Explotaciones Olivareras: Plan 2018
PLAN CLIENTE PREFERENCIAL
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BONO CLIENTE PREFERENCIAL
¿EN QUÉ CONSISTE EL PLAN? Bonificación del coste de cualquier línea de Seguro Agrario Combinado que se contrate, cuya Prima Neta de Bonificaciones y Recargos sea superior a 2.000 €. (también se bonificará la agrupación de pólizas del mismo ejercicio cuya suma de las primas netas de bonificaciones y recargos sea superior a 2.000€).
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BONO CLIENTE PREFERENCIAL
¿CUÁL ES EL PORCENTAJE DE BONIFICACIÓN?
El 10% sobre la prima neta de Bonificaciones y Recargos de la(s) póliza (s) SAC contratadas en el ejercicio en curso. No podrá ser superior al 50% de la prima total de la póliza que se contrate.
El importe máximo por Asegurado no podrá superar los 9.000€ en el ejercicio.
No se abonarán bonus inferiores a 100€.
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BONO CLIENTE PREFERENCIAL
OBJETIVOS
Promover la venta cruzada entre nuestros clientes de Seguro Agrario Combinado, incentivando la contratación bonificada de estos productos MAPFRE a todos aquellos que hayan contratado o vayan a contratar una póliza SAC.
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BONO CLIENTE PREFERENCIAL
VENTAJAS
Se trata de una herramienta comercial que diferencia a MAPFRE de la competencia.
— El cliente se beneficia de una bonificación en la contratación de otros seguros, siendo acumulable a cualquier otra ventaja comercial establecida por MAPFRE. Aplicable a las pólizas de nueva producción anuales prorrogables, temporales con prima superior a 500€ o suplementos de incremento de primas de todos los ramos de Empresas.
— El mediador dispone de un argumento mas para la captación de clientes e incremento de su cartera.
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MODIFICACIONES PLAN 2018
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Base de datos
Se ha revisado la base de datos de productores individualizables, incluyendo revisión de
rendimiento, cobertura y nivel de riesgo.
Se han tomado doce años de histórico, incorporando desde la última revisión los planes
2013, 2014, 2015 y 2016, y refrescando los datos del Plan 2012. Para el cálculo de
rendimiento se tienen en cuenta los seis últimos años, para la cobertura los diez últimos y
para el nivel de riesgo los doce últimos años.
Recordar que, desde el Plan anterior, las explotaciones superintensivas igual que las
explotaciones no incluidas en la base de datos deben solicitar su asignación para asegurar
en los módulos 1A, 1B, 2A y 2B.
Como resultado de la revisión se produce una disminución media del rendimiento asegurable del 14,3%. Los niveles de riesgo también son menores, concretamente en el módulo A se reducen de media un 10,2% y en el módulo B un 8,3%.
Variedades
Se incluye la variedad serrana de espadán, dentro del grupo de Arbequina, Arroniz,
Cornicabra y Empeltre.
ESQUEMA DEL PROCEDIMIENTO / MÓDULOS: 1A, 1B, 2A y 2B
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COMUNICACIÓN SOLICITANTE
AGROSEGURO SOLICITUDES NO
ADMITIDAS (puede ser por falta de documentación)
SE VISITA EXPLOTACIÓN SE PROPONE RENDIMIENTO
Preparación de Documentación
VISITA AL CAMPO
AGROSEGURO Asigna Cobertura. Límite de Indemnización, tasas
ENESA Asignación de Rendimientos
NO VISITA AL CAMPO (depende del caso):
• Si es un cambio de titular de toda la explotación y hay información del rendimiento, garantizado, límite de indemnización y tasa (no se visita).
• Excesos de siniestralidad • Si el cambio de titular es parcial, si
se produce visita al campo. • …. Etc.
SOLICITUD ASIGNACIÓN / REVISIÓN RENDIMIENTO OLIVAR
SOLICITUDES ADMITIDAS
DEFINICIONES
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PLANTONES:
A) PLANTONES: Plantación ocupada por árboles que se encuentren en el período
comprendido entre su implantación en el terreno y su entrada en producción.
Se entenderá alcanzada la entrada en producción, cuando la cosecha obtenida sea
comercialmente rentable. Los árboles en parcelas con limitación de rendimientos
asegurables tendrán la consideración de plantón hasta que su producción sea
asegurable.
Se considerarán también como plantones: Los árboles sobreinjertados no productivos. Los árboles adultos sin producción en esta campaña.
Módulos 1A, 1B, 2A y 2B, se diferencia entre:
PLANTONES DE PRIMER AÑO: Plantones asegurados para la primera de las dos campañas contratadas.
PLANTONES DE SEGUNDO AÑO: Plantones asegurados para la segunda de las dos campañas contratadas.
DEFINICIONES
NO
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B) PLANTACIÓN EN PRODUCCIÓN: Plantación ocupada por árboles que han entrado en
producción según la definición anterior.
Módulos 1A, 1B, 2A y 2B, se diferencia entre:
PLANTACIÓN EN PRODUCCIÓN DE PRIMER AÑO: Plantación asegurada para la
primera de las dos campañas contratadas.
PLANTACIÓN EN PRODUCCIÓN DE SEGUNDO AÑO: Plantación asegurada para
la segunda de las dos campañas contratadas.
DEFINICIONES
EXPLOTACIÓN A EFECTOS DE CONTRATACIÓN:
— Conjunto de parcelas de los bienes asegurables, situadas en el ámbito de aplicación del seguro, gestionadas empresarialmente por su titular para la obtención de producciones destinadas primordialmente al mercado y que constituyen una unidad técnico-económica. En consecuencia las parcelas, objeto de aseguramiento, cultivadas por un mismo agricultor o explotadas en común por Entidades Asociativas Agrarias (Sociedades Agrarias de Transformación, Cooperativas… etc.), Sociedades Mercantiles (Sociedad anónima Limitada etc.) y Comunidades de Bienes, se considerarán como una sola explotación.
EXPLOTACIÓN A EFECTOS DE INDEMNIZACIÓN: — Conjunto de parcelas de la explotación situadas dentro de una misma comarca agraria
para cada uno de los años. Asimismo y a estos efectos, en cada una de las comarcas se consideran explotaciones diferentes los siguientes grupos de parcelas:
Parcelas de olivares superintensivos: plantaciones de regadío con más de 1.200 olivos /ha.
Parcelas del resto de olivares.
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DEFINICIONES
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SISTEMA DE CULTIVO:
Secano.- Aquellas parcelas que figuran como secano en el registro SIGPAC o que figurando como regadío sean llevadas como secano.
Regadío.- Parcelas que tengan infraestructura de riego y se aporte la dotación de agua suficiente para cubrir las necesidades hídricas de la producción asegurada en el cultivo.
FRANQUICIA.- Parte del daño que queda a cargo del asegurado.
Franquicia absoluta: Se aplica restando el porcentaje de esta franquicia del
porcentaje del daño evaluado sobre la producción real esperada¹.
Franquicia de daños.- Se aplica multiplicando el porcentaje de esta franquicia por el porcentaje del daño evaluado sobre la producción real esperada.
Deducible absoluto: Se aplica restando el valor de este deducible de la indemnización calculada.
¹Es la producción comercializable que, de no ocurrir ningún siniestro garantizado, se hubiera obtenido en la parcela siniestrada, dentro del período de garantía prevista en la declaración del seguro.
DEFINICIONES
DESTINO.- Uso o aprovechamiento que tenga la producción de aceituna.
