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BOSQUES, AGRO NEGOCIOS Y POLÍTICAS PÚBLICAS
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B O S Q U E S , AG R O N E G O C I O S Y P O L Í T I C A S P Ú B L I C A S
BOSQUES, AGRO NEGOCIOS Y POLÍTICAS PÚBLICAS
Perú tiene los promedios más altos de deforestación entre el 2009 y el 2016, con picos en el 2014 (177,566 hectáreas) y en el 2016 (164,662 hectáreas). Según nuevos datos del Ministerio del Ambiente, hubo una reducción importante en el 2017 (155,914 hectáreas), sin embargo, sigue siendo el cuarto total anual más alto registrado.
El informe de datos oficiales de bosques y pérdida de la cobertura de bosques húmedos amazónicos – 2016 (MINAM - MINAG, 2017) resalta que la región Loreto es la más deforestada en los últimos 16 años, seguida de la región San Martín.
Estadísticas departamentales anuales
Loreto
45,000
2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008
AÑOS
2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016
HECT
ÁREA
S
2009
UcayaliSan MartínHuánucoMadre de DiosJunín
40,000
35,000
30,000
25,000
20,000
15,000
10,000
5,000
-
Fuente: MINAG - MINAM
La deforestación por agricultura de gran escala disminuyó en Perú entre el 2016 y el 2017, con sólo un evento notable registrado, una plantación de 740 hectáreas de palma aceitera en San Martín. (MAAP, 2018).
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DEFORESTACIÓN EN LA REGIÓN SAN MARTÍN
Sólo en la región San Martín durante el periodo 2001 – 2018 se deforestaron: 444,585.01 hectáreas. Reportándose en el 2018 una deforestación de: 16,644.15 hectáreas; lo que representa un incremento de: 4,047.52 hectáreas respecto del año 2017.
La categoría que mayor número de hectáreas deforestadas presenta en el año 2018, no se encuentra dentro de las categorías de gestión de bosques, se presenta en: “otros derechos otorgados”, que muestra un índice de deforestación de 6,643.17 hectáreas; seguido de las concesiones forestales con 3,805.56 hectáreas deforestadas. A pesar que a la fecha sólo existen 16 concesiones forestales activas, de las 39 concesiones existentes.
Las áreas menos deforestadas en el 2018 corresponden a las áreas naturales protegidas y comunidades nativas; con: 470.97 y 492.75 hectáreas respectivamente.
Deforestación en la Región San Martín del 2001-2018
HECT
ÁREA
S
AÑOS
0
5000
10000
15000
20000
25000
30000
35000
40000
45000
2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016 2017 2018
17,523.90
21,947.84
15,489.77
24,475.46
34,627.10
15,684.77
40,219.09
19,926.74
40,135.28
36,060.88
26,532.31 29,653.62
23,089.55 26,910.57
20,788.08
12,596.63 16,644.15
22,279.29
Fuente: Paz y Esperanza 2018
Una de las concentraciones más altas de deforestación en la región San Martín en el 2018 se presentan en los distritos de El Porvenir - Pelejo, Papaplaya y Huimbayoc en la Provincia de San Martín; con áreas de: 388.8, 610.83 y 928.89 hectáreas respectivamente. Asimismo, en el distrito de Barranquita y Caynarachi en la provincia de Lamas; con: 662.85 y 667.26 hectáreas; cuya suma total representa 3,258.63 hectáreas, aproximadamente.
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Uno de los factores más influyentes al respecto sería el desarrollo de los agro negocios, los mismos que necesitarían mayor fiscalización y vigilancia. Es importante recalcar al respecto algo que indica la institución SPDE: “Los monocultivos de especies agroindustriales pueden generar graves impactos ambientales por la deforestación que generan, la contaminación de suelos y del agua, pérdida de biodiversidad, incremento de las emisiones de gases de efecto invernadero, entre otros. Para el caso específico de la palma aceitera, los principales impactos socioambientales pueden estar vinculados a “la conversión del hábitat, amenazas a los hábitats críticos para las especies en peligro de extinción, la quema y la contaminación del aire, la erosión del suelo, el uso de pesticidas y el uso de fertilizantes” (Sociedad Peruana de Ecodesarrollo,SPDE, 2016).
