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UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES CARRERA DE DERECHO “El Sistema de Justicia Indígena, Estudio Procesal de la Justicia de la Nacionalidad Shuar de la Comunidad Mutints, Origen y Procedimiento Actual” Proyecto de Investigación previo a la obtención del Título de: ABOGADO Ayui Chau Kitiar Bolívar TUTOR: Dr. Diego Renato Galarraga Carvajal MSc. Quito, Marzo 2016

UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR · 2016. 6. 21. · UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES CARRERA DE DERECHO “El Sistema de

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  • UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR

    FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES

    CARRERA DE DERECHO

    “El Sistema de Justicia Indígena, Estudio Procesal de la Justicia

    de la Nacionalidad Shuar de la Comunidad Mutints, Origen y

    Procedimiento Actual”

    Proyecto de Investigación previo a la obtención del Título de:

    ABOGADO

    Ayui Chau Kitiar Bolívar

    TUTOR: Dr. Diego Renato Galarraga Carvajal MSc.

    Quito, Marzo 2016

  • ii

    DEDICATORIA

    A Arutam (Dios) por haber creado al hombre y la naturaleza, por darme la vida, la

    inteligencia, la destrezas y habilidades para seguir adelante, luchando, estudiando y

    hasta cumplir mis objetivos planteados.

    A mis padres; Felipe Ayui y Francisca Chau, por traerme en este mundo, por enseñarme

    los valores morales, espirituales y costumbres, por darme los sabios consejos para salir

    de los obstáculos y ser mejor servidor en la sociedad.

    A mis hermanos/as, Gorrety, Marisol, Antonio, Adán, Arrely, Lorena, Felipe por

    apoyarme moralmente para que termine mi carrera; y a mis hermanos Marciano y

    Celestino (+) que desde el cielo están guiando mis caminos para que cada vez sea

    mejor.

    A los Autoridades de la comunidad Mutints por tener grandes tareas de administrar

    justicia en su territorio y luchando para que la justicia indígena sea respetada y no sea

    vulneradas por las jueces y fiscales judiciales estatales.

    Kitiar Ayui

  • iii

    AGRADECIMIENTO

    Primeramente agradezco ínfimamente a Arutam (Dios), por haberme dado la fuerza, la

    fortaleza para terminar mi carrera académica.

    Agradeciendo de misma forma el apoyo brindado de mis padres por perdonarme los

    actos inmorales y felicitaciones por el triunfo obtenidos.

    A mis hermanos/as por darme el apoyo moral para afrontar los obstáculos y ser

    personaje innovador en la vida.

    A las autoridades de la comunidad shuar por permitir ayudarme con insumos de

    información para desarrollar y culminar el proyecto de investigación, lo cual me

    permitió demostrar el ejercicio práctico del derecho consuetudinario como un sistema

    de administración de justicia shuar.

    Finalmente al Doctor, Diego Galarraga Carvajal, por guiarme, conducirme y asesorarme

    con sus sabios conocimientos en el proceso de trabajo de proyecto de investigación

    Kitiar Ayui

  • iv

    DECLARATORIA DE ORIGINALIDAD

    Quito, 17 de marzo del 2016

    Yo, Kitiar Bolívar Ayui Chau, en calidad de autor del trabajo de investigación, con

    cédula de ciudadanía No. 140046283-2, libre y voluntariamente DECLARO, que el

    trabajo de Grado titulado: “El Sistema de Justicia Indígena, Estudio Procesal de la

    Justicia de la Nacionalidad Shuar de la Comunidad Mutints, Origen y

    Procedimiento Actual”, es de mi autoría, original y no constituye plagio o copia

    alguna, constituyendo un documento único, como manden los principios de la

    investigación científica, de ser comprobado lo contrario me someto a las disposiciones

    legales pertinentes.

    Es todo cuanto decir en honor a la verdad.

    Atentamente,

    Kitiar Bolívar Ayui Chau

    C.C. 140046283_2

    Telf: 0968736024

    E-mail: [email protected]

  • v

    AUTORIZACIÓN DE LA AUTORÍA INTELECTUAL

    Quito, 17 de marzo del 2016

    Yo, Kitiar Bolívar Ayui Chau, en calidad de autora del proyecto de investigación

    realizado sobre: “El Sistema de Justicia Indígena, Estudio Procesal de la Justicia de

    la Nacionalidad Shuar de la Comunidad Mutints, Origen y Procedimiento Actual”,

    por la presente autorizo a la UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR, hacer uso

    de todos los contenidos que me pertenecen o parte de los que contienen esta obra, con

    fines estrictamente académicos o de investigación.

    Los derechos que como autor me corresponden, con excepción de la presente

    autorización, seguirán vigentes a mi favor, de conformidad con lo establecido en los

    artículos 5, 6, 8; 19 y demás pertinentes de la Ley de Propiedad Intelectual y su

    Reglamento.

    Ayui Chau Kitiar Bolívar

    C.C. 140046283_2

    Telf: 0968736024

    E-mail: [email protected]

  • vi

    APROBACIÓN DEL TUTOR

  • vii

    APROBACIÓN DEL TRIBUNAL DE GRADO

    Los Miembros de Tribunal de Calificador, APRUEBAN el Trabajo de Investigación

    sobre el tema: “EL SISTEMA DE JUSTICIA INDÍGENA, ESTUDIO PROCESAL

    DE LA JUSTICIA DE LA NACIONALIDAD SHUAR DE LA COMUNIDAD

    MUTINTS, ORIGEN Y PROCEDIMIENTO ACTUAL”, presentado por el señor

    Ayui Chau Kitiar Bolívar.

    Para constancia firman:

    ……………………………………

    Presidente

    ..…………………………… …………………….…

    Vocal Vocal

  • viii

    ÍNDICE DE CONTENIDO

    DEDICATORIA ..................................................................................................................... ii

    AGRADECIMIENTO ........................................................................................................... iii

    DECLARATORIA DE ORIGINALIDAD ........................................................................... iv

    AUTORIZACIÓN DE LA AUTORÍA INTELECTUAL ...................................................... v

    APROBACIÓN DEL TUTOR .............................................................................................. vi

    APROBACIÓN DEL TRIBUNAL DE GRADO ................................................................. vii

    ÍNDICE DE CONTENIDO ................................................................................................. viii

    ÍNDICE DE ANEXOS ......................................................................................................... xv

    ÍNDICE DE TABLAS ......................................................................................................... xvi

    ÍNDICE DE GRÁFICOS ................................................................................................... xvii

    RESUMEN ........................................................................................................................ xviii

    ABSTRACT ........................................................................................................................ xix

    INTRODUCCIÓN .................................................................................................................. 1

    CAPÍTULO I .......................................................................................................................... 2

    1. PROBLEMA ...................................................................................................................... 2

    1.1. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA .................................................................... 2

    1.2. FORMULACIÓN DEL PROBLEMA ........................................................................ 3

    1.3. PREGUNTAS DIRECTRICES ................................................................................... 4

    1.4. OBJETIVOS ................................................................................................................ 4

    1.4.1. Objetivo General................................................................................................... 4

    1.4.2. Objetivos Específicos ........................................................................................... 4

    1.5. JUSTIFICACIÓN ........................................................................................................ 5

    CAPÍTULO II ......................................................................................................................... 7

    2. MARCO TEÓRICO ........................................................................................................... 7

    2.1. ANTECEDENTES DE LA INVESTIGACIÓN ......................................................... 7

    2.2. FUNDAMENTACIÓN TEÓRICO – DOCTRINARIA ............................................. 9

    2.3. FUNDAMENTACION LEGAL ............................................................................... 10

    2.4. IDEA A DEFENDER ................................................................................................ 21

    2.5. CARACTERIZACIÓN DE LAS VARIABLES ....................................................... 21

    2.5.1. Variable independiente ....................................................................................... 21

    2.5.2. Variable dependiente .......................................................................................... 21

  • ix

    2.6. DEFINICIÓN TÉRMINOS BÁSICOS ..................................................................... 22

    TÍTULO I ............................................................................................................................. 24

    1. DERECHOS DE LAS COMUNIDADES, NACIONALIDADES Y PUEBLOS

    INDÍGENAS ........................................................................................................................ 24

    1.1. Fuentes de acercamiento cultural escritas. ................................................................ 24

    1.2. Historia y Colonia ...................................................................................................... 26

    1.3. Derechos de los pueblos indígenas. ........................................................................... 29

    1.4. Derechos colectivos. .................................................................................................. 30

    1.5. Administración de Justicia Indígena.......................................................................... 31

    1.5.1. Concepto de Justicia Indígena ............................................................................ 31

    1.5.2. Características de la administración de justicia. ................................................. 33

    1.5.3. Jurisdicción y Competencia de Justicia Indígena ............................................... 34

    1.5.4. Las autonomías indígenas ................................................................................... 37

    1.6. El movimiento indígena y la propuesta multinacional en Ecuador ........................... 38

    1.7. Estado Plurinacionalidad e Interculturalidad en Ecuador .......................................... 43

    1.8. El reconocimiento constitucional de la justicia indígena .......................................... 47

    1.9. Bases Legales Nacionales .......................................................................................... 49

