UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR
FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS
MODALIDAD A DISTANCIA
SEMESTRE 2017-2017
UNIDAD DIDÁCTICA
ADMINSITRACIÓN DE BIENES Y SEGUROS
Nivel: 5to.
Número de créditos: 6
TUTOR:
Ing. Pablo Heredia L. M.B.A.
Quito - Ecuador
2
INDICE
INTRODUCCIÓN .............................................................................................................................. 7
CARACTERIZACIÓN DE LA ASIGNATURA ............................................................................... 7
IMPORTANCIA DE LA ASIGNATURA ......................................................................................... 8
PROGRAMACIÓN GENERAL DE LA ASIGNATURA ............................................................... 10
PROGRAMACIÓN DE UNIDADES ............................................................................................... 11
BIBLIOGRAFÍA Y NETGRAFÍA ................................................................................................... 15
UNIDAD Nº 1 ................................................................................................................................... 16
GENERALIDADES ......................................................................................................................... 16
1.1 Los poderes del Estado citados en la Constitución Ecuatoriana. ................................................ 17
1.2 Las Entidades Públicas en el Ecuador. ........................................................................................ 18
Casa De La Cultura Ecuatoriana ....................................................................................... 19
Correos del Ecuador .......................................................................................................... 19
Direcciones Provinciales de Salud .................................................................................... 19
Juntas Parroquiales ............................................................................................................ 19
Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social IESS ............................................................... 19
Ministerios Coordinadores ................................................................................................ 19
Ministerios ........................................................................................................................ 19
Secretaría como la Secretaría de los pueblos .................................................................... 19
Empresas públicas como la empresa Eléctrica Quito S.A................................................. 19
Instituto Nacional De Investigaciones Agropecuarias INIAP ........................................... 19
Hospitales públicos ........................................................................................................... 19
Dirección Nacional De Cooperativas ................................................................................ 19
Municipios ........................................................................................................................ 19
Consejos Provinciales ....................................................................................................... 19
Escuelas, Colegios y Universidades públicas ................................................................... 19
3
Dirección Nacional De Servicios Educativos Dinse ......................................................... 19
Dirección Nacional de Transito ........................................................................................ 19
Instituto Nacional Del Niño Y La Familia ........................................................................ 19
Comisarías ......................................................................................................................... 19
Tribunales Provinciales Electorales .................................................................................. 19
Registro De La Propiedad ................................................................................................. 20
Dirección Agropecuaria De Pichincha .............................................................................. 20
Dirección General De Registro Civil ................................................................................ 20
Gobernaciones ................................................................................................................... 20
Cruz Roja .......................................................................................................................... 20
Cuerpo de Bomberos ......................................................................................................... 20
Policía Nacional del Ecuador ............................................................................................ 20
Ejército Nacional del Ecuador .......................................................................................... 20
Banco del IESS BIESS...................................................................................................... 20
Banco Ecuatoriano de la Vivienda .................................................................................... 20
Empresa Nacional De Ferrocarriles Del Estado ................................................................ 20
Registro Civil, Identificación Y Cedulación ..................................................................... 20
Comisión Nacional De Transporte Terrestre Tránsito Y Seguridad Vial ......................... 20
Comandancia General Policía Nacional ............................................................................ 20
Consejo Nacional De La Judicatura .................................................................................. 20
Asilo de Ancianos Sagrado Corazón De Jesús .................................................................. 20
Patronatos .......................................................................................................................... 20
Superintendencia de Bancos ............................................................................................. 20
Superintendencia de Compañías ....................................................................................... 20
Instituto Nacional de Higiene Leopoldo Izquieta Pérez .................................................... 20
1.3 Los Sectores Estratégicos en el Ecuador. .................................................................................... 20
4
El 3 de Enero de 2008, se crea el Ministerio de Coordinación de los Sectores Estratégicos,
mediante decreto Ejecutivo No. 849, entidad que tiene a su cargo la coordinación y supervisión
de las actividades de los Ministerios de Minas y Petróleos, Electricidad, Transporte, Fondo de
Solidaridad, Petroecuador y Cenace. ............................................................................................ 21
Las funciones, que hasta esta fecha eran ejecutadas por la Secretaria de Coordinación
Institucional, y que desde este periodo se transfieren al Ministerio de Coordinación de los
Sectores Estratégicos. Dicho ministerio tendrá a su cargo la coordinación y articulación de las
políticas y acciones que asuman los distintos organismos que integren sus áreas de actividad y
proponer, coordinar y aplicar las políticas de los sectores estratégicos, desarrollar vínculos entre
las necesidades Ministeriales y las decisiones Presidenciales, y ejecutar los temas de gestión que
están asignados por el Ejecutivo; Por lo expuesto este ministerio será la máxima autoridad de esta
dependencia de Estado y ejecutará su grafía legal, tendrá la responsabilidad de emitir acuerdos y
resoluciones para la reglamentación y estructura orgánica funcional, desarrollo de actividades,
nombrar y remover a su personal de conformidad a las disposiciones previstas en la Ley. ......... 21
Ecuador invierte USD 19,740 millones en tres sectores estratégicos: hidroeléctricos,
hidrocarburíferos e hídricos. En la inversión hidroeléctrica, nuestro representante de gobierno
sostuvo la idea de que nuestro país tendrá una gran producción de generar energía eléctrica, esto
indica dejar la importación de los países vecinos y convertirnos en exportador de esta materia
para beneficio de nuestra economía. ............................................................................................. 21
1.4 Los Organismos de Control en el Ecuador.................................................................................. 23
a) Según la Constitución de la República del Ecuador ................................................................. 23
b) Según las Leyes y Reglamentos Ecuatorianos. ......................................................................... 26
UNIDAD Nº 2 ................................................................................................................................... 29
BIENES Y SEGUROS ...................................................................................................................... 29
2.1 La Administración de Bienes y Seguros. .................................................................................... 29
2.1.1 Concepto .............................................................................................................................. 29
2.1.2 Relaciones de dependencia entre los Bienes y los Seguros.................................................. 29
2.2 La Adquisición y Administración de Bienes, Servicios, Obras, Consultorías y Servicios
contratados por el Estado Ecuatoriano. ............................................................................................. 30
2.2.1 Servicios ............................................................................................................................... 32
5
2.2.2 Obras .................................................................................................................................... 33
2.2.3 Consultoría ........................................................................................................................... 35
2.3. Base legal del sistema nacional de contratación pública. ........................................................... 36
2.4. Inventarios en las instituciones públicas. ................................................................................... 38
2.4.1. Valoración de los bienes de las instituciones públicas. ........................................................... 40
UNIDAD Nº 3 ................................................................................................................................... 40
LOS SEGUROS ................................................................................................................................ 40
3.1. Concepto de Seguro. .................................................................................................................. 40
3.1.1 Generalidades. .......................................................................................................................... 40
3.1.2 Tipos de Seguros ...................................................................................................................... 41
3.2. Historia de los seguros ............................................................................................................... 44
3.2.1 A nivel Mundial ................................................................................................................... 44
3.2.2 Los Seguros en el Ecuador ................................................................................................... 53
3.3. Los Seguros de propiedad planta y equipo................................................................................. 55
3.3.1. Tasas de los seguros de alto riesgo. .................................................................................... 56
3.3.2. Los seguros de Bienes muebles e inmuebles ...................................................................... 56
a) Bienes Muebles ................................................................................................................. 57
b) Bienes Inmuebles .............................................................................................................. 61
3.3.3. De la Seguridad Social ........................................................................................................ 62
a) Servicios de Salud ............................................................................................................. 63
b) Maternidad ........................................................................................................................ 64
c) Programa del adulto mayor ............................................................................................... 66
d) Seguro Campesino ............................................................................................................ 66
e) Seguro de Riesgos del Trabajo (SGRT) ............................................................................... 68
f) Prevención ............................................................................................................................. 70
g) Pensiones de viudez y orfandad ............................................................................................ 73
6
3.3.4. De los seguros como: .......................................................................................................... 73
a) El SOAT ............................................................................................................................ 73
b) De Vehículos ........................................................................................................................ 76
c) Ambulatorios o de salud ....................................................................................................... 77
d) De vida. ................................................................................................................................. 79
e) De Transporte de Valores ..................................................................................................... 82
f) De desgravamen .................................................................................................................... 83
g) Los INCOTERMS ................................................................................................................ 83
3.3.5 De los seguros que establece la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Compras Públicas.87
7
INTRODUCCIÓN
CARACTERIZACIÓN DE LA ASIGNATURA
Administración de Bienes y Seguros, es una asignatura que se ofrece en la carrera de
Administración Pública, como parte de la formación integral que el estudiante debe ostentar
al finalizar el periodo de estudios.
Esta materia le brinda al estudiante, los conocimientos justos y necesarios para el buen
manejo de los bienes en el sector público incluyendo el presupuesto del Estado y las
condiciones de aseguramiento de los mismos.
El conocimiento acerca de la Administración de los Bienes del sector Público en general, le
permite al estudiante tener mejores alternativas de eficiencia en el sector al que pertenece,
pero sobre todo le brinda claves para un mejor desempeño en los diferentes procesos de la
Administración pública en lo que se relaciona con sus bienes.
Respecto a los seguros y el aseguramiento de los bienes del sector público, así como del
privado, permite conocer la reglamentación vigente para realizar este proceso, considerando
las Leyes y Reglamentos establecidos en los sectores para realizar este proceso y su
adecuación al mismo.
8
IMPORTANCIA DE LA ASIGNATURA
La presente asignatura, contribuye con el estudiante en su formación y desenvolvimiento
profesional, ya que los servidores y administradores públicos en especial deben conocer
exactamente lo que es la administración y el aseguramiento de los bienes, a través de
herramientas tales como Leyes y Reglamentos vigentes en el sector público que constituyen
las directrices a seguir y que deben ser consideradas como requisitos pre establecidos que
no pueden ser eliminados al hacer este tipo de administración.
La importancia de la asignatura se resume en que el estudiante:
- Adquiera los conocimientos básicos de los aspectos importantes de la Función
Pública en lo que tiene que ver con ejercicio de funciones, responsabilidades y
designaciones.
- Conozca las normas que establecen las responsabilidades en las diferentes
entidades del sector público.
- Conozca conceptos básicos sobre la administración financiera y el control, la
Auditoría interna y externa.
9
- Conozca y ampliar los conceptos relativos a los remates, la permuta y el comodato,
inmersos estos procesos dentro del sector público.
- Amplíe los conocimientos relacionados con el riesgo, la probabilidad, la
expectativa, el seguro, el mercado de seguros, los contratos de seguros y las técnicas
para la distribución del riesgo.
- Refuerce temas tales como: la clasificación del riesgo, las ramas diversas de los
seguros y el sistema privado de seguros.
- Conozca las funciones del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social y sus
principales características.
- Defina que es un contrato de seguros, sus principios básicos, la formalización del
contrato y las cláusulas generales y particulares.
- Defina el coaseguro y el reaseguro, las razones para establecerlos y los tipos de
reaseguros que existen.
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PROGRAMACIÓN GENERAL DE LA ASIGNATURA
Asignatura: ADMINISTRACIÓN DE BIENES Y SEGUROS UNIDADES
Competencia:
Identifica, custodia, precautela y resguarda los bienes
del estado, así como identifica los diferentes
aseguramientos que existe para la ejecución
presupuestaria y adquisición de bienes o servicios en el
sector público.
Los Bienes
Nº UNIDADES DE COMPETENCIA
1 Generalidades
2 La Administración de Bienes
3 Los Seguros
4 Propiedad Planta y Equipo
11
PROGRAMACIÓN DE UNIDADES
Unidad No.1: Generalidades
COMPETENCIAS CONTENIDOS
ESTRATEGIAS
DIDACTICAS
RECURSOS DE
APRENDIZAJE
EVALUACION
Establece cuales
son los poderes
del Estado,
Entidades
Públicas,
Sectores
Estratégicos y
Organismos de
Control del
Estado
Ecuatoriano
1.1 Los poderes del
Estado citados en la
Constitución
Ecuatoriana.
1.2. Las Entidades
Públicas en el Ecuador.
1.3 Los Sectores
Estratégicos.
1.4 Los Organismos de
Control.
Estudio individual
Búsqueda y
análisis de
información
Tutorías grupales,
individuales y
virtuales.
Familiarización
de las páginas
web de las
instituciones.
Plataforma
tecnológica
Guía Didáctica
Libro guía
Páginas web
institucionales.
Constitución del
Estado.
Leyes.
Reglamentos.
Desarrollo de
actividades
de
aprendizaje.
Examen
presencial.
12
Unidad No.2: La Administración de Bienes
COMPETENCIAS CONTENIDOS
ESTRATEGIAS
DIDACTICAS
RECURSOS DE
APRENDIZAJE
EVALUACION
Identifica la base
legal que rige la
Administración de
Bienes y Seguros
2.1. La Administración de
Bienes y Seguros;
Concepto; Relaciones de
dependencia.
2.2. La Adquisición y
Administración de Bienes,
Servicios, Obras, y
Consultorías contratados
por el Estado Ecuatoriano.
2.3. Base legal del Sistema
Nacional de contratación
Pública.
2.4. Inventarios en las
Instituciones Públicas.
2.2.1. Valoración de los
bienes de las instituciones
públicas.
Estudio individual
Búsqueda y
análisis de
información
Tutorías grupales,
individuales y
virtuales.
Familiarización
de las páginas
web de las
instituciones.
Plataforma
tecnológica
Guía Didáctica
Libro guía
Páginas web
institucionales.
