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Núm. 032 g. 1 Viernes, 8 de febrero de 2013 BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLID cve-BOPVA-B-2013-032 cve-BOPVA-S-2013-032 SUMARIO II.–ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN Delegación Territorial de Valladolid. Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo. Información pública en expediente de autorización administrativa previa para construcción de una instalación de almacenamiento y distribución de GLP a granel. Expte. RA-466/12. Página 5 III.–ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID Área de Atención y Participación Ciudadana. Servicio de Información y Participación Ciudadana. Edicto de Notificación de Bajas por caducidad en inscripción de extranjeros no comunitarios en el Padrón de Habitantes. Página 6 AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID Área de Atención y Participación Ciudadana. Servicio de Información y Participación Ciudadana. Edicto de Notificación de Bajas por caducidad en inscripción de extranjeros no comunitarios en el Padrón de Habitantes. Página 10 AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID Área de Atención y Participación Ciudadana. Servicio de Información y Participación Ciudadana. Edicto de Notificación de Bajas por caducidad en inscripción de extranjeros no comunitarios en el Padrón de Habitantes. Página 13 AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID Área de Atención y Participación Ciudadana. Servicio de Información y Participación Ciudadana. Edicto de Notificación de Bajas por caducidad en inscripción de extranjeros no comunitarios en el Padrón de Habitantes. Página 17

B O DE LA ROVINCIA DE ALLADOLID - Boletín Oficial de … · instalación de almacenamiento y distribución de GLP a granel. Expte. RA-466/12. Página 5 III.–ADMINISTRACIÓN LOCAL

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SUMARIO

II.–ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICAJUNTA DE CASTILLA Y LEÓN

Delegación Territorial de Valladolid. Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo. Información pública en expediente de autorización administrativa previa para construcción de una instalación de almacenamiento y distribución de GLP a granel. Expte. RA-466/12. Página 5

III.–ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

Área de Atención y Participación Ciudadana. Servicio de Información y Participación Ciudadana. Edicto de Notificación de Bajas por caducidad en inscripción de extranjeros no comunitarios en el Padrón de Habitantes. Página 6

AYUNTAMIENTO DE VALLADOLIDÁrea de Atención y Participación Ciudadana. Servicio de Información y Participación Ciudadana. Edicto de Notificación de Bajas por caducidad en inscripción de extranjeros no comunitarios en el Padrón de Habitantes. Página 10

AYUNTAMIENTO DE VALLADOLIDÁrea de Atención y Participación Ciudadana. Servicio de Información y Participación Ciudadana. Edicto de Notificación de Bajas por caducidad en inscripción de extranjeros no comunitarios en el Padrón de Habitantes. Página 13

AYUNTAMIENTO DE VALLADOLIDÁrea de Atención y Participación Ciudadana. Servicio de Información y Participación Ciudadana. Edicto de Notificación de Bajas por caducidad en inscripción de extranjeros no comunitarios en el Padrón de Habitantes. Página 17

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AYUNTAMIENTO DE VALLADOLIDÁrea de Atención y Participación Ciudadana. Servicio de Información y Participación Ciudadana. Edicto de Notificación de Bajas por caducidad en inscripción de extranjeros no comunitarios en el Padrón de Habitantes. Página 20

AYUNTAMIENTO DE VALLADOLIDÁrea de Atención y Participación Ciudadana. Servicio de Información y Participación Ciudadana. Edicto de Notificación de Bajas por caducidad en inscripción de extranjeros no comunitarios en el Padrón de Habitantes. Página 24

AYUNTAMIENTO DE VALLADOLIDServicio de Control de la Legalidad Urbanística. Sección de Disciplina Urbanística. Edicto de Notificación de aceptación de presupuesto relativo al local en calle Páramo Leonés n.º 1. Página 27

AYUNTAMIENTO DE ALDEAMAYOR DE SAN MARTÍNEdicto de Notificación de Decreto de la Alcaldía de interrupción del suministro de agua a titulares deudores por impago de la Tasa correspondiente a la prestación del Servicio de Agua, Alcantarillado y Depuración. Página 29

AYUNTAMIENTO DE CABREROS DEL MONTEAprobación definitiva de la Ordenanza Municipal reguladora de los Caminos Rurales del municipio. Página 32

AYUNTAMIENTO DE GATÓN DE CAMPOSAprobación definitiva de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por prestación del servicio de Agua a Domicilio. Página 39

AYUNTAMIENTO DE HERRÍN DE CAMPOSAprobación definitiva de la Ordenanza reguladora de la Venta Ambulante y Venta a Domicilio en camiones y camionetas. Página 40

AYUNTAMIENTO DE HERRÍN DE CAMPOSAprobación definitiva de la Ordenanza Fiscal reguladora del servicio de Abastecimiento de Agua. Página 46

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AYUNTAMIENTO DE MEGECESInformación pública en expediente de licencia ambiental para actividad de Explotación de Caballos. Página 47

AYUNTAMIENTO DE OLMEDOAprobación definitiva de la modificación de la Tasa sobre el Centro de Artes Escénicas. Página 48

AYUNTAMIENTO DE OLMEDOAprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza Fiscal n.º 4 reguladora de la Tasa por prestación del Servicio Público de Cementerio Municipal. Página 49

AYUNTAMIENTO DE RÁBANOAprobación inicial del Presupuesto General, ejercicio 2013. Página 53

AYUNTAMIENTO DE SAN PELAYO DEL VALLEAprobación definitiva del Presupuesto General y Plantilla de Personal, ejercicio 2013. Página 54

AYUNTAMIENTO DE VILLAFRADES DE CAMPOSCorrección de errores en el anuncio de aprobación definitiva del Presupuesto, ejercicio 2013. Página 56

IV.–ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE INSTRUCCIÓN. VALLADOLID NÚMERO 3

Edicto de Citación en Juicio de Faltas n.º 593/2012. Página 57

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN. VALLADOLID NÚMERO 3Edicto de Citación en Juicio de Faltas n.º 565/2012. Página 58

JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3Edicto de Notificación en procedimiento Ejecución de Títulos Judiciales n.º 221/2012. Página 59

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JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3Edicto de Notificación en procedimiento Ejecución de Títulos Judiciales n.º 17/2013. Página 61

JUZGADO DE LO SOCIAL. SALAMANCA NÚMERO 2Edicto de Citación en procedimiento Ordinario n.º 1205/2012. Página 62

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II.–ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICAJUNTA DE CASTILLA Y LEÓN

DELEGACIÓN TERRITORIAL DE VALLADOLIDServicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo

Anuncio del Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo de Valladolid, por el que se somete a información pública la solicitud de

autorización administrativa previa para la construcción de una instalación de almacenamiento y distribución de GLP a granel. Exp.: RA-466/12

De acuerdo con lo establecido en el artículo 46 bis, punto 5, de la Ley 54/1998, de 7 de octubre, se somete a información pública, por el plazo de veinte días, la solicitud de autorización administrativa previa para una instalación de almacenamiento y distribución de GLP a granel, cuyas características fundamentales son:

Solicitante: Repsol Butano, S.A. P.º Arco de Ladrillo, n.º 90-2.ª Pt.ª, código postal 47008 Valladolid (Valladolid).

Características de la instalación: • Centrodealmacenamientocon3depósitosaéreosde19.000litroscadauno,57m3

en total.

• Equipodevaporizaciónconcapacidadpara100kg/h.

• Equipoderegulaciónconcapacidadparasuministrar100kg/h.

• Máximapresiónenlareddedistribución2bar,limitadaa1,9bar.

• ReddedistribuciónconstituidaporpolietilenodemediadensidadsegúnSDR11/17,6, tipo PE-80 de diámetros nominales DN-90, 63 y 40.

• Longitudaproximadadelareddedistribución1.954m.

Ubicación: Centro de almacenamiento en parcela con referencia catastral 1826829UM3612N0001DX.

Red de distribución: Calles Los Molinos, San Miguel, Cervantes, Santo Domingo, LasEras,TrasRúayAvenidadelParque.

Presupuesto: 250.130,31 €.

Loquesehacepúblicoparaquelosinteresadospuedanexaminarladocumentaciónpresentada, en el Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo de Valladolid, calle AntonioLorenzoHurtado,n.°6,6.ªplanta,delunesaviernes,entrelas9y14horas,yhacerlasalegacionesqueestimenoportunasanteelmismoServicioTerritorial,duranteelplazode20díashábilescontadosapartirdelapresentepublicación.

Valladolid, 2 de enero de 2013.–El Jefe del Servicio Territorial (P.D. Res. 17/12/2012) el Jefe de la Sección de Industria y Energía, Javier Bécares Pérez.

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III.–ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

ÁREA DE ATENCIÓN Y PARTICIPACIÓN CIUDADANAServicio de Información y Participación Ciudadana

Procedimiento: Común.

Expdte.: 3/2012.

Asunto: Bajas por caducidad en la inscripción de extranjeros no comunitarios.

Órgano decisorio: Concejal Delegado General de Atención y Participación Ciudadana, en virtud del Decreto n.° 7668, de 26 de julio de 2011.

Propuesta de Resolución

Elfuncionarioquesuscribe,enrelaciónconelexpedientereferido,proponequeseaadoptada resolución del siguiente tenor literal:

“De conformidad con el artículo 16 de la Ley 7/1985 por el que se establece larenovación periódica, cada 2 años, de las inscripciones en el Padrón Municipal de Habitantes, de los extranjeros no comunitarios, sin autorización de residencia permanente, ylacaducidaddedichasinscripcionesenelcasodenollevarseacabotalrenovación,resuelvo dar de baja por caducidad en el Padrón Municipal de Habitantes, las inscripciones de los extranjeros empadronados en este municipio y que no han llevado a cabo larenovacióndesuinscripciónyqueacontinuaciónserelacionan.Dichabajanoseharáefectivasielinteresadohacesurenovaciónpadronalantesdelafinalizacióndelprocesode comunicación del presente decreto.

ADNANI, HAFIDAAHARRAN, SOADAHMED, ZAHEERAIT TALEB, KHALIDAIZCORBE VIVAR, ISABELLAAIZCORBE VIVAR, RENATTO GUISEPPIALENCAR DE MIRANDA, YURIALFARO CRUZ, MONICA SILVANAALI, ASIFALMADA PEREIRA, SANDRA DANIELAALVARRACIN MURUZUMBAY, ANTHONY ANDRESALVARRACIN MURUZUMBAY, CARLOS JORGEALVARRACIN MURUZUMBAY, TATIANA BELENALVES BORGES, JULIANY

ALVES NAZARIO, FRANCINEALLAF, OUALIDALLAF, ZAKARIAAMADOR CASTILLO, LISSELOTAREFI, MARYAMARROYO MANSILLA, LAUTARO MANUELASCARATE VILLANUEVA, ANGEL FERNANDOASSIME, EL MUSTAPHAASSIME, MOUNIRATOCHA NIETO, ANDERSON XAVIERDE AZA ALCANTARA, CANDIDA INESBARBOSA DE FREITAS, OLIVEIRABARBOUCHA, RAHMABARREIRO RAMIREZ, MIOSSOTISBARRETO FRANCO, MARIAN

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BEJARANO SALAZAR, JUAN CARLOSBELLACHAB, HAMDOUNEBELLACHAB, SALAH EDDINEBELLACHAB, WISSALBENRQIQ, ABDERRAZAKBENYAHYA, NAWALBOGADO ESPINOZA, CAROLINA ELIZABETHBOGADO PEREZ, DIANA ELIZABETHBOUIKEROUAN, ADAMBOUKHOUALI DARRHAL, FOUZIABOULAC, MOHAMEDBRISON YOANES, SONIABROCQ ESPINOZA, ANDREA MERCEDESBROCQ ESPINOZA, MARIANA MERCEDESDEL BUSTO BRETONECHE, JUAN PABLOCABALLERO DIAZ, KAREN ROCIOCABRAL DA SILVA, CARMENCACERES ROSARIO, NAOMI ALTAGRACIACALCINA MAMANI, ELIZABETH NANCYCAMACHO SERRUDO, SAHARA BETZABECARDOZO VILLALBA, PERLA CONCEPCIONCARRASCO, CARLOS AURELIOCATTANEO, M. PIACOLON MATEO, CHRISNA DESIREECOLQUE ANDIA, KARINACONOVALCIUC, AGLAIACONOVALCIUC, DIANACONTIERI SOARES, JEFFERSONCRUZ SANCHEZ, CARMEN YOLANDACRUZETA MOSCOZO, MARIELACHAIB, ABDELTIFCHAMBA, JOSE ALFONSOCHEN, JIACHEN, PEI JUNCHENG, JIAYIDA CRUZ, CARLOS EDUARDODA SILVA GARCIA, JANAINADAMBE MBOMBO, JOLIEDARRHAL, NOUREL HOUDADARRHAL, OUSSAMADE OLIVEIRA, ODEIR

DE PAULA DE LA CRUZ, ELADIADERICKSON ARIAS, YSATTIS CHARLENEDIAZ OSORIO, NATALIADIVINO DE ALMEIDA, MAURODO CARMO, LUCIMARDOS REIS, ADELAIDE APARECIDADOS REIS SILVA DUTRA, FABIANADUQUE ROJAS, FREDIDURAN ROSARIO, YANCARLOS ANTONIOEL AMMARY, BAHIJAEL AROUSSI, LEBDAOUIEL KADDOURI, CHERINEL KHAOUA, MAJIDAELATTIOUI, HASNAEEMEEL AFALLAH, NOHAES SLAMI, HASSANESPEJO RAMIREZ, YUDELKA MARITESPINAL CHIRA, LEOMARY ALTAGRACIAESPINOZA MARTINEZ, JULIAESSALHI, HAKIMAEZ ZAHER, HAMIDFAJARDO LOSADA, M. ESNEDAFAMILIA ALCANTARA, ERMINDAFARSI, ADILFEDUNIV, ANDRIYFIGUEROA VITTAR, GEORGE MICHAELFLORENTINO ROBLES, JOSEFINAFLORIANO PONCE, CARLOS PAULINOFRANCISCO VENTURA, GABRIELA MARIAFREITAS PINEDO, IRISGAMARRA YAURI DE YARANGA, MARTHAGARCIA HERNANDEZ, ANGELGIL CASTILLO, MISSAELGOMEZ BARRAZA, JACK ENRIQUEGONZALEZ RIQUELME, LUZ MARGARITAGUTIERREZ CORDERO, GARIEL STIBERHOFFELDER, VERA LUCIAIBARRA CABALLERO, LIDIA SUSANAILLANES ILLANES, DIOCELINA JULIETAIPARRAGUIRRE CHILIN, CRISTIAN ISRAELISAZA HERNANDEZ, ALEJANDRO

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ISHAK FARAG, LUNERAIVASHCHENKO, DMYTROJAVIER, FELICITOJAVIER CRUCETA, EMMANUELJAVIER CRUCETA, ISMAELJAVIER CRUCETA, RUTH ESTHERJAVIER RAMON, EULISSAJAVIER RAMON, MELVINKELLOUCHE, RAHMOUNAKOUSAR, RUKHSANAKUDYRIKKAL ANTONY, JINILAHBIZI, HICHAMLARREA IBARRA, LUIS FERNEYLI, BINGDILI, CHUNLIANGLIMON FLORES, VALERIANALINS DE OLIVEIRA, ANDREZA MAYARALIU, CRISTINALOPEZ, ASUNCIONLOPEZ BARAHONA, JHONATAN MIGUELLOPEZ BARAHONA, JOSUE MISAELLOPEZ BARAHONA, XIMENA ALEXANDRALU, SHAOXILUGO FAJARDO, KAREN TATIANAMAN TING, LINMANSILLA, MARCIA LISMARIANO SANJUAN, ARMANDO ENRIQUEMARIN PARRA, CARLOS ALBERTOMARIN PARRA, JONATHAN ANDRESMARROQUIN CONTRERAS DE LEON,

YNGRID MARIBYMARTIN MARTIN, GERARDO HUMBEROMARTINEZ MENDEZ, ANGELINAMATOS DA ROCHA, ELIOMATOS DA ROCHA, SUELDESMATOS PEREZ, DARIO ALEJANDROMELGAREJO, VICTORIA ELENAMELLO, KATIUSCIAMENDEZ RODRIGUEZ, JOHNNY VLADIMIRMENESES SALDARRIAGA, JUAN CAMILOMERCADO TORRICO, EDISON

MERCADO TORRICO, ERICKMIRANDA CRUZ, JUAN CARLOSMONDIR, HAMZAMONTERO DE FERRER, GLADYS MARGARITAMONTES TOME, ARNOLD ANTONIOMONTES DE OCA JIMENEZ, PLINIO ABELDE MOYA JIMENEZ, FRANKLIN JOSEMURUZUMBAY VIÑANZACA, SARA VALERIANIETO BARRAZA, OSIRIS MARIANKULU ABEGUE, SALVADORNKULU AVOMO, JULIANOGUERA DE OJEDA, TEODORAOBANDO MOTOCHE, DAGNER JERSIOBANDO MOTOCHE, JEAN PAULOJEDA PEREA, ANDREA DEL PILARORTELLADO CESPEDES, PAULO ROBERTOORTELLADO CESPEDES, RUTH ANALIAOUBDELHAJ, RAYANEOUYOUSSEF, FDILAOUZEGGA, FETTOUMAOYE, VICTORIA NNAHAPANOZO OLMOS, EFRAPAREDES LLAVE, FREDDYPEREA PEREA, ADRIANPEREIRA DA SILVA, M. DA PAIXAOPEREIRA ZANETTI, SABRINA DO ROCIOPEREZ PEREZ, MINELIS EDILIAPEREZ PEREZ, PEDRO PABLOPESOA BORDON, MARINAPIRES RIOS, TIAGOPOTER DE PAULA, JUANAQI, LIJUNQIU, YI BOQU, HAIHUAQUISPE TINEO, HENRY PETERRADZAJEWSKI, DIANERAHIM, AZIZARAMON GARCIA, EDUARDO ANDRESRAMOS VELOZ, NUVIA MATILDEDEL RIO HENAO, ADRIANA PATRICIAROCHA DOS SANTOS, REJANE