    1.9.1. Constitución de la República del Ecuador .......................................................... 49

    1.9.2. Código Orgánico de la Función Judicial (COFJ) ............................................... 50

    1.9.3. Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional

    (LOGJYCC). ................................................................................................................ 51

    1.9.4. Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y

    Descentralización (COOTAD) ..................................................................................... 53

    1.10. Bases legales Internacionales .................................................................................. 54

    1.10.1. Convenio 169 de la Organización Mundial del Trabajo................................... 54

    1.10.2. Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos

    indígenas ....................................................................................................................... 55

    TÍTULO II ............................................................................................................................ 57

    2. SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA EN MUTINTS ............................. 57

    2.1. Antecedentes históricos de Mutints ........................................................................... 57

    2.1.1. Historia y fundación del Centro Shuar Mutints .................................................. 57

    2.1.2. Determinación de límites .................................................................................... 57

    2.1.3. Proyección económica desarrollista ................................................................... 58

    2.2. Entorno Cultural. ....................................................................................................... 58

  • x

    2.2.1. Cosmovisión ....................................................................................................... 58

    2.2.2. Tradición y Costumbres...................................................................................... 59

    2.2.3. Psicología ........................................................................................................... 59

    2.2.4. Moralidad ........................................................................................................... 59

    2.2.5. Religión .............................................................................................................. 60

    2.3. Guerra (Meset) ........................................................................................................... 60

    2.3.1. Formas de defensa y las armas ........................................................................... 60

    2.3.2. Jefe de guerra ...................................................................................................... 61

    2.3.3. Proceso de venganza y guerras ........................................................................... 61

    2.4. Reducción de cabeza (Tsantsa).................................................................................. 61

    2.4.1. El lavado de sangre (Numpa niijiamu) .............................................................. 62

    2.4.2. Adornación con Pintura de Genipa Sua (Suakmartin)........................................ 63

    2.4.3. Celebración de la Tsantsa (tsantsaijiamma) ...................................................... 63

    2.5. El Shamán (uwishin) ................................................................................................. 63

    2.5.1. Brujo maligno (Wawekratin) .............................................................................. 64

    2.5.2. Brujo Curandero (tsuakratin) .............................................................................. 65

    2.6. Ayahuasca (Natem) ................................................................................................... 65

    2.6.1 Ingerir la Ayahuasca (Natémamu) ....................................................................... 66

    2.7. Viajes a la Sagrada Cascada (tunakamemu) .............................................................. 66

    2.7.1. Salida de la casa (jeanmaya jínma)..................................................................... 67

    2.7.2. Descanso (Ayamtai) ........................................................................................... 67

    2.7.3. Baño en el agua (Kashik Maámu) ...................................................................... 67

    2.7.4. Manifestación del ser Divino (Arutam Wantinma) ............................................ 67

    2.8. Mitología ................................................................................................................... 68

    2.8.1. El Mito de Ayumpum ......................................................................................... 68

    2.8.2. El mito de Tsunki ............................................................................................... 69

    2.8.3. El mito de Etsa .................................................................................................... 69

    2.8.4. El Mito de Nunkui .............................................................................................. 70

    2.8.5. El Mito de Shakaim ............................................................................................ 71

    2.9. La máxima autoridad del Centro Shuar Mutints ....................................................... 71

    2.9.1. Consejo de gobierno ........................................................................................... 71

    2.9.2. Asamblea General de Socios .............................................................................. 72

    2.9.3. Consejo de Ancianos y Uwishin ......................................................................... 72

    2.10. Elementos del sistema de administración de justicia shuar ..................................... 73

  • xi

    2.10.1. Autoridades Shuar que administran la justicia indígena en Mutints ................ 73

    2.10.2. Autoridades Shuar deben reunir los requisitos ................................................. 73

    2.10.3. Procesos de elección de las autoridades comunitarias...................................... 74

    2.10.4. Facultades Específicas ...................................................................................... 74

    2.11. Litigios más Constantes en Mutints ........................................................................ 74

    2.11.1. Problema de familiares ..................................................................................... 74

    2.11.2. Problemas de Hurtos ......................................................................................... 75

    2.11.3. Problema de brujería ......................................................................................... 75

    2.11.4. Problema de calumnias ..................................................................................... 75

    2.11.5. Problemas Territoriales .................................................................................... 76

    2.11.6. Problemas de asesinato ..................................................................................... 77

    2.11.7. Problemas de explotación petrolera y minera.................................................. 77

    2.11.8. Problemas por tala indiscriminada de bosques primarios ................................ 78

    2.11.9. Problemas por contiendas políticas .................................................................. 78

    2.12. Procedimientos culturales propios en solución de conflictos .................................. 78

    2.12.1. Denuncia (Emeskamiestserma) ........................................................................ 78

    2.12.2. Proceso de investigación (emeenkasar emeska juarma) ................................... 79

    2.13.3. Citación y comparecencias de las partes (Anst achikiar itiamu). ..................... 79

    2.13.4. Instalación de la Asamblea. (TakajJuarma) ...................................................... 79

    2.12.5. Juzgamiento inmediato. (Asutiajmu). ............................................................... 80

    2.12.6. Impugnaciones de las resoluciones (Asutiamu nakitiamu). ............................. 80

    2.13. Castigos o Sanciones aplicados a los miembros de la Comunidad Mutints ............ 81

    2.13.1. Problemas de menor gravedad .......................................................................... 81

    2.13.1.1. Síndico, Consejo Directivo y Jefe de la Familia ........................................... 81

    2.13.2. Problemas de mayor gravedad .......................................................................... 82

    2.13.2.1. Asamblea General de los socios .................................................................... 83

    TÍTULO III ........................................................................................................................... 86

    3. ESTUDIO DE CASO ....................................................................................................... 86

    3.1. Muerte de un ciudadano shuar. .................................................................................. 86

    3.2. Procedimiento ancestral ............................................................................................. 87

    3.2.1. Mesek chicham etserma...................................................................................... 87

    3.2.2. Ameenkasar kakat najamma .............................................................................. 87

    3.2.3. Kara atiamu......................................................................................................... 88

    3.2.4. Asutiajmu. .......................................................................................................... 89

  • xii

    TÍTULO IV .......................................................................................................................... 90

    4. COORDINACIÓN ENTRE LA JURSDICCIÓN DE JUSTICIA INDÍGENA Y

    JUSTICIA ORDINARIA. .................................................................................................... 90

    4.1. Difícil diálogo entre la justicia indígena y justicia ordinaria..................................... 90

    4.1.1. Racismo en la justicia ordinaria ......................................................................... 90

    4.1.2. Criminalización de las comunidades indígenas .................................................. 91

    4.1.3. Conflictos de competencia.................................................................................. 92

    4.2. Declinación de competencias .................................................................................... 92

    4.3. Legitimidad y eficacia de las decisiones indígenas ................................................... 94

    4.3.1. Justicia indígena y cosa Juzgada ........................................................................ 94

    4.3.2. Impugnación de autoridades indígenas............................................................... 94

    4.4. Mecanismo de coordinación y cooperación .............................................................. 95

    4.5. Juzgamiento en la aplicación de justicia indígena a un ciudadano no indígena ........ 96

    4.6. Ciudadano Indígena sometido a la competencia de Autoridades de justicia

    ordinaria ............................................................................................................................ 97

    CAPÍTULO III ..................................................................................................................... 99

    3. MARCO METODOLÓGICO .......................................................................................... 99

    3.1 DEFINICIÓN DE LOS MÉTODOS .......................................................................... 99

    3.1.1. Investigación bibliográfica ................................................................................. 99

    3.1.2. Método Analítico-Sintético ................................................................................ 99

    3.1.3. Deductivo – Inductivo ........................................................................................ 99

    3.1.4. Histórico – Lógico ............................................................................................ 100

    3.1.5. Exegético jurídico ............................................................................................. 100

    3.1.6. Explicativo – Descriptivo ................................................................................. 100

    3.1.7. Cuantitativa y Cualitativa ................................................................................. 100

    3.2. DISEÑOS DE LA INVESTIGACION.................................................................... 100

    3.3. OPERACIONALIZACION DE LOS VARIABLES .............................................. 101

    3.4. POBLACIÓN Y MUESTRA .................................................................................. 102

    3.4.1 Población ........................................................................................................... 102

    3.4.2. Muestra ............................................................................................................. 102

    3.5. TÉCNICAS E INSTRUMENTOS DE LA INVESTIGACIÓN.............................. 103

    3.5.1. Definición de Técnicas ..................................................................................... 103

    3.5.2. Definición de los Instrumentos ......................................................................... 103

    3.6. VALIDEZ Y CONFIABILIDAD DE LOS INSTRUMENTOS ............................. 103

  • xiii

    3.7. TÉCNICAS DE PROCESAMIENTO Y ANÁLISIS DE DATOS ......................... 103

    CAPÍTULO IV ................................................................................................................... 104

    4. ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS .............................................. 104

    4.1. Cuestionario (Anexo 1) ........................................................................................... 104