Almazara.- Más del 85% de la aceituna producida se destina a la obtención de aceite.
Mesa.- Cuando la totalidad de la producción de aceituna se destina a la preparación de aceituna de mesa.
Mixto.- Al menos un 15% de la producción de aceituna se destina a la preparación de aceituna de mesa y el resto a la obtención de aceite.
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EXPLOTACIONES ASEGURABLES
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EXPLOTACIONES ASEGURABLES
Módulos 1A, 1B, 2A y 2B: Todas las explotaciones cuyo titular esté incluido en la Base de Datos del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. (MAPAMA)
Las explotaciones en las que todas las parcelas sean plantaciones de plantones, podrán asegurar sin estar en la Base de Datos.
Módulo P: Todas las explotaciones dedicadas al cultivo de olivar.
EXPLOTACIONES ASEGURABLES / CONTRATACIÓN
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Contratación BIENAL: Se realiza en una sola póliza para dos campañas, a partir del 1-9-2018 y con una prima única.
En la misma parcela se aseguran las dos cosechas: la del 1er. año y la del 2º, (diferenciadas por el tipo de capital). En ambas cosechas se asegura la misma producción, salvo plantaciones podadas y jóvenes que se hará de acuerdo a las tablas de rendimientos según la edad.
OBJETO DEL SEGURO
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Seguro principal, se establecen las garantías a: La Producción - Cubre los daños en cantidad (cantidad y calidad ¹ para riesgo de pedrisco en aceituna de mesa), ocasionados por los riesgos cubiertos de pedrisco, riesgos excepcionales (fauna silvestre, incendio, inundación-lluvia torrencial, lluvia persistente y viento huracanado) y resto de adversidades climáticas, según módulo de contratación. Dispondrán de una garantía excepcional para el riesgo de adversidades climáticas, las producciones de aceituna de mesa de las variedades Manzanilla Cacereña, Manzanilla Fina, Manzanilla Carrasqueña, Manzanilla Serrana y Morona, que tengan que ser destinadas a la obtención de aceite, por la pérdida de aptitud.
Se considera que ha perdido su aptitud para mesa, cuando antes del envero (la aceituna empieza a virar de color), las aceitunas no alcanzan calibre mínimo de 360 y se manifiesten de forma generalizada en la zona de cultivo, alguno de los siguientes efectos:
— Aceitunas anormalmente arrugadas hasta el punto de que su aspecto se vea intensamente alterado.
— Aceitunas con viraje temprano a color violáceo.
¹ No se considerará daño en cantidad o en calidad la pérdida económica que pudiera derivarse para el asegurado como consecuencia de la falta de rentabilidad en la recolección o posterior comercialización del producto asegurado.
OBJETO DEL SEGURO
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Para las parcelas aseguradas en los módulos 1A, 1B, 2A y 2B, los olivos que tengan daños en la plantación del primer año, no tendrán garantía para la producción ni la plantación del segundo año. La Plantación- Para todas las plantaciones, se compensarán las pérdidas ocasionadas sobre las plantaciones de olivar. Las Instalaciones.- Se cubren los daños sobre las instalaciones, por los riesgos cubiertos en la producción. Seguro Complementario. Para plantaciones en producción en los Módulos 1A, 1B, 2A, 2B y P (con cobertura de resto de avd. climáticas) se cubren los daños causados por los riesgos de pedrisco y riesgos excepcionales sobre el incremento de la producción asegurada inicialmente. Se excluyen.- con carácter general, los daños producidos por plagas, enfermedades y cualquier otra causa que no teniendo origen climático pueda preceder, acompañar o seguir a los riesgos cubiertos.
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Seguro Principal: Módulos 1A, 1B, 2A y 2B: El rendimiento en cada parcela debe ajustarse al rendimiento obtenido en los años anteriores, aplicando las siguientes consideraciones:
― Productores incluidos en la base de datos.- Explotaciones superintensivas y resto de explotaciones, el rendimiento resultante de considerar la producción total y el número total de árboles (sin incluir plantones) de todas las parcelas aseguradas, el rendimiento no podrá superar el asignado a cada productor en la base de datos del MAPAMA ni ser inferior al 50%.
― Productores no incluidos en la base de datos.- deberán realizar una solicitud de asignación individualizada
Además, para cada una de las parcelas, no se podrá superar los rendimientos que se indican en el anexo III. La producción no asegurada en las parcelas afectadas por esta limitación, no se podrá incrementar en el aseguramiento del resto de parcelas. Esta limitación no se aplicará a los asegurados cuyos rendimientos fijados a consecuencia de una solicitud de asignación o revisión, excepto en las parcelas que se hayan plantado o realizado podas severas con posterioridad a la asignación o revisión de rendimientos.
― Módulo P.- libre, teniendo en cuenta las esperanzas reales de producción.
― Complementario.- libre, teniendo en cuenta que la suma del principal más el complementario no supere las esperanzas reales de producción.
RENDIMIENTOS / SEGURO BIENAL MÓDULOS 1A, 1B, 2A y 2B
Sistema Cultivo
Olivos/ ha
Ámbito
EDAD DE LA PLANTACIÓN – AÑOS
1 2 3 4 5 y 6 7 y 8 9 a 11 12 a 14 > 14
S E C A N O
T O D O S
T O D O
No Asegurable
No Asegurable
No Asegurable
No
Asegurable
No Asegurable
25% 50% 75% Máx. Asig nado
R E G A D Í O
< 200 T O D O
No Asegurable
No Asegurable
25% 25% 50% 75% Máximo asignado
No Asegurable
1.500 kg/ha
3.000 kg/ha
3.000 kg/ha
7.000 kg/ha
Máximo asignado > 200 y < 1.200
>1200
Andalucía y Extremadura No
Asegurable
1.500 kg/ha
Máximo asignado
No Asegurable
3.500 kg./ha
6.000 kg/ha
Máximo asignado Resto ámbito
RENDIMIENTOS / MÓDULOS 1A, 1B, 2A y 2B / TODAS LAS PLANTACIONES
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Además para las parcelas de nueva plantación o en las que se han efectuado podas severas, los rendimientos, no podrán superar los reflejados en los siguientes cuadros, y la producción no asegurada en estas parcelas no se podrá incrementar en el aseguramiento del resto de parcelas.
Los porcentajes se aplican sobre el rendimiento máximo fijado para cada productor en la base de datos del MAGRAMA.
RENDIMIENTOS / MÓDULOS 1A, 1B, 2A y 2B / PLANTACIONES CON PODAS SEVERAS (MUY FUERTES)
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1 Plantaciones con podas severas (muy fuertes): Olivos cortados a menos de 30 cm sobre el nivel del suelo. Los olivos que únicamente presenten órganos vivos por debajo de 30 cm del nivel del suelo y aún no estén podados, no empezarán a computar los años hasta que no sean podados
Sistema cultivo
Olivos/ ha Ámbito
NÚMERO DE AÑOS DESDE LA PODA
1 2 3 4 5 y 6 7 y 8 >8
S E C A N O
T O D O S
T
O
D
O
No Asegurable
No Asegurable
No asegurable
No asegurable
50% 75% Máximo asignado
R E G A D Í O
< 200 No
Asegurable No
Asegurable 50% 50% 75% Máximo asignado
> 200 y < 1.200
No Asegurable
1.500 kg/ha
3.000 kg/ha
3.000 kg/ha 7.000 kg/ha
Máximo asignado
>1200
Andalucía y Extremadura
No Asegurable
1.500 kg/ha Máximo asignado
Resto ámbito No
Asegurable 3.500 kg/ha
6.000 kg/ha
Máximo asignado
Tipo Plantación
Densidad Plantación / olivos/ha.