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ROCHA LEDEZMA, MISAELRODRIGUEZ FIGUEROA, JOHNNY MARTINRODRIGUEZ RODRIGUEZ, ALAINRODRIGUEZ VALLEJO, ANA RITARONCANCIO CALLEJAS, HASBLEDYROSAL MARAGRAG, MARY ROSEROSARIO DE JESUS, ROSA YANIRASACRAMENTO DE ANDRADE, JONATASSACRAMENTO DE ANDRADE, JULIANASAIDDAT, MOHAMEDSALDARRIAGA BENITEZ, PAULA ANDREASERRUDO ESTRADA DE CAMACHO, M. LUISASHARIATI SHARIFI, AMIR HOSSEINSHARIATI SHARIFI, FARIBORZSHARIATI SHARIFI, SHERVINSILES LEMUS, ARIELSILVA SACRAMENTO ANDRADE, ELOENISILVA SANTOS, CARLUSIASORIA LOZA, JUAN CARLOSSORIA QUISPE, GARY ALONZOSORIA QUISPE, RONALD ARIELDE SOUZA BUENO, SAMUELSUAREZ PEDRAZA, WILINTON JAIR

SUN, HUIHUITERCEROS MERCADO, RUBEN EDGARTHOMAS, JOLLYTORRES TOVAR, CARLOS ALBERTOUME, RUBABVARGAS CASTRO, JOHANNA PAOLAVARGAS VACA PEREIRA, CARMEN OLIMPIAVENANCIO ROJAS, OSCAR ALBINOVERENCU, SERGIUVIGIL DE LOS RIOS, LILIAVILLEGAS ALCIVAR, AMY ANDREAVIVAR CHALCO, M. ROCIOWANG, LIPEIYARANGA GAMARRA, DIEGOYARANGA GAMARRA, MICHAEL OWENYUBERO GONZALEZ, JOHUSSEN ALEXANDERYUBERO LOPEZ, JOHUSSEN JOHELZAIDI, JAWADZANETTI, RUBIAZAPATA RAMIREZ, CEIBER ANDREYZHAN, DECHUNZHAN, PAOLO”

Valladolid, 25 de abril de 2012.–La Directora del Servicio de Información y Registro, Juliana Berzosa Gómez.

DECRETO NÚM.: 4071

Sr. Alcalde, por delegación, el Concejal Delegado General de Atención y Participación Ciudadana (Decreto núm.: 6166, de 11 de junio de 2011): D./D.ª Domi Fernández Rodríguez.

Valladolid, 2 de mayo de 2012

“Acepto la propuesta precedente y resuelvo en sus propios términos.”

Lo manda y firma el Concejal Delegado General de Atención y Participación Ciudadana (Decretonúm.:6166,de11dejuniode2011):D./D.ªDomiFernándezRodríguez,antesdicho,enlugaryfechatambiénexpresados,queconstade10página(s)numerada(s),sellada(s)yrubricada(s) por mí, de todo lo cual, como Vicesecretario General acctal. doy fe.

Domi Fernández Rodríguez.–Valentín Merino Estrada.

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III.–ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

ÁREA DE ATENCIÓN Y PARTICIPACIÓN CIUDADANAServicio de Información y Participación Ciudadana

Procedimiento: Común.

Expdte.: 3/2012.

Asunto: Bajas por caducidad en la inscripción de extranjeros no comunitarios.

Órgano decisorio: Concejal Delegado General de Atención y Participación Ciudadana, en virtud del Decreto n.° 7668, de 26 de julio de 2011.

Propuesta de Resolución:

Elfuncionarioquesuscribe,enrelaciónconelexpedientereferido,proponequeseaadoptada resolución del siguiente tenor literal:

“De conformidad con el artículo 16 de la Ley 7/1985 por el que se establece larenovación periódica, cada 2 años, de las inscripciones en el Padrón Municipal de Habitantes, de los extranjeros no comunitarios, sin autorización de residencia permanente, ylacaducidaddedichasinscripcionesenelcasodenollevarseacabotalrenovación,resuelvo dar de baja por caducidad en el Padrón Municipal de Habitantes, las inscripciones de los extranjeros empadronados en este municipio y que no han llevado a cabo larenovacióndesuinscripciónyqueacontinuaciónserelacionan.Dichabajanoseharáefectivasielinteresadohacesurenovaciónpadronalantesdelafinalizacióndelprocesode comunicación del presente decreto.

ACHEHBOUNE, FATIMAAGUILAR CHUMPITAZ, PATRICIA MAGALYALARCON ASENCION, BEATRIZ MILAGROSALDANA FERNANDEZ, LUIS ORLANDOALEIXO DA SILVA, FABIOLAALVES SIQUEIRA, MARCILENEANGOMAS ACEVEDO, PETER EDUARDOAYALA MARQUEZ, ZUNILDAAYBAR LOPEZ, MARLENY DEL CARMENAZOUINI, YOUNESBABAK, MYKHAYLOBABAK, VITALIYBAEZ AYALA, FRANCISCABARAOUZ, MOHAMEDBARKAOUI, OUAADOUD

BAYO, YORO KALLYBEN HAJJI, ANASSBERGAGNA, LUCIANA PAOLABERGERO BERGAGNA, MATIASBERRIO FONTECHA, VIVIANA ANDREABLANCO RAMOS, JACQUELIN EULOGIABOUABID, FATIMA ZAHRABRITEZ CABAÑAS, CYNTHIA MARGARITABRITO BLANDINO, OMAR ALEJANDROBUSTAMANTE LOBO, MIGUEL ANGELBUSTAMANTE REYES, GERALDINE ANGIEBUSTAMANTE REYES, JONATHAN MIGUELBUSTAMANTE REYES, JOSSELYN JOVITACABEZAS BREYCH, MARIANA ELIZABETHCALDERON ARANSAENZ, URIEL ZAIR

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CAMPOS DOMINGO, LEONARDO LAZAROCAMPOS RODRIGUEZ, LEONARDO CARLOSCASTRO SALAROLI, ARTURCASTRO SALAROLI, BENNYCASTRO SALAROLI, JOAO PEDROCHAHI, YASSINCHEKCHEK, YAMINACHENG, YINECHENNAN, MOHAMEDEBASSA EPSE NDONGO, ANNEEFIGENIA DA SILVA, LUCIANAEL BAHAR, ADAMEL MEKAOUI, OMAIMAEL MEKKAOUY, NAJATENCINA NUÑEZ, M. BEATRIZEP ENNACHET MOUHSSINE, DOHAESSABIRY, LARBIESTEBAN GIL, ANETESTRELLA MEJIA, CRISTHIAN MANUELFETSIS BOTACIO, ATHINAFEUWO MBAMBOU, EPIPHANFIS ESTEBAN, FERNANDOGALLEGO PATIÑO, WESLY GIOVANNYGARCIA, ANTONIOGARCIA COSTANA, FELICIDADGARCIA HERNANDEZ, ISABELGARCIA VELEZ, ELIZABETHGOMEZ CHINGATE, NADIA JAZMINGOULET ARCIS, JULIO CESARHENRIQUE MIGUEL, ELAINEHERRERO YANISHEVSKA, DANIELHITACHE, NOUREDDINEHITACHE, SOUHILA SOULAFHOYOS ILLESCAS, SABINAHUSSAIN, AZMATIBAZETA ARANDA, ZULMAISAZA HERNANDEZ, ESTEFANNYJAIMES LOPEZ, ANGIE MARCELAJAIMES LOPEZ, VICTOR HUGOJAIMES REYES, CONSUELOJALDIN MOYA, RAUL

JIANG, HAIYINKANE, MOUSSAKHALED AZZOUZ, MOHAMEDDE LEON BIENDICHO, ABBIE PAULETTELINARES DE VELASQUEZ, M. ELENALOAIZA SALAZAR, LINA MARIALOPES OLIVEIRA, NILCELIOLOPEZ CARRILLO, CINTYA LORENALOUZAI, ELHADJMACAS GUTAMA, JOSE LEONELMACEDO DA SILVA, IDALINAMARCHAN OBREGON, LIZ NOEMIMARROQUIN AGUILAR, CELSAMENDES FERREIRA OLIVEIRA, RAIMUNDAMERCEDES ALCANTARA, RAUL ANDRESMORA SILVERA, ALBA MARINANADEEM, MUHAMMADOBISPO, OMAROSORIO PELAEZ, DIANA CATALINAPAEZ ORTIZ, RUBEN DARIOPALACIOS BRUZAINS, NELIO RENEPATIÑO CASTAÑEDA, OFFIRPAULO, ADAO EMILIOPEÑA BENITO, STEFANYPEREIRA SILVA, ICAROPEREZ PAVEZ, PAOLA ARIANARAMOS ZANELLA, EGELLE KETLHENREINA CANO, ALEXANDERREINA CANO, BRIANREYES ROJAS, JOVITARIBEIRO, FABIO HORACIOROCHA ESPINOZA, RAFAELRODRIGUES DE SOUZA, NEUSA ABADIARODRIGUEZ, MIGUELINARODRIGUEZ RODRIGUEZ, KEVIN MAURICIORODRIGUEZ ROJAS, REINALDO RAFAELROJAS ALVAREZ, OLGAROJAS ROJAS, GABRIELAROMERO TABARES, LUIS DAVIDRYAN, ROSANNASAN CLEMENTE CRUZ, JESSICA MARIUXI

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http://www.diputaciondevalladolid.es D.L.: N.º: VA-200/2010

SAN CLEMENTE CRUZ, TANIA ALEJANDRASEZGIC, OZRASOLAIMAN CHIAA, MOHAMED LAMINSORIA MACHUCA, JESUS ANTONIOTAHRI, MOUNIRTARAZONA DE PAEZ, M. SOCORROTIMOFEEV, ALEXANDRINATIMOFEEV, FIODORTORRES, NEIDY AMILEYTORREZ QUEZADA, LUCIATOUNKARA, FAMAKANUSACH LOPEZ, NORBERTO MAXIMILIANOUZIEDA SAAVEDRA, BENJAMIN JULIOUZIEDA SAAVEDRA, ELIAN LEONARDOVELASQUEZ LINARES, ELDRICK JHOEL

VELASQUEZ LINARES, YASIRA SARELVENTURA SUERO, OMAR ANTONIOVENTURA SUERO, OMAYRA SCARLETVIGO CASTILLO, ANA GUADALUPEVIGO CASTILLO, KARLA ELIZABETHVILLAFAÑA BLANCO, ROOSELVETVOROBLEVSKA, MYROSLAVAWAHBANI, MOHAMEDWANG, YINFENGZAARAOUI, YOUSSEFZALDO DE MIRANDA, M. ANGELESZAPATA ALVAREZ, BRYAN STEVENZAPATA ALVAREZ, JOHANA MICHELZHU, AN LEZHU CHEN, ANLE”

Valladolid, 25 de abril de 2012.–La Directora del Servicio de Información y Registro, Juliana Berzosa Gómez.

DECRETO NÚM.: 4070

Sr. Alcalde, por delegación, el Concejal Delegado General de Atención y Participación Ciudadana (Decreto núm.: 6166, de 11 de junio de 2011): D./D.ª Domi Fernández Rodríguez.

Valladolid, 2 de mayo de 2012

“Acepto la propuesta precedente y resuelvo en sus propios términos.”

Lo manda y firma el Concejal Delegado General de Atención y Participación Ciudadana (Decretonúm.:6166,de11dejuniode2011):D./D.ªDomiFernándezRodríguez,antesdicho,enlugaryfechatambiénexpresados,queconstade7página(s)numerada(s),sellada(s)yrubricada(s) por mí, de todo lo cual, como Vicesecretario General acctal. doy fe.

Domi Fernández Rodríguez.–Valentín Merino Estrada.

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III.–ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

ÁREA DE ATENCIÓN Y PARTICIPACIÓN CIUDADANAServicio de Información y Participación Ciudadana

Procedimiento: Común.

Expdte.: 3/2012.

Asunto: Bajas por caducidad en la inscripción de extranjeros no comunitarios.

Órgano decisorio: Concejal Delegado General de Atención y Participación Ciudadana, en virtud del Decreto n.° 7668, de 26 de julio de 2011.

Propuesta de Resolución

Elfuncionarioquesuscribe,enrelaciónconelexpedientereferido,proponequeseaadoptada resolución del siguiente tenor literal:

“De conformidad con el artículo 16 de la Ley 7/1985 por el que se establece larenovación periódica, cada 2 años, de las inscripciones en el Padrón Municipal de Habitantes, de los extranjeros no comunitarios, sin autorización de residencia permanente, ylacaducidaddedichasinscripcionesenelcasodenollevarseacabotalrenovación,resuelvo dar de baja por caducidad en el Padrón Municipal de Habitantes, las inscripciones de los extranjeros empadronados en este municipio y que no han llevado a cabo larenovacióndesuinscripciónyqueacontinuaciónserelacionan.Dichabajanoseharáefectivasielinteresadohacesurenovaciónpadronalantesdelafinalizacióndelprocesode comunicación del presente decreto.

ABESO NCHAMA, FLORENTINA JULIANA AABESO NCHAMA, WENCESLAO OBIANGACHUCARRO RAMIREZ, YANINA REBECAAHMED, MONSURAL, AMINALBORNOZ IRARRAZABAL, MARIELA DEL PILARALMONTE, MODESTAALTIOK, NAZALTIOK, TUGCEALVES DA SILVA, VALDEMIRAALVES DOS SANTOS, ANA FLAVIAAMORIM, LAERCIOANDREO GANCEDO, NATALIABANCHON ANGULO, ALEX DANIELBASCOPE ARANCIBIA, FRANCHESCA NATALY

BASCOPE ARANCIBIA, KIMBERLY KATHERINEBATISTA MOLINA, MARCELOBEJARANO CASCANTE, DAGOBERTO ANDRESBELKHOUKH, MOSTAFABELLACHAB, MIMOUNBENITEZ CLAVIJO, EISENHOWERBENKIRANE, NOUR LHOUDABENTOUILEB, YASMINABLANCO PEREZ, MARIANA KARINABOIKO, DANILOBOIKO, NATALIABOLAÑOS GARCES, CRISTHIAN FERNANDOBOUCHRAI, ISSAMCABALLERO, ALDO MAUBRICIOCABALLERO, MIRTHA MARIA EUGENIA

BOPVA-A-2013-00774

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CAITANO DA CUNHA, ISADORACAPECE, GRACIELA BEATRIZCARMO LOPES DOS SANTOS, CINTIACASCANTE GAMBOA, VIVIANACIOBAN, GRIGORECONDORI VARGAS, TORIBIACORDOVA PAREDES, MARGARITA ELIZABETHCOSTA DE SOUZA, IRENE CARMEMCRUZ BARROS, CESAR AUGUSTOCRUZ MOSCOSO, JIMMY ABRAHAMCUERVO VASQUEZ, M. FERNANDACHABILA, NAIMACHALCO QUISPE, JULIO CESARCHALCO QUISPE, VICTOR RAULCHEN, WEICHRIFI ALAOUI, MALIKACHRIFI ALAOUI, YAZIDDA SILVA, ELIANEDA SILVA, MARCIA APARECIDADARAOUI, NAWALDIAS DA SILVA, ELYDIAZ FRANCIA, ROXANA LORENADO CARMO ALVES, GERALDODOS SANTOS, CARLOS ANTONIOECHERKI, RACHIDAEL AMRANI, HOURIAEL BASRAOUI, HICHAMEL KHADIR, NAJIAEL OMRI, HICHAMERRABHI, ABDELKADERERREJRAJI, ABDELKABIRES SABERY, YOUSSEFESPINOZA SARABIA, BRIAN ADANESSABIRY, MUSTAPHAESTRELLA RODRIGUEZ, GREESEGAMBOA MERCADO, CARLAGARCIA, MIRIANGAUTO NUÑEZ, FIDEL ESTEBANGOMEZ GAMERO, M. EDITHGOMEZ QUISPE, JACQUELINE EMILIAGONZALEZ, NELIDA ROSALIA

