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UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL
FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS
MAESTRÍA EN CONTADURÍA PÚBLICA
TESIS DE POSGRADO PARA LA OBTENCIÓN DEL GRADO DE MAGISTER
EN CONTADURÍA PÚBLICA
“EFECTO DEL RÉGIMEN SIMPLIFICADO EN LAS ORGANIZACIONES DE LA
ECONOMÍA POPULAR Y SOLIDARIA”
AUTOR: PAMELA CAROLINA CAVAGNARO ROMERO
TUTOR: LIZBETH SÁNCHEZ LEÓN
GUAYAQUIL – ECUADOR
OCTUBRE 2018
ii
REPOSITORIO NACIONAL EN CIENCIA Y TECNOLOGÍA
FICHA DE REGISTRO DE TESIS
TÍTULO Y SUBTÍTULO: Efecto del régimen simplificado en las organizaciones de la
economía popular y solidaria.
AUTORA: Pamela Carolina Cavagnaro
Romero
TUTOR: Ing. Lizbeth Sánchez León
REVISORES:
INSTITUCIÓN: Universidad de
Guayaquil
FACULTAD: Ciencias Administrativas
CARRERA:
FECHA DE PUBLICACIÓN:
Septiembre, 2018
No. DE PÁGS: 85
TÍTULO OBTENIDO: Máster en Contaduría Pública
ÁREAS TEMÁTICAS: Tributación.
PALABRAS CLAVE: Economía popular y solidaria, Régimen simplificado, Impuesto a la
Renta, Efectividad, Brecha tributaria
RESUMEN: La política fiscal como parte de la política pública ha sido objeto de adaptación y
cambios por los gobernantes en el Ecuador en función de la coyuntura económica y social
durante los periodos de gestión. La ejecución implica reformas legales, que en la actualidad
poco se conoce sobre la eficacia de los resultados obtenidos. Con el fin de evaluar la efectividad
de los cambios en el régimen tributario, se tomó como investigación el efecto de simplificar el
sistema tributario en el comportamiento de las organizaciones pertenecientes a la economía
popular y solidaria en el cumplimiento de la declaración del impuesto a la renta. El objetivo
general del estudio fue determinar el efecto del régimen simplificado en la presentación del
impuesto a la renta de las organizaciones de la economía popular y solidaria que se encontraban
activas en el periodo fiscal 2017. Mediante el uso de estadística descriptiva y un modelo de
regresión lineal simple se obtuvo el impacto del régimen simplificado en la declaración del
impuesto a la renta. Los contribuyentes sujetos al régimen simplificado de la economía popular
y solidaria declararon 8 días antes que los contribuyentes que pertenecen al régimen general que
reportaron un promedio de 16 días de demora en la declaración. Se identificó que las
organizaciones de la economía popular y solidaria en los últimos 4 años han cumplido con el
registro oportuno en los catastros de la administración tributaria. Aun cuando el régimen es a
nivel nacional, existe concentración en las provincias con mayor población Guayas y Pichincha.
Se concluye que un régimen simplificado favorece el sistema tributario ecuatoriano ya que
cumple con su objetivo de facilitar la declaración de impuestos al contribuyente.
No. DE REGISTRO (en base de datos): No. DE CLASIFICACIÓN:
DIRECCIÓN URL (tesis en la web):
ADJUNTO PDF: x SI NO
CONTACTO CON AUTORA Teléfono: E-mail: [email protected]
CONTACTO EN LA INSTITUCIÓN: Nombre: Secretaría de la Facultad
Teléfono: 04-2294254
E-mail: [email protected]
x
x
X
x
N
N
iii
Certificación del tutor
En mi calidad de tutor del estudiante PAMELA CAROLINA CAVAGNARO ROMERO, del
Programa de Maestría Contaduría Pública, nombrado por el Decano de la Facultad de
CIENCIAS ADMINISTRATIVAS, CERTIFICO: que la tesis de posgrado titulada EFECTO
DEL RÉGIMEN SIMPLIFICADO EN LAS ORGANIZACIONES DE LA ECONOMÍA
POPULAR Y SOLIDARIA, en opción al grado académico de Magíster en Contaduría
Pública, cumple con los requisitos académicos, científicos y formales que establece el
Reglamento aprobado para tal efecto.
Atentamente
LIZBETH SANCHEZ LEÓN
TUTOR
Guayaquil, septiembre de 2018
iv
Certificado Porcentaje de Similitud
Para fines académicos, CERTIFICO: Que el trabajo de titulación “EFECTO DEL
RÉGIMEN SIMPLIFICADO EN LAS ORGANIZACIONES DE LA ECONOMÍA
POPULAR Y SOLIDARIA”, presentado por la maestrante CAVAGNARO ROMERO
PAMELA CAROLINA, tiene 3% de coincidencias y referencias según el sistema
URKUND.
LIZBETH SANCHEZ LEÓN
TUTOR DE TESIS
C.I. 0924536980
v
Dedicatoria
A mis padres Jacqueline y Freddy.
vi
Agradecimiento
Agradezco a Jacqueline, Freddy, Henry y Daniel, que con sus sabios conocimientos y
apoyo estuvieron junto a mí en este proceso.
vii
Declaración Expresa
“La responsabilidad del contenido de este trabajo de titulación especial, me corresponden
exclusivamente; y el patrimonio intelectual de la misma a la UNIVERSIDAD DE
GUAYAQUIL”
___________________________
FIRMA
PAMELA CAVAGNARO ROMERO
viii
Abreviaturas
SRI: Servicio de Rentas Internas
LRTI: Ley de Régimen Tributario Interno
RLRTI: Reglamento para la aplicación de la Ley Régimen Tributario Interno
SEPS: Superintendencia de la Economía Popular y Solidaria
RUC: Registro Único de Contribuyentes
RISE: Régimen Impositivo Simplificado Ecuatoriano
CEPAL: Comisión Económica para América Latina y el Caribe
RS: Régimen simplificado
AT: Administración tributaria
IEPS: Instituto Nacional de Economía Popular y Solidaria
ix
Tabla de Contenido
REPOSITORIO NACIONAL EN CIENCIA Y TECNOLOGÍA .............................................ii
Certificación del tutor .............................................................................................................. iii
Certificado Porcentaje de Similitud .......................................................................................... iv
Dedicatoria ................................................................................................................................. v
Agradecimiento ......................................................................................................................... vi
Declaración Expresa ................................................................................................................vii
Abreviaturas ........................................................................................................................... viii
Tabla de Contenido ................................................................................................................... ix
Índice de Figuras .................................................................................................................... xiii
Resumen .................................................................................................................................. xiv
Abstract .................................................................................................................................... xv
Introducción ............................................................................................................................... 1
Delimitación del Problema ........................................................................................................ 2
Justificación ............................................................................................................................... 3
Objeto de Estudio ....................................................................................................................... 4
Campo de Acción o de Investigación: ....................................................................................... 4
Novedad Científica .................................................................................................................... 4
Formulación del Problema ......................................................................................................... 4
Planteamiento de la Hipótesis .................................................................................................... 5
Objetivo General ........................................................................................................................ 5
Objetivos Específicos................................................................................................................. 6
Capítulo 1 ................................................................................................................................... 6
Marco Teórico ............................................................................................................................ 6
1.1 Políticas Públicas en el Sistema Tributario .......................................................................... 6
1.2 La Economía Popular y Solidaria ........................................................................................ 8
1.3 Sistema Tributario en Ecuador........................................................................................... 11
1.4 Deberes Formales del Impuesto a la Renta e Impuesto al Valor Agregado ...................... 12
1.5 Factores que afectan el Sistema Tributario ........................................................................ 14
1.6 Regímenes Simplificados en el Mundo ............................................................................. 19
1.6.1 España. ............................................................................................................................ 19
1.6.2 Argentina......................................................................................................................... 21
1.6.3 Chile. ............................................................................................................................... 22
x
1.6.4 Costa Rica. ...................................................................................................................... 23
1.6.5 Colombia. ........................................................................................................................ 26
1.7 Régimen Simplificado de la Economía Popular y Solidaria .............................................. 28
Capítulo 2 ................................................................................................................................. 30
Marco Metodológico ................................................................................................................ 30
2.1 Metodología ....................................................................................................................... 30
2.2 Métodos.............................................................................................................................. 31
2.3 Hipótesis ............................................................................................................................ 32
2.4 Universo y muestra ............................................................................................................ 33
2.5 CDIU – Operacionalización de variables .......................................................................... 33
2.6 Gestión de Datos ................................................................................................................ 34
Capítulo 3 ................................................................................................................................. 35
Resultados ................................................................................................................................ 35
3.1 Análisis Descriptivo ........................................................................................................... 35
3.2 Análisis Inferencial ............................................................................................................ 52
3.3 Declaración de Impuesto a la Renta................................................................................... 55
3.4 Comprobación de Hipótesis 1 ............................................................................................ 55
3.5 Comprobación de Hipótesis 2 ............................................................................................ 56
Capítulo 4 ................................................................................................................................. 57
Discusión.................................................................................................................................. 57
4.1 Contrastación Empírica ...................................................................................................... 57
4.2 Limitaciones ....................................................................................................................... 58
4.3 Líneas de Investigación...................................................................................................... 58
4.4 Aspectos Relevantes .......................................................................................................... 58
Capítulo 5 ................................................................................................................................. 58
Propuesta .................................................................................................................................. 58
5.1 Campañas de Capacitación ................................................................................................ 59
5.2 Campañas de Difusión ....................................................................................................... 60
Conclusiones ............................................................................................................................ 60
Recomendaciones .................................................................................................................... 61
Referencias Bibliográficas ....................................................................................................... 63
xi
Índice de Tablas
Tabla 1. Operacionalización de variables ................................................................................ 33
Tabla 2. Número de Personas Jurídicas sin fines de lucro constituidas por años .................... 36
Tabla 3. Número de Personas Jurídicas sin fines de lucro constituidas por años y tipo .......... 37
Tabla 4. Número de Personas Jurídicas sin fines de lucro constituidas por provincia y tipo .. 40
Tabla 5. Número de Personas Jurídicas sin fines de lucro distintas a la EPS por clase y tipo ....
.................................................................................................................................................. 41
Tabla 6. Número de Personas Jurídicas del sector popular y solidario por clase y tipo .......... 42
Tabla 7. Días de atraso en la inscripción del RUC de Personas Jurídicas sin fines de lucro por
año ............................................................................................................................................ 43
Tabla 8. Días de atraso en la inscripción del RUC de Personas Jurídicas sin fines de lucro por
año y tipo.................................................................................................................................. 44
Tabla 9. Días de atraso en la inscripción del RUC de Personas Jurídicas de la economía
popular y solidaria por tipo y año ............................................................................................ 44
Tabla 10. Número de Personas Jurídicas sin fines de lucro por actividad económica y tipo .. 45
Tabla 11. Estados financieros de Personas Jurídicas sin fines de lucro consolidados ............. 46
Tabla 12. Estados financieros del formulario 101 de Personas Jurídicas sin fines de lucro
consolidados ............................................................................................................................. 47
Tabla 13. Estados financieros del formulario 122 de Personas Jurídicas sin fines de lucro
consolidados ............................................................................................................................. 48
Tabla 14. Estados financieros de Personas Jurídicas sin fines de lucro distintas a la EPS ...... 49
Tabla 15. Estados financieros de Personas Jurídicas sin fines de lucro pertenecientes a la EPS
.................................................................................................................................................. 50
Tabla 16. Días de atraso en la declaración del impuesto a la renta de las Personas Jurídicas sin
fines de lucro por provincia año y tipo de formulario ............................................................. 51
Tabla 17. Días de atraso en la declaración del impuesto a la renta de las Personas Jurídicas
por año, tipo de contribuyente y tipo de formulario ................................................................ 52
Tabla 18. Estadística descriptiva de variable dependiente “Días de atraso” .......................... 53
Tabla 19. Estadística descriptiva de variable dependiente “Días de atraso” por número de
formulario ................................................................................................................................ 55
Tabla A1. Asociativos .............................................................................................................. 65
Tabla A2. Caja central ............................................................................................................. 65
Tabla A3. Cajas de ahorro ....................................................................................................... 66
xii
Tabla A4. Cajas y bancos comunales ...................................................................................... 66
Tabla A5. Comunitarios ........................................................................................................... 67
Tabla A6. Cooperativa de ahorro y crédito .............................................................................. 67
Tabla A7. Cooperativistas ........................................................................................................ 68
Tabla A8. Solidarias................................................................................................................. 68
Tabla A9. Federaciones ........................................................................................................... 69
Tabla A10. Redes ..................................................................................................................... 69
Tabla A11. Uniones ................................................................................................................. 70
Tabla B1. Colegios profesionales, gremios y entidades clasistas ............................................ 71
Tabla B2. Cooperativas ............................................................................................................ 71
Tabla B3. Educación ................................................................................................................ 72
Tabla B4. Entidades culturales y de arte .................................................................................. 72
Tabla B5. Entidades de culto religioso .................................................................................... 73
Tabla B6. Entidades deportivas ............................................................................................... 73
Tabla B7. Fundaciones de investigación ................................................................................. 74
Tabla B8. Juntas administradoras de agua (comunitarias) ...................................................... 74
Tabla B9. Organizaciones de beneficencia .............................................................................. 75
Tabla B10. Organizaciones no gubernamentales extranjeras .................................................. 75
Tabla B11. ORI ........................................................................................................................ 76
Tabla B12. Partidos políticos ................................................................................................... 76
Tabla B13. Partidos políticos ................................................................................................... 77
Tabla B14. Promoción y desarrollo de la mujer, niño y familia .............................................. 77
Tabla B15. Salud ...................................................................................................................... 78
Tabla B16. Unidades ejecutoras de proyectos con fondos del exterior ................................... 78
Tabla C1. Estdos financieros de las personas jurídicas sin fines de lucro por clase y año ...... 79
Tabla D1. Ingresos de las personas jurídicas sin fines de lucro por provincia y año .............. 80
Tabla E1. Activos de las personas jurídicas sin fines de lucro por provincia y año ................ 81
Tabla F1. Ingresos de las personas jurídicas sin fines de lucro por actividad económica y año
.................................................................................................................................................. 82
Tabla G1. Ingresos de las personas jurídicas pertenecientes a la EPS por actividad económica
y año ......................................................................................................................................... 83
Tabla H1. Días de atraso en la declaración del impuesto a la renta de las Personas Jurídicas
sin fines de lucro por subtipo y año ......................................................................................... 84
xiii
Índice de Figuras
Figura 1. Número de Personas Jurídicas sin fines de lucro constituidas por años y subtipo.
Tomado de la base de datos del Servicio de Rentas Interna .................................................... 38
Figura 2. Número de Personas Jurídicas sin fines de lucro inscritas en el ruc por años.
Tomado de la base de datos del Servicio de Rentas Interna .................................................... 38
Figura 3. Número de Personas Jurídicas sin fines de lucro inscritas en el ruc por tipo y años.
Tomado de la base de datos del Servicio de Rentas Interna .................................................... 39
Figura 4. Histograma de variable dependiente “Días de atraso”. Tomado de la base de datos
del Servicio de Rentas Interna ................................................................................................. 53
Figura 5. Histograma de variable dependiente “Días de atraso” por número de formulario.
Tomado de la base de datos del Servicio de Rentas Interna .................................................... 54
Figura 6. Normalidad de variable dependiente “Días de atraso”. Tomado de la base de datos
del Servicio de Rentas Interna ................................................................................................. 55
Figura 7. Test de medias de los días de atraso de los formularios 101 y 122. Tomado de la
base de datos del Servicio de Rentas Interna ........................................................................... 56
Figura 8. Regresión lineal simple por Mínimos cuadrados ordinarios. Tomado de la base de
datos del Servicio de Rentas Interna ........................................................................................ 57
Figura I1. Test de medias Wilcoxon-Mann-Whitney. Tomado de la base de datos del Servicio
de Rentas Interna...................................................................................................................... 85
xiv
Resumen
Tema: EFECTO DEL REGIMEN SIMPLIFICADO EN LAS ORGANIZACIONES DE LA
ECONOMÍA POPULAR Y SOLIDARIA
La política fiscal como parte de la política pública ha sido objeto de adaptación y cambios por
los gobernantes en el Ecuador en función de la coyuntura económica y social durante los
periodos de gestión. La ejecución implica reformas legales, que en la actualidad poco se
conoce sobre la eficacia de los resultados obtenidos. Con el fin de evaluar la efectividad de
los cambios en el régimen tributario, se tomó como investigación el efecto de simplificar el
sistema tributario en el comportamiento de las organizaciones pertenecientes a la economía
popular y solidaria en el cumplimiento de la declaración del impuesto a la renta. El objetivo
general del estudio fue determinar el efecto del régimen simplificado en la presentación del
impuesto a la renta de las organizaciones de la economía popular y solidaria que se
encontraban activas en el periodo fiscal 2017. Mediante el uso de estadística descriptiva y un
modelo de regresión lineal simple se obtuvo el impacto del régimen simplificado en la
declaración del impuesto a la renta. Los contribuyentes sujetos al régimen simplificado de la
economía popular y solidaria declararon 8 días antes que los contribuyentes que pertenecen al
régimen general que reportaron un promedio de 16 días de demora en la declaración. Se
identificó que las organizaciones de la economía popular y solidaria en los últimos 4 años han
cumplido con el registro oportuno en los catastros de la administración tributaria. Aun cuando
el régimen es a nivel nacional, existe concentración en las provincias con mayor población
Guayas y Pichincha. Se concluye que un régimen simplificado favorece el sistema tributario
ecuatoriano ya que cumple con su objetivo de facilitar la declaración de impuestos al
contribuyente.
Palabras clave: Economía popular y solidaria, Régimen simplificado, Impuesto a la
Renta, Efectividad, Brecha tributaria.
xv
Abstract
Topic: EFFECT OF THE SIMPLIFIED REGIME IN THE ORGANIZATIONS OF THE
POPULAR AND SOLIDARY ECONOMY
Fiscal policy as part of public policy has been subject to adaptation and changes by the rulers
in Ecuador in function of the economic and social situation during the past management
periods. Execution implies legal reforms, from which currently little is known about the
effectiveness of the results obtained. To evaluate the effectiveness of the changes in the tax
regime, the effect of simplifying the tax system of organizations belonging to the popular and
solidary economy in compliance with the income tax declaration was taken as a research. The
general objective of the study was to determine the effect of the simplified regime on the
presentation of the income tax of the organizations of the popular and solidary economy that
was found in the fiscal period 2017. With the use of descriptive statistics and a simple linear
regression model was obtained the impact of the simplified regime in the income tax
declaration. Taxpayers subject to the simplified regime of the popular and solidary economy
declared with a delay of 8 days, still earlier than taxpayers who belong to the general regime
who reported an average of 16 days of delay in their declaration. It was identified that the
organizations of the popular and solidary economy in the last 4 years have complied with the
timely registration in the cadasters of the tax administration. Even though the regime is
national, there is concentration in the provinces with the largest population of Guayas and
Pichincha. It is concluded that a simplified regime favors the Ecuadorian tax system since it
fulfills its objective of facilitating the tax declaration to the taxpayer.
Key words: Popular and solidary economy, Simplified regime, Income tax,
Effectiveness, Tax gap.
