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UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS MAESTRÍA EN CONTADURÍA PÚBLICA TESIS DE POSGRADO PARA LA OBTENCIÓN DEL GRADO DE MAGISTER EN CONTADURÍA PÚBLICA “EFECTO DEL RÉGIMEN SIMPLIFICADO EN LAS ORGANIZACIONES DE LA ECONOMÍA POPULAR Y SOLIDARIA” AUTOR: PAMELA CAROLINA CAVAGNARO ROMERO TUTOR: LIZBETH SÁNCHEZ LEÓN GUAYAQUIL ECUADOR OCTUBRE 2018

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UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL

FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS

MAESTRÍA EN CONTADURÍA PÚBLICA

TESIS DE POSGRADO PARA LA OBTENCIÓN DEL GRADO DE MAGISTER

EN CONTADURÍA PÚBLICA

“EFECTO DEL RÉGIMEN SIMPLIFICADO EN LAS ORGANIZACIONES DE LA

ECONOMÍA POPULAR Y SOLIDARIA”

AUTOR: PAMELA CAROLINA CAVAGNARO ROMERO

TUTOR: LIZBETH SÁNCHEZ LEÓN

GUAYAQUIL – ECUADOR

OCTUBRE 2018

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ii

REPOSITORIO NACIONAL EN CIENCIA Y TECNOLOGÍA

FICHA DE REGISTRO DE TESIS

TÍTULO Y SUBTÍTULO: Efecto del régimen simplificado en las organizaciones de la

economía popular y solidaria.

AUTORA: Pamela Carolina Cavagnaro

Romero

TUTOR: Ing. Lizbeth Sánchez León

REVISORES:

INSTITUCIÓN: Universidad de

Guayaquil

FACULTAD: Ciencias Administrativas

CARRERA:

FECHA DE PUBLICACIÓN:

Septiembre, 2018

No. DE PÁGS: 85

TÍTULO OBTENIDO: Máster en Contaduría Pública

ÁREAS TEMÁTICAS: Tributación.

PALABRAS CLAVE: Economía popular y solidaria, Régimen simplificado, Impuesto a la

Renta, Efectividad, Brecha tributaria

RESUMEN: La política fiscal como parte de la política pública ha sido objeto de adaptación y

cambios por los gobernantes en el Ecuador en función de la coyuntura económica y social

durante los periodos de gestión. La ejecución implica reformas legales, que en la actualidad

poco se conoce sobre la eficacia de los resultados obtenidos. Con el fin de evaluar la efectividad

de los cambios en el régimen tributario, se tomó como investigación el efecto de simplificar el

sistema tributario en el comportamiento de las organizaciones pertenecientes a la economía

popular y solidaria en el cumplimiento de la declaración del impuesto a la renta. El objetivo

general del estudio fue determinar el efecto del régimen simplificado en la presentación del

impuesto a la renta de las organizaciones de la economía popular y solidaria que se encontraban

activas en el periodo fiscal 2017. Mediante el uso de estadística descriptiva y un modelo de

regresión lineal simple se obtuvo el impacto del régimen simplificado en la declaración del

impuesto a la renta. Los contribuyentes sujetos al régimen simplificado de la economía popular

y solidaria declararon 8 días antes que los contribuyentes que pertenecen al régimen general que

reportaron un promedio de 16 días de demora en la declaración. Se identificó que las

organizaciones de la economía popular y solidaria en los últimos 4 años han cumplido con el

registro oportuno en los catastros de la administración tributaria. Aun cuando el régimen es a

nivel nacional, existe concentración en las provincias con mayor población Guayas y Pichincha.

Se concluye que un régimen simplificado favorece el sistema tributario ecuatoriano ya que

cumple con su objetivo de facilitar la declaración de impuestos al contribuyente.

No. DE REGISTRO (en base de datos): No. DE CLASIFICACIÓN:

DIRECCIÓN URL (tesis en la web):

ADJUNTO PDF: x SI NO

CONTACTO CON AUTORA Teléfono: E-mail: [email protected]

CONTACTO EN LA INSTITUCIÓN: Nombre: Secretaría de la Facultad

Teléfono: 04-2294254

E-mail: [email protected]

x

x

X

x

N

N

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iii

Certificación del tutor

En mi calidad de tutor del estudiante PAMELA CAROLINA CAVAGNARO ROMERO, del

Programa de Maestría Contaduría Pública, nombrado por el Decano de la Facultad de

CIENCIAS ADMINISTRATIVAS, CERTIFICO: que la tesis de posgrado titulada EFECTO

DEL RÉGIMEN SIMPLIFICADO EN LAS ORGANIZACIONES DE LA ECONOMÍA

POPULAR Y SOLIDARIA, en opción al grado académico de Magíster en Contaduría

Pública, cumple con los requisitos académicos, científicos y formales que establece el

Reglamento aprobado para tal efecto.

Atentamente

LIZBETH SANCHEZ LEÓN

TUTOR

Guayaquil, septiembre de 2018

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Certificado Porcentaje de Similitud

Para fines académicos, CERTIFICO: Que el trabajo de titulación “EFECTO DEL

RÉGIMEN SIMPLIFICADO EN LAS ORGANIZACIONES DE LA ECONOMÍA

POPULAR Y SOLIDARIA”, presentado por la maestrante CAVAGNARO ROMERO

PAMELA CAROLINA, tiene 3% de coincidencias y referencias según el sistema

URKUND.

LIZBETH SANCHEZ LEÓN

TUTOR DE TESIS

C.I. 0924536980

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v

Dedicatoria

A mis padres Jacqueline y Freddy.

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vi

Agradecimiento

Agradezco a Jacqueline, Freddy, Henry y Daniel, que con sus sabios conocimientos y

apoyo estuvieron junto a mí en este proceso.

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vii

Declaración Expresa

“La responsabilidad del contenido de este trabajo de titulación especial, me corresponden

exclusivamente; y el patrimonio intelectual de la misma a la UNIVERSIDAD DE

GUAYAQUIL”

___________________________

FIRMA

PAMELA CAVAGNARO ROMERO

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viii

Abreviaturas

SRI: Servicio de Rentas Internas

LRTI: Ley de Régimen Tributario Interno

RLRTI: Reglamento para la aplicación de la Ley Régimen Tributario Interno

SEPS: Superintendencia de la Economía Popular y Solidaria

RUC: Registro Único de Contribuyentes

RISE: Régimen Impositivo Simplificado Ecuatoriano

CEPAL: Comisión Económica para América Latina y el Caribe

RS: Régimen simplificado

AT: Administración tributaria

IEPS: Instituto Nacional de Economía Popular y Solidaria

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Tabla de Contenido

REPOSITORIO NACIONAL EN CIENCIA Y TECNOLOGÍA .............................................ii

Certificación del tutor .............................................................................................................. iii

Certificado Porcentaje de Similitud .......................................................................................... iv

Dedicatoria ................................................................................................................................. v

Agradecimiento ......................................................................................................................... vi

Declaración Expresa ................................................................................................................vii

Abreviaturas ........................................................................................................................... viii

Tabla de Contenido ................................................................................................................... ix

Índice de Figuras .................................................................................................................... xiii

Resumen .................................................................................................................................. xiv

Abstract .................................................................................................................................... xv

Introducción ............................................................................................................................... 1

Delimitación del Problema ........................................................................................................ 2

Justificación ............................................................................................................................... 3

Objeto de Estudio ....................................................................................................................... 4

Campo de Acción o de Investigación: ....................................................................................... 4

Novedad Científica .................................................................................................................... 4

Formulación del Problema ......................................................................................................... 4

Planteamiento de la Hipótesis .................................................................................................... 5

Objetivo General ........................................................................................................................ 5

Objetivos Específicos................................................................................................................. 6

Capítulo 1 ................................................................................................................................... 6

Marco Teórico ............................................................................................................................ 6

1.1 Políticas Públicas en el Sistema Tributario .......................................................................... 6

1.2 La Economía Popular y Solidaria ........................................................................................ 8

1.3 Sistema Tributario en Ecuador........................................................................................... 11

1.4 Deberes Formales del Impuesto a la Renta e Impuesto al Valor Agregado ...................... 12

1.5 Factores que afectan el Sistema Tributario ........................................................................ 14

1.6 Regímenes Simplificados en el Mundo ............................................................................. 19

1.6.1 España. ............................................................................................................................ 19

1.6.2 Argentina......................................................................................................................... 21

1.6.3 Chile. ............................................................................................................................... 22

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x

1.6.4 Costa Rica. ...................................................................................................................... 23

1.6.5 Colombia. ........................................................................................................................ 26

1.7 Régimen Simplificado de la Economía Popular y Solidaria .............................................. 28

Capítulo 2 ................................................................................................................................. 30

Marco Metodológico ................................................................................................................ 30

2.1 Metodología ....................................................................................................................... 30

2.2 Métodos.............................................................................................................................. 31

2.3 Hipótesis ............................................................................................................................ 32

2.4 Universo y muestra ............................................................................................................ 33

2.5 CDIU – Operacionalización de variables .......................................................................... 33

2.6 Gestión de Datos ................................................................................................................ 34

Capítulo 3 ................................................................................................................................. 35

Resultados ................................................................................................................................ 35

3.1 Análisis Descriptivo ........................................................................................................... 35

3.2 Análisis Inferencial ............................................................................................................ 52

3.3 Declaración de Impuesto a la Renta................................................................................... 55

3.4 Comprobación de Hipótesis 1 ............................................................................................ 55

3.5 Comprobación de Hipótesis 2 ............................................................................................ 56

Capítulo 4 ................................................................................................................................. 57

Discusión.................................................................................................................................. 57

4.1 Contrastación Empírica ...................................................................................................... 57

4.2 Limitaciones ....................................................................................................................... 58

4.3 Líneas de Investigación...................................................................................................... 58

4.4 Aspectos Relevantes .......................................................................................................... 58

Capítulo 5 ................................................................................................................................. 58

Propuesta .................................................................................................................................. 58

5.1 Campañas de Capacitación ................................................................................................ 59

5.2 Campañas de Difusión ....................................................................................................... 60

Conclusiones ............................................................................................................................ 60

Recomendaciones .................................................................................................................... 61

Referencias Bibliográficas ....................................................................................................... 63

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xi

Índice de Tablas

Tabla 1. Operacionalización de variables ................................................................................ 33

Tabla 2. Número de Personas Jurídicas sin fines de lucro constituidas por años .................... 36

Tabla 3. Número de Personas Jurídicas sin fines de lucro constituidas por años y tipo .......... 37

Tabla 4. Número de Personas Jurídicas sin fines de lucro constituidas por provincia y tipo .. 40

Tabla 5. Número de Personas Jurídicas sin fines de lucro distintas a la EPS por clase y tipo ....

.................................................................................................................................................. 41

Tabla 6. Número de Personas Jurídicas del sector popular y solidario por clase y tipo .......... 42

Tabla 7. Días de atraso en la inscripción del RUC de Personas Jurídicas sin fines de lucro por

año ............................................................................................................................................ 43

Tabla 8. Días de atraso en la inscripción del RUC de Personas Jurídicas sin fines de lucro por

año y tipo.................................................................................................................................. 44

Tabla 9. Días de atraso en la inscripción del RUC de Personas Jurídicas de la economía

popular y solidaria por tipo y año ............................................................................................ 44

Tabla 10. Número de Personas Jurídicas sin fines de lucro por actividad económica y tipo .. 45

Tabla 11. Estados financieros de Personas Jurídicas sin fines de lucro consolidados ............. 46

Tabla 12. Estados financieros del formulario 101 de Personas Jurídicas sin fines de lucro

consolidados ............................................................................................................................. 47

Tabla 13. Estados financieros del formulario 122 de Personas Jurídicas sin fines de lucro

consolidados ............................................................................................................................. 48

Tabla 14. Estados financieros de Personas Jurídicas sin fines de lucro distintas a la EPS ...... 49

Tabla 15. Estados financieros de Personas Jurídicas sin fines de lucro pertenecientes a la EPS

.................................................................................................................................................. 50

Tabla 16. Días de atraso en la declaración del impuesto a la renta de las Personas Jurídicas sin

fines de lucro por provincia año y tipo de formulario ............................................................. 51

Tabla 17. Días de atraso en la declaración del impuesto a la renta de las Personas Jurídicas

por año, tipo de contribuyente y tipo de formulario ................................................................ 52

Tabla 18. Estadística descriptiva de variable dependiente “Días de atraso” .......................... 53

Tabla 19. Estadística descriptiva de variable dependiente “Días de atraso” por número de

formulario ................................................................................................................................ 55

Tabla A1. Asociativos .............................................................................................................. 65

Tabla A2. Caja central ............................................................................................................. 65

Tabla A3. Cajas de ahorro ....................................................................................................... 66

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Tabla A4. Cajas y bancos comunales ...................................................................................... 66

Tabla A5. Comunitarios ........................................................................................................... 67

Tabla A6. Cooperativa de ahorro y crédito .............................................................................. 67

Tabla A7. Cooperativistas ........................................................................................................ 68

Tabla A8. Solidarias................................................................................................................. 68

Tabla A9. Federaciones ........................................................................................................... 69

Tabla A10. Redes ..................................................................................................................... 69

Tabla A11. Uniones ................................................................................................................. 70

Tabla B1. Colegios profesionales, gremios y entidades clasistas ............................................ 71

Tabla B2. Cooperativas ............................................................................................................ 71

Tabla B3. Educación ................................................................................................................ 72

Tabla B4. Entidades culturales y de arte .................................................................................. 72

Tabla B5. Entidades de culto religioso .................................................................................... 73

Tabla B6. Entidades deportivas ............................................................................................... 73

Tabla B7. Fundaciones de investigación ................................................................................. 74

Tabla B8. Juntas administradoras de agua (comunitarias) ...................................................... 74

Tabla B9. Organizaciones de beneficencia .............................................................................. 75

Tabla B10. Organizaciones no gubernamentales extranjeras .................................................. 75

Tabla B11. ORI ........................................................................................................................ 76

Tabla B12. Partidos políticos ................................................................................................... 76

Tabla B13. Partidos políticos ................................................................................................... 77

Tabla B14. Promoción y desarrollo de la mujer, niño y familia .............................................. 77

Tabla B15. Salud ...................................................................................................................... 78

Tabla B16. Unidades ejecutoras de proyectos con fondos del exterior ................................... 78

Tabla C1. Estdos financieros de las personas jurídicas sin fines de lucro por clase y año ...... 79

Tabla D1. Ingresos de las personas jurídicas sin fines de lucro por provincia y año .............. 80

Tabla E1. Activos de las personas jurídicas sin fines de lucro por provincia y año ................ 81

Tabla F1. Ingresos de las personas jurídicas sin fines de lucro por actividad económica y año

.................................................................................................................................................. 82

Tabla G1. Ingresos de las personas jurídicas pertenecientes a la EPS por actividad económica

y año ......................................................................................................................................... 83

Tabla H1. Días de atraso en la declaración del impuesto a la renta de las Personas Jurídicas

sin fines de lucro por subtipo y año ......................................................................................... 84

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xiii

Índice de Figuras

Figura 1. Número de Personas Jurídicas sin fines de lucro constituidas por años y subtipo.

Tomado de la base de datos del Servicio de Rentas Interna .................................................... 38

Figura 2. Número de Personas Jurídicas sin fines de lucro inscritas en el ruc por años.

Tomado de la base de datos del Servicio de Rentas Interna .................................................... 38

Figura 3. Número de Personas Jurídicas sin fines de lucro inscritas en el ruc por tipo y años.

Tomado de la base de datos del Servicio de Rentas Interna .................................................... 39

Figura 4. Histograma de variable dependiente “Días de atraso”. Tomado de la base de datos

del Servicio de Rentas Interna ................................................................................................. 53

Figura 5. Histograma de variable dependiente “Días de atraso” por número de formulario.

Tomado de la base de datos del Servicio de Rentas Interna .................................................... 54

Figura 6. Normalidad de variable dependiente “Días de atraso”. Tomado de la base de datos

del Servicio de Rentas Interna ................................................................................................. 55

Figura 7. Test de medias de los días de atraso de los formularios 101 y 122. Tomado de la

base de datos del Servicio de Rentas Interna ........................................................................... 56

Figura 8. Regresión lineal simple por Mínimos cuadrados ordinarios. Tomado de la base de

datos del Servicio de Rentas Interna ........................................................................................ 57

Figura I1. Test de medias Wilcoxon-Mann-Whitney. Tomado de la base de datos del Servicio

de Rentas Interna...................................................................................................................... 85

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xiv

Resumen

Tema: EFECTO DEL REGIMEN SIMPLIFICADO EN LAS ORGANIZACIONES DE LA

ECONOMÍA POPULAR Y SOLIDARIA

La política fiscal como parte de la política pública ha sido objeto de adaptación y cambios por

los gobernantes en el Ecuador en función de la coyuntura económica y social durante los

periodos de gestión. La ejecución implica reformas legales, que en la actualidad poco se

conoce sobre la eficacia de los resultados obtenidos. Con el fin de evaluar la efectividad de

los cambios en el régimen tributario, se tomó como investigación el efecto de simplificar el

sistema tributario en el comportamiento de las organizaciones pertenecientes a la economía

popular y solidaria en el cumplimiento de la declaración del impuesto a la renta. El objetivo

general del estudio fue determinar el efecto del régimen simplificado en la presentación del

impuesto a la renta de las organizaciones de la economía popular y solidaria que se

encontraban activas en el periodo fiscal 2017. Mediante el uso de estadística descriptiva y un

modelo de regresión lineal simple se obtuvo el impacto del régimen simplificado en la

declaración del impuesto a la renta. Los contribuyentes sujetos al régimen simplificado de la

economía popular y solidaria declararon 8 días antes que los contribuyentes que pertenecen al

régimen general que reportaron un promedio de 16 días de demora en la declaración. Se

identificó que las organizaciones de la economía popular y solidaria en los últimos 4 años han

cumplido con el registro oportuno en los catastros de la administración tributaria. Aun cuando

el régimen es a nivel nacional, existe concentración en las provincias con mayor población

Guayas y Pichincha. Se concluye que un régimen simplificado favorece el sistema tributario

ecuatoriano ya que cumple con su objetivo de facilitar la declaración de impuestos al

contribuyente.

Palabras clave: Economía popular y solidaria, Régimen simplificado, Impuesto a la

Renta, Efectividad, Brecha tributaria.

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xv

Abstract

Topic: EFFECT OF THE SIMPLIFIED REGIME IN THE ORGANIZATIONS OF THE

POPULAR AND SOLIDARY ECONOMY

Fiscal policy as part of public policy has been subject to adaptation and changes by the rulers

in Ecuador in function of the economic and social situation during the past management

periods. Execution implies legal reforms, from which currently little is known about the

effectiveness of the results obtained. To evaluate the effectiveness of the changes in the tax

regime, the effect of simplifying the tax system of organizations belonging to the popular and

solidary economy in compliance with the income tax declaration was taken as a research. The

general objective of the study was to determine the effect of the simplified regime on the

presentation of the income tax of the organizations of the popular and solidary economy that

was found in the fiscal period 2017. With the use of descriptive statistics and a simple linear

regression model was obtained the impact of the simplified regime in the income tax

declaration. Taxpayers subject to the simplified regime of the popular and solidary economy

declared with a delay of 8 days, still earlier than taxpayers who belong to the general regime

who reported an average of 16 days of delay in their declaration. It was identified that the

organizations of the popular and solidary economy in the last 4 years have complied with the

timely registration in the cadasters of the tax administration. Even though the regime is

national, there is concentration in the provinces with the largest population of Guayas and

Pichincha. It is concluded that a simplified regime favors the Ecuadorian tax system since it

fulfills its objective of facilitating the tax declaration to the taxpayer.

Key words: Popular and solidary economy, Simplified regime, Income tax,

Effectiveness, Tax gap.

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1

Introducción

El sistema tributario ha sido objeto de varias reformas en la última década, se

contabilizan más de 20 reformas tributarias, las cuales repercutieron en aproximadamente 300

cambios para el contribuyente (Diario El Comercio, 2016). Cambios en las tarifas de los

impuestos, creación de impuestos ambientales, incentivos a las nuevas inversiones,

tipificación de delitos tributarios, entre otros han sido las propuestas y con la justificación del

representante de la función ejecutiva y legisladores de dar cumplimiento a la constitución que

señala:

Art. 300.- El régimen tributario se regirá por los principios de generalidad,

progresividad, eficiencia, simplicidad administrativa, irretroactividad, equidad,

transparencia y suficiencia recaudatoria. Se priorizarán los impuestos directos y

progresivos. La política tributaria promoverá la redistribución y estimulará el empleo,

la producción de bienes y servicios, y conductas ecológicas, sociales y económicas

responsables (Asamblea Constituyente, 2008).

En la carta magna se señala que el ejercicio y la administración pública se rigen entre

otros principios por la eficacia, eficiencia, transparencia y evaluación. Es nula y limitada la

evaluación del éxito o fracaso de las distintas reformas tributarias aprobadas en el Ecuador.

Según el estatuto Orgánico Funcional de la Secretaria Nacional de Planificación y Desarrollo

(Senplades) corresponde a una de sus direcciones ejecutar el Plan Anual de Evaluaciones de

políticas públicas. A la presente el presidente en funciones a través de la Senplades incentiva

a la academia y sociedad civil a la evaluación de las políticas públicas en 6 ejes, pero ninguno

referente al régimen económico o tributario.

El sistema tributario a través de la administración tributaria que para el caso de

Ecuador es el Servicio de Rentas Internas (SRI) ha ejecutado y velado por el cumplimiento de

la normativa; lo que se ha evidenciado por el aumento de la recaudación tributaria. Lo cual es

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2

coherente con lo señalado por organismos externos que monitorean las políticas fiscales en

Ecuador debido a que

En el ámbito tributario, la búsqueda de mayor eficiencia persigue el cierre de las

brechas tributarias mediante acciones emprendidas por la administración tributaria

para incrementar la recaudación de impuestos. El logro de mayor eficiencia tributaria

es de vital importancia, pues permite generar recursos suficientes y oportunos para

sostener la ejecución del gasto público en el largo plazo. (Ramírez Romero & Carrillo

Maldonado, 2017)

Delimitación del Problema

En Ecuador existen dos regímenes tributarios para los contribuyentes que realizan

actividades gravadas con impuestos, el régimen general y el régimen simplificado. Nuestra

investigación se enfocó en el análisis del comportamiento de los contribuyentes que

pertenecen a la economía popular y solidaria y se acogieron a los beneficios de la

simplificación de sus obligaciones tributarias. Según el Centro de Estudios Fiscales del

Servicio de Rentas Internas (CEF, 2014), un régimen simplificado no soluciona

inmediatamente la morosidad o informalidad de los contribuyentes, por lo que la

investigación midió la efectividad del régimen simplificado siendo la variable a explicar la

declaración tardía del impuesto a la renta y la variable explicativa el régimen al cual

pertenecen las organizaciones.

A pesar de esto, la constitución no solo manda a recaudar más sino también crear un

sistema tributario eficiente y con simplicidad administrativa que incentive a conductas

sociales y económicas responsables; lo cual no se venía cumpliendo en aquellos

contribuyentes que no son relevantes en términos de recaudación como lo son los

contribuyentes que pertenecen a la Economía Popular y Solidaria ya que se encuentran

exentas del pago del impuesto a la renta. La ley de régimen tributario en su artículo 9 señala:

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3

19.- Los ingresos percibidos por las organizaciones previstas en la Ley de Economía

Popular y Solidaria siempre y cuando las utilidades obtenidas sean reinvertidas en la

propia organización. Para el efecto, se considerará: a) Utilidades.- Los ingresos

obtenidos en operaciones con terceros, luego de deducidos los correspondientes

costos, gastos y deducciones adicionales, conforme lo dispuesto en esta Ley. b)

Excedentes.- Son los ingresos obtenidos en las actividades económicas realizadas con

sus miembros, una vez deducidos los correspondientes costos, gastos y deducciones

adicionales, conforme lo dispuesto en esta Ley. Cuando una misma organización

genere, durante un mismo ejercicio impositivo, utilidades y excedentes, podrá

acogerse a esta exoneración, únicamente cuando su contabilidad permita diferenciar

inequívocamente los ingresos y los costos y gastos relacionados con las utilidades y

con los excedentes. Se excluye de esta exoneración a las Cooperativas de Ahorro y

Crédito, quienes deberán liquidar y pagar el impuesto a la renta conforme la

normativa tributaria vigente para sociedades.

20.- Los excedentes percibidos por los miembros de las organizaciones previstas en la

Ley de Economía Popular y Solidaria, conforme las definiciones del numeral anterior.

(LRTI, 2004)

Justificación

Las personas y sociedades que pertenecen a la Economía popular y solidaria son

actores relevantes en la economía ecuatoriana. Al año 2013 las instituciones de la Economía

Popular y solidaria representaron el 26% del Producto Interno Bruto nacional (Telégrafo,

2013). Por lo que estudiar su comportamiento tributario indirectamente otorga información

tributaria de contribuyentes que si son sujetos a tributar el impuesto a la renta e impuesto al

valor agregado.

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4

Objeto de Estudio

El objeto de estudio fue la brecha de omisidad definida como la diferencia entre la

fecha de la presentación de la declaración y la fecha máxima que se debió presentar,

analizado entre dos grupos de contribuyentes de la Economía Popular y Solidaria.

Campo de Acción o de Investigación:

El grupo que se acogió al régimen simplificado y quienes continúan en el régimen

general. El alcance de la investigación contiene a todos los contribuyentes a nivel nacional

durante el año 2017 y el impuesto a analizar fue el impuesto a la renta.

Novedad Científica

Por la coyuntura económica y política que atraviesa el país y el cambio de modelo de

gobierno es relevante la evaluación de las políticas adoptadas; que para el caso de estudio

corresponde a cambios en el régimen tributario que forma parte de la política fiscal. La

Senplades publicó que la importancia de la evaluación radica en tener “un referente para la

toma de decisiones, la priorización de asignación de recursos públicos y el alcance de una

efectiva transformación de la realidad social” (Senplades, 2015). Con lo previamente

expuesto la novedad científica del presente trabajo es otorgar información con sólida

evidencia estadística y económica que sirva de insumo para la toma de decisiones por parte

de las autoridades tributarias.

Formulación del Problema

El problema de estudio es la brecha de presentación de la declaración del impuesto a

la renta 2017 de las organizaciones de la Economía Popular y Solidaria y la medición de la

evolución de la brecha por la vigencia del régimen simplificado. Las organizaciones de la

Economía Popular y Solidaria forman parte de las instituciones sin fines de lucro. Los

contribuyentes mencionados no eran considerados como claves para la administración

tributaria ya que no representaban recaudación de impuesto a la renta. La escasez de procesos

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de control a este tipo de contribuyentes conlleva al riesgo de defraudación y afecta la cultura

tributaria de todos los contribuyentes. La pregunta en la cual se enfoca la investigación es

¿Qué tan eficaz es el régimen simplificado en la disminución de la brecha de presentación de

la declaración del impuesto a la renta de los contribuyentes que pertenecen a la economía

popular y solidaria que se encontraban activas en el periodo fiscal 2017?

Planteamiento de la Hipótesis

1. Hipótesis nula: Las organizaciones de la economía popular y solidaria que se

encuentran en el régimen simplificado declaran con igual días de atraso que los no

sujetos al régimen que se encontraban activas en el periodo fiscal 2017.

Hipótesis alternativa: Las organizaciones de la economía popular y solidaria que se

encuentran en el régimen simplificado declaran con distintos días de atraso que los no

sujetos al régimen que se encontraban activas en el periodo fiscal 2017.

2. Hipótesis nula: El régimen simplificado tuvo un efecto positivo en la disminución de los

días de atraso de la declaración del impuesto a la renta de las organizaciones de la

economía popular y solidaria que se encontraban activas en el periodo fiscal 2017.

Hipótesis alternativa: El régimen simplificado no tuvo efecto positivo en la

disminución de los días de atraso de la declaración del impuesto a la renta de las

organizaciones de la economía popular y solidaria que se encontraban activas en el

periodo fiscal 2017.

Objetivo General

Determinar el efecto del régimen simplificado en la presentación del impuesto a la

renta de las organizaciones de la economía popular y solidaria que se encontraban activas en

el periodo fiscal 2017.

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Objetivos Específicos

• Especificar los tipos de organizaciones de la economía popular y solidaria registradas en

el registro único de contribuyentes.

• Identificar la distribución por provincias de las organizaciones de la economía popular y

solidaria.

• Cuantificar el número de días de atraso en la presentación de la declaración del impuesto

a la renta de las organizaciones de la economía popular y solidaria que se mantenían activas

en el periodo fiscal 2017.

• Categorizar las declaraciones por tipo de formulario a las organizaciones de la economía

popular y solidaria.

• Proponer el fortalecimiento en la cultura tributaria de las organizaciones pertenecientes a

la economía popular y solidaria

Capítulo 1

Marco Teórico

1.1 Políticas Públicas en el Sistema Tributario

El sistema tributario y el comportamiento de los contribuyentes es un problema

mundial, ya que es una de las principales herramientas para la disminución de las

desigualdades, fomento de la producción, entre otros. La política pública debe estar orientada

a maximizar los beneficios que pueda generar un sistema tributario eficiente, simple y justo.

Eficiente respecto a la ejecución y control de las obligaciones por parte del estado. Simple

con relación a disminuir el costo de cumplir las obligaciones tributarias. Por último, justo

como principio para tributar en función de la capacidad contributiva.

Dentro de la constitución se caracteriza y condiciona a establecer y mantener políticas

públicas que favorezcan a la sociedad. Así también señala la participación de todas las partes

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de la sociedad, siendo inclusivas para alcanzar el buen vivir de todos. El artículo 85 de la

constitución señala:

Las políticas públicas y la prestación de bienes y servicios públicos se orientarán a

hacer efectivos el buen vivir y todos los derechos, y se formularán a partir del

principio de solidaridad.

Sin perjuicio de la prevalencia del interés general sobre el interés particular, cuando

los efectos de la ejecución de las políticas públicas o prestación de bienes o servicios

públicos vulneren o amenacen con vulnerar derechos constitucionales, la política o

prestación deberá reformularse o se adoptarán medidas alternativas que concilien los

derechos en conflicto.

El Estado garantizará la distribución equitativa y solidaria del presupuesto para la

ejecución de las políticas públicas y la prestación de bienes y servicios públicos.

(Asamblea Constituyente, 2008)

La política fiscal en Ecuador tienes tres fines específicos contemplados en la

Constitución:

El financiamiento de servicios, inversión y bienes públicos.

La redistribución del ingreso por medio de transferencias, tributos y subsidios

adecuados.

La generación de incentivos para la inversión en los diferentes sectores de la economí

a y para la producción de bienes y servicios, socialmente deseables y ambientalmente

aceptables (Asamblea Constituyente, 2008)

El comportamiento tributario de los contribuyentes según Andreoni puede ser

estudiado desde diferentes enfoques y uno de estos es las finanzas públicas. Para el

investigador como tema de finanzas públicas “el cumplimiento tributario abarca las nociones

de equidad. Si, por ejemplo, los ricos pueden evadir sistemáticamente una mayor proporción

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de impuestos que los pobres, entonces el sistema tributario será menos equitativo que el

legislado “(Andreoni, James, Brian Erard, 1998), así también manifiesta que la aplicación de

impuestos es un problema también de carácter legal. Conforme lo expuesto por Andreoni, las

reformas legales en exceso o sin armonía con normas tributarias y no tributarias acarrean un

sistema tributario menos equitativo.

1.2 La Economía Popular y Solidaria

La ley orgánica de la economía popular y solidaria y del sector financiero popular y

solidario define a este sector de la economía como un sector cooperativo entre sus

integrantes, donde se privilegia al trabajo y al ser humano como sujeto y fin de su actividad y

dejando al lucro y riqueza en un segundo plano, conforme se detalla a continuación:

La forma de organización económica, donde sus integrantes, individual o

colectivamente, organizan y desarrollan procesos de producción, intercambio,

comercialización, financiamiento y consumo de bienes y servicios, para satisfacer

necesidades y generar ingresos, basadas en relaciones de solidaridad, cooperación y

reciprocidad, privilegiando al trabajo y al ser humano como sujeto y fin de su

actividad, orientada al buen vivir, en armonía con la naturaleza, por sobre la

apropiación, el lucro y la acumulación de capital(Asamblea Nacional, 2011).

La economía popular y solidaria es exclusiva para aquellas personas naturales y

jurídicas que realicen actividades económicas ya sea través de la producción de bienes o

prestación de servicios, por lo que no se aplicarán a las organizaciones gremiales,

profesionales, laborales, culturales, deportivas, religiosas. Las formas de organización

reconocidas en la economía popular y solidaria son los Sectores Comunitarios, Asociativos,

Cooperativistas y las Unidades Económicas Populares. La definición de las formas de

organización se detalla a continuación:

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Art. 15.- Sector Comunitario.- Es el conjunto de organizaciones, vinculadas por

relaciones de territorio, familiares, identidades étnicas, culturales, de género, de

cuidado de la naturaleza, urbanas o rurales; o, de comunas, comunidades, pueblos y

nacionalidades que, mediante el trabajo conjunto, tienen por objeto la producción,

comercialización, distribución y el consumo de bienes o servicios lícitos y

socialmente necesarios, en forma solidaria y auto gestionada, bajo los principios de la

presente Ley.

Art. 18.- Sector Asociativo.- Es el conjunto de asociaciones constituidas por personas

naturales con actividades económicas productivas similares o complementarias, con el

objeto de producir, comercializar y consumir bienes y servicios lícitos y socialmente

necesarios, auto abastecerse de materia prima, insumos, herramientas, tecnología,

equipos y otros bienes, o comercializar su producción en forma solidaria y auto

gestionada bajo los principios de la presente Ley.

Art. 21.- Sector Cooperativo.- Es el conjunto de cooperativas entendidas como

sociedades de personas que se han unido en forma voluntaria para satisfacer sus

necesidades económicas, sociales y culturales en común, mediante una empresa de

propiedad conjunta y de gestión democrática, con personalidad jurídica de derecho

privado e interés social. Las cooperativas, en su actividad y relaciones, se sujetarán a

los principios establecidos en esta Ley y a los valores y principios universales del

cooperativismo y a las prácticas de Buen Gobierno Corporativo.(Asamblea Nacional,

2011).

Existe disposiciones para desincentivar la repartición o acumulación de riqueza entre

los integrantes de las organizaciones de la económica popular y solidaria. La legislación que

los rige establece que mínimo la mitad será destinada a un fondo para capitalizar a la

organización, limites superiores a los establecidos a las sociedades mercantiles amparadas en

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la ley de compañías. Las utilidades y excedentes de las organizaciones de la economía

popular y solidaria, en caso de generarse se destinarán:

a) Por lo menos el cincuenta por ciento (50%) se destinará al incremento del Fondo

Irrepartible de Reserva Legal;

b) Hasta el cinco por ciento (5%) como contribución a la Superintendencia, según la

segmentación establecida; y,

c) El saldo se destinará a lo que resuelva la Asamblea General. (Asamblea Nacional,

2011).

Dentro de la Economía Popular y Solidaria y del Sector Financiero Popular y

Solidario, el organismo facultado para el control es la Superintendencia de Economía Popular

y Solidaria. Así también se encuentra facultada para otorgar vida jurídica a las nuevas

organizaciones dentro de las formas ya establecidas en la legislación que la rige. La ley

señala lo siguiente:

Art. 146.- Superintendencia de Economía Popular y Solidaria.- El control de la

Economía Popular y Solidaria y del Sector Financiero Popular y Solidario estará a

cargo de la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, que se crea como

organismo técnico, con jurisdicción nacional, personalidad jurídica de derecho

público, patrimonio propio y autonomía administrativa y financiera y con jurisdicción

coactiva. La Superintendencia tendrá la facultad de expedir normas de carácter

general en las materias propias de su competencia, sin que puedan alterar o innovar

las disposiciones legales(Asamblea Nacional, 2011).

Por último, se creó también el Instituto Nacional de Economía Popular y Solidaria con

el fin de fomentar y promocionar a las organizaciones del sector, respetando los lineamientos

del ministerio de inclusión, el plan de desarrollo y las secretarias del ramo. La ley señala lo

siguiente:

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Art. 153.- Instituto Nacional de Economía Popular y Solidaria.- El Instituto es una

entidad de derecho público, adscrita al ministerio de Estado a cargo de la inclusión

económica y social, con jurisdicción nacional, dotado de personalidad jurídica,

patrimonio propio y autonomía técnica, administrativa y financiera que ejecuta la

política pública, coordina, organiza y aplica de manera desconcentrada, los planes,

programas y proyectos relacionados con los objetivos de esta Ley.(Asamblea

Nacional, 2011)

1.3 Sistema Tributario en Ecuador

En el ecuador existen impuestos directos e indirectos, los cuales gravan el ingreso, el

consumo, el patrimonio y determinadas transacciones. Todos los impuestos tienen una

normativa legal que los ampara ya que así lo establece el derecho tributario y el código

tributario vigente:

Art. 4.- Reserva de ley.- Las leyes tributarias determinarán el objeto imponible, los

sujetos activo y pasivo, la cuantía del tributo o la forma de establecerla, las

exenciones y deducciones; los reclamos, recursos y demás materias reservadas a la ley

que deban concederse conforme a este Código.

Art. 5.- Principios tributarios.- El régimen tributario se regirá por los principios de

legalidad, generalidad, igualdad, proporcionalidad e irretroactividad. (Código

Tributario, 2005)

Para pagar impuestos el obligado es el sujeto pasivo el cual se encuentra definido en

cada uno de los tributos, pero de manera general el código tributario lo define y amplia el

alcance de la responsabilidad a terceros conforme se detalla a continuación:

Art. 24.- Sujeto pasivo.- Es sujeto pasivo la persona natural o jurídica que, según la

ley, está obligada al cumplimiento de la prestación tributaria, sea como contribuyente

o como responsable.

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Se considerarán también sujetos pasivos, las herencias yacentes, las comunidades de

bienes y las demás entidades que, carentes de personalidad jurídica, constituyan una

unidad económica o un patrimonio independiente de los de sus miembros, susceptible

de imposición, siempre que así se establezca en la ley tributaria respectiva.

Art. 25.- Contribuyente.- Contribuyente es la persona natural o jurídica a quien la ley

impone la prestación tributaria por la verificación del hecho generador. Nunca perderá

su condición de contribuyente quien, según la ley, deba soportar la carga tributaria,

aunque realice su traslación a otras personas. (Código Tributario, 2005)

Los impuestos vigentes en el Ecuador administrados por el servicio de rentas internas

son; impuesto a la renta, impuesto al valor agregado, impuesto a los consumos especiales,

impuesto a la salida de divisas, impuesto a los activos en el exterior, impuesto redimible a las

botellas plásticas, impuesto a los espectáculos públicos, impuesto a los ingresos

extraordinarios (SRI, 2018).

