Download docx - Contrato Bancario

Transcript

UNIDAD N 10El Derecho BancarioI.- Nociones de derecho bancario: Concepto: El derecho bancario es el conjunto de noras !ue re"ulanlaacti#idadbancaria$%inancieraen"eneral& re%eridasasusrelacionesconel Estado$conlosparticulares.'a$un doble tipo de relaciones&dederechop(blico $dederechopri#ado.)as norasre%eridas a la or"ani*aci+n delsistea %inanciero de un pa,s& a la instalaci+n de bancos $ entidades%inancieras& a su control por elEstado& son noras de derecho p(blico. En cabio& las re%eridas a lare"ulaci+ndelasrelacionesentrelasentidades$losparticulares& aloscontratos& operaciones$ne"ocios bancarios& son noras de derecho pri#ado.Contenido: Coo !ued+ e#idenciadoanteriorente& el contenidodel derechobancariolointe"rannoras!uere"lantrestiposdi%erentes de relaciones:a-relacionesdelosbancos$de.sinsti tucionesdecr/ditoconelEstado b-relaciones de los bancos $ de.s instituciones de cr/dito entre s,0 $c-relacionesdelosbancos$de.sentidades%inanci erasconlosparti culares.Al prier ti poderelacionessere%ieren las noras !ue re"ulan la apertura& el%uncionaiento& la %iscali *aci+n $li!ui daci +nde entidades %inancieras $ bancos. Al se"undo tipo se re%ieren las noras !ue re"ulan las operacionesentrelasentidades& in%oraciones& etc. Al tercertipoderelacionessere%ierenlasnorassobreloscontratos $ lasdistintasoperaciones bancarias1cuentacorriente& utuo& descuentos& aperturadecr/dito& anticipos& dep+sitos&etc.-2uentes: a- )a)e$: Eslanorajur,dica!ueeanadela#oluntadsoberanadel Estado$!uehasidodictadase"(nlas%oraspre#istas por la isaor"ani*aci+nestatal. Enestaateriaad!uierenespecial rele#ancialos3re"laentos4 !ueeitelaadinistraci+n& 5oder Ejecuti#o& por interediodel BancoCentral dela6ep(blicaAr"entina.b- )aCostubre: En la acti#idad bancaria se ad#ierte !ue los usos tienen ori"en en una lar"a pr.ctica entrebancos $ clientes. Al"unos usos se han cristali*ado en las llaadas condiciones "enerales decontrataci+n& !ue %i"uran coo cl.usulas ipuestas a los clientes al e%ectuar las di#ersas operacionesbancarias.c-)a7urisprudencia: Consti tu$eotra%uenteiportantelos%allosdelostribunalesjudi ciales !ue si r#en de precedentes a %uturos pronunciaientos. Es indudable !ue el jue* al dictaruna sentencia debe aplicar la le$ "eneral& pero para ello debe interpretarla para subsuir esa nora"eneral al caso concreto. El jue* crea una nora nue#a& no "eneral& sino indi#idual& pero de indudablecontenidoobl i "at or i o. )a r ei t er ada r epet i ci +n de un i so cr i t er i o par a r esol #ercuest i ones si i l ar es& da l u"ar a l a % or aci +n de l ajurisprudencia.d-)aDoctrina: Eslaopini+n de los estudiosos del derecho& e8presada en in#esti"aciones& en sus obras& en sus ense9an*as.II.- )os Bancos:Concept o: Deci os !ue l a act i #i dad bancar i a $ % i nanci er a es3 pr o% esi onal 4 & est o es& ej er ci da por epr esas !ue se dedi can habitualenteaella.Esas epr esas son l os bancos $ de.s i nt er edi ar i os % i nanci er os& !ue puedenser de% i ni dos coo l as epr esas dedi cadas habitualenteainterediar conrecursos%inancieros& estoes& recibir cr/ditosdel p(blicoen%oradedep+sitos$trans%eridosen%oradepr/staos Clases de bancos:a-Bancos de emisin: Desde la anti":edad la creaci+n de dinero ediante la acu9aci+n de onedas $ la eisi+n de billetesestu#o a car"o de los ban!ueros& aun!ue esta acti#idad resulta de continuo controlada por el Estado. Alor"ani*arse los bancos centrales& en todo el undo& a partir del a9o 1.;edia bancos creados por los "obiernos& o bien%rutos dela counidad& con %uerte participaci+n del "obierno. En nuestro pa,s& en 1.?;1 la creaci+n delBanco de la Naci+n Ar"entina& $ en1.??