1
Introducción
El sistema tributario ha sido objeto de varias reformas en la última década, se
contabilizan más de 20 reformas tributarias, las cuales repercutieron en aproximadamente 300
cambios para el contribuyente (Diario El Comercio, 2016). Cambios en las tarifas de los
impuestos, creación de impuestos ambientales, incentivos a las nuevas inversiones,
tipificación de delitos tributarios, entre otros han sido las propuestas y con la justificación del
representante de la función ejecutiva y legisladores de dar cumplimiento a la constitución que
señala:
Art. 300.- El régimen tributario se regirá por los principios de generalidad,
progresividad, eficiencia, simplicidad administrativa, irretroactividad, equidad,
transparencia y suficiencia recaudatoria. Se priorizarán los impuestos directos y
progresivos. La política tributaria promoverá la redistribución y estimulará el empleo,
la producción de bienes y servicios, y conductas ecológicas, sociales y económicas
responsables (Asamblea Constituyente, 2008).
En la carta magna se señala que el ejercicio y la administración pública se rigen entre
otros principios por la eficacia, eficiencia, transparencia y evaluación. Es nula y limitada la
evaluación del éxito o fracaso de las distintas reformas tributarias aprobadas en el Ecuador.
Según el estatuto Orgánico Funcional de la Secretaria Nacional de Planificación y Desarrollo
(Senplades) corresponde a una de sus direcciones ejecutar el Plan Anual de Evaluaciones de
políticas públicas. A la presente el presidente en funciones a través de la Senplades incentiva
a la academia y sociedad civil a la evaluación de las políticas públicas en 6 ejes, pero ninguno
referente al régimen económico o tributario.
El sistema tributario a través de la administración tributaria que para el caso de
Ecuador es el Servicio de Rentas Internas (SRI) ha ejecutado y velado por el cumplimiento de
la normativa; lo que se ha evidenciado por el aumento de la recaudación tributaria. Lo cual es
2
coherente con lo señalado por organismos externos que monitorean las políticas fiscales en
Ecuador debido a que
En el ámbito tributario, la búsqueda de mayor eficiencia persigue el cierre de las
brechas tributarias mediante acciones emprendidas por la administración tributaria
para incrementar la recaudación de impuestos. El logro de mayor eficiencia tributaria
es de vital importancia, pues permite generar recursos suficientes y oportunos para
sostener la ejecución del gasto público en el largo plazo. (Ramírez Romero & Carrillo
Maldonado, 2017)
Delimitación del Problema
En Ecuador existen dos regímenes tributarios para los contribuyentes que realizan
actividades gravadas con impuestos, el régimen general y el régimen simplificado. Nuestra
investigación se enfocó en el análisis del comportamiento de los contribuyentes que
pertenecen a la economía popular y solidaria y se acogieron a los beneficios de la
simplificación de sus obligaciones tributarias. Según el Centro de Estudios Fiscales del
Servicio de Rentas Internas (CEF, 2014), un régimen simplificado no soluciona
inmediatamente la morosidad o informalidad de los contribuyentes, por lo que la
investigación midió la efectividad del régimen simplificado siendo la variable a explicar la
declaración tardía del impuesto a la renta y la variable explicativa el régimen al cual
pertenecen las organizaciones.
A pesar de esto, la constitución no solo manda a recaudar más sino también crear un
sistema tributario eficiente y con simplicidad administrativa que incentive a conductas
sociales y económicas responsables; lo cual no se venía cumpliendo en aquellos
contribuyentes que no son relevantes en términos de recaudación como lo son los
contribuyentes que pertenecen a la Economía Popular y Solidaria ya que se encuentran
exentas del pago del impuesto a la renta. La ley de régimen tributario en su artículo 9 señala:
3
19.- Los ingresos percibidos por las organizaciones previstas en la Ley de Economía
Popular y Solidaria siempre y cuando las utilidades obtenidas sean reinvertidas en la
propia organización. Para el efecto, se considerará: a) Utilidades.- Los ingresos
obtenidos en operaciones con terceros, luego de deducidos los correspondientes
costos, gastos y deducciones adicionales, conforme lo dispuesto en esta Ley. b)
Excedentes.- Son los ingresos obtenidos en las actividades económicas realizadas con
sus miembros, una vez deducidos los correspondientes costos, gastos y deducciones
adicionales, conforme lo dispuesto en esta Ley. Cuando una misma organización
genere, durante un mismo ejercicio impositivo, utilidades y excedentes, podrá
acogerse a esta exoneración, únicamente cuando su contabilidad permita diferenciar
inequívocamente los ingresos y los costos y gastos relacionados con las utilidades y
con los excedentes. Se excluye de esta exoneración a las Cooperativas de Ahorro y
Crédito, quienes deberán liquidar y pagar el impuesto a la renta conforme la
normativa tributaria vigente para sociedades.
20.- Los excedentes percibidos por los miembros de las organizaciones previstas en la
Ley de Economía Popular y Solidaria, conforme las definiciones del numeral anterior.
(LRTI, 2004)
Justificación
Las personas y sociedades que pertenecen a la Economía popular y solidaria son
actores relevantes en la economía ecuatoriana. Al año 2013 las instituciones de la Economía
Popular y solidaria representaron el 26% del Producto Interno Bruto nacional (Telégrafo,
2013). Por lo que estudiar su comportamiento tributario indirectamente otorga información
tributaria de contribuyentes que si son sujetos a tributar el impuesto a la renta e impuesto al
valor agregado.
4
Objeto de Estudio
El objeto de estudio fue la brecha de omisidad definida como la diferencia entre la
fecha de la presentación de la declaración y la fecha máxima que se debió presentar,
analizado entre dos grupos de contribuyentes de la Economía Popular y Solidaria.
Campo de Acción o de Investigación:
El grupo que se acogió al régimen simplificado y quienes continúan en el régimen
general. El alcance de la investigación contiene a todos los contribuyentes a nivel nacional
durante el año 2017 y el impuesto a analizar fue el impuesto a la renta.
Novedad Científica
Por la coyuntura económica y política que atraviesa el país y el cambio de modelo de
gobierno es relevante la evaluación de las políticas adoptadas; que para el caso de estudio
corresponde a cambios en el régimen tributario que forma parte de la política fiscal. La
Senplades publicó que la importancia de la evaluación radica en tener “un referente para la
toma de decisiones, la priorización de asignación de recursos públicos y el alcance de una
efectiva transformación de la realidad social” (Senplades, 2015). Con lo previamente
expuesto la novedad científica del presente trabajo es otorgar información con sólida
evidencia estadística y económica que sirva de insumo para la toma de decisiones por parte
de las autoridades tributarias.
Formulación del Problema
El problema de estudio es la brecha de presentación de la declaración del impuesto a
la renta 2017 de las organizaciones de la Economía Popular y Solidaria y la medición de la
evolución de la brecha por la vigencia del régimen simplificado. Las organizaciones de la
Economía Popular y Solidaria forman parte de las instituciones sin fines de lucro. Los
contribuyentes mencionados no eran considerados como claves para la administración
tributaria ya que no representaban recaudación de impuesto a la renta. La escasez de procesos
5
de control a este tipo de contribuyentes conlleva al riesgo de defraudación y afecta la cultura
tributaria de todos los contribuyentes. La pregunta en la cual se enfoca la investigación es
¿Qué tan eficaz es el régimen simplificado en la disminución de la brecha de presentación de
la declaración del impuesto a la renta de los contribuyentes que pertenecen a la economía
popular y solidaria que se encontraban activas en el periodo fiscal 2017?
Planteamiento de la Hipótesis
1. Hipótesis nula: Las organizaciones de la economía popular y solidaria que se
encuentran en el régimen simplificado declaran con igual días de atraso que los no
sujetos al régimen que se encontraban activas en el periodo fiscal 2017.
Hipótesis alternativa: Las organizaciones de la economía popular y solidaria que se
encuentran en el régimen simplificado declaran con distintos días de atraso que los no
sujetos al régimen que se encontraban activas en el periodo fiscal 2017.
2. Hipótesis nula: El régimen simplificado tuvo un efecto positivo en la disminución de los
días de atraso de la declaración del impuesto a la renta de las organizaciones de la
economía popular y solidaria que se encontraban activas en el periodo fiscal 2017.
Hipótesis alternativa: El régimen simplificado no tuvo efecto positivo en la
disminución de los días de atraso de la declaración del impuesto a la renta de las
organizaciones de la economía popular y solidaria que se encontraban activas en el
periodo fiscal 2017.
Objetivo General
Determinar el efecto del régimen simplificado en la presentación del impuesto a la
renta de las organizaciones de la economía popular y solidaria que se encontraban activas en
el periodo fiscal 2017.
6
Objetivos Específicos
• Especificar los tipos de organizaciones de la economía popular y solidaria registradas en
el registro único de contribuyentes.
• Identificar la distribución por provincias de las organizaciones de la economía popular y
solidaria.
• Cuantificar el número de días de atraso en la presentación de la declaración del impuesto
a la renta de las organizaciones de la economía popular y solidaria que se mantenían activas
en el periodo fiscal 2017.
• Categorizar las declaraciones por tipo de formulario a las organizaciones de la economía
popular y solidaria.
• Proponer el fortalecimiento en la cultura tributaria de las organizaciones pertenecientes a
la economía popular y solidaria
Capítulo 1
Marco Teórico
1.1 Políticas Públicas en el Sistema Tributario
El sistema tributario y el comportamiento de los contribuyentes es un problema
mundial, ya que es una de las principales herramientas para la disminución de las
desigualdades, fomento de la producción, entre otros. La política pública debe estar orientada
a maximizar los beneficios que pueda generar un sistema tributario eficiente, simple y justo.
Eficiente respecto a la ejecución y control de las obligaciones por parte del estado. Simple
con relación a disminuir el costo de cumplir las obligaciones tributarias. Por último, justo
como principio para tributar en función de la capacidad contributiva.
Dentro de la constitución se caracteriza y condiciona a establecer y mantener políticas
públicas que favorezcan a la sociedad. Así también señala la participación de todas las partes
7
de la sociedad, siendo inclusivas para alcanzar el buen vivir de todos. El artículo 85 de la
constitución señala:
Las políticas públicas y la prestación de bienes y servicios públicos se orientarán a
hacer efectivos el buen vivir y todos los derechos, y se formularán a partir del
principio de solidaridad.
Sin perjuicio de la prevalencia del interés general sobre el interés particular, cuando
los efectos de la ejecución de las políticas públicas o prestación de bienes o servicios
públicos vulneren o amenacen con vulnerar derechos constitucionales, la política o
prestación deberá reformularse o se adoptarán medidas alternativas que concilien los
derechos en conflicto.
El Estado garantizará la distribución equitativa y solidaria del presupuesto para la
ejecución de las políticas públicas y la prestación de bienes y servicios públicos.
(Asamblea Constituyente, 2008)
La política fiscal en Ecuador tienes tres fines específicos contemplados en la
Constitución:
El financiamiento de servicios, inversión y bienes públicos.
La redistribución del ingreso por medio de transferencias, tributos y subsidios
adecuados.
La generación de incentivos para la inversión en los diferentes sectores de la economí
a y para la producción de bienes y servicios, socialmente deseables y ambientalmente
aceptables (Asamblea Constituyente, 2008)
El comportamiento tributario de los contribuyentes según Andreoni puede ser
estudiado desde diferentes enfoques y uno de estos es las finanzas públicas. Para el
investigador como tema de finanzas públicas “el cumplimiento tributario abarca las nociones
de equidad. Si, por ejemplo, los ricos pueden evadir sistemáticamente una mayor proporción
8
de impuestos que los pobres, entonces el sistema tributario será menos equitativo que el
legislado “(Andreoni, James, Brian Erard, 1998), así también manifiesta que la aplicación de
impuestos es un problema también de carácter legal. Conforme lo expuesto por Andreoni, las
reformas legales en exceso o sin armonía con normas tributarias y no tributarias acarrean un
sistema tributario menos equitativo.
1.2 La Economía Popular y Solidaria
La ley orgánica de la economía popular y solidaria y del sector financiero popular y
solidario define a este sector de la economía como un sector cooperativo entre sus
integrantes, donde se privilegia al trabajo y al ser humano como sujeto y fin de su actividad y
dejando al lucro y riqueza en un segundo plano, conforme se detalla a continuación:
La forma de organización económica, donde sus integrantes, individual o
colectivamente, organizan y desarrollan procesos de producción, intercambio,
comercialización, financiamiento y consumo de bienes y servicios, para satisfacer
necesidades y generar ingresos, basadas en relaciones de solidaridad, cooperación y
reciprocidad, privilegiando al trabajo y al ser humano como sujeto y fin de su
actividad, orientada al buen vivir, en armonía con la naturaleza, por sobre la
apropiación, el lucro y la acumulación de capital(Asamblea Nacional, 2011).
La economía popular y solidaria es exclusiva para aquellas personas naturales y
jurídicas que realicen actividades económicas ya sea través de la producción de bienes o
prestación de servicios, por lo que no se aplicarán a las organizaciones gremiales,
profesionales, laborales, culturales, deportivas, religiosas. Las formas de organización
reconocidas en la economía popular y solidaria son los Sectores Comunitarios, Asociativos,
Cooperativistas y las Unidades Económicas Populares. La definición de las formas de
organización se detalla a continuación:
9
Art. 15.- Sector Comunitario.- Es el conjunto de organizaciones, vinculadas por
relaciones de territorio, familiares, identidades étnicas, culturales, de género, de
cuidado de la naturaleza, urbanas o rurales; o, de comunas, comunidades, pueblos y
nacionalidades que, mediante el trabajo conjunto, tienen por objeto la producción,
comercialización, distribución y el consumo de bienes o servicios lícitos y
socialmente necesarios, en forma solidaria y auto gestionada, bajo los principios de la
presente Ley.
Art. 18.- Sector Asociativo.- Es el conjunto de asociaciones constituidas por personas
naturales con actividades económicas productivas similares o complementarias, con el
objeto de producir, comercializar y consumir bienes y servicios lícitos y socialmente
necesarios, auto abastecerse de materia prima, insumos, herramientas, tecnología,
equipos y otros bienes, o comercializar su producción en forma solidaria y auto
gestionada bajo los principios de la presente Ley.
Art. 21.- Sector Cooperativo.- Es el conjunto de cooperativas entendidas como
sociedades de personas que se han unido en forma voluntaria para satisfacer sus
necesidades económicas, sociales y culturales en común, mediante una empresa de
propiedad conjunta y de gestión democrática, con personalidad jurídica de derecho
privado e interés social. Las cooperativas, en su actividad y relaciones, se sujetarán a
los principios establecidos en esta Ley y a los valores y principios universales del
cooperativismo y a las prácticas de Buen Gobierno Corporativo.(Asamblea Nacional,
2011).
Existe disposiciones para desincentivar la repartición o acumulación de riqueza entre
los integrantes de las organizaciones de la económica popular y solidaria. La legislación que
los rige establece que mínimo la mitad será destinada a un fondo para capitalizar a la
organización, limites superiores a los establecidos a las sociedades mercantiles amparadas en
10
la ley de compañías. Las utilidades y excedentes de las organizaciones de la economía
popular y solidaria, en caso de generarse se destinarán:
a) Por lo menos el cincuenta por ciento (50%) se destinará al incremento del Fondo
Irrepartible de Reserva Legal;
b) Hasta el cinco por ciento (5%) como contribución a la Superintendencia, según la
segmentación establecida; y,
c) El saldo se destinará a lo que resuelva la Asamblea General. (Asamblea Nacional,
2011).
Dentro de la Economía Popular y Solidaria y del Sector Financiero Popular y
Solidario, el organismo facultado para el control es la Superintendencia de Economía Popular
y Solidaria. Así también se encuentra facultada para otorgar vida jurídica a las nuevas
organizaciones dentro de las formas ya establecidas en la legislación que la rige. La ley
señala lo siguiente:
Art. 146.- Superintendencia de Economía Popular y Solidaria.- El control de la
Economía Popular y Solidaria y del Sector Financiero Popular y Solidario estará a
cargo de la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, que se crea como
organismo técnico, con jurisdicción nacional, personalidad jurídica de derecho
público, patrimonio propio y autonomía administrativa y financiera y con jurisdicción
coactiva. La Superintendencia tendrá la facultad de expedir normas de carácter
general en las materias propias de su competencia, sin que puedan alterar o innovar
las disposiciones legales(Asamblea Nacional, 2011).
Por último, se creó también el Instituto Nacional de Economía Popular y Solidaria con
el fin de fomentar y promocionar a las organizaciones del sector, respetando los lineamientos
del ministerio de inclusión, el plan de desarrollo y las secretarias del ramo. La ley señala lo
siguiente:
11
Art. 153.- Instituto Nacional de Economía Popular y Solidaria.- El Instituto es una
entidad de derecho público, adscrita al ministerio de Estado a cargo de la inclusión
económica y social, con jurisdicción nacional, dotado de personalidad jurídica,
patrimonio propio y autonomía técnica, administrativa y financiera que ejecuta la
política pública, coordina, organiza y aplica de manera desconcentrada, los planes,
programas y proyectos relacionados con los objetivos de esta Ley.(Asamblea
Nacional, 2011)
1.3 Sistema Tributario en Ecuador
En el ecuador existen impuestos directos e indirectos, los cuales gravan el ingreso, el
consumo, el patrimonio y determinadas transacciones. Todos los impuestos tienen una
normativa legal que los ampara ya que así lo establece el derecho tributario y el código
tributario vigente:
Art. 4.- Reserva de ley.- Las leyes tributarias determinarán el objeto imponible, los
sujetos activo y pasivo, la cuantía del tributo o la forma de establecerla, las
exenciones y deducciones; los reclamos, recursos y demás materias reservadas a la ley
que deban concederse conforme a este Código.
Art. 5.- Principios tributarios.- El régimen tributario se regirá por los principios de
legalidad, generalidad, igualdad, proporcionalidad e irretroactividad. (Código
Tributario, 2005)
Para pagar impuestos el obligado es el sujeto pasivo el cual se encuentra definido en
cada uno de los tributos, pero de manera general el código tributario lo define y amplia el
alcance de la responsabilidad a terceros conforme se detalla a continuación:
Art. 24.- Sujeto pasivo.- Es sujeto pasivo la persona natural o jurídica que, según la
ley, está obligada al cumplimiento de la prestación tributaria, sea como contribuyente
o como responsable.
12
Se considerarán también sujetos pasivos, las herencias yacentes, las comunidades de
bienes y las demás entidades que, carentes de personalidad jurídica, constituyan una
unidad económica o un patrimonio independiente de los de sus miembros, susceptible
de imposición, siempre que así se establezca en la ley tributaria respectiva.
Art. 25.- Contribuyente.- Contribuyente es la persona natural o jurídica a quien la ley
impone la prestación tributaria por la verificación del hecho generador. Nunca perderá
su condición de contribuyente quien, según la ley, deba soportar la carga tributaria,
aunque realice su traslación a otras personas. (Código Tributario, 2005)
Los impuestos vigentes en el Ecuador administrados por el servicio de rentas internas
son; impuesto a la renta, impuesto al valor agregado, impuesto a los consumos especiales,
impuesto a la salida de divisas, impuesto a los activos en el exterior, impuesto redimible a las
botellas plásticas, impuesto a los espectáculos públicos, impuesto a los ingresos
extraordinarios (SRI, 2018).
1.4 Deberes Formales del Impuesto a la Renta e Impuesto al Valor Agregado
Los regímenes simplificados en el Ecuador engloban al impuesto a la renta y al
impuesto al valor agregado. Para identificar el alcance de los beneficios del régimen
simplificado, se investigó los deberes formales del régimen general.
Para efectos de aplicación del impuesto a la renta en Ecuador se considera sujeto
pasivo a los contribuyentes que obtengan ingresos gravados, para lo cual deberán determinar
la base imponible y la cuantía del impuesto a través de la declaración anual.