Constitución del
Estado.
Leyes.
Reglamentos.
Desarrollo de
actividades de
aprendizaje.
Examen
presencial.
13
Unidad No.3: Los Seguros
COMPETENCIAS CONTENIDOS
ESTRATEGIAS
DIDACTICAS
RECURSOS DE
APRENDIZAJE
EVALUACION
dentifica todos los
tipos de seguros
existentes.
Interpreta que es el
riesgo y prevenirlo
de manera oportuna.
Toma decisiones de
manera oportuna con
el fin de precautelar
los bienes del Estado.
3.1. SEGUROS.-
Generalidades.-
3.2.- Historia de los seguros
a nivel mundial y local
3.3. Los Seguros de
propiedad planta y equipo
3.3.1. Tasas de los seguros
de alto riesgo.-
3.3.2. .-Los seguros de
Bienes e inmuebles
3.3.3. De la Seguridad
Social-
3.3.4. De los seguros como
el SOAT, DE VEHICULOS,
AMBULATORIOS, DE
VIDA.
3.3.5 De los seguros que
establece la Ley Orgánica
del Sistema Nacional de
Compras Públicas.
Estudio individual
Búsqueda y análisis
de información
Tutorías grupales,
individuales y
virtuales.
Familiarización de las
páginas web de las
instituciones.
Plataforma
tecnológica
Guía Didáctica
Libro guía
Páginas web
institucionales.
Constitución del
Estado.
Leyes.
Reglamentos.
Desarrollo de
actividades de
aprendizaje.
Examen presencial.
14
Unidad No.4: Propiedad Planta y Equipo
COMPETENCIAS CONTENIDOS
ESTRATEGIAS
DIDACTICAS
RECURSOS DE
APRENDIZAJE
EVALUACION
Identifica que
es Propiedad
Planta y
Equipo
4.1.- Características del
sistema de Propiedad
Planta y Equipo; Pasos a
seguir para su aplicación.
4.2.- Documentos
básicos del sistema.
“Formularios”
4.2.1.- Información que
debe tener el Inventario
de PP y E y su
codificación.
Estudio individual
Búsqueda y
análisis de
información
Tutorías grupales,
individuales y
virtuales.
Familiarización
de las páginas
web de las
instituciones.
Plataform
a
tecnológic
a
Guía Didáctica
Libro guía
Páginas web
institucionales.
Constitución del
Estado.
Leyes.
Reglamentos.
Desarrollo de
actividades
de
aprendizaje.
Examen
presencial.
15
BIBLIOGRAFÍA Y NETGRAFÍA
BIBLIOGRAFÍA BÁSICA
- Constitución Política del Estado.
- Ley Orgánica de Servicio de Contratación Pública y su Reglamento.
- Reglamento General para administración de Bienes.
- Manual de Derecho de Seguros. Eduardo Peña Triviño.
- Ley Orgánica de Seguros y su Reglamento
BIBLIOGRAFÍA COMPLEMENTARIA
- Ley Orgánica de administración financiera y control y su reglamento
- Ley General del Sistema de Seguridad Social
- Compilación de seguros. ing. rene bueno a. edición 2004
- Código de Comercio.
NETGRAFÍA
www.sri.gob.ec
www.iess.gob.ec
www.compraspublicas.gob.ec
www.senplades.gob.ec
www.cge.gob.ec
16
UNIDAD Nº 1
GENERALIDADES
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
1. Adquirir los conocimientos básicos sobre las Instituciones del Estado y la Función
Pública, sus objetivos, las autoridades y sus responsabilidades.
2. Proporcionar una perspectiva general sobre la Administración Financiera, el
Sistema de Presupuestos.
3. Determinar las formas de recaudación de los recursos financieros dentro del sector
público.
4. Entender sobre el sistema de tesorería, contable e información financiera, así como
el sistema de control.
5. Facilitar conocimientos acerca del Órgano Superior de Control, determinar sus
responsabilidades, la caducidad y las cauciones.
6. Proveer conocimientos acerca de la Ley de Contratación Pública, sus generalidades,
procedimientos precontractuales, el Comité de contrataciones.
17
1.1 Los poderes del Estado citados en la Constitución Ecuatoriana.
Son los encargados de dirigir y hacer cumplir la Constitución, las leyes, los tratados y los
convenios internacionales y demás normas jurídicas, estos poderes son:
a) Función legislativa.- Se encarga de la creación de leyes y fiscalización, incluyendo
la posibilidad de plantear juicio político en contra del Presidente de la República, el
Vicepresidente y a los Ministros de Estado, en Ecuador se denomina Asamblea
Nacional, con sede inicial en Montecristi en donde se elaboró la constitución de la
República del Ecuador en el año 2008, actualmente la sede es en Quito.
b) Ejecutiva.- Esta función es ejercida por el Presidente de la República, quien es Jefe
de Estado y del Gobierno, responsable de la administración pública, está integrada
por la Presidencia y Vicepresidencia de la República, los Ministerios de Estado y
los demás organismos e instituciones necesarios para cumplir, las atribuciones de
rector, planificación, ejecución y evaluación de las políticas públicas nacionales,
según el artículo 141 de la Constitución vigente de la República del Ecuador.
c) Judicial.- Es el poder que administra la justicia, a través de los mandatarios
establecidos en la Ley Orgánica de la Función Judicial y la Constitución de la
República del Ecuador, esto es: Corte Suprema, Cortes Superiores, Cortes
Distritales, Juzgados, funcionarios y demás Tribunales de Justicia, escogidos del
Cuerpo de Abogados.
d) Transparencia y Control Social.- Creada por la Constitución de la República del
Ecuador en el año 2008, se conceptúa como un ente o entidad autónoma, facilitador
18
de procesos de participación, control social y lucha contra la corrupción, entre el
Estado y la Sociedad Civil.
e) Función Electoral.- Sus principales funciones son organizar, controlar las
elecciones y castigar el partimiento de las normas electorales. Su principal
organismo es el Consejo Nacional Electoral, que tiene su sede en la ciudad de
Quito.
1.2 Las Entidades Públicas en el Ecuador.
Son instituciones gubernamentales con personería jurídica propia, con financiamiento
tomado en cuenta en el presupuesto del Estado que fueron creadas para mejorar la vida de
la ciudadanía, tal como lo expresa la Constitución de la República y el Plan nacional del
buen vivir . Estas entidades son uno de los principales medios utilizados por el Gobiernos
para intervenir en el desarrollo y vida de un pueblo, tienen una relevancia económica muy
destacada, no sólo en términos cuantitativos, ni por su volumen de negocios, su
participación en el producto interior bruto (PIB), número de empleados, etc., sino también
debido a que se sitúan en sectores productivos estratégicos.
En la toma de decisiones de las instituciones públicas apartan de aquellas que pertenecen al
sector privado, en cuanto el poder de decisión parte del Estado, que lo ejerce estableciendo
sus objetivos y controlando su actividad; el poder de gestión y tareas pertenece a las propias
instituciones, que lo llevan a cabo a través de sus propios órganos no obstante, a menudo o
frecuentemente, los directivos y administradores son nombrados por el Gobierno. Es
19
frecuente también que los trabajadores y los usuarios, mediante las asociaciones de
consumidores, estén representados en los órganos decidores de quienes ejercen dicha
responsabilidad; a continuación algunas de las entidades públicas en del Ecuador:
Casa De La Cultura Ecuatoriana
Correos del Ecuador
Direcciones Provinciales de Salud
Juntas Parroquiales
Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social IESS
Ministerios Coordinadores
Ministerios
Secretaría como la Secretaría de los pueblos
Empresas públicas como la empresa Eléctrica Quito S.A.
Instituto Nacional De Investigaciones Agropecuarias INIAP
Hospitales públicos
Dirección Nacional De Cooperativas
Municipios
Consejos Provinciales
Escuelas, Colegios y Universidades públicas
Dirección Nacional De Servicios Educativos Dinse
Dirección Nacional de Transito
Instituto Nacional Del Niño Y La Familia
Comisarías
Tribunales Provinciales Electorales
20
Registro De La Propiedad
Dirección Agropecuaria De Pichincha
Dirección General De Registro Civil
Gobernaciones
Cruz Roja
Cuerpo de Bomberos
Policía Nacional del Ecuador
Ejército Nacional del Ecuador
Banco del IESS BIESS
Banco Ecuatoriano de la Vivienda
Empresa Nacional De Ferrocarriles Del Estado
Registro Civil, Identificación Y Cedulación
Comisión Nacional De Transporte Terrestre Tránsito Y Seguridad Vial
Comandancia General Policía Nacional
Consejo Nacional De La Judicatura
Asilo de Ancianos Sagrado Corazón De Jesús
Patronatos
Superintendencia de Bancos
Superintendencia de Compañías
Instituto Nacional de Higiene Leopoldo Izquieta Pérez
1.3 Los Sectores Estratégicos en el Ecuador.
21
El 3 de Enero de 2008, se crea el Ministerio de Coordinación de los Sectores Estratégicos,
mediante decreto Ejecutivo No. 849, entidad que tiene a su cargo la coordinación y
supervisión de las actividades de los Ministerios de Minas y Petróleos, Electricidad,
Transporte, Fondo de Solidaridad, Petroecuador y Cenace.
Las funciones, que hasta esta fecha eran ejecutadas por la Secretaria de Coordinación
Institucional, y que desde este periodo se transfieren al Ministerio de Coordinación de los
Sectores Estratégicos. Dicho ministerio tendrá a su cargo la coordinación y articulación de
las políticas y acciones que asuman los distintos organismos que integren sus áreas de
actividad y proponer, coordinar y aplicar las políticas de los sectores estratégicos,
desarrollar vínculos entre las necesidades Ministeriales y las decisiones Presidenciales, y
ejecutar los temas de gestión que están asignados por el Ejecutivo; Por lo expuesto este
ministerio será la máxima autoridad de esta dependencia de Estado y ejecutará su grafía
legal, tendrá la responsabilidad de emitir acuerdos y resoluciones para la reglamentación y
estructura orgánica funcional, desarrollo de actividades, nombrar y remover a su personal
de conformidad a las disposiciones previstas en la Ley.
Ecuador invierte USD 19,740 millones en tres sectores estratégicos: hidroeléctricos,
hidrocarburíferos e hídricos. En la inversión hidroeléctrica, nuestro representante de
gobierno sostuvo la idea de que nuestro país tendrá una gran producción de generar energía
eléctrica, esto indica dejar la importación de los países vecinos y convertirnos en
exportador de esta materia para beneficio de nuestra economía.
Para el sector hidrocarburíferos se creó un proyecto para generas una mejor rentabilidad en
la producción compuestos orgánicos más simples y pueden ser considerados como las
22
sustancias principales de que se derivan todos los demás compuestos orgánicos. En su
estudio científico se ha obtenido dos nombre de grandes grupos principales, de cadena
abierta y cíclica. En los compuestos de cadena abierta que contienen más de un átomo de
carbono y los cíclicos, los átomos de carbono forman uno o más anillos cerrados, estos
derivados descubierto nos generan riquezas que puede tener una o más ramificaciones.
Cuyo proyecto se determinó en la necesidad de hacer una gran rehabilitación de la
Refinería de Esmeraldas con un costo promedio por 855 millones. Demás designio es la
sustitución de diesel por gas, con una inversión de 275 millones. Dicho objetivo es
aumentar el linaje o extracción de gas para evitar la exportación de diesel, con este proceso
obtenemos un ahorro de 300 millones al año, estrategias puesta y analizada por el
Presidente Rafael Correa, actual jefe de Estado.
En este mismo sector está previsto un proyecto de almacenamiento de gas en tierra con un
poliducto y la construcción del sistema de transporte y distribución, con una inversión de
400 millones, se mencionó la creación de la Refinería del Pacífico, que costará 12.000
millones de dólares, mientras que en el sector hídrico se invertirán alrededor 1227 millones.
En realidad estas estrategias nos ayudaran a que haya crecido nuestro PIB. En la tabla No. 1
se pueden identificar los sectores estratégicos ecuatorianos.
Energía en todas sus formas
Telecomunicaciones
Recursos naturales no renovables
Transporte y la refinación de hidrocarburos
Biodiversidad y el patrimonio genético
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Espectro radioeléctrico
Recursos Hídricos
Tabla No. 1 Sectores estratégicos en el Ecuador
1.4 Los Organismos de Control en el Ecuador
a) Según la Constitución de la República del Ecuador
1. Contraloría General del Estado.- La Contraloría General del Estado es el organismo
técnico superior de control, con autonomía administrativa, presupuestaria y financiera,
dirigido y representado por el Contralor General del Estado, Tendrá atribuciones para
controlar ingresos, gastos, inversión, utilización de recursos, administración y custodia
de bienes públicos. Realizará auditorías de gestión a las entidades y organismos del
sector público y sus servidores, y se pronunciará sobre la legalidad, transparencia y
eficiencia de los resultados institucionales, dictará regulaciones de carácter general para
el cumplimiento de sus funciones y asesorara a las entidades que soliciten de la materia.
La Contraloría General del Estado tendrá señorío exclusiva para determinar
responsabilidades administrativas y civiles culposas e indicios de responsabilidad penal,
y hará el seguimiento permanente y oportuno para asegurar el cumplimiento de sus
disposiciones y controles.
1. Procuraduría General del Estado.- La Procuraduría General del Estado es un
organismo autónomo, dirigido y representado por el Procurador General del Estado,
será el representante judicial del Estado y podrá delegar dicha representación, de
acuerdo con la Ley. Deberá reunir los requisitos exigidos para ser ministro de la Corte
24
Suprema de Justicia, le corresponderá el patrocinio del Estado, el asesoramiento legal y
las demás funciones que determine la ley.