Ámbito NÚMERO DE AÑOS DESDE LA PODA
1 2 3 y 4 >4
S E C A N O
T O D O S
T
O
D
O
No Asegurable No Asegurable 50% Máximo asignado
R E G A D Í O
< 200 T
O
D
O
No Asegurable 50% 75% Máximo asignado
> 200 y < 1.200 No Asegurable 3.000 kg/ha 7.000 kg/ha Máximo asignado
> 1.200
Andalucía y Extremadura
No Asegurable Máximo asignado
Resto ámbito No Asegurable Máximo asignado
RENDIMIENTOS / MÓDULOS 1A, 1B, 2A y 2B / PLANTACIONES CON PODAS FUERTES
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2 Plantaciones con podas fuertes: Olivos podados por la cruz o respetando el tronco y las ramas primarias. Los olivos que únicamente presenten órganos vivos en tronco y ramas primarias y aún no estén podados, no empezarán a computar los años hasta que no sean podados
COMPLEMENTARIO A LOS MÓDULOS: 1A, 1B, 2A , 2B y P con Cobertura de adv. climáticas
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Módulos Complementarios: C1A, C1B, C2A y C2B: y P con cobertura de Adversidades climáticas:
Puede hacer complementario de primer año y no el segundo y viceversa.
Si se realiza complementario para el primer y segundo año, se hace en una sola póliza de la siguiente forma:
Si se contrata póliza el primer año será con el tipo de capital correspondiente.
Si se contrata el segundo año, se realiza mediante modificación de la declaración de seguro ya contratada, dando de alta el tipo de capital del segundo año.
En caso de contratar solo el segundo año, se realizará en las fechas indicadas de contratación.
Módulo P con cobertura de Adversidades Climáticas.- Se hará una póliza anual.
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FECHAS DE CONTRATACIÓN MÓDULOS: 1A, 1B, 2A, 2B, P Y COMPLEMENTARIOS
MÓDULO ÁMBITO TIPO CAPITAL FECHA ÚLTIMO DIA DE
PAGO INICIO FINAL
1A, 1B, 2A y 2B (Seguro bienal)
Todo
01-09-2018 10-12-2018 10-12-2018 P (Con cobertura de resto de adversidades climáticas)
P (Sin cobertura de resto de adversidades climáticas)
Comunidades Autónomas de Andalucía, Castilla- La Mancha, Extremadura, Murcia y Valencia
15-03-2019 30-06-2019 01-07-2019
Resto del ámbito 15-07-2019 16-07-2019
C1A, C1B, C2A y C2B
Comunidades Autónomas de Andalucía, Castilla- La Mancha, Extremadura, Murcia y Valencia
000 Producción/Plantación
15-03-2019 30-06-2019 01-07-2019
021 Producción/Plantación 2º
año 15-03-2020 30-06-2020 01-07-2020
Resto del ámbito
000 Producción/Plantación
15-03-2019 15-07-2019 16-07-2019
021 Producción/Plantación 2º
año 15-03-2020 15-07-2020 16-07-2020
CP (Con cobertura de resto de adversidades climáticas)
Comunidades Autónomas de Andalucía, Castilla- La Mancha, Extremadura, Murcia y Valencia
15-03-2019 30-06-2019 01-07-2019
Resto del ámbito 15-07-2019 16-07-2019
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FECHAS DE MODIFICACIÓN MÓDULOS: 1A, 1B, 2ª, 2B y P con Cobertura de Adversidades Climáticas)
Períodos de modificación, Módulos 1A, 1B, 2A, 2B y P con Cobertura de Adversidades Climáticas: – Bienes asegurados en el 1er. año: Hasta el 15-4-2019.
Las modificaciones en los bienes asegurados en el primer año, también afectarán al segundo año.
Períodos de modificación (módulos 1A, 1B, 2A y 2B ): – Bienes asegurados en el 2º. año: Desde 1-11-2019 HASTA: 15-4-2020.
Las modificaciones deberán justificarse aportando contrato público de compra-venta o arrendamiento, o documentos notariales.
– Se admite la inclusión de parcelas con plantones, siempre que figuren en la PAC.
RIESGOS CUBIERTOS /
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Daños cubiertos según variedades y destino
Riesgos
cubiertos Variedades Mesa Mixta Almazara
Pedrisco Todas Cantidad y
calidad Cantidad Cantidad
Riesgos
excepcionales Todas Cantidad Cantidad Cantidad
Resto de
adversidades
climáticas
Manzanilla Cacereña,
Manzanilla Fina, Manzanilla
Carrasqueña, Manzanilla
Serrana y Morona
Cantidad y
Perdida de
aptitud
Cantidad Cantidad
Resto Cantidad Cantidad Cantidad
Daños cubiertos según Variedad y Destino
OBJETO DEL SEGURO
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PRINCIPAL Daños cubiertos
Riesgos cubiertos Variedades Mesa Mixta Almazara
Pedrisco Todas Cantidad y
calidad Cantidad Cantidad
Riesgos excepcionales
Fauna Silvestre Incendio Inundación-Lluvia torrencial Lluvia Persistente Viento Huracanado
Todas Cantidad Cantidad Cantidad
Resto de adversidades climáticas
Manzanilla Cacereña, Manzanilla Fina, Manzanilla Carrasqueña, Manzanilla Serrana y Morona
Cantidad y perdida de
aptitud Cantidad Cantidad
Resto Cantidad Cantidad Cantidad
COMPLEMENTARIO Daños cubiertos
Riesgos cubiertos Mesa Mixta Almazara
Pedrisco Cantidad y calidad Cantidad Cantidad
Riesgos excepcionales
Fauna Silvestre Incendio Inundación-Lluvia torrencial Lluvia Persistente Viento Huracanado
Cantidad Cantidad Cantidad
PÓLIZAS A CONTRATAR
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Seguro Principal, Quienes pueden contratar en este seguro?
Nº de pólizas Seguro Complementario
Seguro Bienal Módulos: 1A, 1B, 2A y 2B
Asegurados incluidos en la Base de Datos. Asegurados solo con parcelas de plantones.
1
Se puede contratar complementario de 1er. año y no de 2º año y viceversa.
Si se complementa tanto el 1er. año como el 2º, la contratación se realizará una única declaración de seguro:
Si contrata el 1er. año, se realizará una declaración, con la producción del 1er. año.
Si se contrata el 2º, se realizará mediante modificación a la declaración de seguro ya suscrita.
Si no hubiese contratado el complementario del 1er. año y contrata el 2º, se realizará una declaración de seguro con la producción del 2º año.
Módulo P
Todas las parcelas dedicadas al cultivo de olivar
1
Con adversidades climáticas
Sin adversidades climáticas
Sólo tiene Complementario el Módulo P Con coberturas de daños de helada en madera.
