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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAUNIVERSIDAD FERMIN TORO
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICASESCUELA DE DERECHO
ESPACIO GEOGRAFICO Y DIVISION POLITICO -TERRITORIAL
DE VENEZUELA
Bachiller: Rene NavasC.I: 13723215
Abg. Emily RamírezCurso: Derecho
ConstitucionalSeccion:C
Barquisimeto, 12 de Noviembre de 2015
TERRITORIO
La palabra territorio proviene del latín territorium, y puede ser definida en primera instancia como una porción del planeta.
Es un espacio que constituye un paisaje, que contiene casi siempre un ecosistema, y que está en constante relación con los grupos sociales que lo habitan
En la Constitución del año 1999 de la Republica Bolivariana de Venezuela específicamente en el articulo 11 se realizaron cambios importantes sobre el territorio , adoptándose la expresión de espacios geográficos.
“La soberanía plena de la República se ejerce en los espacios continental e insular, lacustre y fluvial, mar territorial, áreas marinas interiores, históricas y viales y las comprendidas dentro de las líneas de base recta que ha adoptado o adopte la República; el suelo y el subsuelo de éstos, el espacio aéreo continental, insular y marítimo y los recursos que en ellos se encuentran, incluidos los genéticos, los de las especies migratorias, sus productos derivados y los correspondientes intangibles que por causas naturales allí se encuentren…
En este articulo se establecen los lineamientos sobre la Soberanía así como sus espacios intercontinentales, fluviales, áreas marítimas, suelo, subsuelo, además de los espacios aéreos, insulares y marítimos, de la Republica Bolivariana de Venezuela
Art. 11 de la CRBV
PRINCIPIOS QUE RIGEN LA DETERMINACION EN VENEZUELA : EL UTIS POSSIDETIS IURIS
l uti possidetis iuris (del latín, ‘como poseéis de acuerdo al derecho, así poseeréis’) es un principio de derecho en virtud del cual los beligerantes conservan provisionalmente el territorio poseído al final de un conflicto, internamente, hasta que se disponga otra cosa por un tratado entre las partes. Al parecer derivó de la expresión latina «uti possidetis, ita possideatis», es decir, ‘como tu poseías, continuarás poseyendo’.Este principio proviene del derecho romano que autorizaba a la parte beligerante reclamar el territorio que había adquirido tras una guerra. A partir de ello, el término ha sido utilizado históricamente para legitimar conquistas territoriales, por ejemplo, la anexión de la Alsacia-Lorena por parte del imperio alemán en 1871 Este principio fue aplicado en el siglo XVIII entre España, Portugal y el Reino Unido al finalizar la Guerra del Asiento (1739-1748).
EXTRATERRITORIALIDAD:
TERRITORIALIDAD
Consideración especial en que se toman las cosas en cuanto están dentro del territorio de un Estado tiene tres elementos: el sentido de identidad espacial, el sentido de exclusividad y el modo de interacción humana en el espacio.
Puede referirse al caso de edificios o tierras que aunque se hallan situados en un país se consideran que pertenecen a otro como ocurre con las embajadas o bases militares
EN CUANTO A LA DIVISIÓN POLÍTICO-TERRITORIAL DE VENEZUELA EN EL ARTICULO 16 DE LA CRBV SE ESTABLECE:
Artículo 16.Con el fin de organizar políticamente la República, el territorio nacional se divide en el de los Estados, Distrito Capital, las dependencias federales y los territorios federales. El territorio se organiza en Municipios.La división político territorial será regulada por ley orgánica, que garantice la autonomía municipal y la descentralización político administrativa.
Es un proceso dinámico en el que todos los sectores de la población están implicados
INTEGRACION
SOBERANIA
Origen etimológico “súper” encima, sufijo “anus” procedencia, Autoridad ejercida por el pueblo, y delegada por sus representantes en cierto territorio.
DESCENTRALIZACION: Es un mecanismo que permite desconcentrar el poder y transferir competencias desde un ámbito o dimensión de poder a otra, la misma puede ser administrativa, funcional, presupuestaria, entre otras.
CONCENTRACION: un solo ente central contiene todas las competencias para si
CENTRALIZACION: Es el sistema de organización estatal cuyas decisiones de gobierno son únicas y emanan de un mismo centro.
TRATADOS.
Proviene del latín “tractatus” significa cierre o la finalización de una negociación o controversia después de haber llegado a un acuerdo o haberlo discutido. De manera mas completa se utiliza la palabra tratado al texto de un cierto asunto.
LAUDOS ARBITRALES
Es la denominación de la resolución que dicta un árbitro y que sirve para dirimir (resolver) un conflicto entre dos o más partes.