En caso de declarar posterior a la fecha establecida la Ley de Régimen Tributario
Interno sanciona el incumplimiento con la imposición de multas en función del impuesto
causado o en referencia a los ingresos brutos totales conforme lo siguiente:
Art. 100.- Cobro de multas. - Los sujetos pasivos que, dentro de los plazos
establecidos en el reglamento, no presenten las declaraciones tributarias a que están
13
obligados, serán sancionados sin necesidad de resolución administrativa con una
multa equivalente al 3% por cada mes o fracción de mes de retraso en la presentación
de la declaración, la cual se calculará sobre el impuesto causado según la respectiva
declaración, multa que no excederá del 100% de dicho impuesto.(LRTI, 2004)
Para el caso del impuesto al valor agregado, la multa se liquidará sobre el valor a
pagar después de disminuir las retenciones y crédito tributario.
Cuando en la declaración no se determine Impuesto al Valor Agregado o Impuesto a
la renta a cargo del sujeto pasivo, la sanción por cada mes o fracción de mes de
retraso será equivalente al 0.1% de las ventas o de los ingresos brutos percibidos por
el declarante en el período al cual se refiere la declaración, sin exceder el 5% de
dichas ventas o ingresos. Estas sanciones serán determinadas, liquidadas y pagadas
por el declarante, sin necesidad de resolución administrativa previa.
Si el sujeto pasivo no cumpliere con su obligación de determinar, liquidar y pagar las
multas en referencia, el Servicio de Rentas Internas las cobrará aumentadas en un
20%.(LRTI, 2004)
La morosidad en caso de que se adeude impuesto al estado, como cualquier deuda
genera un costo adicional de interés. Sobre todos los impuestos administrados por el Servicio
de Rentas Internas, se cobra un interés conforme a lo siguiente:
Art. 21.- Intereses a cargo del sujeto pasivo.- La obligación tributaria que no fuera
satisfecha en el tiempo que la ley establece, causará a favor del respectivo sujeto
activo y sin necesidad de resolución administrativa alguna, el interés anual
equivalente a 1.5 veces la tasa activa referencial para noventa días establecida por el
Banco Central del Ecuador, desde la fecha de su exigibilidad hasta la de su extinción.
Este interés se calculará de acuerdo con las tasas de interés aplicables a cada período
14
trimestral que dure la mora por cada mes de retraso sin lugar a liquidaciones diarias;
la fracción de mes se liquidará como mes completo (Código Tributario, 2005).
1.5 Factores que afectan el Sistema Tributario
Para disminuir la informalidad que en el ámbito tributario se mide a través de las
brechas existe evidencia que un mayor régimen sancionatorio por sí solo no resolverá el
problema. En un estudio de medición de la economía informal en Bolivia (Vargas, 2011) a
través de modelos econométricos se evaluaron estrategias tales como “aumentar las
penalidades a los evasores dentro del sector registrado de la economía, aumentar las
penalidades a los agentes que se encuentren produciendo dentro del sector informal de la
economía, aumentar la calidad regulatoria del gobierno, y combinar las dos últimas
políticas”. Como resultados se obtuvieron que mayores penalidades al sector formal
desincentiva y provoca aumento del sector informal y una estrategia combinada con mayores
penalidades de pertenecer a la economía informal junto con calidad regulatoria generan
resultados positivos en la reducción de la informalidad y evasión.
El problema también nace por complejidad y dificultad de los sistemas tributarios y
“la existencia de amplios beneficios o franquicias a determinados contribuyentes” (CEPAL,
2016) Las características principales de los contribuyentes a quienes se dirigen estos
regímenes son:
Gran número y difícil control administrativo.
Niveles de ingresos bajos que generan muy baja recaudación.
Segmento conflictivo con costes políticos elevados.
Organización empresarial precaria y deficiente.
Actúan en la economía sumergida o informalidad económica(Banco Interamericano
de Desarrollo, 2009)
15
El primer régimen simplificado en Ecuador se implementó en el 2008 con la Ley
Reformatoria para la Equidad Tributaria cuyo grupo de acción fueron los contribuyentes
personas naturales con excepciones señalas en las misma normativa.
Art. 97.1.- Establécese el Régimen Simplificado (RS) que comprende las
declaraciones de los Impuestos a la Renta y al Valor Agregado, para los
contribuyentes que se encuentren en las condiciones previstas en este título y opten
por éste voluntariamente.Art. 97.2.- Contribuyente sujeto al Régimen Simplificado.
Para efectos de esta Ley, pueden sujetarse al Régimen Simplificado los siguientes
contribuyentes:
a) Las personas naturales que desarrollen actividades de producción, comercialización
y transferencia de bienes o prestación de servicios a consumidores finales, siempre
que los ingresos brutos obtenidos durante los últimos doce meses anteriores al de su
inscripción, no superen los sesenta mil dólares de Estados Unidos de América (USD $
60.000) y que para el desarrollo de su actividad económica no necesiten contratar a
más de 10 empleados;
b) Las personas naturales que perciban ingresos en relación de dependencia, que
además desarrollen actividades económicas en forma independiente, siempre y
cuando el monto de sus ingresos obtenidos en relación de dependencia no superen la
fracción básica del Impuesto a la Renta gravada con tarifa cero por ciento (0%),
contemplada en el Art. 36 de la Ley de Régimen Tributario Interno Codificada y que
sumados a los ingresos brutos generados por la actividad económica, no superen los
sesenta mil dólares de los Estados Unidos de América (USD $ 60.000) y que para el
desarrollo de su actividad económica no necesiten contratar a más de 10 empleados;
y,
16
c) Las personas naturales que inicien actividades económicas y cuyos ingresos brutos
anuales presuntos se encuentren dentro de los límites máximos señalados en este
artículo.
El pago de las cuotas del régimen simplificado para las personas naturales es en forma
mensual, a partir del mes siguiente al de la inscripción en el Régimen y hasta el mes en que se
produzca la renuncia, exclusión o cancelación. Los contribuyentes registrados no están
obligados a llevar contabilidad y no presentan declaraciones de Impuesto a la Renta, ni del
Impuesto al Valor Agregado (IVA).
En la investigación efectuada por Granda & Zambrano en el año 2012 señalaron que
el régimen simplificado para las personas naturales fue principalmente un régimen de control
de la economía sumergida o informal y la formalización de contribuyentes según se detalla a
continuación:
El principal objetivo del Régimen Impositivo Simplificado Ecuatoriano (RISE), desde
su diseño, ha sido obtener un mayor control sobre el sector informal de la economía.
Otro de los objetivos del RISE es contribuir a la formalización de los pequeños
negocios y a su crecimiento, mediante el alivio de la carga burocrática que enfrentan,
y potenciar sus beneficios. Así, el pago de ciertos impuestos se sustituye por el pago
de una cuota mensual fija(Granda & Zambrano, 2012).
La adopción de regímenes simplificados no conlleva a la disminución inmediata de la
informalidad, ya que se tiene la experiencia del RISE establecido desde el 2008 que no ha
disminuido en su totalidad la morosidad de los inscritos bajo ese sistema. En el año 2014 el
centro de estudios fiscales del SRI presentó una investigación con reflexiones y
recomendaciones donde señaló que aumentó el monto de recaudación pero la morosidad se
mantenía, por lo cual una de las razones fue el aumento de la cantidad de contribuyentes mas
no el cumplimiento, según se detalla a continuación:
17
La recaudación de este régimen ha ido creciendo paulatinamente desde su
funcionamiento, en el año 2008 fue de apenas USD 396,3 mil dólares y para el año
2014 alcanzó los USD 19,6 millones de dólares representando el 0,14% del total
recaudado en ese año. En la actualidad se encuentran registrados 547.096
contribuyentes en el RISE de los cuales el 28% corresponde a contribuyentes que se
cambiaron de régimen.
A pesar de que la recaudación de este régimen se ha incrementado en los últimos
años, el 82% de los contribuyentes inscritos se encuentran en mora. El 32% debe entre
1 y 2 cuotas, el 13% debe entre 3 y 5 cuotas y el 16,8% debe entre 6 y 12 cuotas. El
12% debe cuotas desde hace dos años y el 7% debe cuotas de más de dos años,
existen contribuyentes que desde que ingresaron al régimen no han cancelado ningún
valor.(CEF, 2014)
Si bien es cierto el RISE simplificó el costo de cumplimiento evitando las
declaraciones en los formularios diseñados por el SRI, no tuvo un éxito total por la cultura
tributaria de los contribuyentes y la falta de severidad en el régimen sancionatorio de la
administración tributaria.
Los mismos problemas identificó Gomez Sabaini en los regímenes simplificados en
américa latina, con el agravante que es una de las regiones más desiguales en el mundo lo
cual tiene inmersos problemas estructurales como es la pobreza, falta de acceso a servicios
públicos, entre otros, lo cual no motiva al cumplimiento tributario. El investigador señaló lo
siguiente:
Los RS tienden a elevar el cumplimiento voluntario. Se debe evitar la “masificación”
de los RS si se pretende hacer más equitativo el sistema tributario.
Se procura evitar los problemas que acarrean los tratamientos discriminantes para el
diseño de la política y la administración tributaria, creando “clusters” de 25
18
contribuyentes. La correcta categorización es fundamental y debe ser priorizada.
Asimismo, la continua actualización de los parámetros objetivos también es necesaria.
El nivel de recaudación tributaria potencial no es significativo e involucran una gran
cantidad de contribuyentes, lo cual desincentiva a las administraciones tributarias para
asignar recursos al control específico de los mismos, fortaleciendo los efectos
negativos antes indicados.(Gómez Sabaini, 2012)
El centro de estudios fiscales del SRI en su publicación concluye que el régimen
simplificado no es el fin último, sino es una preparación previo a ingresar al régimen normal.
Así también no perder el control justificando con la simplicidad ya que puede ocasionar
abusos por parte de los contribuyentes según se detalla a continuación:
“Es una herramienta importante para atacar la informalidad pero lo fundamental es
crear mecanismos paulatinos de inclusión que no den espacio a la elusión tributaria.
La AT no debe perder la información de la actividad económica de los contribuyentes
(ingresos y egresos), además, debe buscar la simplificación convirtiéndose en una
escuela en la cual preparen al contribuyente a pertenecer al régimen general”(CEF,
2014).
Similar postura se manifestó en el Foro LAC sobre Política Tributaria “Incentivos
tributarios e informalidad en tiempos de consolidación fiscal” en el año 2012. Se señalo que
“Los regímenes simplificados deben considerarse exclusivamente como un punto de partida
para el tratamiento de la informalidad y no una solución definitiva del problema. Por eso
deben concebirse como un “puente” o paso intermedio y transitorio de los contribuyentes
entre el sector informal y el régimen general de tributación”(Gómez Sabaini, 2012).
19
1.6 Regímenes Simplificados en el Mundo
1.6.1 España.
España cuenta con regímenes simplificados en su sistema tributario exclusivo para
personas físicas. Según la información de la agencia tributaria española para sujetarse al
régimen se encuentra condicionada a:
Que sus actividades estén incluidas en la Orden que desarrolla el régimen
simplificado.
Que no rebasen los siguientes límites establecidos en dicha Orden y en la Ley del
IVA:
o Ingresos en el año inmediato anterior del conjunto de actividades, excepto las
agrícolas, forestales y ganaderas 250.000 € para 2016 y 2017. No se computarán
entre los ingresos las subvenciones, indemnizaciones y el IVA.
o Ingresos en el año inmediato anterior de actividades agrícolas, forestales y
ganaderas, excluidas subvenciones, indemnizaciones y el IVA: 250.000 €.
o Límites específicos relativos al número de personas, vehículos y bateas empleadas.
o Que el importe de las adquisiciones o importaciones de bienes y servicios, excluidos
los de elementos del inmovilizado, no haya superado en el año inmediato anterior,
los 250.000 € para 2016 y 2017.
Que sean personas físicas o entidades en régimen de atribución de rentas en el IRPF,
siempre que en este último caso, todos sus socios, herederos, comuneros o partícipes
sean personas físicas.
Que ninguna actividad ejercida por el contribuyente se encuentre en estimación
directa en el IRPF o en alguno de los regímenes del IVA incompatibles con el
simplificado. Solamente existe compatibilidad con los regímenes especiales de la
agricultura, ganadería y pesca, con el del recargo de equivalencia y con determinadas
actividades (operaciones exentas del artículo 20 LIVA y arrendamientos de bienes
inmuebles que no supongan el desarrollo de una actividad económica).
20
Que no hayan renunciado a su aplicación. (Agencia Tributaria, 2018a)
A diferencia de Ecuador que el límite son 60 mil dólares anuales de ingresos brutos
anuales, el límite de 250 mil Euros fijados por España se puede explicar por el desarrollo
económico, renta per cápita, niveles de desigualdad y otros indicadores de bienestar
superiores al de nuestra región.
El régimen consiste en el pago por el resultado de las transacciones corrientes (IVA
devengado menos IVA soportado en las operaciones propias de la actividad) el cual no puede
ser inferior a un mínimo que se establece para cada actividad. Las obligaciones formales
según la información publicada por la agencia Tributaria Española son
Efectuar la declaración de alta de las actividades acogidas al régimen, en el modelo
036 o 037 que también se emplea para renunciar o revocar la renuncia, para
comunicar el cese de la actividad y para comunicar la inclusión o exclusión del
régimen.
Llevar un registro de facturas recibidas, en el que se anotarán separadamente las
adquisiciones o importaciones de activos fijos, y los datos necesarios para efectuar las
regularizaciones precisas. Si se realizaran otras actividades a las que no les sea
aplicable el régimen simplificado, se anotarán separadamente las adquisiciones
correspondientes a cada sector diferenciado de la actividad.
Conservar, numeradas por orden de fechas, las facturas recibidas (proveedores
nacionales y comunitarios), los justificantes contables en adquisiciones de servicios
con inversión del sujeto pasivo si el proveedor es extracomunitario, y los documentos
que contengan la liquidación del impuesto correspondiente en importaciones.
Conservar, numeradas por orden de fechas y agrupadas por trimestres, las facturas
emitidas. (Agencia Tributaria, 2018b)
21
La conservación de los documentos que sustentan los hechos y transacciones
económicas tanto de compras como de ventas son formalidades de la legislación española, lo
cual también se encuentra contemplado en la legislación ecuatoriana que obliga a la
conservación de comprobantes durante siete años.
1.6.2 Argentina.
El régimen simplificado en Argentina según su administración tributaria es flexible en
su sujeción, ya que abarca a personas naturales y sociedades. Según la Administración
Gubernamental de Ingresos Públicos podrá incorporarse cumpliendo las siguientes
condiciones.
Podrán incorporarse al Régimen Simplificado las personas humanas que realicen
venta de cosas muebles, obras, locaciones y/o prestaciones de servicios, etc., las
sociedades de hecho y comerciales irregulares, en la medida que tengan un máximo de
tres (3) socios.
El ingreso total anual (gravado, no gravado y exento) no debe superar los $ 700.000
Que el precio unitario de venta (solo en casos de cosas muebles) no supere los
ochocientos setenta (870) pesos
Doscientos (200) metros cuadrados de superficie afectada,
Veinte mil (20000) kilowatts de energía consumida anualmente. (AGIP, 2018).
Se observó que para el caso argentino consideran adicional, factores no tributarios
para limitar la incorporación al régimen como lo es el consumo de energía eléctrica y la
superficie del inmueble donde realiza la actividad económica.
Así también se identificaron diferencias con el régimen simplificado en Ecuador en la
forma de pago y el tiempo de espera en caso de exclusiones, aunque en ninguna de las dos
legislaciones coarta el derecho a seguir ejerciendo actividades económicas, ambas disponen
la sujeción al régimen general según se detalla a continuación:
22
La forma de ingresar el impuesto es mediante el pago de una suma bimestral
conforme la categoría a la que el contribuyente pertenece.
La determinación de la categoría correcta se realiza mediante un procedimiento
contemplado en la reglamentación, que se realiza tres veces al año. Cuando uno de los
parámetros se hubiere modificado, implicará la realización de una
“Recategorización”.
Si uno de los parámetros excede los topes establecidos, el contribuyente quedará
excluido del régimen debiendo inscribirse y tributar como Contribuyente Local.
Los contribuyentes ya inscriptos en Régimen Simplificado también pueden optar por
el pase, pero en estos casos no podrán regresar a la modalidad anterior por un período
de 3 (tres) años(AGIP, 2018).
1.6.3 Chile.
Chile cuenta con regímenes simplificados en su sistema tributario exclusivo para
pequeñas y microempresas. Según la información del servicio de impuestos internos entre los
principales beneficios se encuentra:
Permite llevar una contabilidad simplificada al liberar parcialmente de las
obligaciones de la contabilidad completa (llevar libros de contabilidad, confeccionar
balances, la aplicación corrección monetaria, efectuar depreciaciones, realización de
inventarios, confección del registro FUT, etc.)
Tasa fija PPM en 0,25% de las ventas brutas mensuales.
Deducción inmediata como gastos de las inversiones y los inventarios.
La Renta Líquida Imponible se determina fácilmente (Ingresos menos egresos)
(Servicio de Impuestos Internos SII, 2018).
Según la información publicada por la administración tributaria de Chile para
acogerse al régimen simplificado deben cumplir las siguientes condiciones:
23
Haber realizado y mantener vigente el trámite de inicio de actividades.
Calificar como contribuyente de Primera Categoría, estando obligado a declarar renta
efectiva según contabilidad completa por rentas del artículo 20 de la Ley sobre
Impuesto a la Renta.
Ser contribuyente del Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Ser empresario individual o Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL).
No tener por giro o actividad cualquiera de las descritas en el artículo 20, números 1
(rentas inmobiliarias) y 2 (rentas de capitales mobiliarios), de la Ley sobre Impuesto a
la Renta, salvo las necesarias para el desarrollo de su actividad principal.
No poseer ni explotar, a cualquier título, derechos sociales o acciones de sociedades,
ni formar parte de contratos de asociación o cuentas en participación en calidad de
gestor.
Tener un promedio anual de ingresos de su giro no superior a las 5.000 Unidades
Tributarias Mensuales (UTM) en los tres últimos ejercicios. Para estos efectos, los
ingresos de cada mes se expresarán en UTM, según el valor de esta en el mes
respectivo.
Si se trata del primer ejercicio de operaciones, la MIPYME deberá tener un capital
efectivo no superior a 6.000 UTM, según el valor de esta en el mes en que se dé aviso
de Inicio de Actividades. (Servicio de Impuestos Internos SII, 2018)
1.6.4 Costa Rica.
La legislación tributaria en Costa Rica estableció una cuota para el régimen
simplificado en función de un factor de ajuste. Según la información del ministerio de
hacienda para adopción del régimen debe cumplir los siguientes requisitos:
El monto de compras anuales, que comprende tanto las adquisiciones de mercancías
destinadas para la venta, como los materiales y suministros destinados a la
24
elaboración de productos terminados y a la prestación de los servicios incluidos en el
Régimen, no debe ser superior a ciento cincuenta salarios base incluyendo el
impuesto sobre las ventas (cuando se trate de mercancías cuya base imponible se haya
determinado a nivel de fábrica o aduana, se tomará en cuenta la facturación total).
En el caso de los “Pescadores artesanales en pequeña escala” y los “Pescadores
artesanales medios”, el monto de las compras por concepto de gasolina y diésel
respectivamente, no puede exceder de tres millones y medio de colones.