    4.1.1. Proporcionalidad de las sanciones de justicia indígena .................................... 104

    4.1.2. Conocimiento sobre las sanciones en justicia indígena. ................................... 105

    4.1.3. Exclusión de la justicia indígena por la justicia ordinaria ................................ 106

    4.1.4. Resolución de casos por justicia indígena ........................................................ 107

    4.1.5. Resolución de casos por justicia ordinaria. ...................................................... 108

    4.1.6. Utilización de justicia indígena vs. Justicia Ordinaria. .................................... 109

    4.1.7. Formas de acceder a la justicia indígena .......................................................... 110

    4.1.8. Procedimiento para la aplicación de la justicia indígena .................................. 111

    4.1.9. Justicia indígena en casos civiles. .................................................................... 112

    4.1.10. Justicia indígena en casos penales. ................................................................. 113

    4.1.11. Justicia indígena y cultura de paz ................................................................... 114

    4.1.12. Justicia indígena y rehabilitación social ......................................................... 115

    CAPÍTULO V .................................................................................................................... 116

    5. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES ............................................................. 116

    5.1. CONCLUSIONES ................................................................................................... 116

    5.2. RECOMENDACIONES ......................................................................................... 117

    CAPÍTULO VI ................................................................................................................... 118

    6. PROPUESTA ................................................................................................................. 118

    6.1. DATOS INFORMATIVOS ..................................................................................... 118

    6.1.1. Localización...................................................................................................... 118

    6.1.2. Beneficiarios ..................................................................................................... 118

    6.2. ANTECEDENTES DE LA PROPUESTA ............................................................. 118

    6.3. JUSTIFICACIÓN .................................................................................................... 119

    6.4. OBJETIVOS ............................................................................................................ 120

    6.4.1. Objetivo General............................................................................................... 120

    6.4.2. Objetivos Específicos ....................................................................................... 120

    6.4.3. Resultados esperados ........................................................................................ 120

    6.5. DESARROLLO DE LA PROPUESTA .................................................................. 121

    6.5.1. Planificación de actividades, tiempo y recursos ............................................... 121

    6.5.2. Recursos Financiero ......................................................................................... 121

  • xiv

    6.5.3. Fundamentación teórica, doctrinaria y jurídica de la propuesta ....................... 122

    6.6. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES DE LA PROPUESTA. ................ 127

    6.6.1. Conclusiones ..................................................................................................... 127

    6.6.2. Recomendaciones ............................................................................................. 127

    REFERENCIAS BIBLIOGRAFÍCAS ............................................................................... 128

    ANEXOS ............................................................................................................................ 133

  • xv

    ÍNDICE DE ANEXOS

    Anexo 1. Cuestionario ........................................................................................................ 133

    Anexo 2. Traducción del cuestionario en idioma Shuar ..................................................... 135

    Anexo 3. Fotografías .......................................................................................................... 136

  • xvi

    ÍNDICE DE TABLAS

    Tabla No. 1: Matriz de Operacionalización de las variables ........................................ 101

    Tabla No. 2: Población ................................................................................................. 102

    Tabla No. 3: Muestra .................................................................................................... 103

    Tabla No. 5: Pregunta 2 ................................................................................................ 105

    Tabla No. 6: Pregunta 3 ................................................................................................ 106

    Tabla No. 7: Pregunta 4 ................................................................................................ 107

    Tabla No. 8. Pregunta 5 ................................................................................................ 108

    Tabla No. 9: Pregunta 6 ................................................................................................ 109

    Tabla No. 10: Pregunta 7 .............................................................................................. 110

    Tabla No. 11: Pregunta 8 .............................................................................................. 111

    Tabla No. 12: Pregunta 9 .............................................................................................. 112

    Tabla No. 13: Pregunta 10 ............................................................................................ 113

    Tabla No. 14: Pregunta 11 ............................................................................................ 114

    Tabla No. 15: Pregunta 12 ............................................................................................ 115

    Tabla No. 16: Cronograma ........................................................................................... 121

    Tabla No. 17: Presupuesto ............................................................................................ 121

  • xvii

    ÍNDICE DE GRÁFICOS

    Gráfico No. 1: Pregunta 1 ................................................................................................... 104

    Gráfico No. 2: Pregunta 2 ................................................................................................... 105

    Gráfico No. 3: Pregunta 3 ................................................................................................... 106

    Gráfico No. 4: Pregunta 4 ................................................................................................... 107

    Gráfico No. 5. Pregunta 5 ................................................................................................... 108

    Gráfico No. 6: Pregunta 6 ................................................................................................... 109

    Gráfico No. 7: Pregunta 7 ................................................................................................... 110

    Gráfico No. 8: Pregunta 8 .................................................................................................. 111

    Gráfico No. 9: Pregunta 9 ................................................................................................... 112

    Gráfico No. 10. Pregunta 10 ............................................................................................... 113

    Gráfico No. 11: Pregunta 11 ............................................................................................... 114

    Grafico No. 12: Pregunta 12 ............................................................................................... 115

  • xviii

    TEMA: “El sistema de justicia indígena, estudio procesal de la justicia de la

    nacionalidad shuar de la comunidad mutints, origen y procedimiento actual”.

    Autor: Kitiar Bolívar Ayui Chau

    Tutor: Dr. Diego Renato Galarraga Carvajal MSc.

    RESUMEN

    Los pueblos y nacionalidades indígenas que son parte del Ecuador, como Estado

    plurinacional, integran dentro de sus prácticas y saberes ancestrales mecanismos de

    justicia indígena, cuya aplicación es recogida por la constitución e instrumentos

    internacionales ratificados por el país. En este marco, la nacionalidad Shuar y

    especialmente la comunidad Mutints ha generado sus propios mecanismos y

    procedimientos de aplicación de justicia que responden a su entendimiento del mundo, y

    cosmovisión. Promueven una vivencia comunitaria dirigida a la cultura de paz,

    reciprocidad y adicionalmente genera verdaderos procesos de rehabilitación social

    dirigida a la reparación integral de los daños y víctimas. Esta concepción de justicia

    difiere en muchas ocasiones de la justicia ordinaria que está entrando con fuerza en las

    comunidades y muchas veces es aplicada por solicitud de los habitantes de la

    comunidad. Esta implantación responde de alguna manera a paradigmas de colonización

    de pensamientos y prácticas, hechos que no responden a la constitución y no tienen

    resoluciones adecuadas. Así, es necesario generar mecanismos de armonización entre la

    justicia indígena y justicia ordinaria, para que cada una sea aplicada en función de sus

    competencias y ámbitos. Esto se logra únicamente a través de la activación de

    mecanismos de participación ciudadana para la generación de conocimientos colectivos

    sobre esta materia y de esta manera promover el respeto y utilización de los

    conocimientos ancestrales.

    PALABRAS CLAVES: JUSTICIA INDÍGENA / CONFLICTO / JUSTICIA

    ORDINARIA / MECANISMOS / COOPERACIÓN

  • xix

    TITLE. “Indigenous justice system, process study of justice in shuar nationality of

    mutints community, current origin and current procedure”

    Autor: Kitiar Bolívar Ayui Chau

    Tutor: Dr. Diego Renato Galarraga Carvajal MSc.

    ABSTRACT

    Indigenous peoples and nationalities, that are a part of Ecuador, as a pluri-national State,

    include in their ancestral practices and Knowledges, indigenous justice mechanisms,

    whose application is provided in the Constitution of Ecuador an international

    instruments subscribed by the country. In this frame, the Shuar nationality and mostly

    Mutints community has generated their own mechanism and procedures to dispense

    justice, aligned with understating of the world and the cosmic vision. They are intended

    to promote community coexistence, addressed to attain a peace culture, reciprocity and

    additionally generate a social rehabilitation process, in order to get an integral repair of

    damages and victims. Such conception of justice is quite different in many times

    applied, upon request of community for thinking and practices, which do not respond to

    the Constitution and do not offer adequate solutions. This way, a harmonizing

    mechanism should be generated between indigenous and ordinary justice, so that each

    of them is applied in line with competencies and environments, which can be only

    reached through the activation of citizen participation to generate collective Knowledge

    in such field and promote respect and use ancestral Knowledge.

    KEYWORDS: INDIGENOUS JUSTICES, CONFLICT, ORDINARY JUSTICE,

    MECHANISM, COOPERATION.

  • 1

    INTRODUCCIÓN

    La presente investigación tiene como objetivo determinar las casusas de

    conflicto entre la justicia indígena de la comunidad Shuar y la justicia ordinaria. Aborda

    la problemática en primer lugar desde un punto teórico y en segundo lugar desde el

    práctico. Así el primer capítulo denominado el “Problema” realiza un acercamiento a la

    problemática de estudio, de donde se derivan los objetivos y preguntas directrices.

    En el segundo capítulo denominado “Marco teórico”, se hace un análisis de los

    antecedentes investigativos. Se recoge la información dirigida a fundamentar

    teóricamente el proyecto, para lo que se diseñan tres subcapítulos temáticos, abordando

    el origen y procedimiento de la justicia indígena en la comunidad Mutints, derechos de

    las nacionalidades y pueblos indígenas, cosmovisión, costumbres, religión y moralidad.