MÓDULOS DE ASEGURAMIENTO / MÓDULO 1A / SEGURO BIENAL
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MÓDULO 1A: Todos los riesgos por explotación e indemnización anual
Condiciones de coberturas
Tipo Plantación Garantía Riesgos cubiertos Capital
asegurado
Cálculo indemnización
Mínimo indemnizable
Franquicia Garantizado Límite de
Indemnización
Plantación en
Producción de
1er. año
Producción
Pedrisco
100% Anual por
Explotación
(Comarca)
-- Deducible:
60 € 50% (1) 40% (1)
Riesgos Excepcionales
Resto de Adversidades Climáticas
Plantación
Todos los cubiertos en la garantía a la Producción
(excluida la sequía)
300% 30% Absoluta:
20% - -
Plantación en
Producción de
2º año
Producción
(2)
Pedrisco
100% Anual por
Explotación
(Comarca)
-- Deducible:
60 € 50% (1) 40% (1)
Riesgos Excepcionales
Resto de Adversidades Climáticas
Plantación
(2)
Todos los cubiertos en la garantía a la Producción
(excluida la sequía) 300% 30%
Absoluta:
20% - -
Plantones de
1er. año Plantación
Todos los cubiertos en la garantía a la Producción
(excluida la sequía) 100%
Explotación
(comarca) 30%
Absoluta:
20% - -
Plantones de
2º año
Plantación
(2)
Todos los cubiertos en la garantía a la Producción
(excluida la sequía) 100%
Explotación
(comarca) 30%
Absoluta:
20% - -
(1) Cada Asegurado tendrá asignado un garantizado y un Límite de Indemnización.
(2) Los olivos de las parcelas que tengan daños en la plantación del primer año, no tendrán garantía para la producción ni para la plantación del segundo año.
El garantizado es FIJO PARA LOS DOS AÑOS.
29
MÓDULO 1B.- Todos los riesgos por explotación e indemnización bienal
MÓDULOS DE ASEGURAMIENTO / MÓDULO 1B / SEGURO BIENAL
Condiciones de coberturas
Tipo Plantación Garantía Riesgos cubiertos Capital
asegurado
Cálculo Indemnización
Mínimo Indemnizable
Franquicia Garantizado
Plantación
en
Producción
de 1er. año
Producción
Pedrisco
100%
Bienal por Explotación (Comarca)
-- Deducible:
60 €
Elegible (1) 70%
80% 90%
Riesgos Excepcionales
Resto de Adversidades Climáticas
Plantación
Todos los cubiertos en la garantía a la Producción
(excluida la sequía) 300%
Anual por Explotación (Comarca)
30% Absoluta: 20% -
Plantación
en
Producción
de 2º año
Producción
(2)
Pedrisco
100%
Bienal por Explotación (Comarca)
-- Deducible: 60€
Elegible (1) 70%
80% 90%
Riesgos Excepcionales
Resto de Adversidades Climáticas
Plantación
(2)
Todos los cubiertos en la garantía a la Producción (excluida la sequía)
300%
Anual por Explotación (Comarca)
30% Absoluta: 20% -
Plantones
de 1er. año Plantación
Todos los cubiertos en la garantía a la Producción (excluida la sequía)
100% Anual por
Explotación
(Comarca)
30% Absoluta: 20% -
-
Plantones
de 2º año
Plantación
(2)
Todos los cubiertos en la garantía a la Producción (excluida la sequía)
100% 20% Absoluta: 20% -
-
(1) Elegible según figura en la Base de Datos para cada uno de los productores, salvo los productores de explotaciones superintensivas que no figuran en la Base de Datos.
(2) Los olivos de las parcelas que tengan daños en la plantación del primer año, no tendrán garantía para la producción ni para la plantación del segundo año.
El garantizado es FIJO PARA LOS DOS AÑOS.
30
MÓDULO 2A.- Riesgos por explotación y parcela e indemnización bienal
MÓDULOS DE ASEGURAMIENTO / MÓDULO 2A / SEGURO BIENAL
Condiciones de coberturas
Tipo Plantación
Garantía Riesgos cubiertos Capital asegurado
Cálculo indemnización
Mínimo indemnizable Franquicia Garantizado Limite de Indemnización
Plantación
en
Producción
de 1er. año
Producción
Pedrisco 100% Parcela
10% / 20% siniestros ocurridos antes Est. Fenól.
“H” (endurecimiento hueso) Daños: 10% - -
Riesgos Excepcionales 100% 20% Absoluta: 20% - -
Resto de Adversidades Climáticas
100%
Anual por Explotación (comarca)
-- Deducible 60€ 50% (1) 40% (1)
Plantación
Todos los cubiertos en la garantía a la Producción
(excluida la sequía) 300%
Parcela
20% Absoluta: 20% - -
Plantación
en
Producción
de 2º. año
Producción
(2)
Pedrisco 100%
10% / 20% siniestros ocurridos antes Est. Fenól.
“H” (endurecimiento hueso) Daños: 10% - -
Riesgos Excepcionales 100% 20% Absoluta: 20% - -
Resto de Adversidades Climáticas
100%
Anual por Explotación (comarca)
-- Deducible 60€ 50% (1) 40% (1)
Plantación
(2)
Todos los cubiertos en la garantía a la Producción (excluida la sequía)
300%
Parcela
20% Absoluta: 20% - -
Plantones
de 1er. año Plantación
Todos los cubiertos en la garantía a la Producción (excluida la sequía)
100% 20% Absoluta: 20% - -
Plantones
de 2º. año
Plantación
(2)
Todos los cubiertos en la garantía a la Producción
(excluida la sequía) 100% 20% Absoluta: 20% - -
(1) Cada asegurado tendrá asignado un garantizado y un límite de indemnización.
(2) Los olivos de las parcelas que tengan daños en la plantación del primer año, no tendrán garantía para la producción ni para la plantación del segundo año.
El garantizado es FIJO PARA LOS DOS AÑOS.
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MÓDULO 2B.- Riesgos por explotación y parcela e indemnización bienal de resto de adv. Climáticas.
MÓDULOS DE ASEGURAMIENTO / MÓDULO 2B / SEGURO BIENAL
Condiciones de coberturas
Tipo Plantación
Garantía Riesgos cubiertos Capital
asegurado
Cálculo indemnización
Mínimo indemnizable Franquicia Garantizado
Plantación en Producción de
1er. año
Producción
Pedrisco 100% Parcela 10% / 20% siniestros ocurridos antes Est.
Fenól. “H” (endurecimiento hueso) Daños:10% -
Riesgos Excepcionales 100% Parcela 20% Absoluta: 20% -
Resto de Adversidades Climáticas
100%
Bienal por Explotación (comarca)
-- Deducible 60€
Elegible (1) 70%
80% 90%
Plantación
Todos los cubiertos en la garantía a la Producción (excluida la sequía)
300% Parcela 20% Absoluta: 20% -
Plantación en Producción de
2º. año
Producción
(2)
Resto de Adversidades Climáticas
100%
Bienal por Explotación (comarca)
Deducible 60€
Elegible (1) 70%
80% 90%
Pedrisco 100% Parcela 10% / 20% siniestros ocurridos antes Est.
Fenól. “H” (endurecimiento hueso) Daños: 10% -
Riesgos Excepcionales 100% Parcela 20% Absoluta: 20% -
Plantación
(2)
Todos los cubiertos en la garantía a la Producción (excluida la sequía)
300% Parcela 20% Absoluta: 20% -
Plantones de 1er. año
Plantación Todos los cubiertos en la garantía a la Producción (excluida la sequía)
100% Parcela 20% Absoluta: 20% -
Plantones de 2º. año
Plantación
(2)
Todos los cubiertos en la garantía a la Producción (excluida la sequía)
100% Parcela 20% Absoluta: 20% -
(1) Elegible según figura en la Base de Datos para cada uno de los productores, salvo los productores de explotaciones superintensivas que no figuran en la Base de Datos, que tendrán un 70%
(2) Los olivos de las parcelas que tengan daños en la plantación del primer año, no tendrán garantía para la producción ni para la plantación del segundo año.