GONZALEZ RESTREPO, KIMMY FRANCOIXGUALAPURO BURGA, LUIS ENRIQUEGUEVARA CHINGUEL, EVAGUIZADA CASTRO, JUANAGUTIERREZ BELTRAN, ANDRES MAURICIOHALL BARNUEVO, TERESA DE JESUSHARRATI, HASNAHONG, ZUOLIHUAYLLAS COLQUE, MAURICIOIBAZETA DE SORIA, MIRTHA ELENAIDRISSI, MOHAMEDJAEN AGUIRRE, KEVIN ALEXANDERJOSEKUNJU, LISAKADI HAJA, MOHAMMED OTHMANKARROUM, FATIMAKELLY, JOVANNYKWON, ELISALI, JIAYILISBOA PEIXOTO, JUSSARALOBOS GARCIA, PERLA SUSANALOPES ARAUJO, ISABELA MARIALOPEZ, M. ELISABETHLOPEZ MUÑOZ, MARITZA VIVIANALU, WEN ANLUIS MOREL, WENDY ALTAGRACIAMABROUKI, FATIMA ZAHRAMALIK, ABDULMARIN MEJIA, LUIS DAVIDMEDINA MACAS, KERLY BEATRIZMENDES OLIVEIRA, NAIENE CRISTINEMENDES OLIVEIRA, NATHALIA FERNANDAMENDOZA GARCIA, VICTOR MANUELMENDOZA SUAREZ, MARIO ISAACMENDOZA SUAREZ, MIA NATALIAMERCHAN HIDALGO, JUNNE NICOLEMERINO VARGAS, CONSTANTINAMILTON DE BARROS, JOSEMONTES MONTIEL, M. CATALINAMONTOYA MONTOYA, JORGE ENRIQUEMORALES PAVEZ, M. ANGELICAMOREL ALCANTARA, FREDDY FRANCISCO

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MOREL EVERTZ, JAFREHISY ESTHERMOREL EVERTZ, JESSICA MASSIELMOSCOSO PARRA, JESSENIA ZULAYMOTA FERREIRA, ANA CAROLINAMUNYAO, FELISTUS WAVINYANAJD, YAHYANASRI, HANANENGUYEN, VAN DUCOCHOA GUZMAN, DAVID ORLANDOOGANDO DE LA ROSA, JUANAOLIVEIRA CARVALHO, NAYARA MYRZAOUAKRIM, ABDELMAJIDOUAKRIM, ABDERRAHIMOUAKRIM, OMAROUATIMI, KHALIDPEÑA BATISTA, CRISTIAN ESTEVINPEPEN EVERTZ, YENNIFER LOISPERALTA RODRIGUEZ, M. FERMINAPEREZ GARCIA, ROLANDOPEREZ SOTO, MICHAEL ALEJANDROPINALES DE LOS SANTOS, GISELA MARINAQU, FRANCOQU, JIAHUIQU, SUNYUNQUIROGA MATA, ANDRES AUGUSTOQUISPE ORIUNDO, M. ANGELICARAMIREZ DE ACHUCARRO, GUILLERMINARAMIREZ LOBOS, ARIADNARIOS TORIBIO, MILA YICENIARODRIGUEZ CRUZ, LOREILY DARLENYRODRIGUEZ GARZON, FRANCISCO DAVID

ROLLAN, CHRISTIAN MAXIMILIANSALAZAR BURGOS DE CABA, ROSASAN MARTIN GUTIERREZ, SAMUELSANCHEZ, HECTOR JULIOSANCHEZ LOPEZ, HECTOR JULIOSANTANA SOLORZANO, BERTHA KIMBERLAYSANTOS CUEVAS, SANTA BARBARASANTOS DE ROSARIO, FELASEDRANI, MOHAMMEDSIMOUR, ABDELHAFIDSOTO ESPINOSA, M. ALEXANDRADE SOUZA, JOAO MARCOSSUNNY, ANNIETEIXEIRA, M. ESTELATUNC, HAKKIUREÑA TORRES, ANYINAVASQUEZ DELGADO, AVELINDAVERA ALCIVAR, ALBERTO SEBASTIANVILLA DE MECA, ROSA NELLYWADE, MAMADOU BAMBAWAGUE, SEKOUXU, DA KANGYAÑEZ ARELLANO, KARENYEPES LOPEZ, DANIEL STEVENYEPES LOPEZ, JOAN SEBASTIANYIN ZHOU, JINZABALA LOZANO, JOAN PAULZAMBRANO JIMENEZ, FERNANDO GABRIELZHANG, JIA MIAOZHANG, YONG”

Valladolid, 8 de octubre de 2012.–La Directora del Servicio de Información y Registro, Juliana Berzosa Gómez.

DECRETO NÚM.: 9720

Sr. Alcalde, por delegación, el Concejal Delegado General de Atención y Participación Ciudadana (Decreto núm.: 9257, de 19 de septiembre de 2011): D./D.ª Domi Fernández Rodríguez.

Valladolid, 10 de octubre de 2012

“Acepto la propuesta precedente y resuelvo en sus propios términos.”

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http://www.diputaciondevalladolid.es D.L.: N.º: VA-200/2010

Lo manda y firma el Concejal Delegado General de Atención y Participación Ciudadana (Decreto núm.: 9257, de 19 de septiembre de 2011): D./D.ª Domi Fernández Rodríguez,antesdicho,enlugaryfechatambiénexpresados,queconstade8página(s)numerada(s), sellada(s) y rubricada(s) por mí, de todo lo cual, como Secretario General, doy fe.

Domi Fernández Rodríguez.–Valentín Merino Estrada.

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III.–ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

ÁREA DE ATENCIÓN Y PARTICIPACIÓN CIUDADANAServicio de Información y Participación Ciudadana

Procedimiento: Común.

Expdte.: 3/12.

Asunto: Bajas por caducidad en la inscripción de extranjeros no comunitarios.

Órgano decisorio: Concejal Delegado General de Atención y Participación Ciudadana, en virtud del Decreto n.° 7668, de 26 de julio de 2011.

Propuesta de Resolución

Elfuncionarioquesuscribe,enrelaciónconelexpedientereferido,proponequeseaadoptada resolución del siguiente tenor literal:

“De conformidad con el artículo 16 de la Ley 7/1985 por el que se establece larenovación periódica, cada 2 años, de las inscripciones en el Padrón Municipal de Habitantes, de los extranjeros no comunitarios, sin autorización de residencia permanente, ylacaducidaddedichasinscripcionesenelcasodenollevarseacabotalrenovación,resuelvo dar de baja por caducidad en el Padrón Municipal de Habitantes, las inscripciones de los extranjeros empadronados en este municipio y que no han llevado a cabo larenovacióndesuinscripciónyqueacontinuaciónserelacionan.Dichabajanoseharáefectivasielinteresadohacesurenovaciónpadronalantesdelafinalizacióndelprocesode comunicación del presente decreto.

AGUILAR LOPEZ, M. CARMENAHMED, FORHADAHMED, SHARIFALCANTARA RAMIREZ, GUILLERMINAALIZHANOVA, ANNAALMONTE, CRUZALMONTE ALFONZO, ELTHA YOKASTAARECHIGA CABRERA, VICTOR DANIELARGOTE RIVAS, FERNANDO ARIELARIAS MATOS, LOURDESBACULIMA BUENO, M. ANGELESBADILLO CAMPOS, LINA ESTEFANYBARRIGA CHUCHUCA, JENNIFER VANNESABENAVIDEZ RODRIGUEZ, DANIELA CRISTINABENDRISSA, AZIZ

BENZIDANE, YAMNABEREGOVENKO, ALINABIABI, YULITABOU OUICHA, MOUNIRABOUADDI, IMADIDDINEBOULENOUAR, MOHAMED BACHIRBOUTENTOUN, GHIZLANEBRANDAO, LUIZ AUGUSTOBRANDAO, LUIZ FILIPEBUSU, MARIANACARA, SOFIACARRION HERNANDEZ, JESUS ISRAELCASANOVA LINO, ALLISON DENISSECASTILLO CACERES, ANA LUISACASTRO FUENTES, INGRID DEL CARMEN

BOPVA-A-2013-00775

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COFFI GONZALEZ, ALEXISCOLMENARES GONZALEZ, SANDRA ELIZABETHDE LA CRUZ POPA, BRAULIO FELIPEDE LA CRUZ POPA, NATHALIECUERVO LOBOS, GABRIELA ALEJANDRACUIDA GOMEZ, M. ASTRIDCHACON BETANCOURT, KATERYN YISELCHACON BETANCOURT, MARIA ESTEFANYCHAME MOUNTOUMNJOU, SORAYACHEPTEA, DANCHIA MARTINEZ, KAREN YULIETHCHIA MARTINEZ, KATERIN ANDREADA ROCHA SILVA ALMEIDA, FABIANADA SILVA OLIVEIRA, M. APARECIDADAALI, MOHAMED ADAMDARAT GUERRA, NICOLE MARIE JOSETTEDELGADO ESCALONA, MARIANA YONEIDADIAW, ASSANEDRIF, MOHAMEDDUTRA, MARCOS ANTONIOECHEVARRIA GUALDRON, M. IRISEL HAMDOUI, MOHAMEDEL HMIDI, INESEL MOUHAFID, HASNAAESONO ABEGUE, CAPISTRANO LUISFARIDI, RACHIDAFEKAKY, FATIHAFERNANDEZ PEREZ, MARTHA MILENAFERREIRA RODRIGUES, JOSILDODE FREITAS TAVARES, WIGNERDE FREITAS TAVARES, WISLHERGAITA IPARRAGUIRRE, ROSAGARDEL SOTOMAYOR, PEDRO ESTEBANGARRIDO AGUILAR, ERIHT YAFFYGOMEZ QUISPE, EMANUEL ANDRESGONZALES VELASQUEZ, ALEN CRISTHIANGONZALEZ POLO, KATERINE PAOLAHAN LEI, YIFANHENRIQUEZ JEREZ, ANGEL ANDRESHEREDIA RODRIGUEZ, DULCE MARIAHERNANDEZ NARVAEZ,

MARLENY DEL SOCORRO

HOYOS GUTIERREZ, FRANCIA ELENAHUERTAS FIESTAS, MILLER MARTINIACOB, FRANCESCOIMAN REYES, ANDRES ANTHONYIMAN REYES, KATHERINE MILAGROSIMBACHI MARTINEZ, NAILA TATIANAJIMENEZ, DIEGOJIMENEZ PEÑA, MERILANDIKADI HAJA, IKRAMKOUDIA, ACHRAFKOUDIA, FATIMA EZZAHRAALEON MENACHO, LEONICIALIMA DE SOUSA, PEDROLINO MERA, ALEXANDRA BELLALOPES DE ALMEIDA, JOAO ALBERTOLUZARDO DIAZ, CARLOS ALBERTOMACIAS LARA, EDGARDO JOSEMALDONADO, FLERIDA MARGARITAMARCELINO BONILLA, YAN CARLOSMARRERO RODRIGUEZ, OLIDIA BERNARDAMARZAL DE ALMEIDA, LUCASMATOS FELIZ, HEYDY YUSETTYMORA PLUAS, CARLOS FERNANDOMORAIS AGUIAR, GABRIELNDONG MBA, MIGUELNGUA NGUA AYECABA, ADOLFO CURSILLONIÑO ABELLA, JOHANA MIREYAOLIVA RIVAS, BETHZABE NICOLLEOLIVEIRA CANDIDO DA SILVA, M. CLARAORDOÑEZ CRUZ, NATHALY PAULINAORDOÑEZ CHIRINO, MARIANA MARIAOSPINA GUTIERREZ, NICOLAS DANILOOSPINA GUTIERREZ, SANTIAGOOSPINA ROZO, VICTOR HUGOPANIAGUA, ALEJANDRA MARIAPAREDES, ONDINA CONCEPCIONPAUCAR QUINCHUELA, LUISA GABRIELAPEREIRA, GELZA MARIAPEREIRA TEODORO, BALTAZARPEREZ MONTAS, GREISY NICOLPEREZ PINEDA, NANCY MARIA

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http://www.diputaciondevalladolid.es D.L.: N.º: VA-200/2010

PEREZ DE LA ROSA, JOSEFINA MARIAPEREZ DE LA ROSA, MEYRA LUISAPICHARDO VASQUEZ, VINICIO ANTONIOPONCE VELARDE, MELISSA JOHANNAPOTOSI ANDRANGO, M. CECILIAPRADA MORENO, LEINISPRIETO POOL DE STAPLETON, M. ELENA FATIMAQUILUMBA FICHAMBA, ELISAQUITUISACA AUREA, JEAN STEEVENQUITUISACA AUREA, JHON MICHAELQUITUISACA CHILLOGALLI, ANGEL VINICIORAHHALI SAMLALI, LOUBNARAMIREZ MORENO, LEIDY CAROLINAREYES ROJAS, MIRIAMRICARDO DE FREITAS, GEICERICO DE LA ROSA, KARINA PAOLAROCHA LIMA, ELAINERODRIGUEZ BUTRON, MISHELRODRIGUEZ BUTRON, NICOLEDE LA ROSA, LAYRAROSERO HURTADO, ERIC HERNANDORUAS, LIGIA AZUCENARUIZ, ANABEL ELISASAMORA DE LA CRUZ, EULALIA MILAGROSSANCHEZ GOENAGA, VALENTINASANTOS SILVA, EREVALDO

SEVERINO MENDOZA, JUANASOARES, LUIZ JORGESOARES DE CARVALHO, EVERTON VILFREDSOLIZ ANDRADE, RENESORIA TAPIA, DEMETRIOSOW, ADYSTURNICH, VALDEMARSURADZE, NATELATABARQUINO MORANTE, JHON MAICOLUGARTE GAITA, GABRIELAUGARTE GAITA, GONZALOUGARTE GUERRA, FRANCISCOURBAEZ MARTINEZ, JUAN CARLOSVALENCIA OVANDO, PAULINAVARGAS HERNANDEZ, ABEL DANIELVARGAS MATOS, DELLANIRAVEGA ANGULO, CARMEN VICTORIAVELASQUEZ CASTILLO, DEYVIS DAYANARAVELASQUEZ VASQUEZ, ROSA MARLENAVITTAR GARCIA, WALDRY BASILIOYEPES TIRADO, LOURDES MARIAZAKARIA, SMAILZERRAD, MOHAMMEDZHOU, KEKEZHYTARYUK, SERHIY”

Valladolid, 9 de octubre de 2012.–La Directora del Servicio de Información y Registro, Juliana Berzosa Gómez.

DECRETO NÚM.: 9745

Sr. Alcalde, por delegación, el Concejal Delegado General de Atención y Participación Ciudadana (Decreto núm.: 9257, de 19 de septiembre de 2011): D./D.ª Domi Fernández Rodríguez.

Valladolid, 10 de octubre de 2012

“Acepto la propuesta precedente y resuelvo en sus propios términos.”

Lo manda y firma el Concejal Delegado General de Atención y Participación Ciudadana (Decreto núm.: 9257, de 19 de septiembre de 2011): D./D.ª Domi Fernández Rodríguez,antesdicho,enlugaryfechatambiénexpresados,queconstade8página(s)numerada(s), sellada(s) y rubricada(s) por mí, de todo lo cual, como Secretario General, doy fe.

Domi Fernández Rodríguez.–Valentín Merino Estrada.

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III.–ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

ÁREA DE ATENCIÓN Y PARTICIPACIÓN CIUDADANAServicio de Información y Participación Ciudadana

Procedimiento: Común.

Expdte.: 3/12.

Asunto: Bajas por caducidad en la inscripción de extranjeros no comunitarios.

Órgano decisorio: Concejal Delegado General de Atención y Participación Ciudadana, en virtud del Decreto n.° 7668, de 26 de julio de 2011.

Propuesta de Resolución

Elfuncionarioquesuscribe,enrelaciónconelexpedientereferido,proponequeseaadoptada resolución del siguiente tenor literal:

“De conformidad con el artículo 16 de la Ley 7/1985 por el que se establece larenovación periódica, cada 2 años, de las inscripciones en el Padrón Municipal de Habitantes, de los extranjeros no comunitarios, sin autorización de residencia permanente, ylacaducidaddedichasinscripcionesenelcasodenollevarseacabotalrenovación,resuelvo dar de baja por caducidad en el Padrón Municipal de Habitantes, las inscripciones de los extranjeros empadronados en este municipio y que no han llevado a cabo larenovacióndesuinscripciónyqueacontinuaciónserelacionan.Dichabajanoseharáefectivasielinteresadohacesurenovaciónpadronalantesdelafinalizacióndelprocesode comunicación del presente decreto.

