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UNIVERSIDAD FERMÍN TORO FACULTAD DE CIENCIAS POLÍTICAS Y JURÍDICAS ESCUELA DE DERECHO Rasgos Fundamentales de la Remuneración y Condiciones del Trabajo CARLOS LIMARDO C.I: 3.859.758

Trabajo mayo

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UNIVERSIDAD FERMÍN TOROFACULTAD DE CIENCIAS POLÍTICAS Y

JURÍDICASESCUELA DE DERECHO

Rasgos Fundamentales

de la Remuneración y Condiciones del

TrabajoCARLOS LIMARDOC.I: 3.859.758

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Condiciones de Trabajo

Trabajadores y Trabajadoras

1997

*

El patrono deberá tomar las medidas que fueren necesarias para que el servicio se preste en condiciones de higiene y seguridad que respondan a los requerimientos de la salud del trabajador, en un medio ambiente de trabajo adecuado y propicio para el ejercicio de sus facultades físicas y mentales.

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Condiciones de Trabajo

Trabajadores y Trabajadoras

Ley Orgánica del trabajo, los trabajadores y trabajadoras 2012

Los patronos y patronas de los sectores público y privado, deberán tomar las medidas y ejecutar los planes de prevención, cuidado y seguridad e higiene laboral en toda empresa, establecimiento, faena o explotación, y otras modalidades tales como cooperativas, empresas de propiedad social y otras de similar naturaleza para dar cumplimiento a la garantía constitucional sobre higiene y seguridad laboral del artículo 87 in fine de la Constitución vigente.Los patronos o patronas, deberán responder y aplicar todas las normativas referentes a garantizar a los trabajadores y trabajadoras, la higiene y seguridad laboral prevista en la ley respectiva, así como también la mayor colaboración, con los comités de higiene y seguridad laboral para así garantizar a los trabajadores y trabajadoras condiciones de trabajo idóneas, higiénicas y seguras que permitan realizar el trabajo como hecho social con la dignidad que esto implica.

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Remuneración Salario Mínimo

Ley Orgánica del Trabajo –1997--Una Comisión Tripartita Nacional revisará los salarios mínimos, por

lo menos una vez al año y tomando como referencia, entre otras variables, el costo de la canasta

alimentaria. La Comisión tendrá un plazo de treinta (30) días contados a partir de su instalación en el

transcurso del mes de enero de cada año, para adoptar una recomendación.

La Comisión Tripartita Nacional a que se refiere el artículo anterior se integrará paritariamente con

representación de:

a) La organización sindical de trabajadores más representativa.

b) La organización más representativa de los empleadores.

c) El Ejecutivo Nacional. El Reglamento de esta Ley determinará la forma de designación de los

miembros.

Ley Orgánica del Trabajo, Trabajadores y Trabajadores—2012-Para la fijación del

salario mínimo nacional se harán amplias consultas a los niveles de representación

de los trabajadores y trabajadoras, tales como: sindicatos, consejos de trabajadores

y trabajadoras, organizaciones de carácter comunitario o de economía popular,

sectores que configuran el aparato productivo nacional y al sector público nacional,

estadal o municipal.

El pago de un salario inferior al mínimo será sancionado de acuerdo con esta Ley.

Además, el patrono o patrona infractores quedarán obligados a reembolsar a los

trabajadores y trabajadoras la diferencia entre el salario mínimo y lo realmente

pagado, por todo el tiempo en que hubiere recibido salarios más bajos que los

fijados.