El garantizado es FIJO PARA LOS DOS AÑOS.
32
MÓDULO P.- Riesgos por parcela.
MÓDULOS DE ASEGURAMIENTO / MÓDULO P
Condiciones de coberturas
Tipo Plantación
Garantía Riesgos cubiertos Capital
asegurado
Cálculo indemnización
Mínimo indemnizable Franquicia
Plantación en Producción
Producción
Pedrisco 100% Parcela
10% / 20% siniestros ocurridos antes Est. Fenól.
“H” (endurecimiento hueso) Daños: 10%
Riesgos Excepcionales 100% Parcela 20% Absoluta: 20%
Plantación
Pedrisco
Riesgos Excepcionales
Elegible (3):
• Resto adversidades climáticas
(excluida la sequía)
100% (4) Parcela 20% Absoluta: 20%
Plantones Plantación
Pedrisco
Riesgos Excepcionales
Elegible (3):
• Resto adversidades climáticas
(excluida la sequía)
100% Parcela 20% Absoluta: 20%
(3) Cuando se suscriba el módulo P con cobertura de resto de adversidades climáticas en la garantía a la plantación, se deberá elegir de forma conjunta para la plantación en producción y para los plantones.
(4) El capital asegurado será del 300%, si se elige el riesgo de resto de adversidades climáticas para la garantía a la plantación en plantaciones en producción.
33
CARENCIA Y ENTRADA EN VIGOR
El seguro entrará en vigor a las 0 horas del día siguiente al día en el que se pague la
prima. Se establece un período de carencia de 6 días contados desde la entrada en vigor del
seguro. No se aplicará carencia: En las declaraciones del seguro principal de los asegurados que contrataron la
campaña anterior. No obstante:
En el caso de entidades asociativas que suscriban por primera vez, no se aplicará el período de carencia en las parcelas que fueron aseguradas por los socios de la entidad en la campaña anterior.
En el caso de socios que se salen de una entidad asociativa, no se aplicará el período de carencia en las parcelas que fueron aseguradas la campaña anterior por la entidad y son aseguradas en la presente campaña por el socio.
En los seguros complementarios.
ESTADOS FENOLÓGICOS
34
GARANTÍAS / INICIO
35
Para la producción de 1er. año, las garantías se inician con la toma de efecto. Para la producción del 2º año, las garantías se inician desde el 1-112018.
En ambos casos nunca de las fechas que figuran en el siguiente cuadro:
Garantía Riesgos Inicio de Garantías
P
R
O
D
U
C
C
I
Ó
N
Pedrisco Estado fenológico “F” (plena
floración)
Riesgos Excepcionales
Fauna Silvestre
Estado fenológico “F” Incendio
Inundación - Lluvia Torrencial
Lluvia Persistente Final estado fenológico “H”
(endurecimiento del hueso) Viento Huracanado
Resto de adversidades climáticas.
Entre dichas adversidades, se incluirán asimismo los daños ocasionados por los riesgos de pedrisco y riesgos excepcionales ocurridos antes de los estados fenológicos para el inicio de garantías de dichos riesgos.
Toma de efecto
GARANTÍAS / FINAL
36
Módulos: 1A, 1B, 2A y 2B Módulo P
Garantía Daños Variedad Ámbito
Final Daños Variedad Ámbito
Provincia Comarca Provincia Comarca Final
P
R
O
D
U
C
C
I Ó
N
C A L I D A D
Manzanilla Fina, Manzanilla Carrasqueña, Manzanilla Serrana y Gordal
Todas Todas 31 octubre
(2)
C A L I D A D
Manzanilla Fina, Manzanilla Carrasqueña, Manzanilla Serrana y Gordal
Todas Todas 31 octubre
(2)
Resto variedades
Todas Todas
30 noviembre
(2)
Resto variedades
Todas Todas
30 noviembre
(2)
C A N T I D A D
Daños producidos a consecuencia de caída de frutos (1)
Todas
Tarragona Bajo Ebro
15 octubre (2)
C A N T I D A D
Daños producidos a consecuencia de caída de frutos (1)
Todas
Tarragona Bajo Ebro
15 octubre (2)
Teruel Bajo Aragón Teruel Bajo
Aragón
Castellón
Alto Maestrazgo, Bajo Maestrazgo y Litoral Norte
Castellón
Alto Maestrazgo, Bajo Maestrazgo y Litoral Norte
Resto ámbito
15 noviembre (2)
Resto ámbito
15 noviembre
(2)
Resto de daños Todas Todas Todas 28 febrero
(3) Resto de daños Todas Todas 28 febrero
(3)
(1) En siniestros acaecidos con posterioridad al 15 de octubre o al 15 de noviembre, según el ámbito indicado, estará cubierta la caída de aceitunas, por cualquiera de los riesgos cubiertos, hasta el 28 de febrero (3) siempre que quede imposibilitada la recolección de las mismas.
(2) Fechas correspondientes al año siguiente al del inicio de suscripción del seguro para la producción, plantación e instalaciones de primer año; y a dos años siguientes al de inicio de suscripción del seguro, para producción, plantación e instalaciones de segundo año.
(3) Fecha correspondiente a dos años siguientes al del inicio de suscripción del seguro para la producción, plantación e instalaciones de primer año; y a tres años siguientes al de inicio de suscripción del seguro, para producción, plantación e instalaciones de segundo año.
(1) En siniestros acaecidos con posterioridad al 15 de octubre o al 15 de noviembre, según el ámbito indicado, estará cubierta la caída de aceitunas, por cualquiera de los riesgos cubiertos, hasta el 28 de febrero (3) siempre que quede imposibilitada la recolección de las mismas.
(2) Fechas correspondientes al año siguiente al del inicio de suscripción del seguro.
(3) Fecha correspondiente a dos años siguientes al del inicio de suscripción del seguro.
PAGO DE LA PRIMA
37
El pago de la prima única podrá efectuarse de alguna de las dos siguientes formas:
(1) Se podrá acceder a esta forma de pago, cuando en el momento de suscribir la declaración de seguro, se cumplan los siguientes requisitos: El seguro debe tener un coste a cargo del tomador, igual o superior a 300 €. El asegurado debe tener el correspondiente aval afianzado de la Sociedad Anónima Estatal de
Caución Agraria (SAECA), por una cuantía que debe cubrir al menos el importe de la segunda fracción.
Existe dos impresos diferentes en función del importe a avalar, los cuales pueden descargarse de la página Web de SAECA. • Solicitud aval reducida hasta 25.000€ y Solicitud aval completa mas de 25.000€
FORMA DE PAGO IMPORTE A ABONAR PLAZO DE ABONO CÓMO SE REALIZA EL
ABONO
CONTADO El 100% de la prima En el momento de la suscripción
del seguro
Mediante ingreso directo o transferencia bancaria en la
cuenta de AGROSEGURO.
FRACCIONADO (1)
1º Recibo
Se corresponderá al menos con el 10%
de la prima, más el total de recargo por fraccionamiento y
aval.
En el momento de la suscripción del seguro
Mediante ingreso directo o transferencia bancaria en la
cuenta de AGROSEGURO.
Sucesivos No podrá superar el 90% del coste
del seguro.
Se pasará al cobro en el plazo elegido por el Asegurado:.