@ la del Banco 'ipotecario Nacional& $ en 1.;AB el Banco Centralde la 6ep(blica Ar"entina0 son %ieles ejeplos de esta clase de bancos.d-Bancos de inversin, de negocios o industriales: Estosbancos%ueroncreadosconla%inalidaddeabastecer derecursos%inancierosla acti #idadindustrial. )a %inanciaci+n de bienes de acti #o %ijo $ de instalaciones& en "eneral dein#ersiones destinadas al desarrollodelaacti#idadindustrial& e8i",adeinstitutosespeciales!ueoperasenalar"o pla*o&$ !ue contaran conedios t/cnicos$ cient,%icos para prestar elser#icio deasesoraiento& tan indispensable a los "randes eprendiientos industriales .e-Bancos hipotecarios: )anecesidaddeabastecer losre!ueriientos%inancieros!uehadeandadolaconstrucci+nde#i#iendas deterin+ la aparici+n de instituciones especiali*adas en la atenci+n delcr/dito inobiliario!ue prestaba %ondos con "arant,a delos isos inuebles& "ra#ando con hipotecas dichos bienes.%- Bancos agrcolas: )aacti#idada"r,colahare!ueridoCtabi/nCla%inanciaci+nedianteinstitucionesdecr/ditoespeciali*adas."-Las Cajas de Ahorro: Estasinstituciones& hansidocasi siepreentescounalesodeEstadoslocales. Desarrollanuna%unci+n social& $a !ue destinan sus recursos %inancieros principalente a prestarlos a tasas de inter/ssubsidiarias& para obras de inter/s delas counidades.h-Las compaas financieras: =on enti dades encar"adas de %inanciar plantas $ e!uipos industrial es& #eh,culos detransporte &edi ant e cr /di t os a pl a*o con "ar ant , a pr endar i a sobr e esos bi enes.)ospasi #osdeest asent i dadesest .nconst i t ui dosespecialente por dep+sitos a pla*o %ijotoados de clientes a los cuales se les ha o%recido tradicionalente un inter/s a$or !ue el!ue leo%recen los bancos. Dperaciones: concepto $ clasi%icaci+n:)os ser#icios %inancieros o%recen unaapl,sia "aa de operaciones de una #ariedad $ creati#idad acordes con el dinaiso de la acti#idadecon+ica contepor.nea a la cual abastece. )as operaciones bancarias son los actos !ue e8teriori*an$ concretan& con relaci+n al cliente& la prestaci+n del ser#icio %inanciero.Desde anti"uo estas operaciones han sido clasi%icadas en acti#as& pasi#as $ neutras. Acti#as son lospr/staos 1%i"uran en el acti#o del banco $ por las !ue el banco suinistra dinero al cliente-. 5asi#asson los dep+sitos 1!ue %i"uran en el pasi#o del balance $ el banco recibe %ondos de los clientes-. Neutraslos pa"os $ cobros !ue hace elbanco por cuenta de sus clientes. Eabi/n se ha clasi%icado a estasoperaciones en principales $ accesorias. =on principales a!uellas en las cuales el banco act(a coo interediador en el cr/dito& recibiendo $trans%iriendo %ondos& es decir& los dep+sitos $ los pr/staos. )as de.s operaciones ser,an accesorias .Contratos bancarios: concepto. 5odeos decir !ue contratos bancarios son a!uellos contratos dondeuna de las partes es un banco $ cu$o objeto es el cr/dito. Coo eleento esencial el contrato bancariore!uiere la participaci+n de un banco o de una entidad %inanciera autori*ada. 5ero es indudable !ue losbancos reali*an& ade.s otros contratos en su actuaci+n diaria !ue nada tienen !ue #er con la acti#idadbancaria& por lo !ue no pueden ser incluidos dentro de la cate"or,a de la acti#idad bancaria. 5or otraparte& heos #isto !ue los bancos son interediadores del cr/dito& recibiendo cr/ditos del p(blico en%ora de dep+sitos $ trans%iri/ndolo al p(blico en %ora de pr/staos. 5ero la %unci+n del banco no sea"ota en esa interediaci+n del cr/dito& sino !ue ade.s ultiplican $ trans%oran elcr/dito.Clasi%icaci+n:5odr,aos clasi%icar los contratos u operaciones bancarias en las cate"or,assi"uientes:1- )a cuenta corriente bancaria0 antenersu%i cientepro#i si+nde%ondospara!ueel bancopuedaatendersuslibran*as$& en casocontrario& abstenerse de librar che!ues sin la correspondiente autori*aci+n pre#ia del bancopara "irar en descubierto. J Actuali*ar la %ira re"istrada cada #e* !ue el banco lo re!uiera. J Dar a#isoal banco& inediataente& del e8tra#,o& p/rdida& sustracci+n oadulteraci+n de che!ues. JCounicar al banco sobre cual !uier cabi o de doi cilio. J Counicar al bancocual !uier odi%icaci+n desus contratossociales& usode %irasocial&desi"naci+n deapoderados.JDe#ol#eral bancolos%orulariosen blanco!ueposeaal solicitarel cierredelacuentacorrienteodentro de los die* d,as de haberle sido noti%icado por el banco del cierre de la cuenta. Cierre de la cuenta: Causas: 'or decisin del cliente: couni cada al banco con di e* d,as de anticipaci+n $ siepre !ue cupliente susobli"aci onesde de#ol#er las %+rulas de che!ues en blanco en su poder $ suinistrar un listado delosche!ueslibradosenlos(ltiossesentad,as. =i el clientenocupleconestasobli"aciones&elbanco no debe cerrar la cuenta. 