2. Ministerio Público.- Es un inherente e independiente en sus relaciones con las ramas
del poder público y lo integrarán los funcionarios que determine la Ley. El Ministro
Fiscal General del Estado ejercerá su representación legal. El Ministro Fiscal será
elegido por el Congreso Nacional por mayoría de sus integrantes, de una terna
presentada por el Consejo Nacional de la Judicatura. Deberá reunir los mismos
requisitos exigidos para ser magistrado de la Corte Suprema de Justicia. Desempeñará
sus funciones durante seis años y no podrá ser reelegido, esta entidad público de control
prevendrá en el conocimiento de las causas, dirigirá y promoverá la investigación
preprocesal y procesal penal. De hallar fundamento, acusará a los presuntos infractores
ante los jueces y tribunales competentes, e impulsará la acusación en la sustanciación
del juicio penal.
Para la obediencia de sus funciones, el Ministro Fiscal General organizará y dirigirá un
cuerpo policial especializado y un departamento médico legal, vigilará la maniobra y
aplicación del régimen penitenciario y la rehabilitación social del delincuente, velará por la
protección de las víctimas, testigos y otros participantes en el juicio penal, coordinará y
dirigirá la lucha contra la corrupción, con la colaboración de todas las entidades que, dentro
de sus competencias, tengan igual deber, cooperará en el patrocinio público para mantener
el imperio de la Constitución y de la ley.
3. Comisión de Control Cívico de la Corrupción.- Es una persona jurídica de derecho
público, con sede en la ciudad de Quito, con autonomía e independencia económica,
25
política y administrativa. En representación de la ciudadanía sembrará la eliminación de
la corrupción; receptará denuncias sobre hechos presuntamente ilícitos cometidos en las
instituciones del Estado, para investigarlos y solicitar su juzgamiento y sanción. Podrá
promover su organización en provincias y cantones. Cuando la Comisión haya
finalizado sus investigaciones y encontrado indicios de responsabilidad, pondrá sus
conclusiones en conocimiento del Ministerio Público y de la Contraloría General del
Estado.
No interferirá en las atribuciones de la función judicial, pero ésta deberá tramitar sus
pedidos. Deberá requerir de cualquier organismo o funcionario de las instituciones del
Estado, la información que considere necesaria para llevar adelante sus investigaciones,
funcionarios que se nieguen a suministrarla, serán sancionados de conformidad con la ley.
Las personas que colaboren para esclarecer los hechos, gozarán de protección legal.
4. De las superintendencias.- Serán organismos técnicos con autonomía administrativa,
económica y financiera y personería jurídica de derecho público, encargados de
controlar instituciones públicas y privadas, a fin de que las actividades económicas y
los servicios que presten, se sujeten a la ley y atiendan al interés general, encabezado en
los arts. 222 y 223 que manda la ley.
Determinará las áreas de actividad que requieran de control y vigilancia, y el ámbito de
acción de cada superintendencia que serán dirigidas y representadas por superintendentes
elegidos por el Congreso Nacional con el voto de la mayoría de sus integrantes de ternas
enviadas por el Presidente de la República. Desempeñarán sus funciones durante cuatro
años y podrán ser reelegidos, para ser designado superintendente se necesitará tener al
26
menos treinta y cinco años de edad, título universitario en profesiones relacionadas con la
función que desempeñarán y experiencia de por lo menos diez años en el ejercicio de su
profesión, avalada por notoria probidad.
b) Según las Leyes y Reglamentos Ecuatorianos.
Todas las Leyes Ecuatorianas que has sido emitidas tienen por lo menos un organismo tal y
como lo podemos ver en la tabla No. 2:
27
NOMBRE DE LA LEY -
REGLAMENTO
ORGANISMO DE
CONTROL
SECTOR AL QUE
REGULA LA LEY Y EL
ORGANISMO
Ley de aguas Consejo Nacional de
Recursos Hídricos
Aprovechamiento de las
aguas marítimas,
superficiales, subterráneas y
Atmosféricas del territorio
nacional, en todos sus
estados físicos y formas.
Ley Forestal El Ministerio del Ambiente Explotación de recursos
forestales.
Ley de Compañías Superintendencia de
Compañías
Todas las empresas privadas
o mixtas.
Ley de la Propiedad
Intelectual
Instituto Ecuatoriano de la
Propiedad Intelectual
Regula y garantiza la
propiedad intelectual
adquirida de conformidad
con la ley, las Decisiones de
la Comisión de la
Comunidad Andina y los
convenios internacionales
vigentes en el Ecuador.
28
Ley orgánica de la
educación
Ministerio Coordinador del
Conocimiento y Talento
Humano y Ministerio de
Educación
Educación Pública y Privada
Ley Nacional del Registro
Oficial de Datos Públicos
La Dirección Nacional de
Registro de Datos Públicos
Las instituciones del sector
público y privado y las
personas naturales que
actualmente o en el futuro
administren bases o
registros de datos públicos
Ley reformatoria a la ley del
Sistema Financiero
Superintendencia de
Compañías
Entidades Financieras
Tabla No. 2 Organismos de Control expuestos en las leyes nacionales
29
UNIDAD Nº 2
BIENES Y SEGUROS
2.1 La Administración de Bienes y Seguros.
2.1.1 Concepto
La Administración de Bienes se refiere a que cada entidad u organismo llevará el registro
contable y físico de sus bienes de conformidad a las disposiciones sobre la materia
expedidas por el Ministerio de Finanzas y por la Contraloría General del Estado.
La Administración de Seguros es una herramienta que hoy en día en países industrializados
se muy utilizada, este sistema de administración de seguridad a diferencia de los demás
sistemas de seguridad implementa la manera de cómo transferir los riesgos a una empresa
especialista en este ramo, las compañías de seguros han tomado en las últimas décadas
gran importancia para el desarrollo industrial y de la comunidad, es por este motivo
importante y necesaria de conocer su manera de operar así como la manera de optimizar el
proceso de transferencia. para actividades particulares y/o extrañas al servicio público.
2.1.2 Relaciones de dependencia entre los Bienes y los Seguros.
Los bienes son un conjunto de cosas o derechos que forman parte de tu patrimonio y que se
describen dentro de una póliza de seguro como el objeto de cobertura contra ciertos riesgos
30
que no podemos controlar, para que exista un seguro debe existir un bien al que se va
asegurar.
2.2 La Adquisición y Administración de Bienes, Servicios, Obras, Consultorías y
Servicios contratados por el Estado Ecuatoriano.
Los bienes son aquellos que están sujetos a control y que constituyen un bien activo fijo
institucional, es decir, los bienes muebles e inmuebles utilizados de manera temporal o
permanente en la gestión administrativa y reúne las siguientes características:
Una vida útil mayor a un año; y, costo de adquisición mayor a cien dólares de los Estados
Unidos de América y pueden ser bienes muebles de larga duración y bienes inmuebles. La
adquisición de bienes puede ser bajo el procedimiento de contratación pública, donación,
transferencia gratuita de dominio o por comodato y deberá observar la regla vigente para la
administración de los recursos públicos, en particular, los procedimientos precontractuales
y contractuales establecidos en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación
Pública (LOSNCP) y su reglamento de aplicación, el Código Orgánico de Planificación y
Finanzas Públicas, las resoluciones que emita el Instituto Nacional de Compras Públicas,
así como la normativa pertinente que emita el Ministerio de Finanzas, la Contraloría
General del Estado y la Secretaría de Gestión Inmobiliaria del Sector Público para su
adquisición, para todas las adquisiciones de bienes muebles e inmuebles en forma previa a
la convocatoria se deberá certificar la existencia de fondos suficientes a través de la
31
correspondiente partida presupuestaria, deberá estar debidamente aprobada y priorizada por
SENPLADES y el Ministerio de Finanzas, con el fin de conseguir mejores condiciones de
contratación y aprovechar las economías de escala las adquisiciones de muebles y equipos
que deban ser entregados a las.
Para las programaciones de compra de los bienes se ajustarán a los montos y naturaleza de
contratación establecidos en la LOSNCP, su reglamento de aplicación y resoluciones
emitidas por el (INCOP) Instituto Nacional de Compras Públicas. Estos bienes muebles
puede ser realizada a través de los siguientes procedimientos: Compras por catálogo,
subasta inversa, licitación, cotización y menor cuantía en los términos establecidos en la
LOSNCP y su reglamento de aplicación, cuyo valor no supere en tres cotizaciones, de
acuerdo a lo dispuesto en el artículo 60 del Reglamento General y resolución del INCOP.
Todas las adquisiciones de bienes muebles deberán constar en el Plan Anual de Compras
(PAC) del año fiscal, en caso de no encontrarse la adquisición contemplada, deberá
realizarse la correspondiente modificación del PAC de acuerdo a lo dispuesto en el artículo
25 y 26 del Reglamento a la LOSNCP. Los PAC’S anuales elaborados por las UOD
deberán ser aprobados por el Director de Gestión Administrativa del Ministerio de Cultura.
Para la adquisición de los bienes inmuebles se estará a lo previsto en el artículo 58 de la
LOSNCP y deberá ser garantizada hasta su entrega total a conformidad con las garantías de
fiel cumplimiento del contrato,
Las afectaciones que pudieran ocasionar las demoras en la suscripción del acta entrega
recepción serán responsabilidad del administrador de cada contrato.
32
2.2.1 Servicios
En la contratación Pública: Se refiere a todo procedimiento concerniente a la adquisición o
arrendamiento de bienes, ejecución de obras públicas o prestación de servicios incluidos los
de consultoría.
Dicho servicios se concebirá que cuando el contrato implique la fabricación, manufactura o
producción de bienes muebles, el procedimiento será de adquisición de bienes. Y a esto se
incluyen también la contratación de bienes a los de arrendamiento mercantil con opción de
compra, con la cual el Instituto Nacional de Contratación Pública selecciona a los
proveedores cuyos bienes y servicios serán ofertados en el catálogo electrónico a fin de ser
adquiridos o contratados de manera directa por las Entidades Contratantes en la forma,
plazo y demás condiciones establecidas en dicho Convenio, para efectos de esta Ley hay
empresas subsidiarias jurídicas creadas por las empresas estatales o públicas, sociedades
mercantiles de derecho privado en las que el Estado o sus instituciones tengan participación
accionaria o de capital superior al cincuenta (50%) por ciento es decir a Entidades
Contratantes a presentar sus demandas de bienes y servicios, que generan oportunidades a
través de la participación incluyente, de artesanos, micro y pequeños productores en
procedimientos ágiles y transparentes, para adquisición de bienes y servicios, de
conformidad con el Reglamento.
33
2.2.2 Obras
El Instituto Nacional de Contratación Pública: Es el órgano técnico rector de la
Contratación Pública. Esta adquisición de obras son los trabajos relacionados con la
construcción, reconstrucción, demolición, reparación o renovación de edificios, vialidad,
transporte, estructuras o instalaciones, la preparación del terreno, la excavación, la
edificación, la provisión e instalación de equipo fijo, la decoración y el acabado, y los
servicios accesorios a esos trabajos, como la perforación, la labor topográfica, la fotografía
por satélite, los estudios sísmicos y otros servicios similares estipulados en el contrato, si el
valor de esos servicios no excede del de las propias obras.
Obra adicional o complementaria: Aquélla no considerada en los documentos de licitación
ni en el contrato, cuya realización resulta indispensable y lo necesaria para dar
cumplimiento a la meta prevista de la obra principal y que dé lugar a un presupuesto
adicional.
La Ley puede referirse a él simplemente Como "Instituto Nacional”. El contrato es un
convenio que crea obligaciones, las secciones esenciales tratan de las partes competentes,
considerando legalidades, convenio y obligaciones mutuas. En este convenio, debe
entenderse como contrato obra pública al acto jurídico una de las partes llamadas el
contratista, se le obliga a realizar una obra, inmueble, de acuerdo a la ley de Obras Publicas
y Servicios con la mismas para el Estado, se consideran de derecho público. Dentro de este
34
parámetro el mejor Costo en Obras, o en Bienes o Servicios No Normalizados es
considerable obtener: Oferta que ofrezca a la entidad las mejores condiciones presentes y
futuras en los aspectos técnicos, financieros y legales, sin que el precio más bajo sea el
único parámetro de selección. En todo caso, los parámetros de evaluación deberán constar
obligatoriamente en los Pliegos. Obra de Origen Nacional.- Indica que y se refiere a las
obras, bienes y servicios que incorporen un componente nacional en los porcentajes que
sectorialmente se definan por parte del Ministerio de Industrias y Competitividad, de
conformidad a los parámetros y metodología establecidos en el Reglamento de la presente
Ley. A demas para un mejor uso de un contratación acudir al. Portal Compras públicas.-
(www.compraspublicas.gov.ec): Es el Sistema Informático Oficial de Contratación Pública
del Estado Ecuatoriano. RUP.- Es la Base de Datos de los proveedores de obras, bienes y
servicios, incluidos los de consultoría, habilitados para participar en los procedimientos
establecidos en esta Ley. Su administración está a cargo del Instituto Nacional de
Contratación Pública y se lo requiere para poder contratar con las Entidades Contratantes.
