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UNIVERSIDAD FERMÍN TORO VICE-RECTORADO ACADÉMICO FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO Caducidad Participante: Vargas Luz María C.I: 25124047

Caducidad

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Page 1: Caducidad

UNIVERSIDAD FERMÍN TOROVICE-RECTORADO ACADÉMICO

FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICASESCUELA DE DERECHO

Caducidad

Participante: Vargas Luz María

C.I: 25124047

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CADUCIDAD

La Caducidad es una institución jurídica por el cual un acto o el ejercicio de un derecho potestativo se sujeta a un plazo prefijado y de perentoria observancia, que para el caso de no ser ejecutado determina la extinción del derecho.

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CARACTERES

Existe una carga que recae sobre el derecho potestativo.

Constreñimiento del titular del derecho potestativo a ejercitarlo. Es el elemento objetivo.

Existe un plazo perentorio ataca el fin, nada puede desviarlo.

Cuando no se ejercita se extingue el derecho.

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FUENTES: Las fuentes de la caducidad son dos: un acuerdo de voluntades y la ley.

Acuerdo de voluntades

La ley

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EFECTOS DE LA CADUCIDAD Extingue derechos. Si el beneficiario concede

prorroga, se considera que se ha renovado el acto jurídico.

La única forma de evitar el efecto de la caducidad es ejercitando el acto o facultad.

Es nula cualquier clausula por el cual se fijan términos de caducidad que hagan excesivamente difícil el ejercicio de un derecho.

No esta permitido modificar el régimen legal de la caducidad sobre derechos indisponibles.

La caducidad no puede aplicarse de oficio excepto cuando por tratarse de derechos indisponibles deba el juez señalar los motivos que hacen inaceptables la demanda.