    El tercer capítulo denominado “Metodología”, hace un recuento de los métodos

    de investigación, y el diseño de la misma. Se determina la población y muestra con la

    que se trabajó y los instrumentos utilizados para la recolección de información.

    El capítulo cuatro denominado “Análisis e interpretación”, se representa

    gráficamente los resultados del instrumento aplicado, así como la interpretación de los

    mismos.

    El quinto capítulo denominado “Conclusiones y recomendaciones”, mismas que

    sirven como fundamento teórico para el diseño de la “Propuesta” consignado en el

    capítulo seis y que tiene como objetivo Armonizar la coexistencia de la justicia indígena

    de la Nacionalidad Shuar y la justicia ordinaria, dentro de la Comunidad Mutints.

    Finalmente se consigna la bibliografía anexos de la investigación.

  • 2

    CAPÍTULO I

    1. PROBLEMA

    1.1. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

    El Estado Ecuatoriano, según el artículo primero de la Constitución de la

    República es intercultural y plurinacional. Dentro de su territorio existen pueblos y

    nacionalidades indígenas cuya cultura constituye un verdadero patrimonio.

    La justicia indígena es parte esencial de cada pueblo y nacionalidad indígena,

    motivo por el cual el artículo 171 de la (Constitución de la República del Ecuador,

    2008), manifiesta: “Las autoridades de las comunidades, pueblos y nacionalidades

    indígenas ejercerán funciones jurisdiccionales, con base en sus tradiciones ancestrales y

    su derecho propio, dentro de su ámbito territorial”.

    La nacionalidad Shuar, no es la excepción, desde hace incontables años

    practican procedimientos y normas propias dentro de su territorio para solucionar

    conflictos internos y traer armonía al mismo. Estas decisiones deben ser respetadas por

    las autoridades e instituciones públicas. (Art. 171). Por otro lado el mismo artículo

    menciona que se “establecerá los mecanismos de coordinación y cooperación entre la

    jurisdicción indígena y la jurisdicción ordinaria”.

    Además el convenio 169 de la Organización Internacional de Trabajo (OIT),

    garantiza a los pueblos tribales la libre determinación. El art. 76 numeral 7 literal ( i) de

    la Constitución de la Republica y el artículo 5 numeral (9) del (Código Orgánico

    Integral Penal, 2014), “nadie podrá ser juzgado, ni penado más de una vez por la misma

    causa y materia; los casos resueltos por la jurisdicción indígena deben ser considerados

    para este efecto.”

  • 3

    Sin embargo, Pese a todo el reconocimiento estatal, existen varios conflictos de

    competencia y jurisdicción entre la justicia indígena y ordinaria, que desde la

    aprobación de la carta magna en el año 2008, no han podido encontrar conciliación.

    Es imperativa la creación de mecanismos eficaces de cooperación y

    coordinación entre ambos sistemas, así, la asambleísta Lourdes Tibán presento la

    propuesta, de 35 artículos, en febrero del 2010. (El Universo, 2014) para una ley de

    Coordinación entre ambas jurisdicciones. Este es un pedido además de varios sectores,

    sin embargo “antes de la aprobación del proyecto de norma detuvieron su trámite en

    mayo del 2012, tras el primer debate en la Asamblea.” (Ibíd.)

    La interrupción de los trámites generó desconfianza en la nacionalidad Shuar,

    por lo que en su población se menciona que la justicia ordinaria es discriminadora,

    racista y excluyente. Además, la cosmovisión indígena no es entendida del todo, por lo

    que sus decisiones han llegado a considerarse como verdaderos actos de salvajismo.

    Por lo tanto, existe un verdadero choque cultural, que pese a parecer coyuntural,

    es el resultado de procesos de colonización que durante años menoscabaron las

    costumbres de nacionalidades indígenas.

    Es necesario entender que ambas jurisdicciones tienen un origen y proceso, y

    que cada una tiene algo que aportar. La justicia ordinaria aplica normas escritas,

    mientras que la justicia indígena aplica normas consuetudinarias. El rechazo a

    cualquiera de ellas solo genera más conflicto y separación cultural. Lo importante

    dentro del territorio es la cohesión social y para ello es importante conocer e informar

    cómo funciona cada una dentro las comunidades indígenas y la población en general.

    1.2. FORMULACIÓN DEL PROBLEMA

    Es indiscutible la existencia de conflictos generados por la justicia indígena y la

    justicia ordinaria. La interiorización de la justicia ordinaria dentro de comunidades

    indígenas es percibida como un proceso más de conquista y por lo tanto desaparición de

    ciertas costumbres.

  • 4

    Consecuentemente, es importante comprender como se están originando los

    conflictos para encontrar soluciones viables y pacíficas a los mismos. Por lo tanto es

    necesario conocer:

    ¿Cuáles son las causas del conflicto entre la justicia indígena de la nacionalidad

    Shuar y la justicia ordinaria?

    1.3. PREGUNTAS DIRECTRICES

    1. ¿Cuál es el origen y procedimiento de la justicia indígena de la nacionalidad

    Shuar?

    2. ¿Qué nivel de conocimiento existe en la comunidad Mutints, sobre justicia

    indígena?

    3. ¿En qué materias debe aplicarse cada tipo de jurisdicción?

    4. ¿Cuál es la percepción de los miembros de la comunidad Mutints acerca de la

    justicia ordinaria?

    1.4. OBJETIVOS

    1.4.1. Objetivo General

    Determinar las causas del conflicto entre la justicia indígena de la nacionalidad

    Shuar y la justicia ordinaria.

    1.4.2. Objetivos Específicos

    1. Investigar el origen y procedimiento de la justicia indígena de la nacionalidad

    Shuar

  • 5

    2. Indagar el nivel de conocimiento que existe en la comunidad Mutints, sobre

    justicia indígena

    3. Determinar en qué materias debe aplicarse cada tipo de jurisdicción

    4. Describir la percepción de los miembros de la comunidad Mutints acerca de la

    justicia ordinaria.

    1.5. JUSTIFICACIÓN

    La conciliación entre los sistemas de justicia conlleva un arduo trabajo.

    Diferentes grupos y sectores han manifestado la necesidad de crear una ley de

    coordinación entre ambas justicias. (Calderón, 2014), manifiesta que el conflicto

    proviene desde tiempos remotos, específicamente la conquista de nuestro territorio, lo

    que ocasiono el despoje de costumbres de las nacionalidades indígenas. El

    reconocimiento de la justicia indígena sin duda ha reivindicado su existencia, sin

    embargo ha generado más controversias que cohesión.

    Es importante para el territorio vivir en armonía, el Estado tiene el deber

    primordial de “Garantizar sin discriminación alguna el efectivo goce de los derechos

    establecidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales” (Art. 3 Núm. 1) y

    de “fortalecer la unidad nacional en la diversidad.” (Art. 3 Núm. 3)

    El Plan nacional del Buen Vivir, plasma los más altos intereses y objetivos

    nacionales y en el objetivo 6.1 literal b menciona: “Promover el pluralismo jurídico

    mediante la consolidación de la justicia indígena y de paz” y el literal c: “establecer una

    adecuada coordinación y cooperación entre la jurisdicción indígena y ordinaria”. Es

    decir, que la conciliación de ambos sistemas judiciales constituye uno de los mayores

    intereses del Estado, más aún plasma la necesidad de cooperación y coordinación entre

    ambos sistemas para que su coexistencia resulte armónica.

    El resultado que se espera es armonizar la coexistencia de la justicia indígena de

    la Nacionalidad Shuar y la justicia ordinaria, dentro de la Comunidad Mutints. Así cada

  • 6

    miembro conocerá como funciona cada justicia y como ambas pueden resultar

    beneficiosas sin necesidad de excluir a ninguna.

  • 7

    CAPÍTULO II

    2. MARCO TEÓRICO

    2.1. ANTECEDENTES DE LA INVESTIGACIÓN

    Respecto antecedentes de la investigación, es importante mencionar las

    investigaciones anteriormente realizadas respecto a la administración de justicia

    indígena, derechos colectivos y las cosmovisiones andinas de los pueblos ancestrales,

    sobre todo la aplicación propia misma de los pueblos originarios, sea a nivel local,

    nacional e internacional, de la misma forma en las universidades públicas y privadas del

    país, porque se trata de un tema de pluralismo jurídico y que es muy complejo y

    discutido en la sociedad ecuatoriana, mismas que son investigadas para llegar en un

    acuerdo o entendimiento dentro de un Estado plurinacional.

    Como antecedentes históricos, la discriminación, y la vulneración de los derechos

    colectivos y justicia ancestral, se ha venido dando, desde la constitución de un Estado

    como tal, en particular la justicia shuar en la comunidad Mutints, ha sido desprestigiada

    por la justicia ordinaria.

