados entre sí,
emanados o producidos por la Administración o por particulares interesados, que
tienen por finalidad producir un acto administrativo terminal. Normalmente el
procedimiento administrativo dará lugar a una sucesión de “actos trámite”.
Estos actos trámite pueden ser, por ejemplo, la resolución que ordena iniciar un
período de información para recoger antecedentes de impacto ambiental, en el
caso de una solicitud de construcción de un edificio, o la resolución que ordena
notificar a un tercero interesado, acerca de alguna de las actuaciones del
procedimiento. También son actos trámite las solicitudes internas o externas,
mediante un memorándum o un oficio, para la emisión de un informe jurídico,
económico o técnico necesario o útil para resolver la solicitud. Por otra parte, el
acto terminal será el que acepta o rechaza la autorización para iniciar dicha
construcción.
Son actos administrativos, entonces, las declaraciones de las entidades que, en el
marco de normas de derecho público, están destinadas a producir efectos
jurídicos sobre los intereses, obligaciones o derechos de los administrados dentro
de una situación concreta (Montes, 2006)
5.4 Medidas de Seguridad
La seguridad ambiental es la minimización proactiva de las amenazas
antropogénicas a la integridad funcional de la biosfera y así a su componente
interdependiente humano (Barnett ,1997).
Hay definiciones impregnadas de las agendas de seguridad nacional, con un
fuerte contenido militar, y las hay mucho más amplias, a veces algo vagas, que
tienden a confluir con los intereses y proposiciones del “desarrollo sostenible”. El
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN
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[100]
término de “seguridad ambiental” puede referirse a diversos focos de atención
(Glenn y Gordon 2001):
5.5 Inicio de Procedimiento
El Procedimiento Administrativo debe cumplir con las siguientes fases:
Emplazamiento. Se trata de un documento que será entregado en el sitio de
la inspección o el domicilio asentado por el inspeccionado en el acta de
inspección, en el cual la PROFEPA fijará el plazo máximo y el lugar en el
cual el visitado deberá presentar la documentación para argumentar a su
favor los hechos u omisiones que el inspector haya anotado en el Acta de
Inspección como irregulares o faltantes.
Presentación, admisión y desahogo de pruebas. Con base en la
documentación que presente el inspeccionado, la PROFEPA elaborará un
documento en el cual se señalarán las pruebas presentadas y admitidas y,
en su caso, fijará fecha para la audiencia de desahogo de pruebas.
Emisión de resolución administrativa. Con base en las pruebas presentadas
y los alegatos formulados, la autoridad administrativa emitirá su dictamen
final en cuanto al cumplimiento o no, por parte del inspeccionado, de las
condiciones legales de su actividad para el aprovechamiento,
transformación, transporte, uso o comercio de los recursos naturales en una
Resolución Administrativa, la cual deberá ser notificada personalmente o
por correo certificado. En esta resolución se indicarán, en su caso, las
sanciones a que se haya hecho acreedor el inspeccionado; así como las
medidas preventivas, correctivas o de reparación de daños que deberán
aplicarse, y el plazo para su cumplimiento. Las sanciones aplicables
pueden incluir multa, clausura, decomiso, demolición de obras no
autorizadas y arresto administrativo.
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN
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[101]
De haber probado el inspeccionado la legalidad de sus actividades y la
improcedencia de las observaciones realizadas durante el acto de inspección, la
resolución administrativa así lo indicará, liberándolo de toda responsabilidad al
respecto. Es muy importante informarse sobre qué actividades pueden constituir
un delito federal, ya que la comisión de un delito ambiental no se sujeta al
procedimiento administrativo, sino que es causa de un procedimiento penal que
puede concluir con penas de cárcel y penas económicas. Si durante el
procedimiento administrativo, o una vez terminado éste, se considera que se
presentaron irregularidades que le impidieron ejercer sus derechos, o le
ocasionaron no se aplicara la ley con justicia, se puede recurrir al llamado recurso
de revisión previsto en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al
Ambiente. Las autoridades administrativas de la localidad y las autoridades de la
PROFEPA tienen la obligación de informarle sobre este procedimiento (Leal,
2002).
5.6 Pruebas
La expresión “medios de prueba” designa las actividades, objetos o datos que
permiten a las partes en litigio y a las autoridades jurisdiccionales llegar a la
convicción sobre la existencia o ausencia de un hecho o acto relacionado con la
materia procesar, sobre la cual tendrá que decidir. Así se presentan dos
momentos, uno que ocurre cuando el juzgador lleva a cabo la valoración de los
medios de prueba ofrecidos por las partes en litigio, y otro cuando la autoridad
ambiental substancia un procedimiento administrativo derivado de la aplicación de
la ley ambiental.