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RECOMENDACIONES:El retiro de masa boscosa con mucha flexibilidad fue uno de los principales problemas económicos y ambientales de los últimos años en las regiones de Ucayali y Loreto, el mismo que surgió al estallar el conflicto por la instalación de palma aceitera y cacao en cada zona, respectivamente.
Las empresas dedicadas a este agronegocio, argumentan que los predios se adquieren desde propietarios individuales y/o campesinos, realizando el trámite administrativo conforme lo establece la ley.
En la región San Martín, todo hace presagiar, que la metodología a seguir va en el mismo camino, el retiro de la masa boscosa en forma similar a las otras regiones amazónicas. Por tal motivo, consideramos oportuno señalar algunas recomendaciones al respecto.
1. Desarrollar de una metodología que describa los criterios mínimos que debe contener el estudio técnico de microzonificación en cada uno de sus componentes. Nuestra legislación no prevé una metodología detallada sobre la elaboración del estudio técnico de microzonificación que permita una evaluación eficiente sobre los estudios que presentan las partes para el retiro de la masa boscosa en predios privados; quedando al libre albedrío y subjetividad del funcionario público, otorgarla o denegarla.
2. Exigir la obligatoriedad de coordinación intersectorial respecto de la evaluación del estudio técnico de microzonificación. En los contenidos de la evaluación del estudio técnico de microzonificación se establece que debe evaluarse la protección de la faja marginal, sin embargo, dicho impacto no estaría siendo evaluado por la Autoridad Nacional del Agua o sus dependencias regionales, quienes tienen por objetivo: la conservación, la protección de la calidad y el incremento de la disponibilidad de recursos hídricos. Al respecto, no existiría obligatoriedad en el procedimiento; por ende, esta evaluación sería resuelta por las dependencias del Gobierno Regional sin especialización alguna.
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3. Desarrollar una regulación respecto de los mecanismos de control y fiscalización. Si bien la norma enumera las faltas administrativas en las que se podrían incurrir en caso se reitre masa boscosa sin autorización o se facilite el ingreso para tal motivo; aún, sería deficiente en describir cómo se harán efectivas las evaluaciones de control y en detallar como efectivamente no se vulnera el debido procedimiento administrativo al momento de imponer alguna sanción. Por otra parte, el Gobierno Regional, a través de la Autoridad Regional Ambiental (ARA), ha venido incorporando dentro del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA del GRSM, las actividades de supervisión en materia forestal y fauna silvestre desde el año 2017, a fin de verificar y garantizar el cumplimiento de instrumentos de gestión ambiental aprobados, normatividad ambiental, y otros, a través de sus 4 unidades: Unidad de Concesiones Forestales Maderables, Unidad de Permisos y Autorizaciones, Unidad de Delitos contra los bosques y formaciones boscosas, y, Unidad de Manejo Forestal Comunitario. Para la ciudadanía, es estratégico que este PLANEFA funcione y sancione de manera efectiva a aquellas instituciones que incumplen las normas ambientales, y además, que esta sanción sea difundida de manera pública y se dé cuenta de esto de forma anual.
4. Generar estudios técnicos detallados sobre especies y ecosistemas. El Estado, a la fecha, no contaría con información completa de todo el país que detalle la existencia de hábitats críticos relacionado a un catálogo de especies reconocidas como amenazadas y la conectividad entre sus ecosistemas; esto, más allá de las áreas naturales protegidas. Es importante desarrollar provisiones ecosistémicas de vegetación silvestre con la finalidad de ser contrastadas con lo que suministra el administrado (solicitante) en el procedimiento administrativo (cambio de uso de suelo). Esto en tanto que, conforme al principio de veracidad, si esto continuará, así como está, tal situación, seguirá obligando a la entidad estatal a tomar por ciertas todas las afirmaciones contenidas en la solicitud y, cuando se presenten inconvenientes, lamentablemente, la entidad estatal no lograría hacer mucho para remediar los daños ambientales, cuestión que hay que cambiar.