El Instituto ejercerá la rectoría del Sistema Nacional de Contratación Pública conforme a
las siguientes atribuciones; Desarrollar y administrar el Sistema Oficial de Contratación
Pública del Ecuador, COMPRASPÚBLICAS, así como establecer las políticas y
condiciones de uso de la información y herramientas electrónicas del Sistema; Administrar
los procedimientos para la certificación de producción nacional en los procesos
precontractuales y de autorización de importaciones de bienes y servicios por parte del
Estado; Establecer y administrar catálogos de bienes y servicios normalizados; Expedir
modelos obligatorios de documentos precontractuales y contractuales, aplicables a las
diferentes modalidades y procedimientos de contratación pública, para lo cual podrá contar
35
con la asesoría de la Procuraduría General del Estado y de la Contraloría General del
Estado.
2.2.3 Consultoría
Está representada por persona natural o jurídica, nacional o extranjera, facultada para
proveer servicios de consultoría, de conformidad con esta Ley. Esta entidad se refiere a la
prestación de servicios profesionales especializados no normalizados, que tengan por objeto
identificar, auditar, planificar, elaborar o evaluar estudios y proyectos de desarrollo, en sus
niveles de pre factibilidad, factibilidad, diseño u operación. Comprende además, la
supervisión, fiscalización, auditoría, antes y posterior del desarrollo de software o
programas informáticos así como los servicios de asesoría y asistencia técnica, consultoría
legal que no constituya parte del régimen especial indicado en el número 4 del artículo 2,
elaboración de estudios económicos, financieros, de organización, administración, auditoría
e investigación. Mejor Costo en criterio de "Calidad " con el que se adjudicarán los
contratos de consultoría, en razón de la ponderación que para el efecto se determine en los
Pliegos correspondientes, y sin que en ningún caso el costo tenga un porcentaje de
incidencia superior al veinte (20%) por ciento. Además brinda servicios de Apoyo aquellos
servicios auxiliares que no implican dictamen o juicio profesional especializado, tales como
los de contabilidad, topografía, cartografía, aerofotogrametría, la realización de ensayos y
perforaciones geotécnicas sin interpretación, la computación, el procesamiento de datos y el
uso auxiliar de equipos especiales.
36
2.3. Base legal del sistema nacional de contratación pública.
La Asamblea Constituyente expidió la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación
Pública que fuera publicada en el suplemento del Registro Oficial No. 395 del 4 de agosto
del 2008; y, el Presidente de la República expidió el Reglamento General de la Ley
Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y que específicamente se
caracteriza por lo siguiente: - Implementar el Sistema Nacional de Contratación Pública, a
través de la creación del Instituto Nacional de Contratación Pública, quien regulará a todos
los organismos del Estado, incluidas las corporaciones, fundaciones o sociedades civiles,
que requieran contratar bienes y servicios.
El objetivo primordial del nuevo Sistema es generar un cambio en la contratación aplicando
los principios de transparencia, equidad, adquiriendo bienes y servicios de mejor calidad, a
menor precio y en el menor tiempo, fomentando la demanda interna de bienes y servicios
para diversificar la producción nacional, impulsando la economía local, la libre ciencia,
vigencia tecnológica, descentralización, desconcentración y simplificación administrativa. -
Para garantizar el fiel cumplimiento de los principios de transparencia y equidad se crea el
RUP, siglas que significan: Registro Único de Proveedores, organismo administrado por el
Instituto Nacional de Contratación Pública. Están sujetos a esta ley los del Estado y las
Entidades Contratantes.
Proveedor del Estado.- El numeral 28 del artículo 6 de la LOSNCP define proveedor de la
siguiente manera: "Es la persona natural o jurídica nacional o extranjera, que se encuentra
37
inscrita en el RUP, de conformidad con esta Ley, habilitada para proveer bienes, ejecutar
obras y prestar servicios, incluidos los de consultoría, requeridos por las Entidades
Contratantes..
Entidades Contratantes.- En el numeral 12 del mencionado artículo define entidad
contratante de la siguiente manera: "Los organismos, las entidades o en general las
personas jurídicas previstas en el artículo 1 de esta Ley. En concordancia a este artículo
estipula que se entiende como entidades contratante a las siguientes dependencias:
a. Los Organismos y dependencias de las Funciones del Estado.
b. Los Organismos Electorales.
c. Los Organismos de Control y Regulación.
d. Las entidades que integran el Régimen Seccional Autónomo.
e. Los Organismos y entidades creados por la Constitución o la Ley para el ejercicio
de la potestad estatal, para la prestación de servicios públicos o para desarrollar
actividades económicas asumidas por el Estado.
f. Las personas jurídicas creadas por acto legislativo seccional para la prestación de
servicios públicos.
g. Las corporaciones, fundaciones o sociedades civiles.
38
2.4. Inventarios en las instituciones públicas.
La Gestión Administrativa debe llevarse a cabo bajo criterios de eficiencia institucional, lo
cual implica racionalización de toda clase de elementos para que se optimicen los recursos
y se genere efectividad a un mínimo costo.
Si se tiene en cuenta que los recursos físicos de carácter público son de utilidad común, es
menester adecuar o cuando menos modernizar métodos y procedimientos que permitan su
seguimiento, evaluación y control que integren la gestión contable y financiera con los
recursos físicos existentes..
Los procesos y procedimientos de orden administrativo para la clasificación, registro y
control de bienes, deben estar adecuados a las normas generales para este fin, tales como la
Ley 42 de 1993 y la Ley 87 de 1993 que son reglamentarias del Control en las Entidades
Públicas, y en este sentido se requiere de un sistema de control de bienes que posibilite una
permanente evaluación.
Finalmente, los funcionarios encargados de los procesos y control de Almacén e
Inventarios requieren de herramientas mínimas para el control de la Gestión de Bienes y en
este sentido se hace necesario el conocimiento básico de terminología, situaciones
especiales de los Bienes, lo que en últimas garantizará una gestión admirable para Gestión
Pública.
Objetivos:
a. Identificar mecanismos para ejercer control sobre los bienes de las Entidades Públicas.
39
b. Identificar los elementos para codificar y clasificar los bienes e inventarios según los
conceptos que los originen o motiven, conforme a lo establecido por la Contaduría General
de la Nación a través del Plan General de Contabilidad Pública.
c. Identificar las responsabilidades de los Funcionarios Públicos que tienen bienes a su
cargo.
d. Conocer la normatividad básica para el manejo de bienes e inventarios.
Método a seguir:
En las entidades investigación para un inventario, se realiza un proceso de capacitación
ofreciendo la modalidad “taller de sensibilización” con un enfoque participativo, usando
técnicas de visualización y fomentando la creación de espacios de concertación entre los
participantes, usando juegos basados en el supuesto de que los participantes conocen la
realidad, pero son pocas las ocasiones que tienen para reflexionar sobre ellas.
Dirigido a:
Empresas que manejes departamentos como almacenistas, secretarias(os), auxiliares
administrativos, asistentes administrativos, jefes de almacén e inventarios, y en general
todos los interesados en los procesos y procedimientos para la administración de bienes
públicos.
40
2.4.1. Valoración de los bienes de las instituciones públicas.
La valoración de estos bienes son instrumentos al servicio de la política mediante el cual se
pretende imputar valores económicos a los bienes y servicios, esta valoración económica
resulta necesaria para lograr los objetivos de los bienes adquiridos por las instituciones
públicas.
Las demandas de bienes y servicios tiende regularmente a sobre pasar las posibilidades de
la oferta, en consecuencia todas las organizaciones sociales deberán enfrentar el problema
básicos de alcanzar una asignatura eficiente de los recursos disponible.
UNIDAD Nº 3
LOS SEGUROS
3.1. Concepto de Seguro.
3.1.1 Generalidades.
Es una actividad económica financiera, que presta el servicio de transformación de los
riesgos de diversa naturaleza, a que están sometidos los patrimonios, en un gasto periódico
presupuestable, que puede ser soportado fácilmente por cada unidad patrimonial. Además
41
es un contrato consensual, bilateral, oneroso por el cual una de las partes se compromete a
indemnizar a la otra de las consecuencias dañosas o perjudiciales que ciertos riesgos
procedentes de caso fortuito, a las que se hallan expuestas las personas y cosas.
3.1.2 Tipos de Seguros
De acuerdo al Sector:
Seguro Privado: el asegurado contrata voluntariamente para cubrirse de ciertos
riesgos mediante el pago de una prima. Estos se concretan con la emisión de una
póliza. Están regulados por la Ley General de Seguros.
Seguro Social (Público): tiene por objeto amparar a la clase trabajadora contra
ciertos riesgos, como la muerte, accidentes, invalidez, enfermedades, desocupación
o maternidad. Son obligatorios, sus primas están a cargo de los asegurados y
empleadores, y en algunos casos el Estado contribuye con su aporte para la
financiación de las indemnizaciones. Aquí no es necesaria una póliza. El sistema de
previsión de las cajas de jubilaciones no es técnicamente un segur, aunque por sus
finalidades resulta análogo. Permite gozar e una renta a los jubilados y cubre los
riesgos de desamparo en que puede quedar el cónyuge y los hijos menores de una
persona con derecho a la jubilación, ordinaria o extraordinaria a la fecha de
fallecimiento. Está regulado por la Ley de la Seguridad Social.
42
De acuerdo a su Objeto:
Seguros Personales: el objeto del seguro es el ser humano y son los seguros que
contra accidentes(enfermedad, validez, paro), seguros de vida, en caso de muerte,
mixto, a favor de terceros.
Seguros Agrícolas: el objeto son las explotaciones agrarias, pecuarias forestales, se
encuentran comprendidos los seguros por helada, granizo, incendio de cosechas o
bosques.
Seguros Industriales: el objeto son las propiedades comerciales o industriales, esta
comprendido contra incendios, pérdida de beneficios, rotura o daño de maquinaria,
seguros de montaje e ingeniería.
Seguros Patrimoniales: el objeto es el patrimonio de una persona y comprende
todos los contratos por lo que una persona se previene contra algún daño fortuito a
que esta expuesto su patrimonio, comprende los seguros de vivienda, seguro de
automóvil, seguro de mobiliario, de robo entre otros.
De acuerdo a la Naturaleza de los Riesgos:
Seguro de Personas: se encuentran aquí los seguros cuyo riesgos dañen a las
personas, aquí están los seguros de vida, accidentes y enfermedad.
43
Seguros de Daños: aquí estas los riesgos que provoquen daños al patrimonio de las
personas, está conformado por el seguro de transportes, seguro contra incendios,
contra robo, vehículos.
Seguro de Responsabilidad Civil: los seguros cuyos riesgos provoquen daños
contra terceras personas y está formado por los seguros de deudas futuras, sueguros
por costes y fianzas judiciales.
Seguro de Fianzas: están aquí los seguros por riesgo moral, fiel cumplimiento,
seguro de buen uso de anticipo, seriedad de oferta, garantías aduaneras.
Otra Clasificación del Seguro.
Seguro Individual: es tramitado y operado por una sola compañía aseguradora.
Seguro Colectivo: aquel que es negociado por dos o más compañías aseguradoras,
ya sea por el monto, la frecuencia o la intensidad del riesgo.
Por la duración.
Seguro Temporal: aquel que se duración es menor a un año.
Seguro Anual: cuya duración es de un año.
44
Seguro a largo plazo: aquí el plazo contratado es mayor a un año.
Por la existencia de su contratación.
Seguro Obligatorio: el contrato con la aseguradora es obligatorio un ejemplo es el
seguro social.
Seguro Voluntario: es aquel donde el asegurado decide por su propia cuenta su
contratación.
3.2. Historia de los seguros
3.2.1 A nivel Mundial
La historia del seguro se remonta a las antiguas civilizaciones de donde se utilizaban
prácticas que constituyeron los inicios de nuestro actual Sistema de Seguros.
Probablemente las formas más antiguas de seguros fueron iniciadas por los babilonios y los
hindús.
45
Estos primeros contratos eran conocidos bajo el nombre de Contratos a la Gruesa y se
efectuaban, esencialmente, entre los banqueros y los propietarios de los barcos.
Con frecuencia, el dueño de un barco tomaría prestados los fondos necesarios para comprar
carga y financiar un viaje. En caso de que el barco o la carga se perdiese durante el cargo el
préstamo se entendería como cancelado.
Los mercaderes babilónicos, entre los 4000 y 3000 A.C., asumían el riesgo de pérdidas de
las caravanas que cruzaban la antigua Babilonia, ya que continuamente eran víctimas de
asaltos, concediendo préstamos a elevado interés, que eran reembolsables a la finalización
del viaje.
En la India estaban obligados todos los familiares a sostener al que quedara incapacitado
por un accidente de viaje, bajo las normas de un interés al 10% si viajaba por la selva, y el
20% si el viaje lo hacía por mar.
En la edad media se mantenía bajo la forma de seguro marítimo, el cual fue consecuencia
del desarrollo del comercio marítimo en los países mediterráneos, especialmente España e
Italia, pero carecía de bases estadísticas serias y no constituía una institución organizada.
46
Los vestigios del Seguro de vida se encuentran en antiguas civilizaciones, tal como Roma,
donde era acostumbrado por las asociaciones religiosas, colectar y distribuir fondos entre
sus miembros en caso de muerte de uno de ellos.
Las sociedades con objeto asegurador aparecieron alrededor del año 1.720, y en las etapas
iniciales los especuladores y promotores ocasionaron el fracaso financiero de la mayoría de
estas nuevas sociedades. Eventualmente las repercusiones fueron tan serias, que el
parlamento restringió las licencias de tal manera que solo hubo dos compañías autorizadas.