Cuando se trate de transporte terrestre remunerado de personas mediante la modalidad
de taxi, es únicamente para un solo vehículo dedicado a la actividad.
Aparte del contribuyente, el negocio debe contar con un máximo de cinco empleados,
independientemente del tipo de relación contractual o de parentesco que exista entre
estos y el contribuyente.
La actividad no debe tener su origen en la explotación de una franquicia, marca,
nombre comercial, o ser negociante exclusivo de otro ente económico, o que la misma
persona mantenga más de un establecimiento abierto al público, dedicados a
cualquiera de las actividades cubiertas por este régimen.
El valor de los activos fijos utilizados en la explotación de la actividad, no puede
superar los 350 salarios base.
Desarrollen las actividades económicas que se detallan seguidamente, en forma
independiente o combinada entre sí, pero no con otras no contempladas en el Régimen
de Tributación Simplificada. (Ministerio de Hacienda - República de Costa Rica,
2017).
Los deberes formales en Costa Rica para los contribuyentes inscritos en el régimen
simplificado tienen similitudes con la legislación ecuatoriana, tales como la oportunidad en la
25
inscripción y actualización en el registro tributario, simplicidad en la contabilidad y la
conservación de la información según se detalla a continuación:
Inscribirse en el Registro Único Tributario mediante el formulario D-140
“Declaración de inscripción en el registro de contribuyentes”, cumpliendo con los
requisitos establecidos y mantener actualizada la información.
Mantener la constancia de inscripción que le emite la Administración Tributaria con
sus datos identificativos, en un lugar visible del establecimiento.
Conservar comprobantes de sus compras y respaldos contables por cinco años.
Llevar un registro contable denominado “Registro de compras”.
Entregar factura cuando el valor de venta individual de cada mercancía supere el 5%
de un salario base*/1, y cuando el cliente lo solicite.
Registrarse ante la Administración Tributaria Virtual - ATV.
Completar y presentar los formularios D-105: Declaración Jurada del Régimen de
Tributación Simplificada Impuesto sobre la Renta, y/o Declaración Jurada del
Régimen de Tributación Simplificada Impuesto General sobre las Ventas, dispuestos
en la Administración Tributaria Virtual. (Ministerio de Hacienda - República de Costa
Rica, 2017).
Se observó que el régimen simplificado en Costa Rica conlleva un pago reducido de
impuesto a la renta e impuesto a la ventas sin que sea una cuota fija. La base imponible se
estableció en función de las compras trimestrales e inclusive para el caso de actividades de
transporte una variable se considera es el kilometraje dentro del periodo trimestral según se
detalla a continuación
Para calcular este impuesto el obligado tributario - contribuyente debe multiplicar el
monto total de las compras de mercancías del trimestre -sujetas o no al impuesto de
ventas- incluyendo el impuesto, por el “factor autorizado de renta”.
26
En el caso de la actividad de transporte remunerado de personas mediante la
modalidad taxi, el monto de este impuesto se obtiene de aplicar el “factor autorizado”,
que equivale a 0,50 céntimos de colón, a la cantidad de kilómetros recorridos en el
trimestre.
El impuesto de ventas se calcula, con excepción de las actividades señaladas en el
siguiente párrafo, multiplicando el monto de las compras de mercancías del trimestre
que están gravadas, incluyendo el monto del impuesto, por el “factor autorizado de
ventas”.
El monto total de impuestos a pagar es la suma del impuesto sobre la renta y el
impuesto sobre las ventas(Ministerio de Hacienda - República de Costa Rica, 2017).
1.6.5 Colombia.
La legislación colombiana establece un Régimen Simplificado del Impuesto sobre las
Ventas exclusivo para personas naturales y como principales beneficiarios “los comerciantes
y los artesanos, que sean minoristas o detallistas; los agricultores y los ganaderos, que
realicen operaciones gravadas”(Secretaría de Hacienda Distrital, 2018a) Según la
información publicada por la administración tributaria de Colombia para acogerse al régimen
simplificado deben cumplir las siguientes condiciones:
Que en el año anterior hubieren obtenido ingresos brutos totales provenientes de la
actividad, inferiores a tres mil quinientas (3.500) UVT.
Que tengan máximo un establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio
donde ejercen su actividad.
Que en el establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio no se
desarrollen actividades bajo franquicia, concesión, regalía, autorización o cualquier
otro sistema que implique la explotación de intangibles.
Que no sean usuarios aduaneros.
27
Que no hayan celebrado en el año inmediatamente anterior ni en el año en curso
contratos de venta de bienes y/o prestación de servicios gravados por valor individual,
igual o superior a tres mil quinientas (3.500) UVT equivalentes a $ 104.136.000.
Que el monto de sus consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras
durante el año anterior o durante el respectivo año no supere la tres mil quinientas
(3.500) UVT. Para la celebración de contratos de venta de bienes y/o de prestación de
servicios gravados por cuantía individual y superior a tres mil quinientos (3.500)
UVT, el responsable del Régimen Simplificado deberá inscribirse previamente en el
Régimen Común.
Los deberes formales en Colombia para los contribuyentes inscritos en el régimen
simplificado tienen similitudes con la legislación ecuatoriana, tales como la oportunidad en la
inscripción y actualización en el registro tributario, simplicidad en la contabilidad y la
conservación de la información según se detalla a continuación:
Inscribirse al Registro de Información Tributaria RIT, dentro de los dos meses
siguientes al inicio de actividades.
Actualizar el Registro de Información Tributaria (RIT) con las novedades, cese de
actividades, etc. dentro de los dos meses siguientes al hecho.
Declarar y pagar el Impuestos de ICA, anualmente.
Llevar un sistema de contabilidad simplificada o el libro fiscal de registro de
operaciones diarias, que es un registro donde se anota el valor de las operaciones
diarias y al final del periodo totaliza el valor pagado por adquisición de bienes y
servicios, así como los ingresos que obtuvo en desarrollo de su actividad.
Conservar información y pruebas, por lo menos cinco años.
El contribuyente del régimen simplificado es sujeto de retención. (Secretaría de
Hacienda Distrital, 2018b).
28
1.7 Régimen Simplificado de la Economía Popular y Solidaria
Con la entrada en vigencia del artículo 13 de la Ley Orgánica de Incentivos a la
Producción y Prevención del Fraude Fiscal, que dispuso que para efectos tributarios, las
asociaciones, comunas y cooperativas sujetas a la vigilancia de la Superintendencia de la
Economía Popular y Solidaria, con excepción de las entidades del sistema financiero popular
y solidario, podrán llevar registros contables de conformidad con normas simplificadas que se
establezcan en el reglamento y la Disposición General Quinta ibidem, las asociaciones,
comunas y cooperativas, excepto las entidades del sector financiero popular y solidario, que
cumplan con los requisitos previstos en el reglamento para la aplicación de la Ley de
Solidaridad, tendrán un sistema de cumplimiento de deberes formales y materiales, se creó un
régimen sencillo para las instituciones pertenecientes a las SEPS. Así también mediante
Decreto Ejecutivo No. 866, publicado en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No.
660 de 31 de diciembre de 2015, se agregó el Título (...) denominado Régimen simplificado
de las organizaciones integrantes de la Economía Popular y Solidaria, a continuación del
artículo 238 del Reglamento para la aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno,
estableciendo normas de simplificación de deberes formales y de contabilidad para entidades
de la economía popular y solidaria; que conforme el artículo 3 del Título antes mencionado
del Reglamento para la aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno están obligadas a
llevar contabilidad, conforme la normativa expedida por los organismos de regulación y
control correspondientes, las organizaciones integrantes de la economía popular y solidaria
que al iniciar actividades económicas o al primero de enero de cada ejercicio impositivo,
operen con un capital propio que haya superado dieciocho (18) fracciones básicas
desgravadas del impuesto a la renta aplicable a personas naturales, o cuyos ingresos brutos
anuales del ejercicio fiscal inmediato anterior hayan sido superiores a quince (15) fracciones
29
básicas desgravadas, o sus costos y gastos anuales del ejercicio fiscal inmediato anterior
hayan sido superiores a doce (12) fracciones básicas desgravadas
Para normar el procedimiento para integrarse al régimen simplificado, la
administración tributaria emitió la resolución NAC-DGERCGC16-00000343 que en su
artículo 3 establece como beneficio que Las organizaciones que integren el Régimen
Simplificado de la Economía Popular y Solidaria, estarán sujetas a las siguientes reglas
especiales:
1. Para fines tributarios deberán llevar únicamente un registro simplificado de
ingresos, egresos, activos y pasivos en lugar de su contabilidad;
3. Deberán aplicar la tarifa de impuesto a la renta contenida en la tabla de ingresos
para personas naturales y sucesiones indivisas, sin que la tarifa del impuesto resultante
supere la tarifa general prevista para sociedades;
4. Declararán y pagarán el anticipo de impuesto a la renta aplicando la fórmula
correspondiente a personas naturales no obligadas a llevar contabilidad.
Las disposiciones señaladas se establecieron con el fin de facilitar el cumplimiento del
deber formal de presentar entre otros la declaración del impuesto a la renta y con la
investigación realizada se enfocó en demostrar su eficacia.
Las entidades públicas se encuentran trabajando coordinadamente para beneficiar a
sus administrados con el objetivo de fomentar una conducta al cumplimiento y simplificar las
obligaciones tributarias. La SEPS mediante boletín informó lo siguiente:
El SRI y la SEPS han establecido convenios institucionales para fomentar el
cumplimiento de sus administrados, según el boletín de la SEPS “Desde el 21 de
septiembre de 2015, las organizaciones de la economía popular y solidaria obtienen su
número de Registro Único de Contribuyentes (RUC) en línea, una vez aprobada su
constitución en la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria (SEPS). Esto es
30
posible gracias al acuerdo de cooperación interinstitucional entre el Servicio de
Rentas Internas (SRI) y la SEPS. Mediante reformas efectuadas al Reglamento
General de la Ley Orgánica de la Economía Popular y Solidaria se simplificó el
proceso de aprobación de la constitución jurídica de las organizaciones, que ahora
toma un tiempo máximo de 72 horas después de presentarse la documentación. De
manera inmediata, la SEPS remite la información al SRI por vía electrónica y
realizada la correspondiente validación, automáticamente se genera el número de
RUC y la clave de uso de medios electrónicos para el representante legal.(SEPS,
2015)
Capítulo 2
Marco Metodológico
2.1 Metodología
Para determinar la efectividad del régimen simplificado en el cumplimiento de la
declaración del impuesto a la renta de los contribuyentes pertenecientes a la Economía
Popular y Solidaria se presentan los procedimientos metodológicos que se utilizaron en el
estudio.
Este estudio tuvo un enfoque cuantitativo, por analizar datos estadísticos del 2017 de
los contribuyentes registrados en los catastros del Servicio de Rentas Internas y la
Superintendencia de Economía Popular y Solidaria. Información generada por la declaración
de ingresos y gastos de los contribuyentes en el formulario 101 y formulario 122.
Su alcance fue explicativo, por determinar el impacto de la sujeción al régimen
simplificado en el deber formal de la declaración del impuesto a la renta. El diseño de estudio
fue de carácter no-experimental con corte transversal por analizar a los contribuyentes
pertenecientes a la Economía Popular y Solidaria en un periodo de un año.
31
Se utilizaron fuentes de información secundarias para recolectar la información
necesaria para la investigación, la base de datos del SRI y la SEPS fueron las principales
fuentes para realizar el análisis estadístico e inferencial.
Se utilizó el software estadístico Stata para realizar la inferencia estadística y las
pruebas de hipótesis, así también crear gráficos que explicaron el comportamiento de la
variable dependiente. Por otra parte, se utilizó el programa Microsoft Excel para la tabulación
de la información y desarrollo de gráficos necesarios en el análisis descriptivo e inferencial.
El método Teórico que se utilizó fue el analítico deductivo, se procedió a la revisión
de distintas teorías en el área objeto de esta investigación, el método empírico utilizado fue el
estadístico.
2.2 Métodos
Se efectuó un test estadístico para comparar las medias de una variable cuantitativa
continua entre dos grupos independientes para identificar si existen diferencias significativas
o no entre las medias.
Se realizó un modelo econométrico para determinar y cuantificar el efecto de
pertenecer al régimen simplificado sobre la oportunidad en la declaración del impuesto a la
renta y se contrastaron las hipótesis con los resultados. El modelo utilizado fue la regresión
lineal simple que estudia la relación lineal entre la variable respuesta (Y) y la variable
regresora (X), a partir de una muestra (Xi,Yi,) i = 1n, que sigue el siguiente modelo:
Y𝑖 = 𝑎0 + 𝑎1x𝑖 + ε𝑖 𝑖 = 1,2,…,n.
Por tanto, es un modelo de regresión paramétrico de diseño fijo. En forma matricial
Y = a01 + a1X + ε t
Donde Y t = (y1, . . . , yn), 1 t = (1, . . . ,1), X t = (x1, . . . , xn),ε t = (ε1, . . . , εn)
Se supone que se verifican las siguientes hipótesis:
32
1. La función de regresión es lineal,
m(x𝑖) = 𝐸 (𝑌
x𝑖) = 𝑎0 + 𝑎1x𝑖 𝑖 = 1, . . .,n
o, equivalentemente, E(ε𝑖) = 0 𝑖 = 1, . . .,n
2. La varianza es constante (homocedasticidad),
Var(𝑌
x𝑖) = 𝜎2, 𝑖 = 1, . . .,n
o, equivalentemente, Var(ε𝑖) = 𝜎2, 𝑖 = 1, . . .,n
3. La distribución es normal,
Y
xi ∼ N(a0 + a1xi, σ
2), i = 1, . . . , n
o, equivalentemente, ε𝑖 ∼ 𝑁(0, 𝜎2), 𝑖 = 1, . . . , 𝑛
4. Las observaciones 𝑌i son independientes. Bajo las hipótesis de normalidad, esto
equivale a que la Cov(𝑌i, 𝑌j) = 0, si i j.
Esta hipótesis en función de los errores sería “los E𝑖 son independientes”, que
bajo normalidad, equivale a que Cov(𝜀𝑖; 𝜀j) = 0, si i j.
En el modelo de regresión lineal simple hay tres parámetros que se deben estimar: los
coeficientes de la recta de regresión, 𝑎0 y 𝑎1; y la varianza de la distribución
normal, 𝜎.
El cálculo de estimadores para estos parámetros puede hacerse por diferentes
métodos, siendo los más utilizados el método de máxima verosimilitud y el método de
mínimos cuadrados.(R. Cao, M. Francisco, S. Naya, M. Presedo, 2001)
2.3 Hipótesis
Se plantearon dos hipótesis para comprobar su validez:
1. Hipótesis nula: Las organizaciones de la economía popular y solidaria que se encuentran
en el régimen simplificado declaran con igual días de atraso que los no sujetos al régimen
que se encontraban activas en el periodo fiscal 2017.
33
Hipótesis alternativa: Las organizaciones de la economía popular y solidaria que se
encuentran en el régimen simplificado declaran con distintos días de atraso que los no
sujetos al régimen que se encontraban activas en el periodo fiscal 2017.
2. Hipótesis nula: El régimen simplificado tuvo un efecto positivo en la disminución de los
días de atraso de la declaración del impuesto a la renta de las organizaciones de la
economía popular y solidaria que se encontraban activas en el periodo fiscal 2017.
Hipótesis alternativa: El régimen simplificado no tuvo efecto positivo en la
disminución de los días de atraso de la declaración del impuesto a la renta de las
organizaciones de la economía popular y solidaria que se encontraban activas en el
periodo fiscal 2017.
2.4 Universo y muestra
La Población o Universo, se define como “el conjunto de todos los valores de un
fenómeno o propiedad que se quiere observar. También se usa el nombre de variable para
designar a este conjunto(Riesco, 2012).
Riesco también define a la muestra como “la parte de la población que efectivamente
se mide, con el objeto de obtener información acerca de toda la población” ( 2012)
El Universo de los sujetos corresponden a todos los contribuyentes que pertenecen a
la Economía popular y solidaria que se encuentran inscritos en el Registro único de
contribuyentes durante el periodo fiscal 2017. En el desarrollo de la investigación no se
utilizó ninguna técnica de muestreo ya que se obtuvo el universo de datos del Servicio de
Rentas Internas
2.5 CDIU – Operacionalización de variables
Se establecieron las siguientes variables:
Tabla 1
Operacionalización de variables
34
Variable
Nombre de la
variable Cálculo de la variable
Tipo de
variable
Dependiente Días de
Atraso
Diferencia de días entre la fecha máxima de
declaración permitida y la fecha real de la
declaración
Cuantitativa
Independiente Régimen
Simplificado
Variable dicotómica que toma el valor de 1 si
pertenece al régimen simplificado y cero para
los demás
Cualitativa
2.6 Gestión de Datos
Esta información fue solicitada mediante trámite No. 109012018194057 y se obtuvo
una población de 35325 contribuyentes sin fines de lucro inscritos en el RUC al año 2018.
La información solicitada fueron los siguientes campos del formulario 101 y 122:
1. Ingresos totales
2. Utilidad Neta
3. Impuesto Causado
La información solicitada de la base de registro único de contribuyentes fue
1. Noveno digitó del RUC
2. Cantón
3. Actividad Económica
4. Tipo de Contribuyente
5. Clase de Contribuyente
Criterios éticos de la investigación
La investigación se realizó con información por fuentes reales como el Servicio de
Rentas Internas, Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, Instituto de Economía
Popular y Solidaria y el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos. No existió plagio y se
mantuvo la integridad de los datos.
35
Capítulo 3
Resultados
3.1 Análisis Descriptivo
En el catastro de registro único de contribuyentes administrado por el SRI al año 2018
constan 35325 personas jurídicas activas sin fines de lucro.
La cantidad de inscritos en el RUC ha aumentado significativamente los últimos 10
años siendo este uno de los primeros deberes formales para realizar actividad económica en
territorio ecuatoriano.
En los diez últimos años se han constituido el 47% de las personas jurídicas sin fines
de lucro, lo cual se puede explicar por un régimen tributario con beneficios para este tipo de
organizaciones, así también como la política pública encaminada a reconocer derechos a estas
organizaciones. En la tabla 2 se detalla la evolución de creación de personas jurídicas sin
fines de lucro registradas en el RUC:
36
Tabla 2
Número de Personas Jurídicas sin fines de lucro constituidas por años
Periodo Cantidad
2014-2018 8359
2008-2013 8237
2002-2007 6008
1996-2001 3616
1990-1995 2501
1984-1989 1849
1978-1983 1513
1972-1977 947
1966-1971 804
1960-1965 380
1954-1959 226
1948-1953 153
1942-1947 134
1936-1941 236
1930-1935 32
1924-1929 21
1918-1923 25
1912-1917 9
1906-1911 20
1900-1905 255
Total general 35325
Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.
Se desagregaron a los contribuyentes en dos grupos, los pertenecientes a la economía
popular y solidaria y los no pertenecientes a la economía popular y solidaria denominada
dentro de la investigación y los datos como sector privado para coincidir con la forma de
registro del SRI. Las organizaciones que pertenece a la economía popular y solidaria
representan el 31% en las personas jurídicas sin fines de lucro registradas en la
administración tributaria. Se observó un incremento de constituciones en el último
quinquenio respecto al inmediato anterior del 165% y un decremento de constituciones de
organizaciones del sector privado del 48%. Así también en el último quinquenio hubieron
más constituciones de organizaciones de la economía popular y solidaria que en el sector
privado a razón del 55%, lo cual indica que por cada persona jurídica del sector privado se
37
constituían 1.55 organizaciones de la economía popular y solidaria, lo cual se detalla en la
tabla 3.