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A parte, es clave que nuestras regiones cuenten con un catastro de tierras que han sido deforestadas fuera del marco de la ley, y que los culpables de esta, sean sancionados; al mismo tiempo, parte de esta sanción, más allá de lo económico, debiera incluir la reforestación de la zona afectada. Regiones como San Martín, necesitan también de un mapa de las zonas forestales con mayor concentración de carbono, las cuales, deberían estar exentas del cambio de uso del suelo para prevenir la emisión de grandes cantidades de CO2, cuestión clave para un medio ambiente sostenible.
Actualmente, la región San Martín, al año 2018, posee un total de la cobertura boscosa que bordea las 3´393.349.98 hectáreas que representa el 65,70% del territorio de la región; mientras que el 1.41% representa la hidrografía, el 4.54% de bosques secos y una deforestación total del 28.35% del territorio regional; y es nuestra responsabilidad mantenerlo y desarrollar un uso sostenible del mismo.
Cobertura Forestal en el Territorio de la Región San Martín
DEFORESTACIÓN 2001 AL 2018 (ha)
DEFORESTACIÓN AL 2000 (ha)
BOSQUE al 2018 (ha)
HIDROGRAFÍA (ha)
BOSQUES SECOS (ha)
1.41 % 4.54 %8.61 %
65.70 %
19.74 %
Fuente: Paz y Esperanza 2018
• Documento de trabajo del equipo de Ciudadanía y Gobernabilidad Intercultural de Paz y Esperanza; investigación desarrollado para motivar el dialogo regional sobre deforestación, agronegocios y políticas públicas.
• Mayor información sobre estos y otros datos socio ambientales en: www.comunicamazonia.com y nuestrosderechos.pe
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Algunos datos importantes a resaltar para el contexto:
LOS DISTRITOS MAS DEFORESTADOS EN EL 2018
N° PROVINCIA DISTRITO DEFORESTACIÓN 2018 (ha)
1 BELLAVISTA Alto Biavo 2200.59
2 MARISCAL CACERES Campanilla 1311.12
3 HUALLAGA Saposoa 1098.81
4 BELLAVISTA Bajo Biavo 992.97
5 SAN MARTIN Huimbayoc 928.89
6 HUALLAGA Alto Saposoa 756.99
7 MOYOBAMBA Moyobamba 682.65
8 LAMAS Caynarachi 667.26
9 LAMAS Barranquita 662.85
10 TOCACHE Pólvora 657.99
11 SAN MARTIN Papaplaya 610.83
12 TOCACHE Nuevo Progreso 507.42
13 MARISCAL CACERES Pachiza 480.42
14 SAN MARTIN El Porvenir 388.8
15 TOCACHE Tocache 382.86
Fuente: Paz y Esperanza 2018
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9.36
62.68
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.90%
6,643
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TOTA
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64,85
3.26
3´39
3,349
.9872
,733.2
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RESUMEN DE LA DEFORESTACIÓN EN LA REGIÓN SAN MARTÍN
Fuente: Paz y Esperanza 2018
5 164 853.26 ha
RESUMEN AL 2018
65.70%3 393 349.98
32.13%2017 - 2018
Área Total de la región
Cobertura de Bosque
Tendencia de Deforestación
Áreas Naturales Protegidas1 318 436.32 ha
Concesiones para Conservación596 105.23 ha
Zonas de Conservación y Recuperación de Ecosistemas
(ZoCREs)232 955.07 ha
Comunidades Nativas 225 013.70 ha
Bosques de Producción Permanente468169.55 ha
Concesiones Forestales573106.69 ha
Otros Derechos
(Títulos Individuales, Zonas Urbanas, Red Vial y Zonas sin catastrar)
1751066.70 ha
Áreas Naturales Protegidas1 130 752.89 ha 48 320.88 ha
Concesiones para Conservación470 923.81 ha 31 535.62 ha
Zonas de Conservación y Recuperación de Ecosistemas
(ZoCREs)168 114.89 ha 62 534.25 ha
Comunidades Nativas 169 271.16 ha 54 636.63 ha
Bosques de Producción Permanente324 383.21 ha 138 668.25 ha
Concesiones Forestales499 757.60 ha 70 469.22 ha
Otros Derechos
(Títulos Individuales, Zonas Urbanas, Red Vial y Zonas sin catastrar)
630 146.42 ha 1 058 189.24
DISTRIBUCIÓN DE LA REGIÓN BOSQUE NO BOSQUE AL 2018
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EL CAMBIO DE USO DE SUELO EN PREDIOS PRIVADOS(UNA MIRADA A LAS NORMAS DEL ESTADO PERUANO)
El cambio de uso de suelos en predios privados, con fines agropecuarios con cobertura forestal, requiere autorización de la autoridad regional forestal y de fauna silvestre sustentado en un estudio técnico de microzonificación. (Ley N.º 29763, 2015: Art. 38).