1.4 Deberes Formales del Impuesto a la Renta e Impuesto al Valor Agregado

Los regímenes simplificados en el Ecuador engloban al impuesto a la renta y al

impuesto al valor agregado. Para identificar el alcance de los beneficios del régimen

simplificado, se investigó los deberes formales del régimen general.

Para efectos de aplicación del impuesto a la renta en Ecuador se considera sujeto

pasivo a los contribuyentes que obtengan ingresos gravados, para lo cual deberán determinar

la base imponible y la cuantía del impuesto a través de la declaración anual.

En caso de declarar posterior a la fecha establecida la Ley de Régimen Tributario

Interno sanciona el incumplimiento con la imposición de multas en función del impuesto

causado o en referencia a los ingresos brutos totales conforme lo siguiente:

Art. 100.- Cobro de multas. - Los sujetos pasivos que, dentro de los plazos

establecidos en el reglamento, no presenten las declaraciones tributarias a que están

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obligados, serán sancionados sin necesidad de resolución administrativa con una

multa equivalente al 3% por cada mes o fracción de mes de retraso en la presentación

de la declaración, la cual se calculará sobre el impuesto causado según la respectiva

declaración, multa que no excederá del 100% de dicho impuesto.(LRTI, 2004)

Para el caso del impuesto al valor agregado, la multa se liquidará sobre el valor a

pagar después de disminuir las retenciones y crédito tributario.

Cuando en la declaración no se determine Impuesto al Valor Agregado o Impuesto a

la renta a cargo del sujeto pasivo, la sanción por cada mes o fracción de mes de

retraso será equivalente al 0.1% de las ventas o de los ingresos brutos percibidos por

el declarante en el período al cual se refiere la declaración, sin exceder el 5% de

dichas ventas o ingresos. Estas sanciones serán determinadas, liquidadas y pagadas

por el declarante, sin necesidad de resolución administrativa previa.

Si el sujeto pasivo no cumpliere con su obligación de determinar, liquidar y pagar las

multas en referencia, el Servicio de Rentas Internas las cobrará aumentadas en un

20%.(LRTI, 2004)

La morosidad en caso de que se adeude impuesto al estado, como cualquier deuda

genera un costo adicional de interés. Sobre todos los impuestos administrados por el Servicio

de Rentas Internas, se cobra un interés conforme a lo siguiente:

Art. 21.- Intereses a cargo del sujeto pasivo.- La obligación tributaria que no fuera

satisfecha en el tiempo que la ley establece, causará a favor del respectivo sujeto

activo y sin necesidad de resolución administrativa alguna, el interés anual

equivalente a 1.5 veces la tasa activa referencial para noventa días establecida por el

Banco Central del Ecuador, desde la fecha de su exigibilidad hasta la de su extinción.

Este interés se calculará de acuerdo con las tasas de interés aplicables a cada período

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trimestral que dure la mora por cada mes de retraso sin lugar a liquidaciones diarias;

la fracción de mes se liquidará como mes completo (Código Tributario, 2005).

1.5 Factores que afectan el Sistema Tributario

Para disminuir la informalidad que en el ámbito tributario se mide a través de las

brechas existe evidencia que un mayor régimen sancionatorio por sí solo no resolverá el

problema. En un estudio de medición de la economía informal en Bolivia (Vargas, 2011) a

través de modelos econométricos se evaluaron estrategias tales como “aumentar las

penalidades a los evasores dentro del sector registrado de la economía, aumentar las

penalidades a los agentes que se encuentren produciendo dentro del sector informal de la

economía, aumentar la calidad regulatoria del gobierno, y combinar las dos últimas

políticas”. Como resultados se obtuvieron que mayores penalidades al sector formal

desincentiva y provoca aumento del sector informal y una estrategia combinada con mayores

penalidades de pertenecer a la economía informal junto con calidad regulatoria generan

resultados positivos en la reducción de la informalidad y evasión.

El problema también nace por complejidad y dificultad de los sistemas tributarios y

“la existencia de amplios beneficios o franquicias a determinados contribuyentes” (CEPAL,

2016) Las características principales de los contribuyentes a quienes se dirigen estos

regímenes son:

Gran número y difícil control administrativo.

Niveles de ingresos bajos que generan muy baja recaudación.

Segmento conflictivo con costes políticos elevados.

Organización empresarial precaria y deficiente.

Actúan en la economía sumergida o informalidad económica(Banco Interamericano

de Desarrollo, 2009)

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El primer régimen simplificado en Ecuador se implementó en el 2008 con la Ley

Reformatoria para la Equidad Tributaria cuyo grupo de acción fueron los contribuyentes

personas naturales con excepciones señalas en las misma normativa.

Art. 97.1.- Establécese el Régimen Simplificado (RS) que comprende las

declaraciones de los Impuestos a la Renta y al Valor Agregado, para los

contribuyentes que se encuentren en las condiciones previstas en este título y opten

por éste voluntariamente.Art. 97.2.- Contribuyente sujeto al Régimen Simplificado.

Para efectos de esta Ley, pueden sujetarse al Régimen Simplificado los siguientes

contribuyentes:

a) Las personas naturales que desarrollen actividades de producción, comercialización

y transferencia de bienes o prestación de servicios a consumidores finales, siempre

que los ingresos brutos obtenidos durante los últimos doce meses anteriores al de su

inscripción, no superen los sesenta mil dólares de Estados Unidos de América (USD $

60.000) y que para el desarrollo de su actividad económica no necesiten contratar a

más de 10 empleados;

b) Las personas naturales que perciban ingresos en relación de dependencia, que

además desarrollen actividades económicas en forma independiente, siempre y

cuando el monto de sus ingresos obtenidos en relación de dependencia no superen la

fracción básica del Impuesto a la Renta gravada con tarifa cero por ciento (0%),

contemplada en el Art. 36 de la Ley de Régimen Tributario Interno Codificada y que

sumados a los ingresos brutos generados por la actividad económica, no superen los

sesenta mil dólares de los Estados Unidos de América (USD $ 60.000) y que para el

desarrollo de su actividad económica no necesiten contratar a más de 10 empleados;

y,

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c) Las personas naturales que inicien actividades económicas y cuyos ingresos brutos

anuales presuntos se encuentren dentro de los límites máximos señalados en este

artículo.

El pago de las cuotas del régimen simplificado para las personas naturales es en forma

mensual, a partir del mes siguiente al de la inscripción en el Régimen y hasta el mes en que se

produzca la renuncia, exclusión o cancelación. Los contribuyentes registrados no están

obligados a llevar contabilidad y no presentan declaraciones de Impuesto a la Renta, ni del

Impuesto al Valor Agregado (IVA).

En la investigación efectuada por Granda & Zambrano en el año 2012 señalaron que

el régimen simplificado para las personas naturales fue principalmente un régimen de control

de la economía sumergida o informal y la formalización de contribuyentes según se detalla a

continuación:

El principal objetivo del Régimen Impositivo Simplificado Ecuatoriano (RISE), desde

su diseño, ha sido obtener un mayor control sobre el sector informal de la economía.

Otro de los objetivos del RISE es contribuir a la formalización de los pequeños

negocios y a su crecimiento, mediante el alivio de la carga burocrática que enfrentan,

y potenciar sus beneficios. Así, el pago de ciertos impuestos se sustituye por el pago

de una cuota mensual fija(Granda & Zambrano, 2012).

La adopción de regímenes simplificados no conlleva a la disminución inmediata de la

informalidad, ya que se tiene la experiencia del RISE establecido desde el 2008 que no ha

disminuido en su totalidad la morosidad de los inscritos bajo ese sistema. En el año 2014 el

centro de estudios fiscales del SRI presentó una investigación con reflexiones y

recomendaciones donde señaló que aumentó el monto de recaudación pero la morosidad se

mantenía, por lo cual una de las razones fue el aumento de la cantidad de contribuyentes mas

no el cumplimiento, según se detalla a continuación:

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La recaudación de este régimen ha ido creciendo paulatinamente desde su

funcionamiento, en el año 2008 fue de apenas USD 396,3 mil dólares y para el año

2014 alcanzó los USD 19,6 millones de dólares representando el 0,14% del total

recaudado en ese año. En la actualidad se encuentran registrados 547.096

contribuyentes en el RISE de los cuales el 28% corresponde a contribuyentes que se

cambiaron de régimen.

A pesar de que la recaudación de este régimen se ha incrementado en los últimos

años, el 82% de los contribuyentes inscritos se encuentran en mora. El 32% debe entre

1 y 2 cuotas, el 13% debe entre 3 y 5 cuotas y el 16,8% debe entre 6 y 12 cuotas. El

12% debe cuotas desde hace dos años y el 7% debe cuotas de más de dos años,

existen contribuyentes que desde que ingresaron al régimen no han cancelado ningún

valor.(CEF, 2014)

Si bien es cierto el RISE simplificó el costo de cumplimiento evitando las

declaraciones en los formularios diseñados por el SRI, no tuvo un éxito total por la cultura

tributaria de los contribuyentes y la falta de severidad en el régimen sancionatorio de la

administración tributaria.

Los mismos problemas identificó Gomez Sabaini en los regímenes simplificados en

américa latina, con el agravante que es una de las regiones más desiguales en el mundo lo

cual tiene inmersos problemas estructurales como es la pobreza, falta de acceso a servicios

públicos, entre otros, lo cual no motiva al cumplimiento tributario. El investigador señaló lo

siguiente:

Los RS tienden a elevar el cumplimiento voluntario. Se debe evitar la “masificación”

de los RS si se pretende hacer más equitativo el sistema tributario.

Se procura evitar los problemas que acarrean los tratamientos discriminantes para el

diseño de la política y la administración tributaria, creando “clusters” de 25

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contribuyentes. La correcta categorización es fundamental y debe ser priorizada.

Asimismo, la continua actualización de los parámetros objetivos también es necesaria.

El nivel de recaudación tributaria potencial no es significativo e involucran una gran

cantidad de contribuyentes, lo cual desincentiva a las administraciones tributarias para

asignar recursos al control específico de los mismos, fortaleciendo los efectos

negativos antes indicados.(Gómez Sabaini, 2012)

El centro de estudios fiscales del SRI en su publicación concluye que el régimen

simplificado no es el fin último, sino es una preparación previo a ingresar al régimen normal.

Así también no perder el control justificando con la simplicidad ya que puede ocasionar

abusos por parte de los contribuyentes según se detalla a continuación:

“Es una herramienta importante para atacar la informalidad pero lo fundamental es

crear mecanismos paulatinos de inclusión que no den espacio a la elusión tributaria.

La AT no debe perder la información de la actividad económica de los contribuyentes

(ingresos y egresos), además, debe buscar la simplificación convirtiéndose en una

escuela en la cual preparen al contribuyente a pertenecer al régimen general”(CEF,

2014).

Similar postura se manifestó en el Foro LAC sobre Política Tributaria “Incentivos

tributarios e informalidad en tiempos de consolidación fiscal” en el año 2012. Se señalo que

“Los regímenes simplificados deben considerarse exclusivamente como un punto de partida

para el tratamiento de la informalidad y no una solución definitiva del problema. Por eso

deben concebirse como un “puente” o paso intermedio y transitorio de los contribuyentes

entre el sector informal y el régimen general de tributación”(Gómez Sabaini, 2012).

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1.6 Regímenes Simplificados en el Mundo

1.6.1 España.

España cuenta con regímenes simplificados en su sistema tributario exclusivo para

personas físicas. Según la información de la agencia tributaria española para sujetarse al

régimen se encuentra condicionada a:

Que sus actividades estén incluidas en la Orden que desarrolla el régimen

simplificado.

Que no rebasen los siguientes límites establecidos en dicha Orden y en la Ley del

IVA:

o Ingresos en el año inmediato anterior del conjunto de actividades, excepto las

agrícolas, forestales y ganaderas 250.000 € para 2016 y 2017. No se computarán

entre los ingresos las subvenciones, indemnizaciones y el IVA.

o Ingresos en el año inmediato anterior de actividades agrícolas, forestales y

ganaderas, excluidas subvenciones, indemnizaciones y el IVA: 250.000 €.

o Límites específicos relativos al número de personas, vehículos y bateas empleadas.

o Que el importe de las adquisiciones o importaciones de bienes y servicios, excluidos

los de elementos del inmovilizado, no haya superado en el año inmediato anterior,

los 250.000 € para 2016 y 2017.

Que sean personas físicas o entidades en régimen de atribución de rentas en el IRPF,

siempre que en este último caso, todos sus socios, herederos, comuneros o partícipes

sean personas físicas.

Que ninguna actividad ejercida por el contribuyente se encuentre en estimación

directa en el IRPF o en alguno de los regímenes del IVA incompatibles con el

simplificado. Solamente existe compatibilidad con los regímenes especiales de la

agricultura, ganadería y pesca, con el del recargo de equivalencia y con determinadas

actividades (operaciones exentas del artículo 20 LIVA y arrendamientos de bienes

inmuebles que no supongan el desarrollo de una actividad económica).

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Que no hayan renunciado a su aplicación. (Agencia Tributaria, 2018a)

A diferencia de Ecuador que el límite son 60 mil dólares anuales de ingresos brutos

anuales, el límite de 250 mil Euros fijados por España se puede explicar por el desarrollo

económico, renta per cápita, niveles de desigualdad y otros indicadores de bienestar

superiores al de nuestra región.

El régimen consiste en el pago por el resultado de las transacciones corrientes (IVA

devengado menos IVA soportado en las operaciones propias de la actividad) el cual no puede

ser inferior a un mínimo que se establece para cada actividad. Las obligaciones formales

según la información publicada por la agencia Tributaria Española son

Efectuar la declaración de alta de las actividades acogidas al régimen, en el modelo

036 o 037 que también se emplea para renunciar o revocar la renuncia, para

comunicar el cese de la actividad y para comunicar la inclusión o exclusión del

régimen.

Llevar un registro de facturas recibidas, en el que se anotarán separadamente las

adquisiciones o importaciones de activos fijos, y los datos necesarios para efectuar las

regularizaciones precisas. Si se realizaran otras actividades a las que no les sea

aplicable el régimen simplificado, se anotarán separadamente las adquisiciones

correspondientes a cada sector diferenciado de la actividad.

Conservar, numeradas por orden de fechas, las facturas recibidas (proveedores

nacionales y comunitarios), los justificantes contables en adquisiciones de servicios

con inversión del sujeto pasivo si el proveedor es extracomunitario, y los documentos

que contengan la liquidación del impuesto correspondiente en importaciones.

Conservar, numeradas por orden de fechas y agrupadas por trimestres, las facturas

emitidas. (Agencia Tributaria, 2018b)

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21

La conservación de los documentos que sustentan los hechos y transacciones

económicas tanto de compras como de ventas son formalidades de la legislación española, lo

cual también se encuentra contemplado en la legislación ecuatoriana que obliga a la

conservación de comprobantes durante siete años.

1.6.2 Argentina.

El régimen simplificado en Argentina según su administración tributaria es flexible en

su sujeción, ya que abarca a personas naturales y sociedades. Según la Administración

Gubernamental de Ingresos Públicos podrá incorporarse cumpliendo las siguientes

condiciones.

Podrán incorporarse al Régimen Simplificado las personas humanas que realicen

venta de cosas muebles, obras, locaciones y/o prestaciones de servicios, etc., las

sociedades de hecho y comerciales irregulares, en la medida que tengan un máximo de

tres (3) socios.

El ingreso total anual (gravado, no gravado y exento) no debe superar los $ 700.000

Que el precio unitario de venta (solo en casos de cosas muebles) no supere los

ochocientos setenta (870) pesos

Doscientos (200) metros cuadrados de superficie afectada,

Veinte mil (20000) kilowatts de energía consumida anualmente. (AGIP, 2018).

Se observó que para el caso argentino consideran adicional, factores no tributarios

para limitar la incorporación al régimen como lo es el consumo de energía eléctrica y la

superficie del inmueble donde realiza la actividad económica.

Así también se identificaron diferencias con el régimen simplificado en Ecuador en la

forma de pago y el tiempo de espera en caso de exclusiones, aunque en ninguna de las dos

legislaciones coarta el derecho a seguir ejerciendo actividades económicas, ambas disponen

la sujeción al régimen general según se detalla a continuación:

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22

La forma de ingresar el impuesto es mediante el pago de una suma bimestral

conforme la categoría a la que el contribuyente pertenece.

La determinación de la categoría correcta se realiza mediante un procedimiento

contemplado en la reglamentación, que se realiza tres veces al año. Cuando uno de los

parámetros se hubiere modificado, implicará la realización de una

“Recategorización”.

Si uno de los parámetros excede los topes establecidos, el contribuyente quedará

excluido del régimen debiendo inscribirse y tributar como Contribuyente Local.

Los contribuyentes ya inscriptos en Régimen Simplificado también pueden optar por

el pase, pero en estos casos no podrán regresar a la modalidad anterior por un período

de 3 (tres) años(AGIP, 2018).

1.6.3 Chile.

Chile cuenta con regímenes simplificados en su sistema tributario exclusivo para

pequeñas y microempresas. Según la información del servicio de impuestos internos entre los

principales beneficios se encuentra:

Permite llevar una contabilidad simplificada al liberar parcialmente de las

obligaciones de la contabilidad completa (llevar libros de contabilidad, confeccionar

balances, la aplicación corrección monetaria, efectuar depreciaciones, realización de

inventarios, confección del registro FUT, etc.)

Tasa fija PPM en 0,25% de las ventas brutas mensuales.

Deducción inmediata como gastos de las inversiones y los inventarios.

La Renta Líquida Imponible se determina fácilmente (Ingresos menos egresos)

(Servicio de Impuestos Internos SII, 2018).

Según la información publicada por la administración tributaria de Chile para

acogerse al régimen simplificado deben cumplir las siguientes condiciones:

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Haber realizado y mantener vigente el trámite de inicio de actividades.

Calificar como contribuyente de Primera Categoría, estando obligado a declarar renta

efectiva según contabilidad completa por rentas del artículo 20 de la Ley sobre

Impuesto a la Renta.

Ser contribuyente del Impuesto al Valor Agregado (IVA).

Ser empresario individual o Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL).

No tener por giro o actividad cualquiera de las descritas en el artículo 20, números 1

(rentas inmobiliarias) y 2 (rentas de capitales mobiliarios), de la Ley sobre Impuesto a

la Renta, salvo las necesarias para el desarrollo de su actividad principal.

No poseer ni explotar, a cualquier título, derechos sociales o acciones de sociedades,

ni formar parte de contratos de asociación o cuentas en participación en calidad de

gestor.

Tener un promedio anual de ingresos de su giro no superior a las 5.000 Unidades

Tributarias Mensuales (UTM) en los tres últimos ejercicios. Para estos efectos, los

ingresos de cada mes se expresarán en UTM, según el valor de esta en el mes

respectivo.

Si se trata del primer ejercicio de operaciones, la MIPYME deberá tener un capital

efectivo no superior a 6.000 UTM, según el valor de esta en el mes en que se dé aviso

de Inicio de Actividades. (Servicio de Impuestos Internos SII, 2018)

1.6.4 Costa Rica.

La legislación tributaria en Costa Rica estableció una cuota para el régimen

simplificado en función de un factor de ajuste. Según la información del ministerio de

hacienda para adopción del régimen debe cumplir los siguientes requisitos:

El monto de compras anuales, que comprende tanto las adquisiciones de mercancías

destinadas para la venta, como los materiales y suministros destinados a la

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elaboración de productos terminados y a la prestación de los servicios incluidos en el

Régimen, no debe ser superior a ciento cincuenta salarios base incluyendo el

impuesto sobre las ventas (cuando se trate de mercancías cuya base imponible se haya

determinado a nivel de fábrica o aduana, se tomará en cuenta la facturación total).