Tabla 3
Número de Personas Jurídicas sin fines de lucro constituidas por años y tipo
Periodo Popular y solidario Sector privado
2014-2018 5080 3279
2008-2013 1912 6325
2002-2007 1051 4957
1996-2001 501 3115
1990-1995 527 1974
1984-1989 447 1402
1978-1983 º508 1005
1972-1977 381 566
1966-1971 323 481
1960-1965 119 261
1954-1959 28 198
1948-1953 8 145
1942-1947 2 132
1936-1941 236
1930-1935 32
1924-1929 21
1918-1923 25
1912-1917 9
1906-1911 20
1900-1905 70 185
Total general 10957 24368
Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.
La economía popular y solidaria durante la última década ha tomado fuerza y
representatividad por parte de sus organizaciones. Con la entrada en vigencia de la
constitución del 2008 que reconoce a todas las formas de organización incluida la popular y
solidaria y la promulgación de la Ley de económica popular y solidaria que norma y regula el
sector en el año 2011. En la figura 1 se detalla gráficamente el crecimiento de los 2 grupos de
la economía popular y solidaria como lo es el sistema financiero popular y solidario y el
sector no financiero.
38
Figura 1. Número de Personas Jurídicas sin fines de lucro constituidas por años y subtipo.
Tomado de la base de datos del Servicio de Rentas Interna.
Dentro del ámbito tributario y coherente con las constituciones otorgadas por los
ministerios del ramo, se observó que el número de inscripciones de personas jurídicas sin
fines de lucro en el ruc aumentó la última década (figura 2).
Figura 2. Número de Personas Jurídicas sin fines de lucro inscritas en el ruc por años.
Tomado de la base de datos del Servicio de Rentas Interna.
Se identificó que la relación en las inscripciones fue similar a las constituciones ya
que se incrementaron los registros de organizaciones de la economía popular y solidaria,
mientras que hubo un estancamiento entre el 2007 y 2016 de las inscripciones de las
0
1000
2000
3000
4000
5000
6000
7000 SECTOR DE LA ECONOMIA POPULAR Y SOLIDARIA
SISTEMA FINANCIERO POPULAR Y SOLIDARIO
SOCIEDADES Y ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES SIN FINES DE LUCRO
678314
912 994
46825256
8589
10771
3026
0
2000
4000
6000
8000
10000
12000
39
organizaciones del sector privado. Entre el 2017 y lo registrado en el Ruc hasta junio del
2018 hubo 424 inscripciones más de la economía popular y solidaria que en el sector privado,
lo cual se detalla en la figura 3.
Figura 3. Número de Personas Jurídicas sin fines de lucro inscritas en el ruc por tipo y años.
Tomado de la base de datos del Servicio de Rentas Interna.
Se analizó la distribución dentro del territorio de las personas jurídicas sin fines de
lucro. Las provincias de Pichincha y Guayas concentran el 33% de organizaciones sin fines
de lucro, siendo Pichincha la de mayores registros con 6695 contribuyentes. Se separó por
sectores y la relación fue idéntica dentro de la economía popular y solidaria, Pichincha es la
provincia con mayor cantidad de contribuyentes ya que registra 1534, seguido por Guayas
con 1438 contribuyentes, Manabí con 1068 contribuyentes. Las provincias que registran
menos participantes de la economía popular y solidaria son Pastaza con 121 contribuyentes,
Morona Santiago con 95 contribuyentes y por último Galápagos con 43 contribuyentes del
sector popular y solidario. Todas las provincias del Ecuador registran organizaciones de la
economía popular y solidaria y la distribución se encuentra detalla en la tabla 4.
40
Tabla 4
Número de Personas Jurídicas sin fines de lucro constituidas por provincia y tipo
Provincia Popular y Solidario Sector Privado Total
Pichincha 1534 5161 6695
Guayas 1438 3545 4983
Manabí 1068 2266 3334
Tungurahua 729 1094 1823
Chimborazo 503 1097 1600
Azuay 451 1143 1594
El Oro 590 944 1534
Loja 466 903 1369
Imbabura 358 988 1346
Los Ríos 639 696 1335
Cotopaxi 423 817 1240
Sucumbíos 368 858 1226
Esmeraldas 509 584 1093
Santo Domingo de los Tsáchilas 327 575 902
Bolívar 146 639 785
Carchi 182 510 692
Cañar 176 483 659
Santa Elena 229 369 598
Napo 173 339 512
Orellana 152 324 476
Morona Santiago 95 361 456
Zamora Chinchipe 172 282 454
Pastaza 121 300 421
Galápagos 43 80 123
Total 10892 24358 35250
Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.
Se agrupó dentro del análisis los datos de los contribuyentes en función de su
relevancia tributaria determinada por la clase de contribuyente, siendo los contribuyentes
especiales los más representativos y focos de atención para la administración tributaria. La
clase Otros es el régimen general estándar para los nuevos contribuyentes y los distintos a la
clase especiales.
En el sector privado se mantienen activos y con resoluciones de alta como
contribuyentes especiales a 158 personas jurídicas fines de lucro distintas a la EPS, siendo el
tipo educativo lo que genera la mayor representatividad con 42 contribuyentes. Dentro del
mismo sector los contribuyentes de clase Otros se encuentran concentrados en el tipo
colegios profesiones gremios y entidades clasistas con 15277 contribuyentes lo cual
41
representa el 62% de todo el sector privado. En la tabla 5 se detalla la distribución del sector
privado por clase y tipo de contribuyente.
Tabla 5
Número de Personas Jurídicas sin fines de lucro distintas a la EPS por clase y tipo
Tipo de contribuyente Especial Otros Total
Colegios profesionales, gremios y entidades clasistas 37 15277 15314
Entidades de culto religioso 13 2542 2555
Entidades deportivas 15 1061 1076
Promoción y desarrollo de la mujer, niño y familia 3 1023 1026
Educación 42 944 986
Fundaciones de investigación 9 964 973
Organizaciones de beneficencia 20 886 906
Juntas administradoras de agua (comunitarias) 688 688
Entidades culturales y de arte 2 234 236
Cooperativas 213 213
Salud 10 150 160
Organizaciones no gubernamentales extranjeras 6 109 115
Partidos políticos 1 72 73
Unidades ejecutoras de proyectos con fondos del exterior 35 35
ORI 2 2
Total 158 24200 24358
Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.
En el sector popular y solidario se mantienen activos y con resoluciones de alta como
contribuyentes especiales a 91 personas jurídicas, siendo las cooperativas de ahorro y crédito
los que genera la mayor representatividad con 67 contribuyentes, seguidos por el tipo
cooperativistas con 14 contribuyentes, así también los asociativos con 9 contribuyentes y por
último el tipo caja central con 1 registro. Dentro del mismo sector los contribuyentes de clase
Otros se encuentran concentrados en el tipo asociativos con 7344 contribuyentes lo cual
representa el 67% de los contribuyentes en la economía popular y solidaria, así también los
cooperativistas con 2250 contribuyentes lo cual representa el 23% de los contribuyentes en la
economía popular y solidaria. El sector financiero de la economía popular y solidaria no se
encuentra concentrado de organizaciones, en la tabla 6 se detalla la distribución de los
integrantes de la economía popular y solidaria por clase y tipo de contribuyente.
42
Tabla 6
Número de Personas Jurídicas del sector popular y solidario por clase y tipo
Tipo de contribuyente Especial Otros Total
Asociativos 9 7344 7353
Cooperativistas 14 2550 2564
Cooperativa de ahorro y crédito 67 783 850
Comunitarios 52 52
Entidades asociativas o solidarias 48 48
Cajas y bancos comunales 14 14
Cajas de ahorro 10 10
Caja central 1 1
Total 91 10801 10892
Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.
Se cuantificó los días de atraso en el deber formal de inscribirse en el RUC de las
personas jurídicas sin fines de lucro. Durante los últimos cuatro años en promedio una vez
constituidos se han acercado a las oficinas de la administración tributaria luego de 81 días, la
legislación vigente otorga hasta 30 días de plazo por lo que si bien es cierto ha disminuido el
atraso aún se encuentra en contravención a la normativa. Sobre este deber formal ha trabajo la
administración tributaria en ampliar la cobertura de sus servicios, simplificar requisitos y
fomentar la cultura tributaria. En la tabla 7 se presenta la evolución en los días de atraso en la
inscripción del RUC.
43
Tabla 7
Días de atraso en la inscripción del RUC de Personas Jurídicas sin fines de lucro por año
Periodo Promedio de días
2014-2018 -81
2008-2013 -345
2002-2007 -825
1996-2001 -1697
1990-1995 -3356
1984-1989 -5044
1978-1983 -6399
1972-1977 -7809
1966-1971 -9521
1960-1965 -11616
1954-1959 -14621
1948-1953 -17249
1942-1947 -19074
1936-1941 -23336
1930-1935 -23603
1924-1929 -26458
1918-1923 -26570
1912-1917 -31306
1906-1911 -32603
1900-1905 -34396
Total general -2467
Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.
En el análisis diferenciado efectuado por tipo de contribuyente se observó un mayor
cumplimiento en las organizaciones de la economía popular y solidaria respecto a los
contribuyentes sin fines de lucro. Por una parte, los miembros de la economía popular y
solidaria en los últimos 4 años se inscribieron en el ruc 28 días después de la constitución
dando cumplimiento a la normativa tributaria vigente que otorga hasta 30 días. Por otra parte,
los contribuyentes sin fines de lucro que no pertenecen a la economía popular y solidaria se
inscribieron en promedio luego de 162 días después de la constitución incumpliendo las
normas y generando la posibilidad de una futura sanción por contravención.
Durante la última década en el sector popular y solidario las inscripciones se han
realizado en 115 días, menos de la mitad de los días promedios de inscripción de las
organizaciones no pertenecientes al sector. Los días de atraso por sector y año se detallan en
la tabla 8.
44
Tabla 8
Días de atraso en la inscripción del RUC de Personas Jurídicas sin fines de lucro por año y
tipo
Periodo Popular y Solidario Sector Privado
2014-2018 -28 -162
2008-2013 -207 -386
2002-2007 -661 -860
1996-2001 -1375 -1750
1990-1995 -2505 -3577
1984-1989 -3611 -5501
1978-1983 -4074 -7558
1972-1977 -5626 -9276
1966-1971 -6499 -11541
1960-1965 -8475 -13056
1954-1959 -9840 -15297
1948-1953 -12525 -17510
1942-1947 -14844 -19138
TOTAL -1147 -2407
Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.
Se efectuó un análisis más específico de los días de atraso en la inscripción del ruc por
tipo de contribuyente en el sector de la economía popular y solidaria lo cual se expone en la
tabla 9. En los últimos cuatro años las formas de organizaciones asociativas y cooperativistas
cumplieron con la inscripción en un plazo menor a los 30 días. Así también las cooperativas
de ahorro y crédito fueron las organizaciones con mayor cumplimiento dentro del sector
financiero de la economía popular y solidaria.
Tabla 9
Días de atraso en la inscripción del RUC de Personas Jurídicas de la economía popular y
solidaria por tipo y año
Tipo de contribuyente 2014-2018 2008-2013 2002-2007
Asociativos -27 -207 -861
Cooperativistas -19 -201 -346
Cooperativa de Ahorro y Crédito -36 -149 -196
Entidades asociativas o solidarias -174 -661 -4088
Comunitarios -70 -894 -2899
Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.
Las actividades económicas que concentran la mayor parte de las organizaciones de la
economía popular y solidaria son las actividades de servicio, transporte y almacenamiento,
industrias manufactureras y las de agricultura, ganadería, silvicultura y pesca. Las actividades
45
señaladas contienen al 65% de organizaciones. Por otra parte, el 74% de las organizaciones
sin fines de lucro que no pertenecen a la economía popular y solidaria se dedican a
actividades de servicios y actividades de atención de la salud humana y de asistencia social.
La tabla 10 detalla el número de contribuyentes por tipo de contribuyente y actividad
económica.
Tabla 10
Número de Personas Jurídicas sin fines de lucro por actividad económica y tipo
Actividad económica Popular y solidario Sector privado Total
Otras actividades de servicios. 2110 14502 16612
Actividades de atención de la salud humana y de
asistencia social. 152 3622 3774
Agricultura, ganadería, silvicultura y pesca. 1639 520 2159
Industrias manufactureras. 1672 162 1834
Transporte y almacenamiento. 1693 51 1744
Enseñanza. 45 1404 1449
Actividades de servicios administrativos y de apoyo. 1045 231 1276
Artes, entretenimiento y recreación. 8 969 977
Actividades financieras y de seguros. 659 119 778
Distribución de agua; alcantarillado, gestión de
desechos y actividades de saneamiento. 42 708 750
Administración pública y defensa; planes de
seguridad social de afiliación obligatoria. 52 669 721
Actividades de alojamiento y de servicio de comidas. 606 49 655
Actividades inmobiliarias. 447 207 654
Comercio al por mayor y al por menor; reparación
de vehículos automotores y motocicletas. 460 180 640
Actividades profesionales, científicas y técnicas. 46 580 626
Construcción. 126 234 360
Información y comunicación. 10 72 82
Actividades de organizaciones y órganos
extraterritoriales. 6 59 65
Explotación de minas y canteras. 37 14 51
Suministro de electricidad, gas, vapor y aire
acondicionado. 36 2 38
Actividades de los hogares como empleadores;
actividades no diferenciadas de los hogares como
productores de bienes y servicios para uso propio. 1 4 5
Total 10892 24358 35250
Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.
Los estados financieros de las personas jurídicas sin fines de lucro se detallan en la
tabla 11. El resultado económico de las organizaciones sin fines de lucro aumento en dos por
ciento sus ingresos en el año 2017 respecto al inmediato anterior. Así también se
46
capitalizaron en siete por ciento adicional en el año 2017 y sus activos crecieron en once por
ciento. El impuesto a pagar aumentó en 107% respecto al año 2016 lo cual generó 20
millones de dólares de ingresos al estado. Las sanciones por el atraso en la declaración son
las multas y el pago fuera de tiempo los intereses de mora, ambos rubros disminuyeron en el
año 2017. Las multas cerraron el ejercicio fiscal 2017 con un valor de 142 mil dólares
aproximadamente, 23% menos que el ejercicio fiscal anterior. Los intereses disminuyeron en
un 76% alcanzando el valor de 2.7 mil dólares en el periodo fiscal analizado. Lo expuesto
evidencia que si bien es cierto los contribuyentes declararon fuera de tiempo por la
determinación de multas e intereses, los días de atraso disminuyeron por la evidencia en la
razón de decrecimiento.
Tabla 11
Estados financieros de Personas Jurídicas sin fines de lucro consolidados
Detalle 2016 2017 Variación
Declaraciones 31865 30801 -3%
Capital suscrito y/o asignado $ 2.720.246.613 $ 2.910.648.887 7%
Total activo $ 17.916.188.634 $ 19.893.421.015 11%
Total activo corriente $ 10.067.172.622 $ 11.265.090.881 12%
Total activo no corriente $ 7.849.016.012 $ 8.628.330.135 10%
Total patrimonio neto $ 6.875.355.450 $ 7.343.236.438 7%
Total ingresos $ 6.721.337.888 $ 6.853.546.557 2%
Total costos y gastos $ 6.498.181.017 $ 6.619.093.653 2%
Utilidad del ejercicio $ 430.484.713 $ 468.784.201 9%
Perdida del ejercicio $ 207.327.842 $ 234.331.297 13%
Participación a trabajadores $ 20.522.373 $ 31.938.054 56%
Utilidad gravable $ 182.473.285 $ 247.155.932 35%
Impuesto causado $ 40.144.123 $ 54.374.305 35%
Impuesto a la renta único $ 2.806.104 $ 1.605.337 -43%
Total impuesto a pagar $ 9.666.775 $ 20.036.928 107%
Interés por mora $ 11.479 $ 2.744 -76%
Multas $ 184.547 $ 142.381 -23%
Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.
Los estados financieros de las personas jurídicas sin fines de lucro que declararon en
el formulario 101 se detallan en la tabla 12. El resultado económico de las organizaciones sin
fines de lucro que determinaron su impuesto según el régimen general aumentó en uno por
ciento sus ingresos en el año 2017 respecto al inmediato anterior. Así también se
47
capitalizaron en siete por ciento adicional en el año 2017 y sus activos crecieron en once por
ciento. El impuesto a pagar aumentó en 107% respecto al año 2016 lo cual generó 20
millones de dólares de ingresos al estado. Las multas cerraron el ejercicio fiscal 2017 con un
valor de 122 mil dólares aproximadamente, 28% menos que el ejercicio fiscal anterior. Los
intereses disminuyeron en un 77% alcanzando el valor de 2.6 mil dólares en el periodo fiscal
analizado.
Tabla 12
Estados financieros del formulario 101 de Personas Jurídicas sin fines de lucro consolidados
Valores 2016 2017 Variación
Declaraciones 27952 26234 -6%
Promedio de días de atraso 2 -22 -992%
Capital suscrito y/o asignado $ 2.622.902.242 $ 2.810.586.162 7%
Total activo $ 17.687.042.078 $ 19.642.294.342 11%
Total activo corriente $ 9.987.532.983 $ 11.183.024.817 12%
Total activo no corriente $ 7.699.509.096 $ 8.459.269.525 10%
Total patrimonio neto $ 6.751.765.679 $ 7.204.291.044 7%
Total ingresos $ 6.545.663.568 $ 6.593.021.016 1%
Total costos y gastos $ 6.330.281.715 $ 6.364.029.671 1%
Utilidad del ejercicio $ 415.519.113 $ 449.638.388 8%
Perdida del ejercicio $ 200.137.260 $ 220.647.044 10%
Participación a trabajadores $ 19.881.997 $ 31.489.326 58%
Utilidad gravable $ 176.258.338 $ 238.966.431 36%
Impuesto a la renta único $ 2.800.540 $ 1.585.903 -43%
Total impuesto a pagar $ 9.628.257 $ 19.977.650 107%
Interés por mora $ 11.177 $ 2.590 -77%
Multas $ 170.109 $ 121.806 -28%
Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.
Los estados financieros de las organizaciones pertenecientes a la economía popular y
solidaria que declararon en el formulario 122 se detallan en la tabla 13. El resultado
económico de las organizaciones que determinaron su impuesto en el régimen simplificado
aumentó en 48% sus ingresos en el año 2017 respecto al inmediato anterior. Así también se
capitalizaron en tres por ciento adicional en el año 2017 y sus activos crecieron en diez por
ciento. El impuesto a pagar aumentó en 54% respecto al año 2016 lo cual generó 59 mil
dólares de ingresos al estado. Las multas cerraron el ejercicio fiscal 2017 con un valor de 20
48
mil dólares aproximadamente, 43% más que el ejercicio fiscal anterior. Los intereses
disminuyeron en 49% alcanzando el valor de 154 dólares en el periodo fiscal analizado.