Estás aún son importantes compañías de Seguros en Inglaterra como Lloy´s de Londres.
Podemos diferenciar las siguientes etapas en la evolución del seguro.
1. Edad Antigua
2. Edad media (hasta mediados del siglo XIV)
3. Desde mediados del siglo XIV a fines del XVII
4. Desde el siglo XVIII hasta mediados del siglo XIX
5. Desde mediados del siglo XIX hasta nuestros días
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1. Edad Antigua
En sus comienzos no puede decirse que existiera un seguro con sus bases técnicas y
jurídicas, pero si surgió como un sentimiento de solidaridad ante los infortunios.
Ejemplos de estos intentos de solidaridad los tenemos en el seguro de caravanas de
Babilonia, donde existía la costumbre de que los que tomaban parte en una caravanase
comprometían a saldar en común los daños causados a cada uno de ellos duranteel trayecto
por robo o asalto.
Durante la Supremacía Romana existieron asociaciones constituidas por artesanos que,
mediante una reducida cuota de entrada y una cotización periódica, otorgaban a sus
asociados una sepultura y funerales apropiados. En cualquier caso se puede afirmar que
durante esta época existieron instituciones muy similares al seguro.
2. Edad Media hasta el siglo XIV.
Durante este tiempo aparecen los primeros sistemas de ayuda mutua. En esta época
tenemos a diferentes civilizaciones que tuvieron aportaciones importantes. Entre éstas se
encuentran:
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a. Babilonia: Se menciona como primer antecedente el “Código de Hammurabi”, Rey
de Babilonia 1955-1912 A.C. Que ya preveía:
1. La indemnización por accidentes de trabajo a través de organizaciones de
sociedades mutuas;
2. La mutualidad para compartir las pérdidas causadas a las caravanas en el
desierto, transportando mercancías.
3. La contribución de todos en la construcción de un navío en sustitución del que
haya destruido una tempestad.
b. Egipto: Se manejaba la idea de ayuda mutua entre los socios de una institución, para
ayudar en los ritos funerarios del socio que falleciera.
c. Grecia: “La Ley de Rodas” para el comercio marítimo. Una pérdida se repartía entre
todos los propietarios de la mercancía transportada en el barco. Constituye la base
del Derecho Mercantil Marítimo. Los griegos tenían una asociación llamada
“ERANDI” por la que daban asistencia a necesitados a través de un fondo común
constituido por todos los agremiados.
d. Roma: Existía una asociación de militares que aportaban una cuota con la que
tenían derecho a una indemnización para gastos de viaje por cambio de guarnición
en caso de retiro o muerte.
Los artesanos formaban el “CollegiaTenuiorum, Collegia – Funeraticia” con la que los
participantes gozaban de gastos por muerte, seguridad constituida por un fondo formado
49
por el Estado y por los beneficiarios y herencias dejadas por socios muertos. También
existía el “Préstamo a la Gruesa Ventura” por el que un propietario o armador de una nave
tomaba como préstamo una suma igual al valor de la mercancía transportada; en caso de
feliz arribo el prestatario reembolsaría el capital más un interés hasta el 15% del capital; en
caso contrario, el prestatario no debía nada.
e. Edad Media: Existían ayudas mutuas como:
Las GUILDAS fueron precursoras de las Compañías de Seguros. Eran éstas asociaciones o
hermandades para socorros mutuos, especialmente para en caso de muerte, aunque se
desarrollaron muchos casos por accidente o enfermedad y aún por incendio. Esto tuvo lugar
en muchos países en Europa, como Italia, Francia, Inglaterra.
• Monasterios – Daban socorro y caridad a huérfanos, viudas y desempleados, por
medio de limosnas.
• Juras – Daban protección por medio de rentas y pensiones que daban los reyes por
gracia o merced.
• Tontinas – De origen italiano. Consistían en sumas fijas de dinero cuyo total se
dividía entre el número de supervivientes a fecha dada.
50
3. Del Siglo XIV al XVII.
Comprende el período que va desde el Siglo XIV hasta el Siglo XVII y es la del desarrollo
y formación del Seguro, aparecen las primeras Instituciones de Seguros en los Ramos de
Marítimo, Vida e Incendio.
Las primeras manifestaciones se dan con el florecimiento del comercio, ya que se hacen
más evidentes los peligros del transporte marítimo y terrestre. Se procura dar legislación
sobre tal fenómeno promoviendo la protección necesaria para comerciantes y transportistas.
Los primeros contratos de Seguro de Vida se dan en el Siglo XIV y eran para mujeres
embarazadas. El primer contrato de Seguro conocido, relativo al Seguro Marítimo, data de
1347, suscrito en Génova, ampara tanto los accidentes de transporte como la tardanza en la
llegada del buque a su destino.
Las primeras Pólizas de Seguro de Vida se extendieron en Londres en The Royal Exchange
por comisionistas que se reunían. Siendo emitida la primera Póliza de este ramo en 1583.
Las primeras manifestaciones del Seguro de Incendio se dan en 1667, en Inglaterra, a raíz
del famoso incendio de Londres, que destruyó 13,200 casas y 90 iglesias. Se crearon
entonces las oficinas de Seguros llamadas “Fire Office” y “FriendlySociety”.
51
En 1677 en Hamburgo, se funda la primera caja General Pública de Incendio, formada por
varios propietarios que reunían cierta cantidad para socorrerse entre ellos en caso de
incendios; en 1686 surge Lloyd´s como la más poderosa empresa aseguradora; en cuanto a
la regulación Jurídica del Seguro, ésta se inicia con los estatutos de Florencia, en 1369;
Barcelona, 1435; Burgos, 1494; Sevilla, 1554; en este período, y como consecuencia del
desarrollo de la actividad marítima, aparecen los primeros antecedentes del contrato de
seguro marítimo.
Paralelamente surgieron las primeras regulaciones legales de la actividad aseguradora. El
asegurador empezó siendo una persona individual, pero pronto surgen la agrupación de
personas y las sociedades anónimas. En 1668 se fundó en París la primera compañía de
seguros por acciones, para el seguro marítimo. A esta época corresponde la creación del
Lloyd´s inglés que era una corporación de aseguradores individuales. Surgió a raíz de las
reuniones de aseguradores marítimos en el cafetín de Edward Lloyd. Esta institución se
funda formalmente en 1769.
Surgen en este período las empresas de seguros de incendios como consecuencias del
famoso incendio de Londres de 1666 que peso de manifiesto la necesidad del mismo en las
ciudades de la época, construidas sin la menor protección contra el fuego.
52
4. Del Siglo XVII hasta XIX.
Comienza a finales del siglo XVII, en la que se afianzan los fundamentos técnicos y
jurídicos del Seguro. En 1634 Blas Pascal, famoso matemático de su tiempo, da lugar al
nacimiento del cálculo de probabilidades y a la teoría de los Grandes Números. En
Inglaterra, Edmund Halley elabora la primera tabla de mortalidad, técnicamente construida.
Aparecen las primeras Empresas de Seguros sobre bases más técnicas y se debió
principalmente al gran florecimiento de la industria en esa época, los grandes
descubrimientos y por la regulación jurídica a través del control administrativo.
5. Desde mediados del siglo XIX hasta nuestros días
Durante el siglo XIX, las modificaciones en las condiciones de vida influyen en el
desarrollo del seguro. En esta etapa surgen fenómenos sociales como la urbanización, la
industrialización y la debilitación de la solidaridad familiar, que favorecen en suma el
individualismo y por consiguiente el desarrollo de la institución aseguradora.
Esto empieza a darse en Inglaterra, ya que este país dominaba el mundo tecnológico,
financiero, económico y sobre todo el político. Alemania y estados Unidos le disputaban el
predominio industrial y Comercial.
53
Surgen nuevos riesgos y se cubren otros que anteriormente no se cubrían. Hay un fuerte
intervencionismo estatal, debido principalmente al gran número de aseguradoras y el hecho
de que muchas de ellas se constituyen sin reunir las debidas garantías. En esta época la
institución aseguradora va adaptándose a las nuevas exigencias de la vida económica
favoreciendo el desarrollo industrial que cuenta con el seguro como garantía ante las
crecientes industrias.
Esto se da debido a las fatales consecuencias de las guerras mundiales en 1914 a 1918 y la
segunda guerra mundial de 1940 a 1944. Involucrados en estas la mayor parte de los países
del Continente Europeo, Rusia, Japón y los Estados Unidos.
Por todo lo expuesto anteriormente, el seguro se convirtió y hasta la fecha lo es, en una
“gran industria” que forma parte vital de la economía de todos los países, en todas las
naciones por más pequeñas que sean cuentan con un mercado de seguros extenso.
3.2.2 Los Seguros en el Ecuador
Los seguros son considerados como convenciones de amparo, pertenecen a la necesidad de
buscar protección contra los hechos imprevistos que nos causan daño. En el Ecuador las
normas sobre seguros eran las de la Colonia y las del Código de Comercio español de 1829
54
hasta mayo de 1882 en que entró en vigencia nuestro primer Código de Comercio, que se
promulgó siendo el presidente el General Ignacio de Veintimilla. Copia del mismo sería el
Código de Alfaro de 1906 que mantuvo las disposiciones sobre seguros en el libro segundo,
Título XVI.
En las últimas codificaciones del Código de Comercio, hasta la elegante y útil que publicó
la Comisión Legislativa, como suplemento al Registro Oficial nº 1202 20 de agosto de
1960, las disposiciones sobre el seguro se encontraban en el título XVII del Segundo Libro
y las normas del seguro marítimo en el Título VII del Tercer Libro.
En el Registro oficial nº 1105 del 18 de noviembre de 1909 constan promulgadas las
primeras disposiciones para el control por el Estado de la actividad aseguradoras, emanadas
del Decreto Legislativo del 21 de Octubre de 1909.
En el año de 1911 se promulgó un decreto en el cuál se autorizaba el juicio verbal sumario
para reclamar a las compañías de seguros por daños y perjuicios. Se empezaron a contratar
seguros en el exterior por fuertes cantidades de dinero por perjuicio de Rentas del cuerpo de
bomberos por un incendio en la ciudad de Quito en 1917.
En 1933 se establece por primera vez la intervención de la Superintendencia de Bancos en
el Control de las operaciones de las compañías de seguros. En 1935 se designa por primera
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vez personal de la Superintendencia para la inspección y fiscalización de aseguradoras, y
se obliga a las aseguradoras a justificar mensual y detalladamente sus negocios ante la
Superintendencia de Bancos.
En 1960 se mantiene y perfecciona el control del Estado sobre las compañías de seguros,
ejercido por la Superintendencia de Bancos, y por primera vez se realizan los contratos
individuales de seguro como el de vida, transportes, incendio, agricultura y transporte; en
1965 se dicta una Ley general de Compañías de Seguros. En 1970 se reglamentó la
obligación de contratar los seguros contra importaciones de mercancías o bienes en
compañías de seguros, nacionales o extranjeras. Para finalizar, los principales aspectos de
la actividad de los seguros privados en el Ecuador, están regidos por los siguientes
instrumentos:
La acción de las compañías de seguros, por la Ley General de Seguros dictada por
el Plenario de las Comisiones Legislativas el 26 de marzo 1998.
El contrato de seguros, por el Decreto Supremo Nº 1147 del 29 de Noviembre de
1963, publicado el R.O. nº 123 del 7 de diciembre de 1963.
3.3. Los Seguros de propiedad planta y equipo
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3.3.1. Tasas de los seguros de alto riesgo.
Se la conoce también como seguro a todo riesgo y ampara para cubrir daños o pérdidas
imprevisibles y accidentales que experimenten los bienes asegurados empleados en la
ejecución de la obra, puede ser también en vehículos, construcciones, en el sitio de la
misma debido a cualquier riesgo que no se encuentra excluido.
Si la persona vive en un área considerada de alto riesgo (como una zona de inundación),
tiene mal crédito o un historial de hacer muchos reclamos
3.3.2. Los seguros de Bienes muebles e inmuebles
Los bienes sujetos a control son aquellos que constituyen parte del activo fijo institucional,
es decir, los bienes muebles e inmuebles utilizados de manera temporal o permanente en la
gestión administrativa y reúna las siguientes características:
Una vida útil mayor a un año; y, costo de adquisición mayor a cien dólares de los Estados
Unidos de América y pueden ser bienes muebles de larga duración y bienes inmuebles.
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SEGURIDADES FÍSICAS: Todos los activos fijos de la entidad deberán tener medidas
físicas de protección contra pérdidas e incendios como extintores, alarmas, controladores de
energía, controles de registro de visitas externas, seguridades electrónicas que faciliten la
detección inmediata la salida de los bienes muebles de los espacios institucionales, acceso
restringido a áreas sensibles y otras medidas que sean necesarias dadas las características de
los bienes.
CONTRATACIÓN DE SEGUROS CONTRA ROBOS Y SINIESTROS: Todos los
bienes muebles e inmuebles deberán contar con una póliza de seguros, para lo cual en
forma inmediata a su adquisición y registro en los inventarios institucionales, la Dirección
de Gestión Administrativa en coordinación con la Dirección de Gestión Financiera, se
encargará de incluir los bienes nuevos en la póliza de seguros institucional. Por efecto de
costo - beneficio y economías de escala, la contratación de los seguros institucionales a
nivel nacional, estará a cargo de la Dirección de Gestión Administrativa.
a) Bienes Muebles
MEDIDAS DE PROTECCIÓN Y SEGURIDAD PARA LOS ACTIVOS FIJOS
El objeto es brindar información básica para la gestión de administración y contratación de
seguros para los activos fijos; incluye aspectos relacionados con las cauciones de los
funcionarios y empleados públicos encargados de la recepción, control, custodia e inversión
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de fondos públicos o del manejo de bienes públicos; como también, sobre los controles
internos aplicables a los bienes de uso común y fuera de horario de oficina. Tomando en
consideración que las medidas de protección y seguridad para los bienes públicos, están
dadas principalmente por: la contratación de seguros, la exigencia de cauciones suficientes,
la seguridad física de las instalaciones y la asignación de personal de seguridad.