En el caso de los “Pescadores artesanales en pequeña escala” y los “Pescadores

artesanales medios”, el monto de las compras por concepto de gasolina y diésel

respectivamente, no puede exceder de tres millones y medio de colones.

Cuando se trate de transporte terrestre remunerado de personas mediante la modalidad

de taxi, es únicamente para un solo vehículo dedicado a la actividad.

Aparte del contribuyente, el negocio debe contar con un máximo de cinco empleados,

independientemente del tipo de relación contractual o de parentesco que exista entre

estos y el contribuyente.

La actividad no debe tener su origen en la explotación de una franquicia, marca,

nombre comercial, o ser negociante exclusivo de otro ente económico, o que la misma

persona mantenga más de un establecimiento abierto al público, dedicados a

cualquiera de las actividades cubiertas por este régimen.

El valor de los activos fijos utilizados en la explotación de la actividad, no puede

superar los 350 salarios base.

Desarrollen las actividades económicas que se detallan seguidamente, en forma

independiente o combinada entre sí, pero no con otras no contempladas en el Régimen

de Tributación Simplificada. (Ministerio de Hacienda - República de Costa Rica,

2017).

Los deberes formales en Costa Rica para los contribuyentes inscritos en el régimen

simplificado tienen similitudes con la legislación ecuatoriana, tales como la oportunidad en la

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inscripción y actualización en el registro tributario, simplicidad en la contabilidad y la

conservación de la información según se detalla a continuación:

Inscribirse en el Registro Único Tributario mediante el formulario D-140

“Declaración de inscripción en el registro de contribuyentes”, cumpliendo con los

requisitos establecidos y mantener actualizada la información.

Mantener la constancia de inscripción que le emite la Administración Tributaria con

sus datos identificativos, en un lugar visible del establecimiento.

Conservar comprobantes de sus compras y respaldos contables por cinco años.

Llevar un registro contable denominado “Registro de compras”.

Entregar factura cuando el valor de venta individual de cada mercancía supere el 5%

de un salario base*/1, y cuando el cliente lo solicite.

Registrarse ante la Administración Tributaria Virtual - ATV.

Completar y presentar los formularios D-105: Declaración Jurada del Régimen de

Tributación Simplificada Impuesto sobre la Renta, y/o Declaración Jurada del

Régimen de Tributación Simplificada Impuesto General sobre las Ventas, dispuestos

en la Administración Tributaria Virtual. (Ministerio de Hacienda - República de Costa

Rica, 2017).

Se observó que el régimen simplificado en Costa Rica conlleva un pago reducido de

impuesto a la renta e impuesto a la ventas sin que sea una cuota fija. La base imponible se

estableció en función de las compras trimestrales e inclusive para el caso de actividades de

transporte una variable se considera es el kilometraje dentro del periodo trimestral según se

detalla a continuación

Para calcular este impuesto el obligado tributario - contribuyente debe multiplicar el

monto total de las compras de mercancías del trimestre -sujetas o no al impuesto de

ventas- incluyendo el impuesto, por el “factor autorizado de renta”.

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En el caso de la actividad de transporte remunerado de personas mediante la

modalidad taxi, el monto de este impuesto se obtiene de aplicar el “factor autorizado”,

que equivale a 0,50 céntimos de colón, a la cantidad de kilómetros recorridos en el

trimestre.

El impuesto de ventas se calcula, con excepción de las actividades señaladas en el

siguiente párrafo, multiplicando el monto de las compras de mercancías del trimestre

que están gravadas, incluyendo el monto del impuesto, por el “factor autorizado de

ventas”.

El monto total de impuestos a pagar es la suma del impuesto sobre la renta y el

impuesto sobre las ventas(Ministerio de Hacienda - República de Costa Rica, 2017).

1.6.5 Colombia.

La legislación colombiana establece un Régimen Simplificado del Impuesto sobre las

Ventas exclusivo para personas naturales y como principales beneficiarios “los comerciantes

y los artesanos, que sean minoristas o detallistas; los agricultores y los ganaderos, que

realicen operaciones gravadas”(Secretaría de Hacienda Distrital, 2018a) Según la

información publicada por la administración tributaria de Colombia para acogerse al régimen

simplificado deben cumplir las siguientes condiciones:

Que en el año anterior hubieren obtenido ingresos brutos totales provenientes de la

actividad, inferiores a tres mil quinientas (3.500) UVT.

Que tengan máximo un establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio

donde ejercen su actividad.

Que en el establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio no se

desarrollen actividades bajo franquicia, concesión, regalía, autorización o cualquier

otro sistema que implique la explotación de intangibles.

Que no sean usuarios aduaneros.

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Que no hayan celebrado en el año inmediatamente anterior ni en el año en curso

contratos de venta de bienes y/o prestación de servicios gravados por valor individual,

igual o superior a tres mil quinientas (3.500) UVT equivalentes a $ 104.136.000.

Que el monto de sus consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras

durante el año anterior o durante el respectivo año no supere la tres mil quinientas

(3.500) UVT. Para la celebración de contratos de venta de bienes y/o de prestación de

servicios gravados por cuantía individual y superior a tres mil quinientos (3.500)

UVT, el responsable del Régimen Simplificado deberá inscribirse previamente en el

Régimen Común.

Los deberes formales en Colombia para los contribuyentes inscritos en el régimen

simplificado tienen similitudes con la legislación ecuatoriana, tales como la oportunidad en la

inscripción y actualización en el registro tributario, simplicidad en la contabilidad y la

conservación de la información según se detalla a continuación:

Inscribirse al Registro de Información Tributaria RIT, dentro de los dos meses

siguientes al inicio de actividades.

Actualizar el Registro de Información Tributaria (RIT) con las novedades, cese de

actividades, etc. dentro de los dos meses siguientes al hecho.

Declarar y pagar el Impuestos de ICA, anualmente.

Llevar un sistema de contabilidad simplificada o el libro fiscal de registro de

operaciones diarias, que es un registro donde se anota el valor de las operaciones

diarias y al final del periodo totaliza el valor pagado por adquisición de bienes y

servicios, así como los ingresos que obtuvo en desarrollo de su actividad.

Conservar información y pruebas, por lo menos cinco años.

El contribuyente del régimen simplificado es sujeto de retención. (Secretaría de

Hacienda Distrital, 2018b).

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1.7 Régimen Simplificado de la Economía Popular y Solidaria

Con la entrada en vigencia del artículo 13 de la Ley Orgánica de Incentivos a la

Producción y Prevención del Fraude Fiscal, que dispuso que para efectos tributarios, las

asociaciones, comunas y cooperativas sujetas a la vigilancia de la Superintendencia de la

Economía Popular y Solidaria, con excepción de las entidades del sistema financiero popular

y solidario, podrán llevar registros contables de conformidad con normas simplificadas que se

establezcan en el reglamento y la Disposición General Quinta ibidem, las asociaciones,

comunas y cooperativas, excepto las entidades del sector financiero popular y solidario, que

cumplan con los requisitos previstos en el reglamento para la aplicación de la Ley de

Solidaridad, tendrán un sistema de cumplimiento de deberes formales y materiales, se creó un

régimen sencillo para las instituciones pertenecientes a las SEPS. Así también mediante

Decreto Ejecutivo No. 866, publicado en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No.

660 de 31 de diciembre de 2015, se agregó el Título (...) denominado Régimen simplificado

de las organizaciones integrantes de la Economía Popular y Solidaria, a continuación del

artículo 238 del Reglamento para la aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno,

estableciendo normas de simplificación de deberes formales y de contabilidad para entidades

de la economía popular y solidaria; que conforme el artículo 3 del Título antes mencionado

del Reglamento para la aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno están obligadas a

llevar contabilidad, conforme la normativa expedida por los organismos de regulación y

control correspondientes, las organizaciones integrantes de la economía popular y solidaria

que al iniciar actividades económicas o al primero de enero de cada ejercicio impositivo,

operen con un capital propio que haya superado dieciocho (18) fracciones básicas

desgravadas del impuesto a la renta aplicable a personas naturales, o cuyos ingresos brutos

anuales del ejercicio fiscal inmediato anterior hayan sido superiores a quince (15) fracciones

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básicas desgravadas, o sus costos y gastos anuales del ejercicio fiscal inmediato anterior

hayan sido superiores a doce (12) fracciones básicas desgravadas

Para normar el procedimiento para integrarse al régimen simplificado, la

administración tributaria emitió la resolución NAC-DGERCGC16-00000343 que en su

artículo 3 establece como beneficio que Las organizaciones que integren el Régimen

Simplificado de la Economía Popular y Solidaria, estarán sujetas a las siguientes reglas

especiales:

1. Para fines tributarios deberán llevar únicamente un registro simplificado de

ingresos, egresos, activos y pasivos en lugar de su contabilidad;

3. Deberán aplicar la tarifa de impuesto a la renta contenida en la tabla de ingresos

para personas naturales y sucesiones indivisas, sin que la tarifa del impuesto resultante

supere la tarifa general prevista para sociedades;

4. Declararán y pagarán el anticipo de impuesto a la renta aplicando la fórmula

correspondiente a personas naturales no obligadas a llevar contabilidad.

Las disposiciones señaladas se establecieron con el fin de facilitar el cumplimiento del

deber formal de presentar entre otros la declaración del impuesto a la renta y con la

investigación realizada se enfocó en demostrar su eficacia.

Las entidades públicas se encuentran trabajando coordinadamente para beneficiar a

sus administrados con el objetivo de fomentar una conducta al cumplimiento y simplificar las

obligaciones tributarias. La SEPS mediante boletín informó lo siguiente:

El SRI y la SEPS han establecido convenios institucionales para fomentar el

cumplimiento de sus administrados, según el boletín de la SEPS “Desde el 21 de

septiembre de 2015, las organizaciones de la economía popular y solidaria obtienen su

número de Registro Único de Contribuyentes (RUC) en línea, una vez aprobada su

constitución en la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria (SEPS). Esto es

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posible gracias al acuerdo de cooperación interinstitucional entre el Servicio de

Rentas Internas (SRI) y la SEPS. Mediante reformas efectuadas al Reglamento

General de la Ley Orgánica de la Economía Popular y Solidaria se simplificó el

proceso de aprobación de la constitución jurídica de las organizaciones, que ahora

toma un tiempo máximo de 72 horas después de presentarse la documentación. De

manera inmediata, la SEPS remite la información al SRI por vía electrónica y

realizada la correspondiente validación, automáticamente se genera el número de

RUC y la clave de uso de medios electrónicos para el representante legal.(SEPS,

2015)

Capítulo 2

Marco Metodológico

2.1 Metodología

Para determinar la efectividad del régimen simplificado en el cumplimiento de la

declaración del impuesto a la renta de los contribuyentes pertenecientes a la Economía

Popular y Solidaria se presentan los procedimientos metodológicos que se utilizaron en el

estudio.

Este estudio tuvo un enfoque cuantitativo, por analizar datos estadísticos del 2017 de

los contribuyentes registrados en los catastros del Servicio de Rentas Internas y la

Superintendencia de Economía Popular y Solidaria. Información generada por la declaración

de ingresos y gastos de los contribuyentes en el formulario 101 y formulario 122.

Su alcance fue explicativo, por determinar el impacto de la sujeción al régimen

simplificado en el deber formal de la declaración del impuesto a la renta. El diseño de estudio

fue de carácter no-experimental con corte transversal por analizar a los contribuyentes

pertenecientes a la Economía Popular y Solidaria en un periodo de un año.

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Se utilizaron fuentes de información secundarias para recolectar la información

necesaria para la investigación, la base de datos del SRI y la SEPS fueron las principales

fuentes para realizar el análisis estadístico e inferencial.

Se utilizó el software estadístico Stata para realizar la inferencia estadística y las

pruebas de hipótesis, así también crear gráficos que explicaron el comportamiento de la

variable dependiente. Por otra parte, se utilizó el programa Microsoft Excel para la tabulación

de la información y desarrollo de gráficos necesarios en el análisis descriptivo e inferencial.

El método Teórico que se utilizó fue el analítico deductivo, se procedió a la revisión

de distintas teorías en el área objeto de esta investigación, el método empírico utilizado fue el

estadístico.

2.2 Métodos

Se efectuó un test estadístico para comparar las medias de una variable cuantitativa

continua entre dos grupos independientes para identificar si existen diferencias significativas

o no entre las medias.

Se realizó un modelo econométrico para determinar y cuantificar el efecto de

pertenecer al régimen simplificado sobre la oportunidad en la declaración del impuesto a la

renta y se contrastaron las hipótesis con los resultados. El modelo utilizado fue la regresión

lineal simple que estudia la relación lineal entre la variable respuesta (Y) y la variable

regresora (X), a partir de una muestra (Xi,Yi,) i = 1n, que sigue el siguiente modelo:

Y𝑖 = 𝑎0 + 𝑎1x𝑖 + ε𝑖 𝑖 = 1,2,…,n.

Por tanto, es un modelo de regresión paramétrico de diseño fijo. En forma matricial

Y = a01 + a1X + ε t

Donde Y t = (y1, . . . , yn), 1 t = (1, . . . ,1), X t = (x1, . . . , xn),ε t = (ε1, . . . , εn)

Se supone que se verifican las siguientes hipótesis:

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1. La función de regresión es lineal,

m(x𝑖) = 𝐸 (𝑌

x𝑖) = 𝑎0 + 𝑎1x𝑖 𝑖 = 1, . . .,n

o, equivalentemente, E(ε𝑖) = 0 𝑖 = 1, . . .,n

2. La varianza es constante (homocedasticidad),

Var(𝑌

x𝑖) = 𝜎2, 𝑖 = 1, . . .,n

o, equivalentemente, Var(ε𝑖) = 𝜎2, 𝑖 = 1, . . .,n

3. La distribución es normal,

Y

xi ∼ N(a0 + a1xi, σ

2), i = 1, . . . , n

o, equivalentemente, ε𝑖 ∼ 𝑁(0, 𝜎2), 𝑖 = 1, . . . , 𝑛

4. Las observaciones 𝑌i son independientes. Bajo las hipótesis de normalidad, esto

equivale a que la Cov(𝑌i, 𝑌j) = 0, si i j.

Esta hipótesis en función de los errores sería “los E𝑖 son independientes”, que

bajo normalidad, equivale a que Cov(𝜀𝑖; 𝜀j) = 0, si i j.

En el modelo de regresión lineal simple hay tres parámetros que se deben estimar: los

coeficientes de la recta de regresión, 𝑎0 y 𝑎1; y la varianza de la distribución

normal, 𝜎.

El cálculo de estimadores para estos parámetros puede hacerse por diferentes

métodos, siendo los más utilizados el método de máxima verosimilitud y el método de

mínimos cuadrados.(R. Cao, M. Francisco, S. Naya, M. Presedo, 2001)

2.3 Hipótesis

Se plantearon dos hipótesis para comprobar su validez:

1. Hipótesis nula: Las organizaciones de la economía popular y solidaria que se encuentran

en el régimen simplificado declaran con igual días de atraso que los no sujetos al régimen

que se encontraban activas en el periodo fiscal 2017.

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Hipótesis alternativa: Las organizaciones de la economía popular y solidaria que se

encuentran en el régimen simplificado declaran con distintos días de atraso que los no

sujetos al régimen que se encontraban activas en el periodo fiscal 2017.

2. Hipótesis nula: El régimen simplificado tuvo un efecto positivo en la disminución de los

días de atraso de la declaración del impuesto a la renta de las organizaciones de la

economía popular y solidaria que se encontraban activas en el periodo fiscal 2017.

Hipótesis alternativa: El régimen simplificado no tuvo efecto positivo en la

disminución de los días de atraso de la declaración del impuesto a la renta de las

organizaciones de la economía popular y solidaria que se encontraban activas en el

periodo fiscal 2017.

2.4 Universo y muestra

La Población o Universo, se define como “el conjunto de todos los valores de un

fenómeno o propiedad que se quiere observar. También se usa el nombre de variable para

designar a este conjunto(Riesco, 2012).

Riesco también define a la muestra como “la parte de la población que efectivamente

se mide, con el objeto de obtener información acerca de toda la población” ( 2012)

El Universo de los sujetos corresponden a todos los contribuyentes que pertenecen a

la Economía popular y solidaria que se encuentran inscritos en el Registro único de

contribuyentes durante el periodo fiscal 2017. En el desarrollo de la investigación no se

utilizó ninguna técnica de muestreo ya que se obtuvo el universo de datos del Servicio de

Rentas Internas

2.5 CDIU – Operacionalización de variables

Se establecieron las siguientes variables:

Tabla 1

Operacionalización de variables

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Variable

Nombre de la

variable Cálculo de la variable

Tipo de

variable

Dependiente Días de

Atraso

Diferencia de días entre la fecha máxima de

declaración permitida y la fecha real de la

declaración

Cuantitativa

Independiente Régimen

Simplificado

Variable dicotómica que toma el valor de 1 si

pertenece al régimen simplificado y cero para

los demás

Cualitativa

2.6 Gestión de Datos

Esta información fue solicitada mediante trámite No. 109012018194057 y se obtuvo

una población de 35325 contribuyentes sin fines de lucro inscritos en el RUC al año 2018.

La información solicitada fueron los siguientes campos del formulario 101 y 122:

1. Ingresos totales

2. Utilidad Neta

3. Impuesto Causado

La información solicitada de la base de registro único de contribuyentes fue

1. Noveno digitó del RUC

2. Cantón

3. Actividad Económica

4. Tipo de Contribuyente

5. Clase de Contribuyente

Criterios éticos de la investigación

La investigación se realizó con información por fuentes reales como el Servicio de

Rentas Internas, Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, Instituto de Economía

Popular y Solidaria y el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos. No existió plagio y se

mantuvo la integridad de los datos.

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Capítulo 3

Resultados

3.1 Análisis Descriptivo

En el catastro de registro único de contribuyentes administrado por el SRI al año 2018

constan 35325 personas jurídicas activas sin fines de lucro.

La cantidad de inscritos en el RUC ha aumentado significativamente los últimos 10

años siendo este uno de los primeros deberes formales para realizar actividad económica en

territorio ecuatoriano.

En los diez últimos años se han constituido el 47% de las personas jurídicas sin fines

de lucro, lo cual se puede explicar por un régimen tributario con beneficios para este tipo de

organizaciones, así también como la política pública encaminada a reconocer derechos a estas

organizaciones. En la tabla 2 se detalla la evolución de creación de personas jurídicas sin

fines de lucro registradas en el RUC:

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Tabla 2

Número de Personas Jurídicas sin fines de lucro constituidas por años

Periodo Cantidad

2014-2018 8359

2008-2013 8237

2002-2007 6008

1996-2001 3616

1990-1995 2501

1984-1989 1849

1978-1983 1513

1972-1977 947

1966-1971 804

1960-1965 380

1954-1959 226

1948-1953 153

1942-1947 134

1936-1941 236

1930-1935 32

1924-1929 21

1918-1923 25

1912-1917 9

1906-1911 20

1900-1905 255

Total general 35325

Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.

Se desagregaron a los contribuyentes en dos grupos, los pertenecientes a la economía

popular y solidaria y los no pertenecientes a la economía popular y solidaria denominada

dentro de la investigación y los datos como sector privado para coincidir con la forma de

registro del SRI. Las organizaciones que pertenece a la economía popular y solidaria

representan el 31% en las personas jurídicas sin fines de lucro registradas en la

administración tributaria. Se observó un incremento de constituciones en el último

quinquenio respecto al inmediato anterior del 165% y un decremento de constituciones de

organizaciones del sector privado del 48%. Así también en el último quinquenio hubieron

más constituciones de organizaciones de la economía popular y solidaria que en el sector

privado a razón del 55%, lo cual indica que por cada persona jurídica del sector privado se

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constituían 1.55 organizaciones de la economía popular y solidaria, lo cual se detalla en la

tabla 3.