Tabla 13
Estados financieros del formulario 122 de Personas Jurídicas sin fines de lucro consolidados
Valores 2016 2017 Variación
Declaraciones 3913 4567 17%
Promedio de Días de atraso 20 -11 -157%
Capital suscrito y/o asignado $ 97.344.371 $ 100.062.725 3%
Total activo $ 229.146.555 $ 251.126.673 10%
Total activo corriente $ 79.639.639 $ 82.066.063 3%
Total activo no corriente $ 149.506.916 $ 169.060.610 13%
Total patrimonio neto $ 123.589.771 $ 138.945.394 12%
Total ingresos $ 175.674.320 $ 260.525.541 48%
Total costos y gastos $ 167.899.302 $ 255.063.982 52%
Utilidad del ejercicio $ 14.965.600 $ 19.145.813 28%
Perdida del ejercicio $ 7.190.582 $ 13.684.253 90%
Participación a trabajadores $ 640.377 $ 448.729 -30%
Utilidad gravable $ 6.214.947 $ 8.189.501 32%
Impuesto a la renta único $ 5.564 $ 19.434 249%
Total impuesto a pagar $ 38.518 $ 59.278 54%
Interés por mora $ 302 $ 154 -49%
Multas $ 14.438 $ 20.576 43%
Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.
Los estados financieros de las organizaciones distintas a las pertenecientes a la
economía popular y solidaria se detallan en la tabla 14. El resultado económico de las
organizaciones disminuyó en uno por ciento sus ingresos en el año 2017 respecto al
inmediato anterior. El patrimonio se incrementó en seis por ciento adicional en el año 2017 y
sus activos crecieron tres por ciento. El impuesto a pagar aumentó en 86% respecto al año
2016 lo cual generó 1.6 millones de dólares de ingresos al estado. Las multas cerraron el
ejercicio fiscal 2017 con un valor de 97 mil dólares aproximadamente, 29% menos que el
ejercicio fiscal anterior. Los intereses disminuyeron en 72% alcanzando el valor de 1. 3 mil
dólares en el periodo fiscal analizado.
49
Tabla 14
Estados financieros de Personas Jurídicas sin fines de lucro distintas a la EPS
Valores 2016 2017 Variación
Declaraciones 22606 21086 -7%
Promedio de días de atraso 4 -22 -595%
Total activo $ 7.420.373.893 $ 7.653.810.952 3%
Total patrimonio neto $ 5.084.402.241 $ 5.372.621.815 6%
Total ingresos $ 4.395.754.972 $ 4.341.678.885 -1%
Total costos y gastos $ 4.275.654.136 $ 4.253.891.022 -1%
Utilidad del ejercicio $ 284.330.649 $ 270.214.697 -5%
Perdida del ejercicio $ 164.229.813 $ 182.426.835 11%
Participación a trabajadores $ 1.297.002 $ 4.877.730 276%
Utilidad gravable $ 54.436.323 $ 72.331.021 33%
Impuesto a la renta único $ 199.313 $ 119.648 -40%
Total impuesto a pagar $ 903.953 $ 1.681.823 86%
Interés por mora $ 4.647 $ 1.310 -72%
Multas $ 136.990 $ 97.362 -29%
Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.
Los estados financieros de las organizaciones pertenecientes a la economía popular y
solidaria se detallan en la tabla 15. El resultado económico de las organizaciones aumentó en
ocho por ciento sus ingresos en el año 2017 respecto al inmediato anterior. El patrimonio se
incrementó en diez por ciento adicional en el año 2017 y sus activos crecieron 17% por
ciento. El impuesto a pagar aumentó en 109% respecto al año 2016 lo cual generó 18.4
millones de dólares de ingresos al estado. Las multas cerraron el ejercicio fiscal 2017 con un
valor de 45 mil dólares aproximadamente, 5% menos que el ejercicio fiscal anterior. Los
intereses disminuyeron en 79% alcanzando el valor de 1.4 mil dólares en el periodo fiscal
analizado.
50
Tabla 15
Estados financieros de Personas Jurídicas sin fines de lucro pertenecientes a la EPS
Valores 2016 2017 Variación
Declaraciones 9259 9715 5%
Promedio de días de atraso 6 -17 -407%
Total activo $ 10.495.814.740 $ 12.239.610.063 17%
Total patrimonio neto $ 1.790.953.209 $ 1.970.614.623 10%
Total ingresos $ 2.325.582.916 $ 2.511.867.672 8%
Total costos y gastos $ 2.222.526.881 $ 2.365.202.630 6%
Utilidad del ejercicio $ 146.154.064 $ 198.569.504 36%
Perdida del ejercicio $ 43.098.029 $ 51.904.462 20%
Participación a trabajadores $ 19.225.371 $ 27.060.325 41%
Utilidad gravable $ 128.036.962 $ 174.824.912 37%
Impuesto a la renta único $ 2.606.791 $ 1.485.689 -43%
Total impuesto a pagar $ 8.762.822 $ 18.355.105 109%
Interés por mora $ 6.832 $ 1.433 -79%
Multas $ 47.557 $ 45.019 -5%
Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.
Durante el año 2017 las provincias que registraron menos días de atraso en la
declaración del impuesto a la renta en el formulario 101 fueron según el orden de oportunidad
Guayas, Pichincha, Azuay e Imbabura con menos de 16 días de atraso en promedio, y las
provincias de mayor atraso fueron Los Ríos y Sucumbíos con 47 días de atraso en promedio.
En el mismo ejercicio fiscal analizado las provincias que registraron menos días de atraso en
la declaración del impuesto a la renta en el formulario 122 fueron según el orden de
oportunidad Bolivar, Zamora Chinchipe y El Oro con menos de 7 días de atraso en promedio,
y las provincias de mayor atraso fueron Galápagos y Cañar con más de 25 días de atraso en
promedio.
51
Tabla 16
Días de atraso en la declaración del impuesto a la renta de las Personas Jurídicas sin fines
de lucro por provincia año y tipo de formulario
101 122
Rótulos de fila 2016 2017 2016 2017
Azuay 1 -15 10 -12
Bolívar -18 -35 27 3
Cañar 0 -20 1 -26
Carchi -8 -26 7 -17
Chimborazo -14 -29 13 -9
Cotopaxi -1 -24 16 -7
El Oro -4 -19 9 -6
Esmeraldas 0 -30 63 -9
Galápagos 24 -18 11 -28
Guayas 28 -12 39 -11
Imbabura 12 -15 14 -9
Loja -13 -21 2 -16
Los Ríos -3 -47 33 -13
Manabí -5 -33 20 -15
Morona Santiago -14 -33 9 -12
Napo -2 -29 26 -7
Orellana 0 -27 14 -11
Pastaza -8 -26 0 -7
Pichincha 11 -12 18 -10
Santa Elena 15 -17 43 -10
Santo Domingo de los Tsáchilas -6 -23 9 -13
Sucumbíos -20 -47 26 -12
Tungurahua -9 -24 11 -20
Zamora Chinchipe -16 -24 2 -5
Total general 2 -22 20 -11
Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.
Se efectuó como último análisis descriptivo, exponer los días de atraso por tipo de
formulario y tipo de contribuyente, enfocándonos en los tipos de contribuyente del sector de
la economía popular y solidaria. Dentro del sector popular y solidario, las formas de
organización del sector no financiero cumplieron en promedio con diez días de atraso la
declaración del impuesto a la renta en el formulario 122, a diferencia de los contribuyentes
del mismo tipo que declararon en el formulario 101 con 24 días de atraso en promedio. Las
organizaciones que pertenecen al sistema financiero popular y solidario y efectuaron la
declaración de impuesto a la renta en el formulario 101 en el ejercicio fiscal 2017 reportaron
52
siete días promedio de atraso, siendo los de mejor comportamiento tributario respecto a todos
los integrantes de la economía popular y solidaria.
Tabla 17
Días de atraso en la declaración del impuesto a la renta de las Personas Jurídicas por año,
tipo de contribuyente y tipo de formulario
Tipo de contribuyente
101 122
2016 2017 2016 2017
Popular y solidario
Sector de la economía popular y solidaria -2 -24 17 -10
Sistema financiero popular y solidario 5 -7 22 -44
Sector privado
Sociedades y organizaciones no gubernamentales sin fines
de lucro 3 -22 35 -17
Total general 2 -22 20 -11
Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.
3.2 Análisis Inferencial
Previo a efectuar el análisis inferencial se seleccionaron los registros exclusivamente
de las organizaciones que pertenecen a la economía popular y solidaria del sector no
financiero para evitar el sesgo y la estimación incorrecta de los coeficientes y parámetros
estadísticos. Se trabajó con 9579 contribuyentes que efectuaron sus declaraciones del
ejercicio fiscal 2017 en formularios 101 o formularios 122.
La estadística descriptiva básica de la variable dependiente atraso se detalla en la tabla
18. La variable Atraso genera la información de los días posteriores o anteriores a la
exigibilidad de la declaración que el contribuyente efectuó la misma. El signo negativo
representa los días de atraso mientras el signo positivo representa los días de anticipación de
la declaración de impuesto a la renta.
Los 9579 datos de las declaraciones generaron un promedio de atraso de 12.67 días
que es la medida de tendencia central para los contribuyentes analizados. Con este primer
resultado el sector continúa incumpliendo en la presentación oportuna de la declaración de
impuesto a la renta con 12 días adicionales a los establecidos en la normativa vigente.
53
Se identificó que la declaración con mayor oportunidad y anticipación fue realizada
con 96 días anteriores al vencimiento y la declaración con mayor tardanza fue de 116 días
posteriores a la exigibilidad.
En función de la desviación estándar se construyó un rango común de la declaración
entre 25 días de anticipación y 49 días de atraso, fuera de estos límites los datos no serían
representativos sino atípicos.
Tabla 18
Estadística descriptiva de variable dependiente “Días de atraso” Variable Obs Mean Std. Dev. Min Max
Atraso 9579 -12.67324 37.1001 -116 96
Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.
Existe una alta concentración de declaraciones el día previo al vencimiento con más
del 60% de los datos, así también se observa que la anticipación en la declaración no es
frecuente en los contribuyentes lo cual se expone en la figura 4.
Figura 4. Histograma de variable dependiente “Días de atraso”. Tomado de la base de datos
del Servicio de Rentas Interna.
Se analizó por tipo de formulario y para los dos existe una alta concentración de
declaraciones el día previo al vencimiento, el 60% de los contribuyentes que efectuaron la
declaración en el formulario 101 lo efectuaron el día cercano al vencimiento o ese último día.
0
.02
.04
.06
.08
Den
sity
-100 -50 0 50 100Días de atraso
54
Los contribuyentes que utilizaron el formulario 122 en un 70% de los datos efectuaron la
declaración el día cercano al vencimiento o ese último día. En ambos formularios se observó
que la anticipación en la declaración no es frecuente en los contribuyentes lo cual se expone
en la figura 5.
Figura 5. Histograma de variable dependiente “Días de atraso” por número de formulario.
Tomado de la base de datos del Servicio de Rentas Interna.
Para efectuar el test de medias y la regresión lineal simple se identificó que los datos
mantengan una distribución normal. Para verificar la normalidad de la variable “Días de
atraso”, se procedió a realizar un análisis gráfico mediante la función Qnorm de stata. En la
figura 6 se observa que los datos son cercanos a distribución normal por lo que se asume
tiene la misma distribución.
0
.02
.04
.06
.08
-100 -50 0 50 100 -100 -50 0 50 100
101 122
Den
sity
Días de atrasoGraphs by Formulario
55
Figura 6. Normalidad de variable dependiente “Días de atraso”. Tomado de la base de datos
del Servicio de Rentas Interna.
3.3 Declaración de Impuesto a la Renta
Los 9579 agrupados por tipo de formularios generaron un promedio de atraso en la
declaración de impuesto a la renta con el formulario 101 de 15.89 días y con el formulario
122 de 8.02 días. Con este resultado se observa que uno de los efectos del régimen
simplificado en las organizaciones de la economía popular y solidaria fue un cambio en su
comportamiento al cumplimiento del deber formal de presentar oportunamente su declaración
de impuesto a la renta en comparación con los contribuyentes del mismo sector pero no
sujetos al régimen simplificado.
Tabla 19
Estadística descriptiva de variable dependiente “Días de atraso” por número de formulario
Formulario Media
101 -15.89871
122 -8.020908
Total -12.67324
Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.
3.4 Comprobación de Hipótesis 1
Se efectuó el test de medias para contrastar y probar la primera hipótesis de la
investigación que señala que las organizaciones de la economía popular y solidaria que se
-200
-100
0
100
Día
s d
e a
traso
-200 -100 0 100Inverse Normal
56
encuentra en el régimen simplificado declaran con igual días de atraso que los no sujetos al
régimen, y dado la hipótesis nula del test postula que existe igualdad de medias: y tomando
como hipótesis alternativa que la media de los 101 es mayor que la media de los 122:
obtenemos un p-valor igual a 0.00 < 0.05, por lo tanto se rechaza la hipótesis nula y podemos
decir que sí existe evidencia de que en promedio las días de atraso en el formulario 101 son
mayores a los días de atraso en el formulario 122.
Figura 7. Test de medias de los días de atraso de los formularios 101 y 122. Tomado de la
base de datos del Servicio de Rentas Interna.
3.5 Comprobación de Hipótesis 2
Por último, se realizó la regresión lineal simple para probar la segunda hipótesis de la
investigación que señalaba que el régimen simplificado tuvo un efecto positivo en la
disminución de los días de atraso de la declaración del impuesto a la renta de las
organizaciones de la economía popular y solidaria. Para lo cual como variables explicativas al
modelo se estableció la variable RISE que tomaba el valor de 1 para los sujetos al régimen
simplificado y cero para los contribuyentes del régimen normal. Así también, la constante
que detalla el valor estándar de días de atraso de quienes no pertenecen al RISE.
El impacto de sujetarse al régimen simplificado para las organizaciones pertenecientes
en la economía popular y solidaria en el cumplimiento de la declaración del impuesto a la
renta del ejercicio fiscal 2017 se detalla en la tabla 21. Se obtuvo que acogerse al régimen
Pr(T < t) = 0.0000 Pr(|T| > |t|) = 0.0000 Pr(T > t) = 1.0000 Ha: diff < 0 Ha: diff != 0 Ha: diff > 0
Ho: diff = 0 degrees of freedom = 9577 diff = mean(101) - mean(122) t = -10.2748 diff -7.877802 .7667086 -9.380713 -6.374891 combined 9579 -12.67324 .3790662 37.1001 -13.41629 -11.93019 122 3922 -8.020908 .5018645 31.4297 -9.004848 -7.036968 101 5657 -15.89871 .5352414 40.25713 -16.94799 -14.84943 Group Obs Mean Std. Err. Std. Dev. [95% Conf. Interval]
57
disminuye en 7.87 días los días de declaración promedio. Por otra parte, el no sujetarse al
régimen simplificado aumenta los días de atraso en 15.89 días.
Figura 8. Regresión lineal simple por Mínimos cuadrados ordinarios. Tomado de la base de
datos del Servicio de Rentas Interna.
Capítulo 4
Discusión
4.1 Contrastación Empírica
El problema también nace por complejidad y dificultad de los sistemas tributarios y
“la existencia de amplios beneficios o franquicias a determinados contribuyentes” (CEPAL,
2016) Las características principales de los contribuyentes a quienes se dirigen estos
regímenes son:
Gran número y difícil control administrativo.
Niveles de ingresos bajos que generan muy baja recaudación.
Segmento conflictivo con costes políticos elevados.
Organización empresarial precaria y deficiente.
Actúan en la economía sumergida o informalidad económica(Banco
Interamericano de Desarrollo, 2009)
Lo expuesto por la Cepal (Comisión Económica para América Latina y el Caribe)
guarda relación con la realidad ecuatoriana a excepción de los niveles de ingresos bajos que
_cons -15.89871 .4905961 -32.41 0.000 -16.86038 -14.93704 RISE 7.877802 .7667086 10.27 0.000 6.374891 9.380713 Atraso Coef. Std. Err. t P>|t| [95% Conf. Interval]
Total 13183327.3 9578 1376.41755 Root MSE = 36.899 Adj R-squared = 0.0108 Residual 13039585.2 9577 1361.55218 R-squared = 0.0109 Model 143742.006 1 143742.006 Prob > F = 0.0000 F( 1, 9577) = 105.57 Source SS df MS Number of obs = 9579
. reg Atraso RISE
58
generan muy baja recaudación. El sector económico y solidario por años ha sido conflictivo y
se ha visto afectado por la política fiscal.
4.2 Limitaciones
Las limitaciones del estudio se observaron en la calidad de los datos y el número de
registros. El catastro de RUC al ser una base que permanentemente se actualiza por los
funcionarios es objeto de errores, los cuales no permitieron obtener información exacta en el
100% de los datos recibidos. En la base de RUC registraban varios tipos de contribuyente que
no correspondían o guardaban relación con la realidad. Tales como instituciones públicas
sujetas al régimen simplificado o sociedades extranjeras no domiciliadas
4.3 Líneas de Investigación
Los resultados obtenidos con la metodología expuesta en el capítulo 2 plantea líneas
de investigación con respecto a la evaluación integral de reformas tributarias y por otra parte
fomentar la cultura tributaria e investigar las razones que aumenta la probabilidad de
cumplimiento entre los contribuyentes.
4.4 Aspectos Relevantes
La economía popular y solidaria registra montos relevantes y significativos en sus
estados financieros por lo que se desvirtúa esa imagen de sector de bajos o mínimos recursos.
Se destaca la diferencia entre lo señalado en el referente teórico y lo obtenido en la
investigación. La Cepal señala que una de las principales características de los participantes
fue niveles de ingresos bajos que generan muy baja recaudación.
Capítulo 5
Propuesta
El análisis cuantitativo efectuado generó evidencia para aseverar que el régimen
simplificado colaboró y facilitó el cumplimiento del impuesto a la renta en comparación con
el régimen general de los contribuyentes que pertenecen a la economía popular y solidaria. A
59
continuación, se desarrollarán propuestas con miras a fortalecer la cultura tributaria de las
organizaciones de la economía popular y solidaria en el régimen simplificado.
Tema: Fortalecimiento en la cultura tributaria de las organizaciones pertenecientes la
economía popular y solidaria.
Alcance: Las organizaciones de la economía popular y solidaria
Objetivo General
Fomentar la cultura tributaria a las organizaciones de la economía popular y solidaria.
Objetivos Específicos
• Difundir los beneficios de pertenecer a la economía popular y solidaria.
• Fomentar la concientización en la cultura tributaria.
5.1 Campañas de Capacitación
Actualmente la AT dentro del Departamento de Capacitación al Contribuyente realiza
capacitaciones gratuitas en temas específicos o a través de programas de capacitación con
varios temas que siguen una malla curricular. Sin embargo, en la observación no se encuentra
un tema que trate sobre la declaración del impuesto a la renta de las organizaciones de la
economía popular y solidaria. Con base en los resultados obtenidos en la presente
investigación, se establece la necesidad de incrementar dentro de las opciones de capacitación
contenido sobre los beneficios de pertenecer al régimen simplificado de la economía popular
y solidaria.
Las capacitaciones deben estar direccionadas a aquellos contribuyentes que
pertenecen al régimen general de la economía popular y solidaria, para que conozcan si
cumplen con los parámetros establecidos bajo las normas tributarias para acogerse al régimen
simplificado, y para aquellos sujetos pasivos que perteneciendo al régimen simplificado no
cumplen oportunamente con sus deberes formales. Estas capacitaciones deben ser dictadas
dentro de las instalaciones del SRI por funcionarios pertenecientes al Departamento de
60
Capacitaciones para que las mismas no incurran en gastos adicionales para la AT. En la
página web institucional dentro de la opción “Quiero Capacitarme” deben agregar un tema
que indique: Economía popular y solidaria y sus beneficios tributarios teórico y práctico.