Cabe mencionar que en términos de la legislación procesal mexicana, la carga de
la prueba para desvirtuar una afirmación de las autoridades administrativas sobre
el hecho de haber causado un daño al ambiente o a los recursos naturales,
MEMORIA DE CURSO ESPECIAL DE TITULACIÓN
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[102]
corresponde al particular; sin embargo, en conformidad con el Código Federal de
Procedimientos Civiles y con miras a determinar infracciones a la normatividad
ambiental y la existencia de daños ambientales, jueces y autoridades
administrativas podrán decretar la práctica, repetición o ampliación de cualquier
diligencia probatoria a través de los medios probatorios reconocidos por la ley.
5.7 Resolución
Vencido el plazo para presentar alegatos, la autoridad emitirá y notificará a la
empresa una resolución administrativa, en la que, de resultar procedente,
impondrá las sanciones y medidas correctivas necesarias para subsanar las
infracciones. Las sanciones a las que se puede hacer acreedora tu empresa,
dependiendo de la gravedad de las infracciones, son:
Multa de 20 a 50,000 días de SMG, vigente en el Distrito Federal.
Clausura total o parcial, temporal o definitiva.
Arresto administrativo hasta por 36 horas.
Suspensión o revocación de las licencias, permisos o autorizaciones
5.8 Recurso de Revisión
Es el medio a través del cual los afectados podrán impugnar (inconformarse) los
actos o resoluciones que retarden, nieguen o impidan el acceso a la información
pública o protección de datos personales, así como de aquellos que la
proporcionen de manera inexacta, incompleta o distinta a la solicitada.
El plazo para interponer el recurso de revisión será de 15 días hábiles, contados a
partir de la fecha en que surta efectos la notificación de la resolución
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administrativa impugnada. El recurso deberá presentarse por escrito o por
comparecencia y cumplirá con los siguientes requisitos:
Nombre del inconforme
Domicilio o dirección electrónica para recibir notificaciones
La entidad pública responsable
Acto o resolución impugnado, y
Hechos en que se funde la impugnación (Acosta, 2008).
5.9 Delitos ambientales del Orden Federal y Estatal
El Código Penal para el Distrito Federal en Materia Común y para toda la
República en Materia Federal incluye regulaciones para la protección del medio
ambiente. En este Código se establecen aquellas actividades o acciones que
recibirán una sanción penal. Este Código tiene un capítulo único en materia
ambiental y de los artículos 414 al 423 señala que se impondrán penas de 3
meses a 9 años de prisión y de 300 a 3,000 días multa a quien cometa alguno de
los siguientes delitos:
En materia de actividades riesgosas y peligrosas:
Quien ilícitamente ordene o autorice el manejo de sustancias peligrosas o
de sustancias agotadoras de la capa de ozono, realice actividades de
producción, almacenamiento, tráfico, transporte, abandono, desecho,
descarga, o realice cualquier otra actividad, sin aplicar las medidas de
prevención o seguridad, que causen un riesgo de daño a los recursos
naturales, a la flora, a la fauna o a los ecosistemas, el agua o el ambiente.
Quien emita, lo autorice u ordene, despida o descargue: gases, humos,
polvos contaminantes, genere emisiones de ruido, vibraciones, energía
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térmica o lumínica, que ocasionen daños a los recursos naturales, a la flora,
a la fauna, a los ecosistemas o al ambiente.
Quien descargue, deposite, o infiltre, lo autorice o lo ordene, aguas
residuales, líquidos químicos o bioquímicos, desechos contaminantes en
los suelos, subsuelos, aguas marinas, ríos, cuencas, etc., que causen un
riesgo de daño o dañen los recursos naturales, a la flora, a la fauna a los
ecosistemas o al ambiente.
En materia de biodiversidad:
Al que introduzca a territorio nacional, o trafique con recursos forestales,
flora o fauna silvestre viva o muerta, sus productos o derivados, que porten,
padezcan o hayan padecido alguna enfermedad contagiosa que ocasione o
pueda ocasionar diseminación o propagación o el contagio a la flora, a la
fauna, a los ecosistemas o al ambiente o los recursos forestales o los
ecosistemas.
Ya quien ilícitamente:
Desmonte o destruya la vegetación natural. Corte, arranque, derribe o tale
algún o algunos árboles. Cambie el uso del suelo forestal. Transporte,
comercie, acopie, almacene o transforme madera en rollo, astillas, carbón
vegetal, así como cualquier recurso forestal maderable.