Tabla 3

Número de Personas Jurídicas sin fines de lucro constituidas por años y tipo

Periodo Popular y solidario Sector privado

2014-2018 5080 3279

2008-2013 1912 6325

2002-2007 1051 4957

1996-2001 501 3115

1990-1995 527 1974

1984-1989 447 1402

1978-1983 º508 1005

1972-1977 381 566

1966-1971 323 481

1960-1965 119 261

1954-1959 28 198

1948-1953 8 145

1942-1947 2 132

1936-1941 236

1930-1935 32

1924-1929 21

1918-1923 25

1912-1917 9

1906-1911 20

1900-1905 70 185

Total general 10957 24368

Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.

La economía popular y solidaria durante la última década ha tomado fuerza y

representatividad por parte de sus organizaciones. Con la entrada en vigencia de la

constitución del 2008 que reconoce a todas las formas de organización incluida la popular y

solidaria y la promulgación de la Ley de económica popular y solidaria que norma y regula el

sector en el año 2011. En la figura 1 se detalla gráficamente el crecimiento de los 2 grupos de

la economía popular y solidaria como lo es el sistema financiero popular y solidario y el

sector no financiero.

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38

Figura 1. Número de Personas Jurídicas sin fines de lucro constituidas por años y subtipo.

Tomado de la base de datos del Servicio de Rentas Interna.

Dentro del ámbito tributario y coherente con las constituciones otorgadas por los

ministerios del ramo, se observó que el número de inscripciones de personas jurídicas sin

fines de lucro en el ruc aumentó la última década (figura 2).

Figura 2. Número de Personas Jurídicas sin fines de lucro inscritas en el ruc por años.

Tomado de la base de datos del Servicio de Rentas Interna.

Se identificó que la relación en las inscripciones fue similar a las constituciones ya

que se incrementaron los registros de organizaciones de la economía popular y solidaria,

mientras que hubo un estancamiento entre el 2007 y 2016 de las inscripciones de las

0

1000

2000

3000

4000

5000

6000

7000 SECTOR DE LA ECONOMIA POPULAR Y SOLIDARIA

SISTEMA FINANCIERO POPULAR Y SOLIDARIO

SOCIEDADES Y ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES SIN FINES DE LUCRO

678314

912 994

46825256

8589

10771

3026

0

2000

4000

6000

8000

10000

12000

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39

organizaciones del sector privado. Entre el 2017 y lo registrado en el Ruc hasta junio del

2018 hubo 424 inscripciones más de la economía popular y solidaria que en el sector privado,

lo cual se detalla en la figura 3.

Figura 3. Número de Personas Jurídicas sin fines de lucro inscritas en el ruc por tipo y años.

Tomado de la base de datos del Servicio de Rentas Interna.

Se analizó la distribución dentro del territorio de las personas jurídicas sin fines de

lucro. Las provincias de Pichincha y Guayas concentran el 33% de organizaciones sin fines

de lucro, siendo Pichincha la de mayores registros con 6695 contribuyentes. Se separó por

sectores y la relación fue idéntica dentro de la economía popular y solidaria, Pichincha es la

provincia con mayor cantidad de contribuyentes ya que registra 1534, seguido por Guayas

con 1438 contribuyentes, Manabí con 1068 contribuyentes. Las provincias que registran

menos participantes de la economía popular y solidaria son Pastaza con 121 contribuyentes,

Morona Santiago con 95 contribuyentes y por último Galápagos con 43 contribuyentes del

sector popular y solidario. Todas las provincias del Ecuador registran organizaciones de la

economía popular y solidaria y la distribución se encuentra detalla en la tabla 4.

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40

Tabla 4

Número de Personas Jurídicas sin fines de lucro constituidas por provincia y tipo

Provincia Popular y Solidario Sector Privado Total

Pichincha 1534 5161 6695

Guayas 1438 3545 4983

Manabí 1068 2266 3334

Tungurahua 729 1094 1823

Chimborazo 503 1097 1600

Azuay 451 1143 1594

El Oro 590 944 1534

Loja 466 903 1369

Imbabura 358 988 1346

Los Ríos 639 696 1335

Cotopaxi 423 817 1240

Sucumbíos 368 858 1226

Esmeraldas 509 584 1093

Santo Domingo de los Tsáchilas 327 575 902

Bolívar 146 639 785

Carchi 182 510 692

Cañar 176 483 659

Santa Elena 229 369 598

Napo 173 339 512

Orellana 152 324 476

Morona Santiago 95 361 456

Zamora Chinchipe 172 282 454

Pastaza 121 300 421

Galápagos 43 80 123

Total 10892 24358 35250

Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.

Se agrupó dentro del análisis los datos de los contribuyentes en función de su

relevancia tributaria determinada por la clase de contribuyente, siendo los contribuyentes

especiales los más representativos y focos de atención para la administración tributaria. La

clase Otros es el régimen general estándar para los nuevos contribuyentes y los distintos a la

clase especiales.

En el sector privado se mantienen activos y con resoluciones de alta como

contribuyentes especiales a 158 personas jurídicas fines de lucro distintas a la EPS, siendo el

tipo educativo lo que genera la mayor representatividad con 42 contribuyentes. Dentro del

mismo sector los contribuyentes de clase Otros se encuentran concentrados en el tipo

colegios profesiones gremios y entidades clasistas con 15277 contribuyentes lo cual

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41

representa el 62% de todo el sector privado. En la tabla 5 se detalla la distribución del sector

privado por clase y tipo de contribuyente.

Tabla 5

Número de Personas Jurídicas sin fines de lucro distintas a la EPS por clase y tipo

Tipo de contribuyente Especial Otros Total

Colegios profesionales, gremios y entidades clasistas 37 15277 15314

Entidades de culto religioso 13 2542 2555

Entidades deportivas 15 1061 1076

Promoción y desarrollo de la mujer, niño y familia 3 1023 1026

Educación 42 944 986

Fundaciones de investigación 9 964 973

Organizaciones de beneficencia 20 886 906

Juntas administradoras de agua (comunitarias) 688 688

Entidades culturales y de arte 2 234 236

Cooperativas 213 213

Salud 10 150 160

Organizaciones no gubernamentales extranjeras 6 109 115

Partidos políticos 1 72 73

Unidades ejecutoras de proyectos con fondos del exterior 35 35

ORI 2 2

Total 158 24200 24358

Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.

En el sector popular y solidario se mantienen activos y con resoluciones de alta como

contribuyentes especiales a 91 personas jurídicas, siendo las cooperativas de ahorro y crédito

los que genera la mayor representatividad con 67 contribuyentes, seguidos por el tipo

cooperativistas con 14 contribuyentes, así también los asociativos con 9 contribuyentes y por

último el tipo caja central con 1 registro. Dentro del mismo sector los contribuyentes de clase

Otros se encuentran concentrados en el tipo asociativos con 7344 contribuyentes lo cual

representa el 67% de los contribuyentes en la economía popular y solidaria, así también los

cooperativistas con 2250 contribuyentes lo cual representa el 23% de los contribuyentes en la

economía popular y solidaria. El sector financiero de la economía popular y solidaria no se

encuentra concentrado de organizaciones, en la tabla 6 se detalla la distribución de los

integrantes de la economía popular y solidaria por clase y tipo de contribuyente.

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42

Tabla 6

Número de Personas Jurídicas del sector popular y solidario por clase y tipo

Tipo de contribuyente Especial Otros Total

Asociativos 9 7344 7353

Cooperativistas 14 2550 2564

Cooperativa de ahorro y crédito 67 783 850

Comunitarios 52 52

Entidades asociativas o solidarias 48 48

Cajas y bancos comunales 14 14

Cajas de ahorro 10 10

Caja central 1 1

Total 91 10801 10892

Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.

Se cuantificó los días de atraso en el deber formal de inscribirse en el RUC de las

personas jurídicas sin fines de lucro. Durante los últimos cuatro años en promedio una vez

constituidos se han acercado a las oficinas de la administración tributaria luego de 81 días, la

legislación vigente otorga hasta 30 días de plazo por lo que si bien es cierto ha disminuido el

atraso aún se encuentra en contravención a la normativa. Sobre este deber formal ha trabajo la

administración tributaria en ampliar la cobertura de sus servicios, simplificar requisitos y

fomentar la cultura tributaria. En la tabla 7 se presenta la evolución en los días de atraso en la

inscripción del RUC.

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43

Tabla 7

Días de atraso en la inscripción del RUC de Personas Jurídicas sin fines de lucro por año

Periodo Promedio de días

2014-2018 -81

2008-2013 -345

2002-2007 -825

1996-2001 -1697

1990-1995 -3356

1984-1989 -5044

1978-1983 -6399

1972-1977 -7809

1966-1971 -9521

1960-1965 -11616

1954-1959 -14621

1948-1953 -17249

1942-1947 -19074

1936-1941 -23336

1930-1935 -23603

1924-1929 -26458

1918-1923 -26570

1912-1917 -31306

1906-1911 -32603

1900-1905 -34396

Total general -2467

Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.

En el análisis diferenciado efectuado por tipo de contribuyente se observó un mayor

cumplimiento en las organizaciones de la economía popular y solidaria respecto a los

contribuyentes sin fines de lucro. Por una parte, los miembros de la economía popular y

solidaria en los últimos 4 años se inscribieron en el ruc 28 días después de la constitución

dando cumplimiento a la normativa tributaria vigente que otorga hasta 30 días. Por otra parte,

los contribuyentes sin fines de lucro que no pertenecen a la economía popular y solidaria se

inscribieron en promedio luego de 162 días después de la constitución incumpliendo las

normas y generando la posibilidad de una futura sanción por contravención.

Durante la última década en el sector popular y solidario las inscripciones se han

realizado en 115 días, menos de la mitad de los días promedios de inscripción de las

organizaciones no pertenecientes al sector. Los días de atraso por sector y año se detallan en

la tabla 8.

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44

Tabla 8

Días de atraso en la inscripción del RUC de Personas Jurídicas sin fines de lucro por año y

tipo

Periodo Popular y Solidario Sector Privado

2014-2018 -28 -162

2008-2013 -207 -386

2002-2007 -661 -860

1996-2001 -1375 -1750

1990-1995 -2505 -3577

1984-1989 -3611 -5501

1978-1983 -4074 -7558

1972-1977 -5626 -9276

1966-1971 -6499 -11541

1960-1965 -8475 -13056

1954-1959 -9840 -15297

1948-1953 -12525 -17510

1942-1947 -14844 -19138

TOTAL -1147 -2407

Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.

Se efectuó un análisis más específico de los días de atraso en la inscripción del ruc por

tipo de contribuyente en el sector de la economía popular y solidaria lo cual se expone en la

tabla 9. En los últimos cuatro años las formas de organizaciones asociativas y cooperativistas

cumplieron con la inscripción en un plazo menor a los 30 días. Así también las cooperativas

de ahorro y crédito fueron las organizaciones con mayor cumplimiento dentro del sector

financiero de la economía popular y solidaria.

Tabla 9

Días de atraso en la inscripción del RUC de Personas Jurídicas de la economía popular y

solidaria por tipo y año

Tipo de contribuyente 2014-2018 2008-2013 2002-2007

Asociativos -27 -207 -861

Cooperativistas -19 -201 -346

Cooperativa de Ahorro y Crédito -36 -149 -196

Entidades asociativas o solidarias -174 -661 -4088

Comunitarios -70 -894 -2899

Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.

Las actividades económicas que concentran la mayor parte de las organizaciones de la

economía popular y solidaria son las actividades de servicio, transporte y almacenamiento,

industrias manufactureras y las de agricultura, ganadería, silvicultura y pesca. Las actividades

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señaladas contienen al 65% de organizaciones. Por otra parte, el 74% de las organizaciones

sin fines de lucro que no pertenecen a la economía popular y solidaria se dedican a

actividades de servicios y actividades de atención de la salud humana y de asistencia social.

La tabla 10 detalla el número de contribuyentes por tipo de contribuyente y actividad

económica.

Tabla 10

Número de Personas Jurídicas sin fines de lucro por actividad económica y tipo

Actividad económica Popular y solidario Sector privado Total

Otras actividades de servicios. 2110 14502 16612

Actividades de atención de la salud humana y de

asistencia social. 152 3622 3774

Agricultura, ganadería, silvicultura y pesca. 1639 520 2159

Industrias manufactureras. 1672 162 1834

Transporte y almacenamiento. 1693 51 1744

Enseñanza. 45 1404 1449

Actividades de servicios administrativos y de apoyo. 1045 231 1276

Artes, entretenimiento y recreación. 8 969 977

Actividades financieras y de seguros. 659 119 778

Distribución de agua; alcantarillado, gestión de

desechos y actividades de saneamiento. 42 708 750

Administración pública y defensa; planes de

seguridad social de afiliación obligatoria. 52 669 721

Actividades de alojamiento y de servicio de comidas. 606 49 655

Actividades inmobiliarias. 447 207 654

Comercio al por mayor y al por menor; reparación

de vehículos automotores y motocicletas. 460 180 640

Actividades profesionales, científicas y técnicas. 46 580 626

Construcción. 126 234 360

Información y comunicación. 10 72 82

Actividades de organizaciones y órganos

extraterritoriales. 6 59 65

Explotación de minas y canteras. 37 14 51

Suministro de electricidad, gas, vapor y aire

acondicionado. 36 2 38

Actividades de los hogares como empleadores;

actividades no diferenciadas de los hogares como

productores de bienes y servicios para uso propio. 1 4 5

Total 10892 24358 35250

Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.

Los estados financieros de las personas jurídicas sin fines de lucro se detallan en la

tabla 11. El resultado económico de las organizaciones sin fines de lucro aumento en dos por

ciento sus ingresos en el año 2017 respecto al inmediato anterior. Así también se

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capitalizaron en siete por ciento adicional en el año 2017 y sus activos crecieron en once por

ciento. El impuesto a pagar aumentó en 107% respecto al año 2016 lo cual generó 20

millones de dólares de ingresos al estado. Las sanciones por el atraso en la declaración son

las multas y el pago fuera de tiempo los intereses de mora, ambos rubros disminuyeron en el

año 2017. Las multas cerraron el ejercicio fiscal 2017 con un valor de 142 mil dólares

aproximadamente, 23% menos que el ejercicio fiscal anterior. Los intereses disminuyeron en

un 76% alcanzando el valor de 2.7 mil dólares en el periodo fiscal analizado. Lo expuesto

evidencia que si bien es cierto los contribuyentes declararon fuera de tiempo por la

determinación de multas e intereses, los días de atraso disminuyeron por la evidencia en la

razón de decrecimiento.

Tabla 11

Estados financieros de Personas Jurídicas sin fines de lucro consolidados

Detalle 2016 2017 Variación

Declaraciones 31865 30801 -3%

Capital suscrito y/o asignado $ 2.720.246.613 $ 2.910.648.887 7%

Total activo $ 17.916.188.634 $ 19.893.421.015 11%

Total activo corriente $ 10.067.172.622 $ 11.265.090.881 12%

Total activo no corriente $ 7.849.016.012 $ 8.628.330.135 10%

Total patrimonio neto $ 6.875.355.450 $ 7.343.236.438 7%

Total ingresos $ 6.721.337.888 $ 6.853.546.557 2%

Total costos y gastos $ 6.498.181.017 $ 6.619.093.653 2%

Utilidad del ejercicio $ 430.484.713 $ 468.784.201 9%

Perdida del ejercicio $ 207.327.842 $ 234.331.297 13%

Participación a trabajadores $ 20.522.373 $ 31.938.054 56%

Utilidad gravable $ 182.473.285 $ 247.155.932 35%

Impuesto causado $ 40.144.123 $ 54.374.305 35%

Impuesto a la renta único $ 2.806.104 $ 1.605.337 -43%

Total impuesto a pagar $ 9.666.775 $ 20.036.928 107%

Interés por mora $ 11.479 $ 2.744 -76%

Multas $ 184.547 $ 142.381 -23%

Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.

Los estados financieros de las personas jurídicas sin fines de lucro que declararon en

el formulario 101 se detallan en la tabla 12. El resultado económico de las organizaciones sin

fines de lucro que determinaron su impuesto según el régimen general aumentó en uno por

ciento sus ingresos en el año 2017 respecto al inmediato anterior. Así también se

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capitalizaron en siete por ciento adicional en el año 2017 y sus activos crecieron en once por

ciento. El impuesto a pagar aumentó en 107% respecto al año 2016 lo cual generó 20

millones de dólares de ingresos al estado. Las multas cerraron el ejercicio fiscal 2017 con un

valor de 122 mil dólares aproximadamente, 28% menos que el ejercicio fiscal anterior. Los

intereses disminuyeron en un 77% alcanzando el valor de 2.6 mil dólares en el periodo fiscal

analizado.

Tabla 12

Estados financieros del formulario 101 de Personas Jurídicas sin fines de lucro consolidados

Valores 2016 2017 Variación

Declaraciones 27952 26234 -6%

Promedio de días de atraso 2 -22 -992%

Capital suscrito y/o asignado $ 2.622.902.242 $ 2.810.586.162 7%

Total activo $ 17.687.042.078 $ 19.642.294.342 11%

Total activo corriente $ 9.987.532.983 $ 11.183.024.817 12%

Total activo no corriente $ 7.699.509.096 $ 8.459.269.525 10%

Total patrimonio neto $ 6.751.765.679 $ 7.204.291.044 7%

Total ingresos $ 6.545.663.568 $ 6.593.021.016 1%

Total costos y gastos $ 6.330.281.715 $ 6.364.029.671 1%

Utilidad del ejercicio $ 415.519.113 $ 449.638.388 8%

Perdida del ejercicio $ 200.137.260 $ 220.647.044 10%

Participación a trabajadores $ 19.881.997 $ 31.489.326 58%

Utilidad gravable $ 176.258.338 $ 238.966.431 36%

Impuesto a la renta único $ 2.800.540 $ 1.585.903 -43%

Total impuesto a pagar $ 9.628.257 $ 19.977.650 107%

Interés por mora $ 11.177 $ 2.590 -77%

Multas $ 170.109 $ 121.806 -28%

Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.

Los estados financieros de las organizaciones pertenecientes a la economía popular y

solidaria que declararon en el formulario 122 se detallan en la tabla 13. El resultado

económico de las organizaciones que determinaron su impuesto en el régimen simplificado

aumentó en 48% sus ingresos en el año 2017 respecto al inmediato anterior. Así también se

capitalizaron en tres por ciento adicional en el año 2017 y sus activos crecieron en diez por

ciento. El impuesto a pagar aumentó en 54% respecto al año 2016 lo cual generó 59 mil

dólares de ingresos al estado. Las multas cerraron el ejercicio fiscal 2017 con un valor de 20

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48

mil dólares aproximadamente, 43% más que el ejercicio fiscal anterior. Los intereses

disminuyeron en 49% alcanzando el valor de 154 dólares en el periodo fiscal analizado.