Mediante recibo domiciliado a la cuenta
corriente del asegurado. Módulos:
1A, 1B, 2A y 2B: 6, 12 y 18 meses
Módulo P y C1 C1A, C1B, C2A,
C2B, CP: 3, 6, 9 ó 11
meses
PAGO DE LA PRIMA
38
La solicitud se realiza vía on-line a: www.saeca.es
Documentación a adjuntar:
Solicitud de Aval REDUCIDA (Hasta 25.000€) Solicitud de Aval COMPLETA (>25.000€)
Formulario de solicitud Fotocopia DNI/CIF IRPF o Impuesto de Sociedades
Formulario de solicitud Fotocopia DNI/CIF IRPF o Impuesto de Sociedades Documentación Acreditativa Bienes
SAECA comunicará al gestor la aprobación o denegación del aval. En caso de aprobación, SAECA
acompañará la póliza de afianzamiento mercantil que incluye el nº de aval concedido, por
correo electrónico. No será necesario la intervención notarial cuando el importe avalado sea
inferior a 25.000€ y será necesaria para importes superiores.
Se debe enviar póliza de afianzamiento firmada por el asegurado, por e-mail: [email protected]
Una vez enviada se puede proceder al pago y emisión de la póliza. NO pagar antes de que SAECA disponga de la póliza de afianzamiento firmada por e-mail.
Si el asegurado realizara la transferencia antes de que AGROSEGURO disponga de la autorización de SAECA, la aplicación generará un error de rechazo.
PAGO DE LA PRIMA
39
A continuación enviar la solicitud del aval (ORIGINAL) y la póliza de afianzamiento firmada y sellada (ORIGINAL) a la siguiente dirección: calle Jorge Juan, 19, 4ª planta 28001 Madrid.
Para la concesión del aval, el Asegurado deberá estar al corriente con sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Contratación:
Si el Asegurado, fracciona el pago deberá domiciliarlo en su cuenta bancaria, los pagos de
siniestros y regularizaciones de prima, se realizarán en la cuenta indicada del
Asegurado. Modalidades de contratación:
Renovable y no renovable:
SI SE FRACCIONA el pago, se domiciliará en la CCC del Asegurado (El Asegurado es el
titular)
SI NO SE FRACCIONA y se domicilia, el titular de CCC puede ser: el Asegurado u otros
indicando Nombre y Apellidos del Titular de la CCC.
SUBVENCIONES PLAN 2018
40
41
Los Asegurados que no estén en la Base de datos de subvenciones (Cías) se
darán de alta en la página de ENESA accediendo por:
o El enlace de ENESA desde la página SAC
o www.enesa.es
ACCESO DE SOLICITUD DE INCLUSIÓN BASE DE DATOS
ACCESO DE SOLICITUD DE INCLUSIÓN BASE DE DATOS
42
43
Acceso a la
información.
Se puede realizar
consulta por NIF
ACCESO DE SOLICITUD DE INCLUSIÓN BASE DE DATOS
DIRECCIONES CORREO ELECTRONICO ENESA
44
La Base de Datos para el Control Integral de Acceso a Subvenciones(CIAS) es el instrumento que ENESA utiliza, desde el
1 de enero de 2015, para verificar la posibilidad de recibir subv. cuando se contrata una póliza de seguro agrario.
De acuerdo con el artículo 16 del Real Decreto 425/2016, de 11 de noviembre, por el que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones de la Administración General del Estado al Seguro Agrario, sólo los
interesados que figuren en la Base de Datos CIAS como SUBVENCIONABLES en la fecha de entrada en vigor del Seguro
Agrario tendrán derecho a percibir las subvenciones que les correspondan. Quienes no figuren como
SUBVENCIONABLES en dicha fecha podrán formalizar la póliza, pero no tendrán derecho a la subvención.
Los asegurados que no están en la Base de Datos, podrán solicitarla, a través de la página de ENESA www.enesa.es
documento: “Solicitud de alta Base de Datos CÍAS”
1. En los casos de que el motivo del alta en la base de datos CIAS sea un cambio de titular de una póliza deberá enviar un correo electrónico a [email protected] indicando el titular antiguo y el nuevo al que se desea mantener la fecha de alta del anterior titular (ver protocolo y preguntas frecuentes).
2. Los asegurados que figuren en la Base de Datos como No subvencionables, pueden solicitar una revisión de su inscripción enviando un correo electrónico a [email protected], indicando en el asunto el NIF/CIF que desea revisar. Hay que incluir documentación justificativa (ver protocolo y preguntas frecuentes).
3. Consulta rápida de NIF.- Podrá consultar la inscripción en la Base de datos, así como el estatus de Subvencionable o no subvencionable, los interesados pueden introducir el CIF/NIF/NIE, correspondiente en Consultas inscripción en la base de datos CIAS y pulsar el botón “mostrar”.
4. Otras consultas.- Si desea realizar alguna consulta relacionada con la base de datos CIAS deberá enviar un correo electrónico a: [email protected], indicando el motivo de su consulta. ENESA NO SE ATIENDES CONSULTAS TELEFONICAS.
SUBVENCIONES ENESA
El asegurado debe figurar en la BASE DE DATOS DE ENESA para aplicar subvención.
45
LÍNEAS CÓDIGO /
DESCRIPTIVO
MÓDULOS %
SUBV. BASE
% CONTRAT. COLECTIVA
% SUBVENCION POR
FINANCIACIÓN (SAECA)
CARACTERÍSTICAS DEL ASEGURADO Y ASEGURAMIENTO (3) CONTINUIDAD PRACT. REDUC. RIESGO Y CONDICIONES PRODUCTIVAS
( 1) %
AGRICULTOR/A
% EXPLO.
PRIORITARIA
% ORG. AGRUP.
PROD.
% JOVEN AGRICULTOR
AGRICULTORA
% ASEGURAMIENTO
BIENAL
ASEGURAMIENTO ( 2 )
% RENOV LÍNEA
% RENOV SEQUÍA
%ATRIA, ADV, ASV,ATESVE
% PROD. ECOLOG.
% ENTIDAD
ASOC.
20 / 03 22 21 10 16 23 45 15
314 OLIVAR
1A 75 75
1B 75 75
2A 21 6 1 11 11 11 11 5 2 2 2 49
2B 21 6 1 11 11 11 11 5 2 2 2 49
P 7 6 1 9 9 9 5 31
C1A 7 6 1 9 9 9 5 31
C1B 7 6 1 9 9 9 5 31
C2A 7 6 1 9 9 9 5 31
C2B 7 6 1 9 9 9 5 31
CP 7 6 1 9 9 9 5 31
(1) 03 -En caso de ser Persona Jurídica.
(2) Subvención única incompatible con las demás.
(3) Aplicar en función de la información remitida en ficheros de aprobación del Condicionado de cada línea.
Subvención no aplicable (cód. 50).
Grandes Empresas para ENESA (cód. 51).
Grandes Empresas para Comunidades Autónomas (cód. 52).
SE ESTABLECE UN IMPORTE DE 60 €. QUE SERÁN SIEMPRE DEDUCIDOS DEL IMPORTE DE LA SUBVENCIÓN. POSTERIORMENTE AGROSEGURO REGULARIZARÁ ESTE IMPORTE DE FORMA QUE SOLO SE APLIQUE UNA VEZ POR ASEGURADO Y PLAN.
EL % DE MODULACIÓN QUE CORRESPONDA SE APLICA UNA VEZ DEDUCIDO EL IMPORTE DE 60 €
EL IMPORTE DE LA SUBVENCIÓN NO PUEDE EXCEDER DEL 65% DEL IMPORTE DEL RECIBO DE PRIMA (SIN TENER EN CUENTA LOS RECARGOS POR CONTRATACIÓN).