'or decisin del banco: Counicadaal clientecondie* d,asdeanticipaci+n. Eal counicaci+ndebehacerseenodo%ehaciente& de odo de poder acreditarla si%uere necesario. Kencido elpla*o de die* d,as& elbancoproceder. a cerrar la cuenta $ recha*ar los che!ues !ue sean librados contra esa cuenta. 'or falta de movimiento durante un ao: Estasituaci+nhacepresuir la%altade#oluntaddel clientedese"uir anteniendolarelaci+ncontractual. 'or libramiento de che$ues sin fondos: )acuentadebeser cerradaobl i"atoriaentepor el banco$counicadosucierrealaautoridad de super#isi+n 1Banco Central de la 6ep(blica Ar"entina- en el caso de !ue elcuentacorrentistalibraratresche!uessin %ondossi setratadepersona%,sicaocincoche!uessi setrataradesociedadesre"ulares& asociaciones& %undaciones. )oslibraientossecuentandentrodelpla*o de un a9o coputado desde la %echa del prier recha*o. 'or decisin de autoridad competenteLue puede ser la autoridad judicial& la autoridad de super#isi+n bancaria 1Banco Central dela 6ep(blicaAr"entina-. 'or $uiebra o concurso de las sociedades civiles o comerciales, cooperativas, mutuales, fundaciones !asociaciones civiles 'or disolucin ! li$uidacin de la persona ideal 'or fallecimiento de la persona fsica(Ejecuci+n del saldo deudor a %a#or del banco: El c+di"o de coercio autori*a a los bancos a proceder alcobro ejecuti#o del saldo en su %a#or de la cuenta corriente bancaria. 5ara ello se e8i"e !ue se certi%i!uedicho saldo por contador $ "erente del banco .El procediiento correcto es el si"uiente: 5riero& debeprocederse al cierre de%initi#o de la cuenta. )ue"o& debe in%orarse al cliente del cierre de%initi#o $ delsaldo %inal. Esta in%oraci+n deber. hacerse reitiendo el (ltio e8tracto del cual surja el aludido saldo&por edio %ehaciente. Debe esperarse el t/rino dentro del cual el cuentacorrentista puede obser#ar elsaldo& #encidodichopla*o& podr.el bancocon%eccionarlacerti%icaci+n$are%erida. El certi%icadodedeuda debe contener la li!uidaci+n %inal del saldo deudor del cliente& en concepto de capital e intereses $debe lle#ar la %ira del contador $ "erente de la respecti#a casa bancaria o %uncionario !ue ha"a sus#eces. El certi%icado as, e8pedido es t,tulo h.bil su%iciente para proo#er una acci+n ejecuti#a en contradel deudor.III.- CONTRATO DE DEPOSITO BANCARIO Concepto: El contrato de dep+sito bancario es una de las .st,picas $ anti"uas operaciones de la banca. 5or este edio& los bancostoan %ondos de osahorri stasein#ersoresparadespu/s#ol carlosal p(bl ico$alasunidadesproducti #as!uelos re!uieren para %inanciar sus"astososuseprendiientos.El dep+si to bancario es uncontratoporel cual el cli entetrans%iereal bancodinero$/steseobl i"aade#ol #erloenelti epo con#enido. Caracteres: Es un contrato real0 coercial0 oneroso0 unilateral0 noinado0 no %oral.Distintos tipos de dep+sitos: a-Dep+sitos re"ul ares: eldepositante entre"a en custodi a o "uardaal deposi tario un bien ueble& con la obli "aci+n de este de de#ol#er cuando le seare!uerido. b-Dep+sito irre"ulares: El objeto consiste en un bien %un"ible $ entonces el depositario $a nose obli"a a de#ol#er la isa cosa& sino otra cosa de la isa especie& cantidad $ calidad. El dep+sitode dinero es un t,pico contrato de dep+sito irre"ular.>odalidades:1.- A la #ista: 5ueden ser retirados porelcliente sin a#iso pre#io albanco& sin necesidad de esperar tiepo al"uno.