Tabla 13

Estados financieros del formulario 122 de Personas Jurídicas sin fines de lucro consolidados

Valores 2016 2017 Variación

Declaraciones 3913 4567 17%

Promedio de Días de atraso 20 -11 -157%

Capital suscrito y/o asignado $ 97.344.371 $ 100.062.725 3%

Total activo $ 229.146.555 $ 251.126.673 10%

Total activo corriente $ 79.639.639 $ 82.066.063 3%

Total activo no corriente $ 149.506.916 $ 169.060.610 13%

Total patrimonio neto $ 123.589.771 $ 138.945.394 12%

Total ingresos $ 175.674.320 $ 260.525.541 48%

Total costos y gastos $ 167.899.302 $ 255.063.982 52%

Utilidad del ejercicio $ 14.965.600 $ 19.145.813 28%

Perdida del ejercicio $ 7.190.582 $ 13.684.253 90%

Participación a trabajadores $ 640.377 $ 448.729 -30%

Utilidad gravable $ 6.214.947 $ 8.189.501 32%

Impuesto a la renta único $ 5.564 $ 19.434 249%

Total impuesto a pagar $ 38.518 $ 59.278 54%

Interés por mora $ 302 $ 154 -49%

Multas $ 14.438 $ 20.576 43%

Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.

Los estados financieros de las organizaciones distintas a las pertenecientes a la

economía popular y solidaria se detallan en la tabla 14. El resultado económico de las

organizaciones disminuyó en uno por ciento sus ingresos en el año 2017 respecto al

inmediato anterior. El patrimonio se incrementó en seis por ciento adicional en el año 2017 y

sus activos crecieron tres por ciento. El impuesto a pagar aumentó en 86% respecto al año

2016 lo cual generó 1.6 millones de dólares de ingresos al estado. Las multas cerraron el

ejercicio fiscal 2017 con un valor de 97 mil dólares aproximadamente, 29% menos que el

ejercicio fiscal anterior. Los intereses disminuyeron en 72% alcanzando el valor de 1. 3 mil

dólares en el periodo fiscal analizado.

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Tabla 14

Estados financieros de Personas Jurídicas sin fines de lucro distintas a la EPS

Valores 2016 2017 Variación

Declaraciones 22606 21086 -7%

Promedio de días de atraso 4 -22 -595%

Total activo $ 7.420.373.893 $ 7.653.810.952 3%

Total patrimonio neto $ 5.084.402.241 $ 5.372.621.815 6%

Total ingresos $ 4.395.754.972 $ 4.341.678.885 -1%

Total costos y gastos $ 4.275.654.136 $ 4.253.891.022 -1%

Utilidad del ejercicio $ 284.330.649 $ 270.214.697 -5%

Perdida del ejercicio $ 164.229.813 $ 182.426.835 11%

Participación a trabajadores $ 1.297.002 $ 4.877.730 276%

Utilidad gravable $ 54.436.323 $ 72.331.021 33%

Impuesto a la renta único $ 199.313 $ 119.648 -40%

Total impuesto a pagar $ 903.953 $ 1.681.823 86%

Interés por mora $ 4.647 $ 1.310 -72%

Multas $ 136.990 $ 97.362 -29%

Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.

Los estados financieros de las organizaciones pertenecientes a la economía popular y

solidaria se detallan en la tabla 15. El resultado económico de las organizaciones aumentó en

ocho por ciento sus ingresos en el año 2017 respecto al inmediato anterior. El patrimonio se

incrementó en diez por ciento adicional en el año 2017 y sus activos crecieron 17% por

ciento. El impuesto a pagar aumentó en 109% respecto al año 2016 lo cual generó 18.4

millones de dólares de ingresos al estado. Las multas cerraron el ejercicio fiscal 2017 con un

valor de 45 mil dólares aproximadamente, 5% menos que el ejercicio fiscal anterior. Los

intereses disminuyeron en 79% alcanzando el valor de 1.4 mil dólares en el periodo fiscal

analizado.

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Tabla 15

Estados financieros de Personas Jurídicas sin fines de lucro pertenecientes a la EPS

Valores 2016 2017 Variación

Declaraciones 9259 9715 5%

Promedio de días de atraso 6 -17 -407%

Total activo $ 10.495.814.740 $ 12.239.610.063 17%

Total patrimonio neto $ 1.790.953.209 $ 1.970.614.623 10%

Total ingresos $ 2.325.582.916 $ 2.511.867.672 8%

Total costos y gastos $ 2.222.526.881 $ 2.365.202.630 6%

Utilidad del ejercicio $ 146.154.064 $ 198.569.504 36%

Perdida del ejercicio $ 43.098.029 $ 51.904.462 20%

Participación a trabajadores $ 19.225.371 $ 27.060.325 41%

Utilidad gravable $ 128.036.962 $ 174.824.912 37%

Impuesto a la renta único $ 2.606.791 $ 1.485.689 -43%

Total impuesto a pagar $ 8.762.822 $ 18.355.105 109%

Interés por mora $ 6.832 $ 1.433 -79%

Multas $ 47.557 $ 45.019 -5%

Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.

Durante el año 2017 las provincias que registraron menos días de atraso en la

declaración del impuesto a la renta en el formulario 101 fueron según el orden de oportunidad

Guayas, Pichincha, Azuay e Imbabura con menos de 16 días de atraso en promedio, y las

provincias de mayor atraso fueron Los Ríos y Sucumbíos con 47 días de atraso en promedio.

En el mismo ejercicio fiscal analizado las provincias que registraron menos días de atraso en

la declaración del impuesto a la renta en el formulario 122 fueron según el orden de

oportunidad Bolivar, Zamora Chinchipe y El Oro con menos de 7 días de atraso en promedio,

y las provincias de mayor atraso fueron Galápagos y Cañar con más de 25 días de atraso en

promedio.

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Tabla 16

Días de atraso en la declaración del impuesto a la renta de las Personas Jurídicas sin fines

de lucro por provincia año y tipo de formulario

101 122

Rótulos de fila 2016 2017 2016 2017

Azuay 1 -15 10 -12

Bolívar -18 -35 27 3

Cañar 0 -20 1 -26

Carchi -8 -26 7 -17

Chimborazo -14 -29 13 -9

Cotopaxi -1 -24 16 -7

El Oro -4 -19 9 -6

Esmeraldas 0 -30 63 -9

Galápagos 24 -18 11 -28

Guayas 28 -12 39 -11

Imbabura 12 -15 14 -9

Loja -13 -21 2 -16

Los Ríos -3 -47 33 -13

Manabí -5 -33 20 -15

Morona Santiago -14 -33 9 -12

Napo -2 -29 26 -7

Orellana 0 -27 14 -11

Pastaza -8 -26 0 -7

Pichincha 11 -12 18 -10

Santa Elena 15 -17 43 -10

Santo Domingo de los Tsáchilas -6 -23 9 -13

Sucumbíos -20 -47 26 -12

Tungurahua -9 -24 11 -20

Zamora Chinchipe -16 -24 2 -5

Total general 2 -22 20 -11

Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.

Se efectuó como último análisis descriptivo, exponer los días de atraso por tipo de

formulario y tipo de contribuyente, enfocándonos en los tipos de contribuyente del sector de

la economía popular y solidaria. Dentro del sector popular y solidario, las formas de

organización del sector no financiero cumplieron en promedio con diez días de atraso la

declaración del impuesto a la renta en el formulario 122, a diferencia de los contribuyentes

del mismo tipo que declararon en el formulario 101 con 24 días de atraso en promedio. Las

organizaciones que pertenecen al sistema financiero popular y solidario y efectuaron la

declaración de impuesto a la renta en el formulario 101 en el ejercicio fiscal 2017 reportaron

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siete días promedio de atraso, siendo los de mejor comportamiento tributario respecto a todos

los integrantes de la economía popular y solidaria.

Tabla 17

Días de atraso en la declaración del impuesto a la renta de las Personas Jurídicas por año,

tipo de contribuyente y tipo de formulario

Tipo de contribuyente

101 122

2016 2017 2016 2017

Popular y solidario

Sector de la economía popular y solidaria -2 -24 17 -10

Sistema financiero popular y solidario 5 -7 22 -44

Sector privado

Sociedades y organizaciones no gubernamentales sin fines

de lucro 3 -22 35 -17

Total general 2 -22 20 -11

Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.

3.2 Análisis Inferencial

Previo a efectuar el análisis inferencial se seleccionaron los registros exclusivamente

de las organizaciones que pertenecen a la economía popular y solidaria del sector no

financiero para evitar el sesgo y la estimación incorrecta de los coeficientes y parámetros

estadísticos. Se trabajó con 9579 contribuyentes que efectuaron sus declaraciones del

ejercicio fiscal 2017 en formularios 101 o formularios 122.

La estadística descriptiva básica de la variable dependiente atraso se detalla en la tabla

18. La variable Atraso genera la información de los días posteriores o anteriores a la

exigibilidad de la declaración que el contribuyente efectuó la misma. El signo negativo

representa los días de atraso mientras el signo positivo representa los días de anticipación de

la declaración de impuesto a la renta.

Los 9579 datos de las declaraciones generaron un promedio de atraso de 12.67 días

que es la medida de tendencia central para los contribuyentes analizados. Con este primer

resultado el sector continúa incumpliendo en la presentación oportuna de la declaración de

impuesto a la renta con 12 días adicionales a los establecidos en la normativa vigente.

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Se identificó que la declaración con mayor oportunidad y anticipación fue realizada

con 96 días anteriores al vencimiento y la declaración con mayor tardanza fue de 116 días

posteriores a la exigibilidad.

En función de la desviación estándar se construyó un rango común de la declaración

entre 25 días de anticipación y 49 días de atraso, fuera de estos límites los datos no serían

representativos sino atípicos.

Tabla 18

Estadística descriptiva de variable dependiente “Días de atraso” Variable Obs Mean Std. Dev. Min Max

Atraso 9579 -12.67324 37.1001 -116 96

Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.

Existe una alta concentración de declaraciones el día previo al vencimiento con más

del 60% de los datos, así también se observa que la anticipación en la declaración no es

frecuente en los contribuyentes lo cual se expone en la figura 4.

Figura 4. Histograma de variable dependiente “Días de atraso”. Tomado de la base de datos

del Servicio de Rentas Interna.

Se analizó por tipo de formulario y para los dos existe una alta concentración de

declaraciones el día previo al vencimiento, el 60% de los contribuyentes que efectuaron la

declaración en el formulario 101 lo efectuaron el día cercano al vencimiento o ese último día.

0

.02

.04

.06

.08

Den

sity

-100 -50 0 50 100Días de atraso

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Los contribuyentes que utilizaron el formulario 122 en un 70% de los datos efectuaron la

declaración el día cercano al vencimiento o ese último día. En ambos formularios se observó

que la anticipación en la declaración no es frecuente en los contribuyentes lo cual se expone

en la figura 5.

Figura 5. Histograma de variable dependiente “Días de atraso” por número de formulario.

Tomado de la base de datos del Servicio de Rentas Interna.

Para efectuar el test de medias y la regresión lineal simple se identificó que los datos

mantengan una distribución normal. Para verificar la normalidad de la variable “Días de

atraso”, se procedió a realizar un análisis gráfico mediante la función Qnorm de stata. En la

figura 6 se observa que los datos son cercanos a distribución normal por lo que se asume

tiene la misma distribución.

0

.02

.04

.06

.08

-100 -50 0 50 100 -100 -50 0 50 100

101 122

Den

sity

Días de atrasoGraphs by Formulario

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Figura 6. Normalidad de variable dependiente “Días de atraso”. Tomado de la base de datos

del Servicio de Rentas Interna.

3.3 Declaración de Impuesto a la Renta

Los 9579 agrupados por tipo de formularios generaron un promedio de atraso en la

declaración de impuesto a la renta con el formulario 101 de 15.89 días y con el formulario

122 de 8.02 días. Con este resultado se observa que uno de los efectos del régimen

simplificado en las organizaciones de la economía popular y solidaria fue un cambio en su

comportamiento al cumplimiento del deber formal de presentar oportunamente su declaración

de impuesto a la renta en comparación con los contribuyentes del mismo sector pero no

sujetos al régimen simplificado.

Tabla 19

Estadística descriptiva de variable dependiente “Días de atraso” por número de formulario

Formulario Media

101 -15.89871

122 -8.020908

Total -12.67324

Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.

3.4 Comprobación de Hipótesis 1

Se efectuó el test de medias para contrastar y probar la primera hipótesis de la

investigación que señala que las organizaciones de la economía popular y solidaria que se

-200

-100

0

100

Día

s d

e a

traso

-200 -100 0 100Inverse Normal

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encuentra en el régimen simplificado declaran con igual días de atraso que los no sujetos al

régimen, y dado la hipótesis nula del test postula que existe igualdad de medias: y tomando

como hipótesis alternativa que la media de los 101 es mayor que la media de los 122:

obtenemos un p-valor igual a 0.00 < 0.05, por lo tanto se rechaza la hipótesis nula y podemos

decir que sí existe evidencia de que en promedio las días de atraso en el formulario 101 son

mayores a los días de atraso en el formulario 122.

Figura 7. Test de medias de los días de atraso de los formularios 101 y 122. Tomado de la

base de datos del Servicio de Rentas Interna.

3.5 Comprobación de Hipótesis 2

Por último, se realizó la regresión lineal simple para probar la segunda hipótesis de la

investigación que señalaba que el régimen simplificado tuvo un efecto positivo en la

disminución de los días de atraso de la declaración del impuesto a la renta de las

organizaciones de la economía popular y solidaria. Para lo cual como variables explicativas al

modelo se estableció la variable RISE que tomaba el valor de 1 para los sujetos al régimen

simplificado y cero para los contribuyentes del régimen normal. Así también, la constante

que detalla el valor estándar de días de atraso de quienes no pertenecen al RISE.

El impacto de sujetarse al régimen simplificado para las organizaciones pertenecientes

en la economía popular y solidaria en el cumplimiento de la declaración del impuesto a la

renta del ejercicio fiscal 2017 se detalla en la tabla 21. Se obtuvo que acogerse al régimen

Pr(T < t) = 0.0000 Pr(|T| > |t|) = 0.0000 Pr(T > t) = 1.0000 Ha: diff < 0 Ha: diff != 0 Ha: diff > 0

Ho: diff = 0 degrees of freedom = 9577 diff = mean(101) - mean(122) t = -10.2748 diff -7.877802 .7667086 -9.380713 -6.374891 combined 9579 -12.67324 .3790662 37.1001 -13.41629 -11.93019 122 3922 -8.020908 .5018645 31.4297 -9.004848 -7.036968 101 5657 -15.89871 .5352414 40.25713 -16.94799 -14.84943 Group Obs Mean Std. Err. Std. Dev. [95% Conf. Interval]

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disminuye en 7.87 días los días de declaración promedio. Por otra parte, el no sujetarse al

régimen simplificado aumenta los días de atraso en 15.89 días.

Figura 8. Regresión lineal simple por Mínimos cuadrados ordinarios. Tomado de la base de

datos del Servicio de Rentas Interna.

Capítulo 4

Discusión

4.1 Contrastación Empírica

El problema también nace por complejidad y dificultad de los sistemas tributarios y

“la existencia de amplios beneficios o franquicias a determinados contribuyentes” (CEPAL,

2016) Las características principales de los contribuyentes a quienes se dirigen estos

regímenes son:

Gran número y difícil control administrativo.

Niveles de ingresos bajos que generan muy baja recaudación.

Segmento conflictivo con costes políticos elevados.

Organización empresarial precaria y deficiente.

Actúan en la economía sumergida o informalidad económica(Banco

Interamericano de Desarrollo, 2009)

Lo expuesto por la Cepal (Comisión Económica para América Latina y el Caribe)

guarda relación con la realidad ecuatoriana a excepción de los niveles de ingresos bajos que

_cons -15.89871 .4905961 -32.41 0.000 -16.86038 -14.93704 RISE 7.877802 .7667086 10.27 0.000 6.374891 9.380713 Atraso Coef. Std. Err. t P>|t| [95% Conf. Interval]

Total 13183327.3 9578 1376.41755 Root MSE = 36.899 Adj R-squared = 0.0108 Residual 13039585.2 9577 1361.55218 R-squared = 0.0109 Model 143742.006 1 143742.006 Prob > F = 0.0000 F( 1, 9577) = 105.57 Source SS df MS Number of obs = 9579

. reg Atraso RISE

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generan muy baja recaudación. El sector económico y solidario por años ha sido conflictivo y

se ha visto afectado por la política fiscal.

4.2 Limitaciones

Las limitaciones del estudio se observaron en la calidad de los datos y el número de

registros. El catastro de RUC al ser una base que permanentemente se actualiza por los

funcionarios es objeto de errores, los cuales no permitieron obtener información exacta en el

100% de los datos recibidos. En la base de RUC registraban varios tipos de contribuyente que

no correspondían o guardaban relación con la realidad. Tales como instituciones públicas

sujetas al régimen simplificado o sociedades extranjeras no domiciliadas

4.3 Líneas de Investigación

Los resultados obtenidos con la metodología expuesta en el capítulo 2 plantea líneas

de investigación con respecto a la evaluación integral de reformas tributarias y por otra parte

fomentar la cultura tributaria e investigar las razones que aumenta la probabilidad de

cumplimiento entre los contribuyentes.

4.4 Aspectos Relevantes

La economía popular y solidaria registra montos relevantes y significativos en sus

estados financieros por lo que se desvirtúa esa imagen de sector de bajos o mínimos recursos.

Se destaca la diferencia entre lo señalado en el referente teórico y lo obtenido en la

investigación. La Cepal señala que una de las principales características de los participantes

fue niveles de ingresos bajos que generan muy baja recaudación.

Capítulo 5

Propuesta

El análisis cuantitativo efectuado generó evidencia para aseverar que el régimen

simplificado colaboró y facilitó el cumplimiento del impuesto a la renta en comparación con

el régimen general de los contribuyentes que pertenecen a la economía popular y solidaria. A

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continuación, se desarrollarán propuestas con miras a fortalecer la cultura tributaria de las

organizaciones de la economía popular y solidaria en el régimen simplificado.

Tema: Fortalecimiento en la cultura tributaria de las organizaciones pertenecientes la

economía popular y solidaria.

Alcance: Las organizaciones de la economía popular y solidaria

Objetivo General

Fomentar la cultura tributaria a las organizaciones de la economía popular y solidaria.

Objetivos Específicos

• Difundir los beneficios de pertenecer a la economía popular y solidaria.

• Fomentar la concientización en la cultura tributaria.

5.1 Campañas de Capacitación

Actualmente la AT dentro del Departamento de Capacitación al Contribuyente realiza

capacitaciones gratuitas en temas específicos o a través de programas de capacitación con

varios temas que siguen una malla curricular. Sin embargo, en la observación no se encuentra

un tema que trate sobre la declaración del impuesto a la renta de las organizaciones de la

economía popular y solidaria. Con base en los resultados obtenidos en la presente

investigación, se establece la necesidad de incrementar dentro de las opciones de capacitación

contenido sobre los beneficios de pertenecer al régimen simplificado de la economía popular

y solidaria.

Las capacitaciones deben estar direccionadas a aquellos contribuyentes que

pertenecen al régimen general de la economía popular y solidaria, para que conozcan si

cumplen con los parámetros establecidos bajo las normas tributarias para acogerse al régimen

simplificado, y para aquellos sujetos pasivos que perteneciendo al régimen simplificado no

cumplen oportunamente con sus deberes formales. Estas capacitaciones deben ser dictadas

dentro de las instalaciones del SRI por funcionarios pertenecientes al Departamento de

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Capacitaciones para que las mismas no incurran en gastos adicionales para la AT. En la

página web institucional dentro de la opción “Quiero Capacitarme” deben agregar un tema

que indique: Economía popular y solidaria y sus beneficios tributarios teórico y práctico.