Pólizas de seguros.- De acuerdo al volumen y valor de los activos fijos, al grado de riesgo
de la ocurrencia de siniestros, a las posibilidades financieras y presupuestarias de cada
entidad y organismo, se contratarán seguros especialmente para cubrir riesgos de
accidentes, incendios, destrucción, robo, uso indebido y riesgos contra terceros,
relacionados con: instalaciones, edificios, vehículos, maquinaria y equipos, con compañías
aseguradoras solventes acreditadas en el país.
Estas pólizas serán contratadas en las condiciones más favorables para la entidad y en
sujeción a las leyes sobre la materia.
Los Directores Financiero, Administrativo y Jurídico, o quienes hagan sus veces, en sus
respectivos ámbitos, velarán por la correcta y oportuna suscripción, custodia, renovación y
ejecución de las pólizas de seguros, garantizando de esta manera las gestiones que le
competen realizar a la máxima autoridad.
Clases de pólizas y cobertura:
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a) Póliza de seguro contra todo riesgo.-
Contenidos posibles: 1) condiciones generales, 2) condiciones particulares, 3) cláusulas de
errores u omisión, 4) cláusula de adhesión, 5) cláusula de restitución automática del valor
asegurado, 6) cláusula de renovación tácita, 7) cláusula de pérdida compartida, 8) cláusula
de honorarios, mano de obra, materiales, 9) otros de acuerdo a la naturaleza de los bienes.
b) Póliza de seguro de rotura de máquinas.
c) Póliza de seguro de vehículos.
d) Póliza de seguro de transporte contra todo riesgo.
e) Póliza de responsabilidad civil.
f) Póliza de seguro de fidelidad colectiva.
g) Póliza de seguro de garantías aduaneras.
h) Póliza de seguro contra incendios.
i) Póliza de seguro combinada.
Personal de seguridad y seguridad de instalaciones.-
Vigilancia: Al personal asignado para la vigilancia y cuidado de los bienes en edificios,
locales, garajes, bodegas, etc; sean estos servidores de la propia entidad o contratados para
este servicio, se les asignará las funciones por escrito, entre las cuales constará la seguridad
de los bienes en general de uso común, así como de los bienes que se encuentren en las
dependencias en horas no laborables.
Consecuentemente de acuerdo a los turnos establecidos vigilarán las puertas de acceso y
efectuarán rondas periódicas, a fin de evitar que se produzcan robos o hurtos de bienes.
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Fuera de los horarios de trabajo sólo se permitirá el ingreso a instalaciones y dependencias
a personal de la entidad debidamente autorizado.
En cualquiera de los horarios, se prohíbe la salida de bienes de la entidad, con excepción de
los siguientes casos y previa la presentación de la autorización correspondiente:
a) Cuando se retire bienes para utilizarlos en otra dependencia (traspaso) de la misma
entidad, ubicada en otro edificio.
b) Cuando se retire para ser llevado a talleres especializados para el correspondiente
mantenimiento, reparación, cambio, etc.
c) Cuando se retire como consecuencia de la enajenación, tramitada conforme a las normas
vigentes.
d) En el caso de vehículos se requerirá la presentación de la orden de movilización,
llevándose además para estos casos el registro de salida y entrada de vehículos,
correspondiente.
Seguridad de bienes, equipos e instalaciones, etc.: En lo que se refiere a las seguridades de
las instalaciones en los edificios, locales, equipos, etc. la Dirección administrativa, a través
de la unidad de Servicios Generales, velará por que todos los bienes susceptibles de contar
con seguridades físicas adicionales como: candados, cerraduras, alarmas, claves,
reforzamiento de puertas y ventanas de acceso, muros, canes, etc. sean dotados en su debida
oportunidad.
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El custodio de los bienes y el personal de vigilancia de los mismos, está obligado a reportar
las novedades y requerir determinada mejora o sugerir el mecanismo más idóneo para
brindar protección a los bienes a su cargo.
Cauciones.- Según el artículo 372 de la Ley Orgánica de Administración Financiera y
Control, todos los funcionarios y empleados del sector público encargados de la recepción
y control de fondos públicos o del manejo de bienes públicos, están en la obligación de
prestar caución a favor del Fisco o de la entidad respectiva, para responder por el fiel
cumplimiento de las funciones que les asigne la Ley, de acuerdo a las normas que dicte el
Contralor General del Estado.
b) Bienes Inmuebles
El seguro de propiedad paga las pérdidas financieras relacionadas con la propiedad de los
asegurados. Por ejemplo, si usted compra una póliza de seguro de propiedad para proteger
su casa y un árbol cae en su casa, su compañía de seguros pagará los daños (si se asume
que su póliza cubre este tipo de daño).
Es un seguro que cubre los riesgos que puede sufrir una casa o edificio y/o sus contenidos
(muebles, electrodomésticos, ropa y cualquier objeto que se encuentre dentro de ella) de
riesgos tales como:
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- Incendio
- Explosión
- Daños de la naturaleza
- Robo de contenido.
- Daños por terremoto.
- Daños por inundaciones.
- Asistencia domiciliaria.
- Rotura de cristales.
- Explosión de artefactos de uso doméstico.
- Daños materiales, causados por fenómenos de la naturaleza.
- Daños por caída de aeronaves.
- Daños materiales a consecuencia de huelga o desorden popular o actos terroristas.
- Gastos de mudanza, hotel y remoción de escombros.
3.3.3. De la Seguridad Social
Seguridad Social: tiene por objeto amparar a la clase trabajadora contra ciertos riesgos,
como la muerte, accidentes, invalidez, enfermedades, desocupación o maternidad. Son
obligatorios, sus primas están a cargo de los asegurados y empleadores, y en algunos casos
el Estado contribuye con su aporte para la financiación de las indemnizaciones. Aquí no es
necesaria una póliza. El sistema de previsión de las cajas de jubilaciones no es
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técnicamente un segur, aunque por sus finalidades resulta análogo. Permite gozar e una
renta a los jubilados y cubre los riesgos de desamparo en que puede quedar el cónyuge y los
hijos menores de una persona con derecho a la jubilación, ordinaria o extraordinaria a la
fecha de fallecimiento. Está regulado por la Ley de la Seguridad Social.
Cobertura
Afiliado/afiliada activo y voluntario del Seguro General Obligatorio y sus
dependientes: cónyuge o conviviente con derecho (previa solicitud) e hijos menores
de 18 años;
Pensionistas de invalidez, vejez del Seguro General, y pensionista de incapacidad
permanente, total o absoluta de riesgos del trabajo, y sus dependientes: cónyuge o
conviviente con derecho (previa solicitud) e hijos menores de 18 años;
Beneficiarios de montepío por orfandad, hijos menores de 18 años.
Afiliado/afiliada al Seguro Social Campesino y su familia.
a) Servicios de Salud
Enfermedad
Protege a través de acciones integrales de fomento y promoción de la salud, prevención,
diagnóstico y tratamiento de enfermedades no profesionales, rehabilitación y recuperación
de la salud.
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El afiliado y afiliada tienen derecho a asistencia médica integral Exámenes de diagnósticos
Atención médica clínica Asistencia quirúrgica Rehabilitación Dotación de implementos
farmacéuticos. Subsidio monetario cuando la enfermedad produce incapacidad en el
trabajo
El jubilado y jubilada tienen derecho a asistencia médica general y quirúrgica, farmacéutica
y de rehabilitación; los beneficiarios que tienen derecho a la protección por enfermedad
son:
Hijos e hijas, menores de 18 años,
Beneficiarios de montepío por orfandad menores de 18 años de edad.
Cónyuges o convivientes con derecho (previa solicitud)
b) Maternidad
Es la atención médica especializada para la afiliada durante el embarazo, parto y posparto.
Las afiliadas tienen derecho a:
Asistencia médica y obstétrica en la etapa prenatal, el parto y posparto (que
comprende antes, durante y después del parto.)
Reposo de 2 semanas antes, y 10 semanas después del parto;
Al subsidio monetario durante el período de descanso por maternidad (para la mujer
trabajadora);
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Asistencia médica preventiva y curativa del hijo/hija, con inclusión de la prestación
farmacológica y quirúrgica, durante el primer año de edad, hasta los 18 años.
Las afiliadas de instituciones públicas tienen derecho a 2 horas de permiso por
lactancia durante 12 meses, contados a partir de que haya concluido su licencia por
maternidad. Las afiliadas de empresas privadas, tienen derecho a 2 horas de
lactancia hasta que el niño/niña cumpla los 9 meses de nacido/a.
Licencia de paternidad
El padre tiene derecho a licencia con remuneración por 10 días por el nacimiento de su
hijo/a por parto normal; en los casos de nacimientos múltiples o por cesárea se prolongará
la licencia por 5 días más.
Casos especiales:
Cuando el hijo/hija nace prematuro y necesita cuidado especial, la licencia por
paternidad se prolonga con remuneración por ocho días más.
Cuando el hijo/hija nace con una enfermedad degenerativa, terminal o irreversible,
o con un grado de discapacidad severa, el padre podrá tener una licencia con
remuneración por 25 días, hecho que deberá ser justificado con la presentación de
un certificado médico otorgado por un facultativo del IESS o por el médico privado.
Cuando fallece la madre durante el parto o mientras se encuentre con licencia por
maternidad, podrá hacer uso de la totalidad o parte del período restante de licencia
que le correspondería a la madre, si no hubiese fallecido.
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c) Programa del adulto mayor
El IESS, preocupado por la calidad de vida de los jubilados y jubiladas, a través del
Programa del Adulto Mayor, ofrece talleres de terapia ocupacional, socio-recreativas y de
integración, orientados a la promoción, prevención y cuidado integral de la salud de los
adultos mayores. El Programa del Adulto Mayor se encuentra realizando actividades en
todas las provincias del Ecuador destinadas a las jubiladas y los jubilados del IESS. Estas
actividades son coordinadas por las propias jubiladas y jubilados, en asociación o no, junto
a los funcionarios de las unidades médicas IESS; tienen derecho a este servicio:
Afiliado/afiliada activo y voluntario del Seguro General Obligatorio y sus
dependientes: cónyuge o conviviente con derecho (previa solicitud) e hijos menores
de 18 años;
Pensionistas de invalidez, vejez del Seguro General, y pensionista de incapacidad
permanente, total o absoluta de riesgos del trabajo, y sus dependientes: cónyuge o
conviviente con derecho (previa solicitud) e hijos menores de 18 años;
Beneficiarios de montepío por orfandad, hijos menores de 18 años.
d) Seguro Campesino
El Seguro Social Campesino, conforme a la Ley de Seguridad Social, protege
permanentemente a la población del sector rural y pescador artesanal del Ecuador, en
sus estados de necesidad vulnerables, mediante la ejecución de programas de salud
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integral, discapacidad, vejez e invalidez y muerte de la población campesina con el fin
de elevar el nivel y calidad de vida.
Misión
El Seguro Social Campesino, conforme a la Ley de Seguridad Social, protege
permanentemente a la población del sector rural y pescador artesanal del Ecuador, en
sus estados de necesidad vulnerables, mediante la ejecución de programas de salud
integral, discapacidad, vejez e invalidez y muerte de la población campesina con el fin
de elevar el nivel y calidad de vida.
Visión
El Seguro Social Campesino, régimen especial solidario del IESS, es el líder de la
protección a la población campesina y pescador artesanal del país y reconocido
promotor del desarrollo de comunidades y del mejoramiento permanente de la calidad
de vida de sus afiliados.
Cobertura
El Seguro Social Campesino protege a la población del sector rural y pescador artesanal
del Ecuador, con programas de salud integral, saneamiento ambiental y desarrollo
comunitario. Promueve la participación social para contribuir a elevar el nivel de vida y
proteger su historia, organización y cultura. Entrega jubilaciones de vejez e invalidez y
auxilio de funerales.
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La residencia del asegurado campesino y del pescador artesanal tiene que estar ubicada
en el área rural, que trabajen por cuenta propia o con relación de dependencia ocasional
y el pescador artesanal, que hace de la pesca su medio de subsistencia, en el mar.
e) Seguro de Riesgos del Trabajo (SGRT)
La misión del Seguro de Riesgos del Trabajo (SGRT) es garantizar a los afiliados y
empleadores, seguridad y salud laboral mediante acciones y programas de prevención y
auditorías; y, brindar protección oportuna a los afiliados y a sus familias en las
contingencias derivadas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
OBJETIVOS
Generar una cultura socio-laboral en prevención de riesgos del trabajo,
intensificando el control.
Difundir la información sobre los derechos, obligaciones y responsabilidades de los
trabajadores y empleadores en prevención de riesgos laborales.
Impulsar la mejora de las condiciones laborales con mayor presencia institucional
Fomentar la gestión de seguridad y salud en el trabajo en las empresas.
Apoyar la reinserción laboral de pensionistas de riesgos del trabajo con
incapacidades.