Capture, dañe o prive de la vida a algún ejemplar de tortuga o mamífero
marino, o recolecte o almacene de cualquier forma sus productos o
subproductos.
Capture, transporte, acopie o dañe ejemplares en veda, realice actividades
de caza, pesca o captura con un medio no permitido, de algún ejemplar de
una especie de fauna silvestre, o ponga en riesgo la viabilidad biológica de
una población o especie silvestres.
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Realice cualquier actividad con fines de tráfico, o capture, posea,
transporte, acopie, introduzca al país o extraiga del mismo algún ejemplar,
sus productos o subproductos y demás recursos genéticos, de una especie
de fauna o flora terrestres o acuáticas en veda, endémica, amenazada o en
peligro de extinción, sujeta a protección especial, o regulada por algún
tratado internacional del que México sea parte.
Dañe arrecifes. Dañe, reseque o rellene humedales, manglares, lagunas,
esteros o pantanos. Introduzca o libere en el medio natural, algún ejemplar
de fauna exótica que perjudique a un ecosistema, o que dificulte, altere o
afecte las especies nativas o migratorias en los ciclos naturales de su
reproducción o migración.
Provoque un incendio en un bosque o selva, vegetación natural o terrenos
forestales, que dañe elementos naturales, flora, fauna, los ecosistemas o el
ambiente (Leal, 2002)
5.10 Conclusión
Los órganos que se encarguen para la conservación del medio ambiente y las
leyes y normas que emanen a partir de estas instituciones, deben estar en
colindancia con los tres órdenes de gobierno y a la vez con la sociedad misma
para que así se pueda dar una mejor protección, y conciencia de los recursos
naturales y la importancia que tienen, para que así se pueda contribuir al
desarrollo sustentable del país.
Los procedimientos administrativos deben de ser seguidos conforme a derecho y
tanto la autoridad como la sociedad debe de tener conciencia de la importancia de
estos mismos, así como también conocerlos.
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[106]
CONCLUSIÓN GENERAL.
En el curso se impartieron temas los cuales reforzaron conocimientos acerca de
los recursos naturales y la legislación ambiental mexicana, así como también que
autoridades e instituciones de encargan de vigilar y preservar estos.
En el presente trabajo se analizó como la minería es una de las mayores fuentes
de contaminación. Las empresas prácticamente no pagan por su contaminación.
Las empresas prácticamente no pagan por su contaminación y menos por el uso
de gigantescas cantidades para la lixiviación, las perforaciones, la barrenación,
para los procesos metalúrgicos, en la separación de mena de los de ganga; para
la molienda, para la refinación, las presas de jales, entre otros muchos usos. La
cantidad y forma de consumir agua del modelo extractivo minero es insustentable,
altera el nivel freático y desplaza las aguas subterráneas. Contamina el agua
superficial y subterránea con sales minerales, sulfatos, nitratos, óxidos, aceites,
grasas, lubricantes, químicos, explosivos y metales pesados como arsénico,
plomo, cadmio, cromo, cianuro y mercurio.
Los desechos y las presas de jales almacenan contaminantes que se evapora y la
absorben los follajes, los árboles y las plantas; otra se escurre a los ríos o arroyos,
o se filtra al subsuelo contaminando aguas y pozos, y otra se queda atrapada en la
presa. Se producen filtraciones, derrames o fugas de aguas contaminadas.
La contaminación del agua puede alterar su temperatura y composición química
afectando la flora y la fauna. La extracción gigantesca de agua provoca
desertificación masiva, sequías y agotamiento de fuentes de agua. No hay mina
que no contamine el agua. Es inevitable a una mina y deja el agua inservible para
el consumo humano o para labores de agricultura. Es imposible dejarla en su
mismo estado en el que se encontró el cuerpo de agua, imposible dejar las cosas
como estaban.
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[107]
Desde las fases de exploración hasta el beneficio el aire es contaminado. El uso
de explosivos emite polvo y material particulado que se transporta por el viento.
Igualmente los químicos y sustancias tóxicos como anhídrido sulfuroso, arsénico,
nitrato de amonio, diésel, solventes, acetileno, anhídrido carbónico comprimido,
etc, que generan diversos síntomas de enfermedades en las vías respiratorias.
Se emiten gases y vapores tóxicos como dióxido de azufre, de carbono y metano,
lluvia ácida, contaminación del aire por la extracción, la excavación, el transporte y
la transferencia de materiales, el polvo de los caminos sobre casas, escuelas, y
sobre los cultivos lo que asfixia a las plantas, árboles y toda producción agrícola
impidiendo su reproducción y la generación de alimentos locales.