5.2 Campañas de Difusión

Con el objetivo de lograr una información oportuna, eficiente y veraz, la AT en

conjunto con la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria y el Instituto de

Economía Popular y Solidaria deben detallar todas las formalidades, derechos y obligaciones

tributarias de las organizaciones que forman parte del objeto de estudio del presente proyecto

de investigación. Comunicar en todos los canales y medios disponibles de la AT, esto es,

pagina web institucional, gaceta tributaria, correos electrónicos que reposan en la base de

datos, los beneficios de pertenecer al régimen simplificado de la economía popular y solidaria

y los deberes formales que deben cumplir.

Por otra parte, se deben efectuar notificaciones masivas a través de los canales

electrónicos incentivando a la sujeción del régimen simplificado a las organizaciones que

pertenecen a la economía popular y solidaria que hasta la presente se mantengan en el

régimen general y que de acuerdo a su patrimonio, ingresos o gastos puedan acogerse al RS.

Así también la difusión de información sobre el régimen simplificado a través de brigadas

móviles organizadas en alianza con el SRI, SEPS y el IEPS, núcleos de apoyo fiscal y

cualquier evento en el que se cuente con la participación de los organismos de control antes

mencionados con el fin de dar información clara, precisa y oportuna.

Cabe recalcar que las estrategias aquí planteadas no representan una erogación de

recursos puesto que son parte de las actividades y facultades del SRI.

Conclusiones

Con la investigación realizada se observó que no existe evidencia estadística que

permita demostrar que las organizaciones de la economía popular y solidaria que se encuentra

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en el régimen simplificado declaran con igual días de atraso que los no sujetos al régimen. En

el caso del impuesto a la renta de personas jurídicas los contribuyentes en el régimen

simplificado fueron más propensos a declarar oportunamente que aquellos que pertenecían al

régimen normal.

Así también se presentó el impacto positivo en la reducción de días de atraso de los

contribuyentes pertenecientes al régimen simplificado. Por lo que la implementación y

reformas para hacer útil el régimen simplificado fueron acertadas por parte de los

legisladores.

Se determinó el efecto del régimen simplificado en la presentación del impuesto a la

renta de las organizaciones de la economía popular y solidaria.

Se encontró los tipos de organizaciones de la economía popular y solidaria registradas

en el registro único de contribuyentes, tales como los asociativos, comunitarios, e

instituciones financieras de la economía popular y solidaria.

Se identificó la distribución por provincias de las organizaciones de la economía

popular y solidaria. Las provincias con mayor representatividad fueron Guayas y Pichincha.

Por último, se categorizó las declaraciones previo al análisis por tipo de formulario y

se identificó declaraciones en el formulario 101 y en el formulario 122.

Con lo expuesto se concluye que un régimen simplificado favorece el sistema

tributario ecuatoriano ya que cumple con su objetivo de facilitar la declaración de impuestos

al contribuyente. Aun cuando el régimen es a nivel nacional, existe concentración en las dos

provincias con mayor población.

Recomendaciones

• Implementar las propuestas planteadas, lo cual ayudaría a disminuir las brechas de

omisidad que afectan los indicadores de eficacia mediante los cuales se mide la

gestión de la administración tributaria.

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62

• La presente investigación da la pauta para futuros estudios de los regímenes

simplificados, por lo que se recomienda analizar el comportamiento de las

organizaciones de la economía popular y solidaria y otros contribuyentes que puedan

gozar de los beneficios de los regímenes impositivos en las declaraciones de otros

impuestos distintos al impuesto a la renta, como la declaración de Impuesto al Valor

Agregado, ya que es un impuesto que genera gran parte de la recaudación tributaria

con relación al inmediato anterior. Para el sector de la economía popular y solidaria

este impuesto puede ser presentado de manera mensual o semestral dependiendo de

sus ingresos.

• Realizar un estudio sobre la incidencia del ingreso erróneo de información en la

inscripción de los diferentes tipos de contribuyentes en la base de datos del SRI,

debido a que esto conlleva a no obtener una información exacta para la toma de

decisiones o propuestas que serían de ayuda para implementar reformas o regímenes

que mejoren la recaudación tributaria.

• Realizar un estudio sobre el impacto en la recaudación tributaria con respecto al

Impuesto a la Renta debido a el beneficio especial; descuento en la tarifa, que tienen

las organizaciones de la economía popular y solidaria.

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65

Apéndice A

Estados financieros de las organizaciones de la EPS por subtipo

Tabla A1

Asociativos

Rótulos de fila 2016 2017

Declaraciones 5759 6411

Promedio de días de atraso 4 -20

Total activo $ 138.257.400 $ 132.144.730

Total patrimonio neto $ 57.978.222 $ 60.278.298

Total ingresos $ 535.011.250 $ 556.595.422

Total costos y gastos $ 524.316.676 $ 545.661.283

Utilidad del ejercicio $ 18.601.629 $ 20.381.068

Pérdida del ejercicio $ 7.907.055 $ 9.446.929

Participación a trabajadores $ 519.103 $ 966.748

Utilidad gravable $ 6.071.891 $ 9.584.799

Impuesto a la renta único $ 2.591.855 $ 1.468.853

Total impuesto a pagar $ 137.045 $ 152.733

Interés por mora $ 3.969 $ 372

Multas $ 17.618 $ 23.733

Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.

Tabla A2

Caja central

Rótulos de fila 2016 2017

Declaraciones 1 1

Promedio de días de atraso

Total activo $ 215.052.927 $ 256.512.430

Total patrimonio neto $ 14.068.141 $ 16.311.796

Total ingresos $ 9.702.335 $ 12.124.254

Total costos y gastos $ 8.021.368 $ 10.070.418

Utilidad del ejercicio $ 1.680.967 $ 2.053.836

Pérdida del ejercicio $ 0 $ 0

Participación a trabajadores $ 252.145 $ 308.075

Utilidad gravable $ 1.424.238 $ 1.700.459

Impuesto a la renta único $ 0 $ 0

Total impuesto a pagar $ 0 $ 0

Interés por mora $ 0 $ 0

Multas $ 0 $ 0

Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.

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66

Tabla A3

Cajas de ahorro

Rótulos de fila 2016 2017

Declaraciones 10 9

Promedio de días de atraso 19 -19

Total activo $ 31.754.214 $ 32.685.263

Total patrimonio neto $ 4.756.112 $ 4.576.761

Total ingresos $ 2.653.583 $ 2.564.677

Total costos y gastos $ 2.516.089 $ 2.565.052

Utilidad del ejercicio $ 137.494 $ 268

Pérdida del ejercicio $ 0 $ 642

Participación a trabajadores $ 244 $ 0

Utilidad gravable $ 150.758 $ 6.971

Impuesto a la renta único $ 0 $ 0

Total impuesto a pagar $ 304 $ 0

Interés por mora $ 0 $ 0

Multas $ 30 $ 30

Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.

Tabla A4

Cajas y bancos comunales

Rótulos de fila 2016 2017

Declaraciones 13 12

Promedio de días de atraso -15 -49

Total activo $ 529.904 $ 634.531

Total patrimonio neto $ 107.852 $ 193.791

Total ingresos $ 58.805 $ 78.089

Total costos y gastos $ 45.784 $ 41.890

Utilidad del ejercicio $ 13.021 $ 36.199

Pérdida del ejercicio $ 0 $ 0

Participación a trabajadores $ 6 $ 2.055

Utilidad gravable $ 4.387 $ 26.043

Impuesto a la renta único $ 0 $ 0

Total impuesto a pagar $ 0 $ 10

Interés por mora $ 0 $ 0

Multas $ 0 $ 322

Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.

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67

Tabla A5

Comunitarios

Rótulos de fila 2016 2017

Declaraciones 43 47

Promedio de días de atraso -13 -24

Total activo $ 155.605 $ 102.621

Total patrimonio neto $ 102.977 $ 87.684

Total ingresos $ 171.568 $ 220.297

Total costos y gastos $ 201.866 $ 276.278

Utilidad del ejercicio $ 19.823 $ 9.145

Pérdida del ejercicio $ 50.121 $ 65.126

Participación a trabajadores $ 2.157 $ 0

Utilidad gravable $ 18.331 $ 2.194

Impuesto a la renta único $ 0 $ 0

Total impuesto a pagar $ 0 $ 6

Interés por mora $ 0 $ 0

Multas $ 56 $ 39

Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.

Tabla A6

Cooperativa de ahorro y crédito

Rótulos de fila 2016 2017

Declaraciones 837 775

Promedio de días de atraso 8 -8

Total activo $ 9.382.823.933 $ 11.070.510.579

Total patrimonio neto $ 1.359.253.204 $ 1.525.837.922

Total ingresos $ 1.216.139.825 $ 1.350.223.959

Total costos y gastos $ 1.127.380.203 $ 1.215.871.170

Utilidad del ejercicio $ 117.300.454 $ 169.243.759

Pérdida del ejercicio $ 28.540.833 $ 34.890.971

Participación a trabajadores $ 17.580.164 $ 25.342.549

Utilidad gravable $ 114.418.543 $ 159.200.417

Impuesto a la renta único $ 12.894 $ 0

Total impuesto a pagar $ 8.528.125 $ 18.131.405

Interés por mora $ 1.252 $ 873

Multas $ 9.684 $ 4.071

Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.

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68

Tabla A7

Cooperativistas

Rótulos de fila 2016 2017

Declaraciones 2495 2355

Promedio de días de atraso 9 -12

Total activo $ 699.635.012 $ 721.631.445

Total patrimonio neto $ 337.406.740 $ 347.179.643

Total ingresos $ 531.144.261 $ 559.393.793

Total costos y gastos $ 529.930.879 $ 560.561.174

Utilidad del ejercicio $ 7.659.076 $ 5.928.891

Pérdida del ejercicio $ 6.445.693 $ 7.096.272

Participación a trabajadores $ 810.633 $ 405.485

Utilidad gravable $ 5.885.685 $ 4.212.607

Impuesto a la renta único $ 2.043 $ 16.836

Total impuesto a pagar $ 97.179 $ 65.843

Interés por mora $ 1.608 $ 185

Multas $ 18.470 $ 16.572

Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.

Tabla A8

Solidarias

Rótulos de fila 2016 2017

Declaraciones 42 43

Promedio de días de atraso -11 -21

Total activo $ 412.283 $ 265.828

Total patrimonio neto $ 251.575 $ 68.568

Total ingresos $ 1.062.983 $ 905.979

Total costos y gastos $ 807.613 $ 863.502

Utilidad del ejercicio $ 257.398 $ 56.816

Pérdida del ejercicio $ 2.028 $ 14.339

Participación a trabajadores $ 3.332 $ 0

Utilidad gravable $ 230 $ 925

Impuesto a la renta único $ 0 $ 0

Total impuesto a pagar $ 0 $ 24

Interés por mora $ 0 $ 1

Multas $ 60 $ 96

Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.

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69

Tabla A9

Federaciones

Rótulos de fila 2016 2017

Declaraciones 7 6

Promedio de días de atraso 20 -12

Total activo $ 7.961.991 $ 7.935.152

Total patrimonio neto $ 4.232.473 $ 4.346.243

Total ingresos $ 7.982.028 $ 8.596.149

Total costos y gastos $ 7.840.185 $ 8.478.556

Utilidad del ejercicio $ 208.570 $ 180.180

Pérdida del ejercicio $ 66.728 $ 62.587

Participación a trabajadores $ 31.286 $ 27.027

Utilidad gravable $ 585 $ 3.281

Impuesto a la renta único $ 0 $ 0

Total impuesto a pagar $ 0 $ 0

Interés por mora $ 0 $ 0

Multas $ 351 $ 0

Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.

Tabla A10

Redes

Rótulos de fila 2016 2017

Declaraciones 2 8

Promedio de días de atraso 1 -6

Total activo $ 230.931 $ 709.306

Total patrimonio neto $ 204.337 $ 662.776

Total ingresos $ 339.523 $ 798.873

Total costos y gastos $ 331.553 $ 366.034

Utilidad del ejercicio $ 7.970 $ 432.919

Pérdida del ejercicio $ 0 $ 80

Participación a trabajadores $ 1.033 $ 299

Utilidad gravable $ 7.166 $ 2.403

Impuesto a la renta único $ 0 $ 0

Total impuesto a pagar $ 0 $ 0

Interés por mora $ 0 $ 0

Multas $ 0 $ 0

Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.

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70

Tabla A11

Uniones

Rótulos de fila 2016 2017

Declaraciones 50 48

Promedio de días de atraso 29 -5

Total activo $ 19.000.541 $ 16.478.177

Total patrimonio neto $ 12.591.574 $ 11.071.142

Total ingresos $ 21.316.754 $ 20.366.181

Total costos y gastos $ 21.134.664 $ 20.447.275

Utilidad del ejercicio $ 267.662 $ 246.424

Pérdida del ejercicio $ 85.572 $ 327.517

Participación a trabajadores $ 25.269 $ 8.086

Utilidad gravable $ 55.148 $ 84.814

Impuesto a la renta único $ 0 $ 0

Total impuesto a pagar $ 170 $ 5.084

Interés por mora $ 4 $ 2

Multas $ 1.289 $ 157

Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.

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71

Apéndice B

Estados financieros de las organizaciones distintas a las EPS por subtipo.

Tabla B1

Colegios profesionales, gremios y entidades clasistas

Rótulos de fila 2016 2017

Declaraciones 14191 13072

Promedio de días de atraso 2 -27

Total activo $ 1.246.495.399 $ 1.234.436.929

Total patrimonio neto $ 821.992.179 $ 850.698.090

Total ingresos $ 1.036.550.916 $ 995.408.932

Total costos y gastos $ 1.012.930.823 $ 978.879.637

Utilidad del ejercicio $ 66.596.039 $ 49.730.111

Pérdida del ejercicio $ 42.975.946 $ 33.200.816

Participación a trabajadores $ 807.282 $ 760.650

Utilidad gravable $ 12.002.613 $ 9.508.992

Impuesto a la renta único $ 144.542 $ 116.769

Total impuesto a pagar $ 219.413 $ 245.980

Interés por mora $ 3.437 $ 950

Multas $ 66.927 $ 39.514

Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.

Tabla B2

Cooperativas

Rótulos de fila 2016 2017

Declaraciones 200 181

Promedio de días de atraso 1 -30

Total activo $ 7.475.789 $ 8.576.169

Total patrimonio neto $ 3.470.565 $ 3.009.763

Total ingresos $ 2.466.261 $ 2.112.586

Total costos y gastos $ 2.633.399 $ 2.105.790

Utilidad del ejercicio $ 89.328 $ 161.061

Pérdida del ejercicio $ 256.467 $ 154.265

Participación a trabajadores $ 3.452 $ 16.887

Utilidad gravable $ 55.158 $ 113.877

Impuesto a la renta único $ 0 $ 0

Total impuesto a pagar $ 1.310 $ 11.543

Interés por mora $ 31 $ 1

Multas $ 417 $ 284

Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.

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72

Tabla B3

Educación

Rótulos de fila 2016 2017

Declaraciones 200 181

Promedio de días de atraso 1 -30

Total activo $ 7.475.789 $ 8.576.169

Total patrimonio neto $ 3.470.565 $ 3.009.763

Total ingresos $ 2.466.261 $ 2.112.586

Total costos y gastos $ 2.633.399 $ 2.105.790

Utilidad del ejercicio $ 89.328 $ 161.061

Pérdida del ejercicio $ 256.467 $ 154.265

Participación a trabajadores $ 3.452 $ 16.887

Utilidad gravable $ 55.158 $ 113.877

Impuesto a la renta único $ 0 $ 0

Total impuesto a pagar $ 1.310 $ 11.543

Interés por mora $ 31 $ 1

Multas $ 417 $ 284

Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.

Tabla B4

Entidades culturales y de arte

Rótulos de fila 2016 2017

Declaraciones 217 208

Promedio de días de atraso -1 -15

Total activo $ 33.432.397 $ 34.241.874

Total patrimonio neto $ 24.368.981 $ 25.496.387

Total ingresos $ 27.209.373 $ 28.997.827

Total costos y gastos $ 27.450.628 $ 29.262.946

Utilidad del ejercicio $ 1.175.001 $ 1.346.083

Pérdida del ejercicio $ 1.416.257 $ 1.611.202

Participación a trabajadores $ 6.932 $ 19.524

Utilidad gravable $ 80.411 $ 164.066

Impuesto a la renta único $ 0 $ 0

Total impuesto a pagar $ 7.449 $ 941

Interés por mora $ 45 $ 10

Multas $ 4.933 $ 775

Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.

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73

Tabla B5

Entidades de culto religioso

Rótulos de fila 2016 2017

Declaraciones 2438 2320

Promedio de días de atraso 11 -13

Total activo $ 1.099.049.370 $ 1.161.430.032

Total patrimonio neto $ 917.601.047 $ 982.535.118

Total ingresos $ 406.866.480 $ 411.059.540

Total costos y gastos $ 403.356.038 $ 401.331.121

Utilidad del ejercicio $ 25.048.374 $ 27.231.796

Pérdida del ejercicio $ 21.537.932 $ 17.503.377

Participación a trabajadores $ 69.476 $ 30.947

Utilidad gravable $ 1.844.224 $ 2.251.918

Impuesto a la renta único $ 1.083 $ 5

Total impuesto a pagar $ 12.422 $ 5.728

Interés por mora $ 347 $ 59

Multas $ 14.390 $ 12.862

Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.

Tabla B6

Entidades deportivas

Rótulos de fila 2016 2017

Declaraciones 986 923

Promedio de días de atraso 18 -13

Total activo $ 667.970.826 $ 709.351.033

Total patrimonio neto $ 497.492.779 $ 534.778.217

Total ingresos $ 266.445.560 $ 257.220.465

Total costos y gastos $ 256.534.223 $ 272.890.972

Utilidad del ejercicio $ 23.839.009 $ 6.840.622

Pérdida del ejercicio $ 13.927.672 $ 22.511.129

Participación a trabajadores $ 4.580 $ 6.627

Utilidad gravable $ 2.092.528 $ 598.660

Impuesto a la renta único $ 758 $ 0

Total impuesto a pagar $ 6.829 $ 3.348

Interés por mora $ 50 $ 6

Multas $ 6.357 $ 4.424

Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.

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74

Tabla B7

Fundaciones de investigación

Rótulos de fila 2016 2017

Declaraciones 911 846

Promedio de días de atraso 7 -16

Total activo $ 321.310.244 $ 310.852.766

Total patrimonio neto $ 100.600.322 $ 101.788.758

Total ingresos $ 152.575.808 $ 144.544.174

Total costos y gastos $ 156.544.110 $ 139.641.677

Utilidad del ejercicio $ 10.714.363 $ 15.833.669

Pérdida del ejercicio $ 14.682.664 $ 10.931.172

Participación a trabajadores $ 5.289 $ 13.869

Utilidad gravable $ 5.159.451 $ 8.805.542

Impuesto a la renta único $ 0 $ 0

Total impuesto a pagar $ 283.153 $ 1.038.232

Interés por mora $ 83 $ 13

Multas $ 7.355 $ 1.589

Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.

Tabla B8

Juntas administradoras de agua (comunitarias)

Rótulos de fila 2016 2017

Declaraciones 523 638

Promedio de días de atraso 11 -7

Total activo $ 12.462.660 $ 16.657.469

Total patrimonio neto $ 11.499.702 $ 15.553.300

Total ingresos $ 8.932.946 $ 9.901.643

Total costos y gastos $ 8.655.967 $ 16.983.627

Utilidad del ejercicio $ 983.003 $ 1.386.650

Pérdida del ejercicio $ 706.025 $ 8.468.634

Participación a trabajadores $ 12.561 $ 14.420

Utilidad gravable $ 291.803 $ 275.330

Impuesto a la renta único $ 0 $ 0

Total impuesto a pagar $ 8.097 $ 7.514

Interés por mora $ 62 $ 11

Multas $ 1.547 $ 2.095

Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.