    Este importante trabajo realizado con mucha dedicación y esfuerzo por los

    historiadores, tratadistas, filósofos, antropólogos, sociólogos, jurisconsultos, juristas y

    otros, seguirán siendo protagonistas para romper los obstáculo, el racismo y la

    discriminación, así dejar atrás al viejo Estado excluyente, totalitario y discriminador; así

    impulsar la plurinacionalidad e interculturalidad como un Estado incluyente, equitativo

    y solidario.

    La motivación, es que todavía en la nacionalidad shuar no está investigado el

    proceso de administración de justicia indígena, ya necesitamos tener una estructura,

    normas y reglamentos escritos para aplicar la justicia indígena.

    En las universidades del país y centros de investigaciones científicas, existe

    potencial insumo de información respecto al tema planteado, por lo tanto señalo los

    siguientes trabajos de investigación.

  • 8

    Ámbito local, FLACSO, la Tesis: “La Administración de Justicia Indígena en

    Tigua, su evolución y práctica actual, 2004, Quito"; autor (Ilaquiche Licta, 2014)

    (Asesor) Dr. Fernando García, investigación que presenta las siguientes conclusiones:

    El reconocimiento Constitucional de los derechos colectivos de las comunidades,

    pueblos y nacionalidades milenarias, dentro de un Estado multiétnica, pluricultural,

    intercultural, donde permite constatar el pluralismo jurídico en el Ecuador, garantizando

    dos sistemas jurídicos como es la ordinaria e indígena dentro de un solo territorio. El

    Estado ecuatoriano protege la existencia y vigencia de la justicia ordinaria, y la práctica

    consuetudinaria de los pueblos indígenas dentro de un mismo Estado. (Ilaquiche Licta,

    2014)

    Debe quedar claro que la justicia indígena se ejerce de acuerdo los procedimientos

    propios de cada comunidad milenaria, no se puede equivocar como se menciona que la

    justicia ancestral es inoperante, lentitud y olvido de la justicia ordinaria. Si la justicia

    ordinaria se cataloga como tal, a los indígenas no les interesa nada cambia o reaccionar

    a través de la justicia consuetudinaria. Los pueblos indígenas han ejercido su propia

    justicia ancestral antes de la existencia de la República del Ecuador.

    El pluralismo jurídico constituye una obligación para todos los ciudadanos de la

    Republica, donde debemos conocer la diversidad jurídica y fortalecer su aplicación en el

    respeto de un Estado pluricultural e intercultural. El reconocimiento constitucional del

    sistema de administración de justicia consuetudinaria, garantiza a las comunidades,

    pueblos y nacionalidades conocer y resolver conflictos internos dentro de su territorio,

    de acuerdo los reglamentos, normas, procedimientos y sanciones propias del sistema

    jurídico milenario.

    El trabajo de investigación ha demostrado tener suficiente doctrina y documentos

    que los pueblos indígenas ejercen en la administración de justicia, como la práctica de

    sus usos y costumbres que tienen que ver con la cosmovisión, y como se cataloga como

    sinónimo de salvajismo o inhumanos como podemos ver el caso práctico en la

    comunidad de la cocha, creando un verdadero conflicto de jurisdicción y competencia

    de la justicia ordinaria. A pesar que la carta magna es muy clara en este aspecto.

  • 9

    2.2. FUNDAMENTACIÓN TEÓRICO – DOCTRINARIA

    Se menciona las fuentes bibliográficas encontradas en las universidades del país

    como, la PUCE, UPS, UCE y la biblioteca virtual de la Universidad Central del

    Ecuador, donde sustento la información del derecho consuetudinario para el mejor

    desarrollo del proyecto innovador de investigación, en la cual puedo enumerar los

    siguientes:

    Dr. Milton Ávila. Manual Teórico Práctico; Justicia Indígena. Aproximaciones

    desde el mundo Shuar. Edición: Librería & Editorial jurídica CARRIÓN. 2006. Cuenca-

    Ecuador.

    Boaventura de Sousa Santos; Agustín Grijalva Jiménez: Justicia Indígena en la

    Nacionalidad e Interculturalidad en Ecuador. Ediciones: Abya-Yala. 2012. Quito-

    Ecuador

    Julio Cesar Trujillo, Agustín Grijalva y Ximena Endara: Justicia Indígena en el

    Ecuador. Edición: UASB, Abya-Yala, enero 2001. Quito- Ecuador.

    Rafael Karsten: La vida y la Cultura de los Shuar; Abya-Yala, 1989, Quito,

    Ecuador

    Carlos Pérez Guartambel. Justicia Indígena, Ediciones: U. Cuenca, CONAIE y

    ECUARUNARI, 2010. Ecuador.

    Lurdes Tibán. Raúl Ilaquiche. Jurisdicción indígena en la Constitución Política

    del Ecuador. Editorial, Fundación Hanns Seidel. 2008. Quito.

    Donde estos autores se refieren a la concepción, derechos colectivos y sistema

    de administración de justicia indígena, donde enriquece a impulsar la investigación

    científica en marco del Estado plurinacional.

    De la misma forma podemos mencionar la Doctrina

  • 10

    Bartolomé de las Casas (1474-1566).

    Manifestó. “Que los indios eran humanos y que por lo tanto poseían la facultad

    de la razón, tenían sus propias leyes y gobierno (y el derecho a estos) los cuales debían

    ser respetados por la corona española” (www.funcionjudicial.gob.ec). Jurisprudencia

    indígena.

    2.3. FUNDAMENTACIÓN LEGAL

    Constitución de la República del Ecuador

    Artículo. 1. El Ecuador es un Estado constitucional de derechos y justicia, social,

    democrático, soberano, independiente, unitario, intercultural, plurinacional y laico. Se

    organiza en forma de república y se gobierna de manera descentralizada.

    Artículo. 57.- Se reconoce y garantizará a las comunas, comunidades, pueblos y

    nacionalidades indígenas, de conformidad con la Constitución y con los pactos,

    convenios, declaraciones y demás instrumentos internacionales de derechos humanos,

    los siguientes derechos colectivos.

    Numeral (10).- Crear, desarrollar, aplicar y practicar su derecho propio o

    consuetudinario, que no podrá vulnerar derechos constitucionales, en particular de las

    mujeres, niñas, niños y adolescentes.

    Artículo. 76.- numeral (7).- Derecho de protección.

    Literal (f).- “Ser asistido gratuitamente por una traductora o traductor interprete, si no

    se comprende o no habla idioma en el que se sustancia el Procedimiento”

  • 11

    Literal (i).- “Nadie podrá ser juzgado más de una vez por la misma causa y materia.

    Los casos resueltos por la jurisdicción indígena deberán ser considerados para este

    efecto”.

    Artículo. 171.- Las autoridades de las comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas

    ejercerán funciones jurisdiccionales, con base en sus tradiciones ancestrales y su

    derecho propio, dentro de su ámbito territorial, con garantía de participación y decisión

    de las mujeres. Las autoridades aplicarán normas y procedimientos propios para la

    solución de sus conflictos internos, y que no sean contrarios a la Constitución y a los

    derechos humanos reconocidos en instrumentos internacionales.

    El Estado garantizará que las decisiones de la jurisdicción indígena sean respetadas por

    las instituciones y autoridades públicas. Dichas decisiones estarán sujetas al control de

    constitucionalidad. La ley establecerá los mecanismos de coordinación y cooperación

    entre la jurisdicción indígena y la jurisdicción ordinaria.

    Artículo. 257.- En el marco de la organización político administrativa podrán

    conformarse las circunscripciones territoriales indígenas o afro ecuatorianas, que

    ejercerán las competencias del gobierno territorial autónomo correspondiente, y se

    regirán por el principio interculturalidad, plurinacionalidad y de acuerdo con los

    derechos colectivos. (Registro Oficial N°. 449 de 20 de Octubre del 2008. Constitución

    de la República del Ecuador, 2008).

    Convenio 169-OIT, Organización Internacional Del Trabajo

    Artículo 2 numeral (1).- Los gobiernos deberán asumir la responsabilidad de

    desarrollar, con la participación de los pueblos interesados, una acción coordinada y

    sistemática con miras a proteger los derechos de esos pueblos y garantizar el respeto de

    su integridad.

    Artículo 8 numeral (1).- Al aplicar la legislación nacional a los pueblos interesados

    deberán tomarse debidamente en consideración sus costumbres o su derecho

    consuetudinario.

  • 12

    Numeral (2).- Dichos pueblos deberán tener el derecho de conservar sus costumbres e

    instituciones propias, siempre que no sean incompatibles con los derechos

    fundamentales definidos por el sistema jurídico nacional y los derechos humanos.

    Siempre que sean necesarios, deberán establecer procedimientos para solucionar los

    conflictos que pueden surgir en la aplicación de este principio.

    Artículo 9 numeral (1).- En la medida en que ello sea compatible con el sistema

    jurídico nacional y con los derechos humanos internacionalmente reconocidos, deberán

    respetarse los métodos a los que los pueblos interesados ocurren tradicionalmente para

    la represión de los delitos cometidos por sus miembros.

    Numeral (2).- Las autoridades y los tribunales llamados a pronunciarse sobre

    cuestiones penales deberán tener en cuenta las costumbres de dichos pueblos en la

    materia.