El aire se contamina con la quema de los materiales y de combustibles fósiles, la
incineración, la utilización de maquinaria pesada; las canchas de relaves y los
gases tóxicos de la lixiviación; el polvo y contaminantes que levanta el viento
sobre la tierra erosionada, la piscina de relaves, caminos y pilas de materiales.
La mina produce muchos tipos de ruido y vibraciones insoportables que afectan la
flora fauna y la salud de los pobladores locales y en especial de los niños y las
niñas. Proviene de las explosiones de los grandes vehículos que transportan hasta
340 toneladas de materiales en un solo viaje; de los molinos y chancadoras, y todo
tipo de maquinaria.
La pérdida de biodiversidad en el planeta por las acciones humanas es
actualmente la mayor calamidad. La minería es el megaproyecto más devastador
de la biodiversidad y de manera irreversible. La minería amenaza el 38 % de las
últimas extensiones de bosques primarios en el mundo.
La minería deforesta millones de hectáreas y pulveriza montañas, millones de
toneladas de roca y la desaparición total de bosques, selvas y toda cubierta
vegetal.
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[108]
Elimina para siempre hábitats de flora y fauna incluso endémicas o en peligro de
extinción, también por la contaminación de agua, aire y suelos. Se pierde
biodiversidad con la erosión de los suelos, los deslaves; la deforestación por
nuevos asentamientos por desplazamientos forzosos; los derrames y otros
accidentes ; los paisajes arruinados, los recursos hídricos saqueados, los
vertederos de desechos tóxicos y los ecosistemas contaminados.
Con la minería se envenenan plantas y animales, y se acumulan metales pesados.
Los sedimentos acaban con la fauna acuática y huevecillos de los peces quedan
sepultados. Los contaminantes que flotan no permiten que la luz penetre al fondo
de las corrientes de agua, altera su temperatura, impide el crecimiento de plantas
acuáticas y los peces se asfixian.
La acción minera igual se instala en mares, zonas de coral, selvas, bosques,
desiertos, glaciares, reservas, parques nacionales, áreas naturales protegidas y en
cualquier ecosistema para lucrar con los minerales.
Así como también la relación entre minería y cambio climático es directa. La
industria minera y metalúrgica es responsable del cambio climático. Desde la
explotación, la exploración, el beneficio, la industrialización, la comercialización
hasta el consumo, emite el 20% de los gases efecto invernadero ( GEI) de todo el
mundo, y consume entre el 10 – 20 % de combustibles fósiles.
La minería a cielo abierto libera GEI porque degrada los suelos; desaparece toda
capa vegetal para siempre, la biodiversidad, los ecosistemas y cuerpos de agua.
Esto favorece incendios, modifica y altera los microclimas locales, facilita la
erosión y los deslaves que al mismo tiempo degradan más suelos provocando un
círculo vicioso.
Los intereses mineros están por encima de las consideraciones culturales las
cuales se descalifican, se ignoran y minimizan. El modo de vida de los pueblos
originarios, su cosmovisión, su relación con la madre tierra se ven atropellados por
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la desinformación, falta de consulta, la intimidación y la represión. Pero también
por la contaminación , la destrucción física irreversibles del territorio, de sus
bosques, de su flora y fauna; de las fuentes de agua y luego su disputa por ellas.
Se destruyen sitios arqueológicos, de culto, de las costumbres ancladas en su
territorio y de los espacios de encuentro comunitario.
La minería acarrea siempre división confrontación y conflictos comunitarios y
familiares; destrucción de los valores y costumbres tradicionales, de la solidaridad
y la unidad de las familias. Sus procesos comunitarios no son respetados sino
mas bien se les corrompe destrozando sus mecanismos políticos y organizativos.
Es la puerta de entrada que garantiza la instalación de un proyecto minero, y por
tanto la estrategia fundamental para corromper a funcionarios de las diversas
instancias gubernamentales federales o locales; pero también a congresistas,
autoridades municipales, comunitarias, o de las mismas organizaciones locales.
Esto se repite prácticamente en todos los países y proyectos mineros. Sin
embargo, el sector minero hace su lucha por publicitar que son transparentes.
La minería ha sustituido la economía agrícola, campesina y comunitaria que ha
alimentado a generaciones en su vínculo con la madree tierra, así como los ciclos
y los calendarios mayas de siembra y cosecha vinculados a las festividades que
recrean su cultura, por la economía capitalista basada en el sueldo, el dinero, la
competencia, la mercancía, el precio, la acumulación, el mercado, el consumo, la
deuda, la miseria y la dependencia. La minería ha destrozado culturas y pueblos
originarios.
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