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Cobertura
Protege al afiliado/a, desde el primer día de trabajo, de las consecuencias derivadas de los
accidentes laborales y de las enfermedades profesionales, mediante la entrega de asistencia
médica, farmacia, quirófano, hospitalización; provisión o renovación de aparatos prótesis,
órtesis, rehabilitación, reinserción laboral; y acciones de prevención y salud en el trabajo.
También con subsistencias y rentas económicas, cuando la enfermedad impide que el
afiliado/a continúe ejerciendo su actividad productiva, ya sea de forma temporal o
permanente.
1. ACCIDENTE DE TRABAJO
Es un suceso imprevisto y repentino que ocasiona al trabajador/a lesión corporal o
perturbación funcional, la muerte inmediata o posterior; con ocasión o consecuencia del
trabajo. También se considera accidente de trabajo, el que puede sufrir el trabajador al ir
desde su domicilio a su lugar de trabajo o viceversa.
2. ENFERMEDAD PROFESIONAL
Es la afección aguda o crónica causada de una manera directa por el ejercicio de la
profesión o trabajo, que realiza el trabajador(a) y que produce incapacidad.
Tienen derecho a esta prestación pasados los tres meses de afiliación.
El empleador, el propio afiliado(a) o un familiar, debe informar al IESS la ocurrencia del
siniestro mediante la presentación de un Aviso, (formulario del IESS) en un plazo máximo
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de diez 10 días laborables, contados desde la fecha del diagnóstico presuntivo de la
enfermedad profesional.
f) Prevención
Servicios de Prevención
Las empresas e instituciones (organizaciones) deben cumplir las normas dictadas en
materia de seguridad y salud en el trabajo y medidas de prevención de riesgos del trabajo
establecidas en la Constitución de la República, Convenios y Tratados Internacionales, Ley
de Seguridad Social, Código del Trabajo, Reglamentos y disposiciones de prevención y de
auditoría de riesgos del trabajo.
El Seguro de Riesgos del Trabajo ofrece:
Asesorías a empleadores y afiliados sobre prevención de riesgos laborales
Verificación y auditorías a empresas respecto al cumplimiento de la normativa
técnica ¿ legal de seguridad y salud en el trabajo.
Asistencia técnica con pruebas en gabinetes, Laboratorio Clínico y Laboratorio de
Higiene Industrial.
Capacitación a empleadores y trabajadores, acerca de la gestión de la seguridad y
salud en el trabajo y conformación de los Comités de Seguridad en las empresas.
Difusión sobre los derechos y obligaciones de empleadores y trabajadores en
materia de seguridad y salud laboral.
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Prestaciones
1. Prestaciones asistenciales
A través del Seguro de Salud Individual y Familiar del IESS se concede atención médica,
quirúrgica, farmacológica, hospitalaria y de rehabilitación. Se provee y renueva aparatos de
prótesis y órtesis.
2. Prestaciones económicas
Las prestaciones que concede este Seguro son subsidios, indemnizaciones o rentas
mensuales pagadas en forma de pensión o capital.
3. Subsidios
En los casos de incapacidad temporal, el asegurado recibirá el subsidio por el período que
determine el médico tratante, que no podrá ser mayor a un (1) año en los porcentajes fijados
sobre la remuneración base de aportación al IESS, conforme lo establece la normativa de
subsidios económicos.
Transcurrido el período subsidiado, mientras el trabajador no esté habilitado para el
desempeño de sus labores habituales y persista el tratamiento médico o de rehabilitación,
recibirá una pensión provisional equivalente al ochenta por ciento (80%) del promedio
mensual de la remuneración base de aportación al IESS, del último año inmediato anterior a
la fecha del accidente del trabajo o de la fecha de calificación de la enfermedad profesional
u ocupacional, dictaminado por la Comisión de Valuación de Incapacidades, durante el
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período de un (1) año, la misma que será evaluada cada seis (6) meses por el profesional
médico de Riesgos del Trabajo. La unidad provincial de Riesgos del
Trabajo notificará al empleador la obligación de mantener el puesto de trabajo.
Terminado el primer año de la pensión provisional y si luego de la valoración médica
continúa la incapacidad para el trabajo de acuerdo con el dictamen de la Comisión de
Valuación de Incapacidades, la pensión provisional se prolongará por un (1) año más con la
misma cuantía del primer año, para lo cual la unidad provincial del Seguro General de
Riesgos del Trabajo solicitará al empleador registre el aviso de salida definitivo del
trabajador y será evaluado cada seis (6) meses por el médico de dicha unidad.
Transcurridos los dos (2) años de la pensión provisional, el afiliado se someterá a una
nueva valoración médica. La Comisión de Valuación de Incapacidades dictaminará la
incapacidad Permanente Parcial, Total, Absoluta o la recuperación de su capacidad para el
trabajo.
El afiliado que recibe pensiones provisionales deberá someterse a los tratamientos médicos
prescritos y presentarse a las evaluaciones y seguimientos médicos realizados por el médico
de Riesgos del Trabajo cada seis (6) meses; de no hacerlo, se le suspenderá la prestación
económica; sin embargo, se reanudará la misma una vez que el trabajador cumpla con esta
disposición. El afiliado en goce de pensiones provisionales tiene la prohibición expresa de
laborar.
Cuando a consecuencia del siniestro laboral el trabajador fallece, éste genera rentas de
viudedad y orfandad; prestaciones que se concederán previo informe técnico médico que
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sustente que el fallecimiento se produjo a consecuencia del accidente de trabajo o de la
enfermedad profesional u ocupacional.
g) Pensiones de viudez y orfandad
Se concede a los deudos con derecho y se calcula sobre la renta de incapacidad
permanente total que le habría correspondido al causante a la fecha de su muerte, aún en el
caso que estuviere recibiendo renta permanente absoluta. Cubre desde el primer día de
labores en el caso de accidente de trabajo; y a los seis meses en el caso de enfermedad
profesional.
Cuando el trabajador(a) fallece a causa de un accidente de trabajo, es necesario presentar el
Aviso de Accidente de Trabajo por Fallecimiento, en un plazo máximo de 10 días
laborables, contados desde la fecha del accidente.
3.3.4. De los seguros como:
a) El SOAT
El SOAT es un seguro para víctimas de accidentes de tránsito, ayuda a disminuir ciertos
inconvenientes, especialmente económicos, que puede tener la población afectada por
lesiones causadas por el tránsito, facilitando de esta manera su atención médica y
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garantizando a los servicios de salud el pago de tales servicios. garantiza las siguientes
coberturas, con sus respectivos montos:
Gastos médicos, hasta USD 2.500 por víctima y por evento.
Gastos para traslado de heridos, entiéndase ambulancias, hasta USD 50 por
persona y por evento
Indemnización por Incapacidad total y permanente, hasta USD 3.000 por víctima
y por evento
Indemnización por muerte, USD 5.000 por víctima
Reembolso por gastos funerarios, hasta USD 400 por víctima
La tarifa de prestaciones médicas es regulada por el Ministerio de Salud Pública y
de obligatoria utilización por los servicios médicos públicos y privados.
El SOAT no cubre daños materiales al propio vehículo o bienes propios ni daños
materiales a bienes de terceras personas.
Es un mecanismo de apoyo para la aplicación de una Política de Estado en materia de Salud
Pública, que se instrumenta con un contrato de seguro privado con características muy
especiales, que garantiza una cobertura universal para todos los ecuatorianos y extranjeros
que se movilizan en el país, por las consecuencias de los accidentes de tránsito que ocurran
dentro del territorio nacional, con sujeción a las disposiciones reglamentarias, condiciones
generales del seguro, coberturas y límites determinados.
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El SOAT es un Sistema en el que participan distintos actores, públicos y privados, diseñado
para brindar una protección adecuada a las víctimas de accidentes de tránsito, procurando
que reciban una atención médica oportuna o una indemnización por muerte o invalidez.
Este sistema está conformado principalmente por: Ministerio de Salud Pública, Ministerio
de Transporte y Obras Públicas, Ministerio de Gobierno y Policía, Dirección Nacional de
Tránsito, Comisión de Tránsito del Guayas, Superintendencia de Bancos y Seguros, Sector
Asegurador Privado, Sector Salud Privado.
Los únicos requisitos para adquirir el SOAT son la presentación de la matrícula del
vehículo, y el pago del valor correspondiente del seguro. Opcionalmente puede presentarse
la cédula de identidad del contratando o de la persona cuyo nombre se desea que aparezca
en el certificado, o el RUC de la empresa o profesional que contrata el seguro, esto para
fines tributarios y contables.
El SOAT se podrá contratar en cualquiera de las oficinas, sucursales o agencias habilitadas
por las empresas de seguros para operar en el ramo, o en los puntos de distribución que
ellas han desarrollado, en el territorio nacional.
No es necesario llevar el vehículo para contratar el seguro ya que no requiere inspección
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del automotor. No se cubre al vehículo ni sus daños, sino las potenciales víctimas de los
accidentes de tránsito.
El que el nombre del propietario que aparece en la matrícula del vehículo difiera del
nombre que aparece en el certificado es irrelevante para el Sistema SOAT y no se
constituye en violación de ninguna naturaleza. Lo importante es que el vehículo descrito en
el certificado sea igual al de la matrícula.
b) De Vehículos
Cubre los daños realizados a consecuencia de accidentes producidos por la circulación de
vehículos.
Coberturas:
Choques y volcaduras: por daños reales y comprobados que sufra un vehículo asegurado a
consecuencia de un choque accidental producido independientemente de la voluntad del
asegurado o conductor de vehículo, o por culpa de terceros; o por volcadura, caída
accidental a precipicios y desde puentes, y por actos maliciosos.
Incendio, rayo o explosión: por los antes indicados, ya sea en el garaje designado o en
otro lugar, conforme a lo estipulado.
Robo Total: por riego de robo o hurto total del automotor.
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Daños a tercereas personas o propiedad ajena (Responsabilidad Civil): se refiere al
reembolso de indemnizaciones pecuniarias, incluyendo gastos y costos judiciales, que sea
obligado a pagar, por daños involuntarios causados a personas p la propiedad de terceros
como consecuencia de un accidente de circulación vehicular.
c) Ambulatorios o de salud
El Seguro Salud cubre los gastos médicos causados por enfermedades o accidentes
ocurridos durante la vigencia de la cobertura, luego de hacer uso de su sistema de salud
previsional, siempre que concurran los requisitos para ello.
El Seguro Salud no cubre gastos médicos asociados a enfermedades o diagnósticos
preexistentes, entendiéndose por enfermedades preexistentes aquellas conocidas o
diagnosticadas con anterioridad al inicio de vigencia del asegurado en la póliza.
El ramo de asistencia médica, tiene sus antecedentes desde la creación del seguro social, a
medida que este ha ido decayendo, el ramo de asistencia médica ha ido incrementando, ya
que la insuficiencia de atención en los lugares de salud pública, ha llevado a la mayoría de
habitantes a solicitar pólizas en las cuales garanticen un buen cuidado y atención, en
hospitales privados con los que las compañías tengan convenios, a cambio del pago de una
prima.
El Seguro Social, es una entidad que administra fondos y otorga diferentes servicios, estos
beneficios son pensión de jubilación, cuidados médicos, pensiones para viudas y huérfanos.
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El ramo de asistencia médica ha tenido gran auge, en los últimos años, ya que esta ha
entrado a competir y desplazar, al sistema tradicional como es el seguro social, pues esta es
ineficiente en la atención que da a sus cliente; las Compañías de seguros satisfacen de una
manera más eficaz y rápida a las necesidades de la comunidad, debido a los convenios que
mantienen con los hospitales privados.
Gastos Médicos Cubiertos
Son los gastos incurridos por el afiliado, ordenados por médicos como consecuencias de
accidentes o enfermedades determinadas mediante diagnóstico médico.
Gastos Médicos Necesarios, Razonables y Acostumbrados
Costos médicos, justos y razonables, hasta el límite cubierto, que no excedan el nivel de
otros cargos similares. Esto es de acuerdo a la tabla de honorarios de cada compañía de
seguros.
La tabla de honorarios es un método para la determinación de tarifas médicas, utilizado
internacionalmente. El arancel identifica cada procedimiento médico con un código único.
En este código están los procedimientos médicos calificados por el tipo de procedimiento y
su complejidad.
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d) De vida.
Garantiza un pago un pago de capital o renta al beneficiario, que generalmente es el propio
asegurado, siempre cuando viva a una fecha o edad determinada.
Puede pasar que el asegurado fallezca y en este caso pagará el capital o renta asegurada.
Existe también el seguro de vida universal y este es un sistema de ahorro en el que el
asegurado cobra por los gastos del proceso así como las primas de un seguro riesgo con un
capital que se desea asegurar para cada caso de muerte.
En la mayoría de Compañías no están obligadas a pagar cualquier suma que
correspondiese, de acuerdo con el contrato, en caso de fallecimiento del Asegurado por
suicidio voluntario o involuntario, ocurrido dentro de los dos (2) primeros años a contar
desde la fecha de emisión de esta póliza, o dentro de los dos (2) primeros años a contar
desde la fecha de cualquier rehabilitación de la misma. Sin embargo, en este último caso,
siempre que la póliza, antes de la rehabilitación, tuviere derecho a valores garantizados, la
responsabilidad de la Compañía queda limitada a dichos valores, restado cualquier saldo
insoluto adeudado por razón de préstamos (incluyendo capital e intereses) o cualquier otra
deducción a que tuviere derecho la Compañía de acuerdo con las condiciones de esta
póliza. Si el Asegurado se suicida dentro de los dos (2) años siguientes a la fecha de un
aumento del capital asegurado, la responsabilidad de la Compañía está limitada en lo que
respecta a ese aumento, únicamente a la devolución de la parte correspondiente al costo del
seguro de dicho aumento.