    Articulo 12.- Los pueblos interesados deberán tener protección contra la violación de

    sus derechos, y poder iniciar procedimientos legales, sea personalmente o bien por

    conducto de sus organismos representativos, para asegurar el respeto efectivo de tales

    derechos. Deberán tomarse medidas para garantizar que los miembros de dichos pueblos

    puedan comprender y hacerse comprender en procedimientos legales, facilitándoles, si

    fuere necesario, intérpretes u otros medios eficaces. (Convenio sobre los pueblos

    indígenas y tribales 169 de la OIT, 07 de junio 1989).

    Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas.

    Artículo 1. Los indígenas tienen derecho, como pueblos o como personas, al disfrute

    pleno de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales reconocidas por la

    Carta de Naciones Unidas, la Declaración Universal de los derechos humanos y la

    normativa internacional de los derechos humanos.

    Artículo 3. Los pueblos indígenas tienen derecho a la libre determinación. De acuerdo a

    este derecho determinan libremente su condición política y persiguen libremente su

    desarrollo económico, social y cultural.

  • 13

    Artículo 4.- Los pueblos indígenas, en ejercicio de su derecho a la libre determinación,

    tienen derecho a la autonomía o al autogobierno en las cuestiones relacionadas con sus

    asuntos internos y locales, así como a disponer de medios para financiar sus funciones

    autónomas.

    Artículo 27.- Los Estados establecerán y aplicaran, conjuntamente con los pueblos

    indígenas, un proceso equitativo, independiente, imparcial, abierto y transparente, en el

    que se reconozca debidamente las leyes, tradiciones, costumbres y sistema de tenencia

    de tierras de los pueblos indígenas.

    Artículo 34.- Los pueblos indígenas tienen derecho a promover, desarrollar y mantener

    sus estructuras institucionales y sus propias costumbres, espiritualidad, tradiciones,

    procedimientos, prácticas y, cuando existan, costumbres o sistemas jurídicos, de

    conformidad con las normas internacionales de derechos humanos. (Resolución

    aprobada por la Asamblea.

    Artículo 35.- Los pueblos indígenas tienen derecho a determinar las responsabilidades

    de los individuos para con sus comunidades.

    Artículo 40.- Los pueblos indígenas tienen derecho a procedimientos equitativos y

    justos para el arreglo de conflictos y controversias con los Estados u otras partes, y a

    una pronta decisión sobre esas controversias, así como a una reparación efectiva de toda

    lesión de sus derechos individuales y colectivos.

    En esas decisiones se tendrán debidamente en consideración las costumbres, las

    tradiciones, las normas y los sistemas jurídicos de los pueblos indígenas interesados y

    las normas internacionales de derechos humanos. (Resolución aprobada por la

    Asamblea General, 13 de septiembre de 2007).

  • 14

    Código Orgánico de la Función Judicial

    Artículo. 7.- Principios de legalidad, jurisdicción y competencia.- La jurisdicción y

    la competencia nacen de la Constitución y la ley. Solo podrán ejercer la potestad

    jurisdiccional las juezas y jueces nombrados de conformidad con sus preceptos, con la

    intervención directa de fiscales y defensores públicos en el ámbito de sus funciones. Las

    autoridades de las comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas ejercerán las

    funciones jurisdiccionales que les están reconocidas por la Constitución y la ley.

    Artículo. 17.- Principio de servicio a la comunidad.- La administración de justicia por

    la Función Judicial es un servicio público, básico y fundamental del Estado, por el cual

    coadyuva a que se cumpla el deber de respetar y hacer respetar los derechos

    garantizados por la Constitución, los instrumentos internacionales de derechos humanos

    vigentes y las leyes. El arbitraje, la mediación y otros medios alternativos de solución de

    conflictos establecidos por la ley, constituyen una forma de este servicio público. De la

    misma forma ejercerán las autoridades funciones de sistema de justicia en los pueblos y

    nacionalidades indígenas.

    Artículo. 20.- Principio de celeridad.- La administración de justicia será rápida y

    oportuna, tanto en la tramitación y resolución de la causa, como en la ejecución de lo

    decidido. Por lo tanto, en todas las materias, una vez iniciado un proceso, las juezas y

    jueces están obligados a proseguir el trámite dentro de los términos legales, sin esperar

    petición de parte, salvo los casos en que la ley disponga lo contrario. El retardo

    injustificado en la administración de justicia, imputable a las juezas, jueces y demás

    servidoras y servidores de la Función Judicial y auxiliares de la justicia, será sancionado

    de conformidad con la ley.

    Artículo. 24.- Principio de interculturalidad.- En toda actividad de la Función

    Judicial, las servidoras y servidores de justicia deberán considerar elementos de la

    diversidad cultural relacionados con las costumbres, prácticas, normas y procedimientos

    de las personas, grupos o colectividades que estén bajo su conocimiento.

    Artículo 343.- Ámbito de la jurisdicción indígena.- Las autoridades de las

    comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas ejercerán funciones jurisdiccionales,

  • 15

    con base en sus tradiciones ancestrales y su derecho propio o consuetudinario, dentro de

    su ámbito territorial, con garantía de participación y decisión de las mujeres. Las

    autoridades aplicarán normas y procedimientos propios para la solución de sus

    conflictos internos, y que no sean contrarios a la Constitución y a los derechos humanos

    reconocidos en instrumentos internacionales. No se podrá alegar derecho propio o

    consuetudinario para justificar o dejar de sancionar la violación de derechos de las

    mujeres.

    Artículo 344.- Principios de la justicia intercultural.- La actuación y decisiones de

    los jueces y juezas, fiscales, defensores y otros servidores judiciales, policías y demás

    funcionarias y funcionarios públicos, observarán en los procesos los siguientes

    principios:

    a) Diversidad.- Han de tener en cuenta el derecho propio, costumbres y prácticas

    ancestrales de las personas y pueblos indígenas, con el fin de garantizar el óptimo

    reconocimiento y realización plena de la diversidad cultural;

    b) Igualdad.- La autoridad tomará las medidas necesarias para garantizar la

    comprensión de las normas, procedimientos, y consecuencias jurídicas de lo decidido en

    el proceso en el que intervengan personas y colectividades indígenas. Por lo tanto,

    dispondrán, entre otras medidas, la intervención procesal de traductores, peritos

    antropólogos y especialistas en derecho indígena.

    c) Non bis in idem.- Lo actuado por las autoridades de la justicia indígena no podrá ser

    juzgado ni revisado por los jueces y juezas de la Función Judicial ni por autoridad

    administrativa alguna, en ningún estado de las causas puestas a su conocimiento, sin

    perjuicio del control constitucional;

    d) Pro jurisdicción indígena.- En caso de duda entre la jurisdicción ordinaria y la

    jurisdicción indígena, se preferirá esta última, de tal manera que se asegure su mayor

    autonomía y la menor intervención posible; y,

    e) Interpretación intercultural.- En el caso de la comparecencia de personas o

    colectividades indígenas, al momento de su actuación y decisión judiciales,

  • 16

    interpretarán interculturalmente los derechos controvertidos en el litigio. En

    consecuencia, se procurará tomar elementos culturales relacionados con las costumbres,

    prácticas ancestrales, normas, procedimientos del derecho propio de los pueblos,

    nacionalidades, comunas y comunidades indígenas, con el fin de aplicar los derechos

    establecidos en la Constitución y los instrumentos internacionales.

    Artículo 345.- declinación de competencia.- Los jueces y juezas que conozcan de la

    existencia de un proceso sometido al conocimiento de las autoridades indígenas,

    declinarán su competencia, siempre que exista petición de la autoridad indígena en tal

    sentido. A tal efecto se abrirá un término probatorio de tres días en el que se demostrará

    sumariamente la pertinencia de tal invocación, bajo juramento de la autoridad indígena

    de ser tal. Aceptada la alegación la jueza o el juez ordenarán el archivo de la causa y

    remitirá el proceso a la jurisdicción indígena.

    Artículo 346.- Promoción de la justicia intercultural.- El Consejo de la Judicatura

    determinará los recursos humanos, económicos y de cualquier naturaleza que sean

    necesarios para establecer mecanismos eficientes de coordinación y cooperación entre la

    jurisdicción indígena y la jurisdicción ordinaria.

    Especialmente, capacitará a las servidoras y servidores de la Función Judicial que deban

    realizar actuaciones en el ámbito de su competencia en territorios donde existe

    predominio de personas indígenas, con la finalidad de que conozcan la cultura, el

    idioma y las costumbres, prácticas ancestrales, normas y procedimientos del derecho

    propio o consuetudinario de los pueblos indígenas.

    El Consejo de la Judicatura no ejercerá ningún tipo de atribución, gobierno o

    administración respecto de la jurisdicción indígena. (Código Orgánico de la Función

    Judicial, 2009)

    Código de Garantía Jurisdiccional y Control Constitucional

    Artículo 1.- Objeto y finalidad de la ley.- Esta ley tiene por objeto regular la

    jurisdicción constitucional, con el fin de garantizar jurisdiccionalmente los derechos

  • 17

    reconocidos en la Constitución y los instrumentos internacionales de derechos humanos

    y de la naturaleza; y garantizar la eficacia y la supremacía constitucional.