5.2 Campañas de Difusión
Con el objetivo de lograr una información oportuna, eficiente y veraz, la AT en
conjunto con la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria y el Instituto de
Economía Popular y Solidaria deben detallar todas las formalidades, derechos y obligaciones
tributarias de las organizaciones que forman parte del objeto de estudio del presente proyecto
de investigación. Comunicar en todos los canales y medios disponibles de la AT, esto es,
pagina web institucional, gaceta tributaria, correos electrónicos que reposan en la base de
datos, los beneficios de pertenecer al régimen simplificado de la economía popular y solidaria
y los deberes formales que deben cumplir.
Por otra parte, se deben efectuar notificaciones masivas a través de los canales
electrónicos incentivando a la sujeción del régimen simplificado a las organizaciones que
pertenecen a la economía popular y solidaria que hasta la presente se mantengan en el
régimen general y que de acuerdo a su patrimonio, ingresos o gastos puedan acogerse al RS.
Así también la difusión de información sobre el régimen simplificado a través de brigadas
móviles organizadas en alianza con el SRI, SEPS y el IEPS, núcleos de apoyo fiscal y
cualquier evento en el que se cuente con la participación de los organismos de control antes
mencionados con el fin de dar información clara, precisa y oportuna.
Cabe recalcar que las estrategias aquí planteadas no representan una erogación de
recursos puesto que son parte de las actividades y facultades del SRI.
Conclusiones
Con la investigación realizada se observó que no existe evidencia estadística que
permita demostrar que las organizaciones de la economía popular y solidaria que se encuentra
61
en el régimen simplificado declaran con igual días de atraso que los no sujetos al régimen. En
el caso del impuesto a la renta de personas jurídicas los contribuyentes en el régimen
simplificado fueron más propensos a declarar oportunamente que aquellos que pertenecían al
régimen normal.
Así también se presentó el impacto positivo en la reducción de días de atraso de los
contribuyentes pertenecientes al régimen simplificado. Por lo que la implementación y
reformas para hacer útil el régimen simplificado fueron acertadas por parte de los
legisladores.
Se determinó el efecto del régimen simplificado en la presentación del impuesto a la
renta de las organizaciones de la economía popular y solidaria.
Se encontró los tipos de organizaciones de la economía popular y solidaria registradas
en el registro único de contribuyentes, tales como los asociativos, comunitarios, e
instituciones financieras de la economía popular y solidaria.
Se identificó la distribución por provincias de las organizaciones de la economía
popular y solidaria. Las provincias con mayor representatividad fueron Guayas y Pichincha.
Por último, se categorizó las declaraciones previo al análisis por tipo de formulario y
se identificó declaraciones en el formulario 101 y en el formulario 122.
Con lo expuesto se concluye que un régimen simplificado favorece el sistema
tributario ecuatoriano ya que cumple con su objetivo de facilitar la declaración de impuestos
al contribuyente. Aun cuando el régimen es a nivel nacional, existe concentración en las dos
provincias con mayor población.
Recomendaciones
• Implementar las propuestas planteadas, lo cual ayudaría a disminuir las brechas de
omisidad que afectan los indicadores de eficacia mediante los cuales se mide la
gestión de la administración tributaria.
62
• La presente investigación da la pauta para futuros estudios de los regímenes
simplificados, por lo que se recomienda analizar el comportamiento de las
organizaciones de la economía popular y solidaria y otros contribuyentes que puedan
gozar de los beneficios de los regímenes impositivos en las declaraciones de otros
impuestos distintos al impuesto a la renta, como la declaración de Impuesto al Valor
Agregado, ya que es un impuesto que genera gran parte de la recaudación tributaria
con relación al inmediato anterior. Para el sector de la economía popular y solidaria
este impuesto puede ser presentado de manera mensual o semestral dependiendo de
sus ingresos.
• Realizar un estudio sobre la incidencia del ingreso erróneo de información en la
inscripción de los diferentes tipos de contribuyentes en la base de datos del SRI,
debido a que esto conlleva a no obtener una información exacta para la toma de
decisiones o propuestas que serían de ayuda para implementar reformas o regímenes
que mejoren la recaudación tributaria.
• Realizar un estudio sobre el impacto en la recaudación tributaria con respecto al
Impuesto a la Renta debido a el beneficio especial; descuento en la tarifa, que tienen
las organizaciones de la economía popular y solidaria.
63
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65
Apéndice A
Estados financieros de las organizaciones de la EPS por subtipo
Tabla A1
Asociativos
Rótulos de fila 2016 2017
Declaraciones 5759 6411
Promedio de días de atraso 4 -20
Total activo $ 138.257.400 $ 132.144.730
Total patrimonio neto $ 57.978.222 $ 60.278.298
Total ingresos $ 535.011.250 $ 556.595.422
Total costos y gastos $ 524.316.676 $ 545.661.283
Utilidad del ejercicio $ 18.601.629 $ 20.381.068
Pérdida del ejercicio $ 7.907.055 $ 9.446.929
Participación a trabajadores $ 519.103 $ 966.748
Utilidad gravable $ 6.071.891 $ 9.584.799
Impuesto a la renta único $ 2.591.855 $ 1.468.853
Total impuesto a pagar $ 137.045 $ 152.733
Interés por mora $ 3.969 $ 372
Multas $ 17.618 $ 23.733
Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.
Tabla A2
Caja central
Rótulos de fila 2016 2017
Declaraciones 1 1
Promedio de días de atraso
Total activo $ 215.052.927 $ 256.512.430
Total patrimonio neto $ 14.068.141 $ 16.311.796
Total ingresos $ 9.702.335 $ 12.124.254
Total costos y gastos $ 8.021.368 $ 10.070.418
Utilidad del ejercicio $ 1.680.967 $ 2.053.836
Pérdida del ejercicio $ 0 $ 0
Participación a trabajadores $ 252.145 $ 308.075
Utilidad gravable $ 1.424.238 $ 1.700.459
Impuesto a la renta único $ 0 $ 0
Total impuesto a pagar $ 0 $ 0
Interés por mora $ 0 $ 0
Multas $ 0 $ 0
Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.
66
Tabla A3
Cajas de ahorro
Rótulos de fila 2016 2017
Declaraciones 10 9
Promedio de días de atraso 19 -19
Total activo $ 31.754.214 $ 32.685.263
Total patrimonio neto $ 4.756.112 $ 4.576.761
Total ingresos $ 2.653.583 $ 2.564.677
Total costos y gastos $ 2.516.089 $ 2.565.052
Utilidad del ejercicio $ 137.494 $ 268
Pérdida del ejercicio $ 0 $ 642
Participación a trabajadores $ 244 $ 0
Utilidad gravable $ 150.758 $ 6.971
Impuesto a la renta único $ 0 $ 0
Total impuesto a pagar $ 304 $ 0
Interés por mora $ 0 $ 0
Multas $ 30 $ 30
Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.
Tabla A4
Cajas y bancos comunales
Rótulos de fila 2016 2017
Declaraciones 13 12
Promedio de días de atraso -15 -49
Total activo $ 529.904 $ 634.531
Total patrimonio neto $ 107.852 $ 193.791
Total ingresos $ 58.805 $ 78.089
Total costos y gastos $ 45.784 $ 41.890
Utilidad del ejercicio $ 13.021 $ 36.199
Pérdida del ejercicio $ 0 $ 0
Participación a trabajadores $ 6 $ 2.055
Utilidad gravable $ 4.387 $ 26.043
Impuesto a la renta único $ 0 $ 0
Total impuesto a pagar $ 0 $ 10
Interés por mora $ 0 $ 0
Multas $ 0 $ 322
Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.
67
Tabla A5
Comunitarios
Rótulos de fila 2016 2017
Declaraciones 43 47
Promedio de días de atraso -13 -24
Total activo $ 155.605 $ 102.621
Total patrimonio neto $ 102.977 $ 87.684
Total ingresos $ 171.568 $ 220.297
Total costos y gastos $ 201.866 $ 276.278
Utilidad del ejercicio $ 19.823 $ 9.145
Pérdida del ejercicio $ 50.121 $ 65.126
Participación a trabajadores $ 2.157 $ 0
Utilidad gravable $ 18.331 $ 2.194
Impuesto a la renta único $ 0 $ 0
Total impuesto a pagar $ 0 $ 6
Interés por mora $ 0 $ 0
Multas $ 56 $ 39
Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.
Tabla A6
Cooperativa de ahorro y crédito
Rótulos de fila 2016 2017
Declaraciones 837 775
Promedio de días de atraso 8 -8
Total activo $ 9.382.823.933 $ 11.070.510.579
Total patrimonio neto $ 1.359.253.204 $ 1.525.837.922
Total ingresos $ 1.216.139.825 $ 1.350.223.959
Total costos y gastos $ 1.127.380.203 $ 1.215.871.170
Utilidad del ejercicio $ 117.300.454 $ 169.243.759
Pérdida del ejercicio $ 28.540.833 $ 34.890.971
Participación a trabajadores $ 17.580.164 $ 25.342.549
Utilidad gravable $ 114.418.543 $ 159.200.417
Impuesto a la renta único $ 12.894 $ 0
Total impuesto a pagar $ 8.528.125 $ 18.131.405
Interés por mora $ 1.252 $ 873
Multas $ 9.684 $ 4.071
Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.
68
Tabla A7
Cooperativistas
Rótulos de fila 2016 2017
Declaraciones 2495 2355
Promedio de días de atraso 9 -12
Total activo $ 699.635.012 $ 721.631.445
Total patrimonio neto $ 337.406.740 $ 347.179.643
Total ingresos $ 531.144.261 $ 559.393.793
Total costos y gastos $ 529.930.879 $ 560.561.174
Utilidad del ejercicio $ 7.659.076 $ 5.928.891
Pérdida del ejercicio $ 6.445.693 $ 7.096.272
Participación a trabajadores $ 810.633 $ 405.485
Utilidad gravable $ 5.885.685 $ 4.212.607
Impuesto a la renta único $ 2.043 $ 16.836
Total impuesto a pagar $ 97.179 $ 65.843
Interés por mora $ 1.608 $ 185
Multas $ 18.470 $ 16.572
Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.
Tabla A8
Solidarias
Rótulos de fila 2016 2017
Declaraciones 42 43
Promedio de días de atraso -11 -21
Total activo $ 412.283 $ 265.828
Total patrimonio neto $ 251.575 $ 68.568
Total ingresos $ 1.062.983 $ 905.979
Total costos y gastos $ 807.613 $ 863.502
Utilidad del ejercicio $ 257.398 $ 56.816
Pérdida del ejercicio $ 2.028 $ 14.339
Participación a trabajadores $ 3.332 $ 0
Utilidad gravable $ 230 $ 925
Impuesto a la renta único $ 0 $ 0
Total impuesto a pagar $ 0 $ 24
Interés por mora $ 0 $ 1
Multas $ 60 $ 96
Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.
69
Tabla A9
Federaciones
Rótulos de fila 2016 2017
Declaraciones 7 6
Promedio de días de atraso 20 -12
Total activo $ 7.961.991 $ 7.935.152
Total patrimonio neto $ 4.232.473 $ 4.346.243
Total ingresos $ 7.982.028 $ 8.596.149
Total costos y gastos $ 7.840.185 $ 8.478.556
Utilidad del ejercicio $ 208.570 $ 180.180
Pérdida del ejercicio $ 66.728 $ 62.587
Participación a trabajadores $ 31.286 $ 27.027
Utilidad gravable $ 585 $ 3.281
Impuesto a la renta único $ 0 $ 0
Total impuesto a pagar $ 0 $ 0
Interés por mora $ 0 $ 0
Multas $ 351 $ 0
Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.
Tabla A10
Redes
Rótulos de fila 2016 2017
Declaraciones 2 8
Promedio de días de atraso 1 -6
Total activo $ 230.931 $ 709.306
Total patrimonio neto $ 204.337 $ 662.776
Total ingresos $ 339.523 $ 798.873
Total costos y gastos $ 331.553 $ 366.034
Utilidad del ejercicio $ 7.970 $ 432.919
Pérdida del ejercicio $ 0 $ 80
Participación a trabajadores $ 1.033 $ 299
Utilidad gravable $ 7.166 $ 2.403
Impuesto a la renta único $ 0 $ 0
Total impuesto a pagar $ 0 $ 0
Interés por mora $ 0 $ 0
Multas $ 0 $ 0
Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.
70
Tabla A11
Uniones
Rótulos de fila 2016 2017
Declaraciones 50 48
Promedio de días de atraso 29 -5
Total activo $ 19.000.541 $ 16.478.177
Total patrimonio neto $ 12.591.574 $ 11.071.142
Total ingresos $ 21.316.754 $ 20.366.181
Total costos y gastos $ 21.134.664 $ 20.447.275
Utilidad del ejercicio $ 267.662 $ 246.424
Pérdida del ejercicio $ 85.572 $ 327.517
Participación a trabajadores $ 25.269 $ 8.086
Utilidad gravable $ 55.148 $ 84.814
Impuesto a la renta único $ 0 $ 0
Total impuesto a pagar $ 170 $ 5.084
Interés por mora $ 4 $ 2
Multas $ 1.289 $ 157
Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.
71
Apéndice B
Estados financieros de las organizaciones distintas a las EPS por subtipo.
Tabla B1
Colegios profesionales, gremios y entidades clasistas
Rótulos de fila 2016 2017
Declaraciones 14191 13072
Promedio de días de atraso 2 -27
Total activo $ 1.246.495.399 $ 1.234.436.929
Total patrimonio neto $ 821.992.179 $ 850.698.090
Total ingresos $ 1.036.550.916 $ 995.408.932
Total costos y gastos $ 1.012.930.823 $ 978.879.637
Utilidad del ejercicio $ 66.596.039 $ 49.730.111
Pérdida del ejercicio $ 42.975.946 $ 33.200.816
Participación a trabajadores $ 807.282 $ 760.650
Utilidad gravable $ 12.002.613 $ 9.508.992
Impuesto a la renta único $ 144.542 $ 116.769
Total impuesto a pagar $ 219.413 $ 245.980
Interés por mora $ 3.437 $ 950
Multas $ 66.927 $ 39.514
Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.
Tabla B2
Cooperativas
Rótulos de fila 2016 2017
Declaraciones 200 181
Promedio de días de atraso 1 -30
Total activo $ 7.475.789 $ 8.576.169
Total patrimonio neto $ 3.470.565 $ 3.009.763
Total ingresos $ 2.466.261 $ 2.112.586
Total costos y gastos $ 2.633.399 $ 2.105.790
Utilidad del ejercicio $ 89.328 $ 161.061
Pérdida del ejercicio $ 256.467 $ 154.265
Participación a trabajadores $ 3.452 $ 16.887
Utilidad gravable $ 55.158 $ 113.877
Impuesto a la renta único $ 0 $ 0
Total impuesto a pagar $ 1.310 $ 11.543
Interés por mora $ 31 $ 1
Multas $ 417 $ 284
Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.
72
Tabla B3
Educación
Rótulos de fila 2016 2017
Declaraciones 200 181
Promedio de días de atraso 1 -30
Total activo $ 7.475.789 $ 8.576.169
Total patrimonio neto $ 3.470.565 $ 3.009.763
Total ingresos $ 2.466.261 $ 2.112.586
Total costos y gastos $ 2.633.399 $ 2.105.790
Utilidad del ejercicio $ 89.328 $ 161.061
Pérdida del ejercicio $ 256.467 $ 154.265
Participación a trabajadores $ 3.452 $ 16.887
Utilidad gravable $ 55.158 $ 113.877
Impuesto a la renta único $ 0 $ 0
Total impuesto a pagar $ 1.310 $ 11.543
Interés por mora $ 31 $ 1
Multas $ 417 $ 284
Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.
Tabla B4
Entidades culturales y de arte
Rótulos de fila 2016 2017
Declaraciones 217 208
Promedio de días de atraso -1 -15
Total activo $ 33.432.397 $ 34.241.874
Total patrimonio neto $ 24.368.981 $ 25.496.387
Total ingresos $ 27.209.373 $ 28.997.827
Total costos y gastos $ 27.450.628 $ 29.262.946
Utilidad del ejercicio $ 1.175.001 $ 1.346.083
Pérdida del ejercicio $ 1.416.257 $ 1.611.202
Participación a trabajadores $ 6.932 $ 19.524
Utilidad gravable $ 80.411 $ 164.066
Impuesto a la renta único $ 0 $ 0
Total impuesto a pagar $ 7.449 $ 941
Interés por mora $ 45 $ 10
Multas $ 4.933 $ 775
Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.
73
Tabla B5
Entidades de culto religioso
Rótulos de fila 2016 2017
Declaraciones 2438 2320
Promedio de días de atraso 11 -13
Total activo $ 1.099.049.370 $ 1.161.430.032
Total patrimonio neto $ 917.601.047 $ 982.535.118
Total ingresos $ 406.866.480 $ 411.059.540
Total costos y gastos $ 403.356.038 $ 401.331.121
Utilidad del ejercicio $ 25.048.374 $ 27.231.796
Pérdida del ejercicio $ 21.537.932 $ 17.503.377
Participación a trabajadores $ 69.476 $ 30.947
Utilidad gravable $ 1.844.224 $ 2.251.918
Impuesto a la renta único $ 1.083 $ 5
Total impuesto a pagar $ 12.422 $ 5.728
Interés por mora $ 347 $ 59
Multas $ 14.390 $ 12.862
Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.
Tabla B6
Entidades deportivas
Rótulos de fila 2016 2017
Declaraciones 986 923
Promedio de días de atraso 18 -13
Total activo $ 667.970.826 $ 709.351.033
Total patrimonio neto $ 497.492.779 $ 534.778.217
Total ingresos $ 266.445.560 $ 257.220.465
Total costos y gastos $ 256.534.223 $ 272.890.972
Utilidad del ejercicio $ 23.839.009 $ 6.840.622
Pérdida del ejercicio $ 13.927.672 $ 22.511.129
Participación a trabajadores $ 4.580 $ 6.627
Utilidad gravable $ 2.092.528 $ 598.660
Impuesto a la renta único $ 758 $ 0
Total impuesto a pagar $ 6.829 $ 3.348
Interés por mora $ 50 $ 6
Multas $ 6.357 $ 4.424
Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.
74
Tabla B7
Fundaciones de investigación
Rótulos de fila 2016 2017
Declaraciones 911 846
Promedio de días de atraso 7 -16
Total activo $ 321.310.244 $ 310.852.766
Total patrimonio neto $ 100.600.322 $ 101.788.758
Total ingresos $ 152.575.808 $ 144.544.174
Total costos y gastos $ 156.544.110 $ 139.641.677
Utilidad del ejercicio $ 10.714.363 $ 15.833.669
Pérdida del ejercicio $ 14.682.664 $ 10.931.172
Participación a trabajadores $ 5.289 $ 13.869
Utilidad gravable $ 5.159.451 $ 8.805.542
Impuesto a la renta único $ 0 $ 0
Total impuesto a pagar $ 283.153 $ 1.038.232
Interés por mora $ 83 $ 13
Multas $ 7.355 $ 1.589
Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.
Tabla B8
Juntas administradoras de agua (comunitarias)
Rótulos de fila 2016 2017
Declaraciones 523 638
Promedio de días de atraso 11 -7
Total activo $ 12.462.660 $ 16.657.469
Total patrimonio neto $ 11.499.702 $ 15.553.300
Total ingresos $ 8.932.946 $ 9.901.643
Total costos y gastos $ 8.655.967 $ 16.983.627
Utilidad del ejercicio $ 983.003 $ 1.386.650
Pérdida del ejercicio $ 706.025 $ 8.468.634
Participación a trabajadores $ 12.561 $ 14.420
Utilidad gravable $ 291.803 $ 275.330
Impuesto a la renta único $ 0 $ 0
Total impuesto a pagar $ 8.097 $ 7.514
Interés por mora $ 62 $ 11
Multas $ 1.547 $ 2.095
Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.