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El seguro de vida es uno de los tipos del Seguro de personas, que por cualquier causa
(fallecimiento del titular de la póliza), la compañía de seguros indemnizará a los
beneficiarios designados en las condiciones particulares de las mismas hasta la suma
asegurada contratada; siempre y cuando se encuentre vigente.
Uno de los primeros rastros lo podemos encontrar en la antigua Grecia, con sociedades
organizadas, las cuales servían a los militares y civiles en algún apuro mediante las
contribuciones de los miembros de la organización.
Tasa de riesgo.- La probabilidad de que un riesgo ocurra. Tiene una base estadística. Por
ejemplo, para el riesgo de fallecimiento se utilizan las tablas de mortalidad.
Rentabilidad de Inversiones.- Tipo de interés que las entidades dan a los asegurados la
posibilidad de mantener el seguro.
Clasificación de los Seguros de Vida
Vida en Grupo
El seguro de vida en grupo tiene por objeto amparar el riesgo de muerte por cualquier
causa, incluyendo el suicidio a partir del segundo año de vigencia ininterrumpida dela
póliza, a los miembros del grupo asegurado. La cobertura es las 24 horas del día, los 365
días del año.
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Por lo general este tipo de seguro es considerado por grandes empresas y se obtiene a través
del empleador, el cual proporciona de forma automática la cobertura de sus empleados.
Para las personas que trabajan de forma independiente, la posibilidad de adquirir un seguro
de vida en grupo es a través de un sindicato, asociaciones comerciales o agrupaciones; los
cuales pueden otorgar este beneficio.
Vida a Término
Es un contrato individual y se caracteriza porque el afiliado puede elegir la vigencia entre
uno o treinta años de cobertura, pagando la misma prima. Este tipo de seguro consiste en
contratar una póliza durante un periodo de tiempo determinado, el asegurado selecciona
determinadas coberturas y un tiempo por el cual va a mantener el seguro.
Vida Universal o Vida más ahorro
Es un contrato individual que se caracteriza porque un porcentaje de la prima que paga el
afiliado se abona al seguro de vida y la otra al ahorro, mediante este tipo de seguro, el
cliente puede determinar la cantidad de interés que será de acreditar a su cuenta.
Muerte y/o Desmembración Accidental
Si un titular asegurado, mientras esté amparado bajo el contrato, sufriere lesiones
corporales resultantes de un accidente (suceso imprevisto, fortuito, repentino y ajeno a la
voluntad del asegurado), y si dentro de noventa días de ocurridas dichas lesiones, falleciere
o sufriere la pérdida de los miembros detallados a continuación la Compañía pagará al
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propio asegurado, a los beneficiarios, según corresponda, previa la autorización de los
documentos requeridos.
e) De Transporte de Valores
La seguridad privada/las empresas de transporte de valores son empresas de manejo de
riesgo por definición. Estas compañías están bajo constante amenaza externa y interna
debido a la naturaleza de su trabajo.
Es imprescindible para estas empresas formar y controlar a su factor humano lo más que
sea posible. La mayor parte de las pérdidas y los robos suceden con ayuda o información
proporcionada desde el interior.
Una carencia en la disciplina de selección y en la supervisión del empleado podía dañar la
reputación y el negocio de la empresa.
Esta es la razón por la cual muchas de las compañías de seguridad utilizan examinaciones
poligráficas para eliminar y para detectar empleados con un historial e intenciones
criminales en la etapa de selección, con una entrevista poligráfica de pre-empleo y de esta
forma garantizar la honorabilidad de sus empleados.
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f) De desgravamen
Es un seguro que paga el valor de la deuda pendiente a la fecha de fallecimiento del deudor
principal y tiene por objeto dejar la vivienda en manos de los herederos, sin ninguna deuda
pendiente. Por otro, la aseguradora paga el préstamo al banco acreedor, de manera que éste
no sufre una pérdida. Está disponible únicamente para personas naturales cuando contratan
un crédito en una entidad financiera. El seguro paga la totalidad del saldo pendiente de la
deuda hipotecaria a la fecha del fallecimiento de la persona asegurada. Y la cobertura
funciona sea cual fuere la causa de la muerte, incluyendo el suicidio. Los préstamos suelen
aclarar si incluyen seguro de desgravamen ya sea en un préstamo empresarial, un
crédito hipotecario, un préstamo vehicular, siempre se abona un porcentaje por el
seguro de desgravamen y se convierte en es una póliza que cobra el banco para estar
prevenido en caso de que el solicitante del préstamo fallezca o quede físicamente impedido
de continuar realizando actividades económicas.
g) Los INCOTERMS
Son estándares de comercio utilizadas en los contratos internacionales de ventas,estos
fueron diseñados por la Cámara Internacional de Comercio (ICC). También selas denomina
cláusulas de precio.
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Los ICOTERMS determinan:
El alcance del precio
En qué momento y donde se produce la transferencia de riesgos sobre lamercancía
del vendedor hacia el comprador.
El lugar de entrega de la mercancía
Quien contrata y paga el transporte
Quien contrata y paga el seguro
Que documentos tramita cada parte y su costo
Los ICOTERMS se agrupan en cuatro categorías: E, F, C, D.
Grupo E
EXW.- Ex Works (lugar determinado):El vendedor entrega la mercadería en sus
instalaciones. El costo del flete corre por parte del comprador desde las
instalaciones del vendedor hasta su destino final.
Grupo F, Transporte Principal No pagado:
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FCA. Free Carrier (Lugar Determinado):El vendedor entrega la mercadería lista
para ser exportada, a la empresa que la transportará establecida por el comprador en
el lugar que previamente se acordó. Seaplica a todo tipo de transporte, estos pueden
aéreos, terrestres.
FAS. Free AlongsideShip (Puerto Determinado):El vendedor debe entregar la
mercancía junto al barco en el puerto acordado. El vendedor debe ocuparse de los
trámites para el transporte. Se aplica al transportemarítimo.
FOB. Free OnBoard (Puerto Determinado):El vendedor entrega la mercancía a
bordo del buque en el puerto del embarque, es decir que todos los gastos y riesgos
hasta este lugar están a cargo de él, se allí en adelante es el comprador quien tiene
que asumir el flete marítimo y también contratar elseguro de transporte.
Grupo C, Transporte Principal Pagado
CFR. Cost and Freight (Puerto Determinado):El vendedor se hace cargo del
costo de transporte para traer la mercancía al puerto de destino. El riesgo es
transferido al comprador en el momento que la mercancía pasa el rail del barco. El
vendedor debe ocuparse de los trámites de exportación. Solo se aplica para el
transporte marítimo.
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CIF. Cost, Insurance and Freight (Costo, seguro y Flete): El vendedor vende su
mercadería por seguro y flete. Además tiene que pagar el flete para el transporte
marítimo hasta el puerto del destino y debe contratar el seguro por su cuenta.
CPT. CarriagePaidTo (Destino Determinado): El vendedor paga por el
transporte al punto de destino acordado, pero el riesgo se pasa cuando las
mercancías se transfieren al primer transportista
CIP. Carrieg and InsurancePaidto (Destino Determinado): El vendedorpaga por
el transporte y el seguro hasta el punto de destino, y el riesgo sepasa cuando la
mercancía son transferidas al primer transportista.
Grupo D, Llegada
DAF. Delivered At Frontier (Lugar Determinado):Entrega en frontera o“A mitad
de puente”.
DES. Delivered Ex Ship (Puerto Determinado): Entrega sobre buque,indica el
puerto de destino convenido.
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DEQ. Delivered Ex Quay (Puerto Determinado):Entrega en muelle dedestino
con los derechos pagados.
DDU. DeliveredDutyUnpaid (destino determinado sin gastosportuarios):El
vendedor corre por los gastos de coste y flete hasta eldestino final, excluyendo
cargos portuarios en el lugar de destino. En algunasocasiones incluye gastos de
entrega final, como desde el puerto de destino alas instalaciones del comprador.
DDP. DeliveredDutyPaid (destino Determinado con Gastos
PortuariosPagados):El vendedor corre por los gastos de costo y flete hasta el
destinofinal, incluyendo cargos portuarios y de entrega en el lugar de destino.
3.3.5 De los seguros que establece la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Compras
Públicas.
CONTRATACIÓN DE SEGUROS
Art. 107.- Contratación de seguros: Para la contratación de seguros, las entidades
contratantes previstas en el artículo 1 de la Ley observarán cualquiera de los siguientes
procedimientos:
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1. El de régimen especial de contratación directa prevista en los artículos 98 y siguientes
del Reglamento a la Ley Orgánica de contratación pública, en el caso de que las
proveedoras sean empresas cuyo capital está integrado en el cincuenta por ciento o más con
recursos públicos;
2. El procedimiento de licitación, para los casos no incluidos en el número anterior.
El INCOP podrá regular los requisitos, términos y demás condiciones que se observarán en
estos procedimientos.
Es objetivo prioritario del Estado en materia de contratación pública agilitar, simplificar y
adecuar los procesos de adquisición a las distintas necesidades las políticas públicas y a su
ejecución oportuna.
La contratación del servicio de provisión de seguros, en cualquiera de sus ramas, se podrá
realizar a través del mecanismo de ínfima cuantía, siempre y cuando el presupuesto
referencial de la prima correspondiente sea igual o menor al valor que resulte de multiplicar
el coeficiente 0,0000002 por el Presupuesto Inicial del Estado vigente.
Para el efecto, se considerará la necesidad del servicio de seguro durante todo el ejercicio
económico, sin excepción.
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En el artículo 2 establece regímenes precontractuales especiales para ciertas
contrataciones, entre ellas, las que celebren el Estado con empresas cuyo capital suscrito
pertenezca por lo menos en 50% a entidades de derecho público o sus subsidiarias y los que
celebran las instituciones del sistema financiero y de seguros en las que el estado o sus
instituciones son accionistas únicos o mayoritarios; Que la Disposición Transitoria Sexta de
la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública faculta al Instituto Nacional
de Contratación Pública para que, durante el primer año de vigencia de la ley, establezca
exoneraciones o disposiciones especiales para la aplicación progresiva de sus normas.
COMPRAS PÚBLICAS; y, En uso de sus facultades legales, Resuelve:
Expedir las siguientes disposiciones especiales para la contratación de seguros.
Artículo Único.- Las entidades contratantes previstas en el Art. 1 de la Ley Orgánica del
Sistema Nacional de Contratación Pública podrán contratar de forma directa todos sus
programas de seguros cuyos vencimientos sean hasta el 28 de diciembre del año en curso,
con las Compañías de Seguros que se encuentren comprendidas en el numeral 9 del artículo
2 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, hasta el margen de
solvencia permitido en el Art. 22 de la Ley General de Seguros.
Artículo 73.- Formas de garantías.- En los contratos a que se refiere esta Ley, los
contratistas podrán rendir cualquiera de las siguientes garantías:
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1. Garantía incondicional, irrevocable y de cobro inmediato, otorgada por un banco o
institución financiera establecidos en el país o por intermedio de ellos;
2. Fianza instrumentada en una póliza de seguros, incondicional e irrevocable, de cobro
inmediato, emitida por una compañía de seguros establecida en el país;
3. Primera hipoteca de bienes raíces, siempre que el monto de la garantía no exceda del
sesenta por ciento del valor del inmueble hipotecado, según el correspondiente avalúo
catastral correspondiente;
4. Depósitos de bonos del Estado, de las municipalidades y de otras instituciones del
Estado, certificaciones de la Tesorería General de la Nación, cédulas hipotecarias, bonos de
prenda, Notas de crédito otorgadas por el Servicio de Rentas Internas, o valores fiduciarios
que hayan sido calificados por el Directorio del Banco Central del Ecuador. Su valor se
computará de acuerdo con su cotización en las bolsas de valores del país, al momento de
constituir la garantía. Los intereses que produzcan pertenecerán al proveedor; y,
5. Certificados de depósito a plazo, emitidos por una institución financiera establecida en el
país, endosados por valor en garantía a la orden de la entidad contratante y cuyo plazo de
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vigencia sea mayor al estimado para la ejecución del contrato. El monto del anticipo lo
regulará la entidad contratante en consideración de la naturaleza de la contratación.
Artículo 76.- Garantía técnica para ciertos bienes.- En los contratos de adquisición,
provisión o instalación de equipos, maquinaria o vehículos, o de obras que contemplen
aquella provisión o instalación, para asegurar la calidad y buen funcionamiento de los
mismos, se exigirá, además, al momento de la suscripción del contrato y como parte
integrante del mismo, una garantía del fabricante, representante, distribuidor o vendedor
autorizado, la que se mantendrá vigente de acuerdo con las estipulaciones establecidas en el
contrato.
Estas garantías son independientes y subsistirán luego de cumplida la obligación principal.
De no presentarse esta garantía, el contratista entregará una de las previstas en esta ley por
igual valor del bien a suministrarse, de conformidad con lo establecido en los Pliegos y en
el contrato. Cualquiera de estas garantías entrará en vigencia a partir de la entrega
recepción del bien.
Artículo 77.- Devolución de las garantías.- En los contratos de ejecución de obras, la
garantía de fiel cumplimiento se devolverá al momento de la entrega recepción definitiva,
real o presunta. En los demás contratos, las garantías se devolverán a la firma del acta
recepción única o a lo estipulado en el contrato.
XCND 17 de marzo 2016