    Acción extraordinaria de protección contra decisiones de la justicia indígena

    Artículo 65.- Ámbito.- La persona que tuviere inconveniente con la decisión de la

    autoridad indígena en ejercicio de funciones jurisdiccionales, por violar los derechos

    constitucionalmente garantizados o discriminar a la mujer por el hecho de ser mujer,

    podrá acudir a la Corte Constitucional y presentar la impugnación de esta decisión en el

    término de veinte días de que haya conocido.

    Se observaran los principios que, sobre esta materia, se encuentran determinados en la

    Constitución, instrumentos internacionales de los derechos humanos de los pueblos y

    nacionalidades, demás instrumentos de derechos humanos, Código Orgánico de la

    Función Judicial y la Ley.

    Articulo 66 numeral (1). Interculturalidad.- El procedimiento garantizara la

    comprensión intercultural de los hechos y una interpretación intercultural de las normas

    aplicables a fin de evitar una interpretación etnocéntrica y monocultural. Para el

    entendimiento intercultural, la Corte debe recabar toda información necesaria sobre el

    conflicto resuelto por las autoridades indígenas.

    Numeral (2). Pluralismo Jurídico.- El Estado ecuatoriano reconoce, protege y

    garantiza la coexistencia y desarrollo de los sistemas normativos, usos y costumbres de

    las nacionalidades, pueblos indígenas y comunidades de conformidad con el carácter

    plurinacional, plurietnico y pluricultural del Estado.

    Numeral (3). Autonomía.- Las autoridades de las nacionalidades, pueblos y

    comunidades indígenas, gozaran de un máximo de autonomías y un mínimo de

    restricciones en el ejercicio de sus funciones jurisdiccionales, dentro de su ámbito

    territorial, de conformidad con su derecho indígena propio.

  • 18

    No obstante el reconocimiento de un máximo de autonomía, tiene los límites

    establecidos por la Constitución vigente, los instrumentos internacionales de derechos

    de los pueblos indígenas y esta ley.

    Numeral (4).- El debido proceso.- La observancia de las normas, usos y costumbres, y

    procedimientos que hacen parte del derecho propio de la nacionalidad, pueblo o

    comunidad indígena constituyen el entendimiento intercultural del debido proceso.

    (Registro Oficial N°, 52 de 22 de octubre del 2009, 2009)

    Código Orgánico Integral Penal.

    Artículo 5 numeral (5).- Numeral 9.- Prohibición de doble juzgamiento.- Ninguna

    persona podrá ser juzgada ni penada más de una vez por los mismos hechos. Los casos

    resueltos por la jurisdicción indígena son considerados para este efecto.

    Art. 398.- Jurisdicción.- Consiste en la potestad pública de juzgar y ejecutar lo

    juzgado. Únicamente los juzgadores determinados en la Constitución, el Código

    Orgánico de la Función Judicial y en este código, ejercerán función en materia penal

    para el juzgamiento de las infracciones penales cometidas en el territorio y en territorio

    extranjero en los casos que establecen los instrumentos internacionales suscritos y

    ratificados por el Estado. (Código Orgánico Integral Penal - COIP , 2014)Código

    Orgánico Integral Penal. 2014.

    Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización.

    Artículo 72.- Naturaleza de los Regímenes Especiales.- Los regímenes especiales son

    formas de gobierno y administración del territorio, constituidas por razones de

    población, étnico culturales o de conservación ambiental.

    Su conformación tendrá lugar en el marco de la organización política administrativa del

    Estado. Los distritos metropolitanos autónomos, las circunscripciones territoriales

    indígenas, afro-ecuatorianas y montubias y la provincia de galápagos son régimen

    especiales.

  • 19

    Artículo 93.- Naturaleza de las Circunscripciones Territoriales de Comunidades,

    Pueblos y Nacionalidades Indígenas, Afro-ecuatorianas y Montubias.- Son

    regímenes especiales de gobierno autónomo descentralizado establecido por libre

    determinación de los pueblos, nacionalidades y comunidades indígenas, afro-

    ecuatorianas y montubias, en el marco de sus territorios ancestrales, respetando la

    organización político administrativa del Estado, que ejercerán competencias del nivel de

    gobierno autónomo correspondientes. Se regirán por la Constitución, los instrumentos

    internacionales y por sus estatutos constitutivos, para el pleno ejercicio de los derechos

    colectivos. Contaran con los recursos provenientes del presupuesto general del Estado

    que les correspondan.

    En estos regímenes especiales, en el marco del respeto a los derechos colectivos e

    individuales, se aplicaran de manera particular los principios de interculturalidad y

    plurinacionalidad, los usos y costumbres, así como los derechos colectivos de los

    pueblos, nacionalidades y comunidades indígenas, afro-ecuatorianas y montubias que

    los habitan mayoritariamente, de conformidad con la Constitución, los instrumentos

    internacionales y este código.

    Articulo 97.- Pueblos, nacionalidades, comunidades o comunas que no puedan

    constituirse en circunscripciones territoriales indígenas.- Los pueblos,

    nacionalidades, comunidades o comunas que no pueden constituirse en circunscripción

    territorial indígenas, de acuerdo con lo dispuesto en la Constitución, ejercerán los

    derechos colectivos establecidos en la misma, en especial sus propias formas de

    convivencia, organización social y su autoridad, en sus territorios legalmente

    reconocidos y tierras comunitarias de posesión ancestral; para lo cual los gobiernos

    autónomos descentralizados establecerán un proceso de planificación conjunto y podrán

    delegar competencias a las autoridades legitima y legalmente establecidas por los

    pueblos, nacionalidades, comunidades o comunas indígenas. Aquellas nacionalidades

    que se encuentren separadas territorialmente de las circunscripciones territoriales

    indígenas se integraran en el sistema de gobierno de la nacionalidad o pueblo

    correspondiente para el ejercicio de los derechos colectivos sobre la totalidad de sus

    comunidades.

  • 20

    Articulo 102.- Financiamiento.- El gobierno central asignara, con cargo al presupuesto

    general del Estado, recursos designados a financiar los procesos de formulación,

    conformación, institucionalización, implementación, consultas, fusiones de las

    circunscripciones territoriales indígenas, afro-ecuatorianas y montubias que incluye

    estudios, censos, socializaciones y contrataciones para hacer efectivo lo que al respecto

    se prevé en la Constitución y en este código.

    Los planes de desarrollo serán los que correspondan al nivel de gobierno respectivo y

    contaran con los recursos respectivos. (Registro Oficial N°. 303 del 19 de octubre ,

    2010)

    Reglamento de sustanciación de Procesos de Competencia de la Corte

    Constitucional.

    Artículo 44.- Examen de constitucionalidad de las decisiones de la justicia

    indígena.- En la sustanciación de las acciones extraordinarias de protección en contra

    de las decisiones de la justicia indígena, sin perjuicio establecido de la Constitución de

    la República y el convenio 169 de la OIT, se observaran los siguientes parámetros:

    Numeral 1.- Existencia de una autoridad indígena.- La autoridad indígena debe ser

    legalmente reconocida por la comunidad, pueblo o nacionalidad.

    Numeral 2.- Ámbito territorial.- El litigio debe ser ocurrido en las tierras o territorios de

    las comunidades, pueblos o nacionalidades. Se entiende territorios espacios donde se

    encuentran asentados y donde desarrollan su vida social, cultural, económica y política.

    Numeral 3.- Identidad.- Se verificara que en el conflicto deben ser sujetos indígena

    reconocidos en los convenio 169 de la OIT.

    Numeral 4.- Derecho propio. Se verificara que en la resolución de la autoridad debe ser

    aplicado de acuerdo las costumbres y procedimientos propios.

    Numeral 5.- Participación de las mujeres indígenas en el proceso de juzgamiento.- se

    verificara que en el proceso de juzgamiento haya existido la participación de las mujeres

    en toma de decisiones jurisdiccionales, siempre cuando respetando derecho propio y

    costumbres.

  • 21

    Numeral 6.- Conflicto.- Se constatara que las autoridades indígenas hayan conocido

    asuntos de cualquier naturaleza respetando los derechos humanos reconocidos en la

    Constitución y los instrumentos internacionales.

    Artículo 45.- Coordinación de Jurisdicciones.- en caso de que haya cruce de

    jurisdicciones, identidades, se conocerá la causa implementado procedimientos ad hoc

    de coordinación y cooperación entre dos sistemas.

    2.4. IDEA A DEFENDER

    Los mecanismos de justicia indígena de la comunidad Mutints son subvalorados y

    subutilizados. La justicia ordinaria pretende remplazar a la justicia indígena, este

    proceso es visualizado como nuevos y sutiles mecanismos de colonización. Por lo que,

    pese a la apertura y comprensión de los miembros de la comunidad, existe desconfianza

    y desconocimiento.