ABDUR RAHMAN, HANNANACEVEDO SILVA, MIGUEL ALBERTOAGUILAR AGUAYO, MELANIEAGUILAR MENECES, WILLIANAHMAD, AKHLAQAHMAD, ASHFAQALARCON CADENA, JORGE JAVIERALTHAUS RENIERO, KIRAALZATE ANDRADE, MARTA EUGENIAANDRADE SANT ANA, MARCO ANTONIOAPONTE CUEVAS, FRANCISASSUNCAO SILVA SANDES, FATIMAAVOMO EDU, M. GORRETTIBA, ABOUBAASOU, RACHIDA

BAKKER, EILAN MANUELBAKKER AQUINO, INGRIS LEIDYBARROS FONSECA, WAGNERBASTIDAS MONCAYO, JAIME VLADIMIRBASTIDAS MUÑOZ, M. EMPERATRIZBENITEZ CUEVAS, JUANA PAOLABENMALEK, ABDELWAHIDBENMALEK, BILELBENMALEK, CHAIMAABENMALEK, MILOUDBLANCO PEREZ, JULIANABOURAS, EL HASSANEBURACEC, SVETLANACANO CONTRERAS, FERNANDOCANTOS, ROSANNE RAMONA

BOPVA-A-2013-00776

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CARDONA MARTINEZ, ESTRELLACARDONA MORA, CHRISTIANCARMONA MELO, VIRGEN NIDIACARO CEBALLOS, SILVERT ARTUROCASTRO, EDDELIN MASSIELCASTRO RESTREPO, HEIDY ALEJANDRACASTRO RESTREPO, JULIAN CAMILOCASTRO RESTREPO, MICHAEL ESTEBANCLAROS MUÑOZ, ILDACOULIBALY, FATIMECOULIBALY, HAROUNACRUZ GUZMAN, FREDESLINDACUBAS ESTELA, BERSELIACURIALE, ARIEL HERNANCHAVEZ MENDOZA, JOSE RICARDOCHERNYAVSKA, BEATRIZCHERNYAVSKYY, OLEKSIYCHIA SANCHEZ, JORGE ANTONIODA COSTA MADUREIRA LOURENCO, DANIELDARRAS, MOHAMEDDE PAIVA LOURENCO, GABRIELA EMILYDELGADILLO QUISPE, MISHELLDIAS DE SOUZA BARROS, TEREZINHADIAZ PELLITERO, LEANDRO JOSEDIPRE MARTE, MARTINDURANGO RUEDA, ASTRID JOHANAEHITIRA ODI, JOYEL BOUHALI, ABDERRAZAKEL HAFARI, ATIKAEL HOUBBI OUAHIDI, ASMAAENCARNACION, ANA LORENAES SALEHY, SALIHAFARIÑA, M. GRISELDAFERNANDES DA CUNHA, IRONFERREIRA RAMOS FILHO, WANDERSONFRITIS NAVEA, DAYANN NATALIAFUENTES CRUZ, SONIA DE LOURDESGALLO LUGO, LUIS MIGUELGAMBOA VARGAS, IRMA EULALIAGARCIA ORTIZ, FERNANDO ANDRESGARCIA ORTIZ, FRANCISCO ANTONIO

GARCIA VELANDRIA, FRANCISCO ANTONIOGOENAGA ARIZA, ALEJANDRAGONZALEZ BATISTA, REYES MERCEDESGOURARI, KARIMAGUARAYO CABALLERO, ISRAEL ANCELHANNOUR, ASSIYAHE, DUYANGHERNANDEZ, JAVIERHERNANDEZ GARCIA, ARGENIS JOSEHERNANDEZ GARCIA, ROSA ARGIRISHERRERA DIAZ, JULIE CATHERINEHERRERA MENESES, LINA VANESSAHERRERA TAVERAS, WILLIANNYIBAÑEZ CONTRERAS, MARTA LUCIAIRALA DE CARMONA, AGUSTINAJAIME VENTURA DE NOLASCO, AMALIAJAIRO SANTOS, ANTONIOJASWAL, KALPANAJASWAL, SHRISH CHANDRALAGOS AGUILAR, ELOYLAURENTE SALCEDO, ORLANDO CLAUDIOLEDESMA, PAMELA VANESALEZCANO DE OLAZAR,

CALIXTA DEL SOCORROLOPEZ ARISTA, TULIO SEGUNDOMALAMIN, SANNEHMALGHI, ABDERRAHIMMARTINEZ LOPEZ, YANERISMATEO VALDEZ, TANIA ROSELINMBA MONSUY, CELEDONIAMENA GONZALEZ, GUSTAVO ADOLFOMERIDA QUISPE, ALEJANDROMERIDA QUISPE, ALISON MICHELLEMERIDA QUISPE, JHOAN PABLOMESA GRAVE DE PERALTA, ROLANDOMEYRELES VELOZ, RICHARDS JOSEMOQUETE CUEVAS, DEISEL ALEXANDERMORAIS, FABIANA MARIAMOUGARI, MOHAMMEDMUÑOZ LOPEZ, ADRIANMUSGRAVE DEL PINO, OLIVIA TRINIDAD

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NAVARRO ZAMUDIO, MIGUEL OMARNEMESH, OLENANINA, MAYKI ALEJANDRAOLIVEIRA, ERNESTO RAMONDE OLIVEIRA CARVALHO, ANETEOLIVEIRA MERGULHAO, M. JOSEOLIVEIRA SOBRAL, NICOLEOR, WAIORTIZ DE GARCIA, SHEYLA ANDREAPALACIOS FLOR, MICHAELPENAYO AVALOS, VILMA DIANAPEÑA PACHECO, KENYA PATRICIAPEREZ OGANDO, ISABELPEREZ REYES, WILSON ANTONIOPIMIENTA LIZARAZO, CARLOS HERNANDOPINALES CASTRO, LIZA MARIEPOLANCO ENCARNACION, FE MARIAPOZO HERNANDEZ, ESTHER ELENAQUIÑONES ORTEGA, WILLIANRAMIREZ CUESTA, GLADYSRAMIREZ GARECA, ANGEL OLIVERRAMIREZ TABARES, HECTOR ALEJANDRORAMOS MIRANDA, JAMARARAMOS MORAIS, ANDRIA KAROLINERAMOS MORAIS, AWANNY IZABELREDONDO SILVERA, JESUSRESTREPO VILLEGAS, OLGA LUCIARETUERTO AGUEDO, DIANA ANGELICAREYES FAMILIA, MARIELAREYES FAMILIA, MARIELINAREYES VILLORIA, SANDRA MERCEDESRIVAS TREJO, GUENDYRODRIGUES GOMES, LUCIANA CRISTINERODRIGUES PINHO, THIAGORODRIGUEZ CASTRO, ALEJANDRORODRIGUEZ CASTRO, GABRIEL

RODRIGUEZ PANOZO, JOSERODRIGUEZ SAAVEDRA, FRANCISCO MANUELROLLANO GONZALES, ANALIA CLAUDIADE LA ROSA GOMEZ, ELIZABETSAAVEDRA, GUSTAVO ERNESTOSAAVEDRA COSSIO, RUTH ELENASADOQI, ABDELWAHEBSALGUEIRO CORONEL, RENE RODRIGOSALGUEIRO VARGAS, DANNA CAMILASANCHEZ CASTILLO, LIZETH XIMENASANCHEZ RODRIGUEZ, ADRIAN ALBERTOSANCHEZ VALENCIA, LUCELLYSARHRAOUI, RABIASENE, ARAMESILVERIO GOMEZ, VITALINATOVAR TICSE, GAMANIEL CHRYSTIANTRUJILLO MANRIQUE, FLOR ELMIRATRUJILLO RAMIREZ, VICTOR MANUELUDDIN, NAIMUDDIN, REDWANVARGAS FERNANDEZ, JUDITH JACQUELINEVARGAS RODRIGUEZ, ERIKA MILENAVEGA MACEDA, BENJAMINVEREDIANO DA SILVA, AGNALDOVILLALBA, LIZ NATALIAVILLALBA DE CARDOZO, AURORAVILLAVICENCIO HIDALGO, CHRISTIAN

GIANNINOWAHID, HOUSSAMWAHID, NADIHAWU, CHANCHANGWU, YUANYUANXAVIER, LAYAZEBALLOS ARRATIA, AHELY AIMARZEBALLOS ARRATIA, ERIK ALEXANDERZHAN, DEXIN”

Valladolid, 9 de octubre de 2012.–La Directora del Servicio de Información y Registro, Juliana Berzosa Gómez.

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DECRETO NÚM.: 9743

Sr. Alcalde, por delegación, el Concejal Delegado General de Atención y Participación Ciudadana (Decreto núm.: 9257, de 19 de septiembre de 2011): D./D.ª Domi Fernández Rodríguez.

Valladolid, 10 de octubre de 2012

“Acepto la propuesta precedente y resuelvo en sus propios términos.”

Lo manda y firma el Concejal Delegado General de Atención y Participación Ciudadana (Decreto núm.: 9257, de 19 de septiembre de 2011): D./D.ª Domi Fernández Rodríguez,antesdicho,enlugaryfechatambiénexpresados,queconstade8página(s)numerada(s), sellada(s) y rubricada(s) por mí, de todo lo cual, como Secretario General, doy fe.

Domi Fernández Rodríguez.–Valentín Merino Estrada.

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III.–ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

ÁREA DE ATENCIÓN Y PARTICIPACIÓN CIUDADANAServicio de Información y Participación Ciudadana

Procedimiento: Común.

Expdte.: 3/12.

Asunto: Bajas por caducidad en la inscripción de extranjeros no comunitarios.

Órgano decisorio: Concejal Delegado General de Atención y Participación Ciudadana, en virtud del Decreto n.° 7668, de 26 de julio de 2011.

Propuesta de Resolución

Elfuncionarioquesuscribe,enrelaciónconelexpedientereferido,proponequeseaadoptada resolución del siguiente tenor literal:

“De conformidad con el artículo 16 de la Ley 7/1985 por el que se establece larenovación periódica, cada 2 años, de las inscripciones en el Padrón Municipal de Habitantes, de los extranjeros no comunitarios, sin autorización de residencia permanente, ylacaducidaddedichasinscripcionesenelcasodenollevarseacabotalrenovación,resuelvo dar de baja por caducidad en el Padrón Municipal de Habitantes, las inscripciones de los extranjeros empadronados en este municipio y que no han llevado a cabo larenovacióndesuinscripciónyqueacontinuaciónserelacionan.Dichabajanoseharáefectivasielinteresadohacesurenovaciónpadronalantesdelafinalizacióndelprocesode comunicación del presente decreto.

AGUILAR SEQUERA, VICTOR JOSEAHARRAK, MOHAMEDAITDAHAN, NAIMAAKHTAR, NASREENALAM, TASHSINALBA MERINO, JULIO CESARALBA MERINO, M. ELENAALMONTE ALFONSO, ERNESTO JOSEALVAREZ MONTOYA, MARIO AMADEOALVES DE OLIVEIRA, ANTONIOAMPARO ANTIGUA, JOSE ERNESTOARANGO LONDOÑO, CRISTIAN CAMILOARANGO LONDOÑO, DANIELAARANGO LONDOÑO, JUAN DAVIDARENAS OSORIO, FELIPE ANDRES

ARENAS OSORIO, LAURA CRISTINAARGHAL, NAIMABAHAMMOU NOUIRI, SARABANICO, HERMESBATISTA DE SOUZA, IVELTOBATTE BAEZ, FIDELINOBAUTISTA ALCANTARA, HENRYBELLO HERRERA, GENESISBELLO SANCHEZ, FAUSTO ENRIQUEBEN DAOUCH, SALMABEN HAMDOUCH, SOHAIBBRETON NUÑEZ, JUSTIN RAFAELBRITEZ CABAÑAS, ELVA CLARABRITO RICARDO DE SOUZA, DOUGLASCABALLERO, DIEGO ARMANDO

BOPVA-A-2013-00777

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CARRIZO, DANIEL ROQUECARRIZO ORELLANO, DANIELA SILVANACASTILLO ZURITA, EDWIN JOSECESPEDES CABALLERO, CARLA PAOLACESPEDES CABALLERO, GUSTAVOCESPEDES CABALLERO, MILENKA DANIELACORTES MORA, NESTORCORTEZ MOSQUEDA, PEDRO JOSEDE LA CRUZ HUATUCO, JANNET JULISACUBAS ARMELLA, EVA MARIACHUNIR FERNANDEZ, DIANA CAROLINADAKIR, LAILAEDDAIF, MOHAMEDEL GUERADY, AZIZAEL KASMI, HICHAMEL OUAHI, NABILENCARNACION MORILLO, SIRILAERICKSON, LUKEERRAHALI, AZZOUZESCAMILLA CASTELLANOS, ALONSOESCOBAR OVIEDO, MERCEDESESPAÑA SILVA, RONAL FERNANDOFAHMI, SAMIFERNANDEZ, GRACIELA DE LOURDESFERREIRA LIMA, DEUZENILDEFEZAN, MUHAMMADGAETE HERNANDEZ, MONTSERRAT

FLORENCIAGAETE HERNANDEZ, VICENTE TOMASGAETE QUEZADA, RICARDO ANDRESGARCIA REQUE, ZULMAGAUTO, DEISY CARINAGOMES DOS SANTOS, VANDAGUERRERO POLANCO, LEEVANNEGUTIERREZ GONZALEZ, ASTRID DEL

SOCORROGUZMAN SEIFERT, FABIANHAL HALI, ABDELHAKHARCHI, RACHIDHEINS FERNANDEZ, GLADYS ROSAHERBAS AMPUERO, CAROLINA ISABEL

HERBAS RAMIREZ, HUGO RODRIGOHERNANDEZ ROJAS, GABRIELA AMERICAHERNANDEZ DE LA ROSA, MICHELLE

JOSSELINEHIDALGO ANDUEZA, RUBEN DARIOHLYNSKA, VALENTYNAJADIR, ABDELLATIFDE JESUS SILVA, MARIAJIANG, KUNJMIL, ZAHRAKOUSAR, UZMALACHHAB, HASSANLAKRABTI, HOUDALAUREANO ORTIZ, MAIKELL VIDALLITARDO PISCO, RAQUEL GENOVEVALIU, ZHIJUNDE LO SANTO PINALES, SOILALOPEZ, INDIRALOPEZ, NESTOR AMAURILOZANO CORDOVA, LISLE KLISBELLUNA TAPIA, GEORGE ANTONIMACIEL FELIPE, RAISSAMADRID RAMOS, CLEMENCIAMARIN MASCOTE, MONICA LORENAMARIN MUÑOZ, JOHN JAIROMARTINEZ RONDON, OMAR EUSEBIOMATOS DE BELLO, CARIDADDE MELO E SILVA, EDILIAMERCADO ANCER, ROBERTOMERIZALDE BANCHON, ELVIS DENISMIRANDA URUNAGA, ROSAMORALES, ARGENTINA ENCARNACIOMORAN GARCES, CARLOS LUISMORRIS MONTOYA, AURA CECILIAMOUMID, MOHAMOURAM, ABDELKARIMMUZFFAR, AISHAMUZFFAR, NOUMANNCHUCHUMA ANGONO, FORTUNATO EMANAORTIZ BENITEZ, ZAIRA LILIANAOSORIO ALVAREZ, MIRYAM MAYRED

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OTALVARO RUIZ, LUZ ADRIANAPACHECO CUADROS, DANIELA PRISCILAPACHECO FLORES, KARLINAPAREDES TORRES, GIOVANNI OSWALDOPAULINO, MARIO EMILIOPAULINO SANCHEZ, MARIO YLEIRONPERDOMO LOPEZ, PAMELAPRIETO GEROMITO, VILMA CONSTANZAQUIÑONES CUCAITA, ANGELA MARCELARAMOUJI, EL HADDAOUIRODRIGUES MACIEL, WANESKARODRIGUEZ DE CALDERON,

PAOLA ALEJANDRARODRIGUEZ MUNGUIA, LAURA ESMERALDADE LA ROSA GALVEZ, MARIANITA DE JESUSROSA GOMES, ALDENICEROSARIO CASTILLO, NOEMI ELISABETHSALCEDO RODRIGUEZ, SEBASTIAN ELIASSANTAMARIA MUNGUIA, CLAUDIA GEORGINASANTANA MACIA, OLEIDYSANTANA MACIA, VIVIANASANTANA MACIA, WENSYSANTANA MACIA, WILVELYDE LOS SANTOS, ARISLEYDASARR, BABACAR

SHAWKOT ALI, SYEDSIERRA VALENZUELA, MAGDALYSSILVA QUIÑONES, EDINSONSOLARI, CINTIA ALEJANDRASORIA IBAZETA, BALDOMERO ARNOLDTINEO GUTIERREZ, NAYARA VIVIANATOLMOS CASTILLA, JAKELYNTORRICO CAMACHO, FELISATOUMI, HABIBATRAORE, ISSATRUKHAN, LYUDMYLAUWUMARONGIE, JUDITHVALDEZ RODRIGUEZ, ELIANA ALTRAGRACIAVALLEJO RODRIGUEZ, DOMINGAVARGAS DIHMES, JOAQUINA LEANDRAVARGAS SILVA, ERIKA ANDREAVASQUEZ SALCEDO, ADRIANVERGARA, BLASIDAVIEIRA, MARCELO HENRIQUEVILLAMAYOR CONTRERA, EDGAR RUBENVIZCAINO SANTOS, YANAIRISZAPATA ALZATE, LUZ GEORGINAZAPATA DE HIDALGO, ZULEYKAZHU, ELSAZUNIGA ALVARENGA, BECKHAM AGUSTIN”

Valladolid, 18 de octubre de 2012.–La Directora del Servicio de Información y Registro, Juliana Berzosa Gómez.

DECRETO NÚM.: 10149

Sr. Alcalde, por delegación, el Concejal Delegado General de Atención y Participación Ciudadana (Decreto núm: 9257, de 19 de septiembre de 2011): D./D.ª Domi Fernández Rodríguez.

Valladolid, 22 de octubre de 2012

“Acepto la propuesta precedente y resuelvo en sus propios términos.”

Lo manda y firma el Concejal Delegado General de Atención y Participación Ciudadana (Decreto núm.: 9257, de 19 de septiembre de 2011): D./D.ª Domi Fernández Rodríguez,antesdicho,enlugaryfechatambiénexpresados,queconstade7página(s)numerada(s), sellada(s) y rubricada(s) por mí, de todo lo cual, como Secretario General, doy fe.

Domi Fernández Rodríguez.–Valentín Merino Estrada.

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III.–ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

SERVICIO DE CONTROL DE LA LEGALIDAD URBANÍSTICASección de Disciplina Urbanística

Edicto de Notificación

Notificación del Servicio de Control de la Legalidad Urbanística (Disciplina Urbanística) del Ayuntamiento de Valladolid, por la que se

acepta el presupuesto relativo al local sito en la C/ Páramo Leonés, n.º 1. N.º Expediente: OE 27/2010

La Sra. Concejala Delegada de Urbanismo, Infraestructuras y Vivienda, por DelegacióndelExcmo.Sr.Alcalde (Dto.n.º9257de fecha19-9-2011),con fecha5deseptiembrede2012,hadictadoelDecretosiguiente:

“Vistas las actuaciones practicadas en el expediente de orden de ejecución n.º 27/2010, relativo a la existencia de local en mal estado sito en la C/ Páramo Leonés n.º 1 de esta localidad.

AtendidoqueporDecretodeAlcaldíade23dejuniode2010seresolvióincoareloportunoexpedientedeordendeejecuciónafindeque,por lapropiedaddel inmuebleindicado se procediera a la subsanación de las deficiencias observadas, concediendo a losinteresadosunplazodeaudienciadediezdías,afindequeduranteelmismopudieranalegar y presentar por escrito cuantos documentos y justificaciones estimasen pertinentes endefensadesusderechoseintereseslegítimos.

PorDecretodeAlcaldíanúm.4752de6demayode2011seresolviórequeriralapropiedaddelreferidolocal,paraqueenelplazodeunasemanaprocedieraasubsanarlas deficiencias advertidas, debiendo llevar a cabo la retirada de escombros y la limpieza del local así como la ejecución del cerramiento del mismo con fábrica de ladrillo y acabado pintado,significándoleque,encasodeincumplimientoseprocederíaalaimposicióndemultas coercitivas, pudiendo proceder a la ejecución subsidiaria con cargo a la propiedad.

Por Decreto de Alcaldía de 31 de octubre de 2011 se resolvió conceder a la propiedad unplazodeaudiencia,previoalaejecuciónsubsidiariadelasobrasrequeridasconcargoa la propiedad.

Por Decreto de Alcaldía núm. 4513 de 15 de mayo de 2012 se resuelve llevar a efecto subsidiariamente por parte de este Ayuntamiento y con cargo a la propiedad, las obras ordenadas por Decreto núm. 4752 de 6 de mayo de 2011, relativas al local objeto de esteexpediente,significandoquelasobrasserealizaránacostadelobligado,quedeberáabonar no solo el coste de la ejecuciónmaterial sino también los honorarios técnicos,segurosderesponsabilidadcivilydemásgastosquesederivendedichaactuación.

BOPVA-A-2013-00778

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Visto el presupuesto presentado por IMESAPI, S.A., con fecha de entrada en elRegistroMunicipalde3deagostode2012,queasciendealacantidadde2.999,67euros(I.V.A. no incluido).

Con fecha 8 de agosto de 2012 es emitido informe por los Servicios TécnicosMunicipales,enelqueindica:

“Con referencia al presupuesto presentado el día 3 de agosto de 2012 por la empresa IMESAPI, adjudicataria del contrato municipal para la ejecución de obras en actuaciones de carácter subsidiario, se informa:

• Elpresupuestoenglobalaspartidasnecesariasparaejecutarlasobrasordenadasen el expediente OE 27/2010 y asciende a un importe de ejecución material de 3.378,99 €, de forma que una vez aplicados los correspondientes coeficientes de gastos generales (13%), beneficio industrial (6%) y baja de adjudicación (25,4%) comprenden un valor de 2.999,67 € (IVA no incluido).

El técnico que suscribe considera que las partidas reflejadas en el presupuesto presentado son acordes con las obras a realizar, no encontrando inconveniente alguno en que se inicien las actuaciones correspondientes. “

Considerando lo dispuesto en los artículos 106 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León y 319 y siguientes del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León, aprobado por el Decreto 22/2004, de 29 de enero.

Vistos los artículos anteriormente mencionados y de conformidad con lo manifestado en el informe técnico municipal aludido,

Por lo expuesto, esta ALCALDÍA RESUELVE:

Único.–Aceptar el presupuesto presentado con fecha 3 de agosto de 2012 porIMESAPI, S.A., para la subsanación de las deficiencias observadas en el local sito en la C/ Páramo Leonés n.º 1deestalocalidad,afindequeseprocedadeformainmediataadar cumplimiento a lo ordenado en el Decreto núm. 4752 de 6 de mayo de 2011.”

Lo que se hace público a efectos de notificación a cuantos pudieran ser parteinteresada en el mismo, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el art. 59.5 de la Ley 30/1992,de26denoviembre,manifestandoqueporseractodetrámitenoessusceptiblede recurso.

El Secretario General, P.D. La Jefa de la Sección, Rosa María González Villar.

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III.–ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE ALDEAMAYOR DE SAN MARTÍN

Edicto de Notificación

Decreto 12/2013 acerca de la interrupción del suministro de agua a titulares deudores por impago de la tasa correspondiente a la prestación

del Servicio de Agua, Alcantarillado y Depuración

De acuerdo con el artículo 59.5 y el artículo 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,senotificaelsiguienteDecretodeAlcaldíaa todos los interesadosquefiguranen la relación anexa, indicándoles que, por ser un acto de trámite, no es susceptiblede recursos; no obstante, en caso de no estar conforme, se pueden presentar cuantas alegaciones se estimen oportunas por plazo de diez días contados desde el siguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia:

“DECRETO 12/2013: INTERRUPCIÓN DEL SUMINISTRO DE AGUA A TITULARES DEUDORES POR IMPAGO DE LA TASA CORRESPONDIENTE A LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AGUA, ALCANTARILLADO Y DEPURACIÓN (Reglamento de abastecimiento de agua potable de Aldeamayor de San Martín, publicado en el BOP de 7 de febrero de 2003):

Aldeamayor de San Martín, a 15 de enero de 2013.

Vistoque,confecha15deenerode2013,yatendiendoalosdatosqueobranenpoderde este Ayuntamiento, los titulares de los servicios de suministro de agua, alcantarillado ydepuraciónquese relacionanenelAnexo, resultandeudorespor impagode la tasacorrespondiente a la prestación del citado servicio de, al menos, el recibo correspondiente al segundo trimestre de 2012 –por valor igual o superior a 15,00 €–, sin existir ningún tipo dealegaciónorecursopresentadopordichoconceptoenlasdependenciasmunicipales,ysiendotodosellosasimismodeudoresporimpagodedichatasaentrimestresanteriores–habiéndolestrasladadodichacircunstanciadurante2012,sinllegarasersubsanada–.

Vistoqueelartículo27“Suspensióndelsuministro”delReglamentodeabastecimientode agua potable de Aldeamayor de San Martín (publicado en el BOP de Valladolid de 7 de febrero de 2003), faculta a esta Entidad Local, mediante resolución del Sr. Alcalde-Presidente, a iniciar el expediente de suspensión del abastecimiento de agua potable, –sin perjuicio de que se siga el procedimiento de apremio para la recaudación de lascantidades adeudadas–, mediante el cierre u obturación de la llave de paso existente entre la red municipal y el contador o contadores de los deudores (no obstante, tal y como refleja el artículo 28 del citado Reglamento, el abonado puede, antes de la realización del corte desuministro,abonarlascantidadesqueselehubieranliquidado, interrumpiéndosedeeste modo la ejecución de la presente resolución).

Vistoqueelartículo73delaLey30/1992,de26denoviembre,deRégimenJurídicoyProcedimientoAdministrativoComúnseñalaque “…el órgano administrativo que inicie

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o tramite un procedimiento, cualquiera que haya sido la forma de su iniciación, podrá disponer su acumulación a otros con los que guarde identidad sustancial o íntima conexión. Contra el acuerdo de acumulación no procederá recurso alguno…”.

Porloexpuesto,yenvirtuddelacompetenciaquemeotorgaelartículo21.1.s)delaLey 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, RESUELVO:

Primero.–Acordar la acumulación de los expedientes de interrupción del suministro de agua a titulares deudores por impago de la tasa correspondiente del servicio de agua, alcantarillado y depuración.

Segundo.–Requerir a los “titulares deudores por impago de la tasa correspondiente a la prestación del servicio de agua, alcantarillado y depuración”,quefiguranenelAnexo,paraque,enunplazode10díashábiles,acontardesdelanotificaciónde lapresenteresolución o de la publicación del presente anuncio en el BOP, cancelen su deuda contraída con este Ayuntamiento en relación con el Servicio de abastecimiento de agua, alcantarillado o depuración.

Tercero.–Informarque,denocumplirelpresenterequerimiento,seprocederáporeste Ayuntamiento a la suspensión del suministro de agua,sinperjuiciodequesesigaelprocedimiento de exacción por vía de apremio respecto de las cantidades adeudadas.

Cuarto.–Adjuntar a la presente, para su información, un extracto del resto de deuda porotros conceptos (basuras, vehículos,…)que, salvoque se resarza, ha sidoo seráigualmente reclamada por vía de apremio.

Quinto.–Notificar a los interesados la presente Resolución.

Así lo ordenó el Sr. Alcalde D. Bernardo Sanz Manso, ante mí el Sr. Secretario, en Aldeamayor de San Martín, a 15 de enero de 2013.”

Aldeamayor de San Martín, 23 de enero de 2013.–El Alcalde, Bernardo Sanz Manso.

ANEXO: RELACIÓN DE TITULARES DEUDORES POR IMPAGO DE LA TASA CORRESPONDIENTE A LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AGUA,

ALCANTARILLADO Y DEPURACIÓN; 2.º TRIMESTRE DE 2012

Titular del servicio Documento Punto de suministroAEROGRÁFICOS ROTULVISIÓN, S.L. B47601158 Polígono El Brizo I, parc. 11ÁLVAREZ PÉREZ, LUIS FERNANDO 09258660X Calle Fuente Lucía, 6ÁLVAREZ SÁNCHEZ, SERGIO 12399940L Calle Río Voltoya, 34AVERTURO HERRERO, ESTEBAN 09299074J Calle Sierra de Gredos, 22BUITRÓN DIÉGUEZ, JULIÁN 09308048V Calle Río Tormes, 6CALDELAGUNA, S.L. B47590393 Polígono El Brizo II, parcela 35CAMPÍÑEZ PURIFICACIÓN, JOSEFA 09335025S Calle Narciso Velasco, 7CARRASCO GUERRA, FRANCISCO JAVIER 11970595S Calle Mongordo, 4COLINO HERNÁNDEZ, ALFONSO 44903363A Calle Río Miño, 52CRISTÓBAL MUÑOZ, MIGUEL ÁNGEL 71116416W Calle Río Tajo, 28DÍAZ DEL RÍO, CÉSAR 71122278E Calle Río Eresma, 10DÍEZ REPISO, JORGE 12398808Z Calle Sementera, 9

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Titular del servicio Documento Punto de suministroENCISO FERNÁNDEZ, MIGUEL P. 09315915H Calle Río Tajo, 5FERNÁNDEZ BERNARDO, RUBÉN RAFAEL 12396489H Calle Río Esla, 19FERNÁNDEZ MUROS ÁLVAREZ, FRANCISCO JOSÉ 12326050M Calle Sabinares del Arlanza, 13FERNÁNDEZ TORDABLE, SONIA 12408825A Calle El Común, 2FERTAES INVERSIONES, S.L. B84842939 Polígono El Brizo I, parc. 04GARCÍA MEJÍAS, ANTONIO MIGUEL 28490344Z Calle El Cardiel, 71GÓMEZ VILLAFÁÑEZ, ANDRÉS 12223394K Calle Carnicerías, 8GONZÁLEZ VÁZQUEZ, FRANCISCO JAVIER 09333757N Calle Río Miño, 62 HERRERO PASTOR, FRANCISCO LUIS 09339811V CalleElChurro,10HIDALGO CARDONA, SANDRA RUTH X02817513J Calle Río Guadiana, 25ITURRALDE LAS HERAS, PEDRO 09330090W Calle Río Tajo, 41LÁZARO VIÑAS, RAQUEL 44912693H Calle Río Ebro, 59LÓPEZ PÉREZ, EMETERIO 37454259R Calle Puente Madera, 2-4LUCÍA MARIANA CONSTANTIN X08893922Y Calle Río Duero, 70MARCOS RIBOTE, JOSÉ LUIS 09283265M Calle Río Miño, 24MARTÍN MOYA, SUSANA 12397886N Calle Tamarizo, 19MARTÍNEZ FERREIRA, JOSÉ MARÍA 09287361F Calle Cubera, 103MARTÍNEZ GALLARDO, DANIEL 44902806K Calle Río Júcar, 33MARTINS VITORINO, MARIO NUNO X01818885E Calle Esteban Sanz, 8MIGUEL FORONDA, FRANCISCO 09340957J Calle Río Pisuerga, 3MUÑOZ BARRIGA, JOSÉ MIGUEL 12409716C Calle Sierra de la Culebra, 11MUÑOZ DOMINGO, JUAN JESÚS 12401223Z Avenida de las Navas, 142MUÑOZ JIMENO, MIGUEL ÁNGEL 71136147E Calle Río Duero, 86OLEA FRAILE, FÉLIX 09345557J Calle Río Pisuerga, 44PANERO SEVILLA, JOSÉ VICENTE 09341478M Calle Río Esla, 21PÉREZ BLÁZQUEZ, SANTOS 12148347T Polígono El Brizo II, parcela 43, nave 2QUINTA REAL SOTOGRANDE B82429200 Calle Molinejo, s/n (Campo de Golf)REFOYO LOMBARDO, MIRIAM 12400384A Calle Río Tajo, 53RODRÍGUEZ LÓPEZ, ALBERTO 44900608P Calle Río Duero, 56RODRÍGUEZ RAMÓN, ELADIO 12209994F Calle Río Duero, 11RUÍZ CAÑIBANO, ANA 71648355C Avenida de las Navas, 26SAN JOSÉ LÓPEZ, ANTONIO 09341260V Calle Río Esla, 23SÁNCHEZ PÉREZ, RAFAEL 44908256C Avenida de las Navas, 12SANTIAGO PIGAZOS E HIJOS, S.L. B47520564 Varias Polígono El Brizo II: Parc. 111-113, n1 y 99-100-101, n4SANZ GÓMEZ, JULIO 12230594E Calle Circunvalación, 5SAREVA GESTIÓN, S.L. B47461983 Calle Río Miño, 17SISTEMAS DE RECICLAJE XXI, S.L. B47641899 Polígono El Brizo I, parcela 13 y 15ASOLDUERO PROTECCIÓN SOLAR B47531587 Polígono El Brizo I, parcela 39URBÓN CABALLERO, JAVIER 12717649Y Calle Río Miño, 35VALENTÍN DE DIEGO, ALBERTO 12396227D Avenida de las Médulas, 71VALENTÍN GONZÁLEZ, JUAN JOSÉ 09342958J Calle Mongordo, 13VILLARREAL FERNÁNDEZ, RICARDO 09348127F Calle Bartolomé Benito, 2ZÁRATE LUIS, ALBERTO X04812304Z Calle Covalagua, 13

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III.–ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE CABREROS DEL MONTE

Transcurrido el plazo de exposición pública del acuerdo del Ayuntamiento en Pleno de fecha 8 de octubre de 2012, aprobando provisionalmente la Ordenanza Municipalreguladora de los Caminos Rurales del Municipio de Cabreros del Monte, sin que sehaya presentado reclamación, dicho acuerdo se eleva a definitivo de conformidad conlo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por elqueseapruebaelTextoRefundidode laLey reguladorade lasHaciendasLocales,publicándose el texto íntegro de la Ordenanza, conforme a lo dispuesto en el artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, tal y como figura en el Anexo de este Anuncio.

Contra el presente acuerdo podrán los interesados interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

ANEXO

ORDENANZA REGULADORA DE LOS CAMINOS RURALES DEL MUNICIPIO DE CABREROS DEL MONTE

Artículo 1.º–Objeto

Es objeto de esta Ordenanza es el establecimiento del régimen jurídico de los caminos rurales del Municipio de Cabreros del Monte, en ejercicio de la competencia reconocida en el artículo 25 d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Artículo 2.º–Definición

A los efectos de esta Ordenanza son caminos rurales aquellos de titularidad ycompetenciamunicipalquefacilitan lacomunicacióndirectaconpueblos limítrofes,conpequeñosnúcleosurbanosysusdiseminados,elaccesodefincasylosquesirvenalosfines propios de la agricultura y ganadería.

Artículo 3.º–Clases de caminos

La red de caminos rurales de Cabreros del Monte comprende los caminos públicos del Municipio, hayan sido objeto o no de concentración parcelaria, con la longitud yanchuras,incluidaslascunetas,queenelprimercaso,figurandetalladosenlosplanosdelaexpresadaconcentraciónparcelaria,ylosqueseincorporenconposterioridaddebidoafuturos procedimientos de concentración parcelaria dentro del término municipal. También seincluyenlosquefigurenenlosreferidosplanoscomosenderos.

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Artículo 4.º–Naturaleza jurídica

Los caminos son bienes de dominio público del Ayuntamiento de Cabreros del Monte y, en consecuencia, inalienables, imprescriptibles e inembargables. Derivan de la titularidad demanial de los mismos las potestades de defensa y recuperación.

CAPÍTULO l.–DE LAS POTESTADES ADMINISTRATIVAS

Artículo 5.º–Facultades y potestades administrativas

Compete al Ayuntamiento de Cabreros del Monte el ejercicio de las siguientes facultades en relación con los caminos rurales:

a) La ordenación y regulación de su uso.

b) Ladefensadesuintegridadmedianteelejerciciodelderechoydeberdeinvestigarlosterrenosquesepresumanpertenecientesaloscaminosrurales.

c) Su deslinde y amojonamiento.

d) Su desafección así como, en su caso, su ampliación y restablecimiento.

Artículo 6.º–Usos

Losusosdeloscaminosruralesvienenderivadosdeladefiniciónquedelosmismosse recoge en el artículo 2 de esta Ordenanza, facilitando las comunicaciones rurales y sirviendo al Municipio para los servicios propios de la agricultura y ganadería.

Artículo 7.º–Uso propio

Lacomunicacióndirectaconpuebloslimítrofesyconpequeñosnúcleosurbanosysusdiseminados,elaccesoafincas,eldesplazamientodevehículosymaquinariaagrícolay el tránsito pecuario.

Artículo 8.º–Usos compatibles

Seconsideranusoscompatibleslosusostradicionalesque,noteniendonaturalezajurídica de ocupación, puedan ejercitarse respetando la prioridad establecida en el artículo 7deestaOrdenanzaysinmenoscabodelosusosdefinidosendichoartículo.

CAPÍTULO II.–RÉGIMEN DE PROTECCIÓN DE LOS CAMINOS RURALES DEL MUNICIPIO DE CABREROS DEL MONTE

Artículo 9.º–Limitaciones

El Ayuntamiento podrá limitar de forma general y, de forma especial en determinadas épocasdelaño,eltránsitoycirculacióndevehículos.

Deformageneralseprohíbeeltránsitodevehículosdemásde25toneladasporloscaminosrurales.Desdeelmesdenoviembrehastaelmesdemarzo,seprohíbe,concaráctergeneral,elpasodevehículosdemásde20toneladas.Ellonoobstante,si lascircunstanciasclimáticasdedichoperíodohaceninnecesarioesterégimendeprotección,elAyuntamientopodrádejarsinefectodichaprohibición.

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Enépocasdelluvia,nieveyheladas,cuandoloscaminosesténmuyembarrados,elAyuntamientopodráacordarlaprohibicióndeltránsitodevehículosdemásde12toneladasbrutasydequadsyvehículostodoterrenoenactividadesrecreativasodecompetición.

La limitación de velocidad en el tránsito por los caminos es la establecida de manera general por el Código de Circulación.

Artículo 10.º–Saca de madera y áridos

La circulación de vehículos destinados a la corta y saca de madera así comolos destinados al transporte de áridos deberán ser autorizados expresamente por el Ayuntamiento,queexigiráeldepósitodefianzaoavalbancarioporcuantíade1.000€,yen todo caso suficiente, para garantizar la recuperación de los daños ocasionados a los caminosporeltránsitodeestetipodevehículos.

Artículo 11.º–Limpieza de fincas colindantes con caminos rurales

Las fincas colindantes con los caminos rurales deberán permanecer limpias de brozas, arbustos y vegetación en aquella parte que limite con los caminos, siendoobligación de los propietarios y poseedores de las mismas la realización de las tareas de desbroce,evitandoquelavegetacióninvadatotaloparcialmenteloscaminos,asícomolas escorrentías laterales, pasos de agua y cunetas.

Así mismo, es obligación de estos propietarios y poseedores de las fincas colindantes conloscaminosalosquehacereferenciaestaOrdenanza,lapodaderamasdelosárboleshastaunaalturade4,5metrosquepartiendodesupropiedadsobrevuelenlosmismos.

Estas labores de limpieza y poda serán ejecutadas por el Ayuntamiento a costa de los propietarios en caso de negativa de éstos, pudiendo exigirse con carácter cautelar ydeformasolidaria,porvíadeapremio,losgastosqueentrañenlaslimpiezasypodastanto a los titulares de los predios, usufructuarios, arrendatarios, precaristas o titulares decualquierderechorealuobligaciónsobrelasfincas,ysinperjuiciodelderechodelosobligados al pago a repercutir la exacción contra obligado civilmente a su abono.

Artículo 12.º–Arado de fincas colindantes con caminos rurales

Lasfincasdecultivocolindantesconloscaminosruralesqueseanobjetodearadodeberán respetar una distancia mínima de 0,50 metros de la arista exterior del camino y cuneta colindante, salvo cuando se trate de especies arbóreas o arbustivas, en cuyo caso será de aplicación lo dispuesto en el artículo 15 de esta Ordenanza.

No se podrán arar las fincas ayudándose en el camino para las vueltas y maniobras.

Artículo 13.º–Cunetas en caminos de concentración

Lascunetassonparteimportantedelcamino,yaquegarantizanlaanchurasuficienteparaelpasodelamaquinariaagrícolayfacilitaneldesagüedefincasycaminos,impidiendoel reblandecimiento y deterioro de los mismos. Es responsabilidad de los propietarios colindantes el mantenimiento de las mismas en perfecto estado.

Laentradaparalasfincasserealizarácontuberíasquegaranticenelcaudalsuficientede la cuenta. Las tuberías serán como mínimo de 40 cm.

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Artículo 14.º–Vallado de fincas colindantes con caminos rurales

Lospropietariosdefincascolindantesconcaminosruralesquedeseenrealizarelvallado de éstas deberán solicitar de este Ayuntamiento la oportuna licencia municipal, respetandoatalfinlaalineaciónquedesdeelAyuntamientoseindiqueydebiéndoseretirarcomo norma general 3,5 metros desde el límite exterior de los caminos, garantizando la anchurasuficienteparaelpasodemaquinariaagrícola independientementedel tipodevalladoquesevayaarealizar.

ParaaquellosvalladosexistentesalaentradaenvigordelapresenteOrdenanza,seconsideraráelvalladoenprecario,de tal formaquecualquierobrademodificación,reparación o ampliación del vallado previo deberá atenerse a lo prescrito en este artículo, retranqueándosea laalineaciónde3,5metrosdesdeel límiteexteriorde loscaminos,configuradodicholímiteporlacuneta.

Para caminos con una superficie igual o superior a 10 metros, la alineación se establece en un metro, como mínimo, desde el límite exterior de los caminos, configurando dicholímiteporlacuneta.

Artículo 15.º–Plantaciones en fincas colindantes con caminos rurales

Los propietarios de fincas colindantes con caminos rurales que deseen realizarplantacionesdeberánsolicitarautorizaciónmunicipalyatenersealaregulaciónquesobreplantacionesdechoposyotrasespeciesdecrecimientorápidotengadeterminadalaJuntade Castilla y León; para plantaciones ya existentes, anteriores a la presente Ordenanza, una vez efectuada la corta deberá efectuarse el retranqueo previsto para las nuevasplantaciones;encasodesolicitar licenciadevalladoen fincasconplantaciones,dichovalladodeberáobservarlaalineacióndetresmetros,aunquelosárbolesquedenfueradelmismo.

Artículo 16.º–Ocupaciones temporales

Por razones de interés público y, excepcionalmente y de forma motivada, por razones de interés particular, se podrán autorizar ocupaciones de carácter temporal o instalaciones desmontablessobreloscaminosrurales,siemprequenoaltereneltránsitonormalyusoscomprendidos en los artículos 6, 7 y 8 de esta Ordenanza. En las talas de árboles con ocupación del camino se deberá dejar completamente limpio de palos y ramas al finalizar lostrabajos,responsabilizándosedelosdañosqueselepuedanocasionaralcamino.

Artículo 17.º–Riego en fincas colindantes

Lospropietariosdefincascolindantesconcaminosruralesquetenganqueregarsusfincas,deberánprocederdemodoqueelaguanoseviertaalcamino,independientementedel método de riego utilizado.

CAPÍTULO III.–DE LA DEFENSA DE LOS CAMINOS RURALES

Artículo 18.º–El régimen de protección

El régimen de protección de los caminos rurales de Cabreros del Monte, dado su carácterdemanial,seráelqueparalosbienesdedominiopúblicoseestableceenelRealDecreto1372/1986,de13dejunio,porelqueseapruebaelReglamentodeBienesdelasEntidades Locales.

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Artículo 19.º–Prerrogativas de la Administración

Corresponde al Ayuntamiento el ejercicio en las condiciones y forma señalados en losartículos44a73delRealDecreto1372/1986,de13dejunio,porelqueseapruebaelReglamento de Bienes de las entidades Locales, de las siguientes potestades:

a) Potestad de investigación.

b) Potestad de deslinde.

c) Potestad de recuperación.

d) Potestaddedesahucioadministrativo.

El Ayuntamiento podrá establecer e imponer sanciones para la defensa de los caminos y para asegurar su adecuada utilización.

CAPÍTULO IV.–DESAFECTACIÓN Y MODIFICACIÓN DE TRAZADO

Artículo 20.º–Desafección

El Ayuntamiento podrá alterar la calificación jurídica de los caminos mediante la tramitacióndeloportunoexpedientequeacreditesuoportunidadylegalidad.Noobstantelo anterior, operará la desafección de forma automática cuando así se establezca por cualquierinstrumentodeplaneamientoogestiónurbanísticos.

Artículo 21.º–Modificación del trazado

Por razones de interés público y, excepcionalmente y de forma motivada, por interés particular, previa o simultánea desafección en el mismo expediente, el Pleno Municipal podráautorizar la variaciónodesviacióndel trazadodel camino rural, siempreque seasegure el mantenimiento de la integridad superficial, la idoneidad de los itinerarios y de los trazados, junto con la continuidad del tránsito y sus prevenidos en los artículos 6, 7 y 8 de esta Ordenanza.

CAPÍTULO V.–INFRACCIONES Y SANCIONES

Artículo 22.º–Disposiciones generales

1.–Las acciones y omisiones que infrinjan lo previsto en la presente Ordenanzagenerarán responsabilidad de naturaleza administrativa, sin perjuicio de la exigible en vía penalocivilenquepuedanincurrirlosresponsables.

2.–La potestad sancionadora se ejercerá de conformidad con los principios establecidos en el Título IX de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Artículo 23.º–Clasificación de las infracciones

1.–Las infracciones se clasificarán en muy graves, graves y leves.

2.–Son infracciones muy graves:

a) Laalteracióndehitos,mojoneso indicadoresdecualquierclasedestinadosalseñalamiento de los límites de los caminos rurales.

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b) La edificación o ejecución no autorizada de cualquier tipo de obras en víaspecuarias.

c) Lainstalacióndeobstáculosolarealizacióndecualquiertipodeactoqueimpidatotalmente el tránsito o genere un elevado riesgo para la seguridad de personas ycosasquecirculenporlosmismos.

d) Las acciones u omisiones que causen daño omenoscabo en los caminos ycunetas rurales o impidan su uso, así como la ocupación de los mismos sin el debido título administrativo.

3.–Son infracciones graves:

a) Laplantaciónnoautorizadaqueserealiceencualquiercaminorural.

b) La realización de vertidos o derrame de residuos en el ámbito delimitado de un camino rural, entre losque se incluye losprovenientesdel aguade riego, deterrenos colindantes.

c) La cota o tala de árboles existentes en las vías pecuarias.

d) La realización de obras o instalaciones no autorizadas de naturaleza provisional en los caminos rurales.

e) La obstrucción del ejercicio de las funciones de policía, inspección o vigilancia previstas en esta Ordenanza.

f) Haber sido sancionado por la comisión de dos faltas leves en un período de seis meses.

4.–Son infracciones leves:

a) Las acciones u omisiones que causen daño omenoscabo en los caminos ycunetasruralessinqueimpidaneltránsito.

b) El incumplimiento de las condiciones establecidas en las correspondientes autorizaciones administrativas.

c) El incumplimiento total o parcial de las condiciones establecidas en la presente Ordenanzaylaomisióndeactuacionesquefueranobligatoriasconformeaellas.

Artículo 24.º–Procedimiento sancionador

El procedimiento sancionador de las infracciones al régimen jurídico de los caminos rurales será establecido en el Reglamento del Procedimiento para el ejercicio de la Potestad Sancionadora, aprobado por el Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, y por el Real Decreto 189/1994, de 25 de agosto.

El órgano competente para la resolución del procedimiento sancionador es la Alcaldía delaCorporación,conformedisponeenelartículo21.1k)delaLey7/1985,de2deabril,reguladorade lasBasesdeRégimenLocal,quepodrádelegaren losconcejalesde laCorporación, en los términos previstos en la normativa de aplicación, tanto la competencia para la resolución del procedimiento como para la adopción de las medidas cautelares o provisionales destinadas a asegurar la eficacia de la resolución sancionadora quefinalmente pueda recaer.

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Artículo 25.º–Sanciones

Lassancionesseimpondránatendiendoasurepercusiónotrascendenciaporloquerespecta a la seguridad de las personas y bienes, así como al impacto ambiental y a las circunstancias del responsable, su grado de culpa, reincidencia, participación y beneficios quehubieseobtenido.

Las infracciones leves serán sancionadas conmulta de hasta 150,00 euros; lasgravesconmultadesde151,00hasta300,00euros;y las infraccionesmuygravesconmulta desde 301,00 hasta 600,00 euros. En ningún caso la sanción impuesta podrásuponer un beneficio económico para el infractor.

Artículo 26.º–Reparación del daño causado

Sinperjuiciodelassancionespenalesoadministrativasqueensucasoprocedan,elinfractor deberá reparar el daño causado. La reparación tendrá como objeto lograr, en la medida de lo posible, la restauración del camino rural al ser y estado previos al momento de cometerse la infracción.

El Ayuntamiento podrá, subsidiariamente, proceder a la reparación por cuenta del infractor y a costa del mismo. En todo caso el infractor deberá abonar todos los dañosyperjuiciosocasionadosenelplazoque,encadacaso,se fijeen la resolucióncorrespondiente.

El Ayuntamiento podrá imponer multas coercitivas por importe del veinte por ciento mensual,hastaunmáximodecincomensualidades,deloscostesdereparacióndeldañocausado al dominio público local objeto de esta Ordenanza o limpias, podas, demolición devalladoso reposicióndecaminos irregularmentearadosa losquehacen referencialosartículos11,12y13deesanorma,cuandorequerido,cautelarodefinitivamente,elinfractor para el abono de los gastos irrogados a los caminos rurales, éste no procediese a su pago en el periodo voluntario de cobranza.

CAPÍTULO VI.–RECURSOS

Artículo 27.º–Recursos

ContralasresolucionesdelaAlcaldíaqueponganfinalavíaadministrativapodráinterponerserecursopotestativodereposiciónantedichoórgano,enelplazodeunmesa contar desde el día siguiente al de notificación de la resolución; o bien, directamente, recurso contencioso administrativo directo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Valladolid, en las condiciones señaladas en los artículos 45 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

DISPOSICIÓN FINAL

LapresenteOrdenanza,queconstade27artículosyunaDisposiciónFinal,entraráen vigor una vez aprobada definitivamente, tras la publicación del texto íntegro en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid y transcurrido el plazo previsto en el artículo 49 b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.

Cabreros del Monte, 21 de enero de 2013.–El Alcalde, Gregorio Hernández Martín.

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III.–ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE GATÓN DE CAMPOS

PorAcuerdodePlenodefecha13dediciembrede2012sehaaprobadodefinitivamentela modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de Agua a Domicilio.

El contenido de la modificación es el siguiente:

Artículo 6.º–Cuota Tributaria.

Servicio de Alcantarillado . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8,01 euros

Cuota de Mantenimiento . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 26,00 euros

DISPOSICIÓN FINAL.–La presente Ordenanza entrará en vigor y surtirá efectos a partir del día 1 de enero de 2013, permaneciendo en vigor en tanto no se produzca su modificación o derogación expresa.

Contra el presente Acuerdo, se podrá interponer recurso contencioso administrativo, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Valladolid, en el plazo de dos meses contados desde el siguiente a la publicación de este anuncio, de conformidad con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Gatón de Campos, 31 de enero de 2013.–La Alcaldesa, Ana M.ª Gago Martín.

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III.–ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE HERRÍN DE CAMPOS

PoracuerdodePlenodefecha5dediciembrede2012sehaaprobadodefinitivamentela ordenanza fiscal reguladora de venta ambulante y venta a domicilio en camiones y camionetas.

El contenido de la misma es el siguiente:

ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA VENTA AMBULANTE Y VENTA A DOMICILO EN CAMIONES Y CAMIONETAS

Artículo 1.–Fundamento Legal.

La presente Ordenanza se aprueba en desarrollo de la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista, del Decreto 199/2010, de 26 de febrero, por el queseregulaelejerciciodelaventaambulantenosedentaria,delaLey17/2009,de23de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, de la Ley 16/2002, de 19 de diciembre, de Comercio de Castilla y León y del Decreto 82/2006, de 16 denoviembre,porelquesedesarrollaparcialmentelaLey16/2002,de19dediciembre,de Comercio de Castilla y León. Esta legislación será de aplicación supletoria para lo no dispuesto en esta Ordenanza Municipal.

Artículo 2.–Objeto.

Esta ordenanza tiene por objeto regular el ejercicio de la venta ambulante en el término municipal de Herrín de Campos.

Artículo 3.–Concepto de venta ambulante y modalidades.

1.Seconsideraventaambulanteonosedentariaaquellarealizadaporcomerciantesfueradeunestablecimientocomercialpermanentecualquieraqueseasuperiodicidadyellugar donde se celebre.

2. El ejercicio de la venta ambulante se podrá realizar en alguna de las siguientes modalidades:

a) Venta en mercadillos

b) Venta en mercados ocasionales o periódicos

c) Venta en vía pública

d) Venta ambulante en camiones-tienda

3. La actividad comercial desarrollada en este municipio bajo alguna de estas modalidades de venta ambulante deberá efectuarse con sujeción a lo establecido en esta Ordenanza Municipal.

Artículo 4.–Régimen de autorización.

1. Para ejercer la venta ambulante en este término municipal es imprescindible disponer de autorización municipal.

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2. No podrán concederse autorizaciones, en ninguna de las modalidades previstas en este Reglamento, para la venta de aquellos productos cuya normativa reguladoraespecíficaloprohíba.

3.Lasautorizacionesseotorgarándirectamente,salvoquehubieraquelimitarsunúmero yaque laactividadde ventaambulante se realiza sobre suelopúblicoqueendeterminadasocasionesesescaso.Sihubieraquelimitarelnúmerodeautorizacioneselprocedimiento para su otorgamiento se realizará en régimen de concurrencia competitiva, al amparo de lo previsto en la normativa reguladora de los bienes de dominio público local.

4.Quedaprohibida laventaambulanteen todoel términomunicipal fuerade lossupuestos previstos en esta ordenanza.

5. Los puestos de venta ambulante no podrán situarse en los accesos a edificios de usopúblico,establecimientoscomercialese industriales,nien lugaresquedificultenelacceso y la circulación.

Artículo 5.–Régimen Económico.

1.ElAyuntamientofijarálastasascorrespondientesquehayandesatisfacerseporla expedición de la autorización para el ejercicio de la venta ambulante así como por la utilización privativa o el aprovechamiento especial del suelo público en las distintasmodalidades de venta ambulante.

2. El pago de la tasa será condición previa e indispensable para el ejercicio de la actividad y la misma se fija en tres euros por instalación o camioneta.

Artículo 6.–Presentación de solicitudes y declaración responsable.

1. La solicitud de autorización se formulará a instancia de cualquier personainteresada en ejercer la venta ambulante y podrá presentarse en el Registro General de EntradadelAyuntamiento,obienencualquieradelosRegistrosseñaladosenelartículo38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o a través del Registro Electrónico del Ayuntamiento.

La solicitud contendrá, al menos, los siguientes datos:

a) Nombre y apellidos o, en su caso, razón social del prestador, así como domicilio.

b) NIF, o CIF.

c) Ellugarolugaresenlosquesepretendeejercerlaactividaddeventaambulanteo si se va a realizar en camiones-tienda.

d)Enel casodepersonas jurídicas,seharáconstar también la referenciade lapersona,empleadoosocioqueharáusodelacitadaautorización,ensucaso.

e) Los productos autorizados para la venta.

2. Además de hacer constar los datos mencionados en el apartado anterior, lapresentación de la solicitud requerirá de los interesados la firma de una declaraciónresponsable,enlaquesemanifieste,almenos,losiguiente:

a)Elcumplimientodelosrequisitosparaejercerlaactividaddeventaambulante.

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b)Queestáenposesióndeladocumentaciónqueasíloacrediteapartirdeliniciode la actividad.

c) Mantener su cumplimiento durante el plazo de vigencia de la autorización.

3. El contenido de la declaración responsable comprenderá, además, los siguientes extremos:

a) Estar dado de alta en el epígrafe correspondiente del impuesto de actividades económicas y estar al corriente en el pago de la tarifa o, en caso de estar exentos, estar dado de alta en el censo de obligados tributarios.

b) Estar al corriente en el pago de las cotizaciones de la Seguridad Social.

c) Los prestadores procedentes de terceros países deberán acreditar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la legislación vigente en materia de autorizaciones de residencia y trabajo.

d) Reunir las condiciones exigidas por la normativa reguladora del producto o productos objeto de la venta ambulante o no sedentaria.

4. Una vez otorgada la autorización municipal, el Ayuntamiento podrá ejercitar las oportunas facultades de comprobación, control e inspección sobre su titular exigiéndole la presentacióndelosdocumentosacreditativosdelcumplimientodelosrequisitosnecesariospara el ejercicio de la venta ambulante.

5. La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, en cualquier dato,manifestaciónodocumentoqueseacompañeoincorporealadeclaraciónresponsabledeterminará la imposibilidad de continuar con el ejercicio de la venta ambulante o no sedentariadesdeelmomentoenquesetengaconstanciadetaleshechos,sinperjuiciodelasresponsabilidadespenales,civilesoadministrativasaquehubieselugar.

Artículo 7.–Características de la autorización.

1. El otorgamiento de la autorización municipal para el ejercicio de la venta ambulante corresponderá al Alcalde, previa comprobación por parte de los servicios municipales del cumplimientoporelpeticionariodelosrequisitosexigidosporestaOrdenanza.Ademáshade cumplir con la normativa sectorial de comercio reguladora para la venta del producto quesetrateycualesquieraotrosrequisitoslegalesaquevengaobligado.

2. La autorización para el ejercicio de la venta ambulante, tendrá una duración máximade4años.Enloscasosenqueseautoriceelcomercioenespaciosdecelebraciónde fiestas populares la autorización se limitará al periodo de duración de las mismas.

3. La autorización podrá ser revocada por el Ayuntamiento, previa audiencia del titular y sin derecho a indemnización, conmotivo de la comisión de alguna de lasinfracciones graves o muy graves previstas en la presente ordenanza. Asimismo podrán revocarse por razones de interés público cuando resulte incompatible con condiciones generales aprobadas con posterioridad, produzcan daños en el dominio público, impidan su utilización para actividades de mayor interés o menoscaben el uso general.

4. La autorización para el ejercicio de la venta ambulante es personal, no obstante en supuestos excepcionales, debidamente acreditados y siempre de forma temporal podrá hacerusodeellaennombredeltitularcomosuplente,elcónyugeopersonaunidaaésteenanálogarelacióndeefectividad,asícomosushijosyempleadosdadosdealtaenla

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SeguridadSocial.Enelcasodepersonasjurídicas,podránhacerusodelaautorizaciónlossociosyaquellosempleadosdelamismadadosdealtaenlaSeguridadSocial.

Artículo 8.–Emplazamiento y calendario de venta ambulante:

Laventaambulanteserealizaráenloslugares,fechasqueacontinuaciónseindican:

Mercado Periódico: viernes

Lugares, fechasyhoras:plazamayory restodecallessinocupareldominiopúblico,laaceraniinterrumpirelpasodevehículosypeatones,de9a14horas.

Venta en camiones tienda: idem.

Excepciones:ventadepescado,queserálibredepracticarsecualquierdíadelasemana.

Por razonesde interéspúblicosepodrávariarelemplazamientoy las fechassinderechoaindemnización.

Artículo 9.–Otras obligaciones.

1. Los comerciantes deberán dejar limpios de restos y desperdicios las zonas donde ejerzan la venta ambulante.

2. Lasinstalacionesdebenserdesmontables,defáciltransporteyquereúnanlascondiciones de seguridad y salubridad.

3. Lospuestoseinstalacionesdeberánreunirlasmáximasgarantíasdehigiene.

4. La venta ambulante se ejercerá con todo respeto a los derechos de losconsumidores y usuarios, tal y como se encuentran reconocidos en la normativa vigente en materia de defensa de consumidores.

5. Solosepermitirálaventadeproductosalimenticiosquereúnanlascondicioneshigiénicosanitariasprevistasenlalegislaciónvigente.

6. Disponer en caso de comercializar productos alimenticios, de carné de manipulador de alimentos.

7. Los productos comercializados en régimen de venta ambulante deberán cumplir loestablecidoenmateriadesanidadehigiene,normalizaciónyetiquetado.

8. El comerciante tendrá a disposición de los servicios de inspección las facturas y comprobantes acreditativos de las mercancías y productos objeto de comercio ambulante.

9. El comerciante tendrá expuesto al público, en lugar visible los precios de venta de las mercancías ofertadas. Los precios serán finales y completos, impuestos incluidos.

10. Lospuestosqueexpendanproductosal pesoomedidadeberándisponer decuantos instrumentos sean necesarios para su medición o peso.

Artículo 10.–Inspección, control y régimen sancionador.

Corresponde al Ayuntamiento la facultad de inspeccionar las actividades e instalaciones comprendidas en el ámbito de aplicación de esta Ordenanza, con objeto

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de comprobar y garantizar el cumplimiento de sus prescripciones. No obstante, para el ejercicio de las facultades de comprobación e inspección sanitaria de los artículos de ventaque lorequieran,serecabaráelauxiliode lasautoridadessanitariasdelÁreadeSalud correspondiente.

La tramitación de los procedimientos sancionadores se realizará de acuerdo con el Decreto189/1994,de25deagosto,porelqueseapruebaelReglamentoReguladordelProcedimiento Sancionador de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Artículo 11.–Competencia sancionadora.

Corresponde al Alcalde la incoación y la resolución, previa instrucción del expediente, de los expedientes sancionadores que se pudieran iniciar por contravenir la presenteordenanza de venta ambulante.

Cuando se detecten infracciones de índole sanitaria, el Ayuntamiento dará cuenta inmediataalaautoridadquecorresponda.

Artículo 12.–Clasificación de las infracciones.

Las infracciones a la presente Ordenanza se clasifican en leves, graves y muy graves.

1.–Tendrán la consideración de infracciones leves las siguientes:

a) Incumplirelhorarioautorizado.b) No tener expuesta al público, en lugar visible, la autorización municipal

mercancías.c) Noexhibirlospreciosdeventaalpúblicodelasmercancías.d) No tener a disposición de los servicios de inspección las facturas y comprobantes

de compra de los productos objeto de comercio.e)Noteneradisposicióndelosconsumidoresyusuarioslashojasdereclamación.f) No proceder a la limpieza del puesto, una vez finalizada la jornada.g) La venta de productos distintos a los autorizados.h)Cualquierotrasanciónuomisiónqueconstituyaincumplimientodelospreceptos

deestaordenanzayquenoestétipificadacomoinfraccióngraveomuygrave.

2.–Tendrán la consideración de infracciones graves las siguientes:a) Ejercer la actividad sin autorización municipal.b) La instalación del puesto en lugar no autorizado.c) Incumplir cualquiera de las condiciones impuestas en la autorización para el

ejercicio del comercio ambulante.d) El ejercicio de la actividad por persona distinta de la autorizada.e) No estar al corriente del pago de las tasas municipales para la instalación del

puesto.f) Incumplimientodelasnormashigiénico-sanitarias.g) La negativa a suministrar información a la autoridad municipal, funcionarios y

agentes en cumplimiento de sus funciones.

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3.–Tendrán la consideración de infracciones muy graves las siguientes:a)Lareincidenciadeinfraccionesgraves.Seentiendequeexistereincidenciapor

la comisión en el término de un año de más de una infracción grave, cuando así hayasidodeclaradoporresoluciónfirme.

b) La resistencia, coacción o amenaza a la autoridad municipal, funcionarios y agentes.

Artículo.–13 Sanciones.

1. Las sanciones aplicables serán las siguientes:a)Porinfraccionesleves,apercibimientoomultadehasta750euros.b) Por infracciones graves, multa de 751 a 1.500 euros.c) Por infracciones muy graves, multa de 1.501 a 3.000 euros.

2. Las sanciones se graduarán en función de los siguientes criterios:• El riesgodedañoa lasaludoseguridadexigible,asícomo lanaturalezao la

entidad del perjuicio efectivamente causado.• Volumendefacturaciónalqueafecte.• Cuantíadelbeneficioobtenido.• Gradodeintencionalidad.• Plazodetiempoduranteelquesehayavenidocometiendolainfracción.• Naturalezadelosperjuicioscausados.

3. Será compatible con la sanción el decomiso de la mercancía no autorizada, así comoeldecomisodelamercancíafalsificada,fraudulenta,onoidentificadaquepudieraentrañar riesgo para el consumidor.

Artículo 14.–Prescripción.

1. Las infracciones muy graves prescribirán a los tres años, las graves a los dos años y las leves a los seis meses; las sanciones impuestas por faltas muy graves prescribirán a los tres años, las impuestas por faltas graves a los dos años y las impuestas por faltas leves al año. El plazo de prescripción de las infracciones comenzará a contarse desde el díaenquelainfracciónsehubieracometido.Elplazodeprescripcióndelassancionescomenzaráacontarsedesdeeldíasiguienteaaquelenqueadquierafirmezalaresoluciónporlaqueseimponelasanción.

Disposición Final. Entrada en vigor.

LapresenteordenanzaentraráenvigoraldíasiguientedequesepubliquesutextoenelBoletínOficialdelaProvinciayhayatranscurridoelplazoprevistoenelartículo65.2delaLey7/1985,de2deabril,ReguladoradelasBasesdelRégimenLocal,siemprequeenesemomentosehayapuestoenfuncionamientolatiendadecomercioruralmínimodelmunicipio.

Esta Ordenanza entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Herrín de Campos, 31 de enero de 2013.–El Alcalde, José Luis Antón del Rey.

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III.–ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE HERRÍN DE CAMPOS

PorAcuerdodePlenodefecha5dediciembrede2012sehaaprobadodefinitivamentela modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por la Prestación del Servicio de Agua a Domicilio.

El contenido de la modificación es el siguiente:

Artículo 6.º–Cuota Tributaria.

“…Cuotageneralmínima . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 30 euros”

DISPOSICIÓN FINAL.–La presente Ordenanza entrará en vigor y surtirá efectos a partir del día siguiente a su publicación, permaneciendo en vigor en tanto no se produzca su modificación o derogación expresa.

Contra el presente Acuerdo, se podrá interponer recurso contencioso administrativo, ante la sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Valladolid, en el plazo de dos meses contados desde el siguiente a la publicación de este anuncio, de conformidad con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Herrín de Campos, 31 de enero de 2013.–El Alcalde, José Luis Antón del Rey.

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III.–ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE MEGECES

D. Emilio González Díez ha solicitado de esta Alcaldía licencia ambiental paralegalizacióndeunaexplotacióndequincecaballosen régimen intensivo, situadaen laparcela 24 del polígono 1 del término municipal de Megeces.

En cumplimiento del art. 27 de la Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental deCastillayLeón,seabreunperiododeinformaciónpúblicadediezdíashábilesacontardesdeelsiguientea lapublicacióndeesteanuncioparaque todoelqueseconsidereafectadoporlaactividadquesepretendeejercerpuedahacerlasobservacionespertinentes.

Elexpedientesehallademanifiestoypuedeconsultarsedurantelashorasdeoficina,en la Secretaría de este Ayuntamiento.

Megeces, 8 de enero de 2013.–El Alcalde, Abel Manso Catalina.

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III.–ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE OLMEDO

Aprobado definitivamente por el Ayuntamiento Pleno, en sesión de 29/11/2012, elexpedientemodificaciónde laordenanza fiscalquese indica,encumplimientode loestablecidoenelartículo17.4delRDL2/2004,sedapublicidadíntegraaltextoquesemodifica:

MODIFICACIÓN ORDENANZA FISCAL N.º 26

Artículo 4.ºa) Entradas a películas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2 €

b) Entradas a toda clase de actuaciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4 €

c) Entradas a espectáculos infantiles . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2 €

d) Utilización del centro para conferencias, reuniones por

e) Empresarios o profesionales ajenos al Municipio . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 200 €

DISPOSICIÓN FINAL.

La presente Ordenanza Fiscal entrará en vigor el día 1 de marzo de 2013, permaneciendoenaplicaciónhastaqueseacuerdesumodificaciónoderogaciónexpresa.

RECURSOS

Contra el acuerdo definitivo de modificación de las ordenanzas antes reseñadas, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en el plazo de dos meses contados a partir de la publicación del presente anuncio en el BOP.

Olmedo, 22 de enero de 2013.–El Alcalde, Alfonso A. Centeno Trigos.

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III.–ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE OLMEDO

Aprobado definitivamente por el Ayuntamiento Pleno, en sesión de 29/11/2012, elexpedientemodificaciónde laordenanza fiscalquese indica,encumplimientode loestablecidoenelartículo17.4delRDL2/2004,sedapublicidadíntegraaltextoquesemodifica:

MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL N.º 4 REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE CEMENTERIO MUNICIPAL

Artículo 1.º–Fundamento y naturaleza.

En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 a 19 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el Ayuntamiento de Olmedo establece la “TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE CEMENTERIOMUNICIPAL”,queseregiráporlapresenteOrdenanzafiscal,cuyasnormasatienden a lo prevenido en el artículo 57 del citado R.D.L. 2/2004.

Artículo 2.º–Hecho imponible.

ConstituyeelhechoimponibledelatasalaprestacióndelosserviciosdelCementerioMunicipal, tales como:

• Asignacióndeespaciosparaenterramientos

• Ocupacióndepanteonesysepulturas

• Reducciónderestos

• Movimientosdelápidas,colocacióndelápidas,verjasyadornos.

• Conservación de los espacios destinados al descanso de los difuntos, ycualesquieraotrosquedeconformidadcon loprevenidoenelReglamentodePolicía Sanitaria Mortuoria sean procedentes, se autoricen por el Ayuntamiento a instancia de parte y estén recogidos en la presente ordenanza.

Artículo 3.º–Sujeto pasivo.