75
Tabla B9
Organizaciones de beneficencia
Rótulos de fila 2016 2017
Declaraciones 864 773
Promedio de días de atraso 9 -12
Total activo $ 1.418.892.486 $ 1.422.277.962
Total patrimonio neto $ 870.308.689 $ 920.464.280
Total ingresos $ 795.091.326 $ 780.633.058
Total costos y gastos $ 799.582.606 $ 803.893.829
Utilidad del ejercicio $ 31.239.958 $ 29.615.204
Pérdida del ejercicio $ 35.731.238 $ 52.875.974
Participación a trabajadores $ 76.731 $ 3.271.374
Utilidad gravable $ 2.334.627 $ 17.810.048
Impuesto a la renta único $ 0 $ 0
Total impuesto a pagar $ 3.598 $ 5.196
Interés por mora $ 69 $ 42
Multas $ 5.125 $ 10.548
Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.
Tabla B10
Organizaciones no gubernamentales extranjeras
Rótulos de fila 2016 2017
Declaraciones 114 99
Promedio de días de atraso -19 -9
Total activo $ 27.606.789 $ 22.877.393
Total patrimonio neto $ 9.737.545 $ 4.765.621
Total ingresos $ 82.309.795 $ 67.699.391
Total costos y gastos $ 85.477.988 $ 71.630.934
Utilidad del ejercicio $ 904.650 $ 630.543
Pérdida del ejercicio $ 4.072.842 $ 4.562.086
Participación a trabajadores $ 0 $ 0
Utilidad gravable $ 94.669 $ 52.179
Impuesto a la renta único $ 0 $ 0
Total impuesto a pagar $ 9.031 $ 113
Interés por mora $ 86 $ 0
Multas $ 182 $ 682
Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.
76
Tabla B11
ORI
Rótulos de fila 2016 2017
Declaraciones 2 2
Promedio de días de atraso -14 -34
Total activo $ 64.447 $ 47.798
Total patrimonio neto $ 400 $ 46.886
Total ingresos $ 55.919 $ 84.847
Total costos y gastos $ 14.291 $ 85.165
Utilidad del ejercicio $ 41.627 $ 0
Pérdida del ejercicio $ 0 $ 318
Participación a trabajadores $ 0 $ 0
Utilidad gravable $ 0 $ 0
Impuesto a la renta único $ 0 $ 0
Total impuesto a pagar $ 0 $ 0
Interés por mora $ 0 $ 0
Multas $ 0 $ 0
Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.
Tabla B12
Partidos políticos
Rótulos de fila 2016 2017
Declaraciones 59 62
Promedio de días de atraso -11 -88
Total activo $ 4.966.686 $ 6.268.434
Total patrimonio neto $ 3.986.397 $ 5.062.026
Total ingresos $ 6.045.917 $ 5.320.418
Total costos y gastos $ 7.575.546 $ 5.209.560
Utilidad del ejercicio $ 68.235 $ 492.273
Pérdida del ejercicio $ 1.597.864 $ 381.414
Participación a trabajadores $ 0 $ 0
Utilidad gravable $ 37 $ 77
Impuesto a la renta único $ 0 $ 0
Total impuesto a pagar $ 9 $ 19
Interés por mora $ 0 $ 0
Multas $ 1.991 $ 92
Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.
77
Tabla B13
Partidos políticos
Rótulos de fila 2016 2017
Declaraciones 955 898
Promedio de días de atraso 0 -27
Total activo $ 121.959.354 $ 131.719.047
Total patrimonio neto $ 74.199.528 $ 77.653.733
Total ingresos $ 64.636.102 $ 46.872.554
Total costos y gastos $ 65.471.720 $ 46.510.672
Utilidad del ejercicio $ 3.150.132 $ 3.592.077
Pérdida del ejercicio $ 3.985.750 $ 3.230.195
Participación a trabajadores $ 2.100 $ 11.420
Utilidad gravable $ 1.526.819 $ 2.444.034
Impuesto a la renta único $ 52.930 $ 0
Total impuesto a pagar $ 242.486 $ 270.267
Interés por mora $ 39 $ 67
Multas $ 3.568 $ 2.981
Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.
Tabla B14
Promoción y desarrollo de la mujer, niño y familia
Rótulos de fila 2016 2017
Declaraciones 955 898
Promedio de días de atraso 0 -27
Total activo $ 121.959.354 $ 131.719.047
Total patrimonio neto $ 74.199.528 $ 77.653.733
Total ingresos $ 64.636.102 $ 46.872.554
Total costos y gastos $ 65.471.720 $ 46.510.672
Utilidad del ejercicio $ 3.150.132 $ 3.592.077
Pérdida del ejercicio $ 3.985.750 $ 3.230.195
Participación a trabajadores $ 2.100 $ 11.420
Utilidad gravable $ 1.526.819 $ 2.444.034
Impuesto a la renta único $ 52.930 $ 0
Total impuesto a pagar $ 242.486 $ 270.267
Interés por mora $ 39 $ 67
Multas $ 3.568 $ 2.981
Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.
78
Tabla B15
Salud
Rótulos de fila 2016 2017
Declaraciones 154 146
Promedio de días de atraso 5 -6
Total activo $ 376.975.403 $ 398.332.852
Total patrimonio neto $ 298.021.501 $ 315.147.868
Total ingresos $ 236.593.695 $ 215.683.996
Total costos y gastos $ 202.182.210 $ 200.780.431
Utilidad del ejercicio $ 36.215.198 $ 17.236.078
Pérdida del ejercicio $ 1.803.713 $ 2.332.513
Participación a trabajadores $ 3.489 $ 392
Utilidad gravable $ 10.893.925 $ 2.990.298
Impuesto a la renta único $ 0 $ 0
Total impuesto a pagar $ 1.628 $ 927
Interés por mora $ 5 $ 0
Multas $ 2.255 $ 801
Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.
Tabla B16
Unidades ejecutoras de proyectos con fondos del exterior
Rótulos de fila 2016 2017
Declaraciones 34 32
Promedio de días de atraso -8 -25
Total activo $ 23.349.946 $ 28.539.058
Total patrimonio neto $ 3.782.532 $ 3.376.057
Total ingresos $ 5.622.496 $ 2.252.406
Total costos y gastos $ 5.579.575 $ 3.248.555
Utilidad del ejercicio $ 140.402 $ 43.908
Pérdida del ejercicio $ 97.481 $ 1.040.057
Participación a trabajadores $ 0 $ 0
Utilidad gravable $ 130 $ 34.768
Impuesto a la renta único $ 0 $ 0
Total impuesto a pagar $ 3 $ 0
Interés por mora $ 0 $ 0
Multas $ 1 $ 31
Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.
79
Apéndice C
Tabla C1
Estados financieros de las personas jurídicas sin fines de lucro por clase y año
ESPECIAL OTROS
Valores 2016 2017 2016 2017
Declaraciones 251 247 31614 30554
Promedio de días de
atraso 0 -2 5 -21
Total activo $ 12.580.108.611 $ 14.347.127.081 $ 5.336.080.023 $ 5.546.293.935
Total patrimonio
neto $ 4.020.341.346 $ 4.431.764.986 $ 2.855.014.104 $ 2.911.471.451
Total ingresos $ 4.196.538.603 $ 4.129.373.916 $ 2.524.799.285 $ 2.724.172.641
Total costos y
gastos $ 3.984.120.150 $ 3.891.885.521 $ 2.514.060.867 $ 2.727.208.131
Utilidad del
ejercicio $ 280.194.650 $ 323.817.022 $ 150.290.063 $ 144.967.179
Pérdida del ejercicio $ 67.776.198 $ 86.328.628 $ 139.551.644 $ 148.002.669
Participación a
trabajadores $ 17.251.369 $ 27.470.851 $ 3.271.005 $ 4.467.203
Utilidad gravable $ 143.477.452 $ 202.368.519 $ 38.995.833 $ 44.787.414
Impuesto a la renta
único $ 2.733.011 $ 1.410.439 $ 73.093 $ 194.898
Total impuesto a
pagar $ 8.459.744 $ 18.259.903 $ 1.207.031 $ 1.777.025
Interés por mora $ 945 $ 392 $ 10.534 $ 2.352
Multas $ 9.603 $ 17.768 $ 174.944 $ 124.613
Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.
80
Apéndice D
Tabla D1
Ingresos de las personas jurídicas sin fines de lucro por provincia y año
TOTAL INGRESOS Rótulos de columna
Rótulos de fila 2016 2017 Total general Pichincha $ 2.240.861.551 $ 2.198.375.112 $ 4.439.236.663
Guayas $ 1.573.896.237 $ 1.517.205.673 $ 3.091.101.910
Azuay $ 643.350.946 $ 688.406.237 $ 1.331.757.182
El Oro $ 434.932.330 $ 444.422.339 $ 879.354.669
Tungurahua $ 375.796.291 $ 409.604.062 $ 785.400.353
Loja $ 243.460.031 $ 251.748.648 $ 495.208.678
Manabí $ 193.729.853 $ 223.835.206 $ 417.565.059
Los Ríos $ 154.711.760 $ 187.951.530 $ 342.663.291
Imbabura $ 137.919.369 $ 147.744.703 $ 285.664.073
Chimborazo $ 124.343.429 $ 130.985.191 $ 255.328.620
Cotopaxi $ 98.396.367 $ 106.763.868 $ 205.160.235
Santo Domingo de los Tsáchilas $ 89.462.929 $ 101.017.384 $ 190.480.314
Carchi $ 57.731.174 $ 63.803.573 $ 121.534.747
Bolívar $ 57.727.937 $ 59.901.961 $ 117.629.898
Esmeraldas $ 52.423.077 $ 56.488.471 $ 108.911.549
Santa Elena $ 46.044.332 $ 44.990.063 $ 91.034.395
Cañar $ 45.644.738 $ 48.434.503 $ 94.079.241
Sucumbíos $ 32.945.864 $ 35.727.078 $ 68.672.943
Pastaza $ 31.737.657 $ 35.478.579 $ 67.216.236
Orellana $ 20.728.679 $ 21.102.317 $ 41.830.996
Zamora Chinchipe $ 19.569.071 $ 23.843.165 $ 43.412.237
Morona Santiago $ 18.949.178 $ 22.722.301 $ 41.671.479
Galápagos $ 14.232.974 $ 15.815.329 $ 30.048.303
Napo $ 12.742.113 $ 17.179.262 $ 29.921.375
Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.
81
Apéndice E
Tabla E1
Activos de las personas jurídicas sin fines de lucro por provincia y año TOTAL ACTIVO Rótulos de columna
Rótulos de fila 2016 2017 Total general
Pichincha $ 6.186.643.813 $ 6.707.584.553 $ 12.894.228.366
Azuay $ 2.744.020.496 $ 3.338.870.634 $ 6.082.891.130
Guayas $ 2.516.976.056 $ 2.610.443.978 $ 5.127.420.034
Tungurahua $ 1.624.400.328 $ 1.812.875.973 $ 3.437.276.300
Loja $ 766.593.088 $ 829.459.247 $ 1.596.052.336
Chimborazo $ 622.851.914 $ 681.305.479 $ 1.304.157.393
Imbabura $ 556.376.149 $ 663.741.904 $ 1.220.118.053
Manabí $ 503.070.799 $ 600.337.827 $ 1.103.408.626
Cotopaxi $ 422.882.260 $ 495.484.652 $ 918.366.911
El Oro $ 335.916.981 $ 347.623.712 $ 683.540.693
Carchi $ 304.695.788 $ 364.680.234 $ 669.376.022
Bolívar $ 245.766.320 $ 273.708.673 $ 519.474.994
Cañar $ 218.893.998 $ 254.192.178 $ 473.086.176
Los Ríos $ 175.540.840 $ 187.568.495 $ 363.109.335
Pastaza $ 141.260.104 $ 158.524.265 $ 299.784.369
Santo Domingo de los Tsáchilas $ 108.996.655 $ 116.737.486 $ 225.734.141
Esmeraldas $ 79.878.785 $ 81.717.615 $ 161.596.399
Zamora Chinchipe $ 78.533.604 $ 93.358.055 $ 171.891.658
Santa Elena $ 66.881.541 $ 68.570.271 $ 135.451.812
Napo $ 58.372.480 $ 35.113.698 $ 93.486.178
Morona Santiago $ 57.774.349 $ 67.160.379 $ 124.934.727
Orellana $ 45.047.864 $ 49.225.642 $ 94.273.506
Sucumbíos $ 31.170.955 $ 31.414.576 $ 62.585.531
Galápagos $ 23.643.469 $ 23.721.492 $ 47.364.960
Total general $ 17.916.188.634 $ 19.893.421.015 $ 37.809.609.649
Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.
82
Apéndice F
Tabla F1
Ingresos de las personas jurídicas sin fines de lucro por actividad económica y año
Total ingresos Rótulos de columna
Rótulos de fila 2016 2017
Enseñanza. $ 1.468.446.773
$
1.551.236.003
Actividades de atención de la salud humana y de
asistencia social. $ 1.229.259.235
$
1.171.481.835
Actividades financieras y de seguros. $ 1.218.324.609
$
1.360.003.312
Otras actividades de servicios. $ 1.108.023.402 $ 985.127.485
Transporte y almacenamiento. $ 411.020.274 $ 450.382.332
Comercio al por mayor y al por menor; reparación
de vehículos automotores y motocicletas. $ 381.095.676 $ 381.489.780
Artes, entretenimiento y recreación. $ 219.338.728 $ 214.760.700
Actividades profesionales, científicas y técnicas. $ 183.203.053 $ 131.627.353
Agricultura, ganadería, silvicultura y pesca. $ 163.823.430 $ 211.016.336
Administración pública y defensa; planes de
seguridad social de afiliación obligatoria. $ 98.702.020 $ 95.459.571
Actividades inmobiliarias. $ 67.763.523 $ 66.362.785
Industrias manufactureras. $ 56.648.334 $ 79.926.330
Información y comunicación. $ 34.192.196 $ 45.069.714
Actividades de organizaciones y órganos
extraterritoriales. $ 24.667.910 $ 12.848.282
Actividades de servicios administrativos y de
apoyo. $ 17.457.007 $ 47.707.609
Actividades de alojamiento y de servicio de
comidas. $ 16.265.248 $ 21.835.504
Construcción. $ 13.467.860 $ 14.452.820
Distribución de agua; alcantarillado, gestión de
desechos y actividades de saneamiento. $ 7.940.902 $ 9.121.915
Explotación de minas y canteras. $ 1.518.666 $ 3.066.013
Actividades de los hogares como empleadores;
actividades no diferenciadas de los hogares como
productores de bienes y servicios para uso propio. $ 159.262 $ 205.331
Suministro de electricidad, gas, vapor y aire
acondicionado. $ 19.778 $ 365.545
Total general $ 6.721.337.888
$
6.853.546.557
Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.
83
Apéndice G
Tabla G1
Ingresos de las personas jurídicas pertenecientes a la EPS por actividad económica y año
Total ingresos Rótulos de columna
Rótulos de fila 2016 2017
Actividades financieras y de seguros. $ 1.215.478.469 $ 1.356.833.121
Transporte y almacenamiento. $ 404.029.989 $ 445.172.756
Comercio al por mayor y al por menor; reparación
de vehículos automotores y motocicletas. $ 250.804.697 $ 261.004.852
Otras actividades de servicios. $ 211.466.013 $ 103.067.991
Agricultura, ganadería, silvicultura y pesca. $ 138.007.450 $ 183.477.581
Industrias manufactureras. $ 43.571.336 $ 67.896.148
Actividades de alojamiento y de servicio de
comidas. $ 13.796.381 $ 19.465.890
Actividades inmobiliarias. $ 13.462.967 $ 8.283.099
Actividades de servicios administrativos y de apoyo. $ 12.405.729 $ 40.670.733
Construcción. $ 5.791.731 $ 5.726.404
Enseñanza. $ 5.206.649 $ 6.789.054
Actividades de atención de la salud humana y de
asistencia social. $ 3.988.573 $ 3.583.118
Artes, entretenimiento y recreación. $ 2.445.608 $ 2.390.806
Actividades profesionales, científicas y técnicas. $ 1.939.463 $ 1.862.261
Explotación de minas y canteras. $ 1.489.777 $ 3.042.242
Administración pública y defensa; planes de
seguridad social de afiliación obligatoria. $ 1.446.669 $ 1.812.819
Actividades de organizaciones y órganos
extraterritoriales. $ 111.758 $ 176.296
Distribución de agua; alcantarillado, gestión de
desechos y actividades de saneamiento. $ 86.059 $ 243.071
Información y comunicación. $ 48.299 $ 27.749
Suministro de electricidad, gas, vapor y aire
acondicionado. $ 5.298 $ 341.679
Actividades de los hogares como empleadores;
actividades no diferenciadas de los hogares como
productores de bienes y servicios para uso propio. $ 0 $ 0
Total general $ 2.325.582.916 $ 2.511.867.672
Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.
84
Apéndice H
Tabla H1
Días de atraso en la declaración del impuesto a la renta de las Personas Jurídicas sin fines
de lucro por subtipo y año.
TIPO Y SUBTIPO
101 122
2016 2017 2016 2017
Popular y solidario
Organismos de integración y entidades de apoyo 15 -3 64 -12
Federaciones 20 -12
Redes 1 28 -27
Uniones 15 -4 64 -6
Sector de la economía popular y solidaria -2 -24 17 -10
Asociativos -4 -27 20 -9
Comunitarios -16 -35 6 3
Cooperativistas 5 -11 13 -12
Sistema financiero popular y solidario 5 -7 22 -44
Caja central
Cajas de ahorro 22 -19 -3
Cajas y bancos comunales -15 -49
Cooperativa de ahorro y crédito 6 -6 24 -37
Entidades asociativas o solidarias -13 -13 4 -121
Sector privado
Sociedades y organizaciones no gubernamentales sin fines
de lucro 3 -22 35 -17
Colegios profesionales, gremios y entidades clasistas 1 -27 35 -21
Cooperativas -3 -31 52 -7
Educación 6 -6 80 22
Entidades culturales y de arte -1 -15 1 3
Entidades de culto religioso 10 -13 50 -5
Entidades deportivas 18 -14 36 11
Fundaciones de investigación 7 -15 21 -26
Juntas administradoras de agua (comunitarias) 10 -7 40 -13
Organizaciones de beneficencia 8 -13 27 25
Organizaciones no gubernamentales extranjeras -19 -9
Ori -14 -34
Partidos políticos -11 -89 -20
Promoción y desarrollo de la mujer, niño y familia 0 -27 12 -12
Salud 5 -6
Unidades ejecutoras de proyectos con fondos del exterior -8 -25
Total general 2 -22 20 -11
Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.
85
Apéndice I
Figura I1. Test de medias Wilcoxon-Mann-Whitney. Tomado de la base de datos del
Servicio de Rentas Interna.
PAtraso(Formul~o==101) > Atraso(Formul~o==122) = 0.458
Prob > |z| = 0.0000 z = -6.989Ho: Atraso(Formul~o==101) = Atraso(Formul~o==122)
adjusted variance 1.761e+10 adjustment for ties -1.033e+08unadjusted variance 1.771e+10
combined 9579 45883410 45883410 122 3922 19713751 18786380 101 5657 26169659 27097030 Formulario obs rank sum expected
Two-sample Wilcoxon rank-sum (Mann-Whitney) test