    La aplicación actual de la justicia ordinaria poco se asemeja a lo estipulado por la

    constitución, motivo por el que se encuentra muy de conseguir un verdadero

    fortalecimiento nacional en la diversidad, por el contrario, ha generado conflictos y

    desacuerdos entre ambas jurisdicciones.

    2.5. CARACTERIZACIÓN DE LAS VARIABLES

    2.5.1. Variable independiente

    Aplicabilidad de la justicia indígena

    2.5.2. Variable dependiente

    Percepción de validez de la justicia indígena

  • 22

    2.6. DEFINICIÓN TÉRMINOS BÁSICOS

    Mesetchichametserma: Es la presentación de la denuncia en forma verbal o escrita

    ante el Consejo de Gobierno o la Asamblea general comunitaria.

    Ameenkasartakatnajanma: proceso de investigación realizada por toda la comunidad

    para determinar la existencia de un hecho o caso. Existencia de la infracción de la

    materialidad.

    Karaatiamu: Instalación de la asamblea comunitaria previo convocatoria del consejo

    de gobierno, donde determinara mediante resolución la sanción ejecutoriada con los

    procedimientos propios de la cultura

    Asutiajmu: Sanción realizada por el Consejo de gobierno y la Asamblea de acuerdo

    con los parámetros establecidos de la justicia tradicional.

    Asutiamu umintikma: El consejo de gobierno hacen cumplir lo que la Asamblea

    resolvió la sanción respectiva.

    Autoridad Indígena: Persona que tiene capacidad de liderazgo, conocimientos de

    normas propias y la cosmovisión andina, para dirigir y resolver conflictos internos de la

    comunidad. (Trujillo, Grijalva, & Endara, 2001)

    Cosmovisión: es la constelación de creencias, valores y formas de proceder

    interiorizadas por los miembros de un grupo de personas que hacen únicos como grupo

    cultural. (Trujillo, Grijalva, & Endara, 2001)

    Derecho Consuetudinario: Norma aplicado a base de tradición, costumbre o

    cosmovisión dentro una colectividad ancestral. (LLasag Fernández, 2004)

    Indígena: Es una definición discriminatoria que interpretaron los españoles. Es una

    comunidad originaria que tiene territorio, idiomas, costumbres y concepciones desde el

    entorno que habitan. (Sampay, 1964)

  • 23

    Interculturalidad: Implica la construcción de una nueva sociedad, respetuosa,

    incluyente, humanitaria, unidad en diversidad, solidaria y tolerante y armoniosa.

    Encuentro equitativo de los indígenas con los mestizos para discutir los problemas

    políticos, económicos, de marginación, de racismo y la opresión para juntos impulsar el

    desarrollo. Intercambio de conocimientos y experiencias, justo distribución de recursos

    del Estado para vivir con dignidad. (Sánchez, 2000)

    Pluriculturalidad: Reconocimiento de diversas culturas que existen en el Estado.

    Reconocimiento de sus diversidades, de sus derechos, de sus autoridades y de sus

    propias instituciones. Reconocimiento de los saberes, riquezas culturales y lingüísticas.

    Shuar Chicham: Idioma dialectico practicado en la nacionalidad shuar.

  • 24

    TÍTULO I

    1. DERECHOS DE LAS COMUNIDADES, NACIONALIDADES Y PUEBLOS

    INDÍGENAS

    1.1. Fuentes de acercamiento cultural escritas.

    En la historia del Ecuador, si analizamos el derecho escrito en las nacionalidades

    y pueblos indígenas, el Estado nos ha impuesto una norma jurídico universal, único,

    coercitivo, totalitario, excluyente, sin valorar las concepciones diversas que cada pueblo

    y nacionalidad practica en su territorio; de la misma manera existiendo la

    discriminación, la xenofobia, la indefensión, la conquista, aislamiento y exclusión en

    ámbito cultural, social, económico, jurídico y político dentro de un Estado.

    Las investigaciones realizadas de la nacionalidad shuar versan en aspectos

    antropológicos sobre la cultura material, donde la mayoría de los investigadores son

    extranjeros tienen el interés de desarrollar un estudio antropológico y sociológico que

    posibiliten contrastar las diferencias étnicas y el reconocimiento de los derechos

    colectivos por parte de los Estados. Mencionan que los datos de investigación en la

    cultura shuar son escasas, dispersos y contradictorios, en la cual realiza un estudio

    critico en la historia sobre las fuentes escritas respecto a las manifestaciones de la

    cultura material, donde dice informes de descubridores y conquistadores militares,

    misioneros, jesuitas y franciscanos, y la administración que entablan contacto efímero,

    mismo que dice que existe escasa información donde ningún autor cita las fuentes

    consultadas, la mayoría desconocen el idioma shuar, las informaciones se relatan a los

    nativos.

    Los autores que publican a fines del siglo XIX y XX en cuales son los franceses,

    ingleses y alemanes, período donde se inicia el proceso de colonización amazónica

    donde se da contacto estable con los shuar. En este período el norteamericano Up de

    Graff publica la obra: “Cazadores de Cabezas del Amazonas” en base de su

    investigación y aventura de la amazonia peruana y ecuatoriana donde inicia en 1897

    cuando se inicia la comercialización del caucho, donde esta obra es citada por los

    investigadores del siglo pasado como Karsten, Stirling, Metraux y Michael J. Harner

  • 25

    entre otros. En el siglo XX luego de los contactos con la cultura shuar Harner hace un

    estudio profundo dentro del interior de las comunidades shuar de Traskutuku y valles

    del río Upano donde continúan viviendo el estilo tradicional de existencia, fuera de los

    contados de los españoles en los años 1956-57, 1964 y 1969.

    El antropólogo español Josep Fericgla en el año 1991, 1992 y 1993 considera a

    la amazonia como una zona con mayor diversidad vegetal y hace experimentos de la

    plantas alucinógenas de los shuar y de misma forma en el año de 1994 publica “los

    jibaros cazadores de Sueño” como un aporte antropológico cultural cognoscitiva.

    Finalmente los autores dan énfasis al estudio de la cultura material y la mitología, en

    menor grado al contacto interétnico. (Ávila C., 2006, págs. 21,22,23)

    Las fuentes escritas de los siglos XVI-XVIII consiste en la mayoría de las partes

    en los documentos de la administración colonial española incluyendo los informes de

    los descubridores, conquistadores y de los misioneros. En el siglo XIX se incrementan

    al número de informes cuantitativamente mayor de los misioneros, descripciones de

    viajes y expediciones de científicos viajeros, también tratados teóricos-científicos y

    estas fuentes fueron publicadas en volúmenes misceláneos o en revistas como podemos

    mencionar los siguientes: 1.- Documentos de la administración colonial española, 2.-

    Informes de misiones, 3.- Descripción de viajes e informes de expediciones, 4.-

    Tratados teórico-científicos, 5.- Volúmenes misceláneos, 6.- Demás fuentes escritas, 7.-

    Revistas, 8.- Archivos y bibliotecas, bibliografías. (Wierhake, 1985, págs. 14-15)

    El hecho de que no consta disposiciones o normas escritas que recojan el

    pensamiento jurídico de los pueblos originarios en los códigos liberales positivista no

    significa que el derecho indígena haya desaparecido, lo contrario en la actualidad con

    mayor fuerza empieza a resurgir, donde el estado necesita ante las limitaciones de la

    justicia ordinaria, para complementar el vacío que existe en la legislación en torno a los

    pueblos indígenas de américa. (Pérez Guartambel, CONAIE y ECUARUNARI: Justicia

    Indígena, 2010, pág. 105)

    El derecho consuetudinario es una norma no escrita, es de sistema oralizada que

    los pueblos milenarios practicaron desde la evolución de la humanidad; en el sistema de

    justicia shuar lo que recogen los insumos de información son los investigadores

  • 26

    extranjeros y los religiosos jesuitas, franciscanos, salesianos y otros. De la misma forma

    de lo que se puede ver son documentos realizados en épocas coloniales, de conquista,

    evangelizadores misioneros y los investigadores de la cultura materia shuar. El Estado

    no puede excluir el hecho que no exista un documento escrito sobre la norma ancestral,

    más bien debe fortalecer la justicia indígena para hacer efectivo el verdadero Estado

    plurinacional e intercultural.

    1.2. Historia y Colonia

    Historia

    El proceso histórico de los pueblos y nacionalidades indígenas, se da antes de la

    época de la invasión española y la independencia de la República del Ecuador, la

    llegada de los incas y españoles se les ha negado el derecho a su propia historia, pues

    muchos estudiosos se equivocaron denominando la época “pre-histórica” (antes de la

    historia- sin historia); es decir, que pueblos y nacionalidades no tuvieron historia,

    porque no se consideraba pueblos civilizados. Por lo tanto la historia actual del Ecuador

    no se inició con la llegada de los incas peor por la llegada de los españoles porque

    muchos historiadores comentan de la época primitiva u originaria, el hecho que los

    pueblos aborígenes, tienen la base sobre lo cual se levanta hoy el Estado ecuatoriano,

    no dejaron constancias escritas de su devenir lo que significa que no ha tenido historia

    y civilización, donde esta teoría es falso, se puede demostrar que existen argumentos