Son sujetos pasivos obligados al pago de la tasa por los servicios recogidos en la presente ordenanza a título de contribuyentes los solicitantes de los servicios o los titulares delaconcesióndemanialdeasignacióndeespacioparasepulturaysuscausahabientes,sean personas físicas jurídicas o entidades previstas en el artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. En su defecto serán sujetos pasivos el cónyuge deldifuntooelfamiliarmásdirectohastaelcuatrogradodeconsanguinidadyensucasode afinidad.

Endefectodelosanteriorescualesquieraherederosolegatariosdeldifunto.

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Artículo 4.º–Responsables.

1.–Responderán solidariamente de las obligaciones tributarias del sujeto pasivo las personasfísicasyjurídicasaqueserefiereelartículo42delaLeyGeneralTributaria.

2.–Serán responsables subsidiarios los administradores de las sociedades y los síndicos,interventoresoliquidadoresdequiebras,concursossociedadesyentidadesengeneral,en lossupuestosyconelalcancequeseñalaelartículo43de laLeyGeneralTributaria.

Artículo 5.º–Exenciones subjetivas.

Estaránexentoslosserviciosqueseprestenconocasiónde:

a) Los enterramientos de los asilados procedentes de establecimientos benéficos, siempre que la conducción se verifique por cuenta de los establecimientosmencionados,ysinningunapompafúnebrequeseacosteadaporlafamiliadelos fallecidos.

b) Los enterramientos de cadáveres de pobres de solemnidad.

c) Lasinhumacionesqueordenelaautoridadjudicialyqueseefectúenenlafosacomún.

Artículo 6.º–Cuota Tributaria.

La cuota tri butaria se determinará por aplicación de la siguiente tari fa:

Epígrafe 1.

Concepto TarifaINHUMACIONES 195 €EXHUMACIONES 235 €

TRASLADO INTERIOR 235 €REDUCCION DE RESTOS 235 €

Epígrafe 2.–Transmisiones de derechos.

Por cada registro de nuevo certificado en la transmisión de la propiedad de panteones, sepulturasynichos,seabonaráporelnuevopropietario…8,30€.

Epígrafe 3.

Concepto TarifaSEPULTURAS CONSTRUIDAS POR EL AYUNTAMIENTO 1.130 €

NICHOS CONSTRUIDOS POR EL AYUNTAMIENTO 715 €

Artículo 7.º–Devengo.

Con carácter general, se devenga la tasa y nace la obligación de contribuir cuando se inicie la prestación de los servicios sujetos a gravamen, entendiéndose a estos efectos quedicha iniciaciónseproducecon la solicituddeaquellos,o con la realizaciónde la

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actuaciónsujetaagravamen,esté,ono, lamismaautorizadao inclusosehaya,ono,solicitado.

En los supuestos de solicitud de asignación de terreno o de ocupación de la misma el devengo se produce con la solicitud. En el supuesto de transmisión de la titularidad del derechofunerarioeldevengoseproduceconlasolicituddepuestaenconocimientodelatransmisiónoconelhechodelconocimientoquedetaltransmisióntengaelAyuntamientodequeefectivamentesehayaproducido.

Artículo 8.º–Declaración, liquidación e ingreso.

1.–Lossujetospasivossolicitaránlaprestacióndecadaunodelosserviciosdequese trate.

2.–Cadaservicioseráobjetodeliquidaciónindividualyautónoma,queseránotificada,unavezquehayasidoprestadodichoservicio,parasuingresodirectoenlatesoreríaenlaforma y plazos señalados en el Reglamento General de Recaudación.

3.–Losderechosdeocupacióndesepulturasonichos,nopodránhacerseefectivossin la autorización municipal y el abono de las tasas correspondientes.

4.–Las obras de construcción o renovación del panteón no podrán ejecutarse sin la previa licencia municipal y la obtención de la asignación del terreno municipal y el pago de las tasas correspondientes.

5.–Las tarifas de la presente ordenanza fiscal serán exigibles en su total cuantía aunqueserenunciealosserviciossolicitadosdurantelatramitacióndelprocedimientoyantes de su otorgamiento, a salvo la solicitud del servicio de asignación de terreno para ocupaciónosurenovaciónenelque lacuotaseráel10%delprecioestablecidoen lapresente ordenanza si se renuncia antes de su otorgamiento.

Artículo 9.º–Derechos de la tasa.

1.Todaclasedesepulturasonichosque,porcualquiercausa,quedenvacantes,revierten a favor del Ayuntamiento.

2. El derecho que se adquiere, mediante el pago de la tarifa correspondiente asepulturasonichosdelosllamados“perpetuos”noesdelapropiedadfísicadelterrenosinoeldeconservaciónaperpetuidaddelosrestosinhumadosendichosespacios.

Artículo 10.º–Infracciones y sanciones.

De conformidad con lo establecido en el artículo 11 del Real Decreto Legislativo 2/2004,de5demarzo,porelqueseapruebael textorefundidode laLeyReguladorade las Haciendas Locales, se aplicará el régimen de infracciones y sanciones regulado en los artículos 207 a 212 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y teniendoencuentaloprevistoenelRealDecreto2063/2004,de15deoctubre,porelquese aprueba el Reglamento General del Régimen Sancionador Tributario.

DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA

Las disposiciones de esta ordenanza se complementan con el Reglamento regulador del servicio público de Cementerio Municipal, que servirá para interpretar la presenteordenanza fiscal.

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DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA

Las sepulturas existentes ya asignadas a la entrada en vigor de esta ordenanza fiscal queseencuentrenocupadasysehayaabonadolosderechoseconómicosalAyuntamientoconforme las ordenanzas aplicables y admitan en la misma más enterramientos se regirán por las disposiciones de esta ordenanza; y los actos de uso y disposición sobre las mismas devengarán la tasa establecida.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Ordenanza Fiscal entrará en vigor el día 1 de marzo de 2013, permaneciendoenvigorhastasumodificaciónoderogaciónexpresas.

RECURSOS

Contra el acuerdo definitivo de modificación de las ordenanzas antes reseñadas, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo, ante la sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en el plazo de dos meses contados a partir de la publicación del presente anuncio en el BOP.

Olmedo, 22 de enero de 2013.–El Alcalde, Alfonso A. Centeno Trigos.

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III.–ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE RÁBANO

Por acuerdo del Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 4 de febrero de 2013, se aprobó el Presupuesto General para el ejercicio de 2013.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se expone al público durante el plazo de quince días, en laSecretaríaGeneralydurante lashorasdeoficina,elexpedientecompletoaefectosdeque los interesados que se señalan en el artículo 170 de la Ley antes citada puedanexaminarloypresentarreclamacionesanteelPlenodelAyuntamiento,porlosmotivosquese señalan en el apartado 2.° del mentado artículo 170.

En el supuesto de que en el plazo de exposición pública no se presentenreclamaciones, el presupuesto se entenderá definitivamente aprobado, sin necesidad de acuerdo expreso.

Rábano, 4 de febrero de 2013.–El Alcalde, Juan García Benito.

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III.–ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE SAN PELAYO DEL VALLE

Aprobación defintiva

Aprobado definitivamente el Presupuesto General del Ayuntamiento para el 2013, y comprensivoaqueldelPresupuestoGeneraldeesteAyuntamiento,BasesdeEjecución,plantilla de Personal funcionario y laboral, de conformidad con el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos:

ESTADO DE GASTOS

A) OPERACIONES NO FINANCIERAS

A.1. OPERACIONES CORRIENTES

Capítulo 1: Gastos de personal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .22.700

Capítulo 2: Gastos corrientes en bienes y servicios . . . . . . . . . . . . . .44.035

Capítulo 3: Gastos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . —

Capítulo 4: Transferencias corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .3.000

A.2. OPERACIONES DE CAPITAL

Capítulo 6: Inversiones reales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .61.300

Capítulo 7: Transferencias de capital . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . —

B) OPERACIONES FINANCIERAS

Capítulo 8: Activos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . —

Capítulo 9: Pasivos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . —

TOTAL: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .131.035

ESTADO DE INGRESOS

A) OPERACIONES NO FINANCIERAS

A.1. OPERACIONES CORRIENTES

Capítulo 1: Impuestos directos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 40.400

Capítulo 2: Impuestos indirectos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . —

Capítulo 3: Tasas, precios públicos y otros ingresos . . . . . . . . . . . . . .12.635

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http://www.diputaciondevalladolid.es D.L.: N.º: VA-200/2010

Capítulo 4: Transferencias corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8.000

Capítulo 5: Ingresos patrimoniales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25.000

A.2. OPERACIONES DE CAPITAL

Capítulo 6: Enajenación de inversiones reales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . —

Capítulo 7: Transferencias de capital . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .45.000

B) OPERACIONES FINANCIERAS

Capítulo 8: Activos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . —

Capítulo 9: Pasivos financieros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . —

TOTAL: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .131.035

Asimismo, y conforme dispone el artículo 127 del R.D. Legislativo 781, de 18 de abril,sepublicalaplantilladepersonaldeesteAyuntamiento,queeslaqueacontinuaciónse detalla:

PERSONAL FUNCIONARIO:

– Denominación del puesto: Secretario-Interventor con habilitación de carácterestatal en acumulación: 1.

Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,conlosrequisitos,formalidadesycausasseñaladasenlosartículos170y171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real DecretoLegislativo2/2004,de5demarzo, yen la formayplazosqueestablecen lasnormasdedichaJurisdicción.

San Pelayo del Valle, 1 de febrero de 2013.–El Alcalde, Pedro Fraile Gómez.

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III.–ADMINISTRACIÓN LOCALAYUNTAMIENTO DE VILLAFRADES DE CAMPOS

Advertido error material en el anuncio de aprobación definitiva del presupuesto para el ejercicio 2013, y plantilla de personal, Boletín n.º 18, de 23 de enero de 2013,

Donde dice:

“Gastos ....

Total Operaciones Corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 86.581,69”

Debe decir:

“Gastos ....

Total Operaciones Corrientes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 82.870,67”

Villafrades de Campos, 29 de enero de 2013.–El Alcalde en funciones, Fco. Javier SánchezVillada.

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IV.–ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE INSTRUCCIÓN

VALLADOLID.–NÚMERO 3N.I.G.: 47186 43 2 2012 0353924.

Juicio de Faltas: N.° 0000593/2012.

Delito/Falta: Falta de Injurias o Vejaciones.

Edicto

Que en virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presentesecitaaRAFAELGOYANESVALDEIGLESIASafindequeCOMPAREZCAALA CELEBRACIÓN DEL JUICIO, previsto para el, próximo día 19/02/2013, A LAS 12:30 HORAS –SALA DE VISTAS NÚM. 5– PLANTA BAJA–, pudiendo comparecer asistido de Abogadoyconlosmediosdepruebadequeintentevalerse,bajoapercibimientodeley.

En Valladolid, a veintinueve de enero de dos mil trece.–El/La Secretario/a Judicial (ilegible).

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IV.–ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE INSTRUCCIÓN

VALLADOLID.–NÚMERO 3N.I.G.: 47186 43 2 2011 0304877.

Juicio de Faltas: N.° 0000565/2012.

Delito/Falta: Lesiones.

Edicto

Que en virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presentesecitaaCARMENMERCEDESORTIZPEÑAFIEL,afindequeCOMPAREZCAA LA CELEBRACIÓN DEL JUICIO previsto para el próximo día 19/02/2013, a las 10:30 horas–SALADEVISTANÚM.5-PLANTABAJA–,selehacesaberquedeberácomparecerconlosmediosdepruebadequeintentevalerse,bajoapercibimientodeLEY.

En Valladolid, a veintinueve de enero de dos mil trece.–El/La Secretario/a Judicial (ilegible).

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IV.–ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL

VALLADOLID.–NÚMERO 3N.I.G.: 47186 44 4 2011 0300901.

N.º Autos: Ejecución de Títulos Judiciales 0000221/2012.

Demandante/s: Gergina Stefanova Slanova.

Demandado/s: Ágape Catering, S.L.

Edicto

D.ª Esperanza Llamas Hermida, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social n.º 003 de Valladolid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento EJECUCIÓN DE TÍTULOS JUDICIALES 0000221/2012 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D.ª GERGINA STEFANOVA SLANOVA contralaempresaÁGAPECATERING,S.L.,sobreORDINARIO,sehadictadolasiguienteresolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

“Parte Dispositiva

Acuerdo: a) Declarar al/a los ejecutado/s ÁGAPE CATERING, S.L. en situación de

INSOLVENCIA TOTAL por importe de 1.675,80 euros, insolvencia que seentenderá a todos los efectos como provisional.

b) Archivar las actuaciones previa anotación en el Libro correspondiente, sinperjuicio de reaperturar la ejecución, si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.

c) Procédase a su inscripción en el registro correspondiente.

Notifíquesealaspartes,haciéndolessaberqueenaplicacióndelmandatocontenidoen el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tantonosean facilitadosotrosdatosalternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax,direcciónelectrónicaosimilares,siemprequeestosúltimosesténsiendoutilizadoscomo instrumentos de comunicación con el Tribunal.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición ante el/la Secretario/a judicialquedictaestaresolucióninterponerenelplazodeTRESDÍAShábilessiguientesasunotificaciónconexpresióndelainfracciónqueajuiciodelrecurrentecontienelamisma,

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sinquelainterposicióntengaefectossuspensivosrespectoalaresoluciónrecurrida.–EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL”.

Y para que sirva de notificación en legal forma a ÁGAPE CATERING, S.L., enignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid.

Seadviertealdestinatarioquelassiguientescomunicacionesseharánfijandocopiade la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina Judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto osentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En Valladolid, a veintitrés de enero de dos mil trece.–La Secretaria Judicial, Esperanza Llamas Hermida.

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IV.–ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL

VALLADOLID.–NÚMERO 3N.I.G.: 47186 44 4 2012 0003261.

N.º Autos: Ejecución de Títulos Judiciales 0000017/2013.

Demandante/s: Aurora García Plaza.

Demandado/s: Insurrectos, S.L.

D.ª Esperanza Llamas Hermida, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social n.º 003 de Valladolid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento EJECUCIÓN DE TÍTULOS JUDICIALES 0000017/2013 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D.ª AURORA GARCÍA PLAZA contra la empresaINSURRECTOS,S.L.sobreORDINARIO,sehadictadolasiguienteresolución:

Parte Dispositiva Acuerdo declarar al/a los ejecutado/s INSURRECTOS, S.L. en situación de

insolvenciaTOTALporimportede660,26euros,insolvenciaqueseentenderáatodoslosefectos como provisional.

Archíveseelpresenteprocedimientoydésedebajaenloslibroscorrespondientes.

Notifíquesealaspartes,haciéndolessaberqueenaplicacióndelmandatocontenidoen el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tantonosean facilitadosotrosdatosalternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax,direcciónelectrónicaosimilares,siemprequeestosúltimosesténsiendoutilizadoscomo instrumentos de comunicación con el Tribunal.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición ante el/la Secretario/a judicialquedictaestaresolucióninterponerenelplazodeTRESDÍAShábilessiguientesasunotificaciónconexpresióndelainfracciónqueajuiciodelrecurrentecontienelamisma,sinquelainterposicióntengaefectossuspensivosrespectoalaresoluciónrecurrida.

Seadviertealdestinatarioquelassiguientescomunicacionesseharánfijandocopiade la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina Judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto osentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En Valladolid, a veintitrés de enero de dos mil trece.–La Secretaria Judicial, Esperanza Llamas Hermida.

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Núm. 032 Pág. 62Viernes, 8 de febrero de 2013

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IV.–ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE LO SOCIAL

SALAMANCA.–NÚMERO 2N.I.G.: 37274 44 4 2012 0002630.

N.º Autos: Procedimiento Ordinario 0001205/2012.

Demandante/s: Rubén Alfredo Matas Hernández.

Demandado/s:MarketingyEventosCarpeDiem,S.L.,FondodeGarantíaSalarial,Fogasa.

Edicto

Que en virtud de lo acordado en los autos referencia, de conformidad con lo dispuesto en los arts. 59 de la LPL y 156.4 y 164 de la LEC, por el presente se cita a MARKETING Y EVENTOS CARPE DIEM, S.L. cuyo último domicilio lo tuvo en PLAZA CRUZ VERDE N.º11.°DCHA.deValladolida findequeeldía12DEMARZODE2013a las10:00HORAS comparezca ante este Juzgado, sito en la PLAZA COLÓN S/N SALA 8 planta sótano de esta Ciudad, para celebrar acto de conciliación y a continuación el del juicio, denohaberavenencia.Advirtiéndolequeesúnicaconvocatoriaquedeberáconcurrircontodoslosmediosdepruebadequeintentevalerse,yqueelactonopodrásuspenderseporfaltainjustificadadeasistenciadelaspartes.Citaralademandadaparaqueaporteladocumental interesada.

YselehaceconstarquelascopiasdelademandaseencuentranasudisposiciónenlaSecretaríadeesteJuzgadoybajoapercibimientodequelassiguientescomunicacionesseharánfijandocopiadelaresoluciónodelacédulaeneltablóndeanunciosdelaOficinaJudicial. Insértese un extracto de la resolución en el Boletín Oficial de de la Provincia.

Yparaquesirvadecitaciónyrequerimientoenformaa lademandada,expido lapresentequefirmo.

En Salamanca, a dieciséis de enero de dos mil trece.–El/La Secretario/a Judicial (ilegible).

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