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75

Tabla B9

Organizaciones de beneficencia

Rótulos de fila 2016 2017

Declaraciones 864 773

Promedio de días de atraso 9 -12

Total activo $ 1.418.892.486 $ 1.422.277.962

Total patrimonio neto $ 870.308.689 $ 920.464.280

Total ingresos $ 795.091.326 $ 780.633.058

Total costos y gastos $ 799.582.606 $ 803.893.829

Utilidad del ejercicio $ 31.239.958 $ 29.615.204

Pérdida del ejercicio $ 35.731.238 $ 52.875.974

Participación a trabajadores $ 76.731 $ 3.271.374

Utilidad gravable $ 2.334.627 $ 17.810.048

Impuesto a la renta único $ 0 $ 0

Total impuesto a pagar $ 3.598 $ 5.196

Interés por mora $ 69 $ 42

Multas $ 5.125 $ 10.548

Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.

Tabla B10

Organizaciones no gubernamentales extranjeras

Rótulos de fila 2016 2017

Declaraciones 114 99

Promedio de días de atraso -19 -9

Total activo $ 27.606.789 $ 22.877.393

Total patrimonio neto $ 9.737.545 $ 4.765.621

Total ingresos $ 82.309.795 $ 67.699.391

Total costos y gastos $ 85.477.988 $ 71.630.934

Utilidad del ejercicio $ 904.650 $ 630.543

Pérdida del ejercicio $ 4.072.842 $ 4.562.086

Participación a trabajadores $ 0 $ 0

Utilidad gravable $ 94.669 $ 52.179

Impuesto a la renta único $ 0 $ 0

Total impuesto a pagar $ 9.031 $ 113

Interés por mora $ 86 $ 0

Multas $ 182 $ 682

Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.

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76

Tabla B11

ORI

Rótulos de fila 2016 2017

Declaraciones 2 2

Promedio de días de atraso -14 -34

Total activo $ 64.447 $ 47.798

Total patrimonio neto $ 400 $ 46.886

Total ingresos $ 55.919 $ 84.847

Total costos y gastos $ 14.291 $ 85.165

Utilidad del ejercicio $ 41.627 $ 0

Pérdida del ejercicio $ 0 $ 318

Participación a trabajadores $ 0 $ 0

Utilidad gravable $ 0 $ 0

Impuesto a la renta único $ 0 $ 0

Total impuesto a pagar $ 0 $ 0

Interés por mora $ 0 $ 0

Multas $ 0 $ 0

Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.

Tabla B12

Partidos políticos

Rótulos de fila 2016 2017

Declaraciones 59 62

Promedio de días de atraso -11 -88

Total activo $ 4.966.686 $ 6.268.434

Total patrimonio neto $ 3.986.397 $ 5.062.026

Total ingresos $ 6.045.917 $ 5.320.418

Total costos y gastos $ 7.575.546 $ 5.209.560

Utilidad del ejercicio $ 68.235 $ 492.273

Pérdida del ejercicio $ 1.597.864 $ 381.414

Participación a trabajadores $ 0 $ 0

Utilidad gravable $ 37 $ 77

Impuesto a la renta único $ 0 $ 0

Total impuesto a pagar $ 9 $ 19

Interés por mora $ 0 $ 0

Multas $ 1.991 $ 92

Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.

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77

Tabla B13

Partidos políticos

Rótulos de fila 2016 2017

Declaraciones 955 898

Promedio de días de atraso 0 -27

Total activo $ 121.959.354 $ 131.719.047

Total patrimonio neto $ 74.199.528 $ 77.653.733

Total ingresos $ 64.636.102 $ 46.872.554

Total costos y gastos $ 65.471.720 $ 46.510.672

Utilidad del ejercicio $ 3.150.132 $ 3.592.077

Pérdida del ejercicio $ 3.985.750 $ 3.230.195

Participación a trabajadores $ 2.100 $ 11.420

Utilidad gravable $ 1.526.819 $ 2.444.034

Impuesto a la renta único $ 52.930 $ 0

Total impuesto a pagar $ 242.486 $ 270.267

Interés por mora $ 39 $ 67

Multas $ 3.568 $ 2.981

Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.

Tabla B14

Promoción y desarrollo de la mujer, niño y familia

Rótulos de fila 2016 2017

Declaraciones 955 898

Promedio de días de atraso 0 -27

Total activo $ 121.959.354 $ 131.719.047

Total patrimonio neto $ 74.199.528 $ 77.653.733

Total ingresos $ 64.636.102 $ 46.872.554

Total costos y gastos $ 65.471.720 $ 46.510.672

Utilidad del ejercicio $ 3.150.132 $ 3.592.077

Pérdida del ejercicio $ 3.985.750 $ 3.230.195

Participación a trabajadores $ 2.100 $ 11.420

Utilidad gravable $ 1.526.819 $ 2.444.034

Impuesto a la renta único $ 52.930 $ 0

Total impuesto a pagar $ 242.486 $ 270.267

Interés por mora $ 39 $ 67

Multas $ 3.568 $ 2.981

Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.

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78

Tabla B15

Salud

Rótulos de fila 2016 2017

Declaraciones 154 146

Promedio de días de atraso 5 -6

Total activo $ 376.975.403 $ 398.332.852

Total patrimonio neto $ 298.021.501 $ 315.147.868

Total ingresos $ 236.593.695 $ 215.683.996

Total costos y gastos $ 202.182.210 $ 200.780.431

Utilidad del ejercicio $ 36.215.198 $ 17.236.078

Pérdida del ejercicio $ 1.803.713 $ 2.332.513

Participación a trabajadores $ 3.489 $ 392

Utilidad gravable $ 10.893.925 $ 2.990.298

Impuesto a la renta único $ 0 $ 0

Total impuesto a pagar $ 1.628 $ 927

Interés por mora $ 5 $ 0

Multas $ 2.255 $ 801

Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.

Tabla B16

Unidades ejecutoras de proyectos con fondos del exterior

Rótulos de fila 2016 2017

Declaraciones 34 32

Promedio de días de atraso -8 -25

Total activo $ 23.349.946 $ 28.539.058

Total patrimonio neto $ 3.782.532 $ 3.376.057

Total ingresos $ 5.622.496 $ 2.252.406

Total costos y gastos $ 5.579.575 $ 3.248.555

Utilidad del ejercicio $ 140.402 $ 43.908

Pérdida del ejercicio $ 97.481 $ 1.040.057

Participación a trabajadores $ 0 $ 0

Utilidad gravable $ 130 $ 34.768

Impuesto a la renta único $ 0 $ 0

Total impuesto a pagar $ 3 $ 0

Interés por mora $ 0 $ 0

Multas $ 1 $ 31

Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.

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79

Apéndice C

Tabla C1

Estados financieros de las personas jurídicas sin fines de lucro por clase y año

ESPECIAL OTROS

Valores 2016 2017 2016 2017

Declaraciones 251 247 31614 30554

Promedio de días de

atraso 0 -2 5 -21

Total activo $ 12.580.108.611 $ 14.347.127.081 $ 5.336.080.023 $ 5.546.293.935

Total patrimonio

neto $ 4.020.341.346 $ 4.431.764.986 $ 2.855.014.104 $ 2.911.471.451

Total ingresos $ 4.196.538.603 $ 4.129.373.916 $ 2.524.799.285 $ 2.724.172.641

Total costos y

gastos $ 3.984.120.150 $ 3.891.885.521 $ 2.514.060.867 $ 2.727.208.131

Utilidad del

ejercicio $ 280.194.650 $ 323.817.022 $ 150.290.063 $ 144.967.179

Pérdida del ejercicio $ 67.776.198 $ 86.328.628 $ 139.551.644 $ 148.002.669

Participación a

trabajadores $ 17.251.369 $ 27.470.851 $ 3.271.005 $ 4.467.203

Utilidad gravable $ 143.477.452 $ 202.368.519 $ 38.995.833 $ 44.787.414

Impuesto a la renta

único $ 2.733.011 $ 1.410.439 $ 73.093 $ 194.898

Total impuesto a

pagar $ 8.459.744 $ 18.259.903 $ 1.207.031 $ 1.777.025

Interés por mora $ 945 $ 392 $ 10.534 $ 2.352

Multas $ 9.603 $ 17.768 $ 174.944 $ 124.613

Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.

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80

Apéndice D

Tabla D1

Ingresos de las personas jurídicas sin fines de lucro por provincia y año

TOTAL INGRESOS Rótulos de columna

Rótulos de fila 2016 2017 Total general Pichincha $ 2.240.861.551 $ 2.198.375.112 $ 4.439.236.663

Guayas $ 1.573.896.237 $ 1.517.205.673 $ 3.091.101.910

Azuay $ 643.350.946 $ 688.406.237 $ 1.331.757.182

El Oro $ 434.932.330 $ 444.422.339 $ 879.354.669

Tungurahua $ 375.796.291 $ 409.604.062 $ 785.400.353

Loja $ 243.460.031 $ 251.748.648 $ 495.208.678

Manabí $ 193.729.853 $ 223.835.206 $ 417.565.059

Los Ríos $ 154.711.760 $ 187.951.530 $ 342.663.291

Imbabura $ 137.919.369 $ 147.744.703 $ 285.664.073

Chimborazo $ 124.343.429 $ 130.985.191 $ 255.328.620

Cotopaxi $ 98.396.367 $ 106.763.868 $ 205.160.235

Santo Domingo de los Tsáchilas $ 89.462.929 $ 101.017.384 $ 190.480.314

Carchi $ 57.731.174 $ 63.803.573 $ 121.534.747

Bolívar $ 57.727.937 $ 59.901.961 $ 117.629.898

Esmeraldas $ 52.423.077 $ 56.488.471 $ 108.911.549

Santa Elena $ 46.044.332 $ 44.990.063 $ 91.034.395

Cañar $ 45.644.738 $ 48.434.503 $ 94.079.241

Sucumbíos $ 32.945.864 $ 35.727.078 $ 68.672.943

Pastaza $ 31.737.657 $ 35.478.579 $ 67.216.236

Orellana $ 20.728.679 $ 21.102.317 $ 41.830.996

Zamora Chinchipe $ 19.569.071 $ 23.843.165 $ 43.412.237

Morona Santiago $ 18.949.178 $ 22.722.301 $ 41.671.479

Galápagos $ 14.232.974 $ 15.815.329 $ 30.048.303

Napo $ 12.742.113 $ 17.179.262 $ 29.921.375

Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.

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81

Apéndice E

Tabla E1

Activos de las personas jurídicas sin fines de lucro por provincia y año TOTAL ACTIVO Rótulos de columna

Rótulos de fila 2016 2017 Total general

Pichincha $ 6.186.643.813 $ 6.707.584.553 $ 12.894.228.366

Azuay $ 2.744.020.496 $ 3.338.870.634 $ 6.082.891.130

Guayas $ 2.516.976.056 $ 2.610.443.978 $ 5.127.420.034

Tungurahua $ 1.624.400.328 $ 1.812.875.973 $ 3.437.276.300

Loja $ 766.593.088 $ 829.459.247 $ 1.596.052.336

Chimborazo $ 622.851.914 $ 681.305.479 $ 1.304.157.393

Imbabura $ 556.376.149 $ 663.741.904 $ 1.220.118.053

Manabí $ 503.070.799 $ 600.337.827 $ 1.103.408.626

Cotopaxi $ 422.882.260 $ 495.484.652 $ 918.366.911

El Oro $ 335.916.981 $ 347.623.712 $ 683.540.693

Carchi $ 304.695.788 $ 364.680.234 $ 669.376.022

Bolívar $ 245.766.320 $ 273.708.673 $ 519.474.994

Cañar $ 218.893.998 $ 254.192.178 $ 473.086.176

Los Ríos $ 175.540.840 $ 187.568.495 $ 363.109.335

Pastaza $ 141.260.104 $ 158.524.265 $ 299.784.369

Santo Domingo de los Tsáchilas $ 108.996.655 $ 116.737.486 $ 225.734.141

Esmeraldas $ 79.878.785 $ 81.717.615 $ 161.596.399

Zamora Chinchipe $ 78.533.604 $ 93.358.055 $ 171.891.658

Santa Elena $ 66.881.541 $ 68.570.271 $ 135.451.812

Napo $ 58.372.480 $ 35.113.698 $ 93.486.178

Morona Santiago $ 57.774.349 $ 67.160.379 $ 124.934.727

Orellana $ 45.047.864 $ 49.225.642 $ 94.273.506

Sucumbíos $ 31.170.955 $ 31.414.576 $ 62.585.531

Galápagos $ 23.643.469 $ 23.721.492 $ 47.364.960

Total general $ 17.916.188.634 $ 19.893.421.015 $ 37.809.609.649

Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.

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82

Apéndice F

Tabla F1

Ingresos de las personas jurídicas sin fines de lucro por actividad económica y año

Total ingresos Rótulos de columna

Rótulos de fila 2016 2017

Enseñanza. $ 1.468.446.773

$

1.551.236.003

Actividades de atención de la salud humana y de

asistencia social. $ 1.229.259.235

$

1.171.481.835

Actividades financieras y de seguros. $ 1.218.324.609

$

1.360.003.312

Otras actividades de servicios. $ 1.108.023.402 $ 985.127.485

Transporte y almacenamiento. $ 411.020.274 $ 450.382.332

Comercio al por mayor y al por menor; reparación

de vehículos automotores y motocicletas. $ 381.095.676 $ 381.489.780

Artes, entretenimiento y recreación. $ 219.338.728 $ 214.760.700

Actividades profesionales, científicas y técnicas. $ 183.203.053 $ 131.627.353

Agricultura, ganadería, silvicultura y pesca. $ 163.823.430 $ 211.016.336

Administración pública y defensa; planes de

seguridad social de afiliación obligatoria. $ 98.702.020 $ 95.459.571

Actividades inmobiliarias. $ 67.763.523 $ 66.362.785

Industrias manufactureras. $ 56.648.334 $ 79.926.330

Información y comunicación. $ 34.192.196 $ 45.069.714

Actividades de organizaciones y órganos

extraterritoriales. $ 24.667.910 $ 12.848.282

Actividades de servicios administrativos y de

apoyo. $ 17.457.007 $ 47.707.609

Actividades de alojamiento y de servicio de

comidas. $ 16.265.248 $ 21.835.504

Construcción. $ 13.467.860 $ 14.452.820

Distribución de agua; alcantarillado, gestión de

desechos y actividades de saneamiento. $ 7.940.902 $ 9.121.915

Explotación de minas y canteras. $ 1.518.666 $ 3.066.013

Actividades de los hogares como empleadores;

actividades no diferenciadas de los hogares como

productores de bienes y servicios para uso propio. $ 159.262 $ 205.331

Suministro de electricidad, gas, vapor y aire

acondicionado. $ 19.778 $ 365.545

Total general $ 6.721.337.888

$

6.853.546.557

Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.

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83

Apéndice G

Tabla G1

Ingresos de las personas jurídicas pertenecientes a la EPS por actividad económica y año

Total ingresos Rótulos de columna

Rótulos de fila 2016 2017

Actividades financieras y de seguros. $ 1.215.478.469 $ 1.356.833.121

Transporte y almacenamiento. $ 404.029.989 $ 445.172.756

Comercio al por mayor y al por menor; reparación

de vehículos automotores y motocicletas. $ 250.804.697 $ 261.004.852

Otras actividades de servicios. $ 211.466.013 $ 103.067.991

Agricultura, ganadería, silvicultura y pesca. $ 138.007.450 $ 183.477.581

Industrias manufactureras. $ 43.571.336 $ 67.896.148

Actividades de alojamiento y de servicio de

comidas. $ 13.796.381 $ 19.465.890

Actividades inmobiliarias. $ 13.462.967 $ 8.283.099

Actividades de servicios administrativos y de apoyo. $ 12.405.729 $ 40.670.733

Construcción. $ 5.791.731 $ 5.726.404

Enseñanza. $ 5.206.649 $ 6.789.054

Actividades de atención de la salud humana y de

asistencia social. $ 3.988.573 $ 3.583.118

Artes, entretenimiento y recreación. $ 2.445.608 $ 2.390.806

Actividades profesionales, científicas y técnicas. $ 1.939.463 $ 1.862.261

Explotación de minas y canteras. $ 1.489.777 $ 3.042.242

Administración pública y defensa; planes de

seguridad social de afiliación obligatoria. $ 1.446.669 $ 1.812.819

Actividades de organizaciones y órganos

extraterritoriales. $ 111.758 $ 176.296

Distribución de agua; alcantarillado, gestión de

desechos y actividades de saneamiento. $ 86.059 $ 243.071

Información y comunicación. $ 48.299 $ 27.749

Suministro de electricidad, gas, vapor y aire

acondicionado. $ 5.298 $ 341.679

Actividades de los hogares como empleadores;

actividades no diferenciadas de los hogares como

productores de bienes y servicios para uso propio. $ 0 $ 0

Total general $ 2.325.582.916 $ 2.511.867.672

Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.

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84

Apéndice H

Tabla H1

Días de atraso en la declaración del impuesto a la renta de las Personas Jurídicas sin fines

de lucro por subtipo y año.

TIPO Y SUBTIPO

101 122

2016 2017 2016 2017

Popular y solidario

Organismos de integración y entidades de apoyo 15 -3 64 -12

Federaciones 20 -12

Redes 1 28 -27

Uniones 15 -4 64 -6

Sector de la economía popular y solidaria -2 -24 17 -10

Asociativos -4 -27 20 -9

Comunitarios -16 -35 6 3

Cooperativistas 5 -11 13 -12

Sistema financiero popular y solidario 5 -7 22 -44

Caja central

Cajas de ahorro 22 -19 -3

Cajas y bancos comunales -15 -49

Cooperativa de ahorro y crédito 6 -6 24 -37

Entidades asociativas o solidarias -13 -13 4 -121

Sector privado

Sociedades y organizaciones no gubernamentales sin fines

de lucro 3 -22 35 -17

Colegios profesionales, gremios y entidades clasistas 1 -27 35 -21

Cooperativas -3 -31 52 -7

Educación 6 -6 80 22

Entidades culturales y de arte -1 -15 1 3

Entidades de culto religioso 10 -13 50 -5

Entidades deportivas 18 -14 36 11

Fundaciones de investigación 7 -15 21 -26

Juntas administradoras de agua (comunitarias) 10 -7 40 -13

Organizaciones de beneficencia 8 -13 27 25

Organizaciones no gubernamentales extranjeras -19 -9

Ori -14 -34

Partidos políticos -11 -89 -20

Promoción y desarrollo de la mujer, niño y familia 0 -27 12 -12

Salud 5 -6

Unidades ejecutoras de proyectos con fondos del exterior -8 -25

Total general 2 -22 20 -11

Nota. Adaptado de la base de datos del Servicio de Rentas Internas.

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85

Apéndice I

Figura I1. Test de medias Wilcoxon-Mann-Whitney. Tomado de la base de datos del

Servicio de Rentas Interna.

PAtraso(Formul~o==101) > Atraso(Formul~o==122) = 0.458

Prob > |z| = 0.0000 z = -6.989Ho: Atraso(Formul~o==101) = Atraso(Formul~o==122)

adjusted variance 1.761e+10 adjustment for ties -1.033e+08unadjusted variance 1.771e+10

combined 9579 45883410 45883410 122 3922 19713751 18786380 101 5657 26169659 27097030 Formulario obs rank sum expected

Two-sample Wilcoxon rank-sum (Mann-Whitney) test