La autorización de cambio de uso en el caso de predios privados otorga al solicitante el derecho de realizar el desbosque correspondiente en las tierras con capacidad de uso mayor para cultivo en limpio o cultivo permanente.
Según la Zonificación Ecológica y Económica (ZEE:2015), la región San Martín posee 499,704 ha para cultivos permanentes y 198,434 Ha para cultivos en limpio; que representa el 9.63% y 3.83% del territorio de la región San Martín respectivamente.
La determinación de la compatibilidad de la actividad incluye la identificación del área que debe mantenerse con cobertura forestal para su reserva, la cual debe ser igual o mayor al 30 % del área total con cobertura forestal en las tierras de aptitud agrícola. Además del área reservada, se debe mantener obligatoriamente la vegetación ribereña o de protección. Las áreas reservadas no pueden incluirse en una nueva solicitud de cambio de uso actual de las tierras. (Decreto Supremo N.º 018-2015-MINAGRI, 2015).
Los productos (maderables y no maderables) que se obtengan pueden ser destinados al comercio interno, solo si los individuos a aprovechar han sido declarados en el estudio técnico de microzonificación. (Decreto Supremo N.º 018-2015-MINAGRI, 2015: Art.124).
Es necesario señalar que es una falta muy grave, realizar el cambio de uso de la tierra sin contar con autorización, así como, permitir el ingreso o facilitar el acceso a terceros al área donde se desarrolla la actividad forestal, para realizar actividades no autorizadas, y que a consecuencia de ello se afecte el ecosistema. (Decreto Supremo N.º 018-2015-MINAGRI, 2015: Art.207.3). Las sanciones están establecidas hasta un máximo de 5000 UIT. (Decreto Supremo N.º 018-2015-MINAGRI, 2015: Art.209).
La evaluación de la solicitud de cambio de uso actual de las tierras, determina la compatibilidad de la actividad con la Política Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, para lo cual se considera, como mínimo, lo siguiente: (Decreto Supremo N.º 018-2015-MINAGRI, 2015: Art. 124):
a. La existencia de hábitats críticos.b. La existencia de especies categorizadas como amenazadas, protegidas por
convenios internacionales o endémicas. c. La presencia de áreas que tienen valor de conectividad entre ecosistemas. d. El estado de sucesión del bosque. e. La protección de las fajas marginales de los ríos que contienen vegetación ribereña
o de protección. f. El potencial para la provisión de servicios de los ecosistemas forestales y otros
ecosistemas de vegetación silvestre.
PAZ Y ESPERANZAJr. Hermilio Valdizán 681, Jesús María, Lima - PerúTeléfono: (51-1) 463 [email protected]
Autores:Rubén Dario Ninahuanca RivasMelvin Santiago Mestanza AlejandríaCynthia Lilibeth Carranza AnguloJorge Guillermo Arboccó Gallardo
Hecho el depósito legal en la Biblioteca Nacional del Perú N° 2019-06138
1ra edición: Mayo de 2019 Tiraje: 1000 ejemplares
Diseño y diagramación: Sonimagenes del Perú S.C.R.L.
Se terminó de imprimir en mayo de 2019 en:Sonimágenes del Perú S.C.R.L.Av. Gral. Santa Cruz 653. Of. 102, Jesús María, Lima - PerúTeléfono: (511) 277-3629 / (511) 726-9082www.sonimagenes.com / [email protected]