Igualmente, les recordamos que la declaración de seguro agrario, es a la vez solicitud de subvenciones por lo que deberán tener en cuenta lo establecido en las bases reguladoras para concesión de subvenciones de la administración general del Estado y la resolución en la que se aprueba el Plan de seguros agrarios; así como las ordenes reguladoras de las Comunidades Autónomas; por lo que, en cualquier caso, el nuevo asegurado, deberá estar al corriente de sus obligaciones tributarias.
SUBVENCIONES COMUNIDADES AUTÓNOMAS
46
CC.AA % SUBV. APLICA SOBRE % LÍMITE SUBVENCIÓN OBSERVACIONES
Andalucía
Aragón
Asturias 20 Enesa 65% Recibo de Prima
(Sin recargos) Para aplicar la subvención el DNI/NIF debe estar incluido en la Base de Datos de ENESA
Baleares 32,5
Prima Comercial Base Neta, sin
recargos
65% Recibo de Prima (Sin recargos)
Pólizas entrada en vigor entre el 1-1-2018 y 31-12-2018 Para aplicar la subvención el DNI/NIF debe estar incluido en la Base de Datos de ENESA
Bizkaia No subvenciona
Canarias 23,75
Prima Comercial Base Neta, sin
recargos
65% Recibo de Prima (Sin recargos)
Para aplicar la subvención el DNI/NIF debe estar incluido en la Base de Datos de ENESA
Cantabria 25 Enesa 60% del Recibo de Prima
Tendrán derecho los Asegurados incluidos en la Base de Datos suministrada por la C.A. Para incidencias enviar correo electrónico a: [email protected]
Castilla León No subvenciona
Castilla Mancha
20 Módulos 2A, 2B y P
Enesa
(1) 65% del recibo de prima Máximo: 18.000€ póliza
Para aplicar la subvención el DNI/NIF debe estar en la Base de Datos de ENESA (1) Límite mínimo: No subvencionan las pólizas inferiores o iguales a 60€
SUBVENCIONES COMUNIDADES AUTÓNOMAS
47
CC.AA % SUBV. APLICA SOBRE % LÍMITE SUBVENCIÓN OBSERVACIONES
Cataluña
51 Módulo P y CP
61 Módulos 1A, 1B, 2A, 2B, C1A, C1B, C2A, C2B
Enesa
65%
del recibo de prima (sin tener en cuenta los
recargos de contratación)
Para aplicar la subvención el DNI/CIF debe estar incluido en la Base de Datos de ENESA
Importe máximo por póliza: 6.000€ (módulos 1A,1B,2A, 2B) y 3.000€ módulos P, C1A, C1B, C2A, C2B y CP
Extremadura 30 / 40(1) Enesa 65% del Recibo de
Prima
Para aplicar la subvención el DNI/NIF debe estar incluido en la Base de Datos de ENESA Desde el 29-5-2018 no subvenciona el Módulo 1 (1) Pólizas con entrada en vigor entre el 1-1-2019 al 31-12-
2019
Galicia 22 Enesa 65% Recibo de Prima
sin recargo
Para aplicar la subvención el DNI/NIF debe estar incluido en la Base de Datos de ENESA Una vez aplicados los % y los límites máximos, se RESTARÁ 15%, sin subvención a las declaraciones en las que el importe resulte igual o inferior a 15€. Se aplicará siempre sobre la última situación de la póliza
Rioja
20 Módulo P 40 Módulo 2A
5 (1) Enesa
65% Recibo de Prima sin recargo de contratación
(1) Asegurados que cumplan la condición de JOVÉNES AGRICULTORES. Se otorga subvención a los asegurados que tengan la condición de: - Agricultor o Ganadero Profesional - Titular de Explotación Prioritaria - Joven Agricultor - Comunidades de bienes y Sociedades Civiles sin Personalidad Jurídica (1) Asegurados que cumplan la condición de JÓVENES AGRICULTORES No subvenciona las pólizas cuya subvención sea igual o inferior a 60€
SUBVENCIONES COMUNIDADES AUTÓNOMAS
48
CC.AA % SUBV. APLICA SOBRE % LÍMITE SUBVENCIÓN OBSERVACIONES
Madrid Murcia
Navarra
49 Módulo P 38 Módulos 2A
y 2B
Enesa
65% Recibo de Prima sin recargo de contratación
Incluye Manual Declaración sobre la Obligación de Transparencia Se otorga subvención a los asegurados que tengan la condición de: - Agricultor o Ganadero Profesional - Titular de Explotación Prioritaria - Secciones de cultivos en común de Cooperativas - Ganaderos que contraten seguros de RyD (línea 415) y que, además que figuren como "Subvencionable" en la base de datos: - Fichero de verificación del cumplimiento de los requisitos de las bases reguladoras e las ayudas de la Comunidad Foral de Subvención de Navarra
Exclusiones: Los asegurados que no cumplan las condiciones personales para percibir subvención según el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005 para que no se les aplique la subvención (indicar en la aplicación SAC: el 14). Pólizas contratadas por empresas que no ostenten la condición de pequeña y mediana empresa de producción.
SUBVENCIONES COMUNIDADES AUTÓNOMAS
49
CC.AA % Subvención Base y Adicionales Aplica sobre OBSERVACIONES
Valencia
Módulos Base CAECV
DOP/IGP
Tipo Asegurado
(No cumple las características
asegurado)
Entidad asociativa
cultivos secano
La Prima comercial Base
Neta de Bonificaciones
Sin tener en cuenta el
recargo de contratación
Para aplicar la subvención el DNI/NIF debe estar incluido en la Base de Datos
de ENESA
Módulos 1A, 1B
10 1,0 1,0 2,0 5,0
Módulo 2A, 2B
20 2,0 2,0 4,0 10,0
Módulo P 25 2,5 2,5 5,0 12,5
Resto Módulos: C1A, C1B,C2A,C2B,CP
20 2,0 2,0 4,0 10,0
PRECIOS
50
Variedad Sistema Producción Destino Precios
Mínimo Máximo
Alberquina Ecológica
Almazara 0,33 0,50
Tradicional 0,29 0,44
Cornicabra Ecológica
Almazara 0,33 0,50
Tradicional 0,29 0,44
Hojiblanca Ecológico
Almazara 0,29 0,43
Tradicional 0,26 0,40
Picual Ecológico
Almazara 0,29 0,43
Tradicional 0,26 0,40
Picuda Ecológico
Almazara 0,29 0,43
Tradicional 0,26 0,40
EJEMPLO CASO PRÁCTICO
51
EJEMPLO : COSTE TOMADOR POR MÓDULOS
52
Situación y características de la parcela
Explotación asegurada en Córdoba, Término Municipal Baena:
Destino: Almazara
Variedad 016 Picuda
Plantación: < 200 árboles/ha
Unidades: 1.000 árboles
Práctica Cultural: 6 (Sin poda severa)
Sistema de cultivo: Secano
Asegurado incluido en la Base de Datos
Rendimiento: Precio: 0,40€/Kg.
Asegurados NEUTROS
RENDIMIENTOS: 38 kg/árbol
EJEMPLO : COSTE TOMADOR POR MÓDULOS
53
Módulos Garantizado Nivel de Riesgo Coste a Cargo del Tomador
1A y 2A 70% / Sin límite de
Indemnización 2 70% 80% 90%
1B y 2B
Elegible:
70%
80%
90%
1 1A 606,94€ 1B 445,06€ 768,82€ 1.093,72€
3
4 2A 1.419,94€ 2B 1.083,56€ 1.756,30€ 2.431,46€
Módulo P Con adversidades climáticas Sin adversidades climáticas
233,67€ 170,09€
COMUNICACIÓN DE SINIESTROS / Fechas de recepción en AGROSEGURO
54
— 7 días
Comunicarán mediante la Declaración de Siniestro - en la Aplicación pestaña Gestión de Pólizas - Siniestros. Dentro de plazo de 7 días en que fue conocido y para los siguientes riesgos en las fechas:
─ Fauna silvestre, No debe superar el plazo señalado, computando desde que se produzcan los primeros daños en el cultivo.
─ En aceituna de mesa, No se admitirán aquellas declaraciones de siniestro en que habiéndose producido un siniestro por resto de adversidades climáticas durante el período de garantía de las mismas se reciban en Agroseguro con posterioridad al final de garantías.
─ En aceituna mixta, todos los siniestros causados por riesgos para los que el cálculo de la indemnización se hace por explotación, acaecidos antes de la recolección parcial para mesa (verdeo o floreo) que ocasionen pérdidas de producción, se deberán comunicar antes del citado verdeo y a lo más tardas el 15 de septiembre.
Es obligatorio que se comunique a lo más tardar, 30 días antes de la recolección, salvo para siniestros ocurridos en dicho intervalo.
Para los siniestros de Incendio, el asegurado está obligado, a prestar declaración ante la autoridad competente del lugar donde haya ocurrido. La copia autentificada deberá ser remitida a Agroseguro debiendo indicar: En caso de siniestro de incendio:
─ Las circunstancias del siniestro
─ Sus causantes conocidos o presuntos.
─ La cuantía aproximada de los daños y los medios empleados para aminorarlos
COMUNICACIÓN DE SINIESTROS
Muestras testigo:
— Si los siniestros han sido causados por riesgos para los que el cálculo de la indemnización se hace por parcela, las muestras testigo se dejarán solamente en las parcelas afectadas.
— Si han sido causados por riesgos para los que el cálculo de la indemnización se hace por explotación, se deberán dejar en todas las parcelas de la explotación.
— El tamaño de las muestras será como mínimo el 5% del número de árboles, mínimo de 3 árboles repartidos uniformente para parcelas con menos de 60 árboles.
— Deberán ser uniformes, dejando un árbol de cada 20, a partir de uno elegido aleatoriamente y contabilizando en todas las direcciones. Para parcelas con menos de 2 ha, se dejarán filas completas en proporción de una de cada 20, con un mínimo de 2 filas por parcela.
55
VALORACIÓN DE LOS DAÑOS
56
Se establece que la tasación de los siniestros se efectuará de acuerdo con la “Norma general de
peritación de los daños ocasionados sobre las producciones agrícolas, amparados por el seguro
agrario combinado”, aprobada por orden ministerial de 14 de marzo de 2003 (B.O.E. de 21 de marzo)
y, por las siguientes normas específicas de peritación:
Seguro de rendimientos de olivar y su complementario, aprobada por orden ministerial de 30 de
noviembre de 2001 (B.O.E. de 14 de diciembre de 2001).
Aceituna de almazara y aceituna de mesa, aprobadas por Orden Ministerial de 16 de febrero de
1989 (B.O.E. de 23 de febrero de 1989).
Como complemento a la norma específica se aplicarán los siguientes aspectos:
1. Valoración de daños en calidad Se cuantificarán los frutos existentes en los árboles, que hayan sufrido mermas de calidad a consecuencia de los riesgos cubiertos, reduciéndose a un porcentaje sobre la producción existente en los árboles de la parte afectada de la parcela siniestrada. • Si dicho porcentaje resultara superior al 15%, se considerará que la producción afectada por el
siniestro, y que con posterioridad al mismo permanezca en el árbol, tiene una pérdida en calidad del 100%.
• Si dicho porcentaje resultara igual o inferior al 15% se considerará como pérdida en calidad el porcentaje efectivamente tasado.
VALORACIÓN DE LOS DAÑOS
57
2. Valoración de los daños en cantidad en siniestros anteriores al estado fenológico “H” En el caso de que se produzca un siniestro con anterioridad al estado fenológico “H”, se determinará el grado medio de afección de las flores o frutos perdidos, obtenido a partir del número medio de las flores o frutos que permanecen en los brotes no afectados de los árboles de la parcela o de otras parcelas con similares características productivas de plantación si el siniestro es total. Este valor así obtenido se considerará como límite máximo de daños producidos por el siniestro. El grado medio de afección obtenido según lo establecido en párrafo anterior, será corregido además de por otros factores, por la posible recuperación de las pérdidas a consecuencia del incremento de peso que experimente el resto de las drupas por el aclareo de frutos sufrido en los árboles.
3. Daños por pérdida de aptitud de aceituna de mesa A efectos de valorar la compensación por la pérdida de la aptitud de mesa, se empleará la tabla que se indica a continuación:
% FRUTOS DE LA PARCELA QUE NO CUMPLEN LOS
REQUISITOS MÍNIMOS DE CALIDAD DAÑO POR PÉRDIDA DE APTITUD (%)
< 60% 0%
60% 20%
VALORACIÓN DE LOS DAÑOS
58
VALORACIÓN DE DAÑOS EN LA PLANTACIÓN
PLANTACIONES EN PRODUCCIÓN
A efectos de valorar los daños en plantación, se empleará la tabla que se indica a continuación:
Grupo de daño
Sintomatología y descripción de los daños
Daños (%)
Parcelas de Secano
Parcelas de Regadío
Parcelas
Superintensivas
A
Defoliación mayor del 75%. Órganos vivos: solamente por debajo de 30 cm sobre el suelo. Acciones necesarias de poda: Cortar por la base (a menos de 30 cm sobre el suelo) Replantar
100 70 50
B
Defoliación mayor del 75%. Órganos vivos: solamente en tronco y ramas primarias. Acciones necesarias de poda: Podar por la cruz. Podar dejando tronco y ramas primarias.
70 50 40
VALORACIÓN DE LOS DAÑOS
59
PLANTONES
A efectos de valorar los daños en plantación se empleará la tabla que se indica a continuación:
Grupo de
daño Sintomatología en el plantón Daños (%)
A
Defoliación mayor del 75%
Acción necesaria de poda: cortar por la base (a menos de 30 cm
sobre el suelo).
50
B Muerte plantón.
Acción necesaria: Replantar 100
VALORACIÓN DE DAÑOS EN LA PLANTACIÓN
LOCALIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN
60
61
Localización de la información
UBICACIÓN DE LA INFORMACIÓN
62
Acceso a la Información del CATÁLOGO DE PRODUCTOS
UBICACIÓN DE LA INFORMACIÓN
63
La información de las líneas de seguro está estructurada en los siguientes Grupos:
– Cultivos – Ganados – Retirada y Destrucción – Información General del SAC
• Seguro Complementario (Sobreprecio)
UBICACIÓN DE LA INFORMACIÓN
64
UBICACIÓN DE LA INFORMACIÓN
65
Al pulsar un Grupo se muestran todas las Líneas de seguro que lo integran
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66
Consulta de Bonificaciones y
Recargos en la página Web de
AGROSEGURO / Diapositivas siguientes
67
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Página Web AGROSEGURO
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69
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Pulsar para obtener la
información
70
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Cumplimentar el Plan, NIF y Línea
de Seguro.
En este caso es la línea 309 Cultivos
Herbáceos Extensivos
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Obtención de la
información del
Asegurado
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