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1er Encuentro de Administraciones Tributarias. Relatoría de mesas

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Primer Encuentro de Administradores Tributarios “Hacia la Sostenibilidad Financiera del Municipio”

Barquisimeto, 20 y 21 de Junio de 2014

TRANSFERENCIA E INTERCAMBIO DE EXPERIENCIAS EN MESAS DE DISCUSIÓN

Sábado, 21 de junio

RELATORÍAS

MESA 1.

TEMA: ACTUALIZACIÓN DE LAS ORDENANZAS TRIBUTARIAS

MODERADORA: Nelly Cuenca de Ramírez. Asesora Tributaria y de Rentas del PAGGM

PONENTES DE MESA:

Senaira García, Directora del SEMATCE, Mcpio. Campo Elías, estado Mérida.

Jorge Darío Bastidas, Gerente de Gestión Tributaria, Mcpio. Campo Elías, estado Mérida.

José Hortola, Director de Hacienda, Mcpio. Valencia, estado Carabobo.

Euro Andrade, Director General Tributario del Servicio Desconcentrado de Administración Tributaria, Mcpio. Valmore Rodríguez, estado Zulia.

PARTICIPANTES: Municipios Bolívar, Córdoba, Cárdenas y Guásimos, Estado Táchira; Municipios Iribarren y Jiménez, estado Lara; Municipios Machiques y Francisco J. Pulgar,

estado Zulia; Municipios Valencia, Bejuma y Montalbán, estado Carabobo; Municipio Chacao, estado Miranda; Municipio Valera, estado Trujillo; Municipios Rangel, Campo

Elías y Alberto Adriani, estado Mérida; Municipio Barinas, estado Barinas; Municipio Mellado, estado Guárico; Municipio Autana, estado Amazonas; Municipio Jacura, estado

Falcón; equipo de Paggmunicipal CONCLUSIONES:

1. El PAGGM diseñará ordenanzas tributarias, disponibles para los municipios interesados, con los ajustes pertinentes en cada caso.

2. Incorporar en la reforma de las ordenanzas municipales los criterios jurisprudenciales en materia tributaria municipal y unificar criterios de interpretación de normas tributarias.

3. Escuchar las propuestas tributarias de los distintos grupos económicos . 4. Enviar las sentencias referidas en cada exposición al PAGGM, para hacer un banco de

datos de sentencias y jurisprudencia, en materia de impuestos municipales, disponible

para los miembros de la red. 5. Simplificar el clasificador de actividades del impuesto sobre actividades económicas,

comerciales, industriales, servicios y afines (IAE). Se planteó considerar el

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establecimiento de dos alícuotas, una general y otra aumentada por razones extrafiscales o alícuotas generales por grupo de actividades.

6. Clasificar las actividades económicas en función de la vocación de desarrollo y

particularidades de cada municipio. 7. Realizar estudios prospectivos respecto a la modificación de alícuotas, considerando el

flujo de caja de los municipios. 8. Establecer, mediante ordenanza, agentes de retención del impuesto sobre actividades

económicas, comerciales, industriales, servicios y afines (IAE) para retener el IAE en la fuente.

9. Presentar recurso de interpretación para que el Tribunal Supremo de Justicia se pronuncie sobre la correcta interpretación de los artículos 183, numeral 3 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV), en concordancia con el 219 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal (LOPPM). El problema se presenta porque ha habido sentencias, según las cuales corresponde al contribuyente que

ejerce la actividad industrial en un municipio y la actividad comercia l en otros municipios, tributar en todos los municipios donde ejerce la actividad económica, con

base a la alícuota prevista en el municipio comercial para el mismo tipo de industria, por disposición del artículo 183 numeral 3 de la CRV, cuyo parte pertinente de su texto

establece que los estados y los municipios no podrán gravar el consumo de bienes en forma diferente a los producidos en él, lo cual ha generado, como distorsión, que los

municipios establecen alícuotas elevadas para la industria con la fina lidad de lograr que la porción de la deducción del impuesto industrial, sea inferior al impuesto

comercial a pagar en el municipio comercial. Tradicionalmente, se había interpretado el artículo 219 de la LOPPM, así: el contribuyente industrial y comercial , paga el

impuesto industrial en el municipio donde posee el establecimiento industrial, conforme a la alícuota prevista para el tipo de industria que ejerce; mientras que los municipios donde el mismo contribuyente vende los productos que produce,

aplicaban la alícuota prevista para el ejercicio del comercio de dicha actividad, pero no la alícuota industrial. Analizada la diversidad de criterios y la jurisprudencia asentada a

través de las referidas sentencias, se consideró procedente intentar el recurso de interpretación a los fines de obtener seguridad jurídica en la interpretación

concatenada de los referidos artículos 183.3 de la CRBV y 219 de la LOPPM y evitar la litigiosidad que se ha presentado en algunos municipios por aplicación de la alícuota

prevista para actividades comerciales a contribuyentes con sede industrial en otros municipios. Entre las sentencias que se han pronunciado en el sentido descrito, se

citan: a. Sentencia de fecha 06.08.2013, publicada el 08.08.2014, bajo el No. 00958,

dictada por la Sala Político-Administrativa, en juicio intentado por CERVECERÍA POLAR, C.A. en contra de actos tributarios emanados del MUNICIPIO PEDRO

MARÍA UREÑA DEL ESTADO TÁCHIRA, disponible en: http://www.tsj.gov.ve/decisiones/spa/agosto/00958-8813-2013-2012-1605.html

(consultada 24.06.2014);

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b. Sentencia dictada en fecha en fecha 17.04.2012, por la Sala Político-Administrativa, juicio intentado por CERVECERÍA POLAR, C.A. contra la sentencia definitiva Nro. 1047 de fecha 8 de agosto de 2011, mediante la

cual el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central declaró sin lugar el recurso contencioso tributario intentado por ella,

contra actos tributarios emanados de la Alcaldía del Municipio Girardot del Estado Aragua, disponible en:

http://www.tsj.gov.ve/decisiones/spa/abril/00318-18412-2012-2012-0007.HTML (consultada en fecha 24.06.2014);

c. Sentencia de fecha 07.02.2014, dictada por el Tribunal Superior Contencioso-

Administrativo, en juicio intentado por ALIMENTOS POLAR COMERCIAL, C.A., contra actos tributarios dictados por el Municipio Girardot, Estado Aragua,

disponible en: http://carabobo.tsj.gov.ve/DECISIONES/2014/FEBRERO/735-7-2820-1304.HTML (consultada en fecha 24.06.2014).

10. Aplicar mínimo tributable para comercio informal porque más que un problema tributario, es un problema social que se origina por la falta de empleos adecuados para personas en estado de pobreza.

11. Realizar censos por actividad e ingresos brutos para facilitar datos a los contribuyentes que les permitan mejorar la planificación de sus actividades económicas, preservando el principio de confidencialidad de la información referida a cada contribuyente.

12. Estudiar la conveniencia o no de utilizar las ordenanzas tributarias para controlar variables extrafiscales como control urbano, control ambiental u aspectos distintos a lo tributario. El problema se presenta porque dichas variables complejizan la f inalidad

de las ordenanzas tributarias, que no es otra que lograr ingresos por vía tributaria, suficientes para el financiamiento de servicios municipales. Las variables extrafiscales

podrían ser controladas mediante ordenanzas distintas a las tributarias.

13. Actualizar la planta de valores para simplificar y ganar celeridad en materia de impuesto inmobiliario. La LOPPM vigente (2010) establece en su artículo 175 que la base imponible del Impuesto sobre inmuebles urbanos es el valor de mercado de los inmuebles, entendiéndose por tal el valor que se haya pagado por bienes de similares características, en condiciones de libre competencia entre vendedor y comprador, no vinculados, en el mes anterior a aquel en que proceda la valoración según la

ordenanza respectiva. La LOPPM no establece cada cuanto tiempo debe hacerse esa valoración, por tanto cada municipio, mediante ordenanza, debe establecer la vigencia

de cada avalúo a los fines del impuesto sobre inmuebles urbanos. Se recomienda mantener actualizada la planta de valores para facilitar la liquidación del impuesto

inmobiliario y evitar demoras en el pago, por la carencia de avalúos vigentes. Para ello es necesario procurar recursos por cuanto hacer la planta de valores de los inmuebles

urbanos exige que expertos avaluadores hagan los avalúos de cada inmueble y no siempre los municipios cuentan con el recurso humano suficiente y especializado. En

el Municipio Iribarren del Estado Lara existe un sistema de autoliquidación del

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impuesto inmobiliario que puede ayudar a superar las debilidades por falta de recursos.

14. Que el PAGGM canalice los planteamientos anteriores.

MESA 2.

TEMA: PLATAFORMA TECNOLÓGICA

MODERADORES:

Ricardo Salazar, Jefe de Tecnología de Rentas, Alcaldía Mcpio. Sucre, estado

Miranda. Ernesto Ponsot, Director SAMAT, Alcaldía Municipio Liberador, estado Mérida.

PONENTE DE MESA: Carlos Jiménez, Jefe de Rentas, Municipio Mariño, Estado Nueva Esparta

INTEGRANTES:

Representantes de los 16 municipios que indican en cuadro a continuación.

Situación del colectivo:

ESTADO MUNICIPIO SITUACIÓN TECNOLÓGICA

Mérida Alberto Adriani Recaudación manual con sistema administrativo general (tipo “Profit Plus”)

Táchira Michelena Sistema sólo para cuadrar. Recibos impresos pero sin sistema. Revisiones a los expedientes físicos.

Táchira Independencia Sistema sólo para cuadrar. Recibos impresos pero sin sistema. Revisiones a los expedientes físicos.

Zulia Machiques Sistema sólo para cuadrar. Recibos impresos pero sin sistema. Revisiones a los expedientes físicos.

Táchira Andrés Bello Sistema comprado, pero no están conformes. Servicio técnico muy celoso y deficiente. Bases de datos desactualizadas y con vínculos de tablas inexistente.

Lara Iribarren Sistema automatizado con servicios Web, no en línea. SAP con los “cauchos desinflados”.

Táchira Guásimo Sistema creado por un pasante anterior, obsoleto. Trabajan manual con el sistema de caja.

Amazonas Atures Acaban de adquirir un sistema SIGSAG (Bs. 630.000) con asesoría ejecutiva. Lo están instalando, pero hasta ahora la recaudación es totalmente manual.

Trujillo Valera Sistema de Maracaibo CIVESA. Cuando hay fallas dependen de la asistencia de Maracaibo. Buscan otra alternativa para tener un sistema propio o al menos herramientas que les apoyen en la

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recaudación.

Trujillo Carvajal Sistema de Maracaibo CIVESA. Cuando hay fallas dependen de la asistencia de Maracaibo. Buscan otra alternativa para tener un sistema propio o al menos herramientas que les apoyen en la recaudación.

Cont/..

Barinas Barinas Tiene dos sistemas. Uno era muy lento pero confiable. El Alcalde saliente procuró desarmar éste para introducir otro. No están conformes con el funcionamiento. Saca los reportes que se requieren pero son inconsistentes. Se llevan 18% del ingreso bruto. Pedir reportes es muy tardado o no responde.

Mérida Libertador Tiene un sistema (contratado con TX). No están conformes con el funcionamiento. Saca los reportes que se requieren pero son inconsistentes. Muy costoso. Pedir reportes es muy tardado o no responden.

Táchira Cárdenas Tenemos un sistema comprado con servicio de mantenimiento, bueno en cuanto al registro de contribuyentes, pero no tiene conexión con Tesorería ni Contabilidad. Necesitan uno que enlace recaudación, tesorería, presupuesto y personal interno, y con el contribuyente para el pago en línea.

Trujillo Rafael Rangel Sistema comprado a una persona que trabaja como asesor. Están conformes. 120.000 con código fuente. Está modificándose ajustado a sus necesidades. Poco a poco. Deseo la oficina virtual, obstaculiza la interacción banco – página web.

Carabobo Montalbán Excel es lo más moderno. No tenemos nada. Formularios pre-elaborados y manuales.

Táchira Pedro María Ureña

“Reimser soft”. En caja. Patente, rentas y licores por archivo físico y manualmente, liquida pero sólo se conecta con tesorería.

Representante municipio Iribarren (estado Lara) propone: RTO: Tiempo de recuperación en caso de desastre. Alguien que tenga código lo done. Antes del software creemos un comité que genere procesos. IT es gente de soluciones. Tercerización es una manera de hacer las cosas cuando no se tienen recursos.

CONCLUSIÓN:

Proponer a la Asociación de Alcaldes la creación de un grupo que trabaje en una propue sta de desarrollo de un sistema de gestión tributaria, cuyo núcleo compartan todas las alcaldías y cuyo costo sea también compartido, comenzando necesariamente por el modelaje de procesos. Modelo para el Benchmarking: municipio SUCRE.

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MESA 3.

TEMA: MODELOS INSTITUCIONALES Y ESTRATEGIAS GERENCIALES PARA OPTIMIZAR LA RECAUDACIÓN.

MODERADOR:

Diego Mendoza, Director del SEMAT, Municipio Iribarren, estado Lara.

PONENTES DE MESA:

Municipio Barinas, Estado Barinas

Efrén Angulo, Director de SAMAT

Municipio Maturín, Estado Monagas.

Roger Villegas, Director de Hacienda

Municipio Córdoba, Estado Táchira

María Auxiliadora Vivas, Directora de Hacienda

INTEGRANTES:

31 representantes de los municipios participantes.

Temas debatidos:

Sistema de compensación de créditos fiscales.

Pago oportuno de empresas del Estado (PDVSA). Sistemas de recaudación en base a declaraciones estimadas o anticipos.

Generación de CENSOS y acceso a información por parte del contribuyente. La ética como base de éxito de la gestión recaudadora.

La descentralización y desconcentración de los órganos tributarios. Acuerdos y sugerencias:

Generar una estimación de monto adeudado por parte de PDVSA para realizar gestiones conjuntas de cobro.

La descentralización como forma administrativa expedita para la mejor gestión tributaria.

Estimular la realización de CENSOS para tener una mejor localización e información del contribuyente.

Generar sistemas de información fiscal y económica de acceso libre para estimular clima de negocios en la localidad.

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Establecer procesos estándares de trabajo e instrumentos administrativos de conocimiento general tanto interno como externo a la administración, a fin de transparentar la gestión y minimizar efectos de corrupción o malas prácticas.

Evaluar la aplicación del sistema de anticipo, sin menoscabo de lo establecido en LOPPM.