UNIVERSIDAD FERMÍN TORO VICE-RECTORADO ACADÉMICO
DECANATO DE CIENCIAS JURÍDICASESCUELA DE DERECHO
PROCEDIMIENTO PENAL ESPECIAL PARA LA EXTRADICIÓN Y LA DELICUNCUENCIA ORGANIZADA
Esquema
Autor: José P., Ramírez S. C.I. Nº V-7.913.943 Tutora: Abg. Lourdes Brizuela Derecho Procesal Penal II Sección “I”
Barquisimeto, febrero 2015
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Extradición: acto por el cual el Estado, en el cual se encuentra un sujeto reclamado por la comisión de un delito, lo entrega a otro Estado que lo requiere por tener competencia para juzgarlo o para la ejecución de una pena .
ActivaArt. 383 COPP
Venezuela actúa como Estado requirente (solicitante) (Art. 383 COPP).
Solicita la Extradición a la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, pero sí es un evadido en Juicio Oral, la solicitud la hace el Juez de Ejecución, o sí estaba cumpliendo condena al Juez
Pasiva art. 386 COPP
El Ministerio Público podrá ordenar la aprehensión y remite copia de sus actuaciones a:
Tribunal Supremo
de Justicia
Tiene un lapso de 30 días contados a partir del recibo de la documentación pertinente previa opinión del Ministerio Público sobre si es o no procedente.
Después de definir la extradición, se debe
informar al Ejecutivo nacional a través de una copia sobre lo actuado.
Tribunal Supremo de
Justicia
Verifica la documentación: Si la solicitud formulada por el país extranjero se presentare sin la documentación solicitada pero con el ofrecimiento de entregarla luego de realizada la aprehensión, remite a:
El ministerio del poder popular para las relaciones exteriores se encargará de traducir cuando corresponda presentar la solicitud a gobiernos extranjeros en un plazo máximo de 60 días. Artículo 384 COPP.
El órgano correspondiente deberá formalizar la petición de extradición teniendo en cuenta la existencia de tratados internacionales sobre extradición, artículo 385 COPP.
El poder ejecutivo deberá remitir la solicitud al TSJ con la documentación recibida por parte del país extranjero, artículo 386 del COPP.
Podrá requerir al país donde se presume que se encuentra la persona solicitada su detención preventiva y la retención de los objetos concernientes al delito
Juez de Control
Tramita Ejecutivo Nacional
Ministerio Público
El cual señalará el término perentorio para la recepción de dichos documentos faltantes la cual no será mayor de 60 días continuos (Art. 387 COPP).
Tribunal Supremo de
Justicia
Vencido el plazo sin respuesta el ministerio público deberá poner a la persona en libertad plena (Art. 388 COPP).
Designación de abogados
por Gobiernos Extranjeros
Un gobierno extranjero puede designar un abogado o abogada para que los represente en los procesos de extradición (Art. 389 COPP).
Tribunal Supremo de
Justicia
Después de revisar l a documentación de extradición, la cual debe indicar la designación del abogado o abogada, convoca a una audiencia oral, dentro de los treinta días siguientes a la notificación (Art. 389 COPP).
Audiencia
Concurren Representante del Ministerio Público, el requerid@, su defensor@ y el representante del gobierno requirente. (Art. 390 COPP).
Tribunal Supremo de
Justicia
Tiene 15 días para decidir, después de concluida la audiencia.
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(Art. 63 LOCDOFT). Para el enjuiciamiento de los delitos de
delincuencia organizada y financiamiento al terrorismo, se seguirá el procedimiento establecido en el Código Orgánico Procesal Penal, los previstos en esta Ley y demás normas aplicables. Artículo 63 ejusdem.
Concepto: acción u omisión de tres o más personas asociadas por cierto tiempo con la intención de cometer los delitos establecidos en la Ley